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SECRETARÍA DE ECONOMÍA NORMA MEXICANA NMX-FF-115-SCFI-2010 PRODUCTOS AGRÍCOLAS DESTINADOS PARA CONSUMO HUMANO – FLOR (CÁLIZ) DE JAMAICA (Hibiscus sabdariffa L.) - ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA. AGRICULTURAL PRODUCTS FOR HUMAN CONSUMPTION CALYX OF ROSELLE (Hibiscus sabdariffa L.) - SPECIFICATIONS AND ASSAYS

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flor d jamaixa

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ECONOMÍA

NORMA MEXICANA

NMX-FF-115-SCFI-2010

PRODUCTOS AGRÍCOLAS DESTINADOS PARA CONSUMO HUMANO – FLOR (CÁLIZ) DE JAMAICA (Hibiscus

sabdariffa L.) - ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA.

AGRICULTURAL PRODUCTS FOR HUMAN CONSUMPTION CALYX OF ROSELLE (Hibiscus sabdariffa L.) -

SPECIFICATIONS AND ASSAYS

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PREFACIO

En la elaboración de la presente norma mexicana, participaron las siguientes empresas e instituciones: - CONSERVAS DE CALIDAD, S.A. DE C. V. - COLEGIO DE POSTGRADUADOS. - CONSEJO ESTATAL DE LA JAMAICA EN EL ESTADO DE GUERRERO, S. C. - COMITÉ SISTEMA PRODUCTO JAMAICA MEXICANA DE GUERRERO, A.C. - COMITÉ NACIONAL SISTEMA PRODUCTO JAMAICA, S. C. - COMITÉ SISTEMA PRODUCTO JAMAICA NAYARIT, A.C. - COMITÉ SISTEMA PRODUCTO JAMAICA DEL ESTADO DE OAXACA, A.C. - COMITÉ SISTEMA PRODUCTO JAMAICA DE PUEBLA, A.C. - COMITÉ TÉCNICO DE NORMALIZACIÓN NACIONAL DE PRODUCTOS

AGRÍCOLAS Y PECUARIOS. - COORDINADORA NACIONAL DE LAS FUNDACIONES PRODUCE, A.C. - INSTITUTO MEXICANO DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN, A.C.

(IMNC). - INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES FORESTALES, AGRÍCOLAS

Y PECUARIAS (INIFAP). - INSTITUTO TECNOLÓGICO DE ACAPULCO.

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- INTEGRADORA AGROINDUSTRIAL DE CHIAUTLA DE TAPIA, S. A DE C. V.

- GALDISA, S.A. DE C.V. - NUTRIKA GROUP MEXICO, S.A. DE C. V. - “PACH-VILL”, S.P.R. DE R.L. DE C.V. - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL,

PESCA Y ALIMENTACIÓN (SAGARPA). Dirección General de Fomento a la Agricultura.

- SECRETARÍA DE ECONOMÍA.

Dirección General de Normas. - SOCIEDAD MEXICANA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN, S. C. - UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO. - UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NAYARIT. Unidad Académica de Agricultura.

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ÍNDICE DEL CONTENIDO Número del Capítulo Página 0 Introducción 1 1 Objetivo 2 2 Campo de Aplicación 2 3 Referencias 2 4 Símbolos, Abreviaturas y Unidades 5 5 Definiciones 6 6 Clasificación y designación del producto 11 7 Especificaciones 11 8 Higiene 13 9 Muestreo 14 10 Preparación de la muestra 14 11 Métodos de Prueba 14 12 Marcado y Etiquetado 18 13 Vigencia 18 14 Bibliografía 19 15 Concordancia con normas internacionales 21

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La Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía aprobó la presente norma, cuya declaratoria de vigencia fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el:

NORMA MEXICANA

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PRODUCTOS AGRÍCOLAS DESTINADOS PARA CONSUMO HUMANO – FLOR (CÁLIZ) DE JAMAICA (Hibiscus

sabdariffa L.) - ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA.

AGRICULTURAL PRODUCTS FOR HUMAN CONSUMPTION CALYX OF ROSELLE (Hibiscus sabdariffa L.) -

SPECIFICATIONS AND ASSAYS 0 INTRODUCCIÓN La planta de jamaica (Hibiscus sabdariffa L.) es originaria del Continente Asiático (posiblemente de la India y Malasia); posteriormente es llevada a países africanos (Morton, 1987). Sin embargo, Wilson (1994) en base a estudios citogenéticos determina que el centro de la biodiversidad genética del genero Hibiscus sección Furcaria se localiza en la región del África subsahariana; además Mezel y Wilson señalan que desde 1969 H. sabdariffa L. es el único tetraploide originario de este continente. Eventualmente fue adaptada para su cultivo en regiones tropicales y subtropicales en diferentes países de Centro y Sudamérica habiéndose introducido a México por los españoles en la Época Colonial (S. XVI y XVII) (Morton, 1987). Actualmente existen más de 150 variedades de esta planta en el mundo y una gran variedad de actividades alrededor de este cultivo relacionadas con su consumo. Tiene varias posibilidades de uso y comercialización. Particularmente la flor (cáliz) de jamaica es utilizada para la elaboración de bebidas, jaleas, mermeladas, salsas, dulces, conservas, licores y ensaladas entre otros usos.

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SECRETARÍA DE ECONOMÍA Sus propiedades alimenticias incluyen la presencia de vitaminas (A, C, tiamina, riboflavina, niacina), minerales (hierro, calcio), carbohidratos, proteínas, fibra dietética y aceites. Dada la importancia de este cultivo tradicional y su consumo en el territorio nacional y al no existir referente internacional que indique las especificaciones y métodos de prueba con las cuáles certificar la calidad del producto al consumidor final, se establece el presente proyecto de norma mexicana. 1 OBJETIVO La presente norma mexicana establece la definición y la clasificación que se utiliza para la flor (cáliz) deshidratada proveniente de la planta de jamaica (Hibiscus sabdariffa L.), que se comercializa en el territorio nacional para consumo humano, así como los métodos de evaluación. Se excluye la flor (cáliz) de jamaica destinada para uso industrial. 2 CAMPO DE APLICACIÓN La presente norma mexicana es aplicable a la flor (cáliz) deshidratada de jamaica (Hibiscus sabdariffa L.) que se produce o comercializa en el territorio nacional. Se excluye la flor (cáliz) de jamaica para uso industrial. 3 REFERENCIAS Para la correcta aplicación de la presente norma mexicana se deben consultar las siguientes normas oficiales mexicanas y normas mexicanas vigentes: NOM-008-SCFI-2002 Sistema General de Unidades de Medida.

Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2002.

NOM-051-SCFI-1994 Especificaciones generales de etiquetado para

alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 1996.

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SECRETARÍA DE ECONOMÍA NOM-092-SSA1-1994 Bienes y servicios. Método para la cuenta de

bacterias en placa. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 1995.

NOM-110-SSA1-1994 Bienes y servicios. Preparación y dilución de

muestras de alimentos para su análisis microbiológico. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de octubre de 1995.

NOM-111-SSA1-1994 Bienes y servicios. Método para la cuenta de

mohos y levaduras en alimentos. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de septiembre de 1995.

NOM-112-SSA1-1994 Bienes y Servicios - Determinación de bacterias

coliformes. Técnica de muestreo más probable. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de octubre de 1995.

NOM-113-SSA1-1994 Bienes y Servicios - Determinación de coliformes

en placa. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de agosto de 1995.

NOM-114-SSA1-1994 Bienes y Servicios - Determinación de

Salmonella en alimentos. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de septiembre de 1995.

NOM-116-SSA1-1994 Bienes y Servicios. Determinación de humedad

en alimentos por tratamiento térmico. Método por arena o gasa. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de agosto de 1995.

NOM-117-SSA1-1994 Bienes y Servicios – Método de Prueba para la

determinación de cadmio, arsénico, plomo, estaño, cobre, fierro, zinc y mercurio en alimentos, agua potable y agua purificada por espectrometría de absorción atómica. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de agosto de 1995.

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SECRETARÍA DE ECONOMÍA NOM-120-SSA1-1994 Bienes y servicios. Prácticas de higiene y

sanidad para el proceso de alimentos, bebidas no alcohólicas y alcohólicas. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de agosto de 1995.

NMX-B-231-SCFI-1990 Cribas para la Clasificación de los materiales

granulares. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 1991.

NMX-F-317-S-1978 Determinación de pH en alimentos. Declaratoria

de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 1978.

NMX-F-607-NORMEX-2002 Alimentos – Determinación de cenizas en

alimentos – Método de prueba. Declaratoria de Vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de mayo de 2002.

NMX-F-616-NORMEX-2005 Alimentos – Submuestreo de alimentos y

bebidas no alcohólicas para métodos de prueba – Método de prueba. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2005.

NMX-FF-006-SCFI-1982 Productos alimenticios no industrializados para

uso humano - Fruta fresca - Terminología. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 1982.

NMX-Z-012/1-SCFI-1987 Muestreo para la inspección por atributos. Parte

1: Información general y aplicaciones. Declaratoria de Vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 1987.

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SECRETARÍA DE ECONOMÍA NMX-Z-012/2-SCFI-1987 Muestreo para la inspección por atributos. Parte

2: Métodos de muestreo, tablas y gráficas. Declaratoria de Vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de octubre de 1987.

NMX-Z-012/3-SCFI-1987 Muestreo para la inspección por atributos. Parte

3: Regla de cálculo para la determinación de planes de muestreo. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de julio de 1987.

4 SÍMBOLOS, ABREVIATURAS Y UNIDADES Para efectos de esta norma mexicana, se establecen los siguientes símbolos, abreviaturas y unidades, conforme a lo establecido en la NOM-008-SCFI-2002 (véase 2, Referencias). °C grado Celsius g gramo g/L gramo por litro h hora + más, menos µg microgramo L litro Máx máximo Mín mínimo mg miligramo mg/L miligramo por litro mL mililitro mg/mL miligramo por mililitro mL/min mililitro por minuto min minuto mm milímetro % por ciento ppm partes por millón pH potencial de hidrógeno ufc unidad formadora de colonia

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SECRETARÍA DE ECONOMÍA 5 DEFINICIONES Para la correcta aplicación de la presente de norma mexicana además de consultarse las definiciones establecidas en la NMX-FF-006-SCFI-1982 (véase 2 Referencias) se establecen las siguientes: 5.1 Aflatoxinas: Es el grupo de metabolitos tóxicos producidos por Aspergillus flavus y Aspergillus parasiticus, con un alto potencial para contaminar a los alimentos, que se encuentre en condiciones ambientales tales que favorezcan el crecimiento de estos hongos. 5.2 Análisis selectivo de la flor (cáliz) de jamaica: Es el proceso mediante el cual se separa, cuantifica y determina el porcentaje de daños, defectos, tamaño o cualquier otro elemento que afecte la calidad de la jamaica. 5.3 Buenas prácticas agrícolas: Conjunto de medidas higiénico-sanitarias mínimas que se realizan en el sitio de producción primaria de vegetales, para asegurar que se minimiza la posibilidad de contaminación física, química y microbiológica de un vegetal o producto fresco. 5.4 Buenas prácticas de cultivo: Actividades de selección de la semilla, tratamiento de tierra, almácigos, trasplante, abono, control de plagas, cosecha y poscosecha. 5.5 Buenas prácticas de fabricación: Conjunto de lineamientos y procedimientos de calidad relacionados entre sí, con el objetivo de garantizar que el producto es elaborado consistentemente dentro de las especificaciones señaladas en el presente proyecto de norma mexicana.

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SECRETARÍA DE ECONOMÍA 5.6 Flor (cáliz) de jamaica: Es la cubierta externa o primer verticilio floral de la flor de jamaica (véase figura 1) de la familia de las malváceas, género Hibiscus y especie H. sabdariffa L., constituido por el conjunto de cinco a siete hojas modificadas fusionadas entre sí llamadas sépalos (véase figura 2), de color que va desde rojo obscuro hasta color rosa y color verde claro, el cuál ha sido previamente deshidratado para su comercialización y consumo humano. En México se le conoce coloquialmente como flor de Jamaica.

FIGURA 1.- Planta de jamaica. FIGURA 2.- Detalle de los

cálices de jamaica.

5.7 Clasificación: Operación que consiste en separar la flor (cáliz) de jamaica en grados de calidad. 5.8 Cáliz roto: Para efectos de la presente norma, se entiende por caliz rotos todos aquellos fragmentos de flor de Jamaica que no sean retenidos en malla 5 mm.

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SECRETARÍA DE ECONOMÍA 5.9 Envasado: Acción de introducir o colocar la flor (cáliz) de jamaica deshidratada en los recipientes que lo han de contener con la finalidad de conservarlo, proteger su estabilidad física y química y comercializarlo. 5.10 Envase: Todo recipiente nuevo destinado a contener el producto designado como flor (cáliz) de jamaica en cualquiera de sus presentaciones y que entra en contacto con los mismos, conservando su seguridad física, química, sensorial y sanitaria. 5.11 Especies vegetales para infusiones de uso en alimentación: Son aquellas especies vegetales o sus partes que debido a su aroma y sabor, características de las especies a que pertenecen, se utilizan en alimentación por su acción fisiológica u organoléptica. 5.12 Etiqueta: Cualquier rótulo, marbete, inscripción, imagen u otra forma descriptiva o gráfica, escrita, impresa, estarcida, marcada, grabada en alto o bajo relieve, adherida o sobrepuesta al envase del producto. 5.13 Excretas: Es la presencia de desechos orgánicos de cualquier animal presentes en la flor (cáliz) de jamaica. 5.14 Humedad: Es la cantidad de agua que contiene la flor (cáliz) de jamaica, expresada en porcentaje de masa de agua con relación a la masa de la flor sobre base húmeda.

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SECRETARÍA DE ECONOMÍA 5.15 Inspección: Proceso que consiste en medir, examinar, ensayar o comparar la unidad en consideración (producto) mediante un patrón establecido, con respecto a las especificaciones indicadas en el presente proyecto de norma mexicana. 5.16 Límite mínimo y límite máximo: Cantidad mínima y cantidad máxima fijadas en la presente norma mexicana en las que no existe tolerancia. 5.17 Lote: Cantidad de producto envasado en un mismo lapso de tiempo para garantizar su identificación. 5.18 Materia extraña: Esta constituida por la presencia de cualquier tipo de materia ajena a la flor (cáliz) de jamaica, como tierra, tallos, ramas, hojas, excrementos de animales y otras impurezas. 5.19 Métodos de prueba (ensayo): Son los procedimientos analíticos utilizados en el laboratorio para comprobar que la flor (cáliz) de jamaica satisface las especificaciones establecidas en el presente proyecto de norma. 5.20 Muestreo: Es el procedimiento realizado para obtener una porción representativa de una remesa, lote o estiba, de la cual se desea conocer sus características y/o calidad del producto objeto de este proyecto de norma. 5.21 Manipulación: Es cualquier tipo de maniobra al que se someta a la flor (cáliz) de jamaica, ya sea a granel o envasada, en cualquier momento, desde la cosecha hasta el consumo.

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SECRETARÍA DE ECONOMÍA 5.22 Plan de muestreo: Procedimiento mediante el cual se determina el número de unidades que se van a inspeccionar, así como el criterio para aceptar un lote. 5.23 Preselección: Operación manual, rápida o superficial de separación de materia extraña y flor (cáliz) de jamaica con deficiencias de calidad muy evidentes. 5.24 Selección: Operación mecánica o manual de separar flor (cáliz) de jamaica, que reúnen las características de calidad indicadas en el presente proyecto de norma mexicana. 5.25 Unidad de producto: Es aquélla que se inspecciona para determinar su clasificación. 5.26 Verificación: Es la constatación ocular o comprobación mediante muestreo, medición, pruebas de laboratorio, o examen de documentos que se realiza para evaluar la conformidad del producto conforme al presente proyecto de norma mexicana. 6 CLASIFICACIÓN Y DESIGNACIÓN DEL PRODUCTO El producto objeto de la presente norma mexicana se clasifica en un solo grado de calidad y se designa como: – Flor (cáliz) deshidratada de jamaica

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SECRETARÍA DE ECONOMÍA 7 ESPECIFICACIONES 7.1 Especificaciones generales El producto objeto de la presente norma mexicana, debe cumplir con los siguientes requisitos: - color característico de la variedad; - olor aromático característico, no enrarecido, libre de olores

desagradables; - sabor acidulado, ligeramente astringente, no excesivamente agrio,

ácido o amargo; - estar limpio, libre de materia extraña; - libre de tinturas o aromatizantes. 7.1.1 Estas especificaciones se verifican sensorialmente. 7.2 Fisicoquímicas El producto objeto de la presente norma mexicana debe cumplir con las especificaciones fisicoquímicas indicadas en la tabla 1.

TABLA 1.- Especificaciones fisicoquímicas para la flor (cáliz) de jamaica

Especificación Límite Método de ensayo

(prueba)

Humedad 10 a 12% Máx. NOM-116-SSA1-1994

materia seca 90% Diferencial

pH 3% Máx. NMX-F-317-S-1978

Cenizas 10% Máx. NMX-F-607-NORMEX-2002

7.3 Microbiológicas En cualquiera de sus grados de calidad, el producto objeto de la presente norma mexicana debe cumplir con las especificaciones indicadas en la tabla 2.

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TABLA 2.- Especificaciones microbiológicas para la flor (cáliz) de jamaica

Especificación Límite Método de ensayo

(prueba)

Bacterias mesofílicas aerobias UFC/g

100 UFC/g Máx. NOM-092-SSA1-1994

Mohos y Levaduras UFC/g

10 UFC /g Máx. NOM-111-SSA1-1994

Coliformes fecales Ausente NOM-112-SSA-1994

Coliformes totales en placa UFC/g

10.0 Máx. NOM-113-SSA1-1994

Salmonella Negativo en 25 g de muestra

NOM-114-SSA1-1994

7.3.1 La preparación de las muestras para estas determinaciones debe

realizarse acorde a lo establecido en la NOM-110-SSA1-1994 (véase 2 Referencias).

7.4 Métales pesados y contaminantes El producto objeto de la aplicación de esta norma no debe presentar contaminantes químicos y biológicos que pongan en riesgo la salud del consumidor, ni residuos de plaguicidas o sustancias químicas fuera de los límites establecidos por la Secretaría de Salud (véase tabla 3).

TABLA 3.- Límites de metales pesados y contaminantes para la flor (cáliz) de jamaica

Especificación Límite Método de

ensayo (prueba)

Metales pesados (Pb, Hg, As, Cd, Cr) ppm 0.01 Máx NOM-117-SSA1-

1994

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SECRETARÍA DE ECONOMÍA 7.5 Materia Extraña El producto objeto de la aplicación de esta norma mexicana debe cumplir con las especificaciones de la tabla 4. TABLA 4.- Tolerancia de materia extraña y calices rotos para la flor de

jamaica

Especificación Método de ensayo (prueba)

Materia Extraña (%)

1.0 Máx.

Véase 11.1 y 11.2

Rotos (%) 8% Máx.

7.5.1 Los cálices rotos se cuantifican tomando como base una malla de

5 mm de diámetro. 8 HIGIENE El producto objeto del presente proyecto de norma mexicana deberá cumplir con las prácticas de higiene y sanidad indicadas en la NOM-120-SSA1-1994 (véase 2 Referencias), así como con lineamientos de Buenas Prácticas Agrícolas y de Manejo (véase 13 Bibliografía) en los procesos de producción primaria que guíen los procedimientos básicos de higiene a seguir para reducir los riesgos de contaminación microbiológica, química y física durante el manejo del producto. Se debe realizar un corte adecuado de la flor durante la cosecha, así como un adecuado manejo durante el secado y el transporte para asegurar que la flor llegue entera al comprador. El envase o empaque que contenga la flor (cáliz) de jamaica deben ser de materiales que no permitan que penetre el vapor de agua. Antes del sellado, el producto puede recibir como gas una aplicación de nitrógeno.

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SECRETARÍA DE ECONOMÍA 9 MUESTREO El muestreo del producto se establece de común acuerdo entre el vendedor y el comprador, recomendándose el uso de las normas mexicanas NMX-Z-012 Partes 1, 2 y 3 (véase 2 Referencias). 10 PREPARACIÓN DE LA MUESTRA Para realizar la preparación de las muestras de laboratorio requeridas para la evaluación del producto acorde a las especificaciones de calidad del presente proyecto de norma mexicana se deberá proceder conforme a lo establecido en la norma mexicana NMX-F-616-NORMEX-2005 (véase 3 Referencias). 11 MÉTODOS DE PRUEBA 11.1 Materia Extraña El método de prueba utilizado para la determinación de esta especificación podrá establecerse de común acuerdo entre comprador y vendedor; a falta de éste puede utilizarse cualquiera de los que a continuación se detallan: 11.1.1 Determinación del contenido de materia extraña retenido en

malla. 11.1.1.1 Objetivo Identificar todo tipo de materia extraña que contenga la jamaica almacenada lista para su venta, para corroborar que el producto cumple con los límites tolerables establecidos en esta norma mexicana. 11.1.1.2 Fundamento Separar por medio de tamices con malla No. 14 y No. 16 las impurezas contenidas en la muestra de flor (cáliz) de jamaica, tales como granos varios, tallos, piedras, entre otras.

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SECRETARÍA DE ECONOMÍA 11.1.1.3 Materiales

Tina de plástico (42 cm de diámetro y 22 cm de fondo) con manijas para facilitar su uso;

Tamiz de laboratorio de 30 cm de diámetro, con malla de acero inoxidable No. 14;

Tamiz de laboratorio de 30 cm de diámetro, con malla de acero inoxidable No. 16;

Vaso de precipitado de 50 mL; Bascula digital, con una sensibilidad de 0.001 g; Bolsas de plásticos para guardar muestra; Etiquetas, y Bitácora para la anotación de resultados.

11.1.1.4 Procedimiento Tomar una muestra representativa homogenizada de 1 kg de cálices de jamaica del lote a evaluar. Dividir el kg de muestra en tres fracciones proporcionales para facilitar su manejo en los tamices. Colocar el tamiz No. 14 sobre el tamiz No. 16, y estos sobre la tina para la retención del material separado. Sobre la superficie del tamiz No. 14 colocar de manera homogénea la primera fracción de la muestra de cálices de jamaica a analizar. Posteriormente mover los támices con movimientos suaves oscilatorios hasta haber clasificado la totalidad de la muestra. Una vez terminado el tamizado separar cuidadosamente de manera manual los cálices de jamaica y la materia extraña retenida por los tamices No. 14, No. 16 y en la tina. Una vez separada la materia extraña retenida en los tamices se procede a colocar un vaso de precipitado para pesarla, se registra el peso en la bitácora y posteriormente se coloca en una bolsa de plástico, la cual deberá estar debidamente rotulada con los siguientes datos:

Nombre del proceso; Nombre de la muestra; Fecha de inspección;

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Número de lote de cáliz (flor); Proveedor; Número de muestra evaluada, y Peso de la muestra.

Los cálices de jamaica retenidos por los tamices con malla No. 14 y No. 16 se pesan por separado y se registra el total de la suma del peso de ambas fracciones en la bitácora. Los cálices de jamaica retenidos por los tamices con malla No. 14 se colocan en una bolsa, este material es el que se empleará para el resto de las pruebas. Repetir estas operaciones con las otras dos fracciones restantes de la muestra a analizar. 11.1.1.5 Expresión de resultados El porcentaje obtenido de material extraño retenido en los tamices se obtiene mediante la siguiente ecuación:

)100()(

)(%

gelamuestraPesototald

gableñaclasificteriaextraPesodelamaPMECLA

Donde: PMECLA es el porciento de materia extraña 11.1.2 Determinación manual del contenido de materia extraña 11.1.2.1 Objetivo Clasificar todo tipo de materia extraña que contenga la jamaica almacenada lista para su venta, para corroborar que el producto cumple con los límites tolerables establecidos en esta norma mexicana. 11.1.2.2 Fundamento Separar manualmente las impurezas (piedras, semillas varias, tallos, etc.) contenidas en el cáliz (flor) de jamaica después del proceso de fluidización.

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SECRETARÍA DE ECONOMÍA 11.1.2.3 Materiales y equipo Pinzas de disección de punta fina; Vaso de precipitado de 50 mL; Recipiente extendido (charola); Báscula digital, sensibilidad 0.001 g; Bolsas para muestras; Etiquetas, y Bitácora para anotación de resultados.

11.1.2.4 Procedimiento Para la clasificación de impurezas se procederá a separar de manera manual las impurezas de la muestra colectada de materia extraña de los cálices de jamaica después del proceso de fluidizado. La muestra de materia extraña obtenida en el apartado 11.1 después de haberlo sometido al proceso de fluidizado, se coloca en un papel blanco extendido. Mediante inspección ocular simple y con ayuda de las pinzas de laboratorio se separan las impurezas de los cálices jamaica (piedras, semillas varias, tallos, excretas, entre otras). Concluido el proceso, se pesan las fracciones de impurezas obtenidas y se colocan en bolsas de plástico las cuales deberán estar debidamente rotuladas con los siguientes datos: Nombre del Proceso; Nombre de la muestra; Fecha de Inspección; Número de lote de cáliz (flor); Proveedor; Número de muestra evaluada, y Peso de la muestra. 11.1.2.5 Expresión de los resultados

% IMCLA = )

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SECRETARÍA DE ECONOMÍA Donde: IMCLA es el porciento de impurezas clasificables 12 MARCADO Y ETIQUETADO 12.1 Información Comercial 12.1.1 Marcado y etiquetado

La información comercial del producto preenvasado debe expresarse conforme a lo establecido en la NOM-051-SCFI-1994 (véase 3 Referencias).

12.2 Envase y embalaje Las características de los envases y embalajes establecidas en esta sección son de carácter general. El envase y el embalaje deben satisfacer las características de higiene, ventilación y resistencia a la humedad y a la temperatura, que garanticen un adecuado manejo, estibado, transporte y conservación del producto hasta su disposición al consumidor. Los envases y embalajes deben ser de materiales aceptables y convenientes para la correcta conservación y transporte del producto, con dimensiones que se adapten a las necesidades de transportación nacional e internacional. 13 VIGENCIA La presente norma mexicana entrará en vigor 60 días naturales después de la publicación de su declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.

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SECRETARÍA DE ECONOMÍA 14 BIBLIOGRAFÍA Ley Federal sobre Metrología y Normalización, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 1992 y reformas publicadas en el Diario Oficial de la federación el 24 de diciembre de 1996 y el 20 de mayo de 1997. Ley Federal de Sanidad Vegetal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 1994 y última reforma publicada en el Diario Oficial de la federación el 26 de julio de 2007. Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes 9 de agosto de 1999. NOM-044-FITO-2002 Por la que se establecen los requisitos y

especificaciones fitosanitarios para nueces, productos y subproductos vegetales procesados y deshidratados de importación. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de febrero de 2005.

NOM-051-SCFI/SSA1-2010 Especificaciones generales de etiquetado para

alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados. Información comercial y sanitaria. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2010.

CODEX Stan 296-2009 Norma del Codex para las Confituras, Jaleas y

Mermeladas. CAC/RCP 1-1969, Rev 4 (2003) Código Internacional de Prácticas Recomendado - Principios Generales de Higiene de los Alimentos. Comisión del Codex Alimentarius. Real Decreto 3176/1983. Plantas.- Reglamentación Técnico Sanitaria para elaboración y comercio de especies vegetales para infusiones de uso en alimentación. Biblioteca General Administrativa. Boletín Oficial del Estado. 28 de diciembre 1983. España.

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SECRETARÍA DE ECONOMÍA Wilson,FD. 1994. The genome biogeography of Hibiscus L. section Furcaria DC. Genetic Resources and Crop Evolution 41 (1): 13-25. 15 CONCORDANCIA CON NORMAS INTERNACIONALES Esta norma mexicana no es equivalente a ninguna norma internacional por no existir referencia alguna al momento de su elaboración.

México D.F., a

DR. FRANCISCO RAMOS GÓMEZ DIRECTOR GENERAL DE NORMAS

JMRM/PMR/LLE