Of Arequipa

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a U § 3 I ' r 3 g L 1 § § a O I 5 n"'l'ii'¿ ¡ r LA CONTRATORíA CFr\tRAL DE tA f,tPtifitl(,1 oFtclo No 00043-20.ts-cc^/c Señor Alfredo Zegana Tejada Alcalde Municlpalidad Provincial de Arequipa Calle Filtro N"504 Areq uipa /Areouioa /Areo uioa "ES COPIA FIEL DEL DOCUMENTO FUENTE EN SOPORTE PAPEL' Jesús Marta, o_3jgiglgjle SglL li,iutlicitntiial i: ' I ALGA!. I ,zruL.i l ro,",..l,.Qg-.....'o"n I Hora lReqi, , Tengo elagrado de Ürigirme a usted con relación a la Licitación pública Especial N" 001-2014-MPA "otorgamíento en Coñcesión para la Administración, operación y tvtanteniriento de la Planta de Transferencia y la lnfraestructura de Disposición Final de'Residuos sol¡¿ás (relteno sanitario) de la ciudad de Arequipa', cuyo proceso de selección se encuentra actualmente en curso en la entidad a su cargo. Al respecto, cabe señalar que según lo dispuesto en el artfculo g2" de la Constitución Polftica del Estado, este organi.ró srperüi'Je control tiene á -r, cargo ta supervisión de la legalidad de los actos de las instituciones sujetas a control, disposición constitucional concordante con lo establecido en et arilcuto 2" ta Ley ru; ziieá, l",, orgánica del sistema Nacional.de control y de la contralorla ceneial-Je la Fiepuotica, drvá'objeto es propender al apropiado, oportuno y efectivo ejercicio del control gubernamental, para prevenir y verificar la correcta, eficiente y tránsparente utitizac¡ón v géátióñde tos ¿;r;il;üenes det Estado. Asimismo, de acuerdo a lo señalado en la Directiva N. 006-2014-cG/pRoD que regula el "Ejercicio del Control Simultáneo", aprobada por ü Resotución oe óántratorfa No 454-2014-cG y modificada por la Resolución' ae contátoiia N" rsezors-cc, el control simultáneo se realiza sobre las actividades de un proceso ;;r"o correspondiente a la gestión de la entidad, con la finalidad de alertar oportunamente al ritular de la entidad sobre la existencia de hechos que ponen en riesgo el resuliado o et logro oe iui oo¡"tiuor, á-n, o" irJmore, la adopción de las medidas prevántivas pertinentes qui contribuyan a mitigar y, de ser el caso, a superar el riesgo identificado. En base al marco normativo expuesto, es pertinente comunicarle que se ha advertido la exístencia de riesgos que pueden afectar et cumpi¡m¡ánto de ta nor*áiirá ailtaore, ta Olicio No 00043.2015-CG¡/C ASUNTO : OrieniacíÓn de Oficio respecto a la Licitación Pública Especial N" 001-2014-MpA REF. : a) Ley N'2778_5, Ley Orgánica del Sistema Nacionalde Controly de la Contralorfa General de ta Reptiblica b) Direotiva N" 006-2014-CG/PROD que regula el"Ejercicio del Controlsimultáneo,' "Decenio de las personas con Díscapacidad en el perú" 'Año de la Diversificación productiva v ¿er roríaiecimiento de ra Educación,, 1t2

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La Contraloría General de la República remitió una comunicación a la Municipalidad Provincial de Arequipa, indicándole cuatro riesgos referidos a la licitación para el otorgamiento en concesión de laadministración, operación y mantenimiento de la Planta de Transferencia y la Infraestructura de Disposición Final de Residuos Sólidos (relleno sanitario) que podrían determinar la nulidad del mismo. (07.07.15)

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  • a U 3 I '

    r 3 g L 1 a O I 5 n"'l'ii' r

    LA CONTRATORACFr\tRAL DE tA f,tPtifitl(,1

    oFtclo No 00043-20.ts-cc^/c

    SeorAlfredo Zegana TejadaAlcaldeMuniclpalidad Provincial de ArequipaCalle Filtro N"504Areq uipa /Areouioa /Areo uioa

    "ES COPIA FIEL DEL DOCUMENTOFUENTE EN SOPORTE PAPEL'

    Jess Marta, o_3jgiglgjle SglLli,iutlicitntiial

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    I ALGA!.

    I ,zruL.il ro,",..l,.Qg-.....'o"nI HoralReqi,

    , Tengo elagrado de rigirme a usted con relacin a la Licitacin pblica Especial N"001-2014-MPA "otorgamento en Cocesin para la Administracin, operacin y tvtantenirientode la Planta de Transferencia y la lnfraestructura de Disposicin Final de'Residuos sols (relteno

    sanitario) de la ciudad de Arequipa', cuyo proceso de seleccin se encuentra actualmente encurso en la entidad a su cargo.Al respecto, cabe sealar que segn lo dispuesto en el artfculo g2" de laConstitucin Polftica del Estado, este organi.r srperi'Je control tiene -r, cargo tasupervisin de la legalidad de los actos de las instituciones sujetas a control, disposicinconstitucional concordante con lo establecido en et arilcuto 2" d ta Ley ru; ziie, l",, orgnicadel sistema Nacional.de control y de la contralorla ceneial-Je la Fiepuotica, drv'objeto espropender al apropiado, oportuno y efectivo ejercicio del control gubernamental, para prevenir yverificar la correcta, eficiente y trnsparente utitizacn v gtide tos ;r;il;enes detEstado.Asimismo, de acuerdo a lo sealado en la Directiva N. 006-2014-cG/pRoD queregula el "Ejercicio del Control Simultneo", aprobada por Resotucin oe ntratorfa No454-2014-cG y modificada por la Resolucin' ae conttoiia N" rsezors-cc, el controlsimultneo se realiza sobre las actividades de un proceso ;;r"o correspondiente a la gestinde la entidad, con la finalidad de alertar oportunamente al ritular de la entidad sobre la existenciade hechos que ponen en riesgo el resuliado o et logro oe iui oo"tiuor, -n, o" irJmore, laadopcin de las medidas prevntivas pertinentes qui contribuyan a mitigar y, de ser el caso, asuperar el riesgo identificado.En base al marco normativo expuesto, es pertinente comunicarle que se haadvertido la exstencia de riesgos que pueden afectar et cumpimnto de ta nor*iir ailtaore, ta

    Olicio No 00043.2015-CG/C

    ASUNTO : Orieniacn de Oficio respecto a la Licitacin Pblica Especial N" 001-2014-MpAREF. : a) Ley N'2778_5, Ley Orgnica del Sistema Nacionalde Controly de la Contralorfa

    General de ta Reptiblicab) Direotiva N" 006-2014-CG/PROD que regula el"Ejercicio del Controlsimultneo,'

    "Decenio de las personas con Dscapacidad en el per"'Ao de la Diversificacin productiva v er roraiecimiento de ra Educacin,,

    1t2

  • ligl

    transparencia y repercutr en el logro de las metas previstas, los cuales se detallan en el anexoadjunto.

    En tal sentido, nos permitimos recomendarle valorar los riesgos comentados ydisponer las acciones que estime pertinentes, las mismas que debern ser informadas a esteOrganismo Superior de Control.

    Sin otro particular, es propicia la ocasin para expresarle las seguridades de miconsideracin.

    Oficio No 00043-2015..CG4/C"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Per"

    'Ao de la Diversificacin Productiva y del Fortalecimnto de la Educacn"

    Atentamente,

    Edgar Alarcn Tejada

    "ES COPIA FEL DEL DOCUMENTOFUENTE EN SOPORTE PAPEU'

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  • --*lil LA coNTRALonn%rr'*- GENEMT DE LA nrPtjellCn

    ANEXO AL gFlClO N'fu13-201s-CGruC

    De la revisin de las Bases Administrativas y la Absolucin de Consultas al proceso deLicitacin Pblica Especial N" 001-2014-MPA "Otorgamiento en Concesin para laAdmnstracin, Operacin y Mantenimiento de la Planta de Transferencia y lalnfraestructura de Disposicin Final de Residuos Slidos (relleno sanitario) de la ciudadde Arequipa", se ha determinado lo siguiente:

    1. Respecto al marco normativo del proyecto

    1.1. La Municipalidad Provincial de Arequipa est promoviendo la participacin delsector privado en el tratamiento y manejo de residuos slidos dentro del mbitode su jnsdiccin, para lo cual pretende otorgar en concesin1 por un plazo deveinte (20) aos fa administracin, operacin y mantenimiento de dos (2)infraestructuras de residuos slidos: (i) la Planta de Transferencia' y (ii) lalnfraestructura de Disposicin Final de Residuos Slidos'. Para ello, se haconvocado a la Licitacin Pblica Especial N" 001-2014-MPA "Otorgamiento enConcesin para la Administracin, Operacin y Mantenimiento de la Planta deTransferencia y la lnfraestructura de Disposicin Final de Residuos Slidos(Relleno Sanitario) de la Ciudad de Arequipa", habindose aprobado las BasesAd ministrativas co rrespondientes.

    Al respecto, durante la etapa de Absolucin de Consultas a las Bases laMunicipalidad Provincial de Arequipa ha sealado que el otorgamento enconcesin de la operacin de lnfraestructura pblica no es un proyecto deAsociacin Pblico-Privada; por lo que, en la base tegal de las Bases no seest considerando al Decreto Legislativo N" 1012 y su Reglamento, aprobadopor el Decreto Supremo N' 127-2014-EF, sno nicamente al Decreto Supremo" 0sg-gO-pCM, que aprueba el Texto nico Ordenado de las Normas conRango de Ley que regulan la entrega en Concesin al Sector Privado de lasObras Pblicas de lnfraestructura y de Servcios Pblicos, y su Reglamento,aprobado por Decreto Supremo N" 060-96-PCM, y la Ley N" 27972' LeyOrgnica de Municipalidades.

    1.2. Al respecto, el numeral 2 del artlculo 80" de la Ley N" 27972, Ley Orgnica deMunicipalidades, seala que las municipalidades provinciales tienen entre otrasfunciones especficas compartidas :

    "2.1 Administrar y regtamentar directamente o por concesin el servicio deagua potable, alcantarillado y desage, limpieza pblica y tratamiento deresiduos stidos, cuando por economas de esca/a resulte eficientecentralizar provincialmente el servicio.2.2 Los procesos de concesi son ejecutados por las municipalidadesprovinciales del cercado y son coordinados con los rganos nacionales depromocin de ta inversin, que eiercen labores de asesoramiento." (Elresaltado es nuestro)

    1.3. Asimismo, cabe sealar que el artculo 2 del Texto nico Ordenado de lasNormas oon Rango de Ley que regulan la entrega en Concein al Seotor

    I Numeral 1.4 del Capitulo lll Generalidades de las Oisposiciones Especficas de las Bases Adminstrativas.2 Ubicada en Va Evitamiento Km 3, Lateral 1 de El Alto Cural, distrito de Ceno Colorado, provincia y regin de Arequipa.3 Ubicada en la Pascana o Quebrada Honda, distrilo de Yura, provincia y regn de Arequipa.

  • -n LA coNTRALoRA&=}g GENERAL DE LA NTPI]SLICIPrivado de las Obras Pblicas de lnfraestructura y de Servicios Pblicos,aprobado por el Decreto Supremo No 059-96-PCM, establece que la modalidadbajo la cual se promueve la inversin privada en el mbito de las obraspblicas de infraestructura y de servicios pblicos es la concesin.

    1.4. Cabe sealar adems que a partir de la entrada en vigencia del DecretoLegislativo N'1012 y su Reglamento, se ha establecido un nuevo marconormativo que regula la promocin y particpacin del sector privado en losproyectos de inversin para la creacin o desarrollo de infraestructura pblica, ola prestacin de servicios pblicos y/o servicios vinculados a estos que requierabrindar el Estado; el cual es aplicable a todas las entidades del Sector PblicoNo Financiero, en todos los niveles de gobierno.

    1.5. En tal sentido, el artculo 4" del Reglamento del Decreto Legislativo N" 1012,aprobado por Decreto Supremo N' 127-2014-EF, precisa que las modalidadesde Asociaciones Pblico * Privadaso 1lRR1 incluyen todos aquellos contratosen los gue se propicia la participacin activa del sector privado, talescomo la concesin, asociacin en participacin, contratos de gerencia,contratos de riesgo compartido, contratos de especializacin, as comocualquier otra modalidad contractual permitida por ley.

    1.6. Por tanto, en base al marco normativo expuesto, queda claro que la concesinpara la construccin y/o explotacin de una infraestructura pblica y laprestacin de un servcio pblico, le es aplicable el Decreto Legislativo N" 1012y su Reglamento. En ese sentido, la entrega en concesin de la administracin,operacin y mantenimiento de infraestructura pblica de residuos slidos alsector privado que est promoviendo la Municipalidad Provincial de Arequipa,es una modalidad de APP; debiendo ese sentido, el proceso de licitacin pblicaconvocado debe tramitarse bajo el marco normativo establecido en el DecretoLegislativo N' 1012 y su Reglamento.

    1.7. Es importante mencionarque de acuerdo a lo dispuesto porel numeral 9.7 delDecreto Legislativo N" 12, concordado con el numeral 13.1 de suReglamento, el diseo de un proyecto de APP incorporado al proceso depromocin de la inversin privada se regi por el Decreto Legislativo N" 1012 ysu Reglamento, v en lo, no previsto en estas normas se aplicarsupletoriamente el Texto Unico Ordenado de las Normas con Rango de Leyque regulan la entrega en Concesin alSector Privado de las Obras Pblicas delnfraestructura y de Servicios Pblicos, aprobado por el Decreto Supremo No059-96-PCM, en caso la modalidad contractual sea la concesin deinfraestructura y servicios pblicos y servicios vinculados a estos.

    1.8. Finalmente, es oportuno indicar que la inobseruancia de las disposicionesestablecidas en el Decreto Legislativo N' 1012 y su Reglamento por parte de laMunicipalidad Provincial de Arequipa, podra generar la nulidad del proceso delicitacin pblica especial, de confonnidad con lo dispuesto en el numeral 1 deladculo 10'de la Ley N" 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General5.

    o El artcrlo 2" del Decreto Legislativo N" 1012. que aprueba la Ley Marco de Asociaciones Pblico - Privadas para lageneracin de ompleo productivo y dicta normas para la agilizacin de los procesos do promocin de la inversinprivada, define a las asociaciones pblico - privadas @mo "modalidades de parlicipacin de la inversin prvadaen las que sa incarpora exporiencia, conocmientos. equrpos, tecnologa, y se distribuyen r'esgos y recursos,ppfeeniemente prtvados, can el objeto de crear, desaroltar, mejorar, operar o menfener infraestructura pblica,pmu,eer servlclos pblicos ylo prestar los servclos vlnculados a stos que requlera brlndar Ql Estado, asl comodesnollar proyectos de investgacin aplknda y/o innovacin tecnolgca . ..". (El resaltado es nuestro)t kicuto 10.- Causates de nulidadSon vcios del acto adminislrativot que causan su nulidad de pleno darecho,los sgur'enfes:

    '' 1. La contt'avoncin a la Consttucin, a las leyes o a las normas roglamontarias.. (...r

  • -"ffi LA coNTRALoRAW:: GENERAT DE LA NTPAUCR

    2. Respecto al pago de Tarifas

    2.1. De acuerdo a la Bases Administrativas, el Concesionario recibir por laoperacin de la Planta de Transferencia el pago de una tarifa de acuerdo alpeso de los residuos slidos, el cual ser abonado en forma mensual por lasmunicipalidades distrtales y terceros a quienes se le preste el servicio. La tarifacorrespondiente al ao 2015 ser equivalente a 51.24,5 por Tonelada + lGV.

    De igual modo, por la operacin de la lnfraestructura de Disposicin Final(relleno sanitario), el Concesionario recibir el pago de una tarifa de acuerdo alpeso de los residuos slidos, el cual ser abonado en forma mensual por lasmunicipalidades distritales y terceros a quienes se le preste el servicio. La tarifacorrespondiente al ao 2015 ser equivalente a S/. 18,0 por Tonelada + lGV.

    2.2. Al respecto, el inciso b) del artculo 4 del Decreto Legislativo N" 1012 sealaque las APP cofinanciadas son aquellas que requieren del oiorgamiento ocontratacin de garantas financieras o garantlas no financieras que tengan unaprobabilidad slgnificativa de demandar el uso de recursos pblicos. Asimismo, elinciso b) del numeral 5.2 del artculo 5 de su Reglamento establece que seconsiderar como cofinanciamiento a cualquier paqo proveniente de lorecursos del Estado o que administren las entidades comprendidas dentro delmbito de aplicacin de la Ley, total o parcial a carqo de la entidad paracubrir las inverslones. operacin que incluve la gestin. v mantenimiento aser entreopdo mediante una suma nica peridica. v/o cualquiera queconvenoan las oartes en el marco del contrato de Asociacin PblicoPrivada.

    2.3. Considerando lo concluido en el numeral 1 del presente documento y deacuerdo a lo expuesto en el prrafo anterior, el proyecto de inversin materia deanlisis califica como una APP cofinanciada; toda vez que el Concesionariorecibr en calidad de contraprestacin un pago proveniente de recursospblicos pertenecientes a las muncipalidades distritales y a la MunicipalidadProvincial de Arequipa.

    Por lo tanto, antes de su incorporacin al proceso de promocin de la inversinprivada, el proyecto debi contar con la opinin favorable del Minsterio deEconomla y Finanzas, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9.2 delartculo 9 del Decreto Legislativo N" 1012. Es importante tener en cuentaadems que la versin final del contrato de concesin deber contar con elinforme previo de la Contralora General de la Repblica, de acuerdo a loestablecido en el numeral 9.3 del mencionado artculo.

    2.4. Es oportuno indicar que la inobservancia de las disposicones establecidas en elDecreto Legislatvo N" 1012 y su Reglamento por parte de la MunicipalidadProvincial de Arequipa, podra generar la nulidad del proceso de licitacinpblica especial, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artculoiO'de la Ley N" 27444,Ley del Procedimiento Administrativo Generalo.

    a uAlculo 10.- Causates de nutidadSorl v/cios del acto admlnstrattvo, que causan su nulidad de pleno derecho, /os guienfes:2, La contravencin a la Constitucn, a /as /eyes o a las normas reglamentarias.(...r

  • -1n LA coNTRALonnU=" GENGRAI DE LA nrPsUcR

    3. Respecto al porcentaie de retribucin

    Sobre este punto, en los Griterios de Evaluacin (Captulo V de las Bases) se sealaque la evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido aIa propuesta econmica que de mayor porcentaje de descuento en total; sinembargo, lneas abajo se aclara que el porcentaje mximo de descuento a ofertarpo. parte de los postores ser del 12o/o del valor referencial presentado en las basesdel proceso segn lo establecido en el Captulo lll, Generalidades, 1.'13.2 Sobre No 2Propuesta Econmica.

    Al respecto, consideramos que dicho porcentaje lmite estara restringiendo lapreseniacin de propuestas que ofrezcan vlidamente un mayor porcentaje deretribucin a favor de la Municipalidad Provincial de Arequipa, lo cual redunda enmenores ingresos por dicho concepto. Cabe precisar que, los postores son quienesdeben evluar sus propuestas bajo criterios propios de rentabilidad yresponsabilidad sobre lo ofeado, debiendo Ia entidad hacer prevalecer el principode competencia y buscando una mayor retribucin al Estado.

    4, Respecto al cumplimiento de la Ley N" 27314, Ley General de ResiduosSlidos

    Teniendo en cuenta que el servicio que se pretende concesionar se encuentrareferido a la administracin, operacin y mantenimiento de la Planta deTransferencia y la infraestructura de Disposicin Final de Residuos Slidos (RellenoSanitario), deber contarse con las Declaraciones de lmpacto Ambiental (DlA), losEstudios de lmpacto Ambiental (ElA), los Programas de Adecuacin y ManejoAmbiental (PAMA) y dems instrumentos de gestin ambiental o EstudiosAmbientales establecidos en la legislacin vigente, debidamente emitidos y/oactualizados, segn conesponda, los cuales deben considerar necesariamentemedidas para prevenir, controlar, mitigar y eventualmente reparar, los impactosnegativos de los residuos slidos, en estricta aplicacin de lo dispuesto en la Ley N'27314, Ley General de Residuos Slidos y sus modificatorias.

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