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    GUÍA PRÁCTICA PARA LA

    PREPARACIÓN Y

    DESARROLLO DE

    AUDITORÍAS DEPREVENCIÓN

    DE RIESGOS LABORALES

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    GUÍA PRÁCTICA PARA LA PREPARACIÓN Y DESARROLLO DE AUDITORÍAS DE PREVENCIÓN DERIESGOS LABORALES

    Í NDICE

    Objetivos Generales de la Guía ..................................................................................................41. Introducción al estudio ........................................................................................................5

    1.1 Introducción ..................................................................................................................52. Definición de las Características del Marco Le al de las !uditorías ......................................"

    2.1 Introducción ..................................................................................................................72.2 Empresas que deben realizar auditorías de prevención ..........................................................92.3 Plazos para la realización de auditorías ............................................................................12.! "a acreditación de los auditores ......................................................................................122.5 "a cuali#icación de los auditores ......................................................................................1!2.$ "a %esponsabilidad "e&al ................................................................................................17

    #. Le islación b$sica en %revención de &ies os Laborales .....................................................2'3.1 "os Principios 'undamentales ..........................................................................................23.2 "os (ervicios de Prevención ............................................................................................223.3 "os Equipos de )raba*o ..................................................................................................2+3.! "os Equipos de Protección Individual ................................................................................33.5 "a ,oordinación de actividades .......................................................................................333.$ "os -ccidentes de )raba*o las En#ermedades Pro#esionales .................................................3$

    3.7 El ,ontrol de la (alud de los traba*adores.........................................................................

    3+3.+ "os ries&os el/ctricos .....................................................................................................!23.9 "os "u&ares de )raba*o ...................................................................................................!53.1 "os contaminantes químicos ...........................................................................................53.11 El ruido .......................................................................................................................5$3.12 "as 0ibraciones .............................................................................................................5+3.13 E posición a radiaciones ópticas arti#iciales .......................................................................593.1! Planes de Emer&encia evacuación ..................................................................................$1

    4. Las !uditorías de (e uridad ) (alud ...................................................................................*5!.1 "os tipos de auditorías ...................................................................................................$5!.2 "as 'ases de %ealización de una auditoría .........................................................................$$!.3 Preparación de la auditoría .............................................................................................$7!.! E*ecución de la auditoría ...............................................................................................7$!.5 "a post auditoría ........................................................................................................91!.$ "as %esponsabilidades en las auditorías .............................................................................9!!.7 ,aracterísticas del -uditor .............................................................................................9$

    5. La +or,a Internacional O-(!( 1 ''1 ..............................................................................1'15.1 "a 'amilia de normas 4(-( 1+ .................................................................................1 15.2 Estructura de la norma 4(-( 1+ 1 ..............................................................................1 1

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    5.3 %equisitos de la norma 4(-( 1+ 1 ...............................................................................1 35.! "as auditorías en el (istema de (e&uridad (alud .............................................................113

    *. !ctividades /r$cticas.......................................................................................................

    115$.1 Presentación del caso pr ctico .......................................................................................115$.2 "a auditoría ...............................................................................................................11$$.3 6o con#ormidades detectadas en la auditoría ...................................................................12!

    ". !+0 O I Listas de C3e ueo /ara tili6ar en las !uditorías ..............................................1#'7.1 Plan de Prevención ......................................................................................................137.2 Evaluación de %ies&os ..................................................................................................1317.3 Plani#icación Preventiva ...............................................................................................1337.! r&anización Preventiva ...............................................................................................13!7.5 ,ontrol de la consulta participación de los traba*adores ..................................................1357.$ ,oordinación de actividades ..........................................................................................13$7.7 )raba*os de ries&o especial ...........................................................................................139

    . !+0 O II Infor,e de auditoría ........................................................................................14'

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    RIESGOS LABORALES

    OBJETIVOS G ENERALES DE LA G UÍA

    Objetivos Gener !es "e ! G#$

    Definir qué es una auditoría.

    Conocer qué es una auditoría de prevención de riesgos laborales.

    Conocer las obligaciones de las empresas con respecto a las auditoríaspreventivas marcadas por la legislación.

    Conocer la sistemática de realización de las auditorías de prevención deriesgos laborales.

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    1. I NTRODUCCIÓN AL ESTUDIO

    Objetivos Es%e&$'i&os C %$t#!o (

    Conocer y definir los b!etivos de la presente guía.

    "resentar los distintos capítulos que la desarrollan.

    1.2 Introducción

    #ste estudio versa sobre las $uditorías de "revención de %iesgos&aborales. &as $uditorías de "revención se pueden definir como un instrumentode gestión que realiza una evaluación sistemática' documentada y periódica'que mide la eficacia de los (istemas de "revención de %iesgos &aborales' deuna empresa o grupo de empresas.

    &as auditorías tienen en cuenta la normativa general e)istente y otra

    específica' así como la información recibida por los traba!adores y su ob!etivoprincipal es reducir la accidentalidad laboral de las organizaciones.

    &a guía se divide en cuatro apartados. #l primero' se dedica a laDefinición de las Características del *arco &egal de las $uditorías' en él sedescribe las empresas que están obligadas a realizar auditorías de prevenciónde riesgos laborales' se definen los plazos de realización' las acreditaciones ycualificaciones necesarias que deben disponer los auditores' por +ltimo describe

    las responsabilidades legales de las empresas con respecto a la realización delas auditorías.

    #n el segundo apartado' se realiza una introducción al marco legalvigente en prevención de riegos laborales.

    #l tercer apartado' se dedica a la describir el proceso de auditoria'definiendo en primer lugar los distintos tipos de auditorías y las fases derealización de las mismas.

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    "or +ltimo' el apartado final se dedica a la presentación de una situaciónde auditoría en una empresa' donde aparecen distintas no conformidades que ellector

    #sta guía' persigue tres fines fundamentales, realizar unaapro)imación a la legislación vigente en prevención de riesgos

    laborales' conocer de las empresas que deben realizar auditorías deprevención de riesgos laborales y definir el proceso de realización de

    las auditorías.

    Este proyecto ha sido desarrollado por CEPYME ARAGÓN con lacola!oración del personal t"cnico de #$A%I&A' MANAGEMEN& '.%. y(inanciado por la )undación para la Pre*ención de Ries+os %a!orales.

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    2. DEFINICIÓN DE LAS C ARACTERÍSTICAS DEL M ARCO LEGAL DE LAS AUDITORÍAS

    Objetivos Es%e&$'i&os C %$t#!o )

    Definir qué son las $uditorías de "revención de %iesgos&aborales.

    Conocer cuales son las empresas afectadas por este tipode auditorías.

    Conocer los plazos para la realización de auditorías.

    Definir la acreditación y cualificación de los auditores.

    Conocer las responsabilidades legales de la empresa conrespecto a la realización de auditorías de

    prevención riesgos.

    2.2 Introducción

    $l ob!eto de comprobar o contrastar el cumplimiento de lo establecido enla &ey de "revención de %iesgos &aborales -1 1//0' es decir' de la e)istencia deun (istema de estión de "revención definido e implantado' el artículo - .3 dela &ey de "revención de riesgos &aborales se establece la obligación empresarialde someter al sistema 4al control de una auditoría o evaluación

    e)terna4' 4siempre que no se 5ubiere

    concertado el (ervicio de "revencióncon una entidad especializada a!ena ala empresa4' es decir cuando se5ubiera asumido la prevencióninternamente.

    #stas e)igencias 5an tomado' sicabe' más relevancia gracias a su

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    posterior desarrollo mediante tres reales decretos,

    %D -/ 1//6' de 16 de enero' por el que se aprueba el %eglamento de los(ervicios de "revención.

    %D 3 7 2 3' de 1/ de mayo' por el que se modifican el %eal Decreto-/ 1//6' de 16 de enero' por el que se aprueba el %eglamento de los

    (ervicios de "revención' y el %eal Decreto 1326 1//6' de 27 deoctubre' por el que se establecen las disposiciones mínimas deseguridad y salud en las obras de construcción.

    %eal Decreto --6 2 1 ' de 1/ de marzo' por el que se modifican el %ealDecreto -/ 1//6' de 16 de

    enero' por el que se aprueba el

    %eglamento de los (ervicios de"revención8 el %eal Decreto11 / 2 6' de 27 de agosto' por

    el que se desarrolla la &ey-2 2 3' de 19 de octubre'reguladora de la subcontrataciónen el sector de la construcción yel %eal Decreto 1326 1//6' de 27

    de octubre' por el que se establecen disposiciones mínimas deseguridad y salud en obras de construcción.

    #n el %D 3 7 2 3 por el que se aprueba el %eglamento de los (erviciosde "revención se define la Auditor,a de Pre*ención como,

    $n instru-ento de +estión ue persi+ue re(le/ar la i-a+en (ieldel siste-a de pre*ención de ries+os la!orales de la e-presa*alorando su e(icacia y detectando las de(iciencias ue puedan

    dar lu+ar a incu-pli-ientos de la nor-ati*a *i+ente paraper-itir la adopción de decisiones diri+idas a su

    per(ecciona-iento y -e/ora.

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    2.2 E-presas ue de!en reali0ar auditor,as de pre*ención

    #l %D 3 7 2 3 fi!a lo siguiente,

    %as e-presas ue no hu!ieran concertado el ser*icio depre*ención con una entidad especiali0ada de!er n so-eter susiste-a de pre*ención al control de una auditor,a o e*aluación

    e terna. Asi-is-o las e-presas ue desarrollen lasacti*idades pre*enti*as con recursos propios y a/enos.

    Dentro de las e)cepciones deben incluirse lasempresas de 5asta 1 traba!adores por las modificacionesintroducidas por la &ey 20 2 /' de 22 de diciembre' demodificación de diversas leyes para su adaptación a la &eysobre el libre acceso a las actividades de servicios y sue!ercicio y el %eal Decreto --6 2 1 ' de 1/ de marzo' por

    el que se modifican el %eal Decreto -/ 1//6' de 16 deenero' por el que se aprueba el %eglamento de los (ervicios de

    "revención8 el %eal Decreto 11 / 2 6' de 27 de agosto' por el

    que se desarrolla la &ey -2 2 3' de 19 de octubre' reguladora de lasubcontratación en el sector de la construcción y el %eal Decreto 1326 1//6' de27 de octubre' por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad ysalud en obras de construcción,

    :o estar incluida su actividad o servicio en el $ne)o ; del %D -/ 1//6'actividades o servicios de especial riesgo.

    $sumir el empresario personalmente las funciones de prevención o 5aberdesignado a uno o más traba!adores para llevarlas a cabo.

    $lcanzar una eficacia evidente del sistema preventivo por el limitadon+mero de traba!adores y la escasa comple!idad de las actividades

    preventivas.

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    Cumplimentar y remitir a la $utoridad laboral la notificacióncorrespondiente' cuyo formato aparece en el ane)o ;; del %D

    -/ 1//6.

    &as empresas podrán someter con carácter voluntario su sistema deprevención al control de una auditoría o evaluación e)terna para permitir laadopción de decisiones dirigidas a su perfeccionamiento y me!ora.

    &as auditorías voluntarias podrán realizarse cuando,

    &a auditoría e)terna no sea legalmentee)igible.

    (iéndolo' se realicen con una mayorfrecuencia o con un alcance más amplio a losestablecidos en este capítulo.

    2.3 Pla0os para la reali0ación de auditor,as

    #l %D --6 2 1 ' fi!a los plazos siguientes,

    &a primera auditoría del sistema de prevención de la empresa deberállevarse a cabo dentro de los doce meses siguientes al momento enque se disponga de la planificación de la actividad preventiva.

    &a auditoría deberá ser repetida cada cuatro a

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    otras circunstancias que pongan de manifiesto la necesidad de revisarlos resultados de la +ltima auditoría.

    Co-o nota i-portante4 &a "lanificación de la "revención forma partedel "lan de "revención' una vez realizada la evaluación de riesgos y en funciónde los resultados obtenidos' se procederá a planificar la acción preventiva paraimplantar las medidas pertinentes' incluyendo para cada actividad el plazo parallevarla a cabo' la designación de responsables y los recursos 5umanos ymateriales necesarios para su e!ecución.

    &a planificación de la prevención deberá estarintegrada en todas las actividades de la empresa ydeberá implicar a todos los niveles !erárquicos.Dic5a planificación se programará para un períodode tiempo determinado y se le dará prioridad en sudesarrollo en función de la magnitud de los riesgosdetectados y del n+mero de traba!adores que sevean afectados. (e pueden distinguir tres tipos de

    actuaciones preventivas' las cuales deberán quedardebidamente registradas,

    &as medidas materiales para eliminar o reducir los riesgos en el origen'pudiéndose incluir también las dirigidas a limitar los riesgos o

    sus consecuencias en caso de accidentes o emergencias.

    &as acciones de información y formación para lograr comportamientosseguros y fiables de los traba!adores respecto a los riesgos a los que

    potencialmente puedan estar e)puestos.

    &os procedimientos para el control de los riesgos a fin de mantenerlos enniveles tolerables a lo largo del tiempo. Constituyen un con!unto de

    actividades' algunas de las cuales 5abrá que procedimentar porescrito' para el control periódico de las condiciones de traba!o y de laactividad de los traba!adores' así como de su estado de salud>revisiones periódicas' control de riesgos 5igiénicos' control de riesgosergonómicos' vigilancia de la salud'...?.

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    2.5 %a acreditación de los auditores

    #l %D --6 2 1 fi!a la obligación de disponer de una autorización previapor parte de la autoridad laboral' para las personas físicas o !urídicas que vayana realizar auditorías preventivas.

    &os órganos competentes de la CC$$' sonlos encargados de conceder la autorización' trasla solicitud de acreditación disponen de un plazode tres meses para resolver' el silencio

    administrativo se considerará en este caso comodesestimatorio.

    &a rden =;: 20 7 2 1 ' de 2 deseptiembre' por la que se desarrolla el %eal Decreto -/ 1//6' de 16 de enero'por el que se aprueba el %eglamento de los (ervicios de "revención' en loreferido a la acreditación de entidades especializadas como servicios deprevención' memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la

    actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas8 establece lassiguientes condiciones mínimas para obtener la acreditación,

    &as personas o entidades especializadas que pretendan desarrollar la actividadde auditoría del sistema de prevención de las empresas deberán

    tener capacidad para poder realizar las actividades que constituyan losob!etivos de la auditoría establecidos en el artículo - del %eglamento de los(ervicios de "revención y relativos a,

    o Determinación de la idoneidad de las evaluaciones de los riesgos iniciales

    o periódicas realizadas' análisis de sus resultados y verificación de losmismos.

    o Comprobación de los diferentes tipos de actividades preventivas que sedeben realizar como consecuencia de la evaluación de los riesgos paraeliminar' controlar o reducir dic5os riesgos' así como de la planificación deestas actividades preventivas.

    o Determinación de la adecuación entre los procedimientos y mediosmateriales y 5umanos requeridos para realizar la actividad preventiva

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    necesaria y los recursos propios o concertados de que disponga elempresario.

    o @aloración de la integración de la prevención en el sistema general degestión de la empresa.

    #n el caso de una persona física' ésta deberá ser un técnico de nivel superioren cualquiera de las cuatro especialidades o disciplinas preventivasconsideradas en el artículo -7 del %eglamento de los (ervicios de "revenciónque disponga' además' de una formación o e)periencia probada en gestión yrealización de auditorías y en técnicas auditoras y' en el caso de las entidadesespecializadas' deberán contar con' al menos' un técnico que cumpla estas

    condiciones. #n ambos casos' además' deberá contar con técnicos de nivelsuperior' propios o' en su caso' concertados seg+n lo previsto en el apartado7' en todas las demás especialidades o disciplinas se

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    vinculaciones comerciales' financieras o de cualquier otro tipo con la empresaob!eto de la auditoría' que puedan afectar a su independencia e influir en el

    resultado de sus actividades.

    &a autorización para realizar actividades de auditoría es incompatible conel e!ercicio de actividades de coordinación de actividades preventivas ycon la

    acreditación como servicio de prevención a!eno.

    2.6 %a cuali(icación de los auditores

    &a auditoría deberá ser realizada por personas físicas o !urídicas queposean' además' un conocimiento suficiente de las materias y aspectos técnicosob!eto de la misma y cuenten con los medios adecuados para ello.

    Deben ser &"cnicos 'uperiores en Pre*ención de Ries+os %a!oralesen cualquiera de las cuatro especialidades,

    (eguridad en el traba!o.

    Aigiene industrial.

    #rgonomía y "sicosociología aplicada.

    *edicina del =raba!o.

    &as personas físicas o !urídicas que realicen la auditoría del sistema deprevención de una empresa no podr n -antener con las -is-as*inculaciones co-erciales (inancieras o de cual uier otro tipo distintasa las propias de su actuación co-o

    auditoras ue puedan a(ectar a su

    independencia o in(luir en el resultado de susacti*idades.

    Del mismo modo' tales personas no podránrealizar para la misma o distinta empresaactividades de coordinación de actividadespreventivas' ni actividades en calidad de entidadespecializada para actuar como servicio de

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    prevención' ni mantener con estas +ltimas vinculaciones comerciales'financieras o de cualquier otro tipo' con e)cepción de las siguientes,

    #l concierto de la persona o entidad auditora con uno o más servicios deprevención a!enos para la realización de actividades preventivas en

    su propia empresa.

    #l contrato para realizar la auditoría del sistema de prevención de unempresario dedicado a la actividad de servicio de prevención a!eno.

    Cuando la comple!idad de las verificaciones a realizar lo 5aga necesario'las personas o entidades encargadas de llevar a cabo la auditoría podr nrecurrir a otros pro(esionales ue cuenten con los conoci-ientos-edios e instalaciones necesarios para la reali0ación de a u"llas.

    $demás' debe disponer de una formación o e)periencia probada engestión y realización de auditorías y en técnicas auditoras.

    "or razones obvias' también sería conveniente que el auditor dispusiera'en particular de una amplia e)periencia en la problemática e)istente >enmateria de seguridad y salud en el traba!o? en el tipo concreto de empresa queva a auditar.

    #l auditor debe estar en condiciones deanalizar' por e!emplo' si las actividades preventivasrealizadas o planificadas son las legalmente e)igibles'teniendo en cuenta la evaluación de los riesgos y lanormativa aplicable. &a diversidad de esta normativa'tanto en cuanto a su ámbito >por sector' por equipo o

    agente' por riesgo' etc.?' como en cuanto a su origen >laboral'industrial' sanitario' etc.?' 5ace que la identificación de todas las

    4actividades preventivas e)igibles4 pueda serconsiderablemente difícil.

    $ menudo' además' las disposiciones legales requieren de interpretacióntécnica y 5acen referencia a uías o normas > uías del ;:(A=' "rotocolos del

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    *inisterio de (anidad o normas B:#? que deben ser conocidas por el auditor'aunque no tengan carácter vinculante.

    "ara 5acer frente a esta problemática es imprescindible que el auditordisponga de una síntesis estructurada de las principales obligacionespreventivas del empresario que le permita desempey de sus representantes?'(eque conlleven' por e!emplo'la limitación de la !ornada?' o condiciones de contratación>traba!adores temporales' traba!adores cedidos por una #==' etc.?.

    7!li+aciones aplica!les a las condiciones de los lu+ares o centrosde tra!a/o ' en función del sector de actividad de la empresa

    >;ndustria y (ervicios' Construcción' *inería' "esca' =ransporte' etc.?

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    7!li+aciones aplica!les a las condiciones de se+uridad seleccióny ad uisición instalación uso -anteni-iento

    al-acena-iento y eli-inación 8cuando proceda9 de lose uipos e instalaciones de tra!a/o -ateriales productos

    u,-icos y e uipos deprotección >es decir' de los4medios de traba!o4?.

    7!li+aciones aplica!les al

    a-!iente >físico' químico y biológico? de traba!o.

    7!li+aciones espec,(icas para la

    reali0ación de deter-inadasoperaciones potencial-ente

    peli+rosas >manipulación de cargas pesadas' traba!os 4eléctricos4' etc.?.

    7!li+aciones 8en -ateria de pre*ención9 en relación con lasAd-inistraciones P:!licas con las E&& ue pon+an

    tra!a/adores a disposición de la e-presa y con otrose-presarios >que coincidan en el mismo centro de traba!o' queestén contratados o que usen equipos 4cedidos4 por el empresario'etc ?.

    2.; %a Responsa!ilidad %e+al

    #l artículo 76 de la &ey -1 /0 de "revención de %iesgos &aborales

    >derogado por %eal Decreto &egislativo 0 2 ' de 7 de agosto' por el que seaprueba el te)to refundido de la &ey sobre ;nfracciones y (anciones en el rden(ocial? contempla en referencia a las $uditorías de "%& lo siguiente,

    ;nfracciones graves,

    • :o someter' en los términos reglamentariamente establecidos' el sistema deprevención de la empresa al control de una auditoría o evaluación e)ternacuando no se 5ubiera concertado el servicio de prevención con una entidadespecializada a!ena a la empresa.

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    • :o facilitar a la autoridad laboral competente' las entidades especializadas que act+encomo servicios de prevención a!enos a las empresas' las personas o entidades que

    desarrollen la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas o lasentidades acreditadas para desarrollar y certificar la formación en materia deprevención de riesgos laborales' datos de forma o con

    contenido ine)actos' omitir los que 5ubiera debido consignar' así como nocomunicar cualquier modificación desus condiciones de acreditación oautorización.

    • ;ncumplir las obligaciones derivadas deactividades correspondientes a las

    personas o entidades que desarrollen

    la actividad de auditoría del sistemade prevención de las empresas' deacuerdo con la normativa aplicable.

    ;nfracciones muy graves,• #!ercer sus actividades las entidades

    especializadas que act+en como servicios de prevención a!enos a las empresas'las personas o entidades que desarrollen la actividad de auditoría del sistema deprevención de las empresas o las que desarrollen y certifiquen la formación enmateria de prevención de riesgos laborales' sin contar con la preceptiva

    acreditación o autorización' cuando ésta 5ubiera sido suspendida o e)tinguida'cuando 5ubiera caducado la autorización provisional' así como cuando see)cedan en su actuación del alcance de la misma.

    • *antener las entidades especializadas que act+en como servicios de prevención a!enosa las empresas o las personas o entidades que desarrollen la actividad de auditoría delsistema de prevención de las empresas' vinculaciones comerciales' financieras o decualquier otro tipo' con las empresas auditadas o concertadas' distintas a las propias desu actuación como tales' así como certificar' las entidades que desarrollen o certifiquenla formación preventiva' actividades no desarrolladas en su totalidad.

    • &a alteración o el falseamiento' por las personas o entidades que desarrollen la

    actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas' del contenido delinforme de la empresa auditada.

    &as infracciones en materia de prevención de riesgos laborales sesancionarán,

    &as leves' en su grado mínimo' con multa de 0. >- ' 0 E? a 0 .pesetas >- '01 E?8 en su grado medio de 0 . 1 >- '01 E?

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    a 1 . pesetas >3 1' 1 E?8 y en su grado má)imo' de 1 . 1>3 1' 2 E? a 20 . pesetas >1.0 2'0- E?.

    &as graves' con multa' en su grado mínimo de 20 . 1 >1.0 2'07 E? a1. . de pesetas >3. 1 '12 E?8 en su grado medio' de 1. . 1

    >3. 1 '1- E? a 2.0 . pesetas >10. 20'- E?8 y en su gradomá)imo' de 2.0 . 1 >10. 20'-1 E? a 0. . de pesetas>- . 0 '31 E?.

    &as muy graves con multa' en sugrado mínimo' de 0. . 1

    >3 . 0 '31 E? a 2 . . depesetas >12 .2 2'72 E?8 en sugrado medio de 2 . . 1>12 .2 2'7- E? a 0 . . depesetas >- .0 3' 0 E?8 y en sugrado má)imo de 0 . . 1

    >- .0 3' 3 E? a 1 . . depesetas >3 1. 12'1 E?.

    &as infracciones' por faltas graves y muy graves de las entidadesespecializadas que act+en como servicios de prevención a!enos a las empresas'de las personas o entidades que desarrollen la actividad de auditoría del sistemade prevención de las empresas y de las entidades acreditadas para desarrollar ocertificar la formación en materia de prevención de riesgos laborales' podr ndar lu+ar ade- s de a las -ultas pre*istas a la cancelación de laacreditación otor+ada por la autoridad la!oral.

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    -. LEGISLACIÓN BÁSICA EN P REVENCIÓN DE R IESGOS L ABORALES

    Objetivos Es%e&$'i&os C %$t#!o *

    Conocer la legislación básica asociada a la prevención deriesgos laborales.

    3.2 %os Principios )unda-entales

    %a Constitución Espa=? en suArt,culo [email protected] ' refiere como uno de los principios rectores de la política social yeconómica que Flos poderes p+blicos >...? velarán por la seguridad e 5igiene enel traba!o >...?G. =ambién el #statuto de los =raba!adores >&ey 9 1/9 ' de 1 demarzo?' al 5ablar de los derec5os y deberes derivados de la relación laboral'reconoce el derec5o a una protección eficaz en materia de seguridad e 5igieneen numerosos artículos.

    %a %ey 31 1>>6 de ? deno*ie-!re de Pre*ención deRies+os %a!orales y su posteriormodificación &ey 07 2 -' de 12 dediciembre' de reforma del marco

    normativo de la "revención de %iesgos &aborales establecen los principios

    fundamentales >que ya se desarrollaban en el bloque introductorio? que deben

    regir la acción preventiva y establece las obligaciones en materia preventiva'que luego se desarrollan mediante %eales Decretos.

    &os principales aspectos indicados por esta legislación son,

    #valuación de los %iesgos.

    "lanificación de la $ctividad "reventiva.

    rganización de la prevención.

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    @igilancia de la (alud de los =raba!adores.

    ormación a los traba!adores sobre los riesgos laborales de la empresa.;nformación' consulta y participación de los traba!adores.

    *edidas de emergencia.

    %iesgo grave o inminente.

    Coordinación de actividades empresariales.

    ;nvestigación de accidentes,

    $uditaría de los sistemas de prevención.

    "rotección especial a los traba!adores especialmente sensibles.

    #l empresario aplicará las medidas que integran el deber general deprevención con arreglo a los siguientes principios generales,

    #vitar los riesgos.

    #valuar los riesgos que no se puedan evitar.

    Combatir los riesgos en su origen.

    $daptar el traba!o a la persona' en particular en loque respecta a la concepción de los puestos de

    traba!o' así como a la elección de los equipos y

    los métodos de traba!o y de producción' conmiras' en particular' a atenuar el traba!omonótono y repetitivo y a reducir los efectos delmismo en la salud.

    =ener en cuenta la evolución de la técnica.

    (ustituir lo peligroso por lo que entra

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    $doptar medidas que antepongan la protección colectiva a laindividual.

    Dar las debidas instrucciones a los traba!adores.

    3.2 %os 'er*icios de Pre*ención

    #ste apartado servirá para conocer lasdistintas modalidades preventivas que elempresario puede adoptar para organizar laactividad preventiva dentro de la #mpresa.

    (eg+n el %D -/ 1//6' de 16 de enero' y

    su modificación posterior %D 69 1//9' laorganización de la actividad preventivacorresponde al empresario' con arreglo a una o

    varias de las modalidades siguientes,

    $sumiendo personalmente tal actividad.

    Designando a uno o varios traba!adores para llevarla a cabo.

    Constituyendo un servicio de prevención propio.

    Constituyendo un servicio de prevención mancomunado.

    %ecurriendo a un servicio de prevención a!eno.

    $ntes de continuar con este apartado se debe indicar que la actividadpreventiva de una empresa deberá cubrir siempre las siguientes especialidadespreventivas, (eguridad' Aigiene' #rgonomía y "sicosociología y @igilancia de la(alud.

    Asunción por el Propio E-presario

    #l empresario podrá desarrollar personalmente la actividad deprevención' con e)cepción de las actividades relativas a la @igilancia de la (aludde los traba!adores' si se cumplen las siguientes condiciones,

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    (er empresas de menos de diez traba!adores. =ras las modificacionesintroducidas por el %D --6 2 1 .

    Desarrollar actividades que no estén consideradas de riesgo especial>$ne)o ; del %D -/ 1//6' %eglamento de los servicios de

    prevención?.

    Desarrollar de forma 5abitual su actividad profesional en el centro detraba!o.

    Disponer de la formación correspondiente a las funciones preventivas queva a desarrollar' de acuerdo con la regulación establecida. >"or lo

    menos una formación de nivel básico?.

    &a @igilancia de la (alud de los traba!adores' u otras actividadespreventivas que el empresario no desee asumir' se cubrirán mediante alguna delas modalidades restantes de organización preventiva previstas.

    &ra!a/adores desi+nados

    #l empresario puede designar a uno o varios traba!adores para ocuparsede la actividad preventiva. :o será obligatoria la designación de traba!adorescuando el empresario,

    $suma personalmente la actividadpreventiva.

    Constituya un servicio de prevenciónpropio.

    %ecurra a un servicio de prevencióna!eno.

    &as actividades preventivas para cuya

    realización no resulte suficiente la designaciónde uno o varios traba!adores' deberán serdesarrolladas a través de uno o más (ervicios de "revención propios o a!enos.

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    #n la normativa vigente' no se fi!a un n+mero de traba!adoresdesignados. &os medios y el tiempo para el desempe$ne)o ; del %D -/ 1//6 %eglamento de los

    servicios de prevención?.

    #mpresas no incluidas en los apartados anteriores' si así lo decide la$utoridad &aboral' previo informe de la ;nspección de =raba!o y' en su

    caso' de los órganos técnicos en materia preventiva de lasComunidades $utónomas' salvo que se opte por el concierto con unservicio de prevención a!eno.

    Características del servicio de prevención propio,

    Constituir una unidad organizativa específica' con dedicación e)clusiva desus integrantes.

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    RIESGOS LABORALES

    Contar con las instalaciones' medios 5umanos y materiales necesariospara realizar las actividades preventivas que vayan a desarrollar en la

    empresa.

    Contar' como mínimo' con dos de las especialidades o disciplinaspreventivas, medicina del traba!o' seguridad en el traba!o' 5igieneindustrial y ergonomía y psicosociología aplicada' desarrollada pore)pertos con la capacitación requerida. Dic5os e)pertos >técnicossuperiores en "revención de %iesgos &aborales? actuarán de formacoordinada' en particular en relación con las funciones relativas aldise

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    #laborar anualmente y mantener a disposición de las autoridadeslaborales y sanitarias competentes la *emoria y "rogramación $nual

    del (ervicio de "revención.

    =eniendo en cuenta las circunstancias e)istentes' la resolución de laautoridad laboral fi!ará un plazo' no superior a un aacuerdos interprofesionales? o' en su defecto' por decisión de lasempresas afectadas.

    Características definitorias de los servicios de prevención mancomunados,

    Debe efectuarse una consulta al respecto a los representantes de lostraba!adores de las empresas afectadasantes del acuerdo de constitución.

    &imitar su actividad preventiva a lasempresas participantes.

    =ener la consideración de (ervicios"ropios de las empresas que los

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    constituyan y contar con los medios e)igidos para aquéllos.

    "oner a disposición de la autoridad laboral la información relativa a lasempresas que lo constituyen y el grado de participación de lasmismas.

    'er*icios de Pre*ención A/enos

    #l empresario deberá recurrir a uno o varios (ervicios de "revención$!enos cuando,

    Designar uno o varios traba!adores sea insuficiente para la realizar laactividad de prevención y no concurran circunstancias que determinenla obligación de constituir un servicio de prevención propio.

    (e trate de empresas que' no estando obligadas a contar con un serviciode prevención propio' dada la peligrosidad de la actividad

    desarrollada o gravedad de la siniestralidad en la empresa' laautoridad laboral decida el establecimiento de un servicio deprevención' pudiendo' en tal caso' optar la empresa por el conciertocon una empresa especializada.

    (e realicen aquellas actividades preventivas que no sean asumidas por elservicio de prevención propio.

    "ara garantizar' cuando el propio empresario asuma la actividad

    preventiva' la realización de la @igilancia de la(alud.

    &as entidades que quieran actuar como servicios deprevención a!enos deberán disponer de,

    $probación por parte de la administraciónsanitaria en cuanto a los aspectos de caráctersanitario.

    $creditación concedida por la administraciónlaboral.

    &a organización' instalaciones' personal y equipos necesarios para eldesempe

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    "ersonal que cuente con la cualificación necesaria para el desempeal menos un técnico superior para

    cada una de las especialidades técnicas, (eguridad' Aigiene y#rgonomía I "sicosociología? y con el personal necesario que tenga lacapacitación requerida para el desarrollo de las funciones de losniveles básico e intermedio' en función de las características de lasempresas cubiertas por el servicio8 con las instalaciones einstrumentación necesarias para la realización de pruebas'reconocimientos' mediciones' análisis y evaluaciones 5abituales en lapráctica de las especialidades' de acuerdo con las características de

    las empresas' así como para el desarrollo de las actividadesformativas y divulgativas básicas.

    &a constitución de una garantía que cubra su eventual responsabilidad.

    :o podrán mantener con las empresas concertadas vinculacionescomerciales' financieras o de cualquier otro tipo distintas a las propias de suactuación como servicio de prevención que puedan afectar a su independencia einfluir en el resultado de sus actividades.

    3.3 %os E uipos de &ra!a/o

    &as maquinas y 5erramientas presentes en las instalaciones de lasempresas cumplirán los requisitos definidos en tres %eales Decretos,

    %D 1210 1//6' de 19 de !ulio' por el que se establecen las disposicionesmínimas de seguridad y salud para la utilización por los

    traba!adores de los equipos de traba!o.

    %D 2166 2 7' de 12 de noviembre'por el que se modifica el %D1210 1//6' de 19 de !ulio' por el quese establecen las disposicionesmínimas de seguridad y salud para lautilización por los traba!adores de los

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    equipos de traba!o' en materia de traba!os temporales en altura. #suna actualización del anterior para traba!os en altura.

    %D 1377 2 9' de 1 de octubre' por el que se establecen las normaspara la comercialización y puesta en servicio de las máquinas.

    &os requisitos formales que deben reunir las máquinas se encuentrandefinidas en el %D 1377 2 9' y son los siguientes,

    Marcado CE.

    Beclaración de con(or-idad4 %edactada en castellano' que deberácomprender' entre otras cosas' el nombre y la dirección del fabricante

    o de su representante legal establecido en la Bnión #uropea y unadescripción de la máquina y todas las disposiciones pertinentes a lasque se a!uste la máquina.

    Manual de instrucciones al -enos en castellano. Dic5o manual seráun J*anual originalK o una J=raducción del manual originalK. #n

    este +ltimo caso' la traducción irá acompa

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    RIESGOS LABORALES

    que' como mínimo' se a!ustarán a los requisitos del $ne)o ; del citado%eal Decreto 1210 1//6.

    3.5 %os E uipos de Protección Indi*idual

    &a normativa aplicable en este apartado es la siguiente,

    %D 17 6 1//2' de 2 de noviembre' por el que se regulan las condicionespara la comercialización y libre circulación

    intracomunitaria de los equiposde protección individual.

    Corrección de erratas del %D17 6 1//2' de 2 de

    noviembre' por el que seregulan las condiciones para lacomercialización y librecirculación intracomunitaria delos equipos de protecciónindividual.

    rden de 13 de mayo de 1//7 por la que se modifica el periodotransitorio establecido en el real decreto 17 6 1//2' de 2 de

    noviembre' por el que se regulan las condiciones para lacomercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos deprotección individual.

    %D 10/ 1//0' de - de febrero' por el que se modifica el real decreto17 6 1//2' de 2 de noviembre' por el que se regulan las condiciones

    para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de losequipos de protección individual.

    %esolución de 20 de abril de 1//3' de la dirección general de calidad yseguridad industrial' por la que se publica' a titulo informativo'

    información complementaria establecida por el real decreto17 6 1//2' de 2 de noviembre' por el que se regulan las condicionespara la comercialización y libre circulación intracomunitaria de losequipos de protección individual.

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    rden de 2 de febrero de 1//6 por la que se modifica el ane)o del realdecreto 10/ 1//0' de - de febrero' que modifico a su vez el real

    decreto 17 6 1//2' de 2 de noviembre' relativo a las condicionespara la comercialización y libre circulación intracomunitaria de losequipos de protección individual.

    %D 66- 1//6' - de mayo' sobre disposiciones mínimas de (eguridad y(alud relativas a la utilización por los traba!adores de equipos de

    protección individual.

    (obre la comercialización de los #";s se establece lo siguiente,

    (e e)igen unos requisitos de idoneidad para los #";. Cuando satisfaganlas e)igencias requeridas' se comercializarán

    identificándolos conla marcado C#'convirtiéndose enuna declaración deconformidad.

    #l fabricante tiene laobligación de

    elaborar y entregaral usuario un folletoinformativo sobre lacorrecta utilización yconservación delequipo.

    #l %D 66- 1//6 de - de mayo' sobre disposiciones mínimas deseguridad y salud relativas a la utilización por los traba!adores de equipos deprotección individual' establece las obligaciones generales del empresario' loscriterios para el empleo y las condiciones que deben reunir los #";' su elección'utilización' etc

    $ntes de elegir un equipo de protección individual como medida deprotección frente a una determinada situación de riesgo' se debe analizar lanecesidad de uso del mismo' teniendo en cuenta los siguientes principios,

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    #studiar la posibilidad de eliminar la situación de riesgo mediante elempleo de técnicas de protección colectiva u otras medidas

    organizativas.

    (olo se recurrirá al uso de los #";s cuando se 5an agotado todas las víasalternativas e)puestas anteriormente' como complemento de las

    medidas anteriores cuando su implantación no garantiza un controlsuficiente del riesgo' provisionalmente' mientras se adoptan lasmedidas de protección colectiva en tareas de rescate o en situacionesde emergencia.

    #n la selección del equipo, el empresario analizará las características delos #";s' para evaluar en qué medida cumplen con los requisitos e)igibles. #ntrelas principales de estas características cabe destacar,

    #l grado necesario de protección que precisa una situación de riesgo >pore!emplo ante riesgos de corte' de in5alación de sustancias

    nocivas etc...?.

    #l nivel de protección que ofrece elequipo frente a esa situación.

    $decuarse a los riesgos contra losque debe proteger' evitando

    constituir un riesgo adicional. "ore!emplo' el guante entregado sedebe adaptar al tama

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    3.6 %a Coordinación de acti*idades

    #l %D 161 2 7 de - de enero' por el que desarrolla el artículo 27 de la &ey-1 1//0' de 9 de noviembre' de "revención de %iesgos &aborales' en

    materia de coordinación de actividades empresariales es el reglamento básicopara un aspecto tan relevante como el que se trataa continuación.

    #ste %eal Decreto' sirve para desarrollar lasmodificaciones de la ley -1 1//0 realizadas por la

    ley 07 2 -' fi!ando que la iniciativa para elestablecimiento de los medios de coordinacióncorresponderá al empresario titular del centro detraba!o cuyos traba!adores desarrollen actividades

    en éste o' en su defecto' al empresario principal' cuando se produzca laconcurrencia de empresas y o traba!adores autónomos en un mismo centro detraba!o' e)istan o no relaciones !urídicas entre ellos.

    #stablece las siguientes obligaciones,;ntercambiar información y de comunicaciones.

    #stablecer reuniones periódicas entre las empresas concurrentes.

    #stablecer reuniones con!untas de los Comités de (eguridad y (alud o' ensu defecto' de los empresarios que carezcan de dic5os comités

    con los delegados de prevención.

    #ntregar instrucciones de (eguridad.

    %ealizar medidas específicas de prevención de los riesgos e)istentes en elcentro de traba!o' procedimientos o protocolos de actuación

    con!untos.

    #stablecer la presencia en el centro de traba!o de recursos preventivos delas empresas concurrentes.

    Designar una o más personas encargadas de la coordinación de lasactividades preventivas.

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    El Recurso Pre*enti*o

    #l %ecurso "reventivo es,

    $na -edida pre*enti*a co-ple-entaria a las -edidaspre*enti*as con*encionales para *i+ilar el cu-pli-iento

    e(icacia y adecuación de las acti*idades pre*istasinter*iniendo en el control de la aparición de ries+os nodetectados en las acti*idades en las ue es necesaria su

    presencia.

    (e consideran %ecursos "reventivos,

    Bno o varios traba!adores designados.

    Bno o varios miembros del (ervicio de "revención "ropio.

    Bno o varios miembros del (ervicio de "revención $!eno.

    Bno o varios traba!adores de la empresa

    que' sin formar parte del (ervicio de "revención "ropioni ser traba!adoresdesignados' re+nan,

    • Conocimientos.

    • Cualificación.

    • #)periencia.

    ormación en prevención' como mínimo nivel básico.

    &a presencia en el centro de traba!o de %ecursos "reventivos delempresario para vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas' seránecesaria en los siguientes casos,

    Cuando los riesgos puedan verse agravados o modificados' durante eldesarrollo de los procesos o actividades' por la concurrencia de

    operaciones diversas que se desarrollan sucesiva o simultáneamente y

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    que 5agan preciso un control específico de la correcta aplicación de losmétodos de traba!o.

    Cuando se realicen actividades o procesos que reglamentariamente seanconsiderados como peligrosos o con riesgos especiales.

    %as acti*idades o procesos peli+rosos o con ries+os especialesse+:n el RB ;@5 2@@; son los si+uientes4

    &ra!a/os con ries+os especial-ente +ra*es de ca,da desde altura 'por las particulares características de la actividad

    desarrollada' los procedimientos aplicados' o el entorno del puesto de

    traba!o.

    &ra!a/os con ries+o desepulta-iento o

    hundi-iento .

    Acti*idades en las ue seutilicen - uinas ue

    care0can de declaración CEde conformidad por ser sufec5a de comercializaciónanterior a la e)igencia de taldeclaración con carácterobligatorio' que sean delmismo tipo que aquellas paralas que la normativa sobrecomercialización de máquinas

    requiere la intervención de un organismo notificado en elprocedimiento de certificación' cuando la protección del traba!ador noesté suficientemente garantizada no obstante 5aberse adoptado lasmedidas reglamentarias de aplicación.

    &ra!a/os en espacios con(inados . $ estos efectos' se entiende porespacio confinado el recinto con aberturas limitadas de entrada y

    salida y ventilación natural desfavorable' en el que pueden acumularsecontaminantes tó)icos o inflamables o puede 5aber una

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    atmósfera deficiente en o)ígeno' y que no está concebido para suocupación continuada por los traba!adores.

    &ra!a/os con ries+o de aho+a-iento por in-ersión ' salvo lodispuesto en el apartado 9.a? de este artículo' referido a los traba!os

    en inmersión con equipo subacuático.

    Cuando sea re uerida su presencia por la Inspección de &ra!a/o.

    &a presencia de recursos preventivos en el centro de traba!o se consideratambién como uno de los medios de coordinación empresarial establecidos porla normativa en "revención de %iesgos &aborales.

    #n este supuesto se tratará de recursos preventivos pertenecientes a lasempresas concurrentes y serán' en este caso' considerados encargados de lacoordinación de la actividad preventiva' debiéndose facilitar a los traba!adoreslos datos necesarios para permitirles su identificación.

    3.; %os Accidentes de &ra!a/o y las En(er-edades Pro(esionales

    (eg+n la &ey -1 1//0' todos los accidentes de traba!o y enfermedadesprofesionales deberán ser investigados por la empresa para poder determinarlas causas y medidas a adoptar en previsión de otros que pudieran tener lugar.#sta investigación debe documentarse.

    &a legislación fi!a las comunicaciones a la$dministración de los accidentes de traba!oacaecidos en las empresas mediante,

    rden =$( 2/23 2 2' de 1/ de noviembre de 2 2' por la que seestablecen nuevos modelos para la

    notificación de los accidentes de traba!o y se posibilita su transmisiónpor procedimiento electrónico.

    C %%#CC;L: de errores de la rden =$( 2/23 2 2' de 1/ denoviembre' por la que se establecen nuevos modelos para la

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    notificación de los accidentes de traba!o y se posibilita su transmisiónpor procedimiento electrónico.

    C %%#CC;L: de errores de la rden =$( 2/23 2 2' de 1/ denoviembre' por la que se establecen nuevos modelos para la

    notificación de los accidentes de traba!o y se posibilita su transmisiónpor procedimiento electrónico.

    %esolución de 23 de noviembre de 2 2' de la (ubsecretaría' por la quese regula la utilización del (istema de Declaración #lectrónica de

    $ccidentes de =raba!o >DeltM? que posibilita la transmisión porprocedimiento electrónico de los nuevos modelos para la notificaciónde accidentes de traba!o' aprobados por la rden =$( 2/23 2 2' de1/ de noviembre.

    #l listado de enfermedades profesionales y la metodología de

    comunicación se establece en,

    %D 12// 2 3' de 1 de noviembre' por el que se aprueba el cuadro deenfermedades profesionales en el sistema de la (eguridad (ocial y

    se establecen criterios para su notificación y registro.

    %D#: =$( 1 2 6' de 2 de enero' por la que se establece el modelo departe de enfermedad profesional' se dictan normas para su

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    elaboración y transmisión y se crea el correspondiente fic5ero dedatos personales.

    3.= El Control de la 'alud de los tra!a/adores

    &a vigilancia de las enfermedades y lesiones de origen profesionalconsiste en,

    El control siste- tico y continuo de los episodios relacionados

    con la salud en la po!lación acti*a con el (in de pre*enir ycontrolar los ries+os pro(esionales as, co-o las en(er-edades

    y lesiones asociadas a ellos.

    #l artículo 22 de la &ey de "revención de %iesgos &aborales establece queel empresario debe garantizar a los traba!adores a su servicio la vigilanciaperiódica de su estado de salud en función de los riesgos in5erentes a su puestode traba!o.

    &a @igilancia de la (alud se articula como una parte esencial del derec5ode los traba!adores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud

    laboral.

    &a ley se

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    los resultados de su actividad específica al ámbito interdisciplinar de la#valuación de %iesgos y la "lanificación de la "revención. (e trata de unaactividad para la que debe ser de aplicación el párrafo segundo del $rt. 10.2 del%eglamento de los (ervicios de "revención relativo a coordinacióninterdisciplinar.

    &as actividades de vigilancia de la salud incluyen,

    #)ámenes de salud generales.

    #)ámenes de salud específicos seg+n el riesgo laboral >encuestasindividualizadas?.

    #)ploraciones complementarias.

    #studios epidemiológicos.

    rganización y coordinación de primeros au)ilios.

    Control sanitario de la empresa.

    ;nformación a las autoridades sanitarias.

    Caracter,sticas de la i+ilancia de la 'alud&a @igilancia de la (alud debe ser,

    #specífica en función de los riesgosidentificados en la #valuación de%iesgos.

    @oluntaria para el traba!ador salvo queconcurra alguna de las siguientescircunstancias,

    • &a e)istencia de una disposición legal con relación a laprotección de riesgos específicos y actividades deespecial peligrosidad.

    • Hue los reconocimientos sean indispensables para evaluar los efectos de las condicionesde traba!o sobre la salud de los traba!adores.

    • Hue el estado de salud del traba!ador pueda constituir un peligro para él mismo o paraterceros.

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    RIESGOS LABORALES

    Confidencial dado que el acceso a la información médica derivada de lavigilancia de la salud de cada traba!ador se restringirá al propio

    traba!ador' a los servicios médicos responsables de su salud y a laautoridad sanitaria.

    Ntica' con el fin de asegurar una práctica profesional co5erente con losprincipios del respeto a la intimidad' a la dignidad y la nodiscriminación laboral por motivos de salud.

    "rolongada en el tiempo' cuando sea

    pertinente' más allá de la finalización de larelación laboral' ocupándose el (istema:acional de (alud de los reconocimientospostOocupacionales.

    $!ustada en su contenido a lascaracterísticas definidas en la normativaaplicable.

    • "ara los riesgos que no 5ayan sido ob!eto dereglamentación específica' la &"%& no especifica ni

    define las medidas o instrumentos de vigilancia de la salud' pero sí estableceuna preferencia por aquellas que causen las menores molestias al traba!ador'encomendando a la $dministración (anitaria el establecimiento de las pautas yprotocolos de actuación en esta materia. #ste encargo se concreta en el%eglamento de los (ervicios de "revención que encomienda al *inisterio de(anidad y Consumo y a las Comunidades $utónomas del establecimiento de laperiodicidad y contenido de la vigilancia de la salud específica.

    #l contenido de dic5os reconocimientos incluirá' como mínimo' una5istoria clínicoOlaboral' donde además de los datos de anamnesis'e)ploración física' control biológico y e)ámenes complementarios' se5ará constar una descripción detallada del puesto de traba!o' deltiempo de permanencia en el mismo' de los riesgos detectados y delas medidas de prevención adoptadas.

    %ealizada por personal sanitario con competencia técnica' formación ycapacidad acreditadas' es decir por médicos especialistas en *edicinadel =raba!o o diplomados en *edicina de #mpresa y enfermeros deempresa.

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    RIESGOS LABORALES

    "lanificada' porque las actividades de vigilancia de la salud debenresponder a unos ob!etivos claramente definidos y !ustificados por la

    e)posición a riesgos que no se 5an podido eliminar o por el propioestado de salud de la población traba!adora.

    (istemática' porque las actividades de vigilancia de la salud deben serdinámicas y actualizadas permanentemente captando datos yanalizándolos' más allá de la puntualidad que puede sugerir lacaracterística PperiódicaP.

    Documentada' con la constatación de la práctica de los controles delestado de salud de los traba!adores' así como las conclusionesobtenidas de los mismos teniendo la obligación el empresario endeterminadas e)posiciones >agentes cancerígenos' biológicos'químicos? de mantener un registro de los 5istoriales médicosindividuales y de conservar el mismo un plazo mínimo de 1 a

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    Consensuada' respetando los principios relativos a la consulta yparticipación de los traba!adores o de sus representantes establecidos

    en la &ey de "revención de %iesgos &aborales.

    #ficaz' contando con los recursos materiales adecuados a las funcionesque se realizan.

    DCu ndo de!e reali0arse la i+ilancia de la 'alud

    Deberá abarcar,

    Bna evaluación de la salud de los traba!adores inicial' después de la

    incorporación al traba!o o después de la asignación de tareasespecíficas con nuevosriesgos para la salud.

    Bna evaluación de la saludperiódica específica' portraba!ar con determinadosproductos o en

    determinadas condiciones

    reguladas por una legislaciónespecífica que así lo e)i!a o seg+n riesgo s determinados

    por la evaluación de riesgos' o a petición del traba!ador' cuando elmismo crea que las alteraciones de su salud son producidas por laactividad laboral.

    • &a periodicidad no tiene porqué a!ustarse a intervalos regulares8 cadacaso se establece en los protocolos específicos' y también va adepender de la 5istoria natural de la enfermedad y de las condicionesde e)posición.

    Bna evaluación de la salud después de una ausencia prolongadapor motivos de salud.

    3.? %os ries+os el"ctricos

    %especto a la :ormativa aplicable a los riesgos propios del traba!o conequipamiento eléctrico destacan dos %eales Decretos,

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    %D 317 2 1' de 9 de !unio' sobre disposiciones mínimas para laprotección de la salud y seguridad de los traba!adores frente al riesgo

    eléctrico.

    %D 972 2 2' de 2 de agosto de 2 2' por el que se aprueba el%eglamento electrotécnico para ba!a tensión8 con todas las

    instrucciones técnicas >;=C? asociadas.

    #l %D 371 2 1 establece una serie de obligaciones del empresario paraprevenir el riesgo eléctrico mediante la adecuación' control y mantenimiento delas instalaciones eléctricas y el establecimiento de técnicas y procedimientos de

    traba!o derivadas de la #valuación de %iesgos.&a adecuación' control y mantenimiento de la

    instalación eléctrica se realizará siguiendo loscriterios siguientes,

    #l tipo de instalación eléctrica y lascaracterísticas de sus componentes deberáadaptarse a las condiciones específicas del lugar

    de traba!o' de la actividad desarrollada y de losreceptores que vayan a utilizarse.

    #n los lugares de traba!o sólo podrán utilizarse equipos eléctricos para losque el sistema o modo de protección previstos por su fabricante

    sea compatible con el tipo de instalación eléctrica e)istente y losfactores mencionados en el apartado anterior.

    &a instalación eléctrica se utilizará y mantendrá de forma adecuada' y elfuncionamiento de los sistemas de protección se controlará

    periódicamente' de acuerdo a las instrucciones de sus fabricantes einstaladores y a la propia e)periencia del e)plotador.

    (e cumplirá lo establecido en la reglamentación electrotécnica' lanormativa general de seguridad y salud sobre lugares de traba!o'

    equipos de traba!o y se

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    &os procedimientos de traba!o deben establecer que todo traba!o en unainstalación eléctrica' o en su pro)imidad' que conlleve un riesgo eléctrico deberáefectuarse sin tensión' salvo en los casos de,

    peraciones elementales' tales como por e!emplo conectar y desconectar'en instalaciones de ba!a tensión con material eléctrico

    concebido para su utilización inmediata y sin riesgos por parte delp+blico en general.

    &os traba!os en instalaciones con tensiones de seguridad' siempre que noe)ista posibilidad de confusión en la identificación de las mismas y

    que las intensidades de un posible cortocircuito no supongan riesgosde quemadura.

    &as maniobras' mediciones' ensayos y verificaciones cuya naturaleza así lo e)i!a' tales como por e!emplo la apertura y cierre de

    interruptores' la medición de una intensidad' la realización de ensayosde aislamiento eléctrico' o la comprobación de la concordancia defases.

    &os traba!os en' o en pro)imidad de instalaciones cuyas condiciones dee)plotación o de continuidad del suministro así lo requieran.

    #n el %D 972 2 2 destaca el apartado de inspecciones desarrollado en la;=COQ=O 0 del %eglamento,

    Inspecciones Iniciales

    &as verificaciones a la puesta en servicio de lasinstalaciones deberán ser realizadas por las empresasinstaladoras que las e!ecuten' siguiendo la metodologíae)puesta en la norma B:# 2 73 O3O31.

    (erán ob!eto de inspección' una vez e!ecutadas

    las instalaciones' sus ampliaciones o modificaciones deimportancia y previamente a ser documentadas ante el

    Lrgano competente de la Comunidad $utónoma' las siguientes instalaciones,

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    ;nstalaciones industriales que precisen proyecto' con una potenciainstalada superior a 1 RS.

    &ocales de "+blica Concurrencia.

    &ocales con riesgo de incendio o e)plosión' de clase ;' e)cepto gara!es demenos de 20 plazas.

    &ocales mo!ados con potencia instalada superior a 20 RS.

    "iscinas con potencia instalada superior a 1 RS.

    Huirófanos y salas de intervención.

    ;nstalaciones de alumbrado e)terior con potencia instalada superior 0 RS.

    Inspecciones periódicas

    &os agentes que lleven a cabo las inspecciones de las instalacioneseléctricas de Qa!a =ensión deberán tener la condición de rganismos de Control'seg+n lo establecido en el %D 22 1//0 de 29 de diciembre' estandoacreditados para este campo reglamentario.

    (erán ob!eto de inspecciones periódicas' cada 0 a

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    $ modo de e!emplo se indican a continuación algunas de estasobligaciones.

    Plata(or-as de &ra!a/o

    (i la plataforma se encuentra a una altura superior a 2 m deberá poseeruna barandilla con una altura mínima de / cm y listón intermedio paraprevenir la caída accidental de traba!adores. (e colocará también un rodapié deunos 10 cm para evitar la caída accidental de ob!etos al suelo.

    estuarios y aseos

    &os lugares de traba!o en los que se utilice ropa especial para eldesarrollo de las actividades deberán disponer de vestuarios provistos deasientos y de armarios o colgadores.

    =odos los lugares de traba!o dispondrán delocales de aseo con espe!os' lavabos con aguacorriente' caliente si es necesario. Dispondránademás de duc5as de agua corriente' caliente yfría' cuando se realicen 5abitualmente traba!ossucios.

    #l n+mero recomendable de inodoros >seg+nla guía de lugares de traba!o que desarrolla el %ealDecreto? será 1 por cada 20 5ombres y uno porcada 10 mu!eres. "ara las duc5as se aconse!a unapor cada 1 traba!adores. Dispondrán asimismo de

    un botiquín portátil y de material para primeros au)ilios' que deberá revisarse yreponerse periódicamente.

    7rden y li-pie0a

    (e cuidará esta' de forma que no 5aya materiales' 5erramientas'innecesarios alrededor del puesto de traba!o.

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    RIESGOS LABORALES

    Escaleras )i/as

    Deben cumplir los siguientes aspectos,

    &os pavimentos serán de material no resbaladizo o dispondrán deelementos antideslizantes.

    &a altura má)ima entre descansos será de -'6 m.

    #l anc5o mínimo será de 1 m >e)cepto las de servicio donde el anc5omínimo será de 00 cm?.

    &a anc5ura de la 5uella de los escalones estará comprendida entre 2- y-3 cm. &os contrapeldaen las

    escaleras de servicio la anc5ura de la 5uella será al menos de 10 cm.y la contra5uella má)ima será de 20 cm?.

    =oda escalera que tenga cuatro o más contrapelda

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    &a 5umedad relativa estará comprendida entre el - y el 6 T' e)cepto enlos locales donde e)istan riesgos por electricidad estática

    en los que el límite inferior será del 0 T.

    &os traba!adores no deberán estar e)puestos de forma frecuente ocontinuada a corrientes de aire cuya velocidad e)ceda los siguientes

    límites, =raba!os en ambientes no calurosos, '20 m s. =raba!ossedentarios en ambientes calurosos, '0 m s. =raba!os nosedentarios en ambientes calurosos, '60 m s.

    Ilu-inación

    Deberá ser la necesaria. (e cuidará de su adecuado mantenimientomediante la limpieza periódica y la reposición de las luminarias deterioradas.

    Ni*eles -,ni-os de ilu-inación

    Fona o parte del lu+ar de tra!a/o Ni*el -,ni-o de ilu-inación 8lu 9

    Vonas con tareas de ba!a e)igencia visual 1@@

    Vonas con tareas de e)igencia visual2@@

    moderada

    Vonas con tareas de e)igencia visual alta 6@@

    Vonas con tareas de e)igencia visual muy1@@@

    alta

    Wreas o locales de uso ocasional 6@

    Wreas o locales de uso 5abitual 1@@@ías de circulación de uso ocasional 26

    @ías de circulación de uso 5abitual 6@

    #l nivel de iluminación de una zona en la que se e!ecute una tarea semedirá a la altura donde ésta se realice. #n el caso de zonas de uso general a90 cm del suelo' y en el de las vías de circulación a nivel del suelo.

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    RIESGOS LABORALES

    ,as y salidas de e-er+encia

    =endrán los siguientes requisitos,

    "ermanecer despe!adas y dirigir alpersonal a evacuar' lo másdirectamente posible' 5acia ele)terior o 5acia una zona deseguridad.

    (u n+mero' distribución ydimensiones dependerán del uso' de

    los equipos' de las dimensiones delos lugares de traba!o y del n+meromá)imo de personas que puedan estar presentes en los mismos.

    &as puertas de emergencia se abrirán 5acia el e)terior y no deben estarcerradas' de forma que puedan utilizarse fácil e inmediatamenteen caso de urgencia.

    (e

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    3.1@ %os conta-inantes u,-icos

    #l uso de productos químicos es 5abitual en muc5as empresas' por lo quelos operarios están e)puestos a los riesgos surgidos del contacto con estos

    agentes.

    (eg+n el %D -67 2 1 de 3 de abril'sobre la protección de la salud y seguridad de

    los traba!adores contra los riesgos relacionadoscon los agentes químicos durante el traba!o' losriesgos para la salud y la seguridad de lostraba!adores en los puestos de traba!o donde seutilizan productos químicos con agentesquímicos peligrosos se eliminarán o reducirán almínimo mediante la aplicación de los siguientesprincipios,

    &a concepción y organización de los sistemas de traba!o en el lugar detraba!o.

    &a selección e instalación de los equipos de traba!o.

    #l establecimiento de los procedimientos adecuados para el uso ymantenimiento de los equipos utilizados para traba!ar con agentes

    químicos peligrosos' así como para la realización de cualquieractividad con agentes químicos peligrosos o con residuos que los

    contengan' incluidas la manipulación' el almacenamiento y el trasladode los mismos en el lugar de traba!o.

    &a adopción de medidas 5igiénicas adecuadas' tanto personales como deorden y limpieza.

    &a reducción de las cantidades de agentes químicos peligrosos presentesen el lugar de traba!o al mínimo necesario para el tipo de

    traba!o de que se trate.

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    &a reducción al mínimo del n+mero de traba!adores e)puestos o quepuedan estarlo.

    &a reducción al mínimo de la duración e intensidad de las e)posiciones.

    El al-acena-iento de productos u,-icos.

    "ara el almacenamiento de los productos químicos se tendrá en cuenta loe)puesto en %D -6/ 2 1' de 3 de abril' por el que se aprueba el reglamentode almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicascomplementarias *;#O$"HO1' *;#O$"HO2' *;#O$"HO-' *;#O$"HO7' *;#O$"HO0'

    *;#O$"HO3 y *;#O$"HO6.

    #l ámbito de aplicación de este %eal Decreto se circunscribe a lasinstalaciones de nueva construcción' así como a las ampliaciones omodificaciones de las e)istentes no integradas en las unidades de proceso y noserán aplicables a los productos y actividades para los que e)istanreglamentaciones de seguridad industrial específicas' que se regirán por ellas.

    Huedan e)cluidos del ámbito de aplicación de este reglamento' ademásde los indicados en las diferentes ;=Cs' los almacenamientos de productosquímicos de capacidad inferior a la que se indica a continuación,

    (ólidos tó)icos, clase =X' 0 Rgs8 clase =' 20 Rgs8 clase Yn' 1. Rgs.

    Comburentes, 0 Rgs.

    (ólidos corrosivos, clase a' 2 Rgs8clase b' 7 Rgs8 clase c' 1. Rgs.

    ;rritantes, 1. Rgs.

    (ensibilizantes, 1. Rgs.

    Carcinogénicos, 1. Rgs.

    *utagénicos, 1. Rgs.

    =ó)icos para la reproducción, 1.

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    Rgs.

    "eligrosos para el medio ambiente, 1. Rgs.

    &as instalaciones deberán cumplir los siguientes requisitos' previos a supuesta en funcionamiento,

    "ara la instalación' ampliación' modificación o traslado de lasinstalaciones' destinadas a contener productos químicos peligrosos' el

    titular presentará ante el órgano competente de la Comunidad$utónoma' un proyecto firmado por técnico competente y visado porel colegio oficial que corresponda. (i e)iste instrucción técnica

    complementaria >;=C?' el proyecto se redactará de conformidad a loprevisto en la misma.

    inalizadas las obras de e!ecución de las instalaciones' el titularcomunicará la puesta en servicio y solicitará su inscripción en el

    registro de establecimientos industriales al órgano competente de lacomunidad autónoma' presentando además la siguientedocumentación,

    o Certificación suscrita por el técnico titulado director de obra' en la que5aga constar' ba!o su responsabilidad' que las instalaciones se 5ane!ecutado y probado de acuerdo con el proyecto presentado y cumplenlas prescripciones contenidas en este reglamento y' en su caso' en susinstrucciones técnicas complementarias.

    o "ara las instalaciones que no precisen proyecto se requerirá uncertificado' suscrito por un organismo de control autorizado' en el que seacreditará el cumplimiento de las prescripciones contenidas en el

    reglamento y' en su caso' en sus correspondientes instrucciones técnicascomplementarias.

    o (e acompa

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    control autorizado' donde se acredite la conformidad de las instalaciones con lospreceptos de la instrucción técnica complementaria o con los términos de laautorización concedida.

    #ste certificado indicará,

    &a realización de las correspondientes revisiones periódicas' seg+n la ;=Cde aplicación.

    &a realización de la prueba de estanqueidad a los recipientes y tuberíasenterradas' conforme a norma' código o procedimiento de

    reconocido prestigio.

    El en*asado y eti uetado de los productos u,-icos

    &as sustancias peligrosas sólo podrán comercializarse cuando sus envasesse a!usten a las condiciones siguientes,

    #starán dise

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    #l etiquetado de los productos se realiza seg+n determina el %#$CA,

    Identi(icación del productor su-inistrador distri!uidor4 *ediante elnombre' dirección y n+mero de teléfono.

    Identi(icación del producto u,-ico4 &a identificación del producto debeser la misma que la aportada por la D(. (i se trata de un preparado' debeincluir la descripción de todos los componentes que puedan producir efectosadversos sobre la salud e indicados en la etiqueta. &a autoridad competentepuede obligar a incluir la indicación de todos los componentes. #n productosdestinados e)clusivamente para el lugar de traba!o la identificación delproducto puede ser incluida en las D(' y no en la etiqueta. &a identificación

    del producto químico se encuentra protegida por las normas sobre;nformación Comercial Confidencial

    Picto+ra-as.

    Pala!ras de ad*ertencia4 ;ndica la mayor o menor gravedad del peligro deuna forma rápida y fácil para el lector de la etiqueta. #n el A( se empleanlas palabras 4"eligro4 para categorías más graves de peligro o 4$tención4para las menos graves.

    Indicación de peli+ro4 (on frases que permiten identificar y complementardeterminados riesgos mediante la descripción del tipo de peligro y sonasignadas a una clase y categoría determinada.

    Conse/os de prudencia4 (on recomendaciones para la adopción de medidas atomar que reducen o previenen los efectos adversos causados por lae)posición a un producto peligroso.

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    &os datos que debe contener una ic5a de (eguridad se describen en el%D 200 2 -' de 29 de febrero' por el que se aprueba el %eglamento sobreclasificación' envasado y etiquetado de preparados peligrosos' y son lossiguientes,

    ;dentificación de la sustancia y del responsable de su comercialización

    Composición información sobre los componentes

    ;dentificación de los peligros

    "rimeros au)ilios

    *edidas de luc5a contra incendios

    *edidas en caso de vertido accidental*anipulación y almacenamiento

    Controles de la e)posición protección personal

    "ropiedades físicas y químicas

    #stabilidad y reactividad

    ;nformación to)icológica

    ;nformación ecológica

    Consideraciones relativas a la eliminación

    ;nformación relativa al transporte

    ;nformación reglamentaria

    tra información

    (obre las fic5as de Datos de (eguridad' el %D 19 2 2 9' de - denoviembre' por el que se modifica el %eglamento sobre notificación desustancias nuevas y clasificación' envasado y etiquetado de sustanciaspeligrosas' aprobado por %eal Decreto -3- 1//0' de 1 de marzo' con lafinalidad de adaptar sus disposiciones al %eglamento >C#? nU 1/ 6 2 3 del"arlamento #uropeo y del Conse!o >%eglamento %#$CA?' esta!lece ue la)icha de 'e+uridad4

    Deberá estar redactada al menos en la lengua oficial del #stado.

    #l proveedor de una sustancia o preparado' que en cumplimiento de losrequisitos establecidos en el artículo -1 del %eglamento >C#? nU 1/ 6 2 3'

    deba facilitar la ic5a de datos de seguridad al destinatario' a más tardar enel momento de la primera entrega del producto. Deberá asimismo' antes de

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    la comercialización de esa sustancia o preparado' entregar una copia de lamisma al *inisterio de (anidad y Consumo. Nste la mantendrá a disposición

    del *inisterio de *edio $mbiente' *edio %ural y *arino y de las comunidadesautónomas que la soliciten.

    (e presentara preferiblemente de forma electrónica a través de losmecanismos que la $dministración facilite para este fin.

    3.11 El ruido

    #l ruido es el contaminante

    físico por e)celencia dentro de lasempresas. #l %D 293 2 3' de 1 demarzo' sobre la protección de lasalud y la seguridad de lostraba!adores contra los riesgosrelacionados con la e)posición alruido' establece unas medidaspreventivas para eliminar o reducireste riesgo.

    #l estudio de ruido e)istenteen los distintos puestos de traba!o seactualizará periódicamente. Dic5oestudio comprenderá una evaluaciónbasada en,

    &a medición de los niveles de ruido a que estén e)puestos lostraba!adores >la medición no será necesaria cuando la directaapreciación profesional acreditada permita llegar a una conclusión sinnecesidad de la misma?.

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    %a periodicidad con la ue se actuali0ar el estudio de ruido ser 4

    #valuaciones cada - acomo mínimo? cuando el nivel de e)posicióndiario equivalente o el nivel de pico supere los 9 dQ>$? o 1-0 dQ>C?'respectivamente >@alores inferiores de e)posición que dan lugar a una acción?.#n estos puestos se deberá,

    %ealizar un control médico >control de la función auditiva? cada cincoacomo mínimo? en los puestos de traba!o en los queel nivel de e)posición diario equivalente o el nivel de pico superen los 90 dQ>$?o 1-6 dQ >C?' respectivamente >@alores superiores de e)posición que dan lugar

    a una acción?. #n estos puestos se deberá,

    %ealizar un control médico >control de la función auditiva? cada tres a

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    (enivel de e)posición diario equivalente o nivel de pico de 96dQ>$? o 17 dQ>C?' respectivamente?8 no obstante si se comprobarane)posiciones por encima de dic5os valores' además de 5aber adoptado lasmedidas especificadas en el apartado anterior' el empresario deberá,

    =omar inmediatamente medidas para reducir la e)posición pordeba!o de los valores límite de e)posición.

    Determinar las razones de la sobree)posición.

    Corregir las medidas de prevención y protección' a fin de evitarque vuelva a producirse una reincidencia.

    ;nformar a los delegados de prevención de tales circunstancias.

    3.12 %as i!raciones

    (eg+n lo establecido por el %D 1-11 2 0' de 7de noviembre' sobre la protección de la salud y laseguridad de los traba!adores frente a los riesgosderivados o que puedan derivarse de la e)posición avibraciones mecánicas' es obligatorio evaluar lae)istencia de riesgo derivado de la e)posición avibraciones en las evaluaciones de riesgos establecidaen la empresa.

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    (i el riesgo es claro e importante se debe establecer una medición' portécnicos especializados y con los medios adecuados.

    &os traba!adores tienen derec5o a información y formación cuandotraba!en en estas circunstancias. &a vigilancia de la salud debe ser específicateniendo en cuenta esta particularidad >con protocolos adaptados?.

    alores de e posición ue dan lu+ar a una acción

    "ara el (istema manoObrazo, a partir de 2'0 m s 2

    "ara el (istema cuerpo entero, a partir de '0 m s2.

    alores %,-ites de E posición

    "ara el (istema manoObrazo, :o se puede superar 0 m s 2.

    "ara el (istema cuerpo entero, :o se puede superar 1'10 m s 2.

    3.13 E posición a radiaciones ópticas arti(iciales

    &aRadiación Óptica ,

    &oda radiación electro-a+n"tica cuya lon+itud de onda est"co-prendida entre 1@@ n- y 1 --. El espectro de la radiación

    óptica se di*ide en radiación ultra*ioleta radiación *isi!le yradiación in(rarro/a.

    #l %eal Decreto 793 2 1 ' de 2- de abril' sobre laprotección de la salud y la seguridad de los traba!adorescontra los riesgos relacionados con la e)posición aradiaciones ópticas artificiales' establece igual que en loscasos anteriores se establecen unos valores límites dee)posición que se determinan en los ane)os ; y ;; del realdecreto' que nunca deberán superarse.

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    #ste riesgo debe evaluarse por técnico superior con la especialidad de5igiene.

    =ambién establece que los traba!adores serán formados e informadossobre,

    &as medidas tomadas en aplicación del %eal Decreto.

    &os valores límite de e)posición y los riesgos potenciales asociados.

    &os resultados de la evaluación y' en su