NTC 3436 Metrología Recipientes Volumetricos Metalicos

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NORMA TÉCNICA NTC COLOMBIANA 3436 1992-10-21 METROLOGÍA. RECIPIENTES VOLUMÉTRICOS METÁLICOS E: METROLOGY. METALLIC VOLUMETRIC CONTAINERS CORRESPONDENCIA: DESCRIPTORES: instrumento de medida; instrumento para medir volumen; dosificador volumétrico. I.C.S.: 17.060.00 Editada por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC) Apartado 14237 Bogotá, D.C. - Tel. 6078888 - Fax 2221435 Prohibida su reproducción

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1992-10-21 METROLOGÍA. RECIPIENTES VOLUMÉTRICOS METÁLICOS E: METROLOGY. METALLIC VOLUMETRIC CONTAINERS

CORRESPONDENCIA: DESCRIPTORES: instrumento de medida; instrumento

para medir volumen; dosificador volumétrico.

I.C.S.: 17.060.00 Editada por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC) Apartado 14237 Bogotá, D.C. - Tel. 6078888 - Fax 2221435

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PRÓLOGO El Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación, ICONTEC, es el organismo nacional de normalización, según el Decreto 2269 de 1993. ICONTEC es una entidad de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuya Misión es fundamental para brindar soporte y desarrollo al productor y protección al consumidor. Colabora con el sector gubernamental y apoya al sector privado del país, para lograr ventajas competitivas en los mercados interno y externo. La representación de todos los sectores involucrados en el proceso de Normalización Técnica está garantizada por los Comités Técnicos y el período de Consulta Pública, este último caracterizado por la participación del público en general. La NTC 3436 fue ratificada por el Consejo Directivo de 1992-10-21. Esta norma está sujeta a ser actualizada permanentemente con el objeto de que responda en todo momento a las necesidades y exigencias actuales. A continuación se relacionan las empresas que colaboraron en el estudio de esta norma a través de su participación en el Comité Técnico. EQUIPETROL ESSO COLOMBIANA LTDA. MINISTERIO DE MINAS MÓVIL

SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIA TEXAS PETROLEUM

ICONTEC cuenta con un Centro de Información que pone a disposición de los interesados normas internacionales, regionales y nacionales. DIRECCIÓN DE NORMALIZACIÓN

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METROLOGÍA. RECIPIENTES VOLUMÉTRICOS METÁLICOS 1. OBJETO Esta norma establece los requisitos de construcción y calibración que deben cumplir los recipientes volumétricos metálicos. 2. DEFINICIONES 2.1 Recipiente volumétrico metálico: aquél que sirve para medir volumen y es fabricado de metal. 3. CONDICIONES GENERALES 3.1 MATERIALES Y FABRICACIÓN 3.1.1 Los materiales de los recipientes volumétricos metálicos deben ser térmicamente estables y no deben tener un coeficiente de expansión térmica alto, el cual fuerce a entregar una medida inadecuada cuando se esté utilizando. Todo dato de propiedad física aplicable debe ser formalmente documentado. Cualquier sección transversal debe ser circular y la forma del recipiente debe permitir un vaciado y drenaje completo. Los requisitos dimensionales están indicados en la Tabla 1 del NBS Handbook 105-3. Deben reforzarse con bandas donde sea apropiado, para prevenir la distorsión de la medición en el recipiente patrón, cuando contenga líquido (véase la Figura 1). La abertura en la parte superior del cuello debe ser de un material resistente o éste se debe reforzar de otra manera. 3.1.2 Para la superficie interna de cualquier recipiente volumétrico metálico hecho de acero de baja aleación se debe utilizar un material resistente a la corrosión, o recubrirse con una resina epóxica, baquelita fenólica u otro material impermeable al petróleo, a sus derivados y a solventes comerciales, como el alcohol, el benceno, etc. El recubrimiento interno debe proveer un terminado duro, liso, durable para prolongar su uso.

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La superficie interna debe ser lo suficientemente lisa para impedir que se atrape aire, líquido o materiales extraños. La fabricación debe asegurar que no se presenten cavidades, grietas o melladuras que puedan atrapar aire, líquido o impidan llenar apropiadamente el recipiente o drenar el patrón. El aire o agua potencialmente atrapado, como resultado del diseño o de un daño, no se permitirá. Si se usa material de recubrimiento éste deberá aplicarse uniformemente a toda la superficie interna y estar libre de abolladuras o burbujas. Las uniones interiores y costuras deberán ser lisas y uniformes. Las superficies, incluyendo uniones y costuras deberán estar limpias y libres de grasa, de suciedades o de películas de aceite; deberán ser lisas y estar libres de corrosión. 3.1.3 Un recipiente volumétrico metálico equipado con una manija debe ser de nivel colgante para recibir una lectura exacta de la medida. La manija debe ser agregada para minimizar la posibilidad de distorsión de la medida cuando el recipiente esté suspendido y lleno de líquido (véase la Figura 1). Este requisito es aplicable para medidas de 40 l (10 galones) o menores.

123456789

Reborde de lámina o anillo

Tubo de nivel

Montaje de la escala

Sello de seguridad

35º (nominal)

Fondo cóncavo para evitar la deformación, debido al

peso del líquido

Bandas de refuerzo

Figura 1. Recipiente volumétrico metálico 3.1.4 El fondo del recipiente volumétrico metálico debe diseñarse para prevenir la distorsión cuando esté lleno con líquido y para prevenir daños durante su uso. 3.1.5 Un recipiente volumétrico metálico en uso debe colocarse sólidamente sobre una superficie a nivel, y su eje vertical debe ser perpendicular a ésta.

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3.1.6 Los recipientes volumétricos metálicos no invertibles podrán equiparse con una placa fija antirremolinos para eliminar la formación de remolinos durante el drenado. 3.1.7 La escala deberá ser de un metal resistente a la corrosión, firme, segura y fácilmente ajustable. Deberá llevar un dispositivo de seguridad para colocar un sello de plomo y alambre, para detectar un ajuste no autorizado. Las divisiones de la escala o graduaciones deberán ser lineales. La longitud de la escala deberá ser apropiada para el recipiente volumétrico metálico. Las unidades de volumen aplicables (pulgadas cúbicas, mililitros, galones y litros) se indicarán claramente y los rótulos deberán ser legibles. 3.2 VISOR Un recipiente volumétrico metálico debe equiparse con un visor indicador de nivel montado sobre el cuello o al lado de éste. El visor debe estar libre de irregularidades o defectos que distorsionen la apariencia de la superficie del líquido. Cualquier visor debe ser impermeable a los productos del petróleo. Este deberá ser instalado de forma que facilite su limpieza y remoción. Los visores de reemplazo deben estar de acuerdo con el tamaño y el calibre especificados por el fabricante. El visor del recipiente volumétrico metálico deberá limpiarse después de mojarlo (no debe presentar gotas) y se deberá retirar fácilmente para limpiarlo y reemplazarlo. El montaje del fondo del visor debe ser a prueba de fugas. La remoción y reemplazo del vidrio debe realizarse sin dificultad y sin afectar la calibración de la medida o el patrón. 3.3 LÍNEA DE DRENAJE Cuando existe una línea de drenaje que se prolonga externamente del centro del recipiente de prueba, éste debe tener una inclinación hacia abajo y drenar adecuadamente. Un recipiente patrón con un drenaje en el fondo que no está permanentemente instalado debe equiparse, mínimo, con tres patas ajustables para nivelarlo. 3.4 NIVELACIÓN Un remolque usado para montar y transportar un recipiente volumétrico metálico debe tener provisiones para nivelarlo. Un vagón sobre el cual se monte un recipiente patrón debe equiparse con cuatro palancas de nivelación, una cerca de cada esquina del vehículo. Un recipiente volumétrico metálico debe estar equipado con dos o más niveles ajustables montados en ángulos rectos el uno con el otro, o con dispositivos de nivelación equivalentes sobre el cono superior, en una posición protegida en los lados del recipiente. Los tornillos de ajuste deben estar provistos con medios de sellamiento anular y equipados con una cubierta protectora.

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3.5 CUELLO El diámetro del cuello de los recipientes volumétricos metálicos debe estar de acuerdo con las aplicaciones para las cuales fue diseñado y con la resolución requerida. El montaje del cuello o del remache del cono debe realizarse previendo que tenga una unión metal-metal y suficientes puntos de afianzamiento para prevenir la distorsión de la unión, y unos medios que aseguren que el dispositivo está ensamblado adecuadamente. El remate del cuello debe ser terminado de tal manera que la posición del nivel del patrón pueda determinarse al ubicar un nivel de precisión a través de éste. El ajuste adecuado de los niveles de reposición es alcanzado en esta forma. El cuello debe ser cilíndrico y uniforme en su diámetro. La superficie superior del cuello deberá ser rectificada, maquinada o moldeada para que sirva como punto de referencia del nivel. Esta superficie deberá ser el primer nivel indicador. 3.6 VÁLVULA DE SALIDA La válvula de salida del recipiente volumétrico metálico debe ser de cierre rápido y además de abrir y cerrar, debe estar provista de un sistema de bloqueo y drenaje, para permitir una inspección visual o tener un dispositivo para inspeccionar visualmente "aguas-abajo" y para detectar posibles averías en la válvula. Cualquier válvula de doble efecto que se use debe tener capacidad de purga para verificar su hermeticidad. 3.7 SELLOS La calibración y la posterior certificación debe incluir la prueba de aprisionamiento del sello para evitar manipulaciones sobre la escala graduable, según la calibración de la autoridad competente. 3.8 ARMADURA Las partes de ensamble del recipiente volumétrico metálico, como tuberías y válvulas que afecten el volumen de la probeta, deben ser hechas por el fabricante o el proveedor. El diseño del contenedor deberá proporcionar rigidez. 4. REQUISITOS 4.1 EQUIPO 4.1.1 Un recipiente volumétrico metálico deberá ser construido de un material metálico cuyo coeficiente de expansión volumétrico no exceda 1x10-4/°C. En la Tabla 1 se indican algunos metales con sus respectivos coeficientes de expansión volumétricos.

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Tabla 1. Coeficientes de expansión volumétricos1)

Metal Coeficiente de expansión volumétrico (1 x 10-6/°C)

Aluminio 75

Cobre 50

Hierro 36

Cinc 105

1) Handbook of Chemistry and Physics, 58 th Edition. 4.2 PLACA DE LA ESCALA Y GRADUACIONES La placa de la escala debe ser de un metal resistente a la corrosión y ser montada tangente, al frente del visor de medida, o directamente detrás de éste. En este caso, no será mayor que 6 mm (1/4 de pulgada) del vidrio (véase la Figura 2). Si la escala está montada detrás del vidrio de medida, debe proveerse de una pantalla para proteger el vidrio y permitir el reemplazo del vidrio de medida sin dificultad. Si el ajuste de la escala ha sido provisto para movimientos por incrementos únicamente, el incremento máximo debe ser de 1/4 de la división de la escala más pequeña. La numeración de la escala sobre todos los recipientes volumétricos metálicos debe ser especificada en milímetros y pulgadas cúbicas. Para evitar la confusión y errores posibles en la lectura, no se permite la numeración dual sobre cualquier escala (por ejemplo, pulgadas cúbicas y fracciones decimales de un galón). La numeración dual es permitida únicamente si se utilizan dos escalas (véase la Figura 2); en este caso la escala primaria (pulgadas cúbicas) debe estar sobre la izquierda cuando el patrón es visto de frente. Los medios de ajuste deben permitir que cualquiera de las dos escalas sea ajustada individualmente para que las líneas de los dos ceros estén dispuestas en planos paralelos. La distancia entre las graduaciones de la escala no deben ser menores de 1,5 mm (1/16 de pulgada). Ambas escalas deben graduarse por encima y por debajo de la línea cero (véase la Figura 2). Para los cuellos con diámetros menores de 43 cm (17 pulgadas), cada quinta línea sobre la escala se considera una división superior y es mayor que las líneas o subdivisiones intermedias. Cada línea superior se numera con el volumen. Para diámetros de cuello de 43 cm (17 pulgadas) o más, cada décima línea se designa como una división mayor de la línea. Para diámetros menores, las medidas de alta precisión de cuellos con diámetros de 5,08 cm; 7,62 cm; 10,16 cm, cada cuarta o quinta división es una mayor división, numerada según los incrementos de la escala. Un número suficiente de brazos de escala (mínimo dos) debe sostener la placa rígida de la escala. Los brazos deben montarse sobre las barras de ajuste (véase la Figura 2). Una barra de ajuste debe estar provista de unos medios para sellamiento que impidan el movimiento. La placa de la escala debe fijarse seguramente a los brazos y con medios de sellamiento.

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La remoción o el movimiento del mecanismo de ajuste o placa de la escala no será posible sin rotura del sello (véase la Figura 2). Las líneas de graduación, los números y otra información sobre la placa de la escala debe ser permanente. Las líneas de graduación deben ser de espesor uniforme, no mayor que 0,6 mm ni menor de 0,4 mm. En las placas de la escala, montadas en el frente del vidrio de medida, las líneas mayores (numeradas) deben ser mínimo de 6 mm de longitud. Las líneas intermedias, de 3 mm. Las líneas mayor e intermedia deben prolongarse hacia el borde de la placa de la escala, cercana al vidrio indicador. La línea de cero deberá prolongarse completamente a través de la placa (véase la Figura 2). En una placa de escala montada detrás del vidrio indicador, las líneas mayores (numeradas) deben ser mínimo de 19 mm de longitud. Las líneas intermedias, menores de 13 mm. La línea cero, extendida completamente a través de la placa (véase la Figura 2). Las dos clases comerciales disponibles de medidores son designadas como "sensibilidad normal" y "alta sensibilidad". La incertidumbre de la calibración generalmente se reporta igual para ambas clases del mismo tamaño, pero la lectura de la escala y la repetibilidad son mejoradas con el medidor de alta sensibilidad. Las graduaciones de la escala para sensibilidad normal son indicadas en la Tabla 2; y para alta sensibilidad, en la Tabla 3.

Tabla 2. Escala de graduación para sensibilidad normal

Tamaño nominal Número mínimo por encima y por debajo de cero Mínimo valor de graduaciones

(1 galones) 4 1 (15 pulgada3) 246 cm3 (1 pulg3) 16 cm3 (5 galones) 19 1 (15 pulgada3) 246 cm3 (1 pulgada3) 16 cm3 (10 galones) 38 1 (30 pulgada3) 491 cm3 (1 pulgada3) 16 cm3 (25 galones) 95 1 (60 pulgada3) 983 cm3 (2 pulgada3) 32 cm3 (50 galones) 189 1 (120 pulgada3) 1 966 cm3 (2 pulgada3) 32 cm3 (100 galones) 378 1 (250 pulgada3) 4 096 cm3 (2 pulgada3) 32 cm3 (200 galones) 757 1 (500 pulgada3) 8 193 cm3 (10 pulgada3) 160 cm3 (500 galones) 1 893 1 (1 250 pulgada3) 20 483 cm3 (25 pulgada3) 400 cm3 (1 000 galones) 4 000 1 (2 500 pulgada3) 40 968 cm3 (25 pulgada3) 400 cm3 (1 500 galones) 5 678 1 (3 500 pulgada3) 57 355 cm3 (25 pulgada3) 400 cm3

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Tabla 3. Escala de graduación para sensibilidad alta

Tamaño nominal Volumen nominal por encima y por debajo de

cero

Diámetro nominal del cuello

Valor de graduación

(1 galones) 4 1 (20 pulgada3) 328 cm3 (2 pulgada) 5 cm (1/4 pulgada3) 4 cm3

(5 galones) 19 1 (20 pulgada3) 328 cm3 (2 pulgada) 5 cm (1/4 pulgada3) 4 cm3 (10 galones) 38 1 (20 pulgada3) 328 cm3 (2 pulgada) 5 cm (1/4 pulgada3) 4 cm3 (25 galones) 95 1 (35 pulgada3) 573 cm3 (3 pulgada) 8 cm (1/4 pulgada3) 8 cm3 (50 galones) 189 1 (50 pulgada3) 819 cm3 (3 pulgada ó 4 pulgada) (1/2 pulgada3 ó 1 pulgada3)

8 cm ó 10 cm 8 cm3 ó 16 cm3 (100 galones) 378 1 (50 pulgada3) 819 cm3 (4 pulgada) 10 cm (1 pulgada3) 16 cm3

Cualquier recipiente volumétrico metálico con cuellos graduados en sus partes superior e inferior debe cumplir con todos los requisitos de cuello y escala establecidos en esta norma; sin embargo, el fondo del cuello y la escala requieren los valores de cero por encima y por debajo, listados en la Tabla 2.

05

1 01 5

51 01 5

0 0

Bar ras de a juste

S e llo de segur idad

D o b le esca la:E s c a la pr im a ria e nel lado izquierdo

Esca la num e rada

Pasador desegur idad

B linda je pro tec tor

(L ínea cero)

Figura 2. Ensamble del calibrador

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4.3 CALIBRACIÓN GENERAL La calibración general de los recipientes volumétricos metálicos, deberá efectuarse de acuerdo con lo convenido en el numeral 6.3.1. 4.4 VOLUMEN DE CALIBRACIÓN El volumen de calibración de los recipientes volumétricos metálicos deberá efectuarse dependiendo de si su uso será para "contener" (almacenamiento del líquido) o "suministrar" (entrega de líquido), de acuerdo con el numeral 6.3.2. 5. TOMA DE MUESTRAS, CRITERIOS DE ACEPTACIÓN O RECHAZO 5.1 INSPECCIÓN La inspección se deberá realizar 100 % del lote y deberá cumplir con lo indicado en los numerales 3, 4 y 6. Si discrepan las partes interesadas sobre la exactitud de una medida, el ensayo de ésta deberá someterse al CCCM: Centro de Control de Calidad y Metrología, que dará el juicio para determinar la exactitud. 6. ENSAYOS 6.1 GENERALIDADES Las actividades de medida a menudo incluirán la inspección o el examen del metal del recipiente volumétrico. Las inspecciones o los exámenes con bastante frecuencia se requerirán cuando se reciba del fabricante un nuevo aparato, cuando sea transportado de un lugar a otro o cuando el aparato sea calibrado o recalibrado. 6.2 INSPECCIÓN VISUAL La inspección visual deberá comprender lo siguiente: 6.2.1 El examen de las superficies que afectan el volumen, para asegurar que están libres de abolladuras. Cualquier abolladura menor que se considere aceptable se deberá identificar en el certificado de calibración. 6.2.2 Una verificación para constatar que los recipientes volumétricos metálicos no invertibles tienen una línea de drenaje rígida y declives. La línea de drenaje deberá estar equipada con su adecuada válvula de drenaje, con la capacidad para detectar escapes. 6.2.3 Una verificación para constatar que los recipientes volumétricos metálicos no invertibles están equipados con dos niveles de burbuja o de aire puestos en ángulos rectos entre sí, en la parte superior del cono, o con un equipo equivalente. Los niveles deberán ser del tipo protegido y de una calidad razonable, o estar provistos con una cubierta protectora y tener tornillos ajustables para permitir su nivelación. Los tornillos ajustables deberán dejar margen para que un sello de plomo y alambre sean instalados por el fabricante o propietario del recipiente volumétrico metálico.

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6.2.4 Un examen del acabado superficial para determinar que esté limpio y libre de escamas, grasa o de contaminantes. Si el exterior de la superficie va a ser pintada, ésta deberá estar libre de estrías y corrosión. 6.2.5 Un examen de la calidad de la soldadura, para asegurar que se ha proporcionado una que sea lisa y con penetración total. 6.3 CALIBRACIÓN 6.3.1 Calibración general 6.3.1.1 El recipiente volumétrico metálico debe ser llenado con agua tibia o caliente a 38 °C - 60 °C y permanecer durante 30 min - 60 min. Se debe asegurar que el termómetro instalado no se dañe por exceder sus límites. Todas las costuras, juntas, accesorios para tubería y el indicador de medida de vidrio, especialmente, debe ser inspeccionado para impedir escapes o fugas. En el drenaje, la válvula debe ser cerrada y abierta varias veces para verificar su sellado. Un procedimiento opcional implica tomar y registrar una lectura de nivel antes de abrir y cerrar la válvula de drenaje y sacar aproximadamente 4 l de agua dentro de un recipiente mojado y retornarlo al surtidor. Si el nivel del recipiente volumétrico metálico es bajo o la tubería adelante de la válvula contenía aire o alguna parte de la cavidad del cuerpo de ésta, que se había llenado previamente con aire, ahora estará llena de agua. 6.3.1.2 El recipiente volumétrico metálico debe ser drenado para observar la efectividad de la placa antirremolinos, mientras el fluido se está desaguando. 6.3.1.3 El recipiente volumétrico metálico debe ser llenado con el medio de calibración, y las pruebas especificadas en este numeral se deben repetir. 6.3.1.4 Los termómetros utilizados en el recipiente volumétrico metálico deben ser sometidos rutinariamente a calibración o comparación, con respecto al termómetro de referencia patrón, para verificar su exactitud. El Centro de Control de Calidad y Metrología, CCCM, (Superintendencia de Industria y Comercio) u otro laboratorio competente debe ser la agencia calibradora para recipientes volumétricos metálicos. Las calibraciones deben ser realizadas con agua como líquido de calibración. Se debe utilizar un patrón graduado y certificado por el CCCM. Los recipientes volumétricos metálicos deben ser calibrados con una incertidumbre máxima de ± 0,05 %. La inspección visual del recipiente volumétrico metálico debe ser realizada antes de averiguar que la capacidad no se ha alterado por abolladuras o corrosión. 6.3.2 Volumen de calibración El recipiente volumétrico metálico se puede calibrar para "contener" (almacenamiento de líquido) o "suministrar" (entrega de líquido). El recipiente volumétrico metálico para contener debe tener el volumen especificado, sin considerar el tipo del líquido, porque el patrón debe secarse antes del llenado.

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El recipiente volumétrico metálico calibrado para "suministrar" sólo será reproducible cuando se utilice agua, y se debe humedecer y secar antes del llenado inicial. Pueden resultar medidas inexactas si se utilizan líquidos distintos al agua en el patrón que ha sido calibrado con agua para "suministrar". Las inexactitudes pueden resultar de la variación de cantidades que se adhieren a la superficie interior del vaso o recipiente patrón y de la diferencia en el tiempo de desagüe de los líquidos. La norma obliga a que el agua sea el líquido preferido para la calibración debido a su bajo coeficiente de expansión térmica y a su alta capacidad calorífica. El certificado que acompaña un recipiente volumétrico metálico debe especificar claramente si es calibrado para "contener" o "suministrar". El recipiente volumétrico metálico que haya sido calibrado para "suministrar" se debe llenar con agua y secar inmediatamente antes de su uso inicial. El tiempo de drenaje para los recipientes que se drenan al invertirlos y que tienen una capacidad de 40 L (10 galones) o menos debe ser de 10 s después de suspender el mayor flujo; y debe ser de 30 s, para cualquier medida de drenaje del fondo del recipiente o para recipientes que exceden los 40 L (10 galones). 6.4 INTEGRIDAD El instrumento debe ser revisado periódicamente para verificar su integridad. 7. ROTULADO Y EMBALAJE 7.1 PLACA DEL FABRICANTE Cada patrón deberá llevar instalado visiblemente el nombre del fabricante, el volumen nominal y el número de serie o identificación. El material con el cual está construido el patrón deberá mostrar al mismo tiempo el coeficiente de expansión térmica y los grados Celsius para cada material. 7.2 CAJA PROTECTORA Un recipiente volumétrico metálico es un instrumento de precisión y deberá ser fabricado con gran cuidado para evitar daños que alteren su volumen. Deberá preverse una adecuada protección, tal como una caja acolchada fuerte, para almacenar y transportar el medidor. Si algún recipiente volumétrico metálico de referencia es transportado normalmente a varias localidades, deberá protegerse con una caja o enviarse en un contenedor u otro aparato que proteja el instrumento contra abolladuras y dan~os en la escala, durante el almacenamiento o transporte. 7.3 DOCUMENTACIÓN Los documentos se suministrarán para que el propietario u otro organismo inspector realice el examen. La documentación incluirá la casa fabricante y el material de identificación, la cual se debe suministrar al inspector para que la examine. La identificación del documento interno, detalle de los planos, tamaño del tubo indicador y cualquier otro documento requerido deberán mantenerse en archivo para examen.

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8. APÉNDICE 8.1 NORMAS QUE DEBEN CONSULTARSE La siguiente norma contiene disposiciones que, mediante la referencia dentro de este texto, constituyen la integridad del mismo. En el momento de su publicación era válida la edición indicada. Todas las normas están sujetas a actualización; los participantes, mediante acuerdos basados en esta norma, deben investigar la posibilidad de aplicar la última versión de la norma mencionada a continuación. Mientras se adoptan como NTC debe consultarse la siguiente: NBS HANDBOOK 1053 8.2 DOCUMENTO DE REFERENCIA MANUAL OF PETROLEUM MEASUREMENT STANDARDS. Chapter 4- Proving Systems Section 7. Field-Standard Test Measures.