7/26/2019 Art 32 y 56 -Andrea Benites
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LA CONSTITUCION POLITICA DEL PERU
(Artculos relacionados a los tributos)
Es la carta mana
de la re!"blica delPer"# Esta le$%undamental es labase delordenamiento&urdico nacional'de sus !rinci!ios&urdicos !olticos
sociales los*cos$ econ*micos#
+ue se des!ren
todas las le$es dre!"blica # constituci*n !risobre toda le$ normas in,iolables $ cum!limientoobliatorio !todos los !eruan
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Contenido
Consta de -./ artculos0/ dis!osiciones nales $ transitoriasordenado en1/ ttulos0 !re2mbulo0 declaraci*n
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El !rimer ca!itulo de la constituci*n !oltica del Per" de 0334 basa suartculos en los derec5os esenciales del indi,iduo en su naci*n en este casen el Per" los cuales son el derec5o a la ,ida o!ini*n $ salud as mism
!rocura en%ocar sus bases !ara una sociedad orani6ada $ estraticadreida ba&o las normas 7ue le !ermitir2n e,itar !roblema sociales#
ARTICULO 2 : DERECHOS FUNDAMENTALESDE LA PERSONA
Derec5os del contribu$ente
El estado se8ala 7ue debe e&ercer su !otestadtributaria res!etando los !rinci!ios de reser,ade le$ $ los de igualdad y respet de lsdere!"s #u$da%e$tales de la pers$a&
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La !otestad tributaria $sus limites
Potestad tributaria
Princi!ios tributarios
Princi!io de leali
Princi!io de resede le$
Ordenamiento&urdico !eruano
A ni,el constitucionalEn el c*dio
tributario
El articulo 9: consaraconstitucionalmenteel 2mbito 7ue cubre sereere al tributo#Reser,a de le$ relati,a
La Norma I; del titulo!reliminarDesarrolla $com!lementa al art#9:< de la CP
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Las uni,ersidades institutos su!eriores $ dem2s centros educati,oconstituidos con%orme a la leislaci*n en la materia o6an de i$a#e!ta!i'de todo im!uesto directo e indirecto 7ue a%ecte los bienes acti,idades
ser,icios !ro!ios de su nalidad educati,a $ cultural# En materia daranceles de im!ortaci*n !uede establecerse un r=imen es!ecial da%ectaci*n !ara determinados bienes#
Las donaciones $ becas con nes educati,os o6ar2n de e>oneraci*n benecios tributarios en la %orma $ dentro de los lmites 7ue &e la le$# La leestablece los mecanismos de scali6aci*n a 7ue se su&etan las mencionadainstituciones as como los re7uisitos $ condiciones 7ue deben cum!lir locentros culturales 7ue !or e>ce!ci*n !uedan o6ar de los mismobenecios#
Para las instituciones educati,as !ri,adas 7ue eneren inresos 7ue !or lesean calicados como utilidades !uede establecerse la a!licaci*n deim!uesto a la renta#
ARTICULO () : R*+IMEN TRI,UTARIO DE LAEDUCACI-N
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Se rigen por la Ley de Promocin de la Inversin en
la Educacin Decreto Legislativo N 882 (!!" #!!!$
IEP con finalidad
lucrativa
IEP sin finalidad
lucrativa
Las %ue &an solicitado su inscripcin ante S'N
como entidad e*onerada del impuesto a la +enta,En sus estatutos est- previsto.
#/ines educativos#La no distri0ucin de utilidades1 directa
indirectamente1 entre sus asociados
#Su patrimonio en caso de disolucin1 se destinar-
los ines educativos
Son su3etos del Impuesto a la +enta (4ra categoria$1
tienen la posi0ilidad de distri0ucin de utilidades y el
patrimonio %ueda a disposicin del due5o1 titular1socios1 asociados o accionistas,
6on el compromiso %ue ellas me3oren su
inraestructura1 %ue atiendan a una mayorpo0lacin con menores recursos1 %ue paguen
me3ores sueldos a sus catedr-ticos para lograr
una me3or calidad en la educacin
7al uso.
- 'P6 el a5o 22 gener utilidades por S9,
millones al grupo estadounidense Laurate,- +ector de la 'I:; gana casi 2 millones de soles
mensuales,
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DEFINICION
IMPUESTOA LA RENTA IGV
SALUDPENSIO
Inst! Educ! P"#licas Inaf$ctas Inaf$ctas Gravad
Inst !Educ! Particular$s Gravadas Inaf$ctas Gravad
Asociacion$s E%on$radas Inaf$ctas Gravad
Inst! Educ! R$li&iosas E%on$radas Inaf$ctas Gravad
Univ$rsidad$s Particular$s E%on$radas Inaf$ctas Gravad
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ARTICULO .2 : PUEDEN SER SOMETIDAS AREFER*NDUM
0#La re%orma total o !arcial de la Constituci*n
-#La a!robaci*n de normas con rano de le$
4#Las ordenan6as munici!ales
:#Las materias relati,as al !roceso de descentrali6aci*n#
No !ueden someterse a re%er=ndum la su!resi*n o la disminuci*n de%undamentales de la !ersona ni las normas de car2cter tributario $ !restratados internacionales en ,ior#
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REFER*NDUM
Procedimiento &urdico !or el 7ue sa ,otaci*n !o!ular una le$ o un aes!ecial im!ortancia !ara el Esta
ob&eto es @con,alidar o rec5determinados actos de obie
Tri/uts Im!uestos
Contribuciones Tasas
Comentario 1
El artculo 4- de la constituci*n indica 7ue las normas tributarias no !odran entrPara 7ue se considere una norma tributaria debe de tener las siuientes car
0) Se"n el art#9: de la Constituci*n deben crearse B!or le$ e>!resa $ ,oluntaleislador
-) Deben ser administrados !or el Estado
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ARTICULO 01 :APRO,ACI-N DE TRATADOS
Los tratados deben ser a!robados !or el Conreso antes de su raticaci*n !ode la Re!"blica siem!re 7ue ,ersen sobre las siuientes materias1
Derec5os umanos#
Soberana dominio o interidad del Estado#
De%ensa Nacional#
Obliaciones nancieras del Estado#
Tambi=n deben ser a!robados !or el Conreso los tratados 7ue crean moditributos' los 7ue e>ien modicaci*n o deroaci*n de aluna le$ $ los 7ue re7
medidas leislati,as !ara su e&ecuci*n#
El P " ti 5 t t d d
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El Per" tiene muc5os tratados rmadoscon di%erentes !ases estos tratadostienen benecios tributarios !ara los!ases con los 7ue se rman estostratados#
E&em!lo
Tratads para Eitar la D/leTri/uta!i'$
C%u$idad A$di$aPer" 5a suscrito uncon,enio (Decisi*n 9F)!ara e,itar la dobletributaci*n con los!ases 7ue con%orman laComunidad Andina deNaciones (Goli,iaColombia Ecuador $Per") res!ecto de losim!uestos a la renta $
sobre el !atrimonio
C"ileEl Per" tiene suscrito uncon,enio !ara e,itar ladoble im!osici*n sobrerenta $ !atrimonio
con C5ile ,iente desdeel a8o -..:# Dic5ocon,enio siue las !autasdel modelo de laOCDE !or lo 7ue en!rinci!io el !as dondese ra,ar2n lasanancias es el de
residenciade la em resa#
Ca$aEl Per" tiene suscon,enio !ara eim!osici*n sobre!atrimoniocon Canad2 ,iel a8o -..:# Dicsiue las !autasde laOCDE !or lo 7ue!rinci!io el !asra,ar2n las an
de residenciade la em!resa#
M45i!6 Sui7a6 Crea del SuEntre los a8os -.00 $ -.0- se suscCon,enios entre la Re!"blica del Pde H=>ico Sui6a Corea del Sur $ Pe,itar la doble tributaci*n $ !re,enscal en relaci*n con los im!uestossu !rotocolo# Dic5os Con,enios sidel modelo de la OCDE $ se encuedesde el 0 de enero de -.0#
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Si los deudores tributario no declararan ni determinaran o 5abiendo declarae%ectuaran la determinaci*n de los tributos de !eriodicidad anual ni reali6ar!aos res!ecti,os dentro del termino de 4 das 52biles otorado !or la
Administraci*n esta !odra emitir la Orden de !ao a cuenta del tributo om!or una suma e7ui,alente al ma$or im!orte del tributo !aado o determinauno de los : "ltimos !eriodos tributarios anuales#
ARTICULO 8) :ORDEN DE PA+O PRESUNTA
C%e$tari:En caso de establecerse un ma$or im!orte !aado o determinado se actualimontos teniendo en cuenta la ,ariaci*n de ndice de !recios al consumidor#La administraci*n Tributaria esta %acultada !ara emitir ordenes de !ao detela deuda sobre la base !resunta cuando un contribu$ente !resenta su decladeterminar la deuda tributaria #
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ARTICULO )8: FUNCI-NFISCALI9ADORA El Conreso !uede iniciar in,estiaciones sobre cual7uier
asunto de inter=s !ublico# Es obliatorio com!arecer !orre7uerimiento ante las comisiones encaradas de talesin,estiaciones ba&o los mismos a!remios 7ue se obser,an enel !rocedimiento &udicial# Para el cum!limiento de sus nes
dic5as comisiones !ueden acceder a cual7uier in%ormaci*n lacual !uede im!licar el le,antamiento del secreto bancario $ elde la reser,a tributaria' e>ce!to la in%ormaci*n 7ue a%ecte laintimidad !ersonal# Sus conclusiones no oblian a los *ranos
&urisdiccionales#
unci*nscali6adora
Incum!limientode lasobliacionesAcciones $tareasCum!lir con susdeudas
Permanente
SUNAT
Clasicaci*n de lo contribu$entes#Im!ortancia scal( randes mediano$ !e7ue8os)Acti,idad econ*mica
Ubicaci*n eor2ca
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Secreto bancario
Reser,a tributaria
Coincide en la !rotecci*n de
in%ormaci*n relati,a a los de!*sitos dela !ri,acidad de los clientes del
sistema nanciero#
Es a7uella reser,a 7ue Sunat debeuardad la in%ormaci*n 7ue obtiene de
contribu$ente
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Arti!ul ()1& S$ /ie$es y re$tas de las %u$i!ipalidades:
0# Los bienes muebles e inmuebles de su !ro!iedad#-# Los tributos creados !or le$ a su %a,or#4# Las contribuciones tasas arbitrios licencias $ derec5os creados !or
Ordenan6as Hunici!ales con%orme a le$#:# Los derec5os econ*micos 7ue eneren !or las !ri,ati6aciones concesiones
$ ser,icios 7ue otoruen con%orme a le$## Los recursos asinados del ondo de Com!ensaci*n Hunici!al 7ue tiene
car2cter redistributi,o con%orme a le$#/# Las trans%erencias es!eccas 7ue les asine la Le$ Anual de Presu!uesto#9# Los recursos asinados !or conce!to de canon#
F# Los recursos !ro,enientes de sus o!eraciones nancieras
C%e$tari: Este articulo nos indica las rentabilidades con 7ue la munici!alidad cuenta!ara 5acer %rente a las necesidades 7ue re7uiera el distrito $ dentro de losinresos econ*micos est2n los tributos munici!ales creados !or el obiernocentral el cual la munici!alidad los administra de manera eciente# La ma$or!ro!orci*n de los inresos de la munici!alidad es de orien tributario#
ARTICULO 8) :ORDEN DE PA+O PRESUNTA
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Los obiernos locales !romue,en el desarrollo $ la economa local
!restaci*n de los ser,icios !"blicos de su res!onsabilidad en armocon las !olticas $ !lanes nacionales $ reionales de desarrollo#
Son com!etentes !ara1
:# Crear modicar $ su!rimir contribuciones tasas arbitrios licen$ derec5os munici!ales con%orme a le$#
ARTICULO ()0 : FINES ; ATRI,UTOS DE LOS+O,IERNOS LOCALES
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signa y &a0ilita en determinadas
materias a las administraciones
p
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