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Página 1 de 23 Contribuimos con la educación rural de Colombia MANUAL DE PROCEDIMIENTOS MG ISRAEL CASTAÑEDA PACHON Rector MG CARMEN ROSA ROJAS CASTILLO Coordinadora INSTITUCION EDUCATIVA RURAL DEPARTAMENTAL “SIMÓN BOLÍVAR” LENGUAZAQUE 2016

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

MG ISRAEL CASTAÑEDA PACHON

Rector

MG CARMEN ROSA ROJAS CASTILLO

Coordinadora

INSTITUCION EDUCATIVA RURAL DEPARTAMENTAL “SIMÓN BOLÍVAR”

LENGUAZAQUE

2016

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Resolución rectoral No. 011 de 2016 del 24 de octubre de 2016

El rector en uso de las facultades que le confiere la ley, especialmente la ley 715 de 2001, adopta el manual de procedimientos para la Institución Educativa

Rural Departamental Simón Bolívar del Municipio de Lenguazaque.

En sesión del consejo directivo del día 24 de octubre de 2016 se presentó, analizó, discutió y adopto el presente manual de procedimientos.

El presente manual se rige de acuerdo a los principios establecidos por la Constitución Nacional, las leyes del Congreso de la República y todas las

normas vigentes, especialmente lo tipificado por el Proyecto Educativo Institucional.

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

CONCEPTUALIZACIÓN: Acciones administrativas que se realizan teniendo cierto orden lógico, criterios concertados, pautas y conductos regulares

establecidos y claramente determinados para la ejecución de una actividad y en la solución de una situación de convivencia.

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PROTOCOLO No. 001: ENTRADA, PERMANENCIA Y SALIDA DE ESTUDIANTES DE LA INSTITUCION EDUCATIVA RURAL

DEPARTAMENTAL SIMON BOLIVAR

Para cumplir con lo estipulado en la Constitución política de Colombia en su artículo No. 67, la ley 1098 de 2006 código de la infancia y adolescencia, ley

1620 de 2013 sistema de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y

mitigación de la violencia escolar, y el decreto 1965 de 2013; los garantes de derechos de niños, niñas y adolescentes es compromiso seguir el siguiente

protocolo:

1. Los padres de familia y/o acudientes garantizaran que su acudido se presente a la sede educativa cinco (5) minutos antes de iniciar la jornada escolar

establecida por la Institución y buscarán los mecanismos para que una vez terminada la jornada escolar su acudido regrese a su hogar.

2. En la puerta principal de la sede el o los docentes de convivencia evidenciarán la presentación personal y puntualidad de los educandos al iniciar la

jornada escolar y realizarán acompañamiento en el comedor.

3. El docente de asignatura de la primera hora de la jornada escolar observará que la totalidad de estudiantes del grupo ingreso al aula de clase, en caso

contrario informará al director de grado y garantizará el acompañamiento permanente en cada una de las horas asignadas de la jornada escolar.

4. El docente director de grado en más de una ocasión durante la jornada escolar observará la permanencia de los estudiantes a su cargo, en caso contrario

informará al coordinador y realizará los registros correspondientes en el observador del estudiante.

5. El coordinador revisará la presentación personal de los estudiantes al ingresar, registrará la asistencia en la primero hora de la jornada escolar en todos

los grados, hará seguimiento a las actividades que realicen los estudiantes y garantizará que una vez terminada la jornada escolar los estudiantes

abandonen la sede educativa. En caso de que un estudiante no se presente a la sede educativa en la hora establecido y/o se retire antes de la hora de

salida informará por algún medio a los padres de familia y/o acudientes y realizará actividades de lecto – escritura con los estudiantes que ingresen 15

minutos después de iniciada la jornada escolar.

6. El rector garantizará el proceso mediante la aplicación del manual de convivencia.

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DIAGRAMA DE FLUJO No. 001: ENTRADA, PERMANENCIA Y SALIDA DE ESTUDIANTES DE LA INSTITUCION EDUCATIVA RURAL

DEPARTAMENTAL SIMON BOLIVAR

PADRES DE

FAMILIA Y/O

ACUDIENTES

RECTOR

COORDINADOR

DOCENTES

CONVIVENCIA

DIRECTOR DE

GRADO

DOCENTE

ASIGNATURA

GARANTIZA

LLEGADA

GARANTIZA

REGRESO A

CASA

ORDENA REVISA

PRESENTACIÓN

OBSERVA

PRESENTACIÓN ACOMPAÑA

PERMANENCIA

EN EL AULA

REGISTRO

OBSERVADOR ACOMPAÑAMIENTO

EN RESTAURANTE

SEGUIMIENTO Y

REGISTRO

COMUNICACIÓN

CON PADRES

APLICA MANUAL

DE

CONVIVENCIA

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PROTOCOLO No. 002: SITUACIONES TIPO I DE LA INSTITUCION EDUCATIVA RURAL DEPARTAMENTAL SIMON BOLIVAR.

Para cumplir con lo estipulado en la Constitución política de Colombia en su artículo No. 67, la ley 1098 de 2006 código de la infancia y adolescencia, ley

1620 de 2013 sistema de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y

mitigación de la violencia escolar, y el decreto 1965 de 2013; los garantes de derechos de niños, niñas y adolescentes es compromiso seguir el siguiente

protocolo:

1. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en la situación, escuchar sus versiones, constatar su veracidad y mediar de manera constructiva, para

que ninguno de los involucrados se vean afectados física y moralmente; de esta manera evitar la vulneración de sus derechos.

2. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles actuaciones en su contra.

3. Informar de manera inmediata a los padres de familia y/o acudientes de todos los estudiantes involucrados.

4. Generar espacios en los que las partes involucradas, los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido,

preservando en cualquier caso el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.

5. Determinar las acciones pedagógicas y restaurativas que busquen el aprendizaje de los estudiantes y la reparación de los daños causados, el

restablecimiento de los derechos y la conciliación dentro de un ambiente de relaciones constructivas y de sana convivencia dentro del centro educativo;

así como las medidas aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.

6. En caso de ser necesario el coordinador de convivencia informará al comité de convivencia escolar sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas.

El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si requiere acudir al protocolo de situaciones tipo III.

7. El comité escolar de convivencia dejara constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los

integrantes e involucrados.

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DIAGRAMA DE FLUJO No. 002: SITUACIONES TIPO I MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA RURAL

DEPARTAMENTAL SIMON BOLIVAR

DOCENTE (S)

COORDINADOR

PADRE (S) Y/O

ACUDIENTE (S)

ESTUDIANTE (S)

RECTOR

COMITÉ DE

CONVIVENCIA

ESCOLAR

OBSERVA Y

COMUNICA

SITUACIÓN TIPO I

(ACTA)

ORDENA

REUNE Y ESCUHA

CITAR

PADRES

DIALOGO FORMATIVO Y CONVIVENCIAL

CON COORDINADOR Y DOCENTE

(GARANTIZAR DERECHOS)

PACTOS Y

ACCIONES

PEDAGÓGICAS COMUNICAR

AL RECTOR

FIN

CONVOCA COMITÉ

DE CONVIVENCIA

ESCOLAR

TOMA DECISIONES

GARANTIZA

DERECHOS

FIN

SEGUIMIENTO

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PROTOCOLO No. 003: ATENCION DE SITUACIONES TIPO II DE LA INSTITUCION EDUCATIVA RURAL DEPARTAMENTAL SIMON

BOLIVAR

Para cumplir con lo estipulado en la Constitución política de Colombia en su artículo No. 67, la ley 1098 de 2006 código de la infancia y adolescencia,

ley 1620 de 2013 sistema de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y

mitigación de la violencia escolar, y el decreto 1965 de 2013; los garantes de derechos de niños, niñas y adolescentes es compromiso seguir el siguiente

protocolo:

1. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en la situación, escuchar sus versiones, constatar su veracidad y mediar de manera constructiva, para

que ninguno de los involucrados se vean afectados física y moralmente y de esta manera evitar la vulneración de sus derechos.

2. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles actuaciones en su contra.

3. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados.

4. Generar espacios en los que las partes involucradas, los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido,

preservando en cualquier caso el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.

5. Determinar las acciones pedagógicas y restaurativas que busquen el aprendizaje de los estudiantes y la reparación de los daños causados, el

restablecimiento de los derechos y la conciliación dentro de un clima de relaciones constructivas y de sana convivencia dentro del centro educativo;

así como las medidas aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.

6. En caso de ser necesario el coordinador de convivencia informará al comité de convivencia escolar sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas.

El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si requiere acudir al protocolo de situaciones tipo III.

7. El comité escolar de convivencia dejara constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los

integrantes e intervinientes.

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DIAGRAMA DE FLUJO No. 003: ATENCION DE SITUACIONES TIPO II DE LA INSTITUCION EDUCATIVA RURAL DEPARTAMENTAL

SIMON BOLIVAR

DOCENTE (S)

COORDINADOR

PADRE (S) Y/O

ACUDIENTE (S)

ESTUDIANTE (S)

RECTOR

COMITÉ DE

CONVIVENCIA

ESCOLAR

OBSERVA Y

COMUNICA

SITUACIÓN TIPO II

(ACTA)

ORDENA

REUNE Y GARANTIZA

DERECHOS

CITAR

PADRES

DIALOGO FORMATIVO Y CONVIVENCIAL

CON COORDINADOR Y DOCENTE

(GARANTIZAR DERECHOS)

FIN

PACTOS Y

ACCIONES

PEDAGÓGICAS

CUMPLIR CON

PACTOS DE

CONVIVENCIA

COMUNICAR

AL RECTOR

FIN

CONVOCA COMITÉ

DE CONVIVENCIA

ESCOLAR

ANÁLISIS, TIPIFICA Y

TOMA DECISIONES

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PROTOCOLO No. 004: ATENCION DE SITUACIONES TIPO III DE LA INSTITUCION EDUCATIVA RURAL DEPARTAMENTAL SIMON

BOLIVAR

Para cumplir con lo estipulado en la Constitución política de Colombia en su artículo No. 67, la ley 1098 de 2006 código de la infancia y adolescencia, ley

1620 de 2013 sistema de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y

mitigación de la violencia escolar, y el decreto 1965 de 2013; los garantes de derechos de niños, niñas y adolescentes es compromiso seguir el siguiente

protocolo:

1. Recepción de la situación por parte del docente conocedor del caso y coordinador de convivencia.

2. En caso de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las

entidades competentes.

3. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados.

4. Reunir a la mayor brevedad a las partes involucradas en la situación, escuchar sus versiones, constatar su veracidad y mediar de manera constructiva,

para que no continúe la afectación y vulneración de sus derechos.

5. Remitir el caso al comité de convivencia escolar, quien se encargará de definir las acciones que la situación amerite.

6. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles actuaciones en su contra.

7. El comité escolar de convivencia de manera inmediata y por el medio más eficiente pondrá en conocimiento la situación ante las entidades

competentes.

8. Cuando el comité de convivencia haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes la situación o conflicto, este adoptará de manera

inmediata las medidas tendientes a proteger la integridad y demás derechos de los involucrados en la situación y a las personas que hayan informado

o tenido conocimiento de la misma manteniendo siempre la confidencialidad.

9. El comité escolar de convivencia reportará la información del caso al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar Municipal.

10. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité de convivencia escolar, de la autoridad que asuma el caso y

del comité municipal, distrital o departamental, de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se

presentó el hecho.

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DIAGRAMA DE FLUJO No. 004: SITUACIONES TIPO III DE LA INSTITUCION EDUCATIVA RURAL DEPARTAMENTAL SIMON

BOLIVAR.

DOCENTE (S)

COORDINADOR

PADRE (S) DE

FAMILIA Y/O

ACUDIENTE (S)

ESTUDIANTE (S)

RECTOR

COMITÉ DE

CONVIVENCIA

ESCOLAR

REMISIÓN INMEDIATA A ENTIDADES

DE SALUD

INFORMA DE

INMEDIATO A

PADRE (S) Y/O

ACUDIENTE (S)

DIALOGO FORMATIVO Y CONVIVENCIAL CON

COORDINADOR Y DOCENTE (GARANTIZAR

DERECHOS)

CONVOCA Y

REPORTA EL COMITÉ

DE CONVIVENCIA

ESCOLAR

ACCIONES Y MEDIDAS

QUE GARANTICEN

DERECHOS

INFORMA A LAS

AUTORIDADES

COMPETENTES

SEGUIMIENTO A

LA SITUACIÓN

ORDENA RECEPCIÓN DE LA SITUACIÓN TIPO III

(ACTA)

REPORTE COMITÉ DE

CONVIVENCIA

MUNICIPAL

GARANTE DE

DERECHOS RESTITUCIÓN

DE DERECHOS

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PROTOCOLO No. 005: DE LAS MODIFICACIONES DEL PEI Y MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA RURAL

DEPARTAMENTAL SIMON BOLIVAR.

De acuerdo a la ley 715 de 1994 y sus decretos reglamentarios el Proyecto Educativo Institucional es un documento dinámico y por lo tanto cambiante en

el tiempo, cuando se requiera ser modificado se procederá:

1. Presentación escrita de las modificaciones por cualquiera de los estamentos de la institución al rector.

2. Análisis y deliberación de las propuestas de modificación con el consejo de docentes.

3. Consulta al Consejo Académico.

4. Concluida esta etapa el rector procede a someterlas al Consejo Directivo para su decisión; En materia relacionada con los numerales 1 y 3, 5,7 y 8 del

artículo 14 del decreto 1860 de 1.994, en caso de que el Consejo Directivo no acepte las modificaciones presentadas procederá a someterlas a consulta

y votación de los estamentos representados en el Consejo Directivo y en caso de ser respaldadas por mayoría se procederá a adoptarlas.

5. El consejo Directivo adopta los cambios al Proyecto Educativo Institucional.

6. El rector mediante una resolución sanciona e incluye los cambios al Proyecto Educativo Institucional.

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DIAGRAMA DE FLUJO No. 005: DE LAS MODIFICACIONES DEL PEI Y MANUAL DE CONVIVENCIA DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

RURAL DEPARTAMENTAL SIMON BOLIVAR.

RECTOR

COMUNIDAD

EDUCATIVA

CONSEJO DE

PROFESORES

CONSEJO ACADÉMICO

CONSEJO DIRECTIVO

ORDENA PROPUESTA DE

MODIFICACIÓN (ACTA)

RESOLUCIÓN

RECTORAL

ANÁLISIS Y

DELIBERACIÓN

ANÁLISIS Y

DELIBERACIÓN

ANÁLISIS Y

DECISIÓN

CONSULTA

SE PREGUNTA A LA

COMUNIDAD

EDUCATIVA

DECISIÓN

DEMOCRATICA

NO SE

MODIFICA EL

PEI

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PROTOCOLO No. 006: DEL PROCESO DE MATRICULA DE ESTUDIANTES DE LA INSTITUCION EDUCATIVA RURAL

DEPARTAMENTAL SIMON BOLIVAR.

Atendiendo las directrices de la Secretaría de Educación de Cundinamarca la Institución seguirá el siguiente proceso para la matrícula de estudiantes en

cada una de sus sedes:

1. Los padres de familia y/o acudiente (s) se presentarán en la sede educativa con su acudido con el fin de solicitar formalmente el cupo escolar.

2. El director de grado diligenciará el formato de estudiante nuevo para estudiantes de preescolar y nuevos para la Institución.

3. El rector mediante circular convocará a padres de familia y/o acudientes para que matriculen a su (s) acudido (s), indicando lugar, hora y fecha.

4. Para estudiantes nuevos en coordinación se revisará documentación y se tomará la decisión de ingreso a la institución.

5. El día de la matrícula se presentará los padres de familia y/o acudiente (s) con su acudido con el fin de firmar el compromiso académico y de convivencia.

6. El director de grado recibirá la documentación pertinente, diligenciará las actas y recogerá las firmas que garantizarán el compromiso de padres y

acudidos.

7. Coordinación revisará actas, documentos, libro de matrícula y entregará a rectoría la documentación que se requiere para el registro en el SIMAT.

8. Desde rectoría de realizará el registro en el SIMAT.

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DIAGRAMA DE FLUJO No. 006: DEL PROCESO DE MATRICULA DE ESTUDIANTES DE LA INSTITUCION EDUCATIVA RURAL

DEPARTAMENTAL SIMON BOLIVAR.

RECTOR

PADRE (S) DE FAMILIA Y/O

ACUDIENTE (S)

DIRECTOR DE GRADO

COORDINADOR (A)

ORDENA

REGISTRO

SIMAT

RECIBE INSCRIPCIÓN

CONVOCA A PROCESO

DE MATRÍCULA

SOLICITUD

CUPO

ASIGNACION

CUPO

NO

INSISTA SE PRESENTAN CON

ACUDIDO Y

DOCUMENTOS

RECIBE MATRICULA

REVISA Y ENTREGA A

RECTORIA

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PROTOCOLO No. 007: DE LAS ACCIONES DE PREVENCIÓN E INTERVENCIÓN EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR EN LA

INSTITUCION EDUCATIVA RURAL DEPARTAMENTAL SIMON BOLIVAR.

Para cumplir con lo estipulado en la Constitución política de Colombia en su artículo No. 67, la ley 1098 de 2006 código de la infancia y adolescencia, ley

1620 de 2013 sistema de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y

mitigación de la violencia escolar, y el decreto 1965 de 2013; los garantes de derechos de niños, niñas y adolescentes es compromiso seguir el siguiente

protocolo en caso de que un niño, niña o adolescente se accidente estando bajo la responsabilidad de la Institución:

1. En el momento de firmar la matricula los padres y/o acudiente (s) tomarán el seguro estudiantil o firmarán acta de responsabilidad en caso de accidente

estudiantil.

2. El director de grado al recibir la matricula diligenciará el acta de verificación documental y situaciones especiales de estudiantes, además al iniciar el

año escolar recolectará la información solicitada en el plan de prevención y atención de desastres institucional de cada uno de sus acudidos; y será el

garante de los derechos de sus estudiantes en todas las actividades académicas que ellos participen.

3. Quien observe un accidente estudiantil se apersonará de la situación y se comunicará de inmediato con la persona responsable de prestar los primeros

auxilios, docente de educación física para la sede principal, (en toda actividad académica se debe identificar la persona encargada de prestar los primeros

auxilios).

4. La persona encargada de prestar los primeros auxilios observará las condiciones del accidentado y tomará la decisión de llevarlo a un centro hospitalario,

e informará de inmediato al director de grado.

5. El director de grado se comunicará con los padres y/o acudiente (s) por algún medio, informará a coordinación y hará acompañamiento al accidentado.

6. El coordinador tomará las acciones necesarias para garantizar la integridad personal, física, psicológica y emocional del accidentado, e informará a

rectoría por escrito.

7. El rector será garante de los derechos del accidentado.

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DIAGRAMA DE FLUJO No. 007: DE LAS ACCIONES DE PREVENCIÓN E INTERVENCIÓN EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR EN LA

INSTITUCION EDUCATIVA RURAL DEPARTAMENTAL SIMON BOLIVAR.

RECTOR

PADRE (S) DE

FAMILIA Y/O

ACUDIENTE (S)

DIRECTOR DE

GRADO

OBSEVADOR DE UN

ACCIDENTE

ESTUDIANTIL

DOCENTE

EDUCACIÓN FÍSICA

COORDINADOR (A)

ORDENA ACTUA,

COMUNICA Y

DECIDE

SEGURO

ESTUDIANTIL O

ACTA DE

RESPONSABILIDAD

ACTUA Y COMUNICA

FIN

ACOMPAÑA Y

COMUNICA ACOMPAÑAMIENTO

APLICA

MANUAL DE

CONVIVENCIA

DILIGENCIA ACTAS

EN LA MATRICULA Y

GARANTIZA

DERECHOS

GARANTIZA

DERECHOS Y

COMUNICA (actas)

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PROTOCOLO No. 008: DE LA ELECCIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR DE LA INSTITUCION EDUCATIVA RURAL DEPARTAMENTAL

SIMON BOLIVAR.

Para dar cumplimiento con lo establecido en la ley 115 de 1994, ley de educación, y sus decretos reglamentarios la Institución seguirá el siguiente proceso

para elegir a sus representantes:

1. El o los docentes de ciencias sociales al iniciar el año elaborarán y entregarán a coordinación el proyecto de democracia institucional para el año escolar.

2. En coordinación se revisará y dará el visto bueno al proyecto de democracia institucional; teniendo en cuenta al P.O.A. y el P.M.I. institucional;

solicitará al rector la convocatoria a elecciones.

3. El director de grado once capacitará a cada uno de sus estudiantes en el proceso democrático de elegir y ser elegido.

4. El rector convocará a la comunidad educativa a elecciones de sus representantes en el gobierno escolar: consejo directivo, consejo académico, consejo

de padres, consejo estudiantil, personero estudiantil y contralor estudiantil.

5. El o los docentes de ciencias sociales organizarán y ejecutarán la participación democrática en cada uno de los estamentos de la institución.

6. El o los docentes de ciencias sociales diligenciarán actas e informarán a coordinación sobre los resultados.

7. En coordinación se certificará el proceso.

8. El rector en acto público posesionará al personero estudiantil y al contralor estudiantil.

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DIAGRAMA DE FLUJO No. 008: DE LA ELECCIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR DE LA INSTITUCION EDUCATIVA RURAL

DEPARTAMENTAL SIMON BOLIVAR.

RECTOR

DOCENTE DE CIENCIAS

SOCIALES

COORDINADOR

DOCENTE DIRECTOR DE

GRADO ONCE

COMUNIDAD

EDUCATIVA

ORDENA ELABORA PROYECTO

DE DEMOCRACIA

REVISA EL

PROYECTO E

INFORMA

CONVOCA A

ELECCIONES

CAPACITACIÓN:

ELEGIR Y SER

ELEGIDO

PARTICIPACIÓN

ACTIVA

ENTREGA INFORME

(actas) CERTIFICACIÓN

POSESIONA

ORGANIZAN Y

EJECUTAN

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PROTOCOLO No. 009: DE LAS SALIDAS PEDAGOGICAS Y EVENTOS DE COMUNIDAD FUERA DE LA SEDE EDUCATIVA DE LA

INSTITUCION EDUCATIVA RURAL DEPARTAMENTAL SIMON BOLIVAR.

Para garantizar la participación activa de los estudiantes en eventos extra murales y ser garantes de derechos de los menores que intervengan en dichas actividades, la institución

seguirá el siguiente protocolo:

11. Elaboración del proyecto de salida pedagógica por el director de grado o quien organice la actividad al iniciar el año escolar, de acuerdo al formato de la Secretaría de

Educación de Cundinamarca. En el caso de la celebración del día de Lenguazaque y 20 de julio no se elaborará proyecto.

12. En coordinación se revisará el proyecto y se incorporará al P.O.A. e informa a rectoría.

13. El rector enviará a la Secretaría de Educación de Cundinamarca el proyecto para su aval y lo de ley.

14. El director de grado o docente organizador gestionará los recursos para el desarrollo del proyecto.

15. Una semana antes de la actividad pedagógica el director de grado o quien organiza la actividad recopilará los siguientes documentos de cada uno de los estudiantes: copia

de carnet de salud, seguro estudiantil, copia de documento de identidad, autorización escrita de padres de familia; además de lo anterior autorización de rectoría.

16. En coordinación se revisará la documentación solicitada y se dará el aval de la salida pedagógica.

17. El director de grado o docente organizador solicitara a rectoría un acompañante docente para la salida pedagógica y ejecuta el proyecto.

18. Tres días a más tardar, después de realizada la salida pedagógica, el director de grado o docente organizador entregará a coordinación informe escrito de la actividad,

para ser evaluada la actividad.

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DIAGRAMA DE FLUJO No. 009: DE LAS SALIDAS PEDAGOGICAS Y EVENTOS DE COMUNIDAD FUERA DE LA SEDE EDUCATIVA

DE LA INSTITUCION EDUCATIVA RURAL DEPARTAMENTAL SIMON BOLIVAR.

DIRECTOR DE GRADO

COORDINADOR (A)

RECTOR

SECRETARIA DE EDUCACIÓN

DE CUNDINAMRCA

GESTIÓN DE

RECURSOS

ELABORA

PROYECTO

REVISA EL

PROYECTO E

INFORMA

APLICA LO DE LEY

RECOPILACIÓN

DE

DOCUMENTOS

REVISAR Y DAR EL

AVAL

ORDENA

INFORME DE LA

ACTIVIDAD

ENVÍA A S.E.C.

EVALUACIÓN

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PROTOCOLO No. 010: DE LA SOLICIUD, ELABORACIÓN Y ENTREGA DE CERTIFICADOS Y CONSTANCIAS A PADRES, ESTUDIANTES,

DOCENTES Y DIRECTIVOS DE LA INSTITUCION EDUCATIVA RURAL DEPARTAMENTAL SIMON BOLIVAR.

Para garantizar la oportuna entrega y veracidad de los documentos que la institución expide a docentes, directivos, padres de familia, estudiantes y exalumnos,

la institución seguirá el siguiente protocolo:

1. La persona interesa en solicitar un certificado o constancia se acercará personalmente o por medio de un docente a la coordinación institucional, donde

entregará los datos requeridos para gestionar su solicitud.

2. En coordinación se le informará al solicitante, que si en la base de datos de la institución se encuentra la información solicitada, el documento se entregará

transcurridos cinco (5) días hábiles y/o siete (7) días calendario.

3. La información suministrada por la persona interesada en coordinación se entregará a rectoría para la búsqueda y elaboración del documento.

4. Transcurridos cuatro (4) días hábiles y/o seis (6) calendario y si la información se encuentra en la base de datos de la institución, el documento saldrá de

rectoría a coordinación.

5. En coordinación se revisará el documento en lo formal y se dará visto bueno.

6. Una vez transcurridos cinco (5) días hábiles y/o siete (7) días calendario el solicitante o un mayor de edad (con autorización escrita del solicitante) se

acercará a coordinación para reclamar el documento.

7. Para dar seguridad de autenticidad todo documento emitido por la institución debe llevar sello seco (visto bueno) y es responsabilidad de la coordinación.

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DIAGRAMA DE FLUJO No. 010: DE LA SOLICIUD, ELABORACIÓN Y ENTREGA DE CERTIFICADOS Y CONSTANCIAS A PADRES,

ESTUDIANTES, DOCENTES Y DIRECTIVOS DE LA INSTITUCION EDUCATIVA RURAL DEPARTAMENTAL SIMON BOLIVAR.

SOLICITANTE

COORDINADOR (A)

RECTOR

SOLICITUD:

SUMINISTRA

DATOS

REQUERIDOS

RECOPILA

DATOS

NECESARIOS

(ACTA)

REVISAR, DAR

VISTO BUENO Y

ENTREGA

ORDENA

RECIBE EL

DOCUMENTO Y

FIRMA EL RECIBIDO

(5 DÍAS HÁBILES)

BUSCA INFORMACIÓN EN

BASE DE DATOS, ELABORÁ

Y FIRMA (4 DIAS HABILES)

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COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Expedida en Lenguazaque, a los Veinte y Cuatro (24) días del mes de Octubre de 2016.

MG ISRAEL CASTAÑEDA PACHÓN

Rector