INCOTERMS 2010

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Incoterms 2010

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Evolución de los Incoterms y sus características

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Incoterms 2010

NDICE

PROLOGO 2DEDICATORIA 3HITOS 4INCOTERMS 2010 5Definicin.. 5ORIGEN E IMPORTANCIA DE LOS INCOTERMS.. 6Origen. 6Importancia 7ETAPA EVOLUTIVA DE LOS INCOTERMS Y SUS CARACTERSTICAS 8PRINCIPALES CAMBIOS EN LA VERSIN DE LOS INCOTERMS 2010.10CARACTERSTICAS DE LOS INCOTERMS12LOS GRANDES PROBLEMAS REGULADOS POR LOS INCOTERMS.13La entrega de las mercancas..14La transmisin de los riesgos..14La distribucin de los gastos15Tramites documentales en fronteras.16TIPOS Y CLASIFICACIN DE LOS INCOTERMS 2010..16Tipos..16Clasificacin.17DIFERENCIAS ENTRE LOS INCOTERMS POLIVALENTE Y MARTIMOS..18INCOTERMS DAT (DELIVERY AT TERMINAL).19INCOTERMS DAP (DELIVERY AT PLACE)..20CONCEPTO DE CONTRATO Y CONTRATOS INTERNACIONALES21Contrato..21Contrato de compraventa internacional22ELEMENTOS QUE COMPONEN EL CLCULO DE PRECIOS PARA LA EXPORTACION23Costo de exportacin23Precio de exportacin25CONCLUSIN..26BIBLIOGRAFA.27

PROLOGOEste tema es ms amplio que el contenido de esta investigacin, sin embargo esta investigacin, bsicamente, es una investigacin hecha enteramente con el auxilio del Internet.Las informaciones recopiladas se encuentran en varias pginas de Internet las cuales son sealadas con el sistema de las citas a pie de pgina.Esta investigacin, encentrada en el tema del sistema INCOTERMS 2010, busca de explicar que son los INCOTERMS, su origen e importancia, su evolucin en el tiempo buscando de resolver problemticas que la evolucin del transporte ha credo en las compraventas internacionales.En esta investigacin hemos tratado de reasumir lo que son los conceptos bsicos de los nuevos INCOTERMS del 2010.

DEDICATORIALe dedico primeramente a Dios dndole gracias por darme la oportunidad de desarrollar este trabajo y aprender nuevas cosas a travs de esta materia.A mis padre porque gracias a ellos he llegado hasta donde estoy y hasta donde llegar. Gracias Seor por darme los padres que tengo por usarlo como vasija para ser bendecida por su santa gloria.A mi hermano porque siempre que quera ayuda de l siempre est dispuesto.Gracias al profesor Alexander Rivera por darnos toda esta enseanza la cual ha sido de mucho provecho ya que a travs de esto conocimiento he podido darme cuenta de que puedo desarrollarme como una buena mercadloga.Gracias a Dios por todo lo que me da en vez de pedirte solo tengo que agradecerte.

HITOSHito 1Diseo de la investigacinHito 2Bsqueda de las informaciones requeridas para estilar el temaHito 3Organizacin de la informacin recopiladaHito 4Estilizacin de la investigacin y creacin de las citas bibliogrficasHito 5Creacin del prlogo, de la presentacin y de la dedicatoriaHito 6Control final de la investigacin

INCOTERMS 2010DefinicinLos Incoterms (acrnimo del ingls INternational COmmercial TERMS, trminos internacionales de comercio) son trminos de tres letras cada uno que reflejan las normas, de aceptacin voluntaria por las dos partes, compradora y vendedora, acerca de las condiciones de entrega de las mercancas, productos. Se usan para aclarar los costes de las transacciones comerciales internacionales, delimitando las responsabilidades entre el comprador y el vendedor, y reflejan la prctica actual en el transporte internacional de mercancas.La Convencin sobre contratos para la venta internacional de mercancas de las Naciones Unidas (en ingls, CISG, U.N. Convention on Contracts for the International Sale of Goods) en su Parte III Venta de las mercancas (artculos 25-88) describe el momento en que el riesgo sobre la mercanca se transfiere del vendedor (fabricante o no) al comprador (sea este el usuario final o no), pero reconoce que, en la prctica, la mayora de las transacciones internacionales se rigen de acuerdo con las obligaciones reflejadas en los Incoterms.La CCI (Cmara de Comercio Internacional o ICC: International Chamber of Commerce) se ha encargado desde 1936 (con revisiones en 1945, 1953, 1967, 1976, 1980, 1990, 2000 y 2010) de la elaboracin y actualizacin de estos trminos, de acuerdo con los cambios que va experimentando el comercio internacional. Actualmente estn en vigor los Incoterms 2010 (desde el 1 de enero de 2011).

ORIGEN E IMPORTANCIA DE LOS INCOTERMSOrigenLas leyes propias de cada pas o unin de pases proporcionan cobertura jurdica dentro del territorio en el que han sido aprobadas, no pudiendo, no obstante, ser aplicables fuera de su dominio. Esta situacin supone la dificultad de decidir cul es la reglamentacin aplicable en un contrato de compraventa entre dos pases con legislaciones diferentes. A comienzos del siglo XX se estableci la necesidad de solventar dicha problemtica para reducir el riesgo de complicaciones legales y de esta forma facilitar el intercambio en el comercio internacional. En el marco de la Cmara de Comercio Internacional (CCI), los exportadores mundiales y el resto de los sectores comerciales aprobaron una primera normativa que posteriormente ha sido objeto de distintas revisiones: son los Incoterms, acrnimos de los trminos ingleses INternational COmercial TERMS (Trminos de Comercio Internacional). Desde su creacin en 1936, los Incoterms han sufrido diversas actualizaciones con el objetivo de mejorar y dar mayor apoyo a los comerciantes. Se han incluido constantes modificaciones para adaptarlos a las presentes prcticas comerciales y adecuarlos al desarrollo del comercio internacional. Tras las revisiones publicadas en 1953, 1967, 1976, 1980 y 1990, los Incoterms 2000 se presentan como la ltima modificacin de la norma.Los Incoterms son reglas internacionales uniformes para la interpretacin de trminos comerciales. Determinan el alcance de las clusulas comerciales incluidas en un contrato de compraventa internacional, solucionando los problemas derivados de las diversas interpretaciones que pueden darse segn los pases involucrados y reduciendo las incertidumbres derivadas de las mltiples legislaciones, usos y costumbres.[footnoteRef:1] [1: Jos Reyes Alveo, Los Icoterm, Monografias.com]

ImportanciaLa globalizacin de los mercados internacionales ha impulsado de manera dinmica la venta de mercancas en ms pases y en mayores cantidades, es as como a medida que aumenta el volumen y la complejidad de las ventas, tambin crecen las posibilidades de malentendidos y litigios costosos cuando no se especifican de forma clara y precisa las obligaciones y riesgos de las partes.Por ello, el adecuado uso y aplicacin de los Incoterms, en las transacciones internacionales propenden en gran medida por:Facilitar la gestin de toda operacin en comercio internacional, delimitar claramente las obligaciones de las partes disminuir el riesgo por complicaciones legales, y establecer unas reglas internacionales para la interpretacin de los trminos comerciales ms utilizados.La idea de lograr un lenguaje internacional para los trminos comerciales, naci en 1919. Se han modificado en la medida que el comercio y el transporte ha evolucionado. En el curso de su historia la Cmara de Comercio Internacional ha efectuado siete ajustes, el ltimo de ellos en el ao 2000.En estos ya se contemplan las transacciones comerciales a travs de la comunicacin electrnica.Los Incoterms regulan cuatro grandes problemas que soporta toda transaccin comercial:1. La entrega de la Mercanca2. Transferencia de Riesgos3. Distribucin de Gastos4. Trmites documentalesDe esta forma, en caso de conflicto quedan claramente establecidas las responsabilidades y obligaciones de las partes que intervienen en la operacin.Estas reglas son de aceptacin voluntaria por cada una de las partes y pueden ser incluidas en el contrato de compraventa internacional.[footnoteRef:2] [2: Rigoberto Hernando Olarte, Incoterms, Monorafias]

ETAPA EVOLUTIVA DE LOS INCOTERMS Y SUS CARACTERSTICASLos INCOTERMS nacen en el ao 1936, creados por la cmara de comercio internacional, con el fin de evitar litigio que se provocaban en el comercio exterior de las diferentes legislaciones de cada pas. Por no quedar claras las responsabilidades de las partes contratantes en las exportaciones e importaciones, gastos, transporte, medio de pagos.Las leyes propias de cada pas o unin de pases proporcionan cobertura jurdica dentro del territorio en el que han sido aprobadas, no pudiendo, no obstante, ser aplicables fuera de su dominio. Esta situacin supone la dificultad de decidir cul es la reglamentacin aplicable en un contrato de compraventa entre dos pases con legislaciones diferentes.No existe una norma legal que imponga el uso de los trminos, sino la simple aceptacin por parte de las partes contratante que nace de la costumbre de su uso. No es obligatorio en el comercio internacional la utilizacin de estos trminos, sin embrago si debe encontrarse dentro del contrato de compraventa internacional, los tpico o puntos fundamentales que enumeren las responsabilidades de cada parte que con perfectamente pactados en cada termino.A comienzos del siglo XX se estableci la necesidad de solventar dicha problemtica para reducir el riesgo de complicaciones legales y de esta forma facilitar el intercambio en el comercio internacional. En el marco de la Cmara de Comercio Internacional (CCI), los exportadores mundiales y el resto de los sectores comerciales aprobaron una primera normativa que posteriormente ha sido objeto de distintas revisiones: son los Incoterms, acrnimos de los trminos ingleses International Comercial Terms (Trminos de Comercio Internacional).Fue as como se logr llegar a los INCOTERMS, que reglamentaron en algn sentido las transacciones internacionales, ms all del propio contrato de transporte y seguro, que ya delimitaban en forma precisa, las responsabilidades tanto del importador como del exportador, sus obligaciones en la operacin y los riesgos transmitidos.Con el correr de los aos, los cambios en la logstica del transporte y el crecimiento tecnolgico obligaron a la ICC a revisar y modificar estos trminos en diferentes periodos 1946, 1953, 1967, 1976, 1980, 1990, 2000.Las revisiones sucesivas de los Incoterms ha sido la necesidad de adaptarlos a la prctica comercial contempornea. As, en la revisin de 1980 se introdujo el trmino Franco Transportista (ahora FCA) a fin de tratar el caso frecuente en que el punto de recepcin en el trfico martimo ya no era el tradicional punto FOB (traspasando la borda del buque) sino ms bien un punto tierra adentro, anterior a la carga a bordo del buque, cuando se estiban las mercancas en contenedores para el transporte posterior por mar o por la combinacin de diferentes modos de transporte (el llamado transporte combinado o multimodal).Posteriormente, en la revisin de los Incoterms de 1990, las clusulas que trataban de la obligacin del vendedor de proporcionar la prueba de la entrega permitan reemplazar los documentos de papel por mensajes EDI, siempre que las partes hubieran acordado comunicarse electronicamente. Huelga decir que los esfuerzos han sido constantes para mejorar la redaccin y presentacin de los Incoterms, a fin de facilitar su eficacia prctica.Sin poder solucionar problemas comunes en el uso del grupo de la F en particular el (Fob) o el grupo de la C en (Cif), fundamentalmente en las cargas unitizadas, en especial las cargas en contenedores. Es ah donde por descansar en la confianza de la otra parte contratante, la mala interpretacin de un trmino, puede ocasionar problemas, ya sea con la carga o con gastos que no fueron tenidos en cuenta a la hora de cerrar el contrato de compraventa internacional.Si observamos el trmino FOB en la versin 2000, notamos que el problema de interpretacin que en la revisin del 2010 se solucion, el problema radicaba dnde y cmo se usaba el FOB.En el caso CIF el problema radicaba y radica en qu seguro utilizar y por qu y que siempre debe tratarse del modo acutico dado que as lo determinan los documentos.De ah y con la necesidad de minimizar estos errores y adecuarse a nuevas modalidades del comercio, nace la nueva revisin de estos trminos por la ICC con una nueva versin 2010.Esta nueva versin nos presenta dos grandes grupos bien diferenciados, los utilizados para uso martimo con carga a granel y los polivalentes utilizado en el intermodalismo con la utilizacin de contenedores.PRINCIPALES CAMBIOS EN LA VERSIN DE LOS INCOTERMS 2010Las reglas Incoterms 2010 han introducido algunos cambios significativos en relacin a la versin anterior que fue la del ao 2000. Estos cambios se han realizado para adaptarse a los nuevos usos de la logstica internacional, las comunicaciones va Internet y los procedimientos de seguridad que se han instaurado en las fronteras de los pases: Mercanca en contenedores slo con Incoterms polivalentes: si la mercanca se transporta en contenedor, las reglas Incoterms 2010 establecen claramente que no deben usarse trminos martimos, aunque la entrega se realice en un puerto. La razn para no usar los Incoterms martimos con el transporte en contenedor es que, habitualmente, los contenedores se entregan en las terminales de los puertos y no cargados a bordo del buque.2 En estos casos no debe usarse FOB, CFR o CIF, sino sus equivalentes para transporte multimodal, que son, respectivamente, FCA, CPT y CIP. Transmisin del riesgo "a bordo del buque" en los Incoterms FOB, CFR y CIF: en los Incoterms 2010 cuando se utilizan los trminos martimos FOB, CFR y CIF la transmisin del riesgo se produce cuando la mercanca se "pone a bordo del buque" en el puerto de embarque, mientras que en los Incoterms 2000 el riesgo se transmite cuando la mercanca "sobrepasa la borda del buque". Informacin relacionada con la seguridad: en los Incoterms 2010 se establece la obligatoriedad del vendedor de prestar ayuda al comprador para que obtenga toda la informacin relativa a la seguridad de las mercancas o su transporte hasta el destino final. No obstante, se establece que cualquier coste derivado de la obtencin de dicha informacin ser por cuenta del comprador. mbito internacional y nacional si bien los Incoterms tienen su razn de ser en las particularidades del comercio internacional, en la versin del ao 2010 se hace referencia a su uso tambin para el comercio nacional. Este nuevo enfoque en cuanto al mbito se justifica sobre todo porque existen zonas de integracin econmica (como es el caso de la UE) que pueden llegar a tener la consideracin de mercado "nacional" al haberse suprimido las aduanas, aunque el uso de los Incoterms sigue estando plenamente justificado por la diferentes alternativas que hay en cuanto a medios de transporte y lugares de entrega.[footnoteRef:3] [3: Jos Reyes Alveo, Los Incoterms, trabajo 91, monografas.com]

CARACTERSTICAS DE LOS INCOTERMSLos aspectos ms importantes de la compraventa internacional que son tratados en los Incoterms, se refieren a: La entrega. Las condiciones de entrega de la mercadera obligan a especificar el lugar y el momento en que se verificara dicha circunstancia, evitndose establecer toda condicin que sea de difcil o imposible cumplimiento. La obligacin de entrega estar extinguida cuando el vendedor haya cumplido con todos los actos que le incumben para poner la mercadera objeto del contrato a disposicin del comprador. Sin embargo, las condiciones de entrega deben ser negociadas entre las partes. La mayor o menor experiencia en comprar o vender puede llevar al comprador a importar en condicin CIF y al vendedor a exportar en condicin FOB. Los compromisos de entrega son casi absolutos y la causal de incumplimiento por fuerza mayor sistemticamente es rechazada por los tribunales. La entrega de la mercadera y la de los documentos pertinentes estn ntimamente relacionadas, pese a efectuarse en momentos distintos. Este ltimo acto es el que extingue la obligacin de la entrega. Los riesgos.Los riesgos que corre la mercadera pueden producirse desde que se perfecciona el contrato de compraventa hasta el momento de la entrega. Las distintas clusulas que componen los Incoterms eliminan toda incertidumbre respecto al momento en que los riesgos se transmiten del vendedor al comprador. Los Incoterms brindan una solucin al respecto cuando en los contratos no se trata el tema de la transmisin de los riesgos. Los gastos. La distribucin de los gastos est especialmente tratada en los Incoterms. Es el vendedor quien debe soportar los gastos originados por la mercadera hasta el momento que, segn el contrato, se verifique la entrega de la misma. En determinadas clusulas el vendedor tambin puede tomar a su cargo los gastos de envo. Todos los dems gastos que el vendedor pueda asumir son accesorios a la operacin de entrega. Los documentos. Los Incoterms establecen disposiciones especficas en lo concerniente a la obtencin de la documentacin necesaria para la exportacin (licencias, etc.) y para el posterior despacho en destino (certificados de origen, facturas consulares, etc.). El alcance de la obligacin del vendedor vara segn el trmino utilizado. Asimismo se establece que cuando el comprador lo solicite y a su cuenta y riesgo se le preste toda la ayuda necesaria para obtener los documentos requeridos en destino y/o el trfico posterior de la mercadera.[footnoteRef:4] [4: http://www.sicex.com/contenido/ES/304/63/ ]

LOS GRANDES PROBLEMAS REGULADOS POR LOS INCOTERMSSon cuatro: 1. La entrega de las mercancas. 2. La transmisin de los riesgos.3. La distribucin de los gastos. 4. Los trmites documentales.

La entrega de las mercancasEs la primera de las obligaciones del vendedor. Tiene que ser efectuada De acuerdo con los trminos del contrato de compraventa y proporcionando todos los documentos exigidos por el contrato en prueba de conformidad. El motivo estriba en impedir que el vendedor juegue con la necesidad del comprador. El documento de entrega podr ser un recibo y/ o el documento de transporte, depender del Incoterm utilizado. La entrega puede ser: a. Directa: cuando el Incoterm define que la mercanca sea entregada al mismo comprador (Caso de los Incoterms EXW, DAP y DDP).b. Indirecta: cuando la mercanca se entrega a un intermediario del comprador (Transportista o transitario en general). Este es el caso de los Incoterms FAS, FOB, CFR, CIF, FCA, CPT, CIP y DAT.La transmisin de los riesgosAspecto esencial de los Incoterms, no debe ser confundido con la transmisin de la propiedad, que debe ser tratada en el marco de la ley que regule el contrato. El concepto fundamental reside en que los riesgos (y en algunos de los casos los gastos), se transmiten en el punto geogrfico y en el momento cronolgico que definan el contrato y el Incoterm que se haya elegido,siempre que la mercanca haya sido debidamente identificada o individualizada como la mercanca objeto del contrato. El punto geogrfico ser sucesivamente la fbrica, el muelle, la borda del buque etc., mientras que el momento cronolgico se producir por el comienzo del plazo de entrega, en el marco del cual se va a efectuar esta. La superposicin de ambos requisitos producir automticamente la transmisin de los riesgos y de los gastos. As, por ejemplo, en una entrega FAS (Franco al costado del buque), acordada en el puerto de Valencia entre el 1 y el 15 de Abril, si la mercanca ha sido depositada el 27 de Marzo y se siniestra el 28, los riesgos sern por cuenta del vendedor, pero si se siniestra el 2 de Abril, lo sern del comprador. Aunque este concepto es generalizable a todos los INCOTERMS, conviene efectuar algunas matizaciones, como las siguientes: a- Si la mercanca que se entrega no se ajusta a lo establecido en el contrato, el riesgo sigue siendo del comprador, salvo que no pueda considerarse bajo ningn aspecto como el objeto del contrato. b- Si el vendedor no puede realizar la entrega por culpa del comprador, los riesgos se transmiten a este ltimo a partir del momento en que, sin existir culpa del comprador, el vendedor hubiese podido efectuarla. c- La transmisin de los riesgos slo puede efectuarse si la mercanca ha sido previamente individualizada o identificada como la del objeto del contrato (Por separacin de otras anlogas, marcado, etc.). Cuando esta individualizacin no es posible, debido a la naturaleza especial de la mercanca, bastar con que el vendedor haya realizado todos los actos necesarios para que el comprador pueda hacerse cargo de la mercanca (Por ejemplo: Lquidos en un tanque dispuestos para su entrega a diversos clientes; bastar con conectar la cisterna al tanque y medir la cantidad adquirida con un contador). La distribucin de los gastosExcepto los casos CFR, CPT, CIF y CIP, en los que el vendedor asume el pago de los gastos de transporte (y seguro en los dos ltimos casos) hasta destino, a pesar de que la transmisin de los riesgos es en origen (ver comentarios posteriores), lo habitual es que el vendedor corra con los gastos estrictamente precisos para poner la mercanca en condiciones de entrega y el comprador con los dems.Trmites documentales en fronterasEn general, se observa que en el Incoterm EXW (sin despacho), la exportacin es un problema del comprador, que tendr que efectuarla contratando los servicios de un transitario o agente de aduanas en el pas de expedicin que se la gestione, y si la ley del pas no se lo permite, solicitando la gestin al vendedor, que actuar como mandatario del comprador, es decir sin que este pueda endosarle a aquel la responsabilidad de cualquier anomala que surja como consecuencia de dicha gestin. En los restantes Incoterms (Con despacho), la exportacin ser un problema a resolver por el vendedor, que asimismo en algunos casos se ocupar de la importacin en el pas de destino (Por ejemplo: DDP).[footnoteRef:5] [5: Karlosvarg (2011). Incoterms 2010. Cap. 1.2. Buenas Tareas]

TIPOS Y CLASIFICACIN DE LOS INCOTERMS 2010TiposLos Incoterms se agrupan en cuatro categoras: E, F, C, D.1. Trmino en E: EXWEl vendedor pone las mercancas a disposicin del comprador en los propios locales del vendedor; esto es, una entrega directa a la salida.

2. Trminos en F: FCA, FAS y FOBAl vendedor se le encarga que entregue la mercanca a un medio de transporte elegido por el comprador; esto es, una entrega indirecta sin pago del transporte principal.3. Trminos en C: CFR, CIF, CPT y CIPEl vendedor contrata el transporte, pero sin asumir el riesgo de prdida o dao de la mercanca o de costes adicionales por los hechos acaecidos despus de la carga y despacho; esto es, una entrega indirecta con pago del transporte principal.4. Trminos en D: DAT, DAP y DDPEl vendedor soporta todos los gastos y riesgos necesarios para llevar la mercanca al pas de destino; esto es una entrega directa a la llegada. Los costes y los riesgos se transmiten en el mismo punto, como los trminos en E y los trminos en F.Los trminos en D no se proponen cuando el pago de la transaccin se realiza a travs de un crdito documentario, bsicamente porque las entidades financieras no lo aceptan.ClasificacinDe acuerdo con la versin del ao 2010, los Incoterms se clasifican en funcin de tres criterios que tienen que ver todos ellos con el transporte: tipo de transporte utilizado, pago del transporte principal y transmisin del riesgo en el transporte. En la clasificacin de los Incoterms 2010 el criterio que prevalece es el del tipo de transporte utilizado.

Tipo de transporte utilizado: En la versin de 2010 hay siete Incoterms que se pueden utilizar con cualquier tipo de transporte y tambin con transporte multimodal (Incoterms polivalentes) y otros que solo se pueden utilizar con transporte martimo (Incoterms martimos).Pago del transporte principal: Se trata de aquellos Incoterms en los que el pago del transporte principal lo realiza el comprador (importador) y aquellos otros en los que lo realiza el vendedor (exportador).Transmisin del riesgo en el transporte: Se recogen aqu los Incoterms en los cuales la obligacin de entrega de la mercanca por parte del vendedor y, por tanto, la transmisin del riesgo en el transporte se produce en el pas de origen, mientras que en otros la obligacin de entrega se produce en el pas de destino.[footnoteRef:6] [6: GUA PRCTICA DE LOS INCOTERMS 2010. GLOBAL MARKETING STRATEGIES]

DIFERENCIAS ENTRE LOS INCOTERMS POLIVALENTE Y MARTIMOSEn los INCOTERMS 2000 existan 4 grupos: E, F, C y D. En la edicin de los Trminos de Comercio Internacional 2010 han prevalecido las letras. Sin embargo, ahora slo existen dos grupos: los INCOTERMS polivalentes y los martimos.Los INCOTERMS polivalentes son aquellos donde el transporte principal no es exclusivamente martimo. Puede ser una combinacin de todos los medios de transporte. Los trminos polivalentes son: EXW, FCA, CPT, CIP, DAT, DAP y DDP.El segundo grupo de INCOTERMS 2010 es el martimo, que implica que el transporte principal sea por va fluvial o por mar. Los INCOTERMS que se incluyen aqu son: FAS, FOB, CFR y CIF.INCOTERMS DAT (DELIVERES AT TERMINAL)DAT: Entregada en la terminalTermino comercial utilizado para las negociaciones internacionales de mercancas, que estipula que el vendedor tiene la responsabilidad de realizar la entrega de estas en la terminal de carga elegida por el comprador en el lugar de destino.Este trmino es adaptable en el uso de cualquier modo de transporte y se puede utilizar incluso el multimodal. Por lo tanto, la entrega de las mercancas en este trmino puede ser en el patio de contenedores del muelle, almacenes, o terminales de carga area, de ferrocarril o carreteras.Dentro de las obligaciones del vendedor incluyen tambin el realizar las formalidades aduaneras de exportacin, contratar el transporte y seguro hasta el punto de destino acordado y entregar descargadas las mercancas en la terminal.Los riesgos y gastos del vendedor empiezan desde que la mercanca est en la empresa hasta la entrega en la terminal de carga. Si la carga no llega a la terminal, en caso del hundimiento del barco, u otros casos, asumir la responsabilidad el vendedor.Las obligaciones que deber cumplir el comprador sern el de realizar el despacho aduanero de importacin, como tambin el de llevar las mercancas de la terminal hasta el destino final.Por otra parte, los riesgos que deber asumir el comprador en caso de prdida o daos sern a partir cuando el vendedor deja las mercancas puestas en la terminal. El comprador debe de especificar la fecha o plazo estipulado y el punto en el que se llevara a cabo la descarga dentro de la terminal para que el vendedor pueda realizar la contratacin del transporte y determinar su logstica.[footnoteRef:7] [7: Comercio y Aduanas. Incoterms DAT]

INCOTERMS DAP (DELIVERES AT PLACE)DAP: Entregada en el lugar/puntoCuando se realiza una negociacin con el trmino DAP, implica que el comprador ser el responsable de entregar la mercanca en el lugar convenido sin que descargue la mercanca del medio de transporte contratado por l, pero preparadas para su descarga.Si el vendedor realiza la descarga en el lugar de destino, el vendedor no tiene derecho a recuperar dichos costos por parte del comprador salvo acuerdo en contrario entre las partes.Este trmino tambin exige al vendedor que realice solo el despacho de exportacin. Si las partes desean que el vendedor efectu el despacho aduanero de importacin, el termino DDP ser la mejor opcin a manejar.Los riesgos y gastos del vendedor empezaran desde la empresa o almacn donde se encuentran las mercancas hasta el lugar convenido. Si hubiera el caso de cada del avin, camin, etc., sin que llegara al punto de destino, el vendedor asumir esa responsabilidad.El vendedor deber conocer claramente la fecha y el lugar o punto de destino ya que los riesgos terminaran en ese punto para l ya que comenzaran para el comprador.En el caso que el vendedor tenga el equipo o disponga de realizar la descarga de la mercanca del transporte principal, el termino comercial DAT se sugiere utilizar.Las obligaciones del comprador es el de cumplir con el despacho aduanero para la importacin. Adems asumir los riegos y gastos que se originaran desde que el vendedor entrega la mercanca en el lugar acordado hasta el destino final. Le corresponde de igual forma especificar el lugar exacto de destino al vendedor ya que al no establecerlo, vendedor podr elegirlo.Este trmino se ajusta para el uso de cualquier medio de transporte o hasta se puede emplear el multimodal. Esto de acuerdo a lo que ms se acople a las necesidades del vendedor y comprador. Este trmino ha sustituido a DAF, DES o DDU. Trminos de las reglas Incoterms 2000.[footnoteRef:8] [8: Comercio y Aduanas. Incoterms DAP]

CONCEPTO DE CONTRATO Y CONTRATOS INTERNACIONALESContratoEl contrato es un acuerdo de voluntades, verbal o escrito, manifestado en comn entre dos, o ms, personas con capacidad (partes del contrato), que se obligan en virtud del mismo, regulando sus relaciones relativas a una determinada finalidad o cosa, y a cuyo cumplimiento pueden compelerse de manera recproca, si el contrato es bilateral, o compelerse una parte a la otra, si el contrato es unilateral. El contrato, en suma, es un acuerdo de voluntades que genera derechos y obligaciones relativos, es decir, slo para las partes contratantes y sus causahabientes. Pero, adems del acuerdo de voluntades, algunos contratos exigen, para su perfeccin, otros hechos o actos de alcance jurdico, tales como efectuar una determinada entrega (contratos reales), o exigen ser formalizados en documento especial (contratos formales), de modo que, en esos casos especiales, no basta con la sola voluntad. De todos modos, el contrato, en general, tiene una connotacin patrimonial, incluso parcialmente en aquellos celebrados en el marco del derecho de familia, y es parte de la categora ms amplia de los negocios jurdicos. Es funcin elemental del contrato originar efectos jurdicos (es decir, obligaciones exigibles), de modo que a aquella relacin de sujetos que no derive en efectos jurdicos no se le puede atribuir cualidad contractual.En cada pas, o en cada estado, puede existir un sistema de requisitos contractuales diferente, pero el concepto bsico de contrato es, en esencia, el mismo. La divergencia de requisitos tiene que ver con la variedad de realidades socio-culturales y jurdicas de cada uno de los pases (as, por ejemplo, existen ordenamientos en que el contrato no se limita al campo de los derechos patrimoniales, nicamente, sino que abarca tambin derechos personales y de familia como, por ejemplo, los pases en los que el matrimonio es considerado un contrato).[footnoteRef:9] [9: Wikipedia, Contrato. es.wikipwdia.org]

Contrato de compraventa internacionalSe trata de un contrato de ttulo oneroso por el cual una persona, de un determinado pas, compra mercadera a otra persona, de un pas distinto, segn un precio pactado. Este tipo de contrato caracteriza a la funcin de transaccin, bsica en el comercio exterior. El carcter mercantil del contrato implica que la compra se hace para la continuacin del negocio; esto es, en un acto de intermediacin.El carcter oneroso del contrato excluye en sus alcances a las donaciones. Crea obligaciones y derechos por ambas partes, y por su carcter conmutativo (con mercanca determinada y precio cierto), cuando alguna de las partes lo desconoce o desatiende, la otra puede tener una reaccin recproca.Como resultado de la aplicacin del contrato, y a travs de los canales del comercio exterior, hay un traslado fsico de la mercanca junto con otros elementos formales como la marca, el nombre, el sistema de uso.Comprador y vendedor identifican a las dos partes claras de este contrato. No es necesario que sean distintas. La misma unidad econmica puede vender desde un pas, y ella misma comprar la mercadera en otro.[footnoteRef:10] [10: http://mp.peru-v.com/ge/ge_contratos_internacional.htm]

ELEMENTOS QUE COMPONEN EL CLCULO DE PRECIOS PARA LA EXPORTACINCostos de exportacin Es la suma de los gastos que originan los diferentes actos encaminados a la exportacin. Estos actos varan, dependiendo de la negociacin o cotizacin que se realice, los cuales se establecen mediante el trmino de venta internacional utilizado ("Incoterms"). Es necesario destacar que, comparado con la venta nacional, los costos adicionales relativos a la venta internacional incluyen, entre otros: Estudios de mercado, especficos del pas-objetivo. Viajes de negocios. Comunicaciones. Comisiones y otros costos relativos a la actividad del representante en el extranjero (si ste es el caso). Consultores, despachantes de aduana. Adaptacin/modificacin del producto; embalaje especial.De manera general, los principales costos de exportacin pueden ser clasificados en dos distintas categoras: costos fijos de exportacin y costos variables de exportacin. Costos fijos de exportacin: Se originan esencialmente por mantener en funcionamiento una unidad o gerencia de exportacin. Estos costos se generan aunque no se efecte exportacin alguna y son necesarios para mantenerse en el negocio. Costos variables de exportacin: El costo variable unitario total de un producto para la exportacin se compone del costo variable de produccin adicionado del costo variable de exportacin. El costo variable de exportacin es el costo variable de comercializacin hacia el extranjero. Esta categora de costos (que podramos llamar tambin costos vivos, pues viven slo si la operacin de exportacin vive) incluye, asimismo, los gastos bancarios/financieros, envases y embalajes especiales, marcas, etiquetas especficas, seguro y transporte interno hasta el puerto, gastos portuarios, gastos de despacho aduanero, posibles gravmenes a la exportacin, etc. Resumiendo, la inclusin de los costos variables de comercializacin depender de que dichos costos tengan como propsito la comercializacin hacia el extranjero o hacia el mercado interno. En la comercializacin internacional, el cliente no est dispuesto a pagar por la eventual ineficiencia y fallas de programacin o errores de clculo de la empresa exportadora, ya que puede seleccionar fcilmente otro proveedor. En consecuencia siempre ser til, para la empresa que pretenda exportar, la realizacin de un preciso anlisis para verificar si su precio es competitivo en escala mundial, de acuerdo con el costo del producto. Precio de exportacin Hay que tomar en consideracin los eventuales mecanismos de estmulo a las exportaciones que el gobierno de un pas otorga a las empresas exportadoras, denominados comnmente incentivos a la exportacin. Particular atencin merecen los reintegros, que tienen como objetivo la restitucin de impuestos que se hubieran pagado durante el proceso productivo, de modo que la mercadera o servicio no tenga impuestos internos incorporados en el precio.De todas maneras, ser necesario tener presente que, en el clculo del precio para la exportacin, se debern incluir aquellos impuestos que no puedan ser recuperables en el caso especfico de la actividad exportadora. Es necesario tener en cuenta que el transporte y seguro se incluyen slo en el caso en que los trminos de venta as lo indiquen y que, de manera general, los gastos de exportacin varan en funcin de los trminos de venta acordados en la transaccin (Incoterms).

CONCLUSIN

Si los Incoterms son bien negociados, acordados y operados, siguen siendo la mejor forma de realizar operaciones de comercio internacional. Como siempre, la clave estar en la seleccin de los Incoterms y su incorporacin en el contrato que mejor refleje la intencin comn de las partes.Al surgir disputas, la correcta aplicacin de los Incoterms a menudo facilita la resolucin rpida y eficaz de controversias, en particular usando mecanismos alternativos de resolucin de conflictos.

BIBLIOGRAFA

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