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Equipo Consultor: Marcela Rivas Morales, Geógrafo Catalina Gacitua Valenzuela, Geógrafo Max Glisser Donoso, Ingeniero Civil en Sonido y Acústica Matías Zañartu Salas, Ingeniero Civil en Sonido y Acústica Christian Gerard Büchi, Ingeniero Acústico Equipo Ejecutor Municipal : Guillermo Borcoski C., Arquitecto Asesor Urbanista Alberto Pizarro S., Geógrafo PUC Claudia González M., Arquitecto Asesor Guillermo Tapia D., Coordinador SITMA Alejandra Martínez R., Cartógrafo Reinaldo Segura M, Ingeniero Forestal María Inés Egea V., Cartógrafo (E) Prosperina Herrera V., Dibujante Maipú, Marzo 2003 “DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL” Plan Regulador Comunal de Maipú

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Equipo Consultor: Marcela Rivas Morales, Geógrafo Catalina Gacitua Valenzuela, Geógrafo Max Glisser Donoso, Ingeniero Civil en Sonido y Acústica Matías Zañartu Salas, Ingeniero Civil en Sonido y Acústica Christian Gerard Büchi, Ingeniero Acústico Equipo Ejecutor Municipal: Guillermo Borcoski C., Arquitecto Asesor Urbanista Alberto Pizarro S., Geógrafo PUC Claudia González M., Arquitecto Asesor Guillermo Tapia D., Coordinador SITMA Alejandra Martínez R., Cartógrafo Reinaldo Segura M, Ingeniero Forestal María Inés Egea V., Cartógrafo (E) Prosperina Herrera V., Dibujante

Maipú, Marzo 2003

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PLAN REGULADOR COMUNAL DE MAIPU - DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

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INDICE

I. ANTECEDENTES DEL TITULAR DEL PROYECTO 3 II. TIPO DE PROYECTO SEGUN EL ARTICULO 10 DE LA LEY 19.300 Y EL ARTICULO 3° DEL REGLAMENTO DEL SISTEMA DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL 4

III. ANTECENDENTES GENERALES DE LA COMUNA DE MAIPÚ 4 3.1. LOCALIZACIÓN Y SUPERFICIE 4 IV. SINTESIS DEL DIAGNOSTICO AMBIENTAL ESTRATÉGICO 4 4.1. MEDIO AMBIENTE NATURAL 4 4.2. MEDIO AMBIENTE CONSTRUIDO 12 4.3. MEDIO AMBIENTE SOCIAL 26 V. DESCRIPCIÓN DEL PLAN REGULADOR DE MAIPÚ 28 5.1. INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL VIGENTES 28 5.2. MARCO TERRITORIAL DEL PLAN 31 5.3. OBJETIVOS DEL PLAN REGULADOR 31 5.4. ZONIFICACIÓN Y USOS DEL SUELO 37 5.5. PLAN DE VIALIDAD ESTRUCTURANTE Y ESPACIO PÚBLICO 46 VI. JUSTIFICACION DE LA PRESENTACION DE DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL SEGÚN EL ARTICULO 11, DE LA LEY 19300 DE BASES DEL MEDIO AMBIENTE 49 6.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN DEBIDO A LA

CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES O RESIDUOS (ART. 11, LETRA A) 49

6.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES (ART. 11, LETRA B) 53

6.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS (ART. 11, LETRA C) 55

6.4. LOCALIZACIÓN PRÓXIMA A POBLACIÓN, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADAS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR (ART. 11, LETRA D) 59

6.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA (ART. 11, LETRA E) 59

6.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y EN GENERAL, AQUELLOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL (ART. 11, LETRA F) 61

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VII. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES 64 VIII. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS 64 IX. NORMATIVA TERRITORIAL APLICABLE 73 9.1. NORMAS DE CARÁCTER GENERAL 73 9.2. NORMAS SOBRE INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL 73 9.3. NORMATIVA PARA ACTIVIDADES INDUSTRIALES 76 9.4. NORMAS SOBRE CONTAMINACIÓN ACÚSTICA 77 9.5. NORMAS SOBRE FUENTES MÓVILES 80 9.6. CÓDIGO SANITARIO 80 9.7. NORMATIVA QUE REGULA CANALES 81 9.8. NORMAS SOBRE INFRAESTRUCTURA DE AGUAS LLUVIA

Y AGUA POTABLE 82 9.9. MONUMENTOS NACIONALES Y PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO 82 X. FIRMA DE DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 83 XI. ANEXO 84

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I. ANTECEDENTES DEL TITULAR DEL PROYECTO Titular: Sr., Roberto Sepúlveda Hermosilla, Alcalde de la Ilustre Municipalidad de la Comuna de Maipú R.U.T: 7.353.232-9 Domicilio: Av. 5 de Abril 0260, Maipú. Fono: 677 62 40 Fax:

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II. TIPO DE PROYECTO SEGUN EL ARTICULO 10 DE LA LEY 19.300 Y EL ARTICULO 3° DEL

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL De acuerdo al artículo 10, de la Ley 19.300, y el artículo nº 3 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental entre los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental se encuentran los Planes Reguladores Comunales (letra h). III. ANTECENDENTES GENERALES DE LA COMUNA DE MAIPÚ 3.1 LOCALIZACIÓN Y SUPERFICIE La Comuna de Maipú se encuentra en el extremo sur- poniente de la Provincia de Santiago, limitando con las provincias de Melipilla, Maipo y Talagante. Se localiza en las coordenadas 33° 32’ latitud Sur y los 70° 46’ longitud Oeste, a 12 Km del centro de Santiago. Sus límites son: al norte, la comuna de Pudahuel; al nororiente y oriente, Estación Central y Cerrillos, respectivamente; al sur, las comunas de San Bernardo y Calera de Tango (Provincia del Maipo) y al poniente, las comunas de Padre Hurtado (Provincia de Talagante) y Curacaví (Provincia de Melipilla). (Ver Carta nº1) Posee una superficie total de 135,5 Km2. correspondientes a un 6,7% de la superficie total de la Provincia de Santiago. El territorio de Comuna de Maipú se caracteriza por tres subunidades diferenciadas. El área urbana, rural y cerros. El área urbana, se localiza al oriente de la comuna ocupando una superficie de 32.1 km2 que representa un 24% del total. El área agrícola representa un 62.9% (85.2 Km2) y los cerros ocupan una superficie de 13.4% (18.2 km2)1 IV. SINTESIS DEL DIAGNOSTICO AMBIENTAL ESTRATEGICO 4.1 MEDIO AMBIENTE NATURAL 4.1.1 Clima El clima de la comuna de Maipú, corresponde al tipo mediterráneo con estación seca prolongada, con una temperatura promedio anual de 13,4° C, con temperaturas promedio máximas en verano de 30°C, y mínimas extremas de –6,8 °C en invierno. Se producen heladas entre los meses de Abril y Octubre. En cuanto a las precipitaciones el promedio anual es del orden de los 300 mm., con datos de 293,9 mm. en la Estación Aeropuerto y 308,8 mm. en la Estación Quinta Normal. Las precipitaciones se concentran entre los meses de Mayo y Agosto, lo que marca la diferencia de 8 meses secos y 4 meses húmedos, esto se debe a que el área se inserta dentro de la zona del límite sur del posicionamiento estival del Anticiclón del Pacífico. Este impide la entrada de frentes durante el verano y que debido a su desplazamiento hacia el norte durante el invierno permite la entrada de frentes y queda bajo la influencia de perturbaciones atmosféricas.

1 Plan de Desarrollo Comunal 2002- I. Municipalidad de la comuna de Maipu

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El umbral de 60 mm en 24 horas es superado 1 vez cada 4,35 años y el umbral de 100 mm en 24 horas es superado 1 vez cada 24 años. • Vientos Los vientos en cuanto a la dirección anual poseen un predominio de los componentes Sur y Sur-oeste. Debido a la topografía comunal los vientos tienen durante el día un desplazamiento valle – montaña, a partir de las 14:00 horas la velocidad de los vientos es entre 3 a 4,6 m/s con un promedio de 3,8 m/s, y a partir de las 20:00 horas los vientos tienen velocidades de entre 3 y 6 m/s con velocidades promedios de 4 m/s. La dirección de los vientos se invierte durante la noche haciendo un recorrido de montaña - valle con velocidades menores a las diurnas de entre 1 y 2 m/s. En general los vientos son más débiles durante el invierno con velocidades entre 0,6 a 2,7 m/s, y más fuertes en verano con velocidades entre 1,9 a 5,9 m/s, sobrepasando estos valores entre las 14:00 y 20:00 horas.2 En relación con los vientos y la distribución del Pm10, en la Comuna de Maipú las mayores concentraciones se observan en el extremo nororiental con valores de entre 85,1 y 133 ppm. Hacia el poniente las concentraciones disminuyen rápidamente a un rango entre 85 y 45.1 ppm. Conteniendo la caja del Río Mapocho y extendiéndose hacia el norponiente y sur oriente de esta se encuentran concentraciones entre 45 y 15,1 ppm. Finalmente hacia los limites comunales poniente y sur se encuentran concentraciones menores a 15 ppm. Lo anterior se refleja en la gráfica con buffer en disposición paralela con una orientación sur poniente que se explica por la dirección predominante que presentan los vientos en la comuna. El bajo nivel de concentraciones de PM10, demuestra la buena calidad del aire de la comuna dada su favorable localización en relación a la ventilación de la cuenca, así presenta valores de aceptables a buenos, condición que se incrementa hacia el poniente (área rural). Por lo tanto, la favorable calidad del aire, constituye una ventaja para el desarrollo habitacional en la comuna de Maipú. 4.1.2 Geomorfología La Comuna de Maipú se inserta en la cuenca de Santiago que limita al Este con la Cordillera de Los Andes, al Norte con las cuestas del Manzano y de Chacabuco, al Oeste con la Cordillera de La Costa y al Sur por la Angostura de Paine (Ver carta nº3) La cuenca se emplaza en la parte central de la Depresión Intermedia, macro unidad estructurante que evoluciona a partir del plioceno con el desarrollo de fosa tectónica y su posterior relleno por materiales transportados por ríos cordilleranos y serranías laterales en el cuaternario inferior. Por lo anterior, el origen de los materiales constituyentes es producto de la acumulación de materiales fluviales, laháricos; coluviales y lacustres de hasta 450 metros de espesor. Los materiales más antiguos son de origen volcánico y lo constituyen los materiales pumicíticos compuestos de cenizas vítreas y tamaño arena, que se encuentran en los bordes oriental y occidental de la Depresión Intermedia. Son materiales con predominio de arcilla-limo siendo más grueso el material en el borde oriental que el occidental. Posteriormente, nos encontramos ante una segunda etapa con predominio de procesos de erosión, con lo cual se disminuye el espesor de los materiales acumulados en la etapa anterior, esta disminución no es homogénea para todos los sectores, como consecuencia, quizás, de reactivamiento de fallas antiguas y el ondulamiento del terreno. Finalmente, se forman los abanicos aluviales de los Ríos Maipo y Mapocho con sus respectivas depresiones fluvioglaciales y fluviales. El abanico del Río Mapocho se constituye principalmente de gravas y ripios arenosos, y en el sector de la desembocadura del Estero Lampa (entre las comunas de Pudahuel y Maipú) se encuentran depósitos de cenizas volcánicas con predominio de piedra pome.3

2.- Estudio de Riesgos y protección Ambiental PRC de Maipú, Julio 2002. 3 Fuente: Riesgo de Inundación y Riesgo Geofísico asociado a inundación recurrente

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El resultado actual de la evolución descrita se visualiza en la carta nº3, en la cual se distinguen cinco unidades geomorfológicas principales: Cuenca de Santiago con depósitos Fluvio-lacustre, Cuenca de Santiago con depósitos pumicíticos, Cordillera costera Volcánica, Valle medio del río Mapocho y Cerros Islas. La mayor superficie corresponde a la Cuenca de Santiago con depósitos fluvio-lacustre que se ubica en el sector oriental de la comuna, la que contiene la totalidad del área urbana. La segunda unidad en superficie comunal corresponde a la Cuenca de Santiago con depósitos pumicíticos ubicada al poniente del río Mapocho. Entre estas dos unidades se encuentra la unidad denominada Valle medio del río Mapocho ubicada en el centro de la comuna, y en el sector norponiente de la comuna, entre las unidades Valle medio del Río Mapocho y los depósitos pumicíticos se encuentra la unidad de Cerros islas, finalmente en el extremo poniente de la comuna se ubica la Cordillera costera volcánica. A las unidades geomorfológicas recientemente descritas se asocian distintos tipos de suelos según su origen y ubicación. Estos corresponden principalmente a suelos aluvionales planos (insertos en la unidad geomorfológica cuenca de Santiago con depósitos fluvio – lacustres), los que presentan una textura media a gruesa en la parte norte y textura media a fina en la parte sur. Al poniente de esta unidad se encuentran suelos de origen volcánico denominados pumicíticos, también correspondiente a la unidad cuenca de Santiago. Más hacia el poniente la unidad geomorfológica de cuenca de Santiago con depósitos pumicíticos se encuentra cubierta por suelos graníticos de origen coluvio aluviales provenientes de la erosión de la cordillera volcánica, límite poniente de la comuna de Maipú. En cuanto a las pendientes los terrenos del territorio comunal son mayoritariamente planos y ondulados suaves, con pequeñas zonas altas ubicadas en el extremo poniente y un sector al norte (correspondiente a partes altas de cerros islas) que corresponden a terrenos ondulados fuertes, con pendientes de entre 21° y 45° de inclinación. 4.1.3 Recursos hídricos • Aguas Superficiales Los escurrimientos superficiales de la comuna de Maipú son estructurados por el Río Mapocho que drena las aguas cordilleranas del sector del Cerro El Plomo, sus principales afluentes son los ríos Molina y San Francisco; y los esteros Arrayán y Lampa. Son cauces de régimen de escurrimiento de tipo nival, lo que explica la disminución de caudal en los meses de Abril, Mayo, Junio y Julio, y el aumento de caudal a partir de Agosto en adelante con máximas en los meses de deshielos entre Noviembre y Enero. El Zanjón de la Aguada, atraviesa el área urbana en sentido oriente- poniente y desemboca en el río Mapocho. Este curso de agua, corresponde a un escurrimiento superficial de origen artificial construido para el drenaje de quebradas cordilleranas (principalmente las quebradas de Macul, Perdices, y Lo Caña), aguas lluvias y servidas. Respecto, a esto último es importante señalar que este cauce ya no transporta aguas servidas, a partir de la construcción de un colector para este fin que corre de forma paralelo a su cauce a través de tubería cerrada (67% total aguas servidas de Santiago.)4 Igualmente, existen en funcionamiento tres redes de canales principales que cruzan la parte urbana de la comuna. La primera red entra por el derivado canal Lo Espejo en Camino Lonquén con Santa Marta (Ver carta nº 3), donde corre el canal del mismo nombre de propiedad municipal. Es un canal entubado que corre a tajo abierto sólo en el tramo correspondiente a la Calle Tres Poniente, posee además tres atraviesos en los cruces de la Autopista de Sol con las Calles San Martín, Portales y Agua Santa.

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La segunda red de canales corresponde a un canal de derrame de regadío que entra en Camino Lonquén con Av. Américo Vespucio y que cruza hasta Serafín Zamora con Santa Adela. La tercera red la constituye el Canal Ortuzano que sale del Zanjón del Aguada y tiene como finalidad la evacuación de aguas lluvias. (Ver Carta nº 3) • Aguas subterráneas El área de la comuna de Maipú se encuentra en la unidad hidrogeológica Mapocho-Maipo, la cual se caracteriza por tener acuíferos libres a profundidades variables, mayoritariamente de entre 5 y 30 metros, donde el nivel de las napas aumenta entre los meses de Diciembre y Mayo. 5 De acuerdo a la definición de COREMA RM, la vulnerabilidad que tienen las napas a ser contaminadas se relaciona con la profundidad de la napa y la permeabilidad del suelo. De esta forma los suelos más permeables y las napas menos profundas están más vulnerables a ser contaminadas. En cambio, una napa de mayor profundidad con un suelo menos permeable es menor su vulnerabilidad a ser contaminada. Las napas dentro del territorio comunal se encuentran entre los 0 y los 70 metros de profundidad. Las mayores profundidades se presentan en el sector oriental de la comuna, alcanzando hasta 70 metros en el extremo sur oriental. El extremo nororiental presenta napas a una profundidad de 15 y 30 metros y se presenta inserta en esta área napas con profundidades menores a 5 metros. Estas áreas donde se encuentran las napas están compendiadas dentro de límite urbano, lo que significa que en su mayoría los suelos se encuentran pavimentados generando una impermeabilización de las superficies, impidiendo así la recarga de las napas por este medio. Hacia el poniente, en el área rural de la comuna de Maipú, las napas se encuentran a profundidades de entre 0 y 15 metros, esta condición es positiva desde el punto de vista del aprovechamiento del recurso. Sin embargo, su baja profundidad y la alta permeabilidad de los suelos del sector hace que las napas se encuentren con una vulnerabilidad alta y extrema a ser contaminadas. 4.1.4 Vegetación De acuerdo al catastro de vegetación realizado por CONAF, la cobertura vegetal de la comuna de Maipú corresponde principalmente a zonas agrícolas bajo riego, ubicada en la unidad geomorfológica denominada Cuenca de Santiago tanto al oriente como poniente del Río Mapocho. En el sector poniente del área urbana, se encuentran áreas de vegetación natural de la zona correspondiente a matorrales y praderas naturales (Ver carta nº4). El matorral está compuesto principalmente por Espinos (Acacia caven) y especies aisladas de bosque esclerófilo, con presencia de especies como Tebo (Retanilla Trinervis), y especies xerófitas, que se adaptan a los meses con déficit de humedad. Estas formaciones vegetacionales se encuentran en el área rural, en las unidades de Cordillera costera volcánica y Cerros islas al poniente y centro norte de la comuna de Maipú. Las fotografías siguientes ilustran la distribución de la vegetación en las distintas unidades geomorfológicas descritas anteriormente. De esta forma se ve vegetación herbácea natural en terrenos aptos para el uso agrícola y en los cerros presencia de matorrales con predominio de espinos.

5. Diagnóstico del sistema de evacuación y drenaje de aguas lluvias, Agosto 1999. EMG Consultores

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En los sectores más protegidos de la insolación, laderas exposición sur y quebradas interiores, se pueden encontrar reductos de bosque esclerófilo, con especies como Litre (Lithraea caustica), Boldo (Peumus boldus), Quillay (Quillaja saponaria). En cuanto a la diversidad florística que se presenta en el área rural de la comuna, estudios específicos realizados en Rinconada Lo Vial establecen que del total de especies identificadas, cerca del 73% son especies autóctonas, correspondiendo el resto a especies alóctonas o introducidas. Las especies más comunes son: Acacia caven (Espino), Retanilla trinervis (Tevo), Vulpia bromoides (Pasto delgado), Bromus berteroanus (Pasto largo), Schismus arabicus (Triguillo) y Gamochaeta oligantha (Hierba de la perdiz). De las 91 especies identificadas, sólo una de ellas se encuentra calificada como Especie Vulnerable, esta es Pyrrhocactus curvispinus (Quisquito). Dicha especie se localiza especialmente en sectores rocosos de exposición norte, favorables para el desarrollo de elementos vegetacionales suculentos. Las demás entidades florísticas no son de especial singularidad. De acuerdo a la correspondencia natural que se da entre la distribución de los elementos florísticos y faunísticos, se identifica el sector poniente de la comuna, donde se alternan quebradas y cerros, como el área en que existe una mayor biodiversidad. En cuanto a elementos faunísticos de menor tamaño, dominan las aves pequeñas, así como también se presentan especies como el ratón chinchilla (Categoría: Conocida) y el Thylamys elegans (marsupial Llaca) (Categoría: rara). Entre los macromamíferos, se encuentra el Pseudolopex griseus (zorro chilla). Además, se observan en el área especies endémicas tales como lagartos, la perdiz, la tenca, la Llaca y el Degú (este último en abundante presencia). En segundo lugar destacan en las cumbres más elevadas (como el Cerro Águila) que forman parte del hábitat de algunas especies como el Peuco y el Águila.6 Por último es importante señalar que en la comuna de Maipú, no se encuentran declaradas Áreas silvestres protegidas.

6 Resumen Ejecutivo Estudio de Impacto Ambiental Proyecto: Relleno Sanitario Santiago Poniente, Rinconada Lo Vial, Maipú. Documento no precisa referencias bibliográficas

Fotografía nº1: Área rural en sector de Rinconada de Maipú.

Fotografía nº2: Sector de Quebrada de la Plata, al poniente de la Comuna de Maipú.

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4.1.5 Calidad agrícola de los suelos De acuerdo a las cartas de suelo y capacidad de uso de las ortofotos: Maipú, San Bernardo y Puntilla del Viento escala 1: 20.000, la comuna de Maipú posee gran proporción de sus suelos catalogados como de uso agrícola clases II y III. Son suelos que no presentan grandes limitaciones para la actividad agrícola y que, sólo cuando es necesario, la aplicación de prácticas ligeras de manejo y conservación determinan que la elección de cultivos sea muy amplia. Estos suelos representan un 23 % y 31%, respectivamente del total de suelos agrícolas de la comuna de Maipú. Sin embargo, la presión generada por el desarrollo de megaproyectos en el área rural de la comuna de Maipú, como el relleno sanitario Santiago Poniente ponen en riesgo su conservación y la actividad que da sustento a la población que vive en los villorrios de la comuna de Maipú. En general, en las rinconadas se desarrollan suelos de clase IV y en los cerros islas y en los cordones montañosos volcánicos se presentan suelos de inferior calidad de clases VI y VII. (Ver Carta nº5)

Tabla nº1: Capacidad Agrícola del suelo, Comuna de Maipú CLASE SUPERFICIE

(ha) (*) PORCENTAJE

Clase II 1704.2 23.0 Clase III 2327.8 31.0 Clase IV 333.8 4.5 Clase VI 441.2 6.0 Clase VII 2262.5 30.5 Clase VIII 333.7 4.6 Total 7406.9 100

Fuente: Asesoría urbana, SECPLAC, I. Municipalidad de Maipú 4.1.6 Paisaje y Turismo Los lugares de valor paisajístico en la comuna de Maipú se presentan fundamentalmente en el área rural, al poniente de la autopista del Sol. Estos se encuentran representados por el curso y borde del río Mapocho, la cordillera costera volcánica con sus rinconadas y cerros islas aislados en medio de la explanada rural. Si bien estos lugares corresponden a un paisaje característico de la zona central del país, su valor escénico radica en los contrastes entre el valle y los cerros y la amplitud visual que se percibe desde estos últimos, a lo que se suma la vegetación nativa remanente que aún se conserva en algunos sectores. La actividad turística en la comuna de Maipú, no se encuentra muy desarrollada. A pesar de la proximidad del campo al área urbana, sus villorrios y el marco escénico de cerros con vegetación natural y rinconadas. El atractivo turístico principal del área urbana de la Comuna es de interés histórico y dice relación con los sitios de ocurrencia de eventos durante el periodo de Independencia de Chile (1818), tema que será desarrollado en el apartado referido al patrimonio cultural. 4.1.7 Riesgos naturales del área urbana de la comuna de Maipú Los riesgos naturales del área urbana fueron identificados en el Estudio de riesgos y protección ambiental (ver anexo) que formo parte de los estudios básicos de la formulación del Plan Regulador Comunal de Maipú. Estos corresponden fundamentalmente a “inundaciones y movimientos sísmicos”

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• Áreas con riesgo de inundación Las áreas con riesgo de inundación se localizan en puntos específicos (Ver carta nº6) de desborde del Zanjón de la Aguada. Estas áreas se clasifican con riesgo bajo, medio y alto. Las áreas de riesgo bajo por inundación corresponden a aquellos sectores adyacentes a puntos de desborde potencial del Zanjón de la Aguada, sometidas a crecidas con período de retorno (T) superior a los 10 y hasta los 100 y más años; por concentraciones de agua por acumulación de lluvias en superficie, debido a escasa o nula infiltración y por colapso de canales y a la existencia de desniveles relativos (pendientes inferiores a 2.5º) que no permiten el rápido desagüe de las aguas superficiales; y donde la cobertura de colectores de aguas lluvias es escasa o se encuentra a nivel de proyección. Se consideran en esta categoría los tramos adyacentes al Zanjón de la Aguada que incluyen infraestructura urbana que obstaculiza una mayor proyección espacial de las aguas y donde las riberas presentan peraltes estabilizados; y el sector al occidente de la Avenida 4 Poniente y cuyo límite norte- sur, se encuentra entre el Camino a Rinconada y el Canal Los Bosquinos. (Ver carta de riesgos naturales) En la Avenida 4 Poniente, se proyecta un colector de aguas lluvias de 1000 mm. de diámetro, que baja por la avenida del mismo nombre y, el colector unitario Rinconada, cuyo trazado se dirige de este a oeste, por el Camino a Rinconada. También, se encuentran con riesgo bajo de inundación los tramos de la Avenida Segunda Transversal, al norte de la calle Alaska y entre el eje vial Primo de Rivera y la Avenida Américo Vespucio; y las calles interiores de la Villa Oscar Castro. En este último sector, el colector unitario El Pajonal, de 1000 mm. de diámetro, no da abasto. Finalmente, se encuentran en esta categoría algunos tramos de la Av. Pajaritos, al norte del Zanjón de la Aguada, entre la calle Los Suspiros y la Avenida Hugo Bravo y, en la calle Monvoison, entre las calles Longitudinal y Leonardo Da Vinci, por acumulación de agua meteórica en superficie; y por colapso del Canal Santa Elena, entre las calles Gustavo Eiffel y Longitudinal, en la intersección de la calle Monvoison y la calle La Sinfonía. (Ver carta nº6) En estos tramos se satura el colector unitario Pajaritos. Las áreas de riesgo medio por inundación, corresponden a aquellas áreas adyacentes a puntos de desborde del Zanjón de la Aguada, para un período de retorno mayor a 2 años y menor a 10 años, y concentración de aguas por depresiones donde se acumulan las aguas lluvias y las de escorrentía. Se consideran en esta categoría los sectores adyacentes al Zanjón de la Aguada, entre la confluencia del Zanjón con el río Mapocho, hasta su intersección con la Avenida 3 Poniente. (Ver carta de riesgos naturales) A partir de esta avenida, al este, peraltes del Zanjón de la Aguada presentan mejores condiciones de estabilización, siendo además, la Autopista del Sol una barrera artificial que dificulta la proyección de estas aguas. Es importante señalar que existe la proyección de un colector de aguas lluvias por la Avenida 3 Poniente, al cual se unirán otros colectores como el O´Higgins, Freire/ Rinconada, Las Tinajas, Avenida Sur y Nueva San Martín, para atender el área de influencia del Colector 3 Poniente, apoyado por el Colector Las Naciones, que corre por la avenida del mismo nombre, los que permitirán aminorar la llegada de las aguas de escorrentía hasta la Autopista del Sol. También, se encuentra con riesgo medio de inundación el sector al sur de la Avenida Isabel Riquelme, en el entorno de la intersección del Zanjón de la Aguada con la Avenida la Farfana y al oeste de la Avenida Pajaritos; y desde esta última avenida hasta la Avenida Las Tinajas, en ambas riberas del Zanjón. Igualmente, se consideran en esta categoría los sectores adyacentes al Colegio Santa María y la Sub- estación de Chilectra, al sur de la intersección de la Avenida A. Vespucio con el Zanjón de la Aguada, hasta aproximadamente la Avenida Segunda Transversal y, ejes viales Alfonso Vial y Los Eléctricos, al este de la intersección de la calle Lumen con Primo de Rivera, (Ver carta nº6) donde se acumula el agua de escorrentía en superficie, favorecida por la pendiente de su entorno (mayor a 2.5º). Además, los sectores al este de la Autopista del Sol, que actúa de barrera, entre el Camino a La Rinconada y el Canal Los Bosquinos, donde se acumulan las aguas que escurren desde aproximadamente la Avenida 4 Poniente.

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Se consideran como áreas de riesgo alto por inundación, a aquellas amagadas por crecidas del Zanjón de la Aguada con un período de retorno menor o igual a 2 años, y aquellos sectores donde el agua escurre por colapso de canales y alcantarillado, y dinámica asociada a pendientes favorables. Entre estas áreas se encuentran el sector en torno a la confluencia de la Autopista del Sol con el Zanjón de la Aguada y al oriente de la Avenida Vespucio. (Ver carta de riesgos naturales). Además, se consideran los ejes viales al oeste de la Avenida 4 Poniente, que llevan aguas hasta la Autopista del Sol, por la Avenida José Manuel Borgoño, calle La Galaxia, Avenida Agua Santa, Avenida San José, Avenida Portales, Avenida Sur, Avenida Nueva San Martín y la calle García Silva, que no son captadas por los Colectores La Rinconada y Agua Santa. Esta agua en escorrentía dificulta el desplazamiento de la población y amagan las viviendas y actividades en su entorno. También, se reconoce con riesgo alto, el sector donde la Avenida Blanco Encalada confluye hacia el cauce del Zanjón de la Aguada, aún cuando actualmente se proyecta un colector de aguas lluvias; la Avenida Primo de Rivera al oeste de la Avenida Vespucio; tramos de la Avenida Primo de Rivera, entre la Avenida El Ferrocarril y Segunda Transversal; confluencia de la calle La Sinfonía con la Av. La Farfana; confluencia de la Avenida El Descanso con Longitudinal; y Camino Melipilla, entre 4 Alamos y el límite urbano oeste de la Comuna. Es importante destacar que la proyección del colector Tres Poniente pretende evacuar rápidamente las aguas que corren por los ejes viales, que si bien no generan condiciones de riesgos en la actualidad, han ido en aumento por la consolidación del sector urbano central y favorecidas por la disminución de las altitudes desde 501.9 m aproximadamente 448 m., desde el límite oriente de la comuna. El tramo del Río Mapocho que se inserta en la comuna de Maipú presenta riesgo geofísico asociado a inundación recurrente a lo largo de todo su cauce y a partir de la desembocadura del Zanjón de la Aguada hacia el sur se encuentran extensiones recurrentemente inundables hacia ambos lados. Estos sectores se encuentran al exterior del área urbana. Hacia el nororiente de la desembocadura del Zanjón se encuentra un sector bajo con recurrente afloramiento de napas que se encuentran a menos de 15 metros de profundidad, este sector inundable se zonifica según el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) como Área de Interés Silvoagropecuario. • Riesgo sísmico En el área urbana de la comuna se presentan tres unidades de respuesta sísmica de los suelos de acuerdo a los materiales constituyentes de este. De esta manera se establece que la unidad de buena respuesta sísmica corresponde a ripios, la unidad de respuesta sísmica regular corresponde a areno-limo-arcillas, y la unidad de mala respuesta sísmica corresponde a cenizas. Es importante señalar que la unidad de mala respuesta sísmica está inserta en una zona actualmente construida.( Ver carta nº6) Finalmente, en cuanto a las pendientes y los materiales constituyentes del territorio los riesgos de erosión potencial son leves en la mayor parte de la comuna y se concentran al exterior del área urbana de la comuna de Maipú. Sólo se presentan riesgos de erosión muy alto y alto en la cordillera costera al poniente de la comuna; y alta, en las partes altas de los Cerros Islas, en un área localizada en la parte norte. Es importante señalar que estos sectores con más alto riesgo de erosión potencial corresponden según el PRMS a áreas de protección y conservación.

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4.2 MEDIO AMBIENTE CONSTRUIDO 4.2.1 Uso del suelo • Usos de suelo en el área urbana Los usos del suelo en el área urbana de la comuna de Maipú, predominan claramente dos actividades: habitacional y productiva, en concordancia con el rol funcional metropolitano de ciudad- dormitorio e industrial. Así en términos de la superficie total, estas representan un 59.7% y un 13.4%, respectivamente. (ver tabla nº 2)

Tabla n°2 Usos de suelo en área urbana comunal USO DE SUELO SUPERFICIE

(HÁ) Habitacional 2.242,22 Administración pública 6,97 Comercio 103,65 Culto 24,45 Deporte 67,59 Educación y cultura 92,99 Estacionamiento 4,35 Organizaciones comunitarias 10,61 Oficinas y empresas 48,97 Salud 7,86 Seguridad 1,11 Industria 421,44 Almacenaje 62,61 Taller 26,01 Transporte 21,78 Vialidad 1246,47 Área verde 50,39 Sitio eriazo 250,68 Terrenos no urbanizados 820,92 Otros 62,03 Total 5.573,1

Fuente: Asesoría Urbana - SITMA. Catastro de uso de suelo urbano, 2002. Fotointerpretación en áreas no catastradas en base a fotografía Aérea ortorectificada, escala 1:20.000. Base IGM, 2001.

• Uso Residencial La disponibilidad de suelo para urbanizar junto con la accesibilidad de la comuna al centro de Santiago, donde se encuentran los principales equipamientos, servicios y fuentes de empleo han convertido a la comuna de Maipú, desde la década de los 60, en una comuna atractiva principalmente para residencia de estratos medios El uso residencial exclusivo dentro del área urbana de Maipú se distribuye homogéneamente, hasta alcanzar las instalaciones industriales que se encuentran en torno al camino a Melipilla. (Ver carta nº7)

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Las viviendas se han orientado a distintos estratos sociales, existiendo vivienda social, conjuntos habitacionales orientados al primer tramo de subsidio para estrato medio-bajo y una creciente oferta de viviendas para estrato medio, del tramo más alto de subsidio, e incluso condominios semi-rurales (parcelas de agrado) orientados a estratos socioeconómicos de mayor ingreso. En general, en todas las tipologías de vivienda presentes en esta área de extensión urbana se aprovecha condiciones permitidas en loteos de construcción simultánea, aumentando la cantidad de m2 construidos en terrenos relativamente pequeños y disminuyendo los distanciamientos de las construcciones a los deslindes, por ejemplo, con el fin de aumentar al máximo la rentabilidad de cada loteo. Es preciso agregar que Maipú comparte la tendencia nacional en cuanto a una disminución de la superficie construida por habitante, situación derivada de la aplicación de políticas de vivienda y que afecta principalmente a las familias residentes en viviendas sociales. Los conjuntos residenciales construidos en las zonas periféricas al centro de la comuna carecen de vialidad estructurante de jerarquía mayor, a excepción de las vías regidas por el PRMS, predominando los pasajes y las vías de 11 a 12 m de ancho entre líneas oficiales. El espacio público en las zonas residenciales es escaso, correspondiendo únicamente a las cesiones de áreas verdes realizadas por los loteos y a algunas áreas de parque reservadas desde hace décadas (como el parque Tres Poniente). Esta situación se agudiza también en las villas que corresponden a vivienda social, lo cual contribuye a que sean precisamente dichas zonas donde se concentran los índices de delincuencia7. • Equipamiento La expansión del centro de servicios comunal, en el cruce de los ejes viales Pajaritos y 5 de Abril y luego en el área de influencia de este cruce, ha orientado la localización de recintos destinados a comercio (Ver carta nº7) especialmente relacionados con la construcción y el transporte, tales como ferreterías, bodegas, barracas, talleres mecánicos, estaciones de servicio automotriz y distribuidoras de gas. Estos contribuyen al congestionamiento del área central comunal y la mezcla de flujos (carga, transporte de pasajeros, camiones, automóviles particulares, etc.)8. Progresivamente la variedad y calidad de los servicios ofrecidos en el centro ha aumentado, debido a la demanda de una creciente cantidad de población residente que desea disminuir su dependencia respecto del centro de la ciudad de Santiago. La falta de equipamiento y, especialmente comercio, en las áreas residenciales, las hacen también dependientes de los servicios que pueda prestar el sector céntrico de la comuna, contribuyendo también a la intensidad de ocupación de esta zona. La importancia que presenta el centro de Maipú alcanza más allá de los límites comunales, sirviendo también a población de comunas vecinas, especialmente de Cerrillos, ya que ésta carece de un centro consolidado debido a que su territorio pertenecía íntegramente a Maipú, hasta su creación como comuna a fines del siglo XX. Del mismo modo, los habitantes de Maipú realizan viajes a Cerrillos con propósitos de abastecimiento (Mall Plaza Oeste, por ejemplo), estableciéndose relaciones de interdependencia entre ambas comunas. Cabe recordar que el PRIS de 1960 y luego el PRMS de 1994 definen el cruce de 5 de Abril- Los Pajaritos como un Subcentro de Equipamiento Metropolitano. Este sub-centro se encuentra aún en desarrollo, y coincide con el centro cívico comunal. A diferencia de otras comunas, existe una mínima cantidad de comercio al interior de áreas netamente residenciales, sin que sea relevante la cantidad de viviendas que han incluido en el predio el uso comercial. • Salud En cuanto a la red pública, existe en la comuna 3 consultorios y un centro de complejidad mayor que corresponde al CRS (Centro de Referencia de Salud) Maipú. Estos servicios se hace insuficiente en relación con la cantidad de habitantes residentes en la comuna, por lo cual poco a poco se ha incorporado establecimientos de salud privada, sin otorgar prestaciones mayormente complejas o que requieran de

7 Estudio de Riesgos Naturales y Protección Ambiental, Asesoría Urbana, 2002. 8 Op. Cit.

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hospitalización. Sin embargo, y gracias a una iniciativa municipal, ya existe interés por emplazar al interior del área urbana una Maternidad y un Hospital, (el cual se encuentra en anteproyecto por el Ministerio de Salud) que serviría a Maipú y las comunas vecinas. Tanto los establecimientos de salud pública como los privados se han localizado principalmente en el área central de la comuna, concentrándose en el cuadrante de Av. Pajaritos, Av. Chile, Av. Rinconada y Av. El Olimpo (Ver carta nº7). Esto contribuye a la mayor intensidad de uso que presenta el centro respecto de otras áreas, siendo otro elemento de atracción de viajes. • Educación El patrón de localización de este uso indica su instalación al interior o cerca de áreas netamente residenciales (Ver carta nº7), esto en las zonas correspondientes al área urbanizable según PRMS. Se localizan generalmente en terrenos resultantes de las cesiones que deben realizar los urbanizadores en virtud del artículo 2.2.5 de la OGUC, o bien en aquellos terrenos resultantes de Estudios de Suficiencia de Equipamiento elaborados por algunos proyectos habitacionales a partir de la entrada en vigencia del Art. 5.3.2. del PRMS, en marzo del 2001. Los colegios tradicionales de la comuna, tales como Colegio Santa Úrsula, el Centro Técnico Profesional CODEDUC, Colegio General Bernardo O’Higgins, el Colegio General San Martín y los colegios Nuestra Señora el Carmen, Sofía Infante Hurtado, Carmela Larraín de Infante y Carolina Llona de Cuevas, se encuentran naturalmente en el área céntrica, la más antigua y consolidada. La oferta educacional ha aumentado progresivamente al interior de la comuna, e incluso en los últimos años se han instalado instituciones de educación superior, como la Universidad de las Américas y el INACAP, las que también se localizan en el área central, especialmente sobre la Av. 5 de Abril. A pesar de lo anterior, aún se mantiene déficit en todas las categorías de establecimientos educacionales analizadas9, la educación básica es la que presenta un menor déficit, con alrededor de 70% de la matrícula cubierta al interior de la comuna, en cambio la educación media científico humanista presenta déficit en la mayoría del área urbana comunal, a excepción del sector centro, y tanto la educación media técnico profesional como la diferencial son altamente deficitarias en términos de oferta en toda la comuna. En conjunto, los establecimientos de Educación Media (técnico profesional y científico humanista) tienen un 20% del total de las matrículas de la comuna.10

• Usos del suelo en el área rural En el caso de la comuna de Maipú, al igual que en otras comunas periféricas de Santiago, el crecimiento urbano de los últimos años se ha llevado a cabo restando superficie de uso agrícola. A pesar de ello, el uso agrícola es aún relevante, con una superficie de 5434 há, representando el área rural un 67.4% del territorio comunal. En este sentido, Maipú es una de las comunas privilegiadas de la urbe metropolitana donde conviven campo y ciudad, lo cual es un valor que puede aportar a la calidad de vida de los mismos habitantes de la comuna y de otras comunas cercanas. No obstante, además del uso agrícola, se han localizado en los últimos años una serie de infraestructura sanitaria y actividades productivas que atentan con el valor agrícola y ambiental, este último otorgado por su paisaje natural (cerros, rinconadas, vegetación nativa y cursos de río). Estas actividades son la planta de tratamiento de aguas La Farfana (de Aguas Andinas), el relleno sanitario Santiago Poniente (COINCA SA – EMERES), tendidos de torres de alta tensión y también otros como canteras y plantas de extracción de áridos. Esta situación responde por un lado al bajo valor del suelo agrícola y la proximidad con el Área metropolitana.

9 El Estudio de Suficiencia de Equipamiento no incluye en el análisis la oferta de educación Pre-básica. 10 Estudio de Suficiencia de Equipamiento Comunal, Asesoría Urbana, 2002. Datos obtenidos de SEREMI Educación 2001 y “Estudio Diagnóstico y Recolección de Información de Educación desde la Perspectiva del Transporte”, 1998. En este último estudio se indica que un 30% de los alumnos de Enseñanza Básica y un 62% de los de alumnos de Enseñanza Media que viven en Maipú viajan fuera de la comuna a estudiar.

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4.2.2 Áreas Verdes El sistema de áreas verdes y espacios públicos de la comuna de Maipú, comprende un total de 1.28.6345 metros cuadrados (PLADECO, 2001). En términos de superficie por habitante presenta un 1.4 m2/hab (1997), manifestando una reducción negativa de 0.4 m2 de superficie en relación al año 1992 (Ver tabla nº3). Esto se explica por el explosivo crecimiento de la población producto del perfil de la Comuna de Maipú, de residencia para estratos medios. Tabla nº3: Áreas Verdes por habitante 1992- 1997, Comuna de Maipú

Comuna 1992 (m2/hab)

1997 (m2/hab)

Diferencia m2/habitante

1992-1997

Diferencia Porcentaje % 1992- 1997

Maipú 1.9 1.4 -0.4 -24.58 1992: Fuente: “Catastro de Áreas Verdes” del Área Metropolitana de Santiago, 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo 1997: Fuente: Levantamiento, procesamiento y análisis sobre Ortofoto 1:10000 del Gran Santiago año 1997- CONAMA RM El índice de áreas verdes por habitante (1.4 m2/hab) en la comuna de Maipú presenta una situación deficitaria, dado que la Organización Mundial de la Salud recomienda una superficie de 9 m2/ hab. Es importante señalar que la falta de áreas verdes es una situación recurrente en las comunas del Gran Santiago, dado que sólo las comunas de Providencia (18.7 m2/ hab), Recoleta (16.5 m2/ hab), Renca (14.3 m2/ hab) y Vitacura (11.0 m2/ hab) cumplen con el estándar recomendado por el organismo de salud. Las áreas verdes en la comuna de Maipú son principalmente de cuatro tipologías: parques, centros deportivos (públicos y privados), parques lineales (asociados a vialidad) y plazas. La principal característica de las áreas verdes es que no conforman un sistema, distribuyéndose de forma dispersa en la trama urbana (Ver carta nº8), sin ningún tipo de conexión ni objetivo comunal. Asimismo, destaca el hecho que las áreas verdes de mayor superficie existentes en el área urbana corresponden a centros deportivos o parques privados. En ellos su uso es restringido e incluso los de propiedad pública no están abiertos en forma permanente o se utilizan para fines específicos (por ejemplo, la piscina municipal, el estadio Santiago Bueras, etc.). Por lo tanto, los puntos de encuentro y de recreación de los habitantes de Maipú son limitados, con la excepción del parque Cerro primo de Rivera, de mantención municipal, el cual presenta un uso permanente por parte de la comunidad La tipología de parques de uso público estará más consolidada una vez que se implemente en su totalidad el parque municipal11, el cual contempla zonas de picnic y juegos. Este parque presenta una superficie aproximada de 38 hectáreas y se localiza entre la proyección de Avenida Sur, la Autopista del Sol, la proyección de Avenida Nueva San Martín y el río Mapocho (Ver carta de áreas verdes). Igualmente, el Plan Regulador Metropolitano de Santiago establece una serie de parques metropolitanos e intercomunal y áreas verdes complementarias, para la Comuna de Maipú. Este conjunto de parques, en la actualidad no se encuentran habilitados y se presentan como grandes sitios eriazos. Es importante señalar, que el Parque Isabel Riquelme es el de mayor relevancia para la Comuna de Maipú, dado por su tamaño y localización en plena área urbana consolidada. Además, permitirá vincular la trama urbana al norte y sur del Zanjón de la Aguada. Junto a lo anterior permitirá recuperar el entorno al canal, el cual se encuentra muy deteriorado y mitigar posibles inundaciones. Por su parte, las plazas si bien son numerosas son de carácter vecinal. Estas se encuentran dispersas dentro del área urbana (Ver carta nº8) y no presentan ningún tipo de conexión entre ellas. Las plazas han

11 En la actualidad se encuentra habilitada una superficie de 7.8 hectáreas

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sido materializadas principalmente en los loteos o conjuntos habitacionales por los propios gestores, quienes han decidido, tanto la forma como la localización, quedando en muchas ocasiones como retazos resultantes del proyecto de subdivisión predial Es importante, señalar que una de las principales limitaciones en la habilitación de nuevas plazas al interior del área urbana consolidada es la falta de terrenos disponibles, junto por ejemplo a cruces de vías que permitan formar plazas nodales que articulen la trama urbana y permitan integrar la naturaleza al paisaje urbano Sólo destaca la plaza central de Maipú, que se encuentra en el cruce de las Avenidas 5 de Abril y Pajaritos junto a la municipalidad y una importante concentración de comercio y servicios. Esta plaza constituye el principal punto de encuentro y de referencia de la comunidad de Maipú. En términos de Arborización igualmente se presenta una situación deficitaria. De acuerdo a la información facilitada por COREMA RM, predominan las áreas verdes con porcentajes de arborización menores a 10%, es decir con una baja calidad ambiental. Por lo tanto, las áreas con porcentaje de arborización mayor son una superficie reducida dentro del espacio construido. 4.2.3 Actividades productivas • La actividad industrial de la Comuna de Maipú La Comuna de Maipú en el contexto metropolitano, presenta una situación privilegiada para la localización de actividad industrial. Esta posee una desarrollada infraestructura vial de carácter metropolitano e interregional entre las que destacan el Camino Melipilla (ruta 76), Camino Lonquén, el anillo de circunvalación metropolitano y la Autopista de Sol, que le otorgan una importante accesibilidad a los mercados metropolitano e interregional. En particular, destaca la presencia de la Autopista del Sol, la cual además de permitir rápidos desplazamientos hacia el centro de Santiago conecta directamente con el puerto de San Antonio y por lo tanto con mercados externos. Otra característica propia de la Comuna de Maipú en el contexto metropolitano es la oferta de suelo industrial. En efecto, el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) destina una superficie aproximada de 960 há como Zona industrial exclusiva, en tres sectores de la Comuna. Uno al norte, junto al límite comunal, el segundo entorno al Camino Melipilla, al sur de Avenida Cuatro Poniente y el tercero al nororiente de la Comuna de Maipú (Ver carta nº2). El sector norte ocupa una superficie de 58.5 há y su uso actual es agrícola. No obstante, frente a este sector (al oriente de Av. Americo Vespucio) se encuentra consolidados conjuntos habitacionales en altura y edificios comerciales. La segunda Zona industrial ocupa una superficie de 25.8 hectáreas. Su uso actual es agrícola. El tercer sector, se encuentra al suroriente del área urbana entre las Avdas. Esquina Blanca y Américo Vespucio por el norte; Av. del Ferrocarril y Camino Melipilla por el poniente; Camino Lonquén por el oriente; y la calle Judea y terrenos agrícolas, por el sur. Este sector se encuentra en parte consolidado, agrupándose las edificaciones industriales en los frentes de los caminos a Melipilla y Lonquen y en menor medida hacia el interior de la Zona industrial, donde aún se observan un número significativo de paños de uso agrícola y sin uso. Las industrias que enfrentan el Camino Melipilla y Lonquen se caracterizan por su gran tamaño tanto en superficie predial (mayor a 3 hás) como en superficie construida (mayor a 20.000 m2) en concordancia con su producción orientada a grandes mercados. Otra característica propia de la zona industrial de Maipú, es la concentración de centros de abastecimientos y distribución de combustibles de gas y petróleo como las plantas de Gasco, Shell-Copec, Esso (Maipú) y ENAP. Estas se localizan en torno al Camino Melipilla y sólo la planta ENAP se localiza entre las Avdas. Tres Poniente con Las Industrias. Igualmente, destaca la presencia de una subestación eléctrica en la Av. Tres Poniente. (Ver carta nº 7) La disponibilidad de suelo industrial que exhibe aún la comuna de Maipú, se refleja en la dinámica de edificación que presentó la comuna en el decenio 1992- 2000, con sobre los 200.000 m2 construidos

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(Trivelly y Cia. Ltda, 2001) ocupando el 6º lugar dentro del Área Metropolitana de Santiago, después de las comunas de Quilicura, Pudahuel, San Bernardo, Santiago y Renca. Siendo, por lo tanto, dentro de las comunas del sur- poniente de Santiago, junto con la comuna de San Bernardo, la principal área de recepción de nuevas edificaciones industriales. Es importante señalar que, la zona industrial exclusiva de la Comuna de San Bernardo, sólo se encuentra separada de la de Maipú por el Camino Lonquén. En la actualidad, de acuerdo a las patentes comerciales de la I. M. de Maipú (2002) la actividades registradas como industriales12 corresponden a 271, las cuales representan un 27.6% del universo de actividades comerciales de la comuna. En base a esta misma fuente se puede señalar que los principales rubros productivos de las actividades industriales corresponden a metalurgia- metalmecánica (37.3%), química (26.7%), alimentos (16%), madera (6.7%), minerales no- metálicos (5.3%), textil (4%) y papel (2.6%). Entre los establecimientos industriales destacan industrias que abastecen al mercado metropolitano e interregional tales como: alimentos (Nestlé, Mckay, Alimentos Fruna), pisos y revestimientos de vivienda (Pizarreño), neumáticos (Good Year) y artefactos de línea blanca (CTI), entre otras. • Problemas ambientales de los establecimientos industriales de la Comuna de Maipú De acuerdo a las guías para la contaminación industrial desarrollados por COREMA RM 199813 se reconocen cerca de 30 rubros industriales en la región metropolitana que son los principales generadores de impacto ambiental. En lo que respecta a la comuna de Maipú, entre estos rubros se encuentran los siguientes: - El rubro metalmecánica- metalúrgica14, se caracteriza por generar problemas ambientales asociados

a riesgos por manejo de sustancias peligrosas y/o procesos productivos, residuos sólidos y líquidos, ruidos y emisiones a la atmósfera. El número de establecimientos de este tipo en la comuna de Maipú, corresponden a 28, lo cual representa un 38% de las industrias. Estos establecimientos se concentran principalmente en la zona industrial exclusiva suroriente en torno a los caminos a Melipilla (ruta 78) y Camino Lonquén y en las vías interiores tales como Santa Adela y Santa Marta, donde se desarrolla principalmente un uso industrial. No obstante, es importante destacar dado por los problemas ambientales principalmente de riesgos por manejo de sustancias peligrosas y ruido, que existe un número de cuatro industrias que se encuentran colindantes con actividad residencial y/o establecimientos de educación. Estas son las industrias Compañía Tecno industrial (CTI), la Maestranza Maipú en la Av. Sta. María, la industria Garibaldi en Av. Esquina Blanca y CINTAC en Serafín Zamora.

- La industria gráfica y papelería, los mayores problemas ambientales se encuentran asociados a

residuos sólidos y líquidos y constituye un foco potencial de incendios por uso de materiales tóxicos, inflamables y reactivos. En la comuna de Maipú, sólo existen dos establecimientos de este rubro. Uno, en Camino Lonquén límite oriente de la Comuna de Maipú con San Bernardo. El otro establecimiento se localiza en el área rural en el camino a Casas Viejas. Por lo tanto, la ausencia de población en torno a estas industrias reduce el riesgo que originan estas actividades.

- La industria de minería no metálica corresponde a la fabricación de objetos de barro, loza,

porcelana y materiales de construcción. Estas industrias generan principalmente emisiones atmosféricas con altos contenidos de plomo y sílice (metales pesados) y contaminación acústica. En la comuna existen tres establecimientos de este rubro, los cuales dos de ellos se localizan en la zona industrial exclusiva, específicamente en Camino Melipilla y una en la calle Primera Transversal.

- La industria química en la comuna de Maipú, presenta un significativo desarrollo al presentar 20

establecimientos (27% del total de industrias). Estas industrias se concentran en la zona industrial exclusiva suroriente. En general, la industria química en la comuna de Maipú, mantiene un similar

12 .- Esta clasificación incluye talleres y amasandería 13. Guía para el control y prevención de la Contaminación Industrial, CONAMA- RM 14. Para efectos de este análisis incluye la galvanoplastía y la fundición de metales

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patrón de localización concentrándose en la zona industrial exclusiva en torno a las principales rutas de transporte. De acuerdo a COREMA (1998) dentro de la industria química la fabricación de pinturas, barnices y lacas, constituye la industria de mayor peligro por incendios dado por la manipulación de solventes altamente inflamables. Además, esta industria produce descargas de riles muy contaminantes. En la comuna de Maipú, se localizan un número de tres fabricas de este rubro. Estas se encuentran en las Avdas. Santa Marta y Pajaritos y la calle Pozo Almonte. La primera de estas industrias su entorno es principalmente industrial. En las otras industrias no es posible determinar los usos de suelo. Por último, es importante señalar, que en la comuna de Maipú existe una de las cuatro empresas de la región que se especializan en la recuperación de solventes para uso de combustible alternativo para la industria cementera. Esta industria corresponde a la empresa Bravo Energy, la cual se localiza igualmente en la zona industrial exclusiva en la Avenida las Industrias. Esta industria genera principalmente residuos sólidos, líquidos y presenta importantes emisiones atmosféricas de COV. En términos ambientales, la ventaja de su localización es el hecho que en su radio inmediato no se encuentra población que pudiera verse afectada por las emisiones contaminantes, además la circulación de vientos locales favorece su dispersión.

- La industria de “lácteos” genera significativos residuos líquidos y sólidos, además de utilizar

productos químicos tóxicos. En la comuna de Maipú sólo se localiza un establecimiento, en el área rural específicamente en camino Rinconada. Esta situación hace que disminuyan los riesgos que pudieran afectar a la población circundante.

• Situación ambiental de la actividad industrial de la zona industrial exclusiva suroriente

establecida por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago De acuerdo, a la ordenanza del Plan Regulador Metropolitano se podrán localizar en la Zona industrial exclusiva las industrias calificadas como “molesta”15. En base a esta calificación ambiental, podemos señalar que la principal ventaja que presenta el parque industrial de la comuna de Maipú es su concentración en la zona industrial exclusiva que determina el PRMS, a diferencia de otras comunas de Santiago, donde la industria presenta un patrón de localización disperso en el área urbana, y convive con la actividad residencial. Es así como, en la zona industrial exclusiva suroriente, el uso del suelo es predominantemente industrial con sectores aún rurales. Esta se encuentra separada del área urbana consolidada y de los sectores residenciales por dos elementos que actúan como barreras físicas: el Camino Melipilla y la línea del FFCC. En particular, el camino de Melipilla destaca su amplio perfil vial de aproximadamente 21.6 metros y estar rodeado desde A. Vespucio hasta la altura de la Av. Tres poniente, de sólo edificaciones industriales a ambos costados. Por lo tanto, la adecuada separación de la actividad industrial y residencial hacen que esta última se encuentre protegida de los problemas ambientales originados por el funcionamiento de la actividad industrial tales como: incompatibilidad de uso del suelo, contaminación acústica, flujo de carga, obstrucciones visuales e interferencias al paisaje urbano y riesgos ambientales de todo tipo. En el caso del sector al sur de la Av. Tres Poniente, frente a la zona industrial exclusiva, en la actualidad predominan terrenos sin uso, y una planta de infraestructura eléctrica. No obstante, existe un sector habitacional consolidado que se encuentra separado sólo por una vía local de 12 metros. Igualmente, en lo que respecta al PRMS al poniente del límite de la zona industrial exclusiva este instrumento establece como zonas habitacionales con densidades de 150 y 600 hab/hectárea y 10 hab/há. Por lo tanto, el PRMS no plantea ningún tipo de área de transición y/o amortiguación entre la zona industrial y la residencial que busque proteger la calidad de vida de la población y logre una adecuada interacción y convivencia entre ambas actividades.

15 Aquellas cuyo proceso de tratamiento de insumos, fabricación o almacenamiento de materias primas o productos finales, pueden ocasionalmente causar daños a la salud o a la propiedad, y que normalmente quedan circunscritos al predio de la propia instalación, o bien aquellos que pueden atraer insectos o roedores, producir ruidos o vibraciones, u otras consecuencias, causando con ello molestias que se prolonguen en cualquier período del día o de la noche” Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, DFL 458, artículo 4.14.2, MINVU (1995).

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• Terminales y plantas de combustibles de Maipú De acuerdo al Plan Regulador de Metropolitano de Santiago, se establece en la Comuna de Maipú, en razón de los riesgos para la población asociados a las instalaciones y su funcionamiento, Áreas de riesgo para los asentamientos humanos por terminales y plantas de combustibles. Las áreas definidas como de riesgo para los asentamientos humanos por terminales y plantas de combustibles en la Comuna de Maipú corresponden a la planta ESSO Maipú (5.5 há), la distribuidora de combustibles SHELL - COPEC y CODIGAS (28.7 há), la planta de almacenamiento de combustibles filial ENAP (46.6 há) y GASCO (14.5 há). Estas instalaciones se encuentran al oriente del Camino Melipilla, en la zona industrial exclusiva, con la excepción de la planta ESSO Maipú, la cual se localiza entre la línea de FFCC y el Camino Melipilla, junto a la industria Pizarreño. Por localizarse en la zona industrial exclusiva de Maipú, en general el entorno urbano de las actividades es industrial. Sólo en el caso de la planta Esso Maipú, se encuentra próximo a la Villa Pizarreño al oriente de la línea de FFCC y el sector habitacional el Aromo, al poniente de la industria Pizarreño. En el caso de la planta de almacenamiento de combustibles filial ENAP, destaca en primer lugar su tamaño de 46.6 há y encontrarse próxima a un sector habitacional marginal que se encuentra en la Av. Tres Poniente, donde se encuentra el acceso a la planta.

• Trazados de líneas y torres de alta tensión En el área urbana de la comuna de Maipú, se extiende un trazado de línea de alta tensión el cual se inicia por el nororiente, específicamente en la Av. Santa Corina, para continuar sobre el bandejón central de la Avenida las Torres y luego ingresar a la comuna de Cerrillos. Luego, continúa por Av. Las Torres a la altura de Av. Cinco de abril. Para posteriormente, ingresar a la zona industrial exclusiva en Av. Tres poniente y continuar en dirección al sur pasando por el Camino Melipilla hasta el Camino Lonquén, en la misma zona. De acuerdo al PRMS la faja de protección de esta infraestructura corresponde a una distancia que va de los 7 a 27 metros a ambos costados del eje de la línea. El uso del suelo permitido corresponde a áreas verdes (sólo árboles aislados) y vialidad. Respecto, a esta medida podemos señalar que la franja de protección se respeta entorno al trazado de esta infraestructura eléctrica que pasa en plena área consolidada, dado que se extiende por el bandejón central de la Avenida Las Torres, donde sólo existe un uso para áreas verdes. En el caso del tramo que se extiende por la Zona industrial exclusiva, gran parte de este cruza predios industriales y de uso agrícola, por lo cual no genera riesgos para los sectores habitacionales. • Oleoducto, Gasoductos y Poliductos En cuanto a infraestructura energética, en la Comuna de Maipú se encuentran: el oleoducto Maipú- Pudahuel, el poliducto Maipú- Con Con; Oleoducto Con Con- Maipú, el Gasoducto Electrogas y el Poliducto San Fernando - Maipú. La presencia de esta infraestructura responde a que en el territorio comunal se localizan las principales plantas y terminales de almacenamiento de combustibles del Área Metropolitana de Santiago. De acuerdo al Plano RM-PRM-99-1A/14 de la Modificación del PRMS 14 los trazados de esta infraestructura se presentan en la comuna de la forma siguiente: - Oleoducto Maipú- Pudahuel: Se extiende en sentido norte- sur por la Avenida Américo Vespucio

hasta la Av. del FFCC. Su trazado no afecta las actividades urbanas, al coincidir con la Av. Vespucio. - Poliducto Con Con- Maipú: Se extiende en sentido poniente- oriente desde el área rural y atraviesa la

autopista del sol para luego continuar su trazado por la Av. Nueva San Martín hasta empalmar con la Av. del FFCC, hasta llegar a la Planta Shell- Copec en Camino Melipilla. Igualmente, dado su trazado que coincide con los trazados viales hace que no se vean afectadas las construcciones.

- Oleoducto Concon- Maipú: Se extiende en sentido poniente- oriente. Desde el área rural atraviesa la autopista del sol, y luego ingresa aun sector rural para continuar por la Av. El Bosque en dirección norte a Camino Melipilla, para luego continuar por la Avenida Cuatro poniente y en dirección norte dirigirse a la planta de almacenamiento de petróleo de ENAP. Este tramo en particular presenta la característica que si bien en la actualidad presenta un uso del suelo rural, el PRMS lo destina para

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uso habitacional, por lo cual es necesario definir con precisión el área de resguardo y excluirlo al desarrollo inmobiliario.

- Poliducto San Fernando- Maipú: Parte del trazado se observa paralelo a la Camino Lonquén, y sobre el área industrial exclusiva, por lo cual no afecta sectores de concentración de población.

- Gasoducto Electrogas: Este gasoducto transporta gas desde el Citygate de Gasandes en la Comuna de San Bernardo hasta la V región. En lo que respecta a la comuna de Maipú, se extiende desde el límite con la comuna de San Bernardo y cruza Camino Lonquén donde existe un uso rural. En este sector el PRMS lo destina habitacional con una densidad de 10 hab/ hectárea. Luego, continúa en línea recta en torno a la calle Cuatro Poniente donde sólo se encuentra construido al oriente del ducto. Posteriormente, cruza la línea FFCC, nuevamente ingresa a un área actualmente de uso rural, que el instrumento de planificación fija de 150 a 450 habitantes por hectárea. Posteriormente, el gasoducto cruza el río Mapocho, para luego internarse en los cordones de cerros, que conforman el límite comunal de Padre Hurtado, hasta definitivamente ingresar a esta comuna.

4.2.4 Contaminación acústica En el marco de la elaboración del Plan Regulador de la comuna de Maipú se realizo un estudio de impacto acústico. El principal objetivo de este estudio fue elaborar un catastro de los niveles de presión sonora equivalente (Leq) existentes en el área urbana de la comuna, para posteriormente proyectar estos niveles a futuro, y de esta manera, poder planificar una distribución poblacional e industrial óptima, contando con un antecedente acústico completo y actualizado. La primera etapa de este estudio consistió en el trazado de una Línea Base de Ruido para estimar la situación acústica actual de la comuna de Maipú. La metodología de dicha Línea Base consistió en la planificación de una campaña de mediciones de los niveles de presión sonora en diversos puntos de la comuna, con el fin de obtener un perfil representativo del ambiente acústico actual. Se llevaron a cabo 51 mediciones en terreno, tanto en sectores cercanos a vías principales, o puntos principales, como en sectores residenciales, o puntos secundarios. Los puntos principales tienen por función describir el nivel de emisión sonora de las principales vías de la comuna, mientras que los puntos secundarios se han ubicado en puntos interiores de un sector residencial para describir los niveles de presión sonora característicos de este. En forma paralela, se instalaron dos puntos de medición base, es decir, puntos fijos que captura en forma continúa, durante 72 horas, los niveles de presión sonora a los que está expuesto el sector evaluado. El primero de estos puntos fue ubicado en un sector residencial en la Villa Los Ciervos (sector nor-oriente), mientras que el segundo, en pleno sector céntrico de Maipú, específicamente en Av. 5 de abril. Todos los registros obtenidos fueron utilizados para proyectar niveles de presión sonora a la totalidad de la comuna, mediante la utilización de un software de modelación acústica, entregando valores para los períodos día, noche y día-noche (24 horas). Los resultados de las modelaciones determinaron que los niveles nocturnos se encuentran entre 4 y 5 dB(A) por debajo de los niveles de presión sonora diurnos. La Ilustración 1 muestra un mapa de niveles de presión sonora para el período día-noche (Ldn), como resultado de la modelación efectuada para ese caso.

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Figura nº1: Mapa con curvas de nivel de presión sonora obtenido a partir de modelaciones.

Los niveles de presión sonora obtenidos fueron evaluados de acuerdo a criterios de organismos internacionales, tales como el de la OECD (Organization for Economic Cooperation and Development), FICON (Federal Interagency Committee on Noise) y HUD (Department of Housing Urban Development). El resultado de esta evaluación se muestra en las tablas 4 y 5

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Tabla nº4: Evaluación según criterios de aceptabilidad para los puntos principales.

DESCRIPTOR DE EVALUACIÓN Aceptable Inaceptable Peligroso

Ldía 7% 66% 28%

Lnoche 0% 100% 0%

Ldn 3% 97% 0%

Tabla nº5: Evaluación según criterios de aceptabilidad para los puntos secundarios.

DESCRIPTOR DE EVALUACIÓN Aceptable Inaceptable

Ldía 100% 0% Lnoche 86% 14% Ldn 95% 5%

Luego, tomando como base las simulaciones del escenario acústico actual de la comuna de Maipú y la densidad poblacional por secciones de ésta, se estimó la cantidad total de población que se encuentra expuesta a niveles de presión sonora día-noche inaceptables, o sea superiores a 65 dB(A). Dicho cálculo arroja que 158.485 habitantes estarían expuestos a niveles elevados de ruido, lo que representa cerca de un 30% del total de la población. Igualmente, se llevó a cabo el análisis de la influencia sonora de tres casos de interés: el tránsito de microbuses por vías locales, el tráfico aéreo del Aeropuerto Comodoro Arturo Merino Benítez y la situación que presentan tres industrias en relación a la actual zonificación de la comuna por el PRMS. El primer caso se centra en una simulación de los posibles niveles de presión sonora que tendría una vía local, como es el caso de calle Chacabuco, en el supuesto que hubiese una eliminación del tránsito de microbuses por esa vía, resultando en una disminución de aproximadamente 5 dB(A) con respecto a los actuales niveles de presión sonora. En el segundo caso de estudio se determinó la contribución sonora de 120 operaciones diarias de despegue del Aeropuerto Comodoro Arturo Merino Benítez, considerando las rutas de vuelos nacionales e internacionales. La contribución en los niveles de presión sonora día-noche diaria alcanza los 55 a 60 dB(A), siendo esta la principal causa de los actuales niveles en sectores residenciales o interiores, los cuales no disminuyen de los 60 dB(A), siendo este un valor atípico de los niveles medidos en este tipo de sectores, los que normalmente no sobrepasan los 54 dB(A). Un análisis de los niveles de presión sonora presentes durante horario nocturno en sectores de industria importantes, como es el caso de CINTAC, Pizarreño y CTI, muestra una incompatibilidad acústica con los zonas colindantes de uso sensible al ruido, tales como sectores habitacionales y educacionales. Al realizar una simulación de la implementación del PRMS propuesto, se observa serios conflictos entre las zonas industriales exclusivas y habitacionales, las que colindan entre sí, para lo cual se recomiendan modificaciones del uso de suelo con el fin de lograr una compatibilidad entre este y los niveles exigidos por la norma de emisión sonora para fuentes fijas del Decreto Supremo Nº146/97 del MINSEGPRES. Por último, se proyectó la densificación poblacional propuesta para el año 2015, la cual contempla aumentar la capacidad desde 150 hab/ha a 600 hab/ha, principalmente en los ejes Pajaritos, Américo Vespucio y Av. 5 de abril. Actualmente, los sectores circundantes a dichos ejes presentan un alto porcentaje de población bajo condiciones inaceptables de niveles de presión sonora día-noche. Por lo tanto, se recomienda, exigir a las nuevas construcciones habitacionales la aplicación de la norma NCH 352/1 of. 2000 sobre condiciones acústicas que deben cumplir los edificios habitacionales

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4.2.5 Infraestructura vial El área urbana de la comuna de Maipú se formó básicamente en función de dos ejes viales de accesibilidad al sistema metropolitano: uno, el Camino Melipilla (a San Antonio), que orientó el crecimiento del sector industrial, el cual tuvo gran importancia en el desarrollo metropolitano hasta la década aproximadamente 1990. El otro eje de crecimiento corresponde a Pajaritos, que une Santiago- centro con el eje de crecimiento urbano – residencial de la comuna. La estructura vial principal de la comuna surgió básicamente a partir de caminos rurales que conectaban fundos con el centro de la comuna. La gran mayoría de estas vías terminó presentando mayor continuidad, sin embargo, las urbanizaciones posteriores, especialmente a partir de 1960, generaron vialidad autónoma, sin conexión entre los distintos loteos excepto con las escasas vías estructurantes que hasta ese momento existían. Esta tendencia se mantiene en la actualidad, teniendo continuidad sólo las vías que aparecen reguladas por algún instrumento de planificación territorial. En la actualidad, la infraestructura vial metropolitana continúa condicionando el desarrollo y el crecimiento de la comuna, determinando macro – sectores urbanos. Es así como el sector norte de la comuna se ha visto fuertemente condicionado en su conectividad al centro comunal por la existencia de la Autopista del Sol, que no hizo más que reforzar la barrera que constituye el Zanjón de la Aguada. La Autopista del Sol también se constituye en barrera física de crecimiento hacia el sector poniente y evidencia la segregación existente entre el área urbana y el área rural de la comuna. El sector central comunal queda claramente confinado entre la Autopista del Sol por el norte y el poniente y por el Camino Melipilla y la vía férrea por el sur. El sector sur corresponde a la zona comprendida entre Camino Melipilla y la vía férrea y el Camino Lonquén. Maipú dispone de 4 vías de conexión inter-regional o “caminos públicos nacionales”, estos son: Camino Melipilla, circunvalación Avenida Américo Vespucio, Camino Lonquén y la concesionada Autopista del Sol, que a la vez constituyen caminos de acceso al Gran Santiago junto con el Camino a Rinconada y el Camino Poniente (vía adyacente al cordón de cerros de Rinconada). En relación con esta última, sus dos accesos a la Comuna (en Circunvalación Avenida Américo Vespucio y en Camino a Rinconada, a la altura de la proyección de Av. El Conquistador), permiten una conexión más expedita con el litoral central y, principalmente, con el centro de Santiago, como alternativa a la Avenida Américo Vespucio y a la Avenida Los Pajaritos. La red vial estructurante que enlaza a Maipú con otras comunas la conforman además: Av. Los Pajaritos (a ruta 68 – Alameda Bdo. O’Higgins), Av. Cinco de Abril y Esquina Blanca (al Camino Melipilla), Avenida Lo Errázuriz y camino Lo Espejo (conexión al centro de Santiago y a la Ruta 5, respectivamente). La función de estas vías de acceso y salida, tanto en transporte privado, público y de carga pesada han llevado en la actualidad a una fuerte congestión. 4.2.6 Infraestructura sanitaria • Agua potable y alcantarillado La Comuna de Maipú cuenta desde 1920 aproximadamente con un sistema de abastecimiento de agua potable mediante captación desde napas subterráneas. En 1950 la administración del Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (SMAPA) se restituye al Municipio, constituyendo actualmente una Dirección Municipal. Así, la Ilustre Municipalidad de Maipú es la única Corporación Edilicia gestora y administradora de un Servicio Sanitario. El área de concesión de SMAPA incluye además casi la totalidad de la comuna de Cerrillos y cerca de la mitad de la comuna de Estación Central; ello, como consecuencia de que Maipú abarcaba dichos territorios hasta 1991 y 1985, respectivamente. Además, SMAPA provee agua potable a un pequeño sector de la Comuna de San Bernardo y evacua aguas servidas de algunas viviendas de la Comuna de Pudahuel. SMAPA dispone de un Plan de Desarrollo, sujeto a normas emanadas de la Superintendencia de Servicios Sanitarios. La gestión de SMAPA ha permitido atender la mayor parte de la zona urbana de Maipú, al igual que las conexiones a la red pública de alcantarillado. Los territorios con destino de suelo agrícola que

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cuentan con soluciones provisorias y parciales en abastecimiento de agua potable son Rinconada Lo Vial y el Ex- Fundo Casas Viejas. Por su parte, la Población El Maitén y el sector La Farfana cuentan con abastecimiento de agua potable a través de bombas y pilones, respectivamente. En cuanto al estado de la urbanización básica, ya en el Censo de 1992, Maipú exhibía escasos déficit: un 98,6% de las viviendas se encontraban conectadas a la red pública de agua potable y un 91,6% a la red de alcantarillado. En 1999, la cobertura de agua potable superaba el 99% y la de alcantarillado, el 98%. Los sectores carentes se concentran mayoritariamente, en el área de uso agrícola (Rinconada, ex-Fundo Casas Viejas y La Farfana). En relación con la evacuación de aguas servidas, hasta hace 2 años aproximadamente las aguas eran vertidas a los cauces naturales, especialmente el Río Mapocho y el Zanjón de la Aguada, siendo usadas incluso como agua de regadío. Hoy en día el 100% de las aguas servidas colectadas a través de SMAPA son tratadas en la Planta de Tratamiento Santiago Sur (El Trebal) de propiedad de Aguas Andinas, ubicada en la comuna de Padre Hurtado, muy cerca del límite comunal.

4.2.7 Patrimonio Cultural La Ley 17.288 (Art. 9, Título III) del Consejo de Monumentos Nacionales establece como Monumentos Históricos los lugares, ruinas, construcciones y objetos de propiedad fiscal, municipal o particular que ameriten ser declarados como tal por su calidad e interés histórico o artístico, o por su antigüedad. En la comuna de Maipú existen tres Monumentos Históricos, declarados como “Monumento Nacional” (Ver carta nº9): • Templo votivo nacional y muros de la antigua iglesia de Maipú Ubicación: Av. 5 de Abril s/n Decreto: D.S. 645 (26-10-1984) Descripción: La importancia del Santuario de Maipú radica en estar levantado en el mismo lugar donde Chile logró su Independencia. El Templo simboliza la imagen de la Virgen, con su velo y sus brazos acogiendo a su pueblo. El Templo Votivo de Maipú fue oficializado mediante el decreto que firmó Don Carlos Ibáñez del Campo en 1958, y el 27 de Enero de 1987 fue nombrada Basílica por S.S. el Papa Juan Pablo II.

• Cerro Primo de Rivera o Los Pajaritos

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Ubicación: Av. Pajaritos (paradero 15) con Asunción Decreto: D.S 645 (26-10-1984) Descripción: Corresponde al sitio donde se ubicaba el ala izquierda del ejercito Realista, al mando del Jefe de Estado Mayor Don Joaquín Primo de Rivera. En el lugar se encontraba un importante grupo de cañones, los que fueron tomados por el ejercito patriota cuando tomó por asalto este cerro y obligó a retirarse a las tropas Realistas.

• Casa y parque de la Quinta Las Rosas de Maipú Ubicación: Av. Pajaritos cerca de la Autopista del Sol Decreto: D.S 325 Descripción: El predio de 5,44 hectáreas sobre el que se levanta el parque y la casa de la Quinta Las Rosas de Maipú corresponde al antiguo fundo Loma Blanca, que fue comprado en 1885 por don Germán Riesco Errázuriz a la familia Llona. Este abogado, de exitosa carrera en la judicatura, desempeñó la Presidencia de la Nación entre 1901 y 1906. Su numerosa familia, compuesta por su señora y sus ocho hijos, encontró solaz y descanso en esta residencia, que evoca el estilo de vida de la sociedad de la época. La construcción de la casa fue encargada en la década de 1890 al ingeniero José Luis Coo. La construcción es un volumen compacto de gran sobriedad, de un estilo afín al victoriano. De dos pisos, presenta una fachada de composición simétrica en la que destacan los dos altos bow windows que flanquean el pórtico de entrada. Una singularidad de este inmueble es el ascensor instalado en la esquina surponiente del inmueble, aún en funciones, que es similar aunque más sencillo que el que se encuentra en el Palacio Cousiño. Enmarca esta sobria y señorial vivienda un parque magnífico, cuya superficie abarca algo más de una hectárea. Su diseño se debe al paisajista Jorge Dubois, autor entre otras obras del Parque Forestal. Se caracteriza por la cuidadosa selección de las especies arbóreas, destacándose las centenarias encinas, palmas chilenas, araucarias, plátanos orientales, alcornoques y olmos. El parque constituye hoy un remanso inserto en un área de gran actividad y tráfico, aportando al entorno desde el punto de vista ambiental y paisajístico.

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• Patrimonio arqueológico De acuerdo a estudios arqueológicos realizados en la comuna de Maipú, entre los años 900 – 1.500 DC, el área fue ocupada por el que ha sido denominado Complejo Cultural Aconcagua. Si bien no existen hasta hoy pruebas fehacientes de dicha ocupación, se supone un potencial indeterminado de sitios arqueológicos aún no descubiertos. La identificación de piedras tacitas, piedras con horadaciones del periodo prehispánico, es una muestra de ello. Igualmente, en 1996 se encontró en el sector Agrícola La Farfana restos arqueológicos fragmentados de cerámica en superficie, los que corresponderían al Complejo Cultural Aconcagua. 4.3 MEDIO AMBIENTE SOCIAL 4.3.1 Población De acuerdo a los resultados preliminares del censo 2002, la comuna de Maipú presenta en su territorio un total de 468.390 habitantes, siendo la comuna más poblada de la provincia de Santiago. En la última década, la comuna de Maipú ha presentado un crecimiento poblacional explosivo, como muestra la variación intercensal 1992- 2002, la cual alcanzó un porcentaje de 82.6%. Esto responde a la función urbana que ha adquirido la comuna de residencia para estratos medios. El porcentaje de variación poblacional intercensal (1992-2002) a nivel regional fue de 14.2%, el cual es superado largamente por el de Maipú (80,7%). Ocurrió en esta década una significativa migración desde comunas más centrales (que experimentaron decrecimiento) a comunas periféricas, así como una notable disminución de las tasas de crecimiento de comunas que anteriormente habían experimentado un crecimiento explosivo, tales como La Florida y Peñalolen. En los últimos años, y debido a que aún existe superficie urbanizable disponible en la comuna, el mayor crecimiento poblacional se ha producido en los sectores periféricos del área urbana comunal, desarrollándose proyectos en extensión La actual población de Maipú es predominantemente urbana con un 99.2 % (464882 habitantes) y sólo un 0.7% es rural (3508).

Tabla nº6 : Comuna de Maipú, Población Urbana- Rural y Variación intercensal 1992- 2002

COMUNA

Población 1992

Población 2002

Variación intercensal 1992- 2002

Población Urbana

% Pobla-ción Rural

%

MAIPÚ 256.550 468.390 82.6 464882 99.2

3508 0.7

Fuente: Instituto Nacional de Estadísticas, 2003

4.3.2 Características socioeconómicas De acuerdo al PLADECO (2000- 2003) la población de la Comuna de Maipú presenta un perfil general de estratos medios, en su mayoría asentados en territorios de expansión urbana (fundamentalmente en las unidades vecinales 1, 2, 3, 21, 22, 23 y 34) y en el centro urbano consolidado (principalmente en las unidades vecinales 8, 9, 10, 11, 12, 16, 17, 19 y 20), agrupando unos 401.600 habitantes estimados hasta fines de 1999, aproximadamente el 80,3% del total comunal. Así, sólo cuenta con un 7.4 % de su población en situación de pobreza (0.7% en estado de indigencia y 6.8% no indigentes). Estas cifras reflejan que la comuna de Maipú presenta una situación socioeconómica favorable respecto a la provincia de Santiago y de la Región Metropolitana, con un 14.2 % y un 16.1% de pobreza, respectivamente16. Al respecto,

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podemos señalar que en relación al año 1998, sólo disminuye en la comuna la población en situación de indigencia (2.2%) y la población pobre mantiene una situación similar (6.9%) Otro indicador socioeconómico, el nivel promedio de escolaridad (Censo 1992) muestra que más de la mitad de la población comunal de 5 años o más, supera los 9 años de instrucción formal. Por su parte, la población económicamente activa (P.E.A.) de la comuna representaba en 1992 un 36,2% del total de la población y un 53,2% de los residentes de 15 años o más. De esta población el 75%, se ocupaban en actividades de calificación media y medio-baja tales como: comercio, servicios, labores administrativas e industria manufacturera. Igualmente, cabe destacar el nivel relativamente alto de escolarización de la P.E.A. residente en la comuna de Maipú. En el Censo de 1992, un 58,9% de ella contaba con 11 o más años de estudio aprobados, proporción superior a la correspondiente a la Región Metropolitana en esa fecha (49,6%), en concordancia

con el perfil de la Comuna de Maipú de dormitorio para estratos medios.

Fuente: ENCUESTA CASEN 2000, SECPLAC, I. M. de Maipú

0%

50%

100%

SITUACION DE POBREZA: COMPARACION CON LA REGION Y EL PAIS, AÑO 2000

Indigentes Pobres No Indigentes No pobres

No pobres 92,6 85,8 83,9

Pobres No Indigentes 6,8 10,2 11,8

Indigentes 0,7 4 4,3

MAIPU Prov. Santiago

Región Metrop.

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V. DESCRIPCION DEL PLAN REGULADOR COMUNAL DE MAIPÚ 5.1 INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL VIGENTES 5.1.1 Plan Regulador Comunal de Maipú, 1965 El Plan Regulador Comunal de 1965 normaba el área urbana definida por PRIS de 1960. Al momento de su promulgación, el área urbana actual tenía alrededor de 25.000 habitantes y desde entonces dicho PRC ha sido objeto de numerosas modificaciones, realizadas principalmente por medio de seccionales. El PRC vigente establece un área céntrica, comercial, de reducido tamaño, la cual resulta insuficiente dada la actividad comercial y de servicios que debe tener el centro de una comuna que proyecta para el 2015 alrededor de 700 mil habitantes, sobre todo si se considera que además este sector corresponde a un subcentro de carácter metropolitano, según lo planteado por los instrumentos de planificación territorial de carácter intercomunal de 1960 y 1994. Respecto de los usos habitacionales, el PRC de 1965 estableció zonas habitacionales mixtas y zonas habitacionales exclusivas. Estas últimas son las que presentan mayores restricciones al desarrollo actual de la comuna, en especial las áreas ubicadas adyacentes a la Av. Pajaritos, las cuales constituyen una extensión natural del área céntrica de la comuna y hoy en día albergan usos que funcionan de forma irregular, debido a que la normativa no permite su instalación. Define también una zona industrial, sin embargo, la normativa del PRMS es la que rige para todos los efectos en esta área. Respecto de las condiciones técnico urbanísticas, en general permite una altura máxima de hasta 4 pisos en algunas zonas del área urbana y no define densidades mínima o máxima en ninguna de las áreas que permiten el uso residencial. La vialidad estructurante normada por el Plan Regulador de 1965 se encuentra consolidada, pero dado que abarca sólo una porción del área urbana actual, no se ha logrado dar continuidad a una serie de vías que no fueron indicadas por el PRMS 5.1.2 Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) El instrumento de planificación territorial de jerarquía superior que regula el territorio de la comuna de Maipú corresponde al Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) vigente desde el año 1994. EL PRMS establece para la Comuna de Maipú, dos macro- Áreas: el área urbana y el área excluida al desarrollo urbano. (Ver carta nº2) • Área Urbana Metropolitana Corresponde al territorio circunscrito por el Límite de Extensión Urbana Intercomunal y que por su capacidad, se destina a acoger el crecimiento de la población urbana y sus actividades. El Área Urbana comprende 5564 hectáreas correspondientes a un 40.5% del territorio comunal. El Área Urbana, se subdivide en las siguientes zonas (Ver carta nº2):

• Zonas Habitacionales mixtas. Se consideran todas aquellas áreas con destino preferentemente habitacional periféricas al área urbanizada incluida en el PRMS y que correspondía al área urbana del PRC de 1965. Las densidades propuestas por el PRMS para estas áreas son de un mínimo de 150 hab/há y los máximos varían entre 450 y 600 hab/há. Considera una zona de densidad baja correspondiente al sector de Santa Ana de Chena, con un máximo de 10 hab/há. La normativa del PRMS en estas áreas incluye algunas vías de carácter Intercomunal y metropolitano, pero no

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incorpora vialidad estructurante comunal y local, por lo cual no ha sido posible exigir a los loteos que se han desarrollado en dichas áreas mayor continuidad entre ellos y con el resto de la comuna, a excepción de algunas vías que se ha logrado materializar por medio de la gestión del propio municipio.

• Zonas de Equipamiento Metropolitano e Intercomunal. Corresponde al subcentro de

equipamiento metropolitano definido entre los ejes de Ramón Freire y Cinco de Abril. Esta zona constituye en la actualidad lo que se conoce como el “centro de Maipú” , donde se concentran los principales equipamientos y servicios de la Comuna.

• - Zonas exclusivas de actividades Productivas y de Servicio de Carácter Industrial. En estas

áreas se permite la localización de actividades calificadas como inofensivas o molestas, y algunos usos de macroinfraestructuraa sanitaria

• - Áreas Verdes. Corresponden a los parques de carácter metropolitano (Parque Río Mapocho) e intercomunal (Isabel Riquelme, El Rozal, Santa Lorenza, Tres Poniente, Cerro Primo de Rivera y Av. Americo Vespucio), además de áreas verdes complementarias (estadio Municipal, estadio el Almendral, estadio Good Year, Deportivo Indus Lever, complejo deportivo Coronel Santiago Bueras, parte del Parque Tres Poniente y el campo de recreación COCESA)

Área Restringida o Excluida al Desarrollo Urbano Corresponde al territorio comprendido en el Plan Regulador Metropolitano, que no se ha definido como Área Urbana Metropolitana y en el que sólo se acepta el emplazamiento de las actividades urbanas señaladas en el Título 8º de la Ordenanza del PRMS. (Ver carta nº2) En el caso de la Comuna de Maipú es de especial relevancia, dado que ocupa un 60% de la superficie comunal, y donde se encuentran suelos de valor agrícola, e interesantes áreas naturales con cerros y quebradas, el río Mapocho y sectores con vegetación nativa. Igualmente, existen una serie de villorrios agrícolas lo que en su conjunto hace que este espacio presente un potencial significativo para el desarrollo de actividades de agroturismo. El área restringida o excluida al desarrollo urbano le competen las siguientes zonas: (Ver carta nº2):

• Áreas de Valor natural y/o de interés silvoagropecuario. Corresponde al territorio emplazado fuera de las áreas urbanizadas y urbanizables, que comprende las áreas de interés natural o paisajístico y/o que presentan vegetación y fauna silvestre, cursos o vertientes naturales de agua y constituyen un patrimonio natural o cultural que debe ser protegido o preservado. Se incluyen asimismo en esta categoría aquellos territorios que presentan suelos arables clase I, II y III de capacidad de uso, algunos suelos de clase IV y suelos de aptitud ganadera y forestal. En estas áreas se permite la construcción de instalaciones de apoyo a su destino de recurso agrícola y las mínimas para su valoración paisajistica. Se consideran en esta categoría las siguientes áreas:

• Áreas de Valor Natural. Las Áreas de Valor Natural que han sido establecidas en el PRMS, se

caracterizan por el valor intrínseco de las especies tanto de flora y fauna nativa y por el valor que tiene para la comuna y la región el mantener los reductos de biodiversidad aún existentes representativos del ecosistema mediterráneo central. En la actualidad, los espacios de la comuna de Maipú bajo protección establecidos por el PRMS, difieren en el grado de intervención a que han sido sometidos y las consecuencias que ha generado esta intervención. Esta situación ha originado una clasificación y una consideración diferencial para cada una de ellas, como a continuación se describe:

• Áreas de preservación ecológica. Las áreas deben ser mantenidas en estado natural, para

asegurar y contribuir al equilibrio y calidad del medio ambiente. Se permite el desarrollo de actividades con fines científicos, cultural, educativo, recreacional, deportivo, y turístico, con las

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instalaciones y equipamiento mínimos. La aprobación del proyecto queda condicionada a la aprobación de un EIA. En general, éstas áreas coinciden con las partes altas de los cerros ubicados en el sector poniente y norponiente de la comuna. La importancia de su preservación radica en que en ellas se concentra una cobertura vegetacional nativa (bosque esclerófilo, matorrales y suculentas), inmersa en una zona de quebradas y pendientes caracterizada por un alto potencial para el desarrollo de procesos erosivos.

La regulación de las actividades que se desarrollan en estas áreas está orientada a permitir la conservación de los ecosistemas naturales que existen; el desarrollo de actividades de reducido impacto ambiental, en función de su menor grado de intervención del medio ambiente.

• Áreas de protección ecológica con desarrollo controlado. Permite el desarrollo de actividades urbanas, agropecuarias y silvoagropecuarias en tanto conserven las características del entorno y contribuyan al mejoramiento de la calidad del medio o incrementen su valor paisajístico. Su disposición espacial representa un anillo de amortiguación entre las áreas de preservación y las áreas agrícolas. Los diversos usos desarrollados actualmente, en concordancia con el instrumento de planificación, incluyen una cobertura vegetacional natural, uso agrícola, plantaciones forestales y otros usos que abarcan superficies menores como praderas y corrales.

• Áreas de rehabilitación ecológica. Corresponde al Cerro Lo Aguirre, cerro isla incorporado al Sistema Metropolitano de Áreas Verdes y Recreación. Está permitido el desarrollo de planes de reforestación y la instalación de equipamiento para deporte, esparcimiento y recreación, culto y cultura y turismo. El cerro pertenece a las comunas de Pudahuel y Maipú; la integración de ambas se plantea como condicionante para el cumplimiento de los objetivos de rehabilitación.

• Áreas de Interés Silvoagropecuario. Corresponden a áreas cuyo objetivo es el resguardo de la

actividad silvoagropecuaria y el desarrollo de actividades complementarias. En esta área se establecen dos categorías: De interés Agropecuario exclusivo y de Interés Silvoagropecuario Mixto (I.S.A.M)

• Áreas de alto riesgo para los Asentamientos Humanos. Corresponde a los lugares donde es

necesario restringir el emplazamiento de la población en consideración a los riesgos que presentan. En esta categoría se encuentran las áreas que presentan riesgos naturales y antropicos siendo estas las siguientes

• Áreas de Riesgo de Origen Natural. En el área excluida al desarrollo urbano, se norman

principalmente dos tipos de áreas de riesgo: las de riesgo de origen natural y las de riesgo geofísico asociado a eventos naturales, ambas relacionadas con cursos de agua, permanentes o intermitentes.

• Áreas de alto riesgo de derrumbes y asentamiento de suelo. Corresponde a un pozo de

extracción de áridos abandonado que se encuentra al interior del área industrial de Maipú.

• Áreas de riesgo por Actividades Peligrosas. Corresponde al los terminales y plantas de combustibles de Maipú. En el área urbana comunal existen una serie de centros de almacenamientos de combustibles, los que se encuentran junto a la zona industrial exclusiva definida por el mismo instrumento (Ver punto 4.2.3).

• Áreas de Resguardo de Infraestructura Metropolitana. Corresponden a aquellas zonas que

cumplen la finalidad de proteger el funcionamiento de diversas obras, impedir obstáculos que las interfieran y a la vez minimizar riesgos potenciales a la población. Estas son las siguientes:

De resguardo de Infraestructura de Transporte y Comunicaciones De resguardo de Infraestructura Sanitaria De resguardo de infraestructura energética.

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Igualmente, en el Área rural, se regulan otros usos de infraestructura sanitaria tales como el Cementerio “Parque del Sendero”, la Planta de tratamiento de aguas servidas “La Farfana” y el Relleno Sanitario Santiago-Poniente. 5.2 MARCO TERRITORIAL DEL PLAN De acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, el marco territorial del Plan Regulador Comunal corresponde al área urbana de la comuna de Maipú que fija el Plan Regulador Metropolitano de Santiago. El área de la comuna que queda excluida del desarrollo urbano está sujeta a lo establecido por el instrumento de planificación de mayor jerarquía, correspondiente en este caso al Plan Regulador Metropolitano de Santiago, el cual establece una zonificación general para dicha área (Ver carta nº2 y punto 5.1) El área urbana que fija el Plan Regulador Comunal es de 5564.7 hectáreas, la cual representa un 40.5% del territorio comunal. La vigencia aproximada del Plan es de 20 años 5.3 OBJETIVOS DEL PLAN REGULADOR Los objetivos que guían la formulación del Plan Regulador Comunal de Maipú son los siguientes: 5.3.1 OBJETIVOS GENERALES • Dotar a Maipú de un Instrumento de Planificación Territorial actualizado. El Plan Regulador Comunal debe responder a las condiciones actuales de desarrollo del área urbana, muy superiores en tamaño y complejidad a aquella que norma el Plan Regulador Comunal (PRC) de 1965, vigente y que permita establecer normativas específicas para aquellas zonas reguladas del área urbana reguladas sólo por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS). • Mejorar la calidad de vida de los habitantes de Maipú. El PRC debe ir en directo beneficio del 99% de población comunal que vive en el área urbana, así como mejorar la accesibilidad y servicios en la periferia, de modo que beneficie también a los más de 3.000 habitantes del área rural de la comuna. Ello implica orientar el desarrollo urbano de manera de lograr una “infraestructura de soporte adecuada”, lo cual equivale a lograr un equilibrio entre la oferta de equipamiento, servicios y vialidad, y la demanda por dichos servicios (la cantidad de habitantes de la comuna). Igualmente, se deberá incluir en la normativa aquellos aspectos que permitan mejorar las condiciones ambientales de la comuna, en relación con contaminación, riesgos y conflictos de uso. • Disminuir la dependencia de la población comunal respecto del centro de Santiago. Generando las condiciones normativas para que la población comunal pueda satisfacer una mayor cantidad de necesidades al interior del territorio comunal, de forma tal de disminuir los viajes intercomunales, en especial aquellos con objeto de educación y trabajo, promoviendo una mayor autonomía funcional de la comuna. Una disminución de los viajes intercomunales debiera contribuir a la descongestión de algunas vías, así como también a la descontaminación de la ciudad de Santiago, en función de la reducción del uso del automóvil en distancias largas.

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5.3.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS • Mejorar la conectividad al interior del área urbana y con el resto de la ciudad de Santiago. Por medio de la provisión de vialidad estructurante en los sectores no urbanizados (tanto interna como de conexión con las otras áreas comunales) y el mejoramiento de los perfiles viales existentes, con el fin de evitar que exista sectores interiores funcionalmente aislados y asegurar que las nuevas urbanizaciones contarán con la vialidad y el espacio público adecuados a las densidades habitacionales propuestas, en beneficio de una mejor calidad urbana de los nuevos barrios residenciales. • Cumplir las definiciones de densidad poblacional d el PRMS para Maipú. Maipú está definida en el PRMS como una comuna de densidad intermedia, con una densidad promedio ponderado de 150 hab/há al interior del área urbana. Sin embargo, hoy en día las densidades normadas promueven un crecimiento explosivo, mayor a dicho promedio, con una densidad promedio propuesta de más de 260 hab/há. Modificaciones al instrumento intercomunal (Art. 4.4.) permiten hoy que el PRC redefina las densidades propuestas por el PRMS para distribuirlas al interior del territorio. El PRC se orientará a lograr un promedio de alrededor de 150 hab/há distribuyendo las densidades de acuerdo con la imagen objetivo propuesta. • Lograr un equilibrio entre la oferta de equipamiento y la demanda. Por medio del PRC se deberá resolver el déficit histórico de equipamientos respecto de la población urbana actual, proveyendo los espacios necesarios para la instalación de los equipamientos que se encuentren deficitarios. Los requerimientos futuros de equipamiento, en función de las proyecciones de población estimadas para llegar a una densidad promedio de 150 hab/há, deberán resolverse a partir de la aplicación del Art. 2.2.5 Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y del Art. 5.3.2. del Plan Regulador Metropolitano de Santiago, así como por medio de la consolidación del centro comunal. • Compatibilizar el crecimiento urbano con las condiciones de riesgos naturales y antrópicos

presentes en el área urbana. La comuna presenta una serie de riesgos relacionados especialmente con inundaciones, con la presencia de infraestructura energética (plantas de combustibles, tendidos de alta tensión, oleoductos y gasoductos, entre otros) y con la existencia de una amplia zona industrial en las que se permite la instalación de industria molesta. El Plan deberá establecer las condiciones normativas que permitan evitar y/o mitigar los riesgos presentes en algunas áreas, permitiendo el desarrollo urbano en las zonas aledañas en las mejores condiciones ambientales posibles.

• Factibilizar el crecimiento urbano en función de la dotación de servicios de agua potable,

alcantarillado de aguas servidas y aguas lluvia. Proporcionando los antecedentes técnicos que permitan resolver los problemas en cuanto a infraestructura sanitaria en los sectores más críticos de la comuna, y en las áreas aún no urbanizadas, en especial en relación con las aguas lluvia, ya que Maipú recibe por desnivel natural las aguas lluvia de áreas aledañas, especialmente desde Cerrillos, superándose los requerimientos propios de la comuna en este aspecto. • Reconocer y regularizar la situación del comercio a nivel comunal. Frente a la existencia de numerosos establecimientos comerciales, especialmente en el área centro, que funcionan irregularmente debido a las restricciones que la normativa actual presenta para su instalación.

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5.3.3 IMAGEN OBJETIVO URBANA La imagen objetivo urbana se ha definido tomando en consideración los objetivos propuestos y, en especial, los siguientes dos aspectos, que constituyen parte fundamental del marco para la formulación del Plan. • Coherencia con las propuestas de zonificación, vialidad y metas de crecimiento propuestas por

el PRMS. Se mantiene la vialidad estructurante propuesta por el PRMS con sus anchos y perfiles correspondientes, se consideran tanto el subcentro metropolitano como los subcentros de equipamiento comunitario, se respeta la definición del área industrial y las zonas habitacionales mixtas. • Incorporación en el PRC de los principales lineamientos contenidos en la propuesta aprobada

por el Concejo Municipal en 1998. Se ha considerado las principales ideas fuerza de dicha propuesta, las cuales fueron conocidas y evaluadas por la comunidad y consensuadas por los miembros del Concejo. Para el análisis de esta propuesta en el contexto del nuevo PRC, se tomó en consideración el cambio de la situación existente en la comuna desde 1998 hasta ahora, en especial en relación con los cambios en la normativa territorial general (particularmente la OGUC) y en el PRMS (en especial la Modificación N°14 y la modificación al Art. 4.4), la urbanización de terrenos con destino habitacional en zonas donde se proponía otros usos de suelo, el crecimiento poblacional y la tendencia futura (con datos al 2002, respecto de la anterior propuesta que trabajaba con la información del Censo de 1992). Asimismo, no se incorporó en el nuevo PRC aquellos aspectos que implicaran una modificación al PRMS. La imagen objetivo del Plan se resume en los conceptos que se describen a continuación. • Fortalecimiento del Centro Comunal Se persigue en función del cumplimiento de dos de los objetivos propuestos para la planificación comunal: lograr una mayor autonomía funcional de la comuna y proveer una mayor superficie de equipamiento y servicios para satisfacer las necesidades de los habitantes actuales y potenciales de la comuna (y de comunas aledañas).

• Consolidación del Subcentro Metropolitano de Av. 5 de Abril con Av. Pajaritos Definiendo su superficie y alcances, entre el Templo Votivo y el Centro Cívico Comunal y ampliando la superficie destinada a usos mixtos (en relación con la vigente según el PRC de 1965), manteniendo como morfología la fachada continua.

• Expansión de las actividades centrales sobre los ejes viales Av. 5 de Abril y Av. Pajaritos Aprovechando la accesibilidad de esta zona, el espacio público existente (perfiles viales, bandejones arborizados) y la tendencia de localización de actividades mixtas en esta zona, se potencia la consolidación de esta “cruz” y su futura expansión al horizonte del Plan, año 2015. Al mismo tiempo, se regulariza una serie de equipamientos comerciales y de servicio que funcionan sin patente municipal por no estar permitidos en la actual normativa.

• Consolidación del Eje Av. 5 de Abril como el principal espacio público comunal Se propone fortalecer el espacio urbano constituido por el parque existente entre Av. Pajaritos y la línea férrea y al mismo tiempo conformar un espacio público jerárquico de continuidad entre Av. Pajaritos y el Templo Votivo, con una rambla peatonal en dicho tramo, sin eliminar el tránsito vehicular. Al mismo tiempo, se propone jerarquizar los bordes de la Av. 5 de Abril entre el Templo y los terrenos de la ex-FISA promoviendo la instalación de usos mixtos. • Lograr un equilibrio entre la oferta de equipamiento y la demanda Debido al constante crecimiento urbano experimentado por Maipú en las últimas décadas, se ha producido un creciente déficit en los equipamientos de todas las categorías en las distintas zonas de la comuna y en especial en las áreas periféricas, las de urbanización más reciente.

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El PRMS propone subcentros de equipamiento metropolitano (Av. 5 de Abril con Av. Pajaritos) y comunitarios (en las áreas habitacionales periféricas). Estos últimos permiten la incorporación de viviendas hasta en un 30% de la superficie de la zona. Algunos de los subcentros planteados se han desarrollado de acuerdo a lo propuesto por el PRMS, otros en cambio no se han conformado o bien, contienen un mayor porcentaje de vivienda que el que correspondía de acuerdo con la superficie inicial del área.

En virtud de lo anterior, el Plan Regulador Comunal propone por un lado la precisión de la ubicación de los subcentros propuestos por el PRMS, la reposición de áreas no consolidadas con uso de equipamiento en sectores cercanos y la incorporación de nuevos subcentros de equipamiento en áreas residenciales, de acuerdo con los requerimientos resultantes de la aplicación del Modelo de Suficiencia de Equipamiento desarrollado para el estudio de suficiencia realizado para el PRC para las distintas tipologías evaluadas.

Del mismo modo, el Plan reconoce la existencia de subcentros existentes, de los principales establecimientos de educación y los de salud del sistema público, manteniéndolos con uso de equipamiento en la normativa. Finalmente, se incorporan condiciones normativas que favorezcan la instalación de nuevos equipamientos en el área céntrica de la comuna, así como también en los principales ejes viales de las zonas residenciales, lo cual se ve también determinado por la modificación a la OGUC (Art. 2.1.34 al 2.1.36) respecto de la localización de los equipamientos en función de su escala. • Distribución de las densidades habitacionales al interior del área urbana Se entiende que la demanda sobre el equipamiento, la vialidad y los servicios está constituida por los habitantes de la comuna y también aquellos de zonas aledañas que los utilizan. El PRC puede incidir sobre la demanda interna, vale decir, sobre la cantidad de habitantes de la comuna. Para determinar las densidades habitacionales a proponer por el Plan en cada zona, se tomó en consideración las proyecciones y tendencias de crecimiento urbano en la comuna, los objetivos de desarrollo comunal y urbano y lo indicado en el Art. 4.4. del PRMS, que considera a Maipú como una comuna de densidad intermedia, con un promedio ponderado mínimo de 150 hab/há y un rango de tolerancia de 25 hab/há (es decir, un mínimo de entre 125 y 175 hab/há promedio ponderado). El plan cumple con lo propuesto por el PRMS y distribuye las densidades al interior de la comuna en función de la accesibilidad de las distintas zonas, las densidades actuales de áreas habitacionales consolidadas, la oferta existente de equipamientos y las densidades propuestas por los distintos proyectos de urbanización que se han desarrollado en la comuna en los últimos años. • Mejorar la oferta de vialidad al interior del área urbana

• Consolidar la trama estructurante intercomunal y comunal Se pretende fortalecer el sistema vial estructurante propuesto por el PRMS, considerando los perfiles mínimos propuestos por dicho instrumento y concordando los requerimientos resultantes del estudio de capacidad vial. • Mejorar la continuidad de la vialidad existente en áreas consolidadas Se privilegia la continuidad de las calzadas por sobre los ensanches de líneas oficiales, con el fin de minimizar las expropiaciones sin perjuicio de conseguir la continuidad de las vías, en especial la trama estructurante secundaria o comunal.

• Proveer de vialidad a los sectores aún no urbanizados Con el fin de asegurar la continuidad de algunas vías estructurantes en dichos sectores que los conecten con las áreas consolidadas de la comuna. Asimismo, dotar de vialidad básica al interior de las áreas no

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urbanizadas de modo de orientar la localización de los nuevos equipamientos y evitar la existencia de nuevas urbanizaciones aisladas de las áreas aledañas. • Mejorar las condiciones ambientales de las áreas residenciales

• Minimizando los impactos de las áreas industriales colindantes Se modifica las condiciones para la instalación de industria molesta en las áreas industriales que colindan con zonas habitacionales, se aumenta el porcentaje de arborización exigido en estas zonas y se exigirá el cumplimiento del DS 146 respecto de las fuentes fijas de ruido.

• Disminuyendo los efectos de contaminación acústica provocado por fuentes móviles Exigiendo la NCH 352 para la nuevas construcciones en aquellas zonas que se encuentren con niveles de ruido críticos, de acuerdo con el estudio acústico desarrollado para el PRC. • Consolidar un sistema comunal de áreas verdes y espacios públicos Relacionando los espacios públicos y áreas verdes existentes y proyectados en la comuna por medio de vías arborizadas, vías parque y ciclovías. Al mismo tiempo se propone aumentar la superficie de áreas verdes comunales y vecinales (en especial estas últimas) de acuerdo con los requerimientos derivados de la aplicación del Modelo de Suficiencia de Equipamiento. • Poner en valor el patrimonio histórico y cultural de Maipú Por medio del reconocimiento de las edificaciones con valor cultural que aún existen en el área urbana comunal, a través de la definición de Inmuebles de Conservación Histórica. Asimismo se promueve la conservación y puesta en valor de aquellos monumentos y lugares que representan aspectos importantes que rememoran la batalla del 5 de Abril de 1818, la cual consolidó la Independencia Nacional. 5.3.4 Incorporación de la dimensión ambiental en el Plan Regulador Comunal de Maipú En la elaboración del Plan Regulador Comunal de Maipú, se ha considerado relevante incorporar la dimensión ambiental en todo el proceso de planificación del territorio, tal como lo sugiere la CONAMA- RM17 (1996). De forma de asegurar que el Plan resultante tanto en su zonificación y normativa tenga incorporado todos los mecanismos y acciones dentro de su competencia que aseguren que su implementación resguardará la calidad de vida de la población y el medio ambiente. Como se puede observar en la siguiente figura, el estudio ambiental que acompaño el diseño del Plan Regulador presentó fundamentalmente tres etapas: Diagnóstico ambiental, Zonificación ambiental y Proyecto. En la etapa de Diagnóstico se analizaron el estado de los componentes del medio ambiente tanto natural y construido, con énfasis en reconocer aquellas áreas y/o elementos cuyo valor ambiental, vulnerabilidad o deterioro eran necesarios de proteger, mitigar o potenciar por el Plan Regulador Comunal de Maipú. Igualmente, interesaba en esta fase identificar las actividades peligrosas, molestas y contaminantes presentes en el territorio, donde el Plan debía limitar la ocupación habitacional en su entorno. Asimismo, se establecieron los niveles de contaminación acústica mediante la realización de un estudio específico que fue contratado a la empresa Control Acústico S.A, para igualmente solicitar en la Ordenanza medidas especiales a considerar a las nuevas construcciones de destino habitacional e industrial. De acuerdo a lo anterior, y tras haber realizado el análisis de los resultados del Diagnóstico Ambiental, se establecieron los siguientes Objetivos Ambientales Protección del Medio Natural, Reparación Ambiental, Conservación Ambiental y Mejoramiento Ambiental. Además, se incluyeron y consideraron los Objetivos Ambientales predeterminados en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago y su Ordenanza,

17 Incorporación de los Instrumentos de Planificación Territorial (IPT) al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Alcances Metodológicos y Legales, Documento para discusión, CONAMA- RM, 1996

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de manera que la propuesta ambiental fuera coherente con el instrumento de regulación del Área Metropolitana. Posteriormente, en la siguiente etapa, los objetivos ambientales se tradujeron en una zonificación ambiental para la distintas unidades geográficas del territorio de Maipú.(Ver carta nº10) Es importante señalar, como se puede observar en la carta nº 10, que el principal patrimonio natural de la comuna se encuentra en el área rural al exterior del límite urbano del Plan Regulador, la cual se encuentra normada por el PRMS de 1994. En la etapa III de Proyecto, se definieron una serie de normas y recomendaciones ha ser incorporadas en la Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Maipú. La aplicación de esta metodología, permite asegurar que no se generaran impactos ambientales significativos en las condiciones ambientales que se señalan en los artículos 5 al 11 (Título II), del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, correspondiendo por tanto elaborar una Declaración de Impacto Ambiental del Plan Regulador Comunal de Maipú. Figura nº3: Flujo metodológico de la incorporación de la dimensión ambiental en el proceso de elaboración del plan regulador comunal de Maipú.

ETAPA I DIAGNÓSTICO AMBIENTAL

ETAPA II ZONIFICACIÓN

AMBIENTAL

ESTADO DE LOS

COMPONENTES DEL MEDIO

DEFINICIÓN DE

OBJETIVOS AMBIENTALES

DEL PLAN REGULADOR

OBJETIVOS AMBIENTALES

ZONIFICACIÓN AMBIENTAL

•Áreas de recuperación ambiental

• Áreas de protección de suelos agrícolas

• Ciclovías

• Otras ETAPA III PROYECTO

ZONIFICACIÓN Y ORDENANZA DE USO DEL SUELO Y CONSTRUCCIÓN CON CONTENIDOS Y

DECLARACIÓN DE

IMPACTO AMBIENTAL

INGRESO A

COREMA R.M

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5.4 ZONIFICACION Y USOS DEL SUELO En base a los objetivos anteriormente expuestos el Plan Regulador define la siguiente propuesta de zonificación, usos de suelo y condiciones de edificación para el área urbana de la comuna de Maipú 5.4.1 Zonificación MACROÁREAS La zona urbana de Maipú queda constituida por cinco grandes macroáreas. Estas son:

• El área central, constituida por el Centro Cívico, el subcentro Av. 5 de Abril – Av Pajaritos (en el cual

se mantiene con morfología de fachada continua), los ejes de usos mixtos Av. 5 de Abril y Av. Pajaritos y los equipamientos asociados a estos ejes. Asimismo se incorpora como parte importante de esta llamada “área central” los terrenos de la Ex – FISA, como remate funcional del eje Av. 5 de Abril hacia el oriente, sin perjuicio de la continuidad que pueda tener a futuro dicha vía.

• Las zonas habitacionales consolidadas centrales, que corresponden a aquellas áreas de uso

preferentemente habitacional que estaban incluidas en el límite urbano del Plan Regulador Comunal de 1965. Se encuentran construidas en su totalidad, a excepción de algunos sitios eriazos y tienen condiciones homogéneas en cuanto a subdivisión predial y la densidad actual. Existe al interior de esta área dos subsectores que dan origen a distintas zonas del Plan, en función de su potencial de densificación en los predios existentes o con bajos requerimientos de fusión predial.

• Las zonas habitacionales consolidadas periféricas, constituidas por aquellas zonas de uso

preferentemente habitacional urbanizadas principalmente a partir de la entrada en vigencia del PRMS. Se trata de zonas que se han construido en base a loteos con construcción simultánea con subdivisiones prediales y vialidad mínimas.

• Las zonas habitacionales periféricas no consolidadas, constituidas por aquellas zonas de uso

preferentemente habitacional que tienen hoy día una gran parte de superficie no urbanizada, diferenciándose al interior de esta macroárea distintas zonas de acuerdo con su densidad propuesta.

• La zona industrial exclusiva, Establecida en el PRMS, esta área está constituida por zonas que

colindan con áreas habitacionales y otras que se encuentran contenidas por grandes vías (Camino Melipilla y Camino Lonquén).

En el cuadro siguiente se describe brevemente cada zona del según el área donde se inserta, indicando en general lo propuesto en relación con la morfología y la densidad de cada zona.

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Tipo de Zona

Zona

Descripción Morfología y densidad

ZC-1

Centro Cívico. Concentra servicios públicos municipales y áreas verdes

* Excluye vivienda Altura: media - alta Edificación: aislada y pareada

ZC-2

Centro comercial, corresponde al subcentro de equipamiento metropolitano propuesto por el PRMS

* Vivienda excluida en primer piso Densidad: alta Altura: media - alta Edificación: continua y aislada sobre continua

ZC-3

Zona mixta. Usos preferentes comercio y servicios. Corresponde a una extensión del centro comercial, sobre ejes Av. Pajaritos y Av. 5 de Abril

Densidad: alta Altura: alta Edificación: aislada, pareada, continua.

Áre

a C

entr

al

ZC-4

Zona mixta. Usos preferentes vivienda y equipamiento. Corresponde a sector de la Ex-FISA y áreas aledañas.

Densidad: alta Altura: alta Edificación: aislada, pareada, continua.

ZH-4

Habitacional con equipamiento básico y menor, corresponde al área del PRC 1965 ubicada al oriente y al sur del centro comunal.

Densidad: media Altura: baja Edificación: aislada y pareada.

Hab

itac

iona

les

Cen

tral

es

Con

soli

dada

s

ZH-5

Habitacional con equipamiento, corresponde al sector del damero histórico de la comuna. Es el área consolidada con predios de mayor superficie promedio.

Densidad: media Altura: media - baja Edificación: aislada, pareada y continua.

ZH-3

Habitacional con equipamiento básico y menor. Corresponde a sector consolidado de El Abrazo y el área de Ciudad Satélite y su extensión aprobada.

Densidad: media Altura: media - baja Edificación: aislada y pareada.

ZH-6

Habitacional con equipamiento básico y menor. Corresponde al área urbana al norte del Zanjón de la Aguada y parte del sector poniente comunal, en su mayoría ya consolidado.

Densidad: media Altura: media – baja Edificación: aislada y pareada.

ZH-7

Habitacional con equipamiento básico y menor. Corresponde al área poniente totalmente consolidada. Incluye sectores con vivienda social.

Densidad: media Altura: media Edificación: aislada y pareada.

Hab

itac

iona

les

Peri

féri

cas

Con

solid

adas

ZH-8

Habitacional con equipamiento. Corresponde a los corredores Av. Pajaritos y Av. Américo Vespucio fuera del centro comunal, donde se potencia los usos mixtos y la densificación habitacional.

Densidad: alta Altura: alta Edificación: aislada (y pareada, en vivienda unifamiliar).

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39

Tipo de Zona

Zona

Descripción Morfología y densidad

ZH-1

Habitacional con equipamiento complementario a vivienda de baja densidad. Corresponde al sector Santa Ana de Chena, de características semi rurales.

Densidad: baja Altura: media – baja Edificación: aislada.

ZH-2

Habitacional con equipamiento básico y menor. Corresponde a áreas no urbanizadas, colindantes a Camino Melipilla y en área de extensión del sector El Abrazo.

Densidad: media Altura: media -baja Edificación: aislada (y pareada, en vivienda unifamiliar).

ZH-9

Habitacional con equipamiento. Corresponde al sector aún no urbanizado El Porvenir, al sur del Zanjón de la Aguada. La edificación en esta área se encuentra condicionada por Res. 46-2000 del PRMS hasta que se encuentren recibidas las obras de mejoramiento del Zanjón de la Aguada.

Densidad: media Altura: media – baja Edificación: aislada, pareada (y continua en equipamientos menor y mediano)

Hab

itac

iona

les

Peri

féri

cas

No

Con

solid

adas

ZH-10

Habitacional con equipamiento. Corresponde al borde norte y poniente de El Porvenir, al sur del Zanjón de la Aguada. La edificación en esta área se encuentra condicionada por Res. 46-2000, al igual que ZH-9.

Mantiene condiciones de edificación de ZH-9 a menos que se encuentre ejecutado paso de Tres Poniente conectando a Av. El Rosal (y que se libere restricción del PRMS ya indicada). Densidad condicionada: alta Altura condicionada: alta Edificación: aislada (y pareada, en vivienda unifamiliar).

Tipo de Zona

Zona

Descripción Morfología

ZI-1 Industrial exclusiva. Zona entre Camino Melipilla y Camino Lonquén, establecida por el PRMS.

Altura: media Edificación: aislada

ZI-2 Industrial exclusiva. Sectores de la zona industrial definida por el PRMS que se encuentran colindantes con viviendas donde se indican restricciones a la industria molesta y se mejoran las condiciones para el equipamiento.

Altura: media para industria y alta para equipamiento. Edificación: aislada

Indu

stri

ales

Exc

lusi

vas

ZI-3 Industrial exclusiva. Respecto de la ZI-2 se disminuye superficie mínima para equipamientos y se aumenta sus requerimientos de arborización y área libre.

Altura: media para industria y alta para equipamiento. Edificación: aislada

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40

Tipo de Zona

Zona

Descripción Morfología

ZE-1

Templo Votivo. Corresponde al predio y construcciones del monumento nacional regido por Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

Altura: alta Edificación: aislada Edificación debe ser armónica respecto del Monumento Nacional.

ZE-2

Equipamiento recreacional y deportivo que se encuentran definidos en el Art. 5.2.4.1. del PRMS. Mantienen las condiciones indicadas por dicho instrumento.

Altura: media Edificación: aislada Baja ocupación de suelo Se indica condiciones especiales para los equipamientos.

ZE-3

Parques intercomunales definidos en el Art. 5.2.3.1. del PRMS, incluye además un monumento nacional, regido por Ley 17.288.

Altura: media Edificación: aislada Mínima ocupación de suelo

ZE-4

Avenidas parques definidas en Art. 5.2.3.4. del PRMS.

Altura: baja Edificación: aislada Baja ocupación de suelo

ZE-5

Equipamiento comunitario con vivienda, correspondientes a subcentros propuestos por PRMS y otros nuevos de condiciones similares. La vivienda puede ocupar hasta un 30% de la zona.

Altura: depende de la zona contigua. Edificación: aislada, pareada y continua. Densidad: la de la zona aledaña

ZE-6

Equipamiento comunitario exclusivo, corresponden a subcentros de equipamiento existentes y propuestos.

Altura: depende de la zona contigua. Edificación: aislada, pareada y continua.

ZE-7

Cementerio existente, regido por Ministerio de Salud.

-

ZE-8

Áreas verdes comunales y vecinales, compuestas por parques, plazas y bandejones arborizados.

Altura: baja Edificación: aislada Mínima ocupación de suelo

ZE-9

Corresponde a la Plaza Mayor, con uso de áreas verdes y construcciones menores complementarias a este uso.

Altura: baja Edificación: sólo menor Mínima ocupación de suelo

ZE-10

Estanques de agua potable. OGUC

ICH Inmueble de Conservación Histórica, definidos por condiciones históricas o arquitectónicas de interés para la conservación del patrimonio comunal.

Altura: media – baja Edificación: aislada La edificación debe ser armónica con edificaciones consideradas como patrimoniales.

Zona

s E

spec

iale

s

ZCH

Zona de Conservación Histórica, espacios públicos y monumentos conmemorativos de los hechos del 5 de Abril de 1818.

Altura: baja Edificación: aislada Mínima ocupación de suelo.

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41

A continuación se resume las condiciones normativas de las distintas zonas del Plan, las que se detallan en la Ordenanza Local, incluyendo las zonas especiales y áreas de riesgo o protección. Tipo de Zona

Zona Usos Predominantes Subdivisión Predial Min. (m2)

Altura Máxima Edificación (m)

Densidad Mín. – Máx. (hab/há)

ZC-1 Servicios públicos, mercado, áreas verdes. Se prohíbe vivienda.

1500 24 -

ZC-2 Equipamiento (en especial comercio y servicios), áreas verdes. Vivienda se permite a partir del 2° piso.

500 edificación continua (A) 1000 edificación continua y aislada sobre continua (B)

Mínimo 7 y máximo 16 (de edificación continua) 18 (A) 30 (B)

150 – 350 (A) 150 – 450 (B)

ZC-3 Equipamiento, áreas verdes y vivienda.

250 vivienda unifamiliar (A) 350 equipamiento básico (B) 1000 otras edificaciones (C)

7 m si es edificación continua 9 (A) 10,5 (B) Libre según rasantes (C)

100 – 200 (A) 150 – 800 (C) Á

rea

Cen

tral

ZC-4 Equipamiento, áreas verdes y vivienda.

250 vivienda unifamiliar (A) 1500 vivienda multifamiliar (B) 1500 equipamiento (C)

9 (A) Libre según rasantes (B y C)

50 – 200 (A) 150 – 900 (B)

ZH-4

Vivienda. Equipamiento, en especial de servicio a la vivienda, con algunas restricciones a servicios artesanales. Áreas verdes.

200 vivienda (A) 350 equipamiento básico (B) 800 equipamiento menor (C) 2000 equipamiento mediano (C)

9 (A y B) 12 (C)

80 – 150 (A)

Hab

itac

iona

les

Cen

tral

es

Con

soli

dada

s

ZH-5

Vivienda. Equipamiento. Áreas verdes.

300 vivienda (A) 500 equipamiento básico (B) 800 equipamiento menor (C) 2000 equipamiento mediano (C)

15 (A) 10,5 (B) 12 (C)

80 – 150 (A)

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Tipo de Zona

Zona

Usos Predominantes

Subdivisión Predial Min. (m2)

Altura Máxima Edificación (m)

Densidad Mín. – Máx. (hab/há)

ZH-3

Vivienda. Vivienda. Equipamiento, principalmente de escala básico y menor. Servicios artesanales se localizan en general en vías de 20 o más metros. Áreas Verdes.

180 vivienda (A) 350 equipamiento básico (B) 500 equipamiento menor (C) 1000 equipamiento mediano (D)

9 (A) 10,5 (B) 12 (C y D)

80 – 150 (A)

ZH-6

Vivienda. Equipamiento, principalmente de escala básico y menor. Servicios artesanales se localizan en general en vías de 20 o más metros. Áreas Verdes.

200 vivienda (A) 200 equipamiento básico (B) 500 equipamiento menor (C) 1500 equipamiento mediano (D)

9 (A y B)) 12 (C y D)

80 – 180 (A)

ZH-7

Vivienda. Equipamiento, principalmente de escala básico y menor. Servicios artesanales, en general, se localizan en vías estructurantes. Áreas Verdes.

200 vivienda unifamiliar (A) 500 vivienda multifamiliar (B) 200 equipamiento básico (C) 500 equipamiento menor (D) 1500 equipamiento mediano (E)

9 (A y C) 12 (B, D y E)

80 – 300 (A) 150 – 300 (B)

Hab

itac

iona

les

Peri

féri

cas

Con

solid

adas

ZH-8

Vivienda, equipamiento en general y áreas verdes.

200 vivienda unifamiliar (A) 1000 equipamiento (B) 1500 vivienda multifamiliar (C)

9 (A) Libre según rasantes (B y C)

80 – 150 (A) 150 – 900 (C)

ZH-1

Vivienda. Equipamiento, principalmente de escala básico y menor y algunos servicios artesanales. En general se localizan en vías estructurantes. Áreas verdes.

2500 10,5 0 – 20 (A)

Hab

itac

iona

les

Peri

féri

cas

No

Con

soli

dada

s

ZH-2

Vivienda. Equipamiento de escala básico y menor. Áreas verdes.

250 vivienda (A) 500 equipamiento básico (B) 1000 equipamiento menor y mediano (C)

9 (A) 10,5 (B) 12 (C)

80 – 140 (A)

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Tipo de Zona

Zona

Usos Predominantes

Subdivisión Predial Min. (m2)

Altura Máxima Edificación (m)

Densidad Mín. – Máx. (hab/há)

ZH-9

Vivienda. Equipamiento en general (los servicios artesanales en general se localizan en vías de 20 o más metros). Áreas verdes.

250 vivienda (A) 350 equipamiento básico (B) 500 equipamiento menor (C) 1000 equipamiento mediano (D)

9 (A y B) 14 (C y D)

80 – 180 (A)

ZH-10

Vivienda. Equipamiento en general (los servicios artesanales en general se localizan en vías de 20 o más metros). Áreas verdes.

= ZH-9 (A hasta D) 1500 vivienda y equipamiento condicionados (E)

= ZH-9 (A hasta D) Libre según rasante (E)

= ZH-9 (A hasta D) 150 – 800 (E)

ZI-1 1500 industria y

equipamiento 14 -

ZI-2 4000 industria (A) 1500 equipamiento (B)

14 (A) Libre según rasante (B)

-

Industriales Exclusivas

ZI-3

Industria y almacenamiento. Equipamientos de salud: sólo servicios de atención ambulatoria. Equipamientos de educación: sólo centros de formación técnico – profesional. Otros equipamientos: menor, mediano, mayor (excepto comercio menor en lo correspondiente a “locales de abastecimiento diario”) Macroinfraestructura sanitaria: según Art. 6.1.3.1. PRMS Vivienda: sólo cuidador, según PRMS.

4000 industria (A) 1000 equipamiento (B)

14 (A) Libre según rasante (B)

-

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Tipo de Zona

Zona Usos Predominantes

Subdivisión Predial Min. (m2)

Altura Máxima Edificación (m)

Densidad Mín. – Máx. (hab/há)

ZE-1 Culto, cultura, áreas verdes, casas de formación religiosa y establecimientos de educación existentes.

Existente 10,5 para nuevas edificaciones

-

ZE-2 Art. 5.2.4.1. PRMS. Equipamiento recreacional y deportivo con hasta un 20% de otros equipamientos.

80% del predio: recreacional y deportivo (A) 20% del predio: otros equipamientos (B)

9 (A) 15 (B)

-

ZE-3 Art. 5.4.3.1. PRMS. Parques intercomunales, con algunos usos complementarios.

Existente

15 -

ZE-4 Art. 5.2.3.4. PRMS. Avenidas parques complementarias a vialidad.

Existente

- -

ZE-5 Equipamiento en general con hasta un 30% de vivienda. Áreas verdes.

500 equipamiento básico (A) 1000 otros equipamientos (B) 250 vivienda unifamiliar (C) 1000 vivienda multifamiliar (D)

La de la zona habitacional aledaña.

La de la zona aledaña.

ZE-6 Equipamiento en general, áreas verdes.

500 equipamiento básico 1000 otros equipamientos

La de la zona aledaña.

-

ZE-7 Cementerio Existente - - ZE-8 Áreas verdes Existente - - ZE-9 Áreas verdes. Se

permite la construcción de estacionamientos subterráneos.

Existente

- -

ZE-10 Infraestructura sanitaria de estanques de agua potable e instalaciones complementarias.

Existente OGUC -

ICH Vivienda unifamiliar, equipamientos de cultura, educación, servicios públicos, servicios profesionales y salud, con las restricciones que indica la ordenanza.

Existente. La casona del sector El Abrazo puede subdividir el área del predio no declarada como ICH, con las condiciones para la zona ZI-3

10,5 para nuevas edificaciones

-

Zona

s E

spec

iale

s

ZCH Áreas verdes. Existente - -

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• ÁREAS DE RIESGO, RESTRICCIÓN O PROTECCIÓN El Plan Regulador Comunal reconoce las siguientes áreas de riesgo, restricción y/o protección al interior del Área Urbana Comunal, las cuales fueron definidas de acuerdo al Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) y al Estudio de Riesgos y Protección ambiental realizado en el marco de la elaboración del Plan Regulador Comunal.

a) AR-1 De Riesgo de Origen Natural por Inundación (Art. 8.2.1.1. a. PRMS)

Corresponden a las áreas AR-1 regidas en general por lo indicado en la ordenanza del PRMS.

• AR-1A Recurrentemente Inundables. Corresponden al área de riesgo de inundación del Zanjón de la Aguada, con un periodo de recurrencia de hasta 10 años, señalada en PRMS y según Estudio de Riesgos Naturales y Protección Ambiental

• AR-1B Áreas Amagadas por Inundación. Corresponden a sectores adyacentes al Zanjón de la

Aguada, sometidas a crecidas con períodos de retorno de 10 a 100 años, o donde puede existir concentración de aguas lluvia por escasa infiltración y colapso de canales18.

• AR-1C Lugares Críticos de Concentración de Aguas. Corresponden a lugares donde se concentran

las aguas producto de la acumulación de aguas lluvia provenientes especialmente de la comuna de Cerrillos o del Zanjón de la Aguada.

• AR-1D Cauces Artificiales. En la Comuna de Maipú son los siguientes: Canal Ortuzano, Canal

Santa Marta, y una red de canales conformado por un canal de derrame de regadío que entra en Camino Lonquén con Av. Américo Vespucio y que cruza hasta Serafín Zamora con Santa Adela.

En las tres primeras áreas señaladas, se establecen restricciones a la edificación con el fin de minimizar los efectos de cualquier evento de inundación. (Ver punto 6.1)

b) AR-2 De Riesgo de Origen Natural Geofísico Sísmico (Art. 8.2.1.4. PRMS)

Son las indicadas en el plano PRCM-1 y corresponden en general, a áreas que se encuentran actualmente urbanizadas, los riesgos asociados a esta área están determinados por la composición de los suelos de fundación de acuerdo con el Estudio de Riesgos Naturales y Protección Ambiental. Se establece condiciones especiales a los proyectos de edificación, exigiéndose estudios de mecánica de suelos y soluciones constructivas acordes con los resultados de dichos estudios. (Ver punto 6.1)

18 Estudio de Riesgos Naturales y Protección Ambiental, realizado para la elaboración del Plan Regulador Comunal.

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c) AR-3 Riesgo de Derrumbes y Asentamiento del Suelo (Art. 8.2.1.2. PRMS) Corresponden a un pozo de áridos en fase de abandono ubicado al interior de la Zona Industrial Exclusiva, en Camino Lonquén. d) AR-4 De Terminales y Plantas de Combustible de Maipú (Art. 8.2.2. y 8.2.2.2. PRMS) Corresponden a los predios donde se emplazan plantas y terminales de combustibles ubicados en el área industrial de la comuna (planta ESSO Maipú, la distribuidora de combustibles SHELL - COPEC y CODIGAS, la planta de almacenamiento de combustibles filial ENAP y la planta GASCO) y las áreas de restricción de los estanques correspondientes. e) AR-5 De Resguardo de Infraestructura de Trasporte y Comunicaciones (Art. 8.4.1. PRMS) Se reconocen al interior del área urbana las siguientes, las que se grafican en el plano PRMC-1.

• AR-5A Fajas de Resguardo de Vías Ferroviarias (sobre línea férrea del Ferrocarril Santiago – San Antonio).

• AR-5 Áreas de Peligro Aviario del Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez y del Aeropuerto

Los Cerrillos, esta última vigente mientras siga en funcionamiento dicho aeropuerto y lo determinen los organismos correspondientes.

• AR-5C De resguardo de Infraestructura Vial Metropolitana. Se grafica en el plano la faja de

resguardo de la Autopista del Sol, definida en la modificación N°14 al PRMS. f) AR-6 De Resguardo de Infraestructura Energética (Art. 8.4.3. PRMS)

• AR-6A Oleoductos, Gasoductos y Poliductos. En la comuna existen los siguientes: Oleoducto Maipú - Pudahuel, Poliducto Con Con - Maipú, Poliducto San Fernando - Maipú y Gasoducto Electrogas.

• AR-6B Sub-Estaciones y Líneas de Trasmisión de Energía Eléctrica. Se grafican en plano PRCM-1 la

sub-estación eléctrica ubicada en Av. Américo Vespucio y las líneas de alta tensión de Av. Las Torres y de la Zona Industrial Exclusiva.

5.5 PLAN DE VIALIDAD ESTRUCTURANTE Y ESPACIO PÚBLICO 5.5.1 Sistema de áreas verdes El Plan propone la consolidación de un Sistema Comunal de Áreas Verdes y Recreación (SICAVERMA), el cual se conforma por medio de distintas tipologías presentes en el área urbana y cuyos objetivos son, por un lado, dotar a la población de una mayor superficie de áreas verdes y espacios de esparcimiento y, por otro, conectar diversos espacios públicos con elementos de valor histórico y cultural y con sectores del área rural de la comuna. Forman parte del Sistema Comunal de Áreas Verdes y Recreación de Maipú (SICAVERMA) áreas verdes que pertenecen al Sistema Metropolitano de Áreas Verdes y Recreación y áreas verdes o equipamientos recreativos de escala comunal o vecinal.

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Las áreas verdes y equipamientos que conforman el SICAVERMA son los siguientes:

• Centros deportivos y estadios pertenecientes al Sistema Metropolitano de Áreas Verdes y Recreación: Estadio Municipal, Estadio El Almendral, Estadio GOOD YEAR, Deportivo Indus Lever, Complejo Deportivo Coronel Bueras, Parte del Parque Tres Poniente, Campo de Recreación COCESA.

• Parques Metropolitanos: Parque del Río Mapocho (en el área excluida al desarrollo urbano).

• Parques Intercomunales: Parque Tres Poniente, Parque Primo de Rivera, Parque Av. El Rosal y

Parque La Aguada en el área urbana; Parque Santa Lorenza y Parque El Rosal, en el área excluida al desarrollo urbano.

• Parques Comunales: Parque Municipal de Maipú, ubicado al poniente de la Autopista del Sol, con

acceso por Av. Portales.

• Quebradas naturales: Quebrada de La Plata, en el extremo poniente de la comuna.

• Avenidas Parques: Parque Isabel Riquelme (adyacente al Zanjón de la Aguada), Parque Las Torres (adyacente a Av. Las Torres), Parque Américo Vespucio (adyacente a Av. Américo Vespucio). Av. El Rosal; Av. Cuatro Poniente, al sur del Camino Melipilla; Av. 5 de Abril (incluyendo un espacio público en proyecto entre el Templo y el Centro Cívico y el parque existente al oriente de Av. Pajaritos).

• Plazas Comunales y Vecinales, incluidas aquellas declaradas como Zona de Conservación Histórica

por su valor histórico – cultural.

• Equipamientos Deportivos y Recreacionales de nivel comunal, ubicados principalmente al interior de áreas residenciales y en el sector Santa Ana de Chena.

Los elementos conectores entre las áreas residenciales y las centrales y entre elementos del SICAVERMA son avenidas y calles con arborización mayor (bandejones centrales y arborización lateral) y vías arborizadas simples. Entre ellas destacan Camino Melipilla y la Costanera Norte FFCC San Antonio, donde se pretende conformar una cortina verde de acceso a la comuna desde el centro de Santiago o desde la costa, que además permite segregar el área industrial, minimizando los impactos de ésta sobre otras áreas de la comuna. Del mismo modo, se ha propuesto la incorporación de ciclovías como conectores entre espacios públicos de importancia y de acercamiento entre el área urbana y el sector rural de la comuna, de forma de potenciar este espacio como una nueva área de recreación. Estas vías son: Av. Pajaritos, Costanera norte FFCC San Antonio, Parque Central (Ciudad Satélite), Av. Portales, Av. San Martín; Av. 5 de Abril – Camino a Rinconada, Camino La Farfana, Camino Las Flores, Av. Tres Poniente, Lautaro – Israel, Judea y Av. Segunda Transversal. 5.5.2 Vialidad Estructurante La vialidad estructurante del Plan Regulador (ver Plano N°24) está constituida por las vías incluidas en el PRMS, las principales vías comunales existentes y la nueva vialidad propuesta, la cual se concentra principalmente en las áreas habitacionales aún no urbanizadas. Respecto de la vialidad estructurante del PRMS, se mantuvo su trazado y los anchos mínimos propuestos por dicho instrumento.

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Las vías que el PRMS incluía en los artículos transitorios, se incorporaron como estructurantes comunales definiendo su jerarquía en función de los usos propuestos para la zona en la que se emplazan. Estas vías permiten configurar una trama complementaria a la vialidad troncal y expresa incluida en el PRMS. Las nuevas vías incorporadas al sistema estructurante comunal corresponden a vías nuevas en las áreas aún no urbanizadas, en especial en el sector El Porvenir (entre la Autopista del Sol, Av. Tres Poniente y Camino a Rinconada), sector Maipú Poniente (entre Alcalde Alberto Krüm, Autopista del Sol, Av. Tres Poniente y Av. Alfredo Silva Carvallo), sector El Bosque (entre límite urbano, Av. Bosquealto, La Puntilla y Camino Melipilla), y los sectores El Abrazo y Santa Ana de Chena. Se incorporan además algunos tramos de vías locales que se encuentran incompletas, para lograr la continuidad de éstas. Por último, se incorporan a la vialidad estructurante algunas calles existentes, las cuales, a pesar de no tener los anchos requeridos, son incluidas con determinada jerarquía para acoger los usos propuestos en la zonificación19. El criterio para la definición de la nueva vialidad y de los anchos propuestos para todo el sistema vial se basa en la necesidad de lograr continuidad entre las distintas zonas de la comuna y la accesibilidad hacia y desde la comuna al resto de la ciudad, consolidar espacios públicos asociados a algunas vías estructurantes (ya sea por medio de parques, bandejones o arborización de las aceras) y minimizar las expropiaciones, con el fin de disminuir los costos de implementación de las vías y los gravámenes a terrenos particulares. Asimismo, se coordinó con propietarios que presentaron loteos durante la ejecución del PRC, el trazado de algunas vías propuestas por dichos loteos, para incorporarlas a la trama vial estructurante (entre otros, en el sector El Porvenir). En relación con la capacidad de la vialidad estructurante de soportar el crecimiento propuesto por el PRC para la comuna, el Estudio de Capacidad Vial indica que las únicas vías saturadas al año 2015 corresponden a Av. Américo Vespucio (en sus pistas concesionadas) y la Autopista del Sol, la cual incluso hoy en día presenta congestión en determinados tramos y horarios. Ambas vías son de carácter metropolitano y no son competencia del municipio.

19 De acuerdo con lo permitido por el Art. 2.3.1. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones en términos de poder asimilar las vías existentes a las categorías señaladas en los Art. 2.3.2. y 2.3.3. aún cuando éstas no cumplan con los anchos mínimos o las condiciones y características que en ellos se establece.

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VI. JUSTIFICACION DE LA PRESENTACION DE DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL SEGÚN EL ARTICULO 11, DE LA LEY 19300 DE BASES DEL MEDIO AMBIENTE 6.1 RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES O RESIDUOS (ART. 11, LETRA A) SI NO X El proyecto “Plan Regulador Comunal de Maipú", por ser un instrumento de planificación territorial (IPT) no generará efluentes, emisiones o residuos que pongan en riesgo la salud de Población. No obstante, con el objetivo de proteger la calidad de vida y salud de la población, la zonificación y normativa del Plan Regulador Comunal de Maipú ha presentado especial cuidado con los riesgos naturales y antrópicos presentes en el territorio al momento de planificar el desarrollo urbano, principalmente en lo que respecta a la localización y entorno de las áreas habitacionales. Es así como el Plan ha establecido en la ordenanza y/o zonificación una serie de medidas que a continuación se pasan a reseñar • Riesgos naturales - Se establece como norma general que todos los proyectos que generen crecimiento urbano por

extensión o por densificación, sólo podrán desarrollarse en aquellas áreas en que las obras de urbanización del respectivo proyecto, tales como aguas lluvias y defensa de los cauces naturales y artificiales sean suficientes, las cuales serán calificadas por el Director de Obras Municipales. Entre las obras de urbanización insuficiente se consideran: las obras de captación y aducción de aguas lluvias que no recogen la capacidad necesaria o que no están conectadas a colectores que las lleven a la red general. Y las obras de defensa de cauces naturales o artificiales que no hayan sido construidas de acuerdo a proyectos informados y/o aprobados por los organismos de utilidad pública competentes. (artículos nº 9 y nº10, Ordenanza del PRC de Maipú)

- Se establecen Áreas de restricción (Ver articulo nº 52 y plano PRCM-1) a los Usos de Suelo y

edificaciones, de acuerdo al Plan Regulador Metropolitano de Santiago y las incorporadas en virtud de los resultados del Estudio de Riesgos Naturales (ver punto 4.1.7), realizado para el Plan Regulador. Las áreas de restricción se regirán en general por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago y corresponden a las siguientes:

- AR-1 Riesgo de Origen Natural por Inundación - AR-1A Recurrentemente Inundables - AR-1B Áreas Amagadas por Inundación - AR-1C Lugares Críticos de Concentración de Aguas Las edificaciones que se emplacen en AR-1A, AR-1B y AR-1C deberán cumplir además con las siguientes condiciones que establece la ordenanza del Plan Regulador Comunal de Maipú. - Toda edificación que se emplace dentro de estas áreas, se exigirá que el nivel de construcción del primer piso terminado se ubique a lo menos a 30 cm sobre la cota de solera de la acera adyacente. Asimismo, todos los proyectos de loteo, urbanización y construcción deberán incluir aquellas obras destinadas a controlar y mitigar posibles inundaciones, entre las que se cuentan colectores, áreas verdes y otras que contribuyan a la absorción y evacuación de las aguas lluvias. Estas obras deben ser informadas favorablemente por un profesional competente.

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Sin perjuicio de lo anterior, no se permitirá la construcción de edificaciones de carácter permanente en las áreas indicadas como AR-1A ni el otorgamiento de permisos de loteo, subdivisión y/o edificación en las áreas indicadas como AR-1A y AR-1B hasta que se encuentren ejecutadas las obras de mejoramiento del Zanjón de la Aguada, según lo establece la Res. 46 del 2000, en artículos transitorios del PRMS. - AR-1D Cauces Artificiales Se rigen según el Art. 8.2.1.1. c. del Plan Regulador Metropolitano de Santiago. En el área urbana de Maipú son los siguientes: Canal Ortuzano, Canal Santa Marta, y una red de canales correspondiente a un canal de derrame de regadío que entra en Camino Lonquén con Av. Americo Vespucio y que cruza hasta Serafín Zamora con Santa Adela. Sin perjuicio de lo que indiquen sobre el particular los organismos competentes, las fajas de protección de los canales serán de un mínimo de 1 m a cada costado del cauce o de un medio del ancho del cauce, primando la norma mas restrictiva. En caso de no estar entubados, la faja de protección sólo podrá ser destinada al uso de área verde según lo establece el Plan Regulador Metropolitano de Santiago. En caso de entubarse los canales, el uso de suelo de las fajas de protección será área verde, deporte y esparcimiento al aire libre, vialidad e infraestructura de aguas lluvia y espacio público. - AR-2 Riesgo de Origen Natural Geofísico Sísmico Corresponden a las indicadas en el plano PRCM-1 y son en general, a áreas que se encuentran actualmente urbanizadas. Los proyectos de subdivisión, loteo y edificación emplazados en zonas de riesgo sísmico deberán presentar un estudio de mecánica de suelos, el que será realizado por un profesional competente y considerar las obras necesarias para asegurar la estabilidad de las edificaciones en caso de sismo. Dicho estudio será exigido por la Dirección de Obras Municipales que condicionará los permisos de construcción. - AR-3 Riesgo de Derrumbes y Asentamiento del Suelo Son las áreas definidas por el Art. 8.2.1.2. del Plan Regulador Metropolitano de Santiago y las normas que se les aplican son las indicadas en la correspondiente ordenanza. • Construcción de colectores de aguas lluvias Como medidas complementarias al problema de las inundaciones que afecta algunos sectores del área urbana de la comuna de Maipú, se encuentran en ejecución las siguientes obras por parte de la Dirección de obras hidráulicas del MOP (colectores primarios) y el SERVIU (colectores secundarios): - “Construcción mejoramiento Zanjón de la Aguada- Sector poniente (Tramo Errázuriz- la Farfana). Este

proyecto tiene como objetivo mejorar la evacuación de aguas lluvias del sector. Comprende la ampliación o regularización de secciones y/o pendientes longitudinales y el revestimiento de fondo y taludes del cauce.

- “Colector Aguas Lluvias Tres- Poniente” , este se desarrollará por el bandejón central de Avenida Tres

Poniente, desde Nueva San Martín hasta finalizar en el Zanjón de la Aguada. Frente a cada una de las calles, el colector principal recibirá el agua que drena un área de 896 há. El área de beneficio incluye, entre otras, a las poblaciones Héroes de Iquique, Los Jardines de Rinconada y Pehuén, las cuales han sufrido severas inundaciones en los últimos años. Estas poblaciones se ubican principalmente al costado oriente de la Autopista El Sol.

- “Colector Alaska- Tres Poniente”. El colector corresponde a la construcción de ductos subterráneos

cuyo objetivo es colectar, drenar y conducir las aguas provenientes de las precipitaciones principalmente invernales del área denominada El Pajonal (entre las calles Alaska, Los Trabajadores y en las calles laterales Las Rosas, 2da Transversal y Lumen) en un área de 3.3 km2. La construcción de este colector esta cargo del SERVIU.

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Igualmente, se encuentra en la carpeta de proyectos prioritarios del Municipio (ver punto VIII), la construcción de tres colectores de aguas lluvias en diversos sectores de la comuna. Las obras corresponden a: - Colector el Abrazo (4880 ml) - Colector el Porvenir (2450 ml) - Colector Primo de Rivera (500ml) La construcción de los colectores se realizara con financiamiento compartido del Ministerio de Obras publicas, Gobierno regional (FNDR) y la Municipalidad de Maipú. • Riesgos Antrópicos - Con el objetivo de asegurar una adecuada interacción y compatibilidad entre las áreas habitacionales

consolidadas- Villas Pizarreño , el Abrazo de Maipú, entre otras- y las zonas industriales que establece el Plan Regulador Metropolitano de Santiago, el Plan Regulador Comunal de Maipú a propuesto las zonas ZI-2 “industrial de transición oriente” y ZI-3 “industrial de transición poniente”. En general, las condiciones de edificación y subdivisión establecidas para las industrias molestas (ver ordenanza, ZI Zonas Industriales) presentan mayores exigencias en términos de superficie predial mínima, coeficiente de ocupación del suelo y constructibilidad, entre otras que buscan por una parte disminuir el número y tamaño de las futuras industrias molestas en el sector y por otro lado incentivar la localización de las actividades industriales en la zona industrial Exclusiva ZI, donde existe un uso del suelo predominantemente productivo.

- En particular en el caso de la zona industrial ZI-3, que se encuentra junto a la Villa el Abrazo de

Maipú, busca constituirse en una zona de amortiguamiento o buffer de la zona ZI-4 “Terminales y almacenamientos de combustibles” y la zona industrial exclusiva (ZI- 1). De este modo las condiciones de edificación establecidas para las actividades industriales molestas presentan mayores exigencias (coeficiente máximo de constructibilidad, área libre, alturas, arborización entre otras) respecto a la industria inofensiva y el equipamiento, buscando así atraer la localización de estos usos y consolidar una zona industrial de menor inofensividad con características de ciudad empresarial. Asimismo, se solicita a toda industria un distanciamiento a las viviendas de 10 metros.

- Respecto a la contaminación acústica que pueden originar las actividades industriales el artículo nº

30 de la Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Maipú establece lo siguiente: “en todo el territorio urbano de la comuna se deberá dar cumplimiento al Decreto Supremo 146/97 para niveles de emisión sonora de fuentes fijas. En particular, se exigirá respecto de las industrias que se emplacen colindantes a zonas habitacionales o a vías que enfrentan dichas zonas, que el nivel de emisión sonora en el límite predial correspondiente no exceda los 55 dB(A).

Igualmente, considerando los resultados obtenidos del estudio de contaminación acústica realizado (Ver punto 4.2.4) que muestran los altos niveles de contaminación acústica en torno a las principales vías de transporte del área urbana, el artículo nº 30 de la ordenanza del Plan establece que los proyectos destinados a vivienda deberán cumplir con la norma NCH 352/1 of. 2000, si se emplazan frente a las vías indicadas en el siguiente cuadro:

NOMBRE VÍA TRAMO Camino Melipilla Entre Av. Américo Vespucio y Límite Comunal Poniente Camino Lonquén Entre Av. Américo Vespucio y Límite Comunal Sur Av. Américo Vespucio Entre Límite Comunal Norte y Camino Lonquén Autopista del Sol Entre Límite Comunal Nororiente y Límite Comunal

Surponiente Av. Pajaritos Entre Callejón de Los Perros y Camino Melipilla Av. Simón Bolívar Entre Santa corina y Santa Rosa Av. Isabel Riquelme Entre Límite Urbano Oriente y Límite Urbano Poniente Costanera Norte FFCC San Antonio Entre Límite Comunal Oriente y Límite Comunal

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NOMBRE VÍA TRAMO Surponiente

Camino a Rinconada Entre Autopista del Sol y Carmen Av. 5 de Abril Entre Carmen y Costanera Norte FFCC San Antonio Av. Esquina Blanca Entre Av. 5 de Abril y Camino Melipilla Av. Tres Poniente Entre Camino Melipilla y Camino Lonquén Av. Lo Errázuriz Entre Santa Corina y Zanjón de la Aguada Alberto Llona Entre Av. 5 de Abril y Costanera Norte FFCC San Antonio

Av. Portales Entre Valle de los Reyes y Av. Pajaritos Alfredo Silva Carvallo Entre Autopista del Sol y Av. Padre Hurtado Av. Segunda Transversal Entre Av. Isabel Riquelme y Av. 5 de Abril Av. Las Torres Entre Límite Comunal Norte y Costanera Norte FFCC San

Antonio Nueva San Martín Entre Valle de los Reyes y Av. Pajaritos Av. El Olimpo Entre Costanera Sur Zanjón de la Aguada y Nueva San

Martín Lumen Entre Costanera Sur Zanjón de la Aguada y Av. Esquina

Blanca

- En el caso de restaurantes, discotecas y afines se deberá asegurar que las instalaciones cumplan con

las disposiciones relacionadas con contaminación acústica, emanación de gases, malos olores, operación vial y demás inconvenientes causados por la actividad, no debiendo producir molestias a los vecinos. (Artículo nº 37, Ordenanza del PRC)

- En todas las zonas industriales, las edificaciones destinadas a actividades productivas de carácter

industrial o impacto similar al industrial deberán considerar circulaciones para el tránsito de vehículos, en especial los vehículos de emergencia, de 3,5 m mínimo en todo el perímetro del predio, no pudiendo destinarse dicha circulación al estacionamiento, carga o descarga si no se consideran los espacios adicionales necesarios para ello.. (Artículo nº 45, Ordenanza del PRC).

- Además, de acuerdo al artículo nº48 “Toda nueva industria que se emplace en el territorio del Plan

deberá presentar un informe técnico sobre planes de emergencia y contingencia aprobado por bomberos. Se deberá acompañar a la solicitud de permiso de edificación, alteración o ampliación de edificaciones industriales, un plano de distribución de las edificaciones donde se manipule y/o almacene sustancias peligrosas, el cual será derivado por la Dirección de Obras a la Unidad de Medioambiente del municipio”. Se deberá acompañar a la solicitud de permiso de edificación, alteración o ampliación de edificaciones industriales, un plano de distribución de las edificaciones donde se manipule y/o almacene sustancias peligrosas, el cual será derivado por la Dirección de Obras a la Unidad de Medioambiente del municipio.

- En resguardo del buen funcionamiento de las obras de infraestructura y la protección de la seguridad

de la población, el Plan Regulador Comunal de Maipú ha definido una serie de zonas de restricción donde no es posible construir o cuyas obras se rigen por la normativa del PRMS y otras emanadas de organismos sectoriales. Estas son las siguientes:

AR- 4A Fajas de resguardo de vía ferroviaria AR-4B Áreas de peligro aviario AR- 4C De resguardo de infraestructura vial metropolitana AR- 5A Oleoductos, Gasoductos y poliductos AR- 5B Subestaciones y líneas de transmisión de energía eléctrica

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6.2 EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES (ART. 11, LETRA B) SI NO X 6.2.1 La composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y

emisiones a la atmósfera El Plan Regulador Comunal de Maipú, por ser un instrumento de planificación urbana no generará efluentes líquidos y emisiones a la atmósfera. No obstante con el objetivo de contribuir al mejoramiento de la calidad del aire tanto de la Comuna de Maipú y la ciudad de Santiago a propuesto incorporar ciclovías en las siguientes vías: Av. Pajaritos, Costanera norte FFCC San Antonio, Parque Central (Ciudad Satélite), Av. Portales, Av. San Martín; Av. 5 de Abril – Camino a Rinconada, Camino La Farfana, Camino Las Flores, Av. Tres Poniente, Lautaro – Israel, Judea y Av. Segunda Transversal. Las ciclovías a su vez permitirán conectar las principales áreas verdes y el sector rural de la Comuna de Maipú, potenciando así un nuevo espacio de recreación para los habitantes de Maipú. 6.2.2 La capacidad de dilución, dispersión, autodepuración, asimilación y regeneración de los

recursos naturales renovables presentes en el área El Plan Regulador Comunal de Maipú, por ser un instrumento de planificación que regula solamente el área urbana no contempla la utilización de recursos naturales renovables, por lo tanto no se generarán impactos de ningún tipo a este componente ambiental. 6.2.3 La composición, peligrosidad y cantidad de residuos sólidos Las actividades que promueve el Plan Regulador Comunal de Maipú, preferentemente: vivienda, equipamiento y servicios generaran residuos principalmente de naturaleza inofensivos (orgánicos, metales, papeles y cartones, etc.). En el caso de las nuevas industrias que se emplacen en las zonas industriales, cada proyecto de acuerdo a la Ley de Bases del Medio Ambiente 19.300, deberá ingresar al sistema de evaluación de impacto ambiental. Por lo tanto, la Dirección de Obras de la I. Municipalidad de Maipú exigirá como condición de la aprobación de los permisos de edificación la favorable calificación ambiental por parte de la COREMA Región Metropolitana. 6.2.4 La cantidad y superficie de vegetación nativa intervenida o explotada El Plan Regulador Comunal de Maipú, no intervendrá ni explotará vegetación nativa de ningún tipo. Los sectores donde aún se conserva vegetación nativa en la comuna de Maipú, se encuentran en el área excluida al Desarrollo Urbano, de acuerdo al Plan Regulador Metropolitano de Santiago de 1994. 6.2.5 La forma de intervención y/ o explotación de vegetación nativa El Plan Regulador Comunal de Maipú no intervendrá ni explotará vegetación nativa de ningún tipo, ya que las especies existentes se encuentran en el área excluida al Desarrollo Urbano, de acuerdo al Plan Regulador Metropolitano de Santiago de 1994.

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6.2.6 La extracción, explotación, alteración de especies de flora y fauna que se encuentren en categorías de conservación, en peligro de extinción, vulnerables, raras e insuficientemente conocidas Al interior del área urbana delimitada por el Plan Regulador Comunal de Maipú no existen especies de flora y fauna en las categorías de conservación, en peligro de extinción, vulnerables, raras e insuficientemente conocidas. Estas especies se encuentran en el área excluida al desarrollo urbano fijada por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago. 6.2.7 La superficie de suelo susceptible de perderse o degradarse por erosión, compactación o contaminación El Plan Regulador Comunal de Maipú no generará pérdida de suelos por erosión, compactación o contaminación. El área urbana establecida por este instrumento, corresponde fielmente al Área urbana metropolitana establecida por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (MINVU) de 1994, el cual fija el límite de extensión urbana. Los suelos de valor agrícola que aún se conservan en la Comuna de Maipú, su uso se encuentra regulado por el mismo instrumento metropolitano por medio de las Áreas de interés agrícola exclusivo. (ISAM) (Ver carta nº2) 6.2.8 La diversidad biológica presente en el área de estudio No se alterará o disminuirá la diversidad biológica producto del Plan Regulador Comunal de Maipú, dado que esta se encuentra fuera del límite urbano, específicamente en los cordones montañosos en el área rural (ver punto 5.1.1), los cuales corresponden al Área Excluida al Desarrollo Urbano, de acuerdo al PRMS.

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6.3 REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS (ART.11, LETRA C) SI NO X 6.3.1 Desplazamiento y reubicación de personas que habitan en el lugar de emplazamiento del proyecto El Plan Regulador Comunal de Maipú por medio de su zonificación y ordenanza no inducen ni genera el desplazamiento y/o reubicación de personas. 6.3.2 Alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

6.3.2.1 Cambios significativos en el componente demográfico y socioeconómico

Los instrumentos normativos que regulan actualmente la densidad habitacional de la Comuna de Maipú, son el PRC de Maipú de 1965 que corresponde al área central y el PRMS para el Área de extensión urbana. Con la aplicabilidad de la normativa que establecen ambos instrumentos se genera una alta densidad promedio ponderado de 267.3 hab/há, con una población resultante más de un millón y medio de habitantes. De acuerdo a los objetivos del Plan Regulador Comunal de Maipú, de lograr una mejor calidad de vida de la población, en relación a la concentración de población y la infraestructura vial y el equipamiento de soporte disponibles en el área urbana de la comuna, se propone disminuir la densidad habitacional normada, que permita alcanzar un desarrollo urbano sustentable.

Densidades Áreas urbanizables Comuna de Maipú, fijada por PRMS

Sector Densidades Bruta

Entre límite de Áreas industriales y límite comunal sur

10 hab/há (máx)

Norte y poniente de la actual área urbanizada

600 hab/há (máx) 150 hab/há (mín)

Fuente: artículo 4.3, apartados 3.1 y 3.4, resolución 26.99, Plan Regulador Metropolitano, Ordenanza, MINVU, abril 2002. Igualmente, el artículo 4.4 del PRMS establece a la Comuna de Maipú entre otras, como Área de densidad intermedia, donde el promedio ponderado de las densidades por zonas no podrá ser inferior a una densidad de 150 hab/há con una tolerancia de 25 hab/há. Por lo tanto, el Plan Regulador Comunal de Maipú, bajo estos supuestos, ajusta las densidades máximas y mínimas permitidas por zonas en el área central y disminuye las densidades normadas en las potenciales áreas urbanizables que fija el PRMS. De esta forma el Plan propone una densidad promedio ponderado del conjunto de las zonas habitacionales de 147,78 hab/há, que en términos absolutos implica una población total de alrededor de 800.000 habitantes en base a las densidades máximas propuestas por el Plan20. En términos de distribución de la población al interior del área urbana de Maipú (Ver carta nº 11), el Plan Regulador Comunal de Maipú, propone las mayores concentraciones de población en la zona ZH-8 Habitacional 8 y ZC-3 Mixta Comercio y servicio en torno a los principales ejes viales, las Avenidas: Américo Vespucio (próxima a concesionarse), Pajaritos y 5 de Abril. En estos sectores se permiten viviendas multifamiliares con alta densidad (bruta máxima de 900 hab/há y mínima de 150 hab/há), dada sus

20 .- Resumen ejecutivo de Estudio de densidad habitacional, actualización del Plan Regulador Comunal, Comuna de Maipu, Asesoría urbana, año 2003

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potencialidades para edificios de departamentos en concordancia con la tendencia actual de ocupación del suelo. La concentración de población junto a estos ejes viales permiten aprovechar las condiciones máximas de accesibilidad tanto al centro de Maipú, como al área central y sector oriente de Santiago, donde se encuentran los servicios y centros de empleo. Asimismo, se promueve densificar en los terrenos de la ex Fisa por medio de la zona ZC-4 mixta comercio y servicios. En ella se permite vivienda multifamiliar con una densidad mínima de 150 hab/há y máxima de 900 hab/há). En esta zona se promueve la concentración de población dada su localización próxima a la Avenida 5 de Abril, la futura estación de Melitren y las posibilidades de consolidación de equipamiento de gran escala que se permite en esta zona. En general, las densidades planteadas en el área central de Maipú correspondiente a las zonas ZH-4 habitacional 4 (Maipú centro oriente) y ZH-5 habitacional 5 (Maipú centro antiguo), buscan mantener las condiciones actuales de edificación y poblamiento, por lo cual se establecen densidades brutas máximas de 150 hab/há, si bien la ZH5 permite además densificar hasta 350 hab/há, en función de la disponibilidad terrenos de mayor tamaño, orientándose esta densificación a la construcción de edificios de vivienda. En las áreas urbanizables, las cuales corresponden a las áreas de mayor dinamismo del mercado de la vivienda de la comuna y donde aún existen terrenos disponibles, se hace necesario -como anteriormente se señaló- establecer densidades menores a las planteadas por el PRMS, que aseguren un adecuado desarrollo urbano de la comuna. Así en gran parte de esta área, se destina como ZH-6 Habitacional 6 (Maipú Norte – El Porvenir - Sector Villas Pehuén). En estas zonas, se permite una densidad bruta máxima de 180 hab/há. Igualmente, en la zona ZH-2 (Extensión El Abrazo- Sector Fundo El Bosque), hoy terrenos agrícolas que se encuentran en torno a sectores habitacionales consolidados sólo se permite una densidad bruta máxima de 140 hab/há. Asimismo, en el caso de la zona ZH-2, junto a la zona ZH-3, correspondiente a la villa el Abrazo de Maipú y la Ciudad Satélite, las densidades planteadas y la subdivisión predial (250 m2) permiten una adecuada transición con el entorno semirural que se busca mantener con la zona ZH-1 Zona Habitacional 1 (Santa Ana de Chena), cuya superficie predial mínima de 2.500 m2 y una densidad bruta máxima de 20 hab/há, permiten esperar un destino para parcelas de agrado. Estas densidades se definieron considerando el mercado actual de la vivienda en la comuna (últimos permisos otorgados por la Dirección de Obras Municipales), las densidades existentes en las zonas adyacentes y el hecho que gran parte de estos terrenos se consolidan en base a loteos con construcción simultánea, los cuales pueden aumentar hasta un 25% la densidad normada. En la Zona ZH-7 Zona Habitacional 7 (Maipú Poniente) que se encuentra al poniente de la Av. Tres Poniente y la Autopista del Sol (Ver plano PRCM-1) dado que hoy se encuentra consolidado con vivienda social y viviendas de estrato medio bajo, se continúa con la actual tendencia de una alta densidad de población por lo que se plantea una densidad máxima de 300 hab/ há para vivienda unifamiliar y 800 hab/há en vivienda multifamiliar. En el caso particular de las zonas ZH-9 Habitacional 9 y ZH-10 Habitacional 10 (Borde El Porvenir de Densidad Condicionada) la disponibilidad de terrenos sin uso y sus favorables condiciones de accesibilidad otorgadas por la Autopista del Sol y la avenida Tres Poniente convierten al sector en un área atractiva para loteos habitacionales. Sin embargo, bajo el mismo criterio de sustentabilidad urbana hacen necesario limitar la ocupación del suelo y poblamiento, por lo que se establece sólo una densidad bruta máxima de 180 hab/ há. En particular, en la Zona ZH-10 se condiciona la autorización de proyectos de vivienda multifamiliar de alta densidad (densidad bruta mínima de 150 hab/ha y 800 hab/ha ) a la materialización del paso de Av. Tres Poniente sobre la Av. Parque Isabel Riquelme (planteado por el proyecto vial del Plan Regulador) y el término de la construcción de las obras de colectores de aguas lluvias en el Canal Zanjón de la Aguada. Esta última condición, definida por el PRMS, se mantiene para todo el sector El Porvenir. La ZH-3 zona habitacional 3 ( EL Abrazo - Ciudad Satélite) propone conservar la tipología de vivienda y poblamiento existente, por lo cual se plantea una densidad mínima de 80 hab/há y una máxima de 150, dado que gran parte de esta zona se encuentra ya construida.

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6.3.2.2 Realización de ceremonias religiosas u otras manifestaciones propias de la cultura o del folklore del pueblo, comunidad o grupo humano.

El Plan Regulador Comunal de Maipú, por ser un instrumento de planificación urbana, no generará alteración de ceremonias religiosas u otras manifestaciones propias de la cultura o del folklore del pueblo, comunidad o grupo humano que se emplace en el área de jurisdicción del Plan.

6.3.2.3 La presencia de formas asociativas en el sistema productivo; o el acceso de la población, comunidades o grupos humanos a recursos naturales.

El Plan Regulador Comunal de Maipú, por ser un instrumento de planificación urbana, no afectará el acceso de la población , comunidades o grupos humanos a recursos naturales.

6.3.2.4 El acceso de la población, comunidades o grupos humanos a los servicios y equipamientos básicos.

El Plan Regulador Comunal de Maipú asegura, tanto a la población existente como futura, el acceso a los servicios y equipamientos básicos por medio de las zonas: ZC (zonas centrales: de uso preferentemente de equipamiento) y ZE (Zonas especiales). En general, los criterios básicos que definieron la localización de estas zonas fueron: la agrupación de equipamientos existentes, las zonas de equipamientos definidas por el PRMS, las nuevas áreas habitacionales y los terrenos disponibles en las áreas de déficit que señaló el estudio de suficiencia de equipamiento comunal que forma parte de la formulación del Plan Regulador Comunal de Maipú. (Ver Anexo) Las Zonas centrales preferentemente de equipamiento ZC-1: Centro cívico, ZC- 2: Centro comercial y ZC-3 Mixta comercio y servicios, en general corresponden a los predios que se encuentran en el área central de Maipú, donde actualmente se concentran los servicios públicos y los principales equipamientos comerciales y de servicics y que deben mantener su función. Asimismo, se permite el desarrollo de nuevos establecimientos de diferentes funciones tales como: comercio, cultura, deporte, educación, esparcimiento, salud, seguridad, servicios públicos, servicios profesionales y artesanales, incluyendo áreas verdes en diferentes escalas de demanda (básica, menor, mediano y mayor). Cabe destacar que la localización de estas zonas junto a los principales ejes de transporte: la Avenida Pajaritos y Cinco de Abril facilitan al conjunto de los habitantes de Maipú acceder a los servicios ofrecidos. En particular, la zona ZC-2: centro comercial, corresponde al Subcentro de Equipamiento intercomunal 5 de Abril / Pajaritos definido por el PRMS, lo cual permitirá constituir un nodo de equipamientos para los habitantes de Maipú y las comunas vecinas, disminuyendo así los viajes por este destino al centro de Santiago. Asimismo, destaca la nueva zona de equipamiento: ZC-4 mixta equipamiento y vivienda en el terreno de la ex – Fisa en la intersección de las Avenidas Esquina Blanca con 5 de Abril. Esta zona una vez consolidada, se convertirá en un nuevo polo de equipamiento tanto para el sector como para el área urbana de Maipú. Considerando el déficit de áreas verdes que existe en la Comuna de Maipú, el Plan establece las Zonas de Uso Especial: ZE-2 (equipamiento recreacional y deportivo), ZE-3 (parques intercomunales), ZE-4 (Avenidas parques), ZE-8 (áreas verdes comunales y vecinales) y ZE-10 (Plaza Mayor), las cuales buscan mejorar la disponibilidad de espacios recreación para la comunidad. Tanto las zonas ZE- 2, ZE-3 y ZE-4 forman parte del sistema de áreas verdes propuesto por el Plan Regulador Metropolitano. Este consolida el destino de equipamiento deportivo y recreacional correspondientes a los estadios y complejos deportivos que existen en la actualidad, por medio de la zona ZE- 2. Y se proponen nuevos parques de influencia intercomunal (ZE-3) y avenidas Parque (ZE-4) (Ver tabla nº7). El Plan asimismo consolida las áreas verdes existentes por medio de la zona ZE-8: áreas verdes comunales y vecinales.

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Tabla nº7: Áreas verdes propuestas por el Plan Regulador Comunal de Maipú

Nombre zona Uso del suelo ZE- 2: Equipamiento recreacional y deportivo

Estadio Municipal, Estadio El Almendral, Estadio GOOD YEAR, Deportivo Indus Lever, Complejo Deportivo General Bueras, Parte del Parque Tres Poniente, Campo de Recreación COCESA

ZE- 3: Parques Intercomunales Parque Tres Poniente, Parque Primo de Rivera, Parque Av. El Rosal, Parque La Aguada Parque Isabel Riquelme (Zanjón de la Aguada),

ZE-4: Avenidas Parques Parque Las Torres, Puente Lo

Espejo, Av. Américo Vespucio. ZE- 8: Áreas verdes comunales y vecinales

Plazas existentes

ZE-10 Plaza Mayor Plaza existente La disponibilidad de los equipamientos básicos en los nuevos loteos y/o conjuntos habitacionales que se establezcan en el Área Urbanizable de Maipú, correspondientes a las zonas ZH-1, ZH-2, ZH-6, ZH-7 y ZH-9, se asegura mediante la aplicación del artículo 5.3.2 del PRMS. Así, en terrenos de superficie igual o superior a 7 há o donde se construyan 300 o más viviendas deberán acompañar un estudio de suficiencia de equipamiento, el que deberá ser aprobado por el Asesor Urbanista del Municipio, previa autorización de los respectivos permisos de construcción. En el estudio se establecerán las necesidades de equipamiento de salud, educación, seguridad, áreas verdes, deportes y servicios para lo cual se solicitarán estándares mínimos para cada equipamiento en términos población, superficie (m2/hab), edificación( m2/hab) y radio de influencia.

Por último, es importante señalar que en todas las Zonas ZH destinadas a viviendas, el uso del suelo establecido en las respectivas normas de edificación permite la construcción de equipamientos, los cuales permitirán igualmente satisfacer las demandas de servicios. Asimismo, las zonas ZE-5 y ZE-6: permiten disponer de suelo para la localización de equipamiento comunitario en las nuevas áreas habitacionales que plantea el mismo Plan.

6.3.2.5 La presencia de población, comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales. En la comuna de Maipú no se asienta población, comunidad o grupo humano protegido por leyes especiales.

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6.4 LOCALIZACIÓN PRÓXIMA A POBLACIÓN, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADAS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR (ART. 11, LETRA D) SI NO X En el territorio del Plan Regulador Comunal de Maipú, no se localiza población, recursos y áreas protegidas. El Plan Regulador, por ser un instrumento de planificación urbana, no afectará el valor ambiental del territorio; por el contrario, uno de sus objetivos principales es “proteger el medio ambiente y calidad de vida de la población”. Por esta razón, el proceso de elaboración del Plan ha presentado un especial cuidado con el patrimonio ambiental del territorio de la comuna de Maipú, tales como: suelos de calidad agrícola, aguas subterráneas, y paisaje. Es importante señalar, como se puede observar en la carta nº 10 “zonificación ambiental de la comuna de Maipú”, que estos elementos se encuentran en el área excluida al desarrollo urbano y su protección se encuentra bajo la jurisdicción del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (MINVU, 1994). 6.5 ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN DEL VALOR PAISAJISTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA (ART. 11, LETRA E) SI NO X El Plan Regulador Comunal de Maipú no alterará los lugares de valor paisajístico y turístico dado que estos se encuentran en el Área excluida al Desarrollo Urbano que define el Plan Regulador Metropolitano de Santiago, y se regirán por las disposiciones contenidas en su Ordenanza y por la Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. No obstante, con el objetivo de proteger y mejorar el paisaje urbano el Plan Regulador Comunal de Maipú ha establecido las siguientes medidas: - Se establece como norma general que todos los proyectos de urbanización deberán destinar un 50% de

la superficie del área libre resultante para jardín. - Con el fin de evitar obstrucciones visuales y aportar al ornato del área urbana se establece en el

artículo Nº16 de la Ordenanza del PRC, que los cierros exteriores de los deslindes prediales tendrán una altura máxima de 2 metros. Estos deberán ser transparentes o de setos vivos en un 50% de la superficie como mínimo. En el caso de las zonas industriales deberán contar con un porcentaje de transparencia de un 80%

- En los planos de planta de los proyectos de subdivisión, loteo o edificación deberá incluirse la ubicación, tamaño y especie de los árboles existentes al interior del predio y en la acera que enfrenta el predio. Los proyectos de edificación (ya se trate de obras nuevas o modificaciones) ubicarán el acceso de vehículos respetando la posición de los árboles existentes, los cuales deberán protegerse durante la construcción de la obra. Se podrá relocalizar árboles con la autorización de la Dirección de Obras Municipales, previa consulta a la Dirección de Aseo y Ornato. (artículo Nº17, Ordenanza del PRC de Maipú)

- En todo proyecto de equipamiento y edificaciones acogidas a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, se exigirá un árbol por cada cuatro estacionamientos, los cuales podrán ser ubicados según el criterio del proyectista correspondiente. Las plantaciones y obras de ornato serán recibidas de acuerdo con el artículo 134 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. (artículo Nº17, Ordenanza del PRC)

- Se propone generar un sistema de áreas verdes y recreación por medio de las zonas: ZE-3 Parques intercomunales, ZE-4 Avenidas Parques, ZE-8 Áreas Verdes comunales y vecinales y ZE-10 Plaza Mayor, interconectados por ciclovías e integrados a la trama urbana y sectores residenciales.

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- El Plan Regulador Comunal de Maipú estimula el desarrollo de una mejor calidad paisajística y ambiental del espacio industrial en las zonas para destino productivo (Zonas ZI-1, ZI-2 y ZI-3). Así en la ordenanza del Plan (artículo Nº47, ordenanza del PRC) se establece que el porcentaje de arborización exigido (10% industria inofensiva y 15% industria molesta) se concentrará hacia los límites prediales, en al menos un 50% de lo exigido. En los deslindes que enfrenten a zonas habitacionales o vías que enfrentan zonas habitacionales, la arborización deberá ocupar toda el área disponible en el antejardín o en el área de distanciamiento correspondiente. Asimismo, cada industria deberá hacerse cargo del tratamiento y mantención de las áreas verdes en las aceras que enfrentan al predio, sin perjuicio de lo indicado respecto para las áreas que cuenten con urbanización insuficiente. En las zonas industriales no se permitirá hacer acopio de material en los espacios de distanciamiento y antejardines.

6.5.1 La intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en un área declarada zona o centro de interés turístico nacional. De acuerdo al Decreto Ley Nº 1224 de 1975, al interior del área territorial del Plan Regulador Comunal de Maipú no se encuentra declarados zonas o centros de interés turístico nacional.

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6.6 ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLOGICO, HISTORICO Y EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL (ART. 11, LETRA F) SI NO X 6.6.1 La localización en o alrededor de algún monumento nacional (ley 17288) y/o la remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro o modificación de algún monumento nacional. Al interior del área urbana de la comuna de Maipú se encuentran tres monumentos históricos en categoría de “monumento nacional” (Ver carta nº9). Estos se encuentran regidos por la Ley 17288 de Monumentos Nacionales. Respecto a estos, el Plan Regulador de la Comuna de Maipú, establece lo siguiente:

• Templo Votivo Nacional y los muros de la antigua parroquia de Maipú Este monumento, se destaca por su importancia histórica como por ser un hito en la comuna. Por lo cual, su edificación se mantiene como la de mayor altura al interior del área urbana. Por esta razón, se condicionan las alturas de edificación en la Av. 5 de Abril, entre el Centro Cívico y el Templo, y se prohibe la instalación de edificaciones religiosas de cualquier culto en el mismo tramo de la Avenida 5 de Abril y en el perímetro inmediato del predio del Templo.

• Cerro Los Pajaritos o Primo de Rivera Se mantiene con uso recreacional y como un área verde de relevancia comunal, como lo establece también el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS).

• Quinta Las Rosas Este monumento se encuentra en el Parque Isabel Riquelme, en el borde del área de inundación del Zanjón de la Aguada, por lo cual está sujeto a las restricciones definidas por el PRMS

6.6.2 La modificación, deterioro o localización en construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural. Considerando el patrimonio histórico- cultural (Ver carta nº9) de la comuna de Maipú, ligado a los acontecimientos de la independencia nacional y su pasado agrícola, el Plan Regulador Comunal de Maipú propone su puesta en valor y conservación por medio de la Zona ICH, Inmuebles de Conservación Histórica y la Zona ZCH, Zonas de Conservación Histórica. • Zona ICH Inmuebles de Conservación Histórica Corresponden a casonas, y el predio donde se ubican, ya que se asocian con parques y otras construcciones al interior de dichos predios. Estos inmuebles se conservarán en función de su valor cultural, siendo de los escasos vestigios de haciendas y casas de veraneo de la antigua aristocracia santiaguina. Los inmuebles de conservación histórica corresponden a los siguientes: - Casa de Luis Infante Larraín, ubicada en Av. Los Pajaritos n°760. Perteneciente a una de las

familias mas antiguas de Maipú, de la cual pertenecía uno de los primeros alcaldes de la comuna. Esta edificación es representativa de las edificaciones patronales de fines del siglo XIX, la cual presenta un piso, con corredores, patio interior y un parque que incluye especies nativas y exóticas de gran tamaño y frondosidad.

- Capilla y Convento de Las Ursulinas, ubicada al interior del predio donde funciona el Colegio

Ursulinas, en Esquina Blanca N° 575. Las Monjas Ursulinas llegaron a Chile durante la Segunda Guerra Mundial, asentándose temporalmente en el centro de Santiago. Su ubicación definitiva, a mediados de la década de 1940, se definió buscando la cercanía del convento al Templo Votivo de

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Maipú, pronto a construirse. Corresponde a una construcción austera, con una capilla, una edificación de un piso con corredores y patio central y un volumen de 2 pisos donde se encuentra la clausura. Las construcciones son mezcla de un estilo tradicional, cercano a las casas patronales, y de construcciones de tipo Berlinés o de Colonia, en Alemania.

- Casa principal y parque del Colegio Internacional El Alba, ubicada en Av. Los Pajaritos Nº 4550.

Corresponde a la casa principal del antiguo fundo de la familia Salas Llona, la cual fue una de las primeras propietarias de la comuna de Maipú (fundo Santa Teresa del Rosal). La construcción, de principios del siglo XX, es un volumen de un piso construido sobre un gran zócalo, en el cual existía bodegas que actualmente han sido habilitadas como oficinas.. El parque adyacente se extiende más allá de los actuales límites del predio, incluyéndose en la figura de protección el sector incluido en el predio del colegio.

- Casa patronal y parque aledaño Fundo El Bosque, ubicada en Camino El bosque con . La casa

data de la década de 1940. El predio donde se localiza corresponde a los últimos retazos del gran Fundo El Bosque, perteneciente a la familia Gandarillas. El Parque interior, que incluye especies nativas y exóticas de gran frondosidad, fue diseñado por el paisajista del Parque Forestal de Santiago, don Jorge Dubois.

- Casa patronal y parque en sector El Abrazo, ubicada en Tres Poniente con Camino Melipilla.

Corresponde a una construcción de 2 pisos, de principios del siglo XX, casa principal del fundo Juan de Chena, perteneciente a la familia Valdés. Al igual que la mayoría de las casas de fundo de la época, tiene en su acceso un parque con especies nativas y exóticas. En esta construcción se filmó la película Julio Comienza en Julio, del director chileno Silvio Caiozzi, en 1976. Es la única edificación de tipo residencial de la antigua aristocracia santiaguina que se aún se conserva en el sector sur de la comuna, en una zona industrial.

- Anfiteatro municipal en el Centro Cívico de Maipú y plaza de acceso. Esta construcción es una

antigua medialuna, construida en la década de 1940, la cual fue también utilizada como Plaza de Toros. Se usó como medialuna hasta 1980. En ella se llevó a cabo el Champion de Chile en los años 1959 y 1961. En aquella época dicha competencia se desarrollaba en las más importantes medialunas del país, cambiándose la sede año a año. Los toros que hoy flanquean el acceso fueron comprados siendo alcalde don José Luis Infante Larraín.

• Zona ZCH Zona de Conservación Histórica Se incluyen en esta categoría, a plazas y monumentos ubicados en ellas, que conmemoran hechos históricos asociados a la Batalla de Maipú. Se considera necesario de salvaguardar mediante esta zonificación dado que por su falta de protección legal, una gran parte de estos elementos se han perdido con las sucesivas urbanizaciones. Las zonas de conservación histórica corresponden a las siguientes (Ver plano PRCM- 1 y carta nº9): - Plaza y monumento al Coronel don Santiago Bueras y Avaria. La plaza se ubica en una colina,

frente a Av. Américo Vespucio. El lugar de la muerte de Bueras fue señalizado con un monolito por la División de Caballería del Ejército, el 5 de abril de 1952.

- Plaza y monumento al Abrazo de Maipú (Monumento a España). Inaugurado el 5 de abril de 1968

(150 años después de la batalla). En los alrededores de la plaza se produjo el histórico abrazo entre el General San Martín y el General O´Higgins, al terminar la batalla del 5 de abril de 1818.

- Plaza San Martín, corresponde a uno de los puestos de mando de General San Martín. Fue

demarcado en el marco de la señalización de los principales puntos históricos del “Campo de Maipú”, lo cual fue realizado por el Ejercito en 1957.

- Monumento Casas de Lo Espejo. El 22 de agosto de 1959, el Instituto O’Higginiano inauguró un

monumento donde se ubicaban las Casas de Lo Espejo, (plaza de los cañones), donde se atrinchero finalmente el ejercito realista. Se ubica en el Camino a Rinconada.

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- Plaza y monumento a los Vencedores de los Vencedores de Bailén, inaugurado el 13 de

septiembre de 1910. Este es el único monumento que responde a una orden directa de Bernardo O´ Higgins, lo mismo que su ubicación , poco tiempo después de la batalla.

- Plazoletas en sector El Pajonal, donde se localizaban puestos de mando del General San Martín.

Corresponden a sectores que presentaban una buena panorámica del Campo de Batalla. Se localizan en el borde de una loma con vista al norte y al poniente y tienen uso de área verde. Actualmente, en las plazoletas existen monolitos alusivos instalados siendo alcalde don Herman Silva.

• Patrimonio Arqueológico Respecto a la protección del patrimonio arqueológico el Plan Regulador Comunal de Maipú establece lo siguiente: “si como resultado de excavaciones y/o movimientos de tierra por proyectos de edificación, viales u obras de cualquier naturaleza, se encontrasen vestigios arqueológicos en cualquier parte del territorio comunal, el propietario o constructor de las obras deberá dar aviso inmediato a la Dirección de Obras Municipales y esta última al Consejo de Monumentos Nacionales, ordenando la paralización transitoria de las obras, si corresponde, hasta que se resuelva sobre la materia, según lo estipulado en la legislación respectiva”. (artículo Nº50) 6.6.3 La localización en lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folklore de algún pueblo, comunidad o grupo humano El Plan Regulador Comunal de Maipú por ser un instrumento de planificación urbana no alterará o afectará lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folklore de algún pueblo, comunidad o grupo humano.

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VII. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES El Plan Regulador Comunal de Maipú, no contempla la solicitud de ninguno de los permisos descritos en el Título VII “De los permisos ambientales sectoriales”, artículos 66 al 97 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. VIII. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS De acuerdo con los objetivos de desarrollo comunal y urbano establecidos para la formulación del Plan Regulador Comunal, y en base a las propuestas contenidas en el Plan, se estableció una serie de proyectos estratégicos orientados a materializar dichas propuestas, así como a definir con mayor detalle algunas áreas territoriales incorporadas de forma general en el instrumento de planificación comunal. Dentro de este conjunto de programas, a continuación se señalan aquellos con financiamiento municipal que contribuirán a fortalecer la calidad del medio ambiente urbano una vez implementado el Plan Regulador, en aspectos tales como servicios sanitarios y evacuación de aguas lluvias, la construcción de ciclovías, el fortalecimiento del Sistema Comunal de Áreas Verdes, la puesta en valor del patrimonio cultural y la elaboración de estudios específicos en las zonas industriales próximas a sectores residenciales consolidados. a. PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA SANITARIA

TIPOLOGIA Proyecto Nombre Construcción estanques de acumulación y regulación de

agua potable. Monto M$ 2.350.000.- Fuente de Financiamiento Municipalidad de Maipú (SMAPA) Descripción El proyecto considera la construcción de tres nuevos estanques

de agua potable, de entre 2.500 y 3.000 m3 cada uno, en los sectores del servicio de agua potable de SMAPA denominados El Almendral, Ciudad Jardín II y Ciudad Satélite.

Justificación De acuerdo a los resultados del estudio de Factibilidad de Servicios del PRC, se hace necesario mejorar la infraestructura de regulación del servicio de agua potable, de manera de asegurar el abastecimiento a los nuevos sectores habitacionales.

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Tipología Proyecto Nombre Construcción colectores de aguas servidas diversos

sectores de la comuna. Monto M$130.950.- Fuente de Financiamiento Municipalidad de Maipú (SMAPA) Descripción El proyecto considera la modificación de cinco colectores de

aguas servidas existentes, para ampliar su capacidad aumentando los diámetros de acuerdo al siguiente detalle:

Sector Vespucio norte – 997 ml. – 500 mm. Sector centro poniente – 312 ml. – 500 mm. Sector Maipú poniente – 266 ml. – 600 mm. Sector Maipú poniente – 476 ml. – 700 mm. Sector Centro poniente – 614 ml. – 500 mm. Sector El Bosque – 1.068 ml. – 600 mm.

Justificación De acuerdo a los resultados del estudio de Factibilidad de Servicios del PRC, se hace necesario mejorar la infraestructura de evacuación de aguas servidas, modificando colectores existentes, aumentando su diámetro para atender los mayores requerimientos del crecimiento urbano proyectado.

Tipología Proyecto Nombre Construcción colectores de aguas lluvias diversos sectores de

la comuna. Monto M$4.377.569 Fuente de Financiamiento

Fondos sectoriales MOP - Municipalidad de Maipú- FNDR

Descripción El proyecto considera la construcción de tres colectores de aguas lluvias, que complementarán las obras ya definidas por el Plan Maestro de Aguas Lluvias (PMALL) para Maipú. Las obras corresponden a:

Colector El Abrazo – 4.880 ml. (d=1.000 a 2.200 mm.) Colector El Porvenir – 2.450 ml. (d=800 a 1.400 mm.) Colector Primo de Rivera – 500 ml. (d=500 mm.)

Justificación De acuerdo a los resultados del estudio de Factibilidad de Servicios del PRC, se hace necesario complementar la infraestructura de evacuación de aguas lluvias propuesta en el Plan Maestro de Aguas Lluvia del Gran Santiago, de manera de resolver problemas locales de anegamiento e inundación en algunos sectores.

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b. PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DEL SISTEMA COMUNAL DE ÁREAS VERDES Y RECREACIÓN Si bien existe en Maipú un considerable numero de áreas verdes, las cuales son en su totalidad mantenidas por el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Maipú, se propone consolidar de manera prioritaria algunas áreas verdes de escala comunal que no están implementadas.

Tipología Proyecto

Nombre Construcción de Parques Urbanos, Comuna de Maipú

Fuente de financiamiento

Fondos sectoriales MINVU- Ilustre Municipalidad de Maipú

Descripción

40 % zona de césped 60 % zona de estar y circulación, con solerillas y maicillo Equipamiento (asientos, basureros y juegos infantiles) Se favorecerá la arborización con especies siempre verde nativas o exóticas que contribuyan de mejor manera a la disminución de los contaminantes del aire, se considerara una cobertura del 30 %. Sistema de riego instalado A continuación se listan los parques según su prioridad de construcción: Parque Tres Poniente 185.294 m2 Parque Av. El Rosal 62.045 m2 Parque La Aguada 112.777 m2

Justificación

Mejorar la calidad ambiental y de vida de los habitantes de la comuna de Maipú. Además, estos parques se insertan en la propuesta del PRMS al interior de Maipú, como parte del Sistema Metropolitano de Áreas Verdes y Recreación, una de cuyas funciones es la de convertirse en un pulmon verde, que ayude en la descontaminación de la ciudad de Santiago. Asimismo, se busca lograr una identificación de la comuna en relación con las comunas limítrofes, procurando una imagen verde.

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En el marco de la consolidación del Sistema Comunal de Áreas Verde y recreación de Maipú, se considera fundamental incorporar la puesta en valor de los elementos histórico – culturales del espacio público comunal, en especial aquellos definidos como Zonas de Conservación Histórica.

Tipología Estudio Básico Nombre Recuperación y Mejoramiento Zonas de Conservación

Histórica en la Comuna de Maipú Monto M$25.000 Fuente de Financiamiento Fondos Sectoriales MINVU – Municipalidad de Maipú Descripción El estudio considera la realización de un catastro en las Zonas

de Conservación Histórica (ZCH) definidas en el PRC, a fin de conocer en detalle su estado actual, características, etc. Del mismo modo, se deberá elaborar una propuesta de mejoramiento y/o recuperación para cada uno de ellos, con proyectos específicos, planos, especificaciones y presupuesto.

Justificación El alto valor histórico que para el país representa la Comuna de Maipú, está principalmente representado por los puntos de interés definidos como Zonas de Conservación Histórica (ZCH), las que requieren ser mejoradas en cuanto a su calidad patrimonial, para que puedan ser apreciadas y valoradas por las generaciones venideras.

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PROGRAMA DE CONSTRUCCIÓN DE CICLOVÍAS

Tipología Proyecto Nombre Construcción de Ciclovías en la Comuna de Maipú Monto M$ 227.000 Fuente de financiamiento

Ilustre Municipalidad de Maipú – Otras fuentes por definir

Descripción El proyecto considera el diseño y construcción de un red de ciclovías de 22,7 km en la zona urbana de la comuna, la cual se compone de los siguientes tramos: Avenida Tramo (Km) Av. Pajaritos 3,6 Av. 5 de Abril y Camino a Rinconada 5,2 Av. Portales 5,0 Av. Tres Poniente 4,7 Camino Melipilla y Costanera Norte FFCC San Antonio 4,2 Incluye la ejecución de ciclopistas al interior de los bandejones centrales de las vías o en una de sus veredas, según lo indique el proyecto específico.

Justificación Se pretende fomentar el uso de la bicicleta como medio de transporte alternativo, sustentándose en un plan global para la comuna con una red de ciclovías (que incluye un total de 81 km de ciclopistas y ciclobandas cuando esté completo), que la segregue del tráfico motorizado y guarderías de intercambio modal en diferentes puntos de la comuna, que otorguen seguridad a los usuarios.

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c. PROGRAMA DE ELABORACIÓN DE SECCIONALES Este programa consiste en la elaboración de estudios que permiten proponer precisiones de normas de nivel intercomunal que afectan al territorio comunal y/o establecer condiciones para el desarrollo de otros proyectos estratégicos del municipio, en torno al Plan Regulador Comunal o a otras iniciativas de orden territorial.

Tipología Estudio Básico Nombre Estudio Modificación PRMS en Zona Excluida del Desarrollo Urbano

en la Comuna de Maipú. Monto M $40.000 Fuente de Financiamiento

Municipal

Descripción Este seccional se ha diseñado como una precisión de la zonificación del PRMS, sobre la cartografía e imágenes digitales que posee el municipio, que permita definir, entre otros aspectos, aquellas zonas amagadas por riesgo de inundación u otros, incorporar diversos asentamientos rurales pre-existentes e instalaciones de infraestructura sanitaria de reciente construcción. Para la materialización de este seccional, se contempla inicialmente la elaboración de un estudio de riesgos naturales y antrópicos y un catastro de uso de suelo predial.

Justificación De acuerdo con la normativa de planificación territorial vigente, la planificación de la zona excluida al desarrollo urbano comunal es una función privativa de la SEREMI MINVU a través del Plan Regulador Metropolitano de Santiago, por lo tanto el municipio sólo ha realizado, en el ámbito de la planificación territorial, intervenciones en la zona urbana de la comuna. Sin embargo, se ha demostrado que el PRMS carece de precisión en la definición de algunas zonas, ya que fue elaborado sobre una cartografía menos actualizada que la del municipio y a una escala gráfica adecuada para una planificación intercomunal, pero que carece de especificidad en la superficie comunal. Adicionalmente se deben considerar las modificaciones geográficas que ha experimentado el territorio rural comunal como resultado de la constante extracción de áridos, la construcción de mega proyectos de infraestructura sanitaria, y producto de la erosión natural de los bordes del río Mapocho y de las grandes quebradas del sector poniente de la comuna. Es necesario considerar la zona excluida del desarrollo urbana como parte fundamental del territorio comunal y su relación con el área urbana, así como la modificación al Art. 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y la posible aprobación de la Modificación N°48 al PRMS, con lo cual se posibilita la urbanización bajo ciertas condiciones en esta zona.

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Tipología Estudio Básico Nombre Estudio Plano Seccional Parque Isabel Riquelme, Maipú Monto M $7.000 Fuente de Financiamiento

Municipal

Descripción Seccional que aborde ambos costados del cauce del Zanjón de la Aguada, definiendo tratamiento de suelos y paisajismo de las franjas del Parque Isabel Riquelme en el tramo perteneciente a la comuna de Maipú.

Justificación El PRMS definió en ambos costados del Zanjón de la Aguada (norte y sur), el Parque Isabel Riquelme como una zona amagada por inundaciones por posibles desbordes de este curso de agua, estableciendo el uso de área verde como una manera de proteger las viviendas y equipamientos adyacentes. Este Parque Intercomunal se encuentra inserto dentro del Sistema Metropolitano de Áreas Verdes y Recreación, sin embargo, en la práctica esta área no se ha materializado como parque ni área verde y regularmente sólo es utilizado como botadero de escombros y otros desechos. Por otra parte, el MOP, dentro de las obras definidas en el Plan Maestro de Evacuación de Aguas Lluvias, se encuentra ejecutando el mejoramiento del cauce del Zanjón de la Aguada en el territorio comunal, ya que se proyecta para el 2005 la evacuación exclusiva de las aguas lluvias de comunas del sector oriente por el Zanjón. Este mejoramiento consiste en revestir con hormigón el cauce con una sección trapezoidal y una reja y malla de acero en sus bordes. Sin embargo, estas obras no están proyectadas para asegurar por completo que el cauce no se desborde. Por todo lo anterior, es necesario resguardar la seguridad de la población de Maipú ante todo evento, realizando un proyecto de Parque Intercomunal concebido como una obra complementaria a la anterior (mejoramiento del cauce), que contemple un tratamiento del suelo en desniveles que permita volver al cauce nuevamente las aguas, en la eventualidad de un desborde. Adicionalmente, este proyecto debe contemplar obras de paisajismo y arborización constante en toda su extensión que permitan desarrollar actividades recreativas a la población y que en definitiva constituya un eje que contribuya a la descontaminación ambiental de Santiago.

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Tipología Estudio Básico Nombre Estudio Seccional Urbano Sector Estadio El Almendral, Maipú Monto M $10.000 Fuente de Financiamiento

Municipal

Descripción El seccional se ha planteado como una propuesta de modificación del PRMS, para lo cual se deben elaborar los estudios técnicos de Impacto y Capacidad Vial, Suficiencia de Equipamiento e Impacto Ambiental.

Justificación Como uno de los objetivos más importantes del PRC, se constituye la intención de lograr un equilibrio entre la cantidad de habitantes de la Comuna de Maipú, y la Infraestructura de soporte adecuada (infraestructura vial, equipamiento de salud, educación, áreas verdes, etc.). En ese contexto, la materialización de un hospital en la comuna constituye uno de los mayores desafíos en el ámbito de los equipamientos de salud. Se debe destacar que el primer estudio sobre el tema se realizó el año 1992, el cual concluyó como una iniciativa positiva la implementación de este equipamiento en la comuna. Por lo anterior, y como fruto de diversas gestiones con el gobierno central, el Ministerio de Salud desarrolló un anteproyecto de hospital, el cual estaría emplazado en el terreno del actual Estadio el Almendral de propiedad municipal. Sin embargo, como el Estadio el Almendral forma parte del Sistema Metropolitano de Áreas Verdes y Recreación definido por el PRMS, el municipio realizó consulta oficial al SEREMI MINVU, el cual concluyó que por tratarse de una modificación del PRMS, el municipio debería presentar los estudios técnicos asociados, como requisito para su pronunciamiento oficial.

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Tipología Estudio Básico Nombre Estudio Seccional Urbano Zona Industrial Exclusiva de Maipú Monto M $28.000 Fuente de Financiamiento

Municipal

Descripción Este seccional se ha planteado como la proposición de una modificación del PRMS, en el sentido de definir usos de suelo compatibles con la vivienda en las áreas industriales colindantes con la zona habitacional, así como usos compatibles con la industria molesta existente en los terrenos no consolidados y disponibles a la fecha, al interior de la Zona Industrial Exclusiva. El objetivo del estudio es obtener antecedentes de catastro de uso del suelo, tendencias de crecimiento industrial en la zona, demanda de suelos para servicios y equipamiento en dicha zona, entre otros aspectos.

Justificación La Zona Industrial Exclusiva, ubicada en el sector sur oriente de la comuna, fue definida por el PRIS de 1960 y el PRMS del año 1994, este último además congeló las zonas industriales ubicadas al interior del anillo de la Av. Américo Vespucio, lo cual sumado a la buena accesibilidad al sector (Camino Melipilla, Av. Américo Vespucio), contribuyó a que los empresarios industriales se interesaran en la adquisición de terrenos en Maipú, lo cual se vio reflejado en un fuerte incremento de permisos de edificación en los años inmediatamente posteriores a la entrada en vigencia del PRMS. Sin embargo, en el año 1997 entró en vigencia una modificación del instrumento intercomunal, la cual incorporó al territorio del plan las comunas de la provincia de Chacabuco, abriendo al uso industrial extensas superficies de terreno con buena accesibilidad y con valores de suelo menores a los ofrecidos en la comuna. Además, desde el año 1999 hasta el año 2002 se han realizado al menos 5 modificaciones al PRMS que levantan la restricción de zonas industriales al interior del anillo Av. Américo Vespucio en diversas comunas (La Granja, Cerrillos, Macul, Conchalí, entre otras), lo cual ha generado un escenario distinto respecto del interés inicial de materializar industrias en Maipú, que se ve reflejado en la disponibilidad actual de terrenos de uso industrial. La situación anterior induce a dudar de la materialización de la totalidad de la superficie disponible en el tiempo con un uso industrial, por lo que el seccional propuesto busca estudiar alternativas reales de desarrollo para el sector con actividades complementarias a la vivienda, como equipamientos y servicios, e incluso la eventual incorporación de vivienda en algunos sectores externos de dicha zona.

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IX. NORMATIVA AMBIENTAL APLICABLE 9.1 NORMAS DE CARÁCTER GENERAL • Constitución Política de la República de Chile

Art 19º. La Constitución asegura a todas las personas: Inciso 8º. El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza. La ley podrá establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente. (Capítulo III, Bases de la institucionalidad, de los derechos y deberes constitucionales) Art 20º. Inciso 2º. Procederá, también, el recurso de protección en el caso del Nº 8° del Art. 19°: “Cuando el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación sea afectado por un acto arbitrario e ilegal imputable a una autoridad o persona determinada”

• Ley 19300: Bases Generales del Medio Ambiente

De acuerdo al artículo 10, de la ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, y el artículo nº 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, entre los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, que deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental se encuentran los Planes Reguladores Comunales (letra h).

• Ordenanza municipal de protección del medio ambiente para la comuna de Maipú (Aprobada en

junio del 2003) Establece el marco normativo que regirá en la comuna de Maipú que busca asegurar a todos sus habitantes “el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación”, según lo estipula la constitución política de Chile. Para lo cual, en la ordenanza se reconoce el deber del municipio de velar por este objetivo y lograr una cultural ambiental a través de la participación y educación de los ciudadanos. Junto a lo anterior, se regulan las actividades con incidencia en la contaminación del aire, acústica, del agua, del suelo, ordenamiento vial y de la circulación. También, se dictan las normas de aseo y ornato y de la disposición y manejo de los residuos sólidos y líquidos. Por último, se establecen los entes administrativos encargados de fiscalizar la ordenanza y las sanciones tributarias a su falta.

9.2 NORMAS SOBRE INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL • Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades Nº 18.695 de 31 de Marzo de 1988. Decreto

Supremo 662 del 27.8.92 fija su texto refundido De acuerdo con el artículo 3°, corresponde a las Municipalidades, entre otras, aplicar las disposiciones sobre construcción y urbanización, en la forma que determinen las Leyes, sujetándose a las normas técnicas de carácter general que dicte el ministerio respectivo (Art. 3 b); la función privativa de la planificación y regulación urbana de la comuna y la confección del plan regulador comunal, de acuerdo a las normas legales vigentes (letra c); el aseo y ornato de la comuna (letra d).

Además, el Artículo 4° establece que: “los municipios pueden desarrollar, directamente o con otros órganos de la Administración del Estado, funciones relacionadas con la salud pública (letra b) y, la protección del medio ambiente (letra c). Según el Artículo 5, Inciso 2º, las municipalidades tendrán, además, las atribuciones que les confieran las leyes o que versen sobre materias que la Constitución Política de la República en relación a la colaboración en la fiscalización y el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes a la protección del medio ambiente, en los límites comunales, sin perjuicio de las potestades, funciones y atribuciones de otros organismos públicos.

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Según el artículo n° 20 a la unidad encargada de obras municipales le corresponde, entre otras funciones, las siguientes: elaborar el proyecto de plan regulador comunal y proponer sus modificaciones (letra a); velar por el cumplimiento de las disposiciones del plan regulador comunal y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones específicas (letra b):

− Dar la aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y urbanos- rurales

− Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcción en general, que se efectúen en las áreas urbanas y urbano- rurales.

− Otorgar los permisos de edificación. Igualmente, compete a la misma Dirección municipal: aplicar normas legales y técnicas para prevenir el deterioro ambiental (letra d). Y proponer y ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural, la construcción de viviendas sociales e infraestructuras sanitarias. (letra f)

• Ley General de Urbanismo y Construcciones

De acuerdo con el Título II (capítulos I y II), la planificación urbana se hace en cuatro niveles (arts. 27 y 28): nacional; regional; intercomunal; y comuna. La planificación urbana comunal se ejecuta a través de los planes reguladores comunales (art.41). Estos planes están constituidos por un conjuntos de normas que tratan de las condiciones de higiene y seguridad de los edificios y espacios urbanos y de la relación funcional entre zonas habitacionales, de trabajo, equipamiento y esparcimiento. En consecuencia, es un instrumento directamente relacionado con el medio ambiente urbano, regulando las condiciones que se reflejan en la calidad de vida de los habitantes. El Plan Regulador Comunal debe referirse a los siguientes aspectos: (artículo 41) Uso del suelo o zonificación; Localización del equipamiento comunitario; Estacionamientos; Jerarquización de la estructura vial; Fijación de los límites urbanos; Densidades de urbanización de terrenos; y Determinación de prioridades en la urbanización de terrenos para la expansión de la ciudad, en función de la factibilidad de ampliar o dotar de redes sanitarias y energéticas y demás aspectos urbanísticos En el capítulo IV, se establecen las normas relativas al uso del suelo, que en las áreas urbanas será definido por el respectivo plan regulador (Art., 57). El artículo 59 declara de utilidad pública de todos los terrenos consultados en el plan regulador comunal destinados a plazas, parques, calles y los destinados a equipamiento comunitario, quedando de esta manera autorizada su expropiación. El cambio de uso del suelo y la desafectación de bienes nacionales de uso público se tramitará como modificación del plan regulador (art.61) El Artículo 62 inciso 1 señala que “los terrenos cuyo uso no se conformare con el Plan Regulador se entenderán congelados en el sentido que no podrá aumentarse el volumen de construcción en ellos existentes, rehacer las instalaciones existentes ni otorgarle patente a un nuevo propietario o arrendatario. El inciso 2 del mismo artículo dispone “que las industrias mal ubicadas, que causen molestias o daños al vecindario deberán trasladarse dentro del plazo que señale la Municipalidad, no inferior a un año”. En el capítulo V, se establecen las disposiciones relativas a la subdivisión y la urbanización del suelo. El capítulo VI contiene las disposiciones relativas a la renovación urbana.

El Título III de la ley contempla las disposiciones relativas a la construcción, con normas específicas relativas a: a) diseño de obras de edificación y urbanización, remitiéndose a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (Art. 105); b) conjuntos armónicos, permitiendo variar las normas de los planes reguladores y su ordenanza local con relación a agrupación de construcciones, coeficientes de constructibilidad, alturas mínimas y máximas y tamaño de los predios (Art. 107); c) de los edificios y viviendas acogidos a la Ley de Propiedad Horizontal (Arts. 110 y siguientes); y la ejecución de obras de urbanización y de edificación (Arts. 116 y siguientes).

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• Decreto Supremo Nº 47 de 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (D.O. 5.6.92):

Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. El Título II de la Ordenanza, se refiere específicamente a la planificación urbana y sus instrumentos. Su artículo 2.1.1 señala como tales como: el Plan Regulador Comunal; Plan Seccional; y Límite Urbano. En su artículo 2.1.5, dispone que los planes reguladores comunales deberán determinar las zonas no edificables o de edificación restringida por constituir riesgos para los asentamientos humanos, tales como zonas de: mala calidad del subsuelo; inundables o potencialmente inundables; próximas a pendientes elevadas de terrenos o peligrosas; actividad volcánica, fallas geológicas, etc.; próximas a obras de infraestructura; y próximas a áreas de alto riesgo de incendio y contaminación. El artículo 2.1.6 señala que el Plan Regulador Comunal, para efectos de su aprobación y aplicación, estará conformado por los siguientes documentos: “Memoria Explicativa, que contenga el diagnóstico del territorio comunal, estudios de riesgos, objetivos, metas, fundamentos y todos los antecedentes gráficos, planimétricos y descriptivos, sobre aspectos demográficos, sociales, económicos y demás estudios técnicos, tales como, capacidad de la red vial, sistemas de transporte y suficiencia de equipamiento, que sirvan de base para las proposiciones y las alternativas de estructuración y gestión. Estudio de Factibilidad, para ampliar o dotar de agua potable y alcantarillado de aguas servidas y aguas lluvias cuando corresponda, en relación con el crecimiento urbano por extensión y/o densificación proyectado, estudios que requerirán consulta previa a las entidades regionales o locales competentes. Ordenanza Local, que fijará con precisión, entre otras normas, los límites urbanos, de sus centros poblados, vialidad, usos del suelo permitidos, restringidos y prohibidos, densidades máximas y mínimas, coeficientes de constructibilidad, coeficiente de ocupación del suelo, rasantes y distanciamiento, alturas de edificación máxima y mínimas cuando corresponda, tamaños prediales, tipos de agrupamiento, disposiciones para los conjuntos armónicos, normas sobre equipamiento, para toda el área urbana o sistema urbano comunal sometido a planificación. Planos, que expresen gráficamente, entre otros, límite urbano, áreas de extensión urbana con sus prioridades, áreas de riesgo y de restricción, zonificación, usos del suelo, densidades, red vial estructurante, áreas verdes y equipamiento.” Respecto a los establecimientos industriales, en el Título IV, Capítulo XIV dispone que están sujetos a calificación que en cada caso efectúe el Servicio de Salud del Ambiente respectivo, según las categorías de peligroso; insalubre o contaminante; molesto, e inofensivo que se indican a continuación (artículo 4.14.2):

Peligroso: el que por el alto riesgo potencial permanente y por la índole eminentemente peligrosa, explosiva o nociva de sus procesos, materias primas, productos intermedios o finales o acopio de los mismos, pueden llegar a causar daño de carácter catastrófico para la salud o la propiedad, en un radio que excede los límites del propio predio. Insalubre o contaminante: el que por destinación o por las operaciones o procesos que en ellos se practican o por los elementos que se acopian, dan lugar a consecuencias tales como vertimientos, desprendimientos, emanaciones, trepidaciones, ruidos, que puedan llegar a alterar el equilibrio del medio ambiente por el usos desmedido de la naturaleza o por la incorporación a la biosfera de sustancias extrañas, que perjudican directa o indirectamente la salud humana y ocasionen daños a los recursos agrícolas, forestales, pecuarios, piscícolas u otros. Molesto: aquel cuyo proceso de tratamiento de insumos, fabricación o almacenamiento de materias primas o productos finales, pueden ocasionalmente causar daños a la salud o la propiedad, y que normalmente quedan circunscritos al predio de la propia instalación, o bien aquellos que puedan atraer insectos o roedores, producir ruidos o vibraciones, u otras consecuencias, causando con ello molestias que se prolonguen en cualquier periodo del día o de la noche.

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Inofensivo: aquel que no produce daños ni molestias a la comunidad, personas o entorno, controlando y neutralizando los efectos del proceso productivo o de acopio, siempre dentro del predio e instalaciones, resultando éste inocuo.

Los establecimientos industriales deberán cumplir con todas las disposiciones de la presente ordenanza y sólo podrán establecerse en los emplazamientos que determine el instrumento de planificación territorial correspondiente, y a falta de éste, en los lugares que determine la autoridad municipal previo informe favorable de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo y del Servicio de Salud del ambiente respectivo (Art. 4.13.3). Para el emplazamiento de estos establecimientos, podrá requerirse la presentación previa de un estudio de impacto ambiental, elaborado por profesionales especialistas. (Art. 4.14.4). Si el mencionado estudio indicara que se produce impacto en el entorno, el respectivo establecimiento se deberá ubicar en las zonas de actividades molestas, insalubres o peligrosas, de acuerdo a la magnitud y características del impacto. Los artículos 4.14.8 a 4.4.15 además, regulan las instalaciones con que deben estar dotados los establecimientos industriales .

9.3 NORMATIVA PARA ACTIVIDADES INDUSTRIALES • Ley General de Urbanismo y Construcciones (Art.62 y Art.160)

De acuerdo al artículo 62: “Los terrenos cuyo uso no se conformare con el Plan Regulador se entenderán congelados, en el sentido de que no podrá aumentarse el volumen de construcción en ellos existente, rehacer las instalaciones existentes, ni otorgarse patente a un nuevo propietario o arrendatario. Las industrias mal ubicadas, que causen molestias o daños al vecindario, deberán trasladarse dentro del plazo que les señale la Municipalidad, previo informe del Departamento de Higiene Ambiental del Servicio Nacional de Salud y de la Secretaría Regional correspondiente del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo. Este plazo no será inferior a un año”. (inciso segundo). Igualmente, el artículo 160 sobre establecimientos molestos señala: “En el caso de establecimientos industriales o locales de almacenamiento, expuestos a peligro de explosión o de incendio y los que produjeren emanaciones dañinas o desagradables, ruidos, trepidaciones u otras molestias al vecindario, la Municipalidad fijará, previo informe de la Secretaría Regional correspondiente del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y del Servicio Nacional de Salud, el plazo dentro del cual deberán retirarse del sector en que estuvieren establecidos. Dicho plazo no podrá ser inferior a un año, contado desde la fecha de la notificación de la resolución respectiva.

• Ley Nº 3.133, de 4 de Septiembre de 1916, sobre neutralización de residuos provenientes de

establecimientos industriales, y su reglamento de aplicación, contenido en el D.S. Nº 351, MOP, de 23 de Febrero de 1993 Clasifica y regula el funcionamiento de establecimientos industriales que vacíen residuos contaminantes, líquidos o sólidos (Art. 1º Ley y Reglamento). Se prohíbe vaciar en acueductos, cauces artificiales o naturales que conduzcan aguas, residuos líquidos y materias sólidos derivados de su funcionamiento, que contengan sustancias nocivas a la bebida o al riego, sin previa neutralización o depuración y autorización del Presidente de la República, por intermedio del Gobernador respectivo (Art. 1º Ley 4 del Reglamento). Los establecimientos no podrán vaciar riles u otras sustancias nocivas al riego o a la bebida en ningún acueducto, cauce natural o artificial, superficial o subterráneo que conduzca aguas, o en vertientes, lagos, lagunas, depósitos de agua o terrenos que puedan filtrar la napa subterránea sin la autorización del Presidente de la República otorgada por decreto. Igual autorización será necesaria para establecimientos cuyos riles o otras sustancias que descarguen en redes de alcantarillado puedan dañar los sistemas de recolección, tratamiento de aguas servidas, o contravengan normas vigentes sobre la calidad de los efluentes (Art. 3).

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• Reglamento sobre Normas Sanitarias Mínimas Municipales Nº 4740 del Ministerio del Interior (D.O.23.8.47) que reglamenta el DFL 226 de 1931 Define lo que debe entenderse por basura industrial y prohíbe su depósito en sitios no autorizados expresamente por la Municipalidad para este efecto. Establece que las Municipalidades son las encargadas de adoptar las medidas tendientes a prevenir y suprimir los factores de contaminación de la atmósfera ubicando las industrias en zonas especiales, que se denominarán zonas industriales, exigiendo medidas concretas para suprimir o atenuar las molestias.

• Decreto Supremo Nº 144/61 del Ministerio de Salud (D.O.18.5.61). Contiene el reglamento

previsto por el artículo 89 del Código Sanitario sobre emanaciones o contaminaciones atmosféricas producidas por establecimiento industrial Tiene por objeto evitar emanaciones o contaminaciones atmosféricas de cualquier naturaleza, en lugares habitados. Los contaminantes de cualquier naturaleza, producidos por un establecimiento industrial, deben ser captados o eliminados, de manera que no causen peligros, daños o molestias al vecindario (Art. 1º). Prohíbe, asimismo, la incineración de desperdicios dentro del radio urbano de las ciudades (Art. 6º).

• Resolución Nº 1215 de 22 de Junio de 1978. Normas Sanitarias Mínimas destinadas a prevenir y

controlar la contaminación atmosférica. Prohíbe la quema de residuos sólidos o líquidos o de cualquier otro material combustible a cielo abierto en áreas rurales, radio urbano, vía pública y recintos privados, salvo las excepciones mencionadas en la misma disposición (N9) y la emisión de humos con cierta densidad (N10). Previa a la instalación o puesta en marcha de todo nuevo proceso, actividad u operación que implique contaminación del aire, se deberán presentar todos los antecedentes necesarios para definir el peso del proceso, a fin de precisar su posible influencia en el nivel de contaminación local.

9.4 NORMAS DE CONTAMINACION ACUSTICA • Decreto Supremo Nº 146/1997 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la

República: establece norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas elaborada a partir de la revisión de la norma de emisión contenida en el decreto nº 286 de 1984 del Ministerio de Salud.

En su Titulo I establece: 1º.- La presente norma establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas hacia la comunidad, tales como las actividades industriales, comerciales, recreacionales, artísticas u otras. La presente norma se aplicará en todo el territorio nacional. 2º.- Corresponderá a los Servicios de Salud del país, y en la Región Metropolitana, al Servicio de Salud del Ambiente de la Región Metropolitana, fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones de la presente norma, sin perjuicio de las atribuciones específicas que correspondan a los demás organismos públicos con competencia en la materia.

En el Titulo II establece las siguientes definiciones, relevantes para el Plan Regulador: Fuente Fija Emisora de Ruido: Toda fuente emisora de ruido diseñada para operar en un lugar fijo o determinado. No pierden su calidad de tal las fuentes que se hallen montadas sobre un vehículo transportador para facilitar su desplazamiento. Receptor: Persona o personas afectadas por el ruido. Zona I : Aquella zona cuyos usos de suelo permitidos de acuerdo a los instrumentos de planificación territorial corresponden a: habitacional y equipamiento a escala vecinal. Zona II : Aquella zona cuyos usos de suelo permitidos de acuerdo a los instrumentos de planificación territorial corresponden a los indicados para la Zona I, y además se permite equipamiento a escala comunal y/o regional.

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Zona III : Aquella zona cuyos usos de suelo permitidos de acuerdo a los instrumentos de planificación territorial corresponden a los indicados para la Zona II, y además se permite industria inofensiva. Zona IV : Aquella zona cuyo uso de suelo permitido de acuerdo a los instrumentos de planificación territorial corresponde a industrial, con industria inofensiva y/o molesta.

En el Titulo III reglamenta los niveles máximos permitidos de presión sonora. Los niveles de presión sonora corregidos que se obtengan de la emisión de una fuente fija emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no podrán exceder los valores que se fijan a continuación:

Niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos (NPC) en db (A) lento de 7 a 21

hrs. de 21 a 7

hrs. Zona I 55 45 Zona II 60 50 Zona III 65 55

Las fuentes fijas emisoras de ruido deberán cumplir con los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos correspondientes a la zona en que se encuentra el receptor. Zona IV 70 70

• Norma Chilena NCh 352/1.Of2000, preparada por la División de Normas del Instituto Nacional

de Normalización, actualiza las disposiciones relativas a las construcciones de uso habitacional, contenidas en NCh 352.Of61 “Condiciones acústicas que deben cumplir los edificios” (octubre de 1961). El objetivo de esta norma es establecer los requisitos acústicos mínimos que deben cumplir las construcciones de uso habitacional para proteger a sus habitantes de los efectos no traumáticos (estrés, molestias, etc.) de ruidos externos a la vivienda evaluada. Otras aplicaciones que tiene esta norma son: · Evaluar el impacto por emisión de ruido de nuevas actividades sobre las construcciones de uso habitacional existentes en el área afectada; · Predecir las necesidades de aislación acústica de las construcciones de uso habitacional aún no construidas. De esta manera, se establecen métodos de ensayo para medir en terreno la aislación acústica de fachadas y pareos, así como la transmisión de ruidos producidos por elementos mecánicos, hidráulicos, eléctricos, etc. La aislación acústica mínima de las construcciones de uso habitacional se determina a través del comportamiento de éstas frente a los siguientes tipos de ruido:

Parámetro Tipo de ruido A Ruido proveniente del medio ambiente exterior. B Ruido proveniente de construcciones contiguas.

C Ruido proveniente de instalaciones sanitarias y mecánicas externas.

D Ruido proveniente de áreas comunes. La verificación del cumplimiento con los requisitos mínimos se efectúa de acuerdo con el método de ensayo correspondiente a cada caso, que puede ser el descrito en la norma francesa NF S 31-057 (1982) o el descrito en la norma chilena NCh 2502/1 (1999), y las mediciones se deben llevar a cabo en el dormitorio o sala de estar, cualquiera que sea el recinto más expuesto.

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En la siguiente tabla se muestran los requisitos acústicos mínimos que deben cumplir las construcciones de uso habitacional, según el tipo de ruido al que está sometido:

Parámetro NED* [dB(A)] Requisitos [dB(A)]

Método de ensayo

A

£60 61-65 66-70 71-75 >75

20 25 30 35

NED-40

NF S 31-057

B No se aplica 45 NF S 31-057

C No se aplica 40 Cláusula 6.3 de esta norma

D No se aplica 30 NF S 31-057 • Decreto supremo nº 47 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de

Urbanismo y Construcción Art. 4.1.5º. Los locales según sus condiciones acústicas, se clasificarán en los siguientes grupos:

1. Locales que por su naturaleza deben ser totalmente aislados de las ondas sonoras exteriores y en los cuales los sonidos interiores deben extinguirse dentro de las salas en que son producidos: estudios de grabación de películas cinematográficas o de discos, salas de transmisión de radiotelefonía, salas de hospitales, de estudios de música, de escuelas, bibliotecas y audición de alta calidad. 2. Locales parcialmente aislados que pueden recibir ondas sonoras del exterior, pero en los cuales interesa que esta recepción sea limitada de modo que no tome forma inteligible, capaz de provocar desviaciones de la atención: hoteles, departamentos, casas habitación, locales destinados al culto, oficinas profesionales o comerciales y las otras salas de audición no comprendidas en la categoría anterior. 3. Locales sin exigencias acústicas en que es indiferente que se propaguen ondas sonoras en uno y otro sentido, tales como estadios, mercados, restaurantes. 4. Locales ruidosos, en que el nivel sonoro interior es superior al del exterior y que, por lo tanto, deben ser tratados en forma recíproca a los de los dos primeros grupos, tales como fábricas, estaciones de ferrocarril, centrales o subestaciones eléctricas, imprentas, salas de baile. Los locales incluidos en el primer grupo en su totalidad y los del segundo grupo que se encuentren ubicados en barrios con alto nivel sonoro medio, de acuerdo con la clasificación que adopte la Dirección de Obras Municipales, deberán someterse a las exigencias establecidas en las Normas Oficiales sobre condiciones acústicas de los locales. Los edificios del cuarto grupo no podrán construirse en sectores habitacionales ni a distancias menores de 100 mts. de los edificios del grupo uno. Cumplirán, por lo demás, con las disposiciones de las Normas Oficiales en materia de aislamiento antisonórico de los locales que dichas normas especifiquen. Art. 4.5.4º. Las solicitudes de permiso para construir o destinar edificios existentes a locales escolares, que consulten una capacidad superior a 360 alumnos, deberán acompañarse de un estudio sobre el impacto que ellos puedan generar en el barrio o sector donde se proyecten localizar. El estudio estará destinado a identificar, evaluar y proponer soluciones entre los efectos negativos que el proyecto pueda generar sobre la estructura urbanística y ambiental del respectivo sector o barrio.

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Para la finalidad señalada en el inciso anterior, el estudio comprenderá, entre otras, las siguientes materias: efectos de la contaminación acústica desde el local escolar hacia el exterior, derivados de su localización, tomando como base el nivel de ruidos actual y futuro. Art. 4.8.6º. Los proyectos de los campos deportivos, gimnasios, estadios, piscinas y demás locales y establecimientos, de dominio público o privado, destinados a la práctica de deportes, de actividades sociales y/o recreativas, deberán cumplir con las normas, tomando en cuenta la tipología o magnitud de los mismos, el impacto que genera su ubicación, y las normas técnicas propias para su adecuado funcionamiento y requerirán siempre para la obtención del permiso municipal de edificación respectivo, de la aprobación previa de la Secretaría Ministerial de Vivienda y Urbanismo respectiva:

9.5 NORMAS SOBRE FUENTES MÓVILES • Decreto Supremo Nº 279 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento para el Control de la

emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión interna (D.O. 17.12.83). Este reglamento establece los aspectos normativos y técnicos para el control de la emisión de contaminante de vehículos motorizados de combustión interna que operen de diesel o ciclo Otto de dos y cuatro tiempos (Art. 1). Para la aplicación de las normas de control del presente reglamento se requerirá, previamente que el Servicio de Salud que corresponda, declare la contaminación atmosférica de una área determinada ha alcanzado, o se ha detectado que en el breve plazo alcanzará un nivel de saturación que exceda las concentraciones de contaminantes establecidos en la “Norma de Calidad del Aire” contenido en la resolución Nº1215 del 22 de junio de 1978 sobre “Normas Sanitarias Mínimas Destinadas a Prevenir y Controlar la Contaminación Atmosférica”

• Ley Nº 19.011 (D.O. 12.12.90) El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en caso de congestión de las vías, de deterioro del medio ambiente y/o de las condiciones de seguridad de las personas o vehículos producto de la circulación vehicular, puede disponer el uso de las vías para determinados tipos de vehículos y/o servicios, mediante procedimientos de licitación pública, para el funcionamiento del mercado de transporte de pasajeros. Para ello, deberá requerir previamente informe al Departamento de Tránsito de o de las comunas afectadas y de la Secretaría Ministerial de Transporte correspondiente.

• Decreto Supremo Nº 255 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprueba política nacional de tránsito ‘(D.O. 20.2.82) El Estado debe propender a que el desplazamiento de vehículos y personas por calles, caminos y obras complementarias se realice en la forma más segura, eficiente y cómoda. El Estado velará por la existencia de una infraestructura vial que facilite una integración física adecuada al territorio nacional. Asimismo, definirá los mecanismos de cobro a los dueños de vehículos por el uso de infraestructura vial, por la contaminación ambiental y por la congestión generada. También, debe dictar o proponer las normas que permitan obtener el máximo rendimiento de la red vial existente.

• Decreto Supremo Nº 298/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Reglamento de Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos (D.O. 11.2.95). Reglamenta el transporte de cargas peligrosas por calles y caminos, y establece pautas para las operaciones de transferencia y transporte de las mismas.

9.6 CÓDIGO SANITARIO • Instalaciones sanitarias

El Servicio Nacional de Salud es el encargado de aprobar proyectos relativos a la construcción, o reparación de obras destinadas a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros (Art. 71). Previamente a la descarga residuos industriales en ríos, lagunas o en cualquiera fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población, los residuos industriales líquidos se deben depurar en tal forma que se señala en los reglamentos (Art. 73).

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El artículo 79 señala que para proceder a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, será necesaria la aprobación previa del proyecto por el Servicio Nacional de Salud. El artículo 80 establece que corresponde al Servicio Nacional de Salud autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Las Municipalidades no pueden otorgar patentes definitivas para la instalación, ampliación o traslado de industrias sin informe previo de la autoridad sanitaria sobre los efectos que ésta puede ocasionar en el medio ambiente, para los cuales tomará en cuenta los planos reguladores comunales o intercomunales y los riesgos que el funcionamiento de la industria pueda causar a sus trabajadores, al vecindario y a la comunidad. No obstante lo dispuesto, la autoridad sanitaria informará favorablemente sobre una determinada actividad industrial o comercial, siempre que la evaluación sanitaria ambiental que se realice para evacuar el informe, determine que técnicamente se han controlado todos los riesgos asociados a su funcionamiento. (Art. 83). El Servicio Nacional de Salud puede disponer el traslado de aquellas industrias, que a su juicio, representen un peligro para la salud, seguridad y bienestar de la población (Art. 84). Los planos reguladores comunales o intercomunales no podrán ser aprobados sin previo informe favorable del Servicio Nacional de Salud (Art. 85).

• Normativa sobre cementerios Corresponderá a las Municipalidades de la República instalar cementerios, previa aprobación del Servicio Nacional de Salud, en los lugares en que no los hubiere o fueren insuficientes, pudiendo adquirir o expropiar terrenos para tal objeto.(Art. 138)

9.7 NORMATIVA QUE REGULA CANALES • Edificación próxima a canales

Las condiciones de emplazamiento de una edificación que afecta el recorrido de los canales, dependen exclusivamente de la Asociación de canalistas respectiva. Estas organizaciones son las encargadas de revisar y autorizar las edificaciones en torno a los canales.

• Código de Aguas (D. F. L 1122/81)

a) Modificaciones a cauces naturales o artificiales El proyecto, construcción y financiamiento de las modificaciones que fuere necesario realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras públicas, urbanizaciones, edificaciones y otras obras en general, serán de responsabilidad y de cargo de quienes las ordenen. Se entenderá por modificaciones no sólo el cambio de trazado de los cauces mismos, sino también la alteración o sustitución de cualquiera de sus obras de arte y la construcción de nuevas obras, como abovedamientos, pasos sobre o bajo nivel o cualesquiera otras de sustitución o complemento (Art.41) Sin aprobación previa de la Dirección General de Aguas, no se podrán realizar modificaciones en cauces naturales o artificiales con motivo de la construcción de obras públicas, urbanizaciones, edificaciones y otras (Art. 171)

b) Alteración de la calidad de las aguas por residuos sólidos

Se prohíbe botar a los canales substancias, basuras, desperdicios y otros objetos similares, que alteren la calidad de las aguas. Será responsabilidad de las Municipalidades respectivas, establecer las sanciones a las infracciones de este artículo y obtener su aplicación. Además, dentro del territorio urbano de la comuna las Municipalidades deberán concurrir a la limpieza de los canales obstruidos por basuras, desperdicios u otros objetos botados en ellos. (Art. 92°)

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9.8 NORMAS SOBRE INFRAESTRUCTURA DE AGUAS LLUVIAS Y AGUA POTABLE • Ley General de Urbanismo y Construcciones (art. 134)

De acuerdo al artículo 134 para urbanizar un terreno, el propietario del mismo deberá ejecutar, a su costa, el pavimento de las calles y pasajes, las plantaciones y obras de ornato, las instalaciones sanitarias y energéticas, con sus obras de alimentación y desagües de aguas servidas y de aguas lluvias, y las obras de defensa y servicio de terreno

9.9 MONUMENTOS NACIONALES Y PATRIMONIO ARQUITECTONICO • Ley N° 17288 (Ministerio de Educación)

El artículo n°1 señala que: son monumentos nacionales y quedan bajo la tuición y protección del Estado, los lugares, ruinas, construcciones u objetos de carácter histórico o artístico; los enterratorios o cementerios u otros de los aborígenes, las piezas u objetos antropo-arqueológicos, paleontológicos o de formación natural, que existan bajo o sobre la superficie del territorio nacional o en la plataforma submarina de sus aguas jurisdiccionales y cuya conservación interesa a la historia, al arte o a la ciencia; los santuarios de la naturaleza; los monumentos, estatuas, columnas, pirámides, fuentes, placas, coronas, inscripciones y, en general, los objetos que estén destinados a permanecer en un sitio público, con carácter conmemorativo. Su tuición y protección se ejercerá por medio del Consejo de Monumentos Nacionales, en la forma que determina la presente ley.

• Ley General de Urbanismo y Construcciones (art. 60)

El artículo N° 60, inciso segundo establece que “el Plan Regulador señalará los inmuebles o zonas de conservación histórica, en cuyo caso los edificios existentes no podrán ser demolidos o refaccionados sin previa autorización de la Secretaria Regional de Vivienda y Urbanismo correspondiente”.

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X. FIRMA DE DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL Bajo juramento, declaro que, sobre la base de los antecedentes presentados, cumpliré con la normativa ambiental vigente asociada a la ejecución del Plan Regulador Comunal de Maipú. Firmado por Dr. Roberto Sepúlveda Hermosilla, Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Maipú. Santiago, a 28 de Julio del año 2003

………………………………………………………………… Dr. Roberto Sepúlveda Hermosilla

Alcalde

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XI. ANEXO ANEXO Nº 1: CARTOGRÁFIA Y PLANIMETRIA CARTAS Carta nº 1: Localización de la comuna de Maipú en el Área Metropolitana de Santiago Carta nº2:Plan Regulador Metropolitano de Santiago Carta nº3: Geomorfología y Sistema hídrico, Comuna de Maipú Carta nº4: Vegetación, Comuna de Maipú Carta nº5: Clases de suelos agrícolas, Comuna de Maipú Carta nº6: Riesgos Naturales, Comuna de Maipú Carta nº7: Usos del suelo, Comuna de Maipú Carta nº8: Áreas Verdes, Comuna de Maipú Carta nº9: Patrimonio Histórico Cultural y Monumentos Nacionales Carta nº10: Zonificación Ambiental, Comuna De Maipú Carta nº 11: Proposición de zonas de densidad habitacional, Plan Regulador Comuna de Maipú PLANOS Plano PRCM-1A ; PRCM-1B; PRCM-1C: Zonificación, Plan Regulador Comunal de Maipú: Plano PRCM -2A, PRCM -2B y PRCM-2C: Plan de Vialidad Estructurante, Plan Regulador Comunal de Maipú

Plano PRCM-3: Áreas de riesgos restricción y protección

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ANEXO Nº 2: ESTUDIOS Y ANTECEDENTES BASICOS, PLAN REGULADOR COMUNAL DE MAIPÚ - Ordenanza Plan Regulador Comunal de Maipú - Memoria explicativa Plan Regulador Comunal de Maipú - Diagnóstico y zonificación ambiental, Plan Regulador Comunal de Maipú - Informe: Evaluación de Impacto Acústico, Plan Regulador de la Comuna de Maipú, Control Acústico

S.A - Estudio de Riesgos y protección ambiental, Plan Regulador Comunal de Maipú - Informe de factibilidad de Agua Potable, Alcantarillado y Aguas Lluvias, Plan Regulador Comunal de

Maipú - Estudio de capacidad vial, Plan Regulador Comunal de Maipú