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    EL RITUAL JURIDICO EN EL JUICIO

    A LOS EX COMANDANTES

    LA DESNATURALIZACION .

    DE LO COTIDIANO

    por Ester Kaufman1

    1. Introduccin

    Dnde reside la eficacia del Derecho? Acaso slo en el aparato de coercin que el

    Estado instrumenta para ejercer su dominio, en el juego de intereses sociales? En mi doblecarcter de abogada y de estudiosa de las ciencias sociales, he tratado de responder a esteinterrogante valindome de una perspectiva a la vez jurdica y sociolgica,que permitieradar cuenta de la simbologa del poder contenida en las prcticas del Derecho

    2. Sin embargo,

    este ngulo no result suficiente, en la medida en que sus categoras conceptuales meremitan al mundo de las "grandes unidades"; el modo en que los actores concretos ejercen,cuestionan y reproducen cada una de esas prcticas quedaba oscurecido por abstraccionesconceptuales. La combinacin de la metodologa antropolgico-social con anlisis dis-cursivos y jusfilosficos result, en cambio, un enfoque novedoso, a travs del cual pudesintetizar las dimensiones macro y microsociales referidas al campo del Derecho. Desdeaqu, inici una aproximacin a las especificidades del Derecho y del aparato judicial, en su

    relacin con la normatizacin de las prcticas sociales.El juicio a los ex comandantes de las Fuerzas Armadas que integraron las tres primerasJuntas del autodenominado "Proceso de Reorganizacin Nacional Argentino" (24 de marzo,1976 - 10 de diciembre,1983), constituye un caso de inters, no slo por su relevanciahistrica y poltica, sino tambin por sus caractersticas jurdicas particulares. Este procesojudicial constituy el primer instrumento elegido por el gobierno constitucional del Dr. RalAlfonsn (de filiacin Radical) (1983-1989) para saldar la historia abierta por la dictaduramilitar y su poltica de terrorismo de Estado, fundada en el secuestro, tortura y desaparicinmasiva de personas. Qu signific esta eleccin? Cmo se llev a cabo? De qu modosinvolucr a la sociedad en general y a los actores especficos implicados en aquellos episo-dios? Y cmo alter o reafirm la visin de estos actores sobre los episodios relatados ante

    1 Ester Kaufman. Abogada (UBA) y Master en Ciencias Polticas (FLACSO-Argentina). Profesora titular delPrograma de Formacin de Administradores Gubernamentales del INAP, Presidencia de la Nacin. Ha sido tambinProfesora en el Seminario de Posgrado de Antropologa Jurdica dictado en la Facultad de Filosofa y Letras de la UBA.Es miembro del equipo de "Participacin social en la Reforma del Estado", en la Secretaria de la Funcin Pblica. Esautora de trabajos sobre rituales jurdicos (Un ritual jurdico. El juicio a las Juntas militares, tesis de maestra, 198?) ysobre doctrinas militares (Crnica del poder y control social en la Argentina, 1989).

    2Definir como "prcticas del derecho" a la puesta en marcha y a la ejecucin del cuerpo normativo. Las prcticasimplican las acciones, los mbitos fsicos en que tienen lugar sus propsitos y aquellos rituales que enmarcan las accionesy que, frecuentemente, no estn inscriptos formalmente (Kaufman, 1987).

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    el tribunal? Estas y otras preguntas apuntan, como es evidente, en varios sentidos. En primerlugar, se trata de analizar cmo se incluye el Derecho en la dimensin ideolgica, por lacual se constituyen y transforman actores, rdenes sociales, poderes polticos y las fronterasentre lo prohibido y lo permitido. En segundo lugar, se trata de poner de manifiesto laincidencia especfica de las prcticas jurdicas consideradas como prcticas rituales.

    Una sociedad reconoce el orden derivado de los textos normativos no slo a travs delibros que contienen normas y mtodos interpretativos, sino tambin de actos ostensivos,ceremonias, etiqueta, mbitos, gestos y vestimentas, que exceden o, ms precisamente,complementan la palabra escrita y oral. En suma, normas y prcticas jurdicas seconstituyen mutuamente aunque, como veremos, un ritual jurdico en este caso puedetransformarse en un rito de cambio y no slo de consolidacin del sistema de poder. Locierto es que el caso a

    analizar rene algunos aspectos interesantes: el juicio a los ex comandantes es, por un lado,un rito jurdico extraordinario que se diferencia de otros procesos corrientes en el sistemajurdico argentino. Su peculiaridad reside no slo en tales diferencias -que esbozaremos a lolargo de este artculo-, sino adems en que los juicios ordinarios constituyen el marco

    obligado de referencia para dichos rituales extraordinarios. Por otra parte, su desplieguepblico y extremadamente formalizado cumple en comunicar con inusitada claridad lafuerza simblica del orden jurdico propuesto desde el aparato de Estado. A travs de laritualizacin, este juicio introduce alteraciones, disrupciones y continuidades en lasconcepciones acerca del perodo histrico aludido en los diferentes casos y por los testigos(1976-1982), y entre este perodo y aqullos inmediatamente anterior y posterior(1969-1976; 1983-1985). Se trata del encauzamiento de una nueva narracin acerca de unpasado poltico reciente. La va de la cual se vali en estas circunstancias el Estado y elaparato judicial fue, concretamente, el despliegue ritual pblico de un acto jurdico3. Es apartir de dicha ritualizacin que el Derecho hace reconocer su orden, a la vez que se erige ennarrador de una nueva historia, en artfice de nuevos actores polticos recreados ritualmente

    como protagonistas de esta narracin.Esta investigacin signific un profundo cambio en mi perspectiva de abogada, pues me

    oblig a desnaturalizar la cotidianeidad del ritual jurdico. Frente a esta habitualidad, yopadeca la peor de las cegueras: creer en la "normalidad" y la "naturalidad" de todo cuantosuceda en los actos jurdicos; y en ese "creer" vea perderse aspectos relevantes, algunosbajo la forma de detalles sin importancia, otros como aspectos "naturales" del procedimientojurdico. Como investigadora, necesitaba simultneamente una transformacin de mienfoque, algo as como cambiar el ngulo por donde estaba acostumbrada a mirar. Estatransformacin present algunas limitaciones, en la medida en que el sentido comn que meguiaba estaba ya penetrado por tcnicas de comprensin jurdica. Sin embargo, y para quemis prejuicios y experiencias previas quedaran minimizados, modifiqu en primer lugar mi

    presentacin: era yo una investigadora de alguna universidad extranjera, interesada enanalizar el ritual jurdico. Por esta definicin, me ubicaba, por lo tanto, fuera del campojurdico, de los bandos representados en el juicio y, casi, de la sociedad argentina. Aunqueciertamente dicha "externidad" fuera slo una ficcin, su idea germinal sigue siendo, param, una valiosa herramienta de observacin y anlisis; en trminos de R. Da Matta: laexotizacin de lo familiar (Da Matta 1980).

    3El carcter pblico, la concurrencia masiva son algunos de los elementos que lo hacen peculiar en relacin a los otrosrituales jurdicos, que se realizan a puertas cerradas, limitando la concurrencia a las partes, los letrados y los funcionarios.

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    En 1985, la Cmara Federal tom diariamente las audiencias testimoniales del juicio.Asist a algunas sesiones en calidad de "invitada especial", adoptando la tcnicaantropolgica de la observacin con participacin.

    La unidad de estudio de mi anlisis fue la sala de audiencias de la Cmara Federal,instancia del Poder Judicial que tuvo a su cargo el juicio. En este escenario se reunieronactores sociales a los que he identificado como mis unidades de anlisis: la Cmara, laFiscala, la Defensa, los testigos, los invitados, y el pblico en general. En este trabajo,analizar una audiencia en particular: la del 29 de mayo de 1985.Complement la observacin con participacin con entrevistas no dirigidas y semiestructuradas y proced al diseo de planos y diagramas de instancias jurdicas ritualesformales a informales, con el propsito de comparar el use del espacio en ritos ordinarios yen el juicio a las Juntas y de establecer las conexiones entre la distribucin espacial, laperspectiva de los actores y el despliegue de la representacin ritual

    4. Fuentes secundarias

    -artculos periodsticos, publicaciones- vinculadas al juicio y a los organismos de derechoshumanos proveyeron informacin adicional considerable

    5.

    El anlisis de una audiencia en particular me permiti aproximarme a algunas de lasestructuras de significacin contenidas en este juicio. Dicha aproximacin sigui lospreceptos metodolgicos de la "descripcin densa", segn la cual, en palabras de Geertz

    (1974), el estudio de unidades de observacin limitadas puede luego alcanzar explicacionesms comprensivas. A travs de la descripcin densa puede interpretarse el flujo del discursosocial, al rescatar el "decir de dicho discurso" en una descripcin microscpica. El ritualpuede abordarse como un texto escrito en otras grafas, ledo desde la presencia efectiva enla audiencia que conforma la unidad de observacin. A lo largo de mis observaciones, pudedetectar desplazamientos, escenarios, omisiones, silencios, en fin, la constitucin demltiples estrategias, formas discursivas con efectos premeditados a involuntarios.Emprend esta lectura a travs de indicadores sobre el modo en que los participantes fueronhilvanando estrategias dirigidas a consagrar un orden (su orden) y una verdad (su verdad), ya impedir la implantacin de otro/s orden/es y verdad/es contrapuestos.

    2. El ritual jurdico

    Un aspecto de los rituales es el proceso por el cual se conforman la dimensin de lopermitido y la de lo prohibido, se construyen universos de jerarquas y funciones, seconfigura el orden explcito del poder social y se plasman identidades sociales y polticas.Geertz sostiene que los rituales implican procesos de simbolizacin donde se recombinanlos elementos de la cotidianeidad; a travs de un proceso de deslocalizacin, un rito produceen dichos elementos un efecto de focalizacin. Como resultado, la sociedad hace larepresentacin de s para s. Segn R. Da Matta (1980:31-32) "el ritual es el momentoextraordinario que permite [...] colocar en foco un aspecto de la realidad y, por su

    intermedio, cambiar su significado cotidiano o incluso, otorgarle un nuevo significado.Todo aquello que se eleva y `coloca en foco' mediante la dramatizacin, es descolocado yadquiere as, un nuevo significado". El rito proporciona, pues, un momento privilegiado

    4Mi perspectiva est, por tanto, condicionada por la ubicacin que ocup segn el rol de "invitado especial". Asimismo, laubicacin de cad protagonista estaba fijada en funcin estricta del rol asignado en el ritual.

    5Sobre todo elDiariodel Juicio, rgano que reprodujo la versin taquigrfica de las audiencias; antecedentes compiladospor la Comisin Nacional de Desaparicin de Personas (CONADEP) en el volumen Nunca Ms (Buenos Aires,EUDEBA,1985), etc.

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    para la comprensin de esa gramtica que articula el universo social (Geertz,1974:73).Mediante esta puesta "en foco" se establecen contrastes dentro del mundo cotidiano,destacando nuevas fronteras sociales y anulando otras, subrayando algunas identidades ypasando otras a un plano secundario (Geertz,1974:73). La sociedad desfila en vale a lo largode secuencias dramticas. Pongamos por ejemplo un mitin poltico, congregado en unmbito pblico: el nivel dirigente se ha ubicado sobre una tarima donde, micrfono enmano, se destacan los desempeos individuales: --"Ahora hablar Fulano"; y la silueta deFulano emerge para dirigirse al auditorio, una masa indiferenciada que vocifera o guardasilencio colectivamente, sin ms elementos individualizadores que sus pancartas. Se enfoca,aqu, un primer contraste entre dirigentes y seguidores. Entretanto, en los lmites delagrupamiento, se ubican las fuerzas del orden, justamente para imponer los lmites delencuentro y de la aglomeracin. Si dichos lmites fueran violados, la polica terminaraocupando el centro de la escena, quedando en foco otra conformacin de poder; a modo desegundo contraste, aparece la oposicin entre fuerzas policiales y activistas polticos.Auditorio, dirigentes y polica estn presentes en ambas instancias. Pero adoptan un nuevolugar y, probablemente una nueva significacin, de acuerdo a su disposicin en el ritualcorrespondiente, pues, todo rito contiene, construye y reelabora la realidad social, a travsde determinadas secuencias dramticas.

    El juicio a los ex comandantes, que analizar en este artculo, podra encuadrarse dentrode los "ritos formales", as definidos por reforzar jerarquas, deferencia y continencia (porejemplo, un desfile militar, una ceremonia religiosa, un acto escolar). El ceremonial implicaaqu una puesta en foco de las estructuras de autoridad y control de la sociedad global, ascomo la diferenciacin entre los niveles de poder, entre quienes ejercen dicho poder y cmolo ejercen, y entre estos ltimos y quienes se le deben someter. Ello contrasta con losllamados "ritos informales", donde se destacan el igualitarismo y la permisividad, y donde,al carecer generalmente de un sujeto o centro ritual individualizado, la estructura jerrquicase altera, se diluye y eventualmente desaparece, como por ejemplo., en el carnaval.

    Sin embargo, aun los rituales formales admiten algunas diferencias. El rito jurdico delque me ocupar aqu difiere de los "procesos penalesordinarios" que constituyen la rutina

    del sistema judicial argentino; y que consolidan las jerarquas y estructuras de poder do-minantes. En cambio, y de acuerdo con la clasificacin propuesta por Da Matta, los ritualesextraordinarios colocan en foco un segmento de la realidad social, a travsde lo cual se reformula la distribucin del poder. El juicio a las Juntas corresponde, comoveremos, a esta ultima especie.

    3. Lo jurdico como ritual

    Los ritos jurdicos comprenden el universo de la actividad judicial desplegada por jueces,por sumariantes (rgimen disciplinario administrativo) y por arbitrajes surgidos de pactos

    privados. Cada uno de estos casos conlleva una dramatizacin del poder, en la cual seseparan jerarquas y se evidencian asimetras. Quien juzga ocupa el centro y dictamina sobreaquello que le ha sido sometido, voluntaria o coercitivamente, por las partes o por eltribunal; las partes se comprometen -tambin voluntariamente o bajo coercin- a reconocerel fallo como "verdad", o a cuestionarlo dentro de los procedimientos establecidos por elpropio sistema jurdico. Finalmente, esta "verdad" puede ser impuesta unilateralmente porlos aparatos del Estado.

    Pero cmo se configuran estas partes? El ritual jurdico constituye precisamente unmbito donde se operan mecanismos de individuacin, transformacin y resignificacin de

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    las identidades sociales y polticas. Estos mecanismos participan en el reconocimientomutuo de los individuos y en la formacin de expresiones contendientes sobre "la verdad".As, las prcticas jurdicas constituyen un lugar privilegiado donde se generan referenciassimblicas que rigen la produccin del sentido del marco normativo social a individual, y laconstruccin histrica de la nocin de "orden" (Foucault, 1983; Landi, 1984:13-25). Cmooperan, concretamente, estos mecanismos en el mbito judicial? El mundo de las normasacompaa al individuo desde su concepcin como "persona". En nuestra sociedad, elnombre, la familia y los derechos y obligaciones derivados de su nombre y posicin en laorganizacin familiar acompaan a cada individuo, en una inadvertida asociacin consituaciones, roles, derechos y obligaciones contemplados expresamente por la ley. ElDerecho cristaliza la nocin de persona surgida del Derecho Romano y del sustratoinstitucional judeo-cristiano, convirtindose en su mecanismo (o aparato) reproductor. Peroesta reproduccin no es slo coercitiva. Por ejemplo, las distintas instancias del ciclo vitalson, para la mayora de nosotros, actos institucionales (inscripcin de nacimientos,matrimonios, defunciones, propiedades y todo aquello que el Estado decide preservar comoinformacin o monopolizar como autorizacin legal) y actos contractuales (compraventa deservicios, bienes y trabajo). En este sentido, la implantacin de este orden como actividadinconciente prevalece por sobre la coercin directa. En realidad, slo una pequea parte del

    Derecho se aplica por medio de mecanismos sancionadores; la mayora de las normastienen, en cambio, aplicacin no conflictiva a inconciente dentro del flujo de lacotidianeidad. Pero cmo opera el Derecho para lograr esta conformidad? Constituyendojurdicamente a los individuos.

    Desde la Revolucin Francesa, el liberalismo ha sido la teora hegemnica en laproduccin jurdica. Desde esta perspectiva, el Derecho considera al individuo como suobjeto fundamental. En la relacin con otros, su objeto se transforma en "la familia", "lasociedad civil" o "comercial", "el partido poltico", todos considerados en tanto agregadosde individualidades. El Derecho no contempla identidades colectivas, ni contiene trminos oconceptos para referirse a ellas. Por lo tanto, todo hecho colectivo -social, poltico, etc.- queingrese al lenguaje jurdico ser triturado hasta transformarlo en una suma de hechos

    individuales6.Existen diversos niveles destacables en el Derecho. En primer lugar, el Derecho es un

    sistema normativo de correlacin lgica, constitudo por normas ordenadas jerrquicamente(Constitucin, Tratado, Ley, Decreto, Resolucin, etc.) y por materias (civil, penal,comercial, administrativa, procesal). Su discurso de orden est dominado por la razn, que asu vez consagra procedimientos lgico metodolgicos. De estos procedimientos se derivanlas legitimaciones normativas. En este nivel, el texto normativo queda aislado de sucontexto (Legendre, 1979). En un segundo nivel, el de las "estrategias de verdad", elDerecho es, adems, un conjunto de prcticas organizadas por reglas procesales y por elsistema normativo mencionado en el primer nivel. En este conjunto se plantean conquistas yluchas sobre los contenidos normativos, las que derivan de estrategias para obtener la

    satisfaccin jurdica de los intereses representados en cada caso, hasta arribar a la "verdadjurdica", que pretende consagrar un nico modo de interpretar los hechos y actos sometidosal arbitrio judicial. Esta consagracin marca el punto final con respecto al litigio. De estemodo se establecen las fronteras simblicas destinadas a ordenar la experiencia social,

    6 El rea mdica ofrece un ejemplo similar. Cuando un grupo sufre lesiones en el curso de una manifestacin poltica(lesiones narrables polticamente y entendidas como agresiones a un colectivo: obrero, estudiantil, etc.), y dicho grupo estrasladado a un hospital, las lesiones son transformadas (trituradas), ya que el lenguaje mdico slo cuenta con unvocabulario referido a daos sobre cuerpos individuales.

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    mediante al aprendizaje de clasificaciones legales existentes o modificaciones quedelimitan, nuevamente, lo prohibido y lo permitido (Foucault, 1983). Esta bsqueda yconquista de "la verdad" a travs de mtodos jurdicos, configura repertoriosjurisprudenciales donde la ley adquiere formas distintas y resignificadas, producto dejuegos, historias personales y polticas, relaciones de fuerza, etc.

    El tercer nivel presenta particular inters para nuestro enfoque, y se refiere al montajeritual, donde se pone en escena el discurso del orden a modo de una ficcin (Mar, 1986).En este nivel se dramatiza la Regla, pues cada proceso es una accin dramtica donde elconflicto se representa, una y otra vez (Legendre, 1979:123), para ser resuelto con la "ltimapalabra" del veredicto judicial.

    La adopcin del mbito judicial como nica va -o como la va prioritaria- para laresolucin de las historias presentadas en el caso concreto del juicio a los ex comandantes,conlleva una serie de supuestos. En primer lugar, ello implica someter al arbitraje judicialhistorias que encierran conflictos polticos: las prcticas judiciales no dejan indemnes lashistorias que ingresan en su campo; stas son capturadas por mecanismosclasificatorios complejos que desplazan su entendimiento hacia grupos especializados(los juristas) y que despojan a los hechos narrados del lenguaje poltico que los hacaaccesibles al hombre comn y a la generalidad de los actores sociales. Del conocimiento

    social, slo perduran algunas referencias globales al campo de lo lcito y lo ilcito.Por este espacio socio jurdico desfila la sociedad toda a travs de los litigantes, los

    testigos, los jueces, etc., quienes sin embargo, slo pueden expresarse en un lenguajeasimilable al vocabulario jurdico. Pero, como vimos, dicho lenguaje slo admite historiasindividuales, pues no existen otros colectivos que la suma de individuos que componen unasociedad jurdica para los fines que admite el propio Derecho (negocios jurdicos civiles,comerciales, pblicos y privados). De lo contrario, si la sociedad se constituye fuera delDerecho, se transforma en una asociacin ilcita, tal como sucedi en la primera mitad delos aos '70 con las organizaciones guerrilleras, o desde 1976 bajo la dictadura militar, conlos Grupos de Tarea represivos.

    Como resultado de la "juridizacin" de otros lenguajes se torna imposible recrear

    nociones referidas a identidades poltico-sociales. Lenguaje y discurso jurdicos7 suponen,pues, una ruptura previa, en este caso con el discurso poltico (Mar, 1982:81). De estemodo, las identidades polticas colectivas incluidas en las historias narradas ante el tribunalvan perdiendo consistencia; para ser capturables por el lenguaje jurdico debentransformarse en relatos "individuales" (Yo vi, yo o, yo sent). Su sostn es el individuo quepercibe, no su pertenencia ideolgica o su interpretacin de los hechos relatados, pues parael Derecho, el "yo pens" como acto interpretativo de la conducta propia o ajena esabsolutamente irrelevante; slo debe exponerse aquello que cae bajo la percepcin directa, amodo de descripcin. En las prximas secciones de este artculo, veremos ingresar a lashistorias en el terreno de la individuacin

    8, medidas ahora de acuerdo a otro parmetro: el

    carcter lcito o ilcito de las acciones individuales relatadas por los testigos: Esta nueva

    7El discurso comprende no slo lo estrictamente lingstico, sino tambin lo extra- lingstico: gestos, posturas corporales,silencios, miradas, escenografas y vestimentas.

    8Por ejemplo, existe gran distancia entre contar una historia como secuencia de acciones desprovistas de sentido global, ycontarla dentro de un contexto mayor donde existen enfrentamientos entre grupos con proyectos polticos diferentes.

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    mirada producir un impacto evidente en los actores expuestos a la justicia, pues -esta es mihiptesis- sus identidades sufrirn profundas transformaciones

    9.

    4. El Juicio y su contexto

    Tras asumir sus funciones en diciembre de 1983, el presidente R. Alfonsn dispuso elprocesamiento de los integrantes de las tres primeras Juntas Militares del Proceso deReorganizacin Nacional, con el propsito de concluir casi una dcada de violencia polticay terrorismo de Estado. Si bien en primera instancia se preserv la norma de juzgamientomilitar, dentro del fuero castrense, y se estableci un juzgamiento en alzada civil (Cmarade Apelaciones Federal en lo criminal y correccional, y Corte Suprema de Justicia), seintrodujeron reformas procesales penales especficas que se complementaron a travs demodificaciones al Cdigo de Justicia Militar.

    Con las abundantes pruebas obtenidas por la Comisin Nacional de Desaparicin dePersonas, se dispuso un procedimiento totalmente novedoso en la historia de losprocedimientos judiciales de la Repblica Argentina. La novedad consista, en primer lugar,

    en enjuiciar a los responsables de un golpe de Estado por los actos de terrorismo cometidosdurante su gobierno. Dicha medida contrastaba visiblemente con la impunidad con que sehaban beneficiado quienes dirigieron la irrupcin de gobiernos de facto en perodosanteriores de la historia nacional (1930,1955,1966). En segundo lugar, el juicio debarealizarse de acuerdo a normas ceremoniales dispuestas en audiencias orales y pblicas, adiferencia del resto de los procesos penales. Aunque este punto no ser tratado in extenso eneste artculo, conviene puntualizar que los juicios ordinarios se realizan por va escrita, sinotra asistencia que la de las partes directamente involucradas.

    Si bien la historia que el gobierno del presidente Alfonsn pretenda saldar mediante eljuicio databa de varias dcadas, su punto crtico haba sido alcanzado tras una intensa etapade politizacin y constitucin de identidades polticas colectivas, que desemboc en la

    violencia poltica y en las acciones contestatarias comprendidas entre 1969 y 1976. Lasorganizaciones juveniles, sindicales y guerrilleras fueron sus principales protagonistas. En1975, el sector gobernante del Partido Justicialista desencaden una cruenta represin,amparndose en la difusin del poder guerrillero y su amenaza a "las institucionesfundamentales de la Repblica". A1 ao siguiente, las Fuerzas Armadas tomaron el poder,instalaron dicha represin en el seno del Estado, a iniciaron una masiva persecucin sinprecedentes en la historia poltica y militar argentina. La falta de lmites y la inexistencia deuna lgica externa a la voluntad castrense, signaron una poca donde la contencinnormativa semejaba, para muchos, un paraso perdido.

    La derrota blica en el Atlntico sur (14 de junio de 1982) signific para las FuerzasArmadas. una derrota no slo en el campo militar sino, fundamentalmente, en el poltico.

    Carentes ya de apoyo nacional e internacional, la nica salida posible consista en el retornoal sistema partidario y en la entrega del gobierno a una administracin elegidademocrticamente. En octubre de 1983, la sociedad vot mayoritariamente al Partido de laUnin Cvica Radical, en cuya campaa electoral prometiera el retorno del estado dederecho. An victimizada por una profunda atomizacin y crisis de identidades polticas, la

    9Las historias presentadas ante el tribunal, como aqullas pasibles de serle sometidas por formar parte del terrorismo deEstado, comenzaron a ser vistas desde una perspectiva del Derecho, ajena al sentido que le atribuan sus propios actorescon respecto al momento de producirse los ultrajes.

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    sociedad se adue de la esfera poltica, manteniendo sus reclamos de seguridad jurdica yde mecanismos de punidad judicial. En sntesis, la sociedad requera el reinado de la ley enel juego de los conflictos sociales.

    5. Actores y campos politicos

    El juicio a los ex comandantes constituy el mbito en el cual se dieron cita diversosactores que representaban, a grandes rasgos, a las instituciones y alineamientos polticos dela sociedad global.. Dentro de este proceso, cada uno de estos actores, ordenados segnintereses, pautas de accin poltica y posiciones, pasaron a representar "campos polticos"diversos. Segn V. Turner (1974), los actores se reconocen en estos campos comoimpulsores de acciones comunes cuyo fines incidir, apoyar o modificar el sistema de podervigente. En el juicio que nos ocupa, podramos delimitar los siguientes:

    A- Campo de la militancia y las juventudes polticas, que eclosionaron violentamenteentre 1969 y 1973 contra las dictaduras antipopulares y antiperonistas. En el momento del

    juicio, este campo se encontraba desvertebrado y con escasas posibilidades de rearticularseen un corto plazo (por ejemplo, Juventud Peronista, Montoneros, Ejrcito Revolucionariodel Pueblo).

    B- Campo de los organismos de Derechos Humanos, que, juntamente con algunospartidos polticos, batallan por "el juicio y castigo a los culpables" del terrorismo de Estadocomprendido entre 1976 y 1983 (por ejemplo, Madres de Plaza de Mayo, Abuelas de Plazade Mayo, Servicio de Paz y Justicia, donde militara activamente el Premio Nobel de la Paz,A. Prez Esquivel).

    C- Campo de la represin, que abarcaba a sectores de las Fuerzas Armadas, gruposciviles de apoyo y a algunos sectores polticos, para quienes el terrorismo oficial constituyuna gesta patritica, en defensa de los valores tradicionales de Occidente.

    D- Campo del peronismo, cuyos actores llegaron al proceso judicial en un estado deprofunda convulsin y desarticulacin, debido a la derrota electoral de 1983 y a laimposibilidad de saldar los conflictos internos previos al golpe de 1976.

    E- Campo de la sociedad civil democrtica, conformado por actores con eventualparticipacin en los campos A, B y D; juntamente con sectores no golpistas de las FuerzasArmadas., este campo abogaba por el acatamiento de los militares a las instituciones yformas democrticas.

    F- Campo del gobierno Radical, expresado por las acciones del gobierno del presidenteAlfonsn y por actores polticos aliados a la esfera oficial. Desde este campo se promoviuna solucin jurdica a los enfrentamientos polticos y a la represin de la dcada de los '70.

    Estos "campos" distaban de ser equivalentes y homogneos entre s. Se trataba, en

    realidad, de agrupamientos heterogneos de entidades sociales y polticas, que inclusopertenecan a diversos sistemas de poder. Algunos por ejemplo, se regan de acuerdo areferentes institucionales (Derechos Humanos, parte del Peronismo, la sociedad civil, elgobierno radical de 1983-89), mientras que otros lo hacan por un conjunto de reglasemergentes de relaciones de fuerza y presiones no institucionales (el campo represivo -~C--,el militante de principios de los '70 --A- y algunos sectores peronistas -D-). Podramosdistinguir, pues, dos sistemas, uno institucional y otro no institucional: el primero sefundaba en relaciones de oposicin entre "adversarios" y el segundo, en una relacin entre"enemigos". Al analizar el juicio a los ex comandantes, veremos de qu modo se alinearon,

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    enfrentaron y conciliaron los tempos mencionados, en la puesta en escena del juicio oral ypblico.

    En la arena judicial, los actores se desenvolvan representando a cada campo poltico,entendiendo por "arena" el marco institucionalizado donde se producen los momentosdecisivos de la interaccin antagnica entre los tempos (Turner, 1974). En el juicio, dichaconfrontacin tena por cometido alcanzar una decisin, un veredicto reconocidopblicamente. Los actores de este juicio pueden clasificarse en "estables" y "ocasionales".Los estables son aqullos representados por individualidades determinadas a lo largo detodo el proceso judicial (por ejemplo, los jueces, los fiscales y las defensas). Losocasionales se modifican en cede sesin y a lo largo del juicio (por ejemplo, los testigos, elpblico, los invitados).

    UNIVERSO DE

    ACTORES

    5. 1.- Actores Estables

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    1) La Fiscala representa formalmente al Estado. Se compone de un fiscal y un fiscalalterno, quienes dirigen la acusacin decidida por el Campo F (la administracinRadical).

    2) La Defensa representa a los comandantes acusados y, ms genricamente, al Campo C(la represin). Compuesta por abogados de exitosos estudios privados10, las nuevedefensa s, una por cede procesado, operaron independientemente y no segn una estrate-gia concertada previamente, sino conforme a la pragmtica emergente durante el juicio.

    3) Los seis camaristas representan al Poder Judicial, que surge como mbito decisorioneutro entre las partes. La Presidencia del tribunal rote semanalmente.

    5.2.- Actores ocasionales:

    1) Los testigos son seleccionados por la Fiscala y la Defensa. Su intervencin es recortada,ya que su declaracin y participacin en el juicio es individual y su testimonio se limita alo percibido directamente por medio de los sentidos. Los testigos podan representardiversos campos, segn el caso (por ejemplo, el presidente provisional durante elgobierno Justicialista de la Presidenta M. E. Martnez de Pern, J. I. Luder; A.

    Harguindeguy, Ministro del Interior de la Primera Junta del Proceso de ReorganizacinNacional; padres de desaparecidos, a la vez miembros activos de organismos de Dere-chos Humanos).

    2) El pblico asistente a cada sesin comprende el pblico en general, los invitadosespeciales y el periodismo acreditado.a) El pblico interesado en asistir a las sesiones obtena su entrada gratuita, de acuerdo al

    orden de arribo, y con un lmite mximo de ochenta nmeros, en otra dependenciajudicial.

    b) Los invitados especiales obtenan su entrada por medio de contactos personales conalguna institucin (organismos de Derechos Humanos, partidos polticos, FuerzasArmadas, etc.) o por invitacin de algn miembro de la Fiscala, la Defensa, o de la

    Cmara. En cada audiencia se permita hasta 104 invitados especiales.c) Los 241 periodistas acreditados por rganos nacionales y extranjeros estaban

    autorizados a registrar las diversas instancias del juicio. Cada sesin fue hecha pblicapor medios radiofnicos y televisivos, y luego archivada y/o comercializada en elexterior.

    Podramos agregar que, de algn modo, los actores estables representan al aparatojudicial estatal, mientras que los ocasionales corporizan a la sociedad global11.

    Estos actores, tanto estables como ocasionales, se posicionan de modos diversos enrelacin a indicadores de la puesta en escena de este ritual: el espacio, la circulacin, elsonido y la iluminacin. En este artculo me he circunscripto al anlisis de estos cuatro

    indicadores, debido a su semejanza con aqullos trabajados tradicionalmente en el anlisisde otros rituales, por ejemplo, desfiles militares, el carnaval (Da Matta, 1980). En este caso

    10La nica excepcin fue el abogado defensor de J. R. Videla, designado de oficio ya que quien fuera presidente de laPrimera Junta Militar se neg a designar por su a su letrado.

    11 En el ritual ordinario, el secreto de sumario hace imposible conocer lo acontecido, salvo expreso mandato de algnabogado interviniente. Slo cuando el juicio se ha sustanciado , es posible dar a conocer el veredicto a la opinin pblica.Pero los medios masivos de difusin no pueden presenciar las audiencias durante el proceso sumarial

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    especfico, su utilizacin me ha permitido abordar la realidad jurdica desde una nuevaperspectiva, evitando caer en las -para m- habitualesmiradas jurdicas.

    6. La Sala de Audiencias

    Las audiencias, llevadas a cabo en la ciudad de Buenos Aires, capital de la RepblicaArgentina, se desarrollaron en la planta baja del Palacio de Justicia -edificio central delsistema judicial- durante buena parte del ao 1985. La sala, de 20 x 10 m., presenta tresniveles: en el primero, el ms elevado, se ubicaban los seis camaristas; en el segundo, laFiscala, el testigo, el secretario de la Cmara y la Defensa en use de la palabra. En eltercero, al nivel del espacio exterior, se ubicaba la Defensa. En el mismo nivel, yenfrentados a los camaristas, se ubicaban los invitados especiales y el periodismoacreditado. A ambos lados, en palcos bandeja sobreelevados, se encontraba el pblico. Estosniveles se comunican entre s por pequeas escaleras, ubicadas en los laterales de las vallasde madera que separan entre s a cada nivel. Veamos ms detalladamente, la organizacinespacial y la circulacin entre estos niveles.

    Nivel I (planos I y Ia) (de los camaristas). Sobre la pared opuesta a la puerta de accesoprincipal de la sala, y a modo de teln de fondo, un crucifijo preside el recinto; por debajo,un vitr dibuja la frase "Afianzar la Justicia", contenida en el prembulo de la ConstitucinArgentina. Sobre el piso se levanta una ancha mesa semejante a un altar, con seis sillones,alineados de frente al pblico. Uno de estos sillones pertenece al Presidente del tribunal,sobre cuyo respaldo est grabada la imagen de la balanza de la justicia. Los camaristasingresan al estrado por una puerta lateral izquierda, no visible para los invitados especiales.El presidente dispone de un micrfono y se ubica en el centro de los seis integrantes.

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    Plano Ia. PRIMER NIYEL

    Nivel II (Planos I y Ib) (de la Fiscala, el testigo, el secretario y la Defensa en use de lapalabra). Los actores ubicados en este nivel, junto con la Defensa, acceden al recinto por ellado izquierdo. La puerta tampoco es visible para los invitados especiales. Una vez en lasala, la Fiscala se ubica del lado izquierdo y dispone de un micrfono. El abogado por laDefensa se ubica a la derecha del segundo nivel cuando hace uso de la palabra y, para ello,cuenta tambin con otro micrfono. En el centro, un escritorio aloja al secretario y altestigo, quienes tienen acceso a otro micrfono. El testigo ingresa y egresa de la sale enforma individual, luego de aguardar en una sale contigua; los testigos militares esperan enotra sale distinta. El testigo prximo a declarar debe aguardar en esa pequea sale hasta serconvocado por el secretario de la Cmara. Una vez en la sale de audiencias, toma asiento en

    el escritorio del centro, quedando de espaldas al pblico y de frente al tribunal. Su mirada seorienta nica y exclusivamente hacia el presidente del tribunal, de quien recite y a quienresponde cada una de las preguntas.

    Nivel III (Piano I) (de la Defensa, el periodismo, y los invitados especiales). Prximos alsegundo nivel, nueve abogados defensores ocupan tres escritorios contiguos, y no cuentancon micrfono alguno. Hacia la puerta principal de la sale, del lado opuesto al tribunal, sedisponen los invitados especiales y el periodismo en bancos similares a los de la navecentral de una iglesia. A ambos lados -bandejas norte y sur- se ubican los 80 asistentes del

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    pblico. Su ingreso converge con el de los invitados especiales quienes, al igual que elpblico en general, en pequeos grupos, y bajo estricto control policial, deben atravesar uncontrol electrnico en el hall de entrada

    Plano Ib NIVEL INTERMEDIO

    PARED QUE OCULTA LA ENTRADA 0 PUERTA DE ACCESO A LA SALA

    del Palacio de Justicia, similar al de los aeropuertos. Pero luego, el pblico ingresa a lasbandejas laterales por un acceso ubicado en el primer piso del Palacio (Plano II). Losaccesos a ambas bandejas son independientes entre s, y del acceso principal a la sala12. Losinvitados especiales se ubican en el Nivel III (ver Plano n.l).

    12En los juicios ordinarios, cada juzgado penal time su lmite exterior en una mesa de entradas donde, por escrito, seinforma e inquiere. El juez nunca ocupa ese espacio ni desempea ests funciones. Un ejrcito de empleados asla la figuradel juez, al modo de una barrera de contencin. La mesa de entradas refleja la agudizacin de la reserve (el secreto), lo que

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    Plano II

    BANDEJA SUR, - PUBLICO,

    constituye una importante diferencia con el resto de los fueros (civil, comercial, etc.) pues en estos ltimos los expedientesestn en estantes visibles desde el exterior. En el fuero penal una tabla, a modo de mostrador, obstruye el ingreso a lasoficinas. El cliente debe pulsar un timbre, ante lo cual un empleado no identificado pass a cumplir infinitos recaudos acercade su identidad y su vinculacin con la causa

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    Plano III

    Las sesiones sucedan a las actividades matinales ordinarias del Palacio de Justicia. Cadsmedioda, ni bien finalizaba la rutina judicial (13:30 hs), la calle de acceso principal alPalacio era protegida por vallas que impedan el trnsito vehicular y peatonal.

    Los actores ocupaban cada nivel de la sala en una secuencia prefijada, acompaada-puesta en foco- por elementos escenogrficos: primero el pblico, invitados y periodistas;luego el secretario de la Cmara, la Fiscala y la Defensa. La iluminacin permaneca tenuedurante estos ingresos, pero luego las lutes se encendan a pleno anunciando la entrada delos camaristas que se produca en ltimo trmino. Una vez que se haba informado acerca delas ultimas resoluciones procesales sobre pedidos y audiencias anteriores, haca su ingresoindividual y sucesivo cada uno de los testigos13. Las sesiones y testimonios tenan unaduracin variable, de acuerdo a lo requerido por el tribunal. Slo un testigo por vezpermaneca en el estrado.

    Al concluir la sesin, el egreso de la sala se operaba de modo inverso, disminuyendosensiblemente la iluminacin una vez que los camaristas abandonaban el recinto. Durantecads sesin, y con excepcin de la sala en cuestin, el Palacio permaneca en completosilencio. Slo quedaba el personal de seguridad.

    Como se deduce de la distribucin de micrfonos, la palabra pblica -y autorizada- slopodia pronunciarse desde los dos primeros niveles. Por otra parte, el hablante deba dirigirseal Presidente quien, cual vrtice imantado, lo autoriza o desautoriza, distinguiendo "lopertinente" de "lo no pertinente". Cada testigo era interrogado siguiendo un patrntriangular: el fiscal o el defensor formulaban una pregunta al presidente; si ste daba suconformidad el presidente mismo la reiteraba al testigo. Este, a su vez, deba responderprecisa y puntualmente a la pregunta, sin apartar su mirada del presidente y, por lo tanto,respondiendo slo indirectamente al fiscal o al defensor. El presidente de la Cmara era, a

    13En los ritos penales ordinarios, el ingreso al cuarto donde se toman declaraciones es indistinto salvo en lo que respecta altestigo, puso ste es el ltimo en ingresar y el primero en egresar de la sala. Los testigos deben ingresar individualmente y

    por turnos. La espera se realiza en un pasillo de circulacin comn del Palacio.

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    su vez, el nico hablante autorizado del primer nivel. Los dems camaristas se comunicabancon l por medio de comentarios o notas escritas, transmitidas con absoluta discrecin

    14.

    El silencio y la circunspeccin reinaban en el resto del espacio. Las declaraciones eranregistradas magnetofnica y taquigrficamente por taqugrafos ubicados a un lado delsegundo nivel, junto a otros empleados judiciales de apoyo. La tares de registro nointerrumpa el flujo verbal, sino que se desarrollaba simultneamente a la sesin. Lasdeclaraciones eran mecanografiadas al concluir cada audiencia15.

    ?. La Audiencia del 25 de Mayo de 1985

    El tema central de esta sesin gir en torno a la detencin de un grupo de jvenes deascendencia vasca, pertenecientes a una organizacin de ayuda mutua del mismo origen.Las fuerzas de seguridad se haban apostado en uno de los hogares de las vctimasdetectando los contactos personales de sus habitantes a travs de llamadas telefnicas yvisitas. Luego de detener en esta "ratonera" o trampa a uno de los jvenes, las fuerzas deseguridad hicieron lo propio con sus compaeros de la organizacin y con su novia. Losjvenes eran conducidos a un centro de detencin clandestino en Campo de Mayo, regi-

    miento militar del Gran Buenos Aires. Aparentemente, el objetivo del Grupo de Tareas erala detencin de un joven guerrillero tucumano, con quien los jvenes vascos mantenanalguna conexin.

    Durante tres horas prestaron declaracin el padre, la madre, un hermano y jvenesamigos de uno de los desaparecidos. El padre explic que un grupo armado no identificadoirrumpi en su vivienda de dos plantas, se instal en ella ante su presencia, la de su esposa ysus tres hijos, y aguard a que llegara el hijo mayor. Pero el grupo permaneci durante dosdas pare interceptar una llamada telefnica del tucumano. El Grupo de Tareas obligentonces al hijo mayor a concertar una cita-trampa, en la cual el joven guerrillero sera apre-hendido. Un abogado defensor pregunt: .-Algunos amigos de los hijos han resultadodesaparecidos o privados de libertad en estas investigaciones?". Tras la reiteracin de la

    pregunta por el presidente del tribunal, el declarante respondi: --"No, no conozco aninguno. Creo que es el nico caso en el grupo nuestro, y en el grupo vasco, el quefrecuentamos nosotros, es el nico caso". Como veremos luego, esta acotacin guardaracontradicciones con testimonios ulteriores realizados durante la misma sesin. El padreprosigui relatando que la novia del hijo mayor tambin fue detenida y desaparecida, junto asu novio; ambos son secuestrados y desaparecen pare siempre. El declarante explic quehaba recurrido al Ministerio del Interior, al Poder Judicial ---donde present un recurso dehabeas corpus-, a la Embajada de los EE.UU. -por ser ciudadano norteamericano-, alMinisterio de Relaciones Exteriores y a la Curia de la Iglesia Catlica, sin resultadospositivos. El tono general de su declaracin permaneci siempre distante.

    El relato de la madre del desaparecido fue similar en contenido, aunque de fuerte tonoemocional. La mujer suministr informacin ms precisa acerca de lo ocurrido en su hogar,pero como si se tratara de acontecimientos incomprensibles: su perplejidad se torn evidente

    14En los ritos penales ordinarios, un abogado se instala en algn pequeo cuarto interior donde alguien, que generalmenteno es el juez, transcribe textualmente las declaraciones. Esto transforma el ritual en un procedimiento sumamente tedioso.

    15 En el rito del proceso penal ordinario, el empleado audiencista, quien dirige el interrogatorio, mecanografa lasdeclaraciones. Debido a las dimensiones de eats sale, y al reducido nmero de protagonistas, no hay micrfonos ni, porsupuesto, iluminacin especial.

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    ante hechos cuya relacin slo se explica por el horror y la irracionalidad. Un abogadodefensor formul, entontes, la siguiente pregunta: --"Sabe si su hijo perteneca a laorganizacin terrorista vasca ETA?"; se trataba de una pregunta asertiva -a responder por"si" o por "no"que, pese a estar procesalmente prohibida, no fue rechazada por el presidentedel tribunal. Por otro lado, y como ya sealramos, preguntas orientadas a establecer laprocedencia ideolgico - poltica de la vctima o del testigo seran vetadas por el tribunal,hasta ser debidamente reformuladas por el fiscal o el defensor. Cuando la madre se disponaa responder directamente al defensor: -"Mi hijo... ", el presidente del tribunal la interrumpi:-"Perdn seora, no conteste si no la autorizo, no es procedente...". La declarante debiaguardar a que el presidente repitiera la pregunta si la consideraba pertinente.

    Las declaraciones del hermano y de los jvenes amigos del desaparecido, presentan uncarcter distinto. Aqullos que tambin haban sido secuestrados en esa oportunidad -comoel desaparecido- haban conocido al muchacho tucumano "construyendo una escuela enTucumn" en 1972. Estos jvenes fueron detenidos y luego liberados por las FuerzasArmadas. Sus gestiones para localizar a compaeros desaparecidos se haban dirigido adeterminadas autoridades militares involucradas en el aparato represivo. Contrastando conel testimonio de la madre, estos jvenes exponen los hechos de acuerdo a una nuevacoherencia, esta vez anclada en una interpretacin y prctica poltica concreta.

    Durante toda la audiencia, y de acuerdo a su posicin habitual, la Fiscala no permiti laindagacin de motivaciones polticas de los testigos y desaparecidos. Dicha postura,compartida por el tribunal, difera de la sustentada por la Defensa, que centr su estrategiaprecisamente en develar los fines subversivos de las vctimas de la represin y el apoyoimplcito de conocidos y familiares. Dadas las caractersticas de la actividad polticainmediatamente anterior al (y supuestamente responsable del) terrorismo de Estadoenfocado por el juicio (1970-1976), la Fiscala fund su estrategia en evitar la acusacin deasociacin ilcita de las vctimas de la represin de parte de la Defensa, especialmente enaquellos casos en que dicha asociacin pudiera implicar alguna vinculacin a unaorganizacin guerrillera. En consecuencia, la Defensa intent descalificar a los testigoscomo "simpatizantes" o "subversivos", a la vez que justific la represin

    masiva en la existencia de una presunta guerra irregular contra unejrcito no convencionalmimetizado con la poblacin. En suma, mientras la Fiscala se condujo en trminostico-jurdicos, la Defensa lo hizo casi exclusivamente en trminos poltico-ideolgicos.

    8. El juicio a los ex comandantes como ritual de cambio

    Si bien los actores labraron sus estrategias respectivas, stas fueron retrabajadas por laestrategia jurdica global del juicio. Las declaraciones de los padres del desaparecidoparecieron responder a la ms absoluta perplejidad, originada en una desvinculacin de lorepresivo con respecto a lo poltico. As, es posible que el padre haya ocultado informacin

    ya que, casi seguramente, debi haber conocido a los jvenes amigos de su hijo que tambinfueron secuestrados esa noche en sus hogares. Quizs ello se deba al hecho de que no hayadetectado los mviles de las fuerzas de seguridad por desconocer las actividades polticas desu hijo y la lgica del contexto represivo desatado en marzo de 1976. Su actitud, sinembargo, no es ni nica ni exclusiva; otros "mayores", en otras audiencias, reiteraron estaperspectiva, adquiriendo por momentos el tono dramtico de la madre que declarara en laaudiencia que analizamos. Dentro de una misma estrategia por la cual el declarante se ubicaal margen del conflicto poltico enfocado por la represin, el recurso a institucionesoficiales, de prestigio internacional y a mecanismos legales es tambin una lgica reiterada.

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    Tanto la vaguedad de la informacin suministrada que la Defensa podra transformar enacusacin de encubrimiento como el recurso a instancias institucionales legales-precisamente cuando el Estado de Derecho haba sido violado por completo sealan unadiferencia fundamental con la estrategia de los jvenes declarantes. Estos conocan tanto losmotivos por los cuales las Fuerzas Armadas buscaban al tucumano, como a los verdaderosresponsables de detenciones, torturas y desapariciones. Por eso, recurrieron directamente alas autoridades militares de la zona.

    Exactamente en el polo opuesto, la Defensa elabor su estrategia, intentandofundamentar las desapariciones y violaciones a derechos humanos en la necesidad dereprimir la lucha contestataria de algunas organizaciones polticas; as, nominaba a larepresin como "guerra contra la subversin".La Fiscala y el tribunal, en cambio, eliminaban el contenido poltico de los casos analizadosy de las historias expuestas. Esta estrategia se concret en el modo especfico de interrogar alos testigos y, en el caso del Tribunal, en la desautorizacin de aquellas preguntas concontenido poltico a ideolgico manifiesto. La pregunta correcta era, pues, la interrogacindespolitizada a individualizada. Esta estrategia converga con la estrategia estatal judicial(formalmente representada por los fiscales), por la cual se intentaba concluir un perodohistrico a inaugurar otro nuevo, en el cual todos, hombres y mujeres, deben someterse a la

    ley y a las autoridades institucionales de aplicacin; dicha estrategia no daba cabida asectores impunes dentro de la sociedad argentina, que operaran o hubieran operado almargen de la ley. Ello significaba modificar el esquema de distribucin de poder vigentehasta 1983, demostrando que el poder debe circunscribirse a regulaciones legales, por sobrecualquier otra consideracin. Este punto fue precisamente lo que deba quedar representadoa lo largo del juicio y de su ordenamiento ritual. Por eso, el ritual jurdico en que se juzg alas tres primeras juntas de la dictadura militar estaba concebido como un ritual de cambio.Este propsito no se cumplira solamente por el mero hecho de convocar a un juicio sino,complementariamente, por el modo en que el ritual jurdico represent, para la sociedadtoda (juicio oral y pblico), ese nuevo orden que intentaba consagrar.

    Desde su ubicacin espacial en el nivel ms elevado, el tribunal apareca avalado por

    smbolos de poder civil (la balanza, una frase de la Constitucin Nacional) y religioso (elcrucifijo, la disposicin eclesial de la audiencia frente al tribunal/plpito). Este nivel erainaccesible para toda persona ajena al tribunal y estaba visiblemente diferenciado delsegundo nivel, el de la Fiscala. Semejante distincin contrastaba notablemente con el.ejercicio jurdico durante el proceso militar: la acusacin era, por s misma, una sentencia yel que juzgaba y el que acusaba eran partes indivisibles. Por otra parte, durante el juicio quenos ocupa, los acusados se ubicaban en el ltimo nivel, al igual que el pblico, expresandoque los ex-comandantes se encontraban en el mismo nivel que la sociedad civil(representada aqu por los invitados especiales). El tribunal era, entonces, el nico con poderpara autorizar cada paso del ritual. Los dems actores deban someterse a sus reglas,concebidas no arbitrariamente sino como previamente normatizadas por los corpus

    procesales. El Derecho era, a travs del tribunal, el que determinaba los lmites de laconducta. El tribunal emerga como una instancia supra-societal, sin otro compromiso que elde las competencias normativas. Slo desde esta ubicacin equidistante respecto de todogrupo social a inters particular poda emprender el juzgamiento.Entre tanto, el ritual pona en foco un segmento del devenir histrico y un aspecto de larealidad social, tornando lo cotidiano en extraordinario. El nuevo sentido de lo enfocadoemerga de "una (relacin) dialctica entre lo cotidiano y lo extraordinario" (Da Matta,1980:30-1, parntesis nuestro), esto es, del devenir poltico de un perodo histrico, y la"juridizacin" de sus sobrevivientes y sus marcas. Al comienzo de este artculo hemos

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    apuntado la existencia de ritos de consolidacin y ritos de cambio. Estos ltimos operan unaapertura de determinado mundo, recortado ritualmente hacia la colectividad mayor. Suproyeccin se manifiesta remarcando o destacando los contrastes de la vida cotidiana (DaMatta, 1980:30-1). En el caso del juicio oral y pblico a las Juntas, este contraste seexpresaba entre el imperio del Derecho -representado por la Fiscala-, el marco jurdico y ladisposicin ritualmente dirigida por el Tribunal, por un lado, y el mundo de la represinexpresado en la causa al terrorismo de Estado, que se aspiraba a desterrar para siempre, porel otro. Sin embargo, y debido a su profunda conflictividad social, contrastes y marcasdeban operar bajo estricto control jurdico en lo que respecta a la disposicinespacio-temporal que rega cada audiencia. Ello dio lugar a una rgida formalizacin delproceso judicial en la remarcacin de jerarquas, roles, distancias fsicas a ilocutivas, en ladelimitacin de un `centro' de toma de decisiones, y en la actitud general de circunspecciny acatamiento a la disposicin jurdica y ritual- del Tribunal.Dentro de esta formalizacin, los contrastes que expresaban la distribucin del poder serepresentaron ritualmente a travs del use del espacio, del sonido, de la circulacin y de lailuminacin. Los niveles de la sala, por ejemplo, expresan asimetras de poder: lo alto y lobajo se asocian, respectivamente, con quienes disponen de todo y de ningn poder-discursivo, decisorio- dentro de la configuracin ritual. La imagen es an ms grfica si

    consideramos al pblico 'en general, ubicado prcticamente fuera de la sala (en las bandejassuperiores laterales). Por su parte, la ubicacin de la Defensa variaba segn el tribunal lecediera o no la palabra. Y es que la relacin de la palabra y el sonido con la distribucin deniveles, delimitaba un espacio estable, casi inmvil, ocupado siempre por la Cmara y laFiscala. Ambos representan al Estado de Derecho, el cual se erige como un Estadodesdoblado, que por un lado acusa, y por el otro asegura un pronunciamiento justo y neutral.La parte acusadora se diferencia del Juez pues sus lgicas son distintas; durante el Procesode Reorganizacin Nacional, en cambio, el Estado se sustentaba en una Bola lgica queabarcaba ambas funciones. La dramatizacin de esta distincin entre "juez y parte" semanifest en el juicio tratado a travs de sus disposiciones rituales. Ms an, losresponsables del Estado terrorista haban perdido poder, al ver desvanecerse sus

    prerrogativas de absoluta impunidad.-Qu suceda, en tanto, con quienes representaban a las vctimas del terrorismo de

    Estado? El ingreso y egreso individual y secuencial de los testigos produca un efectodivisorio entre las declaraciones, que quedaban desarticuladas, dejando de constituir laexpresin de un colectivo (que es, por otra parte, una referencia prohibida, segn la lgicajurdica vigente). Los rbitros sociales de la verdad, en cambio, ingresaban y egresabanconjuntamente, portando consigo la luz de la iluminacin general y4a del veredicto. Demanera ecunime, apuntando a superar el dolor del pasado, permanecan apartados del resto-la sociedad o los invitados, la dictadura militar o la Defensa, el gobierno radical acusador ola Fiscala-, dentro y fuera de la sale de audiencias.

    -Por qu un ritual pare resolver un conflicto poltico? Porque los rituales no dejan

    indemnes las historian rememoradas en ellos. Complejos mecanismos clasificatorioscapturan esas histories pare otorgarles nuevos significados, en renovados contextos.

    -Pero qu significa, adems, destacar la via jurdica pare operar dicha resolucin?Significa desplazar el entendimiento de estas histories hacia grupos de expertos,sustrayndolas de aqullos que las han protagonizado. De aqu en ms, otros sern losencargados de sintetizar lo ocurrido durante los aos del Proceso. Esta resignificacin timelugar dentro de un espacio acotado bajo el control de normas jurdicas, donde el poder y lasjerarquas se evidencian y destacan. La sociedad ingresa en la sale de audiencias y desfila atravs de ,litigantes y testigos, transformando hechos colectivos a identidades sociopolticas

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    en historias individuales. Tal fue el destino de aquellos desaparecidos y litigantes, acusadosy acusadores, quienes fueron reconfigurados como individuos, inocentes o trasgresores, conderechos y obligaciones propios. La historia poltica se vuelve historia jurdica, recreandouna nueva memoria como conclusin del pasado.

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    BIBLIOGRAFIA

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