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    Modelo para la Elaboración de un Reglamento Interno de Trabajo

    De acuerdo con los art.104 y siguientes del Código sustanti o del trabajo!est"n obligados a tener un reglamento interno de trabajo todos losempleadores #personas naturales o jur$dicas% &ue ocupen a m"s de cinco #'%trabajadores de car"cter permanente! si la empresa es comercial( o las &ueocupen a m"s de die) #10%! si la empresa es industrial( o las &ue ocupen am"s de *0! si la empresa est" dedicada a acti idades agr$colas! ganaderas o+orestales.

    ,s$ mismo! si la empresa es de econom$a mi-ta #es decir! a&uellas cuyopatrimonio lo componen aportes de capital pri ado y aportes de empresasdel Estado%! la obligación de tener un reglamento de trabajo e-istir" si talempresa #sin importar su acti idad% ocupa a m"s de die) #10% trabajadores

    or consiguiente! a continuación se muestra un modelo de /Reglamentointerno de Trabajo en el &ue se incluyen las cl"usulas m"s comunes con lascuales se cumplan los re&uisitos m$nimos e-igidos para dic os reglamentosseg2n la norma del art.103 del Código ustanti o del Trabajo

    RE56,ME7T8 I7TER78 DE TR,9,:8

    C, ;TEl presente reglamento interno de trabajo prescrito por la empresac ool step en ** Dias del mes de ,bril de la ciudad de 9ogota DC y a sus

    disposiciones &uedan sometidas tanto la empresa como todos sustrabajadores. Este reglamento ace parte de los contratos indi iduales detrabajo! celebrados o &ue se celebren con todos los trabajadores! sal oestipulaciones en contrario! &ue sin embargo sólo pueden ser +a orables altrabajador.

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    C, ;T?uien aspire a desempe@ar un cargo en la empresa c ool tepdebe acer la solicitud por escrito para su registro como aspirante yacompa@ar los siguientes documentosA

    a% CBdula de ciudadan$a o tarjeta de identidad seg2n sea el caso.

    b% ,utori)ación escrita del Ministerio de la rotección ocial o en su de+ecto laprimera autoridad local! a solicitud de los padres y! a +alta de estos! elde+ensor de +amilia! cuando el aspirante sea menor de diecic o #13% a@os.

    c% Certi cado del 2ltimo empleador con &uien aya trabajado en &ue consteel tiempo de ser icio! la $ndole de la labor ejecutada y el salario de engado.

    d% Certi cado de personas onorables sobre su conducta y capacidad y en sucaso del plantel de educación donde ubiere estudiado.

    ,R.>El empleador podr" establecer en el reglamento! adem"s de losdocumentos mencionados! todos a&uellos &ue considere necesarios paraadmitir o no admitir al aspirante sin embargo! tales e-igencias no debenincluir documentos! certi caciones o datos pro ibidos e-presamente por lasnormas jur$dicas para tal e+ecto as$! es pro ibida la e-igencia de la inclusiónen +ormatos o cartas de solicitud de empleo /datos acerca del estado ci il delas personas! n2mero de ijos &ue tenga! la religión &ue pro+esan o el partidopol$tico al cual pertene)ca #6. 1 F*! art. 1=%( lo mismo &ue la e-igencia de laprueba de gra ide) para las mujeres! solo &ue se trate de acti idadescatalogadas como de alto riesgo #art. 4 ! C.7.! arts. 1= y *=! Con enio 7= 111

    de la 8IT! Res. G41 G4 del Mintrabajo%! el e-amen de sida #D.R. ''G G1! art.**%! ni la libreta militar #D. *1'0 G'! art. 111%.

    er$odo de prueba

    ,RT. =>6a empresa una e) admitido el aspirante podr" estipular con Bl unper$odo inicial de prueba &ue tendr" por objeto apreciar por parte de la

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    empresa! las aptitudes del trabajador y por parte de este! las con enienciasde las condiciones de trabajo #C T! art. FH%.

    ,RT. 4=>El per$odo de prueba debe ser estipulado por escrito y en casocontrario los ser icios se entienden regulados por las normas generales delcontrato de trabajo #C T! art. FF! num. 1=%.

    ,RT. '=>El per$odo de prueba no puede e-ceder de dos #*% meses. En loscontratos de trabajo a tBrmino jo! cuya duración sea in+erior a 1 a@o! elper$odo de prueba no podr" ser superior a la &uinta parte del tBrminoinicialmente pactado para el respecti o contrato! sin &ue pueda e-ceder dedos meses.

    Cuando entre un mismo empleador y trabajador se celebren contratos detrabajo sucesi os! no es "lida la estipulación del per$odo de prueba! sal opara el primer contrato #6. '0 G0! art. F=%.

    ,RT. H=>Durante el per$odo de prueba! el contrato puede darse porterminado unilateralmente en cual&uier momento y sin pre io a iso! pero sie-pirado el per$odo de prueba y el trabajador continuare al ser icio del

    empleador! con consentimiento e-preso o t"cito! por ese solo ec o! losser icios prestados por a&uel a este! se considerar"n regulados por lasnormas del contrato de trabajo desde la iniciación de dic o per$odo deprueba. 6os trabajadores en per$odo de prueba go)an de todas lasprestaciones #C T! art. 30%.

    C, ;T on meros trabajadores accidentales o transitorios! los &ue seocupen en labores de corta duración no mayor de un mes y de $ndole distintaa las acti idades normales de la empresa. Estos trabajadores tienen derec o!adem"s del salario! al descanso remunerado en dominicales y +esti os #C T!art. H=%.

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    C, ;T6as oras de entrada y salida de los trabajadores son las &ue acontinuación se e-presan as$A

    D$as laborables. #EjemploA los d$as laborables para el personal administrati oson de lunes a s"bado medio d$a y para el personal operati o de lunes adomingo%.

    Ejemplos

    ersonal administrati o

    6unes a iernes

    Ma@anaA

    3A00 a.m. a 1*A00 m.

    Jora de almuer)oA

    1*A00 m. a 1A00 p.m.

    TardeA

    1A00 p.m. a 'A00 p.m.

    "bado

    Jora de entradaA

    3A00 a.m. a 1*A00 m.

    Jora de almuer)oA

    1*A00 m. a 1A00 p.m

    Jora de salidaA

    1A00 p.m a A00 p.m

    Con per$odos de descanso de die) minutos en cada turno de tales a talesoras.

    ersonal operati oA por turnos rotati os

    rimer turnoA

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    HA00 a.m. a *A00 p.m.

    egundo turnoA

    *A00 p.m. a 10A00 p.m.

    Tercer turnoA10A00 p.m. a HA00 a.m.

    Con per$odos de descanso de die) minutos.

    ,R.> ara las empresas &ue laboran el d$a domingo. or cada domingo o+esti o trabajado se reconocer" un d$a compensatorio remunerado a lasemana siguiente.

    ,R. 1=>Cuando la empresa tenga m"s de cincuenta #'0% trabajadores &uelaboren cuarenta y oc o #43% oras a la semana! estos tendr"n derec o a &uedos #*% oras de dic a jornada! por cuenta del empleador! se dedi&uene-clusi amente a acti idades recreati as! culturales! deporti as o decapacitación #6. '0 G0! art. *1%.

    ,R. *=>:ornada laboral Ke-ible. #6. F3G *00*! art. '1% Modi có el inciso

    primero del literal C%! incluyó el d% art$culo 1H1 del Código ustanti o del Trabajo.

    c% El empleador y el trabajador pueden acordar temporal o inde nidamente laorgani)ación de turnos de trabajo sucesi os! &ue permitan operar a laempresa o secciones de la misma sin solución de continuidad durante todoslos d$as de la semana! siempre y cuando el respecti o turno no e-ceda deseis #H% oras al d$a y treinta y seis # H% a la semana.

    d% El empleador y el trabajador podr"n acordar &ue la jornada semanal decuarenta y oc o #43% oras se realice mediante jornadas diarias Ke-ibles detrabajo! distribuidas en m"-imo seis d$as a la semana con un d$a de descansoobligatorio! &ue podr" coincidir con el domingo. En este! el n2mero de orasde trabajo diario podr" repartirse de manera ariable durante la respecti asemana y podr" ser de m$nimo cuatro #4% oras continuas y asta die) #10%

    oras diarias sin lugar a ning2n recargo por trabajo suplementario! cuando el

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    n2mero de oras de trabajo no e-ceda el promedio de cuarenta y oc o #43%oras semanales dentro de la jornada ordinaria de H a.m. a 10 p.m. #6.

    F3G *00*! art. '1%.

    C, ;TTrabajo ordinario y nocturno. ,rt$culo *' 6ey F3G de *00* &uemodi có el art$culo 1H0 del Código ustanti o del Trabajo &uedar" as$A

    1. Trabajo ordinario es el &ue se reali)a entre las seis oras #HA00 a.m.% y laseintidós oras #10A00 p.m.%.

    *. Trabajo nocturno es el comprendido entre las eintidós oras #10A00 p.m.%.y las seis oras #HA00 a.m.%.

    ,RT. 10.>Trabajo suplementario o de oras e-tras es el &ue se e-cede de la jornada ordinaria y en todo caso el &ue e-cede la m"-ima legal #C T! art.

    1'G%.

    ,RT. 11.>El trabajo suplementario o de oras e-tras! a e-cepción de loscasos se@alados en el art$culo 1H del Código ustanti o del Trabajo! sólopodr" e+ectuarse en dos #*% oras diarias y mediante autori)ación e-presadel Ministerio de la rotección ocial o de una autoridad delegada por este#D. 1 HF! art. 1=%.

    ,RT. 1*.>Tasas y li&uidación de recargos.1. El trabajo nocturno! por el solo ec o de ser nocturno se remunera con unrecargo del treinta y cinco por ciento # 'L% sobre el alor del trabajoordinario diurno! con e-cepción del caso de la jornada de treinta y seis # H%

    oras semanales pre ista en el art$culo *0 literal c% de la 6ey '0 de 1GG0.

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    *. El trabajo e-tra diurno se remunera con un recargo del einticinco porciento #*'L% sobre el alor del trabajo ordinario diurno.

    . El trabajo e-tra nocturno se remunera con un recargo del setenta y cincopor ciento #F'L% sobre el alor del trabajo ordinario diurno.

    4. Cada uno de los recargos antedic os se produce de manera e-clusi a! esdecir! sin acumularlo con alguno otro #6. '0 G0! art. *4%.

    ,R.>6a empresa podr" implantar turnos especiales de trabajo nocturno! deacuerdo con lo pre isto por el Decreto * '* de 1GH'.

    ,RT. 1 .>6a empresa no reconocer" trabajo suplementario o de oras e-trassino cuando e-presamente lo autorice a sus trabajadores de acuerdo con loestablecido para tal e+ecto en el art$culo 11 de este reglamento.

    ,R. 1=>En ning2n caso las oras e-tras de trabajo! diurnas o nocturnas!podr"n e-ceder de dos #*% oras diarias y doce #1*% semanales.

    ,R. *=>Descanso en d$a s"bado. ueden repartirse las cuarenta y oc o #43%oras semanales de trabajo ampliando la jornada ordinaria asta por dosoras! por acuerdo entre las partes! pero con el n e-clusi o de permitir a los

    trabajadores el descanso durante todo el s"bado. Esta ampliación noconstituye trabajo suplementario o de oras e-tras.

    C, ;T er"n de descanso obligatorio remunerado! los domingos y d$as deesta &ue sean reconocidos como tales en nuestra legislación laboral.

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    1. Todo trabajador! tiene derec o al descanso remunerado en los siguientesd$as de esta de car"cter ci il o religiosoA 1= de enero! H de enero! 1G demar)o! 1= de mayo! *G de junio! *0 de julio! F de agosto! 1' de agosto! 1* deoctubre! 1= de no iembre! 11 de no iembre! 3 y *' de diciembre! adem"s delos d$as jue es y iernes santos! ,scensión del e@or! Corpus C risti y

    agrado Cora)ón de :es2s.

    *. ero el descanso remunerado del seis de enero! diecinue e de mar)o!eintinue e de junio! &uince de agosto! doce de octubre! primero de

    no iembre! once de no iembre! ,scensión del e@or! Corpus C risti yagrado Cora)ón de :es2s! cuando no caigan en d$a lunes se trasladar"n al

    lunes siguiente a dic o d$a. Cuando las mencionadas +esti idades caigan endomingo! el descanso remunerado! igualmente se trasladar" al lunes.

    . 6as prestaciones y derec os &ue para el trabajador originen el trabajo enlos d$as +esti os! se reconocer" en relación al d$a de descanso remuneradoestablecido en el inciso anterior #6. '1! art. 1=! dic. ** 3 %.

    ,R. 1=>Cuando la jornada de trabajo con enida por las partes! en d$as uoras! no impli&ue la prestación de ser icios en todos los d$as laborables de

    la semana! el trabajador tendr" derec o a la remuneración del descansodominical en proporción al tiempo laborado #6. '0 G0! art. *H! num. '=%.

    ,R. *=>6abores agropecuarias. 6os trabajadores de empresas agr$colas!+orestales y ganaderas &ue ejecuten acti idades no susceptibles deinterrupción! deben trabajar los domingos y d$as de esta remuner"ndose sutrabajo en la +orma pre ista en el art$culo *' de la 6ey F3G de *00* y conderec o al descanso compensatorio #6. '0 G0! art. *3%.

    ,R. =>Trabajo dominical y +esti o. #6. F3G *00*! art. *H% modi có art$culo1FG del Código ustanti o del Trabajo.

    1. El trabajo en domingo y +esti os se remunerar" con un recargo del setentay cinco por ciento #F'L% sobre el salario ordinario en proporción a las oraslaboradas.

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    *. i con el domingo coincide otro d$a de descanso remunerado sólo tendr"derec o el trabajador! si trabaja! al recargo establecido en el numeralanterior.

    . e e-cept2a el caso de la jornada de treinta y seis # H% oras semanalespre istas en el art$culo *0 literal c% de la 6ey '0 de 1GG0 #6. F3G *00*! art.*H%.

    ,R. .1.>El trabajador podr" con enir con el empleador su d$a de descansoobligatorio el d$a s"bado o domingo! &ue ser" reconocido en todos susaspectos como descanso dominical obligatorio institucionali)ado.

    InterprBtese la e-presión dominical contenida en el rBgimen laboral en estesentido e-clusi amente para el e+ecto del descanso obligatorio.

    6as disposiciones contenidas en los art$culos *' y *H de la 6ey F3G del *00*se apla)ar"n en su aplicación +rente a los contratos celebrados antes de la

    igencia de la presente ley asta el 1= de abril del a@o *00 .

    , iso sobre trabajo dominical. Cuando se tratare de trabajos abituales opermanentes en domingo! el empleador debe jar en lugar p2blico delestablecimiento! con anticipación de 1* oras lo menos! la relación delpersonal de trabajadores &ue por ra)ones del ser icio no pueden disponer eldescanso dominical. En esta relación se incluir"n tambiBn el d$a y las orasde descanso compensatorio #C T! art. 13'%.

    ,RT. 1'.>El descanso en los d$as domingos y los dem"s d$as e-presados enel art$culo *1 de este reglamento! tiene una duración m$nima de *4 oras!sal o la e-cepción consagrada en el literal c% del art$culo *0 de la 6ey '0 de1GG0 #6. '0 G0! art. *'%.

    ,RT. 1H.>Cuando por moti o de esta no determinada en la 6ey '1 del ** dediciembre de 1G3 ! la empresa suspendiere el trabajo! est" obligada a

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    pagarlo como si se ubiere reali)ado. 7o est" obligada a pagarlo cuandoubiere mediado con enio e-preso para la suspensión o compensación o

    estu iere pre ista en el reglamento! pacto! con ención colecti a o +alloarbitral. Este trabajo compensatorio se remunerar" sin &ue se entienda comotrabajo suplementario o de oras e-tras #C T! art. 1F3%.

    acaciones remuneradas

    ,RT. 1F.>6os trabajadores &ue ubieren prestado sus ser icios durante un#1% a@o tienen derec o a &uince #1'% d$as "biles consecuti os de acacionesremuneradas #C T! art. 13H! num. 1=%.

    ,RT. 13.>6a Bpoca de acaciones debe ser se@alada por la empresa a m"s

    tardar dentro del a@o subsiguiente y ellas deben ser concedidaso ciosamente o a petición del trabajador! sin perjudicar el ser icio y lae+ecti idad del descanso.

    El empleador tiene &ue dar a conocer al trabajador con 1' d$as deanticipación la +ec a en &ue le conceder"n las acaciones #C T! art. 13F%.

    ,RT. 1G.> i se presenta interrupción justi cada en el dis+rute de lasacaciones! el trabajador no pierde el derec o a reanudarlas #C T! art. 133%.

    ,RT. *0.> e pro $be compensar las acaciones en dinero! pero el Ministeriode Trabajo y eguridad ocial puede autori)ar &ue se pague en dinero astala mitad de ellas en casos especiales de perjuicio para la econom$a nacional ola industria( cuando el contrato termina sin &ue el trabajador ubieredis+rutado de acaciones! la compensación de estas en dinero proceder" porun a@o cumplido de ser icios y proporcionalmente por +racción de a@o. Entodo caso para la compensación de acaciones! se tendr" como base el2ltimo salario de engado por el trabajador #C T! art. 13G%.

    ,RT. *1.>En todo caso! el trabajador go)ar" anualmente! por lo menos deseis #H% d$as "biles continuos de acaciones! los &ue no son acumulables.

    6as partes pueden con enir en acumular los d$as restantes de acaciones

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    asta por * a@os.

    6a acumulación puede ser asta por 4 a@os! cuando se trate de trabajadorestBcnicos! especiali)ados! y de con an)a #C T! art. 1G0%.

    ,RT. **.>Durante el per$odo de acaciones el trabajador recibir" el salarioordinario &ue estB de engando el d$a &ue comience a dis+rutar de ellas. Enconsecuencia! sólo se e-cluir"n para la li&uidación de las acaciones el alordel trabajo en d$as de descanso obligatorio y el alor del trabajosuplementario o de oras e-tras. Cuando el salario sea ariable! las

    acaciones se li&uidar"n con el promedio de lo de engado por el trabajadoren el a@o inmediatamente anterior a la +ec a en &ue se concedan.

    ,RT. * .>Todo empleador lle ar" un registro de acaciones en el &ue seanotar" la +ec a de ingreso de cada trabajador! +ec a en &ue toma sus

    acaciones! en &ue las termina y la remuneración de las mismas #D. 1 HF!art. '=%.

    ,R.>En los contratos a tBrmino jo in+erior a un #1% a@o! los trabajadorestendr"n derec o al pago de acaciones en proporción al tiempo laborado

    cual&uiera &ue este sea #6. '0 G0! art. =! par.%.

    ermisos

    ,RT. *4.>6a empresa conceder" a sus trabajadores los permisos necesariospara el ejercicio del derec o al su+ragio y para el desempe@o de cargoso ciales transitorios de +or)osa aceptación! en caso de gra e calamidaddomBstica debidamente comprobada! para concurrir en su caso al ser iciomBdico correspondiente! para desempe@ar comisiones sindicales in erentesa la organi)ación y para asistir al entierro de sus compa@eros! siempre &uea isen con la debida oportunidad a la empresa y a sus representantes y &ueen los dos 2ltimos casos! el n2mero de los &ue se ausenten no sea tal! &ueperjudi&uen el +uncionamiento del establecimiento. 6a concesión de lospermisos antes dic os estar" sujeta a las siguientes condicionesA

    En caso de gra e calamidad domBstica! la oportunidad del a iso puede ser

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    anterior o posterior al ec o &ue lo constituye o al tiempo de ocurrir este!seg2n lo permitan las circunstancias.

    En caso de entierro de compa@eros de trabajo! el a iso puede ser asta conun d$a de anticipación y el permiso se conceder" asta el 10L de lostrabajadores.

    En los dem"s casos #su+ragio! desempe@o de cargos transitorios de +or)osaaceptación y concurrencia al ser icio mBdico correspondiente% el a iso se

    ar" con la anticipación &ue las circunstancias lo permitan. al o con enciónen contrario y a e-cepción del caso de concurrencia al ser icio mBdicocorrespondiente! el tiempo empleado en estos permisos puede descontarseal trabajador o compensarse con tiempo igual de trabajo e+ecti o en orasdistintas a su jornada ordinaria! a opción de la empresa #C T! art. 'F! num.H=%.

    C, ;T

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    especie( y! en general! las &ue se incluyan en dic a estipulación! e-cepto lasacaciones.

    En ning2n caso el salario integral podr" ser in+erior al monto de 10 salariosm$nimos legales mensuales! m"s el +actor prestacional correspondiente a laempresa &ue no podr" ser in+erior al treinta por ciento # 0L% de dic acuant$a.

    . Este salario no estar" e-ento de las coti)aciones a la seguridad social! nide los aportes al E7,! IC9 ! y cajas de compensación +amiliar! pero la basepara e+ectuar los aportes para scales es el setenta por ciento #F0L%.

    4. El trabajador &ue desee acogerse a esta estipulación! recibir" la li&uidaciónde niti a de su au-ilio de cesant$a y dem"s prestaciones sociales causadas

    asta esa +ec a! sin &ue por ello se entienda terminado su contrato detrabajo #6. '0 G0! art. 13%.

    ,RT. *H.> e denomina jornal el salario estipulado por d$as y sueldo! elestipulado con per$odos mayores #C T! art. 1 %.

    ,RT. *F.> al o con enio por escrito! el pago de los salarios se e+ectuar" enel lugar en donde el trabajador presta sus ser icios durante el trabajo! oinmediatamente despuBs del cese #C T! art. 1 3! num. 1=%.

    er$odos de pagoA

    EjemploA &uincenales mensuales #uno de los dos o los dos%.

    ,RT. *3.>El salario se pagar" al trabajador directamente o a la persona &ueBl autorice por escrito as$A

    1. El salario en dinero debe pagarse por per$odos iguales y encidos. Elper$odo de pago para los jornales no puede ser mayores de una semana! ypara sueldos no mayor de un mes.

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    *. El pago del trabajo suplementario o de oras e-tras y el recargo portrabajo nocturno debe e+ectuarse junto con el salario ordinario del per$odo en&ue se an causado o a m"s tardar con el salario del per$odo siguiente #C T!

    art. 1 4%.

    C, ;TEs obligación del empleador elar por la salud! seguridad e igienede los trabajadores a su cargo. Igualmente! es su obligación garanti)ar losrecursos necesarios para implementar y ejecutar acti idades permanentes enmedicina pre enti a y del trabajo! y en igiene y seguridad industrial! decon+ormidad al programa de salud ocupacional! y con el objeto de elar por laprotección integral del trabajador.

    ,RT. 0.>6os ser icios mBdicos &ue re&uieran los trabajadores se prestar"npor el Instituto de eguros ociales o E ! ,R ! a tra Bs de la I a la cual se

    encuentren asignados. En caso de no a liación estar" a cargo del empleadorsin perjuicio de las acciones legales pertinentes.

    ,RT. 1.>Todo trabajador dentro del mismo d$a en &ue se sienta en+ermodeber" comunicarlo al empleador! su representante o a &uien aga sus ecesel cual ar" lo conducente para &ue sea e-aminado por el mBdicocorrespondiente a n de &ue certi &ue si puede continuar o no en el trabajo yen su caso determine la incapacidad y el tratamiento a &ue el trabajadordebe someterse. i este no diere a iso dentro del tBrmino indicado o no sesometiere al e-amen mBdico &ue se aya ordenado! su inasistencia al trabajose tendr" como injusti cada para los e+ectos a &ue aya lugar! a menos &uedemuestre &ue estu o en absoluta imposibilidad para dar el a iso ysometerse al e-amen en la oportunidad debida.

    ,RT. *.>6os trabajadores deben someterse a las instrucciones y tratamiento&ue ordena el mBdico &ue los aya e-aminado! as$ como a los e-"menes y

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    tratamientos pre enti os &ue para todos o algunos de ellos ordena laempresa en determinados casos. El trabajador &ue sin justa causa se negarea someterse a los e-"menes! instrucciones o tratamientos antes indicados!perder" el derec o a la prestación en dinero por la incapacidad &uesobre enga a consecuencia de esa negati a.

    ,RT. .>6os trabajadores deber"n someterse a todas las medidas deigiene y seguridad &ue prescriban las autoridades del ramo en general! y en

    particular a las &ue ordene la empresa para pre ención de las en+ermedadesy de los riesgos en el manejo de las m"&uinas y dem"s elementos de trabajoespecialmente para e itar los accidentes de trabajo.

    ,R.>El gra e incumplimiento por parte del trabajador de las instrucciones!reglamentos y determinaciones de pre ención de riesgos! adoptados en+orma general o espec$ ca! y &ue se encuentren dentro del programa desalud ocupacional de la respecti a empresa! &ue la ayan comunicado porescrito! +acultan al empleador para la terminación del $nculo o relaciónlaboral por justa causa! tanto para los trabajadores pri ados como losser idores p2blicos! pre ia autori)ación del Ministerio de la rotección ocial!respetando el derec o de de+ensa #D. 1*G' G4! art. G1%.

    ,RT. 4.>En caso de accidente de trabajo! el je+e de la respecti adependencia! o su representante! ordenar" inmediatamente la prestación delos primeros au-ilios! la remisión al mBdico y tomar" todas las medidas &uese consideren necesarias y su cientes para reducir al m$nimo! lasconsecuencias del accidente! denunciando el mismo en los tBrminosestablecidos en el Decreto 1*G' de 1GG4 ante la E y la ,R .

    ,RT. '.>En caso de accidente no mortal! aun el m"s le e o de aparienciainsigni cante! el trabajador lo comunicar" inmediatamente al empleador! asu representante o a &uien aga sus eces! para &ue se pro ea la asistenciamBdica y tratamiento oportuno seg2n las disposiciones legales igentes!indicar"! las consecuencias del accidente y la +ec a en &ue cese laincapacidad.

    ,RT. H.>Todas las empresas y las entidades administradoras de riesgospro+esionales deber"n lle ar estad$sticas de los accidentes de trabajo y de las

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    en+ermedades pro+esionales para lo cual deber"n en cada caso determinar lagra edad y la +recuencia de los accidentes de trabajo o de las en+ermedadespro+esionales de con+ormidad con el reglamento &ue se e-pida.

    Todo accidente de trabajo o en+ermedad pro+esional &ue ocurra en unaempresa o acti idad económica! deber" ser in+ormado por el empleador a laentidad administradora de riesgos pro+esionales y a la entidad promotora desalud! en +orma simult"nea! dentro de los dos d$as "biles siguientes deocurrido el accidente o diagnosticada la en+ermedad.

    ,RT. F.>En todo caso! en lo re+erente a los puntos de &ue trata estecap$tulo! tanto la empresa como los trabajadores! se someter"n a las normasde riesgos pro+esionales del Código ustanti o del Trabajo! a la Resolución101H de 1G3G e-pedida por el Ministerio de Trabajo y eguridad ocial y lasdem"s &ue con tal n se estable)can. De la misma manera ambas partesest"n obligadas a sujetarse al DecretoN6ey 1*G' de 1GG4! y la 6ey FFH del 1Fde diciembre de *00*! del sistema general de riesgos pro+esionales! decon+ormidad con los tBrminos estipulados en los preceptos legalespertinentes y dem"s normas concordantes y reglamentarias antesmencionadas.

    C, ;T6os trabajadores tienen como deberes los siguientesA

    a% Respeto y subordinación a los superiores.

    b% Respeto a sus compa@eros de trabajo.

    c% rocurar completa armon$a con sus superiores y compa@eros de trabajo enlas relaciones personales y en la ejecución de labores.

    d% 5uardar buena conducta en todo sentido y obrar con esp$ritu de lealcolaboración en el orden moral y disciplina general de la empresa.

    e% Ejecutar los trabajos &ue le con+$en con onrade)! buena oluntad y de lamejor manera posible.

    +% Jacer las obser aciones! reclamos y solicitudes a &ue aya lugar porconducto del respecti o superior y de manera +undada! comedida y

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    respetuosa.

    g% Recibir y aceptar las órdenes! instrucciones y correcciones relacionadascon el trabajo! con su erdadera intención &ue es en todo caso la deencaminar y per+eccionar los es+uer)os en pro ec o propio y de la empresa

    en general.% 8bser ar rigurosamente las medidas y precauciones &ue le indi&ue su

    respecti o je+e para el manejo de las m"&uinas o instrumentos de trabajo.

    i% ermanecer durante la jornada de trabajo en el sitio o lugar en donde debedesempe@ar las labores siendo pro ibido sal o orden superior! pasar alpuesto de trabajo de otros compa@eros.

    C, ;TDe los cargos mencionados! tienen +acultades para imponer sancionesdisciplinarias a los trabajadores de la empresaA EjemploA el gerente y eldirector de talento umano.

    C, ;T?ueda pro ibido emplear a los menores de diecioc o #13% a@os y alas mujeres en trabajo de pintura industrial! &ue entra@en el empleo de lacerusa! del sul+ato de plomo o de cual&uier otro producto &ue contenga

    dic os pigmentos. 6as mujeres sin distinción de edad y los menores dediecioc o #13% a@os no pueden ser empleados en trabajos subterr"neos delas minas ni en general trabajar en labores peligrosas! insalubres o &uere&uieran grandes es+uer)os #C T! art. *4*! ords. *= y =%.

    ,RT. 41.>6os menores no podr"n ser empleados en los trabajos &ue acontinuación se enumeran! por cuanto suponen e-posición se era a riesgos

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    para su salud o integridad +$sicaA

    1. Trabajos &ue tengan &ue er con sustancias tó-icas o noci as para lasalud.

    *. Trabajos a temperaturas anormales o en ambientes contaminados o coninsu ciente entilación.

    . Trabajos subterr"neos de miner$a de toda $ndole y en los &ue conKuyenagentes noci os! tales como contaminantes! dese&uilibrios tBrmicos!de ciencia de o-$geno a consecuencia de la o-idación o la gasi cación.

    4. Trabajos donde el menor de edad est" e-puesto a ruidos &ue sobrepasenoc enta #30% decibeles.

    '. Trabajos donde se tenga &ue manipular con sustancias radiacti as!pinturas luminiscentes! rayos O! o &ue impli&uen e-posición a radiaciones

    ultra ioletas! in+rarrojas y emisiones de radio+recuencia.H. Todo tipo de labores &ue impli&uen e-posición a corrientes elBctricas dealto oltaje.

    F. Trabajos submarinos.

    3. Trabajo en basurero o en cual&uier otro tipo de acti idades donde segeneren agentes biológicos patógenos.

    G. ,cti idades &ue impli&uen el manejo de sustancias e-plosi as! inKamableso c"usticas.

    10. Trabajos en pa@oleros o +ogoneros! en los bu&ues de transporte mar$timo.

    11. Trabajos en pintura industrial &ue entra@en el empleo de la cerusa! delsul+ato de plomo o de cual&uier otro producto &ue contenga dic oselementos.

    1*. Trabajos en m"&uinas esmeriladoras! a lado de erramientas! en muelasabrasi as de alta elocidad y en ocupaciones similares.

    1 . Trabajos en altos ornos! orno de +undición de metales! +"brica de acero!

    talleres de laminación! trabajos de +orja! y en prensa pesada de metales.14. Trabajos y operaciones &ue in olucren la manipulación de cargaspesadas.

    1'. Trabajos relacionados con cambios de correas de transmisión! aceite!engrasado y otros trabajos pró-imos a transmisiones pesadas o de alta

    elocidad.

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    1H. Trabajos en ci)alladoras! cortadoras! laminadoras! tornos! +resadoras!tro&ueladoras! otras m"&uinas particularmente peligrosas.

    1F. Trabajos de idrio y al+arer$a! trituración y me)clado de materia prima!trabajo de ornos! pulido y esmerilado en seco de idrier$a! operaciones de

    limpie)a por c orro de arena! trabajo en locales de idriado y grabado!trabajos en la industria cer"mica.

    13. Trabajo de soldadura de gas y arco! corte con o-$geno en tan&ues olugares con nados! en andamios o en molduras precalentadas.

    1G. Trabajos en +"bricas de ladrillos! tubos y similares! moldeado de ladrillos amano! trabajo en las prensas y ornos de ladrillos.

    *0. Trabajo en a&uellas operaciones y o procesos en donde se presenten altastemperaturas y umedad.

    *1. Trabajo en la industria metal2rgica de ierro y dem"s metales! en lasoperaciones y o procesos donde se desprenden apores o pol os tó-icos y enplantas de cemento.

    **. ,cti idades agr$colas o agroindustriales &ue impli&uen alto riesgo para lasalud.

    * . 6as dem"s &ue se@alen en +orma espec$ ca los reglamentos del Ministeriode la rotección ocial.

    ,R.>6os trabajadores menores de 13 a@os y mayores de catorce 14! &uecursen estudios tBcnicos en el er icio 7acional de ,prendi)aje o en uninstituto tBcnico especiali)ado reconocido por el Ministerio de Educación7acional o en una institución del sistema nacional de bienestar +amiliarautori)ada para el e+ecto por el Ministerio de la rotección ocial! o &ueobtenga el certi cado de aptitud pro+esional e-pedido por el er icio7acional de ,prendi)aje / E7, ! podr"n ser empleados en a&uellasoperaciones! ocupaciones o procedimientos se@alados en este art$culo! &ue a

    juicio del Ministerio de Trabajo y eguridad ocial! pueden ser desempe@adossin gra e riesgo para la salud o la integridad +$sica del menor mediante un

    adecuado entrenamiento y la aplicación de medidas de seguridad &uegaranticen plenamente la pre ención de los riesgos anotados. ?uedanpro ibidos a los trabajadores menores de 13 a@os todo trabajo &ue a+ecte sumoralidad. En especial le est" pro ibido el trabajo en casas de lenocinio ydem"s lugares de di ersión donde se consuman bebidas alco ólicas. De igualmodo se pro $be su contratación para la reproducción de escenaspornogr" cas! muertes iolentas! apolog$a del delito u otros semejantes #D.*F F 3G! arts. *4' y *4H%.

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    ?ueda pro ibido el trabajo nocturno para los trabajadores menores! noobstante los mayores de diecisBis #1H% a@os y menores de diecioc o #13%a@os podr"n ser autori)ados para trabajar asta las oc o #3% de la noc e

    siempre &ue no se a+ecte su asistencia regular en un centro docente! niimpli&ue perjuicio para su salud +$sica o moral #D. *F F 3G! art. *4 % .

    C, ;T on obligaciones especiales del empleadorA

    1. oner a disposición de los trabajadores! sal o estipulaciones en contrario!los instrumentos adecuados y las materias primas necesarias para lareali)ación de las labores.

    *. rocurar a los trabajadores locales apropiados y elementos adecuados deprotección contra accidentes y en+ermedades pro+esionales en +orma &ue segaranticen ra)onablemente la seguridad y la salud.

    . restar de inmediato los primeros au-ilios en caso de accidentes oen+ermedad. ara este e+ecto! el establecimiento mantendr" lo necesarioseg2n reglamentación de las autoridades sanitarias.

    4. agar la remuneración pactada en las condiciones! per$odos y lugarescon enidos.

    '. 5uardar absoluto respeto a la dignidad personal del trabajador y suscreencias y sentimientos.

    H. Conceder al trabajador las licencias necesarias para los nes y en lostBrminos indicados en el art$culo *4 de este reglamento.

    F. Dar al trabajador &ue lo solicite! a la e-piración del contrato! una

    certi cación en &ue conste el tiempo de ser icio! $ndole de la labor y salariode engado! e igualmente si el trabajador lo solicita! acerle practicar e-amensanitario y darle certi cación sobre el particular! si al ingreso o durante lapermanencia en el trabajo ubiere sido sometido a e-amen mBdico. econsiderar" &ue el trabajador por su culpa elude! di culta o dilata el e-amen!cuando transcurridos ' d$as a partir de su retiro no se presenta donde elmBdico respecti o para las pr"cticas del e-amen! a pesar de aber recibido laorden correspondiente.

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    la empresa! lo &ue no obsta para denunciar delitos comunes o iolaciones delcontrato o de las normas legales de trabajo ante las autoridadescompetentes.

    . Conser ar y restituir en buen estado! sal o deterioro natural! los

    instrumentos y 2tiles &ue les ayan +acilitado y las materias primassobrantes.

    4. 5uardar rigurosamente la moral en las relaciones con sus superiores ycompa@eros.

    '. Comunicar oportunamente a la empresa las obser aciones &ue estimenconducentes a e itarle da@o y perjuicios.

    H. restar la colaboración posible en caso de siniestro o riesgo inminentes&ue a+ecten o amenacen las personas o las cosas de la empresa.

    F. 8bser ar las medidas pre enti as igiBnicas prescritas por el mBdico de laempresa o por las autoridades del ramo y obser ar con suma diligencia ycuidados las instrucciones y órdenes pre enti as de accidentes o deen+ermedades pro+esionales.

    3. Registrar en las o cinas de la empresa su domicilio y dirección y dar a isooportuno de cual&uier cambio &ue ocurra #C T! art. '3%.

    ,RT. 44.> e pro $be a la empresaA

    1. Deducir! retener o compensar suma alguna del monto de los salarios yprestaciones en dinero &ue corresponda a los trabajadores sin autori)aciónpre ia escrita de estos! para cada caso y sin mandamiento judicial! cone-cepción de los siguientesA

    a% Respecto de salarios pueden acerse deducciones! retenciones ocompensaciones en los casos autori)ados por los art$culos 11 ! 1'0! 1'1! 1'*y 400 del Código ustanti o de Trabajo.

    b% 6as cooperati as pueden ordenar retenciones asta del cincuenta porciento #'0L% de salarios y prestaciones! para cubrir sus crBditos! en la +ormay en los casos en &ue la ley los autorice.

    c% El 9anco opular! de acuerdo con lo dispuesto por la 6ey *4 de 1G'*!puede igualmente ordenar retenciones asta de un cincuenta por ciento#'0L% de salario y prestaciones! para cubrir sus crBditos en la +orma y en loscasos en &ue la ley lo autori)a! y d% En cuanto a la cesant$a y las pensionesde jubilación! la empresa puede retener el alor respecti o en los casos delart$culo *'0 del Código ustanti o de Trabajo.

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    *. 8bligar en cual&uier +orma a los trabajadores a comprar mercanc$as o$ eres en almacenes &ue estable)ca la empresa.

    . E-igir o aceptar dinero del trabajador como grati cación para &ue seadmita en el trabajo o por moti o cual&uiera &ue se re era a las condicionesde este.

    4. 6imitar o presionar en cual&uier +orma a los trabajadores el ejercicio de suderec o de asociación.

    '. Imponer a los trabajadores obligaciones de car"cter religioso o pol$tico o

    di cultarles o impedirles el ejercicio del derec o al su+ragio.H. Jacer o autori)ar propaganda pol$tica en los sitios de trabajo.

    F. Jacer o permitir todo gBnero de ri+as! colectas o suscripciones en losmismos sitios.

    3. Emplear en las certi caciones de &ue trata el ordinal F= del art$culo 'F delCódigo ustanti o del Trabajo signos con encionales &ue tiendan a perjudicara los interesados o adoptar el sistema de /lista negra ! cual&uiera &ue sea lamodalidad &ue se utilice para &ue no se ocupe en otras empresas a lostrabajadores &ue se separen o sean separados del ser icio.

    G. Cerrar intempesti amente la empresa. i lo iciera adem"s de incurrir ensanciones legales deber" pagar a los trabajadores los salarios! prestaciones!o indemni)aciones por el lapso &ue dure cerrada la empresa. ,s$ mismocuando se compruebe &ue el empleador en +orma ilegal a retenido odisminuido colecti amente los salarios a los trabajadores! la cesación deacti idades de estos! ser" imputable a a&uBl y les dar" derec o a reclamarlos salarios correspondientes al tiempo de suspensión de labores.

    10. Despedir sin justa causa comprobada a los trabajadores &ue les ubierenpresentado pliego de peticiones desde la +ec a de presentación del pliego ydurante los tBrminos legales de las etapas establecidas para el arreglo delconKicto.

    11. Ejecutar o autori)ar cual&uier acto &ue ulnere o restrinja los derec os delos trabajadores o &ue o+enda su dignidad #C T! art. 'G%.

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    ,RT. 4'.> e pro $be a los trabajadoresA

    1. ustraer de la +"brica! taller o establecimiento los 2tiles de trabajo! lasmaterias primas o productos elaborados sin permiso de la empresa.

    *. resentarse al trabajo en estado de embriague) o bajo la inKuencia denarcótico o de drogas ener antes.

    . Conser ar armas de cual&uier clase en el sitio de trabajo a e-cepción delas &ue con autori)ación legal puedan lle ar los celadores.

    4. altar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso de laempresa! e-cepto en los casos de uelga! en los cuales deben abandonar ellugar de trabajo.

    '. Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del trabajo! suspenderlabores! promo er suspensiones intempesti as del trabajo e incitar a su

    declaración o mantenimiento! sea &ue se participe o no en ellas.H. Jacer colectas! ri+as o suscripciones o cual&uier otra clase de propagandaen los lugares de trabajo.

    F. Coartar la libertad para trabajar o no trabajar o para a liarse o no a unsindicato o permanecer en Bl o retirarse.

    3. e establecen las siguientes clases de +altas le es! y sus sancionesdisciplinarias! as$A

    a% El retardo asta de &uince #1'% minutos en la ora de entrada sin e-cusasu ciente! cuando no cause perjuicio de consideración a la empresa! implica

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    por primera e)! multa de la dBcima parte del salario de un d$a( por lasegunda e)! multa de la &uinta parte del salario de un d$a( por tercera e)suspensión en el trabajo en la ma@ana o en la tarde seg2n el turno en &ueocurra! y por cuarta e) suspensión en el trabajo por tres d$as.

    b% 6a +alta en el trabajo en la ma@ana! en la tarde o en el turnocorrespondiente! sin e-cusa su ciente cuando no causa perjuicio deconsideración a la empresa! implica por primera e) suspensión en el trabajo

    asta por tres d$as y por segunda e) suspensión en el trabajo asta por oc od$as.

    c% 6a +alta total al trabajo durante el d$a sin e-cusa su ciente! cuando nocause perjuicio de consideración a la empresa! implica! por primera e)!suspensión en el trabajo asta por oc o d$as y por segunda e)! suspensiónen el trabajo asta por dos meses.

    d% 6a iolación le e por parte del trabajador de las obligaciones contractualeso reglamentarias implica por primera e)! suspensión en el trabajo asta poroc o d$as y por segunda e) suspensión en el trabajo asta por * meses.

    6a imposición de multas no impide &ue la empresa prescinda del pago delsalario correspondiente al tiempo dejado de trabajar. El alor de las multas seconsignar" en cuenta especial para dedicarse e-clusi amente a premios oregalos para los trabajadores del establecimiento &ue m"s puntual ye cientemente! cumplan sus obligaciones.

    ,RT. 43.>Constituyen +altas gra esA

    a% El retardo asta de 1' minutos en la ora de entrada al trabajo sin e-cusasu ciente! por &uinta e).

    b% 6a +alta total del trabajador en la ma@ana o en el turno correspondiente!sin e-cusa su ciente! por tercera e).

    c% 6a +alta total del trabajador a sus labores durante el d$a sin e-cusasu ciente! por tercera e).

    d% iolación gra e por parte del trabajador de las obligaciones contractualeso reglamentarias.

    rocedimientos para comprobación de +altas y +ormas de aplicación de lassanciones disciplinarias

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    ,RT. 4G.>,ntes de aplicarse una sanción disciplinaria! el empleador deber"o$r al trabajador inculpado directamente y si este es sindicali)ado deber"estar asistido por dos representantes de la organi)ación sindical a &uepertene)ca. En todo caso se dejar" constancia escrita de los ec os y de ladecisión de la empresa de imponer o no! la sanción de niti a #C T! art. 11'%.

    ,RT. '0.>7o producir" e+ecto alguno la sanción disciplinaria impuesta coniolación del tr"mite se@alado en el anterior art$culo #C T! art. 11'%.

    C, ;T e deja claramente establecido &ue para e+ectos de los reclamos a&ue se re eren los art$culos anteriores! el trabajador o trabajadores puedenasesorarse del sindicato respecti o.

    ,R.>En la empresa c ool tep no e-isten prestaciones adicionales a laslegalmente obligatorias.

    C, ;T

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    C, ;T7o producir"n ning2n e+ecto las cl"usulas del reglamento &uedesmejoren las condiciones del trabajador en relación con lo establecido enlas leyes! contratos indi iduales! pactos! con enciones colecti as o +allosarbitrales los cuales sustituyen las disposiciones del reglamento en cuanto+ueren m"s +a orables al trabajador #C T! art. 10G%.

    C, ;T

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    y el buen ambiente en la empresa y proteja la intimidad! la onra! la saludmental y la libertad de las personas en el trabajo.

    ,RT. '3.>En desarrollo del propósito a &ue se re ere el art$culo anterior! laempresa a pre isto los siguientes mecanismos #a t$tulo de ejemplo%A

    1. In+ormación a los trabajadores sobre la 6ey 1010 de *00H! &ue incluyacampa@as de di ulgación pre enti a! con ersatorios y capacitaciones sobreel contenido de dic a ley! particularmente en relación con las conductas &ueconstituyen acoso laboral! las &ue no! las circunstancias agra antes! lasconductas atenuantes y el tratamiento sancionatorio.

    *. Espacios para el di"logo! c$rculos de participación o grupos de similarnaturale)a para la e aluación periódica de ida laboral! con el n depromo er co erencia operati a y armon$a +uncional &ue +aciliten y +omentenel buen trato al interior de la empresa.

    . Dise@o y aplicación de acti idades con la participación de los trabajadores!a n deA

    a% Establecer! mediante la construcción conjunta! alores y "bitos &uepromue an ida laboral con i ente(

    b% ormular las recomendaciones constructi as a &ue ubiere lugar enrelación con situaciones empresariales &ue pudieren a+ectar el cumplimientode tales alores y "bitos y

    c% E-aminar conductas espec$ cas &ue pudieren con gurar acoso laboral uotros ostigamientos en la empresa! &ue a+ecten la dignidad de las personas!se@alando las recomendaciones correspondientes.

    4. 6as dem"s acti idades &ue en cual&uier tiempo estableciere la empresapara desarrollar el propósito pre isto en el art$culo anterior.

    ,RT. 'G.> ara los e+ectos relacionados con la b2s&ueda de solución de lasconductas de acoso laboral! se establece el siguiente procedimiento internocon el cual se pretende desarrollar las caracter$sticas de con dencialidad!e+ecti idad y naturale)a conciliatoria se@aladas por la ley para esteprocedimiento #a t$tulo de ejemplo%A

    1. 6a empresa tendr" un comitB #u órgano de similar tenor%! integrado en+orma bipartita! por un representante de los trabajadores y un representantedel empleador o su delegado. Este comitB se denominar" PcomitB decon i encia laboralP.

    *. El comitB de con i encia laboral reali)ar" las siguientes acti idadesA

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    a% E aluar en cual&uier tiempo la ida laboral de la empresa en relación conel buen ambiente y la armon$a en las relaciones de trabajo! +ormulando a las"reas responsables o in olucradas! las sugerencias y consideraciones &ueestimare necesarias.

    b% romo er el desarrollo e+ecti o de los mecanismos de pre ención a &ue sere eren los art$culos anteriores.

    c% E-aminar de manera con dencial! cuando a ello ubiere lugar! los casosespec$ cos o puntuales en los &ue se planteen situaciones &ue pudierentipi car conductas o circunstancias de acoso laboral.

    d% ormular las recomendaciones &ue se estimaren pertinentes parareconstruir! reno ar y mantener ida laboral con i ente en las situacionespresentadas! manteniendo el principio de la con dencialidad en los casos &ueas$ lo ameritaren.

    e% Jacer las sugerencias &ue considerare necesarias para la reali)ación ydesarrollo de los mecanismos de pre ención! con Bn+asis en a&uellasacti idades &ue promue an de manera m"s e+ecti a la eliminación desituaciones de acoso laboral! especialmente a&uellas &ue tu ieren mayorocurrencia al interior de la ida laboral de la empresa.

    +% ,tender las conminaciones pre enti as &ue +ormularen los inspectores detrabajo en desarrollo de lo pre isto en el numeral *= del art$culo G= de la 6ey1010 de *00H y disponer las medidas &ue se estimaren pertinentes.

    g% 6as dem"s acti idades in erentes o cone-as con las +unciones anteriores.

    . Este comitB se reunir" por lo menos mensualmente! designar" de su senoun coordinador ante &uien podr"n presentarse las solicitudes de e aluaciónde situaciones e entualmente con gurantes de acoso laboral con destino alan"lisis &ue debe acer el comitB! as$ como las sugerencias &ue a tra Bs delcomitB reali)aren los miembros de la comunidad empresarial para elmejoramiento de la ida laboral.

    4. Recibidas las solicitudes para e aluar posibles situaciones de acosolaboral! el comitB en la sesión respecti a las e-aminar"! escuc ando! si a ello

    ubiere lugar! a las personas in olucradas( construir" con tales personas larecuperación de tejido con i ente! si +uere necesario( +ormular" lasrecomendaciones &ue estime indispensables y! en casos especiales!promo er" entre los in olucrados compromisos de con i encia.

    '. i como resultado de la actuación del comitB! este considerare prudenteadoptar medidas disciplinarias! dar" traslado de las recomendaciones ysugerencias a los +uncionarios o trabajadores competentes de la empresa!para &ue adelanten los procedimientos &ue correspondan de acuerdo con lo

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