PNF EN FONOAUDIOLOGIA VENEZUELA

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL FRANCISCO DE MIRANDA PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN EN FONOAUDIOLOGÍA TRAYECTO INICIAL INTRODUCCIÓN AL PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN EN FONOAUDIOLOGÍA Integrantes: Beruscka Barosick C.I.17.701.932 Candy Moreno 25.692.806 Estefany Marrufo C.I. 26.165.720 Fabiana Torres C.I. 26.174.287 María Pérez C.I. 27.176.062

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PNF Programa Nacional de Formación en Fonoaudiología Bases Legales

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL FRANCISCO DE MIRANDAPROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN EN FONOAUDIOLOGÍA

TRAYECTO INICIAL

INTRODUCCIÓN AL PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN EN FONOAUDIOLOGÍA

Integrantes: Beruscka Barosick C.I.17.701.932 Candy Moreno 25.692.806 Estefany Marrufo C.I. 26.165.720 Fabiana Torres C.I. 26.174.287 María Pérez C.I. 27.176.062

Profesora: Marbelys GutiérrezIntroducción al PNF en Fonoaudiología

OCTUBRE (2015)

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FUNDAMENTOS LEGALES Y POLÍTICOS DE LOS PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACIÓN

Los Programas Nacionales de Formación constituyen parte del

proceso de transformación de la educación universitaria venezolana que

impulsa el gobierno nacional a través del Ministerio del Poder Popular para la

Educación Universitaria y la Misión Alma Mater y su fundamentación legal y

política es la siguiente;

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela CRBV (1999); la cual establece a través de sus artículos 102 y 103 que la

educación es un derecho humano y un deber social fundamental,

democrática, gratuita y obligatoria y tiene como finalidad desarrollar el

potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad

en una sociedad basada en la valoración ética del trabajo y en la

participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación

social.

En consecuencia, todos los ciudadanos tienen derecho a una

educación integral de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y

oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes,

vocación y aspiraciones, por lo cual el Estado tendrá la responsabilidad de

crear y sostener las instituciones y servicios suficientemente dotados para

asegurar el acceso, permanencia y culminación en el sistema educativo.

Al igual que la CRBV (1999) la Ley Orgánica de Educación LOE (2009) en su Artículo 4 señala que la educación es un derecho humano y un

deber social fundamental concebida como un proceso de formación integral,

gratuita, laica, inclusiva y de calidad, permanente, continua e interactiva, que

promueve la construcción social del conocimiento, la valoración ética y social

del trabajo, y la integralidad y preeminencia de los derechos humanos.

Es por ello, que hace énfasis en el proceso de formación permanente

a través de una educación democrática, participativa y protagónica que

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permita promover el desarrollo intelectual y humanístico de todos los

ciudadanos, así como el fomento de la responsabilidad social, la inclusión, la

justicia, la investigación constante y la valoración de los derechos humanos

con el fin forjar personas comprometidas social y éticamente con el

desarrollo del país.

Cabe destacar, que una de sus funciones es planificar, ejecutar y

coordinar políticas y programas que permitan la territorialización de la

educación universitaria y faciliten la municipalización, resaltando la

pertinencia social en atención a los valores culturales, capacidades y

potencialidades locales, dentro de la estrategia de inclusión social educativa

y del proyecto de desarrollo nacional endógeno, sustentable y

sostenible(Articulo 6, Literal C).

Por su parte, la Ley de Universidades (1970); señala que las

Universidades son instituciones al servicio de la Nación y les corresponde

colaborar en la orientación de la vida del país inspiradas en el espíritu

democrático, de justicia social y de solidaridad humana, y por tanto deben

estar abierta a todas las corrientes del pensamiento universal, las cuales se

expondrán y analizarán de manera rigurosamente científica.

También se cuenta con el aporte de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (2005), ya que como lo resalta uno de los

objetivos de la Misión Alma Mater en cuanto a la educación universitaria se

plantea vincular los procesos de formación, investigación y desarrollo

tecnológico con los proyectos estratégicos de la Nación dirigidos a la

soberanía política, tecnológica, económica, social y cultural, por lo tanto,

dicha ley establece los principios orientadores en materia de ciencia,

tecnología e innovación y define los lineamientos que orientarán las políticas

educativas en este campo, con la implantación de mecanismos

institucionales y operativos para la promoción, estímulo y fomento de la

investigación científica, la apropiación social del conocimiento y la

transferencia e innovación tecnológica, a fin de fomentar la capacidad para la

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generación, uso y circulación del conocimiento y de impulsar el desarrollo

nacional e interés público.

Como fundamento legal de índole internacional se toma en cuenta los

aportes dados por la UNESCO en la Conferencia Mundial sobre Educación Superior en el siglo XXI: Visión y Acción, en donde se plantea

la necesidad de revisar los programas y planes de estudio para incorporar

nuevas tecnologías, conocimientos, modificar la didáctica en relación a las

nuevas sustentaciones psicológicas del proceso de enseñanza-aprendizaje,

fortalecer la investigación en todas las especialidades, generar y aumentar

los convenios estratégicos con otras instituciones que revaloricen la acción

del egresado en su medio laboral. Además, la UNESCO se centra en los

aportes de Delors, sobre la concepción del ser humano en sus dimensiones

que desde el aprendizaje se define en: 1. Aprender a conocer, 2. Aprender a

hacer, 3. Aprender a convivir y a trabajar en proyectos comunes y 4.

Aprender a ser.

Asimismo, tenemos como fundamento legal y político de los

programas nacionales de formación el Segundo Plan Socialista de la Nación período 2013-2019; el cual propone impulsar la transformación

universitaria y la formación técnico profesional, para su vinculación con los

objetivos del proyecto nacional, de igual forma, aspira consolidar la

democratización y el derecho constitucional a la educación superior

municipalizada para todos los ciudadanos, fortaleciendo el ingreso,

prosecución y egreso, incrementando el 100% de la inclusión de jóvenes

bachilleres a las diversas instituciones universitarias del país.

Igualmente y como principal basamento legal contamos con la Resolución 2.963 de fecha 13 de mayo de 2008, publicada en Gaceta Oficial 38.930 del 14 de mayo de 2008; la cual tiene por objeto regular la

creación de los Programas Nacionales de Formación en Educación Superior,

y la autorización para la gestión de dichos Programas a cargo de las

universidades, que garanticen el acceso al conocimiento para la

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universalización de la educación con pertinencia social, teniendo como

finalidad el desarrollo humano integral, el fortalecimiento del poder popular, la

plena soberanía nacional y la consolidación político- social del proyecto de

Nación propuesto en la Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela.

Al mismo tiempo resalta la importancia de la municipalización de la

Educación Superior que garantice la participación de todas las comunidades,

en la generación, transformación y socialización del conocimiento, por lo

tanto exige el desarrollo de mecanismos institucionales para que la

Educación Superior se constituya en un espacio abierto de formación

permanente, articulado al mundo del trabajo y la vida social, que responda a

criterios de flexibilidad para el ingreso, permanencia y egreso del sistema; la

cooperación entre las instituciones, la armonización de los diseños

curriculares, la realización de planes de investigación y formación, la

producción y uso compartido de los distintos recursos educativos, la

movilidad académica, como condiciones necesarias para el logro de los

objetivos de la Educación Superior.

Según el artículo 4 de la presente resolución los Programas

Nacionales de formación en Educación Superior, tendrán como

características comunes: 1. La formación humanista como aspecto de vital

importancia para la formación integral de la persona, 2. La vinculación con

las comunidades y el ejercicio profesional a lo largo de todo el trayecto

formativo, 3. La conformación de los ambientes educativos como espacios

comunicacionales abiertos, 4. La participación activa y comprometida de los

estudiantes en los procesos de creación intelectual y vinculación social, 5.

Modalidades curriculares flexibles, adaptadas a las distintas necesidades

educativas, 6. El empleo de sistemas de evaluación pertinentes que

permitan el control de la calidad del proceso y del Impacto y 7. La promoción,

el reconocimiento y la acreditación de experiencias formativas en distintos

ámbitos.

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Finalmente en materia legal y específicamente por hacer referencia a

los Programas Nacionales de Formación en el área de la salud se cuenta con

la Ley Orgánica de Salud (1998), en donde se deja ver la importancia de la

promoción y conservación de la salud en todos los ciudadanos y para ello el

Estado está en la obligación de orientar los programas de promoción y

conservación de la salud.

PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACIÓN EN EL MARCO DE LA MISIÓN SUCRE Y LA MISIÓN ALMA MATER

La Misión Sucre surge en el año 2003 como una iniciativa del gobierno

nacional para garantizar el acceso a la educación universitaria a todos los

bachilleres y cambiar las condiciones de exclusión que se habían encontrado

hasta el momento. Más adelante en el año 2009, nace la Misión Alma Mater

con la finalidad de continuar impulsando grandes cambios en la educación

universitaria venezolana a través de la creación de nuevos institutos y la

trasformación de gran parte de las universidades públicas existentes,

fomentando la articulación institucional y territorial, en función de las líneas

estratégicas del Proyecto Nacional Simón Bolívar, garantizando de esta

manera el derecho de todas las personas a una educación superior de

calidad y sin exclusiones.

Por tal razón y en concordancia con lo antes expuesto, podemos decir

que ambas misiones confluyen entre si tal cual como lo establece el artículo

1 del Decreto Nº 6.650 mediante el cual se formaliza la creación de la Misión

Alma Máter (Gaceta Oficial Nº 39.148 del 27 de marzo de 2009); “La Misión

Alma Mater y la Misión Sucre son un todo articulado para favorecer el

enraizamiento de la educación superior en todo el territorio nacional,

comprometido con el desarrollo humano integral basado en las

comunidades”.

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En consecuencia, ambas misiones suman esfuerzos para arraigar la

educación universitaria en todo el territorio nacional en estrecho vínculo con

las comunidades, generando de esta manera, los cambios curriculares en las

estructuras académicas que han dado vida a los Programas Nacionales de

Formación (PNF) y así poder irlos implementando progresivamente en las

diversas instituciones universitarias que han sido creadas, en aquellas que

están por crear y las que han sido transformadas.

En este sentido, el propósito general de los PNF es constituir redes de

conocimiento y aprendizaje para la generación, transformación y apropiación

social del conocimiento en las respectivas áreas al servicio de la Nación y, en

particular, promover activamente la articulación y cooperación solidaria entre

las instituciones universitarias, la vinculación de la educación universitaria

con los organismos del Estado, empresas y organizaciones sociales, en

función de la pertinencia de la formación y la creación intelectual; la

movilidad nacional de estudiantes, profesores, la producción, distribución y

uso compartido de recursos educativos; así como la formación avanzada de

profesores y profesionales.

Es así, como de acuerdo con los Lineamientos para el Desarrollo

Curricular de los Programas Nacionales de Formación (2012); dichos

programas en el marco de la Misión Sucre y la Misión Alma Mater, tendrán

como principios comunes:

A. Vinculación con los lineamientos establecidos en el Plan de Desarrollo

Económico y Social de la Nación.

B. Formación integral del o la participante en el desarrollo de los saberes

desde la construcción colectiva de la acción educativa transformadora

que impulsará tanto el trabajo liberador como el desarrollo socio-

productivo del país.

C. Dinamización del currículo, a través de los proyectos sociointegradores,

que potencien la vinculación integral e integradora con las comunidades y

la profesionalidad a lo largo de todo el trayecto formativo mediante la

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interacción e intercambio de experiencias y conocimientos en los distintos

espacios territoriales, garantizando así la pertinencia.

D. Creación de espacios educativos abiertos asociados a necesidades y

características geoterritoriales, que permitan la expresión del Poder

Popular de todas y todos los participantes a fin de promover un diálogo

de saberes, profundizando el ejercicio democrático caracterizado por el

encuentro y debate de las ideas, la valoración a la diversidad, la

multiplicidad de fuentes de información. La integración de todos los

participantes, como elementos indispensables para la formación.

E. Participación activa y comprometida de los actores en los procesos de

creación intelectual y vinculación territorial relacionados con

investigaciones e innovaciones educativas comprometidas con el perfil de

su futuro desempeño y conducentes a la presentación de propuestas de

solución a los problemas socioterritoriales por la vía científica, artística,

humanística y tecnológica a través del diálogo de saberes.

F. Concepción sociocultural crítica del currículo, promoviendo y facilitando

modalidades curriculares flexibles, adaptadas a las distintas necesidades

educativas, a los recursos disponibles, a la disponibilidad de tiempo y a

las características geohistóricas propias de cada comunidad, estado o

región.

G. Promoción de una pedagogía y didáctica en una concepción sociocultural

crítica que permita la construcción de los aprendizajes significativos en

todas y todos los participantes; donde se valora la cultura, los saberes y

las experiencias como aportes al conocimiento, permitiendo así el rol de

un docente que guía proyectos de vida en unión con los estudiantes, bajo

principios de la democracia participativa y protagónica.

H. Promoción, reconocimiento y acreditación de las experiencias de

aprendizajes en distintos ámbitos.

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OBJETIVOS DEL PNF EN FONOAUDIOLOGÍA

A. Formar talento humano ético e integral para la atención de las

necesidades de la Nación relacionadas con la Comunicación Humana y la

Audición.

B. Implementar programas epidemiológicos, con los cuales se establezcan

las características de la población a nivel regional y nacional en base al

funcionamiento en las áreas del lenguaje, habla, voz, motricidad oral y

audición. Así como también la incidencia de las discapacidades auditivas

y de la Comunicación Humana.

C. Implantar estrategias pedagógicas innovadoras que favorezcan el

mejoramiento del desempeño estudiantil y el desarrollo intelectual, con

énfasis en la mediación de materiales y aprendizajes.

D. Promover las articulaciones interinstitucionales y con el entorno social,

como fundamento de la atención integral del estudiante.

E. Incorporar participantes de pregrado a proyectos de investigación a través

de los Proyectos sociointegradores, como parte de su proceso formativo

(investigación formativa).

F. Diseñar estrategias y metodologías que favorezcan la consolidación del

modelo productivo socialista previsto en la Propuesta de Plan de

Desarrollo 2007-2013 (Eje Proyecto socio comunitario).

G. Impulsar la discusión y realización de cambios curriculares que conjuguen

la atención a las nuevas demandas sociales y la formación integral de los

participantes como personas, ciudadanos y profesionales capaces de

pensar y de actuar de manera crítica y creativa.

H. Instaurar acciones que apoyen la formación permanente de los

participantes a través de la infraestructura de tecnologías de información

y comunicación así como sistemas tutoriales que transciendan los

eventos educativos formales y promuevan un proceso educativo abierto,

flexible y permanente.

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REFERENCIAS

Alma Mater Misión (2009). Educación Universitaria Bolivariana y

Socialista. Portal web en línea disponible en;

http://www.unearte.edu.ve/sites/default/files/pdf/Librito%20Alma

%20Mater.pdf

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela CRBV (1999).

Ley de Universidades (1970).

Ley Orgánica de Educación (2009).

Lineamientos para el Desarrollo Curricular de los Programas Nacionales

de Formación (2012). MPPEU. DVDA. Dirección General de Currículo y

Programas Nacionales de Formación. Portal web en línea disponible en;

http://www.curricular.info/Docu/Lineamientos_PNF.pdf

Misión Alma Mater. Decreto Nº 6.650. Gaceta Oficial Nº 39.148 del 27 de

marzo de 2009.

Programas Nacionales de Formación. Resolución 2.963 del 13 de mayo

de 2008. Gaceta Oficial 38.930.

Segundo Plan Socialista de la Nación período 2013-2019.