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Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla Instituto Sevilla

I.E. “INSTITUTO SEVILLA”

REGLAMENTO INTERNO

2011

REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUTCION EDUCATIVA “INSTITUTO SEVILLA”

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CONCEPTO – FINES – BASE LEGAL – ALCANCES

Art.1. El presente Reglamento Interno es un documento de gestión y control

institucional que norma la organización y funcionamiento del Colegio

Privado Instituto Sevilla

Art. 2 . Son fines del presente reglamento:

a) Regular el funcionamiento de la Institución Educativa

b) Establecer las funciones generales y estructura organiza del colegio

c) Delimitar las funciones especificas de los órganos y miembros que lo

integran

d) Promover la participación activa del personal Directivo, Jerárquico,

Docente, Administrativo, de Mantenimiento, Alumnas y Padres de

Familia, en las acciones educativas del colegio

e) Lograr una adecuada organización administrativa y pedagógica del

colegio

f) Establecer los canales de coordinación con lo Padres de Familia,

Asociación de Padres de Familia, Asociación de Ex – Alumnas,

Comités de Aula, Docentes y su relación con otras Instituciones

Art. 3 . Se sustenta en las siguientes disposiciones:

a) La Constitución Política del Perú

b) La Ley General de Educación Nº 28044

c) La Ley del Profesorado Nº 24029 del 14 de Diciembre de 1984 y su

Reglamento D.S. 19-90EDD.S. 020 – 98 – ED Reglamento de

APAFA

d) D.S. 050 – 82 ED, Reglamento de Supervisión Educativa

e) D.S. 003 – 83 ED, Reglamento de Educación Primaria. Ley 27665,

Ley de los Centros Educativos a Privados D.S. 001 – 96 ED

f) D.S. 004 – 83 ED, Reglamento de Educación Secundaria

g) Normas y Directivas para el inicio del año escolar. Consorcio de

Colegios Católicos1

h) Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana

i) Ley de Base de la Carrera Administrativa para Sector Publico D.L.

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Art. 4 . El presente reglamento alcanza al Personal Directivo, Jerárquico

Docente, Psicólogo, Administrativo, de Mantenimientos, Padres de

Familia y Alumnas de la Institución Educativa “Instituto Sevilla”

CAPITULO II

CREACION, AXIOLOGIA, OBJETIVOS, ADMINISTRACION,SERVICIOS QUE BRINDA, FUNCIONES GENERALES

Y ESTRUCTURA ORGANICA

Art. 5 . La Institución Educativa “Instituto Sevilla” fue fundada el año 1892.

El 04 de octubre de 1899 la Sociedad de Beneficencia de Lima

Metropolitana, propietaria del Colegio “Instituto Sevilla” establece

convenio con la congregación del Buen Pastor, para que se encargue

de su administración lo cual perduró hasta Diciembre de 2002

Desde Enero del 2003, la Sociedad de Beneficencia de Lima

Metropolitana se encarga de la administración del “Instituto Sevilla”.

La aprobación Oficial de los Estatutos fue otorgada por el Ministerio de

Educación a través de las siguientes resoluciones:

a) R.M. Nº 3215 – 06 – 05 – 50 Educación Primaria

b) R.M. Nº 1660 del 01 – 04 – 63 Educación Primaria

Art. 6 . El colegio se orienta hacia los siguientes fines:

a) Propiciar una formación integral del educando

b) Brindar una educación acorde con los principios de la Iglesia

Católica y los fines de la Educación Peruana

c) Fortalecer la conciencia Cívico – Patriótica de las alumnas

d) Encauzar el trabajo de profesores y alumnas en el marco de una

actitud de servicio, espíritu de solidaridad convivencia y colaboración

Art. 7 . La Axiología es la siguiente:

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El “Instituto Sevilla”, es una Institución Educativa que propone una

educación de calidad con innovaciones para lograr una excelencia

académica y la toma de valores profundamente humanos que integra la

dimensión espiritual que impulsa en la persona la participación,

iniciativa, creatividad, reconocimiento de su dignidad. Desarrolla la

conciencia critica y la compromete para actuar en la sociedad en

comunión como agente transformados de su momento histórico.

Propugnamos una educación que forme integralmente a las alumnas

haciendo del evangelio una norma de vida, que le permita tener una

concepción cristiana del mundo y el desarrollo armonico de todos los

valores de una educación humano – cristiana y academica; conscientes

del clamor que se leva de todo el mundo contra la injusticia y violencia,

queremos educar para una sociedad mas justa, fraterna y solidaria,

siendo la familia la primera responsable de la educación, nuestra tarea

se orientara a favorecer su capacidad para ejercer esta importante

misión y evitar su desintegración

Art. 8 . Tiene los siguientes objetivos generales:

a) Promover un proceso educativo transformador y trascendente

b) Formar una comunidad educativa que viva su identidad católica

c) Desarrollar lineamientos educativos a la luz de los valores humanos,

cívicos y cristianos

d) Velar por el desarrollo optimo de las actividades educativas

e) Orientar a los PP. FF

f) Garantizar la eficiencia docente, procurándoles un ambiente

estimulante para el trabajo en equipo, el estudio, la investigación y la

experimentación

Art. 9 . Tiene los siguientes objetivos específicos:

a) Desarrollar la identidad nacional, conociendo, valorando, cultivando

una conciencia critica y preservando la cultura peruana

b) Vivir los valores dentro de un clima armónico para que por la estima

y práctica de ellos, la alumna se realice como persona y actúe como

cristiana.

c) Educar para la paz y la justicia como fundamento de una sociedad

participativa y fraterna, defensora de los derechos humanos

propiciando la apertura a los menos favorecidos

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d) Promover una formación integral de la persona mediante el

desarrollo armónico de todas sus potencialidades y capacidades

e) Crear hábitos de trabajos para poder afrontar las nuevas situaciones

y participar en la formación de la sociedad peruana

f) Favorecer una educación personalizada y liberadora para que

nuestras alumnas sean ellas mismas artífices de su propio proyecto

de vida

Art. 10 . De la Administración:

a) La Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana, como

propietaria del Centro Educativo Instituto Sevilla le otorga

atribuciones y responsabilidades a la Directora

b) Designa y ratifica a la Directora para que se encargue del

funcionamiento académico y administrativo

c) Es responsable de la orientación axiológica, académica y

administrativa del plantel

d) Le corresponde todo lo referente a convenios, contratos y estudios

de posibilidades para el uso extraordinario de la capacidad instalada

e) Asesora al comité de apoyo de PP.FF. y en todas las acciones que

tienden a la promoción de la comunidad educativa

f) Cautela el cumplimiento de las remuneraciones, servicios sociales

pensiones, becas, contabilidad

Art. 11 . Brinda los siguientes servicios:

Turno: Diurno

a) Educación Primaria de Menores

b) Educación Secundaria de Menores

Art. 12 . Cumple las siguientes Funciones:

a) Programar las acciones educativas, ejecutar y evaluar de acuerdo a

las normas de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana,

la política educativa del Ministerio de Educación y las características

de la comunidad local

b) Organizar el trabajo pedagógico en función de las características de

la comunidad local, de la educación Primaria y Secundaria

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c) Desarrollar, evaluar y adecuar los programas curriculares de

educación primaria y secundaria procedentes del Ministerio de

Educación

d) Proponer, desarrollar y evaluar planes de estudio de acuerdo a las

características de la población educativa

e) Coordinar con los colegios del ámbito de influencia, respecto a las

acciones y gestiones educativas, así como con las instituciones

públicas y privadas sobre aspectos que contribuyen a otorgar una

optima formación de las alumnas.

f) Brindar orientación psicológica y espiritual a las alumnas y si es

necesario a la familia para una mejor integración social y equilibrio

emocional de las mismas

g) Brindar orientación educativa a través del plan de servicio de Tutoría

promoviendo la activa participación de los padres de familia

h) Promover una permanente participación de los padres de familia en

actividades educativas, culturales, laborales, religiosas, recreativas

que organice la Institución Educativa

i) Promover permanentemente actividades cívico – patrióticas y

religiosas que contribuyan a crear conciencia de los valores morales

y religiosos

j) Promover y participar en certámenes de intercambio de experiencias

técnico – pedagógicos, deportivos, artísticos y religiosos.

k) Informar permanentemente a los padres de familia acerca de la

evaluación del progreso de sus hijas y las actividades que realiza la

Institución Educativa

l) Fomentar un clima armónico y de desarrollo entre todos los

miembros del personal

m) Realizar acciones de proyección social a la comunidad

Art. 13. La Institución Educativa, para cumplir las funciones generales definidas

en el artículo anterior, tiene la siguiente estructura orgánica:

A. ORGANO DE DIRECCION

Dirección del Colegio

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Sub – Dirección Académica

B. ORGANO DE EJECUCION

Sub – Dirección Académica

Asesores académicos (Primaria – Secundaria)

Coordinación de tutoría

Profesores de Aula

Profesores por horas

Departamento Psicopedagógico

Departamento de Mantenimiento

C. ORGANO DE ASESORAMIENTO

Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana

Ministerio de Educación

UGEL Nº 02

D. ORGANO DE APOYO

Asistencia Social

Secretaria

Auxiliar de Educación

Bibliotecaria

Personal de mantenimiento

Personal de comedor

E. ORGANO DE COORDINACION Y PARTICIPACION

Comité de Apoyo de Padres de Familia

Comités de Aula

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CAPITULO III

DE LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS

A) ORGANO DE DIRECCIONArt. 14. De la Directora:

La Directora de la Institución educativa es designada y ratificada por la

Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana. Es un cargo de

confianza.

Para ser nombrada Directora del Colegio debe cumplir los requisitos

que señalan las normas legales vigentes.

La Directora es la primera autoridad del Colegio, es responsable de la

programación, organización, coordinación y conducción, desarrollo

supervisión, evaluación, implementación y control de todas las acciones

técnico-pedagógicas, administrativas y de los diferentes servicios que

brinda.

Depende de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana y en

los aspectos técnico – pedagógico, de la Unidad de Gestión Educativa

Local No. 02 Rímac.

Cumple las siguientes funciones:

a) Representa legalmente a la Institución.

b) Formula, coordina, ejecuta y evalúa el Plan Educativo Institucional

(P.E.I). El proyecto Curricular de Centro (PCC), Reglamento

Interno, Plan de Estudios, Plan Anual de Trabajo, con la

participación del pleno de profesores.

c) Vela por el cumplimiento de los objetivos educacionales.

d) Organiza y dirige el Servicio de Supervisión Educativa.

e) Preside las reuniones técnico pedagógico, administrativo y otras

relacionadas con los fines del colegio.

f) Organiza el proceso de matrícula. Autoriza traslados. Expido

Certificados de Estudios.

g) Dirige, coordina, asesora, supervisa y evalúa la labor del personal a

su cargo.

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h) Solicita a la Unidad de Gestión educativa Local No. 02 y a la

Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana, la cobertura de

plazas docentes y administrativas vacantes y el reemplazo del

personal en licencia.

i) Asesora al Comité de Apoyo de Padres de Familia y cautela su

movimiento económico.

j) Promueve la cooperación de instituciones locales para mantener los

servicios educativos que brinda en la infraestructura del plante.

k) Formula los cuadros estadísticos y gráficos referentes al sistema de

evaluación y su rendimiento por área para realizar estudios

comparativos a fin de tomar medidas correctivas adecuadas.

l) Realiza otras funciones que le asigne la Dirección del Colegio.

Art. 15 De la asesoría Académica General

Depende de la Dirección y es nombrada por Resolución Directoral, su

responsabilidad es la programación, organización, coordinación y

evaluación de las actividades técnico – pedagógicas.

Cumple las siguientes funciones:

a) Planifica, organiza, supervisa y evalúa las actividades del Plan

Educativo Institucional (P.E.I), Reglamento Interno, Plan de

Estudios, Plan de Trabajo Anual de la Institución Educativa

b) Supervisa las actividades de las Asesoras Académicas por ciclos y

nivel

c) Supervisa y asesora las actividades del Departamento de

Psicopedagogía

d) Controla la asistencia del personal docente

e) Participa en la selección del personal que se integra a la I.E.

f) Participa en la comisión del Cuadro de Distribución de Horas

g) Atiende a PP.FF. y visitantes sobre asuntos técnicos pedagógicos

h) Informa en coordinación con la Directora, de la parte técnico –

pedagógica y actividades que se realizan en el plantel a la Sociedad

de Beneficencia de Lima Metropolitana

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i) Planifica, organiza, supervisa y evalúa las actividades técnico –

pedagógicas de los docentes en coordinación con la Directora y las

Asesorías Académicas

j) Promueve cursos de capacitación docente en el Institución

Educativa

k) Formula los cuadros estadísticos y gráficos referentes al sistema de

evaluación y su rendimiento por área para realizar estudios

comparativos a fin de tomar medidas correctivas adecuadas.

l) Realiza otras funciones que le asigne la Dirección del Colegio

B) ORGANO DE EJECUCIÓNArt. 16. Asesores Académicos

Los Asesores de Educación Primaria y Secundaria, nombrados por la

Dirección a través de Resolución Directoral son docentes responsables

de la orientación, monitoreo, coordinación, supervisión y evaluación de

las acciones educativas de su respectivo ciclo y nivel.

Las Asesorías de Primaria y Secundaria dependen directamente de la

Asesoría Académica General.

Funciones:

Estrictamente las técnico Pedagógicas y otras que le designe la

Dirección o el órgano inmediato superior (UGEL 02 y la S.B.L.M.)

Participa en la formulación del Plan Educativo Institucional,

Reglamento Interno, Plan Anual de Trabajo y Proyecto Curricular de

la Institución Educativa.

Asesora, supervisa, evalúa el desarrollo curricular de su

competencia, relacionando sus acciones con las demás áreas

técnico-pedagógicas.

Orienta, supervisa y evalúa a los docentes en las diferentes áreas y

asignaturas a su cargo.

Reúne periódicamente a los docentes a su cargo a fin de

intercambiar experiencias sobre el desarrollo de la programación

curricular, métodos, estrategias y problemática educativa.

Asesora a los profesores a su cargo en la planificación de las

actividades técnico-pedagógicas.

Informa mensualmente a la Asesoría Académica General sobre la

supervisión de los docentes a su cargo.

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Atender a los Padres de Familia.

Realiza funciones propias de su nivel.

Participar en la selección del personal que se integra a la I.E.

Art. 17 De Área de Actividades:

Depende de la Asesoría Académica General Docentes que tienen la

responsabilidad de programas, organizar y evaluar todo lo relacionado a

las actividades.

Cumplen las siguientes funciones:

a) Participa en la programación general y especifica del Plan Anual de

trabajo de la Institución Educativa.

b) Promueve, organiza, orienta, ejecuta y evalúa las actividades,

eventos, certámenes y otros relacionados con la participación de la

comunidad educativa.

c) Formula, controla y evalúa las acciones del calendario cívico

escolar del colegio.

d) Estimula, orienta y supervisa la organización del personal y

alumnado para canalizar su participación durante todo el año

escolar.

e) Informar periódicamente a la Dirección y Asesoría Académica

General de las actividades con los diversos departamentos a fin de

que se cumplan los objetivos programados.

f) Supervisar, monitorear y evaluar los Proyectos de los equipos de

trabajo.

g) Canalizar el requerimiento de materiales necesarios para la

realización de las actividades.

Art. 18 De la Coordinación de Pastoral:

Depende de la Dirección.

Cumple las siguientes funciones:

a) Es responsable de programar, organizar, supervisar, orientar y

evaluar las actividades de Pastoral de las alumnas, personal

docente, no docente y padres de familia.

b) Participa en la programación general y específica del Plan de

Trabajo Anual de la Institución Educativa.

c) Elabora proyectos de normas relacionadas con la participación y

promoción de la familia.10

d) Organiza y mantiene al día del calendario y actividades de pastoral.

e) Confecciona una nómina de instituciones y personas y coordina con

ellas para el mejor desarrollo de las actividades de pastoral.

f) Anuncia y promueve la Palabra de Dios y su doctrina en toda la

Comunidad Educativa.

g) Coordina permanentemente con la Asesoría Académica General.

h) Informa periódicamente el cumplimiento de sus funciones a la

Dirección.

i) Promueve y coordina acciones de Proyección Social.

Art. 19 Del Departamento de Psicología

Depende de la Dirección Profesional Responsable de diagnosticar,

evaluar y tratar los casos problemas derivados por el Departamento de

Tutorías y Dirección.

Programa, organiza, ejecuta y evalúa las actividades psicológicas, de

orientación vocacional y salud mental de las alumnas, de los padres de

familia y el personal de la I.E. Instituto Sevilla.

Cumple las siguientes funciones:

a) Formula y ejecuta el Plan de Trabajo de su área.

b) Participa en la elaboración, ejecución y evaluación del Plan de

Trabajo Anual de la Institución Educativa.

c) Promueve un clima armónico entre los docentes, padres de familia y

las educandas.

d) Presta atención especializada a las alumnas con problemas de

conducta y aprendizaje, derivados por la Coordinadora de tutorías.

e) Informa a la Coordinación de Tutoría, profesores de aula y tutores

sobre el seguimiento de los casos detectados para brindar un mejor

servicio.

f) Trabaja con terapia familiar.

g) Programa y promueve charlas formativas y de prevención sobre

temas relacionados con su área con la participación de las tutoras,

alumnas y padres de familia.

h) Informa periódicamente a la Dirección acerca del cumplimiento de

sus actividades.

i) Cumple otras funciones afines que le asigne la Dirección del

colegio.

j) Apoya las acciones de Proyección Social.11

Art. 20 De los Profesores Por Horas:

Los profesores por hora tienen la responsabilidad de la conducción del

proceso de aprendizaje del alumnado a su cargo.

Dependen de la Dirección de la I.E. Instituto Sevilla.

Cumplen las siguientes funciones:

a) Participar en la elaboración, revisión, ejecución y evaluación del

Plan de Trabajo Anual, Plan Educativo Institucional, Proyecto

Curricular y Reglamento interno.

b) Cumplir estrictamente el Reglamento interno de la I.E.

c) Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares.

d) Evaluar el proceso de enseñanza – aprendizaje de acuerdo con las

normas legales vigentes y cumpliendo con la elaboración de la

documentación.

e) Participar en acciones programadas de investigación y

experimentación de nuevos métodos y estrategias, de trabajo

educativo, así como de los eventos de actualización profesional

espiritual organizados por el Colegio.

f) Cumplir con el horario establecido para el dictado de clases.

g) Integrar las comisiones de trabajo anual y colaborar con la Dirección

del Colegio, en las acciones que permitan el logro de los objetivos

del nivel y axiología de la Institución Educativa.

h) Orientar permanentemente a las alumnas y velar por su seguridad

durante su permanencia en el plantel.

i) Contribuir en acciones de mantenimiento del colegio y conservación

de los bienes.

j) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de

familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y

el comportamiento de las alumnas en el horario indicado.

k) Organizar y preparar el material didáctico con la colaboración de las

alumnas y padres de familia.

l) Asistir a reuniones convocadas por la Dirección y Asesoría

Académica.

m) Organizar charlas, concursos, competencias, etc.

n) Informar a la Asesoría Académica General del cumplimiento de sus

funciones.

o) Cumplir las funciones afines que le asigne la Dirección del Colegio.12

Art. 21 De los Profesores de Aula: Nivel Primario

Dependen de la Dirección del Instituto Sevilla y de la S.B.L.M.

Cumplen las siguientes funciones:

a) Cumplir estrictamente el Reglamento Interno de la I.E. Instituto

Sevilla.

b) Participa en la elaboración, revisión, ejecución y evaluación del Plan

de Trabajo Anual, Plan Educativo Institucional, Proyecto Curricular y

Reglamento Interno.

c) Programar, desarrollar y evaluar las actividades de conformidad con

la Ley General de Educación de la Institución Educativa y el

presente Reglamento.

d) Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares de

acuerdo a las normas emanadas del Ministerio de Educación, la

UGEL 02 y el Plan Educativo Institucional.

e) Desarrollar el Plan de Estudios del ciclo y nivel con la distribución

de horas diseñadas por la I.E.

f) Cumplir con el horario académico establecido para el nivel.

g) Participar en acciones programadas de investigación y

experimentación de nuevos métodos y técnicas de trabajo

educativo, así como en eventos de actualización profesional y

espiritual organizados por el colegio o por instituciones superiores.

h) Integrar las comisiones de trabajo anual y colaborar con la Dirección

del Colegio, en las acciones que permitan el logro de los objetivos

del nivel y axiología de la Institución Educativa.

i) Orientar a las educandas.

j) Cumplir con sus turnos de vigilancia en recreo y velar por la

seguridad de las educandas durante el tiempo de permanencia en

la Institución Educativa y en sus inmediaciones.

k) Realizar acciones de recuperación pedagógica.

l) Cooperar con las acciones de mantenimiento y conservación del

local, mueble y bienes de la institución y ser responsable del

mantenimiento de su aula.

m) Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de

familia sobre asuntos relacionados con el rendimiento académico y

comportamiento de las alumnas.

n) Preparar material educativo.13

o) Mantener un clima propicio para el desarrollo armónico de una

sesión de clase.

p) Participar en experiencias de estudios, investigación,

experimentación de nuevos técnicos y métodos de trabajo

educativo.

q) Asistir a las reuniones convocadas por la Dirección y Asesorías

Académicas.

r) Informar a la Asesoría Académica del ciclo y nivel sobre el

cumplimiento de sus funciones.

s) Coordinar y evaluar el trabajo académico con los demás docentes

del ciclo y nivel.

t) Cumplir las funciones afines que le designe la Dirección del Colegio

para el cumplimiento de los objetivos institucionales.

Art. 22 De los Tutores

Dependen de la Coordinación de Tutoría.

Cumplen las siguientes funciones:

a) Elaborar la Programación de Tutoría de su aula de acuerdo Plan

Anual de la Institución Educativa.

b) Coordinar y dirigir la formación del Consejo Estudiantil del aula en

forma democrática.

c) Organizar a las educandas para el desarrollo de actividades

extracurriculares.

d) Organizar, asesorar y evaluar al Comité de Aula mediante

reuniones periódicas de trabajo con la Directiva del Comité.

e) Revisar el libro de acta y caja del Comité de Aula periódicamente.

f) Elaborar el Cuadro de Necesidades del aula en coordinación con

los demás tutores y padres de Familia.

g) Derivar los casos problemas que no puedan dar solución a la

Coordinación de Tutoría.

h) Presentar a la Dirección informes permanentes sobre las siguientes

esferas Académicas Personal Social y Promoción de la Salud.

i) Controlar mensualmente la agenda de control, llenar libretas y

presentar informes.

j) Controlar semanalmente el cuaderno de incidencias.

k) Citar a reuniones según agenda, previo conocimiento de la

Dirección y autorización respectiva.14

l) Presidir las reuniones técnico pedagógicas bimestralmente en el

aula de tutoría, entregar libreta a los padres de familia.

m) Cumplir funciones afines que le designe la Dirección.

C) ORGANO DE ASESORAMIENTO:Art. 23 De la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana

La Dirección General de Servicios Sociales, Órganos de Apoyo de la

Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana, cumple las siguientes

funciones:

a) Proponer, programar, organizar, supervisar y evaluar la prestación

de los Servicios Sociales con calidad y oportunidad en la Institución

Educativa.

D) ORGANO DE APOYOArt. 24 De la Auxiliar de Educación:

Técnica Especialista en Educación.

Depende de la Dirección del Colegio y cumple las siguientes funciones:

a) Orientar el comportamiento de las alumnas desde su ingreso a la

salida de la I.E. en armonía con las normas establecidas y llevar el

registro anecdótico de incidentes de alumnas a su cargo.

b) Mantener actualizado el Registro de Asistencia y control de las

alumnas por grados y secciones, informando sobre las alumnas que

inasisten con frecuencia o lleguen tarde, procurando sugerir

posibles soluciones.

c) Elaborar información sobre las causas de inasistencias y tardanzas

de las alumnas que observan estos problemas.

d) Orientar a las alumnas en la formación moral, así como en la

presentación, urbanidad y buenos modales.

e) Cooperar eficazmente con el personal jerárquico y docente del

plantel para que la moralidad, buenas costumbres y el orden sean

las normas permanentes de la vida escolar.

f) Revisar periódicamente la agenda de las alumnas para verificar si

son firmadas por los padres de familia y selladas por el colegio.

g) Revisar periódicamente el cuaderno de incidencias y llevar un

control par evaluación de la conducta.

h) Llevar un registro de firmas para verificar la autenticidad de los

documentos que están firmados.15

i) Solucionar en primera instancia los actos de indisciplina de las

alumnas.

j) Ejecutar visitas periódicas a los diferentes ambientes del colegio

para velar por el cumplimiento de las normas disciplinarias

especialmente en horas de recreo.

k) Participar en las reuniones de tutoría y de la Comisión de disciplina

cuando lo solicite el mismo.

l) Emitir informe sobre conductas inadecuadas.

m) Atender a las alumnas en caso de emergencia, alimentación,

reposo, aseo, cambio de ropa, afecto y recreación.

n) Llevar el control de asistencia diario, de los docentes a las aulas y

dar parte a la Dirección.

o) Verificar el cambio de hora.

p) Controlar el archivo de los exámenes bimestrales.

q) Participar en el matrícula y otros, que la Dirección le asigne.

r) Realizar el control del ingreso diario, la formación y la salida de las

alumnas, así como en las actuaciones cívico – patrióticas y

religiosas que se celebre en el colegio o fuera de él.

s) Coordinar con las tutoras para fomentar hábitos de disciplina,

puntualidad, higiene y estudio entre las alumnas.

t) Responsabilizarse y vigilar el orden y aseo de los salones de

clases, patios y los servicios higiénicos.

u) Pasar revista diaria de aseo y orden a todas las alumnas

v) Controlar a las alumnas para que se presenten al colegio

correctamente uniformadas.

w) No permitir el ingreso a las aulas en horas de clase a personas

ajenas al colegio.

x) Desarrollar acciones de su competencia, cuando falta un docente a

la hora de clases.

y) Participar en la evaluación de la conducta de las alumnas bajo su

responsabilidad.

z) Atender a los padres de familia para justificar las inasistencias y

tardanzas.

aa) Orientar el Consejo Estudiantil de la Institución Educativa

colaborando con el profesorado encargado de la conformación

periódica.

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bb) Cumplir otras funciones afines a su cargo, asignados por la

Dirección del Plantel.

cc) Comunicar a los docentes de las faltas y tardanzas justificadas de

las alumnas.

Art. 25 Del Bibliotecario (R.M. No. 1241-84)

Profesional responsable de la organización, programación y

funcionamiento de los servicios de la Biblioteca, así como el

mantenimiento de las colecciones, equipos audiovisuales y mapotecas.

Depende de la Dirección, tiene las siguientes funciones:

a) Planificar, organizar y orientar a los usuarios en el funcionamiento

de los servicios de la biblioteca.

b) Seleccionar, actualizar y procesar técnicamente los libros y demás

materiales educativos de acuerdo con lo establecido (videoteca –

hemeroteca – mapoteca) Programar con los docentes la utilización

de los materiales y servicios de biblioteca en apoyo a los programas

curriculares.

c) Preparar bibliografías, boletines y guías de difusión para dar a

conocer los materiales y servicios de la biblioteca.

d) Coordinar las actividades relacionadas con la Semana de la

Biblioteca.

e) Promover el hábito de la lectura.

f) Coordinar con las bibliotecas escolares públicas y diferentes

editoriales.

g) Velar por el orden, conservación y mantenimiento de los materiales,

mobiliario y equipos audiovisuales.

h) Evaluar y reajustar periódicamente los materiales y servicios de la

biblioteca en el Libro Inventario.

i) Dar cuenta a la Dirección de las acciones realizadas en su área.

j) Elaborar y proponer normas internas para resguardar el patrimonio

bibliográfico del plantel.

k) Coordinar con los docentes el cronograma para el uso del ambiente

de biblioteca.

l) Permanecer en la biblioteca durante su jornada de trabajo cerrando

solo en su periodo de descanso.

m) Mantenerse al día con las últimas técnicas de bibliotecología.

n) Realizar otras funciones afines que le encomiende la Dirección17

o) Presentar un inventario inicial y final.

Art. 26 De la Secretaria:

Depende de la Dirección del colegio y cumple las siguientes funciones:

a) Orientar, asesorar y atender al personal docente, administrativo,

alumnado, padres de familia y público usuario sobre trámites

documentarios en la Institución Educativa.

b) Controlar el registro de entrada y salida de los documentos y

expedientes.

c) Redactar diversos documentos emitidos por el Órgano Directivo.

d) Hacer el seguimiento de los expedientes.

e) Clasificar y disponer la documentación que ingresa por mesa de

partes.

f) Absolver consultas de carácter técnico administrativo en el área de

su competencia y emitir opiniones.

g) Participar en reuniones y/o comisiones administrativas.

h) Firmar los Certificados de Estudios Oficiales.

i) Elaborar decretos de las alumnas por modificación de nombres y

otros.

j) Llevar el libro de Actas y visitas importantes de la Institución

Educativa.

k) Confeccionar los cuadros estadísticos y documentación que solicite

la superioridad.

l) Velar por la seguridad del archivo y material estadístico a su cargo.

m) Elaborar las nóminas y Actas de primaria y secundaria.

n) Tramitar la compra de Actas, Certificados, Registro y Nóminas.

o) Elaborar constancias de matrícula y constancias de vacante.

p) Organizar por secciones el archivo de las carpetas personales de

las alumnas

q) Realizar los cobros por conceptos de recursos propios.

r) Registrar las notas de subsanación de las actas provisionales.

s) Informar de las actividades ejecutadas al jefe inmediata superior

t) Ejecutar agines que se asigne a la dirección.

Art. 27 Del personal de mantenimiento

Depende de la dirección del colegio y cumple las siguientes funciones:18

a. Realizar trabajos de conservación y mantenimiento del cocal.

b. Ejecutar labores de vigilancia por todos los ambientes del colegio

asegurándose que los bienes y enseres estén en orden y en el

mismo estado en que se los dejo.

c. Trasladar y acondicionar muebles y ejecutar labores manuales

sencillas con el fin de efectuar arreglos y reparaciones en el local

del colegio.

d. Limpiar y desinfectar ambientes, especialmente aulas de clase,

servicios higiénicos y tanques de agua.

e. Velar por la seguridad y mantenimiento de los útiles de aseo.

f. Encargarse del cuidado y conservación de los jardines y maceteros.

g. Cuidar los servicios básicos (agua, luz). Registrar los daños y

deterioros del local.

h. Dar cuenta de sus acciones y tareas a la dirección.

i. Cooperar con el personal docente en la ambientación del local para

el desarrollo de actividades y proyectos educativos a novel

institucional.

j. Mantener relaciones de respeto con toda la comunidad educativa.

CAPITULO IV

DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO

A. DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO.Art. 28 En el mes de febrero y marzo, según la dirección lo indique el personal

docente y administrativo del colegio realizara lo siguiente:

a. Acciones de planeamiento y organización del año lectivo.

b. Formulación del diagnostico Plan Educativo Institucional , Plan de

Trabajo Anual, PCC, revisión del Reglamento Interno, matricula,

evaluación de recuperación, subsanación de cursos, programación

curricular por grados y áreas, formulación del Calendario Cívico -

Patriótico Escolar, diseño de la agenda escolar, preparación de

listas de alumnado, ambientación de aula de clases.19

c. Elaboración del cuadro de horas del Personal docente, elaboración

del horario de clases y preparación del material educativo.

d. Determinación del personal responsable de las actividades

extracurriculares.

Art. 29 El Plan de Trabajo Anual del Colegio, será elaborado, ejecutado y

evaluado por la comunidad educativa. Aprobado por la dirección antes

del inicio lectivo mediante Decreto Directoral correspondiente.

Art. 30 El plan de Trabajo anual será elaborado teniendo en cuenta los planes

de trabajo y estructuras curriculares del Ministerio de Educación y los

propios del colegio teniendo en cuenta su característica de colegio

convenio. Comprenderán los siguientes aspectos: Académicos,

Promocional educativo Comunal, Orientación y Bienestar del

Educando, Tutoría, Defensa civil, Calendario Cívico Escolar,

Actividades educativas, Infraestructura Educativa, Supervisión y

Evaluación Educativa figurando como elementos básicos del plan la

caracterización problemática, objetivos, determinación de metas,

actividades y costos, fichas resúmenes de las actividades.

Art. 31 El año lectivo en el colegio tiene una duración mínima de 38 semanas y

con horas afecto no menos de 1500 iniciándose la segunda semana de

marzo y termina en el mes de diciembre (según indicaciones de la

dirección). Para el nivel secundario y primario el año lectivo se divide en

cuatro bimestres: 1º bimestre, 2º bimestre, 3º bimestre, 4º bimestre. El

periodo vacacional para las alumnas será de acuerdo a disposiciones

tomadas del Ministerio de Educación y los de la Institución Educativa.

B. DE LA PORGRAMCIÓN CURRICULAR:

Art. 32 Para elaborar la programación curricular del colegio, se realizará en dos

etapas: anual y unidades de aprendizajes, teniendo en cuenta los

documentos normativos vigentes.

a. La Programación Curricular se realizará en el mes de marzo, la

reprogramación para Primaria y Secundaria se realizará en forma

bimestral

b. Todos los docentes elaborarán sus unidades didácticas por grados

y/o áreas, las que serán revisadas por las asesorías académicas

antes de ejecutarlas

20

c. La programación curricular será elaborada en base a los

lineamientos proporcionados por la UGEL Nº 02 contrastados por la

realidad y los propios del colegio

d. Los docentes entregaran una copia de la programación a la

Asesoría Académica General, antes del inicio del año escolar

e. Las unidades didácticas se desarrollaran de acuerdo al cronograma

establecido cronograma establecido.

Art. 33 La Programación del Área de Educación Religiosa se elaborará en base

a los programas elaborados por las autoridades eclesiásticas

autorizadas por el Ministerio de Educación.

C. DE LA SUPERVISIÓN EDUCATIVA:

Art. 34 La supervisión educativa es de responsabilidad del personal directivo y

jerárquico comprende acciones de asesoramiento, verificación y

monitoreo del proceso enseñanza -aprendizaje y esta orientado a

optimizar el programa curricular la acción educativa y la evaluación de

las alumnas y docentes y personal sevillano

Art. 35 La supervisión interna se ejecutará en base a un plan o instrumentos

previamente elaborados.

Art. 36 La supervisión será opinada e inopinada, la primera se efectuará por ío

menos una vez por Bimestre y la segunda cada vez que se crea

conveniente.

Art. 37 La supervisión opinada abarcará todos los aspectos específicos

determinados previamente por el supervisor y la comisión

correspondiente.

Art. 38 El procedimiento de datos de la Supervisión debe emitirse al personal

responsable, tomar acciones correctivas pertinentes e informar a (a

superioridad.

D. LOS RECURSOS DIDÁCTICOS

Art. 39 La Biblioteca deberá tener una relación detallada de los recursos

didácticos de la Institución Educativa para el conocimiento de los

docentes.

21

Art. 40 Los textos escolares constituyen materiales auxiliares que

complementan la acción de fa profesora en la selección de tareas

escolares de las alumnas debidamente clasificadas, programadas y

coordinadas.

Art. 41 El requerimiento de utiles escolares debe cubrir las necesidades de la

alumna y se adquirira progresivamente de acuerdo a las necesidades

de aprendizaje.

Art. 42 Las tareas fuera del jorario de clase se asigna con fines de

afianzamiento de los contenidos desarrollados por el profesor. Estas

tareas deben ser dosificadas, variadas, agiles y compatibles con la

responsabilidad de las alumnas y de acuerdo a su realidad familiar y

social. El docente orientara la forma de realizar tareas indicando la

bibliografía básica. La actualización y renovación d elos recursos

didácticos debe ser permanente.

Art. 43 La metodologia seleccionada por el profesor deberá estar en

concordancia con los recuros didácticos existentes en el colegio y el

material solicitado a las alumnas en los diferentes grados y áreas.

Art. 44 Todo material educativo que exista en la Institución educativa estará al

servicio de las alumnas y profesores de primaria y secundaria.

CAPITULO V

DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO

Art. 45 El servico admisytrativo del colegio se regirá por celeridad, simplicidad y

eficiencia que dispone las nomas ganerales del proceso administrativo.

Art. 46 Para solicitar un servicio al colegio se debe seguir el siguiente

procedimiento:

Solicitar informacion en secretaria.

Cumplir con los requisitos de formalidades establecidas.

Presentar una solicitud en base al formato de trámite

22

Esperar el resultado dentro del término y plazos establecidos por la

ley.

Art. 47 Todo documento se iniciara en la secretaria donde deberá estrgarse los

documentos faliados y nmerados para su registro con indicación de

fecha y hora.

Art. 48 Las solicitudes y peticiones deben ser atendidas en estricto orden de

presentación, salvo que se presenten dificultades que retarden su

tramite y atención.

Art. 49 Las solicitudes atendidas y que impliquen entrega de documentos, será

registrado en un libro o cuaderno donde el usuario deberña dejar

constancia de su recepción

Art 50 Los variados servicios administrativos que ofrece el colegio se plasmara

en el respectivo manual de procedimientos, documentos descriptivo y

normativo que contienen en forma detallada las acciones que se siguen

en la ejecución de los procesos generales para el cumplimiento de

funciones.

Art. 51 El horario de atención al público será de 9:00 a.m. a 1:00 pm.

Art. 52 Todo documento derivado a otra dependencia deberá regresar dentro

del plazo prudencial al área administrativa por el archivo

correspondiente.

Art. 53 El archivo deberá organizarse en un ambiente especial y los

documentos ordenados por rubro y en orden alfabético.

Art. 54 Para las acciones de tesorería se emplearan libros y documentos que

permitan fluidez en la información mensual que necesariamente debe

formularse.

Art. 55 Toda actividad que se realice en el plantel deberá ser autorizada y

supervisada por la dirección.

Art. 56 El personal directivo deberá hacer los requerimientos oportunos a las

autoridades pertinentes a fin de proveer de los recursos y materiales

indispensables para el adecuado funcionamiento del colegio.

Art. 57 De todo material que ingresa y egresa deberá llevarse un control en un

formato especial a fin de hacer verificaciones periódicas y tener

información precisa de los saldos existentes.

Art. 58 El inventario de los bienes inmuebles del colegio se levantara cuando la

supervisión lo disponga.

Art. 59 La actualización y verificación se efectuara anualmente con la

participación de una comisión especial destinada para tal fin. 23

Art. 60 El inventario de latas y bajas se hará teniendo en cuenta solo la entrada

y salida de bienes y enseres durante el año fiscal.

Art. 61 Las latas serán incrementadas con los bienes recibidos como donación

de entidades privadas o trasferidas por los padres de familia o la

beneficencia de Lima o cualquier entidad donante que sea pública o

privada.

Art. 62 Toda alta debe estar sustentada con el documento respectivo, donde

figuren la donación, características, valor unitario, fecha de adquisición,

procedencia y cuenta (factura, oficio, etc.)

Así mismo se levantara el acta de recepción respectiva por un

representante de la entidad donante y la Directora del Colegio

Art. 63. En cada oficina, taller o ambiente del plantel en donde existe bienes

inmuebles se levantar un inventario, el mismo que estará bajo la

responsabilidad del jefe de dicha dependencia

Art. 64. Las bajas o salidas de bienes del inventario se determinaran debido a

los siguientes causales: inutilización, desgaste, daño, robo/hurto,

siniestro, perdidas, transferencia, obsolencia o entrega en parte de

pago

Art. 65. Los ambientes de la infraestructura serán distribuidos en razón de las

necesidades y características de las alumnas.

Art. 66. Todo el personal de la Institución Educativa esta obligado a velar por la

conservación, seguridad y mantenimiento de la infraestructura, el

mobiliario y los demás muebles y enseres. Ningún trabajador podrá

utilizar el local para actividades no autorizadas, como tampoco podrá

trasladar bienes y enseres dentro y fuera de la Institución sin

conocimiento y autorización de la Dirección

Art. 67. La supervisión administrativa será para apreciar el estado de aplicación

de la normatividad vigente y determinar los reajustes convenientes a

través de la capacitación educativa y/o producción destinados al mejor

cumplimiento de funciones.

CAPITULO VI

24

DEL FUNCIONAMIENTO

Art. 68. La institución Educativa “Instituto Sevilla” funciona en el turno de la

mañana en el siguiente horario

PRIMARIA: 7:45 a.m. a 1:30 p.m.

SECUNDARIA: 7:45 a.m. a 2:15 p.m.

Art. 69. La dirección funciona para atención al Público, en el turno de la

mañana.

Art. 70. El horario de entrada de los profesores de aula es de 7:40 a.m. con un

máximo de 5 minutos de tolerancia. Para profesores por hora es de

acuerdo al horario elaborado por la Comisión de Horario.

Art. 71. El auxiliar de educación tiene como horario de entrada 7:20 a.m. y de

salida 3:30 p.m.

Art. 72. La Dirección puede establecer los reajustes pertinentes en el horario del

personal en coordinación con la comisión de horarios, para brindar un

mejor servicio de acuerdo a los regímenes pertinentes

Art. 73. El personal jerárquico, administrativo, docente, no docente y de

mantenimiento firmara la entrada y la salida en un tarjetero consignando

la hora.

Art. 74. Además de la tolerancia indicada en el art. 70, no existen otras

tardanzas sin justificación y el no firmar la salida se contabilizara como

falta

Art. 75. De las tardanzas de las alumnas:

Tres tardanzas se consideran como falta y es causa para una llamada

de atención

Mas de tres tardanzas al mes, se citara al padre o apoderado para

averiguar la causa, proceder a su justificación y/o amonestación por

escrito y de persistir en la falta recibirá una sanción de acuerdo al

presente reglamento. Las alumnas que incurran en esta falta se les

llamara la atención por parte del siguiente personal: la auxiliar, la tutora,

el equipo de disciplina y la Dirección del Colegio.

Art. 76. La puerta del colegio se cierra a las 7:45 a.m. para el ingreso de las

alumnas. Las alumnas que lleguen después de la hora, serán atendidas

por la auxiliar de educación a las 7:55 a.m. para registrar la tardanza y

pueden ingresar a su aula. Después de las 7:55 a.m. no ingresara

25

ninguna alumna al Colegio, salvo justificación personal del padre de

familia.

Art. 77. La asistencia y puntualidad en Primaria será evaluada dentro del área

de personal Social, teniendo en cuenta que es un aspecto formativo

La asistencia y puntualidad en Secundaria será evaluada como un

indicador dentro de la actitud frente al curso en todas las áreas

CAPITULO VII

DE LA MATRICULA, EVALUACION Y CERTIFICACION DE LA MATRICULA

Art. 78. La matricula se hará en el mes de febrero y excepcionalmente en el

mes de marzo, para los que tiene prueba de ubicación, la cual se hará

mediante Decreto Directoral.

La ratificación de matricula es automática, pero para fines de estadística

y esta se hará en la segunda semana de diciembre

Art. 79. Ingresaran al primer grado de educación primaria quienes hayan

cumplido 06 años de edad y haber salido aprobado en el examen de

pre – requisito, tomado en el mes de octubre. Por excepción y si hay

vacantes se podrá recibir a alumnas que se inscriban

extemporáneamente

Art. 80. La matricula en el primer grado de educación primaria se hará a

petición y en presencia del padre de familia o apoderado con la

presentación de la Partida de Nacimiento y Partida de Bautismo,

constancia de haber hecho estudios de Educación Inicial y el Certificado

Medico

Art. 81. La matricula de Educación Primaria es única para la que se utilizara la

Ficha Única de Matricula el Ministerio de Educación. En los grados

siguientes se procederá a la ratificación de la matricula con la

presentación de la libreta de calificaciones del año anterior. Este

documento también se usa para efectos de traslado.

26

Art. 82. Ingresaran al primer grado de educación secundaria las alumnas que

hayan concluido satisfactoriamente el sexto grado de educación

primaria y tiene no mas de 15 años de edad.

Art. 83. La matricula se realizara por primera y única vez al ingresar la alumna

al nivel secundario. La ratificación de matricula tiene lugar antes de la

iniciación de los estudios en grados subsiguientes

Art. 84. El colegio “Instituto Sevilla” matriculara a las alumnas que tengan su

domicilio dentro su zona de influencia. La Directora del Colegio

establece el número de vacantes por grado y secciones.

Art. 85. Los requisitos para la matricula en el primer grado de estudios de

educación secundaria son:

Presentación de certificados e estudios que acredite haber terminado

satisfactoriamente la educación primaria

Presentación de la Partida de Nacimiento y Bautismo

Presencia del Padre o Apoderado

Art. 86. Es competencia de la Dirección del Colegio dar por concluido la etapa

de matricula a un mes de haber iniciado las clases.

Art. 87. Es competencia de la Dirección del Colegio, aprobar la nomina de

matricula, previa verificación e informe de la Secretaria. La aprobación

se efectuara mediante Decreto Administrativo, dentro de los quince

primeros días del mes de abril

Art. 88. En el mes de febrero la Dirección del Colegio, mediante Decreto

establece el numero de vacantes por grados y secciones, para efectos

de matricula o ratificación de la misma

Art. 89. Las vacantes determinadas para el Segundo, Tercero, Cuarto, quinto y

Sextos Grados de Educación Primaria, serán cubiertas de la siguiente

manera:

Con las alumnas promovidas del grado inmediato inferior. Siendo

requisito indispensable que hayan asistido a la Escuela de Padres

Con las alumnas provenientes de otros colegios que aprueben el

examen de ingreso y cumplan con los requisitos para la matricula

DE LOS TRASLADOS

27

Art. 90. Las alumnas sevillanas que deseen tramitar su traslado a otro colegio

de la localidad, deberán presentar la constancia otorgada por la

Institución Educativa de destino.

Art. 91. La Dirección del Colegio, ante una solicitud de traslado deberá otorgar a

las alumnas los siguientes documentos:

Ficha Única de Matricula

Partida de Nacimiento

Certificado Oficial de Estudios de los grados de estudios concluidos

Una constancia de las notas obtenidas en las evaluaciones de las

alumnas, hasta la fecha que se produce el traslado, siempre que este

se realice durante el año escolar.

Art. 92. La tramitación de traslado se efectuara hasta dos meses antes que

finalice el año escolar (19 de octubre), debidamente justificadas y

demostradas, se aceptara el traslado hasta el 30 de octubre

DE LA EVALUACION

Art. 93. La evaluación de la alumna se realizara en forma integral, flexible y

permanente. Sus objetivos:

a) Conocer la capacidad lograda por la alumna y obtener información

acerca de los elementos que influyen en el proceso de aprendizaje a

fin de adoptar las medidas que permitan alcanzar los objetivos del

trabajo educativo

b) Estimular el esfuerzo de la alumna brindándole los incentivos

necesarios para el desarrollo de sus capacidades.

c) Proporcional información a los padres de familia y alumnas sobre el

avance y logros del aprendizaje

Art. 94. La evaluación de la alumna se realizara en forma integral, flexible y

permanente. Sus objetivos:

a) Evaluación de entrada al inicio del año escolar

b) Evaluaciones de proceso formativo durante el desarrollo de

competencias, capacidades y actitudes, mediante la descripción,

interpretación y verificación de los indicadores de logro o de criterio

de cada unidad de aprendizaje o proyecto.

c) Evaluación Final o de Salida Bimestral al término de cada Bimestre.

28

d) Evaluación de subsanación o cursos a cargo se tomara entre junio y

noviembre en conformidad con el Art. 36 de las Normas de

Evaluación de Educación Secundaria de Menores

Art. 95. La escala de cada calificación será literal y descriptiva en Primaria y

cuantitativa con utilización de la escala vigesimal en Secundaria. El

calificativo aprobatorio mínimo en once (11). En todos los casos 0,5 (el

medio punto) o mayor se considera a favor de la alumna.

Art. 96. Para obtener el promedio bimestral se consideran los resultados de las

evaluaciones de progreso por capacidades y de la prueba bimestral

Art. 97 Para obtener el promedio anual se consideran los cuatro promedios

bimestrales

Art. 98 El exceso del 30 % de las alumnas desaprobadas en la prueba

bimestral o la comprobación de irregularidades en al administración de

las evaluaciones citadas, da lugar a una nueva evaluación si la

Dirección lo cree conveniente.

Art. 99 La profesora de aula o área brindara nuevas oportunidades de

aprendizaje a las alumnas que resulten desaprobadas dentro del

correspondiente bimestre

Art. 100 Los docentes de polidocencia en primaria y de áreas en secundaria

alcanzaran sus registros de evaluación a las asesoras

correspondientes en el tiempo programado para ser revisados y luego

llenar los planillones de notas

Art. 101 El pasado de las notas a las libretas de información de las alumnas es

responsabilidad de las tutoras en cada grado de estudios, tanto en

primaria como en secundaria

Art. 102 Las alumnas que tuvieran 30% o mas de inasistencias injustificadas, no

pueden rendir la evaluación para tal efecto la Dirección procederá a

retirarlas mediante un Decreto Directoral en base a la información de la

Tutora o la Coordinación de Tutoría

Art. 103 La evaluación de recuperación para las alumnas de primaria a partir del

2º grado (III Nivel) que salgan desaprobadas en Matemática y

Comunicación, se realizara en el mes de febrero según cronograma y si

nuevamente salen desaprobadas en estas áreas repetirán el grado.

Art. 104 De acuerdo con lo estipulado en las normas de educación, repiten el

grao las alumnas de secundaria que tienen desaprobadas cuatro o mas

áreas obligatorias o de recuperación29

Art. 105 La evaluación de recuperación para las alumnas de quinto grado de

secundaria que tuvieran hasta tres áreas desaprobadas, se realizara

dentro de los quince primeros días del mes de enero. Las que

nuevamente salieran desaprobadas podrán rendir sus evaluaciones

después de treinta días previa solicitud de subsanación

Las alumnas que repiten de grado ya no podrán matricularse en el

siguiente año lectivo escolar

Las alumnas rendirán los exámenes de recuperación exclusivamente

en el Instituto Sevilla

Art. 106 Las alumnas que por razones justificadas deseen adelantar o postergar

sus evaluaciones bimestrales o anuales presentarán solicitud

debidamente fundamentada a la Dirección, quien determinará lo

conveniente.

Art. 107 Las alumnas que por razones de salud desean ser exoneradas en la

práctica de Educación Física/ presentarán a la Dirección una solicitud

acompañada de un certificado médico.

Art. 108 En la evaluación de comportamiento se utilizará la escala cualitativa y

se realizará teniendo en cuenta, entre otros los criterios:

responsabilidad, honradez, veracidad, ayuda mutua, respeto a la

persona humana, orden, aseo y puntualidad en hacer firmar el control

diario.

La Evaluación del comportamiento sirve para ayudar y orientar a la

alumna y los resultados no se toman en cuenta para los efectos de su

promoción o repitencia de grado. La evaluación del comportamiento la

realizará la Coordinación de Tutoría, la tutora de grado y los profesores,

también se tomara, en cuenta los informes de la auxiliar de educación,

las anotaciones de los partes diarios de las diferentes secciones, del

cuaderno de incidencias, del cuaderno de control y los informes de

autogobierno.

Art. 109 La evaluación del comportamiento tiene un carácter eminentemente ion

nativo, no constituye un acto punitivo. Sus resultados deben servir para

programar acciones que permitan superar los problemas detectados.

DE LA PROMOCIÓN Y REPITENCIA

Art. 110 Al término del año escolar la situación de las alumnas es la siguiente:

30

a) Son promovidas de grado si aprueban todas las áreas

correspondientes al año que cursa

b) Repiten de año en primaria si tienen promedio final C en Matemática

y Comunicación; en secundaria si tienen cuatro o más áreas

desaprobadas

c) Rinden examen de recuperación en primaria en el mes de febrero las

alumnas que no alcanzan la escala literal establecida por norma del

Ministerio de Educación y en secundaria las alumnas que tengan de

una a tres áreas desaprobadas

d) Repiten de año en primaria las alumnas de 2º al 6° grado que

después de la evaluación de recuperación en 'febrero; no alcanzan

los calificativos requeridos para ser promovidas,

e) Realizada, la evaluación de recuperación, en secundaria, son

promovidas de grado, si aprueban todas las áreas que fueron materia

de desaprobación, así mismo, si tienen un área desaprobada será

llevada como subsanación y repiten el grado si tienen dos o más

áreas desaprobadas.

Art. 111 La evaluación para fas alumnas de 5o grado de secundaria que tienen

hasta tres áreas desaprobadas en diciembre, se realizará dentro de los

30 días posteriores a la finalización del año escolar. Para las alumnas

que nuevamente salen desaprobadas, el colegio tomara otro examen

para el mes de marzo.

Art. 112 Al finalizar el año lectivo en el cómputo de las áreas desaprobadas para

los efectos de promoción o repitencia, se tomará en cuenta el área de

subsanación.

Art. 113 En todos los puntos y aspectos sobre las evaluaciones nos regimos por

las normas emanadas del Ministerio de Educación.

Art. 114 Las alumnas recibirán sus certificados de estudios, cada vez que lo

soliciten, por motivo de traslados de matrícula o al concluir sus dios del

nivel.

31

CAPÍTULO VIII

DE LOS DERECHOS, ATRIBUCIONES, OBLIGACIONES. PROHIBICIONES,ESTIMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL

DOCENTE Y ADMINISTRATIVO

Art. 115 Son derechos de la Directora del Colegio:

a) Gozar de descanso vacacional y de licencias por enfermedad de

acuerdo a ley.

b) Percibir una remuneración justa, beneficiarse por los aumentos

generales por costo de vida y bonificaciones que otorga el Estado y

la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana.

c) Ascender a los diversos niveles de la carrera pública magisterial y

ser reasignada a su petición ele acuerdo a ley.

d) Registrar servicios asistenciales ofrecidos por Essalud.

e) Recibir estímulos y alicientes por trabajos extraordinarios

realizados en bien de la educación.

f) Participar en la ejecución y evaluación del Plan Educativo

Institucional, Proyecto Curricular del centro. Reglamento Interno,

Plan de Trabajo Anual del Colegio.

g) Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpidos por

motivos políticos o sindicales, para los goces y beneficios

correspondientes del Estado o Seguridad Social

h) Recibir capacitación y perfeccionamiento por parte de los órganos

del Estados para mejorar la acción educativa.

Art. 116 Son atribuciones de la Directora del Colegio:

a) Aprobar el Plan Educativo Institucional, el Proyecto Curricular del

Centro, el Reglamento Interno de la Institución Educativa.

b) Aprobar el Plan Anual de Trabajo.

c) Presentar el Cuadro de Horas por triplicado.

d) Aprobar el horario de clases la segunda semana de marzo.

e) Cerrar la matrícula a un mes de iniciado las clases.

f) Aprobar la matrícula a más tardar la primera quincena de abril

g) Aprobar mediante Decreto las vacantes para los diferentes grados

de primaria y secundaria.32

h) Autorizar los traslados de matrícula hasta dos meses antes que

termine el año escolar.

i) Decretar la exoneración del curso de Educación Física a la alumna

que lo solicite.

j) Autorizar visitas de estudios y excursiones dentro del ámbito

departamental y nacional en coordinación a las Directivas

señaladas.

k) Matricula de oficio al menor abandonado en peligro moral y poner el

caso en conocimiento de las autoridades e instituciones pertinentes

l) Autorizar las rectificaciones de nombres y apellidos de las alumnas

en los documentos pedagógicos, oficiales de acuerdo a tas normas

establecidas.

m) Autorizar los traslados de matrículas, exoneración de áreas y

aplicación de pruebas de ubicación

n) Estimular y sancionar según el caso a las alumnas del colegio, de

conformidad con lo normado en el presente Reglamento Interno

o) Otorgar permiso al personal a su cargo, hasta 3 días al año, en

caso debidamente justificado, informando al escalón inmediato

superior correspondiente.

p) Llamar la atención, verbal o por escrito al personal del colegio por

incumplimiento de sus funciones. En caso de reincidencia o

gravedad de la falta informar por escrito al escalafón superior

q) Autorizar de acuerdo con las disposiciones vigentes al uso continuo

de los ambientes y equipo de la Institución Educativa, por

instituciones de la comunidad para fines educativos y culturales

r) Estimular al personal a su cargo por acciones extraordinarias tanto

en el cumplimiento de sus funciones, como en otro que redunda en

beneficio de la alumna, del colegio o la comunidad. En estos casos

reconocimiento por Resolución

s) Dar permiso al personal cuando éste fuera en cumplimiento de sus

funciones o en caso de necesidad apremiantes

t) Pedir la coordinación con los maestros y personal de la Institución

Educativa para elaborar los documentos técnico - pedagógicos.

Art. 117 Son obligaciones de la Directora:

33

a) Cumplir sus funciones con dignidad, responsabilidad, eficacia y

lealtad a la Constitución y a las leyes de la República, a la

Directivas y Reglamentos a los fines y objetivos de la Sociedad de

Beneficencia de Lima Metropolitana y de la Institución Educativa

Instituto Sevilla.

b) Cooperar con los padres de familia en la formación integral de las

alumnas.

c) Emplear métodos y técnicas adecuadas para lograr mejores

resultados en la acción educativa.

d) Velar por la conservación y mejoramiento de la infraestructura y

equipos del colegio.

e) Asistir puntualmente al desarrollo de sus actividades educativas y

cumplir fielmente su jornada laboral contemplada en el presente

reglamento.

f) Hacer cumplir los servicios educativos, conforme a su carácter de

Institución Educativa de Convenio.

g) Abstenerse de realizar en el colegio actividades que contravengan

a tos fines y./o objetivos de la institución.

Art. 118 Son derechos del Personal docente que labora en el colegio:

a) Reasignación de acuerdo a ley del Magisterio y las

disposiciones del presente reglamento.

b) Poseer un contrato de trabajo, previa evaluación.

c) A ser evaluado por la Directora anualmente y, a conocer los

resultados de esa evaluación.

d) A ser informado antes del inicio del año escolar de la jornada

laboral, de las remuneraciones y de las innovaciones

pedagógicas en el Plan de Estudios que se establecen en la

Institución Educativa.

e) Al descanso vacacional, de acuerdo a régimen.

f) Percibir una remuneración justa de acuerdo al Nivel Magisterial

y a los estipulados en el presente reglamento.

g) Gozar de tos derechos aprobados por la Ley General del

Magisterio, la Ley General del Trabajador Peruano y de la

Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana.

h) Recibir estímulos y alicientes por trabajos extraordinarios

realizados en bien de la Educación.34

i) Laborar en el nivel de resolución de nombramiento o contrato.

j) Laborar en cursos de su especialidad y/o afines.

k) Gozar de un día de permiso por su onomástico.

l) Realizar con sus alumnas visitas programadas, excursiones,

contando con la debida autorización de la Dirección, para lo

cual deberá cumplir con todos tos requisitos establecidos por

Ley.

m) Acumulación de tiempo de servicio como criterio de evaluación

del profesor contratado

n) Gozar de 3 días de permiso debidamente justificados y

autorizados por la Dirección.

Art. 119 Son obligaciones del personal sevillano

a) Respetar a las alumnas, PP.FF., autoridades de la LE. y

compañeros de trabajo

b) Vivir y hacer cumplir los lineamientos axiológicos de la Institución

Educativa.

c) Cumplir las disposiciones del presente reglamento.

d) Observar y cumplir las normas y directivas emanadas de la

superioridad.

e) Ejercer su función con responsabilidad, eficiencia, puntualidad,

espíritu de colaboración y lealtad a la institución.

f) Informarse constantemente de los nuevos métodos, técnicas y

avances de la tecnología educativa, con la finalidad de ponerlas en

práctica en la tarea diaria y brindar un mejor servicio educativo y

alcanzar eficazmente los objetivos educacionales.

g) Actualizarse y capacitarse periódicamente de acuerdo a su función e

informar documentadamente de ello a la Dirección.

h) Mantener en toda ocasión un comportamiento personal y social

acorde con la dignidad de la función magisterial, dando ejemplo de

fe, moralidad, honradez, trabajo, es decir un cristiano comprometido.

i) Asistir a las reuniones ordinarias, así como a las reuniones sociales,

culturales y religiosas del colegio

j) Elaborar la documentación a su cargo y entregaría a la Dirección en

la fecha prevista.

k) Elaborar la programación y entregarla a la Asesora Académica

General cuando ésta lo señale35

l) Asistir puntualmente a sus actividades de acuerdo al horario

establecido

m) Colaborar con los jefes de departamento en el cumplimiento de las

directivas tendientes a la consecución de objetivos del departamento

n) Conceder entrevistas a los padres de familia que lo soliciten y

colaborar con ellos en la educación de sus hijos por medio del

Comité de Apoyo de Padres de Familia, el Comité de Aula o en

forma personal

o) Los cargos de tutorías, serán designados principalmente en función

de las aptitudes personales, no constituyen un ascenso en la carrera

p) Presentarse correctamente con el uniforme establecido; ser y

parecer docente.

Art. 120 Son prohibiciones de todo el personal sevillano:

a) Delegar funciones sin la autorización de la Dirección

b) Organizar actividades económicas sin previa autorización de la

Dirección del Colegio

c) Realizar cobros a las alumnas sin conocimiento de la Dirección.

d) Abandonar a las alumnas en horas de clase o delegar sus

funciones docentes sin previa autorización de la Dirección.

e) Dedicar las horas de clase a otras actividades de carácter personal.

f) Tratar en clase asuntos diferentes a tos de su labor educativa.

g) Dictar clases remuneradas en forma particular, a las propias

alumnas del plantel.

h) Romper las relaciones humanas con actitudes de desobediencia a

las directivas emanadas del personal jerárquico y directivo, a los

acuerdos tornados en asamblea docente.

i) Formar grupos ajenos a la tarea educativa.

j) Formar grupos sindicales dentro de la Institución sin autorización de

la Dirección

k) No esta permitido portar y usar Celulares en el salón de clase

l) Los profesores asistirán correctamente uniformados (varones:

camisa y corbata, damas: de vestir)

m) Ausentarse de la institución Educativa en horas laborales

n) Imponer castigos corporales y psicológicos

o) Incentivar a los PP.FF. a firmar actas o peticiones cualquiera sea su

objetivo36

p) Fumar o beber bebidas alcohólicas en los ambientes de la LE.

q) Interrumpir el trabajo de sus compañeros de labores con asuntos

ajenos a la labor educativa

r) Usar celulares dentro de labores

s) Efectuar propaganda política

t) Faltar a la verdad, difamar y cometer actos de deshonestidad,

coimas, chantajes, cobros indebidos por dictados de clase a

alumnas de la Institución Educativa.

Art. 121 Constituyen faltas del personal sevillano:

a) Abuso de autoridad y negligencia en el desempeño de sus

funciones

b) El incumplimiento del contrato, de este reglamento u otras

disposiciones de la Dirección o Departamento.

c) Atentar contra la integridad física o moral de las alumnas así como

abandonarlas o exponerlas al peligro.

d) Realizar actividades políticas partidarias dentro de sus funciones

magisteriales.

e) Pedir o insinuar obsequios, dádivas o remuneraciones a las

alumnas, padres de familia o apoderados.

f) Observar conducta inmoral dentro o fuera de la Institución

Educativa.

g) Tratar con las alumnas asuntos contrarios al ideario o la axiología

de la Institución Educativa.

h) La venta de libros, separatas, objetos o artículos diversos a las

alumnas sin autorización de la Dirección.

i) La solicitud de firmas de padres de familia o alumnas para

peticiones de cualquier índole.

j) Faltar a la verdad, calumnias o habladurías en contra de algún

miembro del instituto Sevilla.

k) Las inasistencias, tardanzas, el no ingresar a las clases o al trabajo

en la hora establecida, abandonar las clases o el colegio antes de

la hora prevista, no desarrollar las áreas establecidas en el Plan de

Estudios y no presentarse a los turnos de vigilancias o comisiones

asignadas, son faltas que ocasionan en primera instancia sanciones

verbales, escritas (memorándums) en caso de reincidencia,

descuentos y en casos extremos poner su cargo a disposición de la 37

UGEL Nº 02 del Rímac o la Sociedad de Beneficencia de Lima

Metropolitana.

l) La simulación reiterada de enfermedad.

m) El abuso de su función con fines de lucro

n) Adulterar documentos, cambiar notas en forma premeditada,

cambiar horarios sin coordinar con la Asesoría Académica.

Art. 122 El Personal Docente y no Docente que en cumplimiento de sus

funciones realice acciones extraordinarias o excepcionales a favor del

colegio, las alumnas o la comunidad puede hacerse acreedor a los

siguientes estímulos.

a) Felicitación verbal ante los diferentes estamentos del colegio o del

alumnado haciendo constaren lo posible en las actas respectivas

b) Oficio de agradecimiento especificando la acción realizada en

beneficio de la institución, de las alumnas o fuera de ella.

c) Diploma de honor al finalizar el año escolar por acciones

distinguidas en beneficio de las alumnas, de la institución Educativa

o de la comunidad.

d) Resolución de felicitación a Solicitud documentada de la Dirección

del Colegio en la UGEL Nº02 Rímac por el cumplimiento

sobresaliente de sus obligaciones pedagógicas

e) Los docentes nombrados por el Ministerio de Educación se harán

acreedores a todos los estímulos considerados en el artículo 26 de

la Ley del Profesorado.

f) Becas y semibecas de estudios de capacitación.

g) Otros.

Art. 123 El personal docente y no docente que cometa falta o que incumpla sus

deberes y funciones o algún punto de este reglamento, se hará

acreedor a las siguientes sanciones:

a) Llamada de atención verbal.

b) Llamada de atención en forma escrita (memorando) en caso de

reincidencia, informe a la superioridad.

c) Amonestación o sanción según el caso.

d) Informe de la Dirección del Colegio y/o de la Superioridad a la

Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana para la aplicación

cíe las sanciones que crea conveniente o en el caso del magisterio 38

nombrado por el Ministerio de Educación las contempladas en la

Ley del Profesorado y en caso extremo pedir SU pase a disposición

de la UGEL N° 02-Rimac.

CAPITULO IX

DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES, FALTAS Y SANCIONES DE LAS ALUMNAS

DE LOS DERECHOS:

Art 124 Las alumnas del Centro Educativo Instituto -Sevilla, tienen los

siguientes derechos:

a) Recibir una formación integral dentro de un ambiente que le brinde

seguridad física, moral y religiosa.

b) Recibir los servicios de orientación y bienestar del educando en las

esferas: personal, académica, vocacional y espiritual.

c) Ser tratadas con dignidad, respeto y sin discriminación.

d) Ser informada de todo lo que concierne como alumna según el

presente reglamento y los dispositivos legales vigentes.

e) Gozar del sistema de becas, según la situación económica y la

posibilidad del colegio.

f) Ser atendidas en la Biblioteca (después del horario de clase hasta

las 3.30 p.m.)

g) Ser evaluados sobre los temas o contenidos realizados en el

bimestre respectivo con objetividad.

h) Elegir y ser elegida para formar el Consejo Estudiantil en el colegio

i) Solicitar y ser atendida en la expedición de certificados

j) Recibir estímulos en méritos a su rendimiento en las áreas, en su

comportamiento e identificación con la Institución Educativa.

k) Ser atendidas en sus reclamos siempre que sean correctos, justos

y estén amparados por las normas.

39

l) Recibir apoyo académico, psicológico, de asistencia social y

espiritual para lograr las competencias y capacidades diseñadas

para su nivel o grado de formación educativa.

DE LAS OBLIGACIONES:

Art. 125 Las alumnas tienen las siguientes obligaciones:

a) Asistir correctamente uniformadas con e! cabello bien sujeto y en

forma puntual, al colegio y a las clases, según el horario establecido

b) Cumplir con sus deberes corno educandas, en las áreas de

formación académica, moral cristiana y cívico patriótica.

c) Estimular con esmero, rendir sus evaluaciones y presentar sus

trabajos en la debida oportunidad

d) Rendir las evaluaciones de Recuperación del mes de febrero.

e) Cumplir con responsabilidad y disciplina los cargos y

responsabilidades que se le asignen.

f) Respetar a sus superiores dentro y fuera del colegio así como

saludar cuando ingresa al aula algún profesor, autoridad o visitante.

g) Obedecer las indicaciones de tos Profesores, Auxiliares y Jefes del

Autogobierno.

h) Cuidar los ambientes de! colegio, mobiliario, instalaciones y demás

enseres de la institución.

i) Estimular y proteger a sus compañeras, así como cooperación en

su proceso de aprendizaje.

j) Aceptar los consejos, llamadas de atención de medidas correctivas

que impartan sus superiores, demostrando decencia y buen

comportamiento dentro y fuera del colegio, colaborando en

mantener la disciplina en todo momento.

k) Observar en todo momento y en todas partes la decencia y

corrección su prestigio personal y del colegio, así como mantener

un vocabulario acorde a la moral y las buenas costumbres.

l) Mantener el aula limpia, ordenada y todo ambiente de trabajo o de

recreo escolar siendo responsable.

m) Usar en todo momento un lenguaje respetuoso. Jugar sin atropellar,

golpear o molestar a sus compañeras,

n) Justificar las tardanzas e inasistencias según exija la Institución

Educativa, con la presencia del padre o apoderado40

o) Participar en forma activa y responsable en las actividades que

organice el colegio dentro y fuera del horario escolar.

p) Respetar y obedecer a las profesoras, auxiliares, personal

administrativo y personal de apoyo

q) Cumplir todo los puntos de este reglamento y las normas emanadas

de la Dirección.

DE LAS PROHIBICIONES:

Art. 126 Las alumnas tienen las siguientes prohibiciones:

a) Realizar actividades distintas a las escolares, dentro del colegio.

b) Evadirse de las clases o de las actividades organizadas por el

colegio.

c) Tomar el nombre del colegio para actividades no autorizadas por la

Dirección o aquella que no tenga relación con el colegio.

d) Realizar actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres:

Presentación y conducta indecorosa

Revistas y objetos pornográficos

Lenguaje procaz. Atentar contra la vida.

Alterar documentación: Notas y Diario de Control

Falsificar firmas y sellos.

Sustraer dinero u objetos ajenos dentro del ámbito escolar.

e) Deteriorar el uniforme, útiles escotares propios o de sus

compañeras así como el mobiliario o material del colegio.

f) Traer cosas de valor, alhajas, joyas, calculadoras, celulares, etc.

g) Maquillarse, pintarse las uñas, tener el cabello teñido o desaliñado,

hacerse tatuajes, tener la falda por encima de la rodilla, ponerse

piersing

h) Faltar el respeto al personal del plantel y a sus compañeras.

i) Hacer ruidos molestos que puedan interrumpir las labores diarias.

j) Incumplir las tareas encomendadas

k) Faltar el respeto a los símbolos patrios

l) Participar en acción de violencia

m) Fomentar riñas e insultos entre salones de clase

n) Difamar al personal, compañeros, PP.FF. y a la I.E.

41

DE LOS ESTÍMULOS:

Art. 127 Las alumnas que por aprovechamiento y/o conducta o por una acción

que prestigia al colegio, se harán acreedoras a los siguientes estímulos:

a) Mención honrosa en público

b) Felicitación escrita

c) Diploma al Mérito

d) Resolución de Felicitación

Art. 128 Las alumnas que al finalizar la Educación Secundaria obtengan el

primero y segundo puesto se harán acreedoras a:

a) Estímulos de acuerdo a ley

b) Medalla de Honor

Art. 129 Para la obtención de premios y estímulos se tornará en cuenta además

de los siguientes requisitos indicados en el artículo 127, e! desarrollo de

actitudes y valores que propicie el colegio y que se encuentren en el

perfil del educando

DE LAS SANCIONES

Art. 130 Las alumnas que no acatan las prohibiciones detalladas en el Ari. 126

serán sancionadas de acuerdo ai grado de la faifa que cometan y

siguiendo este orden:

a) Llamada de atención oral

b) Llamada de atención en el cuaderno de control

c) Entrevista con los padres de familia o apoderado

d) Matricula condicional y/o carta compromiso

e) Nota de conducta desaprobatoria

42

CAPITULO X

DE LOS PADRES DE FAMILIA

Art. 131 Los padres de familia son los principales educadores y se sentirán

comprometidos con el colegio al que han delegado parte de la

Educación de sus hijas y colaboran con el personal en forma plena,

bajo la orientación cristiana.

Los padres de familia, apoderados y tutores integran por derecho propio

la Asociación de Padres de Familia, con la finalidad de participar,

colaborar y apoyar en el proceso educativo a través del Comité de Aula

y Escuela de Padres que se rigen por su propio reglamento.

Art. 132 SU MISIÓN EDUCATIVA:La misión de la familia nace del hecho de que Dios en el orden natural

ha dado a la familia el don de la generación humana, principio de vida

por tanto principió de educación para ta vida (PAPA. PIO X ) en Divini

Yuius Magistri.

La familia ha recibido así del Creador la Misión y por tanto el derecho

de los padres de ser los primeros y principales educadores de sus hijos

"CONCILIO VATICANO 11", derecho al que no pueden renunciar

puesto que va unido a un gravísimo deber.

Según la Nueva Constitución del Perú en el Art. 6 dice:

"El Estado ampara la paternidad responsable. Es deber y derecho de

los padres alimentar, educar y dar seguridad a sus hijos, así como los

hijos tienen el deber de respetar y asistir a sus padres."“EI derecho a la Educación y a la Cultura es inherente a la persona

humana"

Art. 133 La Educación tiene como fin el desarrollo integral de la personalidad.

Se inspira en los principios de la democracia social. El Estado reconoce

y garantiza la libertad de enseñanza.

43

"El Estado garantiza a los padres de familia el derecho de intervenir en

el proceso educativo de sus hijas y de escoger el tipo y centro de

educación para estás". La sociedad actual no solo esta anulado la

escala de valores, base de toda formación de la personalidad, sino que

aquella presenta una escala de valores desordenada, por eso la

interrelación HOGAR - COLEGIO nos brinda la oportunidad de dar

coherencia de los valores para afrontar con éxito el reto del quehacer

educativo.

Art 134 EL PADRE DE FAMILIA NO EDUCA CUANDO; Busca únicamente el éxito en un resultado numérico de algunas

áreas que solo son un aspecto de la formación integral de su hija.

Atormenta diariamente a su hija con la pregunta ¿Ya estudiaste y no

verifica diariamente sus progreso y adelanto en todos los campos,

con un seguimiento de mano tendida.

Delega su responsabilidad en otras personas de la institución

educativa.

Somete a la hija a sus caprichos de adulto es decir, cuando lo

moldea a su imagen y semejanza.

Destruye a su hija y a los profesores con juicios valorativos sin

fundamento, incurriendo a veces, en grandes injusticias.

Cuando no se le concede a su hija todo el tiempo que este pudiera

necesitar para auto formarse y educarse.

Cuando delega en otras personas ajenas al quehacer educativo, sus

propias obligaciones.

Art. 135 EL PADRE DE FAMILIA Si EDUCA CUANDO: Da a su hija lo mejor de sí mismo: amor, dedicación, seguimiento

oportuno y testimonio de una vida familiar que propicia su formación.

Dialoga con su hija y con les profesores que buscan nuevos rumbos

que lo impulsen a su plena realización humana.

Participa activamente y acata las responsabilidades que contrajo con

la Institución Educativa

Siendo el mejor amigo de su hija le ayuda a modelarse según sus

propias potencialidades, juicios de valor, ceñidos siempre a !a

verdad.

44

Tiene como brújula o idea fuerza de ser y actuar la atención

preferente, constante y nunca desmedida de sus hijas, siempre y en

todo tugar.

DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

Ser informados sobre el proyecto educativo del centro

Ser informado sobre el desarrollo educativo de sus hijas

Ser atendido por Dirección, Asesorías y Profesores respetando el

horario vigente.

DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

Conocer, respetar y participar de la orientación propia de la I E.

conociendo y dando a conocer a sus hijas el Reglamento interno del

Colegio.

Cumplir y hacer cumplir el presente reglamento

Asistir a reuniones y asambleas convocadas por la Dirección y

APAFA ya que un 30% de inasistencia condicionará la matricula de

la alumna para el siguiente año.

Participar de la buena marcha del colegio y velar por su eficiencia y

prestigio.

Respetar los horarios de atención establecidos.

Cancelar puntualmente las pensiones de enseñanza y otras

obligaciones económicas contraídas al momento de la matrícula o

ratificación ele la misma.

Si se presentara alguna dificultad podrá recurrir, en primer lugar, al

profesor(a), tutora, Asesora Académica y Directora si fuere necesario

respetándose las instancias y horarios establecidos.

Mantenerse informado, a través de los profesores, acerca de las

competencias académicas y capacidades logradas y las que están

en proceso, así como también, preocuparse por el crecimiento,

madurez y sana socialización de su hija.

Contribuir con la formación integral de sus hijas, participando del

cronograma de actividades promovido por la Institución.

45

El padre de familia en su relación con la institución Educativa debe

ser ejemplo de buenos modales, corrección y principios morales en

todo momento.

Apoyar, contribuir y promover la responsabilidad de sus hijas en 1a

realización de sus deberes escolares de conformidad con las normas

dadas por los profesores para tal fin.

Evitar retirar a su hija durante las horas ele clase o traerlas al colegio

fuera del horario de ingreso. Salvo permiso solicitado con antelación

por causa ineludible.

Promover la puntualidad en su hija y velar por su higiene y buena

presentación.

Abstenerse de enviar a su hija cuando se encuentre en proceso de

enfermedad contagiosa.

Abstenerse de usar el nombre del Colegio sin consentimiento de la

Dirección.

El padre de familia debe abstenerse de quedarse en la puerta del

colegio fuera del horario de ingreso y salida

Canalizar sus sugerencias a través de los órganos de Dirección

evitando dar comentarios alrededor del colegio que dañan la imagen

institucional

Art 136 LA ESCUELA DE PADRES:Por muchas causas en el momento actual, sabernos que no siempre

hogar y colegio marchan al unisonó en cuanto a principios y exigencias

Por este razón existe en el colegio "La Escuela de Padres", donde se

analizan problemas, se unifican criterios y se resaltan los valores. Es

como el fermento que estimula la participación de todos en el quehacer

educativo, así como también un medio para lograr el crecimiento de la

pareja y la familia en el amor, la comprensión, la paz, la justicia, el

servicio, la fraternidad para que el "Ideario" se haga realidad en sus

hijas, como en la sociedad en la cual se circunscriben.

Art. 137 PASTORAL FAMILIAREs a través de esta que se ayuda a los padres de familia a la

profundización de su fe para que ellos como la iglesia domestica formen

en la fe a sus hijas.

46

COMITÉ DE AULA

Art. 138 FUNDAMENTACIÓNEl Comité de Aula es el órgano de Apoyo a nivel de aula, a la labor

educativa que se desarrolla en el Instituto Sevilla, viene a ser un nexo

entre los padres de familia y el colegio.

Art. 139 DE LOS FINESa) Promover la participación de los padres de familia para contribuir al

logro de los objetivos educacionales del colegio.

b) Estimular la realización de actividades que tienen a proporcionar

bienestar y orientación adecuada a las alumnas.

c) Canalizar y promover la realización de las alumnas y padres de

familia en los valores humanos cristianos.

d) Cooperar estrechamente con el colegio para el mejoramiento de

servicios, infraestructura y equipos para el logro de los objetivos

anuales del plantel.

Art. 140 FUNCIONESa) Trabajar directamente con las coordinaciones de la Dirección,

profesores, delegados y Asociación de Padres de Familia,

activando las acciones programadas por las diferentes vocalías.

b) Realizar un empadronamiento con la finalidad de conocer el apoyo

que cada padre de familia puede aportar en el servicio de la

formación educativa.

c) Apoyar a la Dirección y alumnas en el cuidado y mantenimiento de

las aulas y otros ambientes y en la organización y desarrollo de

actividades especiales del aula y del colegio.

Art. 141 Para cumplir las funciones generales de los comités de aula se ha

organizado, de la siguiente manera:

a) Presidente

b) Secretario

c) Tesorero

d) Vocal

47

OBLIGACIONES

Art. 142 DE LOS PADRES DE FAMILIA PARA CON EL INSTITUTO SEVILLAa) Integrarse activamente a ¡a Asociación de Padres de Familia,

conforme al Reglamento vigente,

b) Asumir y respetar la axiología del colegio, que compromete a

padres de familia y alumnas.

c) Colaborar con el colegio en la formación integral de sus hijas.

d) Cumplir y hacer cumplir el reglamento interno.

e) Cancelar puntualmente todos los meses las pensiones de

enseñanza y otras obligaciones económicas contraídas al momento

de la matrícula o ratificación de la misma, respetando el

compromiso adquirido con la Institución a fin de que el Colegio

pueda cumplir con las obligaciones asumidas

f) Asistir a las citaciones personales y sesiones colectivas y firmar los

documentos requeridos por el colegio (libreta, cuadernos de control,

citaciones, etc.) Respetar las decisiones de la comunidad educativa

y los acuerdos de asambleas y comités.

g) Justificar personalmente las inasistencias y tardanzas de sus hijas.

h) Toda actividad a realizar será en coordinación con sus profesoras y

la Dirección del Colegio.

i) Identificarse y respetar al personal religioso, docente y no docente

que labora en el plantel.

j) Fomentar un clima adecuado para la convivencia educativa,

k) Observar en todo momento decencia y corrección.

l) Presentarse vestido adecuadamente.

m) Asistir a la escuela de padres

n) Identificarse en la institución educativa no deteriorando su imagen

o) Colaborar con la organización del colegio

Art. 143 En el caso reiterado de incumplimiento de sus obligaciones, la Dirección

aplicará la sanción que crea conveniente de acuerdo con las

disposiciones legales y administrativas vigentes.

No se aceptaran para matricula a padres de familia que generen

conflictos y dañen la imagen institucional

48

Art. 144 DISPOSICIONES FINALES

En caso de que se presente alguna situación no contemplada en el

presente Reglamento, será resuelta por la Dirección del Colegio.

El presente Reglamento entrará en vigencia a partir del día

siguiente de la aprobación de la Dirección del Colegio con

resolución Directoral, previa entrega del trabajo de la comisión

revisora del Reglamento

49