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REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL PUTUMAYO MUNICIPIO DE PUERTO ASIS ALCALDIA MUNICIPAL ¡Puerto Asís… Una Aventura Natural ! 100 años 3 de mayo de 1912 – 3 de mayo 2012 [email protected] [email protected] 1 99 MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES ALCALDIA MUNICIPAL DE PUERTO ASIS La administración Municipal de Puerto Asís define y adecua su estructura organizacional a los requerimientos existentes, para instrumentar la marcha de los procesos administrativos tales como: la selección del personal, inducción y capacitación de los nuevos funcionarios y evaluación de desempeño. Una estructura organizacional, racional y funcional, que responda a la realidad del Municipio sin llegar a sobredimensionarla, se edifica sobre niveles, con base en el manual de funciones y de competencias laborales que debe cumplir cualquier administración local y sus dependencias. MISIÓN En cumplimiento al mandato constitucional de 1991 (Art. 311), al municipio de Puerto Asís, como entidad fundamental de la división político-administrativa de Estado de Colombia, le corresponde prestar los servicios públicos que determine la ley; construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de los asisenses y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las Leyes. VISIÓN Se trabajará en función de lograr un municipio saludable, es decir, donde sus habitantes puedan tener salud mental y física, nutrición y recreación en ambientes sanos, de modo que en el año 2015, los asisenses se hayan acercado a una mejor calidad de vida en todos los sectores sociales, donde haya confianza, optimismo, respeto por la vida y por los recursos naturales que nos rodean. En el año 2015, el municipio de Puerto Asís, será lo que se haya avanzado en el proceso de descentralización, con un alto grado de eficiencia, eficacia y transparencia; mas participativo, incluyente y equitativo; con la infraestructura necesaria para el desarrollo, donde todos y todas convivan pacíficamente. El municipio así soñado en el 2015, exige avanzar igualmente n estrategias que conduzcan al fortalecimiento de una economía lícita, donde propios y extraños consuman los productos de la región, donde la ciudad de Puerto Asís se haya convertido en una ciudad bonita, organizada, que invite al turismo, donde se

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MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES

ALCALDIA MUNICIPAL DE PUERTO ASIS

La administración Municipal de Puerto Asís define y adecua su estructura organizacional a los requerimientos existentes, para instrumentar la marcha de los procesos administrativos tales como: la selección del personal, inducción y capacitación de los nuevos funcionarios y evaluación de desempeño. Una estructura organizacional, racional y funcional, que responda a la realidad del Municipio sin llegar a sobredimensionarla, se edifica sobre niveles, con base en el manual de funciones y de competencias laborales que debe cumplir cualquier administración local y sus dependencias.

MISIÓN En cumplimiento al mandato constitucional de 1991 (Art. 311), al municipio de Puerto Asís, como entidad fundamental de la división político-administrativa de Estado de Colombia, le corresponde prestar los servicios públicos que determine la ley; construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de los asisenses y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las Leyes.

VISIÓN Se trabajará en función de lograr un municipio saludable, es decir, donde sus habitantes puedan tener salud mental y física, nutrición y recreación en ambientes sanos, de modo que en el año 2015, los asisenses se hayan acercado a una mejor calidad de vida en todos los sectores sociales, donde haya confianza, optimismo, respeto por la vida y por los recursos naturales que nos rodean. En el año 2015, el municipio de Puerto Asís, será lo que se haya avanzado en el proceso de descentralización, con un alto grado de eficiencia, eficacia y transparencia; mas participativo, incluyente y equitativo; con la infraestructura necesaria para el desarrollo, donde todos y todas convivan pacíficamente. El municipio así soñado en el 2015, exige avanzar igualmente n estrategias que conduzcan al fortalecimiento de una economía lícita, donde propios y extraños consuman los productos de la región, donde la ciudad de Puerto Asís se haya convertido en una ciudad bonita, organizada, que invite al turismo, donde se

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comience a notar verdaderamente identidad folklórica y educación ambiental amazónica.

FUNCIONES En el desarrollo de su objeto social el municipio como unidad fundamental de la división político-administrativa del Estado le corresponde:

1. Administrar los asuntos municipales y prestar los servicios públicos que determine la ley.

2. Ordenar el desarrollo de su territorio y construir las obras que demande el progreso local y velar por el manejo adecuado de los recursos naturales y del medio ambiente, que sirvan y beneficien a los habitantes del municipio de Puerto Asís, asegurando el progreso de la entidad territorial sin perjuicio de las intervenciones que para efecto de su explotación, usos, distribución y consumo disponga la ley.

3. Promover la participación comunitaria y el mejoramiento social y cultural de sus habitantes.

4. Planificar el desarrollo económico, social y ambiental de su territorio, de conformidad con la ley y en coordinación con otras entidades.

5. Solucionar las necesidades insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable, servicios públicos domiciliarios, vivienda, recreación y deporte, con especial énfasis en la niñez, la mujer, tercera edad y los sectores discapacitados, directamente y en concurrencia, complementaria y coordinación con las demás entidades territoriales y la Nación, en términos que defina la ley.

6. Velar por el manejo adecuado de los recursos naturales y del medio ambiente, de conformidad con la ley.

7. Promover el mejoramiento económico y social de los habitantes del respectivo municipio.

8. Hacer cuanto pueda adelantar por si mismo, el subsidio de otras entidades territoriales, mientras estas provean lo necesario.

9. Las demás que señalen la Constitución y la Ley.

INTRODUCCIÓN

El presente documento es el manual específico de funciones y de competencias laborales para los empleos de la planta de personal de la Alcaldía de Puerto Asís, Putumayo, teniendo en cuenta los lineamientos de la ley 909 de 2004 y decretos reglamentarios. Este manual está ajustado a la planta de personal con 57 cargos y para cada cargo contiene lo siguiente:

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I. Identificación del cargo: que contiene el nombre del departamento, del municipio y el nivel territorial; también tiene la denominación del empleo, el código, nivel jerárquico y naturaleza que viene asignados según Dec. 785 de 2005; El grado, el número de cargos, la dependencia y el cargo del jefe inmediato se dan según la naturaleza y capacidad de la entidad territorial.

II. Propósito General: Es la descripción o el objeto para el cual es necesario

el cargo en la entidad territorial. III. Descripción de Funciones Esenciales: Las funciones esenciales están

redactadas iniciando con el verbo en infinitivo que indica la acción a seguir y luego qué hacer y porqué hacer tal función; son las esenciales que debe cumplir la persona que tenga el cargo, además debe la persona estar en capacidad de adaptarse a las que le asigne el jefe inmediato o Alcalde acordes con la naturaleza y habilidades de la persona.

IV. Contribuciones Individuales: Describen específicamente lo que la persona

que ejerce el cargo respectivo tiene que lograr y demostrar para comprobar que es competente e idóneo; las contribuciones individuales se refieren al conjunto de productos o resultados laborales que permiten medir lo esperado en términos de resultados observables como consecuencia de la ejecución del trabajo.

V. Conocimientos Básicos o Esenciales: son el conjunto de teorías,

principios, normas, técnicas, conceptos y demás aspectos del saber que debe poseer y comprender la persona que desempeñe el cargo respectivo, de tal manera que logre el cumplimiento de las contribuciones individuales; es lo indispensable que el empleado debe conocer para garantizar las contribuciones individuales.

VI. Requisitos de Estudio y Experiencia: para ésta parte del presente Manual

se tiene en cuenta los límites mínimos y máximos en requisitos según el nivel jerárquico y la categoría del Municipio así;

NIVEL JERARQUICO

LIMITE MINIMO LIMITE MAXIMO

DIRECTIVO Título de Tecnólogo o de profesional y experiencia

Título de profesional, título de postgrado y experiencia. Se exceptúan los empleos cuyos requisitos estén fijados por la Constitución o la Ley.

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PROFESIONAL Título de profesional Título de profesional, título de postgrado y experiencia.

TECNICO

Terminación y aprobación de cuatro (4) años de educación básica secundaria y curso específico, mínimo de 60 horas relacionado con las funciones del cargo.

Al fijar el requisito específico podrá optar por título de formación tecnológica y experiencia o terminación y aprobación del pensum académico de educación superior en formación profesional y experiencia.

ASISTENCIAL

Terminación y aprobación de tres (3) años de educación básica primaria.

Diploma de bachiller en cualquier modalidad y experiencia.

En éste cuadro se pueden observar los mínimos y máximos para cada nivel jerárquico, el cual sale del Art. 13 del Dec. 785 de 2005, que debe seguirse en el caso de ésta entidad territorial de categoría sexta. Luego, al presente documento a nivel general se le incluyen las Competencias Comunes a los Servidores Públicos que se encuentran en el Art. 7º del Decreto 2539 de 2005 y que le son inherentes a todos los funcionarios que laboren en la Administración Municipal de Puerto Asís, sin importar el nivel jerárquico en que se encuentren. Posteriormente, se presentan las Competencias Comportamentales por Nivel Jerárquico que se transcriben del Art. 7º del Decreto 2539 de 2005, las cuales deben ser tenidas por en cuenta por los funcionarios según el nivel jerárquico en que se encuentre su el cargo que desempeña. Este instrumento de la Administración se adopta por acto administrativo (Decreto), dado que existe el acuerdo No 07 de febrero 08 de 2012 donde el concejo municipal autorizó al Alcalde de Puerto Asís para que modifique la planta de personal, adopte y modifique el manual de funciones para los funcionarios de la alcaldía de Puerto Asís.

DECRETO NÚMERO 018 DE 28 DE ENERO DE 2015

POR EL CUAL SE MODIFICA Y ACTUALIZA EL MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES PARA LOS EMPLEOS

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DE LA PLANTA DE PERSONAL DEL MUNICIPIO DE PUERTO ASIS – PUTUMAYO

EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE PUERTO ASIS - PUTUMAYO

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, y en especial las que le confieren el numeral 7 del artículo 315 de la constitución Política, la Ley 136 de 1994, artículos 91 y 94, los artículos 13 y 28 del Decreto Ley 785 de 2005 y

el acuerdo No. 7.Febrero 08 de 2012 y ley 1551 de 2012 y...

CONSIDERANDO

Que mediante acuerdo municipal numero 07 de febrero 8 de 2012, el concejo Municipal autorizo al alcalde municipal para modificar la planta de personal y adaptar el manual de funciones para los funcionarios de la alcaldía municipal de Puerto Asís. Que mediante decreto número 110 de febrero 20 de 2012, por medio del cual se crean cargos y por tanto se modifica la planta de personal que compete a la estructura administrativa del municipal de Puerto Asís y las funciones de sus dependencias. Que el Gobierno Nacional expidió la Ley 909 de 2004 por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones. Que el Decreto 785 de 2005 en su artículo 33 transitorio estableció que las autoridades territoriales competentes, en un término no superior a doce (12) meses contados a partir de la vigencia del presente decreto-ley, procederán a modificar las plantas de personal para adecuar los empleos a la nueva nomenclatura y clasificación.

DECRETO NÚMERO 018 DE 28 DE ENERO DE 2015

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Que en cumplimiento del artículo 9 de la ley 1006 de 2006 se incluye la profesión de Administrador Público en los manuales de funciones de las entidades territoriales. Que atendiendo las nuevas disposiciones establecidas en el Decreto 2484 de 2014 se hace necesario actualizar el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de personal de la Alcaldía Municipal de Puerto Asís. Que en cumplimiento de las antes citadas disposiciones legales se procede a ajustar el manual de funciones y competencias laborales del municipio de Puerto Asís Putumayo. En mérito de lo expuesto,

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Establecer o ajustar el manual especifico de funciones y de competencias laborales para los empleos que conforman la planta de personal de la Alcaldía Municipal de Puerto Asís fijada por el Decreto No 109 del 17 de febrero de 2012, cuyas funciones deberán ser cumplidas por los funcionarios con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalan la Alcaldía Municipal de Puerto Asís, así:

DESPACHO DEL ALCALDE MUNICIPAL

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I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Directivo

Denominación del Empleo: Alcalde Municipal

Código: 005

Grado Salarial:

No. de Cargos: 1

Dependencia: Despacho Alcalde

Cargo del Jefe Inmediato:

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Administrar la entidad territorial ejerciendo sus atribuciones Constitucionales y legales en aras del beneficio común de los habitantes del municipio. El alcalde ejercerá las funciones que le asignan la constitución y la ley las ordenanzas y los acuerdos sin perjuicio de las emanadas de los órganos de control.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES

FUNCION GENERAL: ser el representante Político, Administrativo y legal del municipio ante las diferentes instancias del orden Departamental y Nacional, dirigiendo sus actuaciones y las de la administración Municipal en Procura de Lograr el Bienestar y Desarrollo de la Comunidad.

FUNCIONES ESPECIFICAS:

1. Cumplir y hacer cumplir la constitución, la ley, los Decretos del Gobierno, las ordenanzas y los acuerdos del Concejo.

2. Conservar el orden Público en el Municipio de conformidad con la ley y las instrucciones y las órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo gobernador. El alcalde es la primera autoridad de policía del municipio. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las ordenes que imparta el alcalde por conducto del respectivo comandante de estación.

3. Dirigir la acción Administrativa del municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo, representarlo judicial y extrajudicialmente; y nombrar y remover a los funcionarios bajo su dependencia y a los gerentes o directores de los establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales de carácter local, de acuerdo con las disposiciones pertinentes.

4. Presentar oportunamente al concejo Municipal los proyectos de acuerdo sobre planes y programas de desarrollo económico y social, obras públicas, presupuesto anual de rentas y gastos y los demás que estime conveniente para la buena marcha del municipio.

5. Sancionar y promulgar los acuerdos que hubiera aprobado el Concejo y

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objetar los que considere inconvenientes o contrarios al ordenamiento jurídico.

6. Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarle funciones especiales y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.

7. No podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para los gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado.

8. Colaborar con el Concejo en el buen desempeño de sus funciones, presentarle informes generales sobre su administración y convocarlo a sesiones extraordinarias, en las que solo se ocupará de los temas y materiales para los cuales fue citado.

9. Ordenar los gastos municipales de acuerdo con el plan de inversión y el presupuesto.

10. Conocer en segunda instancia, los asuntos policivos que adelanta la general y de gobierno, inspección de policía y de los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores de la entidad y dictar los fallos respectivos.

11. Las demás que la Constitución y la Ley le señalen.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los servicios públicos se prestan cada vez con mayor cobertura, eficiencia y calidad

2. Las obras que se realizan contribuyen al progreso local y al bienestar general

3. El territorio está ordenado y distribuido según su naturaleza 4. La participación comunitaria y el mejoramiento socio-cultural de los

habitantes se promueve a través de la promoción y la educación. 5. El orden público se conserva según las herramientas de apoyo en

coordinación con la Fuerza Pública y Fuerzas Militares. 6. Los proyectos de acuerdo son presentados y sustentados al consejo

municipal oportunamente, de igual manera su cumplimiento se refleja en su ejecución que beneficia al común de los habitantes.

7. La planta de personal está organizada según lo ordenado en la Constitución y la Ley.

8. Los informes que requieren los entes de control son presentados en forma eficaz y oportuna para demostrar eficiencia fiscal y administrativa del Municipio.

9. Los recursos del Municipio se administran bajo los principios de economía, equidad, transparencia y participación para beneficio de la comunidad.

10. Los actos administrativos expedidos en el ejercicio de las funciones constitucionales y legales son acordes con la Constitución y las Leyes en el cumplimiento de las funciones del nivel municipal orientados a lograr el bienestar y desarrollo de la población.

11. Las políticas, programas, planes y proyectos responden al programa de gobierno, esquema de ordenamiento territorial adoptados por el municipio

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en busca del desarrollo y crecimiento local. 12. Las acciones realizadas orientadas a la recolección y análisis de la

información, están acordes con las instrucciones impartidas por el despacho.

13. Los planes, programas y proyectos responden a la solución de la problemática social y acorde a las políticas y programas del orden nacional, departamental y regional adoptado por el municipio.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Plan de desarrollo municipal y departamental 2. PBOT 3. Ley 136 de 1994

4. Estatuto orgánico de presupuesto

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Los establecidos en la Ley. Para ser elegido alcalde se requiere ser ciudadano Colombiano en ejercicio y haber nacido o ser residente en el respectivo municipio durante un (1) año anterior a la fecha de inscripción o durante un periodo mínimo de tres (3) años consecutivos en cualquier época, Art. 86 Ley 136 de 1994.

Los establecidos en la Ley.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Directivo

Denominación del Empleo: Jefe de la oficina de Control Interno

Código: 006

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Despacho alcalde

Cargo del Jefe Inmediato: Alcalde Municipal

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II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Corresponde a este empleo, las funciones de dirección general, de la verificación y evaluación permanente del sistema de control interno, y asesorar a los funcionarios de la Alcaldía Municipal en la implementación, actualización y mejoramiento continuo del sistema de Control Interno y sus metodologías mediante el fomento de la cultura de autocontrol; deberá evaluar la gestión del nivel directivo de acuerdo a la información, indicadores y evidencias suministradas en cumplimiento de su función de auditor independiente.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES EN EL ÁREA DE CONTROL INTERNO

1. Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del sistema de

control interno, de acuerdo a los lineamientos y normas vigentes del estado colombiano.

2. Actuar como una instancia asesora y retroalimentadora sin comprometer el principio de independencia dentro del rol de auditoría.

3. Verificar que el sistema de Control interno esté formalmente establecido dentro de la organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y en particular de aquello que tengan responsabilidad de mando.

4. Verificar los controles asociados con todas y cada una de las actividades de la organización estén adecuadamente definidos, documentados, actualizados , aprobados sean apropiados y se mejoren permanentemente, de acuerdo a la evolución del municipio

5. Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del sistema de control interno.

6. Presentar al nivel directivo las recomendaciones necesarias para la implementación, actualización y mejoramiento continuo del Sistema de Control Interno de la entidad.

7. Verificar la correcta documentación, actualización y cumplimiento de las políticas, normas, sistemas, métodos y procedimientos necesarios para garantizar el desarrollo permanente de control interno de la entidad y presentar al nivel directivo las recomendaciones pertinentes.

8. Asesorar y capacitar a la alta dirección y a los líderes de los procesos en las metodologías de documentación de procesos y procedimientos y administración de riesgos.

9. Proponer al Alcalde Municipal del Plan de Acción conjunto del Comité Coordinador de Control Interno y Oficina de control para la vigencia.

10. Elaborar el Programa Anual de Auditoria de acuerdo a los procesos y procedimientos prioritarios que se encuentren debidamente documentados, actualizados y aprobados y realizar su respectiva

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auditoria e informe de auditoría, el cual deberá ser presentado a los líderes de los procesos y Alcalde Municipal, las cuales deberán aclarar con evidencias verificables los hallazgos detectados en las auditorias en el tiempo establecido.

11. Facilitar el cumplimiento de las solicitudes formales de información realizadas por los entes de control externos y direccionarlas a los funcionarios responsables.

12. Verificar que los controles definidos, documentados y actualizados para los procesos y actividades de la organización se cumplan por los responsables de su ejecución, documentación y mejoramiento continuo.

13. Verificar el que los encargados del desarrollo del control disciplinario en la entidad ejerzan adecuada y eficazmente esta función conforme a la ley.

14. Asesoría al nivel directivo y jefes de las unidades ejecutoras para la implementación y actualización del sistema de control interno..

15. Vigilar que la atención al ciudadano en la entidad se preste de acuerdo con las normas legales vigentes y emitir el respectivo informe periódico.

16. Verificar que los procesos y procedimientos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información de la entidad se encuentren debidamente documentados, actualizados, aprobados y se mantengan bajo un mejoramiento continuo por parte de los lideres de estos procesos y procedimientos y brindar la asesoría necesaria a los líderes de los procesos y procedimientos para el cumplimiento de esta función.

17. Fomentar la cultura del autocontrol en la entidad. 18. Presentar oportunamente a los entes de control externos y al alcalde

municipal los informes que por competencia normativa se le han delegado por el estado Colombiano.

19. Dirigir el equipo multidisciplinario y equipo auditor que se le asigne con el fin de cumplir con el objeto del Programa anual de auditoría, las asesorías en temas especializados y apoyar con el cumplimiento del Art 12 de la ley 87 de 1993.

20. En su rol de evaluación de la Gestión deberá evaluar el cumplimiento de los planes y programas, sus objetivos a partir de las metas, de los indicadores propuestos por las aéreas para el período, de acuerdo al cálculo de los resultados que le suministren y sus evidencias o soportes verificables que permitan corroborar el valor de los indicadores suministrados para el periodo por parte de los secretarios y jefes de áreas.

21. A partir de sus evaluaciones e informes presentar sugerencias al nivel directivo que sirvan como proceso retroalimentador y de mejoramiento continuo.

22. Se encuentra prohibido participar en procesos de toma de decisiones, refrendaciones, vistos buenos, etc., que puedan comprometer su

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principio de independencia como auditor y evaluador de la gestión. 23. Mantener permanentemente informado al Alcalde y a los directivos de la

organización acerca del estado de desarrollo de control interno dentro de la entidad, y presentar las sugerencias para su mejoramiento continuo.

24. Hacer uso adecuado de los recursos, que se han entregado para el cumplimiento de sus funciones.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los controles para los procesos y actividades de la organización verificados permiten establecer que se cumplan y se adecuen a las metas de la entidad.

2. Los criterios, métodos, procedimientos e indicadores de eficiencia y de productividad diseñados permiten evaluar y proponer las medidas preventivas y/o correctivas del caso.

3. Medidas para prevenir riesgos, detectar y corregir las desviaciones que puedan afectar el logro de los objetivos institucionales, están definidas adecuadamente.

4. Las dependencias del municipio son asesoradas en el diseño, análisis y formulación de métodos de control inherentes a los procedimientos de cada unidad o grupo.

5. Los recursos humanos, financieros y físicos controlados y evaluados garantizan un buen desempeño administrativo y operativo.

6. Los sistemas de control responden a las necesidades de eficiencia y eficacia de la administración municipal.

7. El sistema de autocontrol responde a una cultura de la administración municipal.

8. Las medidas preventivas en los procesos obedecen a los sistemas de auditoría.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Plan de desarrollo municipal 2. PBOT 3. Contratación estatal 4. Elaboración y gestión de proyectos 5. Sistema de control Interno MECI 6. Conocimientos en administración de personal 7. Iniciativa, liderazgo, capacidad para resolución de conflictos sociales 8. Capacidad para toma de decisiones de impacto social 9. Creativo, con gran capacidad de gestión a todos los niveles

administrativos 10. Normatividad y política en materia de control interno estatal. Decreto

1599 de 2005. 11. Metodología de evaluación y seguimiento 12. Ley 1474 de 2001. Estatuto anticorrupción.

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13. Normas de auditoría generalmente aceptadas.

VI. REQUISITOS DE FORMACION ACADEMICA Y EXPERIENCIA

FORMACION ACADEMICA EXPERIENCIA

Título profesional en disciplina académica del núcleo básico del Conocimiento en Administración Pública, Contaduría Pública, Economía y Administración.

Formación profesional y Experiencia mínima de tres (3) años en asuntos relacionados con control interno y/o especialización en revisoría fiscal y contraloría o auditoria interna. Art. 8 parágrafo 1 Ley 1474 de 2011.

IDENTIFICACIÓN

Nivel: Asesor

Denominación del Empleo: Asesor Jurídico

Código: 105

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Despacho

Cargo del Jefe Inmediato: Alcalde Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Atender los aspectos jurídicos legales en salvaguarda de los intereses de la Administración Municipal; prestar asesoramiento y asistencia al Alcalde y a la gestión de las dependencias para garantizar la unidad de criterio jurídico en la Administración.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Asesorar al Alcalde Municipal en la formulación, coordinación, ejecución y control de las políticas y planes generales de la misma, en materia jurídica relacionada con asuntos administrativos y contractuales.

2. Asistir y orientar a la Administración Municipal en los aspectos jurídicos y legales relacionados con las competencias, funciones y procesos desarrollados por la misma.

3. Elaborar los estudios jurídicos y emitir los correspondientes conceptos

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sobre la legalidad de los asuntos laborales, administrativos , fiscales o contractuales solicitados por el Alcalde Municipal, Jefes de Oficina y demás funcionarios de la Administración, absolviéndoles las consultas y prestar asesoría jurídica de acuerdo a los procedimientos establecidos..

4. Analizar previamente a la firma del Alcalde Municipal todo acto administrativo, proyecto, acuerdos municipales y proyectar las acciones a que haya lugar.

5. Preparar, revisar y/o presentar a consideración del Alcalde los proyectos de Acuerdos, Decretos, Resoluciones, Contratos y demás, relacionados con asuntos que competen a la Administración Central y que deban someterse a su decisión o firma.

6. Ejercer seguimiento a los Actos Administrativos que deban emanar del Despacho.

7. Conocer y resolver derechos de petición, acciones de cumplimiento, tutelas, recursos que envíe para su conocimiento el Alcalde Municipal, o le sean asignados.

8. Asistir a la administración en los procesos instaurados a través de los mecanismos de participación ciudadana previstos en la Constitución y la ley.

9. Informar al Alcalde Municipal del estado de los procesos que adelanta directamente y que le hayan sido asignados.

10. Revisar, coordinar y liderar los procesos contractuales que por competencias deba suscribir el Alcalde Municipal.

11. Elaborar y/o estudiar minutas de los contratos y convenios suscritos con otras entidades nacionales o internacionales; la suscripción de las respectivas pólizas y verificar el cumplimiento de los requisitos para su legalización.

12. Ordenar la elaboración de los contratos, una vez sean adjudicados, previo estudio de la documentación aportada para tal efecto la cual deberá ajustarse en todas sus partes a la ley..

13. Proyectar, revisar y corregir los proyectos de Actos Administrativos, contratos y convenios, de acuerdo con el ordenamiento legal y la técnica jurídica.

14. Aprobar las garantías exigidas para todo tipo de contratación. 15. Elaborar las actas de suspensión, terminación y liquidación de los

contratos suscritos por el municipio. 16. Liderar las acciones que se deban adelantar en los procesos de

conciliación que se realicen en la Administración Municipal. 17. Notificar los actos administrativos proferidos por el Municipio que deban

cumplir con esta formalidad, así mismo, resolver y tramitar los recursos administrativos interpuestos contra ellos.

18. Atender las consultas que formulen los contratistas y proyectar los actos administrativos que interpongan sanciones a éstos.

19. Participar en las reuniones en las juntas, consejos, comités y demás

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estamentos directivos en la entidad en representación de su oficina. 20. Supervisar el cumplimiento riguroso de los trámites legales en los

términos, notificaciones y ejecutorias de las providencias, que sean de competencia de la Oficina Asesora Jurídica.

21. Revisar en primera instancia los conceptos, informes y demás documentos proyectados por los abogados del área, expresando las observaciones a que haya lugar, para su posterior aprobación.

22. Ejercer autocontrol de las funciones asignadas, buscando calidad en la prestación del servicio.

23. Solicitar a las dependencias involucradas en eventuales litigios la información que se deba aportar a los procesos.

24. Los demás que en el marco de su misión se deriven de planes, programas y proyectos del Municipio o le sean asignadas por norma o autoridad competente de acuerdo con el carácter de sus funciones.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La asesoría jurídica es eficiente y resuelve de fondo las necesidades de la entidad.

2. Las demandas judiciales interpuestas o en contra de la entidad son tramitadas dentro de los términos procesales y con resultados a favor de la entidad.

3. Se da respuesta a las peticiones y solicitudes. Los conceptos se emiten teniendo en cuenta los términos legales establecidos.

4. Los indicadores de gestión reflejan el estado, calidad, eficiencia y eficacia de la gestión, la debida aplicación del control interno y cumplen los requisitos de ley.

5. Los procesos y actos administrativos revisados son distribuidos o despachados de manera oportuna y conforme a los términos estipulados por las autoridades competentes.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Estudios jurídicos 2. Experiencia procesal 3. Experiencia laboral en entidades publicas

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título profesional en disciplina académica del núcleo básico del Conocimiento en Derecho y afines.

Mínimo un (1) año en el ejerció de actividades propias de la profesión.

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I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Asesor

Denominación del Empleo: Asesor de Despacho

Código: 105

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Despacho alcalde

Cargo del Jefe Inmediato: Alcalde Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Asesorar y evaluar la oportunidad, eficiencia y transparencia de las actividades de la alcaldía con el fin de asegurar la ejecución de los planes, proyectos y objetivos institucionales y fomentar la cultura de autocontrol en todos los niveles, apoyar al alcalde municipal y realizar las actividades necesarias para la formulación, ejecución, evaluación, seguimiento y control de los planes, políticas, programas y proyectos de desarrollo integral y sectorial, en cumplimiento de las funciones asignadas acorde con lo que indique y el plan integral de desarrollo lo señale.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES EN EL ÁREA DE ASESORIA DEL DESPACHO.

1. Velar por el cumplimiento de las leyes, políticas, procedimientos,

planes, programas, proyectos y metas de la organización recomendando los cambios necesarios.

2. Asesorar a la Administración Municipal en el desarrollo de políticas institucionales que conlleven a implementar sistemas de autocontrol de la gestión.

3. Asesorar al alcalde en la Adopción de controles contables, Administrativas, de gestión y financieros que garanticen la eficiencia, Eficacia, celeridad y oportunidad en el ejercicio de las funciones

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asignadas a la entidad. 4. Asesorar a las directivas en la formulación, la coordinación y la

ejecución de las políticas y los planes generales de la entidad, a fin de que obtengan los resultados esperados.

5. Absolver consultas, prestar asistencia técnica, emitir conceptos y aportar elementos de juicio para la toma de decisiones relacionadas con la adopción, la ejecución y el control de los programas propios de la entidad.

6. Asistir y participar en representación del organismo, en reuniones, consejos, juntas o comités de carácter oficial, cuando sean convocados o delegados.

7. Informar al alcalde las novedades que se presenten en su despacho. 8. Efectuar el seguimiento de la correspondencia recibida en el despacho

con destino al mismo e informar sobre el resultado de las peticiones elevadas al alcalde.

9. Coordinar la agenda del señor alcalde en atención al cumplimiento de sus funciones como jefe de la administración Municipal.

10. Facilitar la realización de los consejos de gobierno, consejos de seguridad y demás reuniones multilaterales que deban ser presididas o exijan la dirección del municipio.

11. Realizar las labores asistenciales y de enlace entre las dependencias administrativas de la administración y el despacho.

12. Facilitar la implementación logística y Administrativa para los encuentros, seminarios, foros y demás actividades colectivas que corresponda al despacho en colaboración con cada una de las dependencias.

13. Colaborar en su dependencia en la elaboración del plan de desarrollo del Municipio, con base en el programa de gobierno del alcalde electo, el Plan de Desarrollo Nacional y los Planes de Desarrollo Sectorial.

14. Elaborar estudios e investigaciones relacionadas con su formación académica y elaborar los conceptos técnicos que se requieren en el cumplimiento de la Misión Municipal.

15. Participar en el diseño, organización, coordinación, ejecución y control de planes, programas, proyectos o actividades técnicas o administrativas y garantizar la correcta aplicación de las normas legales y procedimientos vigentes.

16. Ejecutar y supervisar los programas, Proyectos y actividades que se le encomienden conforme a las instrucciones que le sean impartidas por el alcalde.

17. Ejecutar, apoyar los proyectos que promuevan formación, educación, practica y el conocimiento de los derechos previstos constitucionalmente y sus desarrollos normativos, atreves de acciones que fortalezcan todas las formas de participación ciudadana, sociales y comunitarias.

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18. Gestionar y gerenciar los programas y proyectos que le sean asignados por su jefe inmediato y supervisar la ejecución de proyectos que desarrolle su dependencia

19. Colaborar en el cumplimiento de los procedimientos administrativos necesarios con sus respectivos mecanismos de control, de tal Manera que se obtenga oportunamente, calidad y cobertura en los servicios que debe atender y eficiencia en los trámites oficiales.

20. Optimizar el Buen uso y la racionalización de los recursos disponibles para la prestación de los servicios y la ejecución de los proyectos en su dependencia.

21. Ejecutar la cultura de autocontrol en la gestión de la dependencia que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la Misión institucional.

22. Participar en la implementación de los sistemas de información que garanticen agilidad y confiabilidad en los procesos que interactúan su dependencia.

23. Las demás que le asigne su superior inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área del desempeño del cargo.

24. Atender a funcionarios, comunidad y público en general a fín de proporcionar la información y orientación necesaria de acuerdo a las directrices impartidas por el alcalde.

25. Tramitar los asuntos del despacho cuya competencia no esté asignado a otras dependencias de la Administración Municipal. Velar por la solución a los asuntos prioritarios.

26. Mantener discreción y reserva sobre los asuntos confidenciales tramitados en el despacho y los que conozca por razón de sus funciones.

27. Asesorar y mantener informado al alcalde de los asuntos que requira inmediata atención.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El seguimiento realizado al cumplimiento de las leyes, políticas,

procedimientos, planes, programas, Proyectos y metas de la organización esta plasmado en documentos que contienen las recomendaciones sobre cambios necesarios para el buen desarrollo de la administración Municipal.

2. La Administración Municipal adelanta políticas institucionales de autocontrol basadas en asesorías brindadas por el control interno.

3. Los controles contables, Administrativos, de gestión y financieros sugeridos, están dirigidos a garantizar la eficiencia, Eficacia, Celeridad y Oportunidad en el Ejercicio de las funciones asignadas a la Administración Municipal.

4. Las directivas de la entidad formulan Políticas y Planes que permitan el cumplimiento de las metas y objetivos institucionales.

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5. Las gestiones de despacho se realizan de manera oportuna y generan resultados positivos.

6. La asesoría Brindada al Despacho del alcalde es Precisa y genera confianza en sus decisiones.

7. Los Procesos de asesoría son desarrollados de manera eficiente y responden a las necesidades de la Administración Publica.

8. La utilización de los recursos Públicos garantizan la implementación de los sistemas de información eficientes que permiten cumplir con los requerimientos legales y operativos de la administración Municipal.

9. Los informes y documentos presentados a los diferentes entes de Administración, Vigilancia y Control, responden a criterios de oportunidad, calidad y veracidad.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Plan de desarrollo municipal 2. PBOT 3. Legislación sobre régimen municipal 4. Elaboración, ejecución y gestión de proyectos 5. Metodología de Investigación y diseño de Proyectos 6. Administración Publica 7. Constitución Nacional 8. Normatividad Vigente relacionada con el ejercicio de sus funciones 9. Sistema MECI 10. Control Interno 11. Manual de Funciones y Procedimientos 12. Planes de Mejoramiento 13. Procesos de Auditoria 14. Contratación Publica 15. Presupuesto Publico

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título profesional en disciplina académica del núcleo básico del Conocimiento en Derecho, Contaduría Pública, Administración Pública, Administrador de Empresas, Ingeniería Industrial y demás áreas de las Ciencias Administrativas y económicas.

Un año de experiencia profesional o relacionada.

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I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Asistencial

Denominación del Empleo: Conductor

Código: 480

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Despacho del Alcalde

Cargo del Jefe Inmediato: Alcalde Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Prestar los servicios relacionados con las funciones que se caracterizan por el predominio de actividades manuales o tareas de simple ejecución rutinaria relacionada con la conducción y mantenimiento de los vehículos de la alcaldía. Mantenimiento, conservación y conducción de la maquinaria de vehículos de la administración municipal para el cumplimiento de funciones administrativas o de proyectos.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Conducir el vehículo asignado, transportar al superior inmediato o al

personal que se le asigne, trasladar suministros, materiales o equipos a los lugares destinados previa autorización del alcalde.

2. Permanecer en el lugar de trabajo dispuesto a cumplir sus actividades en el momento oportuno.

3. Mantener en perfecto estado de funcionamiento y aseo el vehículo a su cargo, además revisarlo diariamente y hacer el mantenimiento preventivo..

4. Requerir oportunamente el combustible y lubricantes necesarios para el normal funcionamiento del vehículo.

5. Operar y responder por el buen uso del vehículo, equipos, herramientas y señales y demás elementos de trabajo que le sean asignados e informar oportunamente las anomalías presentadas.

6. Realizar las reparaciones menores que requiera el vehículo y solicitar a quien corresponda la ejecución de las más complicadas previas autorizaciones.

7. Mantener al día los documentos personales y los del vehículo. 8. Retirar y guardar el vehículo dentro del horario establecido. 9. Presentar informes sobre las reparaciones en el mantenimiento del

vehículo. 10. Transportar a los funcionarios o pacientes, hasta los sitios indicados

con previa autorización por escrito.

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11. Participar en la labores de empaque, cargue, descargue, y despacho de paquetes, documentos o elementos que tengan que ser transportados.

12. Vigilar y responder por la seguridad del vehículo y elementos puestos bajo su responsabilidad.

13. Llevar el control de combustible, repuestos y el total invertido en los vehículos municipales mensualmente.

14. Las demás que le asigne o delegue el superior inmediato acordes con la naturaleza del cargo y la necesidad del servicio e informar al funcionario competente sobre el vencimiento del seguro o del pago de impuestos.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La solicitud de elementos necesarios para el cumplimiento de las funciones relacionadas con el mantenimiento del vehículo responde a la necesidad institucional y a la prestación del servicio.

2. Las diligencias oficiales y administrativas solicitadas están acordes con las normas establecidas por la administración municipal.

3. La solicitud de la ejecución del mantenimiento preventivo y correctivo, concuerdan con los procedimientos adoptadas por la administración municipal.

4. La autorización de reparaciones de los vehículos en los respectivos lugares indicados por la Administración responden a los procesos y procedimientos adoptados por la Alcaldía.

5. Las normas sobre seguridad y tránsito vehicular están orientados al cumplimiento institucional en forma racional en busca de mejorar los servicios prestados, con el fin de alcanzar los objetivos institucionales.

6. Los vehículos se destinan al transporte de los servidores públicos autorizados en misiones oficiales y el transporte de la correspondencia y bienes del municipio.

7. Las reparaciones menores de las fallas presentadas por los vehículos de la alcaldía son realizados de acuerdo a los procedimientos establecidos por la administración municipal.

8. La atención a los usuarios internos y externos se basan en normas de cordialidad y claridad de acuerdo a los estándares de calidad de la entidad.

9. Los documentos de rodamiento de los vehículos y las licencias de conducción se ajustan a los requerimientos de las normas de tránsito y transporte.

10. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Conocimientos del Código de Tránsito y transporte vigente. 2. Conocimientos básicos de mecánica automotriz 3. Conocimientos en primeros auxilios 4. Licencia de conducción.

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VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Titulo de terminación de la educación básica primaria. Cursos específicos de mecánica y conducción.

Un año de experiencia relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN

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Nivel: Asistencial

Denominación del Empleo: Secretaria ejecutiva del Despacho del Alcalde

Código: 438

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Despacho alcalde

Cargo del Jefe Inmediato: Alcalde Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Administrar la información del despacho, aplicando los sistemas de gestión documental, organizar, atender, recordar frente al manejo de documentos, personas y citas para lograr una eficiente administración pública.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES.

1. Colaborar con el alcalde en la elaboración de proyectos de acuerdo y

demás actos administrativos. 2. Tomar dictados, hacer la respectiva transacción, preparar oficios y

correspondencia según las instrucciones del superior inmediato y velar por su trámite oportuno.

3. Llevar controles sobre el consumo de elementos con el fin de determinar las necesidades reales y presentar oportunamente los requerimientos.

4. Velar por la buena presentación del despacho del alcalde y por el mantenimiento de elementos y equipos de trabajo puestos bajo su responsabilidad.

5. Elaborar el pedido de elementos de consumo y devolutivos requeridos para el normal funcionamiento de la dependencia.

6. Guardar con absoluta reserva la documentación de la administración. 7. Informar al superior inmediato el estado de fondos y demás asuntos

administrativos y fiscales. 8. Recibir, clasificar, radicar, tramitar, los documentos y correspondencia

que se reciba en el despacho y velar por la adecuada organización del archivo general de la dependencia y darle manejo confidencial.

9. Preparar la documentación e información que requiera el alcalde en cumplimiento de sus actividades.

10. Coordinar las audiencias y entrevistas con el alcalde, según prioridad de las mismas.

11. Coordinar y confirmar las reuniones, consejos y demás eventos en que deba intervenir el alcalde; y mantener actualizada la agenda de asuntos pendientes y comunicarle oportunamente el cumplimiento de los compromisos adquiridos.

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12. Velar por el adecuado mantenimiento y uso de los equipos de sistematización que estén a su cargo.

13. Colaborar en el diseño, análisis, revisión y actualización de los sistemas y métodos de trabajo para optimizar y agilizar los procedimientos administrativos.

14. Rendir ante el superior inmediato o ante quien lo solicite, informes relacionados con el cumplimiento de sus actividades.

15. Efectuar, recibir las llamadas telefónicas y coordinar los mensajes de cortesía apropiados para cada caso.

16. Organizar y manejar el archivo teniendo en cuenta las normas respectivas sobre la materia.

17. Mantener informado al alcalde sobre las actividades realizadas, visitas, llamadas telefónicas, mensajes, correspondencia y comunicaciones que se presenta ante el despacho.

18. Publicar los actos administrativo expedidos por el alcalde municipal. 19. Llevar el archivo de todos los actos administrativos expedidos por el

alcalde municipal 20. Radicar en el Concejo Municipal los proyectos de acuerdo presentados

por el alcalde municipal. 21. Enviar los acuerdos y decretos de carácter general al gobernador para

su revisión jurídica. 22. Procesar la información y elaborar los documentos, informes y trabajos

que le sean solicitados por el alcalde. 23. Las demás funciones asignadas por el superior inmediato de acuerdo

con la naturaleza del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La correspondencia recibida se radica y se distribuye oportunamente a las diferentes dependencias de la Administración.

2. La correspondencia es respondida a los peticionarios de manera oportuna en los términos de la ley.

3. La agenda y los compromisos del Alcalde están organizados y son ejecutados armónicamente.

4. La adecuada planeación y organización de la agenda del alcalde municipal, le permiten a este cumplir con sus compromisos y actos de gobierno.

5. La elaboración de documentos escritos responden a criterios de oportunidad, calidad y eficiencia.

6. Los procesos de manejo de información permiten cumplir con las exigencias de archivo documental.

7. La atención a la comunidad en general cumple con los criterios de amabilidad, oportunidad y veracidad.

8. Los documentos recibidos se clasifican y radican diariamente con base en el sistema de gestión documental.

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9. Las copias de los registros físicos y magnéticos de las respuestas y oficios enviados son archivados diariamente.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Técnicas de oficina 2. Manejo de procesador de texto, hoja de cálculo y presentaciones 3. Organización de archivo. 4. Informática básica 5. Software de archivo 6. Técnicas de archivo 7. Sistema de gestión documental institucional 8. Clases de documentos 9. Normas sobre administración Pública 10. Gestión Pública 11. Políticas públicas en administración y gestión pública.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Diploma de bachiller en cualquier modalidad, además curso específico mínimo de sesenta (60) horas relacionado con las funciones del cargo.

Experiencia relacionada por un período no inferior a un año.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Asistencial

Denominación del Empleo: Auxiliar Administrativo

Código: 407

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Despacho del alcalde

Cargo del Jefe Inmediato: Alcalde Municipal

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II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Realizar actividades de apoyo administrativo y archivo de la correspondencia recibida y despachada del Área donde se ubique, orientada al cumplimiento de los objetivos y metas de la dependencia.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESCENCIALES

1. Llenar el registro y control de los documentos .y archivar, distribuir los documentos producidos o que lleguen a la institución.

2. Realizar con el jefe inmediato la elaboración de la Agenda de trabajo y mantenerlo informado sobre los compromisos oficiales y asistencia a juntas, reuniones y organizar el flujo de entrevistas que se vayan Requiriendo.

3. Recibir, radicar, clasificar y organizar la correspondencia para la firma del jefe y distribuirla de acuerdo con sus instrucciones.

4. Responder por los elementos y equipos de oficina que tengan a su cargo, de acuerdo con las responsabilidades firmadas en el almacén.

5. Ejercer autocontrol entorno a los procedimientos y sistema de calidad que se implemente en la institución y en el Área de de trabajo donde presta los servicios.

6. Laborar documentos en procesadores de texto, cuadros en hojas de cálculo, presentaciones en software y diapositivas para sustentación de informes y manejar aplicativos de Internet.

7. Llevar el registro y control de los documentos y archivos de la oficina.

8. Recibir, radicar, redactar y organizar la correspondencia para la firma del jefe y entregarla de acuerdo con sus instrucciones.

9. Atender personal y telefónicamente al público, dar la información que se solicite y comunicarle al jefe de la dependencia las solicitudes formuladas por los interesados.

10. Llevar y mantener al día el archivo y la correspondencia que la dependencia genere o ingrese a la misma.

11. Manejar con discreción la información y la correspondencia de la dependencia donde se ubique a prestar los servicios.

12. Mantener actualizado el directorio telefónico de la dependencia y de las extensiones de la alcaldía y organismo o entidades que la dependencia o el área mantenga en constante comunicación.

13. Tramitar los pedidos de útiles, papelería y equipos técnicos que necesite la dependencia o área para su funcionamiento.

14. Llevar agenda del jefe de la dependencia y recordar los compromisos adquiridos.

15. Organizar la atención de las reuniones a las que tenga que asistir

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el jefe de la dependencia de acuerdo con la agenda de compromisos y proporcionar la información requerida por el público.

16. Llevar las actas de las reuniones que el jefe o coordinador de las dependencias interesadas en el asunto lleven a cabo.

17. Llevar el consecutivo de los actos administrativos que la dependencia expida, lo mismo con los memorandos o circulares si fuera el caso.

18. Participar con el jefe inmediato en la actualización y adopción de los manuales de funciones, indicadores de gestión del área, procedimientos, riesgos internos y externos de la dependencia para mayor eficiencia calidad y puntualidad en la prestación de servicios misionales.

19. Elaborar los informes, diarios, mensuales, trimestrales que tenga que presentar la dependencia a los organismos de control y demás entidades que los soliciten.

20. Atender al público y efectuar (las operaciones y trámites de documentos necesarios para resolver los requerimientos de servicio que solicita el usuario.

21. Efectuar las operaciones de liquidaciones si fuere necesario como funciones de la dependencia.

22. Informar a la comunidad de los servicios que presta la dependencia cuando sean solicitados.

23. Proyectar y Digitar los actos administrativos ordenados por el jefe de la dependencia donde presta los servicios, orientados al cumplimiento de la misión institucional.

24. Operar los programas sistematizados asignados a la dependencia digitando la información y produciendo los reportes requeridos para los informes que deba rendir la dependencia o la administración municipal.

25. Las demás funciones asignadas por el jefe inmediato, necesaria para cumplir con las metas, planes, programas y objetivos de la dependencia donde esté ubicado.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los documentos y registros recibidos se archivan distribuyen de acuerdo con los lineamientos y procedimientos establecidos por la institución.

2. La elaboración de la agenda de trabajo y compromisos que se requieren están acordes con los procedimientos adoptados por la institución.

3. La correspondencia se distribuye diariamente, se clasifican y radican con base en el sistema de gestión documental de la institución.

4. Los equipos técnicos y elementos de oficina concuerdan con los adoptados por la institución.

5. El autocontrol hace parte de las funciones y de la cultura organizacional y está orientado a promover en la institución buena calidad y eficacia de

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los servicios prestados 6. Los equipos técnicos para la elaboración de los documentos permiten la

agilidad y confiabilidad en el trámite de los informes solicitados. 7. El registro y control de los archivos de la dependencia responden a los

procedimientos de registro control adoptados por la institución. 8. La correspondencia elaborada para la firma del jefe esta acorde con sus

instrucciones y entregadas oportunamente. 9. La atención al público se presta de acuerdo con la capacitación y

procedimientos adoptados por la institución. 10. El archivo de la correspondencia recibida y despachada de la

dependencia o área concuerdan con las normas técnicas y procedimientos de archivos adoptados por la institución.

11. La correspondencia e información del área o dependencia se registra y administra con la discrecionalidad acorde con las instrucciones impartidas por el jefe.

12. La organización del directorio telefónico del área o dependencia está acorde con los procedimientos establecidos por la administración municipal.

13. La solicitud de recursos físicos y técnicos para el cumplimiento de las funciones relacionadas con el apoyo a la dependencia o área, responde a la necesidad institucional y orientada a la prestación de los servicios.

14. Los compromisos adquiridos por las dependencias o áreas, son registrados de tal forma que sirven de recordatorio para el cumplimiento de los mismos y están acordes con las instrucciones del jefe.

15. La organización de las reuniones y compromisos adquiridos por el jefe de la dependencia se realizan siguiendo las instrucciones impartidas por el jefe.

16. Los archivos y actas de las reuniones realizadas por el jefe de la dependencia están acordes con los procedimientos y técnicas de archivo implementados por la institución.

17. Los oficios, memorandos, circulares y actos administrativos se registran y archivan acordes con los procedimientos y técnicas de archivo implementados por la institución.

18. Los instrumentos de control de la alcaldía para el manejo de la información interna y externa del área o dependencia responden a las normas técnicas de manejo y archivos.

19. Los informes diarios, mensuales, trimestrales que tenga que presentar la dependencia a los organismos de control y demás entidades que lo soliciten, están acordes con la norma que la regulan y los procedimientos adoptados por la dependencia.

20. La atención al Público, las operaciones realizadas son las necesarias para el trámite de los documentos solicitados y necesarios para resolver los requerimientos de servicios que solicita el usuario.

21. Las operaciones de liquidación son las necesarias para la atención

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pública y concuerdan con los procedimientos adoptados. 22. La Información Escrita o Verbal solicitada por la comunidad se atiende

con prontitud de conformidad con la misión de la dependencia. 23. Los actos administrativos ordenados por el jefe de la dependencia

corresponde al cumplimiento de los servicios y de la misión institucional. 24. Los reportes e informes elaborados en los programas sistematizados

asignados a la dependencia corresponde a la información que debe procesar y suministrar y son acordes con los procedimientos establecidos por la administración y a los requeridos por las entidades Públicas según las normas existentes.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Clasificación de Archivo 2. Atención al Publico 3. Clases de Documentos 4. Informática Básica 5. Técnicas de archivo 6. Sistema de Gestión documental institucional.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Diploma de bachiller en cualquier modalidad.

Experiencia laboral por un período no inferior a seis (6) meses.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Asistencial

Denominación del Empleo: Auxiliar Administrativo - Mensajero

Código: 407

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Despacho del alcalde

Cargo del Jefe Inmediato: Alcalde Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Distribuir adecuada y eficientemente la información interna y externa de la Alcaldía Municipal.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESCENCIALES

1. Entregar y recibir diariamente la correspondencia y documentos que se elaboren en las diferentes dependencias de la alcaldía municipal.

2. Radicar ante la secretaria ejecutiva del despacho la correspondencia que no ha sido posible distribuir y rendir el

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informe diario correspondiente.

3. Seleccionar y entregar de manera ordenada la correspondencia que deba ser entregada a destinatarios del municipio.

4. Despachar de manera ordenada y responsable la correspondencia que deba ser enviada por correo y recoger de la misma manera la que llegue con destino a la alcaldía municipal.

5. Realizar citaciones y/o notificaciones atendiendo las instrucciones impartidas.

6. Cumplir con las políticas, directrices, normas, procedimientos y leyes provenientes de la autoridad competente.

7. Llevar a cabo las compras menores de acuerdo a las instrucciones impartidas.

8. Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a las funciones de su cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La designación que va dirigida a destinatarios del municipio, es entregada oportunamente, de acuerdo a su fecha de llegada.

2. Las citaciones y/o citaciones, se realizan teniendo en cuenta el procedimiento e instrucciones que se impartan.

3. El informe de correspondencia no radicada se rinde diariamente.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Conocimientos de nomenclatura y ubicación geográfica del municipio. 2. Custodia, conservación y manejo de la correspondencia

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Haber cursado quinto año de primaria.

06 meses de experiencia laboral o relacionada.

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SECRETARIA DE GOBIERNO

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Directivo

Denominación del Empleo: Secretario de Despacho

Código: 020

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Gobierno

Cargo del Jefe Inmediato: Alcalde Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Formulación, fijación, ejecución, ejecución y coordinación de las políticas y programas relacionados con la conservación del orden publico, la participación de la ciudadanía, La protección de los derechos humanos, así como el diseño de acciones orientadas a lograr el bienestar general de la población mediante un tratamiento de equidad de género, superando los problemas de credo y raza en las decisiones de carácter administrativo.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES EN EL ÁREA DE GOBIERNO MUNICIPAL.

1. Realizar en el municipio el control de los precios, pesas y medidas en

coordinación con el inspector de policía. 2. Responder por la administración técnica y administrativa de las

dependencias a su cargo y establecer los controles para asegurar su

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cumplimiento. 3. responder por la eficiencia de los métodos o procedimientos adoptados,

con el fin de racionalizar las actividades propias de la dependencia y promover su continuo mejoramiento.

4. Propender por la adecuada provisión de los recursos humanos y materiales necesarios para el normal funcionamiento de las dependencias administrativas de la alcaldía.

5. Orientar las políticas del personal, coordinando cada una de estas acciones con el jefe de grupo de gestión administrativa.

6. Coordinar las actividades de mantenimiento, aseo, vigilancia, adquisiciones, suministro y archivo de la administración municipal.

7. Presidir las reuniones de las comisiones de personal. 8. hacer las veces de secretario en las reuniones de los concejos de

gobierno y de planeación. 9. Dirigir y garantizar la eficiente y eficaz prestación de servicios públicos a

cargo del municipio. 10. Tomar las acciones tendientes a efectivizar los procedimientos para

mejorar las rentas del fisco municipal. 11. Participar en la s investigaciones y estudios jurídicos que le fueren

encomendados. 12. Dirigir coordinar y controlar a todos los servidores públicos de la

administración y en especial a los inspectores de policía. 13. Autorizar el suministro de bienes, muebles, equipos y papelería que se

requiera en la dependencia. 14. Adelantar los trámites para licencias, permisos, comisiones,

bonificaciones y de imposición de sanciones al personal de la administración.

15. Velar por el estricto cumplimiento de las normas de personal de carrera administrativa.

16. Aplicar las normas pertinentes para la conservación del orden público y en las ocasiones en que este sea perturbado.

17. Rendir informes periódicos al alcalde sobre el desarrollo de los programas ejecutados.

18. Ejecutar políticas de la administración encaminadas a la conservación del orden público, la seguridad, la convivencia pacífica la solidaridad ciudadana y promover las acciones cívicas.

19. Tramitar todo lo relacionado con invasiones a bienes fiscales o de uso público.

20. Coordinar la ejecución de las políticas y programas de la administración en lo referente a los establecimientos públicos precios, pesas, medidas, ventas ambulantes y estacionarias, seguridad y ornato del municipio.

21. Realizar las campañas tendientes a la conservación del orden público y actuar como conciliador cuando se susciten conflictos de la comunidad con la administración.

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22. Presentar para su aprobación los proyectos de acuerdos, resoluciones y reglamentos necesarios para adecuar la gestión municipal a las normas de carácter policivo, con el objeto de expedir un código municipal de policía y ejecutar las políticas adoptadas por la administración en asuntos policivos.

23. Elaborar en coordinación con las demás dependencias el proyecto de presupuesto de gastos de la dependencia y de la administración municipal.

24. Dirigir las políticas, Planes, Programas de la acción comunal y la promoción de la participación de la comunidad en el desarrollo local.

25. Colaborar armónicamente con el ejecutivo en las actividades administrativas del Gobierno Municipal

26. Las demás funciones asignadas por el superior inmediato de acuerdo con la naturaleza del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La colaboración prestada al Ejecutivo en las actividades administrativas

del Gobierno Municipal, responden a las políticas del orden nacional, departamental y a las establecidas en el programa de gobierno y plan de desarrollo municipal.

2. Las reuniones de juntas, comisiones o comités de los cuales haga parte o haya sido delegado por el Alcalde, responden a la programación ordenada Por la administración municipal.

3. Las políticas en materia de administración de personal de la alcaldía responde a los planes y programas adoptados por la administración de personal y a las normas legales que la regulan, están orientadas al cumpliendo con las funciones de Unidad de Personal de conformidad con el artículo 15 de la Ley 909 y Decretos Reglamentarios.

4. Los Proyectos de Acuerdo elaborados están acordes con las orientaciones impartidas por el alcalde municipal y las funciones y competencias del municipio.

5. Los procesos disciplinarios adelantados a los funcionarios que incurren en faltas en el ejercicio de las funciones, esta acordes con los procedimientos establecidos en el Código Único Disciplinario.

6. El control de tutela, a las políticas, planes y programas de las entidades adscritas y vinculadas a la Secretaría, están acordes con las directrices y procedimientos establecidos por la administración municipal.

7. Las dependencias del Municipio cumplen con las funciones con eficiencia y eficacia de acuerdo con las asesorías impartidas por la Secretaría de Gobierno.

8. Los informes dirigidos al Alcalde sobre el desarrollo de los programas

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en ejecución, responde a las metas, objetivos y estrategias aprobadas por la administración municipal.

9. Los programas de capacitación, foros seminarios y otros eventos responde a las políticas, planes, programas y proyectos adoptados por el municipio en su plan de desarrollo.

10. Las respuestas a las solicitudes que la ciudadanía dirija al Alcalde, están acordes con las normas y procedimientos adoptados por la administración Municipal para cumplir con el derecho a la información que tiene la ciudadanía.

11. Los oficios, informes y correspondencia que el Alcalde debe enviar a Instituciones del sector privado u oficial del orden departamental o nacional, responde a los objetivos, metas, programas y proyectos adoptados en el plan de desarrollo.

12. La contratación del municipio se realiza acorde con las normas de contratación estatal, y con los procesos y procedimientos implementados por la administración municipal y son orientados al cumplimiento del plan de desarrollo municipal.

13. Los proyectos de Acuerdo, Decretos, Resoluciones, Contratos y demás providencias que se relacionan con la Administración Municipal, están acordes con las normas que la regulan y los procedimientos adoptados por la administración municipal.

14. Las medidas tomadas relacionadas con la conservación del orden público dentro del municipio y los asuntos policivos que se tramiten en las inspecciones de policía del área urbana y rural del municipio, responde a las normas que la regulan y a las medidas de carácter policivo tomadas por la administración municipal.

15. Las relaciones públicas y protocolarias del Despacho del Alcalde con los organismos del Estado, entidades privadas y públicas y con las comunidades en general, responde a las orientaciones impartidas por el alcalde para el cumplimiento de su gestión administrativa.

16. Las directrices impartidas a las comunidades para la participación en las decisiones de carácter general que la administración va a decidir, concuerdan con el plan de desarrollo de la administración municipal.

17. El sistema de archivo y correspondencia de la Administración Municipal, es acorde con las normas y técnicas de administración documental.

18. La liquidación y pago de las nóminas, primas y demás prestaciones sociales y económicas a que tienen derecho los funcionarios al servicio del Municipio, concuerdan con las normas legales y procedimientos adoptados por la administración municipal.

19. El pían anual de capacitación, estímulos y bienestar social de los empleados de la alcaldía, concuerdan con el plan anual recapacitación nacional y al programa aprobado en el plan de desarrollo municipal.

20. El plan de acción de la Secretaria y de Gobierno, concuerda con los programas y proyectos incluidos en el plan de desarrollo de! municipio.

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21. El subsistema de control interno de la Secretaría de Gobierno concuerda con las políticas, planes, metas y objetivos adoptados en la implementación del Sistema de Control Interno de la Alcaldía Municipal.

22. Las políticas, planes, programas de la Acción Comunal y la promoción de la participación de la comunidad en el Desarrollo local, concuerdan con los planes y programas del gobierno Nacional, Departamental y adoptado en el Plan de Desarrollo Municipal.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Derecho Administrativo 2. Administración del Talento Humano 3. Asuntos policivos 4. Derecho Ambiental 5. Normatividad de seguridad, orden público y convivencia ciudadana. 6. Los derechos fundamentales según la Constitución Política de 1991 7. Normas en atención a población desplazada 8. Nociones sobre Contratación Estatal

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título profesional en disciplina académica del núcleo básico del Conocimiento en Derecho, Economía, Contaduría Pública, Administración Pública, Administración de Empresas, ingeniería industrial, profesional afín a las ciencias sociales y humanas.

Un año de experiencia profesional o relacionada.

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I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Profesional

Denominación del Empleo: Jefe de Grupo Municipal (COORDINADOR CASA DE JUSTICIA)

Código: 219

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Gobierno Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Gobierno Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Velar por el cumplimiento de los lineamientos generales establecidos por el Ministerio de Justicia y del Derecho en relación con el programa Nacional de casas de Justicia, apoyar, , dirigir, gestionar los proyectos, planes o programas o elaborar estrategias que permitan el buen funcionamiento de la casa de justicia.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES EN EL ÁREA DE ENLACE Y APOYO EN LA CASA DE JUSTICIA.

1. Asumir el liderazgo público e institucional de la Casa de Justicia. 2. Velar por el buen funcionamiento de la Casa de Justicia. 3. Coordinar el trabajo en equipo entre las instituciones participantes en la

Casa de Justicia, respetando las competencias particulares. 4. Impulsar la conformación y funcionamiento del Comité Coordinador de

Casa de Justicia. 5. Conciliar conflictos de tipo administrativo entre los funcionarios (as) que

trabajan en la Casa de Justicia. 6. Responder ante el Comité Municipal y ante el Ministerio de Justicia y

del Derecho por la gestión de la Casa de Justicia. 7. Presentar oportunamente a la Dirección de Métodos Alternativos de

Solución de Conflictos, informes de actividades y estadísticas mensuales sobre la gestión adelantada por la Casa de Justicia de conformidad con los soportes recibidos de las Entidades vinculadas a la misma.

8. Atender los requerimientos del Sistema de Información de Casas de Justicia.

9. Registrar en el Sistema de Información de Casas de Justicia los temas relacionados con presencia institucional y actividades comunitarias, así como realizar tareas administrativas : Creación de usuarios y envió de

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información a la Dirección de Métodos Alternativos del Ministerio de Justicia y del Derecho.

10. Buscar permanentemente mecanismos que permitan optimizar el trabajo de la Casa de Justicia, con el apoyo de la Alcaldía Municipal y demás autoridades locales y regionales, LA Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia y del Derecho y organismos de apoyo, tales como Universidades y organizaciones no gubernamentales.

11. Realizar acciones tendientes a difundir los servicios prestados por la Casa de Justicia hacia la comunidad.

12. Promover los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos. 13. Intervenir en los conflictos de orden comunitario en calidad de

mediador, cuando la comunidad lo solicite o cuando la situación lo requiera.

14. Responder por el ciudadano y protección de los bienes muebles y el mantenimiento de las instalaciones físicas.

15. Adelantar la gestión pertinente para que el programa de Casas de Justicia sea incluido en el Plan de Desarrollo del Municipio y por ende la asignación de los recursos respectivos para inversión y funcionamiento de la Casa de Justicia.

16. Coordinar la elaboración del Plan de la Casa con los funcionarios que hacen parte de la Casa, hacerlo visible ante la Administración Municipal y realizar el seguimiento.

17. Presentar informes ante la Administración Local y el Ministerio de Justicia y del Derecho cuando sean requeridos.

18. Mantener comunicación permanente con la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos y reportar de forma inmediata cualquier novedad relacionada con el funcionamiento del Programa.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los programas adelantados por la coordinación de casa de Justicia están acordes con la realidad social del Municipio y contribuyen a la solución de los conflictos presentados.

2. Los Proyectos y Planes para el fortalecimiento y adecuado funcionamiento de la casa de justicia responden a los lineamientos y requerimientos del Ministerio del Interior y de Justicia.

3. Los proyectos y Planes para el fortalecimiento y adecuado funcionamiento de la casa de justicia contribuyen de manera eficaz en el correcto funcionamiento de todas las dependencias integrantes del sistema nacional de casa de justicia.

4. Con la prestación del servicio integrado de las diferentes dependencias la comunidad cuenta con un espacio donde se conjuguen los servicios sociales y de administración de justicia.

5. La eficiente Prestación del servicio ha generado en una opinión Pública

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positiva frente al manejo de la casa de justicia, lo que han contribuido al incremento del número de usuarios.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Conocimientos y habilidades en mecanismos alternativos de solución de conflictos

2. Conocimientos en sistemas de información 3. Trabajo Comunitario 4. Conocimiento en formulación y evaluación de proyectos.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título profesional en disciplina académica del núcleo básico del Conocimiento en Derecho, Administración Pública, Administración de Empresas, en ciencias sociales y humanas, trabajador social, sociólogo.

Un año de experiencia profesional o relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN

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Nivel: Profesional

Denominación del Empleo: Profesional Universitario-COORDINADOR U.A.O

Código: 219

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Gobierno

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Gobierno Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Apoyar, dirigir, gestionar los proyectos, planes o programas o elaborar estrategias que permitan el buen funcionamiento de la Unidad de atención y orientación a la población desplazada.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES EN EL ÁREA DE COORDINACIÓN DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN Y ORIENTACIÓN A LA

POBLACIÓN DESPLAZADA.

1. Realizar las acciones pertinentes para lograr una atención y orientación

oportuna, que dignifique la condición humana de la población, bajo el enfoque de derechos.

2. Realizar la primera orientación a la población en situación de desplazamiento que demanda los servicios de la Unidad de Atención y Orientación “U.A.O.”.

3. Ubicar, remitir y/o Derivar a la población en situación de desplazamiento que llegue a la unidad frente a su solicitud de atención.

4. Asignar citas a la población en situación de desplazamiento que demanda los servicios de atención y orientación al desplazado UAO.

5. Registrar a los asistentes a la unidad de atención y orientación al desplazado UAO en los formatos correspondientes.

6. Presentar mensualmente y cuando se requieran informes de avances de las funciones encomendadas y realizadas.

7. Participar activamente en los comités técnicos de la Unidad de Atención y Orientación a la población Desplazada UAO en todos los eventos institucionales que se requiera.

8. Manejar con total discreción la información que se encuentra en el registro único de población desplazada.

9. Informar al ejecutivo Municipal en forma oportuna sobre las inconsistencias o anomalías relacionadas con los asuntos o documentos encomendados.

10. Acatar las sugerencias de la coordinación de la Unidad de Atención y orientación a la población Desplazada “UAO” encaminadas a mejorar el proceso.

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11. Organizar y dirigir el desarrollo de los planes, programas y presupuesto determinado para su aplicación por parte de la dirección a su cargo, de acuerdo a los lineamientos del nivel superior.

12. Aplicar las políticas de orden superior en políticas de carácter municipal. 13. Establecer y dirigir relaciones institucionales con el fin de mantener el

flujo de información sobre los diferentes aspectos que afectan o puedan afectar los planes, programas y políticas generales que tenga la administración municipal en asuntos de atención a la población desplazada.

14. Brindar asesoría directa y orientar en los aspectos referentes a la atención a la población desplazada.

15. Exponer ante los niveles de decisión política las necesidades en el campo de atención y orientación a la población desplazada.

16. Coordinar y supervisar los planes y programas de su dependencia 17. Ser representante administrativo de la UAO y asistir a reuniones en

nombre de la alcaldía cuando el caso lo amerite. 18. Liderar las mesas temáticas de trabajo dirigidas a la población

desplazada. 19. Gestionar recursos para el funcionamiento de la UAO que fortalezcan

los programas de atención a la población desplazada. 20. Las demás funciones que le sean delegadas.

La secretaria técnica del comité local de atención a población en situación de desplazamiento será ejercida por el coordinador de la unidad de Atención y Orientación a Población Desplazada por la violencia de Puerto Asís. Son funciones de la secretaria técnica las siguientes:

1. Preparar y convocar las reuniones de comité local y llevar las actas respectivas bajo las directrices de la alcaldía Municipal.

2. Preparar informes periódicos sobre las diferentes actividades que se adelanten por parte del comité local para la atención integral de la población desplazada por la violencia para ser evaluadas cuando se reúna el comité.

3. Elaborar el reglamento interno cuando esté conformado en su totalidad el comité.

4. Las demás que le asigne el comité Local para la atención integral de la población desplazada por la violencia o el alcalde, las cuales deben ser consignadas en su respectiva acta.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La coordinación interinstitucional se realiza de manera adecuada, brindando una oportuna atención y orientación a la población en situación de desplazamiento.

2. La comunidad cuenta con un espacio donde se conjuguen los espacios sociales de todas las entidades del sistema de atención integral

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cumpliendo oportunamente los lineamientos del sistema. 3. Los programas en materia de atención y orientación a la población

desplazada están acorde con las políticas del sistema de atención integral a la población en situación de desplazamiento.

4. La asesoría y la orientación brindada a la población desplazada responden a las necesidades y requerimientos de la misma de manera inmediata y oportuna.

5. La coordinación interinstitucional corresponden a las necesidades de la población en situación de desplazamiento.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Ley 397 de 1997. 2. Ley 387 de 1997. 3. Sentencia T-025 de 2004 Corte Constitucional 4. Ley 1190 de 2008 5. Decreto 2569 de 2000 6. Decreto 951 de 2001 7. Decreto 2562 de 2001 8. Decreto 2007 de 2001 9. Decreto 3777 de 2003 10. Decreto 250 de 2005 11. Atención al publico 12. Gestión administrativa

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título profesional en disciplina académica del núcleo básico del Conocimiento en Derecho, Administración Pública, Administración de Empresas, Contaduría Pública y Economía, profesional en ciencias sociales y afines y/o ciencias administrativas.

Un año de experiencia profesional o relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN

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Nivel: Técnico

Denominación del Empleo: Técnico Administrativo – Familias en Acción

Código: 367

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Gobierno

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Gobierno Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Prestar los servicios técnicos para el desarrollo de los procesos y actividades misionales de las diferentes dependencias de la administración municipal.

EN EL AREA DE FAMILIAS EN ACCIÓN

El enlace Municipal es el vínculo entre las familias beneficiarias y el programa y su designación es responsabilidad de la administración Municipal, la labor fundamental del enlace, es apoyar el desarrollo y ejecución del programa Familias en Acción dentro del Municipio, y articular con los sectores de salud y educación, en general con todos los sectores orientados a la atención de la población beneficiaria del programa las acciones tendientes al desarrollo de la gestión del mismo.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Elaborar los cuadros estadísticos relacionados con la ejecución de los

planes y programas de municipio. 2. Elaborar los informes que debe presentar el municipio consistente a la

ejecución de los programas, proyectos establecidos en el plan de desarrollo municipal.

3. Operar los equipos de computación, las aplicaciones y los sistemas de información requeridos por la dependencia.

4. Realizar las consultas en los programas de sistemas que adquiera el municipio para la agilidad en los procesos contractuales de administración de personal, nominas, evaluación de desempeño, presupuestales y contables.

5. Elaborar los censos que requiera la administración municipal que sirvan de soporte para la formulación de programas y proyectos de carácter social.

6. Coordinar la ejecución de programas y proyectos de índole social que delegue al municipio por entidades del orden nacional y departamental.

EN EL AREA DE FAMILIAS EN ACCIÓN

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1. Apoyar el proceso de difusión dentro de la población objetivo, así como

a los agentes municipales de educación y salud. 2. Apoyar el proceso de incorporación de beneficiarios. 3. Actuar como facilitador en las labores de suministro, recolección y envío

de formularios propios del proceso. 4. Recepcionar, diligenciar y tramitar los reclamos, quejas y novedades de

origen individual y comunitario, confrontar que la información y los soportes correspondan en su contenido, así mismo responderlos cuando le correspondan y velar porque se de respuesta oportuna, eficaz de conformidad con los lineamientos establecidos por Acción Social FIP a través del proceso Subsidios condicionados Familias en Acción.

5. Realizar el proceso de verificación de cumplimiento de compromisos de acuerdo con los lineamientos establecidos.

6. Apoyar la logística de realización de los pagos de los subsidios. 7. Responder por los materiales, formularios, bases de datos y demás

documentos relacionados en el ciclo operativo que le sean entregados para su custodia y cuidado.

8. Apoyar la realización de las reuniones de las asambleas de las madres titulares y las acciones del componente de promoción de la educación y salud familiar.

9. Promover la participación de veedurías ciudadanas dentro del municipio para el seguimiento a la operación y a los procesos de familias en acción.

10. Consolidar la información requerida por Acción Social – FIP a través del proceso subsidios condicionados familias en Acción y presentar informes de gestión a la unidad coordinadora Regional UCR, cuando así lo requiera.

11. Asistir a las diferentes capacitaciones sobre los procesos operativos que el proceso establezca.

12. Promover las reuniones del comité municipal de certificación, informando sobre el proceso de subsidios condicionados Familias en Acción a esta instancia y la Administración Municipal.

13. Presentar ante la Asamblea de madres titulares al menos una vez al año, el balance de la gestión del programa en el municipio.

14. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los cuadros estadísticos relacionados con la ejecución de los planes y programas del municipio, concuerdan con la información solicitada y soportan las actividades ejecutadas.

2. Los informes elaborados consistentes a la ejecución de los programas y proyectos establecidos en el plan de desarrollo municipal responden a

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la metodología adoptada por la administración municipal y a la ejecución de los planes desarrollados.

3. Los equipos de computación, las aplicaciones y los sistemas de aplicación requeridos por la dependencia, responden a las necesidades de modernización de la institución y su administración concuerdan con los aplicativos establecidos para el fin del programa.

4. Las consultas en los programas de sistemas del municipio permiten la agilidad de los procesos contractuales, de administración de personal,. Nominas, evaluación del desempeño, presupuestales y contables, y concuerdan con los procedimientos establecidos por la administración municipal.

5. Los censos que requiera la administración municipal permiten soportar la formulación de programas y proyectos de carácter social.

6. La ejecución de programas de índole social delegados al municipio por entidades del orden nacional y departamental, responden a las directrices impartidas y establecidas en los convenios.

EN EL AREA DE FAMILIAS EN ACCIÓN

1. El proceso de difusión del programa hacia la comunidad es acorde con los lineamientos del programa y ha logrado llegar oportunamente con la información a la comunidad.

2. El proceso de incorporación de beneficiarios se realiza de manera adecuada prestando un ágil servicio a la población.

3. El pago de subsidios a sus beneficiarios se realiza oportunamente y sin contratiempos de acuerdo a los lineamientos y directrices establecidas por el programa de Familias en Acción.

4. La comunidad indígena se siente representada con el desempeño de las funciones de este cargo.

5. El apoyo y asesoría brindada a la comunidad permiten resolver sus consultas y dar trámite debido a las quejas interpuestas.

6. Cada año se presenta el balance de la gestión realizada por la oficina del enlace municipal del programa Familias en Acción.

7. Las reuniones de Asamblea programadas con las madres titulares son apoyadas por la oficina coordinadora y están encaminadas al desarrollo del componente de capacitación, promoción de la educación y la salud familiar.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Clases de documentos. 2. Normas sobre administración pública 3. Programas de capacitación en políticas públicas. 4. Técnicas de gestión documental 5. Manejo de internet 6. Informática básica

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7. Atención al público 8. Trabajo comunitario 9. Manual operativo programa familias en acción 10. Convenio interadministrativo de participación y cooperación

internacional.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título de formación técnica o tecnológica en cualquier modalidad.

Seis (6) meses de experiencia laboral o relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Profesional

Denominación del Empleo: Comisario de Familia

Código: 202

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Gobierno Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Gobierno

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Coordinar la ejecución de los planes y programas orientados a la protección de la familia contra la violencia, seguridad alimentaria y conflictos intrafamiliares, de acuerdo con los Códigos, leyes, decretos y políticas adoptadas en el Plan de Desarrollo Municipal, proteger, velar, custodiar, colaborar, a los menores que se hallen en situación irregular y en los casos de conflictos familiares a fin de garantizar el bienestar de los menores y el de convivencia pacífica en el

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Núcleo Familiar

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESCENCIALES

1. Conocer de los procesos por violencia intrafamiliar y disponer las medidas de protección que correspondan, en aplicación de la Ley 1098 de 2006 "Código de la Infancia y la Adolescencia" o normas que lo reglamenten.

2. Efectuar las audiencias de conciliación en materia alimentaría, en armonía con las disposiciones previstas por el Ley 1098 de 2006, o norma que la reglamente.

3. Imponer al obligado la cuota alimentaría que corresponda según su capacidad económica si existe inasistencia, o cuando no sea posible la conciliación entre las partes, en consonancia con lo ordenado por el Artículo 138 del Decreto extraordinario 2737 de 1989.

4. Recibir a prevención denuncias sobre hechos que puedan configurarse como delito o contravención, en los que aparezca involucrado un menor como ofendido o sindicado, tomar las medidas de emergencias correspondientes y darles el trámite respectivo de acuerdo con las disposiciones de los códigos del menor, nacional de policía, de procedimiento penal y las demás normas pertinentes.

5. Aplicar las sanciones policivas de acuerdo con las facultades previstas en el Código del Menor y las que le otorgue el respectivo Concejo Municipal.

6. Efectuar las comisiones, peticiones, práctica de pruebas y demás actuaciones que le solicite el Instituto de Bienestar Familiar y los funcionarios encargados de la jurisdicción de familia, en todos los aspectos relacionados con la protección del menor y de la familia que sean compatibles con las funciones asignadas.

7. Practicar allanamientos para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un menor, cuando la urgencia del caso lo demande, de oficio o a solicitud del juez o defensor de familia, de acuerdo con el procedimiento señalado para el efecto por el Código del Menor

8. Recibir a prevención las quejas o informes sobre todos aquellos aspectos relacionados con conflictos familiares, atender las demandas relativas a la protección del menor, especialmente en los casos de maltrato y explotación, y atender los casos de violencia familiar, tomando las medidas de urgencia que sean necesarias, mientras se remiten a la autoridad competente.

9. Proteger la integridad de la familia, cualquiera que sea la relación dada entre parejas, de manera que el seno de la unidad familiar se base en la igualdad de derechos y en el respeto recíproco entre quienes la componen.

10. Propender a la conciliación de las parejas integrantes de la unidad familiar, en el evento de conflicto, impidiendo que, en caso de separación, se vean desprotegidos los derechos y cuidados de los hijos

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menores. 11. Conminar a los padres de familia para que proporcionen a sus hijos

menores la educación requerida, los cuidados y la protección que estos demandan, el ejemplo que los oriente y reprimir con las facultades de ley los actos de violencia en que incurran las parejas entre sí o entre estos y sus hijos.

12. Asumir el conocimiento y aplicar las medidas preventivas en el evento de despilfarro o dilapidación de los bienes de la familia y remitir para su conocimiento ante las autoridades competentes lo que corresponda como decisión de fondo.

13. Instruir a los profesores y maestros que presten sus servicios en instituciones educativas del municipio, para que reporten, en término no mayor a veinticuatro horas, los casos en que sus alumnos presenten laceraciones, contusiones, o maltratos, de cualquier otra forma de maltrato Tísico o moral, y en tal evento, conminar la presentación de sus padres a fin de explicar el origen de aquellas y ordenar las investigaciones a que haya lugar.

14. Promover programas y actividades de orientación que tiendan a prevenir la práctica de medidas abortivas e instruir a la población Respecto de las acciones penales aplicables en tales casos.

15. Coordinar las acciones orientadas a la a prevención del consumo de sustancias que atenten contra el desarrollo físico, mental y mora! de la niñez y la adolescencia.

16. Prevenir, garantizar, restablecer y repara los derechos de los miembros de la familia y los establecidos por la Ley.

17. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los asuntos de violencia intrafamiliar, divorcios y demás casos de que conoce esta oficina se tramitan desde la óptica de la conciliación, resolución amigable de conflictos, la sanción, u otras técnicas de solución alternativa de conflictos, los actos de coerción solo se aplican cuando es indispensable.

2. Las medias tomadas en los procesos de violencia intrafamiliar están acordes con la aplicación de las normas que regulan el maltrato familiar.

3. Las audiencias de conciliación realizadas en los procesos alimentarios se establecen conforme a las normas que la regulan

4. La cuota alimentaría impuesta corresponde a la capacidad económica del implicado y acordes con la normatividad que la regulan.

5. Las mediadas tomadas en protección del menor de edad que aparezca involucrado, corresponden a las garantías establecidas en las normas del Código de infancia y adolescencia.

6. Las sanciones policivas aplicadas están de acuerdo con las facultades

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previstas en el Código de infancia y adolescencia. 7. El apoyo prestado a las instituciones que aplican políticas de protección

al menor están acordes con las normas legales. 8. Las medidas de allanamientos practicadas están acordes con la

protección que se debe brindar a los menores de acuerdo con la norma legal.

9. Las denuncias presentas por conflictos familiares son atedias y resueltas de acuerdo con los procedimientos establecidos por la ley y demás normas que así lo determinen.

10. Las mediadas tomadas están orientadas a la protección de la familia en igualdad de derechos y el respeto recíproco entre las parejas.

11. Las audiencias de conciliación entre parejas están orientadas a la Resolución del conflicto y a la protección de la familia.

12. La medidas tomadas están orientadas a que los padres de familia respondan por la educación y los cuidados de protección según lo establecidos en las normas del Código de infancia y adolescencia

13. .Las medidas preventivas en relación con la protección de los bienes de la familia son oportunas y responden a la aplicación de las normas.

14. Las instrucciones impartidas a los docentes de los establecimientos educativos permiten identificar el maltrato, físico o verbal a que son sometidos los menores por sus familiares o particulares.

15. Los programas de capacitación y prevención de las prácticas abortivas están acorde con las políticas impartidas por el Gobierno Nacional, el I.C.B.F. e implementadas por la Alcaldía Municipal.

16. Las acciones sobre prevención responden a las políticas impartidas por el Gobierno Nacional y las adoptadas por la administración municipal

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Técnicas de solución alternativa de conflictos 2. Psicología de la familia 3. Código de infancia y adolescencia

4. Código Nacional de Policía

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título profesional en disciplina académica del núcleo básico del Conocimiento en Derecho y afines.

Un año de experiencia profesional o relacionada con una determinada área de trabajo o área de la profesión.

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I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Profesional

Denominación del Empleo: Director de Cárcel

Código: 260

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Gobierno

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Gobierno

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Dirección y ejecución de actividades encaminadas al mantenimiento del Orden y la seguridad del establecimiento carcelario del municipio. Cumplir con las disposiciones legales vigentes referentes a la custodia, mantenimiento y resocialización de las personas internas en la cárcel municipal.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES.

1. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones contenidas en el reglamento interno de la cárcel.

2. Dar estricto cumplimiento al reglamento y demás normas reguladoras del personal administrativo y del cuerpo de custodia y vigilancia.

3. Verificar y controlar que se cumplan los programas de los tumos del cuerpo de vigilancia.

4. Realizar estudios y diagnósticos de necesidades en el área de seguridad y vigilancia del centro carcelario.

5. Programar inspecciones a los internos del centro de reclusión verificando su presencia.

6. Dirigir la buena marcha del centro carcelario. 7. Velar por el buen trato a los detenidos. 8. Velar por la seguridad en las instalaciones físicas de la institución e

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informar al alcalde y/o secretario de gobierno sobre cualquier hecho que atente contra la misma, para que se tomen las medidas pertinentes.

9. Velar por el suministro oportuno de la alimentación a los internos del centro carcelario.

10. Formular proyectos a la administración municipal y al ÍNPEC tendientes a buscar la resocialización de los internos.

11. Colaborar con las autoridades jurisdiccionales en el desplazamiento de los internos cuando éstos sean requeridos en tales despachos.

12. Mantener actualizado el reglamento interno del centro carcelario en los términos de la ley, señalando en ellos los días y horas de las visitas a los internos y la regulación de las visitas conyugales.

13. Velar por la disciplina al interior de la cárcel municipal. 14. Velar por el orden y el aseo del establecimiento carcelario. 15. Cumplir y hacer cumplir el horario, turnos y rondas tendientes a la

vigilancia de los detenidos. 16. Informar al alcalde y/o secretario de gobierno sobre cualquier hecho que

perturbe la tranquilidad y/o disciplina dentro de los establecimientos. 17. Gestionar convenios con las universidades que puedan ofrecer

prácticas institucionales en el centro carcelario y coadyuven a los procesos de resocialización de los internos.

18. Rendir informes mensuales al superior inmediato sobre las actividades Desarrolladas en la dependencia.

19. Velar por la adecuada presentación de la dependencia, la prestación de los servicios administrativos y el buen uso del equipo bajo su responsabilidad.

20. Llevar controles periódicos sobre consumo de elementos, con el fin de determinar su necesidad real y presentar el programa de requerimientos correspondientes para la dependencia.

21. Orientar a los usuarios y suministrar información, documentos o libros que sean solicitados, de conformidad con los trámites, las autorizaciones y los procedimientos establecidos en la dependencia.

22. Informar al superior inmediato, oportunamente, sobre las inconsistencias o anomalías relacionadas con los asuntos, elementos, documentos y/o correspondencia encomendados.

23. Apoyar la implementación del sistema de control interno dentro de su dependencia, fomentando la cultura del autocontrol y participando en los programas y eventos que coordine la unidad de control interno.

24. Prestar el apoyo logístico a las demás dependencias cuando éstas así lo requieran.

25. Diseñar, proponer y ejecutarla política carcelaria en el municipio. 26. Llevar estricto control del personal detenido en la cárcel. 27. Velar por el buen establecimiento y disciplina del establecimiento

carcelario.

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28. Ejecutar programas de capacitación y recreación conforme a orientaciones y políticas del ejecutivo municipal.

29. Diseñar y poner a consideración del ejecutivo municipal, propuestas para el mejoramiento de la dependencia a su cargo.

30. Entrevistara todo recluso que ingrese al establecimiento para enterarse de sus condiciones personales e instruirlo sobre el régimen disciplinario.

31. Disponer el traslado de los detenidos a los diferentes despachos judiciales, siempre y cuando haya personal de vigilancia disponible, previa orden escrita del despacho competente.

32. Aprobar y gestionar los certificados que por estudio, trabajo y enseñanza de los internos le presente el personal encargado de la elaboración y tramitación.

33. Autorizar los permisos concedidos a los detenidos por los despachos judiciales competentes, en los términos expresados en el Código Penitenciario y Carcelario.

34. Ubicar y clasificara los internos por categorías en los diferentes patios y celdas de acuerdo a las condiciones del establecimiento.

35. Estudiar y aprobar si es del caso las solicitudes de traslado de internos que lo soliciten a diferentes patios, previo análisis de la hoja de vida y un concepto favorable de los guardianes que laboren en el tumo respectivo.

36. Autorizar y ordenar la distribución de los reclusos en los diferentes frentes de trabajo: taller, biblioteca, aseo, cafetería, enfermería, ordenanza.

37. Ordenar y autorizar que la población reclusa reciba efectiva y oportuna atención médica, odontológica, jurídica y asistencial.

38. Procurar que el tiempo de detención sea siempre una oportunidad de readaptación y diseño de programas de rehabilitación y ocupación productiva, involucrando a toda la organización al logro de este objetivo.

39. Constatar que a los internos no se les permita ejercer labores de administración, vigilancia o disciplina dentro del establecimiento.

40. Autorizar al interno que cumpla con los requisitos exigidos dentro del Reglamento Interno Carcelario, para tener derecho a la visita Intima.

41. Las demás que se le asigne acordes con la naturaleza del cargo y la necesidad del servicio.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Las propuestas, planes, proyectos, estrategias propuestas por la dirección de la cárcel generan resultados positivos en la población carcelaria mejorando el nivel de seguridad y de vida de los internos. 2. El cumplimiento de la normatividad vigente referente a la dirección de

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centros de reclusión, permiten mantener el orden y la disciplina al interior del centro penitenciario. 3. Los procedimientos adelantados para la manutención y cuidado de los internos de la cárcel, garantizan el respeto por su integridad física. 4. Los planes y programas presentados contribuyen de manera efectiva al proceso de resocialización de los internos de la cárcel. 5. Los informes y novedades presentadas tanto al jefe inmediato como a otros entes que así lo soliciten, cumplen con parámetros de oportunidad y veracidad. 6. Cumplimiento de las normas de seguridad garantizan la custodia de los internos del centro penitenciario

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Régimen penitenciario y carcelario 2. Régimen municipal 3. Derechos humanos 4. Normatividad penitenciaria vigente 5. Administración de centros penitenciarios 6. Informática básica 7. Relaciones interpersonales 8. Procesos de resocialización.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título profesional en disciplina académica del núcleo básico del Conocimiento en Derecho, Economía, Ingeniería Industrial, Administración Pública o de Empresas y las relacionadas con las administrativas y económicas o sociales

Un año de profesional en el ejercicio de las actividades propias de la profesión.

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I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Técnico

Denominación del Empleo: Inspector Policía

Código: 303

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Gobierno Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Gobierno

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Prestar los servicios relacionados con la atención y soluciones de las contravenciones y querellas que la población denuncie ante la Inspección de Policía y demás infracciones a ley que sea de su competencia y las que no, remitirlas a las autoridades competentes, ejecutar las políticas municipales policivas y las atribuciones Constitucionales y legales de su competencia frente a la comunidad del ente.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES.

1. Conocer de los asuntos o negocios que les asignan la Ley, las ordenanzas y los Acuerdos del Concejo.

2. Recibir, instruir y atender denuncias por contravenciones comunes y especiales de Policía y las diligencias que sea de su competencia.

3. Expedir órdenes de citación. 4. Ejercer el control sobre la legalidad del funcionamiento de los puestos

de vendedores ambulantes y estacionarios. 5. Expedir constancia por pérdida de documentos. 6. Expedir guías para la movilización de semovientes. 7. Recibir denuncias de carácter policivo que presente la ciudadanía y

fallarlos. 8. Resolver la situación jurídica de las personas que se pongan a su

disposición. 9. Conocer e instruir los casos de contravenciones, ordinarias y especiales

de policía para los cuales tenga competencia. 10. Conocer los demás casos de policía y adelantar las diligencias

preliminares de acuerdo al Código de Policía del Tolima e imponer las sanciones respectivas.

11. Hacer cumplir las políticas, normas de Pesas y Medidas, impuestas por la administración municipal.

12. Prestar colaboración a los funcionarios judiciales para hacer efectivas sus providencias.

13. las demás funciones que le sean asignadas por la Ley y el superior

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Inmediato, siempre que estén de acuerdo con la naturaleza del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los asuntos o negocios que tramita en la inspección de policía urbana, concuerdan con la Ley, las ordenanzas y los acuerdos del Concejo.

2. Las denuncias recibidas por las contravenciones comunes y especiales de Policía, declaraciones e indagatorias, concuerdan con las normas que la rigen y los procedimientos implementados por la dependencia.

3. Las órdenes de citación, se realizan acordes con las normas legales que la rigen y los procedimientos implementados en la inspección.

4. El control sobre la legalidad y funcionamiento de los puestos de vendedores ambulantes y estacionarios, responde a las normas de utilización del espacio público y a los procedimientos adoptados por la alcaldía para el funcionamiento de los mismos.

5. La constancia expedidas por la pérdida de documentos, son acordes con los procedimientos adoptados por la inspección.

6. Las guías por movilización de semovientes, concuerda con las normas que la rigen y los procedimientos adoptados por la inspección de policía.

7. Las denuncias recibidas de carácter policivo presentadas por la ciudadanía se fallan acordes con el Código de Policía y a las atribuciones de la inspección

8. Los casos de contravenciones ordinarias y especiales de policía presentadas, son resueltas acordes con las competencias asignadas a la inspección de policía.

9. Las diligencias preliminares y sanciones a las contravenciones presentadas son acordes con el Código de Nacional de Policía y demás normas que la rigen.

10. Las políticas, normas de Pesas y Medidas, impuestas por la administración municipal, se cumple de acuerdo con las normas y procedimientos que la rigen.

11. Se presta la colaboración a los funcionarios Judiciales para hacer efectivas sus providencias.

12. Las querellas recibidas han tenido su trámite legal respectivo. 13. El levantamiento de cadáveres se practica de manera oportuna

cuando las circunstancias lo permiten. 14. La documentación que se requiere de su oficina es emitida de manera

oportuna

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Los Derechos Fundamentales según la Constitución Política de 1991 2. Código Nacional de Policía 3. Decreto Ley No. 1355/70 4. Decreto Ley 522/71 y la Ley 23/91. 5. Normas sobre conciliación

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VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título de bachiller y curso específico, mínimo de sesenta (60) horas relacionadas con las funciones del cargo.

Seis meses de experiencia laboral o relacionada.

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Nivel: Técnico

Denominación del Empleo: Inspector Policía Rural

Código: 306

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Gobierno Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Gobierno

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Prestar los servicios relacionados con la atención y soluciones de las contravenciones y querellas que la población denuncie ante la Inspección de Policía y demás infracciones a ley que sea de su competencia y las que no, remitirlas a las autoridades competentes, ejecutar las políticas municipales policivas y las atribuciones Constitucionales y legales de su competencia frente a la comunidad del ente.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES.

1. Conocer de los asuntos o negocios que les asignan la Ley, las ordenanzas y los Acuerdos del Concejo.

2. Recibir, instruir y atender denuncias por contravenciones comunes y especiales de Policía y las diligencias que sea de su competencia.

3. Expedir órdenes de citación. 4. Ejercer el control sobre la legalidad del funcionamiento de los puestos

de vendedores ambulantes y estacionarios. 5. Expedir constancia por pérdida de documentos. 6. Expedir guías para la movilización de semovientes. 7. Recibir denuncias de carácter policivo que presente la ciudadanía y

fallarlos. 8. Resolver la situación jurídica de las personas que se pongan a su

disposición. 9. Conocer e instruir los casos de contravenciones, ordinarias y especiales

de policía para los cuales tenga competencia. 10. Conocer los demás casos de policía y adelantar las diligencias

preliminares de acuerdo al Código de Policía vigente e imponer las sanciones respectivas.

11. Hacer cumplir las políticas, normas de Pesas y Medidas, impuestas por la administración municipal.

12. Prestar colaboración a los funcionarios judiciales para hacer efectivas sus providencias.

13. las demás funciones que le sean asignadas por la Ley y el superior Inmediato, siempre que estén de acuerdo con la naturaleza del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

14. Los asuntos o negocios que tramita en la inspección de policía urbana, concuerdan con la Ley, las ordenanzas y los acuerdos del Concejo.

15. Las denuncias recibidas por las contravenciones comunes y especiales

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de Policía, declaraciones e indagatorias, concuerdan con las normas que la rigen y los procedimientos implementados por la dependencia.

16. Las órdenes de citación, se realizan acordes con las normas legales que la rigen y los procedimientos implementados en la inspección.

17. El control sobre la legalidad y funcionamiento de los puestos de vendedores ambulantes y estacionarios, responde a las normas de utilización del espacio público y a los procedimientos adoptados por la alcaldía para el funcionamiento de los mismos.

18. La constancia expedidas por la pérdida de documentos, son acordes con los procedimientos adoptados por la inspección.

19. Las guías por movilización de semovientes, concuerda con las normas que la rigen y los procedimientos adoptados por la inspección de policía.

20. Las denuncias recibidas de carácter policivo presentadas por la ciudadanía se fallan acordes con el Código de Policía y a las atribuciones de la inspección

21. Los casos de contravenciones ordinarias y especiales de policía presentadas, son resueltas acordes con las competencias asignadas a la inspección de policía.

22. Las diligencias preliminares y sanciones a las contravenciones presentadas son acordes con el Código de Nacional de Policía y demás normas que la rigen.

23. Las políticas, normas de Pesas y Medidas, impuestas por la administración municipal, se cumple de acuerdo con las normas y procedimientos que la rigen.

24. Se presta la colaboración a los funcionarios Judiciales para hacer efectivas sus providencias.

25. Las querellas recibidas han tenido su trámite legal respectivo. 26. El levantamiento de cadáveres se practica de manera oportuna cuando

las circunstancias lo permiten. 27. La documentación que se requiere de su oficina es emitida de manera

oportuna

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Los Derechos Fundamentales según la Constitución Política de 1991 2. Código Nacional de Policía 3. Decreto Ley No. 1355/70 4. Decreto Ley 522/71 y la Ley 23/91. 5. Normas sobre conciliación

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título de bachiller y curso específico, mínimo de sesenta (60) horas relacionadas con las funciones del

Seis meses de experiencia laboral o relacionada.

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cargo.

I. IDENTIFICACIÓN

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Nivel: Técnico

Denominación del Empleo: Técnico Administrativo-Coordinador Juntas de Acción Comunal.

Código: 367

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Gobierno Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Gobierno Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Promover el desarrollo, capacitación y Asociación de la comunidad, en Juntas de Acción Comunal, Asociación de Juntas y Confederación de Juntas, con el fin de garantizar su participación en las decisiones de la administración municipal, en beneficio del desarrollo social, cultural y político de la población del municipio, en cumplimiento de las normas que la reglamenten.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES EN EL ÁREA DE ASEGURAMIENTO

1. Elaborare! proyecto de capacitación de los dignatarios de las Juntas de

Acción Comunal del Municipio de Puerto Asís. 2. Identificar las necesidades de servicios públicos de las comunidades. 3. Llevar el registro actualizado de los dignatarios de las Juntas de Acción

Comunal. 4. Elaborar los proyectos de inversión para fomentar la participación de la

comunidad en las decisiones de interés general. 5. Rendir los informes que requiera el jefe inmediato y autoridades del

orden Nacional y Departamental. 6. Ejercer las demás funciones que el jefe inmediato le delegue

relacionadas con el objetivo del cargo. 7. Resolver las divergencias que se presenten en la elección de los

dignatarios de las juntas de Acción Comunal. 8. Ejercer las funciones establecidas en la Ley 743 de 2002, Decretos

Reglamentarios 2350 del 2002 expedido por el Gobierno, y las normas que la reglamentan o modifiquen.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El proyecto de capacitación de los dignatarios de las Juntas de Acción Comunal del municipio de Puerto Asís, esta c acorde con el plan de desarrollo del municipio.

2. La Identificación de las necesidades de servicios públicos de las comunidades, se realiza de acuerdo con la metodología adoptada para tal fin.

3. El registro de los dignatarios de las Juntas de Acción Comunal, se mantiene actualizado.

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4. Las denuncias que presente la comunidad sobre la impugnación de las actas en la elección de los dignatarios, se resuelven teniendo en cuenta los métodos y procedimientos establecidos por las normas y adoptadas por la alcaldía.

5. Los proyectos de inversión para fomentar la participación de la comunidad en las decisiones de interés general, concuerdan con el plan de desarrollo del municipio.

6. La creación de las veedurías ciudadanas del municipio, que les permita ejercer el control social que establece la Constitución y las Leyes, responde a las políticas de participación ciudadana impartidas por el Gobierno Nacional y Departamental.

7. Los informes que requiera el jefe inmediato y autoridades del orden Nacional y Departamental, concuerdan con los registros de control de eventos adoptados por la administración municipal y plan de acción establecidos para tal fin.

8. La Coordinación con la federación y confederación de las Juntas de Acción Comunal del Municipio, cumplen con los programas y proyectos del plan de gobierno municipal.

9. Las demás funciones que e! jefe inmediato le delegue relacionadas con el objetivo del cargo, permiten dar cumplimiento con las políticas de participación de la ciudadanía en los procesos y planificación y control de la gestión municipal.

10. Realizar la inspección, vigilancia y control de los organismos de acción comunal de primero y segundo grado.

11. Las relacionados con las Juntas de Acción Comunal del Municipio se cumplen conforme la funciones de la Ley 743 de 2002, Decretos Reglamentarios 2350 del 2002 expedido por el Gobierno Nacional.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Formulación de proyectos de capacitación 2. Procesos y procedimientos de elección de dignatarios JAC. 3. Ley 743 de 2002

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Titulo de Formación Técnica o Tecnológica en cualquier modalidad.

Un (1) año de experiencia laboral relacionada con el ejercicio de empleos que tengan funciones similares a las del cargo a proveer o en una determinada área del trabajo o de la profesión.

I. IDENTIFICACIÓN

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Nivel: Técnico

Denominación del Empleo: Técnico Administrativo-coordinador de Archivo

Código: 367

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Gobierno Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Gobierno Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Desarrollar procesos y procedimientos en labores técnicas de archivo y correspondencia, así como las relacionadas con la aplicación de la ciencia y la tecnología aplicada a la labor de archivo y transito de correspondencia.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES EN EL ÁREA DE ASEGURAMIENTO

1. Atender, custodiar, organizare! archivo general del municipio. 2. Recepcionar, radicar, numerar, digitar, clasificar, seleccionar, custodiar,

distribuir, valorar, organizar y ordenar el fondo documental y acumulado del archivo.

3. Realizar los inventarios e índices generales del fondo documental y acumulado de las series documentales.

4. Organizar y leer la correspondencia interna y externa que entra y sale diariamente a la administración Municipal.

5. Realizar y aplicar la elaboración de las TABLAS DE RETENCIÓN DOCUMENTAL.

6. Realizar los préstamos de los documentos a clientes externos e internos.

7. Recibir las transferencias documentales emanadas de los archivos de gestión de la Alcaldía Municipal.

8. Llevar y mantener actualizado el archivo central y realizar un seguimiento a los archivos de gestión de la Administración.

9. Elaborar actas de aprobación de las tablas de retención documental, del comité de archivo municipal y de eliminación documental.

10. Prevenir el material de archivo de factores de alteración como la humedad, temperatura, luz, polvo, insectos, desastres, roedores, inundaciones, incendios etc.

11. Recepción de documentos en la ventanilla única de archivo y correspondencia (atención al cliente, empresario, mensajero, cliente interno recibiendo el documento).

12. Elaborar el programa de gestión documental. 13. Realizar el informe de gestión o plan de acción de la oficina del archivo

central del Municipio de Puerto Asís. 14. Capacitar periódicamente sobre los conocimientos adquiridos, sobre la

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organización de archivos y normatividad archivística a los funcionarios de la Administración Municipal.

15. Prevenir el deterioro de los documentos del archivo general del municipio.

16. Llenar la ficha de préstamo de documentos a las dependencias de la Administración Municipal.

17. Buscar la información documental requerida por los órganos de control, las entidades fiscalizadoras, Tribunal Contencioso Administrativo, juzgados y fiscalías.

18. Llevar personalmente los libros legados de archivo a la fotocopiadora. 19. Divulgar, cumplir y hacer cumplir las normas y procedimientos

mediante los cuales se debe manejar al interior de la Administración la elaboración, radicación, clasificación, conservación y archivo de correspondencia y de documentos institucionales.

20. Conocer el manejo de las Tablas de Retención Documental y todas las disposiciones de la Ley 594/00

21. Administrar el sistema de archivo y correspondencia de la Administración Central del Municipio y atender la correspondencia inherente a las actividades de protocolo del despacho del Alcalde y de su equipo de Gobierno.

22. Coordinar y controlar el transporte de la correspondencia de acuerdo a las necesidades de las dependencias.

23. Coordinar el despacho de correspondencia interna y externa de la Alcaldía.

24. Colaborar en la atención del público y trascripción de documentos. 25. Participar activamente en la elaboración de las tablas de retención

documental. 26. Garantizar la confidencialidad de la correspondencia recibida y

entregada en su despacho. 27. Elaborar documentos en procesadores de texto, cuadros en hojas de

cálculo, presentaciones en software y diapositivas para sustentación de informes y manejar aplicativos de Internet.

28. Las demás que se le asignen acordes con la naturaleza del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los documentos y registros recibidos se archivan y distribuye de acuerdo con los lineamientos y procedimientos establecidos por la Institución.

2. La elaboración de la Agenda de trabajo y compromisos que se requieren, están acordes con los procedimientos adoptados por la Institución.

3. La correspondencia se distribuye diariamente, se clasifican y radican con base en el sistema de gestión documental de la institución.

4. Los equipos técnicos y elementos de oficina concuerdan con !os adoptados por la Institución.

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5. El autocontrol hace parte de las funciones y de la cultura organizacional y está orientado a promover en la institución buena calidad y eficacia de los servicios prestados.

6. Los equipos técnicos para la elaboración de los documentos permiten la agilidad y confiabilidad en el trámite de los informes solicitados.

7. El registro y control de los archivos de la dependencia responden a los procedimientos de registro control adoptados por la institución.

8. La atención al público se presta de acuerdo con la capacitación y procedimientos adoptados por la administración municipal.

9. El archivo de la correspondencia recibida y despachada de la dependencia o área concuerdan con las normas técnicas y procedimientos de archivos adoptados por la institución.

10. La correspondencia e información del área o dependencia se registra y administra con la discrecionalidad acorde con las instrucciones impartidas por el jefe.

11. La organización del directorio telefónico del área o dependencia esta acorde con los procedimientos establecidos por los manuales de procesos y procedimientos adoptados por la alcaldía.

12. La solicitud de recursos físicos y técnicos para el cumplimiento de las funciones relacionadas con el apoyo a la dependencia o área, responde a la necesidad institucional y orientada a la prestación de los servicios.

13. Los compromisos adquiridos por la dependencia o área son registrados de tal forma que sirven de recordatorio para el cumplimiento de los mismos y están acordes con las instrucciones del jefe.

14. Los archivos y actas de las reuniones de la dependencia están acordes con los procedimientos y técnicas de archivo implementados por la institución.

15. Los oficios, memorandos, circulares y actos administrativos se registran y archivan acordes con los procedimientos y técnicas de archivo implementados por la institución.

16. Los instrumentos de control de la alcaldía para el manejo de la información interna y externa de las áreas o dependencias responden a las normas técnicas de manejo y archivos.

17. Los informes, diarios, mensuales, trimestrales que tenga que presentar la dependencia a los organismos de control y demás entidades que lo soliciten, esta acordes con las normas que la regulan y los procedimientos adoptados por la dependencia.

18. La atención al público, las operaciones realizadas son las necesarias 19. Para el trámite de los documentos solicitados y necesarios para

resolverlos requerimientos de servicio que solicita el usuario. 20. Las operaciones de liquidación son las necesarias para la atención all

público y concuerdan con los procedimientos adoptados por la dependencia.

21. La Información, escrita o verbal solicitada por la comunidad se atiende

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con prontitud de conformidad con la misión de la dependencia. 22. Los actos administrativos ordenados por el jefe de la dependencia

corresponde al cumplimiento de los servicios y cumplimiento de la misión institucional.

23. Los reportes e informes elaborados en los programas sistematizados asignados a la dependencia corresponde a la información que debe procesar y suministrar y son acordes con los procedimientos establecidos por la administración y a los requeridos perlas entidades públicas según las normas existentes.

24. Las novedades elaboradas corresponde a las funciones de la dependencia y se remitirla con prontitud a las dependencias o entidades que la necesiten como soporte del proceso administrativo.

25. Los certificados o constancias que solicitados por la comunidad concuerdan con los procedimientos adoptados por la alcaldía y corresponden a las funciones de la dependencia.

26. Las Notificaciones a los ciudadanos requeridos por la dependencia corresponde a las funciones asignadas a la dependencia y están acordes con los procedimientos adoptados por la alcaldía.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Clases de documentos 2. Informática básica 3. Técnicas de archivo 4. Sistema de gestión documental institucional.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Titulo de Formación Técnica o Tecnológica en cualquier modalidad.

Seis mese de experiencia laboral o relacionada con un área de profesión, ocupación, arte u oficio.

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I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Asistencial

Denominación del Empleo: Secretaria

Código: 440

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 3

Dependencia: Secretaria de Gobierno Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Secretaria de Gobierno Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Organizar, atender, recordar, frente al manejo de documentos, personas y citas para lograr una eficiente administración publica.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESCENCIALES

1. Manejar y organizaría agenda del jefe de la dependencia asignada a fin de que este cumpla con sus compromisos de forma pronta y diligente, lo que implica organizar de una forma ordena da las entrevistas solicitadas por los ciudadanos y particulares.

2. Recibir, radicar, distribuir y archivar documentos y correspondencia y despachar la que se origina en la misma.

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3. Colaborar con el jefe de la dependencia en la elaboración de la agenda de trabajo y recordarle oportunamente sus compromisos.

4. Transcribir los documentos, actas, informes, cuadros y demás documentos elaborados en la dependencia.

5. Proyectar para la firma del jefe, los informes que se deba presentar de manera periódica o otras entidades o dependencias y los oficios que sean necesarios para dar cumplimiento a las funciones propias del cargo.

6. Efectuar labores de recepción atendiendo al publico personal y telefónicamente de forma cortes y oportuna.

7. Tramitar la correspondencia de la oficina tanto la recibida como la de enviar.

8. Expedir los certificados de paz y salvo y demás documentos que le soliciten los funcionarios y particulares.

9. Orientar a los usuarios de conformidad con los trámites, las autorizaciones y los procedimientos establecidos por la dependencia.

10. Prepara los informes sobre las actividades desarrolladas con la oportunidad y la periodicidad requerida.

11. Responder por la seguridad y conservación y uso adecuado de los materiales y elementos bienes y valores que estén bajo su Responsabilidad e informar al superior inmediato en forma oportuna sobre las anomalías relacionadas con las dependencias.

12. Recibir instrucciones del superior inmediato sobre la realización y distribución de trabajo.

13. Velar por la adecuada presentación de la dependencia, la prestación de los servicios administrativos y el buen uso del equipo bajo su responsabilidad.

14. Rendir informes mensuales al superior inmediato sobre las actividades desarrolladas.

15. Orientar a los usuarios y suministrar información, documentos o libros que sean solicitados, de conformidad con los trámites, las autorizaciones y los procedimientos establecidos en la dependencia.

16. Informar al superior inmediato, oportunamente, sobre las inconsistencias o anomalías relacionadas con los asuntos, elementos o documentos y/o correspondencia encomendados.

17. Apoyar la implementación del sistema de control interno dentro de su dependencia, fomentando la cultura del autocontrol y participando en los programas y eventos que coordine la unidad de control interno.

18. Prestar el apoyo logístico a las demás dependencias cuando éstas así lo requieran.

19. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

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1. Los documentos y registros de la oficina son archivados diariamente de acuerdo con ¡os procedimientos establecidos por la Alcaldía.

2. La correspondencia se distribuye diariamente de acuerdo con los procedimientos establecidos en el sistema de gestión documental.

3. El autocontrol hace parte de las funciones y de la cultura institucional, está orientado a promover en la Alcaldía buena calidad y eficacia de los servicios prestados.

4. El trámite de la información de la correspondencia están acordes con las normas establecidas por la Alcaldía.

5. Los equipos técnicos para la elaboración de los documentos e informes permiten la agilidad y confiabilidad en las políticas institucionales y en el trámite de los informes solicitados.

6. Los procedimientos para mantener al día el archivo y la correspondencia responden a las necesidades institucionales y del personal de la alcaldía.

7. Los planes y programas en materia de capacitación en las tareas y laborales presentados están de acuerdo con las políticas y normas adoptadas por la Alcaldía.

8. Los elementos de consumo y devolutivos son los necesarios para garantizar la ejecución de las funciones asignadas.

9. Se da el uso adecuado a los elementos y equipos asignados a la dependencia, para el cumplimiento de las funciones asignadas.

10. Los actos Administrativos ordenados por el jefe de la dependencia corresponde al cumplimiento de los servicios y cumplimiento de la misión institucional.

11. Los reportes e informes elaborados en los programas sistematizados asignados a la dependencia corresponde a la información que debe procesar y suministrar y son acordes con los procedimientos establecidos por la administración y a los requeridos por las entidades públicas según las normas existentes.

12. Las funciones asignadas por la autoridad competente, están de acuerdo con los procedimientos, indicadores de gestión y manual de funciones establecidas por la Alcaldía.

13. La correspondencia recibida se radica y se distribuye oportunamente a las diferentes dependencias de la Administración.

14. La correspondencia es respondida a los peticionarios de manera oportuna en los términos de la ley.

15. La agenda y los compromisos del jefe de la dependencia están organizados y son ejecutados armónicamente.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Técnicas de oficina 2. Manejo de procesador de texto, hoja de cálculo y presentaciones 3. Organización de archivo 4. Informática básica

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5. Software de archivo 6. Técnicas de archivo 7. Sistema de gestión documental institucional 8. Clases de documentos 9. Normas sobre administración pública, gestión pública, etc. 10. Políticas públicas en Administración y gestión pública

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Diploma de bachiller en cualquier modalidad, cursos de secretariado o mecanografía y curso de sistemas Mínimo de 20 horas.

. Seis meses de experiencia laboral o Relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Asistencial

Denominación del Empleo: Guardián Cárcel

Código: 485

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 3

Dependencia: Secretaria de Gobierno Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Gobierno

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Comprende las funciones y actividades de apoyo y complementarias de las tareas propias de los niveles superiores en especial de apoyo en la vigilancia y control de los reclusos, apoyo en los traslados y en especial de las funciones que se asignen para salvaguardar la vida y pago de penas de los internos; A su vez custodiar, controlar, informar, sobre las personas que se recluyan en la cárcel municipal por orden judicial dando cumplimiento a lo ordenado en la Ley y órdenes emanadas de la autoridad judicial competente

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESCENCIALES

1. Velar por la seguridad de la cárcel municipal. 2. Conducir a los presos a los interrogatorios que se deba efectuar en

juzgados, fiscalías, u órganos de control del estado.

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3. Controlar que las visitas a los retenidos se efectúen conforme al reglamento.

4. Conocer, cumplir y hacer cumplir el reglamento de la cárcel. 5. Vigilar que los internos permanezcan en el sitio de reclusión y cumplan

las actividades de acuerdo a lo estipulado en el reglamento. 6. Vigilar y custodiar las personas que se encuentren recluidas en la cárcel

municipal. 7. Registrar la entrada de visitas y revisar de acuerdo a las normas

establecidas a todos los visitantes. 8. Cuidar que las visitas se hagan en los días y horarios establecidos. 9. Reportar a su superior cualquier anomalía y sugerir los correctivos. 10. Desempeñar las demás funciones asignadas por la autoridad

competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza, y el área de desempeño del cargo.

11. Ejercer permanentemente la vigilancia sobre los detenidos a fin de evitar posibles fugas.

12. Responder por las armas de dotación, su adecuado uso y mantenimiento.

13. Comunicar al superior de todo hecho o circunstancia que amenace la seguridad o disciplina del establecimiento.

14. Exigir a los reclusos el cumplimiento de sus obligaciones en e! centro penitenciario.

15. Controlar la entrada de paquetes u objetos a las instalaciones del centro penitenciario.

16. Llevar el libro de control diario de reclusos. 17. Coordinar el traslado de presos a otro centro penitenciario cuando la

autoridad competente así lo determine. 18. Las funciones asignadas en el régimen penitenciario y carcelario de

Colombia

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La disciplina al interior del penal, permite garantizarla integridad física y moral de los internos.

2. El orden y el aseo del establecimiento carcelario, proporciona un ambiente sano, tanto a internos como a funcionarios.

3. El conocimiento práctico de las normas carcelarias, permiten responder a las necesidades de la Institución.

4. Las buenas relaciones interpersonales, facilitan un ambiente cordial para lograr una mejor calidad de vida

5. La seguridad es óptima y derechos de los internos son defendidos y garantizados.

6. Los procedimientos de seguridad se cumplen evitando con ello fugas o situaciones de violencia al interior de la cárcel.

7. El tratamiento penitenciario responde a los programas nacionales de salvaguarda y respeto a los derechos humanos.

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8. La conducción de los internos de la cárcel municipal a las distintas diligencias programadas por los despachos judiciales y administrativos, Se cumplen de manera oportuna dando cumplimiento a los requerimientos.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Régimen penitenciario y carcelario. 2. Derechos humanos. 3. Derechos fundamentales. 4. Relaciones interpersonales.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Aprobación de bachillerato en cualquier modalidad.

Seis meses de experiencia laboral o relacionada.

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SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Directivo

Denominación del Empleo: Secretario de Despacho

Código: 020

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretario de Infraestructura

Cargo del Jefe Inmediato: Alcalde Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Planear, organizar, ejecutar, controlar y evaluar el desarrollo de las funciones propias de la Secretaría en los términos establecidos por la ley, acorde con lo que el Alcalde indique y el plan de desarrollo le señale, atender lo relacionado con la programación, diseño, construcción y conservación de vías, puentes, parques y edificios municipales; realizar directamente o por contrato los programas, diseños, construcción de vías; controlar y supervisar las obras programadas y ejecutar la interventoria de ellas; prestar la atención técnica a las Juntas de Acción Comunal; a las comunas en sí y a los corregimientos; determinar las especificaciones técnicas de las obras que adelanta la administración; realizar los trabajos topográficos que se requieren para e! diseño y construcciones; servir de enlace entre la comunidad y la administración municipal.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES.

1. Construir la infraestructura de uso público, edificaciones e instalaciones que requiera el Municipio.

2. Mantener la infraestructura de uso público, edificaciones e instalaciones, el ornato y los equipamientos de uso público.

3. Prestar asistencia técnica a la comunidad organizada en la elaboración de proyectos y en la ejecución de las obras.

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4. Evaluar y controlar la preparación, ejecución y consolidación de las obras públicas que se contraten

5. Coordinar las actividades necesarias para la inscripción de los proyectos seleccionados, ante el banco de proyectos e inversión regional, nacional y/o internacional, aplicando la metodología establecida para tal fin.

6. Mantener actualizado el banco de proyectos de la administración Municipal.

7. Revisarlas diferentes obras que adelante el municipio. 8. Realizar los presupuestos de obra que le solicite el alcalde municipal. 9. Efectuar los proyectos que requiera el alcalde. 10. Proponer ante las instancias respectivas los planes, programas y

proyectos de visiones políticas, objetivos y estrategias para su consideración.

11. Participar en la preparación de los informes sobre la situación general de los planes, programas y proyectos que desarrolla la administración municipal cuando el alcalde los solicite.

12. Realizar el seguimiento a los diferentes proyectos que se estén ejecutando en el municipio y presentar informes al alcalde sobre le resultado de los mismos.

13. Participar con las demás dependencias en la elaboración del proyecto de presupuesto e inversiones de acuerdo con el plan de desarrollo municipal.

14. Las demás que se le asigne acordes con la naturaleza del cargo y la necesidad del servicio.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los programas y estrategias diseñados en materia de infraestructura y servicios públicos responden a las necesidades manifiestas de los habitantes del municipio.

2. Las obras públicas ejecutadas están sujetas a lineamientos de calidad, prontitud y oportunidad.

3. Las campañas de conservación y protección del medio ambiente, representan mejoras en las condiciones de vida de los habitantes del municipio.

4. La asesoría y la información suministrada a las diferentes áreas de la administración municipal, contribuye al desarrollo eficiente de los planes y metas de gobierno.

5. Los proyectos de desarrollo local que se ejecutan están armonizados con el Plan de Desarrollo Municipal.

6. El Consejo Territorial de Planeación Municipal está organizado 7. La contratación de las obras y consultorías que demandan el desarrollo

local se hace oportunamente y según disponibilidad del presupuesto municipal.

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8. Los datos estadísticos de orden socio-económico están actualizados y organizados para la toma de decisiones y formulación de políticas de desarrollo

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Elaboración y formulación de presupuesto de obras de infraestructura 2. Diseño y construcción de obras de infraestructura 3. Elaboración del Plan Operativo Anual 4. Conocimiento en contratación estatal

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título profesional en disciplina académica del núcleo básico del Conocimiento en Ingeniería civil y afines, ingeniería industrial y afines, arquitectura y afines

Un año de experiencia profesional o relacionada.

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I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Asistencial

Denominación del Empleo: Secretaria

Código: 440

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Infraestructura Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Infraestructura

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Administrar la información del área donde se ubique, para el personal interno y externo, aplicando el Sistema de Gestión Documental y los procesos y procedimientos adoptados por la administración municipio.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESCENCIALES

1. Llevar registro y control de los documentos y archivos de la oficina y recordarle al jefe los compromisos adquiridos.

2. Recibir, radicar, redactar y organizar la correspondencia para la firma del jefe y distribuirla de acuerdo con sus instrucciones.

3. Ejercer autocontrol en todas las funciones que le sean asignadas. 4. Manejar con discreción la información y la correspondencia del jefe de

la dependencia. 5. Elaborar documentos en procesadores de texto, cuadros en hojas de

cálculo, presentaciones en Software y manejar aplicativos de Internet. 6. Llevar y mantener al día el archivo y la correspondencia y mantener

actualizado el directorio telefónico del Jefe de la Dependencia. 7. Aplicar y actualizar los conocimientos y técnicas adquiridas a través de

los estudios y la capacitación en las tareas y labores que ejecuta. 8. Solicitar los elementos de consumo y devolutivos necesarios para

garantizarla ejecución de las funciones asignadas. 9. Dar el uso adecuado a los elementos y equipos asignados a la

dependencia. 10. Proyectar o Digitar los actos administrativos ordenados por el jefe de la

dependencia donde presta los servicios, orientados al cumplimiento de la misión institucional.

11. Operar los programas sistematizados asignados a la dependencia digitando o registrando la información y produciendo los reportes requeridos para los informes que deba rendir la dependencia o la administración municipal a las entidades públicas que los soliciten o que por norma deba remitir.

12. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

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IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los documentos y registros de la oficina son archivados diariamente de acuerdo con los procedimientos establecidos por la Alcaldía.

2. La correspondencia se distribuye diariamente de acuerdo con los procedimientos establecidos en el sistema de gestión documental.

3. El autocontrol hace parte de las funciones y de la cultura institucional, está orientado a promover en la Alcaldía buena calidad y eficacia de los servicios prestados.

4. El trámite de la información de la correspondencia están acordes con las normas establecidas por la Alcaldía.

5. Los equipos técnicos para la elaboración de los documentos e informes permiten la agilidad y confiabilidad en las políticas institucionales y en el trámite de los informes solicitados.

6. Los procedimientos para mantener al día el archivo y la correspondencia responden a las necesidades institucionales y del personal de la alcaldía.

7. Los planes y programas en materia de capacitación en las tareas y laborales presentados están de acuerdo con las políticas y normas adoptadas por la Alcaldía.

8. Los elementos de consumo y devolutivos son los necesarios para garantizar la ejecución de las funciones asignadas.

9. Se da el uso adecuado a los elementos y equipos asignados a !a dependencia, para el cumplimiento de las funciones asignadas.

10. Los actos administrativos ordenados por el jefe de la dependencia corresponde al cumplimiento de los servicios y cumplimiento de la misión institucional.

11. Los reportes e informes elaborados en los programas sistematizados asignados a la dependencia corresponde a la información que debe procesar y suministrar y son acordes con los procedimientos establecidos por la administración y a los requeridos por las entidades públicas según las normas existentes.

12. Las funciones asignadas por la autoridad competente, están de acuerdo con los procedimientos, indicadores de gestión y manual de funciones establecidas por la Alcaldía.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Técnicas de oficina 2. Manejo de procesador de texto, hoja de cálculo y presentaciones 3. Organización de archivo, Técnicas de archivo 4. informática básica, Software de archivo 5. Sistema de gestión documental institucional 6. Clases de documentos

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

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Diploma de bachiller en cualquier modalidad, cursos de secretariado o mecanografía y curso de sistemas mínimo de 20 horas.

Seis meses de experiencia laboral o relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Asistencial

Denominación del Empleo:

Conductor Mecánico

Código: 482

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Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaría Infraestructura

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de infraestructura

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Operar, mantener y propender por el buen uso de la maquinaria Municipal, apoyando las labores de la comunidad; transportar al Alcalde Municipal y demás empleados que este autorice en el vehículo oficial a las diferentes diligencias que se requieran. Mantenimiento, conservación y conducción de la maquinaria y vehículos de la administración municipal para el cumplimiento de funciones administrativas o de proyectos.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Conducir el vehículo asignado. 2. Permanecer en el lugar de trabajo dispuesto a cumplir sus actividades

en el momento oportuno. 3. Mantener en perfecto estado de funcionamiento y aseo el vehículo a su

cargo. 4. Requerir oportunamente el combustible y lubricantes necesarios para el

normal funcionamiento del vehículo. 5. Operar y responder por el buen uso del vehículo, equipos, herramientas

y señales y demás elementos de trabajo que le sean asignados e informar oportunamente las anomalías presentadas.

6. Realizar las reparaciones menores que requiera el vehículo y solicitar a quien corresponda la ejecución de las complicadas, previa autorización.

7. Mantener al día los documentos personales y los del vehículo. 8. Retirar y guardar el vehículo dentro del horario establecido. 9. Presentar informes sobre las reparaciones en el mantenimiento del

vehículo. 10. Transportar a los funcionarios o pacientes, hasta los sitios indicados

con previa autorización por escrito. 11. Participar en la labores de empaque, cargue, descargue, y despacho de

paquetes, documentos o elementos que tengan que ser transportados. 12. Vigilar y responder por la seguridad del vehículo y elementos puestos

bajo su responsabilidad. 13. Llevar el control de combustible, repuestos y el total invertido en los

vehículos municipales mensualmente. 14. Las demás que le asigne o delegue el superior inmediato acordes con

la naturaleza del cargo y la necesidad del servicio. 15. Custodiar y conducir maquinaria del Municipio y velar por su buen

mantenimiento.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

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1. La solicitud de elementos necesarios para el cumplimiento de las funciones relacionadas con el mantenimiento del vehículo responde a la necesidad institucional y a la prestación del servicio.

2. Las diligencias oficiales y administrativas solicitadas están acordes con las normas establecidas por la administración municipal.

3. La solicitud de la ejecución del mantenimiento preventivo y correctivo, concuerdan con los procedimientos adoptadas por la administración municipal.

4. La autorización de reparaciones de los vehículos en los respectivos lugares indicados por la Administración responden a los procesos y procedimientos adoptados por la Alcaldía.

5. Las normas sobre seguridad y tránsito vehicular están orientados al cumplimiento institucional en forma racional en busca de mejorar los servicios prestados, con el fin de alcanzar los objetivos institucionales.

6. Los vehículos se destina al transporte de los servidores públicos autorizados en misiones oficiales y el transporte de la correspondencia y bienes del Municipio.

7. Las reparaciones menores de las fallas presentadas por los vehículos de la Alcaldía son realizados de acuerdo a los procedimientos establecidos por la administración Municipal.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Técnicas de conducción y mecánica 2. Conocimiento sobre las normas sobre transito, seguridad

y prevención vigentes, Conocimientos Básicos de Mecánica Automotriz.

3. Conocimientos en Primeros Auxilios.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Titulo de terminación de la educación básica primaria y licencia de conducción de 5ta categoría.

Un año de experiencia relacionada.

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SECRETARIA DE PLANEACIÓN DESARROLLO Y MEDIO AMBIENTE

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Directivo

Denominación del Empleo: Secretario de Despacho

Código: 020

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Planeación

Cargo del Jefe Inmediato: Alcalde Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Diseñar, planear, formular, dirigir organizar, ejecutar y evaluar políticas

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públicas e institucionales y adopción de los planes, programas y proyectos de planificación, desarrollo institucional, económico, social, obras civiles e infraestructura del municipio.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES.

1. Fomentar, dirigir y ejecutar políticas institucionales y de adopción de los

planes, programas y proyectos de desarrollo, obras civiles, desarrollo económico y social en el municipio.

2. Evaluar y controlar la ejecución del Plan de Desarrollo y mantener informado al Alcalde sobre el Desarrollo mismo.

3. Dirigir y prestar asesoría en las actividades adelantadas por los Jefes de Dependencia en la elaboración y cumplimiento de los Planes de Acción de sus respectivas dependencias.

4. Dirigir la puesta en marcha y el funcionamiento del Banco de Proyectos de Inversión Municipal.

5. Dirigir el proceso de formulación, ejecución, control y evaluación de lo proyectos municipales de inversión.

6. Dirigir y coordinar las actividades relacionadas con el otorgamiento de licencias de construcción y urbanismo.

7. Dirigir, coordinar y supervisar el cumplimiento y la aplicación de todas las actividades relacionadas con los usos del suelo, el Plan básico de Ordenamiento Territorial – PBOT – y en general lo relacionado con la planeación física urbanística rural y urbana dentro de los parámetros establecidos en el Plan de Desarrollo vigente.

8. Adelantar la coordinación interinstitucional de sus acciones con las entidades de planeación municipales, departamentales y nacionales.

9. Administrar el sistema de información municipal y los programas y proyectos.

10. Atender la ejecución de los programas y proyectos y la prestación eficiente de los servicios en los sectores Salud, Educación, Cultura y Recreación.

11. Dirigir, supervisar, proponer, promover y participaren la preparación de proyectos relativos a los sectores que tiene a su cargo.

12. Adelantar las gestiones necesarias para asegurar el oportuno cumplimiento, seguimiento, evolución y control de los planes, programas y proyectos referidos a los ámbitos de su competencia y prestar la información y colaboración a !a dependencia que lo requería.

13. Asistir y orientar en el control del manejo de los recursos destinados a los sectores de su competencia para que estos se ejecuten de conformidad con los planes y programas establecidos y con las normas que los regulan.

14. Adelantar procesos de integración y participación de la comunidad en el diseño, elaboración, evaluación y seguimiento de los proyectos en los sectores de su competencia a través de los respectivos comités y juntas

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comunitarias. 15. Propiciar el clima organizacional adecuado para el cumplimiento de las

funciones de su dependencia. 16. Participar, a solicitud del Secretario de gobierno, en la elaboración de

las pruebas para las convocatorias municipales. 17. Participar en la elaboración del Programa de capacitación. 18. Realizar la inducción especifica de los empleados de la Secretaria de

Planeación. 19. Participar en la evolución del desempeño de los empleados de la

Secretaria Planeación. 20. Coordinador la elaboración del presupuesto de Inversión. 21. Dar concepto previo de las modificaciones que se pretendan realizar

sobre el presupuesto de inversión. 22. Solicitar la expedición de Certificado de Disponibilidad Presupuestal

para la adquisición de compromisos relacionados con los gastos de inversión de la administración municipal.

23. Expedir el certificado de inscripción del proyecto en el Banco de Proyectos de Inversión Municipal previo a la adquisición del compromiso.

24. Velar porque en la Secretaria de Planeación se disponga de los elementos necesarios para su funcionamiento.

25. Participar, a solicitud del Almacenista, en la verificación de los elementos que han de ingresar al Almacén Municipal.

26. Participar en la elaboración del Programa Anual de Compras y proponer las modificaciones que requiera.

27. Solicitar los elementos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, teniendo en cuenta el Pían de Compras y las metas de consumo por cada dependencia.

28. Desarrollar y poner en marcha controles internos en las actividades que realizan.

29. Desempeñar las demás funciones que sean necesarias para garantizar el mejoramiento y el normal funcionamiento de la administración así como el cumplimiento de los planes, programas, proyectos y actividades de la respectiva dependencia.

30. Dirigir, coordinar y controlar los estudios de carácter social, económico y político dentro del entorno municipal, departamental, nacional e internacional, proponer orientaciones de carácter estratégico para proporcionar al municipio y mejorar la calidad de vida de sus habitantes.

31. Colaborar y participar en la elaboración del diseño técnico para la inscripción, aprobación y ejecución de los proyectos sectoriales de la administración municipal.

32. Organizar y conformar el Comité Local de Atención y Prevención de Desastres. CLOPAD en coordinación de las demás entidades que conforman el sistema.

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33. Dirigir al interior de la administración, la asesoría para la ejecución de planes, programas, proyectos y estrategias del programa de gobierno que deban desarrollar las dependencias de la administración municipal.

34. Colaborar en e! diseño del plan de desarrollo municipal, de acuerdo al programa de gobierno.

35. Coordinar las actividades necesarias para la inscripción de los proyectos seleccionados, ante el banco de proyectos e inversión regional, nacional y/o internacional, aplicando la metodología establecida para tal fin.

36. Proponer ante las instancias respectivas los planes, programas y proyectos de visiones políticas, objetivos y estrategias para su consideración.

37. Participar en la preparación de los informes sobre la situación general de los planes, programas y proyectos que desarrolla la administración municipal cuando el alcalde los solicite.

38. Capturar, procesar, analizar y difundir la información estadística que se origine en el municipio.

39. Realizar el seguimiento a los diferentes proyectos que se estén ejecutando en el municipio y presentar informes al alcalde sobre le resultado de los mismos.

40. Participar con las demás dependencias en la elaboración del proyecto de presupuesto e inversiones de acuerdo con el plan de desarrollo.

41. Promover programas de asistencia técnica, capacitación y financiación para la microempresa y para la mediana industria.

42. Desempeñar las demás actividades que le asigne el superior inmediato de acuerdo con la naturaleza del cargo.

43. Llevar actualizado los datos sobre demografía, cartografía, usos del suelo, cobertura de servicios públicos y demás información básica que se requiera sobre e! municipio.

44. Ordenar y concentrar la información histórica, económica y sociológica existente sobre el municipio o en caso de inexistencia promover su elaboración.

45. Presentar en el mes de junio de cada año a la secretaría de gobierno y participación comunitaria el proyecto de inversión para el año siguiente, con base en el plan de desarrollo del municipio.

46. Velar porque se cumpla las normas de diseño urbanístico. 47. Establecer los lineamientos bajo los cuales deberá adelantarse el

desarrollo urbano y suburbano de la cabecera municipal y además centros de importancia.

48. Realizar estudios de pre factibilidad y factibilidad económica y social para cada uno de los proyectos de inversión que se elabora en el municipio.

49. Elaborar estudios previos y términos de referencia de proyectos relacionados con el propósito principal de la dependencia sectorial

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administrativa. 50. Realizar seguimiento de los contratos y convenios de los cuales han

elaborado estudios previos y términos de referencia. 51. Establecer la metodología Técnica a seguir en cumplimiento de su

función interventora y/o supervisión, con el fin de garantizar la calidad, oportunidad, costos y estabilidad de as obras de acuerdo con la normatividad contractual vigente.

52. Presentar al alcalde y al Concejo Territorial de Planeación, el plan, programas y proyectos de desarrollo económico, social, político administrativos y físico ambiental del municipio para que se le dé trámite correspondiente para la aprobación por parte del Concejo Municipal.

53. Proyectar los acuerdos del Concejo y los Decretos del Alcalde, ajustados a la normatividad que verse sobre la construcción y desarrollo de programas habitacionales, de acuerdo a las necesidades de la población, al uso y características del suelo.

54. Adelantar el establecimiento de Códigos y Normas relacionadas con Urbanismo, expansión urbana, suburbano, rural, manejo y usos del suelo.

55. Expedir los correspondientes permisos y autorizaciones para la construcción de vivienda, urbanización y relacionados.

56. Ordenar las suspensiones de obras de construcción cuando estos no cumplan con los requisitos legales.

57. Mantener actualizado y enterar a los funcionarios acerca de las reformas en la organización del estado, de la reorientación de la misión institucional, los cambios en las funciones y procesos de las dependencias y de su puesto de trabajo

58. Coordinar como representante de la primera autoridad la implementación y el sostenimiento del modelo estándar de control interno MECI, con la colaboración de las demás dependencias y secretarias al igual que con el jefe de control interno municipal.

59. Las demás que se le asigne acordes con la naturaleza del cargo y la necesidad del servicio.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los proyectos de desarrollo local que se ejecutan están armonizados con el Plan de Desarrollo Municipal.

2. La distribución del suelo se realiza conforme a los lineamientos del PBOT.

3. El Consejo Territorial de Planeación Municipal está organizado. 4. La contratación de las obras y consultorías que demandan el desarrollo

local se hace oportunamente y según disponibilidad del presupuesto municipal.

5. Los datos estadísticos de orden socio-económico están actualizados y organizados para la toma de decisiones y formulación de políticas de

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desarrollo. 6. La elaboración del presupuesto de la vigencia se hace en coordinación

con todas las dependencias. 7. Las encuestas para acceder al sistema de identificación de beneficiarios

se efectúa con base al instructivo y los formatos suministrados por Planeación Nacional.

8. Para los procesos de afiliación se priorizan según las disposiciones de Planeación Nacional, el Ministerio de la Protección Social.

9. La documentación que se recibe se radican y se registran en el sistema en el programa del SISBEN.

10. Los carné de afiliación a las diferentes ARS se entregan personalmente.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Elaboración del Plan Operativo Anual. 2. Conocimiento en contratación estatal. 3. Plan de Desarrollo. 4. Formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de proyectos de

inversión. 5. Servicios públicos domiciliarios. 6. Políticas ambientales. 7. Participación ciudadana, planeación, presupuesto participativo y control

social de la gestión pública. 8. Políticas de prevención y atención de desastres. 9. Interventoría de obras. 10. Diseño, interpretación y análisis de planos. 11. Planes de mejoramiento. 12. Plan básico de ordenamiento territorial. 13. Funcionamiento de la Administración Pública. 14. Informática básica. 15. Diseño, interpretación y análisis de planos. 16. Planes de mejoramiento. 17. Plan básico de ordenamiento

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título profesional en disciplina académica del núcleo básico del Conocimiento en Ingeniería Civil y afines, Arquitectura y afines, administración pública, Administración de Empresas, Ingeniería industrial y afines, economía, urbanismo y afines y afines.

Mínimo un año de experiencia profesional, laboral o relacionada.

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I. IDENTIFICACIÓN Nivel: Técnico

Denominación del Empleo: Técnico administrativo - Planeación

Código: 367

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 2

Dependencia: Secretaria de Planeación Municipal o donde se ubique el cargo.

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Planeación

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Prestar los servicios técnicos para el desarrollo de los procesos y actividades misionales de las diferentes dependencias de la administración municipal. EN EL ÁREA DE PLANEACION: Ejecutar las funciones y seguimiento y evaluación de los planes, programas y proyectos, relacionados con la Infraestructura de los sectores de educación, salud, deportes, vías, servicios públicos y equipamiento municipal, acordes con el Plan Básico de Ordenamiento Territorial "PBOT", planes de acción, y apoyo en la formulación del Plan de Desarrollo Municipal, de con el fin de cumplir con las funciones asignadas a la Secretaria de Planeación. EN EL ÁREA DE SISBEN: Recopilar, clasificar, redactar, el levantamiento de la información necesaria sobre la población para el procesamiento de las Fichas del Sistema de Selección de Beneficiarios.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESCENCIALES

1. Elaborar los cuadros estadísticos relacionados con la ejecución de los planes y programas del municipio.

2. Elaborar los informes que debe presentar el municipio consistente a la ejecución de los programas, proyectos establecidos en el plan de desarrollo municipal.

3. Operar los equipos de computación, las aplicaciones y los Sistemas de Información requeridos por la dependencia.

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4. Realizar las consultas en los programas de sistemas que adquiera e! municipio para la agilidad de los procesos contractuales, de administración de personal, Nóminas, evaluación del desempeño, presupuéstales y contables.

5. Elaborar los censos que requiera la administración municipal que sirvan de soporte para la formulación de programas y proyectos de carácter social.

6. Coordinar la ejecución de programas y proyectos de índole social que le deleguen al municipio por entidades del orden Nacional y Departamental.

FUNCIONES RELACIONADA CON EL ÁREA DE PLANEACION

1 Apoyar la elaboración del Plan de Desarrollo Municipal, teniendo en

cuenta las directrices de desarrollo económico y social impartidas por el Alcalde y Secretario de plantación, las directrices del Programa de Gobierno, Políticas del Plan de Desarrollo Nacional, Departamental y Plan Básico de Ordenamiento Territorial del Municipio.

2 Elaborar el Plan Anual de Inversiones " P.A.I" con la participación de la comunidad, en armonía con Plan de Desarrollo Municipal y Plan Básico de Ordenamiento Territorial del Municipio.

3 Formar parte del Comité Evaluador de los proyectos presentados al Banco de Programas y Proyectos de Inversión Municipal, para su viabilidad desde el punto de vista técnico y económico.

4 Elaborar las encuestas requeridas para la formulación de planes, programas y proyectos de desarrollo económico y social del municipio.

5 Elaborar las especificaciones técnicas y presupuestos de obras de las inversiones de mantenimiento y construcción de infraestructura, para efectos de licitaciones, concursos de méritos, adjudicaciones directas y órdenes de trabajo.

6 Formular el Plan de Acción de la Secretaria de Planeación y sustentarlo en ante el Consejo de Gobierno para su aprobación, para la ejecución de los programas y proyectos, con el diseño de indicadores para facilitar su posterior seguimiento y evaluación.

7 Realizar el seguimiento y evaluación del Plan de Desarrollo Municipal, Plan operativo Anual de inversiones, programas y proyectos cofinanciados con entidades del orden Nacional, Departamental, rindiendo los respectivos informes.

8 Formular los pliegos de condiciones o términos de referencia de las licitaciones o concursos de las obras a contratar.

9 Proyectar los estudios de factibilidad técnica y económica que deba adelantar la Secretaria de Planeación y desarrollo Físico, teniendo en cuenta El Plan Municipal de Desarrollo, los planes sectoriales y las prioridades establecidas.

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10 Recepcionar las propuestas presentadas por los proponentes para la ejecución de obras de mínima cuanta y Orden de Trabajo y entregarla al despacho del Secretario para su evaluación conceptos sobre las propuestas más favorables para la Alcaldía.

11 Recolectar la información requerida para la elaboración de los informes de la Interventoría de las obras públicas que ejecute el municipio por contratación directa o administración delegada, y elaborar los respectivos informes sobre la misma.

12 Coordinar los proceso de estratificación socioeconómica de! municipio, recepcionar los reclamos presentados por los usuarios y convocar al Comité de estratificación socioeconómica para que resuelva los reclamos; mantener actualizado el programa de estratificación y rendir los informes solicitados por las entidades que necesiten las base de datos.

13 Solicitar los pedidos de útiles, papelería y equipos técnicos que necesarios para cumplir con las funciones, de asesoría y coordinación del Sistema de Control Interno de la Alcaldía.

14 Dar el uso adecuado a los recursos, bienes y equipos asignados por la alcaldía para el cumplimiento de las funciones y actividades que se realicen en la Coordinación del Sistema Contable del Municipio.

15 15. Fomentar la Cultura del el autocontrol entorno, como instrumentos para Mejorar la calidad y eficiencia de los servicios que presta el municipio en su misión institucional.

16 Elaborar los informes que sean solicitado por los organismos de control, Concejo Municipal, Planeación Nacional, Planeación Departamental, relacionado con la Planeación e inversiones financiadas con recursos del Sistema general de Participaciones y convenios que firme el municipio con entidades del orden nacional o departamental.

17 Elaboración de las licencias, permisos de construcción y certificaciones del uso del suelo, realizar las visitas relacionado con el control del espacio público.

FUNCIONES RELACIONADAS CON EL ÁREA DE SISBEN

1. Coordinar el manejo, validación, custodia, del Sistema de Selección de Beneficiarios.

2. Digitar las fichas del SISBEN y anexar sus soportes necesarios. 3. Verificar a través de visitas de campo la veracidad de la información que

se contenga en las fichas SISBEN. 4. Actualizar el SISBEN. 5. Elaborar certificados para el cambio de residencia de los beneficiarios. 6. Rendir informes periódicos sobre su gestión al Alcalde, al Concejo

Municipal y demás, cuando lo soliciten.

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7. Atender al público y proporcionar la información y orientación personal o telefónica necesaria.

8. Contestar la correspondencia conforme a los criterios, términos y autorización del Jefe de Oficina.

9. Recepcionar, Clasificar, Radicar y Archivar documentos. 10. Elaborar los informes que el superior inmediato le asigne. 11. Llevar las estadísticas sobre el objeto de sus funciones. 12. Brindar el soporte técnico en sistemas en el diseño y elaboración de las

matrices de los programas de promoción y prevención PYP, y el programa de atención básica PAB.

13. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los cuadros estadísticos relacionados con la ejecución de los planes y programas del municipio, concuerdan con la información solicitada y soportan las actividades ejecutadas.

2. Los informes elaborados consistentes a la ejecución de los programas, proyectos establecidos en el plan de desarrollo municipal, responden a la metodología adoptada por la administración municipal y a la ejecución de los planes desarrollados.

3. Los equipos de computación, las aplicaciones y los Sistemas de Información requeridos por la dependencia, responden a las necesidades de modernización de la institución y su administración concuerda con las aplicativos establecidos para el fin de! programa.

4. Las consultas en los programas de sistemas del municipio permiten la agilidad de los procesos contractuales, de administración de personal, Nóminas, evaluación del desempeño, presupuéstales y contables y concuerdan con los procedimientos establecidos por la administración municipal.

5. Los censos que requiera la administración municipal permiten soportar la formulación de programas y proyectos de carácter social.

6. La ejecución de programas de índole social delegados al municipio por entidades del orden Nacional y Departamental, responden a las directrices impartidas y establecidas en los convenios.

RELACIONADAS CON EL ÁREA DE PLANEACION

1. El Plan de Desarrollo Municipal concuerda con las políticas de desarrollo económico y social del Plan Nacional de Desarrollo, Departamental y Esquema de Ordenamiento Territorial.

2. El Plan Operativo de Inversiones del municipio responde a las políticas, programas y proyectos adoptados en el Plan de Desarrollo Municipal.

3. El Comité del Banco de Programa y Proyectos del Municipio funciona

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como instrumento de planeación del municipio según los procedimientos adoptado por la alcaldía.

4. Las encuestas requeridas para la formulación de planes, programas y proyectos de desarrollo económico y alcaldía.

5. Las especificaciones técnicas y presupuestos de obras de las inversiones de mantenimiento y construcción de infraestructura, para efectos de licitaciones, concursos de méritos, adjudicaciones directas y órdenes de trabajo, están acordes con los procedimientos establecido por las normas que la rigen y pos-procedimientos adoptados por la alcaldía.

6. El Plan de Acción del Municipio está acorde con las metodologías diseñadas para tal fin y responde al cumplimento del Plan Operativo de Inversiones y Plan de Desarrollo Municipal.

7. La evaluación de los planes y programas del municipio permite identificar el cumplimiento de las metas, objetivos y responden a las políticas del Plan de Desarrollo Municipal.

8. Los pliegos de condiciones o términos de referencia están acordes con las directrices establecida en las normas de contratación.

9. Los estudios de factibilidad responden a las técnicas y procedimientos establecidos para la formulación de proyectos de inversión de infraestructura y responde a las políticas y programas del Plan de Desarrollo Municipal.

10. Las propuestas presentadas por los proponentes para la ejecución de obras de mínima cuanta y Orden de Trabajo y entregarla al despacho del Secretario para su evaluación, están acordes con los procedimientos adoptados por la alcaldía.

11. La Interventoría de las obras contratadas por el municipio o delegadas se realiza según las técnicas de Interventoría de obras, las cláusulas contracturas y demuestra el cumplimiento de lo contratado en términos de calidad y cantidad de obras.

12. La información relacionada con Estratificación Socioeconómica se administra según ¡as instrucciones impartidas por las normas expedidas por el Gobierno Nacional y el comité de Estratificación Socioeconómica del Municipio.

13. Los recursos técnicos suministrados para el ejercicio de las funciones están orientados al cumplimiento institucional en forma racional en busca de mejorar los servicios y proceso administrativo.

14. Los recursos técnicos suministrados para el ejercicio de las funciones están orientados al cumplimiento institucional en forma racional en busca de mejorar los servicios y proceso administrativo.

15. El autocontrol hace partes de las funciones y de la cultura organizacional, está orientado a promover en la institución buena calidad y eficacia de los servicios prestados.

16. Los informes solicitado por los organismos de control, Concejo

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Municipal, Planeación Nacional, Planeación Departamental y Ministerio de Hacienda relacionado con la Planeación e inversiones financiadas con recursos del Sistema general de Participaciones y convenios que firme el municipio con entidades del orden nacional o departamental, concuerdan con las instrucciones impartidas por los organismos mencionados y a los procedimientos adoptados por la administración municipal.

17. Las licencias, permisos de construcción y certificaciones del uso del suelo, se tramitan acordes con las normas legales y procedimientos adoptados por la alcaldía.

RELACIONADAS CON EL ÁREA DE SISEEN

1. La base de datos de la población censada está actualizada. 2. La información solicitada en relación al SISBEN es emitida en forma

oportuna. 3. La atención al público en los relacionados con el SISBEN se hace de

manera eficiente.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Informática básica. 2. Normas sobre administración pública 3. Programas de capacitación en políticas públicas. 4. Técnicas de archivo y documentación. 5. Manejo de Internet. 6. Manejo de base de datos, hoja de cálculo y procesador de texto. 7. Normas del CNSSS, ley 100 de 1993 8. Clasificación de archivo

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Titulo de formación Técnica o Tecnológica en áreas de sistemas, administrativas o de la salud.

En todos los casos un (1) año de experiencia laboral o relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN

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Nivel: Asistencial

Denominación del Empleo: Secretaria

Código: 440

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 2

Dependencia: Secretaria de Planeación Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Planeación

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Administrar la información del área donde se ubique, para el personal interno y Externo, aplicando e! Sistema, de Gestión Documental y los procesos y procedimientos adoptados por la administración municipal.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESCENCIALES

1. Llevar registro y control de los documentos y archivos de la oficina y recordarle al jefe los compromisos adquiridos.

2. Recibir, radicar, redactar y organizar la correspondencia para la firma del jefe y distribuirla de acuerdo con sus instrucciones.

3. Ejercer autocontrol en todas las funciones que le sean asignadas. 4. Manejar con discreción la información y la correspondencia del jefe de

la dependencia. 5. Elaborar documentos en procesadores de texto, cuadros en hojas de

cálculo, presentaciones en Software y manejar aplicativos de Internet. 6. Llevar y mantener al día el archivo y la correspondencia y mantener

actualizado el directorio telefónico del Jefe de la Dependencia. 7. Aplicar y actualizar los conocimientos y técnicas adquiridas a través de

los estudios y la capacitación en las tareas y labores que ejecuta. 8. Solicitar los elementos de consumo y devolutivos necesarios para

garantizar la ejecución de las funciones asignadas. 9. Dar el uso adecuado a los elementos y equipos asignados a la

dependencia. 10. Proyectar o Digitar los actos administrativos ordenados por el jefe de la

dependencia donde presta los servicios, orientados al cumplimiento de la misión institucional.

11. Operar los programas sistematizados asignados a la dependencia digitando o registrando la información y produciendo los reportes requeridos para los informes que deba rendir la dependencia o la administración municipal! a las entidades públicas que los soliciten o que por norma deba remitir.

12. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los documentos y registros de la oficina son archivados diariamente de acuerdo con los procedimientos establecidos por la Alcaldía.

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2. La correspondencia se distribuye diariamente de acuerdo con los procedimientos establecidos en el sistema de gestión documental.

3. El autocontrol hace parte de las funciones y de la cultura institucional, está orientado a promover en la Alcaldía buena calidad y eficacia de los servicios prestados.

4. El trámite de la información de la correspondencia están acordes con las normas establecidas por la Alcaldía.

5. Los equipos técnicos para la elaboración de los documentos e informes permiten la agilidad y confiabilidad en las políticas institucionales y en el trámite de los informes solicitados.

6. Los procedimientos para mantener al día e! archivo y la correspondencia responden a las necesidades institucionales y del personal de la alcaldía.

7. Los planes y programas en materia de capacitación en las tareas y laborales presentados están de acuerdo con las políticas y normas adoptadas por la Alcaldía.

8. Los elementos de consumo y devolutivos son los necesarios para garantizarla ejecución de las funciones asignadas.

9. Se da el uso adecuado a los elementos y equipos asignados a la dependencia, para el cumplimiento de las funciones asignadas.

10. Los actos administrativos ordenados por el jefe de la dependencia corresponde al cumplimiento de los servicios y cumplimiento de la misión institucional.

11. Los reportes e informes elaborados en los programas sistematizados asignados a la dependencia corresponde a la información que debe procesar y suministrar y son acordes con los procedimientos establecidos por la administración y a los requeridos por las entidades públicas según las normas existentes.

12. Las funciones asignadas por la autoridad competente, están de acuerdo con los procedimientos, indicadores de gestión y manual de funciones establecidas por la Alcaldía.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Técnicas de oficina. 2. Manejo de procesador de texto, hoja de cálculo y presentaciones 3. Organización de archivo. 4. Informática básica 5. Software de archivo, técnicas de archivo. 6. Sistema de gestión documental institucional 7. Clases de documentos 8. Normas sobre administración pública, gestión pública, etc. 9. Políticas públicas en Administración y gestión pública

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

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Diploma de bachiller en cualquier modalidad, además curso específico mínimo de sesenta (60) horas relacionado con las funciones del cargo.

Experiencia relacionada por un período no inferior a un año.

SECRETARIA DE SALUD

I. IDENTIFICACIÓN

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Nivel: Directivo

Denominación del Empleo: Secretaría de Despacho

Código: 220

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Salud Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Alcalde Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Formulación de políticas institucionales y la adopción de planes, programas y Proyectos relacionados con el área de salud. La acción municipal orientada Debidamente hacia este sector tiene efectos fundamentales sobre el Mejoramiento de la calidad de vida de la población.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESCENCIALES

1. Diagnosticar en conjunto con las entidades que prestan servicios de salud y los comités de participación comunitaria, las condiciones de salud y contribuir con el consejo local de sistema de seguridad social y salud a la formación de los Proyectos del plan local y de presupuesto de salud, que integrado a los proyectos al plan de desarrollo y presupuesto municipal serán presentados al Concejo Municipal.

2. Planear, dirigir y controlar la prestación de los servicios de salud y saneamiento básico ambiental en los términos de competencia y responsabilidad establecidos por la ley para la dirección local de salud.

3. Desarrollar labores di y control de las instituciones que presten servicios de salud y tomar las medidas necesarias para su adecuado funcionamiento.

4. Elaborar conjuntamente con las entidades de seguridad social, planes para promover y vigilar la afiliación de patrones y trabajadores a dichas entidades. Así como velar por el cumplimiento de las normas sobre seguridad industrial y salud ocupacional.

5. Supervisar el desarrollo de las actividades de control de gestión que deben ser implementadas por las entidades prestadoras del servicio de salud dentro del municipio.

6. Prestar asistencia técnica a las entidades o personas que los soliciten en el área de su competencia.

7. Solicitar los informes necesarios con el fin de hacer seguimiento en términos de control y evaluación a la ejecución de los programas y proyectos de salud Contenidos en el plan de desarrollo municipal.

8. Elaborar los proyectos de acuerdo y proyectos de inversión que la Administración deba presentara consideración del Concejo y entidades para la consecución de los recursos financieros, que tengan relación con el sector salud.

9. Desarrollar todas las acciones tendientes para el buen manejo del Plan de Atención Básico "PAB", del Municipio.

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10. Coordinar la contratación y las actividades del Municipio en lo referente a la Ley 100 /93, para la prestación del servicios de salud a las personas afiliadas a las ARS y a las personas que no estén amparadas por el Régimen subsidiado.

11. Ejecutar y coordinar el Plan de Atención Básico del municipio.PAB. 12. Elaborar los proyectos relacionados con el perfil epidemiológico de la

población del municipio y el seguimiento a su ejecución. 13. Ejecución de los planes y programas relacionados, con la prevención de

enfermedades de la población vulnerable, tercera edad y niñez desamparada.

14. Programar las actividades con los agentes educativos relacionadas con la promoción de las enfermedades y de salud pública del municipio.

15. Vigilar que los recursos destinado a al Plan de Atención Básico en Salud se destine para los fines que fueron asignados y apropiados.

16. Coordinar la liquidación de los proyectos ejecutado en desarrollo del Plan de Atención Básico en salud del municipio.

17. Promover la participación de la comunidad en los planes y programas de salud del municipio, promoviendo la conformación de los Comités de participación en salud.

18. Elaborar los informes de ejecución del Plan de Atención Básico de Salud del municipio y entregarlo a los organismos de control o Entidades del sector salud que lo solicite.

19. Formular los proyectos que se deben incluir el Plan de Atención Básico en salud el municipio e inscribirlos en Banco de programas y proyectos del Municipio.

20. Coordinar y evaluar la capacitación y asistencia técnica a las IPS y EPS para la ejecución de programas y proyectos de salud pública.

21. Coordinar y evaluar las campañas adelantas orientadas a dar a conocer el cumplimiento de las normas sanitarias aplicables a la calidad del ambiente y del uso y consumo de productos, que afecten la salud humana.

22. Formular Planes, Programas y Proyectos para el desarrollo del sector salud y el Sistema de Seguridad Social en Salud, tramitar su aprobación y consecución de los recursos financieros.

23. Adoptar, difundir, ¡implementar, ejecutar y evaluar; en el municipio las normas, políticas estrategias, planes, programas y proyectos del sector salud y Sistema General de Seguridad Social en Salud.

24. Gestionar el recaudo, flujo y ejecución de los recursos con destinación específica para salud del municipio, y administrar los recursos del Fondo Local de Salud del Municipio.

25. Gestionar y supervisar el acceso a la prestación de los servicios de salud para la población del municipio de Puerto Asís.

26. Impulsar mecanismos de participación para la adecuada participación social y el ejercicio pleno de los deberes y derechos de los ciudadanos

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en materia de salud y seguridad sociales salud. 27. Adoptar, administrar e ¡implementar el sistema integral de información

en salud, así como generar y reportar la información 28. Coordinar y evaluar la afiliación al Régimen Subsidiado de la población

pobre y vulnerable del municipio. 29. Coordinar los programas de Identificación de la población pobre y

vulnerable del municipio y seleccionar a los beneficiarios del Régimen Subsidiado.

30. Coordinar la ejecución de los contratos celebrado por el municipio para la atención de los afiliados al Régimen Subsidiado de la población pobre y vulnerable y realizar el seguimiento y control directo por medio de la interventora.

31. Coordinar la ejecución de las políticas y planes de salud pública, así como la ejecución y evaluación del Plan de Atención Básica Municipal.

32. Coordinar, vigilar y controlar, evaluar los asuntos relacionados con el área social de manera que se ajusten a las políticas, planes y programas adoptados por la Administración.

33. Ejecutar las actividades de coordinación y velar por el debido cumplimiento de los planes, programas y proyectos de los sectores de educación, salud, recreación, deporte, cultura y expresión artística.

34. Coordinar, vigilar, controlar y evaluar las actividades de promoción y prevención.

35. Coordinar, controlar y evaluar la elaboración del diagnóstico y el diseño de programas y proyectos de salud, educación, deporte y cultura.

36. Servir de enlace entre la administración Municipal y los organismos de Salud Local, Departamental o Nacional cuando se lo requiera.

37. Promover y participar en las reuniones del Comité de participación Comunitaria, el Concejo Territorial de Seguridad Social en Salud y con demás que tengan que ver con el sector salud, educación, deporte y cultura.

38. Vigilar la adecuada prestación de los servicios celebrados para la prestación de servicios a vinculados al sistema de seguridad social.

39. Organizar y convocar a los organismos para la selección de los miembros de la junta directiva de la empresa social del estado, ESE que estos elijan.

40. Participar de la Junta Directiva de la ESE o delegar su representación como miembro del sector político-administrativo del municipio.

41. Velar por el pago oportuno a las instituciones que prestan servicios de salud.

42. Las demás que se le asigne acordes con la naturaleza del cargo y la necesidad del servicio.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

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1. El Diagnostico realizado del sector de salud del municipio responde a la identificación de la problemática social del sector, contando para ello con la participación de los comités de participación comunitaria y responde a la solución de los problemas de la población más necesitada del municipio.

2. El control a la prestación de los servicios de salud y saneamiento básico ambiental están acordes con las normas establecidas por el Ministerio y demás organismos de control y vigilancia de los servicios que prestan el Municipio y las entidades contratadas para tal fin.

3. Las instituciones que prestan los servicios de salud en el municipio, corresponde al cumplimiento de los contratos firmados por la alcaldía.

4. Las entidades que a prestan los servicios de salud en el municipio formulan planes para promover la afiliación de patrones y trabajadores a dichas entidades.

5. La Coordinación y supervisar del desarrollo de las actividades de control de gestión que deben ser implementadas por las entidades prestadoras del servicio de salud dentro del municipio, concuerdan con las normas establecidas en cumplimiento de las estrategias del gobierno Nacional, Departamental y municipal.

6. La asistencia técnica prestadas a las entidades o personas que los solicitan están dentro de las competencias y funciones de la alcaldía.

7. Los informes solicitados a las entidades que prestan los servicios de salud al municipio permiten hacer seguimiento en términos de control y evaluación a la ejecución de los programas y proyectos de salud contenidos en el plan de desarrollo municipal.

8. Los proyectos de acuerdo y proyectos de inversión que la Administración presenta a consideración del Concejo y entidades para la consecución de los recursos financieros, están orientados al cumplimiento del plan de Desarrollo del municipio.

9. Las acciones tendientes a la ejecución del Plan de Atención Básico "PAB", del Municipio, han permitido alcanzar las metas y objetivos formulados en el Plan.

10. La contratación y las actividades del Municipio en lo referente a la Ley 100 793, para la prestación del servicios de salud a las personas afiliadas a las ARS y a las personas que no estén amparadas por el Régimen subsidiado, están acordes con las normas que rigen la contratación para tal fin.

11. El Plan de atención Básico del municipio, concuerda con los planes y programas del sector de la salud adoptados en el Plan de desarrollo municipal.

12. Los proyectos relacionados con el perfil epidemiológico de la población del municipio, concuerda con las políticas del orden nacional, departamental y municipal.

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13. 13. Los planes y programas ejecutados relacionados con la prevención de enfermedades de la población vulnerable, tercera edad y niñez desamparada, cumplió con las metas y objetivos establecidos en su formulación y aprobación.

14. Las actividades programadas con los agentes educativos relacionada con la promoción de las enfermedades y de salud pública del municipio, responden a las actividades y metas contenidas en los planes y programas aprobados.

15. Los recursos destinados al Plan de Atención Básico en Salud se destina para los fines que fueron asignados y apropiados.

16. Los proyectos ejecutados en desarrollo del Plan de Atención Básico en salud del municipio, responde a las políticas contenidas en el plan de desarrollo del municipio.

17. La comunidad participa en los planes y programas de salud del municipio, por medio de los Comités de participación en salud.

18. Los informes de ejecución del Plan de Atención Básico de Salud del municipio, reflejan el cumplimiento de las metas y objetivos de los planes y programas adoptados en el plan de desarrollo municipal.

19. Los proyectos formulados del Plan de Atención Básico en salud del municipio e inscribirlos en Banco de programas, permiten cumplir con las metas y estrategias del plan de desarrollo municipal.

20. La capacitación y asistencia técnica a las IPS y EPS para la ejecución de programas y proyectos de salud pública, están acordes con los planes y programas del plan de desarrollo del municipio.

21. Las campañas permiten dar a conocer el cumplimiento de las normas sanitarias aplicables a la calidad del ambiente, el uso y consumo de productos alimentos y medicamentos que afecten la salud humana.

22. Los Planes, Programas y Proyectos para el desarrollo del sector salud y el Sistema de Segundad Social en Salud, concuerdan con las políticas del orden Nacional. Departamental y plan de desarrollo municipal.

23. Las políticas estrategias, planes, programas y proyectos del sector salud y Sistema General de Seguridad Social en Salud del municipio, concuerdan con las políticas del orden Nacional, Departamental, y el plan de desarrollo del municipio.

24. La Gestión del recaudo de los recursos con destinación específica para salud de! municipio, y la administración los recursos del Fondo Local de Salud, concuerdan con las normas de presupuesto público, ley del sistema general de participaciones y las directrices impartidas por el Ministerio de la Protección Social.

25. La prestación de los servicios de salud prestados a la población del municipio de Honda por entidades públicas y privadas se rigen por las normas establecidas por el Gobierno Nacional y municipal

26. Los mecanismos de participación implementados en el municipio

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garantizan la participación de la comunidad en la vigilancia y control de los servicios de salud y seguridad social prestados por entidades públicas y privadas.

27. El sistema integral de información en salud implementado en el municipio, responde a las directrices y exigencias del Ministerio de la Protección Social y Secretarias de Salud del Departamento.

28. La afiliación al Régimen Subsidiado en el municipio concuerda con las políticas del Gobierno Nacional y a los procedimientos establecidos para favorecer a las personas más necesitadas del municipio.

29. Los procedimientos para la Identificación de la población más necesitada y vulnerable del municipio responde a los procedimientos adoptados por el Gobierno Nacional para la selección de los beneficiarios del Régimen Subsidiado.

30. La ejecución de los contratos celebrados por el municipio las ARS para la atención de los afiliados al Régimen Subsidiado de la población pobre y vulnerable, concuerdan con las cláusulas contractuales y los objetivos de los contratos firmados.

31. La ejecución de las políticas y planes de salud pública, así como la ejecución y evaluación del Plan de Atención Básica Municipal, esta acorde con las metas, objetivos establecidos en los planes y programa adoptados por la administración municipal.

32. La comunidad que tiene e! servicio de Régimen subsidiado en salud se beneficia en un alto porcentaje.

33. Las actividades de las políticas sociales se ejecutan en coordinación con el Alcalde y demás dependencias favoreciendo al común de la comunidad.

34. La documentación e informes que se requieren de la Oficina de De salud emitida en forma oportuna y clara.

35. El Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud está organizado y funciona adecuadamente.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Contratación para el Régimen de subsidios en salud 2. Organización y funcionamiento del Consejo Territorial de Seguridad

Social en Salud 3. Plan de atención Básico 4. Normas de control y expendio de alimentos 5. Formulación de proyectos área de salud 6. Participación de la comunidad en salud. 7. Formulación y evaluación de Proyectos.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título profesional en disciplina académica del núcleo básico del

04 meses de experiencia profesional,

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Conocimiento en Administración Pública, Administración Empresas, contaduría Pública, Economía y áreas administrativas o de la salud.

laboral o relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Profesional

Denominación del Empleo: Profesional Universitario

Código: 219

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de salud

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de salud

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Elaboración, manejo, administración y custodia de las bases de datos que contienen la información de los beneficiarios del régimen subsidiado con el objetivo de mejorar la calidad de vida de sus beneficiarios.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES EN EL ÁREA DE ASEGURAMIENTO

1. Elaboración, manejo, administración y custodia de las bases de datos que contienen la información de los beneficiarios del régimen subsidiado, a saber: base de datos régimen subsidiado y de potenciales (población desplazada, indígena, vulnerable, discapacitados etc.).

2. Elaboración de los actos administrativos de ampliación de cobertura de régimen subsidiado.

3. Elaboración de los contratos de aseguramiento del régimen subsidiado. 4. Depuración y/o reasignación de bases de datos del régimen

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subsidiado. 5. Emitir concepto técnico para el pago de los contratos de

aseguramiento. 6. Elaborar los informes y reportes a los entes de control y vigilancia. 7. Manejo y custodia de los archivos de los contratos de aseguramiento. 8. Suministrar las bases de datos a las ARS. 9. Ejercer vigilancia y control de los procesos de carnetización.

Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

10. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El Plan de Atención Básica es elaborado, ejecutado y evaluado en coordinación con los proyectos del Plan de Desarrollo.

2. Los informes del PAB son presentados de manera oportuna al Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud y a las demás entidades que lo soliciten.

3. La contratación para la ejecución de los proyectos PAB se hace de manera Oportuna y coordinada con las demás oficinas.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Nociones de contratación estatal. 2. Elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación del PAB. 3. Manejo de estadísticas en salud.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título profesional en disciplina académica del núcleo básico del Conocimiento en administración Pública, en Áreas de la salud, Administración Empresas, Contaduría.

Un año de experiencia laboral o relacionada con una determinada área del trabajo o área de la profesión, ocupación arte u oficio.

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l. iIDENTIFICACION

Nivel: Profesional

Denominación del Empleo: Profesional Universitario( oficina de Desarrollo Social Municipal)

Código: 219

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Despacho Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Alcalde Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Asesorar, apoyar, manejar los programas de política social que ejecuta el ente municipal con el objetivo de mejorar la calidad de vida de sus beneficiarios.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES EN EL ÁREA DE ASEGURAMIENTO

1. Asesorar al Despacho del Alcalde Municipal en la formulación y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos de impacto social que promuevan el desarrollo armónico e integral de la población del Municipio de Puerto Asís, Putumayo.

2. Realizar proyectos relacionados con el área del adulto mayor, mujer, discapacidad, juventudes y sector carcelario.

3. Gestionar ayudas inmediatas para los beneficiarios de los programas de política y desarrollo social.

4. Coordinar y ejecutar las actividades de los programas de política social. 5. Coordinar y ejecutar las actividades que se lleven a cabo en las fechas

de celebraciones especiales como el día de la mujer, del adulto mayor, del niño, de la raza etc.

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6. Elaborar los informes que se requieran sobre las actividades realizadas en los programas de política social.

7. Contestar y enviar la respuesta a la correspondencia que se recepcione sobre los programas de política social.

8. Manejo del archivo de los programas de política social. 9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de

acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los programas de política social son manejados de manera eficiente y cumplen con su objetivo de mejorar la calidad de vida de sus Beneficiarios.

2. Los informes exigidos son rendidos con prontitud y así mismo enviados a los organismos que lo requieran.

.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Ley 100/93 2. Elaboración y recepción de proyectos sociales. 3. Elaboración y ejecución de estrategias, planes, procesos,

procedimientos 4. Atención al Publico 5. Manejo de Grupos de trabajo 6. Administración Pública.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título profesional en disciplina académica del núcleo básico del Conocimiento en Trabajo Social, antropología, psicología, sociología o demás aéreas de las ciencias sociales o del Desarrollo familiar.

Formación Profesional y experiencia profesional o relacionada, mínimo de un (1) año.

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I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Técnico

Denominación del Empleo: Técnico Administrativo

Código: 323

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Salud Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Salud

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Apoyar, manejar y custodiar las bases de datos que contienen la información de los beneficiarios del régimen subsidiado con el objetivo de mejorar la calidad de vida de sus beneficiarios. Es el responsable de la conformación, actualización y uso de la información de la base de datos. Por lo tanto, sus funciones deben estar orientadas a lograr y mantener una estrecha coordinación interinstitucional y una adecuada administración del Sistema de Beneficiarios.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES EN EL ÁREA DE SALUD

1. Manejo de la base de datos del régimen subsidiado 2. Realizar depuraciones, coberturas, reasignaciones en la base de datos

del régimen subsidiado 3. Elaborar los informes que la oficina requiera para su envió a los entes

de vigilancia y control. 4. Realizare! reporte de novedades 5. Realizar el archivo y manejo de novedades que envían las ARS 6. Realizar la construcción y corrección de la base de potenciales 7. Elaboración y envió de oficio a las ARS y entidades que lo requieran. 8. Definir, siguiendo las directrices del Alcalde o Consejo de Gobierno, los

objetivos a corto, mediano y largo plazo del Sisbén en el Municipio. 9. Preparar y dirigir, según las orientaciones del Comité Técnico, la fase

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de la encuesta masiva. Para este evento se requiere seleccionar y capacitar al personal a vincular en las diferentes etapas: recolección, supervisión y procesamiento computacional.

10. Cumplir los procedimientos determinados por el Comité Técnico, que permitan la coordinación efectiva de las dependencias involucradas en el sistema.

11. Establecer de acuerdo con las orientaciones del Comité Técnico, convenios o contratos con empresas privadas, empresas de economía solidaria y afines, requeridas en el proceso de recolección y actualización de la información.

12. Mantener diagnósticos actualizados sobre las características de la población encuestada.

13. Preparar y dirigir el Sisbén en la fase de actualización, según las orientaciones del Comité Técnico.

14. Dar aplicación a las leyes y a los documentos CONPES sobre focalización y gasto social.

15. Registrar y hacer seguimiento a cada uno de los programas sociales establecidos por el Municipio, el Departamento u otras entidades.

16. Mantener diagnósticos actualizados y detallados sobre las características de la población y en especial para las poblaciones de referencia de los diferentes programas sociales (necesidades básicas insatisfechas, indicadores de desempleo, ancianos, discapacitados, etc.)

17. .Apoyar a las entidades públicas y privadas, ejecutoras de programas sociales, en la focalización de su acción.

18. Realizar confrontación y verificación de toda la información mediante visitas domiciliarias y el cruce de información con entidades públicas y privadas.

19. Tramitar por delegación de su superior, asuntos de diferente índole en representación de la Administración Municipal, y de éstos realizar el respectivo informe.

20. Recibir las orientaciones, asesorías de Planeación departamental, con respecto al Sisbén.

21. Identificar y priorizar la población más vulnerable que debe acceder al régimen subsidiado, utilizando las metodologías aplicadas por el Consejo nacional de Seguridad Social en salud y establecidas a través de la normatividad vigente.

22. Enviar el listado de afiliación a la entidad administrativa del régimen subsidiado.

23. Definir y estructurar de conformidad a la ley y normatividad vigente, los grupos de población prioritarios a ser afiliados a! régimen subsidiado de salud, de acuerdo a los recursos existentes en el municipio y los recursos que por cofinanciación del Fondo de Solidaridad y garantía y otros le correspondan.

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24. Hacer seguimiento continuo a la situación económica de la población beneficiaría del Régimen Subsidiado de Salud.

25. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La base de datos del régimen subsidiado se encuentra actualizada y en buen estado de funcionamiento.

2. Los potenciales son registrados y corregidos a su vez estos listados con imparcialidad.

3. Los informes a los órganos de control y vigilancia se envían de manera oportuna evitando la iniciación de procesos sancionatorios.

4. Las encuestas para acceder al sistema de identificación de beneficiarios se efectúa con base al instructivo y los formatos suministrados por Planeación Nacional.

5. Para los procesos de afiliación se priorizan según las disposiciones Planeación Nacional, el Ministerio de la Protección Social.

6. La documentación que se recibe se radican y se registran en el sistema en programa del SISBEN.

7. Los carné de afiliación a las diferentes ARS se entregan personalmente a usuarios correspondientes.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Ley 100/93 2. Disposiciones del CNSSS 3. Manejo de bases de datos 4. Sistema de Seguridad Social en Salud. 5. Políticas del régimen subsidiado. 6. Informática básica. 7. Software del SISBEN. 8. Conocimiento sobre el CONPES

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título de técnico o tecnólogo en el área de sistemas o de la salud.

Profesional o relacionada o relacionada no inferior a seis (6) meses.

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I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Asistencial

Denominación del Empleo: Secretaria

Código: 470

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de salud Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Secretaria de salud Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Administrar la información del área donde se ubique, para el personal interno y externo, aplicando el Sistema de Gestión Documental y los procesos y procedimientos adoptados por la administración municipal.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESCENCIALES

1. Llevar registro y control de los documentos y archivos de la oficina y recordarle al jefe los compromisos adquiridos.

2. Recibir, radicar, redactar y organizar la correspondencia para la firma del jefe y distribuirla de acuerdo con sus instrucciones.

3. Ejercer autocontrol en todas las funciones que le sean asignadas. 4. Manejar con discreción la información y la correspondencia del jefe de

la dependencia. 5. Elaborar documentos en procesadores de texto, cuadros en hojas de

cálculo, presentaciones en Software y manejar aplicativos de Internet. 6. Llevar y mantener al día el archivo y la correspondencia y mantener

actualizado el directorio telefónico del Jefe de la Dependencia. 7. Aplicar y actualizar los conocimientos y técnicas adquiridas a través de

los estudios y la capacitación en las tareas y labores que ejecuta. 8. Solicitar los elementos de consumo y devolutivos necesarios para

garantizar la ejecución de las funciones asignadas. 9. Dar el uso adecuado a los elementos y equipos asignados a la

dependencia. 10. Proyectar o Digitar los actos administrativos ordenados por el jefe de la

dependencia donde presta los servicios, orientados al cumplimiento de la misión institucional.

11. Operar los programas sistematizados asignados a la dependencia digitando o registrando la información y produciendo los reportes requeridos para los informes que deba rendir la dependencia o la

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administración municipal a las entidades públicas que los soliciten o que por norma deba remitir.

12. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los documentos y registros de la oficina son archivados diariamente de acuerdo con los procedimientos establecidos por la Alcaldía.

2. La correspondencia se distribuye diariamente de acuerdo con los procedimientos establecidos en el sistema de gestión documental.

3. El autocontrol hace parte de las funciones y de la cultura institucional, está orientado a promover en la Alcaldía buena calidad y eficacia de los servicios prestados.

4. El trámite de la información de la correspondencia están acordes con las normas establecidas por la Alcaldía.

5. Los equipos técnicos para la elaboración de los documentos e informes permiten la agilidad y confiabilidad en las políticas institucionales y en el trámite de los informes solicitados.

6. Los procedimientos para mantener al día el archivo y la correspondencia responden a las necesidades institucionales y del personal de la alcaldía.

7. Los planes y programas en materia de capacitación en las tareas y laborales presentados están de acuerdo con las políticas y normas adoptadas por la Alcaldía.

8. Los elementos de consumo y devolutivos son los necesarios para garantizar la ejecución de las funciones asignadas.

9. Se da el uso adecuado a los elementos y equipos asignados a la dependencia, para el cumplimiento de las funciones asignadas.

10. Los actos administrativos ordenados por el jefe de la dependencia corresponde al cumplimiento de los servicios y cumplimiento de la misión institucional.

11. Los reportes e informes elaborados en los programas sistematizados asignados a la dependencia corresponde a la información que debe procesar y suministrar y son acordes con los procedimientos establecidos por la administración y a los requeridos por las entidades Públicas según las normas existentes.

12. Las funciones asignadas por la autoridad competente, están de acuerdo con los procedimientos, indicadores de gestión y manual de funciones establecidas por la Alcaldía.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Técnicas de oficina 2. Manejo de procesador de texto, hoja de cálculo y presentaciones. 3. Organización de archivo 4. Informática básica 5. Software de archivo, técnicas de archivo

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6. Sistema de gestión documental institucional 7. Clases de documentos

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Diploma de bachiller en cualquier modalidad, además curso específico Mínimo de sesenta (60) horas relacionado con las funciones del cargo.

Experiencia laboral por un período no inferior a seis (6) meses.

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I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Directivo

Denominación del Empleo: Secretario de Despacho

Código: 020

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Hacienda Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Alcalde Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Adoptar y ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos, relacionados por la administración de las finanzas públicas del municipio, acordes con las políticas del orden Nacional, Departamental, Municipal y las aprobadas en el Plan de Desarrollo Municipal; Se encarga de la dirección, ejecución, y control de las materias relativas a la política fiscal, presupuestaria y crediticia, a la organización y dirección de las finanzas públicas, a la gestión fiscal y financiera local, a los registros necesarios para aplicación, seguimiento, evaluación y control de las decisiones fiscales y financieras del municipio.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES.

1. Evaluar la realidad financiera del Municipio, el comportamiento de los ingresos y su ejecución, para diseñar y proponer el plan financiero que deba adoptarla administración municipal.

2. Administrar el área financiera del municipio, diseñar los planes, programas y proyectos de las finanzas públicas del municipio.

3. Coordinar la política financiera del Municipio, de acuerdo con las directrices impartidas por el Alcalde y coordinar las acciones con la Nación y las administraciones locales.

4. Evaluar periódicamente el desarrollo de los planes, programas y proyectos del área financiera y definir las acciones a seguir.

5. Asesorara las entidades descentralizadas del Municipio de Puerto Asís y a [a comunidad, en la captación, administración y destinación de sus recursos financieros.

6. Realizar las proyecciones de ingresos y egresos, establecer estrategias financieras y elaborar el plan financiero municipal como soporte para la ejecución del plan de desarrollo.

7. Adelantar estudios sobre los impuestos, tasas, contribuciones y gravámenes a favor del Municipio, con miras a optimizar los mecanismos de liquidación y recaudo, para garantizar la exacta recaudación de las rentas municipales, de las entidades descentralizadas y las que sean objeto de transferencia por parte de la Nación.

8. Efectuar los estudios para la constitución, administración y control de fondos, cuentas o la constitución de fiducias para administrar recursos

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con destinación específica o que contribuyan a optimizar el manejo de los mismos.

9. Proferir los actos administrativos, requerimientos, pliegos de cargos y actos de trámite relacionados con la actuación fiscalizadora e impositiva, de acuerdo con el Estatuto de Rentas del Municipio.

10. Coordinar la elaboración del presupuesto anual de rentas y apropiaciones del municipio, someterlo a aprobación del Consejo de Gobierno, presentarlo al Concejo municipal y sustentarlo ante la Comisión de Presupuesto y Plenaria del Concejo si los Concejales lo solicitan.

11. Coordinar la liquidación, programación y ejecución del presupuesto municipal. Orientar el proceso presupuesta! de las entidades descentralizadas y asesor a la administración central en esta materia.

12. Coordinar el registro de operaciones, análisis de resultados y presentación de los estados financieros de la administración central, así como la consolidación y análisis de la contabilidad del Municipio con destino a la Contraloría General de la República y la Contaduría General de la Nación.

13. Dirigir y controlar las operaciones del Área de tesorería, Área de contabilidad y presupuesto del municipio.

14. Coordinar la elaboración de los proyectos de acuerdo, de adiciones, deducciones, incorporaciones presupuéstales, créditos, contra créditos y traslados presupuéstales, los proyectos de decreto que deban dictarse en ejercicio de las atribuciones del Alcalde y liderar la ejecución de las decisiones y órdenes del mismo.

15. Establecer con la oficina de Control Interno o quien haga sus veces los procedimientos administrativos necesarios, los respectivos mecanismos de control, de tal manera que se obtenga oportunamente, calidad y cobertura en los servicios que debe atender y eficiencia en los trámites oficiales.

16. Fomentar una cultura de autocontrol en la gestión de la dependencia, que contribuya al mejoramiento continuo de los procesos y procedimientos y el cumplimiento de la misión institucional.

17. Responder por el buen uso y racionalización de los recursos físicos que se utilizan en la dependencia al desarrollar la misión institucional.

18. Implementar sistemas de información que garanticen agilidad y confiabilidad en los procesos en que interactúan las dependencias de tesorería, presupuesto y contabilidad.

19. Efectuar el análisis del comportamiento de los recaudos, de las operaciones de tesorería y de la atención de las obligaciones, con miras a establecer si la administración de los recursos del Municipio es eficiente y eficaz.

20. Programar los pagos de las obligaciones adquiridas por el municipio de acuerdo con las órdenes del alcalde y el flujo de caja, bancos y el

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Programa Mensualizado de caja PAC. 21. Elaborar y ejecutar el Plan Anual Mensualizado de Caja -P.A.C.-, de

Ingresos y Gastos como instrumento básico de planeación financiera y ejecución del presupuesto.

22. Administrar y controlar los recursos que conforman los fondos cuenta, efectuar el seguimiento y evaluación de los recaudos, el pago de las obligaciones adquiridas y ordenas por el alcalde.

23. Estudiar el comportamiento de cada fondo y presentar los informes y recomendaciones necesarias para garantizar los objetivos trazados por el Municipio y el Estado.

24. Coordinar la ejecución de las apropiaciones presupuéstales para invertir los excedentes de liquidez, en entidades financieras vigiladas por las autoridades correspondientes, con sujeción a las disposiciones legales vigentes, en especial el estatuto orgánico de presupuesto y en consideración a la programación de compromisos.

25. Diseñar e implementar ágiles y modernos sistemas para el pago de las obligaciones de! Municipio, directamente o mediante alianzas estratégicas con establecimientos financieros, vigilados por las autoridades correspondientes.

26. Ejercer la Jurisdicción Coactiva y cobro persuasivo a los usuarios y contribuyentes morosos del municipio.

27. Tramitar las cuentas bancarias que se requieran para el pago de las obligaciones del municipio, recaudo de sus impuestos y administración de los recursos que le corresponde al municipio de la participación del Sistema General de Transferencias.

28. Tramitar los recursos del crédito autorizado por el Concejo Municipal en las instituciones financieras que más garantías le ofrezcan al municipio, teniendo enguanta la capacidad de pago y los lineamientos de la Ley 358 de 1997 relacionada con la deuda pública, para el trámite de nuevos, y llevar el registro de la deuda pública del municipio.

29. Rendir los informes financieros a las entidades de control fiscal y entidades u organismos que hagan el seguimiento y control de los recursos transferidos al municipio, rendir los informes que se deba rendir ante el Concejo municipal cuando lo requiera y demás entidades públicas que los soliciten

30. Coordinar la contabilidad de! municipio y la elaboración de los estados e informes contables del municipio, además de los informes que se deba rendir a las entidades que de control y organismos que los soliciten.

31. Implementar las acciones que permitan al municipio cumplir la Ley 617/200, con el Marco Fiscal de Mediano Plazo ( Ley 819 ) del municipio y formular las estrategias para su ajuste si fuere necesario.

32. Desarrollar actividades necesarias para la gestión, trámite y obtención de recursos fiscales y financieros del municipio.

33. Adoptar las medidas necesarias para racionalizar el gasto.

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34. Diseñar los instrumentos técnicos para e! mejoramiento permanente 35. Diseñar las estrategias para la aplicación de normas y disposiciones

vigentes sobre le uso de bienes y fondos públicos. 36. Vigilar y asesorar a las diferentes dependencias en el cumplimiento y

las disposiciones sobre el uso y manejo de fondos y bienes públicos. 37. Efectuar oportunamente los pagos ordenados por la alcalde, coordinar

que los giros y aportes que se transfieran a las entidades correspondientes, se efectué con la oportunidad establecida por la ley.

38. Vigilar que el pago de las obligaciones a cargo del municipio se efectué con el lleno de requisitos establecidos.

39. Custodiar mediante procedimientos establecidos los títulos valores y demás documentos del patrimonio.

40. Adelantar las acciones necesarias para lograr de los contribuyentes morosos el pago de la s obligaciones a favor del municipio.

41. Las demás que se le asigne acordes con la naturaleza del cargo y la necesidad del servicio.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El presupuesto de cada vigencia es elaborado conforme a la Ley Orgánica de Presupuesto en coordinación con los demás jefes de oficina.

2. El presupuesto de cada vigencia anual es presentado oportunamente al Concejo Municipal

3. Los informes contables y financieros anuales, semestrales y trimestrales son presentados en forma oportuna y eficiente

4. El Arqueo de caja se realiza diariamente 5. Los pagos se efectúan previo cumplimiento de los requisitos según las

disposiciones legales. 6. El presupuesto es elaborado según las necesidades municipales y

teniendo en cuenta la normatividad vigente sobre esta materia. 7. Todos los ingresos y erogaciones se efectúan de acuerdo al plan

anualizado de caja y al plan Municipal de inversiones. 8. Los informes mensuales se efectúan en los formularios suministrados

por las entidades de control en la materia. 9. El boletín de caja se expide periódicamente como mecanismo facilitador

de toma de decisiones del alcalde. 10. Los registros contables se expiden mensualmente según las

indicaciones del contador. 11. Las deducciones y retenciones se realizan con base a las disposiciones

Legales y los acuerdos municipales.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Ley orgánica de presupuesto 2. Manejo de hoja de cálculo y procesador de texto 3. Elaboración y manejo de presupuestos. 4. Conciliación bancaria

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5. Plan anualizado de caja. 6. Mecanismos y formas de contratación. 7. Proyectos y programas de desarrollo económico y social. 8. Manejo financiero y contable de la administración publica. 9. Software de contabilidad. 10. Conocimiento y aplicación de la normatividad tributaria. 11. Legislación bancaria.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título profesional en disciplina académica del núcleo básico del Conocimiento en contaduría pública, finanzas, economía, administración de empresas, administrador Público.

Un año de experiencia relacionada o profesional.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Profesional

Denominación del Empleo: Tesorero general

Código: 201

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Hacienda Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Hacienda Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Corresponde a este empleo, la ejecución y aplicación de los conocimientos propios de las ciencias administrativas y financieras, con labores de coordinación, supervisión y Control del área de Tesorería, se encarga de la parte de recaudos, de presentación de informes, de administrar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas, proyectos y las actividades de la dependencia y de personal a su cargo, además dirigir, supervisar promover y participar en los estudios e investigaciones, que permitan mejorar

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la prestación de los servicios a cargo de la dependencia.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES.

1. Realizar el pago de las obligaciones autorizadas por el ordenador del gasto, previa verificación de los soportes legales respectivos y de la correcta identificación de los beneficiarios.

2. Coordinar con las demás dependencias la elaboración del presupuesto de rentas y gastos de administración municipal.

3. Supervisar la consolidación de la información financiera y los resultados de la ejecución presupuesta! conforme a las normas y procedimientos respectivos

4. Atender por conducto de las distintas dependencias, la ejecución de los programas, la prestación eficiente de los servicios y responder por el efectivo cumplimiento y el correcto manejo de los recursos humanos, físicos, tecnológicos y financieros.

5. Administrar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas, proyectos y las actividades de la dependencia y del personal a su cargo.

6. Dirigir, supervisar promover y participar en los estudios e investigaciones, que permitan mejorar la prestación de los servicios a cargo de la dependencia.

7. Adelantar dentro del marco de las funciones propias de la dependencia, las gestiones necesarias para asegurar el oportuno cumplimiento de los planes, programas y proyectos.

8. Distribuir los recursos cedidos por la Nación conforme a los porcentajes establecidos en la Ley, a fin de ordenar los pagos sobre estos recursos conforme a las disponibilidades presupuéstales.

9. Manejar y controlar las cuentas bancarias donde se encuentren depositados los recursos del Municipio.

10. Mantener en custodia y bajo su responsabilidad los títulos de Inversión, certificados de cambio, garantías prendarías, especies venales y títulos valores que constituyan el patrimonio del Municipio.

11. Preparar y presentar la cuenta mensual y los informes financieros a la Contaduría General del Departamento, conforme a las metodologías e instrucciones que al respecto prescriban.

12. Constituir las reservas de caja de cuentas por pagar con obligaciones correspondientes a los anticipos pactados en los contratos y la entrega de bienes o servicios.

13. Realizar los análisis necesarios sobre el comportamiento de flujo de caja y efectivo.

14. Rendir informes mensuales sobre el estado de Tesorería, al Concejo Municipal y Alcalde Municipal.

15. Establecer las responsabilidades mediante liquidaciones de los impuestos y obligaciones constituidas en mora, para efectos del cobro coactivo administrativo.

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16. Rendir los informes al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de que trata el Artículo 248 del Código de Régimen Municipal.

17. Requerir a los deudores morosos del pago de impuestos, tasas o contribuciones, para que se pongan al día o solicitar en caso contrario, la iniciación del pago por jurisdicción coactiva.

18. Llevar el censo de los contribuyentes del fisco municipal, por concepto de los diferentes impuestos.

19. Llevar los libros de caja, bancos, control de presupuesto y los demás libros auxiliares que sean necesarios para el desarrollo y control respectivos.

20. Manejar y controlar las cuentas bancarias del municipio. 21. Efectuar las consignaciones y conciliaciones bancarias y preparar los

boletines e informes correspondientes. 22. Efectuar los giros oportunamente a las entidades, beneficiarías de

transferencias y aportes. 23. Expedir los certificados de retención en la fuente. 24. Presentar a la Contraloría General del Departamento, los documentos

exigidos para que ésta efectúe el control posterior, en cumplimiento de la función fiscalizadora, de conformidad con la legislación vigente sobre la materia.

25. Efectuar oportunamente los pagos ordenados por el Alcalde con el lleno de los requisitos establecidos.

26. Llevar y mantener actualizados los registros de las diferentes operaciones de Tesorería.

27. Expedir Paz y salvos a los contribuyentes que se encuentran al día en sus obligaciones con el Tesoro Municipal.

28. Proferir los requerimientos especiales, los pliegos y traslados de cargos, los emplazamientos para corregir y declarar y las demás diligencias previas a la aplicación de sanciones, señaladas en el Estatuto de Rentas del Municipio.

29. Ejercer las facultades de fiscalización e investigación de los impuestos Municipales.

30. Identificar cada una de las fuentes u orígenes de los ingresos de la entidad.

31. Clasificar y agrupar cada ingreso según su origen y destinación. 32. Identificar y conocer las normas tributarias legales que regulan cada

concepto de ingresos Tributario, No tributario y recursos del crédito. 33. Establecer claramente los mecanismos y procedimientos que se deben

aplicar ara el recaudo por cada concepto de ingreso. 34. Manejar los dineros recaudados, según su origen o destinación, en

cuentas bancarias específicas. 35. Realizar y tramitar el pago de las cuentas del municipio, conforme a las

obligaciones adquiridas y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y de caja existente y asignación del PAC.

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36. Analizar, proponer y ejecutar previa aprobación de autoridad competente, programas de cobros, amnistías e incentivos para la recuperación de la cartera y pago oportuno de tributos.

37. Por delegación del Alcalde ejercer la jurisdicción coactiva. 38. Controlar y verificar que los recursos con destinación específica sean

ejecutados de acuerdo con lo establecido para tal fin. 39. Coordinar la elaboración y revisar los informes sobre la rendición de

cuentas ante la Contraloría y demás entidades de control correspondientes.

40. Efectuar análisis de los estados financieros y proponer las medidas correctivas, e informar al Secretario de Hacienda sobre el estado de las cuentas Municipales.

41. Programar la elaboración del Plan Financiero de la Administración Central, consolidarlo, presentarlo al COMFIS y sustentarlo ante el Concejo Municipal.

42. Programar la elaboración y preparación del presupuesto anual del servicio de la deuda pública.

43. Controlar la capacidad de endeudamiento del Municipio y comunicarlo a las instancias pertinentes.

44. Participar en investigaciones y estudios relacionados con la situación financiera del municipio.

45. Dirigir, controlar y evaluar, las actividades desarrolladas por los funcionarios a su cargo, estableciendo los correctivos del caso cuando sea necesario.

46. Asistir en representación de la Administración, a reuniones y demás actividades que demanden su presencia o a las que haya sido delegado.

47. Rendir los informes que le sean solicitados, además de los que normalmente deben presentarse acerca de la marcha del trabajo en la dependencia.

48. Formular y dirigir, de acuerdo con el Alcalde, la política financiera del municipio y Coordinar la ejecución de la misma.

49. Las demás que se le asigne acordes con la naturaleza del cargo y la necesidad del servicio.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Dirige, controlar el diseño y aplica las normas y procedimientos de manejo presupuesta!, contable y financiero adecuadamente.

2. Los informes a la Contraloría Departamental, y a la Contaduría General de la Nación son presentados oportunamente.

3. El presupuesto de Renta y Gastos de la Administración Municipal es laborado en coordinación con las demás Dependencias de la Alcaldía.

4. Los arqueos se hacen periódicos y conjuntamente con el recaudador, de acuerdo a la norma.

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5. El P.A.C, se elabora, siguiendo los criterios reales del recaudo y acorde con las necesidades de las diferentes Secretaria y Dependencia de la Administración Central.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Conocimiento de la Constitución Política de Colombia. 2. Manejo de Presupuesto. 3. Conocimiento de Estatuto Tributario. 4. Ley 100 de 93 (seguridad social). 5. Conocimiento del Proceso de Contratación. 6. Manejo de sistemas. 7. Conocimiento de los entes de control y vigilancia de los Municipios. 8. Ley 136 de 94. 9. Decreto Ley 111 de 96.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título profesional en disciplina académica del núcleo básico del Conocimiento en contaduría pública, finanzas, economía, administración de empresas o Administrador Publico.

Un año de experiencia relacionada o profesional.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Profesional

Denominación del Empleo: Almacenista General

Código: 215

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Hacienda Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Hacienda

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Manejo, control y supervisión de las existencias de elementos de consumo, devolutivos, bienes muebles e inmuebles, equipo de transporte del municipio, el suministro oportuno de elementos necesarios en cada una de las dependencias para el buen funcionamiento de la administración y la protección y salvaguardar de cada una de los bienes identificados y que deben ser custodiados y administrados.

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III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES RELACIONADAS CON EL MANEJO DEL ALMACÉN MUNICIPAL

1. Elaborar el estudio del Plan Anual de Compras de la administración municipal, someterlo a la aprobación del Consejo de Gobierno del Alcalde y solicitar la inclusión en el presupuesto de gastos del municipio para la vigencia siguiente.

2. Mantener Organizado el almacén de acuerdo con las normas técnicas, custodia y conservación de inventarios, de los elementos de consumo, bienes e inmuebles de propiedad del municipio.

3. Responder por la custodia y buen manejo de los elementos que ingresen al almacén de la alcaldía, queden en depósito y los entregados a los funcionarios de las diferentes dependencias de la alcaldía.

4. Tramitar las bajas de los elementos de consumo y devolutivo de almacén que hayan cumplido la vida útil, depurando los inventarios.

5. Recibir de los proveedores los suministros efectuando la revisión de la cantidad, calidad, referencias y darle ingreso a los inventarios del almacén.

6. Proponer las medidas de seguridad para la protección de las instalaciones del almacén y de los materiales y elementos a su cargo, proponiendo y adoptando las medidas necesarias para evitar pérdidas

7. Mantener actualizado los inventarios del almacén, constatando la existencia física con los de kárdex.

8. Elaborar el informe mensual, anual de ingresos y egresos de los elementos de consumo y devolutivo del almacén, para ser entregados a los organismos de control de acuerdo con ¡os procedimientos establecidos.

9. Entregar oportunamente a las diferentes áreas orgánicas funcionales de la Alcaldía los elementos consumo y devolutivo solicitados y autorizados por el Alcalde o Secretario Gobierno.

10. Participar con el jefe inmediato en la actualización y adopción de los manuales de funciones, indicadores de gestión del área, procedimientos, riesgos internos y externos del almacén de la alcaldía de Puerto Asís.

11. Expedir los paz y salvos a cargo de cualquier funcionario o ex funcionarios de la Administración Municipal en el momento de su retiro, correspondientes a los elementos devolutivos que se encontrar en servicio a cargo.

12. Dar el uso adecuado a los recursos, bienes y equipos asignados por la Alcaldía para el cumplimiento de las funciones y actividades que se realicen en el área de almacén orientado al cumplimiento de la misión de la alcaldía.

13. Ejercer el autocontrol entorno a los procedimientos y sistema de Control interno y de Calidad en la administración municipal.

14. Levantar inventarios físicos tanto de las existencias en almacén como

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de los elementos devolutivos en servicio a 31 de diciembre de cada año o cuando así lo solicite el Secretario General y de Gobierno.

15. Efectuar las compras de los elementos de consumo y devolutivo de la menor cuantía, autorizadas por el ordenador del gasto.

16. Adquirir las pólizas de seguros de los vehículos, maquinaria y muebles e inmuebles de propiedad del municipio.

17. Coordinar las entradas y salidas de elementos de consumo y devolutivo al almacén y certificar las ordenes de prestación del servicio cuando sea delegado para tal fin.

18. Las demás que se le asigne acordes con la naturaleza del cargo y la necesidad del servicio.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El plan de compras corresponde a las políticas de austeridad de gastos establecidas en el plan de desarrollo municipal.

2. La organización del almacén del municipio esta acorde con las normas de almacenamiento y rotación de inventarios adoptados por la alcaldía.

3. Las mediadas de seguridad del almacén corresponde a los controles adoptados por la alcaldía y la las políticas de seguridad establecidas en las normas sobre administración de almacén.

4. La depuración de los inventarios del almacén se realizan acordes con las normas de control fiscal y procedimientos establecidos por la Alcaldía.

5. Los elementos que ingresan al almacén de la alcaldía concuerden con la calidad y cantidad especificadas en la factura y orden de suministro.

6. Las medidas de seguridad adoptadas permiten garantizar la conservación y custodia de los elementos en depósito.

7. Los inventarios del almacén están acordes con las normas de administración y rotación de inventarios establecidas por las técnicas y normas de almacén.

8. El informe de ingreso y egreso de almacén están acorde con las normas establecidas por la Contraloría Departamental y procedimientos adoptados por la Alcaldía.

9. El trámite de los elementos de consumo y devolutivos responden a los procedimientos adoptados por la empresa generando prontitud y agilidad en la entregas de los mismos.

10. Los instrumentos como: manuales de funciones, proceso y procedimientos, protocolos, control de calidad, indicadores de gestión y administración de riesgos, responden a las políticas impartidas relacionadas con la implementación del sistema de control interno en la alcaldía.

11. Los paz y salvos permiten ejercer el control sobre los electos de devolutivos a cargo de los funcionarios de la administración municipal.

12. Los recursos técnicos suministrados para el ejercicio de las funciones están orientados al cumplimiento institucional en forma racional en

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busca de mejorar los servicios y proceso administrativo. 13. El autocontrol hace parte de las funciones y de la cultura organizacional

está orientado a promover en la institución la calidad y eficacia de los servicios que presta.

14. Los inventarios físicos tanto de las existencias en almacén como de los elementos devolutivos en servicio a 31 de diciembre de cada año, concuerdan con los saldos de kárdex del Almacén.

15. Las compras de los elementos de consumo y devolutivo de la menor cuantía, concuerdan con las normas de contratación de la menor cuantía y los procedimientos adoptados por la administración municipal.

16. Las pólizas de seguros de los vehículos, maquinaria y muebles e inmuebles de propiedad del municipio, amparan los mismos contra todo riesgo,

17. Las entradas y salidas de elementos de consumo y devolutivo al almacén y las certificaciones a las ordenes de prestación del servicio, concuerdan los procedimientos establecidos y las normas que la regulan cuando sea delegado para tal fin.

18. La información que requieren de almacén las demás oficinas o entidades competentes es emitida de manera eficiente y oportuna.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Manejo de Kárdex 2. Contratación estatal 3. Elaboración del Plan Anual de Compras 4. Manejo de inventarios 5. Control fiscal 6. Sistemas de inventarios

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título profesional en disciplina académica del núcleo básico del Conocimiento en Administración de Empresas, contaduría Pública, Administración Publica, Carreras relacionadas con el Área Administrativa y contable.

Seis (06) meses de experiencia laboral o relacionada.

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I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Profesional

Denominación del Empleo: Profesional Universitario-BIENES Y RENTAS

Código: 219

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Hacienda Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Hacienda

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Aplicación del conocimiento a la labor de recaudo municipal y desarrollo de estrategias de captación de recursos por impuestos; corresponde registrar, organizar, analizar y actualizar los estados financieros, contables y patrimoniales del municipio conforme a las disposiciones vigentes sobre la materia.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES EN EL ÁREA DE MANEJO DE BIENES Y RENTAS.

1. Realizar la captación y recepción de impuestos, contribuciones,

participaciones, tasas, multas y demás ingresos municipales. 2. Realizar la facturación y realizar aforos mediante la presentación para

aprobación de resoluciones o Actos Administrativos que sean del caso. 3. Contribuir y aportar al jefe de la dependencia en la elaboración del

proyecto de rentas e ingresos municipales. 4. Realizar por orden del jefe de la dependencia la actualización de la

base de datos de contribuyentes morosos e informar a la instancia correspondiente.

5. Apoyar la actualización catastral y coordinar cuando lo disponga el jefe inmediato las acciones pertinentes con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi.

6. Certificar sobre el estado y avalúo de los predios según su competencia.

7. Aportar ideas al jefe inmediato, orientadas a incrementar los recaudos

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Municipales. 8. Actualizarse permanentemente sobre la legislación vigente al respecto. 9. Apoyar a la Secretaría en los asuntos relacionados con los recaudos

Municipales. 10. Fortalecer el estatuto tributario con opciones de recaudo. 11. Analizar, revisar, controlar y evaluar los sistemas y procedimientos para

Garantizar su efectividad. 12. Llevar los diferentes registros financieros, contables y patrimoniales del

municipio, relacionados con su área y formular las recomendaciones pertinentes ante la autoridad correspondiente.

13. Coordinar con las diferentes dependencias el suministro de la información que requiere el sistema contable para su posterior análisis.

14. Velar por el cumplimiento de las políticas, normas y procedimientos contables y proponer la adopción y modificación de los mismos.

15. Presentar periódicamente ante las autoridades competentes los informes financieros y contables en cumplimiento de las disposiciones vigentes.

16. Elaborar balances y estados financieros que demuestren la situación fiscal del municipio al fin de cada periodo contable, conforme a las normas vigentes sobre la materia.

17. Dirigir, coordinar y controlar la elaboración y ejecución de los diferentes instrumentos técnicos y procedimentales relacionados con el manejo contable, financiero y patrimonial del municipio.

18. Suministrar la información que solicite el alcalde, secretarios de despacho, jefes de grupo de gestión administrativa y contraloría departamental relacionada con el área.

19. Las demás que se le asigne acorde con la naturaleza del cargo y la necesidad del servicio.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La captación y recepción de impuestos, contribuciones, participaciones, tasas, multas y demás ingresos municipales se realiza de manera adecuada y conforme a los normas vigentes sobre la materia.

2. La información sobre el recaudo del municipio está organizada y actualizada.

3. El Kárdex de! recaudo de impuestos está actualizado 4. Los informes que se requieren de la oficina de recaudos son emitidos

en forma oportuna

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Manejo de procesador de texto, base de datos y hoja de cálculo 2. Conocimiento del estatuto tributario de presupuesto en lo relacionado

con impuestos municipales 3. Código de rentas 4. Informática básica. Manejo de Internet 5. Administración pública, Programas de capacitación en políticas públicas

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VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título profesional en disciplina académica del núcleo básico del Conocimiento en contaduría pública, finanzas, economía, administración de empresas , administración pública, ingeniería industrial.

Un año de experiencia relacionada o profesional.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Técnico

Denominación del Empleo: Técnico Administrativo-Catastro

Código: 367

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Hacienda Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Hacienda

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Prestar los servicios técnicos para el desarrollo de los procesos y actividades misionales de las diferentes dependencias de la administración municipal. Realizar las labores de apoyo técnico relacionado con las actividades de catastro, presupuesto, contabilidad y tesorería municipal.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES EN EL ÁREA DE CATASTRO

1. Elaborar los cuadros estadísticos relacionados con la ejecución de los

planes y programas del municipio. 2. Elaborar los informes que debe presentar el municipio consistente a la

ejecución de los programas, proyectos establecidos en el plan de desarrollo municipal.

3. Operar los equipos de computación, las aplicaciones y los Sistemas de Información requeridos por la dependencia.

4. Realizar las consultas en los programas de sistemas que adquiera el municipio para la agilidad de los procesos contractuales, de administración de personal, Nóminas, evaluación del desempeño, presupuéstales y contables.

5. Elaborar los censos que requiera la administración municipal que sirvan de soporte para la formulación de programas y proyectos de carácter social.

6. Coordinar la ejecución de programas y proyectos de índole social que

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le deleguen al municipio por entidades del orden Nacional y Departamental. FUNCIONES RELACIONADAS CON EL ÁREA DE HACIENDA

1. Aplicar en la dependencia asignada los conocimientos, principios y

técnicas de una disciplina académica para la generación de nuevos servicios, efectuando aplicaciones de los existentes y desarrollando métodos de operación práctica.

2. Aplicar y adoptar la tecnología que sirva de apoyo al desarrollo de las actividades propias de la dependencia y del cargo y al cumplimiento de las metas propuestas.

3. Ejecutar labores administrativas (cuando sea requerido por el superior inmediato), con base en la aplicación de conocimientos y normas técnicas relacionadas con las actividades de la Secretaria de Hacienda.

4. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y la periodicidad requeridas.

5. Recibir, revisar, clasificar, distribuir y controlar documentos, datos y/o correspondencia relacionada con los asuntos de competencia de la Secretaria de Hacienda del Municipio.

6. Llevar la agenda de trabajo de la dependencia y recordar al jefe las principales actividades a desarrollar diariamente.

7. Prestar apoyo para la trascripción de documentos a los funcionarios de la dependencia.

8. Llevar controles, sobre consumo de elementos, con el fin determinar la necesidad real y presentar el programa de requerimiento correspondiente.

9. Elaborar boletines diarios de bancos por los diferentes conceptos y efectuar conciliaciones bancarias.

10. Velar por e! correcto manejo de los equipos dispuestos a su disposición el desarrollo de sus funciones.

11. Las demás que le asigne el superior inmediato, relacionadas con la naturaleza del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los cuadros estadísticos relacionados con la ejecución de los planes y programas del municipio, concuerdan con la información solicitada y soportan las actividades ejecutadas.

2. Los informes elaborados consistente a la ejecución de los programas, proyectos establecidos en el plan de desarrollo municipal, responden a la metodología adoptada por la administración municipal y a la ejecución del los planes desarrollados.

3. Los equipos de computación, las aplicaciones y los Sistemas de Información requeridos por la dependencia, responden a las

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necesidades de modernización de la institución y su administración concuerda con las aplicativos establecidos para el fin del programa.

4. Las consultas en los programas de sistemas del municipio permiten la agilidad de los procesos contractuales, de administración de personal, Nóminas, evaluación del desempeño, presupuéstales y contables y concuerdan con los procedimientos establecidos por la administración municipal.

5. Los censos que requiera la administración municipal permiten soportar la formulación de programas y proyectos de carácter social.

6. La ejecución de programas de índole social delegados al municipio por entidades del orden Nacional y Departamental, responden a las directrices impartidas y establecidas en los convenios

RELACIONADAS CON EL ÁREA DE HACIENDA

1. Las funciones prestadas concuerdan con las técnicas procesos y

procedimientos implementados por la administración municipal. 2. La tecnología adoptada permite el desarrollo de las actividades propias

de la dependencia con prontitud y garantía en los servicios prestados. 3. Las labores administrativas se realizan acordes con los objetivos. 4. concertados y orientados al cumplimiento misional de la dependencia. 5. Los informes sobre las actividades desarrolladas, en el cumplimiento de

los objetivos concertados y plan reacción aprobado. 6. La trascripción de documentos a los funcionarios de la dependencia,

permiten agilizar los resultados de las actividades programadas en los planes de acción.

7. Los controles sobre el consumo de los elementos, permite dar un racional uso de los mismos y determinar la necesidad que requiere la dependencia para su funcionamiento.

8. Las cuentas u órdenes de pago por los diferentes conceptos, se tramita acorde con los soportes y procedimientos adoptados por la administración municipal.

9. Los equipos dispuestos a su disposición el desarrollo de sus funciones, se utilizan para los fines que fueron suministrado.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Informática básica 2. Normas sobre administración pública 3. Programas de capacitación en políticas públicas 4. Técnicas de archivo y documentación 5. Manejo de Internet

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título En formación Técnica o Un año de experiencia laboral o

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Tecnológica en sistemas o áreas administrativas o financieras

relacionada.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Técnico

Denominación del Empleo: TECNICO ADMINISTRATIVO-PRESUPUESTO

Código: 367

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Hacienda Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Hacienda

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Coordinar, ordenar, ejecutar, registrar, contabilizar y controlar el movimiento presupuestal del municipio, teniendo en cuenta las políticas nacionales y las adoptadas en el Plan de Desarrollo Municipal relacionadas con las finanzas públicas del municipio.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES EN EL ÁREA DE MANEJO DE PRESUPUESTO MUNICIPAL.

1. Elaborar el proyecto anual de presupuesto de ingresos y gastos del

municipio que garantice los ingresos y el respaldo de los gastos necesarios para el normal funcionamiento de la administración municipal.

2. Coordinar los procesos de programación, ejecución y control del presupuesto necesario para el cumplimiento misional de la institución,

3. expedir certificados de disponibilidad presupuestal previos que garanticen la existencia de apropiación suficiente para atender los compromisos y efectuar los registros correspondientes.

4. Actualizar la información presupuestal, según programas presupuestal que se hayan implementado para tal fin, garantizando la actualización permanente de la ejecución financiera del municipio.

5. Orientar al ordenador del gasto sobre los compromisos que el municipio vaya asumir, en cuanto estos concuerdan con la destinación del gasto

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programado, con el fin de garantizar la correcta ejecución y destinación del gasto.

6. Coordinar que los ingresos y egresos queden correctamente relacionados en los libros o programa de presupuesto.

7. Coordinar o elaborar los informes ejecución presupuestal de ingresos y gastos del municipio y evaluare! cumplimiento de las metas financieras establecidas en las políticas económicas del municipio establecidas en el Plan de Desarrollo Municipal.

8. Proyectar las adiciones, créditos y traslados presupuéstales, necesarios para garantizar el normal funcionamiento de la administración municipal.

9. Adelantar los estudios necesarios para la adopción de sistemas y programas de carácter financiero y someterlos a la consideración del despacho del Secretario de Hacienda y del Alcalde.

10. Participar en la actualización y adopción de ¡os manuales de funciones, indicadores de gestión del área, procedimientos, riesgos internos y externos del área de presupuesto.

11. Coordinar el sistema de control interno del área financiera de la Alcaldía promoviendo un cultura de autocontrol entorno a Los procedimientos administrativos y sistema de calidad que se implemente en la entidad y en el área de trabajo donde presta los servicios.

12. Coordinar la consecución de los recursos, físicos, equipos técnicos e instrumentos necesarios para el cumplimiento de las funciones de carácter financiero de la empresa.

13. Elaborar Programa Anual Mensualizado de Caja ( PAC ) de los ingreso y gastos del municipio

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El presupuesto anual de ingresos y egresos del municipio esta acorde con los lineamientos establecidos en la normas presupuéstales, a las políticas macroeconómicas del Gobierno Nacional y Plan de Desarrollo Municipal.

2. La programación y ejecución del presupuesto del municipio responde a las normas legales de presupuesto y acorde con la programación y plan de desarrollo municipal.

3. La información presupuestal del municipio corresponde a lo establecido en las normas de presupuesto, garantizan el registro y evaluación financiera del municipio respecto a sus metas y estrategias adoptados.

4. Las actividades para ejecutar las políticas y planes, programas del orden financiero están acordes con el plan de desarrollo institucional del municipio.

5. Los libros auxiliares o programas técnicos de presupuesto están bien diligenciados según las normas técnicas y de seguridad adoptadas por la administración municipal para el manejo financiero.

6. Los informes de ejecución presupuestal demuestran los porcentajes de

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cumplimiento alcanzado, las según las metas establecidas en el. Plan financiero del municipio.

7. Los movimientos presupuéstales se ejecutan de conformidad a las normas de la ley orgánica de presupuesto y los planes y proyectos de la administración municipal.

8. Los sistemas y programas de información presupuesta! están acordes con la misión y visión de la administración municipal, le permite modernizar la administración de los recursos financieros.

9. Los instrumentos como: manuales de funciones, proceso y procedimientos, control de calidad, indicadores de gestión y administración de riesgos, responden a las políticas impartidas relacionadas con la implementación del sistema de control interno de la Alcaldía.

10. El subsistema de control interno del área financiera responde a las políticas y normas relacionadas con sistemas de control organizacional y esta orientado a promover la calidad y eficacia de los servicios que presta el municipio.

11. La solicitud de los recursos físicos y técnicos para el cumplimiento de las funciones relacionadas con el presupuesto están y orientados al cumplimiento y fortalecimiento económico del municipio.

12. El Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC) de los Ingreso y Gastos está acorde con la metodología establecida para la planeación de los ingresos y gastos aprobados en el presupuesto para el cual se elaboró el PAC.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Manejo de procesador de texto, base de datos y hoja de cálculo 2. Conocimiento del estatuto tributario de presupuesto en lo relacionado

con impuestos municipales. 3. Ley orgánica de presupuesto 4. Ingresos del Sector Salud 5. Plan de compras 6. Normas de control fiscal 7. Programas Contables y Presupuéstales

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título de formación técnica o tecnóloga en área de sistemas o ciencias administrativas o financieras.

04 meses de experiencia laboral o relacionada.

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I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Técnico

Denominación del Empleo: Técnico Operativo- INSPECTOR FISCAL

Código: 314

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Hacienda Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Hacienda

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Vigilar, supervisar, controlar, informar del cumplimiento de las normas legales a que están sometidos los establecimientos de comercio para el desarrollo de su objeto Social en procura del respeto a los derechos del consumidor. Las funciones del Inspector Fiscal, serán de dos clases: de fiscalización de las rentas municipales en cuanto a su recaudación e inversión, y de investigación y estudio de la organización de dichas rentas, para allegar los datos tendientes a obtener su organización y mejoramiento.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES EN LA FISCALIZACION DE ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO

1. Controlar y supervisar los establecimientos de comercio sometidos al

control del municipio. 2. Ejercer el control de precios, pesas y medidas, y exigir la respectiva

documentación para el funcionamiento de los establecimientos de comercio.

3. Controlar con apoyo de la autoridad publica, el funcionamiento de los puestos de los vendedores ambulantes.

4. Constatar la exactitud de las pesas y medidas que se utilizan en los establecimientos de comercio.

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5. Ejercer control sobre las rifas, juegos y espectáculos, vigilando que estos cumplan con el pago de sus impuestos, tasas o contribuciones.

6. Presentar informes periódicos de su labor y demás que les soliciten. 7. Informar a la autoridad competente para la Imposición de sanciones

para los establecimientos de comercio que infrinjan la legislación respectiva.

8. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. El recaudo de las rentas municipal se incrementa gracias la información entregada por el funcionario sobre la apertura de nuevos locales.

2. Los delitos contra el orden económico y social son reportados de manera oportuna.

3. El consumidor se siente protegido gracias a la gestión del funcionario.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Estatuto tributario 2. Delitos contra el orden económico y social

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Titulo de tecnólogo o de formación técnica en áreas financieras, contables, administrativas o económicas.

Experiencia laboral por un período no inferior a seis (6) meses.

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SECRETARIA DE EDUCACION MUNICIPAL

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Directivo

Denominación del Empleo: Secretario de Despacho

Código: 020

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de educación Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Alcalde Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Dirigir, coordinar y controlar en la dependencia la ejecución de políticas, planes, programas y proyectos educativos nacionales, regionales y locales; coordinar e Implementar las políticas planes y programas que en materia educativa formule el Ministerio de Educación Nacional, enfatizando en el mejoramiento de la calidad de la educación, la eficiencia en la prestación del servicio y la ampliación de la cobertura.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES.

1. Proyectar, dirigir, ejecutar las políticas y legislación educativa a nivel

municipal. 2. Ejecutar los programas de inversión social del sector educativos,

conformidad con el plan de Desarrollo Municipal. 3. Informar oportunamente a los estamentos educativos y a las

autoridades del municipio sobre las normas, programas y acciones del ministerio de educación y de la secretaria departamental de educación.

4. Realizar anualmente el diagnostico integral del sector educativo, mantenerlo, actualizarlo y con base en el, elaborar los planes, programas y proyectos de desarrollo educativo del municipio.

5. Promover la coordinación e integración de los servicios educativos con

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los de otras instituciones. 6. Asesorar y controlar el proceso de recolección de la información y

estadísticas del sector y demás informes requeridos por las autoridades institucionales, departamentales y locales.

7. Asesorar y coordinar con los establecimientos educativos públicos y privados el cumplimiento de las normas sobre la administración educativa.

8. Identificar las necesidades de los establecimientos educativos públicos y privados con respecto a la licencia para iniciación de labores, aprobación de estudios, cancelación, suspensión y revocatoria de las mismas y presentar ante la autoridad competente la información requerida.

9. Presentar oportunamente ante la instancia respectiva las solicitudes de requerimientos de recursos físicos, materiales, tecnológicos, financieros y del talento humano necesarios para el cumplimiento de los diferentes planes, programas y proyectos que desarrolle la dependencia y administrar correctamente los recursos que le sean asignados.

10. Participar en la junta educativa municipal u otras en las cuales sea convocado o delegado por la autoridad competente.

11. Coordinar todas las actividades relacionadas con la cultura, el deporte, la recreación y el turismos y el ámbito municipal, estableciendo las necesidades de construcción o adecuación de instalaciones dedicadas a tales fines, tales como bibliotecas, museos, casas de cultura, escenarios deportivos, centros de recreación.

12. Fomentar en los establecimientos educativos y en la comunidad en general las manifestaciones artísticas y culturales.

13. Controlar y supervisar la documentación de los establecimientos educativos y registrar los libros reglamentarios de los mismos.

14. Coordinar la organización y manejo de la Biblioteca Pública Municipal. 15. Cumplir y hacer cumplir las atribuciones y obligaciones que le asigne la

normatividad vigente sobre el sector. 16. Ejecutar los programas de inversión social del sector educativo, de

conformidad con el plan de desarrollo Municipal. 17. Las demás que se le asigne acordes con la naturaleza del cargo y la

necesidad del servicio.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los programas de inversión social del sector educativo, son ejecutados de conformidad con el Plan de Desarrollo Municipal.

2. La comunidad se beneficia con los planes, proyectos, estrategias, programas elaborados o ejecutados por esta oficina.

3. Las situaciones de violación a los derechos educativos son solucionadas de manera oportuna aplicando las sanciones a que haya lugar.

4. Los planes de capacitación del personal docente y administrativo

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pertenecientes al servicio educativo Municipal son diseñadas acorde con las necesidades planteadas.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Plan de desarrollo departamental y municipal 2. PBOT. 3. Régimen municipal. 4. Régimen de la educación y estatuto laboral de los docentes

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título profesional en disciplina académica del núcleo básico administración pública, en contaduría pública, administración de empresas , derecho, ciencias de la educación.

Experiencia profesional o relacionada por un período no inferior a un año.

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I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Técnico

Denominación del Empleo: Técnico Administrativo – Bibliotecario

Código: 367

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Educación

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Educación

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Otorgar los servicios de información necesarios que sirvan de apoyo al personal en el cumplimiento de los objetivos que tiene, así como al público en general que los solicite. Realizar la administración de la biblioteca pública Municipal en la formulación de políticas que propendan por el buen funcionamiento, la descentralización, los hábitos por la lectura, la articulación de esta en el sector educativo, la organización y la atención al público.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES EN EL ÁREA DE CULTURA Y DEPORTES

1. Integrar, controlar y mantener el acervo documental de la biblioteca. 2. Ofrecer y otorgar orientación a los usuarios sobre los servicios que se

ofrecen. 3. Elaborar el proyecto de reglamento interno de la biblioteca y los

ajustes pertinentes cuando sean necesarios y presentarlos para su aprobación.

4. Desarrollar y organizar los servicios de consulta y préstamo del material documental que conforma el acervo, a través de los servicios de préstamo de material documental, por medio de estantería abierta y de estantería cerrada.

5. Proponer al comité de biblioteca las obras que deban ser incorporadas al acervo del departamento de biblioteca, con base en las necesidades de los usuarios.

6. Participaren los programas de intercambio documental y de investigación, así como de servicios con otras bibliotecas del ámbito regional, nacional e internacional.

7. Presentar al comité de biblioteca el programa de adquisiciones y suscripciones que mantengan el acervo al día.

8. Promover y gestionar, ante las instituciones, entidades, instancias

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universitarias, la donación de las obras de investigación, tesis y trabajos en general sobre los aspectos que conforman la actividad de la Biblioteca.

9. Acordar e informar periódicamente al superior sobre los avances en el Cumplimiento de los programas establecidos.

10. Recuperar información bibliohemerográfica a través de base de datos, para proceso técnico del material, desarrollo de bibliografías, recuperación retrospectiva, actualización de datos estadísticos y consulta al público.

11. Coordinar y supervisar la circulación del material documental para mantenimiento de las bases de datos de la biblioteca.

12. Promover la identidad cultural local, regional y nacional.

FUNCIONES ESPECIFICAS

1. Seleccionar, adquirir y organizare! material documental que ingresa a la biblioteca por medio de compra, canje y donación.

2. Promover los servicios que ofrece la biblioteca. 3. Promover la tradición de la lectura y la narración oral en la primera

infancia como practica del alto valor cultural. 4. Atender los servicios de consulta general y especializada, apoyados en

el acervo documental y las bases de datos en línea o cd-rom. 5. Promover la actualización y capacitación del personal de la biblioteca a

través de cursos, talleres, seminarios, conferencias, etc. 6. Desarrollar servicios de diseminación selectiva de información. 7. Atenderlos servicios de préstamo de material documental. 8. Establecer convenios con diversas unidades de información para la

obtención de materiales en préstamo Ínter bibliotecario. 9. Registrar, organizar, controlar y resguardar el acervo documental del

departamento de biblioteca. 10. Orientara los usuarios en atención a sus necesidades de información. 11. Participar en el comité de biblioteca. 12. Elaborar bibliografías temáticas a solicitud especifica. 13. Participar en programas y proyectos cooperativos. 14. Brindar asesorías en aspectos de organización y administración de

servicios bibliotecarios. 15. Vigilar el cumplimiento del reglamento interno de la biblioteca. 16. Proponer al comité de biblioteca las obras que deban ser incorporadas

al acervo o indicar aquellas que sea necesario descartar del mismo. 17. Presentar a! superior para su aprobación el anteproyecto de actividades

anual del departamento, con objetivos y metas. 18. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad del

material bibliográfico, muebles y enseres confiados a su cargo y 19. Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas, de acuerdo

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con la naturaleza del cargo

CAPACIDADES TÉCNICAS

Manejo de ofimática o conocimientos en informática TICs y equipos didácticos de apoyo.

Destreza para recepcionar, elaborar, clasificar, archivar libros y documentos y material didáctico en cualquier medio técnico.

Destreza para redactar Amplio conocimiento de la norma ICONTEC para elaborar documentos,

informes en general y cualquier forma de correspondencia. Habilidades y destrezas para accesar, procesar y transmitir información

de manera oportuna y efectiva a través del uso de medios y herramientas informáticas (internet, correo electrónico).

Técnicas para el manejo de equipos y colectivos de trabajo. Conocimientos básicos en legislación educativa. Conocimientos básicos en planeación y administración educativa. Conocimientos básicos del P.E.I.

CAPACIDADES TÁCTICAS

Excelentes relaciones interpersonales y liderazgo Alta capacidad para comunicarse de manera clara y asertiva Trabajo en equipo Orden y responsabilidad Planeación de trabajo Responsabilidad, seriedad, cumplimiento, iniciativa y alto sentido de

pertenencia. Pulcritud Aptitud para redactar Alta disposición para la atención a la comunidad Respeto en el manejo de información confidencial

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La información que llega a la biblioteca se ordena y se clasifica para la fácil consulta de los usuarios

2. Los conocimientos en archivística y bibliotecología permite el buen funcionamiento de la biblioteca pública municipal.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Ley 115 de 1994 2. Decreto 1860 de 1994 3. Ley 715 de 2001 4. Decreto 992 de 2001 5. Decreto 785 de 2005

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6. Ley 909 de 2004 7. Conocimientos en el área de Bibliotecología e informática TICs. 8. Software de archivo y de inventario 9. Sistemas de información de bibliotecas 10. Comunicación oral y escrita

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Tecnólogo, técnico o bachiller en cualquier modalidad.

Experiencia laboral o relacionada por un período no inferior a seis (6) meses.

I. IDENTIFICACIÓN

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100 años

3 de mayo de 1912 – 3 de mayo 2012

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Nivel: Asistencial

Denominación del Empleo: Secretaria

Código: 440

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Secretaria de Educación municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Secretario de Educación municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Administrar la información del área donde se ubique, para el personal interno y externo, aplicando el sistema de Gestión Documental y los procesos y procedimientos adoptados por la administración Municipal.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESCENCIALES

1. Llevar registro y control de los documentos y archivos de la oficina y recordarle al jefe los compromisos adquiridos.

2. Recibir, radicar, redactar y organizar la correspondencia para la firma del jefe y distribuirla de acuerdo con sus instrucciones.

3. Ejercer autocontrol en todas las funciones que le sean asignadas. 4. Manejar con discreción la información y la correspondencia del jefe de

la dependencia. 5. Elaborar documentos en procesadores de texto, cuadros en hojas de

cálculo, presentaciones en Software y manejar aplicativos de Internet. 6. Llevar y mantener al día el archivo y la correspondencia y mantener

actualizado el directorio telefónico del Jefe de la Dependencia. 7. Aplicar y actualizar los conocimientos y técnicas adquiridas a través de

los estudios y la capacitación en las tareas y labores que ejecuta. 8. Solicitar los elementos de consumo y devolutivos necesarios para

garantizar la ejecución de las funciones asignadas. 9. Dar el uso adecuado a los elementos y equipos asignados a la

dependencia. 10. Proyectar o Digitar los actos administrativos ordenados por el jefe de-la

dependencia donde presta los servicios, orientados al cumplimiento de la misión institucional.

11. Operar los programas sistematizados asignados a la dependencia digitando o registrando la información y produciendo los reportes requeridos para los informes que deba rendir la dependencia o la administración municipal a las entidades públicas que los soliciten o que por norma deba remitir.

12. Las demás funciones asignadas por la autoridad, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los documentos y registros de la oficina son archivados diariamente de acuerdo con los procedimientos establecidos por la Alcaldía.

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2. La correspondencia se distribuye diariamente de acuerdo con los procedimientos establecidos en el sistema de gestión documental.

3. El autocontrol hace parte de las funciones y de la cultura institucional, está orientado a promover en la Alcaldía buena calidad y eficacia de los servicios prestados.

4. El trámite de la información de la correspondencia están acordes con las normas establecidas por la Alcaldía.

5. Los equipos técnicos para la elaboración de los documentos e informes permiten la agilidad y confiabilidad en las políticas institucionales y en el trámite de los informes solicitados.

6. Los procedimientos para mantener al día el archivo y la correspondencia responden a las necesidades institucionales y del personal de la alcaldía.

7. Los planes y programas en materia de capacitación en las tareas y laborales presentados están de acuerdo con las políticas y normas adoptadas por la Alcaldía.

8. Los elementos de consumo y devolutivos son los necesarios para garantizar la ejecución de las funciones asignadas.

9. Se da el uso adecuado a los elementos y equipos asignados a la dependencia, para el cumplimiento de las funciones asignadas.

10. Los actos administrativos ordenados por el jefe de la dependencia corresponde al cumplimiento de los servicios y cumplimiento de la misión institucional.

11. Los reportes e informes elaborados en los programas sistematizados asignados a la dependencia corresponde a la información que debe procesar y suministrar y son acordes con los procedimientos establecidos por la administración y a los requeridos por las entidades públicas según las normas existentes.

12. Las funciones asignadas por la autoridad competente, están de acuerdo con los procedimientos, indicadores de gestión y manual de funciones establecidas por la Alcaldía.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Técnicas de oficina 2. Manejo de procesador de texto, hoja de cálculo y presentaciones 3. Organización de archivo 4. Informática básica 5. Software de archivo, técnicas de archivo 6. Sistema de gestión documental institucional 7. Clases de documentos 8. Normas sobre administración pública, gestión pública, etc.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

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Estudios Experiencia

Diploma de bachiller en cualquier modalidad, además curso específico mínimo de sesenta (60) horas relacionado con las funciones del cargo.

Experiencia relacionada por un período no inferior a un año.

UNIDAD DE GESTIÒN ADMINISTRATIVA

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Nivel: Técnico

Denominación del Empleo: Técnico Administrativo-Jefe de Grupo Gestión Administrativa y Talento Humano.

Código: 367

Grado Salarial: 02

No. de Cargos: 1

Dependencia: UNIDAD DE GESTION ADMINISTRATIVA

Cargo del Jefe Inmediato: Alcalde Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Planear, dirigir y ejecutar actividades de administración de talento humano al servicio de la administración municipal, mediante aplicación de disposiciones Legales vigentes sobre la Materia.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES EN EL AREA DE RECURSOS HUMANOS.

1. Preparar proyectos que permitan actualizar las situaciones

administrativas de los funcionarios de la entidad, conforme a las normas vigentes.

2. Ejecutar y evaluar aquellos programas de capacitación, evaluación del desempeño y estímulos que deba adelantar el área para un mejoramiento continuo y desarrollo del talento humano.

3. Efectuar el seguimiento al plan institucional que sea aprobado por la entidad para lograr los correctivos del caso.

4. Iniciar estudios que permitan mantener actualizada la planta de personal junto con el manual específico de funciones dependiendo de la estructura de la entidad y las necesidades de las dependencias de la administración.

5. Adelantar estudios e investigaciones para saber cuáles son las necesidades de capacitación, para prepara y adelantar el plan institucional de capacitación, los estímulos y las evaluaciones de desempeño para el talento humano de la entidad.

6. Presentar y ejecutar el plan anual de bienestar social de la administración y verificar el cumplimiento según los parámetros y metas a lograr.

7. Dirigir el desarrollo de los programas de la seguridad social y las relaciones con las diferentes entidades prestadoras de los servicios de salud, y así lograr un óptimo servicio.

8. Asesorar al alcalde en los aspectos relacionados con la administración y el desarrollo del talento humano.

9. Adoptar medidas para el cumplimiento de la ley 100-93 en su articulo 142 respecto a mesadas pensiónales adicionales.

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10. Tener un registro exacto sobre el fondo territorial de pensiones con el fin de obtener un buen control y uso de sus recursos, manteniendo actualizada la base de datos de sus afiliados en materia de mesadas pensiónales.

11. Diligenciar los trámites para que las entidades sustitutivas en el pago de pensiones cumplan oportunamente con las transferencias de las sumas correspondientes a cada entidad por concepto de pasivos pensiónales.

12. Liquidar y sustituir los pagos de los bonos pensionales según el artículo 123 de la ley 100-93 a cargo del municipio.

13. Revisar las planillas de pago de mesadas pensionales y las nomina de los empleados y trabajadores oficiales del municipio.

14. Hacer los reajustes legales anuales sobre mesadas pensionales, según lo de ley.

15. Establecer relaciones directas con otras entidades públicas y privadas para adelantar programas de capacitación y bienestar social, haciéndolos extensivos a los funcionarios de la administración.

16. Planear y coordinar las políticas institucionales, las normas y procedimientos de personal, la selección, inducción, desarrollo y evaluación.

17. Resolver y consultar las preguntas de tipo laboral y normativas que le sean planteadas para asesorar a los servidores públicos y ciudadanía en general.

18. Asistir a las directivas del municipio para hacer una adecuada aplicación a las normas y procedimientos referidos al ámbito de su competencia.

19. Coordinar el comité de salud ocupacional 20. Integrar e! comité disciplinario 21. Coordinar el comité de capacitación. 22. Coordinar con el área financiera lo relacionado con el proceso de

nomina. 23. Liquidación de cesantías, prestaciones sociales, aportes parafiscales y

toda la información requerida. 24. Presentar al superior inmediato informes acerca del desarrollo y

resultados de los programas ejecutados. 25. Recibir capacitación que permita dirigir, actualizar y promulgar las

nuevas normas leyes del talento humano. 26. Participar de los consejos de gobierno cuando sea requerido 27. Coordinar la buena presentación del archivo del área. 28. Elaborar proyectos de actos administrativo relacionados con el personal

basado en el talento humano. 29. Colaborar con el comité de saneamiento contable en los temas afines al

área de talento humano. 30. Efectuar los trámites para el escalafón y retiro de la carrera

administrativa ante la entidad competente. 31. Desarrollar políticas, programas y proyectos sobre actividades

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institucionales para crear y mantener un clima organizacional basado en la participación y valoración de los aspectos humanos y profesionales de los funcionarios de la administración.

32. Apoyar la implementación del sistema control interno, dentro de su dependencia, fomentando la cultura del auto - control y participando en los programas y eventos que coordine la unidad de control.

33. Liquidar y tramitar el pago de sueldos, prestaciones sociales y demás reconocimientos del personal.

34. Programar y ejecutar actividades de inducción y re inducción del personal, entregando a cada funcionario el pertinente manual de funciones donde se especifique las funciones a desarrollar dentro de la administración municipal

35. Realizar periódicamente diagnósticos de las necesidades de capacitación del personal y velar por su ejecución.

36. Presentar a su superior alternativas para la solución de problemas con el manejo de personal.

37. Velar por que la evaluación de! desempeño y la calificación de servicios se efectué en los términos y oportunidad establecido por el departamento administrativo de la función publica y al tenor de lo dispuesto en la ley 909 de 2004 y las normas que adicionen o modifiquen.

38. Analizar, revisar, controlar y evaluarlos sistemas y procedimientos para garantizar su efectividad.

39. Presentar oportunamente ante el ejecutivo municipal informes relacionados con la evaluación de desempeño y calificación de servicios para la aplicación de las medidas que sean pertinentes.

40. Coordinar la ejecución de los programas de bienestar social. 41. Vigilar los procesos de selección de personal que para la provisión de

cargos se ajusten a las disposiciones vigentes de carrera administrativa. 42. Expedir certificaciones, constancias y demás documentos propios de la

Dependencia con fundamento en archivo y registros correspondientes. Velar por el debido cumplimiento del manual de actividades y planear mecanismos de motivación cuando ello no ocurra.

43. Cumplir actividades y responsabilidades establecidas en la Ley 909 de 2004 y demás decretos y disposiciones reglamentarias.

44. Cumplir las demás que se asignen acorde con la naturaleza del cargo y la necesidad del servicio.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los programas de capacitación responden a las necesidades de formación de los funcionarios de la administración municipal.

2. Los programas de capacitación en áreas técnicas, administrativas, humanas e institucionales contribuyen eficiente a! fortalecimiento institucional.

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3. Las actuaciones tendientes a satisfacer las necesidades e intereses de los usuarios internos son ejecutadas cumpliendo las responsabilidades públicas asignadas a la entidad.

4. Las políticas, programas y proyectos sobre actividades que mantengan un clima tanto de participación como de valoración en aspectos humanos, culturales, deportivos son ejecutados bajo parámetros que permitan cumplir las políticas institucionales.

5. La utilización de los recursos públicos garantiza la implementación de sistemas de información eficientes que permiten cumplir con los requerimientos legales y operativos de la administración municipal.

6. Las nominas se elaboran de manera eficiente y a tiempo para el pago la misma.

7. Los movimientos de personal y situaciones administrativas se ajustan a lo ordenado en la ley.

8. Los manuales de procedimientos y de funciones están ajustados a la planta de personal y a la naturaleza de la entidad territorial.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Legislación laboral y de seguridad social 2. Manual de procedimientos 3. Manual de funciones y de competencias laborales 4. Informática básica 5. Sistema general de pensiones. 6. Normatividad de la carrera administrativa. 7. Políticas en administración de personal. 8. Metodologías de investigación y diseño de proyectos. 9. Normatividad de la salud ocupacional y seguridad industrial.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Titulo de Técnico profesional o Tecnólogo en áreas financieras, contables, administrativas o económicas

Un año de experiencia profesional o relacionada.

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Nivel: Asistencial

Denominación del Empleo: Secretaria

Código: 440

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 1

Dependencia: Unidad de Gestión administrativa

Cargo del Jefe Inmediato: Técnico administrativo – Jefe de grupo o gestión administrativa y talento humano.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Administrar la información del área donde se ubique, para el personal interno y externo, aplicando el sistema de Gestión Documental y los procesos y procedimientos adoptados por la administración Municipal.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESCENCIALES

1. Llevar registro y control de los documentos y archivos de la oficina y recordarle al jefe los compromisos adquiridos.

2. Recibir, radicar, redactar y organizar la correspondencia para la firma del jefe y distribuirla de acuerdo con sus instrucciones.

3. Ejercer autocontrol en todas las funciones que le sean asignadas. 4. Manejar con discreción la información y la correspondencia del jefe de

la dependencia. 5. Elaborar documentos en procesadores de texto, cuadros en hojas de

cálculo, presentaciones en Software y manejar aplicativos de Internet. 6. Llevar y mantener al día el archivo y la correspondencia y mantener

actualizado el directorio telefónico del Jefe de la Dependencia. 7. Aplicar y actualizar los conocimientos y técnicas adquiridas a través de

los estudios y la capacitación en las tareas y labores que ejecuta. 8. Solicitar los elementos de consumo y devolutivos necesarios para

garantizar la ejecución de las funciones asignadas. 9. Dar el uso adecuado a los elementos y equipos asignados a la

dependencia. 10. Proyectar o Digitar los actos administrativos ordenados por el jefe de-la

dependencia donde presta los servicios, orientados al cumplimiento de la misión institucional.

11. Operar los programas sistematizados asignados a la dependencia digitando o registrando la información y produciendo los reportes requeridos para los informes que deba rendir la dependencia o la administración municipal a las entidades públicas que los soliciten o que por norma deba remitir.

12. Las demás funciones asignadas por la autoridad, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

13. Procesar en el computador todo lo relacionado con la nómina, liquidaciones, trámite de cuentas de cobro y elaboración de los demás

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documentos que se requieran en la dependencia con la orientación de su jefe inmediato.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los documentos y registros de la oficina son archivados diariamente de acuerdo con los procedimientos establecidos por la Alcaldía.

2. La correspondencia se distribuye diariamente de acuerdo con los procedimientos establecidos en el sistema de gestión documental.

3. El autocontrol hace parte de las funciones y de la cultura institucional, está orientado a promover en la Alcaldía buena calidad y eficacia de los servicios prestados.

4. El trámite de la información de la correspondencia están acordes con las normas establecidas por la Alcaldía.

5. Los equipos técnicos para la elaboración de los documentos e informes permiten la agilidad y confiabilidad en las políticas institucionales y en el trámite de los informes solicitados.

6. Los procedimientos para mantener al día el archivo y la correspondencia responden a las necesidades institucionales y del personal de la alcaldía.

7. Los planes y programas en materia de capacitación en las tareas y laborales presentados están de acuerdo con las políticas y normas adoptadas por la Alcaldía.

8. Los elementos de consumo y devolutivos son los necesarios para garantizar la ejecución de las funciones asignadas.

9. Se da el uso adecuado a los elementos y equipos asignados a la dependencia, para el cumplimiento de las funciones asignadas.

10. Los actos administrativos ordenados por el jefe de la dependencia corresponde al cumplimiento de los servicios y cumplimiento de la misión institucional.

11. Los reportes e informes elaborados en los programas sistematizados asignados a la dependencia corresponde a la información que debe procesar y suministrar y son acordes con los procedimientos establecidos por la administración y a los requeridos por las entidades públicas según las normas existentes.

12. Las funciones asignadas por la autoridad competente, están de acuerdo con los procedimientos, indicadores de gestión y manual de funciones establecidas por la Alcaldía.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Técnicas de oficina 2. Manejo de procesador de texto, hoja de cálculo y presentaciones 3. Organización de archivo 4. Informática básica

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5. Software de archivo, técnicas de archivo 6. Sistema de gestión documental institucional 7. Clases de documentos 8. Normas sobre administración pública, gestión pública, etc.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Diploma de bachiller en cualquier modalidad, además curso específico mínimo de sesenta (60) horas relacionado con las funciones del cargo.

Experiencia relacionada por un período no inferior a un año.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Asistencial

Denominación del Empleo: Celador

Código: 477

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 3

Dependencia: Unidad Gestión Administrativa

Cargo del Jefe Inmediato: Técnico administrativo.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Velar por la seguridad y conservación de los bienes de la alcaldía municipal, llevar a cabo la vigilancia de edificios y demás lugares de interés público que le sean encomendadas

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESCENCIALES

1. Mantener en forma adecuada y usar con absoluta precaución los elementos de defensa que se le asignen.

2. Controlar la entrada de particulares y personas extrañas al trabajo en el sitio donde presta el servicio de vigilancia, conforme a las instrucciones

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suministrada por el jefe inmediato. 3. Colaborar en la preservación y demás medidas de tendientes a evitar

calamidades en el sitio de trabajo. 4. Informar de manera oportuna a las autoridades correspondientes sobre

situaciones anómalas que se presentan y que así lo amerita. 5. Prestar servicio de vigilancia o portería, en sitio y horario asignado,

observando las normas de seguridad establecidas. 6. Velar por la seguridad de los bienes muebles e inmuebles, equipos,

materiales, y demás pertenencia de la Administración Municipal. 7. llevar los controles por escrito de cuando reciban turnos tanto de

entrada como de salida y entregar los informes oportunos al superior inmediato cuando se presente anomalías en el desarrollo de sus funciones.

8. Revisar todo paquete que entre y salga de la Administración Municipal. 9. Brindar la información respectiva a! público, de una manera cortes,

igualmente a sus superiores. 10. Efectuar recorrido por las diferentes dependencias durante su tumo y

registrar las novedades en el libro de control o minuta, manteniendo informada de ello a sus superiores.

11. Abrir y cerrar la puerta principal de la edificación respectiva, de acuerdo con el horario establecido por la Administración Municipal.

12. Colaborar en la prevención y aplicación de medidas de seguridad, irregularidades.

13. Velar y responder por arma de dotación y demás elementos de trabajo. 14. Realizar labores de mensajería interna y externa, de acuerdo con las

necesidades del servicio y previa orden del jefe inmediato. 15. Ejercer el autocontrol en todas las funciones que le sean asignadas. 16. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de

acuerdo con el nivel, naturaleza y área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Las instalaciones y los bienes de la Administración Municipal están conservados y cuidados debidamente.

2. El registro de la hora de entrada y salida de personal de la Administración se hace oportunamente.

3. Todas las novedades se registran en el libro respectivo y está actualizado. 4. El registro del personal de la comunidad que entra a las instalaciones del

edificio de la administración municipal se lleva a cabo para tener control y seguridad en el mismo.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Saber leer y escribir

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

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Terminación y aprobación de tres (3) años de educación básica primaria.

Seis meses de experiencia laboral.

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Asistencial

Denominación del Empleo: Auxiliar de Servicios Generales

Código: 470

Grado Salarial: 01

No. de Cargos: 2

Dependencia: Unidad Gestión Administrativa

Cargo del Jefe Inmediato: Técnico administrativo

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Ejecutar labores que se caracterizan por el predominio de actividades manuales a tareas de simple ejecución rutinaria relacionadas con el aseo de las instalaciones, oficinas de la Alcaldía y además colaborar en el desarrollo de labores auxiliares en otros procesos administrativos. Desempeñar labores de organización, aseo y cafetería de la Alcaldía Municipal.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESCENCIALES

1. Mantener en correcto orden y aseo las instalaciones de la Alcaldía Municipal.

2. Ofrecer el servicio de cafetería a los funcionarios y visitantes de la Administración Municipal.

3. Colaborar con el funcionamiento respectivo en las labores de recibo, clasificación y radicación de la correspondencia que llegue al despacho y a las demás Secretarías y atender su distribución interna, cuando las necesidades del servicio lo requiera.

4. Distribuir oportunamente la correspondencia y demás documentos entre

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las oficinas y despachos internos y externos, y recoger la correspondencia en las agencias y apartados de correos, cuando las necesidades del servicio lo requiera.

5. Atender personal y telefónicamente al público cuando se requiera, brindando la información solicitada y llevar el registro y control de los documentos y archivos de la oficina, cuando las necesidades del servicio lo requiera.

6. Prestar apoyo a los funcionarios de la administración en el desarrollo de actividades acordes con la naturaleza del cargo, cuando por necesidades del servicio lo requieran.

7. Mantener en perfecto estado de limpieza y ordenadas las oficinas, corredores, baños, salones y demás sitios de las dependencias de la alcaldía.

8. Solicitar oportunamente los elementos de cafetería de acuerdo a las Instrucciones recibidas por el jefe inmediato.

9. Colaborar en las labores complementarias que no exijan mayor calificación, desarrolla labores de mensajería interna en las instalaciones de la alcaldía.

10. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Las instalaciones internas y externas del Palacio Municipal mantienen aseadas.

2. Los funcionarios y visitantes de la Administración municipal reciben el servicio de cafetería oportunamente.

3. Colabora con los demás funcionarios de la Administración en el desarrollo de actividades, con el fin de alcanzar los objetivos institucionales.

4. Las oficinas, los salones y demás sitios de las dependencias de la Institución se mantienen en perfecto estado de limpieza y orden, de acuerdo con los procedimientos adoptados por la Alcaidía.

5. La solicitud de los elementos de cafetería están acordes con los procedimientos adoptados por la Alcaldía.

6. Ejecuta funciones con base en las normas y criterios aplicables, y utiliza los recursos de la Alcaldía para el desarrollo de las labores y la prestación del Servicio, de acuerdo a los procedimientos establecidos por la Institución y Coordinación del Jefe de la Dependencia o el Jefe Inmediato

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Saber leer y escribir 2. Información básica sobre direcciones y nomenclatura del municipio

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VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Terminación y aprobación de tres (3) años de educación básica primaria.

Un año de experiencia laboral.

DECRETO NÚMERO 018 DE 28 DE ENERO DE 2015

POR EL CUAL SE MODIFICA Y ACTUALIZA EL MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES PARA LOS EMPLEOS

DE LA PLANTA DE PERSONAL DEL MUNICIPIO DE PUERTO ASIS – PUTUMAYO

ARTICULO SEGUNDO. COMPETENCIAS COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS. Las competencias comunes para los diferentes empleos a que se Refiere el presente manual específico de funciones y de competencias laborales serán las siguientes:

COMPETENCIA

DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

Realizar las Cumple con oportunidad en función de

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COMPETENCIA

DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

Orientación a resultados

funciones y cumplir los compromisos organizacionales con eficacia y calidad.

estándares, objetivos y metas establecidas por la entidad, las funciones que le son asignadas.

Asume la responsabilidad por sus resultados.

Compromete recursos y tiempos para mejorar la productividad tomando las medidas necesarias para minimizar los riesgos.

Realiza todas las acciones necesarias para alcanzar los objetivos propuestos enfrentando los obstáculos que se presentan.

Orientación al usuario y al ciudadano

Dirigir las decisiones y acciones a la satisfacción de las necesidades e intereses de los usuarios internos y externos, de conformidad con las responsabilidades públicas asignadas a la entidad.

Atiende y valora las necesidades y peticiones de los usuarios y de ciudadanos en general.

Considera las necesidades de los usuarios al diseñar proyectos o servicios.

Da respuesta oportuna a las necesidades de los usuarios de conformidad con el servicio que ofrece la entidad.

Establece diferentes canales de comunicación con el usuario para conocer sus necesidades y propuestas y responde a las mismas.

Reconoce la interdependencia entre su trabajo y el de otros.

Transparencia

Hacer uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier discrecionalidad indebida en su utilización y garantizar el acceso a la información gubernamental.

Proporciona información veraz, objetiva y basada en hechos.

Facilita el acceso a la información relacionada con sus responsabilidades y con el servicio a cargo de la entidad en que labora.

Demuestra imparcialidad en sus decisiones.

Ejecuta sus funciones con base en las normas y criterios aplicables.

Utiliza los recursos de la entidad para el desarrollo de las labores y la prestación

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COMPETENCIA

DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

del servicio.

Compromiso con la Organización

Alinear el propio comportamiento a las necesidades, prioridades y metas organizacionales.

Promueve las metas de la organización y respeta sus normas.

Antepone las necesidades de la organización a sus propias necesidades.

Apoya a la organización en situaciones difíciles.

Demuestra sentido de pertenencia en todas sus actuaciones.

Artículo 3º. Competencias Comportamentales por nivel jerárquico de empleos. Las competencias comportamentales por nivel jerárquico de empleos que como mínimo, se requieren para desempeñar los empleos a que se refiere el presente manual específico de funciones y de competencias laborales, serán las siguientes:

DECRETO NÚMERO 018 DE 28 DE ENERO DE 2015

POR EL CUAL SE MODIFICA Y ACTUALIZA EL MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES PARA LOS EMPLEOS

DE LA PLANTA DE PERSONAL DEL MUNICIPIO DE PUERTO ASIS – PUTUMAYO

NIVEL DIRECTIVO

COMPETENCIA

DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

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Liderazgo

Guiar y dirigir grupos y

establecer y mantener la

Cohesión de grupo necesaria para

alcanzar los objetivos

organizacionales.

Mantiene a sus colaboradores motivados.

Fomenta la comunicación clara, directa y concreta.

Constituye y mantiene grupos de trabajo con un desempeño conforme a los estándares.

Promueve la eficacia del equipo Genera un clima positivo y de

seguridad en sus colaboradores. Fomenta la participación de todos en

los procesos de reflexión y de toma de decisiones.

Unifica esfuerzos hacia objetivos y metas institucionales.

Planeación

Determinar eficazmente las

metas y prioridades institucionales,

identificando las acciones, los

responsables, los plazos y los

recursos requeridos para alcanzarlas.

Anticipa situaciones y escenarios futuros con acierto.

Establece objetivos claros y concisos, estructurados y coherentes con las metas organizacionales.

Traduce los objetivos estratégicos en planes prácticos y factibles.

Busca soluciones a los problemas. Distribuye el tiempo con eficiencia. Establece planes alternativos de

acción.

Toma de Decisiones

Elegir entre una o varias

alternativas para solucionar un

problema o atender una

situación, comprometiéndose

Con acciones concretas y

consecuentes con la decisión.

Elige con oportunidad, entre muchas alternativas, los proyectos a realizar.

Efectúa cambios complejos y comprometidos en sus actividades o en las funciones que tiene asignadas cuando detecta problemas o dificultades para su

realización. Decide bajo presión. Decide en situaciones de alta

complejidad e incertidumbre.

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Dirección y Desarrollo Personal

Favorecer el aprendizaje y

desarrollo de sus colaboradores, articulando las

potencialidades y necesidades

individuales con las de la organización

para optimizar la calidad

de las contribuciones de

los equipos de trabajo y de las personas, en el

cumplimiento de los objetivos y metas organizacionales

Presentes y futuras.

Identifica necesidades de formación y capacitación y propone acciones para satisfacerlas.

Permite niveles de autonomía con el fin de estimular el desarrollo integral del empleado.

Delega de manera efectiva sabiendo cuándo intervenir y cuándo no hacerlo.

Hace uso de las habilidades y recurso de su grupo de trabajo para alcanzar las metas y los estándares de productividad.

Establece espacios regulares de retroalimentación y reconocimiento del desempeño y sabe manejar hábilmente el bajo desempeño.

Tiene en cuenta las opiniones de sus colaboradores.

Mantiene con sus colaboradores relaciones de respeto.

Conocimiento del Entorno

Estar al tanto de las circunstancias y las relaciones de poder que influyen en el

Entorno organizacional.

Es consciente de las condiciones específicas del entorno organizacional.

Está al día en los acontecimientos claves del sector y del Estado.

Conoce y hace seguimiento a las políticas gubernamentales.

Identifica las fuerzas políticas que afectan la organización y las posibles alianzas para cumplir con los propósitos organizacionales.

NIVEL ASESOR

COMPETENCIA

DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

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Experticia Profesional

Aplicar el conocimiento

Profesional en la resolución de problemas y

transferirlo a su entorno laboral.

Orienta el desarrollo de proyectos especiales para el logro de resultados de la alta dirección.

Aconseja y orienta la toma de decisiones en los temas que le han sido asignados

Asesora en materias propias de su campo de conocimiento, emitiendo conceptos, juicios o propuestas ajustados a lineamientos teóricos y técnicos.

Se comunica de modo lógico, claro, efectivo y seguro.

Conocimiento del entorno

Conocer e interpretar la

organización, su funcionamiento y

sus relaciones políticas

y Administrativas.

Comprende el entorno organizacional que enmarca las situaciones objeto de asesoría y lo toma como referente obligado para emitir juicios, conceptos o

propuestas a desarrollar. Se informa permanentemente sobre

políticas gubernamentales, problemas y demandas del entorno.

Construcción de relaciones

Establecer y mantener

relaciones cordiales y

recíprocas con redes o

grupos de personas internas y externas a la organización

que faciliten la consecución

de los objetivos Institucionales.

Utiliza sus contactos para conseguir objetivos

Comparte información para establecer lazos.

Interactúa con otros de un modo efectivo y adecuado.

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Iniciativa

Anticiparse a los problemas

iniciando acciones para

superar los obstáculos y

Alcanzar metas concretas.

Prevé situaciones y alternativas de solución que orientan la toma de decisiones de la alta dirección.

Enfrenta los problemas y propone acciones concretas para solucionarlos.

Reconoce y hace viables las oportunidades.

NIVEL PROFESIONAL

COMPETENCIA

DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

Aprendizaje Continuo

Adquirir y desarrollar

permanentemente conocimientos,

destrezas y habilidades, con el

fin de mantener altos estándares de

eficacia organizacional.

Aprende de la experiencia de otros y de la propia.

Se adapta y aplica nuevas tecnologías que se implanten en la organización.

Aplica los conocimientos adquiridos a los desafíos que se presentan en el desarrollo del trabajo.

Investiga, indaga y profundiza en los temas de su entorno o área de desempeño.

Reconoce las propias limitaciones y las necesidades de mejorar su preparación.

Asimila nueva información y la aplica correctamente.

Experticia profesional

Aplicar el conocimiento

profesional en la resolución de problemas y

transferirlo a su entorno laboral.

Analiza de un modo sistemático y racional los aspectos del trabajo, basándose en la información relevante.

Aplica reglas básicas y conceptos complejos aprendidos.

Identifica y reconoce con facilidad las causas de los problemas y sus posibles soluciones.

Clarifica datos o situaciones complejas.

Planea, organiza y ejecuta múltiples tareas tendientes a alcanzar resultados institucionales.

Trabajo en Trabajar con otros Coopera en distintas situaciones y

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COMPETENCIA

DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

Equipo y Colaboración

de forma conjunta y de manera

participativa, integrando

esfuerzos para la consecución de

metas institucionales

comunes.

comparte información.

Aporta sugerencias, ideas y opiniones.

Expresa expectativas positivas del equipo o de los miembros del mismo.

Planifica las propias acciones teniendo en cuenta la repercusión de las mismas para la consecución de los objetivos grupales.

Establece diálogo directo con los miembros del equipo que permita compartir información e ideas en condiciones de respeto y cordialidad.

Respeta criterios dispares y distintas opiniones del equipo.

Creatividad e Innovación

Generar y desarrollar nuevas ideas, conceptos,

métodos y soluciones.

Ofrece respuestas alternativas.

Aprovecha las oportunidades y problemas para dar soluciones novedosas.

Desarrolla nuevas formas de hacer y tecnologías.

Busca nuevas alternativas de solución y se arriesga a romper esquemas tradicionales.

Inicia acciones para superar los obstáculos y alcanzar metas específicas.

NIVEL TECNICO

COMPETENCIA

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Experticia Técnica

Entender y aplicar

los Conocimientos

técnicos del área de desempeño y mantenerlos actualizados.

Capta y asimila con facilidad conceptos e

información. Aplica el conocimiento técnico a las

actividades cotidianas. Analiza la información de acuerdo

con las necesidades de la organización.

Comprende los aspectos técnicos y los aplica al desarrollo de procesos y procedimientos en los que está involucrado.

Resuelve problemas utilizando sus conocimientos técnicos de su especialidad y garantizando indicadores y estándares establecidos.

Trabajo en equipo

Trabajar con otros para

Conseguir metas comunes.

Identifica claramente los objetivos del grupo y orienta su trabajo a la consecución de los mismos.

Colabora con otros para la realización de actividades y metas grupales.

Creatividad e innovación

Presentar ideas y métodos

novedosos y concretarlos en

Acciones.

Propone y encuentra formas nuevas y eficaces de hacer las cosas.

Es recursivo. Es práctico. Busca nuevas alternativas de

solución. Revisa permanentemente los

procesos y procedimientos para optimizar los resultados.

NIVEL ASISTENCIAL

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COMPETENCIA

DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

Manejo de la Información

Manejar con respeto las

informaciones personales e

institucionales de que

Dispone.

Evade temas que indagan sobre información confidencial.

Recoge sólo información imprescindible para el desarrollo de la tarea.

Organiza y guarda de forma adecuada la información a su cuidado, teniendo en cuenta las normas legales y de la organización.

No hace pública información laboral o de las personas que pueda afectar la organización o las personas.

Es capaz de discernir qué se puede hacer público y qué no.

Transmite información oportuna y objetiva.

Adaptación al cambio

Enfrentarse con flexibilidad y versatilidad a

situaciones nuevas para aceptar los

cambios positiva y Constructivamente.

Acepta y se adapta fácilmente a los cambios

Responde al cambio con flexibilidad. Promueve el cambio.

Disciplina

Adaptarse a las políticas

institucionales y buscar

Información de los cambios en la

autoridad competente.

Acepta instrucciones aunque se difiera de

ellas. Realiza los cometidos y tareas del

puesto de trabajo. Acepta la supervisión constante. Realiza funciones orientadas a

apoyar la acción de otros miembros de la organización

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Relaciones Interpersonale

s

Establecer y mantener

relaciones de trabajo

amistosas y positivas,

basadas en la comunicación

abierta y fluida y en el

Respeto por los demás.

Escucha con interés a las personas y capta las preocupaciones, intereses y necesidades de los demás.

Transmite eficazmente las ideas, sentimientos e información impidiendo con ello malos entendidos o situaciones confusas que puedan generar conflictos.

Colaboración

Cooperar con los demás

con el fin de alcanzar los

Objetivos institucionales.

Ayuda al logro de los objetivos articulando sus actuaciones con los demás.

Cumple los compromisos que adquiere.

Facilita la labor de sus superiores y compañeros de trabajo.

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DECRETO NÚMERO 018 DE 28 DE ENERO DE 2015

POR EL CUAL SE MODIFICA Y ACTUALIZA EL MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES PARA LOS EMPLEOS

DE LA PLANTA DE PERSONAL DEL MUNICIPIO DE PUERTO ASIS – PUTUMAYO

ARTICULO CUARTO: El jefe de personal entregará a cada funcionario copia de las funciones y competencias determinadas en el presente manual para el respectivo empleo en el momento de la posesión, cuando sea ubicado en otra dependencia que implique cambio de funciones o cuando mediante la adopción o modificación del manual se afecten las establecidas para los empleos. Los jefes inmediatos responderán por la orientación del empleado en el cumplimiento de las mismas. ARTICULO QUINTO: Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, la posesión de grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las leyes o en sus reglamentos, no podrán ser compensadas por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan. ARTICULO SEXTO: El alcalde Municipal mediante acto administrativo adoptará las modificaciones o adiciones necesarias para mantener actualizado el manual específico de funciones y de competencias laborales y podrá establecer las equivalencias entre estudios y experiencia, en los casos en que se considere necesario. ARTICULO SEPTIMO. TRANSICIÓN: El alcalde municipal de Puerto Asís, con el objeto no causar traumatismos en la prestación del servicio público de administración que brinda a la comunidad en general, procederá a ejecutar lo contenido en el presente decreto durante el termino establecido en el artículo 33 transitorio contenido en el D. 785 de 2005 y conforme a la restricción establecida en el inciso 4to del parágrafo del artículo 38 de la ley 966 de 2005 (Ley de garantías electorales).

DECRETO NÚMERO 018 DE 28 DE ENERO DE 2015

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POR EL CUAL SE MODIFICA Y ACTUALIZA EL MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES PARA LOS EMPLEOS

DE LA PLANTA DE PERSONAL DEL MUNICIPIO DE PUERTO ASIS – PUTUMAYO

PARÁGRAFO: Mientras se encuentre vigente el periodo de transición y restricción a la modificación de la nomina de la entidad, se aplicaran los actos administrativos que contienen la planta de personal y manuales de funciones y requisitos que venían rigiendo en la entidad. ARTICULO OCTAVO: El presente decreto rige a partir de la fecha de su aprobación, modifica en lo pertinente el acto administrativo a través del cual se adopto el manual de funciones que venia rigiendo en la entidad y demás disposiciones que le sean contrarias.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Puerto Asís a los 28 días del mes de enero del 2015

JAIME ALBERTO SILVA MOSQUERA Alcalde Municipal ( E)

Decreto 015-26-01-2015