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DESCONCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA
ADMINISTRATIVE DESCONCENTRALIZACION
Pedro Nolberto Zelada León
Estudiante de II ciclo Derecho y Ciencias Política
Universidad Católica Los Ángeles de Chimbote
AREA DE ESTUDIO : Derecho Tributario Formal
METODO : Explicativo.
___________________________________________________________________________
RESUMENLa descentralización puede entenderse bien como proceso o como forma de funcionamiento de
una organización. Supone transferir el poder, de un gobierno central hacia autoridades que no
están jerárquicamente subordinadas. La relación entre entidades son siempre horizontales no
jerárquicas. Una organización tiene que tomar decisiones estratégicas y operacionales. La
Centralización y la Descentralización son dos maneras opuestas de transferir poder en la toma
decisiones y de cambiar la estructura organizacional de las empresas de forma concordada.
PALABRAS CLAVES: descentralización, organización, gobierno, entidades, jerárquicas,
centralización.
ABSTRACT
Decentralization can be understood as a process or as a way of functioning of an organization.
Transferring the power of a central government toward authorities that are not hierarchically
subordinate. The relationship between entities decentralized controls / left page are always
horizontal non-hierarchical. An organization has to make strategic decisions and operational.
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KEYWORDS: decentralization, government, entities, hierachically, decentralized, organization.
1. INTRODUCCION :
“El presente trabajo tiene como propósito contribuir a la divulgación y
pedagogía del estudio y análisis de los fenómenos de centralización
administrativa, desconcentración y descentralización en Colombia. Al tiempo,
con el que se pretende invitar a docentes y estudiantes, servidores públicos,
litigantes y ciudadanos en general, a reflexionar sobre este componente de la
estructura del estado colombiano y especialmente de la organización
descentralizada del país.
Invita también a una reflexión de distinguir claramente cuando se está frente a
las figuras de descentralización y desconcentración, sus diferencias y
conceptos.
Este trabajo desarrolla la teoría general de la organización estatal, teniendo en
cuenta sus aspectos generales, con énfasis en la rama ejecutiva del poder
público y en los temas escogidos como ensayo. Finalmente el objetivo principal
es informar sobre un tema de transcendental importancia en desarrollo de los
principios generales de la administración, pública en Colombia y contribuir al
fortalecimiento del estudio jurídico del tema.”(1)
Para El Dr. Castelazo .J (1975)
“El desarrollo de la desconcetralizacion: vemos que se ha hecho
esfuerzo notable de 1970 a la fecha y esto asido porque resulto
imposible para La Administración pública federal seguir manejando todo
los asunto y llamando toda la decisiones desde el centro. El país creció
no solamente en número de habitante, si no que se expandió y se
desarrolló sectorial y regionalmente (2) “ Cimma .E (1969) Para la
deconcentralizacion En los comienzos del periodo del desarrollo
estabilizador, México era el reflejo de un país afortunado y privilegiado,
debido a su crecimiento económico sostenido, la estabilidad de precios,
y una tasa media de crecimiento anual del Producto Interno sin embargo
México empezó a vivir envuelto en un proceso inflacionario; en los años
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1970 el país reveló déficit ,los gasto social, la producción industrial llegó
a su límite con la política de sustitución de importaciones.
2. DESARROLLO
2.1. Que es la descentralización administrativa
2.2. Concepto
_ Descentralización
2.3. La descentralización administrativa
2.4. Derecho procesal administrativo
2.5. Descentralización y desconcetralizacion
2.6. Diferencias entre Descentralización, Desconcentración, Delegación y Devolución
2.7. La Desconcentración Es Un Proceso:
2.8. El Punto Básico De La Desconcentralizacion
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2.1 ¿QUE ES LA DESCENTRALIZACIÓN ADMINISTRATIVA?
Es una tendencia organizativa de la administrativa publica conforme
a la cual se confiere personalidad jurídica propia a cierto entes a los
que lo otorga autonomía orgánica relativa respecto del órgano central
para encargarles actividades administrativa En opinión del profesor
Gabino Fraga la descentralización administrativa escrita a confiar
alguna actividades administrativa a órganos que guarda una
relaciones no es jerarquía con la administración central.
2.2. CONCEPTO DE DESCENTRALIZACION
La desconcentración es una técnica administrativa que consiste en el traspaso
de la titularidad o el ejercicio de una competencia que las normas le atribuyan
como propia a un órgano administrativo en otro órgano de la
misma administración pública jerárquicamente dependiente. La propia norma
que atribuya la competencia habrá de prever los requisitos y términos de la
desconcentración así como la propia posibilidad de su ejercicio. Requiere para
su eficacia la publicación en el Boletín Oficial que corresponda. La
desconcentración se realizará siempre entre órganos jerárquicamente
dependientes y en sentido descendente. El hecho de que se transfiera la
titularidad y no únicamente su ejercicio (como es el caso de la delegación de
competencias) implica que el órgano que recibe la competencia la ejerce como
propia. En virtud de la desconcentración, una unidad organizativa puede
realizar una o ambas de las siguientes acciones. Por una parte, crear órganos
para ubicarlos fuera del lugar sede del organismo, sin afectar la unidad
organizativa. A esto se denomina desconcentración orgánica. Por otra parte,
delegar o reasignar atribuciones desde un órgano que los concentra hacia otro
u otros órganos de la misma unidad organizativa. A esto se denomina
desconcentración funcional. Invita también a una reflexión de distinguir
claramente cuando se está frente a las figuras de descentralización y
desconcentración, sus diferencias y conceptos.
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Este trabajo desarrolla la teoría general de la organización estatal, teniendo en
cuenta sus aspectos generales, con énfasis en la rama ejecutiva del poder
público y en los temas escogidos como ensayo. Finalmente el objetivo principal
es informar sobre un tema de transcendental importancia en desarrollo de los
principios generales de la administración, pública en Colombia y contribuir al
fortalecimiento del estudio jurídico del tema.”(1) Para El Dr Castelazo .J (1975)
Nos dice que el desarrollo de la desconcetralización en México: vemos que se
ha hecho esfuerzo notable de 1970 a la fecha y esto asido porque resulto
imposible para La Administración pública federal seguir manejando todo los
asunto y llamando toda la decisiones desde el centro. El país creció no
solamente en número de habitante, si no que se expandió y se desarrolló
sectorial y regionalmente (2).” Cimma .E (1969) Para la deconcentralizacion
En los comienzos del periodo del desarrollo estabilizador, México era el reflejo
de un país afortunado y privilegiado, debido a su crecimiento económico
sostenido, la estabilidad de precios, y una tasa media de crecimiento anual del
Producto Interno sin embargo México empezó a vivir envuelto en un proceso
inflacionario; en los años 1970 el país reveló déficit ,los gasto social, la
producción industrial llegó a su límite con la política de sustitución de
importaciones.
Derecho administrativo y administración pública en el estado de México
Es el eje troncal de este trabajo. Estudiaremos el derecho administrativo
público desde las bases teóricas: concepto de derecho público, derecho
administrativo, administración pública, empresa pública, etc.; y cómo el estado,
mediante el derecho administrativo público, regula el desarrollo social”. (3)
Pina. (1987) Y La descentralización y la desconcentración son formas jurídicas
en que se organiza la administración y en las dos el poder central transmite
parte de sus funciones a determinados órganos u organismos. Existe la
diferencia esencial en que los órganos de la primera están fuera de la relación
jerárquica del poder central y los organismos de la segunda están sujetos al
poder jerárquico.
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Así, iremos abarcando los temas más importantes: “Las ramas especializadas
del derecho administrativo y su relación con otras ciencias y disciplinas.
Las fuentes del derecho administrativo. La codificación del derecho
administrativo. Las formas de administración pública en un estado federal
(México).
La estructura y funciones de cada una de las secretarías de estado, desde
la secretaría de hacienda hasta la secretaría de educación, pasando por tantas
otras. En fin, tendrás en tus manos un estudio de amplia información sobre
el derecho administrativo y la administración pública”. (4) Pina. Y (1987) El
derecho administrativo es la rama del derecho público que tiene por objeto
regular la actividad del Estado que se realiza en forma de función
administrativa para satisfacer las necesidades esenciales de la colectividad. El
poder encargado normalmente de la administración pública es el Ejecutivo,
aunque no es el único.
La descentralización administrativa
“el análisis hecho en el capítulo anterior respecto de la centralización facilita la
realización de un ejercicio semejante acerca de la descentralización y la
desconcetralizacion, también principios o detencias de organización”(5)
Norberto. N (1981) Nos dice que la deconcentralizacion es la que facilita en
ejercicio y la que tanta los principio de las organizaciones
La descentralización puede entenderse bien como proceso o como forma de
funcionamiento de una organización. Supone transferir el poder, de
un gobierno central hacia autoridades que no están jerárquicamente
subordinadas.
“La descentralización alude a un sistema
Propenso a transferir de un determinado centro de toma de decisiones un
conjunto de atribuciones, funciones facultades actividades y recursos en favor
entes órganos mas no en una relación de jerarquía respecto del centro en todo
aparato político administrativo contemporáneo se advierte la presencia de la
centralización y de la descentralización como dos valores opuesto “(6)
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Norberto. N (1981) para hablar de descentralización y su mejor comprensión,
es importante definir el significado de un Estado centralizado. Un Estado
centralizado es aquel en el cual el poder es legalmente dado a un gobierno
central y los gobiernos locales actúan como agentes, sin tener poder de
decisión. Con la descentralización, se otorga un mayor poder a los gobiernos
locales, que empiezan a tomar decisiones propias sobre sus competencias.
“Descentralización administrativa :En este orden de ideas la
descentralización administrativa es una tendencia organizativa de la
administrativa publica conforme a la cual se confiere personalidad jurídica
propia a cierto entes a los que lo otorga autonomía orgánica relativa respecto
del órgano central para encargarles actividades administrativa En opinión del
profesor Gabino Fraga la descentralización administrativa escrita a confiar
alguna actividades administrativa a órganos que guarda una relaciones no es
jerarquía con la administración central” (7) Norberto. N (1981) Descentralización administrativa. Supone el traslado de competencias de la
administración central del estado a nuevas personas jurídicas de derecho
público, dotadas de un patrimonio propio. Aunque el poder central tiene un
control muy limitado sobre las actividades de las entidades documentadas,
éstas se encuentran sujetas a las órdenes de aquel y no gozan de personalidad
jurídica propia. El objetivo de este tipo de descentralización es lograr una
gestión administrativa más ágil y efectiva.
DECENTRALIZACION ADMINISTRATIVA POR REGION:”Para el maestro
Gabino fraga la descentralización administrativa por región consiste en la
instauración de una estructura administrativa que se encarga de atender los
interés comunitarios de una población asentada en una circunscripción
territorial especifica.” (8) Norberto. N (1981) En que una unidad administrativa
del Estado delega, de manera subordinada, la operación de un servicio. Ciertos
gobiernos nacionales han traspasado la administración de algunas
competencias –como la educación y la salud en el caso chileno durante los
ochenta- a los municipios, reteniendo el nivel central la capacidad de decidir
acerca de los contenidos y características de los servicios prestados. Hay
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también una relación de supe vigilancia de otros órganos jerarquizados, un
ejemplo sería la Contraloría General de la República.
Derecho procesal administrativo
“La Desconcentraciones parte de la doctrina social de la Iglesia que la
Administración
Pública tenga como finalidad dirigir y ordenar la actividad encaminada al bien
común, fomentarla y arbitrar los medios para alcanzar dicho bien. Pero aclara
que esta no es la única responsable del bien común ya que por ser este la
finalidad de la comunidad política constituye tarea de todos los ciudadanos.
Actualmente existe una corriente que propone la privatización de algunas de
las entidades del sector público porque estas no cumplen con sus objetivos y
más bien se han convertido en una carga estatal. El tema es controversial y un
resultado favorable dependerá de la madurez con que sea tratado no solo por
legisladores sino por toda la sociedad. El momento exige que se proponga
urgentes y necesarias reformas a la estructura de muchas entidades del sector
público Se dice, con justa razón, que la estructura vigente obstaculiza que
estas cumplan con sus objetivos”. (9) Castelazo.J (1975) El Proceso es la situación jurídico legal que se plantea
ante una autoridad oficial competente, cuando se ha iniciado un reclamo o
petición en una entidad o dependencia del Estado, sea por una persona
particular o jurídica o también por un servidor público o un pensionista, con el
objeto de lograr el reconocimiento de un derecho o cualquier cuestión
administrativa, el cual necesariamente, debe definirse o resolverse, en su caso,
después de una serie de trámites procedimentales, también nos habla que
desconcentralizacion es parte de la doctrina, social de la iglesia, tenga como
finalidad de dirigir ala actividades para dirigir a un bien común.
“Durante este trabajo utilizaremos como caso práctico al IECE y así ir
sugiriendo modificaciones que deberían tomarse para convertir a esta entidad
en mucho más ágil y eficaz. El Instituto Ecuatoriano de Crédito Educativo y
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Becas, IECE, fue creado mediante ley publicada en el Registro Oficial # 212
de abril 28 de 1971, la misma que fue posteriormente codificada y publicada
en el Registro Oficial. El IECE es una institución creada para el ejercicio de la
potestad estatal ya que, de manera privativa y como parte del fomento a la
cultura cumple con los específicos objetivos de concesión de crédito
educativo y la administración de becas nacionales e internacionales.
Surge esta entidad como uno de los mecanismos de reparto de la riqueza del
petróleo bajo la premisa de dar educación al pueblo (por lo que su primera
cobertura fue preparar técnicos en petróleo” (10) Castelazo.J(1975) El
derecho procesal puede definirse como la rama del derecho que estudia el
conjunto de normas y principios que regulan la función jurisdiccional del
Estado en todos sus aspectos y que por tanto fijan el procedimiento que se ha
de seguir para obtener la actuación del derecho positivo en los casos
concretos, y que determinan las personas que deben someterse a la
jurisdicción del Estado y los funcionarios encargados de ejercerla.
La desconcentración puede operar dentro de un ente centralizado o descentralizado.
“La desconcentración es una necesidad imperiosa que debe darse porque si
no todas las dependencias que no se encuentran en la capital o dentro del
poder central continuarían como simple órganos locales delegados de ese
poder. Como se dice con certeza seguirían siendo simples oficinas postales.
Muchos funcionarios se dedican a realizar lo más elemental de las funciones
que en algunos casos se limita a recibir correspondencia y
Enviarla a la matriz para que sea esta la que decida. Debería darse amplias
atribuciones para que se cumpla con los objetivos y fines en forma ágil y eficaz.
Dentro de esas atribuciones desconcentradas se realicen las gestiones sin que
sea el superior que tenga que decidir.”(11) Sayaguis, E (1973) La
desconcentración es una dela necesidades que debe darse ,en la capital o
dentro del poder Bien se podría preseleccionar a los candidatos de becas
dentro de una misma región sin necesidad que sea un órgano centralizado que
tenga esa privativa atribución que conlleva el peligro y riesgo del favoritismo.
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“No se puede continuar pensando que al mantener la concentración de poder
una entidad cumple sus funciones de forma eficaz, uniforme, clara y tienen sus
decisiones la debida fuerza porque los hechos indican lo contrario. Se puede
indicar que hasta es un principio de la dignidad de la persona reconocer su
capacidad para actuar y decidir y no solo otorgarle funciones de trámites o de
cumplimiento de funciones. El caso típico dentro del IECE seria otorgarle al
Delegado Provincial o Jefe Regional la atribución de conceder el crédito
educativo dentro de su jurisdicción. Se podría limitar el monto que podría
otorgar y de Esta forma se descongestionaría las funciones del Director
Ejecutivo.”(12) Sayaguis. E (1973) Es una de la sociedad que debe darse en la
capital o dentro del poder central como órganos locales, la concentración del
poder es una entidad que en la cuales cumple la funciones eficaz, la persona
es reconocida por su capacidad y su dignidad.IECE, Instituto Ecuatoriano de
Crédito Educativo y Becas.
Descentralización y desconcetralizacion
“En el mes de julio de 1974 se publicó mi ensayo titulado descentralización y
desconcetralizacion que fue resultado de la inquietud de intentar sistematizar
ideas sobre este tema que en esa esposa había sido escasamente explorado
por el mundo de la teoría administrativa en nuestro país y que nuestra
proposición partidista denominada “base para la creación de órganos
desconcentra izado se servicio en agosto de 1970” (13)Rivera .J (1827) También no habla que la descentralización y la desconcentración son formas
jurídicas en que se organiza la administración y en las dos el poder central
transmite parte de sus funciones a determinados órganos u organismos. Existe
la diferencia esencial en que los órganos de la primera están fuera de la
relación jerárquica del poder central y los organismos de la segunda están
sujetos al poder jerárquico.
En efecto desconcentrar a nuestro entender tanto literal como técnicamente significa separar : “Del centro de un organismo dado ya sea
horizontal y financiero ya existentes humano materiales y financieros ya
existentes ,incluyendo las decisiones involucradas en su manejo y previas la
ejecución de las actividades metodológica a puntadas en los párrafo anteriores
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de otra forma únicamente se añaden nuevos recursos Aunque sea en forma
desconcentrada “ (14) Rivera .J (1827) Hay desconcentración cuando el
ordenamiento jurídico confiere en forma regular y permanente atribuciones a
órganos inferiores, dentro de la misma organización o el mismo ente estatal. El
órgano desconcentrado se encuentra jerárquicamente subordinado a las
autoridades superiores del organismo o ente estatal.
“El desarrollo de la desconcentralizacion en México
Vemos que se ha hecho esfuerzo notable de 1970 a la fecha y esto ha sido así
porque resulto imposible para la administración pública federal seguir
manejando todos los asuntos y tomando todas las decisiones desde el centro.
El país creció no solamente en número de habitas, sino que se expandió y se
desarrolló sectorial y regionalmente”. (15)Castelazo .J (1995) Este tipo de
órganos son creados por las secretarías de estado y tienen su origen en la ley,
reglamentos, decretos y acuerdos; su existencia implica una funcionalidad
adecuada de las diferentes actividades en materia administrativa.
Desconcentralizacion del estado y con centralización: “En el centro
américa se manifiesta a una voluntad mayor para llevar adelante un proceso de
democrática de la sociedad y desconcentralizacion político administrativa.
Que en distinto ya que distinto parte de mundo ocupa una buena cabe de
relacionado directamente con la cuestión en uno de los asuntos de estado y
democracia el ejercicio.”(16) Ferrari. D (1975) Nos dice que la centralización en
la concentración del poder estatal en un solo organismo o en una sola rama del
poder; desde donde se toman todas las decisiones políticas. En algunas
ocasiones la centralización es solo desde el punto político, pues en la capital de
determinado país está concentrado todo el poder; pero administrativamente no
existe centralización pues existen entes territoriales autónomos.
Funciones Administrativas De Desconcentralizacion
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“Desconcentralizacion es el otorgamiento de cierta audiencia en las funciones
administrativas las colectivas regionales local con los municipios y
departamentos. Estado moderno europeo se desarrolló partiendo de las luchas
religiosas y enlazándose en el ímpetu de conquista del mundo y con la pugna
por el predominio. En una primera forma, el Estado moderno se desarrolló
absorbiendo todo (centralización) y ah í donde llegó a realizarse plenamente
adquirió un carácter absolutista.”(17) Ferrari. D (1975)
Según nos dice que la desconcentralizacion en el centro de américa y la
voluntad mayor que lleva la democrática en la sociedad y la
desconcentralizacion administrativa y político Las funciones administrativa es
en la cual el otorgamiento de ciertas funciones colectiva y regionales.
- Diferencias entre Descentralización, Desconcentración, Delegación y De-volución
De acuerdo a FAO es preciso clarificar la diferencia entre estos tres procesos a
fin de evitar caer en confusiones al implementar la descentralización. Así
la desconcentración consiste en transferir algunas funciones administrativas y/o
técnicas a niveles más bajos de administración (regional, provincial o local),
pero manteniendo el poder de decisión a nivel central. La delegación, también
hablamos de la devolución (18) Rojas. F (1965)
La delegación de funciones implica el transferir a niveles locales algunas fun-
ciones y competencias a niveles más bajos de decisión, pero manteniendo el
nivel central un control, aunque sea indirecto sobre ellas.
La devolución es el estado más avanzado en el proceso de descentralización,
pues implica la transferencia de funciones y recursos a los niveles más bajos
de decisión. Ello requiere el reforzar las competencias a nivel local a fin de que
puedan asumir estas nuevas responsabilidades y generar confianzas entre los
actores a fin de poder establecer alianzas horizontales que permitan efectuar
acciones conjuntas colectivas a nivel local tras un objetivo común.
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Para ello se requiere de un proceso lento de creación y fortalecimiento de las
confianzas recíprocas existentes a nivel local, generando lo que se ha denomi-
nado Capital Social En todo proceso de descentralización, están presentes es-
tas tres formas crecientes de transferencia de funciones, responsabilidades, ca-
pacidades y poderes.
“Es entonces, la deconcentralizacion, la forma jurídico-administrativa en que la
administración centralización con los organismos o dependencias propias,
presta servicios o desarrolla acciones en distintas regiones del territorio del
país. Su objeto es doble: acercar la prestación de servicios en el lugar o
domicilio del usuario, con economía para este, y descongestionar al poder
central.”(19) Cimma .E (1969) No habla que la deconcentralizacion es una
forma jurídica que en la administración está centralizada en los órganos
dependiente propias, de servicio .ya sea regionales en nuestro país, O territorio
Su objeto desde el punto de vista es doble Esta centrado el en poder .
La Cuestion De La Desentralizacion “En esta ocasión y luego de un intenso trabajo de lectura y reflexión, respecto
de una extensa bibliografía sobre la cuestión de la desconcentralizacion y de la
participación ciudadana lo que se propone es estudiar, de forma exploratoria, e
l vínculo entre ambas en el espacio de los gobiernos locales, proponiendo
como casos de estudio las ciudades de porto alegre Brasil y rosario (Argentina)
en las dos últimas décadas. “(20)Signorelli. G (2012) Como la división del
trabajo, la centralización es un hecho de orden natural; consiste en que en todo
organismo, animal o social, las sensaciones convergen hacia el cerebro o la
dirección, y en que de ésta o de aquél parten las órdenes que ponen en
movimiento todas las partes del organismo.
La centralización no es un sistema de administración bueno o malo en sí,
pudiendo ser adoptado o abandonado según la voluntad de los dirigentes o la
influencia de las circunstancias; pero ella existe siempre, en mayor o menor
grado. La cuestión de la centralización o descentralización es una simple
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cuestión de medida. Se trata únicamente de hallar el límite favorable a la
empresa.
La Desconcentración Es Un Proceso: “en cadena e implica a su vez la
desconcentración de la Administración pública municipal, necesaria e
impostergable, ya que ésta debe también Acercarse, más que ningún otro nivel
de gobierno, a la comunidad y al ciudadano mismo.
Pero para que se dé esta desconcentración en el ámbito municipal, se precisa
de algunos elementos y factores, entre los que se encuentran las atribuciones
legales. Así, en primer término, sería necesario legislar sobre la materia, dado
que la desconcentración administrativa a nivel municipal no está contemplada
específicamente por la mayoría de las legislaciones de los estados”. (21)
Eannetti .E 1977. proceso jurídico-administrativo que permite al titular de una
institución, por una parte, delegar en sus funcionarios u órganos subalternos
las responsabilidades del ejercicio de una o varias funciones que le son
legalmente encomendadas, excepto las que por disposición legal debe ejercer
personalmente, y por otra, transferir los Recursos presupuestarios y apoyos
administrativos necesarios para el desempeño de tales responsabilidades, sin
que el órgano desconcentrado pierda la relación de autoridad que lo supedita a
un órgano central.
La Irremediable, La Desconcentración“Está ligada a otros procesos de envergadura distinta. Tanto en la política
como en la administración existe un patrón que norma las decisiones, acciones,
espacios, y que se define como centralización. La centralización se refiere
siempre a concentración de poder, lo que sin duda ofrece Posibilidades de
análisis y reflexión en temas tales como estructuras verticales jerarquizadas,
Congestionamiento de estructuras, funciones, espacios; pero, también, sobre
control. Como contraparte, la descentralización se refiere a transferencia de
poder, que resulta Una acción de trascendencia en la medida en que esta
transferencia se haga sin regateos..”(22) Carmen, M (1993) Nos habla de la
irremediable, de la descentralización Que en la cual está ligada a los procesos,
tanto en política como admisnitracion nos dice que existe un patrón que en la
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cual había norma, y que tenía la decisión. La descentralización se está
refiriendo al atrasparencia del poder.
El Punto Basico De La Desconcentralizacion“La desconcentración, sin embargo, y ello es un punto básico de este trabajo,
debe ser vista
Desde otra óptica, es decir, debe ser comprendida como práctica de los
organismos del Estado, parte esencial de todo sistema administrativo
organizado jerárquicamente y puntal de su Eficiencia. La desconcentración, es
cierto, se implanta muchas veces como respuesta a demandas sociales, pero
su origen y destino siempre se encuentran dentro del Estado, por lo Que es
erróneo tanto sobrevalorarla como infravalorarla.
La sobre-estimación proviene de la idea, sumamente extendida, de que la
desconcentración es la vera óptima para que, de manera gradual y poco
problemática, se alcancen los
Objetivos propios de la descentralización. Este punto de vista equipara los dos
conceptos y Supone, en consecuencia, que como procesos no sólo tienen su
asiento en el Estado, sino
Que se realizan como conjunto de procesos de gestión y organización interna
de los aparatos Administrativos, por lo que se miden de acuerdo a la calidad de
los servicios prestados a la Sociedad”. (23) Almada. C (1985) Desde el
punto básico de la descentralización se puede decir que está comprometida
con la práctica y el organismo del estado, la descentralización está implantada
de muchas respuestas. Desconcentración Delegación Descentralización Solo
puede reasumir la Delegatario puede competencia por reasumir la atribución
legal competencia cuando a bien tenga Se crean Se delega a personas o Se
hace a una persona dependencias, seccional funcionarios.
CONCLUSION: 1. Uno de los principales de tema es transcendental en la cual la administración
pública estudia al reglamento jurídico.
2. La diferencia entre los órganos de la primera están fuera de la relación
jerárquica del poder central y de los organismos de la segunda que están
sujetos al poder jerárquico.
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3. El estado centralizado es aquel en el cual el poder legalmente en un
gobierno central y también en los gobiernos locales actúan como agentes, sin
tener poder de posesión
4. La descentralización puede entenderse bien como proceso o como forma de
funcionamiento de una organización. Supone transferir el poder, de
un gobierno central hacia autoridades que no están jerárquicamente
subordinadas.
5. La descentralización y la desconcentración son formas jurídicas en que se
organiza la administración y en las dos el poder central transmite parte de sus
funciones a determinados órganos u organismos
6. La Desconcentralización es el otorgamiento de cierta audiencia en las
funciones administrativas las colectivas regionales local con los municipios y
departamentos
7. La centralización es un hecho de orden natural; consiste en que en todo
organismo, animal o social, las sensaciones convergen hacia el cerebro o la
dirección, y en que de ésta o de aquél parten las órdenes que ponen en
movimiento todas las partes del organismo.
Ficha bibliografía
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UCES . (pag.125)
2. Cimma .E (1969) Derecho administrativo (.Editorial Chile). (pag.24)
3. Piña .N ( 1995 ). El Desarrollo Desconcetralizacion (1ed) México. (pag.09)
4.Piña .N ( 1995 ). Op.cit (pag.09)
5.Norberto. N (1981) La Descentralización Administrativa. (pag.98)
6. Norberto. N (1981) .Op.cit.( pag.98)
7. Norberto. N (1981) .Op.cit.( pag.98)
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8. Castelazo .J (1975). Op.cit.(pág.125)
9 Castelazo .J (1975). Op.cit.(pág.125)
10.Sayaguis, E ( 1973) Tratado de Derecho Administrativo, (Madrid ,Edición)
.(pág.44)
11.Sayaguis, E ( 1973) Op.cit.(pág.44)
12.Rivera .J(1827 ) Descentralización y desconcentración (3°ed) Lima Peru
PAG.184
13 Castelazo .J (1975). Op.cit.(Pág.125)
14.Ferrari. D (1975) Tratado de Derecho Administrativo (4°ed) Perú. Editores
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16 .Cimma .E (1969) Derecho administrativo (2°ed) Santiago. Chile .( Pag.197)
17. Signorelli. G( 2012 ) La ciencia política (Uruguay Editorial ) .( Pag.20)
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21 . Aghon. G. (1999) Descentralización Fiscal (2ºed) Chile Editorial, (pag.178)
22 . Gutierrez .E (1988) La Desconcentralizacion (3ºed) Editorial, (pag. 74)
23.Castelazo .J (1975). Op.cit.(pág.125)
23 . Gutierrez .E (1988) Op.cit.(pág.74)
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