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1977 2015 Colectivo EXACAE y PEDEA. PROBLEMÁTICA DE LA ESCALA AUXILIAR DE LOS CUERPOS Y ARMAS Y DEL CUERPO AUXILIAR DE ESPECIALISTAS DEL EJÉRCITO DE TIERRA

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1977 2015

Colectivo EXACAE y PEDEA.

PROBLEMÁTICA DE LA ESCALA AUXILIAR DE LOS CUERPOS Y ARMAS Y DEL CUERPO

AUXILIAR DE ESPECIALISTAS DEL EJÉRCITO DE TIERRA

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AUXILIAR DE ESPECIALISTAS DEL EJÉRCITO DE TIERRA

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Autor: Colectivo EXACAE .

Diseño: FeMEC (PEDEA).

Edita: PEDEA – Plataforma en Defensa de las Escalas Auxiliares – www.pedea.org.

Primera edición del libro electrónico: febrero 2015.

2015.

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Colectivo EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA. 4

En recuerdo de todos nuestros compañeros fallecidos, que por desgracia no pudieron ver en vida todos sus derechos restablecidos, y en especia l con el agradecimiento de todos a Fernando Matilla Juarez (Infantería) y a Manuel Dom ínguez Flórez (Artillería), ambos de la XIV promoción, por su trabajo, dedicación y esfuerzo a favor de la EXACAE.

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Colectivo EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA.

ESTAMOS EN EL SIGLO LOS DERECHOS VIOLADMINISTRACIÓN Y LOS PERSONAL DE LA ESCAL A

Han pasado más de 35 Derechos que se fueron violaEscala Auxiliar, y también a losconviene recordarlo y no olvid

o EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA.

XXI Y AUN NO SE HAN RESLADOS EN EL SIGLO P A LEGISLADORES DEL ESTAD OA AUXILIAR Y CAE DEL EJÉRCI T

años y hasta la fecha, aun no se ando desde 1977 al personal del Culos componentes del CAE, estos a padarnos de lo sucedido.

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STABLECIDO TODOS ASADO, POR LA

O DE DERECHO, AL TO DE TIERRA.

recuperaron todos los uerpo de Suboficiales y partir de 1985, por eso

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RESUMEN CRONOLÓGICO

Año 1977 .- Empieza el desvío de vacantes de la EAUX para personal de otros Cuerpos y Escalas (Escala Especial y de Complemento). Retraso en el ascenso a teniente de los brigadas con el curso de aptitud aprobado, permaneciendo largos años en el empleo de subteniente.

Año 1980 .- Sigue el desvió de vacantes y ya existe un considerable aumento de brigadas con el curso de aptitud aprobado, que permanecen en el empleo de subteniente en espera del ascenso a teniente. Empieza el retraso del ascenso a brigada de los sargentos con el curso de aptitud aprobado, permaneciendo hasta 8 años de retraso con el empleo de sargento primero en espera del ascenso a brigada.

Año 1985 .- Sigue aumentando el número de subtenientes y sargentos primeros en espera del ascenso a teniente y brigada respectivamente. Los componentes del CAE, empiezan también con el retraso en los ascensos a teniente.

Año 1989 .- Se aprueba la nefasta disposición transitoria quinta de la Ley 17/1989. Se producen ascensos a teniente de todos los subtenientes con el curso de aptitud aprobado hasta el Curso XXXI de la EAUX y el Curso VIII del CAE, se excluye al XXXII y posteriores de la EAUX y del IX y posteriores del CAE. Ante lo aprobado en la citada Ley, se informó a la Administración Militar de la injusticia que se estaba cometiendo (vía Derecho de Petición, Administrativa, etc.), así como a los componentes de la Comisión de Defensa de los diferentes Grupos Parlamentarios, elevando propuestas para que se modificase la citada DT 5ª, y poner fin a tan espinoso asunto.

Año 1990 .- Por aplicación de la disposición transitoria quinta de la Ley 17/1989, se impide el ingreso en la EAUX a los componentes de los cursos XXXII al XXXV y en el CAE a los cursos IX al XVI del Ejército de Tierra. Desvío por parte de la Administración de todas las vacantes de teniente de la EAUX y CAE para otros Cuerpos y Escalas del E.T. Sorprendentemente no ocurrió lo mismo con los compañeros de los cursos equivalentes del Ejército de Aire y de la Guardia Real (estos últimos al ser de Tierra hicieron los mismos exámenes que los afectados y en las mismas aulas), pues los que aprobaron el curso de aptitud, ascendieron todos a teniente en el año 1990, y los que continuaron en activo posteriormente a capitán y comandante, en virtud de los dispuesto en la Disposición transitoria quinta, punto 3 de la Ley 17/89. Es de resaltar que ya la propia Ley discrimina a compañeros de los mismos cursos del mismo ejército o de otros ejércitos, por el mero hecho de pertenecer a una parte del Ejército de Tierra. El mal estar existen en el colectivo de afectados, hace que el Partido Popular presente una proposición no de ley en el Congreso de los Diputados, el 21 de septiembre de 1990, para solucionar el problema, pero fue rechazada por la mayoría socialista. Año 1993 .- Se publican numerosas Sentencias de diversos Tribunales Superiores de Justicia (Aragón, Valencia, Castilla León, etc.), reconociendo a los componentes de la Escala Auxiliar/CAE y del Cuerpo de Suboficiales, que el ascenso a teniente debe ser con la antigüedad de la superación del curso de aptitud y el ascenso a capitán con una antigüedad media de 6 años y 8 meses en el empleo de teniente, lo que suponía obtener antigüedades de hasta 10 años antes que las reconocidas por la administración, lo que hizo que los que obtuvieron esas Sentencias aun siendo más modernos, adelantasen a compañeros más antiguos de hasta dos promociones anteriores.

Año 1994 - 1995 .- Así las cosas y ante estos desajustes, vuelve a tomar la iniciativa el Grupo Parlamentario Popular, presentando en el Congreso, el 29 de septiembre de 1994, una proposición no de Ley, para que se reordene la EAUX que dio su fruto con las Resoluciones de ascenso a Capitán y Comandante del año 1995. También el 1 0 de octubre de 1994, vuelve a tomar la iniciativa el Grupo Parlamentario Popular, presentando en el Congreso una proposición no de Ley para modificar la Ley 17/89, a fin de que los subtenientes y brigadas pudiesen acceder en la Escala

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Auxiliar y CAE con el empleo de teniente o el que les correspondiera en esas fechas. Esta proposición aunque contó con los votos favorables de PP y IU, no prosperó al votar en contra de ella, el día 13 de marzo de 1995, el Grupo Parlamen tario Socialista y otros Grupos minoritarios que apoyaban al Gobierno de aquella época.

Año 1996 .- Con la llegada al Gobierno del Partido Popular y la nueva legislatura, el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida , sensible con la injusticia que se estaba cometiendo con este personal, de una forma valiente, el día 26 de junio de 1996, presenta de nuevo en el Congreso una nueva proposición no de Ley, para que se modifique la Ley 17/89 y ello en los mismos términos que la presentada por el Grupo Popular en el año 1994. Como era de esperar, esta proposición salió adelante el día 24 de septiembre de 1996, pero inconcebiblemente con los votos en contra del Grupo Parlamentario Socialista, y con una enmienda presentada por el Grupo Popular (empieza a notarse el cambio de criterio del PP en e l Gobierno ). Esta proposición no se llevaría a efectos hasta la entrada en vigor de la Ley 17/1999.

Año 1999 .- En octubre de este año en aplicación de la disposición adicional 8ª, puntos 1 y 2 de la Ley 17/1999, se producen los primeros ascensos a teniente de los componentes de estos Cursos, con antigüedad de 20 de mayo de 1999. Estos ascensos llegaban (entre los retrasos anteriores a la Ley 17/89 y los producidos por la DT 5ª de este Ley ), aproximadamente unos 14 años después de lo que les hubiese correspondido, pues tendrían que producirse antes de enero de 1987, si la Administración Militar hubiera cumplido con la Legislación vigente en aquella época. Estos ascensos se fueron produciendo con ocasión de las vacantes que se anunciaban anualmente, y no de una forma total debido a la enmienda introducida por el GPP en la proposición no de Ley aprobada en el año 1986.

Año 2000 - 2001 .- Una vez que se consiguió el ingreso en la EAUX y CAE, y no estando conformes con las antigüedades asignadas, durante los años 2000 y 2001, los subtenientes que fueron ascendiendo a teniente plantearon nuevamente recursos vía administrativa y contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional, pero como este asunto desde 1993 se había politizado al intervenir el TS con varias sentencias negativas sin tan siquiera entrar en el fondo del asunto, la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, no entra tampoco en el fondo del asunto, tal como hizo en su día el TS y desestima los recursos sin más.

Año 2002 - 2003 .-Cerrada la vía judicial, para resolver esta injusta situación, solo quedaba volver a insistir por la vía política, pero ahora teníamos el problema, de que el PP en el gobierno ya había cumplido (aunque sin reconocer las antigüedades ) con su promesa y el PSOE siempre se opuso, por lo que había que intentar que el PSOE reconociese la injusticia que se estaba cometiendo con el personal de las EXACAE, debido a la aplicación de la tan repetida D.T. 5ª de la Ley 17/89. En marzo de 2002, gracias a las gestiones de un representante sindical de La Coruña, que se interesó por el tema, este, le planteó el problema a una Diputada del PSOE por Barcelona, amiga y conocida suya, la cual le informó de que le remitiese la documentación pertinente pues para ella este problema era desconocido, ante esto se le proporcionó un expediente con toda la documentación. La señora Diputada al ver el expediente comentó que era una situación ―injusta y anticonstitucional‖ y se comprometió hacer llegar el tema a sus compañeros de la Comisión de Defensa del Grupo Socialista. Esta gestión da su fruto y unos días después, concretamente el 15 de abril de 2002, el Grupo socialista presenta una proposición no de Ley que se debatió el 5 de marzo de 2003 junto con otra sobre el mismo tema presentada por Izquierda Unida y que fueron rechazadas, al votar en contra el Partido Popular , pero con el compromiso del Grupo Popular de buscar una solución real y objetiva que resolviese el problema de una forma definitiva y también con el compromiso del PSOE de que si tenían responsabilidad de gobierno en una próxima legislatura, intentaría resolver estas cuestiones por entender que son de justicia. (Se vuelve a ver que PP y PSOE no tienen los mismos criterios si están en el Gobierno o en la op osición ).

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A partir de marzo de 2003, se volvieron a hacer gestiones con el Grupo Popular, IU y otros Grupos, y a finales de 2003 se consiguió llegar a una solución, pero no pudo ser presentada a tiempo en el Congreso por problemas de calendario y coincidir con el final de la legislatura.

Año 2004 - 2005 .- Ya con la nueva legislatura y el PSOE en el gobierno, el tema pasó también por el Consejo Asesor de Personal del E.T., quien en su sesión ordinaria del segundo semestre de 2004 resolvió las 188 propuestas (todas iguales) sobre ascensos en la EAUX y CAE en el momento de pasar a la reserva en el siguiente sentido: “El personal de la EAUX y CAE en situación de actividad que haya ascendido a teniente al amparo de la D.A, 8ª, puntos 1,2 y 3 de la Ley 17/1999, ascienda al empleo inmediato superior al que obtente al pasar a la situación de reserva, si lo solicita previamente teniendo como límite el empleo de comandante.” Esta propuesta (volvía a ser un parche) aprobada por unanimidad por el Consejo Asesor de Personal, fue desestimada posteriormente por el Subsecretario de Defensa, acorde con el informe negativo del JEME , de 15 de febrero de 2005. Retomados los contactos con el Grupo Popular, IU y otros Grupos Parlamentarios, en septiembre de 2004 el Grupo Popular presenta una proposición Ley y otra no de Ley para intentar solucionar el problema. La proposición no de Ley fue debatida el día 9 de febrero de 2005, y se llegó al siguiente acuerdo, entre los dos Partidos principales: ―El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a buscar una solución a los problemas generados por la falta de reordenamiento de escalafones de las escalas auxiliares y cuerpo auxiliar de especialistas (oficiales) del Ejército de Tierra, y, respetando el principio de equidad y aplicando las rectificaciones de antigüedades y empleos necesarios, aplicarlo con carácter inmediato para quienes cumplan o tengan cumplidos 65 años de edad.

Año 2006 .-Se incluye en la Disposición final segunda de la Ley 8/2006 de tropa y marinería lo siguiente: ―El Gobierno, en el plazo de 3 meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, deberá remitir al Congreso de los Diputados un proyecto de ley que actualice el régimen del personal militar profesional con una estructura de Cuerpos y Escalas renovada en la que los militares de tropa y marinería se integren en Escalas y aquellos que mantengan una relación de servicios de carácter permanente adquieran la condición de militares de carrera….así como las disposiciones sobre reordenamiento de escalafones en las Escalas Auxiliares y Cuerpo Auxiliar de Especialist as (Oficiales) del Ejército de Tierra .”

Año 2007 .- Después del incansable trabajo durante tantos años del Colectivo EXACAE en favor de los Subtenientes de estos cursos y EAUX/CAE (hasta 2008 en el anonimato), Asociación de Esposas de Oficiales de la EAUX de Valencia, PEDEA (anteriormente en ARFAGA), AMARTE, FAME, etc.., se consiguió que se aprobase la disposición adicional décima de la Ley 39/2007, lo que permitió que ascendieran al empleo de comandante la mayoría de los afectados y que se reconocieran las antigüedades correspondientes en los diferentes empleos. Por desgracia no se consiguió que los ascensos se reconociesen también en situación de actividad, lo que sería más justo y equitativo, pero la política es así, y con el PSOE en el poder que siempre puso pegas a las legítimas aspiraciones de los subtenientes del Cuerpo de Suboficiales era muy difícil, aunque seguramente pasaría igual si estuviese el PP en el Gobierno.

Año 2008 .- El 30 de septiembre, se publican los escalafones definitivos con los empleos y antigüedades que corresponden a los afectados. En noviembre se producen los ascensos a capitán y comandante de los afectados que se encontraban en la situación de reserva. Pero como en la resolución de ascenso consta una antigüedad que no corresponde, 489 afectados recurren esa antigüedad.

Año 2009 .- Por resolución de 24 de abril de 2009, de la Subsecretaria de Defensa, se les estima el recurso de antigüedades a los 489 recurrentes, por lo que en junio de este mismo año, el MAPER (DIPE) modifica las Resoluciones de todos los ascensos, asignando el número de escalafón y la antigüedad que figura en la reordenación definitiva. En noviembre de este año, como hasta la fecha por parte de la Administración no se había cumplido con lo dispuesto en la

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D.A. 10ª de la Ley 39/2007 , en relación con la reclasificación de trienios al subgrupo A-1 y el reconocimiento de tiempos para derechos pasivos desde la antigüedad reconocida para el empleo de teniente, y con los efectos económicos que marca la Ley, algunos afectados empiezan a recurrir vía administrativa. También se empieza de nuevo a informar a los componentes de la Comisión de Defensa de los distintos Grupos Parlamentarios, de estos incumplimientos por parte de la Administración, así como, a instancia de la Asociación de esposas de Valencia, que en la D.A. 10ª no se contempla a los suboficiales con el curso de aptitud aprobado, que pasaron a retiro por condiciones psicofísicas, motivadas por accidentes y heridas en acto de servicio.

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Año 2010 Se continúan remitiendo cartas y correos a los componentes de la Comisión de Defensa con la siguiente propuesta de modificación de la D.A. 10ª de la Ley 39/2007: Como este colectivo EXACAE, entiende que la administración debe cumplir con lo dispuesto en la Ley, y para evitar interpretaciones interesadas que van en contra del espíritu de la Ley, y que mediante un posible fraude de la misma se siga perjudicando y cometiendo agravios con los afectados, es por lo que se interesa de su Grupo Parlamentario, se aclare lo dispuesto en la Ley sin que quepan interpretaciones, y para ello realice las gestiones que estime oportunas para incluir la siguiente modificación y ampliación de la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010:

1. Dar una nueva redacción al punto 7 : “7. Cualquiera de las nuevas situaciones generadas en aplicación de esta disposición no tendrá para ninguno de los interesados efectos económicos anteriores a la fecha de entada en vigor de esta ley y, en el caso de los de servicio activo, ninguno anterior a la fecha de su pase a la reserva, con excepción de lo dispuesto en el punto 8 .”

2. Añadir un nuevo punto: “8. Los tiempos para trienios y de derechos pas ivos, se les contabilizará a los interesados cualquiera que sea su situación, desde la fecha de antigüe dad reconocida para el empleo de teniente, con los efec tos económicos de 01 de enero de 2008. El ministerio de Defensa reconvertirá de oficio al sub grupo A1 los trienios que correspondan a cada interesado. Asimismo ajustará y actualizará también de oficio los tiempos para derechos pasivos en el correspondiente expediente personal.”

Asimismo, debe ampliarse esta disposición, para que le sea de aplicación al personal que cuenta con la aptitud para ingresar en la EAUX y CA E y que por condiciones psicofísicas (accidente en acto de servicio, enfermedad irrecuperable, etc.) pasaron a retirado en empleos de suboficial, así como a los fallecidos con posterioridad a la fecha de las antigüedades reconocidas. El 15 de junio de 2010 el GPP, dado que el Gobierno Socialista está cometiendo un fraude de Ley con los afectados por la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, hace al Gobierno la siguiente pregunta (BOC nº 427 de 12JUL10):

Pregunta 184/086064 ―A la Mesa del Congreso de los Diputados. Don Arsenio Fernández de Mesa Díaz del Río, Diputado por La Coruña, perteneciente al Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, al amparo de lo dispuesto en el artículo 185 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula la siguiente pregunta de la que desea obtener respuesta por escrito del Gobierno: ¿Cuándo piensa reconocer el Gobierno los trienios, en el Subgrupo Al, del personal de la Escala Auxiliar y del Cuerpo Auxiliar de Especialistas del Ejército de Tierra de los cursos afectados, del XXXII al XXXV de la EAUX y del IX al XVI del CAE, a contabilizar desde la fecha reconocida por la Ley 3712007 para la antigüedad de Teniente y con efectos económicos desde la entrada en vigor de la propia Ley, tal y como se dispone en la misma? ¿Cuántos militares se encuentran afectados por esta cuestión? ¿Es consciente el Gobierno del perjuicio económico que se está infligiendo a estos militares, al margen de los derivados de la aprobación del reciente Real Decreto que reduce el sueldo a los funcionarios, incluidos los militares? ¿A cuánto ascendería el monto económico total de acceder a la reclamación presentada por estos profesionales? Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de junio de 2010 --Arsenio Fernández de Mesa Díaz del Río, Diputado. Contestación del Gobierno Socialista a la pre gunta 184/086064 (BOC nº 468 de 27OCT10): (184) Pregunta escrita Congreso AUTOR: Fernández de Mesa Díaz del Río, Arsenio (GP). ―Respuesta: La Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, establece la reordenación, dentro de las Escalas a las que Su Señoría se refiere en la pregunta, de los oficiales y suboficiales en servicio activo y reserva, procediendo, dentro de ese ordenamiento teórico, a asignar el empleo y la antigüedad que correspondan de acuerdo con los criterios que recoge. La disposición adicional décima de la citada Ley, reordenamiento de los escalafones de las Escalas auxiliares y Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra, en su apartado 3 establece que «Al personal en servicio activo y con los datos de esa reordenación definitiva, el

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Ministerio de Defensa los incorporará de oficio, el día primero del mes siguiente al de la fecha en la que cada uno pase a la situación de reserva, a la posición en el escalafón que le corresponda con la asignación del nuevo empleo y antigüedad. A los que hubieran pasado a la reserva en una fecha posterior a la entrada en vigor de esta Ley, se les aplicará la incorporación con efectos desde el día primero del mes siguiente al de la citada fecha. Para los que, a la entrada en vigor de esta Ley, se encuentren en situación de reserva la materialización de la nueva posición en el escalafón se hará con efectos de ese día.». El apartado 7 de la misma señala «Cualquiera de las nuevas situaciones generadas en aplicación de esta disposición no tendrá para ninguno de los interesados efectos económicos anteriores a la fecha de entrada en vigor de esta Ley y, en el caso de los de servicio activo, ninguno anterior a la fecha de su pase a reserva». En base a esta disposición, el apartado 4 de la disposición adicional segunda del Reglamento de Retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto1314/2005, de 4 de noviembre, y modificado por el Real Decreto 28/2009 de 16 de enero, establece que «El personal militar al que por aplicación de la disposición adicional décima de la Ley 39/2007, 19 de noviembre, de la carrera militar de reordenamiento de los escalafones de las escalas auxiliares y del Cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra se le asigne un empleo que suponga cambio de grupo/subgrupo retributivo, perfeccionará los trienios del nuevo grupo/subgrupo a partir de la fecha del ascenso una vez pase a la reserva, con independencia de que se le asigne una antigüedad anterior. En el caso del personal que a la entrada en vigor de la citada Ley ya estuviese en la situación de reserva, perfeccionará los trienios del nuevo grupo/subgrupo, si el nuevo empleo supone cambio de éste, a partir de la fecha de antigüedad, sin que ésta pueda ser anterior al 1 de enero de 2008, que se tomaría en ese caso. En el caso del personal que a la entrada en vigor de la citada Ley ya estuviese en la situación de reserva, perfeccionará los trienios del nuevo grupo/subgrupo, si el nuevo empleo supone cambio de éste, a partir de la fecha de antigüedad, sin que ésta pueda ser anterior al 1 de enero de 2008, que se tomaría en ese caso. No tendrá por tanto, en ningún caso, efectos económicos anteriores a la fecha de entrada en vigor de la citada Ley 39/2007, de 19 de noviembre». Por todo lo expuesto, según lo dispuesto en la propia Ley, no procede la reclasificación de trienios tal y como Su Señoría expone en la pregunta. En relación con el perjuicio económico, se considera que no existe tal y que, por el contrario, esta ley ha posibilitado el ascenso de este colectivo y con ello las mejoras retributivas de las que disfrutan. Madrid, 1 de octubre de 2010.—El Secretario de Estado de Asuntos Constitucionales y Parlamentarios.

Como se puede ver, la contestación del Gobierno es totalmente partidaria e interesada, pues

se limita a reproducir lo que dice la D.A. 10ª, de la Ley 39/2007 y contemplado en el RD. 28/2009 que no puede oponerse a la Ley. En este caso ninguno de los afectados cambia de grupo, pues si a los afectados se les reconoce que son tenientes con una antigüedad determinada, desde esa fecha de antigüedad están incluidos en el grupo A (ahora subgrupo A-1), eso sí, los efectos económicos no pueden ser anteriores al 01ENE08, por disponerse así en el apartado 7 de la D.A. 10ª, de la Ley 39/2007. Por lo tanto el Gobierno se sale por la tangente, para poder así seguir manteniendo el fraude de Ley existente.

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Año 2011 El Gobierno Socialista presenta en el Congreso el proyecto de Ley de Derechos y Deberes del

personal de las FA,s, y por lo que el GPP en el Congreso presenta entre otras la siguiente enmienda:

Disposición ….. ………… (nueva). La Disposición Adicional Décima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, queda redactada en los siguientes términos: Se añadirá un nuevo párrafo al punto 1, del siguiente tenor: «Asimismo, y a partir del ejercicio presupuestario del año 2012, será también de aplicación a los oficiales y suboficiales que pasaron a la situación de retirado por condiciones psicofísicas o fallecidos, que tenían superado el curso de aptitud para el acceso a las Escalas auxiliares y al Cuerpo auxiliar de especialistas». Se añadirá un nuevo párrafo al punto 4, del siguiente tenor: «Los oficiales y suboficiales que pasaron a la situación de retirado por condiciones psicofísicas y los familiares de los fallecidos, podrán solicitar el empleo y antigüedad, asignado al que le sigue en el curso de aptitud para el acceso a dichas escalas que figure en reordenamiento, con el límite de que no suponga obtener un empleo con antigüedad posterior al de la fecha de pasar a la situación de retirado o en su caso a la de fallecimiento y no haber cumplido en dicha fecha 61 años. Este ajuste sólo producirá efectos económicos a partir del ejercicio presupuestario del año 2012». Se dará una nueva redacción al punto 7, del siguiente tenor: «7. Cualquiera de las nuevas situaciones generadas en aplicación de esta disposición no tendrá para ninguno de los interesados efectos económicos anteriores a la fecha de entada en vigor de esta ley y, en el caso de los de servicio activo, ninguno anterior a la fecha de su pase a la reserva, con excepción de lo dispuesto en el punto 8». Se añadirá un nuevo punto 8, del siguiente tenor: «Los tiempos para trienios y de derechos pasivos, se les contabilizará a los interesados cualquiera que sea su situación, desde la fecha de antigüedad reconocida para el empleo de teniente, con los efectos económicos de 01 de enero de 2008. El ministerio de Defensa reconvertirá de oficio al subgrupo A1 los trienios que correspondan a cada interesado. Asimismo ajustará y actualizará también de oficio los tiempos para derechos pasivos en el correspondiente expediente personal, contabilizando en el subgrupo A-1 desde la fecha de antigüedad reconocida para el empleo de teniente. Este ajuste sólo producirá efectos económicos a partir del ejercicio presupuestario del año 2012». Se añadirá un nuevo punto 9, del siguiente tenor: «El Ministerio de Defensa hará las gestiones oportunas para la expedición de los correspondientes títulos de los empleos con las antigüedades reconocidas en aplicación de esta Disposición».

Esta y otras enmiendas que beneficiaban al personal de tropa, suboficiales y oficiales

procedentes de los anteriores fueron vetadas por el Gobierno Socialista . Posteriormente, el proyecto de Ley de DDFAS pasa al Senado y el GPP en el Senado vuelve a presentar entre otras de interés para el colectivo la enmienda anterior, la cual fue aprobada en Comisión y publicada en el BOC nº 81, de 21 de junio, con el siguiente texto:

Disposición final decimosexta (nueva). La Disposición Adicional Décima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, queda redactada en los siguientes términos: Se añadirá un nuevo párrafo al punto 1, del siguiente tenor: «Asimismo, y a partir del ejercicio presupuestario del año 2012, será también de aplicación a los oficiales y suboficiales que pasaron a la situación de retirado por condiciones psicofísicas o fallecidos, que tenían superado el curso de aptitud para el acceso a las Escalas auxiliares y al Cuerpo auxiliar de especialistas». Se añadirá un nuevo párrafo al punto 4, del siguiente tenor: «Los oficiales y suboficiales que pasaron a la situación de retirado por condiciones psicofísicas y los familiares de los fallecidos, podrán solicitar el empleo y antigüedad, asignado al que le sigue en el curso de aptitud para el acceso a dichas escalas que figure en reordenamiento, con el límite de que no suponga obtener un empleo con antigüedad posterior al de la fecha de pasar a la situación de retirado o en su caso a la de fallecimiento y no haber cumplido en dicha fecha 61 años. Este ajuste sólo producirá efectos económicos a partir del ejercicio presupuestario del año 2012». Se dará una nueva redacción al punto 7, del siguiente tenor: «7. Cualquiera de las nuevas situaciones generadas en aplicación de esta disposición no tendrá para ninguno de los interesados efectos económicos anteriores a la fecha de entada en vigor de esta ley y, en el

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caso de los de servicio activo, ninguno anterior a la fecha de su pase a la reserva, con excepción de lo dispuesto en el punto 8». Se añadirá un nuevo punto 8, del siguiente tenor: «Los tiempos para trienios y de derechos pasivos, se les contabilizará a los interesados cualquiera que sea su situación, desde la fecha de antigüedad reconocida para el empleo de teniente, con los efectos económicos de 01 de enero de 2008. El ministerio de Defensa reconvertirá de oficio al subgrupo A1 los trienios que correspondan a cada interesado. Asimismo ajustará y actualizará también de oficio los tiempos para derechos pasivos en el correspondiente expediente personal. Este ajuste sólo producirá efectos económicos a partir del ejercicio presupuestario del año 2012». Se añadirá un nuevo punto 9, del siguiente tenor: «El Ministerio de Defensa hará las gestiones oportunas para la expedición de los correspondientes títulos de los empleos con las antigüedades reconocidas en aplicación de esta Disposición».

Tal es el convencimiento del Grupo Popular que esto debería ser así, que el PP a través de D.

Juan José Imbroda, portavoz en la Comisión de Defensa del Senado, anuncia a bombo y platillo en la prensa de Melilla el día 16 de junio, la siguiente noticia, que provoco un número elevado de comentarios y votaciones a los mismos, una vez que se supo que le GPP retiraba las enmiendas aprobadas en Comisión en el Senado: www.elfarodigital.es/melilla/politica/53513-el-pp-defiende-medidas-para-mejorar-la-ley-de-derechos-y-deberes-de-los-militares.html

El PP defiende medidas para mejorar la ley de derechos y deberes de los

militares LOCAL 16 JUNIO 2011 IRENE FLORES

Con el fin de conseguir una mayor “equidad retributiva”, según Juan José Imbroda. En su calidad de senador y portavoz del Grupo Popular de Defensa para la ley de los Derechos y Deberes de los

Militares, Juan José Imbroda destacó ayer la aprobación, el pasado martes en la Cámara Alta, de cinco enmiendas

propuestas por el Partido Popular y que lograron el respaldo de CiU.

Dichas enmiendas, explicó Imbroda, están dirigidas a mejorar la situación de los militares, tanto de tropa como oficiales,

y serían introducidas en una disposición final con objeto de "corregir" problemas que se están produciendo actualmente.

Mayor consenso

Según dijo, su partido está dispuesto a conseguir un mayor consenso, a fin de beneficiar a los profesionales de las

Fuerzas Armadas, por lo que invitó al PSOE a presentar una propuesta que englobe todas las enmiendas del PP que

han sido ya respaldadas.

En concreto, Imbroda explicó que las enmiendas aprobadas para corregir la Ley permitirán una mejora de las

retribuciones por antigüedad para los suboficiales y oficiales retirados por causas psicofísicas y que ya habían superado

el curso de aptitud de las escalas auxiliares y del cuerpo de Especialistas.

Asimismo, harán posible una mejor regulación de los ascensos honoríficos y que los trienios se cobren de acuerdo a la

graduación vigente y no al momento en el que se obtuvieron.

También plantean que todos los oficiales de los cuerpos y escalas que no tuvieran limitación legal para llegar a capitán

puedan ascender al empleo superior de comandante en el caso de que lo soliciten cuando pasen a la reserva. En este

sentido el senador popular y presidente del PP melillense subrayó que se trata de hacer “justicia” y defendió con el

mismo razonamiento otra enmienda del grupo popular tendente a que el empleo de alférez y oficial mayor tenga

retribuciones equiparadas a las grupos A2.

Igualmente, informó de que el PP ha propuesto una disposición adicional a la Ley de Tropa y Marinería con objeto de

que los militares temporales que suscriban contratos de larga duración puedan ser catalogados en el mismo grupo que

los de carrera en el plano económico. Todo ello para conseguir que la remuneración sea igual entre quienes

desempeñan un cometido idéntico.

En el mismo contexto, aludió a la necesidad de arbitrar medidas sociales que amparen a las familiares de los militares

que participan en misiones humanitarias en el extranjero. El senador mostró su satisfacción por la aprobación de este

paquete de medidas para un “colectivo –dijo- muy importante”, que se ha visto perjudicado por la nueva ley de la carrera

militar en las Fuerzas Armadas. En tal sentido, subrayó que las enmiendas que propone su partido persiguen un

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“paquete social, justo y solidario” y expresó su confianza en que CiU siga respaldándolas la semana próxima en el

plenario de la Cámara Alta.

Retirada de la enmienda del Grupo Popular que prohibía manifestarse a los agentes de la Guardia Civil

Juan José Imbroda también valoró ayer en Melilla la retirada en el Senado de la enmienda a la Ley de Derechos y

Deberes de las Fuerzas Armadas que prohibía a los guardias civiles ir a manifestaciones de carácter "político, sindical o

reivindicativo" porque, razonó, "no encajaba" en el contexto que se debatía, relativo a las Fuerzas Armadas.

En declaraciones a los periodistas, el senador por Melilla y portavoz del PP en la Comisión de Defensa, expresó

igualmente su satisfacción por el acuerdo alcanzado y detalló que la enmienda inicial planteada por su partido "no

encajaba" dentro de la Ley de Derechos y Deberes de los militares, ya que la Guardia Civil, pese a ser un instituto

armado, cuenta con la suya propia

COMENTARIOS

#41 VICENTE BG 25-06-2014 16:06 He descubierto este antiguo artículo, en el que se constata claramente el cambio de postura del PP, ha abandonado sus ideas

y propuestas de cuando estaba en la oposición y ha hecho suyas las contestaciones y posiciones del PSOE. Compañeros, si

esperabais ver definitivamente resueltos nuestros agravios estáis listos, el PP nos ha abandonado y ningún otro grupo se hace

eco de nuestros problemas. EL PP NOS HA TRAICIONADO, yo ya he empezado a pagárselo con mi voto nulo que quizá con

el tiempo me lleve hasta la abstención, pues aunque un voto suma nada puede hacerse contra un "rebaño" que se cree todo lo

que le dicen (después de demostrada la traición), y no os engañéis los votos a partidos pequeños redundan en los dos

grandes, pero ellos como siguen saliendo elegidos púes a vivir a costa de los demás, en fin, que no puedo ser más positivo

acerca de "la casta política". No saben cumplir una pequeñez como van a cumplir lo importante. #40 ROMEO 25-06-2014 08:37 ISA, que razón tenías vaya que si lo han pagado en las urnas, según comentarios parece ser que más de 700.000 votos de los colectivos afectados, que solían votar PP, se fueron mayoritariamente a la abstención, voto nulo y otros pequeños partidos (VOX, UPyD, IU, Cdans..) +1#39 ISA 17-04-2014 11:57 Aunque esta noticia es antigua, está plenamente de actualidad, toda vez que el PP no cumplió con lo prometido, de que si gobernaba, resolvería el problema de los afectados por la D.A. 10ª y otros problemas derivados de la aplicación de la Ley 39/2007 de la carrera militar. Ya pasaron varios años de Gobierno y al PP se le vio el plumero, creo que este incumplimiento lo va a pagar en las urnas. +49#38 Guest 01-08-2011 22:26 Maverick, no hay que ser tan pesimista lo que hay que hacer es colaborar, estar unidos y trabajar por la escala, pues si todos pensásemos así, seguiríamos siendo suboficiales permitiendo que nos robaran nuestros derechos y los empleos y ascensos que legalmente nos corresponden. Quedan por conseguir unos pequeños flecos, que están amparados por la Ley pero que el Gobierno actual no concede al defraudar la misma, y no debemos conformarnos y permitir este agravio y discriminación. +4#37 Guest 30-07-2011 14:43 Yo Creo que esto no tiene arreglo ya que todos nosotros de la AUX, tomamos la parte conformista y solo queremos llegar a la reserva y olvidarnos de esta historia y de los que nos putearon en su día, nos acordaremos en las batallitas que les contemos a nuestros nietos. Esto no tiene arreglo y solo espero escuchar las palabras de agradecimiento del político de turno el día que por fin cuando en el 2017 sea definitivamente extinguida la escala y todos estemos retirados y por fin ya no quede nadie. +139#36 Guest 24-07-2011 13:13 Estoy muy de acuerdo con todos los comentarios, y en cuanto a lo que dice EAC en su comentario, se puede ver en el Boletín Oficial de las Cortes nº 99 de 20 de julio de 2011 (Artículo 16). Como dice KAS, para esto no se necesita estudiar el caso, claro los afectados son de otra procedencia. +145#35 Guest 24-07-2011 12:10 Tienes toda la razón EAC, hay que ver la prisa que se dan y sin necesitar estudio, para solucionar los problemas de los componentes de cierta escala y procedentes de su academia. Los demás ha esperar, total solo llevan un poco más de 25 años de violación de sus derechos. +159#34 Guest 24-07-2011 09:21 Es indignante el ver la aptitud de los Senadores, que el 22JUN11 retiran las disposiciones presentadas por el GPP, aprobadas en Comisión de Defensa el 14JUN11,para resolver los problemas de agravio y discriminación existentes en los colectivos más numerosos de las FAS (tropa, suboficiales y algunos oficiales) y ahora en el pleno del día 13JUL11 aprueban el Dictamen del a Comisión de Sanidad, para modificar la D.A.10ª de la Ley 39/2007 de la carrera miliar, para que puedan ascender a Comandante los rebotados de la Academia General, que los integraban en las escalas auxiliares con el empleo de Alférez, sin el correspondiente curso de aptitud. Como se puede ver, según la procedencia, el trato es distinto.

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+159#33 Guest 23-07-2011 08:28 Estoy de acuerdo con los comentarios votados positivamente, pero me parece que SIL tiene razón, el PP debería reflexionar y presentar nuevamente esas disposiciones, por ser de justicia y por que siempre ha estado apoyando esas medidas y al colectivo de afectados. No sabemos las razones de por qué actuó así el GPP del Senado, pienso que fue un error, o se dejaron engañar (quizás interesadamente ) por el GPS, pero debemos pensar que el GPP del Congreso siempre nos ha apoyado, aunque no hiciesen las cosas siempre bien, por lo que debemos seguir confiando que en un futuro muy próximo, rectifiquen y hagan las gestiones oportunas para resolver este problema, que algunos ya se tendrían que haber solucionado con la Ley 17/1999 y que el PSOE con la Ley 39/2007 agravó. +173#32 Guest 20-07-2011 13:40 Creo que el PP debe reflexionar, y retomar de nuevo el presentar con urgencia, sino todas, alguna de estas medidas, podía ser en la Ley de acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado para 2012, y seguramente sería apoyado por CíU que siempre ha estado de acuerdo en solucionar estos problemas. Esto sería una buena medida, para que estos colectivos que han apoyando con sus votos y los de sus familiares al PP y a CíU, por ser los únicos Partidos que han presentado enmiendas para resolver los problemas existentes, vuelvan a confiar en el PP. +153#31 Guest 19-07-2011 13:55 Debido a que lo que se dice en la noticia no se cumplió, creo que por parte de "El Faro" de Melilla a través de su reportera Dª Irene Flores, se debería concertar una entrevista con D. Juan José Imbroda, con el fin de que aclare el cambio de aptitud del Grupo Popular, con el cual se ha dejado sin solucionar los problemas existentes en esos numerosos colectivos. 30 Guest 19-07-2011 13:40 Estoy sorprendida del número de comentarios a esta noticia y votaciones que obtienen los mismos, creo que eso demuestra la gran preocupación e interés que tienen los afectados, y en este caso como en otros muchos, los políticos no se enteran y con sus decisiones interesadas, hacen la vista gorda y no se quieren enterar del daño moral y económico, que están ocasionando a este gran número de españoles y a sus familias. +174#29 Guest 19-07-2011 08:59 La noticia era muy buena y esperada desde hace largos años por los afectados, solo hay que ver los comentarios y el gran número de votaciones a los mismos que se siguen produciendo, lo que no suele ser habitual es estas noticias. Creo que el GPP en el Senado cometió un gran error al retirar las disposiciones, que en un principio ya había aprobado y que dieron lugar, al incluir las enmiendas presentadas por el propio GPP. Esto que ha ocurrido es incomprensible y es un triunfo del GPS del Senado, que se oponía a que se aprobasen estas mejoras. +155#28 Guest 19-07-2011 08:44 Estoy de acuerdo que el Sr. Imbroda, debería dar explicaciones de por qué anuncia en la prensa la aprobación de unas medidas importantes para un numeroso colectivo de personal de las FA,s y sus familiares y luego a última hora el GPP del Senado las retira. +175#27 Guest 18-07-2011 11:13 Como es posible que después de la aprobación en la Cámara Alta, de cinco enmiendas propuestas por el Partido Popular y que lograron el respaldo de CiU, para solucionar los problemas de tropa, suboficiales y oficiales procedentes de suboficial, el GPP del Senado las retire. Esto no es serio, tendrían que explicarlo. ¿Qué le deben al PSOE para hacer esto?. +165#26 Guest 17-07-2011 13:36 Totalmente de acuerdo con CAUX, el Sr. Imbroda debería dar explicaciones al numeroso colectivo de afectados y a sus familiares, por la retirada de las disposiciones. +166#25 Guest 17-07-2011 12:54 Sr. Imbroda, explíquenos las razones de la retirada de las enmiendas en cuestión. En un Estado de Derecho, ¿no deberían solucionarse los problemas de agravio y discriminación, antes que cualquier otro?. No entendemos el cambio de aptitud del GPP en el Senado. +172#24 Guest 17-07-2011 12:21 Después de leer esta noticia y ver lo ocurrido en el Parlamento con la aprobación de la Ley de Deberes y Derechos del personal de las FAS, creo sinceramente que el Sr. Imbroda debería de dar la cara y mediante noticia de prensa, informar a los afectados de los motivos del cambio de aptitud del Grupo Parlamentario Popular en el Senado, al retirar las disposiciones que anteriormente había aprobado con el apoyo de otros Grupos. Para los afectados esto es incomprensible y está provocando una pérdida de confianza en el PP. +173#23 Guest 17-07-2011 12:05 Después de tanto bombo y platillo en la prensa, resulta que nada de lo dicho era cierto. Creo que el Sr. Imbroda debería dar una explicación de lo ocurrido a los afectados, e informarles por qué se retiraron esas enmiendas, y si fue a cambio de algo importante y en todo caso si el PP piensa proponer nuevamente esas enmiendas retiradas, para dar solución los problemas de agravio y discriminación existentes. Asimismo, creo que esta medida a beneficiado a la política del PSOE y perjudicado ente la opinión de los afectados al PP. +172#22 Guest 17-07-2011 11:51 Parece imposible que el GPP en el Senado, accediera a retirar las disposiciones en cuestión, después de haber anunciado en la prensa que las habían incluido con apoyo de CíU para que existiera una mayor equidad. Con esto le han hecho un favor al PSOE y han contribuido a que los afectados pierdan la confianza que tenían en el PP. ¿Le seguirán apoyando ahora?. +174#21 Guest 17-07-2011 10:21 Después de la aprobación de la Ley de derechos y deberes de las FAS por todos los parlamentarios de la Cámara nos sentimos engañados, indignados, preocupados y molestos por este engaño (otro más) a las EXACAE, que venimos arrastrando desde hace más de 25 años.

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Dicen que "ahora lo empezaran a estudiar", pero ellos saben muy bien que los estuvimos informando mensualmente de nuestros legítimos derechos, contemplados en la Ley de la carrera militar, desde hace más de cinco años y que si no lo hicieron antes menos lo van hacer ahora. #20 Guest 16-07-2011 14:03 Estoy a favor de todos los cometarios menos con los de Alex000, que no le puedo dar la razón (a igual empleo y mismo trabajo tiene que estar en el mismo subgrupo de retribuciones). Ahora ya han aprobado la LODDFAS y de lo que dice el Sr. Imbroda en la noticia, "conseguir una mayor equidad retributiva" y todo lo demás que era para eliminar los agravios y discriminaciones existentes en los colectivos de tropa, suboficiales y oficiales procedentes de los anteriores, nada de nada. Creo que con esto que ha ocurrido, nos aclara y descubre la clase de parlamentarios que tenemos, que no son capaces de ponerse de acuerdo para eliminar estas injusticias. +171#19 Guest 12-07-2011 18:33 Para Troyano. El personal encuadrado en los Ejércitos se llaman MILITARES y lo de chusqueros es un descalificativo muy antiguo, posiblemente mucho más que tú. Por el comentario parece que no eres de la llamada Escala Activa, por tanto eres uno más. Los descalificativo s entre militares solamente los hacen "personas" que envidian a las otras y lo que se necesitan son compañeros que se apoyen los unos a los otros, que bastantes hay en el bando contrario. Lo único que pedimos los EXACAE es nuestros derechos plasmados en una Ley, desde hace más de 25 años, y no le quitamos nada a nadie de otras escalas. +173#18 Guest 12-07-2011 12:04 Me sumo a la decepción especialmente hacia el PP, ya que del PSOE me lo esperaba, de todo lo dicho sobre las Escalas Auxiliares y CAE. Hechos son amores y no buenas razones. Como hagan lo mismo con lo demás cuando gobiernen apaga y vámonos. +173#17 Guest 12-07-2011 01:08 No me esperaba de quien suponía defendía nuestros pisoteados intereses este comportamiento, pero bueno luego en campaña como siembre PROMETERAN EL ORO Y EL MORO y al final lo de siempre. +176#16 Guest 11-07-2011 19:25 Sr Imbroda: No esperaba ese cambio de rumbo, me ha decepcionado, y lo que más lamento es, sin dar ninguna explicación, es un motivo más por el cual perdemos la confianza en el Partido que Vd. representa. Espero que en un futuro pueda corregir el grave error que está cometiendo. J.R. +171#15 Guest 11-07-2011 18:10 Otra vez y cuando parecía que todo pintaba bien, los Sres. políticos nos la volvieron a jugar, y creo que lo seguirán haciendo, por lo tanto no nos desanimemos, todo lo contrario, intensificar nuestra actividad para que no persista esta situación de agravios e injusticia +181#14 Guest 11-07-2011 17:57 - Escalas Auxiliares y CAE, 25 años aguantando injusticias y los últimos cuatro mandando cartas mensualmente a los Diputados Portavoces en Defensa en el Congreso y el Senado informando de estas injusticias y ninguno se ha dignado a contestar, que podemos esperar, a caso ¿alguien de nosotros confiaba que esto lo iban a solucionar? ni el PP y mucho menos el PSOE, el PSOE lleva esos cuatro años entreteniéndonos y el PP no quiere saber nada de nada., ¿Que es lo que nosotros podemos hacer? 15M ¿recordamos? somos muchos y las elecciones están cerca... un saludo +172#13 Guest 11-07-2011 10:57 Creo que Alex000, solo mira la parte de la titulación y tiene que saber que existen numerosos casos en funcionarios de diversas procedencias (unos con titulación y otros sin titulación), están en el mismo grupo retributivo (eso sí solo a efectos retributivos), cuando ostentan el mismo empleo y el puesto de trabajo es el mismo, por lo que no existe ningún impedimento para que los Legisladores puedan incluir a la tropa temporal en el subgrupo C-1 solo a efectos retributivos. En cuanto a la noticia en sí, creo que no tiene valor ninguno, pues si las enmiendas fueron retiradas por el GPP, o una de dos, o el Sr. Imbroda no estaba enterado de lo que sucedería o la noticia no se ajusta a la verdad, pues nada de lo que se dice ahí se ha cumplido. +165#12 Guest 11-07-2011 10:32 Alex000, estás muy equivocado, independientemente de las titulaciones, a un empleo se le puede incluir en un grupo retributivo determinado solo a efectos retributivos, cuando el cometido en el puesto de trabajo es el mismo, solo es cuestión de que se disponga en la Ley. -206#11 Guest 10-07-2011 23:40 Dejando a un lado las escalas antiguas ya a extinguir. Por esto, por ejemplo, los funcionarios de prisiones, no tienen academia, porque ya van con la titulación requerida. Y por esto mismo, se le exige a los militares de tropa, nivel de bachiller para optar a la permanencia, porque es necesario para el cambio de grupo. #10 Guest 10-07-2011 23:39 Creo que estáis equivocados, los militares de tropa de carácter temporal no pueden ser incluidos en el mismo grupo retributivo que los militares de tropa de carrera, ya que en la convocatoria para militar profesional no se exige y por lo tanto no poseen el nivel académico requerido para estar en el grupo C-1. Los militares de complemento, aún siendo temporales, tienen el nivel académico requerido y se le exige en la convocatoria. Grupo c-1 es bachiller, grupo a-2 en diplomado, y grupo a-1 es licenciado. Es imposible incluir a alguien en un grupo sin la titulación requerida. Por eso, se exige la academia, que es como una convalidación, para aquellas profesiones en las que la convocatoria no le exige la

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titulación necesaria para el grupo al que luego van a pertenecer, como por ejemplo la guardia civil, suboficiales y oficiales. +188#9 Guest 10-07-2011 19:00 El GPP en el Senado no actuó correctamente al retirar sus propias enmiendas y que fueron apoyadas además por el GPCiU, no sé qué motivos tendrían o se dejaron engañar por el GPS. Creo que esto merecería una explicación del PP a los afectados que se sienten engañados y traicionados, pues no acaban de entender los motivos. +193#8 Guest 10-07-2011 10:22 Ya me parecía, que lo de la equidad y la justicia para los colectivos más humildes de las Fuerzas Armadas, no era pan comido. El Grupo Parlamentario del PP en el Senado, tuvo la oportunidad de contribuir con sus enmiendas a solucionar unos problemas de agravio y discriminación existentes durante muchos años, pero al final se alió con el GPS y por lo tanto al retirarlas, está colaborando a que continúen estos problemas, alargándose en el tiempo como le interesa al PSOE. Con esta acción, se está perjudicando moral y económicamente, al colectivo más numeroso de las Fuerzas Armadas y a sus familias y contribuyendo también a una pérdida de confianza en el PP. +193#7 Guest 09-07-2011 12:42 PEDEA y el Colectivo EXACAE lleva, más de cuatro años, informando mensualmente a todos los Diputados y Senadores de la problemática de las Escalas Auxiliares y CAE sufrida desde hace más de 25 años. Que no venga ahora diciendo el Sr. Imbroda que: "En la medida de poder estudiar, pormenorizadamente todos y cada uno de los casos que se han producido". Eso es una baja de pantalones y con ello retrasar durante más tiempo el reconocimiento de nuestros legítimos derechos, que al final repercuten en nuestra economía familiar. Nos deben más de 800.000 euros anuales mediante un fraude de Ley. ¿Cuándo llegará alguien que remedie esta injusticia a las EXACAE?. PSOE y PP no son los que tienen voluntad de realizarlo, de lo contrario tuvieron anteriormente mucho tiempo para evitarlo. En las próximas elecciones generales al Senado habrá que votar en blanco. +191#6 Guest 09-07-2011 12:35 La noticia era buena y con esas medidas se solucionarían muchos problemas de agravio y discriminación, existente en los colectivos más numerosos de las fuerzas armadas, que confiaban en que el GPP haría lo imposible por solucionar de forma urgente estos problemas, latentes desde hace muchos años. Creo que el GPP en el Senado se equivocó al pactar con el GPS una enmienda, que lo único que hace es retrasar la solución del problema y seguir perjudicando a los componentes de el numeroso colectivo afectado. El único beneficiado aquí es el GPS que se salió con la suya. ¿Qué pensarán ahora los afectados del GPP en el que tanto confiaban? +192#5 Guest 09-07-2011 12:18 Una vez más me siento decepcionado, traicionado y abandonado por los políticos, en este caso por el PP que ha abandonado las enmiendas que proponía para dar una definitiva solución a los componentes de la Escala Auxiliar, a quienes se nos dan trienios de tropa (sin haberlo sido), no se nos reconocen las antigüedades asignadas en el escalafonamiento o (pues dicen ser teóricas), no se nos reconocen los trienios desde la antigüedad concedida, ni los Derechos pasivos, no se nos con ceden los títulos de los empleos concedidos, aunque estos empleos están siendo efectivos. Los tribunales no nos atienden, ni nos admiten los recursos, por la vía política se hacen leyes incompletas, que luego pueden ser interpretadas como el político quiere. No se nos reconocen los derechos por el "motivo" de que aumenta el gasto, entonces ¿no son derechos?. En fín, que como vulgarmente se dice ESTAMOS VENDIDOS. Saludos +174#4 Guest 09-07-2011 11:27 ya esta bien de buenas palabras ante la opinión para luego hacer acuerdos que nunca nos benefician (perdon siempre nos perjudican)pero los acuerdos de subirse los sueldos los `políticos ahí si que hay consenso +191#3 Guest 07-07-2011 19:28 El PP no defendió ninguna de las propuestas para mejorar la Ley de la carrera militar que se comentan en el artículo, lo único que hizo fue cambiarlo todo por una enmienda que transaccionó con el Grupo Parlamentario Socialista, que está en contra de estas mejoras, y lo que intenta es alargar la solución a estos agravios e injusticias lo máximo posible, y el PP a caído en su juego. No estoy de acuerdo con Alex000, pues la oposición es para conseguir la permanencia, pero a igual empleo y mismo trabajo, las retribuciones deben ser las mismas, como ocurre con los Oficiales de complemento, que aunque son temporales están en el mismo grupo retributivo que los de su mismo empleo de carrera. Todo esto puede verse en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, num. 87, de 30 de Junio de 2011. +189#2 Guest 06-07-2011 19:23 Al final el PP le siguió el juego al PSOE y no se aprobaron casi ninguna de las enmiendas que se explican en el artículo, es decir de casi todo lo que se dice no salió nada adelante. Siguen los agravios e injusticias. En cuanto la lo que comenta Alex000, no tiene razón pues los Oficiales de complemento que tampoco son permanentes, cobran lo mismo que los Oficiales permanentes, por lo que existe una discriminación en este sentido con la tropa temporal. -210#1 Guest 16-06-2011 22:47 Bueno pero vamos a ver, eso de equiparar el sueldo de los militares de tropa de larga duración con los militares de tropa de carrera no lo veo justo, ya que estos tuvieron que aprobar una oposición y lo otros no. Es algo totalmente injusto, entonces alguna mejora tendrán que tener los de carrera, porque si no, les están robando la oposición que aprobaron en su día.

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En el BOC nº 87, de 30 de junio, se publica el texto del proyecto de Ley de DDFAS aprobado por el Senado, incomprensiblemente no aparece ninguna de las disposiciones finales aprobadas por la Ponencia, ni la decimosexta que recogía la enmienda Nº 59.

La explicación a esto fue que en el trámite de votación en el Pleno, el Grupo Parlamentario Popular, transaccionó una enmienda con el Grupo Parlamentario Socialista, que es la que se recoge en Boletín Oficial de las Cortes Generales, núm. 87, de 30 de Junio de 2011, con el nombre de disposición final duodécima, reforma del régimen transitorio de la Ley de Carrera Militar.

Disposición final duodécima. Reforma del régimen transitorio de la Ley de la carrera militar. En el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de esta ley , el Gobierno remitirá al Congreso de los Diputados un proyecto de ley para la reforma del régimen transitorio de la Ley de la carrera militar, tras la experiencia adquirida en su aplicación . A estos efectos, la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados emitirá un dictamen con carácter previo, que aborde los diferentes elementos del período transitorio de la ley, en particular los referidos a la promoción y cambio de escala, régimen de ascensos, antigüedad, pase a la situación de reserv a y reconocimientos académicos de la formación adquirida, así como al retiro del persona l discapacitado, considerando, en su caso, los correspondientes efectos económicos.

No sabemos el motivo del cambio de aptitud del GPP en el Senado, para retirar la enmiendo 59 presentada y aprobada en Comisión, en contra de su forma de actuar en toda la Legislatura, pero quizás fuese que siéndoles favorables las encuestas en las próximas elecciones generales que se celebrarían el 20NOV11, y sabiéndose ganadores, volvía a ocurrir lo de siempre, en la oposición se siguen unos criterios y en el Gobie rno otros, y no importa para nada los agravios y discriminaciones que sufren los afectado s y sus familia, aunque se defraude la Ley . La prueba la tenemos en que ya pasaron más de 100 días de la toma de posesión del Gobierno Popular, y aun siguen manteniendo el fraude de Ley heredado del Gobierno Socialista, por lo que continua el agravio y discriminación existente durante tantos años.

Este mismo año se siguió insistiendo y reiterando la propuesta remitida a los componentes de la Comisión de Defensa, para que se incluyera en la Ley de acompañamiento de Presupuestos Generales del Estado o aprovechando cualquier otra Ley, la modificación de la D.A. 10ª.

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Año 2012 Ya con el Partido Popular en el Gobierno, se está informando y proponiendo a los

componentes de la Comisión de Defensa del Congreso y del Senado, así como al Presidente del Gobierno y al Ministro de Defensa, que no continúen manteniendo el fraude de Ley que venía cometiendo el Gobierno Socialista con los afectados por la D.A. 10ª, de la Ley 39/2007, en relación con la reconversión de trienios al subgrupo A-1, ajuste en dicho subgrupo de los tiempos para derechos pasivos y expedición de títulos de empleo con arreglo a las antigüedades reconocidas, y que hagan las gestiones oportunas para solucionar este problema, toda vez que lo puede hacer la Administración de oficio, sin necesidad de modificar la Ley.

Pero como de costumbre, otra vez estamos viendo, que no se siguen los mismos criterios cuando se está en el Gobierno que en la o posición , por lo que el PP no está cumpliendo con lo actuado y prometido a este colectivo en la pasada legislatura.

Tanto es así que el Grupo Parlamentario de Izquierd a Unida, el día 09FEB12 (BOC Nº40 DE 22FEB12), ha solicitado al Gobierno contest ación por escrito a la siguiente pregunta, la misma que en su día (15JUL10), planteo al Gobierno Socialista el GPP :

Pregunta 184/002099

A la Mesa del Congreso de los Diputados.

Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, se presentan las siguientes preguntas dirigidas al Gobierno para las que se solicita respuesta escrita. Con el reconocimiento de los derechos de ascenso en aplicación de las modificaciones legislativa al personal de la Escala Auxiliar (EAUX) y del Cuerpo Auxiliar de Especialistas (CAE) que son afectados por la D.A. 10ª de la Ley 39/2007 y de acuerdo con el apartado 7 de la misma a este colectivo se les ha negado el derecho a la reclasificación de oficio por la Administración, la perfección al subgrupo A1 de los trienios perfeccionados desde la fecha de antigüedad reconocida para el empleo de teniente al personal afectado por la D.A. 10ª, así como la actualización de los tiempos para Derechos pasivos contabilizándolos en el subgrupo A1 desde la fecha de la antigüedad reconocida y asignada para el empleo de teniente. Por todo ello, se formulan las siguientes preguntas: ¿Tiene el Gobierno intención de reconocer los trienios en el subgrupo A1 al personal de la Escala Auxiliar y del Cuerpo de Especialistas del Ejército de Tierra de los Cursos afectados del XXXI I a l XXXV de la EAUX y del IX al XVI del CAE, a contabilizar desde la fecha reconocida por la Ley 39/2007 para la antigüedad de Teniente y con los efectos económicos desde la entrada en vigor de la propia Ley, tal y como se dispone en la misma?

¿Es consciente el Gobierno del perjuicio económico que se está infligiendo a estos militares al margen de los derivados por la reducción de sueldo de los funcionarios en los que se incluye también al colectivo de los militares? ¿Cuál sería el coste económico total en caso de acceder a la reclamación que reiteradamente han presentado estos militares? Palacio del Congreso de los Diputados, 9 de febrero de 2012.—José Luis Centella Gómez,- Diputado. Contestación del Gobierno a la pregunta184/002099 ( BOC nº 78 de 19ABR12). (184) Pregunta escrita Congreso Autor: Centella Gómez, José Luis (GIP). RESÙESTA: El Ministerio de Defensa actuará conforme a la Sentencia estimatoria dictada por la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo (Sección 7ª.), de 21 de enero de 2011, en el recurso de casación en interés de ley número 32/2010, interpuesto por el Abogado del Estado. En esta sentencia se establece como doctrina legal, en síntesis, que, tras la aprobación de la Ley de la Carrera Militar no se ha producido variación alguna en la aplicación de la normativa reguladora del tiempo de servicio del personal militar, por lo que los trienios perfeccionados se valorarán, tanto a efectos de su perfeccionamiento como de

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Colectivo EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA.

reconocimiento de dereclasificación que en cadEn relación con el percontrario, esta ley ha inha mejorado sus expectMadrid, 29 de febrero Parlamentarios.

Como puede verse, en este

valiendo se una respuesta partidaaplicación a este caso la doctriAdministrativo, del Tribunal Supcompletamente distintos , puereconoce que en una fecha determen el grupo A (ahora subgrupo A-de empleo, y por lo tanto los a(ahora A-1) al igual que el rest oregulen los trienios en conc oefectos económicos de 01ENE 07 de la D.A. 10ª de la Ley 39/ 2007caso de trienios de Suboficial, toddel Real Decreto Ley 12/1995 de que dictamina el T.S., es queSuboficiales en el grupo C al subgde grupo al que estaban en aquellos maestros nacionales que estaba2) y el TS les dio la razón (dos varas distintas de medir)

¿Cómo un ajuste de trienreconocida para el empleo de tense dispone en el punto 7 de la Danteriores a la entrada en vi goGobierno y la Administración?, esto

Durante todo el año se v

Diputados que componen la Congreso, informándoles de quedel anterior Gobierno Socialista, en

“¿Cuándo su Grupo Padefraudarla? EL Gobierno sigue defrauaspectos:

Hasta la fecha la fecha de la aneconómicos que se

Tampoco hizo subgrupo A-1 desde

Tampoco ha expantigüedades recono

Como de sobras conocen,Gobierno Socialistas del SLegislatura, que lo eliminarTodos los oficiales de las desde la fecha de antigüedad

o EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA.

echos pasivos, de acuerdo con el índice de da momento se tuviera asignado. rjuicio económico al que alude Su Señoríancrementado notablemente las posibilidades tativas de retribución. de 2012. — El Secretario de Estado de

ste sentido PP en el Gobierno = PS Oaria e interesada, sigue defraudando la Leina fijada por la Sección 7 de la Sa

premo, de 21 de enero de 2011, tods el caso que nos ocupa, es que minada son tenientes, y el teniente en es-1), por lo que no se produce un cambio afectados desde esa fecha quedan i no de tenientes de las FA,s, y lo que ordancia con la antigüedad y el e m08 o el que corresponda, tal como s e

2007. Cosa contraria es lo resuelto por eda vez que los Suboficiales con anterior 28 de diciembre, estaban incluidos en ee no procede reclasificar los trienios grupo A-2, en el que están incluidos ahor momento (es de resaltar que esto mismban en el grupo C y luego pasaron al grup

n (dos varas distintas de medir). enios en el Subgrupo A-1, desde lniente, con efectos económicos posterioD.A. 10ª de la Ley 39/2007, pueden produ

gor de dicha Ley (01-01-08), tal como nosto es increíble que pueda ocurrir en un E

volvieron a remitir, miles de cartas y Comisión de Defensa, como al ree el Gobierno Popular, continuaba mantn el siguiente sentido:

arlamentario va a exigir al Gobierno que cum

udando la Ley 39/2007 con los afectados por

Administración no ha ajustado de oficio los trientigüedad reconocida para el empleo de tse disponen en el apartado 7 de la D.A. 10ª de dich

el correspondiente ajuste de tiempos para esde la citada fecha de antigüedad reconocida para el

pedido los correspondientes títulos de empleo,onocidas por la citada Ley.

en, este fraude de Ley que se está cometiendo, fSr. Zapatero, y el Partido Popular que ahora garía. FA,s, tienen sus tiempos para trienios y derecho

edad del empleo de teniente, excepto los afectados po

20

proporcionalidad o grupo de

a, se considera que, por el s de este colectivo y con ello

Asuntos Constitucionales y

OE en el Gobierno, pues Ley toda vez que no es de ala 3ª de lo Contencioso

oda vez que son casos e a los afectados se les sas fechas estaba incluido de grupo, sino un cambio ncluidos en el grupo A solicitan es que se les

mpleo de Teniente, con e dispone en el apartado el Tribunal Supremo en el ridad a la entrada en vigor

el grupo C (actual C-1) y lo que perfeccionaron los ra, por suponer un cambio

mo lo reclamaron en su día rupo B (actual subgrupo A-

la fecha de antigüedad res al 01ENE08 , tal como

roducir efectos económicos nos quiere hacer creer el

Estado de Derecho serio.

y correos a tanto a los esto de Diputados del teniendo el fraude de Ley

cumpla con la Ley, y deje de

la D.A. 10ª, en los siguientes

enios al subgrupo A-1, desde la teniente, y con los efectos ha Ley.

ara derechos pasivos en dicho el empelo de teniente.

, con arreglo a los empleos y

fue impulsado en su día por el gobierno prometió en la pasada

chos pasivos en el subgrupo A-1, por este fraude de Ley (menudo

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Colectivo EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA.

agravio y discriminación in¿Cuándo su Grupo ParlamGobierno no cumpla con afectados?. Sin otro particular, aprovec

A pesar de que se les rem

correo electrónico, las únicas resp“From: [email protected]: Subject: RE: Colectivo Distinguido señor ….., Nuestro grupo parlamentapresentado, desde la aprobaque se aplicara el apartado 7 Seguiremos trabajando paagradecemos que se hayaaplica una Ley aprobada eMuy cordialmente Joan Coscubiela, diputadparlamentario IU, ICV-EUiA,

Subject: Re: Colectivo EXACAFrom: antoniotrevin@yahoDate: Mon, 26 Nov 2012 2Remito su correo al portavsaludo

De:

martes, 27 de noviembre Para: Gracias por la informaciónestuve unas semanas a pr

En diciembre de este año, insistiendo, y se le hace la siguien

D. Mariano: Me dirijo a V.E., como amigos y conocidos, que siguiente: ¿Cuándo el Gobierno quEL Gobierno sigue defraudaspectos:

Hasta la fecha la fecha de la aneconómicos que se

Tampoco hizo el subgrupo A-1 desdecoste económico)

Tampoco ha exantigüedades recono

Como de sobras conoce, Gobierno Socialistas del prometió en la pasada prometió que cumpliría la

o EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA.

nconcebible en Estado de Derecho). mentario dejara de ser cómplice de este fraude de L la Ley, y evitar el agravio y discriminación qu

cho la ocasión para saludarle. “

mitió a todos los Diputados del Congrespuestas recibidas fueron las siguientes: .congreso.es EXACAE Date: Tue, 27 Nov 2012 08:55:44 +0000

ario, IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural, coobación de la Ley 39/2007, reiteradas iniciativas pao 7 de la disposición adicional 10. Por ello no nos

para que se repare la injusticia que se comete cya puesto en contacto con nosotros para manifeen las Cortes Generales, PP y PSOE.

ado de Iniciativa per Catalunya Verds y A, CHA: La Izquierda Plural.

ACAE oo.es (Antonio Treviño-PSOE) 0:22:34 +0100 To:

voz socialista en la Comisión de Defensa. Un

e: José Ignacio Sánchez Amor ([email protected]) Enviado:

de 2012

n, se la paso a los compañeros que están en la rincipios de año. Saludo”.

por parte de componentes del Colectivoente pregunta al Sr. Presidente del Gobierno

componente del Colectivo EXACAE (colecti apoyan a los afectados por la D.A. 10ª de la Le

ue V.E., preside va a cumplir con la Ley, y dejudando la Ley 39/2007 con los afectados por

Administración no ha ajustado de oficio los trientigüedad reconocida para el empleo de tse disponen en el apartado 7 de la D.A. 10ª de dich

o el correspondiente ajuste de tiempos para esde la citada fecha de antigüedad reconocida para

xpedido los correspondientes títulos de empleo, onocidas por la citada Ley. (Coste de expedición) este fraude de Ley que se está cometiendo, fu Sr. Zapatero, y el Partido Popular que ahora

a Legislatura que lo eliminaría. También V. Ley, y no lo está haciendo.

21

Ley, al estar permitiendo que el que se está cometiendo con los

so que contaban con

00

omparte su reivindicación y ha parlamentarias cuyo objetivo era s sentimos cómplices. con el Colectivo EXACAE y le estar su malestar con quien no

portavoz adjunto del grupo

:

Comisión de Defensa, yo solo

vo EXACAE, se sigue no:

tivo compuesto por familiares, ey 39/2007), para exponerle lo

eje de defraudarla? la D.A. 10ª, en los siguientes

enios al subgrupo A-1, desde la teniente, y con los efectos ha Ley. (Bajo coste económico)

ara derechos pasivos en dicho ara el empelo de teniente. (Sin

, con arreglo a los empleos y ue impulsado en su día por el gobierna bajo su presidencia, .E., en la campaña electoral

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Colectivo EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA.

Todos los oficiales de las desde la fecha de antigü(menudo agravio y discridejara de ser cómplice deGobierno Socialista, y afectados?. Sin otro particular, aprovec

Se recibe la siguiente conte

través del Sr. Moragas: Estimado señor: En nombre del Presidente de39/2007, de 19 de noviembre,Al respecto, le informo queTercera de lo Contencioso Aen recurso de casación en intEn dicha Sentencia, se estabCarrera Militar no se ha ptiempo de servicio del personsu perfeccionamiento comoproporcionalidad o grupo d

o EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA.

FA,s, tienen sus tiempos para trienios y derechoüedad del empleo de teniente, excepto los afectiminación inconcebible en Estado de Derecho). e este fraude de Ley, al estar permitiendo que

no evitar el agravio y discriminación que

cho la ocasión para saludarle. “

estación de fecha 20DIC12, de Presiden

el Gobierno, agradezco su confianza al enviar sure, de la carrera militar. e el Ministerio de Defensa actúa conforme a la

Administrativo del Tribunal Supremo (Sección 7ª), terés de Ley, número 32/2010, interpuesto por el blece como doctrina legal, en síntesis, que tras producido variación alguna en la aplicación d

onal militar, por lo que los trienios perfeccionados o de reconocimiento de derechos pasivos, de de clasificación que en cada momento estuviese

22

chos pasivos en el subgrupo A-1, ctados por este fraude de Ley

). ¿Cuándo Gobierno Popular continúe el fraude de Ley del se está cometiendo con los

dencia de Gobierno a

su escrito en relación con la Ley

a Sentencia dictada por la Sala ), de fecha 21 de enero de 2011,

el Abogado del Estado. la aprobación de la Ley de la de la normativa reguladora del se valoraran, tanto a efectos de

e acuerdo con el índice de ese asignado.”

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Colectivo EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA. 23

Año 2013 En enero de este año y debido a que la contestación de Presidencia de Gobierno, a las

preguntas planteadas en diciembre del pasado año, se basa en la aplicación de una Sentencia del Tribunal Supremo, que no es de aplicación a este caso de fraude de Ley, se le eleva nuevamente al Sr. Presidente del Gobierno lo siguiente:

― Ante la respuesta dada por Presidencia de Gobierno a través del Sr. Moragas, a la pregunta planteada en diciembre del pasado año, y dado que no se ajusta a la realidad, toda vez que no le es de aplicación a este caso la doctrina fijada por la Sección 7 de la Sala 3ª de lo Contencioso Administrativo, del Tribunal Supremo de 21 de enero de 2011, porque son casos comp letamente distintos , pues el caso que nos ocupa es que a los afectados por la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, se le reconoce que en determinada fecha, son Tenientes, y el Teniente en esas fechas estaba incluido en el grupo A (ahora subgrupo A-1), por lo que no se produce un cambio de grupo, sino un cambio de empleo con todos los efectos, y por lo tanto los interesado desde esa fecha quedan incluidos en el grupo A (ahora A-1) al igual que el resto de tenientes de las FA,s, y lo q ue se solicita es que se cumpla la Ley y se les regulen los trienios y tiempos para derechos pas ivos en concordancia con la antigüedad y el empleo de Teniente, y con los efectos económ icos que se disponen en el apartado 7 de dicha D.A. 10ª . Cosa contraria es lo resuelto por el Tribunal Supremo en el recurso de trienios de suboficial (que nada tiene que ver con la pregunta y el caso que nos ocupa y el Sr. Moragas lo sabe o debería de saberlo, al formar parte durante muchos años de la Comisión de Defensa del Congreso, por lo que no acabo de comprender que contestase con esa milonga, que podría ser propia de alguien que desconoce el tema), toda vez que dicho Tribunal lo que viene a decir es que los Suboficiales con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto Ley 12/1995 de 28 de diciembre, estaban incluidos en el grupo C (actual C-1) y lo que dictamina en la Sentencia referida, es que no procede reclasificar los trienios que perfeccionaron los Suboficiales en el grupo C al subgrupo A-2, en el que están incluidos ahora, por suponer un cambio de grupo, al que estaban en aquel momento. (Aunque este mismo ―Tribunal‖, no dijo lo mismo en su día para el caso de los maestros, ―criterios diferentes para casos iguales‖, será que los suboficiales son ciudadanos de segunda para que se les aplique una justicia distinta a la de los maestros).

Cualquiera que sepa leer e interpretar esta Sentencia, ve claramente que son casos completamente diferentes, por lo que la respuesta dada por Presidencia, es errónea e interesada, por no ajustarse a la realidad.

Teniendo en cuenta que el Partido Popular es conocedor del fraude de Ley heredado del anterior Gobierno Socialista y que prometió solucionarlo, y ahora que gobierna lo continúa manteniendo, dándole largas con contestaciones engañosas no acordes con este caso, y por lo tanto los afectados por la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, continúan padeciendo el agravio y discriminación.

Le recuerdo una pregunta, formulada el 12 de julio de 2012, a la Mesa del Congreso de los Diputados por un Diputado del Partido Popular.

"A la Mesa del Congreso de los Diputados Don Arsenio Fernández de Mesa Díaz del Rio, Diputado por La Coruña, perteneciente al Grupo Popular en el Congreso, formula la siguiente pregunta:

¿Cuándo piensa reconocer el Gobierno los trienios en el Subgrupo A1, del personal de la Escala Auxiliar y del Cuerpo Auxiliar de Especialistas el Ejército de Tierra de los cursos afectados, del XXXII al XXXV de la EAUX y del IX al XVI del CAE, a contabilizar desde la fecha reconocida por la Ley 39/2007 para la antigüedad de Teniente y con efectos ......?

¿Es consciente el Gobierno del perjuicio económico que se está infringiendo a estos militares, .....?

Palacio del Congreso de los Diputados, 15 de junio de 2010."

BO Congreso, 12 de julio de 2012, Serie D. Núm. 427.

Ante esto y con el fin de que no me conteste con argumentaciones que nada tienen que ver con este

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caso, le vuelvo a formular las siguientes preguntas:

―¿Cuándo piensa reconvertir el MINISDEF los trienios, en el Subgrupo A1, del personal de la Escala Auxiliar y del Cuerpo Auxiliar de Especialistas del Ejército de tierra de los cursos afectados (principalmente los cursos XXXII al XXXV de la EAUX y del IX al XVI del CAE), a contabilizar desde la fecha reconocida por la Ley 39/2007 para la antigüedad de Teniente y con efectos económicos desde la entrada en vigor de la propia Ley, tal como se dispone en la misma, para estar en las mismas condiciones que el resto de oficiales de las FA,s y evitar el fraude de Ley y el agravio y discriminación existentes?

¿Cuándo piensa ajustar de oficio el MINISDEF, los tiempos para derechos pasivos en el Subgrupo A1 desde la antigüedad de teniente reconocida por la Ley 39/2007, para estar las mismas condiciones que el resto de oficiales de las FA,s y evitar el fraude de Ley y el agravio y discriminación existente?

¿Cuándo piensa el MINISDEF, cumplir la Ley y expedir los títulos de empleo que ampara la Legislación vigente, con arreglo a las nuevas antigüedades reconocidas por la Ley 39/2007, y evitar el agravio y discriminación existente?.

¿Es consciente el Gobierno del perjuicio sobre todo moral y también económico que se está infringiendo desde hace muchos años a estos militares y sus familias, al margen de los derivados de la bajada de sueldo, eliminación de paga extra de navidad y congelación de salarios para todos los empleados públicos, incluidos los militares?

¿Es qué piensan seguir escudándose en argucias jurídicas (ya sabemos todos como funciona la justicia en España, por cierto la Institución peor valorada por los españoles, y pienso que cada vez es más negativa esa valoración), para seguir manteniendo esta injusticia y discriminación?.

Últimamente estamos observando, que el Gobierno tiene un doble rasero para que ciertos grupos de presión se salten a la torera las normas y decretos que son de aplicación para el resto de los ciudadanos, y eso sí, continúa defrauda la Ley, para no restablecer de una vez por todas los derechos que les corresponden, desde hace muchos años a los afectados por la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, como ejemplo podemos citar estas noticias:

Hace poco tiempo el ministro Gallardón aumentó a 12 los días de libre disposición de sus Señorías los jueces, cuando al resto de funcionarios se les han quedado en 3.

También hace pocas fechas, sorprendentemente, la Dirección de la Agencia Tributaria ha doblado el sueldo a 90 inspectores de Hacienda que sólo tienen un año de antigüedad.

¡¡¡Pasan de tener un nivel 26, con un complemento e specífico de 13.665,12 €, a tener un n ivel 28 con 27.777, 45 €!!!!

Esta escandalosa subida de sueldo incumple el mandato del Gobierno de no proceder a aplicar ningún aumento de retribuciones a ningún empleado público, incluso las que ya estuvieran acordadas derivadas de pactos que ya estuvieran firmados, tal como ya lo determinó el RD Ley 20/2012, y el art. 22.1 de la ley de PGE.

Es decir, para beneficiar a unos por que el Gobierno quiere y le interesa, se saltan la Ley a la torera, y a otros que les corresponden uno Derechos por Ley y que fueron violados hace muchos años, se defrauda la Ley para que no los recuperen.

En relación con el tema, es de resaltar y agradecer que por primera vez un periódico

digital, se interese por estos problemas de injusticia, agravio y discriminación, que lleva padeciendo durante tantos años este colectivo, por lo que reproducimos a continuación lo publicado el 10 de enero en:

http://www.elespiadigital.com/index.php/noticias/defensa/1432-el-colectivo-escala- auxiliar-

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de-jefes-y-oficiales-de-las-armas-y-especialista-del-et-exacae-pide-a-rajoy- que-acabe-con-una-situacion-injusta-que-dura-ya-mas-de-30-anos

“El Colectivo Escala Auxiliar de Jefes y Oficiales de las Armas y Especialista del ET (EXACAE) pide a Rajoy que acabe con una situación injusta que dura ya más de 30 años JUEVES 10 DE ENERO DE 2013 21:00

7 COMENTARIOS

Allá, por el año 1977 el MINISDEF/ Ejército de Tierra comienza solapadamente a desviar vacantes para el ascenso de Teniente, Capitán y Comandante a otros Cuerpos/Escalas de dicho Ejército, principalmente a la Escala de Complemento y a la Escala Especial, lo que origina un grave perjuicio a dichas Escala Auxiliares que se traduce, entre otros, en la eliminación ipso facto de sus expectativas de promoción a empleos superiores y en un retraso de decenas de años en el desarrollo de su carrera militar además de un envejecimiento del personal afectado en empleos inferiores. Pasados los años, con innumerables reclamaciones sin resultado positivo, el Gobierno socialista, presidido por Felipe González, lleva a cabo la aprobación de la Ley de Personal 17/1989, mediante su Disposición Transitoria 5ª, da la puntilla a los derechos de los componentes de la Escala Auxiliar del Ejército de Tierra, al impedir de facto y definitivamente el ascenso a Teniente de todos los Subtenientes de las Armas y Especialistas del Ejército de Tierra, a pesar de tener el curso aprobado y publicada la Orden en el BOE y BOD correspondiente. Pasan los años, aguantando carros y carretas, y el gobierno del PP, con José María Aznar, mediante las disposiciones Adicionales de la Ley 17/199 -nótese que ya habían pasado 20 años de injusticia-, a pesar de las promesas ofrecidas cuando estaba en la oposición, mantiene la injusticia heredada de los anteriores gobiernos. Pasan más años y nos encontramos con la aprobación de una nueva Ley de Personal, la 39/2007, que, por fin se hace eco de la injusticia cometida con estos militares de carrera y reconoce su derecho al ascenso allá por los años 1977 y posteriores, otorgándoles los diferentes empleos. Como consecuencia la gran mayoría pasó de un plumazo de Subteniente a Teniente, a Capitán y a Comandante prácticamente en la misma Orden Ministerial. Pero no todo estaba solucionado. No fueron reconocidos trienios en el nuevo Grupo A, tampoco derechos a efectos de pensión, no hubo atrasos económicos y, para ascender a Comandante se les obligó a pedir la Reserva voluntaria con una pérdida económica media de 230 euros mensuales. A día de hoy, estos profesionales, la mayoría Comandantes en Reserva, siguen sin ver sus derechos reconocidos. Tanto es así, que hasta les niegan la expedición de los Títulos /Despachos de empleo con el argumento de las autoridades de que dichos empleos "son virtuales", burlando así la Ley 39/2007 que reconoce su derecho al ascenso con las antigüedades correspondientes y por la que, como consecuencia, han sido ascendidos mediante Orden Ministerial publicada en el Boletín Oficial del Ministerio de Defensa, cobran sueldo como Comandantes, Capitanes y/ o Tenientes, poseen Tarjeta Militar de Identidad que acredita el empleo, etc., etc.. ¿Alguien puede imaginar tanta esquizofrenia y tanta inseguridad jurídica? Dentro de esta ya larga lucha, los afectados, agrupados en el Colectivo Escala Auxiliar de Jefes y Oficiales de las Armas y Especialista del ET (EXACAE), han hecho llegar al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, una pregunta parlamentaria que reproducimos a continuación en su totalidad:

PREGUNTA AL PRESIDENTE DEL GOBIERNO Ante la respuesta dada por Presidencia de Gobierno a través del Sr. Moragas, a la pregunta planteada en diciembre del pasado año, y dado que no se ajusta a la realidad, toda vez que no le es de aplicación a este caso la doctrina fijada por la Sección 7 de la Sala 3ª de lo Contencioso Administrativo, del Tribunal Supremo de 21 de enero de 2011, porque son casos completamente distintos, pues el caso que nos ocupa es que a los afectados por la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, se le reconoce que en determinada fecha, son Tenientes, y el Teniente en esas fechas estaba incluido en el grupo A (ahora subgrupo A-1), por lo que no se produce un cambio de grupo, sino un cambio de empleo con todos los efectos, y por lo tanto los interesado desde esa fecha quedan incluidos en el grupo A (ahora A-1) al igual que el resto de tenientes de las FAS, y lo que se solicita es que se cumpla la Ley y se les regulen los trienios y tiempos para derechos pasivos en concordancia con la antigüedad y el empleo de Teniente, y con los efectos económicos que se disponen en el apartado 7 de dicha D.A. 10ª . Cosa contraria es lo resuelto por el Tribunal Supremo en el recurso de trienios de suboficial (que nada tiene que ver con la pregunta y el caso que nos ocupa y el Sr. Moragas lo sabe o debería de saberlo, al formar parte durante muchos años de la Comisión de Defensa del Congreso, por lo que no a cobo de comprender que contestase con esa milonga, que podría ser propia de alguien que desconoce el tema), toda vez que dicho Tribunal lo que viene a decir es que los Suboficiales con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto Ley 12/1995 de 28 de diciembre, estaban incluidos en el grupo C (actual C-1) y lo que dictamina en la Sentencia referida, es que no procede reclasificar los trienios que perfeccionaron los Suboficiales en el grupo C al subgrupo A-2, en el que están incluidos ahora, por suponer un cambio de grupo,

al que estaban en aquel momento. (Aunque este mismo “Tribunal”, no dijo lo mismo en su día para el caso de los

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maestros, “criterios diferentes para casos iguales”, será que los suboficiales son ciudadanos de segunda para que se les aplique una justicia distinta a la de los maestros). Cualquiera que sepa leer e interpretar esta Sentencia, ve claramente que son casos completamente diferentes, por lo que la respuesta dada por Presidencia, es errónea e interesada, por no ajustarse a la realidad. Teniendo en cuenta que el Partido Popular es conocedor del fraude de Ley heredado del anterior Gobierno Socialista y que prometió solucionarlo, y ahora que gobierna lo continúa manteniendo, dándole largas con contestaciones engañosas no acordes con este caso, y por lo tanto los afectados por la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, continúan padeciendo el agravio y discriminación, es por lo que con el fin de que no me conteste con argumentaciones que nada tienen que ver con este caso, le vuelvo a formular la siguientes preguntas: “¿Cuándo piensa reconvertir el MINISDEF los trienios, en el Subgrupo A1, del personal de la Escala Auxili ar y del Cuerpo Auxiliar de Especialistas del Ejército de tierra de los cursos afectados (principalmente los cursos XXXII al XXXV de la EAUX y del IX al XVI del CAE), a contabilizar desde la fecha reconocida por la Ley 39/2007 para la antigüedad de Teniente y con efectos económicos desde la entrada en vigor de la propia Ley, tal como se dispone en la misma, para estar en las mismas condiciones que el resto de oficiales de las FAS y evitar el fraude de Ley y el agravio y discriminación existentes? ¿Cuándo piensa ajustar de oficio el MINISDEF, los tiempos para derechos pasivos en el Subgrupo A1 desde la antigüedad de teniente reconocida por la Ley 39/2007, para estar las mismas condiciones que el resto de oficiales de las FAS y evitar el fraude de Ley y el agravio y discriminación existente? ¿Cuándo piensa el MINISDEF, cumplir la Ley y expedir los títulos de empleo que ampara la Legislación vigente, con arreglo a las nuevas antigüedades reconocidas por la Ley 39/2007, y evitar el agravio y discriminación existente? ¿Es consciente el Gobierno del perjuicio sobre todo moral y también económico que se está infringiendo desde hace muchos años a estos militares y sus familias, al margen de los derivados de la bajada de sueldo, eliminación de paga extra de navidad y congelación de salarios para todos los empleados públicos, incluidos los milit ares?

Comentarios

Ya es hora de dar una solución — MM 12-01-2013 21:06

En ninguna parte de la Ley 39/2007, se impide que los afecta dos recuperen todos sus derechos relacionados con los nuevos empleos reconocidos por la misma, otra cosa es que solamente se tienen derechos económicos, a partir de la entrada en vigor de esta la Ley, por disponerse así en la misma, es decir no tiene efect os económicos con carácter retroactivo, pero si todos los demás derechos, entre ellos el ajuste de trienios con arreglo a los empleos y antigüedades reconocidas, y por supuesto la expedición de los títulos de empleo, y por mucho que quieran disfrazarlo con argucias jurídicas, la evidencia está ahí. Como es posible que el Sr. Moragas, que perteneció largos años a la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados, pueda dar esa contestación que no tiene nada que ver con el caso que nos ocupa, lo único que se me ocurre es que no asistiese a las reuniones de la Comisión de Defensa del Congreso.

Ya es hora de dar una solución — MM 12-01-2013 20:58

Efectivamente, la contestación de Presidencia del Gobierno a través del Sr. Moraga, es una contestación errónea y totalmente interesada, pues para este caso concreto aunque se aplique esa Sentencia, incluso con ella el T.S., está dando la razón a los afectados , toda vez que efectivamente los trienios tienen que perfeccionarse en el grupo en el que está intuido cada uno en ese momento según la Sentencia citada, pero para los afectados por la D.A.10ª de la Ley 39/2007, el momento que se tiene que aplicar, es a partir de la fecha de antigüedad reconocida para el empleo de teniente, a partir de esa fecha todos pasan a estar incluidos en el grupo A (ahora subgrupo A-1) como el resto de tenientes de las FA,s, ese es el grupo en el que se tienen que perfeccionar los trienios y a partir de esa f echa de antigüedad de teniente.

HASTA EL FINAL. — FeMEC 12-01-2013 12:23

Los gobiernos de PSOE y PP continúan con el fraude de Ley a la EXACAE perjudicando a los componentes y sus familiares, a pesa r haber transcurrido más de 30 años. Los miembros de EXACAE no dejaremos de reclamar nuestros derechos por mucho tiempo que pase y por muchos gobiernos que cambien, hasta recuperar todo lo perdido.

www.pedea.org

licenciado en derecho — 11-01-2013 23:32

Totalmente de acuerdo con lo dicho. Pero en mi caso tengo que llamar la atención sobre los oficiales de armamento y construcción (ambas ramas) que se han visto postergados y olvidados por todo el mundo, a pesar de ser de la Escala Activa (actual escala superior. Los más modernos son capitanes hace treinta años y sin darles la oportunidad de ascender un solo empleo, algunos les han dado hasta tres.

El PP prometió solucionarlo — 11-01-2013 21:56

En la legislatura pasada el PP, prometió solucionarlo, claro que de aquella estaba en lo oposición y ahora está en el Gobierno. Quien te ha visto PP y quien te ve.

No lloréis tanto que otros están peor. — 11-01-2013 21:55

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Estimado sr. ¿Qué escalas son las que se benefician? Convendría no tirar la piedra y esconder el brazo. Vamos a ver, la EEO está siendo en este momento bastante peor tratada que la EAUX; con la diferencia, que mientras unos han hecho cursos los otros se han dejado la piel pasando oposiciones y años de academias; con la diferencia, que unos ascienden a comandantes en la reserva y los de la EEO de capitanes a la puta calle. Eso si es una injusticia y un agravio.

Nota a este comentario.- Este señor no tiene ni idea de las vicisitudes de la EAUX, y confunde un ascenso en reserva con una devolución de un empleo con retraso de 14 años en situación de reserva que correspondía obyenerlo en la situación de actividad. A la EAUX n o se le regaló nada, cosa que si ocurre con otros Cuerpos y Escalas, que no les violaron sus ascensos en situación actividad.

Solución para EXACAE — 11-01-2013 17:51 Efectivamente 30 años bordeando la legalidad, cuando no transgrediéndola, con el fin de perjudicar a la Escala Auxiliar en beneficio de otras escalas, que no dudo tengan sus derechos pero no en detrimento de los nuestros. Aunque sea tarde y mal exigimos una solución, ya casi más moral que económica.”

El problema existente de fraude de Ley, también se recurrió ante los Tribunales de

Justicia, pero como desde 1993 este asunto está politizado, los Tribunales en temas de EAUX/CAE suelen salirse por la tangente, sirva como ejemplo el caso que se inserta a continuación, publicado el 09 de abril en el periódico digital ―Elespiadigital-, aunque es de destacar que unos días después de la publicación de esta noticia, el recurrente recibió notificación del TSJ de Galicia, que le estimaban el recurso planteado contra la firmeza de la Sentencia, por un posible error, por lo cual este recurso sigue pendiente de Sentencia firme.

http://www.elespiadigital.com/index.php/noticias/defensa/1921-la-seccion-1o-de-la-sala-de-lo- contencioso-

administrativo-del-tribunal-superior-de-justicia-de-galicia-dicta-una-sentencia-que- perjudica-al-numeroso-

colectivo-de-militares-de-la-escala-auxiliar-

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia, dicta una Sentencia que perjudica al numeroso colectivo de militares de la Escala Auxiliar MARTES 09 DE ABRIL DE 2013 19:18

Los afectados de toda España (no solo los numerosos gallegos que les afecta directamente esta Sentencia), piensan que los Fundamentos Jurídicos que emplea el Tribunal no son acordes con el recurso planteado, pudiéndose tratar de un error judicial. Como es lógico los afectados acatan la Sentencia, pero no pueden compartirla, por la duda sin aclarar que han sembrado los Fundamentos Jurídicos que se aplican en la misma. Así se explican algunos miembros del Colectivo EXACAE.

Al estar amparado por la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, uno de los muchos afectado (casi 4.000 en toda España) por esta Disposición interpuso en su día un recurso contencioso- administrativo (nº 419/2010) ante la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del TSJ de Galicia , contra la resolución de la Subsecretaria de Defensa, en la que se le denegaba la solicitud de que le ajusten al subgrupo A-1 de retribuciones los trienios, a contabilizar desde la fecha reconocida por la Ley 39/2007(D.A. 10ª) para la antigüedad del empleo de teniente y el de tiempos para derechos pasivos desde esa misma fecha en el citado subgrupo, con efectos los económicos que marca la propia Ley , toda vez que esta no permite efectos económicos anteriores a la entrada en vigor de la misma (01 de enero de 2008), y todo ello para evitar el agravio y discriminación que viene sufriendo él y sus compañeros desde hace más de 35 años, en relación con el resto de oficiales de las FA,s. La Sala admite a trámite el recurso y con fecha 14MAR2012, dicta Sentencia (la nº424/2012), pero una vez leída y revisada, los afectados del numeroso colectivo EXACAE, debido a los Fundamentos Jurídicos que aparecen en la misma, opinan que puede existir un error. Pues bien, como el recurrente también entendió que los Fundamentos Jurídicos aplicados en la Sentencia, no se correspondían con lo solicitado en el recurso planteado (pertenecen a la Sentencia de un recurso sobre trienios de suboficial del grupo C-1 al A-2, que nada tiene que ver con este recurso), con fecha 18ABR12 elevo un escrito de alegaciones, solicitando la aclaración y revisión de la Sentencia ó en todo caso, un incidente de nulidad, por no ser los Fundamentos Jurídicos acordes con el recurso planteado. Sorprendentemente, la Sala con fecha 01 de octubre de 2012 declara la firmeza de la Sentencia sin aclarar ni comunicar nada al demandante. Ante esto el numeroso colectivo (EXACAE) de afectados por la D.A. 10ª de la Ley39/2007,

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que desde 2008 están solicitando al Gobierno (antes socialista y ahora popular) que elimine el fraude de Ley que se esta cometiendo con este asunto, opinan que la Sala actuó con ligereza, acogiéndose a la doctrina de “cosa juzgada”, y no resolver sobre el fondo del asunto planteado en el recurso, toda vez que les parece que ninguna de las Sentencias que se mencionan para fundamentar la desestimación del recurso, tienen que ver con lo solicitado en el recurso en cuestión, pues lo que se solicitaba en el mismo, era el dar luz sobre la aplicación del punto 7 de la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, y si en base a los distintos puntos de dicha Disposición, debería procederse por parte de la Administración, a ajustar de oficio al subgrupo A-1 los trienios y tiempos para derechos pasivos, perfeccionados por el recurrente desde la fecha de antigüedad reconocida para el empleo de teniente por esta Disposición. Es decir, el fondo de la cuestión era el aclarar, si un ajuste de trienios y tiempos para derechos pasivos en el subgrupo A-1, con antigüedad de 17-02-85 (fecha de antigüedad de teniente) y con efectos económicos de 01-06-08, eran contrarios a los efectos económicos especificados en el punto 7 de la D.A. 10ª citada, y la Sentencia no aclara nada de esto. Asimismo opinan que la Sala debería tener en cuenta, que este caso no tiene nada que ver con las Sentencias en que basa sus Fundamentos Jurídicos, toda vez que estas se refieren a recursos de suboficiales que en su día estaban incluidos en el grupo C (ahora subgrupo C-1), y en el año 1995 (RDL 12/1995) con efectos económicos de 01-01-96, pasaron a estar encuadrados en el grupo B (ahora subgrupo A-2), por cambio legislativo, pero permaneciendo en la misma categoría de suboficial, y solicitaban en base a ciertos preceptos legales, que todos los trienios contabilizados como suboficial en el ahora subgrupo C-1, pasasen al ahora subgrupo A-2 (como en su día se hizo con los maestros), fijando doctrina para este caso la Sección 7 de la Sala 3ª de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en fecha 21-01-11. Es decir toda la legislación y Sentencias que se exponen en los Fundamentos Jurídicos son de aplicación a los afectados por el artículo 5 del RDL 12/1995 de 28 de diciembre, la cual se legislo y dictaron Sentencias (aunque en alguna del TSJ de Madrid se les reconoció a los suboficiales este Derecho) con el único fin de que a estos afectados, no se les pudiesen ajustar los trienios que perfeccionaron como suboficial con anterioridad a la entrada en vigor de este RDL, al grupo B (ahora subgrupo A-2), en el que fueron incluidos a partir del 01-01-96 por cambio legislativo. Caso contrario es el de este recurso, pues el recurrente (y todos los afectados por la D.A. 10ª) no está afectado por el RDL 12/1995, pero en cambio por aplicación de la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, al recurrente y sus compañeros de promoción, se le restablecen los derechos de ascensos y antigüedades violados antaño, reconociéndoles que con fecha 17-02-85 , les corresponde el empleo de teniente, y por lo tanto en esa fecha cambian de categoría y pasan a estar incluidos en el grupo A (ahora subgrupo A-1) como todos los tenientes de las FA,s, por lo tanto, así como para los suboficiales la fecha de partida para estar incluidos en el ahora subgrupo A-2 es la de 01-01-96 por cambio legislativo, la fecha de partida del recurrente y sus compañeros de promoción, para quedar incluidos en el ahora subgrupo A-1, no puede ser otra que la de 17-02-85 por cambiar de categoría al empleo de teniente, eso sí, con la única limitación de que los efectos económicos, no pueden ser anteriores a la fecha de entrada en vigor de la ley 39/2007, por disponerse así en el punto 7 de la D.A. 10ª de esta Ley. Opinan también los componentes del colectivo EXACAE, quela Sala no tiene en cuenta para dictar la Sentencia, que existen numerosos preceptos legales que establecen, que cuando los ascensos se produzcan con retraso por causas no imputables al o los interesados (como es el caso que nos ocupa), este o estos recuperarán el puesto en el escalafón y la antigüedad que legalmente le corresponde, a todos los efectos. Los afectados tienen la sensación de que, para no entrar en el fondo del asunto de la demanda, la Sala ha tenido que justificar sus argumentaciones apoyándose en sentencias que como opinan no tienen que ver con lo solicitado, dando la impresión que el fin perseguido es el desalentar a los potenciales recurrentes, sin tener en cuenta los daños sobre todo morales y también económicos que padecen, que por sí mismo, ya son lo suficientemente desalentadores, sin olvidar el “tiempo”, el tiempo que se tarda en resolver estos asuntos, que desalientan a cualquiera. También les suena muy raro, que el Tribunal no contestara a las alegaciones de 18ABR12 del recurrente y no le aclarase, revisara la Sentencia, ó en todo caso decretase un incidente de nulidad, a pesar de solicitarlo el recurrente antes de decretar la firmeza de la Sentencia, alegando un posible error en los tan repetidos Fundamentos Jurídicos. Los afectados apuntan también, que ante la sintonía de las resoluciones judiciales con las tesis del Gobierno de turno para mantener este fraude de Ley, hacen imposible que se elimine por la vía judicial, este fraude de ley que se viene cometiendo con los afectados por la D.A. 10ª citada, desde la entrada en vigor de la Ley 39/2007 (01ENE08), por lo tanto solo les queda la vía legislativa para solucionarlo, y desde hace

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años vienen informando y solicitando a los diferentes grupos parlamentarios, que insten al Gobierno a cumplir con la Ley, y que den solución de una forma definitiva a estos agravios y discriminaciones, que injustamente están sufriendo desde hace más de 35 años. Asimismo, los componentes del colectivo EXACAE, están elevando quejas por la forma de resolver este recurso, al Defensor del Pueblo y al Consejo General del Poder Judicial.

Ante este posible error sin aclarar, los afectados por la D.A. 10ª de la Ley

39/2007, se preguntan:

¿Leerían los componentes del Tribunal el escrito de demanda presentada por el interesado? ¿Por qué el Tribunal no entra en el fondo del asunto y no dicta una Sentencia acorde con lo solicitado por el recurrente? ¿Se dejaría llevar el Tribunal por la inercia del la Sentencia del Tribunal Supremo, creyendo que era el mismo recurso planteado en su día por los suboficiales (trienios del subgrupo C-1 al A-2, que nada tiene que ver con este caso), y sin más dicta la Sentencia, y cuando el recurrente pide aclaración no quiere enmendar el error?. ¿Por qué no contestó el Tribunal a las alegaciones del recurrente y no le aclaró la Sentencia antes de decretar la firmeza de la misma? ¿Será consciente el Tribunal, del perjuicio sobre todo moral (el económico a penas son 30 €/mes en trienios y para derechos pasivos no tiene ninguna repercusión económica, toda vez que con sus más de 45 años de servicio en el momento de pasar a retiro, todos alcanzarán la pensión máxima vigente en la actualidad), que se le produce a los afectados, al ver que siguen agraviados y discriminados, al no ser tratados como el resto de oficiales de las FA,s,? ¿Será por estas cosas el por qué la Administración de Justicia es la peor valorada por los españoles?

Leer: "Demanda, alegaciones y sentencia"

Comentarios:

Yo no tengo dudas — VBG 13-07-2013 11:22

Yo no dudo de cuál será el fallo final de la Sentencia, el mismo que el anterior, salvando los errores cometidos, pero el FALLO no variará. Yo viví en un despacho de abogados, el cambio de criterio de un TSJ, que de un día para otro ha cambiado el fallo de las Sentencias (era un asunto de servicios), y sin haber nueva legislación que diera lugar al cambio de criterio. Para los Tribunales los asuntos de trienios ya están juzgados y ni siquiera se leen los recursos, van a los antecedentes y cogen los fundamentos y fallo de los recursos ya sentenciados. Cuando un Tribunal dicta una Sentencia sobre estos temas, estudiada y fundamentada, positiva para el recurrente, inmediatamente sale el "Estado" a intervenir (no me preguntéis de qué manera), pero enseguida el Tribunal de origen cambia de criterio, y si no el asunto se centraliza en la Audiencia Nacional y... ADIOS RECURSO. ASÍ SON LAS COSAS, PARA EL QUE QUIERA VERLAS Y ... PARA EL QUE NO QUIERA VERLAS TAMBIEN.

¿SERA CON ARREGLO A DERECHO? — JC 12-07-2013 09:33

Realmente solamente las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los TSJ de Aragón, Valencia, Castilla y León, etc, en 1993 dictaron Sentencias con arreglo a derecho, y ello antes de politizarse el asunto, a partir de ahí todas las Sentencias sobre la Escala Auxiliar, fueron negativas. ¿Pueden los componentes de la Escala Auxiliar, al igual que la mayoría de los españoles, creer en la "Justicia"?.Este caso se ve muy claro que el recurrente tiene toda la razón, ya veremos por donde sale la futura Sentencia.

Según qué Justicia — VBG 28-06-2013 21:44

Ya, ya... Pero en qué justicia no creéis? En la de los ricos o la que se aplica a los pobres..... A buen entendedor.... Saludos ... y a seguir sufriendo y aguantando. De esta manera el agravio a la Escala Auxiliar nunca será paliado en su justo término.

CASI NADIE CREE — ARCE 20-06-2013 13:07

Como dice D. Pelayo, es lógico que el colectivo de afectados tengan poca o ninguna fe en la "justicia", pero en esa sintonía esta la mayoría de los españoles, pues en este caso veo muy claro que el recurrente tiene toda la razón.

YO NO ME LO CREO — Don Pelayo 15-06-2013 18:08

¿Siendo de la Escala Auxiliar, aun creéis en la Justicia?, yo nunca creí, y el tiempo me ha dado la razón.

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Una cosa u otra — VBG 14-06-2013 20:33

Y si no es un Auto de Aclaración será de Rectificación, pero sin variar nada.

No os ilusionéis — VBG 14-06-2013 18:08

No esperéis mucho del Tribunal, solamente emitirá un Auto de Aclaración y el resultado será el mismo. Lo que más coraje da es que desestiman estos asuntos sin estudiarlos a fondo. (ni a fondo ni en superficie, en realidad) Al final veréis como acierto, en el camino nos veremos....

Un abrazo al colectivo EXCAE

ENTRARAN EN EL ASUNTO — ARI 12-06-2013 17:51

Es importante que el Tribunal acceda a lo solicitado por el recurrente, para enmendar el posible error cometido. Ahora es de esperar que dicte una nueva Sentencia fundamentada y con arreglo a Derecho y no se deje llevar por las alegaciones del Abogado del Estado, pues en este caso concreto, creo que la legislación es acorde con lo que solicita el recurrente, pero la Justicia está como esta y nunca se sabe por dónde saldrán.

Dudáis del resultado final? — VBG 06-06-2013 16:52

No os hagáis ilusiones, el Tribunal de Justicia solo está haciendo el "paripé" dándole forma legal al proceso, por el revuelo que se ha levantado al dar publicidad al hecho (del "copia y pega", tan habitual por otra parte), pero al final terminará dando forma a la decisión adoptada. Parece mentira que todo dependa del "criterio" de alguien, y en casos completamente iguales (SI, IGUALES, a excepción del nombre del recurrente, pue s la profesión y vicisitudes son las mismas), otros Tribunales han aceptado las demandas, depende del lugar en que residas, y todavía tienen la "cara" de decir que es que "los recurrentes no lo entienden". Yo NO ENTIENDO que en situaciones idénticas se obtengan resoluciones completamente contrarias". Al mismo tiempo que yo perdía mi recurso en Castilla y León, 33 compañeros lo ganaban en el TSJ de Canarias, y en Málaga ni os cuento los que lo ganaron.

En fin.... hace falta que diga más....

YA VEREMOS — ARCE 06-06-2013 09:55

Todo un numeroso colectivo está pendiente de la resolución de este recurso, que parece muy claro que la razón la tiene el recurrente. ¿Tendrá la valentía el Tribunal de dictar una Sentencia con arreglo a Derecho entrando en el fondo de asunto, sin caer en las artimañas del Abogado del Estado?.El tiempo nos lo dirá, pero tal como está la Justicia en España, la tendencia en estos casos suele ser a favor del Abogado del Estado.

Dudas acerca del resultado — Arévaco 04-06-2013 10:31

Parece ser que el TSJ de Galicia ha estimado el recurso interpuesto contra la firmeza de la sentencia número 424/2012. Algo es algo, no dudo que sea un primer paso, pero permitidme que sea pesimista. ¿Cederá el tribunal ante hipotéticas presiones de la administración? ¿Alguna vez veremos una sentencia justa? o este Tribunal también sentenciará sin entrar en el fondo del recurso. Vivir para ver.

ALGO ES ALGO — JC 04-06-2013 10:23

Me alegra que el Tribunal, al menos se diese cuenta que estaba cometiendo un posible error, pero: ¿dictará una Sentencia con arreglo al derecho que bajo mi punto de vista asiste al recurrente?, o hará caso al Abogado del estado aunque no ese no tenga razón. Algún día lo sabremos.

NORMA DE LA CASA — MALACA 03-06-2013 14:53

Siempre estamos igual, esperando que los tribunales nos den lo que nos corresponde en justicia, aunque soy muy escéptico, y los que tenían la obligación de dárnoslo eludiéndolo una y otra vez haciendo caso omiso, pero es norma habitual de la casa.

El gato en el tejado — VBG 31-05-2013 16:45

Vaya, si hasta ahora "el gato estaba en el tejado del Gobierno", que cuando está en la oposición opina de otra forma, el popularmente llamado "gato" está ahora en el tejado de la Justici8a, pues aún está pendiente el recurso interpuesto por el "copia y pega" de la Sentencia sobre trienios. Lamentablemente yo me deshice de mis Sentencias en igual sentido y no hice en su día lo que se está haciendo en el presente caso.

No obstante no tengo ninguna confianza en que se repare el "entuerto", máxime cuando cada Tribunal va por su camino y sobre el mismo caso sentencian en cada lugar una cosa diferente, hasta que el Gobierno llama al Orden y la Audiencia Nacional hace de Salomón, eso si para contentar al "amo".

Pero bueno, como fijo aquél, "mientras hay vida hay esperanza", ¿no?, pues eso...

RECTIFICAN — MMAR 31-05-2013 09:57

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Parece ser que el Tribunal con fecha 12ABR13, ha estimado el recurso del afectado contra el decreto de declaración de firmeza del recurso en cuestión, quedando pendiente que resuelva la aclaración, la rectificación o el incidente de nulidad de la Sentencia, no sé en qué sentido se pronunciará el Tribunal, pero para mí y muchísima gente, está muy claro que el afectado tiene toda la razón, aunque estos Tribunales en estos casos, suelen ver con buenos ojos lo que dicen los Abogados del Estado y es muy difícil que prospere lo solicitado por los afectados.

SUELE PASAR — 05-05-2013 10:59

Pienso que en este tipo de recursos, los Tribunales se suelen salir por la tangente y es muy difíci l que lo resuelvan con arreglo a derecho, suelen fundamentar las Sentencias, según las tesis del Abogado del Estado, y buscan la forma de desestimarlos. En relación con este caso, creo que el recurrente tiene toda la razón y o que solicita, es acorde con la Disposición legal en la que se basa.

Miembro del Colectivo EXCAE (VBG) — 26-04-2013 17:22

No creo que a estas alturas alguien del colectivo pueda pensar que la izquierda va a solucionar el problema, ¿o queda todavía algún iluso que lo piensa?.

En cuanto a la solución definitiva, pues sinceramente creo que es POLITICA, pues ya se han encargado los distintos gobiernos de que los Tribunales dicten Sentencias como las de este caso, que aparte de utilizar el copia y pega, no entran en el fondo del asunto y contestan sobre los pedimentos de ortos recursos que no tienen nada que ver. Los partidos políticos saben perfectamente cuál es el problema, pues se les ha expuesto en innumerables ocasiones, con aportación de documentos, y han formulado al respecto muchas interpelaciones parlamentarias, e incluso has interpuesto Proposiciones no de Ley, pero todo se les olvida cuando llegan al poder y tienen capacidad para solucionarlo, capacidad SI, voluntad NO:

Un cordial saludo a todos

POR UNAS POCAS MONEDAS — 26-04-2013 09:52

Creo que los diferentes Grupos Parlamentarios, han dado la espalda a los afectados por este tema a sabiendas de que existe un agravio y discriminación. Tardaron 31 años en solucionar el problema de ascensos y antigüedades, con grandes perjuicios morales y económicos para los afectados y sus familias, y cuando parecía que todo quedaría resuelto, el Gobierno Socialista del Sr. Zapatero, se saca un fraude de Ley de debajo de la manga, y lo peor es que el Gobierno Popular continúa manteniendo este fraude, a pesar de que el PP en la oposición había prometido solucionarlo si gobernaba. De la Justicia todos sabemos cómo funciona, por desgracia es lo que tenemos.

abrir los ojos de una vez — 24-04-2013 13:22

¿Creéis de verdad que alguna vez la administración nos va ha dar la razón en algo? me pregunto si estamos en un estado de ignorantes con perdón, uno de los principales problemas que tenemos, son nuestros jefes militares, que una vez que llegan al poder se convierten en políticos nosotros deberíamos ser una familia, hermanos, primos, tíos, padres, etc.. pero estamos huérfanos no nos defiende nadie, y no caigamos en el error de que desde la izquierda nos van a ayudar a salir de esta. Nuestra solución a nuestros problemas esta en nuestros padres... y estos no están por la labor. Perdón si he ofendido a alguien.

SUBCOMDEF — 24-04-2013 10:04

Pronto se reunirá la Subcomisión de Defensa para tratar la reforma de la Ley de la carrera militar y no hay que esperar mucho de los Diputados nombrados, ya que son los mismos que hicieron la Ley 39/2007 y continúan con el fraude de Ley a la Disposición adicional 10ª de la carrera militar.

Si no lo hicieron antes, ahora no creo que lo hagan. www.pedea.org

CUANTO MAS HEMOS DE ESPERAR — 23-04-2013 22:27

Estoy de acuerdo con MMAR, y a mí me da la impresión de que los políticos se dejaron asesorar por los que siempre se opusieron a solucionar el problema que ellos mismos habían causado. Ya ha transcurrido tiempo más que suficiente para que se den cuenta y solucionen de una vez este tema que lleva vivo más de treinta años, puesto que se les ha informado exhaustivamente y trasladado nuestro pesar. MALACA

SOLUCIÓN POLITICA — 23-04-2013 10:28

Este es un problema, que empezó la Administración en su día con el desvió de vacantes y lo remataron los políticos, con la aprobación de la DT.5ª de la Ley 17/1989, por lo tanto creo que es un problema que deberían solucionar de una vez por todas los políticos, pero eso no da pie para que la justicia dicte Sentencias con fundamentos jurídicos que no sean acordes con lo que se recurre, este caso concreto tiene toda la pinta de un posible error judicial.

ES LO QUE TENEMOS — 21-04-2013 10:30

Estoy muy de acuerdo con todos los comentarios, da la impresión que en los contenciosos-administrativos, la Justicia se deja llevar por lo que exponen los Abogados del Estado, y si el caso está politizado, es muy difícil, que atiendan de una forma positiva

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las reclamaciones de los afectados.

Miembro del Colectivo EXCAE (VBG) — 18-04-2013 13:00

Cuánta razón lleva Arevaco, la solución a los recursos militares que empezaban a favorecer a los recurrentes en los distintos Tribunales de Justicia, llegó cuando dichos recursos se centralizaron en la Audiencia Nacional, sobre todo los referidos al ascenso a Teniente e ingreso en la ESCAUX, posteriormente fue el TS el que se encargó de "sentar jurisprudencia", pues en unos Tribunales se perdían los recursos y en otros se ganaban, incluso con demandas del mismo abogado. En la última hazaña, y sobre el tema que nos ocupa, el TSJ de Madrid hecho para "atrás" de un plumazo, más de 800 recursos; y los políticos solo nos atienden cuando llegan las elecciones, y luego nos vuelven a olvidar. Los que no cejamos en nuestro empeño de que se nos haga justicia tropezamos siempre en la misma piedra. La prueba de que no tienen voluntad de arreglar el problema es que tampoco solucionan los temas que no tienen coste económico

SALEN POR LOS CERROS DE ÚBEDA — 18-04-2013 12:43

Este tipo de contestaciones saliéndose por ”los Cerros de Úbeda”, ha sido una práctica normal, y que han utilizado en contestaciones a los números recursos que hemos tenido que interponer a lo largo de nuestra vida con el fin de poder conseguir recuperar nuestros derechos cercenados. Pienso que como siempre, lo que pretenden con ello es desanimarnos, pero que estén seguros no vamos a cejar en nuestro empeño. (MALACA)

DONDE ES BLANCO LE DICEN QUE ES NEGRO — 17-04-2013 11:08

En este caso está muy claro que la Administración está defraudando la Ley, los Abogados del Estado son muy dados mediante argucias jurídicas, el darle la vuelta para que lo blanco pase a ser negro y lo negro pase a ser blanco. Si a un señor se le restablecen sus derechos de ascenso y antigüedades, estos lo son a todos los efectos, incluido lo reclamado por el recurrente, pues en este caso concreto, lo único que impide la Ley 39/2007, es el tener efectos económicos anteriores a la fecha de entrada en vigor de la misma, por lo tanto como los efectos económicos que solicita el recurrente son posteriores, este tiene toda la razón, quizás por eso el por qué de que los Fundamentos Jurídicos no se ajusten a lo solicitado en la Demanda, para darle la razón al Abogado del Estado.

Ninguna sorpresa — 16-04-2013 11:02

En los estados liberales, como en EE.UU, la independencia judicial es principio básico de la democracia. Por ello cualquier juez puede y debe, si procede, enjuiciar a cualquiera incluso al presidente de la

República. En España, Estado Social y de Derecho - ver la Constitución. la independencia judicial no existe, por lo que autoridad judicial está contaminada políticamente "de facto".

No es la primera vez. En tiempos pasados cuando sentencias favorables a la EAUX se daban en los Tribunales Superiores de Justicia, el gobierno del PSOE, con Felipe González a la cabeza, modificó la Ley para que en adelante en lo concerniente a personal se recurriera obligatoriamente a la Audiencia Nacional. Las "élites" no perdonan

ERA DE ESPERAR — 11-04-2013 19:08

Este es un tema politizado, y es muy difícil que los Tribunales dicten Sentencias fundamentadas. Hace pocas fechas volvió a salir en las encuestas, la justicia como la peor valorada por los españoles. Miembro colectivo EXCAE — 10-04-2013 17:30 En nuestros Tribunales Superiores de Justicia se da mucho el corta y pega, así se copian los fundamentos de un recurso para otro, y como los "jueces" no estudian a fondo los recursos, se dan estos casos en que se falla sobre algo diferente a lo que se pide. Lo mismo hacen los Abogados del Estado, por los que los "jueces" se dejan llevar, esa es mi opinión. Lo que expongo no es difícil de probar, a l presente informe me remito. Miembro colectivo EXCAE — 10-04-2013 17:27 Hola: Lo que se denuncia en este reportaje no es nuevo para mí. Es una práctica habitual de los TSJ en asuntos militares: En MI OPINIÓN y por los recursos que he interpuesto, he observado que no los "jueces" no se estudian a fondo los recursos, se guían muchísimo por los Abogados del Estado, y tanto unos como otros copian los fundamentos de un recurso para aplicarlos a otro, sin mirar si los asuntos son diferentes en su fondo y pedimento. El corta y pega se da mucho, hasta el caso de que en ocasiones se ha copiado hasta el nombre o el número de recurso. En fin, así nos ha ido siempre. Saludos EXACAE — 10-04-2013 13:07 El Consejo General del Poder Judicial ya se desentendió del tema diciendo que: "no tiene jurisdicción". www.pedea.org Jovervill - La justicia es un cachondeo — 10-04-2013 09:42

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Colectivo EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA.

El problema es que no hay separación que cuando era oposición apoyaba todPorque a nadie le interesa la justicia cque hay que cambiarlo y votar a partidciento de sus votos se pongan las pilas.”

Por parte del colectivo EXA

insistiendo en que debe soluciona

Ley 39/2007, (sirva como ejemplo lo re

D. Vicente Ferrer Roselló:

Me dirijo por enésima vez al Pinformarle (aunque de sobras lo vigor de la Ley 39/2007, desde quanterior Gobierno Socialista, con

Hasta la fecha la Adminis

la antigüedad reconocidisponen en el apartado disminuyendo anualment

Tampoco hizo el corresdesde la citada fecha de antigüedade servicio todos alcanzan la pen

Tampoco ha expedido losreconocidas por la citada Ley.

Como también es de sobra conocidagravio y discriminación de la Escala AEscala para otros cuerpos y escalas (pragravaron en 1989 desviando todas lanticonstitucional DT. 5ª de Ley 17/1989profesional y nefasto asesor del PSOESerra, que junto con el Grupo Parlam

Por lo tanto, el problema viene de haceLey 17/1999 por el Gobierno Popular, pe39/2007 con el Gobierno Socialista, Gobactuada hasta la aprobación de esta Ley.aprobar y mantener la aplicación de la Dde forma definitiva el problema bajo suseguir perjudicando a los afectados y sorprendente es aun, la aptitud del Gmantener la confianza de los afectados t

Por lo tanto, como el Gobierno Popular hasta la fecha no lo ha hecho, es por recuperar la confianza en el Partido Popuapoyen al colectivo de afectados por la D

1. Instar al Gobierno que cumpla

tiempos para derechos pasivos ateniente, y con los efectos econóla expedición de los correspondreconocidas por la citada Lepersonal de las Fuerzas Armadamodificación del Anexo I.

2. Caso de que el Gobierno siga de

o EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA.

de poderes. La justicia hace lo que le dicta el das nuestras reivindicaciones, ahora que gobiecon mayúsculas solo el oportunismo político. El dos minoritarios. Quizás cuando los dos grandes ”

XACAE (lo viene haciendo todos los meses) y

arse los problemas generados por la aplica

emitido por EXACAE al portavoz del GP):

Portavoz en la Comisión de Defensa del Grup sabe), que el Gobierno Popular después de m

que Gobierna, continúa manteniendo el fraude de los afectados por la D.A. 10ª de dicha Ley en lo

stración no ha ajustado de oficio los trienios al subgida para el empleo de teniente, y con lo 7 de la D.A. 10ª de dicha Ley. (A pesar de que tite y que desaparecerá en 4 o 5 años cuando p

spondiente ajuste de tiempos para derechos pgüedad reconocida para el empelo de teniente. (Sinpensión máxima legal)

s correspondientes títulos de empleo, con arregloy. (Pequeño coste de expedición, tinta y cartuli

do por los componentes de la Comisión dAuxiliar que empezaron en 1977, al desviar la Adrincipalmente para la de Complemento y Especiallas de teniente para la Escala Media, cuand1989, afectando también al CAE, y que fue l

E en temas de defensa D. Miguel Silva y del entario y Gobierno Socialista, permitió que se

ce muchos años, primero se intento arreglarlo copero solo fue un parche, y luego de una forma defibierno y partido en el que los afectados habían pey. Sorprendentemente ese Gobierno Socialista, pD.A. 5ª de la Ley 17/1989 durante tantos años, ahou Gobierno, al aprobarse la citada D.A. 10ª, se s mantener el agravio y discriminación en los

Gobierno Popular al seguir manteniendo este fraudenían en el Partido Popular.

a pesar de que había prometido solucionar este lo que solicito a VS., y a su Grupo Parlamen

opular, perdida por lo actuado por el Gobierno hastaD.A.10ª de la Ley 39/207 en lo siguiente:

con la Ley y ordene a la Administración que ajal subgrupo A-1, desde la fecha de la antigüedad

onómicos que se disponen en el apartado 7 de la Dpondientes títulos del último empleo alcanzado, co

Ley. Si ello requiere la modificación del Readas, aprobado por Real Decreto 1314/2005, de 4

defraudando la Ley, proponer (mediante proposic

33

gobierno y el gobierno del PP, erna se opone a las mismas. l modelo bipartidista está claro s vean perder el cincuenta por

otros colectivos, se sigue

icación de la D.A. 10ª de la

upo Parlamentario Popular, para más de 5 años de la entrada en e Ley propiciado en su día por el o siguiente:

ubgrupo A-1, desde la fecha de os efectos económicos que se iene un bajo coste económico,

pasen a retiro los afectados).

pasivos en dicho subgrupo A-1 n coste económico, por sus años

o a los empleos y antigüedades ina).

de Defensa, los problemas de dministración vacantes de esta al de Jefes y Oficiales), que se

uando se aprobó la nefasta y la obra (entre otros) del poco inexperto Ministro, D. Narciso e aprobase tal Disposición.

on la D.A. 8ª puntos 1 y 2 de la initiva con la D.A. 10ª de la Ley

perdido toda su confianza, por lo principal creador del problema al ahora que se había solucionado sale con un fraude de Ley para

s puntos arriba citados. Más aude de Ley, que hace imposible

e fraude de Ley si gobernaba, y entario, que con el fin de poder

a la fecha, cambien de criterio y

juste de oficio los trienios y los d reconocida para el empleo de

D.A. 10ª de dicha Ley, así como on arreglo a las antigüedades

Reglamento de retribuciones del e 4 de noviembre, se propone la

ción de Ley) la modificación de

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Colectivo EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA. 34

la D.A. 10ª de la Ley 39/2007 de la siguiente forma, para que el Gobierno de turno no pueda defraudarla como lo hace ahora, y también así arreglar otros agravios que si requieren la modificación de la misma:

Disposición….. (nueva). La Disposición Adicional Décima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, queda redactada en los siguientes térm inos:

Se añadirá un nuevo párrafo al punto 1, del siguien te tenor: «Asimismo, y a partir de l ejercicio presupuestario del año 2014, será también de aplica ción a los oficiales y suboficiales que pasaron a l a situación de retirado por condiciones psicofísicas en acto de servicio o patología grave, y fallecidos, que tenían superado el curso de apt itud para el acceso a las Escalas auxiliares y al C uerpo auxiliar de espec iali stas» .

Se añadirá un nuevo párrafo al punto 4, del siguiente tenor: «Los oficiales y suboficiale s citados en el punto 1, que pasaron a la situación de retira do por condiciones psicofísicas en acto de servicio o patología grave y los familiares de los fallecidos, podrán solicitar el empleo y antigüe dad, asignado al que le sigue en e l

curso de aptitud para el acceso a dichas escalas qu e figure en reordenamiento, con e l límite de que no suponga obtener un empleo con antigüedad posterior al de la fecha de pasar a la situación de retirado o en su caso a la de fallecimiento y no haber cumpl ido en dicha fecha 61 años. Este ajuste sólo producirá efectos económicos a partir del ejercicio presupuestario del año 2014» .

Se dará una nueva redacción al punto 7, del siguien te tenor: «7. Cualquiera de las nuevas situaciones generadas en aplicación de esta disposición n o tendrá para ninguno de los interesados efectos económicos anteriores a la fecha de entada en vigor de esta ley y, en el caso de los de servicio activ o, ninguno anterior a la fecha de su pase a la reserva , con excepción de lo dispuesto en el punto 8» .

Se añadirá un nuevo punto 8, del siguiente tenor: « Los tiempos para trienios y de derechos pasivos, se les contabilizará a los interesados cualquiera que sea su situación, desde la fecha de antigüe dad reconocida para el empleo de teniente, con los efectos económicos de 01 de enero de 2008. El mi nisterio de Defensa reconvertirá de oficio al subgrupo A1 lo s trienios que correspondan a cada interesado. As imismo ajustará y actualizará también de oficio los tiempos para derechos pasivos en e l correspondiente expediente personal, contabilizan do en el subgrupo A-1 desde la fecha de antigüedad reconocida para el empleo de teniente. E ste ajuste sólo produc irá efectos económicos a partir del ejercicio presupuestario del año 2014» .

Se añadirá un nuevo punto 9, del siguiente tenor: « El Ministerio de Defensa hará las gestiones oportunas para la expedición de los correspondientes títulos del ú ltimo empleo alcanzado con las antigüedad reconocidas en aplicación de esta D ispos ición».

Creemos que ya es hora de que se cumpla de una vez con lo aprobado en su día por el Parlamento, para poder zanjar de una vez por todas estas injustas situaciones y que aún no se ha conseguido después de más de 35 años, debido a la oposición de los Gobiernos socialista y popular.

Sin otro particular, y deseando recuperar la confianza perdida en VS, su Grupo

Parlamentario, y Partido Popular, aprovecho la ocasión para saludarle. Quedando a su disposición,

ANEXO I

PROPUESTA DE REAL DECRETO Real Decreto /2012, de , por el que se modifica el Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre. En ejercicio de lo dispuesto en la disposición adicional décima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre de la carrera militar, con el fin de clarificar e interpretar de una forma correcta lo que se expresa en el apartado 7 de dicha disposición, previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunión de de de _____.

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Colectivo EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA. 35

DISPONGO: Artículo único. Modificación del Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre. El Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1314/2005, de 4 de noviembre, queda modificado como sigue:

Uno. La Disposición adicional segunda, punto 4, queda redactada de la siguiente forma: ―Disposición adicional segunda. Trienios. 4. El personal militar al que le sea de aplicación la disposición adicional décima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, de reordenamiento de los escalafones de las escalas auxiliares y del cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra, se le reclasificarán de oficio al subgrupo A1, los trienios perfeccionados a partir de la fecha de antigüedad reconocida y asignada para el empleo de teniente.

Dos. Se añade una nueva disposición adicional al Capítulo VI, que queda redactada de la siguiente forma:

―Disposición adicional décima. Derechos pasivos Al personal militar al que le sea de aplicación la disposición adicional décima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, de reordenamiento de los escalafones de las escalas auxiliares y del cuerpo auxiliar de especialistas del Ejército de Tierra, se les ajustarán y actualizarán de oficio los tiempos para derechos pasivos en el subgrupo A1 en el correspondiente expediente personal, contándose a partir de la fecha de antigüedad reconocida y asignada para el empleo de teniente.‖

Disposición final única. Entrada en vigor. El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, con efectos económicos de uno de enero de dos mil trece.

Dado en Madrid a de de 2013

Noticias de prensa re lacionadas:

http://www.elespiadigital.com/index.php/informes/1516-la-injusta-historia-de-la-escala- auxiliar-de-jefes-y-oficiales-de-las-armas-y-de-especialistas

http://www.elespiadigital.com/index.php/noticias/defensa/1432-el-colectivo-escala-auxiliar- de-jefes-y-oficiales-de-las-armas-y-especialista-del-et-exacae-pide-a-rajoy-que-acabe-con- una-situacion-injusta-que-dura-ya-mas-de-30-anos-

http://www.elespiadigital.com/index.php/noticias/defensa/1461-el-ministerio-de-defensa- discrimina-a-suboficiales-discapacitados-y-heridos-en-acto-de-servicio-aun-cumpliendo-las- condiciones-para-el-ascenso-desde-hace-mas-de-20-anos

http://www.elespiadigital.com/index.php/noticias/defensa/1720-nota-del-colectivo-de- esposas-de-oficiales-de-la-escala-auxiliar-y-cae-del-ejercito-de-tierra-ante-la-inminente- reforma-de-la-ley-de-la-carrera-militar ―

En el mes de mayo, se les remitió a los componentes de la recién creada Subcomisión de

Defensa nombrada para la reforma del régimen transitorio de la Ley 39/2007 de la carrera militar, la siguiente propuesta:

“DISPOSICIONES A LAS QUE LOS COLECTIVOS DE, TROPA, SUBOFICIALES Y OF ICIALES PROCEDENTES DE LOS ANTERIORES, NO RENUNCIARAN NUNCA , Y QUE ELIMINARÍAN LOS PROBLEMAS DE AGRAVIO Y DISCRIMINACION EXISTENTES DE SDE HACE MUCHOS AÑOS, Y QUE ESPERAN QUE LA SUBCOMISIÓN DE DEFENSA NOMBRADA PARA LA REFORMA DEL REGIMEN TRANSITORIO DE LA LEY 39/2007 DE LA CARRERA MILITAR, LAS APRUEBE Y PROPONGA AL PARLAMENTO

Disposición final ………… (nueva). Se añade un apartado 4 al artículo 24 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, con la siguiente redacción: «4. En atención a los servicios y circunstancias que pudieran concurrir en el personal de las Fuerzas Armadas, que acreditando una intachable conducta (con la pertenencia a la Real y Militar Orden de San Hermenegildo o a la Constancia en el Servicio), los militares profesionales que cuenten con la Placa de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo o la Cruz de Oro a la Constancia en el Servicio para la tropa, al pasar a la situación

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Colectivo EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA. 36

de retirados podrán obtener, a petición propia, los siguientes ascensos honoríficos: a) Los oficiales, el empleo inmediato superior, hasta coronel, y excepcionalmente hasta general de brigada. b) Los suboficiales, el empleo de teniente Honorífico. c) La tropa, el empleo de sargento honorífico. d) A los fallecidos o inutilizados en acto de servicio, les serán concedidos los ascensos honoríficos de Oficio. e) Se reconocerá a las viudas o viudos las nuevas antigüedades y ascensos que les correspondían a sus parejas antes de su fallecimiento. Los órganos competentes para la concesión de los ascensos honoríficos serán la subsecretaría de defensa, en el caso de los cuerpos comunes, y los jefes del estado mayor en los respectivos ejércitos.

En ningún caso los Ascensos concedidos con carácter honorífico conllevarán beneficio económico alguno.» Nota.-. NO TIENE CONSTE ECONÓMICO.

Disposición final ………… (nueva). La Disposición Adicional Décima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, queda redactada en los siguientes términos: Se añadirá un nuevo párrafo al punto 1, del siguiente tenor: «Asimismo, y a partir del ejercicio presupuestario del año 2014, será también de aplicación a los oficiales y suboficiales que pasaron a la situación de retirado por pérdida de las condiciones psicofísicas por accidente en acto de servicio o patología grave y fallecidos, que tenían superado el curso de aptitud para el acceso a las Escalas auxiliares y al Cuerpo auxiliar de especialistas». Se añadirá un nuevo párrafo al punto 4, del siguiente tenor: «Los oficiales y suboficiales que pasaron a la situación de retirado por condiciones psicofísicas y los familiares de los fallecidos, podrán solicitar el empleo y antigüedad, asignado al que le sigue en el curso de aptitud para el acceso a dichas escalas que figure en reordenamiento, con el límite de que no suponga obtener un empleo con antigüedad posterior al de la fecha de pasar a la situación de retirado o en su caso a la de fallecimiento y no haber cumplido en dicha fecha 61 años. Este ajuste sólo producirá efectos económicos a partir del ejercicio presupuestario del año 2014». Se dará una nueva redacción al punto 7, del siguiente tenor: «7. Cualquiera de las nuevas situaciones generadas en aplicación de esta disposición no tendrá para ninguno de los interesados efectos económicos anteriores a la fecha de entada en vigor de esta ley y, en el caso de los de servicio activo, ninguno anterior a la fecha de su pase a la reserva, con excepción de lo dispuesto en el punto 8». Se añadirá un nuevo punto 8, del siguiente tenor: «Los tiempos para trienios y de derechos pasivos, se les contabilizará a los interesados cualquiera que sea su situación, desde la fecha de antigüedad reconocida para el empleo de teniente, con los efectos económicos de 01 de enero de 2008. El ministerio de Defensa reconvertirá de oficio al subgrupo A1 los trienios que correspondan a cada interesado. Asimismo ajustará y actualizará también de oficio los tiempos para derechos pasivos en el correspondiente expediente personal, contabilizando en el subgrupo A-1 desde la fecha de antigüedad reconocida para el empleo de teniente. Este ajuste sólo producirá efectos económicos a partir del ejercicio presupuestario del año 2014». Se añadirá un nuevo punto 9, del siguiente tenor: «El Ministerio de Defensa hará las gestiones oportunas para la expedición de los correspondientes títulos del último empleo alcanzado con las antigüedad reconocida en aplicación de esta Disposición». Nota.- COSTE ECONÓMICO ANUAL MUY REDUCIDO Y QUE IRÁ DISMINUYENDO AÑO TRAS AÑO HATA DESAPARECER EN 4 O 5 AÑOS.

Disposición final ………….. (nueva). Se añade una nueva Disposición Transitoria Decimotercera a la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar cuyo contenido será del siguiente tenor: «1. Todos los Suboficiales de los Cuerpos y Escalas que no tuvieran limitación legal para alcanzar el empleo de Subteniente, podrán ascender a Teniente si lo solicitan al pasar a la Reserva. Los que ya se encuentren en dicha situación podrán ascender a Teniente, con antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos de la fecha de entrada en vigor de esta modificación legal, si lo solicitan en el plazo de un año a partir de esa fecha. 2. Los que hubieran pasado a retiro por inutilidad permanente u otras causas, sin pasar por la situación de reserva, pero hubieren prestado un número de años de servicios superior al de sus compañeros de promoción que se integraron en la reserva voluntariamente, ascenderán a Teniente con antigüedad que la asignada a sus compañeros que sí han ascendido a tenientes. Nota.- SIN COSTE ECONÓMICO

Disposición final ……………. (nueva). La Disposición Final Tercera de la Ley de la Carrera Militar (39/2007) se aplicará a efectos retributivos de trienios, con respecto a todos los trienios adquiridos desde la condición de militar de carrera antes de 01-01-1996 para los suboficiales las equivalencias establecidas en el Subgrupo A-2. 2. Para ello se instrumentarán las medidas legales para modificar la disposición adicional séptima – trienios 1 - del R.D. 28/2009, que modifica el Reglamento de Retribuciones del personal de las FAS, por entender que vulnera la propia Disposición Final tercera de la Ley de la Carrera Militar.

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Colectivo EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA. 37

Así mismo, a efectos retributivos, deben aplicarse las equivalencias entre los trienios perfeccionados en su momento en el empleo militar correspondiente y los grupos de clasificación (Subgrupo A1, A2, C1 y C2) respectivamente, establecidos en el apartado 2 del artículo 152 de la Ley 17/1999, modificado por la disposición final tercera de la Ley 39/2007 de la Carrera Militar. Estos ajustes se implementarán efectivamente a partir del ejercicio presupuestario del año 2014.»

Disposición final ……………… (nueva). De adición de una nueva disposición adicional séptima en la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, del siguiente tenor: «Los militares de tropa temporales, cuando pasen a firmar el Compromiso de Larga Duración, serán catalogados a efectos económicos en el mismo grupo C-1 que los militares de carrera, equiparando así el trabajo y la retribución en la escala de tropa, al igual que está equiparado entre los oficiales de complemento y de carrera. Este ajuste sólo tendrá efectos retributivos a partir del ejercicio presupuestario del año 2014.»

En el mes de junio por parte del Colectivo EXACAE, se vuelve a insistir, con nuevas

cartas y correos a los componentes de la Subcomisión de Defensa para la reforma del régimen transitorio de la Ley 39/2007 de la carrera militar, cuyo modelo se inserta a continuación:

―Me dirijo a V.S., por ser componente de la Subcomisión de Defensa nombrada para la reforma del régimen transitorio de la Ley 39/2007 de la carrera militar, para informarle de lo siguiente:

Como V.S., bien sabe el colectivo de las FA,s más perjudicado por los Legisladores del Estado de Derecho y la Administración, durante muchos años y que parte de estos perjuicios siguen coleando en la actualidad, es el colectivo del Cuerpo de Suboficiales/Escala Auxiliar(EAUX) y Cuerpo Auxiliar de Especialistas (CAE) del Ejército de Tierra, y ello por las siguientes razones:

1. A partir de 1977 la Administración, empezó con el desvío de vacantes de la EAUX para

beneficiar al personal de otros Cuerpos y Escalas (principalmente a las Escalas de Complemento y Especial de Jefes y Oficiales), lo que provocó el retraso en los legítimos derechos de ascenso a los distintos empleos del personal de los cuerpos y escalas citadas, con unos perjuicios tanto económicos como morales muy importantes, que nunca se recuperaran.

2. Con la promulgación de la anticonstitucional Disposición Transitoria quinta de la Ley 17/1989, se elevan estos perjuicios a la máxima potencia, al impedir que los componentes de los Cursos XXXII al XXXV de la EAUX y del IX al XVI del CAE, que contaban con el curso de aptitud aprobado, pudiesen acceder con el empleo de teniente a la escala y cuerpo respectivo, lo que supuso el desvío de todas las vacantes de teniente que pertenecían a la EAUX y CAE, para otros cuerpos y escalas (principalmente la escala media de oficiales).

Todas estas actuaciones de la Administración y de los Legisladores, se traducen a parte de lo económico, en unos elevados perjuicios morales, que vinieron arrastrando los afectados durante tantos años, pues es muy duro en una Institución fuertemente jerarquizada como son las FA,s, el ver que teniendo derecho, y por decisiones totalmente arbitrarias, los afectados no pudieron ascender a los empleos que les correspondían, y ver como sus compañeros más modernos de otros cuerpos y escalas, les superaban en hasta tres empleos por encima, y ellos continuaban años y años en el empleo de subteniente, cuando deberían de ostentar el de capitán o comandante hacía varios años.

Pasados 10 años de la aprobación de la nefasta D.T 5ª de la Ley 17/1989, en 1999 con el Gobierno del Partido Popular, los Legisladores intentan eliminar estos agravios y discriminaciones (en definitiva estas injusticias), con la Disposición adicional octava, puntos 1 y 2 de la Ley 17/1999, pero como no hay la valentía suficiente para hacerlo de una forma justa y equitativa y reconocer los empleos y antigüedades que les correspondían a los afectados, simplemente se parchea y se deja el problema hasta que vuelva a romper el parche.

Pasan 8 años más y nuevamente, en esta ocasión con el Gobierno Socialista, los Legisladores

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intentan arreglar el problema de una forma definitiva (esa era su intención), con la Disposición adicional décima de la Ley 39/2007, y aunque los derechos violados antaño, solo se permite recuperarlos en la situación de reserva [cosa totalmente injusta para los que estaban en situación de actividad (nuevo agravio y discriminación)], al menos fue un paso adelante, al reconocer los agravios y discriminaciones sufridas por este personal durante tantos años, recuperando los empleos y antigüedades que les correspondían.

Pero, ¿se resolvió el problema de una forma definitiva como pretendían los Legisladores?, por desgracia no , pues le faltó poco al Gobierno Socialista del Sr. Zapatero para sacarse de la manga un fraude de Ley, con el que evita el reconocimiento de los trienios y tiempos para derechos pasivos, en el subgrupo A-1 desde la fecha de antigüedad reconocida por la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, para el empleo de teniente y con los efectos económicos que figuran en el punto 7 de esta Disposición, así como la expedición del título del último empleo alcanzado, con lo que tenemos un nuevo agravio y discriminación, al incumplir el Gobierno la Ley y no ser tratados los afectados como el resto de oficiales de las FA,s. Este fraude de Ley provoco, a parte del elevado número de recursos interpuestos por los afectados (vía administrativa y judicial), que por parte de varios Grupos Parlamentarios, se presentasen preguntas al Gobierno, enmiendas a Leyes, proposiciones no de Ley, con el fin de corregir esta situación, no dando ningún fruto hasta la actualidad, a pesar de que en algún caso (como pasó en el Senado) fuesen aprobadas en Comisión y luego inconcebiblemente retiradas en el pleno, por acuerdos de última hora entre PP y PSOE.

En fin, sobre este tema podríamos escribir folios y folios, aunque mucho de esto está recogido en el libro titulado ―Historia sobre los suboficiales del Ejército de Tierra y su legislación (1494-1998), del que es autor uno de los estudiosos y gran conocedor de estos temas.

Nuestro numeroso colectivo, no está pidiendo nada que no nos pertenezca. Pedimos que nos den lo que hace años nos correspondía y que impidió la Administración en colaboración con el Gobierno de turno y los Legisladores (principalmente por el desvió de vacantes desde 1977 para otros cuerpos y escalas, y después impidiendo ascender con la D.T. 5ª Ley 17/1989), y que no quiso, no supo, no pudo ó no le dejaron arreglarlo al Partido Popular cuando gobernó con la D.A. 8ª puntos 1 y 2 de la Ley 17/1999 (hay que tener en cuenta que cuando gobernó el PP, siguió manteniendo en Defensa la mayoría de los altos cargos nombrados por el PSOE, incluso al de sobra conocido D. Miguel Silva). Este problema quisieron resolverlo los Legisladores de una forma definitiva, con la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, pero volvemos a estar en lo mismo, la Administración en colaboración con el Gobierno Socialista, evitó que se resolviese de una forma definitiva, al impedir que una parte de los Derechos violados a los afectados, sean recuperados por estos, y después de más de cinco años de entrada en vigor de esta Ley, sigue manteniendo este fraude de Ley el Gobierno del Partido Popular. Como se dijo, han pasado cinco año s y los Legisladores del ―Estado de Derecho‖, no fueron capaces de exigir al Gobierno de turno y a la Administración que cumpliesen la Ley, y se restableciesen totalmente esos Derechos violados y solucionar el problema de una forma definitiva, a pesar de que cuando se estaba tramitando esta D.A. 10ª , componentes de la Comisión de Defensa del Congreso, informaron a los afectados que los ascensos serían con todos los derechos, incluido la reconversión de trienios y ajuste de tiempos para derechos pasivos, desde la nuevas antigüedades reconocidas por la Ley, pero sin efectos económicos con carácter retroactivo, que en definitiva es lo que dice la Ley, pero el Gobierno y la Administración no lo quieren reconocer, por eso el fraude de Ley que se está cometiendo.

Como el problema es de sobra conocido por los componentes de la Comisión de Defensa, solo nos queda esta pregunta:

¿Serán capaces los Legisladores del Estado de Derecho, de solucionar de una forma definitiva este problema y dejar de engañar a los afectados?.

A los afectados no les queda más que pensar, que si no lo hacen es porque no hay voluntad, el problema lo conocen de sobra, porque han tenido y tienen infinidad de propuestas, y la solución está en sus manos, pues los Gobiernos de turno y la Administración, como se ha visto por ellos mismos no lo quieren solucionar (el Gobierno del PSOE creó el problema y el del PP lo mantiene).

Sin otro particular, le vuelvo a adjuntar la propuesta de modificación o inclusión de varias Disposiciones, entre las que está la relativa a la D.A. 10ª y que ya conocen, en sus manos está el llegar a una solución

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Colectivo EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA. 39

definitiva.

Reciba un cordial saludo.

Fdo. del Colectivo EXACAE

Propuesta: DISPOSICIONES QUE AFECTAN A LOS COLECTIVOS DE, TROPA, SUBOFICIALES Y OFICIALES PROCEDENTES DE LOS ANTERIORES, CON LAS QUE SE ELIMINARÍAN ALGUNOS DE LOS PROBLEMAS DE AGRAVIO Y DISCRIMINACION MAS IMPOR TANTES EXISTENTES DESDE HACE MUCHOS AÑOS, Y QUE ESPERAN QUE LA SUBCOMISIÓN DE DEFENSA NOMBRADA PARA LA REFORMA DEL REGIMEN TRANSITORIO DE LA LEY 39/2007 DE LA CARRERA MILITAR, LAS APRUEBE Y PROPONGA AL PARLAMENTO

Disposición final ………… (nueva). Se añade un apartado 4 al artículo 24 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, con la siguiente redacción: «4. En atención a los servicios y circunstancias que pudieran concurrir en el personal de las Fuerzas Armadas, que acreditando una intachable conducta (con la pertenencia a la Real y Militar Orden de San Hermenegildo o la Constancia en el Servicio para la tropa), los militares profesionales, que se encuentren en posesión de la Placa de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo, o de la Cruz de Oro a la Constancia en el caso de la tropa, podrán obtener a petición propia los siguientes ascensos honoríficos: a) Los oficiales, el empleo inmediato superior, hasta coronel, y excepcionalmente hasta general de brigada. b) Los suboficiales, el empleo de teniente honorífico. c) La tropa, el empleo de sargento honorífico. d) A los fallecidos o inutilizados en acto de servicio, les serán concedidos los Ascensos honoríficos de Oficio. e) Se reconocerá a las viudas o viudos las nuevas antigüedades y ascensos que les correspondían a sus parejas antes de su fallecimiento. Los órganos competentes para la concesión de los Ascensos Honoríficos serán la Subsecretaría de Defensa, en el caso de los Cuerpos Comunes, y los Jefes del Estado Mayor en los respectivos ejércitos.

En ningún caso los Ascensos concedidos con carácter honorífico conllevarán beneficio económico alguno.» Nota.-. NO TIENE CONSTE ECONÓMICO.

Disposición final ………… (nueva). La Disposición Adicional Décima de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, queda redactada en los siguientes términos: Se añadirá un nuevo párrafo al punto 1, del siguiente tenor: «Asimismo, y a partir del ejercicio presupuestario del año 2014, será también de aplicación a los oficiales y suboficiales que pasaron a la situación de retirado por pérdida de las condiciones psicofísicas por accidente en acto de servicio o patología grave y fallecidos, que tenían superado el curso de aptitud para el acceso a las Escalas auxiliares y al Cuerpo auxiliar de especialistas». Se añadirá un nuevo párrafo al punto 4, del siguiente tenor: «Los oficiales y suboficiales mencionados en el punto 1, que pasaron a la situación de retirado por condiciones psicofísicas y los familiares de los fallecidos, podrán solicitar el empleo y antigüedad, asignado al que le sigue en el curso de aptitud para el acceso a dichas escalas que figure en reordenamiento, con el límite de que no suponga obtener un empleo con antigüedad posterior al de la fecha de pasar a la situación de retirado o en su caso a la de fallecimiento y no haber cumplido en dicha fecha 61 años. Este ajuste sólo producirá efectos económicos a partir del ejercicio presupuestario del año 2014». Se dará una nueva redacción al punto 7, del siguiente tenor: «7. Cualquiera de las nuevas situaciones generadas en aplicación de esta disposición no tendrá para ninguno de los interesados efectos económicos anteriores a la fecha de entada en vigor de esta ley y, en el caso de los de servicio activo, ninguno anterior a la fecha de su pase a la reserva, con excepción de lo dispuesto en el punto 8». Se añadirá un nuevo punto 8, del siguiente tenor: «Los tiempos para trienios y de derechos pasivos, se les contabilizará a los interesados cualquiera que sea su situación, desde la fecha de antigüedad reconocida para el empleo de teniente, con los efectos económicos de 01 de enero de 2008. El ministerio de Defensa reconvertirá de oficio al subgrupo A1 los trienios que correspondan a cada interesado. Asimismo ajustará y actualizará también de oficio los tiempos para derechos pasivos en el correspondiente expediente personal, contabilizando en el subgrupo A-1 desde la fecha de antigüedad reconocida para el empleo de teniente. Este ajuste sólo producirá efectos económicos a partir del ejercicio

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presupuestario del año 2014». Se añadirá un nuevo punto 9, del siguiente tenor: «El Ministerio de Defensa hará las gestiones oportunas para la expedición de los correspondientes títulos del último empleo alcanzado con las antigüedades reconocidas en aplicación de esta Disposición». Nota.- COSTE ECONÓMICO ANUAL MUY REDUCIDO Y QUE IRÁ DISMINUYENDO AÑO TRAS AÑO HASTA DESAPARECER EN 3 O 4 AÑOS AL PASAR A RETIRO LA MAYORÍA DE AFECTADOS. LO REFERENTE A LOS PUNTOS 7,8 Y 9 NO HARIA FALTA Si EN SU DIA EL GOBIERNO SOCIALISTA NO HUBIESE DEFRAUDADO LA LEY Y SE PROCEDIERA POR PARTE DE LA ADMINISTARCIÓN, A AJUSTAR DE OFICIO LOS TRIENIOS Y LOS TIEMPOS PARA DERECHOS PASIVOS AL SUBGRUPO A-1 ACORDE CON LA NUEVA ANTIGÜEDAD DEL EMPLEO DE TENIENTE, Y CON LOS FECTOS ECONÓMICOS ESPECIFICADOS EN EL PUNTO 7 DE LA D.A. 10ª, ASÍ COMO LA EXPEDICIÓN DE LOS TÍTULOS DE EMPLEO. LO INCOMPRENSIBLE ES QUE SE SIGA MANTENIENDO ESTE FRAUDE DE LEY POR EL ACTUAL GOBIERNO POPULAR, PUES EN LA LEGISLATURA PASADA EL GPP PRESENTÓ VARIAS PROPUESTAS PARA SOLUCIONAR ESTE PROBLEMA, Y PROMETIO RESOLVERLO SI GOBERNABA.

Disposición final ………….. (nueva). Se añade una nueva Disposición Transitoria Decimotercera a la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar cuyo contenido será del siguiente tenor: «1. Todos los Suboficiales de los Cuerpos y Escalas que no tuvieran limitación legal para alcanzar el empleo de Subteniente, podrán ascender a Teniente si lo solicitan al pasar a la Reserva. Los que ya se encuentren en dicha situación podrán ascender a Teniente, con antigüedad, tiempo de servicios y efectos económicos de la fecha de entrada en vigor de esta modificación legal, si lo solicitan en el plazo de un año a partir de esa fecha. 2. Los que hubieran pasado a retiro por inutilidad permanente u otras causas, sin pasar por la situación de reserva, pero hubieren prestado un número de años de servicios superior al de sus compañeros de promoción que se integraron en la reserva voluntariamente, ascenderán a Teniente con antigüedad que la asignada a sus compañeros que sí han ascendido a tenientes. Nota.- SIN COSTE ECONÓMICO

Disposición final ……………. (nueva). La Disposición Final Tercera de la Ley de la Carrera Militar (39/2007) se aplicará a efectos retributivos de trienios, con respecto a todos los trienios adquiridos desde la condición de militar de carrera antes de 01-01-1996 para los suboficiales las equivalencias establecidas en el SubgrupoA-2. Para ello se instrumentarán las medidas legales para modificar la disposición adicional séptima– trienios 1 - del R.D. 28/2009, que modifica el Reglamento de Retribuciones del personal de las FAS, por entender que vulnera la propia Disposición Final tercera de la Ley de la Carrera Militar. Así mismo, a efectos retributivos, deben aplicarse las equivalencias entre los trienios perfeccionados en su momento en el empleo militar correspondiente y los grupos de clasificación (Subgrupo A1, A2, C1 y C2) respectivamente, establecidos en el apartado 2 del artículo 152 de la Ley 17/1999, modificado por la disposición final tercera de la Ley 39/2007 de la Carrera Militar. Estos ajustes se implementarán efectivamente a partir del ejercicio presupuestario del año 2015. (PASARIA A 2015 POR TENER COSTE ECONÓMICO) Disposición final ……………… (nueva). De adición de una nueva disposición adicional séptima en la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, del siguiente tenor: «Los militares de tropa temporales, cuando pasen a firmar el Compromiso de Larga Duración, serán catalogados a efectos económicos en el mismo grupo C-1 que los militares de carrera, equiparando así el trabajo y la retribución en la escala de tropa, al igual que está equiparado entre los oficiales de complemento y de carrera. Este ajuste sólo tendrá efectos retributivos a partir del ejercicio presupuestario del año 2015. (PASARIA A 2015 POR TENER COSTE ECONÓMICO)

El día 17SEP13, comparecieron a puerta cerrada ante la Subcomisión de Defensa para la reforma del régimen transitorio de la Ley 39/2007 de la carrera militar, en representación de EXACAE dos compañeros, para exponer y defender la revisión de los puntos pendiente de la Ley 39/2007 (D.A. 10ª), en el tema de: trienios, reconocimiento de tiempos para derechos pasivos, expedición de títulos, retirados por psicofísicas y fallecidos con el curso de aptitud y ascensos honoríficos, no dando tiempo para otros temas, como podían ser lo de los trienios del C-1 al A-2, etc.

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La propuesta fue defendida muy dignamente, y se puede decir que con buena nota, dado que la exposición fue breve, clara, concreta, rotunda y muy clarificadora. A continuación una vez realizada la exposición, fueron sometidos a una serie de preguntas por los componentes de la Subcomisión, que fueron contestadas puntualmente, sin dificultad. Asimismo informaron, que los señores Diputados estaban totalmente enterados de esta problemática, por la grandísima cantidad de correos que reciben mensualmente. Durante la última decena del mes de SEP13, se continuaron elevando por afectados, familiares y amigos cartas y correos a la SUBCOMDEF, insistiendo en el asunto cuyo modelo se inserta a continuación:

“ME DIRIJO A SU SEÑORÍA Me dirijo a su Señoría, componente de la Comisión/ Subcomisión de Defensa para la Reforma de régimen transitorio de la Ley de la Carrera Militar, para informarle de lo siguiente: Como V.S., sabe, los ascensos en la Escala Auxiliar de Jefes y Oficiales de las Armas y Cuerpo de Especialistas del Ejército de Tierra, se encuentran regulados en la Ley de 22 de diciembre de 1955 y en la Orden que la desarrolla de 30 de enero de 1956, modificadas respectivamente por la Ley 4/1972, de 26 de Febrero y por la Orden de 6 de marzo de 1972. La Orden Ministerial de 30 de Enero de 1956, que aprobó el Reglamento para el Reclutamiento del Voluntariado en el Ejército de Tierra, ingreso y permanencia en el Cuerpo de Suboficiales y Escala Auxiliar, dispone en su art. 70, que las categorías serán las de Teniente, Capitán y Comandante, añadiendo en el art. 71 que tendrán los mismos devengos y consideraciones que los de igual categoría de la ESCALA ACTIVA – léase de los procedentes de la Academia General Militar de Zaragoza- y, en cuanto a ascensos, el art. 84 dispone que se producirán con ocasión de vacante, por rigurosa antigüedad y previa declaración de aptitud. Posteriormente la Ley 13/1974, de 30 de marzo, por la que se crearon las Escalas Básica de Suboficiales y Especial de Jefes y Oficiales, establece en su base 1ª. 3 que “ En la Escala Especial de Jefes y Oficiales se integrarán los actuales Jefes, Oficiales y Suboficiales de las escalas declaradas a extinguir que opten por ingresar en la misma de acuerdo con lo que se indica en las disposiciones transitorias de esta Ley”. En la Disposición Transitoria 1ª se especifica que para integrarse en la Escala Especial o continuar en la Auxiliar declarada a extinguir, con una previsión contenida en la Disposición Transitoria 2ª. 5, el Ministerio del Ejército en función del número de Oficiales y Suboficiales de las escalas a extinguir que pasen a las de nueva creación, fijará anualmente unos coeficientes de amortización de las vacantes que se produzcan, con objeto de que las posibilidades de ascenso del personal que opte por permanecer en las Escalas declaradas a extinguir sean similares a las existentes a la entrada en vigor de esta Ley. Por último, la Ley 48/1981, de 24 de diciembre, reguladora de los ascensos en régimen ordinario, instauró un nuevo sistema con la posibilidad de obtener determinados empleos sin necesidad previa de vacante, siempre que se cumpla un tiempo de servicios efectivos, que la misma señala en cada caso, de cuyo ámbito de aplicación se excluye, en su disposición transitoria 4ª, al personal de las Escalas declaradas a extinguir por la citada Ley 13/1974. De lo anterior, se deduce que los Jefes y Oficiales de la Escala Auxiliar, tienen idéntica consideración a los de la Escala Activa y a los de la Escala Especial – en la actualidad Escala de Oficiales - en las que uno y otros se integraron, salvo los que en uso de la opción que se les reconocía eligieron permanecer en la Escala Auxiliar, sin que ello supusiera menoscabo de sus expectativas profesionales que vino a salvaguardar la citada Disposición Transitoria Segunda, apartado cinco, de la ley 13/1974. Aunque en los ascensos la Escala Auxiliar sigue rigiéndose por su legislación específica – Ley 22-12-1955 y O.M. de 30-1-1956, es imposible desligarla del mandato contenido en la Disposición Transitoria 2ª. 5 de la Ley 13/1974, medio este para mantener las posibilidades de ascenso que tenía el personal de la Escala Auxiliar antes de la creación de la Escala Especial que, por mandato legal eran iguales a los de la Escala Activa. La cuestión se concreta en determinar si se han cumplido tales expectativas de ascenso para los integrantes de la Escala Auxiliar o, lo que es lo mismo, el grado de cumplimiento del mandato contenido en la Disposición Transitoria Segunda, apartado cinco, de la Ley 13/1974. Existen numerosas sentencias que reconocen expresamente la inobservancia de las previsiones de la mencionada Disposición Transitoria Segunda, extrayendo como conclusión la rectificación de la antigüedad y efectividad de los recurrentes. Por ello, ruego a Su Señoría que tome las medidas para sean reconocidos con todos sus efectos positivos derivados, reclasificándose o ajustándose de oficio por el Ministerio de Defensa los tiempos para trienios y los tiempos para Derechos Pasivos en el Subgrupo A-1, desde la antigüedad reconocida para el empleo de Teniente en la reordenación definitiva y con los efectos económicos que correspondan, así como la solución a los otros temas relacionados con la D.A. 10ª, que ya conocen que producen agravios y discriminaciones. Para resolver el caso puntual de las antigüedades, tómese en consideración que los componentes de la Escala Auxiliar de Jefes y Oficiales de las Armas y del Cuerpo de Especialistas del Ejército de Tierra, permanecieron , como media, en los empleos de Brigada y Subteniente más de (11) años, cuando el tiempo mínimo de permanencia exigido por la normativa indicada era de (2) dos años y el habitual sin llegar a (3) tres.

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También es necesario tomar en cuenta, la interpretación negativa que hace el Ministerio de Defensa en relación con las antigüedades que figuran en el Reordenamiento Definitivo, Resolución 562/17849/08, de 22 de octubre de 2008 (BOD nº 214), considerándolas “virtuales ó teóricas”, es decir, que como tales no despliegan los efectos positivos derivados de los criterios contenidos en las sentencias más favorables. Reciba un cordial saludo. Muchas gracias.

Fdo.-__________________________ del Colectivo EXACAE.”

Durante el último trimestre de 2013, se continuaron remitiendo cartas y correos a los componentes de la Comisión de Defensa y Subcomisión de Defensa cuyo modelo se transcribe a continuación:

“Me dirijo a V.S., como componente de la Comisión de Defensa, con el fin de informarle nuevamente de

las anomalías que se van cometiendo por la Administración y el Gobierno de turno desde 2008, al aplicar la D.A. 10ª de la Ley 39/2007 de la carrera militar, así como elevarle nuevamente la propuesta que ya conocen, con el fin de que por parte de los componentes de la Comisión de Defensa, se pueda dar una solución definitiva, a los problemas que vienen sufriendo desde hace largos años, los componentes de la Escala Auxiliar (EAUX) y Cuerpo Auxiliar de Especialistas (CAE) del E.T. y que por la arbitrariedad de la Administración y del Gobierno están impidiendo que una parte de ellos se solucionen, al estar cometiendo un posible fraude de Ley:

Primero .- Por Resoluciones 562/17849/08 y 562/17850/08 de 30 de octubre de 2007 (BOD nº 214) y en aplicación del la D.A. 10ª.2.d), fueron reconocidos por la Administración, los empleos y antigüedades que les corresponden a los componentes de la EAUX y CAE. Segundo .- En aplicación del apartado 3 de la D.A.10ª de la Ley 39/2007, con posterioridad y por diversas Resoluciones, se van incorporando los afectados al nuevo escalafonamiento, ascendiendo al empleo correspondiente ( la mayoría a Comandante) con la antigüedad reconocida por las Resoluciones citadas anteriormente, siendo los efectos económicos de fecha 01ENE08 para los que se encontraban en reserva y de l día de pase a la reserva para los de servicio activ o, por disponerse así en el apartado 7 de dicha D.A. 10ª, pasando en ese momento a ser reales y de plena eficacia, los empleos y antigüedades que fueron reconocidas en las Resoluciones citadas en el punto primero, tal como reconoce la Sr. Subsecretaria de Defensa en su resolución de 24 de abril de 2009, y por lo tanto, debería ser en ese momento cuando se reconvirtiesen los trienios de oficio y con los efectos económicos citados, así como proceder al ajuste de tiempos para Derechos pasivos, tal como se había prometido por los componentes de la Comisión de Defensa en su día. Tercero .- Transcurrido un tiempo prudencial, para que la Administración reconvirtiera de oficio los trienios perfeccionados desde la fecha de la nueva antigüedad reconocida para el empleo de Teniente al subgrupo A-1 y el ajuste de tiempos para derechos pasivos, como no lo hizo y entendiendo, este colectivo que no existe ninguna disposición legal que se lo impida, se solicitó al Teniente General Jefe del MAPER del E.T. que se hiciera de oficio dicha reconversión de trienios y ajuste de tiempos para d erechos pasivos , siendo denegadas las solicitudes por Resolución de la Subsecretaria de Defensa de 10MAR10, y todo ello, a pesar de que dicha Autoridad en su Resolución de 24 de abril de 2009, había reconocido que las antigüedades que se habían asignado pasaban a ser reales y de plena eficacia, en el momento de que se incorporase al escalafonamiento definitivo cada afectado (01ENE08 para los que se encontraban en reserva y de l día de pase a la reserva para los de servicio activo). Cuarto .- Este colectivo entiende que en cuestión de trienios y tiempos para derechos pasivos, por dispo nerse así en la Ley, se deben de seguir los mismos criter ios que les fueron aplicados a los compañeros, que en su día obtuvieron Sentencias favorables y también los mismo que se les aplica al resto de oficiales de las FA,s incluidos los de los cursos XXXI y anteriores de la EAUX y del VIII y anteriores del CAE, que pasan a integrase en el subgrupo A-1 a partir de la fecha de antigüedad del empleo de teniente, con la única excepción en este caso de que se abonen atrasos con efectos retroactivo con anterioridad al 01ENE08 para los que se encontraban en reserva y del día de pase a la reserva para los de servicio activo, por impedirlo el punto 7 de la DA. 10ª de la Ley 39/2007, pues de no ser así, la Administración está actuando de una forma arbitraria, con los afectados, al no aplicar algo que no se opone de ninguna manera a lo dispuesto en el tan repetido punto 7 de esta Disposición. Quinto .- Este colectivo no entiende como después de haber informado reiteradamente a los componentes de la Comisión de Defensa, se está permitiendo por parte de esa Cámara la no aplicación de una forma correcta de esta Disposición, la cual se incluyó en la Ley para dar una solución definitiva a los problemas del la EAUX y CAE, pues lo único que se le impide a la Administración con lo dispuesto en el punto 7 de la D.A 10ª de la Ley 39/2007, es que se abonen atraso con carácter retroactivo anteriores a la fecha de entrada en vigor de dicha Ley (01-01-08), o en el caso de los de servicio activo la de pase a la reserva, pero a partir de esas fechas, tienen que desplegarse todos los efectos que corresponden a los empleos y antigüedades que les fueron reconocidas para

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Colectivo EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA.

dichos empleos, incluidos los de reconversión de los trienSubgrupo A-1 y con los efectos económicos que se disponen en el punto 7.

Tampoco se entiende como la Administración no expide a los interesados los correspondientes títulos de empleo, de acuerdo con la legislación vigente, al igual que se hace con el

Por lo expuesto anteriormente, y en vista de que el Gobierno Popular y la Administración después del

tiempo transcurrido y viendo que no se corrigen las resoluciones que dictóDefensa del Gobierno Socialista, no tiene voluntad por si mismo de resolver el problema, este colectivo muy atento a las decisiones que se van tomando por parte de los Grupos Parlamentarios, es por lo que solicitamos despde lo que incomprensiblemente pasó en el Senado en Junio de 2011, al retirarse por acuerdo del GPP y GPS las enmiendas aprobadas en Comisión que resolvían este problema, ponga fin a este agravio y discriminación39/2007 de la carrera militar, que resolvería de una forma definitiva este espinoso asunto, que lleva muchos años sin que se le dé esta tan esperada solución definitiva.

Pensamos que con estas pequeñas modificaciones, que no tienen una repercusión económica importante (no se puede achacar que no se resuelve debido a la crisis económica, cuando es un problema latente desde hace muchos años, y un Estado de Derecho que se aprecie no puedquedaría resuelto el problema de una forma definitiva, y en estos momentos su Grupo Parlamentario tiene nuevamente la oportunidad de contribuir a saldar la deuda histórica que los legisladores del Estado de tienen con este colectivo, y se cerraría de una vez por todas este asunto, y que hasta la fecha está impidiendo que se cierre, por la actitud negativa de la Administración y del Gobierno Popular.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo

Fdo. _________________ del Colectivo EXACAE

o EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA.

dichos empleos, incluidos los de reconversión de los trienios y ajuste de tiempos para derechos pasivos en el 1 y con los efectos económicos que se disponen en el punto 7.

Tampoco se entiende como la Administración no expide a los interesados los correspondientes títulos de egislación vigente, al igual que se hace con el resto de oficiales de las FA,s.

Por lo expuesto anteriormente, y en vista de que el Gobierno Popular y la Administración después del tiempo transcurrido y viendo que no se corrigen las resoluciones que dictó en su día la Sr. Subsecretaría de Defensa del Gobierno Socialista, no tiene voluntad por si mismo de resolver el problema, este colectivo muy atento a las decisiones que se van tomando por parte de los Grupos Parlamentarios, es por lo que solicitamos despde lo que incomprensiblemente pasó en el Senado en Junio de 2011, al retirarse por acuerdo del GPP y GPS las enmiendas aprobadas en Comisión que resolvían este problema, hagan ahora un gesto de buena voluntad ponga fin a este agravio y discriminación, incluyendo esta propuesta que le adjunto en la futura reforma de la Ley 39/2007 de la carrera militar, que resolvería de una forma definitiva este espinoso asunto, que lleva muchos años sin que se le dé esta tan esperada solución definitiva.

con estas pequeñas modificaciones, que no tienen una repercusión económica importante (no se puede achacar que no se resuelve debido a la crisis económica, cuando es un problema latente desde hace muchos años, y un Estado de Derecho que se aprecie no puede permitir estas injusticias y arbitrariedades), quedaría resuelto el problema de una forma definitiva, y en estos momentos su Grupo Parlamentario tiene nuevamente la oportunidad de contribuir a saldar la deuda histórica que los legisladores del Estado de tienen con este colectivo, y se cerraría de una vez por todas este asunto, y que hasta la fecha está impidiendo que se cierre, por la actitud negativa de la Administración y del Gobierno Popular.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo

Fdo. _________________ del Colectivo EXACAE

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ios y ajuste de tiempos para derechos pasivos en el

Tampoco se entiende como la Administración no expide a los interesados los correspondientes títulos de resto de oficiales de las FA,s.

Por lo expuesto anteriormente, y en vista de que el Gobierno Popular y la Administración después del en su día la Sr. Subsecretaría de

Defensa del Gobierno Socialista, no tiene voluntad por si mismo de resolver el problema, este colectivo muy atento a las decisiones que se van tomando por parte de los Grupos Parlamentarios, es por lo que solicitamos después de lo que incomprensiblemente pasó en el Senado en Junio de 2011, al retirarse por acuerdo del GPP y GPS las

hagan ahora un gesto de buena voluntad y , incluyendo esta propuesta que le adjunto en la futura reforma de la Ley

39/2007 de la carrera militar, que resolvería de una forma definitiva este espinoso asunto, que lleva muchos años

con estas pequeñas modificaciones, que no tienen una repercusión económica importante (no se puede achacar que no se resuelve debido a la crisis económica, cuando es un problema latente desde

e permitir estas injusticias y arbitrariedades), quedaría resuelto el problema de una forma definitiva, y en estos momentos su Grupo Parlamentario tiene nuevamente la oportunidad de contribuir a saldar la deuda histórica que los legisladores del Estado de Derecho tienen con este colectivo, y se cerraría de una vez por todas este asunto, y que hasta la fecha está impidiendo que

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Año 2014 A finales del mes de noviembre del pasado año 2013, la Sala de lo Contencioso Administrativo

del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, dicta nueva Sentencia contraria después de anular en su día la sentencia errónea que había declarado firme en el año 2012, desestimando en base a fundamentos jurídicos erróneos el recurso de un compañero contra el fraude de Ley que se está cometiendo con los afectados por la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, lo acontecido fue publicado con fecha 09FEB14 por el periódico digital –elespiadigital.com- , lo cual se inserta a continuación: http://www.elespiadigital.com/index.php/noticias/defensa/4495-la-justicia-vuelve-a-dar-la-espalda-al-numeroso-colectivo-de-militares-de-la-escala-auxiliar-y-cuerpo-auxiliar-de-especialistas La Justicia vuelve a dar la espalda, al numeroso colectivo de militares de la Escala Auxiliar y Cuerpo Auxiliar de Especialistas DOMINGO 09 DE FEBRERO DE 2014 12:51

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En relación con la noticia publicada por este medio el día 09 de abril de 2013 titulada “ El Tribunal Superior de Justicia de Galicia dicta una Sentencia que perjudica al numeroso colectivo de militares de la Escala Auxiliar”: miembros del colectivo EXACAE comentan que con posterioridad a esa fecha, al considerar el recurrente que la Sentencia era errónea, el TSJ de Galicia estimo el recurso interpuesto por el interesado, contra la Sentencia 424/2012 que desestimaba el recurso contencioso-administrativo 429/2010, por ser erróneos los Fundamentos Jurídicos en que se basaba dicha Sentencia, retrotrayendo el Tribunal las actuaciones a la fecha de votación y fallo de la Sentencia anulada. Con posterioridad, el recurrente presenta un nuevo escrito de alegaciones, solicitando que se estimara su recurso en base a las mismas y a lo expuesto en el escrito de demanda. Transcurrido el tiempo procesal oportuno, el 27 de noviembre de 2013 el Tribunal dicta una nueva Sentencia (la 822/2013), con la que desestima nuevamente las pretensiones del interesado, que solicitaba al amparo de lo dispuesto en la D.A. 10ª de la Ley 39/2007 de la carrera militar, que se le ajustaran los trienios al subgrupo A-1, desde la antigüedad reconocida por este Ley para el empleo de teniente (17-02-85) y con efectos económicos de 01-06-08, por impedirse en el punto 7 de dicha disposición efectos económicos anteriores a la entrada en vigor de la Ley (01-01-08), y que se le aplicasen los mismos criterios en esta materia, que los que aplica la Administración al resto de oficiales de las FA,s. Comentan algunos miembros de este colectivo que lógicamente y como no podía ser de otra forma acatan la Sentencia, pero no pueden compartirla pues lo que se pretendía con el recurso en cuestión, era que el Tribunal aclarase si un ajuste de trienios al subgrupo A-1 desde la antigüedad reconocida para el empleo de teniente por la Ley 39/2007, y con efectos económicos de 01-06-08, acorde con lo que se dispone en el citado punto 7 de la D.A. 10ª de la mencionada Ley, producen o no efectos económicos anteriores al 01-01-08, por lo que no comprenden cómo pueden producirse efectos económicos anteriores al 01-01-08 tal como se afana en afirma el Tribunal, cuando el interesado lo que solicitaba son efectos económicos de 01-06-08, pues ya hay que tener mucha imaginación y aplicar una especie de “super ingeniería jurídica”, para demostrar que: unos efectos económicos de 01 de junio de 2008, producen efectos económicos anteriores al 01 de enero de 2008, hasta ahora se sabía que los efectos económicos se producían en la fecha en que se hacían efectivos, en este caso el 01 de junio de 2008, pero ahora según el Tribunal, parece ser que no es así, tampoco entienden como puede decirse que el escalafonamiento es teórico cuando está basado en la puntuación obtenida en los correspondientes cursos de aptitud, incluso la misma Subsecretaria de Defensa en su Resolución de 24 de abril de 2009, indica que las antigüedades pasan a ser reales y de plena eficacia en el momento de que cada interesado se incorpore al escalafonamiento definitivo, por lo tanto este escalafonamiento nunca puede ser teórico . Asimismo el Tribunal no tienen en cuenta que la D.A. 10ª, se dictó por los Legisladores para que los afectados recuperasen unos derechos de ascensos y antigüedades en los empleos que les correspondían y que antaño fueron violados por la Administración y los Legisladores, por lo tanto estos derechos violados tienen que recuperarse con todos los efectos incluidos los que reclamaba el recurrente, y que la Administración y ahora la “Justicia” le deniegan. Hay que tener en cuenta que todos los tenientes de las FA,s perfeccionan trienios en el subgrupo A-1 desde la fecha de antigüedad del empleo de teniente, con la única excepción de los componentes de este colectivo, por lo que entienden que puede tratarse de un posible fraude de Ley por parte de la Administración, ahora tutelado por la “justicia” que está produciendo un agravio y discriminación en los afectados. Apuntan también, que esta Sentencia no les pilla de sorpresa, pues ya se intuía por la forma de dictar la Sentencia anulada, que daba la sensación de que la intención del Tribunal era la desestimación del recurso sin entrar en el fondo del asunto, y que la “justicia” en España está como esta y era muy difícil que atendiera a las que creen justas pretensiones del afectado, y piensan que las fundamentaciones del recurrente pueden ser tan validas como las del Tribunal, pues no son contrarias a lo que se dice en la Ley, y de estimarse el recurso se eliminaría el agravio y discriminación existente. Ahora nuevamente queda en manos de los políticos el arreglarlo y la “justicia” volverá a quedar mal, tal como paso en su día (1993) con las reclamaciones de los ascensos de este colectivo, que al final quedaron bien los Legisladores dándole la razón a los afectados y la “justicia” con sus contradicciones quedo mal parada ante este colectivo. Por parte de los afectados, familiares, amigos y conocidos de este numeroso colectivo (más de 4.000 afectado directos en toda España), desde hace más de cinco años, continúan informando mensualmente a los componentes de la Comisión de Defensa del Congreso, de este posible fraude de Ley que comete la Administración con el visto bueno del Gobierno de turno, y no comprenden como el Gobierno del Partido Popular no lo elimina, pues el Grupo Parlamentario Popular en la legislatura pasada prometió resolver este

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problema en caso de gobernar, y de momento después de más de dos años de gobierno no lo ha hecho y no se le ve intención de hacerlo. Este espinoso asunto se remonta al año 1977, cuando la Administración empezó a desviar las vacantes de la Escala Auxiliar, para otros cuerpos y escalas, principalmente para la escala de complemento y la escala especial (después media), y rematado por los Legisladores con la aprobación D.T.5ª de la Ley 17/1989, que impidió ascender a teniente a los componentes de los cursos XXXII al XXXV de la Escala Auxiliar y del IX al XVI del Cuerpo Auxiliar de Especialistas, a pesar de contar estos con el curso de teniente aprobado varios años antes de la aprobación y la entrada en vigor de esta Ley (01-01-90) y no pudieron ascender antes debido al desvío de vacantes citado, por lo que a partir de 1990, en aplicación de esta D.T. 5ª de la Ley 17/1989, el desvió de las vacantes de teniente fue total, para beneficiar al personal otros cuerpos y escalas, relegando a los afectados al empleo de subteniente durante largos años, hasta que los legisladores lo intentaron arreglar con la D.A. 8ª puntos 1 y 2 de la Ley 17/1999, pero aquello solamente fue un parche que no solucionó el problema. Con la promulgación de la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, los Legisladores intentaron nuevamente solucionar este problema de una forma definitiva, pero este posible fraude de Ley que está cometiendo la Administración con el apoyo del Gobierno de turno y ahora también con el de la “justicia”, está impidiendo que se solucione de una vez por todas. Ahora la solución está nuevamente en manos de los Legisladores, ¿serán capaces estos de solucionar el problema de una forma definitiva después de tantos años sin hacerlo?, los afectados comentan que no se fían después de tantas promesas incumplidas. Anexos: DEMANDA

ALEGACIONES

NUEVA SENTENCIA Otras noticias relacionadas: http://www.elespiadigital.com/index.php/noticias/defensa/1921-la-seccion-1o-de-la-sala-de-lo- contencioso-administrativo-del-

tribunal-superior-de-justicia-de-galicia-dicta-una-sentencia-que- perjudica-al-numeroso-colectivo-de-militares-de-la-escala-

auxiliar-

http://www.elespiadigital.com/index.php/informes/1516-la-injusta-historia-de-la-escala-auxiliar-de-jefes-y-oficiales-de-las-armas-y-de-especialistas http://www.elespiadigital.com/index.php/noticias/defensa/1432-el-colectivo-escala-auxiliar- de-jefes-y-oficiales-de-las-armas-y-especialista-del-et-exacae-pide-a-rajoy-que-acabe-con-una-situacion-injusta-que-dura-ya-mas-de-30-anos- http://www.elfarodigital.es/melilla/politica/53513-el-pp-%20defiende-medidas-para-mejorar-la-ley-de-derechos-y-deberes-%20de-los-militares.html

Comentarios

+5#49 ES JUSTA LA JUSTICIA - Para ASI — ROSALIA 06-03-2014 09:52 Después de ver que tribunales dictaron sentencias favorables referentes a la Escala Auxiliar y CAE que estaban en idénticas circunstancias que otros recurrentes, y a continuación para el resto de los componentes, el mismo abogado que represento a los anteriores, presenta la misma demanda haciendo idéntica defensa que a los que obtuvieron sentencias favorables, interviene el abogado del Estado y el fallo que dio ese mismo tribunal con los mismos componentes, fue que “LO DESESTIMA POR RECURRIR EL ABOGADO DEL ESTADO EN INTERES DE LEY”., estoy esperando que algún día LO ESTIMEN POR INTERES DE JUSTICIA que es de lo que se trata y no de otra cosa. +6#48 MUCHAS PROMESAS PERO... — UNO MAS 05-03-2014 16:49 Este es un problema que viene de muchos años atrás y que podía haberse resuelto con la Ley 17/1999, pero le falto valentía al Gobierno de aquella época para hacerlo. La legislatura pasada el Grupo Popular prometió resolver este problema de una forma definitiva si gobernaban, llevan más de dos años gobernando y se le da largas al asunto,(donde digo digo ahora digo diego) y yo me pregunto: ¿que inconvenientes tiene el Gobierno del Partido Popular, para no cumplir con lo que prometió?. +8#47 TEMA SANGRANTE — FALCONETE 04-03-2014 15:46 Para Pepe: Yo pienso que ha sido un problema generado por los militares y por ello no han tenido interés ni voluntad de solucionarlo, pero los demás poderes no han tenido ni tienen el valor ni el coraje de imponerse, haciendo tabla rasa por una vez, ya que lo único que han hecho hasta el momento ha sido poner parche sobre parche, y con ello lo que han conseguido es crear diferencias y malestar entre todos los componentes. Por ello lo que deben hacer es dar de una vez por todas una solución justa, razonable y aceptable, a fin de terminar con el sangrante tema de la Escala Auxiliar y que podamos vivir con paz y sosiego. +6#46 QUIEN SE FIA — CAL 01-03-2014 15:50

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Visto los resultados a estas alturas es muy difícil confiar en la justicia y en los políticos, solo con ojear las noticias que van apareciendo diariamente en la prensa, nos dan el resultado de su desprestigio y de lo mal que funcionan las instituciones en España, siendo la justicia la peor valoradas por los españoles, por algo será. +5#45 escala auxiliar — PEPE 25-02-2014 10:43 YO CREO QUE ES UN PROBLEMA DE VOLUNTAD POLITICA. Los que ya tenemos 60 cuando estudiábamos bachiller en la asignatura de política decía: "Si votas a BASACAN TENDRAS PULGAS ESTE VERANO" " Si votas a BASAQUIN PULGAS TENDRAS ESTE VERANO" AL FIN Y AL CABO LOS DOS PARTIDOS MAYORITARIOS EMPIEZAN POR P..... +4#44 La justicia es un cachondeo. — Pepi 24-02-2014 15:32 "La justicia es un cachondeo". lo dijo un político hace ya varios años, y fue muy criticado. ¿Cómo se puede decir eso en una Democracia?. Hoy ya somos muchos los que pensamos lo mismo. Los que conocemos la problemática de la Escala Auxiliar y del C.A. de Especialistas ¿que podemos pensar de la justicia?. +7#43 ASI ESTAN LAS COSAS — Vicente Baños 24-02-2014 14:10 Efectivamente, así están las cosas y así seguirán si no tratamos de enderezar el asunto. Hoy en día hay que caminar paralelamente a los recursos judiciales, seguir el camino de los políticos, abrumarles con cartas exponiendo el problema (que ya les creo suficientemente enterados). Hay que recoger una frase que emplea mucho la clase política "NO HAY VOLUNTAD DE SOLUCIONAR EL PROBLEMA", pero bueno.. nosotros somos militares ¿no? y la palabra "rendición" no entra en nuestro vocabulario ¿no?, pues eso... A dar caña un poco más. Un abrazo para todos +6#42 El sufrimiento de la EXCAE. — FeMEC 24-02-2014 11:32 Está pasando que, desde hace algunos años, empiezan a sufrirlo la Escala de Oficiales a extinguir y la Escala de Suboficiales, fiel reflejo de que están copiando lo que hicieron a la EXACAE. O sea, como anteriormente salió bien, ahora, poco a poco lo trasladan a las demás escalas y seguro que en poco tiempo también lo realizarán con la de Oficiales, si esto no se evita antes. No puede haber distintos tipos de militares en los Ejércitos dentro del mismo empleo, todos deben tener los mismos deberes y derechos, sean de la escala que sean y no azules, rojos y negros. Más información sobre estos agravios en www.pedea.org +5#41 La justicia no es justa — FeMEC 24-02-2014 11:28 Al final, entra en acción el Abogado del Estado y en "interés de Ley" echa todo para atrás. Pero lo que, desde más de 30 años, están sufriendo los componentes de la EXACAE, poco a poco, lo están trasladando a otros y está pasando que, desde hace algunos años, lo empiezan a sufrir la Escala de Oficiales a extinguir y la Escala de Suboficiales, fiel reflejo de que están copiando lo que hicieron a la EXACAE. O sea, como anteriormente salió bien, ahora lo trasladan a las demás escalas y seguro que en poco tiempo también lo realizarán con la Escala de Oficiales, si esto no se evita antes. No puede haber distintos tipos de militares en los Ejércitos dentro del mismo empleo, todos deben tener los mismos deberes y derechos, sean de la escala que sean y no azules, rojos y negros. Más información sobre estos agravios en www.pedea.org

+6#40 ASI ESTAN LAS COSAS — JUL 23-02-2014 12:03 En este caso se ve claramente que la intención del tribunal era desde un principio desestimar el recurso, para ello se basa en una maraña de sentencias y argumentos, sin tener en cuenta que este es un caso de recuperación de Derechos de ascensos y antigüedades, que fueron violadas en su día por la administración y los legisladores. El colectivo de afectados y sus familias, sufren desde hace muchos años unos agravios y discriminaciones s que son incompatibles en un Estado de Derecho, y ahora la "justicia" se hace otra vez cómplice de ello, como paso en 1993 cuando después de dar la razón diferentes Tribunales S. Justicia a más de 300 afectados, luego cambian de criterio desestimando los recursos, es de suponer que por presiones políticas. Así están las cosas. ¿Arreglarán alguna vez este problema de agravio y discriminación los legisladores?. El problema no lo provocaron los afectados, sino que lo provoco la administración, los legisladores y los tribunales, y estos lo tenían que arreglarlo.

+6#39 La balanza de la justicia se desnivela — Agustin 21-02-2014 10:22 Desde que éramos muy jóvenes hemos entendido de una forma sencilla y clara el significado de la balanza de la justicia, de tal manera que cuando uno de sus brazos se desnivelaba, como consecuencia de algún abuso por parte de alguien . Los jueces eran los encargados de volver a nivelar el brazo caído. Los Oficiales de la Escala Auxiliar y del Cuerpo de Especialistas del E.T, que han dado los mejores años de sus vida, y la vida misma, si hubiera sido necesario por su País, han visto como por decisiones arbitrarias e injustas de políticos y otros que no lo son, se truncaban sus legitimas aspiraciones de ascensos durante muchos años de su vida, pudiendo observar como no se les reconoce el tiempo que injustamente le quitaron,. Cosa que hoy en día tampoco han podido o no han querido arreglar los que tiene la obligación de nivelar la balanza

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+2#38 ACTÚAN ASÍ — SEREN 20-02-2014 10:37 Este problema de agravios y discriminación a suboficiales y oficiales procedentes de estos es muy antiguo, cuando se plantean los primeros recursos los tribunales suelen fallar a favor de los afectados, luego recurre el abogado del Estado en interés de Ley y el T.S.(seguramente por presiones políticas)dicta doctrina en contra. En este caso concreto, después de leer la demanda creo que con solo lo que argumenta y prueba el recurrente en el punto XVI de los Fundamentos de Derecho, sería suficiente para un fallo a su favor, pues la misma administración reconoce las antigüedades y los tiempos pero no los aplica, y este fundamento entre otros parece ser que no lo tiene en cuenta el tribunal, al menos yo no veo que lo rebatan en la sentencia. Creo que este asunto es otro de tantos que está politizado. +5#37 INCREIBLE — YUM 19-02-2014 10:35 ¿Pero qué clase de jueces y políticos tenemos, que permiten estos agravios y discriminaciones s?. Yo creía que España era un Estado de Derecho pero durante estos años veo que se ha convertido en un régimen de los partidos, estando todo totalmente politizado. +8#36 Insisto en la remisión de cartas — Arevaco 18-02-2014 08:30 Estimado Ausin Alonso, compañero artillero, insisto en la necesidad de remitir las cartas mensualmente a la Subcomisión de Defensa; cartas que son publicadas en la página Web de PEDEA. Es vital que, además del interesado, las remitan familiares, amigos, etc.. Así mismo, debemos actuar activamente e intentar que otros que todavía no las han remitido también lo hagan. Un afectuoso saludo +6#35 MAS DE 35 AÑOS Y AUN ASI — KOLO 17-02-2014 18:04 Desde luego no es de extrañar que este colectivo de afectados y sus familias y amigos, no crean en la "justicia" y en el los políticos, pues después de más de 35 años padeciendo este agravio y discriminación, se siga manteniendo este posible fraude de Ley, que impide que recuperen con muchos años de retraso los derechos que en su día fueron violados por la Administración y el Parlamento no haga nada. Es impresentable que esto ocurra en un Estado de Derecho serio. ¿Es España un Estado de Derecho o lo es solo en apariencia?. +14#34 SENTENCIAS - Vicente Baños — FALCONETE 16-02-2014 21:52 Por supuesto que lo entendemos ya que todo está clarísimo, siempre piden los informes a los mismos, a esos que están en el burladero y desde allí buscan argumentos para informar desfavorablemente te y en beneficio de la administración, lo lamentable es que les hacen caso, y el resultado después de más de treinta años recurriendo todos sabemos cuál es.

+13#33 Dar la Batalla — Vicente Baños 16-02-2014 19:09 Efectivamente, Espingarda, es tal y como dices, si pensáramos en que la mayor parte del colectivo no se mueve y nos dejáramos llevar por el desaliento no habríamos conseguido nada, ni conseguiríamos nada (que aún no nos hemos rendido), pero lo cierto es que da coraje, sabiendo que si el colectivo en su gran mayoría se moviliza alcanzaríamos nuestros objetivos y en menos tiempo. Un ejemplo (mal ejemplo) es lo que está pasando con las firmas para presentar al Ministerio de Defensa para que resuelva el problema de los títulos, que son una minoría las que se han recogido, cuando se pueden presentar por los interesados, sus familiares, amigos y cualquiera que esté por apoyarnos, y más cuando vemos que otros asuntos se resuelven, el nuestro no por falta de esas firmas, pero bueno, ya estamos acostumbrados y no por eso decae nuestro interés, seguiremos "dando guerra". Un cordial saludo a todos.

+20#32 DAR LA BATALLA — ESPINDARGA 15-02-2014 23:14 Estoy de acuerdo contigo, pues solo un reducido grupo de valientes fueron los que se expusieron para tratar de conseguir de los políticos lo que otros nos negaban sistemáticamente e, pero una vez conseguido esa gran mayoría que no se había interesado ni apoyado, si se dieron mucha prisa en subirse al carro de los triunfadores para saborear la miel de los ascensos. Por todo ello muchas gracias y mucho ánimo, y no pienses en los aprovechados que si algún día lo conseguís se va a beneficiar de vuestro esfuerzo, porque no merecen la pena. +18#31 ES JUSTA LA JUSTICIA — ASI 15-02-2014 17:22 Yo después de tantos años viendo distintas Sentencias estoy convencida que la justicia no es justa, ni igual para todos. ¿Dictan las Sentencias con arreglo a Derecho o según el criterio que les parece o el que les marcan?.Visto lo visto yo pienso que es lo segundo. +17#30 Sentencias — Vicente Baños 15-02-2014 13:38 Bueno, y todavía habrá por ahí algún "progresista" que diga que solo estamos de acuerdo con las Sentencias que nos son favorables y que no lo estamos con las que nos son desfavorables. Las que en un principio fueron favorables en un momento dado dejaron de serlo, y solo se beneficiaron los primeros en obtenerlas. Se supone que cuando un Tribunal cambia el Sentido de las Sentencias es porque hay un motivo concreto (cambio de legislación, por ejemplo), pero en nuestros temas cambian de opinión PORQUE SI. Y encima dicen que NO LO ENTENDEMOS....

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+12#29 La justicia no es de este mundo — J.R 14-02-2014 23:32 El PP nos dio la espalda. Nos lo demostró cuando habiendo llegado a un acuerdo para solucionar el problema de la D.A. 10ª , de la noche a la mañana desapareció. PP igual que el PSOE. Yo si cumpliré con mi promesa de no votarlos. +15#28 Dar batalla — Vicente Baños 14-02-2014 22:01 Eso es, seguir dando batalla es lo que hay que hacer, y de hecho es lo que hacemos, pues unos cuantos del colectivo enviamos correos electrónicos todos los meses, exponiendo la problemática a todos los componentes de la Comisión de Defensa, la pena es que somos unos pocos lo que lo hacemos, con un colectivo tan grande. Si hubiera habido más unión entre todos habríamos conseguido más y mucho antes. En fin... ahí estamos y ahí seguimos. Que no decaiga. Un cordial saludo para todos.

+10#27 Cuando la justicia no injusta — FeMEC 14-02-2014 13:34 Esta circunstancia fue reclamada por varios componentes en actividad y obtuvieron la siguiente respuesta: “mientras están en activo no les afecta el personal en reserva o reserva transitoria”. Esto conllevó que los más modernos pasarán a ser más antiguos en el escalafón, hasta que se aplicó el reordenamiento por la Ley 37/2009. Entonces este problema se resolvería reclasificando los trienios de todos. Por tanto, no queda más remedio que acatar las sentencias, pero seguimos pensando que no hay justicia y que no tratan a todos por igual como manda la Constitución. www.pedea.org

+13#26 Cuando la justicia no injusta — FeMEC 14-02-2014 13:33 “Esa diferencia en la normativa reguladora constituye un fundamento objetivo que justifica el distinto trato y hace desaparecer la invocada vulneración del principio de igualdad.” “Con ello se pone de manifiesto que no existe discriminación alguna ni vulneración del principio de igualdad.” Y en la Constitución, artículo 14: “Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna.....” ¿Quién miente las Sentencia o la Constitución? Es más, dejando a un lado las sentencias, existen compañeros que pasaron a la Reserva transitoria, por la Ley 17/1999, de las promociones XXXIV y XXXV, y consecuentemente e ascendieron a Oficiales, mientras quedaban de Subtenientes en actividad compañeros de las promociones XXXII y XXXIII. Que ocasionó esto, que compañeros más modernos perfeccionaran trienios del Grupo A (ahora A1) mientras las dos promociones más antiguas lo hacían en el Grupo B (ahora A2), ocasionando un agravio comparativo. +11#25 Cuando la justicia no injusta — FeMEC 14-02-2014 13:31 CUANDO LA JUSTICIA ES INJUSTA Estas injustas Sentencias ocasionan que existan muchos casos donde compañeros que ingresaron posteriormente en el Ejército y con cursos posteriores (o sea, más modernos) tienen más trienios del Subgrupo A1 que otros más antiguos. Un ejemplo: los que obtuvieron las sentencias más favorables, que desde el día que fueron ascendidos a Oficial perfeccionaron trienios del Grupo A, mientras, la gran mayoría de compañeros más antiguos y que continuaban de Suboficiales, los perfeccionaban del Grupo B (A2 en la actualidad). ¿Cómo calificaríamos esto de: Agravio comparativo, Discriminación, Vulnerabilidad del principio de igualdad? Pues bien, para los magistrados, en las diversas sentencias, no existe vulnerabilidad del principio de igualdad. Por eso la justicia es tan injusta. Observamos en las Sentencias:

+13#24 Envío de cartas a Subcomision Defensa — Arevaco 14-02-2014 12:46 Me consta que, a pesar de reiterar la obligada necesidad de remitir las cartas, tanto por interesados como por familiares, el porcentaje de las enviadas, teniendo en cuenta el numeroso colectivo de la EAUX, es mínimo. ¿ A qué esperáis?. ¿Por qué no se remiten masivamente todos los meses? ¿Acaso alguien está convencido que nuestro problema se resolverá por sí solo? A estas alturas de los acontecimientos, ¿alguien tiene la fe suficiente para creer en la sensibilidad de los políticos? Vamos, vamos, no seamos ingenuos. La única y digo bien la única posibilidad es "presionar" todos los meses con el envío de las cartas. Aunque sólo sea por solidaridad y apoyo al reducido número de compañeros que, sin desmayo, están intentando solucionar el "problema de todos", cuando la mayoría de nosotros estamos cómodamente instalados en la contemplación. +18#23 ESTOY DE ACUERDO — MARINA 14-02-2014 12:39 Vicente, estoy de acuerdo totalmente contigo, en estos casos se buscan fundamentos para desestimar los recursos como sea, siguiendo las directrices de los abogados del Estado, y nada más. Esta todo politizado.

+14#22 La justicia no es de este mundo — J.R 14-02-2014 11:37 Que PP y PSOE son lo mismo nos lo demostraron cuando: después de llegar a un acuerdo y tener la propuesta hecha, desapareció de la noche a la mañana. Del PP no me lo esperaba. No más engaños. En las próximas elecciones lo tendréis que pagar, es de justicia. +15#21 Separación de poderes — Arevaco 14-02-2014 11:23 En un estado de Derecho ha de contar con tres poderes: Legislativo, Eje cutivo y Judicial, todos independientes entre sí, tanto que las decisiones de un Poder no puedan ser invalidadas, anuladas o modificadas por otro Poder, de lo contrario sería habitual las injusticias

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de todo tipo. Puesto en relación con el sistema que impera en España, se está en condiciones de afirmar que en España no existe separación de Poderes, por lo que no es un Estado de Derecho. En España el Poder Ejecutivo es quien, en la práctica, elige al Poder Legislativo y por lo mismo el Poder Legislativo y el Poder Judicial son simples marionetas del Ejecutivo. Conclusión: UN PAIS QUE VIVE EN ESTAS CONDICIONES NO ES UN ESTADO DE DERECHO NI UNA DEMOCRACIA. Por lo tanto no es de extrañar sentencias como ésta e incumplimientos, "sin que pase nada" como, por ejemplo, hace la Generalidad de Cataluña. En España para que no te pase nada debes ser "político" o haber robado por encima de los 1.000 millones de euros.

+18#20 ME HAN ENGAÑADO LOS DOS (PSOE Y PP) — Ro.elprofe 13-02-2014 21:26 - Solo prometen cuando están en la oposición, lo jodido es que nosotros nos lo creemos, en el gobierno ni te conocen..ya sabéis lo que hay que hacer en las próximas y sucesivas elecciones...Solo piensan en ellos.

+17#19 acostumbrados — un rojo baron 13-02-2014 19:55 Para estos temas los tribunales no tienen mucho que dilucidar, se lo dicen los políticos de turno o el abogado del Estado, para el caso es lo mismo. Ya estamos acostumbrados y por ello nada nos extraña esta clase de sentencia, las hacen como churros. Pero no vamos a dejar de protestar y dar batalla, llevamos haciéndolo más de 30 años y tenemos experiencia.

+24#18 NO CUMPLEN — MELANI 13-02-2014 16:29 A mí lo que me da pena es que estemos en un estado derecho y se vulneren sistemáticamente e nuestros derechos, tal como ha sucedido con la antigüedad o con la negación a expedirnos los títulos de empleo, pues aunque no tienen base legal para negarse, hacen caso omiso a nuestras peticiones, aún a sabiendas de que tenemos derecho a ello y no existe legislación alguna en contra.

+25#17 NO CUMPLEN — MELANI 13-02-2014 16:28 Sabemos desde siempre que unos actúan como les viene en gana, haciendo caso omiso a nuestras justas solicitudes y otros simplemente lo consienten, de eso soy consciente y por ello me queda la satisfacción y alegría, de que al menos a los políticos que no cumplen y no hacen nada por conseguir nuestros derechos, podemos desalojarlos de la poltrona con los votos. +10#16 Son lentejas — Fco Javier Ausín Alo 13-02-2014 14:26 Primero, dar las gracias a los que, a sabiendas que en nuestra empresa siempre han sido lentejas, seguís luchando hasta derramar la última gota de la sangre de cada cual, como bien nos enseñaron acerca de nuestros deberes. Sé, ahora, que incluso teníamos que tener y haber tenido derechos. Saludos

+19#15 Sentencia a la carta — Vicente Baños 13-02-2014 11:32 Marina, lo que digo es cierto, lo conozco de primera mano. Si un caso es normal se estudia y se falla de acuerdo a lo que el Juez Interpreta con las leyes en la mano, pero hay casos en que las presiones o los intereses llevan a una sentencia determinada, y en general lo primero que se decide es el fallo del asunto y luego se le dan los fundamentos jurídicos. Pero hay casos interesados en que sin entrar en el fondo del asunto se decide el fallo, y luego se "torea" y se hacen unos fundamentos jurídicos que justifiquen ese fallo. Esto no es nada nuevo. Este espacio es muy corto para dar una explicación más amplia de estas cosas. Insisto en que he vivido casos de estos. Luego está el copio y pego, sin entrar en el fondo de asunto deciden que el caso ya esta juzgado y copian los fundamentos de una sent4encia anterior y los pegan en la actual, así luego se les ven hasta los fallos, pues algunas veces copian todo. Un cordial saludo +20#14 ¡JUSTICIA! — UNA 13-02-2014 11:31 Justicia = a política y política = a justicia, tanto da que da lo mismo, como dice Vicente son fenómenos paranormales. A estas alturas ya nadie cree ni en los unos ni en los otros. Se darán cuenta de lo mal que lo están haciendo y de lo desprestigiados que están ante la sociedad. +23#13 justicia? — Vicente Baños 12-02-2014 20:18 Pero que pena me da cuando veo que habláis de justicia... No os dais cuenta de que eso son fenómenos paranormales? +21#12 Otra vez los políticos — Arevaco 12-02-2014 19:03 Si admitimos y aceptamos conforme a derecho los fundamentos de la sentencia, contrarios a lo argumentado por el recurrente, sólo cabe concluir que otra vez, nuevamente otra vez, los políticos y, en éste caso el PARTIDO POPULAR, nos ha engañado de forma miserable, prometiendo una cosa y haciendo la contraria. Tengamos presente dicho "comportamiento" y, en lo sucesivo, actuar con inteligencia. +24#11 MAS DE LO MISMO — ESPINDARGA 12-02-2014 14:57 No se de que os extrañáis, todo es más de lo mismo, o es que alguna vez nos han dado la razón aunque la llevábamos?. Siempre se han opuesto con diferentes argumentos, y el más utilizado es que eso cuesta mucho dinero, luego no es cuestión

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de justicia, pero lamentablemente cuando llega donde tiene que llegar nos encontramos con un muro infranqueable, por eso yo ya no creo en nada ni en nadie. +15#10 VBG — Vicente Baños 12-02-2014 13:15 Yo participé mucho tiempo en un foro de la Escala Auxiliar que abierto en la web oficial del PP, hasta que me di cuenta de que no contestaban a lo que exponíamos y nos iban mareando, por lo que decidí abandonarlo y comunicárselo así al PP. Cuando el PP estaba en la oposición presentó Proposiciones No de Ley sobre este asunto de los Derechos pasivos y Trienios, cuando llegó al poder se olvidó de todo y el Ministerio de Defensa adoptó las contestaciones que llevaba a cabo el PSOE para nuestros recursos, por lo que puedo decir (ya se lo dije a RAJOY en el formulario que hay para dirigirse a él) que no cuente con mi voto, ha conseguido que reniegue del PP al que voy votando desde 1978 (primero UCD, después AP y ahora PP), cuando lleguen las elecciones cogeré una papeleta del PP, escribiré "que os vote Bolinaga" y así al menos conseguiré un VOTO NULO, que no en blanco ni abstención, o quizá esté ahí VOX. Quién sabe. Un cordial saludo a todos los perjudicados por este tema. +17#9 Tratados como siervos — Arevaco 12-02-2014 12:50 Como siempre. Igual que siempre. El gobierno y las élites judiciales otorgan un tratamiento parcial y discriminatorio a las clases medias, ya sean militares o no. Todos sabemos que en España, perdón en éste país, no existe la separación de poderes y, como consecuencia "unos reciben y otros asumen". Hay que tener "sujetas" a las clases medias no sea que cunda el ejemplo y les manden a….. +15#8 SENTENCIA A LA CARTA — MARINA 12-02-2014 10:38 Creo entender en lo que comenta Vicente Baños, que el sentido de las Sentencias o Resoluciones, se determinan antes de entrar en el fondo del asunto y así se fundamentan en un sentido o en otro según convenga, segura mente en estos casos da la impresión que es así, por eso lo de la Sentencia errónea que se dicto anteriormente pues seguramente el fin que se perseguía era desestimar el recurso. +22#7 CUANDO LO SOLUCIONARAN — UNA 11-02-2014 16:36 La D.A. 10ª de la Ley 39/2007 se promulgó para intentar solucionar de una forma definitiva los problemas de agravio y discriminación de la EAUX y del CAE del ET., pero de momento no se ha conseguido, pues se ha impedido que el personal en actividad alcance el empleo que le corresponde hasta que pase a Reserva, no se concedieron tampoco estos empleos a los suboficiales que pasaron a retiro por accidente en acto de servicio que tenían el curso de teniente aprobado (a los oficiales retirados si),aparte de lo discriminatorio por sí de la misma D.A 10ª, aun encima los gobiernos de turno impiden que se reconozcan los derechos de antigüedad a los afectados, y la "justicia" se pone del lado de la Administración. ¿Qué podemos pensar de todo esto?.Lo único que se me ocurre es que falta voluntad política para solucionar de una vez este problema de más de 35 años. +18#6 harto de este tío — no lo regalan 11-02-2014 12:52 Vamos a ver HONORIO. ¿Quién te ha contado que los especialistas de la EEO no tienen titulación? O eres obtuso de cojones ó tienes muy mala intención. Si dos oposiciones y cinco años de academia no son titulación, no se a que llamas tú titulación. Por otra parte me hubiera gustado verte en el famoso CUAD .A los que de verdad han dejado tirados ha sido a los que han quedado a extinguir, esos si tienen motivos para estar quemados.

+22#5 ERA DE ESPERAR — MARINA 11-02-2014 12:17 Era de esperar, pues la "justicia" salvo escasas excepciones, siempre actuó y actúa en estos casos en beneficio del Gobierno y de la Administración. ¿Hay alguien que aun tenga fe en esta justicia que tenemos?. Solo hay que leer un poco la prensa para ver que está totalmente politizada. +14#4 El que resiste gana - José — José Vera 11-02-2014 11:57 Siguen haciendo oídos sordos a nuestras peticiones, pero no nos cansaremos de hacerles llegar nuestro malestar. También recibirán su merecido en las elecciones. Ahora se acercan las europeas, buen momento para que nuestras voces, en el ejercicio de nuestros derechos democráticos, se escuchen. +14#3 VBG — Vicente Baños 11-02-2014 09:15 Yo ya sabía el resultado de este asunto, lo adelanté en mis comentarios. Para el que no sabe como van estas cosas le diré que primero se toma la decisión del resultado del fallo y después se buscan los fundamentos jurídicos acordes con lo que se quiere. Este caso es igual al de la "Juez Valdecabras", que dicta una resolución a su conveniencia (me refiero a la sentencia los "acosos" -pesimamente llamados scraches-, en fin, no merece la pena decir más....

+16#2 Fortu — Jesus 10-02-2014 23:48 Sigo sin entender la cerrazón de la Justicia para no resolver este asunto, con lo claro que está, y menos aún lo del Gobierno y su compromiso de solucionarlo, decepción es la palabra que refleja nuestros sentimientos.

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Dar las gracias a los compañeros, que lejos de tirar la toalla, como ya han hecho muchos, continúan insistiendo y luchando por lo que creen justo, para ellos y para todos los demás -12#1 cuerpos y escalas olvidados — honorio 10-02-2014 16:18 Esta claro que hay una serie de cuerpos y escalas a los que alguien u otro cuerpo u otra escala torpedea. Es el caso, entre otros, de los cuerpos de ingenieros técnicos de los ejércitos, a los que no se permitió entre otras cosas integrarse en el cuerpo de las armas como si se permitió al cuerpo de especialistas. Significo aquí que para acceder a los cuerpos de ingenieros técnicos se pedía titulación universitaria, oposición y año de formación, mientras que para acceder a los cuerpos de especialistas no pedían titulación universitaria alguna. Ahora, con su integración voluntaria, tienen mas recorrido profesional que los componentes de los cuerpos de ingenieros técnicos condenados al ostracismo existiendo en sus escalas comandantes con mas de 19 años en el empleo. El comportamiento con estos cuerpos es el del perro del hortelano. A partir del mes de marzo, se empiezan a remitir nuevas cartas y correos por parte del los componentes del Colectivo EXACAE, a los señores Diputados de la Comisión de Defensa, cuyo modelo se inserta a continuación:

“Me dirijo a V.S., para informar de lo siguiente: Con la aprobación de la D.A. 10ª de la Ley 39/2007 de la carrera militar, por parte de los Legisladores del Estado de Derecho se pretendía eliminar de una vez por todas, los problemas de agravio y discriminación que venían sufriendo desde 1977, los componentes de la Escala Auxiliar (EAUX) y del Cuerpo Auxiliar de Especialistas (CAE), ambos del Ejército d Tierra (E.T.).

Cuando entro en vigor la citada Ley, por parte del Mando de Personal del E.T.(MAPER), se publicó en el Boletín Oficial de Defensa (BOE), el escalafonamiento definitivo con los empleos y antigüedades que le correspondía a cada uno de los afectados, pasando entonces el MAPER a modificar las Hojas de Servicio de los afectados, con los nuevos empleos, antigüedades, y tiempos para derechos pasivos, trienios, etc., acorde con lo dispuesto en la Ley ,como prueba se adjunta archivo con la página 2 de la Hoja de Servicios de uno de los afectados, extraída del Sistema SIPERDEF a fecha de 08FEB10 (Documento 1). Como puede verse en el apartado 5. EMPLEOS OBTENIDOS Y TIEMPOS TOTALES, los tiempos reflejados para trienios, derechos pasivos, etc, a esa fecha eran los siguientes: para comandante 14 años y 3 meses, para capitán 5 años, 6 mese y 19 días, y para teniente 5 años, 1 mes y 20 días, lo que nos da un total de tiempos en el subgrupo A-1 de 24 años, 11 meses y 9 días a la fecha de 08FEB10, tiempos que según la Ley deberían ser aplicados de oficio por la Administración para regularizar los trienios y tiempos para derechos pasivos, que le correspondían en esa fecha al interesado, con los efectos económicos que se especifican en el punto 7 de la citada D.A. 10ª., en igualdad de condiciones que se les aplica al resto de oficiales de las FA,s.

Como pasado un tiempo la Administración no lleva a cabo ese ajuste de tiempos, los afectados empiezan a reclamar y es entonces cuando se dan cuenta que el Gobierno de la anterior legislatura, está impulsando un fraude de Ley para que eso no se lleve a cabo y para ello el MAPER, modifica y manipula las Hojas de Servicio de los afectados, eliminando los tiempos que al amparo de la Ley legalmente se reconocen y corresponden a los afectados, como prueba se adjunta archivo con la página 2 de la Hoja de Servicios del mismo afectado, extraída del Sistema SIPERDEF a fecha de 04AGO10 (Documento 2). Como puede verse los datos fueron modificados apareciendo los siguientes: para comandante 2 años, 2 meses y 3 días, para capitán 2 años, 11 mese y 21 días y para teniente 6 años y 21 días, lo que nos da un total de tiempos en el subgrupo A-1 de 11 años, 2 meses y 15 días a fecha 04AGO10, en vez de los 24 años, 5 meses y 5 días que a esa fecha deberían figurar en la Hoja de Servicios del interesado, así como en la del resto de afectados por la D.A. 10 de la Ley 39/2007, en los que concurran las mismas circunstancias.

Estas actuaciones contrarias a la Ley, están impidiendo que los afectados (aunque con un retraso de muchos años), recuperen totalmente los derechos que años atrás le fueron violados, y por lo tanto se continúa con el agravio y discriminación que venían padeciendo. Lo extraño es que el Gobierno actual no elimine este fraude de Ley, y después de más de dos años de gobierno lo continúe manteniendo, amparándose en lo mismo que el Gobierno anterior, y máxime cuando el GPP prometía en su día que si el Partido Popular gobernaba, resolverían el problema,

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Colectivo EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA.

de momento no se le ve la intención de hacerlo, a pesar de que el costles expide a los afectados el título del último empleo alcanzado, al amparo de la legislación vigente.

Con la “Justicia”, tampoco se puede contar para resolver este asunto, pues con sus contradicciones y dictando Sentencias en base a las directrices del Gobierno de turno a través de los abogados del Estado, antes de entrar en el fondo del asunto y leer las demandas ya tienen decidido el sentido de la Sentencia, por lo que es muy difícil que se le dé la razón a los afectados aunque la tengan, sirva como ejemplo el caso del

Por todo ello, la única solución es modificar la D.A. 10ª de la Ley 39/2007 para que se eliminen de una forma definitiva estos problemas de agravio y discriminación, que vienen sufriendtantos años, y esta modificación podría ser la que ya conocen e incluso algún Grupo Parlamentario propuso hace varios años y que se recoge en la propuesta que le adjunto.

Sin otro particular, esperando que V.S., y suforma definitiva este problema, reciba un cordial saludo.

Fdo.________________________ del Colectivo EXACAE.”

o EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA.

de momento no se le ve la intención de hacerlo, a pesar de que el coste económico es muy reducido. Tampoco se les expide a los afectados el título del último empleo alcanzado, al amparo de la legislación vigente.

Con la “Justicia”, tampoco se puede contar para resolver este asunto, pues con sus contradicciones y dictando ntencias en base a las directrices del Gobierno de turno a través de los abogados del Estado, antes de entrar en el

fondo del asunto y leer las demandas ya tienen decidido el sentido de la Sentencia, por lo que es muy difícil que se ectados aunque la tengan, sirva como ejemplo el caso del Documento 3

Por todo ello, la única solución es modificar la D.A. 10ª de la Ley 39/2007 para que se eliminen de una forma definitiva estos problemas de agravio y discriminación, que vienen sufriendo los afectados y sus familias durante tantos años, y esta modificación podría ser la que ya conocen e incluso algún Grupo Parlamentario propuso hace varios años y que se recoge en la propuesta que le adjunto.

Sin otro particular, esperando que V.S., y su Grupo parlamentario colabore positivamente para eliminar de una forma definitiva este problema, reciba un cordial saludo.

Fdo.________________________ del Colectivo EXACAE.”

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e económico es muy reducido. Tampoco se les expide a los afectados el título del último empleo alcanzado, al amparo de la legislación vigente.

Con la “Justicia”, tampoco se puede contar para resolver este asunto, pues con sus contradicciones y dictando ntencias en base a las directrices del Gobierno de turno a través de los abogados del Estado, antes de entrar en el

fondo del asunto y leer las demandas ya tienen decidido el sentido de la Sentencia, por lo que es muy difícil que se Documento 3.

Por todo ello, la única solución es modificar la D.A. 10ª de la Ley 39/2007 para que se eliminen de una forma o los afectados y sus familias durante

tantos años, y esta modificación podría ser la que ya conocen e incluso algún Grupo Parlamentario propuso hace

Grupo parlamentario colabore positivamente para eliminar de una

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Nota: La propuesta es la remitida en cartas anteriores y el Documento 3 es la noticia de 09FEB14 editada por –elespiadigital.com-

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Colectivo EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA.

Como sobre el 20MAR14, por parte de este colectivo se tiene conocimiento del Dictamen (Borrador de 17MAR14) de la Subcomisión de Defensa y como con lo que se expresa en el mismo, los señores Diputados hacen caso omiso a cuantas propuestas e informes, les fueron remitidos por este Colectivo, con el fin de eliminar los problemas de agravio y discriminación existentes con los afectados por la D.A. 10ª de la Ley 39/2007 de la carrera militar, a paDictamen, por parte de los afectados, familiares y amigos, se les empezó a remitir a los componentes de la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados la siguiente nota de reparos:

DICTAMEN COMISIÓ

PROPUESTAS SOBRE MODIFICACIÓN RÉ

ANÁLISIS DE LAS PROPUESTAS REALIZADAS EN RELACICONTEMPLADAS EN LA LEY DE LA CARRERA MILITAR

Hasta aquí se han analizado los asuntos contenido en la disposición final duodécima de la Ley Orgánica 9/2011. A continuación se analizarán otras propuestas realizadas sobre distintos aspectos de la Ley e incluso su desarrollo reglamenta

Se propuso una reclasificación de los trieniosséptima o por la disposición adicional décima, hubieran ascendido a oficial.

Las normas actuales de perfeccionamiento de trienios son equivalenfuncionarios, no siendo posible modificar las normas en este sentido. La valoración de los trienios se efectúa de acuerdo con la norma general aplicable a la Administración General del Estado, de forma que cada tricomputa en función del grupo al que se pertenecía en el momento de perfeccionarlo.

Por otra parte, y según el apartado 7 de la Disposición adicional décima de la Ley, situaciones generadas en aplicación de esta disposicióneconómicos anteriores a la fecha de entrada en vigor de esta ley y, en el caso de los de servicio activo, ninguno anterior a la fecha de su pase a reserva

Es por ello, que no procede modificar los tiemporeordenamiento teórico cuya finalidad era ordenar a los componentes de una escala.

En este sentido, es reiterada la doctrina de la Audiencia Nacional al calificar las antigüedades como teóricas y eficaces únicamente en orden al escalafonamiento, de tal manera que no es factible ampararse en antigüedades irreales y ficticias para fundamen

Nota de reparos sobre este apartado:Por aplicación de la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, a los afectados por la misma, se les restablecen los derechos de ascensos y antigüedades violados antaño, reconociénantigüedades que les corresponde el empleo de teniente, capitán y comandante (es un invento de la Administración para defraudar la Ley y de los Tribunales de Justicia parcomo sea), y por lo tanto desde la fecha de antigüedad de teniente cambian de categoría y pasa a estar incluidos en el grupo A (ahora subgrupo Apartida de los afectados, para quedar incluidos en el grupo A (ahora subgrupo Ade facha de antigüedad reconocida para el empleo de teniente por cambiar de categoría a ese empleo, eso sí, con la única limitación de que los efectos económicos, de la ley 39/2007, por disponerse así en el punto 7 de la D.A. 10ª de esta Ley. No es el mismo caso como nos quiere hacer entender la Subcomisión en el dictamen de 17concurre con los afectados por la DA. 10ª que lo que ocurre con los afectados por la D.T. 7ª, ocurre con los afectados por la D.A. 10ª es la recu peración de unos derechos de ascenso y antigüedades violados en su día por la administración y los legisladores, úniTribunales de Justicia de lo ocurrido con este colectivo y lógicamente cuando los ascensos y recuperación de

o EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA.

Como sobre el 20MAR14, por parte de este colectivo se tiene conocimiento del Dictamen (Borrador de 17MAR14) de la Subcomisión de Defensa y como con lo que se expresa en el mismo,

Diputados hacen caso omiso a cuantas propuestas e informes, les fueron remitidos por este Colectivo, con el fin de eliminar los problemas de agravio y discriminación existentes con los afectados por la D.A. 10ª de la Ley 39/2007 de la carrera militar, a partir de que se conoció el citado Dictamen, por parte de los afectados, familiares y amigos, se les empezó a remitir a los componentes de la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados la siguiente nota de reparos:

DICTAMEN COMISIÓN DE DEFENSA

UESTAS SOBRE MODIFICACIÓN RÉ GIMEN TRANSITORIO DE LA LEY DE LA CARRERA MILITAR

LISIS DE LAS PROPUESTAS REALIZADAS EN RELACI ÓN CON OTRAS MATERIAS CONTEMPLADAS EN LA LEY DE LA CARRERA MILITAR

Hasta aquí se han analizado los asuntos propuestos que guardan una relación directa con el mandato contenido en la disposición final duodécima de la Ley Orgánica 9/2011. A continuación se analizarán otras propuestas realizadas sobre distintos aspectos de la Ley e incluso su desarrollo reglamenta

reclasificación de los trienios de los suboficiales que, bien por la disposición transitoria séptima o por la disposición adicional décima, hubieran ascendido a oficial.

Las normas actuales de perfeccionamiento de trienios son equivalentes para los militares y para el resto de funcionarios, no siendo posible modificar las normas en este sentido. La valoración de los trienios se efectúa de acuerdo con la norma general aplicable a la Administración General del Estado, de forma que cada tricomputa en función del grupo al que se pertenecía en el momento de perfeccionarlo.

Por otra parte, y según el apartado 7 de la Disposición adicional décima de la Ley, situaciones generadas en aplicación de esta disposición no tendrá para ninguno de los interesados efectos económicos anteriores a la fecha de entrada en vigor de esta ley y, en el caso de los de servicio activo, ninguno anterior a la fecha de su pase a reserva”.

Es por ello, que no procede modificar los tiempos de perfeccionamiento de los trienios en función de un reordenamiento teórico cuya finalidad era ordenar a los componentes de una escala.

En este sentido, es reiterada la doctrina de la Audiencia Nacional al calificar las antigüedades como teóricas y eficaces únicamente en orden al escalafonamiento, de tal manera que no es factible ampararse en antigüedades irreales y ficticias para fundamentar el reconocimiento de un derecho real y auténtico.

Nota de reparos sobre este apartado: Por aplicación de la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, a los afectados por la misma, se les restablecen los derechos de ascensos y antigüedades violados antaño, reconociéndoseles de una forma real y de plena eficacia las antigüedades que les corresponde el empleo de teniente, capitán y comandante (es un invento de la Administración para defraudar la Ley y de los Tribunales de Justicia par

), y por lo tanto desde la fecha de antigüedad de teniente cambian de categoría y pasa a estar incluidos en el grupo A (ahora subgrupo A-1) como todos los tenientes de las FA,s, por lo tanto, la fecha de

ctados, para quedar incluidos en el grupo A (ahora subgrupo Ade facha de antigüedad reconocida para el empleo de teniente por cambiar de categoría a ese empleo, eso sí, con la única limitación de que los efectos económicos, no pueden ser anteriores a la fecha de entrada en vigor de la ley 39/2007, por disponerse así en el punto 7 de la D.A. 10ª de esta Ley. No es el mismo caso como nos quiere hacer entender la Subcomisión en el dictamen de 17

fectados por la DA. 10ª que lo que ocurre con los afectados por la D.T. 7ª, ocurre con los afectados por la D.A. 10ª es la recu peración de unos derechos de ascenso y

en su día por la administración y los legisladores, úniTribunales de Justicia de lo ocurrido con este colectivo y lógicamente cuando los ascensos y recuperación de

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Como sobre el 20MAR14, por parte de este colectivo se tiene conocimiento del Dictamen (Borrador de 17MAR14) de la Subcomisión de Defensa y como con lo que se expresa en el mismo,

Diputados hacen caso omiso a cuantas propuestas e informes, les fueron remitidos por este Colectivo, con el fin de eliminar los problemas de agravio y discriminación existentes con los

rtir de que se conoció el citado Dictamen, por parte de los afectados, familiares y amigos, se les empezó a remitir a los componentes de la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados la siguiente nota de reparos:

GIMEN TRANSITORIO DE LA LEY DE LA CARRERA MILITAR

(Borrador 17.03.14)

N CON OTRAS MATERIAS

propuestos que guardan una relación directa con el mandato contenido en la disposición final duodécima de la Ley Orgánica 9/2011. A continuación se analizarán otras propuestas realizadas sobre distintos aspectos de la Ley e incluso su desarrollo reglamentario.

de los suboficiales que, bien por la disposición transitoria

tes para los militares y para el resto de funcionarios, no siendo posible modificar las normas en este sentido. La valoración de los trienios se efectúa de acuerdo con la norma general aplicable a la Administración General del Estado, de forma que cada trienio se computa en función del grupo al que se pertenecía en el momento de perfeccionarlo.

Por otra parte, y según el apartado 7 de la Disposición adicional décima de la Ley, “Cualquiera de las nuevas no tendrá para ninguno de los interesados efectos

económicos anteriores a la fecha de entrada en vigor de esta ley y, en el caso de los de servicio activo, ninguno

s de perfeccionamiento de los trienios en función de un reordenamiento teórico cuya finalidad era ordenar a los componentes de una escala.

En este sentido, es reiterada la doctrina de la Audiencia Nacional al calificar las antigüedades como teóricas y eficaces únicamente en orden al escalafonamiento, de tal manera que no es factible ampararse en

tar el reconocimiento de un derecho real y auténtico.

Por aplicación de la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, a los afectados por la misma, se les restablecen los derechos doseles de una forma real y de plena eficacia las

antigüedades que les corresponde el empleo de teniente, capitán y comandante (nada de irreales y ficticias, este es un invento de la Administración para defraudar la Ley y de los Tribunales de Justicia para desestimar los recursos

), y por lo tanto desde la fecha de antigüedad de teniente cambian de categoría y pasa a estar 1) como todos los tenientes de las FA,s, por lo tanto, la fecha de

ctados, para quedar incluidos en el grupo A (ahora subgrupo A-1), no puede ser otra que la de facha de antigüedad reconocida para el empleo de teniente por cambiar de categoría a ese empleo, eso sí,

no pueden ser anteriores a la fecha de entrada en vigor

No es el mismo caso como nos quiere hacer entender la Subcomisión en el dictamen de 17-03-14, lo que fectados por la DA. 10ª que lo que ocurre con los afectados por la D.T. 7ª, pues lo que

ocurre con los afectados por la D.A. 10ª es la recu peración de unos derechos de ascenso y en su día por la administración y los legisladores, únicos culpables junto con los

Tribunales de Justicia de lo ocurrido con este colectivo y lógicamente cuando los ascensos y recuperación de

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antigüedades se produzcan con retraso por causas no imputables a los interesados (como es el caso que nos ocupa), estos deben recuperar el puesto en el escalafón y la antigüedad que legalmente les corresponde, a todos los efectos y la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, se promulgó con este objetivo, impidiendo solamente el tener atrasos económicos anteriores a la entrada en vigor de la Ley, por lo tanto nada de antigüedades irreales y teóricas. Por lo tanto la Subcomisión está cometiendo un error con lo que dictamina en este apartado, en sintonía con la Administración y con las tesis de los Tribunales de justicia cuyo fin fue el desestimar los recursos de los afectados sin miramiento alguno, sin tener en cuenta que este es un caso de la recuperación con 14 años de retraso de unos derechos violados en su día, no entendiéndose como la Subcomisión siguen colaborando en la continuidad del agravio y discriminación que vienen sufriendo los afectados desde hace tantos años. Tampoco en este apartado se habla nada de el por qué la Administración no expide los títulos de empleo a los afectados por la D.A. 10ª, de acuerdo con la legislación vigente. Por otro lado, tal como está redactado el dictamen, no parece del estilo habitual de los compontes de la Subcomisión, por lo que se aprecia la intervención de la mano negra de un asesor o asesores ajenos a la Comisión de Defensa, que lo único que pretenden es continuar perjudicando a los afectados, tal como hicieron en épocas pasadas. Los componentes de la Comisión de Defensa de la Legislatura pasada, prometieron a los afectados que con la D.A. 10ª, recuperarían todos los derechos violados, incluidos los ajustes de trienios y tiempos para derechos pasivos, pero sin efectos económicos de carácter retroactivo, con este Dictamen incumplen lo prometido y los afectados continuaran de por vida sin la recuperación total de sus derecho, por lo que se sienten totalmente engañados. Este tema es una recuperación de derechos violados años atrás, y no tiene nada que ver con lo que argumentan en el dictamen, para oponerse a las justas pretensiones de los afectados. ¿Qué podemos pensar de unos legisladores que incumplen reiteradamente sus promesas y permiten que continúe el agravio y discriminación existente, engañando a los afectados?. El día 04 de junio se publica en el BOCG nº 471 el INFORME DE LA SUBCOMISIÓN, CREADA EN EL SENO DE LA COMISIÓN DE DEFENSA, DE REFORMA DEL RÉGIMEN TRANSITORIO DE LA LEY DE LA CARRERA MILITAR, y a pesar de los muchos informes y propuestas remitidas a la COMDEF y SUBCOMDEF, así como la nota de reparos anterior, no se tiene en cuenta nada de lo expuesto por este Colectivo y otros como Asociación de Esposas de Valencia, y lo único a que se limita la SUBCOMDEF a propuesta de la mayoría del PP, es copiar el borrador de 17MAR14 y hacerlo definitivo, ante lo cual por parte de los componentes del Colectivo EXACAE, durante el mes de junio se remitió la siguiente carta-correo. A los Señores Diputados componentes de la Comisión de Defensa: Me dirijo a Su Señoría para informarle de lo siguiente: El dictamen final de la SUBCOMDEF, de fecha 29 de MAY14 (BOC nº 471 de 04JUN14) para la modificación de la Ley 39/2007, es lo mismo que lo que incluían en el borrador anterior de MAR14, que es de suponer que ya redactaron en su día los asesores del MINISDEF, sin que se tenga en cuenta ninguna de las propuestas de los colectivos de Tropa, Suboficiales y Oficiales procedentes de los anteriores, para eliminar los agravios y discriminaciones existentes que figuran en el archivo que se adjunta (Incumplimientos del PP). Los componentes de la Subcomisión han traicionado y abandonado a los colectivos de afectados y a sus familiares. Tal como está redactado el dictamen se ve claramente que la redacción del mismo no es del estilo habitual de los componentes de la COMDEF, por lo que se han limitado a copiar lo dictado por los asesores de siempre y nada más, y se salen por la tangente sin tener en cuenta los agravios y discriminaciones existentes.

Es una pena, y aunque no sabemos lo que decidirán sobre el tema los componentes de la Comisión de Defensa a la que Su Señoría pertenece, lo que sí sabemos es que de mantenerse ese Dictamen tal como está redactado, supondrá la pedida de confianza en los Grupos Parlamentarios que lo apoyen, lo que obligará a buscar a los afectados, junto con sus familias y amigos (más de 700.000 personas en toda España), los apoyos en otras formaciones actuales o futuras, que hagan lo posible para eliminar esos agravios y discriminaciones.

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Es vergonzoso ver, que después de más de seis años de la entrada en vigor de la Ley 39/2007, ni tan siquiera, por los Grupos Parlamentarios se inste o exija al Gobierno del PP, que de la orden para que se cumpla la Legislación vigente y se expidan los títulos del último empleo alcanzado (será que cuesta mucho imprimir una cartulina) por los afectados por la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, como se hace con el resto de componentes de las FA,s. (Por desgracia, algunos ya han fallecido, sin que pasara por sus manos el título de empleo que les corresponde).

En fin, aunque los ciudadanos solo podemos opinar uno de cada 1460 días, para que los 1459 días restantes solo cuente la opinión de los políticos elegidos, para resolver los problemas existentes, lo que sí está claro, es que si estos no cumplen con sus promesas y no eliminan los agravios y discriminaciones, que reconocieron que existen y que fueron provocados en su día por la Administración, los Legisladores y los Tribunales de Justicia (como es el caso que nos ocupa), ya se ha visto y demostrado lo que paso el 25 de mayo con la opinión de un solo día de los ciudadanos.

Esperamos que reflexionen sobre este problema existente durante tantos años, y tengan la valentía de darle una solución definitiva.

Sin otro particular reciba Su Señoría un cordial saludo.

Fdo._________________ en apoyo al Colectivo EXACAE

A esta carta-correo le acompañaban los siguientes documentos: 1. Archivo con las disposiciones que retiro el PP en el Senado (Incumplimientos del PP). 2. La carta complementaria que se transcribe a continuación:

A SU SEÑORÍA, COMPONENTE DE LA COMISIÓN DE DEFENSA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

A LO LARGO DE LA CARRERA MILITAR, LOS COMPONENTES DE LA ESCALA AUXILIAR DE JEFES Y OFICIALES DE LAS ARMAS Y CUERPO DE ESPECIALISTAS DEL EJERCITO DE TIERRA , PREVIA SUPERACIÓN DE LOS PLANES DE ESTUDIO ACADÉMICOS Y CONDICIONES PARA EL ASCENSO FUERON CONSOLIDANDO LOS EMPLEOS DE SOLDADO, CABO, CABO PRIMERO, SARGENTO, SARGENTO PRIMERO, BRIGADA, SUBTENIENTE, TENIENTE, CAPITÁN Y COMANDANTE , ES DECIR, GRACIAS A SU ESFUERZO Y SACRIFICIO, SE DICE PRONTO, LOGRARON ALCANZAR ¡NADA MENOS! QUE DIEZ (10) EMPLEOS,LOS TRES ÚLTIMOS ENTRE 12 Y 14 AÑOS DE RETRASO, PROVOCADOS POR LA ADMINISTRACIÓN, LOS LEGISLADORES Y CON LA COLABORACIÓN DE LA “JUSTICIA”. SEÑORIA, EN NUESTRA RECIENTE HISTORIA MILITAR NO HA EXISTIDO, NI TAN SIQUIERA EN EL RÉGIMEN POLITICO ANTERIOR, ESCALA DEL EJERCITO CUYOS MIEMBROS HAYAN SIDO TAN INJUSTAMENTE TRATADOS POR LOS PODERES PÚBLICOS, VIOLANDOSE SUS DERECHOS Y CORTANDO DE RAIZ SUS ESPECTATIVAS DE CARRERA. PERO NO SEÑORÍA, NO TEMA; NO VENGO A HABLARLE DEL PASADO PORQUE, DADA LA EDAD DE LOS COMPONENTES DE LA ESCALA, EL PASADO COMIENZA A SER PATRIMONIO DE LA HISTORIA.

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QUIERO HABLARLE DEL PRESENTE Y SU ESCUETA PROYECCIÓN HACIA EL FUTURO Y, ¡SOBRE TODO, POR ENCIMA DE TODO SEÑORIA!, UNA VEZ MÁS, LE HABLARÉ DE ¡¡¡¡JUSTICIA!!!; ESA JUSTICIA QUE TAN ACERTADAMENTE FUE DEFINIDA POR EL JURISTA ROMANO ULPIANO , COMO: “ LA CONSTANTE Y PERPETUA VOLUNTAD DE DAR A CADA UNO SU DERECHO” POR ELLO SEÑORÍA, LE HABLARÉ DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL 10 ª DE LA LEY 39/2007 Y DE LA INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN RESTRICTIVA QUE DE ELLA HACE EL MINISTERIO DE DEFENSA QUE NO ES ACORDE CON LA IDEA REPARADORA POR LA QUE SE PROMULGÓ CON LA INTENCIÓN DE ELIMINAR AGRAVIOS E INJUSTICIA Y QUE LA ADMINISTRACIÓN, AL NO APLICAR EL ESPÍRITU DE LA MISMA, SIGUE MANTENIENDO . BIEN ES CIERTO QUE EL APARTADO 7 DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL 10ª, DE LA LEY 39/2007, IMPIDE EFECTOS ECONÓMICOS RETROACTIVOS CON ANTERIORIDAD A SU ENTRADA EN VIGOR , PERO LO QUE NO IMPIDE SEÑORIA , ES QUE EL REORDENAMIENTO Y LA ASIGNACIÓN DE ANTIGÜEDAD EN LOS DISTINTOS EMPLEOS, DESPLIEGUEN TODOS LOS DEMÁS EFECTOS POSITIVOS DERIVADOS DE LOS CRITERIOS CONTENIDOS EN LAS SENTENCIAS MÁS FAVORABLES UTILIZADAS, POR IMPERATIVO LEGAL, EN LA REORDENACIÓN DEFINITIVA 1 ENTRE ESOS EFECTOS NO SÓLO ESTÁ LA ASIGNACIÓN DE ANTIGÚEDAD EN LOS EMPLEOS, TAMBIÉN ESTÁ LA ANTIGÚEDAD EN LOS TRIENIOS DEL SUBGRUPO A-1, Y LOS TIEMPOS PARA DERECHOS PASIVOS EN ESE MISMO SUBGRUPO A PARTIR DE LA ANTIGÜEDAD DEL EMPLEO DE TENIENTE ASIGNADA EN LA REORDENACIÓN DEFINITIVA 2 , Y EN IGUALDAD DE CONDICIONES QUE EL RESTO DE COMPAÑEROS DE OTROS CUERPOS Y ESCALAS.. ESTOY DE ACUERDO SEÑORÍA EN QUE NO CORRESPONDEN ATRASOS ECONÓMICOS CON CARÁCTER RETROACTIVO; 3 PERO SÍ TODOS LOS EFECTOS POSITIVOS EN EL MOMENTO EN QUE SE MATERIALIZAN Y RE CONOCEN CON PLENA EFICACIA LOS DIFERENTES EMPLEOS Y ANTIGÜEDADE S 4 Y ES, EN ESE MOMENTO SEÑORÍA, NO SE EQUIVOQUE, ¡ES EN ESE PRECISO MOMENTO! CUANDO DEBE RECLASIFICARSE O AJUSTARSE DE OFICIO P OR LA ADMINISTRACIÓN LOS TRIENIOS Y LOS TIEMPOS PARA D ERECHOS PASIVOS AL SUBGRUPO A-1, DESDE LA ANTIGÜEDAD RECONOCIDA PARA TENIENTE EN LA REORDENACIÓN DEFINITIVA, Y CON LOS E FECTOS ECONÓMICOS QUE CORRESPONDAN. DE NO SER ASÍ SEÑORÍA, LA ADMINISTRACIÓN ¡PERO SOBRE TODO USTED SEÑORÍA Y EL PARTIDO AL QUE PERTENECE!, CON ABSOLUTO DESPRECIO, SEGUIRÁ COMETIENDO UNA TERRIBLE INJUSTICIA CON LESIÓN Y PERJUICIO PARA LOS INTERESADOS AL NO APLICAR LOS EFECTOS REPARADORES PROMULGADOS POR EL LEGISLADOR EN LA LEY 39/2007, EN SU DISPOSICIÓN 1 SENTENCIA NÚM.283/ 1992, DE 28 DE DICIEMBRE, DE LA SALA 1ª DE LO CONTENCIOSO DEL TSJ DE ARAGÓN. Ejecución de Sentencia en la persona del Teniente de Infantería EAUX, DON FÉLIX HERRANZ CAMPOS; Resolución 562/14289/93 de 20 de octubre de 1993 (BOD nº 212 de 29-10-1993) 2 RESOLUCIÓN 562/17849/08, DE 22 DE OCTUBRE DE 2008 (BOD Nº 214) 3 APARTADO 7 DE LA DA 10ª DE LA LEY 39/ 2007 4 PUNTO 3 DE LA DA 10ª DE LA LEY 39/ 2007

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ADICIONAL 10ª, PUNTO 7, AL NO IGUALARLES EN ÉSTE SENTIDO CON LOS COMPAÑEROS QUE OBTUVIERON SENTENCIAS FAVORABLES 5, Y CON EL RESTO DE OFICIALES DE LAS FA,S A LOS QUE SE LES ASIGNÓ TRIENIOS Y TIEMPOS PARA DERECHOS PASIVOS EN EL SUBGRUPO A-1, ES DECIR, SE LES FUERON RECONOCIDOS TODOS LOS DERECHOS ADMINISTRATIVOS, PROFESIONALES, ECONÓMICOS, ETC.., DESDE LA FECHA DE ANTIGÜEDAD EN EL EMPLEO DE TENIENTE. NO OLVIDE SEÑORÍA, QUE LA INTENCIÓN DE LOS COMPONENTES DE LA COMISIÓN DE DEFENSA CUANDO APROBARON LA DISPOSICIÓN ADICIONAL 10 ª DE LA LEY 39/2007, FUE LA DE PONER FIN DE FORMA DEFINITIVA AL AGRAVIO Y DISCRIMINACIÓN QUE SUFREN, DESDE HACE MÁS DE 35 A ÑOS, EL PERSONAL DE LA ESCALA AUXILIAR Y CAE DEL EJERCITO D E TIERRA , SIENDO SU OBJETIVO RECONOCER LAS ANTIGÜEDADES Y EMPLEOS QUE REALMENTE CORRESPONDEN AUNQUE SU MATERIALIZACIÓN, TENGA QUE SER, POR IMPERATIVO LEGAL, EN SITUACIÓN DE RESERVA SIN DERECHOS ECONÓMICOS CON CARÁCTER RETROACTIVO ANTERIOR A LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 39/2007 PERO, ESO SÍ SEÑORÍA, RECONOCIENDOLES TODOS LOS DERECHOS EN EL MOMENTO DE LA INCORPORACIÓN AL E SCALAFÓN DEFINITIVO, INCLUÍDO LOS ECONÓMICOS DE RECONVERSIÓN DE TRIENIOS, Y AJUSTES DE TIEMPOS PARA DERECHOS PASIVOS DESDE LA FECHA DE ANTIGUEDAD RECONOCIDA PARA EL EMPLEO DE TENIENTE AL SUBGRUPO A-1. SEÑORÍA, NUNCA COMPRENDERE, JAMÁS COMPRENDERÉ, POR QUÉ ESTOS DERECHOS NO SON RECONOCIDOS SIN MÁS TRÁMITE QUE EL HACERLO SIMPLEMENTE DE OFICIO CUANDO NO EXISTE NORMA LEGAL ALGUNA QUE LO IMPIDA. POR ELLO EXIJO UNA VEZ MÁS:

1. Que se reconozca el Derecho de los interesados a que les sean reclasificados o ajustados de oficio al Subgrupo A-1, todos los trienios perfeccionados desde la fecha de antigüedad reconocida de una forma real y plena de eficacia para el empleo de Teniente en la reordenación del Escalafón Definitivo6 y, así mismo, se modifiquen de oficio los expedientes personales ajustando los tiempos para Derechos Pasivos, contabilizándolos en el Subgrupo A-1 desde la fecha de antigüedad de Teniente que incorpora el citado Escalafón Definitivo.7

2. Que, una vez reconocidos los Derechos mencionados, se expidan los Diplomas de los

Títulos de Empleo correspondientes. Nota: Los dos puntos 1 y 2 anteriores se podrían llevar a cabo simplemente por una acción del Gobierno, sin tener que modificar la Ley (no se oponen en nada a la misma), simplemente tener la voluntad de no defraudarla y en todo caso una pequeña modificación del RD de retribuciones de las

5 SENTENCIA NÚM.283/ 1992, DE 28 DE DICIEMBRE, DE LA SALA 1ª DE LO CONTENCIOSO DEL TSJ DE ARAGÓN. Ejecución de Sentencia en el Teniente de Infantería EAUX, DON FÉLIX HERRANZ CAMPOS; Resolución 562/14289/93 de 20 de octubre de 1993 (BOD nº 212 de 29-10-1993) 6 REORDENACIÓN DEFINITIVA. Resolución 562/17849/08, de 22 de octubre de 2008 (BOD nº 214) 7 REORDENACIÓN DEFINITIVA. Resolución 562/17849/08, de 22 de octubre de 2008 (BOD nº 214)

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FA,s, que es el que propicia que el Gobierno del PP continúe con este fraude de Ley, implantado en su día por el anterior Gobierno del PSOE. Pero como los Gobiernos de turno continúan con lo que creemos un fraude de Ley, incluso con la colaboración y apoyo de los Tribunales de “Justicia” mediante argucias jurídicas en sus sentencias que no se ajustan a la realidad y al espíritu de la Ley, es por lo que pensamos que la única solución es ponerlo en la Ley, para evitar el no cumplir los objetivos de eliminar los agravios y discriminaciones que perseguía la Ley, con la promulgación de la D.A. 10ª.

3. Que se reconozca éste Derecho a estar incluidos en la D.A. 10ª, a los Oficiales de éstas

Escalas y a los Suboficiales que superaron el curso de aptitud para el ingreso en la

Escala Auxiliar y que pasaron a retiro por pérdida de condiciones psicofísicas, bien

en acto de servicio, como consecuencia del mismo, o por enfermedad o patología

grave.

4. Que se reconozca a todas las personas en situación de viudedad y a los que se

encontraban en análoga situación o sus causahabientes de los Oficiales y

Suboficiales fallecidos, que tuviesen reconocidas las condiciones de ingreso en la

Escala Auxiliar y CAE, el Derecho mencionado en los puntos anteriores.

5. Que a todos los militares profesionales que acrediten una intachable conducta, con la

pertenencia a la Real y Militar Orden de San Hermenegildo o la Constancia en el

Servicio y que se encuentren en posesión de la Placa de la Real Orden de San

Hermenegildo, o de la Cruz de Oro a la Constancia en el caso de la tropa, al pasar a

retiro, si lo solicitan previamente, les sea otorgado un ascenso honorífico en el

empleo superior.

Nota: los puntos 3, 4 y 5 si requieren la modificación de la Ley.

Por lo interesante y clarividencia de su contenido, insertamos unos comentarios de Foros de internet, relativos al Informe de la SUBCOMDEF. Rosa

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INFORME SUBCOMISIÓN DEFENSA. VUELTA LA BURRA AL TRIGO 18/Junio/2014 - 21:01

Mi suegro, q.e.p.d., cuando alguien se empecinaba en el error, decía: "vuelta la burra al trigo". Pues eso, otra vez con lo del reordenamiento teórico. Aunque algunas consideraciones de este comentario ya las he incluido en otros, estoy convencida de que es oportuno volver a citarlas dada la tozudez con la que insisten. En el BOCG, de fecha 4 de junio de 2014, se publica el informe aprobado por la Subcomisión de reforma del régimen transitorio de la Ley de la carrera militar, constituida en el seno de la Comisión de Defensa. En este informe, entre otros análisis, en la pág. 7, se cita: “no procede modificar los tiempos de perfeccionamiento de los trienios en función de un reordenamiento teórico cuya finalidad era ordenar a los componentes de una escala. En este sentido, es reiterada la doctrina de la Audiencia Nacional al calificar las antigüedades como teóricas y eficaces únicamente en orden al escalafonamiento, de tal manera que no es factible ampararse en antigüedades irreales y ficticias para fundamentar el reconocimiento de un derecho real y auténtico.” Es decir, el obstáculo para que el colectivo EXACAE sea desagraviado radica en la interpretación de que el reordenamiento es teórico. Interpretación que causa la reiterada doctrina de la Audiencia Nacional, también asumida por la Subcomisión que ha emitido el informe en cuestión. Aunque es un poco largo, ruego la lectura de los antecedentes que cito a continuación, para juzgar mejor el asunto. Las escalas de este colectivo fueron declaradas a extinguir en la DF 3ª de la Ley 13/1974. La DT

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2ª.5 de la misma establecía que: “El Ministerio del Ejército, en función del número de Oficiales y Suboficiales de las Escalas a extinguir que pasen a las de nueva creación, fijará anualmente unos coeficientes de amortización de las vacantes que se produzcan, con objeto de que las posibilidades de ascenso del personal que opte por permanecer en las Escalas declaradas a extinguir sean similares a las existentes en el momento de entrada en vigor de esta Ley.” Esto no se cumplió ya que se fueron demorando los ascensos con relación a lo que ocurría en el aludido momento. Esta ralentización de los ascensos fue entendida por muchos como un incumplimiento de la administración de lo dispuesto en la citada DT 2ª.5 de la Ley 13/1974. Esto dio pie a numerosos recursos. Incongruentemente, recursos idénticos obtuvieron diferentes sentencias en función del Tribunal de Justicia ante el que se presentaron. Lo cierto es que varios miembros del colectivo, por la acción de la justicia, adelantaron en el escalafón a otros compañeros más antiguos, adelanto que se hizo con todas las consecuencias que ello comportaba: trienios, derechos pasivos, títulos de empleo… Es decir, los oficiales que recobraron sus derechos por la acción de la justicia, lo hicieron con toda plenitud. El poder legislativo, con encomiable voluntad, trató de enmendar tales incongruencias judiciales con la DA 10ª de la Ley 39/2007, que dispone el reordenamiento de los escalafones del colectivo EXACAE, asignando empleos y antigüedades en función de las sentencias jurisdiccionales más favorables sobre ordenamiento de escalafones de cualquiera de estas escalas, posteriores a la entrada en vigor de la Ley 17/89.La propia Ley 39/2007 considera teórico este reordenamiento, pero solo durante un periodo de tiempo que concluye con la publicación del reordenamiento definitivo (BOD 214/2008). Sin embargo, el reordenamiento definitivo no ha sido ejecutado fielmente. Con todo el respeto debido, no creo que sea función de la Audiencia Nacional, ni de la Subcomisión de Defensa, modificar la lengua española Según el diccionario de la Real Academia Española, definitivo significa que decide, resuelve o concluye. Consecuentemente, a partir de la fecha en la que cada afectado se incorpore a las posiciones del nuevo escalafón, éste tiene carácter definitivo para él. En realidad, aunque la Ley 39/2007 no cita la existencia de antigüedades ficticias, la Administración así las considera, al no conceder a los empleos militares de la nueva reordenación el carácter decisorio, resolutorio o concluyente de los nuevos derechos inherentes a los mismos. Para entender lo que supone el reordenamiento definitivo de los escalafones, es preciso aclarar que se entiende por escalafón. Según el art. 23.3 de la Ley 39/2007: “El escalafón es la ordenación por empleos y antigüedad de los militares profesionales pertenecientes o adscritos a una escala.” En el apartado 1 del referido artículo se dispone que: “El empleo militar otorga los derechos y atribuye los deberes establecidos en esta Ley y en el resto del ordenamiento…” La Ley (art. 20) especifica los diferentes empleos militares, añadiendo que también pueden existir empleos con carácter eventual (art. 22) y otros con carácter honorífico (art. 24). Evidentemente, los empleos a los que han ascendido los miembros del colectivo EXACAE, en aplicación de la referida DA 10ª, no tienen carácter eventual ni honorífico y son tan reales como cualquier otro. Si esto es una evidencia contemplada en la Ley, ¿por qué la Audiencia Nacional, la Subcomisión de Defensa y en general la Administración del Estado se empeña en negar el carácter definitivo de los empleos y antigüedades? El hecho de admitir esto no implica reconocer atrasos económicos no previstos en la referida Ley. Para concluir, la modificación de los tiempos de perfeccionamiento de trienios y derechos pasivos, así como la expedición de los títulos de empleo, no se debe hacer en función del reordenamiento teórico, que fue pasajero, sino en función del reordenamiento definitivo, que de ninguna forma es irreal y ficticio para el que sepa leer y comprender lo que lee. Un cordial saludo a los visitantes de este foro.

barrelo

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Re: INFORME SUBCOMISIÓN DEFENSA. VUELTA LA BURRA AL TRIGO

19/Junio/2014 - 20:49

¿quizás se debería solicitar en los juzgados de guardia aplicar el CP en su vertiente, falsedad documental... Además, dicha antigüedad está reconocida A POSTERIORI POR LA QUE SE MOIDIFICA LA RESOLUCIÓN DE NOVIEMBRE DE 2008. Dicha Resolución es modificada por la Ministra de Defensa Carmen Chacón que dicta nueva Resolución en junio de 2009,BOD 115,de 16 de junio que dice: NUEVAMENTE Refiriéndose a la Resolución de Noviembre de 2008, donde dice debe decir y se modifica desde hasta y se nos reconoce las antigüedades del BOD 214. Se dicta también NUEVA Resolución por la Subsecretaria de Defensa de 5 de julio de 2010 , después de dictada la de los 497, en los mismos términos y además SE DICTA SENTENCIA POR LA AUDIENCIA NACIONAL, de 25 de abril de 2012, donde se reconoce como ajustado a derecho la Resolución de la Subsecretaria de Defensa de 5 de julio 2010; en los mismos términos que la de los 497, que encabeza un comandante de sanidad. DIGENPER, RESOLUCIÓN PARA LOS 497 http://foros.hispavista.com/escalas-auxiliares-y-cae-del-et/3729/905907/m/contestacion-digeper-a-497-recursos-eauxcae/ ¿Entonces, cómo puede el MINISTERIO DE DEFENSA seguir cometiendo impunemente semejante atropello jurídico y ampararlo después la actual Subcomisión de Defensa de 17-03-14?

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ESTA ES UNA RESOLUCIÓN INCONSTITUCIONAL POR AFECTAR A DERECHOS ADQUIRIDOS Y FUNDAMENTALES. ARREBATADOS TORTICERAMENTE PRIMERO POR EL MAPER MEDIANTE FRAUDE DE LEY, AL DICTAR SUS NORMAS REGLAMENTARIAS, Y AHORA POR LA SUBCOMISIÓN DE DEFENSA

borrador de la comisión de defensa http://foros.hispavista.com/mostrar/?t=2284705

El 18 de junio se publican en el BOCG nº 480, los votos particulares al Informe de la SUBCOMDEF, de los Grupos: PSOE, IU e UPyD, no apareciendo expresamente en ninguno de ellos, nada sobre las propuestas elevadas por el Colectivo EXACAE y otros, y se elevo a IU por PEDEA la siguiente pregunta:

Pregunta a IU sobre el voto particular En relación al voto particular que presentó su Grupo Parlamentario IU en el Congreso, publicado en el BOCG, de fecha 18 de junio del presente y más concretamente el número 8, que dice: Voto particular núm. 8. “Promover las necesarias para atender y compensar, en la medida de lo posible, a algunos colectivos cuyas expectativas se han visto afectadas por las s ucesivas leyes de personal, entre otros , los integrantes de la extinta Escala de la Guardia Real; determinados miembros de la escala de tropa del Ejército del Aire, que vieron interrumpido su proceso formativo de acceso a la escala de suboficiales; antiguos Especialistas de la Armada; así como los suboficiales que hubiesen obtenido el empleo de sargento antes de la Ley 17/1989, de 19 de julio.” La ambigüedad del texto (remarcado en negrilla) no deja muy claro y nos llena de muchas dudas sobre el fin de voto. Respuesta : Buenos días. Como continuación a la conversación mantenida respecto al posicionamiento de nuestro voto particular defendido por el Diputado José Luis centella, le aclaro las dudas concernientes a lo que ha definido como ambigüedad del texto. 1º El voto particular se refiere al informe dictamen emitido por el Gobierno referente a las conclusiones de la Subcomisión de estudio de la problemática de la Ley 39/2007 de la Carrera militar, en respuesta a las múltiples peticiones tanto por nuestro grupo parlamentario como de otros grupos, de solucionar el desastre que ha supuesto en algunos colectivos la aplicación de la citada Ley. En dicho voto se refleja de forma genérica algunas de las pretensiones que debería de haber orientado el informe del Gobierno, pero como sabrá ha sido todo lo contrario, en consecuencia aún nos queda trabajo por hacer, y en concreto definir una a una cada propuesta de modificación de la Ley, propuestas estas que no parten solo de nuestro Grupo Parlamentario, sino que es consecuencia de las aportaciones de las diferentes asociaciones y colectivos de las FAS. 2º Respecto a la reivindicación de los trienios, le recuerdo que nuestro Grupo fue y sigue siendo pionero en la defensa y petición de lo que consideramos como un derecho legítimo. Respecto a este punto le comunico que tanto con el Gobierno del PSOE como del actual PP, cada una de nuestras peticiones respecto a los trienios ha sido rechazada, no obstante desde este grupo parlamentario mantendremos nuestro posicionamiento y defensa de los trienios. Sin otro particular y en espera de que les pueda aclarar las controversias, reciba un cordial saludo. José Antonio Arias Técnico Asistente Grupo Parlamentario IU También por parte de un compañero del colectivo, se hizo la siguiente pregunta sobre el tema al Grupo Izquierda Unida:

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Colectivo EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA. 63

De:

Enviado el: martes, 24 de junio de 2014 18:26

Para: [email protected].

Asunto: Sobre voto particular

A la atención de D. José Luís Centella.

En relación con la pregunta y contestación publicada en www.pedea.org (Anexo I) sobre el voto particular de

IU al informe o dictamen de la Subcomisión de Defensa para la reforma de la Ley 39/2007 de la carrera militar,

me alegra ver el posicionamiento del Grupo IU sobre la cuestión de trienios, pero en dicho voto no veo

nada rebatiendo lo que se expone en la página 7 sobre este tema (resaltado en azul en el archivo Anexo II), y

que está totalmente equivocado y no se ajusta a la realidad (la versión de la Administración, el Gobierno, los

Tribunales y ahora la Subcomisión, es totalmente errónea e interesada) en lo referente a los afectados por la

D.A. 10ª de la Ley, pues lo que se solicita por parte de los afectados es que se ajusten al subgrupo A-1 los

trienios perfeccionados desde la antigüedad reconocida por la Ley para el empleo de teniente (es decir desde

que son tenientes según la Ley), siguiendo la norma general que se aplica al resto de tenientes de las FA,s,

eso sí con efectos económicos posteriores a la entrada en vigor de la Ley, por disponerse así en el punto 7 de

dicha disposición. Tampoco se habla nada del ajuste que se tendría que hacer de tiempos para derechos

pasivos en dicho subgrupo desde esa fecha de antigüedad de teniente, y de la obligación que tiene la

Administración de expedir los títulos del último empleo alcanzado según la legislación vigente, y que aun no lo

ha hecho después de haber pasado más de 6 años desde que se aprobó la Ley (Adjunto el archivo “Mas claro

agua” extraído de foros que clarifica un poco este tema).

Lo que le informo porque me extraña que en el citado voto particular, no se incluyera nada sobre este asunto

sabiendo que IU, siempre había apoyado a dichos afectados.

Reciba un cordial saludo.

(Colectivo EXACAE)

Nota : el Anexo I es la pregunta y respuesta anterior publicada en PEDEA. El Anexo II es lo que aparece en la página 7 del

Informe de SUBCOMDEF:

(Anexo II ) Se propuso una reclasificación de los trienios de los suboficiales que, bien por la disposición transitoria séptima o por la disposición adicional décima, hubieran ascendido a oficial.

Las normas actuales de perfeccionamiento de trienios son equivalentes para los militares y para el resto de funcionarios, no siendo posible modificar las normas en este sentido. La valoración de los trienios se efectúa de acuerdo con la norma general aplicable a la Administración General del Estado, de forma que cada trienio se computa en función del grupo al que se pertenecía en el momento de perfeccionarlo.

Por otra parte, y según el apartado 7 de la Disposición adicional décima de la Ley, “Cualquiera de las nuevas situaciones generadas en aplicación de esta disposición no tendrá para ninguno de los interesados efectos económicos anteriores a la fecha de entrada en vigor de esta ley y, en el caso de los de servicio activo, ninguno anterior a la fecha de su pase a reserva”.

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Es por ello, que no procede modificar los tiempos de perfeccionamiento de los trienios en función de un reordenamiento teórico cuya finalidad era ordenar a los componentes de una escala.

En este sentido, es reiterada la doctrina de la Audiencia Nacional al calificar las antigüedades como teóricas y eficaces únicamente en orden al escalafonamiento, de tal manera que no es factible ampararse en antigüedades irreales y ficticias para fundamentar el reconocimiento de un derecho real y auténtico.

RESPUESTA: De: [email protected]. Enviado: martes, 24 de junio de 2014 19:11:35 Para: Buenas tardes: Como le explique el voto particular, no entra en particularizar en detalle todas las modificaciones que necesita la LEY

39/2007, como lo es con el mismo derecho el que los suboficiales de cuerpos comunes de música militar no puedan pasar

a reserva al igual que el resto de compañeros, que no se ascienda y escalafone otras escalas etc. Lo que le quiero decir de forma contundente, es que el hecho de que en el voto particular no aparezca específicamente lo

referente a su escala, puesto que solo era cuestión de rebatir la tesis de la ponencia de la Subcomisión, no insta que en el

momento que tengamos que pronunciarnos respecto a esta cuestión y otras no las reflejemos en iniciativas

parlamentarias, como le recuerdo que en otras ocasiones lo hemos hecho. La PNL (Proposición No de Ley)que les posibilito ascender, fue de Izquierda Unidad, en la que participe, las veces que en

diferentes medios solicitamos, defendimos esta calificación han superado desde el 1992, la decena de ocasiones, los que

llevamos mediante informe y remitimos el alcance económico al Secretario de Estado anterior y al Gabinete de Carmen

Chacón, fuimos nosotros es más, yo personalmente hice entrega del mismo al Gabinete, creo que poner en duda y

extrañeza nuestra voluntad no es justa. En cualquier caso le recuerdo que fue el PSOE junto con el PP y en compañía de Ciu, los que ha considerado siempre el

negarles este derecho En cualquier caso le ruego y me pongo a su disposición para resolver las controversias o dudas que usted considere. Sin otro particular, reciba un cordial saludo, Atentamente.

Ante todas estas actuaciones la mayoría de los componentes de este colectivo, pensaban que todos los partidos que componían el arco parlamentario, les habían abandonado ante el informe presentado por la SUBCOMDEF promovido y aprobado por el PP, y aunque presentaran votos particulares, los Grupos IU, UPyD y PSOE, ninguno tenía en cuenta las propuestas de EXACE, y el resto de Grupos incluidos en el G. Mixto, ni tan siquiera se molestaron en presentar voto particular a ese informe. Es decir el sentir del Colectivo EXACAE era en ese momento el no estar representados por ninguno de esos partidos actuales, así que la pérdida de confianza en ellos era total toda vez que estaban jugando con los sentimientos de las personas afectadas y eso era más grave que lo económico, en que quizás pueda que la política económica del PP fuese la más acertada en esos momentos, aunque quizás se pudiese hacerse mucho mejor pues estaba perjudicando a las clases medias y continuaba existiendo mucho despilfarro sobre todo en las autonomías, diputaciones, sindicatos, etc, donde se podía recortar el gasto en vez de hacerlo en lo más fácil (IRPF, IVA, etc), pero lo que no podían perdonar era el abandono y la traición sufrida, a no ser que se enmendara lo actuado (propósito de la enmienda). El fraude de Ley que están cometiendo y que no quieren arreglar, todo esto se comenta que va a pasar factura en su momento a los responsables, teniendo en cuenta que según comentarios, la mayoría de afectados y sus familias optaron por la abstención, el voto nulo y en blanco, en las últimas elecciones del pasado 25 de mayo, aunque también se comenta que hubo votos aunque menos, para VOX, IU, Ciudadanos y UPyD, e incluso alguno (muy pocos) para PP y PSOE.

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El 9 de julio se celebra una Sesión extraordinaria en la Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados, para debate y votación del informe definitivo de la Subcomisión para la reforma del régimen transitorio de la Ley de la Carrera militar, el informe emitido no se modifica en nada y votan a favor todos los Grupos, menos PNV que se abstienen, la Izquierda Plural (IU) que no compareció por enfermedad de su portavoz y UPyD que vota en contra. Ante a partir del mes de agosto, se elevan a los Diputados de los Grupos Parlamentarios que contribuyeron a que saliera adelante el informe la siguiente carta-correo:

“A LOS COMPONENTES DE LA COMISIÓN DE DEFENSA, QUE P OR ACCIÓN U OMISIÓN CONTRIBUYERON A LA APROBACIÓN DEL INFORME DE LA SUB COMISIÓN PARA LA REFORMA DEL REGIMEN TRANSITORIO DE LA LEY DE LA CAR RERA MILITAR. Ante el Informe arriba citado aprobado por la Comisión de Defensa en Sesión núm. 31 (extraordinaria) celebrada el miércoles 9 de julio de 2014, me dirijo nuevamente a su Grupo Parlamentario, para informar de lo siguiente: 1º.- Como componente del numeroso colectivo EXACAE, que apoya a los afectados por la D.A. 10ª de la Ley 39/2007 y a suboficiales y tropa, tanto yo como los miembros de mi familia y amigos, que apoyan a estos colectivos (más de 700.000 personas en toda España), nos sentimos totalmente defraudados y engañados, con lo actuado por su Grupo Parlamentario en la Comisión de Defensa (excepto UPyD que voto en contra y la Izquierda Plural que no compareció por indisposición de su portavoz), al contribuir a la aprobación del informe en cuestión, por acción u omisión. 2º.- Con lo aprobado, no se ha tenido en cuenta ninguna de las propuestas para eliminar de una vez por todas, los problemas de agravio y discriminación que vienen sufriendo desde 1977, los componentes de la Escala Auxiliar (EAUX) y del Cuerpo Auxiliar de Especialistas (CAE), ambos del Ejército d Tierra (E.T.), y los de suboficiales y tropa, problemas de sobras conocidos por su Grupo, que incluso (algunos de los que ahora votan a favor) presentaron proposiciones en legislaturas pasadas para resolver estos problemas y que se recogían en las enmiendas presentadas a la Ley de Derechos y Deberes del personal de las FA,s, aprobadas en Comisión del Senado en Junio de 2011 (se adjunta archivo). 3º Se ve claramente, que el informe aprobado no fue redactado por los componentes de la Comisión, toda vez que es del estilo de los asesores del MINISDEF, que utilizan siempre para desestimar las reclamaciones de los afectados, es decepcionante ver que para justificar lo aprobado, se amparan en decisiones de los tribunales de justicia en ciertas sentencias, pero si esa “Justicia”, está totalmente politizada, ¿cómo se puede contar con ella para resolver este asunto?, pues con sus contradicciones y dictando sentencias en base a las directrices del Gobierno de turno a través de los abogados del Estado, da la sensación de que antes de entrar en el fondo del asunto y leer las demandas ya tienen decidido el sentido de la sentencia, por lo que es muy difícil que se le dé la razón a los afectados aunque la tengan, pues suele pasar que los primeros recursos se estiman y en cuanto interviene al abogado del Estado en interés de Ley, se cambia de criterio y se desestiman, entonces es difícil creer en esta “Justicia”, que dicta sentencias, pero que estas sean justas y con arreglo a derecho ya es otro cantar, no nos vale esa argumentación, pues la “Justicia” en España ya sabemos todos como está, por algo será el que sea una de las peores Instituciones valoradas por los españoles. 4º Como se puede decir “Es por ello que no procede modificar los tiempos de perfeccionamiento de los trienios en función de un reordenamiento teórico cuya finalidad era ordenar a los componentes de una escala”, el ordenamiento nunca puede ser ficticio ni teórico, toda vez que está basado en el escalafonamiento obtenido en su día por los afectados, según las notas obtenidas en la superación del curso de aptitud para ingresar con el empleo de teniente, y una vez aprobado el ordenamiento de una forma definitiva, tanto este como las antigüedades reconocidas, son reales y de plena eficacia, lo que demuestra la falta de conocimiento y la arbitrariedad del redactor de ese párrafo y de quienes lo apoyaron, basándose en argucias jurídicas que utilizan los abogados del Estado para que los tribunales desestimen los recursos sin entrar en el fondo del asunto. 5º Con lo actuado por acción u omisión por su Grupo (con la acepción de UPyD que voto en contra), se está impidiendo que los afectados (aunque con un retraso de muchos años), recuperen totalmente los derechos que años atrás le fueron violados, y por lo tanto se continúa con el agravio y discriminación que venían padeciendo, incluso ni tan siquiera se les expide a los afectados el título del último empleo alcanzado, al amparo de la legislación vigente, como se hace normalmente con el resto de componentes de las FA,s, y ni tan siquiera se le pregunta al Gobierno por esta anomalía.

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6º Es de agradecer al Grupo de UPyD , la siguiente frase que lo dice todo “….reconocer de una vez las

demandas de los colectivos de las escalas auxiliares y del cuerpo auxiliar de especialistas.”

Por todo ello para solucionar de una vez este problema (como dice UPyD), la única solución es modificar la D.A. 10ª de la Ley 39/2007 para que se eliminen de una forma definitiva estos problemas de agravio y discriminación, que vienen sufriendo los afectados y sus familias durante tantos años, y esta modificación podría ser la que ya conocen e incluso como se dijo algún Grupo Parlamentario propuso en 2011, y que se aprobó en Comisión en el Senado en junio de ese año y que se recoge en la propuesta que le adjunto.

Sin otro particular, esperando que su Grupo parlamentario tome en serio esta propuesta y colabore positivamente para eliminar de una forma definitiva este problema, le solicito que se incluya esta propuesta como enmiendas al futuro Proyecto de Ley de reforma de la Ley 39/2007 de la carrera militar, y así poder recuperar nuevamente la confianza en su Grupo y Partido y apoyarles en un futuro, cosa que de momento por lo actuado no podemos hacer.

Reciba un cordial saludo.

Fdo.________________________ del Colectivo EXACAE.”

También se le remitió el siguiente correo al Grupo de UPyD

“Se basan en sentencias de Tribunales de Justicia, para continuar con los agravios y discriminaciones. http://www.elespiadigital.com/index.php/noticias/defensa/1921-la-seccion-1o-de-la-sala-de-lo-contencioso-administrativo-del-tribunal-superior-de-justicia-de-galicia-dicta-una-sentencia-que-perjudica-al-numeroso-colectivo-de-militares-de-la-escala-auxiliar- http://www.elespiadigital.com/index.php/noticias/defensa/4495-la-justicia-vuelve-a-dar-la-espalda-al-numeroso-colectivo-de-militares-de-la-escala-auxiliar-y-cuerpo-auxiliar-de-especialistas Pero son justas y con arreglo a derecho estas sentencias, aplicando argucias jurídicas que no se las cree nadie, para decir que unos efectos económicos de 01JUN08, producen efectos económicos anteriores al 01ENE08, nadie lo entiende, pues si los efectos económicos son de 01JUN08, ¿como van producirse estos con anterioridad, como se afana en argumentar el tribunal?, es alucinante. Creo que el titular más correcto sería: "El judicial y el ejecutivo se alían para mantener los agravios y discriminaciones a los colectivos de la escala au xiliar y cuerpo auxiliar de especialistas del E.T." Por ello este asunto solo lo puede solucionar el Legislativo, verdaderos representantes del pueblo. por ello: AL GRUPO PARLAMENTARIO DE UPyD POR SU ACTUACIÓN EN LA VOTACIÓN AL INFORME DE

LA SUBCOMISIÓN PARA LA REFORMA DEL RÉGIMEN TRANSITO RIO DE LA LEY DE LA CARRERA MILITAR.

Ante el Informe arriba citado aprobado por la Comisión de Defensa en Sesión núm. 31 (extraordinaria) celebrada el miércoles 9 de julio de 2014, me dirijo a su Grupo Parlamentario, para informar de lo siguiente: 1º.- Como componente del numeroso colectivo EXACAE, que apoya a los afectados por la D.A. 10ª de la Ley 39/2007 y a suboficiales y tropa, tanto yo como los miembros de mi familia y amigos, que apoyan a estos colectivos (más de 700.000 personas en toda España), nos sentimos totalmente agradecidos a su Grupo por su voto en contra del informe en cuestión, y que a pesar de ello lamentablemente fue aprobado.

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2º.- Con lo aprobado, no se ha tenido en cuenta ninguna de las propuestas para eliminar de una vez por todas, los problemas de agravio y discriminación que vienen sufriendo desde 1977, los componentes de la Escala Auxiliar (EAUX) y del Cuerpo Auxiliar de Especialistas (CAE), ambos del Ejército d Tierra (E.T.), y los de suboficiales y tropa, problemas de sobras conocidos por su Grupo, que incluso (algunos de los Grupos que votaron a favor) presentaron proposiciones en legislaturas pasadas para resolver estos problemas y que se recogían en las enmiendas presentadas a la Ley de Derechos y Deberes del personal de las FA,s, aprobadas en Comisión del Senado en Junio de 2011 (se adjunta archivo). 3º Se ve claramente, que el informe aprobado no fue redactado por los componentes de la Comisión, toda vez que es del estilo de los asesores del MINISDEF, que utilizan siempre para desestimar las reclamaciones de los afectados, es decepcionante ver que para justificar lo aprobado, se amparan en decisiones de los tribunales de justicia en ciertas sentencias, pero si esa “Justicia”, está totalmente politizada, ¿cómo se puede contar con ella para resolver este asunto?, pues con sus contradicciones y dictando sentencias en base a las directrices del Gobierno de turno a través de los abogados del Estado, da la sensación de que antes de entrar en el fondo del asunto y leer las demandas ya tienen decidido el sentido de la sentencia, por lo que es muy difícil que se le dé la razón a los afectados aunque la tengan, pues suele pasar que los primeros recursos se estiman y en cuanto interviene al abogado del Estado en interés de Ley, se cambia de criterio y se desestiman, entonces es difícil creer en esta “Justicia”, que dicta sentencias, pero que estas sean justas y con arreglo a derecho ya es otro cantar, no nos vale esa argumentación, pues la “Justicia” en España ya sabemos todos como está, por algo será el que sea una de las peores Instituciones valoradas por los españoles. 4º Como se puede decir “Es por ello que no procede modificar los tiempos de perfeccionamiento de los trienios en función de un reordenamiento teórico cuya finalidad era ordenar a los componentes de una escala”, el ordenamiento nunca puede ser ficticio ni teórico, toda vez que está basado en el escalafonamiento obtenido en su día por los afectados, según las notas obtenidas en la superación del curso de aptitud para ingresar con el empleo de teniente, y una vez aprobado el ordenamiento de una forma definitiva, tanto este como las antigüedades reconocidas, son reales y de plena eficacia, lo que demuestra la falta de conocimiento y desinterés del redactor de ese párrafo y de quienes lo apoyaron. 5º Con lo actuado por acción u omisión por los Grupo, que dieron pie a que se aprobase ese informa, se está impidiendo que los afectados (aunque con un retraso de muchos años), recuperen totalmente los derechos que años atrás le fueron violados, y por lo tanto se continúa con el agravio y discriminación que venían padeciendo, incluso ni tan siquiera se les expide a los afectados el título del último empleo alcanzado, al amparo de la legislación vigente, como se hace normalmente con el resto de componentes de las FA,s, por lo que procedería se le hiciese una pregunta al Gobierno por esta anomalía. 6º Es de agradecer a su Grupo, la siguiente frase que lo dice todo“….reconocer de una vez las demandas de los colectivos de las escalas auxiliares y del cuerpo auxiliar de especialistas.” Por todo ello para solucionar de una vez este problema , la única solución es modificar la D.A. 10ª de la Ley 39/2007 para que se eliminen de una forma definitiva estos problemas de agravio y discriminación, que vienen sufriendo los afectados y sus familias durante tantos años, y esta modificación podría ser la que ya conocen e incluso coma ya se expuso, algún Grupo Parlamentario propuso en 2011, y que se aprobó en Comisión en el Senado en junio de ese año y que se recoge en la propuesta que le adjunto. Sin otro particular, esperando que su Grupo parlamentario nos siga apoyando y tome en serio esta propuesta, colaborando positivamente para eliminar de una forma definitiva este problema, es por lo que les solicito que se incluya esta propuesta como enmiendas al futuro Proyecto de Ley de reforma de la Ley 39/2007 de la carrera militar, y se haga con urgencia una pregunta al Gobierno para que informe por que el MINISDEF después de más de 5 años de la entrada en vigor de la Ley 39/2007, aun no ha expedidos los títulos del último empleo alcanzado por los afectados por la D.A. 10ª, en cumplimiento de la legislación vigente en esta materia, al igual que se hace con el resto de componentes de las FAS. Reciban un cordial saludo.

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Fdo. _______del Colectivo EXACAE.”

También en septiembre de este año, por parte de miembros del colectivo EXACAE, se remitieron correos al Presidente del Congreso y Portavoces del PP en el Congreso y en el Senado, así como a otros Diputados, se inserta a continuación el modelo remitido a D. Pío Gracía-Escudero, portavoz del PP en el Senado:

From: To: [email protected] Subject: ACTUACIONES INCOMPRENSIBLES Date: Mon, 15 Sep 2014 19:00:20 +0200 http://elfarodigital.es/melilla/politica/53513-el-pp-%20defiende-medidas-para-mejorar-la-ley-de-derechos-y-deberes-%20de-los-militares.html# Don Pío: Ya han pasado más de tres años de la noticia anterior, y de su correo de fecha 06JUL11 abajo referenciado (en azul), por lo que el colectivo de afectados junto con sus familiares y amigos (más de 700.000 en toda España), están muy decepcionados con lo actuado sobre este asunto, por el Gobierno y los componentes de la Comisión de Defensa del Partido Popular, pues se ve que no tienen la mínima intención de resolver el problema en cuestión, cosa que en la legislatura pasada en la oposición los criterios eran muy distintos y la intención del Grupo Parlamentario Popular era el dar una solución a este problema y solucionarlo de una forma definitiva, mediante la enmienda que se adjunta para modificar la Ley 39/2007. El sentimiento que se tiene es que el Partido Popular ha dado la espalda a este colectivo y sus familias y no resuelve un problema de agravio y discriminación existente desde hace muchos años y que el relativo a los afectados por la D.A. 10ª de la Ley 39/2007, tiene un coste anual muy reducido ( 2 ó 3 años hasta que pasen a situación de retiro la mayoría de afectados), que no supera por ejemplo, el de los innecesarios traductores del Senado (para eso si hay dinero). El GPP, siempre apoyó a este colectivo de afectados, pero ahora por motivos desconocidos está confirmado que no. Ante esto, me gustaría saber lo siguiente: ¿Tiene el Grupo Parlamentario Popular, intención de instar al Gobierno para que solucione de una forma definitiva y de una vez este problema, de acuerdo con los criterios mantenidos por el Partido Popular en anteriores legislaturas? O en caso contrario, ¿Cuales son los motivos por el cambio de criterio, y el dar la espalda a los afectados y sus familias?. Sin otro particular, y deseando que el Partido Popular vuelva apoyar a este colectivo y de una solución definitiva a este espinoso asunto, reciba un cordial saludo. ____________del Colectivo EXACAE.

From: To: [email protected] Subject: RE: ACTUACIONES INCOMPRENSIBLES Date: Wed, 6 Jul 2011 18:37:28 +0200 Don Pío: Puede ser que alguna de las cuestiones que exigen un estudio profundo de la Ley 39/2007 de la carrera militar, pudiesen entrar en lo que se pretende con la disposición adicional duodécima que comenta, pero hay otras cuestiones que están muy claras y que deberían solucionarse con urgencia, tal como lo que se pretendía con la enmienda nº 59 (coincidente con nuestra propuesta de MAY11) y que luego se aprobó en Comisión como "Disposición final décimo sexta (nueva), para solucionar problemas de interpretación y olvido de la Disposición adicional décima de la Ley 39/2007, siendo este un caso especial por tratarse de personal, que lleva muchos años con agravios y discriminaciones, por el mero hecho de proceder de las clases más humildes de las FA,s. La ley 39/2007 entró en vigor el 01ENE08 y estamos casi a 2012 y aun no se ha solucionado este

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problema puntual, por la tozudez del Gobierno Socialista y en parte porque creemos que se está cometiendo un fraude de Ley. Este colectivo sabe y está informado de que el Grupo Socialista, no quiere solucionar este y otros problemas de la Ley 39/2007, pero por opiniones y comentarios de los colectivos afectados, pensamos que incomprensiblemente le han seguido el juego a dicho Grupo, para posponer y alargar en el tiempo, la solución de este problema sin justificación alguna. Esperamos que este caso puntual de discriminación e injusticia, con buena voluntad se pueda solucionar en lo poco que le queda a esta Legislatura, incluyéndolo como disposición adicional o final en cualquier Ley que se pueda aprobar, pues este problema ya tendría que estar solucionado a finales de 2008, pero incomprensiblemente aun no se solucionó y se ha vuelto a perder otra ocasión de hacerlo, no es de extrañar que los afectados estén defraudados y se sientan engañados, por lo sucedido. Sin otro particular, aprovecho la ocasión para saludarle. __________ del Colectivo EXACAE

Subject: RE: ACTUACIONES INCOMPRENSIBLES Date: Wed, 6 Jul 2011 17:07:43 +0200 From: [email protected] To: D________ del Colectivo EXACAE, Con respecto a la cuestión que usted me plantea, espero que mi contestación alivie su inquietud, y paso a exponerle el trato dado a las enmiendas a las que usted se refiere. En el trámite de votación en el Pleno , mi Grupo Parlamentario , transaccionó una enmienda con el Grupo Parlamentario Socialista, que es la que se recoge en Boletín Oficial de las Cortes Generales, num. 87, de 30 de Junio de 2011 con el nombre de disposición final duodécima, reforma del régimen transitorio de La Ley de Carrera Militar. Como usted misma, puede comprobar, tras su lectura, recoge en un sentido amplio nuestra preocupación por la cantidad de “errores” y “circunstancias” con desequilibrios que ha producido desde su aprobación la tan traída Ley de Carrera Militar. En la medida de poder estudiar, pormenorizadamente todos y cada uno de los casos que se han producido, es por lo que se suscribe esta enmienda, en la que nuestro Grupo ha entendido que es la Comisión de defensa del Congreso la que estudiara cada uno de los casos que hacían referencias las enmiendas que usted enumera, y por tanto se entienden subsumidas en esta Disposición final. Esperando haber aclarado sus preocupaciones Un saludo Pio Garcia_Escudero Marquez Portavoz Grupo Parlamentario Popular en el Senado

De: Enviado el: miércoles, 06 de julio de 2011 10:08 Para: GARCÍA-ESCUDERO MÁRQUEZ, PÍO CC: [email protected] Asunto: ACTUACIONES INCOMPRENSIBLES Importancia: Alta D. Pío: Ante la inquietud que se está produciendo en los colectivos afectados, después de leer el BOC que le adjunto, veo que ninguna de las Disposiciones finales aprobadas por la ponencia (decimotercera, decimoquinta, decimosexta, decimoséptima, decimonovena y vigésimo primera) que recogían la enmienda Nº 59 y las Nº,s 58, 60, 61 y 62, incomprensiblemente no aparecen en el texto aprobado por el Senado del proyecto de Ley Orgánica de Derechos y Deberes del personal de las FA,s,, por lo tanto si no estamos equivocados, ha pesar de proponerlo su Grupo Parlamentario y haber sido aprobado, al haber desaparecido del texto, no se eliminarán los agravios e injusticias que se están cometiendo y vienen sufriendo desde hace muchos años, el personal de tropa, suboficiales y oficiales procedentes de tropa y suboficial. ¿Qué ha pasado o que motivos han existido para retirarlas y seguir manteniendo esta injusticia?. ¿Posible solución?. De ser así las cosas, en estos momentos, nos sentimos defraudados y engañados por estas actuaciones inexplicables. Un saludo _____del Colectivo EXACAE

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Colectivo EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA. 70

En el mes de noviembre, se continúa con la remisión de cartas-correo a los componentes de la Comisión de Defensa, cuyo modelo se transcribe a continuación:

“A los efectos oportunos, en archivo adjunto se remite propuesta del Colectivo EXACAE, y noticias de prensa y sus comentarios relacionados con el tema, por orden cronológico. Como este asunto es de sobra conocido por su Grupo Parlamentario, debido al tiempo que ha pasado sin darle una solución definitiva, y a los numeroso informes que les fueron remitidos, sin otro particular, esperando que su Grupo Parlamentario tome en serio esta propuesta, aprovecho la ocasión para saludarle. Fdo.-_____________ del colectivo EXACAE. JUN11 www.elfarodigital.es/melilla/politica/53513-el-pp-defiende-medidas-para-mejorar-la-ley-de-derechos-y-deberes-de-los-militares.html

ENE13 http://www.elespiadigital.com/index.php/noticias/defensa/1432-el-colectivo-escala- auxiliar-de-jefes-y-oficiales-de-las-armas-y-especialista-del-et-exacae-pide-a-rajoy- que-acabe-con-una-situacion-injusta-que-dura-ya-mas-de-30-anos http://www.elespiadigital.com/index.php/informes/1516-la-injusta-historia-de-la-escala-auxiliar-de-jefes-y-oficiales-de-las-armas-y-de-especialistas ABR13

http://www.elespiadigital.com/index.php/noticias/defensa/1921-la-seccion-1o-de-la-sala-de-

lo- contencioso-administrativo-del-tribunal-superior-de-justicia-de-galicia-dicta-una-sentencia-

que- perjudica-al-numeroso-colectivo-de-militares-de-la-escala-auxiliar-

MAR13 http://www.elespiadigital.com/index.php/noticias/defensa/1720-nota-del-colectivo-de-esposas-de-oficiales-de-la-escala-auxiliar-y-cae-del-ejercito-de-tierra-ante-la-inminente-reforma-de-la-ley-de-la-carrera-militar FEB14 http://www.elespiadigital.com/index.php/noticias/defensa/4495-la-justicia-vuelve-a-dar-la-espalda-al-numeroso-colectivo-de-militares-de-la-escala-auxiliar-y-cuerpo-auxiliar-de-especialistas OCT 14 http://www.larazon.es/detalle_normal/noticias/7558649/espana/mas-de-4-000-oficiales-reclaman-a-defensa-su-despacho-desde-2008#.Ttt15GXlLgJ04y1”

Nota.- La propuesta es la remitida en cartas anteriores.

El día 11 de noviembre aparece en la prensa la decepcionante noticia de que el Gobierno no tiene intención de reformar la Ley de la carrera militar, incumpliendo así las promesas del PP cuando estaban en la oposición. Con ver los comentarios a la misma, se puede uno dar cuenta del sentir de los afectados.

http://www.elconfidencialdigital.com/defensa/Gobierno-Carrera-Militar-Regimen-Disciplinario_0_2377562231.html DEFENSA

Pese a las reclamaciones de las Asociaciones

11/11/2014

El Gobierno no tocará la Ley de Carrera Militar y el Régimen Disciplinario

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Argumentan que fue aprobada con suficiente consenso político, que es una de las normas más aperturistas de Europa y, por tanto, solo queda “acatarla”

El Gobierno da por amortizado el debate sobre la Le y de Carrera Militar y la normativa de Régimen Disciplinario. Pese a la oposición mayorita ria de las asociaciones militares, consideran que ambas mediadas gozan de un “amplio c onsenso político”.

Militares españoles realizando prácticas de tiro. No corren buenos tiempos para el asociacionismo militar . En los últimos meses han sufrido varios reveses que les han puesto en pié de guerra. Están dispuestos a movilizarse a finales de este mes de noviembre. Y son varios los motivos que les llevan a ello.

En primer lugar las condiciones que se contemplan en el anteproyecto de la Ley de la Carrera Militar. Los representantes de las principales asociaciones, una vez visto el texto, han mostrado su profunda decepción porque sus reivindicaciones no se ven reflejadas entre las enmiendas propuestas.

Entre ellas se encuentran los mecanismos de promoción y cambio de escala , el pase a la situación de reserva, la homologación académica de la formación adquirida como militares, y el retiro del personal con discapacidad –esto último sí se ha incluido en la reforma-.

A ello se une también el nuevo Régimen Disciplinario , que se encuentra actualmente en el Senado en proceso de enmiendas. Y además, están los encontronazos que se registraron en el último Consejo de Personal , en el que los representantes del Ministerio se “enrocaron” en sus posturas sobre ambos textos legislativos.

Sin embargo, desde el Gobierno se asume que el debate sobre ambas cuestiones está “amortizado ”. Fuentes políticas consultadas por El Confidencial Digita l indican que no se producirán cambios “sobre dos iniciativas con amplio consenso entre los dos partidos mayoritarios, tras muchos meses de reuniones de trabajo”.

Estas voces aseguran que a las asociaciones “se les ha tratado de trasmitir, tanto desde Gobierno como desde Defensa, la existencia de un consenso mayoritario entre las principales fuerzas políticas” entorno a estas dos normativas.

Además, indican que “en comparación con otros países europeos de referencia”, las nuevas normativas son “de lo más aperturista y progresista que se puede encontrar”. Por ello, llaman a los militares españoles a “acatarla ”.

32 COMENTARIOS

UN INCUMPLIMIENTO MAS15.11.2014 - 10:36H

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Esto no es ni más ni menos que un nuevo incumplimiento de lo que prometió el PP en su día cuando era oposición, como ya son tantos, no se quien le podrá dar su confianza y votarles de nuevo en próximos comicios.

#32 Fémina 13.11.2014 - 19:40H

PERDERAN. En algo si estamos de acuerdo, siempre les toca bailar con la más fea a los mismos. Tropa, Suboficiales y Oficiales procedentes de Suboficial. Los señoritos dueños del cortijo hacen lo que les sale de los gu...... y estos peperos son más falsos que Judas. Ya lo pagareis en las urnas, os votarán solo los señoritos.

#31 Femina 13.11.2014 - 19:35H

PERDERAN. Yo no he mencionado a la EAUX para nada, pero ya que la mencionas a cada uno lo suyo, y sabes bien a que me refiero. Por respeto hacia la escala mencionada no haré ningún tipo de comentario al respecto. Lo que está manifiestamente claro es que una persona se esfuerza y se sacrifica para algo, no para que el resultado sea que ascienden al que no ha realizado ningún esfuerzo. Esto es una merienda de negros y a la EEO se la tenían jurada desde hace mucho tiempo. Ya se acordarán

#29 PERDERAN13.11.2014 - 16:22H

Femina, de acuerdo no es justo lo que comentas, pero no siempre la EEJO fue la más perjudicada, sino que se lo digan a las escalas Auxiliares, que recuperan los ascensos que tenían que ser en actividad con 14 años de retraso y en la reserva y sin el reconocimiento de antigüedades a efectos de trienios y derechos pasivos. y los suboficiales sin apenas tienen promoción interna pasando en el empleo de brigada hasta 20 años, muchos pasarán a la reserva de brigada, en fin, todos son perjudicados.

#28 Femina 12.11.2014 - 17:56H

PERDERAN. Te recuerdo por si no lo sabes que el que piensa solo en su escala ha sido suboficial, ha pasado dos oposiciones y cinco años puteado en academias, para al final irse de capitán a la calle sin posibilidad de ascenso en la reserva después de haber permanecido en el empleo más de 12 años. Te parece justo cuando otras escalas están ascendiendo con siete años en el empleo? Te parece justo que si no ascienden en activo ascienden en la reserva? Piensa un poco antes de comentar lumbreras.

#27 Civildeapie 12.11.2014 - 16:49H

Ni nuestros dirigentes políticos asta el momento, ni algunos de nuestros generales...no han sabido no han querido o han escuchado nunca realmente, a el Ejército Español y no ven su potencial como fuerza de España... la historia lo demuestra... tenemos los mejores militares y son de una calidad humana total, grandísima...dispuestos a darlo todo!!! pero nuestros gobernantes pasan de manos y no actúan con inteligencia y táctica sobre los problemas que amenazan la seguridad de todos!! es increíble!!

#26 PERDERAN12.11.2014 - 12:20H

Pepe, por eso mismo, este es un problema de todas las escalas: tropa, suboficiales y oficiales procedentes de los anteriores, todos están perjudicados, unos más que otros pero no hay que centrarse en una escala concreta, la cuestión es que PP y PSOE con su política están perjudicando a este numeroso colectivo de personas, y esa es la cuestión, con el "yo más" y el lloriqueo no vamos a ninguna parte.

#25 Perjudicado 11.11.2014 - 23:43H

Pido a todas los perjudicados por PPSOE, que no les den ni un voto, e intentar que les voten los menos ciudadanos posibles, ya sean militares, guardias civiles, policías o el resto de los funcionarios y familias, que se vayan a otra parte con sus corruptelas. Como rezaba en el cartel: "QUE NOS GOBIERNEN LAS PUTAS QUE SUS HIJOS NO SABEN HACELO".

#24 Pablo I 11.11.2014 - 22:57H

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Que mas da... cuando entre Pablo Iglesias a gobernar... los peperos saldrán corriendo... ellos y sus decretazos y leyes corruptas como ellos impuestas.... ya les va quedando menos a estos sinvergüenzas

#23 farnesio 11.11.2014 - 21:42H

No me gusta nada Podemos, pero al final por vuestras políticas mezquinas acabará ganando y saldremos todos perdiendo pero os lo merecéis por ineptos #22 pepe11.11.2014 - 21:10H

PERDERAN, No se de que escala eres , pero si no entiende lo que dice fémina es que o eres muy moderno o no has entendido lo que dice. Todos vemos lo que esta pasando con la EEO , como también con otra escalas suboficiales, tropa etc... y tenemos que entender a todos y no por ello criticar a los que dicen lo que piensa. Un saludo

#21 JUSTO JUSTICIA 11.11.2014 - 19:35H

xandasconas deja de drogarte, que no es bueno para tu salud y la de los que te rodean,,,

#20 otro 11.11.2014 - 18:27H

Pues a ver cómo acatan ellos que los Españoles también por "Consenso" les retiremos el voto o lo dirijamos en otro sentido diferente al del monopolio de los últimos años de PSOE/PP.

#19 el mudo 11.11.2014 - 17:54H

nada, nada yo votare al PODEMOS y que se jod.an ppsoe, y la Sra. Salmones, unos votos menos como castigo. un saludo.

#18 PERDERAN11.11.2014 - 17:32H

De acuerdo con todos los comentarios menos con los de "xandasconas" y "fémina", el primero porque no se ajusta a la realidad del problema y el segundo por pensar solo en su escala sin tener en cuenta los perjuicios de todas las demás. PP y PSOE menudo palo van a llevar.

#17 behappy 11.11.2014 - 16:08H

Ya es hora de que los que os han dejado a extinguir totalmente desahuciados os dediquéis los años que os quedan de humillación a informar sobre las corruptelas y las inmoralidades que conocéis de sobra como por ejemplo estas: http://rghost.net/58873283

#16 Jajajajaj 11.11.2014 - 16:05H

Las van a acatar los niños pelones de nuestros políticos, que poco os queda de sentaros en vuestras poltronas, estáis empujando a la sociedad a votar incluso lo que no quieren, pero cualquier cosa mejor que vosotros. Solo PP$O€ seréis los culpables de ello. Habéis decidido haceros el "harakiri" entre votantes que antes os apoyaban y Defensa no es una excepción, forzáis la máquina y creéis que unos cuantos Oficiales os proporcionaran el sustento para que continúes haciendo lo que os da la gana.

#15 blacky el negro 11.11.2014 - 15:15H

PPPSOE, a los suboficiales de la AGBS nos quitasteis los ascensos a oficial de un plumazo y sin indemnización de 60.000 euracos como a los blanquitos AGM.

#14 pepa11.11.2014 - 14:22H

Esto se está calentando y es más propio de los lameculos de los políticos que del resto de los mortales ciudadanos. Solo espero que cuando lleguen las próximas elecciones se lleven su merecido estos traidores

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de la Patria que se bajan los pantalones ante cualquier problema nacionalista y no saben mirar más allá de las encuestas.

#13 Femina 11.11.2014 - 13:01H

VBG. A la EAUX la han abandonado? Si quieres saber lo que es abandono , exterminio, fraude, pisoteo y humillación pregunta a los exterminados de la EEO. A esos si que los han machacado sin contemplación. Valientes h........'''??????????????????????. Ya lo pagareis. PP+PSOE= m...........................?

#12 es todo mentira 11.11.2014 - 12:54H

Osease que la Disposición Transitoria Sexta no se toca, sigue siendo sola y exclusivamente para los West Point, es decir para los descendientes de la pata del Cid, esos que solo mean colonia, a las demás escalas donde no existe el empleo de coronel que se jod...A toda la cúpula se le debería caer la cara de vergüenza. ¡Menudos patriotas ! Las próximas elecciones os va a votar vuestra ¿?...... madre peperos, falsos que sois más falsos que Judas. ¿No tienes nada que decir Salmones? " SI PODEMOS".

#11 VBG11.11.2014 - 12:54H

El PP no da una. A la ESCASLA AUXILIAR la ha abandonado completamente tras llevar las propuestas que habrían zanjado totalmente el asunto mientras estaban en la oposición, ahora se han dedicado a pactar (ellos dicen consensuar) todas aquellas soluciones con el PSOE y nos han dejado en la estacada. Ya se sabe: REUNION DE ZORRAS PERDICION... Eso unido al resto de incumplimientos me llevan a olvidarme definitivamente del PP. De aqui en adelante mi voto será NULO así nadie se aprovechará de el

#10 no te jode 11.11.2014 - 12:38H

xandasconas. ¿ Muy bien hecho por el gobierno? Tú debes ser uno de esos lame po..... que tienen la carrera hecha por ser de la casta suprema. ¡Que asco dais atajo de babosos!

#9 uno 11.11.2014 - 12:15H

Después si salta un militar de alto rango con todo el apoyo de los cuerpos para quitar a estos infectos cloqueros que nos gobierna lloraran pero es lo que merecen, la pena que el sufrimiento a final de cuentas seria para el pueblo que ese es verdad que no se merece nada de lo que hacen estos sinvergüenzas tanto PP/PSOE

#8 YO11.11.2014 - 12:10H

Para xandasconas no te enteras , lo de el cambio es por la ley que hizo la Chacon carmencita , la cual altera toda la ley por la cual ingresaron la mayoría del personal.

Cardenillo 11.11.2014 - 11:26H

He votado al PP toda mi vida, locales, autonómicas y nacionales, estoy harto de tanto engaño, de buenos propósitos en la oposición, de prometer cuando ostenta el poder y este último con mayoría absoluta, se pide la reforma de la LCM auténtico desastre donde los haya, una aberración, una redacción de la misma penosa, las asociaciones con sus enmiendas hubiesen arreglado el entuerto, pero hicieron oídos sordos, políticos y generales habéis hundido a muchos profesionales nunca más PP ni PSOE.

#6 QUIEN LES VA AVOTAR 11.11.2014 - 10:58H

Han traicionado a todos sus votantes, defraudan la Ley en ciertos puntos de la misma, dijeron que lo arreglarían si gobernaban, pero se alían con el PSOE y donde digo digo ahora digo diego, pues nada se quedarán sin el más de 1.000.000 de votos de los afectados, familiares y amigos que les apoyan.

#5 JUAN SINMIEDO11.11.2014 - 10:13H

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Sigan ustedes así: No toquen lo del aborto, no toquen la memoria histórica, sean tímidos con la educación, no hagan nada con lo de Cataluña, no toquen lo de la ley de la carrera militar etc...Les debe ir muy bien deben de estar ganando muchos votos porque desde luego los de siempre no les podemos volver a votar nos han engañado en todo.

#4 pepe11.11.2014 - 09:49H

Otro punto en contra de PP/PSOE. Siguen abandonando a su suerte y dándoles la espalda a miles de profesionales que tienen todo lo que ellos carecen....amor a España. Y otras formaciones políticas siguen subiendo como la espuma desde la barrera y frotándose las manos sin tener que hacer prácticamente nada. Seguir así.

#3 MACHAKA 11.11.2014 - 09:07H

Está claro que joder a los militares se ha convertido en un asunto de Estado. Para lo único que se ponen de acuerdo PPPSOE es para eso. Que me esperen en las próximas elecciones.

#2 xandasconas 11.11.2014 - 08:56H

Muy bien hecho por el gobierno, solo faltaría que unas asociaciones pseudo-sindicalistas minoritarias en las FAS y de clara tendencia "podemos" marcaran las normas del ministerio de defensa en pro de sus intereses espurios de aquí todos iguales y todos jefes

#1 yo11.11.2014 - 08:04H

Nada nada, otro punto más para el gobierno; después se quejaran que solo les voten los generales.

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AÑO 2015 A principios de enero se continúa insistiendo ante los componentes de la Comisión de Defensa

que se deben de dar solución a estos problemas de agravio y discriminación, para ello se eleva la siguiente carta-correo:

Me dirijo a Su Señoría para informarle de lo siguiente: Han pasado más de siete años desde que se aprobó la Ley 39/2007 de la carrera militar, y hasta la fecha, se continúa sin dar una solución a los problemas de agravio y discriminación, que está produciendo su aplicación, entre otros los relativos a los afectados por la Disposición Adicional 10ª, que mediante un fraude de Ley, propiciado en su día por el Gobierno del Sr. Zapatero, se está impidiendo que estos afectados recuperen la totalidad de los derechos que en su día les fueron violados por la Administración y los Legisladores, en colaboración con algunos Tribunales de Justicia. En la pasada Legislatura, tanto el Grupo Parlamentario Popular (GPP), como el de CíU, e IU, presentaron proposiciones, enmiendas y preguntas parlamentarias para que se solucionase este problema, pero al final el Grupo Parlamentario Socialista (GPS), con el apoyo del GPP en el Senado, eliminaron estas iniciativas dando la espalda a los afectados, sin importarles los agravios y discriminaciones que sufren estos y sus familias. En la actualidad, la máxima responsabilidad de dar una solución al problema, la tiene el Gobierno del Partido Popular y el GP que le apoya, pero según noticias, el Proyecto de Ley de reforma de la Ley 39/2007, aprobado recientemente por el Gobierno, no incluye nada para dar una solución entre otros a este problema, incumpliendo así el Partido Popular su promesa de solucionarlo. En la actualidad, más de 750.000 personas en toda España sensibilizadas con estos problemas, esperan que los Grupos Parlamentarios, reaccionen ante la dejadez y poca sensibilidad del Gobierno Popular, e introduzcan las enmiendas necesarias a este Proyecto de Ley, para que se solucione de una forma definitiva este problema, que lleva muchos años latente y tiene un mínimo coste económico, y que una vez por unos (PSOE) y otra vez por otros (PP), no se soluciona. Sabemos que estas propuestas las apoyan los GP de UPyD e IU, (incomprensiblemente el GPP ahora no, cuando en la oposición lo hacía) pero lo justo y equitativo sería que las apoyasen todos los Grupos Parlamentarios, por ser un tema de discriminaciones y agravios no acordes con un Estado de Derecho, y exigirle al Gobierno de turno una solución definitiva para eliminarlos. Esperando su apoyo, le remito nuevamente el archivo con la propuesta que de aprobarse daría una solución definitiva a este problema que lleva más de treinta años sin resolverse. Sin otro particular, aprovecho la ocasión para desearle un Feliz Año 2015.

Fdo.-_____________ del colectivo EXACAE. PD: se insertan a continuación algunas noticias de prensa relacionadas con el tema. JUN11 www.elfarodigital.es/melilla/politica/53513-el-pp-defiende-medidas-para-mejorar-la-ley-de-derechos-y-deberes-de-los-militares.html ENE13 http://www.elespiadigital.com/index.php/noticias/defensa/1432-el-colectivo-escala- auxiliar-de-jefes-y-oficiales-de-las-armas-y-especialista-del-et-exacae-pide-a-rajoy- que-acabe-con-una-situacion-injusta-que-dura-ya-mas-de-30-anos

http://www.elespiadigital.com/index.php/informes/1516-la-injusta-historia-de-la-escala-auxiliar-

de-jefes-y-oficiales-de-las-armas-y-de-especialistas

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Colectivo EXACAE del Ejército de Tierra y PEDEA. 77

ABR13 http://www.elespiadigital.com/index.php/noticias/defensa/1921-la-seccion-1o-de-la-sala-de-

lo- contencioso-administrativo-del-tribunal-superior-de-justicia-de-galicia-dicta-una-sentencia-

que-perjudica-al-numeroso-colectivo-de-militares-de-la-escala-auxiliar-

MAR13 http://www.elespiadigital.com/index.php/noticias/defensa/1720-nota-del-colectivo-de-esposas-de-oficiales-de-la-escala-auxiliar-y-cae-del-ejercito-de-tierra-ante-la-inminente-reforma-de-la-ley-de-la-carrera-militar FEB14 http://www.elespiadigital.com/index.php/noticias/defensa/4495-la-justicia-vuelve-a-dar-la-espalda-al-numeroso-colectivo-de-militares-de-la-escala-auxiliar-y-cuerpo-auxiliar-de-especialistas OCT 14 http://www.larazon.es/detalle_normal/noticias/7558649/espana/mas-de-4-000-oficiales-reclaman-a-defensa-su-despacho-desde-2008#.Ttt15GXlLgJ04y1

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Y en sucesivos años .- El colectivo EXACAE seguirá recordando mensualmente, a los componentes de la Comisión de Defensa, los agravios y fraudes de Ley cometidos por la Administración, Gobierno, así como a los Diputados y Senadores de todas las legislaturas y nunca olvidara que también se encuentran afectados sus familiares. 1 de Enero de 2015.

COLECTIVO EXACAE.

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