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Gestión Medioambiental Y Desarrollo Sostenible C/ Gregorio Marañón 37 Ent 22. 04005 Almería. Telf.: 950 22 53 98 Fax.: 950 22 67 33 PLAN LOCAL DE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES T. M. CARBONERAS (ALMERÍA) PROMOTOR : AYUNTAMIENTO DE CARBONERAS CIF: P-0403200I Plaza deL Castillo nº 1 04140 Carboneras (Almería) AUTOR : SERFOSUR S.L. CIF: 04192944 C/ Doctor Gregorio Marañón Nº 37 Entresuelo 22 04005 Almería (Almería) Octubre de 2013

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Gestión Medioambiental

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PLAN LOCAL DE EMERGENCIAS

POR INCENDIOS FORESTALES

T. M. CARBONERAS (ALMERÍA)

PROMOTOR : AYUNTAMIENTO DE CARBONERAS CIF: P-0403200I Plaza deL Castillo nº 1 04140 Carboneras (Almería)

AUTOR : SERFOSUR S.L. CIF: 04192944 C/ Doctor Gregorio Marañón Nº 37 Entresuelo 22 04005 Almería (Almería)

Octubre de 2013

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INDICE:

MEMORIA

1. ANTECEDENTES. .................................................................................................. 3

2. OBJETO, ÁMBITO Y FUNCIONES DEL PLAN..................................................... 7

2.1. OBJETO .........................................................................................................................7

2.2. ÁMBITO TERRITORIAL ...........................................................................................8

2.3. FUNCIONES BÁSICAS DEL PLAN...........................................................................8

2.4. COMPETENCIAS DE LAS ENTIDADES LOCALES .............................................9

2.5. COMPETENCIAS DE LOS ALCALDES...................................................................9

3. CARACTERIZACIÓN TERRITORIAL Y ZONIFICACIÓN:................................... 10

3.1. LOCALIZACIÓN Y DESCRIPCIÓN GENERAL ..................................................10

3.2. NÚCLEOS DE POBLACIÓN. ...................................................................................10

3.3. USOS DEL SUELO .....................................................................................................11

3.4. ESPACIOS PROTEGIDOS........................................................................................12

3.5. MORFOLOGÍA Y RELIEVE. ...................................................................................13

3.5.1. Pendientes. .................................................................................................... 14

3.5.2. Morfología. ................................................................................................... 15

3.6. VEGETACIÓN ............................................................................................................15

3.6.1. Biogeografía. ................................................................................................ 16

3.6.2. Vegetación: ................................................................................................... 19

3.7. INFORMACIÓN METEOROLÓGICA ...................................................................22

3.7.1. Sistema de Información Meteorológica. ....................................................... 22

3.7.2. Red de estaciones meteorológicas automáticas. ........................................... 22

3.7.3. Centros Meteorológicos Territoriales Meteorología (AEMET). .................. 23

3.7.4. Servicio de Información Meteorológica Avanzado. ..................................... 24

4. ANALISIS DEL RIESGO DE INCENDIOS............................................................ 25

4.1. ÍNDICE TERRITORIAL DE RIESGO.....................................................................26

4.1.1. Clasificación del riesgo por pendiente.......................................................... 26

4.1.2. Clasificación del riesgo por combustibilidad................................................ 27

4.1.3. Obtención del índice territorial de riesgo. .................................................... 29

4.2. RIESGO METEOROLÓGICO..................................................................................30

4.2.1. Índice de riesgo meteorológico..................................................................... 31

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4.2.2. Riesgo por el estrés hídrico de la vegetación................................................ 33

5. ZONIFICACIÓN DEL RIESGO TERRITORIO ...................................................... 35

5.1. ZONIFICACIÓN Y ESTIMACIÓN DEL RIESGO LOCAL. ................................35

5.1.1. Zonificación por parcela CATASTRAL....................................................... 36

5.1.2. Épocas de peligro.......................................................................................... 36

6. INVENTARIO DE NÚCLEOS, INSTALACIONES O INFRAES-TRUCTURAS CON

NECESIDAD DE AUTOPROTECCIÓN...................................................................................... 37

6.1.1. Conducciones eléctricas................................................................................ 39

6.1.2. Vertederos:.................................................................................................... 40

6.1.3. Carreteras y otras vías de comunicación: ..................................................... 41

6.1.4. Núcleos de población.................................................................................... 41

7. CLASIFICACIÓN DE LOS INCENDIOS FORESTALES...................................... 42

8. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA : ....................................................................... 43

8.1. ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL PLAN. ..................................43

8.1.1. Dirección Del Plan........................................................................................ 43

8.1.2. Comité Asesor. ............................................................................................. 44

8.1.3. Grupos llamados a intervenir (servicios operativos). ................................... 45

8.1.4. Centro De Coordinación Operativa Local. ................................................... 47

8.2. CECOPAL: ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y MOVILIZACIÓN. ................48

8.2.1. Organigrama: ................................................................................................ 48

8.2.2. Operatividad del Plan Local en sus diferentes fases. .................................... 49

9. MANTENIMIENTO DEL PLAN Y PUBLICIDAD. ................................................. 56

10. ANEXOS ........................................................................................................... 57

10.1. ANEXO 10: CARTOGRAFÍA....................................................................................57

10.2. BASE DE DATOS........................................................................................................58

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1. ANTECEDENTES.

Los incendios forestales constituyen una grave amenaza para el medio

natural y, sin embargo, cada año cientos, cuando no miles, de hectáreas sucumben a

la acción del fuego, motivado tanto por causas naturales como por la malicia y la

desidia humanas.

Mediante el Decreto 108/1995, de 2 de mayo, se aprobó el Plan de Lucha

contra los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Andalucía (Plan

INFOCA), cuya finalidad es hacer frente a los incendios forestales y a las emergencias

que, como consecuencia de éstos, se produzcan en el territorio de la Comunidad

Autónoma, estableciéndose a tal fin, la organización y procedimientos de actuación de

los medios y servicios propios de la Junta de Andalucía y de aquellos que sean

asignados a este propósito por otras Administraciones Públicas y Entidades u

Organizaciones de carácter público o privado.

Con fecha 29 de junio de 1999, se aprobó la Ley 5/1999, de Prevención y

Lucha contra los Incendios Forestales, cuyo objeto lo constituye la defensa de los

montes o terrenos forestales frente a los incendios y proteger a las personas y a los

bienes por ellos afectados, promoviendo la adopción de una política activa de

prevención, la actuación coordinada de todas las Administraciones en materia de

prevención y lucha contra los incendios forestales y la restauración de los terrenos

incendiados, así como el entorno y medio natural afectado.

La Ley parte del principio de que la prevención y lucha contra los incendios

forestales conciernen a todos, y de que el uso de los montes debe estar presidido

por la necesidad de prevenir la iniciación o propagación de incendios forestales.

Siguiendo la ya antigua tradición de exigir a cada uno lo que pueda aportar en la

lucha contra los incendios, se configura la colaboración ciudadana como obligatoria,

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si bien se exige más a quien más se beneficia del monte, por lo que los propietarios y

titulares de derechos reales o personales de uso y disfrute de terrenos o explotaciones

forestales deberán asumir las obligaciones derivadas de dicha titularidad.

Para canalizar la colaboración de los propietarios forestales, incluidas las

Entidades Locales y asociaciones o entidades previstas por la Ley, se acude a la

figura de la Agrupación de Defensa Forestal, instaurada en la Ley Forestal de

Andalucía y de la que destaca su carácter voluntario. Asimismo, se regulan los Grupos

Locales de Pronto Auxilio, promovidos por las Entidades Locales, y otros grupos

equivalentes que sirvan de cauce a la participación voluntaria de los ciudadanos en la

prevención y lucha contra los incendios forestales.

En desarrollo de dicha Ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y Lucha

contra los Incendios Forestales, se dictó el Decreto 247/2001, de 13 de noviembre,

por el que se aprueba el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios

Forestales, en el que se regulan los aspectos que por su naturaleza, alcance o

contenido exigen su especificación o precisión técnica, de conformidad con las

competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en las materias de montes y

medio ambiente.

Por otra parte, el Decreto 247/2001, derogaba expresamente el Decreto

470/1994, de Prevención de Incendios Forestales, con la excepción de la fijación de

las Épocas de peligro contenidas en el artículo 2 y la delimitación de Zonas de Peligro.

Por último el Decreto 371/2010, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el

Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Andalucía y se modifica el

Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales aprobado por el

Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, introduce algunas modificaciones al anterior

que afectan por ejemplo a la posibilidad de realizar quemas controladas durante todos

los días de la semana.

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Se presta en toda la normativa una especial atención a los aspectos relativos a

la prevención, partiendo de la base de que la acción más eficaz contra los

incendios forestales es la de evitar que se produzcan.

Como novedad destacable, se reconoce, de una parte, la necesidad de

apoyar desde la Administración las actividades de los titulares de los montes,

cuyas obligaciones en materia de prevención no siempre resultan proporcionadas con

la rentabilidad económica de sus propiedades y, de otra, la obligación de los

administrados de contribuir al sostenimiento de los servicios de los que se

benefician directamente. Para hacer efectiva esta última se crea la Tasa de Extinción

de Incendios Forestales, figura impositiva que repercute en los titulares de los montes

el coste de extinción de los incendios, por aplicación de una tarifa referida a los medios

empleados en cada caso, si bien modulada con la fijación de límites correctores que

impiden desviaciones del principio de proporcionalidad.

En este sentido, se ha de destacar la existencia en este municipio de

distintos tipos de infraestructuras como las de comunicación (carreteras, caminos y

vías de penetración), o las que permiten disponer de aguas (depósitos, embalses) que

pueden facilitar la utilización de los medios de extinción. También, la presencia de

núcleos de población, aldeas, urbanizaciones, etcétera, enclavados en terrenos

forestales, que pueden determinar un mayor peligro para personas o bienes de

carácter forestal y condicionar la intervención de los medios de extinción.

Por otra parte el conocimiento del riesgo de incendios previsto para las

diferentes zonas o áreas del municipio, contribuye a llevar a cabo una adecuada

política de prevención y a una optimización en la asignación de los medios de

vigilancia y extinción disponibles. Al mismo tiempo, permite informar y alertar a los

ciudadanos para que extremen el cuidado en sus actividades en el medio rural, así

como tomar medidas excepcionales para la prevención de incendios como es el cierre

temporal de caminos o prohibición del uso del fuego en labores agrícolas y forestales.

De los factores que determinan el riesgo de incendios, unos tienen un carácter más

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permanente en el tiempo, en tanto que otros son de carácter más variable, lo cual

hace que la aplicación de los índices correspondientes sea también diferente. Así el

riesgo estructural permite la planificación a medio y largo plazo de las

actuaciones de prevención y lucha contra los incendios, en tanto que los otros riesgos

considerados se utilizan en la toma de decisiones a más corto plazo e incluso de forma

inmediata.

Como dicta el Artículo 24.1 de la Ley 5/1999; en defecto de Proyecto de

Ordenación o Plan Técnico, la gestión preventiva de los terrenos forestales se

realizará mediante Planes de Prevención de Incendios Forestales, cuya redacción

corresponde a los propietarios y titulares de derechos reales o personales de uso y

disfrute de terrenos o explotaciones forestales tanto públicos como privados.

Partiendo de la conveniencia de que exista un instrumento integrador y

aglutinador, la prevención de incendios se planifica a ámbito local para poder

obtener coherencia tanto en la medidas como en las actuaciones preventivas

que se van a proponer, ya que planificar y sobre todo gestionar la prevención de

incendios a nivel de cada propiedad privada, sería prácticamente imposible,

incoherente e inviable ambientalmente, debido a la gran parcelación que nos

encontramos.

La empresa SERFOSUR S. L., informó al Ayuntamiento, acerca de sus

obligaciones y la de los titulares privados en materia de incendios forestales, y la

necesidad de crear la correspondiente Agrupación de Defensa Forestal. Además

comunicó la obligación de:

La redacción de los Planes de Prevención de Incendios

Forestales por parte de los titulares de terrenos forestales.

La redacción del Plan Local de Emergencia por Incendios

Forestales por parte de la Entidad Local.

La redacción por parte de los titulares o representantes de

empresas, núcleos de población aislada, urbanizaciones, camping, e

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instalaciones o actividades ubicadas en zonas de peligro de los Planes de

Autoprotección.

Igualmente se informo al ayuntamiento de la posibilidad de satisfacer todas

esas obligaciones con el servicio integral que ofrece la empresa.

Tanto las obligaciones como los derechos de los Ayuntamientos y titulares

privados, dimanan de la legislación existente en materia forestal de la Comunidad

Autónoma de Andalucía:

Decreto 470/1994, de 29 de diciembre, de Prevención de Incendios

Forestales.

Decreto 108/1995, de 2 de mayo, por el que se aprueba el Plan de

Lucha contra los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de

Andalucía.

Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el

Reglamento Forestal de Andalucía.

Ley 5/1999, de 29 de junio, de prevención y lucha contra los incendios

forestales.

Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el

Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales.

Decreto 371/2010, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Plan

de Emergencia por Incendios Forestales de Andalucía y se modifica el

Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales

aprobado por el Decreto 247/2001, de 13 de noviembre.

2. OBJETO, ÁMBITO Y FUNCIONES DEL PLAN.

2.1. OBJETO

El Plan Local de Emergencia por Incendios Forestales del término de

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Carboneras tiene por objeto establecer la organización, el procedimiento de actuación

y la movilización de los recursos propios o asignados a utilizar para luchar contra los

incendios forestales y hacer frente a las emergencias de ellos derivadas

2.2. ÁMBITO TERRITORIAL

El ámbito territorial del Plan es el término al completo de Carboneras,

incluyendo el núcleo urbano y los núcleos de población del mismo.

2.3. FUNCIONES BÁSICAS DEL PLAN

Las funciones básicas del plan local de emergencia por incendios forestales

son las siguientes:

a. Prever la estructura organizativa y los procedimientos para la intervención

en emergencias por incendios forestales, dentro del territorio del municipio

o Entidad Local que corresponda.

b. Establecer sistemas de articulación con las organizaciones de otras

Administraciones Locales incluidas en su entorno o ámbito territorial, según

las previsiones del Plan de Emergencia de Andalucía en que se integran.

c. Zonificar el territorio en función del riesgo y las previsibles consecuencias

de los incendios forestales, en concordancia con lo que establezca el

correspondiente Plan de la Comunidad Autónoma, delimitar áreas según

posibles requerimientos de intervención y despliegue de medios y recursos,

así como localizar la infraestructura física a utilizar en operaciones de

emergencia.

d. Prever la organización de Grupos Locales de Pronto Auxilio o equivalentes

para la lucha contra incendios forestales, en los que podrá quedar

encuadrado personal voluntario, y fomentar y promover la autoprotección.

e. Especificar procedimientos de información a la población.

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f. Catalogar los medios y recursos específicos para la puesta en práctica de

las actividades previstas.

2.4. COMPETENCIAS DE LAS ENTIDADES LOCALES

En el marco de lo establecido en el artículo 26.1 de la Ley 2/2002, de Gestión

de Emergencias en Andalucía, corresponde a los municipios y otras Entidades

Locales, dentro de los ámbitos competenciales que resultan de la Ley 5/1999, de

prevención y lucha contra los incendios forestales, y demás normativa aplicable:

a) Elaborar y aprobar los Planes Locales de Emergencia por Incendios

Forestales.

b) Integrar los Planes de Autoprotección en los Planes Locales.

c) Adoptar las medidas de prevención de incendios que les correspondan en

los terrenos forestales de su titularidad.

d) Promover la formación de grupos de voluntarios para la defensa contra

incendios forestales y establecer las medidas necesarias para facilitar la

colaboración del personal voluntario en la prevención y lucha contra los incendios.

e) Adoptar con carácter inmediato medidas urgentes en caso de incendio,

asignar los recursos propios a las labores de extinción y colaborar con la dirección

técnica de la lucha contra incendios.

f) Realizar, por sí mismos o en colaboración con la Consejería competente en

materia forestal, los trabajos de restauración que les correspondan.

2.5. COMPETENCIAS DE LOS ALCALDES

De conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente (artículo 11 de la Ley

5/1999, de prevención y lucha contra los incendios forestales) corresponde a los

alcaldes adoptar medidas urgentes en caso de incendio y ordenar, en cualquier caso,

la participación de los recursos municipales en las labores de extinción.

En aplicación del artículo 47.1 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de

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Montes, la autoridad local podrá movilizar medios públicos o privados adicionales para

actuar en la extinción, según el plan de operaciones del director técnico de la

extinción.

3. CARACTERIZACIÓN TERRITORIAL Y ZONIFICACIÓN:

3.1. LOCALIZACIÓN Y DESCRIPCIÓN GENERAL

Carboneras es un municipio y localidad española, perteneciente a la provincia

de Almería, en Andalucía, situado en la comarca del Levante Almeriense a una altitud

de 10 m sobre el nivel del mar y a 63 Km de la capital de provincia, Almería. Tiene una

población de 8.081 habitantes. Su superficie es de 95 Km2 y su densidad de

población es de 76,5 hab /Km2.

Ver Mapa de localización del municipio CRT_Nº 1.

3.2. NÚCLEOS DE POBLACIÓN.

Ver Mapa de núcleos de población, edificaciones e instalaciones (CRT_Nº 2).

Se considera núcleo de población a un conjunto de al menos diez

edificaciones, que están formando calles, plazas y otras vías urbanas. Por excepción,

el número de edificaciones podrá ser inferior a 10, siempre que la población que habita

las mismas supere los 50 habitantes. Se incluyen en el núcleo aquellas edificaciones

que, estando aisladas, distan menos de 200 metros de los límites exteriores del

mencionado conjunto, si bien en la determinación de dicha distancia han de excluirse

los terrenos ocupados por instalaciones industriales o comerciales, parques, jardines,

zonas deportivas, cementerios, aparcamientos y otros, así como los canales o ríos que

puedan ser cruzados por puentes.

La estructura urbana del municipio se encuentra conformada por 18 núcleos de

población:

Carboneras (casco urbano).

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Los Alarcones.

El Argamasón.

El Cañarico.

Cuesta de la Cruz.

La Cueva del Pájaro.

El Cumbrero.

Gafares.

Los Herneses.

La Islica.

El Llano de Don Antonio.

Meseta Alta.

Los Patricios.

La Rosica.

El Saltador Alto.

El Saltador Bajo.

Las Tejas.

Los Vicente.

Pertenece a la Comarca del Levante Almeriense y al partido judicial Nº 4 de

Vera (Almería).

3.3. USOS DEL SUELO

El territorio de Carboneras, abarca una extensión de 9.543,29 hectáreas en las

que dominan ampliamente los sistemas forestales en cuanto a la ocupación del suelo

se refiere, tal y como se refleja en el siguiente cuadro

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ZONIFICACIÓN DEL

TERRITORIO

SUPERFICIE

(Ha)

% RESPECTO A LA

SUPERFICIE TOTAL

Áreas agrícolas 1174,05 12,30%

Áreas forestales 7551,05 79,13 %

Edificación dispersa 1,04 0,01%

Áreas industriales 124,47 1,30 %

Áreas Urbanas 217,09 2,28 %

Viales 129,97 1,36 %

Otras Infraestructuras 345,61 3,62 %

Ver mapa de zonificación del territorio CRT_Nº 3_Zon

3.4. ESPACIOS PROTEGIDOS

En el término municipal de Carboneras se presentan las siguientes

modalidades de espacios naturales protegidos, de mayor a menor importancia, Parque

Natural, Lugares de Interés Comunitario y espacios contemplados en el Plan Especial

del Medio Físico de la Provincia de Almería, se relacionan a continuación.

Respecto a la R.E.N.P.A (Red de Espacios Naturales Protegidos de

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Andalucía), afecta un espacio natural que es:

DENOMINACIÓN

Parque Natural de Cabo de Gata - Nijar

En cuanto a la Red Natura 2000, se presentan los siguientes espacios

protegidos:

CLAVE DENOMINACIÓN

ES0000046 Cabo de Gata Níjar

ES6110020 Islote de San Andrés

ES6110010 Fondos Marinos Levante Almeriense

Los espacios contemplados en el Plan especial del Medio Físico de la Provincia

de Almería son CS_7 Sierra Almagrera y LA_2 Playa del Algarrobico.

Para ver como afectan a las distintas zonas del término municipal ver plano

CRT_ Nº 04_Zep.

3.5. MORFOLOGÍA Y RELIEVE.

Las características de la topografía y el relieve condicionan

fundamentalmente las funciones relacionadas con la regulación del clima, el control

de la escorrentía superficial, la recarga de agua en las aguas subterráneas y los

fenómenos de erosión y prevención de la deposición de sedimentos (funciones de

regulación).

Asimismo el relieve condiciona la capacidad para el desarrollo de

asentamientos humanos, actividades agrarias (crecimiento de los cultivos y cría de

animales).

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14

El relieve condiciona del mismo modo las características climáticas y

microclimáticas, establece condiciones limitantes para la vegetación, influye en los

procesos de edafogénesis y en la diversidad de ambientes y paisajes.

Las formas de relieve presentes en un territorio están condicionadas por

factores variados como son la litología (naturaleza y disposición de los estratos), la

historia geológica o climatología.

Almería es una de las provincias más montañosas de la península y desde un

punto de vista del relieve, es destacable la presencia de zonas de baja pendiente en

las vegas de algunas ramblas, por el contrario el resto de zonas presentan unas

pendientes más acusadas, estando casi de dos tercios del territorio por encima del

30%.

3.5.1. Pendientes.

Para su obtención se ha utilizado como base el modelo digital del terreno de

Andalucía generado a partir de fotografías aéreas a escala 1:20.000, distribuido por la

Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, dicho modelo contiene una

malla regular de puntos de 10 X 10 m de espaciado sobre el terreno que definen la

geometría del territorio con alto grado de detalle, de este modelo original se realizaron

tareas de derivación, reclasificación y segmentación para obtener un modelo de

similares características, que contenía el valor de la pendiente en cada una de las

cuadrículas de la malla anteriormente citada, generando así una cartografía en formato

digital que representaba las zonas del ámbito de estudio que cumplían el criterio

establecido.

Este formato parece ser el más interesante desde el punto de vista de la

prevención y lucha contra los incendios forestales, por condicionar el distinto

comportamiento del fuego y que permita un estudio riguroso para una correcta

planificación, es el que se obtiene al considerar los siguientes intervalos de pendiente:

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Pendiente 0 – 10% 10 – 20% 20 – 30% 30 – 50% > 50% TOTAL

Superficie (Ha)

1879,51 1749,35 1480,14 2327,37 2107,46 9543,83

Porcentaje sobre total

19,69% 18,33% 15,51% 24,39% 22,08% 100,0%

3.5.2. Morfología.

Desde un punto de vista morfológico el término municipal de Carboneras tiene

tres zonas claramente delimitadas: Una zona constituida por materiales sedimentarios

de la edad del Mioceno superior y Plioceno con baja pendiente y humanizada, en la

que se encuentran la mayor parte de los cultivos y de las zonas construidas; otra zona

constituida por materiales metamórficos más antiguos, de la edad del Palezoico y

Triasico, sometidos a procesos erosivos intensos y que constituye la parte Norte del

término , y otra zona más reciente tipo volcánico formada por materiales igneos y

plutónicos, correspondiéndose con la zonas del término más próximas a la costa.

3.6. VEGETACIÓN

La vegetación cumple en primer lugar la función básica para el

funcionamiento de todo ecosistema: permite la fijación y transformación de la

energía solar en materia orgánica, es decir, es la primera responsable de la

producción de biomasa a todos los niveles de producción.

Además contribuye a la regulación del clima, el control de la escorrentía y la

deposición de sedimentos. Afecta también a la recarga de los acuíferos, retención de

suelo fértil, almacenamiento y ciclado de nutrientes, descomposición de residuos,

refugio a la fauna, función nodriza para múltiples especies. Constituye asimismo una

importante fuente de recursos genéticos, valor ornamental clave en la conformación

del paisaje. Asimismo presenta potencial educativo, científico y cultural.

Otra función destacada de la vegetación de cierto porte es la captura de gases

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de efecto invernadero como el COB2B.

Además de estas funciones, la particular posición geográfica que el territorio

ibérico ocupa en la zona de contacto de las placas euroasiática y africana ha

posibilitado la existencia de una flora y vegetación de alta diversidad.

Nos encontramos en un ámbito de matorrales mediterráneos, que se

sustenta en condiciones de equilibrio muy frágiles, y en el que las formaciones

vegetales son bastante susceptibles a acciones impactantes por parte de la actividad

humana.

3.6.1. Biogeografía.

La zona de estudio se encuentra, en el Reino Holártico, en concreto en la

Región Mediterránea, y dentro de ésta en la Provincia corológica Murciano-

Almeriense, y en particular en el sector Almeriense.

Según el biomapa editado por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de

Andalucía, la zona de estudio se encuentra en un área en la que la diversidad de

comunidades vegetales, zonas naturales o naturalizadas es baja, existiendo una

importante riqueza en taxones vegetales, así como un índice de endemismos

vegetales alto (29), que representa el 10,1% del total de los que hay en Andalucía.

Hay para el sector corológico unas 73 especies de vertebrados, y una diversidad

biológica de Sahnnon-Weaver para éstos, comprendida entre 0,6 y 0,7.

La provincia corológica Murciano-Almeriense se caracteriza desde un

punto de vista climático por tener un predominio del ombroclima semiárido, aunque

hay enclaves con pluviometrías superiores como es el caso de las cumbres de Sierra

Alhamilla o Sierra Cabrera, en las que se detecta la existencia de ombroclima seco,

son apreciables zonas con precipitaciones medidas que entrarían dentro del árido,

como es el caso de la zona del Cabo de Gata, pero la situación de estos territorios en

la costa, con alta humedad ambiental y abundantes criptoprecipitaciones hacen pensar

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que en realidad tienen ombroclima semiárido.

Esta provincia se caracteriza por su originalidad florística dentro de Europa,

tiene un alto índice de endemismos exclusivos, como son los casos de Anthirrihinum

charidemi, Dianthus charidemi, Euzomodendron bourgaeanum, Limonium insigne, L.

taberniense, Linaria nigricans, Narcissus tortifolius, Helianthemum almeriense,

Santolina viscosa, Thymus hyemalis y muchas otras. Además presenta las únicas

localidades en Europa de multitud de elementos de origen diverso entre los que se

puede destacar el elemento iberonorteafricano, como es el caso de Forsskalea

tenacisima, Frankenia corymbosa, Genista ramosissima, Leysera leyseroides,

Maytenus senegalensis subsp. europaeus, Periploca laevigata, Rosmarinus eriocalix,

Salsola webbii, Ziziphus lotus, etc.

El sector almeriense de la provincia corológica se caracteriza por presentar un

alto índice de endemismos exclusivos y por la presencia de elemento bético,

fundamentalmente en los enclaves que se presentan dentro del territorio, como es el

caso de Sierra Alhamilla.

En la zona de estudio aparece el distrito Almeriense-Occidental, con

endemismos tales como: Antirrhinum hispanicum subsp. mollisimum, Chaenorhinum

grandiflorum, Coris hispanica, Euzomodendron bourgeanum, Genista ramosissima,

Helianthemum almeriense subsp. almeriense, H. alypoides, Limonium tabernense,

Linaria nigricans, Narcissus tortifolius, Silene adscendens, Teucrium intricatum, T.

turredanum y otras.

El termoclima predominante en la provincia es el termomediterráneo,

alcanzándose el ombroclima mesomediterráneo en las zonas interiores de contacto

con otras provincias corológicas limítrofes como es el caso de la Bética, o la

Castellano-Maestrazgo-manchega, además de en las zonas de sierra, como es el caso

de las anteriormente citadas y otras. Dentro de la provincia corológica asimismo hay

enclaves con termoclima inframediterráneo, pero son muy puntuales y no se

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encuentran en la zona de estudio ni en las proximidades e incluso podría interpretarse

que en la umbría en la umbría de sierra Alhamilla se llega a alcanzar el

supramediterráneo.

Los pisos bioclimáticos se definen como cada uno de los tipos o grupos de

medios que se suceden en una zonación (cliserie) altitudinal, en la práctica se

delimitan en función de los factores climáticos y de las comunidades vegetales

cambiantes.

Cada región biogeográfica tiene pisos climáticos especiales delimitados por

valores térmicos, que son calculados utilizando el índice de termicidad: It =

(T+m+M).10, donde "T" es la temperatura media anual, "m" la temperatura media de

las mínimas del mes más frío y "M" la temperatura media de las máximas del mes más

frío. La bondad de este índice se basa en que el valor de las mínimas del mes más frío

(m) y su corrección en tanto a su duración a lo largo del día con la media de las

máximas también del mes más frío del año (M), opera como factor limitante en la ley

del mínimo. La importancia y peso que confiere esta fórmula o índice de termicidad al

frío estacional o altitudinal ha resultado ser de gran utilidad y elevada correlación con

la distribución de plantas y sus fitocenosis en la tierra.

De acuerdo con los valores de estos cuatro parámetros y en especial del índice

de termicidad se establecen los siguientes pisos bioclimáticos:

PISO T M m It CRIOROMEDITERRÁNEO 2 a 4 -3 a 1 -9 a -6 -100 a –10

OROMEDITERRÁNEO 4 a 8 1 a 3 -6 a –4 -10 a 70

SUPRAMEDITERRÁNEO 8 a 13 3 a 9 -4 a –1 70 a 210

MESOMEDITERRÁNEO 13 a 16 9 a 14 -1 a 5 210 a 350

TERMOMEDITERRÁNEO 16 a 18 14 a 18 5 a 9 350 a 450

INFRAMEDITERRÁNEO >18 >18 >9 >450

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En la zona de estudio el único termoclima más es el termomediterráneo, que

ocuparía las zonas bajas del término municipal llegando en solana hasta por encima

de los 900 m,.

En la distribución tanto de plantas como de las comunidades vegetales, a parte

de los pisos bioclimáticos, otro factor que interviene es el ombroclima (cantidad de

lluvia anual). Lógicamente los efectos de la precipitación, son más difíciles de

establecer, sobre todo si no se cuenta con la disponibilidad de la humedad a lo largo

del tiempo, en función de la capacidad de almacenamiento o capacidad de retención

del suelo.

Las curvas ómbricas más significativas en la Península Ibérica para el territorio

mediterráneo, según Rivas Martínez son las siguientes:

TIPOLOGÍA P

Árido < 200 mm

Semiárido 200 – 350 mm

Seco 350 – 600 mm

Subhúmedo 600 – 1.000 mm

Húmedo 1.000 – 1.600 mm

Hiperhúmedo > 1.600 mm

En el término municipal de Carboneras el ombroclima dominante es el

semiárido.

3.6.2. Vegetación:

Descripción general.

La vegetación del término municipal de Carboneras está muy marcada por las

bajas precipitaciones, temperaturas muy suaves y sobretodo por la sequía de los

suelos durante una parte muy importante del año, eso hace que la productividad

vegetal sea muy baja y que las formaciones vegetales que se pueden observar tengan

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en general bajo porte y normalmente poca cobertura, excepto en lugares en que haya

un aporte adicional de la misma tales como en cercanías de las ramblas y vaguadas.

(Ver plano CRT_Nº05_Uve).

Unidades de Vegetación.

La vegetación de la zona se encuentra muy alterada como consecuencia del

uso que del territorio se ha hecho desde antiguo, así como de su gran fragilidad, lo

más destacable desde un punto de vista de su extensión son las formaciones no

arboladas, que alternan con zonas desprovistas de vegetación, la vegetación de cierto

porte se encuentra restringida a las zonas de rambla o de vaguadas donde se pueden

observar tarajales muy localizados.

En la zona Suroeste del término municipal hay algunos pinares de

repoblación de pino carrasco (Pinus halepensis), en distintos estadíos de su

desarrollo, pero en general de escaso desarrollo, las especies que se presentan son

las del matorral serial, incluso más simplificadas por la nitrificación sufrida como

consecuencia de la preparación del terreno.

El cornical de gran originalidad florística por presentar una importante cantidad

de táxones con origen tropical o subtropical relictuales de épocas pasadas con

condiciones climáticas más cálidas (Maytenus senegalensis, Periploca laevigata, etc.),

algunos de ellos presentes también en la serie anterior (Chamaerops humilis). Entre

las comunidades de esta serie destacamos retamales, aulagares, espartales,

albardinares, tomillares subdesérticos, pastizales-eriales, tomillares subnitrófilos

pastizales terofíticos) y pastizales efímeros esciófilos.

Palmitos y cornicales, junto a otras especies xerófilas y espinosas,constituyen

los cambronales (Mayteno europaei-Periplocetum angustifoliae).

Azufaifales, de forma natural constituye formaciones gregarias densas que

dejan grandes huecos entre ellas. En los lugares con sustrato de textura limosa y

suelo profundo se desarrolla un espartal. En zonas donde la alteración ha sido mayor

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aparece un cerrillar. Donde se acumulan sales y cierta hidromorfía temporal, aparece

un albardinar. Sobre litosuelos y pedregales domina el yesqueral. Los matorrales

fruticosos son muy variados, dependiendo de la situación biogeográfica y de las

características edáficas, dominan los tomillares subdesérticos y en los lugares más

alterados por el hombre los tomillares subnitrófilos y las malezas. En los claros de las

formaciones anteriores suelen situarse pastizales xerofíticos.

Los espartales ocupan un área muy importante, alcanzando su mayor

representación sobre sustratos blandos, profundos y ricos en bases, estando en

algunos casos muy bien representados, con un importante elenco de elementos de

interés, y en la que además pueden encontrarse otras especies de gramíneas de raíz

fasciculada como esparto (Stipa tenacissima), Dactylis glomerata subsp. hispanica, o

Stipa parviflora. En su mayor parte se pueden encuadrar en la asociación Lapiedro

martinezii-Stipetum tenacissimae.

Albaidales se presentan en mosaico con los espartales ocupando aquellos las

solanas y éstos las umbrías y zonas de mejores suelos, en ellos predomina de forma

casi exclusiva la albaida (Anthyllis cytisoides), ocupan en esta zona las umbrías de

algunos barrancos en las zonas bajas y las solanas en las zonas de más altitud.

La garriga es un término que describe matorral noble mediterráneo,

fundamentalmente constituido por acebuche (Olea europaea var. sylvestris), lentisco

(Pistacia lentiscus), coscoja (Quercus coccifera) y otros, se trata de restos de

formaciones climáticas, que en la zona se encuentran más o menos aclaradas pero de

gran significado biológico

Tomillares semidesérticos, formaciones de bajo porte y cobertura muy ricos

en elementos endémicos, con especies como Helianthemum almeriensis, Salsola

genistoides, Salsola oppositifolia, Salsola papillosa, y otras, están muy extendidos en

zonas alteradas desde antiguo, y tienen un importante papel como formaciones

pioneras tras una alteración y como formaciones edafoxerófilas sobre suelos

subsalinos.

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3.7. INFORMACIÓN METEOROLÓGICA .

3.7.1. Sistema de Información Meteorológica.

Dada la importancia que las distintas variables meteorológicas tienen sobre la

predicción del riesgo de incendios, así como sobre la posible evolución del

comportamiento del fuego, cuyo conocimiento es básico para las tareas de prevención

y extinción, se hace necesario disponer de un sistema de información

meteorológica que proporcione suficiente información.

El Plan INFOCA dispone fundamentalmente de tres fuentes suministradoras

de esta información. En primer lugar, de una red de estaciones automáticas de

meteorología “EARM”, de la Consejería de Medio Ambiente, para el Plan INFOCA, en

segundo lugar, de los Centros Meteorológicos Territoriales, Occidental y Oriental, que

la Agencia Estatal de Meteorología tiene en Andalucía, y en tercer lugar, del Servicio

de Información Meteorológica Avanzado con un horizonte temporal de suministro de

datos de 10 días.

3.7.2. Red de estaciones meteorológicas automáticas.

La red del Plan INFOCA está constituida por 37 estaciones automáticas de

meteorología (EARM), distribuidas en las áreas forestales de Andalucía e instaladas

en CEDEFO, casas forestales u otras edificaciones.

Las estaciones registran de forma continua las siguientes variables

meteorológicas:

Temperatura.

Humedad relativa.

Velocidad y dirección del viento.

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Precipitación.

Radiación solar.

Presión atmosférica.

Humedad de los combustibles.

3.7.3. Centros Meteorológicos Territoriales Meteorología (AEMET).

En Andalucía la Agencia Estatal de Meteorología, en su Delegación Territorial

de Andalucía, Ceuta y Melilla, dispone del Centro Meteorológico de Málaga, que

cubre las provincias de Almería, Granada, Jaén, y Málaga, y del Centro Territorial de

Andalucía Occidental con sede en Sevilla, para las de Cádiz, Córdoba, Huelva y

Sevilla.

Ambos Centros proporcionan diariamente información meteorológica específica

para la prevención y lucha contra los incendios forestales para el Plan INFOCA.

A estos efectos en Andalucía se han considerado trece zonas que comprenden

la mayor parte del territorio forestal.

La principal información recibida corresponde, a las previsiones para las

próximas 24 horas de los valores de determinadas variables meteorológicas

previstos a las 12:00 horas solares. Éstas son:

Probabilidad de presencia de tormentas. Temperatura máxima y mínima. Humedad relativa máxima y mínima. Velocidad y dirección del viento.

A partir de estos valores la información se completa con las predicciones

calculadas para:

La probabilidad de ignición, en tanto por ciento. El índice de riesgo de 0 (bajo) a 3 (extremo).

Los Centros Meteorológicos también proporcionan, a petición de los Centros

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Operativos, información, en tiempo real, sobre la evolución de las condiciones

meteorológicas existentes y previstas en el área en que se está produciendo un

incendio determinado.

3.7.4. Servicio de Información Meteorológica Avanzado.

Una empresa especializada en modelos meteorológicos suministra de forma

diaria, y con un horizonte de predicción de 4 y 10 días, para todo el territorio de

Andalucía datos probabilísticos de estimaciones de las variables meteorológicas

principales, y de generación de índices de riesgo de incendio. Esta información se

opera desde un Sistema de Información Geográfica en el Centro Operativo

Regional con una resolución espacial de 500 m de malla.

La información que se recibe a través de Internet se actualiza de forma diaria

de madrugada.

Se describe el valor de las diferentes variables meteorológicas para una

superficie cuadrada de 500 m de lado a las 12 horas solares (hora más desfavorable)

La información presentada es de dos tipos principalmente:

Meteorológica. Temperatura máxima. Humedad relativa mínima. Velocidad y dirección del viento a las 0, 6, 12, 18 horas solares para 4

días y 12 horas solares para los restantes 6 días. Influencia de vientos locales. Probabilidad de precipitación en 24 h. Generación de índices de riesgo de incendios. Humedad del combustible fino muerto. Velocidad máxima de propagación. Índice de consolidación. Índice de consolidación del fuego. Índice de Haines. Probabilidad de ignición. Probabilidad de ignición corregida con la precipitación.

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El proceso de captación de las variables, generación de información y

representación en un SIG, se complementa con la impresión de unos documentos

gráficos que de forma ágil e intuitiva permiten valorar la meteorología de la región

andaluza y su evolución para los siguientes días.

4. ANALISIS DEL RIESGO DE INCENDIOS

El riesgo de incendios se define como la probabilidad de que se produzca un

incendio en una zona y en un intervalo de tiempo determinado, este riesgo dependerá

de los factores fundamentales que determinan el comportamiento del fuego como son:

- Las características de la vegetación y las condiciones que

los combustibles vegetales presentan.

- Las características orográficas.

- El clima y las condiciones meteorológicas.

Igualmente inciden en el riesgo de incendios las actividades humanas u otros

agentes que son susceptibles de originar incendios. Por consiguiente se tendrán

distintos tipos de riesgo en función de los factores, señalados anteriormente, que se

consideren. En general, en el plan INFOCA, se consideran los siguientes tipos de

riesgos como los más importantes:

a) Riesgo estructural, determinado, básicamente, por la orografía del terreno

y las características de la vegetación.

b) Riesgo meteorológico, derivado de las condiciones meteorológicas

existentes como son la temperatura, la humedad, las precipitaciones y el viento.

c) Riesgo de estrés hídrico, que tiene en cuenta las condiciones de estrés de

la vegetación que vienen determinadas por la evolución de las condiciones

meteorológicas.

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Para la medida del riesgo tanto en el espacio como en el tiempo se utilizan

índices que representan el valor que el riesgo puede alcanzar. El conocimiento del

riesgo de incendios previsto para las diferentes comarcas de una región contribuye a

llevar a cabo una adecuada política de prevención y a una optimización en la

asignación de los medios de vigilancia y extinción disponibles. También permite

informar y alertar a los ciudadanos para que extremen el cuidado en sus actividades

en el medio rural, así como tomar medidas excepcionales para la prevención de

incendios como cierre temporal de caminos o prohibición del uso del fuego en labores

agrícolas y forestales.

De los factores que determinan el riesgo de incendios, unos tienen un carácter

más permanente en el tiempo, en tanto que otros son de carácter más variable, lo cual

hace que la aplicación de los índices correspondientes sea también diferente. Así el

riesgo estructural permite la planificación a medio y largo plazo de las actuaciones de

prevención y lucha contra los incendios, en tanto que los otros riesgos considerados

se utilizan la toma de decisiones a más corto plazo e incluso de forma inmediata.

Por ello no parece conveniente integrar todos estos índices en un índice único

que resultaría con unos valores distorsionados por los motivos antes apuntados.

4.1. ÍNDICE TERRITORIAL DE RIESGO.

El análisis conjunto del riesgo por pendiente y por combustibilidad

permite obtener un índice territorial de riesgo, que delimita aquellas áreas en las

que el comportamiento esperado del fuego sea más desfavorable y la dificultad

en la extinción mayor, para adoptar así las medidas de protección adecuadas a las

características del territorio.

4.1.1. Clasificación del riesgo por pendiente.

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La pendiente es un factor topográfico de gran influencia en el

comportamiento del incendio, al favorecer la continuidad vertical del

combustible y el calentamiento de los combustibles próximos a las llamas como

consecuencia de las corrientes de convección ascendentes que se forman.

La clasificación del riesgo por pendiente establecida para el cálculo del riesgo

territorial se recoge en el cuadro siguiente, en el que además se le asigna la superficie

ocupada por estos intervalos dentro del término municipal de Carboneras.

Intervalo

de Pendiente

Clase de Riesgo por Pendiente

Índice Numérico

Superficie (Ha)

Porcentaje

0-10 % MUY BAJO 1 1.879,51 19, 69%

10-20 % BAJO 2 1.749,35 18,33%

20-30 % MODERADO 3 1.480,14 15,51%

30-50 % ALTO 4 2.327,37 24,39%

>50 % MUY ALTO 5 2.107,46 22,08%

A la vista de dicha distribución resulta que, aproximadamente, el 46,47 % de la

superficie de este municipio tiene una pendiente superior al 30% y por tanto un

riesgo por pendiente alto o muy alto. (Ver plano ERI_Nº 01).

4.1.2. Clasificación del riesgo por combustibilidad.

Cada uno de los modelos de combustible presenta distinto

comportamiento frente al fuego, contribuyendo a una mayor o menor velocidad e

intensidad en la propagación del mismo. El índice numérico de combustibilidad ha

sido determinado en función de las características dinámicas y energéticas del fuego,

como son:

Intensidad de reacción, Ir (Kw/m2).

Velocidad de propagación, Vp (m/min).

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Intensidad lineal, Il (Kw/m).

Calor por unidad de área, Calor/S (Kj/m2).

Longitud de llama (m).

En el siguiente cuadro se recogen las clases de riesgo por combustibilidad de

las formaciones vegetales, según modelos de combustible.

Modelos de combustible

Clases de riesgo por combustibilidad

Índice numérico

Superficie forestal

(Ha)

Superficieforestal

(%)

5 BAJO 2 7.421,93 99,31

7 ALTO 4 51,75 0,69

TOTAL 7.473,66 100,0

A continuación se describen brevemente los diferentes modelos de combustible

para el término municipal de Carboneras y su entorno.

Modelo nº 5: Matorral denso bajo, cuya altura no supera los 0,6 m, con cargas

ligeras de hojarasca del mismo matorral que contribuye a propagar el fuego con

vientos flojos. Fuegos de intensidad moderada, cantidad de combustible en materia

seca, de 5-8 Tm / Ha.

Modelo nº 7: Matorral de especies muy inflamables; de 0,5 a 2 m. de altura,

situado como sotobosque en masas de coníferas. Cantidad de combustible (materia

seca): 10–15 t/ha. Los modelos de matorral en este caso el 7 tienen una proporción

importante de combustibles vivos, lo que eleva su contenido de humedad respecto al

grupo de pastizales, aunque la mayor carga de combustible hace que la velocidad de

propagación y la longitud de llama esperadas sean de moderadas a altas. Los

modelos de matorral, presentan por tanto, en conjunto, alta combustibilidad y en ellos,

como en los de pastizales, se inician la mayoría de los incendios.

Para las zonas agrícolas y urbanas se ha asignado un valor 0, los otros

modelos de combustible no se dan en la zona de estudio o al menos de forma

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cartografiable.

La distribución en este municipio de la superficie forestal según el riesgo por

combustibilidad muestra un predominio de las áreas con riesgo por

combustibilidad Bajo, con un 99,31 % del total. (Ver plano ERI_ Nº 02_Mco).

4.1.3. Obtención del índice territorial de riesgo.

El índice territorial de riesgo se obtiene por la combinación del índice de riesgo

por pendiente y el índice de riesgo por combustibilidad, según la siguiente matriz que

figura en el cuadro siguiente, distinguiendo cinco clases de riesgo: muy bajo(1), bajo

(2), medio (3), alto (4) y muy alto (5).

La distribución de la superficie forestal del término municipal de Carboneras es

según el índice territorial de riesgo: (en la tabla se ha valorado como no contabilizado,

las zonas agrícolas o urbanas, puesto que no tienen asociado el índice de

combustibilidad).

Índice territorial de Riesgo (IRT)

Clases de Riesgo Superficie

(Ha) Superficie

(%)

1 MUY BAJO 1.953,90 20,47

2 BAJO 2.270,74 23,79

3 MEDIO 5281,00 55,34

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Índice territorial de Riesgo (IRT)

Clases de Riesgo Superficie

(Ha) Superficie

(%)

4 ALTO 34,50 0,37

5 MUY ALTO 3,27 0,03

TOTAL 9.543,41 100

A la vista de la caracterización del territorio resultante (ver plano ERI_Nº

03_Itr), se concluye que en Carboneras 99,6 % del territorio tiene un índice

territorial de riesgo de incendios muy bajo, bajo y medio y tan solo un 0,40 %

tiene un índice territorial de riesgo de incendios alto y muy alto.

4.2. RIESGO METEOROLÓGICO.

Como ya quedo señalado, las condiciones meteorológicas pueden

determinar el inicio de un incendio y, lo que es más importante, su posterior

comportamiento.

Dada la importancia que las distintas variables meteorológicas tienen sobre la

predicción del riesgo de incendios, así como sobre la posible evolución del

comportamiento del fuego, cuyo conocimiento es básico para las tareas de prevención

y extinción, se hace necesario disponer de un sistema de información

meteorológica que proporcione suficiente información.

El riesgo meteorológico se basa en el conocimiento de las predicciones

de comportamiento de determinados parámetros atmosféricos como son la

temperatura y la humedad relativa del aire, el viento y las precipitaciones y en el

Plan INFOCA se utilizan básicamente las siguientes estimaciones:

a. Índice de riesgo meteorológico

b. Predicciones meteorológicas. Servicio de Información Meteorológica.

Avanzado.

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4.2.1. Índice de riesgo meteorológico.

Este índice de riesgo está basado en las predicciones meteorológicas,

hechas cada día, para las próximas 24 horas, a partir de las cuales se estima

diariamente el índice de riesgo existente para dicho periodo. Esta forma de operar

se aplica también con un horizonte temporal de hasta 4 días, de forma que se obtiene

información de la evolución de este índice de riesgo meteorológico.

Como punto de partida se utiliza la información meteorológica especifica para

incendios forestales y para las trece zonas indicadas que proporcionan los dos

Centros Meteorológicos Territoriales de la Agencia Estatal de Meteorología existentes

en Málaga y Sevilla. A esta información de partida se le añade las estimaciones del

Servicio de Información Meteorológica Avanzado del COR.

Para cada una de dichas zonas, a partir de las predicciones

meteorológicas para la temperatura (Cº), la humedad relativa (%) y la velocidad

del viento (Km/h), estimadas a las 12,00 horas solares y válidas para las 24 horas

siguientes, se calcula la probabilidad de ignición esperada (en tanto por ciento) y el

índice de riesgo de incendios con un intervalo de 0 a 3.

La probabilidad de ignición, estima la probabilidad, en tanto por ciento, de

que una pavesa o brasa al caer sobre combustible fino muerto lo haga arder.

Además se describen los valores medios y modales de las variables meteorológicas

más importantes para cada zona.

El índice de riesgo se obtiene combinando la probabilidad de ignición con la

velocidad del viento, y la presencia de vientos que incrementan el riesgo por su efecto

desecante.

El valor obtenido se corrige mediante un algoritmo desarrollado por el Centro

Operativo Regional en el que además de los parámetros mencionados se tiene en

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cuenta el número de días transcurridos desde la última precipitación habida,

obteniéndose un segundo intervalo de riesgo.

En función del valor del índice se tiene una calificación para el riesgo como se

recoge en el siguiente cuadro:

Índice Riesgo

0 Bajo

1 Moderado

2 Alto

3 Extremo

Como información complementaria diariamente se reciben las predicciones

meteorológicas para cada una de las provincias andaluzas para las próximas 72 horas,

y con la inclusión de fenómenos meteorológicos significativos del AEMET.

Predicciones meteorológicas. Servicio de Información Meteorológica

Avanzado.

Además de estas previsiones meteorológicas realizadas a 24 horas, se dispone

de las predicciones a 10 días, de entre los que tiene en cuenta los siguientes

parámetros meteorológicos:

a).- Probabilidad de precipitación en 24 h. y en el caso de ser positiva, la

distribución temporal (nocturna y diurna) de su cuantía.

b).- Temperatura máxima.

c).- Humedad relativa mínima.

d).- Viento, predicción de velocidad y dirección. Influencia de vientos locales.

Para cada una de estas variables se proporcionan unos mapas de predicción

área, formado por agrupación de valores, mostrándose los gradientes de cambio de

las mismas. La forma de operar esta información es sobre un Sistema de Información

Geográfica, con la posibilidad de representación de esta información en un documento

gráfico, e incluso se puede enviar por correo electrónico donde se necesite.

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Aplicación del riesgo meteorológico.

Las predicciones recogidas en los puntos anteriores se utilizan

diariamente en los Centros Operativos Regional y Provinciales para alertar al

dispositivo y tomar medidas en cuanto a la asignación de los medios de

vigilancia y extinción disponibles en determinadas zonas o comarcas.

En los casos en que se producen incendios esta información permite

hacer estimaciones sobre el posible comportamiento y evolución del incendio.

Igualmente, esta información es útil para la posible modificación de las

autorizaciones para el uso del fuego en tareas agrícolas o forestales.

4.2.2. Riesgo por el estrés hídrico de la vegetación.

Por estrés hídrico de la vegetación se entiende la falta de agua en la

vegetación, la cual se traduce en un descenso de la actividad clorofílica de la planta y

en un mayor nivel de riesgo de incendios.

La Consejería de Medio Ambiente inició en el año 1992 una línea de trabajo

tendente a evaluar la respuesta de la vegetación natural y cultivada a los fenómenos

de reducción de la disponibilidad de los recursos hídricos. La obtención de esta

información se lleva a cabo mediante el tratamiento digital de imágenes del satélite

NOAA, que son recibidas con una periodicidad diaria.

Índice de verdor. Índice NDVI.

Los mapas son facilitados por AEMet y comparados con el histórico de

imágenes de la Consejería de Medio Ambiente.

Se elabora a partir de la información que manda el satélite NOAA (National

Oceanografic and Atmosferic Administration) propiedad de Estados Unidos. Este

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satélite da unas doce vueltas al día sobre la tierra a unos 800 Km de altura lo que

permite realizar un seguimiento de los fenómenos terrestres. Uno de los fenómenos

que se estudian es el estado y la evolución de la vegetación.

Con dos de los sensores del satélite se evalúa el grado de actividad

fotosintética según la luz reflejada por la vegetación en relación con la recibida del sol,

factor directamente relacionado con el contenido de humedad. El dato así calculado se

denomina NDVI (Normalized Difference Vegetation Index) y da una información

puntual para cada 100 Ha de territorio del estado de la vegetación. A partir del índice

NDVI y para estandarizarlo se calcula el índice de verdor que aporta un valor en tanto

por ciento del NDVI actual respecto al máximo (100%) y mínimo (0%) NDVI registrado

en ese lugar entre todo el registro histórico del que se disponen datos (1993-1999).

El mapa de índice de verdor indica el grado de actividad vegetal, la velocidad

de desecación del combustible forestal por efecto del periodo estival y estimar la

cantidad de biomasa producida en cada zona del monte y posteriormente desecada.

Además del análisis de la situación actual, se realiza un estudio del estrés de la

vegetación para años hidrológicos completos mediante dos indicadores. Uno tiene

carácter global, y otro refleja el comportamiento seguido cada año por distintas

tipología de vegetación.

Evaluación del estrés hídrico global.

Para evaluar el estrés hídrico global se utiliza el denominado “Indicador de

estrés hídrico global” calculado a partir del sumatorio de los porcentajes mensuales

de superficie ocupados por clases con niveles de estrés elevados. Este indicador,

aplicado a la serie de años hidrológicos comprendidos entre 1992-93 y 1999-2000,

permite cuantificar la intensidad de éste fenómeno en cada año, y conocer las

diferencias de comportamiento entre los años de la serie.

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Análisis del estrés hídrico por tipología de vegetación.

Además de ésta evaluación global del estrés de la vegetación, también se

realiza el seguimiento del mismo distinguiendo cuatro grandes tipologías de cubiertas

vegetales: cultivos herbáceos en secano, cultivos en riego, formaciones naturales

densas y formaciones naturales dispersas y pastizales.

Para el análisis de comportamiento de la vegetación a estas categorías se

utiliza el denominado “Índice de Vegetación Acumulado”.

Este índice se calcula a partir de los valores medios diarios alcanzados por los

píxeles de cada categoría vegetal a lo largo del período de estudio.

El análisis del riesgo por estrés hídrico de la vegetación está ligado a las

condiciones meteorológicas y nos da una estimación de la respuesta de la vegetación

a dichas condiciones y su comportamiento frente al incendio forestal.

5. ZONIFICACIÓN DEL RIESGO TERRITORIO

Según lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 5/1999, de 29 de junio, de

Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales y teniendo en cuenta la

distribución de los terrenos forestales de Andalucía, se ha declarado como Zona de

Peligro el término municipal completo de Carboneras en el Plan de Emergencias por

Incendios Forestales de Andalucía, ya que tiene un alto predominio de terrenos

forestales.

5.1. ZONIFICACIÓN Y ESTIMACIÓN DEL RIESGO LOCAL.

Cada uno de los índices anteriores aporta datos, en referencia a pendientes, o

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modelos de combustible o cualquier otro aspecto, sin embargo de cara a la gestión de

la prevención hace falta un índice único que sirva para priorizar las actuaciones en

materia de prevención, así como para una correcta gestión de los recursos

disponibles, seguidamente se ha confeccionado una zonificación municipal y

parcelaria según el I.T.R.

5.1.1. Zonificación por parcela CATASTRAL.

Después de los cálculos anteriores, se ha superpuesto dicha cartografía al

parcelario del municipio, pudiendo de esta manera asignar un valor único para cada

parcela catastral, y que en este caso se ha considerado que sea la media aritmética de

los valores del citado índice, de todas las cuadrículas de 100 m² que quedan

englobadas por el perímetro de la parcela, seguidamente se ha elaborado otra tabla en

la que figura el número de parcelas catastrales asignadas a cada intervalo del índice:

Clases del Índice Riesgo Local Parcelas

(Unidades) Superficie

(Ha)

MUY BAJO 1952 1669,66

BAJO 603 865,42

MEDIO 554 2991,50

ALTO 850 4019,24

MUY ALTO - -

Hay que hacer notar que las superficies asignadas a cada intervalo en las dos

tablas anteriores no tienen por qué coincidir.

Este último dato es muy interesante puesto que permite conocer qué parcelas

catastrales concretas tienen mayor riesgo por incendio y por tanto priorizar las

actuaciones a realizar sobre éstas.

5.1.2. Épocas de peligro.

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Debido a que la climatología condiciona la mayor o menor probabilidad del

inicio de un incendio forestal, así como sus condiciones de propagación, atendiendo a

lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 5/1999 y al Decreto 371/2010 de 14 de

septiembre y en función de las condiciones meteorológicas y el análisis de la

frecuencia de incendios forestales, que figuran en el capítulo 2.4, del citado anexo, se

han fijado para todo el año, las siguientes Épocas de Peligro:

a).- Época de Peligro alto: de 1 de junio a 15 de octubre.

b).- Época de Peligro medio: de 1 de mayo a 31 de mayo y de 16 de octubre a

31 de octubre.

c).- Época de Peligro bajo: de 1 de enero a 30 de abril y de 1 de noviembre a

31 de diciembre.

En la planificación de las medidas de prevención y lucha contra los

incendios forestales, así como en regulación de usos y actividades en el medio

rural que puedan producir incendios, se tendrán en cuenta las Épocas de Peligro

establecidas.

Cuando las circunstancias meteorológicas lo aconsejen las Épocas de Peligro

podrán ser modificadas transitoriamente por la Consejería de Medio Ambiente.

6. INVENTARIO DE NÚCLEOS, INSTALACIONES O INFRAES-

TRUCTURAS CON NECESIDAD DE AUTOPROTECCIÓN.

El art. 44 de la Ley de incendios de la comunidad andaluza establece que:

Los planes de autoprotección serán elaborados, con carácter

obligatorio y bajo su responsabilidad, por los titulares, propietarios,

asociaciones o entidades urbanísticas colaboradoras o representantes de

núcleos de población aislada, urbanizaciones, campings, empresas e

instalaciones o actividades ubicadas en zonas de peligro.

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Para su inclusión en los Planes Locales de Emergencia por

Incendios Forestales, los Planes de Autoprotección se presentarán en el

municipio o municipios correspondientes en los plazos y condiciones que

reglamentariamente se determinen, sin perjuicio de la colaboración que

pueda prestar la Consejería competente en materia forestal.

Corresponde a las Entidades Locales la aprobación de los planes a

los que se refiere el apartado anterior.

En el Decreto 371/2010 de 14 de septiembre, se establece además que:

Corresponde a las autoridades locales la competencia para exigir la elaboración de los

planes de autoprotección, otorgar la aprobación y verificar el cumplimiento de los

mismos.

Con el objeto de preservar los terrenos forestales, la legislación vigente en

materia de incendios forestales establece una serie de requisitos especiales y

actuaciones a desarrollar por aquellos núcleos, instalaciones, etc. que se hallen

ubicados en terreno forestal o sobre zona de influencia forestal y que, en caso de

situarse sobre municipio de peligro, deberán elaborar el correspondiente Plan de

Autoprotección, teniendo en consideración tales aspectos:

Los núcleos de población e instalaciones que requieren elaboración de

planes de autoprotección son:

Núcleos de población aislada.

Urbanizaciones.

Estaciones de servicio.

Industrias.

Restaurantes y bares.

Instalaciones deportivas.

Áreas de ocio.

Vertederos.

Todas estas instalaciones deberán mantener una faja de seguridad de una

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anchura mínima de 15 metros, libre de residuos, matorral y vegetación herbácea,

pudiéndose mantener las formaciones arbóreas o arbustivas en la densidad que

en su caso se determine en el correspondiente Plan de Autoprotección.

Los propietarios de las viviendas, instalaciones y terrenos a que se refiere el

apartado anterior podrán agruparse para su protección común bajo una sola franja de

seguridad.

Así mismo, queda prohibido encender fuego fuera de cocinas, barbacoas o

lugares especialmente acondicionados al efecto, así como quemar broza, o despojos

de vegetación durante la Época de Peligro medio y alto.

6.1.1. Conducciones eléctricas

El Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, de la Consejería de Medio

Ambiente, establece que las entidades responsables de las líneas eléctricas

respetarán las especificaciones de la reglamentación electrotécnica sobre distancia

mínima entre los conductores y las copas de los árboles. Así mismo, con anterioridad

al 1 de mayo de cada año, dichas entidades revisarán los elementos de

aislamiento de las líneas y se realizará la limpieza de combustible vegetal bajo

las instalaciones y en la zona de corta de arbolado, prevista en el artículo 35 del

Decreto 3151/68, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de Líneas

Aéreas de Alta Tensión.

Según el citado reglamento la separación mínima de la masa de arbolado con

respecto a las líneas eléctricas ha de ser de 2 m.

También establece que deberán ser cortados todos aquellos árboles que

constituyan un peligro para la conservación de la línea, entendiéndose como tales los

que, por inclinación o caída fortuita o provocada, puedan alcanzar los conductores.

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40

De las actuaciones realizadas se dará cuenta a la Delegación Provincial

correspondiente de la Consejería de Medio Ambiente antes del 1 de junio de cada año

y, en todo caso, en el plazo máximo de un mes desde su realización.

En el término municipal de Carboneras hay numerosas líneas de alta tensión

que requerirían planes de autoprotección.

6.1.2. Vertederos:

El régimen de usos establecido para este tipo de instalaciones es el que se

detalla a continuación, recogido en el artículo 29, capítulo III Del decreto 247/2001.

Las condiciones exigibles a los vertederos de residuos urbanos ubicados en

zonas de Peligro y en terrenos forestales y zona de Influencia forestal serán:

Durante las épocas de peligro medio y alto, por parte de los Ayuntamientos

titulares o los concesionarios de las explotaciones se procederá a la compactación de

los residuos urbanos y recubrimiento diario con una capa de material inerte de 20 cm

de espesor mínimo.

Deberán dotarse, así mismo de los siguientes elementos:

Un cortafuegos perimetral de al menos, 30 metros de ancho.

Una malla perimetral de doble torsión de 2,5 m. de altura mínima y luz

inferior a 5cm.

La maquinaria necesaria para realizar las labores de compactación y

cubrimiento antes mencionadas.

Un sistema de evacuación de los gases de fermentación.

Un sistema de extinción de incendios que incluya un depósito de agua

destinado a sofocar cualquier combustión de al menos 15 metros

cúbicos si el vertedero recibe menos de 5.000 toneladas/año y de 25

metros cúbicos si es mayor.

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No se ha localizado dentro del término municipal de Carboneras ningún

vertedero activo.

6.1.3. Carreteras y otras vías de comunicación:

Durante las Épocas de Peligro medio y alto los titulares de carreteras y

otras vías de comunicación deberán mantener libres de residuos, matorral y

vegetación herbácea, tanto la zona de dominio público como la de servidumbre,

pudiendo mantener las formaciones arbóreas o arbustivas en las densidades que se

establezcan en su caso.

Para el caso del término municipal de Carboneras hay dos carreteras que son:

N-341, AL-5105 y la ALp-711, además de algunos viales que requerirían este tipo de

medidas.

6.1.4. Núcleos de población.

En el término municipal de Carboneras hay 18 núcleos de población (incluido el

casco urbano de carboneras) que requerirá de elaboración de plan de Autoprotección.

Las construcciones diseminadas, si tienen el uso de vivienda, tienen la obligación de

elaborar el plan de autoprotección.

En el plano de autoprotección ATP_Nº 01 se han ubicado cada uno de ellos así

como las zonas con construcciones diseminadas más densas.

Base de datos.

Respecto a las instalaciones y actividades llevadas a cabo en el término

municipal de Carboneras y que están sujetas a la obligación de redactar sus planes de

autoprotección, hay que decir que se ha confeccionado una base de datos en la que

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figuran las coordenadas, polígonos y parcelas de dichas instalaciones. Ésta debe ser

actualizada cada nuevo año con vistas a que se conozca en tiempo real cuales son las

necesidades de autoprotección.

7. CLASIFICACIÓN DE LOS INCENDIOS FORESTALES.

Según la estimación realizada y de acuerdo con lo establecido en la Directriz

Básica de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales, los incendios

forestales se clasifican en la siguiente escala:

a) NIVEL 0: Referido a aquellos incendios que puedan ser controlados con los

medios de extinción incluidos en el Plan de Emergencia por Incendios

Forestales y que, aún en su evolución más desfavorable, no supongan peligro

para personas no relacionadas con las labores de extinción, ni para bienes

distintos a los de naturaleza forestal.

b) NIVEL 1: referido a aquellos incendios que, pudiendo ser controlados con los

medios de extinción incluidos en el Plan de Emergencia por Incendios

Forestales, se prevé por su posible evolución, la necesidad de la puesta en

práctica de medidas para la protección de personas y de los bienes no

forestales que puedan verse amenazados por el fuego.

c) NIVEL 2: Referido a aquellos incendios en los que se prevé la necesidad de

que sean incorporados medios estatales no asignados al Plan INFOCA, o

puedan comportar situaciones de emergencia que deriven hacia supuestos en

los que esté en juego el interés nacional.

d) NIVEL 3: Referido a aquellos incendios en los que habiéndose considerado

que está en juego el interés nacional, así sean declarados por el Ministerio del

Interior.

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8. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA :

8.1. ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL PLAN.

La lucha contra los incendios forestales en Andalucía, ha de implicar a todos

los agentes, tanto sociales como económicos y a las distintas administraciones, para

ello se utiliza una planificación a distintos niveles:

A nivel autonómico, mediante la confección del Plan de Emergencias

por Incendios Forestales de Andalucía (P.E.I.F.).

A nivel local con el Plan Local de Emergencias por Incendios

Forestales (P.L.E.I.F.).

A nivel particular mediante los Planes de Autoprotección (P.A.).

Y por último mediante la participación social con los grupos de voluntarios o

Grupos Locales de Pronto Auxilio (G.L.P.A.) y las Asociaciones de Propietarios

Forestales (A.D.F.).

Los grupos llamados a intervenir en las actuaciones ante emergencias a nivel

local o provincial son:

Centro Operativo Provincial (C.O.P.).

Centro de Coordinación Operativa Local (CECOPAL), que estará

en todo momento en comunicación con el primero y a disposición

del mismo.

8.1.1. Dirección Del Plan.

Corresponde a la persona titular de la Alcaldía, y las funciones del alcalde del

municipio de Carboneras serán las siguientes:

1) Activar los mecanismos y procedimiento de respuesta del Plan en el

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ámbito local.

2) Dirigir y coordinar las actuaciones tendentes al control de la emergencia

por incendios forestales dentro de su término municipal, apoyando al

puesto de mando.

3) Adecuar la activación del CECOPAL.

4) Solicitud de medios y recursos extraordinarios tanto a otras

Administraciones Públicas o de entes no públicos.

5) Comunicar la activación del Plan Local de Emergencia por Incendios

Forestales a las Administraciones Públicas implicadas en el Plan.

6) Informar a la población en relación a la emergencia y sobre las medidas

de protección a tomar.

7) Desactivar la respuesta a nivel local.

8) Otras estimadas convenientes.

Con carácter complementario:

9) Nombrar los distintos responsables del Comité Asesor.

10) Asegurar la implantación, mantenimiento y revisión del Plan en el

municipio de Carboneras.

8.1.2. Comité Asesor.

Los integrantes del comité asesor serán:

Concejal de Seguridad Ciudadana.

Responsable de los Servicios Operativos locales.

Jefe del Servicio Local de Protección Civil.

Asimismo, al Comité asesor podrán incorporarse cuantas autoridades o

técnicos la Dirección Local estime oportuno, en razón a las características de la

emergencia, como son la Guardia Civil y el Director del Centro de salud

correspondiente, en este caso el de Carboneras.

Sus funciones serán:

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a) Actuar como órgano auxiliar de la Dirección Local de la emergencia.

b) Asesorar a la Dirección Local de la Emergencia.

8.1.3. Grupos llamados a intervenir (servicios operativos).

Los Servicios Operativos a nivel local se constituirán sobre la base de los

servicios dependientes de la Administración Local y de los posibles medios asignados

por otras Administraciones Públicas, así como entidades públicas y/o privadas.

En el ámbito local existirán al menos cuatro grupos de acción:

Grupo de Intervención.

Constituido por el Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento. En principio

este grupo estaría integrado por el cuerpo de Bomberos Municipal, como no lo hay,

actualmente presta servicio el Consorcio de extinción de incendios y Salvamento del

Levante Almeriense ubicado en Turre, que será el que lo integre en el momento en

que comience a operar. Sus funciones serán:

Controlar, reducir o neutralizar los efectos de la emergencia.

Búsqueda, rescate y salvamento de personas.

Reconocimiento y evaluación de riesgos asociados.

Grupo de Seguridad.

Estará integrado por la Policía Local y la Guardia Civil y sus funciones serán:

Garantizar el orden público y la seguridad ciudadana.

Control de accesos y señalización de las áreas de actuación.

Establecer vías de acceso y evacuación.

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Establecer rutas alternativas de tráfico.

Colaborar en la identificación de cadáveres.

Colaborar en el aviso a la población.

Colaborar en labores de evacuación.

Grupo Sanitario.

Estará integrado por:

Servicio Sanitario municipal.

Cruz Roja Local.

Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil.

Transporte sanitario municipal.

Transporte sanitario privado.

Sus funciones serán:

Evaluar la situación sanitaria derivada de la emergencia por el

incendio.

Organizar el dispositivo médico asistencial y prestación de

asistencia en zonas afectadas.

Organización y gestión de la evacuación y transporte

sanitario.

Organizar la infraestructura de recepción hospitalaria.

Identificación de cadáveres en colaboración de los servicios

correspondientes.

Grupo de Apoyo Logístico.

Estará constituido por:

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Concejalía de Igualdad y Mujer.

Concejalía de Urbanismo.

Concejalía de Protección Civil.

Cruz Roja.

La función genérica de éste Grupo es la provisión de todos los

equipamientos y suministros para las actividades de los demás Grupos de Acción,

sus funciones son:

Recibir y gestionar cuantas demandas de medios y recursos

soliciten el resto de los Servicios Operativos.

Establecer y participar en los procedimientos de evacuación.

Habilitar locales susceptibles de albergar a la población

afectada.

8.1.4. Centro De Coordinación Operativa Local.

La Estructura del Plan Local de Emergencia por Incendios Forestales deberá

contar con un Centro de Coordinación Operativa Local, donde se realice la

dirección y coordinación de todas las operaciones, disponiendo de un sistema de

enlace con el Centro Operativo Provincial.

Este Centro se ubicará en las dependencias del Ayuntamiento de

Carboneras y comenzará a funcionar como CECOPAL desde el momento en que la

Dirección Local y el Comité se incorporen a efectos de proceder a dirigir y coordinar

las actuaciones, procediéndose así a su activación.

En cuanto a las diferentes fases de operatividad del Plan Local de Emergencia

por Incendios Forestales de Carboneras vienen recogidas en el formulario del mismo.

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8.2. CECOPAL: ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y MOVILIZACIÓN.

8.2.1. Organigrama:

A continuación se relacionan los puestos más importantes dentro del

organigrama de CECOPAL, las personas que los ocupan y teléfonos de contacto:

PUESTO NOMBRE TELÉFONO

Director Alcalde 950 45 42 38

Coordinador de CECOPAL

(Titular)

Concejal de Seguridad 950 45 42 38

Coordinador de CECOPAL

(Suplente 1)

Concejal de Medio Ambiente 950 454238

Responsable del Grupo de intervención

Concejal de Protección Civil 950 45 42 38

Responsable del Grupo de Seguridad

Jefe Policía Local 950 13 61 36

Responsable Grupo Sanitario Responsable de Salud 950 45 42 38

Responsable de Grupo de Apoyo Logístico

Concejal de Servicios Municipales 950 45 42 38

Órganos asesores al CECOPAL

Presidente del Grupo de Protección Civil

Dirección del Centro de Salud

Guardia Civil

950 13 61 12

950 45 17 50

950 45 40 82

En la siguiente tabla se han marcado con una X los diferentes recursos

municipales que se integran en los distintos grupos operativos.

Grupo de

Intervención

Grupo de

Seguridad

Grupo Sanitario Grupo de Apoyo

Logístico

Servicio

Contraincendios

y Salvamento

(Bomberos)

X

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Grupo de

Intervención

Grupo de

Seguridad

Grupo Sanitario Grupo de Apoyo

Logístico

Grupo Local de

Pronto Auxilio

Otros Grupos

equivalentes

Grupos de

voluntarios de

Protección Civil

X X X X

Agrupaciones de

Defensa Forestal

Policía Local X

Recursos

Sanitarios

Municipales

X

Recursos

Materiales del

Municipio

X X X X

8.2.2. Operatividad del Plan Local en sus diferentes fases.

Detección.

El término municipal de Carboneras se encuentra en la Zona de Actuación del

CEDEFO (Centro de Defensa Forestal) de Alhama de Almería, teléfonos: 950 64 13

22, 950 64 13 21 y 950 64 13 22. El inicio de un incendio forestal suele ser detectado

en la mayoría de los casos por uno de los puestos de vigilancia, manteniéndose a

partir de entonces una comunicación directa entre el CEDEFO de Alhama de Almería y

el correspondiente puesto de vigilancia. En general todos los puestos de vigilancia

están operativos del 15 de mayo al 15 de octubre.

Cuando se constituya la Agrupación de Defensa Forestal de Carboneras,

todos los propietarios de terrenos forestales y que estén adscritos serán advertidos por

parte del Ayuntamiento de las funciones que tienen que llevar a cabo, entre las cuales

está la vigilancia preventiva de incendios, principalmente en época de peligro. En esta

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época tendrán que prestar gran atención a cualquier síntoma que pueda desembocar

en un incendio forestal.

Si en cualquier caso se lleva a cabo la detección de un incendio por parte de un

particular, se comunicará de forma inmediata en el siguiente orden:

-Teléfono de emergencias 112.

-Teléfono del Ayuntamiento de Carboneras para activar el Plan Local de

Emergencia por Incendios Forestales: 950 45 42 38.

También se llevará a cabo una vigilancia preventiva por parte de la Guardia

Civil en Carboneras y los Agentes de Medio Ambiente, que desempeñan entre otras

funciones, labores de vigilancia y prevención.

Cuando se lleva a cabo la detección de un incendio forestal, corresponde a la

persona titular de la Alcaldía, como Director del CECOPAL, llevar a cabo las

siguientes funciones de forma general:

Activar los mecanismos y procedimiento de respuesta del

Plan Local de Emergencia por Incendios Forestales.

Dirigir y coordinar las actuaciones tendentes al control de

la emergencia dentro del término municipal.

Adecuar la activación del CECOPAL.

Solicitar medios y recursos.

Comunicar la activación del PLEIF a las Administraciones

Públicas implicadas en el Plan (Consejería de Medio Ambiente y Consejería

de Gobernación de la Junta de Andalucía).

Informar a la población en relación a la emergencia y sobre

las medidas de protección a tomar.

Desactivar la respuesta a nivel local.

Otras medidas estimadas convenientes en el momento de

activar el Plan.

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NOTIFICACIÓN.

Una vez detectado el incendio, indicar el protocolo de notificación, tanto a nivel

interno del CECOPAL, como a INFOCA y CECEM-112 (Centro de Coordinación de

Emergencias de la Junta de Andalucía-112).

Una vez detectado el incendio, entramos en la denominada FASE DE

ALARMA (situación que se está produciendo y que lleva a la activación del PLEIF en

función de la gravedad del incendio).

En esta situación todos los servicios operativos locales se encuentran

movilizados aplicándose las medidas previstas de información y protección de la

población.

El procedimiento de información se establecerá desde el Centro de

Coordinación Operativa Local (CECOPAL), que se pondrá en comunicación con el

CECEM-112 Andalucía lo más rápidamente posible.

Desde el CECOPAL se dará la información de la activación del Plan de

Actuación Local, caracterizando la situación de la forma más detallada posible y

comunicando todo tipo de información que pueda ser de utilidad al Centro Operativo

Provincial (Almería).

En todo momento, el CECOPAL de Carboneras estará a disposición del Centro

Operativo, poniendo todos los recursos útiles a disposición del director técnico de

extinción.

MOVILIZACIÓN DE RECURSOS.

Ante un incendio forestal que precise la intervención de los distintos recursos

municipales, tanto humanos como materiales, se deberá establecer el procedimiento

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de comunicación a estos recursos, a través de sus responsables o personas de

contacto. Asimismo, se deberá establecer el protocolo de puesta en operatividad de

estos recursos, indicando posibles lugares de reunión y puesta en marcha hacia el

incendio forestal.

La persona responsable de la elaboración y actualización de un catálogo de

medios, así como los plazos o periodos de actualización. Cada año, durante el

mes de marzo, se hará un repaso sobre el estado, uso y disponibilidad de medios y

recursos inventariados.

Queda establecido que la utilización general del Catálogo de Medios y

Recursos se gestionará a través del CECOPAL y del director del mismo.

En cuanto a la movilización de los diferentes recursos pertenecientes al

Ayuntamiento o a los integrantes de la futura ADF de Carboneras, se actuará de la

siguiente manera:

Todos los componentes del CECOPAL se reunirán en el

Ayuntamiento, una vez detectado un incendio. El director, que en

este caso es el alcalde, es al que corresponde poner todos los

medios de los que dispone el Ayuntamiento a disposición de la

extinción, y lo hará mediante los diferentes responsables que forman

parte del CECOPAL.

El encargado del Grupo de Apoyo Logístico, conocedor de la

situación y disponiendo de un catálogo de medios, los pondrá a

disposición del puesto de mando.

El Director de CECOPAL, siendo responsable de la movilización de

recursos, y disponiendo de un catálogo de medios particulares,

dispondrá de ellos si se estima necesario.

El lugar de reunión antes de partir hacia el incendio será el Ayuntamiento.

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Una vez que todos los recursos, tanto humanos como materiales se ponen a

disposición del puesto de mando se actuará siguiendo las pautas que los

profesionales vayan marcando.

INTEGRACIÓN DE LOS RECURSOS EN EL PUESTO DE MANDO

AVANZADO (PMA).

Una vez desplazados los recursos municipales al incendio forestal, se deberá

establecer el sistema de integración en los diferentes Grupos Operativos, según las

instrucciones del Puesto de Mando Avanzado (PMA).

Todos los recursos materiales pertenecientes tanto al Ayuntamiento como a los

particulares y todos los recursos humanos integrados en el Plan Local de Emergencias

por Incendios Forestales se pondrán a disposición del Puesto de Mando Avanzado con

la mayor brevedad posible. El director del CECOPAL y todos los responsables de los

diferentes grupos de acción se identificarán ante el PMA para facilitar de esta forma la

integración de todos los recursos en la extinción.

DESMOVILIZACIÓN.

Una vez declarado el fin de la emergencia por parte del Puesto de Mando

Avanzado o quien corresponda según la gravedad de la misma, se llevará a cabo la

desmovilización de los recursos municipales. El encargado de llevar a cabo esta

función será el director del CECOPAL (en este caso el alcalde) o la persona a la que

haya sido asignada esta función.

La persona que tenga asignada la dirección del CECOPAL se encargará de

contactar con todos los responsables de los diferentes grupos que hayan actuado en

el incendio, para llevar a cabo la desmovilización de los recursos. Cada responsable

se encargará de avisar a las personas que de él dependan y deberá indicarle el

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lugar de reunión una vez que parten del lugar donde se ha producido el siniestro.

Antes de la partida, se llevará a cabo un exhaustivo recuento de los

recursos, tanto humanos como materiales, verificando de esta manera que todo

está en orden.

El lugar de reunión después de la desmovilización será la Plaza del

Ayuntamiento.

AVISO E INFORMACIÓN A LA POBLACIÓN.

En cualquier fase de la emergencia puede ser necesario avisar o informar a la

población del municipio. Deberá establecerse un sistema a nivel municipal, para

colaborar con la Dirección del Plan de Emergencias de Andalucía.

Los avisos y la información a la población son aspectos fundamentales

para lograr una actitud positiva y de colaboración de las personas implicadas en

una situación potencial o real de emergencia ante un incendio forestal. En las

citadas circunstancias, la población afectada es parte directamente involucrada en las

acciones a desarrollar. Por tanto, es necesario que la población esté informada en

relación con los riesgos por los que puede verse afectada, así como de las

actuaciones más idóneas de colaboración y autoprotección, en función del tipo de

riesgo ante el incendio y las condiciones específicas del mismo. Así, en el Plan local

de Emergencia se desarrollarán los siguientes aspectos:

Distinción entre los tres tipos básicos de información

(Preventiva, en Emergencia y Post-Emergencia) estableciendo, en la

medida de lo posible, mensajes tipo para cada uno de estos tipos de

información y en relación con las distintas emergencias sobre incendios

forestales previstas.

Los canales, procedimientos y responsable con relación a la

emisión de avisos y recomendaciones a la población.

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PLAN LOCAL DE EMERGENCIAS POR

INCENDIOS FORESTALES

Promotor:

AYUNTAMIENTO DE CARBONERAS

Plaza deL Castillo Nº 1 04140

Carboneras (Almería)

C/ GREGORIO MARAÑON,37

ENTRESUELO 22

04005 ALMERIA

TELF. 950 22 53 98

TELF. Y FAX. 950 22 67 33

55

Las instalaciones y los efectivos implicados en la información

a la población.

Los medios a utilizar ante una emergencia por incendios forestales serán:

Toques continuados de campana.

Megáfono del Ayuntamiento.

MEDIDAS DE PROTECCIÓN DE LA POBLACIÓN.

Las posibles medidas serán de autoprotección personal, de confinamiento, de

alejamiento o de evacuación. Estas medidas, de acuerdo con el Plan de Emergencias

ante el riesgo de incendios forestales de Andalucía, deberán ser dictadas por la

Dirección de este Plan o por el Alcalde del municipio. Deberán establecerse las

posibles medidas a llevar a cabo, indicando las infraestructuras y recursos materiales y

personales de que se dispone para su correcta ejecución.

Se realizarán campañas, con los siguientes contenidos:

Divulgación e información pública sobre el Plan Local de

Emergencia.

Información de tipo preventivo para trasladar

conocimientos sobre los riesgos potenciales de los incendios forestales, así

como sobre las medidas de prevención y protección.

Información sobre los mecanismos y sistemas de

comunicación con la población ante la emergencia.

Divulgación de medidas de autoprotección personal y

confinamiento, especificándose:

Puntos de concentración más importantes en el

municipio.

Salidas y accesos principales del municipio.

Población vulnerable, grupos críticos.

Instrucciones para la población a evacuar.

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Medios de transporte a utilizar.

MEDIDAS DE FOMENTO PARA LA CREACIÓN DE GRUPOS LOCALES DE

PRONTO AUXILIO O EQUIVALENTE Y ASOCIACIONES DE DEFENSA

FORESTAL.

Las medidas para fomentar la creación de Grupos Locales de Pronto Auxilio y

la adhesión de personas a la Agrupación de Defensa Forestal de Carboneras se

basarán en la realización de campañas de difusión y divulgación de información,

intentando inculcar en la mayoría de la población la gran importancia que tiene la

conservación de nuestros montes, debido a la gran cantidad de beneficios que nos

aportan. Para ello, se llevarán a cabo:

Edición de trípticos promocionando la constitución de los

Grupos Locales de Pronto Auxilio u organizaciones equivalentes, así como

la libre adhesión a la futura Agrupación de Defensa Forestal de

Carboneras.

Publicaciones en Prensa.

Edición de carteles que se colocarán en las zonas más

concurridas del municipio.

Emisión de mensajes en las televisiones y radios

comarcales.

Jornadas y reuniones.

Convenios de colaboración con Asociaciones relacionadas

con la Conservación del Medio Natural.

9. MANTENIMIENTO DEL PLAN Y PUBLICIDAD.

Una vez aprobado un Plan Local, se revisará cada cuatro años por el mismo

procedimiento exigido para su aprobación, debiendo actualizarse, mediante

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comunicación a la Delegación Provincial de Medio Ambiente, los siguientes contenidos

del Plan:

a) Constitución de Grupos de Acción.

b) Previsiones de alerta para la movilización de los Grupos de Acción.

c) Procedimientos operativos para la correcta ejecución de todas las

actuaciones previstas.

El Ayuntamiento también deberá aprobar la actualización del Catálogo de

Medios y presentar una copia del mismo en la Delegación Provincial de la Consejería

de Medio Ambiente.

En cuanto al apartado publicitario se está llevando a cabo un proceso de

información social mediante notas de prensa publicadas en Internet

(www.Carboneras.es), prensa escrita, televisiva y radiofónica. Además se han

publicado unos dípticos informativos y carteles de mayor tamaño que han sido

repartidos entre la población.

10. ANEXOS

10.1. ANEXO 10: CARTOGRAFÍA

CARACTERIZACIÓN TERRITORIAL

Plano CRT_Nº01_Loc de Localización del término municipal dentro de la

provincia, con todos los municipios colindantes.

Plano CRT_Nº02_Nuc, de núcleos de población, edificaciones y

equipamientos e instalaciones.

Plano CRT_Nº03_Zon, de zonificación de los usos del suelo.

Plano CRT_Nº04_Zep, de Zonificación de los Espacios Naturales Protegidos.

Plano CRT_Nº05_Uve, de Zonificación de las Unidades de Vegetación.

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RIESGO DE INCENDIOS

Plano ERI_Nº 01, de riesgo por pendiente.

Plano ERI_Nº 02, de modelos de combustible y riesgo por combustibilidad.

Plano ERI_Nº 03, de índice territorial de riesgo.

AUTOPROTECCIÓN

Plano ATP_ Nº 0, inventario de núcleos, instalaciones o infraestructuras con

necesidad de autoprotección.

INFRAESTRUCTURAS E INSTALACIONES PREVENTIVAS

Plano IIP_ Nº01 de infraestructuras e instalaciones preventivas viarias.

Plano IIP_Nº02 de infraestructuras e instalaciones preventivas hidráulicas

según accesibilidad.

10.2. BASE DE DATOS

Como herramienta de gestión del Plan se adjunta una base de datos, que

permite la consulta y actualización de forma sencilla de cualquiera de los apartados del

plan de emergencia.

Con esta herramienta podemos entre otras gestiones mantener actualizados

los contactos para la estructura organizativa del plan; Gestionar la autoprotección así

como mantener el inventario y catálogo de los recursos disponibles.