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- 1 - Ingeniero Fernando Martínez Gutiérrez Director de Desarrollo Agropecuario. P r e s e n t e.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 139 fracción IV, de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, 12 fracción IV y 19 del Reglamento de la Contraloría Interna Municipal y con relación a la Auditoría No. CIM/448/2013, practicada a la Dirección de Desarrollo Agropecuario, Unidad Administrativa integrante de la Administración Pública Municipal, rindo el presente: D I C T A M E N I. ANTECEDENTES: Atento a lo dispuesto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, El Control Interno, Evaluación de la gestión municipal y desarrollo administrativo tendrá como finalidad el contribuir al adecuado desarrollo de la administración municipal, que estará a cargo de la Contraloría Municipal. En cumplimiento a los artículos 139 fracciones II, IV, XIV, XV y XXI de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato y 8 fracciones II y VIII, así como 12 Fracciones III, IV, IX y XI del Reglamento de la Contraloría Interna Municipal de Salamanca, Guanajuato, este órgano de control procedió a la práctica de la Auditoria a la Dirección de Desarrollo Agropecuario respecto al año 2013. Con fecha 17 de Diciembre de 2013 se notificó al Titular de la unidad auditada, Ing. Fernando Martínez Gutiérrez, el inició de Auditoria a la Dirección de Desarrollo Agropecuario, mediante oficio comisión No. CIM/448/2013, emitido por el Contralor Municipal en los términos establecidos por las disposiciones legales vigentes, así mismo se hace constar en acta el Inicio de Auditoria celebrada el día 18 de Diciembre de 2013, por los servidores públicos adscritos al Órgano de Control y a la dependencia Auditada. Dentro del proceso de Auditoria, con fecha 20 de Octubre de 2014 se notificaron las observaciones y recomendaciones determinadas en la misma, al C. Ing. Fernando Martínez Gutiérrez, en su carácter de Director de Desarrollo Agropecuario, concediéndole conforme a lo dispuesto por el artículo 20, del Reglamento de la Contraloría Interna Municipal de Salamanca, Guanajuato, vigente a la fecha de la presente, un plazo de 10 días hábiles, para atender, aclarar y/o solventar las observaciones determinadas en la Auditoría.

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Ingeniero Fernando Martínez Gutiérrez Director de Desarrollo Agropecuario. P r e s e n t e.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 139 fracción IV, de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, 12 fracción IV y 19 del Reglamento de la Contraloría Interna Municipal y con relación a la Auditoría No. CIM/448/2013, practicada a la Dirección de Desarrollo Agropecuario, Unidad Administrativa integrante de la Administración Pública Municipal, rindo el presente:

D I C T A M E N

I. ANTECEDENTES:

Atento a lo dispuesto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, El Control Interno, Evaluación de la gestión municipal y desarrollo administrativo tendrá como finalidad el contribuir al adecuado desarrollo de la administración municipal, que estará a cargo de la Contraloría Municipal.

En cumplimiento a los artículos 139 fracciones II, IV, XIV, XV y XXI de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato y 8 fracciones II y VIII, así como 12 Fracciones III, IV, IX y XI del Reglamento de la Contraloría Interna Municipal de Salamanca, Guanajuato, este órgano de control procedió a la práctica de la Auditoria a la Dirección de Desarrollo Agropecuario respecto al año 2013.

Con fecha 17 de Diciembre de 2013 se notificó al Titular de la unidad auditada, Ing. Fernando Martínez Gutiérrez, el inició de Auditoria a la Dirección de Desarrollo Agropecuario, mediante oficio comisión No. CIM/448/2013, emitido por el Contralor Municipal en los términos establecidos por las disposiciones legales vigentes, así mismo se hace constar en acta el Inicio de Auditoria celebrada el día 18 de Diciembre de 2013, por los servidores públicos adscritos al Órgano de Control y a la dependencia Auditada.

Dentro del proceso de Auditoria, con fecha 20 de Octubre de 2014 se notificaron las

observaciones y recomendaciones determinadas en la misma, al C. Ing. Fernando Martínez Gutiérrez, en su carácter de Director de Desarrollo Agropecuario, concediéndole conforme a lo dispuesto por el artículo 20, del Reglamento de la Contraloría Interna Municipal de Salamanca, Guanajuato, vigente a la fecha de la presente, un plazo de 10 días hábiles, para atender, aclarar y/o solventar las observaciones determinadas en la Auditoría.

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Con fecha 12 de Noviembre de 2014, se recibió el oficio número DGDSyH/1106/2014 por parte del C. Ing. Fernando Martínez Gutiérrez, Director de Desarrollo Agropecuario, donde notificó las respuestas a las observaciones y recomendaciones emitidas por este Órgano de Control, mismas que fueron valoradas y forman parte del presente Dictamen.

II. OBJETIVOS Y ALCANCES:

Los objetivos y alcances de la Auditoría practicada a la Dirección de de Desarrollo Agropecuario, consisten en:

1- Objetivo de la Auditoría: Vigilar que en el cumplimiento de sus funciones, objetivos y

metas se apeguen a las disposiciones legales aplicables, de vigilar la correcta aplicación del gasto público, la eficiencia, la eficacia y la transparencia de los recursos humanos y patrimoniales, con el propósito de promover el adecuado desarrollo administrativo y legal de la Dirección.

2- Alcance de la Auditoría: Los trabajos desarrollados durante la auditoria se ejecutaron

al amparo y cumplimiento de la orden de auditoría CIM/448/2013, mismos que consistieron en realizar visitas a la unidad administrativa, para verificar los procesos administrativos que en ella se realizan, revisar el registro, catalogo e inventario de bienes muebles y en su caso necesario, promover las medidas para prevenir y corregir las deficiencias detectadas, las cuales deberán ser atendidas por el titular de la misma, todo lo anterior, con el propósito de promover el adecuado desarrollo administrativo de la Dirección de Desarrollo Agropecuario.

III. COMPETENCIA Y FUNDAMENTO LEGAL:

La Auditoría practicada a la Dirección de Desarrollo Agropecuario, fue realizada conforme a las leyes y Reglamentos vigentes de conformidad con lo siguiente:

a) Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato: Artículo 131. El control interno, evaluación de la gestión municipal y desarrollo administrativo, tendrá como finalidad el contribuir al adecuado desarrollo de la administración municipal, que estará a cargo de la Contraloría Municipal, cuyo titular será nombrado por el Ayuntamiento a propuesta en terna formulada por el Presidente Municipal.

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Artículo 139. Son Atribuciones del Contralor Municipal: II. Proponer y aplicar normas y criterios en materia de control y evaluación, que deban observar las dependencias y entidades de la administración pública municipal a efecto de prevenir el uso indebido del patrimonio municipal y la distracción de los fines públicos del municipio. IV. Realizar un programa de visitas y auditorias periódicas a las dependencias y entidades de la administración pública municipal, participando aleatoriamente en los procesos administrativos de la misma desde su inicio hasta su conclusión, y en su caso, promover las medidas para prevenir y corregir las deficiencias detectadas, las cuales deberán ser atendidas por los titulares del área respectiva. XIV. Vigilar el desarrollo administrativo de las dependencias y entidades de la administración municipal, a fin de que en el ejercicio de sus funciones apliquen con eficiencia los recursos humanos y patrimoniales. XV. Vigilar que el desempeño de las funciones de los servidores públicos municipales, se realicen conforme a la Ley. XXI. Emitir las recomendaciones que promuevan el desarrollo administrativo del municipio, mismas que deberán ser atendidas en tiempo y forma por los Servidores Públicos a los cuales vayan dirigidas.

b) Reglamento de la Contraloría Interna Municipal de Salamanca, Guanajuato: Artículo 8. Además de las señaladas en el artículo 139, de la Ley Orgánica Municipal para el estado de Guanajuato, y otras leyes y reglamentos, son facultades del Contralor Municipal las siguientes: II. Supervisar la práctica de visitas y auditorías a las dependencias y entidades paramunicipales, de conformidad con su programa anual de trabajo y con las revisiones ordenadas por el H. Ayuntamiento. VIII. Formular con base en los resultados de las auditorías o visitas que realice, las observaciones y recomendaciones necesarias, estableciendo el seguimiento pasa su debida solventación. Artículo 12. Corresponde a la Subcontraloría de Auditoría: III. Vigilar que en el cumplimiento de sus funciones, objetivos y metas las dependencias y entidades paramunicipales del Gobierno Municipal, se apeguen a las disposiciones legales aplicables. IV. Practicar visitas y auditorías a las dependencias y entidades de la administración pública municipal cuando así lo determine el Contralor.

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IX. Informar al Contralor Municipal, respecto de los resultados obtenidos de las revisiones y/o auditorías practicadas. XI. Dar seguimiento a la totalidad de observaciones realizadas por la Contraloría Municipal.

c) Programa de Anual de Trabajo para el ejercicio 2013 a cargo de la Contraloría Interna Municipal:

Conforme a la dispuesto en el artículo 139 fracción I de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, es atribución del Contralor Municipal presentar al Ayuntamiento durante el mes de enero el Plan de trabajo y el programa de auditorías y revisiones anuales, así como el presupuesto que habrá de ejercer para el cumplimiento de dicho plan y programa. Programa Anual de Auditorias y Revisiones a Dependencias y Unidades Administrativas de la Administración Pública Municipal.

Las revisiones programadas para el presente ejercicio son las siguientes: 1) …… 2) …… 3) …… 4) …… 5) Desarrollo Agropecuario 6) ……

IV. OBSERVACIONES:

Durante el proceso de la Auditoria se determinaron 07 observaciones por el órgano de control, mismas que son enunciadas en el siguiente cuadro:

NO

.

Ob

s.

OBSERVACION

1/07

La Dirección de Desarrollo Agropecuario no cuenta con un Reglamento Interno, en el cual se establezcan las funciones que en la misma se realizan, así como las funciones específicas de cada uno de los que en la misma laboran.

2/07 La Dirección de Desarrollo Agropecuario no cuenta con un Organigrama emanado de ninguna disposición legal o Reglamentaria.

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3/07

Derivado de la revisión a Dirección de Desarrollo Agropecuario, se detectaron omisiones en el otorgamiento del Programa municipal denominado Micorriza, consistentes en: a) Falta de autorización del Ayuntamiento, para el otorgamiento del Subsidio a la Producción. b) Falta de elaboración del Dictamen a cargo del ente público facultado para ello. c) Falta de verificación a la aplicación eficiente a los objetivos, programas y metas autorizadas, así como el informe al Órgano de Control para los efectos conducentes.

4/07

Derivado de la revisión a Dirección de Desarrollo Agropecuario, se detectaron omisiones en el otorgamiento del Programa municipal denominado Programa Emergente de Apoyo a la Contingencia Fitosanitaria y pro Inundaciones Tempranas (Garbanzo), consistentes en: a) Falta de autorización del Ayuntamiento, para el otorgamiento del Subsidio a la Producción. b) Falta de elaboración del Dictamen a cargo del ente público facultado para ello. c) Falta de verificación a la aplicación eficiente a los objetivos, programas y metas autorizadas, así como el informe al Órgano de Control para los efectos conducentes.

5/07

Derivado de la revisión a Dirección de Desarrollo Agropecuario, se detectaron omisiones en el otorgamiento del Programa municipal denominado Programa Municipal de Apoyo a Proyectos de Servicios en Zona Urbana, consistentes en: a) Falta de autorización del Ayuntamiento, para el otorgamiento del Subsidio a la Producción. b) Falta de elaboración del Dictamen a cargo del ente público facultado para ello. c) Falta de verificación a la aplicación eficiente a los objetivos, programas y metas autorizadas, así como el informe al Órgano de Control para los efectos conducentes.

6/07

Derivado de la revisión a Dirección de Desarrollo Agropecuario, se detectaron omisiones en el otorgamiento del Programa municipal denominado Programa Municipal de Apoyo a Proyectos de Servicios en Zona Rural, consistentes en: a) Falta de autorización del Ayuntamiento, para el otorgamiento del Subsidio a la Producción. b) Falta de elaboración del Dictamen a cargo del ente público facultado para ello. c) Falta de verificación a la aplicación eficiente a los objetivos, programas y metas autorizadas, así como el informe al Órgano de Control para los efectos conducentes.

7/07

Derivado de la revisión a Dirección de Desarrollo Agropecuario, se detectaron omisiones en el otorgamiento del Programa municipal denominado Programa de Aves para Autoconsumo, consistentes en: a) Falta de autorización del Ayuntamiento, para el otorgamiento del Subsidio a la Producción. b) Falta de elaboración del Dictamen a cargo del ente público facultado para ello. c) Falta de verificación a la aplicación eficiente a los objetivos, programas y metas autorizadas, así como el informe al Órgano de Control para los efectos conducentes.

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Durante el proceso de solventación, de las 07 (Siete) Observaciones antes descritas ninguna fue solventada por este órgano de control, mismas que se describen a continuación

RESUMEN DE OBSERVACIONES

OBSERVACIONES SITUACION

ACTUAL

01 / 07 SOLVENTADA

02 / 07 SOLVENTADA

03 / 07 SOLVENTADA

04 /07 SOLVENTADA

05 / 07 SOLVENTADA

06 / 07 SOLVENTADA

07 / 07 SOLVENTADA

Observación 01 / 07: La Dirección de Desarrollo Agropecuario no cuenta con un Reglamento Interno, en el cual se establezcan las funciones que en la misma se realizan, así como las funciones específicas de cada uno de los que en la misma laboran.

Sugerencias: Se deberá de elaborar un Reglamento que regule el actuar de la Dirección, que establezca la estructura de la misma y señale facultades y atribuciones del personan que en la misma labora.

Fundamento Legal:

Artículo 2 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato.

Artículo 4 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

Competencia:

Artículo 139, fracciones II y IV de la Ley Orgánica Municipal para el estado de Guanajuato.

Artículos 8 Fracciones II VIII y 12 fracciones III, IV, XI y XIII del Reglamento de la Contraloría Interna Municipal de Salamanca, Gto.

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Seguimiento:

El 20 de Octubre de 2014, se notifican los resultados de la Auditoria, y se señala un plazo de 10 días para la solventación de las mismas, mismo plazo que concluía el 04 de Noviembre de 2014

El 03 de Noviembre de 2014, mediante oficio DGDSyH/1093/14, se solicitó prorroga por parte del Ing. Fernando Martínez Gutiérrez, para entrega de la información requerida en la Acta Circunstancial de Entrega de Resultados de Auditoria, mismo que fue concedido mediante oficio CIM/367/2014, prorrogando por 5 días hábiles mas y quedando como plazo máximo el día miércoles 12 de noviembre del presente año.

El 12 de Noviembre de 2014, mediante oficio DGDSyH/1106/2014, se presentó la contestación de las observaciones, por el Ing. Fernando Martínez Gutiérrez, Director de Desarrollo Agropecuario.

Justificación presentada por parte de la Dirección de Desarrollo Agropecuario. En relación a los resultados de la Auditoria CIM/448/2013, se están atendiendo y solventando a las observaciones señaladas por la dependencia que está a su digno cargo de la siguiente manera; “OBSERVACION 1.- Se está trabajando en la elaboración del Reglamento Interno de la Dirección de Desarrollo Agropecuario, apoyados en su momento con la Dirección de Asuntos Jurídicos del Municipio”

Valoración: En relación a la justificación presentada por la Dirección la observación es considerada SOLVENTADA, en virtud, de que se está trabajando en dicha observación, mas sin embargo este Órgano de Control se reserva la facultad de revisar que efectivamente lo manifestado en el oficio de contestación se esté llevando a cabo, en seguimiento correspondiente que se iniciará en relación a la presente auditoria.

Observación 02 / 07: La Dirección de Desarrollo Agropecuario no cuenta con un Organigrama emanado de ninguna disposición legal o Reglamentaria.

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Sugerencias: Se deberá de elaborar un Reglamento que regule el actuar de la Dirección y que establezca su estructura orgánica, para que de este emane un Organigrama que describa como está conformada la Dirección

Fundamento Legal:

Artículo 2, de la Constitución Política del Estado de Guanajuato.

Articulo 4, de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

Competencia:

Articulo 139, fracciones II y IV de la Ley Orgánica Municipal para el estado de Guanajuato.

Artículos 8 Fracciones II VIII y 12 fracciones III, IV, XI y XIII del Reglamento de la Contraloría Interna Municipal de Salamanca, Gto.

Seguimiento:

El 20 de Octubre de 2014, se notifican los resultados de la Auditoria, y se señala un plazo de 10 días para la solventación de las mismas, mismo plazo que concluía el 04 de Noviembre de 2014

El 03 de Noviembre de 2014, mediante oficio DGDSyH/1093/14, se solicitó prorroga por parte del Ing. Fernando Martínez Gutiérrez, para entrega de la información requerida en la Acta Circunstancial de Entrega de Resultados de Auditoria, mismo que fue concedido mediante oficio CIM/367/2014, prorrogando por 5 días hábiles más y quedando como plazo máximo el día miércoles 12 de noviembre del presente año.

El 12 de Noviembre de 2014, mediante oficio DGDSyH/1106/2014, se presentó la contestación de las observaciones, por el Ing. Fernando Martínez Gutiérrez, Director de Desarrollo Agropecuario.

Justificación presentada por parte de la Dirección de Desarrollo Agropecuario. En relación a los resultados de la Auditoria CIM/448/2013, se están atendiendo y solventando a las observaciones señaladas por la dependencia que está a su digno cargo de la siguiente manera; “OBSERVACION 2.- Se Anexa copia del Manual de Organización de la Dirección General de Desarrollo Social Y Humano de donde emana el Organigrama de la Dirección de Desarrollo Agropecuario.”

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Valoración: En relación a la presente, este Órgano de Control la observación la considerada SOLVENTADA, en virtud, de que la Dirección de Desarrollo Agropecuario no cuenta con Reglamento Interno que regule su estructura administrativa, por lo tanto regula su actuar en el Manual de Organización de la Dirección, mas sin embargo este Órgano de Control se reserva la facultad de revisar una vez que sea publicado el Reglamento de la Dirección, el organigrama de la misma corresponda al Reglamento correspondiente.

Observación 03 / 07: Derivado de la revisión a Dirección de Desarrollo Agropecuario, se detectaron omisiones en el otorgamiento del Programa municipal denominado Micorriza, consistentes en:

a) Falta de autorización del Ayuntamiento, para el otorgamiento del Subsidio a la Producción. b) Falta de elaboración del Dictamen a cargo del ente público facultado para ello. c) Falta de verificación a la aplicación eficiente a los objetivos, programas y metas

autorizadas, así como el informe al Órgano de Control para los efectos conducentes.

Sugerencias: En lo sucesivo e invariablemente los Subsidios otorgados mediante Programas municipales deberán ser aprobados por el H. Ayuntamiento, y sujetarse este al dictamen elaborado a cargo del ente público facultado para ello, así como el envío de la información correspondiente al Órgano de Control, lo anterior con la finalidad de dar cumplimiento a los establecido en el Capítulo Cuarto de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

Fundamento Legal:

Artículos 93, 94 y 100 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

Competencia:

Articulo 139, fracciones II y IV de la Ley Orgánica Municipal para el estado de Guanajuato.

Artículos. 8 Fracciones II VIII y 12 fracciones III, IV, XI y XIII del Reglamento de la Contraloría Interna Municipal de Salamanca, Gto.

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Seguimiento:

El 20 de Octubre de 2014, se notifican los resultados de la Auditoria, y se señala un plazo de 10 días para la solventación de las mismas, mismo plazo que concluía el 04 de Noviembre de 2014

El 03 de Noviembre de 2014, mediante oficio DGDSyH/1093/14, se solicitó prorroga por parte del Ing. Fernando Martínez Gutiérrez, para entrega de la información requerida en la Acta Circunstancial de Entrega de Resultados de Auditoria, mismo que fue concedido mediante oficio CIM/367/2014, prorrogando por 5 días hábiles más y quedando como plazo máximo el día miércoles 12 de noviembre del presente año.

El 12 de Noviembre de 2014, mediante oficio DGDSyH/1106/2014, se presentó la contestación de las observaciones, por el Ing. Fernando Martínez Gutiérrez, Director de Desarrollo Agropecuario.

Justificación presentada por parte de la Dirección de Desarrollo Agropecuario. En relación a los resultados de la Auditoria CIM/448/2013, se están atendiendo y solventando a las observaciones señaladas por la dependencia que está a su digno cargo de la siguiente manera; “OBSERVACIONES 3, 4, 5, 6 y 7.- Respecto de las Observaciones y sugerencias relativas a la auditoria del Ejercicio 2013, estas ya están siendo atendidas y solventadas, y para tal efecto, en lo subsecuente, los subsidios otorgados mediante programas municipales serán remitidos al ente público facultado y/o a la comisión respectiva; lo anterior para que esta emita su dictamen e informe correspondiente a fin de que dichos subsidios sean autorizados en sesión de Ayuntamiento”

Valoración: En relación a la presente, este Órgano de Control considerada la observación SOLVENTADA, en virtud, de que la Dirección de Desarrollo Agropecuario se ha comprometido en elaborar los dictámenes y autorizaciones correspondientes que señala la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, mas sin embargo, la Contraloría se reserva la facultad de revisar el compromiso realizado por la Dirección de Desarrollo Agropecuario, con los subsidios que se otorgarán en el presente ejercicio fiscal.

Observación 04 / 07: Derivado de la revisión a Dirección de Desarrollo Agropecuario, se detectaron omisiones en el otorgamiento del Programa municipal denominado Programa Emergente de Apoyo a la Contingencia Fitosanitaria y pro Inundaciones Tempranas (Garbanzo), consistentes en:

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a) Falta de autorización del Ayuntamiento, para el otorgamiento del Subsidio a la Producción. b) Falta de elaboración del Dictamen a cargo del ente público facultado para ello. c) Falta de verificación a la aplicación eficiente a los objetivos, programas y metas

autorizadas, así como el informe al Órgano de Control para los efectos conducentes.

Sugerencias: En lo sucesivo e invariablemente los Subsidios otorgados mediante Programas municipales deberán ser aprobados por el H. Ayuntamiento, y sujetarse este al dictamen elaborado a cargo del ente público facultado para ello, así como el envío de la información correspondiente al Órgano de Control, lo anterior con la finalidad de dar cumplimiento a los establecido en el Capítulo Cuarto de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

Fundamento Legal:

Artículos 93, 94 y 100 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

Competencia:

Artículo 139, fracciones II y IV de la Ley Orgánica Municipal para el estado de Guanajuato.

Artículos. 8 Fracciones II VIII y 12 fracciones III, IV, XI y XIII del Reglamento de la Contraloría Interna Municipal de Salamanca, Gto.

Seguimiento:

El 20 de Octubre de 2014, se notifican los resultados de la Auditoria, y se señala un plazo de 10 días para la solventación de las mismas, mismo plazo que concluía el 04 de Noviembre de 2014

El 03 de Noviembre de 2014, mediante oficio DGDSyH/1093/14, se solicitó prorroga por parte del Ing. Fernando Martínez Gutiérrez, para entrega de la información requerida en la Acta Circunstancial de Entrega de Resultados de Auditoria, mismo que fue concedido mediante oficio CIM/367/2014, prorrogando por 5 días hábiles más y quedando como plazo máximo el día miércoles 12 de noviembre del presente año.

El 12 de Noviembre de 2014, mediante oficio DGDSyH/1106/2014, se presentó la contestación de las observaciones, por el Ing. Fernando Martínez Gutiérrez, Director de Desarrollo Agropecuario.

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Justificación presentada por parte de la Dirección de Desarrollo Agropecuario. “En relación a los resultados de la Auditoria CIM/448/2013, se están atendiendo y solventando a las observaciones señaladas por la dependencia que está a su digno cargo de la siguiente manera; Observaciones 3, 4, 5, 6 y 7 Respecto de las Observaciones y sugerencias relativas a la auditoria del Ejercicio 2013, estas ya están siendo atendidas y solventadas, y para tal efecto, en lo subsecuente, los subsidios otorgados mediante programas municipales serán remitidos al ente público facultado y/o a la comisión respectiva; lo anterior para que esta emita su dictamen e informe correspondiente a fin de que dichos subsidios sean autorizados en sesión de Ayuntamiento”

Valoración: En relación a la presente, este Órgano de Control considerada la observación SOLVENTADA, en virtud, de que la Dirección de Desarrollo Agropecuario se ha comprometido en elaborar los dictámenes y autorizaciones correspondientes que señala la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, mas sin embargo, la Contraloría se reserva la facultad de revisar el compromiso realizado por la Dirección de Desarrollo Agropecuario, con los subsidios que se otorgarán en el presente ejercicio fiscal.

Observación 05 / 07: Derivado de la revisión a Dirección de Desarrollo Agropecuario, se detectaron omisiones en el otorgamiento del Programa municipal denominado Programa Municipal de Apoyo a Proyectos de Servicios en Zona Urbana, consistentes en:

a) Falta de autorización del Ayuntamiento, para el otorgamiento del Subsidio a la Producción. b) Falta de elaboración del Dictamen a cargo del ente público facultado para ello. c) Falta de verificación a la aplicación eficiente a los objetivos, programas y metas

autorizadas, así como el informe al Órgano de Control para los efectos conducentes.

Sugerencias: En lo sucesivo e invariablemente los Subsidios otorgados mediante Programas municipales deberán ser aprobados por el H. Ayuntamiento, y sujetarse este al dictamen elaborado a cargo del ente público facultado para ello, así como el envío de la información correspondiente al Órgano de Control, lo anterior con la finalidad de dar cumplimiento a los establecido en el Capítulo Cuarto de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato..

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Fundamento Legal:

Artículos 93, 94 y 100 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

Competencia:

Articulo 139, fracciones II y IV de la Ley Orgánica Municipal para el estado de Guanajuato.

Artículos. 8 Fracciónes II VIII y 12 fracciones III, IV, XI y XIII del Reglamento de la Contraloría Interna Municipal de Salamanca, Gto.

Seguimiento:

El 20 de Octubre de 2014, se notifican los resultados de la Auditoria, y se señala un plazo de 10 días para la solventación de las mismas, mismo plazo que concluía el 04 de Noviembre de 2014

El 03 de Noviembre de 2014, mediante oficio DGDSyH/1093/14, se solicitó prorroga por parte del Ing. Fernando Martínez Gutiérrez, para entrega de la información requerida en la Acta Circunstancial de Entrega de Resultados de Auditoria, mismo que fue concedido mediante oficio CIM/367/2014, prorrogando por 5 días hábiles más y quedando como plazo máximo el día miércoles 12 de noviembre del presente año.

El 12 de Noviembre de 2014, mediante oficio DGDSyH/1106/2014, se presentó la contestación de las observaciones, por el Ing. Fernando Martínez Gutiérrez, Director de Desarrollo Agropecuario.

Justificación presentada por parte de la Dirección de Desarrollo Agropecuario. “En relación a los resultados de la Auditoria CIM/448/2013, se están atendiendo y solventando a las observaciones señaladas por la dependencia que está a su digno cargo de la siguiente manera; Observaciones 3, 4, 5, 6 y 7 Respecto de las Observaciones y sugerencias relativas a la auditoria del Ejercicio 2013, estas ya están siendo atendidas y solventadas, y para tal efecto, en lo subsecuente, los subsidios otorgados mediante programas municipales serán remitidos al ente público facultado y/o a la comisión respectiva; lo anterior para que esta emita su dictamen e informe correspondiente a fin de que dichos subsidios sean autorizados en sesión de Ayuntamiento”

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Valoración: En relación a la presente, este Órgano de Control considerada la observación SOLVENTADA, en virtud, de que la Dirección de Desarrollo Agropecuario se ha comprometido en elaborar los dictámenes y autorizaciones correspondientes que señala la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, mas sin embargo, la Contraloría se reserva la facultad de revisar el compromiso realizado por la Dirección de Desarrollo Agropecuario, con los subsidios que se otorgarán en el presente ejercicio fiscal.

Observación 06 / 07: Derivado de la revisión a Dirección de Desarrollo Agropecuario, se detectaron omisiones en el otorgamiento del Programa municipal denominado Programa Municipal de Apoyo a Proyectos de Servicios en Zona Rural, consistentes en:

a) Falta de autorización del Ayuntamiento, para el otorgamiento del Subsidio a la Producción. b) Falta de elaboración del Dictamen a cargo del ente público facultado para ello. c) Falta de verificación a la aplicación eficiente a los objetivos, programas y metas

autorizadas, así como el informe al Órgano de Control para los efectos conducentes.

Sugerencias: En lo sucesivo e invariablemente los Subsidios otorgados mediante Programas municipales deberán ser aprobados por el H. Ayuntamiento, y sujetarse este al dictamen elaborado a cargo del ente público facultado para ello, así como el envío de la información correspondiente al Órgano de Control, lo anterior con la finalidad de dar cumplimiento a los establecido en el Capítulo Cuarto de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

Fundamento Legal:

Artículos 93, 94 y 100 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

Competencia:

Artículo 139 fracciones II y IV, de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato.

Artículos 8 fracciónes II VIII y 12 fracciones III, IV, XI y XIII del Reglamento de la Contraloría Interna Municipal de Salamanca, Gto.

Page 15: D I C T A M E N - Salamanca, Guanajuato · 2019. 8. 2. · Interna Municipal y con relación a la Auditoría No. CIM/448/2013, practicada a la Dirección de Desarrollo Agropecuario,

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Seguimiento:

El 20 de Octubre de 2014, se notifican los resultados de la Auditoria, y se señala un plazo de 10 días para la solventación de las mismas, mismo plazo que concluía el 04 de Noviembre de 2014

El 03 de Noviembre de 2014, mediante oficio DGDSyH/1093/14, se solicitó prorroga por parte del Ing. Fernando Martínez Gutiérrez, para entrega de la información requerida en la Acta Circunstancial de Entrega de Resultados de Auditoria, mismo que fue concedido mediante oficio CIM/367/2014, prorrogando por 5 días hábiles más y quedando como plazo máximo el día miércoles 12 de noviembre del presente año.

El 12 de Noviembre de 2014, mediante oficio DGDSyH/1106/2014, se presentó la contestación de las observaciones, por el Ing. Fernando Martínez Gutiérrez, Director de Desarrollo Agropecuario.

Justificación presentada por parte de la Dirección de Desarrollo Agropecuario. “En relación a los resultados de la Auditoria CIM/448/2013, se están atendiendo y solventando a las observaciones señaladas por la dependencia que está a su digno cargo de la siguiente manera; Observaciones 3, 4, 5, 6 y 7 Respecto de las Observaciones y sugerencias relativas a la auditoria del Ejercicio 2013, estas ya están siendo atendidas y solventadas, y para tal efecto, en lo subsecuente, los subsidios otorgados mediante programas municipales serán remitidos al ente público facultado y/o a la comisión respectiva; lo anterior para que esta emita su dictamen e informe correspondiente a fin de que dichos subsidios sean autorizados en sesión de Ayuntamiento”

Valoración: En relación a la presente, este Órgano de Control considerada la observación SOLVENTADA, en virtud, de que la Dirección de Desarrollo Agropecuario se ha comprometido en elaborar los dictámenes y autorizaciones correspondientes que señala la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, mas sin embargo, la Contraloría se reserva la facultad de revisar el compromiso realizado por la Dirección de Desarrollo Agropecuario, con los subsidios que se otorgarán en el presente ejercicio fiscal.

Observación 07 / 07: Derivado de la revisión a Dirección de Desarrollo Agropecuario, se detectaron omisiones en el otorgamiento del Programa municipal denominado Programa de Aves para Autoconsumo, consistentes en:

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a) Falta de autorización del Ayuntamiento, para el otorgamiento del Subsidio a la Producción. b) Falta de elaboración del Dictamen a cargo del ente público facultado para ello. c) Falta de verificación a la aplicación eficiente a los objetivos, programas y metas

autorizadas, así como el informe al Órgano de Control para los efectos conducentes.

Sugerencias: En lo sucesivo e invariablemente los Subsidios otorgados mediante Programas municipales deberán ser aprobados por el H. Ayuntamiento, y sujetarse este al dictamen elaborado a cargo del ente público facultado para ello, así como el envío de la información correspondiente al Órgano de Control, lo anterior con la finalidad de dar cumplimiento a los establecido en el Capítulo Cuarto de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

Fundamento Legal:

Artículos 93, 94 y 100 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

Competencia:

Artículo 139 fracciones II y IV, de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato.

Artículos 8 Fracciones II VIII y 12 fracciones III, IV, XI y XIII del Reglamento de la Contraloría Interna Municipal de Salamanca, Gto.

Seguimiento:

El 20 de Octubre de 2014, se notifican los resultados de la Auditoria, y se señala un plazo de 10 días para la solventación de las mismas, mismo plazo que concluía el 04 de Noviembre de 2014

El 03 de Noviembre de 2014, mediante oficio DGDSyH/1093/14, se solicitó prorroga por parte del Ing. Fernando Martínez Gutiérrez, para entrega de la información requerida en la Acta Circunstancial de Entrega de Resultados de Auditoria, mismo que fue concedido mediante oficio CIM/367/2014, prorrogando por 5 días hábiles más y quedando como plazo máximo el día miércoles 12 de noviembre del presente año.

El 12 de Noviembre de 2014, mediante oficio DGDSyH/1106/2014, se presentó la contestación de las observaciones, por el Ing. Fernando Martínez Gutiérrez, Director de Desarrollo Agropecuario.

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Justificación presentada por parte de la Dirección de Desarrollo Agropecuario. “En relación a los resultados de la Auditoria CIM/448/2013, se están atendiendo y solventando a las observaciones señaladas por la dependencia que está a su digno cargo de la siguiente manera; Observaciones 3, 4, 5, 6 y 7 Respecto de las Observaciones y sugerencias relativas a la auditoria del Ejercicio 2013, estas ya están siendo atendidas y solventadas, y para tal efecto, en lo subsecuente, los subsidios otorgados mediante programas municipales serán remitidos al ente público facultado y/o a la comisión respectiva; lo anterior para que esta emita su dictamen e informe correspondiente a fin de que dichos subsidios sean autorizados en sesión de Ayuntamiento”

Valoración: En relación a la presente, este Órgano de Control considerada la observación SOLVENTADA, en virtud, de que la Dirección de Desarrollo Agropecuario se ha comprometido en elaborar los dictámenes y autorizaciones correspondientes que señala la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, mas sin embargo, la Contraloría se reserva la facultad de revisar el compromiso realizado por la Dirección de Desarrollo Agropecuario, con los subsidios que se otorgarán en el presente ejercicio fiscal.

CONCLUSIONES

PRIMERA.- Este Órgano de Control presenta ante la Dirección de Desarrollo Agropecuario los

Resultados Finales de la auditoria y se emite Constancia de Terminación, para los fines legales a los que haya lugar y así mismo se dan por terminados los trabajos de la presente.

SEGUNDA.- Se informa a la Dirección de Desarrollo Agropecuario, que este Órgano de Control,

se reserva la faculta de iniciar una revisión en el presente ejercicio fiscal, con la finalidad de verificar que los subsidios otorgados por la dirección se sujeten a lo dispuesto en las disposiciones legales vigentes.

Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su atento y seguro servidor.

A T E N T A M E N T E “2015. Año del Cuarto Centenario del Convento Agustino de San Juan de Sahagún”

Salamanca, Guanajuato, 18 de Febrero de 2015.

Lic. Guillermo Echeverría Cárdenas Contralor Municipal

C.c.p Archivo