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Quaderns de l’ensenyament del País Valencià · núm. 214 · Época IV · Julio 2008 Allioli PROFESORADO INTERINO Y NO DEFINITIVO LA GUIA DE LAS ADJUDICACIONES ADJUDICACIONES 2008 LAS VÍCTIMAS DEL NUEVO MODELO DE FUNCIÓN DOCENTE. Profesorado interino y profesorado funcionario sin ningún sexenio, pág. 2 / LAS REVINDICACIONES NO SE VAN DE VACACIONES (Editorial). El profesorado, en el web del STEPV, pág. 3 / TRÁMITES ADMINISTRATIVOS SITUACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PROFESORADO NO DEFINITIVO (OPOSITOR DE 2007 Y/O PROVISIONAL) Y OPOSITOR DE 2008. Documentación a presentar para darse de alta en nómina, pág. 4 / LA SITUACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PROFESORADO INTERINO. Documentación a presentar para darse de alta en nómina, pág. 5 / PRESTACIONES BÁSICAS Y ASISTENCIA SANITARIA. MUFACE ¿Qué son los sexenios? La educación en el exterior, pág. 6 / RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Enxarxats. La junta de personal docente. El comité de salud laboral, pág. 7 / PROFESORADO OPOSITOR 2008 LA FASE DE PRÁCTICAS, pág. 8 / PROFESORADO NO DEFINITIVO EL CONCURSO DE TRASLADOS. El baremo de méritos en el concurso de traslados, pág. 9 / PROFESORADO INTERINO PROFESORADO CONTRATADO A TIEMPO PARCIAL. Puestos de trabajo itinerantes. El reconocimiento de los trienios y sexenios al profesorado interino, pág. 10 / EL SINDICATO INTENSIFICARÁ LAS PRESIONES PARA UN ACUERDO DIGNO. Educación paraliza las negociaciones iniciadas en febrero, pág. 11 / ITINERANCIAS REGULACIÓN DE LAS ITINERANCIAS. Cómo obtener la titulación de valenciano, pàg 12 / FORMACIÓN LA FORMACIÓN PERMANENTE DEL PROFESORADO. Un derecho y un deber de todos los trabajadores y las trabajadoras de la enseñanza, pág. 13 / PERMISOS y LICENCIAS NUEVO DECRETO, PENDIENTE DE PUBLICACIÓN EN EL DOCV. Licencias retribuidas. Licencias no retribuidas. Reducción de jornada. Permisos, pág. 14 / REVISA’T LA NÒMINA Ingressos. Descomptes. Triennis. Sexennis. Complements específics. Comprovem el nostre sou. Una nòmina insuficient, incompleta i injusta, pág. 16

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Quaderns de l’ensenyament del País Valencià · núm. 214 · Época IV · Julio 2008

Allioli

PROFESORADO INTERINO Y NO DEFINITIVO

LA GUIA DE LASADJUDICACIONES

ADJUDICACIONES 2008 LAS VÍCTIMAS DEL NUEVO MODELO DE FUNCIÓN DOCENTE. Profesoradointerino y profesorado funcionario sin ningún sexenio, pág. 2 / LAS REVINDICACIONES NO SE VAN DEVACACIONES (Editorial). El profesorado, en el web del STEPV, pág. 3 / TRÁMITES ADMINISTRATIVOSSITUACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PROFESORADO NO DEFINITIVO (OPOSITOR DE 2007 Y/OPROVISIONAL) Y OPOSITOR DE 2008. Documentación a presentar para darse de alta en nómina, pág.4 / LA SITUACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PROFESORADO INTERINO. Documentación a presentarpara darse de alta en nómina, pág. 5 / PRESTACIONES BÁSICAS Y ASISTENCIA SANITARIA. MUFACE¿Qué son los sexenios? La educación en el exterior, pág. 6 / RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDADSOCIAL. Enxarxats. La junta de personal docente. El comité de salud laboral, pág. 7 / PROFESORADOOPOSITOR 2008 LA FASE DE PRÁCTICAS, pág. 8 / PROFESORADO NO DEFINITIVO EL CONCURSO DETRASLADOS. El baremo de méritos en el concurso de traslados, pág. 9 / PROFESORADO INTERINOPROFESORADO CONTRATADO A TIEMPO PARCIAL. Puestos de trabajo itinerantes. El reconocimientode los trienios y sexenios al profesorado interino, pág. 10 / EL SINDICATO INTENSIFICARÁ LASPRESIONES PARA UN ACUERDO DIGNO. Educación paraliza las negociaciones iniciadas en febrero,pág. 11 / ITINERANCIAS REGULACIÓN DE LAS ITINERANCIAS. Cómo obtener la titulación devalenciano, pàg 12 / FORMACIÓN LA FORMACIÓN PERMANENTE DEL PROFESORADO. Un derecho yun deber de todos los trabajadores y las trabajadoras de la enseñanza, pág. 13 / PERMISOS yLICENCIAS NUEVO DECRETO, PENDIENTE DE PUBLICACIÓN EN EL DOCV. Licencias retribuidas.Licencias no retribuidas. Reducción de jornada. Permisos, pág. 14 / REVISA’T LA NÒMINA Ingressos.Descomptes. Triennis. Sexennis. Complements específics. Comprovem el nostre sou. Una nòminainsuficient, incompleta i injusta, pág. 16

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El profesorado que ha aprobado las oposiciones enlos últimos años lleva poco tiempo de servicio comofuncionario de carrera. Por su parte, el profeso-rado interino, aunque acumule muchos años de tra-bajo en la enseñanza pública, verá reconocidos lostrienios, pero no los sexenios. Ambos colectivos ve-rán su carrera profesional muy dificultada si seaprueba el proyecto de Estatuto del profesorado delMinisterio de Educación, que cuenta con el apoyode otras sindicatos. El Estatuto, aplicable a todo elprofesorado del estado español, se asemeja muc-ho a un convenio colectivo general en la empresaprivada. Es una norma que regulará todas las con-diciones de trabajo, desde la estructura de las re-tribuciones, hasta la jornada y las vacaciones, losconcursos, los desplazamientos forzosos, el accesoa la función docente o el régimen disciplinario.

Con el pretexto de regular el desarrollo profe-sional, el gobierno español quiere introducir alconjunto del profesorado en un laberinto regresivoy jerarquizador, con enormes dificultades, sobre todopara el profesorado con menos antigüedad. El Es-tatuto impulsauna"carreradocente"quesesustentaen la promoción de la competitividad. Con una nue-va estructura retributiva basada en siete grados —de cuatro a seis años para adquirirlos—, a más añosde servicio corresponderán más grados adquiridosautomáticamente.Encambio,elprofesoradoconme-nos años de servicio necesitará muchas más acre-ditaciones y evaluaciones que deberá superar parapoder adquirirlos e incrementar sus retribuciones.Durantemuchotiempo, esteprofesorado seguirá ha-ciendoelmismotrabajo,perohabrádeesperaraquele sea reconocido económicamente.

Los obstáculos, los “méritos” que según el pro-yecto del actual Ministerio de Educación, Política

Social y Deporte hace falta superar para subir degrado, dependen de criterios tan arbitrarios comola evaluación voluntaria de la práctica docente, laasunción de tareas y responsabilidades comple-mentarias, la implicación en el centro, el ejerciciode cargos directivos... Incluso para participar en losconcursos de traslados influirá el grado obtenido.

La actual propuesta de Estatuto contiene otrosaspectos negativos para el desarrollo profesionalde los docentes más noveles. Se introducirán obs-táculos para todo el profesorado, pero serán máspara los más jóvenes, que entrarán en competenciacon el resto del claustro. Todo para “progresar” yconseguir el premio, los grados.

Antes, los sexeniosEl cobro de sexenios deriva del acuerdo de 1991 fir-mado por la Conselleria de Educación y los sindi-catos de Mesa de Educación, con excepción delSTEPV. El Sindicato denunció este sistema retri-butivo porque discrimina a buena parte del profe-sorado —el interino, el profesorado en prácticasy el de menos de seis años de antigüedad, que nopercibe ninguna retribución por este concepto—paga salarios diferentes por una tarea idéntica ycon mismo grado de responsabilidad, y ha con-vertido la formación permanente en una carrerapara coleccionar créditos, devaluándola y convir-tiéndola en una mercancía. El Sindicato siempreha entendido la formación como un derecho y undeber de los docentes y por lo tanto integrada enla jornada laboral y retribuida adecuadamente.

El acuerdo del 8 de mayoEl 8 de mayo de 2007 la Conselleria de Educación yotras organizaciones sindicales firmaban un docu-

mento anunciado entonces a bombo y platillo, ca-ras de felicidad incluidas, como un "acuerdo histó-rico". El Sindicato advirtió de que no era el acuerdoque necesitaba el profesorado y el sistema educa-tivo valenciano sino que contrariamente es un acu-erdo “insuficiente, injusto e incompleto”. Mientrasel STEPV defendía un aumento lineal para los53.000 profesores y profesoras valencianos, otras or-ganizaciones apostaban por profundizar en la divi-siónsalarial.Lanegociaciónacabóestableciendounanueva desproporción entre el dinero que se destinaal complemento específico —el que percibe todo elmundo—yelquesedestinaa lossexenios—quesólopercibeuna parte—.Elacuerdoes una apuestacom-partida por la administración y los sindicados fir-mantes para crear más divisiones salariales y opo-nerse a un modelo educativo y de trabajo cooperativoy democrático. El acuerdo del 8 de mayo avanza laslíneas del futuro Estatuto del profesorado que pre-vé sustituir los sexenios por grados.

Por un nuevo modelo retributivoSTEPV siempre ha entendido que la realización deuna misma tarea con idéntico grado de respon-sabilidad debe estar remunerada con el mismo sa-lario. El sistema de sexenios, que se transforma-rá en el nuevo modelo de grados, clasificasalarialmente el profesorado siendo así que estajerarquización no se corresponde con la natura-leza de la tarea docente ni con la organización es-colar de los centros educativos. El profesorado conmenos antigüedad debe ser consciente de las con-secuencias que sufrirá directamente con el nue-vo Estatuto. El Sindicato sigue comprometido enla defensa del derecho de todo el profesorado aunas retribuciones dignas y no jerarquizadas.

SALARIO BRUTO MENSUAL

2007 2008 2010

sin sexenios con 5 sexenios sin sexenios con 5 sexenios sin sexenios con 5 sexenios

UN MISMO TRABAJO MUCHOS SALARI0S DIFERENTES

+ 337

0 eeu

ros

+ 4 42

7,71

eeur

os

AGOSTO 22007 AGOSTO 22007 JUNIO 22008 JUNIO 22008 ENERO 22010 ENERO 22010

Maestros 1877,45 2248,72 1975,48 2385,20 2007,40 2557,48

Maestros ESO 1989,30 2360,57 2069,30 2497,05 2119,30 2669,33

Prof. técnico 1991,64 2362,91 2071,64 2499,39 2.121,64 2671,67

Prof. Secundaria 2160,01 2531,28 2240,01 2667,76 2290,01 2840,04

+ 555

0 eeu

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Las víctimas del nuevo modelo de función docente Profesorado interino y profesorado funcionario sin ningún sexenio

2 / 214 / JULIO 2008

ADJUDICACIONES 2008

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JULIO 2008 / 214 / 3

ADJUDICACIONES 2008

ÈPOCA IIV -- NN.º 2214 ·· JJulio 22008 ·· STEPV-Iv ·· DDIRECTOR:Joan Blanco · CAP DDE RREDACCIÓ: Rafa Miralles · COOR-DINACIÓ: Rosa Roig · REDACCIÓ: Marc Candela, MilaConca, Santiago Estañán, Josep M. Esteve, ManuelaFerrer,Sònia Ibanyez, Xavi Izquierdo, Helènia López,Jaume Llopis, Vicent Maurí, Ramon Torres · PRODUC-CIÓ: Pep Ruiz · MAQUETACIÓ: Gràcia Ausiàs, JordiBoluda, Amadeu Sanz · CORRECCIÓ LLINGÜÍSTICA: ToniSoriano· ADMINISTRACIÓ, RREDACCIÓ II PPUBLICITAT:Juan de Mena, 18, baix. 46008 València. Telèfon:963919147 · Fax.: 963924334 · [email protected] · IMPRIMEIX: · Bronte Graf, S. L. · Cullerers, 18.Alaquàs. · T. 961515017 · TIRATGE: 20.000 exemplars ·ISSN: 1576-0197 · DIPÒSIT LLEGAL: V-1.454-1981 ·FRANQUEIG CCONCERTAT: 46/075 INTERSINDICALVALENCIANA ·· ALACANT: Glorieta P. Vicente Mojica, 5-12. 03005 · T. 965985165 · ALCOI: Oliver, 1-5è. 03802 · T.966540602 · ALZIRA: Av. Luis Suñer, 28-4t, p. 16. 46600· T. 962400221 · BENICARLÓ: Plaça de l’Ajuntament, 3.12580 · T. 964465283 · ELX: Maximilià Thous, 121-b.03201 · T. 966225616 · CASTELLÓ: Marqués deValverde, 8. 12003 · T. 964269094 · GANDIA: SantPasqual, 13 - 1r dta. 46700 · T., F. 962950754 · VALÈN-CIA: Juan de Mena, 18. 46008 · T. 963919147 · XÀTIVA:Portal del Lleó, 8, 2ª. 46800 · T. 962283067 ·

Las reivindicaciones no se van devacacionesEditorial

Como cada verano, ALLIOLI, la publicación deca-na de la educación en el País Valenciano, publicauna edición especial con toda la información útilpara los enseñantes: el profesorado que ha apro-bado la oposición, el que tiene un destino provi-sional, el interino... Todas y todos están convoca-dos estos días a los actos de adjudicación de plazasvacantes en los centros educativos dependientesde la Generalitat. En estas páginas encontrarán lasexplicaciones más claras sobre la documentaciónque habrán de presentar en las direcciones terri-toriales, las retribuciones, las bolsas de trabajo, lasprestaciones básicas y la asistencia sanitaria y unaamplia oferta formativa, entre otros aspectos.

Un curso con novedades La aplicación de la Ley de Educación (LOE) ha ori-ginado un despliegue importante de la normativaque modifica la actual organización de los centroseducativos. La guía que presentamos contiene unacompilación exhaustiva con las novedades, los as-pectos que se mantienen, las reivindicaciones la-borales y la denuncia de los acuerdos incumplidos.

La educación infantil estrena currículums e in-troduce la lengua extranjera: en primaria la LOE seincorpora al segundo ciclo; la ESO completa el des-pliegue legal con reestructuración de horarios y op-tatividad, así como nuevos programas de diversi-ficación curricular, todo mezclado con lacontrovertida ocurrencia del conseller sobre la im-partición de la Educación para la Ciudadanía. Losbachilleratos sufren una transformación en elprimer curso y nuevos currículos; la FP estrena los

programas de cualificación profesional inicial y loscentros integrados, y también consolida la ense-ñanza a distancia; las escuelas de idiomas im-plantan un nuevo plan de estudios de tres niveles,y las enseñanzas artísticas miran expectantes eldespliegue de la ley por la que se crea el ISEA. Porotra parte, la educación especial, los servicios psi-copedagógicos y los centros de formación de per-sonas adultas reclaman más recursos, una nor-mativa propia y una atención preferente.

Muchas reivindicaciones pendientes Los continuos disparates del conseller —el último,impartir Ciudadanía en inglés— han provocado laindignación de la comunidad escolar, que ha pro-tagonizado importantes movilizaciones. El fraca-sado plan Èxit, la aprobación del decreto de de-rechos y deberes, la quiebra del programa Itaca, lanegativa a negociar la jornada continua o los ata-ques a la gestión democrática de los centros sonsólo pequeños botones de muestra del despreciode Font de Mora hacia el sistema educativo del cuales su máximo responsable.

Las vacaciones ya están aquí. Llega la hora deldescanso y conviene recargar las pilas porque des-de el primer día del nuevo curso este Sindicato se-guirá fiel a la voluntad de las trabajadoras y los tra-bajadores de la enseñanza, y codo a codo con ellosimpulsará de manera firme y responsable toda cla-se de respuestas a las continuas provocaciones deuna administración y un consell tan proclives a igno-rar su compromiso de servicio a la sociedad y a losciudadanos.

EL PROFESORADO, EN LA WEB DEL STEPV

Toda la información de la enseñanzaestá accesible desde la web sindicaldel STEPV. Está estructurada porsectores de trabajo y por áreas detrabajo sindical (mujer, saludlaboral, recursos educativos,política educativa, políticalingüística, formación…).Las secciones más visitadascorresponden a las páginas sobreoposiciones y bolsas de trabajo, lassituaciones administrativas de lostrabajadores (concursos,adjudicaciones...), el seguimiento delas negociaciones sindicales y otrosaspectos de carácter social.La página web se actualizadiariamente, distintas veces,durante toda la semana, incluidosfestivos. “Ofrecer de formapermanente a los trabajadores ytrabajadoras toda la informacióndisponible supone un esfuerzocontinuado que el Sindicato dedicacon el único objetivo de garantizarque la información llega a todos, sinlimitaciones. Por ello, la web es lamejor garantía de democratizacióninformativa”. La puntualidad en lapresentación de los contenidos y latransparencia informativa sonportavoces del rigor y el estilo detrabajo que impregna el conjunto deactividades que promueve el STEPV.

Allioli

EL SINDICATO DE LA ENSEÑANZA

Desde las primeras elecciones sindicales, STEPV es el sindicato mayoritariode la enseñanza. Actualmente ostenta una representatividad del 50,72% enla Mesa Sectorial de Educación. Forma parte de la Intersindical Valenciana,la fuerza sindical más votada en el conjunto de la función pública valenciana.

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4 / 214 / JULIO 2008

TRÁMITES ADMINISTRATIVOS

Situación administrativa del profesorado no definitivo y opositor

Documentación a presentar paradarse de alta en nómina

�Funcionariado de carrera y en prácticas en si-tuación de alta, el 31 de agosto de 2008, en nó-mina docente de cualquiera de las tres direc-ciones territoriales de Educación.• Sin cambio de especialidad. La diligencia de in-corporación que figura al pie de la credencial de pre-sentación al centro se ha de formalizar y remitir-se a la sección de personal correspondiente.Plazo: tres primeros días de septiembre. • Funcionariado en prácticas. Además, fotocopiacompulsada del título académico o certificación aca-démica de finalización de los estudios. • Con cambio de especialidad. Además del proce-dimiento anterior, dos fotocopias compulsadas deltítulo académico o certificación académica de fi-nalización de los estudios. • Cambio de provincia. Además de los documen-tos de los supuestos anteriores, impreso norma-lizado de actualización de domicilio y actualizaciónde datos bancarios, si procede.

� Funcionariado de carrera y en prácticas que el31 de agosto de 2008 no se encuentra de alta ennómina docente de cualquiera de las tres direc-ciones territoriales de Educación. • Impreso normalizado de recogida de datos per-sonales y bancarios.• Impreso normalizado de declaración por razónde la ley de incompatibilidades y de no haber sidoseparado ni inhabilidad del ejercicio de funcionespúblicas. • Impreso normalizado de declaración para el IRPF. • Impreso normalizado de juramento o promesa delealtad al rey y de guardar la Constitución. • Dos fotocopias del carné de identidad y dos másdel NIF, si en el primero no figura la letra fiscal. • Diligencia de incorporación original que figura alpie de la credencial de presentación. • Fotocopia de la primera página de la cartilla deahorros o cuenta corriente, para consignar co-rrectamente los códigos y los números de cuentade la entidad bancaria correspondiente. • Dos fotocopias compulsadas del título académi-co o de la certificación de finalización de estudios. • Certificado médico oficial en el que se haga cons-tar que no se sufre ninguna enfermedad o defec-to físico que impida el ejercicio de las correspon-dientes funciones.

� Notas importantes• Los impresos normalizados están a disposiciónen los negociados de información de las D. Terri-toriales en que se deben dar de alta en nómina. • Para la inclusión en nómina en septiembre es im-prescindible presentar toda la documentación re-lacionada antes del día 5 de ese mes, en el nego-ciado de Información y Registro.

Destino fase de prácticas Los destinos obtenidos para la realización del pe-riodo de prácticas tendrán carácter provisional. Funcionariado en prácticas La D. G. de Personal nombrará los aspirantes se-leccionados a lo largo del curso escolar, en vacanteso en sustituciones de carácter temporal, de acuer-do con las necesidades del servicio, en centros de-pendientes de la Conselleria. Deberán realizar lasprácticas en los destinos adjudicados y se entien-de que renuncian al procedimiento selectivo aque-llas personas aspirantes que no se incorporan. Fase de prácticas • Las prácticas forman parte del proceso selecti-vo y tienen como objeto comprobar la aptitudpara la docencia de los aspirantes seleccionados. • Tendrán una duración de seis meses y serán con-vocadas y reguladas por la D. G. de Personal. • Se crearán comisiones calificadoras que coordi-narán la formación y las actividades al centro. • Se designará profesorado que las tutorizará. • Habrá una evaluación final con "apto" o "no apto". • Las personas aspirantes "no aptas" repetirán lafase de prácticas junto con las aspirantes selec-cionadas en el siguiente concurso-oposición. Documentos a presentar En el plazo de un mes, a contar desde el díasiguiente de la publicación de la lista de aspiran-tes aprobados, habrá que presentar: • Fotocopia compulsada del título o certificado aca-démico, original o compulsado, que acredite haberrealizado los estudios para la obtención del título,

y certificado de pago de los derechos de expedición. • Declaración jurada o promesa de no haber sidoseparado, mediante expediente disciplinario, de nin-guna administración pública, ni encontrarse inha-bilidado para el ejercicio de funciones públicas. • Las personas que acreditan minusvalías, certi-ficado de los órganos competentes que acredite estacondición. Igualmente, certificado de la compati-bilidad con el ejercicio de las funciones del cuer-po y especialidad en qué aspiran a ingresar. • Fotocopia del DNI. • Certificado médico oficial acreditativo de no su-frir ninguna enfermedad, ni de estar afectado porninguna limitación física o psíquica incompatible conel ejercicio de las funciones correspondientes alcuerpo y especialidades a las que se opta. • Fotocopia compulsada del título, certificado o di-ploma que se alegue para la exención de la prue-ba de conocimientos de los dos idiomas oficialesdel PV, en caso de haber alegado la exención. Documentación específica • Enseñanza secundaria. Título de especializacióndidáctica o certificado de aptitud pedagógica o, sicarece, documentación que acredite la dispensa. • Profesorado técnico de FP. Las personas a las queles sea de aplicación la D.T. 2ª del R.D. 777/1998,deberán acreditar, además de la equivalencia aefecto de docencia, su experiencia docente durante,al menos, dos años en centros educativos públicos,mediante certificado expedido por la secretaría conel visto bueno del director del centro o de los cen-tros en los que hayan prestado sus servicios.

Orden de las listasPara la elección de vacantes, las listas del profe-sorado que, superada la fase de prácticas, puedeimpartir más de una especialidad, se ordenan —según el criterio impuesto por la Conselleria— en-trecruzando el orden de cada lista de origen.La nueva situaciónEl profesorado que durante el curso 2007/08 ha su-perado la fase de prácticas se incorpora a los cen-tros como funcionario provisional o en expectati-va de destino. A lo largo del curso 2007/08, habráque tener presentes los siguientes aspectos:Concurso general de trasladosEn el primer trimestre, se convocarán los respec-tivos concursos generales de traslados para cadacuerpo. Es obligatorio participar. Funcionariado de carreraEl nombramiento se publicará —otros años sue-le ser en febrero— en el Diario Oficial de la Gene-ralitat y en el Boletín Oficial del Estado.

Trienios y sexenios • Tras el nombramiento como funcionarios de ca-rrera, se puede solicitar el reconocimiento si secompletan trienios y sexenios con la adicción de losservicios públicos anteriores. • Para los trienios, sirven los servicios prestadosen todas las administraciones públicas. • Para los sexenios, valen sólo aquellos serviciosprestados en las administraciones educativas. • A partir del segundo trienio el reconocimiento esautomático pero para el primero se aportará la do-cumentación acreditativa de los servicios relacio-nados correlativamente en la solicitud (Anexo II). • En cuanto a los sexenios, acompañarán la ins-tancia las certificaciones de 100 créditos corres-pondientes a actividades de formación permanenteo de mejora de la calidad de la enseñanza (Ordende 14 de abril de 2005, DOGV 22/04/2005). El Sin-dicato activará una página web específica con todala información sobre los concursos de traslados.

Profesorado opositor de 2007 y/o provisional

Profesorado opositor de 2008

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JULIO 2008 / 214 / 5

TRÁMITES ADMINISTRATIVOS

Documentación a presentar paradarse de alta en nómina

�Profesorado interino en situación de alta, el 31de agosto de 2008, en nómina docente de cual-quiera de las tres direcciones territoriales deEducación. • La diligencia de incorporación que figura al piede la credencial de presentación al centro se debeformalizar y remitirse a la sección de personal cor-respondiente. Plazo: tres primeros días de sep-tiembre.• Cambio de provincia. Además de los documen-tos de los supuestos anteriores, impreso norma-lizado de actualización de domicilio y actualizaciónde datos bancarios, si procede.

� Profesorado interino que el 31 de agosto de2008 no se encuentre de alta en nómina docen-te de cualquiera de las tres direcciones territo-riales de Educación. • Impreso normalizado de recogida de datos per-sonales y bancarios. • Impreso normalizado de declaración por razónde la ley de incompatibilidades y de no haber sidoseparado ni inhabilitado del ejercicio de funcionespúblicas. • Impreso normalizado de declaración para el IRPF. – Impreso normalizado de juramento o promesa delealtad al rey y de guardar la Constitución. • Dos fotocopias del documento oficial de identi-dad y dos más del NIF si en el carné de identidadno figura la letra del código fiscal. • Diligencia de incorporación original que figura alpie de la credencial de presentación. • Fotocopia de la primera página de la cartilla deahorros o cuenta corriente, para consignar cor-rectamente los códigos y los números de cuenta dela entidad bancaria correspondiente. • Dos fotocopias compulsadas del título académi-co o de la certificación académica de finalizaciónde estudios. • Certificado médico oficial en el que se haga cons-tar que no se sufre ninguna enfermedad o defec-to físico que impida el ejercicio de las correspon-dientes funciones.

� Notas importantes • Los impresos normalizados están a disposiciónde las personas interesadas en los negociados deinformación y registro de las direcciones territorialesen los que se deben dar de alta en nómina.• Para hacer efectiva la inclusión en nómina en sep-tiembre es imprescindible la presentación de todala documentación relacionada debidamente relle-nada antes del día 5 de este mes, en el negociadode Información y Registro de la dirección territo-rial correspondiente.

La situación administrativa del profesorado interino

Informaciones útiles

El profesorado con servicios prestados se encuentrainscrito, si es de primaria, en una de las bolsas detrabajo constituidas por orden cronológico y que fun-cionan para la provisión de puestos de trabajo, bienvacantes, bien sustituciones. Si es de secundaria,estará inscrito igualmente en una bolsa de la es-pecialidad correspondiente. La ordenación de laspersonas dentro de cada bolsa no cambia de un cur-so al siguiente, a excepción del personal de nue-vo ingreso en secundaria, el cual se ordenará se-gún el baremo de ingreso en la bolsa. La únicamodificación posible se produce porque determi-nadas personas causan baja en la bolsa.

� Las bolsas de trabajo La composición y el funcionamiento de las bolsasestán regulados por un acuerdo entre la adminis-tración y los sindicatos. Se trata del pacto sobre pro-visión de puestos de trabajo en régimen de interi-nidad, de 24 de mayo de 1993, y los incidentes quese presentan son resueltos por la comisión de se-guimiento correspondiente. Este acuerdo ha ga-rantizado una estabilidad en las bolsas de traba-jo constituidas, en el sentido que se mantienen, perosegún la cantidad de trabajo en cada curso el re-parto puede llegar a más o a menos gente de la quefigura inscrita. En estos últimos años, se ha crea-do trabajo y, en general —a pesar de la convoca-toria de oposiciones—, las bolsas han continuadocreciendo, incorporando más profesorado.

Ciertamente, el aumento de profesorado inte-rino significa también el aumento de trabajo en pre-cario. Para el STEPV, transformar el trabajo pre-cario en trabajo estable requiere preocuparse, enprimer lugar, por las personas que de hecho ocu-pan estos puestos de trabajo, especialmente cu-ando tienen muchos años de servicios. Hay que fa-cilitarles el acceso a los puestos de trabajo que yaocupan según unas reglas de juego democráticas,que han empezado por la constitución de bolsas detrabajo de forma pública y transparente. En defi-nitiva, es necesaria una política de empleo que prio-rice las personas y su estabilidad laboral y hay queestablecer un sistema de acceso a la Función Pú-blica que tenga en cuenta este planteamiento.

� Retribuciones El profesorado interino que ocupa un puesto de tra-bajo vacante estará de alta en nómina hasta el31/08/2009. Los periodos de trabajo que generanel derecho a cobrar las pagas extraordinarias se dis-tribuyen así: de diciembre a mayo, la paga completaque se cobra en nómina de junio; de junio a no-viembre, en la de diciembre. La fecha de cese definal de curso origina un saldo en nómina de la frac-ción correspondiente de la paga de diciembre(periodo entre junio y el final del curso).

• Al profesorado interino que hace sustituciones,se le debe pagar al final de cada sustitución –decada nombramiento– la parte proporcional de lapaga extraordinaria en curso y la de vacaciones. • El p. interino que sustituya cargos unipersona-les no ejercerá la correspondiente función y ni cu-brirá el horario establecido en realizarla ni cobra-rá el correspondiente complemento. Importante: Se debe cobrar trienios desde la pu-blicación del Estatuto de la Función Pública (05/07).

� Baja laboral • Es obligatorio presentar el parte de baja por en-fermedad a partir del segundo día de ausencia. • En caso de accidente laboral, la prestación de laatención sanitaria la realiza la Seguridad Social.Hace falta, pues, que la persona accidentada se pon-go en contacto telefónico con el negociado de la Se-guridad Social de su dirección territorial para co-municarlo y seguir sus instrucciones. • Observaciones. En el parte de baja debe constarel motivo por contingencias profesionales (enfer-medad profesional o accidente laboral). El accidenteque se produce en ir o volver del trabajo tambè seconsidera accidente laboral (in itinere).

� Situación de paro • Nacimiento del derecho a las prestaciones porparo. Las personas que reúnan los requisitos de-berán solicitar la prestación por paro en el plazomáximo de 15 días desde el cese de los servicios. • Duración. Estará en función del periodo de em-pleo cotizado en los seis años anteriores a la si-tuación legal de desempleo. Por un periodo míni-mo de cotización entre 360 y 539 días, de jornadacompleta, la prestación por paro será de 120 días.Entre 540 y 719 días cotizados, 180 días de pres-tación; y así sucesivamente hasta un máximo de2.160 días, que generan 720 días de prestación. • La cantidad a percibir es el máximo establecidopara el personal que en las últimas seis nóminasestén trabajando en jornada cumpleta. • El personal que ha visto reducida su jornada en,al menos, un 33% podrá solicitar tambè la pres-tación por desempleo en la parte proporcional enque tenga reducida su jornada laboral, si reúne lascondiciones del apartado anterior.

En principio, el INEM aprueba las prestacionesparciales siempre que se acepte la reducción de jor-nada de manera forzosa. Si se pasa de una reduc-ción de jornada a otra que represente un porcenta-je inferior o superior se debe comunicar al INEM.Igualmente se comunicará en el supuesto de que sepase de una jornada reducida a una completa y a lainversa. Aunque se cobre la prestación por paro par-cialmente el cómputo del periodo de cobro es el mis-mo que si se cobra a jornada completa.

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PRESTACIONES BÁSICAS Y ASISTENCIA SANITARIA

MUFACE

Además del régimen general de la Seguridad So-cial, al cual están acogidos la mayor parte de losciudadanos y las ciudadanas, hay varios regímenesespeciales, como por ejemplo la Mutualidad Generalde Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), unorganismo público adscrito al Ministerio de Admi-nistraciones Públicas.

� Alta en MUFACE Todo el profesorado que ha superado el proceso se-lectivo está obligado a darse de alta en MUFACE. Tan-to la Ley 109/1963, de 20 de julio, de funcionarios ci-viles del estado, como el Decreto 315/1964, de 7 defebrero, que aprobó el texto articulado, disponen queel régimen de la Seguridad Social de los funciona-rios públicos sea establecido por una ley especial. LaLey 29/1975, de 27 de junio, sobre Seguridad Socialde los funcionarios civiles del estado, partiendo dela existencia de los sistemas de clases pasivas y ayu-da familiar a los quienes, a todos los efectos y obli-gatoriamente, estaban adscritos todos los funcionariosde la administración civil del estado, crea una mu-tualidad única y obligatoria, MUFACE.

MUFACE ofrece las prestaciones siguientes:asistencia sanitaria, prótesis, prestación farma-céutica, subsidio por incapacidad temporal, sub-sidio por riesgo durante el embarazo, indemniza-ción por lesiones permanentes no invalidantes,prestación por gran invalidez, prestación por hijoa cargo minusválido, ayuda para adquisición de vi-vienda, prestaciones para estudios universitarios,subsidio de jubilación, subsidio por defunción,ayuda de sepelio, ayudas asistenciales, ayudas deprotección sociosanitarias, ayudas económicasen los casos de parto múltiple.

� Asistencia sanitaria Todas las personas mutualistas y beneficiarias deMUFACE tienen derecho a recibir las prestaciones

sanitarias. Además, los cónyuges de los mutualistasy quienes hayan convivido con ellos —aunque nosean beneficiarios— tienen derecho a recibir asis-tencia por maternidad.

La cobertura sanitaria de la cartera de serviciosde MUFACE es equivalente a la del Sistema Nacionalde Salud. Las modalidades comprendidas en laasistencia sanitaria son las siguientes: • Atención primaria, en la cual se incluyen las va-cunaciones y la atención a pacientes de VIH-sida. • Atención especializada en todas las especialidadesmédicas y quirúrgicas, tanto en consulta externacomo en régimen de hospitalización. • Transporte sanitario, oxigenoterapia y aerosol-terapia a domicilio. Los servicios sanitarios son to-talmente gratuitos, sin necesidad de realizar nin-guna aportación por parte de la persona asegurada.

� Posibilidad de elección Las personas mutualistas pueden optar entre laasistencia sanitaria del sistema sanitario públicoa través de la Seguridad Social o la de alguna delas entidades privadas de seguro libre concertadas.La opción se puede ejercitar cada año, durante elmes de enero y por una sola vez. Cada entidad ofre-ce la posibilidad de optar entre los facultativos y cen-tros asistenciales que figuran en su catálogo de ser-vicios, teniendo en cuenta que han de ofrecer almenos dos facultativos de cada especialidad.

� Asistencia en el extranjero Las personas beneficiarias de MUFACE tienen unacobertura en el extranjero equivalente a la asistenciasanitaria de la que disfrutan. Sin embargo, hay quedistinguir dos situaciones: 1. Las personas mutualistas destinadas en el ex-tranjero reciben su asistencia sanitaria a través deALICO mediante una póliza de seguro que MUFA-CE tiene subscrita con esta entidad.

2. Las personas mutualistas que sólo se despla-zan temporalmente al extranjero y reciben asis-tencia sanitaria tendrán derecho que MUFACE lesreintegre los gastos ocasionados por esta asistencia,con las siguientes excepciones: A) Que la asistencia recibida o los gastos reclamadosestén incluidas en algún tipo de cobertura sanita-ria en el exterior, con cargo a un ente público o pri-vado, estatal o extranjero. B) Que de la apreciación de la patología que se tra-te se constate un propósito intencionado del mu-tualista o beneficiario de eludir los servicios sani-tarios que le correspondan.

� Tramitación Las entidades concertadas editan catálogos con larelación detallada de sus servicios y medios, las di-recciones, teléfonos, horarios, así como la informa-ción, urgencias y ambulancias en otras provincias.

Para determinados servicios, como la hospita-lización o el transporte, hay que obtener la auto-rización previa de la entidad.

Sólo en determinados supuestos de urgencia vi-tal se puede recurrir a medios no concertados, aun-que es necesario comunicarlo a la entidad en el pla-zo de quince días.

Cuando surjan dificultades para obtener laasistencia deberá presentarse una reclamación es-crita ante la entidad, la cual deberá disponer unaalternativa asistencial en un plazo de tres días.

� Reclamaciones Las reclamaciones o quejas se han de presentar anteel servicio provincial. MUFACE, tras escuchar a la en-tidad, le planteará una resolución y si continúa el con-flicto lo trasladará a una comisión mixta provincial.Si persiste el desacuerdo el caso será examinado poruna comisión mixta estatal. En todo caso, se podrápresentar una impugnación de acuerdo con la ley.

Los sexenios

El cobro de sexenios deriva del acuerdo fir-mado, en 1991, entre la Conselleria y algunossindicatos de la mesa de Educación. STEPV,contrario al acuerdo de sexenios, entiende quees un sistema retributivo que discrimina unagran parte del profesorado —el interino, el pro-fesorado en prácticas y el que tiene menos deseis años de antigüedad, que no cobra nada poreste concepto—, establece salarios diferentespor hacer una misma tarea y con el mismo gra-do de responsabilidad y ha convierte la for-mación permanente en una carrera para co-leccionar créditos, devaluándola yconvirtiéndola en una mercancía.

Mientras siga vigente el sistema actual, y dadala complejidad del sistema, conviene recordar las cu-estiones más importantes para cobrar puntualmentelos sexenios. Para su reconocimiento hay que teneracreditados seis años de servicios en la docencia yun mínimo de cien créditos de formación por cadaperiodo de seis años. Coincidirá con el vencimien-to de los trienios pares, por servicios docentes. Sepuede solicitar el reconocimiento de los servicios pre-vios al nombramiento como funcionario de carre-ra. La obtención de los créditos correspondientes acada periodo está regulada por un baremo, así comolas características que deben cumplir las justifica-ciones.

La educación en el exterior

La educación en el exterior se realiza en co-ordinación entre los ministerios de Educa-ción y el de Asuntos Exteriores, junto con elInstituto Cervantes, con los objetivos de ex-tender la presencia del sistema educativo es-pañol en el mundo y promocionar y difundirla lengua y la cultura españolas. Las actua-ciones se extienden a 32 países a través delas consejerías de Educación y Ciencia de lasembajadas. Hay que ser funcionario de car-rera en activo con una antigüedad mínima detres años y reunir los requisitos exigidos enla normativa y conocer el idioma que se se-ñale en la convocatoria para cada lugar.

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PRESTACIONES BÁSICAS Y ASISTENCIA SANITARIA

Régimen General de la Seguridad Social

El personal interino docente está incluido en el sis-tema del Régimen General de la Seguridad Social.Este régimen presenta algunas características queconviene conocer.

� Prestaciones por desempleo•Beneficiarios. Tendrán derecho a percibir estasprestaciones los trabajadores y las trabajadoras quetengan cotizados los 365 días inmediatamente an-teriores a la situación de desempleo. • Tipo de prestaciones. A) Prestaciones por de-sempleo total, para las personas que quieren tra-bajar y no pueden. B) Prestaciones por desempleoparcial, para las personas que han visto reducidasu jornada de trabajo en, al menos, un 33%. • Cuantía de las prestaciones. Se calculará te-niendo en cuenta la base reguladora de los seis me-ses inmediatamente anteriores a la situación dedesempleo, y se obtendrá la media. Las cuantíasa percibir serán: A) Durante los 180 primeros días,se pagará el 70% del importe de la base regula-dora. B) A partir de los 181 días, se pagará el 60%del importe de la base reguladora.

� Prestaciones por incapacidad temporal • La base que se tendrá en cuenta para calcularla prestación por incapacidad temporal (IT) será labase por contingencias comunes.• En el periodo que un trabajador o una trabaja-dora se encuentra en situación de IT percibirá lascuantías siguientes: A) Del día 4 al día 20, se pa-gará por parte de la Seguridad Social el 60% de labase reguladora; el 40% restante lo pagará la em-presa. NOTA: CONSEJERÍA PAGA EL 100% DEL SALARIO.

� Tipo de jubilaciones aplicablesSe presentan a continuación los tipos de jubila-ciones más habituales, aunque hay otras que no

se suelen aplicar al funcionariado interino. • Jubilación forzosa. Se produce cuando el traba-jador o la trabajadora cumple 65 años de edad. Labase reguladora se calcula a partir de las basespor contingencias comunes de los 15 años inme-diatamente anteriores al hecho causante. • Jubilación por incapacidad. Se produce cuandoel trabajador o la trabajadora se encuentra en si-tuación de IT durante al menos 12 meses, los cua-les podrán ser prorrogados por seis meses mássi existe alguna posibilidad de recuperación o el dia-gnóstico es incierto. Actualmente no se concedenprácticamente prórrogas y hacia el parte de bajanúmero 33 aproximadamente, la Inspección mé-dica hace pasar un tribunal. Los periodos de bajapor el mismo motivo se acumularán a efectos deeste tiempo máximo, siempre que entre baja y bajano hayan transcurrido más de seis meses. De es-tos periodos de IT, se pueden derivar cuatro tiposde jubilaciones:• Jubilación parcial. No se suele aplicar. • Jubilación por incapacidad total para la profesiónhabitual. El trabajador o la trabajadora percibirá,si es menor de 55 años, el 55% de la base regu-ladora y, si es mayor de 55 años, el 75%. • Jubilación por incapacidad absoluta para cual-quier profesión. Se percibirá el 100% de la base re-guladora. No hay descuento de IRPF. • Gran invalidez. No se suele aplicar. Se percibi-rá el 100% de la base reguladora más un tanto porciento adecuado cuando necesite de otra personapara desarrollar las tareas cotidianas. No se sue-le aplicar, puesto que se da en enfermedades muygraves y con mucha dependencia de la persona en-ferma. • Jubilación a los 60 años. Se produce cuando eltrabajador o la trabajadora tiene cotizados a la Se-guridad Social un mínimo de 15 años y ha realizadoalguna cotización antes del 1 de enero de 1967. La

base reguladora, equivalente a la base por con-tingencias comunes de los últimos 15 años, se re-duce en un 8% por cada año que falte para cum-plir los 65 años.

� Prestaciones durante la maternidad Durante el periodo de permiso maternal se per-cibirá el 100% de la base por contingencias co-munes, la cual será pagada íntegramente por laSeguridad Social. Esta prestación no está sujeta aningún tipo de retención (IRPF, Seguridad Socialu otras).

NOTA IMPORTANTE PARA EL PERSONAL SUSTI-TUTO: Hay que pedir la baja cuando se tiene elnombramiento por cobrar en función de la nómi-na actual y no en función de la prestación de paro.

Enxarxats

Enxarxats es una iniciativa del STEPV paracompartir recursos con los centros. Desdeeste espacio (http://stepv.intersindical.org/enxarxats) se puede acceder a múltiples in-formaciones sobre diferentes sectores edu-cativos o a páginas web con materiales, re-cursos y enlaces sobre aspectos de interéspara el trabajo en la escuela (un món de lli-bres, el 9 d’Octubre, educació per al consum,celebritats...) o informaciones útiles (Un na-dal diferent, un estiu de profit...).

La Junta de Personal Docente

Es el órgano legal de representación surgi-do de las elecciones sindicales en el ámbitode cada Dirección Territorial: València, 65 re-presentantes (30 STEPV); Alicante, 55 (27);Castelló, 31 (13). Las organizaciones con másdel 10% del total de votos emitidos integranlas mesas sectoriales de Educación, una enel ámbito de la Conselleria y, otra, en el con-junto del estado. En el País Valenciano,STEPV cuenta con el 50,7% de representati-vidad; el resto se reparte entre CCOO (23,9),ANPE (14,5) y UGT (10,6).

El comité de salud laboral

Los comités de salud laboral son órganos pa-ritarios integrados por representantes de laadministración y de los trabajadores que de-ben velar por la seguridad y la salud laboraly a los cuales puede dirigirse cualquier tra-bajador o trabajadora. Las delegadas y los de-legados de prevención tienen atribuidas fun-ciones específicas en materia de prevencióny son elegidos entre los miembros electos delas juntas de personal y de sus secciones sin-dicales. Ejercen un trabajo de vigilancia y con-trol sobre el cumplimiento de la normativa deprevención de riesgos laborales.

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PROFESORADO OPOSITOR 2008

La fase de prácticas

Comisión calificadora La Dirección General de Personal regulará la fasede prácticas del profesorado seleccionado en lasconvocatorias de oferta pública de empleo de2008 y publicará una resolución que determinaráque el periodo de prácticas finaliza el 15 de mar-zo, y que se debe confeccionar un informe final. Encada dirección territorial se constituirá una comi-sión calificadora del profesorado en prácticas delcuerpo de maestros, y otra comisión calificadoradel profesorado en prácticas de los cuerpos de pro-fesorado de enseñanza secundaria, escuelas ofi-ciales de idiomas, música y artes escénicas y pro-fesorado técnico de formación profesional.

Profesorado tutor Las tutoras y los tutores serán nombrados prefe-rentemente entre el profesorado del centro don-de la persona aspirante desarrolle las prácticas, yse deberá tener en cuenta que posean, al menos,cinco años de servicios siempre que sea posible yque demuestran una especial dedicación y eficienciaen su trabajo profesional.

Las funciones del profesor tutor o de la profe-sora tutora consistirán en asesorar e informar alprofesorado en prácticas sobre los aspectos de laprogramación general anual

Actividades de prácticas Las actividades de inserción en el puesto de tra-bajo consistirán en el desarrollo de actividades tu-teladas por el profesorado tutor en relación con laprogramación de aula y la evaluación del alumnado,y también con la información sobre el funciona-miento de los órganos de gobierno, participacióny coordinación del centro, con especial atención ala tutoría del alumnado.

Actividades de formación A lo largo del periodo de prácticas hay que reali-zar un curso de la oferta formativa del CEFIRE noinferior a 25 horas, y un curso on line de riesgos la-borales.

Informe final Las personas aspirantes elaborarán un informe fi-

nal en el que reflejen el trabajo realizado duranteel periodo de prácticas, las dificultades que han en-contrado y los apoyos que han recibido. Este informeserá entregado a la comisión calificadora al aca-bar la fase de prácticas.

Evaluación La comisión calificadora realizará la evaluaciónde las personas aspirantes a partir de los infor-mes emitidos por la profesora o el profesortutor, la dirección del centro y la acreditaciónpor la vía del certificado correspondiente de lasactividades formativas realizadas. Los informesde la profesora o el profesor tutor y de la direc-ción del centro se ajustarán a los modelos quefigurarán en el anexo de la resolución y seexpresarán en los términos «satisfactorio» o«no satisfactorio».

El profesorado en prácticas declarado «noapto» podrá incorporarse con los seleccionados dela siguiente promoción para repetir, por una solavez, la fase de prácticas. En esta valoración se ten-drá en cuenta, igualmente, el informe final elabo-rado por las personas aspirantes.

El juicio de la comisión calificadora se expre-sará en términos de «apto» o «no apto» y cuandola calificación sea de «no apto», deberá ser moti-vada.

El informe de la tutoría Los indicadores sobre los cuales se elabora el in-forme son: • Cumplimiento de la programación del equipo olos equipos de ciclo o del departamento didáctico,de acuerdo con el proyecto de ciclo curricular (deetapa). • Aplicación de estrategias metodológicas ade-cuadas y del modelo de evaluación continua y for-mativa. • Adaptación de la programación al alumnado desu grupo o grupos (programación de aula y prác-tica docente). • Participación en las distintas actividades del equi-po o equipos de ciclo o del departamento didácti-co. • Atención a la diversidad del alumnado, particu-

larmente con el que presenta necesidades edu-cativas especiales.• Capacidad de trabajo en equipo.

Informe de la direcciónLos indicadores sobre los que se elabora el infor-me son: • Cumplimiento del horario personal. • Integración en el claustro del profesorado y en lacomunidad educativa. • Participación en las actividades del centro, es-colares, extraescolares y complementarias. • Capacidad de relación y comunicación con elalumnado y las familias.

Duración de las prácticas • Para el profesorado en prácticas que se haya in-corporado hasta el día 15 de septiembre y hayaprestado servicios efectivos durante un periodo deseis meses, las prácticas se considerarán con-cluidas el 15 de marzo siguiente. Desde esta fec-ha, las comisiones podrán disponer de un plazo deveinte días para redactar el acta final. • Situaciones excepcionales: en el supuesto de queuna persona aspirante no pudiera completar el mí-nimo de servicios efectivos establecido en esta fasedel proceso selectivo por causas debidamente jus-tificadas y valoradas por la Dirección General dePersonal, no podrá ser calificada por la comisiónde valoración y se considerará aplazada su incor-poración a la mencionada fase. El profesorado enprácticas que hasta el 15 de marzo del 2009 hayaprestado servicios por un tiempo inferior a seis me-ses, le serán computados estos servicios, contán-dolos a partir de la incorporación al centro paracompletar el mencionado periodo.

Para ello, las comisiones se consideraránconstituidas con carácter permanente hasta la eva-luación del profesorado en prácticas al cual se re-fiere el presente apartado, y entregarán las actasfinales correspondientes en el plazo de cinco díasa partir del último de cada mes.

Asambleas STEPV convocará asambleas y proporcionará un gu-ión para la elaboración del informe final.

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PROFESORADO NO DEFINITIVO

El baremo de méritos en el concurso de traslados

El concurso de traslados

El profesorado que debe participar de manera for-zosa en el concurso de traslados del curso 2008/09—funcionarios provisionales o en expectativa dedestino— ha de consultar el baremo de méritos paraprever y organizar los que le serán valorados en elconcurso. Esta información también puede resul-tar útil para el profesorado en prácticas que deberáconcursar en el curso 2009/10. Los datos se pue-den consultar de forma orientativa en la convoca-toria de concurso de traslados de 2007 (Resoluciónde 18 de octubre de 2007 de la Conselleria de Cul-tura, Educación y Deporte, DOCV del 26/10/2007).El Sindicato convocará asambleas explicativas delconcurso de traslados en las distintas sedes sin-dicales cuando se publiquen las convocatorias, pre-visiblemente en noviembre.

Educación Primaria Tiempo trabajado. Se valora el tiempo de perma-nencia ininterrumpida como funcionario de carreracon destino definitivo en el centro desde el que separticipa; el tiempo transcurrido en situación deprovisionalidad si no se ha obtenido nunca desti-no definitivo y los años de servicio como funcionariode carrera.

Cursos de perfeccionamiento. Sólo se valoran loscursos de perfeccionamiento organizados por lasadministraciones públicas competentes y univer-sidades, como ponente o como asistente, siemprey que versen sobre especialidades propias del cu-erpo de maestros o sobre aspectos científicos, di-dácticos y de organización o con las nuevas tec-nologías aplicadas a la educación.

Nuevas especialidades y titulaciones. También seconsidera la adquisición de una nueva especialidaden la convocatoria oficial y las titulaciones acadé-

micas distintas a las alegadas por el ingreso al cu-erpo (doctor, titulaciones de segundo ciclo o equi-valentes, de primer ciclo o estudios correspon-dientes).

Otros méritos. También se valora el ejercicio de car-gos directivos, la coordinación de ciclo, la aseso-ría o figuras análogas, puestos en la administra-ción educativa de nivel igual o superior. Únicamentese consideran los servicios ejercidos como fun-cionariado de carrera. Finalmente, se tienen en cu-enta las publicaciones de carácter didáctico ycientífico, las titulaciones de enseñanzas de régi-men especial (música, danza, escuelas oficiales deidiomas) —a la espera de la adecuación de la pun-tuación en este apartado a los nuevos niveles (bá-sico, intermedio y superior)— y el título de mestrede valencià.

Sistema de habilitaciones. En el concurso se pue-de participar por todas las habilitaciones recono-cidas. Hay que presentar las habilitaciones distin-tas a la de acceso al sistema de oposición en elmomento de participar en el concurso general, se-gún el modelo de instancia oficial.

Educación Secundaria Méritos docentes. En este apartado se valoran lassiguientes situaciones: • Condición de catedrático. • Antigüedad como funcionario de carrera en el cu-erpo al cual corresponde la vacante; como fun-cionario de carrera en otros cuerpos o escalas do-centes del mismo grupo o grupo superior; comofuncionario de carrera en otros cuerpos o escalasdocentes de grupo inferior; como funcionario condestino definitivo en el mismo puesto en el centrodesde donde se participa.

• Trabajo realizado en plazas calificadas por la ad-ministración como de especial dificultad.

Méritos académicos. Se valoran las siguientes ti-tulaciones: doctorado y premios extraordinarios,otras titulaciones universitarias de primer y de se-gundo ciclo diferentes al primer título que se po-sea, titulaciones de enseñanzas de régimen especial(música, danza y escuelas oficiales de idiomas).

Méritos por formación, perfeccionamiento e in-novación. Se valoran todo tipo de cursos, aun cu-ando las bases diferencien entre cursos relacio-nados científica o didácticamente con laespecialidad y los relacionados con la organizaciónescolar o las nuevas tecnologías aplicadas, y porotro lado las actividades de formación y perfec-cionamiento, incluida la impartición de cursos. Tam-bién se considera la obtención de especialidadesdistintas a la de ingreso adquiridas en el procedi-miento de adquisición de nuevas especialidades.

Otros méritos. Se valoran las publicaciones de ca-rácter didáctico y científico y los proyectos e inno-vaciones técnicas sobre las disciplinas objeto delconcurso; los méritos artísticos (composiciones es-trenadas, grabaciones, conciertos como solistas opremios en exposiciones y en concursos); el ejer-cicio de cargos directivos, la jefatura de seminarioo departamento, asesoría de formación permanenteo dirección de un equipo de orientación educativay psicopedagógica y los cargos en la administracióneducativa con nivel de complemento de destino igu-al o superior al asignado al cuerpo por el cual par-ticipa. Finalmente, se valora el certificado de ca-pacitación y el título de mestre de valencià.

El concurso de traslados es el procedimien-to administrativo para asignar destino definitivoal profesorado que no lo tiene y para trasladar-se a aquel que si dispone. Se convoca todos loscursos. Alternativamente, hay concursos de ca-rácter estatal y de carácter autonómico. El pla-zo de presentación de instancias suele ser entrelos meses de octubre y noviembre. Todos los do-cumentos que se presentan habrán de estar con-formes dentro de la fecha que comprende el pla-zo establecido.

Para poder solicitar puestos de trabajo de lasespecialidades del propio concurso de trasladosse ha de estar en posesión de las habilitacionescorrespondientes.

Hay varías convocatorias que afectan a dife-rentes situaciones del personal que participa (vio-

lencia de género, derecho preferente, participa-ción voluntaria o forzosa...). A todos los efectos,el orden de prioridad para la adjudicación de lospuestos de trabajo vendrá determinada por lapuntuación obtenida según un baremo estable-cido.

Antes de concluir el plazo de presentación deinstancias se podrán presentar nuevas sol.lici-tudes de habilitaciones/especialidades diferen-tes a las del ingreso.

Las vacantes a proveer serán publicadas enel DOCV previamente a la resolución provisionaldel concurso. Serán incrementadas con las re-sultas producidas. Las que tengan carácter iti-nerante serán de petición y adjudicación volun-taria.

Los Servicios Territoriales publicarán las lis-

tas de participantes con la puntuación corres-pondiente y abrirán un periodo para las recla-maciones.

En el momento de la la publicación de la ad-judicación provisional podrá presentarse recla-mación o desistimiento (en el caso de participa-ción no forzosa).

A todos los efectos, los destinos adjudicadosen la resolución definitiva de las convocatorias se-rán irrenunciables.

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PROFESORADO INTERINO

JORNADA COMPLETA EN LOS CUERPOS DE SECUNDARIA

18 7 25 5 7,5 37,5 100%

POSIBLES CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL EN LOS CUERPOS DE SECUNDARIA

13 4 17 4 5 26 72,22%

12 4 16 4 5 25 66,66%

11 4 15 3 4,5 22,5 61,11%

10 3 13 3,5 4 20,5 55,50%

9 3 12 3 3,5 18,5 50%

8 3 11 2,5 3 16,5 44,40%

7 2,5 9,5 2 3 14,5 38,88%

6 2 8 2 2,5 12,5 33,33%

5 1,5 6,5 2 2 10,5 27,77%

4 1 5 1,5 1,5 8 22,22%

3 1 4 1 1 6 16,66%

CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL EN INFANTIL Y PRIMARIA

Lectivas Complementarias

100% 25 5

1/3 de jornada 8 h. 20’ 1 h 40’

1/2 jornada 12 h. 30’ 2h 30’

Profesorado contratado a tiempo parcial

Los contratos a tiempo parcial están reguladospor la Orden de 7 de mayo de 1997 (DOGV de23/05/1995). Se trata de vacantes de contrataciónanual, aunque no es obligatorio elegirlas, es de-cir, se puede renunciar sin perder el número enla lista de interinaje. No existen contratos de tiem-

po parcial de más de 12 horas lectivas, salvo quese tenga asignada una tutoría, única situación enla que el contrato puede ser de 13 horas. En losdos casos, las retribuciones son proporcionalesa las horas trabajadas. Sólo se podrá asignar unatutoría si el contrato es de, como mínimo, nue-

ve horas lectivas. Al profesorado interino del cu-erpo de maestros que trabaje en un IES se le hade aplicar el mismo cuadro que al profesorado delos cuerpos de secundaria.

HORARIO SEMANAL DE OBLIGADA PERMANENCIA EN EL CENTRO RESTO DEL HORARIO

Disposiciones legales sobre puestos de trabajo itinerantes

HORAS HORAS TOTAL HORAS COMPLEM. HORAS DE JORNADA PORCENTAJELECTIVAS COMPLEMENTARIAS COMPUTO MENSUAL LIBRE DISPOSICIÓN LABORAL

Ha transcurrido un año desde que entró en vigorel Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP),que reconoce el derecho del cobro de trienios a todoel personal funcionario interino. La administraciónvalenciana todavía no ha pagado al personal do-cente, aun cuando en 2007 aseguró que abonaríalos trienios al disponer de la correspondientetransferencia presupuestaria.

Por otra parte, el 28 de marzo de 2008 se cer-ró el plazo de reclamaciones de los serviciosprestados por el personal interino. La Conselleriaha argumentado que no disponía de personal su-ficiente para realizar el pago. El País Valenciano,Andalucía, Navarra y Madrid, son las comunidadesen las cuales no se ha efectuado el pago, ni está pre-visto que se realize. En el resto de territorios ya seha hecho efectivo el pago o se está finalizando elproceso. Los sindicatos STEPV, CAT y AFID han de-

nunciado públicamente esta situación en varias oca-siones y han exigido el pago inmediato en las me-sas de negociación.

Los sexenios, también pendientes La exigencia de abono de los sexenios es otra delas reivindicaciones históricas del STEPV, junto conCAT y AFID. En las mesas de negociación sobre elprofesorado interino, la administración valencia-na ha evitado abordar el reconocimiento del com-plemento vinculado a la formación y ha remitido lacuestión a la mesa sobre retribuciones.

El acuerdo del 8 de mayo de 2007 entre la Con-selleria de Educación y otros sindicatos supuso unincumplimiento de la administración del compro-miso que había adquirido sobre las retribucionesen varias mesas de negociación. Una vez más, elprofesorado interino quedó excluido de la nego-

ciación económica. La administración y los sindi-catos que firmaron aquel acuerdo tomaron comoreferencia para la negociación las retribuciones do-centes en Catalunya. El paso del tiempo ha mos-trado que se trata de una coartada por la cual a losdocentes valencianos se les priva de un mejor acu-erdo retributivo. Pero además la referencia almodelo retributivo catalán es falsa porque com-parados los dos modelos se obvia el capítulo de lossexenios para el colectivo interino. De hecho, losdocentes catalanes interinos que cuentan conuna antigüedad suficiente están percibiendo en nó-mina el tercer sexenio.

STEPV, CAT y AFID siguen considerando que elacuerdo retributivo del 8 de mayo de 2007 es dis-criminatorio y por ello continuarán presionando has-ta conseguir la extensión de los sexenios a todo elprofesorado.

El reconocimiento de los trienios y sexenios al profesorado interino

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PROFESORADO INTERINO

El Sindicato intensificará las presiones por un acuerdo dignoEducación paraliza las negociaciones comenzadas en febrero

El balance de las negociaciones entre los repre-sentantes del profesorado y la administración enla mesa de Educación durante el curso 2007/08 esmuy negativo. Con respecto a los docentes interi-nos, hay que remontarse a comienzos de 2006 paraenmarcar el anterior intento de acuerdo para el co-lectivo. Desde entonces no se había abordadoesta cuestión central que afecta a cerca de 15.000trabajadoras y trabajadores de la enseñanza va-lenciana. La presión sindical consiguió que el ca-lendario de negociación para el curso que ahora seacaba incluyera este punto, pero finalmente la Di-rección General de Personal se ha negado a cul-minar una negociación que tiene una importanciatrascendental para el sector.

Hay profesoras y profesores valencianos que de-ciden cada año desplazarse a trabajar a comuni-dades autónomas vecinas donde existen pactos deestabilidad o acuerdos que permiten al profesoradointerino trabajar con unas condiciones mínima-mente dignas, unas condiciones que en el País Va-lenciano no se han alcanzado todavía. Esta ten-dencia, junto al malestar generalizado por temascomo por ejemplo el impago de los trienios, los des-propósitos del plan Èxit, la Educación para la Ciu-dadanía en inglés o el retraso en la cobertura delas bajas, han sido algunos de los temas que hanprotagonizado un malestar persistente que sólo esignorado por una administración educativa que sellena la boca y reivindica que el País Valenciano cu-enta con uno de los mejores acuerdos posibles —desde 1993 (!)— y que con el 12% es una de las co-munidades autónomas con menor porcentaje deprofesorado interino sobre el total de docentes deprimaria y secundaria.

No a la propuesta de Educación STEPV, junto a AFID y CAT, se opuso a la propuestade acuerdo presentada por la administración, a lacual acusó de carencia “de originalidad”: el docu-mento de Educación era un calco de la propuestaque la misma administración había presentado hacemás de dos años, con el agravante de que las es-casas innovaciones todavía podían empeorar másla situación. En su día el Sindicato estimó que el do-cumento de la administración tenía un cariz cla-ramente sancionador —insistía en la exclusión delas bolsas por varias circunstancias—, ofrecíauna difusa propuesta de zonificación en la que eranecesario priorizar provincias o comarcas de todoel territorio valenciano, e introducía a la vez la ob-ligatoriedad de escoger tiempos parciales en la pri-mera elección. Además, se sugería la adjudicaciónno presencial a través del procedimiento infor-mático, un sistema sin las garantías de transpa-rencia que permite la adjudicación presencial.

STEPV considera innegociable todos los as-pectos que perjudican la situación actual del per-

sonal interino —que ya es lo suficiente mala—. Loscambios continuados de residencia o los largos des-plazamientos desde el lugar de residencia al cen-tro de trabajo son inconvenientes graves, espe-cialmente para las personas más mayores que venempeorar cada año sus condiciones laborales. Hayderechos consolidados —como por ejemplo la vo-luntariedad de coger tiempos parciales— que nopueden transformarse en materia negociable paraun eventual acuerdo con la administración.

Es significativo que en la última mesa de ne-gociación los responsables de la administraciónacusaran al Sindicato de querer establecer “un sis-tema de prioridades para no trabajar”. STEPV con-testó que hace falta establecer un sistema de pre-ferencias para poder trabajar en mejorescondiciones, y la necesidad de alcanzar un nuevoacuerdo responde tanto al interés de cubrir las va-cantes y sustituciones que se generan en el siste-ma (en un máximo de tres días) como los intereseslaborales del profesorado interino, a quien no se de-berían de adjudicar de manera obligatoria las va-cantes ofrecidas en julio. Para que las negociacionescon la administración prosperen, el Sindicato con-sidera como premisas irrenunciables la volunta-riedad a la hora de escoger las vacantes en las pri-meras adjudicaciones antes del inicio del cursoescolar y la comarcalización de la adscripción paralas sustituciones. A partir de estas cuestiones bá-sicas, el Sindicato plantea abordar otros aspectostrascendentales, como la igualdad de derechos conel funcionariado de carrera en aspectos como per-misos y licencias, excedencias, adaptaciones del pu-esto de trabajo, reducciones de jornada, jubilaciónvoluntaria, etc.

En el proceso negociador, la inercia de la ad-ministración ha impedido acordar soluciones di-ferentes a la ampliación indiscriminada y sin cri-terio de la oferta pública educativa. Por otra parte,Conselleria advierte del riesgo de que queden sinser cubiertas las bajas en la provincia de Alacant,como consecuencia de las restricciones de lazona de trabajo.

Trabajadores de segunda Como ha reiterado la administración, la única cir-cunstancia justificable para garantizar la estabili-dad a un docente interino es que cubra plazas deespecial dificultad o de difícil provisión, por aleja-miento geográfico u otras circunstancias. Esto y lafacilidad con que se sirve del personal interino cu-ando ha de ocuparse de una especialidad que nole corresponde —en secundaria se niega la posi-bilidad de cambiar de bolsa o estar en más de unaa la vez— permiten asegurar que a la Conselleriasólo le interesa el profesorado interino mientras nomoleste y le sirva para tapar los agujeros del sis-tema.

STEPV siempre ha considerado que la tarea do-cente desarrollada con el mismo grado de res-ponsabilidad ha de estar igualmente remunerada.Pendiente todavía de abonar los trienios previstospor el Estatuto Básico del Empleado Público, sinningún tipo de reconocimiento de antigüedad la-boral, sin voluntad de negociar el cobro de los se-xenios y con las desigualdades retributivas acen-tuadas por el acuerdo del 8 de mayo de 2007, laadministración valenciana está condenando elprofesorado a un trabajo en precario con múltiplesdesventajas en derechos laborales.

STEPV continuará apoyando las reivindicacio-nes, movilizaciones y toda clase de iniciativas delcolectivo interino, e intensificará las presiones antela administración hasta conseguir un acuerdo di-gno con unas condiciones laborales que avancende manera significativa hacia la igualdad plena conel resto del profesorado.

A la Consejería sólo le interesael profesorado interino siemprey cuando no moleste, y le sirvapara parchear el sistema

La labor docente desarrolladacon un mismo grado deresponsabilidad debe serremunerada igual

STEPV considera innegociabletodo lo que perjudique lasituación actual del personalinterino,que ja es deficiente

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ITINERANCIAS

� NormativaOrden de 26/11/02 (DOGV 8/10/02). Instrucciones29/6/99 de la DGCD e Innovación Educativa y Po-lítica Lingüística. Orden de 23/7/98 (DOGV 15/9/98).Decreto 24/1997, de 11 de febrero (DOGV 17/2/97).Decreto 88/2008, de 20 de junio.

� Definición y adscripciónTendrán consideración de puestos docentes itine-rantes aquellos en los que el funcionariado docentedeba prestar sus servicios en más de un centro, concarácter regular y periódico. En los caso de los cen-tros rurales agrupados (CRA), los servicios se de-ben prestar en más de una localidad. Dado que loslugares docentes itinerantes tienen carácter sin-gular, la adscripción a estas plazas es voluntaria.

� Régimen de la itinerànciaAl profesorado itinerante se le aplicarán las dis-posiciones legales que a todos los efectos corres-ponden al profesorado del cuerpo que imparte lasmismas enseñanzas. Los servicios prestados porel funcionariado docente en otro centro distinto delde su adscripción lo serán en régimen de comisiónde servicios, extendida por el director del centro dedestino (Resolución 16/5/95).

El cómputo del horario lectivo semanal esta-rá determinado por el horario destinado a la aten-ción directa del alumnado, los tiempos de re-ducción horaria destinados a los desplazamientosy los atribuidos a otras funciones que le sean asig-nadas.

Se aplicarán los tiempos de reducción horariadestinados a los desplazamientos que a continua-ción se especifican: hasta 80 km semanales, dos

horas de reducción; de 80 a 120 km, tres horas; de120 a 160 km, cuatro horas; de 160 a 200 km, cin-co horas; de 200 a 240 km, seis horas.

Cuando computados el horario de atención di-recta del alumnado y la reducción horaria por ra-zones de desplazamiento, la suma sea inferior alhorario lectivo semanal, el profesorado itinerantedesarrollará las otras funciones que le seránasignadas.

El profesorado itinerante cumplirá lel horariocomplementario semanal de obligada permanen-cia en el centro donde esté adscrito y podrá esta-blecerse una mayor atribución horaria de atencióndirecta al alumnado, con una reducción del hora-rio complementario. El profesorado podrá cumplirparte del horario complementario en un centro dis-tinto del de adscripción, con objeto de participar enlas sesiones de evaluación, claustros y sesiones decoordinación. La jornada lectiva del profesorado iti-nerante empezará y finalizará en los centro de ads-cripción.

Mientras el resto de profesorado no las tengaasignadas y salvo que sea estrictamente necesa-rio, al personal itinerante no le podrá ser asigna-das tutorías. El calendario laboral que deberá cum-plir será el correspondiente al de su centro deadscripción.

� IndemnizacionesEn caso de accidente de circulación, se tendrá de-recho a las indemnizaciones que puedan corres-ponder por aplicación del artículo 6 del Decreto24/1997, de 11 de febrero, y del Decreto 88/2008,de 20 de junio, que modifica el anterior. Todos lostrayectos se abonarán a 0,19 euros por km.

� CentrosEl profesorado itinerante formará parte de losclaustros de todos los centros en los que impartala docencia. La persona responsable de la coordi-nación de horarios será la jefa de estudios del cen-tro de adscripción.

� Salud laboralA partir del sexto mes de embarazo, las profeso-ras itinerantes podrán suspender transitoria-mente las itinerancias y se adscribirán a su cen-tro de destino a tiempo total para reforzar laatención al alumnado.

Regulación de las itineranciasDisposiciones legales sobre puestos de trabajo itinerantes

Como obtener la titulación de valenciano

Por créditos universitarios

Formación porcursos

Entidades Educativas

Universitdad de AlicanteUniversidad Jaime IUniversidad de ValenciaUniversidad Católica

Junta Calificadorade Conocimientos de Valenciano

Escuelas Oficiales de Idiomas

Plan de Formación Lingüístico-técni-ca en valencià. Se puedet realizar enlas convocatorias anuales de laConsejeria de Educación. En septiembre y en julio.

Certificado de CapacitaciónDiploma de Maestro

Certificado de Capacitación

Certificado de Capacitación

Certificado de Capacitación

Diploma de Maestro

Acciones formativas

Créditos universitarios del área de Filologia Catalana o de Didácticade la Lengua y la Literatura

24 créditos40 créditos

Grado Medio y superar curso específico (A, B y C)

Mínmo 3º de Valencino (Certificado Elemental) y superar Curso Específico (A, B y C)

PRIMER CICLONivel Medio y superar curso Específico:Curs A: maestrosCurs B: Secundaria, àreas no lingüísticas.Curs C: Secundaria, àrees lingüísticas.

SEGUNDO CICLOSólo profesorado de Ed. Infantil, Primaria, Secundaria y Adultos de áreas lingüísticas Nivel Superior y superar Curso Específico D.

Titulaciones

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JULIO 2008 / 214 / 13

FORMACIÓN

La formación permanente del profesoradoUn derecho y un deber de todos los trabajadores y las trabajadoras de la enseñanza

La formación permanente siempre ha sido para elSTEPV un derecho y un deber de todo el profeso-rado. La actualización de los conocimientos pro-fesionales, la búsqueda y la investigación relacio-nados con la práctica, son inseparables de lacondición docente. Además, la formación es unacondición indispensable para la autonomía perso-nal y el trabajo cooperativo. Por todo ello, la for-mación ha de estar incluida en la jornada de tra-bajo y la administración debe garantizar que laoferta institucional, a la que hay que incorporar lasiniciativas surgidas del mismo profesorado, lleguea todo el colectivo.

Validez administrativa La Orden de 9 de junio de 1994 regula las actividadesde formación del profesorado: • Serán válidas, a efectos de su reconocimiento ofi-cial por la Conselleria de Educación, las activida-des de formación permanente convocadas por lapropia Conselleria mediante sus servicios centra-les y territoriales y los centros de profesores, otrasadministraciones educativas del estado español, lastitulaciones y cursos organizados por las univer-sidades, las titulaciones de las enseñanzas de ré-gimen especial y aquellas otras organizadas por lasinstituciones públicas y privadas que, a este fin, ten-gan la autorización de la Conselleria, siempre queestas actividades se hayan convocado y realizadode acuerdo con lo que dispone esta Orden.

• Las actividades de formación permanente se cla-sificarán en dos modalidades básicas: a) cursos yb) seminarios y grupos de trabajo. Las actividadesque no se correspondan con estas denominacio-

nes, como por ejemplo congresos, jornadas, etc.,habrán de asimilarse a alguna de ellas según suscaracterísticas.

• La formación en centros, mediante las convoca-torias de la Conselleria de Educación, es conside-rada como una categoría específica de actividadesde formación permanente, pese a que en su des-arrollo puedan incluirse las modalidades mencio-nadas en el punto anterior de este apartado.

• A los certificados acreditativos de la participaciónen actividades de formación permanente habránde constar los datos siguientes: a) Entidad orga-nizadora de la actividad. b) Nombre y cargo de quiénentrega el certificado en representación de la en-tidad organizadora. c) Nombre y apellidos delparticipante y número del documento de identidad.d) Denominación de la actividad. e) Lugar y fechasde realización de la actividad. f) Tipo de participa-ción: asistente, director, coordinador, ponente y pro-fesor. En el caso de los ponentes y profesores, seespecificará el título de la ponencia o materia im-partida. g) Cuantificación en horas. h) Lugar y fec-ha de expedición del certificado. y) Firma y sello.

El reconocimiento de las actividades de for-mación permanente convocadas y realizadas porcentros u organismos extranjeros se podrá reali-zar a solicitud del interesado, que adjuntará los do-cumentos acreditativos de su participación y de lashoras de duración de la actividad, de acuerdo conel procedimiento que se establezca.

Oferta Institucional Comprende un extenso repertorio de acciones for-

mativas de todas las especialidades y áreas, dis-tribuidas durante todo el año en el conjunto del ter-ritorio valenciano. Se convocan distintos tipos deayudas: para proyectos de formación en centros,realización de proyectos de investigación e inno-vación, individuales para formación permanente.Las convocatorias suelen anunciarse en el DOCVpor primavera. El Sindicato informa a su afiliaciónde las convocatorias.

Además, los distintos cefires, además de ca-nalizar la oferta institucional de la conselleria, queincluye los cursos de Valenciano, disponen de unprograma propio de actividades. Más información:http://www.edu.gva.se/por/vale/sfp_0sfp.htm

Universidades públicas Las universidades valencianas disponen de unaoferta de formación dirigida a todo el profesorado,también el de los niveles no universitarios. Más información: • Universitat de València: http://www.uv.se/sfp/ • Universitat Jaume I de Castelló: http://www.uji.se/servicios/uso/formacio/permanen/cursos/cur-so07a.html

Movimientos de Renovación Pedagógica Son la alternativa indispensable para la autofor-mación del profesorado, desde un punto de vis-ta crítico, autónomo y vinculado a la práctica enel centro. Mantienen a lo largo del curso diver-sas ofertas de formación, así como grupos y se-minarios de trabajo, además de las escuelas deverano. Más información: www.fmrppv.org

Escola Sindical de Formació Melchor Botella

La Escola Sindical de Formación Melchor Bo-tella, adscrita a la Intersindical Valenciana, ofre-ce una programación de actividades que tratade complementar los vacíos de la oferta insti-tucional. � Seminarios

• Acción educativa en el exterior • PEC • Freinet

� Jornadas: La tutoría � Cursos presenciales

• Programas de ls acción educativa españolaal exterior

• Práctica de dramatización en el aula • Taller de arte: técnicas plásticas• Ser tutor, una tarea difícil pero necesaria

� Cursos on line• Uso de recursos multimedia e Internet

para la docencia

• Administración de aulas virtuales en loscentros docentes

• Fotografía digital para docentes • Despliegue curricular de la LOE. Teoría y

práctica • La expresión escrita en valenciano • Leer y escribir, un proceso en continua

construcción • El entorno JCLIC: aplicación práctica a la

escuela • Creación de recursos didácticos median-

te Photoshop • De la legislación docente al trabajo en el

aula: claves para empezar en la enseñanza • Expresión oral por alumnado recién lle-

gado • Respuesta educativa al alumnado con NEE • Matemáticas significativas en la escuela • Creación de una revista escolar con her-

ramientas informáticas • WebQuest!!! WebQuèè? Una metodología

por trabajar con Internet en el aula • Organización del tiempo y el espacio en el

aula.

Oferta actualizada de formación� Inscripción y certificación: La matrícula parainscribirse en estas actividades está abierta. LaEscola Melchor Botella tiene conveniado su pro-grama de formación con instituciones oficiales.La Escola expide una certificación que en el casode los funcionarios docentes debe ser diligen-ciada por la Conselleria de Educación. Para laspersonas no funcionarias, el Servei de Forma-ció Permanent de la Universitat de València ex-pide la certificación correspondiente, con vali-dez para cualquier convocatoria oficial. Más información: www.escolasindical.org

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PERMISOS Y LICENCIAS

REDUCCIÓN DE JORNADA

Permisos y licencias

LICENCIAS NO RETRIBUIDAS

PERMISOS

ASISTENCIA Conferencias, congresos, seminarios o jornadas. LEGISLACIÓN ART. 17 DOCUMENTACIÓN: Solicitud: Dirección General dePersonal, con informe favorable previo de la di-rección del centro. DURACIÓN: Máximo 6 días al año. OBSERVACIONES: Contenido relacionado con la ac-tividad docente del peticionario. • Necesario informe de la dirección del centro y de-penderá de las necesidades del servicio. • Percepción íntegra de las retribuciones.

POR ESTUDIOS LEGISLACIÓN ART.18 DOCUMENTACIÓN: Solicitud: Dirección General dePersonal. DURACIÓN: Hasta 12 meses en materiasdirectamente relacionadas con la actividad. • Se puede solicitar cada 5 años de servicio inin-terrumpido. OBSERVACIONES: Se podrá disfrutarsólo por los funcionarios de carrera. • Retribucio-nes básicas. • Al final, hay que presentar memo-ria y certificación. Si no se hace habrá que devol-ver las retribuciones.

LEGISLACIÓN ART. 19 DISPOSICIONES COMUNES • Tendrán de compender periodos seguidos e inin-terrumpidos. • Tendrán la consideración de servicios prestados aefectos de antigüedad. • La administración mantendrá el personal en altaen el régimen de previsión social que corresponda. INTERÉS PARTICULAR LEGISLACIÓN ART. 20 DOCUMENTACIÓN: Solicitud: Direcciones territorialespor delegación del director general de Personal, coninforme favorable previo de la dirección del centro. DURACIÓN: Mínimo 15 días ininterrumpidos y has-ta 9 meses cada 3 años. OBSERVACIONES: Se solicitará 30 días antes y se hade resolver como mínimo con 15 días de antelacióna la fecha de inicio. • La denegación será motivada.

BECAS DE ESTUDIO O INVESTIGACIÓN LEGISLACIÓN ART. 21 DOCUMENTACIÓN: Solicitud: Dirección Territorial.

LEGISLACIÓN ART. 24 DOCUMENTACIÓN: Dirección Territorial. • Pre-sentar al menos 15 días antes del comienzo decada trimestre escolar. • En circunstancias ex-traordinarias el órgano competente podrá modi-ficar los plazos. DURACIÓN: La reducción consistirá en un tercio omedia jornada con las disminuciones de las retri-buciones en la parte proporcional.OBSERVACIONES: Por guarda legal, menores de 12años o familiares (cónyuge o pareja de hecho) querequieran especial dedicación. • Cuidado de un mi-nusválido físico, psíquico o sensorial con una mi-nusvalía igual o superior al 33%. • Por larga en-fermedad o crónica que impida realizar la jornadalaboral completa del propio interesado. • Podrá dis-frutarla cualquier miembro de la pareja, pero no si-multáneamente. Las reducciones de jornada sonincompatibles entre sí. • Afectarán totalmente lajornada laboral establecida en la normativa, re-percutiendo de manera proporcional a los diferentesperiodos que la configuran. • Repercutirá propor-cionalmente en el permiso de lactancia.

LICENCIAS RETRIBUIDAS

MATRIMONIO O UNIONES DE HECHO LEGISLACIÓN ART. 3 DOCUMENTACIÓN: Dirección Territorial. DURACIÓN: 15 días naturales y consecutivos. OBSERVACIONES: Se podrán disfrutar 30 días an-tes o después de la celebración del matrimonioo de la inscripción en los registros oficiales de uni-ones de hecho, a excepción de supuestos debi-damente acreditados • No se podrá disfrutar siel matrimonio o unión de hecho se celebra de nue-vo con la misma persona.

ASISTENCIA A MATRIMONIOS O UNIONES DEHECHO LEGISLACIÓN ART. 2 DOCUMENTACIÓN: Dirección del centro. DURACIÓN: El día de la celebración y a más de375 km. 2 días naturales consecutivos. OBSERVACIONES: Hasta 2º grado por afinidad oconsanguinidad, y los hijos o hijas del cónyuge opareja de hecho.

TÉCNICAS PRENATALES LEGISLACIÓN ART. 4 DOCUMENTACIÓN: Dirección del centro. DURACIÓN: Tiempo necesario indispensablesiempre que se acredite la imposibilidad de laasistencia fuera de la jornada laboral.OBSERVACIONES: Exámenes prenatales, cursosde técnicas para la preparación del parto, técni-cas de fecundació asistida.

MATERNIDAD BIOLÓGICA LEGISLACIÓN ART. 5 DOCUMENTACIÓN: Servicios Territoriales. • Impreso + certificado médico y libro de familia. DURACIÓN: 16 semanas y 2 semanas más porcada hijo, a partir del segundo, en caso de par-te múltiple. También se ampliará en 2 semanas,en caso de que el niño o niña sufra alguna dis-capacidad.

DURACIÓN: La duración del hecho causante OBSERVACIONES: Se podrá disfrutar en funciónde lo que establecen las respectivas convocato-rias y subordinado a las necesidades del servicio.También las podrán disfrutar los funcionarios yfuncionarias a quienes se adjudiquen becas de es-tudio o investigación por órganos como el MEC,administraciones educativas competentes en lamateria.

ASISTENCIA A CURSOS DE PERFECCIONAMIEN-TO PROFESIONALLEGISLACIÓN ART. 22 DOCUMENTACIÓN: Dirección Territorial. DURACIÓN: Máximo 4 meses al año. OBSERVACIONES: Contenidos directamente rela-cionados con el puesto de trabajo o la carrera pro-fesssional. • Según las necesidades del servicio.

ENFERMEDAD DE FAMILIARES LEGISLACIÓN ART. 23 DOCUMENTACIÓN: Dirección Territorial. DURACIÓN: Máximo 1 año. OBSERVACIONES: Enfermedad grave hasta 2º gra-do por afinidad o consanguinidad con convivencia conel solicitante.• Acreditación de la enfermedad por in-formes médicos.

FUNCIONARIAS VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA DEGÉNERO DURACIÓN: El tiempo necesario que acrediten losservicios sociales o de salud. OBSERVACIONES: Cuando la reducción no supe-re la hora diaria no generará deducción de retri-buciones. En el resto de supuestos la reducción dejornada tendrá efectos económicos proporcionales.• Es necesario el informe del Ministerio Fiscal.

DOCV Num. 5690 / 29.01.2008. DECRETO 7/2008, de 25 de enero, del Consell, por el cual se regulan lospermisos y licencias del personal docente no universitario dependiente de la Conselleria d’Educació.Corrección DOCV 24/04/08

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PERMISOS Y LICENCIAS

OBSERVACIONES: El permiso se distribuirá a op-ción de la interesada, siempre que 6 semanassean inmediatamente posteriores al parto. • Encaso de defunción o incapacidad de la madre, elpadre podrá hacer uso del permiso en su totali-dad o por el tiempo restante. • La madre podráceder al padre una parte de este permiso (a ex-cepción de las 6 semanas inmediatamente pos-teriores al parto o que no suponga un riesgo parala salud de la madre, de forma simultánea o su-cesiva (sin superar el tiempo máximo de 16 se-manas o de las que legalmente correspondan) conel de la madre. Con previa renuncia del padre, deeste permiso puede disfrutar el cónyuge o pare-ja de hecho de la madre. • De este permiso, po-drá disfrutar en régimen de jornada completa oa tiempo parcial, dependiendo de las necesida-des del servicio con un informe de la dirección delcentro. • Hijos prematuros: el permiso empezará a con-tar a partir del alta hospitalaria del recién naci-do excluyendo las primeras 6 semanas poste-riores al parto. El padre podrá disfrutar de estepermiso en caso de muerte de la madre o inca-pacidad. • En el supuesto anterior la madre ten-drá derecho a ausentarse durante un máximo de2 horas diarias, preferentemente en horas com-plementarias. • Durante la duración del permi-so de maternidad biológica se podrá participar enlos cursos de formación.

ADOPCIÓN O ACOGIDA DE MENORES LEGISLACIÓN ART. 6 DOCUMENTACIÓN: Dirección Territorial. DURACIÓN: 16 semanas ininterrumpidas, am-pliables en caso de adopción o acogida múltipleo discapacidad del acogido, 2 semanas por cadahijo/a a partir del segundo, a partir de la decisiónadministrativa o judicial de acogida o la resolu-ción judicial de la adopción. OBSERVACIONES: En caso de trabajar los dosprogenitores y de disfrutar simultáneamentedel permiso, la suma de los dos no excederá delas 16 semanas o las que correspondan. • Estepermiso se podrá disfrutar en régimen de jornadacompleta o a tiempo parcial, dependiendo de lasnecesidades del servicio con un informe de la di-rección del centro. • Durante la duración del per-miso se podrá participar en los cursos de for-mación.

ADOPCIÓN INTERNACIONAL LEGISLACIÓN ART. 7 DOCUMENTACIÓN: Dirección Territorial.

DURACIÓN: Hasta 2 meses con retribuciones bá-sicas.OBSERVACIONES: Se puede iniciar 4 semanas an-tes de la resolución de adopción. • Durante la du-ración del permiso se podrá participar en los cur-sos de formación.

LACTANCIALEGISLACIÓN ART. 8 DOCUMENTACIÓN: Dirección del centro y Direc-ción Territorial en caso de compactarla adjun-tando libro de familia. DURACIÓN: 1 hora diaria hasta que el bebécumpla 12 meses tanto por maternidad biológi-ca, adopción o acogimiento.OBSERVACIONES: Indistintamente el padre o lamadre, con previa renuncia del padre. Del per-miso, puede disfrutar el cónyuge o la pareja dehecho de la madre. • Se puede compactar por unaampliación de un mes del permiso maternal queacumule en jornadas completas el tiempo cor-respondiente.

PATERNIDAD LEGISLACIÓN ART. 9 DOCUMENTACIÓN: Servicios Territoriales. DURACIÓN: 15 días naturales por nacimiento,adopción o acogida.OBSERVACIONES: Con previa renuncia del padre,del permiso puede disfrutar el cónyuge o pare-ja de hecho de la madre.

INTERRUPCIÓN DEL EMBARAZO DOCUMENTACIÓN: Dirección Territorial. DURACIÓN: 6 días naturales y consecutivos a par-tir del hecho causante, siempre que no se encu-entre en situación de incapacidad temporal.

PERMISO MÉDICO EDUCATIVO Y ASISTENCIAL LEGISLACIÓN ART. 11 DOCUMENTACIÓN: Dirección del centro. DURACIÓN: Tiempo indispensable, preferente-mente en horario no lectivo. OBSERVACIONES: Necesidades propias de asis-tencia o de menores, mayores o discapacitados asu cargo. • Consultas, tratamientos y exploracio-nes médicas. • Reuniones de coordinación de loscentros educativos y consultas en el ámbito so-ciosanitario de hijos, hijas o menores a su cargo...

MUERTE O ENFERMEDAD GRAVE DE FAMILIAR (por consaguinitat o afinidad). LEGISLACIÓN ART. 12 DOCUMENTACIÓN Direció del centro.

DURACIÓN: Cónyuge o pareja de hecho o fami-liar hasta 1r grado por consanguinidad, hasta 4días. Si es a más de 100 km de la localidad de re-sidencia del personal, 6 días. •Familiar hasta 2ºgrado por consanguinidad o de 1r grado por afi-nidad, 3 días. Si el hecho causante es a más de100 km, 5 días. OBSERVACIONES: Los días contarán a partir delhecho que origine el derecho. •En caso de en-fermedades graves de larga duración, los días po-drán utilizarse alternos. Se puede conceder denuevo cada vez que se acredite una nueva situa-ción de gravedad. • En caso de que la hospitali-zación sea inferior a los días a que el personal tie-ne derecho por enfermedad grave, este permisose reducirá a los días de hospitalización, con ex-cepción si existe un certificado de gravedad.

EXÁMENESLEGISLACIÓN ART. 13 DOCUMENTACIÓN: Dirección del centro y pre-sentar justificante posteriormente. DURACIÓN: El día o los días de celebración. OBSERVACIONES: Pruebas selectivas de ingresoen adminisracions publicas. • Exámenes y otraspruebas definitivas en centros oficiales. • Se dis-frutará aunque sea compatible con la jornada.

TRASLADO DOMICILIO HABITUAL LEGISLACIÓN ART. 14 DOCUMENTACIÓN: Dirección del centro. DURACIÓN: 2 días naturales consecutivos. OBSERVACIONES: Aportar justificante.

DEBER INEXCUSABLE LEGISLACIÓN ART. 15 DOCUMENTACIÓN: Dirección del centro. DURACIÓN: Por el tiempo indispensable. OBSERVACIONES: • Citaciones de tribunales, co-misarías y otros organismos oficiales. •Cumpli-miento de deberes derivados de la consultaelectoral. • Asistencia a reuniones de los órga-nos de gobierno y comisiones derivados de car-gos electos de concejal o diputado/a. • Cumpli-miento de obligaciones que generen a la personainteresada una responsabilidad de orden civil, so-cial o administrativa. • Asistencia a las sesionesde un tribunal de de elección.

FUNCIONES REPRESENTATIVAS Y FORMACIÓN LEGISLACIÓN ART.16 DOCUMENTACIÓN: Justificante. DURACIÓN: La establecida en la normativa vi-gente.

TODA LA INFORMACIÓN ACTUALIZADA LA ENCONTRARÁS ENwww.intersindical.org/stepv/ensenya/papersbasics/hedesaber.htm