UNESCO. General Conference; 35th; Informe del...

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35 C INFORME DEL DIRECTOR GENERAL SOBRE LAS COMUNICACIONES RECIBIDAS DE LOS ESTADOS MIEMBROS EN LAS QUE SE INVOCA LO DISPUESTO EN EL APARTADO C) DEL PÁRRAFO 8 DEL ARTÍCULO IV.C DE LA CONSTITUCIÓN PRESENTACIÓN Fuente: Apartado c) del párrafo 8 del Artículo IV.C de la Constitución. Antecedentes: De conformidad con lo estipulado en el párrafo 4 del Artículo 83 del Reglamento de la Conferencia General, el Director General informa en el presente documento de las comunicaciones recibidas de los Estados Miembros en las que se invoca lo dispuesto en el apartado c) del párrafo 8 del Artículo IV.C de la Constitución sobre el derecho de voto en la 35ª reunión. Objeto: Presentar a la Conferencia General toda la información pertinente sobre las comunicaciones recibidas de los Estados Miembros en las que se solicita el derecho de voto, y facilitar así la adopción de decisiones. Decisión requerida: Párrafo 15. 35 C/12 31 de julio 2009 Original: Inglés Punto 1.3 del orden del día provisional

Transcript of UNESCO. General Conference; 35th; Informe del...

35 C

INFORME DEL DIRECTOR GENERAL SOBRE LAS COMUNICACIONES RECIBIDAS DE LOS ESTADOS MIEMBROS

EN LAS QUE SE INVOCA LO DISPUESTO EN EL APARTADO C) DEL PÁRRAFO 8 DEL ARTÍCULO IV.C DE LA CONSTITUCIÓN

PRESENTACIÓN

Fuente: Apartado c) del párrafo 8 del Artículo IV.C de la Constitución.

Antecedentes: De conformidad con lo estipulado en el párrafo 4 del Artículo 83 del Reglamento de la Conferencia General, el Director General informa en el presente documento de las comunicaciones recibidas de los Estados Miembros en las que se invoca lo dispuesto en el apartado c) del párrafo 8 del Artículo IV.C de la Constitución sobre el derecho de voto en la 35ª reunión.

Objeto: Presentar a la Conferencia General toda la información pertinente sobre las comunicaciones recibidas de los Estados Miembros en las que se solicita el derecho de voto, y facilitar así la adopción de decisiones.

Decisión requerida: Párrafo 15.

35 C/12 31 de julio 2009 Original: Inglés

Punto 1.3 del orden del día provisional

35 C/12

INTRODUCCIÓN

1. El presente documento consta de dos partes.

La Parte I trata de los procedimientos que ha de seguir la Conferencia General al examinar las comunicaciones en las que se solicita el derecho de voto.

En la Parte II de este documento, el Director General presenta su informe sobre las comunicaciones recibidas de los Estados Miembros, y propone el esbozo de un proyecto de resolución.

2. El informe del Director General sobre la situación más reciente de los planes de pago convenidos entre la UNESCO y los Estados Miembros atrasados en el pago de sus contribuciones figura en el documento 35 C/31.

PARTE I - PROCEDIMIENTOS QUE HAN DE SEGUIRSE

3. El procedimiento que ha de seguirse para conceder el derecho de voto se enuncia en el Artículo 83 del Reglamento de la Conferencia General. En sus reuniones 28ª, 29ª y 30ª la Conferencia General, mediante sus Resoluciones 28 C/20.3, 29 C/87 y 30 C/79, decidió modificar este artículo a fin de especificar el procedimiento que ha de seguirse y la exposición de motivos que deben hacer los Estados Miembros para valerse de dicho procedimiento. Así fue como se incorporaron en el Artículo 83 del Reglamento de la Conferencia General los párrafos 3 a 10 que se reproducen a continuación:

“3. Antes de cada reunión ordinaria de la Conferencia General, el Director General notificará por la vía más segura y más rápida a los Estados Miembros que corran el riesgo de perder su derecho de voto de conformidad con lo dispuesto en el Artículo IV.C, párrafo 8 b) de la Constitución, su situación financiera con respecto a la Organización y las disposiciones de la Constitución y de los Reglamentos al respecto, al menos seis meses antes de la fecha prevista para la apertura de la reunión.

4. Los Estados Miembros dirigirán las comunicaciones en que invoquen lo dispuesto en el Artículo IV.C, párrafo 8 c) al Director General, quien las transmitirá a la Comisión Administrativa de la Conferencia General. La Comisión las examinará tan pronto como inicie sus trabajos y presentará con carácter prioritario a la plenaria un informe que comprenda sus recomendaciones al respecto.

5. Los Estados Miembros a que se hace referencia en el párrafo 4 deberán presentar sus comunicaciones a más tardar tres días después de iniciados los trabajos de la Conferencia General. En caso de que no presenten una comunicación de ese tipo, los Estados Miembros interesados no podrán seguir participando en las votaciones durante esa reunión de la Conferencia General.

6. No obstante lo dispuesto en el párrafo 1 del presente artículo, una vez transcurrido el plazo indicado en el párrafo 5 y en espera de que la Conferencia General adopte una decisión en sesión plenaria, sólo tendrán derecho de voto los Estados Miembros interesados que hayan presentado la comunicación mencionada en el párrafo 4.

7. En el informe que presente a la Conferencia General, la Comisión Administrativa deberá:

a) exponer las circunstancias ajenas a la voluntad del Estado Miembro a que obedece la falta de pago;

b) facilitar información sobre el pago de la contribución por el Estado Miembro, durante los años anteriores y, en su caso, sobre la o las solicitudes de derecho de voto que haya presentado en las que se invoca lo dispuesto en el Artículo IV.C, párrafo 8 c) de la Constitución;

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c) indicar las medidas adoptadas para saldar las contribuciones atrasadas (normalmente, un plan de pagos anuales durante tres ejercicios bienales) y dejar constancia del compromiso del Estado Miembro de hacer todo lo posible para abonar en forma regular sus futuras contribuciones anuales.

8. Toda decisión que autorice a un Estado Miembro que esté en mora en el pago de su contribución a participar en las votaciones quedará supeditada al respeto por parte de ese Estado Miembro de las recomendaciones formuladas por la Conferencia en relación con el pago de sus contribuciones atrasadas.

9. Una vez que la Conferencia haya aprobado el plan de pago en virtud del cual se consoliden las contribuciones atrasadas de un Estado Miembro y se prevea su pago con arreglo al párrafo 7 c), toda decisión de la Conferencia por la que autorice a ese Estado Miembro a votar surtirá efecto mientras dicho Estado Miembro abone sus cuotas anuales en las fechas previstas.

10. Las disposiciones del Artículo 5.5 y del Artículo 5.7 del Reglamento Financiero no serán aplicables a las cantidades recibidas de conformidad con los planes de pago mencionados en los párrafos 7 c) y 9.”

4. En la 29ª reunión, la Conferencia General tropezó con problemas para aplicar estas nuevas disposiciones y algunos Estados Miembros experimentaron dificultades para cumplir con ellas. El Presidente de la Conferencia General estableció un Grupo de trabajo sobre las condiciones de concesión del derecho de voto a los Estados Miembros a los que se refiere el Artículo IV.C, párrafo 8 c) de la Constitución. El informe del Grupo de trabajo se sometió a la Conferencia General en su 30ª reunión y ésta, mediante su Resolución 30 C/82, hizo suyas las siguientes recomendaciones del Grupo de Trabajo:

“3. Los criterios que deberá seguir la Comisión Administrativa de la Conferencia General para determinar, de conformidad con el párrafo 7 del Artículo 83 del Reglamento, si las circunstancias que invoca un Estado Miembro son efectivamente ajenas a su voluntad, deberían agruparse en tres categorías: los criterios relacionados con las guerras y los conflictos armados que afectan a un Estado, los criterios económicos y financieros y las catástrofes naturales. Estos criterios deberían aplicarse teniendo presentes el factor tiempo (las repercusiones de la situación que se invoca deben haberse manifestado en el transcurso de los dos últimos años y tras el establecimiento de la actual escala de contribuciones) y la voluntad efectiva del Estado Miembro de abonar la totalidad de sus contribuciones financieras a la UNESCO.

4. Se debería mejorar la práctica vigente en materia de presentación de planes de pago a la Conferencia General; deberían adoptarse disposiciones para que los planes de pago en los que los gobiernos se comprometen a saldar sus contribuciones atrasadas se elaboren y presenten lo más pronto posible antes de la reunión de la Conferencia General.

5. Finalizada la reunión, el Director General debería enviar una carta a los gobiernos de que se trate a fin de recordarles que la Conferencia General ha aprobado sus planes de pago e informarles, al mismo tiempo, de todas las consecuencias que podría tener el incumplimiento de los compromisos contraídos.

6. El Director General debería aprovechar las reuniones regionales o subregionales de las Comisiones Nacionales para informar a los representantes de los Estados Miembros que atraviesan graves dificultades de pago de todas las posibilidades existentes en materia de pago de las contribuciones asignadas y de liquidación de los atrasos y para ayudarles a encontrar soluciones adaptadas a su situación.

35 C/12 – pág. 3

7. En el marco general de los planes de pago, podría recurrirse con mayor frecuencia a los acuerdos de crédito recíproco (“swap”) e idear otras modalidades de acuerdo. Se podría invitar al Director General a estudiar la posibilidad de establecer nuevos tipos y acuerdos de “swap” en relación con los planes de pago, en colaboración con otros organismos del sistema de las Naciones Unidas (en particular, el PNUD y el UNICEF)1. En este marco, en particular en lo tocante al personal de las Unidades fuera de la Sede, se debería prestar especial atención a la formación en materia de financiación de proyectos, técnicas de negociación, por ejemplo, la combinación de fondos procedentes de distintas fuentes y, en general, de competencias en cuanto a gestión.

8. La Mesa de la Comisión Administrativa, o un órgano especial restringido creado por ella, debería examinar cada una de las comunicaciones de los Estados Miembros en que se invocara lo dispuesto en el Artículo IV.C, párrafo 8, apartado c) de la Constitución y someter a la Conferencia General un proyecto de resolución. En la propuesta que presentara la Comisión Administrativa a la sesión plenaria debería figurar además información relativa a los motivos de que, en determinados casos, el derecho de voto se deba otorgar por mayoría de dos tercios.

9. Al someter sus informes al Consejo Ejecutivo, el Director General debería presentar en la reunión de primavera que precede a la Conferencia General informaciones sobre el estado de las contribuciones atrasadas en la UNESCO y en otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y sobre los incentivos y las medidas disuasorias que estas organizaciones aplican para mejorar la situación en este terreno.

10. De adoptarse sanciones, la pérdida del derecho de voto de los Estados Miembros afectados por éstas no privará a esos Estados Miembros de ninguno de los servicios de la Organización ni impedirá su participación en las actividades de la UNESCO”.

5. Por último, en su 33ª reunión, la Conferencia General aprobó la Resolución 33 C/92 (R.9) en la que se indica que el Consejo Ejecutivo examinará “las comunicaciones recibidas de Estados Miembros en las que se invoque lo dispuesto en el apartado c) del párrafo 8 del Artículo IV.C de la Constitución en la reunión que celebra inmediatamente antes de la Conferencia General, de manera que ésta pueda decidir sobre el derecho de voto basándose en las recomendaciones del Consejo Ejecutivo, en la apertura de la reunión”.

6. El Director General ha cumplido cabalmente con las obligaciones que le incumben en virtud del párrafo 3 del Artículo 83 del Reglamento de la Conferencia General, así como de los párrafos 5 y 9 de la Resolución 30 C/82. Los Estados Miembros que corren el riesgo de perder su derecho de voto en la 35ª reunión de la Conferencia General han sido informados por escrito, en marzo y en abril de 2009. Los últimos recordatorios se enviarán en septiembre de 2009. Con respecto a los párrafos 6 y 7 de dicha resolución el Director General sigue teniendo la mejor disposición para examinar todas las soluciones que ayuden a los Estados Miembros a abonar sus contribuciones atrasadas.

7. Los párrafos 4 a 10 del Artículo 83 del Reglamento de la Conferencia General, así como los párrafos 3, 4, 8 y 10 de la Resolución 30 C/82 están dirigidos a los Estados Miembros y a la Comisión Administrativa de la Conferencia General.

1 Convendría estudiar, en particular, las posibilidades que tienen los Estados Miembros de reducir los

presupuestos de proyectos ya aprobados del PNUD y el UNICEF ejecutados en su territorio mediante la cesión temporal de personal profesional y la puesta a disposición de vehículos y locales. Los fondos liberados de este modo se transferirían a continuación a la UNESCO, la cual los ingresaría en los planes de pago correspondientes. En realidad, esta propuesta se inspira en la idea básica de los acuerdos de canjeo o “swap” en un momento en que muchos de los Estados Miembros interesados consideran que la fórmula original (pagos en monedas no convertibles) es ineficaz o inaplicable.

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PARTE II - EXAMEN DE LAS COMUNICACIONES DE LOS ESTADOS

8. Los apartados b) y c) del párrafo 8 de la Sección C del Artículo IV de la Constitución dicen lo siguiente:

“b) Un Estado Miembro que esté en mora en el pago de sus contribuciones no podrá votar en la Conferencia General si la cantidad total que adeude por ese concepto es superior a la suma de sus contribuciones correspondientes al año en curso y al año civil precedente.

c) Sin embargo, la Conferencia General podrá autorizar a ese Estado Miembro a participar en las votaciones si comprueba que la falta de pago se debe a circunstancias ajenas a la voluntad del referido Estado Miembro”.

9. En los párrafos 3 a 10 del Artículo 83 del Reglamento de la Conferencia General, así como en los párrafos 2 y 4 a 9 de la Resolución 30 C/82 (que figuran en los párrafos 3 y 4 del presente documento), se establecen los procedimientos que deben seguir respectivamente el Director General, los Estados Miembros y la Conferencia General, para aplicar los artículos de la Constitución antes citados.

10. En el párrafo 3 de la Resolución 30 C/82 (véase el párrafo 4 supra), se definen los criterios en los que se debe basar la Comisión Administrativa de la Conferencia General para examinar las peticiones de los Estados Miembros.

11. Al 30 de junio de 2009, 40 Estados Miembros estaban atrasados en el pago de sus contribuciones en cuantías superiores a las permitidas por la Constitución para tener derecho de voto en la Conferencia General, frente a 35 en el bienio anterior en las mismas fechas. Esos Estados Miembros pueden clasificarse en varios grupos:

• 15 de ellos están atrasados en el pago de las cuotas correspondientes a los planes de pago aprobados por la Conferencia General en reuniones anteriores;

• 22 de ellos tienen atrasos en el pago de sus contribuciones superiores a las cuantías autorizadas por la Constitución respecto al derecho de voto pero no tienen planes de pago;

• tres de ellos forman parte del grupo de los cinco Estados Miembros respecto de los cuales la Conferencia General en su 32ª reunión aprobó planes de pago que cubren sólo parte de las contribuciones atrasadas, comprometiéndose ellos además a presentar un informe sobre la situación a la Conferencia General en su 35ª reunión a fin de volver a examinar el calendario de pago de sus contribuciones atrasadas a la luz de su capacidad para efectuar pagos en ese momento. En el Cuadro 1 se proporciona información detallada al respecto.

12. Ahora bien, la fecha en que se ultimó el presente documento, sólo se había recibido una comunicación oficial de un Estado Miembro invocando lo dispuesto en el apartado c) del párrafo 8 del Artículo IV.C de la Constitución. En el Cuadro 2 figuran un desglose por bienio de los atrasos de pago de dicho Estado Miembro y las fechas de los últimos pagos que saldó. En el Cuadro 3 se presenta un historial de las peticiones de derecho de voto de dicho Estado Miembro y de las autorizaciones para votar que la Conferencia General le concedió en sus cinco últimas reuniones, y en el Anexo 1 se reproduce la comunicación recibida.

13. Antes de que dé comienzo la reunión de la Conferencia General, se publicará un addendum con todas las demás comunicaciones recibidas de los Estados Miembros en las que soliciten el derecho de voto. Lo antes posible una vez transcurrido el plazo estipulado en el párrafo 5 del Artículo 83 del Reglamento para la presentación de comunicaciones en las que se pida el derecho de voto -esto es, tres días después de que dé comienzo la reunión de la Conferencia- el Director General presentará un segundo addendum con todas las comunicaciones adicionales recibidas.

35 C/12 – pág. 5

En cada caso, el Director General presentará los Cuadros 1 a 3 actualizados a fin de ayudar a la Comisión Administrativa a preparar el informe que debe presentar a la Conferencia General en sesión plenaria sobre las distintas comunicaciones recibidas.

CONCLUSIÓN

14. Un elemento esencial de la estrategia encaminada a generar una situación de liquidez positiva es que todos los Estados Miembros con retrasos acumulados abonen cada año un importe superior al de la contribución de ese año, a fin de ir reduciendo paulatinamente sus deudas hasta saldarlas. Teniendo presente que en la UNESCO el riesgo de perder el derecho de voto es el único elemento disuasorio contra el atraso en el pago de las contribuciones, la Conferencia General deseará sin duda estudiar detenidamente las solicitudes en las que se invoca el apartado c) del párrafo 8 del Artículo IV.C de la Constitución. La Conferencia General podrá tener presente además que la aceptación de un gran número de planes de pago tiene como consecuencia aplazar el pago de las contribuciones para años ulteriores, lo cual supone un gravamen adicional para los recursos en efectivo de la Organización.

15. Al término de su examen del informe que la Comisión Administrativa debe presentar a la Conferencia General en sesión plenaria y las recomendaciones del Consejo Ejecutivo en su 182ª reunión2, la Conferencia General podría aprobar una resolución del siguiente tenor:

La Conferencia General,

Habiendo examinado las comunicaciones recibidas de (nombres de los Estados Miembros), en las que invocaban lo dispuesto en el apartado c) del párrafo 8 del Artículo IV.C de la Constitución, a fin de que se les autorizara a participar en las votaciones de su 35ª reunión,

Recordando que en virtud de la Constitución los Estados Miembros tienen la obligación de pagar sus contribuciones íntegra y puntualmente,

Tomando en consideración el historial de pago de las contribuciones en años anteriores y las precedentes solicitudes de derecho de voto de cada uno de estos Estados Miembros, así como las medidas que han propuesto para saldar sus contribuciones atrasadas,

Tomando nota de que, después de haber enviado una solicitud (nombres de los Estados Miembros) abonaron las cantidades necesarias para disponer del derecho de voto de conformidad con el apartado b) del párrafo 8 del Artículo IV.C de la Constitución,

Considera que la falta de pago por (nombres de los Estados Miembros) de las contribuciones que adeudan –por un total superior a la suma de sus contribuciones correspondientes al año en curso y al año civil inmediatamente precedente- o de las cuotas vencidas de sus planes de pago se debe a circunstancias ajenas a su voluntad, y decide que esos Estados Miembros pueden tomar parte en las votaciones de su 35ª reunión;

Considera además que la falta de pago por (nombres de los Estados Miembros) de las contribuciones que adeudan –por un total superior a la suma de sus contribuciones correspondientes al año en curso y al año civil inmediatamente precedente- o de las cuotas vencidas de sus planes de pago no se ajusta a las condiciones estipuladas en el Artículo 83 del Reglamento de la Conferencia General, y que, por consiguiente, dichos Estados Miembros no pueden tomar parte en las votaciones de su 35ª reunión;

Invita al Director General a informar al Consejo Ejecutivo en sus reuniones 185ª y 187ª y a la Conferencia General en su 36ª reunión sobre la situación efectiva de todos los planes de pago convenidos entre la UNESCO y los Estados Miembros en mora en el pago de sus contribuciones.

2 El Consejo Ejecutivo examinará este asunto en su 182ª reunión. Todas las observaciones o recomendaciones

que formule el Consejo al respecto se consignarán en un addendum al presente documento.

35 C/12 – pág. 6

RESUMEN DE LOS CUADROS

Cuadro 1: Estados Miembros que corren el riesgo de perder su derecho de voto, al 30 de junio de 2009.

Cuadro 2: Contribuciones atrasadas de Estados Miembros que invocan lo dispuesto en el apartado c) del párrafo 8 del Artículo IV.C de la Constitución, al 30 de junio de 2009.

Cuadro 3. Solicitudes del derecho de voto y concesión del mismo por la Conferencia General en sus cinco últimas reuniones. Anexo 1: comunicación recibida.

SCHEDULE 1

Member StatesWorking Capital Fund

2005 and prior years

2006-2007 Total arrears2008 and

prior years2009 Total instalments

TOTAL ARREARS

(A)

Date of last payment

1 Afghanistan (1) - - - - - - - - 15-May-092 Antigua and Barbuda - 42,993 17,657 60,650 - - - 60,650 19-Dec-083 Argentina - - - - - 365,728 365,728 365,728 20-Nov-084 Armenia - - - - - 37,850 37,850 37,850 22-Jun-095 Azerbaijan (1) - - - - - - - - 04-Jun-096 Cape Verde 10 - 7,062 7,072 - - - 7,072 24-Oct-07

7 Central African Republic - 6,357 7,062 13,419 167,218 - 167,218 180,637 02-Mar-09

8 Chile - - 281,681 281,681 - - - 281,681 22-Aug-08

9 Comoros 40 6,357 7,062 13,459 378,990 75,799 454,789 468,248 01-Oct-03

10 Costa Rica - - 138,668 138,668 - 64 64 138,732 25-Jun-09

11 Democratic Republic of the Congo 30 - 21,169 21,199 - - - 21,199 01-Oct-05

12 Djibouti 10 - - 10 45,214 45,214 90,428 90,438 22-Oct-07

13 Dominica 10 - 7,062 7,072 - - - 7,072 05-Oct-07

14 Georgia (1) - - - - - - - - 12-Feb-09

15 Guinea 10 - 14,125 14,135 - - - 14,135 04-Sep-07

16 Guinea-Bissau 10 - 7,062 7,072 212,955 51,529 264,484 271,556 01-Jan-96

17 Iraq - 5,370,182 109,466 5,479,648 - - - 5,479,648 08-Oct-08

18 Kyrgyzstan (1) - - - - - 5,000 5,000 5,000 29-Dec-08

19 Lebanon - - 6,419 6,419 - - - 6,419 02-Jun-09

20 Liberia 10 - 412 422 35,587 35,587 71,174 71,596 12-Oct-07

21 Libyan Arab Jamahiriya 620 - 218,004 218,624 - - - 218,624 24-Oct-07

22 Marshall Islands 10 - 7,062 7,072 - - - 7,072 24-Oct-07

23 Mauritania 10 - 3,469 3,479 - - - 3,479 01-Aug-07

24 Micronesia 10 - 2,013 2,023 - - - 2,023 01-Sep-05

25 Myanmar 50 - 52,968 53,018 - - - 53,018 26-Sep-07

26 Niger - - - - - 21,427 21,427 21,427 11-Sep-08

27 Pakistan 590 - 27,567 28,157 - - - 28,157 12-Oct-07

28 Palau 10 - 5,815 5,825 - - - 5,825 05-Mar-07

29 Panama - - 14,589 14,589 - - - 14,589 30-Apr-08

30 Papua New Guinea 20 - 17,657 17,677 - - - 17,677 24-Oct-07

31 Paraguay - - - - - 32,300 32,300 32,300 10-Dec-08

32 Peru - - - - - 205,486 205,486 205,486 16-Mar-09

33 Sao Tome and Principe 10 - - 10 40,316 40,316 80,632 80,642 21-Sep-07

34 Senegal - - 1,005 1,005 - - - 1,005 08-Apr-09

35 Sierra Leone 10 6,310 7,062 13,382 35,935 14,108 50,043 63,425 05-Dec-06

36 Somalia 40 342,492 7,062 349,594 - - - 349,594 01-Dec-8937 Sudan 100 - 63,562 63,662 - - - 63,662 18-Oct-07

38 Tajikistan (1) - - 1,506 1,506 315 5,000 5,315 6,821 31-Dec-0839 Vanuatu 10 - 3,055 3,065 - - - 3,065 17-Oct-0740 Zimbabwe 0 - 75 75 - - - 75 26-Jun-09

TOTAL 1,620 5,774,691 1,057,378 6,833,689 916,530 935,408 1,851,938 8,685,627

Member StatesWorking Capital Fund

2006-2007 and prior biennia

2008-2009Total

(1)2009 and

prior yearsAmount to be rescheduled*

Total(2)

TOTAL DUE(1+2)

Date of last payment

1 Afghanistan - - - - 312,413 312,413 312,413 27-Apr-092 Azerbaijan - - - - 108,514 108,514 108,514 21-May-083 Georgia - - - - 2,753,065 2,753,065 2,753,065 12-Feb-09

4 Kyrgyzstan - 3,371 3,371 5,000 784,082 789,082 792,453 29-Dec-085 Tajikistan - 1,506 6,310 7,816 5,315 397,992 403,307 411,123 31-Dec-08

TOTAL - 1,506 9,681 11,187 10,315 4,356,066 4,366,381 4,377,568* Amount excluded from payment plans approved by the General Conference at its 32nd session

Note :(A) This is the total to be paid by each Member State in order to obtain voting rights under the cumulative provisions of Article IV.C.8(b) of the Constitution and Rule 83,

paragraph 9, of the Rules of Procedure of the General Conference

(1) MEMBER STATES AT RISK OF LOSING VOTING RIGHTSIF A NEW PAYMENT PLAN IS NOT SUBMITTED AS PER 32C/RESOLUTION 67.II

Arrears and contributions due Instalments due under payment plans

Arrears of contributions Instalments due under payment plans

MEMBER STATES AT RISK OF LOSING VOTING RIGHTS AS AT 30 JUNE 2009

35 C/12 - pág. 7

SCHEDULE 2

CONTRIBUTIONS DUE

Date of request

Member StatesAdvances

due to WCFBalance due 1988-1991

Balance due 1992-1993

Balance due 1994-1995

Balance due 1996-1997

Balance due 1998-1999

Balance due 2000-2001

Balance due 2002-2003

Balance due 2004-2005

Balance due 2006-2007

Instalments on payment plans

Amount to be rescheduled*

TOTAL Balance due

Date of last payment

USD USD USD USD USD USD USD USD USD USD USD USD USD

15-Jun-09 Georgia - - 2,753,065 - February 2009

TOTAL - - - - - - - - - - - 2,753,065 -

TOTAL - - - - - - - - - - -

* Amount excluded from payment plans approved by the General Conference at its 32nd session

OF ARTICLE IV.C, PARAGRAPH 8(C) OF THE CONSTITUTION AT 30 JUNE 2009ARREARS OF CONTRIBUTIONS OF MEMBER STATES INVOKING THE PROVISIONS

35 C/12 - pág. 8

SCHEDULE 3

REQUESTS MADE FOR VOTING RIGHTS AND PERMISSION GRANTED BY THE GENERAL CONFERENCE AT ITS LAST FIVE SESSIONS

Sessions at which requests made and permission to vote granted are crossed as appropriate.

Annex No. Communications

received date

Member States 30th 31st 32nd 33rd 34th

1 15 June 09 Georgia X X

35 C/12 - pág. 9

TABLEAU 1

États membresFonds de roulement

2005 et annéesantérieures

2006-2007 Total arriérés2008 et années

antérieures2009 Total montants dus

TOTAL ARRIÉRÉS

(A)

Date du dernier

versement

1 Afghanistan (1) - - - - - - - - 15-mai-092 Antigua-et-Barbuda - 42 993 17 657 60 650 - - - 60 650 19-déc-083 Argentine - - - - - 365 728 365 728 365 728 20-nov-084 Arménie - - - - - 37 850 37 850 37 850 22-juin-095 Azerbaïdjan (1) - - - - - - - - 04-juin-096 Cap-Vert 10 - 7 062 7 072 - - - 7 072 24-oct-07

7 République centrafricaine - 6 357 7 062 13 419 167 218 - 167 218 180 637 02-mars-09

8 Chili - - 281 681 281 681 - - - 281 681 22-août-08

9 Comores 40 6 357 7 062 13 459 378 990 75 799 454 789 468 248 01-oct-03

10 Costa Rica - - 138 668 138 668 - 64 64 138 732 25-juin-09

11République démocratique du Congo 30 - 21 169 21 199 - - - 21 199 01-oct-05

12 Djibouti 10 - - 10 45 214 45 214 90 428 90 438 22-oct-07

13 Dominique 10 - 7 062 7 072 - - - 7 072 05-oct-07

14 Géorgie (1) - - - - - - - - 12-févr-09

15 Guinée 10 - 14 125 14 135 - - - 14 135 04-sept-07

16 Guinée-Bissau 10 - 7 062 7 072 212 955 51 529 264 484 271 556 01-janv-96

17 Iraq - 5 370 182 109 466 5 479 648 - - - 5 479 648 08-oct-08

18 Kirghizistan (1) - - - - - 5 000 5 000 5 000 29-déc-08

19 Liban - - 6 419 6 419 - - - 6 419 02-juin-09

20 Libéria 10 - 412 422 35 587 35 587 71 174 71 596 12-oct-07

21 Jamahiriya arabe libyenne 620 - 218 004 218 624 - - - 218 624 24-oct-07

22 Îles Marshall 10 - 7 062 7 072 - - - 7 072 24-oct-07

23 Mauritanie 10 - 3 469 3 479 - - - 3 479 01-août-07

24 Micronésie 10 - 2 013 2 023 - - - 2 023 01-sept-05

25 Myanmar 50 - 52 968 53 018 - - - 53 018 26-sept-07

26 Niger - - - - - 21 427 21 427 21 427 11-sept-08

27 Pakistan 590 - 27 567 28 157 - - - 28 157 12-oct-07

28 Palaos 10 - 5 815 5 825 - - - 5 825 05-mars-07

29 Panama - - 14 589 14 589 - - - 14 589 30-avr-08

30 Papouasie-Nouvelle-Guinée 20 - 17 657 17 677 - - - 17 677 24-oct-07

31 Paraguay - - - - - 32 300 32 300 32 300 10-déc-08

32 Pérou - - - - - 205 486 205 486 205 486 16-mars-09

33 Sao Tomé-et-Principe 10 - - 10 40 316 40 316 80 632 80 642 21-sept-07

34 Sénégal - - 1 005 1 005 - - - 1 005 08-avr-09

35 Sierra Leone 10 6 310 7 062 13 382 35 935 14 108 50 043 63 425 05-déc-06

36 Somalie 40 342 492 7 062 349 594 - - - 349 594 01-déc-8937 Soudan 100 - 63 562 63 662 - - - 63 662 18-oct-07

38 Tadjikistan (1) - - 1 506 1 506 315 5 000 5 315 6 821 31-déc-0839 Vanuatu 10 - 3 055 3 065 - - - 3 065 17-oct-0740 Zimbabwe 0 - 75 75 - - - 75 26-juin-09

TOTAL 1 620 5 774 691 1 057 378 6 833 689 916 530 935 408 1 851 938 8 685 627

États membresFonds de roulement

2006-2007 et années

antérieures2008-2009

Total(1)

2009 et années antérieures

Montant à rééchelonner*

Total(2)

TOTAL DÛ(1+2)

Date du dernier

versement1 Afghanistan - - - - 312 413 312 413 312 413 27-avr-092 Azerbaïdjan - - - - 108 514 108 514 108 514 21-mai-083 Géorgie - - - - 2 753 065 2 753 065 2 753 065 12-févr-09

4 Kirghizistan - 3 371 3 371 5 000 784 082 789 082 792 453 29-déc-085 Tadjikistan - 1 506 6 310 7 816 5 315 397 992 403 307 411 123 31-déc-08

TOTAL - 1 506 9 681 11 187 10 315 4 356 066 4 366 381 4 377 568* Montant exclus des plans de paiement approuvés par la Conférence générale à sa 32e session.

(A) Montant total que doit verser chaque État membre pour bénéficier du droit de vote aux termes des dispositions cumulatives de l'article IV.C 8 (b)de l'Acte constitutif et de l'article 83, paragraphe 9, du Règlement intérieur de la Conférence générale.

Note :

(1) ÉTATS MEMBRES RISQUANT DE PERDRE LEUR DROIT DE VOTE SI AUCUN PLANDE PAIEMENT N'EST SOUMIS CONFORMÉMENT À LA RÉSOLUTION 32 C/67.II

Arriérés de contributions Montants dus au titre de plans de paiement

Arriérés de contributions Montants dus au titre de plans de paiement

ÉTATS MEMBRES RISQUANT DE PERDRE LEUR DROIT DE VOTE (à la date du 30 juin 2009)

35 C/12 - pág. 10

TABLEAU 2

CONTRIBUTIONS DUES

Date de la demande

Etats membresAvances au Fonds de roulement

Solde dû 1988-1991

Solde dû 1992-1993

Solde dû 1994-1995

Solde dû 1996-1997

Solde dû 1998-1999

Solde dû 2000-2001

Solde dû 2002-2003

Solde dû 2004-2005

Solde dû 2006-2007

Montants dus au titre de plans de

paiement

Montant à rééchelonner*

TOTAL Solde dû

Date du dernier versement

$ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $

15-juin-09 Géorgie - - 2 753 065 - février 2009

TOTAL - - - - - - - - - - - 2 753 065 -

TOTAL - - - - - - - - - - -

* Montant exclu des plans de paiement approuvés par la Conférence générale à sa 32e session.

DE L'ARTICLE IV.C, PARAGRAPHE 8 (C), DE L'ACTE CONSTITUTIF (à la date du 30 juin 2009) ARRIÉRÉS DE CONTRIBUTIONS DES ÉTATS MEMBRES INVOQUANT LES DISPOSITIONS

35 C/12 - pág. 11

TABLEAU 3

DEMANDES DE DROIT DE VOTE FORMULÉES ET AUTORISATIONS ACCORDÉESPAR LA CONFÉRENCE GÉNÉRALE À SES CINQ DERNIÈRES SESSIONS

Sessions auxquelles l 'État membre a présenté une demandeet a été autorisé à prendre part aux votes

Annexe n° États membres 30e 31e 32e 33e 34e

I 15 juin 2009 Géorgie X X

Date de réception des communications

35 C/12 - pág. 12

35 C/12 Anexo 1

Al Excmo. Sr. Koichiro Matsuura Director General UNESCO

ANEXO 1

MINISTRO DE ASUNTOS EXTERIORES DE GEORGIA

Excelencia:

Deseo aprovechar esta oportunidad para expresarle, en nombre del Gobierno de Georgia, nuestra más sincera gratitud por el apoyo organizativo, financiero y moral que la UNESCO ha prestado a mi país desde que Georgia ingresó en la Organización. El Gobierno de Georgia también desea confirmar su compromiso con los propósitos y objetivos de la UNESCO y está deseoso de participar cabalmente en las labores de la Organización.

Por medio de la presente tengo el honor de informarle de que el Gobierno de Georgia desea obtener el derecho de voto en la 35ª reunión de la Conferencia General de la UNESCO y, al mismo tiempo, hallar una solución para liquidar las contribuciones atrasadas que adeuda a la Organización.

Permítame hacer referencia a las dificultades que mi país afronta en lo tocante a la liquidación de las contribuciones pendientes al presupuesto ordinario de la UNESCO. Como consecuencia de la guerra de agosto de 2008, la infraestructura civil y económica de Georgia quedó gravemente dañada y decenas de miles de personas resultaron desplazadas. La agresión militar de Rusia tuvo también repercusiones negativas en el sistema educativo, el medio ambiente y el patrimonio cultural de Georgia. Los procesos de rehabilitación y reconstrucción encaminados a superar las consecuencias de la guerra exigen un considerable volumen de recursos del presupuesto nacional.

Por consiguiente, permítame asegurarle que las contribuciones pendientes de 2.753.065 dólares estadounidenses no se han saldado en su totalidad debido a condiciones que escapan al control de Georgia.

Dicho esto, permítame llamar su atención sobre el hecho de que Georgia ha cumplido puntualmente las condiciones establecidas por la Conferencia General en su 32ª reunión y, en cumplimiento de la Resolución 32 C/67.II, las contribuciones atrasadas se pagaron parcialmente desde 2004 en seis cuotas anuales de 40.000 dólares. Asimismo permítame informarle de que Georgia ya ha puesto a disposición de la UNESCO las cantidades adeudadas correspondientes a 2009.

Por consiguiente, a la luz de lo que precede, el Gobierno de Georgia desea presentar a la Conferencia General de la UNESCO una propuesta para la liquidación de las contribuciones que quedan pendientes en los términos siguientes:

Georgia pagará parcialmente las contribuciones adeudadas en seis pagos anuales de 110.122,60 dólares, a más tardar el 30 de junio de cada año, empezando en junio de 2010, y al mismo tiempo seguirá pagando la contribución anual correspondiente en los plazos fijados. El plan de pago para liquidar las contribuciones atrasadas que el Gobierno de Georgia desea proponer para los años 2010-2015 es el siguiente:

2010 – 110.122,60 dólares 2011 – 110.122,60 dólares 2012 – 110.122,60 dólares 2013 – 110.122,60 dólares 2014 – 110.122,60 dólares 2015 – 110.122,60 dólares

35 C/12 Anexo 1 – pág. 2

Se presentará un informe intermedio a la Conferencia General en su 38ª reunión, a fin de reexaminar el calendario de pago de las cantidades adeudadas por un importe de 2.092.333 dólares, a la luz de la capacidad de pago del país en esa fecha.

Asimismo deseo pedirle que transmita a la Conferencia General la solicitud de mi Gobierno de que se le permita ejercer el derecho de voto en la 35ª reunión de la Conferencia General.

Espero que esta petición reciba una consideración favorable y aprovecho la oportunidad para reiterarle el testimonio de mi más alta y distinguida consideración.

Grigol Vashadze

Nº 7/105-13 15.06.2009

Este documento ha sido impreso en papel reciclado

35 C

INFORME DEL DIRECTOR GENERAL SOBRE LAS COMUNICACIONES RECIBIDAS DE LOS ESTADOS MIEMBROS

EN LAS QUE SE INVOCA LO DISPUESTO EN EL APARTADO C) DEL PÁRRAFO 8 DEL ARTÍCULO IV.C DE LA CONSTITUCIÓN

ADDENDUM

PARTE II – INFORMACIÓN ACTUALIZADA SOBRE EL EXAMEN DE LAS COMUNICACIONES DE LOS ESTADOS MIEMBROS

Los párrafos 11 y 12 que figuran a continuación actualizan y reemplazan a los párrafos 11 y 12 del documento 35 C/12.

11. Desde el 30 de junio de 2009, once Estados Miembros han pagado el importe requerido para ejercer su derecho de voto en la 35ª reunión de la Conferencia General. Al 31 de agosto de 2009, 29 Estados Miembros estaban atrasados en el pago de sus contribuciones en cuantías superiores a las permitidas por la Constitución para tener derecho de voto, comparados con 26 en el bienio anterior en el mismo periodo. En el Cuadro 1 se proporciona información detallada al respecto. Esos Estados Miembros pueden clasificarse en varios grupos:

• 11 de ellos están atrasados en el pago de las cuotas correspondientes a los planes de pago aprobados por la Conferencia General en reuniones anteriores.

• 16 de ellos tienen atrasos en el pago de sus contribuciones superiores a las cuantías autorizadas por la Constitución para tener derecho de voto, pero no tienen planes de pago.

• Dos de ellos forman parte del grupo de los cinco Estados Miembros respecto de los cuales la Conferencia General, en su 32ª reunión, aprobó planes de pago que cubren sólo parte de las contribuciones atrasadas, comprometiéndose ellos además a presentar un informe sobre la situación a la Conferencia General en su 35ª reunión, a fin de volver a examinar el calendario de pago de sus contribuciones atrasadas a la luz de su capacidad para efectuar pagos en ese momento. Esos dos Estados Miembros han respetado sus

35 C/12 Add. 9 de septiembre de 2009 Original: Inglés

Punto 1.3 del orden del día provisional

35 C/12 Add. – pág. 2

planes de pago y abonan sus contribuciones anuales, pero deben presentar una propuesta a fin de reescalonar el pago de sus contribuciones atrasadas. En abril de 2009, se enviaron cartas especiales a los Estados Miembros de este grupo señalando a su atención la necesidad de que sometieran un nuevo plan de pago a la aprobación de la Conferencia General en su 35ª reunión

12. Desde el 30 de junio de 2009, se ha recibido una nueva comunicación oficial de un Estado Miembro, en la que se invoca lo dispuesto en el Artículo IV.C, párrafo 8, apartado c) de la Constitución, con lo que en el momento de redactarse el presente informe, dos Estados Miembros han presentado sendas comunicaciones. En el Cuadro 2 figuran un desglose por bienio de las contribuciones atrasadas de dichos Estados Miembros y las fechas de los últimos pagos que saldaron. En el Cuadro 3 se presenta un historial de las solicitudes de derecho de voto de dichos Estados Miembros y de las autorizaciones para votar que la Conferencia General les concedió en sus cinco últimas reuniones, y en el Anexo 2 se reproduce la última comunicación recibida.

RESUMEN DE LOS CUADROS

Cuadro 1 Estados Miembros que corren el riesgo de perder el derecho de voto, al 31 de agosto de 2009.

Cuadro 2 Contribuciones atrasadas de Estados Miembros que invocan lo dispuesto en el apartado c) del párrafo 8 del Artículo IV.C de la Constitución, al 31 de agosto de 2009.

Cuadro 3 Solicitudes del derecho de voto y concesión del mismo por la Conferencia General en sus cinco últimas reuniones. Anexo 2: comunicación recibida.

SCHEDULE 1

31 August 2009

Member StatesWorking Capital Fund

2005 and prior years

2006-2007Total

arrears2008 and

prior years2009 Total instalments

TOTAL ARREARS

(A)

Date of last

payment1 Afghanistan (1) - - - - - - - - 15-May-092 Antigua and Barbuda - 42,993 17,657 60,650 - - - 60,650 19-Dec-083 Cape Verde 10 - 7,062 7,072 - - - 7,072 24-Oct-074 Central African Republic - 6,357 7,062 13,419 167,218 - 167,218 180,637 02-Mar-095 Comoros 40 6,357 7,062 13,459 378,990 75,799 454,789 468,248 01-Oct-036 Costa Rica - - 128,894 128,894 - - - 128,894 27-Jul-097 Democratic Republic of the Congo 30 - 21,169 21,199 - - - 21,199 01-Oct-058 Dominica 10 - 7,062 7,072 - - - 7,072 05-Oct-079 Georgia (1) - - - - - - - - 12-Feb-09

10 Guinea 10 - 14,125 14,135 - - - 14,135 04-Sep-0711 Guinea-Bissau 10 - 7,062 7,072 212,955 51,529 264,484 271,556 01-Jan-9612 Iraq - 4,767,909 109,466 4,877,375 - - - 4,877,375 14-Aug-0913 Kyrgyzstan (1) - - - - - 1,629 1,629 1,629 01-Jul-0914 Liberia 10 - 412 422 35,587 35,587 71,174 71,596 12-Oct-0715 Libyan Arab Jamahiriya 620 - 218,004 218,624 - - - 218,624 24-Oct-0716 Marshall Islands 10 - 7,062 7,072 - - - 7,072 24-Oct-0717 Mauritania 10 - 3,469 3,479 - - - 3,479 01-Aug-0718 Micronesia 10 - 2,013 2,023 - - - 2,023 01-Sep-0519 Myanmar 50 - 52,968 53,018 - - - 53,018 26-Sep-0720 Niger - - - - - 21,427 21,427 21,427 11-Sep-0821 Palau 10 - 5,815 5,825 - - - 5,825 05-Mar-0722 Panama - - 14,589 14,589 - - - 14,589 30-Apr-0823 Papua New Guinea 20 - 17,657 17,677 - - - 17,677 24-Oct-0724 Peru - - - - - 205,486 205,486 205,486 16-Mar-0925 Sao Tome and Principe 10 - - 10 40,316 40,316 80,632 80,642 21-Sep-0726 Sierra Leone 10 6,310 7,062 13,382 35,935 14,108 50,043 63,425 05-Dec-0627 Somalia 40 342,492 7,062 349,594 - - - 349,594 01-Dec-8928 Tajikistan (1) - - 1,506 1,506 315 5,000 5,315 6,821 31-Dec-0829 Vanuatu 10 - 3,055 3,065 - - - 3,065 17-Oct-07

TOTAL 920 5,172,418 667,295 5,840,633 871,316 450,881 1,322,197 7,162,830

Member StatesWorking Capital Fund

2006-2007 and prior biennia

2008-2009Total

(1)2009 and

prior yearsAmount to be rescheduled*

Total(2)

TOTAL DUE(1+2)

Date of last

payment

1 Afghanistan - - - - 312,413 312,413 312,413 15-May-092 Georgia - - - - 2,753,065 2,753,065 2,753,065 12-Feb-093 Kyrgyzstan - 3,371 3,371 1,629 784,082 785,711 789,082 01-Jul-094 Tajikistan - 1,506 6,310 7,816 5,315 397,992 403,307 411,123 31-Dec-08

TOTAL - 1,506 9,681 11,187 6,944 4,247,552 4,254,496 4,265,683* Amount excluded from payment plans approved by the General Conference at its 32nd session

Note :

(A) The column "TOTAL ARREARS (A)" shows the total to be paid by each Member State in order to obtain voting rights under the cumulative provisions of Article IV.C.8(b) of the Constitution and Rule 83, paragraph 9, of the Rules of Procedure of the General Conference.

MEMBER STATES AT RISK OF LOSING VOTING RIGHTS AS AT

Arrears of contributions Instalments due under payment plans

(1) MEMBER STATES AT RISK OF LOSING VOTING RIGHTSIF A NEW PAYMENT PLAN IS NOT SUBMITTED AS PER 32C/RESOLUTION 67.II

Arrears and contributions due Instalments due under payment plans

35 C/12 Add. - pág. 3

.

SCHEDULE 2

CONTRIBUTIONS DUE

Date of request

Member StatesAdvances

due to WCFBalance due 1988-1991

Balance due 1992-1993

Balance due 1994-1995

Balance due 1996-1997

Balance due 1998-1999

Balance due 2000-2001

Balance due 2002-2003

Balance due 2004-2005

Balance due 2006-2007

Instalments on payment plans

Amount to be rescheduled*

TOTAL Balance due

Date of last payment

USD USD USD USD USD USD USD USD USD USD USD USD USD

15-Jun-09 Georgia - - - - - - - - - - - 2,753,065 2,753,065 February 2009

01-Sep-09 Iraq - - 644,733 1,026,533 1,059,586 471,772 571,585 891,980 101,720 109,466 - - 4,877,375 August 2009

TOTAL - - 644,733 1,026,533 1,059,586 471,772 571,585 891,980 101,720 109,466 - 2,753,065 7,630,440

* Amount excluded from payment plans approved by the General Conference at its 32nd session

OF ARTICLE IV.C, PARAGRAPH 8(C) OF THE CONSTITUTION AT 31 AUGUST 2009ARREARS OF CONTRIBUTIONS OF MEMBER STATES INVOKING THE PROVISIONS

35 C /12 A

dd. - pág. 4

AnnexN°

Communications received

dateMember States 30th 31st 32nd 33rd 34th

1 15-Jun-09 Georgia X X

2 01-Sep-09 Iraq X X X X X

SCHEDULE 3

REQUESTS MADE FOR VOTING RIGHTS ANDPERMISSION GRANTED BY THE GENERAL CONFERENCE AT ITS LAST FIVE SESSIONS

Sessions at which request made and permission to vote granted are crossed as appropriate

35 C/12 Add. - pág. 5

États membresFonds de roulement

2005 et années

antérieures2006-2007 Total arriérés

2008 et années

antérieures2009 Total montants dus

TOTAL ARRIÉRÉS

(A)

Date du dernier

versement

1 Afghanistan (1) - - - - - - - - 15-mai-092 Antigua-et-Barbuda - 42 993 17 657 60 650 - - - 60 650 19-déc-083 Cap-Vert 10 - 7 062 7 072 - - - 7 072 24-oct-074 République centrafricaine - 6 357 7 062 13 419 167 218 - 167 218 180 637 02-mars-095 Comores 40 6 357 7 062 13 459 378 990 75 799 454 789 468 248 01-oct-036 Costa Rica - - 128 894 128 894 - - - 128 894 27-juil-097 République démocratique du Congo 30 - 21 169 21 199 - - - 21 199 01-oct-058 Dominique 10 - 7 062 7 072 - - - 7 072 05-oct-079 Géorgie (1) - - - - - - - - 12-févr-09

10 Guinée 10 - 14 125 14 135 - - - 14 135 04-sept-0711 Guinée-Bissau 10 - 7 062 7 072 212 955 51 529 264 484 271 556 01-janv-9612 Iraq - 4 767 909 109 466 4 877 375 - - - 4 877 375 14-août-0913 Kirghizistan (1) - - - - - 1 629 1 629 1 629 01-juil-0914 Libéria 10 - 412 422 35 587 35 587 71 174 71 596 12-oct-0715 Jamahiriya arabe libyenne 620 - 218 004 218 624 - - - 218 624 24-oct-0716 Îles Marshall 10 - 7 062 7 072 - - - 7 072 24-oct-0717 Mauritanie 10 - 3 469 3 479 - - - 3 479 01-août-0718 Micronésie (États fédérés de) 10 - 2 013 2 023 - - - 2 023 01-sept-0519 Myanmar 50 - 52 968 53 018 - - - 53 018 26-sept-0720 Niger - - - - - 21 427 21 427 21 427 11-sept-0821 Palaos 10 - 5 815 5 825 - - - 5 825 05-mars-0722 Panama - - 14 589 14 589 - - - 14 589 30-avr-0823 Papouasie-Nouvelle-Guinée 20 - 17 657 17 677 - - - 17 677 24-oct-0724 Pérou - - - - - 205 486 205 486 205 486 16-mars-0925 Sao Tomé-et-Principe 10 - - 10 40 316 40 316 80 632 80 642 21-sept-0726 Sierra Leone 10 6 310 7 062 13 382 35 935 14 108 50 043 63 425 05-déc-0627 Somalie 40 342 492 7 062 349 594 - - - 349 594 01-déc-8928 Tadjikistan (1) - - 1 506 1 506 315 5 000 5 315 6 821 31-déc-0829 Vanuatu 10 - 3 055 3 065 - - - 3 065 17-oct-07

TOTAL 920 5 172 418 667 295 5 840 633 871 316 450 881 1 322 197 7 162 830

États membresFonds de roulement

2006-2007 et années

antérieures2008-2009

Total(1)

2009 et années

antérieures

Montant à rééchelonner*

Total(2)

TOTAL DÛ(1+2)

Date du dernier

versement

1 Afghanistan - - - - 312 413 312 413 312 413 15-mai-092 Géorgie - - - - 2 753 065 2 753 065 2 753 065 12-févr-093 Kirghizistan - 3 371 3 371 1 629 784 082 785 711 789 082 01-juil-094 Tadjikistan - 1 506 6 310 7 816 5 315 397 992 403 307 411 123 31-déc-08

TOTAL - 1 506 9 681 11 187 6 944 4 247 552 4 254 496 4 265 683* Montant exclu des plans de paiement approuvés par la Conférence générale à sa 32e session.

Note :(A)

de l'Acte constitutif et de l 'article 83, paragraphe 9, du Règlement intérieur de la Conférence générale .

TABLEAU 1

Montant total que doit verser chaque État membre pour bénéficier du droit de vote aux termes des dispositions cumulatives de l 'article IV.C 8 (b)

Arriérés de contributions Montants dus au titre de plans de paiement

(1) ÉTATS MEMBRES RISQUANT DE PERDRE LEUR DROIT DE VOTE SI AUCUN PLAN DE PAIEMENT N'EST SOUMIS CONFORMÉMENT À LA RÉSOLUTION 32 C/67.II

Arriérés de contributions Montants dus au titre de plans de paiement

ÉTATS MEMBRES RISQUANT DE PERDRE LEUR DROIT DE VOTE (à la date du 31 août 2009)

35 C/12 Add. - pág. 6

CONTRIBUTIONS DUES

Date de la demande

États membresAvances au

fonds de roulement

Solde dû 1988-1991

Solde dû 1992-1993

Solde dû 1994-1995

Solde dû 1996-1997

Solde dû 1998-1999

Solde dû 2000-2001

Solde dû 2002-2003

Solde dû 2004-2005

Solde dû 2006-2007

Montants dus au titre de plans de paiement

Montant à rééchelonner*

TOTAL Solde dû

Date du dernier versement

$ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $

15-juin-09 Géorgie - - - - - - - - - - - 2 753 065 2 753 065 février 2009

01-sept-09 Iraq - - 644 733 1 026 533 1 059 586 471 772 571 585 891 980 101 720 109 466 - - 4 877 375 août 2009

TOTAL - - 644 733 1 026 533 1 059 586 471 772 571 585 891 980 101 720 109 466 - 2 753 065 7 630 440

* Montant exclu des plans de paiement approuvés par la Conférence générale à sa 32e session.

DE L'ARTICLE IV.C, PARAGRAPHE 8 (c), DE L’ACTE CONSTITUTIF (à la date du 31 août 2009)ARRIÉRÉS DE CONTRIBUTIONS DES ÉTATS MEMBRES INVOQUANT LES DISPOSITIONS

TABLEAU 2

35 C/12 A

dd. - pág. 7

AnnexeN°

Date de réception des

communicationsÉtats membres 30e 31e 32e 33e 34e

1 15-juin-09 Géorgie X X

2 01-sept-09 Iraq X X X X X

TABLEAU 3

DEMANDES DE DROIT DE VOTE FORMULÉES ET AUTORISATIONS ACCORDÉES PAR LA CONFÉRENCE GÉNÉRALE À SES CINQ DERNIÈRES SESSIONS

Sessions auxquelles l'État membre a présenté une demande et a été autorisé

à prendre part aux votes

35 C/12 Add. - pág. 8

35 C/12 Add. Anexo 2

ANEXO 2

Delegación Permanente de la República de Iraq ante la UNESCO – París

Ref.: 129 París, 1º de septiembre de 2009

Estimado Sr. Director General:

Tengo el honor de informarle de que el Gobierno del Iraq desea obtener el derecho de voto en la 35ª reunión de la Conferencia General de la UNESCO y, al mismo tiempo, liquidar las contribuciones atrasadas que adeuda a la Organización.

El Gobierno del Iraq desea confirmar su compromiso con los propósitos y objetivos de la UNESCO y quiere participar plenamente en las actividades de la Organización. En 2009 el Iraq ha realizado un importante esfuerzo con miras a reducir sus pagos atrasados, a pesar de su difícil situación (pagó 549.000 dólares estadounidenses y la contribución correspondiente a 2009, 20.350 dólares + 23.441 euros). Las contribuciones atrasadas por valor de 4.972.025 dólares no se han pagado debido a circunstancias ajenas a la voluntad de Iraq, resultantes del conflicto armado que afecta al país.

En consecuencia, y habida cuenta de lo que precede, el Iraq desea presentar a la Conferencia General de la UNESCO propuestas para saldar las contribuciones atrasadas, de la manera siguiente:

Iraq abonará sus contribuciones atrasadas correspondientes a 2009 y años anteriores mediante el pago de cinco cuotas anuales iguales de 828.671 dólares, que pagará a más tardar el 30 de junio de cada año, de 2010 a 2014, y un pago final de 828.670 dólares, a más tardar el 30 de junio de 2015, y al mismo tiempo seguirá cancelando íntegramente sus contribuciones anuales corrientes en los años a los que correspondan.

Asimismo le ruego tenga a bien transmitir a la Conferencia General la solicitud de mi Gobierno relativa al ejercicio del derecho de voto en la 35ª reunión de la Conferencia General, de conformidad con lo dispuesto en el apartado c) del párrafo 8 del Artículo IV.C de la Constitución.

Espero que esta solicitud reciba una consideración favorable.

Aprovecho la oportunidad para reiterarle el testimonio de mi más distinguida consideración.

Muhyi Al Kateeb Embajador, Delegado Permanente

Sr. D. Koichiro Matsuura Director General de la UNESCO Casa de la UNESCO

Este documento ha sido impreso en papel reciclado

35 C

INFORME DEL DIRECTOR GENERAL SOBRE LAS COMUNICACIONES RECIBIDAS DE LOS ESTADOS MIEMBROS

EN LAS QUE SE INVOCA LO DISPUESTO EN EL APARTADO c) DEL PÁRRAFO 8 DEL ARTÍCULO IV.C DE LA CONSTITUCIÓN

ADDENDUM 2

PRESENTACIÓN

Antecedentes: En este documento se comunica a la Conferencia General la decisión adoptada por el Consejo Ejecutivo en su 182ª reunión al término del examen del documento 182 EX/37 y Add. relativo a las comunicaciones recibidas de Estados Miembros en las que se invoque lo dispuesto en el apartado c) del párrafo 8 del Artículo IV.C de la Constitución, y se facilita información actualizada al 30 de septiembre de 2009.

Decisión requerida: Párrafo 4.

1. Durante el debate sobre este punto que se celebró en la 182ª reunión del Consejo Ejecutivo, la Comisión Administrativa y de Hacienda estimó que el actual Reglamento de la Conferencia General, que autoriza a los Estados Miembros a presentar sus solicitudes hasta tres días después de iniciados los trabajos de la Conferencia General, beneficia a los Estados Miembros interesados, pero impide que el Consejo desempeñe una función eficaz al respecto.

Tras el examen del documento 182 EX/37 y Add. y el debate celebrado en la Comisión Administrativa y de Hacienda, el Consejo Ejecutivo adoptó la siguiente decisión:

35 C/12 Add.2 5 de octubre de 2009 Original: Inglés

Punto 1.3 del orden del día provisional

35 C/12 Add.2 - pág. 2

El Consejo Ejecutivo,

1. Habiendo examinado el documento 182 EX/37 y Add.,

2. Recordando que en virtud de la Constitución los Estados Miembros tienen la obligación de pagar sus contribuciones íntegra y puntualmente,

3. Tomando en consideración el historial de pago de las contribuciones en años anteriores y las precedentes solicitudes de derecho de voto de los Estados Miembros en mora en el pago de sus contribuciones, así como las medidas que han propuesto para saldar sus contribuciones atrasadas,

4. Pide al Director General que transmita a la Conferencia General, para que ésta tome una decisión al respecto, las comunicaciones recibidas en las que se invoca lo dispuesto en el apartado c) del párrafo 8 del Artículo IV.C de la Constitución;

5. Pide a la Conferencia General que en el futuro no someta esas comunicaciones al Consejo Ejecutivo, habida cuenta de la falta de información pertinente y de lo dispuesto en el párrafo 5 del Artículo 83 del Reglamento de la Conferencia General.

INFORMACIÓN ACTUALIZADA SOBRE EL EXAMEN DE LAS COMUNICACIONES DE LOS ESTADOS MIEMBROS (párrafos 11 y 12 del documento 35 C/12 Add.)

2. Desde el 31 de agosto de 2009, ocho Estados Miembros han pagado el importe requerido para ejercer su derecho de voto en la 35ª reunión de la Conferencia General. Al 30 de septiembre de 2009, 21 Estados Miembros estaban atrasados en el pago de sus contribuciones en cuantías superiores a las permitidas por la Constitución para tener derecho de voto, cifra idéntica a la registrada en el bienio anterior en el mismo periodo. En el Cuadro 1 se proporciona información detallada al respecto. Esos Estados Miembros pueden clasificarse en varios grupos:

• Siete de ellos están atrasados en el pago de las cuotas correspondientes a los planes de pago aprobados por la Conferencia General en reuniones anteriores.

• Doce de ellos tienen atrasos en el pago de sus contribuciones superiores a las cuantías autorizadas por la Constitución para tener derecho de voto, pero no tienen planes de pago.

• Dos de ellos forman parte del grupo de los cinco Estados Miembros respecto de los cuales la Conferencia General, en su 32ª reunión, aprobó planes de pago que cubren sólo parte de las contribuciones atrasadas, comprometiéndose ellos además a presentar un informe sobre la situación a la Conferencia General en su 35ª reunión, a fin de volver a examinar el calendario de pago de sus contribuciones atrasadas a la luz de su capacidad para efectuar pagos en ese momento. Esos dos Estados Miembros han respetado sus planes de pago y abonan sus contribuciones anuales, pero deben presentar una propuesta a fin de reescalonar el pago de sus contribuciones atrasadas. En abril de 2009, se enviaron cartas especiales a los Estados Miembros de este grupo señalando a su atención la necesidad de que sometieran un nuevo plan de pago a la aprobación de la Conferencia General en su 35ª reunión.

3. Desde el 31 de agosto de 2009, se ha recibido una nueva comunicación oficial de un Estado Miembro, en la que se invoca lo dispuesto en el apartado c) del párrafo 8 del Artículo IV.C de la Constitución, con lo que en el momento de redactarse el presente informe, tres Estados Miembros han presentado sendas comunicaciones. En el Cuadro 2 figuran un desglose por bienio de las contribuciones atrasadas de dichos Estados Miembros y las fechas de los últimos pagos que saldaron. En el Cuadro 3 se presenta un historial de las solicitudes de derecho de voto de dichos Estados Miembros y de las autorizaciones para votar que la Conferencia General les concedió en sus cinco últimas reuniones, y en el Anexo 3 se reproduce la última comunicación recibida.

35 C/12 Add.2 - pág. 3

RESUMEN DE LOS CUADROS

Cuadro 1 Estados Miembros que corren el riesgo de perder el derecho de voto, al 30 de septiembre de 2009.

Cuadro 2 Contribuciones atrasadas de Estados Miembros que invocan lo dispuesto en el apartado c) del párrafo 8 del Artículo IV.C de la Constitución, al 30 de septiembre de 2009.

Cuadro 3 Solicitudes del derecho de voto y concesión del mismo por la Conferencia General en sus cinco últimas reuniones. Anexo 3: comunicación recibida.

4. La Conferencia General podría aprobar una resolución del siguiente tenor:

La Conferencia General,

Habiendo examinado las comunicaciones recibidas de (nombres de los Estados Miembros), en las que invocaban lo dispuesto en el apartado c) del párrafo 8 del Artículo IV.C de la Constitución, a fin de que se les autorizara a participar en las votaciones de su 35ª reunión,

Recordando que en virtud de la Constitución los Estados Miembros tienen la obligación de pagar sus contribuciones íntegra y puntualmente,

Tomando en consideración el historial de pago de las contribuciones en años anteriores y las precedentes solicitudes de derecho de voto de cada uno de estos Estados Miembros, así como las medidas que han propuesto para saldar sus contribuciones atrasadas,

Tomando nota de que, después de haber enviado una solicitud (nombres de los Estados Miembros) abonaron las cantidades necesarias para disponer del derecho de voto de conformidad con el apartado b) del párrafo 8 del Artículo IV.C de la Constitución,

Considera que la falta de pago por (nombres de los Estados Miembros) de las contribuciones que adeudan –por un total superior a la suma de sus contribuciones correspondientes al año en curso y al año civil inmediatamente precedente– o de las cuotas vencidas de sus planes de pago se debe a circunstancias ajenas a su voluntad, y decide que esos Estados Miembros pueden tomar parte en las votaciones de su 35ª reunión;

Considera además que la falta de pago por (nombres de los Estados Miembros) de las contribuciones que adeudan –por un total superior a la suma de sus contribuciones correspondientes al año en curso y al año civil inmediatamente precedente– o de las cuotas vencidas de sus planes de pago no se ajusta a las condiciones estipuladas en el Artículo 83 del Reglamento de la Conferencia General, y que, por consiguiente, dichos Estados Miembros no pueden tomar parte en las votaciones de su 35ª reunión;

Invita al Director General a informar al Consejo Ejecutivo en sus reuniones 185ª y 187ª y a la Conferencia General en su 36ª reunión sobre la situación efectiva de todos los planes de pago convenidos entre la UNESCO y los Estados Miembros en mora en el pago de sus contribuciones;

Toma nota de la Decisión 182 EX/37 y resuelve que en el futuro las comunicaciones recibidas de Estados Miembros en las que se invoque lo dispuesto en el apartado c) del párrafo 8 del Artículo IV.C de la Constitución no se someterán a la consideración del Consejo Ejecutivo, sino que se presentarán directamente a la Conferencia General para su examen.

SCHEDULE 1

Member StatesWorking Capital Fund

2005 and prior years

2006-2007Total

arrears2008 and

prior years2009

Total instalments

TOTAL ARREARS

(A)

Date of last payment

1 Antigua and Barbuda - 42,993 17,657 60,650 - - - 60,650 19-Dec-082 Cape Verde 10 - 7,062 7,072 - - - 7,072 24-Oct-073 Central African Republic - 6,357 7,062 13,419 167,218 - 167,218 180,637 02-Mar-094 Comoros 40 6,357 7,062 13,459 378,990 75,799 454,789 468,248 01-Oct-035 Democratic Republic of the Congo 30 - 21,169 21,199 - - - 21,199 01-Oct-056 Dominica 10 - 7,062 7,072 - - - 7,072 05-Oct-077 Georgia (1) - - - - - - - - 12-Feb-098 Guinea 10 - 14,125 14,135 - - - 14,135 04-Sep-079 Guinea-Bissau 10 - 7,062 7,072 212,955 51,529 264,484 271,556 01-Jan-9610 Iraq - 4,767,909 109,466 4,877,375 - - - 4,877,375 14-Aug-0911 Kyrgyzstan (1) - - - - - 1,629 1,629 1,629 01-Jul-0912 Liberia 10 - 412 422 35,587 35,587 71,174 71,596 12-Oct-0713 Marshall Islands 10 - 7,062 7,072 - - - 7,072 24-Oct-0714 Mauritania 10 - 3,469 3,479 - - - 3,479 01-Aug-0715 Micronesia 10 - 2,013 2,023 - - - 2,023 01-Sep-0516 Palau 10 - 5,815 5,825 - - - 5,825 05-Mar-0717 Panama - - 14,589 14,589 - - - 14,589 30-Apr-0818 Sao Tome and Principe 10 - - 10 40,316 40,316 80,632 80,642 21-Sep-0719 Sierra Leone 10 6,310 7,062 13,382 35,935 14,108 50,043 63,425 05-Dec-0620 Somalia 40 342,492 7,062 349,594 - - - 349,594 01-Dec-8921 Tajikistan (1) - - - - - - - - 25-Sep-09

TOTAL 220 5,172,418 245,211 5,417,849 871,001 218,968 1,089,969 6,507,818

Member StatesWorking Capital Fund

2006-2007 and prior biennia

2008-2009Total

(1)2009 and

prior yearsAmount to be rescheduled*

Total(2)

TOTAL DUE(1+2)

Date of last payment

1 Georgia - - - - - 2,753,065 2,753,065 2,753,065 12-Feb-092 Kyrgyzstan - - 3,371 3,371 1,629 784,082 785,711 789,082 01-Jul-093 Tajikistan - - - - - 397,992 397,992 397,992 25-Sep-09

TOTAL - - 3,371 3,371 1,629 3,935,139 3,936,768 3,940,139* Amount excluded from payment plans approved by the General Conference at its 32nd session

Note :

(A) The column "TOTAL ARREARS (A)" shows the total to be paid by each Member State in order to obtain voting rights under the cumulative provisions of Article IV.C.8(b) of the Constitution and Rule 83, paragraph 9, of the Rules of Procedure of the General Conference.

MEMBER STATES AT RISK OF LOSING VOTING RIGHTS AS AT 30 SEPTEMBER 2009

Arrears of contributions Instalments due under payment plans

(1) MEMBER STATES AT RISK OF LOSING VOTING RIGHTSIF A NEW PAYMENT PLAN IS NOT SUBMITTED AS PER 32C/RESOLUTION 67.II

Arrears and contributions due Instalments due under payment plans

35 C/12 Add.2 - pág. 4

SCHEDULE 2

CONTRIBUTIONS DUE

Date of request

Member StatesAdvances

due to WCFBalance due 1992-1993

Balance due 1994-1995

Balance due 1996-1997

Balance due 1998-1999

Balance due 2000-2001

Balance due 2002-2003

Balance due 2004-2005

Balance due 2006-2007

Instalments on payment plans

Amount to be rescheduled*

TOTAL Balance due

Date of last payment

USD USD USD USD USD USD USD USD USD USD USD USD

15-Jun-09 Georgia - - - - - - - - - - 2,753,065 2,753,065 February 2009

01-Sep-09 Iraq - 644,733 1,026,533 1,059,586 471,772 571,585 891,980 101,720 109,466 - - 4,877,375 August 2009

28-Sep-09 Sierra Leone 10 6,310 7,062 50,043 - 63,425 December 2006

TOTAL 10 644,733 1,026,533 1,059,586 471,772 571,585 891,980 108,030 116,528 50,043 2,753,065 7,693,865

* Amount excluded from payment plans approved by the General Conference at its 32nd session

OF ARTICLE IV.C, PARAGRAPH 8(C) OF THE CONSTITUTION AT 30 SEPTEMBER 2009ARREARS OF CONTRIBUTIONS OF MEMBER STATES INVOKING THE PROVISIONS

35 C/12 A

dd.2 - pág. 5

AnnexN°

Communications received

dateMember States 30th 31st 32nd 33rd 34th

1 15-Jun-09 Georgia X X

2 01-Sep-09 Iraq X X X X X

3 28-Sep-09 Sierra Leone X X

SCHEDULE 3

REQUESTS MADE FOR VOTING RIGHTS ANDPERMISSION GRANTED BY THE GENERAL CONFERENCE AT ITS LAST FIVE SESSIONS

Sessions at which request made and permission to vote granted are crossed as appropriate

35 C/12 Add.2 - pág. 6

TABLEAU 1

ÉTATS MEMBRES RISQUANT DE PERDRE LEUR DROIT DE VOTE (à la date du 30 septembre 2009)

États membresFonds de roulement

2005 et années

antérieures2006-2007

Total arriérés

2008 et années

antérieures2009

Total montants

dus

TOTAL ARRIÉRÉS

(A)

Date du dernier

versement

1 Antigua-et-Barbuda - 42 993 17 657 60 650 - - - 60 650 19-déc-082 Cap-Vert 10 - 7 062 7 072 - - - 7 072 24-oct-073 République centrafricaine - 6 357 7 062 13 419 167 218 - 167 218 180 637 02-mars-094 Comores 40 6 357 7 062 13 459 378 990 75 799 454 789 468 248 01-oct-035 République démocratique du Congo 30 - 21 169 21 199 - - - 21 199 01-oct-056 Dominique 10 - 7 062 7 072 - - - 7 072 05-oct-077 Géorgie (1) - - - - - - - - 12-févr-098 Guinée 10 - 14 125 14 135 - - - 14 135 04-sept-079 Guinée-Bissau 10 - 7 062 7 072 212 955 51 529 264 484 271 556 01-janv-9610 Iraq - 4 767 909 109 466 4 877 375 - - - 4 877 375 14-août-0911 Kirghizistan (1) - - - - - 1 629 1 629 1 629 01-juil-0912 Libéria 10 - 412 422 35 587 35 587 71 174 71 596 12-oct-0713 Îles Marshall 10 - 7 062 7 072 - - - 7 072 24-oct-0714 Mauritanie 10 - 3 469 3 479 - - - 3 479 01-août-0715 Micronésie (États fédérés de) 10 - 2 013 2 023 - - - 2 023 01-sept-0516 Palaos 10 - 5 815 5 825 - - - 5 825 05-mars-0717 Panama - - 14 589 14 589 - - - 14 589 30-avr-0818 Sao Tomé-et-Principe 10 - - 10 40 316 40 316 80 632 80 642 21-sept-0719 Sierra Leone 10 6 310 7 062 13 382 35 935 14 108 50 043 63 425 05-déc-0620 Somalie 40 342 492 7 062 349 594 - - - 349 594 01-déc-8921 Tadjikistan (1) - - - - - - - - 25-sept-09

TOTAL 220 5 172 418 245 211 5 417 849 871 001 218 968 1 089 969 6 507 818

États membresFond de

roulement

2006-2007 et exercices antérieurs

2008-2009Total

(1)

2009 et années

antérieures

Montant à rééchelonner*

Total(2)

TOTAL DÛ(1+2)

Date du dernier

versement

1 Géorgie - - - - - 2 753 065 2 753 065 2 753 065 12-févr-092 Kirghizistan - - 3 371 3 371 1 629 784 082 785 711 789 082 01-juil-093 Tadjikistan - - - - - 397 992 397 992 397 992 25-sept-09

TOTAL - - 3 371 3 371 1 629 3 935 139 3 936 768 3 940 139* Montant exclu des plans de paiement approuvés par la Conférence générale à sa 32e session

Note :

Arriérés de contributions Montants dus au titre de plans de paiement

(1) ÉTATS MEMBRES RISQUANT DE PERDRE LEUR DROIT DE VOTESI AUCUN PLAN DE PAIEMENT N'EST SOUMIS CONFORMÉMENT À LA RÉSOLUTION 32 C/67.II

Arriérés de contributions Montants dus au titre de plans de paiement

(A) Montant total que doit verser chaque État membre pour bénéficier du droit de vote aux termes des dispositions cumulatives de l 'article IV.C.8 (b) de l'Acte constitutif et de l'article 83, paragraphe 9, du Règlement intérieur de la Conférence générale

35 C/12 Add.2 - pág. 7

CONTRIBUTIONS DUES

Date de la demande

États membresAvances au

fonds de roulement

Solde dû 1992-1993

Solde dû 1994-1995

Solde dû 1996-1997

Solde dû 1998-1999

Solde dû 2000-2001

Solde dû 2002-2003

Solde dû 2004-2005

Solde dû 2006-2007

Montants dus au titre de plans de paiement

Montant à rééchelonner*

TOTAL Solde dû

Date du dernier versement

$ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $

15-juin-09 Géorgie - - - - - - - - - - 2 753 065 2 753 065 février 2009

01-sept-09 Iraq - 644 733 1 026 533 1 059 586 471 772 571 585 891 980 101 720 109 466 - - 4 877 375 août 2009

28-sept-09 Sierra Leone 10 6 310 7 062 50 043 - 63 425 décembre 2006

TOTAL 10 644 733 1 026 533 1 059 586 471 772 571 585 891 980 108 030 116 528 50 043 2 753 065 7 693 865

* Montant exclu des plans de paiement approuvés par la Conférence générale à sa 32e session.

TABLEAU 2

DE L'ARTICLE IV.C, PARAGRAPHE 8 (c), DE L’ACTE CONSTITUTIF (à la date du 30 septembre 2009)ARRIÉRÉS DE CONTRIBUTIONS DES ÉTATS MEMBRES INVOQUANT LES DISPOSITIONS

35 C/12 A

dd.2 - pág. 8

AnnexeN°

Date de réception des

communicationsÉtats membres 30e 31e 32e 33e 34e

1 15-juin-09 Géorgie X X

2 01-sept-09 Iraq X X X X X

3 28-sept-09 Sierra Leone X X

TABLEAU 3

DEMANDES DE DROIT DE VOTE FORMULÉES ET AUTORISATIONS ACCORDÉES PAR LA CONFÉRENCE GÉNÉRALE À SES CINQ DERNIÈRES SESSIONS

Sessions auxquelles l'État membre a présenté une demande et a été autorisé

à prendre part aux votes

35 C/12 Add.2 - pág. 9

35 C/12 Add.2 Anexo III

ANEXO III

COMISIÓN NACIONAL DE SIERRA LEONA PARA LA UNESCO

Dirección telegráfica: UNESCO MINEDUC Ministerio de Educación, Telefax: 232 22 22 30 30 Ciencia y Tecnología Correo electrónico: [email protected] A.J. Momoh street Ref. Nº ME (H) 131 Tower IIII.L, FREETOWN REPÚBLICA DE SIERRA LEONA

28 de septiembre de 2009

Sr. Director General Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) 7 place de Fontenoy 75332 París 07 SP Francia

ASUNTO: CONTRIBUCIÓN FINANCIERA A LA UNESCO

Estimado señor:

Le escribo en relación con el asunto mencionado y con el fin de informarle de que Sierra Leona ha realizado y sigue realizando ingentes esfuerzos para cumplir sus compromisos financieros con la UNESCO mediante el pago de las contribuciones financieras adeudadas.

Sin embargo, la rápida tasa de depreciación de la moneda nacional, unida a la actual crisis financiera mundial, ha influido negativamente en la economía del país, que se recupera tras un conflicto. Además, en estos momentos el nuevo Gobierno del Excmo. Sr. Dr. Ernest Bai Koroma se enfrenta a enormes desafíos al tratar de resolver algunos de los problemas más urgentes, como la reducción del analfabetismo, la pobreza endémica y la elevada mortalidad infantil en el país.

En estas circunstancias, pedimos que se autorice a Sierra Leona a aplazar el pago de sus contribuciones financieras. Pedimos asimismo que se le conceda el derecho de voto durante la reunión de la Conferencia General, con arreglo a lo dispuesto en el apartado c) del párrafo 8 del Artículo IV.C de la Constitución.

Agradeciéndole de antemano su amable comprensión, aprovecho la ocasión para reiterarle el testimonio de mi más distinguida consideración.

B.I.S. Konneh Secretario General

cc: Contralor

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