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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL FRANCISCO DE MIRANDAPROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN EN FONOAUDIOLOGÍA
TRAYECTO INICIAL
INTRODUCCIÓN AL PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN EN FONOAUDIOLOGÍA
Integrantes: Beruscka Barosick C.I.17.701.932 Candy Moreno 25.692.806 Estefany Marrufo C.I. 26.165.720 Fabiana Torres C.I. 26.174.287 María Pérez C.I. 27.176.062
Profesora: Marbelys GutiérrezIntroducción al PNF en Fonoaudiología
OCTUBRE (2015)
FUNDAMENTOS LEGALES Y POLÍTICOS DE LOS PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACIÓN
Los Programas Nacionales de Formación constituyen parte del
proceso de transformación de la educación universitaria venezolana que
impulsa el gobierno nacional a través del Ministerio del Poder Popular para la
Educación Universitaria y la Misión Alma Mater y su fundamentación legal y
política es la siguiente;
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela CRBV (1999); la cual establece a través de sus artículos 102 y 103 que la
educación es un derecho humano y un deber social fundamental,
democrática, gratuita y obligatoria y tiene como finalidad desarrollar el
potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad
en una sociedad basada en la valoración ética del trabajo y en la
participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación
social.
En consecuencia, todos los ciudadanos tienen derecho a una
educación integral de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y
oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes,
vocación y aspiraciones, por lo cual el Estado tendrá la responsabilidad de
crear y sostener las instituciones y servicios suficientemente dotados para
asegurar el acceso, permanencia y culminación en el sistema educativo.
Al igual que la CRBV (1999) la Ley Orgánica de Educación LOE (2009) en su Artículo 4 señala que la educación es un derecho humano y un
deber social fundamental concebida como un proceso de formación integral,
gratuita, laica, inclusiva y de calidad, permanente, continua e interactiva, que
promueve la construcción social del conocimiento, la valoración ética y social
del trabajo, y la integralidad y preeminencia de los derechos humanos.
Es por ello, que hace énfasis en el proceso de formación permanente
a través de una educación democrática, participativa y protagónica que
permita promover el desarrollo intelectual y humanístico de todos los
ciudadanos, así como el fomento de la responsabilidad social, la inclusión, la
justicia, la investigación constante y la valoración de los derechos humanos
con el fin forjar personas comprometidas social y éticamente con el
desarrollo del país.
Cabe destacar, que una de sus funciones es planificar, ejecutar y
coordinar políticas y programas que permitan la territorialización de la
educación universitaria y faciliten la municipalización, resaltando la
pertinencia social en atención a los valores culturales, capacidades y
potencialidades locales, dentro de la estrategia de inclusión social educativa
y del proyecto de desarrollo nacional endógeno, sustentable y
sostenible(Articulo 6, Literal C).
Por su parte, la Ley de Universidades (1970); señala que las
Universidades son instituciones al servicio de la Nación y les corresponde
colaborar en la orientación de la vida del país inspiradas en el espíritu
democrático, de justicia social y de solidaridad humana, y por tanto deben
estar abierta a todas las corrientes del pensamiento universal, las cuales se
expondrán y analizarán de manera rigurosamente científica.
También se cuenta con el aporte de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (2005), ya que como lo resalta uno de los
objetivos de la Misión Alma Mater en cuanto a la educación universitaria se
plantea vincular los procesos de formación, investigación y desarrollo
tecnológico con los proyectos estratégicos de la Nación dirigidos a la
soberanía política, tecnológica, económica, social y cultural, por lo tanto,
dicha ley establece los principios orientadores en materia de ciencia,
tecnología e innovación y define los lineamientos que orientarán las políticas
educativas en este campo, con la implantación de mecanismos
institucionales y operativos para la promoción, estímulo y fomento de la
investigación científica, la apropiación social del conocimiento y la
transferencia e innovación tecnológica, a fin de fomentar la capacidad para la
generación, uso y circulación del conocimiento y de impulsar el desarrollo
nacional e interés público.
Como fundamento legal de índole internacional se toma en cuenta los
aportes dados por la UNESCO en la Conferencia Mundial sobre Educación Superior en el siglo XXI: Visión y Acción, en donde se plantea
la necesidad de revisar los programas y planes de estudio para incorporar
nuevas tecnologías, conocimientos, modificar la didáctica en relación a las
nuevas sustentaciones psicológicas del proceso de enseñanza-aprendizaje,
fortalecer la investigación en todas las especialidades, generar y aumentar
los convenios estratégicos con otras instituciones que revaloricen la acción
del egresado en su medio laboral. Además, la UNESCO se centra en los
aportes de Delors, sobre la concepción del ser humano en sus dimensiones
que desde el aprendizaje se define en: 1. Aprender a conocer, 2. Aprender a
hacer, 3. Aprender a convivir y a trabajar en proyectos comunes y 4.
Aprender a ser.
Asimismo, tenemos como fundamento legal y político de los
programas nacionales de formación el Segundo Plan Socialista de la Nación período 2013-2019; el cual propone impulsar la transformación
universitaria y la formación técnico profesional, para su vinculación con los
objetivos del proyecto nacional, de igual forma, aspira consolidar la
democratización y el derecho constitucional a la educación superior
municipalizada para todos los ciudadanos, fortaleciendo el ingreso,
prosecución y egreso, incrementando el 100% de la inclusión de jóvenes
bachilleres a las diversas instituciones universitarias del país.
Igualmente y como principal basamento legal contamos con la Resolución 2.963 de fecha 13 de mayo de 2008, publicada en Gaceta Oficial 38.930 del 14 de mayo de 2008; la cual tiene por objeto regular la
creación de los Programas Nacionales de Formación en Educación Superior,
y la autorización para la gestión de dichos Programas a cargo de las
universidades, que garanticen el acceso al conocimiento para la
universalización de la educación con pertinencia social, teniendo como
finalidad el desarrollo humano integral, el fortalecimiento del poder popular, la
plena soberanía nacional y la consolidación político- social del proyecto de
Nación propuesto en la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela.
Al mismo tiempo resalta la importancia de la municipalización de la
Educación Superior que garantice la participación de todas las comunidades,
en la generación, transformación y socialización del conocimiento, por lo
tanto exige el desarrollo de mecanismos institucionales para que la
Educación Superior se constituya en un espacio abierto de formación
permanente, articulado al mundo del trabajo y la vida social, que responda a
criterios de flexibilidad para el ingreso, permanencia y egreso del sistema; la
cooperación entre las instituciones, la armonización de los diseños
curriculares, la realización de planes de investigación y formación, la
producción y uso compartido de los distintos recursos educativos, la
movilidad académica, como condiciones necesarias para el logro de los
objetivos de la Educación Superior.
Según el artículo 4 de la presente resolución los Programas
Nacionales de formación en Educación Superior, tendrán como
características comunes: 1. La formación humanista como aspecto de vital
importancia para la formación integral de la persona, 2. La vinculación con
las comunidades y el ejercicio profesional a lo largo de todo el trayecto
formativo, 3. La conformación de los ambientes educativos como espacios
comunicacionales abiertos, 4. La participación activa y comprometida de los
estudiantes en los procesos de creación intelectual y vinculación social, 5.
Modalidades curriculares flexibles, adaptadas a las distintas necesidades
educativas, 6. El empleo de sistemas de evaluación pertinentes que
permitan el control de la calidad del proceso y del Impacto y 7. La promoción,
el reconocimiento y la acreditación de experiencias formativas en distintos
ámbitos.
Finalmente en materia legal y específicamente por hacer referencia a
los Programas Nacionales de Formación en el área de la salud se cuenta con
la Ley Orgánica de Salud (1998), en donde se deja ver la importancia de la
promoción y conservación de la salud en todos los ciudadanos y para ello el
Estado está en la obligación de orientar los programas de promoción y
conservación de la salud.
PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACIÓN EN EL MARCO DE LA MISIÓN SUCRE Y LA MISIÓN ALMA MATER
La Misión Sucre surge en el año 2003 como una iniciativa del gobierno
nacional para garantizar el acceso a la educación universitaria a todos los
bachilleres y cambiar las condiciones de exclusión que se habían encontrado
hasta el momento. Más adelante en el año 2009, nace la Misión Alma Mater
con la finalidad de continuar impulsando grandes cambios en la educación
universitaria venezolana a través de la creación de nuevos institutos y la
trasformación de gran parte de las universidades públicas existentes,
fomentando la articulación institucional y territorial, en función de las líneas
estratégicas del Proyecto Nacional Simón Bolívar, garantizando de esta
manera el derecho de todas las personas a una educación superior de
calidad y sin exclusiones.
Por tal razón y en concordancia con lo antes expuesto, podemos decir
que ambas misiones confluyen entre si tal cual como lo establece el artículo
1 del Decreto Nº 6.650 mediante el cual se formaliza la creación de la Misión
Alma Máter (Gaceta Oficial Nº 39.148 del 27 de marzo de 2009); “La Misión
Alma Mater y la Misión Sucre son un todo articulado para favorecer el
enraizamiento de la educación superior en todo el territorio nacional,
comprometido con el desarrollo humano integral basado en las
comunidades”.
En consecuencia, ambas misiones suman esfuerzos para arraigar la
educación universitaria en todo el territorio nacional en estrecho vínculo con
las comunidades, generando de esta manera, los cambios curriculares en las
estructuras académicas que han dado vida a los Programas Nacionales de
Formación (PNF) y así poder irlos implementando progresivamente en las
diversas instituciones universitarias que han sido creadas, en aquellas que
están por crear y las que han sido transformadas.
En este sentido, el propósito general de los PNF es constituir redes de
conocimiento y aprendizaje para la generación, transformación y apropiación
social del conocimiento en las respectivas áreas al servicio de la Nación y, en
particular, promover activamente la articulación y cooperación solidaria entre
las instituciones universitarias, la vinculación de la educación universitaria
con los organismos del Estado, empresas y organizaciones sociales, en
función de la pertinencia de la formación y la creación intelectual; la
movilidad nacional de estudiantes, profesores, la producción, distribución y
uso compartido de recursos educativos; así como la formación avanzada de
profesores y profesionales.
Es así, como de acuerdo con los Lineamientos para el Desarrollo
Curricular de los Programas Nacionales de Formación (2012); dichos
programas en el marco de la Misión Sucre y la Misión Alma Mater, tendrán
como principios comunes:
A. Vinculación con los lineamientos establecidos en el Plan de Desarrollo
Económico y Social de la Nación.
B. Formación integral del o la participante en el desarrollo de los saberes
desde la construcción colectiva de la acción educativa transformadora
que impulsará tanto el trabajo liberador como el desarrollo socio-
productivo del país.
C. Dinamización del currículo, a través de los proyectos sociointegradores,
que potencien la vinculación integral e integradora con las comunidades y
la profesionalidad a lo largo de todo el trayecto formativo mediante la
interacción e intercambio de experiencias y conocimientos en los distintos
espacios territoriales, garantizando así la pertinencia.
D. Creación de espacios educativos abiertos asociados a necesidades y
características geoterritoriales, que permitan la expresión del Poder
Popular de todas y todos los participantes a fin de promover un diálogo
de saberes, profundizando el ejercicio democrático caracterizado por el
encuentro y debate de las ideas, la valoración a la diversidad, la
multiplicidad de fuentes de información. La integración de todos los
participantes, como elementos indispensables para la formación.
E. Participación activa y comprometida de los actores en los procesos de
creación intelectual y vinculación territorial relacionados con
investigaciones e innovaciones educativas comprometidas con el perfil de
su futuro desempeño y conducentes a la presentación de propuestas de
solución a los problemas socioterritoriales por la vía científica, artística,
humanística y tecnológica a través del diálogo de saberes.
F. Concepción sociocultural crítica del currículo, promoviendo y facilitando
modalidades curriculares flexibles, adaptadas a las distintas necesidades
educativas, a los recursos disponibles, a la disponibilidad de tiempo y a
las características geohistóricas propias de cada comunidad, estado o
región.
G. Promoción de una pedagogía y didáctica en una concepción sociocultural
crítica que permita la construcción de los aprendizajes significativos en
todas y todos los participantes; donde se valora la cultura, los saberes y
las experiencias como aportes al conocimiento, permitiendo así el rol de
un docente que guía proyectos de vida en unión con los estudiantes, bajo
principios de la democracia participativa y protagónica.
H. Promoción, reconocimiento y acreditación de las experiencias de
aprendizajes en distintos ámbitos.
OBJETIVOS DEL PNF EN FONOAUDIOLOGÍA
A. Formar talento humano ético e integral para la atención de las
necesidades de la Nación relacionadas con la Comunicación Humana y la
Audición.
B. Implementar programas epidemiológicos, con los cuales se establezcan
las características de la población a nivel regional y nacional en base al
funcionamiento en las áreas del lenguaje, habla, voz, motricidad oral y
audición. Así como también la incidencia de las discapacidades auditivas
y de la Comunicación Humana.
C. Implantar estrategias pedagógicas innovadoras que favorezcan el
mejoramiento del desempeño estudiantil y el desarrollo intelectual, con
énfasis en la mediación de materiales y aprendizajes.
D. Promover las articulaciones interinstitucionales y con el entorno social,
como fundamento de la atención integral del estudiante.
E. Incorporar participantes de pregrado a proyectos de investigación a través
de los Proyectos sociointegradores, como parte de su proceso formativo
(investigación formativa).
F. Diseñar estrategias y metodologías que favorezcan la consolidación del
modelo productivo socialista previsto en la Propuesta de Plan de
Desarrollo 2007-2013 (Eje Proyecto socio comunitario).
G. Impulsar la discusión y realización de cambios curriculares que conjuguen
la atención a las nuevas demandas sociales y la formación integral de los
participantes como personas, ciudadanos y profesionales capaces de
pensar y de actuar de manera crítica y creativa.
H. Instaurar acciones que apoyen la formación permanente de los
participantes a través de la infraestructura de tecnologías de información
y comunicación así como sistemas tutoriales que transciendan los
eventos educativos formales y promuevan un proceso educativo abierto,
flexible y permanente.
REFERENCIAS
Alma Mater Misión (2009). Educación Universitaria Bolivariana y
Socialista. Portal web en línea disponible en;
http://www.unearte.edu.ve/sites/default/files/pdf/Librito%20Alma
%20Mater.pdf
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela CRBV (1999).
Ley de Universidades (1970).
Ley Orgánica de Educación (2009).
Lineamientos para el Desarrollo Curricular de los Programas Nacionales
de Formación (2012). MPPEU. DVDA. Dirección General de Currículo y
Programas Nacionales de Formación. Portal web en línea disponible en;
http://www.curricular.info/Docu/Lineamientos_PNF.pdf
Misión Alma Mater. Decreto Nº 6.650. Gaceta Oficial Nº 39.148 del 27 de
marzo de 2009.
Programas Nacionales de Formación. Resolución 2.963 del 13 de mayo
de 2008. Gaceta Oficial 38.930.
Segundo Plan Socialista de la Nación período 2013-2019.