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    V BAIMUN: Bellas Artes Interscholastic Model of United NationsConsejo de Derechos Humanos

    V BELLAS ARTES INTERSCHOLASTIC MODEL OF

    UNITED NATIONS (BAIMUN)

    Consejo de Derechos Humanos

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    V BAIMUN: Bellas Artes Interscholastic Model of United NationsConsejo de Derechos Humanos

    Estimados delegados

    Ante todo un gran saludo a los jvenes que han decidido aceptar y

    afrontar este gran compromiso que hoy se les presenta como una oportunidad

    de demostrar que tan racionales somos como seres humanos.

    El mundo globalizado que se nos presenta hoy en da manifiesta un cambio en

    la sociedad, en los mercados y en el orden poltico. Nuevos cambios implican

    nuevas responsabilidades que no solo le competen a los Estados sino tambin

    a los rganos internacionales ser los encargados de contraponer las

    situaciones y llegar a lo que Stephen Covey llama La 3era alternativa. Esta

    globalizacin tambin muestra innovaciones que buscan, bajo cualquier otro

    objetivo, facilitar la vida del ser humano. Ciertamente esto ha creado un

    entorno diversificado donde la competitividad de las empresas nos hace ser

    ms consumistas y poco valorativos de la vida. Pero tras todo esto se esconde

    un mundo totalmente diferente al que conocemos o al menos buscamos

    construir. Un mundo que apoyado por las grandes empresas transnacionales y

    Estados beneficiados es silenciado y comprueba la existencia de un ambiente

    ms corrupto, destructivo e inhumano.

    Lo que ustedes discutirn, negociarn y debatirn, en el mundo real puede

    realmente salvar a miles de personas. Por lo tanto, aspiro a que cada uno de

    los delegados de lo mejor de s mismo y demuestre realmente que todo es

    posible y que querer es poder.

    Es tiempo de que la sociedad despierte y demuestre la necesidad de un

    cambio. Debemos dejar de ser materialistas y ver lo que muchos expertos

    llaman el segundo plano de las cosas. Solo as, lograremos evolucionar.

    Bienvenidos al V Modelo de las Naciones Unidas del Colegio Bellas Artes

    Jorge Casanova

    Presidente

    Mara Cecilia Zambrano Isabella lvarez

    Vice-presidenta Secretaria

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    Lista de Pases

    China

    Estados Unidos

    Taiwn

    Corea del Sur

    Japn

    Alemania

    Francia

    Reino Unido

    Suecia

    Suiza

    Singapur

    India

    Italia

    Bolivia

    Brasil

    Argentina

    Malasia

    Birmania

    Tailandia

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    Tpico nico: Violacin de los derechos humanos enempleados de empresas transnacionales ubicadas en Asia

    Que es la comisin de los derechos humanos

    Es un rgano intergubernamental dentro del sistema de las Naciones

    Unidas encargado de fortalecer la promocin y proteccin de los derechos

    humanos en todo el mundo y para hacer frente a situaciones de violaciones de

    derechos humanos y hacer recomendaciones al respecto. Tiene la capacidad

    de discutir todas las cuestiones temticas de derechos humanos y situaciones

    que requieren su atencin durante todo el ao. Se rene en la Oficina de las

    Naciones Unidas en Ginebra.

    El Consejo est compuesto por 47 Estados Miembros de las Naciones Unidas

    que son elegidos por la Asamblea General de la ONU. El Consejo de Derechos

    Humanos reemplaz a la antigua Comisin de Naciones Unidas sobre

    Derechos Humanos.

    Funciones

    Su labor es dar orientacin poltica global, estudiar los problemas

    relativos a los derechos humanos, desarrollar y codificar nuevas normas

    internacionales y vigilar la observancia de los derechos humanos, adems de

    examinar la situacin de estos derechos en cualquier parte del mundo y la

    informacin proveniente de Estados, organizaciones no gubernamentales y

    otras fuentes.

    Tpico a tratar: idea general

    Las empresas Transnacionales

    Se denominan transnacionales a las empresas que producen en ms de

    un pas, que exportan e importan, por lo que traen como consecuencia el

    incremento en los flujos de inversin extranjera directa. Estas constituyen

    actualmente una de las expresiones ms acabadas de la interdependencia y la

    globalizacin crecientes en la sociedad internacional, configurndose como uno

    de los principales agentes econmicos tanto por su volumen de actividades

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    como por su influencia en los diferentes aspectos de la vida econmica y

    social

    Si las actividades comerciales proporcionan empleo a millones de personas,

    diversas prcticas comerciales que se aplican a diario pueden tener un efecto

    negativo sobre los derechos humanos. Las empresas pueden violar los

    derechos humanos con sus prcticas de empleo, o por la forma en que sus

    procesos de produccin repercuten en los trabajadores, las comunidades y el

    medio ambiente. Las empresas tambin pueden estar implicadas en abusos

    por su asociacin con autoridades polticas o gobiernos represivos.

    La mayora de los pases en vas de desarrollo carece de tecnologas y de

    recursos para extraer y

    comercializar sus

    riquezas. Por eso, en

    las actuales

    circunstancias, las

    inversiones en minera

    y agricultura llevadas

    a cabo por las

    corporaciones

    internacionales

    resultan lgicas y

    necesarias. Sera

    absurdo exigirles que

    lo hicieran sin obtener

    ganancia alguna.

    Pero, si se observa

    con mayor

    detenimiento, son

    pocos los casos

    donde se producen

    acuerdos justos:

    presionados por losFuente: Millward Brown

    Las 100 marcas ms valiosas del mundo

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    organismos financieros internacionales, los pases muy endeudados establecen

    impuestos que son irrisorios, si se tienen en cuenta las escalofriantes

    ganancias generadas por la exportacin. Asimismo, muchos gobiernos se

    lanzan a una competencia destructiva con el fin de captar inversoresextranjeros. A menudo se trata de dinero sucio, de sobornos obtenidos por las

    elites locales a cambio de condiciones ventajosas para las corporaciones

    internacionales.

    Los siguientes ejemplos demuestran perfectamente que cabe esperar de las

    empresas internacionales y sus inversiones. Adidas, Chicco, Aldi y otras firmas

    obtienen buena parte de sus productos en pases de mano de obra barata.

    Visto desde una perspectiva positiva, esto podra significar que lascorporaciones generan millones de puestos de trabajo, creando as las bases

    para el desarrollo y el bienestar en esas regiones. Sin embargo, la realidad luce

    muy distinta: por lo general, la paga de los trabajadores de las fbricas y las

    plantaciones se asemeja al salario mnimo del pas en cuestin o incluso

    menor. Y, a diferencia de lo que ocurre en la mayora de los pases

    occidentales, este salario mnimo no refleja lo que un hombre necesita para

    vivir, alimentar a su familia, educar a sus hijos y garantizar una jubilacin.

    Las firmas occidentales no solo explotan a millones de trabajadores, tambin

    ejercen un control absoluto sobre las riquezas naturales de numerosos pases.

    Pases como Indonesia al igual que la mayora de aquellos en vas de

    desarrollo, poseen una reserva casi inagotable de tesoros naturales (petrleo,

    oro, diamantes, cobre, maderas nobles, caf, cacao, bananas, etc). En su

    calidad de propietarios de estos recursos, son objetivamente mucho ms ricos

    que la mayora de los pases industrializados. Y, sin embargo, amplias capas

    de la poblacin sufren hambre y no tienen acceso ni a los medicamentos ni a la

    educacin.

    Es necesario imponer responsabilidades que las corporaciones deban asumir.

    Las multinacionales disponen de un poder cada vez mayor. En muchos casos,

    sus ventas anuales superan el presupuesto total de los Estados. A menudo

    tienen mayor margen de decisin que los pases en donde operan. Frente a

    estas decisiones, los bogiernos nacionales son asesores. Como bien lo seal

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    el socilogo Ulrich Beck Cuando una institucin perteneciente al Estado

    nacional intenta limitar el margen de accin de una empresa, entonces sta se

    radica en otra lugar, Por lo tanto, la cuestin ya no es si algo debe hacerse,

    sino simplemente donde se hace.

    La ligereza con la que numerosas empresas mudan sus establecimientos de

    produccin de un lado a otro acarrea un nuevo problema, ya que dichos

    traslados suelen dejar un norme nmero de desocupados a sus espaldas. No

    se trata de que las corporaciones retiren sus inversiones; se trata de que

    utilicen su poder para garantizarles un estndar de vida digno a aquellos que

    son la fuente de sus ganancias.

    Los derechos de los

    trabajadores

    Los derechos

    laborales son una de las

    reas en las que las

    empresas inciden de forma

    ms directa en la proteccinde los derechos humanos.

    Las Normas de la ONU

    reiteran, por una parte, la

    prohibicin del trabajo

    forzado u obligatorio y de la

    explotacin econmica de

    los nios y, por otra, los

    mandatos de proporcionar

    un entorno laboral seguro y saludable, de pagar una remuneracin que

    garantice un nivel de vida adecuado, y de respetar la libertad de asociacin y el

    derecho a la negociacin colectiva

    En la actualidad las empresas transnacionales, por la importancia que

    presentan en una economa internacional cada vez ms globalizada, se

    configuran como uno de los elementos que influyen de una manera decisiva enlas circunstancias que determinan la puesta en prctica de los derechos

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    humanos y, en particular, de los derechos econmicos, sociales y culturales y

    del derecho al desarrollo.

    Los Estados tienen el deber de controlar y limitar los abusos de derechos

    humanos que tienen lugar en la esfera privada, sobre todo si ha ratificado los

    Pactos Internacionales de derechos humanos, ya que en tal caso se

    compromete a prevenir que cualquier empresa, incluyendo las

    transnacionales, impida a sus trabajadores el derecho de sindicacin o permita

    prcticas laborales inseguras y de riesgo que pongan en peligro la vida de los

    trabajadores (19). Nos encontraramos ante deberes que no se imponen

    directamente a las empresas transnacionales, sino que se imponen por

    conducto de los Estados en los que esas empresas llevan a cabo susactividades, los denominados host States.

    En una economa global los dueos de diferentes firmas viven de los encargos

    de las compaas internacionales, cuyo inters es producir mercadera de

    marca al menor costo posible. Esto aumenta sus ganancias, ajusta los salarios

    y disminuye las medidas de seguridad en las plantas de produccin.

    Sindicatos

    El tema sindical es tan palpitante que rara vez lo que se dice termina

    traducindose en los cdigos. No hay duda de que si los empleados pudiesen

    negociar sus sueldos en convenio colectivos y recurrir eventualmente a una

    huelga, a las empresas les sera imposible disponer a gusto de la enorme masa

    de asalariados. Pero las grandes marcas actan con demasiada permisividad:

    incluso en aquellos pases donde los sindicatos y los consejos de fbrica estn

    dispuestos por la ley, consienten las amenazas a los trabajadores, de tal modoque stos se ven impedidos de defender libremente sus intereses. O

    directamente establecen su produccin en pases como China, donde los

    sindicatos libres estn prohibidos.

    Carta Social para el comercio con indumentaria

    La Carta Social para el comercio con indumentaria es la declaracin de

    compromiso que la Campaa Ropa Limpia present a todas las grandesempresas textiles. Su contenido se ajusta a los estndares mnimos de la

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    Organizacin Internacional del Trabajo. Sin embargo, hasta hoy, estos

    requerimientos bsicos solo han sido suscritos por pocas empresas. Estas se

    comprometen a cumplir con los siguientes requisitos en lo referente a su propia

    produccin, a subcontratistas y a sus plantas proveedoras. Asimismo, secomprometen a permitir controles independientes en dichos mbitos:

    Libertad de organizacin

    Los trabajadores tienen derecho a organizarse libremente. Pueden afiliarse a

    sindicatos independientes y a otras entidades sectoriales de su preferencia sin

    tener que pedir autorizacin previa para hacerlo. Tambin tienen derecho a ser

    representados por las organizaciones que ellos elijan.

    Salarios adecuados

    El salario de los empleados debe alcanzar para cubrir al menos sus

    necesidades bsicas (alimento, vestimenta, vivienda) y las de los familiares a

    su cargo. El salario equivaldr al menos al salario mnimo fijado por la ley del

    respectivo pas.

    Jornada laboral

    La cantidad de horas trabajadas por semana y la reglamentacin vigente en lo

    que respecta al pago de horas extras se correspondern con las normas fijadas

    por la OIT: 8 horas por da o bien 48 horas por semana

    Seguridad

    Las condiciones laborales para las reas de seguridad y salud correspondern

    a las normas fijadas por la OIT

    Edad mnima

    Los empleadores debern respetar la edad mnima de 15 aos fijada por la OIT

    para la mano de obra

    Proteccin frente a la discriminacin

    En lo que respecta al desempeo y a la retribucin salarial de los trabajadores,los empleadores debern fomentar la igualdad en el trato. Esto significa que los

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    empleadores no podrn consentir ninguna clase de discriminacin motivada por

    la raza, el color de piel, el sexo, las convicciones polticas o religiosas, el origen

    social o el pas de procedencia.

    Eliminacin del trabajo forzado

    No se recurrir al trabajo forzado

    Relaciones laborales estables

    Las disposiciones de derecho social y laboral tendientes a lograr relaciones de

    ocupacin estables no debern eludirse por medio de contratos de trabajo u

    otros subterfugios.

    Cdigos de conducta

    Uno de los problemas fundamentales a los que nos enfrentamos a la

    hora de establecer un marco normativo internacional para regular las

    actividades de las empresas transnacionales es que estas no son sujetos de

    Derecho Internacional en sentido pleno, por lo que podemos dudar de que se

    vayan a sentir obligadas por este tipo de normativa, sobre todo cuando se trata

    de una normativa que tiene como pretensin imponer ciertos lmites a sus

    actuaciones, unas actuaciones que hasta ahora no han contado en absoluto

    con dichos lmites

    Por su parte, en el artculo 2 de la Carta de Derechos y Deberes Econmicos

    de los Estados se establece que todo Estado tiene el derecho de reglamentar

    y supervisar las actividades de empresas transnacionales que operen dentro de

    su jurisdiccin nacional y adoptar medidas para asegurarse que esas

    actividades se ajusten a sus leyes, reglamentos y disposiciones y estn de

    acuerdo con sus polticas econmicas y sociales. Las empresas

    transnacionales no intervendrn en los asuntos internos del Estado al que

    acudan

    La tremenda presin competitiva impuesta por las empresas repercute no

    solamente en los salarios, sino tambin en las condiciones laborales.

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    Para pulir su imagen, la mayora de las grandes empresas establecieron

    normas de conductas similares que exigen las campaas y sindicatos. Sin

    embargo, parece bastante improbable que esas normas sean puestas

    efectivamente en prctica. De todas las empresas occidentales acusadas deabusos, solo un diez por ciento hizo algo razonable para mejorar las

    condiciones laborales. Sin un monitoreo realizado por organizaciones

    independientes y sindicatos, las supuestas mejoras son casi imposibles de

    constatar. Pero las empresas siguen negndose o apelan a mtodos de control

    que ms que para destapar irregularidades sirven para cuidar su propia

    imagen. Tal es el caso de una serie de informes confeccionados por gente de

    la misma compaa o por instituciones pagas que investigan como le conviene

    a quien realiz el encargo. O bien los resultados permanecen bajo llave.

    En Tailandia esos cdigos de conducta existen desde 1992. Contienen

    lineamientos relacionados con la edad mnima, los derechos laborales y los

    estndares de seguridad y ambientales. Peor paree que, por lo general, los

    empleados no tienen ni idea de la existencia de tales cdigos. A menudo, ni

    siquiera se traducen a la lengua del lugar, o bien estn colgados solamente en

    las salas de recepcin de visitas donde los obreros no tienen acceso. Esto sedebe a que las grandes marcas no se hacen cargo de los gastos de demanda,

    por ejemplo, la instalacin adicional de matafuegos o de sanitarios. La mayora

    de las mejoras que se exigen en los cdigos tienen que costearlas las

    empresas proveedoras mientras firmas como Nike desembolsan sumas

    exorbitantes para construir una cascada artificial. Ahora resulta que los

    empresarios quieren que los obreros trabajen todava ms duro para recuperar

    esos gastos. Las multinacionales saben que los cdigos incrementan el costo,

    pero no quieren pagarlo. Y si una planta eleva sus costos de produccin a

    causa de los cdigos, ellos simplemente se trasladas a otro lado, inclinndose

    por los lugares ms baratos.

    Las empresas en Asia

    Las empresas invierten donde la produccin es ms barata. Esto puede

    observarse con gran claridad en la industria del juguete. En la dcada de los 90

    hubo un enorme flujo de inversiones desde un continente hacia otro. En 1960,

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    Estados Unidas era el mayor productor de juguetes. Ms tarde, en los aos

    setenta las compaas norteamericanas radicaron su produccin en los

    denominados tigres asiticos (Hong Kong, Taiwn y Corea del Sur).

    Cuando en esos pases comenzaron a subir lentamente los salarios y se

    formaron los sindicatos, la caravana inversionista se traslad hacia Tailandia,

    Indonesia, Malasia y Filipinas.

    Y sobre todo hacia China porque para las multinacionales es un paraso. Hay

    un orden poltico establecido, los sindicatos estn prohibidos, las imposiciones

    gubernamentales son mnimas, las autoridades se dejan sobornar y el costo de

    vida es muy bajo. Tambin est el caso de Vietnam donde las empresas

    invierten debido a que las condiciones reinantes son muy similares a las de

    China.

    Alrededor del noventa por ciento de las prendas que recalan en los

    mostradores europeos se confeccionan en zonas de libre comercio ubicadas en

    China, en el sudeste asitico, en Centroamrica y en Europa del Este. Las

    grandes firmas europeas y norteamericanas de ropa deportiva no tienen ni un

    solo centro de produccin propio, sino que compran toda su mercadera almejor postor en el mercado. Los precios bajan: las factoras de Tailandia

    compiten con las maquilas mexicanas por lograr el menor costo. Suele suceder

    que en una misma mquina se cosan, uno detrs del otro, los distintos modelos

    de marcas que compiten entre s.

    Las grandes marcas limitan su accionar al diseo y a la publicidad. Y all s que

    no escatiman en gastos. El precio de un modelo nuevo Nike, Adidas o Reebook

    no baja de los 200 dlares. Pero de ese dinero los fabricantes reciben apenasel 12% y encima tienen que restarle los costos de materiales y de produccin.

    Dentro de esos costos, los salarios representan una porcin insignificante: de

    acuerdo con clculos realizados por la campaa Clean Clothes una costurera

    recibe en promedio apenas el 0,4% sobre el valor de venta de las zapatillas.

    Las entidades de derechos humanos coinciden en que los derechos de los

    empleados estn siendo ms pisoteados que nunca, sobre todo desde la crisis

    econmica que afect a Hong Kong, Taiwn y Corea del Sur. Los empresarios

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    aprovechan la inestabilidad poltica y econmica para negociar rebajas en los

    impuestos y ajustes en el mbito social.

    En s, sera muy razonable crear puestos de trabajo en los pases en vas de

    desarrollo, radicando la produccin fuera de los pases desarrollados, pero para

    poder hablar de inversiones en esos pases tambin habra que pagar salarios

    que aseguren un nivel de vida adecuado y que adems permitan general

    reservas.

    El caso de Walt Disney

    Dentro del negocio de los juguetes y los sueos infantiles, la Walt Disney

    Company es un pez bien gordo. En China fabrican los muecos de susfamosos personajes. Pero para los chinos, el ratn Mickey tiene una segunda

    cara Cuidado con las fbricas de Disney en los patios traseros del sudeste

    asitico advierte el Hong Kong Christian Industrial Committee, una

    organizacin que desde el 2001 ha denunciado irregularidades en fbricas

    chinas que provenan productos a la Walt Disney Company. Ente las

    imputaciones estaba la obligacin que tena el personal de trabajar hasta

    dieciocho horas por da, los siete das de la semana, a menudo durante mesesen condiciones peligrosas. La mayora de las jvenes trabajaban por un salario

    precario. Ms tarde, la misma organizacin publica otro informe sobre

    irregularidades en las fbricas chinas que exhortaba a las empresas

    norteamericanas a aplicar de una vez las reglas de comportamiento social.

    Asimismo, exiga que Disney instruyera a sus empleados acerca de sus

    derechos y que los incluyera en el control de las condiciones laborales. Las

    reacciones fueron silencio, negacin y ocultamiento.

    La conclusin de la Hong Kong Christian Industrial Committee fue: Disney no

    es un caso aislado, sino un ejemplo emblemtico de lo que hoy en da est

    ocurriendo en todo el mundo

    Situacin actual

    Es esta la forma de asegurar fuentes de trabajo? De esto se

    vanaglorian las empresas?Acaso los nios esclavos, los que perciben salariosde hambre y las mujeres que a diario son forzadas a trabajar deben agradecer

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    a los patrones e inversiones por su contribucin al desarrollo Qu tiene de

    raro que cada vez ms gente se alce contra una globalizacin cuyo concepto

    de inversin se parece tanto al de explotacin?

    Las organizaciones de la sociedad civil emplean una variedad de mtodos para

    que las corporaciones se responsabilicen por sus obligaciones relativas a

    derechos humanos y laborales. Estas iniciativas y mecanismos pretenden, con

    diverso grado de efectividad, promover y proteger los derechos humanos y

    laborales fundamentales. Aun cuando representan un primer intento de abordar

    las debilidades inherentes del modelo unilateral y voluntario de la

    Responsabilidad Social Empresarial, la nica solucin realmente eficaz sera

    un cambio de paradigma tanto del marco de los derechos humanos para lascorporaciones como del modelo econmico en general.Ya es hora de obligar a las empresas a cumplir con sus obligaciones. El

    cuidado de la imagen no es suficiente. En la Ley Fundamental de Alemania

    puede leerse La propiedad obliga. Su uso debe servir al mismo tiempo al bien

    comn. Lo que urge es un cambio autntico, serio, duradero y transparente.

    Las inversiones en los pases en vas de desarrollo son vitales, pero deben

    estar controladas por organizaciones civiles independientes; de lo contrario, la

    ganancia obtenida a partir de la pobreza hundir a estos pases en una miseria

    cada vez mayor. Aqu los sindicatos tambin deben jugar un papel protagnico.

    Pero el problema es que ahora, cuando se requiere con tanta urgencia la

    solidaridad a nivel internacional, la imagen sindical se ha deteriorado en la

    propia Europa, ya que muchos viejos burcratas se muestran reacios a cambiar

    el mercado laboral. La tarea de una organizacin como el Consejo de los

    Derechos Humanos, la Organizacin Internacional del Trabajo y el Fondo de

    Naciones Unidas para la Infancia es de poner en manifiesto los escandalosos

    abusos que se registran todos los das. Para obtener resultados tangibles, los

    activistas necesitan el apoyo decidi de sus respectivas organizaciones.

    El desafo es conseguir que el Derecho Internacional de los derechos

    humanos se pueda aplicar a las actividades de las empresas transnacionales

    ya que est comprobado que dichas actividades pueden tener un impacto

    negativo en un amplio abanico de derechos humanos. El Derecho

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    Internacional ha considerado al Estado como el nico responsable de

    respetar, garantizar y asegurar el disfrute de los derechos por parte de las

    personas bajo su jurisdiccin.

    Ahora bien, para poder asegurarlo, los Estados deberan tambin tratar de

    controlar las actividades de los actores no estatales, entre los que se

    encuentran las empresas transnacionales, cuando dichas actividades

    supongan un peligro para la garanta de ciertos derechos humanos.

    Este comit tendr la modalidad de que por cada delegacin habr dos

    funcionarios: Uno que representar al Estado y otro que representar a la

    cmara de comercio.

    Las delegaciones deben buscar acuerdos con los representantes de la cmara

    de comercio, que personifican en s una gran parte del desarrollo inversionista

    del pas, creando as oportunidades de empleo y que garantizando la

    existencia canales de dilogo que respalde el derecho de los ciudadanos.

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    Normas internacionales de derechos humanos relevantes para las

    empresas

    Declaracin Universal de Derechos Humanos (1948) La Declaracin Universal de Derechos Humanos pide que tanto los

    individuos como las instituciones participen en la labor de asegurar elcumplimiento de los derechos humanos. Aunque la responsabilidadprincipal de promover y proteger los derechos humanos recae en losEstados, las empresas, en su calidad de rganos de la sociedad(instituciones y grupos de individuos), tambin tienen la responsabilidadde promover y garantizar los derechos humanos enunciados en laDeclaracin Universal.

    Tratados internacionales de derechos humanos que contienen normasinternacionalmente reconocidas que las empresas tienen que respetar

    Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos (1966) (Derecho a lavida, a no ser sometido a esclavitud o a trabajo forzado, a no sufrirdiscriminacin, a la libertad de expresin y de reunin, y otros)

    Convencin Internacional sobre la Eliminacin de Todas las Formas deDiscriminacin Racial (1966)

    Convencin sobre la Eliminacin de Todas las Formas de Discriminacin

    contra la Mujer (1979) Convencin contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles,

    Inhumanos o Degradantes (1984) Convencin sobre los Derechos del Nio (1989) Pacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales

    (1966) (Derecho al trabajo, a un salario justo, a condiciones de trabajoseguras y saludables, derecho de sindicacin, a la salud, a la educacin,y otros)

    Tratados regionales de derechos humanos que contienen normasinternacionalmente reconocidas que las empresas tienen que respetar

    Convenio Europeo para la Proteccin de los Derechos Humanos y de lasLibertades Fundamentales (1950)

    Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (1981) Carta Social Europea (1961) Convencin Americana sobre Derechos Humanos (1969) Carta rabe de Derechos Humanos (1994) Protocolo Adicional de la Convencin Americana sobre Derechos

    Humanos en materia de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales(1988)

  • 7/29/2019 TEMARIO CONSEJO DE DDHH

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    V BAIMUN: Bellas Artes Interscholastic Model of United NationsConsejo de Derechos Humanos

    Convenciones, principios y cdigos internacionales especficos que lasempresas tienen que respetar

    Los Principios Bsicos de las Naciones Unidas sobre el empleo de lafuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacercumplir la ley (1990); el Cdigo de Conducta de las Naciones Unidaspara funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (1979);Convencin de la Organizacin de Cooperacin y DesarrolloEconmicos sobre la lucha contra el soborno de funcionarios extranjerosen las transacciones comerciales internacionales (2001); la Declaracinde Ro sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992); el Plan deAplicacin de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (2002);el Cdigo Internacional de Comercializacin de Sucedneos de la LecheMaterna (1981); el Convenio nm. 87 de la Organizacin Internacional

    del Trabajo (OIT) relativo a la libertad sindical y a la proteccin delderecho de sindicacin; Declaracin de la OIT relativa a los principios yderechos fundamentales en el trabajo (1998); Convenio nm. 169 de laOIT sobre los pueblos indgenas y tribales (1989); y otros

    Compromisos especficos para empresas que contienen normas de derechoshumanos

    La iniciativa Pacto Mundial de la ONU (2000); las Lneas Directricesde la OCDE sobre Empresas Multinacionales (2000); la Declaracin

    Tripartita de Principios sobre las Empresas y la Poltica Social, de la OIT(1977); y otros

    La aplicacin de todas las normas anteriores a las empresas

    Normas de la ONU sobre la Responsabilidad de las EmpresasTransnacionales y Otras Empresas Comerciales en la esfera de losDerechos Humanos (2003)

    Las Normas de la ONU se redactaron de manera que fueran coherentescon los acuerdos, convenciones, principios y declaraciones

    internacionales, regionales y multilaterales y engloban todas las normascon responsabilidades de derechos humanos especficas de lasempresas.