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CORPORACION PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACION COMERCIAL S.A. CORPAC S.A. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO GERENCIA DE PERSONAL Aprobado por Gerencia General GG-054-2005 del 04-02-2005 LIMA - PERU 2005

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CORPORACION PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACION COMERCIAL S.A.CORPAC S.A.

REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO

GERENCIA DE PERSONAL Aprobado por Gerencia General GG-054-2005 del 04-02-2005

LIMA - PERU2005

I N D I C E

Págs.

TITULO I : DE LA EMPRESA 1

CAPITULO IDE LA DENOMINACIÓN DE CORPAC S.A. 1CAPITULO IIDE LAS FACULTADES DE CORPAC S.A. SOBRE SU ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN 1

TITULO II : DE LA FINALIDAD DEL REGLAMENTO 2

CAPITULO IDEL OBJETIVO-BASE LEGAL-ALCANCE 2

TITULO III : INTEGRACIÓN DEL PERSONAL 3

CAPITULO IDE LA NECESIDAD Y SELECCIÓN DEL PERSONAL 3CAPITULO IIDEL CONTRATO DE TRABAJO 3

TITULO IV : DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DEL TRABAJADOR 4

CAPITULO IDE LOS DERECHOS 4CAPITULO IIDE LAS OBLIGACIONES 4CAPITULO IIIDE LAS PROHIBICIONES 6

TITULO V : DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA EMPRESA 8

CAPITULO IDE LOS DERECHOS 8CAPITULO IIDE LAS OBLIGACIONES 8

TITULO VI : DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PERSONAL 9

CAPITULO IDE LA JORNADA DE TRABAJO 9CAPITULO IIDEL CONTROL DE ASISTENCIA 9CAPITULO IIIDE LAS TARDANZAS, INASISTENCIAS Y DESCANSO MÉDICO 10CAPITULO IVDE LAS HORAS EXTRAORDINARIAS O SOBRETIEMPO 11CAPITULO VDE LAS VACACIONES, LICENCIAS Y PERMISOS 11CAPITULO VIDE LA EVALUACIÓN Y CAPACITACIÓN 12

Págs.

TITULO VII : DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO 12

CAPITULO IDE LA DISCIPLINA 12CAPITULO IIDE LAS CLASES DE FALTAS 13CAPITULO IIIDE LAS CLASES DE SANCIONES 13

TITULO VIII : DE LA SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL 14

TITULO IX : DEL FOMENTO DE LA ARMONÍA Y LA PAZ LABORAL 15

CAPITULO IDE LOS PRINCIPIOS GENERALES 15

TITULO X : DE LAS DIRECTIVAS Y NORMAS DE FONAFE 16

CAPITULO IDE LAS SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO 16

TITULO XI : DISPOSICIONES FINALES 18

ANEXO

FALTAS GRAVES ESTABLECIDAS EN LA LEY DE PRODUCTIVIDADY COMPETITIVIDAD LABORAL (DEC. LEG. Nº 728) 20

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TITULO IDE LA EMPRESA

CAPITULO IDE LA DENOMINACIÓN DE CORPAC S.A.

ART. 1° La Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial Sociedad Anónima - "CORPAC S.A." es unaEmpresa Estatal de Derecho Privado del Sector Transportes y Comunicaciones, con Personería Jurídica yAutonomía Económica, Financiera, Técnica y Administrativa, dentro de las limitaciones establecidas en elDecreto Legislativo N° 99, así como las que establecen las disposiciones legales para las Empresas Estatales yde las que fijen los Estatutos de la Corporación.

ART. 2° El objeto social de CORPAC S.A. es:

- Operar, equipar y conservar aeropuertos comerciales al tránsito aéreo, incluyendo las dependencias,servicios, instalaciones y equipos requeridos por la técnica aeronáutica, de acuerdo con las normasinternacionales reconocidas por el Estado Peruano y las disposiciones legales y reglamentarias referentesal funcionamiento de los aeropuertos;

- Establecer, administrar, operar y conservar los servicios de ayuda a la aeronavegación,radiocomunicaciones aeronáuticas y demás servicios técnicos necesarios para la seguridad de lasoperaciones aéreas en el país;

- Establecer y mantener el ordenamiento del tránsito aéreo y su correspondiente control que le asigne elSector, y;

- Establecer sistemas apropiados e idóneos de comunicación requeridos para regular y controlar el tráficoaéreo de sobrevuelo.

CAPITULO IIDE LAS FACULTADES DE CORPAC S.A. SOBRE SU ORGANIZACIÓN Y DIRECCIÓN

ART. 3° Es facultad exclusiva de la dirección de la Empresa, organizar, dirigir, administrar y controlar el Centro deTrabajo. Este derecho comprende entre otros aspectos:

a. Dirección de la ejecución técnica y administrativa de todas las actividades de trabajo.b. Establecer los organigramas, descripción de funciones, facultades y responsabilidades del personal; así

como determinar el número de trabajadores para cada área.c. Establecer y modificar los sistemas técnicos, métodos, procesos y equipos.d. Establecer y modificar los horarios y/o turnos de trabajo con sujeción a la ley y de acuerdo a sus

necesidades, teniendo en cuenta que los servicios que presta la corporación son ininterrumpidos y sedesarrollan durante todo el día y la noche.

e. Seleccionar el personal de acuerdo con las aptitudes, capacidades, experiencia e idoneidad, requeridospara el trabajo que se le encomienda ejecutar.

f. Efectuar transferencias, rotaciones y promociones del personal de acuerdo con las exigencias de laproducción y a las necesidades del servicio; de la apreciación del esfuerzo humano, teniendo en cuentala capacidad y el mérito.

g. Formular Directivas y Reglamentos para mantener la disciplina, el orden, limpieza, seguridad y la buenaimagen de la Empresa.

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h. Ser el árbitro para determinar la capacidad, idoneidad y productividad de cualquier trabajador conrelación al puesto, función o tarea que se le haya asignado para la definición de cualquier movimiento depersonal; así como para fijar el monto de sus remuneraciones en forma coherente y sin contravenir laley.

ART. 4° Lo expresado en el artículo precedente, no es limitativo, ni tiene carácter numerativo, sino fundamentalmenteenunciativo y a modo de ejemplo. Las labores de organizar, administrar, dirigir y controlar el Centro de Trabajo,son facultades inherentes del poder de dirección de la Empresa, abarcando su derecho toda gama deprerrogativas que emanan de lo que las normas legales reconocen o no prohiben al empleador.

TITULO IIDE LA FINALIDAD DEL REGLAMENTO

CAPITULO IDEL OBJETIVO- BASE LEGAL- ALCANCE

ART. 5° El objetivo del presente Reglamento Interno es normar las relaciones laborales entre CORPAC S.A. y sustrabajadores, estableciendo entre ellos derechos y obligaciones, regulando la administración de personal, a finde desarrollar alta productividad, lograr armonía laboral y prevenir conflictos laborales.

ART. 6° La base Legal sobre la cual se sustenta el presente Reglamento Interno, se halla contenida en los siguientesdispositivos legales:

a. Decreto Legislativo N° 99 - "Ley Orgánica de CORPAC S.A.b. Estatuto aprobado por la Junta General de Accionistas el 14-04-99 e inscrito en el Asiento 1-B de la

Partida Nº 70201195 del Registro de Personas Jurídicas del Callao.c. Ley N° 24948 - "Ley de la Actividad Empresarial del Estado".d. Ley N° 24882 - "Ley de Aeronáutica Civil", Anexos y Normas Reglamentarias y Conexas.e. Decreto Legislativo N° 728 - "Ley de Fomento del Empleo" (Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto

Supremo N° 003-97-TR y su Reglamento).f. Decreto Ley N° 25593 - "Ley de Relaciones Colectivas de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la

actividad privada".g. D.S. N° 011-92-TR - "Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo" y su modificatoria.h. D.S. Nº 010-2003-TR – “Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo”i. Decreto Legislativo N° 650 - "Ley de Compensación por Tiempo de Servicios" y su Reglamento.j. Decreto Legislativo N° 854 - "Ley de Jornada de Trabajo, horario y trabajo en sobretiempo" y su

modificatoria Ley Nº 27671.k. Decreto Legislativo N° 713 y sus modificatorias.l. Decreto Supremo N°0 39-91-TR - "Condiciones a que deben sujetarse los empleadores y trabajadores en

el cumplimiento de sus prestaciones".m. Decreto Legislativo N° 910 - "Ley General de Inspección del Trabajo y Defensa del Trabajador" y su

Reglamento D.S. Nº 020-2001-TR-M.n. Resolución Ministerial N°0 36-95-TR - "Guías Básicas de Inspección de Trabajo".

ART. 7° La derogatoria y/o creación de normas no mencionadas en el ART. 6° no compromete la eficacia del presenteReglamento en todo aquello que no se oponga a otras normas de cumplimiento obligatorio.El presente Reglamento es de aplicación a todos los trabajadores de la Empresa (Lima y Aeropuertos delInterior del País) siendo su cumplimiento obligatorio y factor condicionante de la relación laboral.

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El presente Reglamento podrá ser modificado parcial o totalmente cuando a criterio de la Empresa seanecesario para optimizar el funcionamiento y desarrollo de la organización.En todo lo no previsto en el presente Reglamento, así como en las normas legales o convencionales serán deaplicación las normas y disposiciones que para el efecto emita la administración de la Empresa dentro del marcode las facultades que le otorga la legislación vigente.

TITULO IIIINTEGRACIÓN DEL PERSONAL

CAPITULO IDE LA NECESIDAD Y SELECCIÓN DEL PERSONAL

ART. 8° El ingreso de personal se determina en función a las necesidades temporales o permanentes de la Empresa,previa selección y evaluación con las limitaciones que la ley establece.

ART. 9° La selección de personal se efectuará por "Concurso de Méritos " y/o Evaluación Curricular, para lo cual laGerencia de Personal en coordinación con el Área de Organización y Métodos o quien haga sus veces,mantendrá permanentemente actualizada la Directiva correspondiente sujetándose a las normas legales yadministrativas vigentes.Para el ingreso de personal a la Empresa, se exigirá que el postulante acredite : tener mayoría de edad,idoneidad, ser competente, honorabilidad, capacidad física y mental, formación académica adecuada, conpotencial para desarrollarse y que no exista impedimento legal, policial o judicial para celebrar el Contrato deTrabajo.

CAPITULO IIDEL CONTRATO DE TRABAJO

ART. 10° Los trabajadores al servicio de CORPAC S.A. están comprendidos en el régimen laboral de la actividad privada,por lo que le corresponde los beneficios reconocidos por Ley; con las limitaciones por prestar servicios a unaEmpresa Estatal de Derecho Privado.

ART. 11° En los Contratos de Trabajo que suscriba CORPAC S.A. y el trabajador, se estipulará : Duración, Cargo Inicial,Fecha de Inicio de Labores, Remuneración Inicial y las condiciones especiales si las hubiera.

ART. 12° CORPAC S.A. realiza sus actividades a nivel nacional, por tanto todos sus trabajadores están sujetos al cambiode colocación a cualquier sede aeroportuaria de la República, sin que ello suponga perjuicio, pues obedece a lasnecesidades del servicio.

ART. 13° Toda contratación de personal contará con autorización expresa de la Gerencia General o por delegación a laGerencia de Personal o quien haga sus veces.Para la ejecución de los Contratos de Trabajo, el Área de Administración de Personal, previamente deberácontar con la totalidad de los documentos personales, certificaciones y declaraciones juradas que requiera laEmpresa, de conformidad con las directivas y normas internas vigentes.La constatación de falsedad de documentos y/o declaraciones juradas presentadas, o la omisión en la entregade los mismos por parte del trabajador, traerá como consecuencia la aplicación de las sanciones previstas en laLey, sin perjuicio de las responsabilidades penales o civiles que podrían establecerse por tal hecho.

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ART. 14° Las remuneraciones de los trabajadores se fijan de distintas maneras : Por Contrato Individual de Trabajo; porConvenio Colectivo de Trabajo; por Acto Unilateral de la Empresa y/o por mandato de Ley. El pago de lasRemuneraciones se efectúan de acuerdo a Ley y a las normas administrativas de la Empresa.

ART. 15° Las indemnizaciones y/o beneficios serán formulados y abonados en estricta observancia de lo estipulado porley.

TITULO IVDE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DEL TRABAJADOR

CAPITULO IDE LOS DERECHOS

ART. 16° Son derechos de los trabajadores:

1. Contar con las condiciones y medios de trabajo adecuados para el desempeño de sus funciones.2. Percibir una remuneración acorde a su Contrato de Trabajo y a las funciones que realiza, dentro de la

Escala Remunerativa establecida en las directivas y normas legales; así como los demás beneficiosque le correspondan de acuerdo a ley.

3. Recibir capacitación de la Empresa o de terceros, de conformidad con las políticas y normaspresupuestales vigentes, a fin de lograr su especialización y desarrollo.

4. Ser evaluado periódicamente en su desempeño laboral, con la finalidad de determinar susnecesidades de capacitación o ser promovido a cargos superiores, de conformidad con el Manual deEstructura de Cargos, la directiva de Cuadro para Asignación de Personal y el presupuesto de laEmpresa, así como por las normas vigentes.

5. La cautela de su integridad física y salud dentro de las instalaciones de la Empresa.6. Recibir un trato cortés y respetuoso por parte de sus superiores y compañeros de trabajo.7. No ser discriminado por razón de origen, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra razón.8. Que su documentación consignada en el legajo de personal sea mantenida en estricta reserva.9. Expresar libremente ante su superior inmediato las ideas relacionadas con su trabajo, iniciativas y

sugerencias sobre mejoras que busquen aprovechar las oportunidades del entorno y/o incrementar laproductividad y calidad.

10. A la Sindicación, de acuerdo a las normas legales y constitucionales pertinentes.11. Al respeto de su integridad moral, a una adecuada defensa contra el hostigamiento sexual o cualquier

actitud deshonesta que afecte la dignidad del trabajador.12. Los demás derechos que otorga la Constitución y las Leyes Laborales.

CAPITULO IIDE LAS OBLIGACIONES

ART. 17° Son obligaciones de los trabajadores:

1. Respetar y cumplir las normas legales, convencionales y administrativas de carácter laboral, así comolas normas del presente Reglamento Interno de Trabajo y aquellas que dicta la Empresa en uso de susfacultades de administración.

2. Conocer, acatar y cumplir las disposiciones e instrucciones que por razones de trabajo sean impartidaspor sus Superiores y/o Jefaturas; siendo responsables del trabajo que se les encomiendedirectamente. Asimismo, no rehusar las labores que se les designe de acuerdo a su cargo y dentro delas limitaciones que la ley establece.

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3. Cumplir con sus obligaciones de trabajo, de acuerdo al cargo asignado, según lo establecido en elManual de Organización y Funciones.

4. Cumplir con las funciones inherentes al cargo que desempeña, con honradez, lealtad, dedicación,eficiencia, calidad y productividad.

5. Seguir los procedimientos, métodos y sistemas vigentes de la Empresa, aplicando las normas yestándares de productividad establecidos.

6. Observar los principios de honestidad, sinceridad y veracidad al momento de dirigirse a sus superioresjerárquicos.

7. Guardar respeto a sus superiores y compañeros de trabajo; así como el trato cortés con las personasajenas a la Empresa con las que tuviera que alternar por las funciones que desempeña; observandocompostura y trato correcto, manteniendo con ello armonía en el trabajo.

8. Asistir a la capacitación en la que se encuentren incluidos por necesidad del servicio.9. Emplear la mayor aplicación, economía y cuidado en el trabajo que se les encomiende, sin disminuir el

normal rendimiento en sus labores, sean en volumen y/o calidad.10. Observar buena conducta con espíritu de leal colaboración a fin de mantener el orden adecuado y la

disciplina.11. Permanecer en su lugar de trabajo asignado durante el transcurso de su jornada, salvo autorización

especial.12. Asistir al Centro de Trabajo e iniciar sus labores puntualmente, cumpliendo con la jornada de trabajo y

los turnos establecidos; registrando personalmente su asistencia.13. Respetar y acatar todas las disposiciones que dicte el Gobierno y la Dirección de la Empresa, sobre la

protección de sus instalaciones y propiedades.14. Observar rigurosamente las medidas de Seguridad y tomar las precauciones que se les indique para el

manejo de las máquinas, equipos o instrumentos de trabajo, evitando actos o accidentes pornegligencia, derivadas de la función encomendada.

15. Usar durante el desempeño de sus labores los uniformes e implementos de protección que se lessuministre; de acuerdo a la naturaleza de la labor que desempeña.

16. Conservar y restituir los instrumentos, uniformes, útiles y en general bienes que se les hayaproporcionado para el desarrollo de su trabajo. En caso de pérdida o daño por negligencia, repondráen dinero o especie según corresponda.

17. Prestar su máxima colaboración en casos de siniestros o de riesgos relacionados con el personal o lasinstalaciones de la Empresa.

18. Formular las observaciones, reclamaciones y las solicitudes a que haya lugar por el canal respectivo.19. Someterse a los exámenes médicos, técnicos y psico-técnicos requeridos para apreciar su

preparación, capacidad técnica e idoneidad moral y física, cuando por la naturaleza de la labor quedesempeña esté obligado a ello.

20. Entregar oportunamente y bajo responsabilidad, el cargo con la firma de la respectiva "Acta deEntrega", con observancia de la Directiva correspondiente para esos efectos, al ser transferido ocesado.

21. Dar aviso inmediatamente a su jefe directo o a la dependencia encargada de los asuntos del personal,en caso de haber contraído enfermedad contagiosa.

22. Comunicar al Área de Administración de Personal (Gerencia de Personal) cualquier cambio dedomicilio, teléfono, estado civil, nacimiento, fallecimiento de familiares directos y otros para suactualización en el legajo de personal. No resultarán válidas las comunicaciones y/o entrega dedocumentación efectuadas a otras Gerencias o Área de la Empresa. Las notificaciones se cursarán, yresultarán válidas para todos los efectos, el último domicilio señalado en forma escrita por el trabajadory contenido en el legajo de personal.

23. Guardar absoluta y estricta reserva sobre aquellas actividades, asuntos, gestiones y documentosprivados producidos, originados, proporcionados u obtenidos en razón de las labores desempeñadasen la Empresa; así como lo relativo a las instalaciones aeronáuticas, zonas de control restringido ytoda información que por su naturaleza sea de carácter reservado y/o confidencial.

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24. Acatar y cumplir las Comisiones de Servicio que por motivos de trabajo le encarguen realizar encualquier punto del territorio nacional.

25. Someterse a los exámenes médicos, psicológicos y de aptitudes físicas, establecidas en el Programade Control de Higiene y Salud Ocupacional y a cumplir con las medidas profilácticas o curativasprevistas por el médico para evitar enfermedades y prevenir accidentes.

26. Portar en lugar visible y en forma permanente durante la jornada de trabajo, el fotocheck deidentificación proporcionados por la Empresa.

27. Efectuar la entrega del fotocheck una vez culminado su Contrato de Trabajo o cese definitivo.28. Mostrar al personal de vigilancia, cuando les sea requerido, el contenido de paquetes, carteras, bolsas,

maletines u otros, al ingresar y/o salir del Centro de Trabajo.29. Firmar el cargo de recepción de cualquier comunicación que les dirija el Jefe inmediato y/o la

Administración.30. Asumir el cargo que se le asigne, en la sede aeroportuaria que la Empresa estime por conveniente, en

el plazo y forma establecido en la Directiva correspondiente.31. Dar cuenta de manera inmediata a sus superiores de los actos dolosos que pudieran cometer sus

compañeros de trabajo sin distinción del cargo.,32. Liquidar los gastos de viaje de comisión de servicios dentro de los diez (10) días hábiles de efectuada

la comisión, con observancia de la Directiva correspondiente para esos efectos.33. Cumplir estrictamente las disposiciones de carácter imperativo, contenidas en cualquier Directiva o

norma emitida por FONAFE.

CAPITULO IIIDE LAS PROHIBICIONES

ART. 18° Son prohibiciones para los trabajadores de la Empresa en general:

1. Disminuir intencional y/o intempestivamente el ritmo de trabajo, de manera individual y/o colectiva.2. Faltar al trabajo sin causa debidamente justificada.3. La impuntualidad al ingresar o el ingresar fuera de hora sin previa autorización al Centro de Trabajo.

Esta se agravará con la reiteración de la misma.4. No ingresar al Centro de Trabajo bienes particulares (paquetes, artefactos, equipos u otros) salvo

autorización de la Empresa.5. Incumplir o cambiar de turno sin la autorización previa del Administrador de Aeropuerto en caso de las

Sedes Aeroportuarias de Provincias o del Área de Administración de Personal para el caso de la SedeCentral.

6. Registrar la Asistencia de otro trabajador o hacer registrar su asistencia por otra persona, o dejar deregistrar la suya; así como enmendar, adulterar y/o estropear los sistemas de control de la Empresa.

7. Abandonar el Centro de Trabajo durante la jornada laboral establecida o ausentarse de su puesto detrabajo sin la debida autorización del Área de Administración de Personal o Administrador deAeropuerto para el caso de las Sedes Aeroportuarias de Provincias.

8. Dedicarse durante la jornada laboral a atender asuntos personales u otros que sean ajenos a sulabores, descuidando sus obligaciones de trabajo con la Empresa.

9. Manejar u operar equipos, máquinas o vehículos que no le han sido asignado o para lo cual no hansido autorizados.

10. Utilizar o disponer el uso de los bienes de la Empresa o los que se encuentren bajo su custodia parafines que nos sean inherentes a las funciones que desarrolla y/o en beneficio propio o de terceros.

11. Retirar los bienes de la Empresa sin estar expresamente autorizado para ello.12. Ingresar, transitar o egresar del Centro de Trabajo con paquetes, maletines, etc., sin estar

expresamente autorizado para ello.

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13. Efectuar inscripciones en paredes, puertas, ventanas, techos, etc. ya sean internas o externas, asícomo introducir y/o distribuir propaganda política, pasquines, volantes y cualquier otro medio decomunicación escrita, así como el uso del servicio informático (equipos de cómputo, servicio de e-mail), conteniendo expresiones atentatorias al buen nombre de la Empresa, de sus trabajadores entodos los niveles, de la moral y de la armonía laboral dentro del Centro de Trabajo.

14. Concurrir al Centro de Trabajo en estado de embriaguez o bajo influencia de drogas, sustanciasestupefacientes o tóxicas; o ingerirlas dentro del Centro de Trabajo o mientras se encuentre en elcumplimiento de sus obligaciones. La negativa del trabajador a someterse a la prueba correspondientese considerará como reconocimiento de dicho estado.

15. Manejar en estado etílico o bajo efectos de drogas y/o estupefacientes, los vehículos motorizados depropiedad de la Empresa.

16. Utilizar para fines particulares los vehículos de propiedad de la Empresa; así como permitir quepersonas ajenas a la Empresa la conduzcan.

17. Efectuar maniobras temerarias y/o exceso de velocidad en el manejo de los vehículos motorizadospropiedad de la Empresa.

18. Dormir en los recintos de trabajo durante la jornada laboral.19. Faltar de acción o palabra al personal de seguridad y control de la Empresa.20. No respetar la línea de autoridad o hacer comentarios indebidos de sus superiores.21. Incitar o cometer actos de violencia, indisciplina, injurias, faltamiento de palabra verbal o escrita en

agravio del empleador, sus representantes o trabajadores, dentro o fuera del Centro de Trabajo.22. Amenazar o agredir en cualquier forma a sus jefes o compañeros de trabajo.23. Fumar en los lugares que por seguridad está prohibido hacerlo, máxime si la prohibición es por medida

de seguridad.24. Ingresar a zonas restringidas, salvo autorización especial para trabajos específicos, o valerse de

dichas franquicias para dedicarse a asuntos distintos a los trabajos encomendados.25. Hacer declaraciones a la prensa escrita o hablada, sobre asuntos oficiales de la Empresa, excepto por

el personal autorizado debidamente para ello.26. Realizar actividades de carácter mercantil en el Centro de Trabajo, así como hacer colectas, rifas o

suscripciones en el mismo sin expresa autorización escrita de la Dirección de la Empresa, salvo lasderivadas de su función.

27. Propiciar reuniones durante las horas de labor para tratar asuntos particulares o ajenas a susfunciones o asumir cualquier actitud que distraiga al personal en el cumplimiento de sus obligacionesde trabajo.

28. Portar armas, explosivos y/u objetos contundentes en el Centro de Trabajo, sin autorización escrita dela Gerencia General.

29. Recibir dádivas, compensaciones o presentes por servicios prestados en el desarrollo de funciones;así como valerse de la condición de trabajador para obtener ventajas de cualquier índole de lasentidades o personas que mantiene relación con sus actividades.

30. Leer periódicos, revistas, libros, etc., dentro del horario de trabajo con excepción de aquel tipo delectura que el Jefe inmediato podrá autorizar en razón de las funciones que ocupa el trabajador en laEmpresa.

31. Ingresar al Centro de Trabajo en días y horas distintas a las habituales o permanecer en él después definalizada la jornada, sin previa autorización.

32. Tratar de burlar o sorprender las medidas y control de seguridad de los Aeropuertos a nivel nacional,personal de seguridad y entes de vigilancia para el logro de fines contrarios a los intereses de laEmpresa.

33. Utilizar los casilleros personales para guardar artículos no relacionados con su labor.34. Actuar con demora o premura deliberadamente intencionada en el manejo de valores y/o en la

tramitación de documentación interna y/o externa de la Empresa.35. Incurrir en negligencia en el ejercicio de sus funciones y falta de responsabilidad.

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36. Abandonar su puesto de trabajo relacionado con el servicio aeronáutico, sin que haya llegado surespectivo relevo.

37. Obtener, reproducir, transcribir y en general comunicar por cualquier medio documentos de propiedadde la Empresa sin expresa autorización del funcionario competente.

38. Modificar, adulterar, falsificar, ocultar o destruir los documentos emitidos por la Empresa, aún cuandodichos documentos hayan sido otorgados para uso personal del trabajador.

39. Utilizar o ingresar indebidamente a una base de datos, sistema o red de computadoras de la Empresao cualquier parte del mismo para diseñar, ejecutar, alterar, interferir, interceptar, acceder o copiarinformación.

40. Alterar las tarifas correspondientes a los servicios que presta la Empresa en beneficio propio o deterceros.

41. Omitir, ocultar y/o proporcionar intencionalmente información falsa al Empleador con la intención decausarle u obtener ventaja y la competencia desleal.

42. Cometer o promover actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres; así como el acoso sexual.43. Alegar o simular enfermedad para faltar al trabajo.44. Hacer uso de los bienes de la Empresa, en especial del servicio telefónico, fax, correo electrónico,

Internet, fotocopia u otros equipos o servicios para asuntos de índole personal. El costo por el usoindebido o no autorizado de estos medios será de cargo del infractor, independientemente de lassanciones a que hubiera lugar.

45. Utilizar dinero de la Empresa para fines no autorizados por ésta.46. Efectuar labores o acciones en las que directa o indirectamente puede surgir algún conflicto de interés

con la Empresa y/o que ponga en cuestionamiento la honradez, confiabilidad y lealtad del trabajador.47. Abandonar el puesto de trabajo relacionado con el servicio aeronáutico, considerado como servicio

esencial, en caso de materializar paralizaciones o huelgas declaradas improcedentes por el Ministeriode Trabajo y Promoción del Empleo, poniendo en riesgo la seguridad de las operaciones aeronáuticasque presta la empresa así como la de los usuarios y terceros

ART. 19° El trabajador que incurra en los hechos señalados en los numerales precedentes, se hará acreedor a lassanciones correspondientes de acuerdo a la gravedad de la falta, pudiendo llegar hasta la resolución del vínculolaboral, conforme a lo establecido en las normas legales vigentes.

TITULO VDE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA EMPRESA

CAPITULO IDE LOS DERECHOS

ART. 20° Además de las facultades y atribuciones que emanan del presente Reglamento, es derecho de la Empresa :

a. Formular políticas, reglamentos, normas y directivas internas para el desarrollo de las labores delpersonal.

b. Crear o suprimir puestos de trabajo, de acuerdo a Ley y a la necesidad del servicio, previa evaluacióntécnica.

c. Sancionar disciplinariamente dentro de los límites de la razonabilidad y proporcionalidad, lasinfracciones o incumplimientos de las obligaciones laborales del trabajador.

d. Introducir cambios en los procesos administrativos y de trabajo, en función a los cambios tecnológicos.

CAPITULO IIDE LAS OBLIGACIONES

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ART. 21° Son obligaciones de la Empresa :

a. Cumplir fiel y cabalmente los dispositivos legales que se deriven de una relación de trabajo.

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b. Celebrar los Contratos de Trabajo de acuerdo a los dispositivos legales vigentes.c. Abonar las remuneraciones al trabajador de acuerdo a su cargo y grupo ocupacional, de conformidad a

las normas vigentes.d. Cumplir sus obligaciones de empleador respecto a los derechos y beneficios de los trabajadores.

ART. 22° La enumeración de derechos, obligaciones y prohibiciones indicadas en este Título y el anterior no tienencarácter limitativo, ya que de modo general, corresponden a la Dirección de la Empresa y a sus trabajadorestodas las obligaciones y derechos que emanan del Contrato de Trabajo.

TITULO VIDE LA ADMINISTRACIÓN DEL PERSONAL

CAPITULO IDE LA JORNADA DE TRABAJO

ART. 23° Las jornadas de trabajo en la Empresa serán fijadas mediante horarios y roles de turno, teniendo en cuenta quelos servicios que presta la Empresa son ininterrumpidos y que se desarrollan durante las 24 horas del día. Sufijación estará en armonía a la Ley y a los acuerdos expresados.

ART. 24° La modificación de los horarios obedecerán a la necesidad del servicio, teniendo en cuenta que se prestaatención a las operaciones aéreas en el país, interviniendo la Gerencia de Personal en el procedimiento demodificación.

ART. 25° Los trabajadores que laboran en áreas de operaciones continuas, no podrán abandonar su labor hasta haberentregado el puesto a su relevo. Si el relevo no se presentara, el trabajador saliente pondrá este hecho enconocimiento de su jefe directo para que éste adopte las providencias del caso.

ART. 26° Están exceptuados del Registro de Ingreso y Salida los Gerentes y/o Ejecutivos de Nivel equivalente, y aquellostrabajadores que la Gerencia General expresamente lo autorice.

CAPITULO IIDEL CONTROL DE ASISTENCIA

ART. 27° La Gerencia de Personal es el órgano competente del control de asistencia, puntualidad y permanencia de lostrabajadores en la Empresa; siendo directamente responsable de la permanencia en el área de trabajo el Jefeinmediato superior, sean éstos Supervisores, Jefes y Gerentes, según corresponda.

ART. 28° El control de ingreso y salida de personal del Centro de Trabajo, se realiza a través de los medios mecánicos,electrónicos, manuales y/o en general cualquiera que señale la Empresa para tal fin.

ART. 29° CORPAC S.A. exceptúa del sistema normal de control de asistencia y puntualidad, en los siguientes casos:

a. Por comisión de servicio a otras sedes aeroportuarias.b. Por goce de Becas de Estudios y/o Capacitación.c. Por permisos, suspensión de labores, pre-aviso por falta grave, enfermedades y accidentes,

descansos pre y post natal, fallecimiento de familiares directos.d. Viajes al extranjero debidamente autorizados.e. Otros beneficios que se otorgan exclusivamente por Convenio Colectivo.

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ART. 30° El trabajador que necesite ausentarse de su puesto de trabajo deberá solicitar permiso al Área deAdministración de Personal o al Administrador de Aeropuerto, para los casos de trabajadores de las sedesaeroportuarias de provincias, haciendo uso de la correspondiente papeleta y/o medio existente para tal fin.El uso indebido del permiso y/o papeletas para fines distintos a lo autorizado está sujeto a sanción.

CAPITULO IIIDE LAS TARDANZAS, INASISTENCIAS Y DESCANSO MÉDICO

ART. 31° Se considera tardanza y se computa como tal, el ingreso del trabajador al Centro de Trabajo desde el primerminuto después de la hora establecida.

ART. 32° La tolerancia para el ingreso, sin que ello signifique la exoneración de tardanza, será para todos los trabajadoresde la Empresa de quince (15) minutos. El trabajador que llegue pasada la tolerancia será considerado falto.

ART. 33° El uso de la tolerancia tiene carácter excepcional lo cual no constituye en ningún caso variación de los horariosestablecidos ni autorización para llegar tarde.

ART. 34° Las tardanzas y las inasistencias se considerarán para la calificación del desempeño, promociones, sancionesdisciplinarias, estímulos y para el goce de otros beneficios que otorgue la Empresa.

ART. 35° Las sanciones por faltas cometidas se aplicarán de acuerdo a lo establecido en los dispositivos legales, normasy/o disposiciones administrativas vigentes.

ART. 36° Se considera como inasistencias injustificadas las siguientes :

a. No concurrir al Centro de Trabajo sin mediar causa justificada.b. No justificar la inasistencia en la forma y plazos previstos en el presente Reglamento.c. Omitir el registro de ingreso o de salida al Centro de Trabajo.d. Registrar la salida antes de la hora establecida.e. Abandonar el puesto de trabajo dentro de la jornada laboral.

ART. 37° Para fines de calificación se considerarán como faltas justificadas, las que a juicio de la Empresa reúnandeterminadas circunstancias que por su naturaleza imposibilitan la concurrencia al Centro de Trabajo, sin queello obligue al pago de remuneraciones.

ART. 38° Se considera inasistencia justificada con goce de haber aquellos casos originados por enfermedad hasta elmáximo que prevé la norma legal y que se realice en la siguiente forma:

a. Si el trabajador presenta oportunamente a la Gerencia de Personal o Administrador de Aeropuerto elCertificado Médico correspondiente, expedido por :

ESSALUD Hospitales y Centros Médicos del Ministerio de Salud. Médicos Particulares, en cuyo caso deberá ser presentado en el formato del Colegio Médico,

figurando en dicho certificado : apellidos y nombres del paciente, el diagnóstico, días dedescanso, hora de atención, dirección domiciliaria del Consultorio Médico, firma y sello delMédico tratante, debiendo además ser visado por el Área de Salud.

b. Si el médico autorizado por CORPAC S.A., ha constatado en el domicilio del trabajador el estado desalud que justifique el respectivo descanso médico.

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c. Por fallecimiento de familiares directos (padres, hijos, cónyuge o conviviente) debidamente registradosen CORPAC S.A.

ART. 39° El trabajador deberá reportar telefónicamente a su unidad o Área respectiva y al Área de Administración dePersonal (Control de Asistencia) dentro del primer día hábil de iniciada la enfermedad.

ART. 40° El Certificado Médico deberá ser presentado dentro del tercer día hábil de iniciada la enfermedad.

CAPITULO IVDE LAS HORAS EXTRAORDINARIAS O SOBRETIEMPOS

ART. 41° Se denomina horas extraordinarias o sobretiempo a las horas trabajadas voluntariamente por el trabajador enforma adicional a la jornada laboral ordinaria establecida por la Empresa, debidamente autorizadas.

ART. 42° CORPAC S.A. remunerará a sus trabajadores por labores realizadas en horas extraordinarias siempre que esténdebidamente autorizadas y cuente con la asignación presupuestal, en concordancia con las normas legales y/oconvencionales vigentes.

ART. 43° La Empresa podrá establecer regímenes alternativos o acumulativos de trabajo acorde a sus necesidadesempresariales, así como de sistemas compensatorios de trabajo en sobretiempo (banco de horas extras),conforme a ley.

ART. 44° La permanencia en el Centro de Trabajo para realizar horas extraordinarias, requiere de autorización expresa dela Gerencia o de la Jefatura de Aeropuerto o el área que cuente con autoridad delegada para tal fin.

ART. 45° No se considera como horas extraordinarias ni tiene derecho al pago, la demora del trabajador en salir ni laanticipación al ingresar de/a su área de trabajo respecto de la jornada normal establecida.

ART. 46° La autorización para la prestación de servicios remunerados en horas extraordinarias, sólo procederá paraejecutar trabajos por imprevistos de suma urgencia o de naturaleza excepcional.

ART. 47° No tienen la calidad de sobretiempos pero sí de prestación obligatoria la labor extraordinaria que resulteindispensable por razón de accidente o fuerza mayor o para evitar peligro inminente a las personas, la seguridadde los bienes del Centro de Trabajo.

CAPITULO VDE LAS VACACIONES, LICENCIAS Y PERMISOS

ART. 48° El trabajador tiene derecho a treinta (30) días de descanso vacacional remunerado por cada año completo deservicio, de acuerdo a lo establecido por ley.

ART. 49° La Gerencia de Personal confeccionará la programación anual vacacional en base a la recopilación deinformación sobre los acuerdos de goce vacacional de todas las áreas, de conformidad con la necesidad delservicio y dispositivos legales vigentes.

ART. 50° El descanso vacacional no podrá ser otorgado cuando el trabajador esté incapacitado para el trabajo, ya seacomo consecuencia de enfermedad común, accidente de trabajo o enfermedad profesional. En este caso, lasvacaciones se otorgarán luego de la rehabilitación o alta del trabajador. Esta norma no será aplicable si laincapacidad sobreviene durante el período de vacaciones.

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ART. 51° Es facultad de la Empresa el otorgamiento de licencias y permisos por motivos particulares. Estarán supeditadasa las necesidades propias del servicio, no siendo obligación de la Empresa concederlos cuando las mismas nolo permitan. La autorización de la solicitud de las licencias y permisos corresponde a la unidad orgánica de laque depende el trabajador, en coordinación con la Gerencia de Personal, quien autoriza.

ART. 52° Las licencias se solicitarán a la Gerencia de Personal con la aprobación de su jefe inmediato superior y elGerente del área respectivamente, con una anticipación de cinco (05) días útiles, salvo casos de fuerza mayor,debidamente acreditados y contar con la visación de su área de origen.

ART. 53° La Empresa, está facultada para verificar la autenticidad de las causales expuestas en las peticiones de lospermisos, por medio de la Gerencia de Personal o de las Jefaturas de Aeropuertos.

ART. 54° El disfrute del permiso y licencia se hará una vez que éste haya sido autorizado por escrito, no siendo suficientela sola presentación de la solicitud para el goce.

ART. 55° El trabajador que no obtuviera la autorización para hacer uso del permiso y no concurriera a sus labores, se leconsiderará inasistencia injustificada, haciéndose acreedor a las sanciones disciplinarias previstas en elpresente Reglamento y/o en la Ley.

CAPITULO VIDE LA EVALUACIÓN Y CAPACITACIÓN

ART. 56° Los trabajadores serán evaluados periódicamente en el desempeño de sus cargos por sus Jefes inmediatos, enbase a un seguimiento real y efectivo, con el apoyo técnico de la Gerencia de Personal.

ART. 57° Los trabajadores podrán seguir estudios de capacitación y/o entrenamiento y/o formación profesional,preferentemente fuera de la jornada de trabajo, asimismo la Empresa programará estudios con la finalidad demejorar su productividad y/o para formar Cuadros Ejecutivos. Ambas modalidades de estudio se tomarán encuenta en las evaluaciones para fines de mejores posiciones dentro de la Empresa.

ART. 58° Cuando la Capacitación se desarrolle dentro del horario de trabajo y a su inicio o término exista razonablediferencia de tiempo de labor, el trabajador se encuentra obligado a concurrir a trabajar.

TITULO VIIDEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO

CAPITULO IDE LA DISCIPLINA

ART. 59° CORPAC S.A. tiene como política el fomentar las buenas relaciones laborales con sus trabajadores en general,en concordancia con el principio de la buena fe y espíritu de comprensión, armonía y cooperación que existaentre todos los trabajadores de todos los niveles. El quebrantamiento de éstos principios se considera una faltacontra la política institucional, siendo de aplicación las medidas disciplinarias que el caso amerite.

ART. 60° La Empresa tiene la facultad directriz para administrar el orden y la disciplina del personal en el Centro deTrabajo, a fin de garantizar que las actividades se desarrollen en un ambiente de orden, moral, disciplina ylealtad a los objetivos de la Empresa, con observancia de las disposiciones legales vigentes del presenteReglamento y demás normas internas.

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CAPITULO IIDE LAS CLASES DE FALTAS

ART. 61° Su clasificación se da según la importancia e intención y circunstancias en que se cometen. Las faltas setipifican de acuerdo a las características que se anotan :

a. FALTAS LEVESSon aquellos actos de indisciplina y/o negligencia por descuido de acción u omisión que indispone elcumplimiento de las obligaciones y que de acuerdo a su intensidad, no atentan ni ocasionan peligroa la persona ni a la Empresa, o no crean riesgo de seguridad, es decir, son aquellas faltas de pocaconsideración pero que deben ser corregidas para evitar que se repitan.

b. FALTAS DE CONSIDERACIÓNSon aquellas faltas leves que se cometen con frecuencia, o las faltas que revisten seriedad,ocasionando peligro y/o daño de consideración a la persona y/o Empresa; e igualmente las faltasque provocan riesgos leves de seguridad.

c. FALTAS GRAVESSon aquellos actos de grave indisciplina o comportamiento laboral inadecuado que constituyen unainfracción a los deberes esenciales que emanan del Contrato de Trabajo; lo cual crea, atenta, yocasiona peligro y/o daño grave a la persona, la Empresa y/o a la seguridad y hacen que no searazonable la permanencia del trabajador en la Empresa; los mismos que están previstos como faltade connotación grave en la Ley correspondiente.La reiterancia en faltas de consideración constituye Falta Grave.

CAPITULO IIIDE LAS CLASES DE SANCIONES

ART. 62° CORPAC S.A. establece seis (6) clases de sanciones como medidas disciplinarias, en casos de infracción delpresente Reglamento y de la Ley, las mismas que son:

a. AMONESTACIÓN VERBAL :Es ejecutada por el Jefe Inmediato del trabajador o por el Área de Relaciones Laborales, cuando setrata de faltas leves que se cometen por primera vez y cuando exista un motivo justificado que lasatenúe. Dicha sanción deberá ser comunicada a la Gerencia de Personal mediante documento queindique la falta cometida y los motivos que se consideraron para efectuar esta medida disciplinaria.La Amonestación Verbal no constará en el Legajo personal del trabajador, pero se tomarán en cuentapara los casos de reiteración de la falta cometida, por lo que en estos casos se aplicarán mayoressanciones conforme a lo previsto en el presente Reglamento Interno y a la normas legales vigentes.

b. RECOMENDACIÓN :Es ejecutada por el Jefe Inmediato del trabajador o por el Área de Relaciones Laborales, ante ladenominadas faltas leves, con el propósito de que el infractor tome conocimiento de sus errores, loscorrija y ponga mayor atención y voluntad en el trabajo, para lo que se le cursará comunicación escritadetallando la falta cometida.

c. AMONESTACION ESCRITA :Es la comunicación escrita cursada al trabajador infractor por el Jefe inmediato del trabajador y/o por elÁrea de Relaciones Laborales cuando es reincidente en cometer faltas leves por las cuales ha sidoamonestado verbalmente o recomendado, o por haber infringido las prohibiciones contenidas en elpresente Reglamento.

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d. SEVERA AMONESTACIÓN :Se aplica en los casos de reiteración de faltas leves sancionadas con Amonestación Escrita y/o por laComisión de Faltas de Consideración. La ejecuta el Jefe inmediato del trabajador y/o por el Área deRelaciones Laborales.

e. SUSPENSIÓN DEL TRABAJO :Es la sanción disciplinaria sin goce de haber o jornal por las faltas reiteradas y aunque no seanreiteradas cuando las faltas cometidas ameriten este correctivo. Se procederá mediante comunicaciónescrita cursada por el Área de Relaciones Laborales o las Jefaturas de Aeropuerto.

f. DESPIDO :El Despido se aplicará cuando el trabajador incurra en falta de connotación grave u otra causalprevista en la Ley dando lugar a la separación de la Empresa.

ART. 63° El trabajador está obligado a firmar los cargos de las sanciones a que se refiere el artículo anterior. La negativaa recibir la comunicación o firmar el cargo de recepción constituye agravante a la falta cometida, que obliga a laadministración a aplicar otras sanciones de acuerdo a sus atribuciones y a lo normado en el presenteReglamento, posibilitando la remisión del documento vía notarial u otro medio formal.

ART. 64° El orden en mención de las sanciones, si bien establece una graduación, de ningún modo significa que tengaque seguirse necesariamente esa misma progresión al momento de aplicarla.

ART. 65° El análisis y evaluación de los procesos administrativos disciplinarios seguidos a todo nivel, será efectuado porla Gerencia de Personal.En los casos de falta grave laboral, previstos en el presente Reglamento y las normas legales vigentes, seaplicarán las formalidades establecidas en las normas legales de la materia.

ART. 66° Es facultad de la Gerencia General suscribir los documentos de separación del trabajador de la Empresa porsanción disciplinaria de despido por causal de falta grave laboral.

TITULO VIIIDE LA SEGURIDAD E HIGIENE OCUPACIONAL

ART. 67° La seguridad integral comprende la seguridad de las instalaciones y equipos aeronáuticos en los terminalesaéreos y de los bienes de la Empresa y de las operaciones aéreas.

ART. 68° La Empresa garantizará las condiciones de seguridad a fin de salvaguardar la vida, salud e integridad física delos trabajadores durante el desarrollo de las labores en el Centro de Trabajo y en todos aquellos lugares a losque se les comisione por necesidad del servicio, siendo uno de sus objetos principales evitar riesgos yaccidentes de trabajo así como las enfermedades ocupacionales.

ART. 69° Durante la jornada de trabajo, todo trabajador debe cumplir con las medidas de seguridad e higiene ocupacionalque determine la Empresa. Quienes incumplan con lo dispuesto o pongan en peligro su propia vida, salud o lade otros trabajadores, así como la de los bienes, inmuebles o procesos administrativos y productivos, seránsancionados de conformidad con lo que establezcan las directivas respectivas o la legislación laboral vigente.

ART. 70° Es obligación de los trabajadores cumplir y colaborar al mejor cumplimiento de las normas de seguridad integralcon el propósito de prevenir o conjurar cualquier accidente, incidente, hecho o acto negligente o doloso; suinobservancia amerita la aplicación de las sanciones pertinentes.

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En cualquier caso es obligación de los trabajadores poner el mayor cuidado para preservar la seguridad integralasí como la ocupacional, y comunicar inmediatamente a sus superiores cualquier hecho que la afectenegativamente.

ART. 71° Los trabajadores deben utilizar obligatoriamente los implementos de seguridad que se les asigne, así como velarpor el adecuado uso y conservación del vestuario, implementos y/o equipos de seguridad que la instituciónponga a su disposición.

ART. 72° Los trabajadores participarán activamente en los Programas de Prevención y/o Simulacro sobre SeguridadIntegral y/u Ocupacional.

ART. 73° Ningún trabajador podrá modificar, cambiar, desplazar o destruir los dispositivos de seguridad u otros aparatosproporcionados para su protección o la de otras personas, ni tampoco contrariará métodos o procedimientosadoptados con el fin de reducir los riesgos inherentes a su cargo.

TITULO IXDEL FOMENTO DE LA ARMONÍA Y PAZ LABORAL

CAPITULO IDE LOS PRINCIPIOS GENERALES

ART. 74° CORPAC S.A. dentro de su política laboral, sabe que :

- Todos son conscientes y responsables de la importancia de los servicios nacionales que prestan.- Los cambios científicos, tecnológicos, económicos y sociales, influyen y condicionan el funcionamiento

de los servicios aeronáuticos que brinda la Empresa.- El espíritu y mentalidad de superación de todos y cada uno de los trabajadores genera la superación

total de la Empresa.- El desarrollo organizacional empieza con el cambio y la innovación.- La productividad institucional se obtiene según la mejor combinación de recursos que hagan los

trabajadores en cumplimiento de sus labores.- La búsqueda abierta del mejoramiento y la capacidad de autocrítica distinguen el esfuerzo individual en

mejora de la Empresa.- La cultura organizacional está enmarcada en modernidad, eficiencia, eficacia y calidad del servicio.

ART. 75° CORPAC S.A. permite a sus trabajadores actuar con seguridad, dentro del marco que establecen sus políticas,procedimientos y facultades, para ejecutar sus iniciativas en forma inteligente y constructiva.

ART. 76° Los trabajadores que se destaquen por su eficacia y rendimiento, asistencia y puntualidad, dedicación al trabajo,honradez probada durante el desempeño de sus funciones, identificación con la Empresa, o que acreditenméritos especiales; podrán recibir estímulos, los mismos que serán fijados de conformidad con las disposicionesde la Empresa.

ART. 77° Los actos destacados de los trabajadores que merezcan distinciones serán evaluados por la Gerencia General;quien a su vez, suscribirá los documentos pertinentes para la aplicación de los estímulos por los méritosespeciales del trabajador.

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TITULO XDE LAS DIRECTIVAS Y NORMAS DE FONAFE

CAPÍTULO IDE LAS SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO

ART. 78º Los incumplimientos respecto a los cuales deben recaer las sanciones reguladas en el presente Capítulo,incluyen todas las disposiciones contenidas en las Directivas emitidas por FONAFE, vigentes a la fecha en queocurrió el incumplimiento.

ART. 79º El presente Capítulo se aplica a todo el personal de dirección, de confianza, gerentes y, en general, a todos lostrabajadores de CORPAC S.A., que durante el ejercicio de sus labores, sean responsables de la ejecución y/osupervisión de acciones u omisiones que constituyan infracciones a las Directivas de FONAFE.

ART. 80º Corresponde a CORPAC S.A. :

a. Identificar a los responsables del incumplimiento de las Directivas emitidas por FONAFE;b. Determinar la gravedad de dicho incumplimiento; yc. Aplicar las sanciones correspondientes.

Todo ello, de conformidad con lo establecido en el presente capítulo; y sin perjuicio de la responsabilidad civily/o penal a la que hubiere lugar para los trabajadores infractores.FONAFE se encuentra facultado, en caso de detectar algún incumplimiento a sus Directivas, a comunicar estehecho a CORPAC S.A. para que ésta realice las acciones de los numerales (a), (b) y (c) precedentes.

ART. 81° En caso la infracción hubiera sido cometida por el Gerente General u otro trabajador de Dirección, será elDirectorio el que evalúe el incumplimiento e imponga la sanción. Cuando la infracción hubiese sido cometidapor cualquier otro trabajador, ésta será evaluada y sancionada por el Gerente General. El responsable de estafunción será denominado en adelante, Evaluador.Para la aplicación de lo dispuesto por el presente Capítulo deberá entenderse como trabajadores de Direccióna todos aquellos que tienen rango de Gerentes, aún cuando estos ocupen cargos en calidad de encargados

ART. 82º A efectos de determinar la gravedad del incumplimiento, CORPAC S.A. considerará los siguientes criterios :

a. Intencionalidad.b. Perjuicio causado.c. Circunstancias de la comisión de la infracción.d. Repetición en la comisión de la infracción.

ART. 83º Los criterios establecidos en el artículo precedente, son definidos de la siguiente manera :

a. Intencionalidad : es el nivel en la libertad y la voluntad del trabajador para llevar a cabo lasacciones que constituyan incumplimientos por acción u omisión de las Directivas de FONAFE.Para la determinación del grado de intencionalidad de los trabajadores se tomará en cuenta :i) Intencionalidad Directa : Cuando la decisión de la acción u omisión que vulnera lo establecido

por las Directivas de FONAFE, depende únicamente del trabajador infractor.ii) Intencionalidad Indirecta : Cuando la decisión de la acción u omisión que vulnera lo establecido

por las Directivas de FONAFE, ha sido tomada en conjunto por un grupo de trabajadores o porun trabajador de mayor jerarquía que ha encargado su ejecución al trabajador infractor.

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Para que la infracción de un trabajador sea calificada con intencionalidad indirecta, en loscasos de decisiones grupales, es necesario que se compruebe que el trabajador votó en contrade la decisión.

b. Perjuicio : es el daño producido a CORPAC S.A. como consecuencia del incumplimiento de lasDirectivas de FONAFE, el mismo que puede ser patrimonial o no patrimonial. Estos se dividirán en :i) Perjuicio Leve.ii) Perjuicio Grave.Para el caso de los daños patrimoniales, el Evaluador determinará si el perjuicio es leve o gravetomando en consideración la afectación económica derivada del incumplimiento a las Directivas deFONAFE. En ese sentido, se considera perjuicio grave si la afectación económica altera, a criterio delEvaluador, el normal desenvolvimiento de CORPAC S.A. y perjuicio leve si la afectación ha podidoser subsanada sin causar perjuicios a la actividad de CORPAC S.A.Para el caso de los daños no patrimoniales, el Evaluador determinará si el perjuicio es leve o gravetomando en cuenta el grado y tipo de perjuicio causado por el incumplimiento de las Directivas deFONAFE. Esta evaluación se hace tomando en cuenta criterios de razonabilidad y oportunidad delincumplimiento.Los casos en los que a criterio del Evaluador no existe perjuicio para CORPAC S.A. de ningún tipo,deberán ser acompañados por un informe técnico y legal que lo sustente.

c. Circunstancias de la comisión de la infracción : está referida al contexto en el que se produceel incumplimiento a las Directivas de FONAFE. Dichas circunstancias pueden ser calificadas como :i) Atenuantes : cuando, a criterio del Evaluador, la acción u omisión calificada como infracción, sea

realizada con la finalidad de impedir un daño real y mayor para CORPAC S.A.ii) Agravantes : cuando se determine que el trabajador incumplió las normas y Directivas de

FONAFE, a pesar que las circunstancias resultaban favorables o idóneas para el cumplimientoefectivo de dichas normas o que existían otros medios más idóneos para lograr los finesobtenidos con la infracción.

d. Repetición de la comisión de la infracción : se trata de la comisión reiterada de una infracción.En este caso sólo se entenderá que ha incurrido en un incumplimiento por segunda, tercera o másveces, sólo si se trata de la misma conducta sancionable o relacionada directamente con ella.

ART. 84º La determinación de la gravedad del incumplimiento efectuado, se realiza tomando en cuenta la asignación depuntajes, aplicando el criterio que corresponda, de acuerdo con lo indicado en el siguiente cuadro :

INTENCIONALIDAD PERJUICIO CAUSADO CIRCUNSTANCIAS REPETICIÓN

Sin intención 0 Sin perjuicio 0 Atenuantes -10 Segunda vez que se incurre enInfracción

5

Intención Indirecta 5 Leve 5 Circunstancias Neutras 0 Tercera vez que se incurre eninfracción

10

Intención Directa 10 Grave 10 Agravantes 10 Cuarta vez que se incurre eninfracción

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La gravedad de la infracción es determinada por la suma de los puntajes asignados en las evaluaciones quedeberá efectuar el Evaluador.

ART. 85º Como consecuencia de la determinación de la gravedad de la infracción por incumplimiento de las Directivasemitidas por FONAFE, se establece la sanción aplicable al infractor. Las sanciones se aplicarán conforme a loestablecido en el siguiente cuadro :

PUNTAJE SANCIÓN

5 y 10 Amonestación Verbal

15 Amonestación escrita

20 y 25 Un (1) día de suspensión sin goce de haber

30 Dos (2) días de suspensión sin goce de haber

35 Cinco (5) días de suspensión sin goce de haber

40 ó más Despido por falta grave

ART. 86º Detectada la infracción, se comunicará al Órgano de Control Institucional de CORPAC S.A. para la verificacióndel incumplimiento y el seguimiento de la aplicación de las respectivas sanciones.

ART. 87º A criterio del Evaluador, en los casos en que un trabajador infrinja por primera vez una Directiva de FONAFE ysolo si, no se han producido perjuicios de ningún tipo para CORPAC S.A. el infractor quedará exento de lasanción correspondiente, contabilizándose el incumplimiento para una eventual aplicación del criterio derepetición.

ART. 88º Corresponde al Evaluador determinar si existió vinculado a la acción u omisión, calificada como infracción a lasDirectivas de FONAFE, en caso fortuito o de fuerza mayor. En este supuesto, opera la exoneración deresponsabilidad referida en los artículos 1315º y siguientes del Código Civil.

ART. 89º Será sancionado en la misma medida que el infractor, aquel trabajador que estando en condiciones de hacerlo,no impide o denuncia al Evaluador el incumplimiento inminente.

TITULO XIDISPOSICIONES FINALES

PRIMERA

El presente Reglamento será autorizado y/o aprobado por los canales que prevé la Ley; el que posteriormente seentregará a todos los trabajadores a nivel nacional por medio de la Gerencia de Personal.

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SEGUNDA

La responsabilidad de velar por el cumplimiento del Reglamento Interno de Trabajo corresponde a la Gerencia dePersonal y/o quienes hagan sus veces. Igualmente corresponde dicha responsabilidad a los Jefes de cada unidadorgánica de la Empresa.

TERCERA

El desconocimiento del presente Reglamento Interno no exonera de las responsabilidades que se genera comoconsecuencia de su aplicación.

CUARTA

La Gerencia de Personal revisará el presente Reglamento Interno y recomendará su actualización en aspectos queconsidere necesarios. Las modificaciones, supresiones y ampliaciones del presente Reglamento Interno seránautorizadas por la Gerencia General, y puesto en conocimiento de la Autoridad Administrativa de Trabajo; luego de suaprobación, la Gerencia de Personal se encargará de distribuirlo a todos los trabajadores.

QUINTA

Todos los casos no previstos expresamente en este Reglamento Interno se regirán por los dispositivos legales vigenteso que al efecto dicte la Empresa en legítimo ejercicio de su derecho dentro de las facultades y el ordenamiento legalvigente sobre aspectos específicos.

SEXTA

Las normas específicas y los procedimientos administrativos y técnicos de rigor que amplíen o aclaren los Artículos delpresente Reglamento Interno se efectuará mediante Directivas, Comunicados, Circulares y Memorandos que dicte laEmpresa a través de la Gerencia de Personal.

SEPTIMA

Para efectos del presente Reglamento se tendrá en cuenta las siguientes definiciones:- Autoridad Administrativa de Trabajo : Se referirá al Ministerio de Trabajo y Promoción Social o a sus

dependencias descentralizadas.- Empresa o Corporación : Se referirá a CORPAC S.A.- Gerencia de Personal : Area cuya actividad principal es regular los aspectos de personal y/o las relaciones

entre la Empresa y los Trabajadores.

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ANEXO

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ANEXO

FALTAS GRAVES ESTABLECIDAS EN LALEY DE PRODUCTIVIDAD Y COMPETITIVIDAD LABORAL

Decreto Legislativo Nº 728 (TUO aprobado por D.S. N° 003-97-TR)

ARTICULO 23°Son causas justas de despido relacionadas con la capacidad del trabajador:a) El detrimento de la facultad física o mental o la ineptitud sobrevenida, determinante para el desempeño de sus

tareas.b) El rendimiento deficiente en relación con la capacidad del trabajador y con el rendimiento promedio en labores y

bajo condiciones similares.c) La negativa injustificada del trabajador a someterse a examen médico previamente convenido o establecido por

Ley determinantes de la relación laboral, o para cumplir las medidas profilácticas o curativas prescritas por elmédico para evitar enfermedades o accidentes.

ARTICULO 24°Son causas justas de despido relacionadas con la conducta del trabajador:a) La comisión de falta grave;b) La condena penal por delito doloso;c) La inhabilitación del trabajador.

ARTICULO 25°Falta grave es la infracción por el trabajador de los deberes esenciales que emanan del contrato, de tal índole quehaga irrazonable la subsistencia de la relación.Son faltas graves:a) El incumplimiento de las obligaciones de trabajo que supone el quebrantamiento de la buena fe laboral, la

reiterada resistencia a las órdenes relacionadas con las labores, la reiterada paralización intempestiva delabores y la inobservancia del Reglamento Interno de Trabajo y del Reglamento de Seguridad e HigieneIndustrial, aprobados o expedidos, según corresponda, por la autoridad competente que revistan gravedad.La reiterada paralización intempestiva de labores debe ser verificada fehacientemente con el concurso de laAutoridad Administrativa de Trabajo o en su defecto por la policía o de la Fiscalía si fuere el caso, quienes estánobligadas, bajo responsabilidad a prestar el apoyo necesario para la constatación de estos hechos, debiendoindividualizarse en el acta respectiva a los trabajadores que incurran en esta falta.

b) La disminución deliberada y reiterada en el rendimiento de las labores o del volumen o de la calidad deproducción, verificada fehacientemente o con el concurso de los servicios inspectivos del Ministerio de Trabajo yPromoción Social, quien podrá solicitar el apoyo del sector al que pertenece la Empresa.

c) La apropiación consumada o frustrada de bienes o servicios del empleador o que se encuentran bajo sucustodia, así como la retención o utilización indebida de los mismos, en beneficio propio o de terceros, conprescindencia de su valor.

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d) El uso o entrega a terceros de información reservada del empleador, la sustracción o utilización no autorizadade documentos de la Empresa; la información falsa al empleador con intención de causarle perjuicio u obtenerventaja y la competencia desleal.

e) La concurrencia reiterada en estado de embriaguez o bajo influencia de drogas o sustancias estupefacientes yaunque no sea reiterada cuando por naturaleza de la función o del trabajo revista excepcional gravedad. Laautoridad policial prestará su concurso para coadyuvar en la verificación de tales hechos; la negativa asometerse a la prueba correspondiente se considerará como reconocimiento de dicho estado, lo que se haráconstar en el atestado policial respectivo.

f) Los actos de violencia, grave indisciplina, injuria y faltamiento de palabra verbal o escrita en agravio delempleador, de sus representantes, del personal jerárquico o de otros trabajadores, sea que se cometan dentrodel Centro de Trabajo o fuera de él, cuando los hechos se deriven directamente de la relación laboral. Los actosde extrema violencia, tales como la toma de rehenes o de locales podrán adicionalmente ser denunciados antela autoridad judicial competente.

g) El daño intencional a los edificios, instalaciones, obras, maquinarias, instrumentos, documentación, materiasprimas y demás bienes de propiedad de la empresa o en posesión de ésta.

h) El abandono de trabajo por más de tres (3) días consecutivos, las ausencias injustificadas por más de cinco (5)días en un período de treinta (30) días calendario o más de quince (15) días en un período de ciento ochenta(180) días calendario, hayan sido o no sancionados disciplinariamente en cada caso, la impuntualidad reiterada,si ha sido acusada por el empleador, siempre que se hayan aplicado sanciones disciplinarias previas deamonestaciones escritas y suspensiones.

ARTICULO 26°Las faltas graves señaladas en el artículo anterior, se configurarán por su comprobación objetiva en el procedimientolaboral, con prescindencia de las connotaciones de carácter penal o civil que tales hechos pudieran revestir.

ARTICULO 27°El despido por la comisión de delito doloso a que se refiere el inciso b) del Art. 24º, se producirá al quedar firme lasentencia condenatoria y conocer de tal hecho el empleador, salvo que éste haya conocido del hecho punible antesde contratar al trabajador.

ARTICULO 28°La inhabilitación que justifica el despido es aquella impuesta al trabajador por la autoridad judicial o administrativapara el ejercicio de la actividad que desempeñe en el Centro de Trabajo, si lo es por un período de tres (3) meses omás.