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ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARA MANUAL PARA EL OTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES (INSALUBRIDAD)

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ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO

HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARA

MANUAL PARA EL OTORGAMIENTO DEDERECHOS ADICIONALES (INSALUBRIDAD)

CAPITULADO

3DEL MARCO LEGAL.

Pág.

HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

HNDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

CAPÍTULO I.

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DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES QUE CONDETERMINADOS PUESTOS PRESTAN SUS SERVICIOS YESTÁN ADSCRITOS EN ÁREAS NOCIVO-PELIGROSAS DALTO, MEDIANO O BAJO RIESGO.

SECCIÓN PRIMERA.DEL LISTADO DE PUESTOS.

SECCIÓN CUARTA ..DE LA DETERMINACIÓN DE ÁREAS NOCIVO-PELIGROSASDE BAJO RIESGO.

SECCIÓN QUINTA.DE LOS LINEAMIENTOS PARA IDENTIFICAR LAS ÁREASNOCIVO-PELIGROSAS DE ALTO, MEDIANO Y BAJORIESGO, ASÍ COMO A LOS TRABAJADORES QUE PRESTENSUS SERVICIOS Y ESTÉN ADSCRITOS ENLAS MISMAS.

SECCIÓN SEGUNDA. • ,DE LA DETERMINACION DE AREAS NOCIVO-PELIGROSASDE ALTO RIESGO.

SECCIÓN TERCERA.DE LA DETERMINACIÓN DE ÁREAS NOCIVO-PELIGROSASDE MEDIANO RIESGO

MANUAL PARA ELOTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES (INSALUBRIDAD)

CAPÍTULO V.

CAPÍTULO n. DEL ÁMBITO Y APLICACIÓN.

CAPÍTULO IlI. DE LOS CONCEPTOS GENERALES.

CAPÍTULO IV. DE LOS LINEAMIENTOS GENERALES

SECCIÓN PRIMERA.DE LOS LINEAMIENTOS PARA CONSTITUCION,ORGANIZACIÓN y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISION,AUXILIAR DE INSALUBRIDAD.

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~,Pág. ~

SECCIÓN SEGUNDA. 32DE LOS DERECHOS ADICIONALES EN ÁREAS NOCIVO-PELIGROSAS DE ALTO RIESGO.

SECCIÓN TERCERA. 33DE LOS DERECHOS ADICIONALES EN ÁREAS NOCIVO-PELIGROSAS DE MEDIANO RIESGO.

SECCIÓN CUARTA 33DE LOS DERECHOS ADICIONALES EN ÁREAS NOCIVO-PELIGROSAS DE BAJO RIESGO.SECCIÓN QUINTA.DE LOS LINEAMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DEDERECHOS ADICIONALES.

SECCIÓN SEXTA, •DE LAS BAJAS E INCIDENCIAS EN LA COMPENSACIONSALARIAL SOBRE EL SUELDO BRUTO MENSUAL(CONCEPTO 01) DEL 20%, 10%.ó 7%

if HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARA, COORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

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CAPÍTULO VI. DE LAS DISPOSICIONES FINALES.

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3MANUAL PARA EL OTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES (INSALUBRIDAD)

4. Ley General de Saiud, Título Séptimo, Capítulo V;

5. Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los TrabajadoresTítulo Segundo, Capítulo II, Sección II y Capítulo IV;

- DE APLICACIÓN DIRECTA:

3. Ley Federal del Trabajo, Artículo 132 FracciDnes I, II, III, XVI, XVII, XVIII YXIX Y134 Fracción I, II, X YTítulo Noveno;

1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 40., 123, Apartado"A", Fracciones XIV y XV Y "8", Fracción XI, Incisos A) y B) Y 133;

2. Convenios de la Organización Internacional del Trabajo ratificado por México, asaber:• No. 17 Relativo a la Indemnización por Accidentes del Trabajo, vigente enMéxico a partir de mayo de 1934.

• No. 42. Relativo a la Indemnización por Enfermedades Profesionales, vigente enMéxico a partir de 1938.

• No. 115 Relativo a la Protección de los Trabajadores Contra las RadiacionesIonizantes, vigente en México a partir de octubre de 1984.

• No. 120 Relativo a la Higiene en el Comercio y en las Oficinas, vigente enMéxico a partir de junio de 1969.

• No. 134 Relativo a la Prevención de Accidentes del Trabajo de la Gente de Mar,vigente en México a partir de abril de 1975.

• No. 155 Relativo a Seguridad y Salud de los Trabajadores y Medio Ambiente deTrabajo, vigente en México a partir de febrero de 1983;

Consecuentemente, el marco legal de la materia de seguridad e higiene en el trabajo, secontiene en los Ordenamientos siguientes:

~~'1 CAPÍTULO 1"'\\4 DEL MARCO LEGAL

De conformidad con las disposiciones aplicables en materia de Seguridad e Higiene en el. (' trabajo, las Comisiones de Seguridad e Higiene en el Trabajo del Organismo Publico

Descentralizado Hospital Civil de Guadalajara y la Coordinación General de Recursos, .Humanos a traves de LA COMISION AUXILIAR DE INSALUBRIDAD, expiden el "Manualpara el Otorgamiento de Derechos Adicionales (INSALUBRIDAD)", en el cual seestablecen lineamientos generales para salvaguardar el bienestar físico, mental y social delos trabajadores en el desarrollo de sus funciones.

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i1NDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOMISiÓN AUXILIAR OE INSALUBRIDAO

13. Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del. Estado, Artículos 14 Fracción I1,43 Fracciones II y VI, 88 Fracción II y 110;

12. Manual para Prevenir y Disminuir Riesgos de Trabajo e Indicar el Otorgamiento deDerechos Adicionales (SSA).

11. Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo.

10. Los treinta y dos Acuerdos de Coordinación para la Descentralización Integral delos Servicios de Salud.

9. Reglamento de Funcionamiento de las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higieneen el Trabajo de la Secretaría de Salud y,

8. La NOM-019-STPS-2004 Relativa a la Constitución, Inscripción y Funcionamiento delas Comisiones de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

6. Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud de 2006-2009, CapítuloXV.,

7. Condiciones Generales de Trabajo del Hospital Civil de Guadalajara del 2000,Capítulo XV;

- DE APLICACIÓN PARA CO,NSULTA.

- DE APLICACIÓN SUPLETORIA.

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Asimismo, los trabajadores sujetos a las recomendaciones e indicaciones que dicten laComisión, de acuerdo a su adscripción ya las funciones que desarrollen en los centros detrabajo, están obligados al acatamiento de las disposiciones y medidas que alefecto se emitan en materia de Seguridad eHigiene en el trabajo.

CAPÍTULO IIDEL ÁMBITO DE APLICACIÓN

Igualmente, en la aplicación del Manual, las recomendaciones e indicaciones quedictamine la Comisión en esta materia, serán de la observancia estricta de los Titulares delas Unidades Hospitalarias en conjunto con la Coordinación General de Recursos Humanos.

El presente Manual, es aplicable en todas las Unidades Hospitalarias del Hospital Civil deGuadalajara, por conducto de la respectiva Comisión Auxiliar de Insalubridad, instalada encada uno de los centros de trabajo, mismas que están facultadas para recomendar y dictarmedidas tendientes para prevenir y disminuir la exposición a los agentes peligrosos,identificar áreas nocivo-peligrosas y otorgar los derechos adicionaies (INSALUBRIDAD) alos trabajadores. (Capítulo I, Artículo 1, Condiciones Generales de Trabajo Vigentes).

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CENTRO DE TRABAJO, Todo aquel lugar, cualquiera que sea sudenominación, en el que se realicen actividades de producción, decomercialización o de prestación de servicios, o en el que laboren personasgue estén sujetas a una relación de trabajo.AREA DE TRABAJO, es el sitio donde el trabajador desarrolla susactividades laborales específicas para las cuales fue contratado, en el cualinteractúa con Josprocesos productivos y el medio ambiente laboral.RIESGOS DE TRABAJO, son los accidentes y enfermedades a que estánexpuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo de su trabajo;Consecuentemente, los Riesgos de Trabajo de acuerdo a la Ley, se clasificanen:

• Accidentes de Trabajo:Es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior o lamuerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo,cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste y quedanincluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan altrasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar de trabajo yde éste a aque!.

• Enfermedad Profesional:Es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causaque tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que eltrabajador se vea obligado a prestar sus servicios. Serán con ideradas, entodo caso, enfermedades de trabajo, las consignadas e Tabla delartículo 513 de la Ley Federal del Trabajo .

2.

3.

1.

CAPÍTULO IIIDE LOS CONCEPTOS GENERALES

Así entonces, se entenderá por:

De conformidad con los aspectos teóricos-prácticos, así como de las disposicionesaplicables que en particular existen en el ámbito nacional e internacional y tomando encuenta la naturaleza propia de los servicios de salud que presta el Hospital Civil deGuadalajara, la Dirección General, la Coordinación General de RecursosHumanos, las Direcciones Médicas de Unidad, y LA COMISIÓNAUXILIAR DEINSALUBRIDAD, han considerado conveniente incorporar en este documento unCapítulo que contenga de manera accesible, aquellos conceptos de manejo usual ycotidiano en materias de Insalubridad y Seguridad e Higiene en el Trabajo, con elobjeto de que la Comisión, las autoridades del Hospital Civil de Guadalajara, losrepresentantes sindicales y los trabajadores en general se interioricen respecto delentendimiento de los mismos.

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- Radiaciones no Ionizantes:• Ondas Ultravioleta• Ondas Infrarrojas

- Ventilación Deficiente:• Natural

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Físicos.- a los diferentes tipos de energía que pueden provocar afectacióno disminución en la salud del individuo.Los Elementos Físicos más comunes son:

- Radiaciones Ionizantes:• Rayos "XII• Rayos Gama• Rayos Beta

SEGURIDAD E HIGIENE, son los procedimientos, técnicas y elementosque se aplican en los centros de trabajo, para el reconocimiento,evaluación y control de los agentes nocivos que intervienen en los procesosy actividades de trabajo, con el objeto de establecer medidas y accionespara la prevención de accidentes o enfermedades de trabajo, a fin deconservar la vida, salud e integridad física de los trabajadores, así comoevitar cualquier posible deterioro al propio centro de trabajo.INVESTIGACION DE RIESGOS DE TRABAJO, al conjunto deprocedimientos, métodos y técnicas tendientes, a la identificación deAgentes o Actos Inseguros o de CondicionesPeligrosas que originanAccidentes de Trabajo o Enfermedades Profesionales.EVALUACIÓN, es la determinación de tipo y grado de los Agentes oActos Inseguros y de las Condiciones Peligrosas identificadas, queoriginan los Accidentes de Trabajo o Enfermedades Profesionales.CONTROL, es la implantación de medidas preventivas o correctivasdeterminadas por la Investigación y Evaluación de los Agentes o ActosInseguros y de las Condiciones Peligrosas que, mediante lasupervisión periódica a las Áreas de Trabajo, tienden a evitar los Accidentesde Trabajo y las Enfermedades Profesionales.MEDIDAS, son las recomendaciones que se adoptan para mejorar lascondiciones de Seguridad e Higiene en las Áreas de Trabajo y que evitenios Accidentes de Trabajo o las Enfermedades Profesionales.AGENTES, son los "factores causantes de" y se clasifican en: Físicos,Químicos, Biológicos, Psicosociales y Mecánicos y/o Ergonómicosque, dadas .Ias.circunstancias repentinas o intensas en que se presentan enel Área de Trabajo o a la susceptibilidad del individuo, pueden llegar aafectar o disminuir su salud.

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- Humos:• De Combustión• De Combinación

- Solventes.

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- Ácidos:• Fuertes• Débiles

- Gases:• Naturales• De Transformación• De Combustión Interna

- Aerosoles:• Densos• Leves

- Polvos:• Orgánicos• Inorgánicos

• Artificial• Mixta

- Ruido y Vibración.

- Iluminación Deficiente:• Natural• Artificial• Mixta

- Temperatura y Humedad:• Relación entre la Temperatura y la Humedad• Variaciones Bruscas de la Temperatura

B) Químícos.- Son las substancias que por sus propiedades o por sutransformación pueden provocar afectación o disminución en la salud delindividuo.Los Elementos Químicos más comunes son:

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- Bacterias- Virus- Hongos- Insectos- Parásitos

C) BioI6gicos.- A los organismos animales o vegetales que pueden afectar odisminuir la salud del individuo.Los Elementos Biológicos más comunes son:

Las Áreas Nocivo-Peligrosas se clasifican, para su determinaci6n, en losiguientes tipos:

D) Psicosociales.- Alteraciones en la conducta ofy manifestaciones de losestados de ánimo, por factores externos, internos o mixtos.

E) Mecánicos vIo Ergon6micos.- A los aparatos, instrumentos,herramientas y en sí toda maquinaria que por su funcionamiento puedenafectar o disminuir ia salud del individuo.

10. CONDICIONES INSEGURAS, son las situaciones o circunstancias peligrosasque derivan de los elementos que conforman el medio ambiente laboral ypueden hacer posible la ocurrencia de un accidente, enfermedad de trabajo odaño material.

11. CONDICIONES PELIGROSAS, son aquellas circunstancias que puedenprovocar un incidente, accidente o una enfermedad de trabajo;

12. ACTOS INSEGUROS, son las acciones realizadas por el trabajador, que omite oviola el método o medidas aceptadas como seguras.

13. ACTIVIDADES PELIGROSAS, es el conjunto de tareas derivadas de losprocesos de trabajo, que generan condiciones inseguras y sobreexposición a losagentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y mecánicos, capaces deprovocar daño a la salud de los trabajadores o al centro de trabajo.

14. INCIDENTE, acontecimiento no deseado que ocasiona o puede ocasionar dañosal proceso, maquinaria, equipo y/o a las instalaciones del centro de trabajo, peroque en circunstancias diferentes, podría haber derivado en lesiones para laspersonas y que requiere ser investigado para considerarlo en la adopción demedidas preventivas.

15. ÁREAS NOCIVO-PELIGROSAS, a los espacios físicos determinados en lascuales los trabajadores adscritos a un Centro de Trabajo, desarrollancotidianamente sus funciones asignadas, y en los que están expuestospotencialmente a sufrir un Riesgo de Trabajo, debido a la presencia deAgentes, Condiciones Peligrosas así como a la realización de ActoInseguros.

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B) Áreas Nocivo-Peligrosas de MedianoRiesgo.Son los espacios físicos determinados, en los cuales los trabajadoresdesarrollan cotidianamente sus funciones asignadas y en los que sepresentan en menor grado al anterior los Agentes y además sepresentan condiciones peligrosas, que implican un Riesgo de Trabajoinmediato o posterior, no obstante, de contar con el equipo de protecciónrequerido y de aplicarse las medidas para mejorar las condiciones deSeguridad e Higiene.

A) Áreas Nocivo-Peligrosas de Alto Riesgo.Son los espacios físicos determinados, en los cuales los trabajadoresdesarrollan cotidianamente sus funciones asignadas y en los que sepresentan de manera relevante los Agentes (Físicos, Químicos,Biológicos Psicosociales y Mecánicos) y además se presentencondiciones peligrosas, que implican un Riesgo de Trabajo inmediato,no obstante, de contar con el equipo de protección requerido y de aplicarselas medidas para mejorar las condiciones de Seguridad e Higiene;

C) Áreas Nocivo-Peligrosas de Bajo Riesgo.Son los espacios físicos determinados, en los cuales los trabajadoresdesarrollan cotidianamente sus funciones asignadas y en los que sepresentan riesgos en un menor grado a los señalados en los demediano riesgo y además se presentan condiciones peligrosas.

16. ACTA POR POSIBLE RIESGO DE TRABAJO, al documento que seinstrumente para los efectos de calificación por parte de los Servicios de Salud enel Trabajo correspondientes, en el que hace constar en forma pormenorizada ydetallada las circunstancias de tiempo, lugar y modo con las cuales se verifica unposible Riesgo de Trabajo, así como en su caso las declaraciones de lostestigos presenciales si los hubiere.

17. ACTA DE VISITA, al documento que instrumentan la Comisión Auxiliar deInsalubridad, para hacer constar en las Áreas de Trabajo, la presencia deAgentes y Condiciones Peligrosas así como la realización de ActosInseguros, con el objeto de que previo su análisis, procedan a dictar lasmedidas de Seguridad e Higiene e identificar las Áreas Nocivo Peligrosas.

18. CALIFICACIÓN, es la determinación Medico-Técnica por la cual losServicios de Salud en el Trabajo, reconoce o no, la existencia de un Riesgo deTrabajo.

19. INCAPACIDAD, a la disminución o pérdida de facultades o aptitudes físicomentales, que imposibilitan total o parcialmente a los trabajadores paradesempeñar sus labores.La Incapacidad puede ser de tres tipos:

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CAPÍTULO IVDE LOS LINEAMIENTOS GENERALES

B) Incapacidad Permanente Parcial.- ES LA DISMINUCIÓN DE LASFACULTADESO APTITUDES DE UNA PERSONAPARATRABAJAR.

A) Incapacidad Temporal.- ES LA PERDIDA DE FACULTADESO APillUDESQUE IMPOSIBILITA PARCIAL O TOTALMENTE A UNA PERSONA PARADESEMPEÑARSU TRABAJO PORALGÚNTIEMPO.

C) Incapacidad Permanente Total.- ES LA PÉRDIDA DE FACULTADESOAPTITUDES DE UNA PERSONA,QUE LA IMPOSIBILITA PARA DESEMPEÑARCUALQUIER TRABAJO POR EL RESTODE SU VIDA.

20. FUNCIONES ACORDES, nuevas funciones que se asignen a los trabajadoresque presentan una incapacidad permanente parcial, de conformidad con elcertificado Médico-Legal que expiden los Servicios de Salud en el Trabajo.

21. DERECHOS ADICIONALES, son los que se establecen en el presente Manual,para que se otorguen a los trabajadores que se encuentren desarrollandocotidianamente sus funciones asignadas y estén adscritos en formaconstante y permanente en Áreas Nocivo-Peligrosas de Alto, Mediano oBajo Riesgo.

23. TRABAJADOR Y10 EMPLEADO, es toda persona que desempeñe una labor yque tenga una contratación que identifique una relación laboral con el HospitalCivil de Guadalajara, (Capitulo I, Artículo 1, Condiciones Generales de TrabajoVigentes).

24. SERVICIOS PREVENTIVOS DE MEDICINA DEL TRABAJO (SALUD EN ELTRABAJO), son aquellos que se integran bajo la supervisión de un profesionistamédico calificado en Medicina del Trabajo o área equivalente, que se establecenpara coadyuvar en la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo yfomentar la salud física y mental de los trabajadores con relación a susactividades laborales.

25. SERVICIOS PREVENTIVOS DE SEGURIDAD E HIGIENE, son aquellosintegrados por un profesionista calificado en seguridad e higiene, que seestablecen para coadyuvar en la prevención de accidentes y enfermedades detrabajo, mediante el reconocimiento, evaluación y control de los factores deriesgo, a fin de evitar el dañoa la salud de los trabajadores

26. INSALUBRIDAD, lo que no es bueno para la SALUD. (Condicionante queimplica no ser bueno para la salud)

27. COMISIÓN AUXILIAR, Conjunto de personas encargadas por la ley, o p runacorporación o autoridad, de ejercer unas determinadas compet ciaspermanentes o atender en algún asunto específico

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SEXTO.- La Comisión correspondiente, con base en los resultados de la Investigacióny de la Evaluación, procederá a dictar las medidas de prevención y corrección epermitan disminuir la exposición a los agentes; mismas que recomendará al Titularla Unidad Hospitalaria, para su aplicación.

CUARTO.- La Comisión en pleno, en la siguiente sesión o antes, de considerarseconveniente, dará cuenta del resultado de la visita realizada en las Áreas de Trabajocon el acta correspondiente, para los efectos de iniciar la etapa de Investigación. Conla Investigación se identificarán los Agentes peligrosos¡ las CondicionesInseguras o bien la realización de Actos Peligrosos en las Areas de Trabajo.

LINEAMIENTOS:

QUINTO.- Acto seguido, la Comisión, procederá a la Evaiuación de los AgentesPeligrosos, de las Condiciones Inseguras o de los Actos Peligrosos identificados,determinando el tipo y grado en que se presentan, con el fin de conocer ia afectación odisminución de facultades o aptitudes que producen en la salud de los trabajadores.

SECCIÓNPRIMERADE LOS LINEAMIENTOS PARA LA CONSTITUCIÓN, ORGANIZACIÓNY FUNCIONAMIENTO

DE LA COMISIÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

TERCERO.- Las visitas se llevarán a cabo de conformidad con lo establecido en uncalendario aprobado por todos los Integrantes, debiéndose levantar actacircunstanciada o reporte, en la que se asienten las manifestaciones y observacionesrealizadas por quienes en ella intervinieren.

PRIMERO.-La integración será a partir de las COMISIONES DE SEGURIDAD EHIGIENE, siguiendo los puntos 6, 7 Y 8 de la NOM-019-STPS-2004, correspondientesa la Constitución, Organización y FuncionamientoLA COMISIÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD una vez instalada, procederáconsuetudinaria mente a efectuar visitas generales a los Centros de Trabajo paraobservar las condiciones que guarden ias instalaciones y equipos y determinar quéÁreas de Trabajo (MAPA DE RIESGOS) deberán ser objeto de visitas especiales.

SEGUNDO.- Determinar las Áreas de Trabajo y de acuerdo a las condicionesobservadas, se realizará la programación de las visitas especiales a las mismas pororden de prioridad.

. Para prevenir y disminuir la exposición a los agentes, relacionados con la Insalubridad,LA COMISIÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD, deberán apegarse a los siguientes:

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SECCIÓNSEGUNDADE LA DETERMINACIÓNDE

ÁREASNOCIVO-PELIGROSASDEALTORIESGO

De conformidad con los CONCEPTOSGENERALESdefinidos en el Capítulo III de esteManual, LA COMISIÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD Y la COORDINACIÓN GENERALDE RECURSOSHUMANOS han determinado como ÁREASNOCIVO-PELIGROSASDEALTORIESGO,los puestos comprendidos de los numerales 01 al S2, que puedanestar en algunos de los siguientes casos:

1. Las Áreas de Trabajo que cuenten con espacio físico donde se produzcanemanaciones radioactivas y/o se presenten condiciones peligrosas enlas cuales, los trabajadores con los puestos que se enlistan en la SecciónPrimera del Capítulo V del presente Manual, desarrollan cotidianamente susfunciones y por lo mismo, están expuestos en forma constante y permanente aun peligro nocivo para su salud, con un tiempo de exposición medido enhoras completas, comprobables en toda su jornada.

2. Las Áreas de Trabajo que cuenten con espacio físico donde se presentenagentes físicos (que no sean emanaciones radioactivas), quimicos,biológicos, psicosociales y mecánicos y además se presentencondiciones peligrosas y en las cuales los trabajadores con los puestos quese enlistan en la Sección Primera del Capítulo V del presente Manual,desarrollan cotidianamente sus funciones y por lo mismo, están expuestos enforma constante y permanente a un peligro nocivo para su salud, con untiempo de exposición medido en horas completas comprobables entoda su jornada.

3. Las Áreas de Trabajo que cuenten con espacio físico donde se presenteagentes químicos y biológicos y además se resenten condicion speligrosas y en las cuales los trabajadores con los puestos que se enlistan ela Sección Primera del Capítulo V del presente Manual, desarrollancotidianamente sus funciones y por lo mismo, están expuestos en formaconstante y permanente a un peligro nocivo para su salud, con un tiemp de

SÉPTIMO.- La Comisión estudiará y en su caso avalará las Medidas observadas yrecomendadas por los trabajadores, Sindicato o Autoridad Hospitalar:turnándolas para su aplicación al Titular de la Unidad Hospitalaria que corresponda.

OCTAVO.- Para el caso de que las representaciones ante la Comisión no lleguen a un',1 acuerdo respecto de las medidas que deben dictar y recomendar, turnarán la1 controversia a la Coordinación General de RecursosHumanos anexando al efectolos elementos de que dispongan, para que emitan resolución al respecto.

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SECCIÓNTERCERADE LA DETERMINACIÓNDE

ÁREAS NOCIVO-PELIGROSAS DEMEDIANO RIESGO

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SECCIÓNCUARTADE LA DETERMINACIÓNDE

ÁREAS NOCIVO-PELIGROSAS DEBAJO RIESGO

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Las Áreas de Trabajo que cuenten con espacio físico donde se presentenagentes biológicos, y además se presenten condiciones peligrosasen las cuales los trabajadores con los puestos que se enlistan en la SecciónPrimera del Capítulo V del presente Manual, desarrollan cotidianamente susfunciones y por lo mismo, están expuestos en forma constante y permanentea un peligro nocivo para su salud, con un tiempo de exposición medidoen horas completas comprobables en toda su jornada.Las Áreas de Trabajo que cuenten con espacio físico donde se presentenagentes químicos, y además se presenten condiciones peligrosas enlas cuales los trabajadores con los puestos que se enlistan en la SecciónPrimera del Capítulo V del presente Manual, desarrollan cotidianamente susfunciones y por lo mis~o, están expuestos en forma .constante y permanentea un peligro nocivo para su salud, con un tiempo de exposición medidoen horas completas comprobables en toda su jornada.Las Áreas de Trabajo que cuenten con espacio físico donde se presentenagentes físicos, mecánicos y/o psicosociales yademás se presentencondiciones peligrosas y en las cuales los trabajadores con los puestosque se enlistan en la Sección Primera del Capítulo V del presente Manuai,desarrollan cotidianamente sus funciones y por lo mismo, están expuestosen forma constante y permanente a un peligro nocivo para su salud, con untiempo de exposición medido en horas completas comprobables entoda su jornada.

3.

2.

1.

LA COMISIÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD Y la COORDINACIÓN GENER DERECURSOSHUMANOS han determinado como ÁREAS NOCIVO-PELIGROSAS

LA COMISIÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD Y la COORDINACIÓN GENERAL DERECURSOSHUMANOS han determinado como ÁREAS NOCIVO-PELIGROSAS DEMEDIANO RIESGO, los puestos comprendidos de los numerales 53 al 118, quepuedan estar en algunos de los siguientes casos:

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PRIMERO.- Mediante acta de visita debidamente circunstanciada y de la que semarcará oportuna copia a la Coordinación General de Recursos Humanos, que al efectose levante, adernás de un archivo fotográfico para su validación y autorizacióncorrespondiente, la Comisión Auxiliar de Insalubridad, identificará las áreas de trabajoe informará a la Coordinación General de Recursos Humanos, como áreas de alto,

Para identificar las áreas nocivo-peligrosas de alto, mediano o bajo riesgo, así como aios trabajadores que presten sus servicios y estén adscritos en las mismas,COMISIÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD, deberá apegarse a los siguientes:

LINEAMIENTOS:

SECCIÓNQUINTADE LOS LINEAMIENTOS PARAIDENTIFICAR LASÁREASNOCIVO-PELIGROSAS

DE ALTO. MEDIANO Y BAJO RIESGO, Asl COMO A LOS TRABAJADORES QUEPRESTEN SUS SERVICIOSY ESTÉNADSCRITOS EN LAS MISMAS

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BAJO RIESGO, los puestos comprendidos de los numerales 119 al 132, que ~puedan estar en algunos de los siguientes casos:

1. Las Áreas de Trabajo que cuenten con espacio físico donde se presentenagentes biológicos, y además se presenten condiciones peligrosasen las cuales los trabajadores con los puestos que se enlistan en la SecciónPrimera del Capítulo V del presente Manual, desarrollan cotidianamente susfunciones y por lo mismo, están expuestos en forma constante y permanentea un peligro nocivo para su salud, con un tiempo de exposición medidoen horas completas comprobables en toda su jornada.

2. Las Áreas de Trabajo que cuenten con espacio físico donde se presentenagentes químicos, y además se presenten condiciones peligrosas enlas cuales los trabajadores con los puestos que se enlistan en la SecciónPrimera del Capítulo V del presente Manual, desarrollan cotidianamente susfunciones y por lo rnismo, están expuestos en forma constante y permanentea un peligro nocivo para su salud, con un tiempo de exposición medidoen horas completas comprobables en toda su jornada.

3. Las Áreas de Trabajo que cuenten con espacio ñsico donde se presentenagentes físicos, mecánicos y/o psicosociales y además sepresenten condiciones peligrosas y en las cuales los trabajadores conlos puestos que se enlistan en la Sección Primera del Capítulo V del presenteManual, desarrollan cotidianamente sus funciones y por lo mismo, estánexpuestos en forma constante y permanente a un peligro nocivo para susalud, con un tiempo de exposición medido en horas completascomprobables en toda su jornada.

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MANUAL PARA EL OTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES [INSALUBRIDAD)

HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

;INDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

El listado qu~ se procede a fijar en esta SECCIÓN, comprende a los puestos de lostrabajadores a quienes se les deben otorgar los derechos adicionales que adelante serelacionarán y asimismo, los centros y áreas de trabajo respectivas que se determinancomo las áreas nocivo-peligrosas de alto, mediano o bajo riesgo a que se refieren loslineamientos del Capítulo anterior, por lo que, para el otorgamiento de la

CAPÍTULO VDE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES QUECON DETERMINADOS PUESTOS, PRESTAN SUS

SERVICIOS Y ESTÁN ADSCRITOS ENÁREAS NOCIVO-PELIGROSAS DEALTO, MEDIANO, O BAJO RIESGO

SECCIÓNPRIMERADELLISTADODEPUESTOS

Para los trabajadores que estén adscritos y sean identificados como personas quecotidianamente y en forma constante y permanente desarrollan susfunciones en áreas de trabajo, determinadas como de alto, mediano, o bajoriesgo, pero que no tengan asignado el puesto Y NO ESTEINCLUIDO EN ELLISTADO APROBADODE ESTEMANUAL (numerales 1 al 132) y que los. hagamerecedores de la compensación sobre el sueldo tabular mensual y demás derechosadicionales, la Comisión de que se trate, justificará por escrito a detalle, utilizando eltermino POR SIMILITUD (Título Primero, Articulo 17 de la Ley Federal delTrabajo Vigente) con el numeral que mayor igualdad tenga, además de acompañarlocomo en los otros casos normales: con la solicitud, justificación, actividades y archivofotográfico, enviándolas a la Coordinación General de Recursos Humanos, quienvalidará, autorizará y tramitará a la instanCia correspondiente.

mediano o bajo riesgo y aSimismo, identificará a los trabajadores quecotidianamente y en forma constante y permanente desarrollen susfunciones en dichas áreas de alto, mediano o bajo riesgos.

SEGUNDO,- En dicha minuta, la Comisión Auxiliar de Insalubridad correspondiente,identificará a los trabajadores que tengan asignados ios puestos que se enlistan en laSección Primera del Capítulo V del presente Manual, para el objeto de que se lesotorgue la compensación sobre el sueldo tabular mensual que les corresponda, asícomo los demás derechos adicionales a que después se hará mención.

TERCERO,- Para el caso de que las representaciones ante la Comisión estén endesacuerdo en-las identificaciones antes refer1das, turnarán todos los elementos que sehayan recabado a resolución de la controversia a la Coordinación General de RecursosHumanos, quien validará, autorizará y tramitará a la estancia correspondiente.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico de quirófano

En las Unidades Aplicativas u Hospitaíarias,que cuenten con espacio físico donde seaplique anestesia general.

En los Hospitales Psiquiátricos y GranjasPsiquiátricas, que realicen funciones deatención a pacientes del centro Y/o área detrabajo de que se trata.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico deinfectología.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico donde seaplique material radiactivo.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico de patologíadiagnóstica.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico deradioisótopos.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico deradiodiagnóstico.

ICENTRO DE TRABAJO Y ÁREA DE TRABAJ

MOI004, MOIOIO yMOIOIIMédico Especialista"A", "B"y"C"(Radioterapeuta)

(Infectólogo)

MOI004, MOIOIO yMOIonMédico Especialista"A", "Blty"C"(Anestesiólogo)

"A", "B"y"C"

MOI004, MOIOIO yMOIonMédico Especialista

MOI004, MOIOIO yMOIOnMédico Especialista"A", "B"y"C"(Psiquiatra)

MOI004, MOIOIO yMOIOnMédico Especialista"A", "B"y"C"(Patólogo)

(Medicina Nuclear)

MOI004, MOIOIO yMOIOnMédico Especialista"A", "B"y"C"

MOI004, MOIOIO yMOIonMédico Especialista"A", "B"Y "C"(Radiólogo)

Médica

Médica

Médica

Médica

Médica

Médica

Médico

HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

,INDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GIJADALAJARACOMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

Médic Médic Médic MOI004, MOIOIO ya o a MOIOn

MANUAL PARA EL OTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES (INSALUBRIDAD)

Médic Médica o

Médic Médica o

Médica

Médic Médica o

Médic Médica o

Médic Médica o

7.

B.

6.

4.

5.

3.

2.

compensación sobre el sueldo bruto mensual (concepto 01) y demás derechosadicionales, es requisito indispensable el Trinomio Puesto-Área-Permanencia

\ (PAP) de conformidad con el siguiente listado:

I ALTO RIESGO (20%)

NUME ÁREA GRUP RAMA PUESTORAL O1. Médic Médic Médic

a o a

W.. HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARA. COORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

; , e >INDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARA. COMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

Médico Especialista

\,\~

• .1

En las Unidades Hospitalarias, que cuentencon espacio físico de quirófano y realicenfunciones permanentes en dicha área detrabajo.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico dedermatología y realicen funcionespermanentes en dicha área de trabajo.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico de pediatríarealicen funciones permanentes en dichaárea de trabajo.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico deepidemiología y realicen funcionespermanentes en dicha área de trabajo.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico degastroenterología y realicen funcionespermanentes en dicha área de trabajo,

y/o tococirugía y realicen funcionespermanentes en dicha área de trabajo.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalaria ,que cuenten con espacio físico de urología yrealicen funciones permanentes en dichaárea de trabajo.

CENTRO DE TRABAJO Y ÁREA DE TRABAJO

"A", "B"y"C"(Epidemiólogo)

MOl004, MOIOlO y MOlOl!Médico Especialista\lA", "B"y"C"(Gastroenterólogo)

(Cirujano)

MOl004, MOIOlO y MOlOl!Médico Especialista"A", "B"Y "C"(Dermatólogo)

\lA", "B"y"C"(Ginecólogo)

"A", "B"y"C"

Médic MOl004, MOlOlO y MOlOl!a Médico Especialista

\lA", "B"y"C"

Médica

Médic MOl004, MOIOlO y MOlOl!a Médico Especialista

"A", "B"y"C"(Urólogo)

Médic MOl004, MOIOlO y MOlOl!a Médico Especialista

(Pediatra)

Médic Médic MOl004, MOlOIO y MOIOl!o a Médico Especialista

Médico

Médico

Médica

Médica

Médic Médic Médica o a

Médica

Médic Médica o

Médic Médica o

14.

13.

12.

11.

10.

NUME ÁREA GRUP RAMA PUESTORAL O

9.

MANUAL PARA EL OTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES (INSALUBRIDAD)

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico decardiología y realicen funciones permanentesen dicha área de trabajo.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con unidad dental, y realicenfunciones permanentes de atención apacientes del centro y/o área de trabajo deque se trata, de acuerdo a su especialidad.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico deotorrinolaringología y realicen funcionespermanentes en dicha área de trabajo.

(Cardiólogo)

MOI005Cirujano DentistaEspecializado

\lA", "B"y"C"

MOl004, MOlOIO y MOIOl!Médico Especialista\lA", "B"y"C"(Otorrinolaringólogo)

Médica

Médic MOl004, MOIOlO y MOlOlla Médico Especialista

Médica

Médico

Médic Médica o

Médica

Médic Médica o

16.

17.

15.. .

En los Hospitales Psiquiátricos y GranjasPsiquiátricas de la SSA, que realicenfunciones permanentes de atención apacientes del centro y/o área de trabajoque se trata.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con unidad dental y realicenfunciones permanentes de atención apacientes del centro y/o área de trabajo deque se trata.

En los Hospitales, que realicenpermanentes de atención a paci

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico de bioterioy/o centros antirrábicos y en este últimocaso realicen funciones de captura deanimales.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico delaboratorio de análisis clínicos y/oexperimentales; con bioterio.

En las Unidades Apiicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico de bioterioy/o centros antirrábicos y en este últimocaso realicen funciones de captura deanimales.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con área quirúrgica dental, yrealicen funciones permanentes de atencióna pacientes del centro y/o área de trabajode que se trata.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico deradiodiagnóstico.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico delaboratorio de análisis clínicos.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico delaboratorio de análisis clínicos y/oexperimentales.

CENTRO DE TRABAJO Y ÁREA DE TRABAJO

M0200S y M02096Auxiliar de Laboratorioy/o Bioterio"A"y"B"

M02006Técnico Radiólogo oen Radioterapia

M02002, M02092 yM02093Biólogo\lA", "BIIY "C"

M02004Técnico Laboratoristade Bioterio

\lA", "B"y"C"

M0200!, M020SS yM020S9Químico

MO!012Cirujano Maxilofacial

M02003 y M0209STécnico Laboratorista"A"y"B"

MOl006, MOlOOSyMOl009Médico General\lA", "B"y"C".

MOl007, MOl014 yMOlOlSCirujano Dentista"AI/, "8" Y "C"

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Médica

RAMA PUESTO

. Médica

GRUPOMédicO

HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

>INDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD.

Médic Médica o

MédicMédic oa

Médic Médica o

MédiC Médica o

MANUAL PARA ELOTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES [INSALUBRIDAD)

Médic Médic Param M02011a o édica Terapista

Médic Médica o

Médic Médica o

Médic Médica o

ÁREA

Médic Médic Médica o a

Médica

23.

26.

2S.

24.

27.

21.

22.

20.

NUMERALlS.

19.

,. ,

En los Hospitales Psiquiátricos y GranjasPsiquiátricas de la SSA, que realicenfunciones de atención a pacientes del centrode trabajo de que se trata.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico delaboratorio de análisis cllnicos.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico delaboratorio de anáiisis clínicos.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico delaboratorio de anáiisis clínicos.

En los Hospitales PsiquiátriCOS y GranjasPsiquiátricas de la SSA, que realicenfunciones de atención a pacientes del centrode trabajo de que se trata.

En las Unidades, Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico delaboratorio de análisis clínicos.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico delaboratorio de análisis clínicos.

En los Hospitales Psiquiátricos y GranjasPsiquiátricas, que realicen funcionespermanentes en el proceso terapéutico depacientes del centro y/o área de trabajo deque se trata.

En los Hospitales, que reaiicen funcionespermanentes de atención a pacientes en laaplicación de terapias derivadas de lasindicacionesdel médico tratante así comOI

los programas de rehabilitación institucional ('del centro y/o área de trabajo de que setrata.

apiicación de terapias derivadas de lasindicaciones del médico tratante así comol alos programas de rehabilitación institucionadei centro y/o área de trabajo de que setrata.

CENTRO DETRABAJO Y ÁREADE TRA8AJO

M02023Técnico Especialista en Bioiógicosy Reactivos

M02024Técnico en Biológicos y Reactivos

M0202iSupervisor en Producción, -Controle Investigación de Biológicos yReactivos.

M02022Productor Controlador einvestigador en Biológicos yReactivos

M020i6 y M02097Citotecnólogo"A"y"B"

Param M02034 y M02087édica Enfermera Especialista

Param M02035 y M0208iédica Enfermera General Titula a

"A"y"B"

Especiaiizado

Paramédica

"A"y"B"

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Param M020i5édica Psicóiogo Clínico

Param M020i2édica Terapista

Médico

Médico

MANUAL PARA EL OTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES (INSALUBRIDAD)

HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

HNDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

Médic Médica o

Médic Médica o

Médic Médica o

Médica

Médic Médica o

Médic Médica o

Médic Médica o

Médic Médica o

Médica

36.

35.

34.

33.

32.

31.

29.

30.

28.

NUME ÁREA GRUP RAMA PUESTORAL O

o

21

Enfermedades(Paludismo,

En el Programa deTransmisibles por VectorOncocercosis y Dengue).

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,

En los Hospitales Psiquiátricos y GranjasPsiquiátricas de la SSA, que realicenfunciones permanentes de auxilio apacientes psiquiátricos y sus familiares, conproblemas personaies o ambientales loscuales predispongan a la enfermedad ointerfieran el tratamiento o impidan losbeneficios óptimos derivados del cuidadomedico, del centro y/o área de trabajo deque se trata,

En el Programa de EnfermedadesTransmisibles por Vector (Paiudismo,Oncocercosis y Dengue).

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico delaboratorio de análisis clínicos y/oexperimentales.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico de patología.

En ei Programa de EnfermedadesTransmisibles por Vector (Paiudismo,Oncocercosis y Dengue).

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico deradiodiagnóstico.

En el Programa de EnfermedadesTransmisibles por Vector (Paludismo¡Oncocercosis y Dengue).

En los Hospitales Psiquiátricos y GranjasPsiquiátricas de la SSA, que realicenfunciones de atención a pacientes del centrode trabajo de que se trata.

.En los Hospitales, que realicen funcionespermanentes en el proceso terapéutico depacientes dei centro y/o área de trabajo deque se trata.

CENTRODE TRABAJO Y ÁREADE TRABAJO

M02073Técnico en Programas de Salud(Rociador),

M02056Jefe de Distrito en Programas deSalud

M02062Psicólogo Especializado

M02074 Y M02094Laboratorista"A"y"B"

M02063Ayudante de Autopsias

M02064Auxiliar Técnico de Diagnósticoy/o Tratamiento

M02055Jefe de Sector en Programas deSalud

M02054Jefe de Brigada en Programas deSalud

M02040 y M02085Trabajadora Social en el ÁreaMédica"A"y"B"

Paramédica

Paramédica

Paramédica

paramédica

Paramédica

Paramédica

Paramédica

RAMA PUESTO

Param M02036 y M020B2édica Auxiliar de Enfermería

"A"y"B"

Paramédica

Param. édica

MANUAL PARA ELOTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES [INSALUBRIDAD

HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACióN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

HNDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

Médic Médic Param M02077, M02090 y

Médic Médica o

Médic Médica o

Médic Médica o

Médic Médica o

Médic Médica o

Médic Médica o

Médic Médica o

Médic Médica o

Médic Médica o

43.

45.

46.

44.

42.

41.

40.

39.

37. Médic Médica o

38.

NUME ÁREA GRUPRAL O

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físicode neumología.

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico de terapia intensiva yrealicen funciones permanentes (conconocimiento de intenslvista) endicha área de trabajo.

En las Unidades Hospitalarias, quecuenten con espacio físico dequirófano y realIcen funcionespermanentes en dicha área detrabajo.

En 105 Hospitales, Institutos y GranjasPsiquiátricas de la SSA, que realicenfunciones permanentes en el centro y/oárea de trabajo.

En los Hospitaies, Institutos y GranjasPsiquiátricas de la SSA, que realicenfunciones permanentes en el centro y/o áreade trabajo.

En las Unidades Aplicativas u Hospitalarias,que cuenten con espacio físico de bioterioasí como en los centros antirrábicos.

En los Hospitales Psiquiátricos y GranjasPsiquiátricas de la SSA, que realicenfunciones de atención a pacientes del centrode trabajo de que se trata.

En el Programa de EnfermedadesTransmisibles por Vector (Paludismo,Oncocercosis y Dengue).

CENTRO DETRABAJO Y ÁREADE TRABAJO

que cuenten con espacio físico delaboratorio de análisis clínicos.

(Neumólogo)(Aplica para FisiólogoPulmonar)

"A", "B"y"C"

Médica MOl004, MOlOlO yMOlOllMédico Especialista"A", "B"y"C"(Intensivista)

Médica MOl004, MOlOlO yMOlOllMédico Especialista

MEDIANO RIESGO(10%)Médica MOl004, MOlOlO y

MOlOllMédico Especialista"A", "B"y"C". (Neumólogo)(Aplica Tórax y Cardio)

M02098Microscopista para el Diagnósticodel Paludismo.

M02083Enfermera Generai Técnica

Paramédica

"A", "B"y"C".

édica M0209IQuímico Jefe de Sección deLaboratorio de Análisis Clínicos

Médico

Médico

Médico

Médico

GRUP RAMA PUESTOOo

MANUAL PARA ELOTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES [INSALUBRIDAD}

HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

HNDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

Médica

Médica

Médica

"A"¡ "B"Y "C"

Médic Médic Méd,ica M03006a o Camillero

Médic Médic Médica M0300Sa o Afanadora

Médic Médic Médica M03002, M03009 M030l0a o Veterinario

Médic Médic Parama o édica

Médica

54.

53.

52.

50.

49.

51.

a

NUME ÁREARAL

48.

I

\•

\

I HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

j ,INDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARA

I~COMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

l'i11

,! 56. Médica Médico Médica MOI004, MOIOIO y En las Unidades Aplicativas uMOIOll Hospitalarias, que cuenten conMédico Especialista espacio físico de urgencias y realicen"A", "B"y"C" funciones permanentes en dicha área(Urgenciólogo) de trabajo.

57. Médica Médico Médica MOI004, MOIOIO y En las Unidades Aplicativas u .&..MOIOll Hospitalarias, que cuenten conMédico Especialista espacio físico de psiquiatría que"AI/, "B"y"C" realicen funciones permanentes de(Psiquiatra) atención a pacientes en el área de

trabajo de que se trata. r., .58. Médica Médico Médica MOI004, MOIOIO y En las Unidades Aplicativas u

MOIOll Hospitalarias, que cuenten conMédico Especialista espacio físico de oftalmología y"A", "BIIY I'CII realicen funciones permanentes en(Oftalmólogo) dicha área de trabajo.

Sg. Médica Médico Médica MOI004, MOIOIO y En las Unidades Aplicativas u \ "MOIOll Hospitalarias, que cuenten conMédico Especialista espacio físico de traumatología y"A", "B"y"C" ortopedia y realicen funciones(Traumatólogo y/o permanentes en dicha área deOrtopedista) trabajo.

60. Médica Médico Médica MOI004, MOIOIO y En las Unidades Aplicativas u

~

MOIOll Hospitalarias, que cuenten conMédico Especialista espacio físico de consulta externa y"A", "B"Y "C" realicen funciones permanentes en(Consuita Externa) dicliá área de trabajo.

,61. Médica Médico Médica MOI006, MOI008 y En las Unidades Aplicativas u

~MOI009 Hospitalarias, que cuenten conMédico General espacio físico de consuita externa y/o

~"A", "B"y"C" urgencias y realicen funciones

permanentes en dichas áreas detrabajo.

~62. Médica Médico Paramédica M02007 En las Unidades Aplicativas uTécnico en Hospitalarias, que cuenten conElectrodlagnóstico espacio físico de neurología,

infectología, radio diagnóstico,psicología y psiquiatría.

63. Médica Médico Médica M02011 En las Unidades Aplicativas uTerapeuta Especializado Hospitalarias, que cuenten con

espacio físico de rehabilitación.

64. Médica Médico Paramédica M02012 En las Unidades Aplicativas uTerapeuta Hospitalarias, que cuenten con

espacio físico de rehabilitación,infectología, neurolog , radio

23MANUAL PARA ELOTORGAMIENTODEDERECHOSADICIONALES[INSALUBRIDADj

24

Aplicativas ucuenten coninfectología y

Aplicativas ucuenten conlaboratorio de

En las UnidadesHospitalarias, queespacio físico deurgencias.

En las UnidadesHospitalarias, queespacio físico deanálisis clínicos.

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico de rehabilitación.

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico de quirófano y cuyaactividad principal se desarrolle en

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico de psicología y realicenfunciones permanentes en el procesoterapéutico de pacientes del centroy/o área de trabajo de que se trata.

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico donde se apliqueanestesia general.

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico de neurología,infectología, radio diagnóstico,psicología y psiquiatría.

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacios físicos de infectología,neumología, radiodiagnóstico,radioisótopos, radioterapia y, terapiaintensiva de los servicios anteriores.

diagnostico, psicología o psiquiatría yque realicen funciones permanentesde atención a pacientes enaplicaciones de terapias derivadas delas indicaciones del médico tratante,así como a los programas derehabilitación institucional del cen ry/o área de trabajo de que se trata.

M02031Enfermera Jefe deServicios

M02034 y M02087Enfermera Especialista"A" Y "B"

M02034 y M02087Enfermera Especialista"A"y"B"

M02020Especialista enProducción, Control eInvestigación deBiológicos y Reactivos

M02019Técnico Histopatólogo

M02018Técnico Anestesista

M020I5Psicólogo Clínico

M020I3Técnico Protesista yOrtesista

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Médica

Médico

Médico

Médico

Médico

Médico

Médico

Médico

Médico

MANUAL PARA ELOTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES [INSALUBRIDAD}

Médica

Médica

Médica

Médica

Médica

MédiCa

Médica

Médica

' HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

. ..:' ¡¡NDlCATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

70.

71.

69.

68.

67.

66.

65.

HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

lINDICA TO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

dicha área de trabajo.

73. Médica Médico Paramédica M02034 y M020S7 En las Unidades Aplicativas u! Enfermera Especialista Hospitalarias, que cuenten coI "A"y"B" espacio físico de psiquiatría que

'\ realicen funciones permanentes deatención a pacientes en el área detrabajo de que se trata.

~~74. Médíca Médico Paramédica M02034 y M020S7 En las Unidades Aplicativas uEnfermera Especialista Hospitalarias, que cuenten con \.""A"y"B" espacio ñsico de ortopedia, urología, ". \,

cirugía plástíca, medicina interna, '>", '.dermatología gastroenterología,genética, pediatría, epidemiología,citología, ortodoncia, estomatología,otorrinolaringología, oftalmología,ginecobstetricia y cardiología.

75. Médica Médico Paramédica M02035 y M020S1 En las Unidades Aplicativas uEnfermera General Hospítalarias, que cuenten conTitulada espacio físico de infectología o de\lA" y"B" neumología.

76. Médica Médico Paramédica M02035 y M020S1 En las Unidades Hospitalarias, queEnfermera General cuenten con espacio físico deTitulada quirófano y cuya actividad principal"A"y"B" se desarrolle en dicha área de

trabajo.

77. Médica Médico Paramédica M02035 y M020S1 En las Unidades Hospitalarias, que

\Enfermera General cuenten con espacio físico deTitulada urgencias y realicen funciones"A"y"B" permanentes en dicha área de

trabajo.

7S. Médica Médico Paramédica M02035 y M020S1 En las Unidades Aplicativas uEnfermera General Hospitalarias, que cuenten conTitulada espacio físico de psiquiatría, que"A" Y "B" realicen funciones permanentes de

atención a pacientes en el área detrabajo de que se trata.

79. Médica Médico Paramédica M02035 y M020S1 En las Unidades Aplicativas uEnfermera General Hospitalarias¡ que cuenten conTitulada espacio físico de consulta externa u"A"y"B" realicen funciones permanentes en

dicha área de trabajo.

so. Médica Médico Paramédica M02035 y M020S1 En las Unidades Aplicativas u dEnfermera General Hospitalarias, que cuenten conTitulada espacio físico de ortopedia, urología¡"A"y"B" cirugía plástica, medicina interna¡

25MANUAL PARA ELOTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES (INSALUBRIDAD)

26

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico de ortopedia, urología,cirugía plástica, medicina interna,dermatología gastroenterología,genética, pediatría, epidemiología,citología, ortodoncia, estomatología,otorrinolaringología, oftalmología,obstetricia y cardiología.En las Unidades Apiicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico de trabajo social, querealicen funciones permanentes deauxilio a pacientes del centro y/oárea de trabajo de que se trata.

En ias Unidades Apiicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico de psiquiatría, querealicen funciones permanentes deatención a pacientes en el área detrabajo de que se trata.

En las Unidades Aplicativas yHospitalarias, que cuenten conUnidad Dental y realicen funcionespermanentesde atención a pacientesdel centro y/o área de trabajo de quese trata.

En las Unidades Aplicativas u

En las Unidades Hospitalarias, quecuenten con espacio físico deurgencias y realicen funcionespermanentes en dicha área detrabajo.

En ias Unidades Hospitalarias, quecuenten con espacio físico dequirófano y cuya actividad principalse desarrolle dicha área de trabajo.

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico de infectología o deneumolog ía.

dermatoiogía gastroenterología,genética, pediatría, epidemiología,citología, ortodoncia, estomatología,otorrinolaringología, oftalmología,ginecobstetricia y cardiología.

M02043

M02042Técnico en Odontología

M02040 y M02085Trabajadora Social en elÁrea Médica"A"y"B"

M02036 y M02082Auxiliar de Enfermería"A"y"B"

M02036 y M02082Auxiliar de Enfermería"A"y"B"

M02036 y M02082Auxiliar de Enfermería"A"y"B"

M02036 y M02082Auxiliar de Enfermería\'Al/y"B/!

M02036 y M02082Auxiliar de Enfermería"A"y"BII

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Paramédica

oParamédica

Médico

Médico

Médico

Médico

Médico

Médico

Médico

Médico

MANUAL PARA EL OTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES {INSALUBRIDAD)

HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

HNDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARA.COMISIÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

Médica

Médica

Médica

Médica

Médica

Médica

Médica

Médica

86.

87.

85.

84.

83.

82.

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MANUAL PARA ELOTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES (INSALUBRIDADI

W'> ' HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARA'. COORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

. , .,! • ,INDICATO úNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARA. COMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

Iatrotécnico Hospitalarias, que presten servicios ala comunidad y realicen funciones derescate.

89. Médica Médico Paramédica M02045 En las Unidades Aplicativas uDietista Hospitalarias, que cuenten con

espacio físico de neurología,infectoiogía, radio diagnóstico,PSicologíay psiquiatría.

90. Médica Médico Paramédica M02047 En las Unidades Aplicativas u,"'-- titocinero en Hospital Hospitalarias, que cuenten con

espacio físico de infectoiogía o deneumología, y en su caso realice

,: '1

funciones de auxiliar de cocina. .\~' ':-..., ,

91. Médica Médico Paramédica M02048 En las Unidades Aplicativas u '''~.~1~Auxiliar de Cocina en Hospitalarias, que cuenten con ,', ','...•~ . 0-

Hospital espacio físico de infectología o de \ \J'~'"neumoíogía, -'. '"

92, Médica Médico Paramédica M02049 En las Unidades Aplicativas uNutricionista Hospitalarias, que cuenten con

espacio físico de neurología,infectología, radio diagnóstico,psicología y psiquiatría.

93. Médica Médica Paramédico M02057 En las Unidades Aplicativas uJefe de Estadística Hospitalarias, que desarrollen sus

funciones permanentemente en elárea de archivo clínico.

94. Médica Médico Afín M02058 En las Unidades Aplicativas uTécnico en Estadística Hospitalarias, que cuenten conen Área Médica espacio físico de 8ioestadística y

Archivo Clínico,

95. Médica Médico Afín M02059 En las Unidades Aplicativas uAuxiliar de Estadística y Hospitalarias, que cuenten conArchivo Clínico espacio físico de Bioestadística y

Archivo Cllnico.

96. Médica Médico Paramédica M02061 En las Unidades Aplicativas uAuxiliar de admisión Hospitalarias, que cuenten con

espacio físico de consulta externa.

97. Médica Médico Paramédica M02065 En las Unidades Aplicativas uMasajista Hospitalarias, que realicen funciones

permanentes de atención a pacientesen aplicación de terapias derivadasde programas de rehabilitación,

o

'\~".~. -.1'" ",'~.

\) ~\

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias que cuenten conespacio físico de consulta externa yrealicen funciones permanentes endicha área de trabajo.

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que realicen funciones

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que realicen funcionesde verificaciónen la vía pública.

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico de infectología o deneumología¡ quirófano, urgencias ypsiquiatría, cuya principal actividadse desarrolle en dichas áreas detrabajo.

En Unidades Aplicativas uHospitalarias, que presten servicios ala comunidad.

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico de neurología,infectología, radio diagnóstico,PSicología y psiquiatría.

En Unidades Aplicativas uHospitalarias, que presten servicios ala comunidad.

En Unidades AplicativasHospitalarias¡ que presten servicios ala comunidad.

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico de trabajo social, querealicen funciones permanentes desupervisión y auxilio a TrabajadoresSociales de áreas médicas del centroY/o área de trabajo de que se trata.

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico de trabajo social, y querealicen funciones permanentes deauxiiio a pacientes del centro Y/oárea de trabajo e que se trata.

M03001Ingeniero 8iomédico

M03004Promotor en Salud

M02083Enfermera GeneralTécnica

M02078

Profesional enComunicación Humana

M02075Inhaloterapeuta

M02080Técnico en VerificaciónSanitaria

M02068Técnico en AtenciónPrimaria a la Salud

M02067Operador Clínico dePrimer Nivel

M02072 y M02084Supervisora de TrabajoSocial en Área Médica"A"y"B"

M02066 y M02086Técnico en TrabajoSocial en Área Médica"A"y"B"

Paramédica

Afín

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Paramédica

Médico

Médico

Médico

Médico

Médico

Médico

Médico

Médico

MédiCO

Médico

HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

>INDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GlIADALAJARACOMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

MANUAL PARA ELOTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES (INSALUBRIDADI

Médica

Médica

Médica

Médica

Médica

Médica

Médica

Médica

Médica

Médica

104.

105.

103

102.

100.

101.

98.

99.\

(}s\

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico de calderas Y, en sucaso, realicen funciones de operadorde calderas en hospital.

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias¡ que cuenten conespacio físico de calderas.

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico de neumología o deinfectología.

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio fíSico de neurología,infeetología, radio diagnóstico,psicología y psiquiatría,

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico de infectología,radiología y urgencias.

~

permanentes en el campo en ~beneficio de la comunidad.

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten con n.espacio físico de laboratorio \análisis clínicos vIo experimentales,Infectología o de neumología yrealicen funciones permanentes enlas áreas de trabajo de que se trata.

M03013Técnico Operador deCalderas en Hospital

M03012Operador de Calderas enHospital

M03011Lavandera en Hospital

M03007Físico en Hospital

M03006Camillero

M03005Afanadora

Afín

Afín

Afín

Afín

Afín

Afín

Médico

Médico

Médico

Médico

Médico

Médico

HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

i1NDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

Médica

Médica

Médica

Médica

Médica

Médica

113.

112.

111.

110.

109.

108.

MANUAL PARA El OTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES [INSALUBRIDAD)9

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que realicen funcionesde servicio, mantenimiento, ,conservación y reparación de \maquinaria, instalaciones, equipo yenseres del centro y/o área detrabajo de que se trata.

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que reallcen funcionesde servicio de mantenimiento,conservación y reparación demaquinaria e instalaciones, equipo y Oenseres del centro y/o área detrabajo de que se trata.

501805Jefe de Servicios deMantenimientoEspecializado

501803Oficial de Servicios yMantenimientoEspecializado

Servicios yMante-nimiento

Servicios Servicios yMante-nimiento

Adminis-trativa

Administra Serviciostiva

115.

114.

'"~\\J~

t,~\,

30

IEn las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico de archivo clínico,laboratorio de análisis clínicos,mantenimiento, psiquiatría yurgencias.

,En ias UnidadesHospitalarias, que

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico de archivo clínico,laboratorio de análisis clínicos,mantenimiento, psiquiatría yurgencias.

En ias Unidades Aplicativas uHospitalarias, que realicen funcionesde servicio, mantenimiento,conservación y reparación demaquinaria, instalaciones, equipo yenseres del centro y/o área detrabajo de que se trata.

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico de archivo clínico,laboratorio de análisi.s clínicos,mantenimiento, psiquiatría 'urgencias.

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que cuenten conespacio físico de archivo clínico,laboratorio de análisis clínicos,mantenimiento, psiquiatría yurgencias.

En las Unidades Aplicativas uHospitalarias, que realicen funcionesde servicio de mantenimiento,conservación y reparación demaquinaria e instalaciones, equipo yenseres del centro y/o área detrabajo de que se trata.

En las Unidades AplicativasHospitalarias, adscrito a la área deurgencias y que realicen funciones detraslado de pacientes enambulancias.

A03803, A03804,A0380S, y A03806

A0180?Jefe de Oficina

A01806Analista Administrativo

T03804Especialista Técnico

A0180SAuxiliar deAdministrador

508802Oficial de MantenimientoMecánico

CF03809, CF03820 y503809Chofer de S.P.S., Chofer\lA" y Chofer

BAJO RIESGO(7%)A01803AdministrativoEspecializado

Adminis-trativa

Adminis-trativa

Adminis-trativa

Adminis-trativa

Adminis-trativa

Servicios yMante-nimiento

Servicios yMante-nimiento

Servicios

Adminis-trativo

Adminis-trativo

Adminis-trativo

Adminis-trativo

Servicios

Servicios

Servicios

,Adminis-trativo

HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

>INDICATO úNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

MANUAL PARA El OTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES [INSALUBRIDAD}

Adminis-trativa

Adminis-trativa

Adminis-trativa

Adminis-trativa

Adminis-trativa

Adminis-trativa

Adminis-trativa

Adminis-trativa

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HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

lINDICA TO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

32

SECCIÓNSEGUNDADE LOS DERECHOSADICIONALES EN

ÁREASNOCIVO-PELIGROSASDEALTORIESGO

MANUAL PARA EL OTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES (INSALUBRIDAD)

1. A una compensación sobre el sueldo bruto mensual (Concepto 1) del 20%;n. A un descanso anual extraordinario de 12 (doce días laborables), el cual

no es acumulable a vacaciones;III, A un reconocimiento médico semestral programado, a efecto de

poder atacar inmediatamente cualquier padecimiento adquirido por razónde su trabajo;

IV, A que se les reubique o se les cambie de adscripción en su propiaUnidad Hospitalaria del Organismo, cuando se justifique que su estancia enestas áreas es perjudicial a su salud, para lo cual, el Titular de los yaseñalados y que correspondan a la adscripción de los trabajadoresafectados, procederá a asignarles funciones acordes, con base en elcertificado médico y en atención a sus conocimientos y aptitudes,Evaluadas en la Valoración Medica Integral de los Servicios deSalud en el Trabajo correspondiente,

V. A que no se les readscriba en las áreas a que se refiere estaSECCIÓN,sino después de transcurridos dos años de la fecha en quehubieren dejado de prestar sus servicios en las mismas, siem e que susalud lo permita,

Los trabajadores que tengan asignado cualquiera de los puestos listados en laSECCIÓN PRIMERA de este Capítulo y que prestan sus servicios y estén adscritos enáreas nocivo-peligrosas de ALTO RIESGO,determinadas con este tipo en la SECCIÓNSEGUNDAdel Capítulo IV de este Manual, tendrán derecho a:

\ 131. Adminis- Adminis- Adminis- T0380S En ias Unidades Aplicativas u

~

trativa trativo trativa Técnico Especializado Hospitalarias, que cuenten conespacio físico de archivo clínico,laboratorio de análisis clínicos,mantenimiento¡ psiquiatría y

!"turgencias

132, Adminis- Adminis- Adminis- T03823 En ias Unidades Apiicativas u \ \ \trativa trativo trativa Técnico Superior Hospitalarias, que cuenten con " \,

espacio físico de archivo clínico,\ "\ - \

iaboratorio de análisis clínicos,, '

mantenimiento, psiquiatría yurgencias

(T:w"! HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARA1, COORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

. \,;. " HNDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARA, . COMISiÓN, AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

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SECCIÓNTERCERADE LOSDERECHOSADICIONALES ENÁREAS NOCIVO-PELIGROSAS DE

MEDIANO RIESGO

HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

,INDICATO ÚNICO DE TIlABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJAIIACOMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

SECCIÓNCUARTADE LOSDERECHOSADICIONALES PORLABORAREN

ÁREAS NOCIVO-PELIGROSAS DEBAJO RIESGO

1. A una compensación sobre el sueldo bruto mensual (Concepto 1) del 7%;

MANUAL PARA ELOTORGAMIENTO DE DERECHOS AOICIONALES [INSALUBRIDADj

1. A una compensación sobre el sueldo bruto mensual (Concepto 1) del 10%;n. A un descanso anual extraordinario de 8 (ocho días laborables), el cual

no es acumulable a vacaciones;III. A un reconocimiento médico anual programado a efecto de poder

atacar inmediatamente cualquier padecimiento adquirido por razón de sutrabajo;

IV. A que se les reubique dentro de su propia Unidad Hospitalaria delOrganismo, cuando se justifique que su estancia en estas áreas espeljudicial para su salud, para lo cual el Titular de los ya mencionados yque corresponda a la adscripción de los trabajadores afectados, procederáa asignarles funciones acordes, con base en el certificado médico y enatención a sus conocimientos y aptitudes, Evaluadas en la ValoraciónMédica Integral de los Servicios de Salud en el Trabajocorrespondiente. •

V. A que no se..fes-readscriba. en las áreas a que se refiere estaSECCIÓN, sino después de transcurridos dos años de la fecha en quehubieren dejado de prestar sus servicios en las mismas, siem re que susalud lo permita.

Los trabajadores que tengan asignado cualquiera de los puestos listados en laSECCIÓN PRIMERA de este Capítulo y que prestan sus servicios y están adscritos enáreas nOCivo-peligrosas de BAJO RIESGO, determinadas con este tipo en la SECCIÓNTERCERAdel Capítulo IV de este Manual, tendrán derecho:

Lbs trabajadores que tengan asignado cualquiera de los puestos listados en laSECCIÓN PRIMERA de este Capítulo y que prestan sus servicios y están adscritos enáreas nocivo-peligrosas de MEDIANO RIESGO, determinadas con este tipo en laSECCIÓNTERCERAdel Capítulo IV de este Manual, tendrán derecho:

, ,\

LINEAMIENTOS

A un descanso anual extraordinario de 5 (cinco días laborables), elcual no es acumulable a vacaciones;A un reconocimíento médíco anual programado a efecto de poderatacar inmediatamente cualquier padecimiento adquirido por razón de sutrabajo;A que se les reubique dentro de su propia Unidad Hospitalaria delOrganismo, cuando se justifique que su estancia en estas áreas esperjudicial a su salud, para lo cual, el Titular procederá, a asignarlesfunciones acordes, con base en el certificado médico y en atención a susconocimientos y aptitudes, Evaluadas en la Valoración MedicaIntegral de 105Servicios de Salud en el Trabajo correspondiente.A que no se les readscriba en las áreas a que se refiere estaSECCIÓN,sino después de transcurridos dos años de la fecha en quehubieran dejado de prestar sus servicios en las mismas, siempre que susalud lo permita.

SECCIÓNQUINTADE LOS LINEAMIENTOS PARAEL

OTORGAMIENTODEDERECHOSADICIONALES

MANUAL PARA ELOTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES [INSALUBRIDAD)

V.

n.III.

IV.

HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

. . : >INDICA TO úNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

SEGUNDO.-Cuando del examen médico inicial al que se refiere el LINEAMIENTOanterior, se dictamine a los trabajadores cuyas estancias en esas áreas no resulta

PRIMERO.- Identificadas las Áreas Nocivo-Peligrosas de Alto, Mediano, o Bajo Riesgo,la Comisión de que se trate, procederá a indicar al Titular de la Unidad Hospitalaria delOrganismo, que se programe un reconocimiento médico inicial a todos y cadauno de los trabajadores de los puestos. que se enlistan y que laboren en las ÁreasNocivo-Peligrosas que se hayan identificado.

Asimismo, el otorgamiento de los derechos adicionales a que se refieren las anterioresSECCIONES, la Comisión Auxiliar de Insalubridad, lo indicará a los Titulares de lasUnidades Hospitalarias del Organismo, debiéndose observar al efecto los siguientes:

Para la integración de nuevos numerales y/o puestos, en el listado contenido en elpresente Manual, se estará a lo establecido y de acuerdo a la disponibilidadpresupuestal autorizada en. el Presupuesto de Egresos de la Federación para elejercicio de cada año, previo análisis y dictamen de la Subdirección GeneralAdministrativa, la Coordinación General de Recursos Humanos y la Comisión Auxiliar deInsalubridad.

)

MANUAL PARA ELOTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES (INSALUBRIDAD)

QUINTO.- Validados y ratificados 10strabajadores a que se refiere el LINEAMIENTOanterior, la Comisión remitirá las "Solicitudes y su documentación mencionada", a laCoordinación General de Recursos Humanos, para que proceda a la aplicación del pagode estos derechos económicos adicionales.

CUARTO.- Respecto de los derechos adicionales de índole económica señalados en laFracción I de las SECCIONES SEGUNDA, TERCERAY CUARTA de este Capítulo, elTitular de la unidad hospitalaria respectiva, a efecto de autorizarlos, deberá remitir a iaCoordinación General de Recursos Humanos, la o las "Solicitudes y su documentaciónmencionada" en las que se contengan aloa los trabajadores de los puestos que selistan, a quienes deberá aplicárseles el 2.0%, 10% ó 7% de compensación sobre elsueldo bruto mensual (concepto 1), así como los documentos en los cuales constenfehacientemente, las áreas identificadas y el personal adscrito que preste sus serviciosen ellas, para que la Coordinación General de Recursos Humanos valide y ratifique alos trabajadores con tales derechos adicionales.

TERCERO.- Una vez fijados los derechos adicionales que corresponden a lostrabajadores de los puestos que se enlistan y que laboren en las Áreas Nocivo-Peligrosas de Alto, Mediano, o Bajo Riesgo y cuya estancia en esas áreas no resulteperjudicial a su salud, la Comisión de que se trate, procederá a indicar al Titular delOrganismo que a partir de la notificación y disponibilidad presupuestaria que seformule deberán otorgar los derechos adicionales señalados en las Fracciones 1, II Y IIIde la SECCIÓNSEGUNDA,TERCERAY CUARTAde este Capítulo.

perjudiciales a su salud, la Comisión de que se trate procederá a fijar, de acuerdo conel Alto, Mediano o Bajo Riesgo que exista, los derechos adicionales que corresponden acada trabajador de los puestos que se enlistan de conformidad con lo dispuesto en elpresente Capítulo.

*HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARA

. COORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS; . • HNDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARA

COMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

SEXTO.- Si del examen médico inicial a que refiere el LINEAMIENTO PRIMERO,resultare que existen trabajadores cuya estancia en las Áreas Nocivo-Peligrosas deAlto, Mediano, o Bajo Riesgo es perjudicial a su salud, la Comisión correspondientefijará la procedencia del derecho de los trabajadores de que se trate, para que seanreubicados dentro de su Centro de Trabajo o cambiados de adscripción dentro de supropia Unidad Hospitalaria, así como para que se les asignen funciones acordes a susconocimientos y aptitudes, de conformidad con lo dispuesto en la Fracción IV de lasSECCIONESSEGUNDA,TERCERAY CUARTAde este Capítulo.

\ Inclusive, la Comisión correspondiente, fijará el derecho a que se practique a dichostrabajadores un examen médico, con el objeto de que se determine en su momento, side acuerdo con el estado de salud de los afectados, es posible reubicarlos oreadscribirlos en las áreas en que laboraban, de conformidad con lo dispuesto en laFracción V de las SECCIONESSEGUNDA,TERCERAY CUARTA de este capítulo.

MANUAL PARA ELOTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES (lNSALUBRIDADI

HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

i1NDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

PRIMERO,- Por lo que se refiere al derecho de compensación sobre el sueldo brutomensual (concepto 1) del 20%, 10%, ó 7% el Titular del Organismo, cuando se dé lahipótesis de reubicación, bajas por sus diferentes causas o cambio de adscripción obien se ies autoricen licencias o comisiones a que se refiere el LINEAMIENTOOCTAVO de la SECCIÓN QUINTA de este Capítulo, procederá de inmediato acomunicar a la Coordinación General de Recursos Humanos, tal situación, a efecto deque se deje de pagar la compensación respectiva,

LINEAMIENTOS

En los casos de bajas de personal, involucrados en el otorgamiento de compensacionesdel 20%, 10% ó 7% sobre el sueldo bruto mensual (concepto 1), por laborar en áreasde Alto, Mediano o Bajo Riesgo, así como en el caso de incidencias relacionadas con lapropia compensación económica, se estará a los siguientes:

SEGUNDO,- Para el caso de que un trabajador sea dado de baja por el sistema decómputo en ei pago de la compensación salarial y cuya causa se derive demodificaciones relacionadas con el pago de quinquenios, descuentos, ampliaciones dejornada, correcciones al rango del tabulador o análogos, que no impliquen I s

SECCIÓNSEXTADE LAS BAJASE INCIDENCIAS EN LA

COMPENSACIÓN SALARIAL SOBRE ELSUELDO TABULAR MENSUAL DEL 20%, 10%, ó 7%

NOVENO,- Para el caso de que ias representaciones ante la Comisión, estén endesacuerdo en la fijación de los derechos adicionales que deban otorgarse a lostrabajadores de los puestos que se enlisten y que laboren en Áreas Nocivo-Peligrosasde Aito, Mediano o Bajo Riesgo, turnarán la controversia a la Coordinación Generalde Recursos Humanos, anexando al efecto los eiementos disponibles, para queemita resolución al respecto,

OCTAVO.- Los trabajadores que sean reubicados o cambiados de adscripción de lasÁreas Nocivo-Peligrosas de Alto, Mediano, o Bajo Riesgos, o bien se les autorice unalicencia o comisión de las comprendidas en ios Artículos 142, fracciones de la II a laVII, y 143 de las Condiciones Generales de Trabajo del Organismo, dejarán dedisfrutar de los derechos señalados en las Fracciones, 1 y 11 de lasSECCIONES SEGUNDA, TERCERAY CUARTA de este Capítulo.

SÉPTIMO,- Una vez que la Comisión ha determinado el derecho de reubicación o decambio de adscripción, procederá a indicar al Titular del Organismo, que formalice deinmediato dicho cambio, así como solicite la práctica del examen médico a que serefiere ei segundo párrafo del LINEAMIENTO anterior.

HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

HNDlCATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOMISION AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

supuestos del LINEAMIENTO anterior, se deben hacer del conocimiento de la Comisióncorrespondiente, a la brevedad, para que se autorice la reanudación en el pagorespectivo, en el entendido de que la omisión de comunicar oportunamente laincidencia de que se trate, será de la estricta responsabilidad de la unidad hospitalaria,por lo que para evitar tales efectos, se deberán anexar los documentos comprobatoriosdel movimiento relativo.

TERCERO.- Para la reanudación en el pago de la campensaCion en favor de lostrabajadores que sean reubicados o cambiados de adscripción, es necesario que laComisión correspondiente, lleve a cabo en su integridad el proceso detallado para elotorgamiento de la compensación como si fuera la primera vez, siempre y cuando eltrabajador continúe teniendo el mismo código funcional o bien se ie haya asignado unode los puestos autorizados y que asimismo, haya reanudado sus labores en formaconstante y permanente en el área nocivo-peligrosa requerida, en vista de lo cual, laComisión correspondiente aprobará de ser procedente la reanudación en el pago deesta compensación salarial.

CUARTO.- Para la reanudación en el pago de la compensación en favor de aquellostrabajadores que se encuentren en el supuesto de haber gozado de una licencia singoce de sueldo, comisión sindical, comisión externa o comisión oficial de lascomprendidas en los Artículos 142 y 143 de las Condiciones Generales de Trabajo delOrganismo, una vez que desaparecieratal hipótesis, será la Comisióncorrespondiente de la adscripción del trabajador, la que deberá llevar a cabo en suintegridad el proceso detallado para el otorgamiento de la compensación como si fuesela primera vez que. se otorgara, siempre y cuando se certifique. que el trabajadorreanudó sus servicios en una área nocivo-peligrosa y que desarrolia sus labores enforma constante y permanente en ella, en vista de lo cual, la Comisión, aprobará deser procedente la reanudación en el pago de esta compensación salarial y demásprestaciones. ~\

MANUAL PARA EL OTORGAMIENTO OE DERECHOS ADICIONALES (INSALUBRIDAD)

iJ HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

;' ;' ,- >INDICATO ÚNICO DE TRABA~ADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOMISION AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

TERCERA.- LA COMISIÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD correspondientes, una vezque entre en vigor ei presente Manual, procederá a su difusiónpermanente a todos los trabajadores de su Unidad Medica.

MANUAL PARA ELOTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES (INSALUBRIDAD)

CAPÍTULO VIDE LAS DISPOSICIONES FINALES

CUARTA.- LA COMISIÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD, tendrá amplias facultadespara que en relación con la determinación de las Áreas Nocivo-Peligrosas de Alto, Mediano o Bajo Riesgos, así como con la fijación de105 numerales y/o puestos que en el presente instrumento se enlistan,pueda estudiar, analizar y en su caso dictaminar, las modificaciones quesugiera al presente Manual, haga la solicitud correspondiente a laCoordinación General de Recursos Humanos, para que ésta valide,autorice y tramite a 'la instancia correspondiente, siempre con elespíritu de que el primordial interés es salvaguardar la salud yla vida de los trabajadores y no el otorgamiento de prestacionesen perjuicio de las mismas.

PRIMERA.- El presente Manual para Indicar ei Otorgamiento de DerechosAdicionales (INSALUBRIDAD), entrará en vigor a partir de la fecha de suaprobación, por la Dirección General del Organismo, laCoordinación General de Recursos Humanos y LA COMISIÓNAUXILIAR DEINSALUBRIDAD.

SEGUNDA.- LA COMISIÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD hará suyo el presenteManual al día siguiente de su autorización y con ello poder darcumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento Federal de Seguridad eHigiene y Medio Ambiente de Trabajo, las diferentes normas ydisposiciones emitidas en esta materia de Seguridad e Higiene en elTrabajo, en todo lo que se oponga o sea discorde; asimismo, por lo quese refiere a la determinación de Áreas Nocivo-Peligrosas de Alto,Mediano o Bajo Riesgo que a la fecha hayan sido dictaminadas por lasComisiones, deberán ser revisadas a efecto de que la determinación sesubstituya por identificación en términos de los LINEAMIENTOS a que serefiere la SECCIÓN SEGUNDA, TERCERA,Y CUARTA del CAPÍTULO IVdel presente Manual y consecuentemente, puedan ser validadas yratificadas por la Coordinación General de Recursos Humanos, deconformidad con el trinomio Puesto-Área-Permanencia (PAP),que, en forma precisa establece este documento" quedando sin efectocualquier determinación o dictamen que no se ajuste a lo señalado enesta disposición.

\

p~orel S.U.T.H.C.G •.' - ----_ •..

LIC. ROS .tBkt:JfM~Ñ~;~ONZALEZHOSPITAL CIVIL "FR )( ANTON • ALCALDE"

Las medidas que en su oportunidad deban dictarse para prevenir ydisminuir la exposición a ios agentes, deberán ser emitidas, atendiendoprecisamente al orden de prioridad y urgencia, lo que no implica demanera alguna que deje de atenderse el rubro de Seguridad e Higiene,sino una mejor utilización y canalización de los recursos con que secuente, hacia aquellas áreas que requieran de una atención prioritaria yurgente.

HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

,INDlCATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

DR. MARI ANTONIO RUBIO DIAZSALUD EN EL TRABAJO HOSPITAL CIVIL "FRAY

ANTONIO ALCALDE"

DR. ARTURSALUD EN EL T

\ROCHA

COORDINADOR GENERAL E . URsas HUMANOS.- )

L1c'~~~i~I~~~~~NGENERALE RECURSOS HUMANOS.

MANUAL PARA ELOTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES (INSALUBRIDAD)

Ciudad de Guadalajara, Jalisco, a 24 de Noviembre de 2008

Este Manual será dinámico y estará sujeto a las modificaciones, sugerencias y, actualizaciones necesarias.

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C. MI UERTA GARCrAHOSPITAL IVll "DR. JUAN 1.MENCHACA"

TESTIGOS DE HONOR

HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOORDINACiÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

HNDlCATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARACOMISiÓN AUXILIAR DE INSALUBRIDAD

DR. JAIME AGUSTÍN GONZÁLEZ ÁLVAREZ Uc. E J "UILERA LOMELÍDIRECTOR GENERAL HOSPITAL CIVIL DE/ ~ "fS.. ItrGENERAL DEL

GUADALAJARA ~ .U.T.H.C.G.

40MANUAL PARA EL OTORGAMIENTO DE DERECHOS ADICIONALES (INSALUBRIDAD)