contratos internacionales

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La contrataci ón internacio nal (tema 13) UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICERRECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO. Carla F. Hernández. C.I: 21.245.653 Cátedra: Derecho Internacional

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La contratación internacional (tema 13)

UNIVERSIDAD FERMÍN TOROVICERRECTORADO ACADÉMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICASESCUELA DE DERECHO.

Carla F. Hernández.

C.I: 21.245.653Cátedra: Derecho

Internacional Privado.

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Antes de desarrollar este tema, es importante definir como nuestra legislación venezolana define los contratos internos, también es significativo decir que los mismos contratos internacionales no están definidos en dicha legislación.

CONTRATACIÓN INTERNACIONAL

«El contrato es una convención entre dos o más personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre ellas un vínculo jurídico».

En el intervienen personas físicas o jurídicas de diferentes nacionalidades, o bien, que existan elementos relevantes del Derecho Internacional Privado.

Art. 1.133 del Código Civil

vigente.Contrato

internacional.

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El origen de las relaciones internacionales en materia económica, se halla en los intercambios de bienes y servicios que se han producido en la humanidad desde el principio de los tiempos, es decir, el contrato internacional es el principal instrumento de las transacciones de mercancías y es el soporte fundamental del comercio internacional, es allí donde viene su importancia también, ya que es necesario en dicho trafico de comercio internacional.

CONTRATACIÓN INTERNACIONAL

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Cuando las partes han elegido expresamente el derecho aplicable, no existe ningún tipo de problema; pero en defecto de tal elección el árbitro (Juez) entra en acción para definirla y de allí es que viene la preocupación de aplicar la ley que responda lo mejor posible. Por lo que existe dos sistemas para regular dichos contratos la Lex Loci Celebrationis, que significa la ley del lugar de celebración y la Lex Loci Executionis, que significa la ley del lugar donde se cumple o se ejecuta una obligación.

LEY APLICABLE A LOS CONTRATOS INTERNACIONALES.

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En consecuencia el derecho con el que mas se encuentra directamente vinculado estos contratos internacionales es:

La Lex Loci Celebrationis.Pero es importante comentar, que también será

aplicable la ley del lugar donde se ejecute los derechos y obligaciones. Así que siempre va a depender del caso y del derecho aplicable que sea mas favorable a las partes, o aplicará la ley designada por la regla de conflicto que juzgue apropiada en ese caso

LEY APLICABLE A LOS CONTRATOS INTERNACIONALES.

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Derains, Jurisprudencia Arbitral de la Cámara de Comercio Internacional, 1985, (pg.29), menciona que Frignani define la Lex Mercatoria como: «el cuerpo de reglas concernientes al comercio internacional comúnmente aplicadas por los mercaderes con la convicción de que se trata de reglas de derecho, o al menos de que los demás se comportarán observando estas reglas».

LA LEX MERCATORIA.

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La ley mercante, nace como principios y normas de los usos y costumbres que eran comunes a los comerciantes, la cual tenia como objeto, el de regular sus relaciones. Actualmente cuando no hubiesen escogido las partes ninguna legislación nacional para ser aplicada al fondo de la controversia, las mismas deciden que se decidida conforme a los usos de la “Lex Mercatoria” y es aquí donde verdaderamente surge el problema planteado, ya que se debe determinar cuáles son esos usos y la manera cómo son éstos aplicados por el árbitro internacional.

LA LEX MERCATORIA.

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Los principios generales del comercio internacional (son la base de toda la relación contractual, que son consagrados en particular por los usos del comercio internacional y por el Derecho Internacional”. Entre ellos podemos mencionar el Principio de Buena fe, deber de minimizar los daños, el principio de la acción de contrato no cumplido) se puede resolver ese conflicto con dicho principio.

Usos y Costumbres comerciales, (estos usos han sido establecidos en las relaciones de comercio internacional para ser tomados en cuenta en la realización y desarrollo de los contratos comerciales internacionales) los juecez están obligados a respetar las reglas fundamentales de la Lex Mercatoria.

LA LEX MERCATORIA.

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Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado .

Es una organización intergubernamental independiente. Se dedica a estudiar las necesidades y los métodos para modernizar y unificar el derecho privado y en particular el comercial, con el fin único de formular instrumentos o leyes modelos, principios, reglas o regulaciones legales.

EL INSTITUTO INTERNACIONAL PARA LA UNIFICACIÓN DEL DERECHO PRIVADO

(UNIDROIT)

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Estos Principios pueden aplicarse cuando las partes hayan acordado que su contrato se rija por principios generales del derecho, la “lex mercatoria” o cuando las partes no han escogido el derecho aplicable al contrato. Las soluciones que aporta esta organización, son elaboradas con la pretensión de salvar dificultades prácticas en supuestos de conexión con más de un ordenamiento positivo, o encaminadas a la elaboración de un derecho uniforme. Entre los principios tenemos:

PRINCIPIOS UNIDROIT SOBRE LOS CONTRATOS

COMERCIALES INTERNACIONALES

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1. Libertad de contratación (las partes de gozan de libertad en la forma en que estos estimen conveniente a sus necesidades e intereses).

2. Libertad de forma y de prueba (vemos una redacción tan flexible del contrato y que como prueba es totalmente admisible por cualquier medio).

3. Principio de primacía de las reglas imperativas (un principio que restringe la libertad de las partes contratantes, quienes no podrán convenir de forma contraria a las normas imperativas del derecho nacional que resulte aplicable).

4. Principio que señala la naturaleza dispositiva de los Principios (autonomía negocial, extinguir o modificar los efectos de dicho principios).

PRINCIPIOS UNIDROIT SOBRE LOS CONTRATOS

COMERCIALES INTERNACIONALES

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5. Los de buena fe y lealtad en los negocios (una premisa de comportamiento obligatorio para las partes contratantes).

6. El de primacía de los usos y las prácticas comerciales (usos convenidos, a las prácticas establecidas entre las partes contratantes y al uso normativo o costumbre internacional)

Los Principios de UNIDROIT serán aplicados en la práctica solamente debido a su valor persuasivo.

PRINCIPIOS UNIDROIT SOBRE LOS CONTRATOS

COMERCIALES INTERNACIONALES

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Toda persona sólo puede obligarse en virtud de su propio querer libremente

manifestado, siendo apta para producir y

contraer obligaciones.

Los principios de UNIDROIT: Principio

de libertad de contratación, aquí las

partes pueden determinar el contenido del

contrato, de acuerdo a sus intereses.

Cláusula de Elección del Foro: las partes o los particulares indican

en forma expresa la jurisdicción directa.

ALCANCE DEL PRINCIPIO DE AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD DE

LAS PARTES.

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Dicha elección del foro no es válida cuando la misma infringe las leyes imperativas del foro o atenta contra el orden publico establecido en las instituciones

del Estado

Principio de UNIDROUT: El principio de primacía de las

reglas imperativas

Cuando las partes no indican o no expresan en el contrato el derecho que regirá el mismo

celebrado entre ellos, se aplica la Lex Mercatoria art. 31 de la L.I.P,

ALCANCE DEL PRINCIPIO DE AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD DE

LAS PARTES.Ex

cepcione

s.

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• Es un instrumento adecuado para la circulación de bienes y para un núcleo de operaciones de importación y exportación.

Compra-venta internacional

• Es la entrega de una cosa determinada a la que se obliga uno de los contratantes a cambio de un pago o una remuneración.

Contrato de consumo.

• Aquí normalmente se utiliza tecnología como la Electronic Data Interchange, y consiste en la compra de bienes y servicios empleándose servicios de pago electrónico.Business to

business

CONTRATOS ESPECIALES

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Estos son contratos que se celebran con relación al trasporte

para entrega de mercancía, sea por

ejemplo ferroviaria o marítimo.

Hace referencia a las relaciones laborales

internacionales y dentro de éstas los contratos

individuales de trabajo.

CONTRATOS ESPECIALES

Contrato de Transporte Internacional

Contrato de Trabajo Internacional. (Se aplica la Lex Loci Celebrationis. Por ejemplo si una empresa

jurídica extranjera, domiciliada en Panamá, contrata a un ciudadano Venezolano para que este preste sus

servicios en la aludida Panamá)

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Es una figura jurídica por la cual una persona (representante) actúa en nombre de otra (representado), produciéndose los efectos de dicho acto jurídico en la esfera jurídica del primero. La representación en el plano internacional deben llenarse todas las disposiciones legales internas. Debe ser un poder celebrado ante un Registrador.

En el contrato de mandato se obliga gratuitamente o mediante salario, a una persona a prestar algún servicio o a hacer alguna cosa o negocios, por cuenta o encargo de otra.

El representante tiene facultad para realizar todos los actos necesarios, según las circunstancias, para lograr

los objetivos por los que el apoderamiento fue conferido.

LA REPRESENTACIÓN Y EL MANDATO

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La regulación de las obligaciones nacidas, sin convención, de la gestión de negocios, el pago de lo indebido y el enriquecimiento sin causa.

LAS OBLIGACIONES EXTRACONTRACTUALES EN LA LEY DE

DERECHO INTERNACIONAL

La solución mas clásica tenemos a la la Ley del Estado sentenciador o en este caso, la solución

unitaria del Artículo33. LDIP:

“La gestión de negocios, elpago de lo indebido y el enriquecimiento sin causa

se rigen por el Derechodel lugar en el cual se realiza el hecho originario

de la obligación”

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GRACIAS POR SU ATENCIÓN.