LA MEDIACION Y CONCILIACION

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República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria Universidad Bolivariana de Venezuela Aldea Universitaria “Ruiz Pineda” Rubio - Estado Táchira. Trabajo: La Conciliación y La Mediación .

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Medios alternativos de resolucion de conflictos

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria

Universidad Bolivariana de Venezuela

Aldea Universitaria “Ruiz Pineda”

Rubio - Estado Táchira.

Trabajo:

La Conciliación y La Mediación

.

Rubio, Marzo 2013.

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ÍNDICE

Pag.

INTRODUCCIÓN ………………………………………………………… 2

La Conciliación y la Mediación …………………………………………. 3

I Definición y Características ……………………………………….. 3

II Principios Éticos ……………………………………………………. 4

III Diferencias y Semejanzas ……………………………………….. 5

IV La Conciliación y La Mediación Facultativa y Legal. ………….. 6

CONCLUSIÓN ……………………………………………………………. 8

BIBLIOGRAFÍA …………………………………………………………… 9

ANEXO ……………………………………………………………………. 10

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INTRODUCCIÓN

Los diferentes medios alternativos de solución de conflicto son de

relevancia en el desarrollo de sociedades participativas y dispuestas al

progreso. Sin embargo, el poco conocimiento que se tenga de dichos medios

puede contrarrestar la efectividad de la solución de diferencias de manera

pacífica.

Por ejemplo, el uso de los dos procesos de solución de conflictos

expuestos en este trabajo, la conciliación y mediación, tienen como objetivo

común promover la paz y unidad en las comunidades o las partes

involucradas, siendo ventajoso el tiempo y los recursos que se precisan.

En vista de que el interés natural de cada individuo es la armonía y la

paz, la convivencia demanda una actitud abierta, sobre todo por las

diferencias o trances que pueden surgir. En tal caso, disponer de uno o mas

medios que contribuyan a llegar a un acuerdo apacible y que mantenga la

buena voluntad de cada miembro de la comunidad, son de mucha ventaja.

Por ende, a continuación se deja ver las principales características,

diferencias y semejanzas entre la conciliación y la mediación, así como los

principios éticos que los rigen.

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La Conciliación y Mediación

Definición y Características.

Definición de Conciliación: Es uno de los medios de solución de

conflicto que se encuentra regulado por la ley. Es el proceso por el cual, un

tercero, experto y neutral asiste a dos o mas personas involucradas con el

único objetivo de que lleguen a un acuerdo pacífico. Para Amado (2005), la

conciliación es el “procedimiento para la solución directa y amistosa de las

diferencias que puedan surgir de un determinado conflicto, mediante el cual

las partes en controversia, con la colaboración de un tercero conciliador,

ponen fin al conflicto celebrando un acuerdo”. (p.65)

Características de Conciliación:

De acuerdo a Brett (2009), la conciliación presenta como

características las siguientes:

La Voluntariedad

La Comunicación

La Flexibilidad

Intervención de un tercero

Resultado de la Conciliación. Acuerdo Satisfactorio

Las Partes y la Decisión de la Controversia

Definición de Mediación: Es un medio de solución de conflictos no

adjudicativo, es decir, que las partes no compiten entre ellas para definir

quién tiene la razón. Para Hoet-Linares 2005), “es el sistema de negociación

asistida, en el que un tercero imparcial y neutro, el mediador, tiene el papel

de facilitar la negociación entre las partes”. (p.64).

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Características de Mediación:

La mediación, en general, se conforma a través de cuatro

características identificativas básicas, según Sobel (2013):

Voluntariedad

Confidencialidad

Imparcialidad

Neutralidad

Principios Éticos de la Conciliación y la Mediación.

La conciliación y la mediación presentan principios éticos similares y

que se complementan entre sí, por ejemplo, los siguientes:

.- El conciliador o mediador deben permanecer imparcial.

.- Deben inhibirse y evitar conflictos de interés personal.

.- Obtener el consentimiento informado de las partes.

.- Mantener la confidencialidad y la honestidad.

.- Desarrollar el proceso en el tiempo debido.

.- Evitar una actitud excesivamente “controladora”.

.- Debe ser competente.

.- Debe ser tolerante.

.- Debe ser prudente.

.- Debe ganarse la confianza de las partes.

.- Debe dirigir la audiencia en un ambiente de armonía y bienestar.

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Diferencias y Semejanzas entre Conciliación y Mediación.

Brett (2009), resume las diferencias y semejanzas entre la conciliación

y la mediación de la siguiente manera:

Diferencias:

1.- En la conciliación, el conciliador no solo facilita la comunicación

entre las partes en conflicto, sino que puede evaluar situaciones, exponer

opiniones y proponer soluciones para lograr el acuerdo conciliatorio. En la

mediación, le mediador solo facilita la comunicación sin proponer posibles

forma de solución.

2.- En la conciliación, el conciliador tiene un papel protagónico,

mientras que en la mediación, el protagonismo lo ejercen las partes que

acuden al proceso de mediación.

Semejanzas:

1.- En ambos procedimientos se pone fin al conflicto mediante un

acuerdo de partes, al que se llega como consecuencia de la facilitación que

hace el tercero.

2.- Ambos procedimientos son consensuales, las partes acuden de

manera voluntaria.

3.- Son procedimientos flexibles e informales, no se cumplen etapas ni

solemnidades.

4.- Son procedimientos donde la comunicación juega un papel muy

importante, del uso que los terceros hagan de esta herramienta depende el

éxito de ésta.

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5.-Son procedimientos confidenciales, solo asisten las partes y sus

abogados, además del conciliador o mediador, teniendo que guardar todos,

absoluta reserva sobre los hechos en ellos discutidos y los documentos

presentados.

6.- Son procesos cortos y en consecuencia económicos, ya que a

menor tiempo menor costo.

La Conciliación y Mediación Facultativa y Legal.

La conciliación, al igual que la mediación, es un sistema de entender

las relaciones humanas, que no analiza, juzga ni sanciona, sino que posibilita

la resolución de los conflictos en forma eficaz y sin restricción a través de la

pacificación.

La conciliación y la mediación, son sistemas que ofrecen la posibilidad

de encontrar soluciones para dos partes que se encuentran enfrentadas,

poseyendo como estrategia fundamental, el devolver a las partes la

capacidad que pueden tener de resolver sus propios conflictos, obteniendo

con ello un aumento de satisfacción palpable de manera inmediata con un

mantenimiento productivo de relaciones que, en otras casos se hubieran

perdido o roto irremediablemente.

En el caso específico de la conciliación, una de sus clasificaciones es

por la iniciativa para su celebración:

.- Conciliación facultativa: se adelanta por iniciativa de las partes

.- Conciliación obligatoria: el trámite se desarrolla en atención a un

mandato legal.

En el derecho, la conciliación se concibe como un acto jurídico de

estirpe compleja, donde intervienen sujetos con distintos intereses y donde el

consentimiento y la voluntad están dirigidos a crear, novar o dar por

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terminada una obligación o una relación jurídica que interesen a las partes

relacionadas por el conflicto.

Por otro lado existe la mediación facultativa por la cual las partes se

ponen de acuerdo libremente para seleccionar al mediador y lo presentan al

juez por medio de un formulario o solicitud. Por lo tanto, se deja ver que

existe consenso sobre la participación libre y voluntaria de las personas ya

que este es uno de los principios rectores del proceso de mediación. Nadie

puede ser compelido a participar en una mediación, ni menos a llegar a

acuerdos.

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CONCLUSIÓN

Las instancias de conciliación y mediación poco a poco han ido

adquiriendo un papel cada vez más relevante como medios de solución de

controversias, sobre todo por las ventajas colaterales que se perciben en las

partes relacionadas.

Un aspecto considerable en este campo son los resultados palpables,

como el hecho de que las partes cuando tienen voluntad de llegar a un

acuerdo, perciben que existe una mayor y mejor relación entre ellos, por

ende es mas fácil dejar a un lado sus posiciones centrándose en los

intereses en común.

Otro punto ventajoso, es que los costos económicos se reducen no

sólo para las partes sino para el Estado. Además, el tiempo empleado tanto

para los interesados como para quienes desempeñan el rol de tercero

imparcial es menor al de otros medios de solución de conflictos.

La institucionalización de la conciliación y la mediación, debe verse

como una realidad necesaria en la vida de toda persona, en vista de su

efecto positivo y edificador de la esencia de la humanidad, que se vale de la

razón para solucionar sus conflictos, diferente del género inferior, el animal,

que se guía por el instinto y a pesar de eso, muchas veces puede dar una

lección de paz y armonía al hombre.

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BIBLIOGRAFÍA

Amado, L. (2005). Resolución de Conflictos Medios Alternos Para

Formar Conflictos en Forma Pacífica. Caracas. Editorial CEC, S.A.

Brett, S. (2009). La Conciliación como Alternativa de Resolución de

Conflictos en Forma Pacífica. Trabajo Especial de Grado, no publicado.

Universidad Católica Andrés Bello. Valencia. Venezuela. Extraído el 19 de

marzo de 2013 desde

http://biblioteca2.ucab.edu.ve/anexos/biblioteca/marc/texto/AAR7612.pdf

Hoet-Linares, F. (2005). La Mediación Administración y Negociación

de Justicia Alterna. Bogotá. Legis Información y Soluciones.

Sobel, G. (2013). Mediación. Extraído el 19 de marzo de 2013 desde

http://www.gabrielasobel.com/mediacion.

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ANEXO

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