REGLAMENTO MODIFICADO SAPIQ

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UNIDAD ACADÉMICA DE CIENCIAS QUÍMICAS Programa Académico de Ingeniería Química REGLAMENTO DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS TÍTULO PRIMERO DE SU ORIGEN, NOMBRE, OBJETIVOS Y VALORES CAPÍTULO I DE SU ORIGEN Artículo único. Queda declarada el inicio de la de la Sociedad de Alumnos del Programa de Ingeniería Química de la Universidad Autónoma de Zacatecas, el día 25 de febrero de 2013, conformado inicialmente por: Andrés Angulo Luévano, Oscar Omar Campos Hernández, Juan Antonio Herrada Vidales, Miguel Alvarado Briones, Asael Arrieta Valencia, Andrea Delgado Aguilar, Crisell Trujillo Zamarripa, Edna Gabriela Rosales Bañuelos, José Roberto Santana Longoria, Elisua Santacruz Espinoza, María de Jesús González Alonzo y Arnold Adrian Rizo Tejeda. Se crea como una organización sin fines de lucro ni políticos y fundamentados en el Artículo 85, fracciones X, XIV, XV, XVI del Reglamento Escolar y General. CAPÍTULO II DE SU NOMBRE, OBJETIVOS Y VALORES Universidad Autónoma de Zacatecas Unidad Académica de Ciencias Químicas Campus Siglo XXI, carretera Zacatecas-Guadalajara Km. 6 Ejido la Escondida, Edificio 6 Página 1

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Reglamento

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UNIDAD ACADMICA DE CIENCIAS QUMICAS

Programa Acadmico de Ingeniera Qumica

REGLAMENTO DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS

TTULO PRIMERO

DE SU ORIGEN, NOMBRE, OBJETIVOS Y VALORES

CAPTULO I

DE SU ORIGEN

Artculo nico. Queda declarada el inicio de la de la Sociedad de Alumnos del Programa de Ingeniera Qumica de la Universidad Autnoma de Zacatecas, el da 25 de febrero de 2013, conformado inicialmente por: Andrs Angulo Luvano, Oscar Omar Campos Hernndez, Juan Antonio Herrada Vidales, Miguel Alvarado Briones, Asael Arrieta Valencia, Andrea Delgado Aguilar, Crisell Trujillo Zamarripa, Edna Gabriela Rosales Bauelos, Jos Roberto Santana Longoria, Elisua Santacruz Espinoza, Mara de Jess Gonzlez Alonzo y Arnold Adrian Rizo Tejeda. Se crea como una organizacin sin fines de lucro ni polticos y fundamentados en el Artculo 85, fracciones X, XIV, XV, XVI del Reglamento Escolar y General.

CAPTULO II

DE SU NOMBRE, OBJETIVOS Y VALORES

Artculo 1. El nombre del organismo de representacin de los intereses de los alumnos del Programa de Ingeniera Qumica es: Sociedad de Alumnos del Programa de Ingeniera Qumica.

Artculo 2. En base al Artculo 135, del Ttulo Sexto; Captulo I del Estatuto General de la Universidad, se crea esta organizacin como una Comunidad Universitaria la cual adopta la forma de democracia. A su vez se fundamenta en el Artculo 142 del mismo Captulo.

Artculo 3. Se apela al Captulo IIII del Ttulo Sexto como derechos de los estudiantes descritos en los Artculos 162, 163, 164 y 165 del Estatuto General de Septiembre de 2007 de la Universidad Autnoma de Zacatecas.

Artculo 4. El objetivo de esta organizacin es promover la participacin de los alumnos de la carrera de ingeniera qumica en los asuntos acadmicos que conciernan al programa, al igual que en las actividades de desarrollo social.

Artculo 5. Los objetivos especficos son:

a) Formar parte de las decisiones de los dirigentes de la carrera.

b) Promover la unin entre los alumnos, con el fin de obtener los mejores resultados para beneficio del programa.

c) Aportar ideas para el desarrollo ptimo del programa acadmico.

Artculo 6. Esta sociedad se fundamenta en los siguientes valores:

Honestidad

Respeto

Tolerancia

Unin

Responsabilidad

Compaerismo

Justicia

Igualdad

Constancia

TTULO SEGUNDO

DE SU INTEGRACIN Y FUNCIONAMIENTO

CAPTULO I

DE SU INTEGRACIN

Artculo 8. El comit ejecutivo de la Sociedad de Alumnos del Programa de Ingeniera Qumica deber ser integrado por:

a) Un Presidente

b) Un Vicepresidente

c) Un Tesorero

d) 9 Consejeros

Quienes durarn en su cargo un ao respectivo a su periodo de eleccin.

CAPTULO II

DE SU FUNCIONAMIENTO

Artculo 9. El mximo rgano directivo es el Comit Ejecutivo, integrado por los representantes estudiantiles sealados en el artculo anterior y elegidos democrticamente en un periodo de eleccin.

Artculo 10. Las reuniones son de carcter ordinario y basadas en los Artculos 163 y 165 del Captulo III, Ttulo Sexto del Estatuto General de la Universidad. Se celebrar dos veces por mes y en forma extraordinaria de as necesitarse. Son de observancia de todos los integrantes.

Artculo 11. Se requiere el 50% ms uno de los integrantes del Comit Ejecutivo para que exista qurum legal; y para que los acuerdos tomados tengan validez y carcter obligatorio. Todas las decisiones deben ser en base a la mayora y en caso de empate, el Presidente tiene el voto de calidad.

Artculo 12. El Presidente es el representante de los alumnos ante las autoridades del Programa y los dems rganos de Gobiernos Universitarios. Sus obligaciones y atribuciones son:

a) Obligaciones:

1. Rendir un informe mensual de las actividades en la Asamblea del Comit Ejecutivo y publicarlo para el conocimiento de la comunidad estudiantil del Programa de Ingeniera Qumica.

2. Ser Consejero Estudiantil en el H. Consejo de la Unidad Acadmica de Ciencias Qumicas, s su periodo as lo permite.

3. Conducirse con respeto ante la sociedad estudiantil, autoridades universitarias, personal administrativo y cuerpo docente.

4. Expedir y publicar la convocatoria para la renovacin del Comit Ejecutivo al trmino de su periodo.

5. Cumplir y hacer cumplir todos los acuerdos generados por la Asamblea del Comit Ejecutivo.

6. Actuar con equidad y voluntad de servicio ante la Comunidad Estudiantil del Programa de Ingeniera Qumica.

b) Atribuciones:

1. Preside las reuniones del Comit Ejecutivo de la Sociedad de Alumnos.

2. Convoca a las reuniones ordinarias de forma anticipada a la fecha programada.

3. Tiene voz y voto en las asambleas realizadas por el Comit Ejecutivo y en el H. Consejo de Unidad Acadmica.

4. Gestionar y defender ante las autoridades universitarias los intereses acadmicos y administrativos de los alumnos de acuerdo a las peticiones formuladas.

5. Podr delegar responsabilidades como mejor le parezca apoyndose de los dems integrantes del Comit Ejecutivo de la Sociedad de Alumnos.

Artculo 13. Son funciones del Vicepresidente:

a) Auxiliar al Presidente en el ptimo desempeo de sus funciones.

b) Tiene voz y voto en el asamblea del Comit Ejecutivo

c) Suple al Presidente en ausencia temporal previamente justificada ante el Comit Ejecutivo y en caso de ausencia definida comprobada, asume el cargo total de facultades y obligaciones.

Artculo 14. Son funciones del Tesorero:

a) Manejar los recursos econmicos propuestos por la Asamblea del Comit Ejecutivo apelando a la colaboracin de la comunidad estudiantil.

b) Tiene voz y voto en la asamblea del Comit Ejecutivo.

c) Llevar el balance general de entradas y salidas de recursos econmicos.

d) Gestionar diversos presupuestos en materia de lo solicitado y comunicar a los dems integrantes del Comit Ejecutivo para su aprobacin democrtica.

e) Apelar por las necesidades del Presidente ante diferente material solicitado.

Artculo 15. Son funciones de los Consejeros:

a) Coordinar la comunicacin entre cada Jefe de Grupo para las solicitudes realizadas por los estudiantes y el Presidente del Comit Ejecutivo de la Sociedad de Alumnos.

b) Llevar un control de las solicitudes de la Comunidad Estudiantil.

c) Auxiliar al Presidente en las actividades que este le encomiende.

Artculo 16. El Comit Ejecutivo de la Sociedad de Alumnos determinar en caso ser necesaria la creacin de comisiones temporales, fijando en el mismo acuerdo la integracin de las mismas.

Artculo 17. Los miembros originales del Comit Ejecutivo no podrn ser parte de las comisiones temporales.

CAPTULO III

DE LAS COMISIONES

Artculo 18. Para el mejor desempeo de sus funciones, el Comit Ejecutivo se auxilia de las siguientes comisiones; entre otras de ser necesario.

a) De Arte y Cultura.

b) De Deportes y Salud.

c) Eventos Sociales.

d) De Asuntos Acadmicos y Enlaces forneos.

e) De Seguimiento y Evaluacin.

Artculo 19. La comisin de Arte y Cultura promueve, difunde y desarrolla actividades encaminadas al desarrollo cultural de la comunidad estudiantil.

Artculo 20. La comisin de Deportes y Salud, convocar torneos deportivos y la difusin de temas de inters en Salud Pblica, para lograr el desarrollo fsico e integral de los estudiantes, adems de dar a conocer una agenda semestral de las actividades planeadas a todo el alumnado del programa de Ingeniera Qumica.

Artculo 21. La comisin de Eventos sociales, se encargar de realizar y gestionar actividades sociales a favor de los intereses de los alumnos que as lo solicite, adems de dar a conocer una agenda semestral de las actividades planeadas a todo el alumnado del programa de Ingeniera Qumica.

Artculo 22. La comisin de Asunto Acadmicos y enlaces forneos en coordinacin con los Consejeros del Comit Ejecutivo, fomentarn la participacin de la comunidad estudiantil en la observacin de los procesos del Programa. A su vez gestionar la vinculacin con instituciones ajenas a la Universidad en coordinacin con las autoridades correspondientes.

Artculo 23. La comisin de Seguimiento y Evaluacin evaluar la eficiencia de las dems comisiones y junto con los Consejeros del Comit Ejecutivo comunicar todos los acuerdos tomados en la Asamblea.

TTULO TERCERO

DE LA ELECCIN

CAPTULO NICO

DE LA ELECCIN DE PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, TESORERO Y CONSEJEROS.

Artculo 24. El Presidente, el Vicepresidente, Tesorero y Consejeros sern electos mediante voto libre, secreto y directo de los alumnos de Programa, por planillas, de acuerdo a las disposiciones que seala el presente reglamento. La eleccin se llevar a cabo a finales del mes de Noviembre o principios del mes de Diciembre.

Artculo 25. El Presidente del Comit Ejecutivo, o en su caso quien ejerza sus funciones, previo acuerdo de quienes integren el Comit, expedir y publicar la convocatoria para la renovacin del Comit Ejecutivo de la Sociedad de Alumnos, de conformidad con lo sealado en los artculos 23 y 24 del presente reglamento.

Artculo 26. El uso de propaganda queda limitado al reparto de folletos descriptivos sencillos apelando al respeto de cada uno de los miembros de la sociedad estudiantil. Queda prohibido el mal uso de las instalaciones para ubicar propaganda.

Artculo 27. Son requisitos para integrar el Comit Ejecutivo de la Sociedad de Alumnos del Programa de Ingeniera Qumica:

a) Para el Presidente:

1. Ser de Nacionalidad Mexicana.

2. Ser alumno de la Licenciatura con una antigedad mnima de dos aos escolares debidamente concluidos.

3. Promedio mnimo general hasta el ltimo semestre cursado de 7.5 (siete punto cinco).

4. No ser miembro del personal acadmico o administrativo de la UAZ, al momento del registro. Durante su cargo no podr desempear puesto administrativo o acadmico en la misma institucin.

5. Distinguirse como personal honorable, prudente, de buena conducta y espritu universitario. Por ningn motivo podr participar quien cuente con antecedentes penales.

6. Podr ser candidato cualquier alumno irregular, a condicin de que sea aprobada su candidatura por dos terceras partes del Comit Ejecutivo en funciones.

b) Para los dems miembros se exigirn los mismos requisitos, con excepcin de la antigedad que ser de 1 semestre escolar debidamente concluido.

Artculo 28. Al trmino de la votacin, el Colegio Electoral proceder a contabilizar los sufragios, levantndose acta que firmarn todos los que intervinieron en el escrutinio, misma que servir de constancia al Comit Ejecutivo que resulte electo y en su oportunidad dar a conocer los resultados de quienes hayan obtenido el mayor nmero de votos.

TTULO CUARTO

DE LAS SANCIONES

CAPTULO NICO

DE LAS CAUSAS DE SANCIN

Artculo 29. Los miembros del Comit Ejecutivo de la Sociedad de Alumnos, podrn ser sancionados por el pleno de la misma, por las siguientes causas:

a) Denotar una conducta contraria al espritu Universitario.

b) Infringir lo dispuesto por este reglamento.

c) Por desacato a una decisin de asamblea del Comit Ejecutivo.

d) Por haber acumulado ms de 3 ausencias a las reuniones de asamblea, sin causa justificada.

Artculo 30. Las sanciones podrn consistir en:

a) Apercibimiento

b) Suspensin temporal hasta por 15 das, dentro del Comit Ejecutivo, de los derechos que otorga el presente reglamento, mediante resolucin dictada por el mismo Comit Ejecutivo, con una votacin de las dos terceras partes de sus miembros.

Artculo 31. En ningn caso podr imponerse sancin alguna sin haberse otorgado previamente la garanta de audiencia.

TRANSITORIOS

Primero. Para reformar, adicionar o derogar cualquier artculo del presente reglamento, es necesaria la iniciativa por escrito de algn miembro de la Sociedad de Alumnos, la cual una vez analizada se someter a votacin dentro del Comit Ejecutivo y de resultar procedente con la aprobacin de las dos terceras partes del Comit Ejecutivo, se dar a conocer a la comunidad estudiantil, por lo menos 15 das antes de ser presentada.

Segundo. Para presentar iniciativas de modificacin, adicin o de reformas al presente reglamento, es necesario que transcurra 6 meses a partir de su aprobacin.

Tercero. Este reglamento fue realizado el 31 de agosto del 2009 por Davinia Elena Ros Herrera en colaboracin con Juan Luis Fajardo Daz.

Cuarto. El presente reglamento se modific por el Comit Ejecutivo 2011-2012 encabezado por Ral Zambrano Rangel, Erick Antonio Vzquez Montelongo y Ana Karen Lujn Esparza.

Quinto. El presente reglamento fue modificado por el Comit Ejecutivo 2013-2014 encabezado por Arnold Adrian Rizo Tejeda, Mara de Jess Gonzlez Alonso y Elisua Santacruz Espinoza.

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