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1 CIAT-92- julio de 2017 - Acta COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL 92ª REUNIÓN Ciudad de México, México 24-28 de julio de 2017 ACTA DE LA REUNIÓN AGENDA Documentos 1. Apertura de la reunión 2. Adopción de la agenda 3. Presentación general de las propuestas de resolución y otras presentadas por los Miembros 4. a. La pesquería en 2016 y la condición de las poblaciones de atunes y peces pi- cudos IATTC-92-04a b. Síntesis de las investigaciones del personal de la Comisión c. Informe y recomendaciones de la octava reunión del Comité Científico Asesor IATTC-92-04c d. Recomendaciones de conservación del personal de la CIAT IATTC-92-04d 5. Informes de los órganos subsidiarios y grupos de trabajo: a. 2ª Reunión del Grupo de Trabajo ad hoc sobre plantados b. 5ª Reunión del Comité de Administración y Finanzas c. 8ª Reunión del Comité para la Revisión de la Aplicación de Medidas Adopta- das por la Comisión d. 18ª Reunión del Grupo de Trabajo permanente sobre la capacidad de la flota e. 7ª Reunión del Grupo de Trabajo sobre captura incidental 6. Programa de observadores de transbordos en el mar IATTC-92-06 7. Implementación de la Resolución C-14-02 (enmendada) sobre el establecimiento de un sistema de seguimiento de buques (VMS): a. Informes de avances por los CPC b. Posible desarrollo de un esquema de VMS de la CIAT independiente 8. Plan de acción para la implementación de las recomendaciones del Examen de Desempeño 9. Discusión de las resoluciones y recomendaciones 10. Elección del presidente y vicepresidente de la Comisión para el periodo de julio de 2017 a julio de 2018. 11. Elección de los presidentes de órganos subsidiarios y grupos de trabajo 12. Otros asuntos 13. Fecha y sede de la próxima reunión 14. Clausura

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1 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL

92ª REUNIÓN Ciudad de México, México

24-28 de julio de 2017

ACTA DE LA REUNIÓN AGENDA

Documentos 1. Apertura de la reunión 2. Adopción de la agenda 3. Presentación general de las propuestas de resolución y otras presentadas por los

Miembros

4. a. La pesquería en 2016 y la condición de las poblaciones de atunes y peces pi-cudos

IATTC-92-04a

b. Síntesis de las investigaciones del personal de la Comisión c. Informe y recomendaciones de la octava reunión del Comité Científico Asesor IATTC-92-04c d. Recomendaciones de conservación del personal de la CIAT IATTC-92-04d

5. Informes de los órganos subsidiarios y grupos de trabajo: a. 2ª Reunión del Grupo de Trabajo ad hoc sobre plantados b. 5ª Reunión del Comité de Administración y Finanzas c. 8ª Reunión del Comité para la Revisión de la Aplicación de Medidas Adopta-

das por la Comisión

d. 18ª Reunión del Grupo de Trabajo permanente sobre la capacidad de la flota e. 7ª Reunión del Grupo de Trabajo sobre captura incidental 6. Programa de observadores de transbordos en el mar IATTC-92-06 7. Implementación de la Resolución C-14-02 (enmendada) sobre el establecimiento

de un sistema de seguimiento de buques (VMS):

a. Informes de avances por los CPC b. Posible desarrollo de un esquema de VMS de la CIAT independiente

8. Plan de acción para la implementación de las recomendaciones del Examen de Desempeño

9. Discusión de las resoluciones y recomendaciones 10. Elección del presidente y vicepresidente de la Comisión para el periodo de julio de

2017 a julio de 2018.

11. Elección de los presidentes de órganos subsidiarios y grupos de trabajo 12. Otros asuntos 13. Fecha y sede de la próxima reunión 14. Clausura

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ANEXOS 1 Lista de asistentes 2. RESOLUCIONES 2a Medidas de conservación para los atunes tropicales en el Océano Pacífico oriental du-

rante 2018-2020 y enmienda de la resolución C-17-01 C-17-02

2b Financiamiento para el año fiscal 2018 C-17-03

2c Enmienda al párrafo 4 de las Reglas de Procedimiento relativo a la fecha de la reunión anual ordinaria

C-17-04

2d Creación de un Grupo de Trabajo ad hoc para revisar la coherencia jurídica y operativa de las resoluciones de la CIAT

C-17-05

3. PROPUESTAS [No adoptadas] 3a C-1 Unión Europea. Grupo de trabajo sobre asignación de oportunidades de pesca de especies

de atunes tropicales 3b D-1 Estados Unidos. Atún aleta azul del Pacífico 3c E-1 Unión Europea. Conservación de tiburones 3d E-2 Belice, Guatemala, Nicaragua, Costa Rica y Panamá. Conservación de tiburones 3e F-1 Estados Unidos. Tortugas marinas 3f G-1 Unión Europea. Estándares mínimos para las inspecciones en puerto 3g H-1 Estados Unidos. Seguridad de los observadores en el mar 3h K-1 México. Contribución de la CIAT al APICD 3i L-1 México. Observadores en los buques de palangre 4 INFORMES 4a Informe de la 5ª reunión del Comité de Administración y Finanzas 4b Informe de la 8ª reunión del Comité para la Revisión de la Aplicación de Medidas Adoptadas por

la Comisión (“Comité de Revisión”) 4c Informe de la 18ª reunión del Grupo de Trabajo permanente sobre capacidad de la flota 4d Informe de la 7ª reunión del Grupo de Trabajo sobre captura incidental (mayo 2017) 4e Informe de la 2ª reunión del Grupo de Trabajo ad hoc sobre plantados 5 OTROS 5a Chile: Declaración como No Miembro Cooperante 5b Colombia: Declaración sobre disputa de capacidad

La 92ª reunión de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) fue celebrada en la Ciudad de México, México, del 24 al 28 de julio de 2017. En el anexo 1 se detallan los asistentes.

1. Apertura de la reunión

La reunión fue inaugurada por el Presidente de la CIAT, Sr. Guillermo Morán, de Ecuador. Conforme al numeral 10 de las Reglas de procedimiento de la Comisión, se eligió al Sr. Carlos Marín, de Guatemala, como relator.

2. Adopción de la agenda

La agenda fue adoptada, añadiendo un nuevo punto 7e), “7ª Reunión del Grupo de Trabajo sobre captura incidental”, y un nuevo punto 8, “Plan de acción para la implementación de las recomendaciones del Exa-men de Desempeño”.

3. Presentación general de las propuestas de resolución y otras presentadas por los Miembros

Se brindó la oportunidad a los Miembros que habían entregado propuestas de resolución de presentarlas de manera general. Esta presentación permitió iniciar sin demora el proceso de discusión y negociación de esas propuestas, antes de su consideración bajo el punto 9 de la agenda.

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4. a. La pesquería en 2016 y la condición de las poblaciones de atunes y peces picudos

El personal científico de la Comisión presentó el documento IATTC-92-04a, La pesquería en 2016 y condición de las poblaciones de atunes y peces picudos.

En cuanto al atún aleta amarilla en el OPO, la evaluación señala que la mortalidad por pesca (F) reciente está ligeramente por debajo del nivel correspondiente al rendimiento máximo sostenible (RMS) (multiplicador de F = 1.03), y se estima que la biomasa reproductora (S) actual está por debajo de dicho nivel. No obstante, la biomasa (B) reciente de peces de tres trimestres de edad o más es mayor que aquella correspondiente al RMS (Breciente/BRMS = 1.30), debido a los altos reclutamientos de 2015 y 2016.

Con respecto al atún patudo en el OPO desde 1993 la mortalidad por pesca (F) de patudo de menos de unos 15 trimestres de edad ha aumentado sustancialmente, como consecuencia de la expansión de las pesquería cerquera sobre objetos flotantes. Según la evaluación de caso base, la F reciente está por debajo del nivel correspondiente al RMS (FRMS) (multiplicador de F=1.15), mientras que la biomasa reproductora reciente está por encima del mismo. Los descartes de patudo pequeño ejercen un impacto pequeño, pero detectable, sobre la disminución de la población.

Con respecto al atún barrilete en el OPO, los indicadores basados en datos y en modelos todavía no han detectado ningún impacto claro adverso de la pesca. Sin embargo,el peso promedio ha disminuido a niveles vistos a principios de los años 1980, y estuvo por debajo de su nivel de referencia inferior en 2015 y 2016, lo cual puede ser consecuencia de sobrepesca, pero también puede ser causado por el hecho que los reclutamientos recientes han sido mayores que los anteriores, o por la expansión de la pesquería a zonas ocupadas por barriletes más pequeños. Ya que el esfuerzo y la biomasa del barrilete han sido relativamente constantes durante los 15 últimos años, esto implica asimismo que la biomasa del barrilete está por encima de BRMS.

Con respecto al atún aleta azul del Pacifico, la población de esta especie del Pacífico norte se encuentra en niveles muy bajos y la mortalidad por pesca está por encima de cualquier punto de referencia razonable. Se proyecta que la población se recuperará bajo las acciones de ordenación actuales. No obstante, debido a la incertidumbre existente con respecto a la relación entre la población reproductora y el reclutamiento y cuándo el reclutamiento podría ser afectado por el bajo nivel de abundancia de reproductores, existe preo-cupación acerca de la baja abundancia de reproductores. Las pesquerías del Océano Pacífico occidental han tenido un impacto mayor que aquellas del OPO, y su tasa de aumento en años recientes es mayor.

Con respecto al atún albacora del Pacífico Norte, una evaluación por el Grupo de Trabajo sobre Albacora del Comité Científico Internacional sobre los Atunes y Especies Afines en el Océano Pacífico Norte (ISC) en abril de 2017, usando datos de la pesca de hasta 2015, concluyó que la población probablemente no se encuentra sobrepescada en la actualidad, ya que la evaluación no indica que la pesca haya reducido la biomasa de la población reproductora (SSB) por debajo de puntos de referencia razonables basados en biomasa. No hay probablemente sobrepesca, ya que la evaluación indica que es probable que la pesca esté por debajo de una serie de puntos de referencia potenciales basados en la mortalidad por pesca. El modelo de evaluación de las poblaciones es un modelo mejorado en relación con el de 2014, pero siguen existiendo grandes incertidumbres. Se está llevando a cabo un proceso de evaluación de la estrategia de ordenación de esta población y un taller de las partes interesadas tendrá lugar en octubre de 2017.

Japón expresó su preocupación por el crecimiento continuo en los últimos años de la capacidad de la flota de cerco, y preguntó sobre la causa, e igualmente su preocupación por el aumento continuo de los lances sobre dispositivos agregadores de peces (plantados), ya que capturan cantidades considerables de juveniles. Señaló que sus pescadores no encuentran ningún signo de recuperación de las poblaciones de patudo y consideran que la evaluación del stock no es coherente con la situación real del atún patudo y enfatizó la necesidad de mejorar en el futuro la evaluación del stock.

El personal respondió que el aumento de la capacidad de la flota de cerco, de 248,428 m3 en 2015 a 261,555 m3 en 2016, se debió básicamente a la activación de capacidad disponible, de capacidad correspondiente a buques anteriormente inactivos y a buques que regresaron al OPO luego de pescar en otras áreas. Todos

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estos movimientos están documentados en el Registro Regional de Buques y se hicieron conforme a las reglamentaciones existentes. Con respecto al atún patudo, el personal comentó que se ha observado un restablecimiento de esta población en los últimos tres años, pero se necesitan para una evaluación más precisa de su situación datos más detallados, en particular los que tiene Japón, cuya colaboración continua al respecto por parte de sus científicos es por ende de gran importancia. No es clara la razón del aumento del número de lances sobre plantados; pero algunas posibilidades incluyen un mayor número de plantados sembrados, un mayor número de lances sobre plantados en un día, un aumento en el número de embarca-ciones que realizan lances sobre plantados, etc. México y Colombia señalaron que, en claro contraste con el aumento de las capturas de aleta amarilla asociado a objetos flotantes, la pesca sobre delfines ha permanecido en general muy estable, y que más bien se observó una reducción en las capturas de aleta amarilla. Colombia señaló que esto demuestra que el aumento de la mortalidad por pesca no se debe solamente al aumento de la capacidad de la flota cerquera, y el impacto del uso de plantados queda puesto en evidencia por el hecho de que a la fecha ya se alcanzó un 80% del límite de captura de patudo establecido en la Resolución C-17-01.

México mencionó que el incremento en los lances sobre objetos flotantes, y particularmente sobre planta-dos, tiene también un fuerte impacto en la captura de juveniles, y sugirió que no podría haber una recupe-ración del patudo al no ser que se controle esa captura. Colombia insistió también que el incremento en los lances sobre objetos flotantes, particularmente sobre plantados, tiene un fuerte impacto en la captura de juveniles, no sólo con respecto al atún patudo, sino también a las demás especies de atunes tropicales, incluyendo el atún aleta amarilla. Algunas delegaciones opinaron que las medidas de ordenación deben enfocarse muy especialmente en la mortalidad de juveniles causada por el uso de plantados.

En relación con la capacidad de la flota cerquera el personal comentó que, aunque la correlación entre capacidad y mortalidad por pesca no es muy fuerte, no deja de ser significativa, por lo que utilizarla como indicador ha funcionado a lo largo de los años, como un elemento adicional que es necesario tomar en cuenta dentro de un enfoque de precaución.

Sobre este punto, la Unión Europea mencionó la correlación entre la capacidad de la flota y el número de días de veda, y recordó que en las últimas reuniones se había comentado la conveniencia de incrementar las vedas por 25 días, mientras que ahora se consideraban sólo 10 días adicionales, lo que demuestra la necesidad de desarrollar una metodología más consistente.

En términos más generales, la Unión Europea solicitó información adicional que ayude a entender lo que sucede en las diferentes modalidades de pesca, por país y por especie, con series históricas de captura, para disponer de una información más amplia que facilite la toma de decisiones sobre medidas de ordenación.

Colombia insistió que se deben utilizar metodologías más efectivas e indicadores adicionales que ayuden a determinar la mortalidad de una manera más objetiva, para así proponer y adoptar medidas de conservación que se adecuen mejor a las particularidades de la pesquería de túnidos en el OPO.

Ecuador resaltó que en la 91ª reunión (extraordinaria) de la Comisión en febrero de 2017 las medidas de conservación y ordenación de los atunes tropicales habían sido adoptadas de una manera apresurada y que, con la nueva información proporcionada por el personal científico, convendría modificarlas en la presente reunión.

b. Síntesis de las investigaciones del personal de la CIAT

El Dr. Alexandre Aires-da-Silva, del personal científico de la Comisión, presentó información sobre las actividades del personal, en curso y programadas. El trabajo de investigación se desarrolla a través de cuatro programas: 1) Evaluación de las principales especies de atunes; 2) Estudios de biología y ecosistemas; 3) Recolección de datos y base de datos; y 4) Captura incidental y Programa Internacional para la Conserva-ción de los Delfines. Una descripción detallada de esas actividades puede encontrarse en el documento SAC-08-10a.

Tanto en el Comité Científico Asesor (CCA) como entre los miembros de la CIAT, ha habido un interés

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considerable para que el personal científico realice investigaciones no incluidas en sus actividades de in-vestigación actuales o programadas y/o que requieren colaboración con científicos de los países miembros. El personal preparó una serie de propuestas para abordar algunos de los temas mencionados y facilitar la búsqueda de posibles fuentes de financiamiento extrapresupuestario.

Dr. Aires-da-Silva describió las siguientes propuestas de actividades de investigación y los costos de las mismas, detallados en los anexos 1 y 2 del documento CAF-05-04, a realizarse en el corto y mediano plazo:

Propuesta Periodo Presupuesto (US$)

1. Evaluación de estrategias de ordenación (EEO) para los atunes tropica-les en el OPO

1 año 162,000

2. Relación entre las características operacionales de los buques y la mor-talidad por pesca

2 años 223,000

3. Taller para avanzar las evaluaciones espaciales de la población de atún patudo en el Océano Pacífico

1 semana 50,000

4. Análisis de los efectos del objetivo de la pesca sobre la estandarización de la CPUE palangrera

3 meses 23,000

5. Mejorar la recolección de datos y las evaluaciones de poblaciones de ti-burones en el OPO

4 años 1,012,000

6. Evaluación de puntos de referencia potenciales para el dorado en el OPO

6 meses 81,000

7. Monitoreo electrónico de las actividades y capturas de buques cerqueros 2 años 207,000 8. Pruebas del potencial de las rejillas clasificadoras para reducir la morta-

lidad de atunes pequeños y otras especies en la pesquería de cerco en el OPO

2 años

100,000 9. Programa de marcado 3 años 7,286,103

México señaló que era necesario continuar la labor de evaluación de las poblaciones de delfines, y agradeció a la Unión Europea los apoyos brindados para el reciente taller sobre delfines en La Jolla. Japón, sin dejar de apoyar los proyectos propuestos, en particular la propuesta 2, recordó que no es Parte del APICD, y solicitó información sobre la delimitación de responsabilidades y actividades en esta materia entre la CIAT y el APICD, principalmente desde el punto de vista presupuestario.

Costa Rica señaló que se deben continuar las importantes investigaciones sobre tiburones, y recordó que han ofrecido a la Comisión un espacio físico para una oficina de campo, que permitiría fortalecer los traba-jos.

Ecuador, solicitó que esta información se coloque en el portal de internet de la CIAT.

Finalmente, la Comisión agradeció al personal esta presentacion, y señaló que se debería considerar los recursos presupuestarios que se necesitan para llevar a cabo las actividades propuestas.

c. Informe y recomendaciones de la octava reunión del Comité Científico Asesor

El Dr. Compeán informó sobre la 8ª reunión del CCA celebrada en mayo de 2017 en La Jolla, California. El Comité endosó las recomendaciones del Grupo de Trabajo ad hoc sobre plantados y del Grupo de Trabajo sobre captura incidental, y adoptó una serie de recomendaciones (ver documento IATTC-92-04c, Reco-mendaciones de la octava reunión del Comité Científico Asesor).

Con respecto a la recomendación 18 del CCA, Análisis de límites de captura, México recordó que no estuvo de acuerdo con el uso del trienio de 2014-2016 como base para la evaluación recomendada, y que lo mani-festó incluso por escrito.

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d. Recomendaciones de conservación del personal de la CIAT

El Dr. Aires-da-Silva presentó las recomendaciones de conservación y ordenación del personal de la CIAT (documento IATTC-92-04d), pero sólo se pudo revisar la primera, de extender la veda de la pesquería de cerco establecida en la resolución C-17-01 de 62 días a 72 días, y se acordó que los CPC enviarían a la Secretaría comentarios por escrito sobre las demás recomendaciones, para circulación a todos los CPC.

Varios Miembros manifestaron su apoyo a la extensión del periodo de veda, aunque algunos, entre ellos Costa Rica, propusieron que se mantuvieran los 62 días para los buques que pescan atunes asociados a delfines. La Unión Europea señaló que no se podía culpar a la p

esquería sobre plantados solamente por la situación del recurso y que todas las pesquerías contribuyen a la mortalidad por pesca. Subrayando que el impacto sobre la mortalidad por pesca está determinado por el número de lances sobre plantados y no por el número de plantados desplegados, la Unión Europea hizo hincapié en la necesidad de reglamentar el uso de los plantados, en particular debido a sus posibles impactos sobre el medio ambiente. Nicaragua sugirió que se agregue un paquete de medidas adicionales a los 72 días de veda. Nicaragua señaló que las vedas no han demostrado ser suficientes para esa pesquería sobre plantados, y subrayó, al igual que lo hicieron Mexico y Colombia, que debía atenderse el problema de la captura de atunes juveniles, la cual origina impactos más adversos al recurso. Colombia, subrayó la necesidad de que los buques permanecieran en puerto durante la totalidad de la veda correspondiente así como la importancia de que la veda sea aplicada a todas las clases de capacidad de los buques.

Ecuador, con el respaldo de El Salvador y Guatemala, declaró que debía revisarse la resolución C-17-01, que fue adoptada de manera precipitada y que obligaría a la flota que pesca sobre plantados a parar sus operaciones durante cinco meses, lo que ocasionaría ingentes daños económicos y sociales. Al solicitarle su opinión al respecto, el personal científico de la CIAT respondió que una veda de 72 días en 2017 sería suficiente para lograr los objetivos de conservación y ordenación de la CIAT para ese año. Algunos Miem-bros, se expresaron en contra de modificar la resolución C-17-01, en particular, tal como lo advirtieron la Unión Europea y Japón, porque no existe un procedimiento que permita hacerlo, además del mal precedente que representaría, tal como lo señaló Colombia. Los Estados Unidos compartieron la preocupación de Japón con respecto al ajuste de las medidas de ordenación a mitad de temporada, el precedente que se establecería y la carga administrativa derivada de la modificación de las reglamentaciones a mitad de temporada. Sin embargo, los Estados Unidos declararon que entendían que se trataba de una situación grave e inusual.

México y Nicaragua comentaron que buques cerqueros de los EE.UU. se trasladan al Pacífico occidental para seguir pescando durante los períodos de veda en el OPO. Estados Unidos subrayó que esto es perfec-tamente legal siempre que cumpla con las obligaciones y reglas establecidas tanto por la CIAT como por la WCPFC, en el marco además de la cooperación existente entre ambas comisiones para la conservación y ordenación de los recursos. Colombia, al igual que México y Nicaragua, subrayó que, si bien esta práctica es legal bajo las actuales medidas de conservación, tiene un impacto sobre el recurso, ya que, se debe mirar el Océano Pacífico como un solo océano, de una manera holística, y tomando en cuenta que los atunes tropicales son especies altamente migratorias. Por lo tanto, la veda pierde su eficacia considerando que existen buques que pescan durante todo el año, sin parar de pescar, comparado a buques que permanecen en puerto durante la totalidad de la veda.

En conclusión de esta etapa de la discusión, la Comisión, siguiendo una propuesta de la Unión Europea, pidió al Presidente formular, en conjunto con el personal de la CIAT, un paquete de medidas que incluyera un período de veda de 72 días, regulaciones específicas para la pesca sobre plantados y una enmienda a la Resolución C-17-01.

5. Informes de los órganos subsidiarios y grupos de trabajo:

a. 2ª Reunión del Grupo de Trabajo ad hoc sobre plantados El Dr. Josu Santiago, Presidente del Grupo de Trabajo, presentó su informe (Anexo 4e). La segunda reunión del Grupo se llevó a cabo en dos partes: la primera en La Jolla en mayo de 2017 y la segunda el 24 de julio en la Ciudad de México. Con la Resolución C-16-01 se amplió el mandato del Grupo de Trabajo y se facultó

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para informar y emitir recomendaciones tanto al Comité Científico Asesor como a la Comisión, así como para “identificar y revisar posibles medidas de ordenación de plantados, en coordinación con el personal científico y el Comité Científico Asesor”. Las recomendaciones formuladas por el Grupo en mayo fueron endosadas por el Comité Científico Asesor y sometidas a consideración de la Comisión (ver documento IATTC-92-04c).

La Comisión agradeció el trabajo del Grupo y tomó nota de las recomendaciones. Ecuador informó que está trabajando para que en el corto plazo sólo se utilicen plantados no enmallantes y biodegradables.

Varios miembros se refirieron a la reunión conjunta de t-OROP sobre plantados, que se celebró en Madrid en abril de 2017. Francia (en nombre de sus territorios de ultramar) solicitó a la Comisión considerar la cuestión de los plantados desplegados por flotas de cerco de la CIAT y que, en números crecientes, se desplazan a la deriva y entran en la ZEE de la Polinesia Francesa y, siguiendo las corrientes, son arrastrados a las playas de las islas. Estos DCP constituyen un peligro para la navegación y tienen un impacto no sólo sobre los cardúmenes de atún en la superficie, sino también, como lo observan los pescadores locales, sobre los peces que se encuentran en capas más profundas.

b. 5ª reunión del Comité de Administración y Finanzas

El Presidente del Comité, Sr. Lillo Maniscalchi, de Venezuela, presentó su informe (anexo 4a).

Las recomendaciones del Comité fueron las siguientes:

1. Presupuesto de la CIAT para 2018: Aprobar el monto de US$ 7,258,413, pero no sin antes revisar las implicaciones presupuestales de la implementación de las recomendaciones del Examen de Desempeño (ver borrador de Plan de Acción).

2. Fondo especial para fomentar la capacidad institucional en los CPC en desarrollo: aprobar la utilización de los recursos para 2018, tal como se presentan en la tabla 5 del documento CAF-05-05b.

3. Programa de seguimiento de transbordos en el mar: Aprobar un presupuesto de US$ 1,100,000 para 2018 , y usar la fórmula de distribución de contribuciones que se ha venido utilizando.

La Comisión recibió con beneplácito el anuncio de que, durante esta 92a reunión, Kiribati se había puesto al día con el pago de sus contribuciones al presupuesto de la Comisión. Panamá, con el respaldo de los demás miembros de OSPESCA, reiteró que estaba cumpliendo con el plan de pagos que había sido acordado por la Comisión.

En relación con la primera recomendación del Comité, la Unión Europea recordó que durante la reunión del Comité se había iniciado ya la revisión del Plan de Acción, centrándose sobre las acciones propuestas que tienen implicaciones presupuestales, pero, por falta de tiempo, no se había podido concluir. Hizo hin-capié en la importancia de que al menos se incluyeran en el presupuesto los recursos necesarios para la contratación de un experto sobre recursos humanos, recomendada por el Examen de Desempeño, (reco-mendación 11). La Unión Europea reiteró la importancia de contar con un plan de investigación a largo plazo (recomendación 24) con el fin de tener una visión más completa de los recursos que se necesitarían con ese fin. También señaló que era necesario conocer las implicaciones presupuestales de la creación de una oficina de campo en Costa Rica.

Costa Rica agradeció la mención en el informe del Comité del establecimiento de dicha oficina, y destacó el potencial que tendría de generar capacidad en la región, además de fortalecer a la CIAT con la provisión de mejores datos e información. Recordó que, al menos durante una fase inicial, el establecimiento y fun-cionamiento de esa oficina no implicaría costo alguno para la Comisión, ya que Costa Rica estaría propor-cionando el inmueble donde estaría su sede y los recursos financieros para su operación procederían del proyecto FMAM-Banco Mundial por un período correspondiente a los primeros dos años. Al término de este periodo se sometería de nuevo este asunto a consideración de la Comisión, pudiendo ésta evaluar los resultados y beneficios en base a una experiencia concreta.

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No resultó necesario incluir una partida especial en el presupuesto para cubrir los gastos de US$ 100,000 para la reunión anual de la Comisión en 2018, como consecuencia del ofrecimiento de Guatemala de hos-pedar la reunión. La Unión Europea mencionó que posiblemente podría hospedar la reunión anual de 2019 en España.

El Dr. Compeán señaló que se agregarían al presupuesto los proyectos de investigación detallados en el cuadro siguiente, descritos en el anexo 1 del documento CAF-05-04, así como el proyecto de consultoría relacionado con la gestión de recursos humanos en la CIAT que se llevaría a cabo como primer paso en la implementación de la recomendación 11 del Examen de Desempeño. La Comisión acordó también incluir en el presupuesto un proyecto para llevar a cabo un estudio de la factibilidad para la recuperación de plan-tados (costo de US$50,000) propuesto por la Unión Europea durante la reunión del Grupo de Trabajo sobre plantados.

Proyecto Presupuesto (US$)

1. Evaluación de estrategias de ordenación (EEO) para los atunes tropicales en el OPO 162,000 2. Relación entre las características operacionales de los buques y la mortalidad por

pesca 223,000 3. Taller para avanzar las evaluaciones espaciales de la población de atún patudo en el

Océano Pacífico 50,000 4. Análisis de los efectos del objetivo de la pesca sobre la estandarización de la CPUE

palangrera 23,000 6. Evaluación de puntos de referencia potenciales para el dorado en el OPO 81,000 7. Monitoreo electrónico de las actividades y capturas de buques cerqueros 207,000 8. Pruebas del potencial de las rejillas clasificadoras para reducir la mortalidad de atu-

nes pequeños y otras especies en la pesquería de cerco en el OPO 100,000 9. Estudio de la factibilidad para la recuperación de plantados 50,000

Finalmente, la Comisión aprobó lo siguiente:

1. Un presupuesto para 2018 de US$ 7,977,003 para la CIAT.

2. Un presupuesto para 2018 de US$ 1,100,000 para el programa de seguimiento de transbordos en el mar.

3. La ejecución para 2018 de los proyectos presentados en el documento CAF-05-05b con recursos del Fondo Especial para apoyo a países en desarrollo así como el proyecto de consultoría relacio-nado con la gestión de recursos humanos en la CIAT.

c. 8ª Reunión del Comité para la Revisión de la Aplicación de Medidas Adoptadas por la Comi-sión («Comité de Revisión»)

El Presidente del Comité, Sr. David Hogan, de Estados Unidos, presentó su informe (anexo 4b).

Destacó los siguientes asuntos, que fueron discutidos sin que se acordaran recomendaciones al respecto:

1. El Comité discutió acerca de si la Comisión debía evaluar y decidir, en esta reunión, los datos mínimos apropiados sobre tortugas marinas, incluida la condición de las tortugas marinas en el momento de su liberación, que deberán ser recolectados por los observadores a bordo de palangreros, y tratar la provi-sión de datos brutos a la Secretaría.

2. El Comité discutió acerca de las opiniones de algunos Miembros sobre las repercusiones para la con-servación y ordenación de los atunes de los buques que pescan tanto en el OPO como en la zona de la WCPFC y que pueden trasladarse entre estas zonas durante las vedas y seguir pescando. Los Miembros

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expresaron opiniones divergentes sobre si las actividades de esos buques tienen repercusiones en el cumplimiento, la conservación y / o la ordenación. Se reconoció que esta cuestión podría volver a plan-tearse a nivel de la Comisión.

3. Pedir al Grupo de Trabajo sobre Captura Incidental que considere medidas más fuertes o nuevas para implementar los objetivos de conservación de las tortugas marinas y desarrollar ideas para fortalecer la implementación de los requisitos de presentación de informes.

4. Considerar pedir al Comité Científico Asesor que evalúe si los campos de datos de los formularios de observadores a bordo de palangreros proporcionan los datos necesarios para medir la aplicación de las medidas de conservación de la Comisión para las tortugas marinas y revisarlos según sea necesario.

5. El Comité examinó de qué modo la Comisión podría trabajar sobre las reglas de confidencialidad de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Convención de Antigua, incluidas las relativas al trabajo y la información del Comité. Esto fue apoyado por muchas delegaciones, pero algunas no coin-cidieron en que esto debería ser una recomendación del Comité. Se reconoció que este asunto podría volver a plantearse a nivel de la Comisión.

6. El Comité discutió su afirmación general de respetar la decisión del Director de la CIAT en cuanto a asignar al personal los temas relacionados con cumplimiento y las responsabilidades asociadas, en es-pera de los resultados de la discusión de la Comisión sobre la aplicación del Plan de Acción en materia de planificación de recursos humanos.

El Comité también dirigió las siguientes recomendaciones a sí mismo y/o a la Secretaría:

1. Considerar si son suficientes los plazos para el procedimiento de presentación de informes sobre cum-plimiento o si se necesita más tiempo y las implicaciones de cualquier cambio para la Secretaría o el Comité.

2. Considerar la posibilidad de modificar el calendario de presentación de informes bajo la Resolución C-07-03 modificando su carácter anual en el caso de que no haya cambios en la implementación para un CPC (o la Comisión).

3. Incluir las disposiciones pertinentes de la Resolución C-13-03 en la sección que contiene la información sobre la aplicación de la resolución C-05-02 en el informe de cumplimiento y, según proceda, el cues-tionario, y añadir esas disposiciones al memorándum anual de la Secretaría sobre entrega de datos.

4. En los cuestionarios futuros y en el seguimiento de los casos notificados de incumplimiento, que los CPC proporcionen una justificación o más detalles para las determinaciones de "no infracción" y una justificación o más detalles cuando se responde "no aplicable" en el cuestionario.

5. Explorar opciones para mejorar el proceso de revisión de cumplimiento existente e incluir evaluaciones en futuros informes de cumplimiento de los progresos históricos en la implementación y de tendencias en el cumplimiento, incluyendo tablas en el informe de cumplimiento que muestren la implementación histórica por los CPC desde la entrada en vigor de las resoluciones. Esto debería incluir especificidad en las siguientes áreas:

a. Incluir informes sobre la implementación del requisito de cobertura de observadores a bordo de palangreros en la Resolución C-11-08, y corregir el informe de 2016 para incluir los datos de im-plementación de 2015 y 2016; e

b. Incluir información sobre el número de lances con incidentes con tortugas marinas (contenida en la Figura 4.1 del informe de 2016 presentado en esta reunión) relativa a la Resolución C-04-05 desde su entrada en vigor en 2004.

6. En los futuros informes de cumplimiento, informar sobre el estado de aplicación de la Recomendación C-12-11 (área de traslapo CIAT-WCPFC) y se indique, cuando proceda, el conjunto de medidas que los Miembros pertinentes han decidido aplicar para sus buques en la zona de traslapo, de conformidad con dicha recomendación.

10 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

7. En los informes de cumplimiento y cuestionarios futuros, incluir informes sobre las medidas de con-servación del atún aleta azul (actualmente C-16-03).

8. Asegurar la programación de al menos 2 días completos de reunión para el Comité.

El Comité hizo las siguientes recomendaciones a la Comisión:

1. Considerar un tratamiento definitivo de las disposiciones de la medida de conservación y ordenaciónde los atunes tropicales en cuanto a abordar las diferentes opiniones sobre el uso y la transferencia delos límites de captura palangrera para el patudo.

2. Actualizar el formulario de cumplimiento del observador de la CIAT en cerqueros para permitir a loscapitanes la oportunidad de revisar, proporcionar comentarios y firmar el formulario, e igualmente ac-tualizar las instrucciones a este efecto en el manual del observador.

3. Aclarar la situación, con respecto a la prohibición de descartes, de las capturas que no se desembarcan,sino que se utilizan a bordo del buque, por ejemplo, como carnada en los plantados.

4. Explorar opciones para enmendar las resoluciones sobre los tiburones para que sean claras, faciliten unentendimiento común y se encuentren alineadas con los objetivos de conservación y utilización de laComisión para las pesquerías que capturan tiburones, ya sea como objetivo o captura incidental.

5. Revisar o especificar los requisitos de la Resolución C-03-05 para todos los artes y pesquerías (porejemplo, palangre, pesca artesanal) con respecto a la frecuencia de tallas y los datos de captura y es-fuerzo, para fortalecer la implementación de los requisitos para presentación de informes, preservandosu carácter práctico, en particular con respecto a la pesca artesanal.

6. Mantener la lista INN de la CIAT sin cambios.

7. Renovar la calidad de No-Miembro Cooperante de Bolivia, Honduras y Liberia, y conferirle la calidadde No-Miembro Cooperante a Chile. Considerar la solicitud de renovación de Indonesia una vez que ladelegación de Indonesia se presente a la plenaria de la CIAT.

La Comisión tomó nota de esas recomendaciones. Concluyó que no existía ninguna acción a desarrollar en cuanto a la lista INN, y decidió renovar la calidad de No Miembro Cooperante a Bolivia, Honduras, y Liberia, y concederla a Chile. En el caso de Indonesia, decidió que se enviaría a ese país una carta para recordarle de forma contundente la obligación que tienen los CPC, incluyendo los No Miembros Coope-rantes, de participar en las reuniones anuales de la CIAT y sus órganos subsidiarios.

Luego de recibir las felicitaciones de numerosas delegaciones, Chile hizo una declaración (anexo 5a) para confirmar su compromiso de dar cumplimiento a las medidas y reglas de la CIAT y su intención de con-vertirse en Miembro de pleno derecho en el futuro. Los demás No Miembros Cooperantes presentes en la reunión confirmaron igualmente su intención de cumplir con las medidas y reglas de la CIAT.

Numerosas delegaciones destacaron la importancia de trabajar en el futuro sobre reglas de confidencialidad para el manejo de la información que se genera en el Comité, conforme a lo discutido durante la reunión del mismo (ver supra, numeral 5 de los asuntos discutidos sin que se formularan recomendaciones).

d. 18ª Reunión del Grupo de Trabajo permanente sobre la capacidad de la flota

El Presidente del Grupo de Trabajo, Sr. Alfonso Miranda, de Perú, presentó su informe (anexo 4c). El Grupo recomendó lo siguiente:

1. La contratación de un grupo de consultores que recomienden a la Comisión sobre la forma de abordarde manera operativa la solución a las aspiraciones, solicitudes y reclamos de capacidad, así como lagestión de la capacidad existente, en conjunto con las medidas de ordenación acordes con las condicio-nes del recurso y las circunstancias especiales y necesidades de los países en desarrollo, particularmentelos países costeros en desarrollo y los pequeños países insulares, para compatibilizar con éstas la solu-ción a esos temas de capacidad, en el marco de un plan de ordenación de capacidad global basado en

11 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

los “Elementos para la implementación de un plan de ordenación de la capacidad de la flota en la CIAT” plasmados en el documento que fue adoptado en 2016.

2. Instruir al Director para que proceda a elaborar, en consulta con todos los Miembros interesados, una base de términos de referencia de la contratación del grupo de consultores con el objetivo que estos términos sean informados a los CPC y estos puedan emitir observaciones que fortalezcan esos términos de referencia. Queda entendido que esos términos de referencia excluirán la posibilidad para los con-sultores de considerar y pronunciarse sobre los aspectos sustantivos y jurídicos de las disputas existen-tes.

3. Los resultados del trabajo ejecutado por el grupo de consultores serán analizados en un taller de los CPC especialmente convocado a efecto de recomendar a la Comisión acerca de acciones concretas para resolver la temática de capacidad en armonía con las medidas de conservación necesarias, en fecha y lugar que oportunamente informara el Director, en el marco de un plan de gestión de capacidad global basado en los “Elementos para la implementación de un plan de ordenación de la capacidad de la flota en la CIAT” plasmados en el documento que fue adoptado en 2016.

4. Los resultados del taller deberían ser presentados a la Comisión en la reunión plenaria de 2018.

La Comisión aprobó las recomendaciones anteriores, destacando que en el proceso de la consulta no podrían emitirse juicios sobre casos de disputa de capacidad.

La Unión Europea recordó que en este tema de ordenación de la capacidad, se puede desarrollar en dos procesos paralelos: primero, ya iniciado, la elaboración de un estudio por un consultor contratado por World Wildlife Fund (WWF), y el segundo, que podría ser la contratación de un consultor encargado de desarrollar una propuesta pragmatica a ser considerada por el Grupo de Trabajo sobre capacidad de la flota. Para este último, la Unión Europea podría aportar € 80,000 y participar activamente en el proceso para facilitar y agilizar la elaboración y presentación de la propuesta.

Colombia solicitó se incluyera en el Acta la declaración que había presentado en el Grupo de Trabajo respecto al caso de disputa de capacidad con Bolivia (Anexo 5b). Asimismo, las presentaciones de Perú y Costa Rica sobre sus solicitudes de capacidad serían publicadas en el portal de internet de la CIAT para futuras consultas.

e. 7a Reunión del Grupo de Trabajo sobre captura incidental

En ausencia del Presidente del Grupo de Trabajo (cuyo informe está reproducido en el anexo 4d), el Dr. Compeán leyó las recomendaciones de la 7ª reunión del Grupo, celebrada en La Jolla el 5 y 6 de mayo de 2017, revisadas y endosadas por la 8ª reunión del Comité Científico Asesor e incluidas en sus recomendaciones (documento IATTC-92-04c).

Japón recordó que varios países no se habían sumado al consenso de considerar el aumento de la cobertura de observadores en palangreros del 5% al 20%, y la implementación de la Resolución C-11-08 debería ser examinada primero. Estados Unidos destacó la recomendación de que se debería realizar una reunión anual del Grupo, y para ello deberían preveerse en el presupuesto los recursos necesarios.

6. Programa de observadores de transbordos en el mar

El Dr. Compeán señaló que el único tema pendiente era confirmar el presupuesto de operación del programa en 2018, lo que hizo la Comisión al aprobar el presupuesto de US$ 1,100,000 recomendado por el Comité de Administración y Finanzas.

7. Implementación de la Resolución C-14-02 (enmendada) sobre el establecimiento de un sistema de seguimiento de buques (VMS):

a. Informes de avances por los CPC

El Dr. Compeán comentó que los informes sobre el uso de VMS presentados por los distintos CPC se habían colocado en el sitio de internet de la CIAT. No hubo más discusión sobre este punto.

12 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

b. Posible desarrollo de un esquema de VMS de la CIAT independiente

La Unión Europea recordó que la Resolución C-14-02 establece que la Comisión debe discutir la mejor forma de proceder con la consideración futura de VMS para apoyar su programa de conservación y ordenación, incluyendo el posible desarrollo de un esquema de VMS de la CIAT independiente. La Unión Europea propuso que la Secretaría prepare un documento sobre este antes del final del año con miras a iniciar la revisión y discusión de este asunto conforme lo señala la Resolución. Otros Miembros apoyaron esta propuesta y sugirieron que el documento incluyera elementos tanto legales como técnicos y presupuestales en particular en cuanto a la posibilidad de un sistema independiente y centralizado.

China manifestó que no podía en este momento apoyar la idea de contar con un sistema de VMS de la CIAT independiente y centralizado ya que a su juicio ello no sería consistente con la Convención de Antigua y haría necesario enmendarla.

8. Plan de acción para la implementación de las recomendaciones del Examen de Desempeño

Por falta de tiempo, la Comisión sólo pudo tomar nota de que el Comité de Administración y Finanzas había iniciado la revisión del borrador de plan de acción, con los comentarios y sugerencias realizados por algunos Miembros, concentrándose en las acciones propuestas que tienen implicaciones presupuestales, sin poder concluir esa revisión. La Comisión decidió que debería considerarse este tema durante su próxima reunión, con la prioridad necesaria para poder alcanzar decisiones al respecto.

9. Discusión de las resoluciones y recomendaciones

a. Resoluciones adoptadas

Se aprobaron las siguientes resoluciones:

Resolución Tema Anexo C-17-02 Medidas de conservación para los atunes tropicales en el Océano Pacífico orien-

tal durante 2018-2020 y enmienda de la resolución C-17-01 2a

C-17-03 Financiamiento para el año fiscal 2018 2b C-17-04 Enmienda a las Reglas de Procedimiento relativas a la fecha de la reunión anual 2c C-17-05 Creación de un Grupo de Trabajo Ad Hoc para revisar la coherencia jurídica y

operativa de las resoluciones de la CIAT 2d

La Resolución C-17-02 incluye elementos de varias propuestas presentadas antes de la reunión, sobre con-servación de los atunes (B-2, B-3, B-4, B-5) y regulación de plantados (A-1, A-2), que por esta razón no se incluyen en la lista de propuestas no aprobadas (apartado 9b; anexo 3). Incorpora también sugerencias formuladas durante las discusiones y negociaciones, comentarios y recomendaciones del personal de la CIAT y el Grupo de Trabajo ad hoc sobre plantados.

Luego de retirar su propuesta de inclusión de un párrafo sobre pesquería multiespecífica en la resolución sobre conservación de los atunes (IATTC-92 PROP B-1 PER), Perú pidió que se hiciera constar en el Acta su compromiso de informar de manera oportuna a la Secretaría sobre las actividades de pesca dirigidas a poblaciones de peces distintas a atunes o especies afines llevadas a cabo por sus embarcaciones durante los períodos de veda establecidos por la CIAT, incluyendo a través de la coordinación con la Secretaría sobre la forma de reportar esta información así como la colocación a bordo de esas embarcaciones de observado-res nacionales con miras a asegurar el seguimiento de esas actividades y el respeto y cumplimiento de las normas y reglas establecidas en el marco de la CIAT y del APICD.

b. Propuestas presentadas, pero no aprobadas:

Los resultados al final de la presentación de esas propuestas fueron los siguientes:

Prop Tema Resultados Anexo

C-1 Unión Europea: Retirada. La discusión demostró una preferencia para 3a

13 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Prop Tema Resultados Anexo

Creación de un Grupo de Trabajo sobre la asignación de oportunidades de pesca de especies de atunes tropicales

considerar este tema mediante una ampliación del mandato del Grupo de Trabajo Permanente sobre la capacidad de la flota y se incluiría este tema en la agenda de la próxima reunión.

D-1 Estados Unidos:

Estrategia de restablecimiento para el atún aleta azul del Pacífico

Estados Unidos solicitó que la propuesta se adjunte al Acta de la reunión como documento de posición de EE.UU. para la reunión del Grupo de trabajo conjunto CIAT-CN-WCPFC. La Comisión no pudo alcanzar un consenso para su adopción, y un par de Miembros expresaron su preferencia por que las decisiones sobre la ordenación a largo plazo del atún aleta azul del Pacífico sean discutidas durante la próxima reunión del Grupo de trabajo conjunto CIAT-CN-WCPFC.

3b

E-1 Unión Europea:

Conservación de tiburones

Pendiente. Algunos Miembros expresaron su preferencia por consolidar las dos propuestas en un solo texto. Otros reiteraron la necesidad de aclararar el mandato de la Comisión con respecto a los tiburones mediante un acuerdo sobre la interpretación de las disposiciones pertinentes de la Convención de Antigua.

3c

E-2 Belice, Guatemala, Nicaragua, Costa Rica, Panamá:

Conservación de tiburones

3d

F-1 Estados Unidos:

Tortugas marinas

Pendiente. A pesar del interés de varios Miembros y algunas sugerencias concretas de redacción, no pudo adelantarse la discusión ante la insistencia de algunos Miembros de que este asunto debería ser considerado primero por el Grupo de Trabajo sobre captura incidental y el Comité Científico Asesor.

3e

G-1 Unión Europea:

Estándares mínimos para las inspecciones en puerto

Pendiente. A pesar del apoyo de la mayoría de los Miembros, las reservas expresadas por otros frenaron la negociación de esta propuesta. Un Miembro sugirió como solución de compromiso que se limitara el alcance de la propuesta a los puertos del OPO, lo cual no era aceptable para algunos otros Miembros.

3f

H-1 Estados Unidos:

Seguridad de los observadores en el mar

Pendiente. Estados Unidos presentó una versión revisada en la reunión del APICD en octubre de 2017 que tomara en cuenta las sugerencias y comentarios expresados por otros Miembros. Pese al apoyo de algunos CPC, un Miembro se opuso a que se utilizara cualquier dinero del presupuesto centralizado para comprar equipo de seguridad para observadores.

3g

K-1 México:

Contribución de la CIAT al APICD

No hubo consenso para aumentar de 30% a 40% la contribución de la CIAT al presupuesto del programa de observadores del APICD. Los argumentos a favor resaltaron el valor para la CIAT de los datos recogidos por el APICD; los argumentos en contra fueron que cualquier aumento debería ser pagado sólo por los Miembros de la CIAT que son también Partes del APICD, ya que el APICD no contribuye al programa

3h

14 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Prop Tema Resultados Anexo

de observadores en palangreros.

L-1 México:

Observadores en los buques de palangre

No hubo consenso para aumentar la cobertura de observadores en buques de palangre del 5% al 20%, conforme a lo recomendado por el personal de la CIAT, el Comité Científico Asesor y el Examen de Desempeño. Apoyado por varios Miembros, para mejorar los datos de captura incidental, pero opuesta por otros por razones de dificultades logísticas y el fallo de algunos CPC a la hora de implementar la cobertura actual del 5%.

3i

10. Elección del Presidente y Vicepresidente para el periodo julio 2017-julio 2018

La Comisión, tras agradecer al Ing. Guillermo Morán su labor como Presidente por los últimos tres años, eligió al Sr. Carlos Marín, de Guatemala, como Presidente y al Sr. Alfonso Miranda, de Perú, como Vice-presidente.

11. Elección de los presidentes de los órganos subsidiarios y grupos de trabajo

La Comisión eligió o reeligió a las siguientes personas:

Grupo de trabajo o Comité Presidente(s) Vicepresidente Comité de Revisión David Hogan (EE.UU.) Comité de Administración y Finanzas Lillo Maniscalchi (Venezuela) Julio Guevara (Nicaragua) Grupo de Trabajo Permanente sobre Capa-cidad de la Flota

Alfonso Miranda (Perú)

Grupo de Trabajo sobre Captura Incidental Yonat Swimmer (EE.UU) Manuel Correia (Venezuela)

Grupo de Trabajo ad hoc sobre coherencia de las resoluciones

Germán Pochet (Costa Rica)

12. Otros asuntos

a. Transferencia de límite de captura de patudo

Japón intervino para recordar que había transferido a Corea y China un monto de 2,000 t y 6,000 t, respectivamente, de su límite de captura palangrera de atún patudo para 2017.

b. México: Avances en el manejo de la pesquería de atún aleta azul en 2017.

Este asunto no pudo ser presentado por falta de tiempo.

13. Fecha y sede de la próxima reunión

La 93ª reunión anual de la Comisión se llevará a cabo en Guatemala, en fechas por definir y considerando la Resolución C-17-04, que modifica las reglas de procedimiento para que la reunión anual se celebre preferente-mente no menos de tres meses después de la conclusión de la reunión del Comité Científico Asesor.

14. Clausura

La reunión fue clausurada a las 12:30 AM del 29 de julio de 2017. Numerosas delegaciones felicitaron y agradecieron al Gobierno de México por haber hospedado la reunión y por las facilidades brindadas para el buen desarrollo de los trabajos.

15 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Anexo 1 ASISTENTES - ATTENDEES

MIEMBROS - MEMBERS

BELIZE VALARIE LANZA* Ministry of Finance [email protected]

DELICE PINKARD Ministry of Finance [email protected]

CANADA-CANADÁ ESTELLE COUTURE* Fisheries and Oceans Canada [email protected]

JOSÉ BENCHETRIT Fisheries and Oceans Canada [email protected]

CHINA LIMING LIU* Ministry of Agriculture [email protected] XIAOBING LIU Chinese Overseas Fisheries Association [email protected] ZIJUN ZHOU China Overseas Fisheries Association [email protected]

JIANGFENG ZHU Shangai Ocean University [email protected] YONGYI NI Pingtairong Ocean Fishert Group Co.,Ltd [email protected]

COLOMBIA ALEJANDRO JARAMILLO* Ministerio de Relaciones Exteriores [email protected] ANDRÉS ORTÍZ Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca [email protected] DIEGO TRIANA Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca [email protected]

ENRIQUE DE LA VEGA Programa Nacional de Observadores [email protected] DIEGO CANELOS Seatech International, Inc. [email protected]

COREA – KOREA SEUNG-LYONG KIM* Ministry of Oceans and Fisheries [email protected] ZEE KIM Ministry of Oceans and Fisheries [email protected] SEOK YOUNG MIN Ministry of Oceans and Fisheries [email protected]

ILKANG NA Korea Overseas Fisheries Association [email protected] JO BORAM Dongwon Industries Co. Ltd. [email protected]

16 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

COSTA RICA

GUSTAVO MENESES* Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura [email protected] GERMÁN POCHET Ministerio de Agricultura [email protected] JOSÉ CARVAJAL Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura [email protected] LORNA MARCHENA Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura [email protected]

JORGE BARRANTES Cámara de Pescadores Artesanales de Punta-renas de Costa Rica [email protected] MAURICIO GONZÁLEZ Cámara Nacional Industria Palangrera [email protected] SERGIO SOTO Cámara Nacional Industria Palangrera [email protected] MOISES MUG FECOP [email protected]

ANA KATUSKA DROUET* Ministerio de Acuacultura y Pesca [email protected] JAVIER CARDOSO Ministerio de Acuacultura y Pesca [email protected] JORGE COSTAIN Ministerio de Acuacultura y Pesca [email protected] GUILLERMO MORÁN Ministerio de Acuacultura y Pesca [email protected] ANDRÉS JARRE Ministerio de Acuacultura y Pesca [email protected] LEORNARDO ARIZAGA Embajada del Ecuador en México [email protected] MANUEL PERALTA Instituto Nacional de Pesca [email protected] DANILO ALBÁN PRO ECUADOR [email protected] LUIS TORRES PROBECUADOR [email protected] LUIGI BENINCASA AZUA ATUNEC/Asociación de Atuneros de Ecuador [email protected]

LUIS GARCÍA Legalsa & Asociados [email protected] PABLO GARCÍA SERVIGRUP S.A. [email protected] BRUNO LEONE SERVIGRUP S.A. [email protected] FRANCISCO LEONE SERVIGRUP S.A. [email protected] MONICA MALDONADO CEIPA [email protected] MARÍA F. MARRIOTT PESPESCA [email protected] DIEGO MILETICH Pesquera Jadrán S.A. [email protected] DIEGO MILETICH Pesquera Jadrán S.A. [email protected] FERNANDO MOLINA Idelmar S.A. [email protected] LUIS MOLINA Pesquera Jadrán S.A. [email protected] ABEL PALADINES SERVITERRA

ECUADOR

17 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

RAFAEL TRUJILLO Cámara Nacional de Pesquería [email protected] ROBERTO AGUIRRE Negocios Industriales Real NIRSA S.A [email protected] ROBERTO AGUIRRE CHIRIBOGA Negocios Industriales Real NIRSA S.A [email protected] JOSÉ APOLO Apolo Abogados [email protected] HENK DE BRUIN Grupo Jadran [email protected] ÁNGEL DÍAZ Pesquera Atunes del Pacífico [email protected] BARTOLOME FERNÁNDEZ FRIGOLAB [email protected] FELIPE FERNÁNDEZ Importeq S.A. [email protected] IKER GALINDEZ Pesquera Ugavi S.A [email protected]

[email protected] FABRIZIO PALADINES Grupo Hermanos Paladines [email protected] JULIA PALADINES INDUATUN [email protected] RAÚL PALADINES P.H. Industria, Pesca, Construcciones [email protected] CARLOS NUÑEZ ASISERVY [email protected] GIASANDRO PEROTTI Transmarina C.A. [email protected] ELISEO VILLAR Pesquera Ugavi S.A. [email protected] JIMMY VILLAVICENCIO Villavicencio & Asociados [email protected]

EL SALVADOR

GUSTAVO PORTILLO* Ministerio de Agricultura y Ganadería [email protected] DIANA BARAHONA Ministerio de Agricultura y Ganadería [email protected] CELINA DE PAZ Ministerio de Agricultura y Ganadería [email protected]

MIGUEL PEÑALVA Calvo Pesca [email protected] MACARENA UBIS Calvo Pesca [email protected]

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA – UNITED STATES OF AMERICA BARRY THOM* NOAA/National Marine Fisheries Service [email protected] MICHAEL THOMPSON Newport Landing Sportfishing [email protected] DAVID HOGAN U.S. Department of State [email protected] MICHAEL BRAKKE

KITTY SIMONDS Western Pacific Regional Fishery Management Council [email protected] ANTONIO ALVAREZ AACH Holding Co. [email protected] PETER FLOURNOY American Fishermen’s Research Foundation [email protected]

18 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

U.S. Department of State [email protected] KATY SATER U.S. Department of State [email protected] BRANDON FISHER U.S. Coast Guard [email protected] DEREK CAMPBELL NOAA/National Marine Fisheries Service [email protected] TAYLOR DEBEVEC NOAA/National Marine Fisheries Service [email protected] MEGAN ENGELKE-ROS NOAA/National Marine Fisheries Service [email protected] RINI GHOSH NOAA/National Marine Fisheries Service [email protected] KRISTIN RUSELLO NOAA/National Marine Fisheries Service [email protected] HEIDI TAYLOR NOAA/National Marine Fisheries Service [email protected] RACHAEL WADSWORTH NOAA/National Marine Fisheries Service [email protected] RYAN WULFF NOAA/National Marine Fisheries Service [email protected]

SVEIN FOUGNER Hawaii Longline Association [email protected] CARY GANN Starkist Co. [email protected] BRIAN HALLMAN American Tunaboat Association [email protected] MICHAEL KRAFT Bumble Bee Seafoods [email protected] JOSH MADEIRA Monterey Bay Aquarium [email protected] MATTHEW OWENS Tri Marine Management Company, LLC [email protected] JAMES SOUSA GS Fisheries [email protected] JOHN ZUANICH Tri Marine Fishing Management [email protected]

FRANCIA - FRANCE CRISTIANE LAURENT-MONPETIT* Ministry of Overseas [email protected] MATTHIEU LE-QUENVEN Maritime Affairs in French Polynesia [email protected]

STEPHEN YEN KAI SUN French Polynesia Ministry of Marine Resources [email protected]

GUATEMALA BYRON ACEVEDO* Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación [email protected] CARLOS MARÍN Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación [email protected] CARLOS TEJEDA Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación

FRATERNO DÍAZ Pesquera Reina de la Paz S.A. [email protected] VASCO FRANCO Pesquera Reina de la Paz S.A. [email protected] GUSTAVO FERNÁNDEZ Pesquera del INDO-PACIFICO, S.A. [email protected]

19 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

[email protected] ODILO ROMERO JEALSA [email protected]

JAPÓN - JAPAN KENGO TANAKA* Fisheries Agency of Japan [email protected] MAKI KAWAMURA Ministry of Foreign Affairs [email protected] SHINJI HIRUMA Fisheries Agency of Japan [email protected] TAKESHI MIWA Fisheries Agency of Japan [email protected]

HIROSHI NISHIDA National Research Institute of Far Seas Fisheries [email protected] MICHIO SHIMIZU National Ocean Tuna Fishery Association [email protected] NATSUKI WATADA Japan Tuna Fisheries Corporation [email protected]

KIRIBATI MBWENEA TEIOKI* Ministry of Fisheries & Marine Resources Development [email protected]

KAON TIAMERE Ministry of Fisheries & Marine Resources Development [email protected]

MÉXICO – MEXICO MARIO AGUILAR* CONAPESCA/Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca [email protected] PABLO ARENAS Instituto Nacional de Pesca [email protected] MICHEL DREYFUS Instituto Nacional de Pesca [email protected] MARTHA ESTRADA CONAPESCA/Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca [email protected] RIGOBERTO GARCÍA CONAPESCA/Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca [email protected] MIGUEL HUERTA CONAPESCA/Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca [email protected] ISABEL REYES CONAPESCA/Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca [email protected] JUAN PERDOMO

ERNESTO ESCOBAR Pesca Azteca, S.A. de C.V. [email protected] PEDRO GARRIDO Naviera y Pesquera del Pacífico S.A. de C.V. [email protected] GUILLERMO GÓMEZ Alianza del Pacífico por el Atún Sustentable [email protected] JOSÉ GONZÁLEZ Servax Bleu [email protected] ANTONIO GUERRA Grupo Mar [email protected] HAK SONG LEE Fishbox S.A. de C.V. [email protected] SATIAGO MATUS Baja Aqua-Farms S.A de C.V [email protected] CARLOS MURILLO Baja Aqua-Farms S.A de C.V [email protected] RICARDO NIEBLA Naviera y Pesquera del Pacífico S.A. de C.V. [email protected]

20 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

CONAPESCA/Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca [email protected] ROBERTO VÁZQUEZ CONAPESCA/Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca [email protected] PEDRO ULLOA Instituto Nacional de Pesca [email protected] SANTOS HERNÁNDEZ Secretaría de Relaciones Exteriores [email protected] ARMANDO DÍAZ PNAAPD – FIDEMAR [email protected] MARCO ALCARAZ Atuneros Unidos de California S.A de C.V. [email protected] JOSÉ CARRANZA Pesca Azteca, S.A. de C.V. [email protected] LUIS CALVILLO Atuneros Unidos de California S.A de C.V. [email protected] JINYOL CHO Servax Bleu [email protected]

MARIANA RAMOS Alianza del Pacífico por el Atún Sustentable [email protected] MARK ROBERTSON Potomac Global Advisors [email protected] AMANDA SÁNCHEZ Procesa [email protected] ANTONIO SUARÉZ Grupo Mar [email protected] CARLOS VELÁZQUEZ Herdez [email protected] EVARISTO VILLA Herdez [email protected] JUNICHI YAMAGISHI Pesquera Chichimecas S. De R.L. de C.V. [email protected]

NICARAGUA EDWARD JACKSON* Instituto Nicaragüense de Pesca y Acuicultura [email protected] JULIO GUEVARA INATUN/Industrial Atunera de Nicaragua [email protected]

ARMANDO SEGURA Cámara de la Pesca de Nicaragua [email protected]

PANAMÁ-PANAMA ZULEIKA PINZÓN Autoridad de los Recursos Acuáticos de Pa-namá [email protected] RAÚL DELGADO Autoridad de los Recursos Acuáticos de Pa-namá [email protected] JORGE CUMMINGS Autoridad Marítima de Panamá [email protected]

GINA VERGARA Autoridad Marítima de Panamá [email protected] ARNULFO FRANCO FIPESCA [email protected] LUIS DORATI Trimarine Internacional [email protected]

PERÚ - PERU HÉCTOR SOLDI* Ministerio de la Producción [email protected]

PABLO NIETO Sociedad Nacional de Pesquería [email protected]

21 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

GLADYS CÁRDENAS Instituto del Mar del Perú [email protected] OMAR RÍOS Ministerio de la Producción [email protected] JESÚS PONCE Ministerio de la Producción [email protected] CLAUDIA BASTANTE Embajada del Perú en México [email protected] OSCAR BERNALES Sociedad Nacional de Pesquería [email protected] MARÍA JOSÉ BOLUARTE Sociedad Nacional de Pesquería [email protected] JAVIER CALMET Sociedad Nacional de Pesquería [email protected]

JORGE RISI Sociedad Nacional de Pesquería [email protected] EDUARDO CARCOVICH Dolmar Representaciones SAC [email protected] EDUARDO CARCOVICH Dolmar Representaciones SAC [email protected] JULIO GARCÍA Pesquera Majat SAC CONSUELO JIBAJA Dolmar Representaciones SAC [email protected] DANIEL QUIRÓZ Pesquera Majat SAC [email protected] ALFONSO MIRANDA Pez de Exportación S.A.C. [email protected]

TAIPEI CHINO – CHINESE TAIPEI CHI-CHAO LIU* Fisheries Agency/Council of Agriculture [email protected] YU CHEN Fisheries Agency/Council of Agriculture [email protected] YU-HUA CHENG Dept. of Treaty & Legal Affairs [email protected] KE-YANG LIN Dept. of International Organizations [email protected] SHAO-LIN HU Taipei Economic and Cultural Office in Mexico [email protected]

RICARDO HSU Taipei Economic and Cultural Office in Mexico [email protected] HUI-SHAN MA Overseas Fisheries Development Council [email protected] MARTIN HO Taiwan Tuna Longline Association [email protected] LIANG-CHUN WANG Taiwan Tuna Longline Association [email protected] TONY LIN Taiwan Tuna Longline Association [email protected]

UNIÓN EUROPEA – EUROPEAN UNION

ANGELA MARTINI* European Commission [email protected] LUIS MOLLEDO European Commission [email protected] ALBERTO LÓPEZ-ASENJO Secretaría General de Pesca [email protected] RAMÓN DE LA FIGUERA Secretaría General de Pesca [email protected]

MIGUEL HERRERA OPAGAC [email protected] IMANOL LOINAZ OPAGAC [email protected] JUAN MARTIN Asociación de Armadores de Marín [email protected] JOSU SANTIAGO AZTI Tecnalia [email protected]

22 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

DANIEL CALVO OPAGAC [email protected]

VANUATU CHRISTOPHE EMELEE* Ministry of Agriculture, Livestock, Forestry, Fisheries & Bio-Security [email protected] WILLIAM NAVITI Department of Fisheries [email protected]

KEVIN LIN Ming Dar Fishery Vanuatu [email protected]

VENEZUELA NANCY TABLANTE* Ministerio del Poder Popular de Pesca y Acui-cultura [email protected] ALVIN DELGADO FUNDATUN [email protected] MANUEL CORREIA FUNDATUN [email protected] SALVATORE NATOLI AVATUN/Asociación Venezolana de Armadores Atunero [email protected]

LILLO MANISCALCHI AVATUN/Asociación Venezolana de Armadores Atunero [email protected] RITA DEL VALLE MANISCALCHI AVATUN/Asociación Venezolana de Armadores Atunero [email protected] DOMENICO PINTO AVATUN/Asociación Venezolana de Armadores Atunero [email protected]

NO MIEMBROS COOPERANTES – COOPERATING NON-MEMBERS BOLIVIA

MIRCO VARGAS Ministerio de Defensa [email protected] OMAR YAÑEZ Ministerio de Defensa [email protected]

HUGO ALSINA The Campomarino Group [email protected] AUGUSTO HOHAGEN The Campomarino Group [email protected]

HONDURAS BERNAL CHAVARRÍA* Dirección General de Pesca y Acuicultura [email protected]

23 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

LIBERIA RAFAEL CIGARRUISTA* Liberia International Shipping & Corporate Registry [email protected]

CHILE KARIN MUNDNICH* Subsecretaría de Pesca y Acuicultura [email protected] JORGE VALENZUELA Embaja de Chile [email protected]

CRISTIAN LABORDA Asesor [email protected]

ORGANIZACIONES INTERNACIONALES – INTERNACIONAL ORGANIZATIONS VERÓNICA CÁCERES IAC [email protected] BERNAL CHAVARRÍA OSPESCA [email protected]

MARCO FAVERO ACAP [email protected] FELETI TEO WCPFC [email protected]

ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES – NON-GOVERNMENTAL ORGANIZATIONS

MAXIMILIANO BELLO The Pew Charitable Trusts [email protected] JAMES GIBBON The Pew Charitable Trusts [email protected] ALEJANDRA GOYENECHEA Defenders of Wildlife [email protected] PABLO GUERRERO World Wildlife Fund [email protected]

VISHWANIE MAHARAJ World Wildlife Fund [email protected] GALA MORENO International Seafood Sustainability Foundation [email protected] RYAN ORGERA The Pew Charitable Trusts [email protected] REBECCA REGNERY Humane Society International [email protected]

OTROS OBSERVADORES - OTHER OBSERVERS

JOSÉ BELOSO Satlink S.L [email protected] AMAYA BERNARDEZ Beta Diversidad [email protected] RAMÓN CASTELLANOS Beta Diversidad [email protected] MAX DUFOUR Le Drezen [email protected] THOMAS GUILLESSER Le Drezen [email protected]

ROMAIN LE HEN Le Drezen [email protected] ALBINO MORÁN Albino Moran y Partners Shipbrokers [email protected] DAVID ORDOÑEZ Zamakona Yards [email protected] DIANA PIÑA Beta Diversidad [email protected] NORA TORRES Beta Diversidad [email protected]

25 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Anexo 2a

LASCOMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL

92ª REUNIÓN Ciudad de México, México

24-28 de julio de 2017

RESOLUCIÓN C-17-02

MEDIDAS DE CONSERVACIÓN PARA LOS ATUNES TROPICALES EN EL OCÉANO PACÍFICO ORIENTAL DURANTE 2018-2020 Y

ENMIENDA DE LA RESOLUCIÓN C-17-01 La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), reunida en la Ciudad de México, México, en oca-sión de su 92ª Reunión: Consciente de su responsabilidad con respecto al estudio científico de los atunes y especies afines en su Área de Convención y de formular recomendaciones a sus Miembros y no Miembros Cooperantes (CPC) con respecto a esos recursos; Reconociendo que la producción potencial del recurso puede ser reducida si el esfuerzo de pesca es exce-sivo; Preocupada que la capacidad de las flotas de cerco que pescan atunes en el Área de la Convención sigue en aumento; Tomando en cuenta la mejor información científica disponible, reflejada en las recomendaciones del per-sonal de la CIAT, y el enfoque precautorio; y Recordando la necesidad de tomar en cuenta las circunstancias y las necesidades especiales de los países en desarrollo de la región, particularmente los países ribereños, tal como se reconoce en la Convención de Antigua, particularmente en su Preámbulo y su Artículo XXIII, párrafo 1;

Acuerda: Aplicar en el Área de la Convención las medidas de conservación y ordenación para los atunes tropicales establecidas a continuación, y solicitar que el personal de la CIAT mantenga un seguimiento a las activida-des de pesca de los buques del pabellón del CPC respectivo con respecto a este compromiso, y que asimismo informe de estas actividades en cada reunión anual de la Comisión. 1. Las presentes medidas son aplicables durante 2018-2020 a los buques de cerco de todos los CPC de

clase de capacidad de la CIAT 4 a 6 (más de 182 toneladas métricas de capacidad de acarreo), y a todos sus buques de palangre de más de 24 metros de eslora total, que pesquen atunes aleta amarilla, patudo y barrilete en el Área de la Convención.

2. Los buques cañeros, curricaneros, y de pesca deportiva, y los buques de cerco de clases de capacidad de la CIAT 1 a 3 (182 toneladas métricas o menos de capacidad de acarreo) y los buques de palangre de menos de 24 metros de eslora total, no quedan sujetos a las presentes medidas, salvo aquellas rela-cionadas con la ordenación de los plantados.

MEDIDAS PARA LAS FLOTAS DE CERCO 3. Todos los buques de cerco abarcados por las presentes medidas deben cesar de pescar en el Área de la

Convención durante un período de 72 días en cada uno de los años abarcados por la presente resolu-ción. Estas vedas serán aplicadas en uno de dos períodos de la forma siguiente: de las 00:00 horas del 29 de julio hasta las 24:00 horas del 8 de octubre, o de las 00:00 horas del 9 de noviembre hasta las

26 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

24:00 horas del 19 de enero del siguiente año.

4. La pesca de los atunes aleta amarilla, patudo y barrilete por buques cerqueros dentro del area de 96º y 110ºO y entre 4ºN y 3ºS, conocida como el “corralito”, que se ilustra en la Figura 1, será vedada desde las 00:00 horas del 9 de octubre hasta las 24:00 horas del 8 de noviembre de cada año.

5. a. Para cada uno de los períodos de veda, cada CPC comunicará al Director, antes del 15 de julio de

cada año, los nombres de todos los buques de cerco que acatarán cada período de veda.

b. Cada buque que pesque, independientemente del pabellón bajo el cual opere o de si cambie de pabellón o jurisdicción del CPC bajo el cual pesque durante el año, debe acatar el período de veda al cual fue comprometido.

6. a. No obstante las disposiciones de los literales 5a y 5b, una solicitud por un CPC, en nombre de cualquiera de sus buques, de exención debido a fuerza mayor1 que deje a dicho buque incapaz de salir al mar fuera de dicho período de veda durante al menos un período de 75 días contínuos, será remitida a la Secretaría, a más tardar un mes después de que haya sucedido..

b. Además de la solicitud de exención, el CPC enviará las pruebas necesarias para demostrar que el buque no salió al mar y que los hechos en los cuales se basa la solicitud de exención se debían a fuerza mayor.

c. El Director enviará inmediatamente la solicitud y las pruebas a los otros CPC electrónicamente para su consideración, debidamente codificadas para mantener el anonimato del nombre, pabellón y armador del buque.

d. La solicitud será considerada aceptada, a menos que un Miembro de la CIAT la objete formalmente en un plazo de 15 días calendarios del recibo de dicha solicitud, en cual caso la Secretaría notificará inmediatamente a todos los CPC de la objeción.

e. En el caso de ser aceptada la exención: i. el buque observará un período de veda reducido de 40 días consecutivos en el mismo año du-

rante el que ocurrió el evento de fuerza mayor, en uno de los dos periodos prescritos en el párrafo 3, por notificar de inmediato al Director por el CPC, o

ii. en el caso que dicho buque ya haya observado un periodo de veda prescrito en el párrafo 3 durante el mismo año en que ocurrió el evento de fuerza mayor, observará un período de veda reducido de 40 días consecutivos el año siguiente, en uno de los dos periodos prescritos en el

1 Para el propósito del párrafo 6, solamente casos de buques incapacitados en el curso de operaciones de pesca por

fallos en la maquinaria y/o estructura, incendio o explosión, serán considerados fuerza mayor.

27 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

párrafo 3, que será notificado al Director por el CPC a más tardar el 15 de julio. iii. los buques beneficiados por la exención deberán llevar observador a bordo autorizado de con-

formidad con el APICD Esta exención se aplica a los buques de flotas que observan cualquiera de los dos períodos de veda prescritos en el párrafo 3.

7. Cada CPC deberá, para las pesquerías de cerco: a. antes de la fecha de entrada en vigor de la veda, tomar las medidas jurídicas y administra-

tivas necesarias para instrumentarla; b. informar de la veda a todos los interesados de su industria atunera; c. informar al Director de que se han tomado estos pasos; d. asegurar que, en el momento de iniciar un período de veda, y durante toda la duración del

mismo, todos los buques atuneros de cerco que pesquen atunes aleta amarilla, patudo, y/o barrilete comprometidos a acatar ese período de veda y que enarbolen su pabellón, o que operen bajo su jurisdicción, en el Área de la Convención, estén en puerto, excepto los bu-ques que lleven un observador en autorizado de conformidad con el APICD podrán perma-necer en el mar, siempre que no pesquen en el Área de la Convención. La única otra ex-cepción a esta disposición será que los buques que lleven un observador autorizado de conformidad con el APICD podrán salir de puerto durante la veda, siempre que no pesquen en el Área de la Convención.

MEDIDAS PARA LA PESCA SOBRE DISPOSITIVOS AGREGADORES DE PECES 8. Los CPC asegurarán que los buques de cerco que enarbolen su pabellón no tengan más que las canti-

dades siguientes de dispositivos agregadores de peces (plantados), definidos en la Resolución C-16-01, activos en cualquier momento:

Clase 6 (1,200 m3 y mayores): 450 plantados Clase 6 (< 1,200 m3): 300 plantados Clases 4-5: 120 plantados Clases 1-3: 70 plantados

9. Un plantado será activado exclusivamente a bordo de un buque cerquero.

10. Para los propósitos de la presente resolución, se considerará activo un plantado que:

a. haya sido lanzado al mar; y b. comience a transmitir su posición y esté siendo rastreado por el buque, su propietario, o arma-

dor. 11. A fin de apoyar el seguimiento del cumplimiento de la limitación establecida en el párrafo 8, y el

trabajo del personal científico de la CIAT en el análisis del impacto de las pesquerías sobre plantados, sin dejar de proteger la confidencialidad de los datos comerciales, los CPC reportarán, o requerirán de sus buques que reporten, información diaria sobre la totalidad de los plantados activos a la Secretaría, de conformidad con la orientación desarrollada bajo el párrafo 12, con informes a intervalos mensuales presentados con un lapso de al menos 60 días, pero de no más de 90 días.

12. El personal científico de la CIAT y el Grupo de trabajo ad hoc permanente sobre plantados desarrolla-rán, a más tardar el 30 de noviembre de 2017, orientación sobre la notificación de datos de plantados de conformidad con los párrafos 10 y 11 de la presente resolución, incluyendo el formato y los datos específicos por reportar.

28 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

13. Cada CPC asegurará que:

a. sus buques de cerco no siembren plantados durante un plazo de 15 días antes del comienzo del periodo de veda seleccionado;

b. todos sus buques de cerco de clase 6 recuperen en un plazo de 15 días antes del comienzo del periodo de veda un número de plantados igual al número de plantados sobre los que realizaron lances durante ese mismo periodo.

14. El Comité Científico Asesor y el Grupo de trabajo ad hoc permanente sobre plantados revisarán los avances y resultados de la implementación de las disposiciones sobre plantados contenidas en la pre-sente resolución, y harán recomendaciones a la Comisión, según proceda.

15. A fin de reducir el enmallamiento de tiburones, tortugas marinas, o cualquier otra especie, a partir del 1 de enero de 2019, los CPC asegurarán que el diseño y siembra de plantados se base en los principios establecidos en los párrafos 1 y 2 del anexo II de la Resolución C-16-01.

MEDIDAS PARA LA PESCA CON PALANGRE 16. China, Japón, Corea, Estados Unidos, y Taipéi Chino se comprometen a asegurar que las capturas

anuales totales de atún patudo por sus buques de palangre en el Área de la Convención durante 2018, 2019, y 2020 no superen 55,131 toneladas métricas, distribuidas en los niveles siguientes:

Toneladas métricas 2018-2020 China 2,507 Japón 32,372 Corea 11,947 Taipei Chino 7,555 Estados Unidos 750

17. Todos los demás CPC se comprometen a asegurar que la captura anual total de atún patudo por sus buques de palangre en el Área de la Convención durante lo años comprendidos por esta resolucion no supere 500 toneladas métricas o sus capturas respectivas de 20012,3, la que sea mayor. Los CPC cuyas capturas anuales superen 500 toneladas métricas proveerán informes mensuales de captura al Director.

18. Un CPC mencionado en el párrafo 16 podrá realizar una sola transferencia de una porción de su límite de captura de atún patudo cada año a otros CPC que también cuenten con un límite de captura de atún patudo especificado en el párrafo 16, siempre que el total transferido por cualquier CPC en un año dado no supere el 30% de su límite de captura. Estas transferencias no podrán ser realizadas para cubrir retroactivamente un exceso de límite de captura de otro CPC. Ambos CPC involucrados en la transfe-rencia deberán, por separado o conjuntamente, notificar al Director 10 días antes de la transferencia prevista. Dicha notificación especificará el tonelaje por transferir y el año en el cual tendrá lugar la transferencia. El Director notificará oportunamente de la Comisión de la transferencia.

19. El CPC que reciba la transferencia será responsable de la gestión del límite de captura transferido, incluyendo el seguimiento y notificación mensual de capturas. Un CPC que reciba una transferencia única de límite de captura de atún patudo en un año dado no deberá transferir dicho límite de captura de nuevo a otro CPC. La cantidad de patudo transferido en cualquier año será considerado sin perjuicio

2 La Comisión reconoce que Francia, en su calidad de Estado costero, está desarrollando una flota atunera palan-

grera de parte de sus territorios de ultramar situados en el Área de la Convención. 3 La Comisión reconoce que Perú, en su calidad de Estado costero, desarrollará una flota atunera palangrera, que

operará en estricto cumplimiento de las normas y disposiciones de la CIAT y de conformidad con las resoluciones de la CIAT.

29 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

por la Comisión para los fines de establecer límites o asignaciones futuros.

OTRAS DISPOSICIONES 20. Se prohíben las descargas y transbordos de atún o productos derivados que hayan sido identificados

positivamente como provenientes de actividades de pesca que contravengan las presentes medidas. Se solicita al Director proporcionar información pertinente a los CPC para apoyarles en este respecto.

21. Cada CPC remitirá al Director, antes del 15 de julio de cada año, un informe nacional sobre su esquema nacional actualizado de cumplimiento y de las acciones tomadas para instrumentar las presentes me-didas, incluyendo cualquier control que haya impuesto sobre sus flotas y cualquier medida de segui-miento, control, y cumplimiento que haya establecido para asegurar el cumplimiento de dichos con-troles.

22. A fin de evaluar los avances hacia los objetivos de las presentes medidas, en cada año el personal científico de la CIAT analizará los efectos sobre las poblaciones de la aplicación de las presentes me-didas y de las medidas de conservación y ordenación previas, y propondrá, en caso necesario, medidas apropiadas para aplicar en años posteriores.

23. Sujeto a la disponibilidad de los recursos financieros necesarios, se solicita al Director proseguir los experimentos de rejas excluidoras de atunes juveniles y de otras especies de peces no objetivo en las redes de cerco de los buques que pesquen sobre plantados y sobre atunes no asociados, mediante la elaboración de un protocolo experimental, que incluirá parámetros para los materiales por usar para las rejas excluidoras, y los métodos para su construcción, instalación, y uso. El Director especificará también los métodos y el formato para la recolección de los datos científicos que se usarán para el análisis del funcionamiento de dichas rejas. Lo anterior sin perjuicio de que cada CPC pueda llevar a cabo sus propios programas experimentales de rejas excluidoras, y presentar sus resultados al Director.

24. Renovar el programa para requerir que todo buque cerquero retenga a bordo y descargue todo atún patudo, barrilete, y aleta amarilla capturado, excepto pescado considerado no apto para consumo hu-mano por razones aparte de tamaño. La única excepción será el lance final de un viaje de pesca, cuando no haya suficiente espacio disponible en bodega para cargar todo el atún capturado en dicho lance.

25. La CIAT continuará los esfuerzos por promover la compatibilidad entre las medidas de conservación y ordenación adoptadas por la CIAT y la WCPFC en cuanto a sus metas y efectividad, especialmente en el área de traslapo, incluyendo mediante consultas frecuentes con la WCPFC, a fin de mantener conocimientos exhaustivos de las medidas de conservación y ordenación dirigidas a los atunes aleta amarilla, patudo, y otros, y de los fundamentos científicos y efectividad de dichas medidas, e informar a sus miembros respectivos de las mismas.

26. En 2018, 2019, y 2020 se evaluarán los resultados de las presentes medidas en el contexto de los resultados de la evaluación de poblaciones, así como de los cambios en el nivel de la capacidad activa en la flota cerquera y, dependiendo de las conclusiones a que llegue el personal científico de la CIAT en consulta con el Comité Científico Asesor, y con base en esa evaluación, la Comisión deberá tomar acciones adicionales incluyendo una extensión sustancial de los días de veda para los buques cerqueros o medidas equivalentes, tales como límites de captura.

27. Excepto en los casos de fuerza mayor prescritos en el párrafo 6, no se permitirá exención alguna en cuanto a los períodos de veda comunicados al Director conforme al párrafo 5a, ni en cuanto al esfuerzo pesquero de la flota cerquera de los respectivos CPC.

ENMIENDA DE LA RESOLUCIÓN C-17-01 Y ENTRADA EN VIGOR 28. Se enmienda la Resolución C-17-01 como sigue:

30 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

a. Se reemplaza el párrafo 3 con el párrafo siguiente: “3. a. Todos los buques de cerco abarcados por las presentes medidas deberán cesar de pescar en

el Área de la Convención durante un periodo de 72 días. Dichas vedas serán efectuadas en uno de dos periodos, como sigue: desde las 00:00 horas del 29 de julio hasta las 24:00 horas del 8 de octubre de 2017, o desde las 00:00 horas del 9 de noviembre del año 2017 hasta las 24:00 horas del 19 de enero de 2018.

b. No obstante el numeral 3a, un buque de cerco que cuente con un Límite de Mortalidad de Del-fines vigente, podrá pescar durante diez días del periodo de veda respectivo que el buque seleccionó, como sigue: desde las 00:00 horas del 29 de septiembre de 2017 hasta el 8 de octubre de 2017, o desde las 00:00 horas del 9 de noviembre de 2017 hasta las 24:00 horas del 18 de noviembre de 2017, pero no podrá realizar ningún lance sobre objetos flotantes durante ese periodo.”

b. Se elimina el párrafo 5. c. Se reemplaza al párrafo 6 con el párrafo siguiente:

“6. La pesca de los atunes aleta amarilla, patudo y barrilete por buques de cerco dentro del área de 96º y 110ºO y entre 4ºN y 3ºS, conocida como el “corralito”, que se ilustra en la Figura 1, será vedada desde las 00:00 horas del 9 de octubre hasta las 24:00 horas del 8 de noviembre.”

29. La presente resolución no modifica ni altera en forma alguna la decisión adoptada en la Resolución C-17-01, relativa a la activación de la capacidad reconocida a Guatemala y Venezuela en la 88a Reunión de la CIAT, que permanece autorizada.

30. De conformidad con el Artículo IX.7 de la Convención de Antigua, el párrafo 28 de la presente reso-lución será obligatorio para todos los CPC inmediatamente después de la adopción de la presente re-solución.

31 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Anexo 2b

COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL

92ª REUNIÓN Ciudad de México, México

24-28 de julio de 2017

RESOLUCIÓN C-17-03 FINANCIAMIENTO PARA EL AÑO FISCAL 2018

La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), reunida en la Ciudad de México, México, en la ocasión de su 92ª Reunión:

Comprendiendo la importancia de asegurar el financiamiento adecuado y oportuno de la CIAT para que pueda continuar realizando de forma efectiva el programa de conservación y ordenación acordado para los recursos marinos vivos del Área de la Convención de la CIAT, y realizar la toma de datos e investigaciones asociadas;

Notando que la falta de pago de las contribuciones acordadas puede perjudicar la capacidad de la Comisión de continuar sus operaciones;

Consciente de que la distribución entre los Miembros de los costos de mantener la Comisión debería ser transparente, justa y equitativa, estable, y previsible, pero también debería permitir una redistribución de los costos cuando se adhieran nuevos Miembros;

Tomando en consideración la Resolución C-15-05, mediante la cual la Comisión, en su 89ª Reunión, acordó una fórmula para el cálculo de las contribuciones de los Miembros al presupuesto de la Comisión para los años 2013-2017 y posteriormente;

Tomando en consideración las disposiciones pertinentes de la Convención de Antigua;

Notando que varios no Miembros reciben beneficios de la pesca o utilización de peces abarcados por la Convención, pero no contribuyen al presupuesto de la Comisión;

Tomando nota de las propuestas del personal de la Comisión relativas al presupuesto presentadas en el Documento CAF-05-04; y

Reconociendo la necesidad de buscar economías en la operación de la Comisión, con miras a reducir los costos;

Acuerda:

1. Adoptar un presupuesto de US$ 7,977,003 para el año fiscal (AF) 2018.

2. Que los Miembros contribuirán al presupuesto de la CIAT para el AF 2018 de conformidad con la tabla siguiente:

AF 2018 (US$)

Belice 44,187 Canadá 149,137 China 200,561 Colombia 351,584 Corea 237,127

32 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

AF 2018 (US$)

Costa Rica 101,046 Ecuador 1,640,775 El Salvador 76,746 Estados Unidos 1,746,553 Francia 128,801 Guatemala 50,202 Japón 389,667 Kiribati 42,407 México 1,005,698 Nicaragua 71,491 Panamá 606,497 Perú 84,561 Taipéi Chino 214,766 Unión Europea 394,377 Vanuatu 55,261 Venezuela 385,560 Total 7,977,003

33 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Anexo 2c

COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL

92ª REUNIÓN Ciudad de México, México

24-28 de julio de 2017

RESOLUCIÓN C-17-04

RESOLUCIÓN PARA ENMENDAR EL PÁRRAFO 4 DE LA RESOLUCIÓN C-12-03, REGLAS DE PROCEDIMIENTO DE LA

CIAT, RELATIVA A LA FECHA DE CELEBRACIÓN DE LA REUNION ANUAL ORDINARIA DE LA COMISIÓN

La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), reunida en la Ciudad de México, México, en ocasión de su 92ª Reunión:

Acuerda:

Enmendar el Párrafo 4 de la Resolución C-12-03 “Reglas de Procedimiento de la CIAT”, para que en lo sucesivo se lea:

“…

De conformidad con el Artículo VIII.1 de la Convención, la Comisión se reunirá al menos una vez cada año civil, preferentemente no menos de 3 meses después de la conclusión de la reunión del Comité Científico Asesor correspondiente al mismo año. La fecha exacta y lugar de la reunión serán decididos por la Comisión.

34 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Anexo 2d

COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL

92ª REUNIÓN Ciudad de México, México

24-28 de julio de 2017

RESOLUCION C-17-05

CREACIÓN DE UN GRUPO DE TRABAJO AD HOC PARA REVISAR LA COHERENCIA JURÍDICA Y OPERATIVA DE LAS

RESOLUCIONES DE LA CIAT

La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), reunida en la Ciudad de México, México, en ocasión de su 92ª Reunión:

Consciente de su responsabilidad con respecto a asegurar la conservación y el uso sostenible a largo plazo de las especies abarcadas por la Convención, de conformidad con las normas pertinentes del Derecho Internacional, integradas y materializadas mediante la implementación de las resoluciones adoptadas por la Comisión

Reconociendo que las resoluciones de la Comisión deben ser cumplidas efectiva y eficientemente por los Miembros, lo que depende fundamentalmente de asegurar que su estructura y contenido sea coherente con el marco jurídico y las necesidades técnicas y operativas hacia las cuales se dirigen;

Tomando en cuenta que el examen de desempeño efectuado por el Grupo Moss Adams en el año 2016 reconoció́ la importante labor del Comité́ para la Revisión de la Aplicación de Medidas Adoptadas por la Comisión (Comité de Revisión), no obstante, no ha existido a la fecha un estudio integral de las resoluciones vigentes enfocado a su integración y coherencia jurídica y operativa y su adecuación al marco normativo y objetivos científicos y de cumplimiento de la CIAT; y

Reconociendo la importancia de desarrollar esfuerzos que faciliten el cumplimiento de las resoluciones y de proveer asesoramiento sobre estrategias para asegurar la permanente coherencia jurídica y operativa de las resoluciones que se adopten;

Acuerda:

1. Crear el Grupo Virtual Ad Hoc de Trabajo para revisar la coherencia jurídica y operativa de las resoluciones vigentes de la CIAT.

2. El Grupo de Trabajo descrito en el párrafo primero tendrá́ las siguientes funciones:

a. En consulta y coordinación con la Secretaría, analizará el contenido actual de todas las resoluciones vigentes en la Comisión;

b. Analizará la coherencia conceptual utilizada en el lenguaje de las resoluciones vigentes, así como su coherencia estructural y operativa, para determinar si es necesario recomendar enmienda acla-ratoria o reforma en alguna o algunas resoluciones para asegurar su coherencia. A ese efecto la Secretaria preparará antes del 15 de marzo de 2018 para la consideración del Grupo de Trabajo en sus discusiones un informe sobre la coherencia de las resoluciones vigentes;

35 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

c. Analizará las recomendaciones vertidas por el Comité́ de Revisión y las observaciones que los Miembros o la Secretaría emitan relativas a las necesidades u oportunidades de mejora o clarifica-ción de las resoluciones y propondrá la manera de implementar efectivamente esas recomendacio-nes y observaciones;

d. Emitirá́ un informe final a la Comisión con recomendaciones para consideración en la reunión anual ordinaria del año 2019.

3. Los Miembros designarán su(s) representante(s) al Grupo de Trabajo, procurando que en el Grupo participen representantes con capacidades o experiencias técnicas y especializadas convenientes al objetivo del Grupo. Las discusiones del Grupo de Trabajo se desarrollarán de manera virtual.

4. El Grupo de Trabajo será́ presidido por la persona que decida la Comisión.

5. El Presidente del Grupo de Trabajo, con el apoyo de la Secretaría y considerando los aportes que provean los Miembros, establecerá el formato, periodicidad y contenido de reuniones virtuales que demande la ejecución de sus funciones, las cuales se desarrollarán durante los períodos intersesiones en 2017-2018 y 2018-2019.

6. La Comisión revisará, en su reunión del año 2019, la necesidad o no de prolongar y/o ampliar el mandato de este Grupo.

36 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Anexo 3a

COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL

92ª REUNIÓN Ciudad de México, México

24-28 de julio de 2017

PROPUESTA IATTC-92 C-1

PRESENTADA POR LA UNIÓN EUROPEA

RESOLUCIÓN DE LA CIAT PARA LA CREACIÓN DE UN GRUPO DE TRABAJO SOBRE LA ASIGNACIÓN DE OPORTUNIDADES DE

PESCA DE ESPECIES DE ATUNES TROPICALES MEMORÁNDUM EXPLICATIVO

Objetivo: la presente resolución tiene como propósito establecer un marco para desarrollar la ordenación sostenible a largo plazo de las poblaciones de atunes tropicales en el Océano Pacífico oriental (OPO) basada en un sistema de Captura Total Permisible. A pesar de la adopción de la Resolución C-02-03, la capacidad cerquera activa de la CIAT ha seguido aumentando hasta alcanzar más de 300,000 m³ de volumen de bodega, lo cual representa casi el doble del tamaño óptimo estimado de la flota. Frente a este incremento continuo de la capacidad en el OPO, el sistema actual de ordenación, basado en vedas temporales y espaciales, ha mostrado sus límites. Procede por lo tanto explorar medidas alternativas de ordenación, que puedan asegurar una mejor predictabilidad para los Miembros y la ordenación sostenible a largo plazo de las poblaciones de atunes. La UE propone por lo tanto establecer un Grupo de trabajo sobre la asignación de oportunidades de pesca de especies de atunes tropicales (el Grupo de trabajo), encargado de discutir y recomendar criterios de asignación para la distribución de una Captura Total Permisible (CTP) para las especies de atunes pertinentes. El Grupo de trabajo tendrá que tomar en consideración el resultado de las evaluaciones más recientes de las poblaciones de aquellas especies y el asesoramiento del Comité Científico Asesor. Las recomendaciones del Grupo de trabajo servirán para guiar la Comisión en el desarrollo de un sistema de CTP para la CIAT. La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT): De conformidad con las disposiciones del Artículo VII, párrafo 1 (u), de la Convención de Antigua; Acuerda: 1. Se establece un Grupo de trabajo sobre la asignación de oportunidades de pesca de especies de atunes

tropicales en el Océano Pacífico oriental (el Grupo de trabajo).

2. El Grupo de trabajo el cual estará integrado por aquellos representantes designados para tal efecto por cada Miembro de la Comisión, quienes podrán ser acompañados por los expertos y asesores que ese Miembro juzgue conveniente.. Los nombres de dichos representantes serán comunicados antes del 1 de octubre de 2017al Director, quien informará a los CPC y al Presidente del Grupo de trabajo.

3. Las reuniones del Grupo de trabajo estarán abiertas a la participación de observadores. El Grupo de trabajo invitará a expertos a asistir a reuniones según lo considere apropiado.

4. La Comisión nombrará un Presidente independiente para dirigir las reuniones y coordinar el Grupo de

37 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

trabajo. El Presidente será responsable, entre otros, de preparar la agenda de las reuniones del Grupo de trabajo, en consulta con el Director.

5. El Grupo de trabajo se reunirá una vez al año, preferiblemente en ocasión de la reunión ordinaria de la Comisión. Podrá convocar reuniones adicionales a solicitud de al menos dos (2) Miembros de la Comisión, siempre que la mayoría de los Miembros apoye la solicitud.

6. Además de reuniones presenciales, el Grupo de trabajo realizará su trabajo electrónicamente durante todo el año.

7. Las funciones del Grupo de trabajo serán las siguientes:

a. proveer a la Comisión información, asesoramiento técnico y recomendaciones relativas al establecimiento e implementación de criterios para la asignación de cuotas de una Captura Total Permisible (CTP) de las poblaciones de atunes tropicales en el OPO;

b. llamar la atención de la Comisión, según proceda, sobre cualquier asunto relativo a la asignación de cuotas de especies de atunes tropicales en el OPO;

c. desempeñar cualquier otra función que pueda asignarle la Comisión.

8. En apoyo del trabajo del Grupo de trabajo, el personal de la Comisión deberá:

a. compilar la información necesaria para la labor del Grupo de trabajo;

b. facilitar los análisis que el Grupo de trabajo estime necesarios para llevar a cabo sus funciones;

c. elaborar los informes del Grupo de trabajo;

d. distribuir a los miembros del Grupo de trabajo toda información pertinente.

9. El Grupo de trabajo reportará periódicamente a la Comisión y procurará presentar un informe inicial de sus conclusiones a la reunión de la Comisión en 2019.

38 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Anexo 3b

COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL

92ª REUNIÓN Ciudad de México, México

24-28 de julio de 2017

PROPUESTA IATTC-92 D-1

PRESENTADA POR ESTADOS UNIDOS

ESTRATEGIA DE RESTABLECIMIENTO PARA EL ATÚN ALETA AZUL DEL PACÍFICO

La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), reunida en la Ciudad de México, México, en ocasión de su 92a reunión: Tomando en cuenta que se celebrará la segunda reunión del Grupo de trabajo conjunto CIAT-Comisión de Pesca del Pacífico Central y Occidental (WCPFC) Comité del Norte (CN) en agosto de 2017 y discutirá la consideración el desarrollo de una estrategia de restablecimiento (segundo objetivo de restablecimiento y calendario, etc.) y un marco de ordenación precautoria a largo plazo (objetivos de ordenación, puntos de referencia límite y objetivo, reglas de control de extracción, etc.); Reconociendo la resolución C-16-08, en la que la Comisión acordó un marco de ordenación a largo plazo, que incluye un objetivo de restablecimiento inicial (primero) de SSBmed,1952-2014 (la estimación del punto mediano de 1952-2014), que se debe lograr antes de 2024 con una probabilidad de al menos 60%; Reconociendo además que la resolución C-16-08 dispone que la Comisión adoptará, para 2018, puntos de referencia, reglas de control de extracción, y un segundo objetivo de restablecimiento por lograr para 2030; Teniendo presente que el Artículo VII, párrafo 1(c) de la Convención de Antigua dispone que la Comisión debe « … mantener o restablecer las poblaciones de las especies capturadas a niveles de abundancia que puedan producir el máximo rendimiento sostenible (RMS)... » y que se ha recomendado el 20% de la biomasa de la población reproductora (SSB) sin pesca como sustituto razonable para BRMS para poblaciones con resistencia al menos promedio;4 Reconociendo que en la 13a reunión anual de la WCPFC en diciembre de 2016, la WCPFC solicitó que el CN considerara el restablecimiento del atún aleta azul del Pacífico al 20% de la SSB sin pesca con una probabilidad de 60% para 2034 a más tardar; Considerando la recomendación formulada por el Comité Científico Asesor (CCA) en su octava reunión en mayo de 2017: « Para avanzar en su trabajo sobre la recuperación del atún aleta azul del Pacífico, el Comité apoya la coordinación continua entre la CIAT y la WCPFC para desarrollar un plan de recuperación que incluya cómo se calculará el segundo objetivo de recuperación, cualquier supuesto acerca del reclutamiento que sea necesario hacer, y la probabilidad requerida de alcanzar dicho objetivo. » Resuelve lo siguiente: Escenario de reclutamiento usado en las proyecciones de SSB 1. Al evaluar el restablecimiento de la población hasta 2024 inclusive y al adoptar cualquier acción de

4 Por ejemplo: Mace P.M. 1994. Relationships between common biological reference points

used as thresholds and targets of fisheries management strategies. Can. J. Fish. Aquat. Sci. 51:110-122.

39 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

ordenación necesaria, el CN y la CIAT deberían ser debidamente precautorios con respecto al reclutamiento futuro, por ejemplo, enfocando el escenario de « reclutamiento bajo » al revisar las proyecciones de SSB hasta 2024 del Comité Científico Internacional para los Atunes y Especies Afines en el Océano Pacífico Norte (ISC). El escenario de reclutamiento bajo podría incluir un remuestreo del periodo de reclutamiento relativamente bajo (1980-1989) o, si es más bajo, un remuestreo de los 10 años de reclutamiento más recientes.

Escenarios de extracción para alcanzar el objetivo inicial de restablecimiento 2. Como consta en las proyecciones completadas por el ISC en abril de 2017, reducir la captura de peces

pequeños resulta en impactos positivos sobre las trayectorias de la SSB, aún con aumentos la captura de peces grandes en el Océano Pacífico central y occidental (OPOC). Por lo tanto, se deberían adoptar escenarios de extracción que incluyan una reducción de la captura de peces pequeños en el OPOC para alcanzar el objetivo inicial de restablecimiento antes de 2024.

Segundo objetivo de restablecimiento 3. Al continuar los compromisos de tanto la CIAT como la WCPFC de continuar el desarrollo e

implementación de un plan de restablecimiento para el atún aleta azul del Pacífico, el segundo objetivo de restablecimiento será 20%SSBactual, F=0

5 antes de 2030 con una probabilidad de al menos 60%.

4. La Comisión revisará o adoptará medidas para lograr el segundo objetivo de restablecimiento. Los avances hacia el segundo objetivo de restablecimiento serán revisados con base en los resultados de las evaluaciones de poblaciones y proyecciones de la SSB que realizará el ISC.

Punto de referencia límite 5. El punto de referencia límite para el tamaño de la población (límite B) será 15%SSBactual,F=0.2

Evaluación de estrategia de ordenación 6. La Comisión insta al ISC a iniciar una evaluación de estrategia de ordenación (EEO) formal para el

atún aleta azul del Pacífico en 2018; reconociendo que desarrollar el modelo operativo y otros aspectos de la EEO llevarán tiempo, se alienta a continuar el diálogo entre la CIAT, el CN, y el ISC.

5 Consistente con el método usado por la WCPFC con respecto a sus puntos de referencia límite, el periodo de

tiempo a usar para SSBactual, F=0 tendrá una duración de 10 años si se basará en los años t1=yúltimo -10 a t2=yúltimo -1, donde yúltimo es el último año usado en la evaluación; y el método usado para calcular los niveles de biomasa sin pesca se basará en estimaciones a escala del reclutamiento de acuerdo a la relación población-reclutamiento.

40 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Anexo 3c

COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL

92ª REUNIÓN Ciudad de México, México

24-28 de julio de 2017

PROPUESTA IATTC-92 E-1

PRESENTADA POR LA UNIÓN EUROPEA

RESOLUCIÓN DE LA CIAT SOBRE LA CONSERVACIÓN DE TIBURONES CAPTURADOS EN ASOCIACIÓN CON LA PESCA EN EL

ÁREA DE LA CONVENCIÓN DE LA CIAT

MEMORÁNDUM EXPLICATIVO La Convención de Antigua requiere que la CIAT adopte medidas de conservación para especies asociadas a las principales poblaciones objetivo. La Unión Europea está proponiendo una nueva resolución que tiene por objetivo la eliminación de las lagunas que impiden implementar y controlar de forma efectiva la aplicación de la prohibición del aleteo en el área de la Convención introducida mediante la Resolución C-05-03. Fundamento: Esta medida de ordenación tiene por objetivo responder a preocupaciones relativas a las amenazas a las poblaciones de tiburones que resultan de la práctica de mutilar tiburones, de hecho: − El requisito actual de la proporción aleta: peso del cuerpo carece de una base científica sólida que

respalde su aplicabilidad como método fiable y robusto para la implementacion de la prohibición de cortar aletas.

− Las pruebas científicas actuales indican claramente que el porcentaje aleta: peso de cuerpo varía mucho entre especies, los tipos de aletas usados en los cálculos, el tipo de peso de cuerpo usado (entero o procesado), y el método de procesamiento usado para separar las aletas del cuerpo (técnica de corte de aletas);

− El uso de la proporción aleta:peso del cuerpo menoscabe la recolección de información esencial sobre interacciones a escala de especies con flotas pesqueras, crucial para evaluaciones exactas de las pobla-ciones de tiburones;

− El uso de la medida de proporción no es posible controlarlo en el mar;

− La única forma de garantizar que no se mutilen tiburones es requerir que los cuerpos sean descargados con las aletas adheridas.

La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), reunida en la Ciudad de México, México, en oca-sión de su 92ª reunión: Considerando que muchos tiburones forman parte de los ecosistemas pelágicos en el área de la CIAT, y que se capturan atunes y especies afines en pesquerías dirigidas a tiburones; Reconociendo la necesidad de mejorar la recolección de datos de captura, descartes y comercio por especie como base para mejorar la conservación y ordenación de las poblaciones de tiburones, y consciente de que

41 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

la identificación de los tiburones por especie es rara vez posible una vez separadas las aletas del cuerpo; Teniendo presente que la resolución sobre pesca sostenible de la Asamblea General de las Naciones Unidas, adoptada cada año, por consenso, desde 2007 (62/177, 63/112, 64/72, 65/38, 66/68, 67/79, 68/71 y A/RES/69/109) exhorta a los Estados a que adopten medidas inmediatas y concertadas para mejorar la aplicación y el cumplimiento de las medidas de las organizaciones o los arreglos regionales de ordenación pesquera y las medidas nacionales existentes que regulan la pesca del tiburón y las capturas incidentales de tiburones, en particular las medidas que prohíben o limitan la pesca del tiburón realizada con el único fin de explotar sus aletas, y, cuando sea necesario, a que consideren la posibilidad de adoptar otras medidas, según proceda, como exigir que todos los tiburones sean descargados con las aletas adheridas al cuerpo naturalmente; Teniendo presente además que el Plan de Acción Internacional para Tiburones de la FAO insta a los Estados a fomentar el aprovechamiento integral de los tiburones muertos, facilitar la mejora de los datos sobre capturas y desembarques específicos de cada especie y el seguimiento de la pesca del tiburón y facilitar la identificación y comunicación de datos biológicos y de comercio específicos de cada especie; Consciente de que, a pesar de acuerdos regionales sobre la prohibición del aleteo de tiburones, continúa la práctica de cortar las aletas de los tiburones a bordo y descartar el resto del cuerpo del tiburón al mar; Destacando las recomendaciones recientes de los Comités Científicos de la CTOI y la WCPFC y el Comité Técnico y de Cumplimiento de la WCPFC que el uso de la proporción de peso aleta:cuerpo no es una forma verificable de asegurar la erradicación del aleteo de tiburones y que ha probado ser ineficaz en términos de implementación, aplicación, y seguimiento; Tomando nota de la adopción reciente de la Recomendación 2015:10 sobre la conservación de tiburones capturados en asociación con pesquerías administradas por la Comisión de Pesca del Atlántico Noreste (NEAFC), que establece la política de aletas adheridas como opción exclusiva para asegurar lo prohibición de aleteo de tiburones en el área de la Convención de la NEAFC; Tomando nota además de la adopción reciente de la política de aletas adheridas naturalmente por la NAFO en su reunión anual en 2016; Acuerda lo siguiente: 1. Los Miembros y no Miembros Cooperantes (CPC) deberían establecer e implementar un plan nacional

de acción para la conservación y ordenación de los tiburones, de conformidad con el Plan de Acción Internacional de la FAO para la conservación y ordenación de los tiburones.

2. Los CPC tomarán las medidas necesarias para requerir a sus pescadores que utilicen íntegramente la totalidad de sus capturas de tiburones, con la excepción de aquellas especies para las que la prohibición de retención ha sido adoptada por la CIAT. La plena utilización se define como la retención por parte del buque de todas las partes del tiburón exceptuando la cabeza, vísceras y la piel, hasta el primer punto de descarga.

3. Los CPC prohibirán el cercenamiento de aletas de tiburón a bordo de los buques. Los CPC prohibirán la descarga, la retención a bordo, transbordo, transporte y descarga de aletas de tiburón que no estén adheridas de forma natural al cuerpo del tiburón hasta el punto de la primera descarga.

4. Sin perjuicio del numeral 2, a fin de facilitar el almacenamiento a bordo, las aletas de los tiburones podrán ser cortadas parcialmente y dobladas contra el cuerpo, pero no serán separadas del cuerpo hasta el punto de la primera descarga.

5. Los CPC prohibirán la compra, oferta de venta, y venta de aletas de tiburón que hayan sido separadas a bordo, retenidas a bordo, transbordadas o descargadas en contravención de la presente resolución.

6. En las pesquerías en las que los tiburones son especies no deseadas, los CPC instarán, en la medida de lo posible, a la liberación de los tiburones vivos, especialmente los juveniles y tiburones preñados, que

42 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

hayan sido capturados de forma incidental y que no se utilicen para alimentación y/o subsistencia. Los CPC exigirán que los pescadores estén conscientes de, y usen, guías de identificación y prácticas de manejo.

7. Los CPC remitirán datos de capturas de tiburones, de conformidad con los requisitos y procedimientos de la CIAT de notificación de datos, incluyendo todos los datos históricos disponibles, estimaciones y estatus de vida de los descartes (vivos o muertos) y frecuencias de talla. Los CPC enviarán a la Secre-taría de la CIAT, antes del 1 de mayo a más tardar, un informe anual exhaustivo de la implementación de la presente resolución durante el año previo.

8. Los CPC emprenderán, cuando sea posible, en cooperación con el personal científico de la CIAT, in-vestigaciones para:

a. identificar las formas de incrementar la selectividad de las artes de pesca;

b. mejorar los conocimientos de parámetros biológicos/ecológicos clave, características del ciclo vital y comportamiento, patrones de migración de especies de tiburones clave;

c. identificar las zonas clave de apareamiento, alumbramiento, y cría de tiburones; y

d. mejorar las prácticas de manipulación de tiburones vivos para maximizar la supervivencia después de su liberación.

9. El Comité Científico Asesor revisará anualmente la información entregada por los CPC y proporcio-nará, según sea necesario, recomendaciones a la Comisión sobre las formas de fortalecer la conserva-ción y ordenación de tiburones en las pesquerías de la CIAT.

10. La Comisión considerará ayuda apropiada para los CPC en desarrollo para la identificación de espe-cies/grupos de tiburones y la recolección de datos sobre sus capturas de tiburones.

11. Se reemplaza la resolución C-05-03 por la presente medida.

43 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Anexo 3d

COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL

92ª REUNIÓN Ciudad de México, México

24-28 de julio de 2017

PROPUESTA IATTC-92 E-2

PRESENTADA POR BELIZE, EL SALVADOR, GUATEMALA, NICARAGUA, COSTA RICA Y PANAMÁ

ENMIENDA A LA RESOLUCIÓN C-05-03 SOBRE LA CONSERVACIÓN DE TIBURONES CAPTURADOS EN

ASOCIACIÓN CON LAS PESQUERÍAS EN EL OCÉANO PACÍFICO ORIENTAL

MEMORÁNDUM EXPLICATIVO

El aprovechamiento sostenible de las especies de interés pesquero es uno de los objetivos básicos de la administración de las pesquerías. La Comisión ha venido adoptando medidas de ordenación dirigidas a asegurar el manejo sostenible del recurso Tiburón en sus diferentes especies, al amparo de los postulados del Código de Conducta para la Pesca Responsable, los lineamientos del Plan de Acción Internacional para el Manejo y Conservación de los Tiburones y en el contexto de las funciones que la Convención de Antigua establece. En el año 2005, la CIAT emitió la Resolución C-05-03 destinada a asegurar el aprovechamiento integral de lo capturado y la eliminación de los descartes, mediante el establecimiento de una relación de peso entre ale-tas y cuerpo o carcasa del tiburón. Desde esa fecha se han desarrollado e implementado alternativas de manejo que han demostrado su eficiencia para garantizar la erradicación de la práctica del aleteo. Tales medidas incluyen el establecimiento de regulaciones que obligan a mantener a bordo los tiburones captu-rados desde su captura y hasta el primer punto de descarga, con sus aletas adheridas naturalmente, con cortes parciales que, sin desprender las aletas del cuerpo, permiten un correcto manejo de esa captura destinada al consumo humano, en el marco de la inocuidad, mediante el desangrado pronto y oportuno, en conjunto con el descabezado y el eviscerado del animal, normalmente conocido como “aleta adherida na-turalmente con cortes parciales”, así mismo, garantiza al 100% que no se practique el aleteo. Desde el año 2012 entro en vigencia en el Reglamento de OSPESCA OSP-05-11 bajo el marco de integra-ción Centroamericana SICA-OSPESCA. Este reglamento regula el corte parcial de las aletas y el manteni-miento de la adherencia natural. Durante la vigencia de esta herramienta de manejo se ha demostrado que el mecanismo adoptado resulta útil, viable, objetivo, transparente y demostrable de erradicación del aleteo. Mientras que la resolución vigente se ha venido ejecutando, en consideración del dinamismo al que debe exponerse el proceso de manejo y ordenación de las pesquerías, la presente propuesta aspira a que los países sometidos a las regulaciones de la CIAT reconozcan como viable y oportuna la alternativa que provee el mecanismo de aleta adherida en forma natural con cortes parciales, sin prejuzgar sobre el mérito de la implementación de las regulaciones contenidas en la resolución C-05-03, razón por la cual lo que se pre-tende con esta propuesta, es la coexistencia, para implementación alternativa de uno u otro método, a elec-ción de los Estados de Pabellón, de la estrategia de manejo vigente que permite separar las aletas de las carcasas, siempre que el peso de las aletas no supere el 5% del peso de las carcasas de tiburones a bordo,

44 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

con la práctica de aleta adherida al cuerpo de los tiburones en forma natural, con cortes parciales. Finalmente, teniendo presente la recomendación de la Revisión de Desempeño de la CIAT presentada en el año 2016, relativa a explorar la mejora de recopilación de datos sobre la mortalidad de tiburones y el manejo de las pesquerías asociadas, se considera conveniente solicitar el desarrollo de un estudio de carac-terización de la flota palangrera que facilite las acciones de manejo de las especies capturadas acorde con las condiciones de cada clase.

La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), reunida en la ciudad de Mexico DF, Mexico, en ocasión de su 92ª Reunión:

Acuerda: Enmendar la Resolucion C-05-03 “SOBRE LA CONSERVACIÓN DE TIBURONES CAPTURADOS EN ASOCIACIÓN CON LAS PESQUERÍAS EN EL OCÉANO PACÍFICO ORIENTAL”, agregando los párrafos 4 bis y 4 ter, para que en lo sucesivo se lean:

4 bis. Alternativamente los CPC podrán requerir a sus buques que los tiburones que lleven a bordo y hasta el primer punto de desembarque en tierra firme, mantengan sus aletas adheridas en forma natural a la carcasa, permitiéndose cortes longitudinales en la zona muscular adyacente a las aletas de cada tiburón, siempre que no se desprendan las aletas totalmente de la carcasa. Las autoridades competentes de los CPC desarrollarán los mecanismos de control de cumplimiento y captura de datos necesarios para garantizar el cumplimiento de esta disposición

4. ter. Los CPC informarán a la Comisión a partir del 1 de enero de 2018 el método de manejo de tiburones elegido según los párrafos 4 y 4 bis de esta resolución que exigirán a sus buques para cada arte de pesca autorizado, informando anualmente si se mantiene o ha cambiado el método de manejo elegido. Los CPCs procuraran ir cambiando al método de aleta adherida. Los formularios de provisión de datos a la Comisión especificarán el método utilizado y la información que de allí derive será considerada para mantener una evaluación adecuada de estos métodos como componente de la recomendación científica necesaria en el manejo de estas especies. La Comisión desarrollará un análisis de caracterización de la flota palangrera activa en el OPO para diferenciar adecuadamente su impacto en las pesquerías abarcadas por la Conven-ción y presentará sus resultados al Comité Científico Asesor en el año 2019.

45 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Anexo 3e

COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL

92ª REUNIÓN Ciudad de México, México

24-28 de julio de 2017

PROPUESTA IATTC-92 F-1

PRESENTADA POR ESTADOS UNIDOS

RESOLUCIÓN PARA MITIGAR EL IMPACTO DE LA PESCA ATUNERA SOBRE LAS TORTUGAS MARINAS

La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), reunida en la Ciudad de México, México, en ocasión de su 92a reunión: Considerando los efectos adversos de la pesca de atunes y especies afines sobre las poblaciones de tortugas marinas en el Océano Pacífico oriental (OPO) a través de captura y mortalidad; Profundamente preocupada que la población de la tortuga láud (Dermochelys coriacea) del Pacífico oriental ha disminuido más de un 90% durante las tres últimas décadas y se encuentra en peligro crítico;

Guiada por trabajos en la historia reciente que han conducido a avances en las mejores prácticas y tecnologías para evitar interacciones y/o reducir la severidad de interacciones con tortugas marinas, incluyendo:

• Las Directrices para reducir la mortalidad de tortugas marinas debida a las operaciones de pesca (2005) de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), y su implementación recomendada por los organismos regionales de pesca y organizaciones de ordenación;

• Los talleres de Océanos Comunes de la FAO (2016) sobre el Analisis conjunto de la efectividad de la mitigación de tortugas marinas, que identificaron la necesidad de tratar la captura incidental de tortugas marinas en las pesquerías de palangre;

• Los estudios científicos que indican que el uso de anzuelos circulares grandes reduce tanto la tasa de interacción como la severidad de las heridas y también puede llevar a una disminución en la mortalidad de las tortugas marinas capturadas incidentalmente después de su liberación;

• Las investigaciones internacionales duarnte la última década sobre anzuelos circulares y cebo de pescado de aleta entero que demuestran una disminución estadísticamente significativa de la captura incidental de tortugas marinas cuando se usan dichos anzuelos en la pesca palangrera pelágica somera y profunda; y

• La Medida de conservación 3.6 de la International Seafood Sustainability Foundation (ISSF), Transacciones con buques que implementan las mejores prácticas para tiburones y tortugas marinas, que exhorta a los procesadores, comerciantes, importadores y vendedores y otros en la industria de productos pesqueros realizar transacciones sólo con buques palangreros cuyos armadores exijan el uso de anzuelos circulares y líneas de monofilamento, la implementación de mejores prácticas de manipulación, y evitar el uso de líneas tiburoneras;

46 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Reconociendo que casi cada Miembro y no Miembros cooperante (CPC) ha emprendido pruebas de anzuelos circulares en sus pesquerías palangreras en la última década;

Recordando la discusión en la 7ª reunión del Grupo de trabajo sobre captura incidental y las recomendaciones resultantes (BYC-07);

Señalando que incrementar la cobertura por observadores en los buques palangreros de 5% a 20% permitiría medidas más refinadas y precisas para tratar la captura incidental de tortugas marinas; y

Afirmando que se deberían emprender medidas adicionales para reducir la captura incidental y mortalidad de las tortugas marinas en la pesca atunera; Ha acordado lo siguiente: 1. Los CPC deberán:

a. Notificar al Director anualmente, antes del 30 de junio (comenzando en 2018), en un formato estandarizado por desarrollar de conformidad con el párrafo 4.a de la presente resolución:

i. Leyes, reglamentos, y otras medidas en vigor para implementar las Directrices para reducir la mortalidad de tortugas marinas debida a las operaciones de pesca 6 (2005) de la FAO.

ii. La información siguiente sobre toda interacción observada con tortugas marinas para todos tipos de arte:

• fecha • posición (latitud, longitud) • identificación de especie • tamaño (longitud curva del caparacho) • condición de captura y liberación (por ejemplo, viva/muerta) • tipo de arte de pesca • posición del enganche, en caso aplicable (por ejemplo, aleta, boca/mandíbula, tragado) • cantidad de arte en el animal, en caso aplicable, antes de su liberación (por ejemplo,

cantidad estimada de línea)

b. Requerir de los pescadores en buques que dirigen su esfuerzo a especies amparadas por la Convención seguir directrices consistentes con las Mejores prácticas para la manipulación y liberación de las tortugas marinas de la FAO (que comienzan en la página 62 de las directrices de 2005) cuando ocurra cualquier interacción con tortugas marinas.

c. Requerir de los pescadores llevar y, cuando ocurran interacciones con tortugas marinas, usar el equipo necesario (por ejemplo, desenganchadores, cortacabos, y salabardos) para la liberación oportuna y segura de tortugas marinas capturadas incidentalmente.

d. Implementar programas de observadores para las pesquerías bajo el amparo de la Comisión que podrían tener impactos sobre las tortugas marinas y no son observadas actualmente, tomando en consideración la factibilidad económica y práctica.

e. Continuar mejorando técnicas para reducir aún más la captura incidental de tortugas marinas en todo tipo de arte usado en el OPO.

2. Los CPC con buques de cerco que pesquen en el Área de la Convención deberán:

6 http://www.fao.org/docrep/014/i0725s/i0725s.pdf

47 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

a. Requerir de los pescadores evitar cercar tortugas marinas al grado factible.

b. Requerir de los pescadores tomar acciones necesarias para dar seguimiento al enmallamiento de tortugas marinas en los dispositivos agregadores de peces (plantados).

c. Requerir de los pescadores liberar de forma segura toda tortuga marina observada enmallada en plantados y notificar a la Comisión cualquier información sobre casos de este tipo, junto con los informes requeridos en el párrafo 1a.

d. Implementar, siempre que sea posible, diseños de plantados modificados para reducir el enmallamiento de tortugas marinas.

3. Los CPC con buques palangreros que pesquen en el Área de la Convención requerirán:

a. Que los buques palangreros empleen, y declaren junto con los informes de acuerdo al párrafo 1a de la presente resolución, al menos una de las siguientes medidas de mitigación:

• una veda estacional de la pesca adyacente a zonas de concentración de anidación de la laúd identificadas por la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas;

• uso de solamente anzuelos circulares7 no más pequeños que 13/0 • uso de solamente peces de aleta enteros como cebo; O • otra medida de mitigación que haya sido revisada por el personal científico de la CIAT

y aprobada por la Comisión como capaz de reducir la captura incidental de tortugas marinas.

• Una de estas opciones es que para los buques que pesquen a más de 100 m de profundidad, todos los anzuelos deben ser calados a más de 100 m de profundidad.

4. Seguimiento y evaluación

a. El personal de la Comisión desarrollará, a más tardar seis meses después de la adopción de la presente resolución, y circulará para la aprobación de los Miembros, un formato estandarizado para los requisitos de notificación de la presente medida descritos en 1.a y 2.b.

• Todos los informes de los CPC serán puestos a disposición de los otros CPC para su revisión a través de un portal de acceso controlado en el portal de internet de la CIAT.

b. Con base en estos informes, el personal de la Comisión, conjuntamente con el Grupo de trabajo sobre captura incidental, informará al Comité Científico Asesor (CCA) cada tres años (por primera vez en 2021) del grado de implementación, áreas que necesitan mejoras, el nivel de reducción de captura incidental que se ha logrado desde la adopción, y recomendaciones de mejora, incluyendo enmiendas de la presente medida.

5. Cumplimiento

a. El Comité para la revisión de la implementación de medidas adoptadas por la Comisión (Comité de Revisión) realizará una revisión exhaustiva del cumplimiento de los requisitos de la presente resolución cada tres años.

b. El Comité de Revisión informará a la Comisión de dicha revisión y hará recomendaciones de

7 Se definen los anzuelos circulares como un anzuelo con la punta torcida perpendicularmente hacia la caña para formar una forma generalmente circular u ovalada.

48 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

acciones necesarias incluyendo áreas para fortalecer el cumplimiento de la resolución.

6. La presente resolución reemplaza la resolución C-07-03 para mitigar el impacto de la pesca atunera sobre las tortugas marinas.

7. La presente resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2019.

49 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Anexo 3f

COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL

92ª REUNIÓN Ciudad de México, México

24-28 de julio de 2017

PROPUESTA IATTC-92 G-1

PRESENTADA POR LA UNIÓN EUROPEA

RESOLUCIÓN DE LA CIAT PARA UN SISTEMA DE LA CIAT DE ESTÁNDARES MÍNIMOS PARA LAS INSPECCIONES EN PUERTO

MEMORÁNDUM EXPLICATIVO

Meta: la presente resolución tiene como propósito combatir la pesca INN contribuir a la conservación a largo plazo y uso sostenible de los recursos marinos vivos, de la CIAT mediante estándares mínimos forta-lecidos, armonizados y transparentes para inspecciones.

Conforme con propuestas similares adoptadas por otras OROP, los elementos más esenciales de la pro-puesta son las inspecciones en puerto, designaciones de puertos, notificaciones previas, y la notificación de posibles infracciones. Se ajusta por lo tanto mejor a las solicitudes de los CPC costeras en desarrollo ya que incluye también varias disposiciones simplificadas a fin de facilitar el consenso en la CIAT.

Además de eso, será la primera medida de inspección en puerto jamás adoptada por la CIAT. Por lo tanto garantizará consistencia con las medidas de ordenación tomadas en otras OROP y mejorará los resultados de las medidas dirigidas a la conservación de los atunes y especies afines en el Océano Pacífico Oriental. Esto contribuirá a una ordenación más responsable de las poblaciones bajo el mandato de la CIAT. La presente propuesta incorpora comentarios hechos por Delegaciones durante las reuniones 90 y 91 de la CIAT. La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), reunida en la Ciudad de México, México, en oca-sión de su 92a reunión: Profundamente preocupada que la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, tenga efectos adversos sobre las poblaciones de peces, los ecosistemas marinos, los medios de vida de los pescadores legítimos, particularmente en los Estados en desarrollo,

Consciente del rol del Estado de puerto en la adopción de medidas eficaces con el fin de promover el uso sostenible y la conservación a largo plazo de los recursos marinos vivos,

Teniendo presente que, bajo el Código de Conducta para la Pesca Responsable de la FAO de 1995, el derecho a pescar conlleva la obligación de hacerlo de forma responsable a fin de asegurar la conservación y ordenación efectivas de los recursos acuáticos vivos,

Reconociendo que las medidas para combatir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada deben basarse en la responsabilidad principal de los Estados del pabellón y hacer uso de toda la jurisdicción disponible de conformidad con el derecho internacional, incluidos estándares mínimos para inspecciones en puerto, las medidas del Estado ribereño, y las medidas para garantizar que los nacionales no apoyen ni realicen activi-dades de pesca ilegal, no declarada y no reglamentada,

Reconociendo que los estándares mínimos para inspecciones en puerto ofrecen medios eficaces y rentables para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada,

50 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Conscientes de la necesidad de incrementar la coordinación a nivel regional e interregional para combatir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada mediante estándares mínimos para inspecciones en puerto,

Recordando las disposiciones pertinentes del Acuerdo para Promover el Cumplimiento de las Medidas Internacionales de Conservación y Ordenación por los Buques Pesqueros que Pescan en Alta Mar, de 24 de noviembre de 1993, el Código de Conducta para la Pesca Responsable de la FAO, de 1995 y otras normas del derecho internacional pertinente,

Acuerda lo siguiente:

Evaluación en previsión de la implementación

1. Después de la adopción de la presente resolución, la Secretaría de la CIAT identificará las necesidades de los CPC en desarrollo relativas a la implementación de la presente resolución; para presentar opcio-nes y facilidades para el fomento de capacidad para aquellos CPC que requieran y deseen esa ayuda; para identificar y evaluar cualquier otro obstáculo a la implementación completa y efectiva; y para desarrollar soluciones a cualquier obstáculo de este tipo.

2. Se realizará esta evaluación mediante consultas, mediante cuestionarios enviados a todos los CPC en desarrollo de la forma descrita en el anexo 2, y mediante cualquier otra información disponible.

3. En un plazo de 60 días después de la fecha límite para la recepción de los cuestionarios completados, la Secretaría enviará a todos los CPC un informe resumido de las respuestas, identificando cualquier CPC en desarrollo que pudiera no haber respondido, y con una descripción detallada de los obstáculos a la implementación identificados.

4. La Comisión, en su reunión anual en 2018, revisará el informe de la evaluación por la Secretaría y cualquier informe individual de los CPC en desarrollo, conforme a lo dispuesto en el párrafo 32.

Alcance

5. Nada en la presente resolución perjudicará los derechos, jurisdicción y deberes de los Miembros y Miembros no Cooperantes (CPC) bajo el derecho internacional. En particular, nada en la presente re-solución será interpretada de tal forma que afecte el ejercicio por los Miembros y no Miembros Coope-rantes de la Comisión (en lo sucesivo denominados « CPC ») de su autoridad sobre sus puertos de conformidad con el derecho internacional incluido su derecho de denegar entrada a los mismos así como adoptar medidas más estrictas que aquellas establecidas en la presente resolución.

La presente resolución será interpretada y aplicada de conformidad con el derecho internacional, to-mando en cuenta las reglas y normas internacionales aplicables, incluidas aquellas establecidas me-diante la Organización Marítima Internacional, así como otros instrumentos internacionales.

Los CPC cumplirán de buena fe cualquier obligación asumida eventualmente conforme a la presente resolución y ejercerán los derechos reconocidos en la misma de manera que no constituiría un abuso de derecho.

6. Con miras a dar seguimiento al cumplimiento de las resoluciones de la CIAT, cada CPC, en su calidad de CPC de puerto, aplicará la presente resolución para un sistema eficaz de inspecciones en puerto con respecto a buques pesqueros extranjeros que lleven especies y/o productos pesqueros gestionados por la CIAT capturados en el Área de la Convención de la CIAT (Área de la Convención) que se originen en dichas especies capturadas en el Área de la Convención que no hayan sido descargados o transbor-dados en puerto previamente, en lo sucesivo denominados « buques pesqueros extranjeros ».

7. Un CPC podrá, en su calidad de CPC de puerto, decidir no aplicar la presente resolución a buques pesqueros extranjeros fletados por sus nacionales que operen bajo su autoridad y que regresen a sus

51 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

puertos. Dichos buques pesqueros fletados estarán sujetos a medidas por el CPC que sean igual de efectivas que las medidas aplicadas en relación con buques con derecho a enarbolar su pabellón.

8. Sin perjuicio de las disposiciones de otras resoluciones de la CIAT específicamente aplicables, y salvo disposición a contrario en la presente resolución, la presente resolución se aplicará a los buques pes-queros extranjeros iguales a o mayores de 20 metros de eslora total.

9. Cada CPC someterá a los buques pesqueros extranjeros de menos de 20 metros de eslora total, los buques pesqueros extranjeros que operen bajo fletamento a los que se refiere el párrafo 37, y a los buques pesqueros con derecho a enarbolar su pabellón a medidas que sean al menos igual de eficaces para combatir la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INN)8 que las medidas aplicadas a los buques a los que se refiere el párrafo 8.

10. Los CPC tomarán la acción necesaria para informar a los buques pesqueros con derecho a enarbolar su pabellón de la presente resolución y otras resoluciones pertinentes de la CIAT.

Puntos de contacto

11. Cada CPC que desee otorgar acceso a sus puertos a buques pesqueros extranjeros designará un punto de contacto para los fines de recibir notificaciones conforme al párrafo 18. Cada CPC designará un punto de contacto para los fines de recibir informes de inspección de conformidad con el párrafo 28(b) de la presente resolución. Transmitirá el nombre y la información de contacto de sus puntos de contacto al Director de la CIAT a más tardar 30 días después de la entrada en vigor de la presente resolución. Cualquier cambio subsiguiente será notificado al Director de la CIAT al menos 7 días antes de ser efectivo dicho cambio. El Director de la CIAT notificará a los CPC con prontitud de cualquier cambio de este tipo.

12. El Director de la CIAT establecerá y mantendrá un registro de puntos de contacto basado en las listas entregadas por los CPC. El registro y cualquier cambio subsiguiente serán publicados con prontitud en el sitio web de la CIAT.

Puertos designados

13. Cada CPC que desee otorgar acceso a sus puertos a buques pesqueros extranjeros designará sus puertos a los cuales los buques pesqueros extranjeros podrán solicitar la entrada de conformidad con la presente resolución.

14. Cada CPC que desee otorgar acceso a sus puertos a buques pesqueros extranjeros, asegurará que cuente con la capacidad suficiente para realizar inspecciones en todo puerto designado de conformidad con la presente resolución al mayor grado posible.

15. Cada CPC que desee otorgar acceso a sus puertos a buques pesqueros extranjeros proveerá al Director de la CIAT en un plazo de 30 días después de la entrada en vigor de la presente resolución una lista de puertos designados. Cualquier cambio subsiguiente en esta lista será notificado al Director de la CIAT al menos 14 días antes de ser efectivo el cambio.

16. El Director de la CIAT establecerá y mantendrá un registro de puertos designados basado en las listas entregadas por los CPC de puerto. El registro y cualquier cambio subsiguiente serán publicados con prontitud en el sitio web de la CIAT.

8 Pesca INN se refiere a las actividades de pesca definidas en el anexo 1.

52 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Notificación previa

17. Cada CPC de puerto que desee otorgar acceso a sus puertos a buques pesqueros extranjeros requerirá, salvo lo dispuesto en el párrafo 18 de la presente resolución, de los buques extranjeros que deseen usar sus puertos con el propósito de descargar y/o trasbordar, notificar, al menos 48 horas antes de la hora de arribo estimada, la siguiente información:

a) Identificación del buque (identificación externa, nombre, CPC del pabellón, número de IMO, de contar con uno, e IRCS);

b) Nombre del puerto designado, define el registro de la CIAT, al cual buscan entrada y el propósito de la visita a puerto (descarga y/o transbordo);

c) Autorización de pesca o, según corresponda, cualquier otra autorización mantenida por el buque para apoyar las faenas de pesca de especies y/o productos pesqueros sobre especies manejadas por la CIAT que se originen en dichas especies, o para transbordar productos pesqueros relacionados;

d) Fecha y hora estimadas de arribo a puerto;

e) Las cantidades estimadas en kilogramos de cada especie manejada por la CIAT y/o producto pes-quero que se origine en dichas especies mantenidas a bordo, con las áreas de captura asociadas. Si no se mantienen a bordo especies de la CIAT y/o productos pesqueros que se originen en dichas especies, se transmitirá un informe «nulo»;

f) Las cantidades estimadas de cada especie manejada por la CIAT y/o producto pesquero que se origine en dichas especies en kilogramos que se descargará o transbordará, con las áreas de captura asociadas.

El CPC de puerto podrá también solicitar otra información que pueda necesitar para determinar si el buque realizó pesca INN, o actividades relacionadas.

18. El CPC Estado de puerto podrá prescribir un período de notificación más largo o más corto que aquel especificado en el párrafo 17, tomando en cuenta, entre otros, el tipo de producto pesquero, la distancia entre el caladero y sus puertos. En tal caso, los CPC del puerto informará al Director de la CIAT, quien publicará la información con prontitud en el sitio web de la CIAT.

19. Tras recibir la información pertinente de conformidad con el párrafo 17, así como cualquier otra infor-mación que pueda precisar para determinar si el buque pesquero extranjero que pida entrada a puerto ha realizado pesca INN, el CPC de puerto decidirá si autorizar o denegar la entrada del buque a su puerto. En el caso que el CPC de puerto decida autorizar la entrada del buque a su puerto, se aplicarán las disposiciones siguientes con respecto a inspecciones en puerto.

Inspecciones en puerto

20. Las inspecciones serán llevadas a cabo por la autoridad competente del CPC del puerto.

21. Cada año los CPC inspeccionarán al menos el 5% de las operaciones de descarga y transbordo en sus puertos designados que sean realizadas por buques pesqueros extranjeros.

22. El CPC de puerto deberá, de conformidad con su normativa nacional, tomar lo siguiente en cuenta, entre otros, al determinar cuáles buques extranjeros inspeccionar:

a) Si un buque ha proporcionado la información completa que se especifica en el párrafo 14 18;

53 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

b) Solicitudes de otros CPC u organizaciones regionales de ordenación pesquera (OROP) pertinentes que se inspeccione un buque particular, particularmente cuando dichas solicitudes sean apoyadas por pruebas de pesca INN, por el buque en cuestión

c) Si existen motivos claros por sospechar que un buque haya realizado pesca INN incluyendo infor-mación derivada de otras OROP.

Procedimiento de inspección

23. Cada inspector llevará un documento de identidad emitido por el CPC del puerto. De conformidad con la normativa nacional, los inspectores de CPC del puerto podrán examinar todas las áreas, cubiertas y cuartos pertinentes del buque pesquero, capturas ya sea procesadas o no, redes u otras artes de pesca, equipo tanto técnico como electrónico, registros de transmisiones y otros documentos pertinentes, in-cluyendo bitácoras de pesca, manifiestos de carga y recibos de oficiales y declaraciones de descarga en el caso de transbordos que consideren necesarios para asegurar el cumplimiento de las resoluciones de la CIAT. Podrán tomar copias de cualquier documento considerado pertinente, y podrán también inte-rrogar al capitán y a cualquier otra persona en el buque que se esté inspeccionando.

24. Las inspecciones incluirán el seguimiento de la descarga o transbordo e incluirán una verificación cru-zada de las cantidades por especies notificadas en el mensaje de notificación previa en el párrafo 18 y las cantidades que sean descargadas, transbordadas o mantenidas a bordo por los buques. Las inspec-ciones serán llevadas a cabo de tal forma que el buque pesquero padezca la injerencia y molestias mínimas, y que se evite la degradación de la calidad de la captura al grado factible.

25. Al terminar la inspección, el inspector del CPC del puerto proporcionará al capitán del buque pesquero extranjero el informe de la inspección que contenga los resultados de la inspección, incluyendo posibles medidas subsiguientes que podrían ser tomadas por la autoridad competente del CPC. El inspector fir-mará el informe El capitán tendrá la oportunidad de añadir cualquier comentario u objeción al informe y de contactar la autoridad competente del Estado del pabellón. Una copia del informe será provista al capitán.

26. El CPC del puerto transmitirá una copia del informe de inspección electrónicamente o por otros medios al punto de contacto del CPC del pabellón y al Director de la CIAT a más tardar 14 días después de la fecha de terminación de la inspección. Si el informe de inspección no puede ser transmitido en el plazo de 14 días, el CPC de puerto debería notificar al Director de la CIAT durante el periodo de 14 días de los motivos del retraso y cuándo el informe será entregado.

27. Los CPC del pabellón tomarán la acción necesaria para asegurar que los capitanes faciliten el acceso seguro al buque pesquero, cooperen con la autoridad competente en el CPC del puerto, faciliten la inspección y comunicación y no obstruyan, intimidan, o se entrometan con, o causen que otras personas obstruyan, intimidan, o se entrometan con los inspectores del CPC del puerto en la ejecución de sus funciones.

Procedimiento en el caso de infracción

28. Si la información recolectada durante la inspección proporciona pruebas que un buque pesquero ex-tranjero ha cometido una infracción de las resoluciones de la CIAT, el inspector deberá:

a) registrar la infracción en el informe de inspección;

b) transmitir el informe de inspección a la autoridad competente del CPC del puerto, que remitirá con prontitud copia al Director de la CIAT y al punto de contacto del CPC del pabellón;

54 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

c) al grado factible, asegurar que estén a buen recaudo las pruebas correspondientes a dicha presunta infracción.

29. Si la infracción compete a la jurisdicción legal del CPC del puerto, el CPC del puerto podrá tomar acción de conformidad con su normativa nacional. El CPC del puerto notificará con prontitud la acción tomada a la autoridad competente del CPC del pabellón y al Director de la CIAT, que publicará esta información con prontitud en una parte asegurada del sitio web de la CIAT.

30. Las infracciones que no se encuadren en la jurisdicción del CPC de puerto, e infracciones contempladas en el párrafo 29 con respecto a las cuales el CPC de puerto no haya tomado acción, serán remitidas al Estado del pabellón y, según proceda, el Estado ribereño pertinente. Al recibir copia del informe de inspección, el CPC del pabellón investigará con prontitud la presunta infracción y notificará al Director de la CIAT del estatus de la investigación y de cualquier acción de aplicación que se haya tomado en un plazo de seis meses de dicha recepción. Si el CPC del pabellón no puede proveer al Director de la CIAT este informe en un plazo de seis meses de dicha recepción, el CPC del pabellón debería notificar al Director de la CIAT dentro del plazo de seis meses los motivos del retraso y cuando el informe de estatus será entregado. El Director de la CIAT publicará esta información con prontitud en una parte asegurada del sitio web de la CIAT. Los CPC incluirán en su cuestionario de cumplimiento información relativa al estatus de dichas investigaciones.

31. En el caso de la inspección produzca pruebas que el buque inspeccionado ha emprendido actividades INN a las que se refiere la resolución C-05-07, el CPC del puerto informará con prontitud el caso al CPC del pabellón y notificará a la brevedad posible al Director de la CIAT, junto con su evidencia probatoria.

Requisitos de CPC en desarrollo

32. Sobre la base de los resultados del ejercicio de evaluación detallado en el anexo 2 y en los párrafos 1 a 3, los CPC en desarrollo que precisen ayuda presentarán un plan de acción para la implementación de la presente resolución. Los CPC darán pleno reconocimiento a los requisitos especiales de los CPC en desarrollo en relación con un sistema de inspecciones en puerto consistente con la presente resolución. A partir del 1 de enero de 2019, y consecuente al resultado de la evaluación de necesidades, el Fondo especial para el desarrollo sostenible establecido por la resolución C-14-03, directamente o a través de contribuciones voluntarias suplementarias de los CPC, brindará ayuda a los CPC en desarrollo a fin de, entre otros:

a) Desarrollar su capacidad incluido mediante la provisión de ayuda técnica y el establecimiento de un mecanismo de financiamiento apropiado para apoyar y fortalecer el desarrollo e implementación de un sistema eficaz de acciones en puerto a escala nacional, regional o internacional y para asegu-rar que no sea trasladada a ellos innecesariamente una carga desproporcionada como resultado de la implementación de la presente resolución; y

b) Facilitar su participación en reuniones y/o programas de capacitación de organizaciones regionales e internacionales pertinentes que promuevan el desarrollo e implementación eficaces de un sistema de inspecciones en puerto, incluyendo seguimiento, control y vigilancia, aplicación y procesa-miento jurídico en el caso de infracciones y resoluciones de controversias de acuerdo con la pre-sente resolución.

Disposiciones generales

33. Se insta a los CPC a entablar acuerdos/arreglos bilaterales que contemplen un programa de intercambio

55 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

de inspectores diseñado para promover la cooperación, compartir información, y educar a los inspec-tores de cada parte en estrategias y metodologías de inspección que promuevan el cumplimiento de las resoluciones de la CIAT. Se debería proveer una descripción de estos programas al Director de la CIAT que lo publicará en el sitio web de la CIAT.

34. Sin perjuicio de la legislación interna del CPC de puerto, el CPC del pabellón podrá, en el caso de acuerdos o arreglos bilaterales apropiados con el CPC de puerto o por invitación de ese CPC, enviar sus propios funcionarios para acompañar los inspectores del CPC de puerto y observar o participar en la inspección de su buque.

35. Los CPC del pabellón considerarán y actuarán sobre los informes de infracciones de inspectores de una CPC del puerto sobre una base similar a los informes de sus propios inspectores, de conformidad con su normativa nacional. Los CPC cooperarán, de conformidad con su normativa nacional, a fin de faci-litar procedimientos jurídicos u otros que surjan de los informes de inspección contemplados en la presente resolución.

36. El Director de la CIAT desarrollará modelos de formato para los informes de notificación previa e informes de inspección requeridos por la presente resolución, tomando en cuenta los formularios adop-tados en otros instrumentos pertinentes, tales como organizaciones internacionales y otras OROP, para consideración en la Reunión Anual de la Comisión en 2016.

37. La Comisión analizará la presente resolución a más tardar en su Reunión Anual en 20189 y, si procede, tomando en cuenta los acontecimientos en otras OROP y/o foros internacionales, y considerará revi-siones para mejorar su efectividad. La Secretaría informará anualmente sobre la implementación de la presente medida.

38. La presente resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2020.

56 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

ANEXO 1

Conforme a la definición de la FAO en el Plan de Acción Internacional para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, por pesca INN se entiende:

Por pesca ilegal se entiende las actividades pesqueras:

(1) realizadas por embarcaciones nacionales o extranjeras en aguas bajo la jurisdicción de un Estado, sin el permiso de éste, o contraviniendo sus leyes y reglamentos;

(2) realizadas por embarcaciones que enarbolan el pabellón de Estados que son partes de una organi-zación regional de ordenación pesquera competente, pero faenan contraviniendo las medidas de conservación y ordenación adoptadas por dicha organización y en virtud de las cuales están obli-gados los Estados, o las disposiciones pertinentes del derecho internacional aplicable; o

(3) en violación de leyes nacionales u obligaciones internacionales, inclusive las contraídas por los Estados cooperantes con respecto a una organización regional de ordenación pesquera competente.

Por pesca no declarada se entiende las actividades pesqueras:

1) que no han sido declaradas, o han sido declaradas de modo inexacto, a la autoridad nacional com-petente, en contravención de leyes y reglamentos nacionales; o

2) llevadas a cabo en la zona de competencia de una organización regional de ordenación pesquera competente, que no han sido declaradas o han sido declaradas de modo inexacto, en contravención de los procedimientos de declaración de dicha organización.

Por pesca no reglamentada se entiende las actividades pesqueras:

1) en la zona de aplicación de una organización regional de ordenación pesquera competente que son realizadas por embarcaciones sin nacionalidad, o por embarcaciones que enarbolan el pabellón de un Estado que no es parte de esa organización, o por una entidad pesquera, de una manera que no está en consonancia con las medidas de conservación y ordenación de dicha organización, o que las contraviene; o

2) en zonas o en relación con poblaciones de peces respecto de las cuales no existen medidas aplica-bles de conservación u ordenación y en las que dichas actividades pesqueras se llevan a cabo de una manera que no está en consonancia con las responsabilidades relativas a la conservación de los recursos marinos vivos que incumben al Estado en virtud del derecho internacional.

57 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

ANEXO 2

Evaluación de la capacidad de implementación

En un plazo de 30 días después de la adopción de la presente resolución, la Secretaría transmitirá a todos los CPC en desarrollo un cuestionario diseñado para evaluar, para cada obligación prevista en la presente resolución, el grado al cual cada CPC:

1. Ya está aplicando una obligación particular en el marco de sus leyes y/o reglamentos;

2. Para cada obligación todavía no aplicada, la capacidad de cada CPC de implementarla y una apro-ximación del tiempo necesario para hacerlo;

3. Para cada obligación que un CPC considere no aplicable o imposible de implementar, solicitar que el CPC provee los motivos de dicha determinación.

El cuestionario de evaluación incluirá las siguientes obligaciones previstas en la presente resolución, entre otras:

1. La capacidad del CPC de designar puertos específicos en los cuales pueden entrar buques extran-jeros;

2. La capacidad del CPC de inspeccionar al menos el 5% de los buques extranjeros que entren en los puertos designados;

3. La capacidad del CPC de designar y autorizar una autoridad nacional competente para recibir y procesar la información de « Notificación previa » que se requiere de buques extranjeros entrantes conforme al párrafo 18;

4. La capacidad bajo la normativa nacional de una CPC de autorizar inspectores para ejecutar los « Procedimientos de inspección » enunciados en los párrafos 23 a 27;

5. La capacidad del CPC de implementar el « procedimiento en el caso de infracción » enunciado en los párrafos 28 a 31;

6. Las necesidades específicas identificadas por los CPC en materia de ayuda en las áreas de fomento de capacidad.

Los CPC en desarrollo responderán cabalmente al cuestionario de evaluación a la Secretaría en un plazo de 90 días después de recibirlo.

En un plazo de 60 días después de la fecha límite para la recepción de los cuestionarios completados, la Secretaría enviará a todos los CPC un informe resumido de las respuestas, identificando cualquier CPC en desarrollo que pudiera no haber respondido, y con una descripción detallada de los obstáculos a la imple-mentación identificados.

58 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Anexo 3g

COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL

92ª REUNIÓN Ciudad de México, México

24-28 de julio de 2017

PROPUESTA IATTC-92 H-1

PRESENTADA POR ESTADOS UNIDOS RESOLUCIÓN SOBRE EL MEJORAMIENTO DE LA SEGURIDAD

DE LOS OBSERVADORES EN EL MAR MEMORÁNDUM EXPLICATIVO

Fundamento: Los programas de observadores recogen datos esenciales para las funciones de la Comisión y la seguridad de los observadores es fundamental para su capacidad de ejercer sus funciones. No existen requisitos establecidos en cuanto a equipos de seguridad para los programas de observadores de la CIAT, y los requisitos varían entre los programas nacionales de observadores. La Comisión de Pesca para el Pacífico Occidental y Central (WCPFC) adoptó normas mínimas para mejorar la seguridad de los observadores en el mar en su reunión de diciembre de 2015, así como la Medida de Conservación y Ordenación 2016-03 en su reunión en diciembre de 2016, que detalla procedimientos específicos para mejorar la seguridad de los observadores. La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), reunida en la Ciudad de México, México, en ocasión de su 92ª reunión: Tomando en cuenta que los observadores recogen datos que son esenciales para las funciones de la Comisión y que la seguridad de los observadores es fundamental para su capacidad para ejercer sus funciones; Reconociendo que ciertas resoluciones de la CIAT requieren que los buques palangreros, cerqueros, y cargueros de transbordo lleven observadores; Preocupada por la falta de requisitos para proteger la salud y seguridad de los observadores para los programas de observadores de la CIAT y por la variabilidad de estos requisitos entre los programas nacionales de observadores; Considerando que deberían aplicarse requisitos de seguridad consistentes a todos los observadores que operen dentro del marco legal e institucional de la CIAT; Reconociendo además los compromisos en el Articuló 98 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), de prestar auxilio y proteger la vida humana, y el Convenio Internacional sobre Búsqueda y Salvamento Marítimos, enmendado y supervisado por la Organización Marítima Internacional, que describe las responsabilidades de los gobiernos con respecto a procedimientos de salvamento incluyendo la organización y coordinación de acciones, cooperación entre Estados, y procedimientos operativos para los operadores y tripulantes de buques; y Señalando además el compromiso en el Artículo 94(7) de la CONVEMAR, relativo al deber de un Estado de hacer efectuar una investigación de cualquier accidente marítimo o cualquier incidente de navegación en la alta mar en el que se visto implicado un buque que enarbole su pabellón y en el que hayan perdido la vida o sufrido heridas nacionales de otro Estado; Acuerda que: 1. La presente resolución se aplica a todos los programas de observadores de la CIAT, incluyendo el

59 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Programa Regional de la CIAT para los transbordos, los programas nacionales de observadores para los buques palangreros, y cualquier otro programa de observadores futuro establecido por la CIAT.

2. Todos los programas de observadores de la CIAT velarán por que, cuando los observadores embarquen en un buque para un viaje, sean provistos con (1) un dispositivo independiente de comunicación satelital bidireccional, tal como un teléfono satelital, y (2) una radiobaliza personal salvavidas a prueba de agua. Esto puede consistir en un solo dispositivo, tal como un "Dispositivo satelital de notificación de emergencia”, o una combinación de un dispositivo satelital independiente bidireccional, tal como un teléfono satelital, y una radiobaliza salvavidas portátil (por ejemplo, una Radiobaliza Localizadora Personal o Radiobaliza de Emergencia Indicadora de Posición (EPIRB)). Los dispositivos proporcionados por los programas de observadores deben estar incluidos en una lista de dispositivos aprobados mantenida por la CIAT y basada en los aportes del personal del programa de observadores del Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservación de los Delfines (APICD), para asegurar la fiabilidad de los dispositivos.

3. Todos los programas de observadores de la CIAT deben contar con una persona o personas designadas responsables de monitorizar la señal de los dispositivos de comunicación satelital en todo momento.

4. Todos los programas de observadores de la CIAT deben tener un procedimiento establecido para comunicaciones y acciones para que la persona o personas designadas en el párrafo 3 se contacten con el observador, el buque, y, si es necesario, la autoridad competente del Miembro o No Miembro Cooperante (CPC) con jurisdicción sobre el buque. Este procedimiento debe permitir contacto regular con los observadores para confirmar su estado de salud y seguridad y describir claramente los pasos que se deben tomar en caso de diversas emergencias, incluyendo situaciones en las que el observador muere, desaparece o se supone que cayó al mar, padece una enfermedad o herida grave que amenaza su salud o seguridad, o ha sido agredido, intimidado, amenazado, o acosado mientras estuvo a bordo de un buque, y/o si el observador pide ser relevado antes de la conclusión del viaje de pesca.

5. Los CPC asegurarán que en el caso que un observador muera, desaparezca o se supone que cayó al mar, padezca una enfermedad o herida grave que amenace su salud o seguridad, o haya sido agredido, intimidado, amenazado, o acosado, se cuente con un plan detallado de acción que incluya como mínimo lo siguiente:

a. Las responsabilidades del buque pesquero con respecto al cese de pesca, operaciones de búsqueda y rescate, notificaciones, cooperación en cualquier investigación, cuidados médicos necesarios, facilitación de cualquier desembarque necesario, y requisitos de notificación;

b. Las responsabilidades de los programas de observadores de la CIAT con respecto a cualquier investigación, operación de búsqueda y rescate, notificación, requisitos de notificación, y cooperación en cualquier procedimiento necesario para facilitar el desembarque de cualquier observador;

c. Las responsabilidades si es que está involucrado como CPC de puerto; y

d. Las responsabilidades si es que está involucrado como CPC de pabellón.

Los CPC remitirán sus planes de acción a la Secretaría antes del 1 de junio de 2018 para revisión y discusión por la Comisión en su reunión anual en 2018

6. Todos los programas de observadores de la CIAT deben proporcionar entrenamiento sobre seguridad para los observadores, que debe como mínimo satisfacer las normas de entrenamiento de seguridad de la Organización Máritima Internacional (OMI).

7. Todos los programas de observadores de la CIAT deben asegurar que los observadores sean asignados

60 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

únicamente a buques que estén dotados del equipo de seguridad apropiado, incluyendo lo siguiente: (1) una balsa salvavidas de capacidad suficiente para todo el personal a bordo y que haya sido inspeccionada por las autoridades pertinentes; (2) chalecos salvavidas en cantidades suficientes para todo el personal a bordo y que satisfagan los estándares de la Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS); y (3) un EPIRB debidamente registrado o un Transpondedor de Búsqueda y Salvamento (SART) que no caducará hasta después de terminar la asignación del observador. Ningún programa de observadores de la CIAT asignará un observador a un buque a menos y hasta que se permita al observador inspeccionar todo el equipo de seguridad del buque y documentar su condición. No se asignarán observadores a buques con deficiencias de seguridad pendientes.

8. Se prohibirá a los armadores, capitanes, y tripulantes de los buques obstruir, acosar, intimidar, interferir, influenciar, sobornar, o intentar sobornar a un observador en el desempeño de sus deberes.

9. Los CPC y el Director compilarán cualquier informe de observadores de armadores, capitanes, o tripulantes de buques que obstruyan, acosen, intimiden, interfieran, influencien, sobornen, o intenten sobornar a un observador en el desempeño de sus deberes, incluyendo cualquier acción correctiva tomada por el CPC o no CPC del pabellón. Los CPC proporcionarán estos informes al Director tres meses antes de cada reunión anual del Comité para la Revisión de la Aplicación de Medidas Adoptadas por la Comisión (Comité de Revisión). El Director transmitirá estos informes a la Comisión dos meses antes de cada reunión anual del Comité de Revisión, de forma consciente consistente con las reglas de confidencialidad aplicables. Estos informes serán revisados en cada reunión anual del Comité de Revisión.

10. No se asignarán observadores a buques donde el CPC o no CPC con jurisdicción sobre el buque haya previamente no investigado cualquier caso reportado de interferencia, acoso, intimidación, asalto, soborno, o condiciones inseguras de trabajo o, en caso justificado, no haya tomado acción correctiva apropiada, de forma consistente con su legislación nacional.

11. La presente Resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2019

61 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Anexo 3h

COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL

92ª REUNIÓN Ciudad de México, México

24-28 de julio de 2017

PROPUESTA IATTC-92 K-1

PRESENTADA POR MÉXICO

PROPUESTA DE CONTRIBUCIÓN DE LA CIAT AL APICD

La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), reunida en la Ciudad de México, México, en oca-sión de su 92ª Reunión Anual:

Creyendo que es útil fortalecer el vínculo entre la CIAT y el programa de observadores del APICD;

Destacando que el programa de observadores del APICD por sus logros ha obtenido reconocimiento inter-nacional;

Notando con satisfacción que, de conformidad con los objetivos del APICD, se ha logrado y mantenido por muchos años una reducción significativa de la mortalidad de los delfines, lo que indica que la pesquería de atún con redes de cerco no genera una presión negativa sobre las poblaciones de delfines en el OPO;

Reconociendo que, a través del programa internacional de observadores establecido por el APICD, la CIAT adquiere datos e información valiosa sobre la pesquería de túnidos con red de cerco relacionados con las capturas de las especies objetivo y también de las otras especies asociadas o dependientes y de las capturas incidentales, datos que permiten en conjunto apoyar en el logro de los objetivos de la Comisión bajo el mandato de Antigua;

Teniendo en cuenta que el nivel de financiamiento del 30%, fue establecido desde 1997 por la Comisión y que este no se ha incrementado desde entonces;

Acuerda

1. Incrementar el financiamiento para el programa del APICD basado en los costos previstos del Pro-grama de Observadores a Bordo. El monto de la porción de la CIAT de los costos relacionados con el programa del APICD corresponderá al 40% del presupuesto a partir de 2019 hasta que la Comi-sión así lo decida y modifique de acuerdo a las necesidades.

62 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Anexo 3i

COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL

92ª REUNIÓN Ciudad de México, México

24-28 de julio de 2017

PROPUESTA IATTC-92 L-1

PRESENTADA POR MÉXICO

ENMIENDA A LA RESOLUCIÓN C-11-08 SOBRE OBSERVADORES EN LOS BUQUES DE PALANGRE

MEMORÁNDUM EXPLICATIVO La actual resolución C-11-08 sobre observadores en buques de palangre establece la obligatoriedad de rea-lizar una cobertura del 5% del esfuerzo de pesca realizado por sus buques pesqueros de palangre de más de 20 metros de eslora.

Dentro de las recomendaciones para el presente año sobre la pesquería de palangre, el personal científico de la CIAT ha señalado lo siguiente:

“En la resolución C-11-08, la Comisión estableció que « cada CPC asegurará que al menos el 5% del es-fuerzo de pesca realizado por sus buques pesqueros de palangre de más de 20 metros de eslora total lleve un observador científico ». La cobertura de 5% es demasiado baja para calcular estimaciones exactas de la captura de especies capturadas infrecuentemente en esas pesquerías, tales como ciertos tiburones que son motivo de preocupación de conservación. Los estudios demuestran que una cobertura de 20% es el nivel mínimo necesario para estas estimaciones.

El personal mantiene su recomendación de una cobertura por observadores mínima de 20% de los buques palangreros de más de 20 m de eslora total”.

En ese contexto, se considera conveniente que la resolución actual se modifique para dar cabida a una cobertura necesaria y mayor del 20% de manera gradual.

Adjunto se indican los cambios que deberían realizarse a la actual resolución.

. La Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), reunida en la Ciudad de México, México, en oca-sión de su 92ª Reunión Anual:

Reconociendo la necesidad de mejorar la información científica de la pesca con palangre sobre las especies objetivo, así como datos completos sobre las interacciones con especies no objetivo, en particular, tortugas marinas, tiburones y aves marinas.

Tomando nota de la necesidad de garantizar y promover un tratamiento uniforme y equitativo de todos los buques atuneros y pesquerías que operan en el Área de la Convención de Antigua;

Señalando que los buques de cerco grandes que operan en el Área de la Convención han estado por muchos años obligados a llevar 100% de observadores científicos a bordo, de conformidad con el Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservación de los Delfines y que este esfuerzo ha significado mayores conocimientos sobre la pesquería y sus interacciones; y

63 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Tomando en cuenta y reafirmando la recomendación de la Octava Reunión del Comité Científico Asesor de la Comisión de que se aumente a 20% a fin de recolectar más datos sobre las capturas incidentales por buques palangreros, y que los datos operacionales resultantes sean remitidos a la Comisión.

Acuerda que:

1. Cada Miembro y no Miembro cooperante (CPC) asegurará un aumento gradual en la co-bertura de observadores científicos en los buques pesqueros de palangre de más de 20 metros de eslora total para que: a. A partir del 1 de enero de 2018, la cobertura sea al menos 10%. b. A partir del 1 de enero de 2020: la cobertura sea al menos 15%. c. A partir del 1 de enero de 2022: la cobertura sea al menos 20%.

2. El esfuerzo de pesca será determinado por el número de días de pesca. 3. Cada CPC asegurará que la cobertura por los observadores sea representativa de las acti-

vidades de su flota. 4. Cada CPC actualizará el listado de sus embarcaciones señalando específicamente cuáles

barcos están activos, inactivos y/o hundidos, y de ser posible informar al personal de la CIAT de cuánto duran sus operaciones de pesca.

5. La tarea principal del observador científico será registrar toda información biológica dis-ponible, las capturas de especies de peces objetivos, la composición por especie, y toda información biológica disponible, así como cualquier interacción con especies no obje-tivo, tales como las tortugas marinas, aves marinas y tiburones.

6. El Director, en cooperación con el Comité Científico Asesor revisará el formato de in-forme que detalle los datos requeridos que recolectarán los observadores científicos en los buques palangreros y lo comunicará a la Comisión.

7. Los observadores científicos remitirán a las autoridades de su CPC de pabellón un informe sobre estas observaciones a más tardar 30 días después de finalizar cada viaje de pesca.

8. Cada año, los CPC remitirán al Comité Científico Asesor, a través del Director, antes del 31 de marzo, la información del observador científico sobre la pesquería del año previo, en un formato establecido por el Comité Científico Asesor.

9. Evaluar el uso de sistemas electrónicos de monitoreo a efecto de establecer estándares mínimos y extender la cobertura por observadores en las pesquerías de palangre.

64 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Anexo 4a

COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL

COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS 5ª REUNIÓN

Ciudad de México, México 19 de julio de 2017

INFORME DEL PRESIDENTE DEL COMITÉ

AGENDA

Documentos 1. Apertura de la reunión

2. Adopción de la agenda

3. Examen del informe de auditoría financiera

4. Examen de los presupuestos de 2018 y 2019 CAF-05-04

5. Contribuciones financieras de los Miembros: a) Presupuesto regular (Resolución C-16-07 )

b) Fondo especial para fomentar la capacidad institucional (Resolución C-14-03)

c) Programa de seguimiento de los transbordos en el mar (Resolución C-12-07)

d) Otras

CAF-05-05b CAF-05-05c

6. Otros asuntos

7. Recomendaciones a la Comisión

8. Clausura 15. Apertura de la reunión

El Presidente del Comité, Sr. Lillo Maniscalchi, de Venezuela, inició la reunión.

16. Adopción de la agenda

La agenda provisional fue adoptada sin modificaciones.

65 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

17. Examen del informe de auditoría financiera

Se informó que se entregó a los Comisionados y Jefes de Delegación el informe de auditoría financiera. No se presentaron comentarios.

18. Examen de los presupuestos de 2018 y 2019

La Sra. Nora G. Roa, del personal de la CIAT, presentó el documento CAF-05-04, señalando que el presu-puesto necesita primero mantenerse paralelo a la inflación que afecta todos los gastos operacionales rela-cionados con las actividades de la Comisión, tanto en la sede principal como en el exterior. La Sra. Roa explicó la actividad financiera para el 2016, la situación de las contribuciones para el año 2017 y los pre-supuestos solicitados y proyectados para el 2018 y 2019 respectivamente.

Adicionalmente, expresó que es importante recordar que el alcance de las actividades de la Comisión y su personal sigue creciendo, no sólo conforme al mandato más amplio derivado de la Convención de Antigua, sino también en respuesta a los deseos y exigencias de los Miembros. Es por lo tanto esencial que la Comi-sión adopte el presupuesto solicitado para 2018 de US$ 7,258,413 para que la Comisión y su personal cumplan sus funciones de forma completa y eficaz.

También, se mencionó que es de vital importancia que todas las contribuciones de los Miembros al presu-puesto sean pagadas puntualmente; se informó que las contribuciones que se encontraban pendientes de pago a la fecha (julio 19) se redujeron considerablemente comparado con el año anterior para el mismo periodo.

En respuesta a una pregunta de Japón, se informó que las contrataciones de nuevo personal fueron efectua-das para llenar dos vacantes debido al retiro de dos personas, un científico del área de ecosistemas y un científico asociado al laboratorio de Achotines. Con relación al presupuesto de sueldos y beneficios, se aclaró que no se estaban aplicando aumentos salariales, sino exclusivamente compensaciones derivadas de los aumentos inflacionarios.

Estados Unidos recordó que el Grupo de Trabajo sobre captura incidental recomendó que debía reunirse anualmente, por lo que deberían realizarse las previsiones correspondientes. Se le informó que si las reunio-nes se realizan en conjunto con otras como la del CCA o la CIAT los gastos no serían elevados. Asimismo, Estados Unidos hizo hincapié en que pagos como los correspondientes al fondo de pensiones no deberían reducirse, y sugirió la conveniencia de que un país considere ofrecerse como sede de la reunión en 2018, lo que contribuiría a reducir los costos presupuestales.

En respuesta a una pregunta de Japón sobre el establecimiento de una oficina de campo en Costa Rica y los costos relacionados, se señaló que ese tema se trató en la reunión del CCA, y ahí se mencionó que se aprovecharía un inmueble proporcionado por Costa Rica, y se utilizarían inicialmente fondos de un proyecto FAO-GEF, por lo que no se requeriría presupuesto para operar por 2 años. Después de ese plazo se regre-saría a tratar el tema a la Comisión, esa vez con un plan con base a los resultados ya obtenidos.

México recordó su propuesta (IATTC-92 K-1) para aumentar la contribución de la CIAT al APICD de un 30% a un 40%, y solicitó se presentaran estimaciones de las contribuciones individuales de los Miembros en base al aumento propuesto. Japón y China mencionaron que no estaban en posibilidades de aceptar esa propuesta. Varias delegaciones mencionaron que esa propuesta merecía consideración.

La Unión Europea señaló que no podría aprobar el presupuesto hasta que se revisara el Plan de Acción para la implementación de las recomendaciones del Examen de Desempeño, ya que algunas de ellas tenían im-plicaciones presupuestales. En virtud de ello, el Comité inició la revisión del borrador de Plan de Acción, identificando de manera general las siguientes acciones que podrían tener implicaciones presupuestales:

• Considerar el establecimiento de una nueva posición de Coordinador de Comunicaciones.

• Contratar un profesional en la toma de notas durante las reuniones.

• Contratar personal adicional para traducción.

66 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

• Consideraciones relacionadas con el periodo durante el cual el personal en edad de retiro trabaje como pre-jubilado al lado del nuevo personal designado para llenar el cargo respectivo.

• Contratar un especialista en recursos humanos.

La Unión Europea señaló que este último punto era de gran importancia por lo que se deberían realizar las previsiones presupuestales necesarias para 2018.

Se discutió la contratación de un consultor en una fase preliminar para llevar a cabo una evaluación más específica y detallada de las necesidades y oportunidades en materia de recursos humanos. Se consideró la posibilidad de asignar un monto de US$ 100,000 para este fin, los cuales serían añadidos al presupuesto, en el entendido de que el monto definitivo del contrato podría ser menor. Asimismo, se mencionó que se deberían preparar términos de referencia durante el periodo intersesional para que se pudiera realizar una convocatoria lo antes posible para seleccionar la persona o entidad que sería contratada. No existieron acuerdos concretos al respecto. 19. Contribuciones financieras de los Miembros a la Comisión

a. Presupuesto ordinario (Resolución C-16-07 )

La Secretaría presentó información sobre los adeudos pendientes de los Miembros, destacando que tres Miembros Colombia, Kiribati, y Panamá, llevan dos años de retraso en el monto de sus contribuciones. Asimismo, incluyendo los pagos pendientes de 2017, las contribuciones totales pendientes al 31 de mayo de 2017 suman US$ 3,774,479, equivalente prácticamente a más de la mitad de un año de presupuesto.

La Unión Europea señaló que conforme al Artículo XV, párrafo 4, de la Convención de Antigua automáti-camente pierden el derecho de participar en la toma de decisiones los miembros que registran un atraso en el pago de sus contribuciones por un monto equivalente o superior al total de las contribuciones de 2 años, y que en esta reunión de la CIAT debería aplicarse esta disposición.

Colombia explicó que su atraso en los pagos se debe a situaciones coyunturales económicas y sociales en su país y que están haciendo esfuerzos por regularizar sus pagos. Asimismo señaló que se deberían analizar casuísticamente los casos pendientes de pago y considerar que el reglamento financiero y la Convención de Antigua señalan que la Comisión puede tomar una decisión diferente si así lo desea.

Panamá recordó que había expresado en la reunión anterior su compromiso de realizar pagos anuales que en 10 años cubrirían el saldo pendiente, sin dejar de pagar también sus contribuciones anuales; destacó que la Comisión había aceptado ese compromiso y que, desde entonces, Panamá se había ajustado al mismo, por lo que debería concedérsele una participación igualitaria en la toma de decisiones. Kiribati, señaló que se esforzaba en regularizar el pago de sus contribuciones y que lo haría efectivo durante esta reunión de la CIAT.

Numerosas delegaciones se expresaron en cuanto a la importancia de mantener el derecho de participación de esos tres miembros en la toma de decisiones, no obstante, el asunto quedó pendiente para la decisión de la Comisión.

b. Fondo especial para fomentar la capacidad institucional (Resolución C-14-03)

El Dr. Compeán, Director de la Comisión, presentó el documento CAF-05-05b sobre el fondo especial establecido por la resolución C-14-03 para fomentar la capacidad institucional en los Miembros en desa-rrollo. Señaló que el fondo se alimenta con el 2% de las contribuciones de los Miembros y que si no existen pagos de algunos Miembros no se cuenta con ese ingreso.

Mencionó que conforme lo señala la resolución, se presenta el plan de actividades a desarrollarse en 2018 con recursos del fondo. Estas actividades son las siguientes:

Actividad Monto

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1 Establecimiento de una beca anual de la CIAT para el desarrollo de capacidad científica en CPC en desarrollo US$ 30,000

2 Desarrollo de un curso anual de capacitación para la creación de capacidad para CPC en desa-rrollo, sobre temas tales como métodos de muestreo, evaluación de poblaciones, y política pesquera, entre otros

US$ 20,000

3 Desarrollo de un taller en Centroamérica para brindar orientación sobre los diversos informes a ser remitidos a la Secretaría conforme a las diversas resoluciones existentes US$ 40,000

4 Participación de representantes de Miembros en desarrollo en la reunión anual de la Comisión o de sus órganos subsidiarios US$ 45,000

Perú preguntó porque en la actividad 3, el taller propuesto se limitaba a Centroamérica. Se le aclaró que se dirigiría a países en desarrollo en general. En respuesta a una pregunta de Guatemala, se aclaró que el fondo no cubría actividades de investigación, las cuales deberían considerarse en el marco del programa de investigacio-nes.

La Unión Europea mencionó que no tenían inconvenientes en cuanto a las actividades propuestas y que esto era una decisión de los beneficiarios, no obstante, se debería considerar un plan general que se integre en el futuro al presupuesto. Estados Unidos manifestó su reconocimiento de que el plan estuviera balanceado y no sólo apo-yara la participación en reuniones, sino también se orientara hacia el fortalecimiento de la capacidad científica de Miembros en desarrollo.

c. Programa de seguimiento de los transbordos en el mar (Resolución C-12-07)

Ricardo Belmontes, del personal de la Comisión, presentó el documento CAF-05-05c. Recordó que el programa se ha desarrollado aproximadamente por 8 años y medio bajo un contrato con el consorcio Marine Resources Assessment Group (MRAG), el cual, de acuerdo al contrato firmado por 3 años, estaría brindando sus servicios al menos hasta finales de 2019. Para 2018 se propone un presupuesto de US$ 1,300,000, el cual contempla una reserva de US$ 200,000 para gastos imprevistos y para pagos al inicio de 2018 ya que los nuevos recursos no llegan al inicio del año.

Asimismo, señaló que de acuerdo a la tendencia de solicitudes de observadores en el mar y los costos que ello implica en 2017, muy probablemente se estaría solicitando una contribución extra para el mes de septiembre.

El Comité decidió recomendar a la CIAT aprobar un presupuesto de US$ 1,100,000 para 2018, sin el monto de reserva de US $ 200,000. La Secretaría señaló que ello podría implicar en 2018, solicitar una contribución adi-cional al final del año en caso de que no existieran los fondos suficientes para los pagos al programa.

20. Otros asuntos

No se presentaron otros asuntos.

21. Recomendaciones para la Comisión

El Comité acordó presentar a la Comisión las siguientes recomendaciones:

4. Presupuesto de la CIAT para 2018: Aprobar el monto de US$ 7.258.413, pero no sin antes revisar las implicaciones presupuestales de la implementación de las recomendaciones del Examen de Desempeño (ver borrador de Plan de Acción).

5. Fondo especial para fomentar la capacidad institucional en los CPC en desarrollo: aprobar la utilización de los recursos para 2018, tal como se presentan en la tabla 5 del documento CAF-05-05b.

6. Programa de seguimiento de transbordos en el mar: Aprobar un presupuesto de US$ 1,100,000 para 2018 , y usar la fórmula de distribución de contribuciones que se ha venido utilizando

22. Clausura

La reunión quedó cerrada el día 19 de julio a las 7.00 pm.

68 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Anexo 4b

COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL

COMITÉ PARA LA REVISIÓN DE LA APLICACIÓN DE MEDIDAS ADOPTADAS POR LA COMISIÓN

8a REUNIÓN Ciudad de México, México

20 y 21 de julio de 2017

INFORME DEL PRESIDENTE

AGENDA

1. Apertura de la reunión 2. Adopción de la agenda 3. Cumplimiento con las medidas de la Comisión en 2016:

a. Informe del personal sobre el cumplimiento COR-08-03 b. Revisión de los cuestionarios remitidos por los CPC en cumplimiento de la

4. Identificación de Miembros cuya implementación de las regulaciones de la CIAT

5. Consideración de la Lista de buques INN provisional COR-08-05 6. No Miembros Cooperantes COR-08-06 7. Otros asuntos 8. Recomendaciones a la Comisión 9. Clausura

La octava reunión del Comité para la Revisión de la Aplicación de Medidas Adoptadas por la Comisión (Comité de Revisión) fue celebrada en la Ciudad de México, México el 20 y 21 de julio de 2017.

1.Apertura de la reunión

La reunión fue inaugurada por el presidente del Comité, Sr. David Hogan, de los Estados Unidos.

2. Adopción de la agenda

La agenda provisional fue adoptada sin cambios.

3.Cumplimiento con las medidas de la CIAT en 2016

a) Informe del personal sobre el cumplimiento

La Secretaría presentó el documento COR-08-03, que resume el cumplimiento de las resoluciones de la CIAT en 2016. Varios miembros formularon preguntas, solicitaron aclaraciones e identificaron erro-res que debían corregirse.

b) Presentaciones de los CPC

El Comité escuchó las presentaciones de cada CPC presentes en la reunión, incluyendo explicaciones de ciertas respuestas al cuestionario de cumplimiento, explicaciones y aclaraciones de ciertos casos que aparecieron en el informe de cumplimiento y seguimiento de casos de años anteriores. El Comité utilizó el compendio de cumplimiento para ayudar a guiar el debate y, después de cada presentación del CPC, otros CPCs tuvieron la oportunidad de hacer preguntas y hacer comentarios.

4.Identificación de Miembros cuya implementación de las regulaciones de la CIAT es inadecuada y

69 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

mecanismos para mejorar el cumplimiento

El Comité discutió cuestiones institucionales y del sistema de implementación y ofreció sugerencias sobre la mejora de los procedimientos, la participación y la presentación de informes por los CPC y asuntos conexos. No se identificaron CPCs individuales.

5. Consideración de la Lista de buques INN provisional

El Comité revisó el documento COR-08-05 preparado por la Secretaría, el cual incluye información relativa a la solicitud mantenida por Fiji de retirar al buque Xin Shi Ji 16 de la lista INN. Asimismo, escuchó las presentaciones de Perú y Ecuador sobre la propuesta peruana de añadir al buque Rosanna L. No se acordó ninguna recomendación sobre ninguna de las propuestas.

23. No Miembros Cooperantes

El Comité revisó el documento COR-08-06 relativo a la renovación de la calidad de No Miembro Cooperante a Bolivia, Honduras, Indonesia y Liberia, así como la adición de Chile como No Miembro Cooperante. Indonesia no envió una delegación a la reunión del Comité, por lo que el Comité esperará la participación de Indonesia, posiblemente en el plenario

7.Otros asuntos

No se presentaron otros asuntos.

8. Recomendaciones a la Comisión

El Comité decidió presentar los siguientes asuntos y/o recomendaciones a la CIAT:

Asuntos que fueron discutidos sin que se formularan recomendaciones al respecto:

1. El Comité discutió acerca de si la Comisión debía evaluar y decidir, en esta reunión, los datos mínimos apropiados sobre tortugas marinas, incluida la condición de las tortugas marinas en el momento de su liberación, que deberán ser recolectados por los observadores a bordo de palangreros, y tratar la provi-sión de datos brutos a la Secretaría.

2. El Comité discutió acerca de las opiniones de algunos Miembros sobre las repercusiones para la con-servación y ordenación de los atunes de los buques que pescan tanto en el OPO como en la zona de la WCPFC y que pueden trasladarse entre estas zonas durante las vedas y seguir pescando. Los Miembros expresaron opiniones divergentes sobre si las actividades de esos buques tienen repercusiones en el cumplimiento, la conservación y / o la ordenación. Se reconoció que esta cuestión podría volver a plan-tearse a nivel de la Comisión.

3. Pedir al Grupo de Trabajo sobre Captura Incidental que considere medidas más fuertes o nuevas para implementar los objetivos de conservación de las tortugas marinas y desarrollar ideas para fortalecer la implementación de los requisitos de presentación de informes.

4. Considerar pedir al Comité Científico Asesor que evalúe si los campos de datos de los formularios de observadores a bordo de palangreros proporcionan los datos necesarios para medir la aplicación de las medidas de conservación de la Comisión para las tortugas marinas y revisarlos según sea necesario.

5. El Comité examinó de qué modo la Comisión podría trabajar sobre las reglas de confidencialidad de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Convención de Antigua, incluidas las relativas al trabajo y la información del Comité. Esto fue apoyado por muchas delegaciones, pero algunas no coin-cidieron en que esto debería ser una recomendación del Comité. Se reconoció que este asunto podría volver a plantearse a nivel de la Comisión.

6. El Comité discutió su afirmación general de respetar la decisión del Director de la CIAT en cuanto a

70 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

asignar al personal los temas relacionados con cumplimiento y las responsabilidades asociadas, en es-pera de los resultados de la discusión de la Comisión sobre la aplicación del Plan de Acción en materia de planificación de recursos humanos.

Recomendaciones para el Comité mismo y/o a la Secretaría:

1. Considerar si son suficientes los plazos para el procedimiento de presentación de informes sobre cumplimiento o si se necesita más tiempo y las implicaciones de cualquier cambio para la Secretaría o el Comité.

2. Considerar la posibilidad de modificar el calendario de presentación de informes bajo la Resolución C-07-03 modificando su carácter anual en el caso de que no haya cambios en la implementación para un CPC (o la Comisión).

3. Incluir las disposiciones pertinentes de la Resolución C-13-03 en la sección que contiene la infor-mación sobre la aplicación de la resolución C-05-02 en el informe de cumplimiento y, según pro-ceda, el cuestionario, y añadir esas disposiciones al memorándum anual de la Secretaría sobre en-trega de datos.

4. En los cuestionarios futuros y en el seguimiento de los casos notificados de incumplimiento, que los CPC proporcionen una justificación o más detalles para las determinaciones de "no infracción" y una justificación o más detalles cuando se responde "no aplicable" en el cuestionario.

5. Explorar opciones para mejorar el proceso de revisión de cumplimiento existente e incluir evalua-ciones en futuros informes de cumplimiento de los progresos históricos en la implementación y de tendencias en el cumplimiento, incluyendo tablas en el informe de cumplimiento que muestren la implementación histórica por los CPC desde la entrada en vigor de las resoluciones. Esto debería incluir especificidad en las siguientes áreas:

a. Incluir informes sobre la implementación del requisito de cobertura de observadores a bordo de palangreros en la Resolución C-11-08, y corregir el informe de 2016 para incluir los datos de implementación de 2015 y 2016; e

b. Incluir información sobre el número de lances con incidentes con tortugas marinas (contenida en la Figura 4.1 del informe de 2016 presentado en esta reunión) relativa a la Resolución C-04-05 desde su entrada en vigor en 2004.

6. En los futuros informes de cumplimiento, informar sobre el estado de aplicación de la Recomen-dación C-12-11 (área de traslapo CIAT-WCPFC) y se indique, cuando proceda, el conjunto de medidas que los Miembros pertinentes han decidido aplicar para sus buques en la zona de traslapo, de conformidad con dicha recomendación.

7. En los informes de cumplimiento y cuestionarios futuros, incluir informes sobre las medidas de conservación del atún aleta azul (actualmente C-16-03).

8. Asegurar la programación de al menos 2 días completos de reunión para el Comité.

Recomendaciones a la Comisión:

1. Considerar un tratamiento definitivo de las disposiciones de la medida de conservación y ordenación de los atunes tropicales en cuanto a abordar las diferentes opiniones sobre el uso y la transferencia de los límites de captura palangrera para el patudo.

2. Actualizar el formulario de cumplimiento del observador de la CIAT en cerqueros para permitir a los

71 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

capitanes la oportunidad de revisar, proporcionar comentarios y firmar el formulario, e igualmente ac-tualizar las instrucciones a este efecto en el manual del observador.

3. Aclarar la situación, con respecto a la prohibición de descartes, de las capturas que no se desembarcan, sino que se utilizan a bordo del buque, por ejemplo, como carnada en los plantados.

4. Explorar opciones para enmendar las resoluciones sobre los tiburones para que sean claras, faciliten un entendimiento común y se encuentren alineadas con los objetivos de conservación y utilización de la Comisión para las pesquerías que capturan tiburones, ya sea como objetivo o captura incidental.

5. Revisar o especificar los requisitos de la Resolución C-03-05 para todos los artes y pesquerías (por ejemplo, palangre, pesca artesanal) con respecto a la frecuencia de tallas y los datos de captura y es-fuerzo, para fortalecer la implementación de los requisitos para presentación de informes, preservando su carácter práctico, en particular con respecto a la pesca artesanal.

6. Mantener la lista INN de la CIAT sin cambios.

7. Renovar la calidad de No-Miembro Cooperante de Bolivia, Honduras y Liberia, y conferirle la calidad de No-Miembro Cooperante a Chile. Considerar la solicitud de renovación de Indonesia una vez que la delegación de Indonesia se presente a la plenaria de la CIAT.

9.Clausura

El Comité quedó abierto a la espera de que una delegación de Indonesia asistiera al plenario. La reunión finalmente se clausuró el 28 de julio a las 6 p.m.

72 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Anexo 4c

COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL GRUPO DE TRABAJO PERMANENTE SOBRE LA CAPACIDAD DE LA FLOTA

18ª REUNIÓN Ciudad de México, México

22 de julio de 2017 INFORME DEL PRESIDENTE

AGENDA Documentos 1. Apertura de la reunión

2. Adopción de la agenda

3. Revisión de los cambios en la utilización de la capacidad en el OPO CAP-18-03

4. Revisión de los reclamos, disputas, ajustes, y solicitudes de capacidad pendientes en la lista presentada en la 89ª reunión de la CIAT y referi-

dos en el documento CAP-17-A REV (14 de mayo de 2016) 4.1 Solicitudes de capacidad pendientes de Perú y de Costa Rica

5. Avances en la implementación de un plan de ordenación de la capaci-dad de la flota en el OPO

6. Recomendaciones para la Comisión

7. Otros asuntos

8. Clausura

1. Apertura de la reunión El Sr. Alfonso Miranda, de Perú, inició la reunión en su calidad de presidente del Grupo de Trabajo. 2. Adopción de la agenda Se adoptó la agenda de la reunión cambiando el orden los puntos 4 y 5 de la agenda para revisar primero los temas pendientes de capacidad antes que el punto relativo al plan de ordenación de la capacidad de la pesca en el OPO. Así mismo, se identificaron específicamente como sub-punto en la agenda la revisión de los casos de Perú y Costa Rica. 3. Revisión de los cambios en la utilización de la capacidad en el OPO El Dr. Guillermo Compeán, Director de la CIAT, presentó el documento CAP-18-03 que describe los cam-bios en la utilización de la capacidad en el último año. Señaló que la capacidad cerquera activa en el Registro Regional al 31 de mayo de 2017 es 281,538 m3. La capacidad de los barcos inactivos o hundidos es 6,493 m3, y la capacidad disponible derivada de movimientos en el Registro Regional es 14,330 m3, para un total potencial de 302,361 m3. Cuando la resolución C-02-03 entró en vigor en junio de 2002, la capaci-dad activa era 218,482 m3, mientras que la suma total de la capacidad activa e inactiva, más la incluida en el párrafo 10 de la resolución, era 273,467 m3; aunque la capacidad operativa actual se encuentra por debajo de ese nivel, esto representa un aumento de la capacidad total potencial de 28,894 m3.

73 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Numerosas delegaciones expresaron preocupación por el aumento continuo de la capacidad y señalaron que ya es el momento de aplicar medidas para reducir la capacidad y aplicar un plan de ordenación. 4. Revisión de los reclamos, disputas, ajustes, y solicitudes de capacidad pendientes en la lista pre-

sentada en la 89ª reunión de la CIAT y referidos en el documento CAP-17-A REV (14 de mayo de 2016)

4.1 Solicitudes de capacidad pendiente de Perú y de Costa Rica

i. Perú Perú realizó una presentación para justificar su solicitud de capacidad. Señaló que tiene una reserva de 14,046 m3 considerada en el pie de página del párrafo 10 de la resolución C-02-03 y solicita la asignación de 5,851 m3, que se agregarían a los 5,000 m3

ya concedidos en 2011 en la resolución C-11-12 y enmendada en 2014 por la resolución C-14-05. Señalaron que pesca 94% sobre brisas y 6% sobre plantados, por lo que pesca fundamentalmente atún barrilete, especie que es abundante en sus aguas jurisdiccionales de manera estacional o temporal. La capacidad que posee actualmente es insuficiente para motivar el desarrollo de la pesquería de atunes en Perú. Perú ha respetado a cabalidad las medidas de ordenación adoptadas por la Comisión, además de tener razones económicas que justifican su solicitud. Varias delegaciones expresaron que esta solicitud tiene méritos para ser analizada y reconocieron que fue presentada con todos los elementos necesarios para su análisis.

ii. Costa Rica. Costa Rica señaló que está replanteando su política para desarrollar una industria atunera y su petición está basada en el pie de página de la Resolución C-02-03, por lo que solicita la asignación de 7,058 m3. Costa Rica ha adoptado diversas medidas unilaterales de conservación y ha prohibido la pesca con plantados en su Zona Económica Exclusiva (ZEE). Requiere aumentar su capacidad y por ende la captura para generar mayor materia prima para abastecer a su industria. En respuesta a una pregunta de Estados Unidos en cuanto a si utilizarían la capacidad para transferirla a otros países, Costa Rica señaló que está revisando su legislación para que las capturas que se realicen con esa capacidad se hagan en aguas bajo su jurisdicción.

iii. Bolivia Bolivia señaló que fue despojada de capacidad que tenían asignada, por lo que, si bien no estaba realizando un reclamo de capacidad, solicitaba se reconociera por la Comisión el derecho a esa capacidad perdida, su asignación y la activaría solo en el momento en que se tomen las medidas de ordenación apropiadas. que permitan asegurar que no se afectarían las poblaciones de atún. Bolivia estaría activando sólo 2,217 m3 de los 5,830 m3 que solicita, siempre considerando como prioridad las condiciones del recurso atunero.

iv. Colombia. Colombia señaló que el planteamiento de Bolivia de un despojo de capacidad no debe discutirse en este grupo sino a nivel bilateral y que el asunto ya había sido discutido y resuelto en el pasado. Colombia pre-sentó su solicitud de 4,772 m3, amparada en el pie de página del párrafo 10 de la resolución C-02-03. Pidió que se anexara al informe su declaración al respecto (ver Anexo).

v. Honduras. Honduras señaló que solicitaba 3,000 m3, ya que sólo tiene a la fecha 141 m3. Considera razonable y legí-timo este monto a fin de dar impulso a su sector pesquero y teniendo en cuenta no sólo su condición de país en desarrollo sino también su calidad de No Miembro cooperante de la CIAT que se encuentra comprome-tido en el cumplimiento de las medidas de conservación y ordenación adoptadas por la Comisión.

74 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

vi. Nicaragua Nicaragua recordó su solicitud de 4,200 m3 considerando sus necesidades y requerimientos especiales, así como su condición de país costero en desarrollo. Recordó que no existe una categorización o prioridades para la revisión de los casos pendientes de capacidad.

vii. El Salvador El Salvador recordó su solicitud de e 2,015 m3 considerando igualmente sus necesidades y requerimientos especiales, así como su condición de país costero en desarrollo. Después de realizadas esas presentaciones, algunos Miembros manifestaron que todas las solicitudes deben ser analizadas como un solo paquete, ya que en su conjunto suman aproximadamente 47,000 m3, y que deben ser acompañadas con medidas de conservación y ordenación que compensen el aumento de capaci-dad y el mayor esfuerzo de pesca que tal aumento implica. Perú manifestó que, en las diferentes reuniones del Grupo de Trabajo, se acordó que las solicitudes de capacidad sean atendidas de acuerdo a la categorización que se estableció en Costa Rica en el 2011, siendo las solicitudes de los países costeros mencionados en las notas al pie de página en la Resolución C-02-03, las primeras que debían atenderse. Estados Unidos señaló que algunos de los montos de capacidad que se han otorgado, no siempre han im-pulsado el desarrollo de la industria nacional y se han transferido a otros países, por lo que se debe tener en cuenta este elemento en el análisis de la posible asignación de nueva capacidad, además de realizar un análisis de los préstamos y concesiones de capacidad realizados de un país a otro y cuál es el ingreso gene-rado por esta actividad. 5. Avances en la implementación de un plan de ordenación de la capacidad de la flota en el OPO El Dr. Compeán recordó que existe un proyecto financiado por GEF-Banco Mundial para realizar un estudio que vincule la capacidad con medidas de conservación y ordenación y de cómo avanzar en el manejo de la capacidad en el OPO. Señaló que no se conocen los términos de referencia del estudio, el cuál será asignado a la WWF. Costa Rica propuso que se llevara a cabo un análisis por una consultoría externa para atender este asunto y generar propuestas prácticas para resolver este tema problemático en la Comisión. Después de una larga discusión se acordaron una serie de recomendaciones para la Comisión sobre la forma de continuar el tra-bajo.

6. Recomendaciones para la Comisión

El Grupo de Trabajo recomendó: a. La contratación de un grupo de consultores que recomienden a la Comisión sobre la forma de abordar

de manera operativa la solución a las aspiraciones, solicitudes y reclamos de capacidad, así como la gestión de la capacidad existente, en conjunto con las medidas de ordenación acordes con las condi-ciones del recurso y las circunstancias especiales y necesidades de los países en desarrollo, particular-mente los países costeros en desarrollo y los pequeños países insulares, para compatibilizar con éstas la solución a esos temas de capacidad, en el marco de un plan de gestión de capacidad global basado en los “Elementos para la implementación de un plan de gestión de la capacidad de la flota en la CIAT” plasmados en el documento que fue adoptado en 2016.

75 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

b. Instruir al Director para que proceda a elaborar, en consultar con todos los miembros interesados, una base de términos de referencia de la contratación del grupo de consultores con el objetivo que éstos términos sean informados a los CPC y estos puedan emitir observaciones que fortalezcan esos térmi-nos de referencia. Queda entendido que esos términos de referencia excluirán la posibilidad para los consultores de considerar y pronunciarse sobre los aspectos sustantivos y jurídicos de las disputas existentes.

c. Los resultados del trabajo ejecutado por el grupo de consultores serán analizados en un taller de los

CPC especialmente convocado a efecto de recomendar a la Comisión acerca de acciones concretas para resolver la temática de capacidad en armonía con las medidas de conservación necesarias, en fecha y lugar que oportunamente informará el Director, en el marco de un plan de gestión de capacidad global basado en los “Elementos para la implementación de un plan de gestión de la capacidad de la flota en la CIAT” plasmados en el documento que fue adoptado en 2016.

d. Los resultados del taller deberían ser presentados a la Comisión en la reunión plenaria de 2018.

7. Otros asuntos La Unión Europea presentó su propuesta IATTC-92 PROP C-1 EUR Grupo de trabajo sobre asignación de oportunidades de pesca que se sometería a la reunión plenaria de la Comisión. Señaló que se trataba de crear un marco institucional para avanzar en la discusión de este tema. Algunas delegaciones señalaron que no existía consenso en la Comisión de avanzar en el trabajo para dise-ñar un sistema de cuotas de captura, por lo que quizá no sería oportuno la creación del grupo. Otras dele-gaciones señalaron que presentarían sus comentarios durante la reunión de la CIAT. Igualmente se señaló que quizá sería preferible fortalecer el Grupo de Trabajo sobre capacidad asignándole esta tarea. 8. Clausura. La reunión se clausuró a las 12:00 p.m. del 22 de julio de 2017. Anexo.

Declaración de Colombia Para el Gobierno de Colombia y en concordancia con lo manifestado en la Reunión del Grupo de Trabajo Permanente sobre Capacidad de la Flota y la Reunión de las Partes de CIAT número 88, llevada a cabo en La Jolla, California, la reunión de las Partes no es el espacio apropiado para discutir la solicitud del Estado Plurinacional de Bolivia. Para el Gobierno de Colombia, en cabeza de la autoridad marítima de Colombia, Dirección General Marí-tima –DIMAR-, el proceso de registro de los buques aludidos otorgando el pabellón colombiano se realizó conforme a los procedimientos enmarcados en la normativa colombiana vigente para esa fecha y de buena fe. Para el Gobierno colombiano los certificados de cese de bandera son auténticos, ya que cuentan con la pertinente legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia. Finalmente, se hace pertinente resaltar que la capacidad de acarreo transferida desde Bolivia no hace parte de la reserva de capacidad autorizada para Colombia en el pie de página de la Resolución C-02-03 y debe entenderse como una capacidad adicional que el país adquirió mediante transferencia, la cual no ha sido duplicada.

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Anexo 4d

COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL

GRUPO DE TRABAJO SOBRE CAPTURA INCIDENTAL 7ª REUNIÓN

La Jolla, California (EE.UU) 5-6 de mayo de 2017

INFORME DEL PRESIDENTE Documents 1. Apertura de la reunión

2. Adopción de la agenda

3. Informe general sobre captura incidental en el OPO (Personal de la CIAT)

4. Tortugas marinas:

a. Informe sobre la situación de las tortugas marinas en el OPO, incluyendo cap-tura incidental e interacciones:

i. Presentación general por los Miembros de la captura incidental de tor-tugas marinas e interacciones en sus pesquerías

ii. Informe actualizado de la Secretaría Pro Tempore de la Convención Interamericana (CIA) para la Protección y la Conservación de las Tor-tugas Marinas (Verónica Caceres, Jeffrey Seminoff)

CIT-CC8-2011-Tec.1

b. Informe sobre un análisis conjunto de la eficacia de la mitigación para tortugas marinas y el Sistema de Información sobre Mitigación de la Captura Incidental (BMIS) (Dr. Shelley Clarke),

c. Revisión de las medidas adoptadas en otras OROP atuneras sobre la captura incidental de, e interacciones con, tortugas marinas

d. Perspectivas para acciones futuras incluyendo la investigación

5. Aves marinas:

a. Presentación por la Secretaría del Acuerdo sobre la Conservación de Alba-tros y Petreles (ACAP)

6. Tiburones:

a. Información sobre la situación de los tiburones en el OPO incluyendo la cap-tura incidental y las interacciones (Personal de la CIAT):

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i. Indicadores actualizados de los cerqueros para tiburones sedosos en el OPO

SAC-08-06a(i)

ii. Resultados actualizados del proyecto FAO-GEF sobre tiburones SAC-08-06a(ii)

iii. Información actualizada sobre la mortalidad en la pesca palangrera de ti-burones sedosos posterior a la liberación

7. Otros asuntos

8. Recomendaciones al Comité Científico Asesor

9. Clausura

La 7ª Reunión del Grupo de Trabajo sobre captura incidental fue celebrada en La Jolla, California el 5 y 6 de mayo de 2017. En el anexo 1 se detallan los asistentes.

1. Apertura de la reunión

La reunión fue inaugurada por el Dr. Luis Fleischer de México como Presidente del Grupo. Fue electa la Sra. Yesenia Chumbe de Perú como relatora.

2. Adopción de la agenda

La agenda provisional fue adoptada con la solicitud de Guatemala de realizar una presentación sobre su programa de protección a las tortugas marinas.

3. Informe general sobre captura incidental en el OPO (Personal de la CIAT).

El Dr. Martin Hall del personal de la CIAT, presentó un informe sobre la captura incidental en el OPO, enfocándose en el caso de las tortugas marinas. La discusión derivada de esta presentación, se enfocó principalmente en el uso de anzuelos circulares, de plantados no enmallantes y del trabajo realizado en la pesca con palangre para la protección de las tortugas marinas. En cuanto a los anzuelos circulares, varios participantes señalaron que el costo del pescado ha ayudado a usar este tipo de anzuelos, ya que la calidad del pescado es mejor y motiva a los pescadores a usarlos, así se están logrando buenos resultados con su utilización. En algunos países ya se usan de forma generalizada. Se comentó que en México hace años se probaron anzuelos redondos y se reducía la capturas de tortugas pero se incrementaba la de picudos, por lo que al final se decidió en ese país por una combinación en la utilización de tipos de anzuelos. Se enfatizó en el tema de la capacitación a los pescadores, la cual debe ser continua y permanente. En cuanto a la utilización de plantados no enmallantes en sustitución de los enmallantes, se coincidió que es bien claro que se debe transitar al uso generalizado de los plantados no enmallantes, así como favorecer el uso de la malla denominada chorizo, que coadyuva a evitar el enmallamiento de tortugas. En cuanto al trabajo efectuado en la pesca de palangre para la protección de las tortugas marinas, se destacó que el nivel de muestreo con observadores es de 5% siendo por ello muy limitado para conocer lo que realmente ocurre en esa pesquería. Asimismo, se insistió en que se debe trabajar en materia de capacitación de los pescadores en los grandes palangreros ya que el trabajo realizado data de diez años atrás. La Secre-taría recordó que, para trabajar en algún tema en particular, ello debe ser requerido por los Miembros de la CIAT, ya que las iniciativas deben ir acompañadas de recursos financieros que posibiliten su realización.

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Se propuso que se emitiera la recomendación de tener mayor cobertura de observadores en palangreros y de la importancia de contar con los datos crudos recabados por ellos y no sólo un informe resumido. El personal científico de la CIAT informó que se trataría el tema en extenso durante la reunión del CCA. 4. . Tortugas marinas:

a) Informe sobre la situación de las tortugas marinas en el OPO, incluyendo captura incidental e interacciones:

i. Presentación general por los Miembros de la captura incidental de tortugas marinas e interacciones en sus pesquerías.

El Sr. Ricardo Belmontes del personal de la CIAT, presentó información relacionada con la Resolución C-07-03 que en su párrafo 2 indica que la obligatoriedad de los CPC “A partir de 2008, informar a la CIAT cada año, antes del 30 de junio, de los avances con respecto a la aplicación de la Directrices de la FAO, incluyendo información obtenida sobre las interacciones con las tortugas marinas en las pesquerías gestionadas bajo la Convención”. Señaló que se cuenta con informes de sólo 11 CPC y destacó la necesidad de contar con un formato que permita homogeneizar la información recibida y que pueda ser de utilidad al Grupo de Trabajo y al CCA. Concluyó que las diferentes resoluciones de la CIAT de forma general incluyen los requerimientos del Plan de Acción de la FAO.

Algunos participantes reiteraron la importancia de contar con datos homogéneos presentados en los informes de los países y se realizó la aclaración que el uso de dispositivos excluidores de tortugas marinas es un tema de otras organizaciones y no de la CIAT. Un participante destacó que en el sitio web de la CIAT existe un muy buen informe de Portugal que se podría tomar como base para estos informes.

Por parte de Guatemala, el Sr. Carlos Tejeda, realizó una presentación que puede ser consultada en su totalidad en el sitio DET y ordenación de captura incidental de tortugas marinas. Destacó que la Dirección de Normatividad de la Pesca y Acuicultura -DIPESCA-, con el apoyo de la Convencion Interamericana para la Proteccion y Conservacion de las Tortugas Marinas -CIT-; la National Oceanic and Atmospheric Administration -NOAA- y el Consejo Nacional de Areas Protegidas -CONAP- ; han sumado esfuerzos para conservar, proteger y recuperar las poblaciones de tortugas marinas, involucrando al sector pesquero en la práctica de una pesca responsable.

ii. Informe actualizado de la Secretaría Pro Tempore de la Convención Interamericana (CIT) para la Protección y la Conservación de las Tortugas Marinas.

La Dra. Verónica Cáceres y el Dr. Jeffrey Seminoff de la Secretaría de la CIT, realizaron una presentación sobre los trabajos que se llevan a cabo en el marco de la CIT para la protección de las tortugas marinas que puede ser consultado en el sitio: Estatus y uso de habitat de tortugas marinas en el Océano Pacífico oriental. Se destacó que uno de los objetivos de la CIT es “facilitar la cooperación entre la CIAT y la CIT para mejorar la conservación de las tortugas marinas en el Océano Pacífico Oriental y reducir la captura incidental de estas especies por los buques de la CIAT”.

Realizaron una serie de recomendaciones de las cuales el Grupo de Trabajo destacó las siguientes cuatro, como áreas en las que puede existir colaboracíón entre la CIAT y la CIT, con la debida revisión del CCA:

• Establecer un grupo de trabajo permanente de captura incidental compuesto por miembros del Comité Científico Asesor de la CIAT, el Comité Científico de la CIT y expertos pertinentes. Las funciones de este grupo de trabajo deberían incluir (pero no limitarse a): evaluar periódicamente los patrones de captura incidental de tortugas marinas; identificar áreas de traslape entre las actividades de pesca y los hábitats de tortugas marinas; y proporcionar recomendaciones factibles para futuras estrategias de reducción de la captura incidental.

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• Mejorar la cobertura de observadores a bordo de los buques de pesca con palangre y cerco menores de clase 6 para recopilar datos adicionales sobre las capturas incidentales de tortugas marinas.

• Desarrollar un estudio piloto que evalúe la eficacia y rentabilidad de la vigilancia electrónica de los buques de palangre como herramientas para el monitoreo de la captura accidental potencial de tortugas marinas y otras especies de interés para la conservación y ampliar el programa basado en los resultados del plan piloto.

• Experimentar con medidas de mitigación de la captura incidental, incluyendo acciones en redes pasivas (por ejemplo, palos de luz / iluminación de red, reducción del tiempo de inmersión de la red, reducción de la línea con boya y uso de las mejores prácticas para lanzar y recuperar las redes), así como implementar métodos apropiados de mitigación que podrían ser usados por tipo de flota y arte de pesca con énfasis en las áreas con mayor probabilidad de interacción con las tortugas marinas.

b. Informe sobre un análisis conjunto de la eficacia de la mitigación para tortugas marinas y el Sistema de Información sobre Mitigación de la Captura Incidental (BMIS).

La Dra. Shelley Clarke de la WCPFC, informó sobre el Sistema de Información de Mitigación de Captura Incidental (BIMIS) que se utiliza en la Comisión de Pesquerías del Pacífico Occidental y Central (WCPFC), el cual es un recurso en línea para administradores de pesquerías, científicos, pescadores y el público en general y que tiene el potencial de facilitar la comprensión de los temas relacionados con las capturas incidentales a los actores que participan en la pesca del atún y, por lo tanto, ayudar a adoptar mejores medidas de conservación y ordenación.

El BIMIS lo constituye una base de datos con información sobre la mitigación y manejo de capturas incidentales como tiburones, aves y tortugas marinas capturadas incidentalmente en pesquerías dirigidas a especies altamente migratorias, como el atún y peces picudos.

Se puede acceder al BMIS a través del sitio web de la WCPFC en: http://bmis.wcpfc.int/index.php.

c. Revisión de las medidas adoptadas en otras OROP atuneras sobre la captura incidental, e interacciones con, tortugas marinas.

En este tema nuevamente la Dra. Shelley Clarke de la WCPFC, informó que se llevó a cabo un segundo Taller sobre Análisis Conjunto de la Efectividad de Mitigación de Tortugas Marinas de la WCPFC, del 3 al 8 de noviembre en el Consejo de Manejo Pesquero del Pacífico Occidental en Hawai. Los 2 talleres reunieron a representantes de 21 países y organizaciones, los cuales aportaron datos valiosos para su uso orientado a la protección de las tortugas marinas. Estos trabajos fueron apoyados por el Common Oceans ABNJ Tuna Project y el Pacific Community (SPC). Se logró la meta de evaluar la eficacia de la mitigación en las pesquerías de palangre, al analizarse registros de más de 2,300 interacciones de tortugas laúd, caguama, y tortuga verde con artes de pesca de palangre en todo el Pacífico.

Los resultados del taller se pueden consultar en el sitio workshop report.. Dicho informe será presentado al Comité Científico de la WCPFC en agosto de 2017 y puede ser útil en la revisión de las medidas actuales de conservación y ordenación de las tortugas marinas.

d. Perspectivas para acciones futuras incluyendo la investigación

La Sra. Christina Fahy de Estados Unidos, realizó una presentación sobre las Tortugas marinas en las pes-querías de los Estados Unidos. Destacó que existen diferentes especies de tortugas marinas que se encuen-tran en peligro o diezmadas, tal es el caso de las tortugas lora, caguama, golfina, y carey. Se llevan a cabo

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5 acciones principales para su protección en EUA: reducir las interacciones con pesquerías; mejorar la protección de las playas de anidación y su reproducción, cooperación internacional, seguimiento e investi-gación, y compromiso público. De manera particular, se refirió al trabajo de investigación de la iluminación de redes para reducir la captura incidental a través del cual se tienen datos de que se ha reducido la captura de especies como las tortugas, lobos marinos y delfines. Se comentó que se contrataron 2 buques para esta investigación, por lo que no se ha trabajado en pesquerías comerciales, esto se encuentra en fase de experimentación. Se preguntó sobre costos de experimentación y cuanto duran las luces. Los costos de las luces han bajado de $US 15 a $US 1; y su duración es de aproxi-madamente 6 meses. Las representantes de EUA ofrecieron presentar en el futuro una tabla con cifras más precisas y detalladas sobre los costos.

5. Aves marinas

a) Presentación por la Secretaría del Acuerdo sobre la Conservación de Albatros y Petreles (ACAP)

El Sr Marco Favero de la Secretaría del ACAP realizó una presentación sobre el trabajo que se realiza en ese Acuerdo en materia de la protección de las aves marinas en la pesca comercial. Realizó cuatro recomendaciones al Grupo de Tabajo, las cuales fueron retomadas para ser presentadas a la consideración del CCA. Tales recomendaciones se detallan en el punto 8 de esta relatoría y se relacionan con los siguientes temas:

• Publicación de herramientas y guías para la protección de aves marinas capturadas incidentalmente. • Mejorar la información provista en informes anuales (especies, capturas incidentales, etc). • Analizar el nivel de implementación de la resolución C-11-02, para su actualización. • Considerar como método de mitigación, la utilización de dispositivos protectores de anzuelos.

En caunto al punto dos, varios participantes alentaron a ACAP para que a su vez invite a los países que pescan atún con palangre en el área de la CIAT para aumentar el nivel requerido de cobertura por observadores en buques palangreros y con ello mejorar la cantidad y calidad de los datos que se tienen sobre interacciones de esa pesquería con las aves marinas.

6. Tiburones

a. Información sobre la situación de los tiburones en el OPO incluyendo la captura incidental y las interacciones (Personal de la CIAT):

i. Indicadores actualizados de los cerqueros para tiburones sedosos en el OPO

El Director comentó que en la CIAT se puede hablar de 3 grupos de pesquerías que interactuán con tiburones:

• Cerqueros donde no existe captura directa y se cuenta con buena información recabada por el 100% de cobertura con observadores a bordo en buques de clase 6 (mayor a 363 t de capacidad de acarreo).

• Pesquerías dirigidas a tiburón, respecto a las cuales la CIAT no tiene atribuciones y por ende información.

• Pesquerías con palangreros (no captura directa) donde se debe mejorar la información ya que actualmente sólo existe una cobertura del 5% de observadores.

Recordó que se ha solicitado una evaluación sobre el estado de los tiburones sedoso y martillo, lo cual es

81 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

complicado ya que no se tiene información completa de palangreros, y la información es baja para el tiburón martillo ya que la captura incidental en cerqueros es mínima. Recordó que en la reunión del CCA se tratará sobre el tema y se preparó el documento SAC-08-08a (i) Indicadores actualizados para el tiburón sedoso en el OPO. Asimismo, se ha adoptado la resolución C-16-05 para tratar de contar con mayor información requiriendo a los CPC que sus pescadores recolecten datos de captura de tiburones sedosos y martillo y que éstos sean remitidos a la CIAT de conformidad con los requisitos de notificación de datos de la CIAT.

Igualmente recordó que para el tiburón sedoso ya se cuenta con la resolución C-16-06 , que incluye la prohibición de la retención a bordo, transbordo, descarga, o almacenamiento, de cualquier parte o del cuerpo entero de tiburones sedosos (Carcharhinus falciformis) capturados en el Área de la Convención por buques de cerco y para los palangreros, que las licencias de pesca no los incluya como objetivo de pesca y que exista un límite de su captura incidental a un máximo del 20% de la captura total en peso por viaje de pesca.

ii. Resultados actualizados del proyecto FAO-GEF sobre tiburones.

El personal científico de la CIAT comentó que a través del proyecto financiado por la FAO-GEF, se está apoyando para trabajar en tiburones y se han logrado grandes avances en materia de recopilación de datos, lo cual ha permitido que se discuta sobre medidas de ordenación de algunas especies de tiburones en la Comisión. Se señaló que la financiación no es eterna y que se deberán buscar fondos para cubrir actividades futuras o bien financiar algunas ya realizadas.

El participante de Costa Rica agradeció el apoyo de la CIAT a su país sobre el trabajo relacionado con tibrones y señaló que la creación de una oficina regional de la CIAT en Punta Arenas, sería de gran utilidad para potenciar los buenos resultados del trabajo de recopilación de información de tiburones no sólo en Costa Rica sino también desde ahí a toda la región centroamericana, por lo que solicitó el apoyo para que la propuesta ya presentada en el seno de la Comisión pueda prosperar.

iii. Información actualizada sobre la mortalidad en la pesca palangrera de tiburones sedosos posterior a la liberación

El personal científico de la CIAT comentó que se tratará el tema de la pesca palangrera y los tiburones con profundidad en la reunión del CCA de los siguientes días. Existe un documento al respecto que ya puede ser consultado SAC-08-07e Establecimiento de estándares de datos y requisitos de informes mínimos para los programas de observadores en palangreros bajo la resolución C-11-08. En dicho documento se habla de las necesidades de datos y formas para recabarlos.

7. Otros asuntos

No se discutieron otros asuntos

8. Recomendaciones al Comité Científico Asesor (CCA)

El Grupo de Trabajo emitió las siguientes recomendaciones para consideración del CCA:

• Con miras a obtener mayor información sobre capturas incidentales en buques palangreros, considerar el aumento de la cobertura de observadores actual del 5% al 20%, con base en la recomendación del personal científico de la CIAT , así como pedir la entrega de los datos a nivel operacional registrados por los observadores a bordo.

• Desarrollar y adoptar un formato general para la presentación de informes sobre la aplicación de las Directrices de la FAO para reducir la mortalidad de las tortugas marinas sobre capturas incidentales en operaciones de pesca, tal como lo estipula la resolución C-07-03, así como mejorar el cumplimiento de la presentación de los informes.

82 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

• Que tales informes se pongan a disposición de los CPC a través de una página de acceso controlado en el sitio de internet de la CIAT.

• Analizar el nivel de implementación de la resolución C-07-03 en relación con las medidas aplicadas para reducir la captura accidental de tortugas marinas, con miras a su actualización, en caso necesario.

• Fomentar la cooperación con la Convención Interamericana para la Protección de las Tortugas Marinas (CIT) y, en particular:

i. Fortalecer la cooperación entre ambas organizaciones en actividades orientadas a la protección

de tortugas marinas; seguir invitando a la CIT a participar en el Comité científico asesor de la CIAT, y recomendar que la CIAT participe en las reuniones pertinentes de la CIT.

ii. Recomendar que las Secretarias de CIT y CIAT trabajen de forma conjunta para continuar el apoyo en entrenamiento en mejores prácticas para el manejo seguro y la liberación de tortugas marinas en capturas incidentales.

iii. Alentar la realización de pruebas de mitigación de capturas incidentales de tortugas marinas, por ejemplo con la utilización de iluminación de redes y reducción del tiempo en que las redes son sumergidas.

iv. Alentar a la CIAT a colaborar con el comité científico de la CIT para identificar zonas críticas de captura incidental en las áreas donde se encuentren entre-anidamientos de tortugas laúd.

• En relación con la captura incidental de aves marinas:

i. Colocar en el sitio de internet de la CIAT las herramientas y guías existentes ya desarrolladas por ejemplo para el uso y retirada de anzuelos de las aves capturadas incidentalmente.

ii. Mejorar el nivel de información provisto en los reportes anuales (especies, capturas incidentales de cero, datos estratificados).

iii. Analizar el nivel de implementación de la resolución C-11-02, por ejemplo, en materia de las medidas de mitigación utilizadas, materiales usados, etc. con miras a su actualización, en caso necesario.

iv. Considerar como un método alternativo de mitigación, la utilización de dispositivos protectores de anzuelos.

• Alentar proyectos piloto con observadores electrónicos, principalmente en buques palangreros, y

sugerir a los CPC incluir en sus informes nacionales información resumida sobre el uso de observadores electrónicos.

• Recomendar que el Grupo de Trabajo continúe reuniéndose al menos una vez anualmente.

9. Clausura

La reunión fue clausurada a las 11:00 horas del 6 de mayo de 2017.

83 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Anexo 4e COMISIÓN INTERAMERICANA DEL ATÚN TROPICAL

GRUPO DE TRABAJO AD HOC SOBRE PLANTADOS Ciudad de México, México

Julio de 2017

INFORME DEL PRESIDENTE DEL GRUPO DE TRABAJO DURANTE LA 92ª REUNIÓN DE LA CIAT

El Grupo celebró su segunda reunión en dos partes durante 2017. La primera el 7 de mayo en La Jolla California, y la segunda el 21 de julio en la Ciudad de México. Los principales puntos que se informan son los siguientes:

1. Nuevo marco regulatorio del Grupo 2. Acciones desarrolladas por el Grupo, y 3. Plan de trabajo 2017-2018.

1. Nuevo marco regulatorio del Grupo.

La Comisión enmendó la Resolución C-15-03 sobre la recolección y análisis de datos sobre plantados en junio de 2016 durante su 90ª reunión. Las enmiendas fueron plasmadas en la resolución C-16-01 que incor-pora aspectos novedosos como el carácter permanente del Grupo de Trabajo, la posibilidad de presentar sus informes tanto al CCA como a la Comisión, además de encargarle enlazar sus trabajos a los de otros grupos similares en otras OROPs (principalmente la WCPFC) y de modificar sus términos de referencia. Los términos de referencia del Grupo implican las siguientes nuevas responsabilidades:

• Elaborar formatos para la notificación de datos y definiciones de términos relacionados con la pesca sobre plantados (por ejemplo, plantados biodegradables, plantados no enmallantes, etc.).

• Identificar áreas prioritarias para la investigación.

• Preparar informes anuales para el CCA.

• Identificar y revisar posibles medidas de ordenación de plantados, en coordinación con el personal científico y el Comité Científico Asesor, y hacer recomendaciones a la Comisión, según proceda.

2. Acciones desarrolladas.

Trabajo con otras RFMOs. Se coloca periódicamente en el sitio BASECAMP información generada en otras OROPs sobre plantados y varios miembros del Grupo participaron en la reunión conjunta de plantados celebrada en mayo de 2017 en Madrid, España. Informe al CCA. Se presentaron recomendaciones a la 8ª reunión del CCA celebrada en La Jolla, Califor-nia, las cuales pueden ser consultadas en la página de internet de la Comisión FAD-02(1) – Conclusiones y recomendaciones. Estas fueron resultado de los trabajos de la primera parte de la reunión celebrada en mayo de 2017 y fueron revisadas y aprobadas por el CCA.

84 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Formulario para la colecta de datos. Se desarrolló un Formulario de dispositivos agregadores de peces, el cual se encuentra disponible en la página de internet de la Comisión. Definiciones relacionadas con plantados. Se trabajó con definiciones, las cuales pueden ser consultadas en el sitio BASECAMP del Grupo de Trabajo. Se solicita guía de la Comisión en cuanto al mandato y alcance de las mismas. Existen diferentes posiciones en el Grupo, unos apoyan que estas deben limitarse a los términos o conceptos incluidos en la resolución, y otros, prefieren que se aborden otros términos como plantados activos, entre otros. Plan de investigación. Se ha diseñado un plan de investigación, el cual incluye tres áreas prioritarias que son:

a) El impacto de los plantados en las especies de atún objetivo (barrilete, patudo, y aleta amarilla). El personal científico de la CIAT, prácticamente ya ha retomado los proyectos propuestos.

b) El impacto de los plantados sobre la biodiversidad, en este rubro se intenta se realice la estimación de la captura incidental y los descartes por especies, así como la identificación de áreas conflictivas.

c) El impacto de los plantados en el ecosistema. En esta área se pretende trabajar con plantados biode-gradables, lo cual ya se está realizando con un proyecto financiado por la Unión Europea. Asimismo, se intenta desarrollar un proyecto piloto de recuperación de plantados en zonas sensibles, el cual se abordaría como un estudio de viabilidad de la recogida de plantados. No se prevén costos costos que excedan una cantidad razonable (alrededor de 50 mil dólares).

Identificación de potenciales medidas de ordenación de plantados. El Grupo ya está trabajando en ello y de forma general ha identificado 4 metas en la regulación de los plantados:

- Reducción del esfuerzo de pesca con plantados en los buques cerqueros. - Minimizar la mortalidad de atunes pequeños de aleta amarilla y patudo. - Reducir la captura incidental de especies no objetivo de atún. - Reducir otros impactos en el ecosistema.

Para diseñar o llegar a una posible conclusión de las herramientas o medidas que posibiliten alcanzar las metas anteriores, se diseñó y aplicó un cuestionario donde participaron 21 personas que incluyen gente relacionada con el manejo pesquero, la ciencia, ONGs, y la industria. Los resultados preliminares del cues-tionario identifican principalmente a las siguientes medidas en orden de preferencia, combinando aspectos de control, aceptación, aplicabilidad, y efectividad.

- Aplicar vedas temporales - Limitación de la capacidad de pesca. - Establecer vedas fijas espacio temporales. - Desarrollar prácticas de liberación - Utilizar plantados no enmallantes - Limitar el número de lances con plantados.

3. Plan de trabajo 2017-2018

Se trabajará en las siguientes áreas y actividades:

• Trabajo con otras OROPs. - Informar sobre el desarrollo de trabajos similares en otras OROPs. - Participar en reuniones conjuntas de OROPs atuneras relacionadas con plantados.

85 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

• Recolección de datos - Evaluar la implementación del nuevo formato de inventario y actividades con plantados. - Desarrollar una base de datos común para el manejo de la información de plantados. - Organizar talleres de entrenamiento que ayuden a capitanes de buques y la tripulación a un ade-

cuado llenado de esos formatos. .

• Investigación - Preparar planes de trabajo y presupuestos para los proyectos prioritarios de investigación con plan-

tados e identificar posibles fuentes de financiamiento alterno.

• Manejo - Analizar pros y contras de las diferentes medidas potenciales de manejo que han sido identificadas. - Continuar con el trabajo de desarrollar definiciones y términos relacionados con los plantados.

Finalmente, el Grupo continuaría su trabajo a través del BASECAMP con cinco áreas temáticas; colección de datos, investigación, manejo, cooperación otras OROPs y coordinación general. El Grupo tendría dos reuniones presenciales durante 2018: en mayo antes del CCA y en julio o agosto antes de la reunión anual de la CIAT.

86 CIAT-92- julio de 2017 - Acta

Anexo 5a DECLARACION DE CHILE A LA 92° REUNIÓN ANUAL DE CIAT

Sr. Presidente,

Considerando que es la primera vez que nuestra delegación interviene en ésta, la 92° reunión anual de la Comisión, permítame, primero que nada, agradecer a la Secretaría de la CIAT por la invita-ción cursada a nuestro país para participar como No Parte Cooperante de esta organización y asi-mismo, agradecer al Gobierno de México por la excelente organización y atenciones en este evento. Sr. Presidente, Chile está muy honrado de participar en esta oportunidad y agradecemos el apoyo a nuestra solicitud para obtener la calidad de No Miembro Cooperante. Quiero destacar que pre-viamente en los años 2015 y 2016 participamos como observadores en las reuniones anuales de CIAT. Chile otorga gran relevancia a la administración de los recursos pesqueros orientada a la sustenta-bilidad de las poblaciones de peces, decisiones que requieren ser basadas en la mejor información científica disponible, reconociendo de este modo nuestra responsabilidad y rol como Estado ribe-reño, así como la necesidad de cooperar de acuerdo con las normas del derecho internacional de-rivadas de los instrumentos vigentes de los cuales Chile es parte. Luego de tres años de participación en CIAT, queremos seguir incrementando nuestra coopera-ción. En tal sentido, y como lo indicamos en la carta que contiene nuestra solicitud, manifestamos el compromiso de nuestro país con el cumplimiento de las medidas de conservación y ordenación adoptadas por la Comisión y que se encuentren en vigor, y tal como lo declaramos en la Reunión del Comité para la Revisión de la Aplicación de Medidas Adoptadas por la Comisión, respetaremos los requerimientos de información, los de cumplimiento y los de participación. Con el fin de poner en práctica nuestro nuevo estatus, y basándonos en nuestras buenas y no tan buenas experiencias a nivel nacional e internacional, acumuladas por nuestra participación como estado miembro en algunas Organizaciones Regionales de Ordenamiento pesquero, es que respe-tuosamente, nos permitimos expresar nuestra visión sobre algunas de las medidas que esta Comi-sión ha estado analizando para su aprobación, sin perjuicio de las particularidades que conlleva la administración de cada pesquería. Queremos respaldar la propuesta presentada a esta Comisión, relativa a los estándares mínimos de inspección en puerto. Chile es Miembro del Acuerdo FAO sobre el Estado Rector del Puerto para combatir la Pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, actualmente vigente y que cuenta con 48 Estados Parte, varios de los cuales son Miembros de CIAT. Estimamos que esta propuesta es de gran relevancia para el combate a la pesca ilegal en el Océano Pacifico Oriental, a través de la adopción de medidas mínimas de acceso a puerto para las flotas extranjeras, sin afectar los dere-chos soberanos de los Estados rectores del puerto establecidos por el derecho internacional. Chile entiende la importancia de cooperar para intercambiar experiencias y crear capacidades para implementar efectivamente medidas de control en puerto para naves pesqueras extranjeras. A fines del pasado mes de junio se realizó una Gira de Cooperación Sur-Sur organizada por FAO y el

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Gobierno de Chile, la que contó con la participación de representantes de las autoridades pesqueras de Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá, Perú y República Dominicana, para desarrollar asistencia técnica y capacitación para el desarrollo de acciones con-juntas destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la pesca INDNR. Esta es una de las varias ac-ciones de cooperación que nuestro país ha realizado en esta línea, convencidos de la importancia de un trabajo regional colaborativo. Chile quiere reiterar su agradecimiento a las partes contratantes de la CIAT, a quienes considera-mos relevantes socios en la convergencia en la diversidad de nuestra política exterior en Latinoa-mérica, así como la relevante relación que mantenemos con otras partes de CIAT. Gracias Presidente.

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Anexo 5b DECLARACION DE COLOMBIA Gracias Señor Presidente, Para el Gobierno de Colombia y en concordancia con lo manifestado en la Reunión del Grupo de Trabajo Permanente sobre Capacidad de la Flota y la Reunión de las Partes de CIAT número 88, llevada a cabo en La Jolla, California, la reunión de las Partes no es el espacio apropiado para discutir la solicitud del Estado Plurinacional de Bolivia. Para el Gobierno de Colombia, como cabeza de la autoridad marítima de Colombia, Dirección General Marítima –DIMAR-, el proceso de registro de los buques aludidos otorgando el pabellón colombiano se realizó conforme a los procedimientos enmarcados en la normativa colombiana vigente para esa fecha y de buena fe. Para el Gobierno colombiano los certificados de cese de bandera son auténticos, ya que cuentan con la pertinente legalización del Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia. Finalmente, se hace pertinente resaltar que la capacidad de acarreo transferida desde Bolivia no hace parte de la reserva de capacidad autorizada para Colombia en el pie de página de la Resolu-ción C-02-03 y debe entenderse como una capacidad adicional que el país adquirió mediante trans-ferencia, la cual no ha sido duplicada.

Solicito a la Presidencia la inclusión de esta declaración en el acta.