higiene y seguridad
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i
Universidad Metropolitana de Educación Ciencias y
Tecnología
UMECIT
Nombre: Manuel De Jesús Mendoza Ramos
Cedula: 8-910-2379
Profesora: María Dimares
Cedula: 4-142-1285
Materia:
Informática
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Índice
Introducción…………………………………………………………………………………………………………………………ii
Higiene y seguridad en el trabajo del Código del trabajo de Panamá
Articulo 282...........................................................................................................3-4
Articulo 283..........................................................................................................4-11
Articulo 284........................................................................................................11-14
Articulo 285……………………………………………………………………………………………………………14
Articulo 286………………………………………………………………………………………………………14-18
Articulo 287………………………………………………………………………………………………………15-18
Articulo 288………………………………………………………………………………………………………18-19
Articulo 289……………………………………………………………………………………………………………19
Articulo 290……………………………………………………………………………………………………………20
Conclusión…………………………………………………………………………………………………………………………21
Bibliografía…………………………………………………………………………………………………………………………22
iii
Introducción
En el presente trabajo presentamos los artículos que comprenden del 282 al 290, los cuales
están en el Título I del Segundo Libro del Código Laboral, y están relacionados a la higiene y
seguridad laboral, de modo que se reduzcan los riesgos profesionales. A continuación se
explica cada uno con ejemplos e imágenes ilustrativas.
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Libro Segundo
Riesgos Profesionales
Título I
Higiene y seguridad en el trabajo
A continuación presentamos los artículos concernientes al Título I y brindaremos una
explicación ilustrada con ejemplos, sobre cada uno de ellos.
Artículo 282. Todo empleador tiene la obligación de aplicar las medidas que sean necesarias
para proteger eficazmente la vida y la salud de sus trabajadores; garantizar su seguridad y
cuidar de su salud, acondicionando locales y proveyendo equipos de trabajo y adoptando
métodos para prevenir, reducir y eliminar los riesgos profesionales en los lugares de trabajo,
de conformidad con las normas que sobre el particular establezcan el Ministerio de Trabajo y
Bienestar Social, la Caja de Seguro Social y cualquier otro organismo competente.
Consideramos prudente iniciar con la definición de higiene y seguridad industrial, pues esto
permitirá tener una mejor comprensión del tema a tratar.
"La Higiene y seguridad industrial es la disciplina que se dedica a la previsión, el
reconocimiento, la evaluación y el control de los riesgos que se dan en el lugar de trabajo y que
pueden afectar desfavorablemente a la salud, el bienestar y la eficiencia de los trabajadores".
En todos los trabajos existen riesgos laborales, es por ello que la ley obliga al empleador a
tomar medidas para prevenir y disminuir estos riesgos, pues muchos de ellos están ligados a
un tipo de trabajo específico, por ejemplo si una persona trabaja con sustancias químicas
tóxicas puede enfermarse por inhalarlas o por tener contacto directo con su piel.
Figura # 1. Inhalación de productos tóxicos por falta de medidas de seguridad.
Incluso los trabajos más sencillos no están exentos de riesgos, por ejemplo, una recepcionista
puede estar en riesgo si ocurre un incendio, puede sufrir una caída si el piso está resbaloso,
puede desarrollar una enfermedad visual si trabaja en un lugar con poca iluminación, puede
desarrollar una enfermedad lumbar si trabaja sentada todo el día en una silla sin respaldar,
etc.
Figura # 2. Piso mojado causa caída.
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Es por ello, que todo empleador debe cumplir con las normas previamente establecidas por la
ley, de modo que la salud, la seguridad y la vida de sus trabajadores no estén en peligro. Y es
obligación de los trabajadores velar porque sus empleadores cumplan con las mismas, pues de
lo contrario serán ellos mismos los que resulten perjudicados.
Figura # 3. La higiene y seguridad es un tema que nos involucra a todos.
Las entidades panameñas encargadas de velar que las normas que dicta la ley se cumpla son
las siguientes: el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social, de la Caja de Seguro Social, de
Protección Civil y de los Bomberos, quienes también se encargan de verificar las salidas de
evacuación, el estado y ubicación de los extintores y rociadores de agua, etc.
Figura # 4. Inspección de la seguridad en el lugar de trabajo.
Artículo 283. Para la protección adecuada de la salud de los trabajadores, se adoptarán y
aplicarán las siguientes medidas mínimas en los lugares de trabajo:
1. Que los desechos y residuos no se acumulen.
Es importante velar que no se acumulen desechos y residuos para evitar brotes y
enfermedades generadas por la inhalación de los posibles gases que estos emanan,
por ejemplo alergias, problemas respiratorios, etc. La piel es también una vía principal
de penetración de agentes peligrosos en el lugar de trabajo. Se pueden contraer
enfermedades cuando los productos químicos y otros materiales utilizados en el
trabajo entran en contacto con la piel y esta los absorbe.
Figura # 5. Lesión irritante ocasionada por contacto con productos químicos tóxicos.
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Figura # 6. Penetración de sustancia tóxica a través de la piel.
Este tipo de accidentes podrían ocurrir por la falta de espacio o por descuido, pues se
acumulan tantos desperdicios que estos se esparcen en el área y comienzan a emanar
gases y líquidos tóxicos. Además, si estos ocupan mucho espacio del área de trabajo,
llegará el momento en que los trabajadores se empiecen a tropezar con los mismos o
que los toquen de manera involuntaria.
Figura # 7. Quemadura por contacto directo con clorox.
Los gases que emanen los desperdicios podrían afectar la salud visual del trabajador. Y
de acumular una gran cantidad de desperdicios, en el caso de que estos sean líquidos,
se incrementan las probabilidades de un derrame, lo que pondría en riesgo la salud de
los trabajadores.
Figura # 8. Gases producidos por el clorox afectan la vista.
Figura # 9. Gases por derramamiento de clorox afectan el sistema respiratorio.
2. Que la superficie y la altura de los locales de trabajo sean suficientes para impedir
aglomeración de los trabajadores y para evitar obstrucciones causadas por
maquinarias, materiales y productos.
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Si existe una aglomeración de trabajadores en un espacio muy pequeño, se hace
incomodo trabajar, se produce una falta de oxígeno, un exceso de ruido y un solo
descuido por parte de uno, podría causar que otro tenga un accidente.
Figura # 10. Aglomeración de trabajadores en el área de trabajo.
De igual manera, se debe evitar colocar materiales, equipos y maquinarias que no se
estén utilizando, en el área de trabajo, pues esto resta espacio y contribuye a crear
bloqueos y obstáculos en la misma, lo que incrementa los riesgos de seguridad.
Figura # 11. Accidente causado por el poco espacio en el área de trabajo.
Este tipo de situaciones, generan incomodidad y estrés a los trabajadores, dificulta sus
labores y aumenta los riesgos de accidentes. Además, genera un ambiente propicio a
la acumulación de polvo y desarrollo de plagas (cucarachas, ratas, mosquitos, etc.) lo
que puede crear alergias, picazón, asma, etc.
Figura # 12. Acumulación de polvo, equipos y desperdicios en el área laboral.
En una oficina, el exceso de cables podría causar accidentes. De igual forma, si hay una
gran cantidad de trabajadores, se complica encontrar un buen lugar para colocar las
papeleras y otros materiales de uno común en las oficinas, por lo que estos quedarían
en lugares que los harían un obstáculo para la circulación libre de los empleados.
Además, el exceso de dispositivos conectados a un solo tomacorriente podría generar
incendios.
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Figura # 13. Accidentes debido a obstáculos en los espacios de circulación.
3. Que exista alumbrado suficiente y adaptado a las necesidades del caso, ya sean
natural, artificial o de ambas clases.
Es importante que exista una buena iluminación en el área de trabajo de manera que
se proteja la salud visual del trabajador, así como también, el disminuir los riesgos de
seguridad en el área.
Figura # 14. Falta de iluminación en una oficina.
Si una persona trabaja diariamente con una iluminación pobre, desarrollará problemas
visuales y de sensibilidad a la luz, lo que se traducirá en migrañas constantes y en un
bajo rendimiento laboral.
Figura # 15. Caída por falta de iluminación y derrame de aceite.
Otro ejemplo, sería en una bodega, pues de no haber suficiente iluminación, una
persona podría caerse al no ver las escaleras o al no ver un derrame de aceite en el
piso.
Figura # 16. Accidente por mala iluminación.
Otro ejemplo sería en industrias que trabajan con máquinas filosas y cortadoras, que
de no tener buena iluminación, el empleado podría cometer errores con
consecuencias trágicas, tal como cortarse un dedo. Y en caso que haya cables pelados,
debido a que con el tiempo el plástico protector se dañó, alguien podría electrocutarse
al no poder ver el peligro debido a la oscuridad o a la iluminación inadecuada.
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4. Que se mantengan condiciones atmosféricas adecuadas.
Esto se refiere a que haya una correcta circulación de aire en el área laboral. Si no hay
ventanas, debe existir un sistema de ventilación y de aire acondicionado, y en países
fríos, debe colocarse un calentador. Pues, de ser el primer caso, las personas sudan y
se estresan por la falta de ventilación. Y de ser el segundo, el frío no permite a la
persona trabajar cómodamente ni concentrarse, pues sus manos se entumecen. La
persona puede enfermarse en ambos casos.
Figura # 17. Incorrecta ventilación en la oficina.
Otro ejemplo sería al pintar la oficina, aquí se debe evitar la formación de atmósferas
nocivas manteniéndose siempre ventilado el local que se está pintando, con las
ventanas y puertas abiertas.
5. Que se provean instalaciones sanitarias y medios necesarios para lavarse, así como
agua potable en lugares apropiados, en cantidad suficiente y condiciones
satisfactorias.
Figura # 18. Baños y duchas.
Esto hace hincapié en la obligación que tiene el empleador de proveer baños y lavabos
a sus trabajadores, en donde puedan hacer sus necesidades manteniendo las medidas
de higiene. Si el trabajo se lleva a cabo fuera de las instalaciones, el empleador debe
proveerles baños portátiles, así como el agua y el jabón que requieren para lavarse las
manos. También, el empleador está obligado a suministrar duchas en aquellos trabajos
en donde los trabajadores se ensucien o trabajen con sustancias peligrosas, tal como
talleres mecánicos o laboratorios químicos, de modo que se puedan bañar y eliminar
todo rastro de esas sustancias, antes de ir a casa. A su vez, el artículo hace referencia a
los lavabos o tinas que debe existir dentro del área de trabajo, cuando el tipo de
trabajo así lo requiere, por ejemplo, en las cocinas, en los laboratorios químicos, etc.
Figura # 19. Lavabos provistos para los empleados dentro del área de trabajo.
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Un ejemplo sería, en las empresas donde se manipulan pinturas y disolventes, en
donde debe haber duchas y lavaojos de emergencia para una descontaminación
inmediata por proyección de agua para la protección por disolución y lavado extractivo
de las agresiones, debidas a los productos químicos, que podrían provocar lesiones
graves e irreparables. Se trata del mejor y más práctico método de descontaminación
descubierto hasta la fecha.
6. Que se provean vestuarios para cambiarse de ropa al comenzar y terminar el trabajo.
El empleador está obligado a suministrar vestuarios en aquellos trabajos en donde los
trabajadores se ensucien o trabajen con sustancias peligrosas, de modo que se puedan
cambiar de ropa antes de salir de las instalaciones y evitar llevar en sus ropas rastros
de dichas sustancias tóxicas, pues eso sería un riesgo tanto para el trabajador, como
para quienes tengan contacto con él.
Figura # 20. a) Trabajador con ropa contaminada por la calle. b) Vestuario empresarial.
Aquellos trabajos que requieren que el personal lleve puesto un determinado
uniforme indispensable para sus labores (hoteles, restaurantes, cirujanos, personal de
aseo de hospital, enfermeras, personal de fábrica alimenticia, etc.) deben proveerles a
sus empleados un vestuario para cambiarse y un locker para guardar sus pertenencias
mientras labora.
7. Que se establezcan lugares apropiados para que los trabajadores puedan consumir
alimentos o bebidas en los locales de trabajo.
Figura # 21. a) Empleado comiendo en área de trabajo. b) Cafetería del personal.
El empresario debe proveerle a sus trabajadores un lugar propio para su descanso y
para que puedan consumir sus alimentos, tal como una cafetería debidamente
equipada. Pues de lo contrario, los trabajadores comerían en el área de trabajo y se
incrementarían los riesgos laborales. Inclusive, algunas empresas tienen pequeñas
cocinas de modo que si lo desean, los empleados puedan hacerse su propia comida
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8. Que, en lo posible, se eliminen o reduzcan los ruidos y vibraciones perjudiciales a la
salud de los trabajadores.
Las empresas deben reducir los ruidos que distraen o molestan a sus trabajadores, ya
que esto también afecta su salud auditiva y les genera estrés, lo que se traduce en un
menor rendimiento laboral. El ruido puede ser proveniente de trabajos en las áreas
industriales y plantas de la empresa o provenir del exterior. Una manera de reducir
estos ruidos sería instalar ventanas anti-ruido y poner paredes anti-ruido en las
oficinas, de manera que el ruido de la calle no se escuche dentro de la empresa ni
perjudique la concentración de los colaboradores.
Figura # 22. El ruido afecta la comunicación y propicia accidentes.
En las plantas, se debe proveer de equipo de protección anti-ruido a los trabajadores y
buscar la manera de reducir los mismos, y de ser posible, que este tipo de trabajos se
realicen en una hora en donde no haya muchas personas en la empresa. Además, el
ruido incrementa los riesgos de seguridad pues impide la buena comunicación entre
los trabajadores.
9. Que las sustancias peligrosas sean almacenadas en condiciones de seguridad.
Figura # 23. a) Almacén restringido. b) Tóxico mal cerrado.
Las sustancias peligrosas y tóxicas deben almacenarse en un lugar apartado y de
acceso restringido, en lugares especialmente diseñados para evitar fugas y accidentes.
De igual forma, estas deben estar correctamente etiquetadas y se debe evitar que
personas sin experiencia las manipulen.
En una cocina, por ejemplo, las sustancias químicas como detergentes, jabones, clorox,
etc. Deben almacenarse en lugares diferentes a las bodegas de alimentos, de manera
que se eviten los riesgos de contaminar los alimentos y envenenar a las personas.
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Otro ejemplo de seguridad es cuando se trabaja con pinturas, pues se debe tener en
cuenta que para que se mantengan las condiciones atmosferitas en los recintos
destinados al almacenamiento de pinturas se debe de tener una ventilación tal que
impida la formación de atmósferas explosivas, y esto se logra manteniendo los
disolventes de limpieza en recintos destinados a tal fin.
Figura # 24. Almacenamiento de pinturas no aisladas.
Además, se deben cerrar los recipientes contenedores de pinturas y disolventes,
diluyentes y en general todos aquellos que puedan producir concentraciones de gases
peligrosos durante su evaporación, una vez finalizada su utilización. Tapar los equipos
destinados a la limpieza de pistolas cuando no se utilicen. Almacenar residuos de
trapos de limpieza usados en recipientes ignífugos provistos de cierre, retirándolos
cada día de la zona de pintura. Además, la cantidad de productos inflamables
preparados para sus usos almacenados en la zona de pintura no deben sobrepasar la
cantidad necesaria para un turno o jornada de trabajo.
Artículo 284. Con el fin de prevenir, reducir y eliminar los riesgos que amenacen la seguridad
y la salud de los trabajadores en los lugares de trabajo, se adoptarán medidas para:
1. Que se reemplacen las sustancias, operaciones o técnicas nocivas, por otras inocuas o
menos nocivas.
La empresa siempre debe buscar qué productos son los menos nocivos para la salud
del empleado y hacer el cambio correspondiente en el proceso.
Figura # 25. Lavado y desinfección de una vajilla.
Por ejemplo, en una cocina se desinfectan las mesas, la vajilla, cubertería y cristalería
con vinagre, en lugar de utilizar algún producto químico, lo que disminuye los riesgos
tanto para el empleado como para los comensales.
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2. Que se impida el desprendimiento de substancias nocivas y que se proteja a los
trabajadores contra las radiaciones peligrosas.
Se debe brindar al trabajador el uniforme especial que proteja su cuerpo de
radiaciones peligrosas, por ejemplo, cuando trabajan con equipos radioactivos o que
emiten ondas lo suficientemente fuertes como para afectar los órganos sexuales de las
personas, un ejemplo es con los ingenieros de campo en telecomunicaciones, al estar
tanto tiempo expuestos a ondas microondas, los espermatozoides que les permitirían
tener hijos varones se debilitan, por lo que generalmente tienen hijas mujeres.
También aquellas personas que trabajan bajo el sol todo el día deben tener protección
para que su piel no se vea dañada por las radiaciones infrarrojas y ultravioletas del sol.
Figura # 26. a) Rayos X emiten radiaciones electromagnéticas. b) Quemaduras del sol.
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Otro ejemplo, son los técnicos de maquinaria médica, las cuales emiten radiaciones,
por lo que cada vez que se le va a tomar una placa a un paciente, el técnico entra en
un cuartito apartado y aislado, de manera que las radiaciones no le afecten, y más si se
dedica a hacerlo todos los días en sus 8 horas laborales.
3. Que se ejecuten los trabajos peligrosos en locales o edificios separados en los que
estén ocupados el menor número posible de trabajadores.
Las empresas que trabajan con sustancias explosivas, tóxicas o peligrosas deben tener
un área apartada dentro del terreno que le pertenece a la empresa, de manera que de
ocurrir un incidente estén en peligro la menor cantidad de personas posibles, y que a
su vez, se pueda aislar la zona para incrementar la seguridad y reducir los riesgos
posibles. Un ejemplo serían los laboratorios que tratan con bacterias y virus, en donde
se trata de buscar cura a varias enfermedades, estos deben estar aislados y tener un
acceso controlado y restringido.
Figura # 27. Laboratorios de investigación científica y farmacología.
4. Que se apliquen aparatos mecánicos para la evacuación o ventilación, o cualquier
otro medio apropiado para eliminar polvo, humo, gas, fibras, nieblas o los vapores
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nocivos, cuando no sea posible evitar la exposición de los trabajadores a esas
substancias por cualquiera de los procedimientos anteriores.
La empresa debe tener un sistema de ventilación para eliminar las substancias a las
cuales los trabajadores están expuestos diariamente, de modo que no se concentren y
les generen problemas de salud. Por ejemplo, en las fábricas de pintura o de alcohol,
en donde los olores y gases se concentran, debe haber una correcta ventilación para
evitar intoxicar al trabajador, es por ello que se colocan extractores enormes en las
paredes de las plantas, de modo que se expulse toda la concentración de gases que se
vaya generando, y de igual forma se mantienen puertas abiertas y una gran cantidad
de ventanas que aporten tanto iluminación como ventilación natural.
Figura # 28. Ventanas y extractor como mecanismos de ventilación.
5. Que se provea a los trabajadores de la ropa y del equipo, así como de cualquier otro
medio de protección individual que fuere necesario, para protegerlos contra los
efectos de los agentes nocivos. La ropa y el equipo individual de protección serán
facilitados por el empleador, teniendo la obligación el trabajador de usarlos.
El empleador debe proveer el equipo y uniforme adecuado según sea la actividad que
realiza el empleado en la empresa, es decir, debe proveer cascos, guantes, mascarillas,
filtros, lentes protectores, orejeras, botas, etc. Esto se aplica a empresas como:
minerías, cementeras, fábricas de gas, fábricas de detergentes, fábricas de baterías,
petroleras, etc. Por ejemplo, en una empresa en donde se elaboran baterías, los
empleados deben trabajar con guantes no conductores, mascarillas con buenos filtros,
gorros y botas no conductoras.
Figura # 29. Equipo de protección requerido para cada labor.
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Artículo 285. Los trabajos a domicilio quedan sometidos a las disposiciones de higiene y
seguridad en el trabajo, pero las obligaciones recaerán, según el caso, sobre los que realicen
el trabajo.
Los trabajos que realizan los empleados fuera de la empresa deben realizarse siguiendo las
pautas establecidas por la empresa, de modo que se garantice una correcta higiene y
seguridad, tanto para los trabajadores como para el público expuesto. Las responsabilidades
que esto acarrea caerán tanto sobre la empresa como sobre los empleados, pero son estos
últimos los que llevan el peso de la responsabilidad, pues están trabajando bajo su propia
supervisión y deben asumir la consecuencia de los errores que cometan.
Figura # 30. Trabajador vertiendo desechos sin tratar en la naturaleza.
Por ejemplo, si los empleados deben llevar los residuos tóxicos a la empresa para que estos
sean tratados y no contaminen el ambiente, pero estos deciden verterlos en un río y no seguir
órdenes, estos serán los que enfrenten las consecuencias legales debido a sus malas acciones y
al riesgo al cual se han sometido ellos mismos y a la comunidad.
Otro ejemplo es cuando el trabajador va a lugares remotos para hacer mantenimiento a los
equipos de telecomunicaciones, por ejemplo en un cerro, en donde existe una celda cercada y
de acceso restringido, en donde se almacenan todos los equipos que permiten la
comunicación entre teléfonos celulares; en estos lugares solo acceden los ingenieros y técnicos
para instalar o dar mantenimiento a los equipos, ellos son los que deben velar por que el lugar
se mantenga limpio, fresco y asegurar los equipos de modo que se eviten sobrecargas, que
puedan causar incendios, etc.
Artículo 286. El empleador tendrá además, la obligación de informar a sus trabajadores todo
lo concerniente a la protección de la maquinaria y los instruirá sobre los peligros que entraña
la utilización de las máquinas y las precauciones que deben observar. Deberá, además,
colocar los dispositivos de protección para que puedan ser utilizados, y los trabajadores
estarán obligados a cuidad y observar lo establecido sobre los dispositivos de protección que
tenga la maquinaria.
Aquí se señala que el empleador está obligado a capacitar a su personal en cuanto a la
maquinaria que va a emplear, señalarle las medidas de seguridad y protección tanto para su
utilización, como para su limpieza y mantenimiento, y a su vez para evitar que las mismas se
dañen por un mal manejo. Se le deberán proporcionar los manuales e instructivos, así como
también, se le deberán proporcionar los equipos de protección necesarios, ya sean guantes,
orejeras, lentes protectores, mascarillas, cascos, ropa de trabajo adecuada, etc.
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Figura # 31. Accidentes debido a falta de seguridad en el uso de maquinarias.
Un ejemplo, serían las máquinas con guillotinas en las imprentas, si el trabajador no aprende a
utilizarla correctamente y a emplear los botones de seguridad, podría guillotinarse los dedos o
las manos. De igual forma, la empresa debe tener supervisores para velar por el cumplimiento
de las normas de seguridad por parte de los trabajadores, pues muchas veces éstos saben las
reglas pero por pereza no las ejecutan, lo que les pone en riesgo.
Figura # 32. Supervisión al emplear la guillotina de imprenta.
Un ejemplo en el área de gastronomía sería el enseñarle a los novatos cómo se deben usar y
limpiar tanto la máquinas moledora de carnes y la rebanadora de embutidos, las cuales deben
desconectarse y emplear guantes protectores al limpiar sus piezas para evitar cortarse las
manos y los dedos.
Artículo 287. Todas las empresas deberán proteger la moralidad y asegurar el bienestar de
los trabajadores en los locales y sitios de trabajo, adoptando las siguientes medidas:
1. Prohibir la introducción, venta, uso y consumo de drogas heroicas, narcóticos y
bebidas alcohólicas.
La empresa debe colocar como una norma dentro de su reglamento interno, la
prohibición de la venta, consumo o uso de licor, heroína, cocaina, calmantes etc., pues
todo eso va contra la ley, y además, afectaría la buena reputación de la empresa, pues
sus empleados forman parte de su imagen.
Por ejemplo, un empleado ebrio, este no rendiría en el trabajo, y podría ponerse
violento o agresivo, incomodando así a los demás empleados y a los clientes
presentes. Si algún empleado llegara a tener una sobredosis de calmantes o de algún
tipo de narcótico, se paralizaría el trabajo en la empresa, ya que los compañeros
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tendrían que ponerse a ver cómo lo ayudan, se atrasaría todo, se dejaría una pésima
imagen ante los clientes presentes, etc.
Figura # 33. Letreros de prohibiciones obligatorias en una empresa.
Este caso también aplica a las empresas que trabajan con sustancias inflamables, como
un laboratorio o industria de la pintura, que al fumar podría causar una explosión que
pondría en peligro la vida de las personas.
2. Acondicionar y mantener guarderías infantiles para los hijos menores de seis años de
edad de sus trabajadoras, cuando se dé el caso señalado en el artículo 114 de este
Código.
Artículo 144. Toda madre cuando esté lactando dispondrá en los lugares donde
trabaja de un intervalo de quince minutos cada tres horas, o, si lo prefiere, de media
hora dos veces al día durante sus labores, con el objeto de alimentar a su hijo. El
empleador le procurará algún medio de descanso dentro de las posibilidades de sus
labores y mantendrá en número suficiente sillas o asientos a disposición de las
trabajadoras. El tiempo empleado para tal fin, deberá computarse para el efecto de
la remuneración de la trabajadora, como tiempo de trabajo efectivo, al igual que los
intervalos antes mencionados.
Todo empleador que ocupe en el local o lugar de trabajo más de veinte mujeres,
quedará obligado a acondicionar un local para que las madres alimenten sin peligro
a sus hijos. Este acondicionamiento se hará dentro de las posibilidades económicas
del empleador, a juicio y con el visto bueno de la Dirección General o Regional de
Trabajo.
Figura # 34. Guardería.
Realmente no pudimos encontrar ningún ejemplo aquí en Panamá en donde se
acondicienen guarderías cuando la mujer tiene un bebé que aún se está
amamantando. Si se les dan los 15 minutos cada 3 horas o dos periodos de media hora
para que amamante al bebé, pero el bebé no se queda en la empresa. Existen
empresas, como el Banco General o como la Caja de Seguro Social que tienen
guarderías en donde sus empleados pueden dejar a sus hijos pequelos mientras
trabajan y en donde pagan una cuota con un descuento, que les es muy beneficioso.
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3. Habilitar lugares especiales para el descanso y recreación de los trabajadores.
La empresa puede crear parques, si esta posee un gran terreno, para que los
trabajadores descansen y tomen un poco de aire fresco, de igual manera puede tener
terrazas o azoteas verdes. Pero comunmente, lo que hacen es acondicionar el área de
la cafeteria de manera que puedan comer y en otro lado sentarse a ver televisión o
escuchar radio.
Figura # 35. Área de descanso de los empleados.
4. Poner a disposición de los trabajadores un número suficiente de sillas, siempre que lo
permitan las condiciones del establecimiento o la naturaleza de la empresa o lo
disponga la autoridad administrativa de trabajo.
Un ejemplo sería en las oficinas de los ejecutivos, pues para que cada uno pueda llevar
a cabo su trabajo de la mejor manera posible, es necesario que cada empleado tenga
su propio escritorio y su propia silla, pues de lo contrario se dificultaría la labor y el
rendimiento disminuiría. Por ejemplo, los programadores, si los ingenieron no estan
sentados frente al computador, sería muy difícil que logren crear y monitoriar las
aplicaciones con las cuales trabajan.
5. Limitar a 50 kilogramos el peso de los sacos, bultos o cargas que por sí mismos lleven
los trabajadores, con una tolerancia de hasta un 10 por ciento en los casos especiales
que señale el reglamento. El transporte de pesos mayores deberá hacerse por medios
mecánicos.
Figura # 36. El exceso de carga debe realizarse mediante montacargas.
Esto se ve en trabajos en donde hay que transportar carga, tal como en
construcciones, bodegas de almacenes, fabricas de cemento o hierro, servicios de
entregas, etc., en todos estos lugares, cuando el peso pasa de los 50 kg debe usarse un
montacargas, carretillas o cualquier otro equipo que permita cargar el peso sin
lastimar al trabajador.
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Figura # 37. Trabajadores forzando su cuerpo con exceso de carga.
Realmente esto no se cumple siempre, por ejemplo en las construcciones se ve a los
obreros cargar dos sacos de cemento a la vez, y cada uno pesa 42.6kg, por lo que estan
cargando 85,2 kg a la vez, lo que podría causarles un desgarre muscular o una hernia.
Artículo 288. Se consideran trabajos insalubres los que se realicen en instalaciones o
industrias que por su naturaleza puedan crear condiciones capaces de provocar o de dañar la
salud de los trabajadores debido a los materiales empleados, elaborados o desprendidos, o a
los residuos sólidos, líquidos o gaseosos.
Son trabajos peligrosos los que se realicen en las instalaciones o industrias que dañan o
puedan dañar de modo inmediato y grave la vida de los trabajadores, ya sea por su propia
naturaleza o por los materiales empleados, elaborados, desprendidos o desechos, ya sean
éstos sólidos, líquidos o gaseosos; o por el almacenamiento de sustancias tóxicas, corrosivas,
inflamables, radiactivas o explosivas, en cualquier forma que éste se haga.
Los servicios técnicos del Ministerio de Trabajo y Bienestar Social determinarán en los
reglamentos qué labores, instalaciones o industrias son insalubres o peligrosas; así como las
sustancias cuya elaboración se prohíbe, se restringe o se somete a ciertos requisitos y en
general, todas las demás normas a las que deben someterse estas actividades.
Un ejemplo de trabajo insalubre serían las fábricas de baterías, de pintura, de cemento, de gas
y los laboratorios químicos. Por ejemplo, en el caso de las baterías se trabaja con plomo, y si la
piel llegase a absorverlo la persona desarrollaría problemas de salud que incluso causarian
deformaciones en sus futuros hijos. En el caso de la fábrica de gas, el mismo es tóxico e
inflamable, están en riesgo desde los que trabajan en la planta hasta los que los transportan,
pues una fuga de gas generaría una gran explosión, tal como ocurrió hace unos años en San
Francisco cuando el camión de gas explotó.
Figura # 38. Reduciendo riesgos al manipular: a) cemento y b) basura.
En el caso del cemento, pues se ha sabido de varios casos, que aún empleando todos los
equipos de prevención de riesgos los empleados han terminado desarrollando cáncer y
enfermedades respiratorias con consecuencias aún más desastrozas que el cigarrillo, pues
muchas de estas sustancias se presentan en partículas invisivles o tan pequeñas que ni cuenta
se dan cuando las respiran.
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Otro ejemplo de trabajos insalubres podría ser la recolección de basura, pues los empleados
cada día están expuestos a una variedad de sustancias y elementos que pueden ser nocivos, se
les debe proporcionar los elementos necesarios para la manipulación de los mismos, entre
ellos guantes gruesos para evitar cortarse con vidrio, latas o incluso pincharse con jeringas
contaminadas mal tapadas que estén en las basuras, con las cuales podrían contraer hasta
SIDA.
Otro seria la industria de la pintura, en esta los trabajadores trabajan de forma directa con
productos inflamables y nocivos, en esta industria se deben utilizar trajes especiales, mascaras,
zapatos especiales, existen normas estrictas sobre el almacenamientos de las pinturas en una
ambiente adecuado, fichas de los productos con los riesgos y consecuencias de los mismos. Al
no ser tomadas las precauciones necesarias podría ocurrir un accidente.
Artículo 289. Los trabajadores que se ocupan de la manipulación, fabricación o expendio de
productos alimenticios para el consumo público, deberán para desempeñar sus labores,
proveerse cada mes de un certificado médico, que acredite que no padecen de enfermedades
infectocontagiosas o capaces de inhabilitarlos para el desempeño de sus actividades. Este
certificado será expedido por la Caja de Seguro Social, por cualquiera de las dependencias
del Ministerio de Salud Pública, o por cualquier médico que desempeñe un cargo
remunerado por el Estado, quienes lo deberán extender gratuitamente.
Toda persona que labore en un área que requiere la manipulación de alimentos debe
presentar un certificado médico mensual que indique que no padece de ninguna enfermedad
contagiosa o infecciosa, de manera que se prevenga el contagio a los demás trabajadores y al
público al que llegarán los alimentos. Este certificado debe provenir de la CSS o de cualquier
otra institución autorizada por el MINSA.
Figura # 39. Carnet de salud blanco.
Un ejemplo de esto es el examen de parasitología que se realiza al solicitar el carnet de salud
blanco en los centros de salud, pues una persona con parásitos no debe estar manipulando
alimentos. Además, si se está enfermo de las vías respiratorias, del estómago o si se tienen
heridas en las manos o infecciones en la piel lo más recomendado es evitar en ese tiempo la
manipulación de alimentos, por la alta probabilidad de contaminarlos con gérmenes. En ese
caso, conviene que la persona desempeñe otra actividad diferente a la elaboración, donde no
entre en contacto directo con los alimentos.
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Artículo 290. Las autoridades de trabajo, sanitarias y policiales colaborarán a fin de obtener
el cabal cumplimiento de las disposiciones de este capítulo, cuyas infracciones darán lugar a
la imposición de una multa de 50 a 500 balboas según la gravedad de la falta y número de
personal afectado por ésta.
Este artículo señala que las autoridades policivas y sanitarias del país deben llevar a cabo
inspecciones para velar que se cumplan a cabalidad las normas fijadas, de modo que se eviten
accidentes, muertes y el desarrollo de enfermedades de los trabajadores en las empresas. De
llegar a encontrar anomalías deberán multar al empleador y la suma ascenderá según sea su
falta y esté estipulado en la ley.
Por ejemplo, los bomberos y protección civil pueden verificar el estado de los extintores, el
tipo de extintores, las salidas de emergencia, conocimiento de técnicas de emergencia por
parte del personal, etc. Los inspectores de salud pueden llegar de sorpresa a un hotel y exigir
que se les muestre de manera inmediata la cocina, la bodega, etc., de modo que puedan
corroborar la correcta prevención de contaminación de alimentos en el lugar, así como las
medidas adoptadas y practicadas para evitar accidentes en la cocina.
Figura # 40. Inspección sanitaria.
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Conclusión
Al desarrollar este trabajo hemos podido aprender sobre las pautas que exige la ley al
empleador para garantizar la higiene y seguridad en el área laboral, y así velar por la salud y
por la vida de los trabajadores. Esta información nos será muy útil para poder conocer y exigir
nuestros derechos y de igual forma, para cumplir nuestros deberes si llegáramos a abrir un
negocio propio.
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Referencias
1. Bibliografía:
a. Código Laboral de la República de Panamá.
2. Infografía:
a. http://www.istas.net/web/index.asp?idpagina=1286
b. https://osha.europa.eu/es/topics/stress/index_html
c. http://es.slideshare.net/antonioguirao/unidad-9-los-riesgos-laborales
d. http://tiposderiesgoslaborales.blogspot.com/
e. http://www.guiasgtp.com/pdf/225-770086-5.pdf
f. http://www.stps.gob.mx/bp/secciones/dgsst/publicaciones/prac_seg/construc
cion/PT-07.pdf
g. http://www.guiasgtp.com/pdf/225-770086-5.pdf
h. http://www.ilo.org/global/about-the-ilo/newsroom/comment-
analysis/WCMS_218725/lang--es/index.htm
i. https://selublog.wordpress.com/tag/factores-de-riesgo-riesgos-laborales/
j. http://training.itcilo.it/actrav_cdrom2/es/osh/rep/remain.htm
k. https://facilitadorfp.wordpress.com/2009/07/26/
l. http://training.itcilo.it/actrav_cdrom2/es/osh/com/using.htm
m. http://html.rincondelvago.com/ergonomia-o-prl.html
n. http://training.itcilo.it/actrav_cdrom2/es/osh/kemi/ciwmain.htm
o. http://canalmotor7.blogspot.com/p/almacen.html
p. http://training.itcilo.it/actrav_cdrom2/es/osh/noise/noiseat.htm
q. http://www.stps.gob.mx/bp/secciones/dgsst/publicaciones/prac_seg/construc
cion/PT-07.pdf