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Dip.Omar Bazán Flores HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUA P R E S E N T E.- El suscrito Omar Bazán Flores, Diputado de la LXVI Legislatura del Honorable Congreso del Estado, integrante al grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en uso de las facultades que me confiere el numeral 68 fracción I de la Constitución del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, así como los ordinales 169, 170, 171, 175 y demás relativos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Chihuahua, acudo ante esta Honorable Representación, a presentar Iniciativa de Punto de Acuerdo a efecto de hacer un llamado y exhorto a la Comisión de Feminicidios de este Honorable Congreso del Estado, para que en uso de sus facultades y atribuciones se emita a la Brevedad el dictamen que recae sobre el Asunto 311 que consiste en una Iniciativa con carácter de Decreto a fin de reformar los artículos 126 y 126 BIS del Código Penal del Estado de Chihuahua, en materia de feminicidio; lo anterior de conformidad con la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Durante el primer período ordinario de esta LXVI Legislatura, se presentó por parte de Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional ante este Honorable Congreso del Estado una

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Dip.Omar Bazán Flores

HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO DE CHIHUAHUAP R E S E N T E.-

El suscrito Omar Bazán Flores, Diputado de la LXVI Legislatura del Honorable

Congreso del Estado, integrante al grupo parlamentario del Partido

Revolucionario Institucional, en uso de las facultades que me confiere el numeral

68 fracción I de la Constitución del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, así

como los ordinales 169, 170, 171, 175 y demás relativos de la Ley Orgánica del

Poder Legislativo del Estado de Chihuahua, acudo ante esta Honorable

Representación, a presentar Iniciativa de Punto de Acuerdo a efecto de hacer un llamado y exhorto a la Comisión de Feminicidios de este Honorable Congreso del Estado, para que en uso de sus facultades y atribuciones se emita a la Brevedad el dictamen que recae sobre el Asunto 311 que consiste en una Iniciativa con carácter de Decreto a fin de reformar los artículos 126 y 126 BIS del Código Penal del Estado de Chihuahua, en materia de feminicidio; lo anterior de conformidad con la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Durante el primer período ordinario de esta LXVI Legislatura, se presentó por

parte de Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido

Revolucionario Institucional ante este Honorable Congreso del Estado una

iniciativa con carácter de decreto a fin de reformar los artículos 126 y 126 BIS del Código Penal del Estado de Chihuahua, en materia de feminicidio.

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Dip.Omar Bazán Flores

Dicha iniciativa presentada el día 27 de noviembre de 2018 consiste en el

reconocimiento del delito de Feminicidio en el Código Penal del Estado de

Chihuahua, que hasta ahora lo califica únicamente como “homicidio por razones

de género”.

En el entendido que el Código Penal Federal si tiene tipificado como

FEMINICIDIO el homicidio por razones de género; que las que las circunstancias

de violencia contra la mujer y la cantidad de hechos violentos que pudiesen

calificar como el delito de feminicidio continúan en un aumento que resulta

preocupante, no solo en nuestra entidad sino a nivel nacional.

Resaltando que el Estado de Chihuahua ha sido histórica y desafortunadamente

una entidad que se ha caracterizado por el alto índice de este lamentable delito,

especialmente en la zona fronteriza.

Atendiendo al artículo 171, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo para el

Estado de Chihuahua, que marca los tiempos en que deben de desahogarse los

asuntos turnados a comisión, y que la iniciativa en mención, a la cual se le

asignó el Asunto No. 311 y fué turnada en tiempo y forma a la Comisión de

Justicia y posteriormente a la de Feminicidios, expone de forma clara y concisa

el resto de la fundamentación y argumentación necesarias para su oportuna

discusión.

Por lo anterior es que se hace necesario realizar el presente punto de acuerdo

pues es prioridad para un servidor y la sociedad en general que temas tan

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Dip.Omar Bazán Flores

delicados que implican una mayor certeza de Estado de Derecho, se discutan y

resuelvan a la brevedad.

Por lo que con fundamento en los artículos 57 y 58 de la Constitución Política

del Estado, me permito someter a la consideración de esta Soberanía, el

presente proyecto con carácter de:

ACUERDO:ÚNICO. - La Sexagésima Sexta Legislatura del Honorable Congreso del Estado de

Chihuahua, exhorta a la Comisión de Feminicidios de este Honorable Congreso

del Estado, para que en uso de sus facultades y atribuciones se emita a la

Brevedad el dictamen que recae sobre el Asunto 311 que consiste en una

Iniciativa con carácter de Decreto a fin de reformar los artículos 126 y 126 BIS del

Código Penal del Estado de Chihuahua, en materia de feminicidio.

ECONÓMICO.- Una vez aprobado que sea, túrnese a la Secretaría para que se

elabore la minuta de ley en los términos correspondientes, así como remita copia

del mismo a las autoridades competentes, para los efectos que haya lugar.

Dado en el Palacio Legislativo del Estado de Chihuahua, a los 10 días del mes de

febrero del año dos mil veinte.

ATENTAMENTE

DIPUTADO OMAR BAZÁN FLORESVicepresidente del H. Congreso del Estado