INSTITUTO NICARAGUENSE DE FOMENTO COOPERATIVO
(INFOCOOP)
2012
CARTILLA PARA
ORGANISMOS DE
INTEGRACION REQUISITOS, LEGALIZACION, ORGANIZACIÓN y
PROCEDIMIENTOS DE ACTUALIZACION
Dirección de Asistencia
Técnica y Capacitación
H O S P I T A L C E N T R A L M A N A G U A 7 5 V A R A S A L E S T E T E L E F A X . 2 2 7 0 7 9 0 4 - 2 2 7 0 2 7 4 7
I. PRESENTACION:
En esta cartilla se presentan elementos básicos para la constitución de un organismo
de integración cooperativo también conocidos como organizaciones de segundo
grado y tercer grado, cuyo funcionamiento esta basados en el principio cooperativo
universal “Fomento de la cooperación entre Cooperativas”.
El cooperativismo en Nicaragua representa un importante agente para el desarrollo
socio empresarial y el fortalecimiento del capital social, desarrollando actividades de la
más diversa índole, fortaleciendo en ocasiones al mercado y contribuyendo al
cumplimiento de las políticas de Estado.
Su integración se estructura a través de sectores cooperativos de segundo y tercer
grado y, a través de la integración con otras empresas de índole mutual bajo el hilo
conductor de la solidaridad. De esta manera, se integran al cooperativismo un amplio
abanico de organizaciones que de forma conjunta hacen parte de la economía
solidaria.
Se plantea el marco legal para su funcionamiento, aspectos administrativos, y los
procedimientos de actualización en general a tener en cuenta en el desarrollo de la
gestión de estos organismos que funcionan y se rigen por la ley 499 ley general de
cooperativas y de conformidad a lo establecido en sus estatuto practicando la misma
filosofía (valores y Principios) la estructura organizativa, Régimen Económico de las
cooperativas de primer grado, pues son canalizadores de servicios y recursos para sus
asociadas.
Es de interés del Estado, como promotor de cooperativismos, contribuir al proceso
educativo y fortalecer la consolidación del sector cooperativo.
Los temas se presentan en el siguiente orden:
1. Objetivos de la Integración cooperativa
2. Procedimiento de Constitución de los organismos de integración
3. Estructura organizativa de los organismos de Integración
4. Régimen económico de los organismos de Integración
5. Procedimientos para actualización de organismo De integración
TEMA I:
OBJETIVOS DE LA INTEGRACION COOPERATIVA
1.1 Para qué Integrarnos
Las posibilidades de expansión y desarrollo de las formas cooperativas, están directamente
vinculadas al avance en la concentración económica y la formulación empresarial que
permitan al cooperativismo funcionar dentro de las reglas de la
economía nacional.
Las Cooperativas no pueden marginarse del proceso económico
del país, de los cambios ,de las exigencias del mercado, de las
oportunidades de inversión y desarrollo.
La idea de integración apunta más hacia su expresión orgánica
institucional, a una estrategia que las conduzca a una posición
ventajosa frente a otras empresas a través de los siguientes
procesos
Adecuación a los cambios.
Articulación entre cooperativas.
Integración con otros sectores económicos sociales.
Eficiencia Social (Líderes empresariales
incidencia Política(Representación)
Manejo de Técnica empresarial (Empresarios sociales)
1.2 ¿Qué es integración cooperativa?
De acuerdo con el Derecho Cooperativo, se trata de la asociación de cooperativas,
de manera voluntaria para formar sociedades integradas más grandes y con mejores
opciones de ser representadas a nivel nacional e internacional, para exportar sus
productos, para importar materia prima que utilizan en común, para acceso a
préstamos de organismos internacionales, para hacer más agiles sus trámites
gubernamentales, entre otros.
1.3 Niveles de Integración Cooperativa
Los grados o niveles superiores en los que pueden integrar
las cooperativas son:
De primer grado (cooperativas base) lo constituyen cooperativas
integradas por individuos que se agrupan en diferentes tipos de
cooperativas: de ahorro y crédito, vivienda, agropecuarias,
consumo, servicios, de producción entre otras.
De segundo grado, que es la integración vertical de al menos 5
cooperativas de base y puede hacerse de dos formas:
Central de cooperativas: se conforma de 5
cooperativas de base (mínimo) del mismo tipo
aunque no estén ubicadas en la misma zona
geográfica.
La unión de cooperativas: se conforma de 5
cooperativas de base (mínimo) de diferente tipo
ubicadas en un mismo departamento o región.
De tercer grado, de índole regional, nacional o sectorial, atendiendo a fines de
promoción, representación, asistencia técnica, educación y autocontrol –denominada
integración gremial-, o atendiendo a fines de fortalecimiento económico de actividades
y sectores determinado, se encuentran en este nivel:
La federación de cooperativas: que es un organismo de tercer grado por cuanto según
la ley está compuesta por uniones o centrales, de cooperativas (3 mínimos), y dentro
de sus objetivos se encuentra que es y actúa como representante de las cooperativas
para la defensa de sus interese en todos sus ámbitos.
De cuarto grado La confederación es una cooperativa de cuarto grado y su integración
es de carácter horizontal, por cuanto no requiere que las federaciones asociadas sean
de un mismo tipo sino que agrupan a todas las expresiones del movimiento
cooperativo nacional.
EL objetivo es elevar el nivel de representatividad del movimiento cooperativo ante el
Estado, los organismos internacionales, y hacer incidencia para que sus demandas y
propuestas sean consideradas y tomadas en cuenta, en beneficio del sector
cooperativo y en concordancia con el desarrollo económico, político y social del país.
1.4 Objetivos de los Organismos de Integración
Los organismos de Integración a cualquiera de los grados descritos deben cumplir
con los siguientes objetivos:
Representar y defender los intereses de las cooperativas asociadas y coordinar,
orientar y supervisar sus actividades.
Proporcionar a sus asociados asistencia técnica y asesoría general o especial.
Crear, organizar o contratar servicios para el aprovechamiento en común de
bienes o con el propósito de lograr el mejor cumplimiento de sus fines y de las
cooperativas asociadas, tales como: Suministros, comercialización o mercadeo,
industrialización de productos, financiamiento, seguros, auditorías, fondos de
estabilización y cualesquiera otros similares o relacionados.
Fomentar, coordinar y desarrollar programas educativos de capacitación y
promoción social y llevar a efecto campañas de divulgación y educación
cooperativa y promover la integración de la mujer al movimiento cooperativo.
Realizar actividades y organizar servicios técnicos sociales o económicos en
forma subsidiaria para las entidades asociadas.
Colaborar con la Autoridad de Aplicación de la presente Ley, en actividades de
interés del movimiento cooperativo.
TEMA II:
PROCESO DE CONSTITUCION DE LOS ORGANISMOS DE
INTEGRACION
Para todos los efectos legales, los organismos de integración cooperativa a que se
refieren en el tema anterior, serán considerados como cooperativas y por lo tanto, son
aplicables a ellos, en lo pertinente, las disposiciones de constitución, inscripción,
administración y funcionamiento, así como los beneficios y exenciones a que se refiere
la Ley 499 y lo que en particular establezca el Reglamento de la misma.
Primer paso:
Reunir el Numero Mínimos de socias según el tipo de organismos de integración que
dé respuesta a las necesidades de las mismas, ya sea una Central, Una unión, Una
Federación o Confederación.
Segundo paso:
En primera instancia se celebra Asamblea de carácter extraordinario con un quórum
de 60% de los socios y socias activos (as) y una votación del 70% de los presentes a
favor de la decisión de integración de la cooperativa en un
grado superior.
En esta asamblea se nombran a los delegados competentes
para ejercer esta representación, la cantidad de delegados a nombrar no debe ser
menor de tres en lo posible, es loable nombrar a cinco delegados.
Una vez nombrados y asumido dicho acuerdo el o la secretario (a) redacta el acta que
es la narración fiel del desarrollo de esta asamblea y expresa claramente los acuerdos
según se dieron en el orden que establece la agenda del día.
Una vez terminado los puntos de agenda se cierra el acta procediendo a firmar cada
uno de los asociados activos presentes al final de la misma, el nombre del o la
secretario(a) y presidente (a) además de poner el sello de la cooperativa.
Tercer paso: Una vez que se tiene el acta de Asamblea de aprobación de la decisión de integrarse,
se procede a elaborar la documentación pertinente que, de acuerdo al arto. 107 de la
Ley 499; por ser una organización cooperativa sigue el mismo procedimiento que las
cooperativas de base, dispuesta en la misma.
En una sesión de trabajo elaborar el Estatuto, Estudio de Viabilidad, y definir el
capital social para operar.
Cuarto paso: Obteniendo todas las copias de actas de cada organización cooperativa del nivel
inferior que corresponda, se celebra asamblea Constitutiva de delegados, en la que
se aprueba el estatuto, se suscriben las aportaciones, se eligen a los órganos de
dirección.
Es importante destacar que el acta de asamblea de constitución contiene el estatuto
del organismo de integración, además debe ser firmada por los delegados fundadores
quedando establecidos en el acta constitutiva sus generales de ley , organización
cooperativa a la que pertenecen y el valor de las respectivas aportaciones de las socias
(VER ANEXO No. 1)
Algunas Consideraciones importantes en el Acto constitutivo:
Esta parte del proceso de formación de un organismo de integración es vital pues en
este acto se asumen responsabilidades como los que se describen a continuación:
Aprobación del Estatuto: Cuando se realiza este ejercicio de dar por aprobado el
estatuto que va a regir al organismo de integración , se da por sentado que es
producto de las decisiones de todos los delegados y que cada aspecto planteado en él
responde al desarrollo de las actividades del organismo de integración y al
funcionamiento administrativo y financiero del mismo. No se deben dejar vacios en
cuanto a procedimientos pues los aspectos no planteados crean problemas de control
interno.
Suscripción de las aportaciones: En términos económicos es importante establecer el
capital social, la ley no regula la cantidad, solo especifica que de esta suscripción se
debe pagar un mínimo del 25% para poder otorgar su personalidad jurídica pero en
términos económicos, establecer el capital social implica realizarse algunas preguntas:
¿Qué se quiere hacer, como hacerlo, donde hacerlo? Las respuestas a estas preguntas
darán la dimensión del alcance del organismo de integración y cuanto capital necesita
para operar inicialmente.
Elección de los Órganos de Dirección: los integrantes de los órganos de dirección deben
ser miembros que gocen del carácter de delegados nombrados en cada una de las
cooperativas asociadas.
Estos socios y socias deben gozar de ciertas características exigidas por la ley general
de cooperativas entre las que se destacan:
1. Ser delegado con pleno goce y uso de sus derechos en el organismo de integración.
2. Ser Legalmente capaz para ejercer derechos y contraer obligaciones.
3. Ser Probo (integro, honesto, virtuoso y honrado)
4. Con Instrucción Cooperativista notoria y capacidad educativa para ejercer el cargo.
5. No haber sido suspendido en el ejercicio de sus derechos como delegado.
Firma del Acta Constitutiva: Este paso es sin ecua non, implica que a la asamblea
constitutiva deben asistir el 100% de delegados no debe faltar uno solo pues es el
momento donde se levantan las firmas de cada uno de los delegados que asumieron
los acuerdos y directrices reflejados en el estatuto.
Quinto paso:
PROCESO DE ORGANIZACIÓN DE LA INFORMACION
Una vez obtenida toda la información procedemos a organizarla de la siguiente forma.
1. El o la presidente y secretaria (o) debe redactar la carta de solicitud dirigida al
o la director (a) del Registro Nacional Cooperativo indicándole el nombre
correcto del organismo de integración, municipio y departamento y los
documentos que adjunta siendo los siguientes:
2. Recibo de recepción del % de capital social pagado con la minuta de depósito.
3. Acta constitutiva: seguido de fotocopia de documento de personalidad jurídica
de cada cooperativa socia, el acta de asamblea en la que se aprueba la
decisión de integración.
4. Estatuto: Luego debe ir el contenido de todo el estatuto para ser analizados por
analistas del Registro Nacional Cooperativo,
5. Firmas de asociados: se debe agregar al final del estatuto las firmas de todos
los delegados en original.
6. Autentica de firmas: Este debe ser hecho por notario público debidamente
autorizado el que da fe que las firmas pertenecen a los delegados, con las
fotocopia de sus cedulas.
7. Estudio de Viabilidad: seguidamente se adjunta este documento en donde
presenta un análisis técnico del proyecto de integración cooperativa.
8. Libros cooperativos: Según lo establecido en la legislación vigente se deben
adjuntar siete libros (1 libro de Acatas de Asamblea general de Asociados; 1
Libro de actas del Consejo de Administración, 1 libro de actas de la junta de
Vigilancia, 1 libro de registro de Asociados, 1 libro de registro de Aportaciones,
1 libro Diario y 1 un Libro mayor) .
9. Teniendo toda la información antes descrita y en el orden establecido se
presenta en la ventanilla de la Dirección de Registro y Control del Ministerio
de Economía Familiar Comunitaria, Cooperativa y Asociativa o en su caso en
la delegación departamental de Registro teniendo un termino de ley de treinta
días para emitir un primer criterio acerca de la información suministrada ya sea
para hacerle cambios o para continuar con el proceso de legalización hasta
otorgar la respectiva personalidad jurídica del organismo.
Acciones posteriores a la legalización:
Una vez extendida su personalidad Juridica, las organizaciones deben realizar su
primera asamblea de delegados para ratificar o no los actos suscritos al momento de
su constitución, los puntos de agenda para esta Asamblea son por el general:
Ratificación o Elección de los órganos de Dirección
Aprobación del Poder general de administración
Luego el Consejo de Administración debe elaborar propuesta del Reglamento interno
para ser analizado y aprobado por la asamblea de delegados ( en este caso será
Asamblea extraordinaria) en los siguientes sesenta días después de haber obtenido la
personalidad jurídica.
Este acto de aprobación del reglamento
interno puede celebrarse en la misma
asamblea en donde se ratifican los actos, de
no estar lista la propuesta del reglamento
pues se cumple con el término que la ley
establece. SESENTA DÍAS DESPUES DE HABER
OBTENIDO LA PERSONALIDAD JURIDICA
Con la certificación de los órganos de Dirección, el poder general de administración a
favor del presidente, y la personalidad jurídica, debe acudir a la DGI para tramite de
el numero RUC y registrarse como empresa.
TEMA III
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LOS ORGANISMOS DE
INTGRACION
Todo organismo de integración tiene su propia estructura organizativa, misma que
es la encargada del buen funcionamiento administrativo, pues define las políticas
generales de funcionamiento y autoriza el presupuesto entre otras competencias que
señala la ley general de cooperativas y su reglamento, convirtiéndose de esta manera
en el instrumento ejecutivo de los acuerdos tomados en Asamblea.
De conformidad a lo establecido en el arto 56 de la ley general de cooperativas ley 499
su estructura de define de la siguiente forma:
Asamblea De Delegados. Es la máxima autoridad del organismo de integración y sus
acuerdos obligan a todos los delegados presentes o ausente y a los demás órganos de
dirección y control.
Esta asamblea de delegados está integrada por socios / socias activas nombrados en
asambleas de asociados en caso de las cooperativas de base, Uniones y Centrales , en
caso de las Federaciones y Confederaciones de acuerdo al nivel de integración del cual
se trate.
La asamblea de delegados es la competente para debatir resolver y/o decidir sobre
cualquier asunto que la ley general de cooperativas o el estatuto le confieren.
Por esta estructura pasan todas las decisiones sean estas políticas generales de
funcionamiento, presupuesto, remoción de miembros de los órganos de dirección y
control etc.
Tipos de asambleas: Se celebran de forma ordinaria y extraordinaria. (Ver anexo No. 2)
Ordinaria: Se celebran una vez al año con un quórum mínimo del 50% más uno
de sus delegados y son de carácter informativa- financiera.
Extraordinaria: se celebran las veces que sea necesario con un quórum mínimo
del 60% de sus delegados, cuando haya situaciones que no puedan aplazarse
hasta la celebración de una ordinaria.
En cada asamblea cada asociada tiene derecho a un voto de conformidad al principio
cooperativo universal “Control democrático: un asociado un voto” arto 8 inciso c) LGC.
#499. Es importante mencionar que el voto representa la decisión y el sentir de
cada organización cooperativa representada, previamente discutido y acordado en
Asamblea.
Para tales efectos se recomienda que el organismo de integración convoque con un
tiempo mayor a quince días para dar espacio a la organización cooperativa para
realizar su Asamblea en la que decidirá su posición sobre la agenda enviada.
Estos aspectos deben contemplarse en el estatuto y reglamento del organismo de
Integración.
CONSEJO DE ADMINISTRACION:
Es el representante legal del organismo de integración pudiendo delegar la
representación en cualquiera de sus miembros o a como lo establece el estatuto.
El consejo de administración deberá elegirse por un número impar de miembros no
menor de cinco ni mayor de nueve la asamblea de delegados debe establecer
exactamente en el estatuto la cantidad de miembros que integraran este órgano.
De igual forma el periodo de funcionamiento de este órgano de dirección no debe ser
menor de un año ni mayor de tres, con la opción que plantea la ley de ser reelectos en
dependencia de la voluntad de sus delegados, esta decisión dependerá del buen
trabajo desarrollado por el órgano de dirección y control
Sus funciones y competencias deben establecerse de conformidad a lo que establece
la ley y lo que la asamblea de delegados le autorice.
Quórum: para su elección se necesita como mínimo del 60% de delegados activos y
para ser aprobado en su cargo con el 70% de voto favorable del total de asistentes. La
dinámica de elección se debe de realizar cargo a cargo no es correcto efectuarla por
plancha por que infringe la ley de la materia.
JUNTA DE VIGILANCIA
Es el órgano encargado de la supervisión de las actividades económicas y sociales
además de la fiscalización de los actos del consejo de administración y cualquier otro
órgano existente incluyendo los servidores del organismo de integración.
Las atribuciones que ejerzaeste órgano deben ser de tal manera que contribuyan al
cumplimiento de las funciones y desarrollo de las actividades de todos los órganos de
dirección.
El funcionamiento de la junta debe ser regulado en la redacción del estatuto.
Forma de elección deberá elegirse por un número impar de miembros no menor de
tres ni mayor de cinco la asamblea de delegados debe establecer exactamente en el
estatuto la cantidad de miembros que integraran este órgano.
El periodo de funcionamiento de este órgano de dirección no debe ser menor de un
año ni mayor de tres pudiendo ser reelectos en dependencia de la voluntad de sus
delegados, esta decisión dependerá del buen trabajo
desarrollado por la junta de vigilancia.
Quórum: para su elección se necesita como mínimo del 60% de
delegados activos y para ser aprobado en su cargo por mayoría
de voto favorable del total de asistentes. La dinámica de
elección se debe de realizar cargo a cargo no es correcto
efectuarla por plancha por que infringe la ley de la materia.
Es importante destacar que este órgano de control responde únicamente ante la
asamblea de delegados. Las funciones que tiene la junta son indelegables.
Las normas de funcionamiento, responsabilidades, retribuciones y reglas que se
establecidas para el consejo de administración son aplicables para este órgano
Comisión de educación y Promoción del Cooperativismo
Este órgano es la columna vertebral del organismo de integración pues en ella
descansa la responsabilidad de la educación cooperativa, el desarrollo en los sujetos
de la acción educativa, del hábito de ser, pensar, juzgar y actuar de acuerdo con los
principios y el ideario cooperativo universal.
Es decir, la responsabilidad de que los delegados lleven la filosofía cooperativa y los
principios cooperativos universales a la práctica es de la comisión de educación,
mediante la elaboración de un programa de formación y capacitación.
Debe presentar su plan de capacitación anual con su respectivo presupuesto esta
planificación deberá realizarse de conformidad a las necesidades e intereses del
organismo de integración.
Su función principal es planificar y ejecutar
políticas y planes de educación y promoción
del movimiento cooperativo, encaminadas a
fortalecer las capacidades de sus asociadas .
Para llevar a cabo este proceso educativo
contara con un fondo creado o reserva
correspondiente a un mínimo del 10% para la
comisión de educación.
Funciones de los organismos de Integración:
Estos organismos juegan un papel preponderante en el desarrollo socioeconómico de
las asociadas pues son creados con objetivos bien definidos por la ley general de
cooperativas puntualizando su papel como proveedoras de servicios a sus asociadas
realizando para ellas actividades de carácter técnico, económico, social, cultural y otras
pertinentes según se defina en su estatuto y reglamento de la misma
Algunas de las funciones que realizan los organismos de integración son:
Desarrollar economías de escalas, para procurar costos unitarios más bajos
para sus asociadas
Formular y emprender proyectos de desarrollo para sus asociadas
El aprovechamiento común de experiencias de producción o de gestión,
Coordinar redes comerciales eficientes
Arbitrar y administrar conflictos entre sus asociadas
Asistir, social y empresarialmente a sus asociadas
Contribuir al proceso de actualización y ordenamiento de la situación jurídica y
empresarial de sus asociadas.
Procurar la integración vertical de las distintas fases del proceso de producción
tanto de abastecimiento de materias primas como de productos intermedios, o
la opción por la diversificación de productos / servicios.
Prohibiciones para los Organismos de Integración
A estas organizaciones de grado superior al igual que a las de primer grado les está
prohibido:
1. Transformarse en entidades de otra naturaleza
jurídica.
2. Tomar decisiones contrarias a la ley General de
Cooperativas comprometiendo de esta forma al
personal que la adopte.
3. Transferir beneficios a terceras personas que son propios.
4. Ejercer competencia para las cooperativas asociadas.
Un organismo de integración puede transformarse en entidad de
otra naturaleza cuando:
Deja de practicar los valores y principios cooperativos.
Cuando establecen asociaciones con personas jurídicas con fines de lucro.
El lucro. Cuando lo que produce el negocio solo beneficia a unos pocos , pero cuando el
provecho es distribuido bajo el quinto principio cooperativo que dicta taxativamente la
ley General de Cooperativa dando a cada uno lo que le corresponde por el esfuerzo y la
participación en la marcha de la empresa cooperativa y en la utilización de los
servicios, de esta forma se beneficia a todas las asociadas se da el bien común.
Como se regula el funcionamiento de los organismos de integración?
En El estatuto de cada organismo de integración deben establecerse las normas de
procedimiento para poder funcionar de la misma forma que se establecen para las
cooperativas de primer grado, por eso es importante que al momento de elaborar el
estatuto debe asegurarse que en el este contenido todo el funcionamiento tanto
organizativo como administrativo de la misma.
Para dar a conocer su funcionamiento y gestiones los órganos de Dirección deben
presentar los siguientes informes en la Asamblea general ordinaria:
INFORME DE GESTIÓN
Es un instrumento que hace públicos los principales logros obtenidos por el Organismo
de Integración y/o la COOPERATIVA durante el año, convirtiéndose así en una de las
Herramientas de balance y presentación social de los resultados institucionales, es el
recuento escrito de la administración de un ente económico sobre la forma cómo llevó
a cabo su gestión durante el período para el cual fueron
elegido(as), y las medidas que recomienda al máximo órgano
social para que sean adoptadas por éste.
INFORME DE LA JUNTA DE VIGILANCIA: la junta de vigilancia
como supervisores y fiscalizadores de las actividades
económicas y sociales, además de los actos del consejo de
administración y de los demás órganos deben presentar su
informe, que contenga todo el trabajo realizado en base al aporte que realizo para el
buen funcionamiento y desarrollo asimismo como fedatario de la buena labor o no de
los demás órganos.
INFORME FINANCIERO:
El informe financiero, tiene como base el balance General y El estado de Resultado,
su análisis e interpretación facilita información de la ejecución de los recursos
presupuestarios, el nivel de deudas u obligaciones adquiridas por la cooperativa
durante un año fiscal.
TEMA IV:
REGIMEN ECONOMICO DE LOS ORGANISMOS DE INTEGRACIÓN.
El régimen económico hace referencia a la regulación de los aspectos económicos y
financieros que establecen la ley general de cooperativas.
Hay aspectos económicos que quedan afectados por los principios cooperativos:
a) Estructurales (la ley 499 , describe cargos que conforman la estructura
financiera)
b) y funcionales (lineamentos para el patrimonio, excedente, aportaciones).
El objeto de una cooperativa de grado superior , como el de cualquier forma
empresarial , consiste en el ejercicio en común de una actividad económica y debe
actuar con base en los mismos principios económicos que cualquier otra empresa. Su
actividad se desarrolla en el mercado y se dirige a un mercado. Lo único específico son
los principios cooperativos.
La sociedad cooperativa es una empresa con características diferenciadas a la que no
se puede desvincular de las exigencias empresariales. “No puede desvincularse de las
exigencias comunes al propio hecho empresarial, cuando innova es audaz, pero es
también consciente y realista, y al transformar las estructuras sociales no olvida de que
las empresariales rindan a plena satisfacción”
A continuación se presentan los elementos claves para la comprensión del régimen
económico:
PATRIMONIO DE LOS ORGANISMOS DE INTEGRACION:
Es el conjunto de recursos de las socias, se caracterizan por ser permanentes y reflejan la
garantía y solvencia ante bancos, instituciones o interesados en la cooperativa. Está
compuesto por:
Capital social:
El capital social está constituido por las aportaciones de las cooperativas asociadas y tienen un
manejo particular y propio orientado al desarrollo económico y empresarial del organismo. El
capital es un instrumento necesario para que el organismo realice su actividad, constituyendo
una obligación inicial y que no se puede desvincular de cada cooperativa asociada.
Las aportaciones serán de dos tipos:
ORDINARIAS: Aquellas en que los asociados están obligados a enterar de acuerdo a lo
establecido en el estatuto.
EXTRAORDINARIA: Las que por acuerdo de la Asamblea General de Delegados se
determinen para resolver situaciones especiales e imprevistos.
Los certificados de aportación:
Por sus aportes, las cooperativas asociadas reciben certificados de
aportación que deben tener el mismo valor. Son documentos que la
cooperativa emite de acuerdo a la ley 499, en los cuales se certifica el valor de las aportaciones
hechas por las asociadas. Este documento es de respaldo para que al momento que pierda su
calidad de asociada en el organismo de integración , podrá solicitar le sea devueltas sus
aportaciones de acuerdo a lo establecido en el Estatuto.
Especificaciones del Certificado de aportación ( ver anexo No. 3 )
Nombre y domicilio de la Cooperativa.
Número y serie del certificado
Fecha de emisión
Nombre del asociado
Valor del certificado
Determinación del beneficiario
Firmas del Presidente y el o la Secretario (a) y sello del organismo de integración
Importante:
El Aporte podrán ser entregadas en dinero, en especie o trabajo convencionalmente
valuado, en la forma y plazo que establezca el estatuto.
En ningún caso el asociado podrá tener más del 10% de aportaciones al capital social
de los organismos de integración.
Al perder su calidad de asociada, por las razones ya mencionadas, la socia tiene
derecho a que se le devuelvan sus aportaciones, salvo en el caso que tenga
obligaciones pendientes económicas pendientes con el organismo de integración ,
de ser asi , este se debitara la cantidad correspondiente y le liquidara el resto, en un
plazo no mayor a noventa días.
Reembolso de las aportaciones:
Cuando la asociada pierde la calidad como tal (Renuncia, se disuelve o es expulsada) éste o
podrán exigir el reembolso de sus aportaciones y demás haberes sociales. Se devolverá
además del capital los excedentes que le corresponden de acuerdo al último ejercicio
económico, efectuando las deducciones a que hubiese lugar. La devolución de aportaciones y
otros haberes sociales deberán realizarse en un plazo máximo de 90 días desde que se produjo
la baja definitiva.
Fondos permanentes:
Se obtienen a partir del excedente neto del ejercicio anual, son vistos como parte de los
recursos económicos permanentes del organismo. Su finalidad es cubrir pérdidas eventuales,
actividades específicas o invertir en lo que la cooperativa necesite, estas características los
coloca como una cuenta patrimonial.
En Nicaragua la Ley 499 establece que se deben formar los siguientes fondos si tuviesen
excedentes:
Diez por ciento (10%) mínimo, para creación o incremento de la reserva legal, la que
cubrirá o amortizará las pérdidas que pudieran producirse en ejercicios económicos
posteriores.
Diez por ciento (10%) mínimo, para la creación e incremento del fondo de educación,
que se aplicará para el fomento de la formación cooperativista en el modo que
establezca el Estatuto. Este fondo es inembargable.
Diez por ciento (10%), mínimo para el fondo de reinversión de la cooperativa.
Los fondos anteriores son mínimos y la asamblea puede decidir aumentarlos de la forma que
crea pertinente, de igual manera pueden crear otros fondos, tales como fondo de bienestar
social, fondo de préstamos, etc.
Bienes propiedad del organismo de integración:
Se trata de todo lo que posee el organismo de integración: edificios, equipos agrícolas,
equipos de oficina, animales, materiales, herramientas, etc.
Los fondos donados al organismo de integración:
Son las donaciones recibidas para implementar proyectos dentro de la cooperativa. Las
donaciones no pueden ser repartidas entre las socias.
ANOTACIONES
EXCEDENTES DEL ORGANISMO DE INTEGRACION
El Excedente es lo que sobra del ingreso después de pagar todos los costos y gastos en los
que incurre el organismo de integración para trasladar los beneficios a sus asociadas. Los
Organismo de integración operan como medios o instrumentos y se organizan y administran
con el objeto de proporcionar al costo, diferentes servicios a sus asociadas. Para poder cubrir
el costo de los servicios que proporcionan, perciben ingresos por los artículos o servicios que
suministran a sus asociadas. En consecuencia el excedente es el resultado de la diferencia
(resta) del Ingreso menos Egresos (costos y gastos) , si los ingresos son mayores a los egresos
, resulta un excedente ; si el ingreso es menor al egreso , resulta una pérdida o déficit.
Estos excedentes, de acuerdo con el 3er Principio Cooperativo, se destinan al desarrollo de las
actividades y se aplican a servicios comunes o se distribuyen entre las asociadas en
proporción a las relaciones económicas y sociales que desarrolle con el organismo de
integración durante un período determinado. (Normalmente de un año, al cierre fiscal) . Esta
distribución de excedentes entre las asociadas, constituye un rasgo característico de la cultura
cooperativa lo cual las diferencia de las otras organizaciones.
Cuando se realizan las asambleas anuales, las asociadas pueden acordar la capitalización de
todo o parte de esos excedentes para fortalecer el patrimonio común del organismo de
integración.
Tanto el pago de un interés sobre los aportes de capital, como la distribución de excedentes
entre las asociadas, no son de carácter obligatorio, sino que dependen de la decisión adoptada
por ellos y ellas en las asambleas generales de delegados. En cualquiera de los casos debe
establecerse en el Estatuto.
Los organismo de integración deben también aportar el 2% de sus excedentes anuales a la
autoridad de aplicación, éste dinero será destinado para los programas de educación que ésta
ejecute.
Obligaciones económicas:
Al igual que las cooperativas de base, están obligadas a llevar contabilidad, y
presentar Estados financieros debidamente aprobados por la Asamblea general de
delegados al cierre del año fiscal.
ANOTACIONES
TEMA V:
PROCEDIMIENTO PARA LA ACTUALIZACION DE LOS ORGANISMOS
INTEGRACIÓN.
La Actualización no es más que llevar al día toda su información tanto legal como
financiera conforme a los requerimientos de la Ley 499, tales como:
1. Una vez al año las cooperativas realizan su asamblea ordinaria al menos tres
meses después del corte del ejercicio económico, en esta asamblea como
mínimo deben presentar los siguientes informes: informe de gestión del
consejo de administración, informe de la junta de vigilancia, presentación de
informe financiero (Balance General y Estado de Resultados y deben adjuntar
el inventario e informes de los diferentes comités. De todos estos informes
debe enviarse una copia a la dirección de Registro y Control a más tardar el 30
de septiembre, este trámite es parte de la actualización. No se debe pasar por
alto que los primeros en aprobar la información presentada es la asamblea de
delegados para luego remitir una copia a dicha dirección.
2. Reportar siempre que se den ingresos y retiros de asociadas y/o delegados (as)
a la dirección de Registro y control , solicitar actualización de asociadas y/o
delegados según sea el caso.
3. Anualmente se debe suministrar a la dirección de Registro y control una
nómina completa de las asociadas del organismo de integración especificando
Que es
actuali
zarse? Excelente
pregunta
Cuáles son esas
obligaciones
las asociadas activas y las inactivas de igual forma su listado de delegados
activos por asociada. Esta nomina debe llevarse al menos noventa días previos
a la realización de la asamblea ordinaria y del cierre del ejercicio económico, no
obstante periódicamente deben reportarse los ingresos y retiros que se
produzcan actualizando de esta forma su listado de asociadas y delegados.
Nota: cada una de las asociadas al organismos de integración deben cumplir con
estos requerimientos, si alguno no lo hace, entonces el Organismo de integración
esta desactualizado.
Procedimiento a seguir para Actualizarse:
Solicitar o revisar la situación jurídica de cada asociada, pues en primera
instancia debe actualizarse la asociada ya que no puede un organismo de
integración actualizarse con sus asociadas desactualizadas.
Una vez identificado el nivel de desactualización en sus asociadas se
procede a motivar a estas para ordenar su situación ante la dirección
de registro y control.
De no lograr la actualización de las asociadas, en asamblea
extraordinaria, se declaran inactivas, Luego mediante copia de esta acta
esta información se lleva a la dirección de registro y control para solicitar
la certificación actualizada de su listado de asociadas, este certificado sirve como base
para constatar el quórum para la realización de la asamblea la cual se constata su
quórum con asociados activos.
A este proceso se adjunta, los informes financieros del organismo de integración, así
como los de gestión , y la elección d los órganos de dirección en el caso que estén
vencidos o infuncionales .
ANEXO No 1 : MODELO DE ACTA CONSTITUTIVA
ACTA CONSTITUTIVA Central / Unión / Federación / Confederación .RL
En la sala de reuniones de la_____________. en el municipio de______, Departamento de
_______a las ____de la ____del día ____de _____del año dos mil ____las cooperativas
interesadas abajo mencionadas con sus respectivos representantes de las mismas, han
celebrado Asamblea de Constitución de la CENTRAL/ UNION/ FEDRACION/ CONFEDERACION
___________ RL. (__________), la cual una vez realizado el debate previo y llevado a
votación, han adoptado los siguientes acuerdos:
PRIMERO: Constituir la CENTRAL / UNION/ FEDERACION / CONFEDERACION ______RL.
(______-) dedicada a la actividad de_______, con domicilio social en la ciudad de_______,
departamento de _______, de capital y asociadas variables.
SEGUNDO: Suscribir un capital social de C$ (C$_______) (________ Mil Córdobas) por cinco
(___) certificados de aportación con valor de C$______ córdobas , cada uno de los cuales han
pagado un capital de C$ _______ que constituye un capital social total pagado de
C$_______, que equivale al ___ %.
No
Nombres y Apellidos
del Delegado
Oficio
Domicili
o
Cooperativa de
Base
Resolució
n P.J o
reforma
Capital
suscrito
Capital
pagado
1 Mario Perez Rocha Prod Leon Multisectorial El
éxito S.A
C$ C$
2 Total
TERCERO: Elegir el Consejo de Administración Provisional, Junta de Vigilancia y Comisión de
Educación y Promoción del Cooperativismo, los cuales quedan constituidos de la siguiente
manera:
CONSEJO DE ADMINISTRACION
1. PRESIDENTE:
2. VICEPRESIDENTE:
3. SECRETARIO:
4. TESORERO:
5. VOCAL:
JUNTA DE VIGILANCIA
1. COORDINADOR:
2. SECRETARIO:
3. PRIMER VOCAL:
4. SEGUNDO VOCAL:
5. TERCER VOCAL:
COMITE DE EDUCACION Y PROMOCION DEL COOPERATIVISMO.
1. COORDINADOR:
2. SECRETARIO:
3. VOCAL:
ANEXO No. 2 : MODELO DE CONVOCATORIA, Y ACTAS DE ASAMBLEA
CENTRAL / UNION, FEDERACION/ CONFEDERACION DE COOPERATIVAS-
______________________________________
, R. L
_______- Managua
_________, _____de ______del 2012.
CONVOCATORIA
A:_______________, ____________, ____________y __________delegados de la
Cooperativa socia ________
El Consejo de Administración, Por este medio le está convocando a Usted, para
participar en la Celebración de la
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE DELEGADOS (AS)
A G E N D A1
1. Comprobación de Quórum
2. Himno Nacional de Nicaragua.
3. Informe de los Estados Financieros del Ejercicio Social del 2012.
4. Informe de la Junta de Vigilancia.
5. Informe de Gestión.
6. Presentación del Plan Operativo Anual 2013
7. Himno del Cooperativismo.
Fecha: 30 de Septiembre 2012
Hora: 09 de la mañana
Lugar: oficina de la central
Maria del Rosario Martínez.
Secretaria del Consejo de Administración
Central de Cooperativas
1Los puntos de agenda que figuran en la convocatoria son los que deben desarrollarse en la asamblea
ya sea ordinaria o extraordinaria según el caso de la convocatoria.
MODELO DE ELABORACION DE ACTA DE
ASAMBLEA ORDINARIA
ACTA No. _____
Reunidos en las instalaciones de ----------------------- que sita en el departamento de --------, en el municipio ---------------- en --------- (dirección exacta) siendo, fecha, hora, año, con el objeto de celebrar asamblea general de carácter ordinaria, se procede a constatar quórum estando presente los siguientes delegados:
1. Socorro del Carmen Martínez (Cooperativa Multisectorial Flor de café)
2. Mauricio Martínez Cooperativa Multisectorial Flor de café.)
3. Jorge Bustamante, Cooperativa (Multisectorial Flor de café.)
4. Nicolás Mendoza Cooperativa (Multisectorial Flor de café.)
5. Nohelia Maradiaga Cooperativa (Multisectorial Flor de café.)
Habiendo quórum de ley correspondiente al 100% de delegados activos se procede a desarrollar la siguiente agenda:
AGENDA:
1. Himno nacional 2. Informe de gestión del consejo de administración 3. Informe de la junta de vigilancia 4. Presentación del estado financiero 5. Ingreso (si hubieren) 6. Bajas detallando causa : expulsión, renuncia (si hubiesen) 7. Actualización de listado de asociado
DESARROLLO DE LA AGENDA.
1. se entonaron las notas del himno nacional 2. se da lectura al informe de gestión, la asamblea aprueba o deniega el Informe,
No. de votos. 3. Informe de la junta de vigilancia, la asamblea aprueba o deniega el informe, No.
de votos. 4. Presentación del estado financiero, la asamblea aprueba o deniega el informe,
No. de votos. 5. Ingreso de nuevas asociadas, se presentan los nombres de las nuevas
asociadas, la asamblea aprueba por cada uno de las socias contándose el No. de votos a favor si - no. Y se presentan a los nuevos Delegados.
6. Bajas de asociadas, a la asamblea se le da a conocer las causas de las bajas de cada uno de las asociadas que se les está dando de baja la asamblea aprueba, contándose el No. de votos a favor.
7. Actualización de listado de asociadas
Se cierra la sesión a las horas del día, a lo que estando de acuerdo ratificamos y firmamos todos los delegados presentes. Firmas de delegados incluyendo los miembros de los órganos de dirección y control
El presidente y secretario cierran el acta razonando sus firmas e imprimiendo el sello
de la central.
Importante Especificar en el desarrollo del acta el número de votos a favor y en contra para cada acuerdo tomado
MODELO DE ELABORACION DE ACTA DE
ASAMBLEA EXTRAORDINARIA
ACTA ______
Reunidos en las instalaciones de ----------------------- que sita en el departamento de --------, en el municipio ---------------- en --------- (dirección exacta) siendo, fecha, hora, año, con el objeto de celebrar asamblea general de carácter extraordinaria, se procede a constatar el quórum estando presente los siguientes delegados:
1. Socorro del Carmen Martínez (Cooperativa Multisectorial Flor de café)
2. Mauricio Martínez Cooperativa Multisectorial Flor de café.)
3. Jorge Bustamante, Cooperativa (Multisectorial Flor de café.)
4. Nicolás Mendoza Cooperativa (Multisectorial Flor de café.)
5. Nohelia Maradiaga Cooperativa (Multisectorial Flor de café.)
Habiendo quórum de ley correspondiente al 100% de delegados activos se procede a desarrollar la siguiente agenda: 1- himno nacional 2- ingreso (si hubiesen) 3- bajas: detallando causa : expulsión, renuncia (si hubiesen) 4- elección de los órganos de dirección y control 5- actualización de listado de socias (en el desarrollo se detallan nombre exacto de la
asociada. según su personalidad jurídica. 6- actualización del listado de delegados. 7- aprobar cambio de razón y/o reformas al estatuto 8- aprobación de reglamento interno
DESARROLLO DE LA AGENDA. 1- se entonaron las notas del himno nacional 2- se integran a la central de cooperativas 1,2, aquí se establecen los nombres exactos
conforme personalidad jurídica y se le pide a la asamblea de delegados que si tienen a bien aprueben dicho ingreso.
3- Se leen las renuncias escritas de las cooperativas que decidieron retirarse. 4- elección del consejo de administración detallando consecutivamente cargos,
nombres y votos 5- se actualiza el listado de socias conforme personalidad jurídica. (en este se detallan
las socias activas e inactivas de la central) excluyendo a las socias que fueron dado de bajas
6- Se actualiza el listado de delegados por cooperativa asociada. 7- Se aprueba el cambio de razón social, y reforma total al estatuto. 8- Se analiza el reglamento interno y se por aprobado cada uno de sus artículos.
Se cierra la sesión a las horas del día, estando de acuerdo ratificamos y firmamos todos los socios presentes. Firmas de delegados incluyendo las de los miembros de los órganos de dirección y control. Al final del acta la firma del presidente y secretaria que cierran el acta razonando para este fin las mismas. Importante Especificar en el desarrollo del acta el número de votos a favor y en contra para cada acuerdo tomado