Summary of Important Case Laws on Direct Taxes for May-nov 2015
Módulo 22 Educational Laws 8.nov.04
Transcript of Módulo 22 Educational Laws 8.nov.04
Educational Laws
Module XXI
Update Mar. 23, 2016
Edited by: Lic. Beatriz Rondón
Creativity Academic Team, [email protected]
2 – Educational Laws – 23 .mar.16
Content Unit 1. Organic Law on Education .................................................................................................... 4
1.1. History ....................................................................................................................................... 4
1.2. Legal Documents Hierarchy ..................................................................................................... 7
1.3. Study of its Contents ................................................................................................................ 8
Unit 2. Personnel Management (Part A) ............................................................................................ 13
2.1. Appointments .......................................................................................................................... 13
2.2. Transfers .................................................................................................................................. 15
2.3. Permanency ............................................................................................................................. 16
2.4. Other Personnel Issues ........................................................................................................... 17
Unit 3. Personnel Management (Part B) ......................................................................................... 18
3.1. Salary ....................................................................................................................................... 18
3.2. Assistance ................................................................................................................................ 19
3.3. Vacations and Licenses .......................................................................................................... 19
3.4. Other Personnel Issues ........................................................................................................... 20
Unit 4. Resources and Funds .............................................................................................................. 22
4.1. Cabinet Decree 168 of 1971 modified by Laws 13 and 16 of 1987 and by Laws 49 and
50, 2002. ............................................................................................................................................. 22
4.2. Funds Administration .............................................................................................................. 23
4.3. Actual Issues ........................................................................................................................... 25
Participant Commitments ................................................................................................................... 27
Practices, Tasks and Final Project ...................................................................................................... 28
Final Project: Educational Laws .................................................................................................... 29
Final Project Specifications ................................................................................................................ 30
Construction of Conceptual Maps ..................................................................................................... 31
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General Objective of the Subject
(Objetivo General de la Materia)
That the Participant has a basic knowledge of the main laws and regulations in
Panama for education.
(Que el Participante tenga un conocimiento básico de las leyes y regulaciones
principales en la educación de Panamá.)
Suggested Bibliography
(Bibliografía de Consulta)
El Nuevo Modelo Curricular Bases Teóricas y Prácticas. Proyecto de Desarrollo
Educativo PRODE ME-BID. República de Panamá, 1999.
Estrategias del Cambio Educativo Nacional. Ministerio de Educación. Dirección
Nacional de Formación y Perfeccionamiento Profesional. [Seminario Taller]
Panamá, 1997.
www.uc3m.es/uc3m/inst/MGP/conspan.htm
www.campus-oei.org
www.asamblea.gob.pa
www.monografias.com
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Unit 1. Organic Law on Education
(Ley Orgánica en la Educación)
Specific Objectives (Learning Results)
Objetivo s Específicos (Resultados de Aprendizaje)
That the Participant has an actualized copy of Organic Law on Education.
(Que el Participante tenga una copia actualizada de la Ley Orgánica de la
Educación.)
That the Participant has a broad view of Organic Law on Education.
(Que el Participante tenga un amplio conocimiento de la Ley Orgánica en la
Educación.)
That the Participant learns about the Educational Laws history.
(Que el Participante aprenda sobre la historia de las leyes de educación.)
1.1. History
(Historia)
La educación adquirió un carácter institucional o formal durante los siglos XVI, XVII
y XVIII abarcó desde el estudio desde las primeras letras hasta las Escuelas superiores
de Teología y Filosofía que al estar en manos de la Iglesia se mantuvieron restringidas
a la formación de un clero con capacidad de difundir la fe católica por todo el territorio
istmeño. Durante el siglo XVII funcionaron en Panamá el Colegio San Agustín y el
Colegio San Javier, fundados por las órdenes de los Agustinos y los Jesuitas
respectivamente. En 1874 se fundó la Universidad San Javier gracias al
obispo Francisco de Luna Victoria y Castro. Los tres siglos analizados constituyeron el
escenario de una confrontación cultural que culm inó con un estilo de sociedad que, tras
un largo período de avances y retrocesos habría de constituir la nación panameña.
En 1872 se creó la primera Escuela Normal de Varones de Panamá que funcionó durante
quince años, teniendo como su principal impulsor a Manuel José Hurtado. Esta
escuela se creó en virtud de la Ley que el presidente Eustorgio Salgar logró que expidiera
el Congreso Nacional autorizando la creación de escuelas normales en las capitales de
departamento. La misma fue de gran trascendencia para la educación y la vida istmeña
durante la unión a Colombia.
En esta segunda mitad del siglo XIX se notó el incremento de escuelas primarias, tanto
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en la capital como en el interior del país. En varios lugares se establecieron las escuelas
de adultos. Con la iniciativa privada se establecieron algunas escuelas de varones y
para señoritas. Y en la institución pública de segunda enseñanza se estableció primero
el Colegio Balboa, el cual fue creado por la disposic ión del Gobierno de Colombia.
Los primeros 50 años de vida republicana a partir de 1903 significaron un período de
definición y consolidación de la República. El primer paso de la nueva República en
materia educativa fue la adopción de los principios constitucionales y legales por los
cuales debía regirse el sistema educativo. A principios de 1904 se expide la Constitución política de la República de Panamá y la Ley 11 del 23 de marzo de 1904
Orgánica de Instrucción Pública. Esta Ley divide la educación primaria, secundaria,
industrial y profesional.
El 15 de Abril de 1904 se crearon y organizaron las dos escuelas normales (la Escuela
Normal de Varones y la Escuela Normal de Institutores) punto de partida de la formación
de docentes en lo que va de vida independiente. En 1915 fueron aprobados por decreto
provisionalmente los planes, programas y reglamentos de las escuelas primarias,
secundarias, y normales de la República. Con ello se uniformizó la enseñanza primaria
en el país.
En 1920 se expande la educación media con creación de escuelas normales en el interior
del país. Además, es expedida la segunda Ley Orgánica en la corta historia de la
República, en la cual se reitera en el principio de obligatoriedad, gratuidad de la
enseñanza y se prevé la creación de una universidad. En 1930 se crea la Escuela
Normal de Santiago y desaparecen las otras escuelas normales. En 1946 se aprueba la
Ley 47 Orgánica de Educación.
Underline Episodes that mark the Future Education in Panama
(Subraye los episodios que marcaron el futuro de la Educación en Panamá.)
The Last 50 Years
(Los Últimos 50 Años)
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1.2. Legal Documents Hierarchy
(Jerarquía de Documentos Legales)
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1.3. Study of its Contents
(Estudio de sus Contenidos)
La Constitución
Panamá aprobó su Constitución como Estado independiente en 1904, tras producirse su
independencia de Colombia (1903). Esta Constitución fue sustituida por la de 1941, que
introdujo elementos del constitucionalismo social; tales elementos se vieron
confirmados por la Constitución de 1946. Tras quedar ésta sin vigencia debido al golpe
militar de 1968, se aprobó la Constitución de 1972, que fue reformada en 1978 y,
sobre todo, en 1983 (reforma que vino a eliminar los aspectos más autoritarios
introducidos en 1972). El texto que aquí se incluye es el que resulta de tales reformas,
y de la posterior de 1994 (Acto Legislativo núm. 2 de 23 de agosto de 1994).
Texto de la Constitución Política de la República de Panamá:
Título I. El Estado panameño
Título II. Nacionalidad y extranjería
Título III. Derechos y deberes individuales y sociales Título IV. Derechos políticos
Título V. El Órgano Legislativo Título VI. El Órgano Ejecutivo
Título VII. La Administración de Justicia
Título VIII. Regímenes Municipal y Provincial
Título IX. La Hacienda Pública Título X. La Economía Nacional
Título XI. Los servidores públicos Título XII. Fuerza pública
Título XIII. Reforma de la Constitución
Título XIV. El Canal de Panamá Título XV. Disposiciones Finales y Transitorias.
Leyes
Se puede decir que la ley es la norma que rige nuestra conducta social. Se denomina ley, en un sentido estricto, a la norma jurídica por una entidad competente del Estado
en esta materia, de acuerdo a lo estipulado en la Constitución, es decir, al Órgano
Legislativo. En el sentido propio de la palabra, la ley es la norma jurídica emitida
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formalmente por la Asamblea Legislativa que regula las relaciones humanas dentro
de una sociedad.
Para que se cree una ley se requiere un determinado número de pasos y procedimientos
que se encuentran estipulados dentro de la Constitución Política que rige cada país. En
Panamá, todos los procesos y fundamentos de la ley se encuentran dentro de la Constitución Política vigente.
Clasificación de las Leyes
De acuerdo a lo establecido en la Constitución Política por medio del artículo 158, las leyes emitidas por la Asamblea Legislativa se catalogan de dos maneras.
Orgánicas:
Son aquellas leyes cuyo contenido es de carácter administrativo ya que regulan, en
general, la actividad del Estado para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus
funciones. Además, las leyes orgánicas son expedidas en cumplimiento de ciertos numerales del artículo 153 de la Constitución actúa.
Ordinarias:
Son las leyes que regulan casos concretos, como las de los numerales 5, 6 y 17 del artículo
mencionado anteriormente.
La formación de una ley comprende un proceso en el que se destacan tres etapas
primordiales:
1. La aprobación de la Asamblea Legislativa.
2. La sanción de la Ley por parte del Presidente de la República.
3. La promulgación de dicha ley.
La Constitución dispone que ningún proyecto será considerado como Ley de la República
sino ha sido aprobado por la Asamblea Legislativa en tres debates, en días distintos, y
sancionado por la cabeza del Órgano Ejecutivo. Las mismas pueden entrar en vigencia
a partir de su promulgación o días después según lo indique la misma.
Elementos de la Ley:
La ley, en la moderna teoría general del Derecho, puede ser tomada en dos aspectos:
uno formal, que se refiere a la que ha sido distada a través del Poder Legislativo
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conforme a los procedimientos específicamente preestablecidos por la Constitución; y el
otro material, que alude a toda norma jurídica cuyo contenido regula una multiplicidad
de casos y ha sido, o no, dictada por el Órgano Legislativo y es de carácter obligatorio.
Sin embargo, puede presentarse el caso de ciertas normas jurídicas que no fueron
emanadas de manera formal por el Poder Legislativo y que, por lo tanto, no incluyen
el elemento formal de toda ley, pero, por el contrario, estas leyes sí contienen el elemento
material que necesita la ley, lo que viene a representar el contenido normativo y
compulsorio.
Ejemplo:
Los Decretos Ejecutivos y todas las otras normas dictadas por distintas autoridades en
uso de sus facultades dentro del ámbito de sus funciones laborales. (Acuerdos, órdenes,
resoluciones, etc.) Por otro lado, pueden encontrarse actos de la Asamblea Legislativa
que carezcan del elemento material o substancial de la ley, es decir, de ese aspecto
normativo y de forzoso cumplimiento de la ley.
Dentro de los límites y condiciones establecidas en la Constitución, el Poder Ejecutivo
tendrá, en ciertas ocasiones, el poder para expedir normas jurídicas que revisten
carácter legislativo. Estas sanciones se consideran como Decreto-Ley. El artículo 153 de
la Constitución, al señalar las funciones legislativas de la Asamblea, incluye el numeral
16 por el cual concede libertad al Ejecutivo para la creación de los Decreto-Ley.
Aún en períodos en que se ha ejercido el poder en circunstancias irregulares, en
aquellos en que el gobierno de hecho ha asumido la función legislativa en sustitución
total de la Asamblea Legislativa, se han creado leyes. Las normas jurídicas expedidas
durante estos períodos, con carácter legislativo, se han denominado Decretos de Gabinete.
Ley 47 Orgánica de Educación de 1946
Ley 47 de 1946 con las adiciones y modificaciones introducidas por la Ley Nº 34 del 16 de julio de 1995.
Artículo 1 "la Educación es un derecho y un deber de la persona humana, sin distingo
de edad, etnia, sexo, religión, posición económica, social o ideas políticas. Corresponde
al Estado el deber de organizar y dirigir el servicio público de la educación, a fin de
garantizar la eficiencia y efectividad del sistema educativo nacional, que comprende
tanto la educación oficial, impartida por las dependencias oficiales, como la educación
particular, impartida por personas o entidades privadas.
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Artículo 2. El sistema educativo panameño está compuesto por dos subsistemas: el
regular y el no regular, definidos en esta Ley. Tanto en el subsistema regular como en
el no regular, existirán las modalidades formal y no formal. Ambos subsistemas
funcionarán coordinada y simultáneamente con articulación y continuidad de grados,
con etapas y niveles que aseguren la calidad, eficiencia y eficacia del sistema, dentro de
una concepción de educación permanente.
Artículo 3. La educación es oficial o particular. Es oficial, la educación costeada en
todo o en parte por el Estado; es particular, la que se imparte sin costo alguno para el
Estado, pero toda educación es pública, en el sentido de que todos los establecimientos
de enseñanza, sean oficiales o particulares, están abierto a todos los alumnos sin
distinción de raza, posición social o religión.
Artículo 4 La educación al servicio del ser humano se fundamenta en principios
cívicos, éticos, y morales; se afirma en la justicia y libertad, con igualdad de
oportunidades que conduzcan al educando al logro de su máximo desarrollo espiritual y
social, y con base en el principio de continuidad histórica, a fin de que contribuya al
fortalecimiento de nuestra cultura.
Artículo 5 La educación panameña se caracteriza por su condición democrática,
progresista, participativa y pluralista; dinámica e innovadora; creativa y civilista. Tiene
como práctica la labor múltiple interdisciplinaria, el estudio trabaja con sentido didáctico;
se orienta en los principios lógicos y es capaz de evaluar su gestión en forma
permanente.
Artículo 6 En el nivel superior, la educación universitaria se regirá por leyes especiales
y, como parte del sistema educativo, coordinará estrechamente con el ministerio de
educación, considerando los principios y fines del sistema educativo.
Artículo 53 “El segundo nivel de enseñanza continuará la formación cultural del
estudiante y ofrecerá una sólida formación en opciones específicas, a efecto de prepararlo
para el trabajo productivo, que le facilite su ingreso al campo laboral y proseguir
estudios superiores de acuerdo con sus capacidades e intereses y las necesidades
socioeconómicas del país”.
Artículo 228 “El Ministerio de Educación elaborará y editará todas las obras de texto
que le sea posible para su distribución en las escuelas primarias. A fin de fomentar la
producción de textos nacionales celebrará concursos entre educadores para su
elaboración y adquirirá los derechos de propiedad de los autores mediante convenios
con los mismos”.
Gracias a esta Ley cabe señalar, los docentes adquirieron estabilidad en sus trabajos.
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Principios de la Educación Panameña
(Derivados de los planteamientos de la Ley 34)
La educación es un servicio público, un derecho y una responsabilidad de toda persona humana, independientemente de su edad, etnia, sexo, religión, posición económica, social o ideas políticas.
La educación es democrática y se fundamenta en la solidaridad humana, la justicia
social, la afirmación y el fortalecimiento de la nacionalidad panameña, en la idiosincrasia de nuestras comunidades y en la cultura nacional.
La educación se fundamenta también en la ciencia, aplica sus métodos y resultados
y fomenta el crecimiento y la difusión del conocimiento científico para asegurar el
desarrollo de las personas y de las familias.
La educación atiende el desarrollo armónico e integral en la comunidad estudiantil
en sus aspectos físicos, intelectuales, morales, estéticos y cívicos dentro de un
medio de convivencia social democrático.
Es facultad del Estado, organizar y dirigir el servicio público de la educación
y garantizar a los padres de familia, el derecho de participaren el proceso educativo
de sus hijos.
Fundamento Legal de la Nueva Propuesta Educativa
Constitución Política de la República de Panamá de 1972.
Reformada por los actos reformatorios de 1978 y por el acto
constitucional de 1983 y los actos legislativos de 1994 y 1995.
Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación
vigente. Modificada y adicionada por la Ley
34 de 6 de julio de 1995 que sustenta la
Estrategia Decenal de Modernización de la Educación
Panameña 1997-2006
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Unit 2. Personnel Management (Part A)
(Manejo del Personal Parte A)
Specific Objectives (Learning Results)
Objetivo s Específicos (Resultados de Aprendizaje)
That the Participant learns about appointments process within the Education Ministry.
(Que el Participante aprenda los procesos de nombramientos del Ministerio de
Educación.)
That the Participant learns about transfers process in the Education Ministry. (Que el Participante aprenda del proceso de las transferencias en el Ministerio de Educación.)
That the Participant learns about permanency of the Education Ministry.
(Que el Participante aprenda sobre las permanencias en el Ministerio de Educación.)
That the Participant learns about other personnel issues of the Education Ministry.
(Que el Participante aprenda sobre otros problemas de personal en el Ministerio de
Educación.)
2.1. Appointments
(Nombramientos)
Antes de ser Nombrados es necesario pasar por un Concurso he aquí los artículos que lo
sustentan:
Artículo 3. El aspirante a un puesto docente, directivo, de supervisión nacional, provincial y/o regional, sometido a concurso, que no entregue la documentación completa exigida en el título tercero de este decreto, no será considerado elegible.
Artículo 8. El proceso de selección para el nombramiento y traslado del personal docente, directivo y de supervisión, se hará entre los educadores que aspiren a la posición en la región escolar.
Para la selección y nombramiento del director regional correspondiente, la junta educativa
regional remitirá al Ministerio de Educación una lista no menor de tres ni
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más de cinco personas, escogidas por concurso. Para participar en el concurso se
requerirán diez años de docencia y preparación académica universitaria equivalente a
una licenciatura.
Artículo 11. El concurso de nombramiento para maestros y profesores se hará mediante convocatoria pública.
Requisitos Legales exigidos a los Profesores de la Educación Media Académica y
Profesional y Técnica
Artículo 12. Los cargos directivos y de supervisión deberán llenarse, mediante convocatoria, conforme se produzcan. Dicha convocatoria podrá efectuarse de modo que se atiendan varias vacantes, agrupadas para tal propósito.
Artículo 22. El educador que sea nombrado en un cargo solicitado por él y no se
presente a tomar posesión dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación
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respectiva, perderá el cargo y no se le considerará para otro durante el mismo período.
Artículo 23. El educador que ingrese por primera vez al Ministerio de Educación, será
nombrado por un período probatorio de dos años, con excepción del educador
clasificado D-3, E-1ó I-2, que será por cuatro años. Al final de dicho período, el
nombramiento se hará de carácter permanente, si la evaluación es satisfactoria.
Artículo 115. Los nombramientos y promociones de los miembros del personal docente
y administrativo del ramo de educación serán decretados por el Órgano Ejecutivo de
acuerdo con el escalafón y las normas que la Ley establece.
Los traslados serán efectuados mediante resueltos expedidos por el Ministerio de Educación.
Artículo 173. Para ser nombrado Director o Sub-Director de escuela o de Educación
Secundaria se requiere poseer título universitario con una especialización adecuada a la
índole del plantel respectivo y cinco años, por lo menos, de experiencia docente en la
educación secundaria.
2.2. Transfers
(Transferencias)
Artículo 54. Tiene derecho a solicitar traslado, el educador que reúna los siguientes requisitos:
Que esté nombrado con carácter permanente y ejerciendo la docencia escolar.
Que no esté en uso de licencia, con excepción de la licencia por gravidez, y la asignación de funciones directivas en planteles escolares.
Que no haya sido trasladado el año anterior.
Artículo 55. En atención a la causa que la motiva, en el Ramo de Educación se dan los
siguientes traslados:
- Por baja matrícula
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- Por mutuo consentimiento
- Por sanción
- Traslado regular.
Artículo 61. Los traslado por sanción procederán para el personal docente, cuando
medien sanciones impuestas con los requerimientos establecidos en el artículo 133 de la
Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación.
Artículo 66. Cuando se produzca una vacante por renuncia, insubsistencia, jubilación
o fallecimiento, durante el período lectivo se llenarán temporalmente hasta la terminación del año escolar, cuando se abrirá a concurso de traslado para llenarla en
forma permanente para el próximo período escolar.
Artículo 75. Podrán realizarse de manera excepcional, traslados de Directores y
Subdirectores de escuelas y colegios. Para tales efectos se darán tres tipos de traslados:
Por baja matrícula
Por mutuo consentimiento
Por sanción.
2.3. Permanency
(Permanencia)
Régimen de Contratación y Dedicación
El Artículo 3 de la Ley 47 de 20 de noviembre de 1979 establece las condiciones para los nombramientos. En el Ministerio de Educación de la República de Panamá las condiciones para el nombramiento son las siguientes:
Interino corresponde al nombramiento que se hace, generalmente al finalizar el año
escolar, por ejemplo para cubrir una licencia por gravidez. En otros casos el titular puede
tomar licencia por estudios o para ocupar otra posición dentro del sector educativo. Esta
situación permite que la interinidad demore más de un año.
Probatorio se refiere al nombramiento que se hace por dos años consecutivos, si
la evaluación del docente es satisfactoria logra permanencia en el cargo.
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Nombramiento permanente se otorga cuando el docente cumple satisfactoriamente
sus dos años de período probatorio o cuando ha trabajado por varios años como
interino y ocupa una posición permanente cuyo nombramiento se hace efectivo
con solo un año de labor de dicha plaza.
2.4. Other Personnel Issues
(Otros Problemas del Personal)
Condiciones de Servicio Bases Legales, Profesionales y Modos de Acceso a la
Profesión en los Distintos Niveles
En Panamá, todo docente que trabaja en el sistema educativo oficial es considerado servidor público; mientras que en las universidades particulares se le percibe como un docente de educación particular.
La Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación con las adiciones y modificaciones
introducidas por la Ley 34 de 6 de julio de 1995, en su Artículo 267 expresa: “Los
requisitos para ejercer la docencia en los centros de formación docentes, estarán regulados
por decreto, y se exigirá el título universitario respectivo y la ética profesional”. “La
formación del docente panameño debe establecer perfiles hacia el logro de un educador
capaz de preservar y enriquecer su salud física, mental y social, comprometido con los
valores cívicos, éticos, morales, sociales, políticos, económicos, religiosos y culturales,
dentro de un espíritu nacionalista con amplia visión del universo, con sentimientos de
justicia social, solidaridad humana, vocación docente y actitud crítica, creativa y
científica en el ejercicio de la profesión (artículo 270).
El docente panameño debe poseer un grado mínimo de formación a nivel de la educación
postmedia. Actualmente el Ministerio de Educación realiza esfuerzos a fin de lograr los
perfiles para ese profesional.
18 –Educational Laws – 23 .mar.16
Unit 3. Personnel Management (Part B)
(Manejo de Personal parte B)
Specific Objectives (Learning Results) Objetivos Específicos (Resultados de Aprendizaje)
That the Participant knows about the salary in the Education Ministry
(Que el Participante conozca el salario del Ministerio de Educación
That the Participant learns assistance parameters of Education Ministry.
(Que el Participante aprenda los parámetros de asistencia del Ministerio de Educación.)
That the Participant knows about vacations and licenses in Education Ministry.
(Que el Participante conozca sobre las vacaciones y licencia en el Ministerio de
Educación.)
That the Participant knows other personnel issues.
(Que el Participante conozca otros problemas de personal en el Ministerio de Educación.)
3.1. Salary
(Salario)
Artículo 184. Para los efectos de sueldo los profesores de educación secundaria se
dividirán en tres categorías:
A. Profesores con título universitario de profesor
B. Profesores con título universitario
C. Profesores sin título universitario.
El docente panameño que inicia su vida profesional ingresa al sistema por un período
probatorio de dos años y su salario varía cuando adquiere la permanencia, según se
detalla a continuación:
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Salario en Balboas
Interino Permanente
Maestro con Título de primera enseñanza (B-1)
387.50
410.00
Profesor de educación primaria (F-1) 465.00 475.00
Profesor de preescolar(F-3) 435.00
Profesor de premedia y media (Ñ-2) 535.00 590.00
Salario promedio 462.50 491.83
3.2. Assistance
(Asistencia)
Artículo 119. Todo miembro del personal docente o administrativo del ramo de
Educación en servicio o que aspire a ingresar a él, debe registrar en el Ministerio de
Educación, si no lo ha hecho, los títulos profesionales exigidos por la presente Ley,
para desempeñar el cargo que ejerce o aspire a ejercer.
Artículo 124. Todos los miembros del personal docente de las escuelas pre- primarias,
primarias y de educación secundaria deben presentarse al plantel donde presten sus servicios ocho (8) días antes de la iniciación de las clases, para ejecutar los trabajos
preparatorios que se les indiquen.
3.3. Vacations and Licenses
(Vacaciones y Licencias)
Artículo 153. Los miembros del personal docente que se separen del servicio por
enfermedad, duelo u otros casos urgentes comprobados, tendrán derecho en el año, a
licencia hasta de quince (15) días con derecho a sueldo.
Cuando se trate de enfermedad personal debidamente comprobada, el miembro del
personal docente tiene derecho a sueldo completo hasta por treinta días consecutivos,
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descontando de aquí los días de licencia que haya tomado con anterioridad.
En ningún caso se concederá licencia por enfermedad con derecho a sueldo por más de treinta días en el año; pero el Órgano Ejecutivo podrá conceder licencias por enfermedad sin derecho a sueldo hasta por tres meses.
Artículo 155. El estado grávido avanzado de las señoras empleadas como miembro del
personal docente o administrativo del ramo de Educación, es incompatible con el cargo que desempeñen. Las maestras, profesoras, directoras, y subdirectoras que se hallaren en este estado
deberán solicitar licencia para separarse de sus puestos por un lapso
de diez (10) semanas, antes del alumbramiento y diez (10) semanas
después de él. Las otras empleadas del Ramo de Educación, deberán
solicitar licencia para separarse de sus puestos por un lapso de seis
(6) semanas antes y ocho (8) semanas después.
El sueldo de la empleada durante este período será pagado por la
Caja de Seguro Social hasta la concurrencia de las prestaciones que ella establezca y el
resto por el Ministerio de Educación hasta alcanzar el sueldo completo correspondiente a
ese período.
3.4. Other Personnel Issues
(Otros Problemas de Personal)
Carrera Docente y Régimen de Jubilación
El artículo 276 de la Ley 34 de 1995 que modifica la Ley 47 de 1946 Orgánica de
Educación, expresa que “la carrera docente se establecerá mediante ley, con la
participación directa del Ministerio de Educación y las asociaciones y organizaciones
magisteriales”. Mediante esta Ley “se consultará la idoneidad profesional, la
proyección social de la labor del educador, así como los procesos educativos y los
aspectos éticos, morales, profesionales. Este ordenamiento se basará en los principios de un sistema de méritos, conforme lo establece la Constitución Política de la República
de Panamá” (Ley 34 de 1995, art. 276, p. 122). Por su parte, el artículo 277 de la
citada Ley señala que “el educador que desempeñe como docente o administrativo
en cualquier nivel del sistema educativo en base a su eficiencia profesional, superación
académica, docencia e investigación educativa, para efectos de ampliar sus posibilidades de movilidad y ascensos en el sistema.”
21 –Educational Laws – 23 .mar.16
Mediante Ley N. °8 de 6 de Febrero de 1997 se creó en Panamá el Sistema de Ahorro y Capitalización de Pensiones de los Servicios Públicos. La ley Orgánica de la Caja de Seguro Social en su artículo 50 establece los requisitos que deben cumplir los docentes asegurados para obtener la pensión vejez. Requisitos para las jubilaciones de docentes:
Haber cumplido 28 años de servicio.
Acumulación de un total de 336 cuotas a razón
de 12 por año.
Llenar el formulario de prestaciones económicas a largo plazo y el de acciones de personal del MEDUC.
Adjuntar fotocopia de cédula, seguro social y
último talonario de cheque.
A partir de esta fecha el régimen de jubilaciones de los funcionarios del MEDUC se
establece en la Ley creada recientemente por los gremios magisteriales y el sector
gubernamental, cuya normativa se encuentra en trámite legislativo e incluye las
jubilaciones a las edades de 52.5 para las mujeres y 56 para los varones.
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Unit 4. Resources and Funds
(Recursos y Fondos)
Specific Objectives (Learning Results) Objetivo s Específicos (Resultados de Aprendizaje))
That the Participant masters the use of Cabinet Decree 168 of 1971, with all its
modifications.
(Que el Participante domine el tema sobre el Decreto de Gabinete 168 de 1971 con
todas sus modificaciones.)
That the Participant has a general view about founds administration in the Ministry
of Education.
(Que el Participante tenga una visión general sobre la administración de los fondos
del Ministerio de Educación.)
That the Participant knows the actual issues of Education Ministry. (Que el Participante conozca los problemas actuales del Ministerio de Educación.)
4.1. Cabinet Decree 168 of 1971 modified by Laws 13 and 16 of 1987 and by
Laws 49 and 50, 2002.
(Decreto de Gabinete 168 de 1971 modificado por las Leyes 13 y 16 de 1987 y
por la Ley 49 y 50 de 2002.)
Los profesionales que vengan al país por cuenta propia y bajo contrato con personas
naturales o jurídicas establecidas en Panamá, deberán pagar en concepto de seguro
educativo el 2.75% por todos los ingresos que reciba el profesional independiente, tal
como lo establece el Decreto de Gabinete No. 168 modificado por la Ley 13 de julio de
1987.
El quince (15%) del Seguro Educativo , a que se refiere el numeral 1º del artículo 2º
del Decreto de Gabinete Nº 168 de 27 de julio de 1971 será destinado al patrimonio del
Instituto Nacional de Formación Profesional.
La Ley 47 de 24 de septiembre de 1946, modificada por la Ley 34 de 6 de julio de
1995, Orgánica de Educación, contiene 295 artículos que contemplan la siguiente
materia, distribuida en títulos y capítulos, y que se desarrolla a través de Derechos
23 –Educational Laws – 23 .mar.16
Resueltos. El capítulo título V, capítulo I finanzas, equipo y material de Enseñanza se
refiere a:
4.2. Funds Administration
(Administración de los fondos)
En Panamá se asigna más del 6% del PIB al gasto público en ubicación, lo que lo ubica en los países de América Latina con un mayor gasto en este renglón. Es más, la educación
ha absorbido una creciente proporción de los recursos, aumentando del 5.1% del PIB,
en 1990 al 6.3% en 1999. Los datos de la encuesta de niveles de vida revelan que el
gasto de los hogares en educación representa aproximadamente un 3% del PIB lo que
arroja un total de 9% del PIB (gasto público y privado) asignado a educación en 1997.
La principal fuente de financiamiento de la Educación proviene del Gobierno Central,
además de éste, también se cuenta con la ayuda del Banco Mundial, Banco
Interamericano de Desarrollo, los Gobiernos de España, Japón y Taiwán que apoyan
con proyectos de inversión. Otra fuente de financiamiento creado por la Ley 13 de
1987 consta de las contribuciones de los salarios de los patronos de un 1.50%, la de los
empleados del sector público y privado de un 1.25%, y de los ingresos anuales
declarados por los trabajadores independientes de un 2.75%. El fondo constituido por las
contribuciones se destinan así: el 27 % de los ingresos del Ministerio de
24 –Educational Laws – 23 .mar.16
Educación se utiliza para sufragar los gastos de las escuelas oficiales de educación
media, y premedia, de acuerdo con el número de estudiantes, en reemplazo de matrícula
cobrada por estas escuelas. El 73 % restante se destina así:
Formas y Criterios de Distribución de los Gastos Públicos
Los criterios establecidos por el gobierno para la distribución de los recursos entre los distintos ministerios y entidades gubernamentales obedecen básicamente a la necesidad
que provee el Estado para hacer frente a sus obligaciones, a las políticas públicas
definidas para cada sector, a las prioridades nacionales y a la capacidad institucional
de ejecución de sus planes y programas. A todas las instituciones estatales que integran
el sector educativo se les asignan recursos mediante la aprobación de sus respectivos presupuestos aprobados por la Asamblea Legislativa.
Estos
recursos se
materializa
n a través
de la
disposición de los
fondos depositados en las
cuentas del tesoro nacional.
El Ministerio de Educación como ente rector consigna en su presupuesto anual
25 –Educational Laws – 23 .mar.16
recursos que se transfieren a otras instituciones del sector, esa transferencia se realiza de
manera automática y no depende de ninguna gestión que tenga que hacer dicho
Ministerio de Educación, sus efectos son meramente contables.
4.3. Actual Issues
(Problemas Actuales)
Cree usted Razonable la Distribución de Gastos Públicos. Emita su Opinión.
¿En qué Problemas repercute Dicha Distribución?
Otros Problemas Críticos del Sistema Educativo
En las últimas décadas del siglo XX Panamá atravesó por situaciones políticas, sociales
y económicas que sacudieron los cimientos más profundos de las estructuras sociales.
La diaria y reveladora realidad social actual, aupada por los desafíos de inicio de
milenio, comprometen de ma nera determinante a la búsqueda de mejoras y soluciones
en pro de la educación panameña.
En comparación con los países de Centroamérica, la alfabetización en Panamá ha logrado
un alto nivel, incluso entre los marginados. Reconocemos que aunque hay avances
nos falta lograr niveles igualitarios de escolaridad entre los grupos de menos y más
aventajados económicamente.
El sistema educativo panameño enfrenta, desde algún tiempo, grandes y fundamentales
problemas producto de diversos factores que no permiten de manera progresiva cambios
reales en la educación. En esta circunstancia sigue vigente un estilo tradicional de
enseñanza cuyo producto no corresponde con las aspiraciones, anhelos y expectativas
de la sociedad panameña.
La deserción intro-anual de niños y jóvenes que se matriculan, pero que no concluyen su
año lectivo, representa un serio problema del país.
La tasa de reprobación es muy alta en primer grado, se reduce paulatinamente hasta
sexto, en el que alcanza su menor nivel y luego crece significativamente en el séptimo
grado.
26 –Educational Laws – 23 .mar.16
La baja calidad de la enseñanza que se imparte en las escuelas es producto de:
inadecuada formación del docente; planes y programas no actualizados, que repercuten
en la baja pertinencia de los contenidos curriculares; métodos de enseñanza
tradicionales; carencia de investigaciones educativas, y ausencia de proyectos
experimentales para las innovaciones educativas.
La Agenda Educativa 200-2004 del Ministerio de Educación, en respuesta al diagnóstico
de la realidad educativa nacional, pretende alcanzar los siguientes objetivos:
Profundización de la democratización de la educación, mediante la generación de
amplios espacios de participación con equidad.
Mejoramiento de la calidad de la educación haciéndola corresponder con las reales
demandas de la población panameña.
Fortalecimiento institucional del Ministerio de Educación, ampliando
significativamente su capacidad de atención a la demanda educativa de nuestra
sociedad
27 –Educational Laws – 23 .mar.16
Participant Commitments
Evaluation System:
The evaluation scale will be one (1) to hundred (100.00), and will be independent for each
subject. To evaluate and rate will be guided by the following scheme:
Interval Letter Concept
91 to 100 A Excellent
Meaning: There is an outstanding performance in the domain and application of basic skills of
knowledge, processes and skills required for the understanding of phenomena; problem solving;
communication of thought; participation in individual and social life; practice habits, attitudes
and basic values personal work, group, efficient and effective.
81.00 to 90.99 B Good
Meaning: There is a good performance in the domain and application of basic skills of
knowledge, processes and skills required for the understanding of phenomena; problem solving;
communication of thought; participation in individual and social life; practice habits, attitudes
and basic values personal work, group, efficient and effective.
71.00 to 80.99 C Regular
Meaning: There is a regular domain performance and application of basic skills of knowledge,
processes and skills required for the understanding of phenomena; problem solving;
communication of thought; participation in individual and social life; practice habits, attitudes
and basic values personal work, group, efficient and effective.
70.99 or less F Failure
Meaning: There is insufficient domain performance and application of basic skills of
knowledge, processes and skills required for the understanding of phenomena; problem solving;
communication of thought; participation in individual and social life; practice habits, attitudes
and basic values personal work, group, efficient and effective.
The final evaluation of each subject is obtained from the weighted average grades in turn
obtained in the activities developed in the subject. Each course will have different
assignments and activities to do, shaped and adapted for each situation and teacher
(facilitator), and monitored by the education authorities of CERPA. Each of these
assignments and activities represent a percentage of the final grade for their respective
subject.
28 –Educational Laws – 23 .mar.16
Practices, Tasks and Final Project
1. Practices and Tasks
Practices
and Tasks
According to the provisions in Unit 2 and 3 of its Individual Learning
Module, develop and present a case study; in which you must apply what
they have studied in units 2 and 3 of the MAI.
2. Conceptual Maps
Conceptu
al Maps
Delivere it following the specifications at the end of the module, of your
conceptual maps; in both English and Spanish.
For delivery have to attach it upload files section.
3. Final Project
Final
Project
Delivered following the specifications at the end of the module, the final
project; in both English and Spanish.
4. Final Test
Final Test From this date (5 days before the end of the academic month) final test will
be activated. Therefore you have, starting today 5 days for consideration.
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Final Project: Educational Laws
Redactora: Marissa Quiroz
Editor: Marlo Salvatierra
El trabajo final de esta asignatura consistirá en el desarrollo del siguiente caso. Las indicaciones están al final. Lea el caso detenidamente, una y otra vez.
María Eustaquia es una estudiante de la carrera de Educación, es necesario que realice
el proyecto final de una materia para que ella pueda aprobar esta carrera. La materia
es Leyes de la Educación por el cual ella obtendrá el conocimiento referente a las Leyes
que rigen el sistema al que desea entrar, el sistema de educación. El proyecto a resolver
contiene preguntas de aplicación. Proceda a resolverlas.
1. ¿Qué condiciones debe cumplir la Ley 47 de Educación para ser Orgánica?
2. Cite cinco conceptos o los artículos de la Ley 47 de 1946 que aprendió durante
el módulo.
3. Elabore un mapa conceptual de la jerarquía de los documentos legales.
4. Justifique su respuesta. Un docente puede ser nombrado permanente
directamente por el Ministerio de Educación sin ir a concurso y sin cumplir
ningún año de servicio.
5. Juana al fin trabajará en el Ministerio de Educación tras dos años de espera. Ella es nombrada maestra de primera enseñanza en Canquintu área indígena de
Tolé a 3 horas en caballo de la carretera interamericana y del pueblo más
cercano. ¿Cuánto será el salario de Juana?
6. ¿Cree usted que el período de licencia para las maestras, profesoras, sub-
directoras y directoras es equitativo al resto de las mujeres que trabajan en el
Ramo de la Educación? Sustente.
7. Exprese su comentario acerca de la administración de los fondos de la
Educación. ¿Piensa usted que es correcta esta distribución?
8. Si fuese usted parte de una entidad de alto mando en el Ministerio de Educación
¿Cuáles serían sus soluciones frente al problema crítico del Sistema Educativo?
30 –Educational Laws – 23 .mar.16
Final Project Specifications
Quantity Pages The quantity necessary.
Size Page 8.5 x 11 inches.
Kind and Letter Size Times New Roman, 14.
Space within paragraph Simple.
Space between paragraph 2 simple spaces between one paragraph and other
First Sheet
Centro de Estudios Regionales de Panamá
CERPA
(Example)
Write the career Higher Technician Focused on English Teaching
for Teachers of General Basic Education
Write the group Group X (A, B, C, etc.)
Write the schedule 1:00 – 3:00 p.m.
Write the subject Name of the Subject
Write the title Professional Practice
Write your name and I.D. by Juan de los Palotes – I.D. 0-123-456
Write the name of the professor
Professor: Juan Pablo II Write the date February 32, 3003 Content The questions of the case and its answers.
Keep a good use of spelling, grammar and
syntax. Deliver the document in the following ways
On the date indicated in the calendar section.
Keep the good use of spelling, grammar and
syntax.
31 –Educational Laws – 23 .mar.16
Construction of Conceptual Maps
In addition you have to draw conceptual map which constitute the four units and the
sixteen specific objectives (learning results) of the module. The size of the maps
depends on you; it can be a map of the entire module or four maps with four units.
Conceptual maps must be prepared individually by each student.
To design a conceptual map follows these steps:
Read the module of the subject.
Identify the main concepts.
Write those concepts.
Order concepts from the general to the specific ones.
Organize concepts (write each concept in one draw)
Options:
1. Join concepts with lines. Write on each line the relation between them.
Write on each line the relationship between the concepts linking.
Save as a previously created and identified with the module name
course and then download the section folder (file) that says: upload
file.
2. (Recommended) Use the tool https://coggle.it, steps:
a. We entered the https://coggle.it page and checked as users (we
can also use our account Google and other social networks).
b. Once inside the tool, we begin to create a new map from the
button "Create".
c. After this, we will enter an empty desktop in which you must
click to start adding elements of our mental map.
d. From main title we add items by clicking the (+) next to each
item.
e. Blocks concepts can be easily moved from the connecting lines
to organize them as you want.
f. They can be shared by:
i. A URL that provides the application itself when a map is
created.
ii. Download format PDF y PNG.
g. Save as in a folder (file) previously created and identified with
the module name course and then download the section that says:
Upload File.
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Aspe cts to take in Consideration:
1. Each conceptual map is different from other ones. They can have very few
similarities generally it must differ from others in concepts, from and draws.
2. The map does not need being necessary symmetrical. It has more concepts
to one side.
3. Map concepts should not have more information than the module.
4. There is no only one form to do conceptual maps. The mistake of a
conceptual map is the incorrect relationship between their concepts.
Evaluation Criteria:
1. Each map starts from a main concept.
2. It has many sub divisions derived from other concepts.
3. It has many relations between concepts.
4. Show each concept only once.
5. Concepts must have sense.
6. Show a clear relation between concepts.
7. Relations must be correct.
8. Make a summary of the content.
9. It makes an easy learning.
10. It is simple.
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Examples:
Option Nº 1:
Source: Rosa Ma. Garza, Aprender Cómo Aprender, 2ª Edition, Editorial Trillas, México, 1998.
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Option Nº 2: Video Tutorial: https://youtu.be/YC4O4vb7IXo
Video Tutorial: https://youtu.be/YC4O4vb7IX