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INFORME FINAL DE AUDITORIA

HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

AUDITORIA MODALIDAD REGULAR

VIGENCIAS 2011- 2012- 2013

PLAN GENERAL DE AUDITORIAS – 2014

YOPAL, NOVIEMBRE DE 2014

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CARMENZA MOTTA RODRIGEZ Contralora Departamental de Casanare

FLADY ALEXANDER SIERRA ACOSTA Vicecontralor

ANNY YOMARY BELTRAN MOLANO

Directora de Vigilancia Fiscal

EQUIPO AUDITOR:

NANCY HERNANDEZ TORRES

Profesional Universitario

Líder Grupo de Auditoría

SIMON ANDRES ALFONSO TURMEQUE

Profesional Universitario

ANNY YOMARY BELTRAN MOLANO

Profesional Universitario

ROCIO QUIROGA MORENO

Profesional Universitario

ANTONIO JOSE ORTEGA SANTOS

Profesional Universitario

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CONTENIDO

PRESENTACION................................................................................................................................ 4 1 OBJETIVOS................................................................................................................................. 5 1.1 OBJETIVO GENERAL ........................................................................................................ 5 1.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS. ............................................................................................. 5 2 ALCANCE DE LA AUDITORIA.................................................................................................... 5 3 RESULTADOS DE LA AUDITORÍA ............................................................................................ 6 3.1 CONCEPTO SOBRE GESTION Y RESULTADOS ............................................................ 6

Evaluación del sistema de control interno. .................................................................................... 6 3.1.1 Gestión contractual. ...................................................................................................................... 6 3.1.2 Gestión Administrativa .................................................................................................................. 6 3.1.3 Rendición de la Cuenta ................................................................................................................. 7 3.1.4 Opinión sobre los Estados Contables. .......................................................................................... 7 3.1.5 Concepto sobre Fenecimiento de la cuenta .................................................................................. 7 3.1.6

3.2 GESTION PRESUPUESTAL, CONTABLE Y FINANCIERA .............................................. 8 Aspectos Presupuestales Vigencias 2011- 2012 - 2013 ............................................................... 8 3.2.1 Gestión Contable y Financiera .................................................................................................... 17 3.2.2 Opinión sobre los Estados Financieros del Hospital De Yopal – E.S.E....................................... 37 3.2.3 Gestión de Facturación, Objeciones y Cartera ............................................................................ 38 3.2.4

3.3 VERIFICACION DE LA EXISTENCIA Y CUMPLIMIENTO DEL PLAN INTERNO DE AUDITORIAS POR PARTE DE LA ENTIDAD .................................................................................. 47

Plan de Auditoria ......................................................................................................................... 47 3.3.1 Cumplimiento del artículo 9 de la Ley 1474 de 2011 - Informe Pormenorizado .......................... 52 3.3.2 Conclusión Sistema de Control Interno ....................................................................................... 54 3.3.3

3.4 PROCESO TALENTO HUMANO ..................................................................................... 55 Estructura Organizacional. .......................................................................................................... 55 3.4.1 Revisión Hojas de vida personal de planta ................................................................................. 58 3.4.2 Liquidación de nomina ................................................................................................................ 62 3.4.3 Viáticos y Gastos de viaje ........................................................................................................... 64 3.4.4 Contratos de prestación de servicios .......................................................................................... 67 3.4.5 Programa de Bienestar Social ..................................................................................................... 77 3.4.6 Plan Institucional de Capacitación............................................................................................... 80 3.4.7

3.5 SENTENCIAS JUDICIALES Y ACCIONES CONSTITUCIONALES ................................ 82 Pagos por sentencias .................................................................................................................. 84 3.5.1 Acciones Constitucionales .......................................................................................................... 87 3.5.2

3.6 GESTION DE ARCHIVO .................................................................................................. 89 3.7 PROCESO DE ALMACEN E INVENTARIOS .................................................................. 93 3.8 FIDUCIA ............................................................................................................................ 95 3.9 PASIVOS PENSIONALES ................................................................................................ 95 3.10 VIGENCIAS FUTURAS .................................................................................................... 95 3.11 GESTION CONTRACTUAL .............................................................................................. 95 4 HALLAZGOS ........................................................................................................................... 178 4.1 RESUMEN VALOR PRESUNTOS HALLAZGOS FISCALES ........................................ 184 4.2 RESUMEN TOTAL HALLAZGOS ................................................................................... 185 ANEXOS

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PRESENTACION

La Contraloría Departamental de Casanare, en cumplimiento de las funciones señaladas en la Constitución Política y demás disposiciones legales, en especial las leyes 42 de 1993 y 330 de 1996, dispuso dentro del Plan General de Auditorias PGA- para la vigencia fiscal 2014 realizar una Auditoria Regular al Hospital Yopal E.S.E. Para el desarrollo de la auditoría se tuvieron en cuenta las Normas de Auditoria Gubernamental Colombianas y las contenidas en la Resolución 376 de 2011 mediante la cual se adopta la tercera versión del Proceso Auditor, se destaca de manera especial el trabajo de campo que se realizó en la entidad y que permitió la verificación directa de documentos y procedimientos para obtener un mayor nivel de objetividad en la evaluación. En este orden, se evaluó el Sistema de Control Interno, los procesos: Contable, Financiero y Presupuestal, Judicial (cumplimiento sentencias judiciales), Talento Humano, Contratación, Almacén, Ley General de Archivo, tomándose los aspectos más relevantes y constituyéndose posteriormente los respectivos hallazgos, así como las recomendaciones pertinentes para finalmente elaborar el Plan de Mejoramiento.

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1 OBJETIVOS

1.1 OBJETIVO GENERAL

Verificación del cumplimiento de lo dispuesto en las diferentes normas que rigen las actuaciones administrativas para cada una de las áreas señaladas.

1.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS.

Evaluar la implementación del Sistema de Control Interno del Hospital de Yopal-E.S.E.

Evaluar la razonabilidad de los Estados Financieros.

Verificar la ejecución presupuestal.

Verificar el cumplimiento de las normas contractuales.

Establecer que los procedimientos contractuales se hayan realizado conforme a lo establecido en la Ley.

Verificar que los pagos o egresos realizados se hayan soportado debidamente.

Verificar que al momento de efectuar los pagos se hayan realizado correctamente las retenciones y descuentos de ley.

Verificar el cumplimiento de las normas relacionadas con la administración de personal.

Verificar el cumplimiento de las normas para el manejo de Archivo.

2 ALCANCE DE LA AUDITORIA La Auditoria Regular al Hospital de Yopal E.S.E, comprenderá las acciones adelantadas por la entidad en los procesos básicos de Control Interno, Contratación vigencia 2011 – 2012 y 2013, Presupuesto, Tesorería, Talento Humano, Actuaciones Judiciales, Archivo y resultados de la gestión fiscal.

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3 RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

3.1 CONCEPTO SOBRE GESTION Y RESULTADOS

La Contraloría Departamental de Casanare como resultado de la auditoría adelantada, conceptúa que la gestión en las áreas, procesos o actividades auditadas, es DESFAVORABLE, como consecuencia de los siguientes hechos:

Evaluación del sistema de control interno. 3.1.1 Si bien es cierto que el Hospital de Yopal E.S.E. cuenta con un Sistema de Control Interno, que le permite identificar, administrar y mitigar los riesgos que se presenten, se encontraron deficiencias claras en procesos fundamentales como: Facturación de servicios, cartera y contratación, situación que no le permite realizar adecuadamente su objeto social y alcanzar sus objetivos.

Gestión contractual. 3.1.2

En la auditoria se encontraron falencias en todas las etapas de los procesos contractuales, inobservando los lineamientos establecidos en el Estatuto Interno de contratación y omitiendo la exigencia de evidencias válidas y suficientes que soporten el cumplimiento del objeto contractual.

Gestión Administrativa 3.1.3

La Gestión Administrativa, se evaluó mediante las siguientes líneas de auditoría, conceptuando que la gestión administrativa es desfavorable, debido a la calificación de 62 sobre 100 puntos.

Variables a evaluar PonderaciónCalificación

Parcial

Puntaje

Atribuido

Proceso financiero, presupuestal y contable 0.6 6 3.6

Recursos humanos 0.2 7 1.4

Sentencias judiciales (defensa y acciones de repetición) 0.1 7 0.7

Control Interno 0.1 5 0.5

TOTAL CALIFICACION 1 25 6.2

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Rendición de la Cuenta 3.1.4 El Hospital de Yopal, rindió la cuenta de las vigencias 2011, 2012 y 2013 y una vez realizado el estudio de los documentos que soportan legal, técnica, financiera y contablemente las operaciones realizadas a través de las variables de oportunidad, suficiencia y calidad, se emite un concepto favorable de acuerdo a lo contemplado en la Resolución de rendición electrónica de la Contraloría Departamental de Casanare.

De acuerdo con las variables evaluadas tal como se muestra en la tabla que se describe a continuación, se conceptúa que la rendición de la cuenta del Hospital de Yopal E.S.E. es favorable, debido a la calificación de 82 sobre 100 puntos, es decir que la rendición se realizó dentro del plazo establecido para ello, no obstante se evidenciaron deficiencias en la suficiencia, toda vez que algunos formatos no contemplaban la totalidad de la información, al igual que deficiencias relacionadas con inconsistencias en el formato de contratación donde en algunos casos no se reflejan las adiciones y en los formatos de situación presupuestal los valores registrados por concepto de pagos y cuentas por pagar difieren con respecto a las cifras reflejadas en la ejecución presupuestal de gastos e incluyen cuentas por cobrar que no obedecen a una situación presupuestal, lo cual altera el resultado del mismo.

Variables a evaluar Calificación

Parcial Ponderación

Puntaje Atribuido

Oportunidad en la rendición de la cuenta 10,0 0,10 1,0

Suficiencia (diligenciamiento total de formatos y anexos)

7,0 0,30 3,0

Calidad (veracidad) 7,0 0,60 4,2

SUBTOTAL CUMPLIMIENTO EN RENDICIÓN Y REVISIÓN DE LA CUENTA 8,2

Fuente. Contraloría Departamental. Guía Metodológica Proceso Auditor.

Opinión sobre los Estados Contables. 3.1.5

Opinión negativa Para la Contraloría Departamental de Casanare, los Estados Contables no presentan razonablemente la situación financiera del Hospital de Yopal E.S. E. a 31 de diciembre de 2011, 2012 y 2013 de conformidad con los principios y normas de Contabilidad Pública en Colombia emitidas por la Contaduría General de la Nación; en razón, a la incertidumbre y sobreestimación que se presenta en el grupo del Activo y a las observaciones realizadas a los estados financieros.

Concepto sobre Fenecimiento de la cuenta 3.1.6

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Con base en la calificación total de 55 puntos sobre 100, respecto de los componentes de la Gestión Contractual, Rendición de la Cuenta, la Gestión Administrativa, la Contraloría Departamental de Casanare, No Fenece la cuenta del Hospital de Yopal E.S.E de las vigencias 2011- 2013, aunado a la opinión de los Estados Financieros negativa, tal como se ilustra en la siguiente tabla:

Concepto Ponderación

% Calificación

Puntaje Atribuido

Gestión Contractual 40 7 28

Rendición de la Cuenta 10 7.3 7

Gestión Administrativa 30 6.2 19

Opinión sobre los Estados Contables 20 0.5 1

TOTAL CALIFICACION 100 21 55 Fuente. Contraloría Departamental de Casanare

A continuación se presentan los rangos utilizados en la evaluación para el fenecimiento y para emitir el concepto de la gestión fiscal y de cada uno de los componentes:

RANGOS DE CALIFICACIÓN PARA EL FENECIMIENTO

Rango Concepto

70 o más puntos FENECE

Menos de 70 puntos NO FENECE

3.2 GESTION PRESUPUESTAL, CONTABLE Y FINANCIERA

Aspectos Presupuestales Vigencias 2011- 2012 - 2013 3.2.1

La Junta Directiva del Hospital de Yopal E.S.E. mediante Acuerdo N° 081 del 30 de noviembre de 2010, aprobó el Presupuesto de Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia 2011 por valor de $50.346.791.907, para el año 2012 este fue aprobado mediante Acuerdo N° 085 el 12 de diciembre de 2011 por la suma de $54.035.964.268 y según Acuerdo N° 088 del 31 de octubre de 2012 la Junta Directiva fijó el Presupuesto de Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia 2013 por valor de $56.636.993.178.

Durante la vigencia 2011, el presupuesto de Ingresos y Gastos e Inversiones aprobado por valor de $50.346.791.907, presentó modificaciones por concepto de adiciones y traslados para un presupuesto definitivo por valor de $79.595.783.343 presentándose una variación absoluta frente al inicial por $29.248.996.436 equivalente al 58.10%.

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Para el 2012, el presupuesto paso de $54.035.964.268 a $87.446.402.054 con un incremento de $33.410.437.786, es decir, una variación relativa del 61.83% frente al presupuesto inicialmente aprobado.

Con respecto a la vigencia fiscal 2013, el presupuesto definitivo ascendió a $91.099.576.579 con un incremento de $34.462.583.401, equivalente al 60.85% de variación relativa frente al inicial.

Fuente: Ejecuciones Presupuestales

Presupuesto de Ingresos

El Hospital de Yopal E.S.E., durante el trienio recaudo la suma de $196.998.077.874 equivalente al 76% del presupuesto definitivo, en la vigencia fiscal 2011 las rentas percibidas alcanzaron el 73% del valor proyectado, durante el 2012 el porcentaje de recaudo se dio con un 76% y respecto al año 2013, los ingresos obtenidos representaron el 80% del presupuesto definitivo para dicha vigencia.

Fuente: Ejecuciones Presupuestales

VIGENCIAPRESUPUESTO

INICIAL

PRESUPUESTO

DEFINITIVO

VARIACION

ABSOLUTA

% VARIACION

RELATIAVA

2011 50,346,791,907 79,595,788,343 29,248,996,436 58.10

2012 54,035,964,268 87,446,402,054 33,410,437,786 61.83

2013 56,636,993,178 91,099,576,579 34,462,583,401 60.85

TOTAL 161,019,749,353 258,141,766,976 97,122,017,623 60.32

VIGENCIAPRESUPUESTO

DEFINITIVORECAUDO % RECAUDO

2011 79,595,788,343 57,790,435,917 73%

2012 87,446,402,054 66,068,276,678 76%

2013 91,099,576,579 73,139,365,279 80%

TOTAL 258,141,766,976 196,998,077,874 76%

-

20,000,000,000

40,000,000,000

60,000,000,000

80,000,000,000

100,000,000,000

2011 2012 2013

73% 76%

80%

PRESUPUESTO DEFINITIVO RECAUDO

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Variaciones de Recaudo durante el Trienio

Analizando el presupuesto definitivo de la vigencia 2012 frente a la de 2011, se observa que este presento una variación absoluta de $7.850.613.711 equivalente al 9.86%, y el recaudo se incrementó en un 14.32%. Respecto a la variación absoluta del 2013 frente al 2012, fue de $3.653.174.525, es decir, el 4.18% y el recaudo presentó una variación relativa del 10.70%

Comportamiento de Recaudo Durante el Trienio

A continuación se refleja el comportamiento del recaudo durante el trienio por cada uno de los conceptos de rentas, donde en términos generales del total recaudado la mayor la mayor representatividad está dada por concepto de venta de servicios durante las tres vigencias, incrementándose año tras año, pasando del 85.65% en el 2011 a 89.81% en el 2012 y para la vigencia 2013, alcanzó el 83.38%, en un segundo lugar de participación se encuentran otras rentas contractuales, donde se clasifican ingresos por concepto de arrendamientos, papelería y recursos producto de convenios con la Gobernación de Casanare y otros entes territoriales que ascendieron al 13.37%. 6.78% y 15.80% y en menor proporción se encuentran los recursos de capital y disponibilidad inicial, como se observa a continuación:

Fuente: Ejecuciones Presupuestales

DETALLE 2011 2012 2013

VARIACION

ABSOLUTA

2012-2011

%

VARIACION

RELATIAVA

VARIACION

ABSOLUTA

2013-2012

%

VARIACION

RELATIAVA

PPTO DEFINITIVO 79,595,788,343 87,446,402,054 91,099,576,579 7,850,613,711 9.86 3,653,174,525 4.18

RECAUDO 57,790,435,917 66,068,276,678 73,139,365,279 8,277,840,761 14.32 7,071,088,601 10.70

DETALLE RECAUDO

2011

%

PARTICIPACION

RECAUDO

2012

%

PARTICIPACION

RECAUDO

2013

%

PARTICIPACION

PRESUPUESTO DE INGRESOS 57,790,435,917 100.00 66,068,276,678 100.00 73,139,365,279 100.00

DISPONIBILIDAD INICIAL 565,146,625 0.98 2,248,576,973 3.40 590,148,124 0.81

VENTA DE SERVICIOS 49,494,726,267 85.65 59,335,775,864 89.81 60,986,141,985 83.38

REGIMEN CONTRIBUTIVO 2,901,987,455 5.02 3,909,230,574 5.92 11,778,310,036 16.10

REGIMEN SUBSIDIADO 15,289,621,051 26.46 13,939,557,674 21.10 23,282,807,419 31.83

ATENCION POBLACION POBRE Y VULNERABLE 19,255,033,394 33.32 13,300,847,099 20.13 2,991,293,265 4.09

CUOTAS DE RECUPERACION Y COPAGO 1,546,050,213 2.68 1,192,445,970 1.80 1,039,465,574 1.42

EVENTOS CATASTROFICOS/ACCIDENTE TRANSITO 1,319,685,251 2.28 2,547,019,636 3.86 3,672,637,703 5.02

OTRAS ENTIDADES 900,422,893 1.56 1,400,992,319 2.12 1,144,934,175 1.57

CUENTAS POR COBRAR VENTA DE SERVICIOS 8,233,251,010 14.25 16,980,457,286 25.70 17,076,693,813 23.35

PLAN DE INTERVENCIONES COLECTIVAS 48,675,000 0.08 6,065,225,306 9.18 0 -

OTRAS RENTAS CONTRACTUALES 7,729,263,283 13.37 4,480,797,156 6.78 11,557,555,016 15.80

OTROS INGRESOS 102,122,576 0.18 1,763,907,911 2.67 2,466,220,991 3.37

CONVENIOS 7,627,140,707 13.20 2,716,889,245 4.11 9,091,334,025 12.43

RECURSOS DE CAPITAL 1,299,742 0.00 3,126,685 0.00 5,520,154 0.01

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Presupuesto de Gastos

Durante las vigencias fiscales 2011, 2012 y 2013 El Hospital de Yopal E.S.E. contó con un presupuesto Definitivo de $258.141.766.976, de los cuales comprometió la suma de $245.670.264.100, ejecutándose el 95%, de donde en la vigencia fiscal 2011 realizó compromisos por valor de $76.668.425.510, equivalente al 96%, del valor proyectado para el 2012 los compromisos se dieron en un 95% y para el año 2013 se ejecutó el 94% frente del presupuesto definitivo para dicha vigencia, como se puede observar en el siguiente cuadro:

Fuente: Ejecuciones Presupuestales

0

10,000,000,000

20,000,000,000

30,000,000,000

40,000,000,000

50,000,000,000

60,000,000,000

70,000,000,000

2011 2012 2013

VENTA DE SERVICIOS

VIGENCIAPRESUPUESTO

DEFINITIVOEJECUCION % EJECUCION

2011 79,595,788,343 76,668,425,510 96%

2012 87,446,402,054 83,362,072,455 95%

2013 91,099,576,579 85,639,766,135 94%

TOTAL 258,141,766,976 245,670,264,100 95%

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12

Comportamiento de compromisos durante el Trienio

Según las ejecuciones presupuestales de gastos del Hospital de Yopal E.S.E., se señala que durante el trienio los compromisos fueron relativamente altos frente al presupuesto definitivo proyectado, para cada una de las vigencias. Teniendo en cuenta la estructura dada al presupuesto de gastos, se observa que los gastos de comercialización fueron los de mayor participación de ejecución durante las tres vigencias, alcanzando en el 2011 el 75.52%, 80.31% en el 2012 y en menor proporción la vigencia 2013 con el 75.81%, siendo los gastos por concepto de servicios personales los de mayor incidencia, seguido de las cuentas por pagar de comercialización. En segundo lugar de participación del total de compromisos, se dio con los gastos de funcionamiento con el 12.04%, 12.43% y 10.50% respectivamente y en tercer orden se dio para la Inversión, como se observa a continuación:

Fuente: Ejecuciones Presupuestales

EJECUCION

%

PARTICIPACION EJECUCION

%

PARTICIPACION EJECUCION

%

PARTICIPACIONPRESUPUESTO DE GASTOS 76,668,425,510 100.00 83,362,072,455 100.00 85,639,766,135 100.00

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 9,233,756,213 12.04 10,363,339,289 12.43 8,988,721,669 10.50

SERVICIOS PERSONALES 5,864,591,752 7.65 5,530,422,720 6.63 4,856,261,834 5.67

GASTOS GENERALES 1,892,830,040 2.47 2,596,923,147 3.12 2,406,522,009 2.81

CUENTAS POR PAGAR 1,476,334,421 1.93 2,235,993,422 2.68 1,725,937,826 2.02 GASTOS DE OPERACION 57,897,023,166 75.52 66,946,987,773 80.31 64,924,335,365 75.81

GASTOS DE COMERCIALIZACION 57,897,023,166 75.52 66,946,987,773 80.31 64,924,335,365 75.81

SERVICIOS PERSONALES 21,104,865,707 27.53 24,361,165,889 29.22 27,415,396,873 32.01

COMPRA DE BIENES 10,962,910,021 14.30 10,800,345,404 12.96 13,597,073,619 15.88

ADQUISICION DE SERVICIOS 9,794,158,217 12.77 10,290,341,944 12.34 10,073,394,676 11.76

CUENTAS POR PAGAR COMERCIALIZACION 15,937,939,221 20.79 15,273,778,837 18.32 13,838,470,197 16.16

PROMOCION Y PREVENCION 97,150,000 0.13 6,221,355,699 7.46 0 - INVERSION 9,537,646,131 12.44 6,051,745,393 7.26 11,726,709,101 13.69

INFRAESTRUCTURA 8,263,335,639 10.78 3,846,097,348 4.61 9,060,450,592 10.58

DOTACION 195,713,707 0.26 314,975,161 0.38 654,070,255 0.76

RECURSO HUMANO 235,400,100 0.31 403,015,760 0.48 281,323,512 0.33

CUENTAS POR PAGAR 843,196,685 1.10 1,487,657,124 1.78 1,730,864,742 2.02

DETALLE

2011 2012 2013

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Ahora bien, analizando los compromisos realizados por la entidad durante el trienio por concepto de gasto, se observa que el más relevante se da por concepto de Servicios Personales que representan el 36.66% del total comprometido, seguido de las cuentas por pagar de vigencias anteriores que alcanzaron el 22.20%, compra de bienes represento el 14.39%, Adquisición de servicios el 12.28% y en menor proporción se dieron los demás gastos.

-

10,000,000,000

20,000,000,000

30,000,000,000

40,000,000,000

50,000,000,000

60,000,000,000

70,000,000,000

2011 2012 2013

Comportamiento Gastos Durante el Trienio

FUNCIONAMIENTO COMERCIALIZACION INVERSION

DETALLE 2011 2012 2013 TOTAL TRIENIO % TRIENIO

SERVICIOS PERSONALES 27,204,857,559 30,294,604,369 32,552,982,219 90,052,444,147 36.66

GASTOS GENERALES 1,892,830,040 2,596,923,147 2,406,522,009 6,896,275,196 2.81

CUENTAS POR PAGAR 18,257,470,327 18,997,429,383 17,295,272,765 54,550,172,475 22.20

COMPRA DE BIENES 10,962,910,021 10,800,345,404 13,597,073,619 35,360,329,044 14.39

ADQUISICION DE SERVICIOS 9,794,158,217 10,290,341,944 10,073,394,676 30,157,894,837 12.28

PROMOCION Y PREVENCION 97,150,000 6,221,355,699 0 6,318,505,699 2.57

INFRAESTRUCTURA 8,263,335,639 3,846,097,348 9,060,450,592 21,169,883,579 8.62

DOTACION 195,713,707 314,975,161 654,070,255 1,164,759,123 0.47

TOTAL 76,668,425,510 83,362,072,455 85,639,766,135 245,670,264,100 100.00

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14

Situación Presupuestal Durante el Trienio

Verificando la información reportada en la cuenta fiscal por la entidad, en la situación presupuestal de las vigencias 2011, 2012 y 2013, se observan algunas diferencias en algunos conceptos, por lo que a continuación se presenta un comparativo de la situación presupuestal presentada por el Hospital frente a la determinada por este Ente de Control, así:

DETALLE

SITUACION

PPTAL 2011

SEGÚN HOSPITAL

SITUACION

PPTAL SEGÚN

CDC

SITUACION

PPTAL 2012

SEGÚN

SITUACION

PPTAL SEGÚN

CDC

SITUACION

PPTAL 2013

SEGÚN HOSPITAL

SITUACION

PPTAL SEGÚN

CDC

INGRESOS 57,790,735,659 57,790,735,659 66,068,276,678 66,068,276,678 73,139,365,279 73,139,365,279

INGRESOS CORRIENTES 57,790,735,659 57,790,735,659 66,068,276,678 66,068,276,678 73,139,365,279 73,139,365,279

INGRESOS NO TRIBUTARIOS 57,789,435,917 57,789,435,917 66,065,149,993 66,065,149,993 73,133,845,125 73,133,845,125

RECURSOS DE CAPITAL 1,299,742 1,299,742 3,126,685 3,126,685 5,520,154 5,520,154

TOTAL GASTOS Y RESERVAS 76,668,425,540 76,668,425,540 83,362,072,455 83,362,072,455 70,027,859,367 85,639,766,135

PAGOS 57,646,880,367 57,646,880,367 65,844,006,485 65,844,006,485 52,732,586,602 70,027,859,367

FUNCIONAMIENTO 49,621,007,120 49,621,007,120 61,559,359,277 61,559,359,277 48,741,277,375 64,305,685,398

INVERSION 8,025,873,247 8,025,873,247 4,284,647,208 4,284,647,208 3,991,309,227 5,722,173,969

CUENTAS POR PAGAR 19,021,545,173 19,021,545,173 17,518,065,970 17,518,065,970 17,295,272,765 15,611,906,768

FUNCIONAMIENTO 17,509,772,259 17,509,772,259 15,750,967,785 15,750,967,785 15,564,408,023 9,607,371,636

INVERSION 1,511,772,914 1,511,772,914 1,767,098,185 1,767,098,185 1,730,864,742 6,004,535,132

SITUACION PRESUPUESTAL (18,877,689,881) (18,877,689,881) (17,293,795,777) (17,293,795,777) 3,111,505,912 (12,500,400,856)

CUENTAS POR PAGAR 15,103,132,830 27,821,766,967

DEFICIT O SUPERAVIT (3,774,557,051) (18,877,689,881) 10,527,971,190 (17,293,795,777) (12,500,400,856)

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H1 Diferencias en la información reportada Según la Situación Presupuestal reportada para la vigencia fiscal 2013, se observa que los valores registrados por concepto de pagos y cuentas por pagar difieren con respecto a las cifras reflejadas en la ejecución presupuestal de gastos, lo cual altera el resultado de la situación presupuestal presentando un Superávit Presupuestal de $3.111.505.912, cuando realmente el resultado es un Déficit Presupuestal por valor de $12.500.400.856. Ahora bien, según las situaciones presupuestales reportadas para las vigencias 2011 y 2012, el Hospital incluye unas cuentas por pagar correspondientes a facturación radicada, situación que conlleva a que para el año 2011 el déficit presupuestal tan solo sea de $3.774.557.051 y para el 2012 presentar un superávit por valor de $10.527.971.190. De otra parte, de acuerdo al informe de gestión presentado por el Hospital, refleja una situación presupuestal en la que al valor de los ingresos le incluyen el valor de las cuentas por cobrar, denominándolo ingresos reconocidos, situación que modifica el total de la ejecución de ingresos, que para el 2011 ascienden a $72.893.868.489, en el año 2012 $93.890.043.645 y para la vigencia 2013 $97.549.000.000, lo cual les permitió presentar para la vigencia 2011 un déficit presupuestal por tan solo de -3.774.557.051 y para el 2011 y 2012 a cambio de déficit reflejar un superávit por $10.527.971.190 y $11.909.000 respectivamente. Cabe señalar además, que los llamados “ingresos reconocidos” corresponden a facturación radicada, pero que aún no han sido objeto de auditoría. Al respecto este Ente de Control, señala que estos valores registrados como cuentas por pagar no deben ser reflejados en la situación presupuestal, toda vez que en esta se incluye únicamente el resultado de las ejecuciones presupuestales tanto de ingresos como de gastos.

En conclusión, teniendo en cuenta el sistema de caja en la ejecución presupuestal de ingresos y causación en la ejecución presupuestal de gastos, la situación presupuestal real es, Déficit Presupuestal a 31 de diciembre de 2011 por valor de $18.877.689.881, en el 2012 este ascendió a $17.293.795.777 y para la vigencia 2013 se dio en la suma de $12.500.400.856, originado en que el recaudo obtenido durante las diferentes vigencias fue inferior a los compromisos realizados, situación que afecta el pago de los compromisos adquiridos, lo cual origina falencias administrativas al no preverse el ajuste al presupuesto de gastos ante la baja ejecución del presupuesto de ingresos. Por lo expuesto anteriormente, se configura un hallazgo de tipo administrativo.

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Situación de Tesorería Una vez revisada la situación de tesorería presentada por el Hospital de Yopal E.S.E., se observan diferencias en los saldos reportados en Caja, DIAN e ICA, con referente a las cifras de los Estados Financieros de la entidad correspondiente a las vigencias 2012 y 2013, como se refleja a continuación:

Por lo anterior, este ente de Control concluye que la entidad no está realizando cruce de información entre Tesorería y Contabilidad, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo a fin de que la entidad antes de presentar informes realice previamente cruces de información, el cual se adiciona a la observación: H1 Diferencias en la información reportada

DETALLE 2011 2012 2013

EJECUCION PRESUPUESTAL DE INGRESOS 57,790,735,659 66,068,276,678 73,139,365,279

EJECUCION PRESUPUESTAL DE GASTOS 76,668,425,540 83,362,072,455 85,639,766,135

DEFICIT PRESUPUESTAL (18,877,689,881) (17,293,795,777) (12,500,400,856)

-18.877.689.881 -17.293.795.777

-12.500.400.856

Déficit Presupuestal en el Trienio

2011 2012 2013

DETALLE

SITUACION

TESORERIA 2012

SEGÚN HOSPITAL

SITUACION DE

TESORERIA

SEGÚN CDC

DIFERENCIA

SITUACION

TESORERIA 2013

SEGÚN HOSPITAL

SITUACION DE

TESORERIA

SEGÚN CDC

DIFERENCIA

CAJA GENERAL 14,251,541 14,427,840 176,299 -

DIAN E ICA 1,009,992,649 941,190,041 (68,802,608) 554,090,000 553,976,079 (113,921)

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Gestión Contable y Financiera 3.2.2

Para el análisis de la información contable y financiera se tuvieron en cuenta los estados financieros correspondientes a las vigencias 2011, 2012 y 2013 del Hospital de Yopal E.S.E., para lo cual se realizaron algunas pruebas de auditoria en cuanto a los soportes y documentos contables que la sustentan; a efecto de indicar su realidad financiera y fiscal. La función del ente de control es emitir un concepto en cuanto a los resultados obtenidos durante la auditoria de los mismos; es decir, si dichos estados financieros reflejan razonablemente en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de la entidad. 3.2.2.1 Análisis a los Estados Financieros

Para el análisis contable y financiero de la entidad se utilizaron métodos de reconocido valor técnico como son la variación relativa y la variación absoluta.

La variación relativa refleja el comportamiento de las cuentas mayores dentro del grupo que representan y se hacen por cada vigencia, mientras que la variación absoluta refleja el comportamiento de las cuentas entre un periodo y otro, como se describen a continuación. Balance General Comparativo Durante el Trienio

CODIGO DESCRIPCIONA 31 DICIEMBRE

DE 2013

A 31 DICIEMBRE

DE 2012

A 31 DICIEMBRE

DE 2011

VARIACION

ABSOLUTA

2013-2012

%

VARIACION

RELATIAVA

VARIACION

ABSOLUTA

2012-2011

%

VARIACION

RELATIAVA

85,258,944,148 81,760,106,739 95,898,948,953 3,498,837,409 4.28 -14,138,842,214 14.74-

42,520,824,997 40,505,399,659 56,951,979,793 2,015,425,338 4.98 -16,446,580,134 28.88-

11 Efectivo 5,199,741,912 929,525,891 2,253,008,898 4,270,216,021 459.40 -1,323,483,007 58.74-

14 Deudores 28,727,002,478 34,566,185,921 48,406,280,845 -5,839,183,443 16.89- -13,840,094,924 28.59-

15 Inventarios 3,644,966,819 942,467,963 2,412,684,694 2,702,498,856 286.75 -1,470,216,731 60.94-

19 Otros activos corrientes 4,949,113,788 4,067,219,884 3,880,005,357 881,893,904 21.68 187,214,527 4.83

42,738,119,151 41,254,707,080 38,946,969,159 1,483,412,072 3.60 2,307,737,920 5.93

12 Inversiones 0 0 3,900,000 0 - -3,900,000 100.00-

16 Propiedad planta y equipo 35,682,627,467 34,091,775,399 31,780,137,479 1,590,852,068 4.67 2,311,637,920 7.27

19 Otros activos no corrientes 7,055,491,684 7,162,931,680 7,162,931,680 -107,439,996 1.50- 0 -

28,602,709,738 28,400,753,090 58,537,966,084 201,956,649 0.71 -30,137,212,995 51.48-

28,385,154,527 27,569,272,217 57,269,282,600 815,882,311 2.96 -29,700,010,384 51.86-

24 Cuentas por pagar 25,787,005,621 25,233,431,132 54,606,147,413 553,574,489 2.19 -29,372,716,282 53.79-

25 Obligaciones laborales 772,133,345 564,027,576 669,189,025 208,105,769 36.90 -105,161,449 15.71-

27 Pasivos Estimados 1,750,943,575 1,651,527,818 1,873,155,710 99,415,757 6.02 -221,627,892 11.83-

29 Otros Pasivos 75,071,986 120,285,691 120,790,452 -45,213,705 37.59- -504,761 0.42-

217,555,211 831,480,873 1,268,683,484 -613,925,662 73.84- -437,202,611 34.46-

25 Obligaciones Laborales 217,555,211 831,480,873 1,268,683,484 -613,925,662 73.84- -437,202,611 34.46-

56,656,234,410 53,359,353,649 37,360,982,868 3,296,880,761 6.18 15,998,370,781 42.82

32 Patrimonio Institucional 56,656,234,410 53,359,353,649 37,360,982,868 3,296,880,761 6.18 15,998,370,781 42.82

85,258,944,148 81,760,106,739 95,898,948,953 3,498,837,409 4.28 -14,138,842,214 14.74-

PATRIMONIO

TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO

CORRIENTE

TOTAL ACTIVO

NO CORRIENTE

PASIVO

CORRIENTE

NO CORRIENTE

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18

Análisis Vigencia 2013-2012

Realizado el análisis de la variación absoluta del balance general de las vigencias 2013 frente a 2012, se observa que de acuerdo a las cifras reportadas, se presentó un incremento en los activos por valor de $3.498.837.409 equivalente al 4.28%, debido al aumento de las cuentas de Efectivo, Inventarios, Otros activos y Propiedad, planta y Equipo. Cabe mencionar como un hecho significativo la disminución de las cuentas de Deudores en un 16.89% reflejado por el recaudo de cartera, al igual aunque con una variación muy mínima, se da en las cuentas de otros activos no corrientes.

Dentro del grupo de los pasivos, se observa que el incremento en las cuentas que lo conforman fue mínimo, su variación absoluta de $201.956.649 representa tan solo el 0.71% frente al pasivo de la vigencia 2012, resaltándose la disminución en las cuentas de Otros Pasivos clasificados como No Corrientes y Obligaciones Laborales que constituyen la disminución más representativa dentro del pasivo.

Análisis Vigencia 2012-2011

Al analizar la variación absoluta del comparativo del balance general de las vigencias 2012-2011, se observa que se presentó una disminución en general de las cuentas que conforman el Activo y Pasivo, a excepción de las cuentas de Propiedad, Planta y Equipo y Otros activos corrientes que se incrementaron frente al 2011 en un 7.27% y 4.83% respectivamente.

El Pasivo presentó una variación absoluta de $30.137.212.995, equivalente al 51.48%, donde se resalta la disminución presentada en las Cuentas por Pagar en un 53.79% y Obligaciones laborales con el 34.46%, las demás cuentas con menor variación. En cuanto al Activo su disminución se dio por $14.138.842.214, es decir el 14.74%, siendo las cuentas de Inventarios, Efectivo y Deudores las que más incidieron.

A continuación se presenta la estructura del balance durante el trienio.

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19

Estructura de los Activos A continuación se presenta la incidencia de la participación de cada una de las cuentas que conforman el Activo por cada una de las vigencias auditadas.

De acuerdo a las cifras anteriores, se observa que para el año 2011 el grupo más representativo se dio por el Deudores que alcanzó el 50.48% frente al total de Activos, seguida de Propiedad, Planta y Equipo que refleja un 33.14% de participación, Otros Activos 11.52% y con un menor porcentaje se encuentra el grupo de Efectivo.

COD. DESCRIPCION

A 31 DE

DICIEMBRE DE

2013

%

PARTIC.

A 31 DE

DICIEMBRE DE

2012

%

PARTIC.

A 31 DE

DICIEMBRE DE

2011

%

PARTIC.

1 ACTIVO 85,258,944,148 100.00 81,760,106,739 100.00 95,898,948,953 100.00

11 EFECTIVO 5,199,741,912 6.10 929,525,891 1.14 2,253,008,898 2.35

1105 Caja 11,243,900 0.01 14,427,841 0.02 990,800,437 1.03

1110 Bancos 5,188,498,013 6.09 915,098,050 1.12 1,262,208,461 1.32

12 INVERSIONES 0 0.00 0 0.00 3,900,000 0.00

1203 Inversiones con fines de Politica Renta Fija 0 0.00 0 0.00 3,900,000 0.00

14 DEUDORES 28,727,002,478 33.69 34,566,185,921 42.28 48,406,280,845 50.48

1409 Servicio de salud 40,364,190,681 47.34 49,886,403,214 61.02 57,815,049,098 60.29

1420 Anticipos y avances entregados 1,453,254,457 1.70 251,186,931 0.31 1,154,008,126 1.20

1470 Otros deudores 211,922,644 0.25 315,913 0.00 888,013 0.00

1480 Provisiones para deudores -13,302,365,304 -15.60 -15,571,720,136 -19.05 -10,563,664,392 -11.02

15 Inventarios 3,644,966,819 4.28 942,467,963 1.15 2,412,684,694 2.52

1518 Materiales para la prestación de servicio 4,450,538,594 5.22 1,312,183,145 1.60 2,799,292,753 2.92

1580 Provision para inventarios -815,337,355 -0.96 -413,442,863 -0.51 -413,442,863 -0.43

1530 En poder de terceros 9,765,580 0.01 43,727,681 0.05 26,834,804 0.03

16 PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO 35,682,627,467 41.85 34,091,775,399 41.70 31,780,137,479 33.14

1605 Terrenos 4,859,001,134 5.70 4,859,001,134 5.94 4,859,001,134 5.07

1615 Construcciones en curso 3,720,488,161 4.36 2,861,058,132 3.50 8,808,307,831 9.18

1635 Bienes Muebles en Bodega 4,129,556,958 4.84 2,954,078,419 3.61 2,435,194,311 2.54

1640 Edificaciones 13,104,128,115 15.37 13,098,023,116 16.02 3,767,326,238 3.93

1645 Plantas, Dúctos y Túneles 343,712,300 0.40 343,712,300 0.42 343,712,300 0.36

1650 Redes Lineas y Cables 159,524,372 0.19 206,502,689 0.25 215,061,591 0.22

1655 Maquinaria y Equipo 261,068,909 0.31 254,603,908 0.31 253,256,717 0.26

1660 Equipo Médico y Científico 18,405,032,396 21.59 18,930,320,150 23.15 19,474,871,090 20.31

1665 Muebles, Enseres y Equipo de Oficina 5,632,207,179 6.61 3,936,432,180 4.81 4,282,279,570 4.47

1670 Equipo de Comunicación y Computación 1,182,235,088 1.39 1,261,431,808 1.54 1,293,623,870 1.35

1675 Equipo de Transporte, Tracción y Elevación 149,291,298 0.18 149,291,298 0.18 149,291,298 0.16

1680 Equipo Comedor, Cocina, Despensa y Hoteleria 59,794,405 0.07 58,992,707 0.07 61,660,989 0.06

1685 Depreciacion Acumulada -16,323,412,848 -19.15 -14,821,672,441 -18.13 -14,163,449,461 -14.77

19 OTROS ACTIVOS 12,004,605,472 14.08 11,230,151,565 13.74 11,042,937,037 11.52

1905 Gastos Pagados por Anticipados 2,993,709,768 3.51 2,575,571,985 3.15 2,144,868,705 2.24

1910 Cargos Diferidos 1,575,467,428 1.85 1,275,055,007 1.56 1,518,543,759 1.58

1920 Bienes Entregados a Terceros 379,936,592 0.45 216,592,892 0.26 216,592,892 0.23

1960 Bienes de Arte y Cultura 106,376,621 0.12 106,376,621 0.13 106,376,621 0.11

1970 Intangibles 2,555,261,737 3.00 2,662,701,733 3.26 2,662,701,733 2.78

1975 Amortización Acumulada de Intangibles (CR) -1,832,142,893 -2.15 -1,832,142,893 -2.24 -1,832,142,893 -1.91

1999 Valorizaciones 6,225,996,219 7.30 6,225,996,219 7.61 6,225,996,219 6.49

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20

Para la vigencia 2012, el grupo más representativo también se dio por Deudores que representaron el 42.28% del total del Activo, las cuentas de Propiedad, Planta y Equipo ascendieron al 41.70%, Otros Activos el 13.74% y con una menor participación el Efectivo. En cuanto a la vigencia 2013, el Grupo de Propiedad, Planta y Equipo es el más representativo, ya que su participación alcanza el 41.85% del total activo, seguida de Deudores con el 33.69%, observándose su disminución año tras año debido a la recuperación de cartera que ha tenido la entidad; con menor participación se encuentran Otros Activos con el 14.08% y los grupos de Efectivo e Inventarios. Estructura del Pasivo y Patrimonio A continuación, se presentan la estructura del pasivo y patrimonio por cuenta con corte a 31 de diciembre de 2011, 2012 y 2013, donde se observa la participación de cada una de las cuentas frente al total Pasivo y total Patrimonio, así:

Según las cifras anteriores, en cuanto al pasivo, se observa que para el año 2011 el grupo más representativo se presentó por las cuentas por pagar que alcanzaron el 93.28% frente al total Pasivo, donde la cuenta más significativa se dio por

COD. DESCRIPCIONA 31 DE DICIEMBRE

DE 2013

%

PARTIC.

A 31 DE DICIEMBRE

DE 2012

%

PARTIC.

A 31 DE DICIEMBRE

DE 2011

%

PARTIC.

2 PASIVO 28,602,709,738 100.00 28,400,753,090 100.00 58,537,966,084 100.00

24 CUENTAS POR PAGAR 25,787,005,621 90.16 25,233,431,132 88.85 54,606,147,413 93.28

2401 Adquisición de Bienes y Servicios 3,596,820,561 12.58 6,069,965,231 21.37 6,127,335,517 10.47

2425 Acreedores 3,862,752,718 13.50 8,730,211,413 30.74 6,013,494,688 10.27

2436 Retención en la Fuente 687,120,562 2.40 941,190,041 3.31 800,318,393 1.37

2440 Impuestos Contribuciones y tasas por pagar 31,007,258 0.11 68,803,449 0.24 173,216,176 0.30

2450 Avances y Anticipos Recibidos 8,675,803,965 30.33 371,646,155 1.31 11,565,958,778 19.76

2455 Deposito Recibido en Garantia 8,863,155,068 30.99 8,006,336,282 28.19 29,915,370,469 51.10

2460 Creditos Judiciales 0 0.00 688,606,524 2.42 0 0.00

2490 Otras CXP - Obligaciones pagadas por terceros 70,345,489 0.25 356,672,035 1.26 10,453,392 0.02

25 OBLIGACIONES LABORALES 989,688,556 3.46 1,395,508,449 4.91 1,937,872,509 3.31

2505 Salarios y Prestaciones Sociales 989,688,556 3.46 1,395,508,449 4.91 1,937,872,509 3.31

27 PASIVOS ESTIMADOS 1,750,943,575 6.12 1,651,527,818 5.82 1,873,155,710 3.20

2710 Provisión para Contingencias - Sentencias 1,750,943,575 6.12 1,651,527,818 5.82 1,873,155,710 3.20

29 OTROS PASIVOS 75,071,986 0.26 120,285,691 0.42 120,790,452 0.21

2905 Recaudos a Favor a Terceros 75,071,986 0.26 120,285,691 0.42 120,790,452 0.21

3 PATRIMONIO 56,656,234,410 100.00 53,359,353,649 100.00 37,360,982,868 100.00

32 PATRIMONIO INSTITUCIONAL 56,656,234,410 100.00 53,359,353,649 100.00 37,360,982,868 100.00

3208 Capital Fiscal 20,485,087,198 36.16 20,485,087,198 38.39 29,124,002,584 77.95

3225 Utilidad o Pérdida en ejercicios anteriores 16,459,828,584 29.05 9,763,134,688 18.30 0 0.00

3230 Resultado del Ejercicio 3,296,880,761 5.82 6,696,693,896 12.55 1,124,219,302 3.01

3235 Superavit por Donaciones 353,683,476 0.62 353,683,476 0.66 353,683,476 0.95

3240 Superavit por valorizaciones 6,225,996,219 10.99 6,225,996,219 11.67 6,225,996,219 16.66

3245 Revalorizacion del patrimonio 68,982,010 0.12 68,982,010 0.13 68,982,010 0.18

3255 Patrimonio Institucional Incorporado 9,777,663,285 17.26 9,777,663,285 18.32 475,986,400 1.27

3259 Efecto por aplicación del Régimen de Contabilidad Pública-11,887,123 -0.02 -11,887,123 -0.02 -11,887,123 -0.03

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Depósitos recibidos en garantía que representan el 51.10%, seguida de la cuenta Avances y Anticipos recibidos que equivalen al 19.76% de participación y con un menor porcentaje de participación se encuentran las demás cuentas. Respecto a la vigencia 2012, el grupo más representativo también se dio por las cuentas por pagar, cuya participación fue del 88.85% frente al total Pasivo, donde la cuenta más significativa se dio por Acreedores con el 30.74%, seguida de Depósitos recibidos en garantía que representan el 28.19%, Adquisición de Bienes y Servicios alcanzaron el 21,37% de participación y con un menor porcentaje se encuentran las demás cuentas. Al igual que en las vigencias 2011 y 2012 el grupo más representativo para la vigencia 2013 está dado por las cuentas por pagar que representan el 90.16% del total de pasivo, siendo las cuentas de Depósitos recibidos en garantía y Avances y anticipos recibidos las de mayor participación.

Estado de Actividad Económica, Financiera, Social y Ambiental

De acuerdo a los Estados de Actividad financiera, Económica, Social y Ambiental presentados por el Hospital de Yopal de las vigencias 2011, 2012 y 2013, a continuación se puede observar el comportamiento presentado por los ingresos, gastos y costos durante el trienio.

Análisis vigencia 2013-2012 Analizados los ingresos de la vigencia 2013 frente a los de 2012, se observa que estos presentaron una variación absoluta negativa, de $11.852.378.562 que represento el 93%, es decir, que estos disminuyeron con respecto al año anterior, ocasionado por la baja en la venta de servicios.

CODIGO DESCRIPCION DE 01-01-2013 A

31-12-2013

DE 01-01-2012

A 31-12-2012

DE 01-01-2011

A 31-12-2011

VARIACION

ABSOLUTA

2013-2012

%

VARIACION

RELATIAVA

VARIACION

ABSOLUTA

2012-2011

%

VARIACION

RELATIAVA

INGRESOS 72,399,577,195 84,251,955,757 58,278,711,744 11,852,378,562- 93.00 25,973,244,013 39.95

43 ventas de servicios 67,724,048,595 82,030,124,298 55,894,548,647 14,306,075,703- 17.44- 26,135,575,651 46.76

48 otros ingresos 4,675,528,600 2,221,831,459 2,384,163,097 2,453,697,141 110.44 162,331,638- 6.81-

GASTOS 15,583,442,674 18,183,974,073 13,188,345,595 2,600,531,400- 14.30- 4,995,628,478 37.88

51 De Administración 5,737,331,008 8,154,284,442 7,274,331,890 2,416,953,435- 29.64- 879,952,552 12.10

53 Provisiones, agotamiento y depreciaciones 1,657,260,180 7,619,113,946 3,107,221,087 5,961,853,766- 78.25- 4,511,892,859 145.21

58 Otros gastos 8,188,851,486 2,410,575,685 2,806,792,618 5,778,275,801 239.71 396,216,933- 14.12-

COSTOS DE VENTAS 53,519,253,760 59,371,287,787 43,966,146,847 5,852,034,027- 9.86- 15,405,140,940 35.04

63 Costos de ventas de servicios 53,519,253,760 59,371,287,787 43,966,146,847 5,852,034,027- 9.86- 15,405,140,940 35.04

RESULTADO DEL EJERCICIO 3,296,880,761 6,696,693,896 1,124,219,302 3,399,813,136- 50.77- 5,572,474,594 495.68

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En cuanto a los gastos y costos de ventas en que incurrió la entidad estos se disminuyeron con respecto al año anterior, en $2.600.531.400 y $5.852.034.027 respectivamente.

El Resultado del ejercicio, se disminuyó en el 50.77% ocasionado por la disminución de los ingresos.

Vigencia 2012-2011

Analizadas las vigencias 2012 – 2011 en cuanto a la variación absoluta se evidenció que el total de los ingresos netos presento un incremento por valor de $25.973.244.013, equivalente al 39.95%.

En cuanto a los gastos y costos en que incurrió el Hospital estos se incrementaron con respecto al año anterior en $4.995.628.478 y $15.405.140.940, es decir, el 37.88% y 35.04% respectivamente, ocasionado por la mayor venta de servicios.

Respecto al Resultado del ejercicio presentó una variación absoluta de $5.572.474.594 con referencia al año anterior, lo que indica que se incrementó en el 495.68%.

Comportamiento del Estado de Resultados por vigencia

CODIGO DESCRIPCIONDE 01-01-2013 A

31-12-2013

%

PARTIC.

DE 01-01-2012 A

31-12-2012

%

PARTIC.

DE 01-01-2011 A

31-12-2011

%

PARTIC.

INGRESOS 72,399,577,195 100.00% 84,251,955,757 100.00% 58,278,711,744 100.00%

43 VENTAS DE SERVICIOS 67,724,048,595 93.54% 82,030,124,298 97.36% 55,894,548,647 95.91%

4312 Servicios de Salud 67,912,871,058 93.80% 82,124,806,050 97.48% 56,110,305,312 96.28%

4390 Otros Servicios - Gimnasio 1,080,000 0.00% 2,694,464 0.00% 6,759,319 0.01%

4395 Devoluciones, Rebajas, Descuentos venta servicios (DB) (189,902,463) -0.26% (97,376,216) -0.12% (222,515,984) -0.38%

48 OTROS INGRESOS 4,675,528,600 6.46% 2,221,831,459 2.64% 2,384,163,097 4.09%

4805 Financieros 7,535,801 0.01% 8,287,921 0.01% 1,451,841 0.00%

4808 Otros Ingresos Ordinarios 2,079,674,870 2.87% 265,296,942 0.31% 290,996,381 0.50%

4810 Extraordinarios 590,314,430 0.82% 1,551,114,388 1.84% 1,537,036,226 2.64%

4815 Ajuste de Ejercicios Anteriores 1,998,003,498 2.76% 397,132,208 0.47% 554,678,650 0.95%

GASTOS 15,583,442,674 100.00% 18,183,974,073 100.00% 13,188,345,595 100.00%

51 ADMINISTRACION 5,737,331,008 36.82% 8,154,284,442 44.84% 7,274,331,890 55.16%

5101 Sueldos y salarios 2,470,782,373 15.86% 3,264,533,675 17.95% 2,305,664,523 17.48%

5102 Contribuciones Imputadas 5,782,778 0.04% 8,708,235 0.05% 12,824,393 0.10%

5103 Contribuciones Efectivas 275,661,700 1.77% 407,275,897 2.24% 432,320,194 3.28%

5104 Aportes sobre la nómina 74,568,500 0.48% 75,464,100 0.42% 111,507,671 0.85%

5111 Generales 2,787,741,377 17.89% 4,318,108,095 23.75% 4,333,867,169 32.86%

5120 Impuestos Contribuciones y Tasas 122,794,280 0.79% 80,194,440 0.44% 78,147,940 0.59%

53 PROVISIONES, AGOTAMIENTO Y DEPRECIACIONES 1,657,260,180 10.63% 7,619,113,946 41.90% 3,107,221,087 23.56%

5304 Provisiones para Deudores 0 0.00% 6,137,648,739 33.75% 249,236,721 1.89%

5306 Provisiones Protección Inventarios 397,903,940 2.55% 0 0.00% 413,442,863 3.13%

5314 Provisiones para Contingencias - sentencias 1,018,330,009 6.53% 1,251,750,387 6.88% 464,803,064 3.52%

5330 Depreciación De Propiedad Planta y Equipo 241,026,231 1.55% 229,714,820 1.26% 1,979,738,439 15.01%

58 OTROS GASTOS 8,188,851,486 52.55% 2,410,575,685 13.26% 2,806,792,618 21.28%

5801 Intereses 0 0.00% 0 0.00% 0 0.00%

5802 Comisiones 124,105,634 0.80% 112,298,425 0.62% 75,802,540 0.57%

5808 Otros Gastos Ordinarios 2,006,443,944 12.88% 1,996,686,056 10.98% 1,095,866,547 8.31%

5810 Extraordinarios 195,837,227 1.26% 200,924,610 1.10% 685,235,838 5.20%

5815 Ajuste de Ejercicios Anteriores 5,862,464,682 37.62% 100,666,594 0.55% 949,887,693 7.20%

COSTOS DE VENTAS 53,519,253,760 100.00% 59,371,287,787 100.00% 43,966,146,847 100.00%

63 COSTOS DE VENTAS DE SERVICIOS 53,519,253,760 100.00% 59,371,287,787 100.00% 43,966,146,847 100.00%

6310 Servicios de salud 53,519,253,760 100.00% 59,371,287,787 100.00% 43,966,146,847 100.00%

RESULTADO DEL EJERCICIO 3,296,880,761 6,696,693,896 1,124,219,302

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Las cuentas más representativas, en materia de ingresos para las vigencias 2011, 2012 y 2013 corresponden a la venta de servicios de salud, que representan el 95.91%, 97.36% y 93.54%, respectivamente y en menor participación se encuentran los cuentas de otros ingresos.

Con respecto a los Servicios de Salud, el Hospital refleja a 31 de diciembre de 2013, la suma de $67.912.871.0570 que representa el 93.80% del total de los Ingresos, los cuales se contabilizan por tipo de servicio prestado, como se describen en las siguientes subcuentas:

De acuerdo a lo anterior, se observa que los mayores ingresos por venta de servicios corresponden a Quirófanos y Sala de Partos con una participación del 27.34% del total de los servicios prestados, le siguen en importancia los ingresos por Hospitalización – Estancia general con una participación del 17.56% y por Apoyo Diagnóstico – Imageneología representan el 11.86% Dado que contablemente no es posible determinar la clasificación de ingresos por régimen, esta clasificación se tomó de la información presupuestal del Hospital de Yopal - ESE. De acuerdo con la ejecución presupuestal de ingresos a diciembre 31 de 2013, los ingresos por venta de servicios ascendieron a $60.986.141.985, clasificados de la siguiente manera:

COD. DETALLE VALOR%

PARTIC.

4312 SERVICIOS DE SALUD 67,912,871,058 100.00

431208 URGENCIAS-CONSULTA PROCEDIMIENTOS 6,056,895,143 8.92

431209 URGENCIAS OBSERVACION 6,659,431,578 9.81

431217 SERVICIOS AMBULATORIOS CONSULTA EXTERNA Y

PROCEDIMIENTOS

89,720,112 0.13

431218 SERVICIOS AMBULATORIOS CONSULTA ESPECIALIZADA 2,703,434,567 3.98

431221 SERV.AMB.-OTRAS ACTIVADES EXTRAMURALES 2,473,329,578 3.64

431227 HOSPITALIZACION ESTANCIA GENER 11,926,765,110 17.56

431229 HOSPITALIZACION CUIDADOS INTERMEDIOS 3,770,328,178 5.55

431230 HOSPITALIZACION RECIEN NACIDOS 71,931 0.00

431236 QUIROFANO Y SALA PARTO-QUIROFANOS 18,568,025,029 27.34

431237 QUIROFANO Y SALAS DE PARTO-SALAS DE PARTO 253,133,503 0.37

431246 APOYO DIAGNOSTICO-LABORATORIO 4,795,791,977 7.06

431247 APOYO DIAGNOSTICO-IMAGENEOLOGIA 8,055,596,531 11.86

431248 APOYO DIAGNOSTICO ANATOMIA PATOLOGIA 513,285,068 0.76

431256 APOYO TERAPEUTICO-RAHABILITACION Y TERAPIA 462,394,804 0.68

431258 APOYO TERAPEUTICO BANCO DE SANGRE 982,684,650 1.45

431262 APOYO TERAPEUTICO-FARMACIA INSUMOS 601,983,299 0.89

DETALLE VALOR%

PARTIC.

VENTA DE SERVICIOS 60,986,141,985 100.00

REGIMEN CONTRIBUTIVO 11,778,310,036 19.31

REGIMEN SUBSIDIADO 23,282,807,419 38.18

ATENCION POBLACION POBRE Y VULNERABLE 2,991,293,265 4.90

CUOTAS DE RECUPERACION Y COPAGO 1,039,465,574 1.70

EVENTOS CATASTROFICOS/ACCIDENTE TRANSITO 3,672,637,703 6.02

OTRAS ENTIDADES 1,144,934,175 1.88

CUENTAS POR COBRAR VENTA DE SERVICIOS 17,076,693,813 28.00

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Como se puede apreciar los ingresos por venta de servicios a la población del Régimen Subsidiado representan la mayor participación de los ingresos del Hospital de Yopal que equivalen al 38.18%, siguiéndole en importancia las cuentas por cobrar por venta de servicios que representan el 28%, los servicios a la población de régimen contributivo el 19.31% y en menor participación se encuentran los demás regímenes. Costo Venta de Servicios A 31 de diciembre de 2013, el total de la cuenta 63 COSTO VENTA DE SERVICIOS ascendió a $53.519.253.760 que representan el 77.45% del total de los Costos y Gastos del Hospital. De acuerdo al tipo de servicios prestados, a continuación se observa que los mayores costos corresponden a Servicios por Hospitalización Estancia General que representan el 22.01%, seguido de Apoyo Terapéutico – Farmacia e Insumos con el 16.24%, Servicios Ambulatorios – consulta especializada 11.88% y Quirófanos y Salas de parto 10.92%, los demás en menor proporción. Para la determinación contable de los costos por la prestación de servicios, es realizada de forma manual, ya que el módulo de costos del aplicativo DINAMICA aún no ha entrado en operación. A continuación se presentan la participación de la distribución de los costos, así:

COD. DETALLE VALOR %

PARTIC.6310 SERVICIOS DE SALUD 53,519,253,760 100.00

631001 URGENCIAS-CONSULTAS Y PROCEDIM 3,426,426,360 6.40

631002 URGENCIAS OBSERVACION 3,405,658,621 6.36

631015 SERV AMB CONSUL EXTE Y PROCEDIM 2,298,659,822 4.30

631016 SERV AMBU CONSULTA ESPECIALIZADA 6,357,782,380 11.88

631019 SERV AMB-OTRAS ACTIV EXTRAMURAL 986,873,677 1.84

631025 HOSPITALIZACION-ESTANCIA GENER 11,778,783,349 22.01

631027 HOSPITALIZACION CUIDADOS

INTERMEDIOS

1,366,451,556 2.55

631028 HOSPITALIZACION RECIEN NACIDOS 176,321,780 0.33

631035 QUIROFANOS SALAS PARTO-QUIROFANO 5,842,202,101 10.92

631036 QUIROFANOS SALA PARTO-PARTO 1,842,020,509 3.44

631040 APOYO DIAG -LABORATORIO CLINICO 2,548,695,636 4.76

631041 APOYO Y DIAGNOSTICO-IMAGENEOLOG 2,312,530,688 4.32

631042 APOYO DIAGNOSTICO - ANATOMIA

PATOLOGICA

53,997,192 0.10

631050 APOYO TERAPE-REHABIL Y TERAPIA 1,381,531,884 2.58

631052 APOYO TERAPEUTICO BANCO DE SANGRE 965,555,532 1.80

631056 APOYO TERAPEUTICO-FARMACIA E INSUM 8,693,519,718 16.24

631057 APOYO TERAPEUTICO - OTRAS UNIDADES 80,543,724 0.15

631067 OTROS SERVIOC CONEXO SALUD 1,699,230 0.00

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3.2.2.2 Observaciones a los Estados Financieros A continuación se reflejan algunas situaciones encontradas durante el proceso auditor que inciden en la razonabilidad de las cifras reveladas en los Estados Contables, así: Caja General H2 Demora en la entrega del Recaudo Dentro de los procedimientos que tiene establecidos el Hospital de Yopal, para el manejo de efectivo este señala que el arqueo debe ser a diario, sin embargo, revisada una muestra de los boletines de caja de las vigencias 2011, 2012 y 2013, se observó que no se está entregando oportunamente los dineros recaudados en las diferentes cajas por parte de las personas a cargo de dicho proceso, evidenciándose que en algunos casos demoran hasta cuatro (4) días en reportar los dineros recaudados del día, y por consiguiente la consignación de los mismos, razón por la cual se configura como un hallazgo administrativo. (Anexo N° 1)

Caja Menor El Hospital de Yopal emitió Resolución No 064 del 15 de Febrero de 2011, mediante la cual reactivaron y reglamentaron la caja menor para la vigencia fiscal 2011, por valor de $6.000.000.

Para la vigencia 2012, el Hospital reactivó y reglamentó la caja menor por valor de $12.000.000, según Resolución 033 de 2012. Posteriormente esta fue reducida en la suma de $6.000.000, según Resolución 320 del 6 de junio de 2012. En cuanto al año 2013, la entidad constituyó y reglamento la caja menor mediante Resolución Nº 012 del 4 de enero de 2013, por valor de $2.900.000. H3 Autorización de Gastos que no tienen carácter urgente Una vez revisado el contenido de los Actos Administrativos de su creación y los soportes que sustentan las erogaciones realizadas por caja menor, se observó lo siguiente: Respecto a la vigencia 2012, incluyen los rubros de “Programa de Bienestar social al Recurso Humano” y “Programas Especiales”, así mismo, en la vigencia 2013, incluyen el rubro de “Programa de Bienestar social al Recurso Humano”. Al respecto este Ente de Control señala, que las erogaciones realizadas por estos conceptos fueron actividades previamente planteadas por la entidad y no

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representan gastos urgentes como lo señala el artículo 4° de las respectivas resoluciones, situación por la cual se configura como un hallazgo administrativo. De otra parte, se exhorta a la entidad a dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución de Caja menor, en cuanto a soportes debidamente diligenciados, ya que se observó que no todos los documentos cuentan con la firma del beneficiario, así mismo tener presente la ejecución de acuerdo a los rubros presupuestales. Deudores

De acuerdo a los saldos reportados en los Estados Financieros, a 31 de diciembre de 2013, el saldo de la cuenta ascendió a $28.727.002.478 incluido el descuento por la provisión de las cuentas por cobrar que ascendieron a $13.302.365.304, las cuentas de deudores representan el 33.69% del total de los activos del Hospital. De las cuentas que conforman el Grupo de Deudores, la más representativa corresponde a la “1409 Servicios de Salud”, que ascendió a $40.364.190.681 (sin descontar provisión), equivalente al 47.34% del total de los activos, las demás cuentas presentan menor participación. Dentro de las subcuentas que conforman “Servicios de Salud” la más representativa corresponde a 140921 Plan Subsidiado de Salud POSS– EPS- Facturación Radicada, por valor de $16.075.106.912 que representa el 39.83% del total de la cuenta, le siguen en importancia la cuenta 140920 Plan Obligatorio de Salud POS – EPS- Facturación Radicada con el 22.02%, los deudores por Atención Accidentes de Tránsito SOAT con el 13.64% Reclamaciones FOSYGA-ECAT representan el 13.28% y en menor porcentaje de participación se encuentran las demás cuentas. H4 Partidas por Depurar Con el fin de analizar la razonabilidad de las cifras presentadas como deudores en los estados financieros del Hospital de Yopal–E.S.E., en el siguiente cuadro se observa, que en seis (6) cuentas del grupo “1409 Servicios de Salud”, presentan terceros con saldos negativos contrarios a su naturaleza por valor de $321.242.870, que afectan el valor real de la cuenta, además presentan saldos registrados en la contabilidad de vigencias anteriores, sobre los cuales no se evidencia una gestión adecuada para su depuración y conciliación afectando su razonabilidad, situación que genera incertidumbre en el total de la cuenta “1409 Servicios de Salud”, que representa el 47.34% del total del Activo. Conforme a lo anterior, se configura un hallazgo administrativo.

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COD. DETALLE VALOR PARTIC.

1409 SERVICIOS DE SALUD 40,364,190,681 100.00

140901 PLAN OBLIG. SE SALUD POS-EPS 2,283,841 0.01

Presenta Tercero "Humana Vivir" con saldo negativo

contrario a su naturaleza por valor de $3,298,412

situación que afecta el total de la cuenta

140903 PLAN SUBSIDIADO DE SALUD POSS - EPS 9,607,430 0.02

140904 SERVICIOS DE SALUD IPS PRIVADA 2,361,470 0.01140906 SERVICIOS DE SALUD CIAS ASEGURADORAS 76,500 0.00140907 SERVICIOS DE SALUD-PARTICULARES 49,030,954 0.12 Trae Saldo de Vigencias anteriores por depurar

140910 SERVIC. SALUD ENTIDDADAES DEL REGIMEN ESPECIAL 7 0.00

140911 ATEN A VINCULADOS CON CARGO AL SUBSIDIO A LA 91,911 0.00140913 CUOTA DE RECUPERACION 3,330,514 0.01 Trae Saldo de Vigencias anteriores por depurar 140914 ATENCION ACCIDENTES DE TRANSITO SOAT 36,147,579 0.09140920 PLAN OBLIGATORIO DE SALUD POS-EPS. - FACTURACION

RADICADA

8,886,496,197 22.02 Terceros sin conciliar

140921PLAN SUBSIDIADO DE SALUD POSS-EPS - FACTURACION

RADICADA 16,075,106,912 39.83

Cruzados los saldos por terceros con las cuentas

auxiliares donde reflejan los pagos "140921090", se

observan terceros con saldo negativo contrario a su

naturaleza como es el caso de Asociación Indigena

del Cauca por valor de $951.372 y Comfama por valor

de $13.935.607. Situación que afecta el saldo total de

la cuenta.

140922SERVICIOS DE SALUD- IPS PRIVADAS - FACTURACION

RADICADA 69,012,076 0.17

Cruzados los saldos por terceros con las cuentas

auxiliares donde reflejan los pagos "140922090", se

observan Terceros "Clinica Casanare" con saldo

negativo contrario a su naturaleza por valor de

$196.700 y "SES Salud Ltda" por valor de

$2.880.540,situación que afecta el total de la cuenta.

140923 EMPRESAS DE MEDICINA PREPAGADA - EMP 77,910,737 0.19 Terceros sin conciliar

140924 SERVICIOS DE SALUD- COMPAÑIAS ASEGURADORAS - 296,282,213 0.73 Terceros sin conciliar

140925 SERVICIOS DE SALUD - IPS PUBLICAS - FACTURACION 6,196,822 0.02 Terceros sin conciliar

140926SERVICIOS DE SALUD- ENTIDADES CON REGIMEN

ESPECIAL- FACTURACION RADICADA 922,946,822 2.29

Cruzados los saldos por terceros con las cuentas

auxiliares donde reflejan los pagos "140926090", se

observan Terceros "Dirección General de Sanidad

Militar FAC" con saldo negativo contrario a su

naturaleza por valor de $212.118.363 y "SENA" por

valor de $43.578,situación que afecta el total de la

cuenta.

140927ATENCION CON CARGO AL SUBSIDIO A LA OFERTA -

FACTURACION RADICADA 2,680,677,986 6.64

Cruzados los saldos por terceros con las cuentas

auxiliares donde reflejan los pagos "140926090", se

observan Terceros "Departamento del Tolima" con

saldo negativo contrario a su naturaleza por valor de

$38.188.422,60,situación que afecta el total de la

cuenta.

140928 RIESGOS PROFESIONALES ARP - FACTURACION RADICADA 291,000,856 0.72 Terceros sin conciliar

140929 ATENCION ACCIDENTES DE TRANSITO SOAT - CIAS DE 5,504,376,448 13.64 Terceros sin conciliar

140930 RECLAMACIONES FOSYGA- ECAT - FACTURACION 5,361,496,717 13.28 Terceros sin conciliar

140931 CONVENIOS FOSYGA- TRAUMA MAYOR DESPLAZADOS-

FACTURACION RADICADA

2,324,367 0.01

140990 OTRAS CXC SERVICIOS DE SALUD 87,432,321 0.22

Presenta Terceros con saldo negativo contrario a su

naturaleza, "Nueva EPS" por valor de $108.200,

"Fondo de Pensiones y Cesantas Porvenir" por vaor de

$41.600.200, "E.P.S. Sanitas" por valor de $7.921.476,

situación que afecta el total de la cuenta.

VIGENCIA 2013OBSERVACIONES

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28

A Diciembre 31 de 2012, el saldo de la cuenta ascendió a $34.566.185.921 incluido el descuento por la provisión de las cuentas por cobrar que ascendieron a $15.571.720.136, que representaban el 42.28% del total de los activos del Hospital. Dentro de las cuentas que conforman el Grupo de Deudores, la más representativa corresponde a la “1409 Servicios de Salud, que ascendió a $49.886.403.214 (sin descontar provisión), equivalente al 61.02% del total de los activos, las demás cuentas presentan una mínima participación. El saldo de la cuenta a 31 de Diciembre de 2011, ascendió a $48.406.280.845 incluido el descuento por la provisión de las cuentas por cobrar que ascendieron a $10.563.664.392, que representaban el 50.48% del total de los activos del Hospital. Dentro de las cuentas que conforman el Grupo de Deudores, la más representativa corresponde a la “1409 Servicios de Salud”, que ascendió a $57.815.049.098 (sin descontar provisión), equivalente al 60.29% del total de los activos y en menor participación las demás cuentas. De otra parte, se realizó un comparativo frente a los saldos del área de Cartera a 31 de diciembre de las vigencias 2011, 2012 y 2013, encontrándose lo siguiente:

Una vez realizada la comparación entre los saldos de los estados financieros de las vigencias auditadas, frente a los que reporta cartera, se encontró que a 31 de diciembre de 2011 y 2012, presentan diferencias que se puede inferir como en una sobreestimación en los estados financieros de $31.395.227.380 y $10.810.996.874 respectivamente y para la vigencia 2013 una subestimación frente a cartera por valor de $158.055.493, situación que afecta notoriamente la razonabilidad de los estados financieros de la ESE, por cuanto la cuenta Deudores por Prestación de Servicios de salud es la más significativa del balance, ya que representa el 47.34% del total del Activo a 31 de diciembre de 2013. En consecuencia se configura un hallazgo administrativo a fin que la entidad suscriba acciones de mejora en el plan de mejoramiento, que se adiciona a la observación denominada H1 Diferencias Información reportada.

AREA DE CARTERA AREA DE CONTABILIDAD

2011 26.419.821.718 57.815.049.098 31.395.227.380

2012 39.075.406.340 49.886.403.214 10.810.996.874

2013 40.522.246.174 40.364.190.681 (158.055.493)

TOTAL 106.017.474.232 148.065.642.992 42.048.168.760

CUENTA 1409 " DEUDORES SEVICIOS DE SALUD"VIGENCIA DIFERENCIA

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29

Inventarios

Según los Estados Financieros a 31 de diciembre de 2013, la cuenta de INVENTARIOS presenta un saldo de $3.644.966.819 y representa el 4.28% del total de los activos del Hospital de Yopal-E.S.E. El Hospital de Yopal E.S.E., administra sus inventarios, tanto de Bienes en Servicio como de Devolutivos y de Consumo, a través del área de Almacén, la cual presentó los siguientes saldos de inventarios en bodega y servicio con corte a 31 de diciembre de 2013:

Una vez realizada la comparación entre los saldos que reporta almacén frente a los saldos que presenta contabilidad en las tres vigencia auditadas se encontraron diferencias que se puede inferir en una sobreestimación de los valores registrados en contabilidad frente a inventarios o desactualización de los valores registrados en almacén, observándose diferencias por valor de $2.997.472.784 en el año 2011; 2012 $3.131.808.995 y para la vigencia 2013 existe una subestimación en contabilidad por valor de $429.564.501, situación que afecta notoriamente la razonabilidad de los estados financieros de la ESE. En consecuencia se configura un hallazgo administrativo a fin que la entidad adelante acciones de mejora, que se adiciona a la observación denominada H1 Diferencias Información reportada. H5 Falencias Parametrización del Software Revisados los asientos contables, se observaron falencias en la parametrización de los elementos que salen, ya que los contabiliza en cuenta diferente a la que se encuentra registrado el bien. De otra parte, para efectos de ajustes los realizan por afectación diferente a la que corresponden, situación que se configura como un hallazgo administrativo.

AREA DE ALMACEN AREA DE CONTABILIDAD

2011 2.412.684.694 5.410.157.478 2.997.472.784

2012 942.467.963 4.074.276.958 3.131.808.995

2013 3.644.966.819 3.215.402.318 (429.564.501)

TOTAL 7.000.119.476 12.699.836.754 5.699.717.278

VIGENCIAINVENTARIOS

DIFERENCIA

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H6 Clasificación contable en Cuenta diferente

Teniendo en cuenta lo establecido en el Plan General de Contabilidad Pública, denomina como inventarios: “…representan el valor de los bienes tangibles, muebles e

inmuebles, intangibles, adquiridos o producidos por la entidad contable pública, con la intención de que sean comercializados, transformados o consumidos en actividades de

producción de bienes o prestación de servicios…” No obstante, en los Estados Financieros a 31 de diciembre las cuentas “151806 Víveres y Rancho” y “151807 Repuestos” reflejan saldos que ascienden a $629.861 y $11.426.160 respectivamente, observándose que estos corresponden a vigencias anteriores y no han generado movimiento alguno durante los últimos tres años, por lo que se infiere que los valores registrados en dichas cuentas no obedecen propiamente a la clasificación que se les ha dado. Lo anterior se configura como un hallazgo administrativo. Propiedad, Planta y Equipo El Hospital de Yopal administra su propiedad planta y equipo a través del área de Almacén, la cual presentó los siguientes saldos de esta cuenta de bienes en bodega y en servicio con corte a 31 de diciembre de 2013. A continuación se observan los saldos registrados en el área de almacén y los saldos de contabilidad según los estados financieros, así:

De acuerdo a los datos registrados en contabilidad en el grupo de Propiedad, planta y equipo, se observa una diferencia frente a los saldos que refleja almacén por valor de $41.557.055.550, situación que se puede inferir como una sobreestimación en contabilidad por dicho valor, lo cual genera incertidumbre sobre el valor real de tales bienes, dado que no existen las conciliaciones respectivas, ni se efectuó conteo físico de inventarios a 31 de diciembre de cada una de las vigencias auditadas, por lo que se configura un hallazgo administrativo a fin de que la entidad establezca acciones de mejora que se adiciona a la observación denominada H1 Diferencias Información reportada.

AREA DE ALMACEN AREA DE CONTABILIDAD

2011 17.500.000.000 31.780.137.479 14.280.137.479

2012 18.000.000.000 34.091.775.399 16.091.775.399

2013 24.497.484.795 35.682.627.467 11.185.142.672

TOTAL 59.997.484.795 101.554.540.345 41.557.055.550

VIGENCIAPROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO

DIFERENCIA

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Construcciones en Curso

Verificadas las cifras reportadas en esta cuenta, se observa que se encuentran saldos de vigencias anteriores a más de tres años que no han sido clasificadas en las cuentas que realmente corresponden, de conformidad a los procedimientos establecidos por la Contaduría General de la Nación, situación que se configura como un hallazgo administrativo, que se adhiere a la observación H6 Clasificación contable en Cuenta diferente. H7 Sobrestimación en la inclusión de Bienes.

Revisados los registros contables, se evidenció que en las subcuenta “161501 Construcciones en curso - Edificaciones”, “164010 Clínicas y Hospitales”, se vienen registrando las construcciones y adecuaciones realizadas al Nuevo Hospital de Yopal, como producto de los convenios celebrados con la Gobernación de Casanare, observándose con ello inadecuada contabilización de los valores registrados en dichas cuentas, en razón a que no se evidencia documento que indique que estos bienes son de propiedad del Hospital; cabe señalar que las instalaciones son de propiedad de la Gobernación y están en tenencia del Hospital pero a título de Comodato. La anterior situación ocasionó una Sobreestimación de las cuentas por valor de $10.515.094.408, suma que afecta la razonabilidad de las cuentas y por ende de los Estados Financieros. Por lo anterior se configura como un hallazgo de tipo administrativo.

CODIGO DETALLE TERCERO VALOR

161501CONSTRUCCIONES EN

CURSO1.213.417.523

161501001 EDIFICACIONES Agropecuaria De Sistemas De Produccion Agrosip E.U 161.711.125

EDIFICACIONES Chaher Sas 204.655.697

EDIFICACIONES Aire Caribe S.A 302.847.895

EDIFICACIONES Byrpro Ingenieria S.A.S 254.049.112

EDIFICACIONES Cp - Profesionales Tecnicos, Servicios Integrales Eu 21.744.000

EDIFICACIONES Consorcio Ptar Hospital 2012 268.409.694

164010 CLINICAS Y HOSPITALES 9.301.676.885

CLINICAS Y HOSPITALES Icomerce S.A.S 1.289.041.854

CLINICAS Y HOSPITALES Conexion, Diseño Y Equipamientos Ltda 255.333.296

CLINICAS Y HOSPITALES Union Temporal Ome Frio Y Calor 7.260.224.277

CLINICAS Y HOSPITALES Consorcio Ptar Hospital 2012 497.077.458

10.515.094.408TOTAL

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Bienes Muebles en Bodega H8 Bienes Muebles en Bodega sin utilización De acuerdo a las cifras reportadas en los Estados Financieros, se observa que las subcuentas que conforman la cuenta de Bienes Muebles en Bodega, reflejan saldos de vigencias anteriores mayor a tres años como se reflejan en el cuadro siguiente y las cuales no presentan movimiento de traslado de dichos bienes al servicio. La Contraloría Departamental, llama la atención ante la evidente inexistencia de comprar bienes que después de tres años de adquiridos aún no se encuentran en servicio, en consecuencia se determina un hallazgo administrativo a fin de que la entidad evalúe tal situación.

Bienes entregados en Comodato

El Hospital de Yopal- E.S.E., entregó bienes en comodato a diferentes entidades, según consta en los contratos evidenciados, los cuales ascienden a $2.204.514.004; sin embargo, algunos se encuentran ya vencidos sin que a la fecha se haya adelantado el proceso de restitución de los Bienes al Hospital.

CODIGO CUENTA VALOR OBSERVACIONES

163501004 MAQUINARIA INDUSTRIAL 3,609,000

Registran Saldo de antes de 2011 sin

colocarse al servicio los bienes, solo presenta

moviemiento en 2013 por $879.000,

163501006 EQUIPO DE RECREACION Y DEPORTE 2,944,080

163501011 HERRAMIENTAS Y ACCESORIOS 411,252

163502001 EQUIPO MEDICO Y CIENTIFICO 5,143,440

163502002 EQUIPO DE LABORATORIO 119,004,794

163502005 EQUIPO DE HOSPITALIZACION 311,636,368

Registran Saldo de antes de 2011 sin

colocarse al servicio los bienes, solo presenta

moviemiento en 2013 por $93.400.000

163502006 EQUIPO DE QUIROFANO Y SALA DE PARTOS 152,134,456

163502007 EQUIPO DE APOYO DIAGNOSTICO 275,257,055

163502008 EQUIPO DE APOYO TERAPEUTICO 51,529,560

163502088 EQUIPO MEDICO CIENTIFICO - 8,954,914

Registran Saldo de antes de 2011 sin

colocarse al servicio los bienes, solo presenta

moviemiento en 2013 por $30.854.700,

quedando con saldo contrario

163502090 OTROS EQUIPOS MEDICOS Y CIENTIFICOS 23,479,560

163503001 MUEBLES, ENSERES Y EQUIPO OFIC 134,000

163503001 MUEBLES, ENSERES Y EQUIPO OFIC 71,717,239

163503002 EQUIPO Y MAQUINARIA DE OFICINA 7,987,946

163503090 OTROS MUEBLES, ENSERES Y EQUIPOS DE OFICINA 10,800,000

163505002 TERRESTRE 33,000,000

163507001 REDES LINEAS Y CABLES 3,230,368

163511002 MAQUINARIA Y EQUIPO RESTAURANTE Y CAFETERIA 1,743,540

1,064,807,743

Registran Saldo de antes de 2011 sin

colocarse al servicio los bienes

Registran Saldo de antes de 2011 sin

colocarse al servicio los bienes

TOTAL

Registran Saldo de antes de 2011 sin

colocarse al servicio los bienes

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De otra parte, al realizar cruce con la información reportada en los Estados Financieros, se observan diferencias por valor de $1.824.577.412, las cuales se describen a continuación y que corresponden a bienes que fueron entregados en comodato pero no se encuentran registrados contablemente en la cuenta destinada para tal fin, por lo cual se configura como un hallazgo administrativo, el cual se adiciona a la observación “H6 Clasificación contable en Cuenta diferente”

Software

H9 Implementación del Software En cuanto a la implementación y operatividad del software, según certificación expedida por sistemas, señala que el software cuenta con once (11) módulos asistenciales operativos y doce (12) módulos financieros, en la cual certifican que se encuentran implementados a excepción de Costos Hospitalarios ABC, Banco

CONTRATO

ENTIDAD DURACION

FECHA DE

SUSCRIPCION

FECHA DE

VENCIMIENTO

VALOR SEGÚN

CONTRATO

NO REFLEJADO EN

CONTABILIDAD

COMO BIENES

ENTREGADOS EN

COMODATO

DETALLE OBSERVACIONES

OO1 Alcaldia de Trinidad 1.400.000

OO3 Alcaldía de Sabanalarga 1.400.000

OO4 Alcaldía de Támara 1.400.000

OO5 Alcaldía de Orocué 1.400.000

OO7 ALcaldía de Maní 1.400.000

OO8 Alcaldía de Nunchia 1.400.000

OO9 Alcaldía de Hato Corozal 1.400.000

O10 Alcaldía de Aguazul 1.400.000

O11 Alcaldía de Chámeza 1.400.000

O12 Alcaldía de Recetor 1.400.000

O13 Alcaldia de San Luis de Palenque 1.400.000

O14 Alcaldia de la Salina 1.400.000

O15 Alcaldía de Villanueva 1.400.000

O16 Alcaldía de Tauramena 1.400.000

O17 Alcaldía de Yopal 1.400.000

O18 Alcaldía de Pore 1.400.000

O19 Alcaldía de Paz de Ariporo 1.400.000

O21 Alcaldia de Yopal 3 años 02/04/2009 01/04/2012 7.000.000 Muebles y Enseres Contrato Vencido

O22 SindicatoNacional de la salud y la Seguridad Social - SINDESS24 meses 05/08/2009 04/08/2011 1.585.000 1.585.000 Computador

Contrato Vencido - Valor no

registrado en contabilidad como

bienes entregados en comodato

O23 Red Salud Casanare 5 años 01/10/2009 30/09/2014 281.351.112 Muebles y equipo medico

Diferencias con el valor

registrado en contabilidad

O24 Alcaldia de Paz de Ariporo 3 años 02/04/2009 01/04/2012 24.510.000 24.510.000 Nevera para cadaveres

Contrato Vencido - Valor no

registrado en contabilidad como

bienes entregados en comodatoO25 Salud Yopal 5 años 15/10/2009 14/10/2014 9.047.892 Muebles y equipo medico

000-001 Red Salud Casanare 3 años 11/06/2010 10/06/2013 180.675.000 166.782.412 Muebles y equipo medico

Contrato Vencido - Diferencias

con el valor registrado en

contabilidad000-002 Hospital de Tauramena 3 años 11/06/2010 10/06/2013 17.975.000 Muebles y equipo medico Contrato Vencido

000-003 Salud Yopal 3 años 11/06/2010 10/06/2013 26.870.000 Muebles y equipo medico Contrato Vencido

000-005 Gobernación de Casnare 5 años 02/08/2010 01/08/2015 1.631.700.000 1.631.700.000 Instalaciones Secretaría de Salud

No se encuentra registrado

contablemente como bienes

entregados en comodato

2.204.514.004 1.824.577.412TOTAL

02/04/2009 01/04/2012Computador para el manejo del

SIVIMContratos Vencidos3 años

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de Sangre y Jurídico. Sin embargo, durante la visita de auditoria se observaron los siguientes aspectos:

El módulo de presupuesto no está haciendo interface con los demás módulos, el registro de los ingresos es realizado de forma manual.

Aún no realiza depreciaciones y amortizaciones por el sistema, estas se vienen realizando manualmente.

No realiza adecuadamente el registro de provisión para prestaciones sociales

Cabe señalar, que de acuerdo a las auditorías internas realizadas por Control Interno, ya se había advertido de tales situaciones, y a la fecha de la visita de auditoría aún no está integrado, aunado a que este software fue adquirido durante la vigencia 2009, razón por la cual, se establece un hallazgo administrativo.

Avalúo de Bienes

Al respecto, se verificaron los avalúos presentados por la entidad, observándose lo siguiente:

La entidad realizó avalúo con fecha febrero de 2013 realizado por AVALUAR INMOBILIARIA, de un predio de propiedad del hospital ubicado en el kilómetro 4 de la vía Yopal morichal, perímetro rural, predio de 2 hectáreas cuyo valor comercial es por valor de $300.000.000.

H10 Avalúo Técnico Bienes inmuebles

Dentro de los documentos allegados, no se evidenció Avalúo reciente a los predios ubicados en la carrera 21 Nº 8- 28 – oficinas secretaria de salud de Casanare y al predio donde ubicado en la calle 9 Nº 24-75 de propiedad del Hospital, observándose que no se está dando aplicación a las normas técnicas relativas a los activos, como lo indica el Régimen de Contabilidad Pública en el numeral 2.9.1.1.5 Propiedades planta y equipo y la Circular Externa No. 060 de 2005 emitida por la Contaduría General de la nación que cita “el valor de realización,

actual o presente de estos activos debe determinarse al cierre del periodo en el cual se hubieren adquirido o formado y al menos cada tres años, se debe efectuar a todos los bienes inmuebles y muebles cuyo costo histórico individual sea superior a diez salarios mínimos mensuales legales vigentes mediante avalúos practicados por personas naturales, vinculadas o no laboralmente al ente económico, o por personas jurídicas, de comprobada idoneidad profesional, solvencia moral, experiencia e independencia. Siempre y cuando no existan factores que indiquen que ello sería inapropiado, entre uno y otro avalúo estos se ajustan al cierre del periodo utilizando indicadores específicos de precios según publicaciones oficiales o, a falta de éstos, por el índice de precios al consumidor para ingresos medios, establecido por el Departamento Administrativo

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Nacional de Estadística, DANE, registrado entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del

respectivo año”. Conforme a lo anterior, se establece un hallazgo administrativo.

H11 Consignaciones por Identificar y Conciliar

Dentro de las cuentas del pasivo, se observó que la cuenta “242513 Saldos a Favor de Beneficiarios” refleja saldo de vigencias anteriores al 2011por valor de $236.802.553 correspondientes a La previsora S.A. y Prevenir Ltda. y la cuenta “245501 Depósitos recibidos de terceros por prestación de servicios” por la suma de $3.922.207.925, que corresponden a pagos recibidos por las E.P.S. y particulares y a la fecha no se ha realizado conciliación con dichas entidades para la identificación de las facturas a abonar, cabe señalar que estas entidades forman parte de los deudores del Hospital de Yopal- E.S.E. Por lo anterior se configura como un hallazgo administrativo.

Partidas por Depurar

De otra parte, se evidenció que las cuentas Aportes al ICBF, SENA, Cajas de Compensación Familiar, Riesgos Profesionales, Avances y Anticipos Recibidos sobre venta de servicios y Recaudos a Favor de Terceros – Copagos, presentan saldos a 31 de diciembre pendientes por depurar, razón por la cual este Ente de Control determina un hallazgo administrativo, el cual se adiciona a la observación, H4 Partidas por Depurar.

H12 Sobreestimación en el registro de ingresos y gastos

Según los Estados Financieros a 31 de diciembre de 2013, dentro de la cuenta “480805 Utilidad en venta de activos”, se refleja la suma de $9.982.331, sin embargo, revisados los asientos contables este valor no corresponde a venta de activos, hace referencia a un ajuste de inventarios. Así mismo, dentro de la cuenta “580801 Perdida en venta de activos”, se refleja la suma de $45.331.549, sin embargo, revisados los asientos contables este valor corresponde a salida de bienes por traslados Conforme a lo anterior, se observa que los asientos contables no fueron realizados por el tipo de documento de ajustes al cual corresponde, situación que conlleva a que se presente una sobreestimación de los ingresos y gastos por dicho valor. Por lo anterior, se configura un hallazgo administrativo. H13 HF1 Pago de Multas y Sanciones De acuerdo a las cifras reportadas en los estados financieros y verificados con los soportes, se observó que el Hospital De Yopal, realizó durante las vigencias 2012

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y 2013 pagos por concepto de multas y sanciones a la Superintendencia de Industria y Comercio. Cabe indicar que dichos pagos se realizaron con cargo al presupuesto del Hospital, situación que constituye un hallazgo administrativo, con presunto alcance disciplinario por incumplimiento del numeral 2º artículo 34 de la ley 734 de 2002, así mismo, se establece un presunto hallazgo fiscal por valor de $10.223.268 como se describe a continuación, de acuerdo al artículo 6 de la Ley 610 de 2000, de conformidad con lo establecido en el Concepto del Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil del 15 de Noviembre de 2007 radicado 1852, acogido por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la Republica, el cual manifiesta que el pago de sanciones, multa e intereses por parte de una Entidad de carácter público a otra de su misma naturaleza se produce un daño patrimonial.

H14 Saldos Superiores al 5% en las cuentas “otros” Verificadas las cuentas del balance, las siguientes subcuentas denominadas otros u otras poseen valores superiores al 5% del total de la respectiva cuenta, inobservados lo dispuesto en el Numeral 11, Capítulo II, Título III, de la Resolución 356 de 2007 de la Contaduría General de la Nación, situación que se constituye como un hallazgo administrativo.

VIGENCIA DETALLE VALOR

2012

PAGO MULTA A LA SUPERINTENDENCIA DE

INDUSTRIA Y COMERCIO POR

PRESENTACION DE INFORME

EXTEMPORANEO DE LA FARMACIA DEL

HOSPITAL DE YOPAL 5.689.668

2013

PAGO MULTA A LA SUPERINTENDENCIA DE

INDUSTRIA Y COMERCIO POR

PRESENTACION EXTEMPORANEA DEL

REPORTE DE CONTROL DE PRECIOS Y

MEDICAMENTOS DEL 2011 4.533.600

10.223.268 TOTAL

VIGENCIA CODIGO CUENTA VALOR% FRENTE A

LA CUENTA

166090 OTROS EQUIPOS MED Y CIENTIFICOS 2.146.429.001 11.02

191090 OTROS CARGOS DIFERIDOS 605.165.251 39.85

166090 OTROS EQUIPOS MED Y CIENTIFICOS 2.146.429.001 11.66

191090 OTROS CARGOS DIFERIDOS 545.165.251 34.60

242590 OTROS ACREEDORES 13.718.122 35.51

480590 OTROS INGRESOS FINANCIEROS 517.824 6.87

2011-2012

2013

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37

Opinión sobre los Estados Financieros del Hospital De Yopal – E.S.E. 3.2.3

La Contraloría Departamental de Casanare, con fundamento en las facultades otorgadas por el artículo 272 de la Constitución Política, practicó Auditoría Regular al Hospital de Yopal, a través del examen a los Estados Financieros Balance General, Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental preparados con corte a diciembre 31 del 2011, 2012 y 2013 y de la comprobación de las operaciones financieras conforme a las normas legales y de procedimientos aplicables, a los Estados. La preparación de los Estados Financieros y de la información analizada es responsabilidad de la administración del Hospital, mientras que a la Contraloría Departamental de Casanare, le corresponde producir un informe en el cual se exprese una opinión sobre la razonabilidad de dichos estados, la eficiencia y la eficacia del Sistema de Control Interno. La revisión se llevó a cabo de acuerdo con las normas, políticas y procedimientos de auditoría prescritos por la Contraloría Departamental de Casanare, en la Resolución 386 de 2011, por medio de la cual se adopta la tercera versión del proceso auditor; por lo tanto requirió acorde con ellas, la planeación y la ejecución del trabajo, de manera que el examen proporcione una base razonable para fundamentar la opinión y los conceptos expresados en el informe. El control incluyó el examen, sobre la base de pruebas selectivas, de las evidencias y documentos que soportan la gestión de la entidad; las cifras o revelaciones; presentación del Balance y Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental y cumplimiento de las disposiciones legales, por lo que el examen proporciona una información suficiente para fundamentar la opinión y los conceptos expresados en el informe de auditoría. Para la Contraloría Departamental de Casanare, los Estados Contables arriba mencionados, no presentan razonablemente la situación financiera del Hospital de Yopal al 31 de diciembre de 2011, 2012 y 2013 de conformidad con los principios y normas de contabilidad generalmente aceptados en Colombia y demás normas emitidas por la Contaduría General de la Nación en razón a la incertidumbre, sobreestimación y subestimación que se presenta en el grupo de las cuentas del Activo y las observaciones realizadas a las cuentas de ingreso y gasto en cuanto a sobreestimación.

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Gestión de Facturación, Objeciones y Cartera 3.2.4 3.2.4.1 Proceso de Facturación El Proceso de Facturación del Hospital de Yopal, se ha venido contratando en los últimos cuatro años a través de la firma Procesos Express Ltda, empresa que opera la totalidad de los procedimientos de admisión, autorizaciones, facturación y recaudo de dineros por concepto de copagos y cuotas moderadoras de los servicios de salud prestados.

Dada la importancia del área de facturación en la generación de ingresos para Hospital, y en la medida que esta funcione adecuadamente, la ESE podrá contar con una mayor solvencia económica para el cumplimiento de su objeto misional. Según los informes entregados por el Hospital a través de la empresa Procesos Express Ltda., a continuación se refleja la facturación por concepto de prestación de servicios de salud, generada y radicada durante las vigencias 2011 a 2013, donde se observa que la ESE facturó la suma de $190.940 millones de pesos, así:

De acuerdo a lo anterior, al comparar los servicios facturados del año 2011 frente al 2010, se observa un incremento del 34,27%, en cuanto a la vigencia 2012 frente al 2011 se dio en el 34.33%; en cuanto a la vigencia 2013 la facturación se disminuyó en un 0.64% frente al 2012. En la siguiente gráfica, se muestra dicho comportamiento.

MES 2010 2011 2012 2013 TRIENIO

ENERO - 3,773,137,847 3,871,755,728 4,596,052,384 12,240,945,959

FEBRERO - 2,969,630,068 4,482,281,951 4,423,223,862 11,875,135,881

MARZO - 5,939,110,978 4,643,753,196 4,705,960,744 15,288,824,918

ABRIL 945,913,902 4,598,412,850 8,005,994,741 5,160,036,011 17,764,443,602

MAYO 3,449,911,414 4,300,528,059 4,643,606,354 5,402,567,134 14,346,701,547

JUNIO 5,078,694,760 4,112,708,154 6,660,522,251 9,024,377,424 19,797,607,829

JULIO 4,717,606,526 4,087,121,620 8,328,908,461 5,969,418,264 18,385,448,345

AGOSTO 4,073,791,611 3,869,407,282 5,108,784,001 5,648,028,435 14,626,219,718

SEPTIEMBRE 4,752,846,700 3,853,496,264 4,868,846,629 5,761,341,828 14,483,684,721

OCTUBRE 4,444,970,243 4,255,359,517 5,217,295,730 6,172,099,726 15,644,754,973

NOVIEMBRE 5,603,734,327 4,762,416,949 4,904,585,141 5,980,283,661 15,647,285,751

DICIEMBRE 5,596,902,340 5,391,896,696 9,000,164,927 6,447,094,191 20,839,155,814

TOTAL 38,664,371,823 51,913,226,284 69,736,499,110 69,290,483,664 190,940,209,058

INCREMENTO 0% 34.27% 34.33% -0.64%

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Facturación no radicada H15 Demoras en radicación de facturas De acuerdo a la información suministrada, se encontró que durante las vigencia 2013 la firma Procesos Express Ltda., dejó de radicar facturación por valor de $142.529.813, observándose que el valor de servicios facturados y no radicados oportunamente ante las empresas es representativo, lo que refleja una gestión ineficaz para radicar ante los diferentes pagadores estos servicios prestados por la entidad a terceros y sobre los cuales no se ha iniciado el cobro, incidiendo además en forma negativa en la liquidez del Hospital y por ende en el cumplimiento de los objetivos planteados, incumpliendo lo establecido en el artículo 3 de la ley 87 de 1993, decreto 4747 de 2007 y Resolución 3047 de 2009; razón por la cual, se configura un hallazgo administrativo a fin de que se tomen las medidas pertinentes. A continuación se registra tal información: Vigencia 2013

51,913,226,284

69,736,499,110 69,290,483,664

2011 2012 2013

VARIACION FACTURACION EN EL TRIENIO

ENTIDAD PLAN DE BENEFICIOS FRA No MES VALOR

SECRET DE SALUD DE CASANARE SERVICIOS DE SALUD 2010 554886 AGOSTO 12,678

SOLSALUD EPS URGENCIAS 554887 AGOSTO 37,200

MUNICIPIO DE VILLAVICENCIO URGENCIAS 617973 DICIEMBRE 38,700

PARTICULARES PARTICULARES VARIAS ENE- DIC 142,441,235

142,529,813 TOTAL

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De otra parte, se evidenció que en lo corrido del año 2014, se viene presentando la misma situación, por lo cual se ADVIERTE a la entidad para que se tomen las medidas pertinentes al respecto. En el siguiente cuadro, se refleja la facturación pendiente por radicar a la fecha de visita de auditoría.

Vigencia 2014

Ahora bien, al confrontar los valores de la facturación radicada que presenta la empresa Procesos Express frente a la reportada por la oficina de cartera, se encuentra que existen diferencias, las cuales se reflejan en el siguiente cuadro:

VIGENCIA FACTURACION RADICADA

AREA DE CARTERA FACTURACION GENERADA

PROCESOS EXPRESS DIFERENCIA

2011 116.093.742.437 51.913.226.284 64.180.516.153

2012 79.644.737.979 69.736.499.110 9.908.238.869

2013 77.732.397.308 69.290.483.664 8.441.913.644

TOTAL 273.470.877.724 190.940.209.058 82.530.668.666

ENTIDAD REGIMEN FRAS MES VALOR

LA PREVISORA ACCIDENTES DE TRANSITO 651123-664050 FEBRERO 70,000

SURAMERICANA ACCIDENTES DE TRANSITO 667201 MARZO 35,000

QBE SEGUROS ACCIDENTES DE TRANSITO 674005-705990 MARZO 1,396,230

SEGUROS COLPATRIA ACCIDENTES DE TRANSITO 705165 MAYO 872,000

MUNDIAL SEGUROS ACCIDENTES DE TRANSITO 601790 FEBRERO 35,500

LIBERTY SEGUROS ACCIDENTES DE TRANSITO 705159 MAZO 57,550

CAPRECOM SUBSIDIADO 634507-662380 ENE-MAR 39,152

CAPRECOM SIN CONTRATO 657610-673966-679643-691926 ENE-MAR 243,600

COLMEDICA PREPAGADA 705210 MAZO 1,028,424

DGSM - BASPC N. 16 FUERZAS MILITARES 701334-709380 MAYO 153,300

FOSYGA FOSYGA 663934-689494 MARZO 782,392

SEC. SALUD CASANARE VINCULADOS 655703 FEBRERO 83,300

HUMANA VIVIR SUBSIDIADO 669407 MARZO 46,000

NUEVA EPS MEDICAMENTOS 685353 ABRIL 4,740

NUEVA EPS CONTRIBUTIVO 648116-662709 FEBRERO 1,427,075

SALUDCOOP CONTRIBUTIVO 663382-696957-700370 MAZO 91,000

SALUDCOOP MEDICAMENTOS 708375 MAZO 5,925

CAPRESOCA URGENCIAS VARIAS ENE-ABRIL 168,011,872

COOMEVA URGENCIAS VARIAS ENERO-FEB 679,426

COMPARTA SALUD URGENCIAS 644199 ENERO 860

PARTICULARES PARTICULARES VARIAS ENE-ABRIL 32,541,600

207,604,946 TOTAL

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Ante esta situación, este ente de control considera que esta información debe ser única para cualquier proceso, dado que de ella se alimentan los estados financieros; este hecho dificulta hacer un análisis acertado de la misma. En consecuencia se configura un hallazgo administrativo, que se adiciona a la observación denominada H1 Diferencias Información reportada. 3.2.4.2 Objeciones - Glosas El proceso de trámite de auditoría a glosas, el Hospital de Yopal lo contrató hasta el 2013 con la firma ALMA SALUD y en la presente vigencia lo ejecuta la firma Asesorías y Consultoría de Colombia G Y M S.A.S. Teniendo en cuenta la información suministrada, a continuación se describe el valor de la facturación objeto de glosa, el valor objetado, aceptado y soportado durante las tres vigencias, observándose que del total de la facturación generada por PROCESOS EXPRESS, se objetó el 53% de esta, siendo el 2011 la vigencia que presenta mayor porcentaje de facturación glosada con el 85%, el 2012 con el 42% y el 2013 con el 39%.

El mayor porcentaje de valor de objeción se presentó en el 2013 aproximadamente con el 17%, y el mayor porcentaje de aceptación de la objeción se dio en el 2012 aproximadamente con el 39%.

En el siguiente cuadro se refleja la anterior información, así:

H16 Auditoría de Cuentas Médicas De acuerdo a la anterior información, este Ente de Control determina, que del valor total de la facturación generada, el 53% fue objeto de revisión por parte de las aseguradoras; hecho que evidencia la falta de compromiso por un lado, del tercero que realiza la facturación, y más aún del que realiza las auditorias médicas, pues en ultimas, es quien tiene la responsabilidad de revisar y auditar, para que el proceso del recaudo y cobro sea más eficiente para el Hospital de Yopal E.S.E.

VIGENCIA

V/ FACTURACION

PROCESOS

EXPRESS

VALOR

FACTURAS

OBJETADAS

VALOR OBJECIONVALOR

ACEPTADO

VALOR

SOPORTADO

%

FACTURACION

OBJETADA

%

OBJECION

%

ACEPTACION

2011 51.913.226.284 44.339.071.667 6.401.032.639 1.795.658.962 4.605.373.677 85% 14% 28%

2012 69.736.499.110 29.346.981.951 3.210.128.942 1.236.572.102 1.973.556.840 42% 11% 39%

2013 69.290.483.664 27.334.386.104 4.754.882.307 1.096.417.827 3.658.464.480 39% 17% 23%

TOTAL 190.940.209.058 101.020.439.722 14.366.043.888 4.128.648.892 10.237.394.996 53% 14% 29%

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Por lo que se concluye que el outsoursing tanto de facturación como de cuentas médicas, no representan los resultados esperados y favorables para la entidad, puesto que se corre el riesgo de que no se recuperen los recursos o de que el pago de los servicios prestados se realice en tiempos prolongados, por el trámite que implican los procesos de respuestas a la objeciones Ahora bien, el promedio del valor objetado estuvo en el 14%, y el de la aceptación de esta en el 29%, porcentajes altos, puesto que el servicio de auditoria médica está en manos de un particular que al igual que el Outsourcing de facturación deben apuntarle a ejecutar estos procesos correctamente en un 100%. La anterior situación afecta las finanzas de la entidad en cuanto al cobro de servicios prestados, máxime cuando ésta ha implementado estrategias de mercado para mejorar los indicadores en las diferentes fases del proceso; pero todo indica que los resultados anteriores no son los esperados, consecuencia de las no conformidades presentadas en el ejercicio de facturación y/o auditoria, reflejándose de esta manera falencias en la labor de supervisión, en el sentido que no se ha hecho seguimiento oportuno al cumplimiento de la obligaciones contractuales. En consecuencia, se configura un hallazgo administrativo.

A continuación se muestra la variación porcentual del comportamiento en el trienio de la facturación objetada frente al valor de la objeción y aceptación de misma.

A pesar de que el porcentaje del valor de la facturación objetada es alto, la grafica anterior muestra que tanto ésta como el valor de la aceptación presenta tendencia ala disminución, situación que favorece a la institución. Mientras que el valor de la objeción, aunque se mantiene constante entre el 2011 y 2012, tiende a

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incrementarse en el 2013, hecho desfavorable por cuanto afecta los ingresos de la entidad representado en la deficiencia del proceso de auditoria médica realizado por el contratista de este servicio. De otra parte, en la información reportada de la base de datos histórica y la cual fue entregada por parte de cartera, existen diferencias con respecto a la información de objeciones y aceptaciones, puesto que en esta base no toda aceptación tiene una objeción, aduciendo la entidad que cuando estos casos se presenta corresponde a conciliaciones directas las cuales aproximadamente ascienden a $141.000 millones. A este respecto, la Contraloría indica que no son claros los términos y las condiciones en las que se dan las mismas, además que debe reflejarse el valor a conciliar o en su defecto hacerse la observación o anotación a que corresponden estas “nota valor” y cuál fue el procedimiento que se hizo de tal manera que la información que allí se refleje pueda ser leída, entendida y cuantificada tanto para la entidad como para quien requiera de ella. Esta situación que se presenta en la información, genera desconfianza por un lado en cuanto a la parametrización de los sistemas de información que utiliza la E.S.E y por otro al procedimiento de conciliación directa sin tenerse un valor de glosa previa como referente; en consecuencia, se insta a la entidad para que realice los ajustes pertinentes a fin de establecer una única información, que sirva como herramienta para la toma de decisiones gerenciales.

Objeción por Régimen

DETALLE VALOR FACTURAVALOR

OBJECION

VALOR

ACEPTADO

VALOR

SOPORTADO

%

OBJECION

POR

REGIMEN

%

PARTICIP.

OBJECION

%

ACEPTACION *

REG/OBJ

ATENCION ACCIDENTES DE

TRANSITO SOAT CÑIAS DE

SEGUROS 23.506.130.114 2.870.203.411 504.571.177 2.365.632.234 12,21 19,98 3,51

ATENCION CON CARGO AL

SUBSIDIO O A LA OFERTA 17.480.786.826,54 2.733.766.620,66 539.460.900,97 2.194.305.719,69 15,64 19,03 3,76

EMPRESAS DE MEDICINA

PREPAGADA 188.143.288 32.019.263 11.537.223 20.482.040 17,02 0,22 0,08

PLAN OBLIGATORIO DE SALUD

POSS- PENDIENTE DE

RADICAR 12.935.473.352 1.635.495.569 167.368.312 1.468.127.257 12,64 11,38 1,17

PLAN SUBSIDIADO DE SALUD

POSS-EPS 44.187.182.799,06 6.448.501.958,83 2.693.077.823,95 3.755.424.134,88 14,59 44,89 18,75

RECLAMACIONES FOSYGA

ECAT 124.590.480 124.588.753 12.685.388 111.903.365 100,00 0,87 0,09

RIESGOS PROFESIONALES

ARP 444.924.743 113.583.103 25.343.720 88.239.383 25,53 0,79 0,18

SERVICIOS DE SALUD

COMPAÑIAS ASEGURADORAS42.505.061 39.301.672 37.584.395 1.717.277 92,46 0,27 0,26

SERVICIOS DE SALUD

ENTIDADES REGIMEN

ESPECIAL 1.605.180.646,00 288.512.597,67 110.364.096,25 178.148.501,42 17,97 2,01 0,77

SERVICIOS DE SALUD IPS

PRIVADA 495.332.719 78.277.146 25.246.333 53.030.813 15,80 0,54 0,18

SERVICIOS DE SALUD

PARTICULARES 10.189.694 1.793.794 1.409.523 384.271 17,60 0,01 0,01

TOTAL 101.020.439.722 14.366.043.888 4.128.648.892 10.237.394.996 100,00

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44

La anterior gráfica nos muestra que la mayor participación de objeciones se presentó por los servicios prestados al Régimen Subsidiado, seguido de servicios por Accidente de Tránsito y Subsidio a la Oferta.

Motivo de Objeción

- 5.0

10.0 15.0 20.0 25.0 30.0 35.0 40.0 45.0

% PARTICIP.OBJECION

% ACEPTACION *REG/OBJ

MOTIVO DE GLOSA VALOR OBJECION PARTIC.

OBJECION

Usuario o servicio corresponde a otro plan o responsable 3.489.401.423 24,29

Procedimiento o actividad 1.459.372.722 10,16

Medicamentos 1.233.734.917 8,59

Ayudas diagnósticas 1.085.873.405 7,56

Lista de precios 1.056.314.733 7,35

Estancia 715.773.445 4,98

Materiales 646.311.421 4,50

Respuesta a glosa o devolución extemporánea 643.297.262 4,48

Factura no cumple requisitos legales 533.842.113 3,72

Autorización de servicios adicionales 420.130.717 2,92

Faltan soportes de justificación para recobros (ctc, Accidente

de trabajo o enfermedad profesional (atep),tutelas) 362.066.393 2,52

Autorización principal no existe no corresponde al prestador

de servicios de salud 349.234.184 2,43

Resumen de egreso o epicrisis, hoja de atención de

urgencias u odontograma 345.921.546 2,41

Honorarios otros profesionales asistenciales 278.183.013 1,94

Consultas, interconsultas y visitas médicas 236.286.394 1,64

Detalle de cargos 235.973.345 1,64

Honorarios médicos en procedimientos 219.534.744 1,53

Recargos no pactados 166.494.574 1,16

Otros 888.297.537 6,18

TOTAL 14.366.043.888 100,00

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En el cuadro anterior, se observa que el mayor motivo de glosa está dado por “usuario o servicio corresponde a otro plan o responsable”, siendo responsabilidad única del Outsourcing; seguida de “lista de precios”, “Respuesta a glosa o devolución extemporánea, “Factura no cumple requisitos legales”, “Autorización de servicios adicionales”, “Faltan soportes de justificación para recobros (ctc, Accidente de trabajo o enfermedad profesional (atep),tutelas)”, “Autorización principal no existe no corresponde al prestador de servicios de salud” y “Recargos no pactados”, que equivalen aproximadamente al 46% del valor glosa. 3.2.4.3 Gestión de Cartera La entidad suscribió durante las tres vigencias, contratos aproximadamente por la suma de $305 millones, ejecutados por 5 profesionales y los cuales tuvieron como objeto el apoyo al área de cartera. Para el análisis de esta información, se tuvo en cuenta los saldos a diciembre de 2010 tanto de facturación, glosas, copagos y pagos y lo generado en las vigencias de 2011 a 30 de abril de 2014.

Así las cosas, la Contraloría toma como referencia los saldos arrastrados al cierre de la vigencia 2010 y con corte 30/04/2014 donde se observa que el Hospital facturo $388.648 millones, de los cuales recaudó la suma de $170.566 millones que representa el 44% del total facturado, quedando saldos de facturas pendientes de pago por $66.031millones equivalente al 17%. H17 Gestión de cobro de cartera

De acuerdo a la información suministrada, a continuación se refleja la cartera por edades, donde se observa que el 42% corresponde a cartera entre 60 y 360 días, el 39% a cartera superior a los 360 días y 19% a cartera inferior a 60 días; es

Régimen Factura /Valor Factura /Saldo Nota /Valor

P

a

Copago Pago % de

participacion

% por

Cobrar % de Pago

MEDICINA

PREPAGADA 60.600 60.600 - - -

0,00 100% 0%

REGIMEN

CONTRIBUTIVO 48.582.385.408 14.761.121.349 2.405.640.411 950.710.228 30.959.743.059

22,35 30% 64%

SECRETARIAS 82.758.853.690 7.352.218.766 29.980.957.287 537.438.975 52.105.978.975 11,13 9% 63%

IPS PUBLICAS 43.116.743 10.749.911 23.436.986 - 2.135.159 0,02 25% 5%

OTROS 33.754.470.953 8.294.099.096 5.455.671.854 70.488.954 10.642.484.196 12,56 25% 32%

REGIMEN SUBSIDIADO 223.509.623.521 35.613.210.635 109.083.815.162 249.919.024 76.855.460.912 53,93 16% 34%

TOTAL 388.648.510.916 66.031.460.356 146.949.521.699 1.808.557.181 170.565.802.302 100,00 17% 44%

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decir, que la mayor parte de la cartera supera el año, observándose falencias en la gestión de cobro, dado que podría convertirse en cartera de difícil cobro y correr el riesgo de incobrabilidad, razón por la cual se determina un hallazgo administrativo, a fin de que la entidad tome las medidas pertinentes.

Fuente: Oficina de cartera HY-Corte 30 de abril de 2014

De otra parte, al confrontar la información de cartera clasificada por edades, con respecto a la base de datos de información por régimen histórico, se observa que existen diferencias en dicha información, la cual se refleja a continuación.

DETALLE REPORTE CARTERA

POR EDADES BASE DE DATOS

HISTORICA DIFERENCIA

SALDO DE CARTERA A 30 DE ABRIL DE 2014

62.728.586.619 66.031.460.356 3.302.873.737

Lo anterior evidencia falencias en el reporte de información, dado que no realizan previamente cruces de información y verificación de la misma, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo, que se adiciona a la observación denominada H1 Diferencias Información reportada, por tratarse de similar situación. Concluye este ente de control que a pesar de que las directivas de la ESE ha adelantado gestiones para el recaudo de la cartera ésta no ha sido eficaz por cuanto el saldo de cartera es considerable, por lo cual se requiere que la entidad

REGIMEN HASTA 60 MAS 60 - 360 Mas de 360 TOTAL

SOAT 804.367.443 1.662.880.269 3.281.403.087 5.748.650.799

SECRETARIAS DPTALES 723.344.051 1.886.258.079 896.821.006 3.506.423.136

CONVENIOS FOSYGA - DESPLAZADOS - - 39.519.841 39.519.841

MEDICINA PREPAGADA 43.329.605 22.446.304 42.262.611 108.038.520

CONTRIBUTIVO 3.812.440.310 7.870.830.171 3.285.351.023 14.968.621.504

SUBSIDIADO 5.622.120.961 12.548.878.637 11.879.255.177 30.050.254.776

FOSYGA- ECAT 192.819.522 1.019.532.190 4.669.460.431 5.881.812.143

ARP 94.614.897 124.870.876 191.990.938 411.476.711

IPS PUBLICAS - - 6.331.232 6.331.232

COMPAÑIAS ASEGURADORAS . 4.408.511 9.320.099 277.975.345 291.703.955

REGIMEN ESPECIAL 300.823.232 1.099.305.222 137.813.451 1.537.941.905

IPS PRIVADAS 112.475.840 3.302.234 62.034.024 177.812.098

SUBTOTAL 11.710.744.372 26.247.624.081 24.770.218.166 62.728.586.619

% PARTICIPACION 19% 42% 39% 100%

CONSIGNACIONES SIN IDENTIFICAR 20.574.545.774

TOTAL CARTERA 42.154.040.845

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establezca mecanismos efectivos para el cobro y recaudo oportuno recursos por concepto de servicios de salud prestados. H18 Copagos (Pagares) Respecto al tema de copagos, para el análisis se tuvo en cuenta la información entregada por el Hospital que contiene relación en Excel de copagos a cargo del usuario, los cuales son respaldados con pagarés y discriminada por terceros y vigencias, de la cual se tomó una muestra previamente corroborada en el software. Como resultado, se evidenció que por este concepto el Hospital ha dejado de percibir recursos por alrededor de $538.495.387, observándose que las medidas de gestión de cobro tomadas por la entidad no han sido las más efectivas; razón por la cual, se advierte a la entidad a fin de que determine e incorpore un procedimiento adecuado para la depuración y realice las gestiones pertinentes en busca de la recuperación de estos recursos y evitar detrimento patrimonial en el cobro de recursos por prestación de servicios de salud, por lo cual se establece un hallazgo administrativo.

VIGENCIA VALOR

2010 112.495.230

2011 174.458.608

2012 146.354.612

2013 105.186.937

TOTAL 538.495.387

3.3 VERIFICACION DE LA EXISTENCIA Y CUMPLIMIENTO DEL PLAN

INTERNO DE AUDITORIAS POR PARTE DE LA ENTIDAD

Plan de Auditoria 3.3.1

Para la vigencia 2011, se puso en consideración del Comité de Calidad y Control Interno, el siguiente plan de auditorías, el cual fue debidamente aprobado estando acorde con el Plan de Desarrollo Institucional. Dentro de lo cual se programó:

Realizar tres (3) Auditorias a la implementación del Sistema de Control Interno.

Realizar dos (2) Auditorias programadas al Sistema de Gestión de Calidad (Habilitación, PAMEC, Planes de Mejora).

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Realizar cuatro (4) Auditorías de Seguimiento a los Mapas de Riesgo vigencia 2009.

Realizar cuatro (4) Auditoría al Plan de Gestión Direccionamiento y Gerencia (verificar los indicadores que evalúan el plan de gestión del Gerente Hospital de Yopal).

Realizar cuatro (4) Auditoria de Seguimiento a los Planes de mejoramiento definidos por la oficina de planeación en cumplimiento de Plan de desarrollo (verificar el grado de avance de los planes de mejoramiento vigentes).

Realizar dos (2) auditorias programadas al proceso de Gestión Talento Humano (constatar el cumplimiento de la normatividad).

Realizar tres (3) auditorías al proceso de atención al usuario y participación social. (evaluar el proceso participación social de los usuarios y trabajo social y atención al usuario).

Realizar dos (2) auditorías al Plan de Desarrollo Institucional

Realizar dos (2) auditorías al proceso de Gestión Contable y Financiera (con énfasis en autosostenibilidad financiera).

Realizar dos (2) auditorías al proceso de recursos físicos (verificar el cumplimiento de la normatividad vigente en recursos físicos).

Realizar dos (2) auditorías a la aplicación del Régimen de Control Interno Disciplinario (verificar la aplicación permanente y continua del Régimen Disciplinario).

Realizar tres (3) auditorías al proceso de Sistemas de Información (verificar el cumplimiento de la norma).

En desarrollo del Plan de Auditoria de 2011, el Hospital de Yopal ESE, contrato recurso humano como apoyo al desarrollo de Auditorías internas, emitiendo los respectivos informes finales y planteando los Planes de Mejoramiento. A continuación se describen los procesos auditados con los hallazgos, así: Proceso: Integrar Sistema Gestión de Información. Los hallazgos generales de este proceso correspondieron a:

Operación a media marcha del sistema de registro de Gestión Documental (Docreg) sin actualizar.

Módulo de control de mantenimiento sin implementación.

Procedimiento ISI 02ª002- Actualizar Manual de Indicadores, sin implementar.

La caracterización del proceso “garantizar mejoramiento continuo” no se encuentra activada en el mapa de procesos.

Se constató que la página web de la entidad no se actualiza periódicamente.

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Del 100% de las actividades que establecieron en el plan de mejoramiento y al que se le hizo seguimiento en el 2012, se cumplió el 76% quedando pendiente por realizar el 24%. Proceso: Admitir y Facturar (FAC-02001), Procedimiento: Auditoria de Facturas y Registros Clínicos, principales hallazgos encontrados:

No se evidencio proceso de re inducción al proceso de facturación.

No se evidencio la programación de capacitación al personal responsable de facturación.

Existen tareas pendientes por registrar en la herramienta SISCOR

Independizar el personal y las funciones de auditoria facturas y registros clínicos el personal de y funciones de coordinación de facturación.

No se evidenciaron los perfiles y hojas de vida del personal vinculado a través del outsoricing al proceso de facturación.

No se actualizo el proceso de Admitir y Facturar.

Establecer controles en el sistema de dinámica al tiempo de facturación. En el seguimiento al Plan de mejoramiento que se hizo en el 2012, se encontró que del 100% de las actividades establecidas como acciones de mejora se cumplió apenas con el 21%, es decir que se tuvo un incumplimiento del 69%. Proceso: Control Interno Disciplinario (cumplió) Proceso: Apoyo Logístico y Mantenimiento (cumplió) Proceso: Recaudar y Pagar DFI – 02AOO4, principales hallazgos:

Arqueo diario a la totalidad de los cajeros existentes, se tiene dificultad con la entrega de dineros del hospital nuevo a las antiguas instalaciones.

Exigencia a la firma Procesos Express Ltda. en elaborar recibos de caja y entregar oportunamente los dineros recaudados.

Soportar con la firma del beneficiario la totalidad de los egresos girados con cheque.

Implementar en el sistema dinámica Gerencial la integración de los módulos de tesorería y presupuesto.

Realizar afectación presupuestal previa al giro de los egresos.

Implementar herramientas en el sistema de Dinámica Gerencial que permita validar y conciliar movimientos entre los módulos de tesorería con contabilidad.

Revisar periódicamente los saldos de los libros auxiliares de caja con el fin de conciliar.

Evidenciar el titulo valor que respalde la existencia de los TES de Tesorería.

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Implementar controles en el sistema dinámica, que restrinja la alteración en el consecutivo de los recibos de caja.

En el seguimiento al cumplimiento de las acciones correctivas, se encontró que de 21 actividades que se establecieron, solamente se cumplió con 11. Proceso: Aplicar control de costos DFI- 02A 005, con los siguientes hallazgos:

Los costos y gastos se contabilizan en un 90% de forma global sin ninguna clasificación del costo y gasto.

No esta implementado el módulo de costos, ni interrelacionado con el módulo contable.

No se tiene estructurado el sistema de costos de acuerdo a un presupuesto discriminado tanto en los ingresos y costos para cada uno de los servicios.

No hay un funcionario que desempeñe las labores de costos, sin embargo están asignadas al profesional contratado.

Los costos se calculan anualmente de manera manual

Desconocimiento del personal asistencial sobre el establecimiento de costos hospitalarios.

La información de costos solo se utiliza para la determinación de tarifas Para este proceso se estableció Plan de Mejoramiento pero no se registra seguimiento al mismo. Proceso: Seguir la contabilidad DFI 020A 002, presuntos hallazgos:

Realizar oficios a los funcionarios con el fin de solicitar soportes o devolución del dinero de anticipo para gastos de viaje.

Viáticos sin legalizar reflejados en la cuenta contable.

Pendiente conciliar saldos pendientes de amortizar

Crear mecanismos (comité – reunión) para que se autorice al área contable ajustar estos rubros.

Realizar los respectivos ajustes contables de los rubros soportados y depurados respecto a la cuenta “cargos diferidos” y en otras cuentas …

Realizar los respectivos ajustes contables de la cuenta “saldos a favor de beneficiarios”.

Coordinar con el área de cartera la depuración y disminución de la cuenta “depósitos recibidos de terceros”.

Crear mecanismos desde el sistema Dinámica que le permita agrupar en el área de cartera la facturación por relación de envío con el fin de facilitar el cruce y descargo de las cuentas por cobrar.

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Corregir de inmediato la parametrización de la nómina, para que permita hacer su contabilización exacta.

Revisar los costos y gastos generados por concepto de nómina y ajustar aquellos que se encuentren contabilizados doblemente por el proceso de nómina y el egreso generado para el pago.

En el plan de mejoramiento se establecieron 20 actividades, de las cuales 12 no se cumplieron. Proceso: Aplicar participación Social y Comunitaria, con los siguientes hallazgos:

No se encontró el Manual de la Excelencia de Participación Social Comunitaria.

El procedimiento PSC 02A 005 PARTICIPACION COMUNITARIA Y CAPACITACIONES no se encuentra activado en el mapa de procesos, lo cual no permite su aplicación.

Realizar con la oficina de sistemas, el proceso de seguridad de la información de participación Social en cada uno de sus equipos y archivos.

Con cumplimiento del 80% de las acciones de mejora. Proceso: Contratación, algunos de los hallazgos encontrados:

No se encuentran actualizados las declaraciones de bienes y rentas de algunas hojas de vida de personal contratado.

Proceso para entrega de documentos y elementos por parte de funcionarios que se desvinculan de la entidad.

Contratos sin acta de inicio, liquidación

En algunos contratos de prestación de servicios se exceden el número de horas laboradas.

No se encuentra implementado el módulo de contratación del sistema de información de Dinámica Gerencial, lo cual genera lentitud y desintegración del sistema institucional, del proceso de contratación.

A pesar de que la auditoria interna determinó 31 hallazgos en este proceso y se presentó Plan de Mejoramiento, No se adelantó seguimiento al mismo. Proceso: Aplicar el ISI, Atención al Cliente Interno y Talento Humano,

Las historias laborales de los empleados de carrera administrativa no cuentan con las declaraciones de renta y bienes actualizadas.

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Las historias laborales no están organizadas en su totalidad de acuerdo a la norma.

Con un cumplimiento del 84% del Plan de mejoramiento. Para el año 2013, entre otras actividades, la auditoria interna hizo arqueo a las cajas de recaudo de efectivo del Hospital los días 23, 24 y 25 de abril de 2013, mayo 22 y 24, agosto 22 y 23 y septiembre 24 y 02 de octubre de 2013 y manejo de Caja Menor. Seguimiento al Plan de mejoramiento Evaluación del Desempeño para realizar 11 y 12 de junio de 2013. La Auditoría aplicada a cada uno de los procesos, se encuentra debidamente soportada con: Memorando de Planeación, Programa de Auditoria, Informe Preliminar y Final (el cual contiene resultados de la Auditoria y Hallazgos), Lista de Chequeo, Soportes y Plan de Mejoramiento.

Cumplimiento del artículo 9 de la Ley 1474 de 2011 - Informe 3.3.2Pormenorizado

El responsable de Control Interno presentó informe pormenorizado, así: Informe periodo Agosto a Diciembre de 2011, elaborado en enero de 2012, cuyas recomendaciones están orientadas a:

Sensibilización del 100% de los empleados en autocontrol y fortalecimiento de los procesos de acreditación de la institución.

Seguimiento y monitoreo procesos de administración del riesgo, fortalecer la comunicación proactiva entre nivel directivo y funcionarios de base, fortalecer la participación de la comunidad en la identificación de necesidad de servicio de salud.

Informe periodo Enero a Abril de 2012, presentado en mayo de 2012, recomendaciones encaminadas a:

Actualizar mapa de riesgos

Sensibilizar al 100% de los empleados en autocontrol y fortalecimiento de los procesos de acreditación de la institución.

Fortalecer la comunicación entre nivel administración del Hospital y los usuarios y empleados públicos.

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Sensibilizar la participación de la comunidad en la identificación de demanda de servicios de salud.

Informe periodo Mayo a Agosto de 2012, presentado en Septiembre de 2012, recomendaciones encaminadas a:

Integrar las acciones enfocadas hacia la calidad y a satisfacer las necesidades de los usuarios y fortalecer en el 100% de los funcionarios una cultura de autocontrol en cada uno de los procesos asistenciales administrativos.

Fomentar la actualización y capacitación por parte de los entes de control y el DAFP en lo referente a planes de gestión, administración del riesgo y planes de mejoramiento.

Informe periodo Septiembre a Diciembre de 2012, presentado en marzo de 2013, recomendaciones encaminadas a:

Continuar con la actualización de los mapas de riesgos por proceso.

Fortalecer cultura autocontrol

Fortalecer oficina de talento humano

Seguir con los programas de bienestar, capacitación, socialización e reinducción al 100%.

No se cuenta con licencia del software instalados en 100% de los equipos.

Informe periodo enero a Abril de 2013, presentado en mayo de 2013, recomendaciones encaminadas a:

Persisten los problemas de oportunidad en la información contable

El mapa de riesgos no está adoptado formalmente.

No se ha realizado el 100% de las evaluaciones de desempeño

No se cuenta con un plan de costos establecido como herramienta gerencial en toma de decisiones para contratar la venta de servicios de salud.

Dar cumplimiento al Plan de Gestión Gerencial Informe periodo Mayo a Agosto de 2013, presentado en Septiembre de 2013, recomendaciones encaminadas a:

Falta de compromiso en responder a los planes de mejoramiento.

Actualizar la política de administración del riesgo

Informe periodo Septiembre a Diciembre de 2013, presentado en Enero de 2014, recomendaciones encaminadas a:

Actualizar manuales de funciones y competencias

Fortalecer plan de mejoramiento individual

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Áreas sistematizadas sin integrar

No se ha implementado costos

Ajuste a procesos de Talento Humano- Procedimiento de Selección y Vinculación del Personal, Gestión Documental.

Conclusión Sistema de Control Interno 3.3.3

H19 Planes de Mejoramiento y Acciones de Control Interno Si bien es cierto, que evaluar solamente el MECI en anteriores vigencias, se pasó a evaluar puntos críticos como contratación, facturación, proceso contable, talento humano, costos, entre otros, se observa que se mantienen las observaciones planteadas por la auditoria interna en algunos de estos procesos fundamentales como es facturación, contratación, costos y contable, situación expuesta por el responsable de control interno en cada uno de sus informes pormenorizados, por la Contraloría General de la Republica en el informe de control excepcional y sobre el cual se pronuncia la Contraloría Departamental en las diferentes áreas auditadas en el presente informe. Observo la Contraloría, que en la auditoria interna se establecieron acciones de mejora en áreas como contratación las cuales no tuvieron su respectivo seguimiento y en otros casos, a pesar de hacerse seguimiento a las acciones de otros procesos se incumplió el Plan de mejoramiento; en lo que respecta a talento humano, la evaluación de desempeño de los funcionarios de carrera no se ha efectuado en el 100% aun cuando es exigencia normativa; en cuanto a los procesos contables y financieros, es evidente la baja gestión en el cobro de cartera, así como la falta de implementación y operación del módulo de jurídia y costos e integración de los módulos de contabilidad, presupuesto y tesorería, en este sentido a pesar de que es una necesidad inminente y en la cual se han invertido recursos, el Hospital carece de un sistema que le permita tomar decisiones gerenciales acertadas así como emitir informes a las diferentes instancias de manera oportuna. En otros procesos administrativos, como cumplimiento de la Ley de archivo, presenta incumplimiento en un 40%, puesto que la transferencia del archivo de gestión al archivo central a penas se inició con la información generada en la oficina jurídica, donde es evidente que en su gran mayoría ésta carece de foliación y documentos esenciales del proceso, se exceptúa en este aspecto al archivo de historias clínicas. Cada una de estas situaciones indica la falta de compromiso de los responsables de los procesos.

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En consecuencia de lo anterior, se configura un hallazgo administrativo a fin de que se establezcan acciones que redunden en el mejoramiento de los procesos señalados.

3.4 PROCESO TALENTO HUMANO

Estructura Organizacional. 3.4.1

La estructura organizacional de las Empresas Sociales del Estado, las determina el artículo 5 del Decreto 1876 de 1994; la E.S.E. Hospital de Yopal, cuenta con una estructura que según su orden jerárquico se compone por:

Una Junta Directiva: La Junta Directiva de la E.S.E. Hospital Yopal, se ajusta a los lineamientos establecidos en los artículos 6 y 7 del Decreto 1876 de 1994; se encuentra integrada por un Delegado del Señor Gobernador, en calidad de Presidente, un delegado de la Secretaría Departamental de Salud, quien ejerce la Secretaría Técnica, un representante de los profesionales del Hospital, un representante de la asociación de usuarios, un representante del sector científico y un representante de los gremios de la producción, quienes para el cumplimiento de sus funciones se acogen a las directrices trazadas por el artículo 11 del Decreto 1876/94.

Un Revisor Fiscal: De acuerdo con lo señalado en el artículo 694 del Decreto Ley 1298 de 1994 y artículo 22 del Decreto 1876 de 1994, los cuales determinan que si el presupuesto anual de toda E.S.E. supera los 10.000 salarios mínimos mensuales, contará con un Revisor Fiscal independiente, designado por la Junta Directiva, condición que se evidencia en la empresa auditada, el Hospital cuenta con un Revisor Fiscal vinculado a través de un contrato de prestación de servicios de revisoría fiscal, quien cumple con las funciones establecidas en el artículo 207 del Código de Comercio, según requerimientos fijados por la Junta Directiva, a la cual rinde sus reportes.

Una Gerencia: de la cual dependen las oficinas de control interno, jurídica, área de planeación y desarrollo, control interno disciplinario, dirección comercial, oficina de participación social y comunitaria.

Ajustándose al artículo 81 del Decreto Ley 1298 de 1994, el Gobernador de Casanare, mediante Acto Administrativo, previo concurso de méritos, nombra al Gerente, por períodos mínimos de tres (3) años prorrogables. Cumple con las funciones definidas en los artículos 4 y 7 del Decreto 139 de 1996.

Una Subgerencia Administrativa y financiera, de la cual dependen 21 sub dependencias que ejecutan funciones administrativas para garantizar el flujo

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constante y oportuno de recursos físicos, humanos, financieros y tecnológicos a cada área del hospital.

Una Subgerencia de Prestación de Servicios, de la cual se desprenden 29 sub dependencias encargadas específicamente de la prestación del servicio de salud de baja, mediana y algunos de alta complejidad.

Régimen de Personal

El régimen de personal de las Empresas Sociales del Estado, es el establecido en el artículo 17 del Decreto 1876 de 1994, el cual señala que las personas que se vinculen a una Empresa Social del Estado tendrán el carácter de empleados públicos o trabajadores oficiales, en los términos establecidos en el artículo 674 del Decreto-Ley 1298 de 1994, el cual determina:

“ARTICULO 674. CLASIFICACION DE EMPLEOS. En la estructura administrativa de la Nación, de las entidades territoriales o de sus entidades descentralizadas, para la organización y prestación de los servicios de salud, los empleos pueden ser de libre nombramiento y remoción o de carrera.

Son empleos de libre nombramiento y remoción:

1. En la administración nacional central o descentralizada, los enumerados en las letra a), b), c) e i) del artículo 1o. de la Ley 61 de 1987.

2. En las entidades territoriales o en sus entes descentralizados:

a) Los de Secretario de Salud o Director seccional o local del Sistema de Salud, o quien haga sus veces, y los del primer nivel jerárquico, inmediatamente, siguiente.

b) Los de Director, Representante Legal de entidad descentralizada, y los del primero y segundo nivel jerárquicos, inmediatamente, siguientes.

c) Los empleos que correspondan a funciones de dirección, formulación y adopción de políticas, planes y programas y asesoría.

Todos los demás empleos son de carrera. Los empleados de carrera podrán ser designados en comisión, en cargos de libre nombramiento y remoción, sin perder su pertenencia a la carrera administrativa.

PARAGRAFO. Son trabajadores oficiales, quienes desempeñen cargos no directivos destinados al mantenimiento de la planta física hospitalaria, o de servicios generales, en las mismas instituciones”.

En este sentido, el Hospital Yopal E.S.E, mediante Resolución 261 de 2008, estableció el Manual de funciones y requisitos, para 214 empleos aprobados, de los cuales, de acuerdo a lo señalado en el artículo 674 Decreto-ley 1298 de 1994, 156 son de carácter público y 58 son trabajadores oficiales, donde se encontró que los niveles más representativos obedecen al 42% en el nivel asistencial, seguido de un 23%, en el nivel profesional y muy cerca el nivel técnico con un 22% de la planta.

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Teniendo en cuenta la planta de personal aprobada, se observa que durante las vigencias auditadas, no toda la planta de personal estuvo ocupada, es el caso de los médicos especialistas, auxiliar en salud, auxiliares administrativos y ayudantes, no obstante a ello, la entidad suscribió contratos de prestación de servicios con personal de tales calidades. En el siguiente cuadro se registra la ocupación de los empleos durante las vigencias auditadas:

Fuente: Resolución No. 261 de 2008. Plantas de personal Hospital Yopal.

Según el nivel jerárquico, los cargos de la planta de personal está clasificada así: 3 directivos, 2 asesores, 45 profesionales, 26 técnicos, 81 asistencial y 57 oficiales, así.

Para la organización y prestación de los servicios de salud, la norma anteriormente citada, determinó que estos empleos pueden ser de libre nombramiento y remoción, de carrera administrativa y trabajadores oficiales; al respecto, a continuación se presenta los empleos con que cuenta el Hospital según la clase frente a lo establecido en la norma, así:

2011 2012 2013

Gerente 1 1 1 1

Sub Gerente 2 2 2 2

Jefe Oficina Planeación 1 1 1 1

Asesor / Of. Control Interno 1 1 1 1

Líder de Programa (subgerencia) 5 5 5 5

Líder de Proyecto (área financiera) 1 0 0 0

Médico Especialista 4 3 1 1

Médico General 13 9 11 12

Enfermero 9 8 9 9

Prof. Universitario 4 4 4 4

Prof. Univ. Área Salud 7 7 6 6

Tesorero General 1 1 1 1

Almacenista General 1 1 1 1

Técnico Administrativo 2 2 2 2

Técnico Área salud 5 4 4 4

Auxiliar Área Salud 62 58 58 52

Auxiliar Administrativo 16 15 12 10

Conductor 3 3 3 3

Técnico Operativo 314-7 18 16 17 14

Técnico Operativo 314-9 1 0 1 1

Auxiliar Servicios Generales 7 7 6 6

Ayudante 47 44 44 38

Operario 3 3 2 2

TOTAL 214 195 192 176

DENOMINACIONNo. Empleos

aprobados

Ocupación

DIRECTIVO 1%

ASESOR 1%

PROFESIONAL

21%

TECNICO 12%

ASISTENCIAL

38%

OFICIALES 27%

Clasificación por nivel jerárquico

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CLASE DE EMPLEO SEGÚN HOSPITAL

YOPAL E.S.E.

Libre Nombramiento y Remoción 7

Carrera Administrativa 146

Oficiales 61

Totales 214 Fuente: artículo 674 Decreto-ley 1298 de 1994. Y Plantas de personal Hospital Yopal.

Se observa que dentro de la planta de personal los cargos de los tres conductores, fueron catalogados como trabajadores oficiales, cuando obedecen a cargos de carrera administrativa, si se tiene en cuenta lo estipulado en el parágrafo del artículo 674 del Decreto-Ley 1298 de 1994, el cual determinó como trabajadores oficiales de las empresas sociales del estado, quienes desempeñen cargos no directivos destinados al mantenimiento de la planta física hospitalaria, o de servicios generales, en las mismas instituciones; observando el manual, el Conductor no tiene funciones relacionadas ni con mantenimiento de la planta física hospitalaria, ni con servicios generales.

Revisión Hojas de vida personal de planta 3.4.2

La organización de las historias laborales, debe sujetarse a lo dispuesto en la Ley General de Archivos No. 594 de 2000; esta disposición fue ratificada mediante Circular No. 004 del 06 de junio de 2003, emitida de manera conjunta entre el Departamento Administrativo de la Función Pública y el Archivo General de la Nación.

Teniendo en cuenta la anterior normatividad, el equipo auditor verificó un muestreo aleatorio de 41 hojas de vida tanto de empleados de libre nombramiento y remoción, como de carrera, y trabajadores oficiales de las vigencias auditadas, específicamente sobre la existencia de los siguientes documentos:

1. Acto administrativo de nombramiento o contrato de trabajo 2. Documentos de identificación 3. Hoja de Vida (Formato Único Función Pública) 4. Soportes documentales de estudios y experiencia que acrediten los requisitos del

cargo 5. Acta de posesión 6. Pasado Judicial – Certificado de Antecedentes Penales 7. Certificado de Antecedentes Fiscales 8. Certificado de Antecedentes Disciplinarios 9. Declaración de Bienes y Rentas 10. Afiliaciones a: Régimen de salud (EPS), pensión, cesantías, caja de compensación,

etc. 11. Actos administrativos de situaciones administrativas del funcionario: vacaciones,

licencias,

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12. Comisiones, ascensos, traslados, encargos, permisos, ausencias temporales, inscripción en carrera

13. Evaluación del Desempeño.

Conforme a la verificación de los requisitos anteriormente detallados, se observó lo siguiente:

Una vez verificadas las carpetas correspondientes a las historias laborales, se evidenció que 2 de ellas no cuentan con contrato de vinculación laboral, 8 no cuentan con los soportes documentales de estudios y experiencia que acrediten los requisitos del cargo, 11 no soportan la Declaración de Bienes y Rentas, 8 no cuentan con los actos administrativos que señalen las situaciones administrativas

Si No Si No Si No Si No Si No Si No Si No Si No Si No Si No Si No Si No Si No

1 Wilson Efren Ortiz Jiménez Conductor x x x x x x x x x x x x

2 Giovanny Wilchez Hernández Conductor x x x x x x x x x x x x

3 Dinier Roney Romero León Conductor x x x x x x x x x x x x

4 German Barrera Hernández Médico Cirujano. x x x x x x x x x x x x x

5Carlos Orlando Amaya

JineteMédico Cirujano. x x x x x x x x x x x x x

6 Liliana Agudelo Ariza Enfermera x x x x x x x x x x x x x

7 Temilda Carrillo Vargas Enfermera x x x x x x x x x x x x x

8 Gloria Yaneth Soto GuzmanAuxiliar de información

en saludx x x x x x x x x x x x x

9 Marleny Camacho Contadora x x x x x x x x x x x x x

10 Marleny CamachoTécnica de información

en saludx x x x x x x x x x x x x

11 Martha Judith Lozano Leon Enfermera x x x x x x x x x x x x x x

12 Martha Cecilia Olarte Triana Enfermera x x x x x x x x x x x x x

13 Angela Gigliola Mesa Ruiz Médico Cirujano. x x x x x x x x x x x x x

14 Jose Arnulfo Pulido Fuerte Médico Cirujano. x x x x x x x x x x x x x

15 Giovani Trujillo Calderón Médico Cirujano. x x x x x x x x x x x x x

16 Saul Ducardo Frayle Patiño Auxiliar Administrativo x x x x x x x x x x x x x

17Jorge Antonio Cubides

AmezquitaMédico Cirujano. x x x x x x x x x x x x x

18Elder Farley Cubides

AmezquitaMédico Cirujano. x x x x x x x x x x x x x

19Jorge Humberto García

MurilloAuxiliar Administrativo x x x x x x x x x x x x x

20 Eduardo Ariza Vezga Médico Cirujano. x x x x x x x x x x x x x

21 Luz Maite Morales Ojeda Bacterióloga x x x x x x x x x x x x x

22 Mario Archila Gonzalez Medico especialista x x x x x x x x x x x x x

23 Tilsa Cecilia Alvarez Lesmes Auxiliar área de salud x x x x x x x x x x x x x

24 Janeth Atuesta Atuesta Enfermera x x x x x x x x x x x x x

25 Aura Yaneth Soler Vargas Técnico operativo x x x x x x x x x x x x x

26 María Inelda Agudelo Perez Auxiliar de enfermería x x x x x x x x x x x x x

27 Gicella María Pertuz Sierra Médico General x x x x x x x x x x x x x

28 Lilia Rocio Ochoa Garzon Auxiliar Administra x x x x x x x x x x x x x

29 Ernestina Rincón Gutiérrez Ayudante x x x x x x x x x x x x

30Luz Marina Bejarano

VelasquezAyudante x x x x x x x x x x x x

32 Nieves Pregonero Romero Operaria de Servicios

Generalesx x x x x x x x x x x

35 Yolanda Rincón AlbarracínAyudante de servicios

generalesx x x x x x x x x x x x

36Ana Joaquina Sanabria de

Velandia

operaria servicios

generalesx x x x x x x x x x x x

37 María Fanny Pérez Gutiérrez. Operario x x x x x x x x x x x

38 María Eloisa Vargas Rojas Ayudante x x x x x x x x x x x

39Edgar Alberto Dinas

RodríguezGerente x x x x x x x x x x x x

40 Dora Elsa Barrera DueñasTécnico Operativo

Código 314 Grado 7x x x x x x x x x x x x x

Doc. 4

Total documentos faltantes 49

2 8 11 8 11 9

Doc. 5 Doc. 6

Documentos faltantes por concepto

Doc. 13Nombre EmpleadoItem Cargo

Doc. 7 Doc. 8 Doc. 9 Doc. 10 Doc. 11 Doc. 12Doc. 1 Doc. 2 Doc. 3

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real del funcionario en cuanto a la ocupación del cargo, 11 presentan deficiencias en el lleno de requisitos relacionados con ascensos, traslados, encargos, e inscripción en carrera y en 9 historiales no se evidencia la Evaluación del Desempeño, para un faltante de 49 documentos; de estas situaciones se especifican algunos casos puntuales, a saber: H20 Impresiones denominaciones de cargos y falta de soportes. Una vez revisadas la muestra de las hojas de vida, se presentan las siguientes situaciones:

Ayudantes (Ernestina Rincón Gutiérrez y Luz Marina Bejarano Velásquez).

Vinculadas como Ayudante, empleo de carácter oficial, mediante contrato individual de trabajo a término indefinido, el 01 de julio de 2008 y 22 de febrero de 2012 respectivamente.

Para el cargo de Ayudante se exige título de bachiller y experiencia de un (1) año en mantenimiento de instalaciones o infraestructura, no obstante no se encontró soporte documental que evidencie el cumplimiento de tal requisito.

Nieves Pregonero Romero, Operaria de Servicios Generales Su ingreso a la empresa se hizo mediante la Resolución de nombramiento No. 00748 del 09 de febrero de 1996, no obstante por tratarse de un empleo de carácter oficial, debió suscribirse un contrato de trabajo, procedimiento que no se adelantó.

Ana Joaquina Sanabria Velandia:

Vinculada a la empresa mediante Resolución No. 0945 de 1996, en el cargo de Operaria de Servicios Generales; por ser un cargo de carácter oficial, su vinculación debió estar soportada con un contrato individual de trabajo. María Eloísa Vargas Rojas- Ayudante.

Vinculada por la empresa mediante contrato individual de trabajo, en fecha 05 de octubre de 2006, como empleado oficial, en el cargo de Ayudante, sin demostrar en su hoja de vida experiencia laboral en mantenimiento de instalaciones hospitalarias, edificaciones o demás actividades propias de un Ayudante.

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Dora Elsa Barrera Dueñas, Técnico Operativo Código 314 Grado 7

La Comisión Nacional del Servicio Civil mediante certificación de fecha 19 de abril de 1999, certificó inscripción en el Registro Público de Empleados de Carrera Administrativa en el cargo de Técnico Código 401 y posteriormente en 29 de agosto de 2005 posesionada como Técnico Operativo Código 314 Grado 7, en cumplimiento al Decreto 785 de 2005, desempeñando sus funciones en la unidad de talento humano.

Mediante Acuerdo 041 de diciembre de 2002, como consecuencia de la restructuración adelantada en la E.S.E., se suprimió el cargo de Jefe de Talento Humano.

Según Resolución 264 de 2008, se encargó como Profesional Universitario de la Unidad de Talento Humano, encargo que se extendió hasta el 01 de agosto de 2011.

Ante la inexistencia del empleo de Jefe de Unidad de Talento Humano, mediante la Resolución No. 356 del 30 de Agosto de 2011, se le asignaron funciones de coordinación de la citada unidad.

La Contraloría insta a la ESE para que unifique las denominaciones de los cargos, toda vez que siendo Técnico, en algunos actos administrativos se refieren a “…quien desempeña el cargo de Coordinador Área Talento Humano” (Resolución 202 del 06 de mayo de 2013); y en documentos como Nominas, Formato Único de Hoja de Vida, oficios y listados de planta de personal, son firmados bajo la denominación del cargo Coordinadora de Oficina de Talento Humano, cabe señalar que el cargo “Coordinadora Oficina de Talento Humano” no existe en la planta de personal. Situación que se presenta con otros cargos y cuyas imprecisiones a futuro pueden traer consecuencias jurídicas para la entidad. Por las anteriores situaciones, se configura un hallazgo administrativo, a fin de que la entidad tome las medidas pertinentes.

H21 Declaración de Bienes y Rentas e Inscripción carrera Administrativa En las carpetas de hojas de vida auditadas, se observó que la Declaración de Bienes y Rentas no se actualiza conforme lo establece el artículo 4 del decreto 2232 de 1995 modificado por el Decreto 736 del 22 de abril de 1996; de otra se observó que en la hoja de vida de la enfermera Martha Judith Lozano León, no se evidenció soportes del registro en carrera administrativa ante la Comisión Nacional del Servicio Civil. En consecuencia de lo anterior, se configura un hallazgo administrativo a fin de que se tomen las acciones pertinentes al respecto.

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H22 Compromisos de la Convención Colectiva Teniendo en cuenta que los emolumentos de los trabajadores oficiales son acordados por convenciones colectivas, el equipo auditor procedió a requerir las convenciones a fin de ser cotejadas con las nóminas respectivas, observándose lo siguiente: Según la convención colectiva de trabajo suscrita para las vigencias 2011 a 2013, del 18 de julio de 2011, en el artículo noveno señala que se comprometieron a efectuar una recopilación de las convenciones colectivas y generar un documento del articulado y garantías vigentes, concediéndose un plazo de 30 días contados a partir de la fecha citada; no obstante, a la fecha de la auditoria, no se había emitido dicho documento que se constituye en la base para el análisis de los emolumentos y sus cuantías aprobadas para empleados oficiales. En consecuencia se configura un hallazgo administrativo. H23 Gestión de Archivo Teniendo en cuenta la muestra seleccionada de Hojas de Vida de los funcionarios del Hospital de Yopal E.S.E., en términos generales, se evidenció deficiencias en la administración y archivo de los documentos esenciales que deben contener las carpetas de hoja de vida de los empleados, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo.

Liquidación de nomina 3.4.3 La entidad presenta los siguientes Acuerdos proferidos por el presidente de la Junta Directiva y el Gerente del Hospital de Yopal, en calidad de secretario técnico, mediante los cuales se fijan los incrementos salariales para los empleados públicos, basados en los topes máximos establecidos por el gobierno nacional, a través del Departamento Administrativo de la Función Pública:

Acuerdo 083 del 04 de mayo de 2011

Acuerdo No. 086 del 25 de junio de 2012

Acuerdo No. 090 del 15 de mayo de 2013

Acuerdo No. 091 del 30 de mayo de 2013

Con el objeto de verificar que la liquidación de la nómina corresponda con los días laborados y novedades de personal, se tomó una muestra para las tres vigencias de las planillas correspondiente a los periodos de enero, julio y diciembre, encontrándose que las mismas están debidamente liquidadas.

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H24 Salario mínimo vital Se evidenció que a algunos empleados públicos y trabajadores oficiales se les efectuó pagos inferiores al salario mínimo legal vigente; a continuación se observan algunos casos puntuales:

En la anterior información, se observa que se han efectuado descuentos por valores superiores a la asignación básica mensual, por ejemplo, al Señor William Lozano Chaparro, Auxiliar de Servicios Generales Grado 8, quien devenga un sueldo básico de $1.579.940, en la nómina de enero de 2013 se le hicieron deducciones por valor de $1.612.446; este empleado cubrió sus obligaciones descontadas por nómina con las horas extras y compensatorios reportados en ese mes.

Nombre del empleado Cargo Asignación

Básica Valor pagado

Pedro Arciniega Salcedo Técnico área salud 920.601 32.056

Nelly Hermencia Amaya Aux. Adtivo. 894.022 312.351

Yamile Guerrera Cabrera Aux. Salud 694.237 215.460

Sandra de Jesús Vergara Aux. Adtivo. 866.552 253.993

Rosa María Castaño Tecnico operativo 626.562 167.460

Esperanza Peralta Ayudante 261.638 53.176

Ersilia Vargas Aux. Salud 937.220 120.369

Julia Elvira Díaz Aux. Adtivo. 866.552 215.331

Alcira Diaz Aux. Adtivo. 866.552 264.247

Alix Nereida Aux. Salud 1.041.356 206.339

Rubén Darío Cárdenas Aux. Salud 937.220 260.711

Alilrio Gaona Aux. Salud 993.500 263.031

María Eloisa Vargas Ayudante 1.058.396 92.832

Cecilia Hurtado Morales Aux. Adtivo. 894.022 96.712

Lilia Ochoa Aux. Adtivo. 894.417 370.208

Pregonero Romero Ayudante 1.056.396 256.717

Alix Lombana Aux. Salud 1.074.367 150.242

Pedro Arciniega Salcedo Técnico Salud 1.238.849 133.728

Hermencia Amaya Aux. Adtivo. 938.723 76.760

María Eloisa Vargas Ayudante 1.151.472 247.765

Esperanza Peralta Ayudante 1.255.104 237.524

Claudia Patricia Ramírez Ayudante 1.255.104 286.344

María Eloisa Vargas Ayudante 1.255.104 57.863

Hermencia Amaya Aux. Adtivo. 938.723 22.960

Lilia Ochoa Aux. Adtivo. 971.015 293.796

Marcela Leal Técnico operativo 1.404.187 356.872

Alix Nereida Aux. Salud 1.128.085 47.469

Javier Antonio Fester Técnico operativo 1.357.489 245.112

Cecilia Hurtado Morales Aux. Adtivo. 938.723 16.622

Luis María Rodríguez Aux.servicios Generales 1.579.940 216.043

Pedro Arciniegas Salcedo Técnico Salud 1.300.791 20.533

Mónica Roldan Auxiliar Área de la Salud 1.128.085 343.278

2011

2012

2013

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Es evidente el riesgo que surge ante el hecho que los ingresos por horas extras y compensatorios es eventual que puede o no darse, pero que de presentarse el segundo caso, la entidad tendría que responder ante los terceros, por autorizar libranzas que desbordan el ingreso básico real del empleado. En este sentido, en concepto con radicación RAD 2837 de 2008 del Departamento Administrativo de la Función Pública, citan la Sentencia T-1015 de 2006 de la Corte Constitucional en la cual sobre el particular indica: “Nuestra legislación laboral,

como principio general (art.59), prohíbe al patrono deducir, retener o compensar suma alguna del monto de los salarios y prestaciones en dinero que correspondan al trabajador sin autorización judicial o del mismo trabajador, esta última previa y escrita. Es decir mientras no medie el consentimiento por escrito del trabajador o autorización judicial, el patrono no puede realizar descuento alguno sobre el salario de éste. Prohibición que se reitera en artículo 149 de la misma normatividad, que prohíbe, expresamente, retener aun con autorización del trabajador, un monto tal que afecte el salario mínimo legal o convencional, la porción de este considerada inembargable, o cuando el total de la deuda supere el monto del salario del trabajador en tres meses. En estos casos, la retención solo opera si media autorización judicial”

Por otra parte, el Código Sustantivo del Trabajo y el Decreto 3135 de 1968- reglamentado por el Decreto 1848 de 1969- establecen dos límites básicos para los descuentos autorizados por el trabajador (privado u oficial) o por el servidor público: (i) el salario mínimo legal; y (ii) aquello que afecte la parte inembargable del salario frente a la cual las mismas normas establecen que solamente es embargable la quinta parte de lo que excede el salario mínimo legal. Así mismo, el artículo 18 de la Ley 1429 de 2010, señala: “Tampoco se puede

efectuar la retención o deducción sin mandamiento judicial, aunque exista orden escrita del trabajador, cuando quiera que se afecte el salario mínimo legal o convencional o la

parte del salario declarada inembargable por la ley”. La situación descrita, constituye un hallazgo administrativo.

Viáticos y Gastos de viaje 3.4.4

H25 Liquidación y pago de Viáticos Durante las vigencias auditadas el Hospital de Yopal E.S.E. ejecutó la suma de $93.156.804, por concepto de viáticos. Para efectos de liquidar y pagar viáticos a sus empleados y contratistas, la entidad señala en las Resoluciones de comisión que se acoge a los Decretos fijados por el Gobierno Nacional, emitidos por el Departamento Administrativo de la Función

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Pública, mediante los cuales determinó la escala de viáticos. Cabe señalar, que estos son taxativos en lo referente a que las entidades fijarán el valor de los viáticos según la remuneración mensual del empleado comisionado, la naturaleza de los asuntos que le sean confiados y las condiciones de la comisión, teniendo en cuenta el costo de vida del lugar o sitio donde deba llevarse a cabo la labor, hasta por el valor máximo de las cantidades señaladas en los respectivos decretos.

Así mismo, dichos decretos señalan, que cuando para el cumplimiento de las tareas asignadas no se requiera pernoctar en el lugar de la comisión, solo se reconocerá el cincuenta por ciento (50%) del valor fijado.

Con el objeto de verificar que las liquidaciones correspondan con lo establecido en dichas normas, se tomó una muestra de las resoluciones de autorización y pago de viáticos para el Gerente de la entidad, encontrándose las siguientes situaciones:

La entidad autorizó las comisiones para la vigencia 2012, según Resolución interna N° 188 del 28 de abril de 2010, la cual se acogía a la escala de viáticos emitida por el Departamento Administrativo de la función pública, en el decreto 1398 del 26 de abril de 2010, cuando correspondía liquidar según el Decreto 832 del 25 de abril de 2012. Observándose con ello, que la entidad no actualizó el acto administrativo de otorgamiento y reconocimiento de viáticos de conformidad con la norma nacional, que regía para la época de los hechos.

Para las comisiones según resoluciones N°061, 070, 072, 083 y 156 de 2013, el Hospital autorizó el reconocimiento de viáticos según el decreto 832 del 25 de abril de 2012, emitido por el Departamento Administrativo de la función pública, pero con salario superior al devengado por el Gerente en la época de los hechos.

A continuación se presentan las diferencias encontradas, entre la liquidación de viáticos realizada por el Hospital, frente a la presentada por este Ente de Control de conformidad a la normatividad vigente, donde se observa un mayor valor girado por la suma de $1.351.087, como se observa a continuación:

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Resolución 450 del 11/09/2012: Teniendo en cuenta los argumentos de la ESE y como quiera que la resolución autoriza dos (2) días de comisión se liquida la comisión con los mismos días. Resolución 452 del 14/09/2012: La resolución autoriza un (1) día de comisión, luego ese día se tiene en cuenta para efectos de liquidación. Resolución 061 del 15/02/2013: La resolución comisiona al funcionario por dos (2) días y le reconoce tres (3) días. De acuerdo a lo expuesto en la réplica, se tiene en cuenta para efectos de liquidación día y medio (1,5) puesto que la E.S.E. expone que el funcionario regreso en horas de la tarde del último día, es decir que solo pernoctó un (1) día. Resolución 070 del 22/02/2013: La resolución cita un (1) día de comisión en consecuencia se tendrá en cuenta el mismo. Resolución 072 de 22/02/2013: La resolución cita un (1) día de comisión y reconoce pago para dos (2) días, sin embargo, al tener en cuenta lo señalado por la E.S.E. en la réplica que se regresó en horas de la tarde, lo que indica que solo pernoctó un (1) día, por tanto se tendrá en cuenta día y medio (1,5) para efectos de liquidación. Resolución 083 del 28/02/2013: Se comisiona un (1) día, en consecuencia solamente se tendrá en cuenta el mismo para efectos de liquidación. Resolución 156 del 19/04/2013: La resolución cita un (1) día de comisión y reconoce pago para dos (2) días, sin embargo, al tener en cuenta lo señalado por la E.S.E. en la réplica se observó que el funcionario pernoctó un (1) día, por tanto se tendrá en cuenta día y medio (1,5) para efectos de liquidación.

Días que

deberían

haber sido

liquidados

Valor día Total viáticosNo.

Días Valor día

Total

viáticos

450 del 11-

09-12Bogotá, D.C.

Atender

citación

No.001440

de la

Supersalud

12 y 13 de

sept/122 222.848 445.696 2 277.508 555.016 109.320

452 del 14-

09-12Bogotá, D.C.

Presetación

proyecto ante

DNP

17 de sept/12 1 222.848 222.848 1 277.508 277.508 54.660

061 del 15-

02-13Bogotá, D.C.

Reunion Min

Minas

18 y 19 de

febrero1,5 222.848 334.272 3 300.622 901.866 567.594

070 del 22-

02-13Villavicencio

Reunion

OCAD25 de febrero 1 222.848 222.848 1 300.622 300.622 77.774

072 del 22-

02-13Monteria

Reunion

EMDISALUD26 de febrero 1,5 222.848 334.272 2 300.622 601.244 266.972

083 del 28-

02-13Villavicencio

Reunion

OCAD4 de marzo 1 222.848 222.848 1 300.622 300.622 77.774

156 del 16-

04-13Villavicencio

Reunion con

Saludcoop16 de Abril 1,5 222.848 334.272 2 300.622 601.244 266.972

260 del 29-

07-13Bogotá, D.C.

Atender cita

Humana Vivir13-jun-13 1 404.251 404.251 1 334.272 334.272 - 69.979

1.351.087

Resolución Destino Objeto

Días de

duración del

evento

Liquidacion según Decretos DAFP Liquidado por la E.S.E.

Valor

Adicional

Pagado

Liquidación según Decreto 832/2012

Liquidacion según Decreto 1007/2013

MAYOR VALOR GIRADO

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Resolución 260 del 29/07/2013: Se liquida un (1) día por cuanto la resolución de comisión así lo indica. Conforme a lo anterior, cuando la comisión se postergue, la entidad debió modificar ampliando el plazo de la misma por acto administrativo, lo que indica que no se puede reconocer mayor tiempo y valor si este no estaba contemplado en dicho documento, observándose además falencias en los actos administrativos en cuanto a que no se define con exactitud cuando la comisión es pernotando o no. Beneficio de Auditoría Teniendo en cuenta las observaciones respecto de la liquidación de viáticos, el Hospital de Yopal allegó en la réplica los recibos de caja N° 274410 del 28 de agosto de 2014 por valor $852.835 y recibo No. 283756 del 14 de noviembre de 2014 por $1.451.957, que corresponde al reintegro hecho por el funcionario equivalente al mayor valor pagado por concepto de viáticos, situación que es considerada por la Contraloría como un beneficio de Auditoría. No obstante, se ADVIERTE a la entidad, a que tenga especial cuidado en la elaboración y liquidación de los viáticos para que estos correspondan conforme a los actos administrativos de comisión y regulación de pago.

Contratos de prestación de servicios 3.4.5 Mediante las Resoluciones No. 537 del 30 de diciembre de 2011, No. 312 del 13 de junio de 2012 y No. 454 del 26 de noviembre de 2013, el Hospital estableció el límite máximo de asignación a pagar a las personas a contratar así como los requisitos de estudio y experiencia para cada caso en particular, actos administrativos que son tenidos en cuenta a efectos de verificar el cumplimiento de los mismos en el análisis de los contratos de prestación de servicios. Durante las tres vigencias auditadas, en los rubros de honorarios, remuneración y contratación servicios asistenciales, se ejecutó la suma de $80.128.983.000, en la contratación de personal asistencial, servicios especializados, profesional, técnico, y administrativos así:

VIGENCIA ADMINISTRATIVOS ASISTENCIALES TOTAL

2011 3,675,324,817 21.113.584.342 24.788.909.159

2012 3,121,296,768 23.910.704.245 27.032.001.013

2013 2,457,686,422 25.850.386.406 28.308.072.828

TOTAL 9,254,308,007 70.874.674.993 80.128.983.000

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Se observa que el monto de contratación de personal administrativo disminuyo en el 2012 y 2013 respecto de 2011, mientras que los servicios asistenciales aumentaron; la ejecución de estos recursos se dio a través de la suscripción de contratos de prestación de servicios. A continuación se reflejan los contratos de prestación de servicios, los cuales fueron tomados y clasificados del formato de contratación rendido en la cuenta fiscal y de la información suministrada por la oficina de talento humano de la entidad, así:

Se observa que en los periodos auditados se suscribieron 2120, 2019 y 572 contratos respectivamente. La disminución que se presenta en el número de contratos suscritos del 2013 con respecto a las otras vigencias obedece fundamentalmente a que en esta vigencia se suscribieron los contratos por periodos superiores a los seis (6) meses, caso contrario sucedió en las vigencias anteriores, puesto que un mismo profesional suscribió 3, 4 y 5 contratos con periodos de ejecución de uno y dos meses.

No.

Contratos

No

profesionalesValor

No.

Contratos

No

profesionalesValor

No.

Contratos

No

profesionalesValor

ADMINISTRATIVO 48 224 103 7.405.989.670 310 115 5.445.809.068 286 130 7.134.075.390 19.985.874.128

ADMINISTRATIVO 1 1 6.869.379 1 1 19.600.000 5 4 21.886.433 48.355.812

ASESOR Y ASISTENTE DE GERENCIA 11 7 436.729.483 9 7 156.518.252 11 4 105.095.152 698.342.887

ALMACEN 7 2 27.819.780 27.819.780

ARCHIVO 4 3 21.607.121 20 6 53.412.826 37 20 193.349.316 268.369.263

ATENCION AL USUARIO 33 15 135.558.499 135.558.499

AUDITORIA 5 2 699.044.514 2 1 815.202.400 2 2 776.862.385 2.291.109.299

CARTERA 5 4 149.855.434 6 5 51.096.890 10 5 104.525.000 305.477.324

CONTROL INTERNO 3 3 110.896.500 2 2 27.459.240 4 4 38.867.899 177.223.639

ESTUDIOS E INTERVENTORIA 2 2 175.000.000 1 1 59.977.956 2 2 592.406.747 827.384.703

FACTURACION 95 38 4.101.524.356 143 37 3.355.611.974 32 1 3.660.587.138 11.117.723.468

FINANCIERO Y CONTABLE 9 5 98.887.872 11 5 79.707.681 20 9 224.380.860 402.976.413

JURIDICO 25 11 307.617.399 32 14 334.497.529 29 16 357.274.750 999.389.678

MANTENIMIENTO 26 10 283.786.486 46 17 158.357.692 28 15 234.160.188 676.304.366

MEDIO AMBIENTE 3 2 78.728.760 2 2 5.563.899 4 2 84.292.659

MERCADEO 10 2 105.560.757 6 1 22.378.200 9 3 105.962.220 233.901.177

PLANEACION 7 4 70.699.578 8 4 36.825.303 16 9 189.132.795 296.657.676

SISTEMAS 18 9 759.182.031 19 10 194.533.592 29 13 256.501.500 1.210.217.123

TALENTO HUMANO 2 2 75.065.634 8 4 109.704.728 184.770.362

PRESTACION DE SERVICIOS DE

SALUD (ESPECIALIZADA, GENERAL

Y ASISTENCIAL)

109 1896 441 17.881.085.423 1709 439 17.921.016.291 929 442 20.165.169.694 55.967.271.408

QUIMICA 4 2 32.724.192 32.724.192

TRABAJADORES OFICIALES 57 -

TOTAL 214 2120 544 25.287.075.093 2019 554 23.366.825.359 1215 572 27.299.245.084 75.953.145.536

PERSONAL

DE PLANTA

2011 2012 2013TOTALPROCESOS

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Ahora bien, al tener en cuenta la planta de personal aprobada respecto de la contratada, se observa que en los procesos administrativos y misionales se contrata consecutivamente a un mismo profesional varias veces durante el año. En el siguiente cuadro se registra el número de personas contratadas para labores administrativas y misionales por cada vigencia.

CLASE Personal de planta

Profesionales contratados

2011

Profesionales contratados

2012

Profesionales contratados

2013

ADMINISTRATIVO 48 103 115 130

PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD (ESPECIALIZADA, GENERAL Y ASISTENCIAL)

109 441 439 442

TRABAJADORES OFICIALES 57

TOTAL 214 544 554 572

De acuerdo a la actividad desarrollada por el personal contratado, según la información entregada por el Hospital, se encontró que los procesos donde se contrató mayor número de personas fueron facturación, mantenimiento, jurídica, gerencia y sistemas. H26 Nómina paralela Para esta Contraloría, a pesar de que existía una normatividad para esta vigencia como lo estipulaba el artículo 82 del Decreto 2474 de 2008, en donde la empresa

Personal de planta Profesionalescontratados 2011

Profesionalescontratados 2012

Profesionalescontratados 2013

48 103 115 130 109

441 439 442

57

ADMINISTRATIVO

PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD (ESPECIALIZADA, GENERAL Y ASISTENCIAL)

TRABAJADORES OFICIALES

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podía contratar personal para realizar funciones en donde era insuficiente la planta de personal, siempre y cuando las labores a desarrollar no fueran propiamente públicas o administrativas y existe varios contratos de prestación de servicios con el objeto de atender actividades relacionadas con la administración y su funcionamiento, pudiendo encubrir verdaderas relaciones de trabajo vinculando personal permanente; a esta figura se le conoce como nóminas paralelas y que en algunos casos ocasionan un alto costo a las finanzas como consecuencia de acciones judiciales, incrementando lógicamente los gastos de funcionamiento de la entidad, es decir que el Hospital celebró contratos que se encuentran dentro del marco del numeral 29 del artículo 28 de la Ley 734 de 2002 “Celebrar contrato de

prestación de servicios cuyo objeto sea el cumplimiento de funciones públicas o administrativas que requieran dedicación de tiempo completo e impliquen subordinación y

ausencia de autonomía respecto del contratista, salvo las excepciones legales” y sentencia C-094 de 2003, en consecuencia se configura una hallazgo administrativo. La observación que plantea esta contraloría, no tiene alcance respecto de los contratos de prestación de servicios de actividades misionales, entendidas estas como la contratación de los profesionales de la salud y auxiliares de salud entre otros. El alcance está dirigido a todos los contratos de labores administrativas en el área financiera, personal, Jurídica, mantenimiento, sistemas y facturación. Por lo tanto, la entidad en aquellas actividades en que requiera personal para desarrollar actividades permanentes debe realizar las acciones respectivas tal como lo prevé la Sentencia C-614 de 2009 “La vigencia del contrato es temporal y,

por lo tanto, su duración debe ser por tiempo limitado y el indispensable para ejecutar el objeto contractual convenido. En el caso de que las actividades con ellos atendidas demanden una permanencia mayor e indefinida, excediendo su carácter excepcional y temporal para convertirse en ordinario y permanente, será necesario que la respectiva entidad adopte las medidas y provisiones pertinentes a fin de que se dé cabal cumplimiento a lo previsto en el artículo 122 de la Carta Política, según el cual se requiere que el empleo público quede contemplado en la respectiva planta y previstos sus

emolumentos en el presupuesto correspondiente. Por último, teniendo en cuenta el grado de autonomía e independencia del contrato de prestación de servicios de que trata el precepto acusado y la naturaleza de las funciones desarrolladas, no es posible admitir confusión alguna con otras formas contractuales y mucho menos con los elementos configurativos de la relación laboral, razón por la cual no es procedente en aquellos eventos el reconocimiento de los derechos derivados de la subordinación y del contrato de trabajo en general, pues es claro que si se acredita la existencia de las características esenciales de éste quedará desvirtuada la presunción establecida en el precepto acusado y Expediente D-761523 surgirá entonces el derecho al pago de las prestaciones sociales en favor del contratista, en aplicación del principio de la primacía de la realidad sobre las formas en las relaciones de trabajo.

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(…) En síntesis, una de las condiciones que permite diferenciar un contrato laboral de un contrato de prestación de servicios es el ejercicio de la labor contratada, pues sólo si no hace parte de las funciones propias de la entidad, o haciendo parte de ellas no pueden ejecutarse con empleados de planta o requieran conocimientos especializados, pueden celebrarse contratos de prestación de servicios. De lo contrario, la administración debe recurrir a la ampliación de la planta de personal para celebrar contratos laborales”.

3.4.5.1 Observaciones a los contratos de prestación de servicios

De la contratación de prestación de servicios, se tomó para análisis una muestra de 123 contratos; no obstante, al revisar cada una de las carpetas de los profesionales contratados, se encontraron contratos adicionales suscritos durante el periodo auditado, los cuales también se tuvieron en cuenta en el presente análisis, observándose las siguientes situaciones: H27 HF2 Honorarios contratos de prestación de servicios En la mayoría de los contratos de prestación de servicios auditados especialmente aquellos suscritos en la vigencia de 2011 y 2012, presentan observaciones en todas las etapas del proceso contractual, las cuales se resumen, así:

Las garantías que amparan el cumplimiento del contrato, se expiden con fechas posteriores al inicio del mismo, y en algunos casos cercanas a la terminación de este; hecho similar sucede con las garantías que amparan la responsabilidad civil extracontractual, las cuales por un lado son fotocopias ilegibles, el Hospital no figura como asegurado y no se refiere el número de contrato de servicios que se ampara.

El formato único de hojas de vida no se está actualizando por cada CPS

No se encontraron informes de actividades.

En la mayoría de los CPS del año 2011 no se evidencia las actas de liquidación de CPS.

Para la suscripción de contratos que se relacionan a continuación, el hospital fijó honorarios mensuales por mayor valor al establecido en los actos administrativos que regían en su oportunidad, por medio de los cuales se estableció el límite máximo de asignación a pagar a las personas que requiera contratar el hospital, como se describe a continuación:

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Javier Vargas Díaz: El Hospital de Yopal, suscribió los contratos No. 18, 485 y 1219 de 2011; 14, 487, 885, 1265, 1678, 2087 de 2012 y 356, 436 y 1005 de 2013, con Javier Vargas Díaz, cuyos objetos señalan: “Prestar los servicios en salud como técnico apoyando el área de mantenimiento del Hospital de Yopal E.S.E”. Al respecto, cabe señalar que para la suscripción de los citados contratos, el hospital fijó honorarios mensuales por mayor valor al establecido en los actos administrativos que regían en su oportunidad, por medio de los cuales se estableció el límite máximo de asignación a pagar a las personas que requiera contratar el hospital. Lo anterior, en el sentido que la entidad fijó honorarios como técnico, sin embargo, revisados los soportes de formación del contratista anexos en la hoja de vida, éste no acredita título de formación técnica en mantenimiento, observándose que no cumple con lo estipulado en la resolución 614 de 2010, artículo 3 de la resolución N° 537 del 30 de Diciembre de 2011, artículo 4 de la resolución 312 del 30 de junio de 2012, por tanto los honorarios corresponden a los asignados para nivel Auxiliar. Por lo aquí descrito se concluye, que el Hospital de Yopal - E.S.E., canceló honorarios por mayor valor al que tenía derecho, situación que configura un presunto hallazgo fiscal, como se determina en el cuadro resumen honorarios de prestación de servicios.

Nidia Mercedes Vargas Villa: La E.S.E., suscribió los contratos de prestación de servicios No. 985, 570, con Nidia Mercedes Vargas Villa, cuyos objetos señalan: “prestación de servicios como técnico apoyando el área de subgerencia administrativa y financiera del Hospital de Yopal E.S.E”. Al respecto, cabe señalar que para la suscripción de los citados contratos, el hospital fijó honorarios mensuales por mayor valor al establecido en los actos administrativos que regían en su oportunidad, por medio de los cuales se estableció el límite máximo de asignación a pagar a las personas que requiera contratar el hospital. Lo anterior, debido a que la E.S.E., fijó honorarios por valor de $1.645.456, según la resolución No. 312 de 2012. No obstante, según el artículo 4 de la citada resolución, se observa que esta señala dos (2) niveles de técnico administrativo, así: Técnico Grado 1. Técnico Administrativo – Técnico

mantenimiento, con un reconocimiento de $1.390.959 y Técnico Grado 2. Técnico

Administrativo – Técnico de Sistemas (Disponibilidad), con reconocimiento mensual por $1.645.456, (negrilla nuestra). Sin embargo, se señala que en los contratos de prestación de servicios, no se estipuló que era con Disponibilidad, por tanto se infiere que los honorarios corresponden a técnico grado 1.

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73

Por lo aquí descrito se concluye, que el Hospital de Yopal - E.S.E., canceló honorarios por mayor valor al que tenía derecho, situación que configura un presunto hallazgo fiscal, como se determina en el cuadro resumen honorarios de prestación de servicios.

Diego Betancourth Rodríguez: La E.S.E. suscribió los contratos de prestación de servicios N° 1230, N° 0318, N° 0400 y N° 1002 de 2013, con Diego Betancourth Rodríguez, cuyos objetos señalan: “prestar servicios desarrollando actividades como asistente en el área de gerencia del hospital de Yopal E.S.E”. Al respecto, cabe señalar que para la suscripción de los citados contratos, el hospital fijó honorarios mensuales por mayor valor al establecido en los actos administrativos que regían en su oportunidad, por medio de los cuales se estableció el límite máximo de asignación a pagar a las personas que requiera contratar el hospital. Lo anterior, en razón a que la E.S.E. fijó honorarios por valor de $2.200.000, sin embargo, una vez revisada la carpeta contractual, no se encontraron soportes documentales que acrediten formación y experiencia laboral del contratista y los honorarios que se pactaron corresponden a los un profesional, según lo establecido en las resoluciones No. 537 de 2011 y No. 312 de 2012, por tanto, no podía ser contratado por un valor equivalente del nivel profesional, por el contrario los honorarios corresponden a los asignados para nivel Auxiliar. Por lo aquí descrito se concluye, que el Hospital de Yopal - E.S.E., canceló honorarios por mayor valor al que tenía derecho, situación que configura un presunto hallazgo fiscal, como se determina en el cuadro resumen honorarios de prestación de servicios.

María del Pilar Riveros Neita: El Hospital de Yopal, suscribió contrato de prestación de servicios N° 1046 el 1 de agosto de 2013, con María del Pilar Riveros Neita, cuyo objeto indica: “prestar servicios como apoyo en contratación para la oficina jurídica del hospital de Yopal”. Al respecto, cabe señalar que para la suscripción de los citados contratos, el hospital fijó honorarios mensuales por mayor valor al establecido en los actos administrativos que regían en su oportunidad, por medio de los cuales se estableció el límite máximo de asignación a pagar a las personas que requiera contratar el hospital, en razón a que asignó honorarios por $1.390.959. No obstante, revisados los soportes de experiencia del contratista no cumplen con lo estipulado en la resolución No. 312 de 2012, es decir que de acuerdo a su experiencia, debió estipularse los honorarios de auxiliar y no a Técnico Grado 1. Cabe señalar que el perfil establecido en el estudio previo no estaba ajustado a lo señalado en el artículo 5 de la resolución No. 312 de 2012, el cual cita: “(…) NIVEL

TECNICO: Título de formación técnica en el área requerida y dos (2) años de experiencia relacionada…”.

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74

Por lo aquí descrito se concluye, que el Hospital de Yopal - E.S.E., canceló honorarios por mayor valor al que tenía derecho, situación que configura un presunto hallazgo fiscal, como se determina en el cuadro resumen honorarios de prestación de servicios.

Jimmy Alberto Rangel Soto, suscribió los contratos N° 1616 del 01 de agosto de 2012 y 0316 del 1° de enero de 2013, cuyos objetos citan “Prestar servicios profesionales como abogado a la dirección y subgerencias del Hospital de Yopal E.S.E.”. Al respecto, cabe señalar que para la suscripción de los citados contratos, el hospital fijó honorarios mensuales por mayor valor al establecido en los actos administrativos que regían en su oportunidad, por medio de los cuales se estableció el límite máximo de asignación a pagar a las personas que requiera contratar el hospital. Lo anterior, en virtud a que la entidad le fijó honorarios al contratista por valor de $5.112.096 mensuales, que según la resolución N° 312 de junio 13 de 2012 corresponden al nivel Asesor III con dos especializaciones, y debe contar con tres (3) años de experiencia profesional, específica o relacionada. Sin embargo, revisados los soportes anexos de la hoja de vida del contratista, a junio de 2012 acreditó experiencia de tres años y medio, pero no se encontró soporte de los títulos de las dos especializaciones exigidas en la resolución, observándose con ello que no cumplía con los requisitos establecidos en la resolución N° 312 de junio 13 de 2012, para los honorarios asignados. Por lo aquí descrito se concluye, que el Hospital de Yopal - E.S.E., canceló honorarios por mayor valor al que tenía derecho, situación que configura un presunto hallazgo fiscal, como se determina en el cuadro resumen honorarios de prestación de servicios.

Hugo Alberto Muñoz Montoya: El Hospital suscribió los contratos de prestación de servicios N° 0510 y 1246 de 2011; 0042, 0508 de 2012 y 1018 de 2013, con Hugo Alberto Muñoz Montoya, cuyo objeto es “prestar servicios profesionales especializados en el área de salud ocupacional y medio ambiente para el Hospital de Yopal”. Al respecto, cabe señalar que para la suscripción de los citados contratos, el hospital fijó honorarios mensuales por mayor valor al establecido en los actos administrativos que regían en su oportunidad, por medio de los cuales se estableció el límite máximo de asignación a pagar a las personas que requiera contratar el hospital.

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75

Es así que para los contratos No. 510 y 1246 de 2011 fijó honorarios por valor de $4.963.200 mensuales cuando debió corresponder a $3.874.543 conforme lo estipulado en la resolución No. 614 del 31 de diciembre de 2010, profesional especializado. Para los contratos N° 042 y 508 de 2012, le fijaron honorarios por valor de $5.112.096, cuando según lo dispuesto en la resolución No. 537 del 30 de diciembre de 2011 estaba por $3.990.779, y respecto al contrato N° 1018 de 2013, la asignación de honorarios como profesional especializado, según la resolución 312 del 12 de junio de 2012 correspondía a $3.990.779 y no a los honorarios pactados de $5.210.000. Por lo aquí descrito se concluye, que el Hospital de Yopal - E.S.E., canceló honorarios por mayor valor al que tenía derecho, situación que configura un presunto hallazgo fiscal, como se determina en el cuadro resumen honorarios de prestación de servicios.

Conforme a lo anterior, se concluye falencias por parte de la administración y supervisión, razón por la cual se establece un hallazgo administrativo con presunto alcance fiscal en la suma de $73.105.659, por cuanto se fijaron y pagaron honorarios por encima de los topes establecidos en los actos administrativos que rigen para tal asunto, hallazgo que se cuantifica en el cuadro siguiente:

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76

CONTRATO NOMBRE VALOR

CONTRATADO

VALOR SEGÚN

RESOLUCION NORMA DIFERENCIA

CPS N° 0018 del 3 de

enero de 2011Javier Vargas Diaz 4.051.336 2.993.772

Art. 3 resolución N°

614 de 2010 1.057.564

CPS N° 0485 del 01 de

abril de 2011Javier Vargas Diaz 4.051.335 2.993.772

Art. 3 resolución N°

614 de 2010 1.057.563

CPS N° 0014 del 02 de

enero de 2012Javier Vargas Diaz 2.781.918 2.055.722

art. 3 resolución N°

537 de 2011 726.196

CPS N° 0487 de 01 de

marzo de 2012Javier Vargas Diaz 2.781.918 2.055.722

art. 3 resolución N°

537 de 2011 726.196

CPS N° 0885 de 30 de

abril de 2012Javier Vargas Diaz 2.781.918 2.055.722

art. 3 resolución N°

537 de 2011 726.196

CPS N° 1265 de 29 de

Junio de 2012Javier Vargas Diaz 2.781.918 2.055.722

art. 4 resolución N°

312 de 2012 726.196

CPS N° 1678 de 1 de

septiembre de 2012Javier Vargas Diaz 2.781.918 2.055.722

art. 4 resolución N°

312 de 2012 726.196

CPS N° 2087 de 1 de

Noviembre de 2012Javier Vargas Diaz 2.781.918 2.055.722

art. 4 resolución N°

312 de 2012 726.196

CPS N° 0356 de 1 de

enero de 2013Javier Vargas Diaz 1.390.959 1.027.861

art. 4 resolución N°

312 de 2012 363.098

CPS N° 0436 de 1 de

febrero de 2013Javier Vargas Diaz 8.345.754 6.167.166

art. 4 resolución N°

312 de 2012 2.178.588

CPS N° 1005 de 1 de

agosto de 2013Javier Vargas Diaz 6.954.795 5.139.305

art. 4 resolución N°

312 de 2012 1.815.490

CPS N° 0570 de 23 de

abril de 2013

Nidia Mercedes Vargas

Villar 4.936.368 4.172.877

art. 4 resolución N°

312 de 2012 763.491

CPS N° 0985 de 23 de

julio de 2013

Nidia Mercedes Vargas

Villar 8.720.917 7.372.083

art. 4 resolución N°

312 de 2012 1.348.834

CPS N° 1230 de 1 de

Junio de 2013

Diego Betancourth

Rodriguez 15.400.000 7.195.027 art. 3 resolución N°

537 de 2011

8.204.973

CPS N° 0318 de 01 de

enero de 2013

Diego Betancourth

Rodriguez 2.200.000 1.027.861

art. 4 resolución N°

312 de 2012 1.172.139

CPS N° 0400 de 1 de

febrero de 2013

Diego Betancourth

Rodriguez 13.200.000 6.167.166

art. 4 resolución N°

312 de 2012 7.032.834

CPS N° 1002 de 1 de

agosto de 2013

Diego Betancourth

Rodriguez 11.000.000 5.139.305

art. 4 resolución N°

312 de 2012 5.860.695

CPS N° 1046 de 1 de

agosto de 2013

María del PilarRiveros

Nieta 6.954.795 5.139.305

art. 4 resolución N°

312 de 2012 1.815.490

CPS N° 1616 de 1 de

agosto de 2012

Jimmy Alberto Rangel

Soto 25.560.480 19.953.895

art. 4 resolución N°

312 de 2012 5.606.585

CPS N° 0316 de 01 de

enero de 2013

Jimmy Alberto Rangel

Soto 5.112.096 3.990.779

art. 4 resolución N°

312 de 2012 1.121.317

CPS N° 0510 de 1 de

abril de 2011

Hugo Alberto Muñoz

Montoya 14.889.600 11.623.629

Art. 3 resolución N°

614 de 2010 3.265.971

CPS N° 1246 de 1 de

Julio de 2011

Hugo Alberto Muñoz

Montoya 29.779.200 23.247.258

Art. 3 resolución N°

614 de 2010 6.531.942

CPS N° 0042 del 02 de

enero de 2012

Hugo Alberto Muñoz

Montoya 10.224.192 7.981.558

art. 3 resolución N°

537 de 2011 2.242.634

CPS N° 0508 de 1 de

marzo de 2012

Hugo Alberto Muñoz

Montoya 51.120.960 39.907.790

art. 3 resolución N°

537 de 2011 11.213.170

CPS N° 1018 de 1 de

agosto de 2013

Hugo Alberto Muñoz

Montoya 26.050.000 19.953.895

art. 4 resolución N°

312 de 2012 6.096.105

73.105.659 TOTAL PRESUNTO HALLAZGO FISCAL

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No obstante lo anterior, este Ente de Control insta a la entidad para que tome las medidas pertinentes a los actos administrativos por medio de los cuales se estable la asignación de honorarios, de tal forma que se ajusten de acuerdo a los diferentes perfiles y experiencia del personal a contratar por parte del hospital.

Programa de Bienestar Social 3.4.6 La E.S.E., mediante la Resolución No. 151 del 08 de abril de 2011, adoptó el Plan de Bienestar Social, estímulos, incentivos y capacitación. En lo que respecta al Plan de Bienestar Social, durante las tres vigencias se presupuestó la suma de $1.051.760.959, de los cuales se ejecutó $833.364.780, así:

VIGENCIA PROGRAMADO EJECUTADO

BIENESTAR SOCIAL

2011 297.975.659 201.340.100

2012 391.089.909 360.557.760

2013 362.695.391 271.466.920

TOTAL 1.051.760.959 833.364.780

Las actividades programadas en cada uno de los planes de las respectivas vigencias, están soportadas con las encuestas realizadas a los funcionarios sobre la necesidad del plan de bienestar social e incentivos, y con las actas de reunión del comité. Para la vigencia 2011, se programaron 8 actividades, de las cuales se realizó el 50%, no obstante, se adelantaron otras actividades que no estaban programadas como son programas de salud ocupacional y programa de humanización. A continuación, se describe la programación por vigencia.

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En el 2012, se adoptó el Plan de Bienestar Social y capacitación mediante la Resolución No. 132 del 07 de marzo de 2012, de 16 actividades programadas, no se realizaron tres, lo que presenta un incumplimiento del 19%.

DETALLE FECHA EJECUCION SOPORTES

Plan turístico y de recreación II semestre

Salida eje cafetero realizado

en el mes de noviembre, se

dividió en tres grupos (46, 48

y 56 funcionarios)

Contrato No. AVIATUR CASANARE,

registro fotográfico y planillas de asistencia

a cada uno de los eventos. Encuesta a los

funcionarios

Fomentar la práctica deportiva,

mediante el gimnasio, realizar

campeonatos

Vigencia

2011Triatlón

Registro fotográfico, realizando triatlón,

convocatoria para el evento, realizado el 26

de marzo de 2011 en el centro recreativo

MARARAYPara el día del trabajo – actividades

lúdico recreativas de integración

familiar

02 de mayo No se realizo

Actividad cultural recreativa e

integración para empleados y sus

familias

15 de

septiembreNo se realizo

Actividad lúdico recreativas de

integración para los niños

31 de

octubre

Registro fotográfico, se realizó en el

auditorio de ingeniería del Hospital

Salud, ornato y limpiezaI y II

semestreNo se realizo

Programa de cultura y arte, se otorga

uno por nivel jerárquico en el nivel

sobresaliente de su evaluación de

desempeño

II semestre No se hizo

Integración familiar novena de

aguinaldos

16 de

diciembre

Registro fotográfico, cada área realizo la

actividad el apoyo de la empresa fue con el

sonido

DETALLE FECHA EJECUCION SOPORTES

Celebrar al final del mes los

cumpleaños

Toda la

vigencia

Solamente se hizo los

test primero meses,

No hay registro

fotográfico

Programa deportivo Registro fotográfico

Salud y limpieza y ornato 21/03/2012 No se realizo

Entrenamiento en

manualidades y arte18/04/2012 No se realizo

Actividad lúdico recreativa-

día del trabajo01/05/2012 No se realizo

Proyecto prepensionados -Capacitaciones con

ARP

Plan turístico Agosto

Se realizó en

noviembre y diciembre

en cuatro grupos-

personal de planta,

libre nombramiento y

oficiales

Registro fotográfico

–salida a Panamá-

Semana de la salud

ocupacional25/09/2012

Charlas y actividades

pedagógicas

Registro fotográfico,

planillas de asistencia

Integración familia- programa

artístico y cultural29/09/2012

Salida a caño cristal,

tardes de talentoRegistro fotográfico

Actividad niños 31/10/2012

Realizado en las

instalaciones del

hospital

Registro fotográfico

Novena de aguinaldos 16/12/2012Se realizó con las

novenas por áreasRegistro fotográfico

Integración lúdico de la

familia24/12/2012

Se realizó desayuno

con todos los

funcionarios

Registro fotográfico-.

Programa de humanizaciónActividades realizada

en mayoRegistro fotográfico

Asesorías sicológicasActividad realizada en

julio

Registro fotográfico y

planillas de asistencia

Actividades de riesgo

psicosocial

Actividades realizadas

en enero de 2012Planillas de asistencia

Semana de salud

ocupacional

Se hizo control de

peso, nutrición y

control arterial

Registro fotográfico

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Para el 2013, la adopción del plan se hizo mediante la Resolución No. 124 del 19 de marzo de 2013, según este acto administrativo se beneficiaron 184 funcionarios de carrera, oficial y libre nombramiento y remoción.

Revisada la contratación de la entidad, se encontró que por el concepto de bienestar social, durante las tres vigencias, se suscribieron los siguientes contratos:

DETALLE FECHA EJECUCION SOPORTES

Programa deportivo Toda la vigencia

Actividades realizadas en

coordinación con el gimnasio, tres

actividades al año

Registro fotográfico de la realización de

tres eventos

Actividades de orientación

al personal pre

pensionado

Toda la vigencia Charlas con la ARP registro fotográfico

Realización del clima

laboral Toda la vigencia

Jornada sol, salud y

limpieza y ornato17/05/2013 No se realizo

Asesoría sicológica para

los funcionarios y sus

familias

VigenciaPlanillas de asistencia, folletos de

programa de humanización

Plan turístico AgostoSe realizó en diciembre en tres

gruposRegistro fotográfico y planillas

Actividad para los niños 31/10/2013Se realizó en el cinema Casanare-

proyección películaRegistro fotográfico y refrigerio

Novena aguinaldo16 al 24 de

diciembreOrganizada por dependencias Registro fotográfico

Integración lúdica 24/12/2012 Desayuno con todos los funcionariosRegistro fotográfico y planillas de

asistencia

Programa humanizaciónActividad individuales y grupales

realizada en marzo, julio - agosto

Registro fotográfico y planillas de

asistencia

Semana de salud

ocupacionalRealizada en septiembre

Se hizo pruebas de laboratorio,

optometría y examen médico general.-

registro fotográfico y planillas de

asistencia

Numero

ContratoContratista Objeto Valor contrato

67 del

08/11/2011

AVIATUR

S.A.

PRESTAR SERVICIOS PARA EL DESARROLLO DEL

COMPONENTE DE CALIDAD DE VIDA LABORAL

TURISMO DENTRO DEL PROGRAMA DE BIENESTAR

SOCIAL INSTITUCIONAL PARA LA MOTIVACION DEL

DESEMPEÑO EFICAZ Y EL COMPROMISO DE LOS

EMPLEADOS DEL HOSPITAL DE YOPAL ESE

196.162.500

011-007 del

12/01/2011

HERNAN

ANDRES

GARCIA

CRUZ

PRESTAR SERVICIOS REALIZANDO ACTIVIDADES

DENTRO DEL PROGRAMA BIENESTAR SOCIAL

RECREACIÓN Y OCUPACIÓN DEL TIEMPO LIBRE PARA

LOS FUNCIONARIOS DE LA ESE HOSPITAL YOPAL

27.000.000

75 del

30/10/2012

MTR

MERCADEO

TURISTICO

REPRESEN

TACIONES

SAS

PRESTAR SERVICIOS PARA EL DESARROLLO DEL

COMPONENTE DE CALIDAD DE VIDA LABORAL-

TURISMO DENTRO DEL PROGRAMA DE BIENESTAR

SOCIAL INSTITUCIONAL PARA LA MOTIVACIÓN DEL

DESEMPEÑO EFICAZ EL COMPROMISO DE LOS

EMPLEADOS DEL HOSPITAL DE YOPAL ESE

325.337.760

63 del

30/10/2013

DIEGO

ALZATE

GUTIERREZ

PRESTAR EL SERVICIO PARA EL DESARROLLO DEL

COMPONENTE DE PROTECCION Y SERVICIOS

SOCIALES - VACACIONAL DENTRO DEL PROGRAMA DE

BIENESTAR SOCIAL INSTITUCIONAL PARA LA

MOTIVACION DEL DESEMPEÑO EFICAZ Y EL

COMPROMISO DE LOS EMPLEADOS DEL HOSPITAL DE

YOPAL E.S.E

302.499.000

014-060 del

05/12/2013

COMFACAS

ANARE

PRESTAR SERVICOS PARA EL DESARROLLO DEL

COMPONENTE DE PROTECCION Y SERVICIOS

SOCIALES Y CALIDAD DE VIDA LABORAL– RECREATIVO-

CULTURAL-LÚDICO-DEPORTIVO Y DE ESPARCIAMIENTO

DENTRO DEL PROGRAMA DE BIENESTAR SOCIAL

INSTITUCIONAL PARA LA MOTIVACION DEL

DESEMPEÑO

33.650.000

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80

Plan Institucional de Capacitación 3.4.7

Por este concepto, la ESE programó $134. Millones durante el trienio de los cuales ejecutó 86 millones, equivalentes al 64%,

VIGENCIA PROGRAMADO EJECUTADO

CAPACITACION

2011 34.134.174 34.060.000

2012 50.000.000 42.458.000

2013 50.000.000 9.856.592

TOTAL 134.134.174 86.374.592

Mediante la Resolución No. 151 del 08 de abril de 2011, se adoptó el Plan de Bienestar Social, estímulos, incentivos y capacitación, ejecutándose el 66.6% de las actividades programadas.

DETALLE FECHA EJECUCION SOPORTES DETALLE

Curso sistema obligatorio para la

garantía de la calidad (virtual)01/04/2011 1.000.000

Realizado a través del

SENA, desarrollado entre

septiembre y octubre

Planillas de asistencia,

certificación de aprobación

del curso.

Curso atención integral de las

enfermedades prevalentes de la

infancia (presencial, charlas

magistrales, prácticas clínicas)

18/04/2011 9.000.000 No se realizo

Curso seguridad del paciente

(presencial, charlas magistrales,

prácticas clínicas)

18/05/2011 5.000.000

Dictado por funcionario de la

empresa, realizado en el

auditorio principal del

hospital

Planillas de asistencia y

metodología y certificación

de aprobación curso.

Desarrollo humano, comunicación

asertiva, relaciones interpersonales y

autoestima presencial, charlas

magistrales, prácticas clínicas).

21/06/2011 4.000.000Incluido en la ejecución de

bienestar social.

Conociendo y apropiándonos del mapa

de procesos (charlas simulacros, socio

dramas, y socialización en el puesto

de trabajo)

1.800.000

Realizado por funcionario

del hospital en el auditorio

de la entidad

Planillas

Curso instituciones amigas de la

madre y de la infancia (presencial,

charlas magistrales y prácticas

clínicas)

10.000.000 No se realizo

Cultura de la medición (presencial,

charlas talleres)200.000 No se hizo

Revisión de guías de práctica clínica

(charlas magistrales)500.000

Socialización guías y

protocolos de enfermeríaPlanillas de asistencia

Cultura del autocontrol (charlas

magistrales)600.000 Charlas Planillas de asistencia

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81

Adicionalmente se realizaron las siguientes actividades: charlas magistrales de salud, dadas por Dr. Jorge Cortes Luna y Seminario Facturación y Auditoria en Salud (planillas de asistencia).

Para el 2012, su adopción se hizo mediante la resolución No. 132 del 07 de marzo de 2012, del 100% de las actividades programadas, se ejecutó 55.5%.

Otras capacitaciones adicionales que se realizaron, tuvieron que ver con: charlas de Psiquiatría, eventos adversos, cultura de la calidad y excelencia en el servicio – normas de NICGP- Sistema Único de acreditación—registro fotográfico y planillas. Y para el 2013 la adopción del Plan se hizo mediante la Resolución No. 123 del 19 de marzo de 2013.

Capacitación adicional: IAMI, se realizó en el mes de octubre de 2013, con un rally de observación, el cual está debidamente soportado con registro fotográfico y planillas.

DETALLE FECHA EJECUCION SOPORTES DETALLE

Curso sistema obligatorio para la

garantía de la calidad (virtual)15/03/2012 No se hizo

Curso seguridad del paciente

(presencial, charlas magistrales,

prácticas clínicas)

01/04/2012 Virtual

Fortalecimiento talento humano 01/03/2012

Programa de

reconocimientos, se

realizó en marzo

Módulo de las enfermedades

prevalentes18/05/2012 No se hizo

Módulo IAMI Realizado en julio

Modulo cultura de la medición No se hizo

Modulo cultura del autocontrol No se hizo

Humanización del servicioI Y II

semestre

Talleres sobre manejo

estrés, comunicación

asertiva, y otras

Registro

fotográfico y

planillas de

asistencia.

Empoderamiento a los equipos de

autoevaluación al mejoramiento

para la acreditación

DETALLE FECHA EJECUCION SOPORTES

Congreso regional

de actualización

medica

I semestreSe realizó el 24 al 26 de

octubre en la triada

Planillas de asistencia, convocatoria,

folleto,

Programa de

humanizaciónI semestre

Actividades de relaciones y

comunicación asertiva

realizado en caño cristales

febrero, mayo y julio

Planillas de asistencia

Proceso de

inducción y re

inducción

Se cuenta con el manual de

inducción y re inducción

La inducción si se hace, y re inducción

cada dos años, existen planillas de

asistencia. Para la exposición del plan

de desarrollo institucional.

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H28 HD1 Pagos por capacitación Al verificar presupuestalmente la ejecución por concepto de capacitación, se encontró que la entidad pagó a la firma FUNDACION VISION VIDA, la suma de $25.200.000 por concepto de Diplomado Acreditación en salud para nueve (9) profesionales, procedimiento que no se adelantó contractualmente, sino que se hizo a través de las Resoluciones No.436, 437, 438, 439, 440, 441, 442, 443 de 2012; a este respecto, este ente de control considera que no se adelantó el procedimiento correcto para asumir dicho compromiso, por lo que determina que se inobservó los principio de la Función administrativa, por lo cual se configura como un hallazgo administrativo con un presunto alcance disciplinario por inobservancia del numeral 1º del artículo 34 de la Ley 734 de 2002.

3.5 SENTENCIAS JUDICIALES Y ACCIONES CONSTITUCIONALES

De conformidad con la información suministrada por la oficina Jurídica de la empresa y constatando la misma con la reportada al Sistema de Información Hospitalario SIHO, se encontraron 42 proceso vigentes, de los cuales el 50% es del 2012, 31% de 2013 y el 19% de 2011, tal como se muestra en el siguiente cuadro:

ITEM VIGENCIANULIDAD Y RESTABLECIMIENTO

DEL DERECHOREPARACION DIRECTA TOTAL %

1 2011 1 7 8 19%

2 2012 1 20 21 50%

3 2013 0 13 13 31%

2 40 42

5% 95% 100%

TOTAL

%

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De otra parte, el motivo accionante se dio en dos aspectos, el 5% por nulidad y restablecimiento del derecho y el 95% como reparación directa, que según el artículo 140 de la ley 1437 de 2011 lo define como “En los términos del artículo 90 de la

Constitución Política, la persona interesada podrá demandar directamente la reparación del daño antijurídico producido por la acción u omisión de los agentes del Estado.

De conformidad con el inciso anterior, el Estado responderá, entre otras, cuando la causa del daño sea un hecho, una omisión, una operación administrativa o la ocupación temporal o permanente de inmueble por causa de trabajos públicos o por cualquiera otra causa imputable a una entidad pública o a un particular que haya obrado siguiendo una expresa instrucción de la misma. Expresión subrayada declarada Exequible por el cargo examinado, mediante Sentencia de la Corte Constitucional C-644 de 201. Las entidades públicas deberán promover la misma pretensión cuando resulten perjudicadas por la actuación de un particular o de otra entidad pública. En todos los casos en los que en la causación del daño estén involucrados particulares y entidades públicas, en la sentencia se determinará la proporción por la cual debe responder cada una de ellas, teniendo en cuenta la influencia causal del hecho o la omisión en la ocurrencia del daño.

En cuanto al 5% correspondiente a Nulidad y restablecimiento del Derecho como medio para garantizarle los derechos a los ciudadanos, el artículo 138 de la ley 147 de 2011 lo define como: “Toda persona que se crea lesionada en un derecho subjetivo

amparado en una norma jurídica, podrá pedir que se declare la nulidad del acto administrativo particular, expreso o presunto, y se le restablezca el derecho; también podrá solicitar que se le repare el daño. La nulidad procederá por las mismas causales establecidas en el inciso segundo del artículo anterior. Igualmente podrá pretenderse la nulidad del acto administrativo general y pedirse el restablecimiento del derecho directamente violado por este al particular demandante o la reparación del daño causado a dicho particular por el mismo, siempre y cuando la demanda se presente en tiempo, esto es, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a su publicación. Si existe

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un acto intermedio, de ejecución o cumplimiento del acto general, el término anterior se contará a partir de la notificación de aquel.

Pagos por sentencias 3.5.1

Respecto de los pagos por conceptos de sentencias, se verificó la información directamente en la oficina financiera, encontrándose en los registros contables y presupuestales, que la entidad a corte de 30 de abril de 2014 realizó pagos por la suma de $5.536.185.676, así:

A continuación, se detalla los pagos por vigencia, indicando el valor de la condena, intereses, pago, fecha y observaciones.

NULIDAD Y RESTABLECIMIE

NTO DEL DERECHO

5%

REPARACION DIRECTA

95%

SENTENCIAS JUDICIALES

VIGENCIA VALOR CONDENA INTERESES TOTAL A PAGAR VR PAGADO SALDO A PAGAR

2009 612.500.974$ 56.122.773$ 668.623.747$ 668.623.747$ -$

2010 1.182.329.413$ 331.635.533$ 1.513.964.946$ 1.513.964.946$ -$

2011 78.455.000$ 52.803.656$ 131.258.656$ 131.258.656$ -$

2012 413.002.951$ 140.142.346$ 553.145.297$ 431.761.903$ 121.383.394$

2013 1.645.307.024$ 428.848.633$ 2.074.155.657$ 1.878.289.815$ 195.865.842$

2014632.791.212 371.453.000 1.004.244.212 912.286.609 91.957.603

TOTAL 4.564.386.574$ 1.381.005.941$ 5.945.392.515$ 5.536.185.676$ 409.206.839$

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VIGENCIA DEMANDANTE VR CONDENA INTERES PAGOS FECHA cuotas

PLAZO PARA

INICIAR ACCION

DE REPETICION

OBSERVACION

$ 548.107.787 25/02/2009 1er pago

$ 88.033.185 16/09/2009 2do pago

$ 13.000.000 29/12/2009 1er pago

$ 19.482.775 30/12/2009 2do pago

16/09/2011

Comité de Conciliacion

decidio NO iniciar

accion

2009MARIA CRISTINA

SILVA CAVRERA580.018.199$ $ 56.122.773

$ 32.482.775 29/12/2011

Comité de Conciliacion

decidio NO iniciar

accion, NO reporta

pago de intereses

TOTAL PAGADO 668.623.747

2009ORGANIZACIÓN

DETRANSPORTE

MEDICO

VIGENCIA DEMANDANTE VR CONDENA INTERES PAGOS FECHA cuotas

PLAZO PARA

INICIAR ACCION

DE REPETICION

OBSERVACION

17.845.018$ 27/05/2010 1er pago

5.150.001$ 27/05/2010 2do pago

2010MARIA JULIA

ALFONSO

ROMERO682.467.413$ 181.543.965$ 864.011.379$ 21/06/2010 Una 21/06/2012

Comité de Conciliacion

decidio NO iniciar accion

2010JOSE LUIS PEREZ

LOMBANA Y

OTROS228.416.981$ 58.267.746$ 286.684.727$ 05/10/2010 una 05/10/2012

Comité de Conciliacion

decidio NO iniciar accion

2010FLAVIO EDUARDO

BARON MOJICA248.450.000$ 91.823.822$ 340.273.822$ 26/10/2010 Una 26/10/2012

Comité de Conciliacion

decidio NO iniciar accion

TOTAL PAGADO 1.513.964.947

2010CLAUDIA

PATRICIA

CARDENAS PINTO22.995.019$

Comité de Conciliacion

decidio NO iniciar accion,

NO reporta pago de

intereses

VIGENCIA DEMANDANTE VR CONDENA INTERES Cuotas

PLAZO PARA INICIAR

ACCION DE

REPETICION

OBSERVACION

2011

Jhon Henry

Molina

Rodriguez

$ 78.455.000 $ 52.803.656 $ 131.258.656 20/05/2011 una 20/05/2012

Comité de Conciliacion

decidio NO iniciar

accion

PAGOS

TOTAL PAGADO 131.258.656

VIGENCIA DEMANDANTE VR CONDENA INTERES cuotasPLAZO PARA INICIAR

ACCION DE REPETICIONOBSERVACION

2012Aracely Vega

de Anzueta $ 341.761.903 $ 116.105.746 $ 341.761.903 19/04/2012 Dos

Comité de

Conciliacion decidio

NO iniciar accion

No se ha pagado los

intereses por valor de $

116.105.746

$ 54.347.366 23/11/20121er

pago

$ 35.652.634 27/12/20122do

pago

PAGOS

23/12/2014 se esta

en estudio por parte

del comité -

indagando

responsabilidad de

los medicos

No se ha pagado un

saldo de $ 5.277.648 $ 71.241.048

TOTAL PAGADO 431.761.903

2012

Linder Sandro

Mahecha

Fuquene

$ 24.036.600

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De acuerdo a las observaciones en cada una de los pagos, se encuentra que a la fecha de la auditoria está pendiente de pago la suma $409.206.839.

H29 HD2 HF3 Acciones de Repetición

Como quiera que se realizaron pagos a terceros por las diferentes sentencias, se procedió a verificar si la entidad adelantó acciones de repetición, encontrándose que el Hospital no inició acciones de repetición de las sentencias cuyos pagos se efectuaron hasta el 19 de abril de 2012, decisión tomada por el Comité de Conciliaciones. Cabe señalar que el tiempo para interponer la acción de repetición para estas sentencias prescribió de conformidad a lo señalado en el artículo 11 de la Ley 678 de 2001.

No. DEMANDANTE INTERES cuotasPLAZO PARA

INICIAR ACCION DE

REPETICION

OBSERVACION

2013Engelberto

Acosta 438.554.409$ 79.564.903$ 518.119.312$ 12/02/2015

En estudio por parte de la

oficina juridica

2013Encarnacion

Perez Y Otros255.647.259$ 107.157.580$ 255.647.259$

12/08/2015

No se ha pagado los intereses

por valor de $ 107.157.580 y

por otra parte esta en estudio

por parte de la oficina juridica

2013Vicente Cely

Arias

89.121.500$ 34.382.867$ 112.043.412$

06/09/2015

No se ha pagado los intereses

por valor de $ 11.460.955 y por

otra parte esta en estudio por

parte de la oficina juridica

84.000.000$ 28/12/2012 1er pago

56.000.000$ 19/03/2013 2do pago

2013Lizardo Torres

Sarmiento 93.505.500$ 93.505.500$ 26/07/2015 En estudio por parte de la

oficina juridica

57.243.606$ 06/02/2013 1er pago

57.243.606$ 08/03/2013 2do pago

2013

Maria Isnely

Otalora

Rodriguez518.107.720$ 180.542.000$ 644.487.120$ 04/10/2013

04/10/2015

No se ha pagado los intereses

por valor de $ 54.162.600 y por

otra parte esta en estudio por

parte de la oficina juridica

TOTAL PAGADO 1.878.289.815

25.141.116$

Hector Eduardo

Pacheco Perez 2013

2013 08/03/2015

No se ha pagado los intereses

por valor de $ 4.354.591 y por

otra parte esta en estudio por

parte de la oficina juridica

19/03/2015

No se ha pagado los intereses

por valor de $ 18.730.116 y por

otra parte esta en estudio por

parte de la oficina juridica

06/09/2013

26/07/2013

Maria Lucero

Torres Rojas Y

Otros2.060.167$

$ 133.589.000

116.781.636$

12/08/2013

12/02/2013

PAGOS

No. DEMANDANTE VR CONDENA INTERES Cuotas

PLAZO PARA

INICIAR ACCION

DE REPETICION

OBSERVACION

2014Roy David

Suerez282.210.150 173.762.000 456.427.150 17/03/2014 Una 17/03/2016

El Hospital pago $455.000

demas y por otra parte la

R.D esta en estudio por

parte de la oficina juridica

2014

Maria Cleofe

Otalora

Rodriguez

192.678.000 80.661.000 192.678.000 28/01/2014 Una 28/01/2016

No se ha pagado los intereses

por valor de $ 80.661.000 y por

otra parte esta en estudio por

parte de la oficina juridica

2014

Marixa

Esmeralda

Motavita

81.038.100 44.672.000 125.710.100 21/03/2014 Una 21/03/2016En estudio por parte de la

oficina juridica

2014Jairo Morales

Villabona64.320.450 28.729.000 77.730.894 18/03/2014 Una 18/03/2016

No se ha pagado los intereses

por valor de $ 15.318.556 y por

otra parte esta en estudio por

parte de la oficina juridica

2014Claudia Patricia

Cardenas Pinto12.544.512 43.629.000 59.740.465 23/04/2014 Una 23/04/2016

El Hospital pago $

3.566.953 demas y por

otra parte la R.D esta en

estudio por parte de la

oficina juridica

TOTAL PAGADO 912.286.609

PAGO

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Conforme a lo anterior, se observa falencias administrativas frente a las decisiones tomadas por el Comité y avaladas por la Gerencia, dado que no se adelantó gestión alguna para la recuperación de dichos recursos. En consecuencia, este ente de control configura un hallazgo administrativo con presunto alcance disciplinario y un fiscal por la suma de $1.897.392.048 que corresponde a los pagos efectuados sin haberse efectuado la acción de repetición respectiva, como se describe a continuación:

Acciones Constitucionales 3.5.2

En el presente análisis se refleja las acciones constitucionales en las que hace parte el Hospital correspondientes a las vigencias 2012, 2013 y hasta el 30 de abril de 2014; con respecto al 2011, no se incluye dado que la entidad no cuenta con una base de datos que permita identificar dicha información. Seguidamente, se describen las acciones constitucionales por los diferentes motivos que se interpusieron.

VIGENCIA DEMANDANTEVALOR

CONDENAINTERES PAGOS FECHA CUOTAS

PLAZO PARA

INICIAR

ACCION DE

REPETICION

OBSERVACION

$ 548.107.787 25/02/2009 1er pago

$ 88.033.185 16/09/2009 2do pago

$ 13.000.000 29/12/2009 1er pago

$ 19.482.775 30/12/2009 2do pago

668.623.747

17.845.018$ 27/05/2010 1er pago

5.150.001$ 27/05/2010 2do pago

2010

MARIA JULIA

ALFONSO

ROMERO

682.467.413$ 181.543.965$ 864.011.379$ 21/06/2010 Una 21/06/2012Comité de Conciliacion

decidio NO iniciar accion

887.006.398

2012ARACELY VEGA

DE ANZUETA $ 341.761.903 $ 116.105.746 $ 341.761.903 19/04/2012 Dos

Comité de

Conciliacion

decidio NO

iniciar accion

No se ha pagado los

intereses por valor de $

116.105.746

341.761.903

$ 1.897.392.048

Comité de Conciliacion

decidio NO iniciar

accion, NO reporta pago

de intereses

TOTAL PAGADO

TOTAL PAGADO

TOTAL PAGADO SENTENCIAS JUDICIALES

TOTAL PAGADO

2010

CLAUDIA

PATRICIA

CARDENAS

PINTO

22.995.019$

2009

ORGANIZACIÓN

DETRANSPORTE

MEDICO

$ 32.482.775 29/12/2011

Comité de Conciliacion

decidio NO iniciar

accion, NO reporta pago

de intereses

2009MARIA CRISTINA

SILVA CAVRERA580.018.199$ $ 56.122.773 16/09/2011

Comité de Conciliacion

decidio NO iniciar accion

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Se observa que el 27% de las tutelas fueron declaradas improcedentes; por desvinculación del Hospital del proceso y atención médica el 14% en cada una y un 12% se dio como un hecho superado. Así mismo, de las 147 tutelas el 14% correspondió a atención médica, otorgándose el amparo constitucional de recibir la misma en menos de 48 horas, el 12% ordeno la práctica de procedimiento y el 3% se les concedió el derecho para que se le asignara una cita médica. Se observa que gran parte de las acciones constitucionales obedecen a falencias en la prestación de los servicios de salud, en este sentido se insta a la entidad

DESCRIPCION 2012 2013 2014 TOTAL %

Atencion Medica 9 9 3 21 14%

Atencion Quirurgica 5 6 2 13 9%

Cita Medica 4 4 3%

Expediente Perdido 4 8 2 14 10%

Hecho Superado 6 8 4 18 12%

Historia Clinica 4 4 3%

Improcedente 6 25 9 40 27%

Desacato 3 1 4 3%

Laboral 1 1 2 1%

Muerte Paciente 2 2 1%

Desvinculacion 4 14 3 21 14%

Devolucion Copago 1 1 1%

Traslado Paciente 3 3 2%

TOTAL 51 73 23 147 100%

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para que se adopten medidas tendientes a la adecuada prestación de servicios de salud a los usuarios. H30 Perdida de documentos

De acuerdo a la información suministrada por el Hospital de Yopal, se observó que 14 expedientes se encuentran extraviados, de lo cual no se evidenció si la entidad inició las acciones disciplinarias internas; en consecuencia, se configura un hallazgo administrativo, a fin de que se tomen correcciones al respecto.

3.6 GESTION DE ARCHIVO

A efectos de evaluar la gestión de archivo, se determinaron unos puntos a verificar de acuerdo con los componentes relacionados a continuación, cuyos resultados y sus respectivas observaciones se presentan en las siguientes tablas:

Instancias Administrativas

En este componente se concluye que el Hospital de Yopal E.S.E tiene creadas mediante Acto Administrativo las instancias administrativas responsables de la operación de la gestión de archivo de la entidad, en lo que respecta al manejo de historias clínicas, sin tenerse en cuenta el archivo administrativo (procesos contractuales y personal entre otros), así mismo se creó el Comité de Historias Clínicas el cual opera normalmente.

ARCHIVO, COMITÉ ARCHIVO Y

PERSONAL ASIGNADOSI NO OBSERVACIONES

Cuenta la Entidad con una unidad

administrativa responsable del manejo

de archivo.

X

El grupo de personal que está a cargo de

esta actividad, en el clínico 11 y en el

documental 5

Esta creada la unidad administrativa

de archivo mediante acto

administrativo.

 x

Existe un responsable del archivo  xSe cuenta con tres funcionarios de planta, los

demás son de contrato.

Existe acto administrativo de las

personas que fueron delegadas para la

función archivística

Funcionario de carrera administrativa- técnico

administrativo grado 8 código 367 , su

comunicación se hizo mediante oficio del 19

de septiembre de 2008, en el manual de

funciones se determina esta actividad,

El personal asignado al archivo tiene

formación académica en esta área.

El archivo clínico, tiene manejo de

información diferente por las implicaciones

que tiene.

Existe un comité de archivo legalizado

mediante acto administrativo, como

Grupo asesor de la alta dirección

responsable de definir políticas,

programas de trabajo y de la toma de

decisiones, de acuerdo al artículo 19

del Reglamento General de Archivo.

x

Existe comité de historias clínicas, el cual

está conformado por jefe unidad de apoyo

científico, asesor jurídico, jefe de

estadística, auditor médico, jefe laboratorio

clínico, unidad de servicios ambulatorios,

cirugía e internación. Subgerente

prestación de servicios, , medico

epidemiólogo

Existe el acto administrativo por el

cual se creó dicho comité.x

Resolución 261 del 15 de junio de 2004,

posteriormente se emitió la res. 220 del 03

de mayo de 20155 el cual reactiva el comité

Se reúne el comité de archivo al año.  xEsto aplica para el archivo de historias

clínicas

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Tablas de retención documental

Respecto de las tablas de retención documental, estas se encuentran establecidas formalmente. Se pudo observar en la revisión a cada hoja de vida, que la información esta archivada individualmente y son manejadas directamente por la oficina de Talento Humano de la Empresa y en algunos casos carecen de información respecto a novedades de personal.

Archivo de Gestión Central

TABLAS DE RETENCIÓN DOCUMENTAL SI NO OBSERVACIONES

Existen en la entidad Tablas de Retención

Documental, según articulo 24 ley 594 de

2000.

x

Las tablas de retención documental se

encuentran en la intranet o en un archivo

compartido para la consulta.

x

Se encuentran en el mapa de procesos, sin

embargo al consultar la página no se pudo

constatar de las mismas, según la funcionaria

responsable, manifiesta que debido a los

ajustes en los sistemas de información.

Aplican las tablas de retención documental

de forma adecuada y organizada.x

Se ha dado capacitación acerca de la

aplicación de las tablas de retención

documental a los funcionarios de la Entidad.

xEn el 2010 se hizo capacitación a cada una de

las áreas productoras de información.

Se le ha dado aplicación a la circular 04 de

2003 del Archivo General Nación y

Departamento Administración de la Función

Pública, acerca de las historias laborales.

X Se verifico en cada hoja de vida

Las historias laborales se encuentran

archivadas en la dependencia de recursos

humanos.

x

Los documentos de cada historia laboral

estén colocados en unidades de

conservación (carpetas) individuales.

x

ARCHIVOS DE GESTIÓN Y CENTRAL SI NO OBSERVACIONES

En la Entidad, se tiene en cuenta el ciclo

vital del documento, los cuales se clasifican

como: Archivo de Gestión, Archivo Central y

Archivo Histórico, según el artículo 23 ley

594 de 2000.

xSe aplica tanto para historias como para

gestión documental

Las dependencias de la entidad cuentan con

archivos de gestión.x

El archivo de gestión se encuentra en un

lugar centralizado.x

En cada oficina se maneja pero la

mayoría tiene un promedio de dos años,

y depende lo establecido en la tabla de

retención

La entidad tiene un archivo central. xSe encuentra en las instalaciones del

Hospital nuevo.

El archivo central se encuentra en un lugar

centralizado.x

Existe una sola área, la cual recibe

todos los documentos que le dan en

transferencia las diferentes áreas.

Los archivos reúnen los requisitos mínimos y

condiciones técnico-ambientales de

ubicación, estructural, almacenamiento,

estantería, entre otras, según el acuerdo 049

de 2000 del Archivo General de la Nación.

x

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Cada dependencia maneja su propio archivo de gestión, no obstante se dio inicio al proceso de transferencias de la información contractual que haya cumplido los dos años y es transferida al archivo central. En cuanto a las historias clínicas, se cuenta con un espacio exclusivo para el manejo y custodia de las mismas, el cual cumple con los requisitos mínimos y condiciones técnico- ambientales, de conformidad con el acuerdo 049 de 2000. Gestión Documental

En lo que respecta al archivo de gestión, no se encuentra centralizado, sino que en cada una dependencias se maneja el mismo.

Del anterior cuadro de evaluación, se concluye la inexistencia de procedimientos en relación con la gestión documental, archivística y Fondos Documentales.

GESTIÓN DOCUMENTAL, FUNCIÓN ARCHIVISTICA Y BASE DE

DATOS SI NO OBSERVACIONES

Existe un programa de Gestión Documental definido, según el articulo 21 ley

594 de 2000.x

actualmente se esta en el proceso de

capacitación para implementar el programa

ORFEO, de la Superintendencia de Servicios

públicos, el cual comprende correspondencia y

gestión documental.

Existe una base de datos o software para la identificación de los documentos

que reposan en los archivos.x

Las instalaciones o locales destinados para archivos, cumplen con las

condiciones de almacenamiento, medio ambiental, de seguridad y de

mantenimiento.

x

es un espacio muy reducido para el

almacenamiento de la información y solamente

se cuenta con una persona para este proceso

Las carpetas o expedientes tienen instrumento de control de ingreso de

información.x

Las carpetas o expedientes se encuentran identificadas, según acuerdo 042

del 2002 del Archivo General de la Nación.x

Los documentos se encuentran debidamente legados en carpetas. x

Los documentos se encuentran debidamente foliados, orden consecutivo y

cronologico.x Estan en proceso de ordenacion y foliacion

Los anexos (CDS, DVDS, disquetes, entre otros) se encuentran debidamente

identificados y referenciados.x

Diligencian correctamente el formato único de inventario documental. xel formato se denomina transferencia

documental

Las unidades de conservación (cajas) están bien identificadas. x

Las unidades de conservación dentro de los archivos se encuentran

debidamente organizadas y ordenadas.x

Existen Fondos Acumulados. x

Se ha clasificado, ordenado, depurado, almacenado y valorado los fondos

acumulados.x

Existe levantamiento de inventario documental de los fondo acumulados. x

Existen en la Entidad Tablas de Valoración Documental para los fondos

acumulados.x

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No existen procedimientos respecto de transferencias documentales, eliminación de documentos, recibo y entrega de documentos en caso de las novedades de personal, lineamientos para archivos electrónicos, no obstante, se observa que se lleva control de salida y entrada de documentos a esa área, sin que éstos hayan sido formulados y adoptados por la entidad. Correspondencia

PROCEDIMIENTOS GESTIÓN DOCUMENTAL SI NO OBSERVACIONES

Existen procedimientos de eliminación de documentos. x

Existen procedimientos de la entrega y recibo de documentos y archivos por

novedades de personal, según el artículo 15 de la Ley 594 de 2000.x No existe el procedimiento documentado

Existen procedimientos de elaboración y entrega del inventario documental

anual, articulo 26 Ley 594 de 2000.X

Existen procedimientos de transferencias documentales anuales. x x Actividad desarrollada en Talento Humano

Las transferencias documentales se realizaron de conformidad con los

tiempos establecidos en la Tabla de Retención Documental de la Entidad.x

Se realizan y entregan a la Dirección Administrativa de archivo informes de

gestión documental periodico e inventario anual documental.x

solamente la informacion que se referencia en

el informe de gestion

Se analiza, procesa y realiza seguimiento a la información entregada como

informe de gestión documental e inventario anual documental de la entidad.x

Cuando se realizan las novedades de personal (traslados, retiro por jubilación,

cambio de funciones) de los servidores públicos incluidos los contratistas,

pasantes, practicantes y judicantes, entregan los documentos a su cargo,

mediante acta y el formato único de inventario documental.

x

Se expide el certificado o paz y salvo documental. x

Existen lineamientos para los archivos electrónicos y/o mensajes de datos. x

Los archivos electrónicos y/o mensajes de datos se encuentran

centralizados en un computador o servidor.x

Los archivos electrónicos y/o mensajes de datos se les realizan los backups

o copia de seguridad permanentemente.x

si realizan esta actividad pero no se encuentra

documentado el procedimiento

Han realizado microfilmación y/o digitalización de documentos. Xestan en proceso de escaneado de los

documentos

CORRESPONDENCIA SI NO OBSERVACIONES

Cuenta la Entidad con una unidad administrativa

responsable del manejo de la correspondencia.x

No como unidad Administrativa, el área de

gestión documental depende de la

Subgerencia Administrativa y Financiera

Centralizan el envío de las comunicaciones

oficiales recibidas y enviadas en una unidad de

correspondencia, conforme al acuerdo 060 de

2001 del Archivo General de la Nación.

x

Se centraliza la correspondencia recibida y

enviada, no existen procedimientos

documentados

Existen los libros radicadores de la

correspondencia y se encuentran debidamente

diligenciados.

x

se encuentra sistematizado y

adicionalmente se lleva una planilla de

registro

Existe la trazabilidad de los documentos en los

libros radicadores de correspondencia.x

El horario de atención al público se encuentra en

un lugar visible.x Están publicados en cartelera a la entrada

En los libros las comunicaciones oficiales o en el

sistema de correspondencia radican el ingreso y

salida de los documentos entregados a través de

documento físico y mensajes de datos (correo

electrónico, fax, entre otras).

x si todo lo llevan sistematizado

Existe convenio interadministrativo entre la

entidad con una empresa de correspondencia.x

Actualmente prestan el servicio de

correspondencia dos empresas: Inter

rapidísimo y 472.

Existe mecanismo de control para el envío de las

comunicaciones oficiales.x planillas y guías de envío

Existe una directriz acerca de que cargos son los

responsables para la firma de las Comunicaciones

oficiales.

xExiste en las tablas de retención determina

a los directores

Los cargos responsables de la firma de las

comunicaciones oficiales se encuentran

relacionados dentro del sistema de

correspondencia.

xEl responsable de cada dependencia firma

el documento.

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Referente al manejo de correspondencia, la entidad no cuenta con procedimientos estandarizados para el control de correspondencia, que permita establecer su trazabilidad. Gestión de archivo Si bien es cierto que en la visita de auditoria se observó que la entidad se encuentra en proceso de organización documental en las carpetas y cajas reglamentarias, en términos generales, en los procesos revisados, específicamente en contratación y documentos legales, se evidenció falencias de medidas de archivo, en tanto que los documentos se encontraron archivados en algunos casos sin secuencia cronológica y sin foliar, razón por la cual se establece un hallazgo administrativo, a fin de que la entidad establezca acciones de mejora, observación que se adiciona a la denominada H23 Gestión de Archivo, por tratarse de similar situación.

3.7 PROCESO DE ALMACEN E INVENTARIOS H31 Manejo de Almacén y conservación de Inventarios

De acuerdo a pruebas de auditoría practicadas por el equipo auditor al área de Almacén, se determinaron los siguientes aspectos:

Se observó, que el Hospital cuenta con tres (3) bodegas así: tiene una bodega de inservibles, bodega de bienes de consumo, bodega de médico quirúrgico, donde se lleva un control y seguimiento a los elementos objeto de pérdida.

No se tiene establecido un sistema de almacenamiento y conservación de los estudios y diseños contratados por el Hospital, estos son trasladados a las dependencias según su objeto.

Se tiene establecido un comité de baja de inservibles para el remate de los elementos obsoletos, no obstante en el periodo auditado no se adelantó ningún procedimiento respecto de este asunto.

La E.S.E., se encuentra en proceso de actualización de los inventarios. De acuerdo a lo expuesto anteriormente, se configura un hallazgo administrativo a fin de que se tome las medidas pertinentes que conlleven al mejor desempeño y funcionalidad en los procesos para el manejo de Almacén y conservación de sus Inventarios.

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H32 HF4 Medicamentos Vencidos

Mediante actas suscritas y firmadas por funcionarios responsables de los procesos de almacén y administrativos, se encontró que desde la vigencia de 2010 a 31 de diciembre de 2013 la E.S.E. registra vencimiento de medicamentos por $173.276.505 y material médico quirúrgico por $40.477.677 para un total de $213.754.172, situación que evidencia una deficiente gestión administrativa, traducida en una ineficaz, ineficiente e inoportuna gestión fiscal, por lo que la entidad no adelantó los procedimientos pertinentes al cambio de los productos por otros de mayor rotación hospitalaria, razón por la cual este ente de control configura un hallazgo administrativo con presunto alcance fiscal por la suma de $213.754.172. En el siguiente cuadro, se registra la información al respecto.

VIGENCIA MEDICAMENTOS MATERIAL MQX TOTAL

2010 3.662.784 9.119.774 12.782.559

2011 121.477.374 9.161.164 130.638.537

2012 5.515.691,20 21.337.356,00 26.853.047

2013 42.620.655,98 859.372,56 43.480.029

SUBTOTAL 173.276.505,03 40.477.666,70 213.754.171,73

01 DE ENERO A MARZO 31 DE

2014 224.014.777 224.014.777

TOTAL

397.291.282

40.477.667

437.768.949

Respecto al vencimiento de 2014 cuyo monto ascendió a la suma de $224.014.777 este corresponde al producto denominado OSELTAMIVIR 75 mg, que fue entregado en calidad de donación por la Secretaria Departamental de Salud a la ESE Hospital de Yopal, para el manejo de la influenza AH1N1/09, los cuales fueron enviados por el Ministerio de la Protección Social para atender los casos que se pudieran presentar en la pandemia. Según información verbal entregada por epidemiología de la Secretaria de Salud, los medicamentos no utilizados a la fecha de vencimiento se deben desnaturalizar es decir dar de baja, por cuanto no se podía devolver porque estaba a la espera si se presentaban o no casos de AH1N1/09.

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3.8 FIDUCIA

Según certificación expedida por el Hospital de Yopal y de conformidad con la información reportada en el SIA, el Hospital de Yopal E.S.E, no manejo recursos propios, ni tramito anticipos de contratos a través de Fiducias.

3.9 PASIVOS PENSIONALES

La oficina de Talento Humano, expidió certificación de la inexistencia de compromisos del Hospital por concepto de pasivo pensional, información que se corroboró en el aplicativo SIHO del Ministerio de Salud, encontrándose que efectivamente la ESE no asume pagos por este concepto.

3.10 VIGENCIAS FUTURAS

De conformidad con la información aportada y con la revisada en el aplicativo del SIA, el Hospital de Yopal E.S.E, no tramitó procedimientos para vigencias futuras.

3.11 GESTION CONTRACTUAL Según el reporte de la información contractual en la plataforma SIA, durante las vigencias auditadas el Hospital de Yopal ESE suscribió 5.964 contratos por valor de $146.779 millones, por la modalidad de Contratación Directa de acuerdo al Manual de Contratación de la entidad, de los cuales 4.541 corresponden a prestación de servicios asistenciales por $61.332 millones; 1123 a prestación de servicios administrativos y otros por $36.004 millones; a suministro por $39.626 millones, 22 a mantenimiento por $3.132 millones, 6 de obra por $9.055 millones,

No.

CtosValor

No.

CtosValor

No.

CtosValor

No.

CtosValor

No.

CtosValor

No.

CtosValor

No.

CtosValor

No.

CtosValor

No.

CtosValor

PRESTACION DE

SERVICIOS DE

SALUD 1896 17.881.085.423 409 3.641.241.390 1711 22.213.145.291 405 6.790.974.297 934 21.238.119.694 225 9.085.842.523 4541 61.332.350.408 1039 19.518.058.210

PRESTACION DE

SERVICIOS -

PROCESOS

ADMINISTRATIVOS

Y OTROS 3 48.400.000 266 11.284.082.046 16 5.697.617.693 531 13.055.970.456 11 5.567.271.160 326 11.664.402.234 10 5.167.727.998 1123 36.004.454.736 40 16.481.016.851

SUMINISTROS Y

COMPRAVENTA 1 32.100.000 103 12.233.048.386 11 3.765.043.751 103 13.244.057.324 7 1.798.543.600 61 14.148.845.658 11 5.716.225.594 267 39.625.951.368 30 11.311.912.945

MANTENIMIENTO

HOSPITALARIO 5 213.534.311 4 760.000.000 9 262.062.886 3 400.000.000 8 2.656.503.573 5 5.185.404.668 22 3.132.100.770 12 6.345.404.668

OBRAS 2 7.557.908.302 2 7.557.908.302 3 1.381.236.432 3 1.381.236.432 1 116.074.986 6 9.055.219.720 5 8.939.144.734

INTERVENTORIA 1 59.977.956 1 591.098.947 1 591.098.947 1 591.098.947 2 651.076.903

ARRENDAMIENTO 3 36.235.992 0 - 1 1.300.000 4 37.535.992 0 -

TOTAL 4 80.500.000 2272 49.169.658.468 442 21.421.811.136 2360 50.192.708.381 430 15.998.003.445 1332 50.416.345.092 252 25.746.299.730 5964 149.778.711.941 1128 63.246.614.311

TOTAL

CONTRATOS

AUDITADOS

CONTRATOS

SUSCRITOS

CONTRATOS

AUDITADOS

CONTRATOS

SUSCRITOSCLASE DE

CONTRATO

2010 2011 2012 2013

CONTRATOS

AUDITADOS

CONTRATOS

SUSCRITOS

CONTRATOS

AUDITADOS

CONTRATOS

SUSCRITOS

CONTRATOS

AUDITADOS

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4 de arrendamiento por $37 millones y 1 de interventoría por $591millones.

Para efectos de evaluar la contratación ejecutada por la entidad, para las tres vigencias, se tomó una muestra de 91 hojas de vida de prestación de servicios, en las cuales estaban contenidos 1024 contratos por este concepto, por la suma de $15.234.462.593, 83 contratos solicitados inicialmente por $45.286.2963.626, adicionalmente en el transcurso de la visita de campo, se revisaron 18 contratos por $2.155.855.173 para un total de $62.676.614.392.

Con el fin de establecer si los procedimientos contractuales se realizaron conforme a lo señalado en la ley, se tiene en cuenta el Acuerdo 078 del 22 de diciembre de 2008, que adopta el estatuto interno de contratación del Hospital de Yopal E.S.E., y el cual aplicó hasta el 31 de diciembre de 2013. Cabe señalar que dicho documento carece de aspectos fundamentales que evidencien el cumplimiento de los principios de las actuaciones contractuales, por lo que se señala los siguientes contenidos: El artículo 38 del Estatuto Interno de Contratación determinó: “…con el fin de

garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en los contratos que celebre la Empresa, los contratista en los respectivos contratos, deberán constituir una póliza única de garantía a favor de La Empresa, la cual se mantendrá vigente durante la ejecución y liquidación del contrato y se ajustará a los límites, existencia y extensión del riesgo amparado; de acuerdo a su naturaleza, en cada contrato se exigirán las pólizas en los porcentajes y extensiones que garanticen los eventuales riesgos a la Empresa.

Artículo 39: “…Todos los contratos que se celebren con la Empresa, podrán iniciar su ejecución cuando se acredite el cumplimiento total de los siguientes requisitos: a.-) Suscripción del contrato. b.-) El registro presupuestal del contrato. y/o c.-) Acta de inicio”.

Artículo 40: “…Todos los contratos que se celebren con La Empresa, se entenderán

legalizados cuando se acredite el cumplimiento total de los siguientes requisitos: a.-) La aprobación de las garantías, previa verificación de su otorgamiento en las condiciones exigidas en el contrato, b.-) Cumplimiento de las demás establecidas en el contrato por su naturaleza, c.) La publicación del contrato en la gaceta municipal o

departamental. d.-) Recibo de pago de impuestos y estampilla…”.

Parágrafo segundo: “… El contratista deberá legalizar el contrato y aportar los

respectivos soportes, dentro del mes siguiente a suscribir el contrato, so pena de

incurrir en causal de incumplimiento y darse por terminado el mismo”.

Artículo 41: “Deberán publicarse en el diario único de contratación pública o en la

gaceta departamental, los contratos que celebre el Hospital de Yopal E.S.E. y que su

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valor sea igual o superior al 10% de la menor cuantía establecida para el

Departamento de Casanare”.

Es necesario citar los anteriores artículos, por cuanto bajo esas circunstancias el Hospital de Yopal adelantó procesos contractuales desde diciembre de 2008, sin que se haya evaluado y ajustado dicho documento de tal manera que garantizara procedimientos transparentes y selección objetiva de los contratistas; solo hasta el 9 de diciembre de 2013 el Hospital emitió el Acuerdo No. 095 por medio de la cual se adopta el Manual único de Contratación, ajustado mediante el Acuerdo No. 99 del 03 de junio de 2014 en cumplimiento de la resolución No. 5185 del 04 de diciembre de 2013 emitida por el Ministerio de la Protección Social que fija los lineamientos para que las Empresas Sociales del Estado adopten el estatuto de contratación que regirá su actividad contractual.

Para efectos del análisis contractual, se realizó con fundamento en el Acuerdo 078 de 2008, el cual regia para ese entonces así:

CONTRATO Nº: 007/27 DE ENERO DE 2011

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO: PRESTACION DE SERVICIOS DE GESTION COMERCIAL Y AUDITORIA DE CUENTAS MEDICAS, PROCESOS JUDICIALES (HISTORIAS CLINICAS), Y CALIDAD CONCURRENTE PARA EL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

CONTRATISTA: ALMA SALUD LTDA

VALOR: $486.650.000

PLAZO: NUEVE (9) MESES

CONTRATO Nº: 063/3 DE OCTUBRE DE 2011

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

PRESTAR LOS SERVICIOS DE GESTION COMERCIAL Y PROCESOS JUDICIALES Y CONCILIACIONES PREJUDICIALES Y AUDITORIA DE HISTORIAS CLINICAS POR QUEJAS PARA EL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

CONTRATISTA: ALMA SALUD LTDA

VALOR: $165.903.000

PLAZO: TRES (3) MESES

CONTRATO Nº: 003/6 DE ENERO DE 2012

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

PRESTAR LOS SERVICIOS DE GESTION COMERCIAL, AUDITORIA EN CUENTAS MEDICAS, ESTUDIO TECNICO A PROCESOS JUDICIALES, CONCILIACIONES PREJUDICIALES Y AUDITORIA DE HISTORIAS CLINICAS POR QUEJAS PARA EL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

CONTRATISTA: ALMA SALUD LTDA

VALOR: $383.601.200

PLAZO: SEIS (6) MESES

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CONTRATO Nº: 065/3 DE JULIO DE 2012

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

PRESTAR LOS SERVICIOS DE GESTION COMERCIAL, AUDITORIA DE CUENTAS MEDICAS, ESTUDIO TECNICO A PROCESOS JUDICIALES, CONCILIACIONES PREJUDICIALES Y AUDITORIA DE HISTORIAS CLINICAS POR QUEJAS PARA EL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

CONTRATISTA: ALMA SALUD LTDA

VALOR: $390.601.200

PLAZO: SEIS (6) MESES

CONTRATO Nº: 014 DE 04 DE ENERO DE 2013

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

PRESTAR LOS SERVICIOS DE AUDITORIA DE CUENTAS MÉDICAS, AUDITORIA D CONCURRENTE, CONCEPTO MEDICO DE LOS PROCESOS JUDICIALES Y PREJUDICIALES POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD, AUDITORIA DE HISTORIAS CLINICAS POR QUEJA PARA EL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

CONTRATISTA: ALMA SALUD LTDA

VALOR: $390.601.200

PLAZO: SEIS (6) MESES

CONTRATO Nº: 0967/5 DE JULIO DE 2013

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

PRESTAR LOS SERVICIOS DE AUDITORIA DE CUENTAS MEDICAS, AUDITORIA CONCURRENTE, CONCEPTO MEDICO DE LOS PROCESOS JUDICIALES Y PREJUDICIALES POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD, AUDITORIA DE HISTORIAS CLINICAS POR QUEJAS EN CONTRA DEL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E

CONTRATISTA: ALMA SALUD LTDA

VALOR: $386.261.185

PLAZO: SEIS (6) MESES

OBSERVACIONES

H33 HD3 Celebración de Contratos incurso de inhabilidades

Revisados los documentos que forman parte del contrato N°007 del 27 de enero de 2011, se observó que según Certificado de Cámara de Comercio en el cual señala que la última renovación fue del 25 de marzo de 2010, relaciona como socios de la empresa contratista con igual número de aportes a María Fernanda Jiménez Leal (Gerente) y Alfredo de Jesús Márquez Villarreal (Subgerente).

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Al respecto, este Ente de Control señala, que dentro del boletín de responsables fiscales el Señor Alfredo de Jesús Márquez Villarreal figura como responsable fiscal, quien actúa como Subgerente de la empresa contratista para la época de la suscripción del contrato, lo que indica que la entidad celebró contrato de prestación de servicios con la empresa ALMA SALUD LTDA., aun cuando uno de los socios se encuentra reportado en el Boletín de Responsables Fiscales, contraviniendo lo contenido en el artículo 60 de la Ley 610 de 2000 que cita:

“La Contraloría General de la República publicará con periodicidad trimestral un boletín que contendrá los nombres de las personas naturales o jurídicas a quienes se les haya dictado fallo con responsabilidad fiscal en firme y ejecutoriado y no hayan satisfecho la obligación contenida en él.

Para efecto de lo anterior, las Contralorías territoriales deberán informar a la Contraloría General de la República, en la forma y términos que esta establezca, la relación de las personas a quienes se les haya dictado fallo con responsabilidad fiscal, así como de las que hubieren acreditado el pago correspondiente, de los fallos que hubieren sido anulados por la jurisdicción de lo contencioso administrativo y de las revocaciones directas que hayan proferido, para incluir o retirar sus nombres del boletín, según el caso. El incumplimiento de esta obligación será causal de mala conducta.

Los representantes legales, así como los nominadores y demás funcionarios competentes, deberán abstenerse de nombrar, dar posesión o celebrar cualquier tipo de contrato con quienes aparezcan en el boletín de responsables, so pena de incurrir en causal de mala conducta, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 190 de 1995. Para cumplir con esta obligación, en el evento de no contar con esta publicación, los servidores públicos consultarán a la Contraloría General de la República sobre la inclusión de los futuros funcionarios o contratistas en el boletín".

Conforme a lo anterior, se evidencia inobservancia a las normas anteriormente

citadas por parte del Hospital, puesto que tanto la Gerencia del Hospital como el

contratista actuaron en contravía de los postulados jurídicos, desconociendo los efectos que surgen de la inclusión en el denominado Boletín de Responsables Fiscales, entre ellos, contratar y/o ser vinculado a una entidad pública hasta tanto no sea resarcido el daño patrimonial, hecho que se configura como un hallazgo administrativo con presunto alcance disciplinario por inobservancia del numeral 30 del artículo 48 de la Ley 734 de 2002. H34 HD4 Actuaciones administrativas sin ser funcionario de la entidad

Revisada la documentación que hace parte de los contratos de Procesos Express Asesores y Consultores Ltda., en la que Alma Salud ejerció interventoría, se encontraron documentos tales como actas de inicio, consolidado de glosas y objeciones, actas de conciliación y ajuste, actas parciales de pago entre otros, en

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los cuales se registra el nombre y firma del Sr. Márquez Villarreal en algunos casos en calidad de supervisor auditoría ESE, en otros como interventor cuentas médicas y otros como Jefe Oficina Gestión Comercial. Es necesario traer a colación que el Hospital emitió los documentos de Plan de Bienestar Social, Estímulos, Incentivos y Capacitación de 2011 y 2012, en los cuales se indica el nombre de Márquez Villareal como Jefe Unidad Apoyo Gerencial Gestión Comercial, aunado a que en la cláusula sexta de los contratos 017 de 2011, 019 y 052 de 2012, se otorgaron funciones de SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA, a la OFICINA DE GESTIÓN COMERCIAL, y, es precisamente el Sr. MARQUEZ VILLARREAL quien fungió como Jefe del Área de Gestión Comercial. En consecuencia de lo anterior, se observa que la entidad permitió la figuración de esta persona como funcionario de la entidad sin existir tal vínculo laboral y que la misma firmara documentos sin tener tal calidad, así mismo sin haber sido delegado por la empresa Alma Salud para firmar en nombre de ella. Razón por la cual se configura un hallazgo administrativo con presunto alcance disciplinario por inobservancia al numeral 31 del artículo 35 de la Ley 734 de 2002

OBSERVACIONES COMUNES A LOS DEMAS CONTRATOS ALMA SALUD

H35 Falencias en el Personal requerido. Pese a que dentro de los informes de actividades presentados por el contratista, relaciona el personal con el cual llevó a cabo las actividades pactadas en el contrato, dentro de los estudios previos y minutas de los contratos, no se evidenció la exigencia del personal a cargo, a excepción de los contratos 014 y 0967 de 2013, dejando al libre albedrío del contratista el personal requerido para la prestación del servicio. Lo anterior evidencia falencias de planeación por parte del Hospital al no prever el personal necesario para desarrollar dichas actividades, razón por la cual se determina un hallazgo administrativo. H36 HD5 Contratación de Funciones Administrativas

Según el numeral 1 de la cláusula séptima de la minuta, como obligaciones del contratista señala: “GESTION COMERCIAL. a. Negociación: Revisión de términos y

ajustes a las minutas propuestas por las ERP, acuerdos tarifarios, alistamiento de documentos, modelos de atención. b. Relaciones Comerciales: proponer estrategias de acercamiento comercial, revisar y ajustar régimen informal de estímulos, diseñar estrategias para mantener y aumentar la contratación, revisión de solicitudes de atención y quejas de los auditores médicos de las ERP. c. Portafolio: Asesorar las modificaciones en lo referente capacidad instalada, recurso humano disponible, necesidades y diseño de paquetes especiales, apoyar el crecimiento y fortalecimiento

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del portafolio de servicios. d. Tarifas: Propender por aplicar la política tarifa institucional, negociar con tarifas que permitan el equilibrio económico y financiero, en base a los estudios de costos por áreas suministrados por el Hospital de Yopal, plantear ajustes tarifarios, analizar los informes de cartera referente a los pagos, analizar los informes de productividad de cada una de las áreas de prestación de servicios que presentan los líderes de programa. e. Contratación: Parametrización de los contratos en el sistema de información, socialización de la contratación, análisis mensual de la contratación, seguimiento a la ejecución financiera de los contratos, comunicación de las ERP del 70% de la ejecución del contrato para proyección de adición o nuevo contrato. f. Mercadeo: Apoyar, revisar y asesorar las acciones de mercadeo y publicidad…”. Con forme a lo anterior, este Ente de Control infiere, que se contrataron funciones netamente administrativas que son del resorte del Hospital, dejando a discrecionalidad del contratista aspectos tan importantes como el establecimiento de las tarifas y su negociación, portafolio de servicios y régimen de estímulos, razón por la cual se determina un hallazgo administrativo con presunto alcance disciplinario por inobservancia del numeral 1º del artículo 34 de la Ley 734 de 2002.

H37 Falencias de Supervisión

Una de las obligaciones del contratista fijadas en los contratos, entre otras, es ejercer Interventoría al cumplimiento del objeto del contrato de facturación, así mismo, la de apoyarse con el área de facturación para soportar las glosas por procedimientos inherentes a su competencia. Si bien es cierto, esta es una actividad que las entidades pueden contratar con particulares, este Ente de Control no considera procedente, el hecho que el interventor tenga que apoyarse con el área de facturación para ciertos procedimientos, cuando a su vez, a este mismo le hace interventoría, insumos suficientes para que no se presenten glosas por el proceso de facturación producida a los diferentes clientes del Hospital. Sin embargo, revisada la base de datos de las objeciones de auditoria, se observó un gran número de glosas por inconsistencias en el proceso de facturación, situación que deja entrever que no se está realizando adecuadamente la función de interventoría a cargo del contratista.

Otra obligación pacta en el contrato está la de “Programación y Ejecución de las

conciliaciones por cada ERP, dentro y fuera del Departamento”. Respecto a este tema, una vez revisado los diferentes documentos del contrato, pese a que en los informes de actividades presentadas por el contratista, señala algunas reuniones para conciliaciones, no son suficientes para el cumplimiento de la

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obligación pactada, situación evidenciada en los datos reflejados en el análisis efectuado a los estados financieros respecto a las partidas pendientes por conciliar y al análisis efectuado a cartera.

Las anteriores situaciones, evidencian falencias por parte de la supervisión del contrato, razón por la cual se formula un hallazgo administrativo a fin de que se la entidad tome las medidas pertinentes en la exigencia de las obligaciones del contratista. H38 Determinación del Precio oficial Para el caso del contrato N° 7 de 2001 el ítem 4.3. Soporte Económico del Estudio Previo, en cuanto al presupuesto oficial indica “Se determina un valor de TRECIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($360.000.0000), para suplir las necesidades anteriormente citadas”. Al respecto, este Ente de Control señala que la forma de determinación del presupuesto no fue la más idónea para el Hospital, en razón a que no se observaron cotizaciones ni estudio de mercado para determinar dicho presupuesto. En cuanto a los demás contratos el ítem 4.3. Soporte Económico del Estudio Previo, señala que el valor se determinó teniendo en cuenta el costo promedio mensual facturado de años anteriores. Al respecto, este Ente de Control indica que la forma de determinación del presupuesto no fue la más idónea para el Hospital, en razón a que el promedio mensual facturado corresponde a la misma empresa contratista con la que está prestando el servicio y no se evaluaron otros precios del mercado, en razón a que no se observaron cotizaciones ni estudio de mercado para determinar dicho presupuesto. Por lo anterior, se determina un hallazgo administrativo.

H39 HD6 HF5 Pago de Impuestos De acuerdo a lo señalado en la minuta el contratista debía cumplir con la obligación del pago de impuestos de publicación, estampillas pro cultura y adulto mayor, sin embargo revisados los soportes, no se evidenció el pago de los citados impuestos, en razones a oficio adjuntado por el contratista en el que manifiesta que ese tipo de contratos no genera impuestos, aludiendo que los recursos provienen del Sistema General de Participaciones y/o del sistema general de seguridad social en salud, sin evidenciarse objeción alguna por parte del Hospital, avalando así el no pago de los impuestos. Este Ente de Control, señala que dichos recursos no provienen de las fuentes citadas y además con la ejecución del contrato se adelantó una gestión

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administrativa inherente a la prestación del servicio de salud, aunado al concepto emitido por la Gobernación de Casanare donde aclaro la obligatoriedad del pago de estos emolumentos, razón por la cual se observan falencias en la supervisión al no exigir su cumplimiento. Por lo anterior, se determina un hallazgo administrativo, con presunto alcance disciplinario; así mismo se establece un presunto fiscal por valor de $49.555.816 que corresponde al valor de los impuestos no soportados, como se describe a continuación:

De otra parte, se señala que el Hospital durante las tres vigencias auditadas canceló la suma de $2.203.617.785, por los servicios de auditoría de cuentas médicas, suma bastante onerosa teniendo en cuenta que las objeciones no soportadas y aceptadas asciende a $4.128.648.892 equivalente al 29% del valor objetado durante el trienio, porcentaje que no es el más indicado para los intereses económicos del Hospital, aunado a las conciliaciones directas que no tienen objeción y sin embargo se dan por aceptadas.

En consecuencia la Contraloría Departamental de Casanare ADVIERTE, como faltante estas glosas a fin de que la administración del Hospital sea quien inicie la investigación que conlleve a determinar la responsabilidad de la generación de las mismas, para lo cual este organismo de control hará el respectivo seguimiento.

CONTRATO Nº: 048/9 DE AGOSTO DE 2011

CLASE: PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

PRESTAR EL SERVICIO DE ASEO, INCLUIDOS LOS INSUMOS, EQUIPOS Y MATERIALES PARA EL AREA DE URGENCIAS 1 Y SAN RAFAEL, CONSULTA EXTERNA, BLOQUE DEL AREA FINANCIERA Y ADMINISTRACION, CASA MÉDICA, UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR Y AREAS EXTERNAS CORRESPONDIENTES Y ZONAS DE CIRCULACION DEL HOSPITAL DE YOPAL ESE.

CONTRATISTA: PIEDAD ANGELICA GARCIA MEDINA

VALOR: $351.823.431.

PLAZO: SEIS (6) MESES y VEINTIDOS (22) DIAS

PRO-

CULTURA

ADULTO

MAYOR

1% 3%

ADICIONAL

007 DE 2011 126.650.000 1.266.500 3.799.500 955.800 6.021.800

063 DE 2012 165.903.000 1.659.030 4.977.090 1.070.400 7.706.520

003 DE 2012 342.601.200 3.426.012 10.278.036 2.047.400 15.751.448

ADICIONAL

003 DE 2012 41.000.000 410.000 1.230.000 764.600 2.404.600

065 DE 2012 390.601.200 3.906.012 11.718.036 2.047.400 17.671.448

TOTAL 1.066.755.400 10.667.554 32.002.662 6.885.600 49.555.816

PUBLICACION

NO SE EVIDENCIO

SOPORTE DE PAGO

DE LOS IMPUESTOS

VALOR NO

SOPORTADOOBSERVACIONES

CONTRATO

VALOR

CONTRATO

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CONTRATO Nº: 027/5 DE MARZO DE 2012

CLASE: PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

PRESTAR EL SERVICIO DE ASEO PARA DE URGENCIAS 1, SAN RAFAEL, CONSULTA EXTERNA, BLOQUE DEL AREA FINANCIERA Y ADMINISTRACION, CASA MÉDICA, UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR, MADRE CANGURO, SISTEMAS, PLANEACION, PASILLOS CASA DE MEDICOS INTERNOS, AUDITORIO, GIMNASIO, FARMACIA, IGLESIA, TERAPIA RESPIRATORIA, BLOQUE DE MANTENIMIENTO Y AREAS EXTERNAS (PASILLOS, PARQUEADEROS, PATIOS Y ZONAS DE CIRCULACION) DEL HOSPITAL DE YOPAL ESE PERTENECIENTES A LAS AREAS CONTRATADAS.

CONTRATISTA: PIEDAD ANGELICA GARCIA MEDINA

VALOR: $610.145.840.

PLAZO: OCHO (8) MESES

CONTRATO Nº: 008/4 DE ENERO DE 2013

CLASE: PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

PRESTAR EL SERVICIO DE ASEO PARA URGENCIAS 1, SAN RAFAEL, CONSULTA EXTERNA, BLOQUE DEL AREA FINANCIERA Y ADMINISTRACION, CASA MÉDICA, UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR, MADRE CANGURO, SISTEMAS, PLANEACION, PASILLOS CASA DE MEDICOS INTERNOS, AUDITORIO, GIMNASIO, FARMACIA, IGLESIA, TERAPIA RESPIRATORIA, BLOQUE DE MANTENIMIENTO Y AREAS EXTERNAS (PASILLOS, PARQUEADEROS, PATIOS Y ZONAS DE CIRCULACION) DEL HOSPITAL DE YOPAL ESE PERTENECIENTES A LAS AREAS CONTRATADAS.

CONTRATISTA: PIEDAD ANGELICA GARCIA MEDINA

VALOR: $700.000.000.

PLAZO: SIETE (7) MESES

CONTRATO Nº: 055/3 DE SEPTIEMBRE DE 2013

CLASE: PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

PRESTAR EL SERVICIO DE ASEO PARA URGENCIAS 1, SAN RAFAEL, CONSULTA EXTERNA, BLOQUE DEL AREA FINANCIERA Y ADMINISTRACION, CASA MÉDICA, UNIDAD DE MEDICINA FAMILIAR, MADRE CANGURO, SISTEMAS, PLANEACION, PASILLOS CASA DE MEDICOS INTERNOS, AUDITORIO, GIMNASIO, FARMACIA, IGLESIA, TERAPIA RESPIRATORIA, BLOQUE DE MANTENIMIENTO Y AREAS EXTERNAS (PASILLOS, PARQUEADEROS, PATIOS Y ZONAS DE CIRCULACION) DEL HOSPITAL DE YOPAL ESE PERTENECIENTES A LAS AREAS CONTRATADAS.

CONTRATISTA: PIEDAD ANGELICA GARCIA MEDINA

VALOR: $364.583.333.

PLAZO: SEIS (3) MESES y VEINTIDOS (22) DIAS

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OBSERVACIONES COMUNES Determinación Precio Oficial Según el ítem 4.3. Soporte Económico del Estudio Previo, señala que el presupuesto oficial a contratar, lo determinan teniendo en cuenta el valor facturado promedio mensual del año 2010. Al respecto, este Ente de Control señala que la forma de determinación del presupuesto no fue la más idónea para el Hospital, en razón a que el promedio mensual facturado corresponde a la misma contratista con la que se está prestando el servicio por más de tres (3) años anteriores y no se evaluaron otros precios del mercado, razón por la cual se determina un hallazgo administrativo, el cual se adiciona a la observación denominada H38 Determinación del Precio Oficial, por tratarse de similar situación. Respecto al contrato 048 de 2011, se hacen además las siguientes observaciones: H40 Falencias en la justificación de adicionales

Dentro de los documentos que soportan el contrato, se observaron las solicitudes de Adición en tiempo y valor del 26 de diciembre por siete (7) días y la del 12 de enero de 2012 por un (1) mes y quince (15) días, sin embargo, no se evidenció en dicha solicitud ni en documento adicional la justificación del porque realizar las respectivas adiciones, observándose con ello falencias por parte de la supervisión y de la entidad por suscribir adicionales sin contar con los soportes respectivos para las mismas. Conforme a lo anterior este Ente de Control establece un hallazgo administrativo.

CONTRATO Nº: 011-037/ 8 DE ABRIL DE 2011

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO: ASESORIA TECNICA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA PARA LA DEPURACION DE LOS ACTIVOS FIJOS DEL HOSPITAL DE YOPAL ESE.

CONTRATISTA: ASESORIA Y CONSULTORIA G&B S.A.S.

VALOR: $75.000.000

PLAZO: SEIS (6) MESES

OBSERVACIONES

H41 Pago anticipado Según la forma de pago establecida en el contrato, señalan como forma de pago “…30% como pago anticipado con la suscripción del acta de inicio y actas parciales…”,

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cabe indicar que se trataba de un contrato de prestación de servicios cuyo objeto era asesoría técnica, administrativa y financiera para la depuración de los activos fijos, razón por la cual llama la atención a este Ente de Control el por qué se entregaron dineros como pago anticipado. Por lo anterior, se configura un hallazgo administrativo, a fin de que la entidad establezca acciones de mejora que garanticen el buen uso de los recursos.

CONTRATO Nº: 051/16 DE AGOSTO DE 2011

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

PRESTAR LOS SERVICIOS DE RESTAURANTE Y CAFETERIA PARA EL PERSONAL MEDICO. ADMINISTRATIVO Y PACIENTES DEL HOSPITAL DE YOPAL ESE.

CONTRATISTA: PIEDAD ANGELICA GARCIA MEDINA

VALOR: $633.213.655

PLAZO: CINCO (5) MESES

OBSERVACIONES

Falencias justificación de adicionales De otra parte el Hospital realizó adicional el 22 de diciembre de 2011, teniendo en cuenta a solicitud de adicional del 13 de diciembre de 2011 en la cual señala: “…Lo

anterior es a solicitud del contratista mediante oficio de fecha 10 de diciembre de 2011 para dar cumplimiento al objeto contractual y cumplir con cada una de las obligaciones descritas en la cláusula séptima del contrato de prestación de servicios Nº 051 del 16 de

agosto de 2011”. De otra parte, la justificación descrita en la minuta del adicional del 26 de enero de 2012 cita: “…Que la Ing. Kriss Márquez Coordinadora de servicios

generales, en calidad de supervisor del contrato en mención, manifiesta en oficio de fecha 26 de enero de 2012, previo visto bueno de la Sub. Gerencia Administrativa y Financiera la necesidad de adicionar en $100.000.000 el valor inicial del contrato con el fin de garantizar la continuidad en la prestación del servicio de restaurante y cafetería, por lo tanto se hace indispensable dicha adición para poder cubrir las necesidades de la

empresa”, no obstante se señala que en la solicitud realizada por la supervisora no justifica el adicional. Con respecto a lo anterior, este Ente de Control manifiesta que no se presentan argumentos que justifiquen dichos adicionales, toda vez que obedecen es a falencias en la planeación y al pago de actividades no previstas como fue el caso de los refrigerios. Así mismo, El 11 de enero de 2012 el Hospital suscribió prorroga al contrato por un (1) mes más, con el fin de garantizar la continuidad y oportunidad en la prestación del servicio, y un mes después realizaron adicional

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pero solo en valor, observándose con ello falta de planeación por parte de la entidad, dado que no es coherente que realicen adicional solo en tiempo y un mes después adicionen el valor correspondiente, situación que podría inferirse como el pago de hechos cumplidos del adicional, razón por la cual se determina un hallazgo administrativo, el cual se adiciona a la observación H40 Falencias en la justificación y suscripción de adicionales, por tratarse de situación similar.

H42 Falencia en la elaboración de documentos La certificación de actividades para el último pago, en cumplimiento del objeto contractual registra fecha 11 de abril de 2012 y el acta de liquidación del contrato fue del 12 de marzo de 2012, observándose con ello que su expedición fue posterior a la fecha de liquidación, por lo que se infiere que no se tiene especial cuidado en la elaboración de los documentos, razón por la cual se establece un hallazgo administrativo.

Pagos realizados por mayor valor facturado – Beneficio de Auditoria Inicialmente, se planteó un presunto fiscal, en razón a que el contratista había facturado las raciones alimenticias por mayor valor al establecido en el estudio previo y en el contrato, generando una diferencia de $13.557.335 y el Hospital reconoció y pagó dichas sumas. Ante este situación, la ESE aceptó el hecho y solicitó al contratista el reintegro de dichos dineros debidamente indexados, lo cual se hizo efectivo mediante el recibo de caja No. 00000274791 del 29 de agosto de 2014 por $14.221.137, razón por la cual, se retira del informe final los hallazgos planteados. Esta situación la considera este ente de control como un beneficio de auditoria.

.

CONTRATO Nº: 011-144/28 DE NOVIEMBRE DE 2011

CLASE SUMINISTRO

OBJETO: SUMINISTRO DE ELEMENTOS E INSUMOS DE ASEO PARA EL HOSPITAL DE YOPAL ESE

CONTRATISTA: YOLANDA BLANCO DE LOPEZ

VALOR: $50.000.000.

PLAZO: TRES (3) MESES

OBSERVACIONES

H43 HD7 Cumplimiento de requisitos. Según el numeral 4.1 Especificaciones técnicas del objeto o producto a contratar, indica: “Para la ejecución del contrato se requiere contratar con una persona natural o

jurídica que cuente con la experiencia, idoneidad y garantías necesarias del suministro de

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elementos e insumos para el aseo de la E.S.E. Hospital de Yopal”, sin embargo, de acuerdo a los documentos que soportan el contrato, no se observó soportes de experiencia de la contratista, aunado a lo anterior, el certificado de Cámara de Comercio registra inscripción de la matricula mercantil del 29 de agosto de 2011, tan solo tres (3) meses antes de la suscripción del contrato. Conforme a lo anterior, se determina un hallazgo administrativo con presunto alcance disciplinario.

CONTRATO Nº: 055/2 DE MAYO DE 2012

CLASE SUMINISTRO

OBJETO: SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS GENERICOS Y

COMERCIALES PARA EL HOSPITAL DE YOPAL ESE.

CONTRATISTA: ALINTCOL SAS

VALOR: $200.000.000.

PLAZO: CUATRO (4) MESES

OBSERVACIONES

H44 Falencias por parte del Comité Evaluador En el Acta de calificación de propuesta de fecha 27 de abril de 2012, se registra que el oferente descalificado no presento entre otros documentos el certificado de cámara de comercio, afirmación que no corresponde puesto que en la carpeta del contrato se encontró evidencia del mismo, en este sentido se insta a la empresa para que tenga especial cuidado al momento de evaluar las propuestas, puesto que podría correr el riesgo que por una imprecisión se demande el proceso e incurra en gastos innecesarios, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo.

H45 Garantías

Según la forma de pago establecida en la minuta, señalan como forma de pago “…un anticipo del 50% previa suscripción del acta de inicio y presentación del plan de

inversión del anticipo, el 50% restante mediante actas parciales…”, sin embargo, dentro de la minuta solo se exigió amparos por cumplimiento y calidad del bien y no se exigió garantía alguna por el pago de anticipo, pese a que se cumplió con el objeto contractual, al realizar el pago del anticipo al contratista sin contar con la garantía, el Hospital puso en riesgo los dineros del estado por no haber exigido la garantía que lo amparara, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo. Falencias en la justificación de adicionales.

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Dentro de los documentos que forman parte del contrato, se observó solicitud de prórroga del 1º de septiembre de ciento veinte (120) días calendario, por parte de la contratista, argumentando lo siguiente: “…dicha prorroga se solicita ya que estamos

a la espera de consecución de algunos productos agotados y en proceso de importación

para cumplir con los suministros faltantes y dar por terminado dicho contrato…”, sin embargo, la solicitud de adicional presentada por la supervisora del contrato el 11 de septiembre señala: “…Como supervisora del contrato en mención, considero viable

dicha adición en tiempo por un lapso de tres (3) meses más, ya que hasta la fecha se ha ejecutado el 47% del monto del contrato. Esto porque las proyecciones de consumo realizadas para justificar el contrato anteriormente citado fueron planeadas con base en el año anterior, y se han visto afectadas, porque los consumos no fueron los planeados, disminuyendo sus valores en el primer semestre del 2012 y por lo tanto generando dichos ajustes en tiempo de los contratos establecidos para cubrir las necesidades del servicio farmacéutico. Lo anterior de acuerdo al seguimiento que se ha realizado mediante la supervisión y a lo manifestado por el contratista mediante oficio (el cual adjunto)…”. Conforme a lo anterior, se observa que no guarda coherencia el argumento presentado por la contratista frente a la justificación de la supervisora, en la cual se refleja además falencias en la planeación del contrato, razón por la cual se establece un hallazgo administrativo, el cual se adiciona a la observación H40 Falencias en la justificación de adicionales, por tratarse de situaciones similares.

CONTRATO Nº: 019/ 01 DE MARZO DE 2013

CLASE SUMINISTRO

OBJETO: SUMINISTRO DE INSUMOS Y REACTIVOS CON APOYO TECNOLOGICO PARA EL LABORATORIO CLINICO DEL HOSPITAL DE YOPAL ESE

CONTRATISTA: COMPROLAB S.A.S.

VALOR: $830.000.0000

PLAZO: HASTA 31 DE DICIEMBRE DE 2013

OBSERVACIONES

Determinación del precio oficial Según el ítem 4.3. Soporte Económico del Estudio Previo, señala “…El Hospital de

Yopal E.S.E. solicitó cotizaciones aleatorias en el mercado local de las cuales se obtiene un promedio para determinar el valor unitario de los insumos a contratar, a fin de establecer el valor del presente proceso de contratación el cual asciende a

$620.000.000…”, sin embargo, dentro de los documentos de la carpeta contractual, solo se evidenció cotización presentada por el contratista en diciembre de 2012. Al respecto, este Ente de Control señala que la forma de determinación del

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presupuesto no fue la más adecuada para el Hospital, ya que solo se tuvo en cuenta una cotización, razón por la cual se determina un hallazgo administrativo, el cual se adiciona a la observación H38 Determinación del precio oficial, por tratarse de situación similar.

Falencias por parte del Comité Evaluador Revisados los soportes del contrato, se evidenció oficio del 11 de febrero de 2013 de COMPROLAB, dirigido al Hospital en el que señala: “Adjunto estamos enviando

los siguientes documentos requeridos por ustedes, para legalización del contrato”, cuando aún no le habían enviado la invitación a presentar oferta, es decir, no se había iniciado el proceso precontractual, de otra parte no se evidenció carta de presentación de la Propuesta presentada por COMPROLAB S.A.S. Así mismo, se observaron documentos que registran fecha posterior a la evaluación de las ofertas, observándose con ello falencias por parte del comité evaluador, al no tener en cuenta tales hechos, razón por la cual se establece un hallazgo administrativo, el cual se adiciona al hallazgo H44 Falencias por parte del Comité Evaluador, por tratarse de situación similar.

CONTRATO Nº: 040/30 DE ABRIL DE 2013

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO: PRESTAR SERVICIOS DE SALUD ESPECIALIZADOS EN IMÁGENES DIAGNOSTICAS PARA EL HOSPITAL DE YOPAL ESE.

CONTRATISTA: MUNDO RADIOLOGICO S.A.S.

VALOR: $1.245.000.000

PLAZO: OCHO (8) MESES y QUINCE (15) DIAS

OBSERVACIONES

H46 Tercerización de servicios. El Hospital de Yopal-E.S.E., tiene tercerizado la prestación del servicio de imágenes diagnósticas, con la empresa Mundo Radiológico desde la vigencia 2009. Para efectos de análisis, se verificó el contrato suscrito por la entidad en la vigencia 2013 el cual se pactó inicialmente por $995.000.000, posteriormente fue adicionado en $250.000.000, para un total contratado por valor de $1.245.000.000, con un plazo de ocho (8) meses, quince (15) días, observando lo siguiente: Según la necesidad planteada en el numeral 2 del estudio previo cita: “…ya que

el personal de planta que existe actualmente en la entidad no puede cumplir con las

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actividades propias del servicio, dado que no existe esta especialidad en la planta de personal de la institución y para garantizar la ejecución de estas actividades se necesita un perfil especializado, una infraestructura adecuada y unos equipos e insumos específicos…”.

El estudio previo ni la minuta, reflejan la exigencia del personal mínimo a cargo del contratista para la prestación de los servicios.

Al respecto, se señala que durante la visita de auditoría realizada, se observó que los servicios contratados, se prestan en las instalaciones del Hospital y con los equipos de la ESE, por lo que este Ente de Control infiere que la necesidad real estaba encaminada únicamente a la vinculación del personal especializado en imágenes diagnósticas, dado que el demás personal técnico y administrativo es contratado directamente por el Hospital, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo. De acuerdo a lo anterior, se observa que el proceso del servicio especializado de imagenología tercerizado en las condiciones actuales resulta oneroso; si este proceso lo adelantara directamente la entidad, bajo los principios de eficiencia, eficacia, efectividad, economía, publicidad y transparencia redundaría en beneficio de la comunidad Casanareña. La Contraloría Departamental de Casanare ADVIERTE, al Hospital de Yopal ESE, la necesidad de realizar estudio técnico y financiero que permita la toma de decisión para la optimización de los recurso públicos so pena del menoscabo de los recursos públicos, conllevando responsabilidades de orden jurídico, fiscal, administrativo, disciplinario y penal Determinación Presupuesto Oficial En cuanto a la determinación del valor del contrato el numeral 4.3 Soporte económico señala que se determina teniendo en cuenta la idoneidad del profesional especializado y el número de procedimientos realizados, ya que la forma de pago se define por evento utilizando como parámetro las tarifas SOAT, por lo que este se estableció con base en lo facturado por imágenes diagnosticas en el primer trimestre de 2013. Al respecto este ente de control infiere, que la forma de determinación del presupuesto con el promedio de la facturación surtida por la prestación del servicio de Imageneología no fue la más conveniente para el Hospital, en razón a que el promedio mensual facturado corresponde al mismo contratista con el que se está prestando el servicio y no se evaluaron otros precios de mercado, razón por la cual se determina un hallazgo administrativo que se adiciona a la observación denominada H38 Determinación del presupuesto oficial por tratarse de situación similar. H47 Glosas no descontadas

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Teniendo en cuenta las obligaciones fijadas al contratista, entre otras, el numeral 13 de la cláusula séptima de la minuta, señala: “13. Responder fiscalmente por los

costos generados de las glosas, que por mal diligenciamiento de la historia clínica y sus anexos, le hagan a las facturas de prestación de servicios las diferentes empresas responsables de pago”.

Al respecto, una vez revisada la base de datos de objeciones de auditoria de las glosas practicadas al Hospital, se observó que se aceptaron glosas por los servicios de imagenología prestados correspondiente a la facturación entre el 30 de abril de 2013 a 15 de enero de 2014, (fecha de ejecución del contrato en análisis), por valor de $10.164.288. Sin embargo, revisados los pagos hechos al contratista, no se evidenció descuento alguno por este concepto, puesto que el contratista solamente factura los servicios prestados por éste sin tener en cuenta la totalidad de lo facturado a la EPS. En este sentido, se insta a la entidad para que a futuro se documente la labor de supervisión de tal manera que permita constatar los cruces de información y conciliaciones que se realicen por procedimientos no ejecutados por el contratista, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo a fin de hacer seguimiento en el plan de mejoramiento.

CONTRATO Nº: 051/6 DE AGOSTO DE 2013

CLASE SUMINISTRO

OBJETO:

SUMINISTRO DE MATERIAL DE OSTEOSINTESIS PARA PACIENTES CON POLITRAUMATISMOS DE ALTA ENERGIA. QUE INGRESARON AL SERVICIO DE ORTOPEDIA Y CIRUGIA PLASTICA EN EL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

CONTRATISTA: LINEA VIVA MEDICAL S.A.S.

VALOR: $400.000.000

PLAZO: CUATRO (4) MESES

OBSERVACIONES H48 Descuentos Comerciales

Una vez revisados los soportes del contrato se observó que el contratista facturo con precios unitarios mayores a los ofertados y aceptados en la propuesta, contrario a lo estipulado tanto en la oferta y minuta, Sin embargo, adjunto a las facturas anexan “Notas Crédito” por concepto de descuentos comerciales, cabe señalar que los mismos no se habían ofertado ni pactado en la minuta, descuentos que equivalen a la diferencia de lo facturado frente a lo ofertado y contratado por cada ítem, de donde el ingreso a almacén lo realizan por el mismo valor unitario contratado, como se observa a continuación:

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Al respecto este Ente Control señala que el descuento comercial que ofrece el contratista no aplica a la realidad, toda vez que no se refleja ningún beneficio hacia la entidad, además si operara el citado descuento, este debe verse reflejado contablemente, por lo anterior, se observan falencias en la labor de supervisión, puesto que éste debe velar porque los ofrecimientos del oferente correspondan a la realidad y no para simular precios, razón por la cual se enmarca como un hallazgo administrativo. CONTRATO Nº: 011/ 036 DEL 08 DE ABRIL DE 2011

CLASE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

OBJETO:

REALIZAR 3 CONFERENCIAS MAGISTRALES SOBRE LA IMPORTANCIA DE CRECER CONSTRUYENDO DIRIGIDA A PERSONAL ROFESIONAL Y TECNICO DEL HOSPITAL DE YOPAL ESES Y GRUPO DE ADOLESCENTES DE COLEGIOS PUBLICOS Y PRIVADOS DEL MUNICIPIO DE YOPAL COMO PARTE DEL PROYECTO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL DEL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

CONTRATISTA: PROASESORES EN SALUD E.U.

VALOR: $50.000.000

PLAZO: TREINTA (30) DIAS

OBSERVACIONES

H49 HF6 Soportes de Ejecución

De acuerdo a lo estudios previos, para la realización de las tres conferencias se deberían haber llevado a cabo entre otras las siguientes actividades:

Realizar un cubrimiento de 550 jóvenes en el Departamento de Casanare incluyendo a estudiantes de colegios, personeros estudiantiles, rectores de colegios, profesores.

Realizar un cubrimiento de 300 funcionarios de la ESE Hospital de Yopal e invitar especialmente a Gerentes y Coordinadores de PSS y EPS, Secretarios de Desarrollo Social, Líderes de la sociedad civil organizada.

DETALLE ACTA PARCIAL Nº 1 ACTA PARCIAL Nº 2 ACTA PARCIAL Nº 3 ACTA PARCIAL Nº 4ACTA LIQUIDACION TOTAL

VALOR ACTA PARCIAL 93.378.355 83.209.838 91.524.768 131.306.243 570.570 399.989.774

VALOR FACTURADO 121.391.829 108.172.773 118.982.175 170.698.116 741.741 519.986.634

VALOR ENTRADA ALMACEN 93.378.355 83.209.838 91.524.768 131.306.243 570.570 399.989.774

DIFERENCIA FACTURADO ENTRADA ALMACEN28.013.474 24.962.935 27.457.407 39.391.873 171.171 119.996.860

DESCUENTO CCIAL 28.013.474 24.962.935 27.457.407 39.391.873 - 119.825.689

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Realizar la presentación de conferencias magistrales mínimo de dos (2) horas cada ciclo, por experto a nivel nacional e internacional reconocido.

Realizar inscripción de los participantes

Entrega un recordatorio a nombre del evento realizado por la ESE Hospital Yopal

Realizar convocatoria mediante invitación personal a cada una de las instituciones emisiones radiales, pasacalles y afiches para distribuir en las instituciones educativas. El material de socialización deberá ser aprobado previo a la conferencia por el supervisor o la persona que sea delegada para tal fin

Presentar un informe final del evento que incluya, registro fotográfico, memorias en medio magnético y registro de asistencia de los participantes en los soportes de las entregas

El informe final debe contener soportes de ejecución consolidados y descripción de cada una de las actividades desarrolladas y este debe presentarse en original, copia y en medio magnético.

Fuente: Estudios Previos. Numeral 4. Propuesta del Contratista y contrato-

No obstante y a pesar de que en el Acta de liquidación se manifiesta adjuntar los soportes de ejecución, estos no fueron evidenciados en la carpeta del contrato ni en los comprobantes de pago; es decir, que se desconoce cuáles fueron los documentos que presento el contratista y que avaló la entidad para el trámite de pago respectivo, en consecuencia se configura un hallazgo administrativo con presunto alcance fiscal por el valor $50.000.000.

Pago de impuestos De acuerdo a lo señalado en la minuta el contratista debía cumplir con la obligación del pago de impuestos de publicación, estampillas pro cultura y adulto mayor, sin embargo revisados los soportes, no se evidenció el pago de los citados impuestos, en razones a oficio adjuntado por el contratista en el que manifiesta que ese tipo de contratos no genera impuestos, aludiendo que los recursos provienen del Sistema General de Participaciones y/o del sistema general de seguridad social en salud, sin evidenciarse objeción alguna por parte del Hospital, avalando así el no pago de los impuestos. Este Ente de Control, señala que dichos recursos no provienen de las fuentes citadas y además con la ejecución del contrato se adelantó una gestión administrativa inherente a la prestación del servicio de salud, aunado al concepto emitido por la Gobernación de Casanare donde aclaro la obligatoriedad del pago de estos emolumentos, razón por la cual se observan falencias en la supervisión al no exigir su cumplimiento. Por lo anterior, se determina un hallazgo administrativo, con presunto alcance disciplinario; así mismo se establece un presunto fiscal por valor de $2.535.100 el cual se adicional a la Observación H39 HD6 HF5 Pago de Impuestos, por tratarse de situaciones similares, conforme a la siguiente liquidación.

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CONTRATO Nº: 011-145 /06 DE DICIEMBRE DE 2011

CLASE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

OBJETO:

PRESTAR EL SERVICIO DE EMISION DE COMERCIALES DE CINE, TELEVISION Y PROGRAMAS RADIALES ENCAMINADOS A LA SOCIALIZACION DE LA APERTURA DE LA NUEVA SEDE DEL HOSPITAL DE YOPAL Y DE LOS SERVICIOS EN SALUD QUE SE PRESTARAN EN LA INSTITUCION.

CONTRATISTA: FRANCISCO ANTONIO CORTES PEREZ

VALOR: $27.800.000

PLAZO: 30 DIAS

OBSERVACIONES

Celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos Analizando la hoja de vida del contratista, no se evidencian soportes de estudio ni experiencia específica o relacionada con el objeto contractual, situación que genera incertidumbre sobre la veracidad de los datos consignados en la hoja de vida y deja en entredicho la labor de control por parte de la E.S.E. Hospital de Yopal, al aceptar hojas de vida sin soportes que permitan verificar la idoneidad y experiencia a quien se le va a confiar el uso de los recursos públicos. Por otra parte, se observa que el contratista no presentó en la propuesta los medios trazados para la estrategia publicitaria y la propuesta metodológica para el cumplimiento de los objetivos contratados, ni garantizó la capacidad idónea y tecnológica para el desarrollo del objeto contractual; la propuesta fue presentada por el contratista el 05 de diciembre de 2011, en escasos dos folios, sin las especificaciones técnicas establecidas en los estudios previos. Lo anterior, evidencia incumplimiento al numeral 4.1 ESPECIFICACIONES

TECNICAS DEL OBJETO O PRODUCTO A CONTRATAR, del estudio previo, y numeral 7.3 ACTIVIDADES U OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA, donde se estableció que para cumplir a cabalidad con el objeto a contratar, se requería una persona natural o jurídica con capacidad, experiencia e idoneidad necesaria y que

VALOR CONTRATO

PRO-CULTURA

ADULTO MAYOR

PUBLICACION TOTAL A PAGAR

VALOR PAGADO

1% 3%

50.000.000 500.000 1.500.000 535.100 2.535.100 0

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además debería presentar en la propuesta los medios trazados para la estrategia publicitaria y la propuesta metodológica para el cumplimiento de los objetivos. La ausencia de control por parte de la entidad para la escogencia y verificación de requisitos del contratista, no garantizó una óptima ejecución del contrato, se incumplieron las disposiciones sobre PLANEACION DE LA CONTRATACION contenidas en el artículo 7 del Estatuto Interno de contratación de la E.S.E. Hospital Yopal, por lo que se configura un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria, que se adiciona a la observación denominada H43 HD7 Cumplimiento de requisitos, por tratarse de situación similar. Pago de Impuestos Se evidencia como recibo de pago de estampillas pro cultura, adulto mayor y publicación un recibo de caja No. 350692 de fecha 04 de noviembre de 2011, por valor de $1.535.600, proferido por la Gobernación de Casanare, el cual se refiere al contrato No. 011.098-2011. Sobre este particular se evidencia certificación del Director Técnico de Rentas, quien manifiesta que, en atención a certificación emitida por el Gerente del Hospital, Dr. Brucce Lee Becerra Marín, quien manifestó la anulación del contrato 98-2011, se valida este pago para el contrato No. 011-145. Como quiera que se trata de dos procesos contractuales diferentes, no es de recibo el argumento anterior, toda vez que de hacerse de popular conocimiento esta actuación, todos los contratistas entrarían a quienes se les ha anulado contratación, entrarían a reclamar a la administración departamental la devolución o cambio de destinatario de este tipo de recursos, por lo que se concluye que no se efectuó el pago de estos impuestos para este contrato, incumpliendo lo establecido en el estatuto de rentas departamental. En consecuencia se configura un hallazgo administrativo con presunto alcance disciplinario y fiscal por la suma de $1.112.000, el cual se adiciona a la Observación H39 HD6 HF5 Pago de Impuestos, por tratarse de situaciones similares, conforme a la siguiente liquidación.

VALOR CONTRATO

PRO-CULTURA

ADULTO MAYOR

PUBLICIDAD TOTAL A PAGAR

VALOR PAGADO

1% 3%

27.800.000 278.000 834.000 1.112.000 0

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H50 HF7 Gestión Fiscal Antieconómica – soportes de ejecución. De otra parte la Contraloría Departamental considera que este contrato suscrito para prestar el servicio de emisión de comerciales de cine, televisión y programas radiales encaminados a la socialización de la apertura de la nueva sede del Hospital de Yopal y de los servicios en salud que se prestaran en la institución, se hizo con antelación a la definición de aspectos técnicos que se requerían para el traslado de los mismos y no a una planeación adecuada, puesto que a la fecha de la presente auditoria la apertura consistió en el servicios de consulta externa, sin efectuarse traslado de otros servicios en razón a los inconvenientes técnicos y definición del Operador de los servicios en esta nueva sede, es decir que no se cumplió el propósito del contrato definido en el estudio previo, el cual señala: “… Para continuar este proceso de fortalecimiento se requiere el servicio de publicidad en salud, con el objeto de ilustrar y dar a conocer a la comunidad en general las actualizaciones de nuestra entidad y los nuevos servicios que se ofrecerán y con los que podrá contar la comunidad en general … Este objetivo nos conllevará a un aumento en venta de servicios, abrir nuevos mercados, el incremento en la participación de los mismos , posicionarnos como una empresa reconocida en Casanare y otras regiones de la Orinoquia, recordación de marca y mejor ambiente en la concepción del servicio por el impacto publicitario obtenido en el desarrollo de las diferentes campañas de mercadeo y

lo más importante la ampliación en la cobertura de los servicios”, razón por la cual, este ente de control considera esta contratación como una gestión antieconómica. Adicionalmente, no se evidenció soportes de ejecución de las actividades u obligaciones del contratista estipuladas en el numeral 7.3 de los estudios previos, y pactadas en la cláusula séptima del contrato, las cuales se cuantificaron en soporte económico del estudio previo, así.

Ítem Descripción del Servicio Cant. Valor Unitario Valor

1 Emisión de comercial institucional en formato de televisión para cien, de sesenta (60) segundos en todas las funciones de cine

76 63.158 4.800.000

2

Emisión de 150 de video clips, en la televisión local, para la socialización de la apertura de la nueva sede del hospital de Yopal E.S.E. y sus servicios en horario de alta sintonía, de lunes a domingo en horarios de mayor audiencia

150 100.000 15.000.000

3 Emisión de programa radiales para socialización de la apertura de la nueva sede y los servicios en salud que se prestaran en esta

5 1.600.000 8.000.000

Valor total del contrato 27.800.000

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El Hospital pago al contratista el valor del contrato mediante orden de pago No. 5279 del 30 de diciembre de 2011 y No. 429 del 08 de febrero de 2013, sin el cumplimiento de la exigencia de la CLAUSULA TERCERA, referente a los soportes de actividades, situación que evidencia deficiencias en la labor de supervisión. En este sentido por la gestión fiscal antieconómica y la falta de soportes que permitan evidenciar la ejecución del contrato, tales como certificaciones de las emisoras radiales donde se emitieron los diferentes programas, se configura un hallazgo administrativo con presunto alcance fiscal por la suma de $27.800.000.

CONTRATO Nº: 011-146 / 06 DE DICIEMBRE DE 2011

CLASE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

OBJETO:

PRESTAR EL SERVICIO DE EMISION DE CUÑAS RADIALES ENCAMINADAS A LA SOCIALIZACION DE LA PRESTACION DE SERVICIOS DE MEDIANA Y ALTA COMPLEJIDAD Y LA APERTURA DE LA NUEVA SEDE DEL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

CONTRATISTA: LISETT JOHANA EULEGELO CAMEJO

VALOR: $53.200.000

PLAZO: TREINTA (30) DIAS

OBSERVACIONES:

Celebración del contrato sin cumplimiento de requisitos Los soportes de experiencia y formación del contratista, corresponden a terminación de bachillerato, con octavo grado en ciencias naturales y medio ambiente, y la experiencia que relaciona se refiere a actividades de secretariado y vendedora en establecimientos de comercio, sin que se evidencien soportes de conocimiento ni experiencia laboral específica ni relacionada con medios de comunicación o publicidad. Por otra parte, se observa que el contratista no presentó en la propuesta los medios trazados para la estrategia publicitaria y la propuesta metodológica para el cumplimiento de los objetivos contratados, ni garantizó la capacidad idónea y tecnológica para el desarrollo del objeto contractual, la propuesta fue presentada por el contratista, en fecha 05 de diciembre de 2011, en escasos dos folios, sin las especificaciones técnicas establecidas en los estudios previos. Las situaciones encontradas, vulneran lo determinado en el numeral 4.1

ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL OBJETO O PRODUCTO A CONTRATAR,

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página 4 de los estudios previos, y 7.3 ACTIVIDADES U OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA donde se estableció que para cumplir a cabalidad con el objeto a contratar, se requería una persona natural o jurídica con capacidad, experiencia e idoneidad necesaria y que además debería presentar en la propuesta los medios trazados para la estrategia publicitaria y la propuesta metodológica para el cumplimiento de los objetivos. Igualmente, al no evidenciarse justificación para la escogencia de este perfil que no garantizaba una óptima ejecución del contrato, se incumplieron las disposiciones sobre PLANEACION DE LA CONTRATACION contenidas en el artículo 7 del Estatuto Interno de contratación de la E.S.E. Hospital Yopal. Frente al alcance del principio de la planeación, la Procuraduría General de la Nación, se ha referido en los siguientes términos: “…El principio de planeación es una manifestación del principio de economía, consagrado en el artículo 25 de la Ley 80 de 1993, como se desprende de lo dispuesto en los numerales 6, 7 y 12 a 14 de esta disposición. El principio de planeación busca garantizar que la escogencia de los contratistas, la celebración, ejecución y liquidación de los contratos no sea producto de la improvisación; en consecuencia, en virtud de este principio, cualquier proyecto que pretenda adelantar una entidad pública debe estar precedido de estudios encaminados a determinar su viabilidad técnica y económica (…). (…) La finalidad de las exigencias contenidas en los numerales 7 y 12 citados es que las entidades estatales, con antelación a la apertura del proceso de selección, o a la celebración del contrato, según el caso, tengan previamente definida la conveniencia del objeto a contratar, la cual la reflejan los respectivos estudios (técnicos, jurídicos o financieros) que les permitan racionalizar el gasto público y evitar la improvisación, de modo que, a partir de ellos, sea posible elaborar procedimientos claros y seguros que en el futuro no sean cuestionados. Su observancia resulta de suma importancia, en la medida que el desarrollo de una adecuada planeación permite proteger los recursos del patrimonio público, que se ejecutarán por medio de la celebración de los diferentes contratos”. (…) La planeación, por tanto, sin importar el régimen contractual al cual esté sometida una entidad pública, tiene dos expresiones normativas claras: la elaboración del plan de compras y el desarrollo de los estudios previos.”

El hecho de contratar a una persona sin experiencia ni conocimiento específico o relacionado con el objeto del contrato, dejaba prever que los resultados no serían los esperados, tal y como se señala en el análisis de la ejecución que más adelante se detalla, por lo que se configura un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria, el cual se adiciona a la observación H43 HD7 Cumplimiento de requisitos, por tratarse de similar situación.

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Pago de Impuestos

Se evidencia como recibo de pago de estampillas pro cultura, adulto mayor y publicación el recibo de caja No. 350693 de fecha 04 de noviembre de 2011, por $2.243.000, refiriendo el contrato No. 011.099-2011. Sobre este particular se encontró certificación del Director Técnico de Rentas, quien manifiesta que ante la anulación del contrato 99-2011, se valida este pago para el contrato No. 011-146.

Comoquiera que se trata de dos procesos contractuales diferentes, no es de recibo el argumento anterior, toda vez que de hacerse de popular conocimiento esta actuación, todos los contratistas a quienes se les ha anulado contratación, entrarían a reclamar a la administración departamental la devolución o cambio de destinatario de este tipo de recursos, por lo que se concluye que no se efectuó el pago de estos impuestos para este contrato, incumpliendo lo establecido en el estatuto de rentas departamental. En consecuencia se configura un hallazgo administrativo con presunto fiscal por la suma de $2.739.800, el cual se adiciona a la Observación H39 HD6 HF5 Pago de Impuestos, por tratarse de situaciones similares, conforme a la siguiente liquidación.

VALOR CONTRATO

PRO-CULTURA

ADULTO MAYOR

PUBLICACION TOTAL A PAGAR

VALOR PAGADO

1% 3%

53.200.000 532.000 1.596.000 611.800 2.739.800 0

Soportes de Ejecución

Al no evidenciarse soportes de ejecución del contrato (Cronograma e informe de actividades. Numeral 7.3, del Estudios Previos), y ante la significativa ausencia de planeación en los procedimientos, al igual que en el caso anterior, la Contraloría Departamental considera que este contrato suscrito para la emisión cuñas radiales encaminadas a la socialización de la prestación de servicios de mediana y alta complejidad y la apertura de la nueva Sede del Hospital de Yopal E.S.E., debería haberse planeado y suscrito poco tiempo antes del traslado a la nueva sede, a fin de que el objetivo de informar a la comunidad surtiera efectos de impacto informativo, y no se hiciera en momentos de incertidumbre del proceso por todos los sucesos acontecidos en lo que respecta a la nueva sede hospitalaria; hecho que se considera como una gestión antieconómica, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo con presunto alcance fiscal por la suma de $53.200.000, el cual se adiciona a la observación H49 HF6 Soportes de ejecución, por tratarse de situación similar.

Falencias de Supervisión

Aunado a lo anterior, el plan de inversión del anticipo, no presenta aprobación por parte de la empresa; no se evidencia el pago del anticipo como se había

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establecido en el contrato, su pago se hizo efectivo hasta el 30 de diciembre de 2011, 24 días después de su inicio y a escasos días de su terminación, según consta en el Comprobante de Egreso No. 10796 del 30 de diciembre de 2011, por valor de $26.600.000, el cual sería destinado a la emisión de 700 cuñas radiales en 5 emisoras con cobertura local y departamental, según lo estipuló la contratista en el plan de inversión; se infiere que a partir de esta fecha se inicia la ejecución del contrato, puesto que la esencia del anticipo es el cubrir los costos en los que deba incurrir para la ejecución del mismo, hechos que generan incertidumbre sobre la real ejecución del objeto contractual toda vez que entre el periodo de inicio del contrato y pago anticipo no se registra actividad alguna. De esta manera, se incumplió lo establecido en el artículo 7 y 43 del Estatuto Interno de Contratación, además de los lineamientos trazados en el Manual de Supervisión y/o Interventoría según Acuerdo 075 de 2008.

Todo lo anterior deja entrever la escasa labor de supervisión en cada uno de los componentes del proceso contractual, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo, el cual se adiciona a la observación H37 Falencias en la supervisión, por tratarse se situaciones similares.

CONTRATO Nº: 011-101 DEL 31 DE AGOSTO DE 2011

CLASE CONTRATO DE COMPRAVENTA

OBJETO: COMPRA DE EQUIPOS, MUEBLES Y OTROS ELEMENTOS NECESARIOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA UNIDAD FUNCIONAL DEL HOSPITAL DE YOPAL ESE

CONTRATISTA: SANDRA MILENA CUERVO PULIDO

VALOR: $52.000.000

PLAZO: DIEZ (10) DIAS

OBSERVACIONES.

Celebración de contrato sin cumplimiento de requisitos

La experiencia del contratista se relaciona con una experiencia laboral de un año en la firma B&C SERVICES LTDA., como técnico de facturación, sin que exista otro tipo de documentos que evidencien que el contratista cumplía con las especificaciones técnicas del Objeto o producto a contratar del estudio previo, numeral 4.1, donde se estableció que para cumplir a cabalidad con el objeto a contratar, se requería una persona natural o jurídica con capacidad, experiencia e idoneidad necesaria para el suministro de equipos, muebles y enseres. En este sentido, se desconoce los criterios con el que la empresa evalúo técnicamente la propuesta y determinó la escogencia de la misma, si no existía información

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suficiente que le permitiera concluir que el oferente daba las garantías para una ejecución óptima del objeto contractual, incumpliendo de esta manera con el artículo 7 del Acuerdo 074 de 2008 Estatuto de contratación; en consecuencia, se configura un hallazgo administrativo con presunto alcance disciplinario por inobservancia al numeral 1 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002, el cual se adiciona a la observación H43 HD7 Cumplimiento de requisitos, por tratarse de similar situación.

CONTRATO Nº: 013-018 / 01 DE ABRIL DE 2013

CLASE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

CONTRATAR LA PRESTACION DE SERVICIOS DE APOYO LOGISTICO PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE HUMANIZACION DIRIGIDO A LOS FUNCIONARIOS DEL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

CONTRATISTA: AMANDA MARTINEZ MONTAÑO

VALOR: $25.000.000

PLAZO: CUATRO (4) MESES

OBSERVACIONES

H51 Soportes requeridos para pago

Si bien es cierto que existe certificación de cumplimiento expedida por parte del supervisor y teniendo en cuenta que ni en el estudio previo ni en el contrato, se hizo exigencia al contratista de entregar informe de actividades ni soportes adicionales a la certificación expedida por éste, se insta a la entidad para que en futuros procesos contractuales establezca medidas de control que permitan evidenciar la efectiva ejecución del contrato, tales como registro fotográfico, informe tanto del contratista como del supervisor que detallen como se desarrolló o en qué consistió el apoyo logístico contratado.

CONTRATO Nº: 011-048 / 25 DE ABRIL DE 2011

CLASE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

REALIZAR ANALISIS, DIAGNOSTICO PROPUESTA DE MEJORAMIENTO A LOS PROCESOS DE ATENCION A LOS USUARIOS Y MANEJO DE PETICIONES QUEJAS Y RECLAMOS EN EL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

CONTRATISTA: ALEJANDRO ALBERTO VARGAS VILLAMIL

VALOR: $40.000.000

PLAZO: TRES (3) MESES

OBSERVACIONES.

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Contratación de Funciones Administrativas Se evidencia que el objeto contratado, se encuentra contemplado en los numerales 3 y 5 de las funciones esenciales que debería haber ejecutado la Subgerente de Prestación de Servicios, tal y como se detalla en la Resolución No. 261 del 03 de junio de 2008, por medio de la cual se implementó el manual de funciones y requisitos de la E.S.E. Hospital de Yopal, es decir que se incumplió lo señalado en el numeral 29 del artículo 48 de la Ley 734 de 2002 que indica: “Celebrar contrato de prestación de servicios cuyo objeto sea el cumplimiento de funciones públicas o administrativas que requieran dedicación de tiempo completo e impliquen subordinación y ausencia de autonomía respecto del contratista, salvo las

excepciones legales”, hecho que fue ratificado por la sentencia C-094 de la Corte Constitucional - Magistrado Ponente Dr. Jaime Córdoba Triviño del 11 de febrero de 2003, razón por la cual se esta Contraloría determina un hallazgo administrativo con presunto alcance disciplinario, por inobservancia al numeral 1 del artículo 34 de la ley 734 de 2002, que se adiciona a la observación denominada H36 HD5 Contratación de Funciones Administrativas por tratarse de similar situación. Contratos sin cumplimiento de requisitos De otra parte, según los soportes de formación, el contratista presenta especialización en Gerencia Financiera, y como soportes de experiencia se encontró alquiler de camioneta, suministro de elementos deportivos y auditor, sin anexarse otro tipo de documento que evidencie experiencia relacionada con el objeto contractual, incumpliendo de esta manera con las condiciones establecidas en el numeral 4.1 ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL OBJETO A CONTRATAR, del estudio previo: “que el Hospital de Yopal ESE requiere contratar con

una persona natural o jurídica que cuente con la idoneidad y experiencia relacionada con el levantamiento y actualización de procesos y procedimientos, estudios, análisis,

consultoría y asesoría en el área de salud…”: , requisito que debió aplicarse para el contratista independientemente del recurso humano exigido, razón por la cual se configura hallazgo administrativo con presunto alcance disciplinario por inobservancia al numeral 1 del artículo 34 de la ley 734 de 2002, el cual se anexa a la observación H43 HD7 Cumplimiento de requisitos, por tratarse de situaciones similares. Falencias en el personal requerido.

De otra parte, no se evidenció la hoja de vida del Tecnólogo en sistemas o área de la salud, para tabulación de información ni soportes de su contratación. Es decir que se incumplió con la exigencia señalada en el estudio previo y ofertada por el contratista, así como tampoco soportes del gasto por concepto de Papelería y

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servicios de apoyo administrativo y logístico, o por lo menos indicación en que consistió esta actividad, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo, el cual se adiciona a la observación H35 Falencias en el personal requerido.

Soportes de Ejecución En el numeral 7.3 ACTIVIDADES U OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA del estudio previo y en la cláusula séptima del contrato, se establecieron unas actividades a desarrollar por parte del contratista en cumplimiento del objeto contractual. Al revisar la carpeta contractual, no se encontró soportes documentales que evidencien la realización de estas actividades así como tampoco informe de ejecución de las actividades desarrolladas. De otra parte, en el numeral 4.3 SOPORTE ECONOMICO, del estudio previo, y en la CLAUSULA SEPTIMA del contrato, se detalla los ítems que fundamentan el soporte económico, así:

Fuente: Numeral 4.3 SOPORTE ECONÓMICO Estudios Previos del contrato 48/2011

Observa este ente de control, que no se justifica el ítem “Administración y utilidad del proyecto” por valor de $ 3.200.000, toda vez que en el primer ítem “Profesional especializado” por valor de $16.774.065, se determinó como el encargado de administrar y dirigir la ejecución del proyecto, por lo que se infiere que este concepto ya estaba contemplado dentro de éste. De otro lado, al verificar el análisis económico del contrato, se evidencia que el valor presupuestado y pagado por cada profesionales corresponde al tope máximo de honorarios establecidos en la Resolución No. 614 de 2010, así las cosas, debe aceptarse que en dichos valores se incluyen todos los costos inherentes a la celebración del contrato, en tal sentido no entiende este órgano de control como se incluyó un

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ítem denominado “administración del proyecto”, cuando la ESE establece el máximo valor por concepto de honorarios y adicionalmente reconoce la suma de $2.676.760 por gastos de papelería, servicios de apoyo administrativo y logístico, circunstancia que para la vista fiscal constituye un gestión antieconómica por el valor total del ítem. Por lo anterior, se configura un hallazgo administrativo con presunto alcance fiscal, el cual corresponde al valor total del contrato de $40.000.000, por falta de soportes de ejecución; dentro de este hallazgo, se contempla el ítem “Administración y utilidad del proyecto” por $3.200.000, valor que fue considerado como gestión fiscal antieconómica, el cual se adiciona a la observación denominada H49 HF6 Soportes de Ejecución, por tratarse de hechos similares. Por otra parte, en la cláusula tercera del contrato, se convino la siguiente forma de pago: “…Pago anticipado del 30% con la suscripción del acta de inicio y el 70% restante

mediante actas parciales según avance de actividades y presentación de informes. El último pago previa presentación de informe fin de actividades y actas de liquidación final firmada por el supervisor. El último pago se hará mediante la firma del acta de

liquidación…”;, En este aparte, la auditoria hace una observación ante las imprecisiones en que incurrió la empresa, las cuales pueden traer consecuencias jurídicas a futuro, más precisamente cuando se refiere a un pago anticipado del 30%, siendo lo correcto pago de anticipo del 30%: es de recordar que el dinero que recibe el contratista a título de pago anticipado, ingresa a su patrimonio personal y en consecuencia puede disponer de éste dinero sin restricción alguna y de acuerdo a su voluntad; mientras que los dineros que recibe el contratista por concepto de pago de anticipo, se define como el dinero que la entidad contratante entrega al contratista a fin de cubrir los costos en que ése debe incurrir para iniciar la ejecución del objeto contractual, en este sentido, se ADVIERTE a la ESE tener en cuenta la observación para futuros procesos, de lo cual se hará seguimiento en el plan de mejoramiento. Pago de Impuestos Verificando el contrato, se evidenció que en la CLÁUSULA VIGESIMA: IMPUESTOS Y PUBLICACIONES, las partes acordaron: “…Las partes de común

acuerdo se acogen a lo establecido en el artículo 48 de la Constitución Política de Colombia, Artículos 240, 247 y 254 de la ordenanza 017/04, Ordenanza 013/09 y circular Externa No. 064 de diciembre 23 de 2010 Superintendencia Nacional de Salud y demás

normas concordantes (No obligación a pago de impuestos y publicación)”.

De las normas que cita la empresa sobre la no obligación a pagar impuestos y publicaciones, la Circular Externa No. 064 de diciembre 23 de 2010, se refiere a este tema que en alguno de sus apartes y establece:

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"(...) Tampoco pueden gravarse por las Asambleas Departamentales y los Concejos Municipales, los contratos de régimen subsidiado y los pagos de los servicios de salud con impuestos de ninguna naturaleza, tales como pro -ancianos, pro - desarrollo del municipio, etc., porque la finalidad de los recursos del régimen subsidiado, de acuerdo con el artículo 212 de la ley 100 de 1993, es financiar la atención en salud de las personas pobres y vulnerables y a sus grupos familiares que no tienen la posibilidad de cotizar al régimen contributivo y teniendo en cuenta el interés social de éstos recursos, mal haría la nación o las entidades .territoriales en establecer un gravamen que implique una destinación diferente, incumpliendo el mandato constitucional ya trascrito..." (subrayado nuestro)

En conclusión, la transferencia de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud y del Sistema General de Participaciones Sector Salud no está gravada con ningún impuesto del orden territorial en atención a que no se configura respecto de tal transacción ningún hecho generador de dicha naturaleza, con lo que, se confirma la consideración, según la cual, la trasferencia de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud y del Sistema General de Participaciones sector salud no está sujeta a ningún gravamen. (subrayado nuestro)

De esta manera, se considera que por expreso mandato, los recursos del Sistema General de Participaciones y del Sistema General de Seguridad Social en Salud están exentos de la aplicación de gravámenes del orden territorial, hasta tanto se agote la destinación específica que los mismos tienen, es decir, hasta cuando el recurso de cumplimiento de su finalidad, esto es haya agotado su destinación específica…” (subrayado nuestro).

Este Ente de Control, señala que dichos recursos no provienen de las fuentes citadas y además con la ejecución del contrato se adelantó una gestión administrativa inherente a la prestación del servicio de salud, aunado al concepto emitido por la Gobernación de Casanare donde aclaro la obligatoriedad del pago de estos emolumentos, razón por la cual se observan falencias en la supervisión al no exigir su cumplimiento. Por lo anterior, se determina un hallazgo administrativo, con presunto alcance disciplinario; así mismo se establece un presunto fiscal por valor de $2.097.200, el cual se adiciona a la observación H39 HD6 HF5 Pago de Impuestos, por tratarse de situaciones similares.

VALOR CONTRATO

PRO-CULTURA ADULTO MAYOR PUBLICACION TOTAL A PAGAR

VALOR PAGADO

1% 3%

40.000.000 400.000 1.200.000 497.200 2.097.200 0

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CONTRATO Nº: 045 / 13 DE JULIO DE 2011

CLASE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

PRESTAR SERVICIOS PROFESIONALES PARA EL ACOMPAÑAMIENTO, REVISION, RECEPCION, CERTIFICACION, INSTALACION, Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE EQUIPOS BIOMEDICOS PARA LA NUEVA SEDE DEL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

CONTRATISTA: LAP COMERCIAL S.A.S.

VALOR: $125.232.632

PLAZO: SEIS (6) MESES

OBSERVACIONES

H52 Falencias Proceso de Planeación Se observa que al comparar la propuesta económica del oferente con lo determinado en el estudio previo, el contratista cambio las condiciones exigidas por la entidad y ésta acepto las mismas, puesto que disminuyó el valor destinado al recurso humano requerido para la ejecución del contrato y aumentó los gastos administrativos y el IVA (sin corresponder a la norma). Frente a este hecho, la Contraloría cuestiona cuales criterios tuvo en cuenta el Hospital para aceptar las condiciones económicas del oferente, que si bien es cierto no afectan el valor del contrato, si cambia los ítems internos precisamente el ítem de recurso humano, el cual se disminuye y se aumentan los gastos administrativos hecho que no se justifica si se tiene en cuenta que el objeto del contrato es la prestación de servicios profesionales, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo. En el siguiente cuadro se registra el cambio de la propuesta respecto del estudio previo.

DETALLE ESTUDIO PREVIO PROPUESTA

Recurso humano 96,392,112 91,208,000

Administración del proyecto 11,567,054 15,920,000

IVA 17,273,466 18,104,000

TOTAL 125,232,632 125,232,000 Fuente: Propuesta económica LAP COMERCIAL S.A.S. y estudio previo.

Mayor valor de IVA - BENEFICIO DE AUDITORIA Se encontró que al contratista la entidad le había aceptado y reconocido IVA por el 16.9%, siendo el valor real del 16%, por lo que se planteó inicialmente un presunto hallazgo fiscal por el 0.9%. Ante esta observación, la ESE procedió a solicitar el

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reintegro de dicho porcentaje, el cual se hizo efectivo mediante los recibos de caja No. 00000276180 del 11/09/2014 por $518.018 y No. 00000279775 del 10/10/2014 por $ 518.018, es decir que la entidad resarció el error al lograr que el contratista reintegrara tal suma. Soportes de ejecución. En el numeral 7.3 ACTIVIDADES U OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA del estudio previo, se establecieron 16 actividades que se deberían haber agotado a fin de darle cabal cumplimiento al objeto contractual, observándose las siguientes situaciones: Acta parcial No.1: Del 12 de agosto de 2011 por $20.872.772, no se evidenció informe de actividades ni soportes que justifiquen el pago.

Se evidenció entrega por parte del contratista de la metodología a utilizar para la identificación de los equipos a trasladar a la nueva sede del hospital, el cual anexa relación de elementos de almacén a ser trasladados y formato de reporte de daño y/o falla de equipo junto con una relación de elementos para equipamiento de consultorios. Se infiere, que estos pertenecen a los documentos de verificación suscritos por el “Equipo Idóneo Responsable” asignado con ocasión del contrato leasing 116828 del 28 de octubre de 2010, y la firma GEHS Llc., que corresponderían a la primera entrega de elementos de primer nivel de atención, recibidos por Red Salud Casanare la cual ya se encontraba habilitada; situación que genera incertidumbre si los mismos fueron elaborados por la contratista.

Igual situación se evidencia, en las páginas 50 a 54 y 125 lo que se infiere son apartes de un informe que ya había sido elaborado por el Equipo Idóneo arriba citado, según el siguiente texto: “NECESIDADES DE PREINSTALACION. Dentro del

proceso adelantado por el equipo idóneo del hospital de Yopal, en cumplimiento de los lineamientos y procedimiento establecido para la recepción de equipos biomédicos y mobiliario asignado por medio del contrato de leasing N° 116828, se hace necesario informar las necesidades de preinstalación, adecuaciones y obras físicas que son necesarias para instalar algunos de los equipos y garantizar el correcto funcionamiento de la dotación… PISO 1” (subrayado nuestro).

Se hace la observación, en el sentido que para la fecha de inicio del contrato objeto de análisis, el Hospital de Yopal ya era conocedor de la problemática de entrega de equipos biomédicos por las deficiencias en las estructuras del nuevo hospital que impedían su instalación, lo cual requería de obras civiles adiciones que conllevarían un tiempo prudencial para su ejecución, que en consecuencia, no era factible la recepción de los equipos, pues su verificación de funcionamiento sólo se podía cotejar en el momento de su instalación y puesta en marcha. Esta

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situación hace prever las serias falencias en el análisis de la conveniencia y oportunidad de la suscripción del contrato.

Acta parcial No. 2, 3, 4 y Acta de liquidación: Se evidenciaron los pagos correspondientes, sin embargo, no se encontraron los informes de actividades. No obstante, en el acta de liquidación final el supervisor del contrato, indica: “Teniendo

en cuenta que a la fecha de la presente acta de liquidación final, el Departamento de Casanare, no ha recibido formalmente los equipos biométricos suministrados por el Leasing No. 116828 Bancolombia – Gobernación de Casanare, algunos de los equipos biomédicos que requerían preinstalaciones, no han sido instalados; ya que requieren instalaciones especiales que devengan recursos adicionales, que aún no han sido asignados. Además los equipos biomédicos suministrados por el leasing no han entrado en operación, por consiguiente se requirió que algunas actividades programadas con el contrato No. 045/11, fueran concertadas por otras actividades que no estaban inicialmente en el contrato, pero, que son afines al presente contrato (cláusula séptima, numeral

16)…” (subrayado nuestro). Conforme a lo anterior, este Ente de Control, no justifica el hecho de haber reconocido y pagado la totalidad del contrato, cuando solo se evidenció la ejecución de la primera actividad consistente en: “Establecer metodología y generar

documento y estándares para la verificación de las especificaciones técnicas solicitadas

por el Hospital de Yopal ESE y del cumplimiento de las normas técnicas”, metodología que sería la base para cumplir con el objeto contractual, del cual en últimas no hay evidencia de su cumplimiento por las consideraciones antes expuestas. De otra parte, teniendo en cuenta que según lo planeado en el numeral 4.3 de los estudios previos, se especificó un personal mínimo para el cumplimiento del objeto contractual, y que a cada recurso humano detallado se le asignó un valor por honorarios, que al ser sumados conformaron el soporte económico y el valor total del contrato, y debido a que no se encontró información que evidencie sobre la vinculación de más personal diferente a la Ingeniera Biomédica Paola Andrea, se determina una hallazgo administrativo con presunto alcance fiscal por la suma de $54.859.179, en razón a que por un lado no se soportó la totalidad de las actividades a realizar y por el otro no se soporta la vinculación de la totalidad del recurso humano, el cual se adiciona a la observación H49 HF6 Soportes de ejecución por tratarse de similar situación, hallazgo que se cuantifica de la siguiente manera:

Recurso Humano Cant. Mes Valor mes Valor total

Profesional especializado o con experiencia específica en el área de equipamiento biomédico no inferior a 2 años que actúe como residente del proyecto y que debe tener conocimiento y experiencia en procesos relacionados con el objeto contractual así como en el desarrollo de auditorías, análisis o supervisión de

1 6

5,591,355 33,548,130

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Recurso Humano Cant. Mes Valor mes Valor total

procesos de adquisición de tecnología biomédica

Profesional Universitario con experiencia en recepción de tecnología biomédica

1 6

2,289,793

13,738,758

Tecnólogo en sistemas o administrativo o en tecnología biomédica

1 6

1,262,049

7,572,291

VALOR TOTAL 54.859.179

Fuente: Recurso Humano – Numeral 4.3 de los Estudios Previos.

Gestión Fiscal Antieconómica

De otra parte, para este ente de control, no se justifica el 12% que se asignó al ítem “Administración del proyecto” por valor de $11.567.054, toda vez que por un lado dentro de los componentes del soporte económico del estudio previo, se incluyó a un Profesional Especializado por valor de $33.548.130, quien actuaría como director del proyecto; cabe resaltar que el director o administrador tienen iguales responsabilidades y funciones de supervisión, coordinación y organización de un proyecto. De otro lado, al verificar el análisis económico del contrato, se evidencia que el valor presupuestado y pagado por cada profesionales corresponde al tope máximo de honorarios establecidos en la Resolución No. 614 de 2010, así las cosas, debe aceptarse que en dichos valores se incluyen todos los costos inherentes a la celebración del contrato, en tal sentido no entiende este órgano de control como se incluyó un ítem denominado “administración del proyecto”, cuando la ESE establece el máximo valor por concepto de honorarios y adicionalmente reconoce gastos de administración y logística por valor de $7.984.803, circunstancia que para la vista fiscal constituye un gestión antieconómica por el valor total del ítem que no debió contemplarse, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo con presunto alcance fiscal por la suma de $11.567.054, el cual se adiciona a la observación denominada H50 HF7 Gestión Fiscal Antieconómica, por tratarse de hechos similares. Falencias de supervisión De otra parte el personal ofertado por el contratista, no cumple en su totalidad con las exigencias del estudio previo, tal es el caso del profesional especializado (director de obra), puesto que éste no soporta la experiencia relacionada o específica, igualmente sucede con el profesional universitario con experiencia en recepción de tecnología biomédica, del cual no se evidenciaron los soportes de formación profesional. Si bien es cierto que el contratista presentó las hojas de vida del personal relacionado en su propuesta, no se evidencian soportes de su subcontratación como tampoco informe donde conste las actividades desarrolladas por cada cual.

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Los anteriores hechos, evidencia las deficiencias de la labor de supervisión, por cuanto ésta no requirió al contratista el recurso humano conforme lo estableció en el estudio previo, en consecuencia, se determina un hallazgo administrativo, el cual se adiciona a la observación denominada H37 Falencias en Supervisión, por tratarse de hechos similares. Pago de Impuestos De otra parte, mediante oficio del 13 de julio, el contratista manifiesta no estar obligado a los pagos por concepto de estampillas, aduciendo que los recursos con los que se celebra el contrato provienen del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Este Ente de Control, señala que dichos recursos no provienen de las fuentes citadas y además con la ejecución del contrato se adelantó una gestión administrativa inherente a la prestación del servicio de salud, aunado al concepto emitido por la Gobernación de Casanare donde aclaro la obligatoriedad del pago de estos emolumentos, razón por la cual se observan falencias en la supervisión al no exigir su cumplimiento. Por lo anterior, se determina un hallazgo administrativo, con presunto alcance disciplinario; así mismo se establece un presunto fiscal por valor de $5.965.105, el cual se adiciona a la observación H39 HD6 HF5 Pago de Impuestos, por tratarse de situaciones similares, según la siguiente liquidación:

VALOR CONTRATO

PRO-CULTURA

ADULTO MAYOR PUBLICACION

TOTAL A PAGAR

1% 3%

125.232.632 1.252.326 3.756.979 955.800 5.965.105

CONTRATO Nº: 011-078 / 26 DE JULIO DE 2011

CLASE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

PRESTAR SERVICIOS PARA LA ASESORIA Y ACOMPAÑAMIENTO EN EL PROCESO DE SELECCIÓN DEL OPERADOR DE SERVICIOS DE ALTA COMPLEJIDAD PARA EL HOSPITAL DE YOPAL.

CONTRATISTA: CARLOS FELIPE MUÑOZ PAREDES

VALOR: $15.080.000

PLAZO: TRES (3) MESES

OBSERVACIONES.

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Falencia al proceso de planeación El contrato inició su ejecución dos meses después de suscrito, puesto que el acta de inicio registra fecha del 13 de septiembre de 2011, lo que deja entrever que no era necesaria ni oportuna su celebración; adicionalmente, el plazo inicial de tres meses terminó siendo de cinco, sin observarse documento alguno que justifique dicho retraso; estas situaciones evidencian claramente la deficiente planeación del proceso, razón por la cual se determina un hallazgo administrativo, el cual se adiciona a la observación H52 Falencias en el proceso de planeación, por tratarse de similar situación. Gestión fiscal antieconómica De acuerdo a los soportes, se evidenciaron los documentos 1 y 2 que refieren el avance presentado por el contratista, los cuales no se ajustan a la necesidad y expectativa del Hospital de acuerdo a comunicación dada por éste, de lo cual reitera la E.S.E. en diferentes solicitudes al contratista exigiendo el cumplimiento del objeto contractual. El 13 de diciembre de 2011, las partes suscribieron acta de terminación del contrato, sin que el contratista hiciera entrega del informe final, de acuerdo a lo manifestado por el supervisor en el acta: “…2. La supervisión se encuentra en etapa

de evaluación de las actividades, entregables y productos de cumplimiento del objeto contractual de acuerdo a las obligaciones del contratista. Igualmente, el informe final de supervisión se entrega cuando e! contratista presente el documento final y la factura correspondiente junto con sus respectivos soportes y que estos sean aceptados para su posterior recibo y liquidación final de! Contrato de Prestación de Servicios de la referencia.”

No obstante, el Hospital el 15 de diciembre de 2011 reitera mediante correo electrónico la preocupación por no recibir aún el producto del contrato por lo que solicitan envió del producto de manera inmediata; sin embargo, el contratista remite vía correo electrónico el documento final de la consultoría solo hasta el 16 de febrero de 2012. De otra parte, el numeral 2. NECESIDAD del estudio previo, la E.S.E manifestó que requería la contratación de prestación de servicios para la asesoría y acompañamiento en el proceso de selección del operador de servicios de alta complejidad en las nuevas instalaciones del Hospital de Yopal ESE, ya que no contaba en su planta de personal con talento humano que supla tal necesidad, el numeral 3. DEFINICION TÉCNICA del estudio previo, determinó: “El Hospital de

Yopal necesita contratar una persona que tenga la idoneidad, capacidad y experiencia

para prestar los servicios de asesoría y acompañamiento…” y en el numeral 4.1

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ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL OBJETO O PRODUCTO A CONTRATAR, se dijo: “El Hospital de Yopal ESE, requiere contratar con una persona que cuente con la capacidad y experiencia para prestar los servicios de asesoría y acompañamiento en el proceso…”

Analizadas las actividades planteadas en el estudio previo, las ofertadas por el contratista y las cumplidas según informe del supervisor de fecha 20 de febrero de 2012, se evidenciaron las siguientes situaciones:

Item Actividades según Estudios Previos Actividades propuesta por el

contratista

Actividades cumplidas según informe del interventor

20-Febrero-2012

1

Planeación detallada, análisis del entorno respecto de la entrega en operación de los servicios de alta complejidad para lo cual deberá realizar

1,1 Revisión y diagnóstico de la infraestructura,

Revisión de la infraestructura Análisis de la infraestructura,

1,2 Revisión y diagnóstico de la dotación, Revisión de la dotación Análisis de la dotación de los servicios de operación con terceros

1,3 Revisión y diagnóstico de los servicios habilitados y proyectados

Revisión de los servicios habilitados y proyectados

Análisis de la normatividad para la habilitación de los servicios.

1,4 Revisión y diagnóstico de la documentación que acredita la propiedad de los bienes

Revisión documental que acrediten la propiedad de los bienes

1,5 Revisión de los estatutos del Hospital de Yopal ESE

Revisión de los Estatutos del Hospital

1,6 Verificación de los permisos requeridos, Verificación de los permisos requeridos

1,7

Verificación de compromisos a adquirir por parte del Hospital de Yopal ESE con el operador u operadores de servicios de alta complejidad,

Verificación de los compromisos que desea adquirir el Hospital con el agente tercerizador

1,8

Verificación de compromisos a adquirir por parte del operador u operadores de servicios de alta complejidad con el Hospital de Yopal ESE

Verificación de los compromisos que desea el Hospital que el tercerizador tenga con el Hospital

1,9 Verificación de tiempos iníciales para la entrada del operador de servicios,

Definición de los tiempos iniciales de la tercerización

1,10

Definición y aclaración del manejo de talento humano necesario para la prestación de servicios entregados en al operador de servicios de alta complejidad.

Definición y/o aclaración para el manejo del -:Talento humano

2

Preparación y asesoría en los términos de referencia mediante los cuales se procederá a establecer las condiciones y requerimientos mínimos para el proceso de selección del operador u operadores de servicios de alta complejidad del Hospital de Yopal.

Preparación de los términos de referencia, mediante los cuales se procederá a dar cumplimiento a los lineamientos establecidos por la Honorable Asamblea departamental sobre el particular, y a especificar los requerimientos mínimos que el Hospital de Yopal espera por parte de los proponentes acreditados.

Formato de términos de referencia

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Item Actividades según Estudios Previos Actividades propuesta por el

contratista

Actividades cumplidas según informe del interventor

20-Febrero-2012

3 Acompañamiento y asesoría a la publicación de la invitación y aclaración a los términos de referencia respectivos.

Acompañamiento en la publicación de la invitación, y en la aclaración de inquietudes a los términos.

Análisis de los avances presentados por el Hospital sobre el proceso de tercerización y los avances de la convocatoria pública, términos de referencia y Diagnóstico del proceso.

4

Acompañamiento y asesoría en todo el proceso de selección del operador u operadores de servicios de alta complejidad del Hospital de Yopal ESE.

Acompañamiento en el proceso de selecciÓf1 del operador, que la alta gerencia y la JO del Hospital considere pertinente.

5

Acompañar y asesor directamente a la Gerencia del Hospital de Yopal y a la Junta directiva del mismo el cumplimiento apropiado y oportuno de la secuencia y cumplimiento de los estatutos internos que rigen dicho proceso de selección así como de la normatividad vigente al momento de invitar, publicar, responder observaciones, evaluar y adjudicar.

Acompañamiento para la firma de la minuta de contratación de los servicios tercerizados.

Formato de procedimiento de selección, calificación y evolución de propuestas

6

Asesorar a la Gerencia y a la Junta Directiva del Hospital respecto de la figura o figuras jurídicas contractuales más convenientes para la operación de servicios de alta complejidad, teniendo en cuenta lo establecido en la ley 1438/2011, la circular 067/2010 de la SNS, acuerdo 082/2010, acuerdo 074/2008 y demás normas concordantes

Formato de procedimiento de selección del operador

7

Asesoría y acompañamiento en la elaboración actualización y ajuste de los estudios previos necesarios y convenientes para la selección del

operador de servicios de alta complejidad

8 Obrar con lealtad V buena fe en las distintas en la ejecución del contrato

9 Suscribir los amparos y pólizas respectivas

10 las demás necesarias para la ejecución del contrato

De acuerdo a lo anterior, las actividades 6 y 7 determinadas en los estudios previos, no fueron incluidas en la propuesta, ni en el contrato.

De otra parte, según lo señalado por el interventor, el contratista no prestó el acompañamiento esperado para seleccionar el operador, según informe del 20 de febrero de 2012 que cita: “...el informe desarrolla el esquema de convocatoria pública

para la selección del operador; los términos de referencia y los procedimientos para la selección del operador. Sistema de calificación y evaluación de las propuestas; forma de legalización y garantía del contrato a suscribir. Igualmente en los anexos presenta el inventario de muebles y equipos que entregara el hospital al operador; minuta de contrato; proforma de convocatoria de veedores de la salud; formato de carta de presentación de propuestas; pro forma de pagos al sistema de seguridad social y parafiscales; proforma de carta de compromiso anticorrupción, entre otros.”

“Referente al Acompañamiento y Asesoría al proceso de selección del operador de servicios de alta complejidad, si bien la selección de operador no ha iniciado su proceso, Consultor salud entrega las herramientas para llevarlo a cabo una vez estén dadas las condiciones de puesta en funcionamiento de la nueva sede, la propiedad del bien en cabeza del hospital y la entrega del equipamiento y dotación de los servicios sujetos de la tercerización…”

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Por lo anterior, este de Control infiere que la labor realizada por el contratista, que consistió en la proyección de los formatos de la convocatoria para ser utilizados cuando se iniciara el proceso de selección del operador, corresponde a funciones netamente administrativas del resorte del Hospital, además se evidenció que el contratista no hizo el acompañamiento y la asesoría al proceso de selección del operador, puesto que a la fecha de suscripción del contrato no estaban dadas las condiciones de puesta en funcionamiento de la nueva sede.

De otra parte se cuestiona cual fue la razón para que el Hospital de Yopal invirtiera recursos orientados a seleccionar el Operador de la nueva sede, por lo que se hacen los siguientes interrogantes: No tenía la entidad intención de prestar los servicios de mediana y alta complejidad en dichas instalaciones?, no pretendía un aumento en venta de servicios, abrir nuevos mercados, posicionarse como una empresa reconocida en Casanare y otras regiones de la Orinoquia, y ampliación en la cobertura de los servicios?, no había contratado el estudio de condiciones para el traslado a la nueva sede?.

Ante estos hechos, las apreciaciones de planeación y los tiempos en los que se ejecutó el contrato, se considera una gestión antieconómica, sumada a la falta de soportes que muestren la ejecución del mismo; razón por la cual, se configura un hallazgo administrativo con presunto alcance fiscal por $15.080.000, el cual se adiciona a la observación H50 HF7 Gestión fiscal antieconómica y soportes de ejecución, por tratarse de la situación similar.

Falencias de supervisión

Teniendo en cuenta todo lo anterior, se evidencian serias falencias en la supervisión, toda vez que debió dar cumplimiento al artículo 60 del Estatuto Interno de Contratación, el cual establece que es deber de los supervisores velar por el cumplimiento de todas las obligaciones que se deriven de la celebración y ejecución de los contratos, por lo que se determina un hallazgo administrativo el cual se adiciona a la observación denominada H37 Falencias de supervisión, por tratarse de similares hechos.

CONTRATO Nº: 024 / 04 DE ABRIL DE 2011

CLASE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

REALIZAR EL ESTUDIO DE CONDICIONES PARA EL TRASLADO A LA NUEVA SEDE BAJO LOS PARAMETROS DEL DOCUMENTO DE RED APROBADO POR EL MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL PARA EL HOSPITAL DE YOPAL.

CONTRATISTA J.R. DUAL INVERSIONES S.A.S. “AMBIENTE SALUDABLE J.R. DUAL IPS”

VALOR: $172.000.000

PLAZO: CUATRO (4) MESES

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OBSERVACIONES

Falencias en el personal requerido

En el numeral 4.1 del estudio previo, se requirió un equipo humano compuesto por 2 profesionales especializados, dos profesionales del área de la salud, un profesional en diseño gráfico, dos tecnólogos en sistemas, 2 técnicos administrativo y una persona para el apoyo administrativo y logístico, cada uno con particulares exigencias de experiencia y conocimiento. No obstante lo anterior, se evidenció que el contratista anexó hojas de vida de un (1) profesional especializado en el área de la salud, dos (2) profesionales del área de la salud, un (1) profesional en diseño gráfico, un (1) técnico en sistemas, un (1) técnico administrativo, y dos (2) auxiliares administrativos; del análisis de las hojas de vida, se evidencia que algunas no cuentan con la experiencia requerida y en otras no se evidencian los soportes de estudio o experiencia, es decir, que no se le exigió al contratista el requerimiento de recurso humano de conformidad con el estudio previo, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo, que se adiciona a la observación denominada H35 Falencias en el personal requerido, por tratarse de similar situación. Pago de Impuestos El contratista mediante oficio manifiesta no estar obligado a los pagos por concepto de estampilla de pro anciano y pro cultura, ni publicación, aduciendo que los recursos con los que se celebra el contrato provienen del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Hecho que se hizo efectivo puesto que no hubo exigencia al contratista de tal obligación.

Este Ente de Control, señala que dichos recursos no provienen de las fuentes citadas y además con la ejecución del contrato se adelantó una gestión administrativa inherente a la prestación del servicio de salud, aunado al concepto emitido por la Gobernación de Casanare donde aclaro la obligatoriedad del pago de estos emolumentos, razón por la cual se observan falencias en la supervisión al no exigir su cumplimiento. Por lo anterior, se determina un hallazgo administrativo, con presunto alcance disciplinario; así mismo se establece un presunto fiscal por valor de $8.217.900, el cual se adiciona a la observación H39 HD6 HF5 Pago de Impuestos, por tratarse de situaciones similares, según la siguiente liquidación

VALOR CONTRATO

PRO-CULTURA

ADULTO MAYOR PUBLICACION

TOTAL A PAGAR

1% 3%

172.000.000 1.720.000 5.160.000 1.337.900 8.217.900

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Garantías Se observa que póliza de seguros CONFIANZA No. 27 GU002956 del 11 de agosto de 2011, fue presentada y aprobada sobre la fecha del vencimiento del plazo del contrato. Si bien es cierto que el manual que aplicó para ese entonces permitía legalizar el contrato dentro del mes siguiente a la suscripción del mismo, también lo es que la empresa debe velar que desde el inicio de la ejecución del contrato, se den todas las garantía que prevean un incumplimiento del mismo, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo, el cual se adiciona a la observación H45 Garantía, por tratarse de situaciones similares. De otra parte teniendo en cuenta que la entidad invirtió recursos en la realización de este estudio y como quiera que según la labor de supervisión evidenciada en cada uno de los documentos que hacen parte del contrato y certificación de cumplimiento expedida por el supervisor, el contratista entregó los productos de conformidad con las actividades y obligaciones pactadas en el contrato, los cuales están contenidos en los diferentes tomos que reposan en la entidad, se insta a la ESE a darle utilidad a los documentos entregados de tal manera que se constituyan como una herramienta en la toma de decisiones en lo que respecta a los protocolos de traslado de todos los servicios de salud que se pretendan realizar con destino a la nueva sede hospitalaria, y/o en su defecto hacer los ajustes pertinentes si a ello hubiera lugar de dichos documentos a fin de actualizar los instrumentos o protocolos adquiridos inicialmente.

CONTRATO Nº: 075/ 30 DE OCTUBRE DE 2012

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD

OBJETO:

PRESTAR EL SERVICIO PARA EL DESARROLLO DEL COMPONENTE DE CALIDAD DE VIDA LABORAL – TURISMO DENTRO DEL PROGRAMA DE BIENESTAR SOCIAL INSTITUCIONAL PARA LA MOTIVACION DEL DESEMPEÑO EFICAZ EL COMPROMISO DE LOS EMPLEADOS DEL HOSPITAL DE YOPAL ESE.

CONTRATISTA: MTR MERCADEO TURISTICO REPRESENTACIONES SAS

VALOR: $325.337.760

PLAZO: DOS (2) MESES

OBSERVACIONES

Pago de Impuestos La cláusula decima novena del contrato, IMPUESTOS Y PUBLICACION y la cláusula trigésima: documentos que integran el contrato: “forman parte integral del

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presente contrato los siguientes documentos: …6) recibo de pago e impuestos y

publicación…”, no obstante, no se encontró el pago por concepto de publicación, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo con presunto alcance fiscal por la suma de $15.060.910, los cuales corresponden a los tributos que se dejaron de pagar, el cual se adiciona a la observación H39 HD6 HF5 Pago de Impuestos, por tratarse de situaciones similares, según la siguiente liquidación.

VALOR CONTRATO

PRO-CULTURA

ADULTO MAYOR PUBLICACION

TOTAL A PAGAR

1% 3%

325.337.760 3.253.378 9.760.133 2.047.400 15.060.910

Garantías En el acta de liquidación se registra anticipo del 25% por $81.334.440, no obstante no se exigió al contratista el amparo por este concepto poniendo en riesgo el manejo de los recursos públicos. Como quiera que el contratista cumplió a cabalidad con el objeto contractual, se insta a la entidad para que en futuras ocasiones tenga especial cuidado en exigir las garantías cuando se entreguen dineros en calidad de anticipo, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo, el cual se adiciona a la observación denominada H45 Garantía, por tratarse de hechos similares.

CONTRATO Nº: 0311/ 01 DE ENERO DE 2013

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO: PRESTAR SERVICIOS PROFESIONALES COMO ABOGADO ESPECIALIZADO COORDINANDO EL AREA JURIDICA DEL HOSPITAL DE YOPAL ESE

CONTRATISTA: LUIS CARLOS GOMEZ NUÑEZ

VALOR: $5.112.096

PLAZO: UN (1) MES

CONTRATO Nº: 0393 / 01 DE FEBRERO DE 2013

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO: PRESTAR SERVICIOS COMO ASESOR JURIDICO DEL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

CONTRATISTA: LUIS CARLOS GOMEZ NUÑEZ

VALOR: $30.672.576

PLAZO: SEIS (6) MESES

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OBSERVACIONES H53 Estudio previo

El numeral e) de las consideraciones del contrato cita: “en concordancia con lo

anterior, la entidad elaboro un estudio previo de conveniencia y oportunidad que evidencia la necesidad de vincular personal ocasional o transitorio para la prestación de los

servicios requeridos”, no obstante, no se encontró dicho documento, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo.

CONTRATO Nº: 1099/ 13 DE SEPTIEMBRE DE 2013

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO: PRESTAR SERVICIOS PROFESIONALES ESPECIALIZADOS PARA LA RECUPERACION DE LA CARTERA DE DIFICIL COBRO SUPERIOR A 180 DIAS DEL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

CONTRATISTA: LUIS CARLOS GOMEZ NUÑEZ

VALOR: $350.000.000

PLAZO: TRES (3) MESES Y DIECINUEVE (19) DIAS

OBSERVACIONES

El presente contrato fue liquidado el 31 de diciembre de 2012, sin reconocérsele valor alguno al contratista en razón a que según certificación expedida el 30 de diciembre de 2013 por el profesional del área de cartera, se manifiesta que: “… el

área de cartera no ha recibido ningún documento y no se ha ejecutado ningún proceso

que constate lo anterior”. Observa la Contraloría que en este sentido, se debió declarar el incumplimiento del contrato, puesto que no hay justificación alguna frente a la no ejecución del contrato. Razón por la cual, se advierte que para futuras ocasiones en los que se presente hechos similares, se tomen las medidas jurídicas pertinentes que evalúe los daños y perjuicios ocasionados por la actuación del profesional.

CONTRATO Nº: 012-005/ 17 DE ENERO DE 2012

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

INTERVENTORIA TECNICA ADMINISTRATIVA Y AMBIENTAL A LA CONSTRUCCION DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA RESIDUAL PARA LA NUEVA SEDE DE LA ESE HOSPITAL DE YOPAL-SEGÚN CONVENIO Nº 1498 DE 2011

CONTRATISTA: OSCAR CRUZ RODRIGUEZ

VALOR: $59.977.956

PLAZO: TRES (3) MESES

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OBSERVACIONES

Garantías En el acta liquidación del contrato de fecha 18 de abril de 2013, se registra pagó del 50% en la suma de $25.000.000 en calidad de anticipo, el cual se hizo de conformidad con la cláusula tercera FORMA DE PAGO de la minuta que cita: “…en calidad de anticipo del 50% previa suscripción del acta de inicio y presentación del

plan de inversión del anticipo…”, no obstante el hospital, obvio la exigencia de la misma, puesto que en la cláusula novena GARANTIAS no se contempló, y desde luego que la póliza No. 27 GU006407 expedida el 27 de enero de 2012, no registra amparo del anticipo, es decir que la empresa autorizo el giro de recursos al contratista sin exigir el respaldo o garantía, asumiendo el riesgo de incumplimiento en el manejo de los mismos, en consecuencia, se configura un hallazgo administrativo con presunto alcance disciplinario por inobservancia al numeral 1 del artículo 34 de la ley 734 de 2002, el cual se adiciona a la observación denominada H45 Garantías, por tratarse de situación similar.

CONTRATO Nº: 057/ 04 DE OCTUBRE DE 2013

CLASE INTERVENTORIA

OBJETO:

REALIZAR LA INTERVENTORIA TECNICA, ADMINISTRATIVA, FINANCIERA Y AMBIENTAL DE LOS CONTRATOS QUE SUSCRIBA EL HOSPITAL DE YOPAL ESE EN DESARROLLO DEL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO No. 010 DE 2013 SUSSCRITO CON EL DEPARTAMENTO DE CASANARE.

CONTRATISTA: DIEGO IGNACIO ARENAS

VALOR: $591.108.389

PLAZO: NUEVE (9) MESES

OBSERVACIONES

Gestión Fiscal Antieconómica En el análisis de este contrato, es necesario, hacer referencia al objeto del convenio interadministrativo No. 010 de 2013, puesto que la presente interventoría se contrató en cumplimiento de dicho convenio, para lo cual la ESE suscribió los siguientes contratos, así:

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No. Objeto Contratista Valor

58 ADECUACION DEL SISTEMA DE AIRE ACONDICIONADO Y VENTILACION MECANICA DEL 4º Y 5º PISO DE LA NUEVA SEDE DEL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

AIRE CARIBE 1,422,546,958

59 ADECUACIONES Y PREINSTALACIONES DE EQUIPOS PRIORITARIAS PARA LA NUEVA SEDE DEL HOSPITAL DE YOPAL

CHAER

3,181,222,459

61

DOTACION E INSTALACION DE EQUIPOS DE CÓMPUTO. SERVIDORES Y TELEVISORES PARA SALAS DE ESPERA Y HOSPITALIZACION DE LA NUEVA SEDE DEL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

CONSORCIO TECNOLOGICO DEL CASANARE

1,919,062,153

64 DOTACION E INSTALACION DE PERSIANAS Y ADHESIVOS PARA LA NUEVA SEDE DEL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

PANORAMA S.A. 290,000,000

67 DOTACION E INSTALACION DE MUEBLES Y ENSERES DE LA NUEVA SEDE DEL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

MUMA S.A.S. 1,519,468,991

Los contratos No. 61, 64 y 67 tienen objetos relacionados con la compra de equipos, de sistemas, comunicación, muebles y enseres y cuyas especificaciones técnicas fueron descritos en los respectivos estudios previos. A este respecto se cuestiona el hecho de haber suscrito contrato interventoría para todos los componentes de los contratos que se ejecutan con ocasión del convenio, los cuales por su naturaleza y por los bienes a adquirir ( escritorios, sillas, estantería, persianas, mesas, divisiones, repisas, computadores, televisores, Tablet, impresoras, video proyector, servidor de alto rendimiento, y baterías entre otros) no requerían de conocimientos especializados por cuanto sus especificaciones técnica ya estaban definidas tanto en el estudio previo como en el contrato. Aunado a lo anterior, a la fecha del presente contrato, el Hospital contaba con un profesional especializado en ingeniería biomédica vinculado a través del contrato No. 013-07 del 01 de febrero de 2013 y 1031 del 01 de agosto de 2013 y cuyas obligaciones contemplaron entre otras “recepción y recibo de equipos biomédicos”, “prueba de funcionamiento de equipos biomédicos”, “brindar apoyo y seguimiento en los procesos de implementación de nuevas tecnologías que la institución requiera…”, “Realizar verificación de funcionamiento y acompañamiento en la recepción de los equipos médicos”, y “Asesorar al hospital en la adquisición de tecnología biomédica bien sea para la sede actual o la nueva sede el hospital de Yopal E.S.E”. Adicionalmente, durante el 2013 el Hospital contó con el apoyo de un profesional especializado en el área de sistemas quien tuvo contrato vigente todo el año, y uno en el área industrial; profesionales que en esta vigencia están acompañando procesos de mantenimiento y sistemas en el hospital, profesionales que participaron en el seguimiento a los contratos tal como se pudo observar en el contenido de los siguientes documentos:

Oficio del 03 de febrero de 2014

En el informe de interventoría 01 del periodo 15 de noviembre al 14 de diciembre de 2013, se señala en el numeral 2.3 DESCRIPCION DE ACTIVIDADES CONSORCIO TECNOLOGICO.

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El consorcio tecnológico desarrolla un contrato de compraventa de equipos en donde mejora la calidad tecnológica.…

El apoyo para esta revisión la realiza el ing. De sistemas del hospital Luis Rodríguez quien apoyara a la interventoría en la revisión que sea necesaria en cuanto a suministros como

los computadores, Tablets, impresoras etc…”

Considera este ente de control que no debió contemplarse interventoría y destinarse recursos del 7% para todos los procesos contractuales derivados del convenio, puesto que con la labor del supervisor, se podía verificar el cumplimiento del contrato en cuanto a las especificaciones técnicas de los bienes a recibir, tales como mobiliario, estantes, computadores y televisores, entre otros, los cuales ascienden aproximadamente a $3.728 millones. Infiere la Contraloría que le hubiese sido más económico a la entidad contratar mediante la modalidad de prestación de servicios a uno o dos profesionales para desarrollar dicha interventoría reconociendo a estos los honorarios según los actos administrativos que la entidad tiene para estos casos, eso si se diera el caso que con el personal que contaba la empresa en ese momento no pudiera desarrollar la actividad. En consecuencia, se considera una gestión antieconómica, más aún cuando estuvo precedida del acompañamiento directo de los profesionales contratados por el hospital y quienes ejercieron la supervisión de éstos.

Si bien es cierto que estos recursos provienen de convenio suscrito con la Gobernación, de proyecto presentado ante el OCAD, y el Hospital quien era el ejecutor del mismo, contrato conforme a las obligaciones en el estipuladas, debió velar por que estos cumplieran con un objeto social, lo que no impedía que la ESE pudiera realizar una revisión a las condiciones establecidas y por ende hacer los ajustes pertinentes con el fin de cumplir con el objeto del convenio, puesto que se pueden presentar situaciones en la que el presupuesto este sub o sobredimensionado frente a la necesidad real.

Por lo anterior, y teniendo que la fuente de financiación corresponde a regalías, las observaciones de este contrato se trasladará a la Contraloría General para lo de su competencia.

CONTRATO Nº: 011/ 04 DE ENERO DE 2013

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

REALIZAR EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO Y SUMINISTRO DE REPUESTOS PARA LOS EQUIPOS MÉDICOS DEL HOSPITAL DE YOPAL ESE

CONTRATISTA: BIOSISTEMAS INGENIERIA MEDICA S.A.S

VALOR: $450.000.000

PLAZO: ONCE (11) MESES

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OBSERVACIONES Falencias por parte del comité evaluador En el acta de Calificación de ofertas del proceso de contratación, se registra que el oferente MEDICAL DEALER LTDA , no presento registro único tributario, certificado de aportes parafiscales y seguridad social, manifestación escrita de no hallarse incurso en causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar Y CERTIFICACION DE EXPERIENCIA, al revisar la carpeta de dicho contrato, se encontraron allí tales documentos, por lo que se insta a la entidad que debe tener especial cuidado al momento de evaluar las propuestas en cuanto a la verificación de los documentos presentados, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo, el cual se adiciona a la observación denominada H44 Falencias por parte del comité evaluador, por tratarse de situación similar.

CONTRATO Nº: 022/ 16 DE FEBRERO DE 2012

CLASE OBRA PUBLICA

OBJETO:

REALIZAR LA READECUACION Y MEJORAS EN LA INFRAESTRUCTURA DEL LABORATORIO CLINICO, ARCHIVO DE HISTORIAS CLINICAS, AREA ADMINISTRATIVA Y ZONA DE RECEPCION Y FACHADA DE LA NUEVA SEDE DE LA ESE HOSPITAL DE YOPAL

CONTRATISTA: BYRPRO INGENIERIA SAS

VALOR: $254.049.139

PLAZO: UN (1) MES

OBSERVACIONES

H54 HF8 Imprevistos

El numeral 4. SOPORTE TECNICO del estudio previo fija un subtotal de $195.728.948,64 para la abras de adecuación y mejoramiento de distintas áreas en la nueva sede del Hospital de Yopal ESE, más un 30% de AIU desglosado así, 17% de administración 8% de imprevistos y un 5% de utilidad, que en conjunto suma un presupuesto oficial de $ 254.447.633 para la ejecución de la obra. Una vez Revisadas las actas de liquidación, acta de recibo final de obra, y demás informes por parte del supervisor del contrato, se observa con claridad que durante la ejecución de la obra no se dieron imprevistos de ninguna clase, situación que no se tuvo en cuenta a la hora de liquidar el contrato,

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En este sentido, se trae a colación, el concepto del 29 de septiembre de 2011 emitido por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República, que señala: “(…) IMPREVISTOS: el pacto de una cláusula que destine un porcentaje del valor del contrato estatal a cubrir el costo de los imprevistos que puedan incurrir durante su ejecución, no pueden llevar a la conclusión de que si durante dicha ejecución no ocurren imprevistos, el porcentaje que se destinó para este concepto se convierte automáticamente en parte de la “utilidad” del contratista, porque una conclusión en este sentido permitiría: 1) Que el contratista se apropie sin fundamento legal alguno de recursos públicos que

tenían una destinación específica “cubrimiento de imprevistos surgidos durante la ejecución del contrato”.

2) Que el contratista evada el pago del IVA del porcentaje de “imprevistos”, a pesar de que realmente dicho porcentaje hizo parte de la “utilidad del contratista”.

Así las cosas, la previsión e inclusión de un porcentaje del valor del contrato para cubrir “imprevistos” que puedan surgir durante la ejecución del mismo, sin tener que suscribir un contrato adicional, se ajusta a los fines de la contratación públicos. Sin embargo, las entidades que administran recursos públicos no pueden permitir que esta previsión se convierta en un instrumento para la evasión de impuestos por parte del contratista, cuando sin que ocurran “imprevistos” durante la ejecución del contrato, se apropien de este porcentaje, convirtiéndolos en realidad en parte de su “utilidad”.

Por lo anterior, las entidades que administran recursos públicos solo pueden pagar los “imprevistos” que el contratista acredite, porque la destinación de esta previsión es específica y no puede convertirse en parte de la utilidad del contratista”. Por lo anterior, la Contraloría Departamental configura este hecho como un hallazgo administrativo con presunta incidencia fiscal por la suma de $15.658.316 que corresponde al 8% de imprevistos determinado en el AIU del contrato.

CONTRATO Nº: 011/ 30 DE ENERO DE 2012

CLASE OBRA PUBLICA

OBJETO:

EJECUTAR LAS OBRAS COMPLEMENTARIAS DE ADECUACION Y REFUERZO DE ESCALERA DE EMERGENCIA EN LAS INSTALACIONES DEL NUEVO HOSPITAL DE YOPAL. SEGÚN CONVENIO INTERADMINISTRATIVO No. FDS-0191-010 DE 2010.

CONTRATISTA: AGROSIP E.U

VALOR: $162.140.016

PLAZO: CUARENTA Y CINCON (45) DIAS CALENDARIO

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OBSERVACIONES

Imprevistos El numeral 4. SOPORTE TECNICO del estudio previo fija un subtotal de $124.745.889 para la abras de adecuación, refuerzo de escalera de emergencia, más un 30% de AIU desglosado así, 17% de administración 8% de imprevistos y un 5% de utilidad, que en conjunto suma un presupuesto oficial de $ 162.169.656 para la ejecución de la obra. Una vez Revisadas las actas de terminación del 26 de marzo de 2012, acta de recibo final de obra del 13 de abril de 2012 y liquidación del 06 de diciembre de 2012, y demás informes por parte del supervisor del contrato, se observa con claridad que durante la ejecución de la obra no se dieron imprevistos de ninguna clase, situación que no se tuvo en cuenta a la hora de liquidar el contrato. En este sentido, se trae a colación, el concepto del 29 de septiembre de 2011 emitido por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República, que señala: “(…) IMPREVISTOS: el pacto de una cláusula que destine un porcentaje del valor del contrato estatal a cubrir el costo de los imprevistos que puedan incurrir durante su ejecución, no pueden llevar a la conclusión de que si durante dicha ejecución no ocurren imprevistos, el porcentaje que se destinó para este concepto se convierte automáticamente en parte de la “utilidad” del contratista, porque una conclusión en este sentido permitiría: 3) Que el contratista se apropie sin fundamento legal alguno de recursos públicos que

tenían una destinación específica “cubrimiento de imprevistos surgidos durante la ejecución del contrato”.

4) Que el contratista evada el pago del IVA del porcentaje de “imprevistos”, a pesar de que realmente dicho porcentaje hizo parte de la “utilidad del contratista”.

Así las cosas, la previsión e inclusión de un porcentaje del valor del contrato para cubrir “imprevistos” que puedan surgir durante la ejecución del mismo, sin tener que suscribir un contrato adicional, se ajusta a los fines de la contratación públicos. Sin embargo, las entidades que administran recursos públicos no pueden permitir que esta previsión se convierta en un instrumento para la evasión de impuestos por parte del contratista, cuando sin que ocurran “imprevistos” durante la ejecución del contrato, se apropien de este porcentaje, convirtiéndolos en realidad en parte de su “utilidad”.

Por lo anterior, las entidades que administran recursos públicos solo pueden pagar los “imprevistos” que el contratista acredite, porque la destinación de esta previsión es específica y no puede convertirse en parte de la utilidad del contratista”.

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Falencias en la supervisión

Por lo anterior, se observó falencias por parte de la supervisión, al no exigir al contratista todos los soportes que reflejen el cumplimiento del objeto contractual, incumpliendo con lo señalado en el manual de interventoría. Por lo anterior, y teniendo que la fuente de financiación corresponde a regalías, las observaciones de este contrato se trasladará a la Contraloría General para lo de su competencia.

CONTRATO Nº: 008 /26 DE ENERO 2012

CLASE OBRA PUBLICA

OBJETO:

CONSTRUCCION DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA RESIDUALPARA LA NUEVA SEDE DEL HOSPITAL DE YOPAL ESE, SEGÚN CONVENIO DE COOPERACION No. 1498 DE 2011.

CONTRATISTA: CONSORCIO PTAR HOSPITAL 2012.

VALOR: $765.488.165,oo

PLAZO: DOS (2) MESES

OBSERVACIONES

Falencias en Planeación Revisada la documentación del contrato, se evidencia una violación al principio de planeación, pues se proyectó un plazo inicial de dos meses y realmente duro diez. Durante su ejecución se realizaron tres prorrogas en tiempo, la primera por dos meses, la segunda por cuarenta y cinco días y la última por un mes; más una suspensión de 75 días, lo cual evidencia que es poco técnica su justificación e inobservando tajantemente el artículo 44 del Acuerdo 074 de 2008 Estatuto interno de contratación del Hospital de Yopal E.S.E. donde señala: “…Las prórrogas en tiempo de los contratos, podrán hacerse para garantizar el

cumplimiento del objeto contractual previo solicitud con justificación y fundamento de la misma. Estas no podrán exceder como únicas o acumuladas el tiempo inicialmente

pactado…”

De otra parte, la Procuraduría General de la Nación, frente al alcance del principio de planeación, se ha referido en los siguientes términos1 1 Fallo segunda instancia de 12-09-2008, proferido por la Procuraduría Primera Delegada Contratación Estatal, Radicación N° 120-2216-2006.

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“…El principio de planeación es una manifestación del principio de economía, consagrado en el artículo 25 de la Ley 80 de 1993, como se desprende de lo dispuesto en los numerales 6, 7 y 12 a 14 de esta disposición. El principio de planeación busca garantizar que la escogencia de los contratistas, la celebración, ejecución y liquidación de los contratos no sea producto de la improvisación; en consecuencia, en virtud de este principio, cualquier proyecto que pretenda adelantar una entidad pública debe estar precedido de estudios encaminados a determinar su viabilidad técnica y económica (…). (…) La finalidad de las exigencias contenidas en los numerales 7 y 12 citados es que las entidades estatales, con antelación a la apertura del proceso de selección, o a la celebración del contrato, según el caso, tengan previamente definida la conveniencia del objeto a contratar, la cual la reflejan los respectivos estudios (técnicos, jurídicos o financieros) que les permitan racionalizar el gasto público y evitar la improvisación, de modo que, a partir de ellos, sea posible elaborar procedimientos claros y seguros que en el futuro no sean cuestionados. Su observancia resulta de suma importancia, en la medida que el desarrollo de una adecuada planeación permite proteger los recursos del patrimonio público, que se ejecutarán por medio de la celebración de los diferentes contratos…”.

Por lo anterior, se configura una observación de tipo administrativo el cual se trasladará a la Contraloría General para lo de su competencia por tratarse de recursos de regalías.

CONTRATO Nº: 013 – 058/ 19 DE NOVIEMBRE DE 2013

CLASE COMPRAVENTA

OBJETO: ADECUACION DEL SISTEMA ELECTRICO DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA RESIDUAL DE LA NUEVA SEDE DEL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

CONTRATISTA: LUIS ENRIQUE CHAVARRO

VALOR: $22.867.551.

PLAZO: CUARENTA Y CINCO (45) DIAS

OBSERVACIONES

H55 Denominación del contrato. El presente contrato se denominó como de compraventa por parte del Hospital, cuando su objeto contractual es: “…adecuación del sistema eléctrico de la planta de

tratamiento de agua residual de la nueva sede del hospital de Yopal ESE...”, es decir, este objeto va en contravía de la denominación del contrato. Además el contratista para la liquidación del mismo, presenta al supervisor un informe de ejecución de

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prestación de servicios. Es de anotar que la aplicación de impuestos para un contrato de compraventa es diferente a uno de prestación de servicios. Razón por la cual, se configura un hallazgo administrativo, a fin de establecer acciones de mejora en este sentido.

CONTRATO Nº: 024/24 DE FEBRERO DE 2012

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

REALIZAR EL MANTEMINIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO A LOS EQUIPOS MEDICOS DE MEDIANA COMPLEJIDAD PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD DEL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

CONTRATISTA: LAP COMERCIAL SAS

VALOR: $300.000.000

PLAZO: DIEZ (10) MESES

OBSERVACIONES

Determinación del Precio Oficial En el numeral 4.3. Soporte económico del estudio previo se cita: “.. El Hospital de

Yopal E.S.E., estableció para el presente proceso de contratación un monto de TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS ($300.000.000), el valor para suplir la necesidad

planteada por un plazo de diez (10) meses.”, sin que se establezcan las variables que fundamentan la determinación del presupuesto oficial, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo, el cual se adiciona a la observación H38 Determinación del precio oficial, por tratarse de similar situación. Falencias de supervisión Como soportes de las garantías, se encontró la póliza No. 605-47-994000013062 expedida el 28 de Marzo de 2012, es decir que un mes y 4 días después de haber suscrito el acta de inicio la misma, la cual registra vigencia retroactiva desde el 24 de febrero de 2012. Así mismo, la póliza No.605-47-994000012970 expedida con fecha 21 de marzo de 2012 para cubrir la misma garantía del mismo contrato pero con vigencia desde 21 de marzo de 2012, documento que carece de firma del tomador y aprobación por parte de la entidad, incumpliendo de esta manera con el artículo 40 del Acuerdo 074 de 2008 Estatuto Interno de Contratación. Este hecho indica deficiencias en labor de supervisión, en consecuencia, se configura un hallazgo administrativo, el cual se adiciona a la observación denominada H37 Falencias de supervisión, por tratarse de similar situación.

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Pago de Impuestos Observada la carpeta del contrato, no se encontró documento alguno que evidencie el pago de impuestos por parte del contratista, de conformidad con el estatuto de rentas departamental, razón por la cual, se configura un hallazgo administrativo con presunto alcance fiscal por la suma de $14.047.400, el cual se adiciona a la observación denominada H39 HD6 HF5 Pago de impuestos, por tratarse de situación similar.

VALOR CONTRATO

PRO-CULTURA

ADULTO MAYOR PUBLICACION

TOTAL A PAGAR

1% 3%

300.000.000 3.000.000 9.000.000 2.047.400 14.047.400

CONTRATO Nº: 031/11 DE ABRIL DE 2011

CLASE OBRA PUBLICA

OBJETO:

EJECUCION DE OBRAS COMPLEMENTARIAS Y TERMINADOS DE LOS SISTEMAS DE BANCO DE CONDENSADORES Y PLANTA ELECTRICA EN LAS INSTALACIONES DEL NUEVO HOSPITAL DE YOPAL ESE – SEGÚN CONVENIO INTERADMINISTRATIVO No. FDS-0191-010 DE 2010.

CONTRATISTA: ICOMMERCE SAS. RL. JESUS RICARDO RIVEROS MORANTES

VALOR: $1.289.041.854.

PLAZO: DOS (2) MESES

OBSERVACIONES Imprevistos El presente contrato se denomina como de obra pública, en el que incluyó AIU por $297.846.608, de los cuales como imprevistos se determinó $79.325.652 equivalente al 8%, pagándose al contratista el valor total del mismo.

Al respecto, observa la Contraloría que de acuerdo al valor de los ítems citados tanto en el estudio previo, oferta y minuta éstos obedecen en un 69% a suministro tales como el Banco de condensadores y generador eléctrico; de otra parte, al revisar los informes de ejecución y actas anexas a la carpeta contractual, no se encontró en los mismos información que evidencie que durante la ejecución del contrato se presentaron imprevistos,

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En este sentido, se trae a colación, el concepto del 29 de septiembre de 2011 emitido por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República, que señala: “(…) IMPREVISTOS: el pacto de una cláusula que destine un porcentaje del valor del contrato estatal a cubrir el costo de los imprevistos que puedan incurrir durante su ejecución, no pueden llevar a la conclusión de que si durante dicha ejecución no ocurren imprevistos, el porcentaje que se destinó para este concepto se convierte automáticamente en parte de la “utilidad” del contratista, porque una conclusión en este sentido permitiría: 5) Que el contratista se apropie sin fundamento legal alguno de recursos públicos que

tenían una destinación específica “cubrimiento de imprevistos surgidos durante la ejecución del contrato”.

6) Que el contratista evada el pago del IVA del porcentaje de “imprevistos”, a pesar de que realmente dicho porcentaje hizo parte de la “utilidad del contratista”.

Así las cosas, la previsión e inclusión de un porcentaje del valor del contrato para cubrir “imprevistos” que puedan surgir durante la ejecución del mismo, sin tener que suscribir un contrato adicional, se ajusta a los fines de la contratación públicos. Sin embargo, las entidades que administran recursos públicos no pueden permitir que esta previsión se convierta en un instrumento para la evasión de impuestos por parte del contratista, cuando sin que ocurran “imprevistos” durante la ejecución del contrato, se apropien de este porcentaje, convirtiéndolos en realidad en parte de su “utilidad”.

Por lo anterior, las entidades que administran recursos públicos solo pueden pagar los “imprevistos” que el contratista acredite, porque la destinación de esta previsión es específica y no puede convertirse en parte de la utilidad del contratista”.

De otra parte, teniendo en cuenta la denominación dada al contrato, para efecto de impuestos, se recomienda a la entidad denominar adecuadamente los contratos, ya que esto tiene implicaciones tributarias ante la Administración de Impuestos Nacionales DIAN. Póliza de Calidad y correcto funcionamiento Adicionalmente, se observó que la ESE, no exigió póliza de calidad de los bienes suministrados tales como son los condensadores y generador eléctrico, Si bien es cierto que el artículo 31 del acuerdo 074 de 2008, describe las características del contrato de obra pública, también lo es que la compra de un bien no está contemplado dentro de éste y en el caso que nos ocupa el valor de la obra pública correspondió apenas al 31% del contrato y el 69% representa el suministro de bienes (generador eléctrico y banco condensadores) por lo que se debió exigir garantía de calidad para estos. Aunado a lo anterior, en el literal f de la cláusula novena se exigió como garantía el “CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS

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EQUIPOS. Por el cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, la vigencia será por el término del contrato y doce (12) meses más...”, sin que la entidad hiciera efectivo el cumplimiento de esta garantía, una cosa es garantizar la estabilidad de la obra de infraestructura y otra muy diferente, garantizar la calidad de un bien suministrado, de ahí la importancia de la denominación de los contratos al momento de suscribirlos Teniendo en cuenta que la fuente de financiación corresponde a regalías, se traslada las observaciones del presente contrato a la Contraloría General de la República para lo de su competencia.

CONTRATO Nº: 036/3 DE ABRIL DE 2013

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

REALIZAR EL ACOMPAÑAMIENTO EN EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN DE LA CALIDAD BASADO EN NTCGP 1000:2009- MECI 1000:2005 – SISTEMA ÚNICO DE ACREDITACIÓN SUA

CONTRATISTA: FUNDACION VISION SALUD

VALOR: $179.700.000

PLAZO: ONCE (11) MESES

OBSERVACIONES

H56 HD8 Selección objetiva El Hospital de Yopal E.S.E. invitó a participar en el proceso a dos empresas y una de ellas mediante oficio de marzo de 2013, manifestó no estar interesada en participar en el proceso, y aun así el Hospital adjudicó el mismo a la Fundación Visión Salud. Observa la Contraloría, que la ESE al adjudicar directamente el proceso sin contar como mínimo con dos ofertas, por un lado, incumplió el literal b del artículo 13 del Acuerdo 074 de 2008 que dice: “…La Empresa Social del Estado Hospital de Yopal podrá contratar bienes, servicios u otros con persona natural o jurídica que estén en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, Obteniendo como mínimo dos ofertas cuando los bienes, servicios u otro de que se trate supere los CIEN (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Para este tipo de contratación se requiere como mínimo de estudios previos, CDP, invitación ofertas, evaluación y acto de adjudicación…” (Subrayado nuestro), y por el otro, no garantizó la selección objetiva, entendiéndose esta como principio rector que regla la actividad contractual, la cual permite la escogencia teniendo en cuenta los intereses colectivos de la oferta más ventajosa y favorable para la entidad contratante.

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Por lo anterior se configura un presunto hallazgo administrativo con presunto alcance disciplinario.

CONTRATO Nº: 039/ 23 DE MARZO DE 2012

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD

OBJETO:

PRESTAR SERVICIOS DE SALUD DESARROLLANDO ACCIONES DE PROMOCION Y PREVENCION CON EL OBJETO DE FOMENTAR LA SALUD NUTTRICIONAL EN NIÑOS MENORES DE 5 AÑOS, MUJERES EMBARAZADAS Y LACTANTES DE LA COMUNIDAD INDIGENA DE CAÑO MOCHUELO Y BARRO NEGRO DEL DEPARTAMENTO DE CASANARE EN EJECUCION DEL CONTRATO 1451 DE 2011

CONTRATISTA: CONASES CONSULTORES SAS

VALOR: $1.305.000.000

PLAZO: TRES (3) MESES

OBSERVACIONES

Soportes de Ejecución El numeral séptimo Obligaciones del contratista del estudio previo, cita: (…) el

contratista deberá asegurar la prestación de servicios de salud partiendo de proceso de planeación integrales para los servicios de intervención integral, para la recuperación del estado nutricional de los niños y niñas menores de cinco años y de las madres gestantes y /o lactantes de las comunidades indígenas de caño mochuelo y barro negro en el Departamento de Casanare…”, dentro de las actividades se contempló la entrega de

56.880 Apoyo Alimentario consistentes en dos comidas día (desayuno y almuerzo), es decir según la Contraloría en total el contratista debió entregar 113.360 raciones, encontrándose que de acuerdo a los soportes de planillas que registran el nombre de los beneficiarios que recibieron el servicio, se evidenció la entrega de tan solo 37.186 raciones, así:

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153

DYNO ALMZO DYNO ALMZO DYNO ALMZO DYNO ALMZO DYNO ALMZO

JINET YANET CERINZA 27 27 31 31 116

JINET YANET CERINZA 27 27 0 0 54

YENIFER ELENA ALBARRACIN 27 27 31 31 116

VITELIO SALON 27 27 31 31 116

YEINER ARBEY CAMARGO 27 27 31 31 116

JUNIOR ANDREY VALENCIA JAIMES 27 27 31 31 116

SHARIT TATIANA DUARTE 27 27 31 31 116

INGRID YULIETH CAMARGO 27 27 31 31 116

ANA LISETH PAZU 27 27 31 31 116

JULIAN ESTIVEN CAMARGO 27 27 31 31 116

YALI FERNANDA CAMARGO DUARTE 27 27 31 31 116

DORIVA DOMARIS 27 27 31 31 116

MARIA CAMARGO 27 27 31 31 116

DAYANA ALEJANDRA 27 0 0 0 27

JUAN CAMILO GONZALEZ 11 11 26 26 74

MANDERA YOLIS TORRES 11 11 26 26 74

ARINANDO EVERTH TORRES 11 11 26 26 74

DUMA YULIETH WAIPARITSEG 11 11 26 26 74

YAJOTO DARWI GONZALEZ 11 11 26 26 74

JUREVI DIDIER DIPA ETE 11 11 26 26 74

YUNIELA SIMBA 11 11 26 26 74

BARI JHON DAIRO MICHIU 11 11 26 26 74

DIMU DENIS 11 11 26 26 74

KAREN SOFIA CONCHAURI 11 11 26 26 74

DUYA YEIDY ETEI INON 11 11 26 26 74

DANIELA MATAYA WATSINEGUE 11 11 26 26 74

JIPIA MARICELA 11 11 26 26 74

WEÑA QUISENIA 11 11 26 26 74

AITUI YECZA LISETH 11 11 26 26 74

COSEPA TANIA LARA JAPE 11 11 26 26 74

LEIDY XARIMA WEIPARI 11 11 26 26 74

EFRAIN JOTAURI 11 11 26 26 74

THEIRO YENFER MICHICU 11 11 26 26 74

JARCU LUIS SANTANA 11 11 26 26 74

WEIPI LOIDA 11 11 26 26 74

KESI SOBEIDO AIPA YARA 11 11 26 26 74

WEIMA YARITSA 11 11 26 26 74

TETE JESUS FORERO 11 11 26 26 74

SABOCO JEISON 11 11 26 26 74

ATABANA BURGO MICHEL 11 11 26 26 74

DAWH JUAN JOSE 11 11 26 26 74

KAROL FORERO 11 11 26 26 74

MICHICHO DILAN 11 11 26 26 74

HIJO DE NARDI PAWANA JIMENEZ 11 11 26 26 74

JIUTSARI CESAR MAYAURI 11 11 26 26 74

JESUS ALDAIR JHANOPI 11 11 26 26 74

AWIPA JASLEIDI WAMARE 11 11 26 26 74

ANCEPE ISMAEL BOTORA 11 11 26 26 74

HIJA DE BARERI MELINDA MUITOBA 11 11 26 26 74

KEVIN MATIA PEARCO PUTIRI 11 11 31 31 84

MILLER FREIDER PEARCO PUTIRI 11 11 31 31 84

ZOSORI UZAIN KANOPI JAPE 11 11 31 31 84

KIMBERLI TATIANA KANOPI JAPE 11 11 31 31 84

ANA GILLEY MAREY TONTOPENA 11 11 31 31 84

MACHAWA LUIS TSEJU WACHON 11 11 31 31 84

YURLENIS WEITOPE ETEI 11 11 31 31 84

TAETIO PAOLA MAYAURI 11 11 31 31 84

CAMEYA EDUAR TORRES 11 11 31 31 84

DETSUNEY WILSON JUIBA 11 11 31 31 84

DAFE ESNEIDER FLORO 11 11 31 31 84

LORENA WAIBA MONTAÑEZ 11 11 31 31 84

YOINER INOBO CAMNEI 11 11 31 31 84

MICHAEL HERNESTO ATEPILLO 11 11 31 31 84

EPI ZURELI LARA MIANPENA 11 11 31 31 84

MARVINE HERNESTO ATEPILLA 11 11 31 31 84

MIGI YAIBA PASTRANA 11 11 31 31 84

URANCA LUDWIN CAMNEI 11 11 31 31 84

BERINA JESUS MAYAURE MAREY 11 11 31 31 84

BURETO JORGE ARTURIS 11 11 31 31 84

SEMENEY JANEIDER WAMARE 11 11 31 31 84

CENEY JAIDI TSEJU 11 11 31 31 84

MURPE NEIBER TSEJU 11 11 31 31 84

WAMARAWI BRAULIO TSEJU 11 11 31 31 84

JARAWATO MAYONA MANUWA 11 0 0 0 11

SANDRO WAFRARU TSEJU 11 11 31 31 84

JOHAN STEVEN KETSHINEI 11 11 31 31 84

TSARAIN BRIESEL PEARCO 11 11 31 31 84

JARI JEFERSON ETEI JAPE 11 11 31 31 84

JAINBA RAQUEL BOTARA COLINA 11 11 31 31 84

REINZON SANUNUI ETEI INON 11 11 31 31 84

KEITO MAICOL DAVID FLOREZ 11 11 31 31 84

HIJA DE MAUCU MACABEREY 11 11 31 31 84

JOMAY MARBEL JUEBO SIYO 11 11 31 31 84

CARAWA ISMAEL BOTHI CUINCHI 11 11 31 31 84

HIJA DE JUANA NEILA CUIBA 11 11 31 31 84

JUNEY JHAINER JAWA 11 11 31 31 84

VICTOR FENANO MICHICU 11 11 31 31 84

FARAURI BERLEY CUIVA 11 11 31 31 84

YONIA BLETDY CUIVA 11 11 31 31 84

ELIECER TATAMAGE MICHICU 11 11 31 31 84

NANEIBA ERIKA GUAIPERE 11 11 31 31 84

MAIRU LORENA JAPE 11 11 31 31 84

DINARI MARREDO BURUSI 11 11 31 31 84

TOTALNOMBRE O IDENTIFICACIONJUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE

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154

DYNO ALMZO DYNO ALMZO DYNO ALMZO DYNO ALMZO DYNO ALMZO

JAUTINE ARNOL NAJABEBOTO 11 11 31 31 84

DOPTIN DIANA AIPA 11 11 31 31 84

WISHIRIA IVAN INON 11 11 31 31 84

AKASIM DANILSON NACUE 11 11 31 31 84

SAWEIMA DALILA BOTORA 11 11 31 31 84

CUITUM YEIMER AREYA 11 11 31 31 84

TOREBA ALEJANDRA AIPA 11 11 31 31 84

DUBLAN JAVIER EMA ETEI 11 11 31 31 84

CAMATEIBA YUCELI MAYAURI 11 11 31 31 84

CARIPIA YANELA GUAIPERE 11 11 31 31 84

ANDRES CAMNEY JERPA 11 11 31 31 84

BRAYAN ESTEBAN WASIT 11 11 31 31 84

AREBA ROSALIA YANAURU TSEJU 11 11 31 31 84

MANCUIBA ISABELINA BAWEI 11 11 31 31 84

WAQUE VICENTE NACUE 11 11 31 31 84

WISHIRA ALGEMIN AIPA 11 11 31 31 84

OLSON MUINE AREYA 11 11 31 31 84

XANEBO LISNALDO W 11 11 31 31 84

WABO VALENTIN CATENA 11 11 31 31 84

ESCLEIDER MICHICU 11 11 31 31 84

GINA MARCELA CUIVA 11 11 31 31 84

SANTIAGO AITURI 11 11 31 31 84

JARAWATO RICARDO 11 11 31 31 84

MAPOIBA GREIZ BOTORA 11 11 31 31 84

RBI DAYANA ETEI JAPE 11 11 31 31 84

HIJO DE NUNTSIA ZULEIMA 11 11 31 31 84

PEARKU IVAHN SANTANA 11 11 31 31 84

HIJO DE WATSIA NONELI 11 11 31 31 84

HIJA DE ADRIANA INON JARPENA 11 11 31 31 84

HIA DE WAYI ELBELI MICHICU 11 11 31 31 84

HIRSON MENDEZ RODRIGUEZ 17 17 31 0 65

LISETH XIOMARA DIAZ GUTIERREZ 17 17 31 31 96

TATIANA MARCELA FEDIALETE 17 17 31 31 96

DANIEL RODRIGUEZ 17 17 31 31 96

JOSE LEONARDO MARTINEZ 17 17 0 31 65

NIKOL DAYANA MANDEZ 17 17 31 31 96

ANDERSON ARVEY MARTINEZ LEON 17 17 31 31 96

DIDIER JAVIER MACABARE 17 17 31 31 96

BREIDY CAROLINA VERA 17 17 31 31 96

BRENDER ALMICAR RODRIGUEZ 17 17 31 31 96

JEFERSON RODRIGUEZ 17 17 31 31 96

HELMER JAIR RODRIGUEZ 17 17 31 31 96

LENIS YILEIDY RODRIGUEZ 17 17 31 31 96

OSCAR LIBARDO GAITAN 17 17 31 31 96

FLOR NATALY VILLAREAL 17 17 31 31 96

ARVEY VILLAREAL GAITAN 17 17 31 31 96

STEINER EMACUY ROMERO 17 17 31 31 96

JUNIOR ENERYRODRIGUEZ 17 17 31 31 96

DAVISON FRANCISCO RODRIGUEZ 17 17 31 31 96

DIDIER SANTIAGO RODRIGUEZ 17 17 31 31 96

CARLOS ADAN RODRIGUEZ 17 17 31 31 96

LIZ IVONNE RODRIGUEZ 17 17 31 31 96

YUDELEI ISABEL RODRIGUEZ 17 17 31 31 96

FABIA ANDRES GAITAN 17 17 31 31 96

NEYDA MILAGROS MALPICA 17 17 0 31 65

JUAN JOSE QUITEVE 10 5 31 31 77

ANDRES FELIPE URRIOLA 10 10 31 31 82

IVON MARIANA URRIOLA 10 10 31 31 82

AYDANA GABRIELA GARRIDO 10 10 31 31 82

IRIS LINDREY JOROPA 10 10 31 31 82

YAJAIRA HUMEJE 10 10 31 31 82

YEIDER ELIZABER HUMEJE 10 10 31 31 82

YASMAR ALEXANDER HERRERA 10 10 31 31 82

BREINER YORDAN JOROPA 10 10 31 31 82

RAFAEL EULICE BARRERA 10 10 31 31 82

JHEYLER ALDANA 10 10 31 31 82

AURA LISMAR HUMEJE 10 10 31 31 82

YADY JOROPA ALDANA 10 10 31 31 82

LENIS ANDREA JOROPA ALDANA 10 10 31 31 82

LURUIS QUITEVA 10 10 31 31 82

YOLAM EULIDER JOROPA 10 10 31 31 82

JOLMER EUDER JOROPA 10 10 31 31 82

SHARY DARICINA CHAMARRAUI 10 10 31 31 82

NEIDA PIEDAD ALDANA 10 10 31 31 82

EZEQUIEL MACABARE 10 10 31 31 82

YONGER CHAMARRAUI 10 10 31 31 82

JORGE EMILIO MANZANO 10 10 31 31 82

WENDY EMILIA MANZANO 10 10 31 31 82

GONZALO HUMO MALPLICA 10 10 31 31 82

YAN EDUAR HUMEJE 10 10 31 31 82

DAMARIS HUMEJE 10 10 31 31 82

KAREN DANIELA ROETSI 16 16 29 31 30 30 9 9 170

ELSA YOLIMA APREDI JUDESA 16 16 31 31 30 30 9 9 172

LUIS BAUTISTA POPO 16 16 31 31 30 30 9 9 172

YURLENY WAMADAWI 16 16 31 31 30 30 9 9 172

VENIZA WAMADAWI 16 16 31 31 30 30 9 9 172

DUMAR JOBELINE 16 16 31 31 30 30 9 9 172

UBER JOSBELINE 16 16 31 31 30 30 9 9 172

FELIX ALDERSON PJOPIDI 16 16 31 31 30 30 9 9 172

YOVANI ARIEL POPO KAIBO 16 16 31 31 30 30 9 9 172

ANGEL DIOMEDEZ WATIBA 16 16 31 31 30 30 9 9 172

ALBEIRO SIBOYO MAPUDI 16 16 31 31 30 30 9 9 172

CLEIDER KEIBO MAKADEWA 16 16 31 31 30 30 9 9 172

LUIS FABIAN WATADI JODOM 16 16 31 31 30 30 9 9 172

WENDY YISELA DAIWA WAMADARE 16 16 31 31 30 30 9 9 172

TOTALNOMBRE O IDENTIFICACIONJUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE

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155

DYNO ALMZO DYNO ALMZO DYNO ALMZO DYNO ALMZO DYNO ALMZO

REYNER NUTE JOSBELINE 16 16 23 31 30 30 9 9 164

LENDER RAUL 16 16 23 31 30 30 9 9 164

DUBER WETI 16 0 23 31 30 30 9 9 148

FRAY ELDER WETSI 16 0 23 28 30 30 9 9 145

NATALIA SADI 0 0 23 26 30 30 109

HENRY POPO JODOM 0 0 0 0 30 30 60

ELVIA BOTSOKI DIKUSI 0 0 0 0 30 30 60

LUIS HECTOR MADI KADAB0 0 0 23 26 30 30 109

FERNEY JOSKODNADO 0 0 23 26 30 30 109

MARLON YERUD DUMA 0 0 23 26 30 30 109

ANITA DOWATSI 16 16 31 31 31 31 30 30 9 9 234

BRENER 16 16 31 31 31 31 30 30 9 9 234

JHOJAN ALDRUBEL KJOKJODI 16 16 31 31 31 31 30 30 9 9 234

LISBET ELADIA SUADE 16 16 31 31 31 31 30 30 9 9 234

JORGE WALTER DUMA 16 16 31 31 31 31 30 30 9 9 234

JUAN DAVID AUDA 16 16 31 31 31 31 30 30 9 9 234

ISLEIDER YALANY TOBU YOPI 16 16 31 31 31 31 30 30 9 9 234

ANGELA ISLENY TOBU 16 16 31 31 31 31 30 30 9 9 234

LORGIOKAWDESI 16 16 31 31 31 31 30 30 9 9 234

YEFERSON CAMACHO WATIBA 16 16 31 31 31 31 30 30 9 9 234

YUDILMA KJOKJODY 16 16 31 31 31 31 30 30 9 9 234

RIGOBERTO KAWDESI KANOPI 16 16 31 31 31 31 30 30 9 9 234

JHON FREDY KAWADESI KANOPI 16 16 31 31 31 31 30 30 9 9 234

YAMILE CANELY WETSI 16 16 31 31 31 31 30 30 9 9 234

DIANA JOOBELINE 16 16 31 31 31 31 30 30 9 9 234

FEDERICO TAMADI WATIBA 0 0 23 23 31 31 30 30 0 0 168

YESICA YURLEY ICHIDODO 0 0 23 23 31 31 30 30 0 0 168

CRISTIAN ANDRES ICHIDODO 0 0 23 23 31 31 30 30 0 0 168

LUIS ALEXANDER TODOU 0 0 23 23 31 31 30 30 0 0 168

TRAIBER JADPACHA YOPI 0 0 23 23 31 31 30 30 0 0 168

YENNY PAOLA JUSEBA 0 0 23 23 31 31 30 30 0 0 168

GLORIA JESENIA GUEVARA 0 0 23 23 31 31 30 30 0 0 168

YANAIDA KJOMAIBA JALON 0 0 23 23 31 31 30 30 0 0 168

LUZ NERY JEDPACHA 0 0 23 23 31 31 30 30 0 0 168

JOSE VICENTE ROMERO 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

MARILIS AYDE TOVAR CAMPO 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

JOSE ISMAR PERDOMO 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

STHER DARINE PERDOMO 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

ROBINSON HEVEDUBER PERDOMO 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

GUSTAVO MESA PANEIBO 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

FENNY LUZ PERDOMO 11 11 31 31 0 0 30 30 9 9 162

DUBER ERNESTRO VALDERRAMA 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

YORGY YORLEN QUINTERO MESA 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

ANA ADRIANA CAMPO 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

JESUS HERNAN LARA CAMPO 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

HEILER PERDOMO PEÑA 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

RUBIELA TOVAR CAMPO 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

SMITH LUZ DANI LARA 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

ERIKA LARA CAMPO 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

ANGELINA EUTEAGA 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

JHON HENRY PERDOMO 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

JHONEL PERDOMO 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

KAREN YULMAR PERDOMO 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

NICOLA DANIEL PERDOMO 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

JAIME EUDAN LARA MESA 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

MIGUEL ANGEL TOVAR CAMPO 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

IRMA GAITAN 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

DARLY MILEILA MESA 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

MARBELI QUINTERO 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

DANIEL SANTIAGO PERDOMO 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

NALLY EUTENA VALDERRAMA 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

CESAR FERNANDO PERDOMO 11 11 31 31 30 30 30 30 9 9 222

NOEMI QUINTERO CAMPO 0 0 0 0 30 30 30 30 9 9 138

ADELMO QUINTERO CAMPO 0 0 0 0 30 30 30 30 9 9 138

FRANKIL WAYEN 12 12 31 31 31 31 30 30 9 9 226

YILMER WAYEN 12 12 31 31 31 31 30 30 9 9 226

ILINE WAPONLA 12 12 31 31 31 31 30 30 9 9 226

ALZURI PORIJA 12 12 31 31 31 31 30 30 9 9 226

RICHAR TODA 12 12 31 31 31 31 30 30 9 9 226

SOMUR TODA 12 12 31 31 31 31 30 30 9 9 226

DIANA MARCELA JOMSI 12 12 31 31 31 31 30 30 9 9 226

YOMAR TADA 12 12 31 31 31 31 30 30 9 9 226

JUAN PELIA WAYEN 12 12 31 31 31 31 30 30 9 9 226

JORGE ALEXANDER LARA 3 5 30 30 31 31 30 30 9 9 208

TEWIRE ANDRY YAINEI KANE 10 11 30 30 31 31 30 30 9 9 221

GEIBER LISANDRO TODOPIA 10 11 30 30 31 31 30 30 9 9 221

PABLO ANTONIO JARA 10 5 30 30 31 31 30 30 9 9 215

DEMAR ALEXANDER TODOPIA 10 5 30 30 31 31 30 30 9 9 215

DIEGO NORVEY MALPICA 10 11 30 30 31 31 30 30 9 9 221

DUMAR YEISON CAMPO 10 11 30 30 31 31 30 30 9 9 221

ANDRES CAMILO RUIZ 10 11 30 30 31 31 30 30 9 9 221

YENNY FERNANDA TODOPIA 10 5 30 30 31 31 30 30 9 9 215

MADEL ROSALBA TODOPIA 10 5 30 30 31 31 30 30 9 9 215

YONEIDA JOROPA 10 11 30 30 31 31 30 30 9 9 221

LEONILDE JOROPA 10 5 30 30 31 31 30 30 9 9 215

LEONILDE JOROPA 0 5 30 30 31 31 30 30 9 9 205

DEISY JOHANA TODACHE 31 31 30 30 9 9 140

JACSON LEANDER TODACHE 31 31 30 30 9 9 140

ENELDA MATEM 31 31 30 30 9 9 140

LAURA LIZETH UPI 31 31 30 30 9 9 140

ADRIANA MORENO RODRIGUEZ 31 31 30 30 9 9 140

LILIANA JIMOBA 31 31 30 30 9 9 140

IVAN ALFONSO SALAZAR 31 31 30 30 9 9 140

WILSON CAMILO EDAPENA 31 31 30 30 9 9 140

VICTOR PANSA 31 31 30 30 9 9 140

SANDRA VANESA UPI 31 31 30 30 9 9 140

JORMAN MURI 31 31 30 30 9 9 140

YENIFER EDA EBA 31 31 30 30 9 9 140

CRISTIAN SALAZAR 31 31 30 30 9 9 140

LUISA YARLENY YAPOBE 31 31 30 30 9 9 140

CESAR SALAZAR 31 31 30 30 9 9 140

EMILSE TSUMEDA 31 31 30 30 9 9 140

DANA VALENTINA MATEM 31 31 30 30 9 9 140

DAIANA MATEM MURI 31 31 30 30 9 9 140

HILVER MAPICA PEMTATU 31 31 30 30 9 9 140

TOTAL 3.319 3.232 7.889 7.963 2.885 2.885 3.570 3.570 936 936 37,185

TOTALNOMBRE O IDENTIFICACIONJUNIO JULIO AGOSTO SEPTIEMBRE OCTUBRE

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Total raciones a entregar: 113.760 Raciones entregadas 37.186 *5.000= $185.930.000 valor soportado Raciones no entregada: 76.574 *$5.000= $382.870.000

Conforme a lo anterior, este Ente de control, configura un hallazgo administrativo con presunto alcance fiscal por la suma de $382.870.000, que se adiciona a la observación denominada H50 HF6 Soportes de ejecución, por tratarse de situación similar.

CONTRATO Nº: 061 / 29 DE OCTUBRE DE 2013

CLASE CONTRATO DE COMPRAVENTA

OBJETO:

DOTACION E INSTALACION DE EQUIPOS DE CÓMPUTO. SERVIDORES Y TELEVISORES PARA SALAS DE ESPERA Y HOSPITALIZACION DE LA NUEVA SEDE DEL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

CONTRATISTA: CONSORCIO TECNOLOGICO DE CASANARE

VALOR: $1.919.062.153

PLAZO: CINCO (5) MESES

OBSERVACIONES

Sobrecostos

Para efectos de análisis de costos de los elementos adquiridos, el equipo auditor solicitó cotizaciones a las empresas: KIMOSAVI INTERNACIONAL E.U y SOLUCIONES TELEINFORMATICAS DE COLOMBIA de Yopal, para establecer un valor promedio según el mercado local estableciéndose los siguientes resultados:

ESPECIFICACIONES CANT kimosaviSoluciones

Telematicasvr promedio

Video pro yecto r powerlite X14 /XGA1024X768/3000 lumens /3000.1 /

duracion tipica4000 horas modo normal, 5000 horas modo ECO / tamaño de

pantalla 30"-300"/ reproduccion del co lor 16.7 millones de colores /correcciòn

trapezoidal vertical automatica -/- 30 grados /HDM I /USB TIPO A /USB Tipo 8 3

En 1 / garantia 3 meses en lampara y 2 años en equipo.

4 6.760.000 7.400.000 7.080.000

C o mputado res intel corel 34705 4GB DDR3 1600 DIM M (1X4GB) 500 GB,

7200RPM SATA -66 Super M ulti DVDRW Windows 8 Pro 64 Downgrade to Win

Pro 64 HP PS/2 Keyboard Optica M ouse. M ICROSOFT OFFICE STARTER

2010 M onitor 185- inch LED 3 años de

149 219.030.000 290.550.000 254.790.000

IM P R ESOR A A LT O VOLUM EN D E IM P R ESIÓN ; Velocidad de

impresión de 60 paginas por minuto en A 4 con resolucion de 1200 x1200 ppp

impresión a doble cara estandar .A5 A4 Legal memoria 256 M B (Estandar) -

expandible a 1280 M B *(M ax)Comectividad USB 2.0 Gigbt Ethermet lineas de

teclado alfanumerico boton de buzon de documentos tiempo de espera de

impresion 9 segundos bandeja multiproposito de 100 hojas y bandeja universal

para 500 hojas capacidad salida de papel 500, promedio de rendimiento continuo

de toner I50119752 : 25000. Vida util del tambor de impresion 500.000,

impresiones el consumo de energia bajo 1 año de garantia en cualquiera de los

centros de servicvio autorizado a nivel nacional.

21 96.180.000 89.250.000 92.715.000

Lector de Huellas Didital OA99 Biometric ANVIZ 119 47.005.000 65.450.000 56.227.500 T ELEVISOR LED de 32" entrada de voltaje AC 2 entradas HDM L, entrada

USB lateral, entrada de video. Salida de audio digital, salida de video compuesto y

salida para audifonos soporte metalico universal.31 24.800.000 38.750.000 31.775.000

T ELEVISOR LED de 42" entrada de voltaje AC 2 entradas HDM L, entrada

USB lateral, entrada de video. Salida de audio digital, salida de video compuesto y

salida para audifonos soporte metalico universal.

12 13.200.000 23.400.000 18.300.000

406.975.000 514.800.000 460.887.500 TOTAL

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Una vez establecidos el valor promedio de cotización se procedió a comparar éstos con los precios reales de adquiridos según las facturas aportadas por el Hospital y actas de pago respectivamente, obteniéndose las siguientes diferencias:

De otra parte, en razón a que KIMOSAVI INTERNACIONAL para la vigencia 2013 no comercializo Tablet de uso robusto marca Panasonic, se realiza el comparativo con la empresa SOLUCIONES TELEINFORMATICAS DE COLOMBIA. Una vez comparado los precios establecidos en la cotización aportados a la Contraloría frente a los cancelados por el hospital según las facturas de compra y actas de pago se observa la siguiente diferencia:

DETALLE VALOR

Valor cotización promedio 526,494,828

Diferencia valor de adquisición de las Tablet 358,844,752

SUBTOTAL 885,339,580

MENOS: Valor Póliza 8,287,126

MANOS: Gatos de legalización 76,766,500

DIFERENCIA 800,285,954

ESPECIFICACIONES CANTConsorcio Tc

Casanare

vr promedio

CotizacionDiferencia

Video pro yecto r powerlite X14 /XGA1024X768/3000 lumens /3000.1 /

duracion tipica4000 horas modo normal, 5000 horas modo ECO / tamaño de

pantalla 30"-300"/ reproduccion del co lor 16.7 millones de colores /correcciòn

trapezoidal vertical automatica -/- 30 grados /HDM I /USB TIPO A /USB Tipo 8 3

En 1 / garantia 3 meses en lampara y 2 años en equipo.

4 17.877.920 7.080.000 10.797.920

C o mputado res intel corel 34705 4GB DDR3 1600 DIM M (1X4GB) 500 GB,

7200RPM SATA -66 Super M ulti DVDRW Windows 8 Pro 64 Downgrade to Win

Pro 64 HP PS/2 Keyboard Optica M ouse. M ICROSOFT OFFICE STARTER

2010 M onitor 185- inch LED 3 años de

149 678.518.507 254.790.000 423.728.507

IM P R ESOR A A LT O VOLUM EN D E IM P R ESIÓN ; Velocidad de

impresión de 60 paginas por minuto en A 4 con resolucion de 1200 x1200 ppp

impresión a doble cara estandar .A5 A4 Legal memoria 256 M B (Estandar) -

expandible a 1280 M B *(M ax)Comectividad USB 2.0 Gigbt Ethermet lineas de

teclado alfanumerico boton de buzon de documentos tiempo de espera de

impresion 9 segundos bandeja multiproposito de 100 hojas y bandeja universal

para 500 hojas capacidad salida de papel 500, promedio de rendimiento continuo

de toner I50119752 : 25000. Vida util del tambor de impresion 500.000,

impresiones el consumo de energia bajo 1 año de garantia en cualquiera de los

centros de servicvio autorizado a nivel nacional.

21 106.850.682 92.715.000 14.135.682

Lector de Huellas Didital OA99 Biometric ANVIZ 119 76.575.481 56.227.500 20.347.981 T ELEVISOR LED de 32" entrada de voltaje AC 2 entradas HDM L, entrada

USB lateral, entrada de video. Salida de audio digital, salida de video compuesto y

salida para audifonos soporte metalico universal.31 40.132.293 31.775.000 8.357.293

T ELEVISOR LED de 42" entrada de voltaje AC 2 entradas HDM L, entrada

USB lateral, entrada de video. Salida de audio digital, salida de video compuesto y

salida para audifonos soporte metalico universal.

12 67.427.445 18.300.000 49.127.445

987.382.328 460.887.500 526.494.828 TOTAL

ESPECIFICACIONES CANTSoluciones

Telematicas

cnsorcio T. de

CasanareDiferencia

T A B LET D E USO R OB UST O P A N A SON IC T OUGH B OOK CF H2.

Win7, intel core i5-2557M 1.70 GHz, 10.1" TF+XGA Dual Touch, 320 GB(7200 pm),

4 GB , intel Wifi a/b/g/n/, Bluetooth, contactless Sumartcard/RFID, GPS,

Fringerprint 2M P cam, 2D Bar, No Drive, Touhbook Preferred

35 243,250,000 602,094,752 358,844,752

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Teniendo en cuenta que la financiación de este contrato es con recursos de regalías, se trasladará la observación a la Contraloría General para lo de su competencia.

CONTRATO Nº: 017 / 21 DE FEBRERO DE 2011

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO: PRESTAR SERVICIOS DE ADMINISTRACION Y GESTION EN LOS PROCESOS FACTURACION DE LA E.S.E. HOSPITAL DE YOPAL.

CONTRATISTA: PROCESO EXPRESS CONSULTORES Y ASESORES LTDA.

VALOR: $2.250.000.000

PLAZO: SEIS (6) MESES

CONTRATO Nº: 052/13 DE FEBRERO DE 2012

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO: PRESTAR SERVICIOS DE ADMINISTRACION Y GESTION EN LOS PROCESOS FACTURACION DE LA E.S.E. HOSPITAL DE YOPAL.

CONTRATISTA: PROCESO EXPRESS CONSULTORES Y ASESORES LTDA.

VALOR: $2.227.500.000

PLAZO: SEIS (6) MESES

CONTRATO Nº: 019/ 23 DE AGOSTO DE 2011

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO: PRESTAR SERVICIOS DE ADMINISTRACION Y GESTION EN LOS PROCESOS FACTURACION DE LA E.S.E. HOSPITAL DE YOPAL.

CONTRATISTA: PROCESO EXPRESS CONSULTORES Y ASESORES LTDA.

VALOR: $1.485.000.000

PLAZO: SEIS (6) MESES

CONTRATO Nº: 074/1º DE OCTUBRE DE 2012

CLASE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

PRESTAR SERVICIOS DE EJECUCION ADMINISTRACION Y GESTION EN LOS PROCESOS DE ADMISION, CONSECUCION DE AUTORIZACIONES Y FACTURACION DE LOS SERVICIOS Y PRODUCTOS SUMINISTRADOS A LOS PACIENTES DEL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E.

CONTRATISTA: PROCESO EXPRESS CONSULTORES Y ASESORES LTDA.

VALOR: $892.500.000

PLAZO: TRES (3) MESES

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CONTRATO Nº: 090/20 DE DICIEMBRE DE 2012

CLASE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

PRESTAR SERVICIO DE EJECUCION, Y GESTION EN LOS PROCESOS DE ADMISION, CONSECUCION DE AUTORIZACIONES Y FACTURACION DE LOS SERVICIOS Y PRODUCTOS SUMINISTRADOS A LOS PACIENTES DEL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E. ALCANCE DEL OBJETO: ESTOS SERVICIOS SERAN PRESTADOS EN EL MARCO DE EJECUCION DE LA BRIGADA DE SALUD DIRIGIDA A LA COMUNIDAD INDIGENA DEL MUNICIPIO DE SACAMA.

CONTRATISTA: PROCESOS EXPRESS CONSULTORES Y ASESORES LTDA.

VALOR: $220.000.000,oo

PLAZO: ONCE (11) DIAS

CONTRATO Nº: 013 / 04 DE ENERO DE 2013

CLASE CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

OBJETO:

PRESTAR SERVICIO DE EJECUCION, Y GESTION EN LOS PROCESOS DE ADMISION, CONSECUCION DE AUTORIZACIONES Y FACTURACION DE LOS SERVICIOS Y PRODUCTOS SUMINISTRADOS A LOS PACIENTES DEL HOSPITAL DE YOPAL E.S.E

CONTRATISTA: PROCESOS EXPRESS CONSULTORES Y ASESORES LTDA.

VALOR: $4.120.342.000

PLAZO: ONCE (11) MESES

ANALISIS Y OBSERVACIONES GENERALES AL PROCESO DE

FACTURACION H57 Carencia de Estudio técnico En los estudios previos de los contratos, no se estableció la relación costo / beneficio para la entidad, ni la justificación que llevo a la determinación de tercerizar el proceso de facturación, donde se delegó a un particular funciones administrativas y financieras que son del resorte del Hospital. Es decir, que el Hospital dejo en manos de terceros el manejo de procesos esenciales, que son la columna vertebral de la entidad y que en últimas definen el valor generado de los servicios prestados por el Hospital, sin que este proceso haya estado precedido de un estudio técnico juicioso que le suministrara información esencial sobre la conveniencia técnica y financiera o no de la opción a decidir. Por lo anterior, se configura un hallazgo administrativo a fin de que la entidad establezca acciones correctivas en el plan de mejoramiento.

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Determinación del precio oficial En el numeral 4.3. SOPORTES ECONOMICO de los estudios previos se determinó, que teniendo en cuenta el costo promedio mensual facturado de años anteriores, el valor a contratar seria del 5.5% de la facturación radicada. Respecto del % estimado para pago, no se evidenció un análisis técnico y económico para la determinación del mismo, por lo que se infiere deficiencias en la planeación en concordancia a los principios de la función administrativa determinados en la ley 489 de 1989. En consecuencia, se configura un hallazgo administrativo, que se adiciona a la observación denominada H38 Determinación del precio oficial, por tratarse de situación similar. Falencias de Supervisión

De acuerdo a las obligaciones del contratista, en todos los contratos se estipulo, “… Asumir bajo su costo y riesgo todos los gastos en que incurra para la ejecución del objeto contractual…”, sin embargo de acuerdo a los soportes de pago no se evidenció descuento alguno que se haya efectuado al contratista por concepto de servicios públicos, arrendamiento y utilización de muebles, que están en uso por el contratista sin asumir dichos costos, los cuales constituyen un beneficio económico adicional, en razón a que el hospital asume la totalidad de los gastos.

De otra parte, según los soportes de las actas parciales de pago realizan descuentos al contratista por concepto de ajuste de glosas, sobrefacturación, subfacturación de servicios y descuento por facturación extemporánea sin que se evidencie dentro de las minutas los porcentajes a aplicar a cada criterio, razón por la cual no permite verificar si se ajustan los descuentos aplicados.

Se evidencia el incumplimiento a las obligaciones del contratista, toda vez que los pagos no está soportados con las certificaciones que deberían haber emitido las áreas de las que facturaron todos los productos y servicios (Coordinación de cirugía, Coordinación de Banco de sangre, Coordinadora de laboratorio, entre otros).

Por lo anterior, se observa falencias en la supervisión, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo, que se adiciona a la observación H37 Falencias de Supervisión, por tratarse de similar situación.

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Pago de Impuestos De acuerdo a lo señalado en la minuta el contratista debía cumplir con la obligación del pago de impuestos de publicación, estampillas pro cultura y adulto mayor, sin embargo revisados los soportes, no se evidenció el pago de los citados impuestos, en razones a oficio adjuntado por el contratista en el que manifiesta que ese tipo de contratos no genera impuestos, aludiendo que los recursos provienen del Sistema General de Participaciones y/o del sistema general de seguridad social en salud, sin evidenciarse objeción alguna por parte del Hospital, avalando así el no pago de los impuestos. Este Ente de Control, señala que dichos recursos no provienen de las fuentes citadas y además con la ejecución del contrato no garantiza directamente la atención en salud, razón por la cual se observan falencias en la supervisión al no exigir su cumplimiento. Por lo anterior, se determina un hallazgo administrativo, con presunto alcance disciplinario; así mismo se establece un presunto fiscal por valor de $250.487.100 el cual se describe a continuación que corresponde al valor de los impuestos no soportados, que se adiciona a la observación H39 HD6 HF5 Pago de Impuestos, por tratarse de situaciones similares.

De otra parte, este ente de control inicialmente, planteó observación al contrato No. 052 respecto de los descuentos por concepto de glosas, subfacturación de servicios, refacturación, radicación extemporánea, facturación anulada y ajuste cuentas devueltas no efectuados en las actas parciales 04, 05 y 07 de 2012, las cuales ascendían a la suma de $30.448.421 y estaban soportadas con las conciliaciones de glosas de facturación firmada por el interventor de cuentas médicas, interventor de facturación y el contratista, en las que se reflejan los valores a descontar en cada uno de los cobros. Sin embargo, de acuerdo a los soportes allegados en la réplica se levanta la observación respecto del acta 07 de 2012 y en cuanto a las actas 04 y 05 la ESE mediante oficio del 14 de agosto de 2014, solicito al contratista el reintegro, haciéndose efectivo dicho descuento

PRO-CULTURA ADULTO MAYOR

1% 3%

017 DE 2011 1.500.000.000 15.000.000 45.000.000 3.822.300 63.822.300 55.547.300 8.275.000

ADICIONAL

017 DE 2011 750.000.000 7.500.000 22.500.000 2.752.000 32.752.000 0 32.752.000

052 DE 2011 1.485.000.000 14.850.000 44.550.000 3.822.300 63.222.300 0 63.222.300

019 DE 2012 1.485.000.000 14.850.000 44.550.000 3.937.000 63.337.000 0 63.337.000

ADICIONAL

019 DE 2012 742.500.000 7.425.000 22.275.000 2.834.600 32.534.600 0 32.534.600

074 de 2012 595.000.000 5.950.000 17.850.000 2.834.600 26.634.600 0 26.634.600

ADICIONAL

074 DE 2012 297.500.000 2.975.000 8.925.000 1.653.600 13.553.600 0 13.553.600

090 DE 2012 220.000.000 2.200.000 6.600.000 1.378.000 10.178.000 0 10.178.000

TOTAL 7.075.000.000 70.750.000 212.250.000 23.034.400 306.034.400 55.547.300 250.487.100

OBSERVACIONES

NO SE EVIDENCIO

SOPORTE DE

PAGO DE LOS

IMPUESTOS

PUBLICACIONTOTAL A

PAGAR

VALOR

PAGADO

CONTRATO

VALOR

CONTRATO

VALOR NO

SOPORTADO

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mediante el recibo de caja No. 00000274438 del 27 de agosto de 2014 por $20.723.173, por concepto de los valores que no habían sido descontado de las Actas 04 y 05 de 2012 debidamente indexados, hecho que se constituye para esta Contraloría como un Beneficio de Auditoria Fiscal. Lo anterior, evidencia falencias en la supervisión toda vez que no hizo una revisión adecuada de los pagos a efectuar al contratista y si bien es cierto que la entidad logró la recuperación de éstos, puedo haber incurrido en un detrimento patrimonial. En consecuencia, se insta a la entidad para que haga mayor exigencias a la labor de interventoría en cuanto a estos asuntos. Razón por la cual, se configura un hallazgo administrativo el cual se adiciona a la observación H37 Falencias de supervisión de los contratos, por tratarse de hechos similares.

OBSERVACIONES ESPECÍFICAS Contrato 090 de 2012 Elaboración de documentos

En el estudio previo en su numeral 1.5. POBLACION BENEFICIADA CON EL OBJETO O PRODUCTO A CONTRATAR, se menciona “CLIENTES

INTERNOS Y EXTERNOS DEL HOSPITAL.” El numeral 2 NECESIDAD, del estudio previo, señala: “(…) Así entonces, el Hospital de Yopal E.S.E., requiere del proceso de facturación para registrar los servicios y procedimientos realizados a todos y cada uno de los pacientes que se atiendan en la jornada extramural para dar cumplimiento a dicha finalidad y de esa

forma apuntando a la sostenibilidad, crecimiento rentabilidad de la institución”. El numeral 3 DEFINICION TECNICA, señala: “(…) Se requiere contratar los procesos de admisiones, autorizaciones y facturación de los

servicios que el Hospital de Yopal presta a sus usuarios, en la Brigada de Salud en la comunidad indígena del municipio de Sacama, a través de la Secretaria de Salud de Casanare, como apoyo al fortalecimiento de la red departamental al desarrollo social de la

comunidad. En el numeral 4.1 ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL OBJETO O PRODUCTO A CONTRATAR, se cita: “…a. URGENCIAS: Se da cubrimiento 24

horas diarias todos los días año, teniendo en cuenta la normatividad vigente (Ley 1122 de 2007, Decreto 4747 de 2007, Resolución 3047 de 2008) por medio de las siguientes actividades:

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- Verificar la identificación del usuario en la base de datos provista por los responsables del pago, solo podrá exigirse que muestre el documento de identificación y/o carné que demuestre la afiliación. No podrá exigirse al usuario copias, fotocopias o autenticaciones de ningún documento. La verificación de derechos será posterior a la selección y clasificación del paciente "triage". En caso de encontrar inconsistencias en las base de datos debe diligenciarse el Anexo Técnico 1 INFORME DE POSIBLES INCONSISTENCIAS EN LA BASE DE DATOS DE LA ERP. (Entidad responsable del pago), lo cual debe realizarse dos veces al mes. (Resolución 3047 de 2008). - Realizar la admisión de los pacientes que ingresen por este servicio, admitiendo al paciente en el sistema cuando es paciente nuevo, y diligenciando la hoja de admisión con sus respectivos campos… … b. CIRUGIA PROGRAMADA: .Se da cubrimiento de doce (12) horas diarias de lunes a viernes y seis horas el sábado. ….. c. CONSULTA EXTERNA Se presta atención de lunes a viernes de las 7:00 am a 7:00 pm y los días sábado de 7:00 am a 1:00 pm. d. HOSPITALIZACIÓN. Se Realiza en los casos de recién nacido en la entidad que requiere hospitalización y en los casos de cirugía programada que requieren hospitalización previa. Se debe dar cubrimiento las 24 horas del día…”

La propuesta del contratista, señala 6 puntos que pondrá en funcionamiento para el cumplimiento del objeto a contratar, tales como: Triage, Autorizaciones y Admisiones; Urgencias, Hospitalización, Salas de cirugía y Programación de cirugía, y Consulta Externa, así como también registra un requerimiento de 52 personas. La invitación a ofertar servicios, señala: “… El oferente deberá presentar su propuesta

debidamente ajustada a los requerimientos técnicos para prestar servicios de ejecución, administración y gestión en los procesos de admisión, consecución, de autorizaciones y facturación de los servicios y productos suministrados a los pacientes del Hospital de

Yopal E.S.E”. Hasta este punto de la etapa precontractual, no se había definido que el alcance de los servicios estaba en el marco de ejecución de la brigada de salud dirigida a la comunidad indígena del municipio de Sácama, hecho que se determinó hasta la suscripción de la minuta del contrato en la cláusula primera OBJETO. Situación que de haberse definido desde la planeación del proceso pudo haber cambiado las condiciones del contrato en cuanto a su valor, puesto que para la ejecución de esta actividad y el cumplimiento del objeto contractual no requería los puntos señalados arriba, lo que indica que eran menos los esfuerzos y riesgos del contratista para realizar dicha facturación. Lo anterior indica por un lado que las especificaciones técnicas señaladas en el estudio previo no se definieron conforme al objeto a contratar; infiere la Contraloría, que no se tuvo especial cuidado en la elaboración del documento, por cuanto no ajustó el mismo a la necesidad inicialmente planteada sino que se

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procedió a cortar y pegar de otro similar. Son evidentes las deficiencias que se dan en la elaboración de los documentos, es el caso del Acta de inicio, puesto que tanto la fecha del encabezado, el objeto, el plazo y la forma de pago, no coincide con lo estipulado en las cláusulas del contrato, como tampoco se evidencia la firma por parte del supervisor designado por parte del Hospital de Yopal E.S.E. De igual manera en el acta de liquidación No. 001 de fecha 29 de enero de 2012, no se determina claramente si es acta de liquidación final o acta de pago parcial, en su contenido menciona las dos opciones; el plazo de ejecución señalado no coincide con el de la minuta del contrato, tampoco es firmada por el supervisor ni presenta informe. Aunque en ambos casos son errores de forma, se refleja que no se tiene especial cuidado en la elaboración y revisión de estos documentos, razón por la cual se configura un hallazgo administrativo, el cual se adiciona a la observación H42 Falencias en la elaboración de documentos, por tratarse de similar situación. H58 HF9 Sobrecosto Por otro lado, el valor del contrato se estableció sin determinar las variables que conllevaron a fijar el 5.5% sobre la facturación radicada para este caso en particular que difiere de los puntos que se requiere para la facturación de los servicios que normalmente presta el Hospital y en la que todos los servicios fueron facturados a la Gobernación de Casanare como entidad responsable de pago, mediante radicados No. 9215 y 9228 de diciembre 27 de 2012 por valores de $2.949.440.000 y $649.950.000 respectivamente, para un total de $3.599.390.000. El valor que se pagó por facturación de estos servicios fue de $197.966.450, generándose 1881 registros o facturas, determinándose un costo unitario por generación de cada factura de $105.245. Al comparar el número de registros (facturas) de meses anteriores de otros contratos generados por el mismo contratista, se determinó un costo promedio unitario por registro de $21.241, los cuales se calcularon así:

MES Pagos por servicios

de facturación No. Registros

(facturas generadas) Costo unitario de

registro

Enero /2012 $217.288.285 10.292 $21.112

Febrero/2012 $265.119.913 12.478 $21.247

Octubre/2012 $336.054.881 14.651 $22.937

Noviembre/2012 $274.445.725 13.371 $20.505

Diciembre/2012 $152.607.003 12.155 $12.562

Enero /2013 $318.065.008 11.022 $28.857

Mayo / 2013 $298.147.054 13.887 $21.469

VALOR PROMEDIO REGISTRO $21.241

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Observa la Contraloría que al analizar los valores del costo por registro generado, se presenta una diferencia de $84.004 por registro o factura, razón por la cual se determina un sobrecosto en la suma de $158.011.524.

Cantidad de Registro o Facturas

generadas

V/ por registro según contrato

Valor registro

promedio

Sobrecosto * registro

Total Sobrecosto

1881 105.245 21.241 84.004 158.011.524

Garantías

La póliza No. 27 GU010264 del 29 de enero de 2013 y con fecha de aprobación del mismo día, se expide un mes y nueve días después de haberse firmado el contrato; y 29 días después de terminar su ejecución. Con lo descrito anteriormente se puede determinar que se violó tajantemente las siguientes cláusulas del contrato: “…CLAUSULA DÉCIMA PRIMERA: REQUISITOS

DE EJECUCIÓN. Para proceder a la ejecución del contrato se requiere: 1.- Suscripción del contrato. 2.- Expedición de Certificado de Disponibilidad Presupuestal. 3.- Registro Presupuestal. 4.- Suscripción de Acta de Inicio cuando proceda. 5) Amparo de la póliza única de garantía. CLÁUSULA TRIGESIMA: DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL CONTRATO: Forman parte integral del presente contrato los siguientes documentos Forman parte integral del presente contrate los siguientes documentos: 1) Justificación, CCP, RP y Propuesta. 2) Certificado de Antecedentes Disciplinarios, Fiscales y penales. 3) Fotocopia de la cédula de ciudadanía del Representante Legal. 4) Inscripción ante la DIAN-RUT 5) Revisión de pólizas 6) Recibo de pagos e impuestos y publicación. 7). Todos los demás documentos para suscripción y ejecución. CLAUSULATRIGESIMA PRIMERA: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO: El presente contrato se perfecciona con la suscripción de las partes. Son documentos del contrato, los siguientes: 1. El registro presupuestal. 2. Amparo de le garantía única. 3. La acreditación de que el CONTRATISTA se encuentre al día en el pago de aportes Parafiscales relativos al sistema de seguridad social integral, así como os propios del SENA ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda 4. Recibo de pago de impuestos o tributos

departamentales o municipales...” Además, se contravino el artículo 40 de del Acuerdo 074 de 2008 Estatuto Interno de Contratación del Hospital de Yopal E.S.E., razón por la cual se configura un hallazgo administrativo, el cual se adiciona a la observación H45 Garantías, por tratarse de situación similar. Contrato 017 de 2011 H59 HD9 Legalización de hechos cumplidos. Una vez analizados los documentos que soportan la ejecución del contrato y, teniendo en cuenta el artículo 7 del Acuerdo No. 074 de 2008 PRINCIPIOS DE

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LAS ACTUACIONES DE LOS CONTRATOS del Estatuto interno de contratación del hospital de Yopal E.S.E que cita: “… En los contratos que celebre la Empresa

Social del Estado Hospital de Yopal y su ejecución, se harán en observancia y con arreglo a los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad imparcialidad,

publicidad, buena fe, planeación transparencia, responsabilidad y control fiscal…” Teniendo en cuenta el artículo anterior se muestra lo siguiente:

El contrato inicia su ejecución el 21 de febrero y finaliza el 20 de Agosto de 2011. Los documentos de ejecución que soportan las actas parciales de pago No. 01, 02 y 03 de fechas 12 de Abril, 13 de Abril y 06 de Mayo de 2011 respectivamente tiene fechas anteriores al acta de iniciación tal como se muestra a continuación:

Acta parcial No. 01. De fecha 12 de Abril de 2011.

Informe de avance del contrato presentado por el contratista y supervisor para soportar el acta parcial No. 01 tiene fecha 24 de febrero de 2011. (Dos días después de haberse suscrito el acta de inicio), indicando metas de cumplimiento de metas teniendo en cuenta la facturación generada y radicada del mes de noviembre de 2010.

Oficio No. DFI-CAR -26. 1-2011-029 emitido Firmado por la coordinadora de cartera cuyo asunto refiere “para radicación de cuentas del periodo a cobrar tiene fecha 15 Enero de 2011”.

Informes de relación y certificación de facturación radicada ante la ERP sin fecha y número de radicación.

Certificado de facturación generada y anulada del mes de noviembre de 2010.

Relación de Facturación sin radicar correspondiente al mes de Noviembre de 2010.

Lo anterior indica, que la facturación radicada y cobrada para el cobro de ésta acta parcial corresponde al mes de noviembre de 2010. Estableciéndose el pago de un hecho cumplido.

Acta parcial 02 del 13 de abril de 2011

El informe de avance del contrato presentado por el contratista y supervisor para el pago del acta parcial 02, tiene fecha 28 de febrero de 2011, presentándose indicador de cumplimiento teniendo en cuenta la facturación generada y radicada en diciembre de 2010.

Oficio No. DFI-CAR-26.1-2011-0031, emitido por la coordinadora de cartera cuyo asunto refiere: “para radicación de cuentas del periodo a cobrar tiene fecha 04 de Febrero de 2011”.

La relación de la facturación generada y anulada corresponde al mes de diciembre de 2010.

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De otra parte, teniendo en cuenta datos suministrados por el Hospital, durante el año 2011 se facturó un total por valor de $51.913.226.284, Con el contrato 017 de 2011 se facturó un total $41.506.136.182 en tan solo seis meses, es decir un 80% del total facturado en todo el año. Luego, si se tiene en cuenta el valor facturado por el contrato 052 de 2011 entre agosto y diciembre de 2011, este equivale a $22.132.576.708. Ahora, si tomamos los valores facturados del contrato 017 y 052 de 2011 respectivamente, entre febrero y diciembre de 2011, suman $63.638.712.890, es decir un monto muy superior al facturado durante todo el año 2011; por lo que se demuestra de esta manera que con el contrato 017 de 2011 se pagó un hecho cumplido correspondiente a valores facturados.

DETALLE VALOR

Valor facturación Total año 2011. 51,913,226,284

Valor facturación Contrato 017/2011 20 feb- 21/Agos/2011 41,506,136,182

Valor facturado Contrato 052 de 23 Agosto a Dic 2011 22,132,576,708

TOTAL 63,638,712,890

Diferencia. 11,725,486,606

Por lo anterior, este ente de control infiere que estos pagos corresponderían a los meses de noviembre y diciembre de 2010 y Enero de 2011, y que la adición efectuada por valor de $750.000.000, fue para apalancar los hechos cumplidos, es decir que se incumplió con el artículo 21 del decreto 115 de 1995. Razón por la cual, se configura un hallazgo administrativo con presunto alcance disciplinario, por inobservancia al numeral 1 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002.

Contrato 013 de 2013

Sobrecosto

Según acta parcial No. 005 del 21 de junio y mediante comprobante de egreso No. 20315 del 26 de junio de 2013, se pagó al contratista la suma de $88.266.349 menos descuentos de ley, por facturación de servicios prestados a la comunidad indígena de Barronegro de los municipios de Sacama, Hato Corozal y Tamara, generándose 1.344 registros o facturas, determinándose un costo unitario por generación de cada factura de $65.674.

Al comparar el número de registros (facturas) de meses anteriores de otros contratos generados por el mismo contratista, se determinó un costo promedio unitario por registro de $22.710, los cuales se calcularon así:

Fecha Valor Acta Facturas Generadas Costo Unitario de Registro

Enero/2013 18.065.008 11022 28.857

Febrero/2013 13.995.508 11605 18.440

Abril/2013 290.761.871 13957 20.833

COSTO PROMEDIO 22.710

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Observa la Contraloría que al analizar los valores del costo por registro generado, se presenta una diferencia de $42.964 por registro o factura, razón por la cual se determina un sobrecosto en la suma de $57.743.616, que se adiciona a la observación denominada H57 HF9 Sobrecosto, por tratarse de similar situación, el cual se describe a continuación.

Cantidad de Registro o Facturas

generadas

V/ por registro según contrato

Valor registro

promedio

Sobrecosto * registro

Total Sobrecosto

1344 65.674 22.710 42.964 57.743.616

CONCLUSION GENERAL CONTRATOS PROCESOS EXPRESS

El Outsourcing es también conocido como tercerización, y se refiere al proceso que ocurre cuando una entidad decide contratar a otra para que preste sus servicios o se encargue de algunas actividades que le son propias. Es también una estrategia de administración por medio de la cual una empresa delega a un plazo determinado la ejecución de ciertas actividades a empresas especializadas con el fin de ser más eficiente, minimizar riesgos, optimizar su calidad y/o reducir costos y gastos.

En este sentido, el grupo auditor, procedió a hacer una simulación del costo del proceso de facturación administrado directamente por la entidad frente a la tercerización existente. Información que se observa a continuación:

DEPENDENCIA PERFIL CANT. VR UNITARIO TOTAL

Jefe de Facturacion Profesional Especializado 1 3.874.543 3.874.543

Coordinador Profesional 1 2.289.793 2.289.793

- -

TRIAGE Tecnico 4 1.597.530 6.390.120

Admisiones Tecnico 8 1.597.530 12.780.240

autorizaciones Tecnico 2 1.597.530 3.195.060

Auditoria Previa Tecnico 1 1.597.530 1.597.530

- -

Facturacion Tecnico 5 1.597.530 7.987.650

Auditoria Previa Tecnico 2 1.597.530 3.195.060

- -

Facturacion Tecnico 3 1.597.530 4.792.590

autorizaciones Tecnico 2 1.597.530 3.195.060

Auditor de Cuentas Tecnico 1 1.597.530 1.597.530

Auditor Medico Profesional Especializado 1 3.874.543 3.874.543

- -

Facturacion Tecnico 2 1.597.530 3.195.060

Auditor Medico Profesional Especializado 1 3.874.543 3.874.543

- -

Facturacion Tecnico 4 1.597.530 6.390.120

Asignacion de Citas Auxiliar 3 997.924 2.993.772

Auditoria Previa Tecnico 1 1.597.530 1.597.530

- -

Armadores Auxiliares 4 997.924 3.991.696

Radicador de Ctas en bogota Auxiliares 2 997.924 1.995.848

Personal disponible Tecnico 2 1.597.530 3.195.060

50 82.003.348

656.026.784

328.013.392

180.000.000

95.573.363

1.259.613.539

2.250.000.000

990.386.461 DIFERENCIA

SUBTOTAL

RIESGO, IMPREVISTOS POR GLOSAS

8%

50%

TOTAL MENSUAL

TOTAL 8 MESES CONTRANTANDO PERSONAL 82.003.348*8

ADMISIONES

URGENCIAS

HOSPITALIZACION

CIRUGIA Y PROGRAMACION DE CIRUGIA

CONSULTA EXTERNA

CONSOLIDACION Y ARMADO DE CUENTAS

VALOR CONTRATO 017 DE 2011 (8 MESES)

PRESTACIONES LABORALES

GASTOS PAPELERIA Y OTROS

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DEPENDENCIA PERFIL CANT. VR UNITARIO TOTAL

Jefe de Facturacion Profesional Especializado 1 3.874.543 3.874.543

Coordinador Profesional 1 2.289.793 2.289.793

- -

TRIAGE Tecnico 4 1.597.530 6.390.120

Admisiones Tecnico 8 1.597.530 12.780.240

autorizaciones Tecnico 2 1.597.530 3.195.060

Auditoria Previa Tecnico 1 1.597.530 1.597.530

- -

Facturacion Tecnico 5 1.597.530 7.987.650

Auditoria Previa Tecnico 2 1.597.530 3.195.060

- -

Facturacion Tecnico 3 1.597.530 4.792.590

autorizaciones Tecnico 2 1.597.530 3.195.060

Auditor de Cuentas Tecnico 1 1.597.530 1.597.530

Auditor Medico Profesional Especializado 1 3.874.543 3.874.543

- -

Facturacion Tecnico 2 1.597.530 3.195.060

Auditor Medico Profesional Especializado 1 3.874.543 3.874.543

- -

Facturacion Tecnico 4 1.597.530 6.390.120

Asignacion de Citas Auxiliar 3 -

Auditoria Previa Tecnico 1 1.597.530 1.597.530

- -

Armadores Auxiliares 4 997.924 3.991.696

Radicador de Ctas en bogota Auxiliares 2 -

Personal disponible Tecnico 2 1.597.530 3.195.060

50 77.013.728

462.082.368

231.041.184

118.800.000

140.880.365

SUBTOTAL 952.803.917

1.485.000.000

532.196.083 DIFERENCIA

RIESGO, IMPREVISTOS POR GLOSAS

VALOR CONTRATO 052 DE 2011 (6 MESES)

CONSOLIDACION Y ARMADO DE CUENTAS

50%

8%

ADMISIONES

URGENCIAS

HOSPITALIZACION

CIRUGIA Y PROGRAMACION DE CIRUGIA

CONSULTA EXTERNA

TOTAL MENSUAL

TOTAL SEMESTRE CONTRANTANDO PERSONAL

GASTOS PAPELERIA Y OTROS

77.013.728*6

PRESTACIONES LABORALES

DEPENDENCIA PERFIL CANT. VR UNITARIO TOTAL

Jefe de Facturacion Profesional Especializado 1 3.990.779 3.990.779

Coordinador Profesional 1 2.358.487 2.358.487

- -

TRIAGE Tecnico 4 1.645.456 6.581.824

Admisiones Tecnico 8 1.645.456 13.163.648

autorizaciones Tecnico 2 1.645.456 3.290.912

Auditoria Previa Tecnico 1 1.645.456 1.645.456

- -

Facturacion Tecnico 5 1.645.456 8.227.280

Auditoria Previa Tecnico 2 1.645.456 3.290.912

- -

Facturacion Tecnico 3 1.645.456 4.936.368

autorizaciones Tecnico 2 1.645.456 3.290.912

Auditor de Cuentas Tecnico 1 1.645.456 1.645.456

Auditor Medico Profesional Especializado 1 3.990.779 3.990.779

- -

Facturacion Tecnico 2 1.645.456 3.290.912

Auditor Medico Profesional Especializado 1 3.990.779 3.990.779

- -

Facturacion Tecnico 4 1.645.456 6.581.824

Asignacion de Citas Auxiliar 3 1.027.861 3.083.583

Auditoria Previa Tecnico 1 1.645.456 1.645.456

- -

Armadores Auxiliares 4 1.027.861 4.111.444

Radicador de Ctas en bogota Auxiliares 2 1.027.861 2.055.722

Personal disponible Tecnico 2 1.645.456 3.290.912

50 84.463.445

675.707.560

50% 337.853.780

8% 178.200.000

209.567.648

SUBTOTAL 1.401.328.988

2.227.500.000

826.171.012 DIFERENCIA

TOTAL MENSUAL

TOTAL 8 MESES CONTRANTANDO PERSONAL 84.463.445*8

PRESTACIONES LABORALES

VALOR CONTRATO 019 DE 2012 (8 MESES)

GASTOS PAPELERIA Y OTROS

ADMISIONES

CIRUGIA Y PROGRAMACION DE CIRUGIA

CONSULTA EXTERNA

RIESGO, IMPREVISTOS POR GLOSAS

CONSOLIDACION Y ARMADO DE CUENTAS

URGENCIAS

HOSPITALIZACION

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DEPENDENCIA PERFIL CANT. VR UNITARIO TOTAL

Jefe de Facturacion Profesional Especializado 1 3.990.779 3.990.779

Coordinador Profesional 1 2.358.487 2.358.487

- -

TRIAGE Tecnico 4 1.645.456 6.581.824

Admisiones Tecnico 8 1.645.456 13.163.648

autorizaciones Tecnico 2 1.645.456 3.290.912

Auditoria Previa Tecnico 1 1.645.456 1.645.456

- -

Facturacion Tecnico 5 1.645.456 8.227.280

Auditoria Previa Tecnico 2 1.645.456 3.290.912

- -

Facturacion Tecnico 3 1.645.456 4.936.368

autorizaciones Tecnico 2 1.645.456 3.290.912

Auditor de Cuentas Tecnico 1 1.645.456 1.645.456

Auditor Medico Profesional Especializado 1 3.990.779 3.990.779

- -

Facturacion Tecnico 2 1.645.456 3.290.912

Auditor Medico Profesional Especializado 1 3.990.779 3.990.779

- -

Facturacion Tecnico 4 1.645.456 6.581.824

Asignacion de Citas Auxiliar 3 1.027.861 3.083.583

Auditoria Previa Tecnico 1 1.645.456 1.645.456

- -

Armadores Auxiliares 4 1.027.861 4.111.444

Radicador de Ctas en bogota Auxiliares 2 1.027.861 2.055.722

Personal disponible Tecnico 2 1.645.456 3.290.912

50 84.463.445

253.390.335

50% 126.695.168

8% 71.400.000

110.102.849

SUBTOTAL 561.588.352

892.500.000

330.911.649 DIFERENCIA

84.463.445*3

PRESTACIONES LABORALES

ADMISIONES

URGENCIAS

HOSPITALIZACION

CIRUGIA Y PROGRAMACION DE CIRUGIA

CONSULTA EXTERNA

CONSOLIDACION Y ARMADO DE CUENTAS

GASTOS PAPELERIA Y OTROS

RIESGO, IMPREVISTOS POR GLOSAS

VALOR CONTRATO 074 DE 2012 (3MESES)

TOTAL MENSUAL

TOTAL TRIMESTRE CONTRANTANDO PERSONAL

DEPENDENCIA PERFIL CANT. VR UNITARIO TOTAL

Jefe de Facturacion Profesional Especializado 1 3.990.779 3.990.779

Coordinador Profesional 1 2.358.487 2.358.487

- -

TRIAGE Tecnico 4 1.645.456 6.581.824

Admisiones Tecnico 8 1.645.456 13.163.648

autorizaciones Tecnico 2 1.645.456 3.290.912

Auditoria Previa Tecnico 1 1.645.456 1.645.456

- -

Facturacion Tecnico 5 1.645.456 8.227.280

Auditoria Previa Tecnico 2 1.645.456 3.290.912

- -

Facturacion Tecnico 3 1.645.456 4.936.368

autorizaciones Tecnico 2 1.645.456 3.290.912

Auditor de Cuentas Tecnico 1 1.645.456 1.645.456

Auditor Medico Profesional Especializado 1 3.990.779 3.990.779

- -

Facturacion Tecnico 2 1.645.456 3.290.912

Auditor Medico Profesional Especializado 1 3.990.779 3.990.779

- -

Facturacion Tecnico 4 1.645.456 6.581.824

Asignacion de Citas Auxiliar 3 1.027.861 3.083.583

Auditoria Previa Tecnico 1 1.645.456 1.645.456

- -

Armadores Auxiliares 4 1.027.861 4.111.444

Radicador de Ctas en bogota Auxiliares 2 1.027.861 2.055.722

Personal disponible Tecnico 2 1.645.456 3.290.912

50 84.463.445

1.013.561.340

50% 506.780.670

8% 329.627.360

71.947.041

SUBTOTAL 1.921.916.411

4.120.342.000

2.198.425.589

CONSOLIDACION Y ARMADO DE CUENTAS

GASTOS PAPELERIA Y OTROS

RIESGO, IMPREVISTOS POR GLOSAS

TOTAL MENSUAL

TOTAL ANUAL CONTRANTANDO PERSONAL

VALOR CONTRATO 013 DE 2013 (12 MESES)

ADMISIONES

URGENCIAS

HOSPITALIZACION

CIRUGIA Y PROGRAMACION DE CIRUGIA

CONSULTA EXTERNA

DIFERENCIA

84.463.445*12

PRESTACIONES LABORALES

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171

A continuación se presenta cuadro resumen del valor contratado frente al ejercicio proyectado por este Ente de Control, así:

De acuerdo a lo anterior, se observa que el proceso de facturación tercerizado resulta oneroso frente al valor calculado; si este proceso lo adelantara directamente la entidad, bajo los principios de eficiencia, eficacia, efectividad, economía, publicidad y transparencia lo cual redundaría en beneficio de la comunidad Casanareña. La Contraloría Departamental de Casanare ADVIERTE, al Hospital de Yopal ESE, la necesidad de realizar estudio técnico y financiero que permita la toma de decisión para la optimización de los recurso públicos so pena del menoscabo de los recursos públicos, conllevando responsabilidades de orden jurídico, fiscal, administrativo, disciplinario y penal.

TRAMITE DE DENUNCIAS Cartera prestación de servicios Mediante los radicados internos No. 2208, 2728, 2322, 2562, 2650, 2666, 2593 de 2013 y radicados No. 2709, 2608 y 2592 de 2014, se trasladó a la Dirección de Vigilancia Fiscal, documentos relacionados con estados de cartera de diferentes EAPB con el Hospital de Yopal, para lo cual el grupo auditor analizó los mismos, encontrándose lo siguiente:

Gobernación de Santander: Da respuesta el 26/052014 manifestando lo siguiente: Que del valor de $ 51.003.278 que el Hospital de Yopal está cobrando se

aclara que $10.945.780 es el único saldo por pagar ya que se canceló un valor de $7.114.278, un saldo de 7.848.008 corresponde a glosas sin conciliar y por último facturación por $ 35.122.164 del cual no se tiene ningún soporte.

Gobernación de Antioquia: Da respuesta el 19/05/2014 manifestando lo siguiente: “…Que del valor cobrado por el Hospital de Yopal por valor de $ 830.000 la

secretaria de seccional de Antioquia responde que ese valor corresponde a glosas definitiva a favor de SSSA ya que las mismas fueron soportadas en la legislación vigente, en cuanto al valor $ 3.577.683 comunican que corresponde al valor cancelados por ellos y

Nº CONTRATO VALOR CONTRATO SEGÚN CDC DIFERENCIA

CONTRATO 017 DE 2011 2.250.000.000 1.259.613.539 990.386.461

CONTRATO 052 DE 2011 1.485.000.000 952.803.917 532.196.083

CONTRATO 019 DE 2012 2.227.500.000 1.401.328.988 826.171.012

CONTRATO 074 DE 2012 892.500.000 561.588.352 330.911.649

CONTRATO 013 DE 2013 4.120.342.000 1.921.916.411 2.198.425.589

TOTAL 10.975.342.000 6.097.251.207 4.878.090.794

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que el hospital aún no ha identificado a que facturas corresponde, pese a que en repetidas ocasiones han enviado por correo certificado los avales de pago donde se relaciona cada una de las facturas con su respectivo valor, por lo tanto no se entiende porque no se ha identificado dichos pagos ya que las copias de los avales de pago se enviaron con radicado E201300057144, E201300208076”.

Y solicita que se incorpore al procedimiento de aclaración de cartera, depuración obligatoria de cuentas, pago de facturación por prestación de servicios y recobros estipulados en la circular conjunta 000030 del 02/09/2013 que es procedimiento establecido por el Ministerio de salud y protección Social y su periodicidad es trimestral. Cajacopi: La EPS da respuesta el 17/09/2013 manifestando lo siguiente: “…De

acuerdo con los registros contables se presenta la siguiente información, que del valor cobrado por el Hospital de Yopal se ha cancelado $120.806.347, se ha glosado un valor de $ 29.782.325, el Hospital ha aceptado un valor de $ 12.713.038, sin conciliar con el Hospital $ 17.069.287, en proceso de auditoria $ 7.284.858, y facturación sin radicar $

53.659.863.” La EPS también envía invitación para que el Hospital a la menor brevedad posible radique las cuentas que aún no se ha enviado y para terminar el mismo oficio cita todas y cada una de las respuestas que ha dado respecto a las solicitudes hechas por el hospital. Famisanar: Respuesta a derecho de petición interpuesto por el Hospital respecto de incumplimiento de pagos y respuesta a solicitud “confirmación y solicitud paso de cuentas”, citando: Las Facturas devueltas a la IPS por valor de $ 334.504, Facturas canceladas por valor de $22.156.245, glosas por valor $25.196.949 de los cuales se relacionan los números de comprobantes de egreso y fecha de pago, facturación glosada sin conciliar por valor de $ 9.931.910 y facturas que no han sido cruzadas pon las bases de datos de la EPS por valor de 40.623.857 en tal virtud solicitan se allegue copia de las facturas radicadas. Secretara de salud de Meta: respuesta a solicitud de pagos, manifestando que se ha dado respuesta es repetidas ocasiones la última respuesta que allegaron a la Contraloría, donde manifiesta que del valor total que el Hospital está cobrando existe un valor de $59.946.122 ya cancelado correspondiente a años anteriores, un valor de $ 1.098.125 equivalente a glosas aceptadas por el Hospital, una glosa definitiva por valor de $ 25.624.628 y por ultimo una glosa persistente por un monto de $3.541.248 respectivamente.

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El mismo oficio aclara que la secretaria no adeuda saldo de vigencias anteriores y que corresponden a los meses de mayo y junio de 2013; que los saldos que registra el Hospital vienen siendo facturas que la secretaria del Meta ya ha cancelado y no se han descontado del estado final de cartera, por lo que anexan los números de facturas y valores cancelados.

Así mismo, solicita que se dé respuesta a las objeciones de las cuentas médicas y se designe una persona que se responsabilice del proceso de conciliación.

Alcaldía Mayor de Bogotá: La secretaria de Salud de Bogotá – Fondo Financiero Distrital de Salud da respuesta el día 22/05/2014 citando lo siguiente: “ en

reiteradas oportunidades he invitado a la ESE HOSPITAL DE YOPAL, a reuniones de conciliación de cuentas médicas, invitaciones las cuales el Hospital ha incumplido y nunca

se ha manifestado al respecto, negrita y cursiva fuera de texto.

(…) Esta secretaria ha enviado varias comunicaciones a la ESE Hospital de Yopal informándoles sobre el estado de cartera e invitándolos a realizar reuniones de conciliación de cuentas médicas, con el fin de cerrar los procesos de auditoria respecto a la facturación radicada por la ESE, como se describe a continuación:

1. 20 de marzo de 2013 Se envió informe del resultado de revisión y cruce de cartera

(…) se invita a reunión de conciliación de cuentas médicas para el día 11 de abril de 2013.

2. 8 de abril de 2013: Teniendo en cuenta que para esa fecha no se había recibido comunicación alguna respecto a lo informado (...) se envía nuevamente correo electrónico solicitando confirmación de asistencia a reunión de conciliación de cuentas para el día 11 de abril de 2013.

3. 12 de abril de 2013: Dado que el Hospital NO ASISTIO a la reunión de conciliación de cuentas medicas programadas para el 11 de abril de 2013, ni se pronunció al respecto, por tercera vez se envió correo dejando constancia de INASISTENCIA. (mayúscula fuera de texto).

4. 17 de abril de 2013: …Se envió oficio al jefe de cartera del Hospital, de las acciones adelantadas por esta secretaria, respecto de los cruces de cartera y se deja constancia de inasistencia a reunión de conciliación de cuentas médicas.

5. 24 de septiembre de 2013: …Se envió oficio dirigido al doctor EDGAR ALBERTO DINAS RODRIGUEZ, gerente del Hospital de Yopal, dando respuesta a comunicación recibida del jefe de cartera. Oficio en el cual deja evidencia de la falta de interés de Hospital en las reiteradas invitaciones de esta secretaria.

6. 16 de octubre de 2013: …Se recibe copia de comunicación de la Contraloría General

de la república, en el cual dan traslado a la Contraloría departamental de Casanare.

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7. (…)

10. 13 de febrero de 2014: Teniendo en cuenta que a esta fecha el Hospital no se ha pronunciado respecto a la invitación a reunión de conciliación de cuentas médicas para los días 11-12 y 13 de febrero de 2014 es por lo que nuevamente se envió correo solicitando confirmación, sin que se haya recibido pronunciamiento alguno.

Gobernación de Santander: Teniendo en cuenta el traslado de la Contraloría General de la republica con radicado No 2208, que cita las siguientes situaciones:

“En el pasado mes de noviembre de 2012, se levantó una acta en estas oficinas en donde participo y firmo una funcionaria de esa Institución de nombre CLAUDIA M. ARENAS MORENO, quien actuaba como ejecutiva de cuenta, de esa entidad, (…) con el fin de que se lea y se cumplan los compromisos que allí se consignaron.

En la comunicación (…) se relacionan tres facturas, de las cuales dos no tenemos soportes como quedo consignado en dicha acta y la otra fue cancelada y aun no la han descargado de su estado de cartera, de igual manera en el acta quedo consignado que existe facturación por valor de $ 35.147.590 que no tiene soportes, solicitándole a la IPS allegue dichos soportes a nuestra institución. Otro valor de glosa sin conciliar, por lo que se solicita ponerse en contacto con la firma auditora (…)

Fondo de pasivo social de ferrocarriles Nacionales de Colombia:

Respuesta a derecho de petición interpuesto por el Hospital de Yopal y trasladado por la Contraloría General de la Republica y a la Supersalud y quien solicita aclaración al peticionado, este da respuesta argumentado que una vez revisado sus estados encontró: “Que el hospital ha radicado 6 facturas de las cuales 5 han sido

debidamente tramitadas por esta dependencia generándose las glosas correspondientes, estas ya fueron informadas al Hospital.

Con relación a la factura HY0000131776 por valor de $222.438 correspondiente al paciente VALENTINA CORREDOR BELTRAN, mediante oficio GSS2011-3400029101 se les notifico que por haber iniciado tramite de cobro con Médicos Asociados, entidad con la cual el Fondo de pasivo social de ferrocarriles Nacionales de Colombia tiene contrato de atención a usuarios, dicha factura fue glosada totalmente para evitar un doble reembolso por los mismos servicios. Deficiente Gestión Administrativa en el cobro de cartera Analizado los estados de cartera reportados por el Hospital de Yopal con corte a 30 de abril de 2014, se observa por un lado que aún existe facturación de servicios con saldos por cobrar a las diferentes EAPB de periodos correspondiente a vigencias anteriores, y por otro lado, se registra una partida bastante considerable de ingresos por venta de servicios, la cual a la fecha de la auditoria

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no se ha identificado a quien corresponde el pago de dichos servicios y desde luego que las mismas no se han descargado al asegurador y a la factura. Este hecho, ratifica lo manifestado por cada entidad en las respuestas dadas a los requerimientos del Hospital respecto del no pago de servicios. Es evidente que la entidad debe adelantar lo antes posible la depuración de la cartera y glosas conforme al procedimiento establecido para tal fin y determinar el saldo real de cartera de la entidad; así mismo, adelantar las gestiones pertinentes de conciliación y no limitarse a emitir circularizaciones u oficios sin el procedimiento que ello requiere, puesto que esto genera desgaste administrativo y financiero sin resultado alguno. En consecuencia, se configura un hallazgo administrativo a fin de que tomen acciones correctivas, el cual se adiciona a la observación denominada H17 Deficiencias en la Gestión de cartera, por tratarse de situación similar.

Denuncia Radicado 2714 de fecha 09/10/2013

Una vez realizado el análisis de la presente denuncia se concluye que el Hospital de Yopal es una Empresa Social del Estado que presta servicios de segundo y acciones de tercero nivel de complejidad, razón por la cual los servicios que está cobrando en la factura parcial de la paciente PAULA ALEJANDRA BECERRA LOPEZ de fecha 08/08/2013 si corresponde con el nivel de atención brindado, luego el servicio de habitación de 4 o más camas si sería el correcto facturado, toda vez que es el más económico para el caso de Paula Alejandra por tratarse de una estancia colectiva de pacientes, caso contraria si se hubiera cobrado habitación unipersonal o bipersonal, donde su costo es mucho más elevado.

Ahora bien, el caso de la atención por especialista en medicina interna, el mismo quejoso reconoce que tuvo valoración inicial por médico internista Dr. Jaime José Delgado Cartagena, quien ordeno se le practicara algunos exámenes según versión planteada en la denuncia, luego la decisión que pudiera dar el segundo especialista y si era pertinente o volverla a valorar es cuestión de ética médica si ya el mismo había revisado los exámenes practicados a la menor.

De otra parte, en lo que tiene que ver con la cuota moderadora cancelada por el paciente y el valor total de los servicios facturados, si se encontró una inconsistencia en la sumatoria total tanto del copago como del total de la cuenta a cobrar a la EPS así:

Factura parcial emitida por el Hospital

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Factura parcial emitida por el Hospital

Nótese que al sumar todos los ítems de las columnas valor entidad, valor paciente y la columna total factura, presenta diferencias en los valores totales a cobrar por parte del hospital así:

SERVICIOS E INSUMOS CANT VR ENTIDAD VR PACIENTE TOTAL FRA

Electrocardiografia dinamica de 24

hras Holder1

215,985 64,515 280,500

Habitacion de 4 o mas camas

segundo nivel2

159,852 47,748 207,600

Atencion diaria intrahospitalaria

por especialista tratante del

paciente no quirurgico

3

82,236 24,564 106,800

Valoracion inicial Intrahospitalaria

por el especialista tratante del

paciente

1

20,174 6,026 26,200

Oxigeno por cateter o canula nasal 24 35,112 10,488 45,600

Buretrol 1 9,091 - 9,091

Canula Oxigeno adulto 1 3,942 1,177 5,119

Cateter heparinizado 1 1,335 399 1,734

Cateter Intravenoso No 18 1 3,651 - 3,651

Equipo Macrogoteo 1 3,384 - 3,384

Humidificador de Oxigeno 1 13,400 4,003 17,403

Jeringa 1 ML/cc 1 293 87 380

Jeringa 10 ML/cc 4 2,141 131 2,272

Jeringa 20 ML/cc 3 1,863 - 1,863

Jeringa 3 ML/cc 1 305 91 396

1,546,779 299,326 1,659,528 SUBTOTAL DE SERVICIOS PRESTADOS

SERVICIOS E INSUMOS CANT VR ENTIDAD VR PACIENTE TOTAL FRA

Electrocardiografia dinamica de 24

hras Holder1

215,985 64,515 280,500

Habitacion de 4 o mas camas

segundo nivel2

159,852 47,748 207,600

Atencion diaria intrahospitalaria

por especialista tratante del

paciente no quirurgico

3

82,236 24,564 106,800

Valoracion inicial Intrahospitalaria

por el especialista tratante del

paciente

1

20,174 6,026 26,200

Oxigeno por cateter o canula nasal 24 35,112 10,488 45,600

Buretrol 1 9,091 - 9,091

Canula Oxigeno adulto 1 3,942 1,177 5,119

Cateter heparinizado 1 1,335 399 1,734

Cateter Intravenoso No 18 1 3,651 - 3,651

Equipo Macrogoteo 1 3,384 - 3,384

Humidificador de Oxigeno 1 13,400 4,003 17,403

Jeringa 1 ML/cc 1 293 87 380

Jeringa 10 ML/cc 4 2,141 131 2,272

Jeringa 20 ML/cc 3 1,863 - 1,863

Jeringa 3 ML/cc 1 305 91 396

552,764 159,229 711,993 SUBTOTAL DE SERVICIOS PRESTADOS

DETALLE HOSPITAL VALOR REAL DIFERENCIA

VR ENTIDAD 1,546,779 552,764 994,015

VR PACIENTE 299,326 159,229 140,097

TOTAL FRA 1,659,528 711,993 947,535

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H60 Inconsistencias valor facturado

Expuesto lo anterior se evidencia una diferencia de $947.535 que corresponde a $994.015 entre el valor a cobrar a SaludCoop EPS y el valor real de acuerdo a la sumatoria; y $140.097 con la cuota moderadora de $140.097, tal como se muestra en el siguiente documento.

Se insta a la entidad revisar la parametrización del software o si hubo error humano en la emisión de la factura, evaluar el proceso de facturación y aplicar el procedimiento pertinente y en caso de existir saldo a favor del paciente hacer la respectiva devolución. Razón por la cual este ente de control configura un hallazgo administrativo.

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4 HALLAZGOS

COD. DESCRIPCIÓN H.A. H.D. H.F. H.P.

H1

Diferencias en la información reportada. No se está realizando cruce de información entre las diferentes dependencias. X

H2 Demora en la entrega del recaudo. Se evidenció demora en la entrega de los dineros a Tesorería por parte de la empresa outsorcing X

H3 Autorización de gastos que no tienen carácter de urgente. Evidencia de gastos por caja menor no procedentes X

H4 Partidas por depurar. No se evidencia gestión adecuada para la depuración y conciliación de saldos X

H5

Falencias parametrización del Software. No se están realizando adecuadamente algunos registros contables por ajustes contables, entradas y salidas de bienes, entre otros. X

H6 Clasificación contable en cuenta diferente (construcciones en curso, bienes entregados en comodato, Software) X

H7 Sobreestimación en la inclusión de bienes. Inclusión de Bienes sin documento que acredite la propiedad a favor del Hospital. X

H8 Bienes en bodega sin utilización. Bienes muebles en bodega por más de tres años y no han sido puestos al servicio. X

H9

Implementación del Sotfware. Se evidenció que todos los módulos del software Dinamic aún no se encuentran implementados y algunos no están haciendo interface. X

H10 Avalúo técnico bienes inmuebles. No se han actualizado los avalúos técnicos a todos los inmuebles del Hospital. X

H11

Consignaciones por Identificar y conciliar. Dentro de las cuentas del pasivo, existen partidas de vigencias anteriores que no se han conciliado ni depurado. X

H12 Sobreestimación en el registro de ingresos. Registros contables que no corresponden a la cuenta X

H13 HF1 Sanciones. Pago de sanciones e intereses con cargo al presupuesto del Hospital. X X

H14 5% Cuentas “Otros”. Las cuentas denominadas otros presentan saldos superiores al 5% de la cuenta principal X

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COD. DESCRIPCIÓN H.A. H.D. H.F. H.P.

H15

Demoras en radicación de Facturas. En el proceso de facturación, se presentan demoras en la radicación de las facturas X

H16 Auditoría de Cuentas Médicas. Deficiencias en la auditoría de cuentas médicas X

H17 Gestión de Cobro de cartera. Falencias en la gestión de cobro de cartera X

H18 Pagares

H19 Planes de mejoramiento. Incumplimiento a los planes de mejoramiento de auditorías internas. X

H20 Impresiones Denominaciones de cargos y falta de soportes. Se evidenció falta de soportes en hojas de vida y denominación de cargos diferente X

H21

Declaración de Bienes y Rentas e Inscripción carrera Administrativa. No se evidencio formato de bienes y rentas de funcionarios y en algunos casos no se evidencia inscripción en carrera administrativa

X

H22 Compromisos de la convención colectiva. No se encontraron algunos documentos relativos a la convención colectiva

X

H23 Gestión de Archivo. Falencias en el archivo de la información

X

H24 Salario Mínimo Vital. Descuentos de nómina superior al límite del salario mínimo vital. X

H25 Liquidación y pago de viáticos. Evidencia de pago de viáticos superior a lo establecido en la norma

X

H26 Nomina paralela. Evidencia de contratación de personal con funciones administrativas X

H27 HF2

Honorarios contratos prestación de servicios. Pago de honorarios por encima de lo establecido por la entidad y sin cumplimiento de requisitos

X X

H28 HD1 Pagos por capacitación. Se efectuaron pagos de capacitación sin haberse realizado el procedimiento contractual correspondiente.

X X

H29 HD2 HF3 Acciones de Repetición. Se pagaron fallos condenatorios, en los cuales prescribió la acción de repetición.

X X X

H30 Pérdida de documentos. Se evidenció que no se encontraron todos los expedientes de las acciones constitucionales

X

H31 Manejo de Almacén y conservación de Inventarios. Falencias en los procesos de almacén y desactualización base de datos inventarios

X

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180

COD. DESCRIPCIÓN H.A. H.D. H.F. H.P.

H32 HF4

Medicamentos Vencidos. No se adelantaron los procedimientos pertinentes, para evitar el vencimiento de medicamentos

X X

H33 HD3

Celebración de contratos incurso de inhabilidades X X Contrato No. 007 de 2011

H34 HD4

Actuaciones Administrativas sin ser funcionario de la entidad X X Contrato No. 007 de 2011

H35

Falencias en el personal requerido

X

Contrato 007 de 2011

Contrato 063 de 2011

Contrato 03 de 2012

Contrato 065 de 2012

Contrato 011-048 de 2011

Contrato 024 de 2011

H36 HD5

Contratación funciones administrativas

X X

Contrato 007 de 2011

Contrato 063 de 2011

Contrato 03 de 2012

Contrato 065 de 2012

Contrato 011-048 de 2011

H37

Falencias en la supervisión

X

Contrato 007 de 2011

Contrato 063 de 2011

Contrato 03 de 2012

Contrato 065 de 2012

Contrato 014 de 2013

Contrato 0967 de 2013

Contrato 011-146 de 2011

Contrato 045 de 2011

Contrato 011-078 de 2011

Contrato 11 de 2012

Contrato 24 de 2012

Contrato 017 de 2011

Contrato 052 de 2011

Contrato 019 de 2012

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181

COD. DESCRIPCIÓN H.A. H.D. H.F. H.P.

Contrato 074 de 2012

Contrato 090 de 2012

Contrato 052 de 2012

Contrato 013 de 2013

H38

Determinación del precio oficial

X

Contrato 007 de 2011

Contrato 063 de 2011

Contrato 03 de 2012

Contrato 065 de 2012

Contrato 014 de 2013

Contrato 0967 de 2013

Contrato 048 de 2011

Contrato 027 de 2012

Contrato 008 de 2013

Contrato 055 de 2013

Contrato 019 de 2013

Contrato 040 de 2013

Contrato 024 de 2012

Contrato 017 de 2011

Contrato 052 de 2011

Contrato 019 de 2012

Contrato 074 de 2012

Contrato 090 de 2012

Contrato 013 de 2013

H39 HD6 HF5

Impuestos por concepto de adulto mayor, pro cultura y publicación

X X X

Contrato 007 de 2011

Contrato 063 de 2012

Contrato 003 de 2012

Contrato 065 de 2012

Contrato 011-036 de 2011

Contrato 011-145 de 2011

Contrato 011-146 de 2011

Contrato 011-048 de 2011

Contrato 045 de 2011

Contrato 024 de 2011

Contrato 075 de 2012

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182

COD. DESCRIPCIÓN H.A. H.D. H.F. H.P.

Contrato 008 de 2012

Contrato 24 de 2012

Contratos 017 de 2011

Contrato 052 de 2011

Contrato 019 de 2012

Contrato 074 de 2012

Contrato 090 de 2012

H40

Falencias en la justificación de adicionales

X Contrato 048 de 2011

Contrato 051 de 2011

Contrato 055 de 2012

H41

Se evidenció pago anticipado en contrato de prestación de servicios X Contrato 011-037 de 2011

H42

Falencias en la elaboración de documentos

X Contrato 051 de 2011

Contrato 090 de 2013

H43 HD7

Cumplimiento de requisitos

X X

Contrato 011-144 de 2011

Contrato 011-048 de 2011

Contrato 011-145 de 2011

Contrato 011-146 de 2011

Contrato 011-101 de 2011

H44

Falencias por parte del comité evaluador

X Contrato 055 del 2012

Contrato 011 de 2013

Contrato 019 de 2013

H45

Garantías

X

Contrato 075 de 2012

Contrato 012-005 de 2012

Contrato 024 de 2011

Contrato 090 de 2012

Contrato 012-005 de 2012

H46 Tercerizacion de Servicios

X Contrato 040 de 2013

H47 Soporte de glosas no descontadas

X Contrato 040 de 2013

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183

COD. DESCRIPCIÓN H.A. H.D. H.F. H.P.

H48 Descuentos comerciales concedidos

X Contrato 051 de 2013

H49 HF6

Soportes de ejecución

X X

Contrato 011-036 de 2011

Contrato 011-146 de 2011

Contrato 011-048 de 2011

Contrato 039 de 2012

H50 HF7

Gestión Fiscal antieconómica y soportes de ejecución

X X Contrato 011-145 de 2011

Contrato 045 de 2011

Contrato 011-078 de 2011

H51 Soporte requerido para pago

X Contrato 013-018 de 2013

H52

Falencias en el proceso de planeación X

Contrato 045 de 2011

Contrato 011- 078 de 2011 X

H53

No se evidenció estudio previo para la suscripción del contrato

X Contrato 0311 de 2013

Contrato 0393 de 2013

H54 HF8 Imprevistos

X X Contrato 022 de 2012

H55

No se dio la denominación correcta al contrato, de acuerdo al objeto y obligaciones pactadas X Contrato 058 de 2013

H56 HD8

Procesos de contratación sin garantizar la selección objetiva X X Contrato 036 de 2013

H57 Carencia de Estudio técnico X

Contrato 017 de 2011

Contrato 052 de 2011

Contrato 019 de 2012

Contrato 074 de 2012

Contrato 090 de 2012

Contrato 013 de 2013

H58 HF9 Sobrecostos

X X Contrato 090 de 2012

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184

COD. DESCRIPCIÓN H.A. H.D. H.F. H.P.

Contrato 013 de 2013

H59 HD9 Hechos cumplidos

X X Contrato 017 de 2011

H60

Inconsistencia valor facturado

X Denuncia Radicado 2714 de fecha 09/10/2013

TOTAL 60 9 9 0

4.1 RESUMEN VALOR PRESUNTOS HALLAZGOS FISCALES

No. DESCRIPCION VALOR

HF1 Sanciones. Pago de sanciones e intereses con cargo al presupuesto del Hospital.

10.223.268

HF2 Honorarios contratos prestación de servicios. Pago de honorarios por encima de lo establecido por la entidad y sin cumplimiento de requisitos

73.105.659

HF3 Acciones de Repetición. Se pagaron fallos condenatorios, en los cuales prescribió la acción de repetición.

1.897.392.048

HF4 Medicamentos Vencidos. No se adelantaron los procedimientos pertinentes, para evitar el vencimiento de medicamentos

213.754.172

HF5 Impuestos por concepto de adulto mayor, pro cultura y publicación

351.818.332

Contrato 007 de 2011 6.021.800

Contrato 063 de 2012 7.706.520

Contrato 003 de 2012 18.156.048

Contrato 065 de 2012 17.671.448

Contrato 011-036 de 2011 2.535.100

Contrato 011-145 de 2011 1.112.000

Contrato 011-146 de 2011 2.739.800

Contrato 011-048 de 2011 2.097.200

Contrato 045 de 2011 5.965.105

Contrato 024 de 2011 8.217.900

Contrato 075 de 2012 15.060.911

Contrato 24 de 2012 14.047.400

Contratos 017 de 2011 41.027.000

Contrato 052 de 2011 63.222.300

Contrato 019 de 2012 95.871.600

Contrato 074 de 2012 40.188.200

Contrato 090 de 2012 10.178.000

HF6 Soportes de ejecución 580.929.179

Contrato 011-036 de 2011 50.000.000

Contrato 011-146 de 2011 53.200.000

Contrato 011-048 de 2011 40.000.000

Contrato 045 de 2011 54.859.179

Contrato 039 de 2012 382.870.000

HF7 Gestión Fiscal antieconómica y soportes de ejecución 54.447.054

Contrato 011-145 de 2011 27.800.000

Contrato 045 de 2011 11.567.054

Contrato 011-078 de 2011 15.080.000

HF8 Imprevistos 15.658.316

Contrato 022 de 2012 15.658.316

HF9 Sobrecostos 215.755.140

Contrato 090 de 2012 158.011.524

Contrato 013 de 2013 57.743.616

TOTAL 3.413.083.168

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186

ANEXO Nº 1

DIA MES VALOR

9.998

236.800

6 JULIO 6.325.300 07-JULIO-2011 1.273.000

7 JULIO 5.643.800 8-JULIO-2011 85.600

381.400

1.219.200

51.100

277.888

1.222.700

332.000

258.700

480.200

528.500

603.400

1.368.498

524.600

13 JULIO 20.278.950 15-JULIO-2011 20.000

369.800

100.000

98.200

210.200

25 JULIO 3.982.750 26-JULIO-2011 8.000

27 JULIO 5.753.750 28-JULIO-2011 232.600

42.900

30.000

405.000

366.000

2.900

7,8 DIC 4.789.150 13-DIC-2011 4.789.150

9,10,11 DIC 7.940.200 13-DIC-2011 7.940.200

12 DIC 6.890.900 13-DIC-2011 4.600

19 DIC 6.132.200 20-DIC-2011 3.600

29 DIC 754.350 03-ENE-2012 754.350

30,31 DIC 3.862.798 03-ENE-2012 3.862.798

30 JUNIO 3.692.550 01-JULIO-2011EDWAR FABIAN ALEGRIAS, valor que se incluye en el arqueo del 5 de Julio y es consignado el dÍa 06 de julio de 2011

ANDREA PIRAGUAUTA SANCHEZ, valor que se incluye en el arqueo del 6-Julio-2011 y consignado el 07 de julio de 2011

VIGENCIA 2011

FECHA ARQUEOVALOR

CONSIGNADO

FECHA

CONSIGNACION

OBSERVACIONES

CORRESPONDE A

LEIDY JOHANA SANCHEZ GONZALEZ, incluido en el arqueo del dia 7 de julio y consignado el dÍa 8 de julio de 2011.

LUIS GIOVANNY SALAMANCA ACUÑA, incluido en el arqueo del dÍa 11 y consignado el dÍa 12 de julio de 2011

8,9,10 JULIO 9.524.350 11-JULIO-2011

AURA NELLY CRUZ, valor que se incluye en el arqueo del día 11 de julio y consignado el día 12 de julio de 2011

DIANA PATRICIA FORERO ALVAREZ, valor que se incluye en el arqueo del día 11 de julio y consignado el día 12 de julio de 2011

LUIS GIOVANNY SALAMANCA ACUÑA, valor que se incluye en el arqueo del día 11 de julio y consignado el día 12 de julio de 2011

AURA NELLY CRUZ, valor que se incluye en el arqueo del día 11 de julio y consignado el día 12 de julio de 2011

12 JULIO 6.596.100 13-JULIO-2014AURA NELLY CRUZ, valor que se incluye en el arqueo del día 13 de julio y consignado el día 15 de julio de 2011

LUIS GIOVANNY SALAMANCA ACUÑA, valor que se incluye en el arqueo del día 13 de julio y consignado el día 15 de julio de 2011

DIANA PATRICIA FORERO ALVAREZ, valor que se incluye en el arqueo del día 11 de julio y consignado el día 12 de julio de 2011

AURA NELLY CRUZ, valor que se incluye en el arqueo del día 11 de julio y consignado el día 12 de julio de 2011

DIANA PATRICIA FORERO ALVAREZ, valor que se incluye en el arqueo del día 11 de julio y consignado el día 12 de julio de 2011

11 JULIO 9.258.600 12-JULIO-2011

AURA NELLY CRUZ, valor que se incluye en el arqueo del día 12 de julio y consignado el día 13 de julio de 2011

JOHAN SEBASTIAN VERGEL VANEGAS, valor que se incluye en el arqueo del día 12 de julio y consignado el día 13 de julio de 2011

YENNY NAREYVA GUANARO, valor que se incluye en el arqueo del día 12 de julio y consignado el día 13 de julio de 2011

22,23,24 JULIO 11.899.850 25-JULIO-2011SANDRA VIVIANA SALGADO PRIETO, valor que se incluye en el arqueo del día 25 de julio y consignado el día 26 de julio de 2011

HERSON EDEY ORTIZ, valor que se incluye en el arqueo del día 25 de julio y consignado el día 26 de julio de 2011

LUIS GIOVANNY SALAMANCA ACUÑA, valor que se incluye en el arqueo del día 14 de julio y consignado el día 18 de julio de 2011

21 JULIO 6.320.450 22-JULIO-2011ORLANDO ANDRES CORREA, valor que se incluye en el arqueo del día 24 de julio y consignado el día 25 de julio de 2011

YENNY NAREYVA GUANARO, valor que se incluye en el arqueo del día 24 de julio y consignado el día 25 de julio de 2011

ORLANDO ANDRES CORREA, valor que se incluye en el arqueo del día 03 de agosto y consignado el día 04 de agosto de 2011

EDWAR FABIAN ALEGRIAS VARGAS, valor que se incluye en el arqueo del día 28 de julio y consignado el día 29 de julio de 2011

29,30,31 JULIO 8.059.600 1-AGOSTO-2011

HERSON EDEY ORTIZ PEREZ, valor que se incluye en el arqueo del día 03 de agosto y consignado el día 04 de agosto de 2011

LUIS GIOVANNY SALAMANCA ACUÑA, valor que se incluye en el arqueo del día 1 de agosto y consignado el día 2 de agosto de 2011

LEIDY JOHANA SANCHEZ GONZALEZ, valor que se incluye en el arqueo del día 2 de agosto y consignado el día 3 de agosto de 2011

HERSON EDEY ORTIZ PEREZ, valor que se incluye en el arqueo del día 03 de agosto y consignado el día 04 de agosto de 2011

El valor correspondiente a este arqueo se debio consignar el día 2 de enero de 2012 y no el día 3 de enero de 2012

LUIS GIOVANNY SALAMANCA ACUÑA, valor que se incluye en el arqueo del día 1 de agosto y consignado el día 2 de agosto de 2011

El valor correspondiente a este arqueo se debió consignar el día 9 de Diciembre de 2011 y no el día 13 de diciembre.

El valor correspondiente a este arqueo se debio consignar el día 12 de Diciembre de 2011 y no el día 13 de diciembre.

JOSE FERNANDO SIERRA NUÑEZ, este valor se encuentra incluido en el arqueo del día 15 de diciembre y consignado el dìa 16 de diciembre de

2011

Este valor se encuentra incluido en el arqueo del día 20 de diciembre y consignado el día 21 de diciembre de 2011

El valor correspondiente a este arqueo se debió consignar el día 30 de Diciembre de 2011 y no el día 3 de enero de 2012

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187

DIA MES VALOR

1, 2 JULIO 4.597.269 03-JULIO-2012 711.800

6.700

4.400

148.700

284.900

1.270.000

5 JULIO 5.813.389 06-JULIO-2012 283.700

59.100

35.100

141.000

43.500

18.500

89.900

7.900

6.000

31.200

29.000

256.001

492.000

10 JULIO 4.008.201 11-JULIO-2012 159.400

64.500

191.800

131.000

33.200

337.500

89.400

51.200

75.100

410.000

10.700

60.000

207.600

47.300

57.900

169.100

476.000

118.200

111.400

65.100

147.100

195.700

1.514.000

VIGENCIA 2012

FECHA ARQUEO VALOR

CONSIGNADO

FECHA

CONSIGNACION

OBSERVACIONES

CORRESPONDE A

4 JULIO 1.583.021 05-JULIO-2012

FRAY MANUEL CARVAJALINO, este valor se incluye en el arqueo del día 5 de julio de 2012 y es consignado el día 06 de julio de 2012

JAIRO HUMBERTO GONZALEZ, este valor se incluye en el arqueo del día 5 de julio de 2012 y es consignado el día 06 de julio de 2012

SANDRA VIVIANA SALGADO PRIETO, este valor se incluye en el arqueo del día 5 de julio de 2012 y es consignado el día 06 de julio de 2012

SANDRA VIVIANA SALGADO PRIETO, este valor se incluye en el arqueo del día 3 de julio de 2012 y es consignado el día 04 de julio de 2012 .

3 JULIO 9.115.482 04-JULIO-2012LUIS GIOVANNY SALAMANCA ACUÑA, este valor se incluye en el arqueo del día 5 de julio de 2012 y es consignado el día 06 de julio de 2012 .

SADY ASTRID ALVAREZ, este valor se incluye en el arqueo del día 4 de julio de 2012 y es consignado el día 05 de julio de 2012.

JAIRO HUMBERTO GONZALES, este valor se incluye en el arqueo del día 9 de julio de 2012 y es consignado el día 10 de julio de 2012

6, 7 JULIO 8.021.571 09-JULIO-2012

AMPARO LICED RICAURTE ALVAREZ, este valor se incluye en el arqueo del día 9 de julio de 2012 y es consignado el día 10 de julio de 2012

FRAY MANUEL CARVAJALINO ALVAREZ, este valor se incluye en el arqueo del día 9 de julio de 2012 y es consignado el día 10 de julio de 2012

JAIRO HUMBERTO GONZALES CUELLAR, este valor se incluye en el arqueo del día 9 de julio de 2012 y es consignado el día 10 de julio de 2012

MARLY TATIANA BECERRA DE MARIÑO, este valor se incluye en el arqueo del día 9 de julio de 2012 y es consignado el día 10 de julio de 2012

PAOLA ANDREA ACELDA HERRERA, este valor se incluye en el arqueo del día 9 de julio de 2012 y es consignado el día 10 de julio de 2012

SADY ASTRID ALVAREZ RICAUTE, este valor se incluye en el arqueo del día 9 de julio de 2012 y es consignado el día 10 de julio de 2012

SANDRA VIVIANA SALGADO, este valor se incluye en el arqueo del día 10 de julio de 2012 y es consignado el día 11 de julio de 2012

9 JULIO 4.718.916 10-JULIO-2012

CARMEN MOJICA, este valor se incluye en el arqueo del día 10 de julio de 2012 y es consignado el día 11 de julio de 2012

MARLY TATIANA BECERRA DE MARIÑO, este valor se incluye en el arqueo del día 10 de julio de 2012 y es consignado el día 11 de julio de 2012

PAOLA ANDREA ACELDA HERRERA, este valor se incluye en el arqueo del día 11 de julio de 2012 y es consignado el día 12 de julio de 2012

SADY ASTRID ALVAREZ RICAUTE, este valor se incluye en el arqueo del día 10 de julio de 2012 y es consignado el día 11 de julio de 2012

SANDRA VIVIANA SALGADO, este valor se incluye en el arqueo del día 10 de julio de 2012 y es consignado el día 11 de julio de 2012

SADY ASTRID ALVAREZ RICAUTE, este valor se incluye en el arqueo del día 12 de julio de 2012 y es consignado el día 13 de julio de 2012

11 JULIO 3.299.198 12-JULIO-2012

AMPARO LICED RICAURTE ALVAREZ, este valor se incluye en el arqueo del día 12 de julio de 2012 y es consignado el día 13 de julio de 2012

LUIS GIOVANNY SALAMANCA ACUÑA, este valor se incluye en el arqueo del día 12 de julio de 2012 y es consignado el día 13 de julio de 2012

SADY ASTRID ALVAREZ RICAUTE, este valor se incluye en el arqueo del día 12 de julio de 2012 y es consignado el día 13 de julio de 2012

LUIS GIOVANNY SALAMANCA ACUÑA, este valor se incluye en el arqueo del día 16 de julio de 2012 y es consignado el día 17 de julio de 2012

SANDRA VIVIANA SALGADO, este valor se incluye en el arqueo del día 17 de julio de 2012 y es consignado el día 18 de julio de 2012

16 JULIO 2.767.800 17-JULIO-2012

JAIRO HUMBERTO GONZALEZ, este valor se incluye en el arqueo del día 17 de julio de 2012 y es consignado el día 18 de julio de 2012

MARLY TATIANA BECERRA DE MARIÑO, este valor se incluye en el arqueo del día 17 de julio de 2012 y es consignado el día 18 de julio de 2012

PAOLA ANDREA ACELDAS HERRERA, este valor se incluye en el arqueo del día 17 de julio de 2012 y es consignado el día 18 de julio de 2012

SADY ASTRID ALVAREZ RICAUTE, este valor se incluye en el arqueo del día 17 de julio de 2012 y es consignado el día 18 de julio de 2012

13-14-15 JULIO 11.584.202 16-JULIO-2012

AMPARO LICED RICAURTE ALVAREZ, este valor se incluye en el arqueo del día 16 de julio de 2012 y es consignado el día 17 de julio de 2012

JAIRO HUMBERTO GONZALEZ, este valor se incluye en el arqueo del día 16 de julio de 2012 y es consignado el día 17 de julio de 2012

MARLY TATIANA BECERRA DE MARIÑO, este valor se incluye en el arqueo del día 16 de julio de 2012 y es consignado el día 17 de julio de 2012

PAOLA ANDREA ACELDAS HERRERA, este valor se incluye en el arqueo del día 16 de julio de 2012 y es consignado el día 17 de julio de 2012

SADY ASTRID ALVAREZ RICAUTE, este valor se incluye en el arqueo del día 16 de julio de 2012 y es consignado el día 17 de julio de 2012

SANDRA VIVIANA SALGADO, este valor se incluye en el arqueo del día 17 de julio de 2012 y es consignado el día 18 de julio de 2012

SANDRA VIVIANA SALGADO PRIETO, este valor se incluye en el arqueo del día 17 de julio de 2012 y es consignado el día 18 de julio de 2012

17 JULIO 2.567.000 18-JULIO-2012

AMPARO LICED RICAURTE, este valor se incluye en el arqueo del día 18 de julio de 2012 y es consignado el día 19 de julio de 2012

FRAY MANUEL CARVAJALINO, este valor se incluye en el arqueo del día 19 de julio de 2012 y es consignado el día 23 de julio de 2012

JAIRO HUMBERTO GONZALEZ CUELLAR, este valor se incluye en el arqueo del día 18 de julio de 2012 y es consignado el día 19 de julio de 2012

PAOLA ANDREA ACELDAS HERRERA, este valor se incluye en el arqueo del día 18 de julio de 2012 y es consignado el día 19 de julio de 2012

SADY ASTRID ALVAREZ RICAUTE, este valor se incluye en el arqueo del día 18 de julio de 2012 y es consignado el día 19 de julio de 2012

SANDRA VIVIANA SALGADO PRIETO, este valor se incluye en el arqueo del día 19 de julio de 2012 y es consignado el día 23 de julio de 2012

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188

DIA MES VALOR

220.900

88.300

74.900

100.000

52.500

172.700

1.285.400

562.600

161.600

136.800

94.800

208.100

577.999

100.000

758.500

72.700

45.700

119.800

23 JULIO 3.569.799 24-JULIO-2012 60.000

118.800

2.400

80.800

154.300

172.800

101.900

99.300

81.400

117.300

12.500

248.299

280.000

184.300

109.500

80.100

160.100

95.200

7.600

135.500

155.004

43.500

75.600

25.100

2.020.000

348.800

30.000

5.200

402.900

FECHA ARQUEO VALOR

CONSIGNADO

FECHA

CONSIGNACION

OBSERVACIONES

CORRESPONDE A

18 JULIO 1.874.467 19-JULIO-2012

AMPARO LICED RICAURTE ALVAREZ, este valor se incluye en el arqueo del día 19 de julio de 2012 y es consignado el día 23 de julio de 2012

FRAY MANUEL CARVAJALINO, este valor se incluye en el arqueo del día 19 de julio de 2012 y es consignado el día 23 de julio de 2012

JAIRO HUMBERTO GONZALEZ CUELLAR, este valor se incluye en el arqueo del día 19 de julio de 2012 y es consignado el día 23 de julio de 2012

LUIS GIOVANNY SALAMANCA ACUÑA, este valor se incluye en el arqueo del día 19 de julio de 2012 y es consignado el día 23 de julio de 2012

PAOLA ANDREA ACELDAS HERRERA, este valor se incluye en el arqueo del día 19 de julio de 2012 y es consignado el día 23 de julio de 2012

SADY ASTRID ALVAREZ RICAUTE, este valor se incluye en el arqueo del día 19 de julio de 2012 y es consignado el día 23 de julio de 2012

SANDRA VIVIANA SALGADO PRIETO, este valor se incluye en el arqueo del día 19 de julio de 2012 y es consignado el día 23 de julio de 2012

YENNY NAREUVA GUANARO, este valor se incluye en el arqueo del día 19 de julio de 2012 y es consignado el día 23 de julio de 2012

19 JULIO 7.262.500 23-JULIO-2012

FRAY MANUEL CARVAJALINO, este valor se incluye en el arqueo del día 24 de julio de 2012 y es consignado el día 25 de julio de 2012

JAIRO HUMBERTO GONZALEZ CUELLAR, este valor se incluye en el arqueo del día 24 de julio de 2012 y es consignado el día 25 de julio de 2012

PAOLA ANDREA ACELDAS HERRERA, este valor se incluye en el arqueo del día 24 de julio de 2012 y es consignado el día 25 de julio de 2012

AMPARO LICED RICAURTE ALVAREZ, este valor se incluye en el arqueo del día 24 de julio de 2012 y es consignado el día 25 de julio de 2012

FRAY MANUEL CARVAJALINO ALVAREZ, este valor se incluye en el arqueo del día 24 de julio de 2012 y es consignado el día 25 de julio de 2012

JAIRO HUMBERTO GONZALEZ, este valor se incluye en el arqueo del día 24 de julio de 2012 y es consignado el día 25 de julio de 2012

LUIS GIOVANNY SALAMANCA ACUÑA, este valor se incluye en el arqueo del día 24 de julio de 2012 y es consignado el día 25 de julio de 2012

MARLY TATIANA BECERRA DE MARIÑO, este valor se incluye en el arqueo del día 24 de julio de 2012 y es consignado el día 25 de julio de 2012

PAOLA ANDREA ACELDAS HERRERA, este valor se incluye en el arqueo del día 24 de julio de 2012 y es consignado el día 25 de julio de 2012

SADY ASTRID ALVAREZ RICAUTE, este valor se incluye en el arqueo del día 24 de julio de 2012 y es consignado el día 25 de julio de 2012

YENNY NAREUVA GUANARO, este valor se incluye en el arqueo del día 23 de julio de 2012 y es consignado el día 24 de julio de 2012

20, 21, 22 JULIO 4.210.597 23-JULIO-2012YENNY NAREYVA GUANARO, este valor se incluye en el arqueo del día 23 de julio de 2012 y es consignado el día 24 de julio de 2012

YENNY NAREYVA GUANARO, este valor se incluye en el arqueo del día 23 de julio de 2012 y es consignado el día 24 de julio de 2012

SADY ASTRID ALVAREZ RICAUTE, este valor se incluye en el arqueo del día 24 de julio de 2012 y es consignado el día 25 de julio de 2012

VIANNI KARIME CELI ALBARRACIN, este valor se incluye en el arqueo del día 24 de julio de 2012 y es consignado el día 25 de julio de 2012

24 JULIO 2.378.800 25-JULIO-2012

AMPARO LICED RICAURTE ALVAREZ, este valor se incluye en el arqueo del día 25 de julio de 2012 y es consignado el día 26 de julio de 2012

FRAY MANUEL CARVAJALINO ALVAREZ, este valor se incluye en el arqueo del día 25 de julio de 2012 y es consignado el día 26 de julio de 2012

JAIRO HUMBERTO GONZALEZ CUELLAR, este valor se incluye en el arqueo del día 25 de julio de 2012 y es consignado el día 26 de julio de 2012

LUIS GIOVANNY SALAMANCA ACUÑA, este valor se incluye en el arqueo del día 26 de julio de 2012 y es consignado el día 27 de julio de 2012

MARLY TATIANA BECERRA DE MARIÑO, este valor se incluye en el arqueo del día 25 de julio de 2012 y es consignado el día 26 de julio de 2012

PAOLA ANDREA ACELDAS HERRERA, este valor se incluye en el arqueo del día 26 de julio de 2012 y es consignado el día 27 de julio de 2012

SADY ASTRID ALVAREZ RICAUTE, este valor se incluye en el arqueo del día 25 de julio de 2012 y es consignado el día 26 de julio de 2012

SANDRA VIVIANA SALGADO PRIETO, este valor se incluye en el arqueo del día 25 de julio de 2012 y es consignado el día 26 de julio de 2012

26 JULIO 8.845.135 27-JULIO-2012

AMPARO LICED RICAURTE ALVAREZ, este valor se incluye en el arqueo del día 27 de julio de 2012 y es consignado el día 30 de julio de 2012

CARMEN MOJICA, este valor se incluye en el arqueo del día 27 de julio de 2012 y es consignado el día 30 de julio de 2012

FRAY MANUEL CARVAJALINO, este valor se incluye en el arqueo del día 27 de julio de 2012 y es consignado el día 30 de julio de 2012

JAIRO HUMBERTO GONZALEZ, este valor se incluye en el arqueo del día 27 de julio de 2012 y es consignado el día 30 de julio de 2012

MARLY TATIANA BECERRA DE MARIÑO, este valor se incluye en el arqueo del día 27 de julio de 2012 y es consignado el día 30 de julio de 2012

PAOLA ANDREA ACELDAS HERRERA, este valor se incluye en el arqueo del día 27 de julio de 2012 y es consignado el día 30 de julio de 2012

27, 28, 29 JULIO 5.626.752 30-JULIO-2012

AMPARO LICED RICAURTE ALVAREZ, este valor se incluye en el arqueo del día 30 de julio de 2012 y es consignado el día 31 de julio de 2012

CARMEN MOJICA, este valor se incluye en el arqueo del día 30 de julio de 2012 y es consignado el día 31 de julio de 2012

JAIRO HUMBERTO GONZALEZ CUELLAR, este valor se incluye en el arqueo del día 30 de julio de 2012 y es consignado el día 31 de julio de 2012

LUIS GIOVANNY SALAMANCA ACUÑA, este valor se incluye en el arqueo del día 30 de julio de 2012 y es consignado el día 31 de julio de 2012

FRAY MANUEL CARVAJALINO ALVAREZ, este valor se incluye en el arqueo del día 30 de julio de 2012 y es consignado el día 31 de julio de 2012

JAIRO HUMBERTO GONZALEZ CUELLAR, este valor se incluye en el arqueo del día 30 de julio de 2012 y es consignado el día 31 de julio de 2012

PAOLA ANDREA ACELDAS HERRERA, este valor se incluye en el arqueo del día 30 de julio de 2012 y es consignado el día 31 de julio de 2012

SANDRA VIVIANA SALGADO PRIETO, este valor se incluye en el arqueo del día 30 de julio de 2012 y es consignado el día 31 de julio de 2012

AMPARO LICED RICAURTE ALVAREZ, este valor se incluye en el arqueo del día 30 de julio de 2012 y es consignado el día 31 de julio de 2012

Diferencia de HERSON EDEY ORTIZ PEREZ, en el resumen está por 550.900 y en el anexo por 520.900

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DIA MES VALOR

272.000

1.245.900

388.100

417.800

1.400

24.900

30 NOV 1.236.400

1, 2 DIC 548.000

3 DIC 5.017.800 04-DIC-2012 164.500

6 DIC 3.446.600 11-DIC-2012

600

2.200

10 DIC 1.540.799 11-DIC-2012 1.029.498

11 DIC 5.470.783 12-DIC-2012 106.000

195.200

609.099

194.800

1.124.000

18.600

159.200

173.800

191.600

55.000

32.700

1.140.793

20.600

1.140.400

395.200

142.200

21,22,23 DIC 7.629.403 26-DIC-2012 78.100

24-25 DIC 5.729.999 26-DIC-2012 2.199

26 DIC 3.604.199 28-DIC-2012

824.800

162.599

2.200

FECHA ARQUEO VALOR

CONSIGNADO

FECHA

CONSIGNACION

OBSERVACIONES

CORRESPONDE A

30 JULIO 5.567.807 31-JULIO-2012

JAIRO HUMBERTO GONZALEZ CUELLAR, este valor se incluye en el arqueo del día 01 de agosto de 2012 y es consignado el día 2 de agosto de

2012

SANDRA VIVIANA SALGADO PRIETO, este valor se incluye en el arqueo del día 01 de agosto de 2012 y es consignado el día 2 de agosto de 2012

16.228.200 04-DIC-2012

SADY ALVAREZ, este valor viene del arqueo del 19 de noviembre de 2012, se incluye en el arqueo del 26 de diciembre de 2012 por el valor de

$887.200 y se consigna el 27 de diciembre de 2012, el mismo 26 de diciembre se hace la devolución por la diferencia que es de $349.200.

SADY ALVAREZ , se incluye en el arqueo del dia 16 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 17 de diciembre del 2012.

CARMEN MOJICA, se incluye en el arqueo del dia 4 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 5 de diciembre del 2012.

El arqueo de la caja del día 6 se debió consignar el 10 de diciembre de 2012

31 JULIO 5.129.000 1-AGOSTO-2012

EDWIN HUMBERTO BOHORQUEZ RESTREPO, este valor se incluye en el arqueo del día 01 de agosto de 2012 y es consignado el día 2 de

agosto de 2012JAIRO HUMBERTO GONZALEZ CUELLAR, este valor se incluye en el arqueo del día 01 de agosto de 2012 y es consignado el día 2 de agosto de

2012

LUIS GIOVANNY SALAMANCA ACUÑA, este valor se incluye en el arqueo del día 01 de agosto de 2012 y es consignado el día 2 de agosto de 2012

SADY ASTRID ALVAREZ RICAUTE, este valor se incluye en el arqueo del día 01 de agosto de 2012 y es consignado el día 2 de agosto de 2012

SANDRA VIVIANA SALGADO, se incluye en el arqueo del dia 11 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 12 de diciembre del 2012.

CARMEN MOJICA, se incluye en el arqueo del dia 12 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 13 de diciembre del 2012.

12 DIC 2.163.601 13-DIC-2012DIEGO GUTIERREZ, se incluye en el arqueo del dia 13 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 14 de diciembre del 2012.

SANDRA VIVIANA SALGADO, se incluye en el arqueo del dia 13 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 14 de diciembre del 2012.

7,8,9 DIC 8.817.897 10-DIC-2012

Existe una diferencia en RAFAEL BRICEÑO, el resumen esta por 128.600, y se consignó 128.000, el valor de la diferencia se incluye en el Arqueo

del día 21 de diciembre de 2012 y se consigna el día 27 de diciembre de 2012.

FRAY CARVAJALINO, se incluye en el arqueo del dia 10 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 11 de diciembre del 2012.

14,15,16 DIC 15.129.087 17-DIC-2012CARMEN MOJICA, se incluye en el arqueo del dia 17 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 18 de diciembre del 2012.

WENDY TATIANA IGLESIAS LOPEZ, se incluye en el arqueo del dia 17 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 18 de diciembre del 2012.

13 DIC 4.050.000 14-DIC-2012

CARMEN MOJICA, se incluye en el arqueo del dia 16 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 17 de diciembre del 2012.

GLEIDY CAROLINA DIAZ CABULO, se incluye en el arqueo del dia 16 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 17 de diciembre del 2012.

SANDRA MILENA ALFONSO CHACON, se incluye en el arqueo del dia 16 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 17 de diciembre del 2012.

WENDY TATIANA IGLESIAS LOPEZ, se incluye en el arqueo del dia 16 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 17 de diciembre del 2012.

18 DIC 3.604.247 19-DIC-2012

DIEGO FELIPE GUTIERREZ GUERRERO, se incluye en el arqueo del dia 19 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 20 de diciembre del 2012.

SANDRA VIVIANA SALGADO, se incluye en el arqueo del dia 19 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 20 de diciembre del 2012.

WENDY TATIANA IGLESIAS LOPEZ, se incluye en el arqueo del dia 19 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 20 de diciembre del 2012.

17 DIC 2.882.021 18-DIC-2012

DIEGO FELIPE GUTIERREZ GUERRERO, se incluye en el arqueo del dia 18 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 19 de diciembre del 2012.

JOSE FERNANDO SIERRA NUÑEZ, se incluye en el arqueo del dia 18 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 19 de diciembre del 2012.

SANDRA VIVIANA SALGADO PRIETO, se incluye en el arqueo del dia 18 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 19 de diciembre del 2012.

SANDY YUDITH TOVAR DIAZ, se incluye en el arqueo del dia 18 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 19 de diciembre del 2012.

WENDY TATIANA IGLESIAS LOPEZ, se incluye en el arqueo del dia 26 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 28 de diciembre del 2012.

FRAY CARVAJALINO, se incluye en el arqueo del dia 26 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 28 de diciembre del 2012.

El valor correspondiente a el arqueo del día 26 de Diciembre se debió de consignar el 27 de diciembre de 2012

27 DIC 1.088.123 28-DIC-2012

DIEGO FELIPE GUTIERREZ GUERRERO, se incluye en el arqueo del dia 31 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 04 de enero de 2013.

SANDRA VIVIANA SALGADO PRIETO, se incluye en el arqueo del dia 31 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 04 de enero de 2013.

WENDY TATIANA IGLESIAS, se incluye en el arqueo del dia 31 de Diciembre de 2012 y se consigna el día 04 de enero de 2013.

28,29,30 y

31DIC 14.744.541 04-ENE-2013

Los arqueos de los días 28, 29 y 30 de diciembre de 2012 se debieron de consignar el día 31 de diciembre de 2012 que era un día hábil y el

arqueo del 31 de diciembre de 2012 se debió de consignar el día 2 de enero de 2013.

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DIA MES VALOR1 JULIO 2.714.100 3-JULIO-2013

136.000

143.200

242.000

129.500

82.000

265.300

50.000

295.400

990.000

60.000

4 JULIO 6.088.691 05-JULIO-2013 1.080.000

770.000

16.700

8 JULIO 6.629.021 09-JULIO-2013 353.598

183.100

389.700

696.600

12,13,14 JULIO 13.085.596 16-JULIO-2013

22 JULIO 5.034.450 24-JULIO-2013

23 JULIO 3.754.300 24-JULIO-2013 1.350.000

30 JULIO 6.842.901 01-AGOSTO-

2013 28 NOV 3.484.500 02-DIC-2013

29,30 NOV 9.784.699 02-DIC-2013

5 DIC 4.085.100 09-DIC-2013

6,7,8 DIC 10.908.001 09-DIC-2013 55.800

9 DIC 6.371.500 10-DIC-2013 1.301.000

155.000

51.000

1.020.000

260.000

484.100

1.319.100

420.000

12 DIC 7.795.415 16-DIC-2013

827.000

1.675.000

103.400

550.000

1.305.000

567.500

957.100

277.000

3.983.000

446.000

219.400

24,25 DIC 5.618.600 30-DIC-2013

26 DIC 4.595.500 30-DIC-2013

42.000

542.800

VIGENCIA 2013FECHA ARQUEO VALOR

CONSIGNADO

FECHA

CONSIGNACION

OBSERVACIONESCORRESPONDE A

El valor correspondiente a este arqueo se debio de consignar el día 2 de julio de 2013

2 JULIO 4.311.300 3-JULIO-2013

DIAN KATERIN DAZA QUINANA, este valor se incluye en el arqueo del día 3 de julio de 2013 que es consignado el día 4 de julio de 2013.

EVER CRUZ ROZO, este valor se incluye en el arqueo del día 3 de julio de 2013 que es consignado el día 4 de julio de 2013.

HEMLLEL KARINA MARTINEZ MONSALVE, este valor se incluye en el arqueo del día 3 de julio de 2013 que es consignado el día 4 de julio de

2013.LAURA YESENIA BUITRAGO RODRIGUEZ, este valor se incluye en el arqueo del día 3 de julio de 2013 que es consignado el día 4 de julio de

2013.

LIZETH YOLIMA CUCHIGAY CORREA, este valor se incluye en el arqueo del día 3 de julio de 2013 que es consignado el día 4 de julio de 2013.

LEIDY JOHANA PEÑARANDA IBARRA, este valor se incluye en el arqueo del día 5 de julio de 2013 que es consignado el día 9 de julio de 2013.

5,6,7 JULIO 9.454.300 09-JULIO-2013SANDRA VIVIANA SALGADO PRIETO, este valor se incluye en el arqueo del día 8 de julio de 2013 que es consignado el día 9 de julio de 2013.

LAURA YESENIA BUITRAGO RODRIGUEZ, este valor se incluye en el arqueo del día 8 de julio de 2013 que es consignado el día 9 de julio de

2013.

MARIA EUGENIA HERNANDEZ ACOSTA, este valor se incluye en el arqueo del día 3 de julio de 2013 que es consignado el día 4 de julio de 2013.

OSCAR MAURICIO BARRERA CELY, este valor se incluye en el arqueo del día 3 de julio de 2013 que es consignado el día 4 de julio de 2013.

ROBER GARCIA AMEZQUITA, este valor se incluye en el arqueo del día 3 de julio de 2013 que es consignado el día 4 de julio de 2013.

3 JULIO 7.804.400 4-JULIO-2013LEIDY JOHANA PEÑARANDA IBARRA, este valor se incluye en el arqueo del día 4 de julio de 2013 que es consignado el día 5 de julio de 2013.

OSCAR MAURICIO BARRERA CELY, este valor se incluye en el arqueo del día 4 de julio de 2013 que es consignado el día 5 de julio de 2013.

El valor del arqueo de los días 12, 13 y 14 se debieron de consignar el día 15 de julio de 2013

La consignación correspondiente al arqueo del día 22 de julio de 2013 se debio realizar el día 23 de julio de 2013

OSCAR MAURICIO BARRERA CELY, se incluye en el arqueo del día 24 de julio de 2013 que es consignado el día 25 de julio de 2013.

La consignación correspondiente al arqueo del día 30 de julio de 2013 se debio realizar el día 31 de julio de 2013

El valor correspondiente a este arqueo se debió consignar el 29 de noviembre de 2013

El valor correspondiente a este arqueo se debió consignar el 01 de diciembre de 2013

MARIA EUGENIA HERNANDEZ ACOSTA, este valor se incluye en el arqueo del día 8 de julio de 2013 que es consignado el día 9 de julio de 2013.

10 JULIO 6.855.898 11-JULIO-2013

ROBER GARCIA AMEZQUITA, este valor se incluye en el arqueo del día 11 de julio de 2013 que es consignado el día 12 de julio de 2013.

Saldo que se incluye en el arqueo del día 11 de julio de 2013 que es consignado el día 12 de julio de 2013.

Saldo que se incluye en el arqueo del día 13 de julio de 2013 que es consignado el día 16 de julio de 2013.

11 DIC 3.322.499 12-DIC-2013

ANGGIE PAOLA GARCIA INFANTE, se incluye en el arqueo del día 26 de diciembre de 2013 y se consigna el dia 30 de diciembre de 2013

EVER DANIEL CRUZ ROZO, se incluye en el arqueo del día 12 de diciembre de 2013 y se consigna el dia 16 de diciembre de 2013

ERIKA MARIA RUIZ VILLAFAÑE, se incluye en el arqueo del día 12 de diciembre de 2013 y se consigna el dia 16 de diciembre de 2013

WILSON ALEJANDRO MORA, se incluye en el arqueo del día 12 de diciembre de 2013 y se consigna el dia 16 de diciembre de 2013

El valor correspondiente a este arqueo se debió consignar el 06 de diciembre de 2013

SAUL FARID MARTINEZ AMEZQUITA, se incluye en el arqueo del día 09 de diciembre de 2013 y se consigna el dia 10 de diciembre de 2013

ANGGIE PAOLA GARCIA INFANTE, se incluye en el arqueo del día 10 de diciembre de 2013 y se consigna el dia 11 de diciembre de 2013

10 DIC 4.450.899 11-DIC-2013

ANGGIE PAOLA GARCIA INFANTE, se incluye en el arqueo del día 11 de diciembre de 2013 y se consigna el dia 12 de diciembre de 2013

LIZETH YOLIMA CUCHIGAY, se incluye en el arqueo del día 11 de diciembre de 2013 y se consigna el dia 12 de diciembre de 2013

ROBER GARCIA AMEZQUITA, se incluye en el arqueo del día 11 de diciembre de 2013 y se consigna el dia 12 de diciembre de 2013

19 DIC 5.283.799 20-DIC-2013

ERIKA MARIA RUIZ VILLAFAÑE, se incluye en el arqueo del día 22 de diciembre de 2013 y se consigna el dia 23 de diciembre de 2013

HERSON EDEY ORTIZ PEREZ, se incluye en el arqueo del día 22 de diciembre de 2013 y se consigna el dia 23 de diciembre de 2013

LEIDY JOHANA PEÑARANDA IBARRA, se incluye en el arqueo del día 22 de diciembre de 2013 y se consigna el dia 23 de diciembre de 2013

OSCAR MAURICIO BARRERA, se incluye en el arqueo del día 22 de diciembre de 2013 y se consigna el dia 23 de diciembre de 2013

El valor correspondiente a este arqueo se debió consignar el 13 de diciembre de 2013

18 DIC 3.298.100 19-DIC-2013LIZETH YOLIMA CUCHIGAY, se incluye en el arqueo del día 19 de diciembre de 2013 y se consigna el dia 20 de diciembre de 2013

ROBER GARCIA AMEZQUITA, se incluye en el arqueo del día 19 de diciembre de 2013 y se consigna el dia 20 de diciembre de 2013

23 DIC 8.437.500 26-DIC-2013FRAY MANUEL CARVAJALINO, se incluye en el arqueo del día 24 de diciembre de 2013 y se consigna el dia 30 de diciembre de 2013

MARIA EUGENIA HERNANDEZ ACOSTA, se incluye en el arqueo del día 24 de diciembre de 2013 y se consigna el dia 30 de diciembre de 2013

20,21,22 DIC 9.419.100 23-DIC-2013

ERIKA MARIA RUIZ VILLAFAÑE, se incluye en el arqueo del día 23 de diciembre de 2013 y se consigna el dia 26 de diciembre de 2013

HEMLLEL KARINA MARTINEZ MONSALVE, se incluye en el arqueo del día 23 de diciembre de 2013 y se consigna el dia 26 de diciembre de 2013

ROBER GARCIA AMEZQUITA, se incluye en el arqueo del día 23 de diciembre de 2013 y se consigna el dia 26 de diciembre de 2013

El valor correspondiente a este arqueo se debió consignar el 26 de diciembre de 2013

El valor correspondiente a este arqueo se debió consignar el 27 de diciembre de 2013

30, 31 DIC 10.659.100 02-ENE-2014HERSON EDEY ORTIZ PEREZ, se incluye en el arqueo del día 06 de enero de 2014 y se consigna el dia 07 de enero de 2014

JAIRO HUMBERTO GONZALEZ CUELLAR, se incluye en el arqueo del día 06 de enero de 2014 y se consigna el dia 07 de enero de 2014