RespiratoryNORMA.pdf
-
Upload
alonsotezkrodrichsalcedo -
Category
Documents
-
view
213 -
download
0
Transcript of RespiratoryNORMA.pdf
-
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS
ADMINISTRACIN DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL DE PUERTO RICO
PPrrootteecccciinn RReessppiirraattoorriiaa
-
1
Federal Register Vol. 63 No. 5, Thursday, January 8, 1998/Rules and Regulations Registro Federal Vol. 63, Nm. 5, jueves, 8 de enero de 1998/Reglas y Reglamentos
Departamento del Trabajo
Administracin de Seguridad y Salud Ocupacional
29 CFR Partes 1910 y 1926
[Docket No. H-049]
RIN 1218-AA05
Proteccin respiratoria
Agencia: Administracin de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA), Departamento del Trabajo.
Accin: Regla final; Peticin de comentarios sobre los requisitos de trmites.
IX. Normas enmendadas
Part 1910 of Title 29 of the Code of Federal Regulations queda enmendada como sigue:
Parte 1910-[Enmendada]
Subparte G-[Enmendada]
1. La autoridad de citacin para la Subparte G de la Parte 1910 est revisada para que lea como
sigue:
Autoridad: Secs. 4, 6 y 8 de la Occupational Safety and Health Act of 1970 (29 U.S.C. 653, 655, 657); Secretary of
Labor's Orders 12-71 (36 FR 8754), 8-76 (41 FR 25059), 9-83 (48 FR 35736), 1-90 (55 FR 9033), o 6-96 (62 FR 111),
segn sea aplicable y 29 CFR part 1911.
2. La seccin 1910.94 est revisada mediante la revisin de los prrafos (a)(1)(ii), (a)(5)(i), texto
introductorio(a)(5)(iii), (a)(5)(iv), (a)(6), (c)(6)(iii)(a) y (d)(9)(vi) como sigue:
' 1910.94 Ventilacin
(a) * * *
(1) * * *
(ii) Respirador de chorro abrasivo. Un respirador construido de modo que cubra la cabeza, cuello y
hombros para proteger al usuario del abrasivo que rebote.
* * * * *
-
2
(5) Equipo de proteccin personal. (i) Los patronos deben usar slo respiradores aprobados por el
National Institute for Occupational Safety and Health (NIOSH), bajo el 42 CFR parte 84 para
proteger a los empleados de los polvos producidos durante las operaciones de chorro abrasivo.
* * * * *
(iii) Los respiradores de filtros para particulados apropiadamente ajustados, a los que se hace
referencia comnmente como respiradores de filtros de polvo, pueden ser usados para exposiciones a
polvo cortas, intermitentes u ocasionales tal como limpieza, vaciado de colectores de polvo o
descargado de embarques de arena en el punto de recepcin cuando no es factible controlar el polvo
mediante recintados, ventilacin de educcin u otros medios. Los respiradores usados deben estar
aprobados por NIOSH bajo el 42 CFR parte 84 para proteccin contra el tipo especfico del polvo
encontrado.
* * * * *
(iv) Para los empleados que usen respiradores requeridos por esta seccin, el patrono debe implantar
un programa de proteccin respiratoria de acuerdo con el 29 CFR 1910.134.
* * * * *
(6) Suministro de aire y compresores de aire. El aire para los respiradores de chorro abrasivo deben
estar libres de cantidades dainas de polvos, nieblas o gases nocivos y deben cumplir los requisitos
para calidad y uso de aire suplido en 29 CFR 1910.134(i).
* * * * *
(c) * * *
(6) * * *
(iii)(a) Cuando un operador est en una cabina a favor de la corriente del objeto que est siendo
rociado, los empleados deben usar un respirador de aire suplido u otro tipo de respirador aprobado
por NIOSH bajo 42 CFR parte 84 para el material que est siendo rociado.
(d) * * *
(9) * * *
(vi) Durante las emergencias especificadas en el prrafo (d)(11)(v) de esta seccin, si los empleados
deben estar en reas donde las concentraciones de contaminantes de aire sean mayores que los
lmites establecidos por el prrafo (d)(2)(iii) de esta seccin o la concentracin de oxgeno sea menor
de 19.5%, deben usar respiradores que reduzcan su exposicin a un nivel bajo estos lmites o que
provean el oxgeno adecuado. Tales respiradores tambin deben estar provistos en compartimientos
marcados, fcilmente accesibles construidos para este propsito cuando exista la posibilidad de que
pudiera liberarse concentraciones peligrosas de contaminantes de aire. Los respiradores deben ser
aprobados por NIOSH bajo el 42 CFR parte 84, seleccionados por un
-
3
higienista industrial competente u otra fuente tcnicamente cualificada y usado de acuerdo con el 29
CFR 1910.134.
* * * * *
Subparte H-[Enmendada]
3. La autoridad de citacin para la subparte H de la parte 1910 est revisada para que lea como
sigue:
Autoridad: Secs. 4, 6 y 8 de la Occupational Safety and Health Act of 1970 (29 U.S.C. 653, 655,
657); Secretary of Labor's Orders 12-71 (36 FR 8754), 8-76 (41 FR 25059), 9-83 (48 FR 35736), 1-
90 (55 FR 9033), o 6-96 (62 FR 111), segn aplicable; y 29 CFR parte 1911.
4. La seccin 1910.111 queda enmendada mediante la revisin de los prrafos (a)(2)(x) y (b)(10)(ii),
como sigue:
' 1910.111 Almacenamiento y manejo de amonaco anhidro.
(a) * * *
(2) * * *
(x) Mscaras de gas. Las mscaras contra gases deben estar aprobadas por el National Institute for
Occupational Safety and Health (NIOSH), bajo el 42 CFR parte 84 para uso con amonaco anhidro.
* * * * *
(b) * * *
(10) * * *
(ii) Las instalaciones de almacenado estacionario deben tener al menos dos mscaras contra gases
adecuadas en localizaciones prontamente accesibles. Las mscaras de careta completa con canastos
de amonaco que hayan sido aprobados por NIOSH bajo el 42 CFR parte 84 son apropiadas para
accin de emergencia que envuelvan que envuelva la mayora de los escapes de amonaco anhidra,
particularmente escapes que ocurran en exteriores. Para proteccin respiratoria en atmsferas de
amonaco concentrado, se requiere un aparato respirador autocontenido.
Subparte I-[Enmendada]
5. La autoridad de citacin para la Subparte I de la Parte 1910 est revisada para que lea como
sigue:
Autoridad: Secciones 4, 6 y 8 , Occupational Safety and Health Act of 1970 (29 U.S.C. 653, 655,
657); Secretary of Labor's Order No. 12-71 (36 FR 8754), 8-76 (41 FR 25059), 9-83 (48 FR 35736),
1-90 (55 FR 9033), O 6-96 (62 FR 111), segn aplicable.
Las secciones 1910.133, 1910.135 y 1910.136 tambin emitidas bajo 29 CFR parte 1911 y 5
-
4
U.S.C., 553.
6. Seccin 1910.134 est redesignado como ' 1910.139 en la subparte I y enmendada mediante la
revisin de su ttulo y el aadido de texto introductorio, como sigue:
' 1910.139 Proteccin respiratoria para M. tuberculosis.
Esta seccin aplica slo a la proteccin respiratoria contra M. tuberculosis y aplica en lugar de '
1910.134.
* * * * *
7. Se aade una nueva seccin 1910.134 para que lea como sigue:
' 1910.134 Proteccin respiratoria
Esta seccin aplica a la Industria General (parte 1910), Astilleros (parte 1915), Terminales martimos
(parte 1917), Operaciones portuarias (parte 1918) y Construccin (parte 1926).
(a) Prctica permisible. (1) En el control de aquellas enfermedades causadas por la respiracin de
aire contaminado con polvos dainos, nieblas, emanaciones, brumas, gases, humos, rocos o
vapores; el objetivo principal deber ser evitar la contaminacin de la atmsfera. Esto deber
conseguirse en cuanto sea factible mediante medidas de control de ingeniera aceptados (por
ejemplo, recintado o confinamiento de la operacin, ventilacin general y local y substitucin por
materiales menos txicos). " Cuando los controles de ingeniera no sean factibles, o cuando estn
siendo instituidos, deber usarse los respiradores apropiados conforme a esta seccin.
(2) Los respiradores debern ser provistos por el patrono cuando tal equipo sea necesario para
proteger la salud del empleado. El patrono deber proveer los respiradores que sean aplicables y
apropiados para el propsito a que se les destina. El patrono deber ser responsable del
establecimiento y mantenimiento del programa de proteccin respiratoria que deber incluir los
requisitos sealados en el prrafo (c) de esta seccin.
(b) Definiciones. Las siguientes definiciones son trminos importantes usados en la norma de
proteccin respiratoria en esta seccin.
Respirador purificador de aire significa un respirador con un filtro, cartucho o canasto purificador
de aire que remueve contaminantes de aire especficos pasando el aire ambiental a travs del
elemento purificador de aire.
Factor de proteccin asignado (APF) [Reservado]
Respirador suplidor de atmsfera significa un respirador que suple al usuario del respirador de aire
respirable de una fuente independiente de la atmsfera ambiental e incluye a las unidades de
respiradores de aire suplido (SARs), y aparatos respiradores autocontenidos (SCBA).
-
5
Cartuchos y canastos significa un envase con un filtro, sorbente o cataltico, o una combinacin de
estos artculos, que remueve contaminantes especficos del aire pasado a travs del envase.
Respirador a demanda significa un respirador suplidor de atmsfera que admite el aire respirable a la
careta slo cuando se crea una presin negativa dentro de la careta mediante inhalacin.
Situaciones de emergencia significa cualquier ocurrencia tal como, pero no limitada a, fallas de
equipo, rotura de envases o falla de equipo de control que pueda resultar o resulte en un escape
significativo descontrolado de un contaminante aerosuspendido.
Exposicin de empleado significa exposicin a una concentracin de un contaminante
aerosuspendido que ocurrira si el empleado no estuviera usando proteccin respiratoria.
Indicador de fin de vida de servicio (ESLI), significa un sistema que advierte al usuario del
respirador de que se avecina el fin de la proteccin respiratoria adecuada, por ejemplo, que el
absorbente se acerca a la saturacin o que ya no es efectivo.
Respirador de escape nicamente significa un respirador destinado a usarse slo para salida de
emergencia.
Elementos de filtro o purificadores de aire significa un componente usado en respiradores para
remover aerosoles lquidos o slidos del aire inspirado.
Careta filtrante (mscara de polvo), significa un respirador de particulado a presin negativa dentro
de la cubierta de la entrada del respirador excede a la presin del aire ambiental fuera del respirador.
Factor de ajuste significa un estimado cuantitativo del ajuste de un respirador particular a un
individuo especfico y caractersticamente estima la razn de la concentracin de una substancia en
aire ambiental a su concentracin dentro del respirador al ser usado.
Prueba de ajuste significa el uso de un protocolo para evaluar cuantitativa o cualitativamente el
ajuste de un respirador a un individuo. (Vase tambin Prueba de ajuste cualitativa QLFT y prueba
de ajuste cuantitativa QNFT.)
Capacete significa una cubierta de entrada respiratoria rgida que tambin provee proteccin a la
cabeza contra impactos y penetracin.
Filtro de aire particulado de alta eficiencia (HEPA) significa un filtro que tiene una eficiencia de al
menos 99.97% en remover partculas monodispersas de 0.3 micrometros de dimetro. El equivalente
de filtros para particulados de NIOSH son los filtros N100, R100 y P100.
Capucha significa una cubierta de entrada de respirador que cubre completamente la cabeza y el
cuello y tambin puede cubrir porciones de los hombros y el torso.
Inmediatamente peligroso a la vida y a la salud (IDLH) significa una atmsfera que presente una
amenaza inmediata a la vida, causara efectos adversos a la salud o menoscabara la capacidad del
-
6
individuo para escapar de una atmsfera peligrosa.
Combatimiento de incendios en interiores estructurales significa la actividad fsica de la supresin
de incendios, rescate o ambos, dentro de edificios o estructuras cerradas que estn envueltos en una
situacin de incendio ms all de la etapa incipiente. (Vase 29 CFR 1910.155).
Careta de ajuste suelto significa una cubierta de entrada respiratoria que est diseada para formar
un sello parcial con la careta.
Mximo de concentracin de uso (MUC) [Reservado]
Respirador a presin negativa (ajuste hermtico) significa un respirador en el cual la presin de aire
dentro de la careta es negativa durante la inhalacin con respecto a la presin de aire ambiental fuera
del respirador.
Atmsferas deficientes de oxgeno significa una atmsfera con un contenido de oxgeno por debajo
19.5% por volumen.
Mdico u otro profesional del cuidado de la salud licenciado (PLHCP), significa un individuo cuyo
alcance de prctica legalmente permitido le permita proveer independientemente, o delegrsele la
responsabilidad de proveer algunos o todos los servicios del cuidado de la salud requeridos por el
prrafo (e) de esta seccin.
Respirador a presin positiva - significa un respirador en el cual la presin de aire dentro de la careta
exceda a la presin de aire ambiental fuera del respirador.
Respirador purificador de aire (PAPR) significa un respirador purificador de aire que use un
soplante ("blower"), para forzar el aire ambiental a travs del elemento purificador de aire a la
cubierta de entrada.
Respirador a demanda de presin significa un respirador a suplidor de atmsfera a presin positiva
que admite aire respirable a la careta cuando la presin sea reducida dentro de la careta mediante
inhalacin.
Prueba de ajuste cualitativa (QLFT) significa una prueba de ajuste pasa/falla significa un avalo de
la adecuacidad del ajuste del respirador que se basa en la respuesta del individuo al agente de prueba.
Prueba de ajuste cuantitativa (QNFT) significa un avalo de la adecuacidad del ajuste del respirador
midiendo numricamente la cantidad de infiltracin al respirador.
Cubierta de entrada de respirador significa la porcin del respirador que forma la barrera protectora
entre el tracto respiratorio del usuario del respirador y un dispositivo purificador de aire o fuente de
aire respirable o ambos. Puede ser una careta, capacete o capucha, traje o respirador de boquilla con
pinza de nariz.
-
7
Aparato respirador autocontenido (SCBA) significa una respirador purificador de atmsfera para el
cual la fuente de aire respirable est diseada para ser cargada por el usuario.
Vida de servicio significa el perodo de tiempo que un respirador, filtro o absorbente u otro equipo
respiratorio provea proteccin adecuada al usuario.
Respirador de aire suplido (SAR) o respirador de lnea de aire significa un respirador suplidor de
atmsfera para el cual la fuente de aire respirable no est diseada para ser cargada por el usuario.
Esta seccin significa esta norma de proteccin respiratoria.
Careta de ajuste hermtico significa una cubierta de entrada respiratoria que forma un sello completo
con la careta.
Cotejo de sello de usuario significa una accin conducida por el usuario del respirador para
determinar si el respirador est apropiadamente asentado a la cara.
(c) Programa de proteccin respiratoria. Este prrafo requiere al patrono desarrollar e implantar un
programa de proteccin respiratoria con los procedimientos especficos de sitio de trabajo requeridos
y los elementos para el respirador requerido. El programa debe ser administrado por un
administrador de programa adecuadamente adiestrado. Adems, ciertos elementos de programa
pueden estar requeridos para uso voluntario para evitar los riesgos potenciales asociados con el uso
del respirador. La Small Entity Compliance Guide contiene criterios para la seleccin de un
administrador de programa y un programa de muestra que cumple con los requisitos de este prrafo.
Copia de la Small Entity Compliance Guide estarn disponibles en o alrededor del 8 de abril de 1998,
de la Occupational Safety and Health's Administration Office of Publications, Room N 3101, 200
Constitution Avenue, NW, Washington, DC 20210 (202-219-4667).
(1) En cualquier lugar de trabajo donde los respiradores sean necesarios para proteger la salud de los
empleados o cuandoquiera que los respiradores estn requeridos por el patrono, el patrono deber
establecer e implantar un programa de proteccin respiratoria escrito con procedimientos especficos
de lugar de trabajo. El programa deber ser actualizado segn necesario para reflejar los cambios en
las condiciones del lugar de trabajo que afecten al uso de respirador. El patrono deber incluir en el
programa las siguientes disposiciones de esta seccin, si fueran aplicables:
(i) Procedimientos para seleccionar respiradores para usarse en el lugar de trabajo;
(ii) Evaluaciones mdicas de los empleados a quienes se requiere usar respiradores;
(iii) Procedimientos de pruebas de ajuste para respiradores de ajuste hermtico;
(iv) Procedimientos para el uso apropiado de los respiradores en situaciones rutinarias y de
emergencias razonablemente previsibles;
(v) Procedimientos y agendas para limpiar, desinfectar, almacenar, inspeccionar, reparar, descartar y
de otro modo mantener los respiradores;
-
8
(vi) Procedimientos para asegurar la calidad, cantidad y flujo adecuados del aire respirable para
respiradores suplidores de atmsfera;
(vii) Adiestramiento de los empleados en los riesgos respiratorios a los que estn potencialmente
expuestos durante situaciones rutinarias y de emergencia;
(viii) Adiestramiento de los empleados en el uso apropiado de los respiradores, incluyendo
ponrselos y quitrselos, cualesquiera limitaciones en su uso y su mantenimiento; y
(ix) Procedimientos para evaluar regularmente la efectividad del programa.
(2) Donde el uso del respirador no est requerido:
(i) El patrono deber proveer respiradores a peticin de los empleados o permitir que usen sus
propios respiradores, si el patrono determina que tal uso de respirador no crear un riesgo en s
mismo. Si el patrono determina que cualquier uso voluntario de respirador es permisible, el patrono
deber proveer a los usuarios de respirador de la informacin contenida en el Apndice D de esta
seccin ("informacin para empleados que usen respiradores cuando no est requerido por la
norma"); y
(ii) Adems, el patrono debe establecer e implantar aquellos elementos de un programa de proteccin
escrito necesario para asegurar que cualquier empleado que use un respirador voluntariamente sea
mdicamente capaz de usar el respirador y que el respirador sea limpiado, almacenado y mantenido
de modo que su uso no presente un riesgo a la salud del usuario. Excepcin: A los patronos no se
requiere incluir en un programa de proteccin respiratoria escrito aquellos empleado cuyo nico uso
de respiradores envuelva el uso voluntario de caretas filtrantes (mscaras para polvo).
(3) El patrono deber designar un administrador de programa que est cualificado mediante
adiestramiento o experiencia adecuados que sean conmensurados a la complejidad del programa que
haya de administrar o supervisar y conducir las evaluaciones requeridas de la efectividad del
programa.
(4) El patrono deber proveer los respiradores, adiestramiento y evaluacin mdica sin costo a los
empleados.
(d) Seleccin de respiradores. Este prrafo requiere al patrono evaluar los riesgos respiratorios en el
lugar de trabajo. El prrafo tambin especifica los respiradores apropiadamente protectores
para usarse en atmsferas IDLH y limita la seleccin y uso de los respiradores purificadores de aire.
(1) Requisitos generales. (i) El patrono deber seleccionar y proveer un respirador apropiado basado
sobre los riesgos respiratorios a los cuales el trabajador est expuesto y los factores de lugar de
trabajo y de uso que afecten a la ejecucin y la confiabilidad del respirador.
-
9
(ii) El patrono deber seleccionar un respirador certificado por NIOSH. El respirador deber ser
usado en cumplimiento con las condiciones de la certificacin.
(iii) El patrono deber identificar y evaluar los riesgos respiratorios en el lugar de trabajo; esta
evaluacin deber incluir un estimado razonable de la exposicin de los empleados a riesgos
respiratorios y una identificacin del estado qumico y la forma fsica de los contaminantes. Donde
el patrono no pueda identificar o razonablemente estimar la exposicin de los empleados, deber
considerar la atmsfera como IDLH.
(iv) El patrono deber seleccionar respiradores de un nmero suficiente de modelos y tamaos de
respiradores, de modo que el respirador sea aceptable a, y ajuste correctamente al usuario.
(2) Respiradores para atmsferas IDLH. (i) El patrono deber proveer los siguientes respiradores
para uso de los empleados en atmsferas IDLH:
(A) Un SCBA de careta completa a demanda de presin certificado por NIOSH para una vida de
servicio mnima de treinta minutos.
(B) Una combinacin de respirador de aire suplido a demanda de presin de careta completa con
suministro de aire autocontenido auxiliar.
(ii) Los respiradores provistos slo para escape de atmsferas IDLH debern estar certificados por
NIOSH para escape de la atmsfera en la cual sean usados.
(iii) Todas las atmsferas deficientes de oxgeno debern ser consideradas IDLH. Excepcin: Si el
patrono demuestra que, bajo todas las condiciones previsibles, la concentracin de oxgeno puede
ser mantenida dentro de los alcances especificados en la Tabla II de esta seccin (i.e., para actitudes
establecidas en la tabla), entonces puede usarse cualquier respirador suplidor de atmsfera.
(3) Respiradores para atmsferas que no sean IDLH . (i) El patrono deber proveer un respirador
que sea adecuado para proteger la salud del empleado y asegurar el cumplimiento con todos los otros
requisitos estatutorios y reglamentarios de OSHA, bajo situaciones de rutina y emergencias
razonablemente previsibles.
(A) Factores de proteccin adecuados (APFs) [Reservado]
(B) Mxima concentracin de uso (MUC) [Reservado]
(ii) El respirador seleccionado deber ser apropiado para el estado qumico y la forma fsica del
contaminante.
(iii) Para proteccin contra gases y vapores, el patrono deber proveer:
(A) Un respirador suplidor de atmsfera, o
(B) Un respirador purificador de aire, siempre que:
-
10
(1) El respirador est equipado con un indicador de vida til de servicio (ESLI), certificado por
NIOSH para el contaminante; o
(2) Si no hay ESLI apropiado para las condiciones en el lugar de trabajo del patrono, el patrono
implanta una agenda de cambio para canastos y cartuchos que est basado sobre informacin o datos
objetivos que aseguren que los canastos y cartuchos sean cambiados antes del final de su vida de
servicio. El patrono deber describir en el programa de respiradores la informacin y los datos de los
cuales se depende para la agenda de cambios y las bases para confiar en esos datos.
(iv) Para proteccin contra particulados, el patrono deber proveer:
(A) Un respirador suplidor de atmsfera; o
(B) Un respirador purificador de aire equipado con un filtro certificado por NIOSH bajo el 30 CFR
parte 11 como un filtro de aire particulado de alta eficiencia (HEPA), o un respirador purificador de
aire equipado con un filtro certificado para particulados por NIOSH bajo 42 CFR parte 84; o
(C) Para contaminantes consistentes principalmente de partculas con dimetros aerodinmicos de
media de masa (MMAD) de al menos dos micrmetros, un respirador purificador de aire con
cualquier filtro certificado para particulados por NIOSH.
-
11
Tabla I.-Factores de proteccin asignados [Reservado]
Tabla II
Altitud (pies)
Atmsferas deficientes de
oxgeno (% O2) para las
cuales el patrono pueda
confiar en respiradores
suplidores de atmsfera Menos de 3,001........................................................
3,001-4,000.............................................................
4,001-5,000.............................................................
5,001-6,000.............................................................
6,001-7,000.............................................................
7,001-8,000.............................................................
16.0-19.5
16.4-19.5
17.1-19.5
17.8-19.5
18.5-19.5
19.3-19.5 1 Sobre 8,000 pies, la excepcin no aplica. Debe suplirse aire respirable enriquecido con oxgeno sobre 14,000 pies.
(e) Evaluacin mdica. Usar un respirador puede colocar una carga fisiolgica sobre los empleados
que vara con el tipo de respirador usado, el trabajo y las condiciones de trabajo en las cuales se use
el respirador y el status mdico del empleado. De conformidad, este prrafo especifica los requisitos
mnimos para la evaluacin mdica que los patronos deban implantar para determinar la capacidad
de los empleados para usar respirador.
(1) General. El patrono deber proveer una evaluacin mdica para determinar la capacidad del
empleado para usar un respirador, antes de que el empleado sea probado para ajuste o que se requiera
usarse en el lugar de trabajo. El patrono puede descontinuar las evaluaciones mdicas del empleado
cuando el empleado ya no se le requiera el uso del respirador.
(2) Procedimientos de evaluacin mdica. (i) El patrono deber identificar a un mdico u otro
profesional del cuidado de la salud licenciado (PLHCP), para realizar evaluaciones mdicas usando
un cuestionario mdico o un examen mdico inicial que obtenga la misma informacin segn el
cuestionario mdico.
(ii) La evaluacin mdica deber obtener la informacin requerida por el cuestionario en las
Secciones 1 y 2, Parte A del Apndice C de esta seccin.
(3) Examen mdico de seguimiento. (i) El patrono deber asegurar que se provea un examen mdico
de seguimiento para el empleado que de una respuesta positiva a cualquier pregunta entre las
preguntas 1 a 8 en la Seccin 2, Parte A del Apndice C o cuyo examen mdico inicial demuestre la
necesidad de un examen mdico de seguimiento.
(ii) El examen mdico de seguimiento deber incluir cualesquiera exmenes mdicos, consultas o
procedimientos diagnsticos que el PLHCP considere necesarios para hacer una determinacin final.
(4) Administracin de cuestionario y exmenes mdicos. (i) El cuestionario y los exmenes mdicos
debern ser administrados confidencialmente durante las horas normales de trabajo del empleado o
-
12
en un tiempo y lugar conveniente al empleado. El cuestionario mdico deber ser administrado de
manera que asegure que el empleado comprenda el contenido.
(ii) El patrono deber proveer al empleado de la oportunidad de discutir el cuestionario y examinar
los resultados con el PLHCP.
(5) Informacin suplementaria para el PLHCP. (i) La siguiente informacin debe ser provista al
PLHCP antes de que el PLHCP haga una recomendacin concerniente a la capacidad del empleado
de usar respirador:
(A) El tipo y peso del respirador a ser usado por el empleado;
(B) La duracin y frecuencia del usuario de respirador (incluyendo uso para rescate y escape);
(C) El esfuerzo de trabajo fsico esperado;
(D) Ropa y equipo de proteccin adicional a ser usado; y
(E) La temperatura y humedad extremos que puedan encontrarse;
(ii) Cualquier informacin suplementaria provista previamente al PLHCP concerniente al empleado
no necesita ser provista para una evaluacin mdica subsiguiente, si la informacin y el PLHCP
permanecen los mismos.
(iii) El patrono deber proveer al PLHCP de una copia del programa de proteccin respiratoria
escrito y una copia de esta seccin.
Nota al prrafo (e)(5)(iii): Cuando el patrono sustituya a un PLHCP, el patrono debe asegurar que el nuevo PLHCP
obtenga esta informacin, ya sea proveyendo los documentos directamente al PLHCP o transfiriendo los documentos del
PLHCP anterior al nuevo PLHCP. Sin embargo, OSHA no espera que los patronos hagan reevaluar mdicamente a los
empleados slo porque se haya seleccionado un nuevo PLHCP.
(6) Determinacin mdica. Al determinar la capacidad del empleado para usar respirador, el patrono
deber:
(i) Obtener una recomendacin escrita concerniente a la capacidad del empleado para usar respirador
del PLHCP. La recomendacin deber proveer slo la siguiente informacin:
(A) Cualesquiera limitaciones al uso del respirador relacionada con la condicin mdica del
empleado o relacionada a las condiciones de lugar de trabajo en las cuales el respirador vaya a ser
usado, incluyendo si el empleado es o no mdicamente capaz de usar el respirador.
(B) La necesidad, si alguna, de evaluaciones mdicas de seguimiento; y
(C) Una declaracin de que el PLHCP ha provisto al empleado de una copia de la recomendacin
escrita del PLCHP.
-
13
(ii) Si el respirador es un respirador a presin negativa y el PLHCP halla una condicin mdica que
pudiera colocar la salud del empleado en riesgo aumentado si se usara el respirador, el patrono
deber proveer un PAPR si la evaluacin mdica del PLHCP halla que el empleado puede usar tal
respirador; si una evaluacin mdica subsiguiente halla que el empleado es mdicamente capaz para
usar un respirador a presin negativa, entonces al patrono no se requiere proveer un PAPR.
(7) Evaluaciones mdicas adicionales. Como mnimo, el patrono deber proveer evaluaciones
mdicas adicionales que cumplan con los requisitos de esta seccin, si:
(i) Un empleado informa seales y sntomas mdicos que estn relacionados a la capacidad para usar
respirador;
(ii) Un PLHCP, supervisor, o el administrador del programa de respiradores informa al patrono de
que el empleado necesita ser reevaluado;
(iii) La informacin del programa de proteccin respiratoria, incluyendo las observaciones hechas
durante las pruebas de ajuste y evaluacin de programa indican la necesidad de reevaluacin del
empleado; o
(iv) Ocurre un cambio en las condiciones de lugar de trabajo (e.g., esfuerzo de trabajo fsico, ropa
protectora, temperatura), que pudieran resultar en un aumento substancial en la carga fisiolgica
colocada sobre el empleado.
(f) Prueba de ajuste. Este prrafo requiere que, antes de que al empleado se requiera usar un
respirador con una careta de ajuste hermtico a presin negativa o positiva, el empleado debe ser
probado para ajuste con la misma hechura, modelo, estilo y tamao de respirador que vaya a ser
usado. Este prrafo especifica las clases de pruebas de ajuste permitidas, los procedimientos para
conducirlos y cmo deba usarse los resultados de las pruebas de ajuste.
(1) El patrono deber asegurar que los empleados que usen un respirador de careta de ajuste
hermtico pase una prueba de ajuste cuantitativa apropiada (QNFT) o una prueba de ajuste
cualitativa (QLFT) segn establecido en este prrafo.
(2) El patrono deber asegurar que los empleados que usen un respirador de careta de ajuste
hermtico sea probado para ajuste antes del uso inicial del respirador, siempre que se use una careta
de respirador diferente (tamao, estilo, modelo o hechura), y al menos anualmente a partir de
entonces.
(3) El patrono deber conducir una prueba de ajuste adicional siempre que el empleado informe, o el
patrono, PLHCP, supervisor o administrador de programa haga observaciones visuales de cambios
en la condicin fsica del empleado que pudiera afectar el ajuste del respirador. Tales
condiciones incluyen, pero no estn limitadas a cicatrizado facial, cambios dentales, ciruga
cosmtica o un cambio obvio en peso corporal.
-
14
(4) Si despus de pasar una QLFT o QNFT, el empleado notifica subsiguientemente al patrono,
administrador de programa, supervisor o PLHCP que el ajuste de respirador es inaceptable, al
empleado deber darse una oportunidad razonable para seleccionar una careta de respirador
diferente y volverse a probar.
(5) La prueba de ajuste deber ser administrada usando un protocolo de QLFT o QNFT. Los
protocolos y procedimientos de QLFT y QNFT aceptados por OSHA estn contenidos en el
Apndice A de esta seccin.
(6) La QLFT puede ser usada solamente para pruebas de ajuste de respiradores purificadores de aire
que pudieran alcanzar un factor de ajuste de 100 o menos.
(7) Si el factor de ajuste, segn determinado a travs de un protocolo QNFT es igual, o mayor de 100
para caretas de medio rostro de ajuste hermtico o igual o mayor que 500 para caretas completas de
ajuste hermtico, se ha pasado la QNFT con ese respirador.
(8) Las pruebas de ajuste de los respiradores suplidores de atmsfera y los respiradores purificadores
de aire debern alcanzarse realizando una prueba de ajuste cuantitativa o cualitativa al modo de
presin negativa o presin positiva), que sea usado para la proteccin respiratoria.
(i) Las pruebas de ajuste de estos respiradores debern realizarse convirtiendo temporeramente la
careta actual del usuario en un respirador a presin negativa con los filtros apropiados o usando una
careta de respirador purificador de aire idntica con las mismas superficies selladoras o un sustituto
de la careta de respirador suplidor de atmsfera o purificador de aire.
(ii) Las pruebas de ajuste cuantitativas de estos respiradores deber realizarse modificando la careta
para permitir el muestreo dentro de la careta en la zona de respiracin del usuario, a medio camino
entre la nariz y la boca. Este requisito deber alcanzarse instalando una sonda de muestreo
permanente a una careta sustituta o usando un adaptador de muestreo diseado para proveer
temporeramente un medio de muestrear aire dentro de la careta.
(iii) Cualesquiera modificaciones a la careta de respirador para prueba de ajuste deber ser
completamente removida y la careta restaurada a la configuracin aprobada por NIOSH, antes de que
la careta pueda ser usada en el lugar de trabajo.
(g) Uso de respiradores. Este prrafo requiere a los patronos establecer e implantar procedimientos
para el uso apropiado de los respiradores. Estos requisitos incluyen prohibir condiciones que puedan
resultar en infiltracin al sello de la careta, evitar que los empleados se quiten los respiradores en
ambientes peligrosos, tomar acciones para asegurar la efectividad continuada de la operacin del
respirador durante el turno de trabajo y establecer procedimientos para el uso de respiradores en
atmsferas IDLH o en situaciones de combatimiento de incendios en interiores estructurales.
(1) Proteccin del sello de careta. (i) El patrono no deber permitir que se use respiradores de careta
de ajuste hermtico por empleados que tengan :
(A) Vello facial que quede entre la superficie de sellado de la careta y la cara o que interfiera con la
-
15
funcin de vlvula; o
(B) Cualquier condicin que interfiera con el sello de la careta a la cara o la funcin de vlvula.
(ii) Si un empleado usa espejuelos o gafas correctores u otro equipo de proteccin personal, el
patrono deber asegurarse de que tal equipo sea usado de manera que no interfiera con el sello de la
careta a la cara del usuario.
(iii) Para todos los respiradores de ajuste hermtico, el patrono deber asegurar que los empleados
realicen un cotejo de sello cada vez que se pongan un respirador usando los procedimientos en el
Apndice B-1 o los procedimientos recomendados por el manufacturero del respirador que el patrono
demuestre que son tan efectivos como los del Apndice B-1 de esta seccin.
(2) Efectividad continuada del respirador. (i) Deber mantenerse la vigilancia apropiada de las
condiciones del rea de trabajo y el grado de exposicin o estrs de los empleados. Cuando haya un
cambio en las condiciones del rea de trabajo o grado de exposicin o estrs que pudiera afectar a la
efectividad del respirador, el patrono deber reevaluar la efectividad continuada del respirador.
(ii) El patrono deber asegurar que los empleados que abandonen el rea:
(A) Se laven la cara y las caretas del respirador segn sea necesario para evitar la irritacin de los
ojos o la piel asociada con el uso del respirador; o
(B) Si detectan la infiltracin de vapor o gas, cambios en la resistencia a la respiracin; o
(C) Para sustituir el respirador o los elementos de filtro, cartucho o canasto.
(iii) Si el empleado detecta infiltracin de vapor o gas, cambios en la resistencia a la respiracin o
infiltracin a la careta, el patrono deber sustituir o reparar el respirador antes de permitir al
empleado regresar al rea de trabajo.
(3) Procedimientos para atmsferas IDLH. Para toda atmsfera IDLH, el patrono deber asegurarse
de que:
(i) Un empleado o cuando sea necesario, ms de un empleado est localizado fuera de la atmsfera
IDLH;
(ii) Se mantenga comunicacin visual, de voz o lnea de seal entre los empleados en la atmsfera
IDLH y los empleados localizados fuera de la atmsfera IDLH;
(iii) Los empleados localizados fuera de la atmsfera IDLH estn adiestrados y equipados para
proveer rescate de emergencia efectivo;
(iv) El patrono o designado es notificado antes de que los empleados sean localizados fuera de las
atmsferas IDLH entren a la atmsfera IDLH para proveer rescate de emergencia.
-
16
(v) El patrono o designado autorizado a hacerlo as por el patrono, una vez notificado provee la
asistencia necesaria apropiada a la situacin;
(vi) Los empleados localizados fuera de la atmsfera IDLH estn equipados de:
(A) SCBAs a demanda de presin u otros SCBAs a presin positiva o un respirador a demanda de
presin o de aire suplido con SCBA auxiliar; y ya sea
(B) Equipo de rescate apropiado para la remocin de los empleados que entren a estas atmsferas
peligrosas donde el equipo de rescate contribuya al rescate de los empleados y no aumente el riesgo
general resultante de la entrada; o
(C) Equivalente significa para rescate donde el equipo de rescate no est requerido bajo el prrafo
(g)(3)(vi)(B).
(4) Procedimientos para combatir incendios en interiores estructurales. Adems del requisito
establecido bajo el prrafo (g)(3), en incendios en estructuras interiores, el patrono deber asegurar
que:
(i) Al menos dos empleados entren a la atmsfera IDLH y permanezcan en contacto visual o de voz
entre ellos en todo tiempo.
(ii) Al menos dos empleados estn localizados fuera de la atmsfera IDLH; y
(iii) Todos los empleados dedicados a combatir incendios en estructuras interiores usen SCBAs.
Nota 1 al prrafo (g): Uno de los dos individuos localizados fuera de la atmsfera IDLH puede ser asignado a un rol adicional, tal como comandante de incidente a cargo de la emergencia u oficial de seguridad, siempre que este individuo
sea capaz de llevar a cabo actividades de asistencia o rescate sin menoscabar la seguridad de cualquier bombero que est
trabajando en el incidente.
Nota 2 al prrafo (g): Nada en esta seccin tiene la intencin de evitar que los bomberos realicen actividades de rescate
de emergencia antes de que se haya reunido un equipo completo.
(h) Mantenimiento y cuidado del respirador. Este prrafo requiere que el patrono provea para la
limpieza y desinfeccin, almacenado, inspeccin y reparacin de los respiradores usados por los
empleados.
(1) Limpieza y desinfeccin. El patrono deber proveer a todo usuario de respirador de un respirador
que est limpio, sanitario y en buenas condiciones de funcionamiento. El patrono deber asegurar
que los respiradores sean limpiados y desinfectados usando los procedimientos en el Apndice B-2
de esta seccin o usando los procedimientos recomendados por el manufacturero del respirador,
siempre que tales procedimientos sean equivalentes en efectividad. Los respiradores debern ser
limpiados y desinfectados a los intervalos siguientes:
(i) Los respiradores asignados para el uso exclusivo de un empleado debern limpiarse y
-
17
desinfectarse con tanta frecuencia como sea necesario para ser mantenidos en condiciones sanitarias.
(ii) Los respiradores asignados a ms de un empleado debern limpiarse y desinfectarse antes de ser
usados por los diferentes individuos;
(iii) Los respiradores mantenidos para emergencia debern limpiarse y desinfectarse despus de cada
uso; y
(iv) Los respiradores usados en pruebas de ajuste y adiestramiento debern limpiarse y desinfectarse
despus de cada uso.
(2) Almacenado. El patrono deber asegurar que los respiradores sean almacenados como sigue:
(i) Todos los respiradores sern almacenados para protegerlos de dao, contaminacin, polvo, luz del
sol, temperaturas extremas, humedad excesiva y qumicos dainos y debern empacarse o
almacenarse para evitar la deformacin de la careta y la vlvula de exhalacin.
(ii) Adems de los requisitos del prrafo (h)(2)(i) de esta seccin, los respiradores de emergencia
debern:
(A) Mantenerse accesibles al rea de trabajo;
(B) Almacenarse en compartimientos o en cubiertas que estn claramente marcados como que
contienen respiradores de emergencia y
(C) Almacenarse de acuerdo con cualesquiera instrucciones aplicables del manufacturero.
(3) Inspeccin. (i) El patrono deber asegurar que los respiradores sean inspeccionados como sigue:
(A) Todos los respiradores usados en situaciones de rutina debern ser inspeccionados antes de cada
uso y durante la limpieza;
(B) Todos los respiradores mantenidos para usarse en situaciones de emergencia debern ser
inspeccionados al menos mensualmente y de acuerdo con las recomendaciones del manufacturero y
debern cotejar se para la funcin apropiada antes y despus de cada uso; y
(C) Los respiradores para escape de emergencia solamente debern ser inspeccionados antes de ser
llevados al lugar de trabajo para usarse.
(ii) El patrono deber asegurar que las inspecciones de respirador incluyan lo siguiente:
(A) Un cotejo de funcin de respirador, hermeticidad de las conexiones y la condicin de las varias
partes incluyendo, pero no limitado a la careta, correas de cabeza, vlvulas, tubos de conexin y
-
18
cartuchos, canastos o filtros; y
(B) Un cotejo de las partes elastomricas para flexibilidad y seales de deterioro.
(iii) Adems de los requisitos del prrafo (h)(3)(i) y (ii) de esta seccin, los aparatos respiradores
autocontenidos debern ser inspeccionados mensualmente. Los cilindros de aire y oxgeno debern
ser mantenidos en estado de carga completa y debern recargarse cuando la presin caiga a 90% del
nivel de presin recomendado por el manufacturero. El patrono deber determinar que el regulador y
los dispositivos de advertencia funcionen apropiadamente.
(iv) Para respiradores mantenidos para uso de emergencia, el patrono deber:
(A) Certificar el respirador documentando la fecha en que se realiz la inspeccin, el nombre (o
firma), de la persona que realizara la inspeccin, los hallazgos, la accin remediativa requerida y un
nmero de serie u otro medio de identificar el respirador identificado; y
(B) Proveer esta informacin en una etiqueta o marbete que est adherido al compartimiento de
almacenado para el respirador, se mantenga con el respirador o est incluido en los informes de
inspeccin almacenados como archivos de papel o electrnicos. Esta informacin deber ser
mantenida hasta ser sustituida siguiente a la certificacin subsiguiente.
(4) Reparaciones. El patrono deber asegurar que los respiradores que fallen una inspeccin o que
de otro modo halle que sean defectuosos sean removidos del servicio y sean descartados o removidos
del servicio o reparados o ajustados de acuerdo con los siguientes procedimientos:
(i) Las reparaciones o ajustes a los respiradores han de ser hechos slo por personas apropiadamente
adiestrados para realizar tales operaciones y deber usarse slo partes del manufacturero del
respirador aprobadas por NIOSH designadas para el respirador.
(ii) Las reparaciones debern hacerse de acuerdo a las recomendaciones y especificaciones del
manufacturero para el tipo y la extensin de las reparaciones a ser realizadas; y
(iii) Las vlvulas de reduccin y admisin, reguladores y alarmas debern ser ajustados o reparados
slo por el manufacturero o tcnico adiestrado por el manufacturero.
(i) Calidad y uso del aire respirable. Este prrafo requiere al patrono proveer a los empleados que
usen respiradores suplidores de atmsfera (aire suplido y SCBA), de gases respirables de alta pureza.
(1) El patrono deber asegurar que el aire comprimido, oxgeno comprimido, aire lquido y oxgeno
lquido usado para respiradores sea conforme a las siguientes especificaciones:
(i) El oxgeno comprimido y lquido debern cumplir con los requisitos de la United States
Pharmacopoeia para oxgeno mdico o respirable; y
(ii) El aire respirable comprimido deber cumplir al menos con los requisitos para el aire respirable
Tipo 1-Grado D descrito en ANSI Gas Association Commodity Specification for Air, G-7.1-1989,
-
19
para incluir:
(A) Contenido de oxgeno (v/v) de 19.5-23.5%;
(B) Contenido de hidrocarbono (condensado), de cinco miligramos por metro cbico de aire o
menos;
(C) Contenido de monxido de carbono (CO) de 10 ppm o menos; y
(D) Contenido de bixido de carbono de1,000 ppm o menos; y
(E) Falta de olor perceptible.
(2) El patrono deber asegurar que el oxgeno comprimido no sea usado en respiradores suplidores
de atmsfera que tengan aire comprimido previamente usado.
(3) El patrono deber asegurar que las concentraciones de oxgeno mayores de 23.5 sean usadas slo
en equipo diseado para servicio o distribucin.
(4) El patrono deber asegurar que los cilindros usados para suplir aire respirable a los respiradores
cumplen con los siguientes requisitos.
(i) Los cilindros son probados y mantenidos segn prescrito en las Shipping Container Specification
Regulations of the Department of Transportation (49 CFR parte 173 y parte 178);
(ii) Los cilindros de aire respirable comprado tienen certificado de anlisis de un suplidor de que el
aire respirable cumple con los requisitos para aire respirable Tipo 1-Grado D; y
(iii) El contenido de humedad en el cilindro no excede a un punto de condensacin de -501 F (-45.6
1C) a una atmsfera de presin.
(5) El patrono deber asegurar que los compresores usados para suplir aire respirable a los
respiradores estn construidos y situados como para:
(i) Evitar la entrada del aire contaminado al sistema de suministro de aire;
(ii) Minimizar el contenido de humedad de modo que el punto de condensacin a una atmsfera de
presin sea 10 1F (5.56 1C) por debajo de la temperatura de ambiente;
(iii) Tener bases sorbentes purificadoras de aire alineadas para mejor asegurar la calidad del aire
respirable. Las bases de sorbente y filtros debern mantenerse y sustituirse o reabastecerse
peridicamente siguiendo las instrucciones del manufacturero.
(iv) Tener una etiqueta que contenga la fecha de cambio ms reciente y la firma de la persona
autorizada por el patrono para realizar el cambio. La etiqueta deber mantenerse en el compresor.
-
20
(6) Para compresores que no sean lubricados por aceite, el patrono deber asegurar que los niveles de
monxido de carbono en el aire respirable no exceda a 10 ppm.
(7) Para compresores lubricados con aceite, el patrono deber usar una alarma de altas temperaturas
o monxido de carbono o ambos para monitorear los niveles de monxido de carbono. Si slo se usa
alarmas de altas temperaturas, el suministro de aire deber ser monitoreado en intervalos suficientes
para evitar que el monxido de carbono en el aire respirable exceda a 10 ppm.
(8) El patrono deber asegurar que las uniones del aire respirable sean incompatibles con las salidas
para aire no respirable de sitio de trabajo u otros sistemas de gases. No deber introducirse
substancia asfixiante alguna a las lneas de aire respirable.
(9) El patrono deber usar envases de aire respirable marcados de acuerdo con la norma de
certificacin de NIOSH, 42 CFR parte 84.
(j) Identificacin de filtros, cartuchos y canastos. El deber asegurar que todos los filtros, cartuchos
y canastos usados en el lugar de trabajo estn etiquetados y codificados por color con la etiqueta de
aprobacin de NIOSH y de que la etiqueta no sea removida y se mantenga legible.
(k) Adiestramiento e informacin. Este prrafo requiere que el patrono provea adiestramiento
efectivo a los empleados a quienes se requiera usar respiradores. El adiestramiento debe ser
comprehensivo, entendible y recurrir anualmente y con mayor frecuencia, de ser necesario. Este
prrafo tambin requiere a los patronos proveer la informacin bsica sobre respiradores en el
Apndice D de esta seccin a los empleados que usen respiradores cuando no est requerido por esta
seccin o por el patrono hacerlo.
(1) El patrono deber asegurar que todo empleado pueda demostrar conocimiento de al menos los
siguiente:
(i) Por qu es necesario el respirador y cmo el ajuste, uso o mantenimiento inapropiados puede
comprometer el efecto protector del respirador;
(ii) Cules son las capacidades y limitaciones del respirador;
(iii) Cmo usar el respirador efectivamente en situaciones de emergencia, incluyendo situaciones en
las cuales el respirador disfuncione;
(iv) Cmo inspeccionar, ponerse y quitarse, usar y cotejar los sellos del respirador;
(v) Cules son los procedimientos para el mantenimiento y almacenado del respirador;
(vi) Cmo reconocer las seales y sntomas mdicos que pudieran limitar o evitar el uso efectivo de
los respiradores; y
-
21
(vii) Los requisitos generales de esta seccin.
(2) El adiestramiento deber ser conducido de manera que sea comprensible al empleado.
(3) El patrono deber proveer el adiestramiento antes de requerir al empleado que use un respirador
en el lugar de trabajo.
(4) Un patrono que pueda demostrar que un nuevo empleado ha recibido adiestramiento dentro de al
menos los ltimos 12 meses, que discuta los elementos especificados en el prrafo (k)(1)(i) a (vii) no
se requiere que repita tal adiestramiento, siempre que, segn requerido por el prrafo (k)(1), el
empleado pueda demostrar conocimiento de esos elementos). El adiestramiento previo no repetido
inicialmente por el patrono debe proveerse no ms tarde de 12 meses a partir de la fecha del
adestramiento previo.
(5) Deber readiestrarse anualmente y cuando ocurra las siguientes situaciones:
(i) Cambios en el lugar de trabajo o el tipo de respirador que hagan obsoleto el adiestramiento
anterior.
(ii) Inadecuacidades en el conocimiento o uso del respirador del empleado que indiquen que el
empleado no ha retenido la comprensin o destrezas requeridas; o
(iii) Surja cualquier otra situacin en la cual el readiestramiento parezca necesario para garantizar el
uso seguro del respirador.
(6) La informacin de asesoramiento bsica sobre respiradores, segn presentada en el Apndice D
de esta seccin deber ser provista por el patrono en cualquier forma oral o escrita, a los empleados
que usen respiradores cuando tal uso no est requerido por esta seccin o por el patrono.
(l) Evaluacin de programa. Esta seccin requiere al patrono conducir evaluaciones del lugar de
trabajo segn sea necesario para asegurar que las disposiciones del programa de respiradores escrito
actual estn siendo implantados efectivamente y que contine siendo efectivo.
(1) El patrono deber realizar evaluaciones del lugar de trabajo segn sea necesario para asegurar que
las provisiones del programa escrito vigente sea efectivamente implantados y que continen ser
efectivos.
(2) El patrono deber consultar regularmente a los empleados a los cuales se requiera usar
respiradores avaluar la visin sobre la efectividad del programa y para identificar cualquier
problema. Cualquier problema identificado durante este avalo deber ser corregido. Los factores a
avaluarse incluyen pero no estn limitados a:
(i) Ajuste de respirador (incluyendo la capacidad para usar respirador sin interferir con la ejecucin
efectiva del lugar de trabajo);
-
22
(ii) Seleccin del respirador apropiado para los riesgos a los cuales el empleado est expuesto;
(iii) Uso apropiado del respirador bajo las condiciones del lugar de trabajo que el empleado
encuentre; y
(iv) Mantenimiento apropiado del respirador.
(m) Archivo de expedientes. Esta seccin requiere al patrono establecer y retener la informacin
escrita concerniente a las evaluaciones mdicas, pruebas de ajuste y el programa de respiradores.
Esta informacin facilitar el envolvimiento del empleado en el programa de respiradores y proveer
un expediente para el cumplimiento con las determinaciones por OSHA.
(1) Evaluacin mdica. Los expedientes de las evaluaciones mdicas requeridas por esta seccin
deben ser retenidos y facilitarse de acuerdo con el 29 CFR 1910.1020.
(2) Pruebas de ajuste. (i) El patrono deber establecer un expediente de las pruebas de ajuste
cuantitativas y cualitativas administradas al empleado, incluyendo:
(A) El nombre o identificacin del empleado probado;
(B) El tipo de prueba de ajuste realizado;
(C) Manufacturero, modelo, estilo y tamao especficos del respirador probado;
(D) Fecha de la prueba; y
(E) Los resultados pas/fall para QLFTs o el factor de ajuste y un registro de grfica de tira u otros
registro de los resultados para QNFTs.
(ii) Los expedientes de pruebas de ajuste debern ser mantenidos para los usuarios de respiradores
hasta que se administre la prxima prueba de ajuste.
(3) El patrono deber retener una copia escrita del programa de respiradores actual.
(4) Los materiales escritos que se requiere que sean retenidos bajo este prrafo debern facilitarse, a
peticin, a los empleados afectados y al Secretario Auxiliar o su designado para examen y copia.
(n) Fechas. (1) Fecha de vigencia. Esta seccin entra en vigor el 8 de abril de 1998. Las
obligaciones impuestas por esta seccin comienzan en la fecha de vigencia a menos que se seale de
otro modo en este prrafo. El cumplimiento con estas obligaciones que no comiencen en la fecha de
vigencia deber ocurrir no ms tarde de la fecha de comienzo aplicable.
(2) Fechas de cumplimiento. Todas las obligaciones de esta seccin comienzan en la fecha de
vigencia, excepto como sigue:
-
23
(i) La determinacin de que se requiere uso de respirador (prrafo (a)), deber ser completada no ms
tarde del 8 de septiembre de 1998.
(ii) El cumplimiento con las disposiciones de esta seccin para todas las otras disposiciones deber
completarse no ms tarde del 5 de octubre de 1998.
(3) Las disposiciones del 29 CFR 1910.134 y 29 CFR 1926.103, contenidas en las ediciones del 29
CFR partes 1900 a 1910.99 y el 29 CFR parte 1926 revisadas a partir del 1ero de julio de 1997, estn
en vigor y son ejecutables hasta el 8 de abril de 1998 o durante cualquier suspensin administrativa o
judicial de las disposiciones de esta seccin.
(4) Programa de proteccin respiratoria actual. Si, en el perodo de 12 meses precedente al 8 de
abril de 1998, el patrono ha conducido adiestramiento de respiradores, pruebas de ajuste, evaluacin
de programa o evaluaciones mdicas anuales, el patrono puede usar los resultados de esas
actividades para cumplir con las disposiciones correspondientes de esta seccin, siempre que estas
actividades fueran conducidas de manera que cumplieran con los requisitos de esta seccin.
(o) Apndices . (1) El cumplimiento con el Apndice A, Apndice B-1, Apndice B-2 y Apndice C
de esta seccin es mandatorio.
(2) El Apndice D de esta seccin no es mandatorio y no tiene la intencin de crear obligaciones
adicionales algunas ni de otro modo imponer o quitar de las obligaciones existentes.
Apndice A a ' 1910.134 Procedimientos de pruebas de ajuste (Mandatorio)
Parte I. Protocolos de pruebas de ajuste aceptados por OSHA
A. Procedimientos de prueba de ajuste-Requisitos generales
El patrono deber conducir pruebas de ajuste usando los siguientes procedimientos. Los requisitos
en este apndice aplican a todos los mtodos de pruebas de ajuste aceptados por OSHA, QLFT y
QNFT.
1. Al sujeto de prueba deber permitirse seleccionar el respirador ms aceptable de un nmero
suficiente de modelos y tamaos de respiradores de modo que el respirador sea aceptable a, y ajuste
correctamente al usuario.
2. Antes del proceso de seleccin, al sujeto de prueba deber mostrarse cmo ponerse un respirador,
cmo debe colocarse sobre la cara, como ajustar las correas de tensin y cmo determinar un ajuste
aceptable. Deber haber un espejo disponible para asistir al sujeto a evaluar el ajuste y la posicin
del respirador. Esta instruccin no puede constituir el adiestramiento formal del sujeto de la prueba
sobre el uso del respirador, porque es slo un repaso.
3. El sujeto de prueba deber estar informado de que se le pide que seleccione el respirador que
-
24
provea el ajuste ms aceptable. Cada respirador representa un tamao y forma diferente y si son
ajustados y usados apropiadamente, proveern proteccin adecuada.
4. El sujeto de la prueba deber ser instruido para sostener la careta seleccionada a la cara y eliminar
aquellos que obviamente no dan un ajuste aceptable.
5. Las caretas ms aceptables son sealadas en caso de que la seleccionada resulte inaceptable; se
pone la mscara ms cmoda y se usa al menos por cinco minutos para avalar su comodidad.
Puede darse asistencia al avaluar la comodidad discutiendo los puntos en el siguiente artculo A.6.
Si el sujeto de la prueba no est familiarizado con el uso de un respirador particular, el sujeto de la
prueba deber ser dirigido a ponerse la mscara varias veces y ajustar las correas cada vez que para
aprender a ajustar la tensin apropiada en las correas.
6. El avalo de la comodidad deber incluir una revisin de los siguientes puntos con el sujeto de
prueba y permitir al sujeto de prueba el tiempo adecuado para determinar la comodidad del
respirador.
(a) Posicin de la mscara sobre la nariz.
(b) Espacio para la proteccin de los ojos.
(c) Espacio para hablar.
(d) Posicin de la mscara en la cara y las mejillas
7. Deber usarse los siguientes criterios para ayudar a determinar la adecuacidad del ajuste del
respirador:
(a) Barbilla apropiadamente colocada;
(b) Tensin adecuada de las correas, no demasiado apretadas;
(c) Ajuste a travs del puente de la nariz;
(d) Respirador del tamao apropiado para cubrir la distancia de la nariz a la barbilla;
(e) Tendencia del respirador a resbalarse;
(f) Auto-observacin en el espejo para evaluar el ajuste y la posicin del respirador.
8. El sujeto de la prueba deber conducir un cotejo de sello de usuario, ya sea cotejos de presin
positiva o negativa descritos en el Apndice B-1 de estas secciones o aquellas recomendadas por el
manufacturero del respirador que provean proteccin equivalente a los procedimientos en el
Apndice B-1. Antes de conducir los cotejos a presin positiva y negativa, al sujeto deber decirse
que se asiente la mscara en la cara moviendo la cabeza de lado a lado y de arriba a abajo lentamente
-
25
mientras hace unas cuantas respiraciones profundas. Deber seleccionarse otra careta y volverse a
probar si el sujeto de la prueba falla las pruebas de cotejo de sello de usuario.
9. La prueba no deber ser conducida si hay algn crecimiento de vellos entre la piel y la superficie
de sellado de la careta, tal como crecimiento de barba, bigote o patillas que crucen la superficie de
sellado del respirador. Cualquier tipo de prenda de vestir que interfiera con el ajuste satisfactorio
deber ser alterada o removida.
10. Si el sujeto de la prueba exhibe dificultad en respirar durante las pruebas, deber ser referido a
un mdico u otro profesional del cuidado de la salud licenciado, segn sea apropiado para determinar
si el sujeto de la prueba puede usar un respirador mientras realiza sus deberes.
11. Si el empleado halla inaceptable el ajuste del respirador, al sujeto de la prueba deber darse la
oportunidad de seleccionar un respirador diferente y volverse a probar.
12. Rgimen de ejercicio. Antes del comienzo de la prueba de ajuste, al sujeto de la prueba deber
darse la descripcin de la prueba de ajuste y las responsabilidades del sujeto de prueba durante el
procedimiento de prueba. La descripcin del proceso deber incluir una descripcin de los ejercicios
de prueba que el sujeto vaya a estar realizando. El respirador a ser probado deber ser usado por al
menos cinco minutos antes de que comience la prueba de ajuste.
13. La prueba de ajuste deber realizarse mientras el sujeto de prueba est usando cualquier equipo
de seguridad aplicable que pudiera ser usado durante el uso actual del respirador que pudiera
interferir con el ajuste del respirador.
14. Ejercicios de prueba. (a) Los siguientes ejercicios de prueba debern realizarse para todos los
mtodos de pruebas de ajuste prescritos en este apndice, excepto por el mtodo CNP. Un rgimen
de ejercicios de pruebas de ajuste separado est contenido en el protocolo CNP. El sujeto de la
prueba deber realizar ejercicios en el ambiente de prueba de la siguiente manera:
(1) Respiracin normal. En posicin normal de pie; sin hablar, el sujeto deber respirar
normalmente.
(2) Respiracin profunda. En posicin normal de pie, sin hablar, el sujeto de la prueba deber
respirar lenta y profundamente, teniendo cuidado de no hiperventilar.
(3) Volver la cabeza de lado a lado. De pie, el sujeto deber mover su cabeza lentamente de un lado
al otro entre las posiciones extremas a cada lado. La cabeza deber sostenerse a cada extremo
momentneamente de modo que el sujeto pueda inhalar a cada lado.
(4) Mover la cabeza de arriba a abajo. De pie, el sujeto deber ser instruido a inhalar en la posicin
de arriba (i.e., cuando mira hacia el techo).
(5) Hablar. El sujeto deber hablar en voz alta lenta y lo suficientemente alto para ser odo
claramente por el conductor de la prueba. El sujeto puede leer de un texto preparado tal como el
Rainbow Passage, contar regresivamente desde 100 o recitar un poema o cancin memorizados.
-
26
Rainbow Passage
Cuando la luz del sol choca con las gotas de lluvia en el aire, actan como un prisma y forman un
arcoiris. El arcoiris es una divisin de las luz blanca en muchos hermosos colores. Estas toman la
forma de un largo arco redondeado con su paso alto y sus extremos aparentemente ms all del
horizonte. De acuerdo a la leyenda hay una olla de oro en un extremo. La gente la busca pero nadie
la encuentra. Cuando una persona busca algo que est fuera de su alcance, sus amigos dicen que est
buscando la olla de oro al final del arco iris.
(6) Muecas. El sujeto de la prueba deber hacer muecas sonriendo o frunciendo en entrecejo. (Esto
aplica slo a las pruebas QNFT; no se hace para QLFT)
(7) Doblarse. El sujeto de la prueba deber doblarse por la cintura como si fuera a tocarse los dedos
de los pies. Trotar en el mismo deber ser sustituido por este ejercicio en aquellos ambientes de
prueba tales como las QNFT tipo recubierta o unidades QLFT que no permitan doblarse a la cintura.
(8) Respiracin normal. Igual al ejercicio (1).
(b) Todo ejercicio de prueba deber realizarse por un minuto, excepto el ejercicio de muecas, que
deber realizarse pro 15 segundos. El sujeto de prueba deber ser cuestionado por el conductor de la
prueba en relacin a la comodidad del respirador al completarse el protocolo. Si se vuelve
inaceptable, deber tratarse otro modelo de respirador. El respirador no deber ajustarse una vez
comience la prueba de ajuste. Cualquier ajuste invalida la prueba y la prueba de ajuste debe ser
repetida.
B. Protocolos de prueba de ajuste cualitativa (QLFT)
1. General
(a) El patrono deber asegurar que las personas que administren QLFT sean capaces de preparar
soluciones de prueba, calibrar equipo y realizar pruebas apropiadamente; reconocer pruebas
invlidas y asegurar que el equipo de prueba est en condiciones de funcionamiento apropiadas.
(b) El patrono deber asegurar que el equipo QLFT est limpio y bien mantenido, de modo que opere
dentro de los parmetros para los cuales fuera diseado.
2. Protocolo de acetato de isoamilo
Nota: Este protocolo no es apropiado para usarse para pruebas de ajuste de respiradores de particulados. Si se usa para
pruebas de ajuste de respiradores para particulados, el respirador debe estar equipado con un filtro de vapores orgnicos.
(a) Prueba de seleccin de umbral de olor
La prueba de seleccin de umbral de olor realizada sin usar un respirador, tiene la intencin de
determinar si el individuo probado puede detectar el olor del acetato de isoamilo a bajos niveles.
-
27
(1) Se requiere tres jarros de cristal de un litro con tapas de metal.
(2) Deber usarse agua libre de olor (e.g., agua destilada o agua de manantial), a aproximadamente
25 1C (77 1 F) para las soluciones.
(3) La solucin bsica de acetato de isoamilo (IAA) (tambin conocido como acetato de isopentilo)
es preparada aadiendo 1 ml de IAA puro a 80 ml de agua libre de olor en un jarro de un litro,
cerrando la tapa y agitando por 30 segundos. Deber prepararse una solucin nueva al menos
semanalmente.
(4) La pruebas de seleccin debern ser conducidas en un cuarto separado del cuarto usado para las
pruebas de ajuste actuales. El segundo cuarto deber estar bien ventilado para evitar el olor del IAA
de volverse evidente en el aire del cuarto general donde tenga lugar la prueba.
(5) Las solucin de prueba de olor es preparada en un segundo jarro, colocando 0.4 ml de la solucin
bsica en 500 ml de agua libre de olor usando un gotero o pipeta limpio. La solucin deber agitarse
por 30 segundos y permitirse que se asiente por dos o tres minutos, de modo que la concentracin de
IAA sobre el lquido pueda alcanzar equilibrio. Esta solucin deber usarse slo por un da.
(6) Deber prepararse un blanco de prueba en un tercer tarro aadiendo 500 cc de agua libre de olor.
(7) Las tapas de los jarros del prueba de olor y blanco debern estar etiquetadas (e.g., 1 y 2), para la
identificacin de los jarros. Las etiquetas debern colocarse en la tapa, de modo que puedan quitarse
peridicamente y cambiarse para mantener la integridad de la prueba.
(8) Deber mecanografiarse la siguiente en una tarjeta y colocarse en la mesa frente a los dos jarros
(i.e., 1 y 2): " El propsito de esta prueba es determinar si puede oler el aceite de banana a bajas
concentracin. Las dos botellas frente a usted contienen agua. Una de estas botellas tambin
contiene una pequea cantidad de aceite de banana. Asegrese de que las tapas estn apretadas,
luego agite cada botella por dos segundos. Destape cada botella, una a la vez, y huela la boca de la
botella. Indique al conductor de la prueba cul botella contiene el aceite de banana."
(9) Las mezclas usadas en la prueba de deteccin de olor debern ser preparadas en un rea separada
de donde se realice la prueba, para evitar la fatiga olfativa del sujeto.
(10) Si el sujeto de la prueba es incapaz de identificar correctamente el jarro que contiene la solucin
de prueba de olor, no deber realizarse la prueba de ajuste cualitativa de IAA.
(11) Si el sujeto de la prueba identifica correctamente el tarro que contiene la solucin de prueba de
olor, el sujeto de la prueba puede proceder a la seleccin de respirador y prueba de ajuste.
(b) Prueba de ajuste de acetato de isoamilo
(1) La cmara de pruebas deber ser un forro transparente de bidn de 55-galones suspendida
-
28
invertida sobre un marco de dos pies de dimetro, de modo que la parte de arriba de la cmara est
alrededor de seis pulgadas sobre la cabeza del sujeto de al prueba. Si no hubiera disponible un forro
de bidn, deber construirse una cmara similar usando laminado de plstico. El centro interior
superior de la cmara deber tener un gancho adherido.
(2) Todo respirador usado para ajuste y prueba de ajuste deber estar equipado con cartuchos para
vapores orgnicos u ofrecer proteccin contra vapores orgnicos.
(3) Despus de seleccionar, ponerse y ajustarse apropiadamente el respirador, el sujeto de la prueba
deber usarlo en el cuarto de prueba de ajuste. Este cuarto deber estar separado del cuarto usado
para la prueba de seleccin de umbral de olor y la seleccin de respirador y deber estar bien
ventilado, como por un abanico de educcin o campana de laboratorio, para evitar la contaminacin
del cuarto general.
(4) Deber pegarse una copia de los ejercicios de prueba y cualquier texto preparado del cual el
sujeto deba leer al interior de la cmara de pruebas.
(5) Al entrar a la cmara de pruebas, al sujeto de la prueba deber darse un pedazo de papel toalla de
6" x 5", u otro material poroso, absorbente, de pliego sencillo, doblado a la mitad y mojado con 0.75
ml de IAA puro. El sujeto de la prueba deber colgar la toalla mojada del gancho en la parte de
arriba de la cmara. Un frote o una ampolla de prueba de IAA pueden substituir a la toalla mojada,
siempre que se haya demostrado que la fuente alternativa de IAA generar una atmsfera de prueba
de IAA con una concentracin equivalente a la generada por el mtodo de papel toalla.
(6) Dejar pasar dos minutos para que la concentracin de prueba de IAA se estabilice antes de
comenzar con el ejercicio de prueba de ajuste. Este sera un momento apropiado para hablar con el
sujeto de la prueba; para explicar la prueba de ajuste, la importancia de su cooperacin y el propsito
de los ejercicios de prueba; o para demostrar algunos ejercicios.
(7) Si en algn momento durante la prueba el sujeto detecta el olor parecido a la banana del IAA, la
prueba ha fallado. El sujeto deber rpidamente salir de la cmara de prueba y abandonar el rea de
prueba para evitar la fatiga olfativa.
(8) Si la prueba falla, el sujeto deber regresar al cuarto de seleccin y quitarse el respirador. El
sujeto de la prueba deber repetir la prueba de sensitividad de olor; seleccionar y ponerse otro
respirador, regresar al rea de prueba y de nuevo comenzar el procedimiento de prueba de ajuste
descrito en (b)(1) al (7) antes mencionados. El proceso contina hasta que se halle un respirador que
ajuste bien. De fallarse la prueba de sensitividad de olor, el sujeto deber esperar al menos cinco (5)
minutos antes de volver a probar. La sensitividad al olor deber usualmente haberse recuperado para
este tiempo.
(9) Si el sujeto pasa la prueba, la eficiencia del procedimiento de prueba deber demostrarse
haciendo que el sujeto rompa el sello de la careta y respire antes de salir de la cmara.
(10) Cuando el sujeto abandone la cmara; el sujeto deber remover la toalla saturada y devolverla a
-
29
la persona que conduzca la prueba, de modo que no haya acumulacin significativa de concentracin
de IAA en la cmara durante las pruebas subsiguientes. Las toallas usadas debern mantenerse en
una bolsa de plstico con autocierre para evitar que el rea de pruebas se contamine.
3. Protocolo de aerosol de solucin de sacarina
Deber explicarse todo el procedimiento de seleccin y prueba al sujeto de prueba antes de conducir
la prueba de seleccin.
(a) Prueba de seleccin de umbral de sabor. La prueba de seleccin de umbral de sabor de sacarina,
realizada sin usar respirador, tiene la intencin de determinar si el individuo que est siendo probado
puede detectar el sabor de la sacarina.
(1) Durante la prueba de seleccin de umbral de olor, as como durante las pruebas de ajuste, el
sujeto deber usar un recinto alrededor de la cabeza y los hombros que sea aproximadamente de 12"
de dimetro por 14" de alto con al menos la porcin del frente transparente y que permita el libre
movimiento de la cabeza cuando se use el respirador. Es adecuado un recinto substancialmente
similar a la junta de capucha de 3M; partes #F T 14 y FT 15, combinadas.
(2) El recinto de prueba deber tener un agujero de :" (1.9 cm), frente a la nariz y la boca del sujeto
de prueba para acomodar la boquilla del nebulizador.
(3) El sujeto de la prueba deber ponerse el recinto de prueba. Durante la prueba de seleccin de
umbral, el sujeto deber respirar a travs de la boca ligeramente abierta con la lengua extendida. El
sujeto deber ser instruido a informar si detecta un sabor dulce.
(4) Usando un ADeVilbiss Model 40 Inhalation Medication Nebulizer@ o equivalente, el conductor
de la prueba deber rociar la solucin de cotejo de umbral al recinto. La boquilla es dirigida lejos de
la nariz y la boca de la persona. El nebulizador deber estar claramente marcado para distinguirlo
del nebulizador de prueba de ajuste.
(5) La solucin de cotejo de umbral se prepara disolviendo 0.83 gm de sacarina de sodio USP en 100
ml de agua tibia. Puede ser preparada poniendo 1 ml de la solucin de prueba de ajuste (vese
(b)(5), a continuacin), en 100 ml de agua destilada.
(6) Para producir aerosol, se aprieta el bulbo del nebulizador firmemente, de modo que colapse
completamente, luego se suelta y se permite que se expanda completamente.
(7) Se repiten diez apretones rpidamente y luego se pregunta al sujeto de prueba si gusta el sabor de
la sacarina. Si el sujeto de la prueba informa sentir el sabor dulce durante los diez apretones, la
prueba de seleccin ha sido completada. Se seala el umbral de sabor como diez, no importa el
nmero de apretones que en la actualidad se haya completado.
(8) Si la primera respuesta es negativa, se repiten otros diez apretones rpidamente y de nuevo se
pregunta al sujeto de prueba si gusta la sacarina. Si el sujeto de la prueba informa que siente el sabor
-
30
dulce durante los segundos diez apretones, la prueba de seleccin ha sido completada. Se seala el
umbral de sabor como 20, sin que importe el nmero de apretones que en la actualidad se haya
completado.
(9) Si la segunda respuesta es negativa, se repite otros apretones rpidamente y se pregunta
nuevamente al sujeto de la prueba si percibe el gusto de la sacarina. Si el sujeto de la prueba informa
sentir el sabor dulce durante la tercera serie de diez apretones, se ha completado la prueba de
seleccin. Se seala el umbral de sabor como 30, sin que importe el nmero de apretones que en la
actualidad se haya completado.
(10) El conductor de la prueba tomar nota del nmero de apretones requeridos para obtener una
respuesta de sabor.
(11) Si no puede percibirse el sabor de la sacarina despus de 30 apretones (paso 10), el sujeto de la
prueba es incapaz de gustar la sacarina y no puede realizar la prueba de ajuste de sacarina.
Nota al prrafo 3 (a): Si el sujeto de prueba come o bebe algo dulce antes de la prueba de seleccin, puede ser incapaz
de percibir soluciones dbiles de sacarina.
(12) Si se obtiene una respuesta de sabor, deber preguntarse al sujeto de prueba que tome nota del
sabor para referencia en la prueba de ajuste.
(13) El uso correcto del nebulizador significa que se us aproximadamente 1 ml de lquido por vez
en el cuerpo del nebulizador.
(14) Deber enjuagarse cuidadosamente el nebulizador en agua, agitarse hasta que se seque y
volverse a llenar cada maana y tarde o al menos cada cuatro horas.
(b) Procedimiento de prueba de ajuste con aerosol de solucin de sacarina.
(1) El sujeto de la prueba no puede comer, beber (excepto agua), fumar o mascar goma por 15
minutos antes de la prueba.
(2) La prueba de ajuste usa el mismo recinto descrito en 3(a), antes mencionado.
(3) El sujeto de la prueba deber ponerse el recinto mientras el respirador seleccionado en la seccin
I A de este apndice. El respirador deber estar apropiadamente ajustado y equipado con filtros
para particulados.
(4) Se usa un segundo nebulizador ADeVilbiss Model 40 Inhalation Nebulizer@ o su equivalente
para rociar la solucin de prueba de ajuste al recinto. Este nebulizador deber estar claramente
marcado para distinguirlo del nebulizador de la prueba de seleccin de solucin.
(5) La solucin de prueba de ajuste se prepara aadiendo 83 gramos de sacarina de sodio a 100 ml de
agua tibia.
(6) Como antes, el sujeto de la prueba deber respirar a travs de la boca ligeramente abierta con la
lengua extendida e informar si percibe el sabor dulce de la sacarina.
-
31
(7) Se inserta el nebulizador por el agujero en el frente del recinto y se roca una concentracin
inicial de solucin de prueba de ajuste de sacarina al recinto, usando el mismo nmero de apretones
(ya sea 10, 20 o 30), basado en el nmero de apretones requeridos para obtener una respuesta de
sabor, segn sealado durante la prueba de seleccin. Se requiere un mnimo de 10 apretones.
(8) Despus de generar el aerosol, el sujeto de la prueba deber ser instruido a realizar los ejercicios
en la seccin I.A.14 de este apndice.
(9) Deber reabastecerse la concentracin de aerosol cada 30 segundos, usando la mitad del nmero
original de apretones usados inicialmente (e.g., 5, 10 o 15).
(10) El sujeto de prueba deber indicar al conductor de la prueba si en algn momento durante la
prueba detecta el sabor de la sacarina. Si el sujeto de la prueba no informa percibir el sabor de la
sacarina, ha pasado la prueba.
(11) Si se detecta el sabor de la sacarina, el ajuste se considera insatisfactorio y se ha fallado la
prueba. Deber probarse un respirador diferente y se repite todo el procedimiento de prueba (prueba
de seleccin de umbral de sabor y prueba de ajuste).
(12) Ya que el nebulizador tiene la tendencia a taparse durante el uso, el operador de la prueba debe
hacer cotejos peridicos del nebulizador para asegurarse de que no est tapado. Si se halla que se ha
tapado al final de la sesin de prueba, la prueba no es vlida.
4. Protocolo de prueba de ajuste cualitativa de solucin BitrexTM
(Benzoato de Denatonio)
El protocolo de QLFTde aerosol de solucin de BitrexTM
(Benzoato de Denatonio), usa el protocolo
de prueba publicado para sacarina porque el protocolo est ampliamente aceptado. El Bitrex es
usado rutinariamente como agente de aversin de sabor en lquidos domsticos que los nios no
deben beber y est endosado por la American Medical Association, National Safety Council y
American Association of Poison Control Centers. Todo el procedimiento de prueba de seleccin y
prueba de ajuste deber explicarse al sujeto de prueba antes de conducir la prueba de seleccin.
(a) Prueba de seleccin de umbral de sabor
La prueba de seleccin de umbral de sabor de Bitrex es realizada sin respirador, tiene la intencin de
determinar si el individuo que est siendo probado puede detectar el sabor del Bitrex.
(1) Durante la prueba de seleccin de umbral, as como durante las pruebas de ajuste, los sujetos
debern usar un recinto alrededor de la cabeza y los hombros que sea aproximadamente de 12" de
dimetro (30.5 cm) por 14" (35.6 cm) de alto. La porcin del frente del recinto deber estar
despejada del respirador y permitir el libre movimiento de la cabeza cuando se use respirador. Es
adecuado un recinto substancialmente similar a la junta de capucha de 3M, partes #14 y #15
combinadas.
-
32
(2) El recinto de prueba deber tener un agujero de :" (1.9 cm) frente al rea de la nariz y la boca
del sujeto de prueba para acomodar la boquilla del nebulizador.
(3) El sujeto de prueba deber ponerse el recinto de prueba. Durante la prueba de umbral, el sujeto
de prueba deber respirar a travs de la boa ligeramente abierta, con la lengua extendida. Se instruye
al sujeto a informar cuando detecte un sabor amargo.
(4) Usando un ADeVilbiss Model 40 Inhalation Medication Nebulizer@ o un nebulizador
equivalente, el conductor de la prueba deber rociar la solucin de cotejo de umbral en el recinto.
Este nebulizador deber estar claramente marcado para distinguirlo del nebulizador de solucin de
prueba de ajuste.
(5) La solucin de cotejo de umbral es preparada aadiendo 13.5 mg de Bitrex a 100 ml de solucin
salina (NaCl) al 5% en agua destilada.
(6) Para producir el aerosol, se aprieta firmemente el bulbo del nebulizador, de modo que el bulbo
colapse completamente y luego se libera para que se expanda completamente.
(7) Se repiten rpidamente diez apretones iniciales y luego se pregunta al sujeto de la prueba si
percibe el sabor del Bitrex. Si el sujeto de prueba informa percibir el sabor amargo durante los diez
apretones, se ha completado la prueba de seleccin. Se anota el umbral de sabor como diez, sin
importar el nmero de apretones actualmente completados.
(8) Si la primera respuesta es negativa, se repiten diez apretones ms rpidamente y de nuevo se
pregunta al sujeto de la prueba si percibe el sabor del Bitrex. Si el sujeto de la prueba informa que
detecta el gusto amargo, durante los segundos diez apretones, se ha completado la prueba de
seleccin. Se anota el umbral de sabor como 20, no importa el nmero de apretones actualmente
completados.
(9) Si la segunda respuesta es negativa, se repite rpidamente diez apretones ms y se pregunta al
sujeto de prueba percibe el sabor del Bitrex. Si el sujeto informa que siente el gusto amargo durante
la tercera serie de apretones, la prueba de seleccin de umbral ha sido completada. Se anota el
umbral de olor como 30, no importa el nmero de apretones actualmente completados.
(10) El conductor de la prueba tomar nota del nmero de apretones requerido para obtener una
respuesta de sabor.
(11) Si no se percibe el Bitrex despus de 30 apretones (paso 10), el sujeto de la prueba es incapaz de
percibir el Bitrex y no puede realizarse la prueba de ajuste de Bitrex.
(12) Si se obtiene una respuesta de sabor, deber pedirse al sujeto de prueba que note el sabor para
referencia en la prueba de ajuste.
(13) El uso correcto del nebulizador significa que se us aproximadamente 1 ml de lquido cada vez
en el cuerpo del nebulizador.
-
33
(14) El nebulizador deber ser cuidadosamente enjuagado en agua, agitarse hasta secarse y volverse a
llenar al menos cada maana y tarde o al menos cada cuatro horas.
(b) Procedimiento de prueba de ajuste con aerosol de Bitrex
(1) El sujeto de prueba no puede comer, beber (excepto agua), fumar o mascar goma durante 15
minutos antes de la prueba.
(2) La prueba de ajuste usa el mismo recinto que el descrito en 4, antes mencionado.
(3) El sujeto de la prueba deber ponerse el recinto mientras usa el respirador seleccionado de
acuerdo a la Seccin I.A. de este apndice. El respirador deber ser apropiadamente ajustado y estar
equipado de cualquier filtro tipo particulado.
(4) Se usa un segundo ADeVilbiss Model 40 Inhalation Medication Nebulizer@ o un nebulizador
equivalente para rociar la solucin de prueba de ajuste al recinto. Este nebulizador deber estar
claramente marcado para distinguirlo del nebulizador de solucin de prueba de seleccin.
(5) La seleccin de prueba de ajuste es preparada aadiendo 337.5 mg de Bitrex a 200 ml de
solucin salina (NaCl), al 5% en agua tibia.
(6) Como antes, el sujeto de prueba deber respirar a travs de la boca ligeramente abierta con la
lengua extendida y ser instruido a informar si percibe el sabor amargo del Bitrex.
(7) Se inserta el nebulizador a travs de agujero en al parte del frente del recinto y se roca una
concentracin inicial de la solucin de prueba de ajuste al recinto usando el mismo nmero de
apretones (ya sea 10, 20 o 30), basado sobre el nmero de apretones requeridos para obtener una
prueba de respuesta de sabor segn sealado durante la prueba de seleccin.
(8) Despus de generar el aerosol, el sujeto de prueba deber ser instruido a realizar los ejercicios de
la seccin I.A.14 de este Apndice.
(9) Despus de 30 segundos, la concentracin de aerosol deber ser reabastecida usa