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    AO DE LA DIVERSIFICACIN PRODUCTIVA Y DEL

    FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIN

    FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES FINANCIERA YADMINISTRATIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE

    ADMINISTRACION

    "INCIDENCIAS DEL DERECHO LABORAL EN UNA

    ORGANIZACIN EMPRESARIAL"

    DOCENTE: MANUEL ANDRES ZAVALETA VARGAS

    CURSO: DERECHO LABORAL

    CICLO: III B

    AUTOR: FIESTAS ESPINOZA CLAUDIA

    CHIMBOTE 201

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    INTRODUCCIN

    Es el conjunto de reglas jurdicas que gobierna el trabajo humano. Conjunto denormas jurdicas que se aplican al trabajo como hecho social.Recuento de la elaboracin del trabajo:La actividad protegida por el derecho trabajo es el trabajo del hombre, aunque notodo el trabajo humano.l se limita,sustancialmente al trabajo subordinado.ocoimporta la naturale!a de este, el cual puede consistir en un acto e"terior o en unasimple abstencin.la ejecucin del trabajo es una obligacin que,al propio tiempo,es un derecho deltrabajador, este se obliga,en virtud del contrato,a prestar un servicio determinadoa cambio de una retribucin ,durante la jornada legal o convenida. ero trabajo esel medio por el cual el hombre puede cumplir su #in en la sociedad.$n incidente laboral es un acontecimiento no deseado o provocado durante eldesempe%o normal de las actividades laborales que se realicen normalmente &que podra desembocar en un da%o #sico, una lesin, una en#ermedadocupacional, aunque no llega a serlo.or esta situacin es que a los incidenteslaborales se los suele denominar cuasi accidentes o accidentes blancos, porqueno llegan a producir una concreta lesin o en#ermedad en el trabajador como ssucede en el caso de los accidentes laborales, para ponerlo en t'rminos m(sclaros, en el incidente laboral se combinaron todas las circunstancias para que elacontecimiento termine en accidente pero ello #inalmente no ocurre.)ada la gravedad que puede ostentar un accidente laboral & tambi'n paraevitarque un incidente se trans#orme en un accidente es que las mismas empresas, losorganismos gubernamentales & otros organismos especiali!ados en el tema, sevienen dedicando especialmente en los *ltimos a%os al desarrollo de medidase#ectivas de prevencin, que inclu&en capacitacin & mejoras en las condicioneslaborales para erradicar de este tipo de acontecimiento.

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    OBJETIVOS:

    OBJETIVO GENERAL

    Establecer & organi!ar todas las circunstancias, #enmenos & situaciones que sepuedan dar en una empresa

    OBJETIVOS ESPECIFICOS

    resentar los conceptos & generalidades de las incidencias Laborales+nali!ar la clasi#icacin & los tipos de incidencias Laborales.

    DESCRIPCIN DEL PROBLEMA

    En qu' medida las incidencias del derecho laboral di#icultad al trabajador &bene#ician en una organi!acin empresarial-

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    "INCIDENCIAS DEL DERECHO LABORAL EN UNAORGANIZACIN EMPRESARIAL"

    Definicin e incienci! !#$%!

    $n incidente es aquello que sucede en el curso de un asunto & que tiene la#uer!a, por las implicancias que conlleva, de cambiar por completo su

    curso.

    ientras tanto, en el (mbito laboral, un incidente laboral es un acontecimiento no

    deseado o provocado durante el desempe%o normal de las actividades laboralesque se realicen normalmente & que podra desembocar en un da%o #sico, unalesin, una en#ermedad ocupacional, aunque no llega a serlo.or esta situacines que a los incidentes laborales se los suele denominar cuasi accidentes oaccidentes blancos,porque no llegan a producir una concreta lesin o en#ermedaden el trabajador como s sucede en el caso de los accidentes laborales, paraponerlo en t'rminos m(s claros, en el incidente laboral se combinaron todas lascircunstancias para que el acontecimiento termine en accidente pero ello#inalmente no ocurre.

    or su lado,el accidente laboral es un suceso que altera el normal #uncionamientode la empresa & provoca lesiones concretas a los trabajadores. El mismo puedeser el resultado de un error humano,por ejemplo, el trabajador transportaba ensus manos varias cajas con vidrios & no vio un escaln en el camino & se tropie!acon 'l, ca&'ndosele el contenido de las cajas por completo en sus piernas, lo quele ocasiona cortes varios en las mismas. / en su de#ecto puede tratarse de unerror mec(nico, o sea,alguna de#iciencia estructural o de #uncionamiento en unam(quina que ocasiona el accidente de alg*n empelado.0e suelta el sujetador deuna cortina met(lica & la misma cae sobre un trabajador ocasion(ndolecortes varios.

    )ada la gravedad que puede ostentar un accidente laboral & tambi'n para evitarque un incidente se trans#orme en un accidente es que las mismas empresas, losorganismos gubernamentales & otros organismos especiali!ados en el tema, sevienen dedicando especialmente en los *ltimos a%os al desarrollo de medidase#ectivas de prevencin, que inclu&en capacitacin & mejoras en las condicioneslaborales para erradicar de plano este tipo de acontecimiento.

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    INCIDENCIAS RELATIVAS AL CONTRATO DETRABAJO

    El contrato es un negocio jurdico bilateral, por lo tanto est( estructurado por:

    $na #orma: que es la #igura e"terior que caracteri!a al contrato de trabajo.

    $n contenido: que signi#ica la tipicidad interior, pues la voluntad humana sera unsimple #enmeno psquico sin relevancia para el derecho,si no tuviera contenidode declaraciones & mani#estaciones.

    Contenido del contrato de trabajo

    1. lugar & #echa de su celebracin2. nombres de las partes

    3. tipo de trabajo

    4. lugar de la prestacin del servicio

    5. la retribucin

    6. la jornada

    7. los das de descanso

    Elementos del contrato

    1.esenciales

    1.1. Consentimiento: es el acuerdo de voluntades entre patrn &trabajador.

    1.2 objeto material del contrato: es el trabajo mismo, es decir, el despliegue deenergas en la reali!acin de una obra o servicio.el trabajo se prestar( con ciertascondiciones, tales son:

    8 +jenidad, el trabajo debe reali!arse por cuentaajena.

    8 9doneidad,el trabajo debe ser posible & reali!able.

    8 Licitud,debe estar dentro de la le&,&

    8 determinado,se debe precisar el lmite de lo e"igible en el trabajo a reali!ar.

    1.3 la causa del contrato: est( constituida por el trabajo & el salario que por 'lse paga,por lo que e"isten dos causas:

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    El inter's del patrn en obtener la reali!acin de un trabajo que le encarga aun obrero.

    El inter's del trabajador de obtener un salario a cambio de la reali!acin desu trabajo.

    2.naturales2.1. restacin de un servicio: en el cual se observan ciertoscondicionamientos:

    8 rabajo personal, debe reali!arlo la persona que loconvino.

    8 ;oluntario,libremente convenido.

    8 0ubordinacin, debe reali!arse bajo la dependencia de quien locontrat.

    8 )iligencia, deber( ser ejecutado con cuidado en tiempo & lugarconvenidos.

    8 /bediencia, el trabajador debe sujetarse al reglamento d laempresa.

    8

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    &'() incienci!* +%e,i*i$n!e*,!#$%!e* e ine-ni.!/$%i!* /iene e

    e*+i$ +$% 0(#i!cin1

    =uestro sistema legal parte de dos premisas, una cierta & otro ilusoria ,respectode la vigencia & e"tincin del contrato de trabajo.

    odo contrato nace de la e"teriori!acin del consentimiento de las partes & see"tiende por tiempo indeterminado.En teora,se debera e"tinguir con laobtencin por parte del trabajador dependiente de la jubilacin ordinaria.Enestos t'rminos, la antig>edad no genera ning*n derecho,&a que se e"tingue el

    vnculo sin ninguna responsabilidad indemni!atoria.En e#ecto,el artculo 252 de la Le& de Contrato de rabajo ?LC@ as lo prev' .Con ello,ha& que partir de la premisa de que la intimacin seguida de laobtencin del bene#icio jubilatorio e"tingue el vnculo.

    +s se ha resuelto en #orma pac#ica por parte de la jurisprudencia que: ALaobtencin de un bene#icio previsional supone inevitablemente a e"tincincoet(nea

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    de todo vnculo laboral que hubiera estado vigente & acaso servido de base almomento del otorgamiento de la prestacin jubilatoria & si bien el trabajador & elempleador pueden decidir restablecer la prestacin del dependiente a partir delda siguiente en que se produjo la e"tincin,ello no implica que la autonomaprivada de la que disponen pueda prolongar la vigencia de un contrato que las

    normas de orden p*blico consideran e"tinguidoA.

    La circunstancia de que no se ha&a acreditado la e"istencia de una intimacinemanada del empleador con anterioridad al bene#icio jubilatorio,no obsta lacon#iguracin de la causal e"tintiva que prev' el segundo p(rra#o del artculo252 de la LC,a*n cuando no hubiera transcurrido el pla!o de un a%o que prev'el primer p(rra#o.

    0i bien el trabajador hi!o re#erencia a que padeca una en#ermedad terminal &relacion temporalmente dicha a#eccin & la #echa de una intervencin quir*rgica

    con el despido dispuesto por el empleador, no ha demostrado que la demandadaha&a incurrido en un acto de discriminacin.

    )ado que e"isten elementos que permiten ponderar que la e"tincin de la relacinlaboral entre las partes con posterioridad a la jubilacin del trabajador, si biencareci de causa aparente,tuvo relacin con la omisin del trabajador decomunicar que haba obtenido el bene#icio jubilatorio,por ello no surgenelementos indiciarios que conduciran a encuadrar el supuesto en el marco de undespido discriminatorio ?del voto en disidencia parcial de la doctora Bon!(le!@.

    En materia de despidos en los que se alegan motivos discriminatorios, nocorresponde e"igir al trabajador plena prueba del motivo discriminatorio,bastando con indicios su#icientes en tal sentido & una ve! con#igurado el cuadroindiciario, recae sobre el empleador la carga de acreditar que su actuacin tienecausas reales absolutamente e"tra%as a la invocada vulneracin de derechos#undamentales ?del voto en disidencia parcial de la doctora Bon!(le!@.?C(mara=acional de +pelaciones del rabajo, sala 99,13072D11,Aartes: endo!a,ulioRaul c. +luar +luminio +rgentino 0.+.sdespidoA,E"clusivo )erecho del rabajo/nlineF +R$R4027G2D11@.

    En cualquier caso,no es un acto discriminatorio en s mismo el de e"igir al

    trabajador que re*ne las condiciones para acceder a su retiro, que realice eltr(mite poniendo en disponibilidad & haciendo entrega de las certi#icaciones& documentacin pertinente.

    + su ve!,el plenario ACouto de CapaA se sostuvo que: AEs aplicable lo dispuestopor el art.253 *ltimo p(rra#o LC al caso de un trabajador que sigue prestandoservicios sin interrupcin a las rdenes del mismo empleador, luego del goce del

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    bene#icio de la jubilacinF ?C(mara =acional de +pelaciones del rabajo, en pleno,D506200G,ACouto de Capa,9rene arta c.+reva 0.+.sle& 14.546A,L+ LEH1606200G,1606200G,11 I ) 240620DG,1754 I L+ LEH 2506200G ,7@.

    En rigor, la Le& de Contrato de rabajo nace de un acto constitutivo de naturale!a

    normativa e individual, & se e"tingue en #orma natural por la jubilacin ordinaria deldependiente,& por ende,no est( prevista en la norma ninguna indemni!acin,en#uncin de que el empleador intime al mismo a que obtenga el bene#icio & leponga a su disposicin la documentacin requerida para que inicie el tr(mite.

    En rigor, desde la #echa de entrega de dicha documentacin se cuenta el pla!o deun a%o aniversario dentro del cual se debe obtener el bene#icio.

    INCIDENCIAS EN EL DESPIDO

    Las alcuotas surgen de la interpretacin que hace la doctrina laboralista de lasle&es de indemni!acin por despido. El artculo 4 de la Le & 1D.4J G establececomo base econmica de c(lculo, el importe de la Aremuneracin totalcorrespondiente a un mes de trabajoA. Esta remuneracin -dice la doctrina-alcan!a a todos los haberes de naturale!a salarial generados por el trabajadordurante un mes, cualquiera sea la #orma de liquidarse & pagarse. or lo tanto ,estaremuneracin total estara con#ormada por el sueldo base vigente a la #echa deldespido m(s todos los elementos marginales de la retribucin que genera elempleado durante un mes de trabajo. Ka& elementos marginales que se generanpor todos los trabajadores,como el aguinaldo,el salario vacacional & la licencia,&

    otros que no tienen tal generalidad, como las horas e"tras, la prima por antig>edad& los vi(ticos. Esta interpretacin es corroborada por la Le& 13.555,en el art. 3que regula la indemni!acin por despido para los trabajadores a domicilio, &establece: ALa indemni!acin se calcular( de modo que el obrero por cada a%o detrabajo reciba una doceava parte del monto total de los salarios percibidos duranteel a%o anterior a su despido...+ tales e#ectos en el cmputo total de lo ganadodurante el a%o, o perodo,por el trabajador se incluir(n los bene#icios recibidospor concepto de otras disposiciones legales en vigorA. +dem(s, el art. 13 de la L e &14.1 J J habla de mensualidades en lugar de sueldo o jornal.

    )esde el punto de vista jurisprudencial, a partir del primer semestre de 1G7J,

    tienen lugar los primeros #allos que se pronuncian a#irmativamente en #ormaespec#ica sobre el tema del cmputo de algunos rubros salariales en el c(lculo dela indemni!acin por despido.

    http://www.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=10489&Anchor=http://www.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=10489&Anchor=http://www.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=10489&Anchor=http://www.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=14188&Anchor=http://www.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=14188&Anchor=http://www.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=14188&Anchor=http://www.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=14188&Anchor=http://www.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=14188&Anchor=http://www.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=14188&Anchor=http://www.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTextoLey.asp?Ley=10489&Anchor=
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    BibliografaMorel, S. A. (1994). Derecho Laboral. Monografias.com S.A.h t t ! "" # # # .e$ m e% .n e t"r e &" t$ r ' % e s " 0 "errr .h t mM*S +*/, . (2003). EL BIENESTAR LABORAL Y SU INCIDENCIA . ahabana! +5li6 7arela. h t t ! "" # # # .m o n o g raf ias.c o m "tra b a8o s 1 0 " % erla " % erla .s h t m l

    h tt! ""### .m t ss.g $ b .$ ' "#e b " mtss" a li c$ ot a s- o -in c i% en c ias -e n -e l -% e si%o

    http://www.eumed.net/rev/turydes/08/errr.htmhttp://www.eumed.net/rev/turydes/08/errr.htmhttp://www.monografias.com/trabajos10/derla/derla.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/derla/derla.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/derla/derla.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/derla/derla.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/derla/derla.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/derla/derla.shtmlhttp://www.mtss.gub.uy/web/mtss/alicuotas-o-incidencias-en-el-despidohttp://www.mtss.gub.uy/web/mtss/alicuotas-o-incidencias-en-el-despidohttp://www.eumed.net/rev/turydes/08/errr.htmhttp://www.monografias.com/trabajos10/derla/derla.shtmlhttp://www.mtss.gub.uy/web/mtss/alicuotas-o-incidencias-en-el-despido
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