Medios Alternativos de Resolucin de Conflictos
Abog. Yann Verheye Asalde
I.- CONCEPTO:
Los Mecanismos Alternativos de Resolucin de Conflictos (MARCS), son aquellos procedimientos o medios que permiten resolver los conflictos, evitando el recurso al sistema oficial o tradicional (Oscar Pea Gonzles).
II.- ORGENES Y EVOLUCIN:
En la dcada del 70, en EE. UU, se origin una tendencia identificada por las siglas ADR (Alternative Disputes Resolution).
La Escuela de Harward, rescat los antiguas formas de solucin de conflictos; difundiendo ampliamente la Negociacin, Mediacin, Conciliacin y Arbitraje.
SIGLAS:
ADR
RAD
MARCS
III.- FINALIDAD:
Resuelve conflictos en Menor Tiempo. Produce Mejores Resultados. Apoya la Justicia Ordinaria. Fomenta la Participacin Directa de las partes. Descongestiona los Despachos Judiciales.Los MARCs se distinguen entre si por el grado de participacin y control que tiene el tercero en el procedimiento (Oscar Pea Gonzles).
IV.-CARACTERISTICAS:
V.- VENTAJAS:
Fomenta la solucin global del conflicto. Propicia y mejora la comunicacin entre las partes. Utiliza criterios flexibles. Promueve un clima de colaboracin. Previene situaciones similares a futuro. Prima la voluntad de las partes. Reduce costos emocionales y econmicos. Procedimiento corto, informal y persuasivo. No es sancionador.VI.- CLASES DE MARCS:
CLASES DE MARCS
AUTOCOMPOSITIVO
Negociacin
HETEROCOMPOSITIVO
Autnomo
Heternomo
Mediacin
Conciliacin
Arbitraje
Tomado del Manual de Conciliacin de Jenny Daz Honores
A.1.-Concepto.-
Segn el Diccionario de la Lengua Espaola, la palabra Negociacin, Proviene del latn Negotiatio (accin o efecto de Negociar).
Es un proceso de comunicacin dinmico (directo o indirecto); a travs del cual, las partes, en forma directa, tratan de resolver sus diferencias; priorizando sus intereses y necesidades sobre sus posiciones (mutua satisfaccin).
A.2.-Objetivos.-
- Generar nuevas relaciones.
- Modificar relaciones existentes por otras ms convenientes.
A.3.-Caractersticas.-
- Es un MARCs de carcter autocompositivo.
- Constituye una actividad diaria.
- Necesidad de contraposicin de intereses.
- No interviene un tercero.
- Genera relaciones deseables.
- Predomina el intercambio o compromiso de derechos.
- Puede ser informal o institucionalizada.
Competitiva
Distributiva
Racional
Modelos de
Negociacin
Calidad decisoria al servicio de los intereses propios.
Llamada Suma Cero o regateo. Hay una oferta y una contraoferta. El Acuerdo se arriba a travs de concesiones mutuas.
El objetivo es vencer a la otra parte. Maximizar posiciones. Es dura, no utiliza criterios objetivos ni alternativas de solucin.
Colaborativa
Identificacin de intereses comunes. Desarrollo de una labor conjunta. Resultado satisfactorio para ambos.
A.4.-Elementos.-
- Interdependencia.
- Intereses y Necesidades.
- Opciones.
- Legitimidad.
- Relacin.
- Confianza.
- Comunicacin.
- Compromiso.
B)LA MEDIACIN:
B.1.-Concepto.-
Es un MARCs, variante de la Negociacin, pues aplica sus mismas reglas generales; donde interviene un tercero (designado por las partes o instituido oficialmente), llamado Mediador; el cual facilita la comunicacin entre las partes en conflicto: recogiendo inquietudes, traduciendo estados de nimo y ayudando a confrontar sus pedidos con la realidad; as como, realiza recomendaciones, mismas que pueden o no ser acogidas.
B.2.-Objetivos.-
Ayudar a las partes a generar sus propias soluciones del conflicto. Hacer que las partes decidan completamente el contenido del acuerdo. Crear un clima propicio para la comunicacin.C)LA CONCILIACIN:
C.1.-Concepto.-
Es un MARCs o sistema, mediante el cual un tercero neutral e imparcial (Conciliador), propone, si fuera necesario, formulas conciliatorias; colaborando con las partes, guindolas, clarificando y delimitando los puntos del conflicto y contrastando sus pretensiones; a fin de que estas acuerden la prevencin y/o solucin consensual del mismo.
Es decir, slo se pondera y equilibra los intereses contrapuestos de las partes. No existen interpretaciones de las normas ni del derecho (de carcter disponibles).
C.2.-Objetivos.-
Acercar a las partes para atenuar sus divergencias. Propiciar el dilogo entre las partes. Componer equitativamente el conflicto.C.3.-Caractersticas.-
Es un acto jurdico. Es por lo general un procedimiento informal. Interviene un tercero quien dirige el procedimiento, opina y sugiere. El tercero No: decide, interpreta y aplica normas a la solucin del conflicto. Propone Formulas Conciliatorias Extraoficiales. Priman los Principios de Oralidad e Inmediacin.D)EL ARBITRAJE:
D.1.-Concepto.-
Es un sistema, mtodo o MARCs, a travs del cual un tercero (Arbitro), facultado previamente por las partes o por la ley (Convenio Arbitral); resuelve, con conviccin, el conflicto de naturaleza jurdica puesto a su conocimiento (Laudo Arbitral) y cuyo cumplimiento es obligatorio.
Por lo general es utilizado cuando:
a) No hay acuerdo en cuanto a los hechos.
b) No hay acuerdo en cuanto a la ley aplicable.
D.2.-Objetivos.-
- Someter la solucin de un conflicto a un tercero.
- Respetar y dar cumplimiento a la decisin.
D.3.- Caractersticas.-
Es procedimiento formal. No existe jurisdiccin. Respeto a la ley, al orden pblico, a los intereses de las partes, los derechos de terceros y al principio de equidad. Es un sistema adversarial y adjudicativo. Intervencin de un tercero, nombrados por las partes o por la ley. El tercero puede promover la conciliacin. El Laudo Arbitral tiene el mismo efecto que una sentencia judicial.E)LA EVALUACION NEUTRAL:
E.1.-Concepto.-
Es un acto por el cual las partes acuden voluntariamente ante un tercero (Evaluador Neutral) para que les aclare una situacin conflictiva (presente o futura) y, a travs de la emisin de una opinin, les facilite un acuerdo satisfactoriosin involucrarse en el proceso de negociacin.
E.2.-Referencia.-
Proyecto de Ley N 3372/97-CR, presentado por el Congresista Jorge Muniz Ziches.
MUCHAS GRACIAS
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