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     PLAN ESPECÍFICO DE SEGURIDAD

    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 1 de 110

    OBRA: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIOANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA

    SANTA ROSA)” 

    PE-DPVU-SIHO-001.Plan Específico de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

    PLAN ESPECIFICO DE SEGURIDAD INDUSTRIAL,

    HIGIENE OCUPACIONAL 

    PROYECTO: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIO ANACO, ESTADO ANZOATEGUI

    (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA SANTA ROSA)”. 

    NO CONTRATO: 4600014806.

    SAN JOSE DE GUANIPA, ABRIL DEL 2015.

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    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 2 de 110

    OBRA: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIOANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA

    SANTA ROSA)” 

    PE-DPVU-SIHO-001.Plan Específico de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

    HOJA DE REVISION

    Por DESARROLLO PROYECTO VIALIDAD Y URBANISMO, C.A.

    Nombre y Apellido Cargo Firma Fecha

    Maikel Blasini Presidente

    Patricia Garbán Coordinador SIHO

    Oswaldo Marcano Supervisor de Obra

    Por PDVSA GAS.

    Nombre y Apellido Cargo Firma Fecha

    Rosylexi Rodríguez Unidad Contratante

    Gustavo Galindo Custodio

    Loyda Rodulfo Analista SI

    Yuraima Penélope Mora Analista de HO

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    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 3 de 110

    OBRA: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIOANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA

    SANTA ROSA)” 

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    HOJA DE APROBACIÓN

    Por DESARROLLO PROYECTO VIALIDAD Y URBANISMO, C.A.

    Nombre y Apellido Cargo Firma Fecha

    Maikel Blasini Presidente

    Patricia Garbán Coordinador SIHO

    Oswaldo Marcano Supervisor de Obra

    Por PDVSA GAS.

    Nombre y Apellido Cargo Firma Fecha

    Rosylexi Rodríguez Unidad Contratante

    Gustavo Galindo Custodio

    Loyda Rodulfo Analista SI

    Yuraima Penélope Mora Analista de HO

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    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 4 de 110

    OBRA: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIOANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA

    SANTA ROSA)” 

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    HOJA DE APROBACION

    Por el COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DPVU, C.A.

    Nombre y Apellido C.I. Cargo CSSL Cargo Ocupado Firma

    Luis García 21.328.234Delegado de

    Prevención

    Delegado de

    Prevención

    Milagros Álvarez 11.421.838Representante del

    Patrono

    Representante del

    Patrono

    Por los TRABAJADORES Y TRABAJADORAS

    Nombre y Apellido C.I. Cargo Firma

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    OBRA: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIOANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA

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    INDICE Pág.

    Introduccion ................................................................................................................................................ 8 

    Objetivos ..................................................................................................................................................... 9 

    Referencias ............................................................................................................................................... 10 

     Alcance ..................................................................................................................................................... 12 

    Definiciones .............................................................................................................................................. 12 

    Datos De La Obra ..................................................................................................................................... 16 

    Organigrama Específico Para La Obra .................................................................................................... 18 

    Responsabilidades ................................................................................................................................... 19 

    1.  Servicio De Seguridad Y Salud En El Trabajo: ................................................................................... 23 

    2. 

    Profesionales En Materia De Salud, Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional. .............................. 25 

    3. 

    Programa, De Elección De Delegados Y Delegadas De Prevención Para La Obra O Servicio. ........ 26 

    4. 

    Programa Para La Conformacion Del Comité De Seguridad Y Salud Laboral (Art. 9 Anteproyecto De

    Norma Técnica De Comité Y Seguridad Laboral). ................................................................................... 33 

    5.  Programa De Seguridad Y Salud En El Trabajo. ................................................................................ 38 

    6.  Procesos Peligrosos Específicos De La Obra O Servicio. .................................................................. 39 

    7. 

    Programa Para Realizar Notificaciones De Riesgos A Los Trabajadores Y Las Trabajadoras Por

    Puestos De Trabajo. ................................................................................................................................. 44 

    8.  Programa De Divulgación De La Política De Seguridad Salud Laboral. ............................................. 46 

    9.  Programa Preventivo Para La Evaluacion, Prevención Y Control De Los Procesos Peligrosos. ....... 47 

    10. 

    Instalaciones Adecuadas De Saneamiento Básico (Comedores, Baños, Agua Potable, Entre Otros).

      56 

    11. 

    Programa De Divulgación De Formacion E Informacion En Materia De Seguridad Industrial, Higiene

    Ocupacional Y Ambiente. ......................................................................................................................... 59 

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    12. 

    Listado De Los Trabajadores Y Trabajadoras Formados Y Certificados De Acuerdo Con Su Puesto

    De Trabajo Y Cuenta Con Sus Respectivos Registros. ........................................................................... 63 

    13.  Documentación Médica Que Indique La Condición De “Apto” Para El Trabajo” Del Per sonal Que

    Ejecutará La Obra O Servicio. .................................................................................................................. 64 

    14.  Programa Para La Atención Médica Preventiva De Los Trabajadores Y Trabajadoras: Evaluaciones

    Médica Especiales, Integrales Periódicas Y De Egreso Específico Para La Obra O Servicio. ............... 65 

    15. 

    Programas De Inspecciones De Las Condiciones Y Medio Ambiente De Trabajo. ....................... 68 

    16. 

    Monitoreo Y Vigilancia Epidemiologica De Los Riesgos Y Procesos Peligrosos. .......................... 70 

    17.  Monitoreo Y Vigilancia De La Utilizacion Del Tiempo Libre De Las Trabajadoras Y Los Trabajadores.

      71  

    18. 

    Procedimiento Para Realizar Análisis De Riesgos De Las Actividades Específicas A Ejecutar En La

    Obra O Servicio. ....................................................................................................................................... 73 

    19. 

    Programa De Aplicación De Practicas De Trabajo Seguro: Permisos De Trabajo Frio/ Caliente Y

     Actividades Especiales. ............................................................................................................................ 75 

    20. 

    Procedimientos Para La Inspección, Mantenimiento, Reparación, Construcción, Modificación O

    Desmantelamiento, Así Como, Manejo De Cambios O Modificaciones Asociados A La Infraestructura

    (Equipos, Líneas, Accesorios, Entre Otros), Aspectos Operacionales, Procedimientos De Trabajo,

    Tecnología Del Proceso Y Personal. ........................................................................................................ 80 

    21.  Procedimientos Para La Notificación, Registro, Clasificación, Investigación Y Divulgación De

     Accidentes. ............................................................................................................................................... 82 

    22.  Procedimientos Para La Notificación, Registro, Clasificación, Investigación Y Divulgación De

    Enfermedades Ocupacionales.................................................................................................................. 83 

    23. 

    Listado De Equipos A Utilizar En La Obra O Servicio. ................................................................... 88 

    24. 

    Programa De Dotación De Equipos E Implementos De Protección Personal Para Todos Sus

    Trabajadores. ............................................................................................................................................ 94 

    25.  Plan De Contingencia Y Control De Emergencias. ........................................................................ 96 

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    26. 

     Asignación De Presupuesto Y Personal Necesario Para La Implantación Y Funcionamiento Del Plan

    Específico De Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional Y Ambiente. .................................................. 99 

    27.  Evaluacion Del Capra. .................................................................................................................. 100 

    28.  Programa De Proteccion Radiologica: .......................................................................................... 101 

    29.  Comprimiso Para El Cumplimiento Del Plan Especifico De Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional

    Y Ambiente (Liderazgo Y Compromiso). ................................................................................................ 102 

    30. 

    Políticas Y Metodologías Para La Evaluación Y Control De Los Trabajos Subcontratados De La

    Obra O Servicio. ..................................................................................................................................... 103 

    31.  Plan Del Comité De Seguridad Y Salud Laboral Para El Seguimiento Y Evaluación Periódica Del

    Plan Específico De Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional Y Ambiente. ........................................ 107 

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    INTRODUCCION

    DESARROLLO PROYECTO VIALIDAD Y URBANISMO, C.A.,  se compromete a ejecutar sus trabajos de forma tal

    que garanticen la salud e integridad física y mental de sus trabajadores y trabajadoras, evitando producir daños al

     Ambiente, instalaciones y terceras personas, estableciendo un control de los riesgos asociados a nuestras

    actividades, tomando en cuenta las Leyes, Normas, Reglamentos y Decretos Nacionales e Internacionales, aplicables

    y vigentes, además de las exigidas por el Cliente (PDVSA GAS)   en materia de Seguridad Industrial, Higiene

    Ocupacional y Ambiente, sembrando conciencia para que el cumplimiento de los lineamientos establecidos en materia

    de SIHO-A sea responsabilidad de todos.

    Conscientes de nuestra responsabilidad diseñamos un Sistema de Gestión de Seguridad Industrial, Higiene

    Ocupacional y Ambiente que garantiza la salud, integridad física e igualdad entre todos los trabajadores y

    trabajadoras, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social, promoviendo la formación, educación y

    comunicación en materia de prevención de accidentes, daños al Ambiente, enfermedades ocupacionales, seguridad

    laboral, y un programa de epidemiología con el objeto de mejorar la calidad de vida del trabajador, contando con la

    formación debida del Comité de Seguridad y Salud Laboral el cual permite regular de manera periódica las políticas, la

    participación e interacción de los trabajadores y empleadores, proporcionando las instrucciones para poder minimizar

    las condiciones, actitudes u otros factores que originan las causas de accidentes, prevenir toda causa que pueda

    ocasionar daño y de esta manera garantizar los derechos y deberes de los trabajadores(as), de los patronos(as) en

    relación con la Seguridad, Salud y Medio Ambiente de trabajo considerando la planificación previa de las tareas y/o

    actividades como la herramienta básica para lograr una gestión exitosa en Prevención de Riesgos laborales y

    Enfermedades Ocupacionales.

    Para dar cumplimiento a lo antes descrito  DESARROLLO   PROYECTO VIALIDAD Y URBANISMO, C.A.,   debe

    cumplir con lo establecido en el Anteproyecto de Norma Técnica de Servicios de Seguridad y Salud en el

    Trabajo, Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT); publicada en

    Gaceta Oficial número 38.236, de fecha 26 de Julio de 2005, Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de

    Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo   (Gaceta Oficial Nº 38.596 del 3 enero de 2007) y los

    lineamientos establecidos en la norma PDVSA SI-S-04 “Requisitos de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional

    y Ambiente en el Proceso de Contratación”, así como lo estipulado en las demás Leyes, Decretos y Normas

    establecidas para el desarrollo seguro de las actividades.

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    OBRA: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIOANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA

    SANTA ROSA)” 

    PE-DPVU-SIHO-001.Plan Específico de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

    OBJETIVOS

      Orientar a las trabajadoras y trabajadores involucrados en la obra, con respecto a los lineamientos de Seguridad

    Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente que deben cumplirse durante la ejecución de la obra: “COMPLEJO

    HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIO ANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA

    DE AGUA SANTA ROSA”, con el fin de minimizar la ocurrencia de lesiones y evitar daños a la propiedad y el

    medio ambiente, mediante aplicaciones de las Normas y leyes.

      Cumplir con las exigencias del cliente en materia de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

      Educar al personal en cuanto al cumplimiento de las Normas y Procedimientos de Seguridad Industrial, Higiene

    Ocupacional y Ambiente Contar con un documento que sirva de base, para orientar e instruir al personal en

    materia de Seguridad Industrial, Ambiente e Higiene Ocupacional.

      Cumplir con los criterios y prácticas de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente, utilizando los

    controles y procedimientos establecidos para la ejecución de la Obra.

      Proveer a todo el personal de la información necesaria para efectuar sus labores bajo un control efectivo por parte

    de la empresa en todas las actividades que se realicen, y así prevenir accidentes que puedan producir daños a

    personas, instalaciones y al medio ambiente.

      Ejecutar los trabajos bajo un único esquema de Seguridad, ante todo orientado a la educación de las personas

    que laboran en las instalaciones, enfocado a conocer los riesgos en la ejecución de cada tipo de actividad y el

    medio que los rodea, destacando ante todo la importancia de las Normas de Seguridad Industrial, Higiene

    Ocupacional y Ambiente.

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    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 10 de 110

    OBRA: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIOANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA

    SANTA ROSA)” 

    PE-DPVU-SIHO-001.Plan Específico de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

    REFERENCIAS

       Anteproyecto de Norma Técnica de “Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo Propios”  

      Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

      Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.

      Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT).

      Ley Orgánica del Trabajo.

      Ley Orgánica del Ambiente. 

      Ley Penal del Ambiente.

      Ley sobre sustancias, materiales y desechos peligrosos.

      Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre.

      Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.

      Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.

      Decreto N o 638 Normas sobre la Calidad de Aire y Control de la Contaminación Atmosférica.

      Decreto N o  883 Normas para la clasificación y el control de la calidad de los cuerpos de agua y vertidos o efluentes

    líquidos.

      Decreto No 2635 Normas para el control de la recuperación de materiales peligrosos y el manejo de los desechos

    peligrosos.  Decreto No 1257 Normas sobre Evaluación Ambiental de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente.

      Decreto No 1400 Normas para el Control de la Recuperación de Materiales Peligrosos.

      Decreto No 2216 Normas para el Manejo de los Desechos Sólidos de origen Doméstico, Comercial, industrial o de

    cualquier otra naturaleza que no sean Peligrosos.

      Decreto No 2217 Normas sobre el Control de la Contaminación Generada por Ruido.

    NORMAS PDVSA:

      HO –H –08 Programa de conservación auditiva.

      HO –H –10 Salud ocupacional para contratistas

      HO –H –16 Identificación y notificación de peligros y riesgos asociados a las instalaciones y puestos de trabajos.

      HO –H –22 Programa de seguridad y salud en el trabajo.

      IR –S –00 Definiciones.

      IR –S –04 Sistema de permisos de trabajo.

      IR –S –06 Manejo Del Cambio.

      IR –S –17 Análisis De Riesgos Del Trabajo.

    http://www.tecnologiaomegaonline.com/Ley-Organica-del-Ambiente-2007.pdfhttp://www.tecnologiaomegaonline.com/Ley-Organica-del-Ambiente-2007.pdf

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    SANTA ROSA)” 

    PE-DPVU-SIHO-001.Plan Específico de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

      SI –S –04 Requisitos de seguridad industrial, higiene ocupacional y ambiente en el proceso de contratación.

      SI –S –08 Notificación, registro y clasificación estadística de accidentes

      SI –S –19 Gestión y control de desviaciones.

      SI –S –20 Procedimientos de trabajo

      SI--S--22 Investigación de accidentes e incidentes.

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    OBRA: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIOANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA

    SANTA ROSA)” 

    PE-DPVU-SIHO-001.Plan Específico de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

    ALCANCE

    El presente plan específico aplica a todo el personal de la empresa DESARROLLO PROYECTO VIALIDAD Y

    URBANISMO, C.A., implicados en la obra: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIO ANACO,

    ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA SANTA ROSA”, quienes deben estar al

    conocimiento de los riesgos asociados a cada actividad y las medidas de prevención en caso de la ocurrencia de

    algún evento. Garantizando la eficiencia en la ejecución de las actividades, a través del cumplimiento de los

    lineamientos y parámetros exigidos en materia de SIHO-A.

    DEFINICIONES  

    Accidente:

    Es todo evento o secuencia de eventos imprevisto y no deseado que interrumpe o interfiere el desarrollo normal de

    una actividad y origina una o más de las siguientes consecuencias: lesiones personales, daños materiales, afectación

    al ambiente y pérdidas económicas.

    Acto Inseguro:

    Es toda acción personal considerada un error, violación o desviación de una norma, práctica segura o procedimiento,

    el cual, cometido en presencia de un peligro potencial pudiera ocasionar accidentes o enfermedades ocupacionales.

    Análisis de Riesgos del Trabajo:

    Es el proceso documentado que consiste en la identificación de los peligros y evaluación de los riesgos, antes y

    durante la ejecución de un trabajo, para el establecimiento de medidas preventivas y de control que ayuden a evitar la

    ocurrencia de incidentes, accidentes, enfermedades ocupacionales y/o daños al ambiente, instalaciones o equipos.

    Comité de Seguridad y Salud Laboral (COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL):

    Es un órgano paritario y colegiado de participación, destinado a la consulta regular y periódica de las políticas,

    programas y actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, conformado por delegados o delegadas de

    prevención, por una parte y por el empleador o empleadora, o sus Representantes (bipartito) por la otra, en número

    igual al de los delegados o delegadas de prevención.

    Concentración Ambiental Permisible (CAP):

    Concentración de materiales tóxicos suspendidos en el aire, a la cual pueden ser expuestos casi todos los

    trabajadores repetidamente por un período de tiempo determinado, sin manifestación de efectos adversos a la salud.

    Condición Insegura:

    Es el estado físico de un equipo, herramienta, proceso o condición ambiental previsible que se desvía del estado

    normal o estándar, tanto de diseño u operación que es aceptable, capaz de contribuir a la ocurrencia de un accidente

    de trabajo o una enfermedad ocupacional.

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     PLAN ESPECÍFICO DE SEGURIDAD

    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 13 de 110

    OBRA: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIOANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA

    SANTA ROSA)” 

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    Desechos Peligrosos:

    Material simple o compuesto, en estado sólido, liquido o gaseoso que presenta propiedades peligrosas o que está

    constituido por sustancias peligrosas que conserva o no sus propiedades, físicas, químicas o biológicas y para el cual

    no se encuentra ningún uso, por lo que debe implementarse un método de disposición final. El término incluye los

    recipientes que los contienen o los hubieren contenido.

    Ejecutor :

    Es la persona debidamente certificada y autorizada para la ejecución de un trabajo, cumpliendo con las normas,

    procedimientos y prácticas seguras establecidas. Este puede ser personal propio de PDVSA, contratado o de

    empresas contratistas

    Emisor :

    Es la persona debidamente certificada y autorizada por la Gerencia custodia de la instalación de PDVSA, propio o

    contratado bajo administración directa de PDVSA, para otorgar los permisos de T rabajo ”en Frío o en Caliente”,

    cumpliendo con las normas, procedimientos y prácticas seguras establecidas, para instalaciones, áreas, unidades o

    equipos operacionales, bajo su custodia.

    Enfermedad Ocupacional:

    Según lo establecido en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo en el Art. 70 “Se

    entiende por enfermedad ocupacional, los estados patológicos contraídos o agravados con ocasión del trabajo o

    exposición al medio en el que el trabajador o la trabajadora se encuentra obligado a trabajar, tales como los

    imputables a la acción de agentes físicos y mecánicos, condiciones di ergonómicas, meteorológicas, agentes

    químicos, biológicos, factores psicosociales y emocionales, que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos

    enzimáticos o bioquímicos, trastornos funcionales o desequilibrio mental, temporales o, permanentes.” 

    Ergonomía:

     Aplicación de la ciencia biológica humana junto con la ingeniería, para alcanzar el ajuste mutuo óptimo entre el

    hombre y su trabajo, midiéndose los beneficios en términos de eficiencia y bienestar del hombre.

    Impacto Ambiental:

    Es la incidencia o modificación favorable o desfavorable del ambiente o a uno o más de sus elementos, ocasionado

    por la acción de la actividad humana.

    Incidente:Es todo suceso imprevisto y no deseado que interrumpe o interfiere momentáneamente el desarrollo normal de una

    actividad sin impactar el proceso o generar consecuencias.

    Manejo del Cambio:

    Es un proceso documentado para evaluar, aprobar, registrar y comunicar todos los cambios en la infraestructura

    (equipos o su ubicación, líneas, accesorios, entre otros), condiciones de operación, tecnología del proceso,

    mantenimiento; cambios en la organización, en la definición de roles y responsabilidades y en los procedimientos

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    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 14 de 110

    OBRA: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIOANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA

    SANTA ROSA)” 

    PE-DPVU-SIHO-001.Plan Específico de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

    operacionales, de inspección, mantenimiento y planes de respuesta y control de emergencias que puedan afectar la

    seguridad y salud de las personas, la integridad física de las instalaciones o el ambiente.

    Peligro:

    Es la condición química o física de un sistema, planta o proceso que tiene el potencial para causar daño a las

    personas, la propiedad y/o el ambiente. Se debe entender como la combinación de una sustancia peligrosa y un

    ambiente operacional, tal que la ocurrencia de ciertos eventos no deseados, pueden resultar en un accidente.

    Es la característica del sistema, planta o proceso o condición física, química, biológica o ambiental aislada o

    combinada, que tiene el potencial de producir daño a personas, al ambiente y/o a las instalaciones.

    Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo:

    Es el conjunto de objetivos, acciones y metodologías en materia de prevención y vigilancia de la seguridad y salud en

    el trabajo.

    Procedimientos de Trabajo:

    Son instrucciones detalladas por escrito, para la ejecución eficiente y segura de las actividades, incluyendo la

    operación normal, parada programada, parada de emergencia, inspección, mantenimiento, reparación, construcción,

    modificación o desmantelamiento, entre otros.

    Riesgo:

    Es la medida del potencial de lesiones humanas, daño ambiental o pérdidas económicas, en términos de la

    probabilidad de ocurrencia de un accidente (frecuencia) y magnitud de las lesiones, daño al ambiente o pérdidas

    económicas (consecuencias).

    Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo

    Estructura organizacional de los patronos, patronas, cooperativas y otras formas asociativas comunitarias de carácter

    productivo o de servicios, que tiene como objetivos la promoción, prevención y vigilancia en materia de seguridad,

    salud, condiciones y medio ambiente de trabajo, para proteger los derechos humanos a la vida, a la salud e integridad

    personal de los trabajadores y las trabajadoras.

    Sistema de Permisos de Trabajo:

    Es el conjunto de reglas o principios, procesos y procedimientos para la ejecución segura de trabajos, que permite

    identificar los peligros, evaluar los riesgos y establecer medidas preventivas y de control para minimizar la ocurrencia

    de incidentes, accidentes, enfermedades ocupacionales y/o daños al ambiente. El Sistema de Permisos de Trabajoestá constituido por los siguientes elementos:

     – Análisis de Riesgos del Trabajo

     – Procedimiento de Trabajo

     – Permisos de Trabajo “En  Frío o En Caliente” 

     – Certificados para Trabajo Especiales

     – Certificación de Emisores y Receptores de Permisos de Trabajo

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    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 15 de 110

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     – Capacitación y Concientización de Ejecutores

     – Auditoría del Sistema.

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    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 17 de 110

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    ORGANIGRAMA ESPECÍFICO PARA LA OBRA

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    RESPONSABILIDADES  

    CLASIFICACION FUNCION

    ING. RESIDENTE.

      Coordinar las actividades de todo el personal bajo su cargo conjuntamente con el planificador.  Coordinar y dirigir la ejecución de la actividad de acuerdo a las especificaciones y normas

    establecidas por el cliente siguiendo los lineamientos de Calidad y Seguridad de la organización.  Hacer seguimiento al cumplimiento del plan de mantenimiento preventivo para máquinas, equipos y

    vehículos.  Establecer y definir métodos eficientes y estrategias para la buena ejecución de las actividades.  Aplicar las listas de verificación para el control de la calidad y SIHO-A de la actividad.  Verificar las condiciones y cantidad de equipos y herramientas necesarias para ejecución de los

    trabajos.  Asegurar que todo el personal bajo su cargo esté calificado para la labor asignada.  Asegurar el uso y aplicación del plan de aseguramiento de la calidad, Plan Específico SIHO-A,

    durante la ejecución de la actividad.  Paralizar actividades en caso de eventualidades de lluvia, condiciones de alto riesgo.  Administrar de manera eficaz los recursos asignados (económicos, humanos, maquinaria y equipos)

    para el logro de las metas y optimización de la Productividad.  Participar en forma proactiva para corregir situaciones riesgosas y notificar cualquier incidente

    ocurrido en la obra.  Asegurarse de la aplicación del Plan Específico SIHO-A.

    PLANIFICADOR.

      Aplicar los criterios, normas y procedimientos en la ejecución y control del proyecto.  Recibir la información relativa al progreso físico de las actividades ejecutadas de acuerdo a la

    programación y las especificaciones en el proyecto, a fin de evaluar el progreso del mismo.  Responsable por la preparación y actualización de los planes detallados del proyecto y cronogramas

    de barras por actividades para todas las fases del proyecto, de acuerdo al programa de trabajo.  Controlar la entrada y salida de materiales suministrados por el cliente a fin de garantizar que la

    cantidad de materiales utilizados devueltos coincidan con el inventario. 

    COORD.SIHO-A

      Participar en la elaboración, divulgación y en el seguimiento a la aplicación del procedimiento de

    trabajo seguro.  Planificar y controlar todas las actividades de SIHO-A.  Organizar, planificar y controlar el resguardo y protección de las instalaciones, así como el personal

    que trabaja en la actividad  Asesorar en la realización de los análisis de riesgos del trabajo y establecer las medidas necesarias

    para prevenir los mismos.  Aplicar el Programa de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente establecido, y todos

    aquellos procedimientos ó prácticas relacionadas con ejecución de proyecto.  Analizar con el gerente de proyecto e ingeniero residente las actividades de construcción desde el

    punto de vista de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.  Estudiar y preparar recomendaciones para el mejoramiento del programa de seguridad y todas

    aquellas otras actividades que directamente o indirectamente estén relacionadas con la ejecuciónefectiva de trabajo en forma segura.

      Mantener actualizada a la empresa de las normas, regulaciones que aplican al proceso y cumplir con

    las invitaciones, reuniones solicitadas por el cliente.  Intervenir en todas las investigaciones de los accidentes con riesgos potenciales, así como los

    causantes de incapacidad y dirigir personalmente la investigación de los casos fatales, tomando lasmedidas que sean necesarias para el caso.

      Desarrollar y estimular un eficiente programa de adiestramiento, motivación publicitaria, reflejando encarteleras, folletos, charlas, simulacros, Primeros auxilios, etc.

      Actuar como asesor del Comité de Seguridad y Salud Laboral (COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUDLABORAL ).

      Controlar y asegurar la dotación de implementos de Protección al personal.  Presentar ante la gerencia, INPSASEL y el cliente (en caso de ocurrir) accidentes/ incidentes

    ocurridos al personal, identificando sus causas y dar recomendaciones para evitar la ocurrencia de

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    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 20 de 110

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    CLASIFICACION FUNCION

    accidente / incidente.  Velar que la Coordinación laboral cumpla con la notificación de accidentes ante el INPSASEL,

    Ministerio de Trabajo y Seguro Social.  Consolidar los índices estadísticos de las diferentes fuentes de trabajo e informarlos mensualmente al

    cliente.

    COORDINADORA.C.C

      Establecer y mantener procedimientos para la función de aseguramiento de la calidad.  Hacer cumplir las normas y procedimientos, en materia de control de la calidad, aprobados para la

    actividad.  Mantener los registros de la calidad.  Reportar a la gerencia del proyecto acerca del desempeño en la gestión de la calidad.  Verificar y hacer seguimiento a las acciones correctivas sugeridas para la prevención y/o eliminación

    de las no conformidades.  Prestar apoyo en la Elaboración de los planes de la calidad de las actividades, procedimientos e

    instrucciones de trabajo.  Verificar la correcta aplicación de los elementos del sistema de la calidad.  Implantar, mantener y evaluar el sistema de la calidad de la empresa, de acuerdo a las políticas

    indicadas en el manual de gestión de la calidad.  Controlar los diferentes certificados de calidad para equipos, materiales y herramientas.  Realizar el seguimiento de la actividad en todas sus etapas, verificando la conformidad de todos y

    cada uno de los procesos.  Emitir informes de no conformidades cuando la situación lo amerite.  Realizar cualquier otra actividad dentro de su ámbito de competencia a solicitud de su supervisor

    inmediato.

    INSPECTORSIHO

      Identificar, analizar y controlar actos y condiciones inseguras, procedimientos de trabajo, factoreshumanos que puedan interrumpir el desarrollo armónico del proceso productivo de la obra enejecución.

      Realizar reuniones con supervisores y trabajadores sobre prácticas de procedimientos de trabajoseguro e intercambiar criterios en campo.

      Observar junto con ingeniero residente y de línea la efectividad del programa de seguridad en loslugares de trabajos.

      Realizar inspecciones semanales y mensuales, para verificar el cumplimiento de las actividades deSeguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

      Verificar el uso correcto de todos los Implementos de protección personal en campo, así como si losmismos cumplen los requisitos de calidad.

      Verificar junto con el supervisor de campo, la existencia de Botiquín de primeros auxilios, con susrespectivos medicamentos.

      Señalizar vías de escape.  Verificar junto con el supervisor mecánico las condiciones de todos los equipos mecánicos y sus

    prácticas de trabajo seguro en la obra.  Llevar el libro de anotaciones diarias de seguridad y horas hombre de exposición.  Verificar que el personal operador de equipos pesados estén debidamente capacitados y conozcan

    las prácticas seguras relacionadas al trabajo que ejecutan.  Cumplir con el programa de control de formación y programa de inspecciones.  Asesorar al personal supervisorio (Ingeniero Residente, supervisores, caporales) en la forma correcta

    el Análisis de Riesgos del Trabajo (ART).  Velar por cumplimiento del Plan SIHO-A.

    SUPOPERACIONES

      Discutir semanalmente puntos relativos a la seguridad con el Ingeniero Residente y supervisor deSIHO-A para dar instrucciones a trabajadores en forma segura.

      Elaborar y Cumplir con lo descrito en el Análisis de Riesgos del Trabajo (ART).  Observar diariamente a los trabajadores para corregir actos y condiciones inseguras en el área de

    trabajo.  Cumplir con los procedimientos de trabajo seguro establecidos.  Verificar que todos los equipos y herramientas a utilizar en la obra se encuentren en condiciones de

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    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 21 de 110

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    CLASIFICACION FUNCION

    operabilidad y función habilidad.  Disponer del consumo de agua potable, hielo y vasos, bolsas para basura en cada frente de trabajo.  Colaborar con el programa de formación y motivación programado en la obra.  Reportar al ingeniero residente y Supervisor SIHO-A de todas las especificaciones, desgaste

    prematuro o problemas relacionados con herramientas inseguras, alteraciones de las mismas, etc.  Llevar el control del personal involucrado en la obra.  Mantener la productividad de la obra, esto es, velar por el cumplimiento de la programación de las

    tareas asignadas en el tiempo establecido.  Instruir a los trabajadores en el reconocer, minimizar y/o eliminar actos y condiciones inseguras, y

    tomar acciones de prevención y control cuando las mismas sean reportadas al supervisor de SIHO- A / Ingeniero Residente por medio de charlas diarias de cinco minutos.

      Reportar condiciones de primeros auxilios, accidentes, lesiones y/o enfermedades de los trabajadoresal supervisor de SIHO-A/ ingeniero residente.

      Colaborar con la investigación de los accidentes que puedan ocurrir en el área.  Modelar para ser imitado.

    SUPERVISOR DEAMBIENTAL

      Inspecciona centros de trabajo, en los cuales se detectaron condiciones de contaminación y constatasi éstos han sido corregidos.

      Elabora cronograma de inspecciones a realizar en la Obra o Servicio.  Realiza inspecciones de medición de medio ambiente para identificar y evaluar las condiciones de

    riesgos.  Determina los riesgos que sustancias químicas y/o materiales puedan ocasionar, detectando su

    intensidad.  Investiga las causas que originaron fuegos y derrames.  Participa en el diseño y adecuación de planes y programas en materia de protección ambiental.  Analiza las condiciones de riesgo y determina los agentes perturbadores del ambiente.  Desarrolla conciencia en trabajadores por el orden y limpieza y buen uso de equipos.  Lleva registro e inventario de sustancias tóxicas o peligrosas usadas en la Obra.

      Dicta charlas y orienta para el logro de una actitud preventiva, en resguardo del medio ambiente.  Elabora informes estadísticos y técnicos sobre las inspecciones realizadas y las irregularidadesdetectadas y recomendaciones necesarias en cuanto a la función de protección ambiental.

      Elabora informes periódicos de las actividades realizadas.

    PARAMEDICO

      Es responsable de la atención inmediata y aplicación de los primeros auxilios a cualquier persona quedentro de la ejecución de la actividad sea víctima de un accidente de trabajo.

      Prestar los primeros auxilios al personal que tenga un accidente dentro del área de trabajo.  Controlar el consumo de los materiales que contiene la ambulancia.  Reportar la falta de algún insumo o material de la ambulancia al supervisor SIHO-A inmediato.  Mantener el área de atención del lesionado en óptimas condiciones de higiene.  Evitar administrar tratamiento médico o realizar intervención quirúrgica.  Participar en el adiestramiento del personal en cuanto a los primeros auxilios.

    CHOFER DEAMBULANCIA

      Cumplir con las normas establecidas en el Plan Específico SIHO-A y Procedimientos de TrabajoSeguro.

      Firmar, entender y cumplir las recomendaciones señaladas en el Análisis de Riesgos del Trabajo(ART).  Revisar el vehículo diariamente para detectar cualquier falla.  Respetar límites de velocidad establecidos en Ley de Tránsito Terrestre.  Usar cinturón de seguridad y velar porque los demás ocupantes lo utilicen.  No transportar personal ajeno a la empresa.  No hablar por celulares al conducir.  Acatar las instrucciones, advertencias y enseñanzas que se imparten en materia de Seguridad

    Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.  Participar en el adiestramiento del personal en cuanto a los primeros auxilios.  Conocer las rutas de escapes, y vías hacia el los centros asistenciales más cercanos.

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    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 22 de 110

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    CLASIFICACION FUNCION

    MANO DE OBRACALIFICADA Y

    OBREROS

      Realizar el trabajo asignado en forma segura y cumpliendo a cabalidad con las Normas básicas deseguridad industrial establecidas en la obra.

      Informar a su supervisor inmediato de las condiciones inseguras en el trabajo.  Adoptar posiciones físicas recomendadas en las charlas semanales, ART etc.  Usar obligatoriamente implementos de protección personal.  Hacer buen uso de las instalaciones provisionales y saneamiento básico.  Firmar, entender y cumplir las recomendaciones señaladas en el Sistema de Análisis de Riesgos de

    Trabajo (ART).  Acatar las instrucciones, advertencias y enseñanzas que se imparten en materia de Seguridad

    Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.  Respetar y hacer respetar los carteles, avisos y advertencias que se fijen en sitios o áreas de trabajo.  Contribuir con sus compañeros al buen mantenimiento del orden y la limpieza.  Velar por su protección y la de sus compañeros de trabajo.

      Aportar ideas para el mejoramiento de las actividades de seguridad industrial.  Antes de ausentarse del área de trabajo, notificarlo ante su supervisor inmediato.  Mantener buenas relaciones con los integrantes de su equipo.  No llevar al sitio de trabajo bebidas alcohólicas, armas de fuego, envases de vidrio.  Evitar juegos y chistes durante el desarrollo de las actividades que puedan ocasionar un accidente.

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    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 23 de 110

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    REQUISITOS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL

    1. SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO:

    OBJETIVO:

    Establecer los requisitos generales, para la organización, clasificación, funcionamiento y conformación de los

    Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo, las cuales deben asegurar la promoción, prevención y vigilancia en

    materia de seguridad, salud, condiciones y medio ambiente de trabajo, para proteger los derechos humanos a la vida,

    a la salud e integridad personal de las trabajadoras y trabajadores, cumpliendo así con lo establecido en el Artículo 20

    del Reglamento parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.

    FUNCIONES:

    1. Asegurar la protección de los trabajadores y trabajadoras contra toda condición que perjudique su salud

    producto de la actividad laboral y de las condiciones en que ésta se efectúa.

    2. Promover y mantener el nivel más elevado posible de bienestar físico, mental y social de los trabajadores y

    trabajadoras.

    3. Identificar, evaluar y proponer los correctivos que permitan controlar las condiciones y medio ambiente de

    trabajo que puedan afectar tanto la salud física como mental de los trabajadores y trabajadoras en el lugar de

    trabajo o que pueden incidir en el ambiente externo del centro de trabajo o sobre la salud de su familia.

    4. Asesorar tanto a los empleadores o empleadoras, como a los trabajadores y trabajadoras en materia de

    seguridad y salud en el trabajo.

    5. Vigilar la salud de los trabajadores y trabajadoras en relación con el trabajo.

    6. Suministrar oportunamente a los trabajadores y las trabajadoras los informes, exámenes, análisis clínicos y

    paraclínicos, que sean practicados por ellos.

    7. Asegurar el cumplimiento de las vacaciones por parte de los trabajadores y trabajadoras y el descanso de la

    faena diaria.

    8. Desarrollar y mantener un Sistema de Vigilancia Epidemiológica de accidentes y enfermedades

    ocupacionales, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la LOPCYMAT.

    9. Desarrollar y mantener un Sistema de Vigilancia de la utilización del tiempo libre, de conformidad con lo

    establecido en el Reglamento de la presente Ley.

    10. Reportar los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales al Instituto Nacional de Prevención,

    Salud y Seguridad Laborales, de conformidad con el Reglamento de la presente Ley.

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    PE-DPVU-SIHO-001.Plan Específico de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

    11. Desarrollar programas de promoción de la seguridad y salud en el trabajo, de prevención de accidentes y

    enfermedades ocupacionales, de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.

    12. Promover planes para la construcción, dotación, mantenimiento y protección de infraestructura destinadas a

    los programas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social.

    13. Organizar los sistemas de atención de primeros auxilios, transporte de lesionados, atención médica de

    emergencia y respuestas y planes de contingencia.

    14. Investigar los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales a los solos fines de explicar lo

    sucedido y adoptar los correctivos necesarios, sin que esta actuación interfiera con las competencias de las

    autoridades públicas.

    15. Evaluar y conocer las condiciones de las nuevas instalaciones antes de dar inicio a su funcionamiento.

    16. Elaborar la propuesta de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, y someterlo a la consideración del

    Comité de Seguridad y Salud Laboral, a los fines de ser presentado al Instituto Nacional de Prevención, Salud

    y Seguridad Laborales para su aprobación y registro.

    17. Aprobar los proyectos de nuevos medios y puestos de trabajo o la remodelación de los mismos en relación a

    su componente de seguridad y salud en el trabajo.

    18. Participar en la elaboración de los planes y actividades de formación de los trabajadores y trabajadoras.

    Desarrollo Proyecto Vialidad y Urbanismo, C.A., contará con un Servicio de Seguridad y Salud Laboral mancomunado

    para sus trabajadores y trabajadoras de acuerdo a lo establecido en la LOPCYMAT Titulo II Capítulo V Articulo 39

    estará conformado por: 

    NOMBRE Y APELLIDO CARGO

    Maritza Rodríguez ANZ1004522808 Medico Ocupacional.

    Patricia Garbán. ANZ0715128377 Coord. SIHO

    Malgred Figueroa ANZ1217420450 Insp. SIHO

    Odalys Salazar TREPH: 00762 Paramédico

    Jesús González Chofer de ambulancia

    Centro Médico Anaco

    Farmacia Piscis

    Ver Copia de acreditación ante el INPSASEL de los profesionales que conforman el SSST y Acta Constitutiva

    del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo

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    SANTA ROSA)” 

    PE-DPVU-SIHO-001.Plan Específico de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

    3. PROGRAMA, DE ELECCIÓN DE DELEGADOS Y DELEGADAS DE PREVENCIÓN PARA LA OBRA O

    SERVICIO.

    OBJETIVO:

    Establecer los mecanismos para elegir delegados o delegadas de prevención, correspondientes al servicio que

    serán sus representantes ante el Comité de Seguridad y Salud Laboral.

    ALCANCE:

     Aplica para el proceso de elección de los delegados o delegadas de prevención, correspondientes al servicio:

    “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIO ANACO, ESTADO ANZOATEGUI  (AMPLIACION

    DE PLANTA DE AGUA SANTA ROSA)”.  

    SOPORTE LEGAL

      LOPCYMAT, Artículos 41 hasta el Articulo 45

      Reglamento de la LOPCYMAT, Titulo III, Capítulo I Articulo.49 al Artículo 66.

      Guía Técnica de Prevención (GTP) 1: Delegados o delegadas de prevención.

    METODOLOGÍA:

    DELEGADOS Y DELEGADAS DE PREVENCIÓN.  

    Los Delegados y Delegadas de Prevención son representantes de los trabajadores y las trabajadoras en la

    promoción y defensa de la seguridad y salud en el trabajo. Podrán ser elegidos Delegados y Delegadas de

    Prevención las personas con catorce (14) o más años de edad. Dicha elección debe hacerse en todo centro de

    trabajo, establecimiento o unidad de explotación de las diferentes empresas o de instituciones públicas o privadas.

     Así pues los Delegados de Prevención de la obra se elegirán una vez dispuesto el personal que laborará para

    el proyecto, ajustado a los procedimientos establecidos en el Reglamento Parcial de la Ley Orgánica dePrevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo).

    Desarrollo Proyecto Vialidad y Urbanismo, C.A. garantizará la elección de los Delegados y Delegadas al inicio de

    la obra al poseer el número de trabajadores y trabajadoras de acuerdo al artículo 56 del Reglamento Parcial de la

    LOPCYMAT.

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     PLAN ESPECÍFICO DE SEGURIDAD

    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 28 de 110

    OBRA: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIOANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA

    SANTA ROSA)” 

    PE-DPVU-SIHO-001.Plan Específico de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

    Paso 1 Paso 2

    Notificar al inspectordel Trabajo

    Nombrar ComisiónElectoral

    (Debe estar firmada por lostrabajadores en señal de

    conformidad)

    RealizarPostulaciones

    Paso 4

    Paso 6Paso 7Paso 8

    Paso 9

    Convocar a losTrabajadores a la

    ElecciónCuaderno Electoral

    Realizar Boletas

    Paso 3

    Paso 5

    Apertura de la MesaActa de Escrutinio

    (Debe estar firmada por lostrabajadores en señal de

    conformidad)

    Planilla deRegistro

    DIRESATDeben acudir Delegados Electos con

    el Proceso de Elección

    Nota: El patrono debe consignar listado de todos los

    trabajadores del centro de trabajo donde se indique,

    nombre, apellido, C.I. y cargo. DEBE ESTAR FIRMADA

    Y SELLADA.

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     PLAN ESPECÍFICO DE SEGURIDAD

    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 29 de 110

    OBRA: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIOANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA

    SANTA ROSA)” 

    PE-DPVU-SIHO-001.Plan Específico de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

    DURACIÓN DE LAS ELECCIONES DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DE PREVENCIÓN. (PREVENCIÓN (Art.

    60 Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo).

    Las elecciones de los Delegados y Delegadas de Prevención deberán realizarse en un lapso no mayor de treinta

    (30) días hábiles siguientes a la notificación que realice el Inspector o la Inspectora del Trabajo, el Sub-Inspector o la

    Sub Inspectora del Trabajo o quien legalmente ejerza sus competencias y atribuciones, al patrono o la patrona

    interesado sobre el propósito de los trabajadores y las trabajadoras de realizar las mismas.

    Si transcurridos los treinta (30) días arriba señalados, no se hubiesen efectuado las elecciones de los Delegados

    o Delegadas de Prevención, los trabajadores y las trabajadoras, sus organizaciones, representantes o los

    funcionarios y funcionarias del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, deberán notificar al

    Inspector o la Inspectora del Trabajo, al Sub-Inspector o la Sub-Inspectora del Trabajo, o quien legalmente ejerza sus

    competencias y atribuciones, con una exposición sucinta de las circunstancias por las que no se efectuaron las

    mismas, dando lugar a una prórroga de treinta (30) días hábiles, para que lleven a cabo las elecciones de los

    delegados o delegadas de prevención.

    El ejercicio de sus atribuciones y facultades está dirigido a la defensa del interés colectivo, especialmente de

    los derechos humanos laborales relacionados con la seguridad y salud en el trabajo.

    ATRIBUCIONES DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DE PREVENCIÓN (Art. 50 Reglamento Parcial de la

    LOPCYMAT).

    1. Constituir, conjuntamente con los representantes de los patronos o patronas, el Comité de Seguridad y Salud

    Laboral.

    2. Recibir las denuncias relativas a las condiciones y medio ambiente de trabajo y a los programas e instalaciones

    para la recreación, utilización del tiempo libre y descanso que formulen los trabajadores y las trabajadoras con el

    objeto de tramitarlas ante el Comité de Seguridad y Salud Laboral o las autoridades competentes.

    3. Participar conjuntamente con el patrono o patrona y sus representantes en la mejora de la acción preventiva y de

    promoción de la salud y seguridad en el trabajo.

    4. Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores y las trabajadoras en la ejecución de la normativa sobre

    condiciones y medio ambiente de trabajo.

    5. Coordinar con las organizaciones sindicales, las acciones de defensa, promoción, control y vigilancia de laseguridad y salud en el trabajo.

    6.  Asistir y participar en los procesos de formación, capacitación y coordinación convocados por el Ministerio del

    Trabajo y Seguridad Social o el Instituto Nacional Prevención, Salud y Seguridad Laborales.

    7. Recibir las comunicaciones de los trabajadores y las trabajadoras cuando ejerzan su derecho a rehusarse a

    trabajar, a alejarse de una condición insegura o a interrumpir una   tarea o actividad de trabajo para proteger su

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     PLAN ESPECÍFICO DE SEGURIDAD

    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 30 de 110

    OBRA: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIOANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA

    SANTA ROSA)” 

    PE-DPVU-SIHO-001.Plan Específico de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

    seguridad y salud laboral, de conformidad con el numeral 5 del artículo 53 de la Ley Orgánica de Prevención,

    Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.

    8. Presentar informe sobre las actividades realizadas en el ejercicio de sus atribuciones y facultades ante el Instituto

    Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.

    SOLICITUD DE INFORMACION SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y CONDICIONES DE TRABAJO

    (Art. 51 Reglamento Parcial de la LOPCYMAT).

    Los Delegados y Delegadas de Prevención tienen derecho a solicitar al patrono o patrona, así como a las

    personas u órganos responsables de las actividades d seguridad y salud en el trabajo del centro de trabajo,

    establecimiento, faena unidad de explotación de las diferentes empresas e instituciones públicas o privadas, cualquier

    información, documentación e informes relacionados con la condiciones y medio ambiente de trabajo y la seguridad de

    los trabajadores y la trabajadoras. Éstos están obligados a suministrarles dentro de los quince (15) día hábiles

    siguientes la información requerida, salvo que se trate de una situación que amenace o viole de forma grave los

    derechos humanos, la integridad personal o la vida de los trabajadores y las trabajadoras o de un accidente o

    enfermedad, caso en el cual deberá entregarse la información de forma inmediata.

    Cuando se trate de información, documentos o informes relacionados con la condiciones de salud de los

    trabajadores y las trabajadoras, o de secretos de manufactura, fabricación o procedimiento, los Delegados y

    Delegadas de Prevención deberán guardar la más estricta confidencialidad o sigilo profesional, sin perjuicio de la

    obligación de denunciar ante el Comité de Seguridad y Salud Laboral y ante las autoridades competentes, las

    condiciones inseguras o peligrosas que conocieren a los fines de promover y defender los derechos humanos de los

    trabajadores y las trabajadoras.

    INFORMES DE ACTIVIDADES DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DE PREVENCION (Art. 52 Reglamento

    Parcial de la LOPCYMAT).

    El informe que deben presentar los Delegados y Delegadas de Prevención ante el Instituto Nacional de

    Prevención, Salud y Seguridad Laborales, contendrá:

    1.  Actividades de promoción y prevención de la salud y seguridad en el trabajo.

    2.  Actividades realizadas para promover y fomentar la cooperación de los trabajadores y las trabajadoras en laejecución de la normativa sobre condiciones y medio ambiente de trabajo.

    3. Enfermedades ocupacionales diagnosticadas y accidentes de trabajo ocurridos.

    4. Denuncias recibidas de los trabajadores y las trabajadoras relativas a las condiciones y medio ambiente de

    trabajo, así como sobre los programas e instalaciones para la recreación y utilización del tiempo libre.

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     PLAN ESPECÍFICO DE SEGURIDAD

    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 31 de 110

    OBRA: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIOANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA

    SANTA ROSA)” 

    PE-DPVU-SIHO-001.Plan Específico de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

    5. Solicitudes de información realizadas al patrono o la patrona en el ejercicio de sus funciones o sobre los daños

    ocurridos en la salud de los trabajadores y las trabajadoras, indicando si las mismas fueron suministradas

    oportunamente.

    6. Visitas realizadas para la vigilancia y control de las condiciones y medio ambiente de trabajo, así como a las áreas

    destinadas a la recreación y descanso.

    7. Demandas y solicitudes de medidas preventivas, correctivas y mejoras en materia de seguridad y salud en el

    trabajo realizadas al patrono o a la patrona, indicando si las mismas fueron adoptadas o no. Denuncias de

    obstaculización, impedimento, dificultad, desmejora, acoso laboral o cualquier acción u omisión que dificulte el

    cumplimiento de sus funciones.

    8. Cualquier otra observación que el Delegado o Delegada de Prevención estime pertinente.

    Este informe deberá ser remitido mensualmente a las unidades técnico administrativas del Instituto Nacional de

    Prevención, Salud y Seguridad Laborales, con copia al Comité de Seguridad y Salud Laboral, utilizando los

    formularios previstos a tal efecto por el Instituto, de conformidad con lo establecido en las guías técnicas que se dicten

    al efecto.

    DEL NÚMERO DE DELEGADOS Y DELEGADAS DE PREVENCIÓN (Art. 56 del Reglamento Parcial de la

    LOPCYMAT).  

    En todo centro de trabajo, establecimiento o unidad de explotación de las diferentes empresas o instituciones

    públicas o privadas se establecerá el número de Delegados y Delegadas de Prevención, tomando en cuenta la

    peligrosidad de los procesos de trabajo según la actividad económica, para lo cual, se tendrá como referencia, la

    clasificación Internacional de Actividades Económicas de la Organización Internacional del Trabajo. La autoridad del

    trabajo, a través del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, será el encargado de determinar

    el número de Delegados y Delegadas de Prevención que correspondan, tomando en cuenta, además de los criterios

    establecidos anteriormente, el número de trabajadores y trabajadoras, la organización del trabajo, los turnos de

    trabajo, la distribución y ubicación de las área departamentos. Adicionalmente, podrán establecerse normas técnicas

    por sector de actividad económica para determinar el número de Delegados y Delegadas de Prevención.

    Parágrafo Primero:  A los fines de determinar el número de Delegados y Delegadas de Prevención, se deberá incluira todos los trabajadores y las trabajadoras que laboren en el centro de trabajo, establecimiento, faena o unidad de

    explotación, sin discriminaciones entre su condición de empleados u obreros o el tipo de contrato celebrado con

    éstos, sea a tiempo determinado, a tiempo indeterminado o para un servicio determinado.

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     PLAN ESPECÍFICO DE SEGURIDAD

    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 32 de 110

    OBRA: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIOANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA

    SANTA ROSA)” 

    PE-DPVU-SIHO-001.Plan Específico de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

    Número de Trabajadores y Trabajadoras Número de Delegados y Delegadas de prevención

    Hasta diez (10) trabajadores y trabajadoras. Uno (1)

    De once (11) hasta cincuenta (50) trabajadores y

    trabajadoras.Dos (2)

    De cincuenta (51) hasta doscientos cincuenta (250)

    trabajadores y trabajadorasTres (3)

    De doscientos cincuenta y uno (251) hasta quinientos

    (500) trabajadores y trabajadoras.Cuatro (4)

    De quinientos y uno (501) trabajadores y trabajadoras enadelante.

    Cinco (5)

    TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS QUE PUEDEN ELEGIR Y SER ELECTOS DELEGADOS O  

    DELEGADAS DE PREVENCIÓN (Art. 57 del Reglamento Parcial de la LOPCYMAT).  

    Todos los trabajadores y las trabajadoras que laboren en un centro de trabajo, establecimiento, faena o unidad

    de explotación de las diferentes empresas o de instituciones públicas o privadas podrán elegir y ser electos

    Delegados o Delegadas de Prevención, salvo:

    1. Los y las representantes del patrono o la patrona.2. Los empleados y empleadas de dirección.

    3. Los trabajadores y las trabajadoras de confianza.

    4. Las personas que tengan vínculos por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, ascendente o colateral,

    con el patrono o la patrona.

    5. La persona que mantenga una unión estable de hecho con el patrono o patrona.

    6. El amigo o amiga íntima del patrono o patrona.

    7. La persona que mantenga amistad manifiesta con el patrono o la patrona.

    No podrá discriminarse en esta materia a los trabajadores y las trabajadoras por su condición de empleados u

    obreros o, por el tipo de contrato celebrado con éstos, ya sea a tiempo determinado, a tiempo indeterminado, para elservicio determinado o de aprendiz

    En los casos de empresas familiares, cooperativas u otras formas asociativas comunitarias de carácter

    productivo o de servicio, no le aplicará los numerales 4, 5, 6 y 7 del presente artículo.

    Ver Copia de registro de delegados y delegadas de prevención.  

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     PLAN ESPECÍFICO DE SEGURIDAD

    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 33 de 110

    OBRA: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIOANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA

    SANTA ROSA)” 

    PE-DPVU-SIHO-001.Plan Específico de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

    4. PROGRAMA PARA LA CONFORMACION DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL (ART. 9

    ANTEPROYECTO DE NORMA TÉCNICA DE COMITÉ Y SEGURIDAD LABORAL).

    OBJETIVO:

    Constituir Comité de Seguridad y Salud Laboral para la participación y destinado a la consulta regular y periódica

    de las políticas, programas y actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.

    ALCANCE:

     Aplica para la conformación del Comité de Seguridad y Salud Laboral de la obra: “COMPLEJO HABITACIONAL

    DONA BARBARA, MUNICIPIO ANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA SANTA

    ROSA)” en cumplimiento con la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.

    REFERENCIA – NORMATIVAS:

      Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT).

      Reglamento Parcial de la LOPCYMAT

      Guía Técnica de Prevención GTP 1, Delegados y Delegadas de Prevención y Orgánica de Prevención y

    Condiciones del Medio Ambiente de Trabajo.

    COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL:

    El Comité de Seguridad y Salud Laboral, es un órgano paritario y colegiado de participación, destinado a la

    consulta y deliberación, de forma regular y periódica, de las políticas, programas y actuaciones en materia de

    Seguridad y Salud en el Trabajo.

    DESARROLLO PROYECTO VIALIDAD Y URBANISMO, C.A.,   conforma el Comité de Seguridad y Salud

    Laboral, una parte, por los delegados o delegadas de prevención registrados debidamente ante el Instituto Nacional

    de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, de acuerdo a los establecido en el Reglamento de Ley Orgánica dePrevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, y la otra, por el patrono o patrona o sus representantes.

     A fin de dar cumplimiento a lo anteriormente expuesto se constituye un Comité de Seguridad y Salud Laboral, de

    acuerdo a los lineamientos del INPSASEL y lo especificado en la LOPCYMAT, cuyos objetivos fundamentales serán:

    Vigilar las condiciones y medio ambiente de trabajo, asistir y asesorar al empleador y a los trabajadores en la toma

    de acciones correctivas / eficaces sobre las condiciones y circunstancias que motivan los accidentes de trabajo y   las

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     PLAN ESPECÍFICO DE SEGURIDAD

    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 34 de 110

    OBRA: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIOANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA

    SANTA ROSA)” 

    PE-DPVU-SIHO-001.Plan Específico de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

    enfermedades profesionales implícitas en cada una de las actividades que ejecute la empresa DESARROLLO

    PROYECTO VIALIDAD Y URBANISMO, C.A.

    Para el cumplimiento de estos objetivos la empresa DESARROLLO PROYECTO VIALIDAD Y URBANISMO C.A  

    hará conformación del Comité de Seguridad y Salud Laboral al inicio proyecto. 

    METODOLOGIA PARA LA CONSTITUCIÓN Y REGISTRO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

    La finalidad del presente instructivo es orientar las actividades que se deben realizar para la Constitución y

    Registro del Comité de Seguridad y Salud Laboral.

    Paso 1.

    Los Trabajadores y Trabajadoras se organizan y eligen a los Delegados y Delegadas de Prevención que los

    representaran siguiendo las orientaciones emitidas en la LOPCYMAT su Reglamento Parcial y los anexos GTP1,

    colocados en la página Web del INPSASEL (www.INPSASEL.gob.ve )

    Paso 2.

    Los Delegados y Delegadas de Prevención, se dirigen a las Sala de Registro de la Dirección Estadal de Salud de

    los Trabajadores (DIRESAT) Anzoátegui llevando los recaudos requeridos; y solicitaran formalizar su registro y

    emisión de la Certificación correspondiente.

    Nota: Los Delegados y Delegadas de Prevención deberán solicitar al Jefe de la Sala de Registro la emisión del

    Certificado de Registro por duplicado, la Convocatoria al empleador o empleadora para que realice las actuaciones

    necesarias para constituir y registrar el Comité de Seguridad y Salud Laboral, y copia del presente documento.

    Paso 3.

    El empleador o empleadora designará por escrito a sus representantes dentro del lapso establecido en la

    convocatoria emitida por el INPSASEL y organizará una reunión con los Delegados y Delegadas de Prevención para

    que conjuntamente elaboren la documentación requerida por el instituto para la constitución y registro del Comité de

    Seguridad y Salud Laboral. Conforme a lo establecido en el Instructivo para el Registro del Comité de Seguridad y

    Salud Laboral; el cual se encuentra colocado en la página Web del INPSASEL (www.INPSASEL.gob.ve) 

    El comité estará conformado por los delegados o delgadas de prevención, de una parte, y por el patrono o patrona, o

    sus representantes, en número igual al de los delegados o delegadas de prevención, de la otra, de conformidad con lo

    establecido en la siguiente tabla:

    http://www.inpsasel.gob.ve/http://www.inpsasel.gob.ve/http://www.inpsasel.gob.ve/http://www.inpsasel.gob.ve/

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     PLAN ESPECÍFICO DE SEGURIDAD

    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 35 de 110

    OBRA: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIOANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA

    SANTA ROSA)” 

    PE-DPVU-SIHO-001.Plan Específico de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

    Número de Trabajadores y

    Trabajadoras

    Número de Delegados y

    Delegadas de prevención

    Número de Representantes del

    Patrono o Patrona

    Hasta diez (10) trabajadores y

    trabajadoras.Uno (1) Uno (1)

    De once (11) hasta cincuenta (50)

    trabajadores y trabajadoras.Dos (2) Dos (2)

    De cincuenta (51) hasta doscientos

    cincuenta (250) trabajadores y

    trabajadoras

    Tres (3) Tres (3)

    De doscientos cincuenta y uno (251) hasta

    quinientos (500) trabajadores y

    trabajadoras.

    Cuatro (4) Cuatro (4)

    De quinientos y uno (501) trabajadores y

    trabajadoras en adelante.Cinco (5) Cinco (5)

    Cuando se elijan a los delegados y delegadas de prevención deberán elegirse simultáneamente cuáles de ellos y

    ellas integraran el comité de Seguridad y Salud Laboral.

    Una vez constituido el Comité de Seguridad y Salud Laboral, deberán elaborar para su funcionamiento losestatutos que regulen como mínimo los siguientes aspectos:

    a) Organización.

    b) Normas sobre reuniones.

    c) Procedimiento para la reforma del estatuto.

    d) Otros.

    ATRIBUCIONES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL (Art 15 Ante Proyecto de Norma Técnica

    de Comité de Seguridad y Salud Laboral:

    1. Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación del Programa de Seguridad y Salud en elTrabajo, a tal efecto en su seno se debe considerar entre otras cosas lo siguiente:

    a. Los proyectos en planificación, la organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías.

    b. La organización y desarrollo de las actividades de promoción, prevención y control de los riesgos.

    c. Las actividades de recreación, utilización del tiempo libre, descanso o turismo social y dotación. Mantenimiento y

    protección de la infraestructura de las áreas destinadas para esos fines y del proyecto de organización y

    formación en esta materia.

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     PLAN ESPECÍFICO DE SEGURIDAD

    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 36 de 110

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    SANTA ROSA)” 

    PE-DPVU-SIHO-001.Plan Específico de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

    2. Promover iniciativa sobre los métodos y procedimientos para el control efectivo de las condiciones peligrosas de

    trabajo, proponiendo la mejora de controles existentes o la corrección de las deficiencias detectadas.

    FACULTADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL (Art 16 Ante Proyecto de Norma Técnica de

    Comité de Seguridad y Salud Laboral:

    Conforme al artículo 48 de la LOPCYMAT, el Comité de Seguridad y Salud Laboral tendrá las siguientes

    facultades:

    1.  Aprobar el proyecto de Política y Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa y la vigilancia de su

    cumplimiento para someterlo a la consideración del INPSASEL.

    2. Vigilar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y conocer directamente la situación relativa a la

    prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales y la promoción de la seguridad y salud, así

    como la ejecución de los programas de la recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social, y la

    existencia y condiciones de la infraestructura de las áreas destinadas para esos fines, realizando a tal efecto las

    visitas que estime oportunas.

    3. Supervisar los servicios de salud en el trabajo de la empresa, centro de trabajo o explotación.

    4. Prestar asistencia y asesoramiento al patrono o patrona y a los trabajadores y trabajadoras.

    5. Conocer cuántos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean necesarios para el

    cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de prevención, en su caso.

    6. Denunciar las condiciones inseguras y el incumplimiento de los acuerdos que se logren en su seno en relación a

    las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

    7. Conocer y analizar los daños producidos a la salud, al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas

    preventivas.

    8. Conocer y aprobar la memoria y programación anual del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo.

    Las Reuniones:

      El Comité de Seguridad y Salud Laboral se reunirá en forma ordinaria, con todos sus miembros, una vez almes, pero podrá hacerlo en forma extraordinaria a petición conjunta de un representante de los empleadores

    o miembros del Comité.

      Las reuniones se efectuaran en horas de trabajo, considerándose como trabajo el tiempo empleado en ellas.

      Corresponderá a la empresa otorgar las facilidades y adoptar las medidas necesarias para que el Comité de

    Seguridad y Salud Laboral funcione adecuadamente.

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     PLAN ESPECÍFICO DE SEGURIDAD

    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 37 de 110

    OBRA: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIOANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA

    SANTA ROSA)” 

    PE-DPVU-SIHO-001.Plan Específico de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

      En caso de urgencias, el Comité de Seguridad y Salud Laboral podrá reunirse, siempre que concurran un

    representante de los trabajadores, previa notificación al Coordinador para la convocatoria.

    INFORME DE ACTIVIDADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL (Art. 77 Reglamento Parcial

    de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo).

    El Comité de Seguridad y Salud Laboral deberá presentar un informe mensual sobre las actividades desarrolladas

    en ejercicio de sus atribuciones y facultades ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.

    Este informe deberá contener lo siguiente:

    1. Resumen de las reuniones del comité, indicando personas asistentes, solicitudes presentadas y decisiones

    adoptadas.

    2.  Actividades de Evaluación del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como de los programas de

    recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social y dotación, mantenimiento y protección de la

    infraestructura de las áreas destinadas para esos fines.

    3. Medidas propuestas y acordadas para la mejora de los controles existentes y, los mecanismos para la evaluación

    y seguimiento en la aplicación de estos acuerdos.

    4. Denuncias presentadas por los trabajadores y las trabajadoras en materia de seguridad y salud en el trabajo.

    5. Medidas demandadas por los Delegados o Delegadas de Prevención y, los mecanismos para la evaluación y

    seguimiento en la aplicación de estas medidas.

    6. Información escrita recibida de parte del patrono o la patrona en cuanto a los análisis de riesgos de los puestos de

    trabajo.

    7. Información sobre los trabajadores y las trabajadoras contratados por intermediarios y contratistas.

    8. Las demás que establezca las normas técnicas.

    Estos informes deberán presentarse dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes, mediante

    formulario elaborado a tal efecto por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.

    Ver Copia de registro del Comité de Seguridad y Salud Laboral.

  • 8/19/2019 Plan Especifico Sihoa Dona Barbara 3 Rev

    38/110

     PLAN ESPECÍFICO DE SEGURIDAD

    INDUSTRIAL E HIGIENE OCUPACIONAL  Código: PE-DPVU-SIHO-001Fecha de emisión: 06/08/14Fecha de Revisión:   13/04/15Revisión Nº: 1Página 38 de 110

    OBRA: “COMPLEJO HABITACIONAL DONA BARBARA, MUNICIPIOANACO, ESTADO ANZOATEGUI (AMPLIACION DE PLANTA DE AGUA

    SANTA ROSA)” 

    PE-DPVU-SIHO-001.Plan Específico de Seguridad Industrial, Higiene Ocupacional y Ambiente.

    5. PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

    Para el Servicio se establece el Programa de Seguridad y Salud en el trabajo conforme a lo establecido en la

    LOPCYMAT y la norma técnica del INPSASEL NT-01-2008, de igual forma se toma en consideración lo referido en la

    norma técnica PDVSA HO-H-22: Programa de Seguridad y Salud en el trabajo.

    El Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo contiene:

    1. OBJETIVO DEL PSST.

    2. ALCANCE DEL PSST.

    3. REFERENCIAS Y BASES LEGALES.

    4. DEFINICIONES.

    5. ORGANIGRAMA DE DESARROLLO PROYECTO VIALIDAD Y URBANISMO,