Post on 05-Oct-2018
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UNIVERSIDAD PRIVADA DE ICA
FACULTAD DE INGENIERIA Y CIENCIAS ECONOMICAS
TRABAJO DE INVESTIGACIÒN
LA CADUCIDAD EN LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS
DISCIPLINARIOS - PODER JUDICIAL 2016
PARA OPTAR TITULO PROFESIONAL DE:
ABOGADO
PRESENTADO POR:
BACH. JORGE ALBERTO VILLANUEVA ALDAVE
ASESOR:
Mag. JORGE TORRES SARAVIA
ICA – PERU
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DEDICATORIA
Dedico mi presente trabajo a Dios quien en todo momento ha sido mi guía y mi
protector
A mi familia, por haberme dado la fortaleza y ganas de superación
A mis docentes y amigos por todo el tiempo compartido y haber podido lograr juntos
poder culminar con nuestro compromiso de ser profesionales.
JORGE ALBERTO VILLANUEVA ALDAVE
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RESUMEN
El siguiente Trabajo de Investigación, el fin es dar a conocer de que manera se viene
aplicando la Directiva 002-2015-SERVIR, en el tema de las prescripciones cuando se
desean plantear por hechos cometidos del 2013 y 2014, para lo cual la presente tesis
se divide en 3 partes.
El objetivo principal es poder brindar la información necesaria basada en autores y
páginas web sobre el tema antes mencionado, para así poder llegar a una conclusión.
La segunda parte consta en el análisis que hago en mi tesis, sobre mi planteamiento
del problema y como esta a su vez es transmitido y entendida a la secretaria técnica,
órgano instructor, órgano sancionador y también de como el administrado lo entiende,
para así de esta manera poder defenderse ante cualquiera Proceso Administrativo
Disciplinario.
La tercera es la parte comparativa de las encuestas realizadas a los secretarios
técnicos del Servicio de Administración Tributaria de Trujillo, Municipalidad de Ascope,
Municipalidad de Ascope y del Gobierno Regional – La Libertad.
De está manera se puede confirmar que el personal entendido y capacitado en los
Procesos Administrativos Disciplinarios pueda lograr entender la problemática dada.
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INDICE
DEDICATORIA ............................................................................................. ii
AGRADECIMIENTO ..................................................................................... iii
RESUMEN.................................................................................................... iv
I. INTRODUCCION ....................................................................................... 6
II. PROBLEMÁTICA DE LA INVESTIGACION ............................................. 7
2.1 DESCRIPCION DE LA REALIDAD PROBLEMÁTICA ........... 7
2.2 FORMULACION DE LA INVESTIGACION ............................. 7
2.3 JUSTIFICACION DE LA INVESTIGACION ............................ 7
2.4 HIPOTESIS ............................................................................ 8
2.5 VARIABLES ........................................................................... 10
III. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION .................................................... 10
3.1 OBJETIVO GENERAL ........................................................... 10
3.2 OBJETIVOS ESPECIFICOS .................................................. 10
IV. MARCO TEORICO ................................................................................. 11
V. METODOS O PROCEDIMIENTOS .......................................................... 12
VI. RESULTADOS ........................................................................................ 15
VII. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ......................................... 17
CONCLUSIONES ........................................................................ 17
RECOMENDACIONES ................................................................ 18
BIBLIOGRAFIA ............................................................................................. 19
ANEXOS ...................................................................................................... 20
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I. INTRODUCCION
El presente Trabajo de Investigación tiene como fin de brindar la información
necesaria y dar a conocer la aplicación de la Directiva 002-2015 y su Ley
N°30057 y sus modificatorias y como esta se aplica a los Procesos
Administrativo Disciplinario sobre los casos de caducidad, el cual ya es
establecido por la Directiva 002-2015-SERVIR.
El estudio se elabora puesto a que no existe una buena interpretación de la
caducidad de cómo es que debe de aplicarse, ya que en muchos casos se han
cometido en el año 2013 o 2014; y resulta un poco complejo debido a que la
directiva señala que se puede aplicar posterior a la fecha del 2014. Creando
conflicto al momento de aplicar dicha caducidad.
El presente Trabajo de Investigación nos va a demostrar resultados, sean
negativos o positivos que logra fundamentar el presente trabajo, la presente
información recopilada será resultado de cuestionarios realizados a 4
secretarios técnicos de procedimientos administrativos disciplinarios, los cuales
tienen una mayor capacitación sobre la presente directiva, esperando aclarar
el presente problema.
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II. PROBLEMÁTICA DE LA INVESTIGACIÓN
2.1. DESCRIPCIÓN DE LA REALIDAD PROBLEMÁTICA :
En la actualidad podemos observar como los procedimientos administrativos
disciplinarios, en lo que respecta a la caducidad, crea conflictos al momento
de interpretarlo, perjudicando al servidor civil al momento de ser sancionado
con fechas anteriores a las sanciones cometidas en el 2014.
Por otro lado, se debe de tener en cuenta, que la Directiva 002-2015-SERVIR,
establece los lineamientos para la caducidad, dejando un vacío en el tema de
interpretar si un trabajador cometió una falta disciplinaria en el 2012, 2013,
debido a que la directiva hace mención a las faltas cometidas del 2014 para
adelante.
Teniendo en cuenta que en la ley 27444, no establece plazo en las fechas
pasadas, no se puede determinar el grado de caducidad al momento de
identificar a presunto infractor.
2.2. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
PROBLEMA PRINCIPAL:
¿Cómo influye la ausencia de aclaración en la caducidad que perjudica el
pronunciamiento de los órganos instructores y sancionadores?
2.3 JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN :
¿De que manera se podría aplicar la caducidad?
¿DE que forma sería el enfoque para determinar una buena caducidad?
El presente problema del Trabajo de Investigación se realizará dentro del
Departamento de la Libertad.
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Ante la necesidad de no saber cómo aplicar la caducidad es que se opta por
el trabajo de investigación para poder aclarar la caducidad.
Así como también quede claro el tema de caducidad y no existan dudas en la
aplicación de las prescripciones.
2.4. HIPOTESIS
HIPOTESIS PRINCIPAL
La presente tesis, es necesario tenerla en consideración para que a futuro no
siga produciendo unos fines de interpretación, y sea solo una interpretación y
esta se encuentra clara y en forma precisa, cabe recalcar que SERVIR
mediante sus informes poco a poco va llegando a una buena interpretación.
Pero la tesis va a tratar de identificar el error y una posible solución.
HIPOTESIS SECUNDARIAS
Si la aplicación de la caducidad se podría aplicar en todos los ámbitos y a todos
los servidores del estado teniendo en cuenta la Directiva 002-2015-SERVIR.
Si la caducidad debe de estar contemplada en la directiva de hechos con
anterioridad al 2014.
CONTRASTACION DE HIPOTESIS
Para contrastar las hipótesis se usó la distribución ji cuadrada puesto que los
datos disponibles para el análisis están distribuidos en frecuencias absolutas o
frecuencias observadas. El test de ji cuadrada es la más adecuada para esta
investigación porque las variables son cualitativas.
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HIPOTESIS GRAFICO N°01
Se puede apreciar de que la caducidad en la directiva 002-2015-SERVIR, no se
encuentra en forma clara, esto es debido a que cuando se encuentran en el caso de
que un hecho ha sido en el año 2014 para atrás, no se sabe si aplicar la directiva en
mención o aplicar la norma aplicada en el momento de cometida la falta. Pero si nos
remitimos a lo establecido de la directiva nos enfoca diciéndonos de que no es
aplicable por lo que queda la duda si es que tenemos que aplicarlo o no.
Para los Secretarios Técnicos es difícil tener que apoyar a los instructores y aplicar la
caducidad debido a que esos conocimientos tienen que ser compartido por la máxima
autoridad de la entidad para que así en forma conjunta y unánime tengan que realizar
la caducidad.
HIPOTESIS GRAFICO N°02
Todos los Secretarios técnicos, respondieron que no conocen de un caso, en que se
aplique la caducidad, esto sucede por el mismo hecho que se explicó anteriormente
en el grafico 1, teniendo como resultado de que no se sabe cómo aplicarlo y que
normas jurídicas se tiene que emplear.
HIPOTESIS GRAFICO N°03
Al igual que los anteriores, sucede que los Secretarios Técnicos se encuentran en duda
y no pueden aplicar la caducidad esto conlleva a tener que aplicar de manera distinta.
HIPOTESIS GRAFICO N°04
Todos los Secretarios Técnicos son de la idea de que se debe de plantear una
modificatoria a la Directiva, para que esta sea en forma entendible y no entren en
criterios al momento de emplearlo y sea de dominio de todos las Autoridades de los
Procedimientos Administrativos Disciplinarios.
2.5. VARIABLES
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VARIABLES INDEPENDIENTE
La falta de aclaración en la caducidad
INDICADORES
Eficiencia de la Ley 27444.
Eficiencia de la directiva 002-2015 SERVIR.
Eficiencia de la Ley N°30057.
VARIABLES DEPENDIENTES
Perjudica el pronunciamiento de los órganos instructores y sancionadores
III. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN:
3.1. OBJETIVO GENERAL
Definir de qué forma la falta de aclaración en la caducidad perjudica el
pronunciamiento de los órganos instructores y sancionadores.
3.2. OBJETIVO ESPECIFICO
Reconocer la caducidad en el Proceso Administrativo Disciplinario.
Mostar cuáles son los Organos Instructores como Sancionadores.
Aclarar la caducidad desde la Directiva 002-2015-SERVIR y su Ley 30057.
Art.3947 C.C.: los derechos reales y personales se adquieren o se pierden por la
caducidad. La caducidad es un medio de adquirir un derecho o de liberarse de una
obligación por el transcurso del tiempo.
IV. MARCO TEÓRICO
Suspensión de la caducidad:
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Consiste en la paralización de su curso por causas contemporáneas o
sobrevinientes a su comienzo establecidas por la ley taxativamente.
Altera el curso del plazo de caducidad respecto del porvenir, pero el tiempo es
conservado, puesto en reserva, para unirlo al que siga una vez cesada la causal
suspensiva, o sea el curso se detiene por el lapso en que se produzca dicha causal.
Los casos tipificados como suspensivos son:
PRESCRICPION DE ACUERDO A LA DIRECTIVA 002-2015-SERVIR
Tomando en cuenta que en el numeral 6.1. de la Directiva 002-2015 Servir, toma
en cuenta los Procesos Administrativos Disciplinarios instaurados antes del 14 de
septiembre del 2014, se rigen por las normas sustantivas y procedimentales
vigentes al momento de la instauradas del procedimiento hasta la resolución de los
recursos de apelación que, de ser el caso, se interpongan contra los actos que
ponen fin al PAD.
Así mismo los Procesos Administrativos Disciplinarios instaurados desde el 14 de
septiembre del 2914, por hechos cometidos con anterioridad a dicha fecha, se rigen
por las reglas procedimentales previstas en la LSC y su reglamento y por las reglas
sustantivas aplicables al momento en que se cometieron los hechos.
Por todo lo antes mencionado se puede apreciar, de que si un servidor comete una
infracción del 13 de septiembre del 2014 hacia atrás no podrían aplicar el tema de
caducidad debido a que la misma directiva nos pone en aviso, expresando de que
no se le puede aplicar la caducidad.
PRESCRIPCION EN LA LEY 30057.-
Articulo 97.- PRESCRIPCION
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La facultad para determinar la existencia de faltas disciplinarias e iniciar el
procedimiento disciplinario prescribe conforme a lo previsto en el artículo 94 de la
Ley, a los tres años calendario cometida la falta, salvo que, durante ese periodo, la
oficina de recursos humanos de la entidad, o la que haga sus veces, hubiera
tomado conocimiento de la misma. En este último supuesto, la caducidad operara
un año calendario después de esta toma de conocimiento por parte de dicha
oficina. Siempre que no hubiere transcurrido el plazo anterior.
Esta investigación será del tipo aplicativa, por cuanto todos los aspectos son
teorizados, aunque sus alcances serán prácticos en la medida que sean aplicados
modificando la Directiva 002-2015-SERVIR con su Ley 30057, teniendo en cuenta
y sea de beneficio para los Procesos Administrativos Disciplinarios; por tanto, un
aporte como la visión estratégica de estos elementos de seguro será de mucha
utilidad. La investigación es descriptiva, explicativa y correlacional. Es descriptiva,
porque especificará cada uno de los elementos teóricos de la gestión en el sector
público. Es explicativa, porque al final de la investigación se sustentará-explicará-
de que forma la aplicación de la caducidad. Es correlacional; porque se medirá el
grado de relación entre la caducidad de 3 años contado a partir de cometida la
infracción y la caducidad de la ley que se le aplica en el momento. También es
correlacional, porque si la propuesta tiene efectos positivos en la directiva, tendrá
los mismos efectos en todo el País.
V. METODOS Y PROCEDIMIENTOS
DISEÑO DE LA TESIS
Diseñar la investigación, es identificar la hoja de ruta que se va a seguir hasta
formular la recomendación final del trabajo. El diseño consiste, en primer lugar,
en identificar los problemas, en base a los cuales se han propuesto las
soluciones correspondientes a través de las hipótesis, asimismo se han
propuesto los objetivos que persigue la investigación; estableciendo de esta
forma una interrelación directa entre estos tres elementos metodológicos en
base a las variables e indicadores de la investigación. Luego se desarrollará el
planteamiento teórico sobre la base de los problemas, objetivos e hipótesis.
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Dicho planteamiento contendrá las teorías, enfoques y análisis realizados por
diferentes autores. Al final del trabajo, se verificará los objetivos específicos, lo
POBLACION Y MUESTRA
La población estará conformada por 4 secretarios técnicos de la Provincia de
Trujillo, los cuales, desde su punto de vista como personas conocedoras de los
Procesos Administrativos Disciplinarios, donde con sus aportes obtener
información sobre el trabajo investigado. Para definir y dar a conocer la muestra
y el método de posibilidades al aplicar la modificatoria de la directiva.
Donde:
Sustituyendo:
n = (0.5 x 0.5 x (1.96)2 x 135) / (((0.09)2 x 134) + (0.5 x 0.5 x (1.96)2))
n = 34
FUENTE: Elaboración propia del Autor.
TECNICAS E INSTRUMENTOS DE RECOLECCION DE INFORMACION
Las técnicas que se utilizarán en la investigación serán las siguientes:
ENCUESTAS:
Se aplicará a los Secretarios Técnicos de Procedimientos
Administrativos Disciplinarios de la Provincia de Trujillo, con el propósito
de obtener información sobre la investigación.
INSTRUMENTOS DE RECOPILACION DE DATOS:
Los instrumentos que se utilizaran en la investigación, están
relacionados con las técnicas antes mencionadas, del siguiente modo:
CUESTIONARIO: Se aplicará para llevar a cabo la encuesta, la misma que se aplicará
a los Secretarios Técnicos.
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GUIA DE ANALISIS DOCUMENTAL: Este instrumento se aplicará para analizar
normas teóricas y otros documentos relacionados con la investigación.
Para la obtención de información que nos permita probar nuestra hipótesis se llevó a
cabo una encuesta en la modalidad de cuestionario, dirigido a la unidad de análisis
mencionada en la población de estudio.
TECNICAS DE ANALISIS E INTERPRETACION DE DATOS
Se aplicarán las siguientes técnicas:
Análisis documental.
Indagación.
Conciliación de datos.
Tabulación de cuadros con cantidades y porcentajes.
Comprensión de gráficos.
Otras.
TECNICAS DE PROCESAMIENTO
Entre las principales técnicas que se aplicó en este estudio tenemos:
La codificación.
La tabulación .
Técnicas estadísticas.
Estas técnicas permitieron clasificar la información obtenida, para la presentación
en tablas, y de esta manera, poder interpretar a través de la teoría relacionada al
tema de investigación
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VI. RESULTADOS
Luego de haber realizado el presente Trabajo de Investigación, se puede apreciar
de los resultados cuan necesario es no solo saber sino aplicar las normas y leyes,
podemos darnos cuenta el resultado claro, el nos permitió determinar que es
importante y necesario dentro de la Directiva 002-2015-SERVIR.
INTERPRETACION Y DISCUSION DE LOS RESULTADOS
1.- ¿Cree usted que la caducidad en la Directiva 002-2015-SERVIR
se encuentra en forma clara?
Opciones Frecuencia %
Definitivamente no 00 00.0%
Indeciso 00 00.0%
Definitivamente si 04 100.0%
TOTAL 04 100.0%
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2.-¿Conoce usted de la caducidad aplicada a Ex Servidores?
Opciones Frecuencia %
Definitivamente no 04 100.0%
Indeciso 00 00.0%
Definitivamente si 00 00.0%
TOTAL 04 100.0%
3.-¿Qué sucede cuando un servidor cometió una infracción en el
2013 y como se controla los plazos?
Opciones Frecuencia %
Tiene idea de se hará 00 00.0%
Indeciso 00 00.0%
No tiene idea de lo que se hará 04 100.0%
TOTAL 04 100.0%
4.-¿Plantearía alguna modificatoria a la Directiva 002-2015-SERVIR?
Opciones Frecuencia %
Definitivamente si 04 100.0%
Indeciso 00 00.0%
Definitivamente no 00 00.0%
TOTAL 04 100.0%
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VII. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
7.1. CONCLUSIONES
Después del análisis hecho se llega a la conclusión de que debe de
existir un aclaración sobre la caducidad en el momento que se
comentaron las faltas administrativas en fechas 2014 hacia atrás.
Que, los secretarios técnicos siendo las personas más calificadas
para poder emplear la caducidad, existe un grave error al momento de
interpretarla, preocupando más a las personas que no cuentan con la
capacitación adecuada.
El resultado nos refleja de que se debería modificar una parte en el
cuerpo normativo de la Directiva 002-2015-SERVIR, para que esta sea
entendible a todos Secretarios Técnicos a nivel nacional, y puede ser
aplicada sin preocupación.
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7.2. RECOMENDACIONES
Modificar la Directiva agregando en la parte de que la caducidad debe de ser de
3 años cometida la falta, siendo el año que sea, a fin de poder determinar la
caducidad y esta pueda ser empleada en todos los casos y por todas las
autoridades de Procedimiento Administrativo Disciplinario.
Aclarar por parte de SERVIR, y dejar un precedente vinculante para que todas
las autoridades del Proceso Administrativo Disciplinario puedan aplicarlo en
forma uniforme.
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BIBLIOGRAFIA
http://www.servir.gob.pe/servir-publica-las-modificaciones-a-la-directiva-del-
regimen-disciplinario-y-procedimiento-sancionador/
CARRUITERO LECCA, Francisco y Mario Raúl GUTIERREZ CANALES.
Estudio doctrinario y jurisprudencial a las disposiciones generales de los
procesos de habeas corpus, amparo, habeas data y cumplimiento del Código
Procesal Constitucional, Ley Nº 28237. Studio editores. Lima, 2006. Págs. 205-
206.
http://storage.servir.gob.pe/lsc/directiva/Directiva_02-2015-SERVIR-
GPGGSC_Mod_Anexo_2_jun16.pdf