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Secretaria general [email protected] Código de identificación único 12433440531530173031 Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009) autenticidad verificable mediante código 12433440531530173031 en https://sede.segovia.es/validacion Plaza Mayor,1- 40001- Segovia Tel.921419800 Sesión número 14/2018 Ref. AYS_PLN_20181228_ACT SESIÓN CELEBRADA EL DÍA VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO, POR EL PLENO DE LA EXCMA. CORPORACIÓN MUNICIPAL CON EL CARÁCTER DE ORDINARIA. Lugar de celebración de la sesión : En la ciudad de Segovia y en el Salón de Plenos de su Casa Consistorial, sita en la Plaza Mayor, nº 1 de Segovia Fecha : 28 DE DICIEMBRE DE 2018 Carácter de la sesión : Ordinaria Fecha de la convocatoria : Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa de fecha 21 de diciembre de 2018, (Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009), autenticidad verificable mediante código 12000146051144411415 en http://segovia.es/validación ), Hora de inicio : Nueve horas y catorce minutos Constitución : En Primera convocatoria Hora de finalización : Doce horas y cincuenta y un minutos Asistentes : Presidenta: DOÑA CLARA I. LUQUERO DE NICOLÁS, Alcaldesa. Concejales: DEL GRUPO MUNICIPAL PSOE DOÑA PALOMA MAROTO MORENO DON ANDRÉS J. TORQUEMADA LUENGO DOÑA M. FERNANDA SANTIAGO BOLAÑOS DOÑA CLAUDIA DE SANTOS BORREGUERO DON ÁLVARO SERRANO DEL PINO DOÑA MARÍA ÁNGELES RUEDA CAYÓN DON RAMÓN MUÑOZ TORRERO OSORIO DOÑA MARÍA LUISA DELGADO ROBLEDO DON JESÚS GARCÍA ZAMORA DOÑA MARTA GUTIÉRREZ GÓMEZ DON ANGEL BERBEL GARCÍA DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR DOÑA RAQUEL FERNÁNDEZ GARCÍA DON FRANCISCO JAVIER VÁZQUEZ REQUERO

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Secretaria general [email protected]

Código de identificación único 12433440531530173031

Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009) a utenticidad verificable mediante código 12433440531 530173031

en https://sede.segovia.es/validacion

Plaza Mayor,1- 40001- Segovia Tel.921419800

Sesión número 14/2018 Ref. AYS_PLN_20181228_ACT

SESIÓN CELEBRADA EL DÍA VEINTIOCHO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO, POR EL PLENO DE LA EXCMA. CORPORACIÓN MUNICIPAL CON EL CARÁCTER DE

ORDINARIA.

Lugar de celebración de la sesión : En la ciudad de Segovia y en el Salón de Plenos de su Casa Consistorial, sita en la Plaza Mayor, nº 1 de Segovia

Fecha: 28 DE DICIEMBRE DE 2018

Carácter de la sesión : Ordinaria

Fecha de la convocatoria : Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa de fecha 21 de diciembre de 2018, (Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009), autenticidad verificable mediante código 12000146051144411415 en http://segovia.es/validación),

Hora de inicio : Nueve horas y catorce minutos

Constitución : En Primera convocatoria

Hora de finalización : Doce horas y cincuenta y un minutos

Asistentes :

Presidenta: DOÑA CLARA I. LUQUERO DE NICOLÁS, Alcal desa.

Concejales:

DEL GRUPO MUNICIPAL PSOE

DOÑA PALOMA MAROTO MORENO

DON ANDRÉS J. TORQUEMADA LUENGO

DOÑA M. FERNANDA SANTIAGO BOLAÑOS

DOÑA CLAUDIA DE SANTOS BORREGUERO

DON ÁLVARO SERRANO DEL PINO

DOÑA MARÍA ÁNGELES RUEDA CAYÓN

DON RAMÓN MUÑOZ TORRERO OSORIO

DOÑA MARÍA LUISA DELGADO ROBLEDO

DON JESÚS GARCÍA ZAMORA

DOÑA MARTA GUTIÉRREZ GÓMEZ

DON ANGEL BERBEL GARCÍA

DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR

DOÑA RAQUEL FERNÁNDEZ GARCÍA

DON FRANCISCO JAVIER VÁZQUEZ REQUERO

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DOÑA AZUCENA SUÁREZ DEL POZO

DON JUAN ANTONIO MIRANDA HERRERO

DON DARÍO REQUES SÁNCHEZ

DON JOSÉ LUIS HUERTAS SAN FRUTOS

DOÑA MARÍA ROSA REDONDO LLORENTE

DON JAVIER MARÍA ENCINAS REGUERA

DEL GRUPO MUNICIPAL DE CIUDADANOS

DOÑA Mª JOSÉ GARCÍA OREJANA

DOÑA MIRIAM SANZ DE ANDRÉS

DEL GRUPO MUNICIPAL DE UPYD

DON COSME ARANGUREN GALLEGO

DOÑA ESTHER BERMEJO BRAVO

GRUPO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA DON ÁNGEL GALINDO HEBRERO

Orden del día de la sesión :

ACTA

1º.- Dación de cuenta del acta de la sesión celebrada el día 26 de noviembre de 2018 con el carácter de extraordinaria y aprobación, en su caso, de las correcciones que procedan.

2º.- Dación de cuenta del acta de la sesión celebrada el día 30 de noviembre de 2018 con el carácter de ordinaria y aprobación, en su caso, de las correcciones que procedan.

I.- PARTE RESOLUTIVA

DICTÁMENES

COMISIÓN DE GOBIERNO INTERIOR Y PERSONAL,

3º.- Dictamen de la Comisión celebrada el día 20 de diciembre de 2018 relativo a propuesta de denominación de calle a favor de “San Marcelino Champagnat” con motivo del centenario de los Hermanos Maristas en Segovia.

4º.- Dictamen de la Comisión celebrada el día 20 de diciembre de 2018 relativo a propuesta sobre aplicación para el ejercicio 2018, por aplicación de la Ley de Presupuestos, en expediente de modernización de esta Administración: establecimiento de complementos específicos, establecimiento de complementos de destino, administrativo de Servicios Sociales y de Mercados.

COMISIÓN DE URBANISMO, OBRAS Y SERVICIOS,

5º.- Dictamen de la Comisión celebrada el día 20 de diciembre de 2018 relativo a propuesta de aprobación de los Planes de Acción en Materia de contaminación Acústica Segovia 2018. (Expte. PAC núm. 001405/2017).

COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y EMPLEO

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6º.- Dictamen de la Comisión celebrada el día 20 de diciembre de 2018 relativo a propuesta de aprobación de establecimiento de precio público por el uso del aparcamiento municipal sito en calle José Zorrilla.

7º.- Dictamen de la Comisión celebrada el día 20 de diciembre de 2018 relativo a Propuesta de aprobación de reconocimiento extrajudicial de crédito correspondiente al expediente núm. 11/2018 de reconocimiento de obligaciones procedentes de ejercicio cerrados, anteriores al actual 2018 (Expte. PAC núm.: 000070/2018-INTER)

II.- PARTE DESTINADA AL CONTROL DE OTROS ÓRGANOS MUNICIPALES:

ESTADO DE EJECUCIÓN DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS.-

8º.- Estado de ejecución de los acuerdos adoptados en la sesión celebrada el 26 de noviembre de 2018 con el carácter de extraordinaria.

9º.- Estado de ejecución de los acuerdos adoptados en la sesión celebrada el 30 de noviembre de 2018 con el carácter de ordinaria.

RESOLUCIONES DICTADAS POR LA ALCALDÍA.

10º.- Dación de cuenta, en cumplimiento de las previsiones contenidas en el artículo 42 del ROF, de las Resoluciones dictadas por la Alcaldía.

11º.- Dación de cuenta del decreto de alcaldía de fecha 2 de noviembre de 2018, de delegación de la presidencia del Consejo Sectorial de Desarrollo Local, Empleo e Innovación. (Expte. PAC núm.001451/2017-GENERAL).

12º.- Dación de cuenta de Decreto de la Alcaldía de fecha 3 de diciembre de 2018 por el que se modifica la delegación de la Alcaldía en Medio Ambiente.

13º.- Dación de cuenta del decreto de la Alcaldía de fecha 17 de diciembre de 2018 por el que se delega la presidencia efectiva de la comisión Especial de Cuentas en el vocal D. Jesús García Zamora (Expte. ePac núm. 327/2018/PG1010)

OTRAS INFORMACIONES AL PLENO

14º.- Dación de cuenta al Pleno de cumplimiento del artículo 28 de la Ley 27/2013 de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.

15º.- Dación de cuenta de la remisión al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas del periodo medio de pago a proveedores relativo al grupo Administraciones Públicas, referente al mes de octubre del presente año 2018, en cumplimiento del Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, por el que se desarrolla la metodología de cálculo del periodo medio de pago de Administración Pública. (·Expte EPAC 18/2018/P27004)

MOCIONES DE LOS GRUPOS POLÍTICOS

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16º.- Moción conjunta que presentan al Pleno los grupos municipales para instar a la Tesorería General de la Seguridad Social a que acepte, por los medios o instrumentos legales oportunos, el destino del edificio sito en la plaza de la Reina doña Juana nº 1 de Segovia, mayoritariamente al uso residencial en vivienda colectiva con algún régimen de protección.

17º.- Moción que presenta al Pleno el Grupo Municipal de Izquierda Unida para tomar medidas en favor del deporte inclusivo.

18º.- Moción que presenta al Pleno el Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia (UPYD) – Centrados en Segovia relativa a instar a la Junta de Castilla y León a concluir la declaración del BIC a los bienes de la ciudad con expedientes incoados antes de 1985 y todavía pendientes.

19º.- Moción que presenta al Pleno el Grupo Municipal Ciudadanos - Partido de la Ciudadanía (Cs) para que el Ayuntamiento agilice la oferta de empleo público municipal 2019 para las plazas vacantes de Policía Local por anticipo de edad de jubilación.

20º.- Moción que presenta al Pleno el Grupo Municipal Popular (GMP) para que se destine el dinero de las multas por aparcar en espacios reservados para personas con movilidad reducida a inversiones en accesibilidad o a las asociaciones de personas con movilidad reducida o con discapacidad.

RUEGOS Y PREGUNTAS

21º.- Ruegos.

22º.- Preguntas formuladas en la sesión anterior o por escrito con antelación mínima de 24 horas.

23º.- Preguntas que se formulen en el transcurso de la sesión.

En la ciudad de Segovia en el lugar y fecha indicados, se reunieron, bajo la Presidencia de la Ilma. Sra. Alcaldesa DOÑA CLARA I. LUQUERO DE NICOLÁS, los integrantes del Pleno municipal al objeto de celebrar sesión, con el carácter más arriba indicado, habiendo sido convocados a tal efecto por Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa, convocatoria que, acompañada del orden del día de los asuntos a tratar, fue debidamente notificada a todos sus integrantes mediante correo electrónico, de conformidad con lo acordado por el Pleno en sesión de fecha 30 de enero de 2009, acuerdo núm. 20/2009 y la Disposición transitoria Cuarta de la Ordenanza municipal reguladora de la Administración electrónica del Ayuntamiento de Segovia.

Concurriendo inicialmente los veinticinco miembros que de hecho y de derecho integran la Corporación municipal con lo que se alcanza el quórum del tercio de su número legal y teniéndose todos sus componentes por convocados en tiempo y forma, se constituyó, el Pleno de la Excma. Corporación Municipal, asistido por la Secretaria General Acctal., que dio fe del acto como Secretaria del órgano.

Así mismo, asistió el Interventor General municipal.

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Abierta la sesión por la Presidencia, tras la interpretación del himno a Segovia , se pasó a conocer los asuntos que integran el orden de l día, de acuerdo con lo siguiente:

• ACTA

1º/326.- DACIÓN DE CUENTA DEL ACTA DE LA SESIÓN CEL EBRADA EL DÍA 26 DE

NOVIEMBRE DE 2018 CON EL CARÁCTER DE EXTRAORDINARIA Y APROBACIÓN, EN SU

CASO, DE LAS CORRECCIONES QUE PROCEDAN.

Se dio cuenta de haberse remitido a los señores y señoras concejales, junto con la convocatoria de

esta sesión el borrador del acta correspondiente a la sesión celebrada el día 26 de noviembre de

2018, preguntándose si algún miembro de la Corporación deseaba realizar alguna observación en

relación con su redacción y con la expresa advertencia de que en ningún caso, podrá modificarse el

fondo de los acuerdos adoptados y solo cabrá subsanar los meros errores materiales o de hecho.

No habiendo solicitudes de intervención RESULTÓ APR OBADA EL ACTA DE LA SESIÓN

EXTRAORDINARIA DEL PLENO CELEBRADA EL DÍA 26 DE NOV IEMBRE DE 2018.

2º/327.- DACIÓN DE CUENTA DEL ACTA DE LA SESIÓN CEL EBRADA EL DÍA 30 DE

NOVIEMBRE DE 2018 CON EL CARÁCTER DE ORDINARIA Y AP ROBACIÓN, EN SU CASO, DE

LAS CORRECCIONES QUE PROCEDAN.

Se dio cuenta de haberse remitido a los señores y señoras concejales, junto con la convocatoria de

esta sesión el borrador del acta correspondiente a la anterior sesión, preguntándose si algún miembro

de la Corporación deseaba realizar alguna observación en relación con su redacción y con la expresa

advertencia de que en ningún caso, podrá modificarse el fondo de los acuerdos adoptados y solo

cabrá subsanar los meros errores materiales o de hecho.

No habiendo solicitudes de intervención RESULTÓ APR OBADA EL ACTA DE LA SESIÓN

ORDINARIA DEL PLENO CELEBRADA EL DÍA 30 DE NOVIEMBR E DE 2018.

I.- PARTE RESOLUTIVA

• DICTÁMENES

3º/328.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO INTERI OR Y PERSONAL, CELEBRADA EL

DÍA 20 DE DICIEMBRE DE 2018 RELATIVO A PROPUESTA DE DENOMINACIÓN DE CALLE A

FAVOR DE “SAN MARCELINO CHAMPAGNAT” CON MOTIVO DEL CENTENARIO DE LOS

HERMANOS MARISTAS EN SEGOVIA.

Fue dada cuenta del dictamen de la Comisión Informativa citada, en el que de acuerdo con los informes emitidos, se indica lo siguiente:

El expediente ha sido conocido por la Comisión Informativa de Gobierno Interior y Personal en

sesiones celebradas los días 1 y 19 de octubre de 2018, dándose la posibilidad en esta última de que

los solicitantes de la distinción realizaran propuesta de expediente de Honores y Distinciones como

así se ha llevado a cabo.

Así, con fecha de 13 de noviembre de 2018 la Asociación de ex alumnos Maristas ADEMAR y la

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Cofradía de Nuestro Señor Jesús con la Cruz a cuestas y María Santísima de las Angustias solicitan

que con motivo del centenario de la presencia de los Hermanos Maristas en nuestra ciudad de

Segovia se distinga a su fundador con expediente de Honores y Distinciones, concediéndose al

espacio urbano comprendido entre el Camino de la Piedad, a la altura del número 8, y el Camino del

Toro, conocido como “Plataforma”, así como el vial que discurre entre este espacio y el Colegio

“Nuestra Señora de la Fuencisla”, la denominación de Calle de San Marcelino Champagnat.

Se incorpore a la solicitud los apoyos de las instituciones segovianas que comparten la necesidad de

este reconocimiento así como una mención histórica de estos cien años de presencia Marista en la

ciudad de Segovia.

Siendo las adhesiones las siguientes:

- Obispado

- Academia de Artillería

- Federación Empresarial Segoviana

- Cámara de Comercio e Industria de Segovia

- Parroquia de San Millán

- Comunidad Marista

- Parroquia de San Miguel

- Comunidad de Monjas Clarisas del Corpus

- Cofradía de la Virgen de la Fuencisla

- Junta de Cofradías

- Cofradía de Nuestro Señor Jesús con la Cruz a Cuestas y María Santísima de las Angustias.

- Asociación de Antiguos Alumnos Maristas A.D.E.M.A.R

- Cofradía de San Millán

- Cofradía de la Minerva

- Casino de la Unión

- Nao d’amores

- Equipo directivo del colegio Nuestra Señora de la Fuencisla (Colegio Maristas)

- AMPA Maristas. Casino de la Unión

- Grupo Scout Siete Picos

- Grupos Juveniles Maristas MARCHA

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En todos estos casos se considera que es un acto de reconocimiento a la labor que han venido

desarrollando los Hermanos Maristas en nuestra ciudad, educando a generaciones y generaciones de

segovianos y con una clara implicación en la vida de Segovia. La congregación de los Hermanos

Maristas se caracteriza por su labor de desarrollo, educación y solidaridad con distintos proyectos con

jóvenes y niños tanto a nivel nacional como internacional.

Además el cambio propuesto del nombre de la calle sería muy oportuno por coincidir con el

centenario de llegada de los Hermanos Maristas a Segovia.

Cumplir 100 años siempre es un acontecimiento. En él se mezclan sentimientos y razones tan

variados que difícilmente se pueden expresar en pocas líneas. Así se destacan:

Orígenes e Itinerancia.

Los hermanos maristas nacieron en 1817 de la inspiración de un sacerdote francés, San Marcelino

Champagnat, compañero seminarista del santo cura de Ars. Un clérigo que puso en marcha un

movimiento religioso laico al servicio de la educación.

Cumplidos los cien años del instituto marista, en 1917, el Papa Benedicto XV dirigió una carta

laudatoria a su Superior General, H. Estratónico. Un año después brota la simiente marista en

Segovia.

Estamos en mayo de 1918, exactamente el día 2, jueves, D. Remigio Gandásegui Gorrocháutegui, a

la sazón obispo de Segovia, se cartea con el superior provincial marista del distrito de León, H.

Eugenio Bertualdo, Monseñor le ofrece encargarse de un colegio para niños pobres en la capital.

Llegan a un acuerdo y el 16 de septiembre de 1918, lunes, se abre en la Casa de los Picos la primera

escuela marista en Segovia. Cuatro hermanos maristas, dos franceses y dos españoles, atienden a

150 alumnos. Se trata de las “Escuelas Populares Nuestra Señora de la Fuencisla”.

Segovia, según datos del historiador segoviano Mariano Sáez y Romero, tenía en 1918 unos 15.000

habitantes y 2.400 edificios aproximadamente, más la Academia de Artillería, el alcázar, la catedral y

el acueducto romano.

El magnífico resultado de estos educadores origina que pasado escasamente un año, en 1918, un

nuevo centro educativo marista se abre en el Torreón del Marqués de Lozoya. Se conocerá como

“Colegio Sagrado Corazón”. El primer día de septiembre asistirán 60 niños, en Navidad serán ya 120

y concluirán el curso 143 alumnos.

Ya que la Academia de Artillería necesitaba jóvenes bien preparados surgen algunos centros de

formación preliminar. Los maristas incorporan un aula más y el centro se denominará “Colegio

Academia”. Estamos en Septiembre de 1920 y se llega a tener 45 alumnos preliminares. Se cerrará

en 1945.

El espacio para tanta actividad no es suficiente por lo que se adquiere una finca en la C/San Agustín

1, donde se inicia una nueva etapa en 1921.

La peripecia itinerante de la obra marista en Segovia, bajo diversos nombres y en varios locales,

como hemos ya puntualizado, concluye en los Altos del Pinarillo.

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El lunes, 20/02/1967 el Consejo provincial de la provincia Marista de Castilla aprueba el proyecto del

nuevo colegio. Medio año después se compra el terreno, 20.000 metros cuadrados. El Excmo.

Ayuntamiento de Segovia aprueba por mayoría la nueva construcción el miércoles 08/05/1968. La

obra, que lleva su tiempo, es inaugurada solemnemente el martes, 06/06/1972, fiesta del Fundador,

P. Marcelino Champagnat. Desde entonces el colegio se esmera en mereceré el beneplácito de las

familias, salvando las distancias y las incomodidades con el espíritu de superación, hoy expresado

como “en pos de la excelencia”. Los diplomas que adornan el hall son una sencilla muestra del visto

bueno que rubrican diversas autoridades / instituciones críticas.

El centro cuenta desde 1949 con A.D.E.M.A.R, la asociación de antiguos alumnos que son los

promotores de la cofradía del mismo nombre y con la A.P.A./A.M.P.A, Asociación de Padres y Madres

de Familia que nació el 18 de diciembre de 1952 que colabora en diversos aspectos educativos y

culturales en el centro en lo que respecta a la:

Filosofía educativa , señalar que la tarea educativa exige una actualización permanente. Los

conocimientos profesionales reclaman al maestro, no sólo una dedicación cordial y compasiva, sino

también una asimilación de los nuevos descubrimientos de las ciencias psicopedagógicas.

Por eso un equipo provincial sigue de cerca las vicisitudes de cada colegio, de su profesorado y

alumnado, de sus materiales y proyectos. Los cursillos de actualización pretenden que cada periodo

lectivo tenga su puesta a punto.

Además cuentan con una de las editoriales más empeñadas en ofrecer recursos pedagógicos

optimizados y adecuados a cada etapa escolar, a cada materia y en cada momento. Edelvives, con

más de 125 años de existencia, tiene como slogan “Editorial dedicada a la mayor dignificación del

libro (material) escolar”. Su acción de apoyo educativo llega a Brasil, México, Chile y Argentina.

Junto con la enseñanza formal el colegio ofrece múltiples actividades extraescolares, pero sobre todo

mantiene con mimo dos movimientos religioso – culturales conocidos como Scouts de Baden-Powell

y Mar-Cha. Este segundo agrupamiento por etapas cultiva el ejercicio físico, el desarrollo mental, la

solidaridad, la fe cristiana y aquellos valores que la pedagogía marista considera como fundamentales

en la vida humana. En síntesis hablaríamos de la optimización de la inteligencia espiritual. Cfr.

Francesc Torralba.

La vinculación del colegio con la ciudad de Segovia ha sido un empeño mantenido desde los

orígenes. Bastará recordar algunas efemérides más destacadas: el reparto de premios se hizo

muchos años en el teatro Juan Bravo, en el Cervantes y en la sede de la Universidad Popular,

algunas primeras comuniones en la catedral y en la parroquia de la Santísima Trinidad, obras de

teatro tanto de alumnos como de ex alumnos en los colegios religiosos de la ciudad, en el Seminario

y en otros locales públicos, conciertos de rondalla y de coros polifónicos, campeonatos deportivos en

Baterías y patios colegiales. En la última época destacaremos la visita por clases a los diversos

centros públicos: ayuntamiento, gobierno civil, diputación provincial, palacio episcopal, biblioteca

pública, teatro de la Cárcel, delegación de la Junta de Castilla y León, iglesia de San Quirce, casa de

Antonio Machado, iglesia del Seminario, catedral, etc.

La colaboración con otros centros escolares segovianos ha tenido la máxima expresión en el COU

intercolegial mantenido por los colegios de religiosos en la sede del Claret desde 1979 hasta 1998. El

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centro acoge las primeras alumnas en el curso 1981 – 82. Desde entonces es cualificado centro

escolar mixto: “Nuestra Señora de la Fuencisla”.

San Marcelino Champagnat

Nace en el pueblecito francés de Rosey (Lyon) el 20 de mayo de 1789.

El fruto de su incansable trabajo se contabiliza, al morir el 06/06/1840 en el Hermitage, así: ha tenido

421 hermanos y 53 colegios con unos 7.000 alumnos.

Hoy la obra de los Hermanos Maristas está situada en 81 países, en 803 colegios y 273 obras

sociales, donde 3.350 hermanos y 72.000 laicos educan a unos 654.000 alumnos.

La iglesia ha reconocido la santidad de Marcelino Champagnat en dos ocasiones: el 29/05/1955 Pío

XII le declaró Beato. Y el 18/04/1999 fue canonizado solemnemente por Juan Pablo II en el Vaticano.

Petición que viene fundamentada en lo establecido en el art. 41 del vigente Reglamento de Honores y

Distinciones al regularse que:

“La nomenclatura de edificios, vías y espacios públ icos es una distinción que el Ayuntamiento

destinará a realizar por singulares merecimientos d e personas, entidades y hechos relevantes

haciéndolas perdurar en la memoria de los ciudadano s”.

Considerándose lo establecido en el Capítulo XI.- De la instrucción de expedientes, donde del art. 52

al 59 (bis) se marca el procedimiento a seguir y donde se destaca:

- Que debe ser dictaminada esta iniciativa por la Comisión Informativa de Gobierno Interior y

Personal con mayoría absoluta para la tramitación del expediente y aprobarse con el voto

favorable de las 2/3 partes del número de miembros de la Corporación municipal.

- Que no se considera preciso, a propuesta de la Presidenta de la Comisión Informativa, la

elaboración de expedientes con nombramiento de Secretario/Presidente, aunque sí que

resulta de interés publicar en prensa local.

- La votación no será secreta en este expediente a decisión de los asistentes a la Comisión

Informativa, conforme posibilita el Reglamento de Honores y Distinciones en el art. 59.

- El ceremonial del acto de la distinción está establecido en los artículos del 60 al 62. Así,

acordada la concesión de la distinción, la Alcaldía – Presidencia señalará la fecha del acto

público de descubrimiento de la placa, quedando finalmente inscrito en Libro Registro.

Incorporado al expediente documentación referente a la zona a denominar presentada por el

Negociado de Contratación.

Informado el expediente por el Jefe del Servicio de Urbanismo y Obras en el que marca el carácter

privado de la vía que transcurre desde la plataforma hasta el centro educativo y que la plataforma

desde el punto de vista del planeamiento urbanístico está calificado como “vía pública” informando

que por ello no ve urbanísticamente impedimento alguno a que la plataforma adquiera denominación

propia e independiente de los viales que acometen a ella (Camino del Toro y Camino de la Piedad).

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Destacar que la Ordenanza reguladora en el art. 3 referente al ámbito de aplicación de esta señala

que será de aplicación en todo el término municipal de Segovia, a las vías y espacios urbanos de

titularidad pública, así como a los de titularidad privada que sean de uso público, y los que, siendo de

uso privado, deban tener denominación por requerir identificación de fincas o edificios.

Como en su día informó la responsable del Departamento de Estadística y Padrón municipal de

habitantes de esta Corporación existe una Ordenanza Reguladora de la Denominación y Rotulación

de vías urbanas y numeración de fincas y edificios del Ayuntamiento de Segovia dada la competencia

que el Reglamento de Población y Demarcación Territorial otorga a los Ayuntamientos en lo que

respecta a la nomenclatura de las vías públicas y la numeración y rotulación de edificios.

El artículo 5.11 de esta señala:

“La denominación de vía o espacio urbano con el fin de reconocer los méritos, significación o

trayectoria especialmente relevantes de una persona, entidad o acontecimiento, se regirá por lo

dispuesto en el Reglamento de Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Segovia, respecto de

cuya regulación la presente ordenanza tiene carácter supletorio.”

En sesión de la Comisión Informativa de Gobierno Interior y Personal celebrada el pasado 26 de

noviembre de 2018 se dio cuenta del estado de tramitación del expediente informando de la

propuesta de ser presentado el expediente para el Pleno del mes de diciembre.

Por todo ello la ciudad, representada por el Ayuntamiento, quiere sumarse a este sencillo pero a la

vez sincero homenaje a favor de D. Marcelino Champagnat.

Así, esta Comisión Informativa de Gobierno Interior y Personal sobre la base del merecido

reconocimiento que esta ciudad de Segovia quiere realizar propone, por unanimidad, al Pleno la

adopción de los siguientes acuerdos que deberán aprobarse con el voto favorable de las 2/3 partes

del número legal de miembros de la Corporación municipal:

1.- Se distinga al fundador de los Hermanos Maristas con expediente de Honores y Distinciones,

concediéndose al espacio urbano comprendido entre el Camino de la Piedad, a la altura del número

8, y el Camino del Toro, conocido como “Plataforma”, así como el vial que discurre entre el este

espacio y el Colegio “Nuestra Señora de la Fuencisla”, la denominación de Calle de San Marcelino

Champagnat.

2.- Que la colocación de la placa se realizará en acto solemne organizado al efecto de conformidad

con lo señalado en los artículos 60 a 62 del Reglamento de Honores y Distinciones.

3.- Quedará esta distinción inscrita en el Libro Registro de Distinciones en los términos señalados en

los artículos 63 y 64 del referido texto reglamentario.

CONSTA en el expediente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3.3. c) del Real Decreto

128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de

Administración Local con habilitación de carácter nacional en la tramitación del expediente el informe

previo del Secretario General de la Corporación, dado que según establece el artículo 59 del

Reglamento de Protocolo, Honores, Distinciones y Ceremonial del Ayuntamiento de Segovia: “El

dictamen de la Comisión se aprobará en el Pleno, mediante votación ordinaria, con el voto favorable

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de las 2/3 partes del número legal de miembros de la Corporación municipal. A petición de cualquiera

de los grupos políticos con presencia en esta entidad podrá realizarse votación secreta. Esta petición

se reflejará en el dictamen de propuesta de concesión”.

Intervenciones .

Con el permiso de la Presidencia, tomó la palabra doña María Luisa Delgado Robledo, Concejala delegada de Gobierno Interior y Personal, Patrimonio y Contratación (Área 1), para exponer y defender las propuestas del dictamen: “Buenos días concejalas y concejales y buenos días Comunidad de los Maristas. Tenemos profesores, representantes de la Asociación de ex alumnos, un hermano y dos de los alumnos actuales. La propuesta de concesión de una distinción a San Marcelino Champagnat, fundador de los Hermanos Maristas de la enseñanza, fue presentada por la Asociación de ex alumnos del Colegio Maristas de Segovia, con motivo de la celebración del centenario de la presencia de este colegio en nuestra ciudad, acompañada además de apoyos de instituciones y asociaciones diversas. Marcelino Champagnat nace el 20 de mayo de 1789 en un pueblo de las montañas del Centro-Este de Francia, en el momento en que estalla la Revolución Francesa. Su aprendizaje escolar fue escaso, abandonó la escuela siendo un niño y se dedicó a la granja familiar. A los 16 años decide ser sacerdote, ingresa entonces en un Seminario menor, desoyendo el consejo de los que piensan que no es apto para iniciar los estudios eclesiásticos, por su deficiente formación escolar, pero no se rinde y con un gran esfuerzo logra su objetivo de ordenarse sacerdote. En la Francia del siglo XVIII, la instrucción pública había abandonando a la juventud a un camino de absoluta ignorancia, ante lo que Marcelino no se quedará quieto por su vocación principalmente educativa, no sólo en el ámbito de la religión; quiere fundar una congregación de enseñanza, sin duda la necesidad imperiosa de la educación en aquel momento histórico y el recuerdo de lo que a él le había costado instruirse subyacen en su decisión. Y es el 2 de enero de 1817, con 27 años, y con sus dos primeros discípulos cuando nace, en medio de la mayor pobreza, la congregación de los Hermanos Maristas. Al año siguiente funda la primera escuela en su pueblo natal, consciente de las inmensas necesidades de la juventud en las zonas rurales, del abandono de los niños pobres y desfavorecidos. Marcelino defiende la recompensa y el estímulo antes que el castigo. Los niños, especialmente los pobres y marginados, necesitan una relación educativa que les proporcione seguridad y amor. Muere a la edad de 51 años, el 6 de junio de 1840, dejando 48 escuelas donde se educan unos 7.000 niños. Los Maristas en Segovia: En mayo de 1918, el obispo Gandásegui ofrece al superior provincial marista del distrito de León encargarse de un colegio para niños pobres en la capital. El 16 de septiembre de ese mismo año se abre en la Casa de los Picos la primera escuela marista en Segovia. Cuatro hermanos maristas, dos franceses y dos españoles, atienden a 150 alumnos. Se trata de las “Escuelas Populares Nuestra Señora de la Fuencisla”. El magnífico resultado de estos educadores origina que, pasado escasamente un año, se abra un nuevo centro educativo marista en el Torreón del Marqués de Lozoya. Se conocerá como “Colegio Sagrado Corazón”. El primer día de septiembre asistirán 60 niños y concluirá el curso con 143. La Academia de Artillería necesitaba entonces jóvenes bien preparados y surgen algunos centros de formación preliminar. Los maristas incorporan un aula más y el centro se denominará “Colegio Academia”. Estamos en Septiembre de 1920, llega a tener 45 alumnos

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preliminares. Esta academia se cerrará en 1945. Debido a la gran actividad desarrollada es insuficiente el espacio de que disponen y en 1921 adquieren la finca de San Agustín, donde desarrollan su labor educativa hasta que en 1967 se aprueba el proyecto de un nuevo colegio que se construirá en los Altos del Pinarillo, inaugurándose el 6 de junio de 1972, que es donde están ahora mismo. Su tarea educativa, su filosofía educativa, exige una actualización permanente. Los conocimientos profesionales reclaman al maestro no sólo una dedicación cordial sino también una aplicación de los nuevos conocimientos de las ciencias psicopedagógicas. Por lo expuesto, solicito el voto a favor de que el vial que discurre entre el Camino de la Piedad y el Camino del Toro, se denomine Calle de San Marcelino Champagnat”.

Debate: Promoviéndose debate tomaron la palabra don Ángel Galindo Hebrero, Portavoz del grupo municipal de Izquierda unida (IU), doña Esther Bermejo Bravo en representación del grupo municipal UPYD – Centrados en Segovia, doña Miriam Sanz de Andrés en representación del grupo municipal Ciudadanos – Partido de la Ciudadanía (Cs) y don José Luis Huertas San Frutos, en representación del grupo municipal Popular (GMP). Cierra el debate la Alcaldesa.

En primer término tomó la palabra don Ángel Galindo Hebrero (IU) manifestando: “Por nuestra parte simplemente darles la bienvenida, agradeceros vuestra presencia aquí y felicitaros por estos 100 años y, también, enhorabuena por esta denominación que habéis solicitado y que creo que todos estamos de acuerdo y hemos querido reconocer eso. Simplemente eso”.

A continuación tomó la palabra doña Esther Bermejo Bravo (UPYD) exponiendo: “Como no puede ser de otra manera, nuestro grupo va a apoyar la propuesta. Daros la enhorabuena, la bienvenida y agradeceros mucho la labor que hacéis como comunidad”.

Después tomó la palabra doña Miriam Sanz de Andrés (Cs) manifestando: “Desde el grupo municipal Ciudadanos queremos agradecer a la Comunidad Marista la labor de educación y formación que habéis tenido a lo largo de todos estos años en nuestra ciudad. Muchos somos los que formamos parte de esta Comunidad Marista. Por lo tanto, lo único que queremos deciros es: 100 y más”.

Seguidamente tomó la palabra don José Luis Huertas San Frutos (GMP) exponiendo: “Desde el Grupo Popular sí que queremos que este acuerdo de Pleno sirva de renovada y estimada gratitud de la ciudad de Segovia a los Hermanos Maristas igual que ocurrió en 1918 cuando los 4 hermanos que vinieron a Segovia desde León fundaron las Escuelas Populares Nuestra Señora de la Fuencisla. En agradecimiento por la presencia de los Maristas en Segovia durante estos 100 años, su labor pedagógica y social. Y, en segundo lugar, que este acontecimiento sirva de compromiso y reencuentro 100 años después para ratificar esa unión entre los Hermanos Maristas y los segovianos conservada en el tiempo pese a las dificultades de los cambios políticos, sociales y a lo largo de la historia. Pero permítame Sra. Alcaldesa, y compañeros de la Corporación que deje a un lado mi condición de político en estos momentos y hable el antiguo alumno y antiguo profesor del colegio. Y, sí que quiero comentarles que aquellos que crecimos en las aulas del Colegio Maristas, bajo el

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modelo de San Marcelino Champagnat, con un estilo y carácter propio, basado en ofrecer una educación integral, sustentada en la visión cristiana del desarrollo personal y humano para hacer a los jóvenes buenos cristianos y honrados ciudadanos, nos sentimos orgullosos en el recuerdo, lo gratificante hacia aquellos hermanos y profesores que se esforzaron en nuestra formación. El tiempo ayuda a reconocer que aquel pasado es el fruto de lo que hoy somos. En el centenario de la llegada de los Maristas a la ciudad de Segovia, la ciudad quiere rendir homenaje a la Comunidad de Hermanos Maristas concediendo el nombre de una calle a su fundador San Marcelino Champagnat. La adhesión de 20 asociaciones como bien ha dicho la Concejala de Personal e instituciones de la ciudad y la provincia relacionadas estrechamente a la historia Marista y Segovia, Segovia y la historia Marista, sirven de aval para este acontecimiento por el trabajo realizado desde las aulas y que transciende el ámbito colegial aportando hombres y mujeres que sirven a la comunidad con responsabilidad y preparación adecuada en todos los campos sociales, profesionales y solidarios, o también desde el propio asociacionismo Marista: el equipo docente del colegio, el AMPA del centro, el grupo de marcha, el grupo Scout Siete Picos, la ONG SED o ADEMAR y la cofradía de Nuestro Señor Jesús con la Cruz a Cuestas. Todas ellas implicadas de una manera importante en la vida social de la ciudad. En la familia marista no estamos celebrando este centenario mirando al pasado y tampoco rompiendo con sus orígenes. Al contrario, desde esa mirada retrospectiva afronta el presente y los nuevos caminos de la docencia manteniendo sus firmes reglas. Siempre unidos por las tres violetas que identifican a un marista. Cada una da significado a tres virtudes marianas: humildad, sencillez y modestia. Estas virtudes son las que el Padre Marcelino Champagnat quería para todos aquellos que recibieran sus enseñanzas y ello se ve reforzado por la vocación, el carisma original y la rica tradición que les está abriendo a los Hermanos Maristas nuevos rumbos. En lo personal, muchas gracias y como ponente, agradecimiento por estos 100 años en Segovia, muchas gracias”.

Finalmente tomó la palabra la Ilma. Sra. Alcaldesa para cerrar, manifestando: “Antes de proceder a votación sí que quiero reiterar como Presidenta de la Corporación Municipal la gratitud por la labor desarrollada, la labor educativa en la ciudad, la felicitación por ese centenario y decirles que contamos con ustedes muchos años más y, darles por supuesto, la bienvenida a todos los representantes de la Comunidad Educativa del Colegio Maristas. Tuve la oportunidad de hacerlo en los actos de celebración del centenario, estuve en el colegio. Pero ahora lo reitero desde aquí para que conste en acta esa felicitación y ese reconocimiento en nombre de toda la Corporación Municipal”.

Votación .- Finalizado el debate, la Presidencia sometió a votación la propuesta en los términos contenidos en el dictamen, resultando 25 votos emitidos y todos a favor.

ACUERDO.- Con el voto a favor unánime de los asistentes, los 25 miembros que de hecho y de derecho integran este Pleno, con lo que se obtiene el voto favorable de las dos terceras partes del número legal de miembros que componen la Corporación municipal, exigible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 del Reglamento de Protocolo, honores, distinciones y ceremonial del Ayuntamiento de Segovia, resultó aprobado el dictamen

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trascrito en sus propios términos y con fundamento en las consideraciones contenidas en el mismo y por todo lo en él expuesto, la Excma. Corporación municipal, acordó:

Primero.- Aprobar la distinción al fundador de los Hermanos Maristas, con expediente de Honores y Distinciones, concediéndose al espacio urbano comprendido entre el Camino de la Piedad, a la altura del número 8, y el Camino del Toro, conocido como “Plataforma”, así como el vial que discurre entre e ste espacio y el Colegio “Nuestra Señora de la Fuencisla”, la denominación de “CALLE DE SAN MARCELINO CHAMPAGNAT”.

Segundo.- La colocación de la placa se realizará en acto solemne organizado al efecto de conformidad con lo señalado en los artículos 60 a 62 del Reglamento de Honores y Distinciones.

Tercero.- Quedará esta distinción inscrita en el Li bro Registro de Distinciones en los términos señalados en los artículos 63 y 64 del ref erido texto reglamentario.

4º/329.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO INTERI OR Y PERSONAL, CELEBRADA EL

DÍA 20 DE DICIEMBRE DE 2018 RELATIVO A PROPUESTA SO BRE APLICACIÓN PARA EL

EJERCICIO 2018, POR APLICACIÓN DE LA LEY DE PRESUPU ESTOS, EN EXPEDIENTE DE

MODERNIZACIÓN DE ESTA ADMINISTRACIÓN: ESTABLECIMIEN TO DE COMPLEMENTOS

ESPECÍFICOS, ESTABLECIMIENTO DE COMPLEMENTOS DE DES TINO, ADMINISTRATIVO DE

SERVICIOS SOCIALES Y DE MERCADOS.

Fue dada cuenta del dictamen de la Comisión Informativa citada, en el que de acuerdo con los informes emitidos, se indica lo siguiente:

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2018, Ley 6/2018, de 3 de julio, publicado en el

Boletín Oficial del Estado de 4 de Julio del 2018 marca las pautas que en esta materia deben de

seguir las Administraciones Locales en las materias referentes a retribuciones del personal

funcionario / laboral.

Esta norma en materia de “gastos de personal” es de directa aplicación en virtud de lo establecido en

su art. 18.1.c) donde se indica que a efectos de lo establecido en el presente artículo, constituyen el

sector público, entre otros:

“(…) Las Corporaciones locales y Organismos de ellas dependientes.”

En el apartado segundo establece cuales han de ser las retribuciones del personal al servicio del

Sector público, destacándose:

Dos. En el año 2018, las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán

experimentar un incremento global superior al 1,5 por ciento respecto a las vigentes a 31 de

diciembre de 2017, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por

lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo.

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Además de lo anterior, si el incremento del Producto Interior Bruto (PIB) a precios constantes en 2017

alcanzara o superase el 3,1 por ciento se añadiría, con efectos de 1 de julio de 2018, otro 0,25 por

ciento de incremento salarial.

A los efectos de lo dispuesto en este apartado, en lo que a incremento del PIB se refiere, se

considerará la estimación avance del PIB de cada año publicada por el Instituto Nacional de

Estadística (INE).

Una vez publicado el avance del PIB por el INE y, previa comunicación a la Comisión de Seguimiento

del Acuerdo para la mejora del empleo público y de condiciones de trabajo de 9 de marzo de 2018,

mediante Acuerdo del Consejo de Ministros se aprobará, en su caso, la aplicación del incremento. Del

citado Acuerdo se dará traslado a las Comunidades Autónomas, a las Ciudades Autónomas y a la

Federación Española de Municipios y Provincias.

A tales efectos, en la reunión del Consejo de Ministros celebrada el día 13 de julio de 2018, se ha

constatado que, de acuerdo con la publicación efectuada por INE, la tasa anual de PIB se sitúa en el

3,1 % en el cuarto trimestre de 2017 y así lo ha certificado con fecha de 6 de julio y esta tasa de

crecimiento del PIB se ha comunicado a la Comisión de Seguimiento de II Acuerdo para la mejora del

empleo público y de condiciones de trabajo, por lo que se dan todos los requisitos para aprobar el

señalado incremento salarial del 0,25% adicional en las retribuciones del personal al servicio del

Sector Público (documento éste que se incorpora al expediente).

Además, se podrá autorizar un incremento adicional del 0,2 por ciento de la masa salarial para,

entre otras medidas, la implantación de planes o pr oyectos de mejora de la productividad o la

eficiencia, la revisión de complementos específicos entre puestos con funciones equiparables,

la homologación de complementos de destino o la apo rtación a planes de pensiones.

El Pleno Municipal en sesión celebrada el 3 de sept iembre de 2018 acordó se tenga en cuenta

este incremento adicional del 0,2% de la masa salar ial habida cuenta queda pendiente la

finalización del expediente de modernización con la revisión de complementos específicos a

diversos puestos de trabajo partiendo del hecho de que está ultimada la revisi ón de los

puestos hasta Administrativos .

El apartado siete del señalado art. 18 indica:

“Siete. Lo dispuesto en apartados anteriores del presente artículo se entenderá sin perjuicio de las

adecuaciones retributivas que, con carácter singular y excepcional, resulten imprescindibles por el

contenido de los puestos de trabajo, por la variación del número de efectivos asignados a cada

programa o por el grado de consecución de los objetivos fijados al mismo.”

De conformidad a lo señalado en el apartado ocho:

“Los acuerdos, convenios o pactos que impliquen crecimientos retributivos deberán experimentar la

oportuna adecuación, deviniendo inaplicables las cláusulas que se opongan al mismo”.

Téngase en cuenta que este artículo tiene carácter básico y se dictan al amparo de los artículos

149.1.13.ª y 156.1 de la Constitución.

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Y sobre la base de cuanto antecede se realizan las siguientes propuestas de actuación.

Además la presente propuesta trae su causa y fundamento en los acuerdos para la mejora de la

calidad de los servicios públicos y de las condiciones laborales de los empleados del Ayuntamiento

de Segovia, acuerdos fruto de la negociación con la representación sindical:

ANTECEDENTES:

El acuerdo plenario de 1 de junio de 2009 recogió los acuerdos para la mejora de la calidad de los

servicios públicos y de las condiciones laborales de los empleados del Ayuntamiento de Segovia,

acuerdo fruto de la negociación con las secciones sindicales realizadas en los días 10 de marzo, 24

de marzo, 30 de abril, 13 y 27 mayo, así como la mesa de valoración de 27 mayo de dicho ejercicio y

cuyo acuerdo fue firmado el 28 de mayo de 2009.

Tras la aplicación de forma paulatina de dicho acuerdo, en lo que al nivel de complemento de destino

se refería de los entonces puestos de trabajo con n iveles 12 a 18 , la Mesa de Negociación, en

sesión celebrada el 19 de mayo de 2011, acordó la aplicación del acuerdo de modernización en lo

que respecta a la actualización del complemento específico básico de los mismos puestos de trabajo

que ya fueron afectados por la modificación en el nivel de complemento de destino y el valor de los

precios de noches y festivos, cuya aplicación fue suspendida por acuerdo plenario adoptado en

aplicación de la normativa vigente con carácter provisional de 3 de julio de 2012, elevándose a

definitivo en el pleno de 1 de octubre de 2012, dándose publicidad en el BOP Segovia con fecha 31

de octubre de 2012.

En el ejercicio 2017, se aplicó el acuerdo a los puestos de trabajos con los niveles 13 a 16.

Los puestos de trabajo con nivel de complemento de destino 18 y el puesto de nivel de

complemento de destino 19 de Administrativo de Mercados, percibirán el complemento específico

básico, conforme al nivel de complemento de destino ya otorgado, en los ejercicios 2018 y 2019 ,

con el abono en cada de los ejercicios del cincuenta por ciento de dicho incremento.

El cálculo del 0,2% del Capítulo I de Presupuestos para 2018 se estima en 42.643,34 €.

Con el siguiente desglose:

- Subtotal de retribuciones 16.201.861,39 €

- Subtotal de Seguridad Social 4.514.056,04 €

- Gratificaciones 230.000 €

- Abono Secretarías delegadas 11.625,07 €

- Abono asistencia bodas 10.281 €

- Imprevistos no clasificados (PREPLAN) 353.848,04 €

Total 21.321.671,54 x 0,2%

1.- ESTABLECIMIENTOS DE COMPLEMENTOS ESPECÍFICOS.

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En la Mesa de Negociación en sesión celebrada el pasado día 18 de agosto de 2017 se incluyó punto

del orden del día con respecto al expediente de modernización referente a la necesidad de analizar la

situación del expediente de modernización de esta Administración (acuerdos de 2011 y febrero de

2017) para la aplicación a puestos de trabajo de jefe de grupo Administrativo y Jefe de Grupo de

Auxiliares proponiéndose por la Presidenta de la mesa que se estudie la materia en los Presupuestos

para el 2018.

El contenido de las peticiones presentado en ese momento ante la Mesa de Negociación fue el

siguiente:

A.- Propuesta de inclusión de los puestos de Jefe de grupo Administrativo en el expediente de

modernización.

Con referencia al expediente de modernización de esta Administración según acuerdos adoptados en

2011 y tras lo aprobado en sesión celebrada el día 2 de febrero de 2017 de actualización de los

complementos específicos que ya fueron afectados por la modificación en el nivel de complemento de

destino.

Y tras el análisis de las modificaciones que su aplicación ha producido, se observa que al acotar la

propuesta hasta los puestos con nivel 18, se dejan de valorar puestos que siendo de la misma escala

de Administración General (C1 Administrativos), tienen un nivel de Complemento de Destino 19 y un

específico superior que retribuyen las funciones de apoyo a la Jefatura del Departamento y de

asesoramiento y coordinación de los puestos que componen la unidad administrativa, además de las

tareas propias de los Administrativos

Sus funciones tienen la misma dificultad técnica, dedicación y condiciones particulares como

administrativo, pero además asumen las de apoyo, asesoramiento y control de los trabajos del

personal dependiente de ellos.

Atendiendo a los criterios de equivalencia y proporcionalidad y teniendo en cuenta los factores a

evaluar para la modificación de los complementos básico y específico, se llega a la conclusión que en

puestos que ejercen las mismas tareas y pertenecen al mismo grupo deben valorarse sus

retribuciones complementarias en el mismo nivel y cantidad. Cualquier modificación que se efectúe

en los mismos debe producir un recálculo en la misma proporción en la puntuación o valoración que

retribuye la responsabilidad por Jefatura o mando de los puestos de su misma naturaleza

(administración, escala, grupo) que además tienen como funciones añadidas el control,

asesoramiento y coordinación.

Por lo que se solicita que se aplique el aumento del Complemento de Destino y Específico a los

Administrativos Jefe de Grupo, pasando a reconocer las retribuciones por estos conceptos asignadas

al nivel 20.

Afecta esta propuesta a los siguientes puestos de trabajo adscritos en:

Gobierno Interior y Personal 1 puesto

Tesorería municipal 2 puestos

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Secretaría General 1 puesto

Sistemas y tecnolog.Información 1 puesto

TOTAL: 5 puestos

A la vista de las peticiones formuladas desde el Equipo de Gobierno Municipal se considera que el

estudio de adecuación de retribuciones debe de partir no de un cambio, a priori, del nivel de

complemento de destino de estos puestos de Jefe de Grupo sino del estudio de diferencias salariales

del que se partió en la valoración de puestos de trabajo considerando que por las propias condiciones

de los puestos que en todo caso tienen a responsables técnicos directos que marcan directrices y son

su apoyo no deben de prevalecer la responsabilidad en la actualización de sus retribuciones sino el

complemento específico en lo que se refiere a la “especial dificultad técnica” para puestos

pertenecientes al grupo C1 con titulación de Bachiller superior o asimilado.

No se puede olvidar que desde que se llevo a cabo la valoración de puestos de trabajo se ha

producido un cambio importante en la estructura de los Grupos de titulación con la inclusión del nuevo

grupo de titulación B que en esta Corporación le ha sido asignado un nivel de Complemento de

destino 20 .

Cuando se realiza la valoración de puestos de trabajo en el 2002 se establecen como retribuciones

totales sin jornadas de los puestos de trabajo de administrativo y jefe de grupo las siguientes:

Administrativos: 2.970.000 pts

Jefes de grupo Administrativo: 3.465.000 pts

Por lo que la diferencia retributiva entre ambos pu estos lo es de un 16,67 %

Conforme la tabla salarial de este ejercicio del 2018, una vez determinados los incrementos

propuestos por la Ley de Presupuestos resulta la siguiente:

Administrativos: 11.613,9 € (de enero a junio) y 11.642,94 € de julio a diciembre = 23.256,84 €/año.

Jefes de grupo Administrativo: 12.908,29 € (de enero a junio) y 12.940,56 € de julio a diciembre =

25.848,85 €.

INCREMENTO PARA EL 2018

La cuantía establecida para los Administrativos de retribución anual 23.256,84 € debe incrementarse

con el 16,67 % dando como resultado la cuantía de 27.133,76 €.

La diferencia entre lo percibido (25.848,85 €) y lo debido de percibir (27.133,76 €) es de 1284,78

€/año, cuantía que incrementa su complemento específico en 91,77 €/mes.

Así, el complemento específico de enero a junio total es de 772,70 € y en el tramo de julio a diciembre

774,40 €/mes. El coste total de la propuesta lo es de 6.423,90 € al estar afectados cinco puestos

(1284,78 € x 5).

B.- Propuesta de inclusión de los puestos de Jefe de grupo Auxiliares en el expediente de

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modernización

Con ocasión de la aplicación de lo acordado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día

2 de febrero de 2017 de actualización de los complementos específicos y una vez analizadas las

modificaciones relativas a los puestos de Auxiliares Administrativos que tenían asignado el

complemento de destino nivel 14, se detecta que el puesto de Auxiliar Administrativo Jefe de Grupo

con nivel de destino 16 no ha sido modificado ni en complemento de destino, ni en específico como lo

han hecho los niveles comprendidos entre el 13 y el 18, entendiéndose que obedece a un error de

aplicación, se solicita por los representantes sindicales que se modifique su nivel de complemento de

destino del 16 al 17 y la cantidad del complemento específico al importe base de ese nivel.

Los puestos afectados por esta circunstancia son el Auxiliar Jefe de Grupo de Cultura y el Auxiliar

Jefe de Grupo de Participación Ciudadana: 2 puestos.

Se mantiene el mismo criterio para este puesto de trabajo que para los Jefes de grupo Administrativo:

A la vista de las peticiones formuladas desde el Equipo de Gobierno Municipal se considera que el

estudio de adecuación de retribuciones debe de partir no de un cambio, a priori, del nivel de

complemento de destino de estos puestos de Jefe de Grupo sino del estudio de diferencias salariales

del que se partió en la valoración de puestos de trabajo considerando que por las propias condiciones

de los puestos que en todo caso tienen a responsables técnicos directos que marcan directrices y son

su apoyo no deben de prevalecer la responsabilidad en la actualización de sus retribuciones sino el

complemento específico en lo que se refiere a la “especial dificultad técnica” para puestos

pertenecientes al grupo C2.

Cuando se realiza la valoración de puestos de trabajo en el 2002 se establecen como retribuciones

totales básicas de los puestos de trabajo de auxiliar y jefe de grupo de Auxiliares las siguientes:

Auxiliares: 2.520.000 pts

Jefes de grupo Administrativo: 2.655.000 pts (sin tener en consideración el concepto de jornada)

Por lo que la diferencia retributiva entre ambos puestos lo es de un 5,4 % (aproximadamente)

Conforme la tabla salarial de este ejercicio de 2018, una vez determinados los incrementos

propuestos por la Ley de Presupuestos resulta la siguiente:

Auxiliares: 19.741,58 €/año

Auxiliares Jefes de grupo: 10.421,93 € + 10.395,94 € = 20.817,87 €

INCREMENTOS PARA EL 2018

La cuantía establecida para los Auxiliares de retribución anual: 19.741,58 €, debe incrementarse en

un 5,4 % dando como resultado la de 20.807,63 €

Por lo que no existe propuesta de incremento de retribuciones ante el hecho de que lo que vienen

percibiendo es similar a las propuestas iniciales de valoración de puestos.

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C.- Propuesta de inclusión de los puestos de programador en el expediente de modernización

En la valoración de puestos de trabajo realizada en el 2002 y conforme a los actuales totales

salariales los Administrativos Jefes de Grupo están asimilados a los programadores, por lo que se

considera procede aplicarse los mismos criterios de modificación de las cuantías de complemento

específico para estos dos puestos de trabajo, manteniéndose con ello el equilibrio existente en la

valoración de puestos de trabajo.

Así, el incremento señalado para los Administrativos Jefes de grupo en el 2018 asciende a 91,77

€/mes en el complemento específico de enero a junio, total €/mes. El coste total de la propuesta lo es

de 2.569,56 €.

Al estar afectados dos puestos (1284,78 x 2) con un complemento específico de enero a junio de

772,70 € y en el tramo de julio a diciembre de 774,40 €/mes.

2.- ESTABLECIMIENTO DE COMPLEMENTOS DE DESTINO

A.- EN POLICIA LOCAL

B.- EN OTROS SERVICIOS

A.- EN POLICIA LOCAL

El acuerdo de modernización y mejora de la calidad de los servicio públicos y de las condiciones

laborales de los empleados del Ayuntamiento de Segovia que como se ha señalado es del que trae

causa las presentes propuestas en el acuerdo con la representación sindical de 28 de mayo de 2009

establecía la posibilidad de adecuar las retribuciones en el complemento de destino y específico de

los puestos con niveles del 12 al 18 teniendo en cuenta la media ponderada de los puestos de trabajo

de Castilla y león.

El resultado de este estudio ha supuesto el incremento de las retribuciones complementarias,

complemento de destino y complemento específico.

Ello ha conllevado dentro del grupo de titulación C1 (Bachiller superior y asimilados) el acercamiento

de diversos puestos de trabajo al de la Policía que siendo de la misma titulación había sido valorado

por encima de todos ellos con un nivel de complemento de destino en un NIVEL SUPERIOR.

Así se asignó un nivel 18 de complemento de destino a puestos como:

- Administrativos de Administración General

- Informador juvenil

- Informador documentalista

- Dinamizador

Que anteriormente les había sido asignado el nivel 17.

Con ello se considera que sin perjuicio de que con los informes que en su día se emitieron y fueron

en base del expediente de modernización no existiera un desequilibrio económico externo en la

comparativa de los niveles con otras noticias de la Comunidad Autónoma, lo cierto es que se ha

producido el desequilibrio “interno” en tanto en cuanto que han sido valorados puestos de trabajo

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diferentes al mismo nivel.

Y no cabe duda que el nivel de complemento de destino, debe establecerse sobre la base de la

responsabilidad que se derive de las funciones a ellos encomendados y/o por analogía o similitud con

los puestos de la estructura establecida, art. 3.4 del Real Decreto 861/1986 de 25 de abril por el que

se establece el Régimen de Retribuciones de Funcionarios de Administración Local.

Con tal motivo se estima debe completarse en este sentido los acuerdos de modernización recogido

la inclusión del nivel de complemento de destino 19 para Policías Locales con la finalidad que no se

distorsione la valoración.

Tal y como establecen las normas marco a las que han de ajustarse los Reglamento de los Policías

Locales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León (Decreto 84/2005, de 10 de noviembre) en

su artículo 3 que regula su concepto y naturaleza jurídica:

“1.- La Policía Local es un cuerpo de seguridad dependiente de los Ayuntamientos, cuya misión

consiste en proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad

ciudadana, mediante el desempeño de las funciones que le atribuyen el artículo 53 de la Ley

Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, el artículo 13 de la Ley

9/2003, de 8 de abril, de Coordinación de Policías Locales de Castilla y León y demás normativa

aplicable en materia de Policías Locales.

2.- Los Cuerpos de la Policía Local, pertenecientes a las fuerzas de seguridad, son institutos armados

de naturaleza civil con estructura y organización jerarquizada, de carácter permanente y esencial para

la comunidad.

3.- En el ejercicio de sus funciones, los miembros de los Cuerpos de Policía Local tendrán, a todos

los efectos, el carácter de Agentes de la Autoridad.”

Señalándose en el art. 2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Interno del

Cuerpo de la Policía Local de Segovia que:

“Artículo 2.- Concepto y naturaleza jurídica.

1.- El Cuerpo de Policía Local pertenece a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, es un Instituto

armado de naturaleza civil con estructura y organización jerarquizada de carácter permanente y

esencial para la comunidad.

2.- La Policía Local es un Cuerpo de Seguridad dependiente del Ayuntamiento de Segovia cuya

misión consiste en proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad

ciudadana mediante el desempeño de las funciones que le atribuye la legislación vigente.

3.- En el ejercicio de sus funciones los miembros del Cuerpo de la Policía Local tendrán, a todos los

efectos, el carácter de Agente de la Autoridad y fuera de servicio, si actúa como tal”.

A1.- POLICIAS LOCALES

Y la propuesta se configura siguiendo las líneas ya marcadas para la adaptación de retribuciones de

los niveles 12 al 18:

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En el ejercicio 2018 se planifica el abono del nivel de complemento de destino del 18 al 19 de los

Policías locales, plazas en plantilla que lo son en número de 80, más 8 plazas de segunda actividad.

El coste de la propuesta asciende a:

El valor del Complemento de Destino del nivel 19 en el ejercicio 2018 lo es de:

- De enero a junio: 432,04 €/mes

- De julio a diciembre: 433,12 €/mes

Siendo el valor del nivel de complemento de destino 18 en este ejercicio:

- De enero a junio: 408,78 €/mes

- De julio a diciembre: 409,80 €/mes

La diferencia será:

- De enero a junio: 23,26 €/mes x 7 = 162,82 € más paga extra

- De julio a diciembre: 23,32 €/mes x 7 = 168,24 € más paga extra.

Siendo el coste de la propuesta:

326,06 € x 88 puestos = 28.693,28 €

A2.- OFICIALES DE LA POLICIA

La propuesta de actualización de los niveles de complemento de destino, con motivo de lo

anteriormente señalado, para los policías, hace reconsiderar los niveles de complemento de destino

de los oficiales de policías, así como cara a un futuro su nivel de complemento específico, con la

finalidad de mantener el equilibrio entre las categorías e ir avanzando en el expediente de

modernización.

Teniendo en la actualidad, como ya se ha señalado, el nivel 20, se propone que con motivo de lo

establecido en la Ley de Presupuestos del 2018 (art. 18.1.c):

- En este ejercicio 2018

Se incrementa el nivel de complemento de destino de los oficiales de la Policía Local, pasando del 20

al 21.

A la vista del art. 22 de la Ley de Presupuestos del 2018 resulta que para el ejercicio presente de

enero a junio el valor del complemento de destino 20 es de 455,28 € de enero a junio y de 456,42 €

de julio a diciembre frente al valor del complemento de destino 21 que es de enero a junio de 490,13

€ y de julio a diciembre de 491,35 €/mes.

Siendo la diferencia (con paga extra) del 2018:

- de enero a junio 34,85 x 7 meses = 243,95

- de julio a diciembre 34,93 x 7 meses = 241,51

Total: 488,46 €

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Existiendo 12 puestos de oficiales el coste anual del 2018 de la propuesta de incremento de

complemento de destino asciende a 5.861,52 €/año en 2018 con el siguiente desglose: 488,46 €/año

x 12 puestos

B.- OTROS SERVICIOS MUNICIPALES

- Para el ejercicio 2018

Aumentando con el proceso de modernización y una vez que se han revisado los niveles de

complemento de destino del 12 al 19 procede avanzar con el ajuste retributivo en otras dependencias

municipales, por lo que junto con el incremento del nivel de complemento de destino de los oficiales

de la policía que en la actualidad tienen un nivel 20 que se va a modificar al 21, se propone el

incremento del resto de puestos del nivel 20 dentro de la tabla salarial afectando a:

- jefe de programadores (2 puestos)

- animador socio comunitario (1 puesto)

Pasando del nivel 20 al 21.

Con los datos económicos que figuran en la anterior propuesta el valor del nivel de complemento de

destino del 2018 cambia: en los dos semestres del año, siendo la diferencia por puesto con paga

extra incluida la de 488,46 €/ año.

Existiendo tres puestos el coste anual de 2018 de la propuesta de incremento de complemento de

destino asciende a 1465,38 €.

3.- ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS SOCIALES Y DE MERCA DOS

El acuerdo plenario de 3 de febrero del 2017 estableció que “(…) para los ejercicios 2018 y 2019, la

aplicación de los acuerdos se realizaría a los puestos de trabajo con niveles de complemento de

destino 18 y el puesto de trabajo de Administrativo de Servicios Sociales y Mercados, con coste total

e incidencia en los ejercicios del 2018 y 2019 (…)”.

El acuerdo plenario de 13 de febrero de 2018 de propuesta de expediente de presupuestos para el

2018 sobre retribuciones del personal al servicio de la Corporación recogió las propuestas sobre

aplicación para el ejercicio del 2017 del expediente de modernización la propuesta de equiparación

de complementos específicos, pero dicho acuerdo adoleció de un error al incluirse en el mismo con

respecto al puesto de trabajo de Administrativo de Servicios Sociales y de mercados propuestas de

modificación del puesto que posteriormente no se llevaron a cabo y que han afectado a la aplicación

al mismo de los acuerdos habida cuenta no se estimó que pudiéramos encontrarnos ante la

posibilidad que establece el artículo 109.2 de la L.P.A, al considerarse que las notas características

de que se estima debe de considerarse como error material o de hecho podrían quedar en entre

dicho al deber de ser esta patente, manifiesto, indiscutible y que se evidencie con la sola

comprobación de los datos obrantes en el propio expediente no requiriendo su corrección juicio de

valor alguno y no representará una alteración del sentido.

Así se señala en el acuerdo plenario de Presupuestos 2018:

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“COSTE TOTAL DE LA APLICACIÓN DEL ACUERDO DE MODERNIZACION A LOS PUESTOS

CON NIVEL 18 Y 19 (Referente a Administrativo de Servicios Sociales y mercados)

Se recogió en el acuerdo plenario del 2017 de Presupuestos (Retribuciones) pero requiere de ser

actualizado por:

- el incremento de retribuciones en 2017 del 1%

- por la variación del número de puestos del nivel 18 y 19

Así:

- Deberá tenerse en cuenta que se parte de la subida del 1% para el ejercicio 2017

- Los puestos de trabajo afectados se han visto modificados:

a.- se ha incorporado la propuesta de que el puesto de Administrativo de Mercados lo sea de Jefe de

Grupo por lo que deberá excluirse de este acuerdo para que le sea asignado las nuevas retribuciones

como tal responsable.

A dichos puestos de “Jefe de grupo” también les será aplicable el expediente de modernización

conforme se recoge en el apartado c) de este acuerdo.”

Pero lo cierto es que no se llevó a cabo la inclusión de los Jefes de grupo en el expediente de

modernización del 2018 como tampoco se incluyó dentro de estos al Administrativo de Servicios

Sociales y de Mercados.

Por tal motivo queda pendiente para este puesto de trabajo el reconocimiento de la cantidad que se

estableció para los Administrativos durante el ejercicio 2018 que lo fueron en incremento mensual del

complemento específico de 61,06 €/mes que incrementado por Presupuestos Generales del Estado

para el 2018:

De enero a junio – 1,50 % = 61,97 €/mes x 6 = 371,85 €

De julio a diciembre – 0,25 % = 62,12 €/mes x 6 = 372,72 €

Total = 744,57 €

Coste total de las propuestas presentadas por aplic ación del artículo 18.1.c) de la Ley de

Presupuestos Generales del Estado para el 2018 y ac uerdo plenario de 3 de septiembre de

2018, dentro del posible incremento adicional del 0 ,2 % de la masa salarial:

1) Administrativos Jefes de Grupo 6.423,90

2) Programador/Operador 2.569,56

3) Policías locales 28.693,28

4) Administrativo de S.S. y mercados 744,57

5) Oficiales policía local 5.861,52

6) Jefe programadores/Animador soc. 1.465,38

o TOTAL 45.758,21 €

o Coste aprox. de Seguridad Social (30%) : 13727,46€

TOTAL PROPUESTA: 59485,67

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Siendo el 0,2 % :42.643,34 €

Superando la cuantía resultante la consignación existente se plantea que el abono para este ejercicio

lo sea del 70% de cada una de las cantidades señaladas correspondiendo al ejercicio del 2019 las

cuantías restantes (30%).

Resultando las cuantías en importe del 70% las siguientes:

1) Administrativos Jefes de Grupo 4.496,73

2) Programador/Operador 1.798,692

3) Policías locales 20.085,296

4) Administrativo de S.S. y mercados 521,199

5) Oficiales policía local 4.103,064

6) Jefe programadores/Animador soc. 1.025,766

Siendo el importe establecido para el 2018:

- Salario: 32030,75 €

- Seguridad Social: 9609,23 €

TOTAL: 41.639,98€

Conocido el expediente por la Mesa de Negociación en sesión celebrada el pasado día 21 de

noviembre de 2018 y habiéndose esta aprobado con los votos favorables de la Corporación y de los

representantes sindicales de CCOO y CSIF, la abstención de UGT y el voto en contra de AITAS.

Informado el expediente por la Intervención de fondos municipales con la incorporación de las

autorizaciones y compromisos de gastos (ADC).

En virtud de la competencia que le confiere el art. 22 de la Ley de Bases del Régimen Local al

Ayuntamiento Pleno se propone con los votos favorables de los representantes del PSOE y la

abstención del resto de los representantes de los grupos políticos (P.P, I.U, UPyD y Ciudadanos), la

adopción del acuerdo de:

- Incrementar la masa salarial en un 0,2% de conformidad al art. 18 de la Ley de Presupuestos

Generales del Estado para el 2018, abonándose las cuantías que se indican a los siguientes

puestos de trabajo.

Ello supone el 70% del total a abonar y que lo será en próximos ejercicios:

1) Administrativos Jefes de Grupo 4.496,73

2) Programador/Operador 1.798,692

3) Policías locales 20.085,296

4) Administrativo de S.S. y mercados 521,199

5) Oficiales policía local 4.103,064

6) Jefe programadores/Animador soc. 1.025,766

Siendo el importe establecido para el 2018:

- Salario: 32030,75 €

- Seguridad Social: 9609,23 €

TOTAL: 41.639,98€

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Dichos abonos responden a los conceptos económicos que han sido referenciados a lo largo del

expediente.

Intervenciones .

Con el permiso de la Presidencia, tomó la palabra doña María Luisa Delgado Robledo, Concejala Delegada de Gobierno Interior y Personal, Patrimonio y Contratación (Área 1), para exponer y defender las propuestas del dictamen: “En el pasado Pleno se retiró este punto porque había un error, corregido este lo que ha sucedido es que no se ha modificado en ningún momento el dictamen porque se olvidó meter una cantidad; por eso lo traemos a este Pleno. Si recuerdan, en el mes de septiembre, en el Pleno de 7 de septiembre, se acordó actualizar las retribuciones del personal al servicio de la Corporación, según los incrementos aprobados en los Presupuestos Generales del Estado, autorizando la aplicación de un 0,2 por ciento de la masa salarial, que supone una cantidad de 42.643,00 €, para la implantación de planes o proyectos de mejora de la productividad o la eficiencia, la revisión del complemento específico, la homologación de complementos de destino, etc. Siguiendo los criterios que se especificaban en los presupuestos, se acordó que se aplicaría continuando con el Acuerdo de Modernización que la Corporación firmó con los representantes sindicales en el año 2009, que ha supuesto la subida de complementos de destino y específico desde el nivel 12 al 18, en varias fases, siendo la última acordada en 2016 la subida del nivel 17 al 18. Lógicamente esto ha llevado a que los actuales puestos del nivel 18 hayan visto igualadas las cantidades retributivas con el nivel inferior, cuando debería mantener las diferencias de la valoración de puestos de trabajo, si no se continuaba el proceso de los siguientes niveles. Con tal motivo la Mesa de Negociación considera que deben de completarse en este sentido los acuerdos de modernización, recogiendo la inclusión de los niveles de complemento de destino del 18 al 21 con la finalidad de que no se distorsione la valoración y siguiendo las mismas pautas que en los anteriores acuerdos, se llevará a efecto en varios años. El coste total supera la cantidad disponible, por lo que la Mesa acuerda que se abone el 70%, que supone 41.639,98 € en el año actual, y que el 30% restante se aplique en 2019. Afecta a unas 112 personas empleadas de este Ayuntamiento. La propuesta fue apoyada por la Mesa de Negociación por los representantes sindicales de CCOO y CSIF, UGT se abstuvo y AITAS votó en contra. Por lo expuesto solicito el voto a favor de la propuesta presentada”.

Debate: Promoviéndose debate tomó la palabra doña Esther Bermejo Bravo en representación del grupo municipal UPYD – Centrados en Segovia. Consumiendo un segundo turno la ponente.

En primer término tomó la palabra doña Esther Bermejo Bravo (UPYD) manifestando: “Nosotros, igual que hicimos en Comisión, nos vamos a abstener para que la propuesta vaya adelante porque ya hemos presentado una propuesta porque pensamos que esto es un parche, nosotros pensamos que hay que hacer una valoración de todos los puestos de trabajo. Luego otra cosa también que nos ha llamado la atención de este expediente es que se moderniza la Policía Local, casualmente los sueldos y pone que se ajustan a Castilla y León. Exactamente cuenta media ponderada de los puestos de trabajo de Castilla y León teniendo en cuenta eso. Usted dijo en este Pleno que cobraban muchísimo más que el resto

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de la Policía de Castilla y León, y ahora modernizamos el expediente. Sí, usted lo dijo en este Pleno, sí, no son cosas mías. Sí, cuando hablamos del resto de la Policía Local y Nacional. Entonces, nosotros simplemente nos vamos a abstener para que esto siga adelante porque, evidentemente, creemos que hay que revisar los puestos de trabajo y nuestra única pega es que esto es un parche, porque no habría que revisar solo esto, habría que hacer una valoración de todos los puestos del Ayuntamiento”.

Instando un segundo turno tomó la palabra nuevamente doña María Luisa Delgado Robledo exponiendo: “Yo dudo que haya dicho alguna vez en este Pleno, le ruego por favor, que busque en el acta en el momento que yo haya dicho eso porque la Policía Local de Segovia ni cobra más ni menos. Y eso no lo he dicho yo porque sé lo que cobran el resto. Me gustaría que lo encontrase en esa acta. Y respecto al Acuerdo de Modernización, para mí lo que dice la Mesa de Negociación es suficientemente de peso y de valor como para llegar a este acuerdo. Además, lo que sí que la Mesa de Negociación tiene muy claro que cuando se inicia un proceso de valoración, según ustedes proponen, automáticamente se tiene que frenar cualquier acuerdo, lo que significaría que se iban a quedar en inferioridad de condiciones, todos los niveles en el que se han acoplado con el mismo nivel 18. Yo respeto evidentemente su opinión pero me vale más la de la Mesa de Negociación”.

Votación .- Finalizado el debate, la Presidencia sometió a votación la propuesta en los términos contenidos en el dictamen, resultando 25 votos emitidos de los cuales, 12 son votos a favor -de los concejales del grupo PSOE-, NINGUNO en contra y el resto, 13, abstenciones -de los concejales de los grupos PP (8), Cs (2), UPYD (2) e IU (1)-.

ACUERDO.- Con el voto a favor de la mayoría de los asistentes, resultó aprobado el dictamen transcrito en sus propios términos, acordando la Excma. Corporación municipal:

Incrementar la masa salarial en un 0,2% de conformi dad al art. 18 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2018, abo nándose las cuantías que se indican a los siguientes puestos de trabajo.

Ello supone el 70% del total a abonar y que lo será en próximos ejercicios:

1). Administrativos Jefes de Grupo 4.496,73

2) Programador/Operador 1.798,692

3) Policías locales 20.085,296

4) Administrativo de S.S. y mercados 521,199

5) Oficiales policía local 4.103,064

6) Jefe programadores/Animador soc. 1.025,766

Siendo el importe establecido para el 2018:

- Salario: 32030,75 € - Seguridad Social: 9609,23 €

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TOTAL: 41.639,98€

Dichos abonos responden a los conceptos económicos que han sido referenciados a lo largo del expediente.

5º/330.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE URBANISMO, OBRA S Y SERVICIOS CELEBRADA EL DÍA 20 DE DICIEMBRE DE 2018 RELATIVO A PROPUESTA D E APROBACIÓN

DE LOS PLANES DE ACCIÓN EN MATERIA DE CONTAMINACIÓN ACÚSTICA SEGOVIA 2018.

(EXPTE. PAC NÚM. 001405/2017).

Fue dada cuenta del dictamen de la Comisión Informativa citada, en el que de acuerdo con los informes emitidos, se indica lo siguiente:

Vistos Planes de Acción en Materia de Contaminación Acústica Segovia 2018.

Vistos los informes emitidos por el Ingeniero Técnico Municipal, con fecha de 11 de diciembre de

2018, y por el TAG de Vías y Obras, con fecha 13 de diciembre de 2018, el último de los cuales

señala:

“[…] ANTECEDENTES

Primero.- Mediante Decreto de 16 de octubre de 2018, se acordó la apertura de un periodo de

información pública mediante anuncio en el B.O.P., como paso previo a la aprobación por el Pleno del

Ayuntamiento de la propuesta de aprobación de los Planes de Acción en Materia de Contaminación

Acústica Segovia 2018, previa resolución de las alegaciones que pudieran presentarse.

Segundo.- Dicho plazo de información pública tuvo lugar entre los días 1 de noviembre de 2018 y 1

de diciembre de 2018; no constando alegaciones o reclamaciones, tal y como consta en el informe

emitido por la Responsable del Registro General del Ayuntamiento de Segovia que obra en el

expediente.

Tercero.- Visto el Informe de 11 de diciembre de 2018 del Ingeniero Técnico Municipal:

“(…) * Fase 3: Nueva Propuesta de Planes de Acción en materia de contaminación acústica. Plazo de

ejecución de Fase 3: 4 meses. 6.500 euros.

En septiembre del presente año 2018 se presenta el trabajo realizado por la empresa “Audiotec

Ingeniería Acústica” de “Propuesta de Planes de Acción en materia de contaminación acústica

Segovia 2018”, siendo el objeto de este informe para su tramitación y posterior aprobación conforme

a lo dispuesto en la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León.

Con fecha 16 de octubre de 2018 por Decreto de Alcaldía se acordó:

* Tomar conocimiento de la recepción de los trabajos de “Propuesta de Planes de Acción en materia

de contaminación acústica Segovia 2018”, elaborados por la empresa “Audiotec Ingeniería Acústica,

S.A.”.

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* Iniciar el procedimiento de aprobación municipal mediante anuncio en el B.O.P de Segovia, como

paso previo a su aprobación por el Pleno del Ayuntamiento, previa resolución de las alegaciones que

pudieran presentarse.

Que según figura en el certificado emitido por la responsable de la Oficina de Registro General del

Ayuntamiento de Segovia de fecha 5 de diciembre de 2018, transcurrido el plazo de treinta días

naturales de información pública del expediente relativo a la “Propuesta de los Planes de Acción en

materia de contaminación acústica Segovia 2018”, NO consta presentación de alegaciones o

reclamaciones al mismo.

(…)”

NORMATIVA DE APLICACIÓN

* Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones

Públicas

* Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante LRBRL).

* Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León (LRCYL)

CONSIDERACIONES

Primera.- En virtud del artículo 25 de la LRBRL el Municipio ejercerá en todo caso como

competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas,

en las siguientes materias:

“(…) b) Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de los residuos

sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas

urbanas. (…)”.

De acuerdo con el artículo 4 de la LRCYL corresponde a los municipios a elaboración, aprobación de

la propuesta, revisión e información pública de los mapas de ruido correspondientes a municipios de

más de 20.000 habitantes.

Segunda.- El Capítulo IV del Título II de la LRCYL, se refiere a los Planes de acción en materia de

contaminación acústica y zonificación. El artículo 44, en cuanto a realización de los planes, establece:

1.- En los términos previstos en la legislación básica estatal, en esta ley y en las normas de desarrollo

de ambas, las Administraciones Públicas competentes habrán de elaborar y aprobar, previo trámite

de información pública por un período mínimo de un mes, planes de acción en materia de

contaminación acústica correspondientes a los ámbitos territoriales de los mapas del ruido a los que

se refiere el artículo 19 de esta ley.

2.- Los planes de acción correspondientes a los mapas de ruido de cada uno de los grandes ejes

viarios, de los grandes ejes ferroviarios y de los municipios con una población superior a 20.000

habitantes, habrán de estar aprobados de acuerdo con el calendario establecido en la Disposición

Adicional Primera.

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3.- Los planes de acción cuya elaboración sea competencia de los Municipios y Provincias, una vez

aprobadas las propuestas por éstos, serán remitidas a la Consejería competente en materia de medio

ambiente, para su aprobación y posterior supervisión de su aplicación.

El artículo 45, prevé los fines y contenido de los planes de acción en materia de contaminación

acústica que serán, entre otros, los siguientes: afrontar globalmente las cuestiones concernientes a la

contaminación acústica en la correspondiente área o áreas acústicas; determinar las acciones

prioritarias a realizar en caso de superación de los valores límite de emisión o inmisión o de

incumplimiento de los objetivos de calidad acústica; y proteger las zonas tranquilas en los municipios

y en campo abierto contra el aumento de la contaminación acústica.

El apartado segundo del citado artículo 45, prevé que los planes de acción en materia de

contaminación acústica deberán tener el contenido mínimo que se establece en el Anexo IX y

deberán estar firmados por técnico titulado competente o elaborados por entidades de evaluación a

las que se refiere el artículo 18. En caso de necesidad, el plan podrá incorporar la declaración de

Zonas de Protección Acústica Especial.

Y el artículo 46; establece que los planes habrán de revisarse y, en su caso, modificarse, previo

trámite de información pública por un período mínimo de un mes, siempre que se produzca un cambio

importante de la situación existente en materia de contaminación acústica y, en todo caso, cada cinco

años a partir de la fecha de su aprobación.

Tercera.- El artículo 4.2.3.h) de la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León, prevé que

corresponderá al Municipio la elaboración, aprobación de la propuesta, revisión y ejecución de los

planes de acción en materia de contaminación acústica correspondientes a los mapas de ruido de los

municipios con una población superior a los 20.000 habitantes, y la correspondiente información al

público; y según lo previsto por el artículo 4.1.4.j) de la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de

Castilla y León, corresponderá a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, la aprobación y

supervisión de la aplicación de los planes de acción en materia de contaminación acústica elaborados

por los Municipios o por las Provincias.

De conformidad con la exposición fáctica y jurídica que antecede, se eleva al Pleno del Ayuntamiento

de Segovia la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Primera.- Aprobación de la Propuesta de “Planes de Acción en materia de Contaminación Acústica de

Segovia 2018”, elaborado por la empresa “Audiotec Ingeniería Acústica, S.A.”, por el Pleno del

Ayuntamiento de Segovia.

Segunda.- Remisión de la Propuesta de aprobación de la “Planes de Acción en materia de

Contaminación Acústica de Segovia 2018”, a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente para su

aprobación “[…].

Atendiendo a cuanto antecede, la Comisión Informativa de Urbanismo, Obras y Servicios, con el voto

a favor de la Presidencia y de los vocales de los Grupos Municipales del Partido Socialista (cinco), de

UPyD (uno) y de Izquierda Unida (uno), y al abstención de los vocales de los Grupos Municipales del

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Partido Popular (cuatro) y Ciudadanos (uno), propone al Pleno del Ayuntamiento que adopte el

siguiente acuerdo:

1º).- Aprobar de la propuesta de “Planes de Acción en materia de Contaminación Acústica de Segovia

2018.

2º).- Que se remita la Propuesta de aprobación de la “Planes de Acción en materia de Contaminación

Acústica de Segovia 2018”, a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente para su aprobación”.

Intervenciones .

Ponente: Con el permiso de la Presidencia, tomó la palabra don doña Paloma Maroto Moreno, Concejala Delegada de Obras, Servicios e Infraestructuras, para exponer y defender las propuestas del dictamen: “Según la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León, el municipio de Segovia, al tener una población superior a 20.000 habitantes, tiene que elaborar el Mapa Estratégico de Ruido y sus correspondientes Planes de Acción en materia de contaminación acústica sobre su territorio, ambos documentos han de ser revisados y actualizados cada 5 años. Es el proceso que estamos llevando ahora. Como recordarán, en la sesión celebrada el 5 de octubre de este año, el Pleno del Ayuntamiento, aprueba la propuesta de actualización del Mapa Estratégico de Ruido del Municipio de Segovia. Posteriormente se remitió a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente para su aprobación definitiva. Con fecha de 14 de diciembre, el BOCYL publica la Orden de 3 de diciembre por la que se aprueba la primera actualización del mapa de ruido de Segovia. En dicha Orden se destaca que, frente a los datos del mapa anteriormente elaborado, se observa una disminución en el porcentaje de la población afectada, es decir, que tenemos mejores resultados. Similar proceso es el que vamos a realizar ahora con los planes de acción. Se trae con su apoyo para aprobar la propuesta y después se remitirá también a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente. Según se establece en la ley, se ha hecho el trámite de información pública por un período de 1 mes, del 1 de noviembre al 1 de diciembre, no constando alegaciones ni reclamación alguna según el informe hecho por el Responsable del Registro General del Ayuntamiento. Lo que presentamos no es un documento cerrado, es un conjunto de propuestas a las que siempre se pueden incorporar otras nuevas cuando se estime conveniente o por cambio de alguna situación proceda. Las medidas de actuación se articulan en tres ejes estratégicos: 1º.- Infraestructuras de transporte y tráfico de vehículos. 2º- Urbanismo y edificación. 3º.- Actividades industriales, comerciales y de ocio. Cada una tiene distintos apartados. Las medidas se presentan en fichas que recogen cada propuesta, indicando los objetivos, la descripción, los indicadores y los resultados esperados. Indicaré algunas actuaciones realizadas que han contribuido a disminuir esta contaminación acústica en la ciudad. Destacar el asfaltado de la Avenida de la Constitución y alguna calle de San José. Quizá el comentario que más llegó al equipo de gobierno es: cómo los vecinos que vivían en esta zona habían notado tremendamente la disminución de ruido al cambio del adoquín por el asfalto. Es quizá el comentario que más llegó. Es una de las propuestas y siempre que se puede y en algunos sitios se va haciendo, en otros sabemos que no se puede. Otra actuación importante, que también se ha notado en el vecindario, es la declaración de zona 30 en la calle de las Nieves. La reducción de la velocidad vial siempre repercute en el ruido de cara a las casas que viven en la zona.

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Destacar también que tenemos en el Casco Histórico una limitación de 20 km/h, que en muchos casos parece que se desconoce y es un tema importante porque todo el casco está declarado como preferentemente peatonal. Por eso se tiene lo de 20 km/h, lo cual también tiene que influir. Quizá hayan oído, como yo, que la Dirección General de Tráfico está estudiando reducir a 30 km/h la velocidad en los cascos urbanos. Si fuera así, si esto se llegara a sacar adelante, la repercusión en Segovia sería muy importante porque recordad cuando hablamos del mapa de ruido, es que el tráfico rodado es, según los datos obtenidos ahí, lo que más está influyendo precisamente en esa repercusión de las calles de la ciudad, sobre todo las que tienen más tráfico. Es decir, que esa reducción general del tráfico influiría positivamente en la reducción de la contaminación acústica. Aspecto importante también es la mejora en el transporte público, estamos en trámite de unos nuevos autobuses, que yo creo que va a suponer también un avance, lo primero porque los autobuses van a ser más modernos, más eficientes y siempre que hay un buen transporte público se está animando a la población a que deje el coche en casa. Lo cual repercute en que si hay menos vehículos va a ver menos ruido y se va a beneficiar también el resto de los ciudadanos. El nuevo pliego de recogida de residuos y limpieza viaria ha valorado y destacado que las empresas miren el presentar en sus ofertas que las máquinas tanto de barrido de aceras como de barrido de pavimento estén con un sistema de insonorización y que esté debidamente justificado. Igualmente que los equipos de recogida de hojas tengan un mínimo ruido. También se refleja que tanto los camiones como los contenedores tengan una tecnología que vayan a generar menos ruido, es una de las cosas sobre todo los contenedores al hacer ruido nocturno”.

Debate: Promoviéndose debate tomaron la palabra don Ángel Galindo Hebrero, Portavoz del grupo municipal de Izquierda unida (IU), doña Mª José García Orejana Portavoz del grupo municipal Ciudadanos – Partido de la Ciudadanía (Cs) y don Juan Antonio Miranda Herrero, en representación del grupo municipal Popular (GMP), consumiendo un segundo la Sra. Maroto Moreno y el Sr. Miranda Herrero.

En primer término tomó la palabra don Ángel Galindo Hebrero (IU) manifestando: “Quería remarcar una de las propuestas que hace este Plan de Acción, que como ya se ha dicho, es la reducción de la velocidad en el casco histórico pero nosotros también reclamamos esa reducción de la velocidad en las zonas residenciales, como ya trajimos en una moción para que sean zonas 30, las zonas residenciales de Segovia. Porque esto no solo ayudaría a reducir la contaminación acústica sino también mejoraría la seguridad vial. Entonces, creemos que esto es importante que se ponga en marcha y que se generen zonas 30 en las zonas residenciales, es decir, en los barrios de Segovia, como digo, para mejorar también la seguridad vial, aparte de reducir la contaminación”.

Seguidamente tomó la palabra Mª José García Orejana (Cs) exponiendo: “Agradecemos la labor que ha hecho la Sra. Concejala y que haya tenido la deferencia de convocar una mesa en la que se nos ha informado de todos los Planes de Acción, pero hay una cosa que nosotros echamos de menos que es el tema del ruido por ocio y, sobre todo, en las noches y los bares y, todo eso, produce preocupación en los vecinos. Nosotros creíamos que era el momento oportuno para haber hecho un Plan de Acción específico por cada zona y de llevar

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a cabo actuaciones para eliminar o reducir ese ocio. De hecho, la propuesta nos habla que la legislación vigente prevé instrumentos como la declaración de zonas acústicamente saturadas. Eso es lo que creemos que los técnicos deberían de haber hecho: especificar las zonas y ver qué medidas se podían tomar para eso, para mitigar un poco lo que está ocurriendo con los ruidos sobre todo nocturnos que hay muchas quejas de los vecinos”.

A continuación tomó la palabra don Juan Antonio Miranda Herrero (GMP) manifestando: “Sabemos que estos planes dicen entre sus objetivos que hay que actuar de forma continua en la reducción de la contaminación acústica, también dicen que hay que afrontar globalmente las cuestiones derivadas de la contaminación acústica. Eso quiere decir que hay muchos campos en los que hay que actuar al tiempo. También que hay que determinar las acciones prioritarias en caso de incumplimiento de esa calidad acústica y que hay que proteger las zonas tranquilas de los municipios del aumento de la contaminación. En el estudio nos pilla un poco de refilón porque solamente se mira el ruido evaluado, porque lo que se ha evaluado es el tráfico rodado porque luego también mira el de origen ferroviario, que aquí en Segovia nos pilla un poco lejos en algún caso y en otro tiene poco uso, de forma que no hay población expuesta a ese ruido ferroviario según el plan, en la página 36 lo dice. También dice que el de origen industrial tampoco tiene población expuesta. Y, entonces, parece que eso no nos afecta. Vamos con el rodado, que es el que sí que afecta. A pesar de que parece que Segovia es una ciudad pequeñita, silenciosa, tranquila y tal, pues resulta que, de las 28.875 viviendas que se estima en estos planes, pues un 22% tienen un índice de ruido por la noche superior al permitido. Que la población afectada por un índice de ruido superior al permitido durante el día se encuentra en el área del Cristo y la Estación, en el área de San Millán y la zona de extramuros, que es muy abundante si miramos el plano, y en San Lorenzo. Tenemos dos hospitales: el General y Recoletas y en estos los índices, en sus fachadas, también superan los niveles permitidos en todos los casos, en la página 45. Y, de los 47 centros educativos que tenemos (universitarios y no universitarios) 30 también superan el índice de ruido del día y de la tarde, cuando se usan, y eso es un 64%. Es decir, que tenemos trabajo por hacer para que la ciudad tenga el nivel de contaminación acústica por debajo de los mínimos deseables. ¿Cómo se va a conseguir esto? Porque creemos que, junto a esto, deberían de ir los temas de la accesibilidad. Una de las cosas que dice en la ficha, en la página 59, es que hay que andar más y que hay que… tema alternativo. Pero no hay ascensores, no hay escaleras mecánicas ni ninguna cosa de esas contempladas por ahora, bueno en los presupuestos participativos siempre parece que se va a hacer algo. También hablamos del transporte público, que va a ser nuevo, pero no va a ser ni eléctrico ni híbrido, van a ser de gasoil, serán más silenciosos que los que hay ahora porque los que hay ahora es que traquetean ya demasiado. El sistema de recogida de basuras no debería de ser el de atrás, tendría que ser el transversal y habría que ver cómo se recoge esa basura y en el pliego nuevo el tema acústico, aparte de que las máquinas sean mejores y se les exija menos ruido, tampoco se ve una visión global del tema. La falta de aparcamientos disuasorios también contribuye a que haya más tema y, sobre todo por ejemplo, la manera de detener el tráfico, de que se cumpla, de que los coches vayan despacio porque así cumplen. Los coches van despacio cuando ni aceleran, ni frenan, cuando van a una velocidad constante y, para eso las medidas que se están poniendo de guardias tumbados y todas esas cosas que a la gente le obliga a frenar y

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luego a acelerar cuando vuelve a salir, pues lo que están haciendo es producir más ruido. Sería un poquito más eficaz, a lo mejor, algunos elementos que controlen con radar la velocidad a la que se va y la gente sepa que sí pasan de los 20 km/h o de los 30 km van a tener una multa y todos irán mucho mejor y más despacito y más silenciosamente. Son medidas que no están. En este Plan dicen cosas curiosas, por ejemplo, que se han hecho medidas en el pasado, entre ellas la número 5 está: potenciar el servicio de préstamo de bicicletas con la ampliación del número de bicicletas de alquiler a largo plazo. Me parece que se ha hecho pero se ha dejado de hacer. El tema de la sustitución de pavimentos de adoquín por otros más silenciosos, ya ha mencionado lo que se ha hecho, pero hay zonas en Segovia que va a seguir estando ese adoquín por otras razones y, entonces, habría que templar ese tráfico y dejar de poner obstáculos y que los sistemas para contener el tráfico no produzcan ruido a su vez, como ocurre con los badenes. Nos vamos a abstener porque creemos que este Plan debería de tener más cosas. No sabemos, aunque en la página 75 de la Memoria, hay un epígrafe que dice: “disposiciones previstas para evaluar la aplicación y los resultados del Plan”. En el párrafo que hay de cinco líneas lo único que sale son interrogantes”.

Instando un segundo turno tomó la palabra doña Paloma Maroto Moreno (PSOE) exponiendo: “Voy a terminar mi exposición y luego comento algunas cosas de las que ha dicho el Sr. Miranda. Importante también es en los locales con cambios de titularidad, estaba comentando acciones que se están haciendo y que repercuten de forma importante en ese control y en reducir la contaminación acústica. En los distintos cambios de titularidad de las discotecas y bares especiales se está controlando de manera exhaustiva los limitadores de potencia acústica y los aislamientos acústicos de estos locales. También es importante por eso, que los bares que no tienen esta preparación, es decir, que no tienen estos aislamientos acústicos, controlar mucho el tipo de actividad que hacen porque repercute mucho a los vecinos las molestias. Importante también son sistemas de sensibilización, de hacer campañas de sensibilización. Y, un ejemplo claro, que yo creo que es quizá lo que más destaca, que es la semana de movilidad, esta semana de movilidad se está hablando del tráfico de peatones y el uso de la bicicleta siempre. Está encarrilado un poco a esa sensibilización de reducir el tráfico, que como sabemos, es quizá el problema más importante. Yo creo que poco a poco nos tenemos que ir sensibilizando todos y viendo la importancia que tiene esta reducción de la contaminación acústica y, que estamos empezando un poco a reconocerlo y a empezar a tomar más medidas y a ser más conscientes de la importancia que tiene. Yo creo que debemos de seguir en este camino y lo que sí que, como he comentado antes, no es un bloque cerrado, esto admite ampliar, admite proponer. Yo sí que le pediría al Sr. Miranda que si tiene propuestas claras, concretas pues que se pongan, se pueden estudiar y si son viables se pueden hacer. Bueno, digo al Sr. Miranda como al resto de concejales, que no hay ningún problema. He dicho que esto está abierto, es una propuesta, un trabajo con unas líneas. Unas líneas que establece la ley de la Junta de Castilla y León. Estos apartados que tiene que llevar la medición y los Planes de Acción están con unas directrices que marca la ley del Ruido de Castilla y León. Es decir, que no hacemos nosotros los puntos que nos da la gana y como nos da la gana, es decir, que viene determinado. Lo digo, porque es que parece que tratamos unos temas sí y otros no. Que no es cuestión nuestra. Y sigo diciendo que me parece bien y que alguna

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aportación siempre será bien recibida y si se puede hacer. Porque creo que lo que sí que es importante es reconocer y que todos seamos sensatos, que esto repercute en la calidad de vida de los ciudadanos y es el objetivo que todos tenemos aquí”.

A continuación tomó la palabra don Juan Antonio Miranda Herrero (GMP) manifestando: “Agradezco la postura que manifiesta Paloma y yo creo que nosotros trasladaremos esas sugerencias, que la única intención que tienen es que la ciudad sea más silenciosa, más cómoda para todos y, entonces, lo mejor es prevenir, a veces mejor que curar”.

Votación .- Finalizado el debate, la Presidencia sometió a votación la propuesta en los términos contenidos en el dictamen, resultando 25 votos emitidos de los cuales, 15 son votos a favor -de los concejales del grupo PSOE (12), UPYD (2) e IU (1)-, NINGUNO en contra y el resto, 10, abstenciones -de los concejales de los grupos PP (8) y Cs (2).

ACUERDO.- Con el voto a favor de la mayoría de los asistentes, resultó aprobado el dictamen transcrito en sus propios términos, acordando la Excma. Corporación municipal:

Primero.- Aprobar de la propuesta de “Planes de Acc ión en materia de Contaminación Acústica de Segovia 2018.

Segundo.- Que se remita la Propuesta de aprobación de la “Planes de Acción en materia de Contaminación Acústica de Segovia 2018”, a la Consejería de Fomento y Medio Ambiente para su aprobación.

6º/331.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, PATRI MONIO Y EMPLEO CELEBRADA EL DÍA 20 DE DICIEMBRE DE 2018 RELATIVO A PROPUESTA DE APROBACIÓN DE ESTABLECIMIENTO DE PRECIO PÚBLICO POR EL USO DEL APARCAMIENTO MUNICIPAL SITO EN CALLE JOSÉ ZORRILLA.

Fue dada cuenta del dictamen de la Comisión Informativa citada, en el que de acuerdo con los informes emitidos, se indica lo siguiente:

� Vista la Memoria económica justificativa de las tar ifas propuestas para el precio público

del aparcamiento de José Zorrilla, elaborada, en fe cha 11 de junio de 2018, por la

Inspección de Servicios municipales.

� Visto el Informe emitido por la Sección Jurídica de Gestión Tributaria, en fecha 14 de

diciembre de 2018.

� Visto el Informe emitido por la Intervención Genera l de este Ayuntamiento, en fecha 17 de

diciembre de 2018, cuya literalidad dice:

“Examinada “Memoria económica justificativa de las tarifas propuestas para el precio público del

aparcamiento de José Zorrilla”, se han detectado los siguientes errores que deben ser objeto de

subsanación:

PRIMERO: En el punto 1.1 “Aspectos Generales”, existe un error en la redacción respecto al

incremento de las tarifas de rotación.

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SEGUNDO: En el punto 2.2.9 “Amortización”, no se han incluido los gastos de reparación del Parking

realizados por el Ayuntamiento de Segovia durante el presente ejercicio 2018, de los que deben

excluirse aquellos que sean asumidos por el anterior concesionario, ni en los gastos de adquisición

del sistema de barreras de acceso, actualmente en trámite de contratación.

TERCERO: En el punto 5. “Propuesta para los gastos de comunidad y nuevas tarifas para los

abonos”, se recoge un incremento del precio de los bonos del 10% pero las tarifas recogidas a

continuación son las mismas que las indicadas en el punto 3.2 del mismo informe y por tanto no

recogen el mencionado incremento del 10 %. Lo que se comunica a los efectos de subsanación”.

� Vista la Memoria económica justificativa de las tarifas propuestas para el precio público del

aparcamiento de José Zorrilla, elaborada, en fecha 18 de diciembre de 2018, por la Inspección de

Servicios municipales, a la vista del Informe emitido por la Intervención General, cuya literalidad

dice:

“Tras el informe realizado por el Sr. Interventor de este Ayuntamiento con fecha 17 de diciembre de

2018, advirtiendo de errores en el informe emitido por el funcionario que suscribe de fecha 11 de

Junio de 2018, se emite nuevo informe que viene a sustituir al anterior, siendo éste el siguiente:

1.- ANTECEDENTES

Se solicita a esta Inspección de servicios la elaboración de las tarifas de los precios públicos que

hayan de regir en el aparcamiento público de José Zorrilla, dado que las tarifas actuales no tienen

dicha consideración al haber sido explotado dicho aparcamiento hasta el momento, desde su inicio,

bajo gestión indirecta.

1.1.- ASPECTOS GENERALES

Se parte de la siguiente situación: El aparcamiento que ha sido explotado en gestión indirecta por

concesión desde 2005 a Febrero de 2018, con la salvedad que desde el 1 de Noviembre de 2015 la

actividad de rotación ha estado cerrada. El parking tiene 318 plazas, de las cuales con el

concesionario anterior 103 plazas estaban en cesión de uso, 58 plazas estaban destinadas a

alquiler/abonados y las restantes 157 estaban destinadas a rotación. La ocupación por rotación era

muy baja, 1,32%. Las tarifas abonos mensuales del resto de aparcamientos son un 60,5% más

elevadas que en este aparcamiento, se expone en el siguiente cuadro el detalle de esta comparativa:

BONO MES 24 HORAS

DIFERENCIA % RESPECTO

TARIFA ACTUAL JOSE ZORRILLA

FERNANDEZ LADREDA 201,90 € 155,67%

ESTACION BUSES 89,42 € 13,23%

PADRE CLARET 125,65 € 59,11%

EL ÑARRA 90,00 € 13,97%

JOSE ZORRILLA 78,97 0,00%

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MEDIA 60,50%

Tras esta breve exposición de la situación del aparcamiento se exponen también brevemente las

propuestas que se desarrollarán con posterioridad:

A) En relación a la distribución de plazas:

La propuesta que se realiza tiene el espíritu de ser prudente y realista, habida cuenta de las

preferencias de uso de la zona, como se verá más adelante. Esta propuesta consiste en distribuir 160

plazas para abonados y 55 plazas para la rotación, manteniéndose las plazas de cesión de uso que

son 103:

PLAZAS

ACTUALES

PLAZAS

PROPUESTAS

CESION USO 103 103

ABONOS 58 160

ROTACION 157 55

TOTAL 318 318

Una posibilidad alternativa podría ser dedicar todas las plazas, excluidas las actuales cesiones de

uso, 215 plazas asimismo para cesiones de uso, pero se entiende que no sería un escenario realista;

no se cree que exista demanda en la zona para tantas plazas de cesión de uso. No obstante lo

anterior, se propone un escenario dinámico, es decir que en función de la evolución del negocio

dedicar más plazas a lo más demandado.

B) En relación a las tarifas:

B.1.- El precio por comunidad a abonar por los cesionarios de uso se propone incrementarle desde

las tarifas actuales 12,13 € s/ IVA, 14,68 € IVA incluido a 16,5 € S/IVA, 19,96 € IVA incluido, con el

objeto de compensar los gastos del aparcamiento tal y como se explicará más adelante.

B.2.- Respecto a la tarifa de la rotación, se propone:

i) Una modificación procedimental ya que la tarifa actual está basada en una fórmula, en función de la

cual se obtiene la tarifa en relación al tiempo de estancia. La modificación propuesta consiste en

hacer una tarifa lineal por minuto independientemente del tiempo de estancia, es decir, el precio del

minuto de estancia será el mismo desde que se entre hasta que se salga.

ii) Un incremento de la tarifa de un 40% con el que aún la tarifa resultante seguiría siendo competitiva

respecto al resto de aparcamiento. Por otro lado se estima un crecimiento de la rotación del 1,32%

actual al 3,7%. El fundamento de este incremento se explicará más adelante.

B.3.- Respecto a los abonos se va a proponer una oferta adaptada a las necesidades de la demanda,

aligerando la oferta en cuanto a la tipología de abonos, pero adaptándola a la realidad. Por otro lado

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dado que se ha logrado disminuir los costes al eliminar como se verá el personal, se ha logrado

rebajar la tarifa actual, rebajando el bono mensual en un 32% respecto a la tarifa actual.

C) Otros aspectos:

Respecto a la operativa del aparcamiento se propone desde la Concejalía Delegada que se contrate

un servicio de telecontrol, esto supone que desde un centro externo se monitorizan las funciones

principales del aparcamiento por si surge alguna incidencia poderla resolver, por lo que no se

contrataría personal.

Se prevé un plazo de amortización de 40 años para la inversión a realizar, 1.298.037,87 €.

1.2.- MEMORIA ECONOMICO FINANCIERA Y COSTE DEL SERV ICIO. APROXIMACION

CONCEPTUAL .

Es preciso determinar como punto de partida los conceptos jurídicos aplicables. De esta forma la Ley

8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, fija la naturaleza de los Precios Públicos, en los

artículos que se señalan a continuación, indicando que, sin ánimo de ser exhaustivo, estas

definiciones están recogidas también en otros textos legales

“Artículo 24 Concepto

Tendrán la consideración de precios públicos las contraprestaciones pecuniarias que se satisfagan

por la prestación de servicios o la realización de actividades efectuadas en régimen de Derecho

público cuando, prestándose también tales servicios o actividades por el sector privado, sean de

solicitud voluntaria por parte de los administrados.

Artículo 25 Cuantía

1. Los precios públicos se determinarán a un nivel que cubra, como mínimo, los costes económicos

originados por la realización de las actividades o la prestación de los servicios o a un nivel que resulte

equivalente a la utilidad derivada de los mismos.

2. Cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés público que así lo aconsejen,

podrán señalarse precios públicos que resulten inferiores a los parámetros previstos en el apartado

anterior, previa adopción de las previsiones presupuestarias oportunas para la cobertura de la parte

del precio subvencionada.

Artículo 26 Establecimiento y modificación

1. El establecimiento o modificación de la cuantía de los precios públicos se hará:

a) Por Orden del Departamento ministerial del que dependa el órgano que ha de percibirlos y a

propuesta de éste.

b) Directamente por los organismos públicos, previa autorización del Departamento ministerial del que

dependan.

2. Toda propuesta de establecimiento o modificación de la cuantía de precios públicos deberá ir

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acompañada de una memoria económico-financiera que justificará el importe de los mismos que se

proponga y el grado de cobertura financiera de los costes correspondientes.”

Queda claro pues que para el establecimiento (como es el caso) de las tasas y precios públicos, se

exige la elaboración de una memoria económico-financiera El aspecto sustantivo de la memoria, se

centra en calcular, por un lado, el coste del servicio, y, por otro lado en calcular los ingresos derivados

de la aplicación de las tarifas de precios públicos que se proponen, justificando de forma razonable

tales extremos y previendo los ingresos precisos para la cobertura del déficit.

La finalidad de la memoria económico- financiera, se explica porque toda actuación de los poderes

públicos, ha de estar fundamentada, es decir que la corporación local puede decidir razonadamente

el establecimiento y regulación de los precios públicos, en función de los datos objetivos aportados.

Por lo que respecta al aspecto temporal, es obvio que la memoria económico- financiera debe ser

elaborada con carácter previo a la adopción del acuerdo de establecimiento o regulación de los

precios públicos.

El aspecto procedimental, responde a que la memoria económico-financiera es un informe preceptivo

y vinculante. Es más, su elaboración es un trámite esencial del procedimiento.

1. Concepto de memoria económico-financiera de tasas y precios públicos

Es el informe preceptivo emitido antes del establecimiento o modificación de las tasas o precios

públicos, en cuya virtud se procede a calcular la relación que guardan los costes del servicio con los

ingresos esperados de la figura financiera, encontrando su causa en la necesidad de justificar el

grado de cobertura financiera del servicio, y que está destinado a evitar la arbitrariedad y servir de

instrumento de control de las actuaciones de los poderes públicos.

Este informe que se emite trata de determinar los costes que generan las instalaciones analizadas y

los ingresos que pueden esperarse.

2. Concepto de coste del servicio

El Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto

Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en su art. 24 se señala que para determinar el coste real o

previsible del servicio o actividad “…se tomarán en consideración los costes directos e indirectos,

inclusive los de carácter financiero, amortización del inmovilizado y, en su caso, los necesarios para

garantizar el mantenimiento y un desarrollo razonable del servicio o actividad…”

Se considera que aunque este precepto se refiere a las tasas, es de aplicación a los precios públicos,

si bien el coste actúa respecto a éstos como límite máximo de recaudación.

La memoria económico-financiera, dada su finalidad de justificar las tarifas a aplicar, difícilmente

computará costes reales, sino costes previsibles, ya que se calculan de forma preventiva, partiendo

de costes históricos tal y como se expondrá.

2.- ESTUDIO DE GASTOS

Para determinar los gastos se ha partido de la siguiente información:

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1.- Los gastos de:

-Reparaciones y conservación

-Seguros

-Servicios bancarios

-Comunicaciones y teléfono

-Electricidad

son gastos reales, no son estimaciones.

Estos datos se han obtenido de un documento presentado por el adjudicatario saliente con fecha 21

de Noviembre de 2014. Concretamente el documento fue elaborado por los auditores MAG A.M.

Consultores y reflejan los datos de gastos reales del ejercicio 2013 íntegro; los autores del informe

indican que se ha efectuado una revisión pormenorizada del 100% de la documentación soporte de la

cuenta de explotación, facturas emitidas, facturas recibidas, así como contratos y otros justificantes

de gasto. Adjuntan al informe los diarios contables íntegros, donde, dice el informe, se podrá obtener

máximo detalle de las partidas de gasto o ingreso, así como copia de las facturas que por su especial

análisis se han considerado necesarias para su comprobación. Consta en dicho documento la cuenta

de explotación y los diarios contables íntegros.

Se considera que los importes considerados en este estudio son correctos habida cuenta de que el

incremento de IPC desde Diciembre de 2013 a Mayo 2018, ha sido del 2,6%. Es decir la evolución

general de los precios no ha podido suponer incrementos relevantes en los mismos y de ser así, a

mayores

2.- Los gastos de:

-Mantenimiento de equipos

-Limpieza de las 4 plantas del aparcamiento

Estos gastos se han recogido del proyecto de explotación del parking de Padre Claret y se han

adaptado, como se indicará más adelante al aparcamiento que nos entretiene.

Por tanto:

2.1 GASTOS DE REPARACIONES Y CONSERVACION

Los gastos reales por este concepto: 9.000 € anuales

2.2 SEGUROS

Los gastos reales por este concepto: 6.000 € anuales

2.3 SERVICIOS BANCARIOS

Los gastos reales por este concepto: 2.500 € anuales

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2.4 COMUNICACIONES Y TELEFONO

Los gastos reales por este concepto: 1.200 € anuales

2.5 ELECTRICIDAD

Los gastos reales por este concepto: 20.000 € anuales

2.6 ARRENDAMIENTO DE SERVICIOS (TELECONTROL)

Como se ha indicado la Concejalía Delegada ha optado por prescindir de personal, gestionándose la

operación del mismo en remoto de acuerdo a la siguiente estructura:

A).- Video vigilancia en remoto del parking a través de los equipos CCTV (circuito cerrado de

televisión) instalados en el mismo y la contestación de llamadas de incidencias mediante el

seguimiento de la instalación por las cámaras que tiene el aparcamiento durante 24h al día y

mediante número de teléfono habilitado para este fin, debiendo acudir a la instalación en caso de

detectarse cualquier situación anómala no subsanable por teléfono en el plazo máximo de 20 minutos

desde la llamada y elaborando un parte diario con las incidencias detectadas y las actuaciones. Para

poder prestar este servicio.

B).- Se realizará un mínimo de 4 visitas físicas diarias a la instalación para inspeccionar el correcto

estado de las mismas."

Se ha solicitado ofertas de este servicio, recibiéndose una por importe de 40.000 €

2.7 MANTENIMIENTO DE EQUIPOS

Los gastos estimados en 2005 en el proyecto de explotación del parking de Padre Claret eran de

6.840 €, teniendo en cuenta que en dicho aparcamiento hay dos entradas y dos salidas, con sus

aparatos correspondientes, saldría la revisión anual por cada entrada o salida a 1.710 €. En el parking

de José Zorrilla hay una entrada y una salida, lo que aplicando los precios anteriores supondría 3.420

€ a precios 2005, si se aplica el IPC de Diciembre de 2005 a Abril de 2018, un 20,9%, el precio

actualizado serían 4.134,78 €.

2.8 LIMPIEZA

Los gastos estimados en 2005 en el proyecto de explotación del parking de Padre Claret eran de

1.440 €, teniendo en cuenta que son 543 plazas, supone 2,65 € por plaza. El parking de José Zorrilla

tiene 318 plazas, por lo que la limpieza supondría 843 €. Estos gastos son de 2005, si se aplica el

IPC de Diciembre de 2005 a Abril de 2018, un 20,9%, el precio actualizado serían 1.019,18 €.

Se han presupuestado 1.500 € anuales por este concepto, que se entiende que es una cifra

razonable. Con este importe se podrían afrontar dos limpiezas al año de todo el aparcamiento. La

limpieza de escaleras, aseos, oficina y papeleras se encuentran en la partida de mantenimiento.

2.9 AMORTIZACION

Conceptualmente se van a considerar tres aspectos:

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1.- Amortización de la inversión

2.- Amortización de las obras de acondicionamiento realizadas

3.- Amortización del sistema de control de acceso

Se exponen a continuación:

1.- Amortización de la inversión

Con fecha 22 de febrero de 2016 el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Segovia dicta

sentencia nº 29/16 disponiendo en su fallo lo siguiente: “(…) declarando la resolución contractual del

contrato de concesión de obra pública que unía a la mercantil demandante con el Ayuntamiento de

Segovia, por causa imputable a la Administración, procediendo la administración condenada a la

apertura de la fase de liquidación en la que se fijará el valor a favor de la concesionaria por las

inversiones realizadas pendientes de amortizar y por los daños y perjuicios causados a la misma

(…)”

Recurrido el referido pronunciamiento judicial en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de

Castilla y León, recae la sentencia de apelación 154/2016, desestimando el recurso interpuesto por

este Ayuntamiento y en virtud de dicha desestimación se confirma en todos sus extremos la

sentencia apelada.

Con fecha 26 de Enero de 2017 el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Segovia dicta auto

instando al Ayuntamiento de Segovia para que proceda a la apertura de la fase de liquidación en la

que se fijará el valor de la concesionaria por las inversiones necesarias realizadas pendientes de

amortizar y por los daños y perjuicios causados a la misma, con devolución de la garantía, y su

tramitación hasta fijar la cantidad a indemnizar, cuya resolución será en su caso objeto de un nuevo

recurso contencioso.

Con fecha 29 de diciembre de 2017, de acuerdo al auto referido en el párrafo anterior se aprueba

mediante acuerdo de pleno la liquidación económica del contrato de concesión de obra pública del

aparcamiento de José Zorrilla, constando un importe a pagar por el Ayuntamiento al concesionario

saliente por las inversiones pendientes de amortizar de 1.298.037,87 €. Tal y como se ha visto el

artículo 24 de la LRHHL dice que dentro de los gastos habrá que incluir la amortización del

inmovilizado.

Será preciso determinar la vida útil del inmovilizado, ésta se ha estimado en 40 años. Hay que tener

en cuenta que el aparcamiento comenzó a prestar servicio en 2006, por lo que teniendo en cuenta

que desde 2017, 40 años nos situaría en 2057, desde 2006, serían 51 años. La concesión inicial tenía

un plazo de 50 años, es decir hasta 2056, por lo que situar su vida útil hasta 2057 no es

descabellado. Esta estimación cumple con lo determinado en la tabla que figura en el artículo 12.1.a

de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades donde constan los

Coeficientes de Amortización estableciendo un período MÁXIMO DE AMORTIZACIÓN (que puede

entenderse como de vida útil a estos efectos), que establece para la obra civil general un periodo

máximo de 100 años, por lo que 40 años, que es la vida útil que se estima para el bien, cumple.

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Se trata de amortizar en el periodo de 40 años (la vida útil estimada) la inversión prevista. El importe

de la inversión a realizar son 1.298.037,87 €, por tanto la amortización sería:

IMPORTE LIQUIDACION 1.298.037,87

AÑOS 40

AMORTIZACION ANUAL 32.450,95

2.- Amortización de las obras de acondicionamiento realizadas.

Mediante acuerdo de Junta de Gobierno local de fecha 22 de febrero de 2018 se requiere a la UTE

“Construcciones y Obras Llorente, S.A.” y “Promoción de Gestión de Servicios Urbanos, S.A.” para

que “proceda, a subsanar las deficiencias observadas y ejecutar las actuaciones descritas en los

informes técnicos arriba transcritos, con ocasión de la Inspección Municipal realizada el 6 de febrero de

2018, todo ello con objeto de que la reversión de las obras e instalaciones del aparcamiento público de la

calle José Zorrilla de Segovia se realice en perfecto estado de conservación.”

En dicho acuerdo se decía además que “transcurrido el plazo señalado, de hacer caso omiso al

requerimiento(…), se dictará resolución acordando la ejecución subsidiaria por el Ayuntamiento de

Segovia, ya sea por los Servicios Municipales o las personas que se determinen, siendo repercutidos

los gastos a costa del obligado (UTE “Construcciones y Obras Llorente, S.A.” y “Promoción de

Gestión de Servicios Urbanos, S.A.”), de acuerdo con las cantidades expresadas en los informes

técnicos arriba transcritos, cuya cantidad asciende a 93.268,48 € (teniendo en cuenta que el resto de

actuaciones informadas por los técnicos no se han podido presupuestar como se fundamenta en los

informes técnicos).”

Este acuerdo fue objeto de recurso contencioso administrativo, dictándose sentencia nº 240/18 del

Juzgado Contencioso Administrativo nº 1 de Segovia de fecha 29 de Noviembre de 2018

desestimando dicho recurso declarando ajustada a derecho la resolución recurrida. Por tanto, dado

que ha sido el Ayuntamiento quien ha ejecutado las obras de forma subsidiaria, por la sentencia

mencionada deberá ser la UTE “Construcciones y Obras Llorente, S.A.” y “Promoción de Gestión de

Servicios Urbanos, S.A, quien deberá asumir los gastos que han ocasionado dichas obras, que según

informes del Técnico de Obra Civil D. Juan José Zaera Martín, de fechas 11 de Diciembre y 17 de

Diciembre de 2018, ascienden hasta la fecha a 73.352,44 €, no por el Ayuntamiento de Segovia y por

tanto no pueden imputarse como coste en este estudio.

3.- Amortización del sistema de control de acceso.

El acuerdo de Junta de Gobierno Local de 22 de febrero de 2018, referido en el punto anterior, como

se ha indicado, requería al concesionario saliente para procediera a subsanar las deficiencias

observadas en el aparcamiento y ejecutar las actuaciones descritas en los informes técnicos que se

adjuntaban en el cuerpo del acuerdo, con objeto de que la reversión de las obras e instalaciones del

aparcamiento se realizara en perfecto estado de conservación. Dentro de los informes que constan en

dicho acuerdo se encuentra el del Sr. Jefe del Servicio de Informática de este Ayuntamiento, señalando

dicho informe que respecto al sistema de entrada/salida del aparcamiento, la recomendación es repararlo

o sustituirlo para evitar los problemas que causa su deteriorado estado. Abundando en lo anterior, en la

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sentencia nº 240/18 del Juzgado Contencioso Administrativo nº 1 de Segovia de fecha 29 de

Noviembre de 2018, aludida también en el punto anterior, dice en el fundamento de derecho segundo,

punto 2.2.C, indica que en el informe obrante en el expediente se recogen los desperfectos existentes

(entre ellos el sistema de entrada y salida del aparcamiento), recogiendo el testimonio del Sr. Jefe del

Servicio de Informática de este Ayuntamiento que indica que el sistema informático de acceso no

funciona correctamente, y que no existió mantenimiento.

Es decir, de lo anterior se deduce que el sistema de control de acceso del aparcamiento es una

instalación del aparcamiento cuyo funcionamiento era defectuoso; esta anomalía impide la

operatividad del aparcamiento al no poder entrar o salir los vehículos. Por este motivo se requería al

concesionario saliente, en el acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 22 de febrero a que

conjuntamente con el resto de deficiencias observadas se procediera a su reparación o sustitución.

Como se ha indicado el concesionario saliente, la UTE “Construcciones y Obras Llorente, S.A.” y

“Promoción de Gestión de Servicios Urbanos, S.A, recurrió dicho acuerdo de Junta de Gobierno Local

vía contencioso administrativa dictándose por el Juzgado Contencioso Administrativo nº 1 de Segovia

sentencia nº 240/18 de fecha 29 de Noviembre de 2018 desestimando dicho recurso y declarando

ajustada a derecho la resolución recurrida, es decir el acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 2

de Febrero. Por tanto, dado que el concesionario saliente, la UTE “Construcciones y Obras Llorente,

S.A.” y “Promoción de Gestión de Servicios Urbanos, S.A, no acometió la reparación o sustitución del

sistema de control de accesos, el Ayuntamiento de Segovia ha tenido que adquirir un nuevo sistema

de control de accesos para el aparcamiento, acometiendo un procedimiento de contratación para el

suministro, instalación y mantenimiento de mecanismos de acceso en el Aparcamiento de José

Zorrilla, cuya propuesta de adjudicación se realizó mediante Decreto de fecha 13 de diciembre de

2018 a favor de MEYPARK S.L (CIF: B-63650071) por importe de 54.458,00 euros IVA excluido, a

esta cantidad le corresponde un IVA de 11.436,18 euros, resultando el IMPORTE TOTAL 65.894,18

EUROS IVA INCLUIDO. Por tanto, al igual que las obras referidas en el punto anterior, dado que ha

sido el Ayuntamiento quien ha acometido la sustitución del sistema de control de accesos de forma

subsidiaria, por la sentencia mencionada deberá ser la UTE “Construcciones y Obras Llorente, S.A.” y

“Promoción de Gestión de Servicios Urbanos, S.A”, quien deberá asumir los gastos que han

ocasionado dicho suministro, no el Ayuntamiento de Segovia y por tanto no pueden imputarse como

coste en este estudio.

2.10 CUADRO RESUMEN DE GASTOS

El cuadro de gastos para el primer año quedaría de la siguiente manera:

1.- TELECONTROL 40.000,00

2.- REPARACIONES Y CONSERVACION 9.000,00

3.- SEGUROS 6.000,00

4.- SERVICIOS BANCARIOS 2.500,00

5.- COMUNICACIONES Y TELEFONO 1.200,00

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6.- ELECTRICIDAD 20.000,00

7.- MANTENIMIENTO EQUIPOS 4.134,78

8.- LIMPIEZA 1.500,00

9.- AMORTIZACIONES 32.450,95

11.- TOTAL 116.785,73

3.- INGRESOS

3.1 ANALISIS DE LA DEMANDA

Para justificar las cifras que se exponen a continuación se ha realizado un análisis de la demanda

basado en tres estudios:

● La comparación entre el número de viviendas y el número de garajes de las principales vías de la

zona de influencia del parking de José Zorrilla.

● Un estudio de ocupación de la campa ubicada en los terrenos del antiguo regimiento y cuya

entrada/salida estaba situada en Avda. Constitución c/ C/ General Santiago en la que se permitió el

aparcamiento gratuito de vehículos hasta mediados de 2016.

●Análisis de las ventas de plazas en cesión de uso en el aparcamiento de José Zorrilla.

Se exponen a continuación estos estudios:

3.1.1 Comparación entre el número de viviendas y el número de garajes de las principales vías de la

zona de influencia del parking de José Zorrilla

Se ha solicitado a los servicios económicos del Ayuntamiento de Segovia que facilitaran respecto a

las siguientes calles:

CALLE

IMPARES CONDE SEPULVEDA (HASTA LOPE TABLADA DIEGO)

PARES JOSE ZORRILLA (HASTA LOPE TABLADA DIEGO)

IMPARES JOSE ZORRILLA (HASTA TENIENTE CORONEL FDEZ CASTRO)

SUMA TOTAL JOSE ZORRILLA

PARES AVDA CONSTITUCION (HASTA TENIENTE CORONEL FDEZ

CASTRO)

IMPARES AVDA CONSTITUCION (HASTA CENTRO MANTENIMIENTO)

SUMA TOTAL AVDA CONSTITUCION

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LA PLATA

DEL RANCHO

que se entiende que son las calles principales del que podría ser el área de influencia del

aparcamiento de José Zorrilla, los datos referidos al número de viviendas y número de plazas de

aparcamiento, para determinar si todas las viviendas tienen aparcamiento y de no ser así, el posible

déficit, ya que de ser así, existirían potenciales compradores de plazas de aparcamiento. No obstante

lo anterior con los datos de los que se dispone y la forma en la que están considerados no es posible

determinar el número de plazas de aparcamiento ya que en algunas ocasiones en los garajes no

figuran los datos tributarios de cada plaza, sino de la comunidad de propietarios, es decir un garaje

con por ejemplo 50 plazas, sólo figuraría una plaza, por lo que el dato no es muy fiable. Por otro lado,

el epígrafe de garajes incluye también al de almacenes (trasteros). Ante esta tesitura se ha optado

por determinar el número de viviendas y los metros cuadrados que ocupa la superficie destinada a

locales y garajes; se procederá a relacionar los metros cuadrados totales que ocupan los locales y

garajes con los metros cuadrados que se asignan a una plaza de garaje (que son los que mide la

propia plaza, más lo metros por elementos comunes), que oscilan entre 25 y 30 metros cuadrados,

esta cifra se ha sacado de un blog especializado de profesionales de la tasación denominado blog de

tasadores, que se adjunta como anexo II. Como se ha explicado en esos metros están incluidos

además otros almacenes como trasteros, por lo que se añaden a los metros anteriores unos metros

adicionales que actuarían como factor corrector y tratar de depurar los locales que no interesan. Se

proponen dos factores correctores, 5 y 10 metros, para determinar la variación. Los resultados son los

siguientes:

CALLE

NUMERO

VIVIENDAS SUPERFICIE VIVIENDAS (M2)

SUPERFICE

GARAJES Y

LOCALES

(M2)

IMPARES CONDE SEPULVEDA

(HASTA LOPE TABLADA DIEGO) 407 44.829 8.126

PARES JOSE ZORRILLA (HASTA

LOPE TABLADA DIEGO) 447 51.138 18.183

IMPARES JOSE ZORRILLA (HASTA

TENIENTE CORONEL FDEZ CASTRO) 310 36.595 9.622

SUMA TOTAL JOSE ZORRILLA 757 87.733 27.805

PARES AVDA CONSTITUCION

(HASTA TENIENTE CORONEL FDEZ

CASTRO) 278 27.513 62

IMPARES AVDA CONSTITUCION

(HASTA CENTRO MANTENIMIENTO) 62 5.929 2.490

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SUMA TOTAL AVDA CONSTITUCION 340 33.442 2.552

LA PLATA 189 20.245 4.265

DEL RANCHO 260 25.793 7.992

TOTAL 1.953 212.042 50.740

METROS PLAZA GARAJE 30

FACTOR CORRECTOR 5

METROS TOTALES 35

METROS TOT/METROS Udad. 1.450

FACTOR CORRECTOR 10

METROS TOTALES 40

METROS TOT/METROS Udad. 1.269

De los resultados anteriores se deduce que el número de plazas de garaje puede oscilar entre 1.450

y 1.269, mientras que el número de viviendas son 1.953. Es decir existen más viviendas que garajes,

existiendo un déficit de plazas de garaje entre 503 y 684. Por lo que se deduce que existe una

demanda de plazas de garaje.

3.1.2 Estudio de ocupación de la campa ubicada en los terrenos del antiguo regimiento

En esta campa cuya entrada/salida estaba situada en Avda. Constitución c/ C/ General Santiago, a

230 metros del parking de José Zorrilla, se permitió el aparcamiento gratuito de vehículos hasta

mediados de 2016. En Febrero de 2014, se realizó por personal municipal un estudio de ocupación.

Este aparcamiento disponía de 96 plazas y estaba abierto las 24 horas del día todos los días del año

y como se ha indicado era gratuito, no disponía de vigilancia ni de servicio adicional alguno.

El estudio se llevó a cabo la semana del 10 al 16 de Febrero de 2014. Se acudió todas las mañanas

tres veces sobre las 09:30, 12:00 y a las 14:30. Se acudieron dos tardes sobre las 18:30 / 19:30 y una

noche a las 22:00. Por las noches y el fin de semana Policía Local anotaba la ocupación. El objeto

era comprobar tanto el nivel de ocupación, como los movimientos de los vehículos, para ello se

asignó un número a cada plaza de aparcamiento y se anotaba la matrícula del vehículo que la

ocupaba cada vez que se acudía a realizar el control.

Las principales conclusiones son las siguientes:

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-Ocupación:

Laborales: La ocupación de los días de diario de día y por la tarde es del 100%. La ocupación

nocturna es del 45% / 50%.

Sábados: Los sábados tiene una ocupación matutina del 100% descendiendo por la tarde al 60% /

70%, por la noche mantiene el nivel de los días laborales entre un 45% y un 50%.

Domingos: Los Domingos en todos los rangos horarios tiene una ocupación del 45% / 50%

-Movimientos: Los movimientos se pueden visualizar en el siguiente cuadro:

12 H 14:30H 18:30 H 22:00

MEDIAS 2ª HORA 3ª h 4ª h 5ª H

REPETICION R/ 1ª H 88 74 36 30

REPETICION R/2ª H 74 37 32

REPITEN R/3ª H 41 32

REPITEN R/4ª H 42

La interpretación es la siguiente: De los 94 vehículos que están por la mañana a primera hora (09:30),

88 continúan su estancia a las 12:00 y 74 a las 14:30 h. De estos vehículos que están a primera hora

continúan por la tarde 36 y por la noche 30. Con el resto de horas se hace el mismo ejercicio. Las

conclusiones que se extraen son las siguientes:

●Los vehículos que estacionan por la mañana lo hacen con vocación de larga estancia, ya que de los

vehículos que están a primera hora repiten a las 12:00 h 88 vehículos y 74 a las 14:30 h.

● Por la tarde sólo continúan 41 vehículos de los que estaban a las 14:30 h que son 83 vehículos. Es

decir sí hay un movimiento significativo de vehículos, lo que permite deducir que sí hay rotación,

concretamente de 42 plazas. También concluimos que hay 36 vehículos que estaban a las 09:30 h y

que continúan por la tarde, es decir no se mueven. Por la tarde también hay movimientos

significativos porque la ocupación varía de las 18:30 horas a las 19:30 horas, pasando de 94 a 81

vehículos, es decir las ocupaciones por la tarde no tienen la vocación de larga estancia que tenían

por la mañana, existe más movimiento, es decir más rotación. Asimismo de los 87 vehículos que

estaban por la tarde, sólo continuaban 42 por la noche.

● Por la noche se contaron 46 vehículos, de éstos, 42 vehículos eran de los que estaban por la tarde

(por las tardes hay 87 vehículos de media), es decir, ya no se movieron. Pero lo importante es que de

los vehículos que había por la mañana a primera hora (94 vehículos), continúan por la noche 30

vehículos. Es decir 30 vehículos no se han movido en todo el día. Además se constató que de los 46

vehículos estacionados a las 22:00 h, continuaban estacionados a las 09:30 h, del día siguiente 40.

● Se constató además que 20 coches no se movieron durante cinco días seguidos de los que duró el

estudio y que nueve no se movieron durante tres días seguidos.

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Conclusiones a la vista de lo anterior:

- Se trata de un espacio ubicado a 230 metros del parking de José Zorrilla, por lo que se

pueden extraer conclusiones muy válidas en relación a las necesidades de la zona.

-Hay unas 40 vehículos que utilizan el aparcamiento como si fueran residentes, es decir lo

utilizan como si fuera su garaje.

- Las 56 plazas restantes son las que rotan, siendo la rotación de por la tarde más activa que

la de la mañana que tiene vocación de larga estancia. La ocupación de las “plazas” de

rotación es prácticamente del 100%

Es decir, se evidencia, confirmando los datos de proporción de plazas de garaje/viviendas, que existe

escasez de plazas de garaje en la zona y probablemente de aparcamiento porque hay 40 vehículos

que utilizaban ese espacio como si fuera su garaje en lugar de aparcarlo en las inmediaciones de su

domicilio.

Respecto a la rotación, se confirma que existe siendo las plazas ocupadas por la mañana con una

vocación más duradera.

Lógicamente no se puede afirmar que los vehículos que estacionaban en esa campa gratis lo fueran

a hacer pagando, pero sí que se confirma que existe demanda de ese tipo de plazas y no sería

descabellado pensar que parte de esos vehículos pudieran migrar a un aparcamiento de pago ya que

no hay plazas de aparcamiento suficientes por la zona, a la vista de la utilización de esta campa.

3.1.3 Análisis de las ventas de plazas en cesión de uso en el aparcamiento de José Zorrilla

Se ha realizado un análisis del tiempo que tardó el concesionario actual en vender las 103 plazas que

sacó al mercado en cesión de uso, los datos son los siguientes:

* En Mayo de 2005 se vendieron 74 plazas, nada más sacarlas a la venta

* En Septiembre de 2005 se vendieron 11 plazas

* Entre Noviembre y Diciembre de 2005 se vendieron 5

* En 2006 se vendieron 10

* En 2007 se vendieron 2

* En 2009 se vendió 1

Se concluye que la primera respuesta, tras una campaña de promoción, fue la venta de 74 plazas y

en ese mismo año se vendieron 16 más. Es decir en 7 meses se vendieron 90 plazas de las 103

dispuestas a la venta. Lo que vuelve a significar la falta de plazas de aparcamiento en la zona.

3.1.5 Conclusión

A la vista de lo anterior se evidencia una falta de plazas de aparcamiento en la zona, tanto de plazas

de garaje, como de plazas de estacionamiento en superficie. La falta de plazas de garaje es palmaria,

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de ahí la rápida venta de las plazas que se pusieron a la venta en 2005 y de la ocupación nocturna de

la campa gratuita ubicada a 230 metros del parking de José Zorrilla.

En relación a la rotación el uso de la campa gratuita también evidencia una demanda que es

necesario satisfacer.

3.2 PROPUESTA DE TARIFAS E INGRESOS

Los ingresos tendrán la siguiente tipología:

-Ingresos por rotación

-Ingresos por abonos

-Ingresos por comunidad

Las tarifas propuestas por la Concejalía Delegada por rotación y bonos son las siguientes:

1) TARIFA HORARIA POR MINUTOS PARA AUTOMÓVILES (TUR ISMOS) A ROTACIÓN

A) 0,03 EUROS/MINUTO IVA EXCLUIDO, desde el primer hasta el último minuto de ocupación.

En caso de pérdida de tique, el usuario deberá abonar la cuantía de 36 € y en la salida sin pagar la

cuantía será de 180 €.

2) TARIFA HORARIA POR MINUTOS PARA MOTOCICLETAS Y C ICLOMOTORES A ROTACIÓN

A) MOTOCICLETAS Y CICLOMOTORES

En el caso de ciclomotores y motocicletas la tarifa a aplicar será la del apartado 1) reducida en un

50%.

El ticket se abonará siempre en el cajero automático cuando se trate de ciclomotores o motocicletas.

3) ABONO PROMOCION COMERCIO.

Abono con un descuento en la tarifa de rotación del minuto 0 al 120 del 50% como incentivo para el

aumento de las ventas de los que serán beneficiarios los comercios adheridos.

4) TARIFAS ESPECIALES BONIFICADAS

A) ABONO MENSUAL 24 HORAS PARA TURISMOS SIN RESERVA DE PLAZA:

●49,59 €/mes S/IVA

B) ABONO MENSUAL 12 HORAS PARA TURISMOS SIN RESERVA DE PLAZA:

●33,06 €/MES S/IVA .

C) ABONO MENSUAL HORARIO COMERCIAL DE 7:30 A 15:30 HORAS (MAÑANA) Y DE 15:31 A

22:00 HORAS PARA TURISMOS SIN RESERVA DE PLAZA:

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●24,79 €/MES S/IVA.

D) ABONO MENSUAL NOCTURNOS DE 22´01 HORAS a 7:29 HORAS SIN RESERVA DE PLAZA:

●24,79 €/ MES S/IVA.

F) ABONOS ANUALES CON RESERVA DE PLAZA.

Los abonos contemplados en esta categoría se adjudicarán por un plazo mínimo de un año,

renovable por un máximo de 3 (total 4 años):

●644,63 €/año S/IVA

5.- CUOTA POR COMUNIDAD

La cuota por comunidad sería 22,1 € S/IVA, 24,31 €/IVA incluido.

La justificación e ingresos de dichas tarifas es la siguiente

3.2.1 INGRESOS Y TARIFAS POR ROTACION

Respecto a la rotación, se propone en primer lugar reducir el número de plazas destinadas a este

menester pasando de 157 a 55 plazas.

Como se indicó en la introducción la forma de cálculo de la tarifa va a variar, pasando de calcularse

en base a una fórmula a calcularse con una tarificación lineal por los minutos de estancia, es decir se

cobra el mismo precio por minuto para todos los minutos. Realizando el cálculo, la tarifa por minuto

que tenía el aparcamiento de José Zorrilla se va a conservar ya que las diferencias con el resto de

aparcamientos para la primera hora y segunda horas no son tan grandes, llegando a ser en algunos

casos superiores, aunque por muy poco:

PARKING

TARIFA UNA HORA

S/IVA

DIFERENCIA % RESPECTO

TARIFA PROPUESTA

FERNANDEZ LADREDA 2,12 17,78%

ESTACION BUSES 1,78 -1,11%

PADRE CLARET 2,5 38,89%

EL ÑARRA 3,4 88,89%

JOSE ZORRILLA* 1,8

MEDIA 36,11%

PARKING

TARIFA DOS HORAS

S/IVA

DIFERENCIA % RESPECTO

TARIFA PROPUESTA

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FERNANDEZ LADREDA 3,50 € -3,00%

ESTACION BUSES 3,55 € -1,40%

PADRE CLARET 4,4292 € 22,89%

EL ÑARRA 5,90 € 63,70%

JOSE ZORRILLA* 3,60 €

MEDIA 20,55%

*Tarifa propuesta que se justificará más adelante.

Se estima un crecimiento de la rotación del 1,32% actual al 3,7%, esto no supondrá un incremento de

recaudación sino simplemente igualarla, la diferencia es que con la propuesta que se realiza el

número de plazas de rotación es inferior al que tenía el anterior concesionario (55 propuestas frente a

157 del concesionario anterior), por ese motivo para igualar la recaudación la rotación puede ser

mayor, lo que demuestra que es una propuesta realista, ya que no se propone incrementar la

recaudación por este motivo.

Como consecuencia de lo anterior y como cálculo justificativo, el 1,32% de rotación sobre las 157

plazas de rotación que tenía el concesionario saliente supone 18.154,22 horas de ocupación:

PLAZAS 157

HORAS AÑO 8760

HORAS TOTALES PARA 157 PLAZAS 1.375.320,00

ROTACION 1,32%

HORAS DE OCUPACION QUE SUPONEN 1,32%

ROTACION 18.154,22

La rotación propuesta, 3,7% sobre 55 plazas supondrían 17.826,6 horas de ocupación:

PLAZAS 55

HORAS AÑO 8.760

HORAS TOTALES PARA 55 PLAZAS 481.800,00

ROTACION 3,70%

HORAS DE OCUPACION QUE SUPONEN 3,7%

ROTACION 17.826,60

Es decir, con la rotación propuesta, 3,7%, la rotación prácticamente se igualaría, por lo que es una

estimación más que realista.

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El incremento de rotación además puede justificarse en el déficit de plazas de aparcamiento por la

zona y en el cierre de la campa gratuita de aparcamiento, lo que hace suponer que parte de los

vehículos que estacionaran allí podrían hacerlo en este aparcamiento; a este respecto dentro del

expediente de reequilibrio económico de la concesión que ha finalizado, el concesionario saliente

estimaba como previsión más conservadora por migración de la rotación de la campa de coronel

Rexach al aparcamiento de José Zorrilla un incremento de la recaudación por este motivo (migración

de usuarios de un parking a otro) de 38.325 €, como se ha indicado en este caso no se propone

incrementar la recaudación, sólo igualarla.

Si las plazas que estarían ocupadas por vehículos de rotación en la campa gratuita de coronel

Rexach eran unas 56, tal y como hemos visto anteriormente, suponiendo que estaban ocupadas 10

horas al día (DESDE LAS 09:30 HASTA LAS 19:30) ya que el resto de horas, como se ha visto la

campa estaría ocupado por residentes, y que las plazas que se utilizaban para rotación sólo se

ocupaban los días laborales (247 DÍAS), supondrían 138.320 horas de ocupación:

PLAZAS 56

HORAS DIA

OCUPACION 10

Nº DE DIAS 247

HORAS AÑO

OCUPACION 138.320

Al no incrementarse las horas de ocupación respecto a la explotación anterior no es necesario

suponer que de esas horas de ocupación migre ninguna, por lo que la propuesta realizada es muy

conservadora ya que es probable que migrara una parte de esas horas.

Partiendo de la justificación anterior los ingresos por este concepto serían los siguientes:

Recaudación 2013 por rotación (B)* 32.715 €

Horas día 24

Días año 365

Horas año (1) =24*365 8.760

Plazas de rotación en 2013 (2) 157

Horas máximas de ocupación totales año 2013:

(1)*(2) 1.375.320

Minutos máximos de ocupación totales año

2013 82.519.200

Ocupación en 2013 1,32%

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Horas ocupadas año 2013:(A) 18.154,22

Minutos ocupados año 2013 ( C ) 1.089.253,44

€/hora ocupado (A)/(B) 1,8021 €

€/min ocupado (D)= ( C )/(B) 0,03 €/min**

Plazas Propuesta Rotación (3) 55

Horas Ocupación total año propuesta( 4)=

(1)*(3) 481.800

Ocupación Propuesta (5) 3,70%

Horas ocupación 3,7% (4)*(5) 17.826,60 €

Minutos ocupación 3,7% (6) 1.069.596

Recaudación Propuesta (D)*(6) 32.124,60 €

* Estos son los ingresos de 2013 del concesionario saliente.

**0.03 €/minuto es la tarifa propuesta que es la tarifa €/minuto resultante de la recaudación de 2013,

con la ocupación de 2013.

Por otro lado, la Concejalía de Tráfico y Movilidad propone una bonificación a los comerciantes que

es la siguiente:

“ABONO PROMOCION COMERCIO.

Abono con un descuento en la tarifa del minuto 0 al 120 del 50% como incentivo para el aumento de

las ventas de los que serán beneficiarios los comercios adheridos.”

Para determinar el efecto en la recaudación de esta bonificación, se estima en un 10% del tiempo

total el tiempo de ocupación por esta bonificación y el efecto en la recaudación sería la siguiente:

% Tiempo de dos horas utilizado por

comerciantes (A) 10%

Horas totales Ocupación Parking 17.826,60

Minutos totales Ocupación Parking (B) 1.069.596,00

10% minutos correspondiente a 2 horas

comerciantes ( C ) = (A)*(B) 106.959,60

Una Hora remunerada en minutos (D) = ( C ) /2 53.479,80

Una hora gratuita en minutos ( E ) = ( C ) /2 53.479,80

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Tiempo total remunerado (F) = (B) - ( E ) 1.016.116,20

€/min (G) 0,03

RECAUDACION (G)*(F) 30.518,37 €

Por lo que la recaudación por rotación sería 30.518,37 €, perdiéndose 1.606,23 € de recaudación por

este abono comercio.

TARIFA PROPUESTA:

Del estudio anterior se deduce una tarifa por €/minuto de ocupación de 0,03 €/minuto IVA Excluido,

0,0363 €/minuto IVA incluido, desde el primer hasta el último minuto de ocupación.

Se comprueba que la recaudación por rotación es similar a la de 2013 que la propuesta, por lo que se

considera por todo lo anteriormente expuesto que es una propuesta muy conservadora.

3.2.2 INGRESOS POR ABONADOS

Se proponen por la Concejalía de Tráfico y Movilidad las siguientes modalidades de bonos:

A) ABONO MENSUAL 24 HORAS PARA TURISMOS SIN RESERVA DE PLAZA:

●49,59 €/mes S/IVA

B) ABONO MENSUAL 12 HORAS PARA TURISMOS SIN RESERVA DE PLAZA:

●33,06 €/MES S/IVA.

C) ABONO MENSUAL HORARIO COMERCIAL DE 7:30 A 15:30 HORAS (MAÑANA) Y DE 15:31 A

22:00 HORAS PARA TURISMOS SIN RESERVA DE PLAZA:

●24,79 €/MES S/IVA

D) ABONO MENSUAL NOCTURNO DE 22´01 HORAS a 7:29 HORAS SIN RESERVA DE PLAZA:

●24,79 €/ MES S/IVA

F) ABONOS ANUALES CON RESERVA DE PLAZA.

Los abonos contemplados en esta categoría se adjudicarán por un plazo mínimo de un año,

renovable por un máximo de 3 (total 4 años):

● 644,63 €/año S/IVA

Antes de comenzar es preciso señalar que si se comparan las tarifas de bono mensual de otros

aparcamientos con la que ha tenido este aparcamiento y la que se va a proponer como se observa

existe una diferencia importante, por lo que se considera que son unas tarifas muy competitivas:

BONO MES 24 HORAS DIFERENCIA % RESPECTO

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TARIFA PROPUESTA

FERNANDEZ LADREDA 201,90 € 307,17%

ESTACION BUSES 89,42 € 80,33%

PADRE CLARET 125,65 € 153,40%

EL ÑARRA 90,00 € 81,50%

JOSE ZORRILLA (DE 2006 A

2018) 78,00 € 57,30%

JOSE ZORRILLA PROPUESTA 49,59 € 0,00%

MEDIA 155,60%

Se exponen a continuación las tarifas propuestas y la recaudación obtenida por este concepto:

3.2.2.1 ABONOS ANUALES CON RESERVA DE PLAZA:

Se prevén 25 plazas y una tarifa anual S/IVa de 644,63 € y 780 € IVA incluido. Esta tarifa garantiza

una plaza fija y podrán estacionar en las plantas 3 y 4 del aparcamiento, las reservadas a los

cesionarios de uso, con un acceso exclusivo ya que el resto de usuarios no pueden acceder a estas

plantas. Se considera que el número de plazas está justificado en base a los usuarios “similares” de

este tipo que tenía el anterior concesionario que eran 60 plazas; se consideran similares porque eran

abonos 24 horas mensuales, no anuales. Con estos supuestos la recaudación sería la siguiente:

PLAZAS 25

TARIFA ANUAL S/IVA 644,63 €

TARIFA ANUAL C/ IVA 780,00 €

RECAUDACION ANUAL

S/IVA 16.115,70 €

3.2.2.2 ABONOS MENSUALES 24 HORAS PARA TURISMOS SIN RESERVA DE PLAZA

Se prevén 25 plazas y una tarifa mensual S/IVA de 49,59 € y 60 € IVA incluido. Esta tarifa no

garantiza una plaza fija a diferencia de la tarifa anterior. Se considera, como la tarifa anterior, que el

número de plazas está justificado en base a los usuarios de este tipo que tenía el anterior

concesionario que eran 60 plazas, junto con las 25 anteriores, serán 50 plazas. Con estos supuestos

la recaudación sería la siguiente:

PLAZAS 25

TARIFA MENSUAL S/IVA 49,59 €

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TARIFA MENSUAL C/ IVA 60,00 €

RECAUDACION ANUAL S/

IVA 14.876,03 €

3.2.2.3 ABONOS MENSUALES 12 HORAS PARA TURISMOS SIN RESERVA DE PLAZA

Se prevén 40 plazas para usuarios de este abono y una tarifa mensual S/IVA de 33,06 € y 40 € IVA

incluido. La justificación del número de plazas reside en la falta de aparcamiento en la zona ya vista y

en el análisis de uso de la campa de Coronel Rexach en la que se observa este uso.

PLAZAS 40

TARIFA MENSUAL S/IVA 33,06 €

TARIFA MENSUAL C/ IVA 40,00 €

RECAUDACION ANUAL S/ IVA 15.867,77 €

3.2.2.4 ABONOS MENSUALES NOCTURNOS DE 22´01 HORAS a 7:29 HORAS SIN RESERVA DE

PLAZA:

Se prevén 35 plazas para usuarios de este abono y una tarifa mensual S/IVA de 24,79 € y 30 € IVA

incluido. La justificación del número de plazas reside en la falta de aparcamiento en la zona ya vista y

en el análisis de uso de la campa de Coronel Rexach en la que se observa este uso.

PLAZAS 35

TARIFA MENSUAL S/IVA 24,79 €

TARIFA MENSUAL C/ IVA 30,00 €

RECAUDACION ANUAL S/ IVA 10.413,22 €

3.2.2.5 ABONOS MENSUALES HORARIO COMERCIAL DE 7:30 A 15:30 HORAS (MAÑANA) Y DE

15:31 A 22:00 HORAS PARA TURISMOS SIN RESERVA DE PLAZA:

Se prevén 35 plazas para usuarios de este abono y una tarifa mensual S/IVA de 24,79 € y 30 € IVA

incluido. La justificación del número de plazas reside en la falta de aparcamiento en la zona ya vista y

en el análisis de uso de la campa de Coronel Rexach en la que se observa este uso pero con el doble

de usuarios (algo más de 70 usuarios de 08:00 a 14:30 h y alrededor de 40 desde esa hora de forma

continua).

PLAZAS 35

TARIFA MENSUAL S/IVA 24,79 €

TARIFA MENSUAL C/ IVA 30,00 €

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RECAUDACION ANUAL S/ IVA 10.413,22 €

3.2.2.6 RESUMEN RECAUDACION POR BONOS

La recaudación por los bonos sería la siguiente:

TIPO DE BONO RECAUDACION

ABONO ANUAL 24 H CON RESERVA PLAZA 16.115,70

ABONO MENSUAL 24 H SIN RESERVA PLAZA 14.876,03

ABONO MENSUAL 12 HORAS SIN RESERVA DE PLAZA 15.867,77

ABONO MENSUAL NOCTURNO (22:01 A 07:29 HORAS) SIN

RESERVA DE PLAZA 10.413,22

ABONO MENSUAL HORARIO COMERCIAL (07:30 A 15:30 y de

15:31 A 22:22 HORAS) 10.413,22

TOTAL RCAUDACION 67.685,95

3.2.3 TARIFAS E INGRESOS POR COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

Todas las plazas del aparcamiento deben sufragar los costes de éste, incluidas las plazas de

cesionarios de uso. Habrá que partir por tanto del número de plazas y los costes:

La distribución de plazas propuesta es la siguiente:

DISTRIBUCION de PLAZAS

PROPUESTA

CESION USO ACTUALES 103

ROTACION 55

ABONOS 160

TOTAL PLAZAS 318

El presupuesto de gastos anual tal y como se ha visto es:

1.- TELECONTROL 40.000,00

2.- REPARACIONES Y CONSERVACION 9.000,00

3.- SEGUROS 6.000,00

4.- SERVICIOS BANCARIOS 2.500,00

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5.- COMUNICACIONES Y TELEFONO 1.200,00

6.- ELECTRICIDAD 20.000,00

7.- MANTENIMIENTO EQUIPOS 4.134,78

8.- LIMPIEZA 1.500,00

9.- AMORTIZACIONES 32.450,95

11.- TOTAL 116.785,73

Para calcular los gastos que deben ser sufragados por los usuarios es preciso deducir los gastos de

amortización ya que es un gasto que no debe imputarse a los usuarios: Por tanto los gastos anuales

sin amortización serían los siguientes:

GASTOS TOTALES 116.785,73

AMORTIZACION -32.450,95

TOTAL GASTOS SIN AMORTIZACION 84.334,78

Los gastos anuales sin amortización por plaza de aparcamiento:

TOTAL GASTOS ANUALES SIN

AMORTIZACION 84.334,78

Nº PLAZAS TOTALES 318

GASTOS ANUALES POR PLAZA 265,20

, y los gastos mensuales:

GASTOS ANUALES 265,20

MESES 12

GASTOS MENSUALES POR PLAZA 22,10

Es decir la tarifa mensual por comunidad sería 22,10 €. S/IVA, 26,74 € IVA incluido.

Por tanto Los ingresos obtenidos por los 103 cesionarios de uso serían los siguientes:

Nº PLAZAS 103

TARIFA MES 22,10

MESES 12

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INGRESOS MES 2.276,33

INGRESOS AÑO 27.315,98

3.2.5 RESUMEN DE INGRESOS

Los ingresos obtenidos con todos los conceptos anteriores serían por tanto los siguientes:

COMUNIDAD 27.315,98

ROTACION 30.518,37

RECAUDACION BONOS 67.685,95

TOTAL INGRESOS 125.520,30

4.- COMPARACION INGRESOS Y GASTOS

Con las magnitudes vistas los ingresos y gastos serían los siguientes:

INGRESOS 125.520,30

GASTOS 116.785,73

DIFERENCIA 8.734,58

Por lo que se comprueba que los ingresos superan a los gastos, dando cumplimiento al artículo 25 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, que como se ha visto decía que los

precios públicos deberían cubrir, como mínimo, los costes económicos originados por la realización

de las actividades.

5.- PROPUESTA PARA LOS GASTOS DE COMUNIDAD Y NUEVAS TARIFAS PARA LOS

ABONOS

Visto lo anterior es preciso comentar que los gastos por comunidad van a suponer un incremento

respecto a lo que se viene pagando hasta ahora, siendo la comparación la siguiente:

TARIFA MES ACTUAL COMUNIDAD

S/IVA 12,13

NUEVA TRIFA MES COMUNIDAD S/IVA 22,10

DIFERENCIA 9,97

El incremento de esta cantidad encuentra su justificación en que se van a prestar servicios

esenciales, que el concesionario que ha venido explotando el aparcamiento hasta el mes de Febrero

no realizaba con la diligencia debida, estos son servicios como control del aparcamiento o

mantenimiento tanto de equipos como del propio aparcamiento o limpieza.

No obstante lo anterior, aunque los cesionarios de uso se van a beneficiar de todos los servicios cuyo

coste se va a sufragar, es probable que los usuarios de bonos y rotación utilicen de forma más directa

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ciertos servicios. Teniendo en cuenta esta reflexión propone la Concejalía de Tráfico y Movilidad

disminuir la cuota por comunidad de propietarios, de esta forma, para que el aparcamiento

conservara el umbral de rentabilidad determinado en el punto anterior, sería preciso incrementar el

precio de los bonos, que como se ha visto están muy por debajo del precio de otros aparcamientos,

es decir hay recorrido para que sigan siendo competitivos. De esta forma si se incrementara el precio

de los bonos un 10%, su tarifa sería la siguiente:

TARIFA

PROPUESTA S/

IVA

TARIFAS

PROPUESTAS

CON

INCREMENTO

10% S/ IVA

TARIFAS

PROPUESTAS

CON

INCREMENTO

10% C/ IVA

ABONO MENSUAL 24 HORAS PARA

TURISMOS SIN RESERVA DE PLAZA 49,59 54,55 66,00 €

ABONO MENSUAL 12 HORAS PARA

TURISMOS SIN RESERVA DE PLAZA 33,06 36,37 44,00 €

ABONO MENSUAL HORARIO

COMERCIAL DE 7:30 A 15:30 HORAS

(MAÑANA) Y DE 15:31 A 22:00 HORAS

PARA TURISMOS SIN RESERVA DE

PLAZA: 24,79 27,27 33,00 €

ABONO MENSUAL NOCTURNO DE

22´01 HORAS a 7:29 HORAS SIN

RESERVA DE PLAZA 24,79 27,27 33,00 €

ABONOS ANUALES CON RESERVA

DE PLAZA 644,63 709,09 858,00 €

la recaudación por estos abonos, en lugar de ser la determinada en los puntos 3.2.2.1 a 3.2.2.6 sería

ésta:

ABONO MENSUAL 24 HORAS PARA TURISMOS SIN RESERVA DE

PLAZA 16.363,64 €

ABONO MENSUAL 12 HORAS PARA TURISMOS SIN RESERVA DE

PLAZA 17.454,55 €

ABONO MENSUAL HORARIO COMERCIAL DE 7:30 A 15:30 HORAS

(MAÑANA) Y DE 15:31 A 22:00 HORAS PARA TURISMOS SIN

RESERVA DE PLAZA: 11.454,55 €

ABONO MENSUAL NOCTURNO DE 22´01 HORAS a 7:29 HORAS SIN

RESERVA DE PLAZA 11.454,55 €

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ABONOS ANUALES CON RESERVA DE PLAZA 17.727,27 €

TOTAL INGRESOS POR ABONOS CON INCREMENTO 10% 74.454 ,55 €

La recaudación por comunidad con la nueva tarifa propuesta:

NUEVA TARIFA MES COMUNIDAD S/IVA 16,5 €

PLAZAS CESIONARIOS 103

INGRESOS ANUALES POR COMUNIDAD

CESIONARIOS 20.394 €

El total de ingresos:

COMUNIDAD 20.394,00

ROTACION 30.518,37

RECAUDACION BONOS 74.454,55

TOTAL RECAUDACION 125.366,92

y la diferencia entre ingresos y gastos:

INGRESOS 125.366,92

GASTOS 116.785,73

DIFERENCIA 8.581,19

es decir una diferencia similar a la propuesta inicial.

6.- CONCLUSION:

Visto lo anterior se proponen las siguientes tarifas para el precio público del aparcamiento público de

José Zorrilla:

1) TARIFA HORARIA POR MINUTOS PARA AUTOMÓVILES (TUR ISMOS) A ROTACIÓN

A) 0,03 EUROS/MINUTO IVA EXCLUIDO, desde el primer hasta el último minuto de ocupación.

En caso de pérdida de tique, el usuario deberá abonar la cuantía de 36 € y en la salida sin pagar la

cuantía será de 180 €.

2) TARIFA HORARIA POR MINUTOS PARA MOTOCICLETAS Y C ICLOMOTORES A ROTACIÓN

A) MOTOCICLETAS Y CICLOMOTORES

En el caso de ciclomotores y motocicletas la tarifa a aplicar será la del apartado 1) reducida en un

50%.

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El ticket se abonará siempre en el cajero automático cuando se trate de ciclomotores o motocicletas.

3) PROMOCION COMERCIO DE LAS TARIFAS DE ROTACION.

Descuento en las tarifas de rotación del minuto 0 al 120 del 50% como incentivo para el aumento de

las ventas de los que serán beneficiarios los comercios adheridos.

4) TARIFAS ESPECIALES BONIFICADAS

A) ABONO MENSUAL 24 HORAS PARA TURISMOS SIN RESERVA DE PLAZA:

●54,55 €/MES S/IVA

B) ABONO MENSUAL 12 HORAS PARA TURISMOS SIN RESERVA DE PLAZA:

●36,37 €/MES S/IVA.

C) ABONO MENSUAL HORARIO COMERCIAL DE 7:30 A 15:30 HORAS (MAÑANA) Y DE 15:31 A

22:00 HORAS PARA TURISMOS SIN RESERVA DE PLAZA:

●27,27 €/MES S/IVA

D) ABONO MENSUAL NOCTURNO DE 22´01 HORAS a 7:29 HORAS SIN RESERVA DE PLAZA:

●27,27 €/ MES S/IVA

E) ABONOS ANUALES CON RESERVA DE PLAZA.

Los abonos contemplados en esta categoría se adjudicarán por un plazo mínimo de un año,

renovable por un máximo de 3 (total 4 años):

●709,09 €/AÑO S/IVA

5.- CUOTA POR COMUNIDAD

La cuota por comunidad sería 16,5 S/IVA”.

� Vista el Informe emitido por la Sección Jurídica de Gestión Tributaria, en fecha 18 de

diciembre de 2018, sobre el asunto epigrafiado, a l a vista del Informe emitido por la

Intervención General, cuya literalidad dice:

“El titulado expediente fue objeto de informe por esta Dependencia en 14/12/2018. Posteriormente, en

fecha 18/12/2018 se recibe nuevo documento de la Inspección de Servicios relativo a la memoria

económico financiera que se había aportado al expediente inicialmente en 11/6/2018, señalando que

el mismo responde a subsanación de errores materiales detectados en el citado anteriormente

remitido, según nota de subsanación formulada por la Intervención municipal 17/12/2018.

Por tanto, procede emitir nuevo informe con carácter definitivo, que no obstante, confirma

íntegramente señalado informe anterior 14/12/2018, incorporando las aludidas subsanaciones en la

propuesta que figura al final del presente documento, todo ello en los siguientes términos:

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Como ya se señaló, mediante la memoria económica aportada, se trata de dar cumplimiento a lo

dispuesto en Ley 8/1989, 13 abril, Tasas y Precios Públicos LTPP, de aplicación supletoria para los

precios públicos locales, que en artículo 26.2 obliga a que <…toda propuesta de fijación o

modificación de la cuantía de precios públicos deberá ir acompañada de una memoria económico-

financiera que justificará el importe de los mismos que se proponga y el grado de cobertura financiera

de los costes correspondientes…>.

Sobre la importancia de este documento, la doctrina jurisprudencial es clara al respecto; así en

Sentencia Tribunal Supremo STS 12/11/2004 RJ 2005\332 se nos dice que <…de la aplicación

conjunta del art. 26.2 y Disposición Adicional Séptima de la Ley 8/1989, de Tasas y Precios Públicos,

resultaba claramente el deber de las Corporaciones Locales de justificar el importe de sus precios

públicos mediante la correspondiente Memoria económico-financiera; por ello, la omisión de este

requisito procedimental viciaba y hacía nulo el acuerdo municipal…>.

En cuanto a la fijación de la cuantía de los precios públicos se halla condicionada a un límite mínimo

previsto en artículo 44 Ley Haciendas Locales LHL, texto refundido Real Decreto Legislativo 2/2004, 5

marzo, cuando establece que <…el importe de los precios públicos deberá cubrir como mínimo el

coste del servicio prestado o de la actividad realizada…>; no obstante, dicho límite no tiene carácter

absoluto, pues el mismo precepto añade que <…cuando existan razones sociales, benéficas,

culturales o de interés público que así lo aconsejen, la entidad podrá fijar precios públicos por debajo

del límite previsto en el apartado anterior. En estos casos deberán consignarse en los presupuestos

de la entidad las dotaciones oportunas para la cobertura de la diferencia resultante si la hubiera…>.

En lo relativo al aspecto procedimental, el artículo 47 LHL señala que <…el establecimiento o

modificación de los precios públicos corresponderá al Pleno de la Corporación, sin perjuicio de sus

facultades de delegación en la Comisión de Gobierno, conforme al artículo 23.2.b) de la Ley 7/1985,

de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local…>.

Nótese que el señalado precepto, artículo 47 LHL, no exige, ni un determinado procedimiento, ni una

forma concreta para dicho establecimiento.

Ciertamente, el establecimiento de precios públicos en este Ayuntamiento ha adoptado siempre la

forma de ordenanza y seguido el procedimiento específico de aprobación de ordenanzas locales,

previsto en artículo 49 citada Ley 7/1985, Bases Régimen Local LBRL y similar al de ordenanzas

fiscales.

El motivo de esta práctica no ha sido otro que el de hacerlo coincidir con el procedimiento específico

de aprobación de ordenanzas fiscales, es decir, las reguladoras de los tributos (impuestos, tasas y

contribuciones especiales), ordenanzas expresamente exigidas en artículo 15 LHL.

Es decir, se ha tratado de seguir, por un efecto de simple imitación entre una y otra figura (precios

públicos y tasas), la forma de ordenanza y, a partir de ahí, aplicar unos procedimientos prácticamente

idénticos que se requieren para su aprobación, consiguiendo así, una tramitación conjunta

aprovechando esa pretendida semejanza, pero sin que existiera realmente una obligación en ese

sentido.

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Por tanto, hay que insistir en que el señalado precepto, artículo 47 LHL regulador del establecimiento

de los precios públicos locales, no exige una ordenanza, ni prevé un específico procedimiento; al

contrario, teniendo en cuenta que no se está ante tributos para los que rigen principios estrictos de

establecimiento y regulación (v. g.; reserva de ley), sino ante prestaciones que carecen del aspecto

impositivo de aquéllos, la normativa está permitiendo una mayor flexibilidad y libertad formal y de

procedimiento, de manera que el establecimiento pueda llevarse a cabo mediante un simple acuerdo

de la Entidad local, que, en principio, y a salvo posibles delegaciones posteriores, debe ser adoptado,

como señala repetido precepto, por el Pleno en un primer momento, pero sin necesidad de ningún

procedimiento especial al efecto, ni de una forma concreta (ordenanza).

En STS 16/5/2003 RJ 8219 se nos dice que <…los precios públicos carecen de naturaleza tributaria,

pues nacen «ex contractu», y no «ex lege», como los tributos (tasas, contribuciones especiales e

impuestos), por ello tanto la Ley 39/1988, 28 diciembre, Haciendas Locales y la posterior Ley 8/1989,

13 abril, Tasas y Precios Públicos (del Estado) no exigen, en absoluto que el establecimiento y

modificación de los precios públicos deba hacerse mediante la correspondiente aprobación de una

ordenanza fiscal…>.

Igualmente, en STS 14/4/2000 RJ 4273 se afirma que <…los precios públicos, al carecer de la

naturaleza de tributos, se establecen o modifican por un acuerdo del Pleno (mayoría de miembros

asistentes) o, por delegación, de la Comisión de Gobierno, sin necesidad, de seguir el procedimiento

garantista propio de las Ordenanzas fiscales, es más, sin necesidad siquiera de utilizar la forma de

Ordenanzas…>.

De otra parte, a tenor artículo 41 LHL se requiere que a la hora de proceder al establecimiento de

precios públicos por las Entidades locales no concurra en los servicios o actividades objeto de los

mismos <… ninguna de las circunstancias especificadas en el artículo 20.1.B) de esta ley…>; siendo

éstas las siguientes: <…a) Que no sean de solicitud o recepción voluntaria para los administrados. A

estos efectos no se considerará voluntaria la solicitud o la recepción por parte de los administrados:

Cuando venga impuesta por disposiciones legales o reglamentarias. Cuando los bienes, servicios o

actividades requeridos sean imprescindibles para la vida privada o social del solicitante. b) Que no se

presten o realicen por el sector privado, esté o no establecida su reserva a favor del sector público

conforme a la normativa vigente…>.

Asimismo, según artículo 42 LHL quedan excluidos de la posibilidad de establecer precios públicos

<…los servicios y actividades enumerados en el artículo 21 de esta ley…>; siendo éstos los

siguientes <…a) Abastecimiento de aguas en fuentes públicas. b) Alumbrado de vías públicas. c)

Vigilancia pública en general. d) Protección civil. e) Limpieza de la vía pública y f) Enseñanza en los

niveles de educación obligatoria…>.

En el presente caso, atendiendo a que la actividad o servicio para la que están previstos tales precios

públicos, cual es un aparcamiento subterráneo libre y voluntario, cuya gestión es directa por parte de

este Ayuntamiento y en concurrencia con otros aparcamientos similares, no se estaría dando ninguna

de las señaladas circunstancias, ni es actividad de las excluidas en los preceptos reproducidos, no

existiría, pues, inconveniente en este sentido para que se proceda al establecimiento de los mismos.

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De otra parte, el expediente contiene la documentación requerida en orden a justificar los importes o

cuantías en la fijación de los precios públicos, de manera que aparece cumplido dicho requisito para

su establecimiento, según la propuesta contenida en dicha documentación.

En consecuencia, habiendo correspondido la tramitación del expediente a esta Dependencia; de

conformidad con artículo 172 Reglamento Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico

Entidades Locales ROF, RD 2568/1986, 28 noviembre, señalando que <…en los expedientes

informará el Jefe de la Dependencia a la que corresponda tramitarlos…>; y artículo 175 <…los

informes para resolver los expedientes se redactarán en forma de propuesta de resolución…>; se

eleva propuesta de resolución al órgano municipal competente Ayuntamiento Pleno, para la adopción

de acuerdo, cuya parte dispositiva deberá contener los siguientes apartados:

PRIMERO: Establecer precios públicos por la utilización del <APARCAMIENTO MUNICIPAL

SUBTERRÁNEO SITO EN CALLE JOSÉ ZORRILLA>, que habrán de satisfacer los usuarios

conforme a los siguientes importes:

A) Aparcamiento en rotación: 0,03 euros por cada minuto o fracción (0,0363 euros, IVA incluido).

B) Abono promoción comercio: en esta modalidad el importe resultante de la aplicación de la tarifa

<A> anterior, se reducirá en un 50 por 100 desde el primer minuto hasta el minuto 120. Para ser

beneficiarios de este descuento o reducción se requerirá la adhesión a esta modalidad de abono por

los titulares de establecimientos comerciales en la zona determinada al efecto.

C) Abono 24 horas para turismos sin reserva de plaza: 54,55 euros/mes (66,01 euros/mes, IVA

incluido).

D) Abono 12 horas para turismos sin reserva de plaza: 33,36 euros/mes (40,37 euros/mes, IVA

incluido).

E) Abono horario comercial para turismos sin reserva de plaza, en modalidad de mañanas en horario

de 7:30 a 15:30 horas o de tardes en horario de 15:31 a 22:00 horas: 27,27 euros/mes (33,00

euros/mes, IVA incluido).

F) Abono nocturno para turismos sin reserva de plaza, en horario de 22:01 a 7:29 horas día siguiente:

27,27 euros/mes (33,00 euros/mes, IVA incluido).

G) Abono anual con reserva de plaza: 709,09 euros/año (858,00 euros/año, IVA incluido). Los abonos

contemplados en esta modalidad se adjudicarán por un plazo mínimo de un año, renovable hasta un

máximo de 3 años más (total con renovaciones: 4 años).

H) Plazas de aparcamiento en modalidad concesional <cesión de uso>: Cuota de comunidad por

plaza 16,50 euros/mes (19,97 euros/mes, IVA incluido).

SEGUNDO: Los abonos que puedan requerir del cumplimiento de algún requisito o condición, se

concederán mediante decreto de la Alcaldía-Presidencia, previo el informe correspondiente,

señalando las determinaciones al efecto.

TERCERO: El pago de los precios públicos se realizará mediante el uso de los propios medios

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instalados al efecto en el aparcamiento y en la forma y condiciones que señale la operatividad de los

mismos. No obstante, el pago de los abonos y demás modalidades cuyos importes no puedan

abonarse por dichos medios y/o requieran de su previa concesión, así como las cuotas del apartado

letra H), se realizará conforme se determine mediante decreto de la Alcaldía-Presidencia, previo

informe de la Tesorería municipal, señalando forma, plazos o fechas de pago, domiciliación,

vencimientos, fianza o depósito previo, aplicación del procedimiento de apremio y demás condiciones

que corresponda adoptar.

CUARTO: Procédase a la publicación del acuerdo en Boletín Oficial de la Provincia, conforme

establece artículo 45 Ley 39/2015, 1 octubre, Procedimiento Administrativo Común Administraciones

Públicas LPAC, siendo aplicables los precios públicos a partir del día siguiente a la publicación.

� Visto el Informe emitido por la Intervención Genera l, en fecha 19 de diciembre de 2018,

cuya literalidad dice:

“ Visto el Informe- Propuesta del Jefe de la Sección de Tributos de fecha 18 de diciembre de 2018, en

el que se propone el establecimiento de precios públicos por la utilización del “Aparcamiento

municipal subterráneo sito en la Calle José Zorrilla”

Vista la “Memoria Justificativa de las tarifas propuestas para el precio público del aparcamiento José

Zorrilla” de fecha 18 de diciembre de 2018, elaborada por el Inspector de Servicios, en el que se

acredita que los ingresos previstos son superiores al coste del servicio.

Considerando lo establecido en los artículos 41 -47 del RDL 2/2004, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Esta Intervención tiene a bien informar:

PRIMERO: La Propuesta a que se refiere el presente informe se ajusta a lo establecido en los

artículos 41 -47 del RDL 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de

las Haciendas Locales.

SEGUNDO: Conforme al artículo 44.1 del RDL 2/2004, “El importe de los precios públicos deberá

cubrir como mínimo el coste del servicio prestado o de la actividad realizada”.

A estos efectos, consta en el expediente “Memoria Justificativa de las tarifas propuestas para el

precio público del aparcamiento José Zorrilla”, del Inspector de Servicios, de 18 de diciembre de

2018, conforme a la cual los ingresos previstos por la prestación del servicio son superiores a los

costes estimados del servicio, conforme a los siguientes importes:

• Ingresos previstos: 125.366,92 €

• Gastos previstos: 116.785,73 €

Porcentaje de cobertura estimado: 125.366,92/116.78 5,73 = 107,35%

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Conforme a los cálculos anteriores, la propuesta a que se refiere el presente informe da debido

cumplimiento a lo establecido en el artículo 44.1 del RDL 2/2004, por el que se aprueba el Texto

Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

TERCERO: La tramitación del expediente se ajustará a lo recogido en el Informe – Propuesta del Jefe

de la Sección de Tributos de fecha 18 de diciembre de 2018”.

DELIBERACION:

(…)

ACUERDE:

PRIMERO: Establecer precios públicos por la utilización del <APARCAMIENTO MUNICIPAL

SUBTERRÁNEO SITO EN CALLE JOSÉ ZORRILLA>, que habrán de satisfacer los usuarios

conforme a los siguientes importes:

A) Aparcamiento en rotación: 0,03 euros por cada minuto o fracción (0,0363 euros, IVA incluido).

B) Abono promoción comercio: en esta modalidad el importe resultante de la aplicación de la tarifa

<A> anterior, se reducirá en un 50 por 100 desde el primer minuto hasta el minuto 120. Para ser

beneficiarios de este descuento o reducción se requerirá la adhesión a esta modalidad de abono por

los titulares de establecimientos comerciales en la zona determinada al efecto.

C) Abono 24 horas para turismos sin reserva de plaza: 54,55 euros/mes (66,01 euros/mes, IVA

incluido).

D) Abono 12 horas para turismos sin reserva de plaza: 33,36 euros/mes (40,37 euros/mes, IVA

incluido).

E) Abono horario comercial para turismos sin reserva de plaza, en modalidad de mañanas en horario

de 7:30 a 15:30 horas o de tardes en horario de 15:31 a 22:00 horas: 27,27 euros/mes (33,00

euros/mes, IVA incluido).

F) Abono nocturno para turismos sin reserva de plaza, en horario de 22:01 a 7:29 horas día siguiente:

27,27 euros/mes (33,00 euros/mes, IVA incluido).

G) Abono anual con reserva de plaza: 709,09 euros/año (858,00 euros/año, IVA incluido). Los abonos

contemplados en esta modalidad se adjudicarán por un plazo mínimo de un año, renovable hasta un

máximo de 3 años más (total con renovaciones: 4 años).

H) Plazas de aparcamiento en modalidad concesional <cesión de uso>: Cuota de comunidad por

plaza 16,50 euros/mes (19,97 euros/mes, IVA incluido).

SEGUNDO: Los abonos que puedan requerir del cumplimiento de algún requisito o condición, se

concederán mediante decreto de la Alcaldía-Presidencia, previo el informe correspondiente,

señalando las determinaciones al efecto.

TERCERO: El pago de los precios públicos se realizará mediante el uso de los propios medios

instalados al efecto en el aparcamiento y en la forma y condiciones que señale la operatividad de los

mismos. No obstante, el pago de los abonos y demás modalidades cuyos importes no puedan

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abonarse por dichos medios y/o requieran de su previa concesión, así como las cuotas del apartado

letra H), se realizará conforme se determine mediante decreto de la Alcaldía-Presidencia, previo

informe de la Tesorería municipal, señalando forma, plazos o fechas de pago, domiciliación,

vencimientos, fianza o depósito previo, aplicación del procedimiento de apremio y demás condiciones

que corresponda adoptar.

CUARTO: Procédase a la publicación del acuerdo en Boletín Oficial de la Provincia, conforme

establece artículo 45 Ley 39/2015, de 1 octubre, Procedimiento Administrativo Común

Administraciones Públicas LPAC, siendo aplicables los precios públicos a partir del día siguiente a la

publicación”.

Intervenciones .

Ponente: Con el permiso de la Presidencia, tomó la palabra don Jesús García Zamora, Concejal Delegado de Desarrollo económico, Empleo e Innovación (ÁREA 7) y Economía y Hacienda (ÁREA 2), para exponer y defender las propuestas del dictamen: “El informe, la propuesta que se trae de aprobación del establecimiento de precios públicos para el uso del aparcamiento municipal de José Zorrilla es uno de los pasos ya últimos y necesarios para tratar de proceder a la apertura del parking. El informe sobre los precios públicos se ha hecho, creemos, desde el punto de vista técnico un gran trabajo, teniendo como características fundamentales el realismo de las necesidades que tiene esa zona en cuanto al aparcamiento en José Zorrilla, ha sido un trabajo serio y además ha sido un trabajo concienzudo. El estudio de costes e ingresos es un estudio donde se realiza el equilibrio necesario para la finalización y puesta en funcionamiento de este parking, una vez ya finalizadas las obras y donde ya se ha adjudicado el servicio de acceso. Son además unos precios públicos realmente competitivos conforme a las tarifas que ha leído la Sra. Secretaría y donde además, hay una principal modificación en cuanto al uso de las 318 plazas realizadas en base a un estudio técnico, donde lo que nos dice fundamentalmente es que se mantengan las de uso concesional, que las plazas destinadas a abonos pasen de 58 a 160 con distintos formatos y que las de rotación pasen de 157 a 55 plazas. Además de eso, se hace una oferta, creemos, una oferta amplía en cuanto a los distintos tipos de bonos, además en cuanto a los aspectos de rotación, creemos que se añade también una reducción de la tarifa ordinaria durante las dos primeras horas, también un poco en demanda de las planteadas por las asociaciones de comerciantes. Y, es por ello, por la realización del informe y como paso previo a la apertura del parking que solicitamos el apoyo a este dictamen”.

Debate: Promoviéndose debate tomaron la palabra don Ángel Galindo Hebrero, Portavoz del grupo municipal de Izquierda unida (IU), don Cosme Aranguren Gallego Portavoz del grupo municipal UPYD – Centrados en Segovia, doña Mª José García Orejana Portavoz del grupo municipal Ciudadanos – Partido de la Ciudadanía (Cs) y don Javier Encinas Reguera, en representación del grupo municipal Popular (GMP), consumiendo un segundo turno el ponente.

En primer término tomó la palabra don Ángel Galindo Hebrero (IU) manifestando: “Creemos que son unos precios razonables los que se han propuesto y, en ese sentido, creemos que

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hay que darles salida cuanto antes, hay que abrir este aparcamiento cuanto antes, que también han pasado muchos meses desde que se dijo la primera vez que se iba a abrir y, al final hay que recordar que, de momento, el que pase a gestión municipal nos ha costado 3,6 millones de euros y creemos que ya que hemos tenido que pagar esta cantidad tan alta, evidentemente hay que dar el servicio cuanto antes. Creemos que es importante y nos parece que los precios que se han propuesto son razonables y en ese sentido, nosotros nos vamos a abstener para facilitar la aprobación de esta propuesta”.

Seguidamente tomó la palabra don Cosme Aranguren Gallego (UPYD) exponiendo: “Nosotros vamos a apoyar la propuesta porque creemos que los precios son muy competitivos. Lo único que nos habría gustado, echamos un poco en falta en el informe, la posible repercusión de la implantación de la O.R.A en José Zorrilla. Pero eso ya se irá viendo, si finalmente se decide implantar porque hay que modificar la ordenanza y todavía no hay ninguna propuesta. Pero como ya parece ser que lo ha previsto el equipo de gobierno, no sabemos si para este mandato o para el siguiente, si lo echamos un poco en falta que se hubiera estudiado la posible implantación de esas tarifas de la O.R.A, cómo repercutirían en el uso del parking. Pero por el estudio que se ha hecho nos parece bastante concienzudo y bastante razonable, los precios nos parecen competitivos, muy ajustados y esperemos que la gente lo pueda empezar a usar y a disfrutar cuanto antes”.

A continuación tomó la palabra doña Mª José García Orejana (Cs) manifestando: “Nosotros discrepamos un poco de lo que han dicho el resto de los compañeros. La verdad es que los precios competitivos en relación a los abonos pueden ser, pero en relación a la rotación no es tan atractivo. Lo único que sí es cierto es que tiene una reducción del 50% para beneficiarse de los comerciantes que se adhieran a este convenio y, entonces sí, de alguna forma sí que lo puede hacer competitivo esas dos horas. Porque si no estaríamos igual prácticamente que otros parking y la situación, el lugar donde está situado el parking, evidentemente, no es lo mismo que estar en Fernández Ladreda. Hay una cosa que ya hicimos y dijimos en la Comisión y es que no estamos de acuerdo en la subida tan excesiva de la cuota de la comunidad. La cuota de la comunidad pasa del 2015 que era el último dato que tenemos de 12,13 € más IVA, a 16,5 € más IVA. Lo que quiere decir que supone un incremento del 35%. Entonces, nosotros en la Comisión hicimos una propuesta de que ese incremento debería de ser acorde a la subida del IPC y no algo tan excesivo. Porque sí consideramos que se va a una cantidad muy alta en el concepto de la cuota de comunidad. Se nos dijo que sí es cierto, que se iba a prestar unos servicios adicionales pero creemos que realmente se podía haber suplido con una subida un poco más del abono. Porque hay abonos que realmente sí que son bajos y son mucho más bajos que el valor de mercado. Entonces, creemos que lo que es la cuota de la comunidad es excesivo. Como se hizo un poco rápido no hubo opción de hacer propuestas, en la Comisión se hizo esta propuesta, pero evidentemente, no se ha contestado si se ha aceptado o no. Es decir, se viene con los precios y las tarifas tal y como estaba, entonces creemos que no es adecuado sobre todo a la cuota de la comunidad. Por eso nuestro grupo se va a abstener”.

Después tomó la palabra don Javier Encinas Reguera (GMP) exponiendo: “Como expusimos en la Comisión hay ciertos aspectos con los que no estamos totalmente de

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acuerdo, hay aspectos positivos como hemos comentado que son los abonos y las promociones destinadas especialmente al comercio. Pero al igual que al grupo Ciudadanos la cuota de la comunidad nos parece excesivo, es un aumento casi del 40 % con respecto a la cuota que tenían. En el informe se fundamenta en una serie de mejoras que va a tener el parking, pero también es verdad que han estado sufriendo unas carencias importantes en los últimos meses incluso años. Es el aspecto más destacable y con el que estamos más en contra aunque nuestra posición va a ser de abstención. También el precio lineal, como comentamos, el mantener las mismas horas siempre el mismo precio hace que el parking por ejemplo las dos horas, se sitúe un poco por encima del parking de Fernández Ladreda y, como expusimos en la Comisión, nos parece que no debería de estar acorde con un parking como Fernández Ladreda. Para fomentar, yo creo, un poco ese uso de rotación, que quizás eso es verdad, es un parking que va a hacer un uso menos rotativo que otros. Pero para fomentarlo sí que yo creo que las dos primeras horas, habría que haber disminuido el precio y hacerlo un poco acorde con el precio de la zona azul o incluso por debajo para que la persona que va a hacer sus compras a la zona de José Zorrilla ni se lo piense. Dice: mira, tenemos un parking que me va a costar lo mismo o menos y me resulta más cómodo. En el informe habla y yo creo que además es lo que falta todavía por dotar al parking que es el telecontrol. Habla que no se va a contratar ningún empleado, evidentemente, por una cuestión de costes. Lo cual nos plantea dudas porque nos plantea dudas en el sentido de que cualquier usuario que pueda tener un problema, los tiempos de espera que pueda tener para resolverlo. Por mucho que hoy en día a través de la informática se puedan resolver muchas de esas incidencias, efectivamente, pueden surgir en momentos puntuales que ocurran imprevistos y situaciones de gente que no pueda salir o no pueda entrar o problemas en el pago de ticket, o cualquier cosa. En cualquier caso lo más importante, porque parece que con esto es que vamos a abrir mañana el parking, y hay que recalcar que el equipo de gobierno se comprometió a que en Navidad iba a estar abierto con los comerciantes y que se ha incumplido. Entonces, lo más importante desde luego es que cuanto antes podamos abrir el parking para dar servicio a esa zona”.

Instando un segundo turno tomó la palabra nuevamente don Jesús García Zamora (PSOE) manifestando: “Algunas cuestiones, hay que tener en cuenta que estamos hablando de precios públicos y los precios públicos tienen una razón de ser y una manera de establecerse. El informe además que se realiza desde los servicios técnicos del Ayuntamiento además de ser preceptivo es vinculante. Y hay que tener en cuenta que esos precios al menos deben de cubrir el coste del servicio, con lo cual, si bajamos la comunidad por ejemplo, pues hay que subir otra cosa. Y nosotros creemos sinceramente que pasar de 12 a 16 € está bien y si fuesen 10 mejor y 8 mucho mejor y si fuese gratis sería ya único. Pero es verdad que esto no puede ser y es verdad que ha habido unos años donde no ha habido incremento de la comunidad y donde además se van a generar una serie de servicios que no se daban hasta ahora. Y, en cualquier caso, 16 € la comunidad, seguimos creyendo que es bastante competitivo. Además de eso, con respecto a las dos horas que comentaba el Sr. Encinas, el informe pone de manifiesto que la media sigue estando en veintitantos por debajo. Durante las dos primeras horas vamos a estar un veintitantos por ciento por debajo y durante la primera hora un 36 % por debajo de la media de los parking públicos que se han estudiado en el informe. Y donde, además de eso, cabe la posibilidad

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como un atractivo para el propio comercio, que esas dos horas a su vez tengan una reducción del 50 % canalizándolas a través de los bonos con el comercio. Por lo tanto, creemos que siguen siendo precios competitivos y creemos que realmente lo importante es poner un servicio moderno, resolver los problemas con los que nos hemos encontrado, las obras finalizadas y el nuevo sistema adjudicado y que este parking pueda volver a reabrirse a la mayor brevedad posible. En cuanto a la carencia, lo comentaba el Sr. Encinas, de trabajadores físicos en el parking, es una tendencia que hay. No es el primer parking en Segovia que habrá sin atención física en ese lugar, pero sí que hay otro tipo de asistencia, que es una asistencia a través del propio sistema de gestión, donde uno podrá contactar para que le resuelvan las incidencias”.

Votación. -Finalizado el debate, la Presidencia sometió a votación la propuesta en los términos contenidos en el dictamen, resultando 25 votos emitidos de los cuales, 14 son votos a favor -de los concejales de los grupos PSOE (12) y UPYD (2)-, NINGUNO en contra y el resto, 11 abstenciones -de los concejales de los grupos PP (8), Cs (2) e IU (1)-.

ACUERDO.- Con el voto a favor de la mayoría de los asistentes, resultó aprobado el dictamen transcrito en sus propios términos, acordando la Excma. Corporación municipal:

Primero.- Establecer precios públicos por la utiliz ación del <APARCAMIENTO MUNICIPAL SUBTERRÁNEO SITO EN CALLE JOSÉ ZORRILLA>, que habrán de satisfacer los usuarios conforme a los siguientes i mportes:

A) Aparcamiento en rotación: 0,03 euros por cada mi nuto o fracción (0,0363 euros, IVA incluido).

B) Abono promoción comercio: en esta modalidad el i mporte resultante de la aplicación de la tarifa <A> anterior, se reducirá e n un 50 por 100 desde el primer minuto hasta el minuto 120. Para ser beneficiarios de este descuento o reducción se requerirá la adhesión a esta modalidad de abono por los titulares de establecimientos comerciales en la zona determinada al efecto.

C) Abono 24 horas para turismos sin reserva de plaz a: 54,55 euros/mes (66,01 euros/mes, IVA incluido).

D) Abono 12 horas para turismos sin reserva de plaz a: 33,36 euros/mes (40,37 euros/mes, IVA incluido).

E) Abono horario comercial para turismos sin reserv a de plaza, en modalidad de mañanas en horario de 7:30 a 15:30 horas o de tarde s en horario de 15:31 a 22:00 horas: 27,27 euros/mes (33,00 euros/mes, IVA inclui do).

F) Abono nocturno para turismos sin reserva de plaz a, en horario de 22:01 a 7:29 horas día siguiente: 27,27 euros/mes (33,00 euros/m es, IVA incluido).

G) Abono anual con reserva de plaza: 709,09 euros/a ño (858,00 euros/año, IVA incluido). Los abonos contemplados en esta modalida d se adjudicarán por un plazo mínimo de un año, renovable hasta un máximo de 3 añ os más (total con

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renovaciones: 4 años).

H) Plazas de aparcamiento en modalidad concesional <cesión de uso>: Cuota de comunidad por plaza 16,50 euros/mes (19,97 euros/me s, IVA incluido).

Segundo.- Los abonos que puedan requerir del cumpli miento de algún requisito o condición, se concederán mediante decreto de la Alc aldía-Presidencia, previo el informe correspondiente, señalando las determinacio nes al efecto.

Tercero.- El pago de los precios públicos se realiz ará mediante el uso de los propios medios instalados al efecto en el aparcamiento y en la forma y condiciones que señale la operatividad de los mismos. No obstante, el pago de los abonos y demás modalidades cuyos importes no puedan abonarse por d ichos medios y/o requieran de su previa concesión, así como las cuotas del aparta do letra H), se realizará conforme se determine mediante decreto de la Alcaldía-Presid encia, previo informe de la Tesorería municipal, señalando forma, plazos o fech as de pago, domiciliación, vencimientos, fianza o depósito previo, aplicación del procedimiento de apremio y demás condiciones que corresponda adoptar.

Cuarto.- Procédase a la publicación del acuerdo en Boletín Oficial de la Provincia, conforme establece artículo 45 Ley 39/2015, de 1 oc tubre, Procedimiento Administrativo Común Administraciones Públicas LPAC , siendo aplicables los precios públicos a partir del día siguiente a la pu blicación.

7º/332.- DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE HACIENDA, PATRI MONIO Y EMPLEO CELEBRADA EL DÍA 20 DE DICIEMBRE DE 2018 RELATIVO A PROPUESTA DE APROBACIÓN DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDI TO CORRESPONDIENTE AL EXPEDIENTE NÚM. 11/2018 DE RECONOCIMIENTO DE OBLIGACIONES PROCEDENTES DE EJERCICIO CERRADOS, ANT ERIORES AL ACTUAL 2018 (EXPTE. PAC NÚM.: 000070/2018-INTER)

Fue dada cuenta del dictamen de la Comisión Informativa citada, en el que de acuerdo con los informes emitidos, se indica lo siguiente:

� Visto el Informe de la Intervención General, de fec ha 11 de diciembre de 2018, cuya

literalidad dice:

“1º. Se propone la tramitación del undécimo expediente 2018, con el fin de dar cobertura

presupuestaria al reconocimiento de obligaciones procedentes de ejercicios cerrados anteriores al

actual 2018.

En relaciones anexas al presente informe constan las aplicaciones afectadas con los

correspondientes importes de crédito a reconocer.

Asimismo, consta la relación individualizada de las facturas y demás documentos justificativos de las

prestaciones realizadas, en su modalidad de facturas electrónicas, que ha sido conformada por los

servicios municipales afectados.

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2º. El reconocimiento de obligaciones de ejercicios cerrados que ahora se propone y que debería

haberse producido en los plazos establecidos en las circulares de esta Intervención para el cierre

contable de cada uno de los ejercicios afectados, se realiza directamente contra los créditos del

actual ejercicio 2018, habiendo existido, en todos los casos, crédito disponible suficiente para ello en

las correspondientes aplicaciones del vigente presupuesto.

3º. Mediante el presente expediente se atiende el reconocimiento de las obligaciones procedentes de

ejercicios cerrados por importe total de 2.138,80 € (facturas electrónicas), correspondientes a los

ejercicios 2017 (1.681,55 €), así como del actual ejercicio 2018 (457,25 €) por prestaciones realizadas

en el ejercicio anterior.

4º. Las obligaciones cuyo reconocimiento se propone, en su mayor parte han tenido entrada en esta

Intervención con posterioridad al cierre de la contabilidad del ejercicio 2017, y corresponden todas

ellas a prestaciones ordinarias de menor cuantía.

5º.- Con independencia de la característica común que afecta a las obligaciones que se propone

reconocer, cuál es su tramitación fuera de los plazos establecidos al efecto, además, y para las

aplicaciones presupuestarias correspondientes a las bolsas de vinculación que se indican, no hubiera

podido producirse la autorización de los gastos correspondientes, al encontrarse éstas sin

consignación presupuestaria suficiente para atenderlos.

Dicha circunstancia afecta a los créditos presupuestarios que se indican, los cuales arrojan el

resultado que se detalla en cuadro que se adjunta, en anexo, al presente informe.

6º. Conforme previene el articulo 26.2 c) del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, pueden

reconocerse y aplicarse al ejercicio vigente obligaciones procedentes de ejercicios cerrados cuando

se proceda a su reconocimiento extrajudicial, correspondiendo la competencia para su aprobación al

Pleno del Ayuntamiento, tal y como disponen los artículos 185 del Texto Refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales, artº 60.2 del citado Real Decreto y 36 del vigente Reglamento

Orgánico Municipal”.

A N E X O

FACTURAS EJERCICIO 2017

PROGRAMA CRÉDITO OBLIGAC.

PENDIENTES OBLIGAC.

PENDIENTES OBLIGAC.

PENDIENTES OBLIGAC.

PENDIENTES OBLIGAC.

PENDIENTES OBLIGAC.

PENDIENTES OBLIGAC.

PENDIENTES OBLIGAC.

PENDIENTES OBLIGAC.

PENDIENTES OBLIGAC.

PENDIENTES OBLIGAC.

PENDIENTES DIFERENCIA

CAPITULO DISPONIBLE 1º EXPDTE. 2º EXPDTE. 3º EXPDTE. 4º EXPDTE. 5º EXPDTE. 6º EXPDTE. 7º EXPDTE. 8º EXPDTE. 9º EXPDTE. 10º EXPDTE. 11º EXPDTE.

2017

Totales Totales Totales Totales Totales Totales Totales Totales Totales Totales Facturas F. electrónicas

Totales

13201 - 2º 901,13 € 2.721,01 € 50,82 € 224,00 € 562,84 € -2.657,54

13302 - 2º 324,94 € 333,96 € -9,02 €

16001 - 2º 57.093,34 € 144.449,21 € -

87.355,87 €

16101 - 2º 208.793,01 € 487.821,11 € -

279.028,10 €

16101 - 61900

4.629,06 € 28.433,43 € -

23.804,37 €

24164 - 2º 0,00 € 600,00 € 183,15 € 6,89 € -790,04 €

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33201 - 62700

666,07 € 3.765,71 € -3.099,64

33001 - 2º 32,25 € 35.449,76 € 3.120,00 € 8.082,80 € 13,58 € 449,90 € 605,00 € 242,00 € -

47.930,79 €

33201 - 2º 0,00 € 1.181,83 € -1.181,83

33401 - 2º 138,85 € 4.198,44 € 250,47 € -4.310,06

33402 - 2º 246,04 € 50.871,76 € 2.172,35 € 489,53 € 3.769,12 € 726,00 € 240,79 € 660,00 € -

58.683,51 €

33403 - 2º 197,20 € 49.281,89 € 230,00 € 12.016,65 € 371,05 € 2.383,70 € 371,05 € 1.290,74 € 1.290,74

-65.747,88

33801 - 2º 294,71 € 64.974,29 € 1.916,75 € 2.651,11 € 847,00 € -

70.094,44 €

91201 - 2º 147,14 € 16.675,88 € 6.340,00 € 1.737,90 € 198,00 € -

24.804,64 €

92001 - 4º 2.031,41 € 2.095,28 € -63,87 €

92001-62300 0,00 € 2.095,28 € 2.989,91 € -5.085,19

-

674.646,79 €

� “Vista la propuesta emitida por la Concejalía Dele gada de Economía y Hacienda, cuya

literalidad dice:

“El objeto del presente expediente es reconocer y aplicar al ejercicio vigente las obligaciones

procedentes de ejercicios cerrados por un importe total de 2.138,80 € (facturas electrónicas),

correspondientes a los ejercicios 2017 (1.681,55 €), así como del actual ejercicio 2018 (457,25 €) por

prestaciones realizadas en el ejercicio anterior.

Se pretende por tanto, dar cobertura presupuestaria a dicho reconocimiento de obligaciones contra

los créditos del actual ejercicio 2018, habiendo existido, en todos los casos, crédito disponible

suficiente para ello en las correspondientes aplicaciones del vigente presupuesto.

Visto el informe de la Intervención Municipal.

Se propone al Pleno Municipal, como órgano competente según el artículo 185 del Texto Refundido

de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la aprobación del presente expediente de

Reconocimiento y aplicación al ejercicio vigente de obligaciones procedentes de ejercicios cerrados

por importe de 2.138,80 €, cuyo detalle se contiene en relaciones que constan en el mismo”.

La Comisión, previa deliberación, vista la Propuesta elaborada por la Concejalía Delegada de

Economía y Hacienda, e Informe favorable de la Intervención General, que sirven de fundamento al

presente dictamen, sometido el asunto a votación propone, por unanimidad, al órgano municipal

competente, Ayuntamiento Pleno, ACUERDE:

Reconocer y aplicar al vigente ejercicio las obligaciones procedentes de ejercicios cerrados anteriores

al actual de 2018, por importe total de DOS MIL CIENTO TREINTA Y OCHO EUROS, CON

OCHENTA CÉNTIMOS, (2.138,80 €), (facturas electrónicas), correspondientes a los ejercicios 2017

(1.681,55 €), así como del actual ejercicio 2018 (457,25 €) por prestaciones realizadas en el ejercicio

anterior, de conformidad con lo establecido en los artículos 185 del Texto Refundido de la Reguladora

de las Haciendas Locales, 60.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y 36 del Reglamento

Orgánico Municipal”.

Votación .- No promoviéndose debate, la Presidencia sometió a votación la propuesta en los términos contenidos en el dictamen, resultando 25 votos emitidos y todos a favor.

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ACUERDO.- Con el voto a favor unánime de los asistentes, l os 25 miembros que de hecho y de derecho integran este Pleno, resultó apr obado el dictamen transcrito en sus propios términos, acordando la Excma. Corporaci ón municipal :

Reconocer y aplicar al vigente ejercicio las obliga ciones procedentes de ejercicios cerrados anteriores al actual de 2018, por importe total de DOS MIL CIENTO TREINTA Y OCHO EUROS, CON OCHENTA CÉNTIMOS, (2.138,80 €), (facturas electrónicas), correspondientes a los ejercicios 2017 (1.681,55 €) , así como del actual ejercicio 2018 (457,25 €) por prestaciones realizadas en el ejerci cio anterior, de conformidad con lo establecido en los artículos 185 del Texto Refundid o de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, 60.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y 36 del Reglamento Orgánico Municipal.

II.- PARTE DESTINADA AL CONTROL DE OTROS ÓRGANOS MU NICIPALES:

• ESTADO DE EJECUCIÓN DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS.-

8º/333.- ESTADO DE EJECUCIÓN DE LOS ACUERDOS ADOPTA DOS EN LA SESIÓN CELEBRADA EL 26 DE NOVIEMBRE DE 2018 CON EL CARÁCTE R DE EXTRAORDINARIA.

Se dio cuenta de la INFORMACION DE LA SECRETARÍA GENERAL SOBRE EL ESTADO DE EJECUCIÓN DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR EL PLENO en la sesión anterior celebrada el día 26 de noviembre de 2018 con el carácter de extraordinaria.

Se procederá a la remisión a Portavoces de los grup os municipales del documento correspondiente, teniéndose por cumplida la dación de cuenta del estado de ejecución de los acuerdos adoptados en la sesión ce lebrada el día 26 de noviembre de 2018.

9º/334.- ESTADO DE EJECUCIÓN DE LOS ACUERDOS ADOPTA DOS EN LA SESIÓN CELEBRADA EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2018 CON EL CARÁCTE R DE ORDINARIA.

Se dio cuenta de la INFORMACION DE LA SECRETARÍA GENERAL SOBRE EL ESTADO DE EJECUCIÓN DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR EL PLENO en la sesión anterior celebrada el día 30 de noviembre de 2018 con el carácter de ordinaria.

Se procederá a la remisión a Portavoces de los grup os municipales del documento correspondiente, teniéndose por cumplida la dación de cuenta del estado de ejecución de los acuerdos adoptados en la pasada sesión plenaria.

• RESOLUCIONES DICTADAS POR LA ALCALDÍA.

10º/335.- DACIÓN DE CUENTA, EN CUMPLIMIENTO DE LAS PREVISIONES CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO 42 DEL ROF, DE LAS RESOLU CIONES DICTADAS POR LA ALCALDÍA.

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Se informa de que, en cumplimiento de las previsiones contenidas en artículo 42 del R. O. F., se ha remitido a los Sres. Concejales junto con la convocatoria de la sesión, el archivo comprensivo de las inscripciones en el LIBRO DE RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA relativas a los decretos que se traen para dar cuenta y que se corresponden con los Decretos núm. 8.480, de 16 de noviembre de 2018 al núm. 9.443 de 14 de diciembre de 2018, y se indica que si algún Concejal tuviese interés en la lectura de algún Decreto, se ruega que así lo manifieste y se procederá a su lectura.

Don Ángel Galindo Hebrero, Portavoz del grupo municipal Izquierda Unida en Segovia, manifiesta que le gustaría que se les hiciera llegar o si se lee, que se leyese la resolución del siguiente Decreto:

Decreto núm. 8878, de 27/11/2018. Ref. Expte: 1197/2018/P15010 – Contrato menor para reconocimientos ginecológicos.

A continuación tomó la palabra la Ilma. Sra. Alcaldesa indicando al Sr. Galindo: “Si le parece bien, que se le entregue a él el Decreto correspondiente y no hace falta proceder a su lectura”.

Don Cosme Aranguren Gallego, Portavoz del grupo municipal UPYD – Centrados en Segovia, manifiesta que al igual que en el pleno anterior pedía que se les hiciera llegar copia de los decretos relacionados en el listado del que hacía entrega a la Sra. Secretaria.

Se aporta la relación de decretos resultando la siguiente:

Decreto núm. 8618, de 20/11/2018. Ref. Expte: 239/2018-PERSONAL – Contratación Técnico A1 Interino plaza vacante Deportes.

Decreto núm. 8878, de 27/11/2018. Ref. Expte: 1197/2018/P15010 – Contrato menor para reconocimientos ginecológicos.

Decreto núm. 8900, de 27/11/2018. Ref. Expte: 1143/2018/P15010 – Contrato de servicios de dirección de la ejecución de la obra del CIDE.

Decreto núm. 8901 de 27/11/2018. Ref. Expte: 1145/2018/P15010 – Contrato de servicios para seguimiento y documentación del Plan de Control de Calidad, Supervisión y Control de la idoneidad de todos los materiales utilizados en obra CIDE.

Decreto núm. 9227 de 5/12/2018. Ref. Expte: 8/2018/P15003 – Contratación de las obras del Proyecto de Ejecución para la terminación del Centro de Innovación y Desarrollo Empresarial (CIDE) en Segovia.

Decreto núm. 9264 de 7/12/2018. Ref. Expte: 241/2018-PERSONAL– Nombramiento interino eventual Técnico A1 Participación Ciudadana.

Decreto núm. 9415 de 14/12/2018. Ref. Expte: 53/2018– Proyecto de Ejecución para la terminación del Centro de Innovación y Desarrollo Empresarial (CIDE) en Segovia.

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No habiendo más solicitudes de aclaración o lectura de las resoluciones, el Excmo. Ayuntamiento Pleno queda enterado de las resoluciones dictadas por la Alcaldía, teniéndose por cumplido el trámite de control.

11º/336.- DACIÓN DE CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 2 DE NOVIEMBRE DE 2018, DE DELEGACIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO SECTORIAL DE DESARROLLO LOCAL, EMPLEO E INNOVACIÓN. (EXPTE. PAC NÚM.001451/2017-GENERAL).

Se da cuenta del Decreto de Alcaldía, mencionado en el epígrafe, emitido en fecha 2 de noviembre de 2018, con código de verificación 11777300046261647400 y del que tuvo conocimiento la Comisión Informativa de Hacienda, Patrimonio y Empleo, en la sesión ordinaria celebrada el día 20 de diciembre de 2018, cuya literalidad dice:

“Entrado en vigor el Reglamento Regulador del Consejo Sectorial de Desarrollo Local, Empleo e Innovación (BOP de Segovia nº 148 de 11 diciembre de 2017) y previa a su constitución, es necesario determinar las personas que formarán parte de los órganos del Consejo, conforme al Título III de su reglamento regulador.

Teniendo en cuenta el artículo 8 del Reglamento Regulador del Consejo Sectorial de Desarrollo Local, Empleo e Innovación:

“La Presidencia del Consejo le corresponde al Concej al Delegado del área de Desarrollo Local, Empleo e Innovación, por delegación de la Alcaldesa.

Son funciones de la Presidencia:

a) Presidir y coordinar la actuación del Consejo.

b) Establecer el orden del día, convocar y moderar las reuniones del Consejo.

c) Autorizar con su firma los actos y certificaciones de los acuerdos adoptados por el Consejo.

d) Velar por el cumplimiento de los fines propios del Consejo.

e) Representar al Consejo en los casos que proceda.

f) Coordinar la relación entre el Consejo y los órganos de gobierno y gestión del Ayuntamiento y del resto de los consejos municipales.

g) Nombrar a los componentes de los grupos de trabajo cuya creación haya acordado el Consejo.”

Visto el Decreto de esta Alcaldía de fecha 12 de diciembre de 2017 sobre delegación de Presidencia del Consejo Sectorial de Desarrollo Local, Empleo e Innovación en D. José Antonio Bayón López de competencias de las siguientes materias: Desarrollo Económico, Empleo e Innovación.

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Visto el Acuerdo número 261 del Pleno Municipal de fecha 5 de octubre de 2018 relativo a la aceptación de la renuncia al cargo de Concejal del Ayuntamiento de Segovia presentada por D. José Antonio Bayón López.

Visto el Decreto de Alcaldía de fecha 9 de octubre de 2018 sobre modificación de Decreto de 17 de junio de 2015, y sus modificaciones posteriores, con motivo de la renuncia presentada por Don José Antonio Bayón López, en el que a la vista de la renuncia aceptada por Pleno Municipal en fecha 5 de octubre de 2018, se confiere delegación especial en el Concejal don Jesús García Zamora en relación con las áreas Desarrollo económico, Empleo e Innovación (área 7) y Economía y hacienda (área 2). Así mismo, en dicho Decreto se informa que las delegaciones conferidas en los Concejales comprenderán la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, excluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Considerando el artículo 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y artículos 43 y siguientes y 114 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Teniendo en cuenta el artículo 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y el artículo 43 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Segovia.

En virtud de las facultades que me confiere la vigente legislación, VENGO EN DISPONER:

1.- Delegar la Presidencia del Consejo Sectorial de Desarrollo Local, Empleo e Innovación del Ayuntamiento de Segovia y sus funciones propias del cargo, en el Concejal Delegado del Área de Desarrollo Económico, Empleo e Innovación.

2.- Dar cuenta al Pleno Municipal de la presente Resolución de delegación de facultades, en la primera sesión ordinaria que se celebre.

3.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia.”

En la actualidad el Concejal don Jesús García Zamora tiene conferida la delegación especial en relación con las áreas Desarrollo económico, Empleo e Innovación (área 7) y Economía y hacienda (área 2).

DADA CUENTA EL PLENO QUEDÓ ENTERADO

12º/337.- DACIÓN DE CUENTA DE DECRETO DE LA ALCALDÍ A DE FECHA 3 DE DICIEMBRE DE 2018 POR EL QUE SE MODIFICA LA DELEGAC IÓN DE LA ALCALDÍA EN MEDIO AMBIENTE.

Se da cuenta del Decreto de Alcaldía, mencionado en el epígrafe, emitido en fecha 3 de diciembre de 2018, cuyo tenor es el siguiente:

“ EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA

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DECRETO.ILMA. SRA. ALCALDESA, Refª Expte: 000003/2015-CORPO15_19 Procedimiento: CORPORACION 2015-2019 Interesado: AYUNTAMIENTO DE SEGOVIA Actuación: CORPORACIÓN 2015-2019. Revocación y modificación delegaciones de la Alcaldía

Antecedentes:

1. Decreto de fecha 17 de junio de 2015 en el que s e resuelve:

“(…) Cuarto.- CONFERIR LAS SIGUIENTES DELEGACIONES:

(…) B) EN LOS CONCEJALES QUE A CONTINUACIÓN SE INDICAN, DELEGACIÓN ESPECIAL EN

RELACIÓN CON LOS SERVICIOS QUE SE ESPECIFICAN

(…) Don Jesús García Zamora: MEDIO AMBIENTE.

(…) Las delegaciones conferidas en los Concejales comprenderán la DIRECCIÓN INTERNA Y LA

GESTIÓN DE LOS SERVICIOS CORRESPONDIENTES, excluida la facultad de resolver mediante

actos administrativos que afecten a terceros. (…)”

2. Decreto de fecha 9 de octubre de 2018 en el que se resuelve:

“(…).- Cuarto .- Conferir las siguientes delegaciones:

En el concejal que a continuación se indica, delegación especial en relación con los servicios que se

especifican:

Don Jesús García Zamora: DESARROLLO ECONÓMICO, EMPLEO E INNOVACIÓN (ÁREA 7) Y

ECONOMÍA Y HACIENDA (ÁREA 2).

(…)”

3. Toma de posesión del cargo de concejal por don Ángel Berbel García, en la sesión del Pleno

celebrada el día 26 de Octubre de 2018, incorporándose al Grupo Municipal Socialista.

Consideraciones : A tenor de lo dispuesto en los preceptos de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora

de la Bases del Régimen local, del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico

de las Entidades Locales, y Reglamento orgánico municipal, que a continuación se citan:

- Artículos 21.3, y 23 .4 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

- Artículos 43, 44, 45 y 114 a 118 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre por el que se aprueba el

Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales

(ROFRJEL) (Régimen general de delegaciones entre los órganos n ecesarios )

- Artículos 28, 29, 32 y 33, y 41 a 44 del Reglamento Orgánico de este Ayuntamiento.

En uso de las atribuciones que me están conferidas en virtud de los preceptos antes citados,

RESUELVO:

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Primero .- REVOCAR la delegación especial conferida a don Jesús García Zamora en relación con

los servicios que se especifican: MEDIO AMBIENTE, manteniendo las conferidas en relación con los

servicios de DESARROLLO ECONÓMICO, EMPLEO E INNOVACIÓN (ÁREA 7) Y ECONOMÍA Y

HACIENDA (ÁREA 2).

Segundo .- CONFERIR las siguientes delegaciones:

EN EL CONCEJAL QUE A CONTINUACIÓN SE INDICA, DELEGACIÓN ESPECIAL EN RELACIÓN

CON LOS SERVICIOS QUE SE ESPECIFICAN:

.- DON ÁNGEL BERBEL GARCÍA: MEDIO AMBIENTE .

Las delegaciones conferidas comprenderán la DIRECCIÓN INTERNA Y LA GESTIÓN DE LOS

SERVICIOS CORRESPONDIENTES, excluida la facultad de resolver mediante actos administrativos

que afecten a terceros.

El resto de las delegaciones especiales en Concejales anteriormente conferidas por decretos de 17 de

junio de 2015, 3 de julio de 2018, 14 de septiembre de 2018 y 9 de octubre de 2018 se mantienen en los

términos actuales.

Tercero .- Régimen de las delegaciones.

Tanto la revocación como la delegación de atribuciones surtirán efecto desde el día siguiente al de la

fecha del Decreto de revocación y delegación, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín

Oficial de la Provincia.

La delegación de atribuciones precisará para ser eficaz su aceptación por parte del delegado, y se

entenderá tácitamente aceptada si, en el término de tres días hábiles contados desde la notificación

del acuerdo de delegación, el destinatario no hace manifestación expresa ante el órgano delegante

de que NO acepta la delegación

Avocación de facultades

La Alcaldía podrá avocar, en cualquier momento y por razones de urgencia, el conocimiento y

resolución de las atribuciones delegadas que estime pertinente.

Cuarto .- Notifíquese estos nombramientos así como las delegaciones conferidas a los interesados

para su conocimiento, debiendo procederse a la inserción del correspondiente anuncio en el BOP.

Las delegaciones habrán de ser objeto de aceptación por los interesados.

Quinto .- Del presente Decreto, se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre,

conforme a lo dispuesto en el Art. 44 4 del ROF y 43.2 del ROAS.

Sexto .- De los referidos nombramientos y las delegaciones, se darán cuenta, asimismo, a la

Subdelegación del Gobierno y a la Consejería de Presidencia y Administración Territorial de la Junta

de Castilla y León, a través de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León y, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo, 44. 2 del ROF y concordantes, se procederá a su

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publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón municipal de edictos y en la página

Web.”

DADA CUENTA EL PLENO QUEDÓ ENTERADO.

13º/338.- DACIÓN DE CUENTA DEL DECRETO DE LA ALCALD ÍA DE FECHA 17 DE DICIEMBRE DE 2018 POR EL QUE SE DELEGA LA PRESIDENC IA EFECTIVA DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS EN EL VOCAL DON JESÚS GARCÍA ZAMORA (EXPTE. EPAC NÚM. 327/2018/PG1010).

Se da cuenta del Decreto de Alcaldía, mencionado en el epígrafe, emitido en fecha 17 de diciembre de 2018, de conformidad con la propuesta formulada en la Comisión Especial de Cuentas en la sesión ordinaria celebrada el día 13 de diciembre de 2018, de acuerdo con lo siguiente:

“DECRETO ALCALDÍA

Vista la propuesta para la delegación de la Presidencia efectiva de la Comisión Especial de

Cuentas , en favor del concejal adscrito al grupo municipal socialista, vocal de esta Comisión, D.

JESÚS GARCÍA ZAMORA, formulada por la propia Comisión, tras la correspondiente elección,

efectuada en su seno, en sesión ordinaria, celebrada el día 13 de diciembre de 2018, cuya literalidad

dice:

� “Vista la renuncia al Acta de Concejal de este Ayunt amiento efectuada por D. JOSE BAYÓN

LÓPEZ, con fecha 21 de septiembre de 2018.

� Visto el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de fecha 5 de octubre de 2018, en virtud del cual

se acuerda:

“ACUERDO: La Excma. Corporación Municipal reunida e n pleno, toma conocimiento y acepta

la renuncia formulada por D. JOSE BAYÓN LÓPEZ al ca rgo de concejal del Excmo.

Ayuntamiento de Segovia… ”

Considerando lo dispuesto en los artículos 125.a) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las

Entidades Locales y 48.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de

las Entidades Locales, que establecen que “el Alcalde es el Presidente nato de todas las Comisiones

Informativas, pudiendo delegar la Presidencia efectiva en cualquier miembro de la Corporación, a

propuesta de la propia Comisión, tras la correspondiente elección efectuada en su seno”.

Por el grupo PSOE se propone a la Comisión la elección como Presidente efectivo a D. JESÚS

GARCÍA ZAMORA sin que se proponga ningún otro candidato por el resto de grupos políticos

municipales.

Y, estando presente la Sra. Alcaldesa, quien manifiesta, expresamente, su voluntad de delegación de

la Presidencia efectiva de este órgano colegiado, la Comisión, por unanimidad, ACUERDA:

Proponer a la Sra. Alcaldesa, delegar la Presidencia efectiva de la Comisión Especial de Cuentas en

el Concejal D. JESÚS GARCÍA ZAMORA

Y, estando presente la Sra. Alcaldesa, presta su conformidad, comprometiéndose a dictar la

Resolución referida de forma inmediata”.

Considerando lo dispuesto en el artículo 125.a) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por

el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las

Entidades Locales que establece que “El Alcalde o Presidente de la Corporación es el Presidente

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nato de todas ellas; sin embargo, la presidencia efectiva podrá delegarla en cualquier miembro de la

Corporación, a propuesta de la propia Comisión, tras la correspondiente elección efectuada en su

seno”.

Considerando lo dispuesto en el artículo 48.1 del vigente Reglamento Orgánico de este Ayuntamiento

que establece que “el Alcalde es el Presidente nato de cada Comisión. No obstante la Presidencia

efectiva podrá delegarla en cualquier miembro de la Corporación, a propuesta de la propia Comisión

entre los miembros de la misma”.

Visto lo resuelto en el acuerdo número 162, adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión

extraordinaria, celebrada el día 23 de junio de 2015, en el que se deja expuesto que “El Alcalde,

Presidente nato de todas las Comisiones, delegará la Presidencia efectiva de las mismas en uno de

sus miembros”.

En uso de las facultades que le confieren el artículo 21.1 a) y 21.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases de Régimen Local, y los artículo 125 a) del Reglamento de Organización,

Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 28 de noviembre de 1.986 y 48.1 del

Reglamento orgánico municipal,

Por lo anteriormente expuesto, en virtud de las facultades que me confiere la vigente legislación,

RESUELVO:

1º.- Revocar la delegación de la Presidencia efectiva de la Comisión Especial de Cuentas, otorgada

a D. JOSÉ BAYÓN LÓPEZ , dejando la misma sin efectos.

2º.- Delegar en favor de D. JESÚS GARCÍA ZAMORA la Presidencia efectiva de la Comisión

Especial de Cuentas.

3º.- El ejercicio de las facultades que se delegan se efectuará en las condiciones establecidas en los

artículos 115 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de,

las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1.986.

4º.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia, sin perjuicio de su

efectividad desde el día siguiente a la fecha de la misma

5º.- Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento en la a próxima sesión que

celebre”.

DADA CUENTA EL PLENO QUEDÓ ENTERADO.

OTRAS INFORMACIONES AL PLENO

14º/339.- DACIÓN DE CUENTA AL PLENO DE CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 28 DE LA LEY 27/2013 DE 27 DE DICIEMBRE, DE RACIONALIZACI ÓN Y SOSTENIBILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL.

Se dio cuenta de la información sobre el asunto indicado en el epígrafe, de lo que tuvo conocimiento la Comisión Informativa de Gobierno Interior y Personal en la sesión celebrada el día 20 de diciembre 2018, de acuerdo con lo siguiente:

Se da cuenta a la Comisión Informativa del informe que emite la Alcaldesa con motivo de lo dispuesto

en el artículo 28 de la Ley 27/2013 de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la

Administración Local introduce en la Ley de Bases del Régimen Local, Ley 7/1985, de 2 de Abril, un

nuevo artículo, el 104 bis, referente a la regulación del personal eventual de las Entidades Locales, en

el que se recoge en su apartado 6 que: “El Presidente de la Entidad Local informará al Pleno con

carácter trimestral el cumplimiento de lo previsto en este artículo”.

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Así, debe destacarse que con respecto al señalado artículo 28 de la Ley 27/2013 8104 bis Ley de

Bases que:

1.- En el apartado primero se establece que las dotaciones de puestos de trabajo cuya cobertura

corresponda a personal eventual en esta Corporación, al estar en el grupo de municipios con

población entre 50.000 y no superior a 75.000 habitantes podrán incluir en sus plantillas puesto de

trabajo de personal eventual por un número que no podrá exceder de la mitad de Concejales de la

Corporación Local.

Por lo que siendo 25 el número de corporativos serán 12 el número máximo que podrá tener esta

Corporación como personal eventual.

Por acuerdo plenario de aprobación de Presupuestos para el 2018 en sesión celebrada el día 23 de

febrero de 2018 se estableció el número de personal eventual que lo es de DOCE. Así fue publicado

en el BOP de 28 de Marzo de 2018.

2.- En el apartado 4 se señala que el personal eventual tendrá que asignarse siempre a servicios

generales de las Entidades Locales en cuya plantilla aparezca consignado.

Solo excepcionalmente podrán asignarse, con carácter funcional a otros de los servicios o

departamentos de la estructura propia de la Entidad Local, si así lo reflejase expresamente su

Reglamento Orgánico.

Conforme al acuerdo plenario de 29 de diciembre de 2014 cuya copia se acompaña al presente

expediente, se constata que el personal eventual depende de Alcaldía, en su conjunto.

3.- Se establece la obligación por parte de esta Corporación Local de publicar semestralmente en su

sede electrónica y en el Boletín Oficial de la Provincia, el número de puestos de trabajo reservados a

personal eventual.

Así queda publicado, de forma permanente en la sede electrónica, siendo el link:

http://www.segovia.es/index.php/mod.pags/mem.detalle/id.11473/relcategoria.4783/area.23/seccion.1

90

Por todo cuanto antecede, esta Comisión Informativa de Gobierno Interior y Personal se da por

enterada del informe emitido por la Alcaldía con respecto del cumplimiento por esta Entidad Local del

artículo 104 bis de la Ley 7/1985 de 2 de abril, introducido por el art. 28 de la Ley 27/2013,

elevándose al Pleno para el cumplimiento de la dación de cuentas.

DADA CUENTA EL PLENO QUEDÓ ENTERADO

15º/340.- DACIÓN DE CUENTA DE LA REMISIÓN AL MINIST ERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DEL PERIODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES RELATIVO AL GRUPO ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, REFERE NTE AL MES DE OCTUBRE DEL PRESENTE AÑO 2018, EN CUMPLIMIENTO DEL REAL DECRETO 635/2014, DE 25 DE JULIO, POR EL QUE SE DESARROLLA LA METODOLOGÍA DE

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CÁLCULO DEL PERIODO MEDIO DE PAGO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. (·EXPTE EPAC 18/2018/P27004)

Se da cuenta del informe emitido por la Tesorería municipal, sobre el asunto mencionado en el epígrafe, de lo que tuvo conocimiento la Comisión Informativa de Hacienda, patrimonio y empleo en la sesión celebrada el día 20 de diciembre de 2018, en el que se ACREDITA:

Que conforme al cálculo establecido en los artículos 5 y siguientes del Real Decreto 635/2014, de 25 de julio por el que se desarrolla la metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas, modificado por el Real Decreto 1040/2017 de 22 de diciembre, el Periodo Medio de Pago a proveedores individualizado por entidades y global del mes de O CTUBRE de 2018 es :

Entidad

Ratio

Operaciones

Pagadas

(días)

Importe

Pagos

Realizados

(euros)

Ratio

Operaciones

Pendientes

(días)

Importe

Pagos

Pendientes

(euros)

PMP

(días)

Segovia 18,66 1.962.600,21 8,41 971.826,16 15,27

E. M. Suelo y Vivienda de

Segovia, S.A.U. 104,79 6.909,08 55,28 1.717,55 94,93

F. Don Juan de Borbón 12,00 4.149,00 16,00 11.840,00 14,96

Gestión y Calidad Turística

Ciudad de Segovia S.A.U 11,00 55.036,00 12,00 5.546,40 11,09

Inst. Municipal de Deportes 0,00 0,00 32,38 50.419,25 32,38

PMP Global 2.028.694,29 1.041.349,36 15,69

A la fecha de la firma del presente informe, los datos contenidos en el mismo han sido remitidos al

Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Oficina Virtual para la Coordinación

Financiera con las Entidades Locales”.

La Comisión queda enterada, acordando dar cuenta del mismo al Ayuntamiento Pleno en la siguiente

sesión, de carácter ordinaria, que celebre. DADA CUENTA EL PLENO QUEDÓ ENTERADO

• MOCIONES DE LOS GRUPOS POLÍTICOS

16º/341.- MOCIÓN CONJUNTA QUE PRESENTAN AL PLENO LO S GRUPOS MUNICIPALES PARA INSTAR A LA TESORERÍA GENERAL DE L A SEGURIDAD SOCIAL A QUE ACEPTE, POR LOS MEDIOS O INSTRUMENTOS LEGALES

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OPORTUNOS, EL DESTINO DEL EDIFICIO SITO EN LA PLAZA DE LA REINA DOÑA JUANA Nº 1 DE SEGOVIA, MAYORITARIAMENTE AL USO RESI DENCIAL EN VIVIENDA COLECTIVA CON ALGÚN RÉGIMEN DE PROTECCIÓN.

Se presentó al Pleno la siguiente moción:

Los Grupos Políticos firmantes, en virtud de lo dispuesto en el artículo 91.4 y 97.3 del Reglamento de

Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real

Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, presenta para su inclusión en el orden del día del próximo

Pleno Corporativo, la siguiente MOCIÓN:

INSTAR A LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL A QUE ACEPTE, POR LOS

MEDIOS O INSTRUMENTOS LEGALES OPORTUNOS, EL DESTINO DEL EDIFICIO SITO EN LA

PLAZA DE LA REINA DOÑA JUANA Nº 1 DE SEGOVIA, MAYORITARIAMENTE AL USO

RESIDENCIAL EN VIVIENDA COLECTIVA CON ALGÚN RÉGIMEN DE PROTECCIÓN.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

A principios del mes de octubre de 2018, el Grupo Municipal de Izquierda Unida preguntó en la

Comisión de Urbanismo sobre la situación del edificio que, hasta septiembre de 2016, fue sede del

Instituto nacional de Seguridad Social (INSS). Se trasladó al Equipo de Gobierno la preocupación del

vecindario del casco histórico por los numerosos inmuebles que han quedado vacíos en la zona,

incluida dicha sede, ubicada en la Plaza de la Reina Doña Juana. Esta situación está impidiendo que

el recinto amurallado pueda revitalizarse y está causando un serio perjuicio a los comercios locales

(especialmente aquellos situados en calles del casco histórico normalmente poco transitadas).

Ante esta situación, urge que el Ayuntamiento inste a la Tesorería General de la Seguridad Social,

que es la titular del inmueble mencionado, para que tome medidas para que la antigua sede del

INSSS vuelva a tener un uso que beneficie a la ciudadanía y que dicho uso quede definido cuando se

apruebe definitivamente el Plan Especial de Áreas Históricas.

El Planeamiento general vigente (el denominado Documento de Adaptación del PG08 para el

Levantamiento de la suspensión parcial de la Orden FOM 2113/2007, de 27 de Diciembre, de

aprobación parcial del Plan General vigente, DALS en acrónimo), en el apartado E1.8 de su Memoria

Vinculante, establece: “En cuanto al Sistema General de Equipamientos Públicos, se han de

mencionar las siguientes variaciones:

El antiguo edificio del INSS (G-SC-UC1-10) se trasladará a una nueva sede en el Sector I, dejando

paso a la realización de una operación para la transformación del edificio en mercado municipal y

viviendas de protección pública, por lo que la parcela pasa a sistema local, con compatibilidad de

usos residenciales en plantas superiores”.

En el año 2008 la Tesorería General de la Seguridad Social y el Ayuntamiento suscribieron un

Convenio para la trasmisión al mismo Ayuntamiento del edificio sito en Plaza Reina Doña Juana nº 1

de Segovia, en el que figuraba una valoración para el inmueble de 1.845.655,64.-€.

En el año 2017, la Tesorería General de la Seguridad Social, para continuar con la tramitación del

expediente de enajenación del edificio, se dirige al Ayuntamiento señalando que, según la Ley de

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Patrimonio de las Administraciones Públicas, “las tasaciones tendrán un plazo de validez de un año,

por lo que, dado el tiempo transcurrido desde la firma del citado acuerdo, se ha procedido a realizar

una nueva valoración del inmueble que ha fijado un valor de 1.945.960 €”.

En esa situación, los Servicios Técnicos Municipales procedieron a realizar una valoración

actualizada del inmueble, estableciéndose un valor de 1.433.349,94 €, que no obtuvo la conformidad

del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, que a su vez remite una nueva valoración formulada por

la Oficina Técnica de la Subdirección General de Gestión de Patrimonio y Contratación, que establece

un valor actualizado del inmueble definitivo de 1.715.966,11 €. Sin embargo los Servicios Técnicos

municipales ratificaron su valoración inicial de 1.433.349,94 €.

En fecha 25 de mayo de 2018, el Pleno del Ayuntamiento de Segovia adoptó el acuerdo de

“Comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social, Subdirección General de Gestión del

Patrimonio y Contratación, que este Ayuntamiento no está interesado en la adquisición del inmueble

sito en la Plaza de la Reina Doña Juna nº1 de Segovia por el precio señalado, por no ajustarse dicho

edificio a los intereses técnicos y económicos de este Ayuntamiento”

Una vez remitido el acuerdo a la Tesorería General de la Seguridad Social, el Ministerio solicitó “que

se retrotrajeran las actuaciones al momento en que la TGSS pudiera formular las alegaciones que se

consideren oportunas contra la Orden FYM/73/2013, de 8 de enero, calificando la parcela como

urbana de uso dotacional a efectos de que la TGSS no se vea gravemente perjudicada en sus

intereses, sin perjuicio de que una vez que la calificación de la parcela vuelva a ser la de urbana de

uso dotacional y en base a lo dispuesto en el Art. 191.3 de la LPAP, esta TGSS pueda solicitar en un

futuro de ese Ayuntamiento que proceda a iniciar las actuaciones administrativas que con arreglo a la

legislación urbanística correspondan, al objeto de cambiar la calificación urbana de uso dotacional por

otra que permita la posibilidad de otros destinos y mayor aprovechamiento patrimonial del inmueble

como pueda ser su calificación compatible con el uso de actividad económica o terciario y

residencial”.

Atendiendo a esta solicitud, el Ayuntamiento de Segovia calificó el edificio como Equipamiento de

Servicios Comunitarios, perteneciente al Sistema General de Equipamientos, en el Documento de la

Modificación del PGOU/DALS que se tramita en paralelo al Plan Especial de las Áreas Históricas y

que fue ratificado por el Pleno municipal en fecha 8 de junio de 2018. Esta calificación fue trasladada

al Documento del Plan Especial de las Áreas Históricas, cuyo texto fue ratificado en el mismo Pleno

municipal.

En el nuevo trámite de información pública a que fueron sometidos ambos documentos, el Ministerio

de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social solicitó el cambio de uso del edificio, calificándolo como

“Uso Residencial Libre compatible con Uso Terciario (Comercial u Oficinas) en la Planta Baja Rasante

con las calles que rodean el edificio”, motivando esta solicitud en el fin social del importe obtenido

como consecuencia de la enajenación del edificio, que forma parte del Patrimonio Único de la

Seguridad Social.

Sin embargo, una adecuada atención al interés general, al que debe responder la actuación de todas

las Administraciones Públicas, se consigue mejor si un inmueble de estas características y situación

se destina a la creación de viviendas con algún régimen de protección, que era la idea prevista

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cuando las antiguas dependencias pasaran a manos del Ayuntamiento, lo cual no es incompatible con

el ulterior fin social destacado por el Ministerio derivado de la integración en el Patrimonio Único de la

Seguridad Social del importe que se obtenga de la enajenación del edificio.

La vivienda es un derecho fundamental que debe ser garantizado y protegido por las

Administraciones. El acceso a una vivienda digna es uno de los problemas más importantes de la

actualidad, especialmente para la gente joven, y requiere soluciones. La vivienda pública, como

servicio público, no puede venderse ni privatizarse, y la defensa de su función social constituye la

garantía para no excluir a grandes capas de la sociedad y para defender la dignidad de todas las

personas.

Por todo lo expuesto, los Grupos Políticos del Ayuntamiento de Segovia proponen para su aprobación

el siguiente ACUERDO

Instar a la Tesorería General de la Seguridad Social a que acepte, por los medios o instrumentos

legales oportunos, que el planeamiento urbanístico destine el edificio de la antigua sede del INSS,

sito en Plaza de la Reina Doña Juana nº 1 de Segovia, mayoritariamente al uso residencial en

vivienda colectiva con algún régimen de protección.

PORTAVOZ GRUPO PSOE Jesús García Zamora, VICEPORTAVOZ GRUPO POPULAR Azucena

Suárez del Pozo, PORTAVOZ GRUPO CIUDADANOS María José García Orejana, PORTAVOZ

GRUPO UPYD Cosme Aranguren Gallego y PORTAVOZ GRUPO IU Ángel Galindo Hebrero”.

Intervenciones .

Con el permiso de la Presidencia, tomó la palabra don Ángel Galindo Hebrero, para exponer y defender la moción presentada: “Realmente es un requerimiento que nos hicieron los técnicos para aclarar el acuerdo de la moción que presentamos para que el antiguo edificio de la Tesorería General de la Seguridad Social se creen viviendas con algún tipo de protección. Esa era la intención de la moción nuestra, lo que pasa que al final el acuerdo que estuvimos debatiendo aquí, no quedo del todo claro y nos han pedido los técnicos que lo modificásemos pero como fue aprobado por unanimidad, se ha traído esta moción a propuesta de todos los grupos con ese objetivo, ya que tenía la intención de crear allí vivienda y decían que de tipo libre, nosotros creemos que hay que intentar que sea el mayor porcentaje de vivienda protegida y, al final, lo que queremos es que también se le dé un uso a un edificio vacío que está en el casco histórico. Creemos que es uno de los problemas que tiene ahora mismo la ciudad en el recinto amurallado y nos parece importante que se dé un uso y, además, que si sirve para que se cree vivienda protegida, pues mucho mejor”.

Debate.- Promoviéndose debate tomaron la palabra don Juan Antonio Miranda Herrero, en representación del grupo municipal Popular (GMP) y doña Claudia de Santos Borreguero, Concejala Delegada de Patrimonio histórico y Turismo (ÁREA 5A) y Urbanismo (ÁREA 3.A).

En primer término tomó la palabra don Juan Antonio Miranda Herrero (GMP) manifestando: “Desde nuestro grupo creo que está clarísimo que siempre hemos querido que este edificio se dedicase al uso residencial, compatible con terciario, como son el resto de los edificios que dan a las calles en las que está este edificio. Lo dijimos en las mesas del PEAHIS, lo

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dijimos en alguna moción, también se dijo por nuestra portavoz en la aprobación del PEAHIS. Porque pensábamos y seguimos pensando que es el Ayuntamiento el que tiene la potestad de dar el uso que quiera a ese edificio. Bueno, ha habido un desencuentro con la Administración Central que ha hecho que este edificio ya esté en el cajón de los edificios vacíos. Y creo que vamos a olvidarnos de las posibles obras que todavía queden y con este apoyo conjunto de esta moción, pues por fin, en el PEAHIS aparezca el uso de uso residencia mayoritariamente y salga al mercado y se use de verdad. Porque Segovia es una ciudad muy visitada pero es menos vivida y hay que intentar que se viva un poquito más, por eso lo vamos a apoyar”.

Seguidamente tomó la palabra doña Claudia de Santos Borreguero (PSOE) exponiendo: “En principio yo creo que está suficientemente debatida y discutida esta moción y en nuestro caso apoyamos totalmente el texto que consensuamos”.

Votación .- Finalizado el debate, la Presidencia sometió a votación la propuesta en los términos contenidos en la moción, resultando 25 votos emitidos y todos a favor.

Acuerdo .- Con el voto a favor unánime de los asistentes, l os 25 miembros que de hecho y de derecho integran este Pleno, resultó APR OBADA LA MOCIÓN PRESENTADA.

17º/342.- MOCIÓN QUE PRESENTA AL PLENO EL GRUPO MUN ICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA PARA TOMAR MEDIDAS EN FAVOR DEL DEPORTE INCLU SIVO.

Se presentó al Pleno la siguiente moción:

“Ángel Galindo Hebrero, portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida en el Ayto. de Segovia, en

nombre y representación del mismo, y al amparo de lo establecido en la normativa aplicable, eleva al

Pleno de la Corporación la siguiente

Moción para tomar medidas en favor del deporte inclusivo.

Exposición de motivos:

Las personas con discapacidad tienen que afrontar a diario numerosas barreras tanto físicas como

sociales. El deporte no es una excepción. Es habitual que las familias de estas personas,

especialmente de los más pequeños, decidan no inscribirles en actividades de índole deportiva por

falta de información, falta de oferta, prejuicios o inseguridad.

El Deporte Inclusivo, en palabras de Javier Pérez Tejero (2013), se puede definir de la siguiente

manera: actividad física y deporte que permite la práctica conjunta de personas con y sin

discapacidad ajustándose a las posibilidades de los practicantes y manteniendo el objetivo de la

especialidad deportiva que se trate. Supone un ajuste o adaptación en las reglas y el material

utilizado con el fin de fomentar la participación activa y efectiva de todos los participantes.

Actualmente, hay clubs deportivos de Segovia que no ofrecen actividades deportivas inclusivas, algo

que llevan reclamando mucho tiempo las asociaciones que trabajan con personas con discapacidad.

Esto no se produce por falta de voluntad, sino por falta de medios económicos, materiales y

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espaciales (hay instalaciones que no están debidamente adaptadas) y también por la insuficiente

formación de los monitores. Por esta circunstancia, ha habido varios niños segovianos con

discapacidad que no han podido acceder a actividades deportivas.

Es importante resaltar que no es lo mismo deporte inclusivo que deporte adaptado, ya que esto último

se refiere a las modalidades deportivas que han sido modificadas y adaptadas para que puedan ser

realizadas por personas con discapacidad (aunque también hay deportistas sin discapacidad que

practican deportes adaptados como el baloncesto en silla de ruedas o el goalball).

La normalización y la sensibilización en lo referido a accesibilidad y discapacidad debe ser un objetivo

prioritario para las administraciones, en todos los ámbitos. En el caso del deporte, las actividades

inclusivas conllevan muchos beneficios para personas con y sin discapacidad. No solamente

incentivan la actividad física y hábitos saludables, sino que también suponen muchos beneficios

sociales, cognitivos, motores y emocionales. El objetivo principal es que los niños (y también adultos)

aprendan a jugar con otros niños con discapacidad, que esta circunstancia se normalice y que toda la

sociedad sea sensible con este tema.

Es evidente que impulsar distintas modalidades de deporte inclusivo necesita un desembolso

económico importante. Las escuelas adaptadas y los clubes deportivos ejercen un papel muy

importante, pero es necesario dar un paso más para cubrir necesidades más específicas y poder

abordar cada discapacidad de manera efectiva.

El Ayuntamiento de Segovia debe intensificar los contactos con las asociaciones y clubes de la

ciudad, para recoger sus necesidades específicas y establecer un plan de actuaciones, con el fin

definir una partida económica específica para impulsar el deporte inclusivo. Sería interesante

beneficiar a aquellos clubs que tengan personas con discapacidad inscritas en actividades deportivas

a la hora de designar subvenciones, ya sea mediante un sistema de puntos u otro que la concejalía

de Deportes considere oportuno.

Por lo expuesto, se proponen para su debate y aprobación, si procede, los siguientes ACUERDOS

1.- Que el Ayuntamiento fomente la formación de monitores de clubs deportivos en materia de

deporte inclusivo y adaptado

2.- Que el Ayuntamiento de Segovia destine una partida económica específica (independiente de las

subvenciones o los convenios con los clubs deportivos) a la que puedan acceder aquellos clubs que

incluyan actividades deportivas inclusivas, siempre que en estas participe alguna persona con

discapacidad.

En Segovia, a 20 de diciembre de 2018. Fdo: Ángel Galindo Hebrero. Portavoz del grupo municipal

de Izquierda Unida”.

Intervenciones .

Con el permiso de la Presidencia, tomó la palabra el Portavoz, don Ángel Galindo Hebrero, para exponer y defender la moción presentada: “Si me permiten quería empezar dando la bienvenida a representantes de diferentes asociaciones, que luchan día a día para mejorar la accesibilidad de la ciudad y también para mejorar, por supuesto, la vida de personas con

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discapacidad y con las que hemos trabajado y hemos hablado sobre este problema, esta necesidad que tiene Segovia del deporte inclusivo y darles la bienvenida. Las personas con discapacidad, como todos sabemos, tienen que afrontar a diario numerosas barreras tanto físicas como sociales y esto también pasa en el deporte, no es ninguna excepción. Hay una definición de deporte inclusivo, que habla de que es el que permite la práctica conjunta de personas con y sin discapacidad ajustándose a las posibilidades de los practicantes y manteniendo el objetivo de la especialidad deportiva que se trate. Supone un ajuste o adaptación de las reglas y el material utilizado con el fin de fomentar la participación activa y efectiva de todos los participantes. Actualmente los clubs deportivos de Segovia no están ofreciendo estas actividades deportivas inclusivas y creemos que hay que abordar este tema porque es algo que vienen reclamando las asociaciones que trabajan con personas con discapacidad. Nos parece que es un tema que hay que abordar y nos parece importante. Además, el deporte inclusivo que no es lo mismo que el deporte adaptado, por nuestra parte lo hemos aprendido en la elaboración de esta moción, además permite que los niños o las personas que realizan este deporte pueden elegir el deporte que quieren realizar y no es como el deporte adaptado, que se le dice el deporte que tendría ya que realizar. En este caso sería una integración de personas con y sin discapacidad, como he dicho antes. Creemos que es importante profundizar en esta cuestión. Sí que queríamos, se me ha olvidado decirlo también, que nos han transmitidos los demás grupos también el apoyo a esta moción y, de hecho, se intentó hacerla institucional, pero ya se había convocado el Pleno. Y por unas cuestiones más administrativas que de voluntad política se ha dejado la moción como estaba, presentada por Izquierda Unida, pero que contábamos con el apoyo de los demás grupos y, aunque sea simbólicamente, es una moción institucional. Los acuerdos que pedimos en esta moción son: que el Ayuntamiento fomente la formación de monitores de clubs deportivos en materia de deporte inclusivo y adaptado y también que el Ayuntamiento de Segovia destine una partida económica específica (independiente de las subvenciones o los convenios con los clubs que ya existen) a la que puedan acceder aquellos clubs que incluyan actividades deportivas inclusivas, siempre que en ésta participe alguna persona con discapacidad”.

Debate.- Promoviéndose debate tomaron la palabra doña Esther Bermejo Bravo, en representación del grupo municipal UPYD – Centrados en Segovia; doña Miriam Sanz de Andrés, en representación del grupo municipal Ciudadanos – Partido de la Ciudadanía (Cs), doña Rosa Redondo Llorente en representación del grupo municipal Popular (GMP) y doña María Ángeles Rueda Cayón, Concejala Delegada de Deportes que propone que se añada un punto tercero a la moción, consumiendo los intervinientes un segundo turno. Cierra el debate el ponente.

En primer término tomó la palabra doña Esther Bermejo Bravo (UPYD) manifestando: “Lo primero dar la bienvenida a las compañeras que han venido hoy al Pleno y agradeceros la labor qué hacéis. Nosotros, evidentemente, vamos a apoyar la moción. Y, lo que sí, al leer la moción cuando estuvimos viéndola, nos hemos dado cuenta que desde el IMD se podrían impartir cursos para monitores sobre este campo. Y, otra cosa que pone en la moción y luego no ha venido en los acuerdos, es adaptar las instalaciones, que eso nos parece importante. Porque incluso los pabellones deportivos que tenemos, además de las salas y

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lugares de entrenamientos, los pabellones deportivos muchos no están adaptados. Hay una barrera física para que puedan acceder. Entonces, creemos que hay que ir mirando todo, todas esas partes y hay que darles estudio. Por lo tanto, nosotros vamos a apoyar la moción”.

Seguidamente tomó la palabra doña Miriam Sanz de Andrés (Cs) exponiendo: “Evidentemente, nosotros vamos a apoyar también la moción. Siempre hemos estado trabajando por la inclusión y creemos que se tiene que hacer tanto jornadas de formación para monitores, subvenciones y también la adaptación de las instalaciones para personas con distintas capacidades”.

A continuación tomó la palabra doña Rosa Redondo Llorente (GMP) manifestando: “Lo que tiene intervenir la última, es que se ha dicho todo y, es verdad, que en la moción deja muy claro una cosa, y es que una sociedad inclusiva debe de ser una sociedad que genere contextos, en este caso, a través del deporte en el que todos tengamos cabida independientemente de la capacidad de cada uno. Nuestro grupo, por supuesto, va a apoyar la moción, pero sí que nos gustaría también que incluyera el punto que ha dicho la compañera de UPyD, de esforzarnos por mejorar la accesibilidad de todas las instalaciones deportivas, como un complemento a los dos puntos que usted ya ha reflejado”.

Después tomó la palabra doña María Ángeles Rueda Cayón (PSOE) exponiendo: “Agradecer la presencia de las representantes de las instituciones y de las asociaciones por la discapacidad. En la anterior legislatura esta Concejalía impulsó la creación de la Escuela de Deporte Adaptado de la que nos sentimos muy orgullosos y donde recordemos, se han involucrados todos los clubes deportivos de la ciudad que reciben una subvención mediante convenio. En muchos de estos deportes la práctica de deporte inclusivo está muy normalizada porque el objetivo es recreativo y de búsqueda de valores educativos. En otros, la interacción con la Escuela de Deporte Adaptado es más esporádica y se materializa en sesiones concretas reservadas a la convivencia y a la interacción con las personas participantes. Pero en todos los convenios de subvención se incluye una estipulación en la que se colabora con la Escuela de Deporte Adaptado a través del Instituto Municipal de Deportes dentro del proyecto de integración. Otro programa que se lleva a cabo desde esta Concejalía es el de monitorización y dinamización del deporte escolar, siendo un modelo de trabajo que pretende no dejar a ningún niño ni adolescente fuera de la práctica deportiva. Este proyecto pretende que todos los niños practiquen deporte en las máximas condiciones de igualdad, capacidad, sin ningún tipo de exclusión social o de género. Es una actividad totalmente gratuita y que podemos considerar deporte plenamente inclusivo. En el área de deportes, y lo saben bien los miembros de la Junta Rectora del IMD, hemos tratado de coger y facilitar las propuestas que las asociaciones nos han presentado y tenemos la voluntad de seguir haciéndolo. Así han ido surgiendo cursos, jornadas y otras actividades que han permitido dar a conocer las dificultades que afrontan estas personas en su vida diaria. A la vez que hemos tomado conciencia de la repercusión socializadora e integradora del deporte en todos sus ámbitos. Algunos de los cursos que se han llevado a cabo han sido magníficos y de alto valor. A modo de ejemplo: la formación de técnicos y monitores en un medio tan terapéutico como es el acuático, donde se ha dado atención a discapacitados cognitivos,

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sensoriales y motores. Además en Segovia contamos con estudios de técnico superior de actividades físicas y deportivas, que entre sus módulos de formación está el de atención a la discapacidad, que incluye contenidos teóricos y prácticos para facilitar el acceso de las personas con discapacidad a los recursos para la actividad física y el deporte. Por lo tanto, además de medios técnicos y económicos en la ciudad se está formando continuamente a profesionales competentes porque tenemos la obligación de hacer los máximos esfuerzos para mejorar la atención de estas personas. No obstante, somos conscientes de que hay familias que están buscando terapias de especialización temprana y atención sobre todo en las primeras edades y que lo hacen fuera de nuestra ciudad. Por eso llevamos trabajando meses para complementar el trabajo iniciado con la incorporación de la Escuela de Deporte Inclusivo que consiste en adaptar los juegos y los deportes habituales a sus posibilidades personales y a partir de una mayor accesibilidad. En este sentido, estamos consultando propuestas similares que ya están funcionando en otras ciudades de España para conocer su organización y crear una estructura que sea sólida y duradera. También hemos realizado una consulta a las diferentes asociaciones segovianas de discapacidad para conocer las necesidades reales de este colectivo, las edades a quien va dirigido, el grado y el tipo de discapacidad y según los datos que hemos ido obteniendo son cerca de 100 personas las que potencialmente pueden formar parte de este proyecto, de tal manera que las tareas y la actividad física se puedan adaptar a todas las necesidades. En el próximo mes de febrero tenemos programada una jornada de deporte inclusivo como inicio de la actividad y toma de contacto con el nivel de implicación y seguimiento de las personas que acudan. Anteriormente ya hemos organizado jornadas paralímpicas y en la última jornada de promoción del deporte se incorporó el bádminton inclusivo y otros deportes específicos para discapacidad como la boccia. Lo que es indiscutible es que el Ayuntamiento de Segovia desde sus diferentes áreas mantiene contacto con estas asociaciones y en el caso concreto del área de deportes, además lo hace con los diferentes clubes deportivos. Porque es necesaria la implicación de todos para que se produzca una mejora significativa. En nuestra Concejalía estamos muy concienciados e implicados con la formación de monitores y técnicos, pues entendemos que es el factor humano el que puede provocar ese salto de calidad en la atención a la discapacidad en los próximos años. La formación aquí es un elemento clave. Muchas veces es la práctica con estos colectivos lo que les hace soltarse y vivenciar el aprendizaje de una manera directa. Y en este sentido puedo asegurar, porque he sido profesora de esta materia, que muchos monitores, muchos alumnos en formación, se preocupan de participar con la diversidad de niños, jóvenes y adultos que tienen necesidades especiales. Para finalizar, quiero destacar lo importante que es el hecho de que todos los grupos políticos que formamos este Ayuntamiento estemos plenamente de acuerdo en apoyar y aprobar esta moción. Por eso, la consideramos como una moción conjunta igual que lo ha sido la anterior”.

Instando un segundo turno, tomó nuevamente la palabra don Ángel Galindo Hebrero (IU) manifestando: “Se me había olvidado comentar lo de la falta de accesibilidad en algunos pabellones y, evidentemente, lo dábamos por hecho, en el sentido de si se iba a profundizar en el tema del deporte inclusivo, pues hay que adaptar las instalaciones. No sé, aquí como lo tomamos como una moción institucional, aunque haya sido de esta forma, si estamos todos de acuerdo bien. Vamos, no quiero ahora generar un debate, pero si estamos todos

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de acuerdo en incluir ese punto, nos parece bien. Que se insista en la accesibilidad de los pabellones, pero como queráis. Es decir, que si ahora decís todos que os parece bien, pues lo incluimos y si no, lo dejamos para otra propuesta. Nuestra intención con esta moción es eso, lo que hemos comentado: fomentar el deporte inclusivo. Ha habido casos en los que ha habido niños que han intentado apuntarse a algún club y no han podido apuntarse, por falta de medios muchas veces, por falta de formación también, no por falta de voluntad de los propios clubs. Creemos que estas cuestiones son muy puntuales pero pueden facilitar esa integración y esa actividad de niños con discapacidad con otros que no la tienen. Yo creo que es algo importante y por eso hemos presentado esta moción. Sin más, si queréis ahora comentar lo del último punto y si queréis lo añadimos y, si no, lo dejamos para otra moción o para otra propuesta, como queráis”.

Después tomó la palabra doña Esther Bermejo Bravo (UPYD) exponiendo: “Nosotros simplemente se lo he querido comentar porque estaba en la moción, en la exposición de motivos, y luego me ha extrañado que no lo pusiera en los acuerdos. No es una crítica. Nosotros creemos que desde la Junta Rectora del IMD se tiene suficiente consciencia de todo esto y además se están poniendo los medios por nuestra parte. A la Sra. Rueda simplemente quería decirle, que nos ha vendido usted el deporte inclusivo en Segovia como si fuera idílico y yo creo que no. Porque aquí alguien ha traído esta moción porque existe un problema real. Entonces, nos ha vendido usted como si fuera todo idílico. No, hay un problema y estamos todos para solucionarlo. Y, bueno esta moción como si fuera conjunta pero hay un problema”.

A continuación tomó la palabra doña Miriam Sanz de Andrés (Cs) manifestando: “Simplemente, que lo que ha dicho el Sr. Galindo, lo de la adaptación de las instalaciones, estamos de acuerdo que hay que adaptarlas”.

Inmediatamente después tomó la palabra doña Rosa Redondo Llorente (GMP) exponiendo: “Nosotros sí que somos partidarios de que quede reflejado en la moción el tema de las instalaciones. Porque lo que queda escrito, queda escrito y las palabras se las lleva el viento”.

A continuación tomó la palabra doña María Ángeles Rueda Cayón (PSOE) manifestando: “Contestando a la Sra. Bermejo, yo no he vendido el tema como si fuera idílico, para nada. De hecho he dicho que somos conscientes de que falta está inclusión sobre todo en tema de menores, en gente que tiene que hacer terapias fuera. Por eso, llevamos meses trabajando en un deporte inclusivo que acoja a todas estas necesidades reales y por eso estamos haciendo una valoración de lo que se necesita y nuestra intención verdadera es la de mejorar y perfeccionar todo este ámbito de la discapacidad. No es otra y yo creo que las asociaciones con las que me he entrevistado lo saben. En cuanto al tema de las infraestructuras, las actuaciones no se han dejado de hacer nunca. Lo que sí que tenemos que ser conscientes es que en Segovia las instalaciones deportivas son antiguas, es decir, que vamos haciendo en la medida que las posibilidades económicas nos van permitiendo vamos haciendo bastantes arreglos, obras y yo creo que ustedes, que están en la Junta del IMD, son conscientes de ello. Y como podemos completar la propuesta que va a partir de Izquierda Unida y que yo puedo leer: “hacer accesibles las instalaciones deportivas a través

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de un proyecto que vaya año tras año. Que empezaría con un informe inicial de las necesidades y que se iría completando en función de nuestras posibilidades”. Eso es lo que yo añadiría en ese tercer punto, si les parece correcto. De hecho ya me he entrevistado con la persona que dirige la coordinadora de asociaciones de discapacidad y hemos pensado en ir físicamente con ellos para ver las necesidades reales, instalación por instalación. Es decir, que se está trabajando y se lleva trabajando tiempo. No se ha dejado de trabajar nunca, lo que pasa que también nuestras limitaciones son las que son, no solamente para las personas que tienen necesidades sino para todos. Es decir, hemos acometido una obra en el Pedro Delgado, todo el mundo lo sabe, pero es que se ha reducido a lo que es el pavimento, no hemos podido atacar nada más. A partir de ahí, los vestuarios, los servicios están antiguos para todos. Intentaremos ir mejorando en la medida de nuestras posibilidades y nos comprometemos desde aquí a ello”.

Finalmente tomó la palabra don Ángel Galindo Hebrero (IU) para cerrar, exponiendo: “Si todos los grupos me asienten, lo incorporamos como ha dicho la Sra. Rueda y ya está. Y, sin más que agradecer de nuevo la presencia de los colectivos que trabajan día a día en este sentido y esperamos que podamos avanzar en el deporte inclusivo”.

Votación .- Finalizado el debate, la Presidencia sometió a votación la moción, con la modificación propuesta durante el debate, y aceptada por ponente, resultando 25 votos emitidos y todos a favor.

Acuerdo .- Con el voto a favor unánime de los asistentes, l os 25 miembros que de hecho y de derecho integran este Pleno, fue aprobad a la moción en los términos resultantes del debate, acordando la Excma. Corpora ción municipal:

1.- Que el Ayuntamiento fomente la formación de mon itores de clubs deportivos en materia de deporte inclusivo y adaptado.

2.- Que el Ayuntamiento de Segovia destine una part ida económica específica (independiente de las subvenciones o los convenios con los clubs deportivos) a la que puedan acceder aquellos clubs que incluyan acti vidades deportivas inclusivas, siempre que en estas participe alguna persona con d iscapacidad.

3.- Hacer accesibles las instalaciones deportivas, en la medida de lo posible, que empezaría con un informe inicial de necesidades y s e iría completando año tras año.

18º/343.- MOCIÓN QUE PRESENTA AL PLENO EL GRUPO MUN ICIPAL UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA (UPYD) – CENTRADOS EN SEGOVIA RELATIVA A INSTAR A LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN A CONCLUIR LA DECLARACIÓN DEL BIC A LOS BIENES DE LA CIUDAD CON EXPEDIENTES INCOADOS AN TES DE 1985 Y TODAVÍA PENDIENTES.

Se presentó al Pleno la siguiente moción:

“D. Cosme Aranguren Gallego, portavoz del Grupo Municipal UPYD – Centrados en Segovia en el

Ayuntamiento de Segovia, al amparo de lo establecido en la Ley 7/1985 de 2 de Abril, Reguladora de

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las Bases de Régimen Local y el artículo 97.3 del Real Decreto 2568/1986 de 29 de noviembre por el

que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las

Entidades Locales, presenta en el Pleno Ordinario del 30 de noviembre de 2018 la siguiente moción

para su debate y votación.

Exposición de Motivos

Para nuestro grupo político el Patrimonio Histórico Cultural, tanto Material como Inmaterial, es uno de

los principales legados que nuestros antepasados nos han dejado y preservarlo debe ser obligado

para quienes desempeñamos responsabilidades políticas.

A este respecto, existen para las administraciones públicas ciertas herramientas que facilitan y

persiguen esa preservación de nuestro patrimonio de especial valor. De entre dichas herramientas

nos referimos, en esta ocasión, a la Declaración como Bien de Interés Cultural.

Presentar esta moción se debe a que desde nuestra formación hemos asistido con preocupación a la

aparición en medios de comunicación, en las últimas semanas, de noticias relativas a una sentencia

judicial que estimaba la caducidad, previa denuncia de un particular, del expediente de Declaración

como BIC de un inmueble, expediente incoado al amparo de la Ley de 13 de Mayo de 1933 sobre

Defensa, Conservación y Acrecentamiento del Patrimonio Histórico-Artístico, pero no finalizado.

Hace unas semanas, en “El Día de Segovia”, aparecía un artículo donde se informaba de expedientes

en la misma situación que el judicializado caso de la Plaza de Santa Eulalia que afectan a bienes

ubicados por toda la ciudad.

Entre los bienes cuyo expediente de Declaración como BIC se incoo antes de 1985 nos encontramos

con la Casa del Sello de Paños, la Casa de la Tierra, el Palacio de los Ayala Berganza, el Instituto

Mariano Quintanilla, el Molino de los Señores sobre el Eresma, el Teatro Juan Bravo, el Palacio del

Marquesado de Lozoya, la Casa de las Cadenas y la Antigua Estación Ferroviaria.

Entendiendo el incalculable valor de todos los bienes que estamos tratando, desde nuestra formación

nos gustaría poner el foco en la importancia de que la Antigua Estación de Tren obtenga la

Declaración como BIC a la mayor brevedad, por su avanzado deterioro y por su, cada vez, más

reducido uso.

Este edificio es uno de los principales exponentes de la revolución industrial en nuestra ciudad. La

ingeniería de las vías y maquinaria que posee es casi única en España. Se inauguró en 1888 a

imagen de la estación de Granollers. Ha sido ampliada en dos ocasiones, en 1911 y 1913. Nos

encontramos en su interior con dependencias de un importante valor histórico como la Sala de

Espera que el Rey Alfonso XIII mandó construir para sus esperas en las visitas que giraba al Palacio

de la Granja.

La situación actual de este inmueble nos preocupa mucho. Renfe mantiene el edifico con un uso muy

reducido. Un ejemplo clarificador de esta situación es que la cantina y la sala de equipajes se

cerraron hace más de 25 años. Al tener un reducido tráfico de pasajeros ADIF no ha mantenido el

edificio en su totalidad y nos tememos que si el tráfico ferroviario viene a menos (todavía) el

abandono pueda causar la ruina total del Bien.

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El procedimiento de Declaración como Bien de Interés Cultural de la Antigua Estación de Tren, así

como del resto de Bienes a los que referimos, se inició bajo la vigencia de la Ley de 13 de mayo de

1933 que no establecía plazo en que el expediente debía resolverse y, por tanto, no anudaba efecto

alguno a su duración.

La Ley 16/1985, de 29 de junio, del Patrimonio Histórico Español, derogó la ley de 1933 e incluyó una

Disposición Transitoria Sexta, en cuyo apartado primero se señaló expresamente que "la tramitación

y efectos de los expedientes sobre declaración de bienes inmuebles de valor histórico-artístico

incoados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley se regirán por la normativa en virtud de la

cual han sido iniciados, pero su resolución se efectuará en todo caso mediante Real Decreto, y con

arreglo a las categorías previstas en el artículo 14.2 de la presente Ley ".

Partiendo de estos datos, resulta de aplicación al caso la doctrina reiterada del Tribunal Supremo,

desde la sentencia de 10 de febrero de 1999 (recurso núm. 5355/1991), según la cual cuando la

Disposición Transitoria Sexta de la Ley 16/1985 señala que los expedientes iniciados con anterioridad

a su entrada en vigor se regirán por la normativa anterior pero efectuándose su resolución mediante

Real Decreto y con arreglo a las categorías del artículo 14.2, tal remisión "nos lleva necesariamente a

la conclusión de que (...) el expediente deberá ser resuelto en el plazo máximo de veinte meses a

partir de la fecha en que hubiera sido incoado, lo cual deberá ser interpretado en el caso presente

como el plazo máximo de veinte meses a partir de la entrada en vigor de la Ley 16/1985, dado que la

propia Ley de Patrimonio ha limitado el período de tiempo de tramitación de tales expedientes,

añadiendo que la caducidad se producirá transcurrido dicho plazo si se ha denunciado la mora"

Es obligación de este Ayuntamiento, exigir al órgano competente, en este caso la Junta de Castilla y

León la finalización con la Declaración como BIC, a la mayor brevedad, de todos expedientes,

referidos en esta exposición de motivos, incoados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley de

1985, con objeto de evitar poner en peligro la protección, la conservación y el mantenimiento en las

mejores condiciones posibles de dichos bienes.

Por lo cual, proponemos al Pleno el siguiente ACUERDO:

1.- Instar a la Junta de Castilla y León a finalizar, con carácter urgente, los expedientes de

Declaración como BIC de todos aquellos Bienes situados en nuestra ciudad e incoados al amparo de

la Ley de 13 de mayo de 1933.

En Segovia, a 19 de diciembre de 2018. Portavoz del grupo municipal de UPYD – Centrados en

Segovia. D. Cosme Aranguren Gallego”.

Intervenciones . Con el permiso de la Presidencia, tomó la palabra el Portavoz del grupo proponente para exponer y defender la moción presentada: “Como hacemos mención en la exposición de motivos, traemos está moción a raíz de las informaciones que nos han llegado igual que al resto de compañeros, referente a las últimas sentencias sobre la Plaza de Santa Eulalia, y concretamente, del edificio de la Casa de los Buitrago. Realmente esta moción está presentada antes del último auto que ha decidido archivar el asunto penal de la Casa de los Buitrago y por el que todavía ayer parece ser que el abogado de la propiedad ya amenazó con iniciar acciones contra el Ayuntamiento y contra la propia Alcaldesa. Bueno, veremos en

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qué queda todo este asunto penal que nosotros ya avisamos en su día, que nos estábamos excediendo y era un error. Vamos a ver cuánto nos cuesta este error. Centrándonos en la moción, lo que está claro es que el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo ha declarado caducada por el paso de los tiempos, recordamos cerca de 40 años de tramitación de la declaración de Bien de Interés Cultural de la Plaza de Santa Eulalia y su iglesia. Y, entonces, nos hemos preocupado por ver qué más declaraciones de Bienes de Interés Cultural quedan pendientes en la ciudad de Segovia, que es realmente lo que nos atañe. Nuestro grupo en la Diputación ha presentado una moción muy parecida con respecto al resto de bienes que hay en la provincia, pero nosotros nos queremos centrar en los que hay en la capital. Creemos que esta medida de declaración de Bien de Interés Cultural que lleva acarreado, como todos sabemos, un nivel de protección urbanístico que, por otro lado, también lleva aparejado un descenso en la recaudación por el IBI, porque al estar declarados bien de interés cultural están exentos del pago del IBI. Nos encontramos que hay varios elementos patrimoniales que están en trámite su declaración desde el año 76 o años anteriores, a los que se les aplica la Ley de mayo del año 33 de Defensa, Conservación y Acrecentamiento del Patrimonio Histórico-Artístico, ley que no preveía un tiempo de finalización de los expedientes y que es lo que ha mantenido abierto durante tanto tiempo estos expedientes en su traspaso como competencias a las Comunidades Autónomas, que han hecho bastante poco por terminar y finalizar estos expedientes con la declaración expresa de Bien de Interés Cultural en muchísimos casos. Bien, como ejemplo tenemos en Segovia: la Casa del Sello de Paños, la Casa de la Tierra, el Palacio de Ayala Berganza, el Instituto Mariano Quintanilla, el Molino de los Señores en el río Eresma, el Teatro Juan Bravo, el Palacio del Marquesado de Lozoya, la Casa de las Cadenas y un asunto que nos tiene muy preocupados que es la antigua Estación Ferroviaria del paseo Obispo Quesada o Carretera de Villacastín. Bien, centrándonos en este último punto, todos son importantes, pero centrándonos en este último porque creemos que al ser un bien de titularidad pública deberíamos poner el foco en él, los demás son más o menos casi todos, o están por ahora bien conservados o son de propiedad privada, pero la Antigua Estación Ferroviaria del barrio de Santa Teresa-Puente de Hierro, la verdad que es un pequeño desastre. Ahí hay una sala por ejemplo de espera que hizo construir Alfonso XIII y ahora la tienen como almacén. Está a punto de derruirse el tejado, la conservación es penosa y el destino que se le va a dar todavía no sabemos cuál es. Tiene el expediente incoado pero no tiene la declaración expresa. Con lo cual, finalmente nos lleva a solicitar que este Ayuntamiento inste a la Junta de Castilla y León que todos los bienes que tienen abierto estos expedientes de declaración como Bien de Interés Cultural y que están ubicados en nuestra capital e incoados al amparo de la Ley de 13 de mayo de 1933, que antes he mencionado, o bien se finalicen con la declaración expresa, o bien se caduquen y se vuelvan a iniciar. Esa opción ya la tienen que evaluar los técnicos de la Junta de Castilla y León. Pero vamos, modificando un poco el sentido de nuestro acuerdo sería ese: a finalizar o a caducar y reiniciar”.

Debate.- Promoviéndose debate tomaron la palabra don Ángel Galindo Hebrero, Portavoz del grupo municipal de Izquierda unida (IU); don José Luis Huertas San Frutos en representación del grupo municipal Popular (GMP) y doña Claudia de Santos Borreguero, concejala delegada de Patrimonio histórico y Turismo (ÁREA 5A) y Urbanismo (ÁREA 3.A) en representación del grupo municipal Socialista (PSOE) que propone una ampliación de la

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propuesta, consumiendo los Sres. Aranguren Gallego y Huertas San Frutos y la Sra. de Santos Borreguero un segundo turno. Cierra el debate el ponente.

En primer término tomó la palabra don Ángel Galindo Hebrero (IU) manifestando: “La verdad que nos parece un poco increíble que haya algunos expedientes que lleven a la espera tanto tiempo y nos parece importante que se aclare si al final son Bienes de Interés Cultural, ya no solo por la denominación sino porque como han dicho ustedes, al final eso tiene una figura de protección del inmueble, también un figura de protección del entorno y nos parece importante que esas figuras de protección existan y luego nos podamos agarrar cuando hay algún daño al patrimonio. Entonces, nos parece importante y vamos a votar a favor”.

Seguidamente tomó la palabra don José Luis Huertas San Frutos (GMP) exponiendo: “Si bien es cierto que en la actualidad hay expedientes de declaración de BIC sin finalizar desde hace bastante tiempo sí que me gustaría recordar que la resolución por la que se inicia el procedimiento de declaración de BIC otorga al inmueble desde ese mismo momento el régimen de protección especial para los Bienes de Interés Cultural. Aunque lo deseable es que estuvieran todos resueltos, es cierto que tienen a todos los efectos jurídicos de protección la consideración de BIC y tienen el mismo régimen, tanto para protección como para ayudas. Según el artículo 10.3 de la Ley 12/2012 de 11 de julio de Patrimonio Cultural de Castilla y León dice: “La iniciación de procedimiento para la declaración de un Bien de Interés Cultural determinará, respecto al bien afectado, la aplicación inmediata y provisional del régimen de protección previsto en la presente ley para los bienes ya declarados”. Por lo tanto no existe una dejación para establecer un régimen de protección. Y le voy a poner un ejemplo, con relación a la plaza de Santa Eulalia, como usted ha apuntado, la Junta ha iniciado inmediatamente otro expediente publicado el 26 de diciembre de 2018 en el BOCyL. Hay muchas iniciaciones que no están fundamentadas técnicamente y estos expedientes requieren una ardua información técnica. También le quiero recordar que los derechos de conservación y protección de los inmuebles BIC los tiene el propietario. No puede aducirse un abandono de la Estación de RENFE y culpar por ello la falta de resolución de Bien de Interés Cultural. Es el Estado como propietario y gestor de este bien quien debe efectuar esas labores de conservación y restauración y el Ayuntamiento, en su caso, requerírselas subsidiariamente. Y además el Ayuntamiento también está obligado, como todos los ayuntamientos que tienen monumentos históricos, a elaborar un Plan Especial de Protección y esto ya viene recogido en la Ley de 1985. Por lo tanto, creemos que es más importante urbanísticamente que se complete la protección del bien a que la Junta resuelva un expediente de BIC. Esto nos lleva a pensar que si el PEAHIS estuviera aprobado, estaríamos hablando de otros temas. Por lo tanto, parece claro respecto de aquellos bienes inmuebles que no son propiedad del Ayuntamiento, ni ha instado incoación de expediente alguno, como son los del listado citado en su exposición de motivos. No ha de efectuarse intromisión jurídica alguna por parte de esta Corporación puesto que exclusivamente compete a sus propietarios o solicitantes de la incoación de los expedientes, ya bien sean los Ayuntamientos, la Iglesia Católica, propiedad privada, el instar a la Junta de Castilla y León para que se activen aquellos, ya que este Ayuntamiento carece de título jurídico como interesado legítimamente para ello. Por otro parte, es a quien inició en su día el expediente o es propietario del bien a quien corresponde decidir si instar o no a la Junta de Castilla y

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León para que se declare como BIC los inmuebles, elementos arquitectónicos o de otra entidad, puesto que son actualmente responsables, los que competencialmente tienen capacidad sobre si proseguir o no con ese expediente”.

A continuación tomó la palabra doña Claudia de Santos Borreguero (PSOE) manifestando: “Dos cosas: una, desacuerdo profundo y total con las palabras del Sr. Huertas, pero no entramos en mociones solo podríamos discutir en otro momento. Y acuerdo total en este caso con la propuesta de Centrados. Eso quiero decir, lógicamente, que vamos a apoyarla, pero es que además voy a proponerles una ampliación en base a lo que ahora les cuento. Efectivamente, en Segovia tenemos 39 Bienes Inmuebles de Interés Cultural, esa es su denominación: 39 Bienes inmuebles de Interés Cultural, yo diría de interés identitario pero eso forma parte de la discusión pendiente con usted para otro día. De estos 39 falta actualizar y adaptar a la Ley de Patrimonio de Castilla y León de 2002, 18. Es decir, de estos 39, 18 no están adaptados a la Ley de Patrimonio de Castilla y León. El Acueducto, que tiene protección desde 1884, Torre de San Esteban, Monasterio El Parral, la Veracruz no están adaptados. 10 Bienes que en tiempos de República, por la Ley de 3 de junio de 1931 y que no voy a leerles por no hacer esto más largo, aparte de los conjuntos parciales: la Alameda del Parral, la Casa del Hidalgo y el Torreón de Lozoya. Otro grupo son los incoados sin finalizar y, por tanto, en riesgo de sobrepasar los plazos de la Ley de 1985 del Patrimonio Histórico Español. Estos incoados sin finalizar son 9: la Casa del Marqués de Lozoya (desde el 83), la Casa de la Tierra (desde el 79), la Casa de las Cadenas (desde el 82), la Casa del Sello (desde el 77), la Estación del Ferrocarril de 1982 que ni siquiera se ha publicado en el BOCyL, el Instituto Mariano Quintanilla (desde el 81), el Molino de los Señores (del 83), Ayala Berganza (del 79) y Teatro Juan Bravo (desde el 83). Repito, 9 bienes incoados desde estas fechas sin finalizar. Pero luego hay otro grupo que son los incoados antes de 1985 y finalizados ya, pero superando el plazo que marca la Ley del 1985. Estos no son 1 o 2, son 12: San Justo, Cristo del Mercado, la Casa Ayala Berganza, la Iglesia de la Trinidad, Palacio de Enrique IV, Monasterio de San Vicente, el Seminario, Santa Eulalia (como ha demostrado el reciente caso), la antigua Cárcel-biblioteca, las Oblatas, el Museo Provincial Casa del Sol y el Archivo Provincial. Así que nuestra propuesta lógicamente sería: Instar a la Junta de Castilla y León a finalizar y actualizar, con carácter urgente, los expedientes de declaración como BIC de todos aquellos bienes situados en nuestra ciudad e incoados al amparo de la Ley de 13 de mayo de 1933, así como actualizar los anteriores a esa fecha, es decir: Acueducto, Torre de San Esteban, Monasterio El Parral, Iglesia de la Veracruz, que fueron declarados directamente por Órdenes Reales o Consejo de Ministros, o aquellos que tienen una protección tan genérica como la Muralla, cuya protección es la que comparte con todos los Castillos y Fortalezas desde 1949. Entonces, nuestra propuesta es esa”.

Instando un segundo turno, tomó nuevamente la palabra don Cosme Aranguren Gallego exponiendo: “Muchas gracias a todos los grupos que van a apoyar la moción. Por supuesto que aceptamos la enmienda que nos propone la Concejala de Patrimonio Histórico sin ningún problema. Sí que me gustaría decirle, Sr. Huertas, un par de cosas. Mire, cuando la declaración de BIC recae sobre un inmueble puede ser que usted tenga razón que influye mucho la propiedad del inmueble. Pero no olvidemos que quien luego tiene que mantener

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ese nivel de protección es el plan, puede ser el Plan General o el Plan Especial, luego ahí hay una competencia municipal. Y entonces lo que nosotros estamos pidiendo es que se inste a la Junta a que estas declaraciones de BIC, o se terminen, o se caduquen y se reinicien, que es lo que ha ocurrido en Santa Eulalia. ¿Sabe por qué?. Porque Santa Eulalia no recae sobre un inmueble, recae sobre un ámbito y lo han declarado caducado. Y entonces lo que ha hecho la Junta es reiniciarlo. Yo entiendo que usted tiene que defender, me parece legítimo, a su partido y a la labor de su partido durante todos estos años en la Junta de Castilla y León. Pero lo que no me puede negar es que en esto se han dedicado a mirar a las batuecas. Es decir, han dejado por lo menos en la ciudad de Segovia y en la provincia, la protección de los Bienes de Interés Cultural, la han dejado para mañana y mañana para mañana. Como dice José Mota: ¿cuándo hablamos de esto?. Hoy no, mañana. Yo creo que hay que ser un poco sensato y un poco leal con su ciudad Sr. Huertas. Yo entiendo que tiene que defender a la Junta pero defienda también a su ciudad. Porque también le voy a decir una cosa, va a haber muchos de estos bienes que siguiendo la trayectoria o la jurisprudencia que va a asentar esa sentencia, va a haber que declararlos caducados, seguramente que de oficio y reiniciar los expedientes con todo lo que conlleva; porque como le ha dicho muy bien la Concejala, hay alguno que no está ni publicado en el boletín. Y, entonces, ese nivel de protección cuando se declara la caducidad, me puede usted explicar qué ocurre. Resumiendo aceptamos la enmienda perfectamente”.

A continuación tomó la palabra don José Luis Huertas San Frutos (GMP) manifestando: “Nosotros el patrimonio, como ha quedado claro en bastantes ocasiones, seremos los primeros en defenderle y sobre todo el patrimonio de la ciudad. Pero si tal y como se propone en la moción que ustedes presentan, de instar a la Junta de Castilla y León a que finalice los trámites de catalogación de los citados inmuebles, creemos que jurídicamente dicha petición habrá de entenderse como una denuncia de la mora, produciéndose los efectos no requeridos si transcurridos 20 meses de la denuncia la Junta de Castilla y León no ha resuelto se producirá la caducidad del expediente, permitiéndose los efectos de protección que conlleva la decisión de incoar este expediente de declaración de BIC y, esto viene en el artículo 9 de la Ley 16 de 1985 de 25 junio de Patrimonio Histórico Español. Pero les voy a decir más a todos ustedes. Ustedes, lo siento, no tienen representación en las Cortes de Castilla y León, pero lo pueden hacer como grupo y como ciudadanos y ustedes como grupo socialista. En estos momentos el anteproyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León que está presentado en agosto de 2018 y se encuentra a falta de informes sectoriales en periodo de alegaciones. Ahí es donde se habla de los bienes, como se incoan, de qué manera y cómo se van a desarrollar. Por lo tanto, la nueva Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, está en anteproyecto y es en este momento en el que hay que aportar todos los grupos que están en las Cortes de Castilla y León y lo que no, como es su caso, hacer aportaciones a esas alegaciones. Nuestro voto va a ser la abstención”.

Después tomó la palabra doña Claudia de Santos Borreguero (PSOE) exponiendo: “Simplemente, hay un hecho meridianamente objetivo y es que el responsable de otorgar ese grado de protección es la Junta, eso es absolutamente incuestionable. Desde el primer momento está empezado pero no acabado, como ha dicho muy bien Cosme Aranguren, ojalá no tengamos muchas más sentencias o más casos como lo que ha ocurrido en Santa

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Eulalia. Pero en fin, me reafirmo en todo lo anterior que he dicho en el estado y el riesgo evidente y actual de indefensión de todos los Bienes de Interés Cultural de esta ciudad. Y sí que quiero aprovechar y felicitarnos porque una proposición no de ley del grupo socialista, ha conseguido estos días, que se inicie, se incoe el expediente de declaración de Bien Cultural de la Cacera de San Lorenzo. Y eso yo creo que es un bien para todos, sí, pero la petición lleva tiempo. Por eso, ha habido que hacer una pregunta parlamentaria. Luego las cosas no son como usted las cuenta y hay razones objetivas. Es muy sencillo, estamos demandando a la Junta, además con la mayor naturalidad, de administración pública a administración pública, a que cumpla y actualice su cometido de protección de nuestro patrimonio monumental-histórico que está en sus manos. Así de sencillo, nada más”.

Finalmente tomó la palabra don Cosme Aranguren Gallego (UPYD) para cerrar, indicando al Sr. Huertas: “si nosotros hubiéramos querido que se iniciara la mora de los plazos lo habríamos hecho en el Registro de la Junta de Castilla y León, no instaríamos en un acuerdo político a que la Junta finalice los procedimientos, lo habríamos hecho mediante el Registro. Y entonces sí que habrían caducado casi todos los expedientes. Le quiero decir, el que nosotros instemos políticamente no inicia la mora en ningún caso y usted se está refiriendo a la Ley del 86, que le voy a informar, está derogada. La vigente ahora mismo es la 12/2002 de Castilla y León, la 86 derogada. Se lo digo para que cuando me tenga que contra argumentar alguna vez más, que se lo aprenda Sr. Huertas. Pero es que es así, no me venga usted con la Ley del 86, que no vale, hablemos de la de la Junta de Castilla y León. No se puede tener 40 años expedientes abiertos y sin cerrar, le ha enumerado las fechas del año 76, son 42 años ya para 43, no 40, 40 es la media. Me dirá usted que han trabajado mucho por el patrimonio, pero estas cosas hay que cerrarlas. Se han heredado porque se traspasaron las competencias, se han heredado y no se ha hecho nada. Porque como el nivel de protección estaba ahí por la Ley del 33 y porque se tenían que incoar y tramitar según la Ley del 33 los que estaban iniciados con anterioridad a la nueva ley de patrimonio es así. Claro y entonces, ¿qué nos encontramos?. Con que nos vale con que estén empezados los expedientes. ¿Pero 40 años?. No, podían seguir otros 60 más, hasta tener expedientes centenarios. Ya antigüedad va a ser hasta el expediente. Sr. Huertas, de verdad, no sé por qué habrá sido, quién habrá hecho la dejación de funciones pero alguien la ha hecho de la Junta de Castilla y León. Eso es innegable. Y esta moción no iba en contra de la Junta de Castilla y León, simplemente le estamos instando para que no vuelva a ocurrir lo del expediente de caducidad”.

Seguidamente tomó la palabra la Sra. Secretaría manifestando: “Entiendo por tanto que lo que tenemos que añadir es el texto al final de: así como actualizar los anteriores a esta fecha”.

Después tomó la palabra doña Claudia de Santos Borreguero (PSOE) para aclarar el texto propuesto: “Sí queréis leo la propuesta: “Instar a la Junta de Castilla y León a finalizar y actualizar, con carácter urgente, los expedientes de declaración como BIC de todos aquellos bienes situados en nuestra ciudad e incoados al amparo de la Ley de 13 de mayo de 1933, así como actualizar los anteriores a esa fecha: Acueducto (1884), Torre de San Esteban (1896), Monasterio El Parral (1914), Iglesia de la Veracruz (1919), que fueron declarados

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directamente por Órdenes Reales o Consejos de Ministros, o la Muralla con protección genérica (Castillos y Fortalezas de 1949). Ese sería el texto propuesto. Nos interesa que la Muralla quede reflejada”.

Votación .- Finalizado el debate, la Presidencia sometió a votación la moción, con la modificación propuesta durante el debate, y aceptada por el ponente, resultando 25 votos emitidos y de los cuales, 17 son votos a favor -de los concejales de los grupos PSOE (12), Cs (2), UPYD (2) e IU (1)-, NINGUNO en contra, y el resto, 8 abstenciones -de los concejales del grupo PP (8).

Acuerdo .- Con el voto a favor de la mayoría de los asistentes, resultó APROBADA LA MOCIÓN EN LOS TÉRMINOS RESULTANTES DEL DEBATE, acor dando la Excma. Corporación municipal:

Instar a la Junta de Castilla y León a finalizar y actualizar, con carácter urgente, los expedientes de declaración como BIC de todos aquell os bienes situados en nuestra ciudad e incoados al amparo de la Ley de 13 de mayo de 1933, así como actualizar los anteriores a esta fecha: Acueducto (1884), Torre de San Esteban (1896), Monasterio El Parral (1914), Iglesia de la Veracruz (1919), que f ueron declarados directamente por Órdenes Reales o Consejos de Ministros, o la Murall a con protección genérica (Castillos y Fortalezas de 1949).

RECESO.- Finalizada la consideración y votación de este asunto - asunto 18º del orden el día-, la Ilma. Sra. Alcaldesa, al amparo de la habilitación contenida en el artículo 85.2 del ROAS, acordó un RECESO para descanso en el debate, reanudándose la sesión siendo las doce horas, con la presencia de todos los asistentes a la sesión, a excepción del Sr. Vázquez Requero quien ya no se reincorporó a la sesión antes de su conclusión.

19º/344.- MOCIÓN QUE PRESENTA AL PLENO EL GRUPO MUN ICIPAL CIUDADANOS - PARTIDO DE LA CIUDADANÍA (CS) PARA QUE EL AYUNTAMIE NTO AGILICE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO MUNICIPAL 2019 PARA LAS PL AZAS VACANTES DE POLICÍA LOCAL POR ANTICIPO DE EDAD DE JUBILACIÓN

Se presentó al Pleno la siguiente moción:

“Los Concejales integrantes del Grupo Municipal Ciudadanos Segovia del Ayuntamiento de Segovia,

al amparo de lo establecido en el Artículo 97 del Reglamento Orgánico de Organización y

Funcionamiento de las Entidades Locales y el Artículo 94.3 del vigente Reglamento orgánico del

Ayuntamiento de Segovia, someten a la consideración del próximo Pleno Ordinario para su debate y

aprobación, si procede, lo siguiente:

MOCIÓN PARA QUE EL AYUNTAMIENTO AGILICE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO

MUNICIPAL 2019 PARA LAS PLAZAS VACANTES DE POLICÍA LOCAL POR ANTICIPO DE EDAD

DE JUBILACIÓN

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

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En el Consejo de Ministros celebrado el 14 de diciembre de 2018 se aprobó el Real Decreto

1449/2018 por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación a favor de los

policías locales al servicio de las Entidades que integran la Administración Local. Este Real Decreto

entrará en vigor el 2 de enero de 2019.

Esta medida va a afectar a la plantilla de Policías Locales del Ayuntamiento de Segovia en un número

de 14 o 15 policías. El espacio donde se debería haber tratado dicha materia para determinar las

actuaciones a llevar a cabo es el Consejo de Policía Local. Se acordó por los miembros de dicho

Consejo realizar 3 sesiones anuales. Durante 2018 no se ha realizado ningún Consejo, por lo que no

se ha podido estudiar el problema que provocará en Segovia el anticipo de la edad de jubilación de

Policías Locales con las propuestas de todos los participantes del Consejo.

Según las noticias publicadas en prensa la situación es tan importante que a corto plazo puede

desaparecer la Unidad de policía de barrio.

El primer examen de la oposición de policía local de 2018 se va a realizar el próximo 27 de diciembre.

Teniendo en cuenta que una vez aprobados los exámenes tienen que superar un periodo de

formación y prácticas de aproximadamente 8 meses, se demora mucho la incorporación al puesto de

trabajo.

Según Disposición transitoria segunda del citado Real Decreto “Tasa adicional de reposición de la

policía local: (…) la tasa de reposición adicional será efectiva desde la presentación de la solicitud de

jubilación anticipada. La persona interesada deberá comunicar a la Administración municipal

correspondiente su voluntad de acogerse a esta modalidad de jubilación antes del día 31 de enero de

cada año.”

Dado que el 31 de enero, el Ayuntamiento conocerá el personal que se acogerá al Real Decreto,

Ciudadanos propone que se agilice lo más rápido posible la oferta de las plazas vacantes de Policía

Local del próximo año, a ser posible que la realización del primer examen sea en el primer semestre

de 2019.

Por otro lado, la Junta de Castilla y León es la encargada de gestionar la formación de Policía Local

en toda la Comunidad por ello, sería conveniente que por las características que se van a producir en

este 2019, se gestionara más de un curso de formación de Policía Local.

Por todo lo anteriormente expuesto es por lo que solicitamos el voto a favor de los siguientes

ACUERDOS:

1.- Que el Ayuntamiento oferte las plazas vacantes de Policía Local, una vez sean conocidas, para

que la realización de los exámenes de la oposición se ejecute con la mayor celeridad, a ser posible

en el primer semestre de 2019.

2.- Instar a la Junta de Castilla y León a que en 2019 gestione más de un curso de formación de

Policía Local, dadas las características excepcionales de vacantes que se van a producir en este

año.

En Segovia, a 19 de diciembre de 2018. María José García Orejana. Portavoz Grupo Municipal

Ciudadanos Segovia”.

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Intervenciones .

Con el permiso de la Presidencia, tomó la palabra la Portavoz del grupo proponente para exponer y defender la moción presentada: “Que se iba a producir la posibilidad de acogerse a una jubilación anticipada en la Policía Local era algo por todos conocido, puesto que estaban las partes totalmente de acuerdo. Si bien se ha retrasado más de lo previsto, siendo la aprobación del Real Decreto 1449/2018 del día 14 de diciembre en el Consejo de Ministros. Importante resaltar que su entrada en vigor es el día 2 de enero de 2019, es decir, que lo tenemos ahí a la vuelta de la esquina. En Segovia este Real Decreto afecta a 14 o 15 Policías Locales. Este hecho se debería de haber tratado en el Consejo de Policía Local. De hecho, cuando se constituyó el Consejo de Policía Local todos los miembros, hablamos de cuántos consejos se tenían que convocar al año, y dijimos que eran cada cuatro meses, con lo cual, en el año 2018 se tendrían que haber convocado 3 consejos, pero no se ha convocado ninguno. En la Disposición Transitoria Segunda de este Real Decreto, dice que el 31 de enero del 2019 el Ayuntamiento tiene que saber qué policías se van a acoger a esta modalidad de jubilación. Desde nuestro partido proponemos que se oferten las plazas vacantes de Policías Locales lo antes posible y no pase lo que está ocurriendo este año, que el primer examen de la oposición fue ayer, el día 27 de diciembre. Con lo que claro, evidentemente, tiene un retraso porque después de aprobar la oposición hay un curso selectivo y hay prácticas también. De todas formas, quien regula la formación viene determinado en el Real Decreto 84/2005 de 10 de noviembre por el que se aprueban las Normas Marco a las que han de ajustarse los Reglamentos de Policías Locales de Castilla y León, así pues, el artículo 74 dice con respecto a la formación, en el punto 1, antes de ser nombrado funcionarios de carrera, los aspirantes deben de superar un curso selectivo de formación básica, que consta de una fase de formación y otra de prácticas en el propio municipio. 2. La Consejería, por lo tanto, la competencia es de la Junta. La Consejería competente en materia de Policías Locales, a propuesta de la Escuela Regional de Policía Local, regulará el régimen académico del curso de formación básica: los programas, contenidos, duración, calendario del curso y los protocolos de las prácticas locales. Entonces, creemos que es fundamental, puesto que a Segovia nos va a afectar de pleno. De hecho, hay noticias en prensa que están diciendo que a corto plazo puede desaparecer la unidad de Policía de Barrio. Es por lo que nosotros traemos esta moción para ser previsores y hacer las cosas lo antes posible, acelerarlo lo antes posible. Por ello, queremos y solicitamos el voto a favor de los siguientes acuerdos: 1.- Que el Ayuntamiento oferte las plazas vacantes de Policía Local una vez sean conocidas, que como bien hemos dicho, al 31 de enero se van a conocer, para que la realización de los exámenes de la oposición se ejecute con la mayor celeridad, a ser posible en el primer semestre de 2019. 2.- Instar a la Junta de Castilla y León a que en 2019 gestione más de un curso de formación de Policía Local, dadas las características excepcionales de vacantes que se van a producir este año”.

Debate.- Promoviéndose debate tomaron la palabra don Cosme Aranguren Gallego, Portavoz del grupo municipal UPYD – Centrados en Segovia; doña Azucena Suárez del Pozo en representación del grupo municipal Popular (GMP) y doña María Luisa Delgado Robledo, Concejala Delegada de Gobierno Interior y Personal, Patrimonio y Contratación

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(Área 1) en representación del grupo municipal Socialista (PSOE), consumiendo la ponente un segundo turno.

En primer término tomó la palabra don Cosme Aranguren Gallego (UPYD) manifestando: “Decir que vamos a apoyar la moción tal y como está planteada, nos parece de lo más lógico. Y creo recordar que nosotros ya hicimos una pregunta hace año y medio a la Concejala sobre si teníamos ya previsto el asunto éste, ya se hablaba por aquel entonces de la reducción en la edad de jubilación de la Policía Local y nos dijo que sí, que estábamos preparados para ello. Pero el tema de las 14 plazas que efectivamente el plazo termina el 31 de enero de 2019, se sabrá y desde ese momento estarán vacantes como ocurrió con el puesto del Interventor, que la plaza se quedaba vacante, seis meses antes de que se conozca la fecha de jubilación. Sra. Delgado, aunque sea meternos en asuntos de su Concejalía, que sabemos que no le gusta, ya nos lo dijo en el anterior Pleno, no es por usurpar sus funciones pero si realmente van, no a eliminarse, pero se van a acoger a esta medida 14 Policías Locales en el primer año, pues sí sería bueno que esas vacantes se cubran con urgencia en el período más rápido posible y siempre dentro de los seis meses anteriores a las fechas de jubilación de cada uno de los policías. Y lo de instar a la Junta a que haga más cursos, totalmente de acuerdo, sobre todo porque la excepcionalidad así lo requiere. Y bueno, habrá que llegar a un acuerdo con la Junta, imaginamos, sobre el parné de lo que cuestan estos cursos y tendremos que poner los medios. Porque claro la tasa de reposición en temas de Policía Local y Bomberos es del 100%. No solo con este decreto sino que la ley Montoro, ya decía lo de la tasa de reposición del 100% en temas de seguridad, es decir, Policía Local y Bomberos. Esperemos que como ya se nos dijo que sí, por la Concejalía, que estábamos preparados para esta eventualidad, pues vamos a esperar a ver qué nos comenta la Concejala. Pero sí que anunciamos que vamos a votar a favor”.

Seguidamente tomó la palabra doña Azucena Suárez del Pozo (GMP) exponiendo: “Nosotros, en principio, no tendríamos problema en apoyar la propuesta que hace el grupo Ciudadanos pero sí que consideramos conveniente escuchar lo que tenga que decir el gobierno municipal porque al fin y al cabo son los que pueden dar explicaciones al respecto de las cuestiones que se plantean. Y en cuanto a la segunda que es concreto, a resolver por la Junta de Castilla y León, ahí sí que entendemos que si se pide la convocatoria o la gestión de más de un curso para formación de Policía Local y, por otro lado, se está pidiendo en la moción que el proceso sea lo más rápido posible y que no se demore en el tiempo para que los futuros agentes se puedan incorporan cuanto antes a su trabajo, pues entendemos que a lo mejor ahí puede haber un poco de contradicción o de incoherencia. Pero de momento vamos, como digo, a esperar para después ya decidir”.

A continuación tomó la palabra doña María Luisa Delgado Robledo (PSOE) manifestando: “Como ya conocen han sido dos años pendientes de la aprobación de la jubilación anticipada de forma voluntaria de los Policías Locales. En este tiempo hemos trabajado en varias hipótesis de la aplicación de la norma, tanto si se producía de forma progresiva o si no con las posibles alternativas. La aprobación del Real Decreto se produjo en el Consejo de Ministros del pasado 14 de diciembre de 2018 y entra en vigor el 2 de enero, dejando poca capacidad de maniobra a los Ayuntamientos para poder tomar medidas inmediatas,

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que permitan aminorar, al menos, el efecto de su aplicación que va a suponer en los Cuerpos de Policía Local, no solo de Segovia sino obviamente de toda España. El Real Decreto dispone que los Policías Locales afectados, cumpliendo los requisitos exigidos, puedan presentar su solicitud de acogerse a esta modalidad de jubilación hasta el 31 de enero, momento en que conoceremos realmente el número de las vacantes que se producirán. Pero la norma además permite que la tasa de reposición se cuente desde el momento de su solicitud, Sr. Aranguren, no sé si se ha leído el Real Decreto, porque es que usted está hablando del Interventor que es un habilitado nacional, que no tiene que ver nada con el resto de las oposiciones, y con esta le pasa igual, porque la tasa de reposición es del año anterior y estamos hablando que la tasa de reposición se conocerá en enero de 2019. Por lo tanto, hace una excepción para que una vez que conozcamos, una vez que sepamos las plazas vacantes, se pueda hacer una oferta de empleo. Con lo cual, poco podíamos hacer antes. Desde la Oficina de Personal, junto con la Jefatura de la Policía Local, estamos trabajando para que los tiempos se acorten al máximo, cumpliendo obviamente con las normas de aprobación de la Oferta pública de Empleo, más aprobación de la convocatoria del proceso selectivo, que este se lleve a cabo, que los aspirantes puedan realizar el Curso de Formación Básica que dura seis meses, más luego otros tres meses de prácticas que deben hacer en el Ayuntamiento, lo que supone, obviamente, un gran espacio de tiempo. Supongo que saben que el curso del año que viene empieza a primeros de febrero de 2019. Con lo cual va a ser absolutamente imposible que, en el único curso del año que viene, las personas a las que se van a quedar vacantes, esas plazas salieran a convocatoria. Por lo tanto, para que salgan y de hecho, sabemos todos que la responsabilidad del Curso de Formación es de la Junta. Es verdad que nuestro esfuerzo, por lo tanto, puede ser inútil si la Junta de Castilla y León no realiza un curso extraordinario de formación básica, a partir del mes de julio (o cuando termine el anterior), pues tendríamos que esperar hasta febrero de 2020, dado que la competencia, como ya les he dicho, es según la Ley de Coordinación de Policías de Castilla y León, es de la Junta. Pero ¿saben lo que ha hecho en estos dos últimos años la Junta?. Justo lo que están pensando, “nada de nada” Porque esto no es de ahora, ya se lleva pidiendo tiempo. Nosotros lo que hemos hecho es plantear un escrito que ha firmado la Alcaldesa para solicitar ese segundo curso para el año que viene. Desde el equipo de Gobierno, como ya les he dicho, estamos poniendo en marcha las medidas inmediatas necesarias, por una parte, trabajando sobre la oferta de empleo y la convocatoria del proceso selectivo y reorganizando las áreas y secciones que garanticen cubrir el mayor número de servicios a los ciudadanos, durante el tiempo transitorio hasta que se cubran con nuevos efectivos. También se ha remitido, como les he dicho, un escrito a la Junta de Castilla y León solicitando un segundo curso en el año 2019. Votaremos a favor de la moción, con respecto al punto uno ya lo estamos haciendo. Pero sí que nos preocupa lo del curso segundo que pedimos para el año que viene y esperamos el hecho de que todos los grupos, si nos ponemos de acuerdo, se vote a favor. De alguna forma va a reforzar la solicitud que previamente se ha mandado desde el Ayuntamiento. Para terminar quiero agradecer tanto a los Policías Locales que se jubilen por el trabajo realizado durante sus años de servicio dedicados a las personas que viven en nuestro municipio y a los visitantes y a la plantilla de Policía Local que ahora mismo se va a quedar, porque el esfuerzo va a tener que ser doble y van a tener que realizar, desde que se va a modificar su organización

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hasta que se cubran realmente todas las plazas que se necesitan. Por lo tanto, es la única forma que tenemos, en la reorganización, de garantizar que en el ejercicio de sus competencias, el mantenimiento de la seguridad pública”.

Instando un segundo turno, tomó nuevamente la palabra doña Mª José García Orejana (Cs) exponiendo: “Evidentemente, como no podía ser de otra forma, la ley está ahí, el Reglamento está ahí y lo que ha estado comentando la Sra. Delgado es lo mismo que he dicho yo porque no hay nada nuevo. Con lo cual, es de agradecer que todos nos pongamos a trabajar sobre la rapidez para acelerar este proceso porque cada uno dentro de nuestras competencias aquí en el Ayuntamiento, lo que tiene que hacer que es con la oposición acelerarlo y la Junta con la formación. Evidentemente la Junta esto lleva mucho tiempo sabiéndolo, exactamente igual que el resto. Sabíamos que se iba a producir, no sabíamos exactamente en qué momento, pero que se iba a producir estaba clarísimo. Entonces, si todos presionamos porque este problema no lo tiene Segovia solo, lo tiene toda España y, la Junta son las competencias de la Comunidad. Entonces, si todos presionamos, me imagino que se podrá hacer fuerza para que se haga ese segundo curso y acelerar lo más pronto posible”.

Acuerdo .- Con el voto a favor unánime de los asistentes, 2 4 de los 25 miembros que de hecho y de derecho integran este Pleno, la Excma . Corporación municipal acordó APROBAR LA MOCIÓN PRESENTADA.

20º/345.- MOCIÓN QUE PRESENTA AL PLENO EL GRUPO MUN ICIPAL POPULAR (GMP) PARA QUE SE DESTINE EL DINERO DE LAS MULTAS POR APA RCAR EN ESPACIOS RESERVADOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA A I NVERSIONES EN ACCESIBILIDAD O A LAS ASOCIACIONES DE PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA O CON DISCAPACIDAD.

Se presentó al Pleno la siguiente moción:

“ Los concejales integrantes del Grupo Municipal Popular del Ayuntamiento de Segovia, al amparo de

lo establecido en el artículo 97 del Reglamento Orgánico de Organización y Funcionamiento de las

Entidades Locales y el artículo 94.3 del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Segovia, formulan

para su discusión y, en su caso, aprobación en el próximo Pleno Ordinario a celebrar el día 30 de

noviembre de 2018, la siguiente MOCIÓN:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

El Real Decreto 1056/2014 de 12 de diciembre recoge la obligación relativa al número mínimo de

plazas de aparcamiento disponibles, reservadas y diseñadas para su uso por personas con

discapacidad que presenten movilidad reducida en núcleos urbanos, una obligación que ya estaba

recogida en el artículo 35 de la Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el

documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y

utilización de los espacios públicos urbanizados.

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Según la información que aparece en la página web de movilidad del Ayuntamiento de Segovia, en la

actualidad existen en Segovia capital 278 plazas de aparcamiento para personas con movilidad

reducida con su correspondiente señalización.

Estas plazas no son un capricho sino una necesidad, para aparcar en ellas se tiene que tener una

autorización específica y suelen estar situadas, además, en lugares accesibles y adaptados, por

ejemplo, con los bordillos de las aceras rebajados. Cuando son ocupadas por vehículos sin tarjeta de

estacionamiento autorizada no sólo se está incumpliendo la normativa, sino que además se está

dificultando la posibilidad de aparcar para estas personas cuya movilidad ya es difícil de por sí.

Para conseguir que Segovia sea una ciudad accesible deben ponerse en marcha acciones a nivel

institucional, pero, además, los ciudadanos debemos colaborar desde la educación y el respeto y no

siempre ocurre esto.

Desde la propia Dirección General de Tráfico también se está incidiendo en esta idea y en una de sus

últimas campañas, bajo el lema “No ocupes el sitio que no te corresponde”, apelan a la empatía de

los conductores para respetar este tipo de aparcamientos para personas con movilidad reducida.

Con el fin de ir concienciando poco a poco al ciudadano, el Grupo Municipal Popular propone que el

dinero que se recaude en concepto de multas por aparcar sin permiso en los espacios reservados

para personas con movilidad reducida revierta en accesibilidad bien destinándolo íntegramente a las

asociaciones segovianas de personas con movilidad reducida o que trabajan con la discapacidad,

cuyos asociados tienen la necesidad de utilizar estos espacios y tienen su correspondiente tarjeta de

estacionamiento o bien poniendo en marcha acciones desde el propio Ayuntamiento para mejorar la

accesibilidad en la ciudad.

Por ello, el Grupo Municipal Popular propone para su aprobación por parte del Pleno del

Ayuntamiento de Segovia, la siguiente propuesta:

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN:

• Destinar el dinero que se recaude con las multas por aparcar en espacios para personas

con movilidad reducida a inversiones en materia de accesibilidad, campañas de

concienciación o a las asociaciones segovianas que trabajan con personas con movilidad

reducida o con discapacidad cuyos asociados cuenten con tarjetas de aparcamiento

autorizadas.

• Que a la señalización ya existente en la que se indica que es una plaza para personas

con movilidad reducida, se añada información no sólo del importe de la multa por aparcar

sin tener la correspondiente autorización sino también de que todo lo recaudado irá

destinado a las asociaciones que trabajan con la discapacidad y con personas con

movilidad reducida.

Raquel Fernández García. Portavoz del Grupo Municipal Popular”.

Intervenciones .

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Con el permiso de la Presidencia, tomó la palabra doña Rosa Redondo Llorente en representación del grupo proponente para exponer y defender la moción presentada: “Desde el grupo municipal Popular traemos a este Pleno esta moción porque nos parece que es una medida que, aunque pequeña, sí que contribuye a hacer de Segovia una ciudad más inclusiva, equitativa y sostenible para todos. Cada 3 de diciembre se celebra el Día Internacional de los derechos de las personas con discapacidad, y cada 3 de diciembre las entidades y asociaciones que trabajan con personas con discapacidad nos exigen a los responsables públicos, una mayor implicación y un mayor compromiso para con este colectivo a través de medidas que contribuyan a su total inclusión y que ésta sea real y efectiva. Por otro lado, nos hemos encontrado en este mes de diciembre con que la Dirección General de Tráfico, fruto de unas reuniones que han tenido con las asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico, han puesto en marcha una campaña radiofónica que se titula: “No ocupes el lugar que no te corresponde” con el único objetivo de concienciar a quienes no respetan las plazas de aparcamiento de personas con movilidad reducida, de concienciarlas a que no son fruto de un capricho de este colectivo, sino una necesidad que tienen estas personas de ver cómo aumentan sus dificultades cuando no se respetan los espacios reservados para ellos. Esta iniciativa ya se ha llevado a cabo en otros municipios como Alcorcón, y ha contado con el respaldo de CERMI y la Federación de Asociaciones de Personas con Discapacidad. Y nos han hecho llegar que se van a llevar este tipo de iniciativas en Ayuntamientos como: Salamanca, Murcia, Valencia, Valladolid y un sin fin de ciudades. Con esta moción pretendemos que el dinero que se recaude como consecuencia de sanciones procedentes de aparcamientos indebidos en plazas de personas con movilidad reducida se destine íntegramente o bien a solucionar temas de accesibilidad como puede ser el caso que nos ha ocupado antes en la moción de Izquierda Unida en instalaciones deportivas, o que se destine íntegramente a las entidades que trabajan con personas con discapacidad. De tal forma, que si se recauda mucho desgraciadamente va a ser un beneficio para estas entidades pero en contra de la conciencia ciudadana. Y si se recauda poco vamos a conseguir un objetivo y es hacer de Segovia una ciudad sensible, concienciada con las dificultades que tienen las personas con movilidad reducida. Por eso le pido su apoyo para aprobar la siguiente propuesta de resolución: destinar el dinero que se recaude con las multas por aparcar en espacios para personas con movilidad reducida, a inversiones en materia de accesibilidad, campañas de concienciación o a las asociaciones segovianas que trabajan con personas con movilidad reducida o con discapacidad cuyos asociados cuenten con tarjetas de aparcamiento autorizadas. Que a la señalización ya existente, en la que se indica que es una plaza para personas con movilidad reducida, se añada información no sólo del importe de la multa por aparcar sin tener la correspondiente autorización, sino también de que todo lo recaudado irá destinado a las asociaciones que trabajan con la discapacidad y con las personas con movilidad reducida”.

Debate.- Promoviéndose debate tomaron la palabra don Ángel Galindo Hebrero, Portavoz del grupo municipal de Izquierda unida (IU); doña Esther Bermejo Bravo en representación del grupo municipal UPYD – Centrados en Segovia; doña Mª José García Orejana, Portavoz del grupo municipal Ciudadanos – Partido de la Ciudadanía (Cs) y don Jesús García Zamora, Concejal Delegado de Desarrollo Económico, Empleo e Innovación (ÁREA 7) y

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Economía y Hacienda (ÁREA 2), en representación del grupo municipal Socialista (PSOE), consumiendo los intervinientes un segundo turno. Cierra el debate la ponente.

En primer término tomó la palabra don Ángel Galindo Hebrero (IU) manifestando: “Vamos a apoyar la moción y que, sin que sirva de precedente, nos ha parecido bastante buena. Lo único el tema de lo que ha comentado, de si se recauda mucho o se recauda poco, al final, evidentemente, luego la inversión que tenga que hacer el Ayuntamiento tiene que ser independientemente de lo que se recaude en todo esto. Pero sí que nos parece bien que vaya destinado a los que son los perjudicados por aparcar en zonas donde no se puede”.

Seguidamente tomó la palabra doña Esther Bermejo Bravo (UPYD) exponiendo: “Nosotros en principio vamos a votar a favor. Lo único que yo tengo una duda, que yo creo que me podrá resolver el equipo de gobierno. ¿Se puede hacer partidas finalistas con lo recaudado en las multas?. Es verdad que has dicho que hay ayuntamientos que ya hacen esto, pero no sé cuál es el sistema de financiación, que no sé si puede ser como lo ha indicado. Y otra cosa que yo incluiría, que no es suficiente con pagar multas para la gente que aparca en zonas reservadas. Yo sería más partidaria incluso de darles un curso de formación o de hacerles pasar 24 horas en una circunstancia que no es la suya y para que vean porqué están estas plazas reservadas. Pero bueno, eso ya es a mayores. En principio nosotros estamos a favor y completamente de acuerdo, tanto con la exposición de motivos pero tengo la duda legal o práctica, no sé cómo explicarlo, de si realmente podemos hacer partidas finalistas con la recaudación del multas”.

Después tomó la palabra doña Mª José García Orejana (Cs) manifestando: “Va en el mismo sentido que lo que ha dicho la Sra. Bermejo, porque realmente el Ayuntamiento de Segovia tiene una caja única. Entonces, si hay una caja única, evidentemente, el dinero de la accesibilidad va a salir del mismo sitio, sea lo que se recaude por multas o sea por cualquier otro, como pueden ser ingresos del IBI, etc. Yo creo que esto sirve un poco de concienciación de decir a la gente que no use lo que no tiene que usar, concienciarnos con la accesibilidad, pero creo que nos quedamos muy cortos. En concepto de accesibilidad y estando todos de acuerdo creo que debería ser un compromiso de todos los grupos de unas cantidades mínimas todos los años en presupuestos para la accesibilidad. Evidentemente, no los 25.000,00 € como estaban en los presupuestos del año anterior, que nosotros añadimos una partida más de 200.000,00 €. Creo que tendría que ser una cantidad importante, compromiso de todos los grupos políticos para realmente hacer Segovia una ciudad accesible”.

A continuación tomó la palabra don Jesús García Zamora (PSOE) exponiendo: “A ver cómo lo arreglamos Sra. Redondo, porque esto hay que arreglarlo. Nosotros estamos de acuerdo con el fondo de la moción, por supuesto, en cuanto a los temas de concienciación y sensibilización. Creemos que ése ha sido el espíritu con el que ustedes han presentado esta moción. Sin embargo creo que los acuerdos que propone tomar no son seguramente los más acertados por una serie de motivos, que les expondré y que vamos a ver si entre todos somos capaces de ahormar una moción en esta materia suficientemente y ampliamente

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consensuada. Lo primero es que se está hablando de que se destine el dinero de las multas. ¿Sabemos cuánto dinero es?. Muy poquito. Yo creo sinceramente que como decía la Sra. Bermejo o la Sra. García, nuestro país goza de una estructura tributaria bastante razonable, bastante buena, una buena arquitectura, aunque hay algunos elementos que no tienen que ver con las Haciendas Locales, más que necesitamos más dinero, que está bien hecho. Y, yo creo que por culpa de 100 incívicos, que es de lo que estamos hablando, no merece la pena que modifiquemos nuestro sistema tributario, que es en el fondo lo que están pidiendo, que rompamos esa unidad de caja y que afectemos determinados ingresos a determinados gastos. El criterio que hay en el municipio en este y en la inmensa mayoría es que con todos los ingresos cubramos todos los gastos que tenemos, fundamentalmente porque es una cuestión de solidaridad. Y, además gestionar lo que ustedes plantean, créanme que es francamente difícil, a la vez que a nosotros todavía nos genera incluso dudas de la legalidad del acuerdo. Y porque además, si eso ocurriese, estaríamos abriendo una espita a que mañana desde Urbanismo, por ejemplo, pidiesen que lo suyo es para ellos. No le quiero yo contar esto en manos del Sr. Torquemada y lo de él para ellos. Entonces, nosotros creemos que es mucho más solidario el mantener el sistema tributario, de ingresos y gastos, tal y como está en la actualidad. Si es cierto que la moción que ustedes presentan tiene una relevancia y es que estamos hablando de un problema real y yo creo que todos estamos de acuerdo en afear el comportamiento de esas 100 personas que al año ponen su coche donde no deben ponerlo y que está reservado a otras personas que tienen una motivación y una lógica para ponerlo. Además del mal precedente que esto tiene, de la dificultad enorme de la gestión, del evitar economías en escalas, de también el sentido inverso y si no hay ingresos no podemos hacer gasto. Creemos sinceramente que compartiendo el fondo del asunto, nosotros que les propondríamos: que lo dejen apartado, lo digo con total humildad. Que nos juntemos los grupos y yo creo que nos lo agradecerán todo el mundo y que hagamos una moción institucional en esta materia, fundamentalmente de ese llamamiento, esa sensibilización a la gente de que no se puede dejar el coche, que cuando hay una plaza reservada es por un motivo muy concreto y se ha trabajado en los alrededores de esa plaza para que las personas que tienen movilidad reducida puedan acceder de mejor manera. Esto es lo que les proponemos con total humildad y con el ánimo de poder hacer algo conjunto entre todos”.

Instando un segundo turno, tomó la palabra nuevamente doña Rosa Redondo Llorente (GMP) manifestando: “La moción tiene dos vías: una la de concienciar y otra la de incrementar, es verdad, el presupuesto que se destina a las entidades, a la accesibilidad, a lo que ustedes quieran. Es verdad, que yo a lo mejor no entiendo ni de las cuentas, ni de la contabilidad de un Ayuntamiento, pero sí que entiendo que en el ejercicio anterior se sabe perfectamente que dinero se ha recaudado en concepto de multas por aparcamiento. Que a lo mejor son 2.000,00€, no lo sé. Y ese dinero, es decir, el presupuesto para las entidades sociales de este año que han sido 67.000,00 €, destinar lo que el año anterior o el ejercicio anterior se haya recaudado, para que se distribuya entre las entidades o para que se invierta en accesibilidad y habría que buscar la fórmula. Es decir, yo, sin saltarme la legalidad y sin saltarme eso, creo que en el fondo de lo que se trata es, por un lado concienciar al ciudadano y, por otro lado, que se incrementen todas las partidas que van a beneficiar a

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este tipo de colectivos. Si por otro lado, no sé si contesta su pregunta Sra. Bermejo lo de hacerlo de esta manera, yo creo que todos estamos de acuerdo en que cada vez hay más necesidad o más concienciación por parte de los grupos políticos de invertir en accesibilidad y en el refuerzo de las entidades sociales que están haciendo la labor que están haciendo, que no llegamos la administración ni de coña, con perdón de la expresión. Si ustedes creen que se puede llegar a un consenso y traer una moción conjunta como la que ha traído hoy Izquierda Unida, adelante, a nosotros tampoco nos importa, siempre y cuando sea un compromiso firme de buscar soluciones para este tipo de colectivos; para el siguiente Pleno, por supuesto”.

A continuación tomó la palabra don Ángel Galindo Hebrero (IU) exponiendo: “yo creo que no hay que entrar en lo del tema de la financiación porque, a ver, y que vaya por delante que no voy a votar a Pablo Pérez en las próximas elecciones, pero aquí sí que me toca defender que no es una cuestión de financiación, si esto es algo simbólico, es un compromiso en el que si el Ayuntamiento dice que se ha recaudado 10.000,00€ en multas de este tipo, si la partida era de 200.000,00, en los presupuestos del próximo año van 210.000,00 € y ya está. Y no es una cuestión de partidas finalistas, ni nada de eso. Yo creo que es una cuestión de un compromiso y es algo simbólico. Que hay que redactar mejor el acuerdo, posiblemente, eso yo no voy a decir que no, pero yo creo que eso no es una excusa. Hay muchísimos Ayuntamientos que dedican el dinero o que subvencionan, por ejemplo en la Comunidad de Madrid, una cosa que hace el Ayuntamiento de Madrid, es subvencionar los comercios dedicados a la cultura y del IBI no se puede subvencionar. Pero ellos lo que hacen es darles unas subvenciones que corresponden a la cantidad del IBI. Entonces, en ese sentido, creo que hay fórmulas sobradas para que el Ayuntamiento pueda destinar ese dinero, ¿directamente? No, porque no se puede, pero indirectamente sí que se puede. Entonces, al final es una cuestión de voluntad política y de querer hacerlo. Que si se queda encima de la mesa y lo hablamos con todos los grupos me parece bien, pero que creo que no es tanto el debate fiscal o económico sino un debate de que vaya destinado y se pueda hacer, hay muchas fórmulas. No es una cuestión de que sea finalista y a lo mejor eso sí que hay que cambiarlo pero si sabemos lo que hemos recaudado, lo podemos incluir en las partidas del presupuesto del año siguiente”.

Seguidamente tomó la palabra doña Esther Bermejo Bravo (UPYD) manifestando: “Nosotros, si se quiere dejar encima de la mesa, la semana que viene tenemos Comisión de Servicios Sociales y si allí queréis que lo debatamos con más calma y que podamos todos hacer aportaciones, por nosotros no habría ningún problema. En cuanto a lo que se recauda económicamente, de verdad, es que no sé si incluso hablar con las asociaciones y tratar de proponer para hacer una moción conjunta, que si realmente el dinero, la cuantía económica no es tal, a lo mejor es más efectivo en vez de pagar una multa hacer un programa de concienciación para las personas que aparquen en plazas reservadas. Darle una vuelta entre todos, si le parece. Aun así, si decide seguir adelante, nosotros vamos apoyar la moción”.

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A continuación tomó la palabra doña Mª José García Orejana (Cs) exponiendo: “Un poco recalcar lo que hemos dicho antes, si realmente la moción es concienciar, creo que es fundamental que todos nos concienciemos, eso es algo que estamos todos de acuerdo. Pero desde el grupo de Ciudadanos creemos que tiene que ser un paso un poco más, un compromiso más. Por eso, sí que sería bueno quizá dejarlo para que se aporte y se comprometa realmente una cantidad mínima en presupuestos, para que realmente se haga una ciudad accesible. Es decir, es algo que la ley está obligando, que tenemos que ser accesibles todos los espacios, no solamente los edificios. Con lo cual, creo que sí que es un compromiso que estamos todos de acuerdo, todos los grupos, que se puede dejar firmado y que va a comprometer a todos, gobierne quien gobierne, porque tenemos que hacer una apuesta por una ciudad accesible. Entonces, desde nuestro grupo creo que sería mejor dejarlo por ese sentido, para que realmente exista un compromiso independientemente de quien esté en el gobierno se cumpla, un compromiso firme por la accesibilidad”.

Después tomó la palabra don Jesús García Zamora (PSOE) manifestando: “En el documento que proponen pone lo que pone, está escrito lo que está escrito y como yo estoy convencido de que el objeto de la moción es otro y no precisamente lo que exactamente pone, lo que pone aquí, es por eso por lo que he propuesto que se pueda dejar aparcado para el siguiente pleno traerlo con el consenso de todos, fantástico. Si hacen las cuentas y ven que les salen, pues hagan lo que estimen conveniente. En cualquier caso, cuestiones que se ha hecho este gobierno en comparación con lo que se ha recaudado por multas, pues hemos debido de invertir en cuestiones de accesibilidad en la ciudad, más de 25 veces el ingreso de las cuantías. En cuanto a la participación de instituciones que se favorece a las asociaciones del sector socio-sanitario, las aportaciones que se han hecho, por cierto son todas a pulmón, a pulmón del Ayuntamiento, la Junta de Castilla y León lleva varios años poniendo cero euros y lo hemos hecho solamente nosotros. Y a nosotros ya les digo, que nos gustaría que esto pudiera salir con el mayor consenso posible y más allá de las cuentas. Quiero decir que en tema de concienciación y sensibilización no hay ningún problema, pero yo creo, no sé, si quieren sacarlo porque hay que sacarlo, pero igual es preferible un poco de sosiego y verlo y hacer algo, en fin, que sea mucho más sosegado y que no nos pase como nos ha pasado con la del INSS, que con toda nuestra mejor voluntad hemos tenido que volver a traerla por falta de sosiego”.

Finalmente tomó la palabra doña Rosa Redondo Llorente (GMP) para cerrar, exponiendo: “Yo creo que el que mejor ha captado el mensaje de la moción ha sido, y sin que sirva de precedente, el Sr. Ángel Galindo. Es decir, es simbólica. Es decir, no sustituye a lo que ya se invierte en accesibilidad, no sustituye a las subvenciones que ya reciben todos los años las entidades. Es a mayores, es gestual y es eso. Mi grupo considera que la vamos a dejar tal cual está y si hay que traer o si hay que hacer una propuesta para el siguiente pleno y si en cada pleno hay que hablar de accesibilidad y si en cada pleno hay que traer propuestas de mejora trabajadas por todos, fenomenal, pero de momento ésta se queda como está. Muchísimas gracias a los que nos apoyan y a los que no, también”.

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A continuación tomó la palabra la Ilma. Sra. Alcaldesa manifestando: “Que si se queda tal cual nosotros tenemos que anunciar nuestro voto en contra porque dudamos de la legalidad tal como está formulado el acuerdo. Entonces, lo que sí que dejamos sobre la mesa es la propuesta de sentarnos a estudiar entre todos una opción para mejorar los recursos en accesibilidad. Pero ahora mismo, tal como está redactada es que se plantea una cuestión por el tema de caja única que decía la Sra. García y lo que ha comentado también la Sra. Bermejo, no podemos, legalmente no, no se puede. Es decir, dudamos de la legalidad con lo cual no podemos votarlo a favor”.

Votación .- Finalizado el debate, la Presidencia sometió a votación la propuesta en los términos contenidos en la moción, resultando 24 votos emitidos de los cuales, 10 son votos a favor -de los concejales de los grupos PP (7), UPYD (2) e IU (1)-, 12 en contra -de los concejales del grupo PSOE (12)- y el resto 2 abstenciones -de los concejales del grupo Cs.

Acuerdo .- No obteniendo la propuesta la mayoría necesaria al ser mayor el número de votos en contra que el de votos afirmativos, NO FUE APROBADA LA MOCIÓN PRESENTADA.

• RUEGOS Y PREGUNTAS

21º/346.- RUEGOS.

Se formularon por parte del Portavoz del Grupo grupo municipal UPYD – Centrados en Segovia los siguientes:

Uno: Aumentar la frecuencia de la línea 9 y que empiece a las ocho y media. Es un ruego que ya hemos realizado en la Comisión de Urbanismo y, a su vez, que ese mismo autobús mejore la accesibilidad. Porque la rampa no funciona bien, es corta y la inclinación cuando se hace llegar hasta el suelo es muy pronunciada y es peligrosa. Eso respecto a la línea 9.

Dos : Le rogamos, a ver si podemos hacer algo con la iluminación del acceso a la Estación del AVE donde muchos de nuestros conciudadanos aparcan fuera de los párquines oficiales, en ese parking “alegal”, digamos. La verdad que por la noche y por las mañanas llegar al aparcamiento se hace muy complicado porque no hay iluminación. Si pudieran poner alguna luminaria, aunque no sea competencia nuestra, o hablar con Adif para que lo pueda solucionar. Porque si no, en ese parking cualquier día vamos a tener una desgracia.

Tres : Y un último ruego, le tengo que recordar a la Sra. Alcaldesa, le tengo que decir, que nosotros en nuestro grupo ya estamos algo cansados de estas frivolidades con las que jugamos últimamente, en los temas judiciales en este Ayuntamiento. Se lo digo por el tema penal de la Casa de Buitrago. Yo creo que harían muy bien, Sra. Alcaldesa, en disculparse con la propiedad. Se les ha archivado dos veces el asunto penal. Yo creo que deberíamos, usted en representación, porque fueron los que lo promovieron y sus asesores legales en este asunto, deberíamos disculparnos con la propiedad, no solo por haberles llevado por el tema penal, sino por las declaraciones que se realizaron en las ruedas de prensa siguientes a la presentación de los temas penales. Yo creo que habría que disculparse porque podemos haberles causado un daño en algún caso irreparable y eso puede tener un coste

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finalmente para este Ayuntamiento. Que, en caso de no disculparse y en caso de llegarse a tener que indemnizar a la propiedad, nosotros les rogamos que ese coste lo asuma el partido socialista que mantendría esta opción, con el dinero que recibe como grupo.

A continuación tomó la palabra la Ilma. Sra. Alcaldesa manifestando: “Sin que sirva de precedente le voy a contestar al último ruego. Nosotros encargamos un informe jurídico porque según el criterio de nuestros técnicos se ha destruido patrimonio en esa zona y, además, también afirmaba lo mismo la Comisión de Patrimonio de la Junta de Castilla y León. Encargamos un informe jurídico que nos recomendó ponerlo en conocimiento del juez porque había indicios claros de destrucción de patrimonio. El Ayuntamiento, el gobierno municipal, ha cumplido con su responsabilidad de velar por la conservación del patrimonio poniéndolo en conocimiento del juez. Lo haría una y cien mil veces”.

22º/347.- PREGUNTAS FORMULADAS EN LA SESIÓN ANTERIO R O POR ESCRITO CON ANTELACIÓN MÍNIMA DE 24 HORAS.

Preguntas formuladas en la sesión anterior: Según resulta del acta de la sesión anterior -acuerdo núm. 31º/325/2018, Se formularon las siguientes preguntas por parte de don Cosme Aranguren Gallego, Portavoz del grupo municipal UPYD – Centrados en Segovia:

En la última Junta de Gobierno Local se aprobó destinar una partida a la Asociación de Vecinos de San Lorenzo de 3.000,00 € para la realización de un Plan Estratégico del Barrio de San Lorenzo. Mi pregunta es la siguiente ¿si todas las asociaciones de vecinos de los 21 barrios que tiene Segovia o las 21 asociaciones, nos pidieran para hacer un plan estratégico de cada barrio, se lo vamos a dar? Y segundo ¿ese Plan Estratégico del Barrio de San Lorenzo no tendría que estar incluido en el Plan Estratégico de Segovia que estamos desarrollando?.

CONTESTA don Andrés Torquemada Luengo, Concejal Delegado de Servicios Sociales, Igualdad, Sanidad y Consumo (ÁREA 4) y Participación Ciudadana manifestando: “Se trata de un proyecto puntual solicitado por la Asociación de Vecinos La Parrilla del barrio de San Lorenzo, de igual forma que otras entidades han venido solicitando a lo largo de los años colaboraciones esporádicas para el desarrollo de determinadas actividades, diferentes a las que se contemplan en los proyectos presentados a la convocatoria pública de subvenciones en concurrencia competitiva. En tales ocasiones y siempre que haya existido partida presupuestaria, se han venido concediendo distintas ayudas económicas. Y, por otro lado, el Plan estratégico para la ciudad de Segovia que está liderando el Ayuntamiento de Segovia es mucho más amplio y completo que el proyecto estudio específico que ha realizado el mencionado barrio”.

Preguntas formuladas por escrito y con la antelación mínima de 24 horas prevista en el ROF:

Se han formulado preguntas por escrito, por parte de los Portavoces de los grupos de IU, de UPYD y de Ciudadanos, que fueron contestadas por la concejala delegada de Obras, Servicios e Infraestructuras, por la concejala delegada de Gobierno Interior y Personal,

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Patrimonio y Contratación (Área 1) y por el concejal delegado de Servicios sociales, igualdad, sanidad y consumo (ÁREA 4) y Participación ciudadana.

Preguntas formuladas por don Ángel Galindo Hebrero, portavoz del grupo municipal de Izquierda Unida:

¿Por qué razón la fuente de la plazuela de San Martín no corre desde hace tiempo?

CONTESTA doña Paloma Maroto Moreno, concejala delegada de Obras, Servicios e Infraestructuras manifestando: la fuente tiene fugas por eso se ha cortado y, dado que estamos en el tiempo ya de invierno, que lo más probable es que en cuanto pase Navidades lo que haya que cortar sean todas las fuentes. Cuando ya llegue primavera habrá que revisar para ponerla en funcionamiento.

¿Dónde se encuentra en la actualidad la fuente que estuvo ubicada en la plaza del Corpus durante los años 90?

¿Cuánto dinero costó esa fuente entonces al Ayuntamiento?

CONTESTA doña Paloma Maroto Moreno, concejala delegada de Obras, Servicios e Infraestructuras manifestando: qué sé yo. La verdad, es la segunda vez que el grupo de Izquierda Unida, creo que fue su compañero anterior Peñalosa, quien hizo esta pregunta también, no recuerdo cuando y, no cambia la situación para nada. Hemos encontrado en el archivo municipal un expediente, donde parece que se pidió una subvención que daba la Junta de Castilla y León. El título era: “ejecución de aseos, instalación de fuente aportada por la administración, obras complementarias de albañilería, cantería y remate”. Esto se adjudicó una parte, pero se hizo lotes, se adjudicó, luego se resolvió el contrato. Entonces, yo no sé lo que pasó, no lo hemos podido llegar a descifrar. Yo le paso los datos de este expediente y si usted tiene interés, yo le recomiendo que coja el expediente del archivo y pase un ratito descifrando todo esto. Lo que sí que sabemos es que la fuente se instaló. Entonces, tenemos que suponer que se haría con los servicios de albañilería municipales. En esa documentación de este proyecto anteriormente a la adjudicación aparecen dos informes del arquitecto municipal. Uno de fecha 29 de abril de 1994, en el que se habla de que el Ayuntamiento iba a comprar directamente la escultura que aparecía, que sí que aparece en el título. Recuerdo que decía: “instalación de fuente aportada por la administración”. Y, ahí se hablaba de un valor de 1,5 millones de pesetas de la escultura. Y, hay otro informe del arquitecto municipal de 15 de febrero de 1994, donde se habla de que el montaje de la fuente se valora en 600.000 pesetas. Es lo que he podido encontrar. Por eso le recomiendo que se coja el expediente porque esto es complicado. He hablado del coste de lo que supone que es la operación; luego ya la escultura, distintos funcionarios me dicen que en el almacén municipal, cuando estaba en la calle Guadarrama, ha habido mucha gente que vio la dichosa escultura, pero luego cuando se hizo el cambio de la calle Guadarrama al polígono de Hontoria, en el inventario de las cosas que llegaron ya no aparece esa escultura. Entonces, yo no me puedo inventar otra cosa que lo que tengo y, por eso remato diciendo que seguiremos investigando. Si alguien tiene idea de la escultura agradecería se pusiese en contacto conmigo para llegar a saber dónde está. Pero ahora

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mismo la información que tengo, termino como he empezado: qué sé yo dónde está la escultura”.

Preguntas formuladas por don Cosme Aranguren Galleg o, Portavoz del Grupo municipal UPYD – Centrados en Segovia:

¿Cuál es el motivo por el que este Ayuntamiento ha contratado un servicio de ginecología?

CONTESTA: doña María Luisa Delgado Robledo, concejala delegada de Gobierno Interior y Personal, Patrimonio y Contratación (Área 1) manifestando: “Primero vamos a situarnos: ¿qué es un Servicio de Ginecología?. Generalmente está ubicado en un espacio físico donde deben de existir consultas, unidad de hospitalización, un área quirúrgica, atendido por profesionales sanitarios como facultativos especialistas en Obstetricia y Ginecología, enfermeras especialistas obstétrico-ginecológicas, enfermeras, personal auxiliar, etc. que permite atender cualquier patología que se produzca en ésta especialidad, que le puedo asegurar que son numerosas. Pero nosotros creo que no hemos contratado esto. Lo que sí que hemos hecho, en aplicación de la ley 9/2017 de contratos del Sector Público, es un contrato menor, para la realización de reconocimientos ginecológicos consistentes en: la exploración ginecológica y mamaria y la toma de citología y su estudio de anatomía patológica, como parte de la vigilancia a la salud de las empleadas en este caso. Como ve Sr Aranguren, es un contrato mucho más humilde y concreto. Y respondiendo a su pregunta, el motivo de la realización de este contrato menor, es el cumplimiento del artículo 48 del Acuerdo de los empleados del Ayuntamiento de Segovia que se firmó con los representantes sindicales el 31 de agosto de 2011. Era exactamente igual al que venía de años anteriores. Yo, si no le parece correcto o tiene alguna objeción, lo planteamos en la Mesa de Negociación y ya está, y lo vemos.

Preguntas formuladas por doña Mª José García Orejan a, Portavoz del Grupo municipal Ciudadanos – Partido de la Ciudadanía (Cs ):

El 22 de noviembre 2017 la Asociación De Comerciantes Mercado De La Albuera elaboró una propuesta al Ayuntamiento de Segovia para actualizar la Ordenanza sobre este Mercado.

El 28 de noviembre 2017 el Ayuntamiento les contestó sobre la recepción de la propuesta.

En el pleno de mayo del presente año, el Grupo Municipal de Ciudadanos solicitó que se revisara, actualizara y publicara en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Segovia la Ordenanza de Régimen Interior del Mercado de la Albuera, así como que se ocupara de vigilar el efectivo cumplimiento de la Ordenanza Municipal de Régimen Interior de Venta para el Mercado Municipal de la Albuera a fin de garantizar la seguridad jurídica de los vendedores en materia de licencias de venta.

Desde entonces no se ha vuelto a tener noticias.

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¿Qué ha hecho el Ayuntamiento y qué piensa hacer?

CONTESTA don Andrés Torquemada Luengo, concejal delegado de Servicios sociales, igualdad, sanidad y consumo (ÁREA 4) y Participación ciudadana manifestando: “En cuanto a lo que se ha hecho, se ha facilitado un mediador que se ha reunido con los diferentes vendedores, si bien, finalmente no se ha seguido trabajando con ellos porque así lo han estimado oportuno. De esto, por cierto, también he informado en alguna comisión. Que se han inspeccionado todos los puestos del mercado así como los productos que se venden en ellos, detectándose la venta de algunos productos en determinados puestos que no se explicitan en la normativa actual. Se ha mantenido una reunión con los integrantes de la Junta Directiva de la Asociación de Comerciantes del Mercado de La Albuera, con la finalidad de determinar y consensuar con ellos y con los propios comerciantes, los productos que a día de hoy se pueden vender en los diferentes puestos. En cuanto a lo que se va a hacer, terminar la modificación de la ordenanza reguladora.”

23º/348.- PREGUNTAS QUE SE FORMULEN EN EL TRANSCURS O DE LA SESIÓN.

Se formularon preguntas por parte de don Cosme Aranguren Gallego, Portavoz del grupo municipal UPyD – Centrados en Segovia. Tengo una que es la siguiente: el abogado penalista de este Ayuntamiento en el asunto de don Juan Cruz Aragoneses o de su pareja, parece ser que es el mismo que ha representado al Ayuntamiento en el asunto de la Casa de los Buitrago. Mi pregunta es: ¿solía ser este el abogado penalista del Ayuntamiento en la época del asunto de don Juan Cruz y pudiera haber incurrido en un conflicto de intereses?.

A continuación tomó la palabra la Ilma. Sra. Alcaldesa manifestando: si no hay más preguntas levantamos la sesión, no sin desearles a todos y a todas que tengan una buena salida y entrada de año. Que el año que viene que venga cargado de salud y que se cumplan, no se pueden cumplir todos nuestros deseos porque en algunos aspectos van a ser antagónicos, pero que disfrutemos plenamente de nuestras familias y que tengamos muchos éxitos en todos los ámbitos. Vamos a dejarlo de una manera genérica.

INCIDENCIAS DURANTE EL TRANSCURSO DE LA SESIÓN :

Siendo las nueve horas y cincuenta minutos, e iniciada la consideración del asunto 5º del orden del día, con el permiso de la Presidencia, se ausentó del Salón de sesiones el concejal don Ramón Muñoz-Torrero Osorio. Se reincorporó a la sesión minutos después (09:52 horas), antes de la votación en la que participa.

Siendo las diez horas y veinticinco minutos y concluida la consideración del asunto 15º del orden del día, se ausentó del salón de sesiones el Sr. Interventor, no reincorporándose al mismo antes de la conclusión de la sesión.

Siendo las diez horas y cincuenta y siete minutos e iniciada la consideración del asunto 18º del orden del día, con el permiso de la Presidencia, se ausentó del Salón de sesiones la concejala doña María Luisa Delgado Robledo. Se reincorporó a la sesión minutos después (11:00 horas), antes de la votación en la que participa.

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RECESO.- Siendo las once horas y dieciocho minutos, finalizada la consideración y votación del asunto 18º del orden el día, la Ilma. Sra. Alcaldesa, al amparo de la habilitación contenida en el artículo 85.2 del ROAS, acordó un RECESO para descanso en el debate, reanudándose la sesión siendo las doce horas, con la presencia de todos los asistentes a la sesión, a excepción del Sr. Vázquez Requero quien ya no se reincorporó a la sesión antes de su conclusión.

Y no habiendo más asuntos de que tratar, siendo las doce horas y cincuenta y un minutos del mismo día por la Presidencia se levantó la sesión, extendiéndose de ella la presenta ACTA, que una vez aprobada por la Corpo ración se transcribe al Libro de Actas del Pleno de la Corporación, autorizada con l as firmas de la Presidenta y de la Secretaria de la Sesión y con la advertencia de la obligación de firmarla que, de conformidad con el artículo 111.1 del ROAS, tiene l os asistentes a la misma haciéndolo en este acto la Alcaldesa conmigo, Secre taria General y Secretaria de la Sesión, de todo lo cual DOY FE .

Fue aprobada el acta correspondiente a esta sesión, en la sesión ordinaria siguiente, celebrada el día 1 de febrero de 2019.

Y en cumplimiento de las previsiones contenidas en el Artículo 3. 2. d) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, de acuerdo con lo aprobado por Decreto de la Ilma. Sra. Alcaldesa, de fecha 17 de abril de 2018, relat ivo a la aprobación de las actas del Pleno y de la Junta de Gobierno Local y su publicac ión en la sede electrónica municipal se expide la presente, que firmo en Segov ia, junto con la Ilma. Sra. Alcaldesa, doña Clara I. Luquero de Nicolás a efect os de su publicación en la sede municipal.

Vº Bº, LA ALCALDESA

LA SECRETARIA GENERAL,

Firmado en Segovia el 01/02/2019
Firmado en Segovia el 01/02/2019