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     Tte. ARMANDO DE PALACIOS

    REG Í M ENE SADUANERO S

    1.  DEFINICIÓN.-Régimen Aduanero es el tratamiento aplicable a las mercaderías sometidas al

    control de la Aduana de acuerdo con las leyes y reglamentos aduaneros, según la

    naturaleza y objetivos de la operación.

    1.1. MERCANCÍAS OBJETO DE CONTROL DE LA ADUANA

    Las mercancías que se encuentran sujetas a un control aduanero son todas

    aquellas que entran y salen de un territorio aduanero nacional a otro.

    Las mercancías sujetas a control aduanero son las que se transportan por 

    territorio aduanero primario sin embargo, a objeto de ejercer un control para evitar 

    ilícitos aduaneros, la Aduana !acional realiza un control e"ectivo en el territorio

    aduanero secundario, con la participación de La #nidad $e %ontrol &perativo

     Aduanero '%.&.A.(.

    1.2. CLASIFICACIONLa ley general de aduanas clasi"ica al régimen aduanero de la siguiente manera)

    • Regímenes Ad!ne"#s Es$e%&!'es( donde se encuentran) La*mportación y +portación. +ntre los que se encuentran dentro de la*mportación est-n) *mportación a consumo 'de"initivo(  Admisión demercancías con eoneración de tributos aduaneros, Reimportación enel mismo estado. los que se encuentran dentro de la +portación est-n)+portación $e"initiva y +portación temporal para per"eccionamientopasivo.

    • Regímenes Ad!ne"#s Gene"!'es, donde se encuentran) /r-nsito

     Aduanero /r ansbordo, $epósito Aduanero Admisión temporal 'parareeportación de mercancías, Rite(

    Reposiciónde 0ercancías en

    1ranquicia Arancelaria y, los $estinos +speciales o de +cepción entrelos que est-n) régimen de viajeros, $uty "ree s2ops 1erias*nternacionales y muestras menaje doméstico y paquetes postales.

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    2.  LA IM)ORTACIÓN

    ARTÍCULO *2+.- L! Im$#",!%&n es e' &ng"es# 'eg!' de %!'&e" me"%!n%í!

    $"#%eden,e de ,e""&,#" e/,"!n0e"# ! ,e""&,#" !d!ne"# n!%n!'.

    A '#s ee%,#s de '#s "egímenes !d!ne"#s se %#ns&de"! &n&%&!d! '! #$e"!%&nde &m$#",!%&n %#n e' em!"e de '! me"%!n%í! en e' $!ís de #"&gen # de$"#%eden%&!( !%"ed&,!d! med&!n,e e' %#""es$#nd&en,e d#%men,# de,"!ns$#",e.

    L! &m$#",!%&n de me"%!n%í!s $#d"3 ee%,!"se en %!'&e" med de,"!ns$#",e 4!&'&,!d# de s# %#me"%&!'( &n%'5end# %!'es # d%,#s( $d&end#es,!s me"%!n%í!s es,!" s#me,&d!s ! %!"!%,e"ís,&%!s ,6%n&%!s es$e%&!'es( %#m#se" %#nge'!d!s # en7!s!d!s ! $"es&n.

    2.1. TERRITORIO ADUANERO.+s el territorio nacional y las -reas geogr-"icas de territorios etranjeros donde rigela potestad aduanera boliviana, en virtud a normativas internas y /ratados*nternacionales suscritos por el +stado.3ara el ejercicio de la 3otestad Aduanera, el territorio aduanero nacional se divideen dos zonas)

    4( 8#n! )"&m!"&!. %omprende todos los recintos aduaneros en espacios acu-ticos oterrestres, puertos, caminos y predios autorizados donde se realicen operacionesaduaneras, destinados a)

    • &peraciones de desembarque, embarque, movilización o depósito de las

    mercancías.

    •  Administración de &"icinas locales o dependencias destinadas al servicio

    directo de la Aduana !acional.5( 8#n! Se%nd!"&!. +s el territorio aduanero no comprendido en la zona primaria yen la que no se realizan operaciones aduaneras sin embargo, la Aduana !acional

    realizar-, cuando corresponda, las "unciones de vigilancia y control aduanero a laspersonas, establecimientos y depósitos de mercancías de distribución mayorista enésta zona.

    ARTÍCULO *9+.- L!s me"%!n%í!s &m$#",!d!s !' !m$!"# de '#s d#%men,#se/&g&d#s $#" 'e5( $#d"3n se" #0e,# de des$!%4#s $!"%&!'es. L!s me"%!n%í!s

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    $end&en,es de des$!%4# se"3n s#me,&d!s ! '! !$'&%!%&n de' "6g&men!d!ne"# e !d#$,e e' %#ns&gn!,!" de '! me"%!n%í!.

    )RINCI)ALES DOCUMENTOS )ARA LA IM)ORTACIÓN

     1actura comercial o documento equivalente.•  $ocumento de transporte, 'guía aérea, conocimiento marítimos, carta

    de porte(.

    •  3óliza de seguro o certi"icado de seguro 'cuando corresponda(.

    •  3arte de recepción.

    •  %erti"icado de inspección previa sin discrepancia o declaración jurada del

    valor en aduanas 'esta última suscrita por el importador(.

    • 3lanilla de gastos portuarios 'cuando corresponda(.

    • 1actura de transporte 'cuando corresponda(.

    • Lista de empaque.• %erti"icado de origen si viene de países con los que 6olivia cuenta con

    convenios comerciales de pre"erencia arancelaria.

    • %erti"icado bromatológico 'si la mercadería contiene tóicos(, zoo sanitario

    'para animales(, "itosanitario 'para vegetales(, ictio sanitario 'para peces(,etc., 'cuando corresponda(.

    • %erti"icados y7o autorizaciones previas 'cuando corresponda(.

    DES)AC:O )ARCIAL

    +st-n permitidos los despac2os parciales para mercancías amparadas en una sola"actura comercial, siempre que sean 2omogéneas y que no constituyan una unidad.

    3ara los casos de despac2os inmediatos y anticipados, el concesionario de depósitoaduanero deber- veri"icar la carga que arribó al recinto aduanero, y registrar manualmente los resultados respecto a lo declarado en el 0ani"iesto *nternacionalde %arga por el transportador antes del eamen documental y7o reconocimiento"ísico de la mercancía, o del retiro de la misma de recinto aduanero en caso de2aber sido la $#* seleccionada a canal verde en los despac2os inmediatos. 3ara

    estos casos la emisión del parte de recepción no es un requisito para el retiro de lamercancía de recinto aduanero.

    ARTÍCULO *;+.- L#s $"#%ed&m&en,#s $!"! !seg"!" 5 7e"&&%!" e' %m$'&m&en,#de '!s med&d!s s!n&,!"&!s 5 &,#s!n&,!"&!s 5 '! !$'&%!%&n de' Cd&g#A'&men,!" es,!'e%&d# $#" '! O"g!n&?!%&n Mnd&!' de' C#me"%

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    ( dee"3n '&m&,!"se ! '# es,"&%,!men,e "!?#n!'e 5 ne%es!"( de!%e"d# %#n e' Reg'!men,#.+l A%e"d# s#"e '! A$'&%!%&n de Med&d!s S!n&,!"&!s 5 F&,#s!n&,!"&!s  establecelas reglas b-sicas para la normativa sobre inocuidad de los alimentos y salud de losanimales y preservación de los vegetales. +l Acuerdo autoriza a los países aestablecer sus propias normas. 3ero también dice que es preciso que lasreglamentaciones estén "undadas en principios cientí"icos y, adem-s, que sólo seapliquen en la medida necesaria para proteger la salud y la vida de las personas y delos animales o para preservar los vegetales y que no discriminen de maneraarbitraria o injusti"icable entre 0iembros en que prevalezcan condiciones idénticas osimilares.

    8e alienta a los 0iembros a que utilicen las normas, directrices y recomendacionesinternacionales, cuando ellas eistan. !o obstante, los 0iembros pueden aplicar 

    medidas que se traduzcan en normas m-s rigurosas si 2ay una justi"icacióncientí"ica. 3ueden establecer asimismo normas m-s rigurosas sobre la base de unaevaluación adecuada del riesgo siempre y cuando la técnica sea co2erente y noarbitraria.

    +l Acuerdo autoriza sin embargo a los países a aplicar di"erentes normas y di"erentesmétodos de inspección de los productos.

    ELEMENTOS FUNDAMENTALES DEL ACUERDO

    /odos los países aplican medidas para garantizar la inocuidad de los productosalimenticios destinados al consumo 2umano y para evitar la propagación de plagas oen"ermedades entre los animales y los vegetales. +stas medidas sanitarias y"itosanitarias pueden adoptar muc2as "ormas) por ejemplo, pueden re"erirse a lanecesidad de que los productos procedan de zonas libres de en"ermedades, a lainspección de los productos, a su tratamiento o elaboración por medios especí"icos,al establecimiento de niveles m-imos autorizados de residuos de plaguicidas o a laeclusión del uso de determinadas sustancias como aditivos alimentarios. Lasmedidas sanitarias 'destinadas a proteger la salud de las personas y de losanimales( y "itosanitarias 'destinadas a preservar los vegetales( se aplican tanto a los

    artículos alimenticios de producción nacional o a las en"ermedades locales deanimales y vegetales como a los productos procedentes de otros países.

    @)ROTECCIÓN O )ROTECCIONISMO

    3or su propia naturaleza, las medidas sanitarias y "itosanitarias pueden dar lugar arestricciones del comercio. /odos los gobiernos reconocen que puede ser necesario

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    y conveniente aplicar algunas restricciones al comercio para garantizar lainocuidad de los alimentos y la protección sanitaria de los animales y los vegetales.8in embargo, los gobiernos se ven a veces sometidos a presiones a "in de que, enlugar de limitarse a aplicar las medidas estrictamente necesarias, utilicen lasrestricciones sanitarias y "itosanitarias para proteger a los productores nacionales dela competencia económica.

    #na restricción sanitaria o "itosanitaria que no esté realmente justi"icada por motivospertinentes puede ser un instrumento proteccionista muy e"icaz y, debido a sucomplejidad técnica, un obst-culo especialmente enga9oso y di"ícil de impugnar.

    +l Acuerdo sobre la Aplicación de 0edidas 8anitarias y 1itosanitarias 'en adelante:Acuerdo;( est- basado en las precedentes normas del

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    8in perjuicio de las pro2ibiciones en otras normas se pro2íbe bajo cualquier régimen aduanero o destino aduanero especial, el ingreso a territorio nacional delas siguientes mercancías)

    a( 0ercancías nocivas para el medio ambiente, la salud y la vida 2umana, animalo contra la preservación vegetal)

    3roductos comestibles y preparaciones alimenticias diversas, bebidas alco2ólicas yno alco2ólicas, en estado descomposición o adulteradas que contengan sustanciasnocivas para la salud. Animales vivos a"ectados por en"ermedades.

    3lantas, "rutos comestibles, semillas y productos de origen vegetal y animal quecontengan plagas agrícolas, "orestales y en"ermedades cuarentenarias.8ustancias agotadoras del ozono que contengan 'cloro"luorocarbonos(.

    b( Alimentos de consumo e insumos agropecuarios 'plaguicidas, ymedicamentos de uso veterinario(, no registrados ante el 8ervicio!acional de 8anidad Agropecuaria e *nocuidad Alimentaria = 8+!A8A< deacuerdo a la Ley !> 5?@ de 4@ de marzo de 5???.

    c( 3roductos "armacéuticos, medicamentos de composición y "órmulas noregistradas ante el 0inisterio de 8alud y $eportes, de acuerdo con la Ley!> 4B, de 4 de diciembre de 4CC@, del 0edicamento.

    d( mercancías que atenten contra la seguridad del +stado 3lurinacional de6olivia y del sistema económico "inanciero del país)D 6illetes de lotería etranjera.D *mitaciones de monedas y billetes.D 8ellos de correo u otros valores "iscales ecepto los cat-logosnumism-ticos y "ilatélicos de cualquier naturaleza.D Armas, municiones y eplosivosD Artículos usados de prendería, tales como prendas y complementos de vestir,zapatos, ropa de cama, mesa, tocador y cocina, mantas, al"ombras, artículos detapicería, trapos, cordeles, cuerdas y cordajes, desec2os y desperdicios decualquier material tetil.8e ecepsuan de la pro2ibición las mercancías que se encuentran autorizadas parasu importación por disposición epresa de la autoridad competente.e( Ee2ículos, partes y accesorios para ve2ículos, usados o nuevos quede acuerdo a normativa vigente se encuentren pro2ibidos de importación.

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    ARTÍCULO *+.- L! &m$#",!%&n de me"%!n%í!s $"#,eg&d!s $#" e' A%e"d#"e'!,&7# ! '#s De"e%4#s de )"#$&ed!d In,e'e%,!' "e'!%n!d#s %#n e' %#me"%(es,!'e%&d#s $#" '! O"g!n&?!%&n Mnd&!' de C#me"% ( se !0s,!"3 !'!s d&s$#s&%nes gene"!'es 5 $"&n%&$s 3s&%#s se!'!d#s en d&%4# A%e"d#.

    L! !dm&n&s,"!%&n !d!ne"!( ! s#'&%&,d de' "g!n# n!%n!' %#m$e,en,e"e'!%n!d# %#n '! $"#$&ed!d &n,e'e%,!'( $#d"3 ss$ende" e'des!d!n!m&en,# de '! me"%!n%í! e $"esn,!men,e 7'e de"e%4#s de$"#$&ed!d &n,e'e%,!'( #,en&d#s en e' $!ís # e de"&7en de !%e"d#s&n,e"n!%n!'es ss%"&,#s $#" B#'&7&!( "!,&&%!d#s $#" e' )!"'!men,#.

    ARTÍCULO *+.- E' &m$#",!d#" med&!n,e Des$!%4!n,e # Agen%&! Des$!%4!n,ede Ad!n!( es,3 #'&g!d# ! $"esen,!"( 0n,# ! '! De%'!"!%&n de Me"%!n%í!s deIm$#",!%&n( e' #"m'!" de '! De%'!"!%&n J"!d! de' !'#" en Ad!n!s #( en

    s %!s#( e' #"m'!" de '! De%'!"!%&n And&n! de' !'#" !d#$,!d# $#" '!De%&s&n 9H de '! C#mn&d!d And&n! # '#s e '!s ss,&,5!n( !dem3s de '!d#%men,!%&n e/&g&'e segn Reg'!men,#.

    E' &m$#",!d#" ss%"&&"3 d&%4! de%'!"!%&n !sm&end# $'en! "es$#ns!&'&d!dde s %#n,en&d#.

    DECLARACIÓN DE MERCANCÍAS DE IM)ORTACIÓN

    /odas las importaciones tienen que ser realizadas por un agente $espac2ante de Aduanas y se 2ace a través de la $eclaración de mercancías de importación, que esuna declaración jurada del valor, lo cual "ormaliza el despac2o aduaneroacogiéndose a un régimen aduanero mediante la presentación de la declaración demercancías.

    Fsta declaración de mercancías de importación est- compuesta por la siguientedocumentación)

    1> $ocumentación de respaldo o de soporte de la declaración de la importación

    '1ormulario G resumen de documentos(.

    2> 1actura comercial o documento equivalente según corresponda.

    9> $ocumento de trasporte.

    ;> 3arte de recepción original.

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    > %erti"icado de inspección previa que emite la veri"icadora o declaración jurada del valor de aduanas.

    > 3óliza de seguro G copia.

    > $ocumento de gastos portuarios original.

    *> 1acturas de gastos de transporte de mercancías, emitida por el transportador consignatario en el 0*% G copia.

    H> Lista de embarque original o copia.

    1> %erti"icado de origen de la mercancía, original.

    11> %erti"icados de autorizaciones previas.

    12> &tros documentos imprescindibles de acuerdo al régimen aduanero que sesolicita.

    19> $ebe incluir una declaración jurada.

    9.  IM)ORTACIÓN )ARA EL CONSUMO

    ARTÍCULO **+.- Im$#",!%&n $!"! e' %#nsm# es e' "6g&men !d!ne"# $#" e'%!' '!s me"%!n%í!s &m$#",!d!s $"#%eden,es de ,e""&,#" e/,"!n0e"# # ?#n!"!n%!( $eden $e"m!ne%e" de&n&,&7!men,e den,"# de' ,e""&,#" !d!ne"#.Es,e "6g&men &m$'&%! e' $!g# ,#,!' de '#s ,"&,#s !d!ne"#s de &m$#",!%&ne/&g&'es 5 e' %m$'&m&en,# de '!s #"m!'&d!des !d!ne"!s.

    +l régimen implica el pago total de los tributos aduaneros de importación eigibles yel cumplimiento de las "ormalidades aduaneras, cumpliendo los siguientesrequisitos)

    !> 3ermanencia de"initiva de las mercancías en /erritorio Aduanero !acional.

    > %umplimiento de "ormalidades y certi"icaciones.

    %> 3ago de tributos.

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    d> Hue las mercancías sean nacionalizadas, y se considera nacionalizada unamercancías, cuando se paga el tributo respectivo.

    ARTÍCULO *H+.- L!s me"%!n%í!s e $#" s %#n,en&d# 5 n!,"!'e?!( se!n de3%&' "e%#n#%&m&en,# 5 %5# 7#'men( $es# #,"!s %#nd&%nes 4!g!n d&í%&'s &n,"#d%%&n ! '#s de$s&,#s !d!ne"#s &s%!'es # $"&7!d#s( $#d"3n se" #0e,# de des$!%4# !d!ne"# $!"! e' %#nsm# en #"m! &nmed&!,!( !0#%#n,"#' de '! Ad!n! N!%n!' 5 %#n e' $'en# %m$'&m&en,# de ,#d!s '!s#"m!'&d!des !d!ne"!s.+n el decreto 55CI regula el proceso de nacionalización en "rontera de mercaderíasde "-cil reconocimiento y 2omogéneas, que obligaran a concluir un traite en elm-imo de 5J 2oras. +l objetivo es acelerar el despac2o de mercancía.

    ARTÍCULO H+.- L!s me"%!n%í!s se %#ns&de"!"3n n!%n!'&?!d!s en ,e""&,#"

    !d!ne"#( %!nd# %m$'!n %#n e' $!g# de '#s ,"&,#s !d!ne"#s e/&g&'es$!"! s &m$#",!%&n.

    ;.  ADMISIÓN DE MERCANCÍAS CON E=ONERACIÓN DETRIBUTOS ADUANEROS

    ARTÍCULO H1+.- L! &m$#",!%&n de me"%!n%í!s $!"! e' %#nsm#( %#ne/#ne"!%&n de ,"&,#s !d!ne"#s( &nde$end&en,emen,e de s %'!s&&%!%&n!"!n%e'!"&!( $"#%ede"3 %!nd# se &m$#",en $!"! &nes es$e%í&%#s 5

    de,e"m&n!d#s en %!d! %!s#( en 7&",d de T"!,!d#s # C#n7ensIn,e"n!%n!'es # en %#n,"!,#s de %!"3%,e" &n,e"n!%n!'( ss%"&,#s $#" e'Es,!d# B#'&7&!n#( med&!n,e '#s e se #,#"ge es,! e/#ne"!%&n %#n#se"7!n%&! ! '!s d&s$#s&%nes de '! $"esen,e Le5 5 #,"!s de %!"3%,e" es$e%&!'.

    8e permite la importación para el consumo, con eoneración de tributos aduanerosde importación las mercancías que 2ubieran sido eportadas temporalmente y seencontraban en libre circulación o constituyan productos compensadores, siempreque este o las mercancías no 2ayan su"rido en el etranjero ninguna

    trans"ormación, elaboración o reparación.Los productos compensadores son los productos obtenidos como resultado de latras"ormación, de la elaboración o de la reparación de las mercancías, cuyaadmisión bajo el regimen de per"eccionamiento activo aya sido autorizada.

    ARTÍCULO H2+.- )!"! '! !dm&s&n %#n e/#ne"!%&n de ,"&,#s !d!ne"#s de&m$#",!%&n( se deen #se"7!" '!s s&g&en,es "eg'!s

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    !> L#s ene&%s de e ,"!,! es,e C!$í,'# se !$'&%!"3n ! '!s me"%!n%í!s ese &m$#",en d&"e%,!men,e de' e/,"!n0e"# 5 se 4!''!"!n s0e,!s ! n "6g&men!d!ne"#.

    > S!'7# '! "e%&$"#%&d!d &n,e"n!%n!'( '! !dm&s&n de me"%!n%í!s %#ne/#ne"!%&n de ,"&,#s !d!ne"#s( dee"3 %#n%ede"se s&n ,#m!" en %en,! e'$!ís de #"&gen # de $"#%eden%&! de '!s me"%!n%í!s.

    +l Reglamento para este tipo de despac2o en el $ecreto 8upremo 5555I de 4Bde Kunio de 4CC que distingue los tres sectores susceptibles de bene"iciarsecon eenciones tributarias de importación y eportación, son)

    • $iplom-tico '%onvenio de Eiena de 4 de Abril de 4C@4 al que se

    2a ad2erido 6olivia mediante $.8. 4?I5C( y, que comprende laeención del

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    $!g# de ,"&,#s !d!ne"#s( n# $#d"3n en!0en!"se n& se" en,"eg!d!s !n&ngn ,í,'#( n& des,&n!"se ! n &n d&s,&n,# $!"! e' %!' e"#n &m$#",!d!s(e/%e$,# %!nd# %m$'!n %!'es&e"! de '!s s&g&en,es %#nd&%nes

    !> Se en!0ene en !7#" de $e"s#n!s e ,eng!n e' de"e%4# ! &m$#",!" me"%!n%í!s de '! m&sm! %'!se 5 en '! m&sm! %!n,&d!d 5 e ,eng!n de"e%4# !e/#ne"!%&n # "e!0! de '#s ,"&,#s !d!ne"#s( $"e7&! !,#"&?!%&n de'M&n&s,e" de :!%&end!.

    > Se des,&nen ! n &n e( $#" s n!,"!'e?!( $ed! g#?!" de' de"e%4# dee/#ne"!%&n # "e!0! de ,"&,#s !d!ne"#s( $"e7&! !,#"&?!%&n de' M&n&s,e"de :!%&end!.

    En %!'&e" #,"# %!s# e n# es,6 %#n,em$'!d# en '#s '&,e"!'es !> 5 > de'

    $"esen,e A",í%'#( se $!g!"3 e' ,#,!' # "es&d!' de '#s ,"&,#s !d!ne"#s de&m$#",!%&n segn %#""es$#nd!.

    ARTÍCULO H;+.- L!s &m$#",!%nes de me"%!n%í!s e/,"!n0e"!s %#ne/#ne"!%&n de ,"&,#s !d!ne"#s( !m$!"!d!s en T"!,!d#s # C#n7ensIn,e"n!%n!'es( ss%"&,#s $#" B#'&7&! 5 "!,&&%!d#s $#" e' :#n#"!'e C#ng"es#N!%n!'( es,!"3n e/en,!s de' $!g# ,#,!' # $!"%&!' de d&%4#s ,"&,#s( %!nd#'!s me"%!n%í!s %m$'!n '!s %#nd&%nes es,!'e%&d!s en e' %e",&&%!d# de#"&gen de '!s m&sm!s.

    +s importante considerar que, en el caso de importaciones de ve2ículosautomotores para uso o"icial de una misión diplom-tica etranjera, latrans"erencia deber- realizarse después de tr es a9os +n caso deimportaciones de ve2ículos para uso particular por parte del sector diplom-tico, la trans"erencia deber- 2acerse después de dos a9os para elregistro público del automotor, se deber- solicitar que se autorice laenajenación a la Aduana en la que se 2a realizado la importación

    ARTÍCULO H+.- L!s n#"m!s 5 "eg'!%nes $!"! %#n%ede" Adm&s&n de

    Me"%!n%í!s en R6g&men %#n E/#ne"!%&n de T"&,#s Ad!ne"#s se"3nes,!'e%&d!s med&!n,e De%"e,# S$"em# Reg'!men,!".

    .  REIM)ORTACION EN EL MISMO ESTADO

    ARTÍCULO H+.- Re&m$#",!%&n de me"%!n%í!s en e' m&sm# es,!d# es e'"6g&men !d!ne"# e $e"m&,e '! &m$#",!%&n $!"! e' %#nsm#( %#ne/#ne"!%&n de ,"&,#s !d!ne"#s de &m$#",!%&n( de me"%!n%í!s e

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    4&e"!n s&d# e/$#",!d!s ,em$#"!'men,e 5 se en%#n,"!!n en '&"e%&"%'!%&n # %#ns,&,í!n $"#d%,#s %#m$ens!d#"es( s&em$"e e 6s,#s # '!sme"%!n%í!s n# 4!5!n s"&d# en e' e/,"!n0e"# n&ngn! ,"!ns#"m!%&n(e'!#"!%&n # "e$!"!%&n.

    ARTÍCULO H+.- S& '! e/$#",!%&n ,em$#"!' se "e!'&?!"! %#n m#,&7# de n%#n,"!,# de $"es,!%&n de se"7&%s en e' e/,e"" de' $!ís( '!s me"%!n%í!sdee"3n "e&m$#",!"se den,"# de '#s %&n%# !#s s&g&en,es 5 en e' ,6"m&n# den !# en '#s dem3s %!s#s.

    )!"! !%#ge"se !' ene&% de es,e "6g&men( e' de%'!"!n,e dee"3 dem#s,"!"

    !> Ke '! me"%!n%í! se en%#n,"!! en '&"e %&"%'!%&n en e' ,e""&,#" n!%n!'(! ,&em$# de s e/$#",!%&n ,em$#"!'.

    > Ke '! me"%!n%í! es '! m&sm! e se e/$#", 5 se en%en,"! en s&m&'!" es,!d#.

    Régimen que permite la importación para el consumo, con eoneración de tributosaduaneros cuando la mercancía 2a sido eportada temporalmente, siempre que no2aya su"rido trans"ormación.

    3lazo para la reimportación es de I a9os para maquinarías y equipo con contratos deservicio y de un a9o para el resto de las mercancías eportadas temporalmente

    . E=)ORTACIÓN DEFINITIA

    ARTÍCULO H*+.- E/$#",!%&n De&n&,&7! es e' "6g&men !d!ne"# !$'&%!'e ! '!sme"%!n%í!s en '&"e %&"%'!%&n e s!'en de' ,e""&,#" !d!ne"# 5 e es,3ndes,&n!d!s ! $e"m!ne%e" de&n&,&7!men,e e"! de' $!ís( s&n e' $!g# de '#s,"&,#s !d!ne"#s( s!'7# %!s#s es,!'e%&d#s $#" Le5.

    ARTÍCULO HH+.- E' Es,!d# g!"!n,&?! '! '&"e e/$#",!%&n de me"%!n%í!s( %#ne/%e$%&n de !e''!s e es,3n s0e,!s ! $"#4&&%&n e/$"es! 5 de '!s e

    !e%,!n ! '! s!'d $'&%!( '! seg"&d!d de' Es,!d#( '! $"ese"7!%&n de '! !n!5 '#"! 5 de' $!,"&m#n %',"!'( 4&s,"&%# 5 !"e#'g&%# de '! N!%&n.

    C!nd# '!s me"%!n%í!s ,eng!n e se" e/$#",!d!s $#" !d!n! d&s,&n,! !!e''! d#nde se $"esen, '! De%'!"!%&n de Me"%!n%í!s de e/$#",!%&n( se"3n,"!ns$#",!d!s !0# e' R6g&men de T"3ns&,# Ad!ne"# 4!s,! '! !d!n! de s!'&d!.

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    ARTÍCULO 1+.- E' des$!%4# de '!s me"%!n%í!s de e/$#",!%&n se#"m!'&?! 5 ,"!m&,! $#" &n,e"med de n Des$!%4!n,e de Ad!n! !n,e '!!dm&n&s,"!%&n !d!ne"!( en '#s 'g!"es d#nde n# e/&s,e e' s&s,em! deen,!n&''! n&%! de E/$#",!%&n .

    ARTÍCULO 11+.- L!s me"%!n%í!s de $"#d%%&n n!%n!'( e/$#",!d!s !'e/,"!n0e"# e n# 4&e"!n s&d# !%e$,!d!s $#" e' $!ís de des,&n#( n# 4&e"!n!""&!d# !' $!ís de des,&n#( n# ,7&e"!n '! %!'&d!d $!%,!d!( es,7&e"! $"#4&&d!s &m$#",!%&n en e' $!ís de des,&n#( # 4&e"!n s"&d# d!# d"!n,e s,"!ns$#",e( n! 7e? em!"%!d!s( $#d"3n "e&m$#",!"se en e' m&sm# es,!d#( s&ne' $!g# de ,"&,#s !d!ne"#s( de&end# e' e/$#",!d#"( %!nd# %#""es$#nd!("es,&,&" '#s ,"&,#s de7e',#s $#" e' Es,!d# en '! #$e"!%&n &n&%&!' dee/$#",!%&n de&n&,&7!. 

    +l despac2o de la mercancía de eportación debe solicitarse ante la *ntendencia de Aduana por el $espac2ador de Aduana mediante &rden de +mbarque.

     +l embarque de las mercancías de eportación podr- e"ectuarse por una Aduanadistinta a aquella en la que se presentó la &rden de +mbarque, para lo cual, eldespac2ador debe consignar, en el Rubro @ de la &rden de +mbarque, la Aduana de8alida.

    D +l $espac2ador de Aduana podr- solicitar ante la *ntendencia de Aduana el

    reconocimiento "ísico de las mercancías en los locales del eportador, trat-ndose de)0ercancías perecibles que requieran un acondicionamiento especial +plosivos0aquinarias de gran peso y volumen &tras mercancías que a criterio del *ntendentede Aduana cali"iquen. La eportación de mercancías no est- a"ecta a pago de ningúntributo

    . REGÍMENES ADUANEROS ES)ECIALES

    TRNSITO ADUANERO

    ARTÍCULO 12.- +l tr-nsito aduanero comprender- tanto el nacional como elinternacional. Las operaciones en el Régimen de /r-nsito Aduanero *nternacional seregir-n por las normas y procedimientos establecidos en los Acuerdos o %onvenios*nternacionales suscritos por 6olivia y rati"icados por el %ongreso !acional.

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    /r-nsito Aduanero *nternacional, es el régimen aduanero que permite eltransporte de mercancías, bajo control aduanero, desde una Aduana de 3artida2asta una Aduana de $estino, en una misma operación en el curso de la cual secruzan una o m-s "ronteras internacionales.

    +l tr-nsito aduanero nacional es el transporte de mercancías de los depósitos de unaaduana interior a los de otra aduana interior, dentro del territorio nacional, bajocontrol y autorización aduanera.

    Las mercancías transportadas bajo el Régimen de /r-nsito Aduanero *nternacional,podr-n circular en el territorio aduanero, con suspensión del pago de los tributosaduaneros de importación o eportación.

    3ara e"ectos del control aduanero, la aduana de partida o la aduana de paso por "rontera se9alar- la ruta que debe seguir el transportador en cada operación detr-nsito aduanero internacional por el territorio nacional.

    +l Régimen de /r-nsito Aduanero *nternacional ser- solicitado por el declarante o surepresentante legal. Las autoridades aduaneras designar-n las Administraciones

     Aduaneras 2abilitadas para ejercer las "unciones de control, relativas a lasoperaciones de tr-nsito aduanero internacional, así como los 2orarios de atención delas mismas.

    ARTÍCULO 19>.= +l transportador o declarante consignados en el 0ani"iesto

    *nternacional de %arga 7 $eclaración de /r-nsito Aduanero '0*%7$/A( o en eldocumento de /ransporte *nternacional 1erroviario 7 $eclaración de /r-nsito Aduanero '/*17$/A(, o documento de embarque correspondiente, es responsableante la Aduana !acional por la entrega de las mercancías a la administraciónaduanera de destino, en las mismas condiciones que las recibieron en laadministración aduanera de partida y con el cumplimiento de las normas in2erentesal tr-nsito aduanero internacional, conservando los sellos y los precintos deseguridad.

    ARTÍCULO 1;+.-  Las autoridades aduaneras son las únicas autorizadas para

    colocar precintos aduaneros. Los precintos aduaneros son de uso obligatorio en losmedios de transporte 2abilitados de uso comercial, en las unidades de transporte yen las mercancías susceptibles de ser precintadas.

    ARTÍCULO 1+.- %ada $eclaración de /r-nsito Aduanero *nternacional sólo amparalas mercancías de un único declarante, acondicionadas en una o varias unidades de

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    carga de uso comercial o propio, por ser transportadas desde una aduana departida 2asta una aduana de destino.

    ARTÍCULO 1+.- 8iempre que se cumplan las condiciones establecidas en elRégimen de /r-nsito Aduanero *nternacional, las mercancías en tr-nsito por 6oliviacon destino a otro país, no ser-n sometidas a reconocimiento, salvo en casosecepcionales, "undados en norma legal epresa o cuando se trate del cumplimientode una orden de autoridad jurisdiccional, di"erente a la aduanera, la que se cumplir-,previa autorización de la administración aduanera.

    ARTÍCULO 1+.- 8olamente en los casos que sea necesario el transbordo de lasmercancías como consecuencia de un accidente o da9o del medio de transporte deuso comercial, el transportador o representante legal tomar- las medidas que estimeoportunas, comunicando este 2ec2o a la administración aduanera m-s próima.

    ARTÍCULO 1*+.- 3ara el caso del Artículo anterior, el transbordo de las mercancíasde una unidad de carga a otra, así como el transbordo de las mismas, de un mediode transporte 2abilitado a otro, necesariamente comprender- la totalidad de lasmercancías consignadas en el 0ani"iesto *nternacional de %arga o en la $eclaraciónde /r-nsito Aduanero *nternacional.

    ARTÍCULO 1H+.- La operación de /r-nsito Aduanero *nternacional se dar- por concluida cuando se presente el 0ani"iesto *nternacional de %arga 7 $eclaración de/r-nsito Aduanero '0*%7$/A( ó el documento de /r-nsito *nternacional 1erroviario 7

    $eclaración de /r-nsito Aduanero '/*17$/A( o documento de embarquecorrespondiente y se entreguen las mercancías a la administración aduanera o aldepósito aduanero autorizado. %oncluida la operación de /r-nsito Aduanero*nternacional, la administración aduanera de destino dejar- constancia de tal 2ec2omediante la emisión del parte de recepción de mercancías, noti"icando este 2ec2o ala brevedad posible a la aduana de partida, con"orme al procedimiento que ser-establecido mediante Reglamento.

    ARTÍCULO 11+.- %uando las circunstancias así lo justi"icaran, el transportador podr- utilizar otras aduanas de "rontera, distintas a la originalmente declarada. +n

    este caso, la aduana de paso de "rontera utilizada dejar- constancia de tal 2ec2o enla $eclaración de /r-nsito Aduanero *nternacional.

    ARTÍCULO 111>.= 3ara e"ectos de la presente Ley y en concordancia con normasinternacionales, el 0ani"iesto *nternacional de %arga 7 $eclaración de /r-nsito

     Aduanero *nternacional o el documento de /r-nsito *nternacional 1erroviario 7$eclaración de /r-nsito Aduanero '/*17$/A( o documento de embarque

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    correspondiente podr- constar en "orma documental o en medios in"orm-ticosdigitalizados.

    .1 RGIMEN DE TRNSITO ADUANERO

    +l tr-nsito aduanero comprende tanto el territorio aduanero nacional como elinternacional.

    +s el régimen aduanero que permite el transporte de mercancías, bajo el controladuanero, desde una Aduana de partida 2asta una Aduana de destino, en una mismaoperación, en el curso de la cual se cruzan una o m-s "ronteras internacionales.

    Fste Régimen también implica el transporte de mercancías de los depósitos de unaaduana interior a los de otra aduana interior, dentro del territorio nacional, bajocontrol y autorización aduanera.+isten dos tipos de /r-nsito Aduanero)

    +l tránsito aduanero nacional  dentro del mismo territorio nacional con la suspensióndel pago de tributos aduaneros. 3ara e"ectos de control aduanero, la aduana departida o la aduana de paso por "rontera se9alar-n la ruta que debe seguir eltransportador en cada operación de tr-nsito aduanero internacional por el territorionacional.

    +n el caso del régimen de tránsito aduanero internacional , éste ser- solicitado por eldeclarante o su representante legal. Las autoridades aduaneras designar-n lasadministraciones aduaneras 2abilitadas para ejercer las "unciones de control, asícomo el 2orario de atención de las mismas.

    %aracterísticas

    !> 8uspensión del pago de /ributos.

    > %ontrol Aduanero.

    %> +l transportador tiene que ser solicitado por el declarante.

    d> Aplicación del 3rincipio de 6uena 1e.

    .2 TRANSBORDO

    ARTÍCULO 112.-

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    T"!ns#"d# es e' "6g&men !d!ne"# en !$'&%!%&n de' %!' se ,"!s'!d!n(!0# %#n,"#' !d!ne"#( me"%!n%í!s de n med de ,"!ns$#",e ! #,"#( # !'m&sm# en d&s,&n,# 7&!0e( &n%'&d! s des%!"g! ! ,&e""!( ! #0e,# de e %#n,&ne4!s,! s 'g!" de des,&n#.E' ,"!ns#"d# es d&"e%,# s& se ee%,! s&n &n,"#d%&" '!s me"%!n%í!s ! nde$s&,# ,em$#"!'. E' ,"!ns#"d# es &nd&"e%,#( %!nd# '!s me"%!n%í!s s#n%#'#%!d!s ,em$#"!'men,e en n !'m!%6n( &n%'s&7e en ?#n!s "!n%!s%#me"%&!'es %!nd# %#""es$#nd!( $!"! se" #0e,# de "e!g"$!m&en,#( %!mde em!'!0e dee%,#s#( m!"%!d# 5 se'e%%&n( $"e7&! !,#"&?!%&n 5 %#n,"#' de'! !dm&n&s,"!%&n !d!ne"!. A '! de%'!"!%&n de '! me"%!n%í! ,"!ns#"d!d! se!d0n,!"3 e' M!n&&es,# In,e"n!%n!' de C!"g! P De%'!"!%&n de T"3ns&,#Ad!ne"# # e' d#%men,# de T"3ns&,# In,e"n!%n!' Fe""#7&!" PDe%'!"!%&n de T"3ns&,# Ad!ne"# # d#%men,# de em!"e%#""es$#nd&en,e. E' ,"!ns$#",!d#" In,e"n!%n!' # de%'!"!n,e e( segn e'

    M!n&&es,# In,e"n!%n!' de C!"g! ,eng! de"e%4#s s#"e '!s me"%!n%í!s( $#d"3de%'!"!" e' "6g&men de ,"!ns#"d#( e' e se"3 $"e7&!men,e !,#"&?!d# $#" '!!dm&n&s,"!%&n !d!ne"!( &nde$end&en,emen,e de' #"&gen # des,&n# de '!sm&sm!s( s&end# "es$#ns!'e !n,e '! Ad!n! N!%n!' $#" e' %m$'&m&en,# de,#d!s '!s #"m!'&d!des es,!'e%&d!s en '! $"esen,e Le5 5 s Reg'!men,#. L!!dm&n&s,"!%&n !d!ne"! $#d"3 $e"m&,&" e' ,"!ns#"d# de '!s me"%!n%í!s( den! n&d!d de %!"g! ! #,"!( !sí %#m#( de n med de ,"!ns$#",e ! #,"#(de&end# %#m$"ende" '! ,#,!'&d!d de '!s me"%!n%í!s %#ns&gn!d!s en e'm!n&&es,# de %!"g!( !0# '! #$e"!%&n de ,"3ns&,# !d!ne"# &n,e"n!%n!'.

    La de"inición nos muestra que este régimen es utilizado cuando las mercancías seencuentran bajo otro régimen aduanero, sin embargo en caso de accidente o da9odel medio de transporte de uso comercial, el transportador o representante legaltomar- las medidas que estime oportunas, comunicando éste 2ec2o a laadministración aduanera m-s próima. La característica "undamental, es que siendoun régimen en el cual no se imponen tributos aduaneros, sí est- sujeto alcumplimiento de la Ley y su Reglamento, por la cual se le otorga toda la "acultad decontrol a la Aduana.

    +l /ransbordo puede ser de dos clases, así lo advertimos)4= $irecto.= 8i no se utiliza un depósito temporal al respecto la Administraciónaduanera podr- permitir el trasbordo de las mercancías, de una unidad de carga aotra, así como, de un medio de transporte a otro, debiendo comprender la totalidadde las mercancías consignadas en el mani"iesto de cargo, bajo la operación detr-nsito aduanero internacional.

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    5= *ndirecto.= 8i las mercancías 2acen uso temporal de un depósito y7o almacén'zona "ranca(. 8in embargo, cualquiera sea el caso, se debe poner en conocimientode la Administración Aduanera, tal como dispone el Artículo 4? y 445 de la Ley

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    de objetivos nacionales y del desarrollo de la política gubernamental en materiaaduanera.

    ARTÍCULO 11.-L#s de$s&,#s de !d!n! !,#"&?!d#s $#d"3n se" ,&'&?!d#s $#" %!'&e" &m$#",!d#" # e/$#",!d#"( !0# s$e"7&s&n de '! Adm&n&s,"!%&n Ad!ne"!(s&em$"e e '!s me"%!n%í!s es,6n !m$!"!d!s %#n e' M!n&&es,# &n,e"n!%n!'de C!"g! P De%'!"!%&n de T"3ns&,# Ad!ne"# %#n e' d#%men,# deT"!ns$#",e In,e"n!%n!' Fe""#7&!" P De%'!"!%&n de T"3ns&,# Ad!ne"# # d#%men,# de em!"e %#""es$#nd&en,e.

    ARTÍCULO 11.-S!'7# '!s e/%e$%nes %#n,em$'!d!s en es,! Le5( '!s me"%!n%í!s e es,6n!0# e' %#n,"#' de '! !dm&n&s,"!%&n !d!ne"! se"3n !'m!%en!d!s en De$s&,#s

    Ad!ne"#s A,#"&?!d#s.

    ARTÍCULO 11.-De$s&,#s Tem$#"!'es s#n "e%&n,#s 4!&'&,!d#s $!"! e' !'m!%en!m&en,#,em$#"!' de me"%!n%í!s( !0# e' %#n,"#' de '! Ad!n! N!%n!'. L!s me"%!n%í!sde$#s&,!d!s $#d"3n se" des,&n!d!s ! %#nsm#( "eem!"%!d!s( !dm&,&d!s,em$#"!'men,e 5! se! ,#,!' # $!"%&!'men,e. T"!ns%""&d#s d#s meses %#n,!d#sdesde '! e%4! de' &ng"es# de '!s me"%!n%í!s ! de$s&,# ,em$#"!'( s&n e e'de%'!"!n,e # %#ns&gn!,!" $"esen,e e' 'e7!n,e 5 n# 4&e"!n s&d# "e,&"!d!s(se"3n de%'!"!d!s en !!nd#n# ,3%&,#. An,es de' 7en%&m&en,# de' $'!?# de

    de$s&,# ,em$#"!'( $!"! ee%,#s !d!ne"#s( e' %#m&,en,e( e' %#ns&gn!,!" # e'$"#$&e,!" de '! me"%!n%í!( $#d"3n s#'&%&,!" ! ,"!76s de n Des$!%4!n,e deAd!n!( e' %!m !' "6g&men de de$s&,# de !d!n! !' e se "e&e"e e'A",í%'# 119 de '! $"esen,e Le5.

    3odr-n eistir las siguientes modalidades de depósitos aduaneros bajo control de laadministración aduanera)a( $epósito /emporal) $onde las mercancías podr-n permanecer por el plazom-imo de sesenta '@?( días

    +l depósito temporal es usualmente utilizado 2asta que se produzca ladesaduanización, despac2o aduanero, a"oro y "inalmente se autorice el levante delas mercaderías. 8in embargo, los depósitos son utilizados para mercaderías enconsignación 2asta en tanto, se produzcan las condiciones de mercado idóneas parasu comercialización.

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    b( $epósito de Aduana) $onde las mercancías 2an sido destinadas desdeorigen o trans"eridas de depósito temporal, para su permanencia por un plazom-imo de seis '@( mesesc( $epósito /ransitorio) 8on depósitos autorizados por la administración aduanera,previa constitución de garantía, para el almacenamiento de mercancías por el plazom-imo de sesenta '@?( días. /rat-ndose de +mpresa 3ública !acional +stratégicacreada mediante $ecreto 8upremo, el depósito transitorio se constituir- por el plazoprevisto en el respectivo contrato de provisión e instalación, m-s un terciod( $epósitos +speciales) 8on depósitos autorizados por la administración aduanera,para el almacenamiento de mercancías peligrosas, por el plazo m-imo de sesenta'@?(  días, como etensión de los depósitos de aduana a cargo de   concesionarios.Las modalidades de los depósitos se9aladas en los incisos a(, b( y d(  estar-n bajoresponsabilidad del concesionario de depósito de aduana.

    ARTÍCULO 11*.-L!s $e"s#n!s 0"íd&%!s e !dm&n&s,"en de$s&,#s de !d!n! !,#"&?!d#s( s#n"es$#ns!'es !n,e e' &m$#",!d#" #,"! $e"s#n! e ,eng! n &n,e"6s 'eg!'s#"e '!s me"%!n%í!s( $#" e' 7!'#" de '!s m&sm!s # $#" '#s d!#s e se 'es4&e"! #%!sn!d#( s&n $e"0&% de '!s s!n%nes e 'es se!n !$'&%!'es $#" '! %#m&s&n de de'&,#s # %#n,"!7en%nes !d!ne"!s.

    Las administraciones aduaneras de destino podr-n autorizar a personas jurídicas elalmacenamiento de mercancías en depósitos transitorios, previa constitución degarantía a "avor de la Aduana !acional, por el pago de los tributos aduaneros

    suspendidos. La respectiva solicitud deber- ser presentada ante la administraciónaduanera de destino con una antelación no menor a veinticuatro '5J( 2oras antes dela llegada de la mercancía.

    ARTÍCULO 11H.-L!s &""eg'!"&d!des en '! !dm&n&s,"!%&n # en e' m!n,en&m&en,# de '!s%#nd&%nes e/&g&d!s en e' %#n,"!,# $!"! e' n%n!m&en,# de '#s de$s&,#s de!d!n! # de$s&,#s ,em$#"!'es( # '! !',! de %#mn&%!%&n #$#",n! de'7en%&m&en,# 'eg!' de' $'!?# de !'m!%en!m&en,# ! '#s s!"s 5 de '! !7e"í! #

    e/,"!7í# de '! me"%!n%í!( d!"3n 'g!" ! '! !$'&%!%&n de m',!s 5( en s %!s#( '!"es#'%&n de' %#n,"!,# e se"3 &m$es,!s $#" '! Ad!n! N!%n!'( segn '!g"!7ed!d de '! &""eg'!"&d!d.

    ARTÍCULO 12.-L#s %#n%esn!"s $"&7!d#s !,#"&?!d#s e ,&enen ! s %!"g# '!!dm&n&s,"!%&n de '#s de$s&,#s !d!ne"#s de me"%!n%í!s( dee"3n %#ns,&,&" 

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    #'e,! de g!"!n,í! !n%!"&! # seg"# de &!n?! ! !7#" de '! Ad!n!N!%n!'( $!"! "es$#nde" $#" '#s ,"&,#s !d!ne"#s e/&g&'es 5 '!s s!n%nes$e%n&!"&!s e 'es se!n !$'&%!'es %#n#"me ! Le5( !sí %#m# de '#s &enesme'es &nme'es e #"men $!",e de '! %#n%es&n de de$s&,#s !d!ne"#s.

    ARTÍCULO 121.-L! Ad!n! N!%n!' !,#"&?!"3( %#n %!"3%,e" ,"!ns&,#"( e' !'m!%en!m&en,# deme"%!n%í!s !0# 7&g&'!n%&! !d!ne"!( e"! de '#s de$s&,#s de !d!n!( %!nd#'!s m&sm!s( ! 0&% de '! !,#"&d!d %#m$e,en,e( "e&e"!n ,"!,!m&en,# es$e%&!'5 es,!"3n s0e,!s ! g!"!n,í!s e%#nm&%!s s&%&en,es %#ns,&,&d!s $#" '#ss0e,#s $!s&7#s.

    Las administraciones aduaneras de destino podr-n autorizar a personas jurídicas elalmacenamiento de mercancías en depósitos transitorios, previa constitución de

    garantía a "avor de la Aduana !acional, por el pago de los tributos aduanerossuspendidos. La respectiva solicitud deber- ser presentada ante la administraciónaduanera de destino con una antelación no menor a veinticuatro '5J( 2oras antes dela llegada de la mercancía. +n el 3arte de Recepción de la mercancía se 2ar-constar el traslado de la mercancía a depósito transitorio. +n este caso, laadministración aduanera, según corresponda, no se 2ar- responsable por la custodiade la mercancía. Las mercancías almacenadas en depósitos transitorios, ecepto losproductos alimenticios perecederos y el $iesel &il importado por .3.1.6., no podr-nser objeto de libre disposición, trans"ormación y movilización, 2asta el momento quese sometan al régimen de importación para el consumo o reembarque al etranjero,

    con el cumplimiento de las "ormalidades aduaneras establecidas por Ley. +n el casode +mpresa 3ública !acional +stratégica, la Aduana !acional autorizar- laconstitución de depósito transitorio en el lugar que se9ale dic2a empresa, para elalmacenamiento de maquinaria y equipo o unidad "uncional que podr- internarse enembarques parciales, bajo garantía prendaria sobre la misma mercancía, con"orme al

     Artículo 4I4 de la Ley !N 4CC?. $urante éste plazo se podr- realizar la instalación dela maquinaria o unidad "uncional y, en su caso, el reembarque para sustitución. Laimportación para el consumo deber- realizarse bajo la modalidad de despac2ogeneral.

    La administración Aduanera de destino 2abilitar- a la +mpresa !acional +stratégicacomo operador de depósito transitorio, previo cumplimiento de los siguientesrequisitos)a( %ontrato de provisión de la maquinaria y equipo o unidad "uncional.b( $eclaración jurada de garantía prendaria.c( %roquis de la ubicación y plano general del depósito.d( Acreditación del representante legal.

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    e( Acreditación del responsable del depósito."( %ontar con una o"icina con equipos de computación y las condiciones decomunicación para conectarse con el servidor in"orm-tico de la Aduana !acional. Larenovación de la 2abilitación de operador de depósito transitorio proceder- previoin"orme de la Administración Aduanera, sobre el cumplimiento de las obligacionesaduaneras por parte de la +mpresa 3ública !acional +stratégica.ARTÍCULO 122.-L!s me"%!n%í!s e( $#" s n!,"!'e?!( "e&e"!n se" de$#s&,!d!s en n!m&en,e es$e%&!' # se $"esm! e $ed!n #%!sn!" $e'&g"# $!"! '!seg"&d!d de' de$s&,# # $!"! '!s #,"!s me"%!n%í!s( s'# se"3n !dm&,&d!s ende$s&,#s es$e%&!'es( !%#nd&%n!d#s $!"! "e%&&"'!s. )!"! es,e ee%,# e'&m$#",!d#" # e' e/$#",!d#" s#'&%&,!"! ! '! !dm&n&s,"!%&n !d!ne"!( !,#"&?!%&n$!"! e '#s %#n%esn!"s 4!&'&,!d#s !sm!n e' %#n,"#' 5 !dm&n&s,"!%&n ded&%4#s de$s&,#s es$e%&!'es.

    Las administraciones aduaneras de destino podr-n autorizar a personas naturales y jurídicas el almacenamiento de mercancías en depósitos especiales que por sunaturaleza, requieran ser almacenadas en un ambiente especial o se presuma quepuedan ocasionar peligro para la seguridad del depósito o para otras mercancíasalmacenadas, bajo responsabilidad del concesionario de depósito de aduana. Larespectiva solicitud deber- ser presentada a través del concesionario de depósito deaduana, con una antelación no menor a veinticuatro '5J( 2oras antes de la llegada dela mercancía. +l concesionario del depósito de aduana asumir- y responder- por elcontrol de los depósitos especiales y por las mercancías que en ellos se almacenen.

    .; DEOLUCIÓN DEL GRAMEN ARANCELARIOARTÍCULO 129.-L! de7#'%&n de' g"!7!men !"!n%e'!"( D"!Q B!%( es e' "6g&men !d!ne"#e( en %!s#s de e/$#",!%&n de me"%!n%í!s( $e"m&,e #,ene" '! "es,&,%&n,#,!' # $!"%&!' de' g"!7!men !"!n%e'!" e 4!5! g"!7!d# ! '! &m$#",!%&n deme"%!n%í!s ,&'&?!d!s # %#nsm&d!s en '! !%,&7&d!d e/$#",!d#"!. Es,e "6g&mense "eg&"3 $#" '!s n#"m!s 5 '#s $"#%ed&m&en,#s es,!'e%&d#s en '#s A%e"d#sC#me"%&!'es In,e"n!%n!'es( '! 'eg&s'!%&n !d!ne"! 5 #,"!s 'e5es es$e%&!'es.

    La devolución a "avor de los eportadores del gravamen arancelario '$raO 6acP(pagado en la importación de mercancías utilizadas o consumidas en la actividad, esdecir, el estado o"rece un descuento a la importación de productos relacionados conla actividad económica, como incentivo por eportación realizada.

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    0ediante este estímulo se restituyen total o parcialmente los importes que se2ubieran pagado en concepto de tributos que gravaron la importación para consumo,siempre que la mercadería "uera eportada para consumoa( luego de 2aber sido sometida en el territorio aduanero a un proceso detrans"ormación, elaboración, combinación, mezcla.b( utiliz-ndose para envasar otra mercadería que se eporte. +l $raO 6acP sepercibe como crédito "iscal 'no en e"ectivo(. +* interesado debe presentar unepediente ante la 8ecretaría de *ndustria y %omercio. +l eportador que 2ubiesesolicitado la destinación de eportación para consumo e ingresase la mercadería adepósito aduanero 2abilitado al e"ecto, podr- percibir anticipadamente los importesque le correspondan en concepto de $raO 6acP. %uando en el supuesto, no see"ectuase la eportación para consumo dentro del plazo establecido, deber-devolverse el importe percibido.

    .. LA ADMISION TEM)ORAL )ARA REE=)ORTACION DE MERCANCIAS ENEL MISMO ESTADO

    @K6 es es,e "6g&men$e acuerdo al articulo Art. 45J> de la ley general de aduanas ) La admisión temporalpara reeportación de mercancías en el mismo estado es el régimen aduanero quepermite recibir en territorio aduanero nacional con suspensión del pago de tributosaduaneros de importación , mercancías determinadas y destinadas a lareeportación , dentro del plazo determinado por reglamento , sin 2aber eperimentado modi"icación alguna , con ecepción de la depreciación normal de

    las mercancías como consecuencia del uso que se 2aga de las mismas.La admisión temporal se e"ectuara con la presentación de la declaración demercancías, debiendo previamente constituir una boleta de garantía bancaria oseguro de "ianza que cubra el ciento por ciento '4??Q( de los tributos de importaciónsuspendidos ante la aduana nacional@K6 ,&$# de me"%!n%í!s se $eden !dm&,&" !0# es,e "6g&men 5 %!' es e'$'!?#

    Las mercancías que pueden admitirse temporalmente, para reeportación en elmismo estado son las siguientes)

     0uestras con valor comercial, planos y maquetas para su e2ibición en

    "erias o eposiciones autorizadas por la Autoridad competente del 3oder +jecutivo.

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     Ee2ículos, aparatos, m-quinas, instrumentos musicales, vestuarios,

    animales vivos, decoraciones y otros destinados a la realización deespect-culos teatrales, circenses y otros de recreación pública.

     +quipos y accesorios para la reparación de maquinarias.

    +quipos, aparatos y materiales para con"erencias y eposiciones.

    0-quinas, aparatos, instrumentos y material para su uso en epediciones y

    eventos cientí"icos.

     +quipos, instrumentos, animales y materiales de campa9a para la pesca,

    para el turismo y competencias deportivas.

     +quipos para la "ilmación de películas y videos, introducidas al amparo de laLey del %ine.

     0oldes y matrices industriales.

     0-quinas, aparatos, equipos e instrumentos destinados a la construcción

    de carreteras y las consignadas a acimientos 3etrolí"eros 1iscales6olivianos y sus contratistas o subcontratistas, para realizar actividades,operaciones y servicios eclusivos necesarios de prospección, eploración yper"oración de yacimientos 2idrocarburí"eros, amparados en contratos

    suscritos con el +stado.

      Aeronaves, con autorización epresa del Eiceministerio de /ransportes,

    %omunicaciones y Aeron-utica %ivil.

     Merramientas manuales e instrumentos de uso pro"esional personales.

    8oportes cinematogr-"icos o de video grabaciones a ser utilizadas por las

    estaciones de televisión o "erias, eposiciones o seminarios.

     Ee2ículos y equipos que se traigan con la "inalidad de tomar parte encompetencias deportivas.

     Ee2ículos automotores nuevos para su eposición, internados por 

    empresas comerciales legalmente establecidas.

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     0aquinaria industrial destinada a operaciones mineras de

    prospección, eploración y per"oración.

    +n éste régimen contempla el LEASING :Arrendamiento 1inanciero u

    &perativo; o es el :alquiler de un bien de %apital;, por ejemplo unacamioneta con opción a compra.

    )'!?#Masta I a9os@ K&en "e!'&?! e' ,"!m&,e de des$!%4# !0# es,e "6g&men +l tramite de despac2o aduanero bajo este régimen de admisión temporal para sureeportación en el mismo estado se realiza mediante despac2ante de aduana oagencia despac2ante de aduana .@C3' es e' $'!?# # '! e%4! de 7en%&m&en,# e dee %#ns&gn!" en '! g!"!n,í!

    La "ec2a de vencimiento de la garantía aduanera constituida deber- ser con cinco 'I(días adicionales del plazo autorizado.@C3nd# se $ede "e!'&?!" '! "ee/$#",!%&nLa reeportación de las mercancías debe realizarse dentro del plazo autorizado yantes de su vencimiento , pudiendo realizarse por una administración aduaneradi"erente al que autorizo la admisión temporal , mediante una agencia despac2antede aduana.@C3nd# $ede "e!'&?!"se e' %!m de "6g&men

     Antes del vencimiento del plazo de permanencia , las mercancías admitidastemporalmente podr-n cambiarse al régimen aduanero de importación para el

    consumo ,mediante la presentación de la declaración de mercancías y el pago detributos aduaneros sobre la base imponible determinada al momento de su admisióntemporal .3ara tal e"ecto ,el monto de los tributos aduaneros ser- epresado en #1Es al diade la aceptación de la declaración de admisión temporal para su conversión al dia depago y se aplicara la tasa anual de interés con"orme lo previsto en el articulo J dela ley n> 5JC5, desde el dia de aceptación de la admisión temporal 2asta la "ec2a depago.

     Asimismo , antes del vencimiento del plazo de permanencia , las mercancíasadmitidas temporalmente podr-n cambiarse al régimen de reeportación@C3' es e' $"#%ed&m&en,# 7&gen,e $!"! es,e "6g&men+l procedimiento vigente es el procedimiento para el régimen de admisión temporalpara reeportación en el mismo estado , aprobado con la resolución de directorioR$=?4=?4=?B

    .. ADMISION TEM)ORAL )ARA )ERFECCIONAMIENTO ACTIO < RITE=>

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    @ e es$e acuerdo al articulo 45 de la ley general de aduanas ) por admisión temporalpara per"eccionamiento activo se entiende el régimen aduanero que permite recibir ciertas mercancías , dentro del territorio aduanero nacional ,con suspensión del pagode los tributos aduaneros, destinados a ser reeportados en un periodo de tiempodeterminado , luego de 2aber sido sometidas a una trans"ormación , elaboración oreparación@C#m# se &n%#"$#"! !' "6g&men$e acuerdo al articulo 45 de la ley general de aduanas la autorización paraacogerse al régimen de admisión temporal para per"eccionamiento activo ser-solicitada al ministerio de comercio eterior e inversión quien le otorgara el plazo querequerir-n las operaciones de per"eccionamiento activo , de acuerdo con elreglamento.

    +l procedimiento aprobado por el viceministerio de comercio y eportaciones seencuentra en la circular 4C75??J y puede ser consultado en la pagina Oeb de laaduana nacional .@Ke ,&$# de me"%!n%í!s se $eden !dm&,&" !0# es,e "6g&menLas mercancías que pueden ser admitidas bajo este régimen de admisión temporalpara per"eccionamiento activo R*/+ son las materias primas y bienes intermediospara su incorporación en un proceso productivo generador de productos deeportación . no est-n comprendidos en este régimen los bienes de capital , susrepuestos 2erramientas , combustibles ,2idrocarburos lubricantes ni energía electica.+l viceministro de comercio y eportaciones aprueba mediante resolución especi"ica

    las mercancías que podr-n ser admitidas y eportadas por cada empresa autorizada.@C!' es e' $'!?# !,#"&?!d# $!"! e '!s me"%!n%í!s $e"m!ne?%!n !0# es,e"6g&men+l plazo m-imo y único bajo el cual pueden admitirse las mercancías bajo esterégimen es de B@? dias no eistiendo la posibilidad de ampliación del mismo.@C#m# se $ede !%%ede" !' s&s,em! RITE=3ara poder acceder al sistema R*/+ de la A!6 , debe solicitar usuario a la unidadde servicio a operadores 'uso( de la aduana nacional.@C!' es e' $"#%ed&m&en,# 7&gen,e $!"! es,e "6g&men

    +l procedimiento para este régimen de admisión temporal para el per"eccionamientoactivo R*/+, aprobado con resolución de directorio n>R$ ?4=?5J=?C $+ 5B =45=?Cque aprueba el teto ordenado

    .. REGIMEN DE RE)OSICION DE MERCANCIAS EN FRANKUICIAARANCELARIA

    DEFINICIÓN

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    Régimen aduanero que permite importar con eoneración autom-tica de losderec2os arancelarios y dem-s impuestos que gravan la importación, mercancíasequivalentes a las que 2abiendo sido nacionalizadas 2an sido trans"ormadas,elaboradas o materialmente incorporadas en productos eportados de"initivamente.

    BASE LEGAL

    • Ley 4?IB,

    publicado el [email protected]??.

    • Reglamento de la Ley ?4?=5??C=+1, publicado el [email protected]??C y normas modi"icatorias.

    • /abla de 8anciones aplicables a las in"racciones previstas en la Ley ?B4=5??C=+1 del 44.5.5??C.

    • Ley de los $elitos Aduaneros, Ley !.> 5??, publicada el [email protected]??B y normas

    modi"icatorias.

    • Reglamento de la Ley de los $elitos Aduaneros, aprobado por $ecreto

    8upremo !.> 454=5??B=+1, publicado el 5..5??B y normas modi"icatorias.

    • /eto Snico &rdenado del %ódigo /ributario, aprobado por $ecreto 8upremo

    !.> 4BI=CC=+1, publicado el 4C..CC y sus normas modi"icatorias.

    • Ley del 3rocedimiento Administrativo 5JJJ, publicada el

    44.J.5??4 y sus normas modi"icatorias.

    • 3rocedimiento de Reposición de 0ercancías en 1ranquicia *!/A=3

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    • La declaración de eportación de"initiva o declaración simpli"icada de de

    eportación debe 2aberse numerado en el plazo de un '4( a9o, contado apartir de la "ec2a de levante de la declaración de importación para el consumoque sustente el ingreso de la mercancía a reponer.

    • +l bene"iciario debe consignar el código 45 a "in de epresar su voluntad de

    acogimiento al presente régimen en la declaración de eportación de"initivacasillero) .5 o declaración simpli"icada de eportación casillero @.@.

    • +l %uadro de *nsumo 3roducto '%*3(, debe ser transmitido y presentado ante

    el -rea que administra el régimen, dentro del plazo de ciento oc2enta '4?(días calendario contados a partir de la "ec2a del término del embarque de lamercancía eportada.

    • +l certi"icado de reposición se epide por la misma cantidad de mercancíasimportadas que "ueron utilizadas en el proceso productivo de los bieneseportados, no se considera para su epedición los ecedentes con valor comercial, salvo que éstos sean eportados.

    • La importación para el consumo de mercancías con "ranquicia deber-

    e"ectuarse en el plazo de un '4( a9o, contado a partir de la "ec2a de emisióndel certi"icado de reposición. $ic2as mercancías pueden provenir del eterior,de un %+/*%&8 o de la T&1RA/A%!A.

    DOCUMENTOS

    a. %opia de la 1actura o 6oleta de Eenta, según corresponda, de la mercancíaeportada.

    b. %opia de la 1actura, documento equivalente o contrato, según corresponda,de la mercancía importada.

    c. %opia de la 1actura, documento equivalente o contrato, según corresponda,de la mercancía admitida temporalmente.

    d. %opia de la última liquidación de cobranza debidamente cancelada en casosde "raccionamiento de pago de tributos a la importación.

    CUADRO INSUMO )RODUCTO

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    • +l %*3, constituye la solicitud del certi"icado de reposición y tiene

    car-cter de declaración jurada.

    • La in"ormación del %*3, transmitida vía electrónica por el despac2ador de

    aduana en representación del bene"iciario, goza de plena validez. +n caso seproduzca discon"ormidad de datos de un mismo documento registrado en losarc2ivos del despac2ador de aduana o bene"iciario, con los de la 8#!A/, sepresumen v-lidos estos últimos, salvo prueba en contrario.

    • +l certi"icado de reposición puede ser trans"erido parcial o totalmente a "avor 

    de terceros por endoso del bene"iciario, sin requerir autorización previa de laintendencia de aduana que lo emitió. 8in embargo, para la utilización de dic2ocerti"icado por el endosatario, es indispensable que los endosantescomuniquen previamente la trans"erencia a la Administración Aduanera para

    su registro en el 8*

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    • +l certi"icado de reposición que eceda el plazo de un '?4( a9o, desde

    su emisión sin que 2aya sido utilizado o se 2aya utilizado parcialmente, pierdesu vigencia por la totalidad o por la parte no utilizada.

    +n el caso que el certi"icado de reposición no 2aya sido recabado por elbene"iciario dentro del plazo de su vigencia, se remite el original al arc2ivo en"orma de"initiva.

    )ROCEDIMIENTO

    •  A solicitud del bene"iciario del régimen, el despac2ador de aduana mani"iesta

    la voluntad de acogerse al régimen de Reposición de 0ercancías con1ranquicia Arancelaria indicando a nivel de cada serie de la declaración deeportación de"initiva 'J?(.

    • +l bene"iciario elabora el %*3 con"orme al "ormato del aneo 4 del

    3rocedimiento de Reposición de 0ercancías con 1ranquicia Arancelaria, y alinstructivo para su llenado.

    • %on posterioridad a la regularización del Régimen de +portación $e"initiva y

    en un plazo m-imo de ciento oc2enta '4?( días calendario contados a partir de la "ec2a término del embarque de la mercancía eportada, el despac2ador de aduana transmite la in"ormación contenida en el %*3.

    •  Aceptada la transmisión del %*3 y estando con"orme, se genera y comunicaautom-ticamente el número, "ec2a y 2ora de la aceptación correspondientecaso contrario, se comunica los errores encontrados para la subsanaciónrespectiva.

    • +l despac2ador de aduana en representación del bene"iciario presenta ante el

    -rea que administra el Régimen el %*3 "irmado por el representante legal de laempresa, con la indicación del número asignado por el 8*

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    • $e ser con"orme, el "uncionario aduanero designado registra su

    aceptación en el 8*

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    • +n caso de pérdida, deterioro o destrucción total o parcial de un

    certi"icado de reposición, el bene"iciario, mediante epediente debidamentesustentado, puede solicitar ante la *ntendencia de Aduana de +portación laemisión de otro ejemplar del mismo certi"icado, el mismo que debe ser emitido

    dentro de los cinco '?I( días 2-biles siguientes de presentada la solicitud.

    • +l "uncionario aduanero que imprime un nuevo ejemplar del certi"icado de

    reposición consigna al reverso del citado documento los descargos yarealizados, datos que son obtenidos del 8*

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    En e' %!s# de e '! "e&m$#",!%&n n# se "e!'&%e den,"# de' $'!?#de,e"m&n!d#( e' e/$#",!d#" 5 '! !gen%&! des$!%4!n,e de !d!n! e &n&%&!"#ne' ,"3m&,e( deen $"#%ede" !' %!m de es,e "6g&men ! e/$#",!%&n de&n&,&7!.

    L!s me"%!n%í!s e es,6n s0e,!s ! $"#4&&%&n e/$"es! med&!n,e Le5( n#$eden !%#ge"se !' "6g&men de E/$#",!%&n Tem$#"!' $!"! )e"e%%n!m&en,#)!s&7#.

    Internación temporal . Recibir en el territorio aduanero nacional, con suspensión depago de grav-menes y tributos y otros cargos de importación a las mercancíasdestinadas a ser enviadas al eterior después de 2aber sido sometidas a un procesode ensamblaje, montaje e incorporación a conjuntos, m-quinas, equipo de transporteen general, trans"ormación, elaboración, adecuación, reparación, mantenimiento,producción y "abricación de bienes.

    +l objetivo de las zonas comerciales es "acilitar el comercio mediante, entre otrascosas, la eliminación de los "actores que distorsionan el comercio y la simpli"icaciónde los procesos de intermediación en el tr-"ico de las mercancías, la constitución determinales de carga internacional y centros de acopio, recepción y redistribución delas mercancías. +n las zonas "rancas comerciales los bienes se almacenan por unperíodo de tiempo ilimitado también se llevan a cabo actividades decomercialización. +n estas zonas las mercancías podr-n ser objeto de operaciones

    que garanticen su conservación, mejoren su presentación o las acondicionen para sudespac2o, transporte interior, tales como "raccionamiento o agrupamiento en bultos,embalaje y otros que no alteren la naturaleza y características esenciales de dic2asmercancías..H DESTINOS ADUANEROS ES)ECIALES O DE E=CE)CIÓN

    ARTÍCULO 199+.- L#s des,&n#s !d!ne"#s es$e%&!'es # de e/%e$%&n s#n '#ss&g&en,es

    La Aduana !acional en el marco de las competencias establecidas en la Ley

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    ,em$#"!'men,e !' e/,e"" 5 e "e,#"n!n !' ,e""&,#" n!%n!'( #'#s #'&7&!n#s 5 e/,"!n0e"#s e( es,!nd# d#m&%&'&!d#s en e' e/,e""(''eg!n !' $!ís $!"! n! $e"m!nen%&! ,em$#"!'.

    Se $e"m&,&"3 &n,"#d%&" s&n e' $!g# de ,"&,#s !d!ne"#s %#m# e&$!0e!%#m$!!d#( '&"#s( "e7&s,!s( &m$"es#s de ,#d# %!"3%,e"( e&$#s de%#m$,!%&n $e"s#n!'es( %3m!"! #,#g"3&%!( 7íde#( %&n,!s de 7íde#( "#$!de s# $e"s#n!' 5 ee%,#s $e"s#n!'es ne%es!"s $!"! e' 7&!0e.

    E' 7&!0e"# ,&ene de"e%4# ! &m$#",!" e&$!0e n# !%#m$!!d# s&n e' $!g#de ,"&,#s !d!ne"#s de &m$#",!%&n %#ns&s,en,e en '#s &enesse!'!d#s en e' !n,e"" $3""!#( den,"# e' ,6"m&n# de %&n%# meses$#s,e""es ! '! e%4! de s ''eg!d! !' $!ís.

    C#""es$#nde"3 ! '! Ad!n! N!%n!' &0!" e' ,6"m&n# de $e"m!nen%&! de'#s 7&!0e"#s $!"! g#?!" de es,e R6g&men( '! $e"d&%&d!d de '#s 7&!0es( '!%!n,&d!d de '#s !",í%'#s e %#m# e&$!0e 5 ee%,#s $e"s#n!'es$ed!n ,"!e" '#s 7&!0e"#s. L!s %!n,&d!des e s#"e$!sen '#s 'ím&,es&0!d#s en e' Reg'!men,# es,!"3n s0e,!s !' $!g# de '#s ,"&,#s!d!ne"#s de &m$#",!%&n.

    L!s !%&'&d!des !d!ne"!s $!"! 7&!0e"#s se"3n es,!'e%&d!s $#" '!Ad!n! N!%n!'( %#n '! &n%#"$#"!%&n de' s&s,em! de d#'e %&"%&,# $!"!e' %#n,"#' de '#s 7&!0e"#s 5 de ss e&$!0es e ''egen $#" 7í! !6"e!.

    /odo viajero internacional que ingrese a territorio boliviano 'vía aérea o terrestre(,deber- cumplir con las siguientes "ormalidades aduaneras)L'e7!nd# #'&g!,#" de #"m'!"s

    • 1ormulario U$eclaración Kurada de +quipaje Acompa9ado, para el equipaje que

    traeU.

    • 1ormulario U$eclaración Kurada de *ngreso y 8alida 1ísica de $ivisasU, para

    se9alar la cantidad de dinero que est- ingresando o saliendo 'cualquier moneda(

    • 1ormulario U*ngreso /emporal de viajeros y artículosU, cuando el viajero participa

    en eventos culturales cientí"icos, deportivos u otros "ines de recreación, que seanpatrocinadas por instituciones públicas del +stado 6oliviano, misionesdiplom-ticas u organismos internacionales acreditados en el país, podr-ningresar temporalmente con mercancías destinadas a dic2os eventos.

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    • 1ormulario U*ngreso /emporal de Eiajeros y Artículo con 1ines Laborales=

    Eía %arreteraU, cuando el viajero ingresa temporalmente a territorio bolivianopúblicas del +stado 6oliviano, misiones diplom-ticas u organismosinternacionales acreditados en el país, podr-n ingresar temporalmente con

    mercancías destinadas a dic2os eventos. con "ines laborales siempre y cuandocuente con un contrato de trabajo o visa de objeto determinado para llevar en suequipaje artículos electrónicos, port-tiles o 2erramientas que constituyaninstrumentos de trabajo para desarrollar su pro"esión u o"icio

    > Men!0e d#m6s,&%#.- L! &n,"#d%%&n de men!0e d#m6s,&%# e !'%!n?! ! '#sn# "es&den,es en e' $!ís 5 ! '#s #'&7&!n#s e "e,#"n!n ! ,e""&,#" n!%n!'$!"! &0!" s "es&den%&! en 6'( ,end"3n de"e%4# ! &n,"#d%&"( !' m#men,# de s&ng"es#( ee%,#s $e"s#n!'es 5 e' men!0e d#m6s,&%# %#""es$#nd&en,e ! sn&d!d !m&'&!". E' men!0e d#m6s,&%# n# es,3 s0e,# !' $!g# de ,"&,#s

    !d!ne"#s de &m$#",!%&n.

    )!"! e' g#%e de '#s ene&%s es,!'e%&d#s !n,e""men,e( '#s %&d!d!n#s#'&7&!n#s 5 '#s n# "es&den,es !' m#men,# de s ''eg!d! !' $!ís( dee"3ndem#s,"!" 4!e" $e"m!ne%&d# en e' e/,e"" $#" '# men#s d#s !#s&nmed&!,!men,e !n,e""es ! '! e%4! de "e,#"n# !' $!ís. L! $"esen,e n#"m! n#,end"3 ee%,# $#" "e,#"n#s ,em$#"!'es e n# s&gn&&en %!m de$e"m!nen%&! de&n&,&7!.

    /odo viajero internacional 'boliviano o etranjero( podr- introducir a territorio

    boliviano sin el pago de tributos aduaneros como equipaje acompa9ado, lo siguiente)

    6ienes de uso y consumo personal utilizados para el viaje, con la característicaprincipal de que estos sean UusadosU

     4. #na m-quina "otogr-"ica5. #na computadora port-tilB. #na "ilmadora y accesoriosJ. #na grabadora, radiograbadora o radioreceptorI. #n telé"ono celular

    @. Artículos para deportes. #n instrumento musical port-til. %oc2es para ni9os, sillas de ruedas para inv-lidosy dem-s bienes de uso ortopédico personal

    6ienes nuevos de estricto uso o consumo personal, sin "ines comerciales, con unvalor m-imo de Vus. 4.???

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    4. Masta tres 'B( litros de bebidas alco2ólicas

    5. Masta cuatrocientos 'J??( cigarrillos

    B. Masta cincuenta 'I?( cigarros o quinientos 'I??( gramos de tabaco picado.

    .

    %> En7í#s de $!e,es $#s,!'es 5 de %#""es$#nden%&!.- L#s en7í#s # $!e,es$#s,!'es( '! %#""es$#nden%&!( '!s %!",!s( ,!"0e,!s( &m$"es#s( %'!s&&%!d#s $#" '!Un&n )#s,!' Un&7e"s!' se"3n des$!%4!d#s en #"m! $"ee"en,e 5 s %#n,"#' se'&m&,!"3 ! !seg"!" e' %m$'&m&en,# de '!s n#"m!s !d!ne"!s. L! Ad!n!N!%n!' !d#$,!"3 e' #"m'!" $!"! s des$!%4#( ,#m!nd# en %en,! '!sn#"m!s !%e$,!d!s n&7e"s!'men,e.

    Se !,#"&?!"3 '! e/$#",!%&n de me"%!n%í!s en en7í#s $#s,!'es( 5! se! '!s ese en%en,"en en '&"e %&"%'!%&n( !sí %#m# '!s e se en%en,"enene&%&!d!s de #,"# "6g&men !d!ne"#( s&em$"e e se %m$'!n '!s#"m!'&d!des e/&g&d!s en '! $"esen,e Le5( n#"m!s $#s,!'es 7&gen,es en e' $!ís 5'!s es,!'e%&d!s $#" '! Un&n )#s,!' Un&7e"s!'.

    L#s en7í#s "gen,es de me"%!n%í!s dee"3n se" des$!%4!d#s en #"m!e/$ed&,! 5 %#n $"ee"en%&!( $#" s n!,"!'e?! # $#"e "es$#nden ! n!ne%es&d!d "gen,e de&d!men,e 0s,&&%!d! # $#"e %#ns,&,5en en7í#s des#%#""#.

    $entro el -mbito *!/+R!A%*&!AL, la administración postal de 6olivia, e"ectúa elintercambio de +ncomiendas en "unción a !ormas y Reglamentos establecidos por elUReglamento Relativo a +ncomiendasU que "igura en las Actas de la #nión 3ostal#niversal '#.3.#.( y que contiene las nociones principales para el desarrollo delprocedimiento operativo, partiendo desde el deposito de la +ncomienda 2asta laentrega al destinatario, el mismo tiene por objeto regular el tratamiento de lasencomiendas en las di"erentes -reas y las responsabilidades de las administracionespara que el proceso se realice e"icientemente, cabe se9alar que los principios que

    siguen el encaminamiento de las encomiendas son seguridad, regularidad yceleridad.

    d> Ing"es# 5 s!'&d! de d#%men,#s.- E' &ng"es# # s!'&d! de d#%men,#s"gen,es 5 me"%!n%í!s ,"!ns$#",!d!s desde 5 $!"! B#'&7&! ! ,"!76s deem$"es!s de se"7&% !6"e# e/$"es#( !,#"&?!d!s %5# 7!'#" ,#,!' CIF# FOB( segn %#""es$#nd!( n# e/%ed! '#s 'ím&,es e se!'! s Reg'!men,#(

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    $#d"3n des$!%4!"se med&!n,e #"m'!" s&m$'&&%!d#( ss%"&,# 5$"esen,!d# $#" e' "e$"esen,!n,e !,#"&?!d# de '! em$"es! de se"7&% e/$"es#(%#n e' $!g# de ,"&,#s de &m$#",!%&n.

    En es,#s %!s#s e' !#"# se"3 se'e%,&7#( %#n#"me ! "eg'!men,!%&n ede,e"m&ne '! Ad!n! N!%n!'.

    L#s $!e,es %5# 7!'#" e/%ed! de' 'ím&,e es,!'e%&d# en e' Reg'!men,#( ses0e,!"3n ! '#s ,"3m&,es 5 #"m!'&d!des !d!ne"!s gene"!'es.

    L!s em$"es!s de se"7&% !6"e# !,#"&?!d!s deen #"e%e" en %!'&d!dde &!n?! $#" '! $"es,!%&n de es,e se"7&%( #'e,!s de g!"!n,í! !n%!"&! #seg"#s de &!n?! $!"! e' e0e"%&% de ss n%nes( %#n#"me ! Reg'!men,#.

    +l objetivo de las zonas comerciales es "acilitar el comercio mediante, entre otrascosas, la eliminación de los "actores que distorsionan el comercio y la simpli"icaciónde los procesos de intermediación en el tr-"ico de las mercancías, la constitución determinales de carga internacional y centros de acopio, recepción y redistribución delas mercancías.4  +n las zonas "rancas comerciales los bienes se almacenan por unperíodo de tiempo ilimitado también se llevan a cabo actividades decomercialización. +n estas zonas las mercancías podr-n ser objeto de operacionesque garanticen su conservación, mejoren su presentación o las acondicionen para sudespac2o, transporte interior, tales como "raccionamiento o agrupamiento en bultos,embalaje y otros que no alteren la naturaleza y características esenciales de dic2as

    mercancías.e> C!#,!0e.-  +s el régimen aduanero aplicable a la mercancía que se cargan abordo de un medio de transporte aéreo, lacustre o "luvial, en un punto del territorioaduanero y se transportan a otro punto del mismo territorio aduanero para sudescarga.

    3ara las operaciones bajo el Régimen de %abotaje, las empresas transportadorasautorizadas por autoridad competente, deben constituir garantías en la "orma quedetermine el Reglamento.

    > T&end!s '&"es de ,"&,#s  'duty "ree s2ops(.= 8on locales autorizados por la Aduana !acional, ubicados en los aeropuertos internacionales, para almacenar yvender mercancías nacionales o etranjeras, con eoneración del pago de tributosaduaneros, a los viajeros que salen del país.

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    La Aduana !acional "iscalizar- el cumplimiento de todas las normas yobligaciones establecidas en el Reglamento de tiendas libres. 3or lo menos una vezcada trimestre, visitar- a los depósitos y almacenes de venta, revisar- lacontabilidad de dic2as tiendas y realizar- inventarios, levantando lascorrespondientes actas.

    g> Fe"&!s &n,e"n!%n!'es.- Las mercancías que lleguen al país con destino a las"erias de eposición internacional, ya sea del eterior o de zonas "rancas, deben ser consignadas en el documento de embarque, según el medio de transporte utilizado,a nombre de la entidad responsable de la organización de las "erias y eposiciones,la que certi"icar- sobre su participación en la eposición.

    +stas mercancías podr-n importarse temporalmente con suspensión del pago detributos aduaneros de importación para su eposición y posterior venta o

    reeportación, cumpliendo con los requisitos, garantía su"iciente y "ormalidades quela Aduana !acional establezca para tal e"ecto.

    4> Mes,"!s.-  +l ingreso, permanencia o salida de los muestrarios en lugares2abilitados con "ines de e2ibición en sitios de eposición, internacionalmenteconocidos como Ustands de eposiciónU o "erias internacionales, se regir-n por lodispuesto en su Reglamento. Los lugares autorizados por la Aduana !acional para"uncionar como eposiciones o "erias internacionales se consideran zonas primariaspara e"ectos del control aduanero, en tanto estén en "uncionamiento.

    Los epositores que introduzcan mercancías nacionalizadas al predio "erial, quedanobligados a presentar, previamente, ante la administración aduanera, copia deldocumento comercial que ampare la mercancía, junto con una lista detallada de lascantidades y valores de las mismas.

    &> C#ns#'&d!%&n de C!"g! In,e"n!%n!'.-  3roceder- en los casos de eportacióny estar- a cargo del Agente de %arga *nternacional autorizado, quien recibemercancías para varios destinatarios, bajo su responsabilidad y por cualquier sistema, oblig-ndose a transportar, ya sea por sí o mediante otro agente, dic2asmercancías. A estos e"ectos, asume la condición de encargado de la carga, emite el

    documento que debe respaldar al mani"iesto de carga terrestre, la guía aérea o elconocimiento marítimo, según corresponda.

     0> Des%#ns#'&d!%&n de C!"g! In,e"n!%n!'.-  3roceder- en los casos deimportación y estar- a cargo de un Agente de %arga *nternacional autorizado,establecido en el lugar de destino o de descarga de la mercancía. +s el responsablede recibir el embarque consolidado de carga consignada a su nombre. #na vez que

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    la mercancía llegue a la aduana de destino deber- desconsolidar y noti"icar alos destinatarios "inales, dentro del plazo de cinco días, computable a partir de la"ec2a de descarga de la mercancía.

    Los agentes consolidadores y desconsolidadores de carga internacional, para elejercicio de sus "unciones, ser-n autorizados por la Aduana !acional, previaconstitución de "ianza mediante boletas de garantía bancaria o seguro de "ianza.

    >  M!,e"&!' $!"! s# !e"#n3,&%#.-  +s el destinado a la reparación ymantenimiento, equipos para la recepción de pasajeros, manipuleo de carga ydem-s bienes necesarios para la operación de las aeronaves nacionales ointernacionales, ingresar-n libres de tributos aduaneros, siempre que se traten demateriales que no se internen en el país para ser objeto de libre circulación y quepermanezcan bajo control aduanero dentro de los límites de las zonas que se9ale las

    administraciones aduaneras en los aeropuertos internacionales y lugares 2abilitados,en espera de su utilización tanto en las aeronaves como en los servicios técnicos entierra.

    '> T"3&%# "#n,e"&?#.- +n el marco de los /ratados y %onvenios *nternacionales parael tr-"ico "ronterizo, entre países limítro"es, "ijar- el número y valor de las mercancíasdestinadas eclusivamente al uso o consumo local de car-cter doméstico quepuedan llevar consigo los transeúntes, en las poblaciones "ronterizas, eentos delpago de los tributos aduaneros. !o est-n comprendidos en el alcance de la presenteeoneración tributaria la importación de mercancías al resto del territorio nacional.

    m> Ee%,#s $e"s#n!'es de m&em"#s de '! ,"&$'!%&n.- Las prendas y e"ectos deuso y consumo personal de los miembros de la tripulación de aeronaves y otrosmedios de transporte ser-n admitidos eentos de pago de los tributos aduaneros.

    !o se permitir- el transporte de bienes y mercancías que no constituyan e"ectos deuso personal.

    n> e4í%'#s de ,"&sm#.-  +l ingreso, permanencia y salida de ve2ículos paraturismo, se rigen por disposiciones del %onvenio *nternacional del %arnet de 3aso

    por Aduanas y lo que se9ale el Reglamento.

    #> B&enes de s# m&'&,!" 5 m!,e"&!' 6'&%#.- +l ingreso y salida de bienes de usomilitar y material bélico de las 1uerzas Armadas se regir-n con"orme a su Leyespecí"ica.

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    $> M!,e"&!' M#ne,!"  La importación del material monetario, billetes ymonedas por el 6anco %entral de 6olivia, est- eento del pago de los tributosaduaneros de importación.

    > E' e&$!men,# destinado a las instituciones públicas de salud y maquinariadestinada al sector público podr-n acogerse, previa Resolución ministerial dictadaepresamente por el 0inisterio de Macienda, a la eoneración total del pago de lostributos aduaneros.

    r > L#s m!,e"&!'es 5 sm&n&s,"#s para "ines de investigación cientí"ica y tecnológicamediante autorización ministerial.

    *.  C#n%'snes

    La Aduana !acional de 6olivia, tiene el rol de "acilitar y controlar el "lujo internacionalde mercancías y recaudar los tributos emergentes de la  liquidación de arancelesaduaneros calculados en base al Arancel Aduanero de *mportaciones vigente.

    • La Legislación Aduanera es el conjunto de disposiciones legales, reglamentarias

    y administrativas que la Aduana est- epresamente encargada de aplicar enoperaciones aduaneras y de comercio eterior. +n un principio nació como "uentede régimen "iscal 'recaudación de impuestos(, pero con el tiempo sirvió comouna barrera para la protección de las industrias.

    • +l Régimen Aduanero es el tratamiento aplicable a las mercaderías sometidas alcontrol de la Aduana de acuerdo con las leyes y reglamentos aduaneros, segúnla naturaleza y objetivos de la operación.

    !uestra Ley

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    "ree s2ops 1erias *nternacionales y muestras menaje doméstico y paquetespostales.

    La valoración en aduana es el procedimiento aduanero aplicado para determinar elvalor en aduana de las mercancías importadas. 8i se aplica un derec2o ad valorem,el valor en aduana es esencial para determinar el derec2o pagadero por el productoimportado.

    • +n el Acuerdo se dispone que la valoración en aduana debe basarse, salvo en

    determinados casos, en el precio real de las mercancías objeto de valoración,que se indica por lo general en la "actura. +ste precio, m-s los ajustescorrespondientes a determinados elementos enumerados en el artículo ,equivale al valor de transacción, que constituye el primer y principal método aque se re"iere el Acuerdo.

    +l arancel de aduanas es un instrumento regulador del comercio eterior y debeadaptarse a la din-mica que eperimentan los cambios internacionales, así como alas condiciones de producción y comercio del país que lo utiliza.

    3or lo general se le ve como un listado o"icial de mercancías, en la cual aquéllas'mercancías( est-n estructuradas en "orma ordenada y aparecen los derec2osarancelarios 'ad=valorem y7o especí"ico( "rente a cada producto que puede ser objetode una operación de car-cter comercial.

    +l 8istema Armonizado de $esignación y %odi"icación de 0ercancías, llamadotambién 8istema Armonizado o 8A, es una nomenclatura internacional demercancías creada por la &rganización 0undial de Aduanas '&0A(. 0-s de 5??países utilizan el sistema, con el que se busca una clasi"icación uni"orme. +l 8Aes regulado por el %onvenio *nternacional del 8istema Armonizado de$esignación y %odi"icación de 0ercancías. La &0A se encarga, a través del%omité del 8istema Armonizado, de su mantenimiento y actualización medianteenmiendas y transposiciones, de modo que re"leje los desarrollos tecnológicos ycambios en el comercio.

    6olivia es miembro de la &rganización 0undial del %omercio y de la AsociaciónLatinoamericana de *ntegración. Adem-s 2a suscrito acuerdos comerciales con el0+R%&8#R, %2ile, 0éico y %uba, lo cual le 2ace partícipe de un mercado de m-sde ?? millones de 2abitantes.

    H.  C#men,!"s

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    La integración boliviana debería orientarse a elevar el grado deaprovec2amiento de las ventajas arancelarias que le 2an sido concedidas al país. Larazón "undamental de los países para participar en esquemas de integración, es lade alcanzar bene"icios reales y potenciales que se consideren superiores a los que elpaís podría obtener actuando individualmente. $esde ese punto de vista, esteobjetivo es de singular importancia para darle sustentabilidad al proceso dedesarrollo de la economía boliviana.

    6olivia es un mercado de 4?.J millones de consumidores, que concentra supoblación en las ciudades de La 3az y el Alto 8anta %ruz de la 8ierra y%oc2abamba. Representa un destino interesante para los eportadores peruanos,principalmente para aquellos que recién se inician en la internacionalización de susmercancías. Las "acilidades que representan la eistencia de un lenguaje común,gustos y costumbres similares así como el arancel cero, constituyen "actores

    importantes para ampliar la relación comercial. +l medio de transporte m-s utilizadocon 6olivia es el medio de transporte terrestre, por lo que resulta importante tener encuenta algunas recomendaciones)

    6olivia debería procurar, en primer lugar, mejorar y "ortalecer la capacidadinstitucional interna, para evitar la duplicación de "unciones entre los distintos entesdel sector público y un m-s adecuado manejo de las políticas de integración einserción internacional y, en segundo lugar, "ortalecer y ampliar la capacidad denegociación del país para disponer de negociadores con adecuada "ormación en loscampos de la negociación internacional.

    1. Re%#mend!%nes

    *mplementar las siguientes acciones para mejorar y consolidar el acceso sosteniblede los productos manu"acturados a los mercados eternos)

    • +stablecer e implementar una política comercial orientada a la apertura de

    nuevos mercados y a la consolidación de los ya eistentes.

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    • 3romover el acceso de productos manu"acturados a mercados como

     Argentina, 6rasil y otros mediante acciones de promoción como ruedas denegocios y "erias, abiertas a la participación de empresas de todo tama9o.

    • Levantar las pro2ibiciones de eportación.• $ise9ar y aplicar políticas públicas transversales orientadas al sector 

    productivo= eportador 'no sólo para micro y peque9os productores( queincentiven la inversión en sectores productivos no tradicionales generadoresde empleo y "omentar la articulación productiva entre grandes, medianas ypeque9as empresas productivas.