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DOCUMENTOS DE TRABAJO Relevancia de las redes sociales como herramienta de la libertad de expresión 690 Raúl Rivas Cova Julio de 2016

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DOCUMENTOS

DE TRABAJO

Relevancia de las redes sociales como

herramienta de la libertad de

expresión

690

ñ

Raúl Rivas Cova

Julio de 2016

Relevancia de las redes sociales como herramienta de la libertad de expresión

Raúl Rivas Cova

Fundación Rafael Preciado Hernández A. C.

Documento de Trabajo No. 690

Julio 2016

Clasificación temática: Política

Resumen

El uso de Internet y las redes sociales se ha posicionado como uno de los principales medios

de comunicación e información, lo cual ha llevado a considerarlos como instrumentos

incuestionables de la libertad de expresión en las sociedades democráticas. Sin embargo, se

han presentado planteamientos que consideran que debe discutirse con mayor profundidad

esta perspectiva y que la libertad de expresión debe ser tratada como otros derechos,

particularmente en materia de límites jurídicos e institucionales. El acelerado crecimiento de

estas herramientas entre la población en general ha permitido identificar algunos excesos que

pueden llegar a vulnerar los derechos de algunos grupos sociales. Entre los principales

cuestionamientos se encuentran el tratamiento que deberá darse a las manifestaciones de

discursos de odio que ocultos en el anonimato provocan distorsiones en el diálogo pacífico y

democrático.

Correo electrónico. [email protected] Las opiniones contenidas en este documento corresponden

exclusivamente al autor y no representan necesariamente el punto de vista de la Fundación Rafael Preciado

Hernández A.C.

Contenido

I. Introducción 1

II. Justificación 4

III. Planteamiento y Delimitación del Problema 7

IV. Objetivos de la Investigación 14

V. Marco Teórico y Conceptual de Referencia 15

VI. Planteamiento de Hipótesis 19

VII. Contraste de Hipótesis 20

VIII. Conclusiones 28

IX. Fuentes 30

La estructura de este documento de trabajo se ajusta a los requerimientos establecidos en el punto 2.3 del Reglamento

para el Financiamiento Público de las Actividades Específicas que realicen los Partidos Políticos Nacionales como

entidades de Interés Público del Instituto Federal Electoral vigente a partir de octubre de 2005.

1

I. INTRODUCCIÓN

El presente trabajo pretende abordar la relación entre libertad de expresión y redes sociales

desde la perspectiva del fortalecimiento del discurso democrático en donde pueda incluirse

la más amplia representación de las opiniones de la sociedad. Para aproximarme a esta

aspiración procuraré incluir las perspectivas generales en torno al debate moderno sobre el

papel que juegan las redes sociales para hacer efectivo el derecho a la libertad de expresión.

Si bien por una parte se concibe a la libertad de expresión como un derecho incuestionable,

también se han manifestado opiniones críticas respecto a los excesos en el ejercicio de este

derecho, tal es el caso de pensadores como Umberto Eco quien ha afirmado que "Las redes

sociales le dan derecho de palabra a legiones de imbéciles” que opinan con poco fundamento

o sin éste, por lo que argumenta: si "la televisión había aprobado al tonto del pueblo, ante el

cual el espectador se sentía superior", el "drama de Internet es que ha aprobado al tonto del

pueblo como el portador de la verdad"1.

Por su parte Bauman refiere que las redes sociales permiten crear una identidad sustituta que

faculta a la construcción de una comunidad propia en donde se seleccionan y descartan

amigos fácilmente, lo cual refleja una condición de los tiempos de la primacía del

individualismo, por lo que concluye “Las redes sociales no enseñan a dialogar porque es tan

fácil evitar la controversia […] Mucha gente usa las redes sociales no para unir, no para

ampliar sus horizontes, sino al contrario, para encerrarse en lo que llamo zonas de confort,

donde el único sonido que oyen es el eco de su voz, donde lo único que ven son los reflejos

de su propia cara. Las redes son muy útiles, dan servicios muy placenteros, pero son una

trampa”2.

1 http://www.libertaddigital.com/cultura/libros/2015-06-16/umberto-eco-critica-la-invasion-de-imbeciles-que-

genera-las-redes-sociales-1276550665/ 2 Bauman, Zygmunt: “Las redes sociales son una trampa”, entrevista en el diario El País, 9 de enero de 2016.

http://cultura.elpais.com/cultura/2015/12/30/babelia/1451504427_675885.html?id_externo_rsoc=FB_CM

2

Desde inicios de este siglo se percibía la relevancia que alcanzarían la comunicación a

distancia y su impacto en las relaciones sociales. Enric Bas prevenía que el incremento de

“comunidades virtuales basadas en el uso masivo de internet” propiciaría la formación de

“grupos de interés espontáneos” que acelerarán la comunicación. Sin embargo “a pesar de

todas las ventajas manifiestas que implican dichas comunidades virtuales (flexibilidad,

inmediatez, eficiencia en la comunicación, etc.), existe también un rosario de posibles

consecuencias negativas de dicha “virtualización” en el nivel de las relaciones sociales:

alteración cuantitativa y cualitativa de las relaciones, alteración de la percepción de los

interlocutores, cambios en la construcción social del “yo”, aislamiento del entorno físico

inmediato, etcétera” 3 . Las repercusiones de la construcción de comunidades también

redefinirá las relaciones familiares en la que Bas preveía que “la noción tradicional de familia

[irá] progresivamente redefiniéndose sobre redes de intereses similares, y no sobre cuestiones

biológicas” 4.

La fascinación masiva de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación va

transformando gradualmente las relaciones personales, con mayor énfasis en la población

más joven que es más propensa a la novedad y a la asimilación de nuevos protocolos de

relación social que resaltan las emociones que desean experimentar y compartir con personas

afines a sus intereses, con ello se producen y difunden nuevos conocimientos que explican la

realidad. La posibilidad de generar y transformar es constante y enaltece la denominada

Sociedad del Conocimiento, vinculada de manera estrecha al empleo de la tecnología, aunque

algunos han cuestionado esta relación calificándola como “una Sociedad de la Ignorancia,

compuesta por sabios impotentes, expertos productivos encerrados en sus torres de marfil y

masas fascinadas y sumidas en la inmediatez compulsiva de un consumismo alienante. Las

nuevas formas de comunicación nos permiten ser más eficientes en el dominio de la

naturaleza pero como individuos nos están convirtiendo en seres cada vez más ignorantes y

3 Bas, Enric, Megatendencias para el siglo XXI. Un estudio Delfos, Fondo de Cultura Económica, México,

2004, p. 162. 4 Ibid, p. 165.

3

más encerrados en las pequeñas esferas que surgen como resultado de las nuevas fuerzas

disgregadoras que afectan a toda la sociedad”5.

Las redes sociales propician una tendencia acumulativa, que suma conocimientos e ideas y

con ello puede hablarse del poder que otorga el saber. La libertad de expresión se torna un

componente clave que permite reconocer que “el conocimiento es poder [y] el poder está

potencialmente en todas partes. La importancia del cambio y de las oportunidades que ofrece

lo convierten en una auténtica revolución. En estos momentos vivimos condenados a estar

perpetuamente sobreinformados (y desinformados)”6.

5 Brey, Antoni; Innerarity, Daniel; y Mayos, Gonçal, La Sociedad de la Ignorancia y otros ensayos, Infonomia,

España, 2009, p. 37. 6 Ridderstrale, Jonas y Nordstrom, Kjell, Funky Business. El talento mueve al capital. Pearson, España, 2008,

p. 29. Los autores plantean que “El software pesa más que el hardware. La canción de la tecnología es irresistible

y no para nunca. Axioma: la tecnología cambia y seguirá cambiando a una velocidad muy superior a la que los

gobiernos emplean para sancionar leyes que la regulen”, p. 50.

4

II. JUSTIFICACIÓN

Las redes sociales virtuales se presentan como una herramienta relativamente novedosa, pero

que incrementa su uso de manera acelerada en proporción poblacional y tiempo de uso. Son

uno de los recursos electrónicos con mayor generación de contenidos, difusión de

información y medio de comunicación. Sin embargo, es dudosa la veracidad de los datos que

se difunden lo cual ha llevado a plantear la necesidad de establecer criterios de restricción en

la transmisión de contenidos, apelando en muchos casos a la afectación de personas o

instituciones involucradas o referidas en mensajes o comunicados.

Para entender este debate es necesario recapitular la relevancia de Internet como medio de

comunicación no convencional que permite la interacción constante y coloca a los

interlocutores en el mismo nivel de discusión. Por lo que puede se concebida como una

herramienta democrática para el intercambio de ideas y opiniones.

La categorización de la denominada Web 2.0 definida como “un fenómeno social en relación

con la creación y distribución de contenidos en Internet, caracterizado por la comunicación

abierta, la descentralización de autoridad, la libertad para compartir y usar, dentro de un

enfoque que trata a las relaciones humanas y económicas como conversaciones”. Pone

énfasis en el cambio de procesos que definen la personas (los usuarios) de manera libre7.

La Red es concebida como “un ecosistema perfecto para la rápida diseminación de

información vírica. Su estructura, compuesta de redes distribuidas, potencia la aparición y

replicación de lo que Richard Dawkins ha llamado memes: la unidad mínima de transmisión

cultural, que consiste en una pieza de información que tiende a replicarse de mente a mente,

que tiende a ser recordada y reproducida por numerosas personas”8.

Si bien el concepto de medios sociales o social media es anterior a Internet, su popularidad

de incrementó con el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación

7 Alberto Ortiz de Zárate Tercero, Manual de uso del blog en la empresa. Cómo prosperar en la sociedad de la

conversación, edicions cantalaia, España, 2008. 8 Ibidem.

5

(TICs). En términos generales los medios sociales son los contenidos que se generan por

grandes grupos y pueden tener acceso muchos más. Ello implica la interacción de personas

para la discusión e integración de la información y que se apoyan en la tecnología como

medio de comunicación. Además, los contenidos se mantienen abiertos para modificarlos o

integrar nuevos comentarios9.

En materia del uso profesional que se les da a las redes sociales en 2009 el 73% de los

profesionales en México ya contaba con acceso a alguna red social, y casi la mitad de este

sector de la población conocía a alguien o había recibido alguna oferta de trabajo por este

medio. Respecto al uso en horarios laborales, paradójicamente el 38% de los empleadores no

permitía el acceso y el 43% lo limitaba10.

A pesar de las resistencias al ser señaladas como distractores, el uso de nuevas tecnologías

en el contexto laboral trae importantes repercusiones, entre las primordiales se encuentran el

incremento en los flujos de información y la transformación en las relaciones de autoridad

hacia modelos menos jerárquicos. “Las tecnologías de la información disminuyen el tiempo

y el espacio […] En lugar de trasladar a personas, empezamos a trasladar pensamientos e

ideas”, además “permiten una transparencia total. La gente que tiene acceso a información

relevante está empezando a desafiar todo tipo de autoridad […] todo el que presume tener,

información privilegiada es retado por individuos, empresas y regiones que tienen acceso

directo a la misma información. Es un cambio de poder. Ahora, el poder está en manos de la

gente”, de personas que tienen la posibilidad de ser anónimos o proyectar la personalidad de

su elección11.

Sin embargo, además de las virtudes que se atribuyen a Internet, también es un catalizador

que permite sintetizar y potenciar el alcance de las expresiones de odio que se dan en la calle

o en otros medios de comunicación. Su efectividad puede medirse a partir de la simplicidad

9 Manual de orientación para participar en redes sociales, Banco Interamericano de Desarrollo, EUA, 2013. 10 El Impacto de las Redes Sociales de Internet en el Mundo del Trabajo: México, Manpower, México, 2009. 11 Ridderstrale y Nordstrom, p. 54.

6

que permite replicar los discursos beligerantes con el poder de apretar un botón y compartir

la información con la comunidad a la que se pertenece12.

12Kaufman, Gustavo Ariel, Odium dicta. Libertad de expresión y protección de grupos discriminados en internet, Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), México, 2015.

7

III. PLANTEAMIENTO Y DELIMITACIÓN DEL PROBLEMA

Las nuevas tecnologías de la información y la comunicación se han caracterizado por ser

espacios de libertad para la generación y difusión de ideas, así como para cuestionar a las

instituciones tradicionales que incluyen gobiernos y consorcios. Lo que no pudieron lograr

los grandes medios masivos de comunicación como la radio y la televisión, lo permitió

Internet, el diálogo masivo, continuo y equitativo.

La UNESCO enfatiza que todos tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión bajo la

premisa que estos derechos son elementos críticos para el ejercicio efectivo de la democracia,

el desarrollo y el diálogo, ya que sin estas condiciones la democracia no podría funcionar13.

Reconoce que “Internet encierra un enorme potencial para el desarrollo” al proveer grandes

recursos para la información y el conocimiento que permiten la expresión y participación,

por lo que “el principio de la libertad de expresión no se debe aplicar únicamente a los medios

de comunicación tradicionales, sino también a Internet y todos los tipos de plataformas de

comunicación de reciente aparición” 14 . Una posición similar promueve la Corte

Interamericana de Derechos Humanos al afirmar que “la libertad de expresión, en todas sus

formas y manifestaciones, es un derecho fundamental e inalienable, inherente a todas las

personas. Es, además, un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad

democrática”15.

De acuerdo con el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, “Todo

individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no

ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones,

y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”. Para el

caso de la libertad de expresión en Internet contribuye al “desarrollo, el buen gobierno y la

implementación de garantías democráticas. En Internet, la vulneración de este derecho se

13 http://www.unesco.org/new/es/office-in-montevideo/comunicacion-e-informacion/libertad-de-expresion/ 14 http://www.unesco.org/new/es/communication-and-information/freedom-of-expression/freedom-of-

expression-on-the-internet/ 15 https://www.cidh.oas.org/basicos/basicos13.htm

8

manifiesta principalmente de tres maneras: la prohibición de acceso a Internet, la censura, y

el bloqueo de sitios o contenidos”16.

Por su parte la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal reconoce que el tema de

la sociedad de la información se ha discutido poco y se ha centrado en la accesibilidad a

internet, sin tomar en cuenta el “analfabetismo digital” de la gran mayoría de las personas, lo

que limita sus derechos a la libertad de expresión y a la información. Sin embargo, identifica

que “las redes sociales han servido para promover el derecho a la libertad de expresión y

generar debates virtuales amplios […] pero, sobre todo, permiten tender un puente

fundamental con las personas que ejercen el periodismo dentro y fuera de la capital

mexicana”17.

En tanto que la organización Artículo 19 con fundamento en la Declaración Universal de

Derechos Humanos (DUDH) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

(PIDCP) señala que “la libertad de expresión no sólo es importante en sí misma, sino que

también es esencial para que otros derechos humanos puedan ser realizados”18.

Según esta organización entre los beneficios de la libertad de expresión para individuos y

Estados se encuentran:

Para los individuos

A nivel individual, la libertad de expresión es clave para el desarrollo, la dignidad y la

realización de cada persona.

La gente puede obtener conocimiento acerca de su entorno y del mundo externo al

intercambiar ideas e información libremente con los demás. Esto los hace más

16 https://derechosdigitales.org/7103/la-libertad-de-expresion-en-internet-un-combate-imprescindible/ 17 Estado del Derecho a la libertad de expresión en la Ciudad de México, Relatoría para la libertad de expresión y la atención a defensoras y defensores de derechos humanos, CDHDF, México, 2010. http://cdhdfbeta.cdhdf.org.mx/wp-content/uploads/2014/09/Informe_CDHDF_libertad_de_expresion.pdf 18 https://www.article19.org/pages/es/freedom-of-expression.html

9

capaces de planificar sus vidas y de trabajar.

La gente se siente más segura y respetada por el Estado si puede expresar sus

opiniones.

Para los Estados

A nivel nacional, la libertad de expresión es necesaria para que exista un buen gobierno y

consecuentemente para el progreso económico y social.

La libertad de expresión y la libertad de información contribuyen a la calidad

gubernamental en diversas formas:

Ayudan a asegurar que el Estado sea administrado por gente competente y honesta.

En una democracia, el debate libre acerca y entre los partidos políticos revela sus

fortalezas y debilidades. Esto les permite a los votantes formar sus opiniones acerca

de quien está más capacitado para guiar el país y así votar en consecuencia. El

escrutinio de los medios sobre el gobierno y la oposición ayuda a exponer la

corrupción y otras irregularidades e impide una cultura de deshonestidad.

Promueven la buena gobernanza al permitir que los ciudadanos eleven sus

preocupaciones a las autoridades. Si la gente puede expresar sus opiniones sin miedo,

y se permite a los medios reportar lo que se dice, el gobierno puede tomar

conocimiento de cualquier preocupación y ocuparse de ésta.

Aseguran que las políticas y leyes nuevas sean cuidadosamente consideradas. A

través del debate público, los miembros del público con opiniones útiles sobre un

tema pueden ofrecer al gobierno un “mercado de ideas” de donde elegir. El debate

libre sobre nueva legislación también ayuda a asegurar que la eventual nueva ley

tenga el apoyo de la población, haciendo más probable que sea respetada.

Promueven la implementación de otros derechos humanos. Ayudan a mejorar las

políticas gubernamentales en todas las áreas, incluyendo derechos humanos. También

facilitan que los periodistas y los activistas señalen problemas y abusos de derechos

10

humanos y persuadan al gobierno de tomar medidas19.

En América Latina se identifica un crecimiento de Internet relacionado con la importancia

en la economía y la participación ciudadana. Países como Chile han sido pioneros en la

creación de leyes sobre la neutralidad en la Red, lo que limita el riesgo de discriminación de

contenidos o aplicaciones que transmiten los ciudadanos. En contraste, países como

Venezuela han sido fuertemente criticados por establecer un punto único de acceso a Internet

para impedir que sus ciudadanos tengan acceso a expresiones que ‘fomenten zozobra’ en la

ciudadanía o alteren el orden público. Las reflexiones derivadas de este debate concluyen

que “es imprescindible que los usuarios de Internet gocen de la garantía de libre circulación

de información y comunicación de ideas, sin censura ni discriminación”, al ser un elemento

esencial del estilo de vida democrático y liberal20.

Más allá de los aspectos positivos de la comunicación mediante Internet y las redes sociales

también se presentan cuestionamientos que se relacionan con la difusión de rumores o

información sin fundamento que se replica bajo una presunción de veracidad o por parecer

chistoso, pero carente de reflexión. Otra constante es la integración de comunidades afines

en las que no se discuten ideas que no comparte el grupo, y cuando se presenta el debate

suele polarizarse por la escasa presentación de argumentos, esto se manifiesta con mayor

frecuencia en temas políticos y religiosos21.

Señalamientos más críticos refieren que “las redes son una herramienta que no permite

profundizar el debate, pero que es efectiva a la hora de destruir”, funcionan como “aparatos

o dispositivos más para lesionar la imagen que para convocar o para construir discurso”,

sobre todo aquellas que por limitación de espacio o por la dificultad para la asimilación de

una narrativa compleja favorecen la construcción de discursos cortados que se enfocan más

19 Ibidem. 20 Bertoni, Eduardo Andrés, compilador, Hacia una internet libre de censura: propuestas para América Latina, Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información - Universidad de Palermo, Argentina, 2012. 21 Reliche, Andrés, Las redes sociales: entre el poder, la libertad de expresión, la difamación y la disputa por la opinión pública, Ecuador, 29/03/2016. En http://www.andes.info.ec/es/noticias/redes-sociales-entre-poder-libertad-expresion-difamacion-disputa-opinion-publica.html

11

en las personas que en los argumentos, lo que propicia que las redes sociales se conviertan

en “escenarios de disputa de la opinión pública, […] para construir imaginarios negativos

sobre alguien”. En este contexto es posible refugiarse en las redes sociales para “el ataque y

la difamación, escudados en la supuesta libertad de expresión”, por lo que “las redes sociales

son espacios públicos donde los derechos de las personas se encuentran con alta probabilidad

de ser violados”22, con lo que se vulnera el artículo 13 de la Convención Interamericana de

Derechos Humanos donde señala que el ejercicio de la libertad de expresión no puede estar

sujeto a censura previa sino a responsabilidades ulteriores, las que deben ser expresamente

fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar: a) el respeto a los derechos o la reputación

de los demás, o la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral

públicas.

Posturas más radicales afirman que “la Libertad de expresión (como cualquier otro Derecho

fundamental) no es un derecho absoluto, es decir, se encuentra limitado o encuentra su límite

y barrera en el momento en el que pueda afectar a los derechos individuales de terceros que

también gozan de reconocimiento y protección [constitucional] y otras leyes de nuestro

ordenamiento jurídico”23.

Otra vertiente de los límites a la libertad de expresión se relaciona con la administración de

cuentas o perfiles que representan a alguna institución. El Banco Interamericano de

Desarrollo plantea que “Todos tienen libertad de opinión y deben continuar teniéndola, pero

a partir del momento en que se vincula a una institución, todo lo que se publique puede ser

entendido por los usuarios como un mensaje de la propia institución (aunque no exista nada

oficializado en este sentido). En la práctica, esto ocurre porque los usuarios en las redes

sociales, se convierten, quieran o no, en personas públicas”24.

Caso sobre el uso de Periscope en la actuación del servicio público en la Delegación

Miguel Hidalgo de la Ciudad de México

22 Ibidem. 23 http://www.edlabogados.com/libertad-de-expresion-y-el-derecho-al-honor-en-las-redes-sociales/ 24 Manual de orientación para participar en redes sociales, Banco Interamericano de Desarrollo, EUA, 2013, p. 66.

12

Con el inicio de la administración de la Jefatura Delegacional en Miguel Hidalgo de Xochitl

Gálvez Ruiz en octubre de 2015, su Director de Administración, Arne Aus den Ruthen Haag,

se apoyó en la aplicación Periscope (una red social que trasmite audio y video en tiempo real)

para realizar actividades en vía pública y sustentar las faltas administrativas cometidas por

ciudadanos. A partir de algunos acontecimientos polémicos, se cuestionó el papel de las

autoridades delegacionales para exhibir a las personas que a consideración de los

funcionarios incurrían en una falta flagrante.

Como consecuencia de estos hechos el 26 de febrero de 2016 se concertó una reunión entre

los titulares de la Jefatura Delegacional, Xochitl Gálvez; de la Comisión de Derechos

Humanos del Distrito Federal, Perla Gómez; y del Instituto de Acceso a la Información

Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, Mucio Hernández25. En esta

reunión se consideró el uso de Periscope en su carácter de red social como una herramienta

novedosa que permite la difusión de las acciones de los gobiernos y la interacción ciudadana,

que permite observar y valorar el trabajo de las autoridades. La popularidad que alcanzó el

empleo de esta herramienta y las críticas que la acompañaron propiciaron que se planteara la

posibilidad de limitar este tipo de recursos, lo que podría representar un acto de censura ante

los actos calificados de exhibición de los ciudadanos.

En respuesta a estos señalamientos se planteó la conveniencia de darle sustento legal a la

actuación de las autoridades, buscando alcanzar la máxima transparencia y propiciar nuevos

esquemas de interacción gubernamental con estas tecnologías como las denuncias a través

de redes sociales, que permitan a la ciudadanía saber lo que hacen los funcionarios y reduzca

el riesgo de aplicar la ley de manera discrecional.

La titular de la Comisión de Derechos Humanos enfatizó que no pretenden regular el uso de

las redes sociales, ya que se trata de un derecho de libertad de expresión y una garantía de

una sociedad democrática. Para la institución que representa se trata de un tema de claridad

25 http://cdhdfbeta.cdhdf.org.mx/2016/02/transcripcion-de-la-entrevista-a-perla-gomez-gallardo-presidenta-de-la-cdhdf-al-termino-de-la-reunion-con-la-delegada-en-miguel-hidalgo-xochitl-galvez-y-mucio-hernandez-consejero-presidente-del-in/

13

respecto al trabajo de las autoridades y las personas conozcan los alcances de las autoridades

en el uso de estas tecnologías. Finalmente, refirió la necesidad de una actualización normativa

por parte de la Asamblea Legislativa. Por su parte, el titular del Instituto de Acceso a la

Información Pública indicó que se requiere fortalecer lo que se conoce como un E-Gobierno

o Gobierno Abierto, caracterizados por el empleo de las tecnologías de la información para

incrementar la eficiencia y eficacia de la administración gubernamental y al mismo tiempo

resguardar los derechos de las personas.

En el marco de esta discusión vale la pena reflexionar ¿si la autoridad excede sus límites al

exhibir a los ciudadanos que cometen infracciones en vía pública a través de redes sociales o

si esto representa una intromisión a la vida privada de los individuos?26 La eficacia en el uso

de la vergüenza puede presentar diversas objeciones respecto a quién, cómo y cuándo puede

recurrirse a ella, así como las implicaciones jurídicas y personales que trae consigo la

implementación de este instrumento. La exhibición trae consigo juicios que pueden propiciar

lo que John Stuart Mill llamó la “tiranía de la mayoría”27. La justificación de este tipo de

intervenciones suele atribuirse a el señalamiento de actos de ilegalidad, aunque estos sean

considerados infracciones poco graves. La difusión del acto se sustenta en la violación a la

ley en un espacio público que requiere ser expuesto ante la ausencia de prudencia por parte

de la persona que lo comete, lo que ocasiona un reproche de parte de la colectividad que es

perjudicada. El primer castigo es la exposición pública, el juicio social, la presión y condena

moral, así como la estigmatización de la sociedad. Por estas actitudes que presuponen

superioridad moral sobre los infractores, “los detractores de estos mecanismos argumentan

que este tipo de acciones suelen violar los derechos humanos y constituyen un castigo

demasiado severo, en particular cuando se utilizan redes sociales, pues la exhibición se

potencializa”28.

26 Para revisar a mayor profundidad las reflexiones en esta materia ver: Aguilar Rivera, José Antonio, Periscope

y el uso de la vergüenza, Revista Nexos, México, 1 marzo 2016, en: http://www.nexos.com.mx/?p=27805 27 Stuart Mill, John, Sobre la libertad, Alianza Editorial, España, 2004. 28 Valenzuela, Nuria, Periscope y el #vecinogandalla: costos y beneficios, Revista Nexos, México, 4 de marzo

de 2016, en: http://redaccion.nexos.com.mx/?p=7637

14

IV. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN

Analizar la relevancia de las redes sociales como herramienta para la difusión de ideas y

contenidos democráticos, críticos y de diálogo en la era del empleo masivo de las Tecnologías

de la Comunicación y la Información.

Plantear los límites y alcances de la libertad de expresión y su relación con las redes sociales

que la discusión actual recupera.

Identificar los riesgos que los grupos sociales más vulnerables presentan ante los discursos

de odio que se propagan a través de internet, particularmente en las redes sociales.

15

V. MARCO TEÓRICO Y CONCEPTUAL

En presente trabajo recupera algunas de las reflexiones en torno a la relación entre el uso de

las redes sociales y la libertad de expresión desde la perspectiva de las implicaciones en el

contexto de participación democrática. Particularmente se recogen las posturas que señalan

que la libertad de expresión debe ser tratada como una libertad máxima en su carácter de

derecho humano, en tanto que otros cuestionamientos plantean la necesidad de establecer

límites claros a este derecho por los riesgos que trae consigo la difusión masiva de contenidos

por medio de Internet.

Por tanto, bajo un esquema deductivo se hace una revisión de la posición de organismos

internacionales en materia de defensa y promoción de derechos humanos, se plantean algunas

reflexiones a favor y en contra de la libertad de expresión y se revisa un caso del uso de las

redes sociales por parte de servidores públicos en la Ciudad de México.

Se aborda la relación entre las nuevas tecnologías de la información y la comunicación con

la libertad de expresión desde una perspectiva crítica que reconoce la relevancia del Internet

y su potencial de almacenamiento y difusión de información lo que dificulta la posibilidad

de regularla, por lo que representa riesgos de que se comentan excesos o abusos con otros

derechos y libertades fundamentales.

Al respecto la Corte Europea de Derechos Humanos en el caso Pravoye Delo señala:

“Es cierto que internet es una herramienta de información y de comunicación que se

distingue particularmente de la prensa escrita, principalmente en cuanto a su

capacidad para almacenar y difundir información. Esta red electrónica, que comunica a

millones de usuarios por todo el mundo, no es y posiblemente nunca sea sometida a las

mismas reglas ni al mismo control. Seguramente, la comunicación online y su

contenido corren más riesgo que la prensa de atentar contra el ejercicio y disfrute de los

derechos y libertades fundamentales, en particular el derecho al respeto de la vida

16

privada. Así mismo, la reproducción de material sacados de la prensa escrita y de

material publicado en internet puede ser sometido a un régimen diferente” 29.

Estos planteamientos llevan al debate respecto a los alcances de la libertad de expresión, ya

que mientas por una parte se concibe como un derecho absoluto, ilimitado e imposible de

coartar, otra perspectiva califica como exagerada esta posición y equipara a la libertad de

expresión al resto de los derechos fundamentales, los cuales se encuentran sujetos a

limitaciones legales e institucionales y a una práctica razonable. Por lo que se afirma que “La

existencia de internet no debería modificar los límites sustanciales a la libertad de expresión:

el odium dictum ya era previamente condenable en muchísimas jurisdicciones cuando se

difundían esa clase de expresiones en la prensa escrita, por ejemplo. Los problemas

adicionales que genera internet son tanto la facilidad para opinar, para lanzar dicta a los cuatro

vientos y ser escuchado potencialmente por todo el planeta, como las dificultades prácticas

para combatir legalmente esas dicta cuando consisten en odium dicta sin, a la vez, afectar la

libertad de expresión”30. Por tanto, es importante despojar el discurso de la libertad de

expresión como un derecho absoluto que permita mantener debate en esta materia. “Un

primer paso para resolver los conflictos que afectan a los límites a la libertad de expresión

consiste necesariamente en despojar el discurso de ésta de una primera falacia: el derecho a

la libertad de expresión como derecho absoluto. La defensa de una completa libertad de

expresión, incluso reducida a la versión del discurso político no ha existido nunca en ninguna

sociedad democrática” 31.

La libertad de expresión en las redes sociales con frecuencia se da bajo identidades

desconocidas que se ocultan argumentando mayor libertad en esta circunstancia, una libertad

que corre el riesgo de ser reprimida si se tocan fibras sensibles de grupos con poder o

comunidades que hacer valer el peso de su mayoría convirtiéndola en lo que John Stuart Mill

llama la “tiranía de la mayoría”, este riego parece justificar los discursos y criticas anónimas

29 CEDH, Editorial Board of Pravoye Delo and Shtekel vs. Ukraine. 05/08/2011. Traducción del fragmento

en: Kaufman, Odium dicta. Libertad de expresión y protección de grupos discriminados en internet. 30 Kaufman, Odium dicta. Libertad de expresión y protección de grupos discriminados en internet, p. 133. 31 Ibid, p. 132. La cita hace referencia al documento: Elvira Domínguez Redondo, “Apología del odio”, en

Revista Defensor, México, CDHDF, julio de 2007, año V, núm. 7, p. 22.

17

que se enfrentan a las represalias y la censura de ideas de comunidades intolerantes 32.

Si bien el anonimato es un recurso de puede permitir la comunicación libre y sin censura,

permite la manifestación de opiniones que “en muchos casos expresan las expectativas e

inconformidades de los ciudadanos constituyen momentos de la lucha política misma,

capturados desde la instantaneidad. Sin embargo, también ocultan la falacia de la democracia

virtual, porque en realidad no renuevan la política ni superan las viejas formas de

representación” 33. Las redes sociales han permitido reforzar la comunidad social, pero ello

no significa que se viva una “gran revolución de la convivencia humana como sueñan los

tecnofílicos”, se limita simplemente a “una plataforma de sociabilidad que la web no había

tenido hasta hoy con esta extensión” 34.

Conceptos básicos

Redes sociales. “las redes sociales virtuales constituyen uno de los ámbitos en que se

manifiestan las potencialidades de la interacción y articulación de sujetos en red a través de

una diversidad de actividades y propósitos: desde los contactos sociales espontáneos y

esporádicos, hasta las comunidades académicas y científicas estables, pasando por las

multitudes organizadas e inteligentes que reinventan las formas de organización y

movilización social, las estrategias de difusión de información, la construcción de vínculos

emocionales y la generación de inteligencia colectiva” 35.

Internet. “Red mundial de redes de computadoras, que usan el protocolo de red TCP/IP para

transmitir e intercambiar información. Nacida en 1969 en los EE.UU. a la cual están

conectadas centenares de millones de personas, organismos y empresas en todo el mundo,

mayoritariamente en los países más desarrollados, y cuyo rápido desarrollo está teniendo

32 Stuart Mill, Sobre la Libertad. 33 Islas, Octavio, y Ricaurte, Paola, coordinadores, Investigar las redes sociales. Comunicación total en la

sociedad de la ubicuidad, Razón y Palabra, México, 2013, p. 23. 34 Ibid, p. 35. 35 Gandlgruber, Bruno; y Ricaurte Quijano, Paola, “La naturaleza de las redes sociales virtuales y su impacto

en el desarrollo económico y político”, en: Islas y Ricaurte, Investigar las redes sociales. Comunicación total

en la sociedad de la ubicuidad, p. 50.

18

importantes efectos sociales, económicos y culturales, convirtiéndose de esta manera en uno

de los medios más influyentes de la llamada sociedad de la información y en la autopista de

la información por excelencia. Fue conocida como ARPANET hasta 1974”36.

Libertad de expresión. “la libertad de expresión es un elemento crítico para la democracia,

el desarrollo y el diálogo – sin ella ninguna de estas palabras podría funcionar o prosperar.

La libertad de expresión es un derecho universal que todo el mundo debe gozar. Todos tienen

el derecho a la libertad de opinión y de expresión; éste incluye el derecho a mantener una

opinión sin interferencias y a buscar, recibir y difundir información e ideas a través de

cualquier medio de difusión sin limitación de fronteras, tal como lo establece la Declaración

Universal de los Derechos Humanos” 37.

Derechos Humanos. “Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres

humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o

étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos

derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados,

interdependientes e indivisibles. Los derechos humanos universales están a menudo

contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho

internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho

internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones

que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de

actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y

las libertades fundamentales de los individuos o grupos” 38.

36 Estadísticas sobre Disponibilidad y uso de las Tecnologías de Información y Comunicaciones en los Hogares

2013, INEGI, 2014. 37 http://www.unesco.org/new/es/office-in-montevideo/comunicacion-e-informacion/libertad-de-expresion/. 38 Definición de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas, en:

http://www.ohchr.org/SP/Issues/Pages/WhatareHumanRights.aspx

19

VI. PLANTEAMIENTO DE HIPÓTESIS

Después de la primera década del siglo XXI, el uso masivo de las redes sociales y su

incremento constante como herramienta de información y comunicación ha permitido la

difusión de las ideas más variadas, por lo que se concibe a Internet como uno de los elementos

característicos de la libertad de expresión en las sociedades democráticas, un derecho que

difícilmente puede ser regulado. Sin embargo, deben establecerse límites claros para evitar

el predominio o abuso de discursos que atenten contra los propios principios de los derechos

humanos que pretender garantizar la manifestación de ideas y bloqueen con ello la

posibilidad del diálogo democrático.

20

VII. CONTRASTE DE HIPÓTESIS

El uso masivo de Internet y las redes sociales son una experiencia reciente, pero se han

convertido en herramientas de comunicación muy efectiva, lo que ha propiciado que se les

preste particular atención en el contexto democrático por la capacidad de información y de

organización que acompaña su empleo.

Tan sólo en 2013, de los usuarios de Internet en México el 40% lo utilizaba para consultar

redes sociales. Cada vez la edad de vinculación con se presenta a una edad menor, en

promedio a los 10 años de edad los niños se convierten en internautas39. Respecto al tiempo

que se pasa en Internet, se promedian 6 horas al día, de las cuales se destina el 85% a la

interacción en redes sociales (9 de cada 10 usuarios de internet acceden a alguna red social),

mientras que la búsqueda de información alcanza el 78% y el uso de correo electrónico ocupa

el tercer lugar con un 73%40.

En la tendencia de usuarios de Internet podemos observar que mientras en 2001 había apenas

7.1 millones de usuarios, doce años después el número de internautas alcanzó los 47.4

millones.

39 Estudio sobre los hábitos de los usuarios de internet en México 2014, Asociación Mexicana de Internet

(AMIPCI), México, 2014, consultado en:

https://www.amipci.org.mx/estudios/habitos_de_internet/Estudio_Habitos_del_Internauta_Mexicano_2014_V

_MD.pdf 40 Estudio de Hábitos de los Usuarios de Internet en México 2015, elaborado por la Asociación Mexicana de

Internet (AMIPCI), la Comisión de Agenda Digital y Tecnologías de la Información, la Coordinación de

Estrategia Digital Nacional, Elogia, agencia de eCommerce, Mobile Marketing, SEM, Social Media y SEO

perteneciente a VIKO, consultado en: http://marketing4ecommerce.mx/presentan-estudio-uso-internet-mexico-

2015/

21

Si bien México se encuentra por debajo de la media en América Latina en la posesión en los

hogares de Internet y computadoras, mantiene un crecimiento constante.

22

De los usos que los mexicanos le dan a internet destaca que 1 de cada 3 recurre a la red para

obtener información y apenas una tercera parte de los usuarios emplea internet para

entretenimiento, para apoyar su proceso educativo o de capacitación. Destaca la diferencia

de datos con la AMIPCI que señala que 9 de cada 10 usuarios de internet accesa a una red

social, en tanto que INEGI refiere que una tercera parte de los usuarios emplea internet para

ingresar a redes sociales.

En términos de comunicación política, las nuevas tecnologías no son un medio óptimo para

aproximarse a los intereses de los jóvenes. Cuando se cuestiona sobre el medio de

comunicación que más utilizan para informarse sobre lo que pasa en el país, el internet

alcanza el 11.7% y la televisión el 61.7%41. Sin embargo, si se reformula la pregunta, apenas

el 4.76% de los jóvenes utilizan internet para informarse de los que pasa en política (la

televisión continúa siendo el medio por excelencia para estos temas con 76.1%). Porcentaje

similar se refleja en la información sobre lo que hace el gobierno, 4.29% se entera por

internet42.

41 Encuesta Nacional de Valores en Juventud 2012. 42 Encuesta Nacional sobre Cultura Política y Prácticas Ciudadanas (ENCUP), México, 2012.

23

La relación de la atención que prestan los jóvenes a la comunicación política a través de

medios electrónicos pasa por procesos de construcción de confianza “Internet, las páginas de

facebook, twitter, redes sociales y similares, páginas Web de candidatos despiertan confianza

solo en 24 a 23% de los entrevistados”. El 61.6% de los jóvenes no tiene confianza de la

información que les llega a través del correo electrónico, y apenas el 24.7% confía en este

medio. Cifras parecidas se obtienen de la interacción de páginas web que ellos mismos

consultan, 62.3% no confían el ellas, en tanto que el 23.2% expresan tenerles confianza43.

En contraste, para los adultos es mucho menos popular el uso de Internet “como el correo

electrónico, las páginas Web o las redes sociales. Sólo el 10% considera confiable la

información que recibe por Internet y páginas Web, y apenas 7% aprecia la información

recibida a través de redes sociales, lo que probablemente se debe a que los adultos en

general están muy poco familiarizados con estos medios” 44.

Respecto al uso de redes sociales en América Latina, la Revista Forbes señala que se destinan

8.6 horas diarias en la región y en México se alcanza el 98.2% entre los usuario de Internet,

en tanto que el promedio en América Latina es de 95.8%45. El 80.5% de los internautas revisa

diariamente sus cuentas de redes sociales46.

43 Ibidem. 44 Gómez Tagle, Silvia; Tejera Gaona, Héctor; y Aguilar López, Jesús, Informe de la encuesta “la cultura

política de los jóvenes en México” 2012 para el Instituto Federal Electoral, Colegio de México, México, 2012. 45 México, primer lugar en penetración Social Media, Revista Forbes, 31 de julio de 2014. En:

http://www.forbes.com.mx/mexico-primer-lugar-en-penetracion-social-media/ 46 Las 5 redes sociales favoritas de los mexicanos, Revista Forbes, 23 de noviembre de 2015. En:

http://www.forbes.com.mx/206383-2/

24

Según un informe de ComScore que recupera la Revista Forbes “uno de cada tres usuarios

de redes sociales se encuentra en el rango de los 15 a los 24 años”, pero en términos

generales superan los 30 años en promedio.

En México las redes sociales se conciben como una alternativa de información frente a los

medios tradicionales, son el principal medio de interacción entre los usuarios de internet.

25

Según el estudio publicado por la Revista Forbes los internautas mexicanos ocupan las redes

sociales para los siguientes propósitos47:

Para enterarse de lo que hacen sus amigos y familia: 7.7

Informarse de sucesos políticos o públicos: 7.5

Ver y compartir videos, chistes o meses: 6.7

Compartir denuncias ciudadanas: 6.7

Criticar el trabajo de las autoridades: 6.5

Enterarse de rumores o chismes: 6.3

Respecto a la violencia a través de Internet y redes sociales sectores de la población como

mujeres, niños y jóvenes son particularmente vulnerables a las agresiones. Por ejemplo,

según reportes de la Unión Europea una de cada diez mujeres “declara haber sufrido

ciberacoso desde la edad de los 15 años, lo que incluye haber recibido correos electrónicos o

mensajes SMS no deseados, sexualmente explícitos y ofensivos, o bien intentos inapropiados

y ofensivos en las redes sociales. El mayor riesgo afecta a las mujeres jóvenes de entre 18 y

29 años de edad”48.

La práctica del cyberbullying representa el 12.7 por ciento entre niños y jóvenes brasileños

a través de teléfono móvil en contra de alguien49. En tanto que en México se calcula que el

“40 por ciento de estudiantes de educación básica han sufrido algún tipo de violencia por sus

compañeros, y que del total de casos de bullying, 80 por ciento se aplica en redes sociales y

otras plataformas de las Tecnologías de la Información y la Comunicación”50.

47 Ibidem. La evaluación se basa en una escala del 5 al 10, en donde 5 es nada y 10 es mucho. La nota

metodológica refiere la aplicación de 49,600 entrevistas telefónicas aplicadas por el Gabinete de Comunicación

Estratégica (GCE) en las 32 entidades de la República, los 60 municipios más representativos del país, así como

las 16 delegaciones del Distrito Federal. Este estudio refiere que las redes sociales más usadas en México son:

Facebook con 74.2% de usuarios; WhatsApp 12.4%; Twitter 7.4%; Correo electrónico 3.4%; y Google Plus

1.8%. 48 http://www.unwomen.org/es/what-we-do/ending-violence-against-women/facts-and-figures Ver también:

Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (2014). Violencia de género contra las mujeres:

una encuesta a escala de la UE, p. 104. 49 Investigación de la Fundación Telefónica Vivo, en colaboración con el Foro Generaciones Interactivas,

Ibope y la Escuela del Futuro (USP) publicada en 2012 en:

http://www.ciberbullying.com/cyberbullying/tag/estadisticas/ 50 Periódico La Jornada, miércoles 17 de junio de 2015, en:

http://www.jornada.unam.mx/2015/06/17/sociedad/035n1soc

26

La siguiente gráfica permite identificar el tipo de violencia que se comete a través de Internet,

de las cuales destacan las agresiones verbales, las cuales se presentan como una práctica

habitual.

Comparación de la incidencia en el ciberespacio, según el rol asumido51

Según Christopher Tuckwood, director ejecutivo y co-fundador de Sentinel Project for

Genocide Prevention (Proyecto Centinela para la Prevención del Genocidio) prevalce una

confusión generalizada sobre los alcances de la libertad de expresión que se refleja en los

discursos en Internet. Considera que “si no existieran las redes sociales no habría manera de

acceder a un tipo de discurso de odio que manifiesta cierto sector de la sociedad que

permanece en el anonimato”, señala que “en el proceso del discurso (de odio) se generan

palabras comunes para dirigirse a un grupo específico, son palabras que alientan la agresión.

Después de eso en las mismas redes sociales se sugieren acciones contra ese grupo todavía

más violentas”. A partir de los resultados estadísticos de los primeros siete meses de Hatebase

(que se encarga de recolectar palabras y expresiones de odio en redes sociales), cinco de cada

51 Prieto Quezada, María Teresa; Carrillo Navarro, José Claudio; y Lucio López, Luis Antonio, Violencia virtual y acoso escolar entre estudiantes universitarios: el lado oscuro de las redes sociales, Innovación educativa, vol.15, no.68, México, may./ago. 2015, en: http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1665-26732015000200004

27

diez palabras o frases de odio están vinculadas a la etnicidad, 26% a la nacionalidad, 6.85%

a la religión y el resto a género, orientación sexual, discapacidad y clase.52.

52 http://www.animalpolitico.com/2013/10/redes-sociales-utiles-para-descubrir-el-discurso-de-odio-en-una-

sociedad/

28

VIII. CONCLUSIONES

La Declaración Universal de los Derechos Humanos, establece que la libertad de expresión

es un derecho humano que fundamentalmente pretende garantizar la tranquilidad para que

las personas puedan manifestar sus opiniones sin temor a ser censurados o castigados. Ésta

se plantea como una libertad irrestricta a fronteras o medios de comunicación, que propicia

el desarrollo, el buen gobierno y la democracia. A pesar de los intentos por vulnerar este

derecho mediante la prohibición de acceso, la censura y el bloqueo de sitios o contenidos,

por las características de Internet de globalidad, descentralización, apertura, cobertura,

interacción, independencia y elección por los usuarios, es de difícil su control o limitación.

Internet y las redes sociales juegan un papel fundamental para la promoción de las nuevas

Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs), son una herramienta fundamental

para el diálogo democrático, propiciar propuestas constructivas basadas en la interacción

global y el trabajo colectivo, permiten que la información fluya de manera acelerada y

permite la conexión y desarrollo de ideas.

El uso masivo de las redes sociales y su constante crecimiento han llevado a afirmar que el

Internet debe mantener su condición de invulnerabilidad ante los intentos de regularla o

limitar sus contenidos, bajo el argumento de los intereses que pudieran verse afectados y por

asuntos de poder o influencia se vulneren las expresiones críticas.

Sin embargo, pese a las virtudes adyacentes al uso generalizado de las redes sociales para el

desarrollo democrático, se presentan cuestionamientos que es importante tomar en cuenta

que se relacionan principalmente con la necesidad de establecer límites a la libertad de

expresión. Nuevas formas de relación social se están presentando con el uso de las nuevas

tecnologías y con ello nuevos retos que exigen ser considerados desde una perspectiva crítica

del abuso que puede presentarse en el empleo de las herramientas tecnológicas recientes.

En primera instancia pueden abordarse los retos relacionados incumplimientos de normas

jurídicas, particularmente delitos que dificultan su clasificación, interpretación o

29

identificación geográfica, lo que dificulta definir la autoridad responsable y el marco jurídico

procedente. Acontecimientos como la pornografía o pedofilia serían los casos más

representativos.

Pero también puede hablarse de los riesgos propiciados por la indiferencia o permisividad

ante la normalización de conductas violentas que pueden vulnerar los derechos de otras

personas, como en el caso de la propagación de los discursos de odio que estigmatizan a

grupos vulnerables de la población (mujeres, niños y jóvenes) o sectores minoritarios de la

misma (agrupaciones políticas y religiosas). O las medidas para exponer a los ciudadanos

que cometen faltas que afectan a la comunidad, intentando apelar a la vergüenza como factor

de sanción social.

Los límites a la libertad de expresión no deben plantearse como acciones reactivas contra

manifestaciones de odio, ya que esta perspectiva trae consigo una alta probabilidad de que se

emplee como instrumento de censura. Sin descartar las restricciones jurídicas e

institucionales que deben definirse en cualquier derecho, se requiere establecer medidas

preventivas contra la violencia que se reproducen en Internet y las redes sociales, partiendo

del hecho que esta violencia es el reflejo de la que acontece de manera cotidiana en las

sociedades, aún en asuntos sin relación directa con la tecnología.

30

IX. FUENTES

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Documentos de Trabajo es una investigación de análisis de la Fundación Rafael Preciado Hernández, A. C. a petición del Partido Acción Nacional.

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