Plan Regulador Comuna Las Condes

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Plan Regulador Comuna Las Condes, Santiago, Chile.

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  • TEXTO RESOLUTIVO.

    PROYECTO DE MODIFICACIN N 2

    DEL PLAN REGULADOR DE LA COMUNA

    DE LAS CONDES

  • PROYECTO DE MODIFICACIN N 2 DEL

    PLAN REGULADOR COMUNAL DE LAS CONDES.

    Artculo nico: Modificase el Plan Regulador Comunal de Las Condes, aprobado por

    Resolucin N 8/95 del Gobierno Regional Metropolitano de 30 de Mayo

    de 1995, publicado en el Diario Oficial de 13 de Junio de 1995, en el

    sentido de reformular la zonificacin de algunos sectores, crear tres

    nuevas reas de edificacin y eliminar cuatro, ajustar condiciones tcnico

    urbansticas de las zonas y reas, ajustar los anchos de tramos de algunas vas, todo de acuerdo a lo graficado en los planos MRCLC-02,

    Plano N1, Plano de Edificacin, lminas 1 y 2; Plano N2, Plano Usos

    de Suelo, lminas 1 y 2, y Plano N3, Plano Vialidad, lminas 1 y 2, que

    en este acto se aprueban, y que reemplazan al plano PRCLC-93, lminas

    1,2 y 3, que en este acto se derogan.

    Modificase la Ordenanza Local del Plan Regulador Comunal de Las

    Condes, en el siguiente sentido.

    1. Elimnase en el artculo 7 Definiciones y normas generales, la definicin de Predio Remanente y agrganse las definiciones de Predio Existente, Predio Existente Residual de Densificacin, Local Existente y Franja de Profundidad Mxima, intercaladas en orden alfabtico donde corresponda.

    Predio Existente : Aquel cuyas caractersticas de tamao, frente y fondo

    no hayan sido alteradas con posterioridad al 13 de Junio de 1995.

    Predio Existente Residual de Densificacin: Es aquel predio existente

    o fusionado, ubicado en los sectores de Densidad Alta y Media del plano

    MR 80 y en reas de edificacin aislada alta y edificacin aislada media definidas en esta ordenanza, que no cumpla con el tamao predial

    mnimo de las distintas tablas de densificacin aplicables a las diferentes

    reas, y no es susceptible de fusin, por cuanto los predios colindantes ya

    se encuentran densificados.

    Local Existente : Aquel que cuente con permiso de obra nueva otorgado

    por la Direccin de Obras Municipales con anterioridad al 13 de Junio de

    1995, y aquellos que contando con anteproyectos aprobados a la fecha

  • antes sealada, hayan obtenido su permiso de obras en el plazo legal

    estipulado por el cuerpo legal vigente.

    Franja de Profundidad Mxima : Las franjas de profundidad mxima,

    corresponden a fajas de terreno graficadas y acotadas en las lminas N1

    y N2, en las cuales se establecen condiciones de edificacin y de uso del

    suelo en el rea de influencia de ciertas vas. Es a partir de la lnea oficial

    de estas vas que se mide la profundidad de la franja en metros

    2. Agrgase al artculo 9 el siguiente inciso segundo:

    Sin perjuicio de lo sealado en el inciso anterior, los proyectos que se

    emplacen en reas EAa, EAm y aquellos proyectos de densificacin en

    las reas EAb4 y EAb4, respecto de los antejardines debern adems cumplir las siguientes condiciones:

    1. Aquellos terrenos con pendiente promedio inferior al 10%, debern dar una solucin tal entre los niveles del antejardn y aquellos existentes en las aceras

    que enfrente el proyecto, que en ningn punto se produzca una diferencia de

    nivel mayor a 0,60 mts.

    2. En proyectos de densificacin de ms de 3 pisos de altura destinados a vivienda, no se permite utilizar el antejardn para estacionamiento de vehculos, tanto de

    visita como aquellos que correspondan a los exigidos por los instrumentos de

    planificacin vigentes. En proyectos de equipamiento, sean stos producto de

    cambio de destino o de una densificacin, queda prohibido el uso del antejardn

    como estacionamiento o para exposicin de productos.

    C) Los proyectos que consideren en el antejardn, la ventilacin de los

    pisos subterrneos, las cmaras y registros de todas las instalaciones

    propias del proyecto, debern presentar a la Direccin de Obras

    Municipales para su aprobacin, una solucin tcnica que no

    considere estas instalaciones sobre el nivel natural del terreno. El

    ducto de evacuacin de gases de los grupos electrgenos no podr

    situarse en el antejardn.

    3. Reemplzase el artculo 15 por el siguiente:

  • Artculo 15.- La altura mxima de edificacin permitida en las diferentes reas ser la

    indicada en metros y pisos en los artculos pertinentes de la presente

    ordenanza.

    Sin perjuicio de lo sealado en el inciso anterior, a partir del punto de

    encuentro entre el plano de altura mxima y la rasante respectiva del rea

    de edificacin, se bajarn o subirn planos verticales imaginarios que

    constituirn los planos de fachadas hacia todos los deslindes los cuales

    debern respetar los distanciamientos mnimos estipulados, no pudiendo

    sobrepasar estos planos ningn elemento constructivo, con excepcin de

    las jardineras, balcones abiertos por tres lados, y aquello expresamente

    sealados en la O.G.U.C, los que podrn sobresalir hasta 2,0 metros del

    plano de fachada en edificios de uso residencial.

    4. Reemplzase el artculo 16 por el siguiente:

    4. 5. Sin perjuicio de las normas del artculo anterior y aquellas que se establecen

    para el agrupamiento continuo, las edificaciones cuyos planos de fachada,

    incluyendo balcones o loggias, se distancien un mnimo de 8,0 metros podrn a

    partir de este distanciamiento realizar un retiro en cada plano de fachada hasta

    alcanzar la altura mxima.

    6.

    En las reas en que se establece agrupamiento continuo EAa+cm, EAa+ca

    y Ee1, el cuerpo edificado continuo deber respetar las siguientes

    condiciones:

    1. La altura obligatoria de la edificacin continua ser la sealada en la tabla de

    edificacin del rea correspondiente.

    2. A partir de la lnea de edificacin, la longitud del cuerpo continuo ser

    equivalente como mximo al 40% del deslinde comn, medido desde la lnea de

    edificacin del loteo.

    3. El rea libre, resultante de la aplicacin del coeficiente de rea libre, podr

    desarrollarse en un nivel distinto al de primer piso.

    En los proyectos que se acojan a las condiciones de edificacin continua,

    en las reas E-Aa+cm, E-Aa+ca y Ee1, la construccin del cuerpo

    continuo no se contabilizar para efecto de calcular el coeficiente de

    constructibilidad y la ocupacin de suelo. La ejecucin de dicho

    agrupamiento no permitir aumentar la altura mxima establecida para el

    rea de edificacin en que se emplaza.

  • 5. Reemplzase el artculo 17 por el siguiente:

    Sin perjuicio de las normas de altura mxima aplicables para los

    proyectos de densificacin reglamentados en las diferentes reas de

    edificacin aislada alta y aislada media, se permitir sobre dichas alturas

    mximas la construccin de un piso retirado habitable, de una altura

    mxima de 3,50 metros, conformado por planos verticales de fachada,

    inscrito dentro de la rasante respectiva del rea en que se emplaza y cuya

    superficie construida ser equivalente como mximo a un 65% de la

    superficie de la planta inmediatamente inferior. Sobre este piso retirado

    slo se permitirn salas de mquinas, ductos o cualquier otra

    construccin para sustentar instalaciones, siempre y cuando estas estn

    incorporadas a la arquitectura del proyecto.

    5. Reemplzase el artculo 18 por el siguiente:

    Sobre el terreno correspondiente a antejardines que tengan a lo menos 5,0

    metros, podrn sobresalir hasta 2,0 metros del plano de fachada, volados

    abiertos por tres lados, destinados exclusivamente a jardineras y a

    terrazas, las cuales podrn situarse a partir del segundo y tercer piso,

    respectivamente. Estos volados no podrn cerrarse total o parcialmente.

    Las escaleras y zonas verticales de seguridad definidas en la Ordenanza

    General de Urbanismo y Construcciones, no podrn sobresalir del plano

    de fachada sobre el antejardn.

    7. Reemplzase el artculo 20 por el siguiente:

    Aquellos terrenos cuya superficie bruta corresponda a dos o ms veces la

    subdivisin predial mnima fijada para los proyectos de densificacin en

    las diferentes reas de edificacin y que no hagan uso de los beneficios

    que otorga el artculo 63 de la Ley General de Urbanismo y

    Construcciones, podrn aumentar su coeficiente de constructibilidad en

    hasta un 30%. Sin embargo este beneficio no podr acumularse a aqul

    que deriva de la calificacin de un proyecto como Conjunto Armnico.

    8. Elimnase el artculo 22

  • 8. Agrgase al artculo 30 el siguiente inciso segundo:

    Ninguna fusin de predios permitir extender el uso del suelo a otra zona.

    El subsuelo podr destinarse a estacionamiento siempre y cuando los

    accesos al mismo sean por el rea que permite el uso y que la superficie

    en el nivel natural de terreno corresponda exclusivamente a un rea verde

    de una profundidad promedio de 1,80 metros. En ninguno de sus puntos

    esta capa vegetal ser inferior a 1,0 metro. Estas construcciones en el

    subsuelo debern considerar una franja inexcavada de 2,0 metros en todo

    el permetro del terreno, distancia esta que se incrementar en 1,0 metro

    adicional por cada nivel de subterrneo que se construya a partir del

    primero.

    8. Agrgase al artculo 31 el siguiente inciso segundo:

    En todo proyecto destinado a equipamiento se deber resguardar que el

    impacto de las actividades complementarias derivadas de su

    funcionamiento tales como, operacin de carga y descarga de pasajeros y

    mercaderas, andenes, estacionamiento de buses y camiones, patios de

    basura y acopio de materiales u otras similares, no podrn ocupar los

    Bienes Nacionales de Uso Pblico correspondiente a veredas, paseos y

    platabandas, ni las reas privadas correspondiente a antejardines.

    8. Modifcase el artculo 32 en los siguiente puntos:

    1. Reemplzase en el Numeral 1, el inciso segundo por lo siguiente.

    Los destinos de equipamiento, cualquiera sea su escala, clase y

    superficie, debern disponer de un estacionamiento por cada 30 m2 de

    superficie total construida, con excepcin de las reas destinadas a

    estacionamientos, bodegas y equipos, las cuales no se contabilizarn para

    este efecto, y del destino de equipamiento bsico y menor de la clase

    Comercio, el cual deber disponer de un estacionamiento por cada 25 m2

    de superficie construida.

    2. Reemplzase en el Numeral 2, el texto de la letra b) por lo siguiente.

    Equipamiento de Culto de todas las escalas: Los recintos destinados a la

    celebracin del culto y sus servicios y oficinas anexas, debern disponer

    de 1 estacionamiento por cada 40 m2 tiles, con un mnimo de tres

    estacionamientos.

  • 3. Elimnase el punto N 7

    12. Modifcase el artculo 34 en los trminos que se indican:

    1. Reemplzase el texto del inciso primero por el siguiente nuevo texto:

    Para los efectos de aplicacin de la presente ordenanza, en el rea urbana

    se distinguen las siguientes reas de Edificacin, cuya sigla en la lmina

    N 1 del Plano MRCLC-02 corresponde a la letra E y, las siguientes Zonas de Usos de Suelo, cuya sigla en la Lmina N 2 del Plano

    MRCLC-02 corresponde a la letra U. En los cuadros siguientes se establecen las siglas de las reas y zonas correspondientes:

    2. Reemplzase a continuacin del texto del inciso primero, el cuadro de Areas

    de Edificacin.

    CUADRO DE AREAS DE EDIFICACION

    SIGLA DESCRIPCIN

    E Ab1 E edificacin A aislada b baja 1 ------

    E Ab2 E edificacin A aislada b baja 2 ------

    E Ab3 E edificacin A aislada b baja 3 ------

    E Ab4 E edificacin A aislada b baja 4 ------

    E Ab4 E edificacin A aislada b baja 4 ------

    E Am1 E edificacin A aislada m media 1 ------

    E Am1 E edificacin A aislada m media 1 ------

    E Am2 E edificacin A aislada m media 2 ------

    E Am4 E edificacin A aislada m media 4 ------

    E Aa1 E edificacin A aislada a alta 1 ------

  • E Aa2 E edificacin A aislada a alta 2 ------

    E Aa3 E edificacin A aislada a alta 3 ------

    E Aa4 E. edificacin. A. aislada a. alta. ------

    E Aa + cm E edificacin A aislada a alta cm continuidad media

    E-Aa+ca E edificacin A aislada a alta ca continuidad alta

    E e1 E edificacin e especial 1 ------ ------

    E e2 E edificacin e especial 2 ------ ------

    E e3 E edificacin e especial 3 ------ ------

    E e4 E edificacin e especial 4 ------ ------

    E e5 E edificacin e especial 5 ------ ------

    13. Reemplzase el artculo 36 por el siguiente:

    Artculo 36.- En aquellos terrenos que resulten parcialmente comprendidos por franjas

    de profundidad mxima debe considerarse lo siguiente:

    A) Los terrenos que enfrenten la calle o avenida a partir de la cual se

    establece la franja de profundidad mxima podrn optar a las

    condiciones de edificacin de acuerdo a lo establecido en el

    artculo 2.1.21 inciso primero de la Ordenanza General de

    Urbanismo y Construcciones.

    B) Los terrenos, sea que enfrenten o no la calle o avenida a partir de la

    cual se establece la franja de profundidad mxima, podrn optar a

    las condiciones de uso de suelo que correspondan a esta franja

    siempre y cuando los dos tercios de la superficie del terreno

    quede incluida en ella. En caso que el terreno no cumpla este

    requisito, slo podr optar a las condiciones de uso de esta franja

    aquella porcin del terreno que est incluida en la franja. En caso

    que proceda el crecimiento de la franja, ste no podr exceder en

    ms de un 50% la profundidad de la misma.

    C) En todo caso, respecto de aquellos deslindes con predios que

    pertenezcan total o parcialmente a otras reas de edificacin o

    zona de uso del suelo, deber aplicarse el distanciamiento

    diferenciado establecido en el artculo 38 de la presente

    Ordenanza.

    14. Agrgase el siguiente artculo 36 Bis:

  • Artculo 36 Bis.-Para los efectos de lo dispuesto en el artculo 40 de la presente

    Ordenanza, los predios que pertenezcan a una zona con idntico uso de

    suelo y que enfrentan dos o ms vas de distinta clasificacin y ancho, se

    regirn por las siguientes normas:

    1. Cuando un predio esquina enfrenta vas de distinta clasificacin y ancho, podr

    optar a los usos del suelo que le permite la va de mayor jerarqua, en una

    profundidad mxima equivalente a dos veces su frente predial por esta va,

    aplicado en su frente a la va de menor jerarqua y ancho siempre y cuando no

    sobrepase una profundidad de 40 metros ni supere la mitad de la manzana. En

    ambos casos dicha profundidad se medir desde la lnea oficial del predio

    esquina.

    2. Cuando un predio no situado en esquina enfrenta vas de distinta clasificacin y

    ancho, podr optar a los usos del suelo que permite la va de mayor ancho en una

    profundidad mxima equivalente a la mitad de la distancia entre ambas vas

    medida entre lneas oficiales, aplicada por el interior del predio en los deslindes

    del terreno.

    3. Los casos de predios a los que no pueda aplicarse los criterios contenidos en las

    letras A) y B) precedentes, debern ser resueltos tcnicamente por el Director de

    Obras Municipales de conformidad a lo preceptuado en el artculo 2.1.21 de la

    Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, sin perjuicio de las

    atribuciones de la Secretara Ministerial Metropolitana de Vivienda y

    Urbanismo.

    15. Reemplzase el artculo 37 por el siguiente:

    Artculo 37.- En los predios existentes, o que sean producto de una fusin, que tengan

    frente o se conecten con vas estructurantes o vas de enlace a travs de

    una calle ciega o de un pasaje pblico o privado, con o sin salida directa

    o que la tengan mediante una servidumbre de trnsito, slo se podrn

    desarrollar proyectos de densificacin si se conforma un solo lote

    mediante la fusin de la totalidad de los lotes que tengan algn frente al

    pasaje o de los que mantengan su uso residencial y no les sern aplicables

    las limitaciones del nmero 4 del artculo 32 de la presente ordenanza.

    16. Modifcase el artculo 38 en los trminos que se indican:

    1. Reemplzase el inciso primero por el siguiente:

  • Los proyectos de densificacin emplazados en reas de edificacin alta

    con o sin continuidad, aislada media y las reas Eab4 y Eab4 que consideren la ejecucin de una urbanizacin que incluya el tendido

    subterrneo de todo el cableado areo cualquiera sea su naturaleza en

    todos sus frentes, podrn incrementar el coeficiente de

    constructibilidad hasta en un 10%. En caso de que dicho cableado

    subterrneo exista en l o los frentes a vas pblicas del proyecto, el

    propietario podr optar al incremento de constructibilidad antes

    sealado ejecutando o garantizando el cableado subterrneo

    equivalente en longitud a sus frentes, con un mnimo de 30 metros, en

    otra ubicacin definida por la Direccin de Obras Municipales.

    2. Reemplzase el inciso segundo por el siguiente:

    En las reas de edificacin alta, media y baja E-Ab2 y E-Ab3, los

    proyectos de construccin de una vivienda unifamiliar y las

    ampliaciones de viviendas existentes, podrn acogerse a las

    disposiciones de distanciamiento establecidas en el artculo 2.6.3. de la

    Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, respetando la

    rasante del rea de edificacin correspondiente.

    3. Reemplzase el actual inciso cuarto por el siguiente, y agrganse a

    continuacin los nuevos incisos quinto, sexto, y sptimo .

    En las reas de edificacin alta y media, los proyectos que se acojan a las

    disposiciones aplicables a un predio existente residual de densificacin,

    debern cumplir con las normas de edificacin establecidas en las

    siguientes tablas:

    TABLA A) PARA PREDIO EXISTENTE RESIDUAL DE DENSIFICACION, EN AREAS DE

    EDIFICACIN ALTA O MEDIA, CON USO DE SUELO UVO, UV1, UV2, UV3, UC1, UC2.

    Densidad

    mxima. Coeficiente de

    Constructibili-

    dad

    Rasante Altura

    mxima

    Antejardn

    mnimo

    Distancia-

    miento a

    medianeros

    Adosamiento

    De

    acuerdo al

    rea en

    que se

    emplaza el

    predio

    2.0 70 5 pisos con

    altura

    mxima de

    17.50 m.

    Mnimo 5

    metros.

    4 metros. Segn

    Ordenanza

    General.

    TABLA B) PARA PREDIO EXISTENTE RESIDUAL DE DENSIFICACION, EN AREAS DE

    EDIFICACIN ALTA O MEDIA CON USO DE SUELO UC1, UC2.

  • Coeficiente de

    Constructibili-

    dad

    Rasante Altura mxima Antejardn

    mnimo

    Distancia-

    miento a

    medianeros

    2.0 70 3 pisos con altura

    mxima de 10.50 m.

    Mnimo 5

    metros.

    O.G.U.C

    En zonas UC1 y UC2, se permite aplicar indistintamente las tablas A) o

    B) aqu contenidas. En estas zonas comerciales, UC1 y UC2 que

    correspondan con reas de edificacin en que se permita la edificacin

    continua, se permite aplicar las tablas A) o B) sobre la altura mxima de

    la edificacin continua.

    En las distintas reas de edificacin que se establecen en esta ordenanza,

    los proyectos que al constituir una nueva superficie predial para acogerse

    a densificacin generen predios existentes residuales de densificacin,

    vern disminuido el coeficiente de constructibilidad que les sea aplicable

    en un 20%.

    A los proyectos en inmuebles existentes que alteren el destino y sean

    calificados como predios existentes residuales de densificacin no les

    sern exigibles estacionamientos.

    4. Reemplzase el actual inciso quinto, que pasa a ser octavo, por el siguiente :

    La subdivisin predial mnima establecida en las tablas para las distintas

    reas de edificacin ser aplicable sobre la superficie bruta del predio y

    podr disminuirse hasta en un 5%, sin que por ello se altere el resto de las

    normas establecidas en la misma tabla.

    5. Agrgase a continuacin del nuevo inciso octavo, los siguientes nuevos

    incisos noveno, dcimo, dcimo-primero y dcimo-segundo.

    En el rea de edificacin EAb4 los proyectos de densificacin que se acojan a la altura mxima de la tabla C) y sean destinados en su totalidad

    a vivienda colectiva, podrn concentrar densidades en el porcentaje

    necesario hasta alcanzar en algn sector del predio la densidad mxima

    de 60 viv/h., siempre y cuando en todo el predio se mantenga una

    densidad promedio de 30 viv/h.

    Los proyectos de loteo acogidos a D.F.L. N2 con construccin

    simultnea debern considerar una densidad mxima de 30 viv/h, a

    excepcin del rea de edificacin EAb1 donde prevalecer las

    densidades sealadas en cada una de las tablas.

  • En las reas de Edificacin Alta en que se establecen densidades

    mximas, los proyectos de ms de 3 pisos de altura, podrn superar estas

    densidades establecidas en las tablas correspondientes en hasta un 30%,

    siempre y cuando consideren para la totalidad del proyecto un estndar

    de estacionamiento de 1 cada 30 m2 de superficie til destinado a

    vivienda.

    Aquellos predios existentes con anterioridad al 13 de junio de 1995 y que

    no sean producto de una fusin predial, localizados en los sectores de

    densidad baja del territorio comunal y que se encuentren entre dos

    predios en que existan edificaciones de mayor altura y mayor densidad a

    la actualmente permitida, podrn optar a las mismas condiciones de

    edificacin de los terrenos adyacentes. Sin embargo, le sern aplicables

    un distanciamiento mnimo de 8,0 metros, y las exigencias de

    estacionamientos y rea libre que correspondan al uso y rea de

    edificacin en que se emplaza

    6. En el actual inciso sexto, que pasa a ser inciso decimotercero, cambiase los

    vocablos en los siguientes cuadros:, por en las siguientes Tablas:, y:

    Reemplzanse las Tablas y textos de las Areas de Edificacin E-Ab1,

    E-Ab2, E-Ab3, E-Ab4, E-Ab4, E-Am1, E-Am2, E-Am4, E-Aa1, E-Aa2, E-Aa3, y E-e1.

    Modifcanse las Tablas y textos del Area E-Aa+cm, de acuerdo al

    presente texto.

    Elimnanse las Areas de Edificacin E-Am1+cb, E-Am2+cb, E-

    Aa1+cb y E-Aa1+cm.

    Agrganse las siguientes Areas de Edificacin, E-Am1 a continuacin del Area de Edificacin E-Am1, E-Aa4 a continuacin

    del Area de Edificacin E-Aa3, y E-Aa+ca a continuacin del Area

    de Edificacin E-Aa+cm, con sus respectivas Tablas y textos.

    1. rea E-Ab1: edificacin aislada baja N 1.

    A) Viviendas aisladas.

    Las viviendas unifamiliares aisladas en un predio podrn edificarse

    cumpliendo las normas que se establecen en la siguiente tabla:

  • Tabla A)

    Densidad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente de

    construc-

    tibilidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    10 viv/h 1.000 m 0.6 0.4 60

    3 pisos

    con

    altura

    mxima

    de 10,5

    m.

    Segn

    loteo o

    mnimo

    de 5 m.

    Orde-

    nanza

    General

    Aislado.

    Las edificaciones de los conjuntos de viviendas econmicas de hasta 4

    pisos de altura mxima y los loteos DFL-2 con construccin simultanea

    debern respetar una rasante de 45 en los deslindes con los predios

    vecinos.

    B) Viviendas colectivas en un predio.

    Los proyectos de viviendas unifamiliares o colectivas aisladas podrn

    edificarse cumpliendo las normas que se establecen en la siguiente tabla:

    Tabla B)

    Densidad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente de

    cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    17 viv/h 2.500 m 0.6 0.2 45 3 pisos

    con

    altura

    mxima

    de 10,5

    m.

    10 m. 11 m. Aislado.

    No se

    permite

    adosa-

    miento.

    Los proyectos que se emplacen en el rea delimitada por la Avda. Charles

    Hamilton por el norte, Avda. San Francisco de Ass por el oriente, y Avda

    Francisco Bulnes Correa por el sur y la calle Montecasino por el poniente

    se regirn por las normas sealadas en la siguiente tabla:

    Tabla C)

    Densidad Subdivi- Coefi- Coefi- Rasante Altura Antejar- Distan- Agrupa-

  • Mxima

    Neta

    sin

    Predial

    Mnima

    ciente de

    cons-

    tructibi-

    lidad

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    mxima dn

    mnimo

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    miento y

    Adosa-

    miento

    30 viv/h 2500 m2 0.9 0.3 45 3 pisos

    con

    altura

    mxima

    de 10,5

    m.

    10 m. 11 m. Aislado.

    No se

    permite

    adosa-

    miento.

    La altura mxima de las edificaciones que enfrentan la calle Montecasino

    no podrn sobrepasar en ms de 3.50 metros el nivel de solera de dicha

    calle, medida sobre el eje de la lnea oficial correspondiente al predio.

    2. rea E-Ab2: edificacin aislada baja N 2.

    Las edificaciones que se emplacen en las reas E-Ab2 debern cumplir con

    las normas especficas de la siguiente tabla:

    Densidad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente de

    cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    40 viv/h 500 m 0.6 0.4 60 3 pisos

    con

    altura

    mxima

    de 10,5

    m.

    Plano

    loteo

    Orde-

    nanza

    General

    Aislado y

    Pareado.

    En los deslindes de aquellos predios que pertenezcan parcial o totalmente a

    esta rea E-Ab2 y sean colindantes con reas de edificacin media y alta,

    se aplicar una rasante de 60 para ambas reas.

    En el rea comprendida por la lnea poligonal definida; por el eje de la

    Avda. Francisco Bulnes Correa entre el eje de Avda Camino El Alba y su

    interseccin con el eje de calle Los Monjes; el eje de calle Los Monjes

    hasta su interseccin con el eje de calle El Convento; el eje de calle el

    Convento hasta su interseccin con el eje de la Avda San Francisco de

    Ass; el eje de la Avda San Francisco de Ass hasta su interseccin con la

    proyeccin de los fondos prediales de los lotes que enfrentan por el

    poniente la Avda. Plaza; fondos prediales de los lotes que se ubican en la

    acera poniente de la Avda Plaza hasta su interseccin con el eje de Avda.

    Camino El Alba; el eje de Avda. Camino El Alba hasta su interseccin con

  • el eje de la Avda. Franscisco Bulnes Correa, la densidad neta mxima de

    los proyectos en esta rea no podr superar las 20 viviendas por hectrea.

    En el rea de edificacin E-Ab2, los proyectos que se emplacen en los

    predios ubicados en calle Vasco de Gama acera sur entre el pasaje del

    mismo nombre y calle Martn Alonso Pinzn, pueden optar a la tabla para

    predios remanentes establecida en la presente Ordenanza

    3. rea E-Ab3: edificacin aislada baja N 3.

    Las edificaciones que se emplacen en las reas E-Ab3 debern cumplir con

    las normas especficas de la siguiente tabla:

    Densidad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente de

    cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    40 viv/h 300 m 0.8 0.4 60 3 pisos

    con

    altura

    mxima

    de 10,5

    m.

    Plano

    loteo

    Orde-

    nanza

    General

    Aislado y

    Pareado.

    En los deslindes de aquellos predios que pertenezcan parcial o totalmente a

    esta rea E-Ab3 y sean colindantes con las reas de edificacin media y alta,

    se aplicar una rasante de 60 para ambas reas.

    4. rea E-Ab4: edificacin aislada baja N 4.

    Modifcanse las tablas A) y B) del rea de Edificacin aislada Baja N4 en

    la forma siguiente:

    Tabla A)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    2 viv/h

    2500 m 0.12 0.12 0.8 45 3 pisos

    con

    altura

    mxima

    de 10,5

    m.

    10 m. 11 m. Aislado.

    No se

    permite

    adosa-

    miento.

  • Los proyectos de viviendas y los equipamientos que se emplacen en el rea

    E-Ab4 podrn optar a la densificacin de acuerdo a la tabla B), siempre que

    se cumpla lo siguiente:

    a) Realizar un estudio de factibilidad que seale el impacto proporcional

    sobre los proyectos deficitarios del rea sealados en el Artculo 39 de la

    presente Ordenanza. Este estudio deber considerar lo sealado en la

    Ordenanza del Plan Regulador Metropolitano de Santiago actuando como

    contraparte la Municipalidad a travs del Director de Obras Municipales

    quin se pronunciar respecto de la metodologa y el estudio.

    b) Estar ejecutadas parcial o totalmente las obras que dan factibilidad de

    urbanizacin y de vialidad al rea y que se definen en el artculo 39 de la

    presente Ordenanza. Se consideran ejecutadas parcialmente las obras slo

    en el momento en que se encuentren materializadas o garantizadas las

    siguientes obras:

    Ensanche de calzada en la siguiente Avenida:

    Avenida Las Condes

    Ensanche calzada sur de la avenida a 3 pistas para el tramo comprendido

    entre calle Lo Fontecilla por el poniente y bifurcacin del Camino a

    Farellones por el oriente.

    Tabla B)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasan-

    te

    Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    25

    viv/h

    2500m

    0.8

    0.3 0.5 60 4 pisos

    con

    altura

    mxima

    de 14 m.

    10 m. 11 m. Aislado.

    No se

    permite

    adosa-

    miento.

    Los proyectos destinados a equipamiento de educacin y cultura

    emplazados en terrenos de 5 o ms hectreas que opten a la tabla B y que se

    ubiquen en el polgono definido por la calle General Blanche por el norte, la

    calle Carlos Pea Otaegui por el sur, Avda. Plaza por el oriente y Avda. San

    Carlos de Apoquindo por el poniente podrn optar a una altura mxima de 5

    pisos o 17.50 metros.

    5. Area E-Ab4: edificacin aislada baja N 4 prima.

  • Modifcanse las tablas A),B) y C) del rea de Edificacin aislada Baja N4

    Prima en la forma siguiente:

    Tabla A)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    2 viv/h

    2500 m 0.12 0.12 0.8 45 3 pisos

    con

    altura

    mxima

    de 10,5

    m.

    10 m. 11 m. Aislado.

    No se

    permite

    adosa-

    miento.

    Los proyectos de viviendas y los equipamientos que se emplacen en el rea

    E-Ab4 podrn optar a la densificacin de acuerdo a la tabla B) o C), siempre que se cumpla lo siguiente:

    a) Realizar un estudio de factibilidad que seale el impacto proporcional

    sobre los proyectos deficitarios del rea sealados en el Artculo 39 de la

    presente Ordenanza. Este estudio deber considerar lo sealado en la

    Ordenanza del Plan Regulador Metropolitano de Santiago actuando como

    contraparte la Municipalidad a travs del Director de Obras Municipales

    quin se pronunciar respecto de la metodologa y el estudio.

    b) Estar ejecutadas parcial o totalmente las obras que dan factibilidad de

    urbanizacin y de vialidad al rea y que se definen en el artculo 39 de la

    presente Ordenanza. Se consideran ejecutadas parcialmente las obras slo

    en el momento en que se encuentren materializadas o garantizadas

    aquellas sealadas para el rea Eab4.

    Tabla B)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    17

    viv/h

    600 m 0.6 0.4 No se

    exige.

    70 3 pisos

    con

    altura

    mxima

    de 10.5

    m.

    5 m. Orde-

    nanza

    General

    Aislado.

  • Los proyectos de loteo que opten por acogerse a las disposiciones de la tabla

    B), podrn disminuir hasta un 25% la subdivisin predial mnima, siempre y

    cuando el porcentaje de predios que no cumple la subdivisin predial

    mnima no exceda el 20% del total de predios del loteo.

    Tabla C)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasan-

    te

    Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    30

    viv/h

    2500 m

    0.8

    0.3 0.4 60 4 pisos con

    altura

    mxima de

    14 m.

    7 m. 11 m. Aislado

    No se

    permite

    adosa-

    miento.

    6. Area E-Am1: edificacin aislada media N 1.

    A) Proyecto de una nueva vivienda o ampliacin de la existente.

    Las edificaciones de viviendas que se emplacen en el rea E-Am1 debern

    cumplir con las normas especficas correspondientes a la tabla A) del rea

    de Edificacin Aislada Baja N1.

    B) Proyecto de densificacin de viviendas y equipamiento.

    Los proyectos de viviendas y los equipamientos que se emplacen en el rea

    E-Am1, con excepcin del sector Lo Fontecilla, que se delimita en la presente ordenanza, podrn optar a la tabla B). con las normas especficas

    de edificacin siguientes:

    Tabla B).

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    90

    Viv/H.

    800 m 1.0 0.3 0.2 60 4 pisos

    con

    altura

    mxima

    de 14 m.

    7 m. 6 m. Aislado.

    No se

    permite

    el adosa-

    miento.

  • El rea libre de la tabla B) deber disponerse en el nivel natural de terreno.

    En el rea comprendida entre la Avda. Paul Harris por el norte, la Avda

    Charles Hamilton por el sur, la calle Lo Fontecilla por el oriente y la Avda.

    Estoril por el poniente, correspondiente al sector Lo Fontecilla, los proyectos de viviendas y los equipamientos que se emplacen en el rea

    descrita precedentemente podrn optar a la densificacin de acuerdo a la

    tabla C), siempre que se cumpla lo siguiente:

    a) Realizar un estudio de factibilidad que seale el impacto proporcional

    sobre los proyectos deficitarios del rea sealados en el Artculo 39 de la

    presente Ordenanza. Este estudio deber considerar lo sealado en la

    Ordenanza del Plan Regulador Metropolitano de Santiago actuando como

    contraparte la Municipalidad a travs del Director de Obras Municipales

    quin se pronunciar respecto de la metodologa y el estudio.

    b) Estar ejecutadas parcial o totalmente las obras que dan factibilidad de

    urbanizacin y de vialidad al rea y que se definen en el artculo 39 de la

    presente Ordenanza. Se consideran ejecutadas parcialmente las obras slo

    en el momento en que se encuentren materializadas o garantizadas aquellas

    sealadas para el rea Eab4 y Eab4`.

    Tabla C).

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    60

    viv/h

    4000 m2 0.6

    0.35 0.4 60 4 pisos

    con

    altura

    mxima

    de 14

    metros.

    10 m. 11 m.

    Aislado.

    No se

    permite

    adosa-

    miento.

    En todos los casos, la edificacin deber respetar un distanciamiento

    mnimo de 18 metros con el rea de Edificacin Especial N5 Casa de Lo Fontecilla.

    El rea libre de la tabla C) deber disponerse en el nivel natural de terreno.

    7. Area E-Am1: edificacin aislada media N 1 prima.

    A) Proyecto de una nueva vivienda o ampliacin de la existente.

    Las edificaciones de viviendas que se emplacen en el rea E-Am1 debern cumplir con las normas especficas de la siguiente tabla:

  • Tabla A)

    Densidad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    Existente Existen-

    te.

    0.6 0.4 No se

    exige.

    60 3 pisos

    con

    altura

    mxima

    de 10,5

    m.

    Plano

    loteo o

    mnimo

    5 m.

    Orde-

    nanza

    General.

    Aislado.

    B) Proyectos de densificacin para equipamiento.

    Las edificaciones con destino equipamiento que se emplacen en las reas E-

    Am1 podrn optar a las normas especficas de una de las tres tablas siguientes

    Tabla B)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin

    de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    ----- 1500m 2.5 0.70 0.2. 70 4 pisos

    con

    altura

    mxima

    de 14

    m.

    Plano de

    loteo o 7

    metros

    mnimo.

    4m.. Aislado y

    pareado, en

    este caso

    con

    permiso de

    edificacin

    simultneo

    Tabla C)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    ----- 1500m 2.5 0.5 0.2. 70 5 pisos

    con

    altura

    mxima

    de 17.50

    m.

    Plano de

    loteo o 7

    metros

    mnimo.

    5m.. Aislado

    Tabla D)

  • Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a Me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    ----- 1500m 2.5 0.3 0.2. 70 7 pisos

    con

    altura

    mxima

    de 24.50

    m.

    Plano de

    loteo o 7

    metros

    mnimo.

    7m.. Aislado

    C) Proyectos de densificacin para vivienda.

    Los proyectos de densificacin destinados a vivienda debern aplicar la

    tabla D) anterior con una altura mxima de 21 metros.

    Los proyectos que se emplacen en el rea EAm1 Avda. Las Condes entre calle Estoril y Camino a Farellones dispondrn de un coeficiente de

    constructibilidad de 1.8 aplicndose en todo caso el resto de las

    disposiciones de las tablas A),B),C) y D) precedentes segn corresponda al

    proyecto.

    En todos los casos, la edificacin podr acogerse slo a una de las tablas

    precedentes y deber respetar un distanciamiento mnimo de 18 metros con

    los predios que pertenezcan parcialmente al rea de edificacin E-Ab1 y de

    12 metros con predios que pertenezcan parcialmente al rea de edificacin

    E-Ab2, E-Ab3, distancia que ser medida desde el eje del deslinde y en toda

    su longitud. Para efectos de calificar si el predio pertenece a las reas de

    edificacin E-Ab1, E-Ab2 o E-Ab3, se considerar cualquier predio que

    contenga total o parcialmente alguna de estas reas.

    8. Area E-Am2: edificacin aislada media N 2.

    A) Proyecto de una nueva vivienda o ampliacin de la existente.

    Las edificaciones de viviendas que se emplacen en el rea E-Am2 debern

    cumplir con las normas especficas de la siguiente tabla:

    Tabla A)

    Densi-

    dad

    Subdivi-

    sin

    Coefi-

    ciente

    Coefi-

    ciente

    Coefi-

    ciente

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    Distan-

    ciamien-

    Agrupa-

    miento y

  • Mxima

    Neta

    Predial

    Mnima

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    de

    rea

    libre

    mnimo to a me-

    dianero

    Adosa-

    miento

    Existen-

    te.

    Existen-

    te.

    0.6 0.4 No se

    exige.

    60 3 pisos

    con

    altura

    mxima

    de 10,5

    m.

    Plano

    loteo

    Orde-

    nanza

    General.

    Aislado.

    B) Proyectos de densificacin de viviendas y equipamiento.

    Los proyectos de densificacin que se emplacen en las reas E-Am2 podrn

    optar a las normas especficas de la siguiente tabla:

    Tabla B)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    160

    viv/h

    1500m 1.6 0.3 0.4. 70 7 pisos

    con

    altura

    mxima

    de 20 m.

    7 m 7m.. Aislado.

    No se

    permite

    el adosa-

    miento.

    Los proyectos de densificacin destinados a equipamiento de la clase

    Servicios Profesionales que se acojan a la tabla B) precedente y se emplacen

    en un predio de a lo menos 2.000 m debern tener una altura mxima de 7

    pisos o 25,0 metros y un antejardn mnimo de 10,0 metros.

    Toda edificacin producto de un proyecto de densificacin acogido a la

    Tabla B), deber respetar un distanciamiento mnimo de 12,0 metros hacia

    los deslindes de los predios que pertenezcan parcialmente a las reas de

    edificacin E-Ab2 o E-Ab3, distancia que ser medida desde el eje del

    deslinde y en todo el deslinde comn. Para efectos de calificar si el predio

    pertenece a las reas de edificacin E-Ab2, E-Ab3 se considerar cualquier

    predio que contenga total o parcialmente algunas de estas reas.

    El rea libre de la tabla B) deber disponerse en el nivel de terreno natural.

    Con todo, los proyectos de densificacin para vivienda o equipamiento que

    se acojan a la tabla B), y que se ubiquen en el polgono definido por Av.

    Cuarto Centenario por el nor-oriente, calle La Goleta por el poniente, y calle

    Los Pozos por el sur, debern considerar un tamao predial mnimo de 2500

    m, un antejardn de15,0 m por calle La Goleta, y contar con acceso a lo

    menos por dos calles del respectivo polgono.

  • C) Proyecto de densificacin de viviendas.

    Los proyectos de construccin de Viviendas Sociales en el rea delimitada

    por calle Santa Zita al nor-poniente; prolongacin de Avda. Paul Harris

    hasta Avda. Nueva Bilbao al nor-oriente; Avda. Nueva Bilbao; lnea

    imaginaria a 110 metros paralela al eje de la Avda. Alexander Fleming y

    Avda. Alexander Fleming entre Vital Apoquindo y Santa Zita, todos al sur,

    se regirn por las siguientes condiciones de la tabla C):

    Tabla C)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin

    de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-to

    a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    300

    viv/h

    2500 m2

    1.6

    0.4 0.4. 70 4 pisos

    con

    altura

    mxima

    de 14

    m.

    7 m Ordenanza

    General

    Aislado.

    No se

    permite

    el

    adosa-

    miento.

    9. Area E-Am4: edificacin aislada media N 4.

    A) Proyecto de una nueva vivienda o ampliacin de la existente.

    Las edificaciones de viviendas que se emplacen en el rea E-Am4 debern

    cumplir con las normas especficas de la siguiente tabla:

    Tabla A).

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    Existen-

    te.

    Existen-

    te.

    0.6 0.4 No se

    exige.

    60 3 pisos

    con

    altura

    mxima

    de 10.5

    m.

    Plano

    loteo

    Orde-

    nanza

    General.

    Aislado.

    B) Proyectos de densificacin de vivienda y equipamiento.

  • Las edificaciones de viviendas en densidad y equipamientos que se

    emplacen en las reas E-Am4 podrn optar a la tabla B) con las normas

    especficas de edificacin siguiente:

    Tabla B)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    adosa-

    miento

    240

    viv/h

    1.500 m 1.8

    0.4 0.4 70 9 pisos

    con un

    mximo

    de 31.5

    metros

    de altura

    7 m. 8 m. Aislado.

    No se

    permite

    el adosa-

    miento.

    Los proyectos que opten por la tabla B), no podrn disponer el uso de

    vivienda, en el nivel de primer piso.

    El rea libre de las tabla B) deber disponerse en el nivel natural del terreno.

    En el rea de edificacin E-Am4 Cerro San Luis, los proyectos de densificacin deben respetar las Lneas de Edificacin definidas en la

    Lmina N 1 del MRCLC-02, con una ocupacin mxima del suelo del

    10%, y una altura mxima que no sobrepase los 690,50 m.s.n.m., cota de

    cumbre del Cerro San Luis.

    En el rea de edificacin E-Am4 Sector Visviri, definido por los siguientes lmites; Avda. Cristbal Coln y calle Manuel Claro Vial al norte,

    Avda. Francisco Bilbao por el sur, Avda. Padre Hurtado por el oriente y

    calle Visviri y lnea imaginaria a 25,0 metros al oriente, paralela al eje de

    pasaje Enrique Bunster por el poniente, los proyectos de densificacin

    debern respetar las siguientes alturas mximas:

    En los predios que enfrenten la calle Visviri, los proyectos no podrn

    superar la altura mxima de 7 pisos o 25,0 metros. En los predios que

    enfrenten la Avda.Padre Hurtado, entre lmite sur del rea Ee5 Casas Santa Rosa de Apoquindo hasta calle Manuel Claro Vial, no podrn superar la altura mxima de 12 pisos o 42,0 metros. En el caso de predios fusionados,

    que enfrenten ambas calles, para definir la porcin del predio a la que

    corresponde la aplicacin de las distintas alturas mximas de construccin,

    se establece una lnea imaginaria trazada en la mitad de la distancia entre

    lneas oficiales de Avda. Padre Hurtado y calle Visviri.

    Los proyectos de densificacin que se emplacen en terrenos con frente a las

    calles Visviri y Manuel Claro Vial, debern contemplar adicionalmente una

  • franja privada destinada exclusivamente a jardines y parques excluyendo

    cualquier otro uso de 4,0 metros en todo su frente a esa calle.

    En los predios que enfrentan la calle Manuel Claro Vial, los proyectos no

    podrn superar la altura de 7 pisos o 24.5 metros. Para predios fusionados,

    que enfrenten ambas calles, para definir la porcin del predio a la que

    corresponde la aplicacin de las distintas alturas mximas de construccin,

    se establece una lnea imaginaria trazada en la mitad de la distancia entre

    lneas oficiales de calle Manuel Claro Vial y la Avda. Bilbao.

    En el rea delimitada EAm4 Sector Visviri, aquellos proyectos de uso no residencial que se emplacen en zona UC1 podrn incrementar su coeficiente

    de ocupacin de suelo hasta un 60% con una altura mxima de 14,0 metros.

    Aquellos proyectos que se emplacen en la zona UC2 podrn incrementar su

    coeficiente de ocupacin de suelo hasta un 60% con una altura mxima de

    14,0 metros medidos en su punto ms favorable. En esta rea los proyectos

    podrn aumentar su altura hasta 18,0 metros siempre y cuando reduzcan su

    ocupacin de suelo al 45%. El proyecto que se desarrolle con menor

    ocupacin de suelo y mayor altura deber respetar un porcentaje nico de

    ocupacin de suelo. En ningn caso, el cuerpo edificado resultante producto

    de la aplicacin de esta norma especial, podr escalonarse. Para los

    proyectos ubicados en las zonas UC1 y UC2, la norma contenida en este

    prrafo se aplicar slo si el proyecto cumple copulativamente con las

    condiciones siguientes:

    1. Genere todos sus accesos por Avda. Padre Hurtado, Alexander Fleming, Bilbao

    y Cuarto Centenario segn corresponda.

    2. Contemple adicionalmente una franja privada destinada exclusivamente a

    jardines y parques excluyendo cualquier otro usos de 15,0 metros por calle

    Visviri o calle Manuel Claro Vial. Esta franja podr destinarse exclusivamente a

    jardines y parque excluyndose cualquier otro uso. En todo caso dicha franja se

    considerar para efecto de los coeficientes sealados en la tabla B). El uso de

    rea verde de esta franja de 15,0 metros persistir slo en tanto se mantenga el

    uso comercial u otro diferente a vivienda, pero si el uso pasara a ser residencial

    se ver reducida a 4,0 metros en la forma ms arriba prevista.

    Las reas de servicio de estos proyectos, patios de maniobra, de carga y

    descarga no podrn ser desarrolladas en el permetro del terreno, salvo que

    ellas se desarrollen en subterrneo.

    En el rea de edificacin EAm4, Sector Los Militares, delimitada por la Avda. Los Militares por el norte, Avda. Nuestra Seora del Rosario por el

    oriente; el rea Ee5 Instituto Cultural de Las Condes calle Linneo , rea EAa1 y rea EAa + cm por el sur y Avda. Manquehue por el poniente y

    sector Cerro El Plomo delimitado por calle Cerro El Plomo por el norte;Avda. Nuestra Seora del Rosario por el oriente; Avda. Los Militares

    por el sur y calle Estocolmo por el poniente, los proyectos de densificacin

    para vivienda y equipamiento podrn optar a una altura mxima de 12 pisos

    con un mximo de 42,0 metros.

  • En el rea de edificacin EAm4 Sector Hermanos Cabot delimitada por calle Hermanos Cabot por el norte; calle Reina Astrid por el oriente; Avda.

    Presidente Riesco por el sur y calle Benito Juarez por el poniente se aplicar

    la tabla A). Los proyectos de densificacin para vivienda que califiquen

    como Conjunto Armnico segn el artculo 2.6.4 punto N1 letra b) de la

    Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, debern ajustarse a lo

    sealado en la tabla C).

    Tabla C.

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Coefi-

    ciente de

    cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejardn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    adosa-

    miento

    200

    viv/h

    2.0

    0.25 0.5 70 13 pisos

    para

    predios con

    frente a

    calle Hnos.

    Cabot y 7

    pisos

    para

    predios con

    frente a

    Avda.

    Presidente

    Riesco.

    (**)

    7 m.

    10 metros

    para

    predios con

    frente a

    calle

    Hermanos

    Cabot

    25 m. por

    Avda.

    Presidente

    Riesco

    ----- Aislado

    (**)Para efecto de definir la altura mxima aplicable a cada porcin del predio se

    considerar una lnea imaginaria trazada a 60 metros de la Lnea Oficial de la Avda.

    Presidente Riesco.

    10. Area E-Aa1: edificacin aislada alta N 1.

    A) Proyecto de una nueva vivienda o ampliacin de la existente.

    Las edificaciones de viviendas o equipamientos que se emplacen en el rea

    E-Aa1 debern cumplir con las normas especficas de la siguiente tabla:

    Tabla A)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

  • Neta

    lidad cin de

    suelo

    libre

    Existen-

    te.

    Existen-

    te.

    1.0 0.4 No se

    exige.

    70 3 pisos

    con un

    mximo

    de 10,5

    metros

    de altura

    7 m. 6 m. Aislado.

    2. Proyectos de densificacin para equipamientos.

    Los proyectos de densificacin que se emplacen en las reas E-Aa1 podrn

    optar a las normas especficas de la siguiente tabla:

    Tabla B)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de

    cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin

    de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-miento

    ------ 1500 m 1.8 0.3 0.3 70 12 pisos

    con un

    mximo

    de 42

    metros

    de

    altura.

    7 m. 8 m. Aislado

    No.se

    permiteadosa-

    miento.

    C) Proyectos de densificacin de viviendas.

    Los proyectos de densificacin que se emplacen en las reas E-Aa1 podrn

    optar a las normas especficas de la siguiente tabla:

    Tabla C).

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de

    cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin

    de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

  • 240

    viv/h.

    1500 m 2.0 0.3 0.3 70 15 pisos

    con un

    mximo

    de 42

    metros

    de

    altura.

    7 m. 8 m. Aislado.No

    se permite

    adosa-

    miento.

    Los proyectos que opten por la tabla C), no podrn disponer el uso de

    vivienda en el nivel de primer piso.

    El rea libre de la tabla C) deber disponerse en el nivel natural de terreno.

    S un nuevo proyecto que se acoge a la tabla C) colinda con un predio con

    edificacin continua, el nuevo proyecto podr desarrollar tambin el

    agrupamiento continuo en la misma profundidad de la edificacin continua

    existente. En este caso se autorizar aumentar el coeficiente de

    constructibilidad y de ocupacin de suelo del rea de edificacin en un 10%,

    pero este aumento de superficie slo podr destinarse a la porcin de

    edificacin continua. Sin perjuicio de lo anterior, respecto de los deslindes

    con predios en los que no se permite la edificacin continua se deber

    respetar un distanciamiento mnimo de 8,0 metros.

    11. Area E-Aa2: edificacin aislada alta N 2.

    A) Proyecto de una nueva vivienda o ampliacin de la existente.

    Las edificaciones de viviendas o equipamientos que se emplacen en el rea

    E-Aa2 debern cumplir con las normas especficas de la siguiente tabla:

    Tabla A)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    Existen-

    te.

    Existen-

    te.

    1.0 0.4 No se

    exige.

    70 3 pisos

    con un

    mximo

    de 10,5

    metros

    de altura

    7 m. 6 m. Aislado.

  • B) Proyectos de densificacin de viviendas y equipamiento

    Los proyectos de densificacin que se emplacen en las reas E-Aa2 podrn

    optar a las normas especficas de la siguiente tabla:

    Tabla B).

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    220

    Viv/h.

    1.500 m 2.0 0.3 0.5 70 15 pisos

    con un

    mximo

    de 52.5

    metros

    de

    altura.

    7 m. 8 m. Aislado.

    No se

    permite

    el adosa-

    miento.

    El rea libre de la tabla B) deber disponerse en el nivel de primer piso.

    S un nuevo proyecto que se acoge a la tabla B) colinda con un predio con

    edificacin continua, el nuevo proyecto podr desarrollar tambin el

    agrupamiento continuo en la misma profundidad de la edificacin continua

    existente. En este caso se autorizar aumentar el coeficiente de

    constructibilidad y de ocupacin de suelo del rea de edificacin en un 10%,

    pero este aumento de superficie slo podr destinarse a la edificacin

    continua. Sin perjuicio de lo anterior, respecto de los deslindes con predios

    en los que no se permite la edificacin continua se deber respetar un

    distanciamiento mnimo de 8,0 metros.

    12. Area E-Aa3: edificacin aislada alta N 3.

    A) Proyectos de densificacin para vivienda y equipamiento.

    Los proyectos de densificacin que se emplacen en las reas E-Aa3 podrn

    optar a las normas especficas de las siguientes tablas:

    En el rea delimitada por la Avda. Presidente Riesco por el norte, calle

    Estocolmo por el oriente, calle Cerro El Plomo por el sur y Avda. Alonso de

    Crdova por el poniente, los proyectos debern aplicar las condiciones

    establecidas en la tabla A)

  • Tabla A)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    220

    viv/h

    2500 m2

    4.0

    0.4 0.6 70 15 pisos

    con un

    mximo

    de 52.5

    metros

    de altura

    10 m. 10 m. Aislado.

    No se

    permite

    el adosa-

    miento.

    En el rea delimitada por la calle Cerro El Plomo por el norte, calle

    Estocolmo por el oriente, calle Los Militares por el sur y Avda. Alonso de

    Crdova por el poniente, los proyectos debern aplicar las condiciones

    establecidas en la tabla B)

    Tabla B).

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente de

    cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    220

    Viv/h.

    2500 m2 2.0 0.3 0.5 70 15 pisos

    con un

    mximo

    de 52.5

    metros

    de

    altura.

    7 m. 8 m. Aislado.

    No se

    permite

    adosa-

    miento.

    El rea libre de la tabla A) y tabla B) deber disponerse en el nivel de

    primer piso.

    Los proyectos que opten por la tabla A) o tabla B), no podrn disponer el

    uso de vivienda en el nivel de primer piso.

    13. Area E-Aa4: edificacin aislada alta N 4.

    A) Proyecto de una nueva vivienda o ampliacin de la existente.

  • Las edificaciones de vivienda que se emplacen en esta rea, debern cumplir

    con las normas especficas de la siguiente tabla:

    Tabla A)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    Existen-

    te.

    Existen-

    te.

    1.0 0.6 No se

    exige.

    70 3 pisos

    con un

    mximo

    de 10,5

    metros

    7 m. 6 m. Aislado.

    B) Proyectos de densificacin para equipamiento.

    Los proyectos de densificacin que se emplacen en el rea E-Aa4 podrn

    optar a las normas especficas de la siguiente tabla:

    Tabla B)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    ----- 1500m 2.0 0.4 0.3. 70 12 pisos

    con un

    mximo

    de 42

    metros.

    7 m. 8 m. Aislado.

    No se

    permite

    adosa-

    miento.

    La altura mxima en los proyectos de densificacin destinados a

    equipamiento que se emplacen en terrenos cuya superficie sea superior a

    2500 m2 y que enfrenten calles de ms de 30,0 metros entre lneas oficiales,

    ser de 10 pisos o 35,0 metros.

    C) Proyectos de densificacin de viviendas

    Los proyectos de densificacin que se emplacen en el rea E-Aa4 podrn

    optar a las normas especficas de la siguiente Tabla:

    Tabla C)

  • Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de

    cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin

    de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-miento

    350

    viv/h

    1.500

    m

    2.5 0.3 0.3 70 15

    pisos

    con

    altura

    mxima

    de 42

    metros

    7 m. 8 m. Aislado No se

    permiteadosa-

    miento.

    La altura mxima en los proyectos de densificacin destinados a vivienda

    que se emplacen en terrenos cuya superficie sea igual o superior a 2500 m2

    y que enfrenten calles de ms de 30,0 metros entre lneas oficiales, ser de

    12 pisos o 34,0 metros.

    14. Area E-Aa+cm: edificacin aislada alta con continuidad media.

    1. Proyectos de densificacin de viviendas o equipamiento aislado.

    Los proyectos de densificacin que se emplacen en el rea E-Aa + cm

    podrn optar a las normas especficas de la siguiente tabla:

    Tabla A)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente de

    cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    libre 1500 m 3.0 para

    edifica-

    cin

    aislada

    0.3 para

    edifica-

    cin ais-

    lada

    0.3 70 15 pisos

    con un

    mximo

    de 52..5

    metros

    de altura

    7 m. 8 m. Aislado.

    No se

    permite

    el adosa-

    miento.

    Los proyectos que opten a la tabla A) no podrn disponer el uso de

    viviendas en el primer piso.

    2. Proyectos de densificacin para equipamiento aislado.

  • En esta rea de edificacin se permite agrupamiento alternativo aislado

    destinado a usos distintos a la vivienda respetando las siguientes

    condiciones:

    Tabla B)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    ----- Existente 3.0 0.75 0.2 70 5 pisos con un

    mximo

    de 17.50

    metros

    de altura

    7 m. 4 m. Aislado.

    No se

    permite

    el adosa-

    miento.

    C) Proyectos de densificacin con equipamiento en el cuerpo continuo.

    Los proyectos de densificacin que se emplacen en el rea E-Aa + cm

    podrn optar a las normas especficas de la siguiente tabla:

    Tabla C)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    libre 500 m 3.0 para

    edifica-

    cin

    aislada

    0.4

    para

    edifica-

    cin

    ais-lada

    0.2 70

    sobre la

    edifica-

    cin

    continua

    2 pisos con

    un mximo

    de 7

    metros

    para la

    edificacin

    continua y

    respetando

    una altura

    7 m. 8 m. Continuo

    y

    Aislado.

    No se

    permite

    el adosa-

    miento.

  • total de 17

    pisos con

    un mximo

    de 59. 5

    metros de

    altura

    Los proyectos que opten por la tabla C), slo podrn disponer el uso de

    equipamiento en el nivel de edificacin continua.

    En el rea EAa+cm los proyectos de densificacin podrn incorporar

    edificacin continua media para destinos que no sean vivienda, cumpliendo

    las siguientes normas:

    1. Las edificaciones sobre el nivel de la construccin continua deben emplazarse en

    la lnea de edificacin.

    2. La lnea de edificacin de la construccin continua ser la establecida por el

    antejardn correspondiente en el plano de loteo. A partir de esta lnea de

    edificacin la longitud del cuerpo continuo ser equivalente como mximo al

    40% del deslinde comn.

    3. El rea libre resultante de la aplicacin del coeficiente de rea libre, podr

    desarrollarse en un nivel distinto al de primer piso.

    Cuando el proyecto se emplace en un predio que deslinda con otro en el que

    no est autorizada dicha continuidad, deber respetar un distanciamiento

    mnimo de 8,0 metros con ese deslinde.

    En esta rea, los proyectos de densificacin que destinen el cuerpo continuo

    a equipamiento bsico de la clase Comercio en todo su frente edificado

    podrn construir un piso adicional sobre la altura mxima de edificacin

    establecida para el rea.

    Los proyectos en el rea delimitada por la Avda. Pdte. Riesco por el norte,

    Avda. Isidora Goyenechea por el sur, Avda. Vitacura por el oriente y Avda.

    Andrs Bello por el poniente, podrn optar por las condiciones sealadas en

    la siguiente tabla:

  • Tabla D)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coeficiente

    de rea libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejardn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    libre Predio

    Existente

    0.6

    hasta

    40

    metros

    y 0.3

    sobre

    40

    metros.

    0.70 en el

    N.N.T. El que

    podr

    radicarse tanto

    en espacios

    exteriores

    como en

    interiores que

    consideren una

    altura libre

    interior

    mnima de 14

    metros, tales

    como:

    portales,

    plazas ,

    galerias

    comerciales

    segn el

    artculo 21.

    70aplica-

    da a 40

    metros de

    altura.

    libre 7 m. 15 m.

    sobre la

    altura de

    placa

    existente

    Aislado

    Pareado

    hasta 40

    metros

    Continuo

    en la

    altura de

    placa

    existente

    15. Area E-Aa+ca: edificacin aislada alta con continuidad alta.

    Las edificaciones de viviendas y equipamientos que se emplacen en el rea

    E-Aa+ca, que se encuentra definida por los siguientes lmites: eje de la calle

    Los Pozos y eje de calle Choapa hasta la interseccin con el eje de Avda.

    Coln; eje de Avda. Coln entre su interseccin con la prolongacin de calle

    Choapa hasta la interseccin con la prolongacin del eje de calle

    Guadarrama por el norte, eje de calle Gredos hasta su interseccin con eje

    de Avda. Cuarto Centenario, eje de Avda. Cuarto Centenario entre eje de

    calle Gredos y calle Atenas, eje de calle Atenas, hasta su interseccin con el

    eje de Avda. Toms Moro, franja de profundidad mxima de 100 metros a

    partir de la lnea oficial sur de Avda. Coln entre eje de Avda. Toms Moro

    hasta interseccin con el eje de calle Robinson Crusoe por el sur, eje de la

    calle Guadarrama, hasta su interseccin con eje de la calle Gredos por el

    oriente, eje de la calle Robinson Crusoe entre la interseccin con la franja de

    profundidad mxima de 100 metros desde la lnea oficial sur de la Avda.

    Coln hasta el eje de calle Los Pozos por el poniente, podrn optar a las

    siguientes tablas de edificacin :

    1. Proyectos de equipamiento, para predios existentes o fusionados que enfrentan

    Rotonda Atenas.

  • Los proyectos de densificacin que se emplacen en las reas E-Aa + ca

    podrn optar a las normas especficas de la siguiente tabla:

    Tabla A)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    ------ Existente 2.5 0.7 0.3 70 6 pisos

    con

    altura

    mxima

    de 21

    metros.

    Variable

    segn

    plano de

    loteo

    6 m. Aislado.

    No se

    permite

    el adosa-

    miento.

    Los proyectos de nuevas viviendas o ampliacin de las existentes podrn

    acogerse a todas las condiciones de la tabla A), con excepcin del

    distanciamiento que se regir por lo establecido en la Ordenanza General de

    Urbanismo y Construcciones y la altura mxima que ser de 3 pisos o 10,50

    metros.

    2. Proyectos de vivienda y equipamiento para predios que enfrenten la

    avenida Coln.

    Los proyectos de densificacin que se emplacen en el rea E-Aa + ca podrn

    optar a las normas especficas de la siguiente tabla:

    Tabla B)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    libre. 1500 m 2.5 para

    edifica-

    cin

    aislada

    0.4 para

    edifica-

    cin

    ais-lada

    0.2 70

    sobre la

    edifica-

    cin

    continua

    15 pisos

    con un

    mximo

    de 52.5

    metros

    de

    altura

    7 m. 8 m. Continuo

    y

    Aislado.

    No se

    permite

    el adosa-

    miento.

    Los proyectos que opten por la tabla B), slo podrn disponer el uso de

    equipamiento en el nivel de edificacin continua.

  • En esta rea los proyectos de densificacin que se emplacen en predios que

    enfrenten la avenida Coln, podrn incorporar edificacin continua media

    con una altura mxima de 4 pisos o 14 metros, para destinos que no sean

    vivienda, cumpliendo las siguientes normas:

    1. Las edificaciones sobre el nivel de la construccin continua deben emplazarse en

    la lnea de edificacin.

    2. La lnea de edificacin de la construccin continua ser la establecida por el

    antejardn correspondiente en el plano de loteo.

    3. A partir de esta lnea de edificacin la longitud del cuerpo continuo ser

    equivalente como mximo al 40% del deslinde comn. En ningn caso podr

    fraccionarse el cuerpo continuo.

    4. El rea libre resultante de la aplicacin del coeficiente de rea libre, podr

    desarrollarse en un nivel distinto al de primer piso.

    Cuando el proyecto se emplace en un predio que deslinda con otro en el

    que no est autorizada dicha continuidad, deber respetar un

    distanciamiento mnimo de 8,0 metros con ese deslinde.

    En esta rea, los proyectos de densificacin que destinen el cuerpo

    continuo a equipamiento bsico de la clase Comercio en todo su frente

    edificado, podrn construir un piso adicional sobre la altura mxima de

    edificacin establecida para el rea.

    Los proyectos no podrn disponer el uso de vivienda en el nivel de

    primer piso.

    Los proyectos de densificacin debern respetar un distanciamiento

    mnimo de 12,0 metros con los predios de las zonas E-Ab2 o E-Ab3,

    distancia que ser medida desde el eje del deslinde y en toda su longitud.

    Para efectos de calificar si el predio pertenece a las reas de edificacin

    E-Ab2 o E-Ab3, se considerar que pertenecen a dichas reas aquellos

    predios se encuentren situadas en ellas en todo o en parte.

    16. rea E-e1: Edificacin Especial N 1. Equipamientos

    El rea de edificacin E-e1, de Equipamiento, estar constituida por los

    terrenos y las edificaciones destinadas a complementar las funciones

    urbanas bsicas, segn se establece en la Ordenanza del Plan Regulador

    Metropolitano de Santiago. En el territorio comunal estos son los

    siguientes:

  • A ) Equipamientos en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago.

    Centro Comercial Alto Las Condes.

    Centro Comercial Parque Arauco.

    Hospital de la Fuerza Area de Chile.

    Escuela Militar del Libertador Bernardo OHiggins.

    Iglesia y Monasterio Benedictino, en parte del Cerro Los Piques.

    Iglesia San Vicente Ferrer.

    Observatorio de la Universidad de Chile, en parte del Cerro Caln.

    B) Equipamientos comunales comerciales y de Servicios.

    Centro Comercial Power Center.

    Centro Comercial Apumanque.

    Centro Comercial El Faro.

    Centro Comercial Jumbo Bilbao.

    Clnica Las Condes.

    Edificio Consistorial I. Municipalidad de Las Condes.

    Hospital de la Caja de Previsin de Carabineros de Chile (DIPRECA).

    Comisara Paul Harris.

    Hogar de Ancianos Nuestra Seora de Los Angeles.

    Hogar Espaol.

    C ) Equipamientos comunales culturales.

    Inacap sede Coln y sede Apoquindo.

    Academia de Guerra de la Fuerza Area de Chile.

    Colegio Compaa de Mara.

    Colegio Cordillera.

    Colegio Cumbres.

    Colegio de los Padres Maristas.

    Colegio del Sagrado Corazn.

    Colegio del Verbo Divino.

  • Colegio Francisco de Ass.

    Colegio Las Condes.

    Colegio Lo Castillo.

    Colegio Nuestra Seora del Pilar.

    Colegio Padre Hurtado y Juanita de Los Andes.

    Colegio San Juan Evangelista.

    Colegio Villa Mara Academy.

    Escuela Adela Edwards.

    Escuela San Francisco del Alba.

    Escuela Simn Bolvar.

    Escuela Superior de Carabineros.

    Liceo Alexander Fleming.

    Colegio Nuestra Seora Virgen de Pompeya.

    Los proyectos de edificacin nueva, ampliacin, alteracin o reconstruccin que se

    emplacen en los predios individualizados en el inciso anterior y que enfrenten o

    colinden con las reas de edificacin E-Ab o especial debern respetar las

    siguientes normas:

    Tabla A)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivisin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente

    de cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin

    de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de

    rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    libre 2500 m2 para

    equipamiento

    comercial y

    10.000 m

    para

    equipamiento

    cultural en

    letra A) y C)

    1.4

    0.6 0.3 60 5 pisos

    o 17,50

    m.

    10 m. 11 m. Aislado.

    No se

    permite

    adosa-

    miento.

  • Los proyectos de edificacin nueva, ampliacin, alteracin o reconstruccin

    que se emplacen en los predios individualizados precedentemente y que

    colinden con reas de edificacin E-Am o E-Aa, siempre que no posean

    ningn deslinde con reas de edificacin de densidad baja o especial, podrn

    optar a una subdivisin predial mnima de 2500 m. Con todo, a aquellos

    proyectos que se emplacen en predios con superficie igual o superior a 2500

    m2 que enfrenten vas existentes de al menos 70,0 metros entre lneas

    oficiales y no colinden con alguna de las reas de edificacin baja, media o

    especial, les sern aplicables las normas de la tabla B), siempre y cuando

    cumpla las siguientes condiciones:

    1. Que no se consideren estacionamientos en superficie y el rea libre se disponga

    en el nivel natural del terreno.

    2. Que la carga y descarga de insumos, mercaderas o similares se realice en

    subterrneo.

    3. El cuerpo continuo no podr estar destinado a viviendas.

    Tabla B)

    Densi-

    dad

    Mxima

    Neta

    Subdivi-

    sin

    Predial

    Mnima

    Coefi-

    ciente de

    cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    300

    viv/h.

    Existente o

    nuevos de

    2500 m

    siempre

    que los

    nuevos

    lotes

    enfrenten

    calles de a

    lo menos

    70 metros

    entre lneas

    oficiales

    2.0 0.6

    hasta los

    14

    metros y

    0.4

    sobre

    los 14

    metros.

    0.4 70

    sobre 14

    metros.

    4 pisos o 14

    m. para

    edificacin

    continua y

    15 pisos o

    52.5 metros

    para

    edificacin

    aislada.

    10 m. para

    edificacin

    continua y

    15 metros

    para

    edificacin

    aislada

    10 m. Continuo

    y

    Aislado.

    No se

    permite

    adosa-

    miento.

    En el rea Ee1 (Edificacin Especial N1), las edificaciones existentes al

    momento de aprobacin de la presente modificacin, se exceptan de

    cumplir con la norma de antejardn mnimo establecido en la tabla. Sin

    embargo, toda nueva edificacin deber respetar el antejardn mnimo.

  • G) Reemplzase en el Area E-e2, Edificacin Especial N2, Equipamiento

    Recreacional Deportivo, el cuadro de edificacin por el siguiente:

    Coefi-

    ciente de

    cons-

    tructibi-

    lidad

    Coefi-

    ciente

    de

    ocupa-

    cin de

    suelo

    Coefi-

    ciente

    de rea

    libre

    Rasante Altura

    mxima

    Antejar-

    dn

    mnimo

    Distan-

    ciamien-

    to a me-

    dianero

    Agrupa-

    miento y

    Adosa-

    miento

    0.3 0.2 0.7 60 5 pisos o

    17,50 m.

    7 m. 11 m. Aislado.

    No se

    permite

    adosa-

    miento.

    H) Reenumrense las siguientes reas: 18. Ee2: Edificacin Especial

    N2, Equipamiento Recreacional Deportivo, 19. Ee3: Edificacin

    Especial N3 Parques Intercomunales, 20. E