Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

76
PRINCIPALES GASTOS DEDUCIBLES Y NO DEDUCIBLES PARA LA DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA

description

impuesto

Transcript of Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Page 1: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

PRINCIPALES GASTOSDEDUCIBLES Y NO

DEDUCIBLES PARA LA DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA

Page 2: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Base Legal

NORMA TÍTULO ARTÍCULOS

Decreto Supremo N°179-2004-EF ynormas modificatorias

TUO de la Ley del Impuesto a la Renta 37° y 44°

Decreto Supremo N°122-94-EF y normas modificatorias

Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta 21º y 25º

Page 3: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

GASTOS DEDUCIBLES

Page 4: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Esquema de determinación del Impuesto a la Renta

INGRESOS AFECTOS AL IR (art. 1º al 5º )

(—) Costo Computable (art. 20º – 21º )

RENTA BRUTA

(—) Gastos

(+) Otros Ingresos (art. 61º )

RENTA NETA

(+) Adiciones (art. 37º y 44º )

(—) Deducciones (art. 37º)

(-) Pérdidas Tributarias Compensables (art. 50º )

RENTA NETA IMPONIBLE / (PERDIDA)

IMPUESTO (art. 55º)

Créditos (Art. 88º)

REGULARIZACION / SALDO A FAVOR

Page 5: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

R

P Gastos que pueden ser deducibles

I N C IP Gastos necesarios para:I O

• Producir la fuenteC • Mantener la fuenteAUS Gastos vinculados con generación deA ganancias de capitalLI D A D

Page 6: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Presupuestos para identificar gastosnecesarios

Gastos deben ser normales:

• Para la actividad que genera la renta gravada

Debe cumplirse con criterios de razonabilidad y generalidad, en los casos que correspondan

Page 7: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Criterio de RazonabilidadCaso

Una empresa que se dedica al rubro dereparación de vehículos, ha realizado gastos en combustibles, nos consulta si dicho gasto es deducible, ya que la empresa no tiene vehículos en su propiedad.

Page 8: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Criterio de RazonabilidadCaso

Si la recurrente no tiene vehículos de su propiedad,en la medida que se dedica a la reparación de vehículos puede resultar normal y necesaria la adquisición de combustibles para la limpieza de partes reparadas, prueba de control de funcionamiento así como el traslado del vehículo a reparar, pero no es razonable ni proporcional que la compra de combustible represente el 70% de total de gastos.

RTF Nº 02094-5-2003

Page 9: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Criterio de Generalidad

Para verificar si un beneficio ha sido otorgado con carácter general, deberá tenerse en cuenta, entre otros lo siguiente: jerarquía, nivel, antigüedad, rendimiento, área, zona geográfica.

RTF Nº 2506-2-2004RTF Nº 00523-4-2006

Page 10: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

PRINCIPIO DE CAUSALIDAD

INFORME N.° 053-2012-SUNAT/4B0000

Como regla general, para la determinación de la renta neta de tercera categoría, los gastos se rigen por el principio de lo devengado y deben cumplir con la causalidad, para efecto de lo cual se deberá verificar que sean normales para la actividad que genera la renta gravada y que cumplan, entre otros, con el criterio de razonabilidad.

Page 11: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

PRINCIPIO DE CAUSALIDADReglas Básicas

La causalidad puede ser directa o indirecta.

Lo que es causal para un contribuyente puede ser no causal para otro.

Para que el gasto sea deducible también debe pasarlos test de razonabilidad, proporcionalidad y generalidad.

Es importante analizar el modus operandi del contribuyente.

Page 12: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Intereses de deudasRemuneraciones de DirectorioGastos recreativosGastos de remuneraciones a

personas condiscapacidadGastos de viajeGastos de movilidad…….Entre otros

Clases de gastos

Sujetos a límite:

No sujetos a límite:

Primas de seguroGastos organización, pre – operativosPérdidas extraordinarias Mermas, desmedros Provisiones y castigosAguinaldos, bonificaciones, gratificaciones….Entre otros

Page 13: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

PRINCIPALES GASTOS NOSUJETOS A LÍMITE

Page 14: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Primas de Seguro

Que cubran riesgos sobre operaciones, servicios y bienes productores de rentas gravadas, así como las de accidentes de trabajo de su personal y lucro cesante.

En el caso de personas naturales con negocio la deducción aceptada es de hasta el 30% de la prima, siempre que el predio de propiedad de la persona natural sea utilizada parcialmente como casa habitación y además como oficina o establecimiento comercial.

Page 15: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Gastos organización, pre –operativos

Originados por la expansión de actividades de laempresa y los intereses devengados durante elperíodo per-operativo: deducción en el primerejercicio o amortización proporcional en máximo 10años a partir del ejercicio en que se inicie laproducción o explotación

Page 16: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Pérdidas extraordinarias

Sufridas por caso fortuito o fuerza mayor en bienes productores de renta gravada o por delitos cometidos en perjuicio del contribuyente por terceros, en la parte que dichas pérdidas no resulten cubiertas con indemnizaciones o seguros y siempre que se pruebe judicialmente el delito o se acredite que es inútil la acción judicial.

Page 17: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Pérdidas extraordinarias

INFORME N° 009-2006- SUNAT/2B0000

La pérdida extraordinaria cubierta por indemnización o seguro no es deducible para efecto de la determinación del Impuesto a la Renta del importador.

RTF N° 13133-3-2009

No es amparable lo afirmado por el recurrente en el sentido que al no haber sido reconocida la pérdida por la compañía de seguros, dicha circunstancia le permitía reconocer el efecto tributario del siniestro, puesto que en todo caso el requisito contemplado en la norma del Impuesto a la Renta, debe ser cumplido de manera conjunta con el de la probanza judicial o la inutilidad de su ejercicio.

Page 18: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Pérdidas extraordinariasCaso Práctico

La empresa RIQUEZA DEL PERU SAC fue asaltada el05 de junio de 2013, sufriendo una pérdida de dinero de su caja fuerte de S/. 80,000, por lo cual se procedió ha realizar la denuncia policial. ¿Dicha perdida es un gasto deducible?

Page 19: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Pérdidas extraordinarias

SoluciónLa empresa RIQUEZA DEL PERU SAC debe cumplir de manera conjunta con:

• Las perdidas no están cubiertas por seguro; y• Se haya probado judicialmente el hecho delictuoso; o• Se acredite que es inútil ejercer la acción judicial.

Por lo tanto, de no contar con dichos requisitos al31/12/2013, dicha perdida no se podrá deducir como gasto. Al respecto se puede ver el criterio vertido en el numeral 4 del Informe N.° 053-2012-SUNAT/4B0000.

Page 20: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Aguinaldos, bonificaciones,

Que se acuerden con el personal, incluye los pagos que por cualquier concepto se haga a favor del trabajador en virtud del vínculo laboral existente y con motivo del cese

Requiere cumplimiento del criterio de generalidad (causalidad) y su entrega debe considerarse una mayor renta de quinta categoría para el trabajador.

Page 21: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Aguinaldos, bonificaciones,

Se debe “cancelar” el aguinaldo, bonificación, gratificación y retribución dentro del plazo establecido para la presentación de la DJ Anual.

Si se encuentra provisionado pero no “cancelado” en el ejercicio al que corresponde, será deducible en el ejercicio en el que efectivamente se paguen (diferencia temporal)

Page 22: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Aguinaldos, bonificaciones,

INFORME N.° 053-2012-SUNAT/4B0000

En el caso de los gastos por concepto de aguinaldos, bonificaciones, gratificaciones y retribuciones que se acuerden al personal, incluyendo todos los pagos que por cualquier concepto se hagan a favor de los servidores en virtud del vínculo laboral existente y con motivo del cese, además de lo indicado en la conclusión anterior, debe verificarse el criterio de generalidad.

Page 23: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

PRINCIPALES GASTOS SUJETOS ALÍMITE

Page 24: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Intereses de Deudas

Son deducibles los gastos originados por la constitución, renovación o cancelación de deudas siempre que hayan sido contraídas para:

adquirir bienes o servicios vinculados con la obtención o producción de rentas gravadas en el país o,

mantener su fuente productora, con las limitaciones previstas.

Sólo son deducibles los intereses en la parte que excedan el monto de los ingresos por intereses exonerados e inafectos.

Page 25: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Intereses de DeudasCaso Práctico

Concepto

Primer Caso Segundo CasoGastos por intereses mayores a los ingresos por intereses exonerados e inafectos

S/.

Gastos por intereses menores a los ingresos por intereses exonerados e inafectos

S/.Cuenta 67 – Gastos FinancierosIntereses por préstamos. 28,341 2,860(A) Total gastos por intereses 28,341 2,860

Cuenta 77 - Ingresos FinancierosIntereses por cuentas por cobrar comerciales 9,279 2,015(B) Intereses exonerados por créditos de fomento. 2,921 3,149Total Ingresos Financieros 12,200 5,164

(C) Monto deducible: A – B 25,420 0

Monto no deducible: ( A ) - ( C ) 2,921 2,860

Page 26: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Remuneraciones del Directorio

Serán deducibles sólo en la parte que en conjunto no exceda del seis por ciento (6%) de la utilidad comercial del ejercicio antes del Impuesto a la Renta. Por lo tanto, en la medida que no haya utilidad comercial en el ejercicio, no podrán ser deducidas las remuneraciones del directorio.

Page 27: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Remuneraciones del DirectorioCaso Práctico

La empresa Textil “Confecciones Rafaellita S.A.C”, obtuvo una utilidad comercial según Balance General al 31.12.2013 de S/.2´682,000. Ha registrado como gastos las remuneraciones de los directores de la empresa por un monto de S/. 200,000. ¿Cual es el importe deducible?

Concepto S/.

Utilidad Contable según Balance al 31.12.2013(+) Remuneraciones de directores cargadas a gastos de administración

2´682,000200,000

Total Utilidad 2´882,000

Remuneraciones de directores cargadas a gasto(-) Deducción aceptable como gasto:

6 % de S/. 2´882,000

200,000

172,920

Adición por exceso de remuneración de directores 27,080

Page 28: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Remuneraciones del DirectorioCaso Práctico

Si se tiene pendiente el pago de las dietas correspondientes a las sesiones realizadas en noviembre del ejercicio 2012. ¿Es requisito para su deducción como gasto del citado periodo el pago previo antes de la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta?.

SoluciónRTF Nº 07719-4-2005 que constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, la condición del pago establecida en el inciso v) del art.37º del TUO de la LIR no se aplica al pago de las dietas.

Page 29: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Gastos

Serán deducibles en la parte que no exceda del 0.5 % de los ingresos netos del ejercicio, con un límite de 40 UIT.

Se considerarán ingresos netos a los ingresos brutos menos las devoluciones, bonificaciones, descuentos y demás conceptos de naturaleza similar que respondan a las costumbres de la plaza

Page 30: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Gastos Caso Práctico

La empresa Comercializadora “Santa Rosa” ha realizado gastos recreativos para sus trabajadores con ocasión del Día del Trabajo, Navidad y Año Nuevo por la suma de S/. 15,500. En el ejercicio2013, la empresa tiene registrado ingresos netos por S/.1,467,255.

CONCEPTO S/.Ingresos netos del ejercicio 2013 1,467,255

Gastos recreativos contabilizados 15,500

Es deducible el importe que resulte menor entre:

El 0.5% de los ingresos netos de:S/. 1,467,255 x 0.5 % = S/.7,336 ó

-7,336

40 UIT = 40 x 3,700 = S/. 148,000

Adición por exceso de gastos recreativos 8,164

Page 31: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Deducción adicional por remuneracionespagadas a personas con discapacidad

Cuando se empleen personas con discapacidad, tendrán derecho a una deducción adicional sobre las remuneraciones que se paguen a estas personas, en un porcentaje que será fijado por decreto supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas.

Page 32: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Deducción adicional por remuneraciones pagadas a personas con discapacidad

Condiciones

Se tomará la RMV vigente al cierre del ejercicio.

El porcentaje de personas con discapacidad se debe calcular por cada ejercicio gravable.

Acreditar condición de discapacidad con el certificado emitido por el Ministerio de Salud, de Defensa y del Interior a través de sus centros hospitalarios, y por el Seguro Social de Salud - ESSALUD. Se debe conservar una copia del certificado, legalizada por notario, durante la prescripción.

Page 33: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Deducción adicional por p a personas con

Límite

Porcentaje de personas con discapacidad que laboran para el generador de rentas de tercera categoría calculado sobre el total de trabajadores

Porcentaje de deducción adicionaplicable a las remuneraciones pagadapor cada persona con discapacidad

Hasta 30% Más de 30% 50%

80%

- El monto adicional deducible anualmente por cada persona con discapacidad no podrá exceder de 24 RMV.- Tratándose de trabajadores con menos de un año de relación laboral, el monto adicionaldeducible no podrá exceder de 2 RMV por mes laborado por cada persona con discapacidad.

Page 34: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Deducción adicional por p a personas con

Caso Práctico

La empresa de Servicios “EDIFICACIONES S.A.C”, de enero a junio de2013 cuenta con 42 trabajadores a su cargo, dentro de los cuales dos (2) son discapacitados y en el mes de julio contrata a dos (2) trabajadores, de los cuales uno (1) es trabajador discapacitado.

Las remuneraciones de cada uno de los dos trabajadores discapacitados con más de un año de servicios es de S/. 2,500 y la del último trabajador contratado en el mes de julio de 2013 asciende a S/. 1,000 Nuevos Soles.

Page 35: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Solución

CONCEPTO Trabajadores con antigüedad mayor a1 año

Trabajador con antigüedadmenor a 1 año

1. Determinación del porcentaje de trabajadores discapacitados:a) Número de trabajadores durante el ejercicio

2013: (42 x 6) + (44 x 6) = 252 + 264 = 516b) Número de trabajadores discapacitados:

(2 x 6) + (3 x 6) = 12 + 18 = 30c) Porcentaje de trabajadores discapacitados:

3 0 x 10 0 = 5.81 %516

2. Remuneraciones Pagadas:a) Dos Trabajadores con más de un año de servicios: S/. 2,500 x 14 x 2b) Un trabajador con menos de un año de servicio: S/.1,000 x 6 x 1 = 6,000

Mas: Gratificación S/. 1,000

70,000

7,000

3. Deducción adicional: 50%a) 50% de S/. 70,000 b) 50% de S/. 7,0004. Límite máximo deducible como gasto

adicional: Trabajadores con más de un año de servicios: De enero a diciembre de 201324 x 750 x 2

Trabajador con menos de un año de servicios:2 x 750 x 6 x 1

Deducción adicional por trabajador (Menor valor entreDeducción adicional y Límite máximo)

35,000

36,000

35,000

3,500

9,000

3,500

TOTAL DEDUCCIÓN ADICIONAL 38,500

Page 36: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

V

Gastos de Viaje

Transportetraslado del trabajador a un lugar distinto de su residencia habitual por asuntos del servicio que presta

INFORME Nº 46-2007-SUNAT

Alojamiento Alimentación Movilidad

Aquellos en los que se incurre cuando el servicio se presta en un lugar distinto de la residencia habitual y la persona requiere por ello trasladarse o movilizarse de un lugar a otro.

INFORME Nº 46-2007-SUNAT

Page 37: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Gastos de ViajeAcreditación

Transporte Se acredita con pasajes

ViáticosINTERIOR Comprobantes de Pago

EXTERIOR Alojamiento

Alimentación

Movilidad

Comprobantes de Pago

-Documentos del exterior del 51-A de la Ley ó-DDJJ: Límite 30% del

doble otorgado a funcionario del Gobierno Central para viajes alexterior.

En el caso que los gastos de alimentación y movilidad del exterior no se sustenten, bajo una de las 2 formas, sólo procederá la deducción de aquellos gastos que se encuentren acreditados con los documentos referidos en el artículo 51-A de la Ley.

Page 38: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Gastos de Viaje

MONTO DE VIÁTICOS DIARIOS A NIVEL NACIONALViáticos diarios que otorga el gobierno central a sus funcionarios de carrera de

Viáticos diarios para trabajadores del sector privado

S/. 210.00 S/. 420.00

ESCALA DE VIÁTICOS POR DÍA Y POR ZONA GEOGRÁFICA

ZONA GEOGRÁFICAGASTO MÁXIMO DEDUCIBLE

África América

Central América

del Norte América

del Sur Asia

Caribe

Europa

Oceanía

US$ 400

US$ 400

US$ 440

US$ 400

US$ 520

US$ 480

US$ 520

UD$ 480

I N T E R I O R Monto vigente

hasta23.01.2013

E X TE R I O R Monto vigente

hasta19.05.2013

Page 39: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

MONTO DE VIÁTICOS DIARIOS A NIVEL NACIONALViáticos diarios que otorga el gobierno central a sus funcionarios de carrera de

Viáticos diarios para trabajadores del sector privado

S/. 320.00 S/. 640.00

ESCALA DE VIÁTICOS POR DÍA Y POR ZONA GEOGRÁFICA

ZONA GEOGRÁFICA

GASTO MÁX IMO D

EDUCIBLE

África América

Central América

del Norte

América del Sur

Asia

Caribe

Europa

O

ceanía

Medio Oriente

US$ 960

US$ 630

US$ 880

US$ 740

US$ 1000

US$ 860

US$ 1080

UD$ 770

US$ 1020

Gastos de Viaje

I N T E R I O R Monto vigente

a partir del24.01.13

E X TE R I O R Monto vigente

a partir del20/05/2013

Page 40: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Gastos de Viaje

A. V i á t i c o s por gas t os de v i a j e r ea l i z ados al i n t e r i o r del p a í s

La empresa LOS EMPRENDEDORES SAC ha contabilizado gastos de viáticos por viajes a provincias por un importe de S/. 6,820. Los viajes fueron realizados por el gerente comercial a la zona sur del país del 15 al 21 de abril. Los gastos se encuentran sustentados con los respectivos comprobantes de pago.

Page 41: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Gastos de Viaje

Viaje al interior del país del 15 al 21/04/2013 S/.

Días de viaje 7

Gasto máximo aceptado por día 640.00

Total (7 x 640.00) (A) 4,480.00

Gastos Contabilizados (B) 6,820.00

Adiciones por exceso de viáticos a nivel nacional B - A 2,340.00

Page 42: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Gastos de Viaje

B. V i á t i c o s por gas t os de v i a j e r ea li zados al e x t e r i o r del p a í s

El señor Juan Carlos García Cevallos, Gerente General de la empresa LOS NAVIEROS SAC, con la finalidad de colocar sus productos en el mercado exterior, viajó a la ciudad de Buenos Aires del 15 al 19 de mayo de 2013.

Los importes registrados en los libros contables de la empresa, por concepto de viáticos ascienden a S/ 6,976 los cuales, están sustentados únicamente con los respectivos comprobantes de pago emitidos en el exterior de conformidad con las disposiciones legales de ese país.

Page 43: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Gastos de Caso práctico

Viaje a Buenos Aires (Argentina) del 15 al 19/05/2013 T/C S/

Límite por Día (*):

Día 15: US $ 400 2.664 1,065.60

Día 16: US $ 400 2.670 1,068.00

Día 17: US $ 400 2.667 1,066.80

Día 18: US $ 400 2.672 1,068.80

Día 19: US $ 400 2.669 1,067.60

Límite acumulado (A) 5,336.80

Gastos Contabilizados (B) 6,976.00

Adición por exceso de viáticos realizados al exterior (B-A) 1,639.20

(*) Para el cálculo se considera el Tipo de Cambio Promedio Ponderado Venta, cotización de Oferta y Demanda, vigente a la fecha de la operación (h tt p : / / www . s b s . g o b . p e ).Nota: tipo de cambio supuesto para efectos del ejemplo.

Page 44: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Gastos de movilidad local de los trabajadores

Que sean necesarios para el cabal desempeño de sus funciones y que no constituyan beneficio o ventaja

patrimonial directa de los mismos

SUSTENTO

Comprobantes dePago

Planilla de Movilidad-Deberá constar en documento escrito y ser suscrita por el trabajador usuario de la movilidad.- Deberá contener la información del numeral 4, inciso v), artículo 21º Reglamento de la LIR.

LIMITE:4% de la RMV diariamente

por cada trabajador

Page 45: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

FechasNombres y apellidos

del trabajadorImporte

S/.

LímiteMáximo

Gasto deducible

ExcesoS/.

03.06.2013 María del Pilar Flores 70.00 30.00 30.00 40.00

04.06.2013 Ana María Olivera 58.00 30.00 30.00 28.00

06.06.2013 Tania Guevara 45.00 30.00 30.00 15.00

07.06.2013 Flavio Ortiz 62.00 30.00 30.00 32.00

10.06.2013 Ana María Olivera 60.00 30.00 30.00 30.00

11.06.2013 Joaquín Cortés 25.00 30.00 25.00 0

12.06.2013 Henry Cabo 27.00 30.00 27.00 0

19.06.2013 Edgar Bustamante 13.00 30.00 13.00 0

Totales 360.00 --- 215.00 145.00

Gastos de movilidad local de los trabajadoresCaso Practico

La empresa de servicios INGENIEROS SAC, ha registrado gastos por concepto de movilidad de sus trabajadores, la suma de S/. 360.00, correspondiente al mes de junio de 2013, sustentado únicamente con la planilla de gastos de movilidad, llevada de acuerdo a la forma señalada por el Reglamento de la Ley.A continuación se presenta un resumen de gastos por concepto de movilidad:

S/. S/.

Page 46: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Concepto S/.

Monto cargado a gastos según planilla de movilidad 360.00

(-) Gastos de movilidad deducibles Junio 2013 215.00

Adición por exceso de gastos de movilidad 145.00

Gastos de movilidad local de los trabajadores

Caso Práctico

Determinación del exceso de movilidad

Page 47: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

PRINCIPALES GASTOS NODEDUCIBLES

Page 48: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Gastos no admitidos

— Los gastos personales y de sustento del contribuyente y sus familiares.

— El Impuesto a la Renta

— Las multas, recargos, intereses moratorios previstos en el CT y, sanciones aplicadas por el Sector Público Nacional.

Art 47º: IR asumido cuando se grave intereses por operaciones de crédito a favor de ND

Intereses por fraccionamiento del art. 36º CT

— Las donaciones y cualquier otro acto de liberalidad en dinero o en especie.

— Los gastos cuyos CdP no cumpla con los requisitos/características mínimas establecidos por el RCP. Igualmente el gasto sustentado con CdP emitido por un contribuyente No Habido.

Art. 37º, x): Donación a entidades SFL oSP

Salvo que al 31 de diciembre del ejercicio, el contribuyente haya cumplido con levantar tal condición.

Page 49: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Gastos no admitidos

Compras pagadas sin utilizar Medios de Pago o dinero en efectivo.

Se registró como costo o gasto en su contabilidad el importe de S/.54,550 que corresponde a adquisiciones pagadas con cheques al portador, a diferentes proveedores, por montos superiores a los señalados en el artículo 3° de la Ley N° 28194 (S/. 3,500 o US$1,000).

Page 50: Para La Determinacion Del Impuesto a La Renta

Gastos no admitidos

CARTA N° 088-2007-SUNAT/200000

C o n s e c u e n c i a s d e l no uso d e me d ios d e p a g o El incumplimiento de la exigencia legal de utilizar Medios de Pago, cuando exista tal obligación, tendrá como consecuencia el desconocimiento de los efectos tributarios previstos en el artículo 8° de la Ley N°28194, sin que ello signifique que se hubiere prohibido el empleo de otras formas para el pago de las obligaciones que deben cumplirse mediante sumas de dinero