La Seguridad Social - European Commission · 2013. 4. 9. · Esloveno del Seguro de Enfermedad:...

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    La Seguridad Social

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    La información que figura en la presente guía se ha redactado y actualizado en

    estrecha colaboración con los corresponsales nacionales del Sistema de Información

    Mutua sobre Protección Social (MISSOC). Para más información sobre la red MISSOC,

    véase: http://ec.europa.eu/social/main.jsp?langId=es&catId=815.

    La presente guía ofrece una descripción general de las disposiciones en materia de

    Seguridad Social de cada país. Puede obtenerse más información en otras

    publicaciones de MISSOC, disponibles en el enlace anterior. Asimismo, es posible

    dirigirse a las autoridades y las instituciones competentes que figuran en la lista del

    anexo I de esta guía.

    Ni la Comisión Europea ni ninguna persona que actúe en su nombre serán

    responsables del uso que pudiera hacerse de la información contenida en la presente

    publicación.

    © Unión Europea, 2012

    Se autoriza la reproducción siempre que se mencione la fuente.

    http://ec.europa.eu/social/main.jsp?langId=en&catId=815

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    ÍNDICE

    Capítulo I. Introducción, organización y financiación .............................................. 5 Introducción ................................................................................................... 5 Organización de la protección social .................................................................. 6 Financiación ................................................................................................... 6

    Capítulo II. Asistencia sanitaria ........................................................................... 7 Derecho a la asistencia sanitaria ....................................................................... 7 Alcance de la cobertura ................................................................................... 7 ¿Cómo se accede a la asistencia sanitaria? ......................................................... 7

    Capítulo III. Prestaciones de enfermedad en metálico ............................................ 9 Nacimiento del derecho a las prestaciones de enfermedad en metálico .................. 9 Alcance de la cobertura ................................................................................... 9 ¿Cómo se accede a las prestaciones de enfermedad en metálico? ........................10

    Capítulo IV. Prestaciones de maternidad y paternidad ...........................................11 Nacimiento del derecho a las prestaciones de maternidad y paternidad ................11 Alcance de la cobertura ..................................................................................11 ¿Cómo se accede a las prestaciones de maternidad y paternidad?........................12

    Capítulo V. Prestaciones de invalidez ...................................................................14 Nacimiento del derecho a las prestaciones de invalidez .......................................14 Alcance de la cobertura ..................................................................................14 ¿Cómo se accede a las prestaciones de invalidez? ..............................................16

    Capítulo VI. Pensiones y prestaciones de vejez .....................................................17 Nacimiento del derecho a las prestaciones de vejez ............................................17 Alcance de la cobertura ..................................................................................17 ¿Cómo se accede a las prestaciones de vejez? ...................................................18

    Capítulo VII. Prestaciones de supervivientes ........................................................19 Nacimiento del derecho a las prestaciones de supervivientes ...............................19 Alcance de la cobertura ..................................................................................20 ¿Cómo se accede a las prestaciones de superviviente? .......................................21

    Capítulo VIII. Prestaciones de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ..22 Nacimiento del derecho a las prestaciones de accidentes de trabajo y enfermedades

    profesionales .................................................................................................22 Alcance de la cobertura ..................................................................................22 ¿Cómo se accede a las prestaciones de accidentes de trabajo y enfermedades

    profesionales? ...............................................................................................23 Capítulo IX. Prestaciones familiares ....................................................................24

    Nacimiento del derecho a las prestaciones familiares ..........................................24 Alcance de la cobertura ..................................................................................25 ¿Cómo se accede a las prestaciones familiares? .................................................26

    Capítulo X. Desempleo ......................................................................................27 Nacimiento del derecho a las prestaciones de desempleo ....................................27 Alcance de la cobertura ..................................................................................27 ¿Cómo se accede a las prestaciones de desempleo? ...........................................28

    Capítulo XI. Recursos mínimos ...........................................................................29 Nacimiento del derecho a prestaciones relativas a los recursos mínimos ...............29 Alcance de la cobertura ..................................................................................29 ¿Cómo se accede a las prestaciones de recursos mínimos? .................................30

    Capítulo XII. Dependencia .................................................................................31 Nacimiento del derecho a las prestaciones de dependencia .................................31 Alcance de la cobertura ..................................................................................32 ¿Cómo se accede a las prestaciones de dependencia?.........................................33

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    Anexo. Direcciones de instituciones y sitios web útiles ...........................................34

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    Capítulo I. Introducción, organización y financiación

    Introducción

    El régimen de la Seguridad Social esloveno incluye el seguro social, las prestaciones

    familiares y el régimen de asistencia social. Los regímenes de protección social se

    componen del seguro de pensión de invalidez obligatorio, el seguro de enfermedad

    obligatorio, el seguro de desempleo y el seguro de protección parental. Los seguros

    son obligatorios para todos los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia.

    Todos ellos se financian a partir de las cotizaciones a la Seguridad Social de los

    asalariados y las empresas.

    Seguro de pensión de invalidez obligatorio

    El seguro de pensión de invalidez obligatorio cubre la vejez, la invalidez, la asignación

    asistencial, la discapacidad física y el fallecimiento. Tiene carácter obligatorio para los

    trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia, los trabajadores del campo y

    determinados grupos de personas que realicen actividades concretas objeto del seguro

    obligatorio. En la República de Eslovenia el seguro es obligatorio e individualizado para

    todos los asegurados. La Oficina del Seguro de Pensión de Invalidez de Eslovenia

    (Zavod za pokojninsko in invalidsko zavarovanje Slovenije) desarrolla sus actividades

    desde las instalaciones centrales de Liubliana, los centros regionales y las sucursales

    locales. El consejo de la Oficina está formado por representantes del Gobierno, los

    sindicatos, las asociaciones patronales, los jubilados, el representante de los

    discapacitados laborales y los propios empleados de la Oficina.

    Seguro de enfermedad obligatorio

    El seguro de enfermedad obligatorio permite a las personas aseguradas hacer valer

    sus derechos a prestaciones médicas en especie (asistencia sanitaria) y prestaciones

    en metálico, por ejemplo, la prestación de enfermedad en metálico, el auxilio por

    defunción en una cantidad fija única, el reembolso (parcial) de los gastos funerarios o

    el reembolso de los gastos resultantes de tratamientos médicos recibidos fuera de

    Eslovenia. El régimen cubre a los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia, a

    los trabajadores del campo, a los beneficiarios de las prestaciones (entre ellos los

    pensionistas) y a los ciudadanos residentes en la República de Eslovenia, así como a

    los miembros de su familia. El Instituto Esloveno del Seguro de Enfermedad (Zavod za

    zdravstveno zavarovanje Slovenije) es el único proveedor del seguro de enfermedad

    obligatorio. Desarrolla sus actividades a través de sus centros regionales y de las

    sucursales locales. Su consejo de administración se compone de representantes de los

    asegurados y de los empresarios.

    Existe la posibilidad de suscribir un seguro de enfermedad complementario no

    obligatorio (seguro de copagos) para prestaciones médicas que no están cubiertas en

    su integridad por el seguro obligatorio.

    Seguro de desempleo

    El seguro de desempleo garantiza el pago de las prestaciones de desempleo. La

    Oficina Eslovena de Empleo (Zavod Republike Slovenije za zaposlovanje) desarrolla

    sus actividades a través de los centros regionales y de las agencias de empleo. Su

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    consejo de administración está integrado por representantes de las organizaciones

    patronales, de los sindicatos, de los empleados de la propia oficina y del Gobierno.

    El seguro de desempleo garantiza también el reembolso de gastos de transporte y de

    traslado, el derecho a la asistencia sanitaria y la cobertura del seguro de pensión de

    invalidez. Estos derechos se aplican en virtud de las disposiciones que regulan los

    distintos casos.

    Seguro de protección parental

    El seguro de protección parental garantiza los permisos parentales (por maternidad,

    asistencia y cuidado de los hijos, paternidad y adopción), así como las prestaciones

    parentales (por maternidad, asistencia y cuidado de los hijos, paternidad y adopción)

    a los trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por cuenta propia, a los

    trabajadores del campo y a determinadas categorías de personas dentro del territorio

    de la República de Eslovenia. Los beneficiarios pueden hacer valer sus derechos en los

    62 Centros de Trabajo Social (centri za socialno delo) regionales.

    Prestaciones familiares

    Las prestaciones familiares son prestaciones en metálico que comprenden la

    prestación parental, la asignación por nacimiento de hijos, la prestación por hijos a

    cargo, la asignación por familia numerosa, la asignación por el cuidado de menores y

    el pago parcial por pérdida de ingresos.

    Asistencia social

    En el régimen de la Seguridad Social esloveno, además de la asistencia social general,

    existen varias prestaciones de asistencia social para fines específicos.

    Organización de la protección social

    El Ministerio de Trabajo, Familia y Asuntos Sociales ejerce el control de las actividades

    de la Oficina del Seguro de Pensión de Invalidez de Eslovenia, la Oficina Eslovena de

    Empleo y los Centros de Trabajo Social.

    Los Centros de Trabajo Social regionales conceden las prestaciones familiares, además

    de ofrecer asistencia social y servicios sociales. El Ministerio de Trabajo, Familia y

    Asuntos Sociales es responsable de ejercer el control.

    El Ministerio de Sanidad determina los programas de prestaciones médicas de los

    asegurados en cooperación con el Instituto Esloveno del Seguro de Enfermedad.

    Financiación

    Los regímenes de Seguridad Social eslovenos se financian a través de las cotizaciones

    de los asegurados y de los empresarios. El Estado está obligado constitucionalmente a

    cubrir cualesquiera posibles pérdidas de los regímenes de Seguridad Social. El seguro

    de desempleo y el seguro de protección parental se financian principalmente con cargo

    al presupuesto del Estado. Las prestaciones familiares y la asistencia social se

    financian íntegramente con cargo al presupuesto del Estado.

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    Capítulo II. Asistencia sanitaria

    Derecho a la asistencia sanitaria

    Deben suscribir obligatoriamente un seguro de enfermedad los trabajadores por

    cuenta ajena, los trabajadores por cuenta propia, los trabajadores del campo, los

    beneficiarios de una prestación de la Seguridad Social (pensión de vejez, de invalidez

    o de superviviente, prestación de desempleo, asistencia social permanente) y los

    residentes permanentes que no estén afiliados a ningún otro régimen.

    Por otra parte, los familiares a cargo, incluidos los cónyuges o las parejas de hecho,

    los hijos y los hijastros, y algunas otras personas que necesiten asistencia, también

    tienen derecho a recibir asistencia sanitaria.

    Por lo general, no se exige acreditar un período de cotización previo para tener

    derecho a recibir asistencia sanitaria. Algunas excepciones pueden referirse a piezas

    ortopédicas, gafas, audífonos, prótesis y otros aparatos.

    Alcance de la cobertura

    Este seguro permite al afiliado tener acceso a médicos o centros de atención médica

    primaria concertados por el Instituto Esloveno del Seguro de Enfermedad. En caso de

    que los afiliados al régimen del seguro de enfermedad obligatorio no hayan suscrito un

    seguro complementario de copagos, tendrán que participar en los gastos de la

    asistencia sanitaria, que van desde un 10 % hasta un 90 %. No se aplican copagos a

    algunas prestaciones médicas. Por ejemplo, no hay copago del usuario en el caso de la

    asistencia sanitaria preventiva, el tratamiento y la rehabilitación de niños (incluidos los

    medicamentos que figuran en la lista positiva y la lista intermedia), estudiantes,

    servicios de asesoramiento sobre planificación familiar, anticoncepción, embarazo y

    parto, ni en el de enfermedades graves, la asistencia sanitaria de urgencia o algunas

    otras prestaciones.

    El seguro de enfermedad obligatorio no cubre la asistencia sanitaria que no tiene fines

    médicos, como la cirugía estética o los medicamentos que no figuran en las listas

    positiva o intermedia, ni las terapias alternativas, como la homeopatía. Los propios

    pacientes deberán asumir los gastos.

    El asegurado puede tener derecho al reembolso de los gastos de desplazamiento, por

    ejemplo, si tiene que visitar a un médico fuera de su lugar de residencia o si el médico

    competente lo envía o lo convoca allí. Si el desplazamiento lleva más de 12 horas,

    también se pueden reembolsar al asegurado gastos de alojamiento hasta un

    determinado límite.

    ¿Cómo se accede a la asistencia sanitaria?

    El asegurado puede elegir libremente su médico personal, por ejemplo, el médico de

    cabecera, el ginecólogo, el pediatra o el dentista. Estos actúan como «filtro», y solo se

    puede visitar a un especialista por prescripción de un médico de cabecera. Una vez

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    obtenida la remisión, también se puede elegir libremente el tratamiento médico, los

    especialistas, el hospital público o el privado concertado.

    Los nombres y direcciones de los médicos del servicio público y los médicos privados

    concertados que prestan asistencia sanitaria figuran en el directorio del Instituto

    Esloveno del Seguro de Enfermedad: Izvajalci zdravstvenih storitev.

    http://www.zzzs.si/Izvajalci

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    Capítulo III. Prestaciones de enfermedad en metálico

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de enfermedad en metálico

    La prestación de enfermedad en metálico, a cargo del seguro de enfermedad

    obligatorio, se abona a modo de salario compensatorio durante la incapacidad laboral

    temporal de los asegurados que ejercen una actividad económica. Por consiguiente,

    tienen derecho a percibir esta prestación los trabajadores por cuenta ajena, los

    trabajadores por cuenta propia, los propietarios de empresas privadas, los deportistas

    y jugadores de ajedrez de elite y los trabajadores del campo.

    Alcance de la cobertura

    Normalmente, el pago de la prestación de enfermedad en metálico corre a cargo del

    empresario durante los 30 primeros días de ausencia del trabajo. No se exige un

    periodo de seguro previo, y el importe de la prestación depende del motivo de la

    ausencia.

    A partir del 31.er día de ausencia del trabajo, el pago de la prestación de enfermedad

    en metálico corre a cargo del Instituto Esloveno del Seguro de Enfermedad. En

    determinados casos se concede desde el primer día de ausencia. Así ocurre, por

    ejemplo, en caso de donación de tejidos vivos y de órganos en beneficio de otras

    personas, donación de sangre, o cuando la incapacidad para trabajar por asumir el

    cuidado de familiares cercanos, aislamiento o acompañamiento ordenado por el

    médico personal y en caso de enfermedad profesional o accidente de trabajo.

    Por lo general, la prestación de enfermedad en metálico se abona durante un año

    como máximo. Su concesión puede prolongarse con carácter excepcional, si no

    pudiera completarse el tratamiento médico en ese plazo. También puede abonarse

    durante 30 días como máximo tras la extinción de una relación laboral.

    El periodo de concesión se reduce en caso de cuidados a un familiar cercano, por

    ejemplo, un hijo o el cónyuge, Se limita a 7 días laborables, y a 15 días laborables en

    el caso de hijos menores de 7 años de edad o hijos discapacitados. Es posible

    prolongar el plazo de concesión, por ejemplo, en los casos más graves y hasta que el

    hijo alcance la madurez.

    La prestación de enfermedad en metálico se calcula sobre la base del salario mensual

    medio, o la base imponible media (por ejemplo, en el caso de los trabajadores

    autónomos) correspondiente a las cotizaciones realizadas a lo largo del año civil

    anterior al año de ausencia del trabajo.

    El importe de la prestación de enfermedad en metálico varía entre el 70 % y el 100 %

    de la base del cálculo. Por ejemplo, asciende al 70 % en los casos de accidente no

    relacionado con el trabajo durante los primeros 90 días, al 80 % en caso de

    enfermedad no relacionada con el trabajo, y al 100 % en caso de enfermedad

    profesional o accidente de trabajo, donación de tejidos vivos y de órganos en beneficio

    de otras personas, donación de sangre o en caso de aislamiento ordenado por un

    médico.

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    ¿Cómo se accede a las prestaciones de enfermedad en metálico?

    La prestación de enfermedad en metálico se abona durante los 30 primeros días,

    previa determinación de la incapacidad laboral o de la necesidad de dispensar

    cuidados a un familiar cercano por parte del médico personal que haya elegido.

    Transcurrido ese plazo, o, en otros casos, cuando la prestación de enfermedad en

    metálico corre a cargo del seguro de enfermedad obligatorio desde el primer día de

    ausencia del trabajo, se requiere la decisión de un médico oficial. En este caso se

    puede recurrir a la Comisión de Sanidad del Instituto Esloveno del Seguro de

    Enfermedad.

    Técnicamente, la prestación de enfermedad en metálico también corre a cargo de los

    empresarios a partir del 31.er día de ausencia del trabajo. El Instituto del Seguro de

    Enfermedad reembolsa a los empresarios las compensaciones previa presentación de

    la solicitud correspondiente, que deberá ir acompañada del certificado relativo al

    impedimento de trabajo autorizado debidamente completado así como los documentos

    donde conste la liquidación.

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    Capítulo IV. Prestaciones de maternidad y paternidad

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de maternidad y paternidad

    Las mujeres tienen derecho a recibir atención médica antes, durante y después del

    parto, con cargo al seguro de enfermedad obligatorio. Los derechos al permiso

    parental y a prestaciones en metálico derivan del seguro de protección parental.

    Para tener derecho a la prestación de maternidad o de paternidad, el interesado

    deberá estar asegurado con anterioridad a la fecha en que comience la licencia o

    durante un mínimo de 12 meses en los 3 años anteriores. Por lo general, la madre del

    niño puede solicitar la licencia/prestación por maternidad. Solo en casos excepcionales

    puede solicitarla el padre del niño u otra persona asegurada que cuide del niño o el

    padre adoptivo, si la madre falleciera, abandonara al niño o no pudiera vivir y trabajar

    de manera independiente. Normalmente, los padres y padres adoptivos tienen

    derecho a prestaciones especiales.

    Si no satisface las condiciones del seguro, puede tener derecho al subsidio parental del

    régimen de prestaciones familiares.

    Alcance de la cobertura

    Las prestaciones del seguro de protección son el permiso parental (licencia por

    maternidad, paternidad, adopción y para atender a menores), las prestaciones

    parentales (prestación de maternidad, paternidad, adopción y para atender a

    menores) y el derecho a trabajar a tiempo parcial por paternidad.

    Permiso por maternidad

    La licencia por maternidad tiene una duración de 105 días civiles, iniciándose 28 días

    antes de la fecha prevista del parto y hasta 77 días después de esta fecha. Es

    obligatoria después del parto, y la licencia que no se haya agotado antes del parto no

    puede transferirse al periodo en que ha nacido el niño.

    Permiso por paternidad

    El padre tiene derecho a una licencia por paternidad de una duración de 90 días y

    deberá ejercerlo durante un mínimo de 15 días durante los 6 primeros meses de vida

    del niño. Los 75 días de licencia restantes (únicamente si se han abonado

    cotizaciones) deben disfrutarse antes que el niño alcance la edad de 3 años.

    Licencia para atender a menores

    Una vez agotada la licencia por maternidad, uno de los progenitores puede solicitar la

    licencia para atender a menores. La duración de dicha licencia es de 260 días civiles,

    pudiendo ampliarse en determinados casos. Por ejemplo, puede prolongarse durante

    un periodo adicional de 90 días en caso de parto múltiple (por cada hijo adicional) o

    nacimiento de un hijo con necesidad de cuidados especiales. También puede

    prolongarse si los padres ya se hacen cargo de la educación de al menos 2 hijos

    menores de 8 años, o en caso de nacimiento prematuro.

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    Julio de 2012 12

    Prestaciones por adopción

    El permiso por adopción se concede a uno o a ambos adoptantes para que puedan de

    esta manera dedicarse por completo a la nueva situación tras la adopción. Si la edad

    del niño es de 1 a 4 años, el permiso por adopción tendrá una duración de 150 días; si

    tiene una edad de entre 4 y 10 años, la duración será de 120 días. Cuando el permiso

    por adopción se concede a ambos padres adoptivos a la vez, su duración total no

    podrá superar los 150 o 120 días, respectivamente.

    Prestación parental (prestación de maternidad, paternidad, adopción y para

    atender a menores)

    La prestación parental se abona durante el permiso parental. Para tener derecho a

    percibir prestaciones parentales, basta con estar asegurado el día antes de disfrutar

    del permiso parental. En caso de no tener derecho al permiso parental, se puede

    solicitar la prestación parental si se ha estado asegurado durante al menos 12 meses

    a lo largo de los 3 años previos.

    El importe de la prestación de maternidad asciende al 100 % del salario medio (u otra

    base de cálculo) correspondiente a los últimos 12 meses previos a la presentación de

    la primera solicitud de permiso parental. El importe de la prestación para atender a

    menores, la prestación de paternidad y la prestación de adopción asciende al 90 % del

    salario u otra base de cálculo correspondiente a los últimos 12 meses (el 100 % si la

    base no supera la cantidad de 763,06 EUR).

    En caso de que falten algunos meses se tiene en cuenta el 55 % del salario mínimo.

    La prestación parental tiene un importe limitado, salvo en el caso de la licencia por

    maternidad.

    Normalmente, la prestación parental se abona durante el permiso parental. La única

    excepción la constituye la prestación parental, que solo se abona durante los

    15 primeros días. Para los 75 días restantes, el padre del niño percibe únicamente las

    cotizaciones a la Seguridad Social sobre la base del salario mínimo.

    Uno de los progenitores tiene derecho a trabajar a tiempo parcial (no menos de la

    mitad de la jornada completa de trabajo) hasta que el niño alcance la edad de 3 años.

    Este periodo se prolonga hasta que el más pequeño de los hijos cumpla 6 años en el

    caso de una familia de dos o tres hijos. Si se trata de una familia de cuatro o más

    hijos, se permite a uno de los progenitores abandonar por completo el mercado de

    trabajo. En caso de tener un hijo discapacitado, puede prolongarse el derecho a

    trabajar a tiempo parcial hasta que el niño alcance la madurez.

    En todos estos casos, el empresario garantiza el derecho al salario correspondiente al

    trabajo realmente desempeñado, y el seguro de protección parental abona las

    cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a la parte restante del trabajo a

    tiempo completo.

    ¿Cómo se accede a las prestaciones de maternidad y paternidad?

    Las solicitudes de permiso y prestaciones parentales se presentan en el Centro de

    Trabajo Social regional, por lo general en el lugar de residencia permanente de la

    madre.

    Los beneficiarios tienen la obligación de avisar al empresario sobre el disfrute del

    permiso parental, normalmente 30 días antes de la fecha prevista de inicio del

  • Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión La Seguridad Social en Eslovenia

    Julio de 2012 13

    permiso. Si no pudieran hacerlo, deberán avisar al empresario en los 3 días

    posteriores al nacimiento del niño.

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    Julio de 2012 14

    Capítulo V. Prestaciones de invalidez

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de invalidez

    Puede tener derecho a la pensión de invalidez y a prestaciones del seguro de invalidez

    si se confirma la invalidez. La invalidez se produce si la reducción o pérdida de la

    capacidad para trabajar se debe a que el estado de salud ha sufrido un cambio (a

    consecuencia de un accidente o una enfermedad) y no puede restablecerse por medio

    de un tratamiento médico o la rehabilitación.

    La Comisión de Invalidez del Instituto Esloveno del Seguro de Enfermedad asigna una

    de las tres categorías de invalidez, según la capacidad para trabajar que conserve el

    asegurado:

    Primer grupo: la invalidez del asegurado hace que no sea apto para efectuar

    trabajos de producción organizados;

    Segundo grupo: la aptitud para el trabajo del asegurado se ha visto reducida, por lo

    que respecta a su profesión, en un 50 % como mínimo;

    Tercer grupo: el asegurado ya no es capaz de realizar un trabajo a tiempo

    completo, si bien puede efectuar ciertos trabajos a tiempo parcial; o bien la aptitud

    para el trabajo del asegurado se ha visto reducida, por lo que respecta a su

    profesión, en un 50 % como mínimo; o bien es capaz de trabajar a tiempo completo

    en su profesión, pero ya no es apto para el empleo que le ha sido asignado.

    Está previsto que, cada 5 años, las personas que hayan adquirido el derecho a la

    prestación por invalidez antes de la edad de 45 años deberán someterse a controles

    médicos obligatorios. También se pueden solicitar controles médicos después de los

    45 años o antes de que expire el periodo de 5 años, en función de las circunstancias

    de cada caso. Asimismo, puede darse el caso de que no se exijan controles médicos,

    incluso para una persona menor de 45 años.

    Alcance de la cobertura

    Asignación por invalidez

    El asegurado puede tener derecho a una pensión de invalidez si padece una invalidez

    de:

    categoría I;

    categoría II, no es apto para otro trabajo adecuado sin rehabilitación, y esta no se

    le ha ofrecido únicamente porque tiene más de 50 años;

    categoría II o III, si no se le ofrece ningún empleo o asignación apropiados por

    haber alcanzado la edad de 63 años (hombres) o 61 años (mujeres).

    Si la invalidez fue causada por un accidente de trabajo o una enfermedad profesional,

    el afiliado tiene derecho a una pensión de invalidez sin que se le exija acreditar un

    periodo de cotización previo. De lo contrario, el afiliado tendrá derecho a una pensión

    de invalidez únicamente si existe una determinada «densidad de seguro», concepto

    que se explica a continuación.

  • Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión La Seguridad Social en Eslovenia

    Julio de 2012 15

    Por ejemplo, el seguro debe cubrir al menos una tercera parte del periodo

    comprendido entre la fecha en la que se alcanza la edad de 20 años (o 23 o 26 tras la

    educación superior o universitaria) y aquella en la que se produce la invalidez. Si la

    persona discapacitada es mayor de 21 años pero aún no ha alcanzado la edad de

    30 años, únicamente se exige que el seguro cubra una cuarta parte del periodo

    comprendido entre la fecha en la que se alcanza la edad de 20 años y aquella en la

    que se produce la invalidez. Se estipulan unas condiciones más laxas si la invalidez de

    categoría I se produjo antes de alcanzar la edad de 21 años. En este caso se exige

    estar asegurado en el momento en que se manifestó la invalidez o acreditar un

    periodo mínimo de 3 meses de afiliación.

    El importe de la pensión de invalidez se determina a partir de la misma base de

    cálculo de las pensiones de vejez (salario medio en los 18 mejores años consecutivos

    después de 1970).

    El porcentaje regulador se fija teniendo en cuenta duración mínima de la afiliación

    efectiva a la pensión y la duración mínima de la afiliación añadida (ficticia) para un

    asegurado que no alcanzó la edad de jubilación (63 años para los hombres y 61 años

    para las mujeres).

    Prestaciones del seguro de invalidez

    Prestación de invalidez

    Podría otorgarse la prestación de invalidez (nadomestilo za invalidnost) a los

    asegurados que padezcan una invalidez de categoría II, tras haber alcanzado la edad

    de 50 años, o una invalidez de categoría III.

    Pensión de invalidez parcial

    Los asegurados que sufran una invalidez de categoría III tienen derecho a trabajar a

    jornada parcial y pensión de invalidez parcial si no pueden desempeñar un trabajo a

    jornada completa, o no pueden desempeñar un trabajo a jornada completa sin

    rehabilitación profesional.

    La pensión de invalidez parcial se ajusta a las horas de trabajo que el asegurado

    pueda realizar. El ajuste se aplica a la pensión de invalidez a la que el beneficiario

    tuviera derecho el día en que se produjo la invalidez. Es decir, si el asegurado trabaja

    4 horas al día, tendrá derecho al 50 % de la pensión de invalidez, si trabaja 5 horas al

    día, tendrá derecho al 37,50 %, si trabaja 6 horas al día, tendrá derecho al 25 % y si

    trabaja 7 horas al día, tendrá derecho al 12,5 %.

    Subsidio de invalidez

    El subsidio de invalidez (invalidnina) es una prestación mensual en metálico destinada

    al asegurado o al pensionista como consecuencia de una discapacidad física aparecida

    mientras se está asegurado o se es beneficiario de la pensión. No es necesario que la

    discapacidad haya causado la invalidez.

    El importe del subsidio de invalidez depende de la causa de la discapacidad física y del

    grado de discapacidad (existen ocho grados). Si fue causada por una enfermedad o

    una lesión no relacionada con el trabajo, el grado de discapacidad deberá ser del 50 %

    como mínimo para tener derecho a un subsidio de invalidez. Es necesario acreditar el

    mismo periodo de seguro que en el caso de la pensión de invalidez.

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    Julio de 2012 16

    Rehabilitación profesional

    El empresario organiza los cuidados de rehabilitación profesional en cooperación con el

    Instituto Esloveno del Seguro de Enfermedad, que además corre con los gastos. La

    prestación de rehabilitación profesional (nadomestilo za čas poklicne rehabilitacije) se

    concede por el periodo comprendido entre el nacimiento del derecho a rehabilitación

    profesional y la terminación de la rehabilitación.

    ¿Cómo se accede a las prestaciones de invalidez?

    Los médicos especialistas o las comisiones de invalidez, en primera y segunda

    instancia, evalúan la pérdida de la capacidad laboral o el grado que se conserva, la

    discapacidad física y la necesidad de percibir otras prestaciones de invalidez. Los

    comités de expertos y las comisiones de invalidez son organismos especializados del

    Instituto Esloveno del Seguro de Enfermedad.

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    Julio de 2012 17

    Capítulo VI. Pensiones y prestaciones de vejez

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de vejez

    Pensiones de jubilación

    El derecho a la pensión de vejez depende de la edad y el sexo del asegurado y del

    periodo de cotizaciones efectivo al seguro de invalidez. El asegurado adquiere el

    derecho a la pensión de vejez:

    a la edad de 58 años si la duración mínima de la afiliación al seguro de vejez ha sido

    de 40 años (hombres) o 38 años (mujeres). Estas condiciones mínimas para las

    mujeres serán de aplicación tras un periodo de transición que finalizará en 2014; o

    a la edad de 63 años (hombres) o 61 años (mujeres) si la duración mínima de la

    afiliación al seguro de vejez ha sido de 20 años, o

    a la edad de 65 años (hombres) o 63 años (mujeres) si han cotizado durante

    15 años al seguro de vejez.

    La duración mínima de la afiliación al seguro de vejez incluye periodos no

    contributivos acreditados, por ejemplo estudios universitarios y de posgrado

    completados, servicio militar, formación para unidades de policía auxiliar, o periodo de

    tiempo inscrito en la Oficina de Empleo. Al margen de estos periodos, el periodo de

    seguro solo cubre los periodos durante los cuales se hayan satisfecho las cotizaciones.

    La edad mínima de jubilación puede revisarse a la baja en determinados casos. Por

    ejemplo, puede revisarse a la baja para un determinado periodo de crianza de un hijo,

    o para las trabajadoras por cuenta ajena de entre 15 y 18 años. Por consiguiente, la

    edad mínima de jubilación es de 55 años para las mujeres y de 58 años para los

    hombres.

    Alcance de la cobertura

    Pensiones de jubilación

    El importe de una pensión de vejez se calcula como porcentaje de la base de cálculo

    de la pensión. La base de cálculo tiene en cuenta los 18 años de cotización

    consecutivos a partir de 1970 que proporcionen la pensión más favorable para el

    asegurado. Se fijan las bases de cálculo tanto de la pensión mínima como de la

    pensión máxima.

    El porcentaje varía en función del sexo, siendo ligeramente superior para las mujeres

    que para los hombres, y de la duración del periodo de prestaciones. Por ejemplo, para

    las personas cuya duración mínima de la afiliación a la pensión haya sido de 40 años

    (hombres) o 38 años (mujeres), la pensión de vejez asciende al 72,5 % de la base de

    cálculo de la pensión.

    No existe un porcentaje superior. De hecho, se anima a los asegurados a que trabajen

    más tiempo y aplacen la fecha de su jubilación. Si el asegurado trabaja más allá del

    periodo reglamentario (40 o 38 años) o se jubila después de haber alcanzado la edad

    reglamentaria (63 años para los hombres y 61 años para las mujeres), se le concede

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    Julio de 2012 18

    una prima de cálculo de la pensión (un determinado porcentaje adicional). También

    puede aplicarse una reducción (malus), si el asegurado se jubila antes de haber

    alcanzado la edad reglamentaria de jubilación.

    Pensión parcial

    Si el asegurado ya ha cumplido las condiciones necesarias para percibir una pensión

    de vejez, tiene derecho a una pensión parcial. No puede ejercer un trabajo por cuenta

    ajena (ni realizar actividades autónomas) durante más de la mitad del periodo

    reglamentario. Independientemente de la reducción que se aplique, la pensión parcial

    siempre equivale a la mitad de la pensión de vejez a la que habría tenido derecho en

    caso de haberse jubilado completamente.

    Suplemento anual

    Los pensionistas tienen derecho a un suplemento anual (letni dodatek) consistente en

    una cantidad fija única que se concede por dos importes distintos dependiendo del

    importe de la pensión. Dicho suplemento es ligeramente superior para las personas

    con pensiones algo más bajas.

    ¿Cómo se accede a las prestaciones de vejez?

    Las solicitudes deben presentarse en la sucursal de la Oficina del Seguro de Pensión

    de Invalidez de Eslovenia del lugar donde haya estado afiliado la última vez.

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    Julio de 2012 19

    Capítulo VII. Prestaciones de supervivientes

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de supervivientes

    Para tener derecho a la pensión de supervivientes deben cumplirse determinadas

    condiciones generales y particulares. Las condiciones generales guardan relación con

    el asegurado fallecido y las particulares con el cónyuge viudo u otros miembros de la

    familia.

    Condiciones generales relativas al difunto:

    Los familiares del difunto pueden tener derecho a una pensión de superviviente si el

    fallecido:

    completó al menos 5 años de periodos de afiliación o al menos 10 años de duración

    mínima de la afiliación al seguro de vejez (incluidos los periodos no contributivos

    acreditados),

    cumplió las condiciones exigidas para beneficiarse de una pensión de vejez o una

    pensión de invalidez, o

    ya disfrutaba de una pensión de vejez o de invalidez u otras prestaciones por razón

    de invalidez.

    Condiciones particulares aplicables a la pensión de viudedad

    Pueden tener derecho a una pensión de viudedad (vdovska pokojnina) los siguientes

    familiares: el cónyuge supérstite, la pareja de hecho (si la cohabitación duró 3 años

    como mínimo, o 1 año como mínimo si hay un hijo en común) y el cónyuge divorciado

    que reciba una pensión alimenticia.

    Pueden beneficiarse de dicha pensión si:

    han alcanzado una determinada edad, por ejemplo 53 años. Si solo se han cumplido

    48 años, el pago se aplaza hasta la edad de 53 años (se revisan las edades a la baja

    si el viudo o la viuda no estuvieran cubiertos en el momento del fallecimiento del

    asegurado),

    están en estado de incapacidad laboral total o han quedado incapacitados en el

    plazo de un año tras el fallecimiento, independientemente de la edad, o

    han quedado al cargo de un niño que tiene derecho a percibir una pensión familiar

    (družinska pokojnina) y tiene la obligación de mantener al niño, o ese niño ha

    nacido como máximo 300 días después del fallecimiento.

    Condición particular aplicable a la pensión familiar

    Tras el fallecimiento del asegurado, el derecho a la pensión familiar (družinska

    pokojnina) se concede a:

    los hijos (nacidos dentro o fuera del matrimonio, o adoptivos);

    los hijastros, nietos y otros menores huérfanos mantenidos por el fallecido;

    los progenitores (padres y padres políticos) y padres adoptivos cuyo mantenimiento

    aseguraba el fallecido en el momento de su fallecimiento;

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    Julio de 2012 20

    los hermanos mantenidos por el fallecido y que no disponen de medios de

    subsistencia propios.

    Los menores tienen derecho a recibir pensión de superviviente hasta la edad de

    15 años o hasta que finalicen los estudios (deberán demostrarlo con el certificado de

    escolarización correspondiente) y como máximo hasta la edad de 26 años. Los

    menores que estén completamente incapacitados para el trabajo hasta la edad en que

    adquieran derecho a percibir la pensión de superviviente tienen derecho a esta

    pensión mientras dure la incapacidad.

    Los padres cuyo mantenimiento aseguraba el fallecido en el momento de fallecer

    tienen derecho a una pensión familiar si han alcanzado la edad de 58 años o bien si

    están afectados por una incapacidad total para trabajar.

    Los hermanos del asegurado fallecido cuyas necesidades atendía éste al fallecer

    tendrán derecho a percibir una pensión familiar si satisfacen las condiciones fijadas

    para los menores o para los progenitores del asegurado fallecido.

    Auxilio por defunción y reembolso de los gastos funerarios

    Se trata, en ambos casos, de derechos del seguro de enfermedad obligatorio, y están

    garantizados siempre que se acredite un determinado periodo de cotización. No

    pueden ejercerse transcurridos más de 6 meses del fallecimiento.

    El auxilio por defunción (posmrtnina) es una prestación que consiste en el pago de

    cantidad fija única que se concede a los familiares del fallecido, cuyo mantenimiento

    aseguraba este. Se parte del supuesto de que el fallecido atendía las necesidades del

    beneficiario si estaba cubierto por el seguro de enfermedad obligatorio como familiar

    del fallecido. Los gastos funerarios (pogrebnina) se reembolsan (parcialmente) a la

    persona que se ha hecho cargo de los gastos de sepelio del asegurado fallecido.

    Alcance de la cobertura

    Pensión de viudedad

    La pensión de viudedad asciende al 70 % de la pensión del fallecido (de vejez o de

    invalidez) o de la pensión a la que el fallecido habría tenido derecho en el día de su

    fallecimiento.

    El viudo o la viuda que tenga derecho a percibir su propia pensión puede beneficiarse,

    además, del 15 % de la pensión de viudedad hasta determinada cuantía. El importe de

    ambas pensiones no puede superar el de una pensión de vejez calculada para un

    hombre a partir de la base de cálculo más alta correspondiente a un periodo de

    cotización de 40 años.

    Si el viudo o la viuda tuvieran derecho a una pensión de entre varias posibles, podrán

    elegir la pensión más favorables (es decir, la más elevada).

    Se aplican las mismas reglas a un cónyuge divorciado que tuviera derecho a una

    pensión alimenticia del fallecido hasta su fallecimiento. Si el fallecido hubiera contraído

    matrimonio nuevamente pero siguiera manteniendo a su anterior cónyuge, el último

    cónyuge y los demás ex cónyuges serían tratados como cobeneficiarios.

    Pensión familiar

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    Julio de 2012 21

    El porcentaje de la pensión familiar varía en función del número de personas con

    derecho a prestación, de la siguiente manera:

    en el caso de un único miembro asciende al 70 % de la pensión del fallecido,

    en el caso de dos miembros asciende al 80 %,

    en el caso de tres miembros asciende al 90 %, y

    en el caso de cuatro o más miembros, la pensión familiar asciende al 100 % de la

    pensión del fallecido en el momento de su fallecimiento.

    Cada niño que ha sufrido la pérdida de padre y de madre tiene derecho, además de a

    la pensión familiar de uno de los progenitores, al 30 % de la base de cálculo de la

    pensión del otro (hasta un determinado límite). No obstante, el importe de las sumas

    para todos los niños no podrá superar el 100 % de las bases de cálculo de la pensión

    del otro progenitor.

    Indemnización

    El viudo o la viuda que no cumpla las condiciones relativas a la pensión de viudedad y

    que no trabaje por cuenta ajena ni propia y que, por tanto, no esté asegurado con

    arreglo al régimen obligatorio, tiene derecho a una indemnización (odpravnina) de seis

    sumas mensuales equivalentes a lo que habría recibido en caso de haber podido

    beneficiarse de la pensión de viudedad.

    Subsidio de mantenimiento

    Puede solicitarse el subsidio de mantenimiento (oskrbnina) una vez que se haya

    agotado el derecho a indemnización, para asegurarse unos recursos mínimos.

    ¿Cómo se accede a las prestaciones de superviviente?

    Las solicitudes deben presentarse en la sucursal de la Oficina del Seguro de Pensión

    de Invalidez de Eslovenia donde el fallecido haya estado afiliado la última vez.

    El auxilio por defunción y el reembolso de los gastos funerarios deben solicitarse en la

    sucursal local del Instituto Esloveno del Seguro de Enfermedad. También puede

    solicitar el reembolso de los gastos funerarios la institución pública que se ha ocupado

    del funeral en caso de que haya firmado un convenio con el Instituto Esloveno del

    Seguro de Enfermedad.

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    Julio de 2012 22

    Capítulo VIII. Prestaciones de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

    No hay un régimen de la Seguridad Social específico que cubra los accidentes de

    trabajo y las enfermedades profesionales. Estos riesgos están cubiertos por el seguro

    de enfermedad obligatorio, en caso de incapacidad temporal para trabajar, y por el

    seguro de pensión de invalidez obligatorio, en caso de invalidez o fallecimiento del

    asegurado.

    Por accidentes de trabajo se entiende aquellos que se producen a causa o en el

    transcurso de la actividad laboral, incluyendo el desplazamiento entre los lugares de

    residencia y de trabajo. Existe una lista de enfermedades profesionales, y si la

    enfermedad no figura en dicha lista, no se considera una enfermedad profesional.

    Alcance de la cobertura

    En caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, el seguro de enfermedad

    obligatorio cubre todos los gastos de tratamiento médico crítico y rehabilitación

    médica. No se exige copago al asegurado.

    Si la incapacidad temporal no ha sido causada por un accidente de trabajo o una

    enfermedad profesional, la prestación de enfermedad en metálico abonada, en un

    primer momento, por el empresario y, posteriormente, por el Instituto Esloveno del

    Seguro de Enfermedad ascenderá al 100 % de la base de cálculo. Además, el

    asegurado cobrará igualmente la prestación una vez extinguido el contrato de trabajo

    hasta que haya recuperado la capacidad laboral.

    En caso de invalidez causada por un accidente de trabajo o una enfermedad

    profesional, no se exige haber suscrito previamente un seguro para tener acceso a

    una pensión de invalidez o un subsidio de invalidez. Además, se acepta un grado

    inferior de discapacidad física (30 %) para permitir el mantenimiento del derecho a un

    subsidio de invalidez.

    No solo el acceso es más favorable, sino también el alcance de las prestaciones. Por

    ejemplo, la pensión de invalidez se calcula como si se hubiera cumplido el periodo

    reglamentario de trabajo (40 años para los hombres y 38 años para las mujeres), y el

    subsidio de invalidez es más elevado.

    En el caso de fallecimiento por accidente de trabajo o enfermedad profesional, para

    tener derecho a la pensión de superviviente no se exige una duración mínima de la

    afiliación, que de otro modo tendría que completar el fallecido asegurado.

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    Julio de 2012 23

    ¿Cómo se accede a las prestaciones de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales?

    El médico personal elegido es el encargado de proporcionar la asistencia sanitaria, o

    bien cualquier otro médico si se requiere un tratamiento médico de urgencia.

    Corresponde al empresario pagar la prestación de enfermedad en metálico (y, para

    cualquier periodo superior a 30 días que se precise, corresponde al Instituto Esloveno

    del Seguro de Enfermedad reembolsarla).

    Las prestaciones en caso de invalidez o fallecimiento del asegurado deben solicitarse

    en la sucursal de la Oficina del Seguro de Pensión de Invalidez de Eslovenia donde el

    fallecido haya estado afiliado la última vez. La Comisión de Invalidez competente se

    encarga de evaluar el grado de invalidez o discapacidad.

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    Julio de 2012 24

    Capítulo IX. Prestaciones familiares

    Nacimiento del derecho a las prestaciones familiares

    Las prestaciones familiares consisten en prestaciones en metálico que se abonan por

    nacimiento de hijos, prestaciones para la crianza ulterior de los hijos y prestaciones

    especiales para hijos discapacitados.

    Prestación parental

    La prestación parental (starševski dodatek) es una ayuda económica que se concede a

    los padres que no tienen derecho a las prestaciones parentales del régimen del seguro

    de protección parental.

    La prestación parental se abona durante un año desde la fecha de nacimiento del niño.

    Por regla general, la madre tiene derecho a esta prestación durante los 77 primeros

    días posteriores al parto. En casos excepcionales, el padre (u otras personas) puede

    ejercer el derecho a la prestación parental durante los 77 primeros días posteriores al

    parto.

    Transcurridos 77 días, puede ejercer el derecho cualquiera de los padres, mediante

    acuerdo por escrito. El derecho a percibir la prestación está supeditado a la condición

    de que ambas personas, es decir el padre o la madre (o un tercero que mantenga al

    niño) y el propio niño, sean ciudadanos de la UE y tengan residencia permanente en

    Eslovenia. Además, no se permite la acumulación con otras prestaciones.

    Asignación por nacimiento de hijos

    La asignación por nacimiento de hijos (pomoč ob rojstvu otroka) es una prestación

    única destinada a la adquisición de la canastilla del recién nacido cuyo padre o madre

    resida de forma permanente en Eslovenia.

    Prestación por hijos a cargo

    La prestación por hijos a cargo (otroški dodatek) garantiza a los padres o al menor

    una prestación complementaria para la alimentación, la crianza y la formación. Su

    concesión está sujeta a la condición de que los ingresos por miembro de la familia

    sean inferiores al 64 % del salario medio nacional en Eslovenia. Además, se exige que

    la residencia del niño esté fijada en Eslovenia.

    El derecho a la prestación por hijos a cargo se le concede a uno de los progenitores

    por un hijo menor de 18 años

    Asignación por familia numerosa

    La asignación por familia numerosa (dodatek za veliko družino) (es decir, una familia

    compuesta por tres o más hijos menores de 18 años o bien menores de 26 años si son

    alumnos de la escuela primaria, secundaria, aprendices o están matriculados en un

    ciclo de estudios universitarios) es una prestación de carácter anual destinada a las

    familias con mayor número de hijos y con ingresos medios mensuales por persona no

    superiores al 64 % del salario medio neto. El derecho a la asignación por familia

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    Julio de 2012 25

    numerosa se le concede a uno de los padres, siempre que resida de forma

    permanente en el mismo hogar que sus hijos.

    Asignación por el cuidado de menores

    La asignación por el cuidado de menores (dodatek za nego otroka, ki potrebuje

    posebno nego in varstvo) es una prestación en metálico destinada a cubrir parte de

    los gastos en que debe incurrir una familia con un niño que necesita recibir cuidados

    especiales.

    El derecho a esta asignación se otorga a uno de los padres, siempre que el hijo sea

    ciudadano esloveno (o de la UE) y tenga su residencia permanente en Eslovenia. Su

    concesión requiere la aprobación de una comisión médica especial y se extiende hasta

    que el hijo alcance la edad de 18 años o sea alumno de la escuela primaria,

    secundaria, aprendiz o esté matriculado en un ciclo de estudios universitarios. Esta

    asignación se abona a título excepcional por niños que estén al cuidado de otras

    personas, por ejemplo, cuando estén escolarizados o vivan en una familia de acogida.

    Pago parcial por pérdida de ingresos

    El pago parcial por pérdida de ingresos (delno plačilo za izgubljeni dohodek) es una

    asignación personal que se otorga a uno de los progenitores cuando finaliza su

    contrato de trabajo o cuando se ve obligado a trabajar a tiempo parcial para atender y

    criar a un hijo afectado de graves problemas de desarrollo mental o de una

    discapacidad motriz grave. Las condiciones de acceso a esta asignación son que el hijo

    y el progenitor tengan su residencia permanente en Eslovenia y sean ciudadanos de la

    UE.

    Alcance de la cobertura

    La prestación parental es una ayuda económica mensual a tanto alzado, que asciende

    al 55 % del salario mínimo (es decir, 196,49 EUR).

    La asignación por nacimiento de hijos equivale al 65 % del salario mínimo (es decir,

    280,75 EUR). En lugar de la asignación por nacimiento de hijos los progenitores

    pueden optar a una canastilla (paquete de productos para el recién nacido) con un

    valor equivalente.

    El importe de la prestación por hijos a cargo depende de los ingresos familiares (a

    menores ingresos, mayor importe de la prestación) y del número de hijos en la

    familia. El importe se incrementa en un 10 % adicional para las familias

    monoparentales y en un 20 % para los niños en edad preescolar que no van a la

    guardería.

    La asignación por familia numerosa asciende a 393,46 EUR para una familia con tres

    hijos. Es mayor para familias con cuatro hijos o más (479,83 EUR).

    El importe mensual de la asignación por el cuidado de menores asciende a

    101,05 EUR. El importe se duplica (202,17 EUR) en caso de hijos con graves

    problemas de desarrollo mental o afectados por una discapacidad motriz grave.

    El importe mensual del pago parcial por pérdida de ingresos equivale al salario mínimo

    (748,10 EUR, o 572,27 EUR una vez deducidos los impuestos y abonadas las

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    Julio de 2012 26

    cotizaciones). Si uno de los padres empieza a trabajar a tiempo parcial le

    corresponderá una parte proporcional de la prestación.

    ¿Cómo se accede a las prestaciones familiares?

    Las solicitudes de prestaciones familiares se presentan en el Centro de Trabajo Social

    regional. El beneficiario debe hacer valer su derecho a la prestación parental 30 días

    antes de la fecha prevista de parto o, como máximo, 30 días después del nacimiento.

    El derecho a la asignación por nacimiento de hijos debe ejercerse como máximo

    60 días después del parto, o ya no será posible acceder a la ayuda.

    La prestación por hijos a cargo la puede solicitar el propio hijo si tiene 18 años o más.

    En este caso se abona el importe correspondiente al primer hijo, independientemente

    del número real de hijos en la familia. El derecho se concede por un periodo de un año

    y debe ejercerse en los 90 días siguientes al nacimiento del niño. Pasado este plazo,

    solo puede solicitarse la prestación a partir del primer día del mes posterior a la

    presentación de la solicitud. Si el derechohabiente tiene intención de beneficiarse de la

    prestación por hijos de forma ininterrumpida deberá presentar una nueva solicitud

    durante el último mes en que la decisión de conceder esta prestación esté en vigor.

    La asignación por familia numerosa debe solicitarse como máximo el día 15 de julio de

    cada año; con posterioridad a esta fecha no será posible obtener la ayuda. El Centro

    de Trabajo Social puede concederla de oficio, si la familia tiene derecho a una

    prestación por hijos a cargo.

    La asignación por el cuidado de menores debe solicitarse dentro del plazo de 90 días

    posteriores al nacimiento. En caso de no hacerlo, se otorga a partir del primer día del

    mes posterior a la presentación de la solicitud.

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    Julio de 2012 27

    Capítulo X. Desempleo

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de desempleo

    Las prestaciones de desempleo (nadomestilo za primer brezposelnosti) pueden

    otorgarse a los trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia que tengan la

    obligación de suscribir el seguro contra el riesgo de desempleo. La entrada en

    situación de desempleo ha de ser por voluntad ajena; no puede ser causada por culpa

    del asegurado.

    El asegurado debe cumplir además las siguientes condiciones:

    haber tenido un contrato de trabajo durante al menos 9 meses en el transcurso de

    los 24 últimos meses,

    aceptar un empleo adecuado (si existe un empleo que se adapte a su situación, no

    se concede la prestación de desempleo); transcurrido un determinado periodo,

    también debe aceptar un empleo de un nivel de formación inferior, además del

    empleo que se adapte a su situación;

    inscribirse en la Oficina Eslovena de Empleo en un plazo de 30 días tras la extinción

    de la relación laboral;

    ser apto para el trabajo;

    buscar empleo de forma activa;

    tener entre 15 y 65 años de edad.

    Alcance de la cobertura

    La prestación de desempleo se calcula sobre la base del salario mensual medio (sin

    límite máximo e incluyendo las prestaciones de sustitución de ingresos) recibido

    durante los últimos 12 meses anteriores a la expiración de un contrato de trabajo.

    Durante los 3 primeros meses, la prestación de desempleo asciende al 80 % de la

    base de cálculo. Entre el cuarto y el décimo segundo mes, asciende al 60 % de la base

    de cálculo y al 50 % de ahí en adelante. Esta prestación económica no puede ser

    inferior a 350 EUR ni superior a 892,50 EUR.

    La duración de la prestación de desempleo varía en función del periodo de afiliación al

    seguro de desempleo. Se concede durante:

    3 meses por un periodo de alta de 9 meses a 5 años;

    6 meses por un periodo de alta de 5 a 15 años;

    9 meses por un periodo de alta de 15 a 25 años;

    12 meses por un periodo de alta de más de 25 años;

    19 meses para los asegurados mayores de 50 años que hayan cumplido un periodo

    de alta de más de 25 años;

    25 meses para los asegurados mayores de 55 años que hayan cumplido un periodo

    de alta de más de 25 años

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    Julio de 2012 28

    Además, la Oficina Eslovena de Empleo paga las cotizaciones del seguro de pensión y

    de invalidez durante un máximo de 1 año hasta que se cumplan los requisitos

    necesarios para jubilarse.

    Las personas que perciben prestaciones de desempleo están cubiertas por los

    regímenes de protección social, es decir, el seguro de pensión de invalidez obligatorio,

    el seguro de enfermedad obligatorio, el seguro de protección parental y el seguro de

    desempleo.

    ¿Cómo se accede a las prestaciones de desempleo?

    Las prestaciones de desempleo se solicitan en la sucursal de la Oficina Eslovena de

    Empleo. El asegurado percibe la prestación a partir del primer día tras la extinción de

    la relación laboral.

    Si la persona desempleada se inscribe en la Oficina de Empleo después del plazo

    indicado, su derecho a la prestación económica se verá reducido en proporción al

    retraso.

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    Julio de 2012 29

    Capítulo XI. Recursos mínimos

    Nacimiento del derecho a prestaciones relativas a los recursos

    mínimos

    Todos los residentes permanentes que carezcan de medios suficientes (cuyos bienes e

    ingresos sean inferiores a un determinado umbral) por motivos objetivos pueden tener

    derecho a una ayuda económica social (denarna socialna pomoč).

    Subsidio complementario

    El subsidio complementario (varstveni dodatek) es una asignación mensual en

    metálico, calculada a partir de los recursos, procedente del régimen de asistencia

    social. Se concede a personas desempleadas con carácter permanente (trajno

    nezaposljive osebe), personas incapaces de trabajar con carácter permanente (osebe,

    trajno nezmožne za delo) o personas mayores de 63 años para mujeres y 65 para

    hombres.

    Subsidio de mantenimiento

    Puede solicitarse el subsidio de mantenimiento (oskrbnina) una vez que se haya

    agotado el derecho a la indemnización). El viudo o la viuda deben inscribirse en la

    oficina de empleo en los 30 días posteriores a esa fecha y cumplir las condiciones que

    permiten beneficiarse del subsidio complementario. Por consiguiente, este subsidio de

    mantenimiento también es una prestación calculada en función de los recursos.

    Alcance de la cobertura

    El importe de la ayuda económica social se determina en función del nivel de

    subsistencia, y depende de los ingresos mínimos (minimalni dohodek) (los ingresos

    mínimos básicos están fijados actualmente en 260 EUR). Los ingresos mínimos

    familiares se determinan en función de la estructura familiar.

    El importe de la ayuda económica social se calcula como la diferencia entre los

    ingresos mínimos (de la persona o la familia) y los ingresos efectivos (de la persona o

    la familia). La ayuda no puede concederse por más de 3 meses cuando se otorga por

    primera vez, pero, transcurrido este plazo, su concesión puede prolongarse durante

    6 meses mientras no se hayan producido cambios de situación. En casos especiales

    (personas mayores de 63 años para mujeres y 65 años para hombres u otras

    circunstancias pertinentes), la ayuda puede concederse durante un máximo de

    12 meses. Se otorga una ayuda económica social permanente a las personas que

    cumplen las condiciones establecidas para percibir el subsidio complementario.

    El subsidio complementario se determina calculando la diferencia entre la ayuda

    económica social (o los ingresos reales) y el umbral establecido. El umbral se calcula

    sumando un porcentaje determinado (73 % para el primer adulto y 36 % para el

    segundo) al porcentaje de la ayuda económica social.

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    Julio de 2012 30

    El importe del subsidio de mantenimiento equivale al de la pensión de viudedad que el

    beneficiario habría percibido en caso de haber podido beneficiarse de esta. No puede

    superar el nivel o la duración establecida (24 meses).

    ¿Cómo se accede a las prestaciones de recursos mínimos?

    La ayuda económica social y el subsidio complementario pueden solicitarse en el

    Centro de Trabajo Social. Las solicitudes pueden presentarse a través de un formulario

    especial. Los centros recopilan información, incluso información considerada

    confidencial, directamente del interesado y ex officio de bases de datos mantenidas

    por los organismos y organizaciones competentes.

    El subsidio de mantenimiento debe solicitarse en la oficina local de la Oficina del

    Seguro de Pensión de Invalidez de Eslovenia. El subsidio de mantenimiento se indexa

    y abona del mismo modo que las pensiones.

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    Julio de 2012 31

    Capítulo XII. Dependencia

    Nacimiento del derecho a las prestaciones de dependencia

    No existe un régimen especial de ayuda o seguro de dependencia en Eslovenia. No

    obstante, la persona que dependa de los cuidados de un tercero y que necesite

    asistencia de manera permanente y ayuda para realizar las actividades de la vida

    diaria podrá tener derecho a determinadas prestaciones de diversos regímenes de la

    Seguridad Social. Por ejemplo, existen derechos especiales en el seguro de pensión de

    invalidez obligatorio, el seguro de enfermedad obligatorio, el seguro de protección

    parental y los regímenes de asistencia social.

    Asignación de ayudas y servicios asistenciales

    Pueden solicitar la asignación de ayudas y servicios asistenciales (dodatek za pomoč in

    postrežbo) los pensionistas (beneficiarios de pensiones de vejez, invalidez, viudedad o

    familiar) y otros asegurados en situaciones especiales, siempre que residan de forma

    permanente en Eslovenia y necesiten ayuda constante para satisfacer sus necesidades

    básicas. También puede concederse esta prestación a los beneficiarios de una ayuda

    económica social.

    Prestación de invalidez

    La prestación de invalidez (nadomestilo za invalidnost) está concebida para prestar

    protección social a personas con discapacidad, como trastornos del desarrollo mental

    moderados o graves y personas con discapacidad física incapaces de vivir y trabajar

    de forma independiente.

    Suplemento para cuidados y asistencia

    Pueden solicitar el suplemento para cuidados y asistencia (dodatek za tujo nego in

    pomoč) las personas discapacitadas que perciben un subsidio de invalidez y no puedan

    beneficiarse de una pensión del seguro de pensión de invalidez obligatorio. Para poder

    percibir esta prestación en metálico hay que demostrar que se requiere la ayuda de un

    tercero para todas (o la mayoría de) las necesidades diarias.

    Asignación por el cuidado de menores

    La asignación por el cuidado de menores (dodatek za nego otroka, ki potrebuje

    posebno nego in varstvo) es una de las diferentes prestaciones familiares. Está

    destinada a compensar los gastos adicionales a los que se enfrentan las familias que

    tienen un hijo con necesidades particulares.

    Pago parcial por pérdida de ingresos

    El pago parcial por pérdida de ingresos (delno plačilo za izgubljeni dohodek) es otra de

    las prestaciones familiares. Se abona a uno de los progenitores que ha dejado su

    trabajo para cuidar de un hijo con necesidades particulares.

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    Julio de 2012 32

    Prestaciones en especie

    El tratamiento hospitalario prolongado es una de las prestaciones de dependencia en

    especie que ofrece el seguro de enfermedad obligatorio. También ofrece apartados

    médicos (artículos ortopédicos, audífonos y otros equipos destinados a la asistencia a

    domicilio, como camas especiales, equipo médico de higiene, etc.). Los gastos de

    asistencia sanitaria están cubiertos al 100% (sin copago del asegurado) en casos

    como el de niños discapacitados, algunos adultos discapacitados y personas mayores

    de 75 años de edad.

    La asistencia residencial es un servicio social que se presta, por ejemplo, a las

    personas mayores. La persona que tenga derecho a la asistencia residencial tiene,

    asimismo, la posibilidad de beneficiarse de la ayuda de un asistente de familia

    (družinski pomočnik). El Centro de Trabajo Social competente asigna un asistente de

    familia a las personas discapacitadas que necesitan ayuda para realizar todas las

    actividades de la vida cotidiana, y perciben un pago parcial por pérdida de ingresos.

    También se ofrecen servicios para prestar asistencia en el domicilio del beneficiario

    (asistencia a domicilio).

    Alcance de la cobertura

    Se concede la asignación de ayudas y servicios asistenciales a los invidentes o las

    personas con insuficiencia visual, las personas con un grado de movilidad reducida de

    al menos el 70 %, y las personas que necesitan supervisión constante si, debido a que

    su estado de salud se ha visto afectado de manera permanente, no pueden satisfacer

    todas o la mayoría de sus necesidades básicas, al no poder desplazarse, comer sin

    ayuda de alguien, vestirse y desvestirse u ocuparse de su higiene personal, ni realizar

    otras tareas básicas esenciales para vivir.

    Se concede un suplemento para cuidados y ayuda a las personas discapacitadas que

    son incapaces de realizar todas o la mayoría de las funciones vitales básicas, al

    requerir la ayuda constante de un tercero.

    La asignación por el cuidado de menores es una prestación en metálico para hijos que

    necesitan cuidados y protección especiales y está destinada a cubrir los gastos en los

    que la familia incurra para cuidar y proteger a dicho hijo. El derecho se ejerce sobre la

    base del dictamen de un tribunal médico. Esta asignación no es aplicable en casos en

    los que el hijo se encuentra recluído en una institución en la que recibe cuidados

    continuos gratuitamente.

    Un pago parcial por pérdida de ingresos mensual compensa la pérdida de ingresos de

    uno de los progenitores dedicado al cuidado y la protección de un hijo que padece una

    discapacidad física o mental grave. Esto es así cuando el progenitor deja de trabajar o

    sigue trabajando a jornada parcial. El importe de este pago es equivalente al salario

    mínimo. Si uno de los progenitores trabaja a jornada parcial, tiene derecho a un

    porcentaje de esta prestación.

    A la hora de conceder prestaciones en especie, los derechohabientes son tratados en

    función de sus necesidades individuales. El tipo de asistencia institucional (asistencia

    de nivel I, II, IIIA, IIIB y IV) depende de las necesidades individuales. Por ejemplo, la

    asistencia de nivel I implica que la persona necesita ayuda en un grado muy limitado

    (principalmente, ayuda y cuidados sociales muy básicos), mientras que la asistencia

    de nivel IV está destinada a las personas con problemas mentales graves y de larga

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    Julio de 2012 33

    duración, como la demencia, que necesitan cuidados más o menos constantes y

    especiales.

    ¿Cómo se accede a las prestaciones de dependencia?

    Las prestaciones se conceden en cuanto se ha establecido la necesidad de asistencia.

    Las evaluaciones corren a cargo de expertos (comisiones de invalidez, médicos y otros

    expertos). La Comisión de Invalidez está integrada por médicos, expertos

    competentes para evaluar el grado de dependencia, sobre todo en el ámbito de la

    asistencia, y otros expertos de la Seguridad Social.

    Las prestaciones se abonan mientras persista la dependencia y se cumplan todas las

    demás condiciones (por ejemplo, la edad de un hijo).

    La asignación de ayudas y servicios asistenciales se solicita en la oficina local de la

    Oficina del Seguro de Pensión de Invalidez de Eslovenia, o bien en el Centro de

    Trabajo Social si se solicita como suplemento a la ayuda económica social.

    La mayoría de las otras prestaciones deben solicitarse en el Centro de Trabajo Social

    local, por ejemplo, la asignación por el cuidado de menores, el pago parcial por

    pérdida de ingresos o el asistente de familia.

    Corresponde al médico del hospital determinar si se tiene derecho a tratamiento

    hospitalario prolongado, y al proveedor de servicios asistenciales (o, en algunos casos,

    al Centro de Trabajo Social) si se tiene derecho a asistencia institucional.

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    Julio de 2012 34

    Anexo. Direcciones de instituciones y sitios web útiles

    Para las cuestiones de Seguridad Social que afectan a más de un país de la UE, puede

    buscar una institución de contacto en el Directorio Público de Instituciones de

    Seguridad Social Europeas que mantiene la Comisión Europea en la siguiente página:

    http://ec.europa.eu/employment_social/social-security-

    directory/welcome.seam?langId=es.

    Para obtener información más pormenorizada sobre las condiciones exigidas y las

    prestaciones personales de la Seguridad Social en Eslovenia, debe dirigirse a las

    instituciones públicas que gestionan el sistema de protección social y a los Centros de

    Trabajo Social regionales.

    Las solicitudes de información sobre la incidencia de los periodos de afiliación en dos o

    más Estados miembros sobre las prestaciones deben dirigirse a:

    Instituto Esloveno del Seguro de Enfermedad

    (Zavod za zdravstveno zavarovanje Slovenije)

    Miklošičeva 24

    1000 Ljubljana

    Tfno. +386 1 30 77 200

    Fax: +386 1 43 13 245

    Correo electrónico: [email protected]

    http://www.zzzs.si/

    Oficina del Seguro de Pensión de Invalidez de Eslovenia

    (Zavod za pokojninsko in invalidsko zavarovanje Slovenije)

    Kolodvorska 15

    1518 Ljubljana

    Tfno.: +386 1 47 45 100

    Fax: +386 1 43 21 046

    Correo electrónico: [email protected]

    http://www.zpiz.si/

    Oficina para el Empleo de la República de Eslovenia

    (Zavod Republike Slovenije za zaposlovanje)

    Rožna dolina, Cesta IX/6

    1000 Ljubljana

    Tfno. + 386 479-09-00

    Fax: + 386 479-02-62

    Correo electrónico: [email protected]

    http://www.ess.gov.si/

    Centro de Trabajo Social de Liubliana Bežigrad

    (Center za socialno delo Ljubljana Bežigrad)

    Unidad central para la Protección Parental y las Prestaciones Familiares

    Livarska 1

    1000 Ljubljana

    Tfno.: +386 1 3001 800

    Fax: +386 1 3001 830

    http://ec.europa.eu/employment_social/social-security-directory/welcome.seam?langId=eshttp://ec.europa.eu/employment_social/social-security-directory/welcome.seam?langId=esmailto:[email protected]://www.zzzs.si/mailto:[email protected]://www.zpiz.si/mailto:[email protected]://www.ess.gov.si/

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    Julio de 2012 35

    Correo electrónico: [email protected]

    http://www.csd-lj-bezigrad.si/CE.htm

    Para más información, diríjase a uno de los ministerios a cargo:

    Ministerio de Trabajo, Familia y Asuntos Sociales

    (Ministrstvo za delo, družino in socialne zadeve)

    Kotnikova 5

    1000 Ljubljana

    Tfno.: +386 1 369 76 00

    Fax: +386 1 369 76 67

    Correo electrónico: [email protected]

    https://www.mddsz.gov.si

    Ministerio de Sanidad

    (Ministrstvo za zdravje)

    Štefanova 5

    1000 Ljubljana

    Tfno.: + 386 1 478 60 91

    Fax:+ 386 1 478 60 49

    Correo electrónico: [email protected]

    http://www.mz.gov.si/

    mailto:[email protected]://www.csd-lj-bezigrad.si/CE.htmmailto:[email protected]://www.mddsz.gov.si/mailto:[email protected]://www.mz.gov.si/