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CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA “2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses” ORDEN DEL DÍA DE LA VIGÉSIMA TERCERA SESIÓN DEL SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES, DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE LA QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA. 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014. 1.- LISTA DE ASISTENCIA DE LAS DIPUTADAS Y DIPUTADOS DE LA QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA. 2.- DECLARATORIA DE APERTURA DE LA SESIÓN. 3.- LECTURA, DISCUSIÓN Y, EN SU CASO, APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA PROPUESTO PARA EL DESARROLLO DE ESTA SESIÓN. 4.- LECTURA, DISCUSIÓN Y, EN SU CASO, APROBACIÓN DE LA MINUTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. 5.- LECTURA DEL INFORME DE CORRESPONDENCIA Y DOCUMENTACIÓN RECIBIDA POR EL CONGRESO DEL ESTADO. 6.- LECTURA DEL INFORME SOBRE EL TRÁMITE REALIZADO RESPECTO A LAS PROPOSICIONES CON PUNTOS DE ACUERDO QUE SE PRESENTARON EN LA SESIÓN DEL DÍA 9 DE DICIEMBRE DE 2014. 7.- LECTURA DE INICIATIVAS DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS: A.- PRIMERA LECTURA DE UNA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE UNA NUEVA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, PLANTEADA POR EL DIPUTADO ELISEO

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CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

ORDEN DEL DÍA DE LA VIGÉSIMA TERCERA SESIÓN DEL SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES, DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE LA QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA.

16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014.

1.- LISTA DE ASISTENCIA DE LAS DIPUTADAS Y DIPUTADOS DE LA QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA.

2.- DECLARATORIA DE APERTURA DE LA SESIÓN.

3.- LECTURA, DISCUSIÓN Y, EN SU CASO, APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA PROPUESTO PARA EL DESARROLLO DE ESTA SESIÓN. 4.- LECTURA, DISCUSIÓN Y, EN SU CASO, APROBACIÓN DE LA MINUTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.

5.- LECTURA DEL INFORME DE CORRESPONDENCIA Y DOCUMENTACIÓN RECIBIDA POR EL CONGRESO DEL ESTADO.

6.- LECTURA DEL INFORME SOBRE EL TRÁMITE REALIZADO RESPECTO A LAS PROPOSICIONES CON PUNTOS DE ACUERDO QUE SE PRESENTARON EN LA SESIÓN DEL DÍA 9 DE DICIEMBRE DE 2014.

7.- LECTURA DE INICIATIVAS DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS:

A.- PRIMERA LECTURA DE UNA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE UNA NUEVA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, PLANTEADA POR EL DIPUTADO ELISEO FRANCISCO MENDOZA BERRUETO, COORDINADOR DEL GRUPO DEL GRUPO PARLAMENTARIO “PROFESORA DOROTEA DE LA FUENTE FLORES”, DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, CONJUNTAMENTE CON LOS DIPUTADOS QUE LA SUSCRIBEN.

B.- SEGUNDA LECTURA DE UNA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE CREA LA LEY PARA LA PROMOCIÓN, DESARROLLO E

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IMPLEMENTACIÓN DE ACTIVIDADES DE DESARROLLO SOCIAL DE LAS ORGANIZACIONES CIVILES PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, PLANTEADA POR EL DIPUTADO SAMUEL ACEVEDO FLORES, DEL PARTIDO SOCIALDEMÓCRATA DE COAHUILA.

8.- LECTURA, DISCUSIÓN Y, EN SU CASO, APROBACIÓN DE DICTÁMENES EN CARTERA:

A.- PROPUESTA DE ACUERDO PARA LA LECTURA Y TRÁMITE DE LOS DICTÁMENES RELATIVOS A LAS TABLAS DE VALORES CATASTRALES DE SUELO Y CONSTRUCCIÓN DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015

B.- DICTAMEN PRESENTADO POR LA COMISIÓN DE FINANZAS, CON RELACIÓN AL EXPEDIENTE FORMADO CON MOTIVO DE LAS ADECUACIONES QUE HABRÁN DE IMPLEMENTARSE A LOS VALORES CATASTRALES QUE SIRVEN COMO BASE PARA EL COBRO DE LAS CONTRIBUCIONES SOBRE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE LOS MUNICIPIOS DE; ACUÑA, CASTAÑOS, FRONTERA, GUERRERO, MATAMOROS, MORELOS, MÚZQUIZ, NADADORES, NAVA, PARRAS, PIEDRAS NEGRAS, SACRAMENTO, SAN JUAN DE SABINAS, SAN PEDRO, SIERRA MOJADA, VILLA UNIÓN Y ZARAGOZA DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015.

C.- DICTAMEN PRESENTADO POR LA COMISIÓN DE FINANZAS, CON RELACIÓN AL EXPEDIENTE FORMADO CON MOTIVO DE LAS ADECUACIONES QUE HABRÁN DE IMPLEMENTARSE A LOS VALORES CATASTRALES QUE SIRVEN COMO BASE PARA EL COBRO DE LAS CONTRIBUCIONES SOBRE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DE LOS MUNICIPIOS DE: ABASOLO, ALLENDE, ARTEAGA, CANDELA, CUATRO CIÉNEGAS, ESCOBEDO, FRANCISCO I. MADERO, GENERAL CEPEDA, HIDALGO, JIMÉNEZ, JUÁREZ, LAMADRID, MONCLOVA, OCAMPO, PROGRESO, RAMOS ARIZPE, SABINAS, SAN BUENAVENTURA Y VIESCA DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015.

D.- DICTAMEN PRESENTADO POR LA COMISIÓN DE FINANZAS, CON RELACIÓN AL EXPEDIENTE FORMADO CON MOTIVO DE LAS ADECUACIONES QUE HABRÁN DE IMPLEMENTARSE A LOS VALORES

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CATASTRALES QUE SIRVEN COMO BASE PARA EL COBRO DE LAS CONTRIBUCIONES SOBRE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DEL MUNICIPIO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015.

E.- DICTAMEN PRESENTADO POR LA COMISIÓN DE FINANZAS, CON RELACIÓN AL EXPEDIENTE FORMADO CON MOTIVO DE LAS ADECUACIONES QUE HABRÁN DE IMPLEMENTARSE A LOS VALORES CATASTRALES QUE SIRVEN COMO BASE PARA EL COBRO DE LAS CONTRIBUCIONES SOBRE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA DEL MUNICIPIO DE TORREÓN, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015.

F.- DICTAMEN PRESENTADO POR LA COMISIÓN DE FINANZAS, CON RELACIÓN A UNA INICIATIVA DE DECRETO ENVIADA POR EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE ACUÑA, COAHUILA, MEDIANTE EL CUAL SOLICITA UNA REFORMA AL DECRETO 396 PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE FECHA 24 DE DICIEMBRE  DE 2013, EN EL CUAL SE AUTORIZÓ LA LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE ACUÑA, COAHUILA DE ZARAGOZA, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014.

9.- PROPOSICIONES DE GRUPOS PARLAMENTARIOS Y DIPUTADOS:

A.- INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO JOSÉ REFUGIO SANDOVAL RODRÍGUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO “JORGE GONZÁLEZ TORRES”, DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, PARA PLANTEAR UNA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO “CON OBJETO DE QUE ESTA SOBERANÍA, RESPETUOSAMENTE EXHORTE A LAS AUTORIDADES ESTATALES Y FEDERALES DEL SECTOR SALUD, CON OBJETO DE QUE CONSIDEREN Y ATIENDAN LAS DEMANDAS DE LAS Y LOS ENFERMEROS, TRABAJADORES SOCIALES Y REHABILITADORES CON RESPECTO A LA CONSIDERACIÓN DE SU NIVEL PROFESIONAL”.

DE URGENTE Y OBVIA RESOLUCIÓN

B.- INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO JOSÉ LUIS MORENO AGUIRRE, DEL GRUPO PARLAMENTARIO “PROFESORA DOROTEA DE LA FUENTE

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FLORES”, DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, PARA PLANTEAR UNA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO, “CON RELACIÓN A SOLICITARLE NUEVAMENTE A LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO, DESTINAR MÁS RECURSOS EL PRÓXIMO AÑO EN EL RUBRO DE SEGURIDAD PÚBLICA”.

DE URGENTE Y OBVIA RESOLUCIÓN

10.- AGENDA POLÍTICA:

A.- INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA FLORESTELA RENTERÍA MEDINA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO “PROFESORA DOROTEA DE LA FUENTE FLORES”, DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, PARA DAR LECTURA A UN PRONUNCIAMIENTO SOBRE “LA FERIA DE ATENCIÓN CIUDADANA EN VIESCA, COAHUILA”.

11.- CLAUSURA DE LA SESIÓN Y CITATORIO PARA LA PRÓXIMA SESIÓN.

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MINUTA DE LA VIGÉSIMA PRIMERA SESIÓN DEL SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES, DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE LA QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA.

EN LA CIUDAD DE SALTILLO, COAHUILA, EN EL SALÓN DE SESIONES DEL CONGRESO DEL ESTADO, SIENDO LAS 10:00 HORAS, CON 7 MINUTOS, DEL DÍA 9 DE DICIEMBRE DE 2014, DIO INICIO LA SESIÓN ESTANDO PRESENTES AL MOMENTO DE PASAR LISTA DE ASISTENCIA 19 DE 25 DIPUTADAS Y DIPUTADOS. INFORMANDO LA PRESIDENCIA QUE EL DIPUTADO FRANCISCO ELISEO MENDOZA BERRUETO, NO ASISTIRÍA A LA SESIÓN POR CAUSA DE FUERZA MAYOR, ASIMISMO INFORMÓ QUE EL DIPUTADO JUAN ALFREDO BOTELLO NÁJERA SE INCORPORARÍA MÁS TARDE A LOS TRABAJOS DE LA SESIÓN, SITUACIÓN QUE ASÍ SUCEDIÓ.

PASADO LO ANTERIOR, LA PRESIDENCIA DECLARÓ ABIERTA LA SESIÓN Y VÁLIDOS LOS ACUERDOS QUE EN ELLA SE TOMARAN.

1.- SE DIO LECTURA AL ORDEN DEL DÍA, APROBÁNDOSE POR UNANIMIDAD DE VOTOS, EN LOS TÉRMINOS QUE FUE LEÍDA.

2.- SE DIO LECTURA A LA MINUTA DE LA SESIÓN ANTERIOR, APROBÁNDOSE POR UNANIMIDAD DE VOTOS, EN LOS TÉRMINOS QUE FUE LEÍDA.

3.- SE DIO LECTURA AL INFORME DE CORRESPONDENCIA Y DOCUMENTACIÓN RECIBIDA POR EL CONGRESO DEL ESTADO.

4.- SE DIO LECTURA DEL INFORME SOBRE EL TRÁMITE REALIZADO RESPECTO A LAS PROPOSICIONES CON PUNTOS DE ACUERDO QUE SE PRESENTARON EN LA SESIÓN ANTERIOR.

5.- EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE COAHUILA, RINDIÓ ANTE EL PLENO DEL CONGRESO DEL ESTADO, EL INFORME ANUAL SOBRE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS POR ESTE ORGANISMO.

6.- LA CONSEJERA PRESIDENTA DEL INSTITUTO COAHUILENSE DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, RINDIÓ ANTE EL PLENO DEL CONGRESO DEL ESTADO EL INFORME ANUAL SOBRE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS POR ESTE ORGANISMO.

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7.- SE DIO PRIMERA LECTURA A LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE CREA LA LEY PARA LA PROMOCIÓN, DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DE ACTIVIDADES DE DESARROLLO SOCIAL DE LAS ORGANIZACIONES CIVILES PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, QUE PRESENTÓ EL DIPUTADO SAMUEL ACEVEDO FLORES. AL TÉRMINO DE LA LECTURA LA PRESIDENCIA ORDENÓ QUE A ESTA INICIATIVA DEBERÍA DARSE SEGUNDA LECTURA EN UNA PRÓXIMA SESIÓN, POR LO QUE SERÍA AGENDADA EN SU OPORTUNIDAD PARA ESTE EFECTO.

8.- SE DISPENSÓ LA SEGUNDA LECTURA DE LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 488 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, QUE PRESENTÓ EL DIPUTADO SAMUEL ACEVEDO FLORES, Y FUE TURNADA A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, PUNTOS CONSTITUCIONALES Y JUSTICIA, PARA LOS EFECTOS DE ESTUDIO Y DICTAMEN.

9.- SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DE VOTOS, Y EN LOS TÉRMINOS QUE FUE LEÍDO, EL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, PUNTOS CONSTITUCIONALES Y JUSTICIA DE LA QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, RELATIVO AL OFICIO DEL SENADOR LUIS SÁNCHEZ JIMÉNEZ, VICEPRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA CÁMARA DE SENADORES DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, MEDIANTE EL CUAL ENVÍA COPIA DEL EXPEDIENTE RELATIVO A LA MINUTA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA FRACCIÓN III, DEL APARTADO A, DEL ARTÍCULO 2º DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

10.- SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DE VOTOS, Y EN LOS TÉRMINOS QUE FUE LEÍDO, EL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y CUENTA PÚBLICA, EN EL QUE SE PROPUSO LA TERNA DE LOS ASPIRANTES A OCUPAR EL CARGO DE AUDITOR SUPERIOR DEL ESTADO Y TOMA DE PROTESTA DE LA PERSONA QUE SEA DESIGNADA COMO AUDITOR SUPERIOR DEL ESTADO PARA EL PERÍODO 2014-2022. ACTO SEGUIDO, LA PRESIDENCIA LLEVÓ A CABO LA DESIGNACIÓN DE QUIEN RESULTARÁ DE LOS TRES ASPIRANTES A OCUPAR EL CARGO DE AUDITOR SUPERIOR DEL ESTADO, A TRAVÉS DE CEDULAS REPARTIDAS A LAS DIPUTADAS Y DIPUTADOS CON ANTELACIÓN, RESULTANDO DESIGNADO CON EL MAYOR NÚMERO DE VOTOS, EL C. JOSÉ ARMANDO PLATA SANDOVAL, QUIÉN TOMÓ LA PROTESTA DE LEY RESPECTIVA ANTE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO EL ESTADO, PARA OCUPARÁ EL CARGO DE AUDITOR SUPERIOR DEL ESTADO POR UN PERÍODO DE 8 AÑOS, A PARTIR DE QUE RINDA LA PROTESTA DE LEY, DISPONIENDO LA PRESIDENCIA EXPIDIERA UN DECRETO EN EL QUE SE HAGA CONSTAR LO

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ANTERIOR.

11.- EL DIPUTADO JOSÉ REFUGIO SANDOVAL RODRÍGUEZ, SOLICITÓ A LA PRESIDENCIA DE LA MESA DIRECTIVA LA DISPENSA DE LA LECTURA DE LOS DICTÁMENES CONSIGNADOS EN EL PUNTO 13 INCISOS C, D, E, F, G, H, I, J, K, L, M, N, Y Ñ ASÍ COMO UN DICTAMEN QUE PRESENTÓ LA COMISIÓN DE FOMENTO ECONÓMICO Y TURISMO DEL ORDEN DEL DÍA, RELACIONADO CON UNA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE CREA LA LEY PARA EL IMPULSO EMPRENDEDOR DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, EN VIRTUD DE QUE DICHOS DICTÁMENES ESTUVIERON A DISPOSICIÓN DE LOS INTEGRANTES DE ESTA LEGISLATURA. POR LO QUE LA PRESIDENCIA PUSO A CONSIDERACIÓN DEL PLENO DICHA SOLICITUD DE DISPENSA, APROBÁNDOSE POR UNANIMIDAD DE VOTOS.

12.- ATENDIENDO LO ANTERIOR, SE APROBARON UN TOTAL DE 13 DICTÁMENES DE LA COMISIÓN DE FINANZAS, DE LOS CUALES DOS FUERON AUTORIZACIONES AL EJECUTIVO DL ESTADO, PARA ENAJENAR A TITULO GRATUITO INMUEBLES UBICADOS, EN LOS MUNICIPIOS DE ACUÑA Y TORREÓN, COAHUILA DE ZARAGOZA, A FAVOR DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Y, DEL INSTITUTO DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO RESPECTIVAMENTE, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE HOSPITALES REGIONALES DE ESPECIALIDADES; CINCO DESINCORPORACIONES CORRESPONDIENTES AL MUNICIPIO DE TORREÓN, COAHUILA DE ZARAGOZA; CINCO VALIDACIONES DE LOS MUNICIPIOS DE ABASOLO, SALTILLO, OCAMPO Y CASTAÑOS DE COAHUILA DE ZARAGOZA; Y, UNA AUTORIZACIÓN AL EJECUTIVO DEL ESTADO PARA REFORMAR EL DECRETO NÚM. 596 PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DE FECHA 1O DE OCTUBRE DE 2014, ASÍ COMO LA APROBACIÓN DECRETO QUE CREA LA LEY PARA EL IMPULSO EMPRENDEDOR DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, DE MISMOS QUE DEBERÁN APARECER EN FORMA INTEGRA EN EL DIARIO DE LOS DEBATES DE LA SESIÓN DEL DÍA DE LA PRESENTE MINUTA.

13.- SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DE VOTOS, Y EN LOS TÉRMINOS QUE FUE LEÍDO, EL DICTAMEN DEL COMITÉ TÉCNICO CONFORMADO POR EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y LOS INTEGRANTES DE LAS COMISIONES UNIDAS PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO Y DE EDUCACIÓN, CULTURA Y ACTIVIDADES CÍVICAS, CON RELACIÓN A LA DESIGNACIÓN DE LAS MUJERES QUE RESULTARON MERECEDORAS A OBTENER LA “PRESEA AL MÉRITO DE LA MUJER COAHUILA 2014”.

14.- SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DE VOTOS, Y EN LOS TÉRMINOS QUE FUE LEÍDO, EL ACUERDO DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA

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INFORMACIÓN, CON RELACIÓN A DIVERSAS INICIATIVAS EN MATERIA DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA.

SE CONOCIÓ Y SE RESOLVIÓ SOBRE LAS SIGUIENTES PROPOSICIO0NES CON PUNTO DE ACUERDO:

15.- SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DE VOTOS, “EXHORTAR A LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE DEL GOBIERNO DEL ESTADO, A PROCURAR LA MAYOR PARTICIPACIÓN DE LOS TRANSPORTISTAS DE TORREÓN Y MATAMOROS, EN LA INTEGRACIÓN DE LA EMPRESA QUE OPERARÁ EL SISTEMA DE TRANSPORTE INTERMUNICIPAL DE LA ZONA METROPOLITANA DE LA LAGUNA EN LA RUTA MATAMOROS-LERDO”, QUE PRESENTÓ EL DIPUTADO FRANCISCO JOSÉ DÁVILA RODRÍGUEZ.

16.- LA DIPUTADA ELVIA GUADALUPE MORALES GARCÍA SOLICITO A LA PRESIDENCIA QUE SU PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO, SOBRE “EXHORTAR A LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES A CONTEMPLAR EN SU CONVENIO 2015 DE APOYO A CARRETERAS ESTATALES Y CAMINOS RURALES, CON NUESTRO ESTADO, LA CONSERVACIÓN DE LA CARRETERA DERRAMADERO-GENERAL CEPEDA-PARRAS”, APARECIERA ÍNTEGRAMENTE EN EL DIARIO DE LOS DEBATES DE LA PRESENTE MINUTA.

EN BREVE TIEMPO SE PRESENTARON LOS DIPUTADOS QUE NO PASARON LISTA AL INICIO DE LA SESIÓN, ASISTIENDO FINALMENTE 24 DE 25 LEGISLADORES.

NO HABIENDO OTRO ASUNTO QUE TRATAR, LA PRESIDENCIA DIO POR TERMINADA LA SESIÓN, SIENDO LAS 14:00 HORAS, CON 20 MINUTOS DEL MISMO DÍA, CITÁNDOSE A LAS DIPUTADAS Y DIPUTADOS A SESIONAR A LAS 10:00 HORAS DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014.

SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA, A 9 DE DICIEMBRE DE 2014

DIP. JUAN ALFREDO BOTELLO NÁJERA.PRESIDENTE.

DIP. FERNANDO DE LA DIP. ANA MARÍA BOONE GODOY.

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FUENTE VILLARREAL.SECRETARIO SECRETARIA

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Informe de correspondencia y documentación recibida por el Congreso del Estado

16 de diciembre de 2014

1.- Oficio enviado por el C. Licenciado Rubén Ignacio Moreira Valdez, Gobernador Constitucional del Estado de Coahuila de Zaragoza, con relación a una propuesta de reorientación presupuestal en la iniciativa de Presupuesto de Egresos del Estado de Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2015, con el fin de fortalecer las tareas encaminadas a la salvaguarda y protección de los derechos humanos en el estado y garantizar el acceso a la información en beneficio de todos los coahuilenses.

Túrnese a la Comisión de Finanzas

2.- Oficio enviado por el Director General del Instituto Coahuilense del Catastro y la Información Territorial, mediante el cual envía las modificaciones de las tablas de valores de suelo y construcción para el ejercicio fiscal 2015, del municipio de Piedras Negras, para su análisis y aprobación correspondiente.

Túrnese a la Comisión de Finanzas

3.- Escrito del Doctor Mario Sergio Ortega Chávez Comisionado Médico, de la Comisión Coahuilense de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado, mediante el cual envía el informe de actividades de dicha Comisión del periodo comprendido del 1° de diciembre de 2013 al 30 de noviembre del año en curso.

Túrnese a la Comisión de Salud, Medio Ambiente, Recursos Naturales y Agua

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INFORME SOBRE EL TRÁMITE REALIZADO RESPECTO A LAS PROPOSICIONES CON PUNTOS DE ACUERDO PRESENTADAS EN LA SESIÓN CELEBRADA POR EL PLENO DEL CONGRESO DEL ESTADO EL 9 DE DICIEMBRE DE 2014.

SOBRE EL TRÁMITE REALIZADO RESPECTO A LAS PROPOSICIONES CON PUNTOS DE ACUERDO QUE SE PRESENTARON EN LA SESIÓN CELEBRADA EL 9 DE DICIEMBRE DE 2014, LA PRESIDENCIA DE LA MESA DIRECTIVA INFORMA LO SIGUIENTE:

1.- SE FORMULÓ COMUNICACIÓN MEDIANTE LA CUAL SE ENVIÓ A LA SUB SECRETARÍA DE TRANSPORTE DE GOBIERNO DEL ESTADO, EL PUNTO DE ACUERDO, POR EL CUAL SE “EXHORTA A LA SUB SECRETARÍA DE TRANSPORTE DE GOBIERNO DEL ESTADO A PROCURAR LA MAYOR PARTICIPACIÓN DE LOS TRANSPORTISTAS DE TORREÓN Y MATAMOROS EN LA INTEGRACIÓN DE LA EMPRESA QUE OPERARÁ EL SISTEMA DE TRANSPORTE INTERMUNICIPAL DE LA ZONA METROPOLITANA DE LA LAGUNA EN LA RUTA MATAMOROS-LERDO”, PLANTEADA POR EL DIPUTADO FRANCISCO JOSÉ DÁVILA RODRÍGUEZ, PARA LOS EFECTOS PROCEDENTES.

A T E N T A M E N T E.SALTILLO, COAHUILA, A 16 DE DICIEMBRE DE 2014.

EL PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO.

DIP. JUAN ALFREDO BOTELLO NÁJERA.

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DIPUTADO PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA,

El que suscribe, Diputado Eliseo Francisco Mendoza Berrueto, Coordinador del Grupo Parlamentario “Profesora Dorotea de la Fuente Flores” del Partido Revolucionario Institucional, conjuntamente con las Diputadas y los Diputados que también la suscriben y con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 45, 59, fracción I, y 67, fracción I, de la Constitución Política del Estado y 22, fracción V, 144, fracción I y último párrafo y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la nueva Ley Orgánica del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En todo estado democrático de derecho, es imposible concebir el ejercicio del poder público sin una clara división de funciones que establezca una terminante separación de las atribuciones y garantice que existan los suficientes contrapesos para evitar concentraciones excesivas de facultades en una sola persona o institución que provocarían ejercicios abusivos. En este sentido, la división que ha adoptado nuestro sistema constitucional, apegada a las doctrinas preponderantes, comprende la concepción de tres poderes, legislativo, ejecutivo y judicial, cuyas atribuciones son definidas, en principio por su propia denominación.

De este modo, en su concepción más elemental, la función de crear el orden jurídico del estado corresponde al poder legislativo, su tutela corresponde al ejecutivo y su aplicación a los casos concretos mediante la solución de las controversias, corresponde al poder judicial.

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No obstante, ya en la práctica y conforme el estado moderno ha ido evolucionando hacia modelos cada vez más complejos, las funciones que realiza cada uno de los poderes van más allá de las que de manera originaria estrictamente les corresponden, así podemos advertir que el poder ejecutivo realiza ciertas funciones que materialmente son legislativas, como es la expedición de reglamentos, manuales y otros ordenamientos que forman parte del orden jurídico; del mismo modo realiza funciones de carácter jurisdiccional como es el caso de la resolución de los procedimientos administrativos.

En el caso del poder judicial también advertimos que tiene atribuciones que escapan materialmente al ámbito meramente jurisdiccional, como es el caso de la expedición de sus reglamentos, manuales y demás ordenamientos para regular el funcionamiento de sus dependencias; o bien, las funciones administrativas necesarias para crear nuevos órganos jurisdiccionales, el nombramiento de sus servidores públicos y el ejercicio presupuestal que le corresponde.

Evidentemente el poder legislativo también realiza funciones que van más allá de las estrictamente parlamentarias, por ejemplo la designación de los integrantes de los órganos de gobierno de los organismos autónomos, la ratificación de los nombramientos de ciertos servidores públicos de los otros poderes o la instrucción y resolución del juicio político.

Estas funciones pueden ser denominadas funciones parlamentarias, que pueden ser definidas como “La acción Propia del Congreso –Cámara de Diputados y Cámara de Senadores-, que se traduce en sus facultades para realizar actos de distinta naturaleza y que por denominarse Poder “Legislativo”, estos no tienen por qué ser exclusivamente legislativos. También puede llevar a cabo actos que creen circunstancias particulares, concretas, individuales, y que ejecutan una Ley; actos que crean circunstancias particulares, concretas, individuales, pero que dirimen una controversia, declaran la existencia de un deber o un derecho, o que culminan con una resolución de la institución representativa; actos que verifiquen, analicen o controlen la actividad del gobierno; actos para establecer y percibir contribuciones; actos que determinen los objetivos de la política nacional y los medios o instrumentos para alcanzarla, entre otros”.1

1 Pedroza de la Llave, Susana Thalía. “El Congreso de la Unión. Integración y Regulación”. Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, Primera edición. México 1997.

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No existe duda sobre la importancia fundamental del Congreso en la vida pública del estado, pues se trata de uno de sus órganos esenciales en el que se deposita la función primaria del estado de crear las normas jurídicas que den orden y cohesión a la estructura política y social, y que al paso de los años, ha contribuido al alto nivel de desarrollo de nuestra entidad. Pero es este mismo desarrollo el que ha hecho cada vez más complejas, variadas y trascendentes las funciones parlamentarias, incrementando sensiblemente las áreas de influencia del Congreso.

Asimismo, la propia dinámica social, hace cada vez más necesaria una revisión, actualización y renovación permanente del orden jurídico, para mantenerlo acorde a las necesidades de una sociedad cambiante, moderna y de vanguardia como es la de Coahuila.

Estamos perfectamente conscientes de que el Congreso es precisamente el órgano del debate público, en el que tienen cabida todas las expresiones políticas surgidas de la sociedad y en el que se va delineando el destino de nuestra entidad con la participación plural y democrática de todas las corrientes de pensamiento a las que el pueblo ha otorgado su representación. Sin embargo, también consideramos que el debate político no debe ser un factor que entorpezca el funcionamiento del Congreso.

En este contexto, es de fundamental importancia generar hacia el interior del órgano legislativo condiciones de mayor estabilidad y equilibrio en sus órganos de gobierno, que faciliten el desempeño de sus atribuciones y eviten desgastes innecesarios en su integración.

Es importante prever los mecanismos que, al tiempo que favorezcan la pluralidad política y las posibilidades de participación de todas las fuerzas representadas, garanticen que el trabajo cotidiano y las funciones parlamentarias se puedan seguir desahogando con la debida continuidad sin sujeción a vaivenes políticos.

Del mismo modo consideramos que las normas jurídicas que rigen la vida parlamentaria, deben ser constantemente actualizadas para cubrir las cambiantes necesidades que el devenir cotidiano impone y buscar los mejores mecanismos para cumplir las funciones del poder legislativo con mayor eficiencia y aprovechando además los nuevos instrumentos que la tecnología pone a disposición.La actual Ley Orgánica del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, aún siendo de reciente creación, pues se publicó en el Periódico

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Oficial del Gobierno del Estado el 25 de Noviembre del año 2011, ha sido un instrumento normativo útil y adecuado para regular la vida del Congreso en la presente legislatura, sin embargo en ella se conservan figuras que consideramos que ya deben ser superadas para dar paso a nuevas modalidades de organización y de trabajo que han demostrado ser factores determinantes para un mejor desempeño de las legislaturas, por otra parte, también advertimos que en sus tres años de vigencia, ya ha sido objeto de 11 reformas que afectan a 55 de sus artículos, modificando, adicionando o hasta suprimiendo diversos párrafos o fracciones, lo que ha ido modificando en alguna medida su estructura original, por lo que consideramos que es más viable proponer una nueva Ley que reciba desde el principio una conformación lógica y una estructura coherente, evitando en lo posible remisiones a otros preceptos y a otras leyes.

ESTRUCTURA DE LA LEY

La nueva ley que se propone, se estructura en nueve títulos cuyo contenido Trata de agrupar de manera lógica los temas que toca la Ley, iniciando por las disposiciones preliminares en un primer título, en el segundo se establecen las disposiciones atinentes a las diputadas y los diputados en cuanto su calidad de legisladores e integrantes de la legislatura y de inmediato, los títulos tercero, cuarto y quinto abordan las cuestiones sustantivas, la organización del Congreso, el proceso legislativo y los procedimientos especiales, y por último en los títulos restantes se incluyen las disposiciones relativas a los órganos de apoyo parlamentario, el servicio civil de carrera y el acceso a la información.

A continuación se incluye la tabla de contenidos:

Ley Orgánica del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza.

Título Primero.- DISPOSICIONES PRELIMINARES.Capítulo I. Disposiciones preliminaresCapítulo II. De la Sede y Recinto Oficial del Congreso del EstadoCapítulo III. De la Instalación del Congreso.

Título Segundo.- DE LAS DIPUTADAS Y LOS DIPUTADOS.Capítulo I. De los Derechos

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Capítulo II. De las ObligacionesCapítulo III. De la Suspensión y Pérdida de la Condición de DiputadoCapítulo IV. De las Sanciones

Título Tercero.- De la ORGANIZACIÓN DEL CONGRESO.Capítulo I. De los Órganos del Congreso.Capítulo II. Del Pleno Legislativo.Capítulo III. De la Mesa Directiva.

Sección Primera. De su Integración, Elección y AtribucionesSección Segunda. De la Presidencia de la Mesa Directiva.Sección Tercera. De las Vicepresidencias.Sección Cuarta. De las Secretarías.

Capítulo IV. De los Grupos Parlamentarios.Capítulo V. De la Junta de Gobierno.Capítulo VI. De la Programación de los Trabajos Legislativos.Capítulo VII. De las Comisiones.

Sección Primera. De las Comisiones Permanente y las Especiales.Sección Segunda. De su Integración.Sección Tercera. De la Competencia de las Comisiones.Sección Cuarta. De las Sesiones de las Comisiones.

Capítulo VIII. De los Comités.Capítulo IX. De la Diputación Permanente.Capítulo X. De la Auditoría Superior del Estado.

Título Cuarto.- DEL PROCESO LEGISLATIVO.Capítulo I. De la Iniciativa de Leyes.Capítulo II. De las Discusiones.Capítulo III. De las Votaciones.Capítulo IV. Del Voto de Confianza.Capítulo V. De las Sesiones del Pleno.Capítulo VI. De las Resoluciones.Capítulo VII. De la Difusión de los Actos del Congreso.

Sección Primera. De la Publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.Sección Segunda. Del Diario de los Debates. Sección Tercera. De la Gaceta Parlamentaria.Sección Cuarta. De la Página de Internet.

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Título Quinto.- DE LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES.Capítulo I. Del Informe del Estado que Guarda la Administración Pública Estatal.Capítulo II. Del Nombramiento de Gobernador Interino y Provisional y de la Elección de Gobernador Sustituto y Otros Funcionarios.Capítulo III. Del Ceremonial

Título Sexto.- DE LA ORGANIZACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO.Capítulo Único. De los Órganos de Servicios Financieros, Parlamentarios y Administrativos.

Título Séptimo.- DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS Y PARLAMENTARIAS.Capítulo Único. De las Funciones.

Título Octavo.- DEL SERVICIO CIVIL DE CARRERA.Capítulo Único. De la Institucionalización del Servicio Civil de Carrera.

Título Noveno.- TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN.Capítulo Único. Disposiciones Generales.

ASPECTOS RELEVANTES DE LA INICIATIVAEn términos generales, se buscó una redacción clara y precisa para hacer más fácil la lectura y comprensión del contenido agrupándose los contenidos de forma temática a fin de darle una estructura lógica a la nueva Ley, se pueden señalar entre otros los siguientes aspectos relevantes:

Lenguaje y géneroSe cuidó de utilizar un lenguaje que deje clara la equidad de género que impera en nuestro sistema político para dejar precisado que el Poder Legislativo es un órgano del estado integrado por hombres y mujeres, y que ambos tienen acceso a cualquier posición o prerrogativa en igualdad de circunstancias. De este modo, las disposiciones siempre se refieren a “Las y Los Diputados”, evitando en lo posible referirse únicamente por el género masculino cuando se habla de la titularidad de los diversos órganos del Congreso.

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Facultades del CongresoSe incluye una enumeración de las facultades del Poder Legislativo, que se ejercen a través del Congreso del Estado, en concordancia con lo dispuesto en la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza.

Instalación del CongresoSe propone incluir en el periodo de instalación como asunto obligado, la designación de la mesa directiva que habrá de fungir durante los dos periodos ordinarios de sesiones del primer año legislativo.De este modo, se consigue dejar preparado el órgano de dirección de los trabajos en el Pleno de la Legislatura evitando el trámite de nombrar una nueva mesa directiva cada vez que se convoque a periodos extraordinarios y al inicio de cada periodo ordinario.Asimismo, se simplifica el mecanismo para seleccionar a quienes habrán de conducir los trabajos para la instalación de la Legislatura, y del periodo de instalación, de modo que cuando dos partidos tengan el mismo número de diputados de mayoría, como solución inmediata se plantea que encabezarán los labores los representantes del partido que haya obtenido más votos en la correspondiente elección.

Elección y duración de la Mesa DirectivaSe propone que la Mesa Directiva sea un órgano de gobierno del Congreso con mayor permanencia, lo que generará estabilidad y continuidad en la conducción de las labores del Pleno. Se propone que las y los integrantes de la Mesa Directiva permanezcan durante un año en sus cargos, siendo electos para el primer año legislativo, en el mismo periodo de instalación y en los dos años subsecuentes se elegirá al finalizar el segundo periodo de sesiones del año de ejercicio, de manera que una vez concluido dicho periodo de sesiones, ya estará definido quienes conducirán las labores legislativas en el Pleno del Congreso en cualquier periodo extraordinario que se convoque y por supuesto al inicio del primer periodo ordinario del subsecuente año legislativo, siguiendo así el modelo establecido en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.De aprobarse esta Iniciativa, conseguiremos continuidad, certeza y estabilidad en el trabajo parlamentario, pues no será necesario realizar todo el proceso de elección de una mesa directiva cada mes durante los periodos ordinarios ni cada vez que se convoque a extraordinarios, facilitando así el desahogo puntual y efectivo de las cargas administrativas que corresponden a la mesa directiva y estabilizando las relaciones institucionales del Congreso con los demás poderes estatales y autoridades municipales, federales o de otras entidades federativas.

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InformesSe establece la obligación de los presidentes de las comisiones de presentar por escrito, un informe de las labores desempeñadas por las comisiones durante cada año legislativo, mismo que se publicará en la gaceta parlamentaria y se difundirá a través del servicio de Internet.También se señala la obligación de las comisiones de reunirse cuando menos una vez por mes, independientemente de si el Congreso está en periodo ordinario de sesiones o en receso.

Comisión de Reglamentos y Prácticas ParlamentariasSe propone crear, dentro de las comisiones permanentes la Comisión de Reglamentos y Prácticas parlamentarias, integrada por las y los legisladores de mayor experiencia, correspondiéndole conocer de los asuntos legislativos relativos a las actividades parlamentarias, como son:

I. La preparación de proyectos de Ley o de Decreto para adecuar las normas que rigen las actividades parlamentarias;

II. El Dictamen sobre las propuestas que se presenten en esta materia y el desahogo de las consultas que en el mismo ámbito decidan plantearle los órganos constituidos en virtud de este ordenamiento;

III. La consulta a los Poderes Ejecutivo y Judicial del Estado en asuntos concernientes al Poder Legislativo;

IV. La solución de las controversias de fondo entre los grupos parlamentarios, buscando puntos de coincidencia sobre las discrepancias;

V. La solicitud de licencia de los Diputados para separarse de sus cargos;

VI. La realización de estudios que versen sobre disposiciones normativas, regímenes y prácticas parlamentarias y otros análogos que determine el pleno o la Mesa directiva.

Comité de Administración PresupuestalSe propone redimensionar al Comité de Administración Presupuestal, con objeto de que haya una participación más plural de las fuerzas políticas integrantes de la legislatura,

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en la administración de los recursos del Poder Legislativo, definiendo su integración con diputadas y diputados de todos los grupos parlamentarios representados en el Congreso, incorporando con voz pero sin voto a los titulares de la Tesorería y la Oficialía Mayor y dotándolo de facultades suficientes para participar en la elaboración del anteproyecto de presupuesto de manera conjunta con quien presida la Junta de Gobierno. También se le otorgan atribuciones para recibir de la o el Presidente de la Junta de Gobierno los informes periódicos sobre el ejercicio del presupuesto y a su vez informar al Pleno sobre su administración.Este órgano, funcionará de manera periódica al menos una vez al mes, y si bien, en la toma de decisiones se propone seguir el modelo de voto ponderado que impera en la Junta de Gobierno, se establece una excepción que garantiza la transparencia, la rendición de cuentas y el correcto manejo de los recursos públicos, pues en la aprobación de los informes el voto de los integrantes del Comité será de igual valor. De este modo se garantiza la agilidad en la toma de las decisiones sobre la administración para que no se entorpezca el ejercicio del presupuesto y por ende el funcionamiento del Congreso, pero se establece un contrapeso para que en la aprobación de los informes sobre el ejercicio de los recursos exista una decisión totalmente plural.

Comité de Quejas y Gestoría

Siendo las diputadas y los diputados los representantes del pueblo, es innegable el carácter de gestores de la comunidad ante las diferentes instancias de gobierno, por ello deben permanecer cerca de sus representados, en permanente contacto y comunicación, y escuchar sus inquietudes y necesidades para traducirlos en soluciones legislativas mediante la presentación de las iniciativas que recojan esas inquietudes, o bien, en el caso de que los planteamientos del pueblo entrañen una petición específica a determinada autoridad, las y los legisladores resultan ser apoyos invaluables para que las personas sean escuchadas y atendidas, Por ello, se propone la creación del Comité de Gestoría y Quejas como una instancia que puede auxiliar al Congreso en si, o a las y los diputados en lo particular, actuando como un órgano recolector del sentir ciudadano mediante la realización de encuestas y foros de consulta, con el fin de obtener información que contribuya al ejercicio pleno de la función legislativa, así como la atención a las peticiones de los particulares, que se formulen por escrito o en forma oral, de manera pacífica y respetuosa y la remisión a las dependencias y entidades correspondientes de los Gobiernos federal, estatal o municipales, de las demandas y peticiones de los ciudadanos, así como dar seguimiento a la atención de los mismos.

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Se propone que este Comité capte y remita a las comisiones respectivas del Congreso del Estado que puedan atenderlos, los asuntos presentados por la ciudadanía para darles solución, atención y gestión.

Periodicidad de las sesionesÚnicamente con objeto de identificar con claridad los periodos de sesiones, se propone dividir el ejercicio de la legislatura en años legislativos que se contarán de manera ordinal, de tal forma que se pueda establecer con mayor facilidad la temporalidad en que se produjo cada decisión del órgano legislativo. Asimismo, dado el alto volumen de trabajo que se presenta en materia legislativa y en las funciones de control gubernamental, se propone incrementar el número de sesiones ordinaras al doble, dejando establecido que en los periodos ordinarios el Pleno deberá sesionar al menos dos veces por semana, adoptando el mismo modelo que el Congreso de la Unión.

Proceso legislativoCon objeto de hacer más ágil y práctico el proceso legislativo, se propone eliminar el trámite de las dos lecturas de las iniciativas que presenten las y los diputados, sustituyendo dicho trámite por la declaratoria de publicidad mediante la publicación de las iniciativas en la Gaceta Parlamentaria.El objeto de las lecturas de las iniciativas antes de ser turnadas a Comisión, es precisamente que las y los diputados tengan conocimiento de lo que se va a enviar a comisiones para la elaboración del dictamen correspondiente, al cual también se le da lectura antes de su discusión en el Pleno.Con su publicación oportuna en la Gaceta Parlamentaria, las iniciativas y todos los documentos que habrán de tratarse en la sesión del Pleno, quedan a disposición de las y los legisladores para que las conozcan a detalle, de modo que es innecesaria la lectura en el pleno, salvo el caso de que la o el promovente lo solicite y los asistentes a la sesión lo autoricen, en cuyo caso se dará lectura y podrán registrarse oradores en pro y en contra.Se deja subsistente la dispensa de trámite y la lectura del dictamen previo a su discusión, aunque se incorpora la obligación de darle también publicidad mediante su publicación en la Gaceta Parlamentaria.Asimismo, se precisa la metodología para la discusión y votación de los dictámenes en lo general y en lo particular, estableciendo con claridad la mecánica para aceptar o desechar las reservas propuestas por las y los diputados.

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Difusión de las labores del CongresoSe precisa la publicación del Diario de los Debates como el mecanismo de registro y difusión del resultado de cada sesión y de la Gaceta Parlamentaria como el instrumento que sirve para dar publicidad al orden del día, citatorios y a las iniciativas y demás documentos que serán objeto de discusión en las sesiones del pleno y se incorpora en la Ley, la obligación de que el Congreso cuente con una página de Internet, en la cual el público en general y los propios integrantes de la Legislatura, tengan acceso a toda la documentación que se genere en las tareas parlamentarias, incluyendo ligas al Diario de los Debates y a la Gaceta Parlamentaria, con lo que se garantizan mayores posibilidades de acceso a la información generada por el Poder Legislativo.

En esta nuevo ordenamiento que se propone, se conservan varias de las instituciones contenidas en la Ley actual, sin embargo se da una diferente estructura al cuerpo normativo y se buscó mejorar en general la redacción para incorporar, como ya se dijo un lenguaje adecuado a la equidad de género y para dar más claridad en la lectura e interpretación de los preceptos que contiene.Por los razonamientos y fundamentos legales expuestos, sometemos a la consideración de esa H. Asamblea el siguiente proyecto de

DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA NUEVA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE

ZARAGOZA

ARTÍCULO ÚNICO: Se expide la nueva Ley Orgánica del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, cuyo texto es el siguiente:

LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

TÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES PRELIMINARES

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CAPÍTULO I

Disposiciones Preliminares

ARTÍCULO 1°.- La presente Ley es de orden público e interés general, y tiene por objeto regular jurídicamente la organización y funcionamiento del Poder Legislativo del Estado de Coahuila de Zaragoza.

ARTÍCULO 2°.- Esta Ley, sus reformas y adiciones, no podrán ser objeto de veto o plebiscito, ni requerirán para su vigencia de la promulgación por parte del Poder Ejecutivo. Es facultad exclusiva del Congreso del Estado, su aprobación, reforma o adición, así como ordenar su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

ARTÍCULO 3°.- El ejercicio del Poder Legislativo se deposita en una asamblea popular y representativa denominada Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza.

ARTÍCULO 4°.- El Congreso del Estado se integra en la forma y términos que establecen la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza y el Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza.

ARTÍCULO 5°.- El período de tres años durante el cual ejercen sus funciones las y los diputados, constituye una Legislatura, la que se identificará con el número ordinal sucesivo que le corresponda. Asimismo, cada legislatura se dividirá en años legislativos que también serán identificados con números ordinales.

ARTÍCULO 6°.- Para cumplir satisfactoriamente con sus funciones y ejercer sus facultades, el Congreso del Estado contará con personalidad jurídica y patrimonio propios, y personal de apoyo suficientes; contando con plena autonomía para el ejercicio de su presupuesto anual de egresos y para organizarse administrativamente.

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ARTÍCULO 7°.- Son facultades del Poder Legislativo que serán ejercidas por el Congreso del Estado, las establecidas en la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, esta ley y las demás previstas en otras disposiciones aplicables.

CAPÍTULO II

De la Sede y del Recinto Oficial del Congreso del Estado

ARTÍCULO 8°.- La sede del Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza es la ciudad capital de la entidad.

Se consideran recintos oficiales, todas las instalaciones, inmuebles u oficinas del Congreso del Estado que sean utilizadas para los trabajos del Pleno, comisiones y dependencias directivas o administrativas.

El Congreso del Estado sesionará únicamente en los recintos oficiales, salvo caso fortuito o de fuerza mayor, o cuando por causas especiales lo acuerde el Pleno por mayoría calificada, y sólo provisionalmente para desahogar los asuntos concretos acordados.

El decreto que autorice la declaratoria de nuevos recintos oficiales, deberá publicarse en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

ARTÍCULO 9°.- El Recinto Oficial del Congreso del Estado es inviolable. Toda fuerza pública está impedida de tener acceso al mismo, salvo a solicitud o con autorización de quien presida la Mesa Directiva, quien asumirá el mando de la misma.

Quien presida la Mesa Directiva podrá solicitar la intervención inmediata de la fuerza pública para que, por medio de su auxilio, se salvaguarde en todo momento el fuero constitucional de las y los diputados y la inviolabilidad de los recintos oficiales.

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Cuando sin mediar autorización se hiciere presente la fuerza pública, quien presida la Mesa Directiva, podrá decretar la suspensión de la sesión hasta que dicha fuerza hubiere abandonado los recintos oficiales.

ARTÍCULO 10.- Ninguna autoridad podrá ejercer mandamientos judiciales o administrativos sobre los bienes del Congreso del Estado, ni sobre las personas o bienes de las y los diputados en el interior del Recinto Legislativo, salvo los relativos a pensiones alimenticias.

CAPITULO IIIDe la Instalación del Congreso

ARTÍCULO 11. El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila, enviará al Congreso del Estado copias certificadas de los documentos en los que se haga constar la declaración de validez de la elección de diputados y diputadas, así como la información relativa a quienes hayan sido electos para integrar la siguiente legislatura; acompañándose, asimismo, copias certificadas de las notificaciones de las sentencias definitivas que emita el órgano jurisdiccional electoral sobre la respectiva elección.

Conforme a la información proporcionada por el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila, el Congreso del Estado hará el registro correspondiente y elaborará la lista de las y los diputados electos para integrar la siguiente Legislatura.

ARTÍCULO 12. Para el inicio de funciones de la nueva Legislatura, se celebrará un período de instalación que tendrá una duración de hasta quince días y en el cual se desahogarán específicamente los siguientes asuntos:

I. Protesta de ley de las y los diputados electos;

II. Declaratoria de instalación de la Legislatura que corresponda;

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III. Mandamiento para la expedición del decreto que dé cuenta de la instalación, integración e inicio de funciones de la Legislatura;

IV. Integración de los Grupos Parlamentarios;

V. Asignación de la Presidencia de la Junta de Gobierno y declaratoria formal de la integración de dicho órgano de gobierno;

VI. Elección de las comisiones permanentes y Comités;

VII. Designación del Oficial Mayor y del Tesorero del Congreso.

VIII. Elección de la Diputación Permanente del primer período de funciones de este órgano legislativo, correspondiente al Primer Año Legislativo, autorizándola para que, además de lo señalado en la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, conozca y, en su caso, resuelva, sobre los asuntos pendientes y aquellos que se presenten durante su funcionamiento, con excepción de los relativos a iniciativas para la expedición o reforma de leyes y de aquellos en los que expresa y rigurosamente la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado, dispongan la intervención del Pleno del Congreso.

IX. Elección de la Mesa Directiva que habrá de fungir durante los periodos de sesiones del Pleno en el Primer Año Legislativo; y

X. Clausura del Período de Instalación.

Además de los asuntos a que se refieren las anteriores fracciones de este artículo, el Pleno podrá acordar la atención de otros, cuando se considere necesaria su resolución dentro del período de instalación.

ARTÍCULO 13. Las y los diputados electos de cada uno de los partidos políticos que estarán representados en el Congreso, designarán a una o uno de ellos para que participe en los trabajos previos relacionados con la instalación de la Legislatura de la que formarán parte. Dichos representantes se reunirán, al menos dentro de los tres días anteriores al inicio de su ejercicio constitucional, a fin de coordinar y organizar lo relacionado con la instalación de la nueva legislatura; Quien haya sido designado o designada representante por las y los diputados electos del partido político que haya

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obtenido el mayor número de diputaciones de mayoría relativa, será quien convoque a los demás representantes y coordine estos trabajos.

Si dos o más partidos políticos tienen igual número mayor de diputaciones de mayoría relativa, corresponderá convocar al representante de los diputados electos del partido político que haya obtenido más votos en el Estado.

Al hacerse dicha convocatoria, se señalará la fecha, hora y lugar en que se llevará a cabo la reunión inicial de dichos trabajos.

Las y los representantes a que se refiere este artículo, fijarán la hora para la celebración de la reunión preparatoria y notificarán a los diputados electos de su correspondiente partido, lo que se determine para la instalación y el inicio de las funciones de la legislatura.

ARTÍCULO 14. El primero de enero del año inmediato posterior al de la elección, las y los diputados electos, celebrarán una reunión preparatoria, para elegir la mesa directiva que estará en funciones durante el período de instalación. Los trabajos de esta reunión preparatoria serán dirigidos por quien designen las y los diputados del partido que haya obtenido mayor número de diputaciones de mayoría relativa, y para su desarrollo la o el diputado designado para dirigir dicha reunión, solicitará libremente a otro diputado o diputada que lo asista en la secretaría.

Si dos o más partidos políticos tienen igual número mayor de diputadas y diputados de mayoría relativa, el partido político que haya obtenido más votos en el Estado, designará la diputada o diputado que deberá dirigir la reunión preparatoria.

Para la elección de la referida mesa directiva, se observará el siguiente procedimiento:

I. El día señalado, en la hora que se acuerde conforme al artículo anterior, las y los diputados electos que estén presentes, se reunirán en el Salón de Sesiones para iniciar los trabajos de la reunión preparatoria, bajo la dirección de las o los diputados designados para este efecto en los términos del presente artículo.

II. La o el diputado que ocupe la secretaría, pasará lista de asistencia de las y los diputados de la nueva legislatura, conforme al registro de las copias certificadas de los documentos en los que se haga constar la declaración de validez de la elección

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correspondiente, remitidas por el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Coahuila, para confirmar la existencia del quórum que prescribe el Artículo 51 de la Constitución Política Local; en caso contrario, se procederá en los términos de esta misma disposición constitucional.

III. La o el diputado encargado de dirigir la reunión, solicitará que se formulen propuestas para elegir de entre las y los diputados electos asistentes, mediante votación secreta, ya sea por medio de cédulas o mediante el sistema electrónico, y por mayoría de votos, una mesa directiva integrada con un Presidente, dos Vicepresidentes y cuatro Secretarías, observando para su designación equidad de género, que estará en funciones durante el período de instalación de la Legislatura.

IV. La o el diputado en funciones de secretario dará a conocer el resultado de la votación.

V. La o el diputado encargado de dirigir la reunión, hará la declaratoria de la integración de la mesa directiva y solicitará a los electos que ocupen los lugares asignados a los miembros de la misma, para proceder inmediatamente después a la apertura del periodo de instalación que debe iniciarse el mismo día, con lo cual se concluirán los trabajos de la reunión preparatoria.

ARTÍCULO 15. Al ocupar su lugar la Mesa Directiva, la o el Presidente pedirá a las y los Diputados, así como al público asistente, que se pongan de pie para hacer la declaratoria de apertura del período de instalación de la legislatura.

Posteriormente, reiterando la solicitud de que legisladores y público asistente se mantengan de pie, la o el diputado Presidente, levantando su brazo derecho hacia el frente a la altura del pecho con la mano abierta y la palma hacia abajo, rendirá su protesta de ley en los siguientes términos: "Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado y las Leyes emanadas o que emanen de ambas, así como desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Diputado que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión y del Estado; y si no lo hiciere así, que el Estado me lo demande".

A continuación, la o el Presidente tomará protesta a las y los demás diputados electos en los siguientes términos:

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"¿Protestan guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado y las Leyes emanadas o que emanen de ambas, así como desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Diputados y Diputadas que el pueblo les ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión y del Estado?”

Las y los diputados, levantando su brazo derecho hacia el frente a la altura del pecho con la mano abierta y la palma hacia abajo deberán responder: “Si, protesto”.

Si la contestación fuera afirmativa, la o el presidente replicará las palabras siguientes: "Si no lo hicieren así, que el Estado se los demande".

Acto seguido, la o el Presidente de la Mesa Directiva expresará lo siguiente: "Se declara legalmente constituido el Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza e instalada la (número ordinal) Legislatura".

En caso de que hubieran faltado a la sesión inicial del período de instalación, alguno o algunos de los diputados electos, conforme a lo dispuesto en el Artículo 51 la Constitución Política del Estado, la Presidencia de la Mesa Directiva mandará citarlos para el efecto de tomarles la protesta de ley.

Desahogados los puntos anteriores, se levantará la sesión y se convocará para la siguiente sesión.

La presidencia de la mesa directiva determinará las fechas en que sesionará la nueva legislatura, para atender los demás asuntos que deberán desahogarse dentro del período de instalación.

ARTÍCULO 16. Constituido legalmente el Congreso, la nueva legislatura emitirá un decreto que dé cuenta de su instalación y lo comunicará mediante oficio a los demás Poderes del Estado, a los Poderes de la Federación y a los de las Entidades Federativas.

TÍTULO SEGUNDO

DE LAS DIPUTADAS Y LOS DIPUTADOS

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CAPÍTULO IDe los Derechos

ARTÍCULO 17.- Los derechos y prerrogativas de las y los Diputados serán vigentes desde el momento en que rindan la protesta de Ley y hasta que concluyan su período constitucional.

Los derechos y prerrogativas se suspenden en los casos de licencia o falta absoluta.

Independientemente de que su elección haya sido bajo el principio de mayoría relativa o bajo el principio de representación proporcional, tendrán la misma categoría e iguales derechos y obligaciones.

ARTÍCULO 18.- Las y los Diputados gozan del fuero que les otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado.

ARTÍCULO 19.- A las y los Diputados no podrá exigírseles responsabilidad legal alguna por las opiniones que manifiesten en el desempeño de su encargo y jamás podrán ser reconvenidos o enjuiciados por ellas. Sin embargo serán responsables por los delitos, faltas u omisiones, que cometan durante el tiempo de su encargo, pero no podrán ser detenidos, ni ejercitarse en su contra la acción penal, sino mediante el procedimiento constitucional para la declaratoria de procedencia y como consecuencia de ello, se proceda a la separación del cargo, sujetándose en lo conducente a lo establecido en la Constitución y en Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Coahuila de Zaragoza.

ARTÍCULO 20.- Las y los Diputados en ejercicio tendrán derecho a una retribución denominada dieta con cargo al presupuesto del Congreso del Estado, que será igual para todos, independientemente del principio bajo el cual hayan sido electos o electas.

Tal percepción será establecida y determinada en el Presupuesto General del Estado.

ARTÍCULO 21.- Son derechos de las Diputadas y los Diputados, en los términos de la presente Ley:

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I. Elegir y ser electos para integrar la Mesa Directiva del Pleno y la Diputación Permanente, así como de las Comisiones Ordinarias y Extraordinarias y Comités del Congreso del Estado;

II. Ser integrantes de cuando menos una comisión o comité, pudiendo formar parte de más, sin que esta participación pueda exceder de cinco casos entre comisiones permanentes y comités;

Excepcionalmente, podrán formar parte de más comisiones o comités de los señalados en el párrafo anterior, cuando así lo acuerde la Junta de Gobierno, tomando en consideración la proporcionalidad del número de integrantes de los grupos parlamentarios y partidos políticos representados en el Congreso;

También podrán asistir con voz pero sin voto a las sesiones de las comisiones o comités de las que no formen parte.

III. Formar parte de un Grupo Parlamentario;

IV. Iniciar Leyes y Decretos ante el H. Congreso del Estado e intervenir en las discusiones y votaciones de los mismos, conforme a lo establecido por la presente Ley;

V. Proponer al Pleno del H. Congreso del Estado la aprobación para la presentación de iniciativas de leyes y decretos ante el Congreso de la Unión;

VI. Presentar ante el Pleno y Comisiones proposiciones y denuncias;

VII. Gestionar ante las autoridades competentes la atención de las demandas de sus representados;

VIII. Obtener designación por el Pleno, la Diputación Permanente o por la Comisión de Gobierno para representar al Congreso del Estado en los foros, consultas y reuniones nacionales e internacionales;

IX. Orientar a las y los ciudadanos del Estado acerca de los medios jurídicos y administrativos tendientes a hacer efectivos sus derechos individuales o sociales;

X. Contar con los apoyos administrativos y de asesoría, dietas, asignaciones, prestaciones, franquicias y viáticos que les permitan desempeñar con eficacia y

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dignidad su encargo, los cuales se fijarán en el presupuesto de egresos del Congreso del Estado y conforme a la posibilidad financiera del mismo; y

XI. Solicitar al Pleno Legislativo licencia para separarse temporalmente del cargo.

ARTÍCULO 22.- Cuando una o un Diputado solicite al Pleno licencia por tiempo indeterminado para separarse del cargo, deberá existir siempre causa justificada o motivo grave, y las dietas correspondientes no le serán abonadas.

CAPÍTULO II

De las Obligaciones

ARTÍCULO 23.- Durante el ejercicio Constitucional de la Legislatura, las y los Diputados sólo podrán excusarse del cumplimiento de sus obligaciones por caso fortuito o fuerza mayor, así como por motivo grave así́ calificado por el Pleno.

ARTÍCULO 24.- Son obligaciones de las y los Diputados:

I. Asistir a todas las sesiones del Pleno, de las Comisiones o Comités de que formen parte, así como a foros, y demás eventos a los que sean oportunamente citados, permaneciendo en ellas desde su inicio hasta su conclusión.

En tratándose de las sesiones del Pleno y Comisiones o Comités, en caso de abandonar definitivamente la sesión sin autorización de quien presida la correspondiente sesión, se considerará como falta injustificada. Solamente podrán dejar de concurrir a dichas sesiones por enfermedad o por cualquier otro motivo grave que les impida cumplir con tal obligación.

Las faltas injustificadas serán descontadas de la dieta en forma directa por la Tesorería del Congreso, sin que proceda por motivo alguno su reintegro o restitución;

II. Representar los intereses de los coahuilenses con relación a la actividad y gestión legislativa que desempeña;

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III. Radicar dentro del territorio del Estado;

IV. Presentarse con la oportunidad debida, cuando haya convocatoria de la Diputación Permanente a período extraordinario de sesiones;

V. Guardar reserva de los asuntos tratados en las sesiones privadas;

VI. Difundir las actividades del Congreso, en congruencia con lo que esté asentado en el Diario de las Debates, que constituye el órgano oficial de difusión;

VII. Realizar visitas de trabajo a los centros de población comprendidos dentro de sus respectivos Distritos Electorales. En el período ordinario deberán rendir informes de estas actividades;

VIII. Cumplir oportuna y eficazmente con las comisiones y asuntos que se les encomienden;

IX. Solicitar permiso a la Presidencia para faltar a la sesión, debiendo presentar solicitud por escrito, cuando ésta sea para faltar a más de una sesión y entregar a la mesa directiva los documentos que justifiquen sus ausencias;

X. Dar aviso a la Presidencia en los casos en que por cualquier motivo grave no pudieren cumplir sus obligaciones, a efecto de que el Pleno califique la causa y disculpe los incumplimientos;

XI. Conducirse, en todo momento, con apego a principios que privilegien el diálogo, la tolerancia y el respeto mutuo, como valores que sustenten su desempeño en la representación popular e impulsen el desarrollo de una práctica legislativa abierta y democrática.

XII. Salvaguardar el principio de legalidad; desempeñándose con probidad, lealtad y decoro en el cargo o comisión que le han sido conferidos;

XIII. Cumplir con diligencia sus funciones de diputado y abstenerse de efectuar cualquier acto que cause demora o negligencia en su actividad parlamentaria o implique el ejercicio indebido de su cargo o comisión;

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XIV. Abstenerse de participar en asuntos del Congreso, de las comisiones y comités en los que tenga un interés personal o conflicto de intereses, de conformidad a lo establecido en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos Estatales y Municipales del Estado de Coahuila de Zaragoza.

XV. Utilizar los recursos humanos del Congreso y los que se le asignen en lo individual, así como la información privilegiada a la que tenga acceso con motivo de su función, exclusivamente para los fines de su cargo o comisión;

XVI. Conducirse con cortesía y estricto respeto para con los miembros y trabajadores del Congreso, así como para con los servidores públicos e invitados al recinto oficial, en el despacho de los asuntos legislativos y parlamentarios, tanto en el curso de las sesiones, como en el trabajo cotidiano del Poder Legislativo;

XVII. Guardar el debido respeto y compostura propios de su investidura, aún fuera de los recintos legislativos.

XVIII. Ser gestores y promotores de actividades en sus respectivos Distritos Electorales, que beneficien a sus habitantes;

XIX. Abstenerse de invocar o hacer uso de su condición como diputados o diputadas, para el ejercicio de la actividad mercantil, industrial o profesional;

XX. Observar en todo momento las normas sobre incompatibilidades, establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza y las leyes que de ellas emanen; y

XXI. Rendir informe anual a la ciudadanía respecto de sus labores legislativas, de gestión y de representación. Dichos informes serán publicados en el órgano oficial de difusión del Congreso y en su página electrónica.

CAPÍTULO III

De la Suspensión y Pérdida de la Condición de Diputado

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ARTÍCULO 25.- Los derechos y deberes parlamentarios, de una Diputada o Diputado, serán suspendidos:

I. Cuando se emita por el Congreso del Estado la declaratoria de procedencia por responsabilidad penal; o

II. Se apruebe una solicitud de licencia.

Cuando ocurra la falta absoluta de un diputado o en el caso de falta temporal por licencia mayor de treinta días, se llamará a su suplente, quien rendirá protesta en la sesión inmediata siguiente del Pleno, en los términos que dispone esta ley y, cumplido lo anterior, se incorporará a sus funciones.

Las solicitudes de licencia de los diputados, deben hacerse mediante escrito dirigido a la Presidencia de la Mesa Directiva del Congreso o, en su caso, de la Diputación Permanente, y deben estar fundadas en la existencia de una causa o motivo que las justifique.

Las solicitudes de licencia hasta por treinta días, serán resueltas por la Presidencia de la Mesa Directiva o de la Diputación Permanente, en su caso; dándose a conocer lo que resuelva sobre las mismas, en la sesión que se celebre inmediatamente después de ser recibidas.

Para resolver sobre lo anteriormente señalado y normar en mejor forma su criterio, la Presidencia de la Mesa Directiva o de la Diputación Permanente, en su caso, podrá coordinarse con la Junta de Gobierno, para valorar lo relativo a la procedencia de las solicitudes de licencia sobre las que debe resolver.

Las solicitudes de licencia por más de treinta días, deberán ser autorizadas por el Pleno del Congreso o, en su caso, por la Diputación Permanente, por mayoría de votos de las y los diputados presentes. Para este efecto, quien presida el Pleno o la Diputación Permanente, dará a conocer la solicitud en la sesión que se celebre inmediatamente después de haberse recibido o en aquella en que se reciba o presente, procediendo inmediatamente en ambos casos, a someterla a consideración y resolución del Pleno o la Diputación Permanente. En los casos de licencias por más de treinta días, no podrá autorizarse el goce de dietas, salvo los casos de enfermedad comprobada.

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Cuando sea la Diputación Permanente la que conceda licencia por más de treinta días a una o una o un diputado propietario, se abstendrá de llamar al diputado suplente, quien rendirá la protesta en el período ordinario siguiente o antes, en caso de convocarse a un período extraordinario, salvo que la Junta de Gobierno solicite su integración inmediata, o en cualquier momento que lo considere necesario, antes de que inicie el periodo ordinario de sesiones, para asegurar la atención de las encomiendas y asuntos a cargo del propietario. En este caso, la o el diputado suplente tomará protesta ante la Diputación Permanente.

Tratándose de faltas temporales, al presentarse la o el propietario, cesará en sus funciones el suplente. Para que proceda lo anterior, la o el diputado con licencia comunicará por escrito a la o el Presidente de la Mesa Directiva del Pleno o, en su caso, de la Diputación Permanente, la solicitud para incorporarse a sus funciones a efecto de que se determine lo conducente.

Cuando una o un diputado se vea impedido para desempeñar su cargo por enfermedad o accidente, se le considerará en ejercicio hasta por tres meses, previa solicitud del mismo, y disfrutará de la dieta correspondiente, pero si transcurren éstos y la causa continúa, se llamará al suplente, acordándose respecto del diputado enfermo o incapacitado, lo que la Junta de Gobierno estime conveniente, garantizándosele la atención médica y el seguro de vida, considerando las circunstancias de cada caso.

ARTÍCULO 26.- Se perderá la condición de Diputado:

I. Por muerte;

II. Por conclusión del período constitucional;

III. Por separación definitiva del cargo;

IV. Por destitución:

V. Por sentencia judicial firme que declare el estado de interdicción;

VI. Por sentencia judicial firme que declare culpabilidad por delito;

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VII. Por declararse desaparecido el Poder Legislativo del Estado; y

VIII. Por conclusión del plazo o circunstancia que motivó la suplencia.

ARTÍCULO 27.- Las faltas definitivas de una o un Diputado, o las mayores a treinta días, serán cubiertas por quien sea su suplente, pero no asumirá los cargos que tuviere la o el Diputado a quien sustituye en la Mesa Directiva, en las comisiones o en los comités.

Para la sustitución en dichos cargos, deberán efectuarse los trámites correspondientes a la nominación.

CAPÍTULO IV

De las Sanciones

ARTÍCULO 28.- Las sanciones disciplinarias que podrán aplicarse a las y los Diputados son:

I. Apercibimiento;

II. Amonestación Pública o Privada;

III. Disminución de la Dieta; y

IV. Separación del Cargo.

ARTÍCULO 29.- El apercibimiento consiste en una advertencia oral o escrita, dirigida a algún Diputado o Diputada, que está cometiendo una infracción, para efectos de que se conduzca de conformidad con la normatividad jurídica que regula su actuación.

La amonestación consiste en una declaración de reclamo oficial que se hace a algún Diputado o Diputada que comete una infracción, a pesar de haber sido previamente apercibido. Puede ser oral o escrita, privada o pública, y en el caso de las sesiones podrá asentarse en el acta.

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La disminución de la dieta consiste en el descuento de las percepciones ordinarias de un Diputado.

La separación del cargo consiste en la pérdida de la condición de Diputado, en virtud de una declaración de culpabilidad o una declaración de procedencia, en los términos de los artículos 164 y 165 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza.

ARTÍCULO 30.- La imposición de las sanciones previstas en las Fracciones I, II y III del artículo 28 de la presente Ley, será facultad de quien presida la Mesa Directiva en turno; la sanción prevista en la fracción IV del citado artículo será facultad del Pleno, por iniciativa de la o el Presidente, o a moción de cualquiera de las o los Diputados, cuando se den los supuestos enunciados por la presente Ley.

La sanción prevista en la Fracción III, del artículo 28 será aplicada por ministerio de ley, por la Secretaría General en los casos de inasistencia injustificada de las o los Diputados en términos del artículo 24, fracción I de la presente Ley.

ARTÍCULO 31.- Quien presida la Mesa Directiva dará cuenta de la sanción impuesta, al Pleno del Congreso del Estado o a la Diputación Permanente en su caso, y solicitará a la Comisión de Gobierno, la verificación del cumplimiento de la misma.

Todas las cantidades que sean disminuidas de las dietas y demás prestaciones y apoyos de las y los Diputados, serán cedidas al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia y Protección de Derechos del Estado de Coahuila de Zaragoza, o alguna otra institución similar, a criterio de la Legislatura.

El Comité de Administración rendirá al Pleno un informe anual que comprenda aquellas cantidades que fueron remitidas al El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia y Protección de Derechos del Estado de Coahuila de Zaragoza. Dicho Comité es responsable solidario de la retención y remisión de las cantidades que deban aplicarse en cumplimiento del presente artículo.

ARTÍCULO 32.- Cuando algún diputado o diputada falte al Pleno por tres sesiones consecutivas, sin causa justificada o sin previa comunicación de acuerdo a lo previsto en esta Ley, quien ocupe la Presidencia de la Mesa Directiva informará al Pleno lo anterior en la sesión inmediata siguiente a aquella en la que ocurra la tercera falta, y se declarará que se tiene por entendido que renuncia a concurrir hasta el período ordinario

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inmediato, procediéndose, asimismo, a llamar al suplente, para que asuma las funciones a partir del momento que se determine. En el supuesto del párrafo anterior, tratándose de diputados o diputadas que formen parte de la Diputación Permanente como propietarios, en la sesión inmediata siguiente a aquella en que ocurra la tercera falta, aún con la asistencia del o los diputados propietarios, quien ocupe la presidencia informará y declarará lo correspondiente y se llamará a los sustitutos nombrados para cubrir las ausencias de los integrantes de este órgano legislativo, para que asuman el cargo con el carácter de propietarios a partir del momento en que se determine. Las y los diputados que se encuentren en los supuestos a que se refiere este artículo, antes de que se haga la declaratoria correspondiente, podrán solicitar la consideración de su caso y justificar sus ausencias; y la Presidencia de la Mesa Directiva o, en su caso, de la Diputación Permanente, en coordinación con la Junta de Gobierno, realizarán la valoración de lo planteado y determinarán lo procedente.

ARTÍCULO 33.- Por no guardar la reserva de los asuntos que tengan este carácter, se impondrá a juicio de quien presida la Mesa Directiva, en razón de la información ventilada, desde amonestación por escrito hasta la disminución de la dieta.

ARTÍCULO 34.- La o el Diputado contra quien se solicite la sanción disciplinaria, tendrá derecho a la garantía de audiencia y defensa, por sí mismo o a través de otra u otro Diputado.

ARTÍCULO 35.- En caso de que alguna o algún Diputado cometiera algún delito en el Recinto Oficial durante una sesión del Congreso del Estado o de la Diputación Permanente, ésta se suspenderá a juicio de quien la presida, y ordenará la conformación del expediente y constancias necesarias para el proceder en términos de Ley.

ARTÍCULO 36.- Si el delito se cometiera durante el receso o después de levantada la sesión, la o el Presidente lo comunicará al Pleno, al reanudarse la sesión o al comienzo de la siguiente, y solicitará a la Comisión de Gobierno que proponga a las y los Diputados que integrarán la Comisión encargada de la instrucción de la declaratoria de procedencia.

TÍTULO TERCERO

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DE LA ORGANIZACIÓN DEL CONGRESO

CAPÍTULO I

De los Órganos del Congreso

ARTÍCULO 37.- Son órganos del Congreso del Estado:

I. El Pleno Legislativo;

II. La Mesa Directiva;

III. Los Grupos Parlamentarios;

IV. La Junta de Gobierno;

V. Las comisiones ordinarias y especiales;

VI. Los comités;

VII. La Diputación Permanente; y

VIII. La Auditoría Superior del Estado.

La organización y funcionamiento de la Auditoría Superior del Estado estará regulada por la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Coahuila de Zaragoza y el reglamento interior respectivo.

CAPÍTULO II

Del Pleno Legislativo

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ARTÍCULO 38.- El Pleno Legislativo del Congreso del Estado es la Asamblea deliberante compuesta por la totalidad de las y los Diputados, la cual actúa en los términos y con las formalidades establecidas por la presente Ley y el Reglamento de Sesiones.

ARTÍCULO 39.- El Pleno Legislativo del Congreso del Estado sólo podrá ejercer sus funciones con la concurrencia de más de la mitad del número total de sus miembros.

El Pleno Legislativo del Congreso, para el despacho oportuno de sus asuntos, deberá sesionar cuando menos dos veces por semana.

CAPÍTULO III

De la Mesa Directiva

Sección Primera

De su Integración, Elección y Atribuciones

ARTÍCULO 40.- El Pleno del Congreso contará con una Mesa Directiva que será la responsable de coordinar los trabajos de la Asamblea. Bajo la autoridad de quien ocupe la Presidencia, preservará la libertad de las deliberaciones y cuidará de la efectividad del trabajo legislativo, proveyendo la exacta observancia de las disposiciones de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza y de esta Ley, así como de los acuerdos que emanen del Pleno y de la Diputación Permanente.

ARTÍCULO 41. La Mesa Directiva se integrará por una Presidencia, dos Viceprecidencias y cuatro secretarios o secretarias, quienes serán electos mediante votación secreta, ya sea por medio de cédulas, o mediante el sistema electrónico, por más de la mitad de votos de las y los diputados presentes, garantizando la representación de la diversidad política del Congreso y la equidad de género.

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ARTÍCULO 42. Al final del segundo período ordinario de sesiones de cada año legislativo, se llevará a cabo la elección de la Mesa Directiva que estará en funciones durante el siguiente año legislativo. Salvo lo dispuesto en la fracción IX del artículo 12 de esta Ley.

ARTÍCULO 43. Quienes integren la Mesa Directiva del Congreso durarán en sus cargos durante el año legislativo para el cual fueron electos, e iniciarán el desempeño de sus funciones en la primera sesión ordinaria del primer periodo del año que corresponda, o en la primera sesión del periodo extraordinario en caso de que se convoque. No podrán ser reelectos o reelectas en el siguiente año legislativo en forma consecutiva con igual cargo, salvo el caso de quienes hayan integrado la Mesa Directiva en el Periodo de Instalación, que podrán ser ratificados o ratificadas por el Pleno para el Primer Año Legislativo.

ARTÍCULO 44. Cuando se convoque a período extraordinario de sesiones, quien presida la Diputación Permanente dará aviso inmediato a las y los integrantes de la Mesa Directiva, para que asuman su función.

ARTÍCULO 45. Las y los integrantes de la Mesa Directiva, sólo podrán ser removidos de sus cargos por las causas siguientes

I. Transgredir en forma grave o reiterada las disposiciones contenidas en la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza y esta Ley;

II. Incumplir los acuerdos del Pleno, cuando se afecten las atribuciones constitucionales y legales del Congreso; y

III. Dejar de asistir, reiteradamente y sin causa justificada, a las sesiones del Congreso.

ARTÍCULO 46. Las y los integrantes de la Mesa Directiva podrán ser removidos cuando no observen las prescripciones de ley; para ello se requerirá que por lo menos la tercera parte del total de las y los diputados presentes lo solicite; que se dé intervención cuando menos a un orador en pro y a otro en contra; y que el Pleno apruebe el reemplazo por lo menos con las dos terceras partes de las y los diputados presentes.

Sección SegundaDe la Presidencia de la Mesa Directiva

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ARTÍCULO 47. La o el Presidente de la Mesa Directiva dirigirá los trabajos de las sesiones del Pleno, cuidando que éstos se lleven a cabo conforme a lo establecido en la ley. Las ausencias de la o el Presidente serán cubiertas por la o el Vicepresidente electo en primer orden, o si también está ausente, por la o el segundo Vicepresidente. Si ambos estuvieran ausentes, de entre las y los diputados presentes en la sesión, se designará a un Presidente y a un Vicepresidente, quienes fungirán solamente en el desarrollo de esa sesión.

ARTÍCULO 48. La o el Presidente de la Mesa Directiva del Congreso, tiene las facultades y obligaciones siguientes: I. Representar legalmente al Congreso del Estado y a la Junta de Gobierno ante toda clase de autoridades, en materia administrativa, penal, civil, fiscal o laboral, así como en materia de amparo y en los demás asuntos en los que sea parte el Congreso. La o el Presidente podrá delegar esta representación en cualquiera de los titulares de los órganos técnicos al Congreso, otorgando el poder legal correspondiente

II. Representar al Poder Legislativo, en ceremonias oficiales y actos cívicos a los que concurran las y los titulares de los otros Poderes del Estado;

III. Convocar, prorrogar, abrir y clausurar, así como suspender o aplazar por causa justificada, las sesiones del pleno;

IV. Designar, de entre las y los secretarios, a dos para que funjan en cada sesión;

V. Conducir los debates y las deliberaciones, en los términos de esta Ley, así como de los acuerdos emanados del Pleno;

VI. Programar y ordenar los trabajos del Pleno en los términos de la presente Ley; así como determinar el orden de discusión de los asuntos que deban tratarse en cada sesión, dando preferencia a los que considere de interés general, a no ser que el Pleno, a moción de alguna o alguno de los diputados, determine un orden distinto;

VII. Dirigir y encauzar los debates concediendo el uso de la palabra alternadamente en el orden que lo soliciten, en contra o a favor, de conformidad a lo dispuesto en esta ley;

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VIII. Exhortar a las y los oradores cuando reiteradamente se aparten del tema a discusión, para que se sujeten a éste y al término máximo para hacer uso de la palabra, que no podrá exceder de diez minutos para la primera intervención y de cinco minutos para las subsecuentes;

IX. Participar en las discusiones, conforme a las reglas establecidas para las y los demás diputados;

X. Declarar aprobadas o desechadas las mociones, proposiciones, proyectos o dictámenes que correspondan, después de tomadas las votaciones por conducto de una de las Secretarías.

XI. Turnar a las comisiones correspondientes las iniciativas presentadas, conforme a la materia de las mismas, y en su caso, a otra u otras comisiones que también debieran o pudieran conocer de las mismas;

XII. Convocar de inmediato al Pleno a sesión para tratar los asuntos que no admitan demora;

XIII. Dar trámite a las peticiones de particulares, personas morales o autoridades, turnándolas a la Comisión que corresponda, o en su caso, a la Oficialía Mayor del Congreso;

XIV. Nombrar las comisiones cuya designación no corresponda a otro órgano del Congreso;

XV. Firmar conjuntamente con las o los secretarios en funciones, la minuta de cada sesión después de que haya sido aprobada;

XVI. Informar al Pleno el nombre de las y los diputados que hayan justificado su inasistencia;

XVII. Decretar recesos durante las sesiones;

XVIII. Citar a sesión privada en los casos que así corresponda;

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XIX. Declarar que no hay quórum para celebrar o continuar con el desarrollo de una sesión, ordenando a la Secretaría que mande llamar a los ausentes para que concurran. Si después de lo señalado no se integra el quórum, declarará la suspensión de la sesión, reiterando la orden de que la Secretaría formule una excitativa para que los ausentes concurran a las sesiones y disponga la aplicación de las medidas disciplinarias que procedan;

XX. Dar curso legal y dictar los acuerdos que deban recaer a los asuntos que son competencia del Congreso, turnando a comisiones los que estuvieren debidamente integrados, y si no lo estuvieren, apercibir al promovente a fin de que la omisión sea subsanada, y en caso de no ser subsanada, serán desechados por improcedentes;

XXI. Requerir a las comisiones para que dictaminen los asuntos que se les hayan turnado y para que atiendan con celeridad los asuntos urgentes;

XXII. Exhortar a las y los coordinadores de las comisiones para convocar a reunión de trabajo, cuando estos no quieran hacerlo;

XXIII. Firmar conjuntamente con las o los secretarios en funciones, las minutas de las sesiones, así como la correspondencia oficial del Congreso;

XXIV. Nombrar las comisiones de ceremonia y protocolo;

XXV. Firmar, conjuntamente con las o los secretarios en funciones, las leyes, cartas de derechos, decretos y acuerdos que expida el Congreso;

XXVI. Cuidar que las y los diputados, como las personas asistentes a las sesiones, guarden compostura en ellas;

XXVII. Solicitar el auxilio de la fuerza pública en los términos de ésta ley;

XXVIII. Declarar que no hay quórum cuando sea visible su falta, o hacer que la Secretaría pase lista cuando aquello sea reclamado por algún miembro del Congreso;

XXIX. Ordenar el trámite que corresponda a los asuntos con que se dé cuenta al Congreso y determinar el orden en que deben ponerse a discusión los que se encuentran pendientes de acuerdo;

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XXX. Requerir a las y los diputados que falten a las sesiones, para que concurran a ellas; y

XXXI. Las demás que sean necesarias para el ejercicio de sus funciones, en los términos de la ley.

ARTÍCULO 49. Cuando la o el Presidente haga uso de la palabra durante las sesiones, en el desempeño de la funciones que esta Ley le señala, permanecerá en su lugar; pero si desea intervenir directamente en la discusión de un asunto, lo hará en tribuna, encargando la conducción de los trabajos a la o el Vicepresidente que corresponda.

Sección TerceraDe las Vicepresidencias

ARTÍCULO 50. A las o los Vicepresidentes de la Mesa Directiva se les denominará primero y segundo, según el orden de su elección y les corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. Auxiliar a quien ocupe la Presidencia en el desempeño de sus funciones y suplirlo en sus ausencias, por orden de su nombramiento;

II. Conducir las sesiones cuando la o el Presidente haga uso de la palabra para plantear o intervenir en la discusión de un asunto, por orden de su nombramiento; y

III. Supervisar, con las y los Secretarios del Congreso, la elaboración de las minutas de las sesiones.

ARTÍCULO 51. Las faltas de la primer Vicepresidencia serán cubiertas por la segunda; cuando falten ambas, si quien ocupa la Presidencia lo considera necesario, propondrá que se nombre una o un Vicepresidente de entre las y los diputados presentes en la sesión.

ARTÍCULO 52. Si al inicio de una sesión no se presentan la o el Presidente, ni las o los Vicepresidentes, las y los diputados que hubieren concurrido, designarán de entre ellos, a una o un Presidente y a una o un Vicepresidente, quienes fungirán solamente en el desarrollo de dicha sesión.

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Sección CuartaDe las Secretarías

ARTÍCULO 53. Las y los Secretarios de la Mesa Directiva del Congreso tendrán a su cargo todas las actividades correspondientes a la Secretaría del Congreso, en los términos de lo establecido en la presente ley.

ARTÍCULO 54. A las y los Secretarios les corresponden las siguientes facultades y obligaciones:

I. Asistir, a quien presida la Mesa Directiva en las funciones relacionadas con la conducción de las sesiones del Pleno;

II. Comprobar el quórum de las sesiones del Pleno, llevar el cómputo y registro de las votaciones, y dar a conocer el resultado de éstas, al efecto tendrán a su cargo la supervisión del sistema electrónico de asistencia y votación;

III. Dar lectura a los documentos y desahogar los trámites parlamentarios en los términos dispuestos por quien presida la Mesa Directiva;

IV. Supervisar los servicios parlamentarios relacionados con la celebración de las sesiones del Pleno, a fin de que se atienda lo siguiente:

1. Se distribuyan oportunamente entre las y los diputados las iniciativas y dictámenes;

2. Se elabore la minuta de las sesiones y se ponga a consideración de quien ocupe la Presidencia;

3. Se lleve el registro de minutas en el archivo correspondiente;

4. Se conformen y mantengan al día los expedientes de los asuntos de competencia del Pleno y se asienten y firmen los trámites correspondientes en dichos expedientes;

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5. Se incluyan las observaciones, correcciones y cualquier otra modificación que se formule sobre la minuta de la sesión anterior;

6. Se envíen a las Comisiones los expedientes de los asuntos que se les turnen;

7. Se integren los archivos de los registros cronológico y textual de las leyes y decretos que expida el Congreso;

8. Se tenga a disposición de las y los diputados, el Diario de los Debates y la Gaceta del Congreso a través de medios electrónicos, con el auxilio de la Oficialía Mayor;

V. Firmar junto con la o el Presidente, las leyes y decretos expedidos por el Congreso, así como las minutas de las sesiones, los acuerdos y demás resoluciones del propio Congreso;

VI. Cuidar que se convoque oportunamente a las y los diputados a las sesiones; y

VII. Las demás que le señalen esta ley y la Presidencia de la Mesa Directiva.

CAPÍTULO IV

De los Grupos Parlamentarios

ARTÍCULO 55.- Un Grupo Parlamentario es la forma de organización que podrán adoptar las o los Diputados con igual filiación política o de partido, a efecto de encauzar la libre expresión de las corrientes ideológicas en el seno del Congreso del Estado, para coadyuvar al eficaz desarrollo del proceso legislativo.

El Grupo Parlamentario se integrará con un mínimo de dos Diputados o Diputadas y sólo podrá haber uno por cada partido político que cuente con Diputados o Diputadas en el Congreso del Estado.

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Cuando algún partido político cuente con tan solo una o un diputado, estos podrán optar por formar una fracción parlamentaria, la que tendrá los derechos y prerrogativas de grupo parlamentario.

ARTÍCULO 56.- Los Grupos Parlamentarios y en su caso las fracciones, deberán presentar en la primera sesión del período de instalación de la Legislatura, la siguiente documentación:

I. El acta en la que conste la decisión de sus miembros de constituirse en grupo, con especificación del nombre del mismo y la lista de sus integrantes;

II. Las normas acordadas por los miembros del grupo para su funcionamiento interno, las cuales podrán fundamentarse en los estatutos del partido político en el que militen; y

III. Los nombres de las y los Diputados que hayan sido designados como coordinador y subcoordinador del Grupo Parlamentario y los nombres de quienes desempeñen otras actividades.

Una vez que la o el Presidente en turno haya examinado la documentación presentada, en sesión del período de instalación, hará la declaratoria de constitución de los grupos parlamentarios y, desde ese momento, ejercerán las atribuciones y tendrán los derechos previstos por esta Ley.

ARTÍCULO 57.- Las y los coordinadores expresan la voluntad de los grupos parlamentarios; promoverán los entendimientos necesarios para la elección de los integrantes de la Mesa Directiva y demás acuerdos parlamentarios y legislativos necesarios para el desempeño de las labores del Congreso, participarán en la Junta de Gobierno y en la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Durante el ejercicio de la Legislatura, la o el Coordinador del Grupo Parlamentario comunicará a la Mesa Directiva las modificaciones que ocurran en la integración de su grupo. Con base en dichas comunicaciones, la o el Presidente la Mesa Directiva llevará el registro del número de integrantes de cada uno de ellos y sus modificaciones.

Las decisiones al interior de los grupos se tomarán en términos de su reglamentación interna y éstas no son atacables ni revocables por disposición u órgano alguno.

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ARTÍCULO 58.- Las y los coordinadores de los grupos parlamentarios, realizarán las tareas de coordinación con los otros grupos, con la Mesa Directiva, con las Comisiones del Congreso y con la Diputación Permanente.

Quienes coordinen de los grupos parlamentarios, podrán unirse entre sí para considerar conjuntamente las acciones que propicien el mejor desarrollo del trabajo del Congreso del Estado.

ARTÍCULO 59.- Para el ejercicio de las funciones constitucionales de sus miembros, los grupos parlamentarios proporcionarán información, otorgarán asesoría y prepararán los elementos necesarios para articular el trabajo parlamentario de aquéllos.

ARTÍCULO 60.- De conformidad con la representatividad de cada Grupo Parlamentario, la Junta de Gobierno propondrá la asignación de recursos y locales adecuados a cada uno de ellos, que será aprobada por el Pleno. Adicionalmente a esas asignaciones, la Junta de Gobierno propondrá al Pleno una subvención mensual para cada Grupo Parlamentario, integrada por una suma fija de carácter general y otra variable, en función del número de Diputadas y Diputados que los conformen.

Al término de la Legislatura, las y los coordinadores de los grupos parlamentarios, serán responsables dentro del proceso de entrega recepción de los bienes a ellos asignados, los cuales serán entregados a quien asuma la nueva coordinación del mismo Grupo Parlamentario.

Si al inicio de la Legislatura, no se conformare Grupo Parlamentario que suceda a uno conformado en la Legislatura saliente, los activos y bienes que existen serán puestos a disposición de la Oficialía Mayor para su asignación respectiva.

La cuenta anual de las subvenciones que se asignen a los grupos parlamentarios, se incorporará a la cuenta pública del Congreso del Estado. De dicho documento se remitirá un ejemplar a la Contraloría Interna del propio Congreso.

ARTÍCULO 61.- Las y los Diputados que no se inscriban o dejen de pertenecer a un grupo parlamentario sin integrarse a otro existente, podrán permanecer como independientes o formar un grupo mixto, debiéndoseles guardar las mismas consideraciones que a todos los legisladores y apoyándolos, conforme a las posibilidades del Congreso del Estado, para que puedan desempeñar sus atribuciones

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de representación popular. No podran formar fracción parlamentaria conforme al artículo 55 de esta ley.

CAPÍTULO V

De la Junta de Gobierno

ARTÍCULO 62. La Junta de Gobierno del Congreso del Estado, es el órgano de gobierno encargado de la dirección de los asuntos relativos al régimen interno del Poder Legislativo, con el fin de optimizar sus funciones legislativas, políticas y administrativas, conforme a lo dispuesto en la ley.

ARTÍCULO 63. En la Junta de Gobierno se expresará la pluralidad del Congreso y funcionará como un órgano colegiado que servirá de enlace entre los grupos parlamentarios y fracciones legalmente constituidos en el seno de la legislatura, con objeto de impulsar entendimientos y convergencias políticas con las instancias y órganos que resulten necesarios, a fin de alcanzar acuerdos que permitan al Pleno y a la Diputación Permanente adoptar las decisiones que constitucional y legalmente les corresponden.

ARTÍCULO 64. La Junta de Gobierno estará integrada por las y los coordinadores de los grupos parlamentarios constituidos conforme a lo dispuesto en esta ley. Las y los diputados de los partidos políticos que no hayan formado grupo parlamentario por no cumplir con el requisito numérico establecido en esta ley, podrán participar con voz pero sin voto en la Junta de Gobierno.

Será Presidente de la Junta de Gobierno, por la duración de la Legislatura, la o el Coordinador de aquel Grupo Parlamentario que por sí mismo cuente con la mayoría absoluta en el Congreso.

En caso de que ningún grupo parlamentario se encuentre en el supuesto señalado en el párrafo anterior, la presidencia de la Junta será ejercida en forma alternada y para cada año legislativo, por los coordinadores de los tres grupos parlamentarios que cuenten con el mayor número de diputadas y diputados. Esta encomienda se desempeñará

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sucesivamente por las o los diputados que designen los grupos, en orden decreciente del número de legisladores que los integren.

En caso de que dos o más grupos parlamentarios tengan igual número de integrantes, se decidirá por el grupo parlamentario del partido político que haya obtenido más votos en el Estado, en la elección correspondiente a la legislatura en turno.

En caso de ausencia temporal o definitiva de la o el Presidente de la Junta, el grupo parlamentario al que pertenezca, informará de inmediato el nombre del diputado que lo sustituirá, tanto a la propia Junta como a la Mesa Directiva o, en su caso, a la Diputación Permanente por conducto de su Presidente.

Salvo el caso de la Presidencia, por cada integrante de la Junta de Gobierno, se designará respectivamente un suplente, para que sustituya a los titulares en sus ausencias temporales y definitivas. La designación de cada suplente se hará por el grupo parlamentario al que corresponda designar al titular. Las fracciones no tendrán suplente.

ARTÍCULO 65. La Junta de Gobierno se reunirá, de preferencia un día antes de la celebración de las sesiones del Pleno o de la Diputación Permanente, sin perjuicio de que se pueda reunir cuando se considere necesario, a convocatoria de la o el Presidente, o suspender su sesión semanal a juicio de la propia Junta.

ARTÍCULO 66. Las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno, se citarán con la debida anticipación y se realizarán bajo un orden del día, que será elaborado, conforme a las instrucciones de la Presidencia, y el cual estará sujeto a la aprobación de la propia Junta.

ARTÍCULO 67. Los acuerdos de la Junta de Gobierno deberán aprobarse por mayoría de votos de los integrantes que se encuentren presentes, tomando en consideración el voto ponderado, y se suscribirán por los que hayan estado presentes en la sesión respectiva.

ARTÍCULO 68. De cada sesión se levantará una minuta, en la cual se asentará una síntesis de los acuerdos. Las minutas serán firmadas por la o el Presidente, así como por las y los demás integrantes de la Junta de Gobierno que hayan estado presentes.

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ARTÍCULO 69. La o el Presidente de la Junta de Gobierno dará aviso a los Poderes Ejecutivo y Judicial del Estado, cuando se vaya a discutir algún proyecto de ley o a estudiar algún asunto, concerniente a los ramos o actividades de la administración pública o a la administración de justicia y codificación, para los efectos que señala la Constitución Política del Estado.

ARTÍCULO 70. Toda propuesta para citar a algún servidor público, deberá ser aprobada por el Pleno o la Diputación Permanente, y el conducto para solicitar las comparecencias que se acuerden, será, en todos los casos, la o el Presidente de la Junta de Gobierno.

ARTÍCULO 71. La Junta de Gobierno acordará lo relativo a la duración y formato de las sesiones en las que deba desahogarse la comparecencia de algún funcionario.

ARTÍCULO 72. Son funciones de la Junta de Gobierno, las siguientes:

I. Colaborar para la optimización de las funciones legislativas del Congreso;

II. Proponer al Pleno la integración de las comisiones permanentes y de los comités; así como al Pleno o a la Diputación Permanente, la integración de comisiones especiales;

III. Aprobar la propuesta de la o el Presidente de la Junta de Gobierno para la designación de los titulares de la Oficialía Mayor y la Tesorería del Congreso del Estado;

IV. Aprobar el anteproyecto de Presupuesto Anual de Egresos del Congreso que será elaborado en coordinación con el Comité de Administración Presupuestal;

V. Analizar y, en su caso, aprobar los informes que presente la Presidencia, sobre el estado que guardan las finanzas del Congreso, conforme a lo dispuesto en la Ley de Fiscalización Superior del Estado;

VI. Proponer al Congreso, los términos en que se llevarán a cabo las comparecencias de las y los servidores públicos, en cumplimiento a lo dispuesto por la Constitución Política del Estado, así como determinar la duración y el formato de las mismas;

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VII. Impulsar la conformación y suscribir acuerdos relacionados con el contenido de las propuestas, iniciativas o minutas que requieran ser votadas en el Pleno o en la Diputación Permanente, a fin de agilizar el trabajo legislativo;

VIII. Colaborar con la Mesa Directiva y, en su caso, con la Diputación Permanente del Congreso, para organizar los trabajos del Congreso y los de las sesiones del Pleno y la propia Diputación Permanente;

IX. Presentar a la Mesa Directiva y al Pleno o a la Diputación Permanente, proyectos de puntos de acuerdo, pronunciamientos y declaraciones que entrañen una posición política del Congreso del Estado;

X. Coadyuvar en la realización de las funciones de las comisiones permanentes y especiales y de los comités;

XI. Proponer la realización de foros, reuniones de trabajo y otros eventos en que se analicen y recaben opiniones sobre los asuntos que debe atender el Congreso;

XII. Hacer propuestas sobre el desarrollo de las sesiones ordinarias, extraordinarias y solemnes, así como de la Diputación Permanente; y sobre las comparecencias de las y los Secretarios del Despacho del Poder Ejecutivo, relacionadas con el análisis del informe del Gobernador del Estado;

XIII. Determinar sobre quienes deben participar en las comparecencias de las y los Secretarios del Despacho del Poder Ejecutivo;

XIV. Designar a quienes deben participar en eventos a los que sea invitado el Congreso; y

XV. Las demás que le confiera esta ley.

ARTÍCULO 73. En las sesiones de la Junta de Gobierno, sus integrantes tendrán voto ponderado, en relación directa al número de diputados que representen. Consecuentemente, el voto de cada coordinador valdrá tantos votos como diputados integren el Grupo Parlamentario al que pertenece.

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ARTÍCULO 74. La Junta de Gobierno dispondrá de un local adecuado y el personal necesario para el ejercicio de sus funciones. Quien presida la Junta de Gobierno podrá crear las áreas de asesoría y apoyo necesarias y nombrar libremente al personal asignado a las mismas.

ARTÍCULO 75. Son atribuciones de la o el Presidente de la Junta de Gobierno:

I. Garantizar el respeto al fuero constitucional de las y los diputados;

II. Presentar a la Junta de Gobierno y posteriormente someter a la aprobación del Pleno, las propuestas para la designación de los titulares de la Oficialía Mayor y la Tesorería del Congreso del Estado;

III. Poner a consideración de la Junta de Gobierno la remoción de titulares de la Oficialía Mayor y la Tesorería del Congreso del Estado;

IV. Nombrar y remover a los funcionarios y empleados del Congreso del Estado y resolver sobre las renuncias de los mismos; con excepción de las y los servidores públicos que formen parte de la Auditoria Superior del Estado;

V. Conducir las relaciones de la legislatura con los poderes federales, estatales y municipales, así como con las instituciones públicas o privadas;

VI. Participar con el Comité de Administración en la elaboración del proyecto de presupuesto anual de egresos del Congreso y someterlo a consideración de la Junta de Gobierno;

VII. Ejercer el Presupuesto Anual de Egresos aprobado por el Pleno del Congreso, al autorizarse el presupuesto general de egresos del Estado;

VIII. Proponer, con autorización del Pleno, que los subejercicios presupuestales se destinen, al fortalecimiento y al mejor desarrollo del trabajo legislativo, excluyendo todo tipo de percepciones personales, o bien manteniéndolo en la Tesorería del Congreso del Estado.

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IX. Informar al Comité de Administración Presupuestal y la Junta de Gobierno, sobre el estado que guardan las finanzas del Congreso, conforme a lo dispuesto en la Ley de Fiscalización Superior del Estado;

X. Coadyuvar en la realización de las funciones de las comisiones permanentes y especiales y de los comités;

XI. Convocar a sesiones de la Junta de Gobierno.

XII. Firmar las minutas de las sesiones y las comunicaciones de la Junta de Gobierno; y

XIII. Las demás que le confiera la ley.

ARTÍCULO 76. La Junta de Gobierno, podrá suscribir acuerdos legislativos respecto a lo siguiente:

I. La presentación de iniciativas de ley, propuestas y pronunciamientos ante el Pleno o la Diputación Permanente;

II. La elección de la Mesa Directiva del Pleno y de la Diputación Permanente; y

III. Cuando lo propongan integrantes de la Legislatura y en otros casos en que se considere procedente.

ARTÍCULO 77. Los acuerdos legislativos deberán elaborarse por escrito y estar firmados por las y los integrantes de la Junta, quienes lo entregarán a la o el Presidente para darse a conocer al Pleno o a la Diputación Permanente y, en su caso, para la aprobación de los mismos. Las y los integrantes de la Junta que no asistan a la reunión en que se suscriba un acuerdo parlamentario, podrán sumarse al mismo con posterioridad.

ARTÍCULO 78. Cuando se traten los asuntos relacionados con el desarrollo de las sesiones del Pleno del Congreso o la Diputación Permanente, la o el diputado Presidente de la Mesa Directiva del Pleno o, en su caso, de la Diputación Permanente, asistirá a las reuniones de la Junta de Gobierno, teniendo voz pero no voto.

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ARTÍCULO 79. A las reuniones de la Junta de Gobierno, también asistirá, sin voz y sin voto, el titular de la Oficialía Mayor del Congreso, quien asumirá las funciones de la Secretaría Técnica y presentará los documentos necesarios para el desarrollo de las reuniones, levantará la minuta correspondiente y llevará el registro de los acuerdos que se adopten.

CAPÍTULO VI

De la Programación de los Trabajos Legislativos

ARTÍCULO 80.- La programación de los trabajos legislativos, será formulada por la Junta de Gobierno y la Presidencia de la Mesa Directiva, a propuesta de los Grupos Parlamentarios y de las y los Diputados, a efecto de dar cumplimiento a sus plataformas legislativas.

ARTÍCULO 81.- La programación de los trabajos legislativos, tiene como objetivos:

I. Establecer el programa legislativo de los períodos de sesiones, el calendario para su desahogo, la integración básica del orden del día de cada sesión y las formas que se observarán en los debates, discusiones y deliberaciones;

II. Proponer al Pleno los proyectos de Reglamentos que regirán la organización y funcionamiento de la Oficialía Mayor, la Tesorería, de las Direcciones Generales de Servicios Parlamentarios, de Servicios Administrativos y demás órganos y unidades administrativas, así como lo relativo al Servicio Civil de Carrera Parlamentaria, en los términos previstos en esta Ley; y

III. Los demás que se deriven de esta Ley y de los ordenamientos jurídicos relativos.

CAPÍTULO VII

De las Comisiones

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Sección Primera

De las Comisiones Permanentes y las Especiales

ARTÍCULO 82. Para estudiar y dictaminar los asuntos que son competencia del Congreso, habrá comisiones dictaminadoras permanentes y especiales. Las comisiones permanentes consideradas por la presente ley, se elegirán durante el desarrollo del período de instalación de la legislatura, mediante escrutinio secreto, por medio de cédulas o sistema electrónico y por mayoría de votos.

Las Comisiones Permanentes, se integrarán en lo general con un máximo de siete diputados y diputadas; y, excepcionalmente, podrán integrarse con nueve, en aquellos casos en que a propuesta de la Junta de Gobierno lo apruebe el Pleno del Congreso y siempre y cuando se observe lo dispuesto en el artículo 21, fracción II, de esta ley, con relación al número de comisiones de las que pueden formar parte los diputados.

ARTÍCULO 83. Las comisiones serán permanentes y especiales. Se denominarán comisiones permanentes, las que se constituyan con carácter definitivo y funcionarán durante todo el ejercicio de la legislatura, debiendo sesionar al menos una vez al mes

ARTÍCULO 84. Las comisiones especiales serán aquellas que se establezcan de manera transitoria, funcionarán en términos de las facultades que el Congreso les otorgue y conocerán específicamente de los asuntos que hayan motivado su conformación. El acuerdo que las establezca señalará su objeto, el número de los integrantes que las conformarán y el plazo para efectuar las tareas que se les hayan encomendado. Cumplido su objeto se extinguirán. Deberán establecerse con las dos terceras partes de los votos de las y los diputados presentes.

A diferencia de las permanentes, las comisiones especiales podrán establecerse por la Diputación Permanente, siguiendo los trámites establecidos en la ley.

Cuando el Congreso no esté en período de sesiones, las comisiones permanentes y especiales continuarán sesionando, para atender y resolver los asuntos que les fueren encomendados.

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Sección SegundaDe su Integración

ARTÍCULO 85.Las comisiones permanentes se constituyen dentro del periodo de instalación de cada legislatura y el encargo de sus integrantes será por el término de la misma.

ARTÍCULO 86. La Junta de Gobierno formulará las propuestas correspondientes, con base en el criterio de proporcionalidad en relación a la integración del Pleno. Al hacerlo cuidará que su propuesta incorpore, hasta donde fuere posible, a las y los diputados pertenecientes a los distintos partidos políticos representados en el Congreso, de tal suerte que se refleje la proporción que representan en el Pleno.

La coordinación de cada comisión corresponderá a la o el diputado electo en primer término. Las comisiones contarán en lo general con un secretario o secretaria, que será la o el diputado nombrado en segundo término, y cuando se considere procedente podrán contar con dos secretarios, que deberán pertenecer a grupos parlamentarios o partidos políticos distintos y que serán denominados primero y segundo en las propuestas que se formulen para integrar o modificar la integración de las comisiones, observando para su designación equidad de género.

ARTÍCULO 87. Si una o un diputado se separa del Grupo Parlamentario al que pertenecía, quien coordine el propio Grupo podrá solicitar su sustitución en las Comisiones de que formaba parte, tomando en consideración lo dispuesto en el artículo anterior.

Sección TerceraDe la Competencia de las Comisiones

ARTÍCULO 88. El Congreso del Estado contará con las siguientes comisiones permanentes:

I. De Reglamentos y Prácticas parlamentarias;

II. De Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia;

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III. De Finanzas;

IV. De Hacienda;

V. De Presupuesto;

VI. De Auditoría Gubernamental y Cuenta Pública;

VII. De Desarrollo Económico, Competitividad y Turismo;

VIIII. De Desarrollo Social;

IX. De Educación, Cultura y Actividades Cívicas;

X. De Desarrollo Rural;

XI. De Desarrollo Urbano Infraestructura y Transporte;

XII. De Salud, Medio Ambiente, Recursos Naturales y Agua;

XIIII. De Deporte y Juventud;

XIV. De Asuntos Municipales y Zonas Metropolitanas;

XV. De Igualdad y No Discriminación;

XVI. De la Defensa de los Derechos Humanos;

XVII. Del Trabajo y Previsión Social;

XVIII. De Seguridad Pública;

XIX. De Ciencia y Tecnología;

XX. De Asuntos Fronterizos;

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XXI. De Atención a Grupos en Situación de Vulnerabilidad;

XXII. De Energía, Minería e Hidrocarburos;

XXIII. De Transparencia y Acceso a la Información;

XXIV. Instructora de Juicio Político y de Declaración de Procedencia en Materia de Responsabilidad Penal.

ARTÍCULO 89. La Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias se integrará con los miembros Diputados y Diputadas con mayor experiencia legislativa y todos los Grupos Parlamentarios y fracciones estarán representados en la misma, integrándose por tres de la primera fuerza política, dos de la segunda fuerza política y una o un Diputado de cada uno de los partidos políticos representados en la Legislatura. Le corresponde el estudio y Dictamen de los siguientes asuntos:

I. La preparación de proyectos de Ley o de Decreto para adecuar las normas que rigen las actividades parlamentarias;

II. El Dictamen sobre las propuestas que se presenten en esta materia y el desahogo de las consultas que en el mismo ámbito decidan plantearle los órganos constituidos en virtud de este ordenamiento;

III. La consulta a los Poderes Ejecutivo y Judicial del Estado en asuntos concernientes al Poder Legislativo;

IV. La solución de las controversias de fondo entre los grupos parlamentarios, buscando puntos de coincidencia sobre las discrepancias;

V. La solicitud de licencia de los Diputados para separarse de sus cargos;

VI. La realización de estudios que versen sobre disposiciones normativas, regímenes y prácticas parlamentarias; y

VII. Otros análogos, que a juicio de quien presida de la Mesa Directiva o la Diputación Permanente, en su caso, sean materia de tratamiento por esta Comisión.

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ARTÍCULO 90. La Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia conocerá de los asuntos relacionados con:

I. Reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, iniciativas de reforma a la Constitución Política del Estado, iniciativas para la expedición o reforma de códigos en materia municipal y de leyes, iniciativas en materia de acceso a la información pública, e iniciativas de decretos relacionados con las materias y aspectos que sean o se consideren de su competencia; así como de las omisiones legislativas y errores plasmados en los ordenamientos que ya han sido promulgados;

II. División territorial y organización política y administrativa del Estado y de los Municipios, y la modificación de límites intermunicipales;

III. Creación, fusión, supresión y cambio de denominación de Municipios;

IV. Suspensión y desaparición de Ayuntamientos o Concejos Municipales y suspensión o revocación del mandato de alguno o algunos de sus integrantes, así como la designación de quienes deban desempeñar los cargos vacantes;

V. Designación de Concejos Municipales y de quienes deban suplir las faltas temporales o absolutas de los miembros de los Ayuntamientos o Concejos Municipales;

VI. Licencias o renuncias del gobernador y de los integrantes de los Ayuntamientos y demás servidores públicos que señalen la Constitución Política del Estado y otros ordenamientos, cuando esto no sea competencia de otra Comisión;

VII. Nombramiento de gobernador interino o provisional, así como nombramiento o elección de quienes deban sustituir a servidores públicos que renuncien o soliciten licencia para separarse de su cargo, en los casos que sea procedente;

VIII. Nombramiento de los servidores públicos que señalen la Constitución Política del Estado y otros ordenamientos, cuando esto no sea competencia de otra Comisión;

IX. Cambio de residencia de los Poderes del Estado o del Recinto Oficial del Congreso;

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X. Otorgamiento de facultades extraordinarias al Ejecutivo;

XI. Otorgamiento de facultades al Ejecutivo, para celebrar convenios sobre límites territoriales con las Entidades Federativas vecinas y para la ratificación de estos convenios.

XII. Ratificación o negación para que se erijan nuevos estados, dentro de los límites de los existentes;

XIII. Adaptación y readaptación social

XIV. Protección civil;

XV. Legislación civil y penal;

XVI. Leyes orgánicas del Poder Judicial y del Ministerio Público;

XVII. Nombramiento de Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, del Tribunal Administrativo, del Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los trabajadores al servicio del Estado y los Municipios así como del Presidente y Consejeros de la Comisión de los Derechos Humanos;

XVIII. Renuncias y licencias de Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, del Tribunal Administrativo, del Tribunal de Conciliación y Arbitraje para los trabajadores al servicio del Estado y los Municipios así como del Presidente y Consejeros de la Comisión de los Derechos Humanos;

XIX. Nombramiento o elección de quienes deban sustituir a los servidores públicos mencionados en la fracción anterior;

XX. Ratificación del Procurador General de Justicia del Estado;

XXI. El otorgamiento de amnistías;

XXII. Convenios de asociación entre Municipios del Estado y de otras Entidades Federativas; y

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XXIII. Otros asuntos que sean o se consideren de la competencia de esta comisión.

ARTÍCULO 91. La Comisión de Finanzas conocerá de los asuntos relacionados con:

I. Distribución de las participaciones y aportaciones federales a los municipios del Estado;

II. Contratación de empréstitos por parte del Estado y los Municipios, así como por los organismos y entidades de la administración pública estatal o municipal;

III. Deuda pública del Estado y Municipios, así como por los organismos y entidades de la administración pública estatal o municipal;

IV. Desincorporación, enajenación, traspaso, permuta, donación o cualquier acto de dominio sobre los bienes inmuebles del Estado y los Municipios;

V. Convenios y contratos que celebren el Gobierno del Estado y los Ayuntamientos con afectación de sus fuentes de ingreso, para el otorgamiento de servicios médicos y prestaciones sociales;

VI. Propuestas para otorgamiento de pensiones;

VII. Otros asuntos que se consideren de la competencia de esta Comisión.

ARTÍCULO 92. La Comisión de Hacienda conocerá de los asuntos relacionados con: I. Hacienda Pública del Estado y de los Municipios, con excepción de la revisión de cuentas públicas.

II. Leyes de Ingresos del Estado y de los Municipios;

III. Creación de impuestos extraordinarios o especiales, estatales o municipales;

IV. Otros asuntos que sean o se consideren de la competencia de esta Comisión.

ARTÍCULO 93. La Comisión de Presupuesto conocerá de los asuntos relacionados con:I. Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado;

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II. Otros asuntos que se consideren de la competencia de esta Comisión.

ARTÍCULO 94. La Comisión de Auditoría Gubernamental y Cuenta Pública conocerá de los asuntos relacionados con:I. Las cuentas públicas de los Poderes del Estado y de los municipios; así como de los organismos públicos autónomos y entidades de la administración pública estatal y municipal;

II. La evaluación, dictamen y presentación de la propuesta que se formule para la designación del Auditor Superior del Estado;

III. El proyecto de presupuesto anual de la Auditoria Superior del Estado y presentarlo al Pleno del Congreso para los efectos conducentes;

IV. El programa de auditorías, visitas, inspecciones y trabajos de investigación que realice la Auditoria Superior del Estado;

V. La actualización de la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado y el Reglamento Interior de la Auditoria Superior del Estado;

VI. La recepción de las cuentas públicas y de los informes de avance de gestión financiera que se le envíen de parte del Congreso o, en su caso, de la Diputación Permanente, y su turno a la Auditoria Superior del Estado, yVII. Otros asuntos que sean o se consideren de la competencia de esta Comisión.

ARTÍCULO 95. La Comisión de Desarrollo Económico, Competitividad y Turismo conocerá de los asuntos relacionados con:

I. Desarrollo económico del Estado;

II. Plan Estatal de Desarrollo y Planes de Desarrollo Municipal;

III. Ejecución de las políticas y programas de Estado, generales, regionales y sectoriales, en materia de desarrollo, promoción y fomento económico;

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IV. Información geográfica, estadística, socioeconómica, recursos y características de las actividades económicas de la Entidad

V. Industria, comercio y de servicios;

VI. Micro, pequeña y mediana industria del Estado;

VII. Regulación para normar la actividad turística;

VIII. Planeación y programación de la actividad turística estatal;

IX. Incremento y mejora de las actividades y servicios turísticos;

X. Bases normativas para concesionar los servicios turísticos;

XI. Desarrollo de la infraestructura turística;

XII. Promoción y difusión de los centros turísticos del Estado; y

XIII. Otros asuntos que se consideren de la competencia de esta Comisión.

ARTÍCULO 96. La Comisión de Desarrollo Social conocerá de los asuntos relacionados con:

I. Iniciativas, políticas y programas para impulsar el desarrollo social de las comunidades urbanas y rurales en los ámbitos estatal, regional y municipal;

II. Iniciativas sobre apoyo social para la dignificación de las personas y grupos sociales económicamente desprotegidos;

III. Regularización de asentamientos humanos y de la tenencia de la tierra urbana y rural;

IV. Promoción del empleo y autoempleo;

V. Abasto;

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VI. Vivienda;

VII. Planes de conurbación; y

VIII. Otros asuntos que sean o se consideren de la competencia de esta comisión.

ARTÍCULO 97. La Comisión de Educación, Cultura y Actividades Cívicas conocerá de los asuntos relacionados con:

I. Materia de educación y recreación;

II. Sistema educativo estatal;

III. Políticas, planes y programas para el fortalecimiento de la educación;

IV. Universidades e instituciones de educación superior en el Estado, manteniendo siempre pleno respeto a la autonomía universitaria;

V. Protección, preservación y difusión de los fósiles y vestigios paleontológicos existentes en la entidad;

VI. Programas culturales, cívicos y artísticos;

VII. Creación de organismos e instituciones dedicados a las actividades culturales y artísticas;

VIII. Promoción, preservación, rescate y fomento de las actividades artesanales;

IX. Reconocimientos, premios, estímulos y recompensas al mérito ciudadano;

X. Conmemoraciones históricas y actos cívicos; y

XI. Otros asuntos que sean o se consideren de la competencia de esta comisión.

ARTÍCULO 98. La Comisión de Desarrollo Rural conocerá de los asuntos relacionados con:

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I. Desarrollo agrícola, ganadero, forestal, pesquero y agroindustrial;

II. Desarrollo rural y mejoramiento de los ejidatarios, comuneros y pequeños propietarios agrícolas, forestales y ganaderos;

III. Planes y programas de desarrollo agropecuario, forestal y de explotación rural;

IV. Asuntos agrarios;

V. Tierras y aguas para uso agrícola y ganadero; y

VI. Otros asuntos que sean o se consideren de la competencia de esta comisión.

ARTÍCULO 99. La Comisión de Desarrollo Urbano, Infraestructura y Transporte conocerá de los asuntos relacionados con:

I. Desarrollo urbano y obras públicas;

II. Comunicaciones y trasporte público de pasajeros y de carga;

III. Aeropuertos y terminales del transporte público de pasajeros y de carga;

IV. Carreteras y vías de comunicación;

V. Programas de conservación y ampliación de la red estatal de carreteras;

VI. Mejoramiento de la infraestructura de la obra pública existente; y

VII. Otros asuntos que sean o se consideren de la competencia de esta comisión.

ARTÍCULO 100. La Comisión de Salud, Medio Ambiente, Recursos Naturales y Agua conocerá de los asuntos relacionados con:

I. Servicios de salud pública, higiene y servicios sanitarios;

II. Medicina preventiva, autocuidado de la salud y fomento de la cultura de la prevención de las enfermedades;

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III. Sistema Estatal de Salud;

IV. Atención médica en materia de rehabilitación;

V. Salud de los trabajadores del campo y la ciudad;

VI. Cuidado de la salud por contaminación ambiental;

VII. Prestadores de los servicios de salud de los sectores público, social y privado;

VIII. Actividades científicas y tecnológicas en el campo de la salud;

IX. Regulación en materia sanitaria en los servicios de agua potable y alimentos, así como en lo relativo a la limpia de mercados, centrales de abasto, panteones y rastros.

X. Alcoholismo y farmacodependencia;

XI. Equilibrio ecológico y protección del medio ambiente;

XII. Creación, protección y preservación de áreas de reserva ecológica;

XIII. Contaminación del ambiente por cualquier causa;

XIV. Saneamiento y procesamiento de desechos sólidos;

XV. Confinamientos de basura y desechos industriales;

XVI. Protección de los animales;

XVII. Uso y manejo del agua;

XVIII. Suministro de agua para consumo humano;

XIX. Funcionamiento y operación de los sistemas de aguas y saneamiento;

XX. Tratamiento de aguas residuales;

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XXI. Saneamiento de ríos, arroyos, cuencas y presas; y

XXII. Otros asuntos que se consideren de la competencia de esta comisión:

ARTÍCULO 101. La Comisión de Deporte y Juventud conocerá de los asuntos relacionados con:

I. Desarrollo y superación de la juventud;

II. Vinculación de la juventud con las actividades del desarrollo del Estado;

III. Promoción de eventos para la manifestación de las ideas, capacidades y aptitudes de los jóvenes en todos los órdenes;

IV. Realización de actividades que fortalezcan la formación y desarrollo cultural de los jóvenes;

V. Fomento y desarrollo de actividades deportivas para todos los sectores de la población; y

VI. Otros asuntos que sean o se consideren de la competencia de esta comisión.

ARTÍCULO 102. La Comisión de Asuntos Municipales y Zonas Metropolitanas conocerá de los asuntos relacionados con:

I. Organización y funcionamiento de los Ayuntamientos;

II. Transferencia de funciones y servicios a los Municipios;

III. Prestación de servicios públicos municipales y solicitudes presentadas por los Ayuntamientos con el fin de que se declare que están imposibilitados para ejercer una función o prestar un servicio público y de que lo asuma o lo preste el Estado;

IV. Funciones y atribuciones de los integrantes de los Ayuntamientos;

V. Fortalecimiento municipal;

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VI. Participación de los municipios en los programas de desarrollo;

VII. Creación y desarrollo de zonas metropolitanas; y

VIII. Otros asuntos que sean o se consideren de la competencia de esta comisión.

ARTÍCULO 103. La Comisión Para la Igualdad y no discriminación conocerá de los asuntos relacionados con:

I. Igualdad entre la mujer y el hombre en la sociedad;

II. Igualdad y tolerancia entre mujeres y hombres;

III. Eliminación de todas las formas de discriminación hacia las mujeres y hombres;

IV. Igualdad de derechos de las mujeres y hombres en todos los órdenes;

V. Participación de las mujeres y hombres en la toma de decisiones y en el acceso a los beneficios del desarrollo;

VI. Promoción de una cultura de igualdad entre los géneros;

VII. Cumplimiento de los Acuerdos, Convenios y Conferencias Internacionales en materia de igualdad de género;

VIII. Creación de espacios de expresión plural y de género, de las personas que trabajan por la igualdad de la mujer y contra la violencia hacia las mismas; promoviendo respetuosamente la esfera competencial del Instituto Coahuilense de las Mujeres, para impulsar las políticas públicas en esta materia; y

IX. Legislación estatal en materia de igualdad y prevención de la violencia por motivo de género.

X Otros asuntos que sean o se consideren de la competencia de esta comisión.

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ARTÍCULO 104. La Comisión de Defensa de los Derechos Humanos conocerá de los asuntos relacionados con:

I. Protección de los derechos humanos y de los niños;

II. Fortalecimiento de la familia.

III. Regulación sobre los derechos humanos y de los niños;

IV. Prevención del maltrato, explotación en todas sus manifestaciones en el trabajo y el abuso de menores; así como la atención de los que hayan sido objeto de estas conductas;

V. Prevención para evitar la adicción de los menores a substancias tóxicas y a bebidas embriagantes, así como el tratamiento para la rehabilitación de aquellos que tengan estas adicciones;

VI. Actividades de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos; y

VII. Otros asuntos que sean o se consideren de la competencia de esta comisión.

ARTÍCULO 105. La Comisión del Trabajo y Previsión Social conocerá de los asuntos relacionados con:

I. Materia laboral, previsión social, capacitación y adiestramiento de los trabajadores, y seguridad e higiene en los centros de trabajo;

II. Protección, preservación y desarrollo de espacios laborales en las grandes, medianas y pequeñas empresas del ámbito estatal;

III. Permanencia de los trabajadores en su empleo;

IV. Justicia laboral que propicie el entendimiento entre los trabajadores y empleadores, así como la tranquilidad y la estabilidad en los centros de trabajo, con la intervención y apoyo de las instancias estatales competentes en la materia;

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V. Coordinación institucional para el desarrollo y consolidación de programas a través de los consejos y comités para el desarrollo de la productividad y la competitividad de la planta productiva estatal, en donde está incluida la representatividad del Congreso;

VI. Promoción de una nueva cultura laboral estatal, moderna, equitativa, incluyente, democrática, que incorpore a los factores de la producción y asegure el respeto a la autonomía de las organizaciones de los trabajadores, a las estructuras patronales y a las atribuciones y facultades de las instancias de gobierno;

VII. Realización de foros, conferencias y talleres en materia laboral y darle seguimiento a estas actividades, en un esquema de colaboración respetuosa entre los factores de la producción;

VIII. Erradicación del trabajo infantil en todas sus modalidades, respetando las permisibles por la ley de la materia;

IX. Impulso y promoción del trabajo, la capacitación y el adiestramiento de las personas de capacidades diferentes, adultos mayores, pensionados y jubilados, en coordinación con la comisión respectiva;

X. Reconocimiento de condiciones de igualdad para el acceso de hombres y mujeres al desarrollo de las actividades productivas;

XI. Eliminación del maltrato a mujeres y varones, así como la discriminación por razones de sexo, raza, edad, credo político o religioso y situación socioeconómica, en materia laboral; y

XII. Otros asuntos que sean o se consideren de la competencia de esta comisión.

ARTÍCULO 106. La Comisión de Seguridad Pública conocerá de los asuntos relacionados con:

I. Seguridad y orden públicos;

II. Prevención de los delitos;

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III. Cuerpos de seguridad pública y privada;

IV. Protección de los derechos y bienes de las personas; y

V. Otros asuntos que sean o se consideren de la competencia de esta comisión.

ARTÍCULO 107. La Comisión de Ciencia y Tecnología conocerá de los asuntos relacionados con:

I. Legislación estatal en materia de ciencia y tecnología;

II. Promoción de una cultura de ciencia y tecnología;

III. Impulso de políticas, programas y acciones que contribuyan al desarrollo científico y tecnológico;

IV. Apoyos económicos destinados al desarrollo científico y tecnológico; y

V. Otros asuntos que sean o se consideren de la competencia de esta comisión.

ARTÍCULO 108. La Comisión de Asuntos Fronterizos conocerá de los asuntos relacionados con:

I. Desarrollo económico, social y cultural de la zona fronteriza;

II. Migración e inmigración;

III. Apoyo a los migrantes;

IV. Apoyo a los coahuilenses y sus familiares, que residan en el extranjero; y

V. Otros asuntos que sean o se consideren de la competencia de esta comisión.

ARTÍCULO 109. La Comisión de Atención a Grupos en Situación de Vulnerabilidad conocerá de los asuntos relacionados con:

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I. Trato digno a las personas con capacidades diferentes, adultos mayores, pensionados y jubilados;

II. Programas y oportunidades que propicien la ocupación de estas personas, así como para que realicen actividades recreativas y deportivas;

III. Servicios asistenciales y de salud a favor de las personas con capacidades diferentes, adultos mayores, pensionados y jubilados;

IV. Promoción de una cultura de respeto y consideración para estas personas;

V. Legislación para mejorar la calidad de vida las personas con capacidades diferentes, adultos mayores, pensionados y jubilados; y

VI. Otros asuntos que sean o se consideren de la competencia de esta comisión.

ARTÍCULO 110. La Comisión de Energía, Minería e Hidrocarburos conocerá de los asuntos relacionados con:

I. Industria Minera;

II.- Condiciones de trabajo y seguridad en las minas del Estado;

III. Aprovechamiento de los recursos minerales y energéticos existentes en el Estado;

IV. Producción de Energía en el Estado;

V.- Contratos de materia energética entre el Estado y empresas gubernamentales o particulares;

VI. Infraestructura para el desarrollo de las industrias minera y energética;

VII. Extracción, explotación, investigación y aprovechamiento del gas shale y demás hidrocarburos en el Estado.

VIII. Comercialización de los recursos mineros y energía en el Estado;

IX. Abasto, ahorro y costo del servicio de energía eléctrica;

X. Abastos de gas natural y gasolina;

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XI. Otros asuntos que sean o se consideren de la competencia de esta Comisión.

Artículo 111.- La Comisión de Transparencia y Acceso a la Información conocerá de los asuntos relacionados con:

I. La actualización de la Legislación en materia de acceso a la información pública.

II. Dar seguimiento a la solicitud de información pública que realicen los ciudadanos en la materia de la Ley de Acceso a la Información Pública, tratándose de asuntos que sean competencia de la Legislatura.

III. Promover la cultura de la transparencia, mediante foros, mesas de debate, conferencias o talleres.

IV. Difundir el acceso a la información pública como un derecho de todos los ciudadanos.

V. Dar atención a las demandas ciudadanas, propuestas y aportaciones tendientes al fortalecimiento y apoyo de una nueva cultura de transparencia y acceso a la información pública.

VI. Vigilar las actividades propias de la unidad de atención del Congreso del Estado, para que las respuestas a las solicitudes se hagan de manera eficiente en los tiempos marcados por la ley.

VII. Otros asuntos que sean o se consideren de la competencia de esta comisión.

ARTÍCULO 112. La Comisión Instructora de Juicio Político y de Declaración de Procedencia en Materia de Responsabilidad Penal, conocerá de los asuntos relacionados con las responsabilidades de los servidores públicos estatales y municipales, en los casos y conforme a los procedimientos que se establecen en la Constitución Política del Estado y en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos Estatales y Municipales del Estado de Coahuila de Zaragoza y en otros ordenamientos.

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ARTÍCULO 113. El Pleno del Congreso podrá aumentar o disminuir el número de comisiones permanentes, según lo exija el despacho de los asuntos, al inicio o durante el ejercicio constitucional.

Sección CuartaDe las Sesiones de las Comisiones

ARTÍCULO 114. Para poder sesionar una comisión, ya sea permanente o especial, requerirá de la presencia de más de la mitad de sus integrantes.

ARTÍCULO 115. Quien coordine cada comisión es responsable de los expedientes turnados a ella para su estudio y dictamen y deberá firmar el recibo de ellos, cesando esta responsabilidad cuando los mismos sean devueltos para que se pongan a disposición de otra instancia del Congreso.

ARTÍCULO 116. Las comisiones resolverán los asuntos que se les turnen, por medio de dictámenes que deberán contener una parte expositiva que los fundamente, concluyendo con proposiciones concretas para que sean sometidos a la votación del Pleno o, en su caso, de la Diputación Permanente; o a través de acuerdos o informes que den cuenta de la manera en que se resolvió el asunto en cuestión, a fin de que sean presentados ante el Pleno o la Diputación Permanente, según sea el caso.

ARTÍCULO 117. Los dictámenes, informes o acuerdos que produzcan las comisiones, tanto permanentes como especiales, deberán presentarse debidamente firmados por sus integrantes.

ARTÍCULO 118. Cuando algún integrante de cualquiera de las comisiones tuviere interés en algún asunto que les haya sido turnado para su estudio y dictamen, deberá señalarlo y excusarse para conocer del mismo. En caso necesario, el Coordinador de la comisión correspondiente, solicitará que se designe a quien deba sustituirlo para conocer de ese asunto.

ARTÍCULO 119. Las comisiones tomarán sus decisiones por mayoría de votos de las y los integrantes presentes. En caso de empate, el coordinador tendrá voto de calidad.

Cuando alguna o alguno de los integrantes de una comisión disienta de la resolución adoptada por la mayoría de los presentes, deberá asentarse en el dictamen

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correspondiente. Quien disienta podrá, asimismo, presentar por escrito su voto particular, el que se anexará al dictamen correspondiente, para que junto con éste, sea leído y puesto a consideración para efectos de votación del dictamen por el Pleno o la Diputación Permanente.

ARTÍCULO 120. Las reuniones de las comisiones serán públicas. Podrán sesionar de manera privada, pero para ello se requerirá acuerdo debidamente fundado y motivado de la mayoría de sus integrantes. Las reuniones en que se traten asuntos relativos a la instrucción de juicio político y declaración de procedencia en materia de responsabilidad penal, así como las reuniones de la Comisión de Hacienda y Auditoría Gubernamental, en las que se discutan los asuntos presupuestales y financieros, siempre serán privadas. Las y los diputados podrán asistir a las reuniones de las comisiones, aun cuando no formen parte de las mismas, con voz pero sin voto.

Cuando la materia de un asunto así lo requiera, éste podrá turnarse hasta a dos comisiones, para que unidas lo estudien y resuelvan, salvo que, por excepción, el Pleno del Congreso o la Diputación Permanente, en su caso, acuerde que se turne a más de dos comisiones.

En estos casos, la comisión que se mencione en primer término será la encargada de convocar y coordinar los trabajos correspondientes; y para el estudio, discusión y formulación del dictamen, se seguirá el procedimiento establecido en esta ley para el trabajo en comisiones. Para la aprobación del dictamen correspondiente, se hará una votación general, siguiendo los mismos lineamientos que se dan en esta ley, para las votaciones en las comisiones.

ARTÍCULO 121. Para el despacho de los asuntos que les hayan sido turnados por el Pleno del Congreso o la Diputación Permanente, las comisiones se reunirán a convocatoria de su coordinador, donde se señalará lugar, fecha y hora de la sesión o cuando lo acuerden las dos terceras partes de sus integrantes.

Las comisiones deberán sesionar cuando menos una vez por mes para despachar lo asuntos de su competencia aún cuando el Congreso se encuentre en receso.

El coordinador de la comisión, informará lo anterior a la Oficialía Mayor para la programación y realización de estas reuniones.

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ARTÍCULO 122. Las reuniones de las comisiones se celebrarán en la fecha señalada en la convocatoria respectiva, si se encuentran presentes más de la mitad de sus integrantes; si no se cumple con este quórum en un plazo máximo de una hora, contados a partir de la hora señalada en la convocatoria, la sesión no se llevará a cabo, debiéndose citar a una sesión subsecuente.

De cada reunión de las comisiones, se levantará un registro sobre los datos fundamentales de la reunión y de los acuerdos a los cuales se llegue.

ARTÍCULO 123.Los dictámenes, informes o acuerdos que las comisiones elaboren sobre los asuntos que les hayan sido turnados y que no se lleguen a presentar para aprobación, se dejarán a disposición de la siguiente legislatura con el carácter de proyectos. La legislatura entrante deberá remitir los proyectos recibidos a las comisiones que estime pertinentes para continuar con el trámite respectivo de cada uno de ellos.

ARTÍCULO 124. Quienes coordinen las comisiones deberán rendir un informe por escrito antes de que concluya el segundo periodo ordinario de sesiones de cada año legislativo en el que se detallen las labores realizadas por la Comisión durante el respectivo año. Asimismo, al término del ejercicio constitucional, las comisiones permanentes elaborarán un informe sobre los asuntos pendientes y el estado de análisis en que se encuentren, que quedará a disposición de la siguiente Legislatura por conducto de la Oficialía Mayor. Así mismo, implementaran un archivo de todos los asuntos turnados, mismo que deberá ser entregado a la siguiente legislatura.

ARTÍCULO 125. Lo dispuesto en esta Cuarta Sección, será aplicable para el funcionamiento de las comisiones especiales, salvo en aquellos aspectos que resulten incompatibles.

ARTÍCULO 126. Durante el desarrollo de las sesiones del Pleno o, en su caso, de la Diputación Permanente, no podrán celebrarse reuniones de comisión, salvo que sea necesario para el desarrollo del trabajo legislativo y sea solicitado por el Pleno del Congreso o la Diputación Permanente. Las comisiones podrán reunirse el mismo día de la sesión, antes o después del desarrollo de la misma.

ARTÍCULO 127. Previo acuerdo del Pleno o la Diputación Permanente, las comisiones, tanto permanentes como especiales, podrán celebrar sesiones de información y

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audiencia a las que asistirán, a invitación de ellas, representantes de grupos de interés, asesores o las personas que las comisiones consideren que puedan aportar conocimientos y experiencias sobre el asunto de que se trate.

Así mismo, podrá celebrar dichas reuniones a solicitud expresa de la o el Presidente de la Junta de Gobierno, bajo circunstancias que lo hagan necesario.

ARTÍCULO 128. Las comisiones, para establecer criterios en el despacho de los asuntos que se les encomienden, podrán entrevistarse con las o los funcionarios públicos cuando se trate un asunto sobre su ramo o se discuta una iniciativa relacionada a las materias que les corresponda atender de acuerdo a las disposiciones aplicables.

Asimismo, las comisiones podrán solicitar a la o el Presidente de la Junta de Gobierno, que se cite a servidores de la Administración Pública Estatal o de la Administración Pública Municipal, para que informen cuando se estudie una iniciativa o un asunto concerniente a sus respectivos ramos o actividades.

ARTÍCULO 129. Las comisiones deberán dictaminar, acordar e informar, según el caso, sobre los asuntos de su competencia, en un plazo que no excederá de sesenta días naturales, contados a partir de la fecha en que le fueren remitidos. Transcurrido este plazo, quien presida la Mesa Directiva del Pleno del Congreso o la Diputación Permanente, en su caso, por sí o a petición de alguna o algún diputado, solicitará un informe sobre las causas o razones por las cuales no se han rendido los informes, acordado o dictaminado los asuntos.

Cuando alguna comisión juzgase necesario disponer de mayor tiempo, deberá solicitar la ampliación del plazo establecido en el párrafo anterior hasta por 60 días naturales más, a fin de dictaminar, acordar informar sobre un asunto. Transcurrido este plazo no se concederá ninguna otra prorroga por lo que la comisión respectiva tendrá que resolver en definitiva la suerte del asunto.

Esta solicitud deberá ser suscrita por la mayoría de sus integrantes y presentada al Pleno o a la Diputación Permanente, antes de que expire el plazo a que se refiere el primer párrafo de este artículo.

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ARTÍCULO 130. Los grupos parlamentarios tendrán, en todo tiempo, el derecho de solicitar cambios en la adscripción de sus integrantes ante las comisiones del Congreso, siempre y cuando se cumpla con los requisitos y condiciones que señala la presente ley. Quien coordine del grupo parlamentario respectivo, hará la solicitud de sustitución a la o el Presidente de la Junta de Gobierno, con objeto de que ésta se plantee al Pleno del Congreso.

Cuando el Congreso no esté en período de sesiones, Quien presida la Junta de Gobierno podrá acordar las sustituciones en forma provisional y dar cuenta al Pleno cuando éste se reúna, con objeto de formalizarla.

ARTÍCULO 131. En caso de vacantes en las comisiones permanentes o especiales, la o el Presidente de la Junta de Gobierno, a solicitud del Grupo Parlamentario del que formen parte quienes dejen de pertenecer a una comisión, hará la propuesta al Pleno del Congreso o, en su caso, a la Diputación Permanente, para cubrirlas tan pronto sea posible.

CAPÍTULO VIII

De los Comités

ARTÍCULO 132.- Los Comités son órganos del Congreso del Estado que se constituyen por disposición del Pleno, para realizar tareas diferentes a las de las comisiones. Tendrán la duración y funciones que señale el acuerdo de su creación.

Se integrarán por cinco Diputadas o Diputados designados por el Pleno a propuesta de la Junta de Gobierno, de los cuales uno será la o el Presidente, otro será la o el Secretario y los tres restantes tendrán el carácter de vocales. Las o los vocales podrán suplir en sus faltas temporales a la o el Presidente y a la o el Secretario, atendiendo al orden de su vocalía.

Cada Comité podrá contar, a propuesta de la Junta de Gobierno, con el personal necesario para su buen desempeño.

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ARTÍCULO 133.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, el Congreso contará con los siguientes comités permanentes:

I. Comité de Adquisiciones;

II. Comité Editorial;

III. Comité de Administración Presupuestal;

IV. Comité de Gestoría y Quejas; y

V. Los demás que se creen conforme a las disposiciones de este capítulo.

ARTÍCULO 134. El Comité de Adquisiciones se encargará de proponer, autorizar y vigilar la planeación y programación de los servicios de adquisiciones y obras, así como el ejercicio de los recursos que se asignen para este fin.

Para el cumplimiento de estas funciones, el Comité de Adquisiciones tendrá las siguientes atribuciones:

I. Definir los criterios generales para la realización de las adquisiciones.

Estos criterios tendrán la finalidad de optimizar la utilización de los recursos para el mejor desarrollo de la función legislativa, así como orientar las acciones en materia de:

a) Adquisición de bienes, materiales y equipo, así como de contratación de los servicios necesarios para el funcionamiento del Congreso;

b) Cotizaciones sobre las compras y los servicios a contratar;

c) Obras y mantenimiento de las instalaciones del Congreso del Estado;

II. Realizar las actividades necesarias para evaluar el cumplimiento de los criterios señalados en la fracción anterior;

III. Proponer a la Junta de Gobierno del Congreso, las políticas y criterios normativos de adquisiciones, contratación de servicios y obras;

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IV. Proponer la elaboración de las convocatorias para adquisiciones, contratación de servicios o la ejecución de obras;

V. Rendir al Pleno del Congreso un informe anual de las actividades desarrolladas por el Comité de Adquisiciones; y

VI. Las demás que se acuerden por el Pleno, la Diputación Permanente o la Junta de Gobierno, en virtud de ser necesarias para el cumplimiento de sus funciones.

ARTÍCULO 135. El Comité Editorial tendrá el carácter de permanente y se encargará de la promoción de las actividades tendientes a la formación, integración y elaboración de las diversas manifestaciones editoriales oficiales del Congreso del Estado.

Para el cumplimiento de estas funciones, el Comité Editorial tendrá las siguientes atribuciones:

I. Integrar e incrementar un acervo editorial propio que sirva de comunicación, información y soporte en las tareas legislativas;

II. Establecer las bases para organizar, modernizar e impulsar las actividades, programas y publicaciones editoriales del Congreso;

III. Promover la difusión de las publicaciones editoriales;

IV. Publicar en la página del Congreso la relación de los documentos legislativos, políticos e históricos existentes en archivo del Congreso del Estado; así como las iniciativas de reforma a la legislación del Estado con sus respectivas exposiciones de motivos. Esto independientemente de que pueda difundirse esta información por otros medios. V. Las demás que se acuerden por el Pleno, la Diputación Permanente, o la Junta de Gobierno, en virtud de ser necesarias para el cumplimiento de sus funciones.

ARTÍCULO 136. Con el objeto de supervisar la administración general del Congreso del Estado, se formará el Comité de Administración Presupuestal, integrado por una o un diputado de cada una de las fracciones parlamentarias representadas en el Congreso y en el cual participarán además de manera permanente pero sin voto, quienes sean

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titulares de la Oficialía Mayor y de la Tesorería del Congreso. Su desempeño se regirá conforme a los principios de transparencia, eficiencia y rendición de cuentas.

Los integrantes del Comité tendrán voto ponderado, por lo que el voto de cada uno de sus miembros equivaldrá a tantos votos como sea el número de legisladores que tenga cada fracción parlamentaria en el Congreso, con excepción de las sesiones en que se aprueben los informes que el Comité debe rendir al pleno respecto de la administración presupuestal. En estos casos todos los votos tendrán el mismo valor.

El Comité se reunirá cuando menos una vez al mes en las instalaciones del Congreso, para analizar y resolver los asuntos que sean de su competencia. A las reuniones que se celebren, tendrán derecho a asistir únicamente con voz, las demás Diputadas y Diputados que no formen parte del Comité. Este órgano podrá reunirse con la o el Presidente de la Junta de Gobierno cuando lo considere necesario, o cuando él así lo solicite.

Para el cumplimiento de estas funciones, el Comité de Administración Presupuestal tendrá las siguientes atribuciones:

I. Elaborar de manera conjunta con quien presida la Junta de Gobierno, el proyecto del presupuesto anual que será presentado en su momento a la Junta de Gobierno.

II. Supervisar y autorizar la administración de los recursos económicos del Congreso del Estado, de conformidad con el presupuesto de egresos aprobado;

III. Presentar por escrito a la Junta de Gobierno el análisis, opiniones, observaciones y sugerencias respecto al ejercicio presupuestal del Congreso.

IV. Rendir informe al Pleno en la segunda y penúltima sesión de cada periodo ordinario, sobre la administración general de los recursos económicos, para efectos de su aprobación. El Pleno podrá́ solicitar información adicional sobre la rendición de cuentas, y el Comité́ deberá́ dar respuesta en la misma o en la siguiente sesión respectiva;

V. Proponer y autorizar la plantilla del personal y sus movimientos, el tabulador de sueldos y los programas de desarrollo del personal. De lo anterior deberá rendir cuentas al Pleno del Congreso;

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VI. Supervisar la elaboración e integración de los inventarios de los muebles y enseres del Congreso del Estado y sus dependencias, así ́ como vigilar que los responsables directos cuiden de la conservación de los mismos;

VII. Participar en las tareas para enriquecer el patrimonio del Congreso del Estado y de incrementar sus recursos financieros;

VIII. Informar al Pleno en la segunda sesión del periodo ordinario de sesiones siguiente, sobre la administración de los recursos económicos del Congreso del Estado durante los periodos de receso; y

IX. Otros asuntos que tengan que ver con la administración del personal y los recursos económicos del Congreso del Estado, y que sean materia de este Comité.

ARTÍCULO 137.- Corresponde al Comité de Gestoría y Quejas:

I. La realización de encuestas y foros de consulta, con el fin de obtener información que contribuya al ejercicio pleno de la función legislativa;

II. La atención a las peticiones de los particulares, que se formulen por escrito o en forma oral, de manera pacífica y respetuosa;

III. La remisión a las dependencias y entidades correspondientes de los gobiernos federal, estatal o municipales, las demandas y peticiones de los ciudadanos, así como dar seguimiento a la atención de los mismos;

IV. La remisión a las comisiones respectivas del Congreso del Estado que puedan atender los asuntos presentados para dar solución, atención y gestión de las peticiones y asuntos que presente la ciudadanía; y

V. Otros análogos que a juicio de quien presida la Mesa Directiva o la Diputación Permanente, en su caso, sean materia de tratamiento por este Comité.

CAPÍTULO IX

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De la Diputación Permanente

ARTÍCULO 138. La Diputación Permanente es el órgano del Congreso del Estado, que funcionará cuando el Pleno no esté en período de sesiones.

Tendrá dos períodos de funciones al año. El primero comprenderá los meses de enero y febrero y el segundo los meses de julio y agosto de cada año.

ARTÍCULO 139. La Diputación Permanente se integrará con once diputadas o diputados propietarios, de los cuales se nombrará una o un Presidente, una o un Vicepresidente, dos Secretarios o Secretarias y siete Vocales, observando para su designación equidad de género.

Por cada Diputada o Diputado electo como propietario, se designará respectivamente un suplente, que los sustituirá en caso de ausencia temporal o absoluta.

Para la integración de la Diputación Permanente, se observará lo siguiente:

I. En primer lugar, se asignarán seis lugares para el Grupo Parlamentario que haya obtenido la mayoría absoluta en el Congreso del Estado.

II. Enseguida, se asignará en orden descendente de representación, un lugar para cada uno de los Grupos Parlamentarios que conforme al resultado electoral estén representados en el Congreso, exceptuando al Grupo Parlamentario mayoritario.

III. De los lugares restantes, se asignarán a las o los diputados representantes de partidos políticos que no formen Grupo Parlamentario de acuerdo a la propuesta de la Junta de Gobierno.

IV. En caso de empate de dos o más Grupos Parlamentarios en la representación en el Congreso, se decidirá por el número de votos obtenidos en el proceso electoral correspondiente.

V. En caso de que ningún Partido Político obtenga la mayoría absoluta en el Congreso del Estado, se asignará una o un Diputado a cada Grupo Parlamentario y el

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resto se asignará en orden descendente de representación, proporcionalmente al número de Diputados y Diputadas que tenga en la Legislatura.

La elección de la diputación Permanente se hará conforme a una planilla, en la que se determinarán los cargos que ocuparán sus integrantes.

ARTÍCULO 140. Son atribuciones de la Diputación Permanente:

I. Llevar la correspondencia con los Poderes de la Federación y con los de los Estados;

II. Recibir, en su caso, y registrar las declaratorias de validez de las elecciones de gobernador, diputados y ayuntamientos y comunicarlas al Pleno del Congreso, cuando éste se reúna;

III. Acordar por sí o a petición del Ejecutivo, la convocatoria de la Legislatura a sesiones extraordinarias;

IV. Designar al Gobernador Interino o al Provisional, en los casos a que se refiere la Constitución Política del Estado;

V. Tomar, en su caso, la protesta de ley del Gobernador del Estado, la de los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia y de los demás servidores públicos en los casos que proceda conforme a la ley, así como ratificar, en su caso, el nombramiento del Procurador General de Justicia del Estado.

VI. Conceder licencia, en su caso, a los servidores públicos a que se refiere la fracción XVIII del artículo 67 de la Constitución Política Local; así como conocer y resolver, en los términos de la propia Constitución y demás ordenamientos aplicables, sobre las renuncias que individualmente, y sin tratarse de la mayoría, presenten los miembros de los Ayuntamientos y de los Concejos Municipales;

VII. Resolver los asuntos que quedaren pendientes de resolución por el Pleno y dar cuenta de ellos en el siguiente periodo de sesiones;

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VIII. Recibir y remitir a la Comisión de Hacienda y Auditoría Gubernamental, las cuentas públicas anuales estatales, municipales y de los organismos públicos autónomos, en los términos que marca la ley.

IX. Resolver los asuntos para que fuere autorizada por el Pleno del Congreso, según la fracción XXXV del artículo 67 de la Constitución Local y lo previsto en el artículo 14 de la presente ley.

X. Las demás que señalen la Constitución Política del Estado, esta Ley y otros ordenamientos.

ARTÍCULO 141. La Diputación Permanente deberá rendir un Informe de sus trabajos, al término de sus períodos de funciones.

Los informes de la Diputación Permanente se presentarán en la primera sesión de cada Período Ordinario de Sesiones.

ARTÍCULO 142. La Diputación Permanente cesará en sus funciones al momento de elegir la Directiva del Período Ordinario de Sesiones.

ARTÍCULO 143. En los casos de invasión y perturbación de la paz pública, la Diputación Permanente podrá conceder, con carácter de provisional, facultades extraordinarias al Ejecutivo para que haga frente a la situación; pero tan luego como se otorgue esta concesión, deberá convocar al Pleno del Congreso a periodo extraordinario para que confirme, modifique o revoque, el acuerdo relativo.

ARTÍCULO 144. En todo lo demás que no esté previsto en los artículos de este Título, la Diputación Permanente se sujetará a lo que dispone esta Ley respecto al funcionamiento del Pleno del Congreso.

Asimismo, quien Presida la Diputación Permanente, en términos generales y en lo aplicable, tendrá las mismas facultades que tiene la Presidencia de la Mesa Directiva del Pleno del Congreso.

ARTÍCULO 145. La Diputación Permanente se instalará el mismo día en que concluyan los períodos ordinarios de sesiones y, en su caso, el período de instalación de la

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Legislatura. Hecha la declaración respectiva, se comunicará oficialmente por escrito a los Poderes Ejecutivo y Judicial del Estado.

Su primera sesión se celebrará cuando lo señale su Presidente según lo dispuesto por esta ley, salvo que se presente un asunto urgente que haga necesario que sesione antes de la fecha señalada. En estos casos, convocará inmediatamente a quienes la integren, a efecto de sesionar aún cuando sea un día inhábil.

ARTÍCULO 146. Las sesiones de la Diputación Permanente tendrán lugar cuando menos una vez a la semana. Si hubiere necesidad de celebrar otras sesiones cuando así lo exija el número de asuntos en cartera o sea necesario por la urgencia de algunos asuntos, se llevarán a cabo previo acuerdo de la Junta de Gobierno. Las sesiones de la Diputación Permanente tendrán la misma duración que las sesiones del Pleno del Congreso y estas también podrán ser prorrogadas, a propuesta de su Presidente, que sea aprobada por las y los integrantes de este órgano.

Cuando se considere necesario que la Diputación Permanente sesione más de una vez a la semana o en día distinto a las fechas programadas, quien presida este órgano legislativo informará lo correspondiente desde la sesión anterior o mediante comunicación por escrito que se haga oportunamente o el mismo día de la sesión, cuando exista una causa de fuerza mayor que lo justifique plenamente.

ARTÍCULO 147. La Diputación Permanente sólo podrá sesionar cuando concurran más de la mitad de sus integrantes y sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate, la o el Presidente tendrá voto de calidad.

ARTÍCULO 148. En caso de que no se reúna el quórum necesario para sesionar, se citará de nuevo a sesión dentro de los dos días hábiles siguientes, convocando ahora a los suplentes de los que faltaron. Dicha sesión se llevará a cabo con la asistencia de las y los diputados convocados que ocurran.

ARTÍCULO 149. La Diputación Permanente continuará en funciones, aún cuando el Pleno entre en período extraordinario de sesiones, por lo que no suspenderá sus trabajos, salvo en aquello que se refiera a los asuntos para los que haya sido convocado el período extraordinario.

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CAPÍTULO X

De la Auditoría Superior del Estado

ARTÍCULO 150. El Congreso contará con el apoyo técnico y de gestión de la Auditoria Superior del Estado, que se encargará de revisar las cuentas públicas de los Poderes del Estado, municipios y organismos públicos autónomos, verificando los resultados de su gestión financiera mediante la fiscalización del cumplimiento de los programas, la comprobación de que las entidades se ajustaron a la ley de ingresos o presupuesto de ingresos de la entidad, según corresponda, y al presupuesto de egresos, y el análisis de las desviaciones presupuestarias, en su caso.

La Auditoría Superior del Estado es un órgano con autonomía técnica y de gestión, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Dicha autonomía le permitirá el ejercicio de sus atribuciones y la decisión sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que disponga la ley. Su estructura y funcionamiento se regirán por la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado de Coahuila de Zaragoza y por el Reglamento Interno de la Auditoria Superior del Estado; su titular deberá cumplir con los requisitos que señalan estos ordenamientos y la Constitución Política del Estado y desempeñará el cargo durante el periodo para el cual sea nombrado. La revisión de las cuentas públicas tendrá por objeto conocer los resultados de la gestión financiera respectiva y comprobar si se han ajustado a la ley de ingresos o presupuesto de ingresos, según corresponda y a su presupuesto de egresos y el cumplimiento de los objetivos contenidos en los planes y programas. Serán principios rectores de la fiscalización superior la posterioridad, anualidad, legalidad, definitividad, imparcialidad, confiabilidad, integridad, transparencia, oportunidad, congruencia, inmediatez, suficiencia financiera, independencia, máxima publicidad y objetividad.

El Auditor Superior del Estado será designado por el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes del Pleno del Congreso Local; será inamovible y su remoción sólo podrá realizarse por las causas y conforme a los procedimientos previstos en el Título Séptimo de la Constitución Política del Estado; durará en su encargo ocho años y podrá ser ratificado para un segundo período.

TÍTULO CUARTO

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DEL PROCESO LEGISLATIVO

CAPÍTULO I

De las Iniciativas

ARTÍCULO 151. El derecho de iniciar leyes y decretos compete:

I. A las y los Diputados, quienes tendrán, además, la facultad exclusiva de modificar la presente ley;

II. A la o el Gobernador del Estado;

III. Al Tribunal Superior de Justicia, en materia de Administración de Justicia y Codificación;

IV. A los Ayuntamientos del Estado, en todo lo concerniente a su competencia municipal. En este caso, la iniciativa se presentará por conducto del Presidente Municipal, previo acuerdo de la mayoría de los miembros presentes del Ayuntamiento;

V. A los organismos públicos autónomos, que en la ley de su creación tengan la facultad de presentar iniciativas, en todo lo concerniente a su competencia. En estos casos, la iniciativa se presentará por conducto del Presidente del organismo, previo acuerdo, cuando exista, del Consejo General.

VI. A las y los ciudadanos coahuilenses y a los que sin serlo acrediten que han residido en el Estado por más de tres años. Este derecho se ejercerá en los términos que establezca la ley de la materia.

Las y los Diputados podrán adherirse o en su caso, hacer propias las Iniciativas que sean presentadas por los sujetos a que se refieren las fracciones II a VI del presente artículo.

La reforma a la Ley Orgánica del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, le corresponde única y exclusivamente a los Diputados

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ARTÍCULO 152. Las iniciativas presentadas por el Ejecutivo, el Tribunal Superior, los Ayuntamientos y los organismos públicos autónomos, pasarán, desde luego, a comisión. Las de las y los diputados se sujetarán a la presente ley y a los acuerdos tomados por el Pleno.

ARTÍCULO 153. El Gobernador del Estado, podrá acudir al Congreso del Estado para presentar personalmente Iniciativas de Ley o Decreto.

Para la recepción de las Iniciativas de Ley o Decreto que presente personalmente la o el Titular del Ejecutivo del Estado de Coahuila de Zaragoza, se observará lo que se establece a continuación:

I.- Podrá presentar personalmente las Iniciativas, acudiendo al Congreso del Estado, sin ocurrir ante el Pleno o ante Comisiones.

En este caso, se celebrará una reunión especial a la que se convocará a las y los integrantes de la Legislatura, en la cual la o el Titular del Ejecutivo, podrá hacer una exposición general para dar a conocer y explicar a las y los Legisladores y, en su caso, a los medios de información, los motivos, el sentido, y los principales aspectos de la iniciativa o iniciativas que serán presentadas.

Al concluir su exposición, hará la entrega de la iniciativa o iniciativas y, una vez formalizada su recepción, se informará al Pleno del Congreso sobre su presentación, para que sea turnada a la Comisión que corresponda y se continúe con el trámite legislativo, conforme a lo establecido en este ordenamiento.

Para la celebración de la reunión antes referida, será necesario que previamente se informe sobre la fecha y hora consideradas para la presentación de las iniciativas, lo cual deberá hacerse cuando menos con veinticuatro horas de anticipación, a fin de que se pueda hacer oportunamente la convocatoria correspondiente.

II.- Podrá presentar personalmente las Iniciativas de Ley o Decreto, acudiendo al Congreso del Estado, para ocurrir ante la Comisión o Comisiones competentes en la materia a que estén referidas las iniciativas, a fin de cumplir con lo señalado.

En este caso, será necesario que las iniciativas se envíen al Congreso del Estado con cuando menos veinticuatro horas de anticipación, a fin de que se pueda convocar

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oportunamente a sesión de la Comisión o Comisiones ante las cuales se debe hacer la presentación, al citatorio que se entregue a cada integrante de la o las comisiones competentes, se deberá acompañar un ejemplar de las iniciativas.

En las reuniones que se celebren para el efecto antes señalado, quien sea Titular del Ejecutivo del Estado, hará una exposición inicial para dar a conocer y explicar a los integrantes de la Comisión o Comisiones que corresponda, los motivos, el sentido y los principales aspectos de la iniciativa o iniciativas que serán presentadas, y las y los legisladores que concurran a la reunión, podrán formular preguntas exclusivamente relacionadas con el tema de las iniciativas.

Al concluirse la exposición inicial y, en su caso, la formulación de preguntas, se informará al Pleno del Congreso sobre su presentación y recepción, para que se formalice el turno a la Comisión o Comisiones que corresponda y se continúe con el trámite legislativo conforme a las disposiciones de esta Ley.

III. Podrá acudir a una sesión ordinaria del Congreso del Estado, para presentar personalmente Iniciativas de Ley o Decreto ante el Pleno de la Legislatura.

En este caso, cuando la o el Gobernador del Estado tenga la intención de acudir a una sesión para presentar personalmente Iniciativas de Ley o Decreto, será necesario que se informe al Congreso, cuando menos veinticuatro horas antes de la hora fijada para la celebración de la sesión a la que considera asistir, con el fin de que se pueda incluir este asunto en el orden del día de dicha sesión.

En la sesión se le concederá la palabra conforme a lo programado en el orden del día y en su intervención dará cuenta de la iniciativa o iniciativas que tenga considerado presentar, haciendo una exposición general para dar a conocer y explicar a las y los integrantes de la Legislatura, los motivos, el sentido y los principales aspectos de la iniciativa o iniciativas que se presenten, sin que su intervención pueda dar lugar a preguntas o comentarios por parte de las y los legisladores.

Al concluir su intervención, el Gobernador del Estado entregará a la o el Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, la iniciativa o iniciativas, para que se disponga su turno a la Comisión o Comisiones que corresponda y se continúe con el trámite legislativo, conforme a lo establecido en esta Ley.

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Por otra parte, cuando la o el Gobernador del Estado acuda a una sesión del Congreso del Estado, para presentar personalmente iniciativas de Ley o Decreto ante el Pleno de la Legislatura, la Presidencia de la Mesa Directiva dispondrá que se forme una Comisión de Protocolo para recibir y despedir al Ejecutivo Estatal, al arribar y retirarse del Recinto Oficial.

ARTÍCULO 154. Las iniciativas presentadas por los sujetos a que se refiere la fracción VI del artículo 151 de esta ley, se dictaminarán por la comisión correspondiente.

ARTÍCULO 155. Las iniciativas a que se refiere el artículo anterior, deberán presentarse por escrito y estar firmadas por su autor o autores.

Asimismo, deberán contener una exposición de motivos en la que se exprese el objeto de las mismas, las consideraciones jurídicas que las fundamentan, el texto del proyecto de ley o decreto, la fecha de presentación, el nombre quienes las suscriben y la solicitud de que sean aprobadas por el Congreso.

ARTÍCULO 156. Toda petición de particulares, corporaciones o autoridades que no tengan derecho de iniciativa, se mandará pasar directamente por el Presidente de la Mesa Directiva a la Comisión que corresponda, según la naturaleza del asunto de que se trate. Las comisiones dictaminarán si son de tomarse o no en consideración estas peticiones.

ARTÍCULO 157. El Congreso recibirá para su resolución las propuestas o denuncias de la ciudadanía, suscritas por el o los promoventes, acompañándose de las pruebas de que se disponga e invocando el fundamento legal que demuestre la procedencia y competencia del Congreso del Estado, debiendo ser ratificada dentro de los siguientes tres días hábiles.

De no cumplir con los requisitos antes señalados, será desechada de plano y archivada por la Oficialía Mayor.

ARTÍCULO 158. Cuando se trate de hacer alguna modificación o reforma a la Constitución Política del Estado, se observarán los requisitos siguientes:

I. Iniciativa suscrita por uno o varios diputados o diputadas o por la o el Gobernador;

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II. Dos lecturas a la Iniciativa con un intervalo de diez días, turnándose desde luego a comisión;

III. Dictamen de la comisión respectiva al que se darán dos lecturas con un intervalo de seis días;

IV. Discusión del dictamen y aprobación de cuando menos las dos terceras partes de las y los diputados presentes;

V. Publicación del expediente por la prensa;

VI. Que la adición o reforma sea aprobada por la mayoría absoluta de los Ayuntamientos del Estado;

VII. Discusión del nuevo dictamen, que la comisión que conoció de la iniciativa emitirá con vista del sentir de los Ayuntamientos, pronunciándose en sentido afirmativo o negativo según el sentir de la mayoría absoluta de los Ayuntamientos; y

VIII. Declaración del Congreso, con vista y discusión del dictamen de la comisión, sobre la aprobación de la reforma constitucional.

ARTÍCULO 159. Para cumplir con lo que se previene en la fracción VI del artículo que precede, el Congreso después de haber cumplido los requisitos que consignan las fracciones anteriores a la citada, mandará a cada Ayuntamiento del Estado, una copia del expediente, señalándoles, que dentro del término de treinta días naturales contados a partir de que reciban la documentación, deberán emitir su voto y que, de no hacerlo, se entenderá que aceptan la reforma.

Una vez que se reciba el voto favorable de la mayoría absoluta de los municipios o transcurridos los treinta días sin recibir respuesta, se podrá proceder a la formulación y presentación del dictamen a que se refiere la fracción VII del artículo anterior.

ARTÍCULO 160. Cuando se trate de una iniciativa de ley o decreto en materia municipal a las que se refiere la fracción IX del Artículo 67 de la Constitución del Estado, quien Presida la Mesa Directiva del Congreso o la Diputación Permanente, inmediatamente que se reciba dispondrá su envío al Ayuntamiento o Ayuntamientos respectivos para oír

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su opinión, que deberán emitir y entregar al Congreso del Estado dentro de los siete días naturales siguientes a la fecha en que la reciban, sin perjuicio de realizar el turno que corresponda. Vencido el plazo señalado, con o sin opinión de los Ayuntamientos, se continuará con el trámite legislativo.

En este caso, el envío será a todos los Ayuntamientos cuando se trate de una ley o decreto que tenga aplicación en todos los municipios, pero cuando se trate de una ley o decreto que sólo tenga aplicación en algún o algunos municipios, el envío únicamente se realizará al Ayuntamiento o Ayuntamientos involucrados. Será innecesario el envío de la ley o decreto al Ayuntamiento que inició el proceso legislativo.

Cuando esté en funciones la Diputación Permanente, se determinará lo que se considere procedente y, en su caso, podrá convocar a un periodo extraordinario de sesiones para que se resuelva sobre estas iniciativas.

Cuando un Ayuntamiento presente una ley o decreto en materia municipal, el Congreso del Estado podrá pedir la opinión del Ejecutivo del Estado, antes de hacer dictamen.

Las normas fiscales o presupuestales que deban ser aprobadas para el ejercicio fiscal del año siguiente no estarán sujetas al trámite previsto en este artículo.

ARTÍCULO 161. En el proceso legislativo, solamente las iniciativas de ley o de decreto, presentadas por las y los diputados y las relativas a reformas constitucionales, serán objeto de lectura ante el Pleno del Congreso, conforme a lo previsto por la Constitución Local y esta Ley.

ARTÍCULO 162. Toda iniciativa de ley o decreto deberá sujetarse a los trámites siguientes:

I. Dictamen de Comisión, al que se le dará una sola lectura ante el Pleno del Congreso, para proceder de inmediato a su discusión conforme a lo que se establece en este mismo artículo;

II. Una o dos discusiones conforme a lo siguiente:

1. La primera discusión se verificará después de la lectura del dictamen, conforme a las disposiciones aplicables previstas en esta ley;

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2. Terminada esta discusión, se votará la ley o decreto y aprobado que sea, se pasará al Ejecutivo para su promulgación, publicación y observancia;

3. Si el Ejecutivo devolviere la ley o decreto con observaciones, volverá a la Comisión respectiva para que presente nuevo dictamen;

4. El nuevo dictamen se leerá ante el Pleno e inmediatamente se procederá a la segunda discusión que se señala en esta misma fracción y, a esta segunda discusión, podrán asistir y tomar parte en ella la o el Gobernador del Estado o el orador que nombre al efecto; y

5. Si el proyecto devuelto con observaciones por el Ejecutivo, fuere confirmado por las dos terceras partes del número total de las y los diputados presentes en el Pleno del Congreso, se declarará, según corresponda, ley o decreto y se enviará de nuevo al Ejecutivo, para su promulgación, publicación y observancia;

ARTÍCULO 163. Los dictámenes se presentarán por escrito y contendrán:

a) Una exposición clara y precisa del asunto a que se refieran, así como de sus antecedentes; b) Los dictámenes sobre iniciativas de ley, deberán incluir un análisis de impacto regulatorio y económico

c) Las consideraciones que adopta la comisión sobre los aspectos de forma y fondo de la iniciativa o proposición respectiva;

d) En su caso, las propuestas de modificaciones a la iniciativa;

f) Los puntos resolutivos, que serán las proposiciones concretas que comprendan la opinión de las comisiones sobre el asunto respectivo;

g) El texto del proyecto de ley o decreto; y

h) La fecha, los nombres y las firmas de las y los integrantes de la comisión o comisiones que lo suscriben.

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Los votos particulares de quienes disientan de la opinión de la mayoría de la Comisión, deberán reunir los requisitos previstos para los dictámenes.

ARTÍCULO 164. En el mismo periodo de sesiones no podrá volverse a presentar ningún proyecto de ley o decreto u otros asuntos que fueren desechados.

ARTÍCULO 165. En caso de urgencia notoria u obvia resolución, así como cuando se considere procedente, por mayoría de votos de las y los diputados presentes, se podrán dispensar el trámite a que se refiere la fracción I del artículo 162 de esta ley, en cuyo caso se dará lectura a la iniciativa y se pasará directamente a su discusión.

ARTÍCULO 166. Las iniciativas de los diputados se presentarán a la o el Presidente de la Mesa Directiva, por lo menos veinticuatro horas antes de la sesión, por escrito y firmadas por su autor o autores.

ARTÍCULO 167. Las iniciativas de las y los diputados se publicarán en la Gaceta Parlamentaria a efecto de darles publicidad, y su promovente podrá hacer uso de la tribuna hasta por diez minutos para dar a conocer y explicar de manera general a las y los integrantes de la Legislatura, los motivos, el sentido y los principales aspectos de la iniciativa.

Sólo a petición de la o el promovente y si la mayoría de las y los diputados presentes en la sesión lo aprueban, se dará lectura íntegra a la iniciativa, disponiendo entonces el tiempo que sea necesario.

ARTÍCULO 168. En caso de que se de lectura a una Iniciativa conforme al artículo anterior, podrán hablar hasta tres oradores en pro y otros tres en contra, para hacer comentarios, prefiriéndose al autor o autores del proyecto, exceptuándose de lo anterior, las iniciativas relativas a reformas constitucionales. Enseguida se turnará la iniciativa a la comisión que corresponda.

ARTÍCULO 169. La decisión sobre el turno asignado a las iniciativas o minutas podrá ser modificada por quien presida la Mesa en el transcurso de la sesión respectiva; o posteriormente, cuando se considere que la iniciativa no corresponde a la materia de la comisión a la que fue turnada.

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Cuando una iniciativa sea enviada a más de una comisión, el dictamen correspondiente deberá ser elaborado por las comisiones unidas. En tal caso, la designada en primer orden será la que deberá dirigir los trabajos para la elaboración del dictamen correspondiente.

La o el coordinador de una Comisión, podrá solicitar fundadamente que se turne una iniciativa u otro asunto a su comisión o trabajar en comisiones unidas con aquella a la que ya se haya turnado, y oyendo los argumentos, quien presida la Mesa Directiva resolverá de inmediato lo conducente.

ARTÍCULO 170. Ningún proyecto podrá discutirse sin que primero pase a la comisión o comisiones correspondientes y éstas hayan dictaminado.

Sólo podrá dispensarse este requisito en los asuntos que por acuerdo expreso del Congreso se calificaren de urgente o de obvia resolución.

ARTÍCULO 171. En los casos de urgente u obvia resolución determinada por el voto de la mayoría de las y los legisladores del Congreso que estén presentes se podrá, a pedimento de alguna o alguno de sus miembros, dar curso a las proposiciones o proyectos y ponerlos a discusión inmediatamente después de su lectura.

ARTÍCULO 172. Las resoluciones del Pleno del Congreso, para que tengan validez, deberán ser aprobadas por la mayoría de las y los Diputados presentes, salvo aquellas que constitucionalmente requieran de votación especial; y no tendrán otro carácter que el de ley, decreto, acuerdo o voto de confianza.

Las leyes, decretos y votos de confianza se comunicarán al Ejecutivo, firmados por el Presidente y dos Secretarios, para su promulgación, publicación y observancia. Los acuerdos se firmarán por los dos Secretarios, sin perjuicio de que también lo pueda hacer el Presidente, y se comunicarán también al Ejecutivo, para su conocimiento y, en su caso, para su publicación y observancia.

ARTÍCULO 173. Antes de remitirse una ley o decreto al Ejecutivo, deberá hacerse su registro en un libro especial, que se conservará en la Oficialía Mayor del Congreso.

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ARTÍCULO 174. Los acuerdos se comunicarán en forma de oficio, insertando literalmente los puntos resolutivos, firmando el Presidente, los Secretarios o el Oficial Mayor.

ARTÍCULO 175. La promulgación de las leyes y decretos, se hará bajo la siguiente fórmula:

"N.N. Gobernador Constitucional del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, a sus habitantes sabed:

Que el Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, decreta:

(AQUÍ EL TEXTO)

Dado en el Salón de Sesiones del Congreso del Estado (lugar, fecha y firmas del Presidente y Secretarios). IMPRIMASE, COMUNÍQUESE y OBSÉRVESE

(Lugar, fecha y firmas del Gobernador, Secretario de Gobierno, y en su caso, la de las o los Secretarios del Ramo)".

ARTÍCULO 176. En la abrogación, reforma o derogación de las leyes, se observarán los mismos trámites establecidos para su formación.

ARTÍCULO 17. Todo proyecto de ley que fuere desechado en lo general, no podrá volver a presentarse en el mismo periodo de sesiones.

ARTÍCULO 178. Las y los diputados también podrán presentar proposiciones con puntos de acuerdo.

ARTÍCULO 179. Las proposiciones con puntos de acuerdo deberán ser presentadas por escrito y suscritas por su autor o autores, señalando el asunto a que están referidas, los motivos que fundamentan el planteamiento y lo que se solicita para su atención.

ARTÍCULO 180. Para que las proposiciones con puntos de acuerdo de las y los diputados puedan ser incluidas en el orden del día de una sesión del Pleno o la

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Diputación Permanente, se requiere que los ponentes las presenten por escrito ante la Oficialía Mayor del Congreso, cuando menos veinticuatro horas antes de la sesión correspondiente y se les dará publicidad mediante su publicación en la Gaceta Parlamentaria.

ARTÍCULO 181. En la sesión que corresponda, las proposiciones con puntos de acuerdo se sujetarán al siguiente trámite:

En los casos de proposiciones con punto de acuerdo que no se presenten como de urgente u obvia resolución, la o el presidente informará de la materia motivo de la proposición, ordenara su inscripción íntegra en el Diario de los Debates y dictará el turno a la comisión que corresponda, sin que proceda intervención o discusión alguna.

Para fundamentar y explicar las proposiciones presentadas con el carácter de urgente u obvia resolución, la o el autor podrán hacer uso de la tribuna hasta por cinco minutos y de inmediato se procederá a calificarlas de conformidad a lo dispuesto en esta ley.

En caso de no obtener la votación requerida para ser considerada de urgente u obvia resolución, el Presidente dictará el turno a la comisión que corresponda.

Si la proposición es calificada de urgente u obvia resolución se procederá de inmediato a su discusión y votación y podrá ser aprobada, desechada o turnada a comisión.

Una vez sometida a discusión la proposición, podrá ser modificada, parcial o totalmente, a propuesta de una o un diputado, distinto al o los autores, previa autorización del autor o autores del mismo.

ARTÍCULO 182. Las comisiones deberán emitir el dictamen correspondiente, el cual será programado para su discusión y votación como dictamen con punto de acuerdo.

ARTÍCULO 183. La lectura de los dictámenes sobre iniciativas de ley y proposiciones podrá ser dispensada previa consulta al Pleno, en votación económica.

ARTÍCULO 184. Las leyes serán redactadas con precisión y claridad, en la forma que hubieren sido aprobadas, y al expedirse, serán autorizadas por las firmas del Presidente y los Secretarios de la Mesa Directiva.

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ARTÍCULO 185. Las leyes votadas por el Congreso, se expedirán bajo esta fórmula: "El Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, decreta" (aquí el texto de la ley o decreto).

Cuando la ley se refiera a la elección de Gobernador Interino, la fórmula será la siguiente: "El Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza en ejercicio de la facultad que le da el artículo XX o el XX (según el caso), de la Constitución, declara":

ARTÍCULO 186. Los trámites a que se refiere el artículo 158 de esta Ley, no son dispensables.

CAPÍTULO IIDe las Discusiones

ARTÍCULO 187. Todo proyecto de ley o reforma se discutirá primero en lo general, y después en lo particular cada uno de los artículos que hayan sido reservados para ello en la discusión en lo general. Cuando conste de un solo artículo, será discutido en un solo acto.

ARTÍCULO 188. Para ordenar el debate la o el Presidente formulará una lista de los diputados que pidan la palabra en contra y otra de los que la pidan en pro, las cuales leerá íntegras antes de comenzar la discusión.

ARTÍCULO 189. Los miembros del Congreso hablarán alternativamente en contra o en pro, llamándolos el Presidente por el orden de las listas, comenzando por el inscrito en contra. Estas intervenciones no podrán exceder de diez minutos. Cuando hayan hablado cuatro oradores en contra y cuatro en pro, el Presidente consultará a la Asamblea si considera suficientemente discutido el tema, en caso afirmativo suspenderá la discusión y ordenará se proceda de inmediato a la votación; en caso negativo abrirá un nuevo turno de dos oradores en pro y dos en contra, al término del cual volverá a consultar a la Asamblea. Así procederá sucesivamente hasta que ésta, considere suficientemente discutido el tema para proceder a la votación.

Siempre que algún legislador de los que hayan solicitado la palabra no estuviere presente en el salón cuando le corresponda hablar, se le colocará al final de su respectiva lista.

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ARTÍCULO 190. Cuando sólo se pidiere la palabra en contra, hablarán todos los que la tuvieren, pero después de haber hablado tres, se preguntará si el asunto está suficientemente discutido.

ARTÍCULO 191. Las o los diputados de la comisión dictaminadora y el autor de la iniciativa o proposición que se discuta, podrán hablar más de dos veces. Los otros miembros del Congreso sólo podrán hacerlo dos veces sobre un asunto.

ARTÍCULO 192. Las y los diputados aún cuando no estén inscritos en la lista de los oradores, podrán pedir la palabra para rectificar hechos o contestar alusiones personales, cuando haya concluido el orador y sin que puedan hacer uso de la palabra más de cinco minutos. El Presidente sólo podrá conceder el uso de la palabra en los términos de este artículo, hasta tres legisladores que no estén inscritos en la lista de oradores, debiendo continuar con el orden de los ya inscritos.

ARTÍCULO 193. Ningún diputado o diputada podrá ser interrumpido mientras tenga la palabra a menos que se trate de moción de orden invocada por la o el Presidente, en los siguientes casos: cuando se viertan injurias en contra de algún diputado, u otra persona, corporación o autoridad; cuando el orador se aparte del asunto a discusión; para ilustrar la discusión con la lectura de un documento; o cuando se infrinjan artículos de esta ley, en cuyo caso deberá ser citado el artículo respectivo.

ARTÍCULO 194. Cuando las y los Secretarios del ramo u otros servidores públicos fueren llamados por el Congreso o enviados por el Ejecutivo para asistir a una sesión en la que se discuta una ley o decreto concerniente a su ramo, podrán pedir el expediente para instruirse, sin que por esto deje de verificarse la discusión en el día señalado.

Para los efectos del párrafo anterior, las comisiones podrán solicitar a la o el Presidente de la Junta de Gobierno, que se cite a servidores de la Administración Pública Estatal o de la Administración Pública Municipal.

Antes de comenzar la discusión podrán las y los funcionarios señalados, informar al Congreso lo que estimen conveniente y exponer cuantos fundamentos quieran en apoyo de la opinión que pretendan sostener.

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ARTÍCULO 195. Cuando una o un Secretario del ramo u otro funcionario de los que comprende el artículo 128 de esta ley se presente al Congreso, por acuerdo del mismo, se concederá la palabra a quien hizo la solicitud respectiva, enseguida al Secretario o funcionario compareciente para que conteste o informe sobre el asunto a debate y posteriormente a los que la solicitaren en el orden establecido en los artículos precedentes.

ARTÍCULO 196. Las y los Secretarios del ramo y demás funcionarios que menciona el artículo 128 de esta ley, no podrán hacer proposiciones ni adición alguna en las sesiones. Todas las iniciativas o indicaciones del Ejecutivo deberán dirigirse al Congreso por medio de oficio.

ARTÍCULO 197. No podrá llamarse al orden al orador que critique o censure a funcionarios públicos por faltas o errores cometidos en el desempeño de sus atribuciones; pero en caso de injurias o calumnias, el interesado podrá reclamarlas en la misma sesión, cuando el orador haya terminado su discurso, o en otra que se celebre en día inmediato. El Presidente instará al ofensor a que las retire o satisfaga al ofendido. Si aquél no lo hiciere así, el Presidente mandará que las expresiones que hayan causado la ofensa se retiren del Diario de los Debates y se inserten en acta especial para proceder a lo que hubiere lugar.

ARTÍCULO 198. Ninguna discusión se podrá suspender, sino por las causas siguientes:

I. Por ser la hora que esta ley fija para hacerlo, a no ser que se prorrogue por acuerdo del Congreso;

II. Porque el Congreso acuerde dar preferencia a otro asunto de mayor urgencia o gravedad;

III. Por graves desórdenes en el Salón de Sesiones;

IV. Por falta de quórum, la cual, si es dudosa, se comprobará pasando lista y si es verdaderamente notoria, bastará la simple declaración de la o el Presidente; y

V. Por proposición con moción suspensiva que presente alguna o algún legislador y que la asamblea apruebe.

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Si durante el curso de una sesión, alguno de los miembros del Congreso reclamare el quórum y la falta de éste fuera verdaderamente notoria, bastará una simple declaración de la o el Presidente del Congreso sobre el particular para levantar la sesión; en todo caso, cuando dicha falta de quórum sea dudosa, deberá procederse a pasar lista, y comprobada aquélla, se levantará la sesión.

ARTÍCULO 199. En el caso de moción suspensiva, se leerá la proposición y sin otro requisito que oír a su autor o autora, si la quiere fundar, y a algún impugnador, si lo hubiere, se preguntará a la Asamblea si se toma en consideración inmediatamente. En caso afirmativo se discutirá y votará en el acto, pudiendo hablar, al efecto, tres legisladores en pro y tres en contra; pero si la resolución del Congreso fuese negativa, la proposición se tendrá por desechada.

No podrá presentarse más de una proposición con moción suspensiva en la discusión de un asunto.

ARTÍCULO 200. Cuando un diputado o diputada quisiera que se lea algún documento en relación con el debate para ilustrar la discusión, pedirá la palabra para el efecto de hacer la moción correspondiente y aceptada que sea por el Pleno, la lectura del documento deberá hacerse por una o uno de los Secretarios, continuando después el debate.

ARTÍCULO 201. Cuando hubieren hablado todos los diputados que puedan hacer uso de la palabra, la o el Presidente mandará preguntar si el asunto está o no suficientemente discutido. En el primer caso, se procederá inmediatamente a la votación; en el segundo, continuará la discusión; pero bastará que hablen dos en pro y dos en contra, para que se pueda repetir la pregunta.

ARTÍCULO 202. Declarado un proyecto suficientemente discutido en lo general, se procederá a votarlo en tal sentido y, si es aprobado, se declarará aprobado en lo general conjuntamente con los artículos que no fueron reservados en lo particular. Enseguida se discutirán los artículos reservados en lo particular.

En caso de que el proyecto se vote en lo general en sentido negativo se preguntará al Pleno, en votación económica, si vuelve o no todo el proyecto a la Comisión. Si la resolución fuere afirmativa, volverá, en efecto, para que lo reforme, mas si fuere negativa, se tendrá por desechado.

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ARTÍCULO 203. La discusión de los dictámenes con proyectos de ley o decreto en lo particular, implica la reserva de artículos determinados para su análisis.

Las reservas son propuestas de modificación, adición o eliminación de uno o varios artículos incluidos en el proyecto y tendrán que presentarse por escrito durante la discusión del dictamen.

Las reservas se discutirán de la siguiente forma:

I. La o el legislador que hubiere presentado la reserva intervendrá en principio para exponer las razones que la sustenten;

II. Quien presida consultará a la asamblea en votación económica si se admite a discusión.

III. Si no se admite a discusión, se desechará la reserva.

IV. Si la reserva se admite a discusión, la o el Presidente formulará una lista de oradores a favor y en contra, quienes podrán intervenir hasta por cinco minutos cada uno;

V. Después de que hubiesen intervenido hasta tres oradores de cada la lista, el Presidente preguntará al Pleno si el asunto se encuentra suficientemente discutido; en caso negativo continuará la discusión, sólo si hubieran oradores inscritos, pero el Presidente repetirá la pregunta cuando hubiera intervenido un orador más de cada lista y así en lo sucesivo;

VI. Cuando no hubieran oradores en contra, podrán hablar hasta dos oradores a favor;

VII. Cuando no hubiera oradores a favor del artículo incluido en el proyecto podrán hablar hasta dos oradores en contra, y

VIII. Concluida la discusión de un artículo en lo particular, la o el Presidente lo pondrá a votación; de ser aprobada, se procederá a realizar la modificación correspondiente, y en

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caso contrario, se tendrá por aprobado en los términos consignados en el proyecto de ley o decreto contenido en el dictamen.

Se podrán reservar, discutir y votar varios artículos al mismo tiempo, cuando quien haya hecho la reserva lo solicite a la o el Presidente.

ARTÍCULO 204. En la discusión en lo particular, se podrán apartar los artículos, fracciones o incisos que los miembros de la Asamblea quieran impugnar; y el resto del proyecto, que no amerite discusión, se podrá reservar para votarlo después en un solo acto.

También podrán votarse, en un solo acto, un proyecto de ley o decreto, en lo general, en unión de uno, varios o la totalidad de sus artículos, en lo particular, siempre que no hayan sido impugnados.

ARTÍCULO 205. Las observaciones o modificaciones hechas a un proyecto de ley por el Ejecutivo, al volver al Congreso, pasarán a la comisión que dictaminó, y el nuevo dictamen de ésta sufrirá todos los trámites que prescribe esta ley. En el caso del párrafo anterior, solamente se discutirán y votarán en lo particular los artículos observados, modificados o adicionados.

ARTÍCULO 206. Los expedientes de las leyes luego que fueren aprobados por el Congreso, o de los decretos cuando fueren de su exclusiva facultad, que deban pasar al Ejecutivo en cumplimiento del artículo 62 de la Constitución Política del Estado, se remitirán en copia certificada.

CAPÍTULO IIIDe las Votaciones

ARTÍCULO 207. Habrá tres clases de votaciones: nominales, económicas y por cédula. Nunca podrá haber votaciones por aclamación.

ARTÍCULO 208. La votación nominal se hará del modo siguiente:

I. Cada miembro del Congreso, comenzando por el lado derecho de la mesa de la presidencia, se pondrá en pie y dirá en alta voz su apellido, y también su nombre si fuere necesario para distinguirlo de otro, añadiendo la expresión sí, no, o abstención;

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II. Una o Un Secretario apuntará los que aprueben y otro los que estén en contra;

III. Concluido este acto, una o un Secretario preguntará dos veces en voz alta si falta algún miembro del Congreso por votar; y no faltando ninguno, votarán los y las Secretarios y la o el Presidente; y

IV. Las o los Secretarios harán enseguida la computación de los votos, y leerán el resultado.

Las votaciones serán precisamente nominales en los siguientes casos:

a) Cuando se pregunte si ha o no lugar a aprobar algún proyecto de ley en lo general;

b) Cuando se pregunte si se aprueba o no cada artículo de los que compongan el indicado proyecto o cada proposición de las que formen el artículo;

c) Cuando lo pida un legislador del propio Congreso y sea apoyado por otros tres;

d) Cuando en una votación económica la diferencia entre los legisladores que aprueben y los que estén en contra, no sea evidente; y

e) Cuando la aprobación requiera de una mayoría calificada.

Las votaciones nominales podrán hacerse mediante sistema electrónico.

ARTÍCULO 209. Las demás votaciones sobre resoluciones del Congreso serán económicas. La votación económica se practicará levantando la mano los diputados que aprueben, a pregunta expresa del Presidente de la Mesa Directiva o de la Diputación Permanente.

Si al dar la Secretaría cuenta del resultado de la votación económica, algún miembro del Congreso pidiere que se cuenten los votos nuevamente, se repetirá la votación.

Las votaciones económicas podrán hacerse mediante sistema electrónico.

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ARTÍCULO 210. Las votaciones para elegir personas se harán por cédulas, que se depositarán, sin leerlas, en un ánfora que al efecto se colocará en la mesa.

Concluida la votación, una de las o los Secretarios sacará las cédulas, una después de otra, y las leerá en voz alta, para que otra u otro Secretario anote los nombres de las personas que en ella aparecieren y el número de votos que a cada una le correspondan.

Leída la cédula, se pasará a manos de la o el Presidente y los demás Secretarios y Secretarias para que les conste el contenido de ella y puedan reclamar cualquier equivocación que se advierta. Finalmente, se hará el cómputo de votos y se dará a conocer el resultado.

ARTÍCULO 211. Todas las votaciones se verificarán por mayoría de los diputados presentes, a no ser en aquellos casos en que la Constitución y esta ley exigen las dos terceras partes de los votos.

Se requiere el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes, cuando se trate de:

I. Iniciativas de leyes o decretos en materia:

1) Electoral.

2) De Derechos Humanos.

3) De Deuda Pública.

4) De Fiscalización superior del Estado y los Municipios.

5) Penal

6) Las relacionadas con las Leyes de Ingresos del Estado y de los Municipios así como con el Presupuesto de Egresos del Estado.

7) De designación de integrantes de Organismos Públicos autónomos.

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8) Relacionados con el Comité Estatal de Vinculación Hacendaria.

9) Relacionados con el Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza y la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

II. Las demás previstas en la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza y en esta ley.

ARTÍCULO 212. Para calificar los casos en que los asuntos son de urgente u obvia resolución, se requiere el voto de la mayoría de los diputados del Congreso que estén presentes, de conformidad con el artículo 165 de este ordenamiento.

ARTÍCULO 213. Si hubiere empate en las votaciones que no se refieran a elección de personas, se repetirá la votación en la misma sesión, y si resultare empate por segunda vez, se discutirá y votará de nuevo el asunto en la sesión inmediata.

ARTÍCULO 214. Ningún asunto será́ puesto a debate y votación si el Dictamen respectivo no fue entregado a los Diputados con veinticuatro horas de anticipación a la instalación de la sesión en la que se pretenda presentar el asunto al pleno.

Tampoco será discutido ni votado ningún asunto sobre materia municipal de los señalados en el artículo 160 de esta Ley, que siendo aplicable a todos los municipios, haya sido promovido por algún Ayuntamiento, y no hubiere sido notificado a los demás.

Los trámites a que se refiere este capítulo no son dispensables.

CAPÍTULO IVDel Voto de Confianza

ARTÍCULO 215. Para dar trámite a la solicitud que se establece en la fracción XVII, del artículo 9 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, el Congreso se sujetará al siguiente procedimiento:

Una vez que el Gobernador del Estado hubiere remitido la solicitud de voto de confianza al Congreso, éste último deberá determinar la fecha para una sesión del

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Pleno del Congreso, en la que se realizará un debate en el que intervendrán el Ejecutivo del Estado, los Grupos y fracciones Parlamentarios y las y los diputados representantes de partidos políticos, que integren la legislatura respectiva.

La fecha que se señale para la realización del debate a que hace mención el párrafo anterior no podrá ser antes de las setenta y dos horas ni posteriores a las ciento cuarenta y ocho horas posteriores a la recepción de la solicitud. Habiéndose efectuado el debate, el Congreso del Estado contará con un plazo de veinticuatro horas para determinar si otorga o no el voto de confianza al asunto sometido a debate.

CAPÍTULO V

De las Sesiones del Pleno

ARTÍCULO 216.- Las sesiones del Pleno serán Ordinarias, Extraordinarias o Solemnes, su desarrollo y trabajos estarán regulados en términos del Reglamento de Sesiones del Congreso de Estado.

ARTÍCULO 217.- Las ordinarias son todas aquellas que se celebren dentro de los períodos que establecen la Constitución Política del Estado y el presente ordenamiento.

Las extraordinarias son aquellas que celebre el Pleno dentro de la Diputación Permanente, en virtud de la convocatoria expedida por este órgano legislativo, por su propia determinación o a solicitud del Ejecutivo. En estas sesiones sólo podrán tratarse aquellos asuntos que se indiquen en la convocatoria respectiva, salvo que se acuerde la inclusión de otros que se califiquen de urgentes, cuando menos por las dos terceras partes de los diputados presentes.

Las sesiones extraordinarias deberán cerrarse precisamente antes del día en que deban iniciarse las ordinarias, aún cuando no hayan sido despachados los asuntos que motivaron la convocatoria para la celebración de las sesiones extraordinarias. El trámite

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de los asuntos que hubieran quedado pendientes, se pasará al período ordinario para su desahogo.

Las solemnes son aquellas a que se refiere el artículo 220 del presente ordenamiento y en ellas no podrá haber deliberaciones, ni participación de oradores distintos a los que señale el orden del día respectivo, por lo que será omitida la lectura de la minuta de la sesión anterior. En estas sesiones se podrán rendir honores a la Bandera y entonarse el Himno Nacional, así como el Himno Coahuilense.

La Diputación Permanente podrá convocar a sesiones solemnes, en las que participarán los demás diputados integrantes de la legislatura. En estos casos, corresponderá a la o el Presidente de la Diputación Permanente la conducción de la sesión, salvo propuesta diversa de la Junta de Gobierno.

ARTÍCULO 218. Tanto las sesiones ordinarias como las extraordinarias, podrán ser públicas o privadas.

Las sesiones del Pleno serán públicas, salvo en los casos en que se determine sesionar en forma privada.

La celebración de las sesiones privadas, se dispondrá por la o el Presidente de la Mesa Directiva, cuando se tenga en cartera algún asunto que deba ser tratado en reserva, conforme a lo dispuesto por esta ley.

También se celebrarán sesiones privadas, cuando se proponga por el Presidente de la Mesa Directiva o por algún diputado y lo apruebe el Pleno del Congreso, por mayoría de las y los diputados presentes.

De los asuntos que se traten en sesión privada deberá guardarse reserva, conforme a lo que se determine al respecto.

ARTÍCULO 219. Son materia de sesión privada:

I. Las acusaciones que se hagan contra servidores públicos que se mencionan en la Constitución Política del Estado, así como en contra del Auditor Superior del Estado, el Oficial Mayor y el Tesorero del Congreso;

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II. Los asuntos de carácter económico del Congreso; y

III. Aquellos asuntos que el Pleno determine.

En las sesiones privadas sólo estarán presentes los integrantes de la Legislatura, el Oficial Mayor y el personal que se designe para apoyar el desarrollo de la sesión.

Cuando en una sesión privada se trate un asunto que exija estricta reserva, el Presidente de la Mesa Directiva consultará a ésta si debe guardarse sigilo y siendo afirmativa la respuesta, los diputados y el personal autorizado para estar presente, quedarán obligados a guardarlo.

ARTÍCULO 220. Se consideran solemnes las sesiones en los siguientes casos:

I. Al conmemorarse aniversarios de sucesos históricos;

II. Cuando ocurra el Presidente de la República al Recinto Oficial del Congreso;

III. Cuando el Gobernador del Estado rinda su protesta de ley y el informe del estado general que guarda la administración pública estatal;

IV. Cuando así se determine con motivo de la asistencia del Gobernador del Estado al Recinto Oficial del Congreso;

V. En caso de visitas oficiales de delegaciones parlamentarias del Congreso de la Unión, de las Entidades Federativas o de otros países;

VI. La sesión en que se haga entrega de preseas; y,

VII. Cuando el Pleno considere que existe algún hecho o evento que revista importancia relevante.

ARTÍCULO 221. De toda sesión del Pleno del Congreso y de la Diputación Permanente, se deberá formular la minuta correspondiente y las deliberaciones y participaciones deberán ser transcritas y grabadas para la integración del Diario de los Debates.

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ARTÍCULO 222. A propuesta de la Presidencia de la Mesa Directiva, de la Junta de Gobierno o de alguno de los diputados, que sea aprobada por mayoría de votos de los miembros presentes, el Congreso podrá constituirse en sesión permanente, para tratar los asuntos a que se refiera el acuerdo correspondiente.

Durante la sesión permanente, no podrá darse cuenta de ningún otro asunto que no esté comprendido en dicho acuerdo y si hubiere alguno que se considere urgente, el Presidente consultará el voto del Pleno, para incluirlo en la sesión permanente.

Resuelto el asunto o asuntos que se hubieran tratado en la sesión permanente, se dará por terminada la misma.

Además del supuesto anterior, la sesión permanente podrá darse por terminada, cuando así lo acordase el Congreso, aún cuando no hubieran sido tratados los asuntos considerados en el acuerdo en que se determinó la celebración de la misma.

ARTÍCULO 223. Durante la primera sesión de cada período ordinario de sesiones, se dará lectura a la minuta levantada con motivo de la última sesión del anterior período ordinario.

ARTÍCULO 224. En la primera sesión de un período extraordinario, se dará lectura a la convocatoria respectiva y luego se iniciará el desahogo de los asuntos contemplados en la misma, observándose para su trámite, las disposiciones aplicables, y turnándose, en su caso, los documentos correspondientes a las comisiones respectivas, para su estudio y dictamen.

ARTÍCULO 225. Para abrir o clausurar cualquier período ordinario o extraordinario de sesiones del Pleno, la o el Presidente de la Mesa Directiva hará la declaratoria en los siguientes términos:

"El Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, abre hoy el ( ) período (Ordinario o Extraordinario) de sesiones, correspondiente al ( ) año de su Ejercicio Constitucional"; y tratándose de clausura, cambiará la palabra "abre" por la palabra "clausura".

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ARTÍCULO 226. La apertura y clausura de todo período de sesiones se hará constar en un acuerdo que dé cuenta de ello, el cual se comunicará mediante oficio, a los Poderes del Estado.

ARTÍCULO 227. En la sesión de clausura de los períodos ordinarios de sesiones, se resolverán los asuntos que hubieran presentado las comisiones para incluirlos en dicha sesión y aquellos otros que se consideren de obvia resolución. Las comisiones continuarán con el trámite de los demás asuntos pendientes.

ARTÍCULO 228. Durante las sesiones del Pleno del Congreso y de la Diputación Permanente, podrá haber espacios de receso, cuando así se solicite y lo declare su Presidente, para concertar un Acuerdo Legislativo, integrar debidamente un expediente, modificar un dictamen o cuando algún asunto así lo requiera. El tiempo del receso también será determinado por la o el Presidente de la Mesa Directiva o la Diputación Permanente.

ARTÍCULO 229. Las y los diputados no podrán ingresar al Salón de Sesiones armados y la o el Presidente deberá invitar a los que no acaten esta disposición, a que se desarmen o retiren; de no observarse lo anterior, no permitirá que dichos diputados hagan uso de la palabra y que voten. En caso extremo, la Presidencia hará, por los medios que estime conveniente, que los renuentes abandonen el salón.

ARTÍCULO 230. Al término de las sesiones, la o el Presidente de la Mesa Directiva del Congreso hará el citatorio correspondiente a la siguiente sesión, en el que se especificará el día y la hora en la que se llevará a cabo.

Cuando la Presidencia del Pleno del Congreso lo considere necesario, podrán celebrarse más de cuatro sesiones al mes, en cuyo caso se informará lo correspondiente desde la sesión anterior o en comunicación por escrito que se haga oportunamente o el mismo día de la sesión cuando exista una causa de fuerza mayor que lo justifique plenamente.

ARTÍCULO 231. Las sesiones durarán el tiempo necesario para desahogar el orden del día. A propuesta de la Presidencia de la Mesa Directiva aprobada por el Pleno, se podrán prorrogar en el caso de que se prolonguen hasta las cero horas del día siguiente y se requiera continuar.

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ARTÍCULO 232. Las disposiciones para el desarrollo de las sesiones, no contempladas en la Constitución ni en la presente ley, se determinarán en el reglamento de sesiones que al efecto se expida.

ARTÍCULO 233. Habrá en el Congreso un lugar destinado al público que concurra a presenciar las sesiones; se abrirá antes de comenzar cada una de ellas, y no se cerrará sino cuando las sesiones se levanten a no ser que haya necesidad, por algún desorden o por cualquier otro motivo, de deliberar sin presencia del público, en cuyo caso permanecerán cerradas.

ARTÍCULO 234. El público asistente a las sesiones del Pleno o de la Diputación Permanente, se presentará sin armas, deberá conservar el mayor silencio, respeto y compostura y no tomará parte alguna en las discusiones, con demostraciones de ningún género.

ARTÍCULO 235. Los que perturben de cualquier modo el orden, podrán ser despedidos del salón en el mismo acto; pero si la falta fuera grave, o se cometiera un delito, la o el Presidente de la Junta de Gobierno, la o el Presidente de la Mesa Directiva o de la Diputación Permanente mandará detener al que la cometa y lo pondrá a disposición del Ministerio Público.

ARTÍCULO 236. Si las disposiciones tomadas por la o el Presidente de la Junta de Gobierno, la Presidencia de la Mesa Directiva o de la Diputación Permanente no fueren suficientes para controlar el orden en el salón, de inmediato la o el Presidente de la Mesa Directiva levantará la sesión pública y podrá continuarla en forma privada. En la misma forma procederá cuando no pueda restablecerse el orden alterado por los propios legisladores.

ARTÍCULO 237. Quien Presida la Junta de Gobierno, la Mesa Directiva o la Diputación Permanente podrá ordenar, siempre que lo considere conveniente, que se sitúe guardia militar o de policía en el salón de sesiones o, en su caso, en el lugar designado para sesionar, la cual estará sujeta exclusivamente a las órdenes de quien la dispuso.

CAPÍTULO VI

De las Resoluciones

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ARTÍCULO 238.- El Congreso del Estado emitirá Leyes, Decretos, Acuerdos o Reglamentos que regulan su organización interna.

ARTÍCULO 239.- Aprobado un texto por el Pleno, no podrá ser cambiado por razones de estilo, de corrección gramatical, ortográfica ni tipográfica, por parte de ningún funcionario. Salvo el caso de errores en la numeración consecutiva de los artículos, que deberá ser revisada y en su caso corregida por la Oficialía Mayor, dando cuenta inmediata a la Presidencia de la Junta de Gobierno.

ARTÍCULO 240.- Todos los Decretos que emita el Congreso del Estado serán numerados en forma ordinal y progresiva y deberán mencionar el lugar y fecha de su expedición. La numeración iniciará con cada legislatura en funciones.

ARTÍCULO 241.- Los Decretos que expida el Congreso del Estado deberán contener la firma autógrafa de la o el Presidente y de las y los Secretarios de la Mesa Directiva.

ARTÍCULO 242.- Las resoluciones legislativas se expedirán en los términos y forma determinados en el Reglamento de Sesiones.

ARTÍCULO 243.- Todos los documentos que expida el Congreso del Estado y las versiones electrónicas y electromagnéticas de los mismos, serán en el formato oficial que apruebe el Pleno, pero en todo caso contendrán el Escudo Nacional y las leyendas "Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza” y “Poder Legislativo", con caracteres ostensibles.

ARTÍCULO 244.- Queda prohibido que la papelería del Congreso del Estado y en toda impresión, publicación o representación que para efectos visuales se refiera al mismo, se haga uso de colores o de su combinación, que de cualquier manera impliquen referencia o similitud con los colores de identificación de los partidos políticos.

CAPÍTULO VIIDe la Difusión de los Actos del Congreso

Sección PrimeraDe la Publicación en el Periódico Oficial

ARTÍCULO 245.- Todas las Leyes, Decretos, Acuerdos o Reglamentos que expida el Congreso del Estado se publicarán en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

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Para tal efecto, la Mesa Directiva remitirá la documentación respectiva al Titular del Poder Ejecutivo para su sanción, promulgación y publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. Tratándose de esta Ley y sus Reglamentos, así como de los Decretos o Acuerdos en que no se requiera la sanción por parte del Titular del Poder Ejecutivo, dicha remisión será exclusivamente para los efectos de su publicación en el Periódico Oficial.

Sección SegundaDel diario de los Debates

ARTÍCULO 246. Lo acontecido en las sesiones del Pleno del Congreso y de la Diputación Permanente, será registrado fielmente mediante su grabación y transcripción.

ARTÍCULO 247. Las grabaciones contendrán íntegramente la versión de todos los asuntos tratados durante el desarrollo de las sesiones.

Las cintas que se utilicen, una vez realizada la transcripción correspondiente, deberán quedar debidamente registradas con una identificación que permita su debido resguardo y la integración de un archivo que se deberá conservar en el Archivo General del Congreso.

Las y los diputados podrán hacer consultas en este archivo legislativo sobre el desarrollo de las sesiones y obtener copias de las grabaciones cuando así lo requieran, previa formulación de la solicitud correspondiente en la Oficialía Mayor del Congreso.

ARTÍCULO 248. El Congreso contará con un órgano oficial de difusión denominado “Diario de los Debates", en el que se publicará toda la información documental relacionada con las sesiones, insertando las fechas de las mismas, el sumario respectivo, nombre del diputado o diputada que presida la sesión, la versión íntegra de las discusiones y el resultado de las votaciones, así como las iniciativas de leyes y decretos, las propuestas de los órganos y de las y los diputados de la legislatura, los pronunciamientos, así como todo lo demás que se trate en una sesión y las resoluciones que se aprueben al respecto.

No se publicará en el Diario de los Debates lo relacionado con las sesiones privadas, ni las expresiones ofensivas que se hagan, cuando la o el Presidente pregunte a quien las profiera si desea retirarlas y éste acceda a que sean omitidas.

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ARTÍCULO 249. El contenido de la base de datos correspondiente al Diario de los Debates, deberá ser recopilado al término de cada período ordinario o de receso, para que se determine lo correspondiente a la edición de una publicación integral de dicha información.

La publicación de esta información, estará a cargo del Comité Editorial, que para este efecto contará con el auxilio de la Oficialía Mayor.

ARTÍCULO 250. La Junta de Gobierno conforme a los recursos disponibles, autorizará la edición de la publicación del Diario de los Debates y dispondrá lo que corresponda a su distribución, cuidando de que los diputados reciban un ejemplar y de que se reserven ejemplares para la biblioteca y el archivo general del Congreso.

ARTÍCULO 251. Las características y forma del Diario de los Debates, serán fijadas por la Presidencia de la Junta de Gobierno, con la previa opinión de quienes integren la misma Junta y el Comité Editorial.

Sección TerceraDe la Gaceta Parlamentaria

ARTÍCULO 252. El Congreso contará con un órgano informativo electrónico denominado Gaceta Parlamentaria que estará a cargo de la Oficialía Mayor, en la misma se publicarán por anticipado todos los documentos que habrán de discutirse en la sesión que corresponda. Para ello, las iniciativas y proposiciones de los diputados, así como los informes, acuerdos y dictámenes de las comisiones, deberán presentarse en original y en archivo electrónico.

Los documentos a que se refiere el párrafo anterior, deberán publicarse en la Gaceta Parlamentaria, a más tardar, el día anterior a la celebración de la sesión respectiva. En dicho órgano informativo se publicarán:

I. Las iniciativas de ley o decreto que se presenten ante el Pleno del Congreso y en la Diputación Permanente;

II. Los dictámenes, acuerdos o informes de las comisiones que se presenten ante el Pleno del Congreso o la Diputación Permanente;

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III. Los informes de las comisiones que en representación del Congreso asistan a reuniones interparlamentarias y;

IV. Otros documentos que determine la Junta de Gobierno.

Con excepción de los documentos referentes a reformas constitucionales, la publicidad derivada de la inclusión de los documentos a que se refiere este artículo en la Gaceta Parlamentaria hace innecesaria su lectura en las correspondientes sesiones en las que proceda ponerlos a discusión conforme a esta Ley, por lo que sólo se les dará lectura a solicitud del promovente y con aprobación de la mayoría de los presentes en la sesión.

ARTÍCULO 253.- Al término de cada período ordinario de sesiones, el Congreso del Estado publicará en el Periódico Oficial una lista de los Decretos aprobados en el mismo, así como los aprobados en los períodos extraordinarios que se hubieran realizado desde el último período ordinario inmediato anterior.

Sección CuartaDe la página de Internet

ARTÍCULO 254.- El Poder Legislativo producirá por conducto del sistema de informática legislativa, una página para la difusión de sus actos, consultable a través de la red de comunicación denominada “internet”.

Por medio de dicha página se difundirán:

I. La Gaceta Parlamentaria;

II. El Diario de Debates;

III. La lista ordinal de los Decretos;

IV. El texto de la Legislación de Coahuila de Zaragoza;

V. Los actos auspiciados por el Congreso del Estado;

VI. La Información de Prensa; y

VII. La información general de la Legislatura, de los Diputados, de los Grupos Parlamentarios, de las Comisiones, de la Mesa Directiva y del Congreso del Estado.

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No podrá contener dicha página propaganda, publicidad o información comercial ni de proselitismo político.

TÍTULO QUINTODE LOS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES

CAPÍTULO IDel Informe del Estado que Guarda la Administración Pública Estatal

ARTÍCULO 255. EI Gobernador del Estado informará cada año al Congreso, sobre el estado general que guarda la administración pública estatal, según lo dispuesto en la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza.

La Legislatura realizará el análisis del informe presentado por el Gobernador mediante la comparecencia de las y los secretarios del ramo ante las Comisiones correspondientes por materia.

Para ese efecto, la Junta de Gobierno formulará una propuesta sobre las y los servidores públicos cuya comparecencia se solicita, así como el formato y duración de dichas comparecencias, según lo dispuesto por esta ley.

El Procurador General presentará la cuenta de actividades de la Procuraduría General de Justicia del Estado, en el mes en el que se cite a los titulares de las dependencias de la administración pública centralizada, a la glosa del informe anual de gobierno, cuidando siempre que la presentación sea posterior al informe del Gobernador; lo anterior de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procuración de Justicia del Estado de Coahuila de Zaragoza.

CAPITULO IIDel Nombramiento de Gobernador Interino y Provisional y de la Elección de

Gobernador Sustituto y Otros Funcionarios

ARTÍCULO 256. El Congreso del Estado nombrará al gobernador interino o elegirá al Gobernador sustituto, en los términos de la Constitución Política del Estado.

ARTÍCULO 257. Corresponde a la Diputación Permanente designar Gobernador provisional o interino, según lo dispone la Constitución Política del Estado.

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ARTÍCULO 258. En caso de falta absoluta del Gobernador del Estado que ocurra dentro de los tres primeros años del ejercicio constitucional, el Congreso del Estado se constituirá en Colegio Electoral, y con la concurrencia de por lo menos las dos terceras partes de sus integrantes, nombrará en escrutinio secreto y por mayoría absoluta de votos, Gobernador interino del estado de Coahuila.

Si no se obtiene la mayoría de votos señalada, deberán presentarse nuevas propuestas, hasta que se alcance la mayoría absoluta.

La propuesta para nombrar gobernador interino del estado de Coahuila, será presentada por el Grupo Parlamentario del partido político que postuló a quien venía desempeñando el cargo de Gobernador.

Una vez que se haga el nombramiento, se notificará al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila, con el fin de que se emita la convocatoria para la elección del Gobernador que deba concluir el período constitucional correspondiente, en un plazo no mayor de noventa días naturales, contados a partir del siguiente al de la designación del Gobernador interino.

La convocatoria que se expida para el efecto no podrá ser vetada por el Gobernador interino.

ARTÍCULO 259. Si el Congreso no estuviera en sesiones al ocurrir la falta absoluta del Gobernador, la Diputación Permanente nombrará gobernador provisional, a propuesta del Grupo Parlamentario del partido político que postuló a quien venía desempeñando el cargo de Gobernador y convocará a sesiones extraordinarias al Congreso, para que éste, a su vez, designe a un gobernador interino conforme a lo que se dispone en lo conducente el artículo anterior, procediéndose, asimismo a notificar al Instituto Electoral y de Participación ciudadana para que proceda a convocar a elecciones extraordinarias que deberán celebrarse en un plazo no mayor a los noventa días a partir de que se haya nombrado al Gobernador interino.

ARTÍCULO 260. Para los efectos del artículo anterior, la Diputación Permanente se reputará convocada a las nueve horas del día siguiente de aquél en que se produzca la falta absoluta del Gobernador del Estado.

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ARTÍCULO 261. En el caso de que llegada la fecha en que deba renovarse el Poder Ejecutivo, no se presentase el Gobernador electo o la elección correspondiente no estuviere hecha y declarada, ocupará el cargo con carácter de interino el ciudadano que para tal fin designe el Congreso o, si está en receso, el que designe con carácter de provisional la Diputación Permanente,

Para el cumplimiento de lo anteriormente señalado, se procederá conforme a lo dispuesto en los artículos precedentes de este capítulo.

ARTÍCULO 262. En los casos de falta temporal del Gobernador del Estado, por licencia de hasta por 30 días, el Congreso o la Diputación Permanente, designará un Gobernador interino por el tiempo que dure la falta.

ARTÍCULO 263. Cuando la falta sea por licencia de más de treinta días, el Congreso resolverá sobre dicha licencia y nombrará un Gobernador interino. Si el Congreso no estuviera reunido, la Diputación Permanente designará un Gobernador provisional y convocará a sesiones extraordinarias al Congreso, para que nombre a un Gobernador interino.

De igual forma se procederá en el caso de que la falta temporal se convierta en absoluta.

ARTÍCULO 264. Cuando la falta de Gobernador ocurra en los tres últimos años del período constitucional correspondiente y si se encuentra en receso el Congreso, la Diputación Permanente designará un Gobernador provisional y en la misma sesión resolverá convocar al Congreso a un periodo extraordinario de sesiones, para el efecto de que se elija al Gobernador sustituto. La convocatoria no podrá ser vetada por el Gobernador provisional.

En este caso también se procederá en todos los aspectos conforme a lo que se dispone en los artículos 256, 257, 258, 259 y 260 de esta ley.

ARTÍCULO 265. Si el Congreso se haya reunido en periodo extraordinario de sesiones y ocurre la falta absoluta o temporal del Gobernador, de inmediato se ampliará el objeto de la convocatoria, a fin de que el Congreso esté en aptitud de nombrar al Gobernador interino o sustituto, según proceda.

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ARTÍCULO 266. Cuando se trate de renuncia, licencia o falta absoluta del Gobernador del Estado, estando el Congreso en sesiones, deberá reunirse en el salón de sesiones a las nueve de la mañana del día siguiente de aquél en que haya ocurrido la falta, aun cuando ese día sea feriado.

ARTÍCULO 267. Si por falta de quórum o por cualquiera otra causa no pudiere verificarse la sesión extraordinaria a que se refiere el artículo anterior, la o el Presidente de la Mesa Directiva del Congreso o, en su caso, de la Diputación Permanente o de la Junta de Gobierno, tendrá facultades amplias para obligar a los ausentes a concurrir a la sesión, por los medios que juzgue más convenientes

ARTÍCULO 268. En los demás casos en que deba procederse a la designación de Gobernador provisional, interino o sustituto, las propuestas correspondientes serán presentadas por el grupo parlamentario del partido político que postuló a quien venía desempeñando el cargo de Gobernador.

ARTÍCULO 269. Es facultad del Congreso o de la Diputación Permanente, otorgar o negar la aprobación de los nombramientos de Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, del Tribunal de lo Contencioso-Administrativo y del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, que les someta el Gobernador del Estado, en los términos de la Constitución y las leyes.

Igualmente, ratificar, el nombramiento del Procurador General de Justicia del Estado y de aquellos otros titulares de la administración pública estatal que presente el Ejecutivo del Estado.

CAPITULO IIIDel Ceremonial

ARTÍCULO 270. Cuando el Gobernador del Estado asista al Congreso a rendir la protesta que previene la Constitución, saldrá a recibirlo hasta la puerta del salón, una Comisión de diputados que se integrará a propuesta de la Junta de Gobierno.

Dicha comisión lo acompañará hasta su asiento y después, a su salida, hasta la misma puerta. Igual deferencia se observará respecto del Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, cuando asista al Congreso.

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En todo caso, al entrar y salir del salón el Gobernador, se pondrán de pie todos los asistentes y los miembros del Congreso, a excepción de su Presidente, que solamente lo hará a la entrada del primero, cuando éste haya llegado a la mitad del salón.

El Gobernador del Estado hará la protesta de pie ante el Presidente del Congreso, y concluido este acto, se le concederá la palabra para dirigirse a los diputados y a la ciudadanía coahuilense; cumplido lo anterior se retirará, con el mismo ceremonial prescrito en los artículos anteriores.

ARTÍCULO 271. Cuando el Gobernador asista al Congreso, a la apertura de las sesiones, tomará asiento al lado izquierdo de la o el Presidente del Congreso y el Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado tomará asiento al lado derecho. Los diputados tomarán asiento en los lugares que tengan asignados.

ARTÍCULO 272. A las y los diputados que se presenten a rendir protesta después de abiertas las sesiones, saldrán a recibirlos hasta la puerta interior del salón dos legisladores del Congreso.

Durante los recesos la protesta se rendirá ante la Diputación Permanente, según lo previsto en esta ley.

ARTÍCULO 273. Cuando algún funcionario, representante diplomático o persona de relieve se presente en el Congreso a invitación de éste, se nombrará una Comisión que lo reciba a las puertas de la misma y lo acompañe hasta el lugar donde deba tomar asiento, que podrá ser en los palcos bajos, en las curules de los diputados o bien, en el estrado que ocupa la Presidencia.

TÍTULO SEXTODE LA ORGANIZACIÓN TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA DEL CONGRESO DEL

ESTADO

CAPITULO ÚNICODe los Órganos de Servicios Financieros, Parlamentarios y Administrativos

ARTÍCULO 274. Para la prestación de los servicios financieros, parlamentarios y administrativos que requiere el Congreso del Estado para el adecuado desarrollo de las funciones legislativas, se contará con una Tesorería y una Oficialía Mayor, corresponde

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al Pleno del Congreso del Estado, a propuesta de la Presidencia de la Junta de Gobierno, la designación de sus titulares.

Quienes sean titulares de la Tesorería y de la Oficialía Mayor del Congreso, desempeñarán sus cargos durante todo el período constitucional de la legislatura que los nombre y podrán ser reelectos. Al término del ejercicio de la legislatura que corresponda, continuarán desempeñando sus funciones hasta que se realice la elección correspondiente.

ARTÍCULO 275. Para ser titulares de la Tesorería y de la Oficialía Mayor se requiere:

I. Ser ciudadana o ciudadano mexicano y tener residencia en el Estado, de cuando menos tres años inmediatamente anteriores a la fecha de la designación;

II. Haber cumplido 25 años de edad para el día de la designación;

III. Estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

IV. Tener un grado académico y/o experiencia en las actividades que deben realizar;

V. Gozar de buena reputación y no haber sido condenada o condenado por delito intencional que amerite pena corporal; y

VI. No haber sido dirigente de un comité directivo, ejecutivo o equivalente de un partido político a nivel nacional, estatal o municipal, durante el año inmediato anterior a la fecha en que deba hacerse la designación;

ARTÍCULO 276. A la Tesorería del Congreso, le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. Elaborar el anteproyecto de presupuesto del Poder Legislativo, de acuerdo a las instrucciones de la Presidencia de la Junta de Gobierno y del Comité de Administración Presupuestaria, quienes después de su análisis lo someterán a la aprobación de los demás integrantes de estos órganos, para su posterior presentación ante el Pleno del Congreso del Estado;

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II. Vigilar que se ejerza el presupuesto de acuerdo a la estructura programática y calendarización aprobadas;

III. Coordinar las adquisiciones, servicios y suministros requeridos para las actividades del Congreso;

IV. Establecer las normas y lineamientos para la administración de los recursos de acuerdo a los objetivos, programas y metas;

V. Presentar a la Presidencia de la Junta de Gobierno, un informe sobre la ejecución presupuestal, en el que se establezca el estado que guardan las finanzas del Congreso, conforme a la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado;

VI. Tratar con la Presidencia de la Junta de Gobierno, el nombramiento del personal de la Tesorería, que sea necesario para el desempeño de sus funciones;

VII. Pagar las remuneraciones de las y los diputados y otorgar los recursos de los grupos parlamentarios del Congreso;

VIII. Pagar los sueldos y salarios de los funcionarios y empleados;

IX. Vigilar el uso, destino y resguardo de los bienes muebles e inmuebles propiedad del Poder Legislativo; y

X. Las demás que le confieran esta Ley, así como las que le sean encomendadas por acuerdo del Pleno y la Presidencia de la Junta de Gobierno.

ARTÍCULO 277. A la Oficialía Mayor del Congreso, le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I. Auxiliar a la Mesa Directiva del Pleno del Congreso y, en su caso, a la Diputación Permanente, en todo lo relativo a la preparación de las sesiones;

II. Auxiliar a la Junta de Gobierno, en la preparación de la agenda legislativa y fungir como Secretario Técnico de la misma;

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III. Responder a las consultas que hagan las comisiones o las y los diputados, respecto a las iniciativas de leyes o decretos, propuestas de acuerdos y, en general, de los trámites legislativos;

IV. Auxiliar a los Secretarios en la elaboración de las minutas de las sesiones;

V. Llevar un libro en que se asiente por orden cronológico, el registro de las leyes y decretos que expida el Congreso;

VI. Cumplir y dar seguimiento a los acuerdos del Pleno, de la Mesa Directiva del Congreso, de la Diputación Permanente, de la Junta de Gobierno, de las Comisiones y de los Comités;

VII. Dirigir los servicios administrativos de su competencia, cuidando de que sean desempeñados con eficiencia y eficacia;

VIII. Determinar los sistemas, procedimientos y técnicas adecuadas que permitan simplificar las tareas del Congreso;

IX. Organizar, controlar y sistematizar los archivos y la información legislativa de cada legislatura;

X. Hacer entrega a las y los coordinadores de las Comisiones y los Comités, de los expedientes que se les turnen y llevar el control y seguimiento de los mismos;

XI. Coordinar y supervisar el trabajo del personal de las direcciones de asuntos legislativos, asuntos jurídicos, administración, documentación e información legislativa y el de las y los Secretarios Técnicos de las Comisiones;

XII. Certificar las copias que se expidan de los documentos del archivo y de los expedientes de las actividades de cada legislatura;

XIII. Coordinar la relación laboral del personal adscrito a las áreas de servicios financieros, parlamentarios y administrativos; y

XIV. Las demás que le confieran esta ley, así como las que les sean encomendadas por el Pleno, la Diputación Permanente y la Junta de Gobierno.

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ARTÍCULO 278. Se contará también con una Dirección de Comunicación Social que dependerá del Presidente de la Junta de Gobierno a quien corresponde designar a su titular, que tendrá las siguientes atribuciones:

I. Cumplir con los planes y programas de trabajo que acuerde la Junta de Gobierno;

II. Preparar, conforme a lo indicado por la Presidencia de la Junta de Gobierno, lo relativo a la celebración de convenios con dependencias y/o instituciones públicas o privadas, para difundir las actividades del Congreso;

III. Promover en los diversos medios de comunicación el trabajo legislativo y las acciones del Congreso del Estado para conocimiento de la comunidad;

IV. Proporcionar a las y los informadores acreditados ante la Dirección de Comunicación Social, la información que se genere sobre el trabajo legislativo y las demás actividades del Congreso;

V. Coordinarse con las y los informadores para concertar entrevistas con las o los representantes de los órganos de gobierno y dirección del Congreso;

VI. Divulgar entre las y los diputados el compendio de noticias de los diversos medios de información;

VII. Ordenar las publicaciones que indique quien presida la Junta de Gobierno, por disposición propia o de la Junta de Gobierno, así como a solicitud de la Mesa Directiva o de la Diputación Permanente; y

VIII. Las demás que se deriven de la presente ley o de los acuerdos de la Junta de Gobierno.

ARTÍCULO 279. Además de las dependencias señaladas en los preceptos anteriores, se contará con las siguientes direcciones: Asuntos Legislativos, Administración, Asuntos Jurídicos y Documentación e Información Legislativa; los tres Secretarios Técnicos de las Comisiones de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia; Hacienda; Auditoría Gubernamental y Cuenta Pública y Finanzas, así como las demás

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dependencias y los empleados que disponga la Junta de Gobierno, las que estén contempladas en el presupuesto del Congreso y aquellas que sean creadas conforme a lo dispuesto en esta ley y de conformidad con las posibilidades presupuestales del Poder Legislativo.

La Dirección de Asuntos Jurídicos también tendrá a su cargo, las funciones de Contraloría Interna del Congreso, para los efectos de determinar las responsabilidades administrativas del incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos de todas las dependencias encargadas de los servicios financieros, parlamentarios y administrativos requeridos por el Poder Legislativo, en los términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos Estatales y Municipales del Estado.

Igualmente, la Dirección de Asuntos Jurídicos, mediante los oficios de comisión necesarios, llevará a cabo las notificaciones necesarias, en razón de los procedimientos que realice, atendiendo en lo conducente a las normas procesales supletorias a que haya lugar.

El personal de estas direcciones, así como los tres Secretarios Técnicos de las Comisiones de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia; Hacienda y Cuenta Pública y Finanzas, serán designados al inicio del ejercicio de cada Legislatura por la o el Presidente de la Junta de Gobierno y dependerán de la Oficialía Mayor.

ARTÍCULO 280. Los órganos encargados de los servicios financieros, parlamentarios y administrativos, se integran con los recursos humanos, físicos, técnicos y materiales que se les destinen para cumplir con sus funciones.

Además de lo establecido en los artículos anteriores, a los órganos antes mencionados les corresponde lo siguiente:

I. Desempeñar sus funciones a partir de las disposiciones establecidas en la legislación;

II. Coordinar las actividades del personal y de las áreas a su cargo, de manera que su desempeño se oriente a apoyar las actividades de los integrantes de la Legislatura y a los órganos Legislativos;

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III. Tratar con la o el Presidente de la Junta de Gobierno, lo relativo a la organización y procedimientos internos de sus respectivas áreas;

IV. Colaborar con el personal de los otros órganos, en las actividades del Congreso que así lo requieran;

V. Programar las actividades de sus respectivas áreas de competencia y hacer la distribución del trabajo que corresponda a cada una de ellas;

VI. Presentar los informes que se les requieran por la Junta de Gobierno y su Presidente, así como por acuerdo del Pleno del Congreso;

VII. Proporcionar la información que les solicite la Tesorería para la elaboración del anteproyecto del presupuesto de egresos del Congreso;

VIII. Conservar en buen estado los bienes, instalaciones, mobiliario, equipo y materiales que se les asignen para el desempeño de sus funciones;

IX. Las demás que les encomienden los titulares de los órganos legislativos, para el mejor desarrollo de la función legislativa.

No se autorizarán compensaciones económicas extraordinarias al final de la legislatura a favor de los titulares de los órganos a que se refiere este artículo, distintas a aquellas a que tengan derecho de acuerdo a la legislación aplicable..

TITULO SÉPTIMODEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS Y PARLAMENTARIAS

CAPÍTULO ÚNICODe las Funciones

ARTÍCULO 281. El Instituto de Investigaciones Jurídicas y Parlamentarias, será un órgano técnico académico para el fortalecimiento y el mejor desarrollo del trabajo legislativo.

ARTÍCULO 282 El Instituto de Investigaciones Jurídicas y Parlamentarias, dependerá de la Junta de Gobierno, que nombrará a la o el director del mismo, en base a una terna

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que será propuesta por el Presidente de la propia Junta de Gobierno, dentro del primer mes del ejercicio constitucional de cada legislatura.

ARTÍCULO 283. En caso de falta absoluta de quien sea titular del Instituto, el Presidente de la Junta de Gobierno, presentará una nueva terna para nombrar a quien deba sustituirlo.

ARTÍCULO 284. Para ser director o directora del Instituto de Investigaciones Jurídicas y Parlamentarias, se requiere:

I. Ser ciudadana o ciudadano mexicano y tener residencia en el Estado, de cuando menos tres años inmediatamente anteriores a la fecha de la designación.

II. Haber cumplido 25 años de edad para el día de la designación;

III. Estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

IV. Gozar de buena reputación y no habérsele impuesto condena por delito intencional que amerite pena corporal; pero si se tratare de robo, fraude o falsificación, abuso de confianza u otro que lastime la buena fama en concepto público, se considerará impedimento para el cargo, cualquiera que haya sido la pena;

V. No haber sido dirigente de un comité directivo, ejecutivo o equivalente de un partido político a nivel nacional, estatal o municipal, durante el año inmediato a la fecha en que deba hacerse la designación; y

VI. Tener título de licenciada o licenciado en derecho y experiencia en materia legislativa y en la investigación jurídica;

ARTÍCULO 285. El Instituto de Investigaciones Jurídicas y Parlamentarias, realizará las siguientes funciones:

I. Realizar, promover y difundir investigaciones y estudios vinculados con la actividad jurídico-parlamentaria;

II. Dar opiniones a las comisiones permanentes y a las comisiones especiales para apoyar sus dictámenes, informes o acuerdos; a la Mesa Directiva del Congreso, a la

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Diputación Permanente y a la Junta de Gobierno para el desempeño de sus funciones; así como a los órganos encargados de los servicios financieros, parlamentarios y administrativos, para la realización de sus actividades;

III. Investigar y difundir los antecedentes históricos del Poder Legislativo, así como del orden constitucional, códigos, leyes, decretos y demás disposiciones vigentes en la entidad;

IV. Realizar estudios comparativos de la legislación del Estado, con la legislación federal y la que rige en otras entidades;

V. Recabar, compilar y analizar información básica acerca de los municipios de la entidad y la que corresponda al Estado en general;

VI. Proporcionar información a los diputados para el desarrollo de sus trabajos;

VII. Proponer la realización de actividades de investigación, difusión, conservación de documentos, intercambio bibliográfico y de experiencia en investigación parlamentaria, con otros Institutos o centros similares;

VIII. Auxiliarse de la biblioteca y archivo del Congreso del Estado, para obtener la información y datos estadísticos que sean necesarios en sus actividades de investigación;

IX. Promover y organizar la impartición de cursos de técnica legislativa y de derecho parlamentario, así como seminarios, congresos, diplomados, cursos académicos, foros, eventos, coloquios, conferencias y mesas redondas en materia legislativa;

X. Convocar a concursos de investigación jurídica y legislativa; y

XI. Las demás que acuerde el Pleno del Congreso, la Diputación Permanente o la Junta de Gobierno.

ARTÍCULO 286. El Instituto de Investigaciones Jurídicas y Parlamentarias, contará con las áreas de trabajo que determine la Junta de Gobierno y que autorice el presupuesto del Congreso.

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TITULO OCTAVODEL SERVICIO CIVIL DE CARRERA

CAPITULO ÚNICODe la Institucionalización del Servicio Civil de Carrera

ARTÍCULO 287. Para profesionalizar y hacer más eficientes los servicios de apoyo parlamentario, de asuntos legislativos, de asesoría jurídica y de orden administrativo del Congreso del Estado, se instituirá el servicio civil de carrera.

ARTÍCULO 288. El Instituto de Investigaciones Jurídicas y Parlamentarias, se encargará de la formación permanente de las y los servidores públicos que formen parte del servicio civil de carrera y elaborará el proyecto de las normas y procedimientos para la conformación del Servicio Civil de Carrera del Congreso del Estado de Coahuila, que será sometido a la consideración de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, a efecto de que se elabore el proyecto de Reglamento del Servicio Civil de Carrera del Congreso del Estado que posteriormente se presente al Pleno del Congreso para su aprobación.

TITULO NOVENOTRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

CAPÍTULO ÚNICODisposiciones Generales en Materia de Acceso a la Información

ARTÍCULO 289. En materia de acceso a la información pública, el Poder Legislativo observará lo establecido en la Constitución Política Local, en la Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales y en los demás ordenamientos que regulen aspectos relacionados con esta materia.

ARTÍCULO 290. El Poder Legislativo deberá informar lo dispuesto por la Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales y demás leyes aplicables.

ARTÍCULO 291. Las solicitudes de información pública que se formulen al Poder Legislativo, se atenderán conforme al procedimiento que se establece en la ley de la materia.

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ARTÍCULO 292. El Poder Legislativo establecerá una instancia encargada de la atención de las solicitudes de información pública, la cual será creada conforme a lo que se establece en la Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

ARTÍCULO 293. El ejercicio del derecho a la información pública sólo estará restringido mediante la figura de la información reservada, en los términos previstos por la Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Para su clasificación, administración, resguardo, conservación y preservación se observará lo dispuesto en el mismo ordenamiento.

ARTÍCULO 294. La información confidencial para la protección de datos personales, se regirá por la ley de la materia.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- De conformidad a lo dispuesto por el artículo 45 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza el presente decreto entrará en vigor al momento de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

SEGUNDO.- Se abroga la Ley Orgánica del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, publicada en el Periódico Oficial el día 25 de noviembre de 2011.

TERCERO.- Lo relativo a la integración numérica de los integrantes de la Sexagésima Legislatura y a sus Comisiones Permanentes y Comités, entrará en vigor el día primero de enero de dos mil quince.

CUARTO.- Las disposiciones de la ley anterior, relativas a la integración y funcionamiento de las Comisiones y Comités de la Quincuagésima Novena Legislatura, seguirán observándose hasta el 31 de diciembre de 2014.

QUINTO.- El Congreso deberá expedir la reglamentación procedente en un plazo de 30 días contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.

SEXTO.- Publíquese el presente decreto en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

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A T E N T A M E N T E.SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA, A 16 DE DIEMBRE DE 2014.

DIP. ELISEO FRANCISCO MENDOZA BERRUETO.COORDINADOR DEL GRUPO PARLAMENTARIO

“PROFESORA DOROTEA DE LA FUENTE FLORES” DELPARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL.

DIPUTADAS Y DIPUTADOS QUE SUSCRIBEN LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE CREA UNA NUEVA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA.

Dip. Jorge Alanís Canales

Dip. Indalecio Rodríguez López

Dip. Manolo Jiménez Salinas

Dip. José Luis Moreno Aguirre

Dip. Elvia Guadalupe Morales García

Dip. Florestela Rentería Medina

Dip. Antonio Juan Marcos Villarreal

Dip. María del Rosario Bustos Buitrón

Dip. José Francisco Rodríguez Herrera

Dip. Fernando de la Fuente Villarreal

Dip. Ricardo López Campos

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Dip. Ana María Boone Godoy

Dip. Cuauhtémoc Arzola Hernández

Dip. Juan Alfredo Botello Nájera

Dip. Silvia Guadalupe Arellano Rodríguez

Dip. Francisco José Dávila Rodríguez

Dip. María Guadalupe Rodríguez Hernández

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H. PLENO DEL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA.P R E S EN T E.-

El de la voz, Diputado Samuel Acevedo Flores, en representación del Partido

Socialdemócrata de Coahuila en uso de las facultades conferidas por el artículo 59 de

la Constitución Política del Estado, así como el artículo 22 en su fracción V de la Ley

Orgánica del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de

Zaragoza vengo a someter a la consideración del Pleno de esta Soberanía Popular:

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO CREA LA LEY PARA LA PROMOCIÓN, DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DE ACTIVIDADES DE DESARROLLO SOCIAL DE LAS ORGANIZACIONES CIVILES PARA ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA.

En atención a la siguiente:

Exposición de motivos

La sociedad civil se ha venido organizando en México desde hace años y es ahora

protagonista en los temas centrales del país: derechos humanos, preservación del

medio ambiente, educación, asistencia social a los menos favorecidos, salud, equidad

de género, entre otros.

Las organizaciones de la sociedad civil están constituidas por un grupo de ciudadanos

que se unen voluntariamente sin ánimo de lucro. Surgen en el ámbito local, nacional o

internacional, tienen naturaleza altruista y son dirigidas por personas con un interés

común.

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En un régimen democrático como en el que vivimos, las personas con iniciativas a favor

de los demás y de mejora de su entorno deben contar con la libertad para organizarse y

desarrollar sus potencialidades para el beneficio de la comunidad en la que se

desenvuelven. Por lo cual la propuesta que el día de hoy le presento, con el objetivo de

regular las acciones entabladas por las organizaciones de sociedad civil, para la mejora

en la calidad de vida de las y los coahuilenses.

Las organizaciones de la sociedad civil ayudan a crear, estabilizar y expandir el Estado

de derecho, pues en el pensamiento de la mejora se fortalece el tejido social, y se

genera un ambiente de respeto de los derechos humanos, donde las mismas, se han

encargado de la resolución de problemas sociales, de forma flexible e integral, dando

una mejora social.

El nivel de desarrollo de una sociedad se mide a partir de las actividades de sus

miembros en diferentes ámbitos, por ello la importancia de que la ciudadanía busque

asociarse para lograr una mejoría social o un “bien común” para todos y todas.

Lo que se ha observado en la modernidad es que existe una fuerza contundente y

específica en los países que tienen sociedades participativas. Cuando la sociedad civil

es capaz de organizarse para bien, los logros suelen ser impresionantes, ya que el

simple hecho de asociarse con otros, generalmente alrededor de una causa, permite el

libre flujo de las ideas además de su comparación y análisis. Así, los cambios

producidos provienen de la reflexión grupal y la participación activa de los individuos,

los cuales, en la búsqueda de metas que beneficien a la comunidad, muchas veces

logran cambios reales y positivos más allá de la intervención de los gobiernos. Esto

refleja una fuerza intrínseca de las sociedades que debe de tomarse en cuenta para

lograr cambios sociales significativos desde las aportaciones de sus miembros.

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Un aspecto importante en la formación de las Organizaciones de la sociedad civil,

radica en el trabajo voluntario de los individuos que las conforman y las inician.

Las actividades voluntarias y las actitudes solidarias son caminos que aportan a la

formación y construcción de ciudadanía y requieren de visibilidad, continuidad e impulso

para lograr un mayor alcance e impacto. El ser voluntario y el ser ciudadano no es

equivalente, sin embargo, la labor voluntaria sensibiliza hacia los problemas

comunitarios, aporta a la construcción del tejido social, y provee de habilidades para la

responsabilidad social que son requeridos para actuar conscientemente en sociedad y

tomar las decisiones experimentadas e informadas que precisa una democracia

participativa.

De ahora en adelante, las transformaciones que la entidad necesita, se lograrán con

instancias de gobierno en acuerdo con la sociedad civil. Éste será un actor

preponderante en el desarrollo social y en el logro de actitudes democráticas en la

medida en que la misma sociedad civil logre articularse, establecer objetivos con visión

de conjunto y presentar las metodologías adecuadas para la resolución de las

problemáticas sociales existentes. Convencido estoy que con este proyecto estaremos

abriendo paso a la construcción en sinergia para el logro del objetivo que es el

bienestar y la mejora de Coahuila.

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO LA LEY PARA LA PROMOCIÓN, DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DE ACTIVIDADES DE DESARROLLO SOCIAL DE LAS ORGANIZACIONES CIVILES PARA ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA. ARTÍCULO ÚNICO: Se crea la Ley para la Promoción, Desarrollo e Implementación de

Actividades de Desarrollo Social de las Organizaciones Civiles para el Estado de

Coahuila de Zaragoza. Para quedar como sigue:

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LEY PARA LA PROMOCIÓN, DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DE ACTIVIDADES DE DESARROLLO SOCIAL DE LAS ORGANIZACIONES CIVILES PARA ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA.

Disposiciones Generales

Artículo 1.- La presente Ley es de orden público, de interés social y de aplicación en la

entidad y tiene por objeto fomentar las actividades de Desarrollo Social que realicen las

organizaciones de la sociedad civil en beneficio de la población.

Artículo 2. - Para los efectos de esta Ley se consideran actividades de Desarrollo

Social las que realicen en el Estado, sin ánimo de lucro, en beneficio de terceros, con

sentido de corresponsabilidad y transparencia, sin fines confesionales o político

partidistas y, bajo principios de solidaridad, filantropía y asistencia social, las

organizaciones constituidas conforme a las leyes mexicanas, cualquiera que sea la

forma jurídica que adopten, para:

I. Fortalecer y fomentar el goce y ejercicio de los derechos humanos;

II. Fomentar condiciones sociales que favorezcan integralmente el desarrollo humano;

III. Promover la realización de obras y la prestación de servicios públicos para beneficio

de la población;

IV. Fomentar el desarrollo regional y comunitario, de manera sustentable y el

aprovechamiento de los recursos naturales, la protección del medio ambiente y la

conservación y restauración del equilibrio ecológico;

V. Realizar acciones de prevención y protección civil;

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VI. Apoyar a los grupos vulnerables, y en desventaja social en la realización de sus

objetivos;

VII. Prestar asistencia social en los términos de las leyes en la materia;

VIII. Promover la educación cívica y la participación ciudadana para beneficio de la

población;

IX. Desarrollar servicios educativos en los términos de la Ley General de Educación;

X. Aportar recursos humanos, materiales o de servicios para la salud integral de la

población, en el marco de la Ley General de Salud y de la Ley Estatal de Salud,

XI. Apoyar las actividades a favor del desarrollo urbano y el ordenamiento territorial;

XII. Impulsar el avance del conocimiento y el desarrollo cultural;

XIII. Desarrollar y promover la investigación científica y tecnológica;

XIV. Promover las bellas artes, las tradiciones populares y la restauración y

mantenimiento de monumentos y sitios arqueológicos, artísticos e históricos, así como

la preservación del patrimonio cultural, conforme a la legislación aplicable;

XV. Proporcionar servicios de apoyo a la creación y el fortalecimiento de las

organizaciones civiles mediante:

a) El uso de los medios de comunicación;

b) La prestación de asesoría y asistencia técnica;

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c) El fomento a la capacitación, y

XVI. Favorecer el incremento de las capacidades productivas de las personas para

alcanzar su autosuficiencia y desarrollo integral;

XVII. Las demás actividades que, basadas en los principios que animan esta ley,

contribuyan al Desarrollo Social de la población.

Artículo 3.- Para favorecer las actividades de Desarrollo Social enunciadas en el

artículo 2, las organizaciones civiles podrán:

I. Estimular la capacidad productiva de los grupos sociales beneficiarios a fin de

procurar su autosuficiencia;

II. Procurar, obtener y canalizar recursos económicos, humanos y materiales;

III. Promover actividades económicas con el propósito de aportar en forma íntegra sus

rendimientos para las acciones de bienestar y Desarrollo Social.

Artículo 4. - No se aplicará la presente ley, por estar reguladas en otros ordenamientos

legales, a actividades que realicen:

I. Los partidos y asociaciones políticas;

II. Las asociaciones religiosas;

III. Las personas morales que tienen como objeto principal trabajar exclusivamente en

beneficio de sus miembros;

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IV. Las personas morales que tienen como objetivo principal la realización de

actividades con fines mercantiles y que no cumplen los requisitos estipulados en las

fracciones II y III del artículo 9 de esta Ley.

Artículo 5.- Las actividades a que se refiere el artículo 2 de esta Ley son de interés

social, por lo que las dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la

Administración Pública en el Estado en el ámbito de sus respectivas competencias,

deberán fomentarlas, tanto administrativa como fiscalmente, así como mediante:

I. La promoción de la participación ciudadana en las políticas de Desarrollo Social;

II. La creación de condiciones que estimulen a las organizaciones civiles que realizan

actividades alas que se refiere esta ley;

III. La regulación de mecanismos transparentes de información, coordinación,

concertación, participación y consulta de las organizaciones civiles;

IV. El establecimiento de mecanismos que permitan la proyección pública de la relación

de corresponsabilidad gobierno – sociedad civil en el ámbito del Desarrollo Social;

V. El establecimiento de mecanismos para que las organizaciones civiles cumplan con

las obligaciones que les señala esta Ley y se les garantice el goce y ejercicio de sus

derechos; y

VI. La promoción de estudios e investigaciones que permitan apoyar a las

organizaciones civiles en el desarrollo de sus actividades.

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

Artículo 6. - La Secretaria de Gobierno promoverá la celebración de convenios de

coordinación con la Federación, Gobiernos de los Estados y de los municipios, para

fomentar las actividades a que se refiere esta Ley.

CAPÍTULO SEGUNDODEL REGISTRO DE LAS ORGANIZACIONES CIVILES

Artículo 7. - La Secretaría de Desarrollo Social deberá integrar, con la participación de

las Organizaciones el Registro de Organizaciones Civiles del Estado en el que se

inscribirán, cuando así lo soliciten, las Organizaciones Civiles que realicen las

actividades de Desarrollo Social a que se refiere esta Ley. Dicho Registro será público y

tendrá las siguientes funciones:

I. Organizar y administrar un sistema de registro y de información de las organizaciones

civiles;

II. Inscribir a las organizaciones civiles que cumplan con los requisitos que establece

esta Ley y otorgarles su respectiva constancia de inscripción;

III. Verificar, conforme a lo previsto en el Reglamento de esta Ley, el cumplimiento de

las obligaciones estipuladas en esta ley, por parte de las organizaciones civiles;

IV. Reconocer públicamente las acciones que lleven a cabo las organizaciones civiles

que se distingan en la realización de actividades de Desarrollo Social, y

V. Las demás que le establezcan el Reglamento de esta Ley y demás disposiciones

jurídicas aplicables.

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

Artículo 8. - Para su inscripción en el Registro de Organizaciones Civiles del Estado,

las organizaciones presentarán solicitud ante la Secretaría de Desarrollo Social del

estado de Coahuila de Zaragoza, el formato autorizado por ésta, con los requisitos

siguientes:

I. Presentar copia certificada de su acta constitutiva y de sus estatutos;

II. Que el objeto social y las actividades de la organización civil sean alguna o algunas

de las señaladas en esta Ley, así como que no designen individualmente a sus

beneficiarios;

III. Prever en su acta constitutiva o estatutos que no distribuirán remanentes entre sus

asociados y en caso de disolución, transmitirán sus bienes a otra organización inscrita

en el Registro;

IV. Señalar su domicilio social, y

V. Designar un representante legal.

Artículo 9. - Recibida la solicitud a que se refiere el artículo anterior, la Secretaría de

Desarrollo Social en un plazo no mayor de treinta días hábiles, resolverá sobre la

procedencia de la inscripción.

La Secretaría negará la inscripción cuando no se cumpla alguno de los requisitos a que

se refiere el artículo anterior, la documentación exhibida presente alguna irregularidad,

exista constancia de haber cometido en el desarrollo de sus actividades infracciones

graves o reiteradas a esta Ley y a otras disposiciones jurídicas, o cuando haya

evidencia de que la organización no cumpla con su objeto.

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CAPITULO TERCERODE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS ORGANIZACIONES CIVILES

Artículo 10. - Las organizaciones civiles inscritas en el Registro de Organizaciones

Civiles del Estado de Coahuila adquirirán los derechos siguientes:

I. Ser instancias de consulta para proponer objetivos, prioridades y estrategias de

política de Desarrollo Social en el Estado.

II. Ser representadas en los órganos de participación y consulta ciudadana que en

materia de Desarrollo Social de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;

III. Participar en la formulación, seguimiento y evaluación de los programas de

Desarrollo Social y en la promoción de mecanismos de contraloría social, dentro del

Programa Estatal de Desarrollo

IV. Recibir los bienes de otras organizaciones civiles que se extingan, de conformidad

con sus estatutos y sin perjuicio de lo que dispongan otras disposiciones jurídicas;

V. Gozar de las prerrogativas fiscales y demás beneficios económicos y administrativos

que otorgue el Estado de conformidad con las disposiciones jurídicas de la materia;

VI. Coadyuvar con las autoridades competentes, en los términos de los convenios de

concertación que al efecto se celebren, en la prestación de servicios públicos; y

VII. Recibir, asesoría, capacitación y colaboración, cuando así lo soliciten.

Artículo 11. - Las organizaciones civiles inscritas en el Registro de Organizaciones

Civiles del Estado de Coahuila de Zaragoza tendrán, además de las obligaciones

previstas en otras disposiciones jurídicas que atañen a su objeto social, las siguientes:

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I. Informar al Registro cualquier modificación a su objeto social, domicilio o

representación legal, en un plazo no mayor de quince días hábiles contados a partir de

la protocolización de la modificación respectiva, a efecto de mantener actualizado el

sistema de registro a que se refiere esta Ley;

II. Mantener a disposición de las autoridades competentes para actualizar el sistema de

información, así como del público en general, la información de las actividades que

realicen y de su contabilidad o, en su caso, de sus estados financieros;

III. Destinar la totalidad de sus recursos al cumplimiento de su objeto;

IV. Carecer de ligas de dependencia o subordinación con partidos políticos y

abstenerse de efectuar actividades político-partidistas, así como de realizar proselitismo

o propaganda con fines religiosos; y

CAPÍTULO CUARTODE LAS SANCIONES

Artículo 12. - La Secretaría de Desarrollo Social impondrá a las organizaciones civiles

registradas las sanciones siguientes:

I. Apercibimiento, en el caso de que incurran por primera vez en incumplimiento de las

obligaciones que establecen las fracciones I y II del artículo 11 de esta Ley, para que en

un plazo no menor de treinta días hábiles contados a partir de la notificación respectiva,

subsane la irregularidad;

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II. Suspensión por un año de los derechos estipulados en esta Ley si en un período de

cinco años incumplen, por segunda vez, las obligaciones que les establecen las

fracciones I y II del artículo 11 de esta Ley; y

III. Cancelación definitiva de la inscripción en el Registro, en caso de:

a) El incumplimiento de las obligaciones a que se refieren las fracciones III y IV del

artículo 11 de esta ley;

b) El incumplimiento de las demás obligaciones a que se refieren las fracciones I y II del

artículo 11 de esta ley por más de dos ocasiones en un periodo de cinco años.

Las sanciones a que se refiere este artículo, se aplicarán conforme a lo dispuesto por el

Reglamento de la presente Ley y sin perjuicio de las de carácter civil o penal que

procedan en su caso.

TRANSITORIOS

ARTÍCULO PRIMERO. La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su

publicación en el Periódico Oficial del Estado, con las modalidades que establecen los

artículos siguientes.

ARTÍCULO SEGUNDO. EL Reglamento de la presente Ley deberá ser expedido en

un plazo no mayor a sesenta días naturales contados a partir de publicación de la

presente.

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Saltillo, Coahuila a 9 de diciembre de 2014.

DIPUTADO SAMUEL ACEVEDO FLORES.

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PROPUESTA DE ACUERDO PARA LA LECTURA Y TRÁMITE DE LOS DICTAMENTES RELATIVOS A LAS TABLAS DE VALORES CATASTRALES DE SUELO Y CONSTRUCCIÓN DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015

Conforme a lo dispuesto en la Constitución Política del Estado, el Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza, y la ley General del Catastro y la Información Territorial del Estado de Coahuila, es facultad del Congreso del Estado, examinar, discutir y aprobar anualmente las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción de los municipios del Estado.

Atendiendo a lo antes señalado y en cumplimiento de lo establecido en los ordenamientos antes citados, los Ayuntamientos de los municipios del Estado, hicieron llegar al Congreso del Estado sus propuestas deTablas de Valores de Suelo y Construcción para el Ejercicio Fiscal 2015.

Según lo dispuesto en la Ley Orgánica del Congreso del Estado, dichas iniciativas y propuestas fueron turnadas a la Comisión de Finanzas, para su estudio y posterior dictamen.

Al proceder a lo antes señalado, la Comisión de Finanzas hizo el análisis de las tablas de valores de suelo y construcción propuestas por los municipios, considerando también lo relativo a la presentación en tiempo por parte de los Ayuntamientos; la realización de un estudio comparativo entre los montos y rubros propuestos y los contenidos de las tablas catastrales de valores del ejercicio fiscal anterior; el cumplimiento del procedimiento fijado en la ley para determinar los valores catastrales; y la procedencia de los incrementos propuestos en algunos casos.

Después de la revisión y análisis de las iniciativas y de las propuestas antes referidas, se procedió a la formulación de los dictámenes que contienen el Proyecto de las Tablas de Valores de Suelo y Construcción de cada municipio, los cuales fueron finalmente aprobados en el seno de la Comisión de Finanzas.

En virtud de que los mencionados dictámenes han quedado a disposición de los integrantes de la Legislatura en internet, a través de la Gaceta Parlamentaria publicada en la página oficial del Congreso del Estado, en mi carácter de Coordinador de la Comisión de Finanzas, considero procedente proponer que se autorice un mecanismo que facilite la lectura y trámite de dichos dictámenes; por lo que, con apoyo en lo dispuesto en los Artículos 69, 125, 162, 163 y 175 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado, someto ala consideración y, en su caso, aprobación del Pleno del Congreso del Estado, la siguiente:

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PROPUESTA DE ACUERDO

UNICO. Se aprueba la dispensa de la lectura integral de los Dictámenes formulados por la

Comisión de Finanzas, con relación a las Propuestas de Tablas de Valores de Suelo y

Construcción presentadas por los Municipios del Estado, para el Ejercicio Fiscal 2015.

Asimismo, se autoriza que se proceda a la lectura de dictámenes resumidos, en los que se

hace referencia a los criterios y rubros generales establecidos para determinar la actualización

de las referidas Tablas de Valores Catastrales Municipales y que en el caso de Saltillo y

Torreón, se lean los considerandos, los títulos de cada uno de los apartados y los artículos

transitorios; para posteriormente pasar a la discusión y, en su caso, aprobación de las mismas,

conforme a lo planteado en dichos dictámenes.

A T E N T A M E N T ESALTILLO, COAHUILA, A 15 DE DICIEBRE DE 2014

DIP. JOSE LUIS MORENO AGUIRRECOORDINADOR DE LA COMISIÓN DE FINANZAS

DEL CONGRESO DEL ESTADO

PROPUESTA DE ACUERDO PARA LA LECTURA Y TRÁMITE DE LOS DICTAMENTES RELATIVOS A LAS LEYES DE INGRESOS Y A LAS TABLAS DE VALORES

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CATASTRALES DE SUELO Y CONSTRUCCIÓN DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014.

Conforme a lo dispuesto en la Constitución Política del Estado, en el Código Municipal y el Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila de Zaragoza, y la ley General del Catastro y la Información Territorial del Estado de Coahuila, es facultad del Congreso del Estado, examinar, discutir y aprobar anualmente las leyes de ingresos y las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción de los municipios del Estado.

Atendiendo a lo antes señalado y en cumplimiento de lo establecido en los ordenamientos antes citados, los Ayuntamientos de los municipios del Estado, hicieron llegar al Congreso del Estado sus respectivas Iniciativas de Leyes de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2014; así como sus propuestas de Tablas de Valores de Suelo y Construcción para el mismo ejercicio fiscal.

Según lo dispuesto en la Ley Orgánica del Congreso del Estado, dichas iniciativas y propuestas fueron turnadas a la Comisión de Finanzas, para su estudio y posterior dictamen.

Al proceder a lo antes señalado, la Comisión de Finanzas realizó el análisis de las iniciativas de leyes de Ingresos municipales, considerando, entre otros aspectos, la verificación de su presentación en tiempo por parte de los municipios; la realización de un estudio comparativo de los montos y rubros propuestos en dichas iniciativas, con los contenidos en las leyes del ejercicio fiscal anterior; la procedencia de la inclusión de nuevas contribuciones, y la revisión del Presupuesto de Ingresos presentado por cada Municipio, a fin de conocer la recaudación estimada en base a las mismas iniciativas.

Procediendo en igual forma, la Comisión de Finanzas hizo el análisis de las tablas de valores de suelo y construcción propuestas por los municipios, considerando también lo relativo a la presentación en tiempo por parte de los Ayuntamientos; la realización de un estudio comparativo entre los montos y rubros propuestos y los contenidos de las tablas catastrales de valores del ejercicio fiscal anterior; el cumplimiento del procedimiento fijado en la ley para determinar los valores catastrales; y la procedencia de los incrementos propuestos en algunos casos.

Después de la revisión y análisis de las iniciativas y de las propuestas antes referidas, se procedió a la formulación de los dictámenes que contienen el Proyecto de Ley de Ingresos y el Proyecto de las Tablas de Valores de Suelo y Construcción de cada municipio, los cuales fueron finalmente aprobados en el seno de la Comisión de Finanzas.

En virtud de que los mencionados dictámenes han quedado a disposición de los integrantes de la Legislatura en internet, a través de la Gaceta Parlamentaria publicada en la página oficial del Congreso del Estado, en mi carácter de Coordinador de la Comisión de Finanzas, considero procedente proponer que se autorice un mecanismo que facilite la lectura y trámite de dichos dictámenes; por lo que, con apoyo en lo dispuesto en los Artículos 69, 125, 162, 163 y 175 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado, someto a la consideración y, en su caso, aprobación del Pleno del Congreso del Estado, la siguiente:

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

PROPUESTA DE ACUERDO

UNICO. Se aprueba la dispensa de la lectura integral de los Dictámenes formulados por la Comisión de Finanzas, con relación a las Iniciativas de Leyes Ingresos y a las Propuestas de Tablas de Valores de Suelo y Construcción presentadas por los Municipios del Estado, para el Ejercicio Fiscal 2014.

Por tanto, se autoriza que en lo correspondiente a las Leyes de Ingresos Municipales para el Ejercicio Fiscal de 2014, se proceda solamente a la lectura de un dictamen resumido en lo que se hace referencia a los criterios generales establecidos para determinar la actualización de las contribuciones y a los rubros de Titulo, Capitulo, y Sección de cada ley, para posteriormente pasar a la discusión y, en su caso, aprobación de dichas leyes, conforme a lo planteado en dichos dictámenes.

Asimismo, por lo que respecta a las Tablas de Valores de Suelo y Construcción de los Municipios del Estado, para el Ejercicio fiscal 2014, se autoriza que se proceda a la lectura de dictámenes resumidos, en los que se hace referencia a los criterios y rubros generales establecidos para determinar la actualización de las referidas Tablas de Valores Catastrales municipales; para posteriormente pasar a la discusión y, en su caso, aprobación de las mismas, conforme a lo planteado en dichos dictámenes.

A T E N T A M E N T ESALTILLO, COAHUILA, A 15 DE DICIEMBRE DE 2014

DIP. JOSE LUIS MORENO AGUIRRECOORDINADOR DE LA COMISIÓN DE FINANZAS

DEL CONGRESO DEL ESTADO

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

DICTAMEN de la Comisión de Finanzas de la Quincuagésima Octava Legislatura del Congreso del Estado, con relación al expediente formado con motivo de las adecuaciones que habrán de implementarse a los valores catastrales que sirven como base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria de los municipios de: Acuña, Castaños, Frontera, Guerrero, Matamoros, Morelos, Múzquiz, Nadadores, Nava, Parras, Piedras Negras, Sacramento, San Juan de Sabinas, San Pedro, Sierra Mojada, Villa Unión y Zaragoza del Estado de Coahuila de Zaragoza para el Ejercicio Fiscal 2015.

R E S U L T A N D O

PRIMERO. De conformidad con el marco jurídico estatal, el Código Municipal para el Estado del Coahuila de Zaragoza en su: Artículo 102, Fracción V, numeral 8, señala que los municipios deberán “Proponer al Congreso del Estado las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, en los términos de las leyes fiscales y conforme a los principios de equidad, proporcionalidad y capacidad contributiva”.

Por otra parte, La Ley General de Catastro y la Información Territorial para el Estado de Coahuila de Zaragoza señala:

Artículo 28 “La Unidad y el Instituto formularan conjuntamente los proyectos de tablas de valores unitarios de suelo y construcción para el municipio de corresponda. Estos se elaborarán mediante los procedimientos técnicos y consideraciones administrativas, a fin de obtener en ellos un avalúo equitativo y proporcional de la propiedad inmueble…”

Artículo 30 “La Unidad y el Instituto deberán presentar al Ayuntamiento, de manera conjunta los proyectos de tablas de valores unitarios de suelo y de construcción conforme a esta ley…….Artículo 33 “El ayuntamiento, en el ámbito de su competencia y habiendo aprobado los proyectos definitivos correspondientes, propondrá a la legislatura del Estado, a más tardar el 31 de octubre de cada año, con arreglo a la ley de acuerdo a los principios de equidad y proporcionalidad, las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones….”

SEGUNDO. Para dar cumplimiento a estas disposiciones, el Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, a través de la Comisión de Finanzas, ha dado continuidad a un programa con los municipios para definir los criterios proporcionales y equitativos aplicables para fijar la base de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, de conformidad con las disposiciones vigentes.

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

En este programa también participa el Instituto Coahuilense del Catastro y al Información Territorial como órgano de apoyo y asesoría necesaria.

Así dando cumplimiento a las disposiciones locales vigentes y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. Que entre las medidas que se adoptaron para cumplir con el objeto de la presentación de las Tablas de Valores Catastrales, se instalaron las Juntas Municipales Catastrales, se llevaron a cabo diversos trabajos técnicos, se elaboró un programa para la revisión de la actividad catastral y se establecieron criterios para la determinación de los Valores Catastrales.

SEGUNDO. En el caso de los municipios en lo rustico, urbano, construcciones y fraccionamientos las Juntas Municipales Catastrales acordaron proponer a sus Ayuntamientos los siguientes incrementos en sus Tablas de Valores para el Ejercicio Fiscal 2015.

1. Acuña Incremento del 4%2. Castaños Incremento del 5%3. Frontera Incremento del 5%4. Guerrero Incremento del 5%5. Matamoros Incremento del 4%6. Morelos Incremento del 4 y 5%7. Múzquiz Incremento del 5%8. Nadadores Incremento del 5%9. Nava Incremento del 5%

10. Parras Incremento del 5%11. Piedras Negras Incremento del 5%12. Sacramento Incremento del 5%13. San Juan de Sabinas Incremento del 15%14. San Pedro Incremento del 5%15. Sierra Mojada Incremento del 5%16. Villa Unión Incremento del 5%17. Zaragoza Incremento variado

TERCERO. Así mismo, para lograr una correcta aplicación de los valores catastrales de suelo y construcción 2015; se acordó disponer que los Ayuntamientos deberán observar los

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

lineamientos establecidos por el Instituto Coahuilense del Catastro y la Información Territorial; con el fin de establecer un Sistema Estatal de Valuación, que permita una recaudación justa y equitativa.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Congreso del Estado, esta Comisión somete a su consideración el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

ARTÍCULO ÚNICO: Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción de los Municipios de: Acuña, Castaños, Frontera, Guerrero, Matamoros, Morelos, Múzquiz, Nadadores, Nava, Parras, Piedras Negras, Sacramento, San Juan de Sabinas, San Pedro, Sierra Mojada, Villa Unión y Zaragoza del Estado de Coahuila de Zaragoza para el Ejercicio Fiscal 2015.

TRANSITORIOS

PRIMERO. Las Tablas de Valores de Suelo y Construcción de los Municipios de: Acuña, Castaños, Frontera, Guerrero, Matamoros, Morelos, Múzquiz, Nadadores, Nava, Parras, Piedras Negras, Sacramento, San Juan de Sabinas, San Pedro, Sierra Mojada, Villa Unión y Zaragoza del Estado de Coahuila de Zaragoza para el Ejercicio Fiscal 2015.

SEGUNDO. Expídase el Decreto o Decretos correspondientes para su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, en la ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a 15 de diciembre de 2014.

POR LA COMISIÓN DE FINANZAS DE LA LIX LEGISLATURA

NOMBRE Y FIRMA VOTO

Dip. José Luis Moreno AguirreCoordinador

A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

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Dip. Fernando Simón Gutiérrez Pérez.Secretario A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Jorge Alanís Canales. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Indalecio Rodríguez López. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Simón Hiram Vargas Hernández. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Norma Alicia Delgado Ortiz. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Elvia Guadalupe Morales García. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

DICTAMEN de la Comisión de Finanzas de la Quincuagésima Octava Legislatura del Congreso del Estado, con relación al expediente formado con motivo de las adecuaciones que habrán de implementarse a los valores catastrales que sirven como base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria de los municipios de; Acuña, Castaños, Frontera, Guerrero, Matamoros, Morelos, Múzquiz, Nadadores, Nava, Parras, Piedras Negras, Sacramento, San Juan de Sabinas, San Pedro, Sierra Mojada, Villa Unión y Zaragoza del Estado de Coahuila de Zaragoza para el Ejercicio Fiscal 2015.

R E S U L T A N D O

PRIMERO. Que en atención a la reforma al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos aprobadas en Diciembre de 1999, se establecieron nuevas pautas para el desarrollo municipal, otorgándose a favor de los municipios mayores facultades para el cumplimiento de sus funciones en beneficio de su comunidad.

SEGUNDO. De conformidad con el marco jurídico estatal, el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza en su: Artículo 102, Fracción V, numeral 8, señala que los municipios deberán “Proponer al Congreso del Estado las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, en los términos de las leyes fiscales y conforme a los principios de equidad, proporcionalidad y capacidad contributiva”.

Por otra parte, La Ley General del Catastro y la Información Territorial para el Estado de Coahuila de Zaragoza señala:

Artículo 28 “La Unidad y el Instituto formularán conjuntamente los proyectos de tablas de valores unitarios de suelo y construcción para el municipio que corresponda. Estos se elaborarán mediante los procedimientos técnicos y consideraciones administrativas, a fin de obtener en ellos un avalúo equitativo y proporcional de la propiedad inmueble…”

Artículo 30 “La Unidad y el Instituto deberán presentar a los Ayuntamientos, de manera conjunta los proyectos de tablas de valores unitarios de suelo y construcción conforme a esta ley….”

Artículo 33 “El ayuntamiento, en el ámbito de su competencia y habiendo aprobado los proyectos definitivos correspondientes, propondrá a la legislatura del Estado, a más tardar el 31 de octubre de cada año, con arreglo a la ley y de acuerdo a los principios de equidad y proporcionalidad, de las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones…”

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TERCERO. Para dar cumplimiento a estas disposiciones, el Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, a través de la Comisión de Finanzas, ha dado continuidad a un programa con los municipios para definir los criterios proporcionales y equitativos aplicables para fijar la base de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, de conformidad con las disposiciones vigentes.

En este programa también participa el Instituto Coahuilense del Catastro y la Información Territorial, como órgano de apoyo y asesoría necesaria.

Así dando cumplimiento a las disposiciones locales vigentes y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. Que entre las medidas que se adoptaron para cumplir con el objeto de la presentación de las Tablas de Valores Catastrales, se instalaron las Juntas Municipales Catastrales, se llevaron acabo diversos trabajos técnicos, se elaboró un programa para la revisión de la actividad catastral, se establecieron criterios para la determinación de los Valores Catastrales y se aplicó un programa que apoye la eficiencia del cobro.

SEGUNDO. En el caso de los municipios en lo rustico, urbano, construcciones y fraccionamientos las Juntas Municipales Catastrales acordaron proponer a sus Ayuntamientos los siguientes incrementos en sus Tablas de Valores para el Ejercicio Fiscal 2015.

1. Acuña Incremento del 4%2. Castaños Incremento del 5%3. Frontera Incremento del 5%4. Guerrero Incremento del 5%5. Matamoros Incremento del 4%6. Morelos Incremento del 4 y 5%7. Múzquiz Incremento del 5%8. Nadadores Incremento del 5%9. Nava Incremento del 5%10. Parras Incremento del 5%11. Piedras Negras Incremento del 5%12. Sacramento Incremento del 5%13. San Juan de Sabinas Incremento del 15%14. San Pedro Incremento del 5%15. Sierra Mojada Incremento del 5%

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16. Villa Unión Incremento del 5%17. Zaragoza Incremento variado

TERCERO. Así mismo, para lograr una correcta aplicación de los valores catastrales de suelo y construcción 2015; se acordó disponer que los Ayuntamientos deberán observar los lineamientos establecidos por el Instituto Coahuilense del Catastro y la Información Territorial; con el fin de establecer un Sistema Estatal de Valuación, que permita una recaudación justa y equitativa.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Congreso del Estado, esta Comisión de Finanzas, somete a su consideración el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

ARTÍCULO PRIMERO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Acuña, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE ACUÑA, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2    $   $

1 280   1,4472 80   7133 77   5444 89   3755 118   8916 95   6847 95   5678 77   4319 124   52810 113   28711 77   239

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

12 77   28713 108   28714 239   28715 155   15516 163   33717 69   28718 100   28719 77   7720 239   28721 89   20922 89   209

ZONA VALOR   VALOR O MINIMO   MAXIMO

SECTOR POR M2   POR M2

    $   $

23 72   239.00

24 62   209.00

25 75   239.00

26 72   239.00

27 89   209.00

28 89   239.00

29 22   75.00

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITO

ACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  

rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%

INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  

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ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  

la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITO

NORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  

al terreno es satisfactoria.    0%

POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  

uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  

menor de 7.00 m. 42%

POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  

respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  

la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  

de 3.5 veces.   45%

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNA    MAXIMOPOPULAR 894.48

ECONOMICO 1,721.91

MEDIANO 1,986.90

BUENO 2,631.53

LUJOSA 4,633.57

HABITACIONAL COMBINADO  1,820.33

HABITACIONAL ANTIGUA1 992.91

2 1,323.88

3 1,654.85

LOCALES COMERCIALESECONOMICO 1,986.90

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

MEDIANO 2,481.19

BUENO 2,977.64

EDIFICIOSHASTA 6 NIVELES 3,805.07MAS DE 6 NIVELES 4,964.54

INDUSTRIALES Y ESPECIALESNORMAL 2,050.71

BUENA 2,481.19

FRIGORIFICOS  2,977.64

CINES Y TEATROS    4,137.12

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION %NUEVO   0BUENO 15

REGULAR 25MALO 35

RUINOSO   100

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

   VALOR

UNITARIOCLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREA

             H1 HUERTAS EN DESARROLLO   13,000.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

H2 HUERTAS EN PRODUCCION   29,849.08H3 HUERTAS EN DECADENCIA   10,597.23R1 RIEGO POR GRAVEDAD   11,816.65R2 RIEGO POR BOMBEO   9,453.93R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD)   4,723.11T1 TEMPORAL DE PRIMERA   4,998.73T2 TEMPORAL DE SEGUNDA   3,724.24T3 TEMPORAL DE TERCERA   2,679.07

A1AGOSTADERO DE PRIMERA (hasta límite pista)   1,892.99

A2AGOSTADERO DE SEGUNDA (hasta La Zorra)   1,063.91

A3 AGOSTADERO DE TERCERA (en adelante)   353.90E1 ERIAZO         116.86

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20

TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

TABLA DE VALORES DE TERRENO

EJIDOS CORRESPONDIENTES AL MUNICIPIO DE CIUDAD ACUÑA VALOR

ALFREDO V. BONFIL 15.00BALCONES 20.00BRAULIO FERNÁNDEZ 15.00CALLES 20.00DOLORES 20.00EL VENADITO 20.00JABALI ZORRA 21.00JOSÉ MARÍA MORELOS 15.00LA PILETA 21.00LAS CUEVAS 20.00MARIANO ESCOBEDO 15.00MELCHOR MÚZQUIZ 15.00SAN ESTEBAN 15.00SAN ESTEBAN DE EGIPTO 15.00VENUSTIANO CARRANZA 15.00

  VALOR CATASTRALLITROS POR SEGUNDO HORA/AGUA

  10 A 50     770.64

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

  51 A 150   1,063.91

  151 A 400     1,417.81

  401 A 800     2,362.65

  801 A 1,500   3,781.57

  1,501 y/o mas volumen   4,723.10

ARTÍCULO SEGUNDO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Castaños, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLA DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE CASTAÑOS, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2    $   $

1 13.27 265.463 13.27 199.094 13.27 106.185 10.61 13.266 132.72 265.467 39.80 79.638 13.27 265.469 13.27   199.09

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  al terreno es satisfactoria.    0%POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  menor de 7.00 m. 42%POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

TABLA DE INCREMENTOS POR UBICACIÓNAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

INCREMENTO POR ESQUINACOMERCIAL DE PRIMER ORDEN 20%COMERCIAL DE SEGUNDO ORDEN   15%NO COMERCIAL     10%Estos incrementos se calcularan en relación con el valor menor de las calles en donde está situado el lote.    

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNA    MAXIMOPOPULAR 517.65ECONOMICO 735.00MEDIANO 1,035.30

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

BUENO 1,297.80LUJOSA   1,649.55

HABITACIONAL COMBINADO    1,124.55

HABITACIONAL ANTIGUAPOPULAR   599.55ECONOMICO 952.35MEDIANO   1,124.55

COMERCIALECONOMICO 952.35MEDIANO   1,207.50BUENO   1,379.70

EDIFICIOSHASTA 6 NIVELES 1,649.55INDUSTRIALES Y ESPECIALES

NORMAL 952.35BUENA   1,207.50

FRIGORIFICOS  1,470.00

CINES Y TEATROS    1,592.85

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

NUEVO   0%BUENO   15%

REGULAR   25%MALO   35%

RUINOSO   100%

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIO

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

CLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREAH1 HUERTAS EN DESARROLLO     13,798.95H2 HUERTAS EN PRODUCCION     18,973.54H3 HUERTAS EN DECADENCIA     11,211.64R1 RIEGO POR GRAVEDAD     9,486.77R2 RIEGO POR BOMBEO     7,761.77R3 MEDIO RIEGO (HUMEDAD)     4,312.16T1 TEMPORAL DE PRIMERA     2,587.29T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     1,724.86T3 TEMPORAL DE TERCERA     1,379.88A1 AGOSTADERO DE PRIMERA     1,121.15A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA     948.66A3 AGOSTADERO DE TERCERA     780.15E1 ERIAZO         52.48

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIO

CLAVECLASIFICACION DEL

TERRENO POR HECTAREA

H1HUERTAS EN DESARROLLO     13,798.95

H2HUERTAS EN PRODUCCION     18,973.54

H3 HUERTAS EN DECADENCIA     11,211.64R1 RIEGO POR GRAVEDAD     9,486.77R2 RIEGO POR BOMBEO     7,761.77R3 MEDIO RIEGO (HUMEDAD)     4,312.16T1 TEMPORAL DE PRIMERA     2,587.29T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     1,724.86T3 TEMPORAL DE TERCERA     1,379.88

A1AGOSTADERO DE PRIMERA     1,121.15

A2AGOSTADERO DE SEGUNDA     948.66

A3AGOSTADERO DE TERCERA     780.15

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

E1 ERIAZO         52.48VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

ARTÍCULO TERCERO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Frontera, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE FRONTERA, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA O SECTOR VALOR MINIMO POR M2 $

VALOR MAXIMO POR M2 $

1 173.64   1,391.36

2 348.39   1,391.36

3 348.39   1,391.36

4 173.64   696.78

5 173.64   522.59

6 173.64   261.29

7 165.93   261.29

8 102.53   261.29

9 157.66   522.59

10 157.66   522.59

11 348.39   1,044.07

12 173.64   261.29

13 104.19   348.39

14 173.64   522.59

15 88.20   104.19

16 88.20   104.19

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

17 88.00   173.64

18 88.20   173.64

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

VALOR ZONA   

SOLARES URBANOS 104.19SIN SERVICIOS O CON ALGUNO DE ELLOS  COLONIA DIANA LAURA DE COLOSIO 104.19SIN SERVICIOS O CON ALGUNO DE ELLOS  VALOR MINIMO EN TODOS LOS SECTORES  DENTRO DEL PERIMETRO URBANO  CON SERVICIOS 173.65SIN SERVICIOS 88.20         

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  al terreno es satisfactoria.    0%POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  menor de 7.00 m. 42%POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TABLA DE INCREMENTOS POR UBICACIÓNAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

INCREMENTO POR ESQUINAESQUINA 0 A 25%ESQUINA COMERCIAL    20 A 25%TERRENOS SUBURBANOS SIN SERVICIOS CON ALGUNO DE ELLOS

50 A 200%

CON FRENTE A UNA VÍA DE COMUNICACIÓN O CERCANA DE ELLA

5.00 A 50.00 POR M2

DEMERITO POR EXCESO DE SUPERFICIEDE   A   %0   500 5%

500   1,000 10%1,000   2,500 15%2,500   5,000 20%5,000   En adelante 25%

LOTE TIPO   250 M2   10 X 25 m

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL    MAXIMOMARGINADA 574.00POPULAR 2,846.66ECONOMICO MEDIA 3,479.49MEDIA ALTA 4,744.06BUENO 5,059.92LUJOSA   5,534.55

HABITACIONAL ANTIGUOPUPULAR 1,423.88

ECONÓMICO 2,846.66

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

ECONOMICO MEDIA 4,427.64MEDIANO BUENO 5,376.89

COMERCIALECONOMICO   2,846.66MEDIANO 4,427.64BUENO   5,376.89

INDUSTRIALADAPTADA 1,738.64ECONOMICA 1,265.12MEDIANA 1,898.51BUENA   2,530.24

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION %NUEVO   0BUENO   15

REGULAR   25MALO   35

RUINOSO   100

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIOCLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREA

H1 HUERTAS EN DESARROLLO     55,346.05H2 HUERTAS EN PRODUCCION     79,065.79H3 HUERTAS EN DECADENCIA     47,439.47R1 RIEGO POR GRAVEDAD     31,626.32R2 RIEGO POR BOMBEO     28,463.24R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD)     18,976.23T1 TEMPORAL DE PRIMERA     15,824.73

T2TEMPORAL DE SEGUNDA     12,650.09

T3 TEMPORAL DE TERCERA     9,488.12

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

A1 AGOSTADERO DE PRIMERA     3,163.07

A2AGOSTADERO DE SEGUNDA     2,371.48

A3AGOSTADERO DE TERCERA     1,580.99

A4 AGOSTADERO DE CUARTA     949.25E1 ERIAZO         157.66

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOS APLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

APLICACION DE CAUDALES ACUIFEROSHORASAGUA / AGUA RODADA

LITROS POR SEGUNDO HORA/AGUA

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

       51 A 150 2,075.50         

ARTÍCULO CUARTO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Guerrero, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE GUERRERO, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA O SECTOR VALOR MÍNIMO POR M2 $   VALOR MAXIMO

POR M2 $

1 14.00   84.002 14.00   49.003 41.00   41.004 7.00   7.005 3.00   3.006 5.00   5.007 5.00   5.008 5.00   5.009 3.00   3.00

10 3.00   5.00

Nota: 3. Área industrial4.- Congregación Santa Mónica5.- Congregación de Guadalupe6.- Ejido Guerrero7.- San Vicente8.- El Saucito9.- Los Rodríguez10.- Granjas San Bernardo

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  al terreno es satisfactoria.    0%POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  menor de 7.00 m. 42%POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

TABLA DE INCREMENTOS POR UBICACIÓNAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

INCREMENTO POR ESQUINACOMERCIAL DE PRIMER ORDEN 20%COMERCIAL DE SEGUNDO ORDEN   15%NO COMERCIAL     10%Estos incrementos se calcularan en relación con el valor menor de las calles en donde está situado el lote.    

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNA    MAXIMO

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

POPULAR 860.00ECONOMICO 1,842.00MEDIANO 2,756.00BUENO 3,528.00LUJOSA   4,741.00

HABITACIONAL COMBINADO  2,095.00

HABITACIONAL ANTIGUAPOPULAR 1,036.00ECONOMICO 1,379.00MEDIANO 1,820.00

LOCALES COMERCIALESECONOMICO 2,095.00MEDIANO 1,662.00BUENO 3,473.00

EDIFICIOSHASTA 4 NIVELES 4,179.00MAS DE 6 NIVELES 5,458.00

INDUSTRIALES Y ESPECIALESNORMAL 2,205.00BUENA 2,646.00

FRIGORIFICOS  3,308.00

CINES Y TEATROSBUENO   4,818.00

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION %NUEVO 0BUENO 15

REGULAR 25MALO 35

RUINOSO   100** Las construcciones en obra negra representan un 60%

de su valor

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

DEMERITO DE CONSTRUCCION POR EDADACTUAL     5 A 25 AÑOS   5 A 15%

ANTIGUA     26 A 40 AÑOS   15 A 25%

ANTIGUA     41 AÑOS EN ADELANTE   25 A 40%

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIO

CLAVECLASIFICACION DEL

TERRENO POR HECTAREAH1 HUERTAS EN DESARROLLO     10,873.00H2 HUERTAS EN PRODUCCION     25,744.00H3 HUERTAS EN DECADENCIA     8,876.00R1 RIEGO POR GRAVEDAD     9,868.00

R2RIEGO POR BOMBEO     7,872.00

R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD)     3,936.00T1 TEMPORAL DE PRIMERA     4,003.00T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     3,065.00T3 TEMPORAL DE TERCERA     2,403.00A1 AGOSTADERO DE PRIMERA     4,003.00A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA     3,197.00A3 AGOSTADERO DE TERCERA     2,403.00A4 AGOSTADERO DE CUARTA     1,599.00

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA

20  

II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20IX. AGRICOLA, TERRENO ENMONTADO   30TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). IRREGULARIDAD (FORMA)

  10

d). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%   20e). COLINDANCIA CON EL RIO BRAVO     20  

APLICACIÓN DE CAUDALES ACUIFEROSHORAS AGUA / AGUA RODADA

  VALOR CATASTRALLITROS POR SEGUNDO HORA/AGUA

  10 A 50   1,285.00  51 A 150   1,820.00         

ARTÍCULO QUINTO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Matamoros, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE MATAMOROS, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2    $   $

1 6

1.00   56

1.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

2 4

0.00   56

1.00

3 4

0.00   56

1.00

4 2

9.00   56

1.00

5 4

0.00   22

4.00 POBLADOS, EJIDOS Y CONGREGACIONES

POBLADO POBLADO FTE.

CARRET. INTERIOR

SAN MIGUEL     8

1.00 39.00

SANTO TOMAS   81.00 39.00

COYOTE   8

1.00  COL.INDEPENDENCIA Y GOMEZ  

123.00 39.00

SANTO NIÑO AGUANAVAL   81.00 39.00

EL OLIVO     81.00 39.00

SANTA FE 1-LA ESPERANZA   8

1.00 31.00

CORONA     81.00 25.00

SOLIMA     81.00 25.00

CONGREGACION HGO   81.00 49.00

ESCUADRON 201   8

1.00 31.00

20 DE NOVIEMBRE   81.00 31.00

HORMIGUERO     8

1.00 31.00

EL CAMBIO     81.00 31.00

PURISIMA     81.00 31.00

FILIPINAS   1

9.00  

LA LUZ     81.00 39.00

MARAVILLAS     8 39.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

1.00

COMPUERTAS B 3

1.00    

EL REFUGIO   3

1.00    

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

POBLADO POBLADO FTE.

CARRET. INTERIOR

MONTE ALEGRE 31.

00    

SOLIS   54.00

25.00

EL CONSUELO   81.00

25.00

JOSE MA. MORELOS (BILBAO)  

54.00

25.00

SACRIFICIO   54.00

25.00

LA LIBERTAD   54.00

31.00

RANCHO DE AFUERA   54.00

25.00

UNION DEL BARREAL 25.

00    

FRESNO DEL SUR 19.

00    

SAN JULIAN   54.00

19.00

SAN FELIPE 19.

00    

VICENTE GUERRERO 19.

00    

SAN FRANCISCO 19.

00    

SAN ISIDRO   54.00

19.00

VIZCAYA 25.

00    

IRLANDA   54.00

19.00

SAN ANTONIO DEL ALTO 19.

00    PUERTO DEL PERICO 19.    

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

00

GUADALUPE   54.00

25.00

ATALAYA 26.

00    

GRANADA   54.00

25.00

EL FENIX   81.00

39.00

EL PILAR 66.

00    

RANCHO GRANDE   81.00

39.00

SAN PABLO GUELATAO   55.00

25.00

EL CUIJE   55.00

31.00

SANTA ANA DEL PILAR   55.00

31.00

ANDALUCIA 25.

00    FLOR DE MAYO Y LA BARCA

31.00    

LA CRISIS 25.

00    

BENITO JUAREZ   81.00

31.00

REDENCION AGRARIA 25.

00    

NOACAN   54.00

25.00

EL DÓLAR   54.00

25.00

MARIANO MATAMOROS 39.

00    

MATAMOROS III 39.

00    

SANTA CECILIA   81.00

39.00

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  al terreno es satisfactoria.    0%POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  menor de 7.00 m. 42%POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

  HABITACIONAL  

MODERNO 2,183.00

BUENO 1,803.00

REGULAR 1,520.00

MALO 968.00

 HABITACIONAL

ANTIGUA  

BUENO 1,661.00

REGULAR 1,174.00

MALO 841.00

COMERCIALMODERNO 2,384.00

BUENO 1,941.00

REGULAR 1,77

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

0.00

MALO 1,246.00

INDUSTRIAL

BUENO 1,770.00

REGULAR   1,246.00

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLE A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION DEMERITONUEVO 0BUENO 15%REGULAR 25%MALO 35%RUINOSO HABITAB. 50%RUINOSO     100%

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIO CLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREA

H1 HUERTAS EN PRODUCCIÓN   30,675.34 H2 HUERTAS EN DESARROLLO   24,285.21 H3 HUERTAS EN DECADENCIA   19,173.12

  ZONA APARCELADA Y PRED. RÚSCITOS (*)   349,139.70

  PEQUEÑA PROPIEDAD     R1 RIEGO POR GRAVEDAD   24,078.60 R2 RIEGO POR BOMBEO   39,729.69 R3 ROTACION   10,225.56

  CULTIVABLE SIN AGUA   1,725.41 T1 TEMPORAL DE PRIMERA   6,390.12 T2 TEMPORAL DE SEGUNDA   1,789.52 T3 TEMPORAL DE TERCERA   1,533.07 E1 ERIAZO         203.48

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOS APLICABLE A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA   15SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%   5b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

ARTÍCULO SEXTO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Morelos, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE MORELOS, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

ZONA O SECTORVALOR MÍNIMO

POR M2 $ 

VALOR MAXIMO POR M2 $

1 18.00   230.002 20.00   230.003 18.00   230.004 43.00   105.005 35.00   69.006 20.00   20.007 20.00   20.00

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas 15%rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías.INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a

50%ninguna de las calles que lo circundan o rodean en la manzana en que está ubicado  

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto 0%al terreno es satisfactoria.    POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al 42%uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es menor de 7.00 m.POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad

45%

respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuandola relación entre la profundidad y el frente sea mayorde 3.5 veces.  

TABLA DE INCREMENTOS POR UBICACIÓNAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

INCREMENTO POR ESQUINACOMERCIAL DE PRIMER ORDEN 20%COMERCIAL DE SEGUNDO ORDEN   15%NO COMERCIAL     10%Estos incrementos se calcularan en relación con el valor menor de las calles en donde está situado el lote.    

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNA    MAXIMOPOPULAR 778.00ECONOMICO 1,722.00MEDIANO 2,553.00BUENO 3,191.00LUJOSA   4,722.00

HABITACIONAL COMBINADO    1,883.00

HABITACIONAL ANTIGUAPOPULAR   935.00ECONOMICO 1,216.00MEDIANO   1,640.00

LOCALES COMERCIALESECONOMICO 1,911.00MEDIANO 2,553.00BUENO   3,255.00

EDIFICIOSHASTA 4 NIVELES 3,950.00MAS DE 6 NIVELES 5,165.00

INDUSTRIALES Y ESPECIALESNORMAL   2,066.00 BUENA 2,431.00

FRIGORIFICOS    3,100.00CINES Y TEATROS    4,561.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION %NUEVO 0BUENO 15

REGULAR 25MALO 35

RUINOSO 100** Las construcciones en obra negra representan un 60%

de su valor

DEMÉRITO DE CONSTRUCCIÓN POR EDADACTUAL 5 A 25 AÑOS 5 A 15%ANTIGUA 26 A 40 AÑOS 15 A 25%ANTIGUA 41 AÑOS EN ADELANTE 25 A 40%

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

CLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO VALOR UNITARIOPOR HECTAREA

H1 HUERTAS EN DESARROLLO     31,603.00

H2 HUERTAS EN PRODUCCION     42,543.00

H3 HUERTAS EN DECADENCIA     11,608.00

R1 RIEGO POR GRAVEDAD     10,696.00

R2 RIEGO POR BOMBEO     8,934.00

R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD)     4,468.00

T1 TEMPORAL DE PRIMERA     2,674.00

T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     1,824.00

T3 TEMPORAL DE TERCERA     1,405.00

A1 AGOSTADERO DE PRIMERA     3,101.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA     2,431.00

A3 AGOSTADERO DE TERCERA     1,702.00

A4 AGOSTADERO DE CUARTA     1,052.00

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). IRREGULARIDAD (FORMA)   10d). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

APLICACIÓN DE CAUDALES ACUIFEROS. HORAS AGUA /AGUA RODADA

  VALOR CATASTRALLITROS POR SEGUNDO HORA/AGUA

  10 A 50     4,057.00  52 A 150   4,709.00  152 A 400     5,362.00  402 A 800     6,025.00  802 A 1,500   6,668.00  1,501 y/o más volumen   7,321.00

ARTÍCULO SÉPTIMO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Múzquiz, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNCIPIO DE MÚZQUIZ, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2    $   $

MUZQUIZ1 44.00 178.002 44.00 638.003 46.00 223.004 46.00 178.005 46.00 128.00

PALAU1 39.00 139.002 44.00 128.003 60.00 139.004 60.00 128.005 53.00 53.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

6 56.00 56.007 74.00 128.008 46.00   46.00

BARROTERAN1 44.00 74.002 44.00 70.003 57.00 57.004 44.00 44.005 44.00   44.00

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANOEsperanzas, Coahuila

SECTOR 1

  CATASTRAL ACTUAL 

SECC A $ 70.00  

SECC B $ 56.00  

SECC C $ 43.00  

SECTOR 2

  CATASTRAL ACTUAL 

SECC A $

56.00  

SECC B $ 43.00  

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITO

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

ACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  al terreno es satisfactoria.    0%POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  menor de 7.00 m. Hasta 42%POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces. Hasta 45%

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNA    MAXIMO

POPULAR 621.00ECONOMICO 852.00MEDIANO 1,206.00BUENO 1,506.00LUJOSA 1,949.00HABITACIONAL COMBINADO O

MIXTO  1,310.00

HABITACIONAL ANTIGUAPOPULAR 711.00ECONOMICO 1,117.00MEDIANO 1,312.00

LOCALES COMERCIALESPOPULAR 886.00ECONOMICO 1,117.00

INDUSTRIALESMEDIANO 1,418.00HASTA 6 NIVELES 1,596.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

MAS DE 6 NIVELES 1,915.00

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION %NUEVO   0BUENO 15

REGULAR 25MALO 35

RUINOSO   100

TABLA DE INCREMENTOS POR UBICACIÓNAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

INCREMENTO POR ESQUINACOMERCIAL DE PRIMER ORDEN 20%COMERCIAL DE SEGUNDO ORDEN   15%NO COMERCIAL     10%Estos incrementos se calcularan en relación con el valor menor de las calles en donde está situado el lote.    

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

CLASIFICACION DEL TERRENO ALINEACIÓN POR

HECTÁREA DE

ALINEACIÓN POR

HECTÁREA A       PREDIOS DE EXPLOTACION AGRICOLA    RIEGO 1   9,169.00 11,484.00RIEGO 2   7,328.00 9,146.00RIEGO 3   3,694.00 4,625.25TEMPORAL 1   2,732.00 3,416.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TEMPORAL 2   1,852.00 2,310.00TEMPORAL 3   1,448.00 1,808.00PREDIOS DE EXPLOTACION GANADERA  AGOSTADERO 1   1,366.00 1,710.00AGOSTADERO 2   1,204.00 1,505.00AGOSTADERO 3   1,014.00 1,264.00AGOSTADERO 4   817.00 1,027.00ERIAZO       75.00 102.00

TABLA DE VALORES APLICABLES A LAS COMUNIDADES EJIDALES

SECTOR COMUNIDADES EJIDALES VALOR M2

1POBLADO DE ESTACIÓN BARROTERÁN 25.00

1 POBLADO DE NOGALITOS 15.00

1POBLADO DEL EJIDO MORELOS 15.00

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOS APLICABLES A LOS PREDIOS RÚSTICOS

CONCEPTO INCREMENTO DEMERITOPROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20 %  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20 %  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30%  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10%  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10%DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20%AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20%  II. AGRICOLA INTENSA 10%  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10%VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20%

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10%c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20%

ARTÍCULO OCTAVO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Nadadores, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE NADADORES, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2    $   $

1 8.31   105.292 8.31   105.293 59.35   105.294 26.81   39.555 19.78   33.196 8.31   19.787 8.31   19.788 19.78   19.789 8.31   8.29

10 A 16 7.02   7.0217 8.31   8.29

18 A 22 13.41   13.3923 4.46   4.4624 13.41   13.39

25 Y 26 8.31   8.2927 7.02 Ej. Sardinas 7.0228 7.02 Prol. Juárez y Morelos 19.7829 12.74 Fracc. Valle de San Juan 12.7330 9.26 Ejido Trincheras 9.2631 18.52 Fracc. Santa Rosa 18.5232 18.52 Fracc. Las Palmas 18.52

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

33 18.52 Campestre el Nogalito 18.5234 18.52 Col. Margarita 18.5235 18.52 Col. La Esperanza 18.52

36 9.26Ejido Santiago y Paso de la Morita 9.26

37 10.00 Fracc. La Huerta 10.0038 15.00 Fracc.Las Haciendas 15.00

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  al terreno es satisfactoria.     0%POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  menor de 7.00 m. 42%POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

TABLA DE INCREMENTOS POR UBICACIÓNAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

INCREMENTO POR ESQUINACOMERCIAL DE PRIMER ORDEN 20%

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

COMERCIAL DE SEGUNDO ORDEN   15%NO COMERCIAL     10%Estos incrementos se calcularan en relación con el valor menor de las calles en donde está situado el lote.    

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNA    MAXIMOECONOMICO 1,130.42POPULAR 2,210.50

HABITACIONAL ANTIGUAPOPULAR 687.98

LOCALES COMERCIALESECONOMICO 938.36

INDUSTRIALES Y ESPECIALESNORMAL   938.36

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION.

CLASIFICACION %NUEVO   0BUENO 15REGULAR 25MALO 35RUINOSO   100

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

   VALOR

UNITARIO

CLAVE CLASIFICACION DEL TERRENOPOR

HECTAREA

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

H1 HUERTAS EN DESARROLLO     19,701.95H2 HUERTAS EN PRODUCCION     32,836.18H3 HUERTAS EN DECADENCIA     7,881.05R1 RIEGO POR GRAVEDAD     6,567.75R2 RIEGO POR BOMBEO     5,910.46R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD)     2,626.60T1 TEMPORAL DE PRIMERA     3,283.88T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     1,970.58T3 TEMPORAL DE TERCERA     1,313.29A1 AGOSTADERO DE PRIMERA     2,102.01A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA     918.93A3 AGOSTADERO DE TERCERA     525.83E1 ERIAZO         66.37

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

APLICACION DE CAUDALES ACUIFEROSHORAS AGUA / AGUA RODADA

  VALORLITROS POR SEGUNDO CATASTRAL

SACA SALADA   985.28SACA NADADORES 657.28SACA BUCARELI   657.28SACA ZUAZUA 196.54AGUA DELGADA   262.91

ARTÍCULO NOVENO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Nava, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE NAVA, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA O SECTOR COLONIAS, EJIDOS Y COMUNIDADES

VALOR MINIMO

VALOR MÁXIMO

POR M2 $ POR M2 $1 CD. NAVA   37.00   284.002 CD. NAVA   32.00   158.003 CD. NAVA   42.00   284.004 CD. NAVA   42.00   205.00

5,6,7,8,12 COL. V. CARRANZA CTRO,SUR, OTE, PTE.  

53.00  

105.00

9 RIO ESCONDIDO   32.00   53.0010 COL. 2 DE AGOSTO   168.00   168.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

11 COL. BOSQUE DE RIO ESCONDIDO   184.00   184.0011 EL ENCINO Y CHAMIZAL   37.00   95.0013 COL. LOS MONTEROS   37.00   47.0013 COL. EL JARDIN   42.00   47.0014 COL. QUINTAS 57   7.00   21.0015 COL. AEROPUERTO   74.00   105.0016 COL. GRANJAS LAS VILLAS   21.00   26.0017 COL. VIDAURRI   26.00   32.0018 COL. BARBOZA   7.00   11.0019 COL. LAS PRADERAS   42.00   53.0020 C.F.E. (OFICINAS CARBON I Y II)   179.00   210.0021 CARR. 57 KM. 21   50.00   200.0022 COL. GRANJAS SAN JORGE   16.00   21.0023 COL. GRANJAS AURORA   11.00   16.0024 MICARE (OFICINAS Y TALLERES)   179.00   210.0025 COL. GRANJAS AEROPUERTO   21.00   26.0026 COL. LA SAUCEDA   74.00   74.0027 COL. EJIDO NAVA   21.00   32.0028 COL. EJIDO EL AVILEÑO   32.00   37.0029 COL. EJIDO MOTA CORTADA   21.00   26.00

ZONA O SECTOR COLONIAS, EJIDOS Y COMUNIDADES

VALOR MINIMO

VALOR MÁXIMO

POR M2 $ POR M2 $30 COL. EJIDO RIO ESCONDIDO   21.00 32.0031 COL. LAZARO CARDENAS   74.00 89.0033 COL. GRANJAS EL ROSARIO   26.00 32.0035 COL. SANTO DOMINGO   11.00 16.0036 FRACC. HAUSMAN   11.00 13.0037 COL. PLAN DE GUADALUPE (EJ. V.F.)   16.00 42.00  AREA PARCELADA PLAN DE GPE.   11.00 42.00

38 COL. PLAN DE AYALA ( EJ. V.F.)   32.00 42.0039 CAMPESTRE SANTA CLARA   11.00 13.0040 RINCON DE LOS VIEJOS (M17-35)   11.00 13.0041 V. CARRANZA OTE. (EJ. V. F. )   68.00 105.0042 RINCON DE LOS VIEJOS (M01-20)   11.00 13.0043 COMPOSITORES MEXICANOS   210.00 210.0044 OJO DE AGUA SANTA LUCIA   32.00 32.0045 EL FENIX   5.00 16.0046 FRACCIONAMIENTO CAMINO REAL   168.00 168.00

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

47 EJIDO SAN RAMÓN   5.00 42.0048 EJIDO EL ENCINO-PARCELAS   42.00 84.0049 FRACC. LOS MANANTIALES   168.00 168.0050 FRACC. EL SOL   58.00 74.00

51FRACCIONAMIENTO CAMPESTRE PALO BLANCO   42.00 53.00

52 PARCELAS SUBVIDIDAS EJIDO AVILEÑO   5.00 16.0053 VALLE SAN AGUSTÍN   11.00   21.00

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas      rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías.       15%INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado       50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto        al terreno es satisfactoria.       0%POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al      uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  menor de 7.00 m.       42%POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.       45%

TABLA DE INCREMENTOS POR UBICACIÓNAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

INCREMENTO POR ESQUINACOMERCIAL DE PRIMER ORDEN 20%COMERCIAL DE SEGUNDO ORDEN       15%NO COMERCIAL       10%Estos incrementos se calcularan en relación con el valor menor de las  calles en donde está situado el lote.        

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

   HABITACIONAL MODERNA  

POPULAR 1,000.00ECONOMICO 1,890.00MEDIANO 2,780.00BUENO 3,470.00LUJOSA 5,300.00HABITACIONAL COMBINADO O MIXTO  

  2,100.00HABITACIONAL ANTIGUA  

1 1,050.002 1,470.003 1,790.00

LOCALES COMERCIALES  ECONOMICO 2,100.00MEDIANO 2,840.00BUENO 3,990.00

EDIFICIOSHASTA 6 NIVELES 5,040.00MAS DE 6 NIVELES 5,250.00

INDUSTRIALES Y ESPECIALESNORMAL 2,940.00BUENA 3,360.00

FRIGORIFICOS  4,200.00

CINES Y TEATROS  5,040.00ADICIONES

PORTICO Y COBERTIZO 1,050.00BANQUETAS 320.00

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACIONDEMERITO

 NUEVO 0%

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

BUENO 15%REGULAR 25%MALO 35%RUINOSO 100%

TABLA DE VALORES PREDIOS RUSTICOS

  CLASIFICACION DEL TERRENO VALOR UNITARIO  POR HECTAREAC1 TERRENO ZONA INDUSTRIAL 31,500.00

H1 HUERTAS EN DESARROLLO 16,800.00

H2 HUERTAS EN PRODUCCION 26,250.00

H3 HUERTAS EN DECADENCIA 13,650.00

R1 RIEGO POR GRAVEDAD 14,700.00

R2 RIEGO POR BOMBEO 11,240.00

R3 MEDIOS RIEGOS (HUMEDAD) 6,300.00

T1 TEMPORAL DE PRIMERA 4,940.00

T2 TEMPORAL DE SEGUNDA 4,200.00

T3 TEMPORAL DE TERCERA 3,470.00

A1 AGOSTADERO DE PRIMERA 2,470.00

A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA 2,310.00

A3 AGOSTADERO DE TERCERA 1,680.00

A4 AGOSTADERO DE CUARTA   1,000.00TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

CONCEPTO INCREMENTO % DEMERITO %

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms.   20    VIAS DE COMUNICACIÓN        ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms.   20    DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms.   30    

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

DE ESTACION DE FERROCARRIL   10    DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA       10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA        SIN CAMINO DE ACCESO       20AGRICOLA USO POTENCIAL        I. AGRICOLA MUY INTENSA   20    II. AGRICOLA INTENSA   10    III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA       10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE       20ARIDEZ Y SEQUIA PROLONGADA       0 A 30TOPOGRAFIA        a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%        b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%       10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

APLICACIÓN DE CAUDALES ACUIFEROSHORAS AGUA / AGUA RODADA

LITROS POR SEGUNDO VALOR CATASTRALHORA / AGUA

   0 A 50 2,310.00

51 A 100 3,050.00101 A 150 3,890.00

151 EN ADELANTE   4,940.00

ARTÍCULO DÉCIMO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Parras, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE PARRAS, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2    $   $

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

1 38 3532 38 6453 97 4014 97 182

5 FRACC. RINCÓN DEL MONTERO 645 645

POBLADOS EJIDALES FUERA 14 

14DEL PERÍMETRO URBANOPOBLADO PARRAS ZONA 2

24 

24CARRETERA A GRAL. CEPEDA  

BUENA FE 38   38COLONIA ESMERALDA 97   97

LUIS DONALDO COLOSIO 97   97ROGELIO MONTEMAYOR 97   97

BARRIO DE BOCAS 38   38

BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA

97   97

SANTA ISABEL Y SAN CARLOS 14   14

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  al terreno es satisfactoria.    0%POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  menor de 7.00 m.   42%

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

    MAXIMOPOPULAR 608ECONOMICO 852MEDIANO 1,216BUENO 1,580RESIDENCIAL 2,431

HABITACIONAL ANTIGUAPOPULAR   510ECONOMICO 852MEDIANO   1,094

LOCALES COMERCIALESECONOMICO 839MEDIANO 996BUENO   1,338

INDUSTRIALES Y ESPECIALESNORMAL   1,702BUENA   2,334

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION.

CLASIFICACION %NUEVO   0BUENO 15

REGULAR 25MALO 35

RUINOSO   100

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

   VALOR

UNITARIO

CLAVE CLASIFICACION DEL TERRENOPOR

HECTAREAH1 HUERTAS EN DESARROLLO       $ 45,703 H2 HUERTAS EN PRODUCCION     $ 73,494 H3 HUERTAS EN DECADENCIA     $ 34,642 R1 RIEGO DE GRAVEDAD     $ 28,686 R2 RIEGO DE BOMBEO     $ 25,404 R3 MEDIOS DE RIEGO     $ 14,465 B1 BOSQUES VIRGENES     $ 12,884 B2 BOSQUES EN EXPLOTACION     $ 10,939 B3 BOSQUES EXPLOTADOS     $ 8,682 T1 TEMPORAL DE PRIMERA     $ 9,116 T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     $ 7,293 T3 TEMPORAL DE TERCERA     $ 5,956 A1 AGOSTADERO DE PRIMERA     $ 3,646 A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA     $ 2,917 A3 AGOSTADERO DE TERCERA     $ 2,310 A4 AGOSTADERO DE CUARTA     $ 1,701 A5 AGOSTADERO DE QUINTA     $ 548 E1 ERIAZOS         $ 268

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

APLICACIÓN DE CAUDALES ACUIFEROSHORAS AGUA / AGUA RODADA

  VALORLITROS POR SEGUNDO CATASTRAL

10 A 500 1,458501 A 1000 2,7351001 A 1500 3,647

1501 EN ADELANTE 548

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Piedras Negras, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE PIEDRAS NEGRAS, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

COLONIA O VALOR

SECTOR FRACCIONAMIENTO MINIMO Y MAXIMO

1

ISSSTE 370 370PALMAS I Y II 305 403INFONAVIT RIO GRANDE 305 333BUENA VISTA SUR 251 305DEL MAESTRO 307 471

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

EMILIO CARRANZA 145 305LOMAS DEL MIRADOR 145 305PRIVADA EL ANGEL 473 473REAL DEL NORTE 473 473

2

BUENA VISTA 305 305JUAREZ 250 305FSTSE 297 297LAS TORRES 172 172SAN LUIS 172 18828 DE JUNIO 324 324SUTERM Y AMP. SUTERM 278 278DEL VALLE (RESIDENCIAL) 278 278LOMA BONITA Y AMP. LOMA BONITA 420 420

  HACIENDA ESCONDIDA 441 441  LAS HUERTAS 441 441

3 NISPEROS 965 965BUENA VISTA NORTE 644 644

4

UGARTE 191 305HAROLD R. PAPE 805 805AMP. BUROCRATA 417 508LA TOSCANA 805 805

5

DELICIAS 193 272NUEVA AMERICANA 260 304SAN FELIPE 324 324PERIODISTAS 142 142AMP. DELICIAS 193 193EL PEDREGAL 362 362VALOR ZONA 183 183

6 CHAPULTEPEC 218 324AMPL. SAN FELIPE 324 324

7

NUEVA VISTA HERMOSA 266 305VISTA HERMOSA 224 305CENTRAL 179 250HIDALGO 151 196

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

8BUROCRATA 719 846MISION 581 581GONZALEZ 426 426ROMA 719 846

9

CROC I Y II 161 161

7 CASAS 161 161VALOR ZONA 138 138

10

PRESIDENTES Y AMP. PRESIDENTES 161 254RAMON BRAVO Y AMP. RAMON BRAVO 254 254EL CENTENARIO 254 254EXPRESIDENTES 267 267VALLE ORIENTE 254 254VALOR ZONA 73 73

11VILLA DE FUENTE 386 386VILLA CAMPESTRE 167 167FRACC. RINCON DEL RIO 386 386VALOR ZONA 183 183

12

GUILLEN 565 565ANDRES S. VIESCA 320 320LOMAS DEL NORTE 240 312PARQUE IND. AMISTAD 560 560PARQUE IND. P. NEGRAS 533 533PARQUE IND. RIO GRANDE 533 533ESFUERZO NACIONAL 321 321TECNOLOGICO 802 962ARKANSAS TOWN HOUSE 419 419FOVISSSTE 333 333

DOÑA PURA I, II Y III 312 312LAS CANTERAS 840 840VILLA REAL 300 384

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

AMPL. VILLA REAL 315 404LA RETAMA 840 840VALOR ZONA 473 473

13

FRANCISCO I. MADERO 152 456MALVINAS 92 220LA ESPERANZA 92 92SANTA MARIA 92 92EL NOVAL 152 152FRACC. RUBEN MOREIRA 363 363

14 CENTRO 152 69315 CENTRO HISTORICO 693 1045       

16

MORELOS 179 250AMERICANA 179 250FRANCISCO VILLA 209 209BRAVO 161 269BUENOS AIRES 209 209

17

SAN JOAQUIN 188 233LOS ESPEJOS 324 324HUMBERTO URIBE 176 176LOS COMPADRES 300 300VALOR ZONA 122 122VALOR ZONA 142 142VALOR ZONA 87 87

18

ALTAMIRA 216 254LUIS DONALDO COLOSIO 111 111FRACC. SAN RAMON 254 254PARQUE IND. AEROPUERTO 533 533VALOR ZONA 221 221

19 ZONA ROJA 533 533PARQUE IND. DEL NORTE 533 533

20

LAS FUENTES 1026 1207PRIVADA BUGAMBILIAS 832 832PRIVADA MARGARITAS 832 832COUNTRY HOUSE Y AMP. 540 540

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

SAN PEDRO 229 304CAMPO VERDE 330 330SAN JOSE 598 598PRIVADA LAS FUENTES 1026 1026ALAMOS 304 540VALOR ZONA 77 77

21 EJIDO EL MORAL 17 21EJIDO SAN ISIDRO 17 21

22LOS DOCTORES 188 233HIJOS DE VETERANOS 158 221RIO ESCONDIDO 304 633VALOR ZONA 122 122

23 RIO BRAVO 330 33024 CUMBRES 313 360

25

DIVISION DEL NORTE 152 213LAZARO CARDENAS 152 213AMP. LAZARO CARDENAS I Y II 117 152MARAVILLAS 250 250EMILIANO ZAPATA 139 202DOÑA IRMA Y AMP. DOÑA IRMA 363 363PIEDRAS NEGRAS 2000 152 152

       

26LOS MONTES II, III, IV Y V 360 360TIERRA Y ESPERANZA, II Y AMP. 152 174EL EDEN 68 182VALLE DEL NORTE Y AMP. V DEL NTE. 289 363LAS AMERICAS 68 68DOÑA ARGENTINA 174 363LA HACIENDA 118 241HACIENDA DE LUNA 300 300PRIVADA NORA 152 152VALOR ZONA 77 77

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

VALOR ZONA 61 61QUINTA ANDA LUCIA 118 241

27COLINAS 311 311COLINAS (RESIDENCIAL) 594 594SECCION V 347 347DEPORTIVO 311 311

28PRIVADA BLANCA Y AMP. P. BLANCA 403 403DON ANTONIO 339 339

29 LOS PINOS 61 121

30

VALLE ESCONDIDO 233 233SAN ANSELMO Y AMP. SAN ANSELMO 289 289LA LAJA 151 151LOMAS DE LA VILLA 304 304PRIVADA LOS ENCINOS 399 399PRIVADA EL NOGALAR 473 473LOMAS DE LA VILLA (BUSSINES PARK) 304 304PRIVADA PORTAL DEL VALLE 497 497FRACC. RINCON DEL BOSQUE 116 189

31MAGISTERIAL SECCION V 2 350 350HACIENDA LAS TINAJAS 350 350REPUBLICA 229 229

  LAS MUSAS 368 368

32

LA CONSTANCIA 176 176VILLAS DEL CARMEN 352 360ALAMILLOS 456 456AÑO 2000 y AMP. AÑO 2000 305 360ACOROS 305 363JACARANDAS 305 363VALLE DE LAS FLORES 360 360VALOR ZONA 122 122VALOR ZONA 145 145

33 EJIDO PIEDRAS NEGRAS 125 159GOBERNADORES 150 150

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

PIEDRA ANGULAR 112 112NUEVA REPUBLICA 106 23024 DE AGOSTO y AMP. 24 DE AGOSTO 195 230

       

34

NUEVA IMAGEN y AMP. NUEVA IMAGEN 68 182EL CENIZO 68 68VILLA FONTANA 300 300RAMOS ARIZPE 68 68LOS LAURELES 384 384

35

GUADALUPE 229 229VALLE REAL y AMP. VALLE REAL 399 399PRIVADA PLAZA REAL 399 399FRACC. LOS ARCOS 305 399VALOR ZONA 61 61

36 DEL LAGO 840 840

37 EJIDO CENTINELA 7 7EJIDO LA NAVAJA 8 8

38FRACC. VILLA DE HERRERA Y AMPL. 420 420

39 EJIDO VILLA DE FUENTE 75 7540 COMPOSITORES MEXICANOS 456 456

41

LAS PALMAS CAMPESTRE 23 23EL PARAISO CAMPESTRE 23 23LAS PLAYAS CAMPESTRE 23 23EL OASIS 23 23SAN CARLOS CAMPESTRE 23 23SANTA MARIA CAMPESTRE 23 23

NOTA: PARA LA APLICACIÓN DE LOS VALORES CATASTRALES SOLAMENTE SE INSERTARA EN EL SISTEMA CATASTRAL EL MINIMO O EL MAXIMO, LOS PREDIOS REGISTRADOS EN EL PADRON CATASTRAL NO PODRAN CONTENER VALORES INTERMEDIOS O FUERA DE LOS VALORES QUE ESTABLECE ESTA TABLA DE VALORES PARA EL EJERCICIO 2015.

TABLA DE TERRENO URBANO

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

VIALIDADES

VIALIDADES DE HASTARANGO DE VALOR

M2 MÍNIMO MÁXIMO

Adolfo López Mateos Anahuac Román Cepeda 1134 1306Amp. Blvd. República Román Cepeda Blvd. República 656 1092

Amp. Blvd. RepúblicaCarretera a Cd. Acuña

Camino viejo al Moral 219 437

Ampl. Manuel Perez Treviño

Blvd. Eliseo Mendoza B. Libramiento Sur 341 341

Av. 16 de septiembre Periodistas Román Cepeda 1020 1207

Av. Durango  Lib. Manuel Pérez Treviño Av. Martínez 219 437

Av. Heroico Colegio Militar Periodistas Román Cepeda 971 1149Av. Juan Pablo II Blvd. República Blvd. Mar Muerto 437 546Av. Martínez y Guadalupe Román Cepeda

Lib. Manuel Pérez Treviño 307 668

Av. Tecnológico Juan de la Barrera Blvd. República 962 962Blvd. Armando Treviño

Lib. Manuel Pérez Treviño Blvd. República 456 771

Blvd. Armando Treviño Republica Mar Muerto 380 456Blvd. Eliseo Mendoza B. Industrial

Lib. Manuel Pérez Treviño 1348 1518

Blvd. Eliseo Mendoza B. Vías FFCC Blvd. República 437 656Blvd. Fausto Z. Martinez Netzahualcoyotl

Blvd. Eliseo Mendoza B. 273 437

Blvd. Juan de la Barrera Mocanero Col. Cumbres 380 456

Blvd. Mar de Cortez Av. Juan Pablo II Blvd. Armando Treviño 380 456

Blvd. Mar Muerto Av. Juan Pablo II Blvd. Armando Treviño 380 456

Blvd. RepúblicaLib. Manuel Pérez T.

Blvd. Fidel Villarreal 765 983

Blvd. RepúblicaBlvd. Fidel Villarreal Av. Tecnológico 765 983

Blvd. República Av. TecnológicoBlvd. Armando Treviño 771 771

Blvd. RepúblicaBlvd. Armando Treviño

Blvd. Eliseo Mendoza B. 273 546

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

Blvd. Villa de Herrera Av. Juan Pablo II Blvd. Armando Treviño 380 456

Carretera 57  Lib. Manuel Perez Treviño Vías FFCC 601 710

Emilio Carranza Anahuac Román Cepeda 1195 1428

Fidel VillarrealLib. Manuel Perez Treviño Calle Novel 434 1012

Lázaro Cárdenas Román Cepeda Industrial 1238 1518Lib. Manuel Pérez Treviño Román Cepeda

Blvd. Fidel Villarreal 546 983

Lib. Manuel Pérez Treviño

Blvd. Fidel Villarreal

Blvd. Eliseo Mendoza B. 710 983

Lib. Venustiano Carranza

Carretera a Guerrero

Lib. Fausto Z. Martínez 33 656

Morelos Villa de Fuente Vías FFCC

Allende Sec. Villa deFte. 556 641

Progreso   Roman Cepeda San Luis 710 819Progreso   San Luis Nuevo Leon 819 1038

Román Cepeda 16 de SeptiembreAv. Emilio Carranza 929 1092

Román Cepeda 16 de SeptiembreAmp. Blvd. República 437 656

Román CepedaAmpl. Blvd. Republica Calle del Olvido 219 328

San Luis 16 de SeptiembreAv. Emilio Carranza 939 1025

Blvd. Fausto Z. Martinez   Netzahualcoyotl

Puente Internacional 437 437

Prol. CentenarioLib. Venustiano Carranza Carretera 57 656 656

Juan de la Barrera Mocanero Av. De Las Flores 381 456Prof. Humberto Moreira

Carretera a cd. Acuña

Estados Unidos Mexicanos 142 219

Montes de Oca

Av. Coronel Fructuoso G. Zuazua

Ampl. Blvd. Republica 182 328

Niños Heroes de Chapultepec

Av. Coronel Fructuoso G. Zuazua

Ampl. Blvd. Republica 182 328

Av. Coronel Fructuoso G. Zuazua Lic. Carlos Juaristi

Ampl. Blvd. Republica 164 273

Av. Miguel Garza Roman Cepeda Anahuac 219 437

Ampl. RepublicaCamino Viejo al Moral

Padre de las Casas 164 546

Callejon Las Tinajas Blvd. Republica Derecho de via 164 765

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

de C.F.E.

Mar Muerto   Juan Pablo IICallejon Las Tinajas 164 456

Calle Novel   Juan Pablo IIBlvd. Fidel Villarreal 546 1062

Rio Orinoco   Roman Cepeda Durango 328 929

Lazaro BenavidesBlvd. Eliseo Mendoza Berrueto

Lib. Fausto Z. Martinez 968 546

Rio Lerma   Lazaro BanavidesLib. Fausto Z. Martinez 273 306

Av. Rio Nilo   Lazaro BanavidesLib. Fausto Z. Martinez 273 306

Severino Calderon Rio LermaLib. Fausto Z. Martinez 296 328

Prol. De la Fuente Blvd. Republica Calle Terminal 386 546

Roman CepedaAv. Emilio Carranza Lazaro Benavides 971 1092

Av. Los Montes Roman Cepeda Sierra de la Encantada 328 437

Fco. N. Garcia Lazaro BanavidesLib. Fausto Z. Martinez 306 437

VIALIDADES DE HASTARANGO DE VALOR

M2 MÍNIMO MÁXIMO

Juan de la BarreraLib. Manuel Perez Treviño Cumbres Urales 456 771

Progreso o R. de los Santos - De la Fuente Nuevo Leon Ocampo 765 765Prolongacion Alejo Gonzalez   Colegio Militar 16 de Septiembre 677 677Avenida las Americas Av. Industrial Durango 983 983

Boulevard Centenario Rio Escondido Venustiano Carranza 158 158

TABLA DE DEMERITOS E INCREMENTOS DE TERRENO

DEMERITOS    POR SU TOPOGRAFIA    

  ACCIDENTADO    -25%  

CONDICIONES GEOMETRICASIRREGULAR EXCESO EXCESO

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

    FONDO SUPERFICIE-25% -30% -15%

POR SU LOCALIZACION

INTERIOR PRIVADAZONA ALTO

RIESGO-50% -50 -50%

DESARROLLADORES DE FRACCIONAMIENTOS -50%INCREMENTOS

POR SU LOCALIZACION EN ESQUINACOMERCIAL +20%

RESIDENCIAL +15%* Por los primeros 400 m2

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

 

HABITACIONAL MODERNA    1.POPULAR 1672  2.ECONOMICO 3136  3.MEDIANO 5299  4.DE CALIDAD 6569  5.DE LUJO 8075  HABITACIONAL ANTIGUA    1.POPULAR 1257  2.ECONOMICO 2004  3.MEDIANO 3918  COMERCIAL    1.ECONOMICO 2914  2.MEDIANO 3834  3.DECALIDAD 5086  4.EDIFICIOS 6337  6.ANTIGUO 2498  INDUSTRIALES Y ESPECIALES  1.LIGERO 2146  2.MEDIANO 3221  3.PESADO 4296  4.COBERTIZO 772  ESPECIALES  1.CINES O TEATROS 7998  2.GASOLINERAS 4792  3.ESTADIOS 4499  4.ESTACIONAMIENTOS 354  5.ALBERCAS 958  6.IGLESIAS 2330  7.ESCUELAS 2452

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

  8. BODEGAS 3761

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION.

CLASIFICACION %NUEVO 0BUENO 15

REGULAR 25MALO 35

RUINOSO 100

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

CLAVE CLASIFICACIÓN DEL TERRENOVALOR

UNITARIO POR HA.

H1HUERTAS EN DESARROLLO

31,437

H2HUERTAS EN PRODUCCION

47,155

H3HUERTAS EN DECADENCIA

25,151

R1 RIEGO DE GRAVEDAD 31,437

R2 RIEGO DE BOMBEO 25,151

R3MEDIOS RIEGOS (HUMEDAD)

12,576

T1TEMPORALES DE PRIMERA

7,861

T2TEMPORALES DE SEGUNDA

6,290

T3TEMPORALES DE TERCERA

5,659

A1AGOSTADEROS DE PRIMERA

4,128

A2AGOSTADEROS DE SEGUNDA

2,750

A3AGOSTADEROS DE TERCERA

2,202

A4AGOSTADEROS DE CUARTA     1,64

9

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOS APLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

CONCEPTO %INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Sacramento, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE SACRAMENTO, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

    $   $1 12.76 71.462 12.76   71.46

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  al terreno es satisfactoria.    0%POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  menor de 7.00 m. 42%POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

TABLA DE INCREMENTOS POR UBICACIÓNAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

INCREMENTO POR ESQUINACOMERCIAL DE PRIMER ORDEN 20%COMERCIAL DE SEGUNDO ORDEN   15%NO COMERCIAL     10%Estos incrementos se calcularan en relación con el valor menor de las calles en donde está situado el lote.    

TABLA DE DEMERITO POR EXCESO DE SUPERFICIEDE 0 A 500 M2 5%DE 501 A 1000 10%

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

DE 1001 A 2500 15%DE 2501 A 5000 20%

5001 EN ADELANTE 25%

  HABITACIONAL  ECONOMICO 915.74POPULAR 1,266.72MEDIANO 2,532.80   

 HABITACIONAL

ANTIGUA  ECONOMICO 352.89POPULAR 703.87MEDIANO   1,056.13

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION DEMERITONUEVO 0 %BUENO 15%REGULAR 25%MALO 35%RUINOSO     100%

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIOCLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREA

H1 HUERTAS EN DESARROLLO     21,106.50H2 HUERTAS EN PRODUCCION     35,177.50H3 HUERTAS EN DECADENCIA     10,342.98R1 RIEGO POR GRAVEDAD     8,795.48R2 RIEGO POR BOMBEO     7,176.54R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD)     4,011.36T1 TEMPORAL DE PRIMERA     2,392.38T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     1,829.54T3 TEMPORAL DE TERCERA     1,266.71A1 AGOSTADERO DE PRIMERA     1,688.53

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA     985.29A3 AGOSTADERO DE TERCERA     844.26A4 AGOSTADERO DE CUARTA     634.32E1 ERIAZO         56.79

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

APLICACIÓN DE CAUDALES ACUIFEROSHORAS AGUA / AGUA RODADA

  VALOR CATASTRALLITROS POR SEGUNDO HORA/AGUA

  151 A 400   844.26

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de San Juan de Sabinas, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DESAN JUAN DE SABINAS, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA O SECTORVALOR MÍNIMO

POR M2 $VALOR MÁXIMO POR

M2 $

NUEVA ROSITA1 147.87 234.912 167.86 695.413 113.56 113.564 112.18 112.735 267.72 695.416 332.58 333.387 157.07 695.418 133.86 491.309 80.62 129.69

10 54.01 54.0111 695.41 695.4112 88.13 88.1313 35.56 695.4114 85.90 85.5615 97.11 97.1116 46.77 180.8017 80.52 80.5218 54.01 109.2619 109.26 109.2620 109.26 109.26

SAN JUAN DE SABINAS1 52.87 104.43

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  al terreno es satisfactoria.    0%POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  menor de 7.00 m. 42%POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNA    MAXIMOPOPULAR 1,180.60ECONOMICO 1,986.87MEDIANO 2,332.42BUENO 2,695.74LUJO 3,426.63

HABITACIONAL COMBINADO  2,332.42

HABITACIONAL ANTIGUAPOPULAR 1,079.80ECONOMICO 1,526.13MEDIANO 2,159.63

COMERCIALESPOPULAR 1,612.53ECONOMICO 1,987.08MEDIANO 2,519.58BUENO 2,879.53

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

LUJO 3,426.63COMBINADO O MIXTO 1,612.53

INDUSTRIALESPOPULAR 1,987.08ECONOMICO 2,519.58MEDIANO 3,052.30BUENO 4,273.21

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION %NUEVO   0BUENO 15

REGULAR 25MALO 35

RUINOSO   100

INCREMENTO POR ESQUINACOMERCIAL DE PRIMER ORDEN 20%COMERCIAL DE SEGUNDO ORDEN   15%NO COMERCIAL     10%Estos incrementos se calcularan en relación con el valor menor de las calles en donde está situado el lote.    

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

CLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO VALOR UNITARIO POR HECTÁREA

H1 HUERTAS EN DESARROLLO 8,904.98H2 HUERTAS EN PRODUCCION 12,143.16H3 HUERTAS EN DECADENCIA 6,476.34

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

R1 RIEGO POR GRAVEDAD 8,755.19R2 RIEGO POR BOMBEO 7,004.17R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD) 3,775.67B1 BOSQUE VIRGEN 1,942.88B2 BOSQUE EXPLOTACION 1,457.14B3 BOSQUE EXPLOTADO 777.14T1 TEMPORAL DE PRIMERA 4,282.78T2 TEMPORAL DE SEGUNDA 3,438.08T3 TEMPORAL DE TERCERA 3,084.53A1 AGOSTADERO DE PRIMERA 3,366.05A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA 2,917.25A3 AGOSTADERO DE TERCERA 2,480.14A4 AGOSTADERO DE CUARTA 1,276.05E1 ERIAZO 489.59

COMUNICADES EJIDALESCE SANTA MARÍA 31.50CE SANTA ISABEL 31.50CE SAUCEDA DEL NARANJO 31.50CE ZARAGOZA 31.50

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

CONCEPTO %INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A   10

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

INTENSAVI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%   20

APLICACION DE CAUDALES ACUIFEROSLITROS / SEGUNDO

LITROS POR SEGUNDO VALOR CATASTRAL

10 A 500 848.83 501 A 1000 848.831001 A 1500 1,296.46

1501 EN ADELANTE 1,730.33

ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de San Pedro, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2    $   $

1 39.00 413.002 44.00 725.003 62.00 413.004 35.00 413.00

COLONIA VALOR POR M2COL. RAÚL GÁMEZ ESPINOZA 83.00COL. ELISEO MENDOZA BERRUETO 83.00COL. LAS PALMAS 166.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

COL. BURÓCRATAS MUNICIPALES 166.00COL. ALTAMIRA 144-104

POBLADOS, EJIDOS Y CONGREGACIONES

EJIDO POBLADO EN GENERAL

FRENTE A CARRETERA INTERIOR

AGUA NUEVA $ 79.00        ALEJANDRIA $ 16.00      ALTAMIRA $ 42.00      BENAVIDES $ 16.00      BOLIVAR $ 21.00      CLETO $ 16.00      EL ANCORA $ 79.00      EL NILO $ 21.00      EL PORVENIR $ 26.00      EL VENADO $ 21.00      FRONTERA $ 21.00      GATAS MOCHAS $ 21.00      IGNACIO ZARAGOZA $ 21.00      MA. MORELOS Y PAVON $ 16.00      LA CANDELARIA $ 16.00      LA CAROLINA $ 21.00      LA ESTRELLA Y LA BARCA $ 16.00      LA LUZ $ 16.00      LAS HABAS $ 16.00      MAYRAN $ 21.00      PATROCINIO $ 26.00      PROGRESO $ 16.00      REYNOSA $ 16.00      FLORES MAGON $ 16.00      SAN ANTONIO GURZA $ 26.00      SAN ESTEBAN $ -   $ 21.00   $ 16.00 SAN FELIPE $ 21.00      SAN IGNACIO I $ 26.00      SAN IGNACIO II $ 26.00      SAN ISIDRO $ 16.00      SAN MARCOS $ 16.00      SAN MIGUEL $ -   $ 26.00   $ 21.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

SAN NICOLAS $ 16.00      SAN PABLO $ 21.00      SAN PATRICIO $ 21.00      SAN PEDRO $ 42.00      SAN RAFAEL DE ABAJO $ 21.00      SANTA BRIGIDA $ 16.00      SANTA RITA $ 16.00      SANTA SOFIA DE ABAJO $ 21.00      SANTA EULALIA $ 16.00      SANTA ELENA $ 16.00      SANTIAGO $ 16.00      SANTO TOMAS $ 16.00        TACUBA $ 21.00        

POBLADOS, EJIDOS Y CONGREGACIONES

EJIDO POBLADO EN GENERAL

FRENTE A CARRETERA INTERIOR

TEBAS Y PALMIRA $ 21.00        TRIANGULO $ 16.00        VALPARAISO $ 42.00        TACUBAYA I (SAN JOSE DE LOS ALAMOS) $ -   $ 21.00   $ 16.00 TACUBAYA II $ -   $ 21.00   $ 16.00 NUEVA CANDELARIA $ 26.00        20 DE NOVIEMBRE $ 26.00        ALGORTA (1° DE MAYO) $ 21.00        ALEJO GONZALEZ $ 16.00        ALBIA $ 16.00        AQUILES SERDAN $ 16.00        CONCORDIA $ -   $ 32.00   $ 26.00 EL ESTRIBO $ 16.00        EL OASIS $ 16.00        EL RETIRO $ -   $ 21.00   $ 16.00 DOROTEO ARANGO $ 16.00        GABINO VAZQUEZ $ 16.00        LA ESPERANZA $ 16.00        LA FE $ 16.00        LA ROSITA $ -   $ 32.00   $ 26.00 LA VICTORIA $ 16.00        LAGOS DE MORENO $ 16.00        

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

LAZARO CARDENAS $ -   $ 42.00   $ 32.00 LUCHANA $ -   $ 26.00   $ 21.00 LOS GAVILANES $ 16.00        NUEVO MUNDO $ 16.00        PURISIMA DE RUBIO $ 16.00        SAN FRANCISCO DE ARRIBA $ 16.00        SAN FRANCISCO DE LA FE $ 16.00        SAN FRANCISCO DE GURZA $ 21.00        SAN LORENZO $ -   $ 26.00   $ 21.00 SAN LUIS DE GURZA $ 21.00        SAN RAFAEL DE ARRIBA $ 16.00        SANTA ANA $ 16.00        SANTA MONICA $ 21.00        SOFIA DE ARRIBA $ 16.00        URQUIZO $ -   $ 32.00   $ 26.00 VEGA LARGA $ 16.00        VIDA NUEVA $ 26.00        AGUIRRE $ 16.00        CANDELARIA DEL VALLE $ 16.00        EL PINTO $ 16.00        EL RAYO $ 16.00        ELISEO MENDOZA $ 16.00        LA JOCOCA $ 16.00        

POBLADOS, EJIDOS Y CONGREGACIONES

EJIDO POBLADO EN GENERAL

FRENTE A CARRETERA INTERIOR

MARGARITAS DEL NORTE $ 16.00      LAS MARGARITAS $ 16.00        MALA NOCHE Y ARRACADAS $ 16.00        MENFIS II $ -        LA PALMA $ 16.00        NUEVO SAN PEDRO $ 42.00        NUEVO SAN PABLO $ 16.00        NUEVA VICTORIA $ 16.00        NUEVO DELICIAS $ 16.00        NUEVO SAN IGNACIO $ 16.00        NUEVO SAN JUAN $ 16.00        PUERTO DE VENTANILLAS $ 16.00        

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

RINCON DE GARCIA $ 16.00        SAN FRANCISCO DEL VALLE $ 16.00        

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas    rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías.   15%INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado     50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto    al terreno es satisfactoria.       0%POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al    uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  menor de 7.00 m.     42%POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.     45%

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCIÓN

HABITACIONAL    MAXIMOMARGINADA 567.00POPULAR 1,888.00MEDIA 2,454.00MEDIA ALTA 3,114.00ALTA 3,683.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

LUJO 4,247.00HABITACIONAL ANTIGUA

ECONOMICA 755.00MEDIA 1,414.00BUENA 2,360.00

COMERCIAL Y DE SERVICIOSECONOMICA 1,320.00MEDIA 2,077.00BUENA 4,247.00

INDUSTRIAL Y TECHUMBRESADAPTADA 565.00ECONOMICA 1,134.00MEDIA 1,511.00BUENA   2,077.00

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIÓNAPLICABLE A LOS VALORES DE CONSTRUCCIÓN

CLASIFICACION %NUEVO   0BUENO   15

REGULAR   25MALO   35

RUINOSO   100

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RÚSTICOS

CLAVE CLASIFICACIÓN DEL TERRENO VALOR UNITARIO POR HECTAREA

H1 HUERTAS EN DESARROLLO   16,780.05H2 HUERTAS EN PRODUCCION   22,586.55H3 HUERTAS EN INICIACION (HASTA 5 AÑOS)   11,744.25H4 HUERTAS EN DECADENCIA   11,744.25R1 RIEGO POR GRAVEDAD     16,780.05R2 RIEGO POR BOMBEO     14,683.20R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD O ROTACION)     8,389.50  CULTIVABLES (SIN AGUA)     1,613.85

T1 TEMPORAL DE PRIMERA     3,774.75

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     2,833.95T3 TEMPORAL DE TERCERA     1,887.90A1 AGOSTADERO DE PRIMERA     1,415.40A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA     1,228.50A3 AGOSTADERO DE TERCERA     1,038.45A4 AGOSTADERO DE CUARTA     850.50E1 ERIAZO         105.00

TABLA DE VALORES DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RÚSTICOS

CONCEPTO %  INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms.   20  VIAS DE COMUNICACIÓN      ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms.   30  DE ESTACION DE FERROCARRIL   10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA     10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO     20AGRICOLA USO POTENCIAL      I. AGRICOLA MUY INTENSA   20  II. AGRICOLA INTENSA   10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA     10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE     20TOPOGRAFIA      a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%      b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%     10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%     20

ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Sierra Mojada, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE SIERRA MOJADA, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR O MINIMO   MAXIMO

SECTOR POR M2   POR M2    $   $

1 11.00 28.002 11.00 28.004 13.00 28.00

HABITACIONALHERCULES 110.00 110.00LA ENCANTADA 110.00 110.00LAGUNA DEL REY 110.00 110.00

FRACCIONAMIENTONUEVO POBLADO HABIT. 110.00 110.00NUEVO POBLADO BALDIO 42.00 42.00UNIDAD EMPLEADOS 166.00   166.00* Para los terrenos considerados de uso industrial el valor será de $22.00

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  al terreno es satisfactoria.    0%POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  menor de 7.00 m.   42%POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

TABLA DE INCREMENTOS POR UBICACIÓNAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

INCREMENTO POR ESQUINACOMERCIAL DE PRIMER ORDEN 20%COMERCIAL DE SEGUNDO ORDEN   15%NO COMERCIAL     10%Estos incrementos se calcularan en relación con el valor menor de las calles en donde está situado el lote.    

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNA    MAXIMOECONOMICO 1,116.00MEDIANO 1,575.00

HABITACIONAL ANTIGUAPOPULAR 984.00ECONOMICO 656.00MEDIANO   328.00

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION %NUEVO   0BUENO 15REGULAR 25MALO 35RUINOSO   100

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIOCLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREA

H1 HUERTAS EN DESARROLLO     12,396.00H2 HUERTAS EN PRODUCCION   15,564.00H3 HUERTAS EN DECADENCIA   11,015.00R1 RIEGO POR GRAVEDAD   9,641.00R2 RIEGO POR BOMBEO   8,264.00R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD)   4,821.00B1 BOSQUES VIRGENES   6,886.00B2 BOSQUES EN EXPLOTACION   5,509.00B3 BOSQUES EXPLOTADOS   2,342.00T1 TEMPORAL DE PRIMERA   3,168.00T2 TEMPORAL DE SEGUNDA   1,929.00T3 TEMPORAL DE TERCERA   1,653.00A1 AGOSTADERO DE PRIMERA   469.00A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA   235.00A3 AGOSTADERO DE TERCERA   194.00A4 AGOSTADERO DE CUARTA   125.00E1 ERIAZO         28.00

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOS APLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

CONCEPTO %INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20

TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

APLICACIÓN DE CAUDALES ACUIFEROSHORAS AGUA / AGUA RODADA

LITROS POR SEGUNDO VALOR CATASTRALHORA/AGUA

51 A 150 689.00

ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Villa Unión, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE VILLA UNION, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA O SECTORVALOR MÍNIMO

POR M2 $ 

VALOR MAXIMO POR M2 $

1 12.00 146.002 12.00 146.003 12.00 68.004 12.00 26.005 16.00   16.00

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITO

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

ACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas 15%rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías.INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a

50%ninguna de las calles que lo circundan o rodean en la manzana en que está ubicado  

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto 0%al terreno es satisfactoria.   POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al 42%uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente esmenor de 7.00 m. POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad

45%respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuandola relación entre la profundidad y el frente sea mayorde 3.5 veces.  

TABLA DE INCREMENTOS POR UBICACIÓNAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

INCREMENTO POR ESQUINACOMERCIAL DE PRIMER ORDEN 20%COMERCIAL DE SEGUNDO ORDEN   15%NO COMERCIAL     10%Estos incrementos se calcularan en relación con el valor menor de las calles en donde está situado el lote.    

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNA    MAXIMOPOPULAR 771.00ECONOMICO 1,709.00MEDIANO 2,523.00BUENO 3,223.00LUJOSA 4,678.00

HABITACIONAL COMBINADO  1,892.00

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

HABITACIONAL ANTIGUAPOPULAR 963.00ECONOMICO 1,261.00MEDIANO 1,709.00

LOCALES COMERCIALESECONOMICO 1,892.00MEDIANO 2,523.00BUENO 3,222.00

EDIFICIOSHASTA 6 NIVELES 40,936.90MAS DE 6 NIVELES 5,366.00

INDUSTRIALES Y ESPECIALESNORMAL 2,150.00BUENA 2,523.00

FRIGORIFICOS  3,222.00CINES Y TEATROS    4,736.00

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION %NUEVO   0%BUENO 15%

REGULAR 25%MALO 35%

RUINOSO   100%*Las construcciones en obra negra representan un 60% de su valor

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

CLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO VALOR UNITARIOPOR HECTAREA

H1 HUERTAS EN DESARROLLO     13,272.00

H2 HUERTAS EN PRODUCCION     23,006.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

H3 HUERTAS EN DECADENCIA     10,618.00

R1 RIEGO POR GRAVEDAD     8,841.00

R2 RIEGO POR BOMBEO     7,081.00

R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD)     3,537.00

T1 TEMPORAL DE PRIMERA     2,655.00

T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     1,766.00

T3 TEMPORAL DE TERCERA     1,388.00

A1 AGOSTADERO DE PRIMERA   2,523.00

A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA   1,892.00

A3 AGOSTADERO DE TERCERA   1,261.00

A4 AGOSTADERO DE CUARTA     815.00

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c) IRREGULARIDAD (FORMA)   10d). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

APLICACON DE CAUDALES ACUIFEROSHORAS AGUA / AGUA RODADA

LITROS POR SEGUNDO VALOR CATASTRAL      HORA/AGUA

10 A 50 539.00 51 A 150 780.00 151 A 400 1021.00 401 A 800    

801 A 1500    1,501 y /o más volumen  

ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Zaragoza, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE ZARAGOZA, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2    $   $1 47.00 265.002 47.00 265.003 47.00 265.004 47.00 265.005 23.00   24.006 93.00   164.007 49.00 51.008 24.00 51.00

EJIDOS SECTOR   VALOR CORTE NUEVO 17   14.00

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

EL PORVENIR Y CANAL 15 14.00EL REMOLINO 5 23.00ZARAGOZA 14 21.00MINERVA 16 14.00LA MAROMA 10 22.00PASO DEL TIO PIO 8 40.00SAN FERNANDO 13 21.00N.C.P. UNION DE PROD.    EN PEQUEÑO Y ANEXO    ZARAGOZA 9 11.00SANTA EULALIA 19 23.00EJIDO PROGRESO 11 Y 12 12.00EJIDO LA AGRICOLA 18 21.00FRACC. MIGUEL ORTIZ 23 66.00FRACC. LOS CHARLES 22 44.00COLONIA REPÚBLICA 21   30.00A las parcelas de los mencionados ejidos se les aplicarán los mismos valores que se aplican para predios rústicos.

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITO

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

NORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  al terreno es satisfactoria.    0%POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  menor de 7.00 m. 42%POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

  HABITACIONAL MODERNA      MAXIMOPOPULAR 891.00ECONOMICO 1,719.00MEDIANO 1,982.00BUENO 2,626.00LUJOSA 4,625.00

 HABITACIONAL

COMBINADO      1,816.00  HABITACIONAL ANTIGUA  

1   992.002 1,322.003   1,652.00

  LOCALES COMERCIALES  ECONOMICO 1,931.00MEDIANO 2,478.00BUENO   2,973.00  EDIFICIOS  HASTA 6 NIVELES 3,800.00MAS DE 6 NIVELES 4,956.00

 INDUSTRIALES Y

ESPECIALES  NORMAL   5,056.00BUENA   2,478.00  FRIGORIFICOS      2,973.00  CINES TEATROS  

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

    4,179.00

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION DEMERITONUEVO 0 %BUENO 15%REGULAR 25%MALO 35%RUINOSO     100%

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

CLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO VALOR UNITARIOPOR HECTAREA

H1 HUERTAS EN DESARROLLO     18,922.00H2 HUERTAS EN PRODUCCION     35,315.00H3 HUERTAS EN DECADENCIA     16,397.00R1 RIEGO POR GRAVEDAD     13,874.00R2 RIEGO POR BOMBEO     11,352.00R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD)     6,317.00B1 BOSQUES VÍRGENES     ------------B2 BOSQUES EN EXPLOTACIÓN     ------------B3 BOSQUES EXPLOTADOS     ------------T1 TEMPORAL DE PRIMERA     4,288.00T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     2,523.00T3 TEMPORAL DE TERCERA     2,029.00A1 AGOSTADERO DE PRIMERA     2,408.00A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA     1,376.00A3 AGOSTADERO DE TERCERA     1,147.00A4 AGOSTADERO DE CUARTA     859.00

* LOS RANCHOS QUE COLINDAN CON LA PRESA LA FRAGUA SE CLASIFICAN COMO ÁREARÚSTICA Y DEPORTIVA CON UN VALOR DE 6,880.00* LOS RANCHOS CINEGÉTICOS 2,408.00

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

* LA SERRANÍA SE CLASIFICA COMO AGOSTADERO DE TERCERA

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%     20

APLICACIÓN DE CAUDALES ACUIFEROSHORAS AGUA / AGUA RODADA

  VALOR CATASTRALLITROS POR SEGUNDO HORA/AGUA

  10 A 50     803.00  51 A 150   1,032.00

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

  151 A 400     1,376.00  401 A 800     2,064.00  801 A 1,500   3,302.00  1,501 EN ADELANTE   4,070.00

T R A N S I T O R I O S

ARTÍCULO PRIMERO. Las Tablas de Valores de Suelo y Construcción contenidas en el presente decreto regirán a partir del 1° de enero de 2015.

ARTÍCULO SEGUNDO. Publíquese el Decreto correspondiente en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a 15 de diciembre de 2014.

POR LA COMISIÓN DE FINANZAS DE LA LIX LEGISLATURA

NOMBRE Y FIRMA VOTO

Dip. José Luis Moreno AguirreCoordinador A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Fernando Simón Gutiérrez Pérez.Secretario A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Jorge Alanís Canales.A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Indalecio Rodríguez López.A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Simón Hiram Vargas Hernández.A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Norma Alicia Delgado Ortiz.A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Elvia Guadalupe Morales García. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

DICTAMEN de la Comisión de Finanzas de la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado, con relación al expediente formado con motivo de las adecuaciones que habrán de implementarse a los valores catastrales que sirven como base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria de los municipios de: Abasolo, Allende, Arteaga, Candela, Cuatro Ciénegas, Escobedo, Francisco I. Madero, General Cepeda, Hidalgo, Jiménez, Juárez, Lamadrid, Monclova, Ocampo, Progreso, Ramos Arizpe, Sabinas, San Buenaventura y Viesca del Estado de Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2015.

R E S U L T A N D O

PRIMERO. De conformidad con el marco jurídico estatal, el Código Municipal para el Estado del Coahuila de Zaragoza, en su: Artículo 102, Fracción V, numeral 8, señala que los municipios deberán “Proponer al Congreso del Estado las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, en los términos de las leyes fiscales y conforme a los principios de equidad, proporcionalidad y capacidad contributiva”.

Por otra parte, La Ley General de Catastro y la Información Territorial para el Estado de Coahuila de Zaragoza señala:

Artículo 28 “La Unidad y el Instituto formularan conjuntamente los proyectos de tablas de valores unitarios de suelo y construcción para el municipio de corresponda. Estos se elaborarán mediante los procedimientos técnicos y consideraciones administrativas, a fin de obtener en ellos un avalúo equitativo y proporcional de la propiedad inmueble…”

Artículo 30 “La Unidad y el Instituto deberán presentar al Ayuntamiento, de manera conjunta los proyectos de tablas de valores unitarios de suelo y de construcción conforme a esta ley…….Artículo 33 “El ayuntamiento, en el ámbito de su competencia y habiendo aprobado los proyectos definitivos correspondientes, propondrá a la legislatura del Estado, a más tardar el 31 de octubre de cada año con arreglo a la ley de acuerdo a los principios de equidad y proporcionalidad, las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones….”En caso de que al terminar el ejercicio fiscal de su vigencia, no se expidieren nuevas tablas, continuarán vigentes las anteriores y sus valores se incrementarán a partir del primero de enero de cada año, con el factor que el Congreso del Estado determine. En el caso de que el Congreso del Estado no determine factor alguno, los ayuntamientos actualizarán las tablas con el factor que resulte de dividir el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre del año inmediato anterior entre el citado índice del mes de noviembre del año anterior al señalado, hasta en tanto se expidan las procedentes.”

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SEGUNDO. Para dar cumplimiento a estas disposiciones, el Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, a través de la Comisión de Finanzas, ha dado continuidad a un programa con los municipios para definir los criterios proporcionales y equitativos aplicables para fijar la base de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, de conformidad con las disposiciones vigentes.

En este programa también participa el Instituto Coahuilense del Catastro y al Información Territorial como órgano de apoyo y asesoría necesaria.

Así dando cumplimiento a las disposiciones locales vigentes y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. Que entre las medidas que se adoptaron para cumplir con el objeto de la presentación de las Tablas de Valores Catastrales, se instalaron las Juntas Municipales Catastrales, se llevaron a cabo diversos trabajos técnicos, se elaboró un programa para la revisión de la actividad catastral y se establecieron criterios para la determinación de los Valores Catastrales.

SEGUNDO. Que en el caso de los municipios de: Abasolo, Allende, Arteaga, Candela, Cuatro Ciénegas, Escobedo, Francisco I. Madero, General Cepeda, Hidalgo, Jiménez, Juárez, Lamadrid, Monclova, Ocampo, Progreso, Ramos Arizpe, Sabinas, San Buenaventura y Viesca del Estado de Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2015, fueron recibidas en ciertos casos, en tiempo y forma por este Congreso del Estado, en virtud de que algunos Cabildos acordaron no incrementar sus Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción, otros rebasaron desproporcionalmente el índice inflacionario y otros Ayuntamientos autorizaron incrementos por debajo de éste.

TERCERO. Así mismo, para lograr una correcta aplicación de los valores catastrales de suelo y construcción 2015; y atendiendo a la observación del Instituto Coahuilense del Catastro y la Información Territorial, de que los Ayuntamientos deberán acatar los lineamientos establecidos por la Ley General del Catastro y la Información Territorial para el Estado de Coahuila de Zaragoza, con el fin de establecer un Sistema Estatal de Valuación, que permita una recaudación justa y equitativa, esta Comisión de Finanzas del Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, acordó lo siguiente.

Atendiendo a lo dispuesto en el Artículo 8 fracción I y al último párrafo del Artículo 33, de la Ley General del Catastro y la Información Territorial para el Estado de Coahuila de Zaragoza, y al Artículo 3 de la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza, que facultan a este H. Congreso del Estado a que se aplique la normatividad vigente, se autoriza otorgar un incremento del 4%, a los Valores Catastrales de las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y

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Construcción para los municipios de: Abasolo, Allende, Arteaga, Candela, Cuatro Ciénegas, Escobedo, Francisco I. Madero, General Cepeda, Hidalgo, Jiménez, Juárez, Lamadrid, Monclova, Ocampo, Progreso, Ramos Arizpe, Sabinas, San Buenaventura y Viesca del Estado de Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2015 y conforme a lo dispuesto a la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza; por lo que esta Comisión somete a su consideración el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

ARTÍCULO ÚNICO: Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción de los Municipios de: Abasolo, Allende, Arteaga, Candela, Cuatro Ciénegas, Escobedo, Francisco I. Madero, General Cepeda, Hidalgo, Jiménez, Juárez, Lamadrid, Monclova, Ocampo, Progreso, Ramos Arizpe, Sabinas, San Buenaventura y Viesca del Estado de Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2015

TRANSITORIOS

PRIMERO. Las Tablas de Valores de Suelo y Construcción de los municipios de: Abasolo, Allende, Arteaga, Candela, Cuatro Ciénegas, Escobedo, Francisco I. Madero, General Cepeda, Hidalgo, Jiménez, Juárez, Lamadrid, Monclova, Ocampo, Progreso, Ramos Arizpe, Sabinas, San Buenaventura y Viesca del Estado de Coahuila de Zaragoza, regirán a partir de 1° de enero de 2015.

SEGUNDO. Expídase el Decreto o Decretos correspondientes para su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, en la ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a 15 de diciembre de 2014.

POR LA COMISIÓN DE FINANZAS DE LA LIX LEGISLATURA

NOMBRE Y FIRMA VOTO

Dip. José Luis Moreno AguirreCoordinador A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Fernando Simón Gutiérrez Pérez.Secretario A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

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Dip. Jorge Alanís Canales.A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Indalecio Rodríguez López.A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Elvia Guadalupe Morales García.A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Norma Alicia Delgado Ortiz.A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Simón Hiram Vargas Hernández. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

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DICTAMEN de la Comisión de Finanzas de la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado, con relación al expediente formado con motivo de las adecuaciones que habrán de implementarse a los valores catastrales que sirven como base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria de los municipios de: Abasolo, Allende, Arteaga, Candela, Cuatro Ciénegas, Escobedo, Francisco I. Madero, General Cepeda, Hidalgo, Jiménez, Juárez, Lamadrid, Monclova, Ocampo, Progreso, Ramos Arizpe, Sabinas, San Buenaventura y Viesca del Estado de Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2015.

R E S U L T A N D O

PRIMERO. Que en atención a la reforma al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos aprobadas en Diciembre de 1999, se establecieron nuevas pautas para el desarrollo municipal, otorgándose a favor de los municipios mayores facultades para el cumplimiento de sus funciones en beneficio de su comunidad.

SEGUNDO. De conformidad con el marco jurídico estatal, el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza en su: Artículo 102, Fracción V, numeral 8, señala que los municipios deberán “Proponer al Congreso del Estado las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, en los términos de las leyes fiscales y conforme a los principios de equidad, proporcionalidad y capacidad contributiva”.

Por otra parte, La Ley General del Catastro y la Información Territorial para el Estado de Coahuila de Zaragoza señala:

Artículo 28 “La Unidad y el Instituto formularán conjuntamente los proyectos de tablas de valores unitarios de suelo y construcción para el municipio que corresponda. Estos se elaborarán mediante los procedimientos técnicos y consideraciones administrativas, a fin de obtener en ellos un avalúo equitativo y proporcional de la propiedad inmueble…”

Artículo 30 “La Unidad y el Instituto deberán presentar al Ayuntamiento, de manera conjunta los proyectos de tablas de valores unitarios de suelo y de construcción conforme a esta ley…”

Artículo 33 “El ayuntamiento, en el ámbito de su competencia y habiendo aprobado los proyectos definitivos correspondientes, propondrá a la legislatura del Estado, a más tardar el 31 de octubre de cada año, con arreglo a la ley y de acuerdo a los principios de equidad y proporcionalidad, de las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones…”

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En caso de que al terminar el ejercicio fiscal de su vigencia, no se expidieren nuevas tablas, continuarán vigentes las anteriores y sus valores se incrementarán a partir del primero de enero de cada año, con el factor que el Congreso del Estado determine. En el caso de que el Congreso del Estado no determine factor alguno, los ayuntamientos actualizarán las tablas con el factor que resulte de dividir el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre del año inmediato anterior entre el citado índice del mes de noviembre del año anterior al señalado, hasta en tanto se expidan las procedentes.”

TERCERO. Para dar cumplimiento a estas disposiciones, el Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, a través de la Comisión de Finanzas, ha dado continuidad a un programa con los municipios para definir los criterios proporcionales y equitativos aplicables para fijar la base de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, de conformidad con las disposiciones vigentes.

En este programa también participa el Instituto Coahuilense del Catastro y la Información Territorial, como órgano de apoyo y asesoría necesaria.

Así dando cumplimiento a las disposiciones locales vigentes y;

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. Que entre las medidas que se adoptaron para cumplir con el objeto de la presentación de las Tablas de Valores Catastrales, se instalaron las Juntas Municipales Catastrales, se llevaron a cabo diversos trabajos técnicos, se elaboró un programa para la revisión de la actividad catastral, se establecieron criterios para la determinación de los Valores Catastrales y se aplicó un programa que apoye la eficiencia del cobro.

SEGUNDO. Que en el caso de los municipios de: Abasolo, Allende, Arteaga, Candela, Cuatro Ciénegas, Escobedo, Francisco I. Madero, General Cepeda, Hidalgo, Jiménez, Juárez, Lamadrid, Monclova, Ocampo, Progreso, Ramos Arizpe, Sabinas, San Buenaventura y Viesca del Estado de Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2015, fueron recibidas en ciertos casos, en tiempo y forma por este Congreso del Estado, en virtud de que algunos Cabildos acordaron no incrementar sus Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción, otros rebasaron desproporcionalmente el índice inflacionario y otros Ayuntamientos autorizaron incrementos por debajo de éste.

TERCERO. Así mismo, para lograr una correcta aplicación de los valores catastrales de suelo y construcción 2015; y atendiendo a la observación del Instituto Coahuilense del Catastro y la Información Territorial, de que los Ayuntamientos deberán acatar los lineamientos establecidos por la Ley General del Catastro y la Información Territorial para el Estado de Coahuila de Zaragoza, con el fin de establecer un Sistema Estatal de Valuación, que permita una

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recaudación justa y equitativa, esta Comisión de Finanzas del Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, acordó lo siguiente.

Atendiendo a lo dispuesto en el Artículo 8 fracción I y al último párrafo del Artículo 33, de la Ley General del Catastro y la Información Territorial para el Estado de Coahuila de Zaragoza, y al Artículo 3 de la Ley de Hacienda para el Estado de Coahuila de Zaragoza, que facultan a este H. Congreso del Estado a que se aplique la normatividad vigente, se autoriza otorgar un incremento del 4%, a los Valores Catastrales de las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción para los municipios de: Abasolo, Allende, Arteaga, Candela, Cuatro Ciénegas, Escobedo, Francisco I. Madero, General Cepeda, Hidalgo, Jiménez, Juárez, Lamadrid, Monclova, Ocampo, Progreso, Ramos Arizpe, Sabinas, San Buenaventura y Viesca del Estado de Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2015 y conforme a lo dispuesto a la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza; por lo que esta Comisión somete a su consideración el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

ARTICULO PRIMERO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Abasolo, Coahuila de Zaragoza para el Ejercicio Fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE ABASOLO, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR

O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2

    $   $

1 5.44 20.39

2 8.16   20.39

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICASACCIDENTADO   INTERIOR

0 A 15%   0 A 50%

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CONDICIONES GEOMETRICAS    POCO EXCESO EXCESO

NORMAL IRREGULAR FRENTE FRENTE FONDO

0% 0 A 35% 0 A 35% 0 A 35% 0 A 45%

TABLA DE INCREMENTO POR UBICACIÓNESQUINA 0 A 10%

EXCESO DE SUPERFICIEDE 0 A 500 M2 5%DE 501 A 1000 10%

DE 1001 A 2500 15%DE 2501 A 5000 20%

5001 EN ADELANTE 25%

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNA    MAXIMO

POPULAR 101.36MEDIANO 1,554.86

HABITACIONAL ANTIGUAPOPULAR 340.11ECONOMICO 680.25MEDIANO   1,020.38

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION.

CLASIFICACION %NUEVO   0BUENO   15REGULAR   25

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MALO   35RUINOSO   100

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIO

CLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREA

H1 HUERTAS EN DESARROLLO     9,717.00H2 HUERTAS EN PRODUCCION     12,956.00H3 HUERTAS EN DECADENCIA     8,418.00R1 RIEGO POR GRAVEDAD     6,479.00R2 RIEGO POR BOMBEO     4,535.00R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD)     2,592.00T1 TEMPORAL DE PRIMERA     1,684.00T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     1,166.00T3 TEMPORAL DE TERCERA     1,036.00A1 AGOSTADERO DE PRIMERA     778.00A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA     648.00A3 AGOSTADERO DE TERCERA     519.00A4 AGOSTADERO DE CUARTA     120.00

E1 ERIAZO         46.00

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 22.5  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 22.5  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 32.5  DE ESTACION DE FERROCARRIL 12.5  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 22.5  

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II. AGRICOLA INTENSA 12.5  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

APLICACION DE CAUDALES ACUIFEROSHORAS AGUA / AGUA RODADA

  VALOR

LITROS POR SEGUNDO CATASTRAL

          51 A 150 486.00

         

ARTICULO SEGUNDO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Allende, Coahuila de Zaragoza para el Ejercicio Fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE ALLENDE, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR

O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2

    $   $1 50.00 350.00 2 39.00 376.00 3 39.00 376.00 4 75.00 314.00 5 50.00 124.00 6 39.00 163.00 7 14.00 14.00 8 14.00 163.00 9 163.00 163.00

10 14.00 14.00 11 39.00 39.00 12 39.00   39.00

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TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

FRACCIONAMIENTOS, COLONIAS Y VALOR ZONA3 UNIDAD DEPORTIVA E. MONTEMAYOR 39.00 7 CONGREGACION RIO BRAVO 14.00 8 AMPLIACION FRACC. IGNACIO ALLENDE 14.00 10 EJIDO EMILIANO ZAPATA 14.00 11 COLONIA EDUARDO MONTEMAYOR 39.00 12 COLONIA NUEVA FRONTERA 14.00

LIBRAMIENTO PASO DESNIVEL A REST.LOS COMPADRES 30.00 LIBRAMIENTO REST.LOS COMPADRES A SUPER BODEGA 30.00 LIBRAMIENTO SUPER LA BODEGA A GARITA KM. 53 30.00 PROL.JUAREZ PROLONG. JUAREZ (Corona a paso desnivel) 150.00

  FRACC. MANANTIAL SECCION 5 163.00   FRACC. PRESIDENTES   114.00

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  

rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%

INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  

ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  

al terreno es satisfactoria.     0%

POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  

uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  

menor de 7.00 m. Hasta 42%

POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  

respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  

la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces. Hasta 45%

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TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNA    MAXIMOPOPULAR   771.00 ECONOMICO 1,707.00 MEDIANO   2,528.00 BUENO   3,223.00 LUJOSA   4,677.00

HABITACIONAL COMBINADO    1,897.00

HABITACIONAL ANTIGUAPOPULAR   973.00 ECONOMICO 1,264.00 MEDIANO   1,707.00

LOCALES COMERCIALESECONOMICO 1,897.00MEDIANO   2,528.00BUENO   3,223.00

EDIFICIOSHASTA 4 NIVELES 4,109.00MAS DE 6 NIVELES 5,373.00

INDUSTRIALES Y ESPECIALESNORMAL   2,095.00BUENA   2,528.00

FRIGORIFICOS    3,223.00

CINES Y TEATROS    4,741.00

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TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION %NUEVO   0BUENO 15

REGULAR 25MALO 35

RUINOSO   100** Las construcciones en obra negra representan un 60% de su valor

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIO

CLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREAH1 HUERTAS EN DESARROLLO     15,650.00 H2 HUERTAS EN PRODUCCION     26,369.00 H3 HUERTAS EN DECADENCIA     12,038.00 R1 RIEGO POR GRAVEDAD     10,834.00 R2 RIEGO POR BOMBEO     9,269.00 R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD)     6,019.00 T1 TEMPORAL DE PRIMERA     3,010.00 T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     2,408.00 T3 TEMPORAL DE TERCERA     2,107.00 A1 AGOSTADERO DE PRIMERA     1,806.00 A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA     1,445.00 A3 AGOSTADERO DE TERCERA     1,204.00 A4 AGOSTADERO DE CUARTA     1,030.00

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms.      VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms.     30  DE ESTACION DE FERROCARRIL     10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    

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SIN CAMINO DE ACCESO         20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE       20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%   5b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

APLICACIÓN DE CAUDALES ACUIFEROSHORAS AGUA / AGUA RODADA

  VALOR CATASTRAL

LITROS POR SEGUNDO HORA/AGUA  10 A 50     757.00   51 A 150   1,082.00   151 A 400     1,190.00   401 A 800     1,685.00   801 A 1,500   2,708.00   1,501 y/o más volumen   3,792.00

ARTICULO TERCERO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Arteaga, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE ARTEAGA, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA O SECTORVALOR

MÍNIMO POR M2 $  

VALOR MÁXIMO POR

M2 $

1 111 1662 111 1663 111 1664 111   137

FRACCIONAMIENTOS URBANOS

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FRACCIONAMIENTO VALOR POR M24 DE OCTUBRE   105ABRAHAM CEPEDA   105ALTOS DE BELLA UNION SECTOR 1   147ALTOS DE BELLA UNION SECTOR 2   105AYUNDAMIENTO   105BELLA UNIÓN   120BUENOS AIRES   105CALIFORNIA   157CANOAS   105COLONIA AUTOPISTA   105EL DORADO   121EL OASIS   121EL POTRERO   105ESTRELLA DE DAVID   105FRANCISCO I. MADERO   105HACIENDAS EL REFUGIO   121JARDIN   105JARDINES DE SAN JERONIMO   157LAS FLORES   121LAS HUERTAS   121LA JOYA   105LA MANCHA   121LA MESA   121LA NOGALERA   91LINDA VISTA   50LOMAS DEL PALOMAR   121LOS CEDROS   121LOMAS DE EUROPA   121LOS LLANOS   262LUIS DONALDO COLOSIO (SECTOR 1 Y 2)   105MESA DE LAS CABRAS   105PEDREGAL DE LAS LOMAS   121PEDREGAL DE SANTIAGO     161

FRACCIONAMIENTOS URBANOS

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FRACCIONAMIENTO VALOR POR M2PRESA DE LAS CASAS   48PRIVANZAS DEL CAMPESTRE   541PRIVADAS LOS LLANOS   541RESIDENCIAL LOMA ALTA   541RINCÓN DEL MOLINO   105SANTA ELENA   197SAN FRANCISCO   105SAN IGNACIO   121SAN ISIDRO   105SAN ISIDRO DE LAS PALOMAS   121SAN MARCOS   121SAN PEDRO   121VALLE REAL   121VILLAS DE SAN ANTONIO   165VILLAS DE SANTIAGO     197

TABLAS DE VALORES POR UBICACIÓNPARCELAS UBICADAS ANTES DE LA AUTOPISTA CARBONERA-OJO CALIENTE   90.00LA PRESA   90.00

BLVD. FUNDADORES350.00 M2       238.00850.00 M2   69.00Después de los 850 M2     22.00

LIBRAMIENTO OSCAR FLORES TAPIA350.00 M2   182.00Despues de los 350.00 M2     57.00

CONDICIONES FISICAS DEMERITO

ACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICASDEMERITO

NORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  al terreno es satisfactoria.     0%POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  menor de 7.00 m.   42%POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  

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TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

FRACCIONAMIENTOS CAMPESTRES

NOMBRE VALOR POR M2BOSQUES DE GUADALUPE   50BOSQUES DE HUACHICHIL   58BOSQUES DE LA MONTAÑA   50BOSQUES DE MONTERREAL   158CUEVESILLAS   50CUMBRES DEL CHORRO   50CUMBRES DEL TUNAL   50DERRAMADERO   50EL CHABACANO   50EL DIAMANTE   50EL PARAISO   50EL PORTAL   50HACIENDA RINCON DE JAME   50LA ESCONDIDA   50LA HERRADURA   50LA LEONA   50LA MONTAÑA   50LA PINALOSA   50LA ROJA   50LAS MANZANAS   50LAS VACAS   50LEON BRAVO   50LOMAS DE ANA MARIA   50LONTANANZA   50LOS ALPES   50LOS ANDES   50LOS PINOS   50OYAMELES   83PALO DE AGUA   50PARAISO ESCONDIDO   50PINARES DE RANCHO VIEJO   50PINO REAL   50PORTAL DE SAN ANTONIO   158SAN ANTONIO   50SAN VICENTE   50SIERRA AZUL   50

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SIERRA DE LA NIEVE   50SIERRA NEVADA   50TECNOLOGICO   50VALLE DE GUADALUPE   50VISTA HERMOSA   50VALLE DE LOS LIRIOS     50

CONGREGACIONES

    VALOR POR M2

CONGREGACION CENTRO DE   A 2 KMS.

    POBLACION   A LA REDONDA

EL TUNAL 35.00 13.00PIEDRA BLANCA 26.00 13.00EMILIANO ZAPATA 26.00 13.00EL CEDRITO 26.00 13.00ARTECILLAS 26.00 13.00CHAPULTEPEC 26.00 13.00JAME 32.00 13.00LOS LIRIOS 32.00 13.00HUACHICHIL 32.00 13.00ESCOBEDO Y ANEXOS 32.00 13.00SIERRA HERMOSA 26.00 13.00SAN ANTONIO DE LAS ALAZANAS 32.00 13.00EL DIAMANTE 26.00 13.00MESA DE LAS TABLAS 26.00 13.00LA EFIGENIA 26.00 13.0018 DE MARZO 26.00 13.00SAN JUANITO 26.00 13.00CIENEGA DE LA PURISIMA Y ANEX. 26.00 13.00POTRERO DE ABREGO 26.00 13.00NUNCIO 26.00 13.00SAN JUAN DE LOS DOLORES 26.00 13.00RANCHO NUEVO 26.00 13.00LA BISNAGA 26.00 13.00POLEO   26.00 13.00* Predios ubicados a una distancia mayor de 2 kms del centro

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

de población, serán considerados como rústicos.

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

TIPO VALOR POR M2

  ECONOMICA   897  MEDIA   1,491  RESIDENCIAL     2,087

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION %NUEVO   0BUENO   15

REGULAR   25MALO   35

RUINOSO   100

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

VALOR UNITARIO

CLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREA

H1 HUERTAS EN DESARROLLO 22,299H2 HUERTAS EN PRODUCCION 32,793H3 HUERTAS EN DECADENCIA 16,396R1 RIEGO POR GRAVEDAD 27,040R2 RIEGO POR BOMBEO 14,429R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD) 7,870B1 BOSQUE VIRGEN 19,675B2 BOSQUE EN EXPLOTACION 8,526

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

B3 BOSQUE EXPLOTADO 5,902T1 TEMPORAL DE PRIMERA 6,559T2 TEMPORAL DE SEGUNDA 5,247T3 TEMPORAL DE TERCERA 3,969A1 AGOSTADERO DE PRIMERA 3,245A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA 2,623A3 AGOSTADERO DE TERCERA 1,967A4 AGOSTADERO DE CUARTA 1,312E ERIAZO 175

TABLA DE VALORSE DE TERRENO INDUSTRIAL

TERRENO INDUSTRIAL   272.00TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCIÓN

INDUSTRIALADAPTADA         2,059.00ECONÓMICA   1,633.00MEDIA   4,436.00BUENA         4,839.00

APLICACION DE CAUDALES ACUIFEROSHORAS AGUA / AGUA RODADA

  VALOR CATASTRAL

HORA AGUA 17,886.00   

ARTÍCULO CUARTO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Candela, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE CANDELA, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR

O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2

    $   $

1 6.24 62.46

2 6.24 62.46

3 11.35 62.46

PREDIO SAN LUISITO 17.59 35.20

COM. AGRARIA CANDELA 6.24   22.71

EJIDO HUIZACHAL 6.24   22.71

EJIDO SANPEDRO 6.24   11.35

EJIDO MISION DE GPE. 6.24   11.35

EJIDO NVA. ESPERANZA 6.24   11.35

CONG. S. VALLADARES 6.24   22.71

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  

rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%

INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  

ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  

al terreno es satisfactoria.     0%

POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  

uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  

menor de 7.00 m.   42%

POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  

respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  

la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TABLA DE INCREMENTOS POR UBICACIÓNAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

INCREMENTO POR ESQUINACOMERCIAL DE PRIMER ORDEN 20%COMERCIAL DE SEGUNDO ORDEN   15%NO COMERCIAL     10%Estos incrementos se calcularan en relación con el valor menor de las calles en donde está situado el lote.    

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNAPOPULAR   681.41ECONOMICO   1,703.52MEDIANO   2,271.36

HABITACIONAL ANTIGUAPOPULAR   379.32ECONOMICO   632.57MEDIANO   730.82

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION %NUEVO 0BUENO 15

REGULAR 25MALO 35

RUINOSO   100

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIO

CLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREAR1 RIEGO POR GRAVEDAD     7,093.45R2 RIEGO POR BOMBEO     6,259.86

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

T1 TEMPORAL DE PRIMERA     3,407.04T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     2,839.20T3 TEMPORAL DE TERCERA     2,271.36A1 AGOSTADERO DE PRIMERA     1,842.63A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA     921.59A3 AGOSTADERO DE TERCERA     675.72A4 AGOSTADERO DE CUARTA     368.52E1 ERIAZO         51.66

SOLARES DE REGADIO M2

SOLAR CON NOGALES     $11.35SOLAR SECANO     $5.96

   TABLA DE

LABOR    

$1.57TABLA DE LABOR 2 HAS.     $34,070

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

APLICACIÓN DE CAUDALES ACUIFEROS

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

HORAS AGUA / AGUA RODADA

  VALOR

LITROS POR SEGUNDO CATASTRAL           10 A 50 4,590.97         

ARTÍCULO QUINTO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Cuatro Ciénegas, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE CUATRO CIENEGAS, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2    $   $

1 8.34 91.762 29.89 91.763 67.44 107.064 9.04 97.305 45.20 84.826 29.89 107.067 38.24   60.48

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  

rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%

INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  

ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

la manzana en que está ubicado    50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto    

al terreno es satisfactoria.     0%

POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  

uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  

menor de 7.00 m.   42%

POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  

respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  

la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNA    MAXIMO

POPULAR 830.85ECONOMICO 1,244.54MEDIANO 2,984.80BUENO 4,145.89LUJOSA 6,633.58

HABITACIONAL ANTIGUAPOPULAR 581.25ECONOMICO 829.46MEDIANO 1,184.03

COMERCIALECONOMICO 2,073.30MEDIANO 2,902.06BUENO 4,145.89

INDUSTRIALES Y ESPECIALESNORMAL 2,156.03BUENA   7,261.39

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION %NUEVO 0BUENO 15

REGULAR 25MALO 35

RUINOSO 100

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIOCLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREA

             H2 HUERTAS EN PRODUCCION       17,244.07R1 RIEGO POR GRAVEDAD     5,172.82R2 RIEGO POR BOMBEO     13,857.27T1 TEMPORAL DE PRIMERA     4,310.69T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     1,724.27A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA     604.19A3 AGOSTADERO DE TERCERA     258.64A4 AGOSTADERO DE CUARTA     155.04E1 ERIAZO         78.57

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

APLICACION DE CAUDALES ACUIFEROSHORAS AGUA / AGUA RODADA

  VALORLITROS POR SEGUNDO CATASTRAL

           51 A 150 723.08         

ARTICULO SEXTO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de, Escobedo, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE ESCOBEDO, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR

O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2

    $   $1 3.41 5.672 3.41 6.813 3.41   6.81

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  

rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%

INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  

ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  

al terreno es satisfactoria.     0%

POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  

uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  

menor de 7.00 m. 42%

POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  

respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  

la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

TABLA DE INCREMENTOS POR UBICACIÓNAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

INCREMENTO POR ESQUINACOMERCIAL DE PRIMER ORDEN 20%COMERCIAL DE SEGUNDO ORDEN   15%NO COMERCIAL     10%Estos incrementos se calcularan en relación con el valor menor de las calles en donde está situado el lote.    

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNAMAXIMO

POPULAR 1,022.11ECONOMICO 1,022.11MEDIANO 2,044.22

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

HABITACIONAL ANTIGUAPOPULAR   283.92ECONOMICO 567.84MEDIANO   851.76

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

NUEVO   0%BUENO   15%

REGULAR   25%MALO   35%

RUINOSO   100%

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIO

CLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREAH1 HUERTAS EN DESARROLLO     17,035.20H2 HUERTAS EN PRODUCCION     28,392.00H3 HUERTAS EN DECADENCIA     8,517.60R1 RIEGO POR GRAVEDAD     7,041.21R2 RIEGO POR BOMBEO     5,678.40R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD)     3,179.90T1 TEMPORAL DE PRIMERA     1,930.65T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     1,703.52T3 TEMPORAL DE TERCERA     1,022.11A1 AGOSTADERO DE PRIMERA     1,703.52A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA     794.97A3 AGOSTADERO DE TERCERA     624.62A4 AGOSTADERO DE CUARTA     511.05E1 ERIAZO         48.42

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

APLICACIÓN DE CAUDALES ACUIFEROSHORAS AGUA / AGUA RODADA

  VALOR

LITROS POR SEGUNDO CATASTRAL           51 A 150 397.48         

ARTÍCULO SÉPTIMO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Francisco I. Madero, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DEFRANCISCO I. MADERO, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2    $   $

1 28.12 275.802 42.18 99.50

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

3 42.18 230.384 35.69   275.80

POBLADOS Y EJIDOS

        VALOR M2 1. PORVENIR DE ARRIBA 11.892. EL CANTABRO 11.893. VIRGINIAS 17.304. SANTO NIÑO DE ARRIBA 17.305. SAN SALVADOR DE ARRIBA 11.896. SAN ESTEBAN DE EGIPTO 11.897. SAN JOSE DE LA NIÑA 11.898. SANTA MARIA DE ARRIBA 11.899. LEQUEITIO 17.3010. CORUÑA 17.3011. 18 DE MARZO 17.3012. LA NUEVA TRINIDAD 11.8913. NUEVO LEON 17.3014. ALAMITO 11.8915. COLON 11.8916. BUENAVISTA DE ARRIBA 11.8917. HIDALGO 17.3018. JABONCILLO 11.8919. SAN AGUSTIN DE ULUA 11.8920. SAN JUAN DE ULUA 17.3021. FLORIDA 17.3022. BANCO DE LONDRES 17.3023. CORRALITOS 17.3024. LA PINTA 11.8925. COVADONGA 11.8926. LINDAVISTA 5.4027. FINISTERRE 17.3028. BATOPILAS 17.30

POBLADOS Y EJIDOS

        VALOR M2 29. YUCATAN 11.8930. N.C.P.E COL. AGRICOLA FINISTERRE 11.8931. SALOÑA 11.8932. FLORENCIA 11.8933. DURANGO 0.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

34. LA VIRGEN 11.8935. LAS MERCEDES 11.8936. CHARCOS DE RISA 5.4037. EL VENADO 5.4038. EL MILAGRO 5.4039. TRINCHERAS 5.4040. TRES MANANTIALES 5.4041. N.C.P.E 16 DE SEPTIEMBRE 5.4042. N.C.P.E GENERAL FELIPE ANGELES 5.4043. N.C.P.E SAN ISIDRO 11.8944. N.C.P.E RIO AGUANAVAL 5.4045. N.C.P.E DIVISION DEL NORTE 5.4046. N.C.P.E GUADALUPE RODRIGUEZ 5.4047. N.C.P.E BENITO JUAREZ 11.8948. SAN JOSE DE LA NIÑA II 11.8949. SAN JOSE DE LA NIÑA III 11.89

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICASACCIDENTADO   INTERIOR

0 A 15%   0 A 50%

CONDICIONES GEOMETRICAS    POCO EXCESO EXCESO

NORMAL IRREGULAR FRENTE FRENTE FONDO

0% 0 A 35% 0 A 35% 0 A 35% 0 A 45%

TABLA DE INCREMENTO POR UBICACIÓNESQUINA 0 A 10%

EXCESO DE SUPERFICIEDE 0 A 500 M2 5%DE 501 A 1000 10%DE 1001 A 2500 15%DE 2501 A 5000 20%

5001 EN ADELANTE 25%

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNA    MAXIMOMALO 727.92REGULAR 1,308.74BUENO 1,775.99

HABITACIONAL ANTIGUAMALO   533.23REGULAR 1,268.72BUENO   1,601.85

COMERCIALMALO   747.39REGULAR 1,308.74BUENO   1,735.97

INDUSTRIALES Y ESPECIALESREGULAR 1,294.68BUENO   1,469.89

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

NUEVO   0%BUENO   15%

REGULAR   25%MALO   35%

RUINOSO   100%

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIOCLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREA

  HUERTAS EN PRODUCCION   42,653.97  HUERTAS EN DESARROLLO   20,579.60  HUERTAS EN DECADENCIA   16,246.71  PEQUEÑA PROPIEDAD O COLONIA   0.00  RIEGO POR GRAVEDAD   22,394.52  RIEGO POR BOMBEO   21,328.07  ROTACION   11,375.18  CULTIVABLE SIN AGUA   1,290.34

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

  ERIAZO PEQUEÑA PROPIEDAD O COLONO   614.34  AGOSTADERO DE PRIMERA   1,131.35  AGOSTADERO DE SEGUNDA   979.92  AGOSTADERO DE TERCERA   823.58  AGOSTADERO DE CUARTA   679.24  ERIAZO         83.28

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

ARTÍCULO OCTAVO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de General Cepeda, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal del 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE GENERAL CEPEDA, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR O MINIMO MAXIMO

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

SECTOR POR M2 POR M2    $   $

1 35.36 39.52       

FRACCIONAMIENTOS URBANOS

COLONIA VALOR POR M2

EL CARMEN 36.35EL CARMEN 39.36ANTONIO CÁRDENAS 39.36EL MIRADOR 39.36LA MAGUELLADA 39.36SOLIDARIDAD 39.36NUEVA ROSITA 39.36LOMAS ALTAS 39.36BUENA VISTA 39.36ZONA CENTRO 39.36SECCIÓN 38 39.36EL MADERO 35.36EL ÁLAMO 39.36EL ÁLAMO 35.36CENTRO HISTÓRICO 39.36BARRIO EL TESTERAZO 39.36LA TENERÍA 36.36EL PILAR 36.36

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  

rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%

INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  

ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  

al terreno es satisfactoria.    0%

POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  

menor de 7.00 m. 42%

POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  

respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  

la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

TERRENOS EN FRACCIONAMIENTOS CAMPESTRES

UBICACIÓN VALOR POR M2

MUNICIPIO 38.48

TERRENO COMERCIAL

UBICACIÓN VALOR POR M2

ZONA URBANA 145.60

TERRENO INDUSTRIAL

UBICACIÓN VALOR POR M2

MUNICIPIO 182.00

CONGREGACIONES

CONGREGACIONESVALOR POR M2

Asentamiento Humano

a 2 km. a la redonda

CUCHILLA DEL INDIO   20.80 12.48BENECIO LÓPEZ PADILLA 20.80 12.48SAN JUAN DEL COHETERO 20.80 12.48PILAR DE RICHARDSON   20.80 12.48ESTACIÓN MARTE   20.80 12.48NORIA DE LA SABINA   20.80 12.48LA HEDIONDA CHICA   20.80 12.48SAN ANTONIO DEL JARAL 28.08 12.48LA PARRITA   20.80 12.48ORATORIO CHICO   20.80 12.48LA ROSA   28.08 12.48SANTA INÉS   20.80 12.48

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

JALPA   20.80 12.48PORVENIR DE JALPA   20.80 12.48TANQUE DE SAN VICENTE 20.80 12.48INDEPENDENCIA   23.92 12.48DEPÓSITO DEL A LUZ   23.92 12.48RINCÓN COLORADO   28.08 12.48FORTÍN   20.80 12.48AGUA DE LA MULA   23.92 12.48OJO DE AGUA   28.08 12.48NARIGUA   20.80 12.48PRESA DE GUADALUPE   28.08 12.48SABANILLA   20.80 12.48GUADALUPE ALAMITOS   28.08 12.48MACUYÚ   28.08 12.48MOGOTE   20.80 12.48CUATAS   20.80 12.48LA PUERTA   20.80 12.48LUZ Y COLÓN   23.92 12.48PORVENIR DE TACUBAYA 20.80 12.48GUELATAO   23.92 12.48SAN FRANCISCO   20.80 12.48FERMÍN   20.80 12.48HUACHICHIL   20.80 12.48JARALITO   28.08 12.48LA TRINIDAD   20.80 12.48SAN ANTONIO DE LAS CABRAS 20.80 12.482 DE ABIL   23.92 12.48TEJOCOTE   20.80 12.48LA PAZ   28.08 12.48EL NOGAL   23.92 12.48SAN JOSÉ DEL REFUGIO 23.92 12.48SAN ISIDRO DE GÓMEZ   23.92 12.48KM. 64   20.80 12.48SAN JOSÉ DE PAILA   20.80 12.48PIEDRA DE LUMBRE   20.80 12.48

*Predios ubicados a una distancia mayor de 2 kms. Del centro de población, serán considerados como parcelario

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL VALOR M2

ECONÓMICO 592.80MEDIANO 1,076.40BUENO 1,501.76RESIDENCIAL 2,308.80

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

HABITACIONAL ANTIGUAECONÓMICO     554.32MEDIANO   923.52BUENO       1,186.64

COMERCIALECONÓMICO     788.32MEDIANO   936.00BUENO       1,256.32

INDUSTRIALNORMA       1,598.48BUENA       2,191.28

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION.

CLASIFICACION %NUEVO   0BUENO 15

REGULAR 25MALO 35

RUINOSO   100

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIOCLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREA

H1 HUERTAS EN DESARROLLO     17,721.60H2 HUERTAS EN PRODUCCION     27,846.00H3 HUERTAS EN DECADENCIA     15,189.20R1 RIEGO POR GRAVEDAD     17,721.60R2 RIEGO POR BOMBEO     20,256.08R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD)     10,126.48B1 BOSQUE VIRGEN     5,063.76B2 BOSQUE EN EXPLOTACION     3,797.04B3 BOSQUE EXPLOTADO     2,023.84T1 TEMPORAL DE PRIMERA     5,063.76T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     2,531.36T3 TEMPORAL DE TERCERA     2,023.84A1 AGOSTADERO DE PRIMERA     1,540.24A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA     1,321.84A3 AGOSTADERO DE TERCERA     1,012.96

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

A4 AGOSTADERO DE CUARTA     771.68E1 ERIAZO         67.60

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

CONCEPTO INCREMENTO % DEMERITO %PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20VIAS DE COMUNICACIÓNALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30DE ESTACION DE FERROCARRIL 10DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA 10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADASIN CAMINO DE ACCESO 20TOPOGRAFIAPLANO PENDIENTE HASTA 8%LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20% 10 CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%     20

APLICACIÓN DE CAUDALES ACUIFEROSHORAS AGUA / AGUA RODADA

  VALORLITROS POR SEGUNDO CATASTRAL

DE 10 A 500 651.04DE 501 A 1000 1,303.12DE1001 A 1500 1,953.12

DE1501 EN DELANTE 2,442.96

ARTÍCULO NOVENO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Hidalgo, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal del 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DE MUNICIPIO DEHIDALGO, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2

    $   $1 9.73 40.012 9.73 40.013 8.65   8.65

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  

rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%

INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  

ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  

al terreno es satisfactoria.    0%

POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  

uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  

menor de 7.00 m. 42%

POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  

respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  

la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

TABLA DE INCREMENTOS POR UBICACIÓNAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

INCREMENTO POR ESQUINACOMERCIAL DE PRIMER ORDEN 20%COMERCIAL DE SEGUNDO ORDEN   15%NO COMERCIAL     10%Estos incrementos se calcularan en relación con el valor menor de las calles en donde está situado el lote.    

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

HABITACIONAL MODERNA  MAXIMOPOPULAR 777.92ECONOMICO 1,703.52MEDIANO 2,556.32BUENO 3,180.32LUJOSA 4,674.80

HABITACIONALCOMBINADO  1,908.40

HABITACIONAL ANTIGUAPOPULAR 966.16ECONOMICO 1,261.52MEDIANO 1,549.60

LOCALES COMERCIALESECONOMICO 1,908.40MEDIANO 2,556.32BUENO 3,180.32

EDIFICIOSHASTA 4 NIVELES 2,983.76MAS DE 6 NIVELES 5,320.64

INDUSTRIALES Y ESPECIALESNORMAL 2,124.72BUENA 2,556.32

FRIGORIFICOS  3,180.32CINES Y TEATROS    4,650.88

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION %NUEVO   0BUENO 15

REGULAR 25MALO 35

RUINOSO   100** Las construcciones en obra negra representan un 60%

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

DEMERITO DE CONSTRUCCIÓN POR EDADACTUAL 5 A 25 AÑOS 5 A 15%ANTIGUA 26 A 40 AÑOS 15 A 25 AÑOSANTIGUA 41 AÑOS EN ADELANTE 25 A 40 %

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIO

CLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREAH1 HUERTAS EN DESARROLLO     8,436.48H2 HUERTAS EN PRODUCCION     19,901.44H3 HUERTAS EN DECADENCIA     6,868.16R1 RIEGO POR GRAVEDAD     7,679.36R2 RIEGO POR BOMBEO     6,111.04R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD)     3,028.48T1 TEMPORAL DE PRIMERA     3,244.80T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     2,704.00T3 TEMPORAL DE TERCERA     1,568.32A1 AGOSTADERO DE PRIMERA   3,926.20A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA   2,704.00A3 AGOSTADERO DE TERCERA   1,568.32A4 AGOSTADERO DE CUARTA   1,189.76I1 INDUSTRIAL (MATERIAS PRIMAS)   81.12 POR M2I2 INDUSTRIAL (RELLENO SANITARIO)   18.92 POR M2

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c) IRREGULARIDD (FORMA)   10d). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%   20e) COLINDANCIA CON EL RIO BRAVO     20  

APLICACIÓN DE CAUDALES ACUIFEROS. HORAS AGUA/ AGUA RODADA

  VALOR CATASTRALLITROS POR SEGUNDO HORA/AGUA

  10 A 50     1,243.84  51 A 150   1,784.64  151 A 400        401 A 800        801 A 1,500      1,501 y/o mas volumen    

ARTÍCULO DÉCIMO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Jiménez, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal del 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DE MUNICIPIO DEJIMENEZ, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA O SECTORVALOR

MÍNIMO POR M2 $

  VALOR MÁXIMO POR M2 $

1 21.84   612 20.80   20

EJIDOS SECTOR   VALOR LA MURALLA 3   18

SANTA MARIA 4   21

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

EL OREGANO 5   18

MADERO DEL RIO 6   21

EL CARMEN 7   31

EJIDO SANTA ROSA 8   21

COL. SANTA ROSA 9   21

SAN CARLOS 10   32

LA PURISIMA 11   21

CRISTALES   12   18

EL TEPEYAC 13   21

EL DIVISADERO 14   18

LA POTASA   15   21

LA JARITA   16   21

LA BANDERA 17   21

EMILIANO ZAPATA 18   21

SAN VICENTE 19   18

PALMIRA   20   21

BALCONES   21   22PALESTINA   22   18NUEVO BALCONES 23   32LOC. NUEVA CREACION      (PALMIRA)   24   21LOC. EL TEPEYAC      (PALMIRA)   25   21

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  

rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%

INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  

ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  

al terreno es satisfactoria.     0%

POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  

uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  

menor de 7.00 m. 42%

POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  

la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNA  MAXIMOPOPULAR 697.31ECONOMICO 1,369.63MEDIANO 1,669.45BUENO 2,252.05LUJOSA 3,573.98

HABITACIONAL COMBINADO  1,393.48

 1 731.382 939.213 1,181.11

LOCALES COMERCIALESECONOMICO 1,311.71MEDIANO 1,780.75BUENO 2,371.30

EDIFICIOSHASTA 6 NIVELES 2,901.66MAS DE 6 NIVELES 3,732.98

INDUSTRIALES ESPECIALESNORMAL 1,467.30BUENA 1,780.75

FRIGORIFICOS  2,371.30CINES Y TEATROS    3,054.98

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION %

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

NUEVO   0BUENO 15

REGULAR 25MALO 35

RUINOSO   100

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIOCLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREA

H1 HUERTAS EN DESARROLLO     11,594.75H2 HUERTAS EN PRODUCCION     21,632.00H3 HUERTAS EN DECADENCIA     10,058.88R1 RIEGO POR GRAVEDAD     7,730.19R2 RIEGO POR BOMBEO     6,324.11R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD)     3,514.11T1 TEMPORAL DE PRIMERA     2,388.17T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     1,404.99T3 TEMPORAL DE TERCERA     1,322.79A1 AGOSTADERO DE PRIMERA     1,730.56A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA     1,189.76A3 AGOSTADERO DE TERCERA     865.28A4 AGOSTADERO DE CUARTA     757.12

ZT1 ZONA TURISTICA Y DEPORTIVA (COLINDANTE PRESA LA FRAGUA   8,652.80

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

APLICACIÓN DE CAUDALES ACUIFEROSHORAS AGUA / AGUA RODADA

  VALOR CATASTRAL

LITROS POR SEGUNDO HORA/AGUA  10 A 50     451.02  51 A 150   623.00  151 A 400     831.75  401 A 800     1,385.52  801 A 1,500   2,217.28  1,501 EN ADELANTE   2,771.05

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Juárez, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal del 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DEJUAREZ, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA O SECTOR VALOR MINIMO POR M2 $ VALOR MAXIMO POR M2 $

JUÁREZ1 56.19 93.552 56.19 112.24

POBLADO DON MARTIN3 49.69 49.69

LOCALIDAD KM 22-04 49.69 49.69

LOCALIDAD KM 45-05 49.69 49.69

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  al terreno es satisfactoria.    0%POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  menor de 7.00 m. 42%POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNA    MAXIMOPOPULAR 1039.63

ECONOMICO 1,633.82

MEDIANO 1,930.79

BUENO 2,227.77

LUJOSA 2,700.38

HABITACIONAL COMBINADO  1,930.78

HABITACIONAL ANTIGUAPOPULAR 891.11ECONOMICO 1,262.45

MEDIANO 1,782.22

LOCALES COMERCIALESECONOMICO 1,385.08MEDIANO 1,692.91

BUENO 2,154.48

EDIFICIOSHASTA 6 NIVELES 2,462.32MAS DE 6 NIVELES 2,924.06

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION %NUEVO   0BUENO 15REGULAR 25MALO 35RUINOSO   100

TABLA DE INCREMENTOS POR UBICACIÓNAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

INCREMENTO POR ESQUINACOMERCIAL DE PRIMER ORDEN 20%COMERCIAL DE SEGUNDO ORDEN   15%NO COMERCIAL     10%Estos incrementos se calcularán en relación con el valor menor de las calles en donde está situado el lote.    

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIO

CLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREAH1 HUERTAS EN DESARROLLO         23,064.56

H2 HUERTAS EN PRODUCCION     16,966.99

H3 HUERTAS EN DECADENCIA         13,331.18

R1 RIEGO POR GRAVEDAD     12,959.40

R2 RIEGO POR BOMBEO     9,695.37

R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD)     6,059.62

T1 TEMPORAL DE PRIMERA     3,635.74

T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     2,181.43

T3 TEMPORAL DE TERCERA     1,696.65

A1 AGOSTADERO DE PRIMERA     1,454.33

A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA     1,211.84

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

A3 AGOSTADERO DE TERCERA     968.85

A4 AGOSTADERO DE CUARTA     727.18

E1 ERIAZO         49.88

VALOR POR M2COMUNIDADES EJIDALES   20.55

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

APLICACIÓN DE CAUDALES ACUIFEROSHORAS AGUA / AGUA RODADA

 VALOR

CATASTRALLITROS POR SEGUNDO HORA/AGUA

  10 A 50   728.38

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Lamadrid, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal del 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE LAMADRID, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR

O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2

    $   $1 17.00   45.002 17.00   56.003 34.00   34.00

VALOR COLONIA

OSCAR FLORES TAPIA 23.00 24.00MANUEL W. GONZALEZ 23.00   24.00

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  

rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%

INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  

ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  

al terreno es satisfactoria.     0%

POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  

uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  

menor de 7.00 m. 42%

POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  

respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

TABLA DE INCREMENTOS POR UBICACIÓNAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

INCREMENTO POR ESQUINACOMERCIAL DE PRIMER ORDEN 20%COMERCIAL DE SEGUNDO ORDEN   15%NO COMERCIAL     10%Estos incrementos se calcularan en relación con el valor menor de las calles en donde está situado el lote.    

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNA  MAXIMOPOPULAR 738.00ECONOMICO 965.00MEDIANO 1,363.00

HABITACIONAL ANTIGUAPOPULAR 284.00ECONOMICO 568.00MEDIANO   284.00

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION %NUEVO   0BUENO 15

REGULAR 25MALO 35

RUINOSO   100

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIO

CLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREAH1 HUERTAS EN DESARROLLO     9,653.00H2 HUERTAS EN PRODUCCION     20,442.00H3 HUERTAS EN DECADENCIA     8,518.00R1 RIEGO POR GRAVEDAD     9,085.00

R2

RIEGO POR BOMBEO

    7,382.00R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD)     3,975.00T1 TEMPORAL DE PRIMERA     2,498.00T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     1,704.00T3 TEMPORAL DE TERCERA     1,363.00A1 AGOSTADERO DE PRIMERA     1,022.00A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA     795.00A3 AGOSTADERO DE TERCERA     625.00A4 AGOSTADERO DE CUARTA     511.00E1 ERIAZO         45.00

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

APLICACIÓN DE CAUDALES ACUIFEROSHORAS AGUA / AGUA RODADA

  VALOR

LITROS POR SEGUNDO CATASTRAL  51 A 150 625.00

ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Monclova, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal del 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE MONCLOVA, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2    $   $

1 115.00 686.002 228.00 686.003 458.00 2405.004 458.00 1832.005 153.00 1502.006 160.00 1258.007 137.00 686.008 37.00 686.009 88.00 335.00

10 228.00 1526.0011 228.00 2060.0012 153.00 1599.0013 228.00 2251.0014 557.00 2251.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

15 693.00 2251.0016 319.00 2251.0017 332.00 1407.0018 76.00 764.0019 110.00 416.0020 52.00 241.0021 30.00 292.0022 88.00 175.0023 95.00 458.0024 123.00 1223.0025 202.00 1530.0026 232.00 1836.0027 550.00   2303.00

ZONA VALOR   VALOR   MINIMO   MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2  $   $

28 765.00 2303.0029 729.00 2303.0030 23.00 1440.0031 80.00 1440.0032 49.00 88.0033 60.00 99.0034 192.00 417.0035 66.00 208.0036 86.00 285.0037 88.00 1267.0038 319.00 1267.0039 13.00 252.0040 13.00 398.0041 54.00 275.0042 272.00 569.0043 22.00 311.0044 14.00 298.0045 23.00 249.0046 92.00   252.00

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  

rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  

ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  

al terreno es satisfactoria.     0%

POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  

uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  

menor de 7.00 m. 42%

POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  

respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  

la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

TABLA DE INCREMENTOS POR UBICACIÓNAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

INCREMENTO POR ESQUINACOMERCIAL DE PRIMER ORDEN 20%COMERCIAL DE SEGUNDO ORDEN   15%NO COMERCIAL     10%Estos incrementos se calcularan en relación con el valor menor de las calles en donde está situado el lote.    

ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Ocampo, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal del 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE OCAMPO, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR

O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2

    $   $

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

1 21.00 26.002 21.00 26.003 21.00 26.004 21.00 29.00

FRACC. EL PEDREGAL 6.00 6.00FRACC. 12 SEPTIEMBRE 6.00   6.00

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  

rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%

INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  

ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  

al terreno es satisfactoria.     0%

POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  

uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  

menor de 7.00 m. 42%

POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  

respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  

la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

TABLA DE INCREMENTOS POR UBICACIÓNAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

INCREMENTO POR ESQUINACOMERCIAL DE PRIMER ORDEN 20%COMERCIAL DE SEGUNDO ORDEN   15%NO COMERCIAL     10%Estos incrementos se calcularan en relación con el valor menor de las calles en donde está situado el lote.    

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

EXCESO DE SUPERFICIEDE 0 A 500 M2 5%DE 501 A 1000 10%DE 1001 A 2500 15%DE 2501 A 5000 20%

5001 EN ADELANTE 25%

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNA    MAXIMOPOPULAR 768.00ECONOMICO 1,004.00MEDIANO 1,417.00

HABITACIONAL ANTIGUAPOPULAR 295.00ECONOMICO 591.00MEDIANO   886.00

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION.

CLASIFICACION %NUEVO   0BUENO 15

REGULAR 25MALO 35

RUINOSO   100

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIO

CLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREAH1 HUERTAS EN DESARROLLO     10,630.00H2 HUERTAS EN PRODUCCION     13,347.00H3 HUERTAS EN DECADENCIA     9,449.00R1 RIEGO POR GRAVEDAD     8,268.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

R2 RIEGO POR BOMBEO     7,087.00R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD)     4,134.00BV BOSQUE VIRGEN     5,906.00BE BOSQUE EN EXPLOTACION     4,724.00

BEX BOSQUE EXPLOTADO     2,008.00T1 TEMPORAL DE PRIMERA     2,717.00T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     1,654.00T3 TEMPORAL DE TERCERA     1,417.00A1 AGOSTADERO DE PRIMERA     402.00A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA     201.00A3 AGOSTADERO DE TERCERA     166.00A4 AGOSTADERO DE CUARTA     107.00E1 ERIAZO         24.00

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOS APLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

APLICACIÓN DE CAUDALES ACUIFEROSHORAS AGUA / AGUA RODADA

  VALOR

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

LITROS POR SEGUNDO CATASTRAL  51 A 150 591.00

ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Progreso, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal del 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE PROGRESO, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA O SECTOR VALOR MINIMO POR M2 $VALOR

MAXIMO POR M2 $

PROGRESO1 56.00 113.002 56.00 113.00

SAN JOSE DE AURA1 68.00 103.002 68.00 103.00

MINAS LA LUZ1 18.00 18.00

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  

al terreno es satisfactoria.    0%POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  

uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  

menor de 7.00 m. 42%POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNA    MAXIMOPOPULAR 1071.00ECONOMICO 1,684.00MEDIANO 1,991.00BUENO 2,287.00LUJOSA 2,909.00

HABITACIONAL COMBINADO   1,991.00

HABITACIONAL ANTIGUAPOPULAR 918.00ECONOMICO 1,302.00

MEDIANO 1,838.00

LOCALES COMERCIALESECONOMICO 1,429.00MEDIANO 1,745.00

BUENO 2,222.00

EDIFICIOSHASTA 4 NIVELES 2,539.00MAS DE 6 NIVELES 3,047.00

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION %NUEVO   0BUENO 15

REGULAR 25MALO 35

RUINOSO   100

INCREMENTO POR ESQUINA

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

COMERCIAL DE PRIMER ORDEN 20%COMERCIAL DE SEGUNDO ORDEN   15%NO COMERCIAL     10%Estos incrementos se calcularan en relación con el valor menor de las calles en donde está situado el lote.    

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIO

CLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREAH1 HUERTAS EN DESARROLLO   21,418.00

H2 HUERTAS EN PRODUCCION   15,468.00

H3 HUERTAS EN DECADENCIA   11,899.00

R1 RIEGO POR GRAVEDAD   10,709.00

R2 RIEGO POR BOMBEO   8,329.00

R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD)   4,760.00

T1 TEMPORAL DE PRIMERA   4,017.00

T2 TEMPORAL DE SEGUNDA   2,411.00

T3 TEMPORAL DE TERCERA   1,875.00

A1 AGOSTADERO DE PRIMERA   1,741.00

A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA   1,474.00

A3 AGOSTADERO DE TERCERA   1,206.00

A4 AGOSTADERO DE CUARTA   937.00

E1 ERIAZO         50.00

VALOR POR M2COMUNIDADES EJIDALES   21.00

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOS APLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

APLICACIÓN DE CAUDALES ACUIFEROSHORAS AGUA / AGUA RODADA

 VALOR

CATASTRAL

LITROS POR SEGUNDO HORA/AGUA  10 A 50   707.00

ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Ramos Arizpe, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal del 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DE MUNICIPIO DERAMOS ARIZPE, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA O SECTOR VALOR MINIMO POR M2 $

VALOR MAXIMO POR M2 $

1 549.00 703.002 366.00 703.003 237.00 615.004 136.00 528.005 183.00 667.006 163.00 878.00

FRACCIONAMIENTOS HABITACIONALESFRACCIONAMIENTO SANTA MARIA HABITACIONAL 405.00FRACCIONAMIENTO VILLAS DE SANTA MARÍA 575.00FRACCIONAMIENTO LA CHIRIPA 547.00

FRACCIONAMIENTOS CAMPESTRESFRACCIONAMIENTO CAÑADA ANCHA   88.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

FRACCIONAMIENTO HACIENDAESPAÑA 88.00FRACCIONAMIENTO VALLE DE LA HACIENDA 88.00FRACCIONAMIENTO VALLE DEL MIMBRE 88.00FRACCIONAMIENTO LAS CALANDRIAS   88.00

TABLA DE VALORES DE TERRENO INDUSTRIAL

UBICACION VALOR M2PARQUE INDUSTRIAL SALTILLO-RAMOS ARIZPE 287.00PARQUE INDUSTRIAL FINSA 287.00CORREDOR INDUSTRIAL RAMOS ARIZPE 287.00PARQUE INDUSTRIAL SANTA MARIA 287.00PARQUE INDUSTRIAL AMISTAD AEROPUERTO 287.00RAMOS ARIZPE INDUSTRIAL PARK 287.00MICROPARQUE INDUSTRIAL FINSA   287.00

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION INDUSTRIAL

INDUSTRIAL VALOR M2

ADAPTADA       2,078.96ECONOMICA 1,649.44MEDIA 4,478.24BUENA       4,885.92

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

    HABITACIONAL   VALOR M2MARGINADA 914.00POPULAR 1,830.00INTERES SOCIAL 3,291.00MEDIA 4,026.00MEDIA ALTA 4,755.00LUJO       6,403.00

   HABITACIONAL

ANTIGUA    ECONOMICA   1,463.00MEDIA   2,196.00BUENA       2,745.00

COMERCIALECONOMICA       1,830.00MEDIA 3,112.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

BUENA       4,755.00

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOSCON REFERENCIA AL PLAN DIRECTOR DESARROLLO URBANO

UBICACIÓN VALOR M21.Carretera Monterrey Saltillo hasta 1 km. al sur 23.00entre Carretera Los Chorros y el Arroyo El Jaral  (desarrollo controlado)  2.Un km.de extensión partiendo del Lib.López Portillo 17.00al oriente, entre el límite con el Mpio. Arteaga y  un km. antes de la Carretera Monterrey Saltillo  El resto hasta la Autopista Carbonera 11.00(uso suelo agroindustrial)  3.Zona Industrial Apasco  Terreno de la planta 57.00Resto del terreno 38.003.1.Zona Industrial de Kimberly Clark 91.004. Fraccionamiento Cañon Colorado 36.00A un lado de la Carretera Monterrey Saltillo  5. Carretera Monterrey Saltillo (ambos carriles) 45.00(corredor urbano industrial, comercio y servicios)  6. Entre vías del ferrocarril y Carretera a Monclova 11.00colindando al oriente con Apasco y al poniente  con Mesón del Norte (industrial ligera mediana)  7. Mesón del Norte entre Carretera a Monclova y 5.00Parque Industrial Santa María (industrial pesada)  8. Predio San Diego, entre Carretera a Monclova y 11.00Proyecto Lib. Norponiente (industria pesada)  9. Predio San Diego, entre proyecto Libramiento 5.00norponiente y Parque Ind. R. Arizpe (ind. Pesada)  9.1. Fracc. Sta. María, Autodromo y Carr. Mty-Saltillo 51.00Hasta un km. al norte, partiendo de la Carr. Mty.-Saltillo 35.00Un km. adelante, misma dirección del terreno  hasta colindar con Viñedos Santa María. 17.0010. Predio colindante con El Mirador (den.media alta) 15.0011. Entre Aeropuerto y Lib. López Portillo 65.00(corredor urbano condicionado)  12. Carretera a Los Pinos cruce con Carretera a 38.00Monclova, (densidad alta)      

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOSCON REFERENCIA AL PLAN DIRECTOR DESARROLLO URBANO

UBICACIÓN VALOR M213. Carretera a Monclova frente a Altamira 27.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

(densidad media alta)  14. Altamira, ubicado en Carretera a Monclova y 15.00Carretera a Los Pinos (agro industria)  15. Carretera a Monclova, frente a GM 27.00(corredor urbano industrial, comercio y servicios)  16. Entre GM y límite municipio de Saltillo 4.00(desarrollo controlado)  17. Entre Jardines del Campestre, Las Cabañas y 66.00límite municipio de Arteaga (densidad baja)  18. Predio colindante Colonia del Valle y Aeropuerto 183.00(densidad media alta)  19. Predio colindante con Col.Santos Saucedo, 183.00Blanca Esthela y Aeropuerto (densidad alta)  20. Predios colindantes con Lib. López Portillo, zona 110.00densidad alta y corredor urbano condicionado (densidad  media alta y densidad baja)  Sectores industriales, predios en breña que colinden  con predios de uso industrial urbanizados o con  licencia para fraccionar. Se le asignará 50% del valor de  estos predios colindantes antes de urbanizar. Excepto  aquellos que tienen valor especifico  Predio La Ortega, estará sujeto a lo establecido en el  Oficio No. ICC-318/2000 del Instituto del Catastro.  Predios rústicos considerados para desarrollo 74.00habitacional. Si cuenta con permiso para fraccionar  Si no cuenta con permiso para fraccionar 38.00exceptuando los siguientes: Predios de uso agrícola  o ganadero, se regirán con la tabla de valores para  predios rústicos que a continuación se detalla.  

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOSUSO AGRICOLA Y GANADERO

CLAVE CLASIFICACION VALOR POR        HECTAREA

H1 HUERTA EN DESARROLLO 28,797.00H2 HUERTA EN PRODUCCIÓN 47,429.00H3 HUERTA EN DECADENCIA 22,021.00R1 RIEGO DE GRAVEDAD   18,632.00R2 RIEGO DE BOMBEO   16,940.00R3 MEDIOS RIEGOS (HUMEDAD) 8,469.00B1 BOSQUES VIRGENES   1,979.00B2 BOSQUES DE EXPLOTACION 6,775.00B3 BOSQUES EXPLOTADOS   3,388.00T1 TEMPORAL DE PRIMERA 5,761.00T2 TEMPORAL DE SEGUNDA 5,079.00T3 TEMPORAL DE TERCERA 4,234.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

A1 AGOSTADERO DE PRIMERA 2,377.00A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA 2,031.00A3 AGOSTADERO DE TERCERA 1,695.00A4 AGOSTADERO DE CUARTA 1,185.00A5 AGOSTADERO DE QUINTA 677.00TE TERRENOS ERIAZOS   203.00

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOS APLICABLES A LOS PREDIOS RÚSTICOS

CONCEPTO INCREMENTO % DEMERITO %PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

CAUDALES ACUIFEROS

LITROS POR SEGUNDO VALORDE 10 A 500 677.00

DE 501 A 1000 1,355.00DE 1001 A 1500 2,031.00

DE 1501 EN ADELANTE 2,541.00

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITO

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

ACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  

rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%

INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  

ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  

al terreno es satisfactoria.     0%

POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  

uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  

menor de 7.00 m. 42%

POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  

respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  

la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

TABLA DE DEMÉRITOS POR ESTADO DE CONSERVACIÓN APLICABLE A LAS CONSTRUCCIONES

CLASIFICACION %NUEVO   0BUENO 15

REGULAR 20MALO 35

RUINOSO   100

ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Sabinas, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal del 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DESABINAS, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

ZONA O SECTOR VALOR MÍNIMO POR M2 $VALOR

MÁXIMO POR M2 $

SABINAS1 215.00 633.002 67.00 125.003 59.00 155.004 100.00 256.005 177.00 376.006 26.00 348.007 49.00 95.008 103.00 183.009 112.00 345.00

10 26.00 224.0011 97.00 171.0012 42.00 174.0013 117.00 117.0014 112.00 224.0015 40.00 40.0016 171.00 171.0017 215.00 215.0018 171.00 171.0019 13.00 58.0020 32.00 63.0021 32.00 63.0022 50.00 65.0023 50.00 50.0024 32.00 72.0025 34.00 65.0026 13.00 59.0027 26.00 224.0028 11.00 65.00

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR VALOR

O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2

    $ $

CLOETE101 23.00 88.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

102 23.00 77.00103 23.00 77.00104 23.00 77.00105 54.00 67.00106 43.00 77.00108 13.00 70.00

AGUJITA201 31.00 110.00202 31.00 88.00203 23.00 88.00204 43.00 88.00205 43.00 68.00206 43.00 88.00207 23.00 31.00208 43.00 88.00209 19.00 19.00210 16.00 32.00

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. Hasta un 15%

INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  

ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado Hasta un 50%COMPOSICIÓN DEL SUBSUELO; Cuando las características físicas del subsuelo son de diferentes tipos de composición, desde rococo hasta arcilloso y que pueden dificultar la construcción y/o la instalación de servicios subterráneos (tuberías, ductos, etc.), o que han sufrido cambios (explotación). Hasta un

30%

TOPOGRAFÍATerreno plano con pendiente hasta un 8% Hasta un 5%Terreno en lomerío con pendiente de un 8% a un 20% Hasta un 10%Terreno de área cerril con pendiente de más de un 20% Hasta un 15%

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMÉRITO INCREMENTONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto

0% 40%al terreno es satisfactoria.    POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al

35%  uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente esmenor de 7.00 m. POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad

45%  respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuandola relación entre la profundidad y el frente sea mayorde 3.5 veces. CONDICIONES EN REFERENCIA A INFRAESTRUCTURA Servicios de : Agua, drenaje, pavimentación, energía eléctrica y alumbrado público. DEMÉRITO INCREMENTO

POR INCREMENTO: Cuando los predios obtuvieron la introducción de servicios municipales y no están considerados en el tabulador y/o catálogo de valores vigente (se consideran las áreas que se benefician con programas y los sectores urbanizados). Hasta un

  55%

SEMI-URBANOS: Cuando el terreno se encuentra ubicado dentro de la mancha urbana y no cuenta con (alguno-s) servicios municipales y/o no están urbanizados (traza, delimitación guarniciones de concreto, áreas públicas, etc Hasta un

30%  

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNA    MAXIMOPOPULAR 1,197.00ECONOMICO 1,686.00MEDIANO 2,362.00BUENO 2,959.00LUJOSA 3,742.00COMBINADO O MIXTO 2,562.00

HABITACIONAL ANTIGUAPOPULAR 1,380.00ECONOMICO 2,164.00MEDIANO 2,562.00

LOCALES COMERCIALESPOPULAR 1,778.00ECONOMICO 2,164.00MEDIANO 2,744.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

EDIFICIOSHASTA 6 NIVELES 1,706.00MAS DE 6 NIVELES 2,020.00

INDUSTRIALES Y ESPECIALESNORMAL 1,778.00BUENA 1,083.00

FRIGORIFICOS  2,744.00CINES Y TEATROS    2,562.00

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION %NUEVO   0BUENO 15REGULAR 25MALO 35RUINOSO   100

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

    VALOR UNITARIOCLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREA

H1 HUERTAS EN DESARROLLO     $25,036.00

H2 HUERTAS EN PRODUCCION     $35,766.00

H3 HUERTAS EN DECADENCIA     $19,543.00

R1 RIEGO POR GRAVEDAD     $21,460.00

R2 RIEGO POR BOMBEO     $17,883.00

R3 MEDIO RIEGOS (HUMEDAD)     $10,731.00

T1 TEMPORAL DE PRIMERA     $6,438.00

T2 TEMPORAL DE SEGUNDA     $4,292.00

T3 TEMPORAL DE TERCERA     $3,433.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

A1 AGOSTADERO DE PRIMERA     $2,682.00

A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA     $2,324.00

A3 AGOSTADERO DE TERCERA     $1,967.00

E1 ERIAZO         $154.00

TABLA DE VALORES DE COMUNIDADES EJIDALES

ZONA O SECTOR VALOR MÍNIMO POR M2 $VALOR

MÁXIMO POR M2 $

301 16.00 32.00302 16.00 32.00303 16.00 32.00304 16.00 32.00305 16.00 32.00305 16.00 32.00305 16.00 32.00306 16.00 32.00

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA A LAS VÍAS DE COMUNICACIÓN    

ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 KMS. 30  ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA DE 15 A 25 KMS 10  DISTANCIA DE CARRETERA PAVIMENTADA DE 25 KMS. EN ADELANTE   10DE ESTACION DE FERROCARRIL 30  SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%   5b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de San Buenaventura, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal del 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE SAN BUENAVENTURA, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA O SECTOR VALOR MINIMO POR M2 $VALOR

MAXIMO POR M2 $

1 16.00 477.00

2 50.00 477.00

3 10.00 477.00

4 10.00 441.00

5 29.00 91.00

7 29.00 172.00

8 29.00 175.00

9 40.00 40.00

10 9.00 9.00

EJIDOS

NOMBRE VALOR

ROSA DE GUADALUPE 22.00

SANTA GERTRUDIS 22.00

NUEVO SOMBRERETE 22.00

SAN BLAS 22.00

NUEVO POBLADO DE SACRAMENTO22.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

SACA DE BUCARELI22.00

ALFREDO B. BONFIL22.00

GUADALUPE VICTORIA22.00

SAN FRANCISCO22.00

SAN LORENZO22.00

SAN ANTONIO DE LAS HIGUERAS22.00

SAN ANTONIO DE LA CASCADA21.00

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS DEMERITOACCIDENTADO: Cuando el terreno está en: Lomas  

rocosas, márgenes de ríos, arroyos o acequías. 15%

INTERIOR: Cuando el terreno no tiene acceso a  

ninguna de las calles que lo circundan o rodean en  la manzana en que está ubicado   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS DEMERITONORMAL: Cuando la funcionalidad respecto  

al terreno es satisfactoria.    0%

POCO FRENTE: Cuando la funcionalidad respecto al  

uso del terreno no es satisfactoria. Cuando el frente es  

menor de 7.00 m. 42%

POR PROFUNDIDAD: Cuando la funcionalidad  

respecto al uso del terreno no es satisfactoria. Cuando  

la relación entre la profundidad y el frente sea mayor  de 3.5 veces.   45%

EXCESO DE SUPERFICIE

0 A 500 m2 5%501 A 1000 m2 10%

1001 A 2500 m2 15%

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

2501 A 5000 m2 20%5001 m2 en adelante 25%

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONAL MODERNA    MAXIMOECONOMICO 2,288.00MEDIANO 3,312.00BUENO 4,420.00

HABITACIONAL ANTIGUABUENO   1456.00

REGULAR 1040.00MALO   728.00

LOCALES COMERCIALESBODEGA 1,560.00 BUENO 2,080.00

REGULAR   3,120.00

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION %

NUEVO   0

BUENO 15

REGULAR 25

MALO 35

RUINOSO   100

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

    VALOR UNITARIOCLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO POR HECTAREA

H1 HUERTAS EN DESARROLLO     2,600.00

H2 HUERTAS EN PRODUCCION   31,200.00

H3 HUERTAS EN DECADENCIA   13,728.00

R1 RIEGO POR GRAVEDAD   10,327.00

R2 RIEGO POR BOMBEO   10,478.00

R3 MEDIOS RIEGOS (HUMEDAD)   4,576.00

T1 TEMPORAL DE PRIMERA   5,720.00

T2 TEMPORAL DE SEGUNDA   3,120.00

T3 TEMPORAL DE TERCERA   2,080.00

A1 AGOSTADERO DE PRIMERA   1,352.00

A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA   832.00

A3 AGOSTADERO DE TERCERA   624.00

A 4 AGOSTADERO DE CUARTA   416.00

  HORAS AGUA       1,040.00

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOS APLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  

VIAS DE COMUNICACIÓN    

ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  

DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  

DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  

DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10

DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    

SIN CAMINO DE ACCESO   20

AGRICOLA USO POTENCIAL    

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  

II. AGRICOLA INTENSA 10  

III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10

VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20

TOPOGRAFIA    

a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    

b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10

c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Viesca, Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal del 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES DE SUELO Y CONSTRUCCION DEL MUNICIPIO DE VIESCA, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA O SECTOR VALOR MÍNIMO POR M2 $VALOR

MÁXIMO POR M2 $

1 14.00 51.00SOLARES URBANOS EN LOS POBLADOS O EJIDOS

5 DE MAYO 11.00BAJIO DE AHUICHILA 11.00EULALIO GUTIERREZ 11.00NCP LA FE 11.00NUEVO CUAUHTEMOC 11.00GRACIANO SANCHEZ 11.00EL ALAMO 11.00NCP MARGARITAS 11.00VILLA DE BILBAO 11.00SAUCILLO 11.00V. CARRANZA 11.00EMILIANO ZAPATA 11.00GABINO VAZQUEZ 11.00NUEVO MARGARITAS 11.00SAN JUAN DE VILLANUEVA 11.00

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

BUENAVISTA 11.00TIERRA Y LIBERTAD 11.00NIÑOS HEROES     11.00

TABLA DE VALORES DE TERRENO URBANO

ZONA VALOR   VALOR

O MINIMO MAXIMO

SECTOR POR M2 POR M2

    $   $SOLARES URBANOS EN LOS POBLADOS O EJIDOS

LA FE 11.00IGNACIO ZARAGOZA 11.00NCP LAGUNA SECA 11.00SAN MANUEL 11.00GILITA 11.00LA NORIA 11.00LA ROSITA 11.00MIELERAS 11.00ALTO DEL PALOMILLO 11.00EL ESFUERZO 11.00BARRANQUITAS 11.00SAN ISIDRO 11.00FLOR DE MAYO 11.00LA VENTANA 11.00EL PALMAR 11.00TANQUE AGUILEREÑO 11.00CASCO DEL TANQUE 11.00SAN JOSE DEL AGUEJE 11.00PUNTA DE SANTO DOMINGO 11.00DARIAS 11.00LA MANCHA 11.00BOQUILLA DE LAS PERLAS 11.00TOMAS GARRIDO     11.00

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FISICAS YGEOMETRICAS, APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

CONDICIONES FISICAS

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

ACCIDENTADO   INTERIOR10 a 25%   50%

CONDICIONES GEOMETRICAS    POCO EXCESO EXCESO

NORMAL IRREGULAR FRENTE FRENTE FONDO0% 15% 15% 15% 10 AL 40%

TABLA DE VALORES DE CONSTRUCCION

HABITACIONALCODIGO           VALOR M2

1 ANTIGUO ECONOMICA 624.002 ANTIGUO 1,072.003 MEDIO 1,271.004 MODERNO         1,934.005 COMERCIAL - INDUSTRIAL 1,590.00

   6 GRANJA AVICOLA 783.00

   7 TEJABAN 454.00

TABLA DE DEMERITOS POR ESTADO DE CONSERVACIONAPLICABLES A LOS VALORES DE CONSTRUCCION

CLASIFICACION %NUEVO   0%BUENO 15%

REGULAR 25%MALO 35%

RUINOSO   100%

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TABLA DE VALORES DE PREDIOS RUSTICOS

CLAVE CLASIFICACION DEL TERRENO VALOR UNITARIO POR HECTÁREA

H1 HUERTAS EN DESARROLLO   41,140.00H2 HUERTAS EN PRODUCCION   53,064.00H3 HUERTAS EN DECADENCIA   29,213.00R2 RIEGO POR BOMBEO   23,849.00  ROTACIÓN   12,724.00  TIERRA CULTIVABLE SIN AGUA   8,298.00

 ERIAZO (caminos, canales, arenales, salitre, etc.) 1,370.00

  ERIAZO (fuera de la pequeña propiedad)   141.00T1 TEMPORAL DE PRIMERA   3,234.00T2 TEMPORAL DE SEGUNDA   2,426.00T3 TEMPORAL DE TERCERA   1,617.00A1 AGOSTADERO DE PRIMERA   1,211.00A2 AGOSTADERO DE SEGUNDA   1,050.00A3 AGOSTADERO DE TERCERA   888.00A4 AGOSTADERO DE CUARTA     727.00

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMERITOSAPLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS

          %CONCEPTO INCREMENTO DEMERITO

PROXIMIDAD URBANA HASTA 5 kms. 20  VIAS DE COMUNICACIÓN    ALEDAÑO A CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 15 kms. 20  DE CARRETERA PAVIMENTADA HASTA 5 kms. 30  DE ESTACION DE FERROCARRIL 10  DE 15 A 25 kms. DE CARRETERA PAVIMENTADA   10DE 25 kms. EN DELANTE DE CARRETERA PAVIMENTADA    SIN CAMINO DE ACCESO   20AGRICOLA USO POTENCIAL    I. AGRICOLA MUY INTENSA 20  II. AGRICOLA INTENSA 10  III a V. AGRICOLA MODERADA A INTENSA   10VI a VIII. AGRICOLA MODERADA SILVESTRE   20TOPOGRAFIA    a). PLANO PENDIENTE HASTA 8%    

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

b). LOMERIO PENDIENTE DE 8 A 20%   10c). CERRIL PENDIENTE MAS DE 20%       20

TRANSITORIOS

PRIMERO. Las Tablas de Valores de Suelo y Construcción de los municipios de: Abasolo, Allende, Arteaga, Candela, Cuatro Ciénegas, Escobedo, Francisco I. Madero, General Cepeda, Hidalgo, Jiménez, Juárez, Lamadrid, Monclova, Ocampo, Progreso, Ramos Arizpe, Sabinas, San Buenaventura y Viesca del Estado de Coahuila de Zaragoza, regirán a partir de 1° de enero de 2015.

SEGUNDO. Expídase el Decreto o Decretos correspondientes para su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a 15 de diciembre de 2014.

POR LA COMISIÓN DE FINANZAS DE LA LIX LEGISLATURA

NOMBRE Y FIRMA VOTO

Dip. José Luis Moreno AguirreCoordinador

A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Fernando Simón Gutiérrez Pérez.Secretario

A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Jorge Alanís Canales.

A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Indalecio Rodríguez López.

A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Elvia Guadalupe Morales García.

A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

Dip. Norma Alicia Delgado Ortiz.

A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Simón Hiram Vargas Hernández. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

DICTAMEN de la Comisión de Finanzas de la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado, con relación al expediente formado con motivo de las adecuaciones que habrán de implementarse a los valores catastrales que sirven como base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza para el Ejercicio Fiscal 2015.

R E S U L T A N D O

PRIMERO. Que en atención a la reforma al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos aprobadas en Diciembre de 1999, se establecieron nuevas pautas para el desarrollo municipal, otorgándose a favor de los municipios mayores facultades para el cumplimiento de sus funciones en beneficio de su comunidad.

SEGUNDO. De conformidad con el marco jurídico estatal, el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza en su: Artículo 102, Fracción V, numeral 8, señala que los municipios deberán “Proponer al Congreso del Estado las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, en los términos de las leyes fiscales y conforme a los principios de equidad, proporcionalidad y capacidad contributiva”.

Por otra parte, La Ley General del Catastro y la Información Territorial para el Estado de Coahuila de Zaragoza señala:

Artículo 28 “La Unidad y el Instituto formularán conjuntamente los proyectos de tablas de valores unitarios de suelo y construcción para el municipio que corresponda. Estos se elaborarán mediante los procedimientos técnicos y consideraciones administrativas, a fin de obtener en ellos un avalúo equitativo y proporcional de la propiedad inmueble…”

Artículo 30 “La Unidad y el Instituto deberán presentar al Ayuntamiento, de manera conjunta los proyectos de tablas de valores unitarios de suelo y de construcción conforme a esta ley…”

Artículo 33 “El ayuntamiento, en el ámbito de su competencia y habiendo aprobado los proyectos definitivos correspondientes, propondrá a la legislatura del Estado, a más tardar el 31 de octubre de cada año, con arreglo a la ley y de acuerdo a los principios de equidad y proporcionalidad, de las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones…”

TERCERO. Para dar cumplimiento a estas disposiciones, el Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, a través de la Comisión de Finanzas, ha dado continuidad a un programa con los

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

municipios para definir los criterios proporcionales y equitativos aplicables para fijar la base de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, de conformidad con las disposiciones vigentes.

En este programa también participa el Instituto Coahuilense del Catastro y la Información Territorial como órgano de apoyo y asesoría necesaria.

Así dando cumplimiento a las disposiciones locales vigentes y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. Que entre las medidas que se adoptaron para cumplir con el objeto de la presentación de las Tablas de Valores Catastrales, se instalaron las Juntas Municipales Catastrales, se llevaron a cabo diversos trabajos técnicos, se elaboró un programa para la revisión de la actividad catastral, se establecieron criterios para la determinación de los Valores Catastrales y se aplicó un programa que apoye la eficiencia del cobro.

SEGUNDO. En el caso de los municipios en lo rustico, urbano, construcciones y fraccionamientos la Junta Municipal Catastral acordaron proponer al Ayuntamiento el siguiente incremento en sus Tablas de Valores para el Ejercicio Fiscal 2015.

Saltillo Incremento del 4%

TERCERO. Así mismo, para lograr una correcta aplicación de los valores catastrales de suelo y construcción 2015; se acordó disponer que los Ayuntamientos deberán observar los lineamientos establecidos por el Instituto Coahuilense del Catastro y la Información Territorial; con el fin de establecer un Sistema Estatal de Valuación, que permita una recaudación justa y equitativa.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, esta Comisión de Finanzas, somete a su consideración el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

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ARTÍCULO ÚNICO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES CATASTRALES DEL SUELO Y CONSTRUCCION, APLICABLE A LOS PREDIOS URBANOS DEL MUNICIPI0 DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

VALORES DE LA ZONA CENTRO DEL MUNICIPIO DE SALTILLO, COAHUILA.

TABLA DE LOS VALORES POR TIPO DE TERRENO FUERA DE LAZONA CENTRO PARA COLONIAS Y FRACCIONAMIENTOS

TABLAS DE VALORES CATASTRALES POR COLONIAS Y FRACCIONAMIENTOS APLICABLE A LOS PREDIOS URBANOS DEL MUNICIPI0 DE SALTILLO, COAHUILA PARA

EL AÑO 2015

CONCENTRADO DE LA TABLA DE VALORES CATASTRALES APLICABLE A LOS PREDIOS

SIN TRAZA, UBICADOS DENTRO DEL PERÍMETRO URBANO DEL MUNICIPIO DE SALTILLO COAHUILA

PLANO DE LOS VALORES CATASTRALES APLICABLE A LOS PREDIOS SIN TRAZA, UBICADOS DENTRO DEL PERÍMETRO URBANO DEL MUNICIPIO DE SALTILLO

COAHUILA

TABLA DE DEMERITOS EN PREDIOS CON PROFUNDIDADMAYOR A LA RELACIÓN DE 3.5 VECES DE SU FRENTE

TABLA DE DEMERITOS DE PREDIOS CON FRENTE MENOR A 7.00 M.

TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FÍSICAS Y GEOMÉTRICASAPLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS

TABLA DE DEMERITOS SEGÚN TAMAÑO Ó DIMENSIÓNAPLICABLE A LOS PREDIOS UBICADOS DENTRO DEL

PERÍMETRO URBANO Y SIN TRAZA URBANA

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INCREMENTO POR ESQUINA

En forma general, una superficie de 225 m2 para predios rectangulares y la superficie que

resulte de formar una figura tomando como base 15.00 metros a partir de la intersección de los

parámetros, a lo largo de los mismos y con unas perpendiculares en los puntos donde se

marquen dichas medidas.

El porcentaje de incremento a su valor, está clasificado según el tipo de esquina de que se

trate.

Los tipos de esquina se clasifican en: Comercial de primer orden, Comercial de segundo orden

y no Comercial.

a).- El valor se incrementará en 20 % tratándose de Lotes situados en esquinas Comerciales

de primer orden, considerándose como tales, las correspondientes a calles en que las

construcciones se encuentren destinadas o acondicionadas en su mayor parte a usos

Comerciales de primera clase.

También se tendrán como esquinas Comerciales de primer orden, aquellas en que estén

establecidos comercios de la categoría indicada, además en el caso en que el resto de las

construcciones ubicadas en la misma calle no estén destinas a esos usos.

b).- El valor se incrementará en un 15 % cuando se trata de lotes ubicados en una esquina con

establecimientos comerciales de segunda clase, a las esquinas en que estos lotes estén

ubicados, se les denominara Comerciales de segundo orden.

c).- Los valores de lotes situados en esquinas no Comerciales se les incrementará en un 10 %

se consideran como esquinas no Comerciales aquellas formadas por calles donde se

encuentren Lotes que en su totalidad ó en su mayor parte; están destinas a habitación ó

a otros usos no comerciales.

d).- Estos incrementos por esquina descritos en los puntos anteriores se calcularán en relación

con el valor menor de las calles en donde está situado el Lote.

CONCENTRADO DE TABLAS DE VALORES UNITARIOS DE CONSTRUCCIÓN.

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DESCRIPCIÓN Y TIPOS DE CONSTRUCCIÓN

TABLAS DE DEMERITOS DE LA CONSTRUCCIÓN

TABLA DE VALORES CATASTRALES APLICABLES A LOSPREDIOS URBANOS DENTRO DE LAS LOCALIDADES URBANAS, TALES COMO:LOS VALDEZ, LOS RODRÍGUEZ, LOS GONZALEZ, LOS SILLER, LOS RAMONES,

TORRECILLAS, LA LIBERTAD, PADRES SANTOS, AGUA NUEVA, GOMEZ FARIAS, LOS GALINDO, DERRAMADERO, SANTA TERESA DE LOS MUCHACHOS Y SOLARES DE

CENTROS DE POBLACIÒN EJIDAL TITULADOS POR EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL

TABLA DE VALORES APLICABLES A LOS PREDIOS RÚSTICOS

PLANO DE VALORES DE LA ANGOSTURA

TABLA DE VALORES CATASTRALES APLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS ADYACENTES A CARRETERAS DE ACCESO A LA CIUDAD Y FUERA DEL PERÍMETRO

URBANO

TABLA DE INCREMENTOS Y DEMETRITOS APLICABLES A LOSPREDIOS RUSTICOS

CLASIFICACIÓN DE AGOSTADERO SEGÚN COEFICIENTE

T R A N S I T O R I O S

ARTÍCULO PRIMERO. Las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza contenidas en el presente decreto regirán a partir del 1° de enero de 2015.

ARTÍCULO SEGUNDO. Expídase el Decreto correspondiente para su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

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Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, en la ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a 15 de diciembre de 2014.

POR LA COMISIÓN DE FINANZAS DE LA LIX LEGISLATURA

NOMBRE Y FIRMA VOTO

Dip. José Luis Moreno AguirreCoordinador A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Fernando Simón Gutiérrez Pérez.Secretario A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Jorge Alanís Canales.A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Indalecio Rodríguez López.A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Elvia Guadalupe Morales García.

A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Norma Alicia Delgado Ortiz.

A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Simón Hiram Vargas Hernández.

A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

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DICTAMEN de la Comisión de Finanzas de la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado, con relación al expediente formado con motivo de las adecuaciones que habrán de implementarse a los valores catastrales que sirven como base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza para el Ejercicio Fiscal 2015.

R E S U L T A N D O

PRIMERO. Que en atención a la reforma al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos aprobadas en Diciembre de 1999, se establecieron nuevas pautas para el desarrollo municipal, otorgándose a favor de los municipios mayores facultades para el cumplimiento de sus funciones en beneficio de su comunidad.

SEGUNDO. De conformidad con el marco jurídico estatal, el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza en su: Artículo 102, Fracción V, numeral 8, señala que los municipios deberán “Proponer al Congreso del Estado las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, en los términos de las leyes fiscales y conforme a los principios de equidad, proporcionalidad y capacidad contributiva”.

Por otra parte, La Ley General del Catastro y la Información Territorial para el Estado de Coahuila de Zaragoza señala:

Artículo 28 “La Unidad y el Instituto formularán conjuntamente los proyectos de tablas de valores unitarios de suelo y construcción para el municipio que corresponda. Estos se elaborarán mediante los procedimientos técnicos y consideraciones administrativas, a fin de obtener en ellos un avalúo equitativo y proporcional de la propiedad inmueble…”

Artículo 30 “La Unidad y el Instituto deberán presentar al Ayuntamiento, de manera conjunta los proyectos de tablas de valores unitarios de suelo y de construcción conforme a esta ley…”

Artículo 33 “El ayuntamiento, en el ámbito de su competencia y habiendo aprobado los proyectos definitivos correspondientes, propondrá a la legislatura del Estado, a más tardar el 31 de octubre de cada año, con arreglo a la ley y de acuerdo a los principios de equidad y proporcionalidad, de las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones…”

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TERCERO. Para dar cumplimiento a estas disposiciones, el Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, a través de la Comisión de Finanzas, ha dado continuidad a un programa con los municipios para definir los criterios proporcionales y equitativos aplicables para fijar la base de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, de conformidad con las disposiciones vigentes.

En este programa también participa el Instituto Coahuilense del Catastro y la Información Territorial como órgano de apoyo y asesoría necesaria.

Así dando cumplimiento a las disposiciones locales vigentes y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. Que entre las medidas que se adoptaron para cumplir con el objeto de la presentación de las Tablas de Valores Catastrales, se instalaron las Juntas Municipales Catastrales, se llevaron a cabo diversos trabajos técnicos, se elaboró un programa para la revisión de la actividad catastral, se establecieron criterios para la determinación de los Valores Catastrales y se aplicó un programa que apoye la eficiencia del cobro.

SEGUNDO. En el caso de los municipios en lo rustico, urbano, construcciones y fraccionamientos la Junta Municipal Catastral acordaron proponer al Ayuntamiento el siguiente incremento en sus Tablas de Valores para el Ejercicio Fiscal 2015.

Saltillo Incremento del 4%

TERCERO. Así mismo, para lograr una correcta aplicación de los valores catastrales de suelo y construcción 2015; se acordó disponer que los Ayuntamientos deberán observar los lineamientos establecidos por el Instituto Coahuilense del Catastro y la Información Territorial; con el fin de establecer un Sistema Estatal de Valuación, que permita una recaudación justa y equitativa.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, esta Comisión de Finanzas, somete a su consideración el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

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ARTÍCULO ÚNICO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES CATASTRALES DEL SUELO Y CONSTRUCCION, APLICABLE A LOS PREDIOS URBANOS DEL MUNICIPI0 DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

VALORES DE LA ZONA CENTRO DEL MUNICIPIO DE SALTILLO, COAHUILA DE ZARAGOZA.

TABLA DE LOS VALORES POR TIPO DE TERRENO FUERA DE LA ZONA CENTRO PARA COLONIAS Y FRACCIONAMIENTOS

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TABLAS DE VALORES CATASTRALES POR COLONIAS Y FRACCIONAMIENTOS APLICABLE A LOS PREDIOS URBANOS DEL MUNICIPI0 DE SALTILLO, COAHUILA PARA

EL AÑO 2015

COLONIA O FRACCIONAMIENTOS TIPÓ DE TERRENO01 DE MAYO POPULAR (2)05 DE MAYO POPULAR (2)07 DE NOVIEMBRE POPULAR (2)10 DE ABRIL POPULAR (2)10 DE MAYO POPULAR (2)12 DE OCTUBRE POPULAR (1)13 DE SEPTIEMBRE POPULAR (1)15 DE ABRIL POPULAR (2)15 DE SEPTIEMBRE POPULAR (2)23 DE NOVIEMBRE POPULAR (2)26 DE MARZO INTERES SOCIAL (2)ACUEDUCTO MEDIO MEDIOADOLFO LOPEZ MATEOS INTERES SOCIAL (1)AGUA AZUL MEDIO BAJOAGUA NUEVA POPULAR (1)ALAMEDA MEDIO MEDIOALAMOS INTERES SOCIAL (1)ALBATROS RESIDENCIAL RESIDENCIAL 1a.ALFREDO V BONFIL POPULAR (2)

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ALONDRA MEDIO BAJOALPES MEDIO ALTOALPES NORTE MEDIO ALTOAMERICA MEDIO BAJOAMISTAD II INTERES SOCIAL (1)AMISTAD III INTERES SOCIAL (1)AMPIACION BRISAS MEDIO BAJOAMPLIACION 23 DE NOVIEMBRE POPULAR (2)AMPLIACION 26 DE MARZO INTERES SOCIAL (2)AMPLIACION 26 DE MARZO II SECTOR POPULAR (1)AMPLIACION AGUA NUEVA POPULAR (1)AMPLIACION AMISTAD INTERES SOCIAL (1)AMPLIACION AZTECA INTERES SOCIAL (1)AMPLIACION BENITO JUAREZ POPULAR (2)AMPLIACION BONANZA MEDIO BAJOAMPLIACION CERRO DEL PUEBLO POPULAR (2)AMPLIACION DEL VALLE MEDIO BAJOAMPLIACION EL ALAMO O EL ALAMO II POPULAR (1)AMPLIACION EL CAMPANARIO MEDIO MEDIOAMPLIACION EL SAUZ MEDIO BAJOAMPLIACION EVARISTO PEREZ ARREOLA POPULAR (1)AMPLIACION EVARISTO PEREZ ARREOLA SUR POPULAR (1)AMPLIACION EVARISTO PEREZ ARREOLA SUR 3 SEC POPULAR (1)AMPLIACION FEDERICO BERRUETO POPULAR POPULAR (2)AMPLIACION GIRASOL POPULAR (2)AMPLIACION GONZALEZ POPULAR (2)AMPLIACION GONZALEZ POPULAR (2)AMPLIACION GUADALUPE VICTORIA POPULAR (1)AMPLIACION IGNACIO ALLENDE POPULAR (1)AMPLIACION JARDINES DE VERSALLES RESIDENCIAL LUJOAMPLIACION LA ESTRELLA INTERES SOCIAL (1)AMPLIACION LA FUENTE MEDIO BAJOAMPLIACION LA HERRADURA INTERES SOCIAL (2)AMPLIACION LA MINITA POPULAR (2)AMPLIACION LA PALMA POPULAR (1)AMPLIACION LA PALMILLA POPULAR (1)AMPLIACION LA PALMILLA II POPULAR (1)AMPLIACION LA ROSA MEDIO MEDIOAMPLIACION LANDIN POPULAR (2)AMPLIACION LAS MISIONES RESIDENCIAL 1a.AMPLIACION LATINOAMERICANA RESIDENCIAL 1a.AMPLIACION LOMA ALTA POPULAR (1)AMPLIACION LOMAS DE CHAPULTEPEC INTERES SOCIAL (2)AMPLIACION LOMAS VERDES (III) INTERES SOCIAL (1)AMPLIACION LOS DOCTORES MEDIO ALTO

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AMPLIACION LOS FRESNOS POPULAR (1)AMPLIACION LOS MAESTROS MEDIO ALTOAMPLIACION LUCIO BLANCO POPULAR (2)AMPLIACION MAGISTERIO MEDIO MEDIOAMPLIACION MESA DE LOURDES POPULAR (2)AMPLIACION MIGUEL HIDALGO POPULAR (2)AMPLIACION MIRAVALLE MEDIO ALTOAMPLIACION MORELOS INTERES SOCIAL (2)AMPLIACION MORELOS 1815 2 ETAPA INTERES SOCIAL (2)AMPLIACION NIÑOS HEROES POPULAR (1)AMPLIACION NUEVA JERUSALEM POPULAR (1)AMPLIACION OBRERA POPULAR (1)AMPLIACION OSCAR FLORES TAPIA POPULAR (2)AMPLIACION PARAJES DE ORIENTE INTERES SOCIAL (2)AMPLIACION PARAJES DE SANTA ELENA INTERES SOCIAL (2)AMPLIACION PATRIA NUEVA POPULAR (1)AMPLIACION PERIODISTAS MEDIO BAJOAMPLIACION PRADERAS MEDIO MEDIOAMPLIACION PRIVADAS LUXEMBURGO MEDIO ALTOAMPLIACION PROGRESO POPULAR (1)AMPLIACION PROGRESO III POPULAR (1)AMPLIACION ROMITA POPULAR (2)AMPLIACION SALTILLO 2000 3a. INTERES SOCIAL (2)AMPLIACION SALTILLO 2000 4o. INTERES SOCIAL (2)AMPLIACION SALTILLO 2000 5a INTERES SOCIAL (2)AMPLIACION SALTILLO 2000 7a INTERES SOCIAL (2)AMPLIACION SALTILLO 2000 SEXTA INTERES SOCIAL (2)AMPLIACION SAN ISIDRO RESIDENCIAL RESIDENCIAL 1a.AMPLIACION SAN JOSE POPULAR (1)AMPLIACION SAN RAMON MEDIO BAJOAMPLIACION SANTA LUCIA INTERES SOCIAL (2)AMPLIACION SANTA MARIA INTERES SOCIAL (1)AMPLIACION VALLE DE LAS FLORES POPULAR POPULAR (2)AMPLIACION VALLE DE LAS PALMAS POPULAR (1)AMPLIACION VALLE DE MORELOS INTERES SOCIAL (2)AMPLIACION VALLE DE SAN ANTONIO POPULAR (2)AMPLIACION VALLE UNIVERSIDAD MEDIO BAJOAMPLIACION VICENTE GUERRERO POPULAR (2)AMPLIACION VILLA OLIMPICA RESIDENCIAL 1a.AMPLIACION VILLAS DE SAN LORENZO INTERES SOCIAL (2)AMPLIACION VISTAHERMOSA POPULAR (2)ANAHUAC POPULAR (2)ANTONIO CARDENAS POPULAR (2)ANTONIO CARDENAS SUR INTERES SOCIAL (1)ARBOLEDAS POPULAR POPULAR (2)

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ARBOLEDAS RESIDENCIAL RESIDENCIAL 1a.ARCOS DE BELEN INTERES SOCIAL (2)ASTURIAS INTERES SOCIAL (1)AUSTRALIA INTERES SOCIAL (2)AVICOLA INDUSTRIAL (2)AZTECA POPULAR (2)BALCONES DE BELLAVISTA MEDIO BAJOBALCONES DE BUENAVISTA MEDIO BAJOBALCONES DE LA AURORA MEDIO MEDIOBALCONES DE LANDIN MEDIO BAJOBALCONES DE LAS TORRES INTERES SOCIAL (1)BALCONES DE MORELOS INTERES SOCIAL (2)BARRIO SAN LUISITO POPULAR (1)BARRIO SANTA ANITA POPULAR (2)BELLAVISTA POPULAR (2)BENITO JUAREZ POPULAR (2)BETA CENTAURO INTERES SOCIAL (1)BOCANEGRA POPULAR (1)BONANZA MEDIO BAJOBORDO DEL FERROCARIL POPULAR (1)BRISAS DEL VALLE MEDIO BAJOBRISAS PONIENTE MEDIO BAJOBUENOS AIRES POPULAR (2)BUGAMBILIAS RESIDENCIAL 1a.BUITRES 1 SECTOR POPULAR (1)BUROCRATAS DEL ESTADO MEDIO BAJOBUROCRATAS MUNICIPALES INTERES SOCIAL (2)BUROCRATAS MUNICIPALES MEDIO BAJOCAMPESTRE ANTIGUA HDA SAN ALBERTO CAMPESTRECAMPO VERDE POPULAR (1)CAPELLANIA RESIDENCIAL 1a.CARMEN CABELLO POPULAR (2)CECILIA OCELLI DE SALINAS POPULAR (2)CENTENARIO POPULAR (2)CERRADA DE GUADALUPE MEDIO ALTOCERRADA DE SAN LORENZO MEDIO MEDIOCERRO DEL PUEBLO POPULAR (2)CHAMIZAL POPULAR (2)CHAPULTEPEC INTERES SOCIAL (2)CIMA DE VIRREYES INTERES SOCIAL (2)CIPRESES INTERES SOCIAL (2)CIUDAD LAS TORRES MEDIO BAJOCIUDAD LAS TORRES 2 SECTOR MEDIO BAJOCIUDAD MIRASIERRA 1 ETAPA INTERES SOCIAL (2)CIUDAD MIRASIERRA 2 ETAPA INTERES SOCIAL (2)

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COLIBRI MEDIO BAJOCOLINAS DE SAN FRANCISCO INTERES SOCIAL (2)COLINAS DE SAN LORENZO INTERES SOCIAL (2)COLINAS DEL SUR INTERES SOCIAL (1)CONDESA POPULAR (2)CONDOMINIO LA MAGUELLADA MEDIO MEDIOCONDOMINIO VILLANUEVA MEDIO BAJOCONEJO IXTLERO POPULAR (1)CONGR. SAN J DE LOS CERRITOS PRIVADA DE OTE INTERES SOCIAL (2)CONQUISTADORES INTERES SOCIAL (2)COUNTRY CLUB RESIDENCIAL 1a.CRUZ DEL AIRE MEDIO MEDIOCUMBRES RESIDENCIAL 1a.DEIMOS INTERES SOCIAL (1)DEIMOS II INTERES SOCIAL (1)DEL I S S S T E MEDIO MEDIODEL MAGISTERIO MEDIO MEDIODEL MAGISTERIO (UNIDAD HABITACIONAL) MEDIO MEDIODEL VALLE MEDIO MEDIODERRAMADERO INDUSTRIAL INDUSTRIAL (1)DIANA LAURA RIOJAS DE COLOSIO POPULAR (1)EJERCITO CONSTITUCIONALISTA POPULAR (2)EJIDAL POPULAR (1)EL ALAMO POPULAR (2)EL ALAMO INTERES SOCIAL (1)EL ALAMO III POPULAR (2)EL BALUARTE MEDIO MEDIOEL BOSQUE POPULAR (2)EL CAMPANARIO MEDIO MEDIOEL CERRITO POPULAR (1)EL EJIDO POPULAR (1)EL INDIO POPULAR (2)EL MONTE DE EL SINAI POPULAR (1)EL NOGALAR POPULAR (1)EL OASIS MEDIO BAJOEL OLMO MEDIO MEDIOEL PARAISO POPULAR (1)EL PEDREGAL INTERES SOCIAL (2)EL PROGRESO POPULAR (1)EL RECREO CAMPESTREEL RODEO MEDIO BAJOEL ROSARIO MEDIO BAJOEL SALVADOR POPULAR (1)EL SAUZ MEDIO BAJOEL TANQUESITO POPULAR (1)

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EL TAPANCO MEDIO MEDIOEL TOREO INTERES SOCIAL (2)EL VOLCAN INTERES SOCIAL (2)EMILIANO ZAPATA POPULAR (1)EMILIO CARRANZA MEDIO MEDIOEULALIO GUTIERREZ POPULAR (2)EULALIO GUTIERREZ POPULAR (1)EUROPA MEDIO BAJOEVARISTO PEREZ ARREOLA POPULAR (1)EX HDA SAN JOSE DE LOS CERRITOS. POPULAR (1)FAJA DE ORO INTERES SOCIAL (1)FEDERICO BERRUETO RAMON INFONAVIT INTERES SOCIAL (2)FEDERICO BERRUETO RAMON POPULAR POPULAR (2)FERROCARRILEROS POPULAR (1)FLORA ORTEGA POPULAR (1)FRANCISCO I MADERO MEDIO BAJOFRANCISCO I MADERO (UNIDAD HABITACIONAL) INTERES SOCIAL (2)FRANCISCO I MADERO POPULAR POPULAR (1)FRANCISCO MURGUIA (FF.CC.) POPULAR (1)FRANCISCO VILLA POPULAR (2)FRANJA VISTA HERMOSA POPULAR (2)FROYLAN MIER NARRO MEDIO BAJOFUNDADORES 4 INTERES SOCIAL (1)FUNDADORES 5 INTERES SOCIAL (1)FUNDADORES DE LA LIBERTAD POPULAR (1)FUNDADORES I SECTOR MEDIO BAJOFUNDADORES II SECTOR INTERES SOCIAL (1)FUNDADORES III SECTOR INTERES SOCIAL (1)FUNDADORES IV INTERES SOCIAL (1)GASPAR VALDES POPULAR (2)GENARO VAZQUEZ POPULAR (1)GIRASOL POPULAR (2)GOMEZ FARIAS ZONA TIPICAGONZALEZ POPULAR (2)GONZALEZ NORTE POPULAR (2)GUADALUPE VICTORIA POPULAR (1)GUANAJUATO MEDIO ALTOGUANAJUATO ORIENTE MEDIO ALTOGUAYULERA POPULAR (2)GUAYULERA TIERRA Y ESPERANZA POPULAR (2)GUSTAVO DIAZ ORDAZ INTERES SOCIAL (2)GUSTAVO ESPINOZA MIRELES POPULAR (2)HACIENDA EL CORTIJO INTERES SOCIAL (2)HACIENDA EL REFUGIO MEDIO ALTOHACIENDA LA MAGUEYADA MEDIO MEDIO

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HACIENDA LAS CAMPANAS MEDIO ALTOHACIENDA LAS ISABELES INTERES SOCIAL (2)HACIENDA SAN CARLOS MEDIO BAJOHACIENDA SAN PABLO MEDIO BAJOHACIENDA SAN RAFAEL MEDIO ALTOHACIENDAS DEL SUR MEDIO ALTOHEROES DE CHAPULTEPEC POPULAR (2)HUERTA DE LOS REYES POPULAR (2)HUERTA LOS PILARES MEDIO ALTOHUERTAS DE SAN LORENZO INTERES SOCIAL (2)HUERTAS DE VENANCIO POPULAR (2)IGNACIO ALLENDE POPULAR (1)IGNACIO ZARAGOZA 1 INTERES SOCIAL (1)IGNACIO ZARAGOZA 2 INTERES SOCIAL (1)IGNACIO ZARAGOZA 3 INTERES SOCIAL (1)IGNACIO ZARAGOZA 4 INTERES SOCIAL (1)IGNACIO ZARAGOZA POPULAR POPULAR (2)INDEPENDENCIA POPULAR (1)INDUSTRIAL LAS TORRES INDUSTRIAL (2)INDUSTRIAL SANTA FE INDUSTRIAL (2)INDUSTRIAL VALLE DE SALTILLO INDUSTRIAL (2)INSURGENTES MEDIO ALTOINTRODUCTORES DE GANADO POPULAR (1)ISABEL AMALIA DE FLORES TAPIA POPULAR (2)JACARANDAS JARDIN MEDIO ALTOJARDIN RESIDENCIAL 1a.JARDIN ORIENTE MEDIO MEDIOJARDINES COLONIALES MEDIO MEDIOJARDINES DE LA FLORIDA MEDIO MEDIOJARDINES DE LOS BOSQUES INTERES SOCIAL (2)JARDINES DE VALLE RESIDENCIAL 1a.JARDINES DE VERSALLES RESIDENCIAL LUJOJARDINES DEL CAMPESTRE MEDIO ALTOJARDINES DEL LAGO MEDIO ALTOJARDINES DEL PLAZA INTERES SOCIAL (2)JAUBERT POPULAR (1)JESUS CABELLO POPULAR (1)JESUS CORONA POPULAR (1)JOSEFA ORTIZ DE DOMINGUEZ POPULAR (1)JOYAS DEL BOULEVARD MEDIO ALTOJULIETA PEREZ POPULAR (1)KIOSCO RESIDENCIAL 1a.KIOSCO I RESIDENCIAL 1a.KIOSCO II RESIDENCIAL 1a.KIOSCO III RESIDENCIAL 1a.

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LA AMISTAD INTERES SOCIAL (1)LA ANGOSTURA 2 ETEPA INDUSTRIAL (1)LA AURORA ZONA TIPICALA AURORA (CABALLERIA LOS DAVILA) MEDIO ALTOLA AURORA (ERIAZO) MEDIO ALTOLA CANDELARIA POPULAR (1)LA CANTERA RESIDENCIAL RESIDENCIAL LUJOLA CENTRAL INTERES SOCIAL (2)LA CIENEGUITA POPULAR (1)LA CIUDADELA POPULAR (1)LA ESMERALDA POPULAR (1)LA ESPERANZA POPULAR (1)LA ESTRELLA INTERES SOCIAL (1)LA FLORENCIA POPULAR (1)LA FLORIDA MEDIO MEDIOLA FRAGUA MEDIO MEDIOLA FUENTE MEDIO BAJOLA FUENTE 2 ETAPA MEDIO BAJOLA HACIENDA MEDIO MEDIOLA HERRADURA INTERES SOCIAL (2)LA HERRADURA (LA AURORA) ZONA TIPICALA HERRADURA 3 INTERES SOCIAL (2)LA HIBERNIA POPULAR (2)LA JOYA RESIDENCIAL LUJOLA JOYITA POPULAR (1)LA LIBERTAD POPULAR (2)LA LIBERTAD INTERES SOCIAL (2)LA MADRID MEDIO BAJOLA MAGUELLADA POPULAR (1)LA MINITA POPULAR (2)LA MORITA POPULAR (1)LA NOGALERA POPULAR (1)LA NORIA MEDIO ALTOLA PALMA POPULAR (1)LA PALMILLA POPULAR (1)LA PALMILLA II POPULAR (1)LA PEÑITA POPULAR (1)LA PURISIMA POPULAR (2)LA RIOJA RESIDENCIAL LUJOLA ROSA MEDIO MEDIOLA ROSALEDA MEDIO MEDIOLA SALLE RESIDENCIAL 1a.LA SOLEDAD Y EL REFUGIO SUBURBANO (2)LADRILLERAS POPULAR (1)LANDIN POPULAR (2)

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LAS BRISAS MEDIO BAJOLAS BRISAS RESIDENCIAL MEDIO BAJOLAS CABAÑAS RESIDENCIAL 1a.LAS CANDELARIAS INTERES SOCIAL (2)LAS CANTERAS RESIDENCIAL 1a.LAS COQUETAS POPULAR (1)LAS CUMBRES POPULAR (2)LAS FLORES MEDIO BAJOLAS FLORES DEL SUR MEDIO BAJOLAS FLORES II MEDIO BAJOLAS HACIENDAS INTERES SOCIAL (2)LAS HUERTAS MEDIO ALTOLAS HUERTAS DE LOURDES MEDIO BAJOLAS MAGNOLIAS MEDIO ALTOLAS MARAVILLAS POPULAR (1)LAS MARAVILLAS INTERES SOCIAL (1)LAS MARGARITAS MEDIO MEDIOLAS MARGARITAS POPULAR (2)LAS MARGARITAS POPULAR (1)LAS MISIONES RESIDENCIAL 1a.LAS MITRAS POPULAR (1)LAS PRADERAS MEDIO MEDIOLAS QUINTAS MEDIO MEDIOLAS ROSAS POPULAR (1)LAS TERESITAS INTERES SOCIAL (2)LAS TORRES MEDIO BAJOLATINOAMERICANA RESIDENCIAL 1a.LATINOAMERICANA NTE RESIDENCIAL 1a.LAZARO CARDENAS POPULAR (2)LEANDRO VALLE POPULAR (1)LIBERTAD DEL PUENTE POPULAR (1)LOMA ALTA POPULAR (1)LOMA BLANCA RESIDENCIAL 1a.LOMA BONITA POPULAR (1)LOMA BONITA II POPULAR (1)LOMA LINDA INTERES SOCIAL (2)LOMAS DE CHAPULTEPEC POPULAR (2)LOMAS DE GUADALUPE INTERES SOCIAL (2)LOMAS DE LOURDES POPULAR (2)LOMAS DE LOURDES PENSIONES INTERES SOCIAL (2)LOMAS DE SAN JAVIER INTERES SOCIAL (2)LOMAS DE SANTA CRUZ POPULAR (1)LOMAS DE ZAPALINAME POPULAR (1)LOMAS DEL BOSQUE POPULAR (2)LOMAS DEL PEDREGAL POPULAR (1)

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LOMAS DEL REFUGIO INTERES SOCIAL (2)LOMAS DEL SUR MEDIO MEDIOLOMAS VERDES INTERES SOCIAL (2)LOMAS VERDES II INTERES SOCIAL (1)LOS AGAVES MEDIO BAJOLOS ALAMITOS INTERES SOCIAL (2)LOS ALAMOS MEDIO ALTOLOS ANGELES MEDIO MEDIOLOS ARCOS MEDIO BAJOLOS BALCONES POPULAR (1)LOS BUITRES POPULAR (1)LOS CERRITOS POPULAR (2)LOS CHABACANOS MEDIO ALTOLOS CUERNITOS POPULAR (1)LOS DOCTORES RESIDENCIAL 1a.LOS DOCTORES III ETAPA RESIDENCIAL 1a.LOS FRESNOS POPULAR (1)LOS GALINDO ZONA TIPICALOS GERANIOS MEDIO MEDIOLOS GONZALEZ ZONA TIPICALOS GONZALEZ DE ABAJO POPULAR (2)LOS LAGOS CONTINENTAL RESIDENCIAL 1a.LOS LAGOS RESIDENCIAL RESIDENCIAL 1a.LOS LIRIOS INTERES SOCIAL (2)LOS MAESTROS MEDIO ALTOLOS MANANTIALES POPULAR (1)LOS MOLINOS RESIDENCIAL LUJOLOS NOGALES INTERES SOCIAL (2)LOS NOGALES II INTERES SOCIAL (2)LOS NOGALES III INTERES SOCIAL (2)LOS PARQUES MEDIO ALTOLOS PINOS POPULAR (1)LOS PORTALES MEDIO MEDIOLOS REALES RESIDENCIAL 1a.LOS REYES POPULAR (1)LOS RODRIGUEZ ZONA TIPICALOS ROSARIOS POPULAR (1)LOURDES POPULAR (2)LOURDES II INTERES SOCIAL (1)LUCIO BLANCO POPULAR (2)LUIS DONALDO COLOSIO INTERES SOCIAL (1)MARIA DE LEON POPULAR (1)MARIA DEL CARMEN CAVAZOS POPULAR (1)MARIA LUISA POPULAR (1)MERCADO DE ABASTOS MEDIO BAJO

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MESA DE ARIZPE POPULAR (1)MESA DE LOURDES POPULAR (2)MEZITA DE ARIZPE 2 POPULAR (2)MIGUEL HIDALGO POPULAR (2)MILENIO INTERES SOCIAL (2)MIRADOR POPULAR (2)MIRASIERRA III INTERES SOCIAL (2)MIRAVALLE MEDIO ALTOMISION CERRITOS INTERES SOCIAL (2)MISION CERRITOS SEGUNDO SECTOR INTERES SOCIAL (2)MONO BLANCO INTERES SOCIAL (2)MORELOS INTERES SOCIAL (2)MORELOS V SECTOR INTERES SOCIAL (2)NAZARIO ORTIZ GARZA POPULAR (2)NIÑOS HEROES POPULAR (1)NOGALAR DEL CAMPESTRE RESIDENCIAL LUJONUESTRA SENORA DE FATIMA MEDIO ALTONUEVA AURORA POPULAR (1)NUEVA ESPAÑA MEDIO MEDIONUEVA IMAGEN POPULAR (1)NUEVA INDEPENDENCIA POPULAR (1)NUEVA JERUSALEN POPULAR (1)NUEVA LIBERTAD POPULAR (1)NUEVA REFORMA POPULAR (2)NUEVA TLAXCALA POPULAR (2)NUEVA TLAXCALA SECTOR PTE POPULAR (2)NUEVA VIDA POPULAR (1)NUEVO AMANECER POPULAR (1)NUEVO ATARDECER POPULAR (1)NUEVO MEXICO POPULAR (2)NUEVO MIRASIERRA INTERES SOCIAL (2)NUEVO MIRASIERRA 2 ETAPA INTERES SOCIAL (2)NUEVO MIRASIERRA 3 ETAPA INTERES SOCIAL (2)NUEVO PROGRESO POPULAR (1)NUEVO SALTILLO POPULAR (1)NUEVO TERESITAS INTERES SOCIAL (2)OASIS MEDIO ALTOOBRERA POPULAR (1)OCEANIA MEDIO BAJOOCEANIA BOULEVARES INTERES SOCIAL (2)OJO DE AGUA POPULAR (2)OMEGA POPULAR (2)OSCAR FLORES TAPIA POPULAR (2)PANTEONES POPULAR (2)PARAISO NORTE POPULAR (1)

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PARAJES DE LA SIERRA INTERES SOCIAL (2)PARAJES DE SANTA ELENA INTERES SOCIAL (2)PARAJES DEL ORIENTE INTERES SOCIAL (2)PARQUE INDUSTRIAL ALIANZA-DERRAMADERO INDUSTRIAL (1)PARQUE INDUSTRIAL ALIANZA-DERRAMADERO NTE INDUSTRIAL (1)PARQUE INDUSTRIAL AMISTAD INDUSTRIAL (1)PARQUE INDUSTRIAL AMISTAD INTERES SOCIAL (1)PARQUE INDUSTRIAL FINSA III INDUSTRIAL (2)PARQUE INDUSTRIAL LA ANGOSTURA INDUSTRIAL (1)PARQUE INDUSTRIAL SANTA FE INDUSTRIAL (1)PARQUE INDUSTRIAL SANTA MONICA INDUSTRIAL (2)PARQUE LAS MARAVILLAS RESIDENCIAL 1a.PARQUES DE LA CANADA MEDIO ALTOPATRIA LIBRE POPULAR (1)PATRIA NUEVA POPULAR (1)PEDREGAL DE LOS SANTOS POPULAR (1)PEDREGAL DE LOS SANTOS SUR POPULAR (1)PEÑA ALTA RESIDENCIAL 1a.PERIODISTAS MEDIO BAJOPLAZA INTERES SOCIAL (1)PLAZA ARMILLITA INTERES SOCIAL (2)PLAZA FUNDADORES INDUSTRIAL (2)PLAZA OBELISCO RESIDENCIAL 1a.PLAZA SENDERO SALTILLO SIN TIPOPLAZA URDIÑOLA MEDIO MEDIOPORTAL DE ARAGON RESIDENCIAL 1a.PORTAL DE ASTURIAS INTERES SOCIAL (2)PORTAL DE LAS LOMAS MEDIO MEDIOPORTAL DEL PEDREGAL INTERES SOCIAL (2)PORTAL DEL QUIJOTE INTERES SOCIAL (2)PORTAL DEL SUR MEDIO BAJOPORTALES MEDIO MEDIOPORTAREAL MEDIO ALTOPOSTAL CERRITOS POPULAR (2)POSTAL CERRITOS 2 POPULAR (1)PRIVADA ALBATROS MEDIO ALTOPRIVADA BUENOS AIRES POPULAR (2)PRIVADA COAHUILA Y ZACATECAS POPULAR (2)PRIVADA DOLORES INTERES SOCIAL (2)PRIVADA ESPAÑA MEDIO MEDIOPRIVADA ESPAÑA MEDIO ALTOPRIVADA FRANCISCO I MADERO MEDIO BAJOPRIVADA FRAY LANDIN (AMPIACION SANTA MARIA) INTERES SOCIAL (1)PRIVADA JOSE ROVELO INTERES SOCIAL (1)PRIVADA LA CAMPANA INTERES SOCIAL (2)

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PRIVADA LA MISION INTERES SOCIAL (2)PRIVADA LOS ADOBES MEDIO ALTOPRIVADA LOS MAGUEYES INTERES SOCIAL (1)PRIVADA LOURDES MEDIO BAJOPRIVADA MATAMOROS INTERES SOCIAL (2)PRIVADA MIGUEL ARIZPE JIMENEZ POPULAR (1)PRIVADA MORELOS INTERES SOCIAL (2)PRIVADA OBREGON SUR INTERES SOCIAL (2)PRIVADA PACHECO POPULAR (1)PRIVADA RINCON DE SALAZAR INTERES SOCIAL (2)PRIVADA RINCON SANTA MARIA RESIDENCIAL 1a.PRIVADA SAN GABRIEL RESIDENCIAL 1a.PRIVADA SAN JAVIER INTERES SOCIAL (2)PRIVADA SAN LUIS MEDIO ALTOPRIVADA SANTA MARIA ZONA CENTROPRIVADA TECNOLOGICO POPULAR (1)PRIVADAS DE ARAGON RESIDENCIAL 1a.PRIVADAS DE ARAGON 2 ETAPA RESIDENCIAL 1a.PRIVADAS DE SANTIAGO RESIDENCIAL 1a.PRIVADAS LA TORRE INTERES SOCIAL (2)PRIVADAS LAS PLAZAS INTERES SOCIAL (2)PRIVADAS LUXEMBURGO MEDIO MEDIOPRIVADAS SANTIAGO MEDIO ALTOPRIVADAS SIERRAS DEL ORIENTE POPULAR (2)PRIVADAS TULIPANES MEDIO ALTOPROVIDENCIA 1 POPULAR (1)PROVIDENCIA 2 INTERES SOCIAL (2)PROVIVIENDA MEDIO BAJOPUEBLO AMIGO POPULAR (1)PUEBLO INSURGENTE POPULAR (1)PUERTA DE HIERRO MEDIO ALTOPUERTA DEL ORIENTE POPULAR (1)PUERTA DEL ORIENTE II POPULAR (1)PUERTA DEL REY INTERES SOCIAL (2)PUERTA DEL SOL RESIDENCIAL 1a.PUERTO DE FLORES POPULAR POPULAR (1)PUERTO DE LA VIRGEN POPULAR (1)QUINTA CORDOVA MEDIO ALTOQUINTA ESMERALDA INTERES SOCIAL (2)QUINTA REAL RESIDENCIAL 1a.QUINTA VALLE INTERES SOCIAL (2)RANCHO DE PEÑA POPULAR (2)RANCHO EL MORILLO MEDIO MEDIORANCHO LAS VARAS MEDIO MEDIOREAL DE PENA RESIDENCIAL 1a.

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REAL DE VILLAS DE LA AURORA MEDIO ALTOREAL DEL SOL INTERES SOCIAL (2)REAL DEL SOL ETAPA 3 INTERES SOCIAL (2)RECREATIVO SECC 38 MEDIO MEDIOREPUBLICA RESIDENCIAL 1a.REPUBLICA NORTE RESIDENCIAL 1a.REPUBLICA ORIENTE RESIDENCIAL 1a.REPUBLICA PONIENTE MEDIO ALTORESIDENCIAL LOS BOSQUES RESIDENCIAL LUJORESIDENCIAL LOS CEDROS RESIDENCIAL LUJORESIDENCIAL LOS OLIVOS MEDIO MEDIORESIDENCIAL LOS PINOS RESIDENCIAL 1a.RESIDENCIAL SAN ALBERTO RESIDENCIAL LUJORESIDENCIAL SAN ISIDRO RESIDENCIAL 1a.RESIDENCIAL SAN LORENZO MEDIO ALTORESIDENCIAL VILLA BONITA RESIDENCIAL 1a.RESIDENCIAL VILLA COLONIAL RESIDENCIAL 1a.RESIDENCIAL VILLA VERGEL RESIDENCIAL 1a.RICARDO FLORES MAGON POPULAR (1)RINCON DE ASTURIAS INTERES SOCIAL (2)RINCON DE GUADALUPE POPULAR (1)RINCON DE LA FLORIDA MEDIO MEDIORINCON DE LA VIRGEN POPULAR (2)RINCON DE LOS ADOBES RESIDENCIAL LUJORINCON DE SAN PATRICIO RESIDENCIAL 1a.RINCON DE SAN VICENTE MEDIO BAJORINCON DE SAYAVEDRA RESIDENCIAL 1a.RINCONADA DE LA HIBERNIA MEDIO ALTORINCONADA SANTA LUCIA RESIDENCIAL 1a.RINCONES DE LA AURORA INTERES SOCIAL (1)RIO BRAVO MEDIO MEDIORIO VERDE POPULAR (1)ROMA INTERES SOCIAL (2)ROMA POPULAR POPULAR (2)ROSA MARIA GUTIERREZ (EL RANCHITO) POPULAR (1)ROSALES DE LA AURORA POPULAR (1)RUBEN JARAMILLO POPULAR (1)RUIZ CORTINEZ POPULAR (2)SALTILLO 2000 INTERES SOCIAL (2)SALTILLO 2000 1º SECTOR INTERES SOCIAL (2)SALTILLO 400 MEDIO MEDIOSALTILLO COLONIAL MEDIO ALTOSAN ANGEL POPULAR (1)SAN ESTEBAN MEDIO BAJOSAN FRANCISCO POPULAR (2)

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SAN ISIDRO RESIDENCIAL 1a.SAN ISIDRO POPULAR POPULAR (1)SAN JERONIMO RESIDENCIAL 1a.SAN JOSE POPULAR (1)SAN JOSE DE FLORES INTERES SOCIAL (2)SAN JOSE DE LOS ALTOS POPULAR (1)SAN JOSE DE LOS CERRITOS POPULAR (2)SAN JOSE ORIENTE INTERES SOCIAL (1)SAN JOSE RESIDENCIAL RESIDENCIAL LUJOSAN JUAN BAUTISTA POPULAR (1)SAN JUANITA POPULAR (1)SAN LORENZO ORIENTE MEDIO MEDIOSAN LUIS POPULAR (2)SAN LUIS MEDIO ALTOSAN MIGUEL POPULAR (1)SAN NICOLAS DE LOS BERROS POPULAR (1)SAN PATRICIO RESIDENCIAL 1a.SAN PATRICIO 5º SECTOR RESIDENCIAL 1a.SAN PEDRO DE LOS PINOS POPULAR (1)SAN RAMON MEDIO BAJOSAN VICENTE POPULAR (2)SANTA ANITA MEDIO MEDIOSANTA BARBARA INTERES SOCIAL (2)SANTA CRISTINA INTERES SOCIAL (2)SANTA CRISTINA ORIENTE INTERES SOCIAL (2)SANTA FE INTERES SOCIAL (2)SANTA LUCIA INTERES SOCIAL (2)SANTA MARIA POPULAR (1)SANTA MONICA MEDIO ALTOSANTA ROSA RESIDENCIAL 1a.SANTA SUSANA SIN TIPOSANTA TERESA POPULAR (1)SANTIAGO RESIDENCIAL 1a.SATELITE NORTE INTERES SOCIAL (2)SATELITE SUR INTERES SOCIAL (2)SEGOVIA GIL POPULAR (2)SIERRA BLANCA POPULAR (2)SIERRA DEL SUR POPULAR (2)SIERRAS DEL PONIENTE INTERES SOCIAL (2)SIMON BOLIVAR MEDIO BAJOSOLIDARIDAD POPULAR (1)TERRANOVA RESIDENCIAL 1a.TIERRA DIGNA POPULAR (1)TIERRA SANTA MEDIO ALTOTIERRA Y LIBERTAD POPULAR (1)

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TOPO CHICO POPULAR (1)TORRECILLAS POPULAR (1)TULIPANES MEDIO ALTOTULIPANES IV ETAPA MEDIO ALTOUNIDAD HABIT. HUMBERTO DAVILA ESQUIVEL MEDIO MEDIOUNIDAD MODELO INTERES SOCIAL (2)UNIVERSIDAD RESIDENCIAL 1a.UNIVERSIDAD LA SALLE INTERES SOCIAL (2)UNIVERSIDAD PUEBLO POPULAR (2)UNIVERSO POPULAR (2)URDIÑOLA MEDIO MEDIOVALENCIA INTERES SOCIAL (2)VALENCIA 5A ETAPA INTERES SOCIAL (2)VALENCIA 6A ETAPA INTERES SOCIAL (2)VALLE ALTO INTERES SOCIAL (2)VALLE AZTECA INTERES SOCIAL (1)VALLE DE LAS AVES POPULAR (1)VALLE DE LAS FLORES INTERES SOCIAL (2)VALLE DE LAS FLORES POPULAR POPULAR (2)VALLE DE LAS PALMAS POPULAR (1)VALLE DE LAS TORRES INTERES SOCIAL (1)VALLE DE LAS TORRES II INTERES SOCIAL (1)VALLE DE LOS VIRREYES INTERES SOCIAL (2)VALLE DE LOURDES POPULAR (2)VALLE DE MORELOS INTERES SOCIAL (2)VALLE DE SAN ANTONIO POPULAR (2)VALLE DE SAN LORENZO POPULAR (2)VALLE DE SAN RAMON INTERES SOCIAL (2)VALLE DE SANTA ELENA INTERES SOCIAL (2)VALLE DORADO INTERES SOCIAL (2)VALLE ESCONDIDO POPULAR (1)VALLE ESCONDIDO SUR POPULAR (1)VALLE HERMOSO RESIDENCIAL 1a.VALLE LAS PALMAS RESIDENCIAL 1a.VALLE REAL RESIDENCIAL 1a.VALLE REAL 2º SECTOR RESIDENCIAL 1a.VALLE SAN AGUSTIN RESIDENCIAL 1a.VALLE SATELITE MEDIO BAJOVALLE UNIVERSIDAD MEDIO BAJOVALLE VERDE POPULAR (2)VALLE VERDE 2 SECTOR POPULAR (2)VENUSTIANO CARRANZA POPULAR (2)VICENTE GUERRERO POPULAR (2)VICENTE GUERRERO SEC IV POPULAR (2)VILLA CONTESSA MEDIO MEDIO

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VILLA DE SANTIAGO POPULAR (1)VILLA DEL CARMEN RESIDENCIAL LUJOVILLA FUNDADORES MEDIO BAJOVILLA HIBERNIA MEDIO ALTOVILLA MORELOS INTERES SOCIAL (2)VILLA OLIMPICA MEDIO BAJOVILLA OLIMPICA ORIENTE RESIDENCIAL 1a.VILLA SAN JUAN RESIDENCIAL LUJOVILLA UNIVERSIDAD INTERES SOCIAL (1)VILLA VERGEL 2 ETAPA MEDIO ALTOVILLAS DE ARANJUEZ RESIDENCIAL 1a.VILLAS DE GUADALUPE MEDIO ALTOVILLAS DE LA ANGOSTURA INTERES SOCIAL (2)VILLAS DE LA AURORA MEDIO BAJOVILLAS DE SAN CARLOS RESIDENCIAL LUJOVILLAS DE SAN ISIDRO RESIDENCIAL 1a.VILLAS DE SAN LORENZO INTERES SOCIAL (2)VILLAS DE SAN MIGUEL RESIDENCIAL LUJOVILLAS DE SAN SEBASTIAN MEDIO ALTOVILLAS DEL CAMINO REAL MEDIO BAJOVILLAS DEL RANCHITO RESIDENCIAL LUJOVILLAS LA JOYA MEDIO ALTOVILLAS SAN PATRICIO RESIDENCIAL 1a.VILLAS TOSCANA RESIDENCIAL LUJOVIRAMONTES MEDIO MEDIOVIRREYES COLONIAL MEDIO MEDIOVIRREYES FOVISSSTE MEDIO ALTOVIRREYES OBRERA MEDIO BAJOVIRREYES PENSIONES MEDIO MEDIOVIRREYES POPULAR MEDIO BAJOVIRREYES RESIDENCIAL MEDIO ALTOVISTA DEL VALLE INTERES SOCIAL (1)VISTAHERMOSA POPULAR (2)ZAMORA POPULAR (2)ZAPALINAME INTERES SOCIAL (2)

CONCENTRADO DE LA TABLA DE VALORES CATASTRALES APLICABLE A LOS PREDIOS

SIN TRAZA, UBICADOS DENTRO DEL PERÍMETRO URBANO DEL MUNICIPIO DE SALTILLO COAHUILA.

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(1): EN NINGUN CASO LOS VALORES APLICABLES DE LAS FRANJAS NO SERAN MENORES AL VALOR DE LA ZONA.NOTA: LOS VALORES CATASTRALES SE CONSIGNAN EN EL PLANO ANEXO.

PLANO DE LOS VALORES CATASTRALES APLICABLE A LOS PREDIOS SIN TRAZA, UBICADOS DENTRO DEL PERÍMETRO URBANO DEL MUNICIPIO DE SALTILLO

COAHUILA.

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TABLA DE DEMERITOS EN PREDIOS CON PROFUNDIDAD

MAYOR A LA RELACIÓN DE 3.5 VECES DE SU FRENTE.

TABLA DE DEMERITOS DE PREDIOS CON FRENTE MENOR A 7.00 M.

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TABLA DE DEMERITOS POR CONDICIONES FÍSICAS Y GEOMÉTRICAS

APLICABLES A LOS PREDIOS URBANOS.

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TABLA DE DEMERITOS SEGÚN TAMAÑO Ó DIMENSIÓNAPLICABLE A LOS PREDIOS UBICADOS DENTRO DEL

PERÍMETRO URBANO Y SIN TRAZA URBANA

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INCREMENTO POR ESQUINA

En forma general, una superficie de 225 m2 para predios rectangulares y la superficie que

resulte de formar una figura tomando como base 15.00 metros a partir de la intersección de los

parámetros, a lo largo de los mismos y con unas perpendiculares en los puntos donde se

marquen dichas medidas.

El porcentaje de incremento a su valor, está clasificado según el tipo de esquina de que se

trate.

Los tipos de esquina se clasifican en: Comercial de primer orden, Comercial de segundo orden

y no Comercial.

a).- El valor se incrementará en 20 % tratándose de Lotes situados en esquinas Comerciales

de primer orden, considerándose como tales, las correspondientes a calles en que las

construcciones se encuentren destinadas o acondicionadas en su mayor parte a usos

Comerciales de primera clase.

También se tendrán como esquinas Comerciales de primer orden, aquellas en que estén

establecidos comercios de la categoría indicada, además en el caso en que el resto de las

construcciones ubicadas en la misma calle no estén destinas a esos usos.

b).- El valor se incrementará en un 15 % cuando se trata de lotes ubicados en una esquina con

establecimientos comerciales de segunda clase, a las esquinas en que estos lotes estén

ubicados, se les denominara Comerciales de segundo orden.

c).- Los valores de lotes situados en esquinas no Comerciales se les incrementará en un 10 %

se consideran como esquinas no Comerciales aquellas formadas por calles donde se

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encuentren Lotes que en su totalidad ó en su mayor parte; están destinas a habitación ó

a otros usos no comerciales.

d).- Estos incrementos por esquina descritos en los puntos anteriores se calcularán en relación

con el valor menor de las calles en donde está situado el Lote.

CONCENTRADO DE TABLAS DE VALORES UNITARIOS DE CONSTRUCCIÓN.

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DESCRIPCIÓN Y TIPOS DE CONSTRUCCIÓN

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TABLAS DE DEMERITOS DE LA CONSTRUCCIÓN

TABLA DE VALORES CATASTRALES APLICABLES A LOSPREDIOS URBANOS DENTRO DE LAS LOCALIDADES URBANAS; TALES COMO:

LOS VALDEZ, LOS RODRÍGUEZ, LOS GONZALEZ, LOS SILLER, LOS RAMONES, TORRECILLAS, LA LIBERTAD, PADRES SANTOS, AGUA NUEVA, GOMEZ FARIAS, LOS

GALINDO, DERRAMADERO, SANTA TERESA DE LOS MUCHACHOS Y SOLARES DE CENTROS DE POBLACIÒN EJIDAL TITULADOS POR EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL

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TABLA DE VALORES APLICABLES A LOS PREDIOS RÚSTICOS

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NOTA: LOS VALORES UNITARIOS DE LOS PREDIOS UBICADOS DENTRO DEL PLAN PARCIAL DE LA ANGOSTURA SE CONSIGNAN EN PLANO ANEXO.

PLANO DE VALORES DE LA ANGOSTURA

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TABLA DE VALORES CATASTRALES APLICABLES A LOS PREDIOS RUSTICOS ADYACENTES A CARRETERAS DE ACCESO A LA CIUDAD

Y FUERA DEL PERÍMETRO URBANO.

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TABLA DE INCREMENTOS Y DEMETRITOS APLICABLES A LOSPREDIOS RUSTICOS.

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CLASIFICACIÓN DE AGOSTADERO SEGÚN COEFICIENTE

T R A N S I T O R I O S

ARTÍCULO PRIMERO. Las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Saltillo, Coahuila de Zaragoza contenidas en el presente decreto regirán a partir del 1° de enero de 2015.

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ARTÍCULO SEGUNDO. Publíquese el Decreto correspondiente en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, en la ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a 15 de diciembre de 2014.

POR LA COMISION DE FINANZAS DE LA LIX LEGISLATURA

NOMBRE Y FIRMA VOTO

Dip. José Luis Moreno AguirreCoordinador

A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Fernando Simón Gutiérrez Pérez.Secretario A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Jorge Alanís Canales. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Indalecio Rodríguez López. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Simón Hiram Vargas Hernández. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Norma Alicia Delgado Ortiz. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Elvia Guadalupe Morales García. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

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DICTAMEN de la Comisión de Finanzas de la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado, con relación al expediente formado con motivo de las adecuaciones que habrán de implementarse a los valores catastrales que sirven como base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria del Municipio de Torreón, Coahuila de Zaragoza para el Ejercicio Fiscal 2015.

R E S U L T A N D O

PRIMERO. Que en atención a la reforma al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos aprobadas en Diciembre de 1999, se establecieron nuevas pautas para el desarrollo municipal, otorgándose a favor de los municipios mayores facultades para el cumplimiento de sus funciones en beneficio de su comunidad.

SEGUNDO. De conformidad con el marco jurídico estatal, el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza en su: Artículo 102, Fracción V, numeral 8, señala que los municipios deberán “Proponer al Congreso del Estado las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, en los términos de las leyes fiscales y conforme a los principios de equidad, proporcionalidad y capacidad contributiva”.

Por otra parte, La Ley General del Catastro y la Información Territorial para el Estado de Coahuila de Zaragoza señala:

Artículo 28 “La Unidad y el Instituto formularán conjuntamente los proyectos de tablas de valores unitarios de suelo y construcción para el municipio que corresponda. Estos se elaborarán mediante los procedimientos técnicos y consideraciones administrativas, a fin de obtener en ellos un avalúo equitativo y proporcional de la propiedad inmueble…”

Artículo 30 “La Unidad y el Instituto deberán presentar al Ayuntamiento, de manera conjunta los proyectos de tablas de valores unitarios de suelo y de construcción conforme a esta ley…”

Artículo 33 “El ayuntamiento, en el ámbito de su competencia y habiendo aprobado los proyectos definitivos correspondientes, propondrá a la legislatura del Estado, a más tardar el 31 de octubre de cada año, con arreglo a la ley y de acuerdo a los principios de equidad y proporcionalidad, de las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones…”

TERCERO. Para dar cumplimiento a estas disposiciones, el Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, a través de la Comisión de Finanzas, ha dado continuidad a un programa con los

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municipios para definir los criterios proporcionales y equitativos aplicables para fijar la base de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, de conformidad con las disposiciones vigentes.En este programa también participa el Instituto Coahuilense del Catastro y la Información Territorial como órgano de apoyo y asesoría necesaria.

Así dando cumplimiento a las disposiciones locales vigentes y;

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. Que entre las medidas que se adoptaron para cumplir con el objeto de la presentación de las Tablas de Valores Catastrales, se instalaron las Juntas Municipales Catastrales, se llevaron a cabo diversos trabajos técnicos, se elaboró un programa para la revisión de la actividad catastral, se establecieron criterios para la determinación de los Valores Catastrales y se aplicó un programa que apoye la eficiencia del cobro.

SEGUNDO. En el caso de los municipios en lo rustico, urbano, construcciones y fraccionamientos la Junta Municipal Catastral acordaron proponer al Ayuntamiento el siguiente incremento en sus Tablas de Valores para el Ejercicio Fiscal 2015.

Torreón Incremento del 4%

TERCERO. Así mismo, para lograr una correcta aplicación de los valores catastrales de suelo y construcción 2015; se acordó disponer que los Ayuntamientos deberán observar los lineamientos establecidos por el Instituto Coahuilense del Catastro y la Información Territorial; con el fin de establecer un Sistema Estatal de Valuación, que permita una recaudación justa y equitativa.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, esta Comisión de Finanzas, somete a su consideración el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

ARTÍCULO ÚNICO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Torreón, Coahuila de Zaragoza para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

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TABLAS DE VALORES CATASTRALES DEL SUELO Y CONSTRUCCION, DEL MUNICIPI0 DE TORREÓN, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

VIALIDADES

COLONIA/FRACCIONAMIENTO

AGRICOLA

CONSTRUCCION

TIPO “1”

TIPO “2”

TIPO “3”

TIPO “4”

TIPO “5”

TABLA DE DEMERITOS APLICABLES A LA CONSTRUCCION

T R A N S I T O R I O S

ARTÍCULO PRIMERO. Las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Torreón, Coahuila de Zaragoza contenidas en el presente decreto regirán a partir del 1° de enero de 2015.

ARTÍCULO SEGUNDO. Expídase el Decreto correspondiente para su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

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Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, en la ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a 15 de diciembre de 2014.

POR LA COMISION DE FINANZAS DE LA LIX LEGISLATURA

NOMBRE Y FIRMA VOTO

Dip. José Luis Moreno AguirreCoordinador A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Fernando Simón Gutiérrez Pérez.Secretario A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Jorge Alanís Canales. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Indalecio Rodríguez López.A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Simón Hiram Vargas Hernández.A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Norma Alicia Delgado Ortiz.A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Elvia Guadalupe Morales García. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

DICTAMEN de la Comisión de Finanzas de la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado, con relación al expediente formado con motivo de las adecuaciones que habrán de implementarse a los valores catastrales que sirven como base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria del Municipio de Torreón, Coahuila de Zaragoza para el Ejercicio Fiscal 2015.

R E S U L T A N D O

PRIMERO. Que en atención a la reforma al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos aprobadas en Diciembre de 1999, se establecieron nuevas pautas para el desarrollo municipal, otorgándose a favor de los municipios mayores facultades para el cumplimiento de sus funciones en beneficio de su comunidad.

SEGUNDO. De conformidad con el marco jurídico estatal, el Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza en su: Artículo 102, Fracción V, numeral 8, señala que los municipios deberán “Proponer al Congreso del Estado las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, en los términos de las leyes fiscales y conforme a los principios de equidad, proporcionalidad y capacidad contributiva”.

Por otra parte, La Ley General del Catastro y la Información Territorial para el Estado de Coahuila de Zaragoza señala:

Artículo 28 “La Unidad y el Instituto formularán conjuntamente los proyectos de tablas de valores unitarios de suelo y construcción para el municipio que corresponda. Estos se elaborarán mediante los procedimientos técnicos y consideraciones administrativas, a fin de obtener en ellos un avalúo equitativo y proporcional de la propiedad inmueble…”

Artículo 30 “La Unidad y el Instituto deberán presentar al Ayuntamiento, de manera conjunta los proyectos de tablas de valores unitarios de suelo y de construcción conforme a esta ley…”

Artículo 33 “El ayuntamiento, en el ámbito de su competencia y habiendo aprobado los proyectos definitivos correspondientes, propondrá a la legislatura del Estado, a más tardar el 31 de octubre de cada año, con arreglo a la ley y de acuerdo a los principios de equidad y proporcionalidad, de las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones…”

TERCERO. Para dar cumplimiento a estas disposiciones, el Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, a través de la Comisión de Finanzas, ha dado continuidad a un programa con los

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

municipios para definir los criterios proporcionales y equitativos aplicables para fijar la base de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, de conformidad con las disposiciones vigentes.En este programa también participa el Instituto Coahuilense del Catastro y la Información Territorial como órgano de apoyo y asesoría necesaria.

Así dando cumplimiento a las disposiciones locales vigentes y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. Que entre las medidas que se adoptaron para cumplir con el objeto de la presentación de las Tablas de Valores Catastrales, se instalaron las Juntas Municipales Catastrales, se llevaron a cabo diversos trabajos técnicos, se elaboró un programa para la revisión de la actividad catastral, se establecieron criterios para la determinación de los Valores Catastrales y se aplicó un programa que apoye la eficiencia del cobro.

SEGUNDO. En el caso de los municipios en lo rustico, urbano, construcciones y fraccionamientos la Junta Municipal Catastral acordaron proponer al Ayuntamiento el siguiente incremento en sus Tablas de Valores para el Ejercicio Fiscal 2015.

Torreón Incremento del 4%

TERCERO. Así mismo, para lograr una correcta aplicación de los valores catastrales de suelo y construcción 2014; se acordó disponer que los Ayuntamientos deberán observar los lineamientos establecidos por el Instituto Coahuilense del Catastro y la Información Territorial; con el fin de establecer un Sistema Estatal de Valuación, que permita una recaudación justa y equitativa.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, esta Comisión de Finanzas, somete a su consideración el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO

ARTÍCULO ÚNICO. Se aprueban las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Torreón, Coahuila de Zaragoza para el ejercicio fiscal 2015, en los siguientes términos:

TABLAS DE VALORES CATASTRALES DEL SUELO Y CONSTRUCCION,

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

DEL MUNICIPI0 DE TORREÓN, COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL AÑO 2015

VIALIDADES

NO. CLAVE VIALIDAD DE A VALOR 2015

1 261ANTIGUA CARRETERA A SAN PEDRO EJIDO ANA

AUTOPISTA TORREON SAN PEDRO $ 119

2 199ANTIGUA CARRETERA A SAN PEDRO

PERIFERICO RAUL LOPEZ SANCHEZ EJIDO ANA $ 180

3 275AUTOPISTA TORREON - SAN PEDRO POBLADO LA CONCHA EJIDO ALBIA $ 158

4 525AUTOPISTA TORREON - SAN PEDRO

BOULEVARD CENTENARIO

POBLADO LA CONCHA $ 254

5 524AUTOPISTA TORREON - SAN PEDRO

BOULEVARD INDEPENDENCIA

BOULEVARD CENTENARIO $ 445

6 531AVENIDA 6 DE OCTUBRE CALZADA CUAUHTEMOC

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 639

7 530AVENIDA 6 DE OCTUBRE

BOULEVARD INDEPENDENCIA

CALZADA CUAUHTEMOC $ 795

8 551AVENIDA ARTES GRAFICAS CALZADA CUAUHTEMOC

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 585

9 550AVENIDA ARTES GRAFICAS

BOULEVARD INDEPENDENCIA

CALZADA CUAUHTEMOC $ 639

10 458AVENIDA BENITO JUAREZ

PERIFERICO RAUL LOPEZ SANCHEZ VALLE DEL NAZAS $ 463

11 594AVENIDA BENITO JUAREZ

CALZADA SALTILLO 400 (CALLE 40)

PERIFERICO RAUL LOPEZ SANCHEZ $ 991

12 428AVENIDA BENITO JUAREZ CALLE NIÑOS HEROES

CALZADA CUAUHTEMOC $ 1,362

13 430AVENIDA BENITO JUAREZ

BOULEVARD DIAGONAL REFORMA

CALZADA SALTILLO 400 (CALLE 40) $ 1,414

14 427AVENIDA BENITO JUAREZ

CALLE IGNACIO COMONFORT

CALLE NIÑOS HEROES $ 1,483

15 420AVENIDA BENITO JUAREZ

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

CALLE CINCO DE MAYO $ 1,781

16 429AVENIDA BENITO JUAREZ CALZADA CUAUHTEMOC

BOULEVARD DIAGONAL REFORMA $ 1,819

17 423AVENIDA BENITO JUAREZ CALLE BLANCO

CALLE ANACLETO FALCON $ 1,973

18 426 AVENIDA BENITO CALLE JAVIER MINA CALLE IGNACIO $ 1,973

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

JUAREZ COMONFORT

19 425AVENIDA BENITO JUAREZ CALLE GALEANA CALLE JAVIER MINA $ 2,275

20 424AVENIDA BENITO JUAREZ

CALLE ANACLETO FALCON CALLE GALEANA $ 2,452

21 422AVENIDA BENITO JUAREZ CALLE MANUEL ACUÑA CALLE BLANCO $ 2,943

22 421AVENIDA BENITO JUAREZ CALLE CINCO DE MAYO

CALLE MANUEL ACUÑA $ 3,394

23 592AVENIDA GARCIA CARRILLO

CALLE MARIANO LOPEZ ORTIZ (CALLE 12)

CALZADA CUAUHTEMOC $ 639

24 590AVENIDA GOMEZ FARIAS

BOULEVARD INDEPENDENCIA

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 639

25 521AVENIDA GUADALUPE VICTORIA CALZADA CUAUHTEMOC

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 639

26 520AVENIDA GUADALUPE VICTORIA

BOULEVARD INDEPENDENCIA

CALZADA CUAUHTEMOC $ 798

27 456AVENIDA IGNACIO ALLENDE

CALLE JUAN PABLOS (CALLE 16)

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 798

28 455AVENIDA IGNACIO ALLENDE

CALLE EUGENIO AGUIRRE BENAVIDES

CALZADA CUAUHTEMOC $ 957

29 450AVENIDA IGNACIO ALLENDE CALLE TORREON VIEJO

CALLE RAMOS ARIZPE $ 1,095

30 454AVENIDA IGNACIO ALLENDE

CALLE IGNACIO COMONFORT

CALLE EUGENIO AGUIRRE BENAVIDES $ 1,182

31 451AVENIDA IGNACIO ALLENDE CALLE RAMOS ARIZPE

CALLE IGNACIO COMONFORT $ 1,470

32 591AVENIDA IGNACIO COMONFORT

CALLE MARIANO LOPEZ ORTIZ (CALLE 12)

CALLE MARTIRES DE RIO BLANCO $ 639

33 438AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON

CALLE JUAN PABLOS (CALLE 16)

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 957

34 437AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON CALLE DONATO GUERRA

CALZADA CUAUHTEMOC $ 1,273

35 436AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON CALLE GALEANA

CALLE GONZALEZ ORTEGA $ 1,912

36 431AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON CALLE TORREON VIEJO

CALLE MELCHOR MUZQUIZ $ 1,961

37 433AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON

CALLE VICTORIANO CEPEDA CALLE GALEANA $ 2,248

38 432AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON

CALLE MELCHOR MUZQUIZ

CALLE VICTORIANO CEPEDA $ 3,036

39 502 AVENIDA JUAN ALDAMAMARTIRES DE RIO BLANCO (CALLE 14)

DIAGONAL REFORMA $ 639

40 503 AVENIDA JUAN ALDAMACALZADA SALTILLO 400 (CALLE 40)

CALZADA RAMÓN MÉNDEZ $ 657

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

41 501 AVENIDA JUAN ALDAMACALLE GONZALEZ ORTEGA

MARTIRES DE RIO BLANCO (CALLE 14) $ 798

42 500 AVENIDA JUAN ALDAMACALZADA CRISTOBAL COLON

CALLE GONZALEZ ORTEGA $ 957

43 561AVENIDA JUAN ALVAREZ CALZADA CUAUHTEMOC

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 585

44 560AVENIDA JUAN ALVAREZ

BOULEVARD INDEPENDENCIA

CALZADA CUAUHTEMOC $ 635

45 495AVENIDA LA CORREGIDORA

CALLE GREGORIO A. GARCIA

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 797

46 493AVENIDA LA CORREGIDORA

BOULEVARD INDEPENDENCIA

CALLE GREGORIO A. GARCIA $ 958

47 581AVENIDA LERDO DE TEJADA CALZADA CUAUHTEMOC

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 585

48 580AVENIDA LERDO DE TEJADA

BOULEVARD INDEPENDENCIA

CALZADA CUAUHTEMOC $ 638

49 3045AVENIDA MANUEL GOMEZ MORIN

BLVD. RODRIGUEZ TRIANA

CARRETERA A MIELERAS $ 677

50 3044AVENIDA MANUEL GOMEZ MORIN CALZ. SALTILLO 400

BLVD. RODRIGUEZ TRIANA $ 1,091

51 465AVENIDA MARIANO ABASOLO

CALLE HEROICO COLEGIO MILITAR (CALLE 30) CALLE 38 $ 731

52 464AVENIDA MARIANO ABASOLO

CALLE JUAN PABLOS (CALLE 16)

CALLE HEROICO COLEGIO MILITAR (CALLE 30) $ 797

53 463AVENIDA MARIANO ABASOLO

CALLE IGNACIO COMONFORT

CALZADA CUAUHTEMOC $ 958

54 461AVENIDA MARIANO ABASOLO CALLE BLANCO

CALLE IGNACIO COMONFORT $ 1,144

55 460AVENIDA MARIANO ABASOLO CALLE MANUEL ACUÑA CALLE BLANCO $ 1,158

56 571AVENIDA MARIANO ARISTA CALZADA CUAUHTEMOC

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 585

57 570AVENIDA MARIANO ARISTA

BOULEVARD INDEPENDENCIA

CALZADA CUAUHTEMOC $ 638

58 483AVENIDA MARIANO ESCOBEDO CALLE 37

CALZADA RAMÓN MÉNDEZ $ 657

59 482AVENIDA MARIANO ESCOBEDO

CALLE JUAN PABLOS (CALLE 16)

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 797

60 480AVENIDA MARIANO ESCOBEDO

BOULEVARD INDEPENDENCIA

CALZADA CRISTOBAL COLON $ 1,117

61 481AVENIDA MARIANO ESCOBEDO

CALZADA CRISTOBAL COLON

CALZADA CUAUHTEMOC $ 1,181

62 448AVENIDA MARIANO MATAMOROS CALLE 38

CALZADA SALTILLO 400 (CALLE 40) $ 657

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

63 440AVENIDA MARIANO MATAMOROS CALLE TORREON VIEJO

CALLE MELCHOR MUZQUIZ

$ 1,069

64 446AVENIDA MARIANO MATAMOROS

CALLE EUGENIO AGUIRRE BENAVIDES

CALZADA CUAUHTEMOC

$ 1,117

65 906AVENIDA MARIANO MATAMOROS

CALLE JUAN PABLOS (CALLE 16)

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL

$ 1,191

66 445AVENIDA MARIANO MATAMOROS CALLE DONATO GUERRA

CALLE EUGENIO AGUIRRE BENAVIDES

$ 1,274

67 444AVENIDA MARIANO MATAMOROS CALZADA COLON

CALLE GONZALEZ ORTEGA

$ 1,488

68 443AVENIDA MARIANO MATAMOROS CALLE MANUEL ACUÑA CALZADA COLON

$ 1,567

69 442AVENIDA MARIANO MATAMOROS CALLE ZARAGOZA

CALLE MANUEL ACUÑA

$ 1,575

70 441AVENIDA MARIANO MATAMOROS

CALLE MELCHOR MUZQUIZ CALLE ZARAGOZA

$ 1,656

71 473AVENIDA MELCHOR OCAMPO CALZADA SALITLLO 400

CALZADA RAMÓN MÉNDEZ $ 657

72 472AVENIDA MELCHOR OCAMPO

CALLE JUAN PABLOS (CALLE 16)

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 797

73 470AVENIDA MELCHOR OCAMPO

BOULEVARD INDEPENDENCIA CALLE GALEANA $ 886

74 471AVENIDA MELCHOR OCAMPO CALLE GALEANA

CALZADA CUAUHTEMOC $ 1,117

75 419AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

CALLE JUAN PABLOS (CALLE 16)

BOULEVARD DIAGONAL REFORMA $ 1,063

76 418AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA CALZADA CUAUHTEMOC

CALLE JUAN PABLOS (CALLE 16) $ 1,211

77 417AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

CALLE IGNACIO COMONFORT

CALZADA CUAUHTEMOC $ 1,519

78 410AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA CALLE TORREON VIEJO

CALLE MELCHOR MUZQUIZ $ 1,781

79 416AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

CALZADA CRISTOBAL COLON

CALLE IGNACIO COMONFORT $ 1,821

80 414AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA CALLE LEONA VICARIO

CALZADA CRISTOBAL COLON

$ 2,426

81 413AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

CALLE ANACLETO FALCON

CALLE LEONA VICARIO

$ 2,545

82 412AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA CALLE MANUEL ACUÑA

CALLE ANACLETO FALCON $3,053

83 411AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

CALLE MELCHOR MUZQUIZ

CALLE MANUEL ACUÑA

$ 3,563

84 492AVENIDA NICOLAS BRAVO

CALZADA SALTILLO 400 (CALLE 40)

CALZADA RAMÓN MÉNDEZ

$ 657

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

85 491AVENIDA NICOLAS BRAVO

CALZADA CRISTOBAL COLON

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL

$ 958

86 490AVENIDA NICOLAS BRAVO CALLE GALEANA

CALZADA CRISTOBAL COLON

$ 1,117

87 409AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA

CALLE JUAN PABLOS (CALLE 16)

CALZADA SALTILLO 400 (CALLE 40)

$ 797

88 407AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA CALLE GARCIA CARRILLO

CALLE JUAN PABLOS (CALLE 16)

$ 958

89 406AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA

CALZADA CRISTOBAL COLON

CALLE GARCIA CARRILLO

$ 1,117

90 405AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA

CALLE JERONIMO TREVIÑO

CALZADA CRISTOBAL COLON

$ 1,250

91 404AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA CALLE MIGUEL BLANCO

CALLE JERONIMO TREVIÑO

$ 1,686

92 403AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA CALLE VALDEZ CARRILLO

CALLE MIGUEL BLANCO

$ 1,922

93 400AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA

CALLE ANDRES S. VIESCA

CALLE MELCHOR MUZQUIZ

$ 2,036

94 402AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA

CALLE JUAN ANTONIO DE LA FUENTE

CALLE VALDEZ CARRILLO

$ 2,361

95 401AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA

CALLE MELCHOR MUZQUIZ

CALLE JUAN ANTONIO DE LA FUENTE

$ 2,545

96 982 AVENIDA UNIVERSIDADBOULEVARD RODRIGUEZ TRIANA

CARRETERA TORREON - MIELERAS $ 595

97 3087AVENIDA UNIVERSIDAD (ORIENTE)

BOULEVARD TORREON - MATAMOROS

CALZADA JUAN AGUSTIN DE ESPINOZA S.J. $ 533

98 512AVENIDA VICENTE GUERRERO

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL

CALLE GREGORIO A. GARCIA $ 585

99 511AVENIDA VICENTE GUERRERO

CALLE FRANCISCO I. MADERO

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 638

100 513AVENIDA VICENTE GUERRERO

CALZADA SALTILLO 400 (CALLE 40)

CALZADA RAMÓN MÉNDEZ $ 657

101 510AVENIDA VICENTE GUERRERO

BOULEVARD INDEPENDENCIA

CALLE FRANCISCO I. MADERO $ 797

102 3088AVENIDA VILLAS UNIVERSIDAD AVENIDA LICENCIATURA CALLE PIRITA $ 533

103 541 AVENIDA ZACATECAS CALZADA CUAUHTEMOCCALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 638

104 540 AVENIDA ZACATECASBOULEVARD INDEPENDENCIA

CALZADA CUAUHTEMOC $ 797

105 284 BOULEVARD CENTENARIO

RIO ANTIGUA CARRETERA TORREÓN-SAN

$ 486

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

PEDRO

106 310BOULEVARD CONSTITUCION

CALLE MELCHOR MUZQUIZ

CALLE MANUEL ACUÑA $ 1,339

107 315BOULEVARD CONSTITUCION

CALZADA SALVADOR CREEL CALZADA ABASTOS $ 1,442

108 311BOULEVARD CONSTITUCION CALLE MANUEL ACUÑA

CALLE LEONA VICARIO $ 1,710

109 312BOULEVARD CONSTITUCION CALLE LEONA VICARIO

CALZADA CRISTOBAL COLON

$ 2,009

110 314BOULEVARD CONSTITUCION

CALLE FELICIANO COBIAN

CALZADA SALVADOR CREEL

$ 2,084

111 313BOULEVARD CONSTITUCION

CALZADA CRISTOBAL COLON

CALLE FELICIANO COBIAN

$ 2,383

112 320BOULEVARD DIAGONAL REFORMA CALZADA CUAUHTEMOC

BOULEVARD REVOLUCION

$ 1,917

113 618 BOULEVARD EL TAJITOBOULEVARD CONSTITUCION

PERIFERICO RAUL LOPEZ SANCHEZ

$ 863

114 306BOULEVARD INDEPENDEICIA CALZ. ABASTOS

AUTOPISTA TORREON SAN PEDRO (NUDO MIXTECO)

$ 2,545

115 300BOULEVARD INDEPENDENCIA

CALLE MELCHOR MUZQUIZ

CALLE SANTIAGO RODRIGUEZ

$ 1,786

116 301BOULEVARD INDEPENDENCIA

CALLE SANTIAGO RODRIGUEZ

CALLE ILDEFONSO FUENTES

$ 2,230

117 307BOULEVARD INDEPENDENCIA

AUTOPISTA TORREON SAN PEDRO (NUDO MIXTECO)

PERIFERICO RAUL LOPEZ SANCHEZ

$ 2,502

118 302BOULEVARD INDEPENDENCIA

CALLE ILDEFONSO FUENTES

CALZADA CRISTOBAL COLON

$ 2,780

119 304BOULEVARD INDEPENDENCIA CALLE JUAN E. GARCIA CALZ. ABASTOS

$ 2,780

120 303BOULEVARD INDEPENDENCIA

CALZADA CRISTOBAL COLON

CALLE JUAN E. GARCIA

$ 3,057

121 167 BOULEVARD LAGUNA     $ 413

122 629BOULEVARD PEDRO RODRIGUEZ TRIANA AVENIDA CENTRAL

BOULEVARD LAGUNA $ 670

123 325BOULEVARD PEDRO RODRIGUEZ TRIANA

BOULEVARD REVOLUCION

CALZADA MANUEL GOMEZ MORIN $ 904

124 628BOULEVARD PEDRO RODRIGUEZ TRIANA

CALZADA MANUEL GOMEZ MORIN AVENIDA CENTRAL $ 1,191

125 349BOULEVARD REVOLUCION

CALZADA DIVISION DEL NORTE

CARRETERA A MIELERAS $ 707

126 348BOULEVARD REVOLUCION

CALZADA SALTILLO 400 (CALLE 40)

CALZADA DIVISION DEL NORTE $ 1,063

127 340 BOULEVARD CALLE TORREON VIEJO CALLE MELCHOR $ 1,166

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

REVOLUCION MUZQUIZ

128 345BOULEVARD REVOLUCION CALLE DONATO GUERRA

CALZADA CUAUHTEMOC $ 1,596

129 346BOULEVARD REVOLUCION CALZADA CUAUHTEMOC

CALZADA SALTILLO 400 (CALLE 40) $ 1,787

130 341BOULEVARD REVOLUCION

CALLE MELCHOR MUZQUIZ

CALLE RAMOS ARIZPE $ 2,040

131 344BOULEVARD REVOLUCION

CALLE ILDEFONSO FUENTES

CALLE DONATO GUERRA $ 2,123

132 343BOULEVARD REVOLUCION CALLE MANUEL ACUÑA

CALLE ILDEFONSO FUENTES $ 2,333

133 342BOULEVARD REVOLUCION CALLE RAMOS ARIZPE

CALLE MANUEL ACUÑA $ 2,482

134 537BOULEVARD TORREON-MATAMOROS LA JOYA (CALLE 80) SAN MIGUEL $ 275

135 505BOULEVARD TORREON-MATAMOROS CARRETERA MIELERAS LA JOYA (CALLE 80) $ 453

136 943BOULEVARD TORREON-MIELERAS BOULEVARD LAGUNA

LIMITE CON MUNICIPIO DE MATAMOROS $ 236

137 274BOULEVARD TORREON-MIELERAS

BOULEVARD TORREON - MATAMOROS

BOULEVARD LAGUNA $ 469

138 876CALLE LA OPINION (CALLE 21)

BOULEVARD REVOLUCION

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 1,043

139 895 CALLE 37 AVENIDA BENITO JUAREZAVENIDA JUAN ALDAMA $ 657

140 896 CALLE 38BOULEVARD REVOLUCION

CALZADA RAMÓN MÉNDEZ $ 657

141 897 CALLE 39AVENIDA MARIANO MATAMOROS

AVENIDA BENITO JUAREZ $ 657

142 706CALLE ANACLETO FALCON

AVENIDA MARIANO ABASOLO

BOULEVARD INDEPENDENCIA $ 1,459

143 700CALLE ANACLETO FALCON

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA $ 1,751

144 705CALLE ANACLETO FALCON

AVENIDA IGNACIO ALLENDE

AVENIDA MARIANO ABASOLO $ 1,751

145 701CALLE ANACLETO FALCON

AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA $ 2,040

146 704CALLE ANACLETO FALCON

AVENIDA MARIANO MATAMOROS

AVENIDA IGNACIO ALLENDE $ 2,040

147 703CALLE ANACLETO FALCON

AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON

AVENIDA MARIANO MATAMOROS $ 2,333

148 702CALLE ANACLETO FALCON

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON $ 2,624

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

149 328CALLE ANDRES S. VIESCA    

$ 2,036

150 889CALLE ANTONIO DE JUAMBELZ (CALLE 32)

BOULEVARD REVOLUCION

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 958

151 886CALLE AUGUSTO VILLA NUEVA (CALLE 29)

BOULEVARD REVOLUCION

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 638

152 296 CALLE BUGAMBILIAS PRIV. MANUEL OVIEDO PRIVADA NOGAL $ 835

153 885CALLE CARMEN SALINAS (CALLE 28)

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA MARIANO ESCOBEDO $ 638

154 600 CALLE CINCO DE MAYO AVENIDA BENITO JUAREZAVENIDA IGNACIO ALLENDE $ 969

155 891CALLE CONSTITUCION DE 1857 (CALLE 34)

BOULEVARD REVOLUCION

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 797

156 894

CALLE CONSTITUYENTES 1917 (CALLE 36)

CALZADA RAMON MENDEZ

AVENIDA VICENTE GUERRERO $ 731

157 893

CALLE CONSTITUYENTES 1917 (CALLE 36)

BOULEVARD REVOLUCION

CALZADA RAMÓN MÉNDEZ $ 797

158 819CALLE DONATO GUERRA AVENIDA ZACATECAS

BOULEVARD INDEPENDENCIA $ 875

159 811CALLE DONATO GUERRA

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA $ 958

160 818CALLE DONATO GUERRA

AVENIDA LA CORREGIDORA

AVENIDA ZACATECAS $ 958

161 817CALLE DONATO GUERRA

AVENIDA NICOLAS BRAVO

AVENIDA LA CORREGIDORA $ 1,166

162 816CALLE DONATO GUERRA

AVENIDA MELCHOR OCAMPO

AVENIDA NICOLAS BRAVO $ 1,274

163 815CALLE DONATO GUERRA

AVENIDA IGNACIO ALLENDE

AVENIDA MELCHOR OCAMPO $ 1,433

164 812CALLE DONATO GUERRA

AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA $ 1,605

165 813CALLE DONATO GUERRA

AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA

AVENIDA BENITO JUAREZ $ 1,753

166 814CALLE DONATO GUERRA AVENIDA BENITO JUAREZ

AVENIDA IGNACIO ALLENDE $ 2,055

167 877CALLE EL SIGLO DE TORREON (CALLE 22)

BOULEVARD REVOLUCION

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 1,043

168 881CALLE ENRIQUE C. TREVIÑO (CALLE 24)

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA VICENTE GUERRERO $ 638

169 835CALLE EUGENIO AGUIRRE BENAVIDES AVENIDA JUAN ALDAMA

BOULEVARD INDEPENDENCIA $ 731

170 834 CALLE EUGENIO AVENIDA NICOLAS AVENIDA JUAN $ 797

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

AGUIRRE BENAVIDES BRAVO ALDAMA

171 833CALLE EUGENIO AGUIRRE BENAVIDES

AVENIDA MARIANO MATAMOROS

AVENIDA NICOLAS BRAVO $ 958

172 832CALLE EUGENIO AGUIRRE BENAVIDES

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA MARIANO MATAMOROS $ 1,274

173 883CALLE FERNANDO SALINAS (CALLE 26)

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA LA CORREGIDORA $ 638

174 831CALLE FRANCISCO I. MADERO

AVENIDA NICOLAS BRAVO

AVENIDA LERDO DE TEJADA $ 812

175 830CALLE FRANCISCO I. MADERO

AVENIDA IGNACIO ALLENDE

BOULEVARD INDEPENDENCIA $ 976

176 829CALLE FRANCISCO I. MADERO

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA IGNACIO ALLENDE $ 1,298

177 880CALLE FRANCISCO ZARCO (CALLE 23) AVENIDA JUAN ALDAMA

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 638

178 879CALLE FRANCISCO ZARCO (CALLE 23)

AVENIDA MARIANO ESCOBEDO

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 797

179 878CALLE FRANCISCO ZARCO (CALLE 23)

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA MARIANO ESCOBEDO $ 958

180 755 CALLE GALEANAAVENIDA MARIANO ABASOLO

BOULEVARD INDEPENDENCIA

$ 1,274

181 754 CALLE GALEANAAVENIDA IGNACIO ALLENDE

AVENIDA MARIANO ABASOLO

$ 1,519

182 750 CALLE GALEANABOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA

$ 1,668

183 751 CALLE GALEANAAVENIDA PRESIDENTE CARRANZA

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA $ 1,821

184 752 CALLE GALEANAAVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

AVENIDA BENITO JUAREZ

$ 1,971

185 753 CALLE GALEANA AVENIDA BENITO JUAREZAVENIDA IGNACIO ALLENDE $ 2,123

186 824CALLE GARCIA CARRILLO

AVENIDA MELCHOR OCAMPO

BOULEVARD INDEPENDENCIA $ 797

187 823CALLE GARCIA CARRILLO

AVENIDA IGNACIO ALLENDE

AVENIDA MELCHOR OCAMPO $ 958

188 822CALLE GARCIA CARRILLO AVENIDA BENITO JUAREZ

AVENIDA IGNACIO ALLENDE $ 1,274

189 820CALLE GARCIA CARRILLO

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA $ 1,433

190 821CALLE GARCIA CARRILLO

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

AVENIDA BENITO JUAREZ $ 1,596

191 807CALLE GONZALEZ ORTEGA

AVENIDA MARIANO ABASOLO

BOULEVARD INDEPENDENCIA $ 1,117

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

192 803CALLE GONZALEZ ORTEGA

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA $ 1,596

193 806CALLE GONZALEZ ORTEGA

AVENIDA IGNACIO ALLENDE

AVENIDA MARIANO ABASOLO $ 1,596

194 804CALLE GONZALEZ ORTEGA

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

AVENIDA BENITO JUAREZ $ 1,753

195 805CALLE GONZALEZ ORTEGA AVENIDA BENITO JUAREZ

AVENIDA IGNACIO ALLENDE $ 2,071

196 843CALLE GREGORIO A. GARCIA AVENIDA JUAN ALDAMA

BOULEVARD INDEPENDENCIA $ 657

197 842CALLE GREGORIO A. GARCIA

AVENIDA NICOLAS BRAVO

AVENIDA JUAN ALDAMA $ 797

198 841CALLE GREGORIO A. GARCIA

AVENIDA MARIANO MATAMOROS

AVENIDA NICOLAS BRAVO $ 958

199 840CALLE GREGORIO A. GARCIA

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA MARIANO MATAMOROS $ 1,274

200 892CALLE GUILLERMO PRIETO

BOULEVARD DIAGONAL REFORMA

CALZADA RAMÓN MÉNDEZ $ 657

201 887

CALLE HEROICO COLEGIO MILITAR (CALLE 30)

BOULEVARD REVOLUCION

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 797

202 888

CALLE IGNACIO BARRON DELGADILLO (CALLE 31)

BOULEVARD REVOLUCION

PRIVADA ALFONSO REYES $ 894

203 828CALLE IGNACIO COMONFORT AVENIDA ZACATECAS

BOULEVARD INDEPENDENCIA $ 813

204 827CALLE IGNACIO COMONFORT

AVENIDA MELCHOR OCAMPO

AVENIDA ZACATECAS $ 976

205 826CALLE IGNACIO COMONFORT

AVENIDA MARIANO MATAMOROS

AVENIDA MELCHOR OCAMPO $ 1,138

206 825CALLE IGNACIO COMONFORT

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA MARIANO MATAMOROS $ 1,459

207 644CALLE IGNACIO IGNACIO ZARAGOZA

AVENIDA IGNACIO ALLENDE

BOULEVARD INDEPENDENCIA $ 1,459

208 643CALLE IGNACIO IGNACIO ZARAGOZA

AVENIDA MARIANO MATAMOROS

AVENIDA IGNACIO ALLENDE $ 1,751

209 640CALLE IGNACIO IGNACIO ZARAGOZA

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA BENITO JUAREZ $ 2,329

210 642CALLE IGNACIO IGNACIO ZARAGOZA

AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON

AVENIDA MARIANO MATAMOROS $ 2,333

211 641CALLE IGNACIO IGNACIO ZARAGOZA AVENIDA BENITO JUAREZ

AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON $ 2,545

212 890CALLE IGNACIO RAMIREZ

BOULEVAR DIAGONAL REFORMA

CALZADA RAMÓN MÉNDEZ $ 657

213 723 CALLE ILDEFONSO AVENIDA IGNACIO BOULEVARD $ 1,224

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

FUENTES ALLENDE INDEPENDENCIA

214 720CALLE ILDEFONSO FUENTES

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA $ 1,535

215 722CALLE ILDEFONSO FUENTES

AVENIDA MARIANO MATAMOROS

AVENIDA IGNACIO ALLENDE $ 1,535

216 721CALLE ILDEFONSO FUENTES

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

AVENIDA MARIANO MATAMOROS $ 1,839

217 770 CALLE JAVIER MINABOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA $ 1,274

218 774 CALLE JAVIER MINAAVENIDA IGNACIO ALLENDE

A BOULEVARD CONSTITUCION $ 1,274

219 773 CALLE JAVIER MINAAVENIDA MARIANO MATAMOROS

AVENIDA IGNACIO ALLENDE $ 1,433

220 771 CALLE JAVIER MINAAVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

AVENIDA BENITO JUAREZ

$ 1,596

221 772 CALLE JAVIER MINA AVENIDA BENITO JUAREZAVENIDA MARIANO MATAMOROS $ 1,753

222 714CALLE JERONIMO TREVIÑO

AVENIDA MARIANO ABASOLO

BOULEVARD INDEPENDENCIA $ 1,339

223 713CALLE JERONIMO TREVIÑO

AVENIDA MARIANO MATAMOROS

AVENIDA MARIANO ABASOLO $ 1,406

224 710CALLE JERONIMO TREVIÑO

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA $ 1,751

225 712CALLE JERONIMO TREVIÑO

AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON

AVENIDA MARIANO MATAMOROS $ 2,040

226 711CALLE JERONIMO TREVIÑO

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON $ 2,333

227 869

CALLE JESUS MARIA DEL BOSQUE (CALLE 18) AVENIDA JUAN ALDAMA

AVENIDA JUAN ALVAREZ $ 638

228 868

CALLE JESUS MARIA DEL BOSQUE (CALLE 18)

AVENIDA MELCHOR OCAMPO

AVENIDA JUAN ALDAMA $ 798

229 867

CALLE JESUS MARIA DEL BOSQUE (CALLE 18)

AVENIDA IGNACIO ALLENDE

AVENIDA MELCHOR OCAMPO $ 958

230 765 CALLE JIMENEZAVENIDA MELCHOR OCAMPO

A BOULEVARD CONSTITUCION $1,117

231 764 CALLE JIMENEZAVENIDA MARIANO ABASOLO

AVENIDA MELCHOR OCAMPO $ 1,274

232 763 CALLE JIMENEZAVENIDA IGNACIO ALLENDE

AVENIDA MARIANO ABASOLO $ 1,596

233 760 CALLE JIMENEZ BOULEVARD AVENIDA MIGUEL $ 1,753

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

REVOLUCIONHIDALGO Y COSTILLA

234 761 CALLE JIMENEZAVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON $ 1,912

235 762 CALLE JIMENEZAVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON

AVENIDA IGNACIO ALLENDE $ 2,105

236 875CALLE JOAQUIN MORENO (CALLE 20)

AVENIDA LA CORREGIDORA

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 639

237 874CALLE JOAQUIN MORENO (CALLE 20)

AVENIDA MELCHOR OCAMPO

AVENIDA LA CORREGIDORA $ 797

238 873CALLE JOAQUIN MORENO (CALLE 20)

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA MELCHOR OCAMPO $ 958

239 633CALLE JUAN ANTONIO DE LA FUENTE

AVENIDA IGNACIO ALLENDE

BOULEVARD INDEPENDENCIA $ 1,459

240 632CALLE JUAN ANTONIO DE LA FUENTE

AVENIDA MARIANO MATAMOROS

AVENIDA IGNACIO ALLENDE $ 1,762

241 631CALLE JUAN ANTONIO DE LA FUENTE

AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON

AVENIDA MARIANO MATAMOROS $ 2,333

242 630CALLE JUAN ANTONIO DE LA FUENTE

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON $ 2,545

243 839 CALLE JUAN E. GARCIA AVENIDA JUAN ALDAMABOULEVARD INDEPENDENCIA $ 657

244 838 CALLE JUAN E. GARCIAAVENIDA NICOLAS BRAVO

AVENIDA JUAN ALDAMA $ 797

245 837 CALLE JUAN E. GARCIAAVENIDA MARIANO MATAMOROS

AVENIDA NICOLAS BRAVO $ 958

246 836 CALLE JUAN E. GARCIABOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA MARIANO MATAMOROS

$ 1,274

247 865

CALLE JUAN GUTEMBERG (CALLE 17)

AVENIDA NICOLAS BRAVO

AVENIDA JUAN ALDAMA $ 731

248 866

CALLE JUAN GUTEMBERG (CALLE 17) AVENIDA JUAN ALDAMA

AVENIDA MARIANO ARISTA $ 731

249 864

CALLE JUAN GUTEMBERG (CALLE 17)

AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA

AVENIDA NICOLAS BRAVO $ 797

250 862CALLE JUAN PABLOS (CALLE 16)

AVENIDA MARIANO ABASOLO

AVENIDA LERDO DE TEJADA $ 797

251 861CALLE JUAN PABLOS (CALLE 16)

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA MARIANO ABASOLO $ 958

252 882CALLE JULIAN CARRILLO (CALLE 25)

BOULEVARD REVOLUCION

CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL $ 638

253 810 CALLE LEANDRO VALLEAVENIDA NICOLAS BRAVO

BOULEVARD INDEPENDENCIA $ 958

254 809 CALLE LEANDRO VALLE AVENIDA IGNACIO AVENIDA NICOLAS $

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

ALLENDE BRAVO 1,117

255 808 CALLE LEANDRO VALLEBOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA BENITO JUAREZ

$ 1,433

256 733 CALLE LEONA VICARIOAVENIDA IGNACIO ALLENDE

BOULEVARD INDEPENDENCIA

$ 1,408

257 732 CALLE LEONA VICARIOAVENIDA MARIANO MATAMOROS

AVENIDA IGNACIO ALLENDE

$ 1,538

258 730 CALLE LEONA VICARIOBOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

$ 1,753

259 731 CALLE LEONA VICARIOAVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

AVENIDA MARIANO MATAMOROS

$ 1,912

260 884

CALLE MAGDALENA MONDRAGON (CALLE 27)

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA NICOLAS BRAVO $ 638

261 684 CALLE MANUEL ACUÑAAVENIDA IGNACIO ALLENDE

BOULEVARD INDEPENDENCIA

$ 1,751

262 683 CALLE MANUEL ACUÑAAVENIDA MARIANO MATAMOROS

AVENIDA IGNACIO ALLENDE

$ 2,040

263 679 CALLE MANUEL ACUÑABOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

$ 2,333

264 682 CALLE MANUEL ACUÑAAVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON

AVENIDA MARIANO MATAMOROS

$ 2,335

265 680 CALLE MANUEL ACUÑAAVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON $ 2,452

266 852CALLE MARIANO LOPEZ ORTIZ

AVENIDA LA CORREGIDORA

CALZADA MANUEL AVILA CAMACHO $ 1,225

267 851CALLE MARIANO LOPEZ ORTIZ

AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON

AVENIDA LA CORREGIDORA $ 1,339

268 850CALLE MARIANO LOPEZ ORTIZ AVENIDA BENITO JUAREZ

AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON $ 1,487

269 849CALLE MARIANO LOPEZ ORTIZ

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

AVENIDA BENITO JUAREZ $ 1,497

270 848CALLE MARIANO LOPEZ ORTIZ

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA $ 1,635

271 858CALLE MARTIRES DE RIO BLANCO (CALLE 14) AVENIDA ZACATECAS

BOULEVARD DIAGONAL REFORMA $ 717

272 857CALLE MARTIRES DE RIO BLANCO (CALLE 14)

AVENIDA NICOLAS BRAVO

AVENIDA ZACATECAS $ 894

273 494CALLE MELCHOR MUZQUIZ

BOULEVARD INDEPENDENCIA

BOULEVARD CONSTITUCION $ 986

274 613CALLE MELCHOR MUZQUIZ

AVENIDA IGNACIO ALLENDE

BOULEVARD INDEPENDENCIA $ 1,751

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

275 612CALLE MELCHOR MUZQUIZ

AVENIDA MARIANO MATAMOROS

AVENIDA IGNACIO ALLENDE $ 2,332

276 611CALLE MELCHOR MUZQUIZ AVENIDA BENITO JUAREZ

AVENIDA MARIANO MATAMOROS $ 2,545

277 610CALLE MELCHOR MUZQUIZ

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA BENITO JUAREZ

$ 3,181

278 696 CALLE MIGUEL BLANCOAVENIDA MARIANO ABASOLO

BOULEVARD INDEPENDENCIA $ 1,459

279 689 CALLE MIGUEL BLANCOBOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA $ 1,751

280 695 CALLE MIGUEL BLANCOAVENIDA IGNACIO ALLENDE

AVENIDA MARIANO ABASOLO $ 1,751

281 690 CALLE MIGUEL BLANCOAVENIDA PRESIDENTE CARRANZA

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA $ 2,040

282 691 CALLE MIGUEL BLANCOAVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

AVENIDA BENITO JUAREZ $ 2,333

283 694 CALLE MIGUEL BLANCOAVENIDA MARIANO MATAMOROS

AVENIDA IGNACIO ALLENDE $ 2,333

284 693 CALLE MIGUEL BLANCOAVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON

AVENIDA MATAMOROS $ 2,335

285 692 CALLE MIGUEL BLANCO AVENIDA BENITO JUAREZAVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON $ 2,452

286 846 CALLE NIÑOS HEROESAVENIDA NICOLAS BRAVO

AVENIDA JUAN ALDAMA $ 818

287 847 CALLE NIÑOS HEROES AVENIDA JUAN ALDAMAAVENIDA GOMEZ FARIAS $ 818

288 845 CALLE NIÑOS HEROESAVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON

AVENIDA NICOLAS BRAVO $ 894

289 844 CALLE NIÑOS HEROESBOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON

$ 1,117

290 860CALLE OREN O. MATOX (CALLE 15)

AVENIDA MARIANO ARISTA

BOULEVARD DIAGONAL REFORMA

$ 717

291 859CALLE OREN O. MATOX (CALLE 15)

AVENIDA NICOLAS BRAVO

AVENIDA MARIANO ARISTA $ 894

292 656CALLE PASEO DE LAS PALMAS CAMPESTRE LA ROSITA  

$ 2,375

293 375CALLE PASEO DEL BOSQUE CAMPESTRE LA ROSITA  

$ 2,375

294 373CALLE PASEO DEL CAMPESTRE CAMPESTRE LA ROSITA  

$ 2,375

295 371CALLE PASEO DEL LAGO CAMPESTRE LA ROSITA  

$ 2,375

296 3047 CALLE PASEO DEL CALLE DE LA CARABELA CARRETERA A $ 584

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

TECNOLOGICO MIELERAS

297 3046CALLE PASEO DEL TECNOLOGICO CALLE DEL NAVIO

CALLE DE LA CARABELA $ 809

298 499CALLE PASEO DEL TECNOLOGICO

CALZADA SALTILLO 400 (CALLE 40) CALLE DEL NAVIO $ 1,417

299 288CALLE PRIMERO DE MAYO AVENIDA MATAMOROS

BOULEVARD REVOLUCION $ 1,324

300 746 CALLE RAMON CORONAAVENIDA MARIANO ABASOLO

BOULEVARD INDEPENDENCIA $ 1,407

301 745 CALLE RAMON CORONAAVENIDA IGNACIO ALLENDE

AVENIDA MARIANO ABASOLO $ 1,538

302 740 CALLE RAMON CORONABOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA $ 1,753

303 741 CALLE RAMON CORONAAVENIDA PRESIDENTE CARRANZA

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA $ 1,912

304 744 CALLE RAMON CORONAAVENIDA MARIANO MATAMOROS

AVENIDA IGNACIO ALLENDE $ 1,912

305 742 CALLE RAMON CORONAAVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

AVENIDA BENITO JUAREZ

$ 2,071

306 743 CALLE RAMON CORONA AVENIDA BENITO JUAREZAVENIDA MARIANO MATAMOROS $ 2,248

307 623 CALLE RAMOS ARIZPEAVENIDA IGNACIO ALLENDE

BOULEVARD INDEPENDENCIA $ 1,459

308 622 CALLE RAMOS ARIZPEAVENIDA MARIANO MATAMOROS

AVENIDA IGNACIO ALLENDE $ 2,040

309 621 CALLE RAMOS ARIZPE AVENIDA BENITO JUAREZAVENIDA MARIANO MATAMOROS $ 2,333

310 620 CALLE RAMOS ARIZPEBOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA BENITO JUAREZ $ 2,545

311 497 CALLE RAMOS ARIZPE BOULEVARD INDEPENDENCIA

BOULEVARD CONSTITUCION $ 986

312 872CALLE ROSENDO GUERRERO (CALLE 19)

AVENIDA LA CORREGIDORA ARTES GRAFICAS $ 64

313 871CALLE ROSENDO GUERRERO (CALLE 19)

AVENIDA MELCHOR OCAMPO

AVENIDA LA CORREGIDORA $ 797

314 870CALLE ROSENDO GUERRERO (CALLE 19)

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA MELCHOR OCAMPO $ 958

315 674CALLE SANTIAGO RODRIGUEZ

AVENIDA IGNACIO ALLENDE

BOULEVARD INDEPENDENCIA

$ 1,751

316 669CALLE SANTIAGO RODRIGUEZ

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA

$ 2,040

317 670 CALLE SANTIAGO RODRIGUEZ

AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y

$ 2,333

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

COSTILLA

318 673CALLE SANTIAGO RODRIGUEZ

AVENIDA MARIANO MATAMOROS

AVENIDA IGNACIO ALLENDE $ 2,333

319 671CALLE SANTIAGO RODRIGUEZ

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON $ 2,452

320 672CALLE SANTIAGO RODRIGUEZ

AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON

AVENIDA MARIANO MATAMOROS $ 2,452

321 486 CALLE SANTOS     $ 1,304

322 802CALLE SANTOS DEGOLLADO

AVENIDA MARIANO ABASOLO

BOULEVARD INDEPENDENCIA $ 1,274

323 801CALLE SANTOS DEGOLLADO

AVENIDA IGNACIO ALLENDE

AVENIDA MARIANO ABASOLO $ 1,596

324 800CALLE SANTOS DEGOLLADO AVENIDA BENITO JUAREZ

AVENIDA IGNACIO ALLENDE $ 1,912

325 289 CALLE TORREON VIEJO AVENIDA ALLENDE AVENIDA MATAMOROS $ 1,273

326 654CALLE VALDEZ CARRILLO

AVENIDA IGNACIO ALLENDE

BOULEVARD INDEPENDENCIA $ 1,459

327 653CALLE VALDEZ CARRILLO

AVENIDA MARIANO MATAMOROS

AVENIDA IGNACIO ALLENDE $ 2,040

328 650CALLE VALDEZ CARRILLO

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA $ 2,333

329 651CALLE VALDEZ CARRILLO

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON

$ 2,452

330 652CALLE VALDEZ CARRILLO

AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON

AVENIDA MARIANO MATAMOROS

$ 2,452

331 664CALLE VICTORIANO CEPEDA

AVENIDA IGNACIO ALLENDE

BOULEVARD INDEPENDENCIA

$ 1,751

332 659CALLE VICTORIANO CEPEDA

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA

$ 2,040

333 660CALLE VICTORIANO CEPEDA

AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

$ 2,333

334 663CALLE VICTORIANO CEPEDA

AVENIDA MARIANO MATAMOROS

AVENIDA IGNACIO ALLENDE

$ 2,333

335 661CALLE VICTORIANO CEPEDA

AVENIDA MIGUEL HIDALGO Y COSTILLA

AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON

$ 2,452

336 662CALLE VICTORIANO CEPEDA

AVENIDA JOSE MA. MORELOS Y PAVON

AVENIDA MARIANO MATAMOROS

$ 2,452

337 506CALZADA CRISTOBAL COLON ESTACION DE FFCC

BOULEVARD REVOLUCION $ 582

338 137CALZADA CRISTOBAL COLON

BOULEVARD INDEPENDENCIA

BOULEVARD CONSTITUCION $ 1,668

339 780 CALZADA CRISTOBAL BOULEVARD AVENIDA $ 2,230

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

COLON REVOLUCIONPRESIDENTE CARRANZA

340 781CALZADA CRISTOBAL COLON

AVENIDA PRESIDENTE CARRANZA

BOULEVARD INDEPENDENCIA $ 3,195

341 853CALZADA CUAUHTEMOC

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA BENITO JUAREZ $ 1,599

342 854CALZADA CUAUHTEMOC AVENIDA BENITO JUAREZ

AVENIDA NICOLAS BRAVO $ 1,912

343 855CALZADA CUAUHTEMOC

AVENIDA NICOLAS BRAVO

CALZADA MANUEL AVILA CAMACHO $ 2,230

344 498CALZADA CUAUHTEMOC A VIAS FFCC

BOULEVARD REVOLUCION $ 870

345 507CALZADA CUAUHTEMOC

CALZADA MANUEL AVILA CAMACHO

BOULEVARD INDEPENDENCIA

$ 2,780

346 488CALZADA DIVISION DEL NORTE

BOULEVARD PEDRO RODRIGUEZ TRIANA

BOULEVARD REVOLUCION $ 834

347 168CALZADA FRANCISCO SARABIA

BOULEVARD PEDRO RODRIGUEZ TRIANA

BOULEVARD REVOLUCION $ 743

348 489 CALZADA INDUSTRIA BOULEVARD REVOLUCION

JABONERA LA UNION $ 581

349 487CALZADA JOSE VASCONCELOS

BOULEVARD REVOLUCION

BOULEVARD PEDRO RODRIGUEZ TRIANA $ 982

350 271CALZADA LAZARO CARDENAS CALZADA CUAUHTEMOC CALLE DEL ANGEL $ 892

351 352CALZADA MANUEL AVILA CAMACHO CALZADA LAS PALMAS

CALZADA MOCTEZUMA $ 973

352 350CALZADA MANUEL AVILA CAMACHO

BOULEVARD INDEPENDENCIA

CALZADA CUAUHTEMOC $ 1,117

353 351CALZADA MANUEL AVILA CAMACHO CALZADA CUAUHTEMOC

CALZADA LAS PALMAS $ 1,274

354 270CALZADA MATIAS ROMAN.

BOULEVARD REVOLUCION

AVENIDA BENITO JUAREZ $ 1,562

355 360 CALZADA SALTILLO 400BOULEVARD REVOLUCION

CALZADA DIAGONAL LAS FUENTES $ 1,339

356 504 CALZADA SALTILLO 400 CALZADA RAMON MENDEZ

BOULEVARD REVOLUCION $ 743

357 38CALZADA SALVADOR CREEL

BOULEVARD CONSTITUCION

BOULEVARD RIO NAZAS $ 1,250

358 330CALZADA DIAGONAL AGUILA NACIONAL

CALLE MARTIRES RIO BLANCO

AVENIDA BENITO JUAREZ $ 797

359 290CALZADA DIAGONAL LAS FUENTES

AVENIDA VILLA DEL TORREON

CARRETERA A MIELERAS $ 448

360 266CALZADA DIAGONAL LAS FUENTES AVENIDA DEL BOSQUE

AVENIDA VILLA DEL TORREON $ 893

361 596CALZADA DIAGONAL LAS FUENTES CALLE DEL ANGEL

AVENIDA DEL BOSQUE $ 1,070

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

362 282CALZADA ESCUADRON 201

PERIFERICO RAUL LOPEZ SANCHEZ EJIDO LA UNION $ 357

363 283CALZADA ESCUADRON 201 EJIDO LA UNION

AUTOPISTA TORREON SAN PEDRO $ 357

364 3035CALZADA JOSE VASCONCELOS AVENIDA PAVORREAL CALLE CORTES

$ 2,394

365 279

CALZADA JUAN AGUSTIN DE ESPINOZA SJ (A SANTA FE)

PERIFERICO RAUL LOPEZ SANCHEZ

CIRCUITO TORREON 2000 $ 521

366 278CALZADA JUAN PABLO II

CALZADA FRANCISCO SARABIA

PERIFERICO RAUL LOPEZ SANCHEZ $ 521

367 359CALZADA RAMON MENDEZ BOULEVARD REFORMA

CALZADA FRANCISCO SARABIA $ 893

368 966CARRETERA AL CERESO     $ 333

369 370 PASEO DE LA ROSITA BLVD. REVOLUCIONBLVD. DIAGONAL LAS FUENTES

$ 2,877

370 292PERIFERICO RAUL LOPEZ SANCHEZ

AUTOPISTA TORREON SAN PEDRO RIO $ 557

371 515PERIFERICO RAUL LOPEZ SANCHEZ

BOULEVARD TORREON - MATAMOROS

AGUSTIN DE ESPINOZA SJ (CARRETERA SANTA FE) $ 666

372 516PERIFERICO RAUL LOPEZ SANCHEZ

AGUSTIN DE ESPINOZA SJ (CARRETERA SANTA FE)

AUTOPISTA TORREON SAN PEDRO $ 731

373 922PRIVADA SECTOR 6 (FERROCARRIL) CALLE JIMENEZ CALLE BLANCO $ 964

374 327 PRIVADAS SECTOR 1     $ 773375 475 PRIVADAS SECTOR 10     $ 773376 485 PRIVADAS SECTOR 17     $ 773377 605 PRIVADAS SECTOR 2     $ 773378 357 PRIVADAS SECTOR 6     $ 773379 467 PRIVADAS SECTOR 7     $ 773

COLONIA / FRACCIONAMIENTO

NO. CLAVE COLONIA / FRACCIONAMIENTO   2015

1 118 ABASTOS COLONIA  

379

2 113 AEROPUERTO COLONIA  

265

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

3 595 AEROPUERTO FRACCTO.  

780

4 23 ALAMEDAS COLONIA  

397

5 555 ALLENDE FRACCTO.  

467

6 787 AMPLIACION BRITANIA COLONIA  

529

7 793 AMPLIACION EL FRESNO FRACCTO.  

1,179

8 196AMPLIACION FUENTES DEL SUR COLONIA  

397

9 244AMPLIACION JOSE DE LAS FUENTES COLONIA  

174

10 59 AMPLIACION LA ROSITA COLONIA  

962

11 18 AMPLIACION LAS MARGARITAS COLONIA  

567

12 47AMPLIACION LAZARO CARDENAS COLONIA  

231

13 10 AMPLIACION LOS ANGELES FRACCTO.  

941

14 635AMPLIACION ROVIROSA WADE FRACCTO.  

488

15 928 AMPLIACION SAN IGNACIO FRACCTO.  

340

16 3018 AMPLIACION SENDEROS FRACCTO.  

693

17 636AMPLIACION VALLE DEL NAZAS FRACCTO.  

465

18 192 AMPLIACION VALLE VERDE COLONIA  

340

19 3079 AMPLIACION ZARAGOZA SUR COLONIA  

98

20 1 ANA COLONIA  

467

21 609 ANGELES RESIDENCIAL FRACCTO.  

891

22 280 ANNA FRACCTO.  

488

23 104 ANTIGUA ACEITERA COLONIA  

165

24 3097 ANTIGUA MAYRAN FRACCTO.  

879

25 514 ANTIGUA ZONA INDUSTRIAL MUNICIPAL  

487

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

26 79 AQUILES SERDAN COLONIA  

167

27 5 ARENAL COLONIA  

300

28 128 AVIACION COLONIA  

340

29 317 AVIACION SAN IGNACIO FRACCTO.  

412

30 208 BARCELONA COLONIA  

565

31 51 BELLA VISTA COLONIA  

340

32 120 BOCANEGRA COLONIA  

286

33 32BRAULIO FERNANDEZ AGUIRRE COLONIA  

238

34 241 BRITANIA FRACCTO.  

502

35 599 BUENOS AIRES COLONIA  

121

36 281 BUGAMBILIAS COLONIA  

1,609

37 388 CALERAS DE TORREON COLONIA  

143

38 80 CALERAS MARTINEZ COLONIA  

133

39 87 CALERAS SOLARES COLONIA  

133

40 598 CALERAS TORREON CERRIL COLONIA  

37

41 95 CAMILO TORRES COLONIA  

167

42 3115 CAMINO REAL RESIDENCIAL  

208

43 185 CAMPESTRE LA ROSITA COLONIA CAMPO DE GOLF

769

44 374 CAMPESTRE LA ROSITA COLONIA SECTOR INTERIOR

1,691

45 899 CAMPESTRE SAN ARMANDO FRACCTO,  

943

46 935 CAMPIÑAS IBERIA FRACCTO.  

695

47 916 CAMPO NUEVO ZARAGOZA FRACCTO.  

467

48 269CAMPO NUEVO ZARAGOZA II ETAPA FRACCTO.  

467

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

49 969CAMPO NUEVO ZARAGOZA III ETAPA FRACCTO.  

467

50 965 CAÑON DEL INDIO COLONIA CERRO DE LAS NOAS 8

51 61 CARMEN ROMANO COLONIA  

178

52 121 CAROLINA COLONIA  

324

53 197 CENTRO COMERCIAL CIMACOPLAZA CUATRO CAMINOS

2,599

54 394 CENTRO COMERCIAL GALERIAS  

2,599

55 3012 CERRADA LAS PALMAS II FRACCTO.  

707

56 3024 CERRADAS ESMERALDA FRACCTO.  

412

57 3070 CERRADAS VILLAS DIAMANTE FRACCTO.  

511

58 143CERRO CALERAS DE LA LAGUNA COLONIA  

47

59 78 CERRO DE LA CRUZ COLONIA  

167

60 999 CERRO DE LAS NOAS COLONIA  

50

61 908 CHAPULTEPEC FRACCTO,  

467

62 563 CIPRESES FRACCTO,  

964

63 112 CIUDAD INDUSTRIAL FRACCTO,  

379

64 318 CIUDAD NAZAS FRACCTO,  

467

65 333 CIUDAD NAZAS FRACCTO, EN BREÑA

150

66 725 CIUDAD NAZAS FRACCTO, POLIGONO 6

433

67 227CLUB CAMPESTRE MONTEBELLO FRACCTO, FRENTE AL CAMPO

2,163

68 228CLUB CAMPESTRE MONTEBELLO FRACCTO, SECTOR INTERIOR

1,814

69 186CLUB CAMPESTRE MONTEBELLO FRACCTO, EN DESARROLLO

721

70 229CLUB CAMPESTRE MONTEBELLO FRACCTO, CAMPO DE GOLF

769

71 223 CLUB DE GOLF LOS AZULEJOS FRENTE AL CAMPO

1,980

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

72 224 CLUB DE GOLF LOS AZULEJOS SECTOR INTERIOR

1,286

73 222CLUB DE GOLF LOS AZULEJOS FRACCTO, CAMPO DE GOLF

769

74 267 CLUB SAN ISIDRO EN SAN ISIDRO

1,045

75 268 CLUB SAN ISIDROEN HACIENDA EL ROSARIO

769

76 108 COLONIA COMPRESORA  

157

77 619COLONIA DIANA MARIA GALINDO COLONIA  

144

78 925CONDOMINIO PUNTO DIAMANTE FRACCTO,  

676

79 9 CUAUHTEMOC COLONIA  

214

80 153 DEL PARQUE  

288

81 60 DIVISION DEL NORTE COLONIA  

178

82 88 DURANGUEÑA COLONIA  

167

83 33 EDUARDO GUERRA COLONIA  

347

84 534 EJIDO ALBIA AREA URBANA

94

85 567 EJIDO ALBIA AREA PARCELADA

32

86 398 EJIDO ANA AREA URBANA

67

87 538 EJIDO ANA AREA PARCELADA

31

88 293 EJIDO EL AGUILA AREA PARCELADA

65

89 358 EJIDO EL AGUILA AREA URBANA

109

90 287 FRONDOSO COUNTRY FRACCTO,  

1,114

91 562 EJIDO EL CAPRICHO AREA PARCELADA

31

92 775 EJIDO EL PACIFICO AREA URBANA

70

93 779 EJIDO EL PACIFICO AREA PARCELADA

32

94 542 EJIDO EL PERU AREA URBANA

70

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

95 573 EJIDO EL PERU AREA PARCELADA

31

96 584 EJIDO EL RANCHITO AREA PARCELADA

32

97 556 EJIDO EL RANCHITO AREA URBANA

53

98 552 EJIDO EL TAJITO AREA URBANA

120

99 582 EJIDO EL TAJITO AREA PARCELADA

85

100 572 EJIDO FLORES MAGON AREA PARCELADA

31

101 539 EJIDO FLORES MAGON AREA URBANA

48

102 256 EJIDO IGNACIO ALLENDE AREA URBANA

94

103 557 EJIDO IGNACIO ALLENDE AREA PARCELADA

43

104 3108 EJIDO JUAN EUGENIO AREA PARCELADA 2

105 568 EJIDO LA CONCHA AREA PARCELADA

32

106 535 EJIDO LA CONCHA AREA URBANA

62

107 554 EJIDO LA CONCHITA ROJA AREA URBANA

65

108 583 EJIDO LA CONCHITA ROJA AREA PARCELADA

32

109 575 EJIDO LA FE AREA URBANA

79

110 576 EJIDO LA FE AREA PARCELADA

48

111 144 EJIDO LA JOYA AREA URBANA

111

112 558 EJIDO LA JOYA AREA PARCELADA

32

113 376 EJIDO LA LIBERTAD AREA URBANA

69

114 548 EJIDO LA LIBERTAD AREA PARCELADA

43

115 50 EJIDO LA MERCED AREA URBANA

140

116 604 EJIDO LA MERCED AREA PARCELADA

125

117 543 EJIDO LA PALMA AREA URBANA

65

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

118 574 EJIDO LA PALMA AREA PARCELADA

31

119 766 EJIDO LA PARTIDA AREA URBANA

64

120 767 EJIDO LA PARTIDA AREA PARCELADA

31

121 546 EJIDO LA PAZ AREA URBANA

62

122 577 EJIDO LA PAZ AREA PARCELADA

48

123 565 EJIDO LA PERLA AREA PARCELADA

32

124 532 EJIDO LA PERLA AREA URBANA

62

125 564 EJIDO LA ROSITA AREA PARCELADA

32

126 529 EJIDO LA ROSITA AREA URBANA

65

127 163 EJIDO LA UNION AREA URBANA

69

128 386 EJIDO LA UNION AREA PARCELADA

49

129 758 EJIDO LOS ARENALES AREA URBANA

64

130 759 EJIDO LOS ARENALES AREA PARCELADA

32

131 389 EJIDO LOS RODRIGUEZ  

176

132 569 EJIDO PASO DEL AGUILA AREA PARCELADA

32

133 536 EJIDO PASO DEL AGUILA AREA URBANA

62

134 533 EJIDO RANCHO ALEGRE AREA URBANA

62

135 566 EJIDO RANCHO ALEGRE AREA PARCELADA

32

136 578 EJIDO SAN AGUSTIN AREA PARCELADA

65

137 547 EJIDO SAN AGUSTIN AREA URBANA

79

138 553 EJIDO SAN ANTONIO DE LOS BRAVOS AREA URBANA

120

139 586 EJIDO SAN ANTONIO DE LOS BRAVOS AREA PARCELADA

109

140 768 EJIDO SAN ESTEBAN AREA URBANA

64

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

141 769 EJIDO SAN ESTEBAN AREA PARCELADA

32

142 549 EJIDO SAN LUIS AREA URBANA

79

143 579 EJIDO SAN LUIS AREA PARCELADA

32

144 544 EJIDO SANTA FE AREA URBANA

79

145 545 EJIDO SANTA FE AREA PARCELADA

38

146 377 EJIDO ZARAGOZA  

121

147 3020 EL CAMPANARIO FRACCTO.  

458

148 126 EL CAPRICHO FRACCTO.  

111

149 109 EL FRESNO FRACCTO.  

1,297

150 235 EL MAGISTERIO FRACCTO.  

448

151 191 EL PEDREGAL FRACCTO.  

467

152 183 EL PENSADOR COLONIA  

98

153 639 EL SECRETO COLONIA  

606

154 28 EL TAJITO COLONIA  

448

155 129ELSA HERDEZ DE DE LAS FUENTES COLONIA  

286

156 237 EMILIANO ZAPATA COLONIA  

174

157 900 ERIAZO   1

158 24 ERIAZO FLOR DE JIMULCO   2

159 3 ESPARZA COLONIA  

300

160 115 ESTRELLA COLONIA  

966

161 7EUGENIO AGUIRRE BENAVIDES COLONIA  

286

162 245 EX-HACIENDA LA MERCED COLONIA  

249

163 3029EX-HACIENDA LA PERLA 2A ETAPA FRACCTO.  

442

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

164 3060EX-HACIENDA LA PERLA 3A ETAPA FRACCTO.  

451

165 3008 EX-HACIENDA LA PERLA FRACCTO.  

451

166 58 EX-HACIENDA LOS ANGELES COLONIA  

525

167 72 FEL OASIS FRACCTO.  

580

168 139 FELIPE ANGELES COLONIA  

213

169 391 FERROPUERTO COLONIA  

283

170 134 FIDEL VELAZQUEZ COLONIA  

384

171 213 FLORIDA BLANCA COLONIA  

862

172 55 FOVISSTE LA ROSITA COLONIA  

545

173 225 DE GOLF LOS AZULEJOS SIN URBANIZAR

652

174 3103 EL CASTAÑO FRACCTO,  

449

175 634 EL KIOSCO FRACCTO,  

536

176 20 EL ROBLE FRACCTO,  

381

177 40 EX-HACIENDA LA JOYA FRACCTO,  

474

178 214 FOVISSTE LOS ANGELES COLONIA  

474

179 200 FRONDOSO FRACCTO,  

1,206

180 148 HACIENDA ORIENTE FRACCTO,  

572

181 608 HORIZONTE FRACCTO,  

474

182 145 INDUSTRIAL LAJAT FRACCTO,  

493

183 519 JARDINES LAS ETNIAS FRACCTO,  

565

184 3043 JOYAS DEL BOSQUE FRACCTO,  

464

185 316 JUNTO A FERROPUERTOS FRACCTO,  

70

186 942 LA AMISTAD FRACCTO,  

574

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

187 3013 LA CIENEGA FRACCTO,  

965

188 62 LA MERCED FRACCTO,  

304

189 3125LA NOGALERA SEGUNDA ETAPA COLONIA AREA URBANA

60

190 3084 LA PAZ SIN URBANIZAR

236

191 3010 LA PAZ FRACCTO,  

470

192 3089 LAGOS PRIMERA ETAPA FRACCTO,  

529

193 3041 LAS LOMAS FRACCTO,  

566

194 154 LATINOAMERICANO II FRACCTO,  

284

195 71 LATINOMERICANO FRACCTO,  

327

196 3027 LOMAS DE LAS ETNIAS FRACCTO,  

566

197 790 LOS LAURELES FRACCTO,  

494

198 265 LOS PORTALES FRACCTO,  

594

199 354 MAYRAN FRACCTO,  

306

185 198 MONTE REAL FRACCTO,  

511

186 251 OBISPADO FRACCTO,  

467

187 3109 PERLA DEL MAR NORTE  

208

188 361 QUINTAS CAMPESTRE FRACCTO,  

943

189 776 QUINTAS LAGUNA FRACCTO,  

627

190 264 QUINTAS LAGUNA II ETAPA FRACCTO,  

627

191 944 QUINTAS LAGUNA III ETAPA FRACCTO,  

627

192 8 REAL DEL NOGALAR FRACCTO,  

515

193 3038 REAL DEL SOL II FRACCTO,  

445

194 626 RESIDENCIAL DEL NAZAS  

508

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

195 152 RESIDENCIAL DEL NORTE  

420

196 3001 RESIDENCIAL DEL NORTE MONTE CA.

445

197 147 RESIDENCIAL DEL VALLE  

557

198 368 RESIDENCIAL HACIENDA EL ROSARIO  

943

199 588 RESIDENCIAL IBERO FRACCTO.  

794

200 63 RESIDENCIAL LA HACIENDA FRACCTO.  

529

201 382 RESIDENCIAL LOS FRESNOS FRACCTO.  

1,196

202 67 RESIDENCIAL TECNOLOGICO FRACCTO.  

780

203 478 RESIDENCIAL VICTORIA FRACCTO.  

467

204 64 RINCON DE LA HACIENDA FRACCTO.  

467

205 248 RINCON DE LA MERCED FRACCTO.  

467

206 57 RINCON DE LA ROSITA FRACCTO.  

1,066

207 262 RINCON SAN JOSE FRACCTO.  

467

208 73 ROMA FRACCTO.  

707

209 3032 SAN AGUSTIN 1ERA ETAPA  

165

210 3033 SAN AGUSTIN 2DA. ETAPA  

165

211 929 SAN ARMANDO SEGUNDA ETAPA  

825

212 111 SAN LUCIANO  

1,196

213 149 SANTA ANITA  

879

214 160 SANTA BARBARA  

964

215 150 SANTA ELENA  

834

216 364 SANTA FE  

627

217 255 SATELITE DE LA LAGUNA  

376

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

218 74 SECCION 38  

589

219 216 VILLA LA MERCED  

322

220 26 VILLA SAN ISIDRO  

939

221 68 VILLAS DE LA HACIENDA  

572

222 161 VILLAS DEL VALLE  

557

223 207 VILLAS RESIDENCIALES  

891

224 234 ZARAGOZA  

169

226 103 FRANCISCO I. MADERO COLONIA  

133

227 6 FRANCISCO VILLA COLONIA  

221

228 41 FUENTES DEL SUR COLONIA  

557

229 21 GRANJAS SAN ISIDRO COLONIA  

2,145

230 254 GUADALUPE PONIENTE COLONIA  

133

231 141 GUSTAVO DIAZ ORDAZ COLONIA  

210

232 3048 HACIENDA LA NORIA  

467

233 3078 HACIENDA SANTA MARIA  

467

234 90 HIDALGO COLONIA  

174

235 37 HOGARES FERROCARRILEROS COLONIA  

448

236 987 HUERTOS   4

237 236 IGNACIO ALLENDE COLONIA  

134

238 19 INFONAVIT ALAMEDAS COLONIA  

467

239 188 J. LUZ TORRES COLONIA  

115

240 16 JACARANDAS COLONIA  

415

241 22JACARANDAS SEGUNDA SECCION COLONIA  

467

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

242 85 ACOBO MEYER COLONIA  

133

243 36 JARDINES DE CALIFORNIA  

644

244 3081 JARDINES DEL SOL  

522

245 203 JARDINES REFORMA  

628

246 3003 JARDINES UNIVERSIDAD  

486

247 35 JESUS MARIA DEL BOSQUE COLONIA  

225

248 259 JOSE DE LAS FUENTES COLONIA  

167

249 94 JOSE R. MIJARES COLONIA  

167

250 187 JOYAS DE TORREON  

488

251 3007 JOYAS DEL DESIERTO  

544

252 3026 JOYAS DEL DESIERTO ETAPA IV  

544

253 3015 JOYAS DEL DESIERTO III  

544

254 170 JOYAS DEL ORIENTE  

467

255 142 LA AMISTAD FRACCTO .  

210

256 3042 COLONIA LA ARBOLEDA  

727

257 792 LA CAPILLA FRACCTO.  

816

258 91 LA CONSTANCIA COLONIA  

177

259 607 LA CORTINA FRACCTO,  

394

260 48 LA DALIA FRACCTO,  

352

261 102 LA FE COLONIA  

174

262 42 LA FUENTE COLONIA  

572

263 243 LA GLORIA COLONIA  

174

264 205 LA HACIENDA FRACCTO,  

467

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

265 193 LA JOYA FRACCTO,  

467

276 250 LA MERCED COLONIA  

177

277 135 LA MINA COLONIA  

394

278 285 LA MURALLA FRACCTO,  

488

279 909 LA PERLA FRACCTO,  

446

280 211 LA ROSA COLONIA  

787

281 253 LA UNION COLONIA  

167

282 625 LAGUNA NORTE / SUR COLONIA  

194

283 156 LAS ARBOLEDAS COLONIA  

349

284 3059 LAS AVES COLONIA  

467

285 3096 LAS AVES II COLONIA  

449

286 3113 LAS AVES III COLONIA  

449

287 593 LAS BRISAS COLONIA  

221

288 3062 LAS ESRELLAS COLONIA  

62

289 66 LAS FLORES COLONIA  

300

290 380 LAS ISABELES FRACCTO.  

1,190

291 52 LAS JULIETAS COLONIA  

270

292 44 LAS LUISAS COLONIA  

221

293 12 LAS MARGARITAS COLONIA  

966

294 125 LAS MERCEDES POPULAR COLONIA  

111

295 212 LAS MISIONES FRACCTO  

703

296 260 LAS NOAS COLONIA  

133

297 201 LAS QUINTAS FRACCTO,  

858

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

298 131 LAS TORRES FRACCTO,  

511

299 45 LAZARO CARDENAS COLONIA  

221

300 89 LIBERTAD COLONIA  

177

301 3002 LOMA REAL FRACCTO.  

465

302 3050 LOMA REAL I I FRACCTO.  

465

303 3129 LOMA REAL III FRACCTO,  

447

304 215 LOPEZ MERCADO COLONIA  

238

305 3036 LOS ALEBRIJES RESIDENCIAL  

558

306 3134 LOS ALMENDROS FRACCTO,  

449

307 13 LOS ANGELES COLONIA  

1,565

308 559 LOS ANGELES RESIDENCIAL FRACCTO.  

931

309 151 LOS CEDROS FRACCTO  

565

310 3099LOS MONASTERIOS 2a. ETAPA FRACCTO.  

472

311 3080 LOS MONASTERIOS FRACCTO,  

467

312 202 LOS NOGALES FRACCTO,  

623

313 159 LOS PERIODISTAS FRACCTO,  

239

314 3040LOS PORTONES RESIDENCIAL II ETAPA FRACCTO,  

445

315 3072LOS PORTONES RESIDENCIAL III ETAPA FRACCTO,  

445

316 387 LOS SAUCES FRACCTO,  

322

317 238 LOS VIÑEDOS FRACCTO,  

1,077

318 39 LUCIO BLANCO COLONIA  

331

319 158LUCIO CABAÑAS Y NUEVA CORONA COLONIA  

177

320 107 LUIS ECHEVERRIA COLONIA  

333

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

321 76 MACLOVIO HERRERA COLONIA  

221

322 3021 MAFER COLONIA  

223

323 116 MAGDALENAS COLONIA  

372

324 247 MAGISTERIO COLONIA  

467

325 675MAGISTERIO-IBEROAMERICANO FRACTO,  

597

326 3025MARIA MERCADO DE LOPEZ SANCHEZ COLONIA  

281

327 86 MARTINEZ ADAME COLONIA  

266

328 30 METALURGICA  

177

329 34 MIGUEL ALEMAN COLONIA  

286

330 130 MIGUEL DE LA MADRID COLONIA  

286

331 119 MOCTEZUMA COLONIA  

286

332 2 MODERNA COLONIA  

446

333 3116 MONTOYERAS FRACCTO,  

59

334 93 MORELOS COLONIA  

167

335 384 MOTORES JOHN DEERE  

149

336 233 NARCISO MENDOZA COLONIA  

228

337 114 NAVARRO COLONIA  

972

338 249 NAZARIO ORTIZ GARZA COLONIA  

284

339 106 NUEVA AURORA COLONIA  

427

340 132 NUEVA CALIFORNIA COLONIA  

386

341 917 NUEVA CREACION COLONIA  

144

342 232 NUEVA LAGUNA COLONIA  

177

343 14 NUEVA LOS ANGELES COLONIA  

919

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

344 53 NUEVA MERCED COLONIA  

216

345 77 NUEVA ROSITA COLONIA  

286

346 29 NUEVA SAN ISIDRO COLONIA  

966

347 101 NUEVO MEXICO COLONIA  

167

348 204 NUEVO TORREON COLONIA  

671

349 3049 NUEVO ZARAGOZA II COLONIA  

446

350 140 OSCAR FLORES TAPIA COLONIA  

168

351 589 PALMA REAL FRACCTO,  

858

352 157 PALMAS AEROPUERTO COLONIA  

313

353 27 PALMAS SAN ISIDRO Y AMPL. COLONIA  

627

354 122 PANCHO VILLA COLONIA  

300

355 624 PARAISO DEL NAZAS  

278

356 522 PARQUE ESPAÑA  

1,188

357 3016 PARQUE INDUSTRIAL LA AMISTAD  

487

358 69 PARQUE INDUSTRIAL LAS AMERICAS  

487

359 146 PARQUE INDUSTRIAL ORIENTE  

487

360 3111 PARQUE INNOVACION TECNOLOGICA  

279

361 3110 PARQUE PYMES TORREON  

279

362 165 PEDREGAL DEL VALLE FRACCTO,  

467

363 378 PEÑOLES CERRIL  

29

364 3075 PERLA DEL ORIENTE FRACCTO,  

547

365 3019 PERLA DEL ORIENTE FRACCTO, SIN URBANIZAR

216

366 75 PLAN DE AYALA COLONIA  

174

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

367 138 PLAN DE SAN LUIS COLONIA  

239

368 379 PLANTA PEÑOLES  

149

369 945 PLAZA JUMBO  

846

370 92 POLVORERA COLONIA  

167

371 220 PONDEROSA COLONIA  

167

372 242 PRADOS DEL ORIENTE COLONIA  

307

373 526 PREDIO AEROPUERTO MIELERAS  

13

374 527 PREDIO EL AMPARO  

158

375 96 PRIMERA RINCONADA COLONIA  

167

376 99 PRIMERO DE MAYO COLONIA  

165

377 65 PROVITEC COLONIA  

439

378 926 PUERTA REAL FRACCTO,  

546

379 162 QUINTAS LA MERCED COLONIA  

539

380 3022 QUINTAS ANNA FRACCTO,  

544

381 3005 QUINTAS DEL DESIERTO FRACCTO,  

472

382 176 QUINTAS DEL NAZAS FRACCTO,  

509

383 791 QUINTAS IBERO 2a ETAPA FRACCTO,  

858

384 177 QUINTAS ISABELA FRACCTO,  

1,068

385 3071 QUINTAS LA PERLA FRACCTO,  

547

386 3076 QUINTAS LOS NOGALES FRACCTO,  

467

387 171 QUINTAS SAN ANTONIO FRACCTO,  

467

388 294 QUINTAS SAN ISIDRO FRACCTO,  

906

389 616 RASTRO MUNICIPAL  

114

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

390 3017 REAL DEL SOL FRACCTO,  

445

391 299 REAL SAN AGUSTIN FRACCTO,  

485

392 3039RECINTOS VILLA UNIVERSIDAD FRACCTO ,  

544

393 3130 RESIDENCIAL LAS PUERTAS  

449

394 3133 RESIDENCIAL LAS ACACIAS  

763

395 172 RESIDENCIAL CUMBRES  

1,280

396 385 RESIDENCIAL DEL NORTE  

305

397 528 RESIDENCIAL DEL NORTE LINDAVISTA RESIDENCIAL

433

398 967 RESIDENCIAL GALERIAS  

1,196

399 194 RESIDENCIAL LAS ETNIAS  

467

400 286 RESIDENCIAL LAS TROJES  

1,077

401 3083 RESIDENCIAL LAS TROJES IV ETAPA  

1,077

402 3083 RESIDENCIAL LAS TROJES V ETAPA  

1,077

403 230 RESIDENCIAL LAS VILLAS  

1,814

404 230 RESIDENCIAL LAS VILLAS XIX  

1,814

405 230 RESIDENCIAL LAS VILLAS XVI  

1,814

406 3106 RESIDENCIAL LAS VILLAS XVII  

1,814

407 230 RESIDENCIAL LAS VILLAS XVIII  

1,814

408 3031 RESIDENCIAL LAS VILLAS IX  

1,814

409 3053 RESIDENCIAL LAS VILLAS X  

1,814

410 3052 RESIDENCIAL LAS VILLAS XI  

1,814

411 3065 RESIDENCIAL LAS VILLAS XII  

1,814

412 3077 RESIDENCIAL LAS VILLAS XIII  

1,814

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

413 3128 RESIDENCIAL LOS LLANOS  

448

414 3074 RESIDENCIAL LOS NARANJOS  

467

415 3014 RESIDENCIAL LOS PORTONES  

445

416 3066 RESIDENCIAL SANTIAGO  

558

417 178 RESIDENCIAL SAULO  

707

418 263 RESIDENCIAL SENDEROS  

906

419 946RESIDENCIAL SENDEROS SEGUNDA ETAPA  

1,077

420 3135 RESIDENCIAL VILLA LAS PALMAS  

323

421 257 RICARDO FLORES MAGON COLONIA  

167

422 990 RIEGO   2

423 796 RINCON AURORA COLONIA  

891

424 3064 RINCON DE LA JOYA FRACCTO,  

445

425 182 RINCON DE LAS NOAS FRACCTO,  

467

426 3058 RINCON DE LAS TROJES FRACCTO,  

911

427 189 RINCON DE LOS NOGALES FRACCTO,  

467

428 3085 RINCON DEL BOSQUE FRACCTO,  

121

429 297 RINCON DEL DESIERTO FRACCTO,  

695

430 174 RINCON DEL PEDREGAL FRACCTO,  

472

431 3126 RINCON DEL SUR FRACCTO,  

107

432 179 RINCON DEL VALLE FRACCTO,  

467

433 3057 RINCON LAS ETNIAS FRACCTO,  

558

434 173 RINCON SAN ANGEL FRACCTO,  

1,201

435 795 RINCON SAN SALVADOR FRACCTO,  

447

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

436 3124 TAJO CEGADO FRACCTO.  

59

437 180 ROCIO VILLARREAL COLONIA  

286

438 991 ROTACION   1

439 336 ROVIROSA VILLA CALIFORNIA  

328

440 15 ROVIROSA WADE COLONIA  

488

441 127 SALVADOR ALLENDE COLONIA  

286

442 133 SAN ANTONIO COLONIA  

174

443 169 SAN ARMANDO COLONIA  

146

444 84 SAN CARLOS COLONIA  

183

445 322 SAN DIEGO FRACCTO,  

509

446 3023 SAN EDUARDO COLONIA  

445

447 155 SAN FELIPE COLONIA  

373

448 25 SAN ISIDRO COLONIA  

1,609

449 210 SAN JERONIMO FRACCTO,  

538

450 83 SAN JOAQUIN COLONIA  

177

451 123 SAN MARCOS COLONIA  

300

452 3054 SAN MARINO FRACCTO,  

964

453 3086 SANTA BARBARA FRACCTO,  

467

454 117 SANTA MARIA COLONIA  

300

455 927 SANTA SOFIA FRACCTO,  

467

456 3009 SANTA SOFIA FRACCTO, SIN URBANIZAR

236

457 46 SANTIAGO RAMIREZ COLONIA  

174

458 221 SECTOR COMERCIAL ABASTOS  

981

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

459 97 SEGUNDA RINCONADA COLONIA  

167

460 986 SIERRA DE LAS NOAS COLONIA   3

461 910 SIGLO XX COLONIA  

286

462 3034 SIN NOMBRE  

62

463 184 SOL DE ORIENTE FRACCTO,  

467

464 276 SOL DE ORIENTE 2a ETAPA FRACCTO,  

467

465 277 SOL DE ORIENTE 3a ETAPA FRACCTO,  

467

466 124 TIERRA Y LIBERTAD COLONIA  

300

467 789 TORREON 2000 COLONIA  

446

468 337 TORREON JARDIN ZONA - 1 COLONIA

BLVD. REV. - LAGUNA SUR A SICOMOROS - LUCIO BCO.

1,609

469 338 TORREON JARDIN ZONA - 2 COLONIA

BLVD. REV. - CENTRAL A SICOMOROS - CAMP. LA RTA.

1,281

470 339 TORREON JARDIN ZONA - 3 COLONIA

LAGUNA SUR - CIPRESES A LUCIO BCO. - CAMP. LA RTA.

958

471 240TORREON JARDIN ZONA COLECTOR COLONIA

CALLE DEL ANGEL A CARCAMO

422

472 56 TORREON RESIDENCIAL COLONIA  

628

473 298 TORREON RESIDENCIAL COLONIA LOS ANGELES

757

474 98 TORREON Y ANEXAS COLONIA  

174

475 246 FRACCIONAMIENTO UNIVERSIDAD  

239

476 627 VALLE DEL NAZAS FRACCTO.  

509

477 43 VALLE DORADO COLONIA  

448

478 70 VALLE ORIENTE COLONIA  

256

479 206 VALLE REVOLUCION COLONIA  

412

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

480 136 VALLE VERDE COLONIA  

412

481 363 VALLECILLOS FRACCTO.  

70

482 602 VALLECILLOS FRACCTO. CENTRO DE POBLACION

83

483 219 VEINTE DE NOVIEMBRE COLONIA  

279

484 231 VEINTIOCHO DE ABRIL COLONIA  

300

485 105 VENCEDORA COLONIA  

448

486 3069 VEREDAS DE LA JOYA FRACCTO,  

467

487 31 VICENTE GUERRERO COLONIA  

238

488 81 VICTORIA COLONIA  

143

489 217 VILLA CALIFORNIA COLONIA  

386

490 110 VILLA FLORIDA COLONIA  

397

491 17 VILLA JACARANDAS COLONIA  

448

492 11 VILLA JARDIN COLONIA  

966

493 3063 VILLA LOS PINOS FRACCTO,  

858

494 4 VILLA NUEVA COLONIA  

349

495 3061 VILLA ROMANA FRACCTO,  

964

496 3082 VILLAS CENTENARIO FRACCTO,  

467

497 3082 VILLAS CENTENARIO 2a FRACCTO,  

467

498 938 VILLAS DE LA HUERTA FRACCTO,  

445

499 637 VILLAS DE LA JOYA FRACCTO,  

467

500 918 VILLAS DE LAS PERLAS FRACCTO,  

547

501 919 VILLAS DE LAS PERLAS FRACCTO, AREA DE RESERVA (SIN URBANIZAR)

164

502 3030VILLAS DE LAS PERLAS 2A ETAPA FRACCTO,  

547

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

503 937 VILLAS DEL BOSQUE FRACCTO,  

445

504 949 VILLAS DEL ORIENTE FRACCTO,  

467

505 3011 VILLAS DEL RENACIMIENTO FRACCTO,  

850

506 3028VILLAS DEL RENACIMIENTO 4a ETAPA FRACCTO,  

850

507 3073VILLAS DEL RENACIMIENTO 3a ETAPA FRACCTO,  

850

508 3004 VILLAS DEL SOL FRACCTO,  

486

509 175 VILLAS IBERO FRACCTO,  

794

510 291 VILLAS LA ROSITA COLONIA  

1,691

511 367 VILLAS LAS MARGARITAS FRACCTO,  

572

512 239 VILLAS SALTILLO 400 COLONIA  

472

513 3068 VILLAS SAN AGUSTIN FRACCTO,  

445

514 181 VILLAS SAN JOSE FRACCTO.  

467

515 665 VILLAS SANTORINI FRACCTO.  

964

516 3037VILLAS UNIIVERSIDAD ORIENTE FRACCTO.  

445

517 326 VILLAS UNIVERSIDAD FRACCTO.  

467

518 3006VILLAS UNIVERSIDAD 3a ETAPA FRACCTO,  

445

519 947VILLAS UNIVERSIDAD 2a ETAPA FRACCTO,

AREA DE RESERVA (SIN URBANIZAR)

467

520 3056VILLAS UNIVERSIDAD ORIENTE ETAPA II FRACCTO,  

445

521 3067VILLAS UNIVERSIDAD ORIENTE ETAPA III FRACCTO,  

445

522 3127VILLAS UNIVERSIDAD ORIENTE ETAPA IV FRACCTO,  

427

523 3019 VILLAS ZARAGOZA FRACCTO,  

445

524 939 VIÑEDOS DE LA JOYA FRACCTO,  

445

525 3055 VIÑEDOS DE LA VEGA FRACCTO,  

445

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

526 3100 VILLAS DE SAN ANGEL FRACCTO,  

443

527 226 VIRREYES COLONIA  

548

528 218 VISTA ALEGRE COLONIA  

140

529 49 VISTA HERMOSA COLONIA  

140

530 319 WALL MART  

1,794

531 100 ZACATECAS COLONIA  

183

532 195 ZARAGOZA NORTE/SUR COLONIA  

120

533 988 ZONA DE RESTAURACION CERRO DE LAS NOAS

10

 AGRICOLA           

USO   Valor 2014   2015          

HUERTOS   5.00  

5.25          

RIEGO   2.22  

2.33          

ROTACION   1.10  

1.16          

ERIAZO   0.50  

0.53        

NOTA: LA EVALUACION DE ESTOS PREDIOS SE HARA EN FUNCION DEL NUMERO DE LITROS POR SEGUNDO DEL POZO EXISTENTE.

LOS PRESENTES VALORES TENDRAN VIGENCIA SIEMPRE Y CUANDO LOS PREDIOS

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

SE MANTENGAN EN EL USO AGRICOLA, Y ESTEN FUERA DE LA MANCHA URBANA.

POR CADA LITRO POR SEGUNDO SERA UNA HECTAREA DE RIEGO Y UNA HECTAREA DE ROTACION Y EL RESTO SE CONSIDERARA COMO ERIAZO.

CONSTRUCCIÓN

           TIPO " 1 " VALOR      2015 1 CIMIENTOS   SIN 02 MUROS   SIN 03 TECHOS   LAMINA 3754 PISOS   TIERRA 05 ACABADOS   SIN Y/O LODO 06 FACHADA   SIN 07 INSTALACION   SIN 0      375

           TIPO " 2 " VALOR      2015 1 CIMIENTOS   RELLENO 317

2 MUROS  MADERA LAMINA O

ADOBE 3883 TECHOS   VIGAS Y TERRADO 4404 PISOS   LADRILLO 1315 ACABADOS   MORTERO 2906 FACHADA   SENCILLA 587 INSTALACION   AGUA 327      1,951

           TIPO " 3 " VALOR      2015 1 CIMIENTOS   PIEDRA 4292 MUROS   ADOBON 434

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE,LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

3 TECHOS   VIGAS Y TEJA 5564 PISOS   CEMENTO 1895 ACABADOS   YESO 4106 FACHADA   MEDIANA 857 INSTALACION   UN BAÑO 407      2,510

           TIPO " 4 " VALOR      2015 1 CIMIENTOS   CONCRETO 5182 MUROS   BLOCK O CONCRETO 4943 TECHOS   ACERO ESTRUCTURAL 6944 PISOS   MOSAICO 2185 ACABADOS   TEXTURIZADO 5706 FACHADA   LUJOSA 1727 INSTALACION   DOS BAÑOS 480

3,147

         

  TIPO " 5 "VALOR

2015 1 CIMIENTOS   ZAPATAS 8992 MUROS   LADRILLO 594

3 TECHOS  CONCRETO

REFORZADO 837

4 PISOS  MARMOL GRANITO

MADERA 2795 ACABADOS   TAPIZ YESO MOLDURAS 7846 FACHADA   MUY LUJOSA 2147 INSTALACION   MAS DE DOS BAÑOS 663      4,270

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

T R A N S I T O R I O S

ARTÍCULO PRIMERO. Las Tablas de Valores de Suelo y Construcción del Municipio de Torreón, Coahuila de Zaragoza contenidas en el presente decreto regirán a partir del 1° de enero de 2015.

ARTÍCULO SEGUNDO. Publíquese el Decreto correspondiente en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza, en la ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a 15 de diciembre de 2014.

POR LA COMISION DE FINANZAS DE LA LIX LEGISLATURA

NOMBRE Y FIRMA VOTO

Dip. José Luis Moreno AguirreCoordinador A FAVOR ABSTENCIÓN EN

CONTRA

Dip. Fernando Simón Gutiérrez Pérez.Secretario A FAVOR ABSTENCIÓN EN

CONTRA

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Dip. Jorge Alanís Canales. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Indalecio Rodríguez López.A FAVOR ABSTENCIÓN EN

CONTRA

Dip. Simón Hiram Vargas Hernández.A FAVOR ABSTENCIÓN EN

CONTRA

Dip. Norma Alicia Delgado Ortiz.A FAVOR ABSTENCIÓN EN

CONTRA

Dip. Elvia Guadalupe Morales García. A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

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DICTAMEN de la Comisión de Finanzas de la Quincuagésima Novena Legislatura del Congreso del Estado, con relación a la Iniciativa de Decreto enviada por el Secretario del Ayuntamiento del Municipio de Acuña, Coahuila, mediante el cual solicita una reforma al Decreto 396 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 24 de diciembre de 2013, en el cual se autorizó la Ley de Ingresos del Municipio de Acuña, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2014.

RESULTANDO

PRIMERO. Que en sesión celebrada por el Pleno del Congreso, de fecha 4 de noviembre de 2014, se recibió una Iniciativa de Decreto enviada por el Secretario del Ayuntamiento del Municipio de Acuña, mediante el cual solicita una reforma al Decreto 396 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 24 de diciembre de 2013, en el cual se autorizó la Ley de Ingresos del Municipio de Acuña, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2014.

SEGUNDO. Que por acuerdo del Presidente del Pleno del Congreso se turnó dicha iniciativa a esta Comisión de Finanzas, para su estudio y, en su caso, dictamen; y

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. Que conforme a lo dispuesto en el Artículo 158-U, fracción I, inciso 9, de la Constitución Política del Estado y en el Artículo 102, fracción I, inciso 10, del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza, los Ayuntamiento están facultados para dictar, con el acuerdo de las dos terceras partes de sus miembros, las resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario municipal.

SEGUNDO. Que mediante Decreto número 396 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, de fecha 24 de diciembre de 2013, este H. Congreso del Estado en el cual se autorizó la Ley de Ingresos del Municipio de Acuña, Coahuila de Zaragoza, para el ejercicio fiscal 2014.

TERCERO. Que el Ayuntamiento del Municipio de Acuña, según consta en el acta de Cabildo de fecha 17 de octubre de 2014, aprobó por unanimidad reformar el artículo 55 del Capítulo Cuarto de los Ingresos Extraordinarios, del Decreto número 396 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 24 de diciembre de 2013.

Por los motivos que se exponen en los considerandos que anteceden, y toda vez que se advierte que el Municipio de Acuña, ha cubierto los requisitos, esta Comisión de Finanzas, somete a su consideración, para su discusión y en su caso aprobación el siguiente:

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PROYECTO DE DECRETO

ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman el Artículo 55 del Capítulo Cuarto de los Ingresos Extraordinarios, al Decreto 396 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de fecha 24 de diciembre de 2013, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 55.- ….

Conforme a lo dispuesto en los artículos 12, fracción I, y 23 de la Ley de Deuda Pública para el Estado de Coahuila de Zaragoza, se autoriza al Municipio al Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento del Municipio de Acuña, Coahuila de Zaragoza; un monto de endeudamiento para el ejercicio fiscal del año 2014, por la cantidad de $25,000,000.00 (VEINTICINCO MILLONES DE PESOS 00/100 Moneda Nacional), más intereses y accesorios financieros correspondientes.

Para la contratación de créditos o empréstitos al amparo del monto de endeudamiento autorizado en el párrafo anterior, además de que no se contará con el aval o garantía del Estado, deberá observarse lo dispuesto en los artículos 4, primer párrafo, 5, 12, fracción I, 24, primer párrafo, 25, 28, 30, 35, 36, 40, 42 y 92 de la Ley de Deuda Pública para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

SEGUNDO. Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

Congreso del Estado de Coahuila, en la ciudad de Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a 15 de diciembre de 2014.

POR LA COMISIÓN DE FINANZAS DE LA LIX LEGISLATURA

NOMBRE Y FIRMA VOTO

Dip. José Luis Moreno AguirreCoordinador A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Fernando Simón Gutiérrez Pérez.Secretario A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

Dip. Jorge Alanís Canales.A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Indalecio Rodríguez López.A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Simón Hiram Vargas Hernández.A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Norma Alicia Delgado Ortiz.A FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

Dip. Elvia Guadalupe Morales GarcíaA FAVOR ABSTENCIÓN EN CONTRA

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PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDOQUE PLANTEA EL DIPUTADO JOSÉ REFUGIO SANDOVAL RODRÍGUEZ, COORDINADOR DEL GRUPO PARLAMENTARIO "JORGE GONZÁLEZ TORRES" DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO; CON OBJETO DE QUE ÉSTA SOBERANIA, RESPETUOSAMENTE EXHORTE A LAS AUTORIDADES ESTATALES Y FEDERALES DEL SECTOR SALUDCON OBJETO DE QUE CONSIDEREN Y ATIENDAN LAS DEMANDAS DE LAS Y LOS ENFERMEROS, TRABAJADORES SOCIALES Y REHABILITADORES CON RESPECTO A LA CONSIDERACION DE SU NIVEL PROFESIONAL.

H. PLENO DEL CONGRESO DEL ESTADO DE COAHUILAPRESENTE.-

La enfermería es una de la profesiones con más sentido humano, la cual tiene

gran importancia, ya que su ejercicio si bien es cierto va dirigido principalmente a los

enfermos, en atención, cuidados y convirtiéndose en la mano derecha de los doctores

durante las intervenciones quirúrgicas, también es cierto, que sus conocimientos se ponen

en práctica brindando atención a niños, jóvenes y adultos, ya sea en el campo o en la ciudad,

contribuyendo a la prevención de enfermedades.

De acuerdo con cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en el país

existen 302,000 enfermeras y enfermeros, de ese total nueve de cada 10 son mujeres con

una edad promedio de 38 años que atienden a 112 millones de habitantes. A pesar de que

esta profesión es indispensable para dar atención a la demanda requerida en nuestro país,

no se está cubriendo, ya que los jóvenes no ven está profesión como una carrera bien

remunerada.

Actualmente se están implantando programas dirigidos a la profesionalización de las

enfermeras, el cual tiene como finalidad establecer un mecanismo para mejorar la calidad

de los servicios en los centros de salud.

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Hemos visto en la última semana protestas y manifestaciones de este gremio, al

sentirse afectados con el Programa Promoción por Profesionalización del personal de

Enfermería, de Trabajo Social y de Terapia y Rehabilitación, al no asegurar que todos los

licenciados en enfermería, trabajadores sociales y terapistas podrían acceder a un

incremento de su categoría y salario, por no considerarse a nivel profesional, dentro de las

demandas del gremio es en relación a que esta carrera no debe considerarse técnica, si no

por el contrario debe de permanecer como Licenciatura, puesto que sí se cumplen con los

años de preparación académica necesarios para ello.

En días pasados, en pláticas con los representantes del sector me manifestaron sus

demandas y señalaron que se encuentran afectados por dicho programa, pues consideran

injusto que se les cambie de categoría, ya que sus derechos laborales también cambiarían.

Dentro de las exigencias del sector de enfermería, trabajo social y rehabilitadores,

destacan, mejores condiciones de trabajo y que el proceso de certificación sea en atención a

los años de estudio y tomando en consideración el tiempo de servicio y la experiencia

adquirida durante el continuidad en el desempeño de su carrera.

El sector salud es prioritario para nuestro país, por lo que debemos prestar especial

atención al mismo, puesto que de él dependen millones de familias quienes acuden a

solicitar ayuda, ya que son precisamente los enfermeros, trabajadores sociales, terapeutas

físicos y rehabilitadores, quienes brindan la primera atención en los centros de salud, estos

profesionistas contribuyen al sostenimiento del Servicio de Seguridad Social.

A principios de este mes fue abierta la Convocatoria del “Programa Promoción por

Profesionalización del personal de Enfermería, de Trabajo Social y de Terapia y

Rehabilitación para el Ejercicio Fiscal 2014”, cuya finalidad es el que el personal de los

centros de salud, adscritos a la Secretaría de Salud, puedan ser promovidos a un nivel

salarial superior, en base a su preparación académica, sin embargo este sector, considera

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que han sido afectados debido a que no se les reconoce como profesionistas limitándolos a

una carrera técnica.

La promoción a la que aspiran los enfermeros, trabajadores sociales y terapistas

tiene su fundamento en los artículos 18 y 29 del Reglamento Interior de la Secretaría de

Salud, a través de la Dirección General de Calidad y Educación en Salud.

El pasado dos de diciembre del presente, la Secretaría de Salud emitió nuevamente

la convocatoria mediante el Oficio 307-A-2758, en la que se destaca lo siguiente: Apertura

de todos los códigos de la rama para aspirar al puesto de enfermera general titulada C (11

mil 659 pesos, tabulador de SSA, 2014, zona II); incorporación de la posibilidad de

promoción al código de enfermera especialista C (12 mil 893 pesos); incorporación de la

posibilidad de promoción al código de supervisora profesional en trabajo social en área

médica C (11 mil 452 pesos) e inclusión del puesto de terapia profesional en rehabilitación

(11 mil 659 pesos), manteniendo, para todos los casos, la limitante de contar con base

y disponer, al menos, de dos años de antigüedad.

Nuestras Instituciones se deben fortalecer empezando con las personas que laboran

en ellas, propiciando condiciones favorables para su desarrollo y capacitación, con la

finalidad de tener la certeza que brindarán a la población una atención de calidad y

seguridad.

Podemos observan que se están realizando acciones y una muestra de ello, es la

modificación realizada por la Secretaría de Salud a la convocatoria en cuestión, misma que

da acceso a más aspirantes, aun así se plantean algunas limitantes por lo que se debe seguir

estudiando y analizando las opciones que pueden tener los funcionarios del sector salud, a

fin de que logren su desarrollo y profesionalización.

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“2014, Año de las y los Jóvenes Coahuilenses”

La finalidad de estas acciones de dialogo, es buscar que todas las dudas e

incertidumbres que se presentaron con motivo de esta convocatoria sean disipadas y

resultas, para que tanto el sector salud como el gremio de enfermeras, trabajadores sociales

y rehabilitadores lleguen a una acuerdo, sin que se vea afectado el cumplimiento de los

objetivos de profesionalización de la carrera, respetando en todo momento tanto los

derechos de los enfermeros y los derechos de los trabajadores del gremio.

Por las razones ya expuestas, presento como de urgente y obvia resolución la siguiente:

Proposición con Punto de Acuerdo:

ÚNICO.- Que esta soberanía, respetuosamente exhorte a las Autoridades Federales y Estatales del Sector Salud, con objeto de que sean consideradas y atendidas las demandas de los y las enfermeras, trabajadores sociales, terapeutas y rehabilitadores físicos con respecto a la consideración de su nivel profesional.

 Saltillo, Coahuila; a 15 de Diciembre de 2014.

ATENTAMENTE

POR EL GRUPO PARLAMENTARIO “JORGE GONZALEZ TORRES”

DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

“AMOR, JUSTICIA Y LIBERTAD”

DIPUTADO JOSÉ REFUGIO SANDOVAL RODRÍGUEZ

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PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTA EL DIPUTADO JOSE LUIS MORENO AGUIRRE, DEL GRUPO PARLAMENTARIO “PROFESORA DOROTEA DE LA FUENTE FLORES" DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, CON RELACIÓN A SOLICITARLE NUEVAMENTE A LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO, DESTINAR MÁS RECURSOS EL PROXIMO AÑO EN EL RUBRO DE SEGURIDAD PÚBLICA.

H. PLENO DEL CONGRESO DEL ESTADODE COAHUILA DE ZARAGOZA.P R E S E N T E.-

Compañeras y compañeros diputados:

El Estado de Coahuila de Zaragoza, vive tiempos de gran transformación en todos los

rubros: en lo político, en lo social, en lo jurídico.

La situación de violencia que ha atentado directamente en contra de la tranquilidad y

libertad de las y los mexicanos, obliga a reforzar las tareas de seguridad y de todos sus

instrumentos en el ámbito operativo y de decisiones inmediatas y trascendentales en la

materia, como complemento a la definición de políticas y tareas conjuntas dadas en las

instancias del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

En la actualidad, nos encontramos con la oportunidad histórica de continuar con el gran

esfuerzo que realiza el Gobierno del Estado, que encabeza el Licenciado Rubén Ignacio

Morera Valdez, en materia de seguridad pública.

Es el momento de pensar en el Coahuila justo, seguro y democrático que merecen sus

habitantes; es el momento de reforzar los sistemas de Seguridad Pública municipal,

para adecuarlos a las nuevas leyes y necesidades que exige la sociedad actual, que

tienen como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como

preservar las libertades, el orden y la paz públicos.

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En ese sentido, la Seguridad Pública implica que los ciudadanos de una misma región

puedan convivir en armonía, cada uno respetando los derechos individuales del otro,

donde el Estado es el garante de la seguridad pública y el máximo responsable a la

hora de evitar las alteraciones del orden social.

Por ende, la seguridad pública, se convierte en un servicio, universal que deben otorgar

coordinadamente el Estado y los Municipios, con el objetivo de alcanzar a todas las

personas y cuya finalidad es proteger su integridad física y sus bienes.

Como lo he señalado en reiteradas ocasiones en esta tribuna, el Gobierno que

encabeza el Licenciado Rubén Ignacio Moreira Valdez, uno de los temas a los que

mayor énfasis le ha puesto es al de Seguridad Pública. En efecto uno de los ejes

centrales de este gobierno, fue el de establecer políticas públicas inteligentes en

materia de seguridad, con el fin de dar certeza y tranquilidad a los coahuilenses.

Desafortunadamente, la situación de violencia que ha atentado de manera directa en

contra de la tranquilidad y libertad de las y los coahuilenses, obliga a reforzar e invertir

en las tareas de seguridad y de todos sus instrumentos en el ámbito operativo y de

decisiones inmediatas y trascendentales en la materia. Para ello, es fundamental que

los municipios destinen los recursos necesarios, que les permitan cumplir debidamente

con sus objetivos prioritarios, que en el caso que nos ocupa, es la Seguridad Pública.

En el mes de Octubre del presente año, acudí a esta tribuna, para hacer precisamente

esa solicitud a todos los municipios de nuestro Estado, exhortándolos a que invirtieran

más recursos en materia de seguridad Pública, efectuando entre otras cosas la

contratación de más policías, que brindaran seguridad a la ciudadanía.

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El día de hoy, subo nuevamente a esta tribuna para hacer un llamado, a todos los

cabildos municipales, a efecto de pedirles que se adhieran a las normas recientemente

aprobadas a nivel federal, en materia de seguridad pública, con el fin de cumplir con las

directrices que marca el Sistema Nacional de Seguridad Pública, y con ello poder

brindar una mejor seguridad a los Coahuilenses.

Aunado a lo anterior, sabemos que nuestros municipios, debido a la depuración que se

hizo de los cuerpos policiacos, contamos con un déficit de elementos de la fuerza

pública y para ello, es necesario que los actuales cabildos municipales designen

recursos en sus presupuestos de egresos, con el fin de que dispongan del dinero

suficiente para cubrir el requerimiento de elementos para la fuerza pública municipal, y

con ello poder alcanzar la meta fijada para el próximo año 2015 en este rubro de

seguridad.

Por lo anteriormente expuesto, y en ejercicio de las facultades que me otorga el

Artículo 22 en su fracción V de la Ley Orgánica del Congreso del Estado y con

fundamento en los Artículos 170, 171, 172, 173 y demás relativos del citado

ordenamiento, me presento por este conducto para someter como de urgente y obvia resolución, a la consideración de este Pleno la siguiente:

PROPOSICION CON PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO. Que este H. Congreso del Estado, en un marco de respeto a la autonomía

municipal, envíe un atento exhorto a los 38 cabildos municipales, solicitándoles:

A) Elaborar los presupuestos de ingresos y de egresos 2015 con base en lo

establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y en las

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clasificaciones presupuestales emitidas por el Consejo Nacional de Armonización

Contable, lo cual permita un lenguaje armonizado que facilite y permita su

comparabilidad.

B) Adoptar las mejores prácticas presupuestales nacionales e internacionales, con

el fin de consagrar la transparencia y la rendición de cuentas como una política

pública prioritaria para el buen desempeño de la gestión pública municipal.

C) Difundir periódicamente la información presupuestaria en formato de datos

abiertos, lo cual permita que sea procesable, descargable y legible, para

incentivar la cercanía con la ciudadanía en cuanto al manejo de los recursos

públicos.

D) Etiquetar a través de un programa presupuestario sujeto a evaluaciones y

auditorías de desempeño, recursos para el rubro de seguridad pública municipal,

atendiendo como mínimo los puntos de acuerdo que presenté el 28 de octubre

del presente año.

Por último no me resta más que proponer que en aras de tener un punto de referencia

respecto al cumplimiento del presente exhorto, se establezcan como indicadores de su

adopción:

I. El porcentaje de cumplimiento que el municipio obtenga en el Índice de

Información Presupuestal Municipal 2015, elaborado por el Instituto Mexicano

para la Competitividad A.C. (IMCO).

II. Los resultados de las auditorías de desempeño que la Auditoría Superior del

Estado de Coahuila realice en uso de sus facultades al programa de

Seguridad Pública Municipal.

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SEGUNDO.- Con el fin de colaborar con los Cabildos Municipales, para el logro de los

puntos de acuerdo citados en el resolutivo Primero, solicito que este H. Congreso del

Estado, les envíe un atento exhorto, solicitándoles de manera respetuosa, tener a bien,

presentar ante el H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza por conducto de la

Auditoría Superior del Estado de Coahuila la información presupuestal del ejercicio

2015 a más tardar el viernes 19 de diciembre del presente año, previo a su

presentación ante el Cabildo Municipal.

A T E N T A M E N T E,Saltillo, Coahuila., a 16 de Diciembre de 2014

DIP. JOSÉ LUIS MORENO AGUIRRE

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PRONUNCIAMIENTO QUE PRESENTA LA DIPUTADA FLORESTELA RENTERÍA MEDINA DEL GRUPO PARLAMENTARIO “PROFESORA DOROTEA DE LA FUENTE FLORES" DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, CON RELACIÓN A “LA FERIA DE ATENCIÓN CIUDADANA EN VIESCA, COAHUILA”

Compañeras y compañeros Diputados:

Las leyes aprobadas por este Palacio Legislativo, así como los servicios y apoyos ofrecidos por los gobiernos Federal, Estatal y Municipales tienen muchísimos matices, pero un objetivo común: el poder resolver los problemas de los ciudadanos y ayudarlos a mejorar su calidad de vida.

Leyes como la recientemente aprobada Ley del Impulso Emprendedor, que beneficiara todos los proyectos de nueva creación en el Estado, o servicios como los apoyos alimentarios y de salud que presta el Gobierno del Estado, son fundamentales para que las y los coahuilenses continúen en la senda del progreso y la constante mejora de sus condiciones.

No obstante, en toda labor política, es importante valorar diversos factores para determinar su viabilidad: ¿El servicio prestado es de calidad? ¿El apoyo otorgado es pertinente para resolver el problema? y, sobre todo, ¿Podrán todos los posibles beneficiarios acceder al servicio ofrecido? Este último aspecto, la cobertura, es uno de los más grandes retos de la administración pública en virtualmente todos sus rubros, ya sea salud, educación, utilidad públicas o servicios.

Las grandes distancias que existen en nuestro Estado le dan al problema de la cobertura un matiz especial. El contar con servicios de calidad sirve de poco si las personas no pueden acceder a estos por cuestión de lejanía física con sus autoridades; es entonces labor del Gobierno el resolver esta situación, para así permitirle a sus gobernados el acceso a la labor de sus servidores públicos.

Teniendo presente esto, fue que el pasado sábado, en Viesca, el Pueblo Mágico de la Laguna, se llevó a cabo una Feria de Atención Ciudadana; un magno evento que sin ser verbena se convierte en una, debido a la gran concentración de servicios públicos en un solo lugar para beneficio de todas y todos los presentes.

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La Feria de Atención Ciudadana de Viesca fue integrada por personal de la administración municipal de Viesca, el Gobierno del Estado de Coahuila y el Gobierno de la República, y encabezada por el Alcalde del municipio lagunero, Marcelo Quirino, el delegado de la SEGOB en el Estado, Eleazar Bazúa Flores, y el Titular de la Administración Estatal en persona, el Licenciado Rubén Moreira Valdez.

La presencia del Presidente Municipal, del Delegado de la SEGOB, y del Gobernador del Estado en la Feria de Atención Ciudadana sólo confirma la importancia y valor que se da en Coahuila a la auténtica cercanía con su gente, al conocer las necesidades de las personas de primera voz, y responder a las mismas de manera personal y directa.

En Viesca, como atinadamente dijo el titular del Ejecutivo coahuilense, las grandes distancias suelen convertir un trámite sencillo, como la obtención de un acta de nacimiento, en una gran dificultad; la presencia de todas las dependencias federales, estatales y municipales el sábado sin duda combate ese problema efectiva y eficazmente.

La Feria de Atención Ciudadana, estrategia creada por el Gobernador Moreira, es un éxito demostrado, ya que se ha celebrado previamente en los municipios laguneros de Torreón y San Pedro, así como en la capital del Estado, con una afluencia promedio de más de 6 mil personas beneficiadas con los servicios y apoyos ofrecidos en tales eventos.

Como la Diputada Local de Viesca, tuve la oportunidad de estar presente este sábado, y de presenciar de manera personal la vocación de servicio de los más de 300 servidores públicos reunidos, así como la disposición de los Gobiernos encabezados por el Alcalde Marcelo Quirino, el Gobernador Rubén Moreira y el Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, de trabajar por quienes más lo necesitan; con la labor coordinada de sus autoridades, para Viesca estos serán sin duda sus mejores años de la historia reciente.

Saltillo Coahuila, a 16 de Diciembre de 2014Por el Grupo Parlamentario “Profesora Dorotea de la Fuente Flores” del

Partido Revolucionario Institucional

DIP. FLORESTELA RENTERÍA MEDINA