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Programación de los Derechos del Niño

Guía de Capacit ación

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© Save the Children Suecia

ISBN: 9972 - 696 - 27 - 8

Depósito legal: 1501222004 - 55 - 10

Coordinadora del ProyectoJulia EkstedtSave the Children Suecia

Elaboración del textoJulia Ekstedt

Apoyo en la elaboración del documentoFlor VargasAlejandro Cussianovich

Corrección de estiloWerner JungbluthErick Portilla

Diseño y DiagramaciónPerico Alvarez

ImpresiónPerfectWork

FotografíaServais Thissen

Save the Children SueciaPrograma Regional para América Latina y El CaribeDirección web: www.scslat.orgCorreo electrónico: [email protected] Postal: 14 0393 Lima Perú

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Save the Children Suecia es una organización sin fines de lucro y sin filiación religiosa ni política, constituida por aproximadamente 90.000 miembros. Fue fundada en noviembre de 1919 y desde entonces ha centrado su trabajo en la promoción y defensa de los derechos del niño, en el apoyo a la niñez en situación de riesgo y en la sensibilización de la opinión pública respecto de este tema.

Save the Children Suecia basa su trabajo en la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas. Es miembro de la Alianza Internacional Save the Children, el movimiento independiente comprometido con la lucha por los derechos de niños, niñas y adolescentes, más grande del mundo.

La Oficina Regional para América Latina y Caribe está ubicada en Lima, Perú, y realiza su trabajo a través de las contrapartes –principalmente organizaciones no gubernamentales- con que cuenta en Argentina, Belice, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Nicaragua, México, Paraguay, Uruguay, Venezue-la y en el mismo Perú. El programa regional está orientado a hacer posible que los derechos del niño, sean una realidad, mediante el desarrollo de las condiciones que para ello se necesitan en la socie-dad y el Estado. Dicha labor se lleva a cabo respetando el contexto sociocultural de cada país, promoviendo siempre la perspectiva de género, la no-discriminación y la tolerancia de los distintos valores locales y nacionales. Save the Children Suecia busca incrementar el conocimiento y el ejercicio de los derechos del niño en la sociedad favoreciendo la participación cualitativa de niños, niñas y adolescentes.

Save the Children Suecia

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Durante los últimos diez años, el enfoque de derechos humanos ha ganado una amplia aceptación entre las organizaciones e instituciones nacionales involucradas en el trabajo de desarrollo, tal viene siendo el caso de los órganos de las Naciones Unidas, ONG y agencias de donantes. Aunque, la idea de combinar desarrollo y derechos hu-manos no es nueva; hace más de 85 años, la fundadora de Save the Children entregó ayuda de emergencia y abogó por los derechos del niño. Sin embargo, por diversas razones históricas, los derechos humanos y el desarrollo evolucionaron como sistemas separados, pero, desde el final de la Guerra Fría hasta nuestros días, se han acercado hasta unirse.

Precisamente, el lograr un enfoque desde los derechos ha sido el cambio más significativo en el proceso del pensamiento y práctica del desarrollo. Se ha logrado pasar del movimiento basado en la caridad hacia el desarrollo sostenible. Es en este sentido, que Save the Children Suecia entrega esta Guía de Capacitación para la Programación de los Derechos del Niño, destinada a todas aquellas personas que tienen interés en acercarse y/ o profundizar un trabajo de derechos del niño. De esta manera, se podrá contar con una herramienta que permitirá establecer un enfoque que integre eficazmente los principios y las aproximaciones de los derechos humanos a los principios y prácticas del desarrollo. El presente documento es el resultado de una sistematización de talleres de Programación de los Derechos del Niño realizados por Save the Children Suecia en América Latina durante los años 2002-2004. En ellos, una serie de profesionales, envueltos en el trabajo que la institución realiza en la región, vienen luchando por hacer posible que los derechos del niño, sean una realidad.

Agradecemos a todos y todas los participantes de estos talleres por su valiosa contribución e insumos. Asimismo, extendemos nuestra gratitud a Eva Geidenmark, de la sede de Save the Children Suecia en Estocolmo, por su valiosa colaboración en el desarrollo del tema y, especialmente, a Alejandro Cussianovich por el extraordinario trabajo que ha desempeñado como facilitador principal en estos talleres.

Presentación

Pr esent ación 9

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Índice

Módulo Introductorio

IntroducciónContexto RegionalProgramación de los Derechos del Niño en el trabajoregional de Save the ChildrenObjetivo generalObjetivos específicos¿A quién va dirigida esta Guía?¿Cómo está organizada la Guía?¿Qué se necesita para realizar una capacitaciónbasada en esta Guía?

Módulo 1Car act er íst icas de un Enf oquede Der echos del Niño

IntroducciónPresentaciónSíntesis y conclusiones

Módulo 2Los Pr incipios de l os Der echos Humanosy l os Der echos del Niño

IntroducciónPresentación

¿Qué son los derechos humanos?Principios de los Derechos HumanosLos derechos del niño y los derechos humanosAportes de los derechos del niño a los derechos humanosLos derechos humanos en la aplicación de una PDN

Síntesis y conclusiones

Módulo 3La Convención sobr e l os Der echos del Niñoy l os Pr incipios de una Pr ogr amaciónde l os Der echos del Niño

IntroducciónPresentación

Los ejes de la ConvenciónEstructura de la Convención ¿Cómo monitorear la implementación de la Convención?

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Módulo 4Par t icipación de Niños y Niñas

IntroducciónPresentación

El origen del sentido participación de niños y niñasLa premisa de la participación protagónica

Síntesis y conclusiones

Módulo 5Pr ogr amar con un Enf oque de Der echos

IntroducciónPresentación

Ciclo de la ProgramaciónAnálisis sobre la situación de los derechos del niñoEstablecer prioridadesElaborar estrategias de implementaciónEjecución del programa/ proyectoMonitoreo Evaluación

Síntesis y conclusiones

Glosario

ReferenciasTalleres de Programación de los Derechos del NiñoPublicaciones Enlaces de interés

Anexo 1Inst r ument o sobr e el pr oceso de Pr ogr amaciónde l os Der echos del Niño

Anexo 2Ejer cicios adicional es

Anexo 3La Convención de l as Naciones Unidas

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La Convención sobre los Derechos del Niño (en adelante CDN o Convención) es el código universal de los derechos del niño que los Estados Partes de las Naciones Unidas han propuesto al mundo. Esta Convención reconoce y describe la variedad de los derechos a que el niño debería acceder y establece las normas básicas para su bienestar en las diferentes etapas de su desarrollo. La Convención clasifica los derechos en cuatro amplias categorías: derechos a la supervivencia, al desarrollo, a la protección y a la participación.

Fue aprobado en 1989, después de una larga lucha internacional, para convertirse en la convención existente más respaldada a nivel internacional. La CDN es la primera herramienta de este tipo cuyo cumplimiento es legalmente obligatorio para los países que aceptan ratificarla. Los países que ratifican la Convención (y que, por consi-guiente, se convierten en Estados Partes de la misma) aceptan someterse legalmente a sus estipulaciones, y realizar una serie de medidas para lograr su implementación.

En la región de América Latina y El Caribe, la sociedad civil y el Estado han trabajado en la implementación de la CDN. Algunos de estos Estados fueron los primeros en el mundo en ratificar la Convención, tras lo cual se crearon coaliciones nacionales de organizaciones no-gubernamentales y otras instituciones de la sociedad civil para vigilar su implementación. Es así que, durante los primeros años de la década de los noventa, se realizaron una serie de acciones que parecían mostrar un compromiso firme en implementar la CDN: se realizó una reforma para adecuar leyes y legislaciones internas a la Convención, se crearon mecanismos de protección y monitoreo, se realizaron capacitaciones y campañas para su difusión e, inclusive, se elaboraron informes estatales y alternativos al Comité de los Derechos del Niño (el órgano de las Naciones Unidas encargado de vigilar los avances del cumplimiento de la Convención de los Estados Partes).

Sin embargo, no se mantuvo un trabajo coordinado y sostenible, por lo que el monitoreo y la vigilancia de la aplicación de la Convención se debilitó. Al final de los años noventa, se generan esfuerzos dispersos, se realizan programas en los cuales no están identificados los roles y responsables de su cumplimiento; los proyectos son, en muchos casos,

Introducción

Módul o Int r oduct or io 15

Contexto Regional

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La situación actual no es muy diferente. Si bien, los actores que, de alguna manera, están trabajando en temas de niñez y derechos del niño son muy numerosos, muchos de ellos no asumen su responsabilidad en la aplicación integral de la Convención.

Y es que, para garantizar la vigencia de los derechos del niño, las acciones deben formar parte de una programación estratégica en el corto, mediano y largo plazo. Para ello, es fundamental tomar en cuenta la Convención como una herramienta básica para llevar a cabo una programación desde un enfoque de derechos y, así, lograr los cambios en la situación de todos los niños, niñas y adolescentes cuyos derechos se encuentran vulnerados.

Ala programación con un enfoque de derechos -inspirada en la CDN-, que se presentará a lo largo de esta guía, la llamaremos: Programación de los Derechos del Niño o PDN.

Al integrar el enfoque de derechos en la programación, se va a tener mayor precisión para medir los avances en el cumplimiento de la Con-vención, así como, en la inclusión de la perspectiva del niño como sujeto de derechos. Este enfoque permite integrar a los niños, niñas y adoles-centes como ciudadanos capaces de proponer soluciones, a la vez que crea una actitud comprometida de los adultos hacia los niños y niñas. Por otro lado, la CDN permite precisar temas a partir de un diagnóstico, establece prioridades, señalar a los responsables y elaborar los instru-mentos para el monitoreo y evaluación de las acciones que se realicen.

Para la implementación de una programación con un enfoque de derechos debemos tomar conciencia del rol y responsabilidad que tiene cada uno de los actores en la sociedad, ya sea éste un órgano estatal, una institución de la sociedad civil, una organización internacional, etcétera. Esto incluye el reconocimiento de los niños y niñas como suje-tos de derechos y actores sociales –en igualdad de condiciones que cualquier otro- en todo este proceso.

La Oficina Regional de América Latina y El Caribe de Save the Children S i h i i i d d it ió di ti t i

Programación de los Derechos del Niño en el trabajo regionalde Save the Children

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talleres de capacitación cuyo objetivo es lograr que los participantes adquieran un enfoque de derechos, y se pueda desarrollar una Progra-mación de los Derechos del Niño.

Estos talleres deben incluir, desde su inicio, una propuesta de cambios que permita a cada participante hacer una revisión del trabajo que ejecuta. Se da un paso hacia atrás para reflexionar sobre las acciones previamente realizadas y se desafía a los participantes a operar cambios conceptuales (metodológicos y prácticos) a través de una revisión e implementación en las diferentes partes de la programación institucional. Esto, a su vez, debe cumplir un efecto multiplicador en la institución, de manera tal, que promueva los cambios necesarios en los diferentes proyectos sobre niñez, así como en otros que se realicen en la institución.

Durante el 2002, 2003 y parte del 2004, las instituciones de la Alianza Save the Children han organizado una serie de talleres en diferentes países de América Latina: Brasil, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Perú, Venezuela y Uruguay; pero también a través de la colaboración con organizaciones socias en Argentina, Colombia, Chile, Costa Rica, Ecuador, Nicaragua, Perú, Paraguay, Uruguay y Venezuela.

La información y aportes de los participantes de algunos de estos talleres se han sistematizado y se presentan en este manual. El fin de estas intervenciones fue sustentar y aplicar una programación desde un enfoque de derechos.

Ofrecer un material de capacitación sobre la Programación de los Derechos del Niño

Identificar y comprender el enfoque de derechos en relación con un enfoque de necesidades.Tener una aproximación a los derechos del niño en el marco de los derechos humanos.Profundizar en el conocimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño y sus principios.

Objetivo general

Objetivos específicos

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Este material ha sido elaborado para todas aquellas personas que trabajan en temas de infancia, derechos humanos y proyectos de desarrollo en general. En sentido amplio, esta herramienta sirve tam-bién para instituciones u organizaciones que están o que pueden ser involucradas en el trabajo a favor de la infancia, de la adolescencia y en los derechos del niño.

Esta guía nos permitirá contar con una herramienta que nos lleve, en primera instancia, a reflexionar críticamente sobre nuestro enfoque a la Programación de Derechos del Niño y luego a la elaboración de un plan de trabajo.

La Guía está organizada en 6 módulos. Cada módulo tiene la misma estructura:Introducción al contenido del módulo;Presentación de conceptos y aspectos claves en un enfoque de los derechos del niño. Se ha realizado según la lista de divisiones de temas entre los módulos que figura líneas abajo;Ejercicios sobre los temas tratados en el módulo;Síntesis y conclusiones del módulo.

Módulo

Módulo Introductorio

Módulo 1 Características de un enfoque de derechos

Módulo 2 Los principios de los derechos humanosy los derechos del niño

Módulo 3 La Convención sobre los Derechos delNiño y los principios de la Programaciónde los Derechos del Niño

Objetivo del Módulo

Introducir el material y orientar en su uso metodológicopara la capacitación.

Diferenciar un enfoque de derechos de un enfoquede necesidades.Reconocer las características de un enfoque de derechos.

Introducción a los derechos humanos y sus principiosbásicos, y establecer la relación con los derechos humanosespecíficos de los niños y niñas.

Presentar las características fundamentales de la CDN,sus principios para sustentar la elaboración de la PDNy planteamientos para la vigilancia y monitoreo desu cumplimiento.

¿A quién va dirigida esta Guía?

¿Cómo está organizada la Guía?

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Los módulos pretenden ser una ayuda para el facilitador que dirija un taller o para las personas interesadas en la PDN. Cada módulo desarrolla secuencialmente los contenidos necesarios con la finalidad de que el facilitador tenga las herramientas suficientes para acompañar todo el proceso de capacitación. La persona que asuma esta tarea deberá tener cierto nivel de preparación en el tema de derechos humanos, derechos del niño, organización y experiencia en capacitación o experiencia en acti-vidades educativas. De esta manera, podrá realizar este acompañamiento con diferentes grupos de personas, con el personal de su institución o con las organizaciones con las que trabaja.

Los ejercicios en cada módulo ayudarán a los participantes a acercarse a cada tema, discutirlos, en grupos de trabajo, desde su propia experiencia y con otros participantes.

Es necesario que los participantes -niños, niñas, adolescentes y adultos- tengan una actitud de apertura para mejorar el trabajo por los derechos del niño. Asimismo, es fundamental que puedan reflexionar sobre las concepciones de infancia y adolescencia, así como, criticar constructi-vamente su propio trabajo para asumir cambios hacia un enfoque de derechos fortalecido.

Dar importancia a la contribución y aportes de todos los participantes. La capacitación puede ser diseñada alternando presentaciones con tra-bajos en grupos o individuales donde las oportunidades de trabajo sean equitativas. Se debe buscar que los participantes tengan una actitud receptiva hacia los aportes de los demás. Si hay alguna divergencia entre el grupo se debe analizar el tema en cuestión, de manera que ésta se pueda resolver por medio de un acuerdo general.Recoger la experiencia de los participantes. Se debe lograr que los parti-i l i l l bl h id l l d

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Módulo 5 Programar con un enfoque de derechos

Presentar las diferentes fases de un ciclo de programacióncon la finalidad de elaborar un plan de trabajo basado enun enfoque de derechos del niño. Realizar ejercicios de diferentes aspectos de una PDN.

¿Qué se necesita para realizar una capacitación basada en esta guía?

Estas son algunas consideraciones a tomar en cuenta para su preparación:

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Pensar en asumir ciertos cambios en el trabajo propio para enfrentar los problemas que causan la vulneración de los derechos del niño y abocarse a las soluciones.Tener presente que realizar una programación con un enfoque de derechos no consiste en la aplicación de una técnica más. Consiste en que la revisión y propuestas se liguen íntimamente a la concepción de los derechos del niño y a la propuesta de una nueva cultura de infancia.Tener equipo y material didáctico para las presentaciones y los ejercicios grupales, tales como: pizarra, transparencias, papelotes, plumones, tarjetas, marcadores, cintas, retroproyector o datashow, etc.

Experiencia de trabajo en derechos del niño.Conocimiento de:

los instrumentos legales que sustentan la vigencia de los derechos del niño; tanto losuniversales y regionales como los nacionales.programación, en sus diferentes partes: planificación, ejecución, monitoreo, evaluacióny recomendaciones.

Capacidad para: expresar sus ideas de manera precisa y clara.estimular la creatividad y capacidad crítica en los participantes.el análisis y la síntesis.dirigir un grupo diverso, resumir experiencias y percepciones individuales y colectivas.

Proporcionar los materiales necesarios antes, durante y después del taller.Recibir e inscribir a los participantes. Ser afectuoso y acogedor; así las personas se sentirán más relajadas para trabajar. Una vez que se inicie el taller o reunión, dar la bienvenida a todo el grupo y presentarles los objetivos, la agenda y la metodología de trabajo prevista. Es recomendable compartir previamente esta información con los participantes en la invitación y preparación del taller. Orientar y dar las instrucciones adecuadas para desarrollar cada actividad.Estar atento a la dinámica que se establece en el grupo. Promover y considerar los insumos y aportes de todos para lograr una participación amplia del grupo y adecuar la metodología a aquella. Crear las condiciones para que los participantes se escuchen y aprendan.Promover el intercambio de expectativas y resultados esperados

Requisitos de un buen facilitador o facilitadora

Recomendaciones para dirigir un taller o reunión

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En el trabajo por los derechos del niño se pueden identificar diferentes aproximaciones al tema. Este módulo presenta las características de dos enfoques de desarrollo1; uno, basado en las necesidades y otro, en los derechos. Si bien hay diferencias en sus planteamientos, esto no significa que son totalmente independientes, ya que, partiendo de las necesidades se llega a los derechos. Por tanto, el enfoque de necesidades y el enfo-que de derechos no son antagónicos ni excluyentes.

Un enfoque de necesidades nos da una visión orientada a solucionar problemas específicos, que merecen nuestra atención rápida e inme-diata; sin embargo, al mismo tiempo, nos concentra en lo específico y convierte al niño en un sujeto pasivo que debe ser atendido según nuestra perspectiva del problema.

Por el contrario, el enfoque de derechos nos da una visión de la infancia en la que el niño es sujeto de derechos. Es decir, el niño es una persona con opinión, que participa y aporta al cambio; el niño no es discriminado sino que es integrado como un miembro en la sociedad.

Através de un enfoque de derechos, los Estados que han firmado la CDN tendrán mejores posibilidades de garantizar su cumplimiento, mientras que los otros actores de la sociedad podrán cumplir con vigilar al Estado y contribuir con la responsabilidad que le corresponde.

Introducción

Presentación

Módul o 1 23

Ejercicio de reflexión sobre los enfoques

Para iniciar la reflexión sobre las características de un enfoque de derechos se planteanlas siguientes preguntas:

1. dentifique, desde su experiencia de trabajo, las características de un enfoquede derechos y de un enfoque de necesidades.

2. ¿Cuáles son las ventajas de un trabajo realizado desde un enfoque de derechos?

3. ¿Qué dificultades se pueden encontrar al aplicar un enfoque de derechos?

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Módul o 124

En talleres realizados en la región se dieron las siguientes respuestas sobre las similitudes y diferencias entre ambos enfoques:

Características desde un de derechosPermanente.Universal. Exigible. Participativo.Reconoce al niño sujetode derechos.Cambio en las relaciones que generan violación de los derechos del niño.Educar, compartir, discutir.Obligatorio.Sostenible.De largo plazo.Inherente, preventivo, dinámicoy evoluciona.Señala responsables.Irrenunciable.Integral.Tiene respaldo legal y jurídico.No discrimina.

Características desde un enfoquede derechos

Transitorio.Espontáneo.Asistencialista.Niño objeto de tutela.Demandas.Atención de lo urgente.Caridad.Coyuntural.Buena voluntad.De corto plazo. Vuelve invisible al niño.Puntual.Paternalista.

Características desde un enfoquede necesidades

Ejemplo de metodología del grupo de trabajo: Instrucciones al facilitador:

Divida los participantes en grupos de máximo 8 personas por grupo. Entregue a cada grupo dos papelotes, marcadores y fichas.Pídales que discutan las preguntas y luego que las presenten por escrito y oralmenteen plenaria. Dé entre 30 y 60 minutos para su trabajo en grupo.La primera pregunta puede ser contestada en dos columnas en un papelote para poder comparar las respuestas. Utilice el mismo procedimiento para las preguntas 2 y 3.Ayude a los grupos a pegar sus papelotes en lugares visibles de la sala.Dirija la plenaria finalizando con una síntesis que recoja las contribuciones de los grupos.

Ejemplo de metodología del grupo de trabajo:Instrucciones al facilitador:

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Módul o 1 25

Ventajas de un trabajo desde los derechos

Universal. Exigible.Indivisible. Participativo.Humaniza.Respeta.Existe un marco jurídico internacional.Existe legislación nacional.Su aplicación apela al sentido común.Se tienen responsables.Es sostenible.Asume a los niños integralmente.No jerarquiza ni somete un derecho sobre otro.

Resistencia al cambio.Desarticulación para su aplicación.Algunos contextos en contra delos derechos humanos. Se queda en el discurso.No cuenta con políticas públicas.Debilidad Institucional.Se asocia con lo político.Que no se aplique. Falta de conocimiento.Niños y niñas son población novotante ni participativa.Falta de información.Falta de articulación nacionale interinstitucional.Autoridades poco sensibles con visión asistencialista de la infancia.

Dificultades que se pueden encontrarCaracterísticas desde un de derechosEstablecimiento de propuestas nacionales y regionales. Divulgación y diálogo.Conciencia de responsabilidad.Diseñar nuevas formas de enseñanza de los derechos humanos.Organizaciones capacitadas.Apropiación, capacitación y sensibilización.Escuelas permanentes para padresy madres.Coordinación con otras instituciones.Participación de los niños.Campañas de sensibilización sobre una nueva visión de la infancia yel reconocimiento de sus derechos. Fortalece la institucionalidad.

Aspectos fav rables para su aplicación

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Lo propuesto permite reflexionar sobre estos dos enfoques y motiva los comentarios2 siguientes:

1. Relaciones entre necesidades y derechos

Es necesario contemplar las diferencias entre atender una necesidad y trabajar con un enfoque de derechos. Sin embargo, estos enfoques no son radicalmente opuestos porque el trabajo que se hace con los niños y niñas siempre se inicia atendiendo una necesidad. Aunque las necesidades y los derechos parten de enfoques diferentes, son depen-dientes, pues la forma práctica de atender los derechos es intervenir ante una necesidad.

El enfoque de derechos cuestiona la práctica social consistente en atender solamente las necesidades, sin otra perspectiva que asistir, y tiene en cuenta la posibilidad de renovar prácticas existentes. En el sentido común, las necesidades se presentan como lo concreto y los derechos como lo abstracto; el gran reto está en saber cómo articularlos y crear un nuevo sentido común. 1

Intervenir desde las necesidades con un enfoque de derechos es ingresar en una relación de poder. No sólo se busca cumplir lo inmediato, sino tener una mirada a largo plazo para el bienestar de los niños y niñas. Significa, además, intervenir desde lo ético humano: lo que se merece todo ser humano, como el respeto y la valoración personal. Es asumir la responsabilidad en el contexto en el que uno se encuentra, ya sea familiar, comunal o estatal. Sólo se puede decir que se está logrando una intervención desde los derechos, cuando los niños y niñas se vuelven los actores principales, en suma, los sujetos de la intervención.

“Entrar por las necesidades es necesario, prácticamente, se convierte

una condición para que nos escuchen y se considere que vamos a hablar

de los derechos de los niños”.3

“Entrar por las necesidades es necesario, prácticamente, se convierte en

“Desde el enfoque de derechos nos preocupamos por la persona, por el

ser humano. Lo atendemos, pero con dignidad y no de una manera

paternalista, asistencialista o caritativa”.

“Desde el enfoque de derechos nos preocupamos por la persona, por el

1. Relaciones entre necesidades y derechos

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2. El incumplimiento de los derechos

Luego de más de 14 años de haber sido aprobada la Convención, no se observan grandes cambios. No han disminuido las violaciones contra los niños, niñas y adolescentes, al contrario, algunas tendencias muestran que ciertos grupos tienen sus derechos más negados que antes. Los niños, niñas y adolescentes, con los que se trabaja en los programas y proyectos, entienden que tienen derechos; sin embargo, saben que en la práctica no se están cumpliendo. Esto origina descrédito e incredulidad respecto del discurso sobre los derechos.

Los niños y niñas se sienten engañados por los adultos. Para ellos, las palabras de los políticos y otras autoridades son cada vez menos creíbles. Esta situación viene causando estragos en su sentimiento de inclusión en la sociedad. Ellos no se sienten parte de las instituciones de la sociedad. Por el contrario, les es difícil establecer nexos entre sus intereses personales y los intereses comunitarios. Se enfrentan a un mundo adulto donde no hay un sentimiento de pertenecer a una deter-minada sociedad, no hay una identidad clara de lo que significa ser un ciudadano (con derechos y obligaciones) del lugar en el que viven.

3. El lenguaje expresa nuestra actitud frente a los niños y niñasUn aspecto necesario que se debe tomar en cuenta, cuando se habla de necesidades y derechos, es el lenguaje empleado para definir conceptos. Debemos reconocer que el lenguaje no es neutral. Detrás de él se es-conde la actitud o comportamiento que se tiene hacia los demás. Por ejemplo, se puede aludir a los “niños de la calle” o a los “niños en situación de calle” sin entender la diferencia y sin tener claro el juicio de valor implícito que se hace sobre ellos. Cuando se comenta: “este niño es un piraña”4, se está diciendo que ese niño se ha convertido en un peligro para aquel que se le acerque y, por tanto, debe generar des-confianza y temor. Otro ejemplo se da cuando se alude al niño pequeño ya no como un peligro sino como una víctima pasiva.

Módul o 1 27

“En una sociedad de desigualdades, toda necesidad aparece con un

carácter de emergencia, en el tiempo y en las exigencias que plantea;i

por lo tanto, una sociedad de desigualdades es equivalente a unaii

sociedad en emergencia”.

“En una sociedad de desigualdades, toda necesidad aparece con un

2. El incumplimiento de los derechos

3. El lenguaje expresa nuestra actitud frente a los niños y niñas

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Por otro lado, el lenguaje varía de acuerdo al espacio y al tiempo; por tanto, no se trata sólo de cambiar las palabras, sino de entender cabalmente las implicancias de su significado. Cuando se habla de necesidades, por ejemplo, se puede hablar también de aspiraciones y no sólo carencias o ausencias. Este cambio de significado hace que se pueda ver a los niños y niñas no como necesitados, sino en una relación horizontal de pares donde todos aprenden. 2

4. Los niños y niñas como responsabilidad social

Los niños y niñas son integrantes de la sociedad. Por el hecho de ser personas se les reconoce como seres públicos, lo cual quiere decir que la sociedad en su conjunto tiene responsabilidad sobre ellos. Por tanto, no se puede privatizar a los niños. Cualquier ofensa o muestra de bondad será siempre un acto público y, por lo tanto, de responsabilidad social.

El Estado es un mediador e instrumento de la sociedad; en ese sentido, trabajar por los derechos del niño implica ejercer un trabajo “público”, aun cuando no se pertenezca a una institución del Estado. Además, las personas que trabajan con un enfoque de derechos se ubican inme-diatamente en el ámbito internacional puesto que los derechos son inherentes a todas las personas, es decir, son universales. 3

5. Las necesidades como emergencia

Una sociedad vive en emergencia permanente cuando los recursos no alcanzan para satisfacer el bienestar de todos. Y si hay carencias ma-teriales, es probable que no se den prioridades para el desarrollo de actividades tales como la recreación, el arte, el juego y otras necesarias para el crecimiento personal. Lo que necesitamos para sentirnos huma-nos es dejado de lado por atender las carencias más relacionadas a la sobrevivencia, como son la alimentación y la salud. Sin embargo, como sosteníamos arriba, las necesidades de las personas no son únicamente materiales, aluden también a todo aquello a lo que aspiramos, las expectativas y metas que devienen en necesidades de equilibrio, de felicidad, de solidaridad, de salud mental, etcétera.

Es importante distinguir que el trabajo de cubrir una emergencia no sólo se refiere a la resolución de los problemas causados por un hecho concreto (un desastre natural, por ejemplo), sino que se puede estar

4. Los niños y niñas como responsabilidad social

5. Las necesidades como emergencia

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hablando de un proceso estructural de la sociedad (desnutrición infantil en las poblaciones rurales). En ambos existe el carácter de emergencia, pero en el problema concreto la ayuda aunque necesaria, es temporal y, en el largo plazo, insuficiente.

6. Las necesidades como cuestionamiento

El enfoque de derechos permite comprender mejor las necesidades de personas con escasos recursos. De tal manera que nos demos cuenta que sus necesidades no son naturales e inevitables sino que son produc-to de la injusticia y desigualdad. No son aceptables como algo natural y sí rechazables.

7. Los derechos: un discurso propositivo y afirmativo

Al intervenir desde un enfoque de derechos se asume el valor a la vida, a la solidaridad, a la responsabilidad, al respeto y a la dignidad humana. Pero sobre todo, con un enfoque de derechos, se participa directamente en los cambios. Se crea un mayor conocimiento gracias a la reflexión que se hace de la experiencia con los niños y niñas. De modo, reconocer que se trata de un derecho y no una necesidad, se obtiene una base para la elaboración de propuestas afirmativas con el objetivo de elevar la condición de las personas.

8. Hay que romper con modelos y paradigmas

El adulto comúnmente percibe que el niño y niña, por estar en proceso de desarrollo, no es capaz de tener una opinión “seria” de su realidad. Por eso, se suele decir, los adultos deben decidir lo que el niño o niña debe hacer o dejar de hacer. En el trabajo social a los niños y las niñas se les sigue percibiendo de esta manera; se les mira con ojos de compa-sión y lástima por lo que no tienen. En suma, se establece una relación de benefactor a beneficiario.

6. Las necesidades como cuestionamiento

“Las necesidades cuestionan a los sistemas. Si hay desigualdades es

porque hay sistemas, estructuras mentales, representaciones sociales

que las provocan y hasta justifican. Es decir, la manera como la sociedad

se imagina a los niños pobres, a los niños de la calle, a los niños abando-

nados, al niño que no está en la escuela, no es ajena a su

“Las necesidades cuestionan a los sistemas. Si hay desigualdades es

nados, al niño que no está en la escuela, no es ajena a su naturalización.”6

7. Los derechos: un discurso propositivo y afirmativo

8. Hay que romper con modelos y paradigmas

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de la sociedad y sujeto de derechos aunque situados en diferentes lugares generacionales.

Se debe entender a la infancia como fenómeno social, como una realidad social que se expresa y trasciende la experiencia individual de ser niño. Para ello se necesita que se forme una conciencia crítica para analizar la situación, preguntarse por qué los niños están como están, a qué se debe que no puedan cubrir sus necesidades. Y por ello, se debe tener una actitud de apertura para el cambio. Esto implica romper con modelos o paradigmas que se han aprendido durante toda la vida, no só-lo acumular conocimientos sino estar dispuestos a renovarse y cambiar.

Modificar el trabajo para los niños y niñas, desde la atención a sus necesidades a un trabajo con un enfoque de derechos, implica que ellos participen en las decisiones de todo el proceso de programación. Para el adulto, mirar y representar a los niños, niñas y adolescentes de otra forma, implica tener otra imagen de sí mismos, es decir, de su rol en la sociedad.

Para aplicar un enfoque de derechos y elaborar una Programación de los Derechos del Niño, se tienen que tomar en cuenta algunos factores principales:

El niño es sujeto de derechos

El niño y niña tienen derechos enunciados para todos los seres huma-nos, pero además cuentan con derechos específicos por su calidad de ser niños. Esto se encuentra expresado en la Convención sobre los Derechos del Niño. Situándolos como sujetos de derechos se rompe la visión asistencialista, paternalista y proteccionista; se reconstruye la dignidad humana de los niños y las niñas. Se le ve, no como víctima, sino como actor. Se le atribuye y reconoce sus capacidades para opinar, debatir y cuestionar.

Participación

La participación de niños y niñas esta asegurada a través de metodolo-gías participativas que les dan oportunidades de influir, tomar parte en las decisiones, participar en acciones, etcétera. Asimismo, el principio de la participación de la Convención recupera la visión de la infancia

É

4

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Módul o 1 31

Además, propone cambios en los modelos de percepción del niño y del adulto; democratiza las relaciones de poder existentes, como las que están en juego en las relaciones familiares, escolares, en el barrio, en el municipio, en la relación con autoridades, profesionales y otros.

No discriminación

Todos los niños y niñas deben gozar del pleno ejercicio de sus derechos. Se tiene una perspectiva inclusiva en los programas para asegurar que ninguno de ellos estén excluidos del trabajo para el cumplimento de sus derechos.

Aunque el trabajo se oriente a un grupo específico, a través, pora

ejemplo, de medidas afirmativas, se tiene que asegurar la no exclusión de otros grupos.

Responsabilidad y exigibilidad

Identificar a los garantes de los derechos del niño en el ámbito que se busca trabajar. Como parte integral del programa se exige el cumplimien-to de los derechos del niño, a través de estrategias como la incidencia o el cabildeo. Los principales garantes para la implementación de la Convención son los Estados Partes que la han firmado y ratificado. Son ellos los responsables ante toda la población, incluidos niños y niñas, así como, ante la comunidad internacional. A su vez, la sociedad en su conjunto debe exigir su cumplimiento.

La ratificación de la Convención es vinculante, es decir crea una responsabilidad y la hace exigible bajo pena de denuncia y sanción.

Corresponsabilidad

Definir e identificar los roles y responsabilidades ante el cumplimiento de los derechos del niño. Aunque el Estado es el principal garante de los derechos ratificados, todos los miembros de la sociedad (instituciones locales, nacionales y la comunidad internacional) son co-responsables por su cumplimiento. Los padres y familias son los primeros responsa-bles del cuidado de sus niños, sus protectores y guías; son ellos quienes deben apoyarlos en el ejercicio de sus derechos.

Dar prioridad a los niños

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Módul o 132

Atender las desigualdades de poder

Para realizar un trabajo que lleve a cambios sostenibles se deben atender los problemas y raíces de las estructuras de desigualdad en la sociedad (por razones de clase social, sexo, origen étnico, edad, etcétera.).

Visión integral de la niñez

Se puede orientar el trabajo hacía una situación especial y algún derecho específico que se esté violando o negando, pero se buscan soluciones integrales para el cumplimiento de los derechos y principios de la Convención.

Metas claras y de largo plazo

Establecer objetivos para el cumplimiento de los derechos. Proporcionar una meta a largo plazo, claramente definida dentro del marco legal inter-nacional y el contexto local. Las metas deben encontrarse en una estra-tegia de desarrollo que no se quede en actuaciones sobre lo inmediato.

Enfocarse en resultados sostenibles

Apuntar al logro de resultados, concentrándose no sólo en las conse-cuencias del problema, sino en sus raíces o causas.

Colaboración y cooperación

Formar asociaciones y alianzas para promover los derechos del niño a nivel local, nacional y regional para asegurar un trabajo con miras a lograr cambios integrales. La cooperación internacional debe apoyar el cumplimiento de los derechos del niño sin remplazar las obligaciones presupuéstales, administrativas, políticas y sociales del propio Estado.

Reformas legales y de políticas públicas

Promover la adaptación de la Convención en reformas legales nacionales y regionales, tales como el establecimiento de mecanismos regulares de monitoreo que permitan introducir mayores probabilidades de un cambio a favor de los derechos del niño7. Se adecua la Convención a los códigos nacionales que den protección integral a los niños y niñas, y se realiza una adecuación a la Convención en toda la legislación nacional existente.

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Aunque necesidades y derechos son diferentes, no son independientes y excluyentes, ya que partiendo de las necesidades se llega a los derechos.

En un trabajo desde el enfoque de necesidades, la tendencia es que los niños y niñas no participan, ni son consultados sobre sus opiniones ya que son vistos como beneficiarios y objetos pasivos. Esto, origina una visión proteccionista de la infancia y no permite ver al niño como sujeto de derechos y actor social. Si sólo se actúa desde las necesidades, es posible que nuestras acciones se entrampen y queden en el asistencia-lismo, con pocas posibilidades de revertir la situación, perdiendo de vista una mirada de futuro. En esta respuesta inmediata no se visualiza la integridad de los derechos del niño.

En un trabajo desde el enfoque de derechos, los niños y niñas participan y toman parte del ciclo de la programación, sea en la preparación, pla-nificación, ejecución y evaluación del impacto de acciones. Se valora la participación y propuestas y no sólo las carencias de niños y niñas en todas las etapas del trabajo. Hablar desde un enfoque de derechos evita la discriminación a la que son expuestos ciertos grupos, por ejemplo aquellos que viven en contextos de pobreza. Este enfoque los coloca en una situación de igualdad; como seres humanos, que comparten e inte-gran una misma sociedad. El enfoque de derechos del niño reconoce que el niño es competente y se encamina a una nueva cultura de la

Síntesis y conclusiones

Ejercicio: Revisando su práctica:

Las siguientes preguntas tienen por objetivo que usted revise el enfoque que utiliza ensu práctica.

1. ¿La programación que su institución desarrolla está formulada desde un enfoquede derechos o de necesidades?

2. ¿Podría intervenir usted para cambiar el enfoque si fuera necesario? ¿Cómo?

3. n su área de trabajo, ¿cuáles son las principales necesidades de los niños y ñiñas?

4. ¿Qué derechos se relacionan con estas necesidades y quiénes son los responsablesdel cumplimiento de estos derechos?

Módul o 1 33

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Módul o 134

Los derechos nos colocan en el espacio de lo público porque todo ser humano es público. Del mismo modo, todo niño y niña es un ser público porque conforma parte de la humanidad.

En la práctica puede ser necesario comenzar por las necesidades, porque se convierten en una condición para que se escuche y se considere un desarrollo y promoción de los derechos del niño.

Si la visión de la infancia se reduce a las necesidades de los niños, los que trabajan por sus derechos actúan como activistas y no serán capaces de ver que la necesidad del niño se origina por la negligencia e irresponsabilidad de un compromiso no asumido por el Estado, la comunidad o la familia.

“Transformar las necesidades en derechos es el desafío en el que

comprometidos todos los que miramos la infancia desde un enfoque de

derechos humanos”.8

“Transformar las necesidades en derechos es el desafío en el que estamos

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Este módulo presenta algunos aspectos de los derechos humanos relevantes a la aplicación de una PDN. Aquí se verá como los principios e instrumentos de los derechos humanos sirven de sustento para la for-mación de un marco conceptual en el trabajo a favor de los derechos del niño.

¿Qué son los derechos humanos?

Los derechos humanos son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo al interior de toda sociedad.

Los derechos humanos están basados en valores que dignifican a las personas. Se fundamentan en el respeto y responsabilidad que se otorga a cada individuo y miembro de una sociedad, comunidad y grupo social. Todo derecho reconoce un valor, por lo tanto, trabajar desde un enfoque de derechos humanos es favorecer a la práctica de valores, y asumir responsabilidades. No se puede exigir un derecho eximiéndose de la responsabilidad que implica su cumplimiento.

Los derechos humanos siempre han existido; sin embargo, en este último siglo la necesidad de su cumplimiento se ha hecho más evidente, vía su institucionalización jurídica o a través de nuevos instrumentos inter-nacionales. Los derechos humanos normados existen para la protección, desarrollo y bienestar de todos los seres humanos ante el Estado y entre individuos. Ellos establecen reglamentos de convivencia para dar protec-ción y promover valores y el desarrollo de las personas. Su existencia es universal, son garantías legales universales para la no discriminación.

Los principales garantes de que se cumplan los derechos humanos son los Estados Partes a través de las instituciones encargadas de dirigir su país. Sin embargo, todos los integrantes de una comunidad o sociedad son co-responsables de respetar y defender los derechos.

El instrumento fundamental de los derechos humanos es la Carta de las Naciones Unidas, un tratado internacional, conformado por la Declara-

Módul o 2 37

Introducción

Presentación

¿Qué son los derechos humanos?

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Módul o 238

Manifiesta que el ser humano tiene derechos anteriores y superiores al Estado y que la Comunidad Internacional debe velar por su protección. En 1966, se crearon el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), así como, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC).

Además entre los tratados internacionales destacan las siguientes con-venciones: Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (CERD) de 1965; Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDCM) de 1979; Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CCT) de 1984 y, la más reciente, la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CDN) de 1989.

Luego de la ratificación de una convención, el Estado se compromete a impulsar una serie de medidas para su adaptación en el país. Existen co-mités, en cada país, para vigilar la implementación de cada convención.

En muchos países la principal fuente legal es la Constitución Política, pero existen otros instrumentos a nivel nacional que han ido surgiendo a lo largo de la historia en favor de mejorar las condiciones para el desa-rrollo de las personas y darles protección ante el Estado y la sociedad. Estos instrumentos nacionales tienen que ser adaptados para respetar los instrumentos internacionales. 5

Principios de los Derechos HumanosLos derechos humanos se guían por cuatro principios que rigen su

Universalidad

Los derechos humanos pertenecen a todos los seres humanos sin distin-ción de género, edad, etnia, credo, clase social, discapacidad o cualquier otra consideración. Independientemente del lugar donde vive o nació, ninguna persona puede ser discriminada bajo ninguna circunstancia. Incluso aunque el país se encuentre en conflicto armado o en crisis.

Responsabilidad (rendición de cuentas, exigibilidad)

Los Estados que ratifican los instrumentos internacionales sobre derechos humanos se hacen responsables ante todos los ciudadanos d di i li i d i i l

Principios de los Derechos HumanosLos derechos humanos se guían por cuatro principios que rigen su accio ar:

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Indivisibilidad

Todos los derechos tienen el mismo valor y se complementan. Por tanto ningún derecho es más importante que otro. No hay jerarquía entre ellos para su cumplimiento y ninguno puede ser suprimido para desarrollar otro. Aunque se debe atender a la violación de cualquier derecho, en la práctica, se puede priorizar, mediante un análisis previo, sin por ello de-jar de establecer las conexiones con la integridad de los otros derechos. Priorizar no es sinónimo de jerarquizar.

Participación

Todos los individuos, por el hecho de ser personas, tienen derecho a tomar parte de la vida política, económica, social y cultural del país. El Estado se compromete a promover la participación de todos los habitantes de una sociedad como un derecho. 6

Los derechos del niño y los derechos humanos

Todos los mecanismos internacionales de derechos humanos consi-deran y dan protección a los niños y niñas. Sin embargo, la Convención sobre los Derechos del Niño es el instrumento que les da derechos específicos adicionales.

Aportes de los derechos del niño a los derechos humanos

Módul o 2 39

“El Estado debe respetar, proteger y cumplir los derechos y castigar a

quienes los violan. Cumplir significa hacer las reformas necesarias para

que los derechos sean respetados”.9

“El Estado debe respetar, proteger y cumplir los derechos y castigar a

Ejercicio sobre la consideración de los derechos humanos en el trabajo

¿En su institución se consideran a los derechos humanos como marco general en su trabajo? Tenga en cuenta lo siguiente:

1. ¿En la práctica concreta se consideran e identifican los derechos humanos del niño?

2. ¿Por qué?, ¿Cómo?

3. ¿Se identifica los garantes y se incide en ellos para el cumplimiento de los derechosdel niño en las instancias responsables para su protección?

Los derechos del niño y los derechos humanos

Aportes de los derechos del niño a los derechos humanos

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Módul o 240

El niño, por ser parte de un colectivo histórico que se llama humanidad,

no es reducible a algo que no rige para el conjunto de la sociedad; en ese

“El niño, por ser parte de un colectivo histórico que se llama humanidad,

dignidad de las personas, la proclamación pública de los derechos del niño ha enriquecido el discurso general de los derechos humanos al do-tarlo de especificidad y concreción. Por su parte, los derechos humanos dieron a los derechos del niño un carácter político y público.

Político porque los niños dejan de ser observadores, para convertirse en protagonistas de su quehacer personal y social. Exige el considerar al niño como ciudadano, más allá de la edad o de las facultades legales que éstas le reconocen al ejercicio de su ciudadanía. Al reivindicar los derechos políticos los hace partícipes y co-constructores de su sociedad.

Público porque el ser humano es el fin del Estado y la sociedad. Cada niño es un ser humano y por tanto es un ser público. Ningún ser humano puede ser privatizado y, siendo cada persona miembro de un colectivo, es pertenencia y responsabilidad del conjunto de la humanidad. La in-fancia en muchas culturas es reconocida como parte del mundo de lo privado; es a partir de los derechos humanos que se abre la posibilidad de que se vuelva una problemática social pública. Si la infancia pasa de lo privado a lo público, se le puede reconocer e integrar socialmente como un grupo social que aporta, opina y participa en la búsqueda de una sociedad con mejores condiciones para todos los que viven en ella. Por ello, los derechos humanos obligan a la revisión de ciertas represen-taciones sociales de la infancia para aplicar el concepto de niño como sujeto social de derechos específicos. Los derechos del niño aportan a los derechos humanos su especificidad y concreción en espacio y tiem-po. Se amplía la visión del niño como persona integrante de la sociedad y se reconoce su carácter como ciudadano. Sin embargo pasar a lo “público” sigue ambiguo si por tal se entiende como simple parte de una agenda y como beneficiario de políticas públicas.

El niño como sujeto de derechos específicos implica que se le reco-nocen derechos en su condición de niño. Se debe revisar cómo se está “pensando” a la infancia, cómo está siendo percibida en los diferentes espacios, cuál es el concepto que tienen sobre ella diferentes actores con quienes se interrelaciona.

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Módul o 2 41

Los derechos humanos en la aplicación de una PDN

Para aplicar un enfoque de derechos del niño se necesita conocer y estar convencidos de la condición de niño como sujeto de derechos, tener un reconocimiento y manejo de los derechos humanos en general y de los derechos humanos del niño, expresados en la Convención en específico. Para realizar un trabajo a nivel nacional o local se debe estar familiarizado con instrumentos como la Constitución Política, el Código del Niño, los Planes Nacionales de Acción por la Infancia y otros acuer-dos jurídicos y políticos que los países hayan firmado para favorecer a la infancia y el cumplimiento de sus derechos.

Se debe reflexionar, analizar e interpretar los instrumentos de derechos humanos como base fundamental en la preparación, manteniéndose informado durante el transcurso del trabajo. El conocer los acuerdos y documentos básicos que dirigen la política de un gobierno (decisiones políticas y legales internacionales, nacionales, regionales y locales) no es un privilegio de los abogados, sino de todos los ciudadanos compro-metidos en cambiar la visión de la infancia y mejorar sus condiciones hacia el camino de la vigencia de sus derechos.

Por otro lado, aplicar los derechos humanos del niño implica un cambio en las actitudes, en los sentimientos y en las expresiones. Se debe tener apertura y compromiso para escuchar a los niños y niñas; recoger sus prioridades y sus opiniones sobre cómo ellos perciben situaciones especí-ficas o generales. Se puede promover, colaborar y apoyar la organización de niños y niñas en la promoción de sus derechos para que ellos puedan participar en los procesos de toma de decisiones, incidir en los gobernan-tes y otras autoridades, etcétera. Es necesario que los niños conozcan sus derechos y dónde acudir para incidir en su cumplimiento.

Los derechos humanos en la aplicación de una PDN

Ejercicio sobre la consideración de derechos y leyes nacionales

Las preguntas a continuación tienen por objetivo que usted reflexione sobre la importancia de los derechos humanos y su relación con las leyes nacionales.

1. ¿Conoce qué instrumentos legales que dan protección a los derechos del niño existenen su país? Menciónelos.

2. ¿Estas leyes, normas y/ o convenios incluyen los principios de los derechos humanos?

3 ¿Toman en cuenta estas leyes y normas al momento de planificar su trabajo en

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Módul o 242

Los derechos humanos son inherentes a todas las personas y se fun-damentan en el respeto que se otorga como valor a cada individuo o miembro integrante de una comunidad, grupo o sociedad.

Los derechos humanos son el resultado de una larga lucha por los valores y la dignidad de las personas y surgen antes de la institucionaliza-ción de los derechos humanos expresados en tratados internacionales.

Los instrumentos principales de derechos humanos están incluidos en la Carta de las Naciones Unidas y conforman la Declaración Universal de Derechos Humanos, así como los pactos, tratados y convenciones internacionales.

Hay cuatro principios que caracterizan los derechos humanos:universalidad, indivisibilidad, participación y exigibilidad. Para aplicar un enfoque de derechos del niño en el trabajo se tienen que considerar los principios de los derechos humanos transversalmente, sin excepción.

Los niños y niñas son protegidos por todos los derechos humanos y, además, tienen derechos específicos que se les otorga por su condición de niños.

Los derechos del niño aportan a los derechos humanos: el sentido de la concreción, una nueva visión hacia los niños basada en una nueva cultura de la infancia, una comprensión del carácter político y público del niño, así como, una comprensión de su condición ciudadana. 7

Síntesis y conclusiones

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Este módulo presenta a la Convención sobre los Derechos del Niño como instrumento y estrategia que sustenta un trabajo con enfoque hacia los derechos del niño. También, expone sus principios y los relaciona con los principios de los derechos humanos y los principios generales de una Programación de los Derechos del Niño.

La Convención introduce una nueva visión de la infancia. Contradice una visión paternalista y asistencial de relaciones de dependencia de los niños y niñas hacia los adultos que deben hacerse cargo de ellos. La Convención toma en cuenta que los niños y niñas, por si mismos pueden ir asumiendo responsabilidades según sus posibilidades y capacidades. Reconoce al niño como sujeto de derechos y actor social.

Para que los adultos compartan las responsabilidades con los niños y niñas, se necesita contar con espacios de reflexión y encuentro inter-generacional, para que, en esta interacción, se vayan rompiendo con visiones distorsionadas de la infancia. La Convención presenta un gran paso en este sentido, e introduce novedades para la infancia y para los derechos del niño:

Es un tratado universal, de derechos humanos específicos para todas las personas menores de 18 años. Fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989. Representa el ins-trumento internacional más firmado y ratificado que existe.11

Agrega el concepto de protección integral de los niños y niñas, por lo cual se sostiene que, “todos los derechos del niño para todos los niños”. Se basa en que el niño, por su condición, requiere, en primer lugar, de protección por parte de la sociedad. Lo fundamental es la promoción de las mejores cualidades que tiene un niño. La protección es un elemento necesario y primordial para el trabajo de promoción de los derechos del niño como actor y sujeto social.

Es la línea de base fundamental para el trabajo con los derechos del niño. No se puede ir más atrás; representa el estándar mínimo del que deben gozar los niños y niñas en el mundo.

Módul o 3 45

Introducción

Presentación

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Módul o 346

Propone un cambio en la percepción de la infancia: de niño-objeto a niño-sujeto social de derechos. No utiliza un lenguaje directo, pero en muchos de los artículos -y en general- dispone al niño para que tome sus decisiones y tenga libertad de expresión. Asimismo, ofrece propues-tas para participar en el cumplimento de los derechos.

Además de ser un marco legal es un marco institucional y político. Cons-tituye un hecho ético y utópico, no es una realidad plena, sino más bien, es una aspiración. Es un hecho cultural porque invita a repensar cómo integrar la infancia y los derechos del niño.

Hace posible la exigibilidad a los garantes de su cumplimiento.

Presenta un sistema de monitoreo de su cumplimento en los países. Invita a la sociedad civil de tomar un papel importante en su vigilancia.

La Convención se enfrenta a otras culturas de infancia. Se da en un contexto de culturas dominantes como las siguientes:

Cultura de la propiedad: los niños son vistos como propiedad de la familia y/ o de sus padres, por lo que es necesidad de los adultos decidir sobre ellos. Esto se relaciona con la privatización de los niños y niñas en la casa, como si fueran parte inferior de las familias y su contexto. La Convención plantea una visión distinta: los niños no pueden ser propie-dad de sus padres ni de menor significación.

Cultura de la peligrosidad: se encuentra ante una visión patológica de las actividades del niño. La peligrosidad, entendida como reflejo de la sociedad, es el resultado de una sociedad que se defiende de los ni-ños. Es cierto que los niños pueden ser un peligro para muchas cosas, porque rompen por completo los esquemas establecidos. Muchas personas consideran, incluso, que hay adolescentes en conflicto con la ley porque no existen leyes que los penalicen o castiguen severamente. Ellos representan un peligro por lo que les falta y les sobra; madurez, criterio y experiencia laboral, por ejemplo. Pero les sobra audacia, intre-pidez, imaginación, capacidad de voltear el mundo, etc. La Convención es una ruptura entre un concepto de la sociedad que se protege del niño y la sociedad que protege al niño, contra el Estado y contra ella misma.

Cultura de la prescindibilidad: los niños y niñas son prescindibles,

La Convención se enfrenta a otras culturas de infancia.Se da en un contexto de culturas dominantes12 como las siguient :

a. Cultura de la propiedad:

b. Cultura de la peligrosidad:

c. Cultura de la prescindibilidad:

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Un país puede avanzar con sus políticas por un lado sin saber si ellos están de acuerdo. La Convención hace hincapié a la participación de niños y niñas en todo lo que les concierne.

Cultura de la protección:se ha establecido un concepto del niño como alguien que por naturaleza es bueno pero que la sociedad adulta corrompe. Se separa al niño de los demás para protegerlo, lo cual implica una falsa protección basada en reflejar la vulnerabilidad del niño. 8

Hay otras culturas en las que el niño es tan importante como cual-quier otro miembro de la sociedad, donde se establece una relación de equivalencia; son cosmovisiones de nuestras culturas originarias, no occidentales.

Se puede decir que la cultura de la propiedad ha traído una especie de privatización de los niños y niñas. La cultura de la peligrosidad ha colocado a los niños y niñas frente a la represión y la cultura de la pres-cindibilidad ha llevado a una marginalidad social y política del niño, niña y adolescente.

Los ejes de la Convención y lo especial de la Convención

La Convención se basa en cuatro principios fundamentales que le trascienden, los cuales se deben tomar en cuenta en su aplicación y en relación con cualquier artículo.

El Interés Superior del Niño

En cualquier situación en la que el niño intervenga, y deba tomarse cualquier decisión, debe considerarse lo que es mejor para él. Esto implica que cuando se tome alguna medida que se considere necesaria para su desarrollo, se tendrá presente si es realmente conveniente.

Articulo 3°de la CDN

En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las insti-tuciones públicas o privadas de bienes tar social, los tribunales , las autoridades adminis trativas o los órganos legis lativos , una considera-ción primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño protección y

Módul o 3 47

d. Cultura de la protección:

e.

Los ejes de la Convención

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Módul o 348

Los Estados Partes se asegurarán de que las instituciones, servicios y

establecimientos encargados del cuidado o la protección de los niños

cumplan las normas establecidas por las autoridades competentes,

especialmente en materia de seguridad, sanidad, número y compe-

tencia de su personal, así como en relación con la exis tencia de una

supervisión adecuada.

La No Discriminación

Todos los niños y niñas deben ejercer sus derechos siempre. Se alude a un trato horizontal, es decir, en igualdad de condiciones. Aquí se podría ver una aparente contradicción entre ser protegido y no discriminado. Sin embargo la protección está relacionada con sus derechos específi-cos como niño y la no discriminación está referida a no ser visto con minusvalías por el solo hecho de ser niño.

Articulo 2°de la CDN

Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su juris-dicción, s in dis tinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimen-tos fís icos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales. Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para

“Cuando hablamos de interés en el ámbito de la CDN, ¿estamos la

confrontación de intereses, valores y aspiraciones al interior de la socie-

dad? ¿Qué intereses sociales se están jugando a través de determinada

decisión que hay que tomar? Ciertamente, el interés superior del niño

forma parte de los intereses sociales. Pero hay que reconocer que eso

de “superior” es una traducción poco feliz del inglés y que pareciera

sugerir en castellano una suerte de jerarquía.” Más exactamente debe

entenderse como “los mejores intereses”, es decir aquello que nos hace

mejores. El interés superior del niño es un principio que nos exige pensar

siempre en el sujeto niño como contenido y referencia ética permanentes,

ypor ello el bienestar será siempre el bienestar de su entorno”.13

“Cuando hablamos de interés en el ámbito de la CDN, ¿estamos aceptando

Page 51: study viewer - Observatorio de la Infancia

En sociedades en las que aún no se han logrado vencer las culturas del maltrato, o en la que se penaliza la pobreza, se discrimina por género o generación; la discriminación deviene una inaceptable forma de excelencia.

El Derecho a la Supervivencia y Desarrollo

Todo niño tiene derecho a la vida y el Estado tiene la obligación de garantizar su supervivencia y desarrollo. El artículo 6°de la CDN hace referencia a este principio y a que todo niño debe contar con el apoyo de su Estado para el desarrollo de sus potencialidades. La supervivencia se refiere así, no sólo a la dimensión material, sino a la salud mental, a las condiciones de convivencia práctica y a la valoración de la propia cul-tura. Sobrevivir es una necesidad y una aspiración espiritual y material.

Artículo 6°de la CDN

Los Es tados Partes reconocen que todo niño tiene el derechoaintrínseco a la vida.Los Estados Partes garantizarán en la máxima medida posible la supervivencia y el desarrollo del niño.

El Derecho a Opinar y Ser Escuchado

El principio de participación es mencionado y aplicado en varios de sus artículos. Si bien la Convención hace referencia, en su artículo 12°, ala importancia de escuchar la opinión del niño, por las formas en que la sociedad interpreta a los niños, su opinión no es considerada significa-tiva y, menos aún, su protagonismo. Es importante y necesario reconocer esto, para iniciar el debate desde el enfoque de derechos.

La participación de los niños y niñas no se expresa a través de un artícu-lo, pero sí está presente como eje. E inclusive, se mencionan derechos en artículos con relación a la participación en circunstancias específicas, como, por ejemplo, el derecho a ser firmado, a asociarse, etcétera.

Articulo 12°de la CDN

Los Estados Partes garantizarán al niño que es té en condiciones de formarse un juicio propio, el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño; teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en fundación de la edad y madurez del niño.Con tal fin se dará en particular al niño oportunidad de ser escuchado

Módul o 3 49

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Módul o 350

El próximo módulo tratará el tema de participación en más detalle.

Todos los principios de la Convención tienen el mismo peso, teniendo como base la indivisibilidad de los derechos humanos. En otras palabras, no se puede tomar un tema en particular separado, sino que éste se debe tomar en cuenta como un todo. 9

Estructura de la ConvenciónLa Convención sobre los Derechos del Niño está dividida en tres partes:

Del artículo 1°al 41°, se encuentran los principios y derechos generales, concluyendo con las medidas de protección especial.

Del artículo 42°al 45°, encontramos indicaciones para la implementación de la Convención a través de mecanismos, estrategias y otras obligacio-nes del Estado. Además del establecimiento de un Comité de vigilancia para que los derechos sean cumplidos por los Estados firmantes.

Del 46°al 54°se refieren a los procedimientos que los Estados Partes adoptarán para la supervisión y cumplimiento de la Convención, así como las posibilidades de reservas, denuncias y enmiendas que los gobiernos o sociedad civil quisieran proponer.

Se presenta un resumen de los artículos de la Convención como anexo 3.

¿Cómo monitorear la implementación de la Convención?

Cada país que ratifica la Convención tiene que pasar por una serie de medidas para aplicarla al contexto de su país. Este proceso incluye: adecuación legislativa, adecuación de políticas públicas y programas, establecimiento de mecanismos de coordinación y monitoreo, asignación de recursos presupuestales, recolección de datos, capacitación y sensi-

Ejercicio sobre los principios de la Convención

1. ¿Qué significa en la práctica “considerar al niño como sujeto de derechos”?

2. ¿Cómo se puede considerar la no discriminación en un trabajo con grupos especialmentevulnerables, sin negar la indivisibilidad de los derechos y la integración de todos los niñosy niñas?

Estructura de la ConvenciónLa Convención sobre los Derechos del Niño está dividida en tres partes:

¿Cómo monitorear la implementación de la Convención?

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así como, el fortalecimiento de la participación de la sociedad civil para la apropiación de la Convención y su implementación.

La adecuación legislativa no se refiere solamente a la legislación sobre la protección específica de los niños y niñas, sino también a toda legis-lación que les afecta. El país puede usar la Convención en los procesos legislativos y en los procesos policiales, independientemente de tener o no leyes nacionales intermedias en estos temas. La Convención por tanto puede ser usada para litigar en casos de violación de los derechos del niño.

Para vigilar los avances de la implementación de la Convención por parte de los Estados Partes, existe un Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, compuesto por 18 expertos que se reúnen en Ginebra. A través de la ratificación de la Convención, los Estados Partes se comprometen a presentar al Comité informes sobre las medidas que adoptan y sobre los progresos en la implementación de la Convención. Los informes deben ser enviados dos años después de que la Conven-ción entra en vigencia y en lo sucesivo cada cinco años. Además de los informes oficiales, el Comité invita a la sociedad civil a elaborar y pre-sentar informes que se revisan detalladamente. Con la Convención, la participación de la sociedad civil es reconocida como parte importante del sistema de monitoreo, lo cual es una novedad en el sistema de derechos humanos de la ONU. Las ONG elaboran sus informes como respuesta al informe oficial del Estado y, muchas veces, presentan otra realidad del país.

El rol del Comité es: facilitar la aceptación de la Convención través de la revisión de informes oficiales y alternativos, definir los problemas y la extensión en que se discutirán, dar recomendaciones a los países para resolver problemas serios, solicitar ayuda técnica o la consulta de los Estados Partes, pedir a la Asamblea General de las Naciones Unidas que se hagan estudios especiales, así como, hacer visitas de monitoreo, organizar y/ o dar incentivos a grupos de trabajo en temas específicos.

Basándose en la lectura y análisis de los informes, el Comité elabora un documento con recomendaciones para el país, referidas a medidas para el cumplimiento de la Convención. Generalmente, se enfatizan algunos temas en particular y se revisa la situación en comparación con

Módul o 3 51

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Módul o 352

Otros mecanismos de seguimiento de la Convención

Existen varios mecanismos para hacer seguimiento a los derechos del niño, por ejemplo, a través del Sistema Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos. Ambos sistemas tienen Relatores Especiales asig-nados para trabajar en profundidad contra las violaciones de derechos del niño y demás, especialmente, en países afectados por este problema. Su labor específica consiste en investigar acerca de la situación de las violaciones y presentar propuestas de cambio. Sus trabajos tienen un gran peso moral e influencia en las políticas internacionales y naciona-les. Además, se puede incidir en los otros órganos de vigilancia de los derechos humanos, como en los otros Comités de las Naciones Unidas, la Comisión de Derechos Humanos, etcétera.

Otros mecanismos de seguimiento de la Convención

Ejercicio sobre el monitoreo de la Convención

Según el Artículo 4°de la Convención sobre los Derechos del Niño:

Los Estados Partes adoptarán todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención. En lo que respecta a los derechos económicos, sociales y culturales , los Estados Partes adop-tarán esas medidas hasta el máximo de los recursos de que dispongan y, cuando sea necesario, dentro del marco de la cooperación internacional.

Revisen las observaciones finales que ha presentado el Comité de los Derechos del Niño como respuesta al último informe de su Estado (se encuentra información de los informes oficiales en la página web del Comité: www.unhchr.ch/ spanish/ html/ menu2/ 6/ crc_sp.htm)

1. ¿Conocen las recomendaciones incluidas en las Observaciones Finales presentado al Estadocomo respuesta al informe periódico que éste hiciera al Comité de los Derechos del Niño?

2. ¿ u Gobierno ha realizado medidas para responder a estas recomendaciones?

3. ¿Cuáles, piensa, son las causas por las que no se logra un monitoreo permanenteen su país?

4. ¿Qué podría hacer su organización para fomentar la implementaciónde las recomendaciones?

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Los principios de los Derechos Humanos, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Programación de los Derechos del

En la siguiente tabla se presenta la relación entre los principios de los derechos humanos, la Convención y la PDN.

Existe una diferencia entre los principios y los derechos. Los principios se dan a un nivel de especificidad que se sustenta en fundamentos éticos, filosóficos y están en la base de todo ser humano, es decir en su condi-ción de ser persona.

Así, tenemos los principios de la universalidad, la participación, la indi-visibilidad y responsabilidad de los derechos humanos o los principios de la Convención como: la no–discriminación, en directa relación con el principio de la universalidad; la participación, como en los derechos humanos en general; el interés superior del niño; finalmente, el desarrollo y supervivencia de los niños.

Por otro lado, tenemos los derechos, que son el nivel de concreción de los principios ligados a la condición de sujetos, así tenemos: el derecho a recibir información, el derecho a la educación y la salud, el derecho a la vida y el derecho al buen trato.

Módul o 3 53

Los principios de los Derechos Humanos, la Convención sobre losDerechos del Niño y la Programación de los Derechos del Niño

Derechos Humanos

Participación

Responsabilidad

Universalidad

Indivisibilidad

CDN

No Discriminación

Participación

Interés Superior del Niño

Desarrollo y Supervivencia

PDN

No Discriminación

Participación

Interés Superior del Niño

Desarrollo y Supervivencia

Responsabilidad

Niño sujeto de derechos

Universalidad

Indivisibilidad

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Módul o 354

humanos, y desarrolla su análisis para formular una programación. Los derechos del niño recogen, de los derechos humanos, la dignidad de la persona por ser integrante de la humanidad. A su vez, los derechos humanos se vuelven concretos al aplicar una programación desde un enfoque de derechos del niño.

La Convención es la línea de base fundamental para los derechos del niño. Es la norma mínima desde lo cual no se retrocede, pero desde la cual sí se puede ir más allá.

La Convención tiene cuatro principios fundamentales que deben ser considerados en todas las acciones para los derechos del niño: el interés superior del niño, la no discriminación, el derecho a la supervivencia y desarrollo, así como, el derecho a opinar y ser escuchado. La Convención tiene un sistema de monitoreo a través del Comité de los Derechos del Niño que revisa los avances de su cumplimiento por parte de los Estados. La sociedad civil puede mandar informes alterna-tivos para ser comparado con el informe del Estado. Los informes son revisados por el Comité en sesiones periódicos.

El principal garante de la Convención es el Estado, pero todos los miembros de la sociedad tienen una co-responsabilidad en su monitoreo y vigilancia.

Los principios del cumplimiento de la Convención son uno de los ejes para aplicar un enfoque de derechos del niño y la Programación de los Derechos del Niño; algunos de los otros principios son, la exigibilidad, la responsabilidad, la universalidad y la incondicionalidad.

La Convención no cierra ni clausura la historia y los derechos del niño. Le compete a todos no transformarla en una ideología, sino más bien en una realidad en la vida cotidiana, siempre tratando de llegar más allá de los acuerdos básicos.

Síntesis y conclusiones

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La participación de niños y niñas, uno de los principios fundamentales de la Convención, tiene diferentes significados e interpretaciones se- gún el enfoque del cual se parta. Este módulo presenta maneras de entender la participación de niños y niñas y da especial énfasis a su participación protagónica.

La participación en general, y la participación de niños y niñas o de otros grupos específicos como mujeres, adultos mayores e indígenas en particular, está altamente presente en el trabajo de desarrollo y cooperación internacional. Las organizaciones e instituciones interna-cionales la colocan como parte de los requisitos para la aprobación de proyectos. Sin embargo, la palabra participación está frecuentemente mal interpretada y mal empleada. Se aplica según convenga, de acuerdo a lo que se quiere obtener, lo cual genera confusión respecto del significado real de la palabra “participación”. Esto forma parte de la evolución, uso y abuso del lenguaje.

Los discursos de participación están ligados a las dimensiones del poder social y a los espacios políticos y culturales que implican un mayor conocimiento de las relaciones humanas y sociales. Sin embargo, muchas veces la participación requerida es aquella que no propone mayores cambios en las condiciones estructurales, sino que mantiene el poder y las desigualdades.

La palabra “participación” puede ser utilizada como una ayuda para la sobrevivencia y no para la supervivencia, es decir, para conservar la vida, pero no para vivir mejor. La palabra “participación” ha sido sujetada y condicionada a los requerimientos de una sociedad que quiere mantener su orden social.

Módul o 4 57

Introducción

Presentación

“La participación ha devenido en una categoría de moda y por lo tanto

categoría absolutamente ambigua, absolutamente frágil en su significa-

ción, en su sentido más profundo. La manipulación sobre la categoría

ha devenido en una confusión mental...”14

“La participación ha devenido en una categoría de moda y por lo tanto una

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Módul o 458

Una visión predominante que tiene la sociedad de la participación de niños y niñas es la del “niño con voz pero sin voto”. Se considera su opinión, pero no su capacidad para decidir o adoptar una posición. Los adultos tienden a aún a pensar que los niños y niñas por el hecho de serlo, carecen de juicio o razón para ser partícipes de alguna posi-ción. De acuerdo a esta posición, ellos no serían capaces de defender sus intereses.

El niño esta visto como víctima y como sujeto beneficiario que se hace merecedor de lo que los adultos consiguen para ellos.

Un ejemplo de esta visión, entre muchos otros a nivel latinoamericano y global, se apreció en el Foro Social Mundial en Porto Alegre, Brasil, en enero de 2003. En la parte inaugural ni una sola vez se mencionó a los niños y niñas como presentes. En uno de los talleres los adultos encar-gados del evento no les dieron la palabra, a pesar de que dentro de los lineamientos organizativos del Foro sí hay una preocupación por escu-char las opiniones e ideas de los niños y niñas: no supieron escucharlos. Los niños y niñas estaban presentes pero sin voz, sin posibilidad de incidir e influir en lo que se estaba planteando sobre ellos. En el FSM del 2002 sólo se les menciona como víctimas de la pobreza conjunta-mente con la mujer. Mientras subsista esta visión, ¿de qué participación infantil se habla?

Escuchar a los niños y niñas implica conocer sus propuestas para incorporarlas o debatirlas con ellos. Para lograr esto, se debe recurrir a las organizaciones ya constituidas por ellos o ayudarlos a ver las oportunidades latentes de organización.”

Por otro lado, hay reparo en los adultos de escuchar a los niños y niñas organizados. Se piensa que no son ellos los que hablan, se cree adivinar detrás la presencia de un adulto del cual los niños y niñas han aprendi-do sus consignas. Con esta forma de pensar, se ofende doblemente a los niños: en primer lugar, a través la desconsideración o discriminación a que se les somete por no ser escuchados, y en segundo lugar, porque se piensa que los niños no son capaces de tener sus propias ideas y de formar sus propios juicios. Esta visión no incluye, sino excluye a los

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El origen del sentido participación de niños y niñas

En algunos países la región, el origen de la participación protagónica se encuentra en los movimientos sociales que surgieron a partir de los años 60. La participación de niños y niñas se empezó a relacionar, como par-te del movimiento, con propuestas desde la realidad infantil; prestando suma atención a sus aspiraciones, metas y mejoras para una vida de bienestar en el contexto en que se desarrollan. La idea de participación asume conductas en las que los niños y niñas están incluidos, asumen responsabilidades y no solamente deben ser protegidos por los adultos. Con la Convención se presenta una nueva visión integral de la partici-pación. A continuación, algunas apreciaciones que se han desarrollado y siguen desarrollándose desde entonces.

Primera apreciación: La participación de niños y niñas según la CDN

Con la Convención sobre los Derechos del Niño, se manifiesta el derecho a la participación de niños y niñas. El derecho a opinar y ser escuchado no se aprecian únicamente en el artículo 12°, sino también de manera transversal en varios de sus artículos como un principio fundamental de la Convención.

Sin embargo, la CDN plantea que la participación de los niños y niñas se atenga a ciertas condiciones.

Save the Children Suecia interpreta la Convención sobre los Derechos del Niño en el sentido de que la influencia no sólo significa que el niño pueda expresar libremente sus pensamientos, opiniones, sentimientos y necesidades. El niño, también, tiene que ser escuchado y respetado, teniendo en cuenta los puntos de vista que expresa, de manera tal que, influyan en las decisiones. Esto no significa que los adultos, apoyándose en la CDN, pongan en los niños una responsabilidad demasiado grande. Los niños no deben verse obligados a adoptar una postura en asuntos en los que no pueden prever las consecuencias. Cuando se lee la CDN en su

Módul o 4 59

“Participación sí, pero controlada; algo así como libertad condicionada.

Esta es la posición de la Convención sobre los Derechos del Niño. Se

tiene una visión de la participación según su edad y madurez.”15

“Participación sí, pero controlada; algo así como libertad condicionada.

El origen del sentido participación de niños y niñas

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Módul o 460

La política de SCS va un paso más allá de lo que el artículo 12°estipula, al sostener que los niños y niñas no deben involucrarse en situaciones en las que no son capaces de juzgar las consecuencias que acarrean sus decisiones. Por ejemplo: la guerra, la separación de una pareja (los padres), etcétera.

El artículo 12°, por sí solo, no garantiza la participación, debe comple-mentarse principalmente con los artículos 13°, 14°, 15°, 16°(artículos sobre los derechos civiles) y 17°(acceso a la información), pero también con otros que, de manera general, fortalecen el cumplimiento del artícu-lo 12°. Ejemplo de estos, son el artículo 5° sobre el ejercicio de sus derechos, el artículo 28° sobre el derecho a la educación y el artículo 6°sobre el derecho a la vida.16

Segunda apreciación: La participación representa un riesgo y por lo tantodebe ser gradual

Esta es una apreciación que tiene su sustento en desconocer las capa-cidades de los niños para emitir juicios y tomar decisiones. Participar sería un riesgo, y, es mejor que se realice paso a paso. La idea de una participación gradual se inspira la escalera de la participación de Roger Hart17, psicólogo irlandés. Él adaptó la escalera del movimiento de los derechos de la mujer a la situación de los niños y niñas. Para Hart, los adultos deciden y proponen lo que hay que enseñar a decir a los niños y niñas, lo que los adultos queremos que digan; es lo que se llama manipulación.

Hart propuso el concepto de “Tokenism” (una especie de ventriloquia) que no es sino una forma sutil de manipulación. Al adulto le urge que los niños y niñas digan con sus propias palabras -aun cuando no lo entiendan- lo que el adulto quiere que los niños digan. Los adultos se tranquilizan porque los niños y niñas repiten lo que ellos piensan que es mejor, lo cual, en sí, representa un riesgo. La pregunta en este caso sería: ¿es mejor aprender y repetir, convertirse en un repetidor o apren-der, incorporar, reflexionar para no ser sujeto de la manipulación adulta? Hay que trabajar poco a poco con los niños y niñas.

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La escalera de la participación Iniciativa y dirección de la infancia Los niños tienen la iniciativa, los adultos ayudan Compartir decisiones El consejo La invitación Simbólico La decoración La manipulación Los adultos deciden con benevolencia Los adultos decidenLa falta de consideración

Hart consideraba que en la sociedad adulta, los niños y niñas no tienen voz propia y que esto de “protagonismo” es una exageración de gente generosa pero idealista. Sin embargo, su posición y teorías han ido cambiando a lo largo del tiempo. Cuando en 1998, escuchó que una niña hablaba de su proceso de participación y organización, rectificó su manera de pensar y llegó a entender y respetar lo que significa una verdadera participación protagónica de niños y niñas en una conferencia internacional. La niña habló de su propia experiencia, de su participación en la organización a la que pertenecía y propuso ideas surgidas entre sus colegas.

Tercera apreciaciónLa participación pospuesta, es decir, la tesisde la pre-ciudadanía

Dos investigadores chilenos, Sergio García y Sergio Mick, publicaron un interesante y fundamentado artículo en el libro denominado Infancia y Democracia18, donde plantean el carácter pre-ciudadano del niño: los niños y niñas por ser niños están en el proceso de ser ciudadanos. El concepto de participación, al parecer, se está manejando jurídicamente y no en su magnitud real de niño sujeto social de derechos. Además, la ciu-dadanía, en este caso, está reducida a su acepción meramente jurídica.

No se tiene en cuenta que el niño tiene derecho a participar porque es parte de una sociedad que lo valora como persona, es decir, como a un integrante de esa sociedad. Cabe señalar, que el hecho de que el niño

Módul o 4 61

La escalera de la participación

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Módul o 462

Por ejemplo, en la nueva Constitución Política de Ecuador se considera ciudadanos a todos los nacidos en ese país, lo que implica que los niños y niñas, desde que nacen, ya gozan de ese estatus. Les da una concepción social y no sólo jurídica de la norma. Sin embargo, esta con-cepción jurídica es la que predomina en el sentido común de los países de la región de América Latina. Para reivindicar la ciudadanía social para los niños y niñas se debe considerar no sólo su participación en el plano jurídico.

Cuarta apreciación Participar como un derecho social y político

El enfoque que reconoce la participación como un derecho político fue elaborado por Peter Crowley del Unicef. Este punto de vista sostiene que el niño tiene el derecho de participar como una forma de entender sus derechos. Si se le niega el derecho de participar, no se puede esperar que el niño entienda, demande y ejercite sus derechos. Así, el derecho a la participación es una condición para el ejercicio de los derechos del niño en general. Es una condición previa para esperar y buscar que el niño ejercite y sea consciente de sus derechos. El derecho de la parti-cipación, en su sentido político, no es partidario. El niño en la relación con el adulto a través del ejercicio de sus derechos, puede influir en las decisiones que se tomen en su comunidad o municipio, sobre todo en aquello que le favorezca.19

En la medida en que existen diferentes formas de hacerlo, la participa-ción a secas resulta ambigua y requiere de una especificación para distinguir de qué tipo de participación se habla. Puede ser proactiva, (es decir, a favor de un proyecto), sustantiva, plena, directa o activa. Sin embargo, aunque existan diferentes formas, es necesario establecer bajo qué condiciones, el niño, como actor social, se ubica en estos espacios de participación. Desde este punto de vista, hay una forma de participar que se desarrolla como la quinta apreciación (presentada también aquí).

Pero, primero veamos un ejercicio para reflexionar sobre la práctica de participación de su propia institución.

Ejercicios

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Véase ahora, extractos de discusiones realizadas en talleres previos relativos al ejercicio.

Módul o 4 63

1. ¿En el trabajo con niños y niñas que realiza su institución se favorece su participación? ¿Cómo?

2. n su experiencia práctica, ¿cuáles son los factores que favorecen y los factores quedificultan la participación de niños y niñas?

3. ¿Qué considera que podría hacerse para contrarrestar estas dificultades?

Ejemplos de acciones para promover la participación de niños y niñas:

Difundir la Convención y realizar programas de sensibilización, promoción y capacitación

Experiencias de trabajoque favorecen la participaciónde niños y niñas

Capacitación y formación.

Sensibilización.

Fortalecimiento de las organizaciones de niños y niñas.

Fomentar los espacios de intercambio entre autoridades responsables para la vigilanciade la implementación de la CDN, como las defensorías del niñoy adolescente, ministerios, municipalices, comisarías y otras autoridades con organizacionesy grupos de niños y niñas.

Participación de niños y niñasen proyectos de preparaciónde emergencias, de difusión y capacitación de la CDN.

Participación de niños y niñasen el monitoreo de presupuesto municipal.

Factores que favorecenla participación

Espacios regionales, nacionales, municipales, escolares de participación.

Honestidad, transparencia, apertura y confianza entreadultos y niños y niñas.

Políticas públicas e institucionales que promueven una relación de aprendizaje de pares.

Legislación que favorece la participación de niños y niñas en procesos de toma de decisiones, y que da protección a niños y niñas.

Conciencia de las responsabilidades y la exigibilidad de su cumplimiento entre adultos yniños y niñas.

Consideración de la opinióny las experiencias niños y niñasen procesos jurídicos.

Información accesible sobrelos derechos del niño a diferentes niveles y en diferentes ámbitos.

Factores que dificultan la participación de niños y niñas

Actitud del adulto de consideraral niño como una personasin capacidades, en proceso de formación, sin posibilidad de formar su propia opinión o juicio.

Limitaciones conceptuales de parte de la sociedad sobre el significado de la participación.

Patrones culturales que refuerzan pautas de crianza proteccionistas y de minusvaloración hacia los niños y niñas.

Legislación, políticas e instituciones públicas y no adoptadas a la CDN.

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Módul o 464

Quinta apreciaciónParticipación protagónica de niños y niñas

Cuando se habla de protagonismo se da una horizonte (direccionalidad) a la participación de los niños y niñas; es decir, se trata de colocarlos en una propuesta colectiva, donde sean actores con iniciativa propia. No niega la protección, sólo le da otra perspectiva conceptual y práctica. Tampoco niega el sentido de la prevención, pero compromete a la sociedad en su conjunto y no solamente a los adultos. La provisión también encuentra en el paradigma del protagonismo un referente, rico en sus implicaciones. La participación se entiende así, como condición y no como concesión. La participación es un derecho y una necesidad.

Se entiende entonces que la participación en sí misma es ambigua, no se trata de participar por el hecho de hacerlo, sino de ir más allá: de participar para algo. La propuesta se debe hacer en función de un proyecto de desarrollo. Se quiere que los niños y niñas participen porque son parte de una sociedad.

No hay protagonismo sin participación, lo cual no quiere decir que toda participación sea protagónica. Para que exista protagonismo, los niños y niñas deben haber reflexionado sobre su experiencia de vida para crecer y madurar como protagonistas, por eso la parte de formación de una personalidad protagónica con los niños y niñas es una parte importante. De ninguna manera, hablamos de una personalidad prepotente y autori-taria, sino de una personalidad que modula actitudes, comportamientos, estilos de relaciones con los demás valores etcétera

Promover la organización de niños y niñas. Fortalecer habilidades, conocimientose incidencia en organizaciones y redes de niños y niñas.

Generar espacios de opinión pública para colocar el tema de los derechos del niño,incluyendo a niños y niñas entre los participantes.

Aprender y desarrollar la participación de niños y niñas en el camino de su construcción.

Crear espacios de participación fuera y dentro de la institución.

Apoyar a niños y niñas para influir en los medios de comunicación y enel sistema educativo.

Incluir a niños y niñas en procesos de incidencia sobre reformas legislativasy políticas públicas.

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Módul o 4 65

El protagonismo se desarrolla sólo en la medida que el conjunto de participantes puede ir avanzando en sus capacidades, es decir, en la medida que se informan y toman conciencia de la importancia de su participación. De esta manera nos volvemos protagonistas en el esfuerzo de contribuir a que otros lo sean.

Para nuestra cultura política, (siguiendo los preceptos de Jean Jacques Rousseau, teórico social de la Ilustración francesa) el niño nace puro y es la sociedad quien lo corrompe. Para que esto no ocurra, tenemos que separarlo y protegerlo. En este sentido, los niños, niñas y adolescentes quedan liberados del ambiente político y social. La cultura de la infan-cia fue fabricada desde la cultura política, la cual tiene básicamente tres centros: la democracia constitucional, los derechos humanos y la participación ciudadana.

Con relación a ciertos abordajes de la cultura de la infancia, los docu-mentos y códigos latinoamericanos dicen explícitamente que los niños y niñas tienen derecho a la participación. En Bolivia, por ejemplo, se discutió, hace algunos anos, que los adolescentes de 14 años podrían unirse a partidos políticos. No ocurrió, pero el simple hecho de que se estuviera pensando en ello implica un cambio de mentalidad con relación a la cultura política dominante. Lo que se requiere es una deconstrucción de estas culturas. Según la cultura dominante, los padres son los “dueños” de las familias y el momento de la infancia es pospuesto para el futuro. Jens Qvortrup, un sociólogo danés, dice que esa percepción del niño como parte del futuro sirve para evitar cuestionar al “adulto” presente.

Hay dos aspectos adicionales. El primero tiene que ver con la percepción del adolescente como peligroso, y si es pobre, potencial criminal. El otro se relaciona con la privatización, la invisibilidad, la negación del niño como un ser público y su transformación en un consumidor.

Formarse una opinión en la sociedad es un acto político de suma

importancia. Los que no tienen voz -los que por diferentes motivos no

pueden expresar sus ideas, pensamientos o sentimientos- no existen

socialmente. Ningún sector social puede existir sin opinión. Pero, no

basta expresar una opinión ya que lo más importante es saber qué peso

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Módul o 466

La premisa de la participación protagónica

Se podría decir, como una proposición manifiesta, que el protagonismo constituye un valor, una necesidad, un derecho y una demanda de cada individuo y colectivo social en el cual las vidas humanas se desarrollan sin importar los escenarios probables, en un corto, medio o largo plazo.

Para crecer como persona, es necesario tener la capacidad de desa-rrollarse como un ser humano en cualquier escenario. Hay algunos escenarios en los que el protagonismo se presenta como parte de una cultura que valora la autonomía, y otros escenarios en los que se pre-

Muchas veces la opinión infantil es simplemente un recurso didáctico

que busca “enseñar” al niño a expresarse. Sin embargo, no es suficiente

oír. Es necesario saber escuchar. La audición es un acto fisiológico; la

escucha supone tratar de entender, poniéndonos en el lugar del otro.

Esta actitud revela la cultura “adulta” que subyace a la relación, ya que

revela que los adultos tenemos poder sobre el valor de la opinión y el

juicio del niño.”21

”La primera característica de una persona que se desarrolla como pro-

gonista es la humildad, que no significa ser servil o el que se rebaja,

sino el que se coloca para escuchar y el que se abre al otro para pensar

como conjunto”22

“La primera característica de una persona que se desarrolla como prota

Ejercicio sobre participación protagónica:

1. ¿Que significa, y que características mínimas tiene la participación protagónica?

2. Señale ejemplos en los que considera que hay participación protagónica de niños y niñas.

3. ¿Cómo participan los niños y niñas en sus programas y proyectos y en la totalidad de suorganización o institución?¿Pueden ejercer una participación protagónica o no? ¿Cómo?

4. ¿Qué dificultades ha encontrado la promoción de una participación protagónica?

La premisa de la participación protagónica

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Módul o 4 67

Las premisas conceptuales de una participación protagónica

La singularidad de ser una persona: No sólo se trata de “ser una persona”, sino una fuente de igualdad y dignidad humana. No obstante, se busca enfatizar el valor de la individualidad, de lo “singular” de cada persona. Cada uno de nosotros es único. Pero en la Región hay culturas en que el concepto occidental de persona se ve enriquecido. Es el caso de “runa” que en culturas andinas concibe al ser humano como parte de un entorno que comprende la tierra y todo los que rodea, incluidos los antepasados.El ser relacional del ser humano: Ser “persona” significa, entre otras cosas, tener la capacidad de relacionarse con otros. En el teatro griego suponía hacerlo con aquellos que estaban atrás, más lejos del actor. Esta “esencia”, (existencia con relación a alguien), supone expresar la identidad personal y social como un resultado de una “otredad” y de un conocimiento. La relación es una parte de nosotros. Está inscrita en la cultura andina donde ayllu (palabra quechua-aymara, que no tiene una traducción literal al castellano) significa “lugar de desarrollo de la persona”. Ayllu esta vinculado a la tierra, pachamama, tierra madre, todo es ayllu. El niño es parte del ayllu. El niño es ayllu.“La sustancialidad” social del individuo: demanda el sentido de responsabilidad y sostiene la vocación del individuo como sujeto social. Como una categoría conceptual no puede ser comparada con las con-cepciones comunitaristas acerca de personas y grupos. El niño es un ser social, todo ser humano es social; la relación con el otro es una relación social. La individualidad constitutiva de cada persona: Afirmar la con-dicion social del niño, no niega su individualidad; por el contrario la revalora al hacerla parte de algo que la trasciende. Se refiere a la nega-ción de todas las formas de carácter colectivo que pretende imponer un anonimato personal y social sobre el individuo, así como de toda intención de sobrevalorar la vida privada que deriva de la exaltación del individualismo como un paradigma de vida personal.No hay niño sin cultura. No podemos ser seres sociales sino gracias a que somos seres corporeizados; nuestro cuerpo es parte de nuestro lenguaje: es un tipo de lenguaje.La condición pública: Cada niño y cada ser humano es de condición pública en el preciso sentido que es parte de la sociedad, de la especie; vale decir, de interés de la humanidad y por ello no reducible al ámbito de lo privado.

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Las premisas conceptuales de una participación protagónica

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Módul o 468

Las premisas que anteceden y otras, que eventualmente sea necesario agregar, conducirían a colocar como una premisa mayor la constitu-ción protagónica del ser humano, esto es, la batalla permanente por ser y por ser con otros, tener valor, ser apreciado y apreciar al otro. Estas premisas pueden constituir lo que serán las referencias conceptua-les de una estructura de elementos para una doctrina del protagonismo integral de la infancia.

Síntesis sobre participación protagónica de niños y niñas

No hay protagonismo sin participación, pero no toda participaciónadesarrolla el sentimiento de autonomía, de protagonismo en la gente.

El protagonismo está relacionado históricamente con movimientos sociales que desarrollan su propia autonomía y autodeterminación. El debate sobre el protagonismo comienza con la incorporación de conceptos significativos en nuestras culturas como defensa, defensor del pueblo. Cuando el protagonismo fue traducido al inglés, se usó la palabra liderazgo como sinónimo, aunque nunca se había hablado de

“Protagonismo no es simplemente “estrellato”, figuración o un mal

dido liderazgo. Es una cultura distinta, una espiritualidad distinta. Por

eso es que, frente a los escritos que aparecen sobre protagonismo, hay

que ser críticos. Es parte de una pelea no para lograr la victoria de una

palabra, sino para entender que al interior de este paradigma, de esta

tarea, de este reto, podemos entender con otra pertinencia lo que es la

prevención, la protección y la participación. Es lo que le da direccionalidad

al ejercicio participativo. Participamos para producir sentido de responsa-

bilidad, de apertura al cambio, capacidad para hacer propuestas de

primera calidad y de excelencia, para poder ser solidarios, para tener

lugares de encuentro y no de ruptura. Protagonismo es parte de un

estilo de vida. Cuando los muchachos dicen “debemos forjarnos una

personalidad protagónica” estamos en las antípodas de la prepotencia

y del autoritarismo, estamos en el corazón de una auto imagen positiva

yconstructiva”.23

“Protagonismo no es simplemente “estrellato”, figuración o un mal e ten-

Síntesis sobre participación protagónica de niños y niñas

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El protagonismo demanda una participación constructiva, creativa, unida; un pensamiento reflexivo, un sentido de la complejidad. Con-siderando el origen de la palabra, preocupa la banalización de la expresión. Se peleó duro para desarrollar el protagonismo, como parte de la condición humana.

En el trabajo con los derechos del niño, es importante no confundir una personalidad protagónica con una personalidad autoritaria. Las cualida-des de la persona protagonista (definidas por adolescentes andinos en un taller) son: humildad con autoestima, flexibilidad con identidad propia, tolerancia con convicciones fundamentales, espíritu emprende-dor y solidaridad.

La construcción de una personalidad protagónica está hecha con los mejores valores. Es una construcción permanente de desarrollo y crecimiento hacia los demás.

La participación de niños y niñas está desarrollada como eje transversal en la Convención. Sin embargo, está condicionada a la edad y madurez del niño lo cual pone límites a su participación.

La posibilidad de participar no depende únicamente de la capacidad del niño o niña, sino de la sociedad y la cultura donde estén inmersos. La sociedad califica si el niño o la niña tienen madurez para hablar y, por tanto, si se puede recoger su opinión e incorporarla a las acciones sobre la infancia. La participación se proporciona de manera gradual.

Cómo en otros sentidos, la Convención es el estándar internacional mínimo, no se puede ir más atrás, pero hacia adelante no hay límites.

La participación ha ido variando en su significado, producto del aco-modo de la palabra a los intereses políticos y sociales del mundo adulto. De tal manera, se utiliza adecuándose a la expectativa que la institución defina.

Sin embargo, desde los propios actores por la defensa de los derechos h manos se a consolidando n abordaje n e o desafiante: hacia na

Síntesis y conclusiones

Módul o 4 69

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En los módulos anteriores se han presentado conceptos y características para la realización de un trabajo con un enfoque de derechos. Se han incluido ejercicios para reflexionar sobre ellos en el propio trabajo. En este módulo se desarrolla una estrategia metodológica, que da pautas y sirve como guía para realizar una Programación de los Derechos del Niño en sus diferentes etapas.

La PDN ofrece nuevas oportunidades para programar con mayor énfasis en un enfoque de derechos del niño y presenta algunos retos programá-ticos e institucionales para las organizaciones. Es prioritario elaborar una PDN en conjunto y en colaboración con todo el personal, incluyendo a todos los que tomen parte en su implementación. El equipo debe pasar por una capacitación acerca de sus principales características y por un proceso de reflexión sobre la visión del enfoque de derechos en la propia práctica. Es recomendable que alguien en el equipo funcione como coordinador de la PDN para impulsar acciones de capacitación y para acompañar en la elaboración de las etapas de la programación.

El encargado puede tener reuniones periódicas con el personal dedicado al PDN para intercambiar percepciones y conceptos acerca de sus aspectos y principios, las diferentes culturas de la infancia y de otros factores sobre los que se necesite mayor información y reflexión. Es necesario contar con espacios de formación, intercambio y diálogo, que sean tanto internos como externos, para avanzar en la aplicación de un enfoque de derechos del niño en el programa. De esta manera, el equipo va aprendiendo, adaptando y se evita una re-interpretación que debilite la aplicación de los principios de la PDN y que deben ser considerados en todas las etapas de la programación: el niño es sujeto de derechos y el centro del cualquier trabajo; los cuatro principios de la CDN y la exigibilidad, universalidad e incondi-cionalidad de los derechos del niño.

Ciclo de la Programación

Se define el ciclo de la programación como el proceso mediante el cual una organización planifica, actúa yevalúa sus acciones. Todos los progra-

Módul o 5 73

Introducción

Presentación

Ciclo de la Programación

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Módul o 574

para aumentar la posibilidad de elaborar un programa sostenible con calidad y que genere impacto es recomendable trabajar en etapas que nos permita establecer claramente, en el tiempo y de acuerdo a nuestros recursos, lo que queremos lograr y qué pasos debemos ejecutar para alcanzarlo. Las etapas son:

1. Análisis sobre la situación de los derechos del niño

Para realizar una PDN se debe iniciar con un análisis multi-causal de los problemas, del contexto y de las causas que subyacen a la violación de los derechos del niño en la situación en que se busca intervenir. Además de la situación que se quiere enfrentar -y que es desfavorable para los niños y niñas-, la información del pasado, de la situación actual y de posibles tendencias en el futuro es considerada muy importante en esta fase. El análisis es un primer paso necesario para desarrollar el trabajo, sea un proyecto, programa o actividad específica. Implica elaborar un mapeo del nivel de vulneración de los derechos.

Un buen análisis de la situación presenta una línea de base para el trabajo, y permite medir el impacto y el progreso del mismo, una vez encaminado. Por tanto, hay que analizar la situación desde una variedad de dimensiones (económicas, sociales, culturales y políticas) y entender cómo éstas afectan a los niños y adolescentes.

1.1 La situación de los derechos del niño en el ámbito de trabajo

Para el análisis se debe iniciar con un estudio de la situación del cum-plimiento/ vulneración de los derechos del niño en el lugar geográfico, teniendo en cuenta:

¿Qué derechos están siendo violados?, ¿qué niños y niñas están siendo principalmente afectados?

¿Cuáles son las causas de estas violaciones y vulneración de derechos?

¿Qué efectos o consecuencias están ocasionando estas violacionesa los niños y niñas?

¿Hace cuánto tiempo ocurren y cuál puede ser la tendencia si no se interviene para cambiar la situación?

1. Análisis sobre la situación de los derechos del niño

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¿Cuáles son las percepciones, prácticas y actitudes que tienen lasociedad civil, organizaciones y/ o funcionarios públicos que trabajan con la niñez?

¿Tienen ellos conocimiento de sus funciones y competencias en lo que respecta a los derechos del niño?

Todas las observaciones y recomendaciones deben integrar una pers-pectiva de género teniendo en cuenta las diversas situaciones de niños y niñas, así como, las variadas percepciones acerca de las diferencias socioculturales.

1.2 Identificar a los responsables del cumplimento de los derechos del niño

Como segundo paso del análisis se considera uno de los principios de la PDN: la exigibilidad de los derechos. Se identifica a los responsables garantes (representantes del Estado a nivel nacional, regional, municipal y local) y a los co-responsables (organizaciones locales y de base, movi-mientos sociales, medios de comunicación, instituciones educativas, el sector privado, familia, pares, etcétera) del cumplimiento de los derechos del niño, para poder exigirles y también para definir el propio rol y la relación de la organización o institución.

¿Qué actores son responsables del cumplimiento de los derechos vulnerados? ¿Asumen o no sus responsabilidades? ¿Cómo?

¿Qué otros actores están involucrados en el trabajo por los derechosdel niño en el lugar de intervención? ¿Cómo asumen o no sus respon-sabilidades para garantizar los derechos del niño?

¿De qué manera se considera la participación de los niños y niñasen el cumplimiento de los derechos del niño?

¿Participan los niños y niñas en la toma de decisiones?, ¿hay otros espacios para que se involucren en los temas que les conciernen?

Para precisar la intervención se debe recopilar información de los actores involucrados en el trabajo de los derechos del niño en el lugar de inter-vención. Se debe, asimismo, explicitar su relación entre sí y su relación con grupos de personas o individuos, por ejemplo: entre los pares, en

Módul o 5 75

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Módul o 576

Se identifica quién o quiénes por competencias, roles y funciones son los responsables directos del incumplimiento actual de los derechos. Además, se identifica quienes deben ser los responsables de transformar el incumplimiento en cumplimiento de los derecho del niño. Si, por ejem-plo, en el acercamiento a los garantes (instituciones y representantes estatales) se encuentra que hay diversas razones para que no asuman sus responsabilidades, podemos estar ante un problema de centraliza-ción donde las funciones no están claramente asignadas, a la par que existe una falta de conciencia y conocimiento de las responsabilidades. Entre otros actores se incluyen co-responsables que contribuyen a la sensibilización y crean opinión pública como medios de comunicación, el sector privado e instituciones académicas que contribuyen en general a la “opinión”. Además, en el trabajo de difusión y capacitación se encuentran movimientos sociales, organizaciones de base, organiza-ciones de derechos humanos, etcétera. Todos deben estar incluidos en el análisis para poder elaborar un plan de colaboración y exigibilidad para el cumplimento de los derechos.

1.3 Análisis de las características de la propia institución

Finalmente, es recomendable antes de seguir al próximo paso, hacer un análisis de la propia institución. Este análisis tiene como propósito identificar y reconocer las características de la organización para mejorar la programación, estructura, gestión, y demás, en relación a la situación identificada.

Se puede utilizar diferentes metodologías en relación con las vulneracio-nes de derechos identificados. Revisar, por ejemplo, el análisis FODA: fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas de la institución.

FUERZAS OPORTUNIDADES Derecho Vulnerado AMENAZAS

DEBILIDADES

Como anexo se incluye un instrumento de preguntas para el monitoreo de la aplicación de la Programación de los Derechos del Niño. Una parte trata el desarrollo institucional y podría ser revisado en esta fase.

2. Establecer prioridadesl li i i i l d b l i i

FUERZAS

Derecho Vulnerado

DEBILIDADES

OPORTUNIDADES AMENAZAS

2. Establecer prioridades

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Para establecer las prioridades de intervención se pueden contestar las siguientes preguntas:

¿Cuál es la frecuencia y gravedad de la violación de los derechosdel niño?

¿Cuáles son los niños y niñas cuyos derechos se encuentran más vulnerados?

¿Se cuenta con la voluntad política para el logro de los objetivos?

¿Existen experiencias y recursos que sostengan y den viabilidad alas propuestas para las mejoras de las condiciones de los niños?

¿Existe un contexto favorable que pueda aprovechar para lograr cambios en las leyes o mejoras en las mismas?

¿Con qué otros actores se cuenta que puedan contribuir a hacer alianzas sin duplicar las intervenciones?

3. Elaborar estrategias de implementación

En esta parte el análisis y las prioridades establecidas se transforman en estrategias. Las estrategias de implementación con un enfoque de derechos implican un plan que asegure que garantes y responsables de los derechos del niño asuman sus responsabilidades y avancen hacia su cumplimiento. Las estrategias pueden tener diferentes caracterís-ticas dependiendo de los hallazgos del análisis y de las prioridades del programa. Pueden ser:

Acciones prácticas de defensa frente a las violaciones y vulneraciones de derechos. Acciones de respuesta directa ante temas tales como, explotación sexual, explotación laboral, negación del acceso a justicia, discriminación y abandono.

Las acciones de defensa tendrán varias fases, y consideraciones. Un ejemplo de acción práctica es la realización de una campaña contra la explotación sexual y violencia intra-familiar organizada con la colabora-ción de varias organizaciones de la sociedad civil y el Estado en una municipalidad. Se realizaría en varias fases:

Módul o 5 77

3. Elaborar estrategias de implementación

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Módul o 578

incluyendo a niños y niñas. Desde el principio se asegura la protección de los niños y niñas víctimas de explotación sexual.

Sistematización de la legislación y de las políticas públicas sobre el tema, tanto a nivel nacional como internacional.

Se capacita en el tema. En el taller se presentan y discuten caminos para la lucha contra la explotación sexual y el cumplimiento de los derechos del niño en base en la Convención sobre los Derechos del Niño y el Protocolo Adicional Facultativo sobre explotación sexual, prostitución y pornografía de niños.

Se difunde el estudio de material legal y de protección, la información sobre mecanismos de protección, los lugares dónde hacer denuncias y la manera de hacerlas, etcétera. Además, se involucran organizaciones de la sociedad civil, a la Procuraduría, colegios, el movimiento de niños y niñas trabajadores, escuelas públicas y privadas, medios de comuni-cación e instituciones privadas como por ejemplo, agencias de viajes, restaurantes, cadenas hoteleras, entre otras.

Acciones para fortalecer la estructura para la implementación de los derechos del niño. A través de acciones de incidencia para mejorar la adaptación a la Convención en el sistema legislativo, las políticas públi-cas, los procedimientos administrativos y el establecimiento de sistemas de protección administrativos, judiciales o comunitarios. Ejemplos de ellos pueden ser la Defensoría del Pueblo, Defensoría del Niño, Comisa-ría de la Niñez y el Comité intersectorial de la Niñez, promovido por el Gobierno para proteger a los niños y niñas ante el Estado.

Un ejemplo de una acción para fortalecer la estructura nacional a favor de la Convención es hacer cabildeo para que las opiniones y propuestas de niños y niñas están considerados en la formulación de políticas, por ejemplo, en la elaboración y el monitoreo de Planes Nacionales de Acción para la Infancia. Organizaciones de niños y niñas pueden ser capacitadas sobre el proceso de la implementación de la Convención, los acuerdos que su Estado ha ratificado y las medidas que está obliga-do a realizar. A nivel municipal, puede revisar el seguimiento de estas obligaciones, entrevistando a las autoridades que representan al Estado a ese nivel. A través de esta revisión se monitorea el cumplimiento de la Convención y se puede ir un paso más allá: incidir en que las autorida-des asuman sus responsabilidades en su cumplimiento. Los niños y

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Acciones de promoción para generar conocimiento y opinión a favor de los derechos del niño entre miembros de la sociedad. Se realizan accio-nes para crear conocimiento, comprensión, conciencia y compromiso para la implementación de la Convención. Se puede incluir un trabajo dirigido a políticos y otras autoridades involucradas en procesos de toma de decisiones, medios de comunicación, sector privado y sociedad civil, grupos de niños y niñas, etcétera, para fortalecer el cumplimiento de los derechos de los niños. Las acciones se dirigen a personas e institu-ciones claves con quienes sea posible colaborar y fortalecer la base de un trabajo amplio y a largo plazo en favor de los derechos del niño.

Los tres tipos de acción se pueden combinar para crear una programa-ción más completa que se refuerce y que llegue a generar un cambio en los derechos del niño en la sociedad.

Ejercicio para la implementación de un programa/ proyecto

Habiendo señalado las potencialidades con las que cuenta el equipo, organización o institución, y considerando los riesgos y las oportunida-des que presenta el entorno, se pasa a la elaboración de las acciones teniendo en cuenta las tres partes presentadas anteriormente para la planificación:

Módul o 5 79

Análisis situacional: Prioridades establecidas

Acciones prácticaspara enfrentarlas violaciones de los derechos del niño

Acciones para fortalecer estructurase instituciones

Acciones de defensade los derechos del niño a través de la colaboración de actores claves

Elaborar

Objetivos:¿Qué queremos lograr con la intervención? Expresado en términos contrastables conla realidad, no con ideas.

Estrategias:¿Cuáles son las maneras que, hemos pensado, llevarán a que cumplamos nuestros objetivos?

Acciones:¿Qué debemos hacer para cumplir nuestros objetivos?

Actividades:¿En qué tiempo y contando con qué recursos haremos posible las acciones planteadas?

Resultados esperados:Hechos que nos permitirían observar que nuestras metas son cumplidas, es decir,que se ha logrado lo que la intervención proponía.

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Módul o 580

4. Ejecución del programa/ proyecto

Las acciones anteriormente presentadas se refuerzan y complementan mutuamente en una programación. Cada uno puede tener factores comunes en la metodología y forma de trabajo, por ejemplo, en la reali-zación de estudios e investigaciones, capacitaciones, incidencia en el sistema legal y político, entre otros. Sin embargo, en todo el proceso es importante realizar el trabajo desde el rol y responsabilidad específica de cada uno. Por ejemplo, si una ONG quiere intervenir en un trabajo para defender los derechos del niño, no puede reemplazar al Estado y atender a estos niños y niñas sin, al mismo tiempo, presionarlo a asumir su responsabilidad como garante de sus derechos.

Se revisa que tanto los cuatro principios de la Convención como los demás principios de una PDN estén considerados:

No-discriminación: ¿El proyecto garantiza la inclusión, participación plena y el acceso para todos? ¿Incluye aspectos de exigibilidad al Estado para movilizar recursos y establecer mecanismos para la lucha contra la discriminación? ¿El plan plantea un cambio en la conciencia acerca de la perspectiva de género y en las percepciones socioculturales entre otras?

Interés superior del niño: ¿Cuál es la visión del interés superior del niño en el área de intervención y cómo se ha precisado esta visión? ¿Qué importancia se da y mantiene a este principio en el proyecto?

Supervivencia y desarrollo: ¿Se reconoce las potencialidades de los niños y niñas en el proyecto? ¿Cuál es el impacto esperado de la inter-vención en relación a este principio?

Participación: ¿Las perspectivas, percepciones, experiencias de niños y niñas están reflejadas en las fases de la programación? ¿Qué papel juegan los niños y niñas? ¿Cómo se facilita la participación de diferentes grupos de niños y niñas?

5. Monitoreo

Dependiendo de los objetivos y resultados esperados de la intervención, el proceso de monitoreo puede incluir la medición en el cambio de los siguientes aspectos:

El i l d i i t d l d h d l iñ

4. Ejecución del programa/ proyecto

5. Monitoreo

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La legislación nacional y regional a favor de los derechos del niño.

La incorporación de los derechos del niño en nuevas áreas de trabajo.

La situación real de los niños: el trato, el comportamiento de los niños y niñas en sectores dominados por diferentes actores.

La importancia asignada a las opiniones de niños y niñas en los proce-sos de toma de decisiones.

Para el monitoreo y la evaluación se consideran los tres tipos de accio-nes para enfrentar violaciones de los derechos del niño:

Estrategias cuyo objetivo es el tratamiento directo de las violaciones: ¿Se ha logrado reducir los niveles de violación de los derechos prioriza-dos en la programación? ¿Se han elaborado propuestas innovadoras? ¿Los gobiernos han asumido cambios estructurales?

Estrategias cuyo objetivo es fortalecer estructuras y mecanismos de protección: Como resultado de la intervención, ¿han mejorado los meca-nismos para la protección de los niños?

Estrategias cuyo objetivo es generar conciencia y promover los derechos del niño entre actores claves: ¿Se ha generado un cambio de comporta-miento en diferentes miembros de la sociedad?

6. Evaluación

Para medir los resultados del programa, es decir, el nivel de avance alcanzado, se elaboran indicadores de resultados. Los indicadores se relacionan directamente con los objetivos. Para llegar a los objetivos se tienen estrategias expresadas en diferentes actividades.

Los indicadores pueden ser revisados en diferentes momentos a través de la programación. Deben relacionarse con las fuentes de verificación, en otras palabras, con la manera en que se recogerá la información para conocer el nivel de avance y constatar el avance expresado en los indica-dores. También se debe señalar con qué frecuencia se quiere recoger la información, de dónde y por quién.

La evaluación se refiere a un proceso de reflexión que se propone tener en cuenta lecciones aprendidas para el proyecto y para el trabajo en el futuro. Por ejemplo, un proyecto piloto, según sus resultados, puede ser difundido a otros lugares y contextos, con más claridad y un marco

Módul o 5 81

6. Evaluación

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Módul o 582

El trabajo con un enfoque de derechos del niño, y la Programación de los Derechos del Niño implica un cambio de mentalidad en la reflexión y en la práctica del trabajo con la infancia.

En el proceso de su aplicación genera un cambio social: el reconoci-miento en la práctica de los derechos del niño. En resumen, se hace hincapié en las características fundamentales de una PDN:

Una programación con enfoque de derechos mide los avances en el reconocimiento y cumplimiento de los derechos del niño y desa-rrolla valores. Permite vigilar el cumplimiento de los derechos de los niños, por tanto, los acuerdos, leyes y planes de infancia que los países promulgan van a encontrar resonancia en todos aquellos que asuman la responsabilidad de su seguimiento. Es una estrategia de detección, aná-lisis y propuesta para vigilar que los derechos de los niños se cumplan.

Se visibiliza a los niños y niñas como sujetos de derechos, sujetos públicos, seres humanos, personas con propuestas de cambio e inte-grantes de la sociedad. Los niños y niñas y el cumplimiento de sus derechos son el núcleo de la programación. La afirmación desde un derecho da un valor y una mirada distinta del niño, de sujeto de atención a sujeto social de derechos, por lo cual se le reconoce su capacidad de proponer y actuar.

Se hace énfasis en la exigibilidad de los derechos. Se identifica y define los garantes y co-responsables ante el cumplimiento de los derechos de niño, incidiendo a la vez en los responsables, para que rindan cuentas.

Los principios de la Convención son ejes transversales en la programación: los niños y niñas participan en todas las etapas; los niños y niñas más marginados y vulnerados son incluidos en la progra-mación; el interés superior del niño es el centro de la programación, en el corto y largo plazo.

Se trabaja en manera estratégica para llegar a cambios sostenibles.Las acciones prácticas están vinculadas con el trabajo político y legal, con el fortalecimiento de las estructuras y mecanismos de protección y con el monitoreo y vigilancia de la Convención.

Síntesis y conclusiones

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Se coordina y colabora con otros actores, sin perder de los distintos roles que les toca asumir en el cumplimento de la Convención. El trabajo entre sectores, departamentos y diferentes niveles de la sociedad es alentado y propiciado.

Un enfoque de derechos respeta y reconoce las diferencias entre las personas, pero a la vez combate las desigualdades.

La participación de niños y niñas se expresa a través de la aplicación de cualquier derecho de manera transversal considerando sus opiniones, perspectivas y propuestas en todas las fases de la programación.

El enfoque de derechos respeta, además, de manera integral, los demás principios de los derechos humanos: la universalidad y la incondiciona-lidad de los derechos.

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Gl osar io84

Cultura: Es el conjunto de valores, actitudes, normas, ideas, hábitos y percepciones, así como, de formas concretas o expresiones que se adoptan en un grupo social. Por ejemplo: roles sociales, estructuras y relaciones, códigos de conducta, comportamientos, estilos de vida. La cultura es aprendida, interiorizada y trasmitida a través del grupo social al que se pertenece.

Declaraciones: Son expresiones acordadas internacionalmente sobre la base de principios y estándares. Estos documentos no representan por sí mismos un compromiso legal, pero algunos de ellos han sido tan am-pliamente reconocidos, que sus provisiones se consideran obligatorias para todos los Estados, siendo la de mayor notoriedad la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Derechos humanos: Son las prerrogativas que posee toda persona -por el solo hecho de serlo- a vivir una vida libre y digna en virtud de su condición humana.

Ejercicio de los derechos humanos: Se ejerce un derecho humano cuando los individuos gozan de las libertades cubiertas por ese derecho y cuando su ejercicio es seguro. Los derechos humanos de una persona se ejercen plenamente, siempre y cuando se hayan establecido mecanis-mos que protejan a la persona frente a posibles amenazas.

Estados Parte de un acuerdo internacional: Son los países que han ratificado un acuerdo y, por tanto, se han comprometido legalmente al cumplimiento de sus disposiciones. En la medida que los gobiernos son los representantes de los Estados, deben obrar consecuentemente con lo dispuesto por los tratados que firman y ratifican. La comunidad interna-cional puede imponerles sanciones si no cumplen con este compromiso.

Firma o suscripción de un tratado (pacto o convención): Repre-senta la promesa de un Estado de adherirse a los principios y normas especificados en un tratado sin necesidad de generar obligaciones legales para su cumplimiento. La suscripción es el primer paso que toman los Estados hacia la ratificación. Una vez ratificado, se convier-ten en Estados Partes de un acuerdo. La firma de un acuerdo por el Presidente de un Estado debe ser ratificada por el Parlamento para que se adquiera el compromiso legal.

Garantes: Son los actores que tienen la responsabilidad colectiva por la vigencia y el cumplimiento de los derechos humanos. Cuando se viola un derecho o se protege de manera insuficiente, siempre hay alguna persona o institución que no ha cumplido con su rol de garante

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Inalienabilidad: Los derechos humanos son inalienables, no pueden ser arrebatados por terceros y no pueden cederse voluntariamente a nadie.

Indivisibilidad: Los derechos humanos son indivisibles en dos senti-dos. En primer lugar, no existe jerarquía entre los diferentes tipos de derechos. Todos los derechos son de igual necesidad para una vida digna. En segundo lugar, no se pueden suprimir (violar) algunos dere-chos con el fin de promover otros.

Órganos de vigilancia de un tratado internacional: Son los comités establecidos para monitorear los esfuerzos de los Estados Partes en rela-ción al cumplimiento de los principales tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas. Tal es el caso del Comité de los Derechos del Niño, órgano vigilante de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Ratificación de un acuerdo internacional: Representa la promesa de un Estado de apoyar y adherirse a las normas legales especificadas en un determinado acuerdo. La ratificación es un acto del gobierno o del Parlamento que pone en vigor el tratado y lo hace obligatorio para el Estado firmante.

Reserva frente a un tratado (pacto o convención): Indica que un Estado Parte no está de acuerdo en cumplir con una o más de sus disposiciones. En principio, la intención de la reserva es de aplicación únicamente temporal, cuando los Estados no son capaces de cumplir una provisión del tratado pero concuerdan con el principio que guía su aplicación.

Tratados, pactos y convenciones sobre derechos humanos: Son parte del derecho internacional. Los términos tratado, pacto y convención se emplean alternativamente y se refieren a acuerdos de compromiso legal entre los Estados. Estos acuerdos definen los deberes de los Estados Partes y se aplican tanto en tiempo de paz como en tiempo de conflictos. Los tratados sobre derechos humanos regulan las obligacio-nes de los Estados hacia las personas dentro de su propio territorio y no frente a otros Estados.

Abreviaturas

PDN Programación de los Derechos del Niño

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Abreviaturas

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Ref er encias86

DUDH Declaración Universal de los Derechos Humanos

PIDCP Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

PIDESC Pacto Internacional de Derechos Económicos, Socialesy Culturales

CIEDR Convención Internacional sobre la Eliminación de Todaslas Formas de Discriminación Racial.

CEDCM Convención sobre la Eliminación de Todas las Formasde Discriminación contra la Mujer

Talleres de Programación de los Derechos del Niño

Taller de PDN de Save the Children Suecia para personal de Save the Children Suecia de la Oficina de América del Sur, Save the Children Canadá y Save the Children Reino Unido en Perú, y contrapartes de Save the Children Suecia en América del Sur. Lima, Perú, febrero 2002.

Taller de PDN de los miembros de la Alianza Save the Children en México, Centroamérica y El Caribe. Panajachel, Guatemala, febrero 2002.

Taller de PDN de Save the Children Suecia para personal de Save the Children Suecia de las oficinas de América del Sur y las oficinas de América Central, y contrapartes de Colombia. Cartagena, Colombia, mayo 2002.

Capacitación de PDN con grupos de referencia de niños y niñas sobre la elaboración de una versión amigable del manual de PDN. Lima, junio y julio 2002.

Taller de PDN de Save the Children Suecia para niños, niñas y adolescentes representantes de organizaciones de los derechos del niño en el Perú. Lima, Perú, octubre 2002.

Taller de PDN de Save the Children Suecia para miembros de la Comisión Nacional de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente del Perú. Lima,

Ref er encias

Talleres de Programación de los Derechos del Niño

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Taller de PDN de Save the Children Suecia y la Agencia Suecade Cooperación Internacional para Agencias y Organizaciones Internacionales en el Perú. Lima, Perú, diciembre 2002.

Taller de PDN de CECODAP, el Colectivo de los Derechos del Niño,y Save the Children Suecia para el sector niñez en Venezuela. Valencia, Venezuela, marzo 2003.

Taller de PDN de los miembros de la Alianza Save the Children en América del Sur. Lima, Perú, abril 2003.

Taller de PDN de Save the Children Suecia y el Comité Uruguayode Seguimiento de la Convención para el Sector Niñez en Uruguay. Montevideo, Uruguay, mayo 2003.

Taller de PDN de Save the Children Suecia para el Sector Niñezen Costa Rica. San José, Costa Rica, junio 2003.

Taller de PDN de Save the Children México para promotores delos derechos del niño. Puerto Vallarta, México, junio 2003.

Taller de PDN de Save the Children Suecia y Save the Children México para directores de programas y empresarios en México. DF, México, junio 2003.

Taller de seguimiento de PDN de Save the Children Suecia para representantes de organizaciones socias de la región de América Latina. Lima, Perú, octubre 2003

Taller de PDN para organizaciones de adolescentes en Honduras,Save the Children, Tegucigalpa, Honduras, enero 2004.

Taller de PDN para socios de Save the Children Suecia en El Salvador, San Salvador, El Salvador, febrero 2004.

Taller de PDN para la Alianza Save the Children y sus socios en Guatemala, Cuidad de Guatemala, Guatemala, marzo 2004.

Taller de PDN el personal de PLAN y el personal y socios de la Alianza

Ref er encias 87

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Ref er encias88

Publicaciones

“Analysis and Choice: A tool kit on Child Rights Programming.”Kirk Christensen, Susanne. Save the Children Dinamarca. Copenhague, Dinamarca, 2002.

“Derechos Humanos del Niño en el Marco de la Doctrina de la Protección Integral.” Valencia Corominas, Jorge.Rädda Barnen de Suecia, Lima, Perú 1999.

“Derechos Humanos del Niño: Visión del Niño.” Cussianovich, Alejandro. Documento elaborado por un taller de Save the Children Suecia. Lima, Perú, 2002.

“Herramientas de Capacitación sobre la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.” Alianza Internacional Save the Children, Londres 1997. (Revisado 2001).

“Introducción para la Programación de los Derechos del Niño - Concepto y Aplicación.” Save the Children Reino Unido, Londres 2000.

“Los Derechos de los Niños - Volviendo los Principios en Práctica.” Petrén, A., Heims, J. Save the Children Suecia y Oficina Regionaldel UNICEF para el Sur de Asia, Bangkok ciudad, 2001.

“Material de Trabajo para los Talleres de Programación de los Derechos del Niño.” Theis, J. Save the Children Reino Unido y Suecia, Bangkok 2001.

“Poniendo en Práctica la Igualdad de Género. Guía para la Implemen-tación de la Política de Igualdad de Género de la Alianza Internacional Save the Children (CD-ROM).” Alianza Internacional Save the Children, Londres 2001.

“Programación de los Derechos del Niño: Cómo Aplicar un Enfoque de Derechos del Niño en la Programación.” Alianza Save the Children, Lima, Perú 2002.

Publicaciones

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Enlaces de interés

Save the Children

Save the Children Suecia, Programa Regional paraAmérica Latina y El Caribewww.scslat.org

Save the Children Suecia, pagina de la sede en Sueciawww.rb.se

Alianza Save the Childrenwww.savethechildren.net

Naciones Unidas

Naciones Unidas www.un.org

Oficina de las Naciones Unidas del Alto Comisionadode Derechos Humanoswww.unhchr.ch

Información sobre el Comité de los Derechos del Niño:www.unhchr.ch/ spanish/ html/ menu2/ 6/ crc_sp.htm

Información sobre los informes gubernamentalesentregados al Comité de los Derechos del Niñowww.unhchr.ch/ tbs/ doc.nsf

Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF)www.unicef.org

Oficina Regional de UNICEF para América Latinay El Caribe, TACROwww.uniceflac.org

Derechos del niño

Child Rights Information Network (CRIN) www.crin.org

Grupo de ONG de la Convención sobre los Derechos del Niñowww.crin.org/ docs/ resources/ publications/ NGOCRC/NGOGroupBroch ure-sp.pdf www.crin.org/ docs/ resources/ publications/ NGOCRC/NGOGroupBroch ure-sp.doc

Comité de ONGrelacionadas con el UNICEF

Ref er encias 89

Enlaces de interés

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Anexo 190

Organización de Estados Americanos

Organización de Estados Americanoswww.oea.org

Tratados Interamericanos Adoptados en el Marco de la OEAen materia de infancia:www.oas.org/ juridico/ spanish/ tmateria.html

Comisión Interamericana de Derechos Humanoswww.cidh.oas.org/ Default.htm

Instituto Interamericano del Niñowww.iin.oea.org

Instrumento sobre le proceso de monitoreo de la Programaciónde los Derechos del Niño

Guía de reflexión

La presente guía pretende ser un instrumento que puede contribuir a reflexionar, tanto individual como colectivamente, sobre nuestra práctica en la incorporación -con más énfasis- de los derechos del niño en la programación hacia una PDN. Con ella, podemos identificar en qué momento nos encontramos, definir hacia dónde avanzar y, sobre esa base, establecer los parámetros para medir de forma gradual dichos avances. Pretende también ser una guía que pueda ser tomada en cuenta en los momentos de evaluación de nuestro trabajo.

1. a aplicación práctica de PDN

A. onocimiento del enfoque y su aplicación en el ciclode la programación

1. ¿La programación que su institución desarrolla está formulada desdeun enfoque de derechos o de necesidades? ¿En qué se expresa?

2. ¿El personal de su organización y los principales grupos con losque trabaja conocen los principios, estándares e instrumentos sobrederechos humanos y sobre los derechos del niño?

3 ¿El personal y los principales grupos con los que trabaja conocen

Anexo 1

Instrumento sobre el proceso de monitoreo de la Programaciónde los Derechos del Niño

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4. ¿ e toman en cuenta, en la institución u organización,los instrumentos, tanto nacionales como internacionales, dederechos humanos, leyes, políticas y planes nacionales almomento de planificar su trabajo?

5. ¿Cómo se expresa en su organización y en sus programas:los principios de la CDN (equidad, inclusión, no-discriminación,rendición de cuentas)?

6. ¿ e ha realizado un análisis de situación de la violación de losderechos del niño, integrando una perspectiva de género (derechosviolados, causas, consecuencias e impacto en los niños y niñas), yen particular de los principales grupos con los que trabaja?

7. ¿Se toman en cuenta las percepciones, opiniones, experiencias,prácticas y actitudes que tienen la sociedad civil, organizaciones,funcionarios públicos, niños, niñas y adolescentes?

8. ¿ e han identificado a los garantes para el cumplimiento de losderechos del niño y a los que deben asumir una responsabilidadsocial compartida? ¿Se incide en ellos para fortalecer su rol? ¿Cómo?

9. ¿Cuáles de las siguientes estrategias y/ o acciones específicasimplementa su institución u organización frente a las violacionesidentificadas o establecidas como prioridad?

Vigilancia sobre el cumplimiento de los derechos del niño

Tratamiento directo de las violaciones

Protección de las niñas, niños y adolescentes

Sensibilización y capacitación sobre derechos

Promoción de los derechos del niño

Facilitar la participación de niñas, niños y adolescentes

Generar opinión pública respecto a los derechos del niño

Otras. (Especifique)

Anexo 1 91

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Anexo 192

11.¿A quiénes consideras que deberías rendir cuentas en el trabajode aplicación de la PDN (grupos de niños y niñas, organizacionesde la sociedad con responsabilidad asignada para el cumplimientode los derechos del niño, etc.)?

12.R sponder si su institución realiza monitoreo y evaluación paramedir el avance y el impacto en el cumplimiento de los derechosdel niño en lo que se refiere a:

El nivel de conocimiento sobre los derechos del niño

En las políticas, estrategias y capacidades institucionales orientadasal respeto y al cumplimiento de los derechos del niño

En la situación real de los niños y niñas

En la participación de los niños y niñas tomando en cuenta susopiniones en procesos de toma de decisiones

B. articipación de niños y niñas

1. ¿En el trabajo que realiza su organización con niñas, niñosy adolescentes se favorece su participación? ¿Qué métodoshan promovido o desarrollado?

2. ¿En qué espacios participan las niñas, niños y adolescentes conlos que trabaja? ¿Es su participación voluntaria? ¿Tienen todos losniños y niñas la misma oportunidad para participar? ¿Sus opinionesson tomadas en cuenta?

3. ¿Cómo hacen las niñas, niños y adolescentes para reclamar susderechos? ¿Qué apoyo se les brinda para fortalecer sus capacidades,expresarse y tomar decisiones?

4. ¿Se apoyan iniciativas promovidas por las niñas, niños yadolescentes? ¿Qué apoyo se les brinda en función de fortalecersus capacidades y la de las organizaciones e iniciativas conducidaspor ellos y ellas?

5. ¿Existen mecanismos de participación de la niñez y adolescenciaa lo interno de su institución? ¿Cuáles son los espacios en queparticipan en la toma de decisiones?

6. ¿Las opiniones tanto de los niños como de las niñas son tomadasen cuenta? ¿Se les da igual peso? ¿Se incorporan sus opinionesen la planificación, implementación y evaluación de los proyectos

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8. ¿Cuáles son los factores que favorecen y los factores que dificultanla participación de niños y niñas?

9. ¿Qué considera podría hacerse para contrarrestar estas dificultades?

C. Desarrollo institucional

1. ¿Cuáles son los valores por los que trabaja la organización?

2. ¿Cómo definiría el estilo de dirección de su organización?

3. ¿Qué significa para su organización la Rendición de Cuentasdesde un enfoque de derechos? ¿Cómo lo realizan? ¿A quiénesrinden cuenta?

4. ¿Quién o quiénes toman las decisiones en su institución uorganización? ¿Quién toma las decisiones importantes? ¿Cuálesson los mecanismos establecidos para la toma de decisiones?

5. ¿Existen procedimientos internos, en la institución y en los grupos con los que trabajan, que consulten, tomen en cuenta y retroalimentenlos contenidos y enfoques que desarrolla la institución?

6. ¿Se promueve entre el personal, la reflexión sobre la diversidad en lasociedad respecto a género, edad, discapacidad, etnicidad, creenciasreligiosas u otras?

7. ¿Conoce el personal sus propios derechos?

8. ¿Cuenta la organización con políticas organizacionales de manejode recursos humanos: selección de personal, de inducción apersonal nuevo, descripción del puesto, contrato, supervisión,evaluación de desempeño, capacitación, incremento de habilidades,prestaciones, estímulos, etc.?

9. ¿Cuenta la organización con políticas que protejan a los niños y niñasdel abuso sexual por parte de educadores, promotores, trabajadoressociales?

Anexo 1 93

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Anexo 194

Guía de información sobre el proceso de PDN

1. ¿Qué actividades han realizado para promover el proceso de PDNa lo interno de la organización, con otros actores, con niños, niñasy adolescentes? ¿Qué materiales han sido utilizados?

2. ¿Qué dificultades han encontrado en el manejo y aplicación de PDN?

En su organización

Con los grupos con los que trabajan / con otros actores

En el análisis de situación, planificación, implementación, monitoreoy evaluación

En el marco conceptual

3. ¿Qué sugerencias tiene para mejorar el proceso que se realizaen la PDN?

4. Examine qué cambios ha ocasionado la aplicación del enfoquede derechos del niño en:

a. l contenido programático de su organización, disposiciónorganizativa, mecanismos de funcionamiento, en la tomade decisiones.

b. n la implementación de acciones frente a la situación deviolaciones de los derechos.

c. n las coordinaciones o alianzas que han establecido

d. a exigibilidad del cumplimiento de los derechos del niño

e. a rendición de cuentas

f. En los grupos metas, en las niñas, niños y adolescentes

g. n otros actores

h. Otros

5. ¿Cuáles son las estrategias que se han planteado para incorporarcon más fuerza los derechos del niño en su programación?

6. ¿Qué se debe hacer para avanzar en un mayor conocimiento yaplicación del enfoque de derechos del niño en distintos ámbitos?

7. ¿Qué se necesita o requiere como apoyo práctico?

8. eñale qué mecanismos se están usando o se recomiendan paracontinuar avanzando en la aplicación de la PDN.

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Ejercicios adicionales

1. erspectiva de derechos humanosDiscuta en pequeños grupos:

¿Considera que su experiencia práctica concreta desarrolla elenfoque de derechos humanos del niño? ¿Por qué?

2. tuaciones de violación de los derechos del niño:Discuta con su equipo una situación de violación de los derechosdel niño en la localidad donde trabaja:

1. ¿Qué ha hecho el Estado frente a esta violación?

2. ¿Qué han hecho los diferentes actores de la sociedad civil frentea esto?

3. ¿Que ha hecho su institución frente a esta situación?

4. ¿Qué impacto ha tenido el trabajo de su institución?

5. ¿Qué se podría haber hecho, asegurando la aplicaciónde un enfoque de derechos en esta situación?

3. Ámbitos de trabajo

Se puede trabajar en diferentes ámbitos, por ejemplo el ámbito escolar, comunitario, espacios políticos locales (como la municipalidad, el go-bierno regional, autoridades provinciales, etc.) y autoridades nacionales (parlamento, ministerios, comisiones intersectoriales, mesas de trabajo nacionales etc.). En estos ámbitos se encuentran distintos actores involucrados y que hay que tener en cuenta para el trabajo con un enfoque de derechos.

Partiremos de cuatro preguntas motivadoras para revisar algunos asuntos en relación a la aplicación de una PDN en estos diferentes ámbitos. Se les pide que desarrollen con mucho detalle las respuestas, colocando ejemplos concretos.

1. ¿Qué actores se identifican con el enfoque de derechos eneste ámbito?

2. eñale los indicadores que muestran que se comparte y quese practica un enfoque de derechos.

3. n esta situación, ¿qué consecuencias trae si asumen o noasumen un enfoque de derechos del niño?

4. n concreto, ¿qué hacer frente a la exigibilidad?

5 acer un ejercicio del ciclo de planificación de PDNpara el

Anexo 2 95

Anexo 2

Ejercicios adicionales

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Anexo 396

La Convención de las Naciones Unidas sobrelos Derechos del Niño (Resumen)

1. La convención de las Naciones Unidas sobre los derechos del niñoes un grupo de derechos, para todas las personas menores de18 años; creado con la finalidad de garantizar que todos los niños,niñas y adolescentes sean tratados equitativamente, que seanciudadanos, y tengan una voz en los asuntos que los afectan.

Tienes derecho a:

1. Ser protegido contra la discriminación.

2. Que se otorgue máxima importancia a tus intereses cuando losadultos toman decisiones sobre ti (interés superior del niño).

3. Que tus derechos sean hechos realidad por el gobierno

4. Ser guiado por tus padres y tu familia.

5. Vivir y desarrollarse

6. Un nombre y una nacionalidad

7. Una identidad

8. Vivir con tus padres, a menos que esto sea malo para ti.

9. Salir de cualquier país para ir a tu país a estar con tus padres.

10.Ser protegido de ser secuestrado o sacado de tu país natal.

11. a participación: decir lo que piensas y ser escuchado por adultoscuando ellos toman decisiones que te afectan.

12.Obtener información y expresar lo que sientes, a menos que estoesté en contra de los derechos de otras personas.

13.Pensar como desees y tener la religión que quieras, con la guíade tus padres

14. contrarte con otros e incorporarte o crear clubes, a menos queesto esté en contra de los derechos de otras personas.

15. vacidad

16.Obtener información. La información de los medios de comunicacióncomo radios, diarios, libros, televisión, etc. debe ser útil para ti yno perjudicial.

17. Ser criado por tus padres, si es posible

18. otección para no ser lastimado, contra la violencia, el abusoy la negligencia.

19 Especial cuidado y protección si no puedes vivir con tus padres

Anexo 3

La Convención de las Naciones Unidassobre los Derechos del Niño (Resume ) 4

10.

11.

12.

13.

14.

15.

16.

17.

18.

19

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22. idado especial y educación para ayudarte a desarrollar y viviruna vida plena, si tienes una discapacidad.

23. mejor salud posible y atención médica.

24. hequeo regular de tu situación de vida, si alguien cuida de tifuera de tu casa.

25. yuda del gobierno si eres pobre o necesitado.

26.U nivel de vida lo suficientemente bueno para tu adecuadodesarrollo.

27. ducación.

28. a educación que trate de desarrollar lo más posible tupersonalidad y habilidades. Asimismo, te debe alentar a respetarlos derechos y los valores de otras personas.

29. ar tu propio idioma y practicar tu propia cultura y religión.

30. gar y tener tiempo libre.

31. otección contra el trabajo nocivo para tu salud o tu educación.

32. tar protegido contra el consumo, la elaboración y la ventade drogas peligrosas.

33. otección contra el abuso sexual.

34.N ser capturado por la fuerza o vendido.

35. otección contra cualquier otro tipo de explotación.

36.N ser castigado de manera violenta o torturado. No ser puestoen prisión con adultos.

37. o estar en un ejército o luchar en una guerra antes de los 15 años.Si la guerra te afecta, debes ser protegido.

38. yuda si has sido lastimado, relegado o maltratado.

39. yuda para tener una defensa propia y para que tu edad sea tenidaen cuenta si eres acusado de quebrar la ley.

40.C alquier derecho expresado en leyes en tu país o internacionalmenteque te provea de derechos mejores que estos.

41. dos deben saber sobre los derechos de esta convención, adultosy niños y el gobierno debe hacerle saber a la gente sobre ellos.

Los artículos 43°-54°se refieren a cómo los gobiernos y las

organizaciones internacionales deberán trabajar para asegurar

l d h d l iñ 25

Anexo 3 97

22.

23.

24.

25.

26.

27.

28.

29.

30.

31.

32.

33.

34.

35.

36.

37.

38.

39.

40.

41.

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