Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

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Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden

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M inistros de C risto

Sacerdocio y sacramento del orden

POR

M I G U E L NI C O L A U, S.I.PROFESOR DE TEOLOGÍA DOGMÁTICA EN LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD

DE SALAMANCA

B IB L IO T E C A D E A U T O R E S C R IS T IA N O S

MADRID • MCMLXXI

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N IH IL O BSTAT: JOSÉ A.SANZ, PROV. IM PRIM ATU R

ALDAMA, S. I . , CENSOR. IMPRIMI POTESE: LUIS M.. CONSTANCIO PALOMO, VICARIO GENERAL. SALAMANCA,

10 MARZO 1971

Depósito legal M 9654-1971

Impreso en España. Printed in Spaii

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I N D I C E G E N E R A L

Pdgs.

Carta de Su Eminencia el Cardenal WrightPrólogo del Comité de Dirección.................Volúmenes publicados . . . . ...........................Siglas principales...............................................Bibliografía general.................... ....................

P R E LIM IN A R E S...................................................................................... 3I. El nombre y la noción de sacerdote (n.1-4).

II. Historia de la salvación y sacerdocio (n.5).III. El sacerdocio, «condescendencia» divina (n.6-7).IV, Doctrina sacerdotal de hoy (n.8-9).V. Método de nuestro estudio (n.10-13).

P arte pr im er a

«M ISIO N » Y «MINISTERIO» E N L A P R IM ERA IG L ESIA

CAPITULO I.—El sacerdocio antes de Cristo.............................. 15I. E l sacerdocio e n la s r e lig io n e s paganas (n.14-19):

Entre egipcios, babilonios (n. 14-15).—En la cultura grie­ga (n.16-18).—Resumen (n.19).

II. El sacerdocio en t r e los h ebreo s (n.20-33): En la época de los patriarcas (n.20).—Sacerdocio mosaico (n.21-28) —La persona de los sacerdotes (n.22).—Condiciones para su oficio (n.23).—Ingresos para el sostenimiento (n.24). Ministerio de los sacerdotes (n.25-28).—El sacerdocio en tiempo de Jesús (n.29-31).—El «sumo sacerdote» en Filón (n.32).—El sumo sacerdote levítico según Heb (n.33).

CAPITU LO II.-—El sacerdocio en el Nuevo Testamento............. 27I. J esu cristo , Sacerdote d e l N uevo T estam ento (n.31-

57): En la epístola a los Hebreos (n.35-54).—Sacerdocio según el orden de Melquisedec (n.36).—Sacerdocio eter­no y único (n.37-39).—Pureza y santidad del Sacerdote eterno (n.40-41). — El sacrificio expiatorio de Cristo (n.42).—Comparación del sacrificio de Cristo con los de la Antigua Alianza (n.43-46).—El oficio sacerdotal de Cristo (n.47-48).—La redención y la alianza por la san­gre de Cristo (n.49-51).—Eficacia del sacrificio de Cristo (n.52-53).—Una vez para siempre (n.54).—Conclusión (n.55-57)-

II. E l sacerdocio común d e los f ie l e s (n.58-80): A) Fun­damentos bíblicos del sacerdocio de todos los cristianos (n.59-66).— 1 Pe 2,5.9 (n.59-62).—Cómo ejercen los fieles este sacerdocio (n.63-64).—Apoc 1,6; 5,10; 20,6 (n.65-66).—Comentario de los Santos Padres (n.67-69).B) Enseñanza del Magisterio eclesiástico (n.70-75).—

XIVxv

XVIIXVIII

xx

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VIII Indice general

Coiieáio de Trento (n.70).—Pío XI en la «Miserentissi- mus Redemptor>> (n.7 i) .-P ío XII (n.72-74).-Concilio Vaticano II (n.75).—C) Contenido y carácter propio del sacerdocio común (n. 76-80).

Págs.

CAPITU LO III. mentó...........

I

II.

III.

«Misión» y «ministerio» en el Nuevo Testa-

LOS MINISTROS DE JESUCRISTO EN LA MISIÓN ENCOMENDA­DA po r e l P adre (n.81-88): Los discípulos (n.82).— Apóstoles (n.82-84).—Embajador de Cristo, pregonero del Evangelio (n.85).—Ministro («diákonos») de Jesu- cristo (n.86).—Esclavo de Cristo Jesús, servidor («hype- retes») de Cristo (n.87).T r ip l e v e r t ie n t e d e l m in ister io e n e l N uevo T est a ­m ento (n.89-111): Ministerio evangelizador (n.80-01).— Ministerio cultual (n.92-99).—Los ministerios del culto indicados en el N .T. (n.93-99).—Ministerio pastoral ín.100-103). Relaciones entre los carismas y el ministerio ín. 104-106). Los «apóstoles», «profetas» y «evangelistas» (n. 107-109).—Conclusiones (n. 110 - 111) .¿ P or qué no a par ec e e l n om bre d e «h ier eú s» (sacer­do te), APLICADO A LOS MINISTROS, HASTA San CIPRIANO? (n .112 -12 1): Las razones de esta omisión o silencio (n .113-116). Lenguaje sacerdotal en los primeros es­critos patrísticos (n .n 7-i2 i) .—La «Didaché» (n.118).— La primera carta de San Clemente (n.119).—San Igna­cio, San Justino, Tertuliano, San Cipriano. La función presidencial litúrgica (n.120-121).

CAPITU LO IV.—Las formas concretas y estables del «ministe­rio» en los escritos del Nuevo Testamento.................................

E l episcopado e n la p r im it iv a I g l e sia . L os datos d e l N uevo T estam en to (n.122-133): Los Apóstoles y sus colaboradores inmediatos (n. 124-126).—Oficios de los colaboradores de los Apóstoles (n. 127-133).—El oficio de enseñar (n.127-129).—El oficio de gobernar (n.130).— El oficio de santificar (n.131).—En resumen (n.132-133). E l pr esbitera d o e n la I g l e sia p r im it iv a . L os datos d e l N uevo T estam en to (n.134-142): Identidad de sig­nificado de las voces «presbítero» y «epíscopo» en la Igle­sia primitiva ^ .136-138).—Otros nombres de los pres­bíteros (n.139) —Régimen colegial (n. 140).—Funciones santmcadoras de los presbíteros (n.141-142).—El origen divino de los obispos, de los presbíteros y de los diáco­nos (n.143).

El diaconado en la Iglesia primitiva. L os datos del Nuevo T estamento (n.144-147).

CAPITU LO V.—Las formas estables del «ministerio» en los pri­meros escritores eclesiásticos.......................................

I. E l episco pado y e l presbitera d o e n los prim ero s e sc r it o r e s e c l e s iá s t ic o s (n.148-172): Clemente de

I.

II.

III.

64

93

” 5

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Indice general IX

Págs.

Roma (n.149-151).—«Didaché» (11.152).—San Ignacio de Antioquía (n.153-156).—Policarpo (n.157).—Pastor de Hermas (n.158).—Papías (n.159).—San Justino, San Ire- neo (n .16 0 -16 1).—Clemente de Alejandría y otros (n.162).—Resumen (n. 163-168).—Enseñanza del Vatica­no II (n. 169-172).

II. E l diaconado e n los prim ero s esc r ito res e c l e s iá s t i­cos (n. 173-179): Clemente Romano y «Didaché» (n.173).San Ignacio de Antioquía (n. 174-176).—Policarpo de Esmirna (n.177).—Pastor de Hermas (n.178).—San Jus­tino (n.179).

CAPITULO VI.—E l rito de la ordenación......................................... 138

I. L a «m isió n» apo stó lica (n.180-183): Los Doce (n.180).Matías (n.181).—Pablo (n.182).—Santiago (n.183).

II. L a im po sició n d e manos e n l a Sagrada E scritura (n.184-190).—Precedentes en el A .T . (n.188-189).—La oración que acompañaba a la imposición de manos (n.190).

III. E fic a c ia sacram en tal d e l rito d e la im po sició n de m a n o s (n .19 1-202): En Act 6,6 (n .19 2-194).—En 2 Tim 1,6 (n.195-197).—En 1 Tim 4,14 (n.198-199).—Otros textos de la Sagrada Escritura: 1 Tim 5,22 (n.200).Act 14,23 (n.201).—Act 13,1-3 (11.202).

IV. L a im po sició n d e manos e n la pr á c t ic a po sterio r de la I g l e sia (n.203-214): La «Traditio apostólica» de Hi­pólito (n.204-209).—La ordenación de obispos (n.204- 205).—-La ordenación de presbíteros (n.206-207).—La ordenación de diáconos (n.208).—En los siglos i i i -iv y siguientes (n.210-213).—La confesión de fe, ¿equi­valente a la ordenación presbiteral? (n.214).

V. L a im po sició n d e manos, rito ese n c ia l d e la o rdena­ció n (n.215-227): En el uso de las Iglesias (n.215-217).— Documentos del Magisterio (n.218-221).—Opiniones en el curso de la historia sobre la materia requerida para la va­lidez de la ordenación (n.222-227): La entrega de los ins­trumentos (n.223).—Valor doctrinal del decreto «pro Armenis» (n.224).—Otras opiniones (n.225-227).

CA PITU LO VII.—Subdiaconado y órdenes menores................... 171

I. O r ig e n y contenido d e estas ó rdenes (n.228-238):Oficio y significado de cada una de estas órdenes (n.232- 238).—Subdiaconado (n.232).—Los acólitos (n.233).—Los exorcistas (n.234-235).—Los lectores (n.236-237).—Los ostiarios (n.238).

II. E l subdiaconado y la s órdenes m en o res no son ó rde­n e s sacram en tales (n. 239-244): Opiniones diversas (n.240-244).

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X Indice general

Págs.CAPITULO VIII.—Conciencia sacerdotal en la edad patrística

n n c r n i o o n o r

I. L a gracia d e l E sp ír it u Santo comunicada por la im ­po sició n DE MANOS (n.246-247).

II. L a po testad sagrada d e l sumo sacerdote u obispo (n.248-251).

III. E l oficio d iaco n al (n.252-253).IV. D i f e r e n c i a e n t r e e l o b is p o y e l p r e s b í t e r o

(n.254-259).V . V a lid e z d e la s o rdenaciones cism áticas y d e las con­

fer id a s POR HEREJES (n.260-264).V I. E l c ará cter im preso por la s ó rdenes sacram entales

(n.265-267).VIL P r esen c ia d e C risto e n e l obispo (n.268-270).

P a rte segunda

E L SACERDOCIO E N L A R E FL E X IO N TEOLOGICA Y E N E L M A G ISTERIO D E L A IG L ESIA

CAPITU LO IX.—Reflexión teológica en la Edad Media............

I. E l orden como sacramento (n.271-286): El carácter sacerdotal (n.279-285).—Acerca del diaconado (n.286).

II. D o c t r in a d e S a n t o T o m á s so b r e e l e p isc o p a d o (n.287-290).

III. E l m in istro d e l sacram ento d e l orden (n.291-306): Documentos de la Iglesia (n.291-292).—Las bulas de Bo­nifacio IX, Martín V e Inocencio VIII (n.293-306).—La bula de Bonifacio IX (n.294-298).—La bula de Martín V (n.299).—La bula de Inocencio VIII (n.300).—Discusión de los documentos (n.301-305).—En resumen (n.306).

CAPITU LO X.—Del concilio Tridentino al Vaticano II .............

I. D o ctrin a d e l co n cilio d e T ren to sobre e l sa cer­do cio (n.307-326): Ante la perspectiva protestante (n-3° 7)- Doctrina de Lutero acerca del sacramento del orden (n.308-313): En el libro «De captivitate babyloni- ca» (n.308-311). En el libro «De abroganda missa pri- vata» (n.312).—John Fisher, «Sacri sacerdotii defensio»

La. ordenación sagrada es verdadero sacramen­to (n.314-317).—La jerarquía de orden y el carácter (n.318). — Relación entre episcopado y presbiterado (n-319-325)—Las ordenaciones son potestativas de la Iglesia jerárquica (n.326).

II. E l episco pado como sacramento (n.327-349): Doctri- d<rL Tridentino (n.327-328).—Exposición patrística

de 2 iim i,6s (n.329-330).—Las liturgias de consagra­ción episcopal (n.331-333).—Consagraciones episcopales

e no-presbíteros (n.334-335).—En el Magisterio recien-

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Indice general XI

Págs.

te de la Iglesia (n.336-339).—El carácter impreso por el sacramento del episcopado (n.340-343).—Naturaleza del sacramento del episcopado (n.344-345). — El Papado como sacramento (n.346).—Las ordenaciones «per sal- tum» (n.347-349).

III. P otestad d e orden y po testad d e ju r isd ic c ió n (n.350- 359): De dónde viene la potestad de jurisdicción (n.358).En resumen (n.359).

IV. D o ctrin a d e l V aticano II e n torno a l sacerdocio (n.300-368): Comparación con Trento. El punto de partida (n.360-364).—El episcopado como sacramento y fuente del sacerdocio (n.365).—Documentos conciliares sobre el sacerdocio (n.366-368).

P arte terc er a

PR O BLEM A TIC A M OD ERNA E N TORNO A L SACERDOCIO

CAPITULO XI.—El oficio de los obispos.......................................... 281

Oficio necesario en la Iglesia (n.369).I. Sucesores d e los A pó stoles (n.370-372).

II. A postolado u n iv er sa l y so licitu d m isio n era , como la d e los A pó sto les (n.373-387): La colegialidad epis­copal (n.373-374).—Razones de la colegialidad (n.375- 378).—La incorporación al colegio episcopal (n.379-381).La colegialidad en su ejercicio (n.382-383).—Solicitud misionera (n.384-387).

III. Los oficios y po testades r ec ibid o s e n l a consagra­ció n (n.388-393).

' IV. El oficio d e en señ a r (n.394-404): Veneración y obli­gación de asentir al magisterio episcopal (n.400-404).

V. E l oficio d e sa n tific a r (n.405-411).VI. E l oficio d e go bern ar o la cura de almas (n.412-417).

Resumen sobre los oficios del obispo (n.418-420).

CAPITU LO XII.—Los oficios del presbítero y del diácono......... 315I. Los oficios d e l pr esb ít er o (n.421-454): Cooperadores

del orden episcopal. La «Lumen gentium» (n.421-422).El «Presbyterorum ordinis» (n.423-424).—En el nuevo rito de ordenación (n.425-426).— Verdaderos sacerdotes del Nuevo Testamento (n.427-428).—Para ofrecer dones y sacrificios (n.429-433).—Dispensador de la Eucaristía (n.434).—Otros oficios del presbítero como sacerdote (n.435-436).—Ministros de la palabra: El ministerio de la palabra precede cronológicamente (n.437-440).—Biblia y liturgia (n.441-442).—En los documentos de. la Iglesia (n. 443-445).—Ministerios profanos por razón apostólica (n.446-448).—Pastores de almas (n.449-451).—En resu­men (n.452-453). Consagrado al servicio de los demás (11.454).

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XII Índice general

Pdgs.

II. Los oficios d e l diácono (n.455-468): Gracia de «servi­cio» (n.455-456).—Servicios litúrgicos y de predicación y caridad (n.457-458).^—Carácter diaconal (n.459).—Enu­meración de los oficios diaconales (n.460-461),—Resteiu - racióri' del diaconado permanente (n.462-465).—Razones del diaconado permanente (n.466-467).— Resumen (n.468).

III. ¿R estau ració n o ren o vació n d e la s órdenes m en o­r e s ? (n.469-474): Anacronismos y anomalías (n.469- 471 )- La renovación de las «órdenes menores» (n.472- 474)-

CA PITU LO XIII. E l estado sacerdotal, exigencia de perfec­ción .................................................................

I. L lamada a la pe r fe c c ió n . E stado d e vida común y estados d e p er fec c ió n (n.475-477).— Elementos reque­ridos para el «estado de perfección» (n.477).

II. E l estado episc o pa l y la per fec c ió n (n.478-487): Por qué exige la perfección el estado episcopal (n.479-487). El carácter episcopal (n.482).—Santo Tomás (n.483-484).' El rito de consagración (n.485).—El Vaticano II (n.486). La nota característica (n.487).

III. E l estado p r e sb it e r a l y la per fec c ió n (n.488-498): Doctrina de la Iglesia: En la liturgia (n.489).—Otros do­cumentos de la Iglesia (n.490-492).—La Sagrada Escri- pUra. (n'493)- Razones internas de la exigencia de per­fección en el sacerdote (n.494).—El carácter sacerdotal (n.495):—Fundamentos insuficientes de este estado de perfección (n.496).—Algunas dificultades (n.497-498).

354

CAPITU LO XIV.—Sacerdocio y celibato

No se exige por ley divina (n.500).—«Seminator casti consilii» (n.501-503).—Orígenes históricos del celibato sacerdotal (n.504- 515)* La practica de los Apostóles (n.505).—«Unius uxoris vir» (n.506).—Primeros documentos sobre el celibato (n.507- 510).—Las razones que fueron válidas (n.511-513) —Del si­glo v en adelante (n.514-515).— Valores del celibato (n.516-523) «No todos captan esta palabra» (n.516-517).—Valores sociales (n.518).— Valores ascéticos en el individuo (n.519-523).—Nueva y eximia consagración a Jesucristo (n.520).—Signo y estímulo de caridad; fuente de fecundidad (n.521-523).—Los documentos del Magisterio (n.524-533).—El Vaticano II (n.525).—La encí­clica «Sacerdotalis caelibatus». Las objeciones (n.526).—La par­te doctrinal de la encíclica y los valores y razones del celibato (^•528-531). El asentimiento unánime del episcopado (n.532- 533)* Los presuntos inconvenientes (n.534-537).

CAPITU LO XV. E l sacerdocio en su dimensión ecuménica.

I. E n las C o n fesio n es d e la R eforma (n.538-560): Lute- ro (n.539). Calvino (n.540-542).—La Confesión Helvé­tica posterior (n.543-550).—Fundamento y necesidad del

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Indice general XIII

Págs.

ministerio (n.544).—Perpetuidad del ministerio (n.545).Sobre la diversidad de ministerios (n.546).—La entrada legítima en el ministerio (n.547).—Relaciones entre el sacerdocio y el ministerio (n.548).—La potestad y el oficio de los ministros (n.549).—En el tiempo posterior (31.551-554).-—En la Iglesia anglicana (n.555).—En las Asambleas ecumenistas recientes (n.556-559).—Conferen­cia de Lausana (n.556), de Edimburgo (n.557), de Lund (n.558), de Montreal (n.559).—El Consejo ecuménico de las Iglesias (n.560).

II. P or qué las m u jeres no pu ed en ser sacerdotes (n.561- 589): Las razones que se han dado (n.561-568).—El ar­gumento definitivo (n.569-570).—La Tradición de la Iglesia (n.571-573).—Concilios, teólogos y canonistas (n.574-577).—Pablo VI (n.578).—Los oficios eclesiásti­cos accesibles a la mujer (n.579-584).—-En el aspecto ecuménico (n.585-589).

CAPITULO XVI.—El sacerdote en la Iglesia de hoy y en unmundo que cambia.................................................................... 43 8

I. E n un mundo secularizado (n.590-611): Lo que hoy sucede (n.590-591).—Lo que hoy se propone al sacerdote (n.592-594).—Lo que hay que hacer (n.595-596).—Di­mensión sagrada del sacerdote (n.597-599).—Estar en el mundo sin ser del mundo (n.600-605).— ¿Sacerdocio temporal? (n.606-611).

II. T eo lo gía d e la vocación sacerdotal (n.612-634): Magisterio eclesiástico (n.613).—Dios llama: En el An­tiguo Testamento (n.614).—En el Nuevo Testamento (n.615-617).—La Tradición y la liturgia (n.618).—Ra­zón teológica (n.619).—Los modos de elección (n.620-622). Criterios de la vocación: A) Criterios internos en el indivi­duo (n.623-630).—Resumiendo y sintetizando: Aptitud natural, aptitud sobrenatural, recta intención (n.627- 628).—Por qué, habiendo estos tres elementos, se puede hablar de vocación divina (n.629-630).—B) Criterios ex­ternos al individuo (n.631-633): El llamamiento de la je­rarquía (n.631-632).—El parecer del pueblo cristiano (n.633).—Irregularidades e impedimentos para la ordena­ción (n.634).

III. E l sacerdote d e l futuro (n.635-643): Oficios propios y oficios específicos (n.636-638).—Lo principal en el oficio sacerdotal (n.639-640).—Futuro del sacerdote (n.641-642).—El sacerdote de todos los tiempos (n.643).

Indice bíblico.................................................................................... 474Indice onomástico............................................................................ 480

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SAGRA GONGREGATIO

PRO CLERICISRoma, 5 de mayo de 1971.

Prot. 134570/(In responso hic numerus referatur)

Reverendo Padre:

Con animo agradecido respondo a su atenta carta del 30 del pasado mes de marzo, con la que tenía la bondad de adjuntar cuatro volúmenes de Teología dogmática bajo ei titulo general de «Historia Salutis».

Permítame que ya desde ahora manifieste a usted, al omite de Dirección y a sus colaboradores mi sincera

gratitud por haber ofrecido una Teología que, si bien trata con nuevo método los problemas teológicos más actuales, conserva la preeminencia del dato bíblico y pa- tristico sin omitir los momentos cruciales en que el Ma­gisterio ha culminado un progreso en la comprensión dogmática.

No dudo que estos volúmenes ya publicados han conse- guido también en conformidad al decreto Optatam totius del Concilio Vaticano II, un nuevo método para la ense­ñanza teológica, enriquecido con las más recientes ad­quisiciones del rigor científico. Su publicación, además, en castellano, mientras hace más accesible al seglar el conocimiento teológico, no desvirtúa su validez para la formación sacerdotal.

Pido al Señor que puedan finalizar esta serie de mono­grafías, que abarque todo el campo de la Teología dogmá­tica, a la vez que invoco las bendiciones celestes para usted y todos sus colaboradores.

Grato de la circunstancia, le saludo atentamente y quedo

Reverendo Padre J osé A ntonio de A ldama, S. J ., Profesor de la Facultad de S. Teología.GRANADA.

de Vuestra Reverencia afectísimo en Cristo,

J. Card. W right, Pref.

P. Palazzini, Secret.

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T ) aso a paso, nuestra serie Historia salutis va realizando el plan que se había prefijado. Tenemos hoy la satisfacción

de presentar un nuevo volumen de ella, dedicado a la teología del sacerdocio y del sacramento del orden. Su autor, el P. M i­guel Nicolau, es bien conocido de los lectores de nuestra serie, en la que anteriormente ha publicado Teología del signo sacra­mental, la cual—recientemente traducida al italiano y alta­mente apreciada por la crítica científica, especialmente extran­jera—ha representado un estimable esfuerzo de renovación del tratado clásico De sacramentis in genere. Ese mismo esfuerzo caracteriza esta su nueva obra. Por otra parte, las dotes de claridad de pensamiento del autor se manifiestan, una vez más, en el tomo que hoy enriquece nuestra serie de monografías teológicas.

En el presente libro, una perspectiva histórica encuadra la figura del sacerdote cristiano; su novedad no podría ser comprendida sino a través de la dialéctica de continuidad e innovación que éste significa. Por ello, una referencia al sacer­docio en las religiones paganas y en el Antiguo Testamento era ineludible. Pero en la historia de la salvación es aún más fundamental su relación con el sacerdocio de Cristo, del que todo sacerdocio cristiano es participación y continuación. Con toda probidad, el autor señala las peculiaridades de la termino­logía del Nuevo Testamento con respecto al sacerdocio'—y es aquí donde se inserta un serio estudio del sacerdocio de los fieles— , pero evitando una valoración exagerada de ciertos fenómenos filológicos, a primera vista llamativos, frente a la realidad católica del sacerdocio ministerial. Para un teólogo no es el reino de la terminología, sino el de las realidades, el más decisivo.

Especialmente interesantes son los capítulos dedicados a las formas estables del ministerio en el cristianismo primitivo, ya a partir de los datos del Nuevo Testamento. Con un método que tiene mucho de historia del dogma, el autor toma estos datos como puntos de partida que explican los desarrollos posteriores.

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Especial gratitud se debe al autor, que fue perito conciliar, por la amplitud concedida al estudio de la doctrina del Conci­lio Vaticano II y a sus aportaciones doctrinales, extraordina­riamente ricas en este campo, como también por el hecho de que un capitulo entero haya sido dedicado a los aspectos ecu­ménicos de la teología del sacerdocio. No ha soslayado el autor aquellos puntos que son hoy objeto de más fuerte polémica, a veces no exenta de carga emocional: sacerdocio y celibato, y sacerdocio de la mujer; su posición es siempre serena y ra­zonada.

La obra se cierra con un capitulo dedicado al sacerdocio en el mundo cambiante actual; su culminación es una profe­sión de fe en los valores perennes encerrados en los elementos esenciales del sacerdocio, es decir, en los elementos instituid dos por Cristo. Son ellos los que permiten hablar de «El sacer­dote de todos los tiempos».

22 de abril de 1971, festividad de María Reina de la Com­pañía de Jesús.

J esús Solano, S.I. J osé A ntonio de A ldama, S.I.

C ándido Pozo, S.I.

Page 13: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

H I S T O R I A S A L U T I S

V olúmenes publicados

I. Fase precristiana.

II. Cristo y su obra.

De los Evangelios al Jesús histórico. Introducción a la Cristo- logia (J. Caba).

Dios revelado por Cristo (S. Vergés-J. M. Dalmau).

III. Lo s tiempos de la Iglesia.

Teología del signo sacramental (M. Nicolau).Ministros de Cristo. Sacerdocio y sacramento del orden (M. Ni­

colau).

IV . E l final de la Historia de la salvación.

Teología del más allá (C. Pozo).

Page 14: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

S I G L A S P R I N C I P A L E S

A A S ......................ArchT eolGranad.ASS........................BVieChrét............BullLitEccl..........CathBibIQuart. . .CiencTom............CivCat..................en...........................C SE L ....................

DictBibl................D T C .....................

D z..........................

EnchBibl.. . . EphemLit. ..EstBibl.........EstEcl...........Funk.............Greg..............Joum ThSt...L T K .............MaisDieu.. . . Mansi............

MiscCom... .n.....................NouvRevTh.P ........................PerReMorLit, P G .................

P L .................

Acta Apostolicae Sedis.Archivo Teológico Granadino.Acta Sanctae Sedis.Bible et Vie Chrétienne.Bulletin de Littérature Ecclésiastique.Catholic Riblical Quarterly.La Ciencia Tomista.La Civiltá Cattolica. canon, cánones.Corpus Scriptorum Ecclesiasticorum Latinorum... Academiae Vindobonensis.Dictionnaire de la Bible (Vigouroux).Dictionnaire de Théologie Catholique (ed. A. Vacant- E. Mangenot-E. Amann).D e n z in g e r -Sch ó n m etzer , Enchiridion Symbolorum... (Nos referimos a los números marginales de esta mo­derna edición. Entre paréntesis señalamos la numera­ción antigua.)Enchiridion Biblicum, ed. 4.a Ephemerides Liturgicae.Estudios Bíblicos.Estudios Eclesiásticos.F u n k , Patres Apostolici.Gregorianum.The Journal of Theological Studies.Lexikon für Theologie und Kirche, 2.a ed. (1957SS). La Maison-Dieu.J . D . M a n si, Sacrorum Conciliorum nova et amplissi- ma collectio.Miscellanea Comillas, número, números.Nouvelle Revue Théoíogique. página, parte.Periódica de re morali, litúrgica...J. P. M ig n e , Patrologiae Cursus completus. Series graeca.J . P. M ig n e , Patrologiae Cursus completus. Series latina.quaestio, quaestiuncula.q-

Page 15: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

XIX

R ............................ R ouét d e J o u rn el , Enchiridion Patristicum.RechScRel............ Recherches de Science Religieuse.RevBibl................. Revue Biblique.RevEspTeol......... Revista Española de Teología.RevScPhTh.......... Revue des Sciences Philosophiques et Théologiques.RevThom............. Revue Thomiste.SBPC..................... La Sainte Bible (Pirot).SThS..................... Sacrae Theologiae Summa (Matriti, BAC).ThW N T.............. Theologisches Worterbuch zum Neuen Testament

(Kittel).TU, TextU nt.. . . Texte und Untersuchungen zur Geschichte der alt-

christlichen Literatur.ZkathTh............... Zeitschrift für katholische Theologie.

Siglas principales

Page 16: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

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Bibliografía general xxi

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xxn Bibliografía general

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giorni, 2 vols. (Milano 1956).V igouroux, F., art. Evéque: DictBibl 2,2121-2126.V on A l l m e n , J ea n J acques, Le saint ministére selon la conviction et la volon-

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1968). Véase más arriba: Le diacre dans l’Église et le monde d’aujourd hui (París 1966) (Goll. Unam Sanctam 59).

XIII Semana española de Teología (1953). La teología del laicado (Madrid 1954).

X V Semana española de Teología (1955)- Problemas de actualidad en teología sacramentaría (Madrid 1956).

X X II Semana española de Teología (1962). Teología del episcopado (Madrid 1963).

X X V I Semana española de Teología (1966). El sacerdocio de Cristo y los di­versos grados de su participación en la Iglesia (Madrid 1969).

Entre los números especializados de revistas, relativos al sacerdocio ysus problemas, señalemos:La Maison-Dieu n.102 (Ministéres et Ordinations) II (1970).Colligite n.63 vol.16 (1970) 3-64.

En estos mismos números, bibliografía especial y amplia.Sacra Doctrina n.6o (II prete e i suoi problemi) (1970).

Bibliografía general

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m i n i s t r o s b e c r i s t o

S acerd o cio y sacram en to d e l o rden

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Page 22: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

P R E L I M I N A R E S

I. El nombre y la noción de sacerdote 1i La palabra sacerdote (sacerdos), considerada su etimo­

logía, no significa precisamente, como pensó San Isidoro, «el que da lo sagrado» 2. La moderna investigación deriva esta pa­labra no de sacrum -daré, sino de sacrum y de la raíz indoeuropea dhé, con sentido fundamental de colocar (setzen), poner, hacer. De esta raíz se deriva domus (casa) 3. Sacerdote es, por consi­guiente, atendido el significado etimológico, el que hace, coloca, pone lo sagrado; el que está en lo sagrado.

La palabra griega iepeús recoge también este matiz sagrado y de ocupación sagrada que corresponde al sacerdote 4, tradu­ciendo así las voces hebreas kohén, kóme'r, usadas para significar el consagrado al culto divino. Kóme'r tiene sentido despectivo, referido al sacerdocio de los ídolos (4 Re 23,5; Os 10,5; Sof 1,4).

El carácter sagrado del sacerdote no aparece tan manifiesto en las palabras con que es designado el sacerdote o el sacerdocio en diferentes lenguas (prétre, presbítero...), sobre todo en len­guas germánicas (Priester, Priesterschaft; Priest, Priesthood...) que carecen del término derivado del latín sacerdos o sacerdo- tium.

Al estudiar las características del nuevo sacerdocio cristiaiw, tendremos que hablar (n.H2ss) del uso limitado de este térmi­no, restringido para designar el sumo sacerdocio de Cristo y el sacerdocio común de los bautizados en los escritos inspirados del

1 Gf. G. P laum an n , art. Hiereis, en P a u ly-W issow a , Real-Encyclopá- die der classischen Altertumswissenschaft VIII (1913) 14 11-1457 ; G. W. H. L a m pe , A Patristic Greek Lexicón (Oxford 1961, reimp. 1968) a la voz iepeús; H. L e sé t r e , art. Prétre: DictBibl 5,640-662; W. F o erster , art. iepeús: Theologisches V/órterbuch zum Neuen Testament (G. Kittel) [ThWNT] III (a.1938, 1950) 257-265; H. L e sé t r e , art. Grand-Prétre: DictBibl 3,295-308; G. S c h ren k , art. ócpxiepeús: Theolog. Wdrterbuch zum N.T. [ThWNT] III 265-284.

2 «Presbyteri sacerdotes vocantur, quia sacrum dant» (Etymologiarum libri VII X II; ed. Lindsay [Oxford 19 11], sin paginación).

3 Cf. A. W a ld e-J. B. H ofm ann , Lateinisches etymologisches Wórter- buch3 II 460.

4 Cf. W. F o erster , art. iepeús : ThW N T III 265-284.

Page 23: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

Nuevo Testamento, y la tardía aparición de la voz sacerdote aplicada a los obispos y presbíteros de la Nueva Alianza 5.

2. Si la idea de sacerdote es, según su etimología, la de per­sona sagrada (por su relación a Dios), o con ocupación sagrada (por referirse asimismo a Dios), el pensamiento de mediación entre Dios y los hombres está también ligado a la idea sacer­dotal. Son varios los pasajes de Heb que establecen esta noción fundamental de mediador para el sacerdote. «Todo sumo sacer­dote, tomado de entre los hombres, es constituido en favor de los hombres en las cosas tocantes a Dios» (Heb 5,1). Nuestro Pontífice «ha obtenido un ministerio mejor, en cuanto que es mediador de una mejor alianza» (Heb 8,6). Porque «es mediador de un nuevo Testamento» (Heb 9,15).

3* Santo Tomás ha ponderado el oficio de mediador reali­zado por Cristo. Es un oficio que junta y une aquellos extremos entre los cuales el mediador es medio. Y Cristo ha juntado a los hombres con Dios, por cuanto Dios en Cristo ha reconciliado consigo al mundo (2 Cor 5,19), ya que Cristo por su muerte nos reconcilió con Dios. «Justificados por la fe, tenemos paz con Dios por medio de nuestro Señor Jesucristo, por quien tene­mos acceso, mediante la fe, a esta gracia en la que estamos...» (Rom 5,1). El oficio de mediador es el de poner paz entre Dios y los hombres 6. Por eso el oficio de mediador y el oficio sacer­dotal están íntimamente ligados, porque la mediación y la re­conciliación se realizan con el sacrificio. Cuando San Pablo dice que «uno es el mediador entre Dios y los hombres, el hombre Cristo Jesús» (1 Tim 2,5), añade: «que se entregó a sí mismo como redención por todos» (v.6) 7.

El sacerdote tiene que ser hombre para poder ser mediador entre los hombres y Dios 8; pero al mismo tiempo participa del poder divino. En su aspecto dinámico, el mediador sacerdotal lleva a Dios las cosas de los hombres (dones, sacrificios, oracio­nes, deseos...) y baja a los hombres las cosas de Dios (mensaje

5 Sobre la terminología antigua puede verse P. M. G y , Remarques sur e vocabulaire antique du sacerdoce chrétien, en «Études sur le sacrement de

1 ordre» (París 1957) p.125-145.7 £ REG,ORI° M agno , In 1 Reg 1.4 c.5 n.a: PL 79,279.' Gt. o. T omás, 3 q.26 a .ic .8 Cf. S. T omás, Contra Gentes 4,74.

Preliminares § 1. Nombre y noción de sacerdote

Page 24: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

Noción de sacerdote 5

doctrinal, mensaje moral, gracia de Dios...) 9 La idea de me­diación entre Dios y los hombres es capital en el sacerdocio.

4. Con lo dicho sobre la noción etimológica de sacerdote y su relación con lo sagrado, y sobre su función mediadora (por capitales que sean esta relación y esta función en el concepto de sacerdocio), no hemos pretendido agotar el pluriforme con­tenido real que se esconde bajo este concepto, sobre todo en el sacerdocio cristiano. Esta manifiesta originalidad, indiscuti­ble, del sacerdocio cristiano respecto de los sacerdocios de la religión natural y de la religión israelítica tendrá que ser objeto prolongado de nuestro presente estudio, para llegar a formular en lo posible lo que es propio del sacerdocio cristiano y lo que le es connatural, precisando asimismo su función específica y ca­racterística.

Como resultado de nuestro estudio deseamos integrar en la noción de sacerdote cristiano toda la riqueza y la plenitud de contenido que en él se encierra. No queremos olvidar su fun­ción profética, íntimamente ligada con la estrictamente cultual y ritual. No queremos rebajar la función pastoral y presidencial, que en el cristianismo es, en definitiva, función de servicio al pueblo de Dios. Pero, al ensalzar aspectos y funciones, hoy puestos más de relieve, tampoco queremos olvidar lo que ha sido bien establecido por los Padres, por el Magisterio y por la Teología.

Creemos que en la síntesis de todos los elementos integran­tes, bien establecidos y comprobados, está la respuesta a la múl­tiple problemática de hoy y a las discusiones históricas en torno a la esencia del «ministerio». Esta síntesis contenida en la «mi­sión» de Jesucristo, comunicada por El a sus «enviados», esto es, a sus Apóstoles, y por éstos a los «probados en el Espíritu», capaces de continuar la misión y ministerio, la conoceremos de triple vertiente (evangelizadora, cultual y pastoral) en las di­ferentes manifestaciones concretas en que aparece la colabora­ción salvífica del hombre a la obra sacerdotal de Jesucristo.

9 Cf. S. F u ster , La confirmación y el sacerdocio de los fieles, en «El sacer­docio de Cristo y los diversos grados de su participación en la Iglesia» (XXVI Semana Española de Teología, 1966) (Madrid 1969) p.342-344.

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Preliminares § 2. Historia de la salvación y sacerdocio

II. Historia de la salvación y sacerdocio

5. Es clara la inserción del sacerdocio en la historia de la salvación. Porque, además de la positiva voluntad divina que lo establece en la Antigua Alianza, para servirse de Aarón y de sus descendientes como mediadores entre el pueblo y la di­vinidad, Jesucristo, el Libertador y Redentor, aparece como Mediador único ante el Padre (cf. 1 Tim 2,5) y como Sacerdote que aplaca a Dios «ofreciéndose como oblación y sacrificio para Dios en olor de suavidad» (Ef 5,2).

La obra de reconciliación y de restauración del hombre, rea­lizada en el misterio pascual, es obra sacerdotal de Jesucristo. «La obra de la redención humana y de la perfecta glorificación de Dios, a la que habían precedido las grandes maravillas divi­nas en el pueblo del Antiguo Testamento, la realizó Cristo, el Señor, sobre todo por el misterio pascual de su Pasión bienaven­turada, de su Resurrección de los infiernos y de su Ascensión gloriosa, y, mediante este misterio, muriendo destruyó nuestra muerte y resucitando restauró la vida» 10.

La obra salvadora de Jesucristo, que ensalza ante los judíos el autor de Heb, es la obra del nuevo Sumo Sacerdote: llamado por Dios al oficio de mediación; para ser sacerdote eterno según el orden de Melquisédec (Heb 5,5s); orante por su pueblo con clamor válido (v.7); que por su propia sangre entró una vez por todas en el «sancta sanctorum», lograda eterna redención; Pon­tífice de los bienes futuros (Heb 9,ns).

Pero este Sumo Sacerdote, que sube a los cielos y está sen­tado a la diestra de la majestad de Dios en las alturas, necesita en la tierra sus ministros y vicarios que le ayuden con su diaconía; sus vicarios que le representen, hagan sus veces y actúen en su nombre. Porque El sigue siendo el verdadero Sacerdote en el sacrificio y en los sacramentos; los hombres que actúan son meros instrumentos.

Si el sacrificio y los sacramentos pertenecen a la «historia de la salvación» 1 1 , es fácil entender que los sacerdotes y ministros, que físicamente los realizan, tienen su lugar en esa historia.

10 C o n cilio V aticano II, Const. De S. Liturgia (Sacrosanctum Con- ciclium) 5b.

11 Cf. M. N ico lau , Teología del signo sacramental (colección «Historia salutis», BAC) n.9-15.

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El sacerdocio, «condescendencia» divina 7

III. El sacerdocio, a condescendencia)) divina

6. Toda la historia de la salvación y el uso de «signos» sa­cramentales, salvadores, los hemos considerado como «condes­cendencia» (auvKaTápaais) divina, en el sentido pregonado por San Juan Crisóstomo 12, de «abajarse» Dios a la naturaleza sen­sible del hombre para «elevarla» a la familia divina 13.

Si los sacramentos todos manifiestan esta «condescendencia» divina, no menos la demuestran el sacramento eucarístico y el sacramento del orden.

Eucaristía y sacerdocio son dos realidades misteriosas, liga­das íntimamente y mutuamente implicadas, como lo están el sacrificio y el sacrificador. Si la Eucaristía procede del amor de Jesucristo, no menos el sacerdocio, que la hace y la administra.

San Juan, que no narra la institución de la Eucaristía en la Cena, relatada ya por los sinópticos y por San Pablo, usa, sin embargo, una profunda palabra intencionada que quiere in­sinuar y pretende medir la intensidad del amor del Maestro hacia sus discípulos en aquella noche última: «Los amó hasta el extremo» (Jn 13 ,1) , dice el evangelista, refiriéndose a los mis­terios de la Cena. Y estos misterios fueron, entre otros, la insti­tución de la Eucaristía y la institución del sacerdocio 14.

«La Eucaristía, que es sacramento y sacrificio..., y asimismo el sacerdocio son ciertamente dones del sacratísimo Corazón de Jesús» 15.

Servirse de hombres como de mediadores para llevar a los demás hombres las cosas de Dios, y, viceversa, para subir hasta Dios las cosas, dones, deseos, oraciones y preocupaciones de los hombres... es manifiesta condescendencia de Dios y particu­lar predilección para estos mediadores que acepta.

12 In Gen. 1,4 (PG 53,35); In Gen. 2,21 (ibid. 12 1); Jn Gen. 3,8 (ibid., 135): Hom. 15 in lo. a d i , i8 (PG 59,97s). Cf. sobre este punto Pío XII, encícl. Divino afflante Spiritu (ÉnchBibl 559); F. Fabri, La «condiscendenza» divina nell’inspirazione bíblica secondo S. Giovanni Crisostomo: Bíblica 14 C1 933) 33°-3475 P* M oro, La «condiscendenza» divina in S. Giovanni Cri­sostomo: Euntes docente 1 1 (1958) 109-123.

13 Cf. Teología del signo sacramental n.16.14 C onc. T r id e n t ., Doctrina de ss. missae sacrificio c .i: Dz 1740 (938),

1752 (949).15 Pío XII, encícl. Haurietis aquas (15 de mayo de, 1956): AAS 48

(1956) 332.

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8

7. Como el sacerdocio del N .T. no se multiplica, porque sólo existe el sacerdocio del Hijo de Dios, hacer a otros hombres participantes en el sacerdocio único de Cristo es manifiesta gra­cia y condescendencia.

Hacer que otros hombres actúen en persona de Cristo Sacer­dote, sean sus vicarios con poderes para actuar en su nombre, sean sus representantes y ministros..., es asimismo dignación singular, que por su misma naturaleza significa predilección no concedida a todos.

Si el sacerdote ha de ser signo de Cristo entre los hombres, para llevarles el mensaje de la Buena Nueva y la voz y la figura del Maestro y, en definitiva, para ser testigo de Jesucristo, ya se ve la confianza que tiene Cristo depositada en este hombre y la «condescendencia» que esta misión y confianza significan.

Si el nombre de clero (xAripos) significa suerte, herencia o heredad, en este mismo nombre, aplicado primariamente a los sacerdotes y secundariamente a todos los otros ministerios in­feriores, ya se ve que tener a Dios por herencia y propia suerte no es de significación vil o pequeña.

IV. Doctrina sacerdotal de hoy

8. Nuestro intento es exponer la doctrina sobre el sacer­docio y sus diversos ministerios, plenamente actualizada a la luz de los más recientes estudios e investigaciones, que tanto han contribuido a iluminar la naturaleza del apostolado y del «ministerio». Sobre todo pensamos seguir la amplia y profunda doctrina del último concilio sobre el episcopado, el presbitera­do, el diaconado... El núcleo doctrinal más importante para es­clarecer lo que es el sacerdocio creemos que está en la constitu­ción Lumen gentium, eje de toda la doctrina conciliar. Con la base del sacerdocio común de todos los fieles bautizados (ibid., n .io -n ) y de sus oficios proféticos y carismáticos (n.12), el concilio se extiende en amplio estudio sobre el episcopado (n.18- 27-). Instituido por Cristo el colegio de los doce (n.19), el co­legio episcopal sucede al colegio apostólico, y los obispos son presentados como sucesores de los Apóstoles (n.20).

La mentalidad actual es muy sensible a todo lo que se llama comunión y ojicio sacramental. El Vaticano II ha partici­pado de esta sensibilidad y ha influido en ella. Ha puesto par­

Preliminares § 4. Doctrina sacerdotal de hoy

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ticular empeño en describir el episcopado como sacramento y en derivar de la consagración episcopal los oficios del sumo sacerdocio (n.21). La comunión episcopal está en el corazón de la colegialidad (n.22), y la misión de «apóstoles», confiada por Cristo a los obispos (n.23ss), debe ser ejercida en esa co­munión mutua y con el Romano Pontífice.

La potestad sacramental es asimismo la base y punto de referencia del sacerdocio de segundo orden y de la potestad pres­biteral (n.28). Lo es también del oficio diaconal (n.29).

En la constitución Lumen gentium están las firmas bases doctrinales del «ministerio» y el tronco de donde arrancan, como ramas del árbol, los decretos disciplinares (que incluyen también abundante doctrina de gran precio) sobre el minis­terio pastoral de los obispos (Christus Dominus) , sobre el mi­nisterio y vida de los presbíteros (Presbyterorum ordinis) y so­bre la formación de los candidatos al sacerdocio (Optatam totiusj.

Las funciones de evangelización, de culto sacrificial y sa­cramental, y de pastoración, han sido descritas por el concilio con profunda y amplia visión de lo litúrgico (constitución Sa- crosanctum Concilium) y de lo misional apostólico (decreto Ad gentes divinitus).

9. La literatura, esto es, la bibliografía sobre el sacer­docio y la problemática sacerdotal que ha seguido al concilio es tan abundosa y proliferante, que es fácil perderse entre ella y que «los árboles estorben la visión del bosque».

La indudable originalidad del sacerdocio fundado por Cris­to, que no se adquiere por herencia ni se multiplica en cada sacerdote, sino que se participa en el único verdadero y Sumo Sacerdote del N .T., alcanza funciones esenciales que no se restringen al sacrificio o al culto.

En la confusión reciente acerca del sacerdocio y de sus problemas, con perturbada mezcla de lo profano y de lo sa­grado, de lo temporal y de lo permanente, de lo horizontal, asimilante a los hermanos, y de lo vertical, que separa y une a Dios..., es fácil cargar el acento sóbrelo periférico y acci­dental, olvidando lo verdaderamente nuclear y esencial.

La claridad que disipa la niebla y la confusión creemos que se logrará si se ilumina bien lo sustancial del sacerdocio y lo que de ello debe conservarse siempre en su postura, dan­

Doctrina sacerdotal de hoy 8

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10 Preliminares § 5. Método de nuestro estudio

do a los puntos accesorios el valor circunstancial que reclamen según los tiempos y el espacio.

Es claro que la Iglesia no puede hacer concesiones, ni las desea el auténtico sacerdote, a un espíritu mundano y natu­ralista que prescinde de los valores y de las promesas sobre­naturales. La Iglesia y el sacerdote viven de la fe, y sin la vi­sión sobrenatural del mundo y del «ministerio» no se explica la vocación del sacerdote. Debe vivir en el mundo y, al mismo tiempo, no ser del mundo.

V. Método de nuestro estudio

10. La visión primaria y primitiva del sacerdocio cristia­no pretendemos alcanzarla con la fundamentación bíblica de nuestro trabajo. Tendremos presente lo que el Antiguo Tes­tamento nos ha dejado sobre el sacerdocio israelítico; pero queremos, ante todo, apoyarnos en lo que aporta de originalidad

.sacerdotal el Nuevo Testamento.No podremos prescindir de la figura de Cristo Sumo Sacer­

dote, que invade toda la función sacerdotal de la Nueva Ley: un sacerdocio que es único y personal de Jesús, que se comu­nica en participación a todos los que se asocian a El por el bautismo, como piedras vivas que crecen hacia un sacerdocio regio; sacerdocio de Jesús que, al mismo tiempo, requiere la diaconia de otros hombres, vicarios y representantes de Jesús que, al participar del sacerdocio de Cristo, realizan el «minis­terio».

La función apostólica es la expresión máxima y la más profunda de esta colaboración a la obra salvífica de Cristo en su triple vertiente: evangelizadora, cultual y pastoral.

La sucesión de los Apóstoles, el presbiterio, los diáconos, son otras tantas maneras que hallamos en la Sagrada Escritu­ra para expresar la comunicación de un «ministerio», que es siempre instrumento en manos de Cristo invisible, que actúa en aquellos que recibieron la gracia sacramental por la im­posición de manos.

1 1 . Después de estudiar lo que las Sagradas Escrituras nos dicen sobre el «ministerio» y sus funciones, queremos ver la manera cómo los entendió y jerarquizó la Iglesia primitiva,

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Método de nuestro estudio 11

aleccionada por los Apóstoles, y cómo se manifiesta el sacer­docio en los Santos Padres y escritores eclesiásticos.

Continuará el estudio del sacerdocio y del sacramento del orden y de los grados clericales, según los han visto la re­flexión de los teólogos y el Magisterio de la Iglesia, que han explicitado la fe latente desde el principio.

12. De esta manera, siguiendo el orden histórico con que se presentan los documentos escriturísticos, patrísticos y teo­lógicos, a la luz del Magisterio auténtico eclesiástico, creemos acomodarnos a las indicaciones del decreto Optatam totius (n.16) acerca del estudio de la teología dogmática16. Nuestro método es, por consiguiente, fundamentalmente histórico, esto es, pretendemos abordar las cuestiones y tratar los problemas dogmáticos atendiendo al momento histórico, en que parece se presentan con más relieve. Mas para evitar repeticiones de lo que también podría tratarse en otros períodos de la histo­ria, y para dar mayor unidad a los problemas que discutimos, algunas veces recordaremos en un momento dado documentos o datos que, en rigor, pertenecen a otra época. Deseamos asi­mismo proponer largamente la problemática actual acerca del sacerdocio y el significado vital de las órdenes para la vida de la Iglesia y para el mismo sacerdote en particular, sin olvidar la dimensión ecuménica y espiritual que corresponde al «mi­nisterio» ejercido en nombre y en persona de Cristo.

Ante la abundancia de bibliografía y de materiales que han aportado los actuales estudios sobre el sacerdocio, forzosa­mente nos veremos obligados a la síntesis y al compendio, que, por otra parte, desean muchos estudiosos para hallarse orien­tados en orden a los ulteriores estudios que acerca del tema sa­cerdotal y ministerial proliferan sin cesar.

Pero esta síntesis y obligada brevedad deseamos que sea sin perjuicio de la necesaria y seria fundamentación científica, a la que nos debemos, y sin perjuicio de aquella visión perso­nal de los problemas y de la solución de los mismos que crea­mos la más acertada.

13. Sería ingenuo, sin embargo, pensar que todo lo que la teología preconciliar ha venido lucubrando acerca del sacer-

16 Para el comentario a este número permítasenos remitir a nuestro estudio Bases conciliares para la revisión de los estudios eclesiásticos. El De-

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12 Preliminares § 5. Método de nuestro estudio

docio carece ya de valor y que es menester arrinconarlo. No coincide tal manera de ver con la sabia conducta del Vatica­no II, que ha aprovechado todos los elementos antiguos apro­vechables (y son muchísimos) para ofrecernos, a la luz de los estudios bíblicos, patrísticos y litúrgicos recientes, una visión más purificada y profunda del episcopado y del sacerdocio. Prescindir de lo bien logrado y adquirido de los siglos ante­riores sería tener en menos aquella prudente continuidad en la enseñanza teológica que recientemente recomendaba Pablo VI a los teólogos 17. Si las enseñanzas del Magisterio auténtico merecen el respeto de todo teólogo y son norma para su in­vestigación, las opiniones de teólogos, por ilustres que sean, no dejan de estar sometidas a la crítica y deben valorarse se­gún la solidez de sus argumentos. El sano pluralismo de las opiniones no dejará de ser beneficioso para la ciencia teológi­ca si realmente, rehuyendo gratuitas afirmaciones, se miden y sopesan las razones.

creto «Optatam totius» n.13-18 : Salmanticensis 59 (1967) 429-478, sobre todo p.453-469.

17 L ’Osservatore Romano, 3 de julio de 1969, p .i (en la audiencia general del 2 de julio de 1969).

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P a r t e prim era

44M I S I O N ” Y 44M I N I S T E R I O ” EIV LA P R I M E R A I G L E S I A

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E L SACERDOCIO A N T E S D E CRISTO

I. El sacerdocio en las religiones paganas 114. En diferentes pueblos de la antigüedad aparece la

figura del sacerdote identificada en su más alta jerarquía con la persona del jefe político o nacional.

Así, entre los egipcios el faraón era el sumo sacerdote. Pero había además una casta sacerdotal, sagrada, en la cual se trans­mitía el sacerdocio por herencia de padres a hijos. Para reali­zar cumplidamente su oficio de pronunciar y decir bien y de modo inteligible las oraciones, debían tener una «voz justa» y acomodada. La entrada en lo más íntimo del santuario se reservaba al principal de ellos. Y es de notar que se les pres­cribía una vida ascética y la abstinencia de relaciones sexuales cuando estaban en funciones sacerdotales.

San Jerónimo, al ponderar las ventajas de la abstinencia en los manjares, refiere de los sacerdotes egipcios que, dejando todos los negocios y cuidados del mundo, permanecían en el templo; «contemplaban la naturaleza y las causas y movimientos de los astros; nunca se mezclaban con las mujeres; nunca veían a los parientes, ni siquiera a los hijos, desde que comenzaban a dedicarse al culto divino; se abstenían de carnes y de vino..., sobre todo por el apetito libidinoso que proviene de estos man­jares y de esta bebida...»2

15. Entre los babilonios también el rey era el sumo sacer­dote o «vicario» de la divinidad. Se contaba asimismo con la

1 G. P laum an n , art. Hiereis (iepels), en Pa u l y -W issow a , Real-Ency- clopádie der classischen Altertumswissenschaft VIII (1913) I41 1 - I457J W. F o erster , art. iepeús, en G. K it t e l , ThW N T III (1938, 195°) 257~ 265; G. S c h ren k , art. ápxiepeús: ibid., III 265-284; M. G arcía C ordero , Sacerdocio: Enciclopedia de la Biblia (1963) VI 307-309; A. R omeo, Enci­clopedia del Sacerdozio (diretta da G. Cacciatore) (Firenze 1953) H C;T (El sacerdocio en la humanidad) p.289-391; traducción española (Madrid 1957) t.2 vol.i p .1-133 (c.i); A. A n w a n d er , Die Religionen der Menschheit (Freiburg i. B. 1927), con abundante bibliografía, p.547' 559: M. G u er r a , La función sacrificial, definitoria del sacerdocio, en las religiones étnico-políticas, en «Teología del sacerdocio» II (Burgos 1970) P-247' 3° 9-

2 Adv. Iov. 2 ,13 : P L 23,316.

Capítulo I

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casta sacerdotal, hereditaria como entre los egipcios, para ser­vir en los santuarios. Cultivaban también la astrología y uno de ellos era como el adivino o consultor en la voluntad de los dioses.

Entre los árabes (tribus guerreras), el sacerdote hacía de custodio del santuario, mientras la tribu se dedicaba a sus in­cursiones y correrías. En el sur de la Arabia se encuentra también desempeñando el oficio de sacrificador.

No consta de una casta sacerdotal entre los cananeos, pero se supone que existían sacerdotes que hacían las libaciones, etc.

Entre los árameos, el sacerdote tenía por nombre kómér.

E n la cultura griega 3

16. En Homero4 aparece la palabra íspeus casi con el mismo significado de licams, indicándose así en el término íepeús un significado afín al de adivino. Hesiquio junta en el sacerdote el oficio de sacrificar con el de adivinar 5. Se creyó en Grecia que el sacerdote y el adivino poseían fuerza o vir­tud interior para tratar y mediar con la divinidad y con lo santo. El conocimiento del futuro le vendría al sacerdote de su más estrecha relación con lo divino.

Pero también los jefes de familia, de una tribu o de una raza, de una comunidad o de una ciudad, aparecen ofreciendo sacrificios. Aun el laico, sin especial formación o preparación sacerdotal, podía ofrecer purificaciones y expiaciones6. Nés­tor ofrece solemne sacrificio a Atenas; en la descripción mi­nuciosa no aparece un sacerdote7. Por esto la función sacri- ficadora no aparece como exclusiva de una sola casta, aunque sí propia de ella.

También era propio de los sacerdotes el cuidado de un santuario adscrito a una divinidad determinada; de ahí que aparezcan los sacerdotes de un dios determinado: de Júpiter, de Apolo, etc.

Hablando en líneas generales, no había entre los griegos

3 P a u l y -W issow a , Real-Enciclopádie der classischen Altertumswissen- schaft VIII (1913) 14 11-1457 ; K it t e l , ThW N T III 257SS.

4 Ilíada 1 ,6 2 ; 2 4 ,22 1.5 igpeús: ó 6ióc Sucncov pccvTOfópevos (sacerdote: el que adivina mediante

los sacrificios). Cf. ThW N T 3,257.6 Ibid.7 Odisea 3 ,430ss; P a u l y -W issow a , 8 ,14 12 .

16 P.I c.l § 1. El sacerdocio en las religiones paganas

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17

una raza o casta sacerdotal, como la tribu de Leví entre los judíos; pero había, sin embargo, funciones sacerdotales reser­vadas a ciertas familias aristocráticas y transmitidas como he­rencia.

Platón habla del «género de los sacerdotes» en la estructu­ración que hace de la ir ó Ais, y a ellos atribuye el oficio de ofre­cer sacrificios y oraciones. Aristóteles atribuye al oficio sacer­dotal el cuidado de lo concerniente a la divinidad 8.

17. En la Stoa (que comienza alrededor del a.300 antes de Cristo) hallamos en Zenón, de la antigua Stoa, una defini­ción del sacerdote, según la cual éste debe tener conocimiento y experiencia del culto, «experimentado - (epueipós) en las le­yes tocantes al sacrificio». Entre las cualidades morales del sacerdote sobresalen su piedad y el interioi izarse en la natu­raleza divina, en lo cual ven el fundamento para su disposi­ción mántica. Por la piedad llega a la ciencia del servicio di­vino. Y así, culto y piedad del sacerdote están en relación 9. La verdadera sabiduría y prudencia debe ser propia del sacer­dote 10.

Por donde se ve que el oficio sacerdotal, uno de cuyos actos más frecuentes era el ofrecer sacrificios y oraciones a los dioses, se junta fácilmente con el oficio profético de conocer y manifestar la voluntad y designios de los dioses.

Platón resume 11 en tres condiciones las cualidades del sacerdote que se hace cargo de un santuario: carencia de defecto corporal, genuina ascendencia y estar libre de críme­nes que manchan.

Entre las prescripciones de pureza se menciona la castidad, que en muchos cultos era exigida 12 bien directamente como virginidad, bien al menos como continencia sexual en el tiem­po del oficio sacerdotal13.

«Para explicarlo, dos razones sobre todo vienen en conside­ración: por una parte, la creencia comúnmente extendida de que el comercio sexual hace impuros, y por otra, la represen­

8 P la tó n , Polit. 290c.fi; A r ist ó t e l e s , Pol. VII 8 p.i328b.i2f: ThW N T 3.258.

9 Cf. ThW N T 3,258.10 Ibid. 258S.1 1 Leg. VI 759c.12 P a u l y -W issow a , 8,1418.13 Ibid.

En la cultura griega

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18

tación de que los que ejercitan funciones sacerdotales son con­siderados dignos de la frecuencia (ouvoucríoc) con la divinidad, y por ello deben abstenerse del amoroso comercio humano» 14.

«A estas dos razones se agrega la tercera, aunque más se­cundaria: la creencia de que la castidad proporciona una fuer­za especial» 1S. Aunque se discuta 16 el alcance, la interpreta­ción última y total, y la extensión o envergadura de estos motivos, no por ello deja de tener, a nuestro juicio, un signi­ficado histórico positivo en muchos casos para promover la castidad, esta exigencia de la continencia sexual en orden al correcto desempeño de la función sacerdotal.

18. En el judaismo helenístico que se manifiesta en los escritos de Filón Alejandrino (ca. 25-10 a. Ch.-post 40 p. Ch.), el sacerdote es símbolo del Logos, de la razón. Por eso usa la expresión ó iepsus Aoyos. Y de ahí que la imagen ideal del sabio en la Stoa venga influenciada por la imagen sacerdotal. El sacerdote tiene que llevar vida sin mancha. La carencia de taras y defectos corporales es símbolo de su perfección en el alma 17.

Para Filón, el pueblo judío tiene rango sacerdotal dentro de la humanidad a causa de su pureza y consagración por me­dio de la Ley 18. La legislación es una preparación para el sacerdocio 19.

Resum en

19. En las religiones paganas el oficio sacerdotal era el de mediador o de puente (pontífice) entre el Dios inaccesible y trascendente, por una parte, y el hombre débil y limitado, por otra. La mediación se realizaba mediante la oración y, sobre todo, mediante el sacrificio.

El oficio de vidente o adivino, manifestador de los divinos oráculos, era también propio del sacerdote, pero no alcanzó en estas religiones un carácter tan marcado como en Israel (cf. n.26-28) y como en el cristianismo, cuya misión evange-

14 ibid.15 Ibid., 1419.16 Ibid.1 7 Spec. Leg. I 8os.i g Spec. Leg. II 163S.19 Ibid., 164; cf. ThW N T 3,259. Sobre el pensamiento de Filón,

en lo tocante al sumo sacerdote, véase más abajo n.32s.

P.l c.l § 1. El sacerdocio en las religiones paganas

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Sacerdocio entre los hebreos 19

lizadora, para anunciar la buena nueva, debía alcanzar tanta importancia en orden a salvar al hombre mediante la fe, el bautismo y los sacramentos (cf. Mt 28,18; Me i6,i5s; Le 22, 19; 1 Cor 11,34; Jn 20,23,..).

En aquellas religiones, propias de cada nación, no había un mensaje particular para aceptar o transmitir; el pertenecer a ellas venía dado por el hecho de haber nacido en tal país o raza; ni tenía lugar, por consiguiente, una previa evangelización como fue preciso en el cristianismo.

II. El sacerdocio entre los hebreos 20

En la época de los patriarcas

20. En la Biblia se mencionan funciones sacerdotales que vienen ejercitadas por los mismos jefes de familia. Noé, después del diluvio, levanta un altar para Yahvé y, tomando de todos los animales y aves «limpios», ofrece holocaustos sobre el altar (Gén 8,20). Abrahdn, .después de contemplar la tierra de pro­misión, edifica altares al Señor e invoca en uno de ellos el nom­bre de Yahvé (Gén 12,73); también sacrifica diferentes animales después de recibir la promesa divina de una descendencia como las estrellas del cielo y de la tierra que poseería (Gén 15,5-18). Isaac, asimismo, edifica un altar en Bersabée e invoca allí el nombre del Señor, después que éste le apareció y confirmó las promesas hechas a su padre Abrahan (Gen i 5>23-25)‘ Jacob, reconciliado con Esaú, fija sus tiendas en Salem, y, «habiendo levantado allí un altar, invocó sobre él al Dios fortísimo de Is­rael» (Gén 33,20).

La Biblia conoce también sacrificios ofrecidos por el jefe político o rey, como era Melquisedec, que juntaba en sí la digni­dad real y la sacerdotal (Gén 14,18) y ofreció a Abrahány a sus soldados pan y vino, después de la victoria de éstos, y después de sacrificar aquellos manjares al Dios Altísimo, de quien era

20 H. L e sé t r e , art. Prétre: DictBibl 51640-662; A. R omeo, El sacerdo­cio en Israel: Enciclopedia del sacerdocio II vol.i c.2 p.291-498; M. G a r ­cía C ordero , art. Sacerdote: Enciclopedia de la Biblia VI 3 11-3 14 ; R- DE V au x , Le sacerdoce de TA.T.; Verbum salutis 46 (1936) i 29_I47> L e - sé t r e , art. Grand-Prétre: DictBibl 3. 295-308; L . L e l o ir , Valeurs per­manentes du sacerdoce lévitique: NouvRevTh 92 ( i97°) 246-266; A. C o dy, A history of oíd Testament priesthood (Roma 1969); P. P. Z erafa , II sacerdo- zio nell'Antico Testamento: Sacra Doctrina n.60 (1970) 621-658.

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sacerdote (Gén 14,18) 21. Melquisedec, como sacerdote, tam­bién bendice a Abrahán (Gén 14,19). En la tierra de Madián, un sacerdote, Jetró, será el suegro de Moisés (Éx 2,ióss; 3,1).

Aun antes de la solemne legislación mosaica se conocen en Israel «los sacerdotes que se acercan a Yahvé», pero que deben «santificarse» y no pasar los limites establecidos (Ex 19,22-24). También Moisés, jefe del pueblo, «levantó un altar en la raíz del monte» Sinaí (Ex 24,4) y por medio de «jóvenes de los hijos de Israel» ofreció con ellos holocaustos y víctimas pacíficas a Yahvé (Ex 24,5ss). Estos «jóvenes», que ejercen funciones sacer­dotales, pueden ser, a juicio de San Jerónimo 22, los «primogéni­tos» de las familias israelitas, que después serían sustituidos por los «levitas».

P-I c.l § 2. El sacerdocio entre los hebreos

Sacerdocio mosaico

21. El sacerdocio entre los israelitas viene ejercido por el hermano de Moisés, Aarón, y por los hijos de éste. Yahvé es quien los llama al sacerdocio (Ex 28,1) y es quien describe la indumentaria del sumo sacerdote (Ex 28,2-39) y de sus hijos (Ex 28,40-43). También Yahvé preceptúa minuciosamente el rito de la consagración de los sacerdotes (Ex 29,iss). La tribu de Leví será la destinada, como casta sacerdotal, para auxiliar al sumo sacerdote.

L a persona de los sacerdotes

22. Para el sacerdocio mosaico se exigía cierta perfección corporal y externa, en orden a prestigiar ante los israelitas al ministro de Yahvé. Son minuciosas las prescripciones del Leví-

• ' j b reaüdad del sacrificio del pan y del vino, ofrecido por Mel- qmsedec, además de que se introduce a Melquisedec como sacerdote, y el oficio propio de éstos es el de sacrificar, está sobre todo la tradición patrís­tica, que ha visto unánimemente aquí un sacrificio tipo del sacrificio euca­ristía). L.I. C. B a r d y , Melchisédec dans la tradition patristique: RevBibl 35 (1926) 496-509; 36 (1927) 25-4 5 ; C a rd en a l T oledo , Tractatus de Mel- chisedec: ArchTeolGranad 3 (1940) 1 18 - 14 9 ; R. C aldos, Melquisedec en la patrística: EstEcl 19 (1945) 2 2 1-2 4 6 ; F. A sen sio , El recuerdo de Mel- qmsedec en Suarez: EstEcl 22 (1948) 4 07-4 17. El sacrificio ofrecido por Melquisedec parece deducirse o suponerse en el concilio Tridentino, se­sión 22 ( 17 de septiembre de 1562), Doctrina de.ss. missae sacrificio c .i: D z 1739S (938); y se ha enseñado durante siglos con la liturgia de la misa, en el canon romano, en una de las oraciones después de la consagración aludiendo al sacrificio de Melquisedec.

22 Epist. 73,6: PL 22,680.

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Sacerdocio mosaico 21

tico a este propósito. También la limpieza externa y evitar todo contagio con lo «impuro»; ni con los cadáveres de sus conciu­dadanos, a menos que fueran de parientes muy cercanos (Lev 21,1-4).

A Aarón se le dijo por Moisés en nombre de Dios: «Ningu­no de tu estirpe, según sus generaciones, que tenga una defor­midad corporal se acercará a ofrecer el pan a su Dios. No se acercará a servirle si fuere ciego o cojo o monstruoso; tampoco si quebrado de pie o de mano, si jorobado o enano, si bisojo, sarnoso, tinoso o herniado. Todo descendiente de Aarón que tuviere deformidad corporal no se acercará a ofrecer sacrificios a Yahvé ni panes a su Dios; podrá, sí, alimentarse con los pa­nes que se ofrecen en el santuario, pero de modo que no entre detrás del velo ni se acerque al altar. Porque tiene defecto y no debe contaminar su santuario. Yo, Yahvé, que los santifico» (Lev 21,17-24).

Estas exclusiones del oficio sacerdotal serán el anticipo de las futuras exclusiones eclesiales provenientes de las irregulari­dades por defecto corporal 23. El atuendo de su mismo exterior debían cuidarlo en su cabellera, barba y en sus vestidos, sin hacerse incisiones (Lev 21,5; cf. Lev 10,6); estaban consagrados a su Dios y debían mirar por el honor de Aquel a quien repre­sentaban, porque «ofrecían el incienso del Señor y los panes de su Dios» (Lev 21,6).

Condiciones para su oficio

23. La consagración sacerdotal de Aarón y de sus hijos, que le suceden en el sacerdocio, son objeto de minuciosa descrip­ción en el Exodo (29,1-37; 30,30-33; 40,i2ss) y en el Levítico (8,2-36). Son ritos de purificación y lavatorio, de imposición de vestiduras e insignias sagradas, de unción con el aceite aroma­tizado (Ex 30,22-25), de sacrificio y de expiación con la asper­sión de la sangre...

Los vestidos del sumo sacerdote eran la túnica que se ceñía al cuerpo, la sobreveste y el efod ceñido con el cinturón, el pectoral con los urim y tummim, la tiara y la diadema de oro para la ca­beza (Ex 29,5s; Lev 8,7-9) 24. Todo debía contribuir al esplen­dor de la casta sacerdotal delante del pueblo.

23 Codex Iuris canonici en. 984,2.°.24 Para los demás sacerdotes cf. Ex 29,8; Lev 8,13.

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22

Una edad de cierta madurez, incluyendo cierta robustez cor­poral, se exigía a los levitas, a saber, desde los treinta a los cin­cuenta años (Núm 4,3.23.47; 1 Par 23,3). Más adelante leemos que ministraban desde los veinticinco años hasta los cincuenta, en que, cumplida esta edad, se les encomendaban encargos de vigilancia (Núm 8,24-26).

Respecto de los sacerdotes descendientes de Aarón, la Ley no determina la edad.

Con el avanzar del tiempo, David, ante la multitud de los descendientes de Aarón, dividió en 24 órdenes o turnos a los sucesores de Eleazar y de Itamar, para que por orden y suerte ejercitaran el ministerio sacerdotal (1 Par 24,1-19; 2 Par 8,14). También se establecieron órdenes en el ministerio de los levitas y otros oficiales del templo (1 Par 24,20ss). En los tiempos de Esdras, después de la cautividad, sólo se mencionan cuatro gru­pos de familias sacerdotales (Esd 2,36-38).

Ingresos para el sostenimiento

24. Cuando se distribuyó la tierra prometida, después de la conquista de Canaán, se designaron 48 ciudades con sus al­rededores para la tribu de Leví, y 13 reservadas en particular para los sacerdotes, más cercanas a Jerusalén (Núm 35,1-8; Jos 21,1-40).

A la tribu de Leví no se le designó región especial de Pales­tina en posesión, sino los sacrificios y las víctimas ofrecidas a Yahvé; ésta era su heredad, como Yahvé había hablado a Aarón. «Yo soy tu heredad [xAípos] en medio de los hijos de Israel» (Jos 13,14 ; Núm 18,20). Sacerdotes y levitas vivían, por consi­guiente, de las cosas dedicadas al culto y a Yahvé: las primi­cias de la cosecha (Núm 5,9; 18 ,13; Dt 26,11), los diezmos (Núm 18,21-24; Dt 26,12), el rescate de los primogénitos (Ex 13 ,13 ; 22,29), ciertas expiaciones o compensaciones por los pe­cados (Núm 5,6-8), proventos de los votos o promesas de los israelitas (Núm 18,14; cf. Lev 27,28). Los sacerdotes recibían su parte en los sacrificios por pecado y por delito (Lev 7,7; Núm 18,9), en las oblaciones de Yahvé (Lev 2,1-3), en los pa­nes de la proposición (Lev 24,9), en las víctimas pacíficas (Lev 7,30-34); también en los holocaustos se les reservaba la piel de la víctima. Los sacerdotes debían consumir frecuentemente es­tos manjares en el lugar santo (Lev 24,9).

P.I c.l § 2. El sacerdocio entre los hebreos

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Sacerdocio mosaico 23

25. El oficio de ofrecer sacrificios es el que más queda significado y marcado como propio de los sacerdotes de Israel. El sacerdote tenía parte esencial como mediador entre el hom­bre del pueblo, que quería ofrecer algo a Dios, y Yahvé, a quien se le ofrecía. Los sacrificios y las oblaciones incruentas se pre­sentaban a Dios por medio de los sacerdotes (cf. Lev 1,5-9 .11- 13 .15 -17 ; 2,2s.8-10.16; 3,2-5.8.11-16; 4 ,5-12.16-21...). El Ecle­siástico (45,7ss) se complace en describir la gloria de Aarón «para desempeñar el sacerdocio... A él lo eligió el Señor para ofrecer el sacrificio a Dios, el incienso y el buen olor... en orden aplacarle en favor del pueblo» (v .iqs).

El ministerio sacerdotal de los descendientes de Aarón, cuando éstos fueron numerosos, duraba por turno una semana, entrando en la tarde del sábado hasta el sacrificio matutino del sábado siguiente (cf. 2 Par 23,5). Por suerte se determinaba quién debía ofrecer el sacrificio del incienso (cf. Le 1,8-10). No debían beber vino ni bebidas inebriantes en el tiempo de su oficio sacerdotal (Lev 10,9).

Los sacerdotes participaban en las guerras y oficios públi­cos, tocando las trompetas (Núm 10,8; 31,6) y arengando antes de la batalla (Dt 20,2-4).

26. Era también propio de los sacerdotes enseñar la Ley (Lev 10 ,ios); la enseñaron en tiempo del rey Josafat (2 Par 17, 8s). En la bendición profética de Moisés, antes de morir, había dicho a los de Leví: «Ellos enseñarán tus juicios a Jacob y tu Ley a Israel y pondrán el timiama ante ti y el holocausto en tu altar» (Ex 33,10), indicándoles a los sacerdotes el oficio de en­señar la Ley, junto con. el sacrificio. La palabra kohén (sacer­dote) viene del árabe kahin (vidente, adivino); también en el sacerdote se halla el carisma de contemplar en visión la vo­luntad de la divinidad. Pero en Israel, depositario de las pro­mesas y de los oráculos divinos, el oficio profético era el encar­gado primariamente de la transmisión del mensaje; el oficio sacerdotal miraba principalmente el culto 25.

27. En el período de los reyes, y bajo la protección de los mismos reyes, florece el sacerdocio en Israel. El culto se ejercita

25 En el Levítico no se señala a los sacerdotes y levitas función didác­tica para el pueblo.

Ministerio de los sacerdotes

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24 P,1 c.l § 2. El sacerdocio entre los hebreos

principalmente en el santuario de la alianza, que recuerda lo pactado entre Yahvé y su pueblo; en Jerusalén, sobre todo, y en su templo de Sión. Allí florece el culto y aparece un derecho sacerdotal. Trono y altar se apoyan mutuamente, y promocio- nan sobre todo los centros de culto y los sacerdotes que los sirven. El servicio de los sacrificios sobrepasa el de los oráculos y explicaciones de la Ley.

La centralización del culto echa hondas raíces bajo la re­forma del rey Josías el año 622. Se insiste entonces en que los levitas son los portadores de la tradición mosaica; en que se debe renunciar al culto de los falsos dioses y a la superstición; también a la indisciplina cultual. El único lugar legítimo del culto es el templo de Yahvé en Sión. Abundan los sacrificios, mucho más que la enseñanza de los mandamientos de Yahvé. Ni faltan profetas que critican este culto por su carácter mera­mente externo.

Durante el período que va desde la ruina y cautiverio hasta la vuelta del destierro babilónico (a.586-538). los sacerdotes desplegaron gran actividad para recoger y ordenar las Escritu­ras. El culto oficial es en Ezequiel y en el libro de los Paralipó- menos oficio de sacerdotes.

28. A la vuelta del exilio, Esdras estableció, juntamente con la Ley, el orden de la nueva comunidad en Jerusalén. Allí debía realizarse el sacrificio único en el templo único y central. Las prácticas y los derechos sacerdotales son objeto de ordena­ciones jurídicas.

Pero los profetas reprendieron a los sacerdotes por su poco celo del honor divino (Is 28,7; Ez 22,26; Os 5,iss; 6,6) y, en concreto, de la Ley (Os 4,6.9; Miq 3 ,1 1 ; Mal, 2,7s).

Malaquías los censura porque ofrecen pan manchado y víc­timas viciadas (animales cojos y débiles) (Mal 1,6-10).

El sacerdote tenía que velar sobre la Ley de Yahvé. Pero aparecen también entonces los «escribas». El escriba somete al sacerdote a ser controlado por lo ya escrito y por las explica­ciones de la Ley cuando ésta las necesita 26. Con el tiempo crece la importancia del ypapgaTeús sobre la del íspeús, porque aqué­llos son expositores de la Tora e instruyen aun a los mismos sacerdotes. Estos conservan, sin embargo, posición aristocrá-

26 ThW N T 3,261.

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25

tica y gran influjo social por su servicio en el templo y su par­ticipación en el Sinedrio, no obstante la mala fama en que éste cayó 27.

En tiempo de Jesús

El sacerdocio en tiempo de Jesús

29. Los sacerdotes ordinarios y del común estaban sepa­rados de los sumos sacerdotes en lo tocante a la dignidad y con­sideración social. Formaban una clase dentro del pueblo judío. El oficio sacerdotal les había venido por herencia, y vivían en sus regiones o pueblos; pero actuaban sacerdotalmente en el templo dos semanas en el año y en las tres festividades en que todo buen israelita peregrinaba a Jerusalén 28. En comparación con el sumo sacerdote (ápxiepeús) y con los doctores de la Ley, tenían poca importancia.

Cuando en la Escritura se mencionan «sacerdotes y levitas» (1 Par 9,2; Ez 43,19; 44,i5)> se entienden los sacerdotes del género levítico (así en Dt 17,9; 24,8; 27,9; Jos 21,4). Pero tam­bién se pueden señalar dos clases conjuntamente, «sacerdotes y levitas»; dos estratos o categorías del oficio (cf. 3 Re 8,4; Is 66,21; Jer 33,18.21; Ez 44,ioss) separando los servicios superio­res y los inferiores 29.

Hay un sacerdote dél Antiguo Testamento, Zacarías, padre de Juan el Bautista, que recibe la revelación del Nuevo Tes­tamento (Le i,5ss.76-79).

Los sumos sacerdotes parecen haber formado un colegio con las funciones directivas, judiciales y administrativas del culto y del templo. Como hemos insinuado (n.28), tenían asien­to y voz en el Sinedrio. El jefe del templo 30 era el que seguía en dignidad al sumo sacerdote principal 31; otros eran los altos funcionarios del templo.

30. En los Evangelios y en Act ocurre 62 veces la expre­sión ápxiep£íS en plural, y solamente 38 veces en singular, ápxiepeús 32. A veces se trata de una abreviación de todo el

27 Cf. St ra c k -B il l e r b e c k , Kommentar zum N.T. aus Talmud und Mi- drasch I 853; II 45.66ss.182.569: ThW N T 3,262.

28 Cf. ThW N T 3,262.29 Cf. ibid.30 Cf. Act 4 ,1; 5,24.26; J osefo , Antiq. 20,131.31 Cf. G. Schrenk, art. ápxiepeús: ThW N T 3,27os.32 Ibid., 271.

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26

Sanedrín, que en realidad constaba de sumos sacerdotes, an­cianos y doctores de la Ley (cf. Mt 27,1; Le 22,66).

Jesús en el Evangelio reconoce la autoridad de los sacer­dotes, pues encarga que se muestren a ellos los curados de lepra para guardar la Ley (Mt 8,4; Me 1,44; Le 5,14; Le 17,14; cf. Lev 13,49), Y que ofrezcan sacrificios. Se trata también de dar ante los sacerdotes «testimonio» del propio poder y de su me- sianidad.

Pero, no obstante este reconocimiento del oficio sacerdotal, el samaritano misericordioso es presentado por Jesús en Le 10, 3iss como superior al sacerdote y al levita.

Es también de San Lucas (Act 6,7) la mención de la «gran multitud de sacerdotes» que obedecerán a la fe.

Se diría que San Lucas atiende al cambio sacerdotal que se va a obrar en el Nuevo Testamento. Guando, años adelante, quede destruido el templo (a.70), que concentraba la atención cultual de los israelitas y era el lugar de los sacrificios, los sacri­ficios ya no podrán celebrarse. Y aunque el sacerdote conserve su rango de honor y se le llame para que lea la Escritura en la asamblea y para que reciba las primicias y bendiga..., en reali­dad el doctor de la ley estará en el centro de la comunidad; el rabino prevalecerá sobre el sacerdote. La Tora sustituirá prác­ticamente al templo, al sacrificio y al sacerdote 33.

31. Jesucristo no ha utilizado frecuentemente comparacio­nes del oficio sacerdotal, aunque sí se ha designado como más importante que el templo (Mt 12,6) y vindica su libertad res­pecto del sábado (Mt I2,2ss). No puede decirse que nunca se haya designado como sacerdote, porque, al atribuirse a sí evi­dentemente el salmo mesiánico 109 (cf. M t 22,44ss), implícita­mente acepta y manifiesta la dignidad sacerdotal del Mesías, hijo de David, afirmada y manifestada en ese salmo: «Tú eres sacerdote para siempre según el orden de Melquisedec» (Sal 109,4).

Jesús ha aceptado el título de Sacerdote, y ha ejercido fun­ción sacerdotal estricta y sacrificadora en la última Cena (Mt 26,26-28; Me 14,22-24; Le 22,i9s; 1 Cor 11,23-26); así como también aceptó los títulos de Profeta (Jn 5,46; cf. Dt 18,15-18) y de Rey (cf. Jn 1,49; 12 ,13 ; 18,33-37; Mt 13,41; 2 1 , is; 25,34. 40; 27,n s ; Le 19,38; 23,42...).

33 Cf. art. íspsús: ThW N T 3,2623.

P.I c.l § 2. El sacerdocio entre los hebreos

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En Filón y en Heb 27

32. No faltan en Filón restos de la mentalidad judia his­tórica al describir la función del sumo sacerdote. Este tiene función mediadora y es el representante del pueblo, y en la ex­piación está junto a su pueblo 34, al mismo tiempo que pertenece a Dios 35; y durante su acción y función sagrada sobrepasa en dignidad no sólo a los laicos, sino también a los reyes. Este carácter mediador se acentúa con la especulación filónica del «Logos» 36.

El sumo sacerdote no tiene pecado 37; es el ideal estoico del «sabio». También influye en esta concepción inmaculista del sumo sacerdote la doctrina del Logos 38.

E l sumo sacerdote levítico según H eb

33. Tiene que ser llamado por Dios (Heb 5,4-6). No se arroga por su cuenta tal dignidad.

Representa al pueblo ante Dios y esta ante Dios en su oficio y servicio (Heb 2,17; 5,1); solidario con la humanidad (Heb 5, iss), puede moderar la propia indignación por los pecados (Heb 5,2), acordándose de su debilidad.

Su propio oficio es ofrecer sacrificios cruentos e incruentos por los pecados (Heb 5,1; 8,3; 10 ,n ) para expiación (Heb 2,17).

Sin sangre no hay expiación (Heb 9,17; cf. v. 18-22). Todo esto del A .T . vale también para Cristo, con las limitaciones del A .T . 39.

El «sumo sacerdote» en Filón

C apítulo II

SACERDO CIO E N E L N U EVO T EST A M EN TO

34. Si en el Antiguo Testamento el sacerdocio venía ejer­cido por múltiples personas, que pertenecían a la tribu y casta sacerdotal de Leví, en el Nuevo Testamento hay un Sacerdote por antonomasia y un sacerdocio único que reemplaza, sin suce-

3 4 Spec. Leg. I 229.3 5 Spec. Leg. I 114 .36 Art. ápxi£p£ s: ThW N T 3,2728.3 7 Cf. Lev 16,6, donde se dice que tiene que ofrecer por sus pecados.3 8 Art. ápxiEpsús: ThW N T 3,273.39 Ibid., 277S.

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derle, al sacerdocio del A .T . El verdadero Sacerdote del N .T. es Jesucristo.

No podemos dejar de señalar, aunque sea brevemente, los fundamentos bíblicos de este sacerdocio de Cristo, puesto que en él está la base y el origen de todo lo que hemos de decir sobre el sacerdocio del N .T. Los sacerdotes del N .T. participan del sacerdocio de Jesucristo sin sustituirlo ni multiplicarlo. Pero esto no podrá entenderse ni explicarse suficientemente si antes no recordamos cómo es el oficio sacerdotal del Pontífice de la Nueva Ley.

Dejaremos, sin embargo, para los tratados cristológicos el estudio dogmático y especulativo de Jesucristo Sacerdote.

I. Jesucristo, sacerdote del Nuevo Testamento 1

E n la epístola a los H e b re o s

35. La epístola a los Hebreos es una explicación y exalta­ción del sacerdocio de Jesucristo, único sacerdocio del Nuevo Testamento, como está dicho.

1 G. Sc h r en k , art. ápxispsús: ThW N T 3,274-284; R. R ábanos, Sacer­dote a semejanza de Melquisedec, 2.a ed. (Salamanca 1961); A. N avarro , El sacerdocio redentor de Cristo (Salamanca 1958); H. Z im m erm an n , Die Hohe- priester. Christologie des Hebráerbriefes (Paderborn 1964); J. B o n sir v en , Le sacerdoce et le sacrifice de Jésus-Christ d’aprés l’ épitre aux Hé- breux: NouvRevTh 66 (1939) 641-660.769-786; J . T r in id a d , De sacerdo- tio Christi in epist. ad Heb.: Verbum Domini 19 (1939) 180-186.207-212;J. L é c u y e r , Le sacerdoce chrétien et le sacrifice eucharistique selon Théodore de Mopsueste: RechScRel 36 (1949) 481-516; Id ., Le sacerdoce céleste du Christ selon Chrysostome: NouvRevTh 82 (1950) 561-579; R. G aldos, Je ­sucristo, Sacerdote eterno según el orden de Melquisedec: MiscCom 2 (1944) 35-53: P* Pá r e n t e , II sacerdozio di Gesú Cristo: Enciclop. del sacerdozio (G. Gacciatore) II c.4 p.581-601; trad. española p.361-385; P. T eodorico da C a st el S. P iet ro , II sacerdozio celeste di Cristo nella lettera agli Ebrei: Gregorianum 39 (1958) 319-334; J. M. B over , De oblatione Christi caelesti secundum epist. ad Heb.: Verbum Domini 1 (1921) 161-166; A. V a n h o y e , De «aspectu» oblationis Christi secundum epist. ad Heb.: Verbum Domini 37 (1 959) 32-38; H. M. E st ev e , De caelesti mediatione sacerdotali Christi se­cundum Heb 8,3-4 (Matriti 1949); P. M. G a lo p ín , Le sacerdoce du Christ dans l’Ep. aux Hébreux: BVieChrét 30 (1959) 34-44; G . P é r e z , art. Sacer­docio de Cristo: Enciclop. de la Biblia VI 309-311.

Señalemos también J. C olson , Ministre de Jésus-Christ ou le sacerdoce de l'Évangile (Paris 1966) p.99-109; M. T h u r ian , Sacerdoce et ministére (Taizé 1970) p.17-54; J. L é c u y e r , Le sacerdoce dans le mystére du Christ (Paris 1957) p.9-20 (c.i); A. V a n h o y e , Le Christ, grand-prétre selon Héb 2, 17 -18 : NouvRevTh 91 (1969) 449-474; J. L osada, El sacrificio de Cristo en los cielos según Orígenes, en «El sacerdocio de Cristo y los diversos grados

28 P.I c.2 § 1. Jesucristo, sacerdote del N.T.

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En la epist. a los Hebreos 29

Cristo es presentado en Heb como superior de los ángeles (Heb 1,5-2,18) y superior a Moisés (3,1-4,13). Por eso la media­ción de Cristo:

a) es superior a la mediación de los ángeles y de Moisés, máximos exponentes de la Antigua Ley;

b) también el sacerdocio de Cristo es superior al sacerdocio levítico (4,14-7,28);

c) el sacrificio de Cristo con que ha ejercitado su sacer­docio está muy por encima de todos los sacrificios antiguos (8,1- 10,18).

Estos son los pensamientos principales y los rasgos funda­mentales que ensalzan la persona y el sacerdocio de Cristo, como pensamientos dogmáticos y doctrinales que presiden la carta a los Hebreos 2.

Este nuevo Sacerdote ya no es de la tribu de Leví, sino de la tribu de Judá. Porque el Mesías o Ungido, ungido también con la unción sacerdotal, sería de la tribu de Judá (cf. Gén 49, 10; Mt 2,6; Jn 7,42; Heb 7,14; Apoc 5,5).

La vocación divina de Jesucristo para el sacerdocio viene dada por el llamamiento a la unión hipostática. «No se glorificó a sí mismo, constituyéndose Pontífice, sino el que le ha dicho: Hijo mío eres tú, yo hoy te he engendrado [Sal 2,7]» (Heb 5,5). Como

de su participación en la Iglesia» (Madrid 1969) p.199-212; J. A lonso , Cómo y cuándo entra dentro de la línea del mesianismo clásico el aspecto sacer­dotal, ibid., p.5-18; E. L lam as, Juan de Yanguas, O.P. ( f 1627) y su obra sobre el sacerdocio y la realeza de Jesucristo, ibid., p.235-269, sobre todo p.250-269, acerca del sacerdocio de Cristo. Acerca de la doble unción sacer­dotal de Jesucristo (en la encarnación y en la vida pública: bautismo y en la sinagoga, «hodie impleta est...»), véase J. L é c u y e r , La gráce de la con- sécration épiscopale: RevScPhTh 36 (1952) 390-395.

2 Nos remitimos a M. N ico lau , Carta a los Hebreos, Introd. n.6 (plan de la carta): La Sagrada Escritura. Nuevo Testamento III, 2.a ed. (Madrid X967) p.io. Sobre la composición y estructura de la carta a los Hebreos puede verse L . V a g a n a y , Le plan de l’Epítre aux Hébreux: Mémorial La- grange (Paris 1940) p.269-277; sobre todo A. V a n h o y e , De structura-litte- raria Epistolae ad Hebraeos: Verbum Domini 40 (1962) 73-80; y del mis­mo autor, La structure littéraire de l’építre aux Hébreux (Paris-Bruges 1963). Para A. Vanhoye, el autor de esta epístola: a) compone de una manera muy consciente y utiliza fielmente ciertos procedimientos; b) ha adoptado para su obra una estructura concéntrica, que puede reconocerse en muchos criterios formales, de perfecta convergencia; c) ha puesto esta presenta­ción literaria al servicio de un pensamiento perfectamente estructurado. Para este autor, el centro de la teología de esta carta es el «sacrificio de Cristo», y a los lados (I,V), el «perfeccionamiento» y (II,IV) la «Alianza», la Iglesia.

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también le dice en otro lugar: «Tú, sacerdote para siempre se­gún el orden de Melquisedec» (Sal 109,4; Heb 5,6).

Profetizado como sacerdote (Sal 109,4) en un sa-lmo eviden­temente mesiánico según la tradición de los mismos judíos (Mt 22,41-46; Act 2,34s) y de los cristianos (cf. 1 Cor 15,25; Col 3,1; E f 1,20...), será «sacerdote según el orden de Melquisedec» (Sal 109,4; Heb 5,10; 6,1).

San Pablo explica el significado de este título (Heb 7,1-10).

Sacerdocio según el orden de M elquisedec

36. Según San Pablo, Melquisedec es figura de Cristo (Heb 7,1-3). Melquisedec, en efecto, quiere decir «rey de jus­ticia», y, por ser «rey de Salem», quiere decir «rey de paz», co­mo Cristo es Rey de justicia y santidad y Rey de paz.

En el relato bíblico (Gén 14), Melquisedec ha sido intro­ducido sin padre (coráTcop), sin madre (áprp-cop)( sin principio de días ni fin de vida; no porque no tuviera padre ni madre, ni porque fuera hijo ilegítimo o sus padres fueran desconoci­dos en la sociedad humana, que son sentidos posibles de estas palabras en la literatura profana3, sino únicamente porque aquí, en la manera de hablar de Melquisedec, «sin genealogía», se quiere subrayar la no mención de sus ascendientes, en con­tra de la costumbre literaria hebrea. Si de Melquisedec no se conocen los ascendientes, en cambio, de los sacerdotes levíti- cos los orígenes eran bien conocidos: venían de Aarón y sus padres debían tomar mujer de entre las hijas de Israel (Lev 21, 13; Núm 17,5).

Como de Melquisedec no se dice nada del principio de sus días, tampoco del fin de su vida; todo ello muy significa­tivo y apto para ser tipo de Jesús, anterior a Abrahán (Jn 8,58) y a su contemporáneo Melquisedec, Verbo que era en el prin­cipio (Jn 1,1). Este otro Rey Sacerdote será eterno en su per­sona divina, y su sacerdocio será para siempre, in aeternum, como se lee en Sal 109,4. Pero, además, este sacerdocio, se­gún Heb 7,3, «permanece sin interrupción» (eis to SiqveKÉs), significando así el matiz de la continuidad dentro de la per­manencia; sin fallas, hiatos ni roturas; sin interrupciones, con la solidez perpetua de un sacerdocio constante y perseverante que, por ser para todos los momentos, es también sacerdocio

3 Cf. C. Spicq ., L ’Építre aux Hébreux 2,183.

P.I c.2 § 1. Jesucristo, sacerdote del N.T.

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único. El sacerdocio de Cristo, inaugurado con la unión hi- postática, es sacerdocio eterno, perseverante y único.

Melquisedec, además, aparece como superior a Abrahán y a Leví (Heb 7,4-10). Abrahán, ¡el Patriarca! (con énfasis), le da diezmos de su mejor botín, y Leví, que debe recibir diez­mos del pueblo, es el que, por medio de su padre Abrahán, se los da a Melquisedec. Y éste bendice al que tenía las prome­sas, mostrando ser superior, porque «sin duda alguna lo me­nor es bendecido por el mayor». Melquisedec, que bendijo a Abrahán, apareció como superior a éste. Cristo, de quien era tipo Melquisedec, se ha mostrado superior a Abrahán.

Sacerdocio eterno y único

37. Este sacerdocio según Melquisedec, que es eterno (esto es, para siempre), continuado y único, implica también la abrogación del sacerdocio levítico (Heb 7,11-49). Al surgir este nuevo sacerdocio según Melquisedec, se da la señal de que la perfección o consumación (TeAeícoais) no viene por medio del sacerdote aaronítico. Este se abrogará, lo mismo que la Ley, «ya que la Ley nada ha llevado a la perfección, sino que era introducción de mejor esperanza, por la cual nos acercamos a Dios» (Heb 7,19).

La permanencia del sacerdocio y del sacrificio de Cristo que­da muy de manifiesto en la carta a los Hebreos. El sacerdote del N .T. «está siempre vivo para interceder por aquellos que se acercan a Dios» (Heb 7,25).

38. Las razones que alega San Pablo para establecer esta perpetuidad del sacerdocio en Cristo son, primero, el oráculo de Yahvé (en el salmo 109,4): «Porque se da testimonio que tú eres sacerdote para siempre según el orden de Melquisedec» (Heb 7,17). Este sacerdote «no ha venido (yéyovev) según la ley de prescripción carnal» (v.16), como los sacerdotes levíti- cos, cuyas funciones sacerdotales estaban vinculadas por pres­cripción de la Ley a la casta y a la herencia en sucesión de padres e hijos. Este sacerdote viene o resulta «según fuerza de vida indisoluble» (v.iób). Porque en El está la vida desde el principio (Jn 1,14); tiene «potencia de vida», y vida indisolu­ble; tiene potestad para dejar la vida temporal y poder para volverla a tomar (Jn 10,18). El es, en definitiva, la resurrección y la vida (Jn 11,25). El sacerdocio le ha venido a Jesucristo

Según el orden de Melquisedec

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por su misma unión hipostática (cf. n.sós), y esta unión hi- postática es permanente en E l4.

La segunda razón propuesta por San Pablo para este sacer­docio eterno de Cristo es el juramento con que Yahvé se lo ha prometido. Porque, mientras «los otros fueron hechos sacer­dotes sin juramento, mas éste con juramento por el que le dijo: Juró el Señor y no se arrepentirá: Tú [eres] sacerdote para siempre» (Heb 7,20s). Con esta manera antropomórfica de presentar a Dios jurando (cf. Heb 6,13-18) se quiere seña­lar la irrevocable decisión de Yahvé, el decreto absoluto y no mudable, definitivo y último, acerca de Jesucristo Sacerdote. Se recalca todavía más diciendo: «Y no se arrepentirá». Es un don y vocación de Yahvé. No habrá revocación ni penitencia en Dios por ello. Como no la hubo ni la hay en la vocación del pueblo de Israel (cf. Rom 11,29). Pero en Jesucristo con más razón, porque el sacerdocio del Hijo de Dios encarnado es una exigencia de su misma doble naturaleza. El sacerdocio de Jesucristo es perpetuo.

39. Todavía una nueva razón de la perpetuidad del sacer­docio de Cristo es que antes «otros fueron hechos sacerdotes; muchos, por estar impedidos con la muerte de permanecer; pero éste, por permanecer El eternamente, tiene intransferible el sacerdocio» (Heb 7,23s). En la Antigua Ley morían los sacerdotes, y por necesidad debían ser muchos y sucederse unos a otros. Pero en Cristo se da permanencia eterna, como se da permanencia eterna en Dios (Dan 6,26): 5ia tó ¡iéveiv aÚTÓv sis tov aícova. Se expresa con la misma palabra, péveiv, usada en los Setenta para indicar la perpetuidad de Dios y de sus atributos. Cristo es Pontífice que «está sentado a la diestra del trono de la Majestad en los cielos» (Heb 8,1), copartícipe de la dignidad divina y eterna (cf. Sal 109,1; 3 Re 2,19).

El dpxiepsús de la carta a los Hebreos aparece como alta concepción, apoyada en la imagen del Hijo que muere y es obediente, misericordioso y consagrado a Dios en su vida; todo esto a la luz de su exaltación, aunque apenas se hable de la resurrección. La imagen cúltica de la carta ha puesto en se-

4 Recuérdese el principio teológico, de origen incierto, pero de expre­sión cierta e indubitable: «Quod Verbum semel assumpsit, nunquam di- misit».

P.I c.2 § 1. Jesucristo, sacerdote del N.T.

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Cualidades del Sacerdote eterno 33

gundo lugar este rasgo de su exaltación, aunque sin duda se presupone 5.

Este sacerdocio supremo de Cristo viene afirmado y reafir­mado con el salmo de la Sagrada Escritura (Sal 109,4; Heb 5, 6.10; 6,20) que conduce a la exposición del pasaje de Gén 14, 18 sobre Melquisedec. Heb, en el c.7,1-28, ensalza sobre todo a Cristo, cuya dignidad sacerdotal está por encima del minis­terio levítico, puesto que el mismo Melquisedec supera al sacerdocio levítico (Heb 7,1-10).

Pureza y santidad del Sacerdote eterno

40. Es un Sacerdote «santo, inocente, inmaculado, aparta­do de los pecadores y más excelso que los cielos; que no tiene cada día necesidad, como los pontífices [del A .T .] de ofrecer víctimas, primero por los propios pecados, después por los del pueblo» (Heb 7,2Ós).

Santo (ocios) es en el A .T . (Sal 131,9.16) lo dedicado a Dios y consagrado a El; consiguientemente, apartado de usos profanos, y—como lo dice el mismo verso que comentamos santo es quien está apartado (segregatus, Vg) de los pecadores. Según esta consagración a Dios y dedicación a El, y consiguien­te apartamiento de destino profano, hay vasos que se llaman sagrados, hay lugares sagrados, hay personas sagradas. El sacer­dote, como tal, es santo por estar dedicado a Dios, con una «santidad» que responde a su «ser sacerdotal», y que por esto puede llamarse ontológica. Y Cristo, por el mero hecho de ser sacerdote, está consagrado a Dios y es santo, con la santidad ontológica de su mismo sacerdocio. «Santo» tiene también un sentido moral, de virtud, de perfección, de cumplimiento de la voluntad divina, de actuación religiosa ferviente e intensa de aquellos que «sirven en santidad (év óaiÓTryri) y justicia delante de El» (Le 1,75). Este sentido de lo «santo» es también propio de Cristo: de El se ha dicho su respeto y acatamiento filial y religioso, su «reverenda» (Vg) para con el Padre (Heb 5,7); y consta su entrega a la voluntad del Padre desde el prin­cipio de su existencia terrena (Heb 10,5-7). Toda la pureza e inocencia de Jesús, su impecabilidad, de que antes se ha hablado (Heb 4,15), podría amplificarse aquí y ser expuesta

5 Art. ápxispEú$: ThW N T 3,274.

Ministros d* Cristo 2

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como un verdadero milagro moral6. A l fin y al cabo, El es —llamado por David—«el santo de Yahvé» (Sal 15,10). Si los santos se acercan a Dios y están con Dios, aquí este Pontífice santo está más excelso que los cielos, porque ha penetrado los cielos (Heb 4,14; 6,20) y ha llegado a sentarse a la diestra de Dios (Heb 1,3 .13 ; Sal 109,1) 7.

41. Inocente (cxkockos), sin malicia, se dice del que proce­de con simplicidad (Rom 16,18) y consiguiente rectitud (cf. Job 2,3; Sal 24,21). Inmaculado (ccijiíccvtos) señala la pureza, la lim­pieza moral. El apóstol Santiago calificó con este epíteto a la religión (Sant 1,27), que llamó «inmaculada» y limpia cuando practica las obras de la caridad y misericordia.

Las dos cualidades de que acaba de hablarse, de «inocen­cia» y de «pureza», no hacen sino subrayar la «santidad» que posee este Pontífice. Mientras que en el A .T . se insistía en la pureza legal para poder ejercer funciones sacerdotales (Lev 21, 10-15; 22,1-9) y en la integridad corporal (Lev 21,17-23; cf. n.22), aquí en el nuevo Sacerdote se pondera su pureza moral, que se recalca con tres apelativos. Todavía se insiste llamándolo apartado de los pecadores (KE)(copiapévos), como si hubiera límites y fronteras permanentes entre El y los peca­dores (segregatus Vg). Las hay, en efecto, porque Cristo no sólo no tuvo pecado, pero tampoco lo pudo tener. La frontera con el pecado es infranqueable en el ser de Cristo. Porque el pecado en su naturaleza humana repugnaría a la santidad de la persona única y divina 8. Por esto es también más excelso que los cielos.

La pureza de este Sacerdote es tal que, lo contrario de lo que hacía el pontífice el día de la expiación, cuando debía ofre­cer un toro rogando por sí mismo y por su casa (Lev 16,6.11), éste «no tiene cada día necesidad, como los pontífices, de ofre­cer víctimas, primero por los propios pecados, después por los del pueblo» (Heb 7,26s) 9.

6 Cf., v.gr., M. N ico lau , De revelatione christiana, 5.a ed. (Matriti 1962) (Sacrae Theologiae Summa vol.i), n.465-470.

7 Sobre este lugar y pasaje cf. A. V it t i , L ’Ascensione nella lettera agli Ebrei, en «S. Paolo. La conversione, la figura e la dottrina» (Roma 1937) p.143-168.

8 Cf. J. S olano , De Verbo Incarnato, 4.a ed. (Matriti 1961) (Sacrae Theologiae Summa vol.3), n.329-355.

9 Cf. M. N icolau , Carta a los Hebreos, 2.a ed. (La Sagrada Escritura. Nuevo Testamento vol.3), P.92S.

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El sacrificio de Cristo 35

E l sacrificio expiatorio de Cristo

42. El sacerdote debe sacrificar por los pecados de todo el pueblo (Heb 5,1-10). Jesucristo se sacrificó a sí mismo. Porque «esto [de ofrecer víctimas por los pecados del pueblo] lo hizo una vez, ofreciéndose a sí mismo» (Heb 7,27b). Ofreció un sa­crificio único, porque «con una sola oblación ha perfeccionado para siempre a los santificados» (Heb 10,14).

Este ofrecerse a sí mismo lo ha expresado San Pablo con la palabra ccvevéyKocs (Heb 7,27b), expresión de acción sacrificial, cuyo significado literal es «hacer subir», esto es, colocar sobre el altar. La subida a la cruz fue subida al altar; al altar del nuevo y único sacrificio. Cristo en el altar de la cruz es sacerdote y es víctima.

Com paración del sacrificio de Cristo con los de la Antigua Alianza (H eb 9-10)

43. El sacrificio de Cristo es comparado por el autor de Heb con los sacrificios del Antiguo Testamento (Heb 9-10).

En el c.9 describe este sacrificio de Cristo, contraponiéndolo a los sacrificios y funciones sacerdotales del Antiguo Testamento; en el c.io hablará de la eficacia singular del sacrificio ofrecido por este Sumo Sacerdote de la Nueva Alianza.

Heb marca en el c.9 el agudo contraste que existe entre el oficio y las funciones sacerdotales del nuevo Sumo Sacerdote y las que desem­peñaban los del Viejo Testamento. Primero, describe el lugar en que estas funciones tenían lugar (v.1-5). La primera Alianza tenía, sí, prescripciones de culto y un santuario que, al fin y al cabo, era te­rreno (v.i) 1°. «Tenía» (siys), pero ya no las tiene, porque aquello 10

10 Traducimos terreno ( koctiu k ó v ) . N o parece que en este lugar tenga la palabra griega aquel significado de «orden» que está en su sentido básico y fundamental. Las pocas cosas que había en esta «tienda» o santuario no parecen exigir el significado de «bien ordenado». Tampoco parece indicado el sentido «cósmico», ecuménico y universal, por cuanto estuviera represen­tado todo el universo en el templo de Jerusalén, según Filón y Josefo (los textos en Spicq, 2,248), o porque Josefo hable del «culto universal» de Jerusalén (Trjs koctuiktís Oprioxeíocs) (cf. De bell. iud. 4,5,2; M é d e b ie l l e , SBPC, p.330). Porque no parece que el autor quiera aplicar a la simple «tienda» o tabernáculo del desierto lo que pudo valer para el templo jeroso- limitano en su período de esplendor. Tampoco creemos que el sentido de «abierto a todos», patente a todo el mundo, a los gentiles, que atribuyen a la palabra koctu ikóv San Juan Grisóstomo, Teodoreto, Teodoro de Mop- suestia (cf. M é d e b ie l l e , .l.c., p.330), sea el exigido por el contexto en este lugar. Aquí parece más bien que quiere ponerse de manifiesto el contraste entre el santuario de este mundo, «terreno» (la misma palabra K o a p i m s ettiGuijiíos:

«deseos de este mundo», saecularia desideria, Vg en Tit 2,12), al fin y al

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pasó. Había también una tienda, la primera, que se llamaba «sancta» (cf. Ex 29,30; 39,1), y en ella estaban el candelabro y la mesa y los panes de la proposición (Ex 25,23-35; 37,10-24); doce panes, en re­presentación de las doce tribus israelitas, que se ponían delante del Señor y, después de renovarse cada sábado, eran consumidos por los sacerdotes (Lev 24,5-9). El «sancta sanctorum» era, dentro de la mis­ma tienda, una estancia detrás del segundo velo (Ex 26,31-35); tenía un altar de oro para el incienso 1 1 ; altar colocado ante el velo divisorio, para quemar perfumes enderezados al arca de la alianza, en el inte­rior del «sancta sanctorum», lugar especial de la presencia de Dios. Esta arca de la alianza o arca del testimonio (cf. Ex 25,16.21; 40,18) se describe en Ex 25,10-17; 37,1-6; estaba recubierta de oro y con­tenía un vaso de oro con el maná, y la vara de Aarón, la que había echado brotes, y las tablas de la alianza. Querubines de gloria daban sombra al «propiciatorio», de oro purísimo, que cubría el arca (Ex 25, 17); era el lugar rociado con sangre (Lev 15,14) para obtener la pro­piciación y la misericordia de Yahvé.

44. Descrito el lugar de la función sagrada, el autor de Heb ex­pone también (v.6-10) las funciones que allí realizaban los sacerdotes. Entraban en la primera estancia los sacerdotes todos los días, es decir, sin restricciones, continuamente, para las funciones ordinarias del culto, como eran el ofrecer incienso sobre el altar de los perfumes mañana y tarde (cf. Le 1,8 -11), vigilar las lámparas del candelabro de siete brazos para que siempre estuvieran encendidas, y renovar cada semana los panes de la proposición. Para estos oficios el acceso era todos los días.

45. Pero en la segunda estancia de la tienda entraba sólo uno (póvos), el pontífice, y esto sólo una vez al año, mas no sin sangre; porque debía, antes de entrar en el «santísimo» lugar, ofrecer sacrificio de expiación por sus propios pecados y por los de su casa, «por las ignorancias suyas y por las del pueblo» (v.7). Este sacrificio de expiación por sus propios pecados, al que ya antes se ha aludido (Heb 5,3), se describe en Lev 16. El sumo sacerdote tenía que ofrecer un novillo en sacrificio, rogando por sí y por su casa (Lev 16 ,6 .11), y, tomando después el incen­sario o pebetero, lleno de brasas del altar, entraba más allá del velo en el lugar «santísimo»; y, habiendo impuesto en el pebe-

cabo «de esta tierra», y el otro santuario «celestial» (v.23), «no fabricado con las manos» (v.11.24), «no de esta creación» (v . i i ).

1 1 Aunque la palabra ©vnurrripiov, como la han entendido algunos, puede designar el mismo incensario (cf. Ez 8 ,11 en los Setenta) con que el sacerdote entraba en el santuario, quemando perfumes sobre los carbones (Lev i 6 , i 2 s) , sin embargo, es más común entenderla del «altar» de los perfumes, que Filón y Josefo nombran con esta palabra ( Vita Mos. 2,94- 101.105; Quis rer. div. her. 226; Antiq. 3>I47*I93>I9 > De bello iud. 5,216. 218; Spicq ., 2,250).

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tero el perfume de los inciensos, la niebla de los perfumes debía cubrir el «oráculo» o propiciatorio, que estaba sobre el arca del testimonio, y así «él no muriese». Con el dedo cogía sangre del toro inmolado y rociaba el propiaciatorio en la parte oriental. Y después de inmolar un macho cabrío, entraba de nuevo den­tro del velo y rociaba con la sangre del animal sobre el propi­ciatorio y delante del mismo. De esta suerte purificaba el san­tuario de las impurezas de los hijos de Israel y de sus transgre­siones en toda clase de pecados (Lev 16 ,11-16). Así se conse­guía la «limpieza carnal» (legal), de que se habla en el v. 13, más abajo. El sumo sacerdote ofrecía estos sacrificios por las igno­rancias suyas y de todo el pueblo. Estas ignorancias (ccy vori gorra) significan los pecados (cf. Heb 5,2; Jdt 5,20; Tob 3,3; 1 Mac 13,39) 12-

46. Como esta tienda y estas ceremonias tenían carácter simbólico y sentido típico, por ello «muestra el Espíritu Santo [autor de las Escrituras y de aquellas prescripciones] que no estaba abierto al camino del santuario mientras subsistiese la primera tienda» (v.8s). En el lugar de la «gloria» de Yahvé, en el «santísimo», no podían entrar los sacerdotes ordinarios. To­dos aquellos «dones y sacrificios no podían perfeccionar en su interior y conciencia al que daba culto» (cf. v.9).

Sólo concedían una purificación y perfección legal, no en el interior y en la conciencia, a los que practicaban aquel culto mosaico 13. Eran prescripciones «carnales», sólo sobre comi­das y bebidas y diferentes abluciones 14, que se habían impues­to con carga onerosa, que ni ellos ni los discípulos de Cristo ha-

12 M. N ico lau , Carta a los Hebreos, l.c., p .104 .13 Sobre los sacramentos del A. T . y su valor santificador legal, nos

remitimos a lo que ya hemos escrito en Teología del signo sacramental (Ma­drid 1969) n.105-110.

14 Ahora se alude no a las ceremonias de los sacrificios, de que antes se ha hablado, sino a otra parte de la Ley, que se refería ora a los sacerdotes, ora a cada individuo israelita en su vida privada. «Para que supieran lo que debían comer y lo que debían rechazar» (Lev 11,47), la Ley distinguía entre manjares limpios e inmundos. Asimismo (Lev 7,15-27) prohibía comer carne de animales desde el segundo o tercer día después de su sacri­ficio o inmolación; tampoco sangre o grasa. Cuando Aarón y sus hijos debían entrar en el tabernáculo del testimonio no podían tampoco beber vino o bebidas inebriantes (Lev 10,8); lo mismo que aquellos que, cual «nazareos», se habían consagrado a Dios con voto (Núm 6,3). En el Levítico se mencionan frecuentemente las abluciones (11,25.40; 14,7; 15,5; 16,4. 24.28).

El sacrificio de Cristo y los de la Antigua Alianza

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bían podido llevar (cf. Act 15,10), hasta que llegara el tiempo de la reformación o del enderezamiento (SiópOcocns) que Cristo iba a realizar (cf. v.io).

E l oficio sacerdotal de Cristo (H eb 9 ,11-12 )

47. Con enérgico contraste, Heb presenta ahora a Cristo, «Pontífice de los bienes futuros», esto es, Mediador sacerdotal para alcanzar los bienes futuros, mucho más deseables que los obtenidos por el santuario —tienda material— y por las pres­cripciones carnales de que acaba de hablarse.

Este Sumo Sacerdote, «a través de un tabernáculo mejor y más perfecto, no fabricado con las manos, es decir, que no es de esta creación, ni por la sangre de machos cabríos ni de novi­llos, sino por su propia sangre, entró una vez por todas en el santuario, ganada eterna redención» (v .i i s ). Si el anterior taber­náculo era «terreno» (v.i), este nuevo tabernáculo es «mejor» (peí^ov) 15. Este tabernáculo, «que no es de esta creación», no parece ser la Iglesia militante (Cayetano), ni la santa humani­dad de Cristo o la Virgen santísima (Ambrosio C atarino), ni pensaríamos tampoco en el cuerpo eücarístico de Cristo 16. El nuevo tabernáculo, no terreno, sería el tabernáculo «celeste», modelo y ejemplar del «terreno», a través del cual (8iá con sen­tido de movimiento local) 17 Cristo penetra en el santuario ce­lestial.

48. Si el sumo sacerdote de la Antigua Alianza entraba en el «santísimo» después de sacrificar un novillo por sus pecados y por los de su casa, y un macho cabrío por los pecados del pueblo (Lev 16 ,3 .11.14-16), Cristo entró «por su propia sangre», esto es, por la inmolación y sacrificio de sí mismo, y entró «una vez por todas» (é9carcc£; cf. Heb 7,27), consiguiendo con ello «eterna redención». Cristo, en efecto, es el «cordero inmolado» profetizado por Isaías (53,7), anunciado por Juan el Bautista (Jn 1,36), contemplado en visión por Juan el Evangelista (Apoc 5,9.i2s). La redención «ganada» es el definitivo rescate y sal­

ís La Vg traduce amplius, que sugiere significado de tamaño y medida.Pero la amplitud debe tomarse en sentido moral: más excelente.

16 Esta es la interpretación propuesta recientemente por J. Sw etn am ,The Greater and more Perfect Tent. A Contribution to the Discussion of Heb 9 ,11: Biblica 47 (1966) 9 1- 10 6 . .

17 Las otras opiniones parecen dar a un sentido de instruxnentalidaci.

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vación del mundo. Porque nos redimió en su sangre (Apoc 5,9) gran premio de rescate (1 Cor 6,20; cf. 1 Cor 7,23). Vino el Hijo del hombre a dar su vida como rescate por todos los que son multitud, esto es, por todos (Mt 20,28). Y en El tenemos redención por su sangre, remisión de los pecados (Ef 1,7; Col 1,14).

L a redención y la alianza por la sangre de Cristo (v. 13-24)

49. Si la sangre de los machos cabríos y de los novillos y la ceniza de la vaca 18, Con que se rocía a los animales, los san­tifica para una limpieza carnal (v.13), es decir, para una puri­ficación meramente legal y externa (Lev 4-7; 16,16), ¡cuánto más la sangre de Cristo purificará de las obras , muertas nuestra conciencia para servir al Dios viviente! (v.14). Porque El «se ha ofrecido por espíritu eternal19 a sí mismo, inmaculado, a Dios». Por esta su pureza inmaculada, sin pecados y, además, impecable por su unión con la divinidad (cf. Heb 4,15), el sa­crificio de Cristo ha sido el de una víctima agradable a Dios. Purifica de los pecados, obras muertas (cf. Heb 6,1), nuestras conciencias y nos renueva interiormente para servir a Dios con el culto (Ácrrpsúsiv) que le agrada, que es el culto tributado por Cristo como Cabeza del Cuerpo místico, y con El por todos los cristianos incorporados a su Iglesia.

50. Por este sacrificio de Cristo en su propia sangre es Mediador del Nuevo Testamento y de la Nueva Alianza, me­jor y de mejores promesas que la Antigua, de la que fue Moisés mediador 20. Por la mediación de Jesucristo recibimos la pro-

18 Heb alude aquí (v.13) a la vaca roja y joven, sin mancha y jamás sujeta al yugo. Esta vaca debía inmolarse, como sacrificio por él pecado, fuera del campamento; y sus cenizas, conservadas en lugar limpísimo, servían para hacer el agua lustral que usaban los israelitas (Núm 19,1-9). Con esta agua se purificaban los que habían tocado un cadáver los días tercero y séptimo después de haber contraído esa impureza legal (Núm 19,11-13)-

19 Los autores difieren éñ la inteligencia de estas palabras. Unos han entendido «por el Espíritu Santo», es decir, movido por la acción del Espí­ritu, con caridad eximia para con Dios y para con nosotros. Otros las han interpretado, bien como «una disposición de su espíritu», bien como «su alma». Otros, por último (Spicq, 2,258): «por un espíritu o fuerza eterna», esto es, por la misma fuerza de su persona divina, que le aseguraba una vida y un sacerdocio eternos.

20 La palabra 5ioc0f|Kr|, usada en Heb 9, i 5ss, significa «alianza», pero tiene un significado vecino al de «testamento», y pasa fácilmente a este sen-

Alianza por la sangre de Cristo

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mesa de herencia eternal (v.17). Jesucristo tuvo que morir para que fuera válido el testamento, «puesto que nunca tiene valor cuando vive el testador» (v.17).

Como el primer testamento se inauguró con sangre, tam­bién el segundo (v.18). Con sangre se selló la Antigua Alianza entre Yahvé y su pueblo 21, «y con sangre casi todas las cosas se purifican según la Ley, y sin efusión de sangre no hay remi­sión» (v.22) 22.

Cristo entró en el cielo, no en santuario hecho con las ma-

tido, siendo así un término de sentido fronterizo que lo mismo puede inter­pretarse como alianza que como testamento. El sentido fundamental y eti­mológico de Sia0r|KT) (del verbo 5icc-tí0tihi, disponer a través, distribuir, repartir) es el de poner en orden, organizar, arreglar las cosas en su lugar; y en sentido translaticio es el de reglamentar, convenir, establecer una ley, disponer de los propios bienes por pacto o venta; de donde viene el sentido de disponer también por testamento. En el uso profano tiene más bien el sentido de disposiciones en vista de la muerte, y con valor después de la muerte. Pero en el uso bíblico de los Setenta nunca significa «testamento», sino «pacto, alianza» (berith), como lo hacía notar San Jerónimo (Comm. in Gal. 2,3: PL 26,390). Cf. Ex 19,3-5 ; 24,7s...; Núm 18,14; 25,i2s; 2 Re 7,14; Is 42,6s; Jer 39,36-41; Ez 37,26; Os 2,14-23; Mal 2,4-6... Por esto, si el lenguaje profano del tiempo en que fue escrita Heb evoca más bien la idea de «testamento» para la voz 5icc0r|KT|, el lenguaje bíblico, al que estaban habituados los hebreos, sugiere más bien la idea de «alianza, pacto». De ahí las discusiones sobre el significado de esta palabra. Cf. L . G. da F o nseca , Aioc0iíkt|, foedus an testamentum?: Biblica 8 (1927) 31-50.161-181.290-319. 418-441; 9 (1928) 26-40.143-160; C. DE V ill a p a d ie r n a La 6ta0r|KTi en Heb g,i6ss: Naturaleza y Gracia 10 (1963) 57-80; Id ., La Alianza en la epíst. a los Heb 9,15-20: EstBibl 21 (1962) 273-296. M. N ico lau , Carta a los He­breos, l.c., p.io8s.

21 La descripción en Heb 9,19-22 y en Ex 24,3-8; cf. Lev 14,4; 16,7-10. El comentario, en M . N ico lau , Carta a los Hebreos, l.c., p .110 -113 .

22 Esta última palabra (remisión, ó ecns), que cierra con énfasis el ver­sículo, tiene los significados de «soltar, dejar marchar, perdonar». Se usa en la consagración del cáliz, hablando de la sangre «derramada para remisión de los pecados». Acerca del principio que se ha enunciado «sin sangre no hay remisión», se podría pensar que alcanza un valor de universalidad moral, es decir, en la casi totalidad de los casos, como acaba de decirse: que se purifican con sangre casi todas las cosas según la Ley. Porque en el A .T. se podía obtener el perdón de los pecados con limosnas (Tob 4, Dan 4, 24), con ayunos y oraciones. Pero esto sucedía porque estas cosas ayudaban a la conversión del corazón o «metanoia», no porque, como los sacramentos de la N .L., produjeran la gracia o la conversión ex opere oper ato. Lo que tiene probablemente in mente el autor de Heb es ensalzar la eficacia inter­namente santificadora del sacrificio de Cristo y de su sangre, que se simbo­lizaba en aquellos ritos de expiación con sangre. Por esto, sin la efusión de la sangre de Cristo no hay remisión en el Nuevo Testamento, ni la hubo en el Antiguo. De ahí que el principio de la remisión por la sangre sea total­mente válido y universal. Por esto Cristo Jesús ha sido para nosotros todos, en el lenguaje y teología paulinos, «justicia y santidad y redención» (1 Cor 1,30). Carta a los Hebreos, l.c., P.113S.

P.I c.2 § 1. Jesucristo, sacerdote del N.T.

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nos, figura del verdadero, «sino en el mismo cielo, para com­parecer ahora ante el rostro de Dios en favor nuestro» (v.24). Este «ahora» (vuv) no es para un momento, sino para siempre, con presencia permanente, continuada y eterna; «ante el rostro de Dios», sentado a la derecha de Yahvé (Sal 109,1), mostrando las cicatrices de sus llagas en acción intercesora. Por sus llagas se muestra el Sacerdote y la Víctima, «en favor nuestro».

51. El hablar de la Alianza y Testamento (5ia6f|Kr)) y de la promesa (áirayyeAía) (Heb 8,6-13; 9,15-22) colocan la imagen del sumo pontífice en un magnífico encuadramiento histórico, con referencias a la crítica profética del culto (Jer 3 i,3 iss; Sal 39,7ss), que hacen estimar la verdadera interioridad espi­ritual en el cumplimiento de la voluntad de Dios y en la unión con El 23.

El sacerdocio de Cristo se presenta como un camino, que El ha recorrido (Heb 9,9-11.26.28) para que nosotros entremos en él (Heb 10,20).

El a través de su carne y por su sacrificio llega hasta el trono. Por esto su acción y sacrificio en la cruz pertenece a su sacer­docio supremo; y no es lo primero de este sacerdocio su entrada en el santuario.

Su oficio sacerdotal comprende tanto el movimiento de su obrar salvífico como la calma sublime de su perpetua interce­sión; pero una parte esencial de su sacerdocio supremo se ha desarrollado aquí en la tierra 24.

Eficacia del sacrificio de Cristo (H eb 9,25-10,18)

52. Comparando la entrada de Cristo en el santuario ce­leste con la entrada del pontífice en el «santísimo» terreno, hay contrastes y diferencias (v.25-26): el sumo sacerdote entraba una sola vez al año, con previo sacrificio de sangre ajena, con que rociaba el «propiciatorio»; Jesucristo entra una vez para siempre, ya no sale del santuario celeste. Y el sacrificio, ofreci­do una vez, no es renovado cada año; basta una vez para siem­pre. Tampoco es en sangre ajena, sino en la propia sangre. Tres razones de contraste.

Además, argumentando ex absurdo, si el sacrificio de Cristo

Alianza por la sangre de Cristo

23 Cf. art. ápxiepsús: ThW N T 3,275.24 Ibid.

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no hubiera bastado una vez, «hubiera debido padecer muchas veces desde la creación del mundo» (v.26) para mediar y redi­mir las continuas transgresiones de los hombres. Por esto, «una sola vez en la plenitud de los siglos se ha manifestado para abo­lición del pecado mediante su propio sacrificio» (v.26) 25. . . .

La Ley, que contenía una sombra de los bienes futuros y, por tanto, una vacuidad o inanidad respecto de las cosas en sí, respecto de «la realidad de las cosas» futuras, no podía perfec­cionar o santificar internamente a los que se acercaban a Dios (Heb 10,1). El mismo repetir los sacrificios una y otra vez era señal de la conciencia de pecado (v.2); como el repetir la medi­cina es señal de la conciencia de enfermedad 26. La santificación producida por aquellos sacrificios era legal y externa.. Si se pro­ducía santificación interna, era por la fe en el futuro Mesías, que informaba y nutría todas las obras y contribuía al creci­miento en la caridad. ■ -

25 La muerte de Cristo ha producido la destrucción del pecado, que es el imperio de Satanás; el príncipe de este mundo es echado fuera (Jn 12,31). Aunque los pecados continúan ciertamente en el mundo, pero con el sa­crificio de Cristo se ha puesto el hecho fundamental para expiarlos y per­donarlos. Expiación y perdón son una manera de abolir y quitar los peca­dos. Y, además, con el sacrificio de Cristo tenemos las gracias para no pecar y las gracias de los sacramentos.

26 No valdría objetar que también los católicos repiten todos los años y todos los días el sacrificio de la misa, y que no por repetirlo tienen con­ciencia de estar en pecado. No valdría decir que los católicos, al tener con­ciencia de haber sido perdonados, deberían cesar de ofrecer el sacrificio de la misa. No. Porque, en primer lugar, el sacrificio ofrecido por los cató­licos todos los días no es la mactación o inmolación de diferentes animales y víctimas, sino que es el sacrificio mismo ofrecido y realizado en la cruz, renovado en memoria de aquél, con una representación objetiva y sacra­mental mediante signos. El Cordero inmolado es el mismo; no son corderos distintos. En segundo lugar, aunque el sacrificio de Cristo en la cruz es suficientísimo para obtener a todos los cristianos la propiciación y el perdón de Dios, y así quitar de ellos la conciencia del pecado, sin embargo, la apli­cación de esos méritos logrados por Cristo mediante su sacrificio puede ser y es paulatina, y puede crecer de día en día y de renovación sacrificial en renovación sacrificial; para expiar más y más cada uno sus propias culpas con la apropiación subjetiva de lós méritos de Cristo, que con la misa repre­senta ante el Padre con Cristo. Además, puede también cada uno obtener otros efectos, eucarísticos, impetratorios, satisfactorios..., mediante la re­producción viva y objetiva, aunque incruenta, mística y sacramental del sacrificio del Cristo. Por esto, tina cosa era repetir los sacrificios legales de la A .L . y otra cosa es la repetición cotidiana del sacrificio de la misa, para aplicar sus frutos progresivamente en las almas. Por lo demás, esta representación objetiva y conmemoración del sacrificio de la cruz es rea­lizar el mandamiento de Cristo: «Haced esto en mi memoria» (Le 22,19). Cf. M. N icolau , Carta a los Hebreos, l.c., p .n8s.

P.I c.2 § 1. Jesucristo, sacerdote del N.T.

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53. Jesucristo, al entrar en el mundo, ha constatado, se­gún el testimonio bíblico (Heb 10,55), que los holocaustos y sacrificios por los pecados no habían agradado a Yahvé, que­riendo expresar el valor de la disposición interior del espíritu. Porque aquellos sacrificios los había prescrito Yahvé. Pero vale más el sacrificio interior y la entrega al divino beneplácito, como lo hace Jesús (v.7) 27. «En la voluntad de Dios somos santifica­dos mediante la oblación del cuerpo de Cristo una vez para siempre» (v.io). Por la iniciativa divina en su decreto y voluntad de salvar al mundo (Jn 3,16), Dios acepta en olor de suavidad la oblación de Jesucristo (Ef 5,2).

U n a vez para siempre

54. De nuevo aquí el pensamiento característico de Heb: la oblación de Cristo una vez para siempre (Heb 10,10).

La eficacia de la acción expiatoria de Cristo fue de tal na­turaleza que bastó realizarla «una vez», en renovado contraste con el sacerdocio antiguo, que tenía que repetir cotidianamente las acciones de expiación. Es verdad que la inmolación de la víctima en sacrificio expiatorio, para sí y para los suyos, sola­mente la realizaba el pontífice del A .T . una vez al año (como se reconoce también en Heb 9,7.25) 28. Y esta parquedad o rara periodicidad en ofrecer el sacrificio dará pie y fundamento tipo­lógico para hablar de la unicidad del sacrificio de Cristo.

Pero de nuevo la contraposición o contraste con los sacer­dotes antiguos:

Los sacerdotes de la Antigua Alianza estaban «de pie cada día oficiando y ofreciendo muchas veces los mismos sacrificios, los cuales jamás pueden quitar los pecados» (v .i i ). Pero Jesús «está sentado a la diestra de Dios, esperando... hasta que sus enemigos sean puestos como escabel de sus pies» (v.i2s), «des­pués de ofrecer para siempre un solo sacrificio por los pecados» (v.i 1). «Porque con una sola oblación ha perfeccionado para siem­pre a los santificados» (v.14).

Eficacia del sacrificio de Cristo

27 El comentario en Carta a los Hebreos, l.c., p .119 -12 1.28 Si en Heb 7,27 se dice que los pontífices ofrecían cada día ( koc0 ' f m é p a v )

víctimas por los propios pecados, esto puede entenderse de los dones y de las ofrendas, panes de harina, ofrecidos (cf. Heb 5,1.3) cada día por el pon­tífice, según la tradición, o bien de «cada día en que debían sacrificar». Cf. Sp ic q , 2,202, sobre los argumentos para estas teorías y otras al pro­pósito.

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El «ha perfeccionado» con acción acabada y permanente (en perfecto, tstsAsíwksv), «para siempre» (eis tó 5ir|vsKés), sin interrupciones ni fisuras, con vigencia perpetua para todas las circunstancias y longitud del tiempo, «a los santificados» (en presente, áyicc¿¡o|jivous) de todas las edades y tiempos. ¡Gran alcance de la obra sacerdotal de Cristo! Que se confirma con la Alianza predicha por Jeremías (8,10-12), (Heb io, iós).

Conclusión

55. La conclusión de todos estos pensamientos sobre el sacerdocio de Cristo es la misma que ya se había adelantado en esta epístola: «Teniendo, pues, un gran Pontífice que atra­vesó los cielos, Jesús, el Hijo de Dios, mantengamos firme la confesión [de nuestra fe]...» (Heb 4,14). Es un «gran Pontí­fice» (ápxispéa péyav), que literalmente equivale a «gran Sumo Sacerdote», con énfasis que destaca su dignidad.

Pero, no obstante sh alteza, nos es cercano: «Porque no te­nemos Pontífice que no pueda compadecer nuestras debilida­des, sino que ha sido probado en todas las cosas a semejanza [nuestra], fuera del pecado» (v.15). Es el principio de la asimi­lación del sacerdote a su pueblo.

«Acerquémonos, pues, con confianza al trono de la gracia, a fin de alcanzar misericordia y encontrar gracia en orden al auxilio oportuno» (v.16).

Jesucristo es Sacerdote por excelencia en el N .T.No es sólo el fundador de la liturgia cristiana y de la litur­

gia celeste; es también el Sacerdote Sumo y Eterno, el Sacer­dote por antonomasia.

Y no sólo porque ofreció el sacrificio de la cruz, una vez para siempre; no sólo es Sacerdote por lo pasado; es también Sacerdote por lo presente. Y por lo futuro. Actúa ahora y actua­rá siempre como Sacerdote.

Y cuando sus ministros renueven incruenta y sacramental­mente su sacrificio, cuando hagan los sacramentos cristianos, Cristo es el Sacerdote principal; los otros son sus instrumentos y vicarios. Hacen los sacramentos «en persona de Cristo».

Si en el N .T. y en la literatura cristiana hasta final del siglo 11 el nombre de sacerdote y otros parecidos estaban reser­vados a Cristo (cf. n.ii2ss), ello indica la conciencia cristiana de

44 P.I c.2 § 1. Jesucristo, sacerdote del N.T.

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Conclusión 4.5

este poder sacerdotal de Cristo por antonomasia. El era y es el Sumo y Eterno Sacerdote, el único Sacerdote principal 29.

56. Jesús es Mediador y es Sacerdote en cuanto que es hombre; esto es, le conviene este predicado según su natura­leza humana. «En tanto es mediador—dice San Agustín—en cuanto que es hombre. En cuanto Verbo no es medio, sino igual al Padre» 30. Y en otro lugar prosigue el mismo pensa­miento: «No es Cristo Mediador por ser igual al Padre. Porque por esta razón dista tanto de nosotros como dista el Padre. Y ¿cómo habrá mediación si hay la misma distancia? Por esto dice el Apóstol: Un mediador de Dios y los hombres, Cristo Jesús; pero dice: el hombre Cristo Jesús; por aquello, pues, es mediador, porque es hombre» 31.

El sacerdocio de Cristo tiene su razón y fundamento en la unión hipostática. No es constituido sacerdote por un carácter o distintivo sacramental 32. El ejercicio de este sacerdocio pa­rece comenzar, según San Pablo, en la misma encarnación, en el mismo entrar en el mundo (Heb 10,5-10), pero tiene su acto principal y se consuma en el sacrificio de la cruz.

57. Si la unión hipostática es como la forma que da a Cristo el ser y el poder sacerdotal, el ejercicio de este poder ha venido con la gracia habitual que sigue a aquella unión y que se ha comunicado a la humanidad de Jesucristo. Cristo, santificado por el Padre y enviado al mundo (Jn 10,36), ha sido ungido por el Espíritu Santo, como se dice de diversas maneras en la Es­critura: a propósito de su bautismo (Mt 3,16); después, en lá sinagoga de Nazaret, cuando se aplica la profecía de Isaías (61,1-2; cf. Is 11,2). El es el Cristo, el Ungido, el Santo (Act 4, 26-27), Jesús de Nazaret, a quien Dios ungió con el Espíritu Santo y con la fuerza... (Act 10 ,38)33.

29 c f . D u n in B o rro w ski, Die Kirche ais Stiftung Jesu (Kem pten 19 14 ) p .55-70 ; J . A . J u n g m ann , El servicio de la palabra (Salamanca 1969) p .32 -33 .

30 Confessiones 10 ,43 ,6 8 : C S E L 33 ,278 ; P L 32,808.31 De gratia Christi et peccato originali 2 ,28 ,33 : C S E L 4 2 ,19 3 ; P L

44,402.32 Santo T omás, 3 q.63 a. 5c.3 3 M . N ico lau , Sacerdotes y religiosos según el Vaticano II (comentario

al decreto Presbyterorum ordinis) (M adrid 1968) P.17S.

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46 P.I c.2 § 2. Sacerdocio común de los fieles

II. E l sacerdocio común de los fieles 158. El sacerdocio de todos los cristianos, por lo mismo

que la Sagrada Escritura habla explícitamente de él, parece que debe ocupar primeramente nuestra atención. Es también un sacerdocio admitido por Lutero y por los protestantes. Pa­rece mejor declararlo partiendo del sacerdocio de Cristo que no a partir del sacerdocio ministerial. Esto último tendría que ser por negación y limitación. Declararlo por el sacerdocio de Cristo es declararlo por accesión, positivamente y por razón del bautismo y de la confirmación.

Nosotros estudiaremos: i.°, los fundamentos bíblicos de este sacerdocio; 2.0, las enseñanzas del Magisterio de la Iglesia a este respecto; 3.0, el contenido propio y la manera propia que encierra esta prerrogativa de los fieles.

1 C f. P . D a b in , Le sacerdoce royal des fidéles dans la tradition ancienne et moderne (Bruxelles 1950); J. L é c u y e r , Essai sur le sacerdoce des fidéles chez les Peres: Maison Dieu n.27 (1951, III) 7-50; G . R a m bald i, Sacerdozio gerarchico e sacerdozio non gerarchico: CivCat 114 (1951, II) 345-357; X III Semana Española de Teología. La Teología del laicado (Madrid 1954); B. M on segú , La problemática del sacerdocio en la actualidad: RevEspTeol 14 (1954) 529-566; E. B oularand , Sacerdoce de l’Église, sacerdoce du baptisé: Rev. d’Ascét. et de Mystique 36 (1956) 361-396; F. B ravo , El sacerdocio común de los creyentes en la teología de Lutero (Vitoria 1963); G . G arcía G a rc ía , El sacerdocio de los fieles en la antigua tradición patrística: Studium Legionense 4 (1963) 123-194; J. E sp e ja , El sacerdocio regio del.pueblo cris­tiano: CienTom 91 (1964) 77-130; J. C olson , Ministre de Jésus-Christ ou le sacerdoce de l’Évangile (Paris 1966) c.1.2.5; R. A. B ru n g s , Pueblo sacer­dotal (Santander 1968); B. M onsegú , El carácter sacramental como base de la constitución y diferenciación del sacerdocio cristiano a la luz de la «Lumen gentium», en «El sacerdocio de Cristo y los diversos grados de su participa­ción en la Iglesia» (XXVI Semana Española de Teología, 1966) (Madrid 1969) p .137-147; A . H u er g a , El sacerdocio de los fieles. Cambio de perspectivas teológicas desde el concilio de Trento ál Vaticano II, ibid., p.167-195; S. Fus- t e r , La confirmación y el sacerdocio de los fieles, ibid., p.317-344; M. G on­z á l e z G a r n ic a , Apostolado y sacerdocio de los fieles, ibid., p.393-433»' I. R iudor, El sacerdocio común como, principio de solución en el problema ecuménico, ibid., p.437-450; A. V o t g le ,,Die Teilnahme am Hohepriestertum Christi nach der Apocalypse, ibid., p .119 -136 ; F. F. R amos, El sacerdocio de los creyentes ( 1 Pet 2,4-10), en «Teología del sacerdocio» II ii-47 ; L . F. M ateo-Seco , Sacerdocio de los fieles y sacerdocio ministerial en San Gregorio de Nisa, ibid., 49-92.

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Fundamentos bíblicos 47

A) Fundamentos bíblicos del sacerdocio de todos loscristianos

i Pe 2,5.9

59. San Pedro, en su primera carta, exhorta a los cristia­nos todos a acercarse a Jesucristo, «piedra viva, desechada por los hombres, pero escogida, preciosa delante de Dios» (1 Pe 2,4). También los fieles, «vosotros—continúa—sois edificados [Vg superaedificamini, sois edificados sobre (esta piedra)] como pie­dras vivas, como un templo espiritual, para [ constituir] un sacerdocio santo, en orden a ofrecer víctimas espirituales, acep­tables a Dios por medio de Jesucristo» (v.5). San Pedro pondera el valor de esta «piedra angular, escogida, preciosa», que no avergüenza a los que creen en ella, a los cristianos; mientras que es «piedra de tropiezo y roca de escándalo» para los que no creen en la palabra (v.6s). Por esto, los cristianos, «vosotros —les dice—[sois] raza escogida, sacerdocio regio, nación santa, pueblo adquirido [o conquistado por Cristo], para que anun­ciéis los prodigios de Aquel que os llamó de las tinieblas a su luz admirable; los cuales, si algún tiempo no erais pueblo, ahora sois pueblo de Dios; si no habíais conseguido misericordia, ahora la habéis conseguido» (v.8-10).

La razón de llamar San Pedro a todos los fieles un sacerdocio santo (v.5), un sacerdocio regio (v.9), es por estar edificados sobre Cristo. Es por su incorporación a Cristo; es por haberse acercado a esta piedra y creído en ella. Es una dignidad de la que participa todo bautizado, que forma parte de este templo o casa espiritual, cuya piedra angular es Cristo.

60. La comparación de Cristo como piedra viva y angular, y de la Iglesia como construcción y casa de Dios, es familiar y predilecta en el Nuevo Testamento. La obra de Dios en la Iglesia es una cons­trucción; es casa que Dios edifica (cf. 1 Cor 3,9). El fundamento para este edificio tiene, que ser necesariamente el que ha sido puesto, Cris­to; y nadie puede poner otro fundamento (ibid., v.i i ). Es la piedra que fue rechazada por los constructores de la casa; pero que ha ve­nido a serla piedra clave y angular (cf. Sal 117,22; Mt 21,42; Act 4 ,11; 1 Pe 2,7). Cristo es la roca o peña fundamental sobre la cual se levan­ta la Iglesia; Pedro, su apóstol, es el fundamento visible (Mt 16,18), subordinado a Cristo, fundamento invisible y secreto. Sobre este fun­damento,- sobreedificados sobre los apóstoles y profetas, se levantan los fieles, «permaneciendo Cristo la piedra angular, y todo el edificio

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crece en El hasta hacerse un templo santo en el Señor...» (Ef 2,20-22), Cristo comunica al edificio la unidad, la cohesión y la firmeza.

Los fieles ya no son huéspedes y advenedizos, sino que son conciu­dadanos de los santos y familiares de Dios (Ef 2,19); se van edifican­do «para llegar a ser una habitación de Dios en el Espíritu» (Ef 2,22); como «tienda de Dios con los hombres» (Apoc 21,3). Son templo de Dios. «¿No sabéis que sois templo de Dios?—escribió San Pablo a los de Corinto—; templo santo de Dios que sois vosotros» (1 Cor 3,i 6s). «Vosotros sois templo de Dios vivo» (1 Cor 6,16; cf. v.19).

61. El término oíkos, que ha usado San Pedro (1 Pe 2,5), traducido pro casa, podría significar «familia»; pero, en un con­texto de construcción y de piedras, fácilmente precisa su sen­tido de edificio, levantado sobre Cristo. Se trata evidentemente de una metáfora y de un edificio espiritual; por lo cual, el sen­tido viene a ser el de templo, no ajeno a la nomenclatura y teo­logía de San Pablo, como acabamos de ver.

Los fieles son, pues, edificados sobre Cristo, como un tem­plo espiritual. El destino o finalidad de esta construcción es la de constituir un sacerdocio santo (nótese la finalidad expresada en el texto griego por la partícula sis 2 3).

Relacionada con la idea de templo espiritual, que son en Cristo los fieles, está la idea de sacerdocio sagrado, que son también en Cristo los fieles. Ya en Ex 19,6 Yahvé había dicho a su pueblo: «Vosotros seréis para mí un reino sacerdotal [hebr., reino de sacerdotes], una nación santa». Aunque el sacerdocio al que alude 1 Pe 2,5 (tepcn-eupcc), sacerdocio santo, tiene sen­tido colectivo, propio del conjunto de los cristianos, que forman un cuerpo o colegio sacerdotal 3, así como colegialmente forman el templo espiritual, de que se ha hablado, no por eso dejan de participar individualmente en el sacerdocio de Cristo, como lo expresa más claramente el texto hebreo originario: reino de sacerdotes (Ex 19,6), que se reproduce más abajo en esta epís­tola de San Pedro (v.9). La Iglesia, pues, en su conjunto es un cuerpo sacerdotal y ejerce función mediadora entre Dios y los hombres; como son también individualmente sacerdotes los fieles, los cuales ejercen funciones sacerdotales; así como los del pueblo de Israel serían llamados «sacerdotes del Señor, mi­nistros de nuestro Dios» (Is 61,6).

2 EÍS ÍEpáTEUUOC Syiov (v.5).3 L o s sustantivos terminados en —noc adoptan tal sentido no raras veces

en griego clásico.

P.I c.2 § 2. Sacerdocio común de los fieles

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Fundamentos bíblicos 49

62. La idea de sacerdocio, que es de acercamiento a Dios Salvador y de mediación entre El y los hombres, es por su mis­ma naturaleza idea de santidad. Por esto se trata y se dice en 1 Pe 2,5 que los fieles son constituidos para un sacerdocio santo. Templo santo de Dios y sacerdocio santo de Dios. Dos ideas afines en la función y en la santidad.

Más adelante (v.9) se dirá de todos los fieles que son (3aaí- Asiov ispáTsuna, sacerdocio regio, insistiendo en lo dicho ante­riormente, con el sentido ya explicado, y citando expresamente Ex 19,6. Este reino de sacerdotes (hebr.) es el sacerdocio real, regio, que ahora nombra San Pedro, citado por los Setenta, y es el sacerdocio santo de que antes se habló (v.5).

¿Cóm o ejercen los fieles este sacerdocio?

63- Si lo propio y específico del sacerdote es ofrecer sa­crificios y víctimas, los cristianos todos están destinados a «ofre­cer víctimas espirituales, aceptables a Dios por Jesucristo» (v.5). Nótese que la aceptación con que Dios recibe estos sacrificios es por razón de Jesucristo. Por algo están los fieles incorporados y sobreedificados en Cristo. El los hace partícipes de su sacer­docio y por El son aceptos los sacrificios de los fieles.

Estas «víctimas espirituales» (-irveugariKccs Ouaías), que ofre­cen los fieles todos, excluyen evidentemente las víctimas ma­teriales de los sacrificios paganos y las víctimas «carnales» y «umbrátiles» de los sacrificios judíos (cf. Heb 9,93.13; 10,1). Por algo se llaman sacrificios espirituales, que son los propios de la nueva economía. Entre estas víctimas o sacrificios «espi­rituales» parece estar, en primer lugar, el sacrificio de sí mismo y de los propios cuerpos, al que San Pablo exhortaba a todos los cristianos para ofrecer—les decía—«los cuerpos vuestros, como hostia viviente, santa, agradable a Dios, obsequio vues­tro razonable» (Rom 12 ,11) . San Pedro exhortará a los cristia­nos, en la misma epístola, a apartarse de las concupiscencias carnales que hacen guerra al alma (1 Pe 2 ,11); lo cual es una manera de sacrijicio. También parecen comprenderse en estos sacrificios espirituales las oraciones y las alabanzas a Dios elevadas al cielo por los primeros cristianos (Act 2,42.47): «la 'hostia de alabanza, ofrecida a Dios por medio de Jesucristo, es decir, el fruto de los labios que confiesan su nombre» (Heb 13,15); también «la beneficencia y comunicación [de bie­

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nes]... Porque con tales sacrificios se agrada a Dios» (Heb 13,16); la «oblación de las gentes, acepta y santificada en el Espíritu Santo» (Rom 15,16), esto es, la conversión de los gentiles; «el sacrificio y la liturgia de la fe» (Flp 2,17); la limosna enviada como «hostia'acepta y agradable a Dios» (Flp 4,18). Todos éstos son sacrificios «espirituales» que pueden ofrecer los cris­tianos todos.

64. El sacrificio eucarístico del N .T. (cf. 1 Cor 11,24-26) no resulta aquí mencionado por San Pedro expresamente. El mandato de repetirlo se dio a los Apóstoles (Le 22,19; 1 Cor 11 , 24), no a todos los fieles (cf. n.93); y, sin embargo, todas «cuan­tas veces comiereis de este pan y bebiereis de este cáliz, anun­ciaréis la muerte del Señor hasta que venga» (1 Cor 11,26). Todos pueden también de alguna manera, aunque secundaria y subordinada a los Apóstoles y a sus sucesores en el oficio, ofrecer el sacrificio eucarístico por medio de los sacrificantes ministeriales.

Si es asimismo propio del oficio sacerdotal predicar el men­saje de Cristo y dar testimonio del Maestro (cf. Act 1,8), los fieles todos han sido constituidos en «reino de sacerdotes», «sacerdocio regio, para anunciar los prodigios del que os ha lla­mado a su luz admirable» (1 Pe 2,9). Esta manifestación de las maravillas obradas por Dios es propia del oficio profético, pero no se excluye (es también propia) del oficio sacerdotal. Los fieles todos pueden dar testimonio de Cristo mediante «una conducta ejemplar, entre los paganos—dirá San Pedro para que, observándola, en aquéllo mismo en que os calumnian como malhechores, glorifiquen a Dios por vuestras bueñas obras en el día de la visitación» (1 Pe 2,12). También ese testi­monio de Cristo incluye, según San Pedro, el estar preparados para dar razón, a quien la pidiere, de aquella esperanza que reina en ellos (1 Pe 3,15).: Todas éstas son maneras de sacrificar y de predicar propiasde la universalidad de los cristianos 4.

4 Para el estudio bíblico de estos-pasajes considerados, cf. C. EÁstwood, The royal priesthood of the faithful (Minneapolis 1963); J. H. E l l io t t , The Elect and the Holy. A n exegeticalexaminationof 1 Pe 2,4-10: NTSupp XII (1966); R. Franco, La Sagrada Escritura, N.T. III2 (Madrid 1967) p.260-265, y los autores citados en la.ñt.í. . \ ' . , »

P.l c.2 § 2. Sacerdocio común de los fieles

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Fundamentos bíblicos 51

Apoc 1,6; 5,10; 20,6

65. En dos pasajes entona el Apocalipsis un canto de gloria a Jesucristo, «al que nos ama y nos libertó de nuestros pecados con su propia sangre, al que nos ha hecho reino, sacerdotes para el Dios y Padre suyo» (Apoc 1,6). Los veinti­cuatro ancianos que se prosternan delante del Cordero cantan un cantar nuevo, diciendo: «Digno eres de recibir el libro y de abrir sus siete sellos, porque fuiste degollado y nos compraste para Dios, el Padre, con el precio de tu sangre, de toda tribu y lengua y nación y pueblo; y los has hecho para nuestra Dios reino y sacerdotes y reinarán sobre la tierra» (Apoc 5,9s).

En ambos pasajes está clara la alusión a las palabras de Ex 19,6 («reino de sacerdotes», hebr.), aplicadas antes al anti­guo Israel, ahora al nuevo. Este «sacerdocio regio», este «reino de sacerdotes», es colectivo de todo Israel y .de toda la Iglesia; pero no por eso deja de ser individual de cada componente del reino, a quien debe corresponder alguna función sacer­dotal para que resulte la del conjunto.

En ambos pasajes del Apocalipsis se habla de este sacer­docio, refiriéndolo en su origen a Jesucristo; es algo que se debe «al que nos ama y nos libertó de nuestros pecados...», «al que nos ha hecho reino, sacerdotes...» (Apoc 1,6). Y se repe­tirá más adelante: Jesucristo es el que «los ha hecho para nues­tro Dios reino y sacerdotes...» (Apoc 5,10).

66. La condición sacerdotal del nuevo pueblo de Dios deriva de Jesucristo, de la redención obrada por Jesucristo. No se dice en Apoc cuáles serán las funciones sacerdotales que desempeñará este nuevo pueblo. Pero, tanto en 1 Pe como en Apoc, la razón del sacerdocio de los fieles está en la incorporación a Jesucristo. El sacerdocio universal de los fieles es una parti­cipación del sacerdocio de Jesucristo.

En Apoc 20,6, el vidente habla de los que fueron decapi­tados por causa del testimonio de Jesús y de la palabra de Dios; habla de los que no adoraron la bestia ni su imagen... Y revivieron y reinaron con Cristo durante mil años (v.4); y llama «bienaventurados y santos» a los que tengan parte en la resurrección primera, esto es, la de aquellos de los prime­ros tiempos de la Iglesia. Sobre éstos la muerte segunda, esto es, la eterna condenación, no tendrá parte: «Serán sacerdotes

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de Dios, el Padre, y de Jesucristo, y reinarán con El durante mil años». El pensamiento anterior del reino y del sacerdocio es el que aquí también acude para declarar la suerte de estos es­cogidos. Realeza y sacerdocio eran los dos estados más elevados socialmente en Israel y una manera de indicar la excelsitud de los que dieron testimonio de Cristo. El nombre de «sacerdotes» parece aquí aplicarse indistintamente a los fieles que dieron el testimonio por Jesucristo.

Com entario de los Santos Padres

67. Los Santos Padres proponen este sacerdocio de los fieles, aludiendo con frecuencia a los pasajes bíblicos expuestos.

Es, sobre todo, un texto claro y de gran valor el de San Agustín que proponemos más abajo (n.69).

Antes, Orígenes, entre los Padres de la Iglesia oriental, co­mentando el Levítico y la entrada de los sacerdotes en la pri­mera estancia, entiende que esta primera estancia del taber­náculo es la Iglesia. «Y no te extrañes—añade—que esta pri­mera estancia esté patente sólo a los sacerdotes. Porque todos los que habéis sido ungidos con el ungüento del sagrado crisma habéis sido hechos sacerdotes, como Pedro lo dice a toda la Iglesia: ‘Vosotros sois linaje escogido, sacerdocio regio, nación santa'. Sois, pues, raza sacerdotal, y por esto os acercáis a las cosas santas». La realidad de este sacerdocio la atribuye a la unción del sagrado crisma, no consta si del bautismo o de la confirmación; pero en ambas hipótesis deduce la unción sacer­dotal por la analogía con las unciones de los sacerdotes del A .T . Orígenes se complace en decir a continuación qué clase de sa­crificios (espirituales) son los que ofrecen los fieles: «Y cada uno de nosotros tiene en sí mismo su holocausto, y él mismo en­ciende el altar de su holocausto para que siempre arda. Si yo renunciare a todas las cosas que poseo, y llevare la cruz y si­guiere a Cristo, he ofrecido holocausto en el altar de Dios; o si entregare mi cuerpo de suerte que arda, teniendo caridad, y si consiguiere la gloria del martirio, me he ofrecido a mí mismo como holocausto en el altar de Dios. Y si amare a mis herma­nos, de suerte que dé mi vida por mis hermanos; si peleare por la justicia, por la verdad hasta la muerte, he ofrecido holo­causto en el altar de Dios. Si mortificare mis miembros de toda concupiscencia carnal, si para mí el mundo está crucifi-

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Comentario patrístico 53

cado y yo al mundo, he ofrecido holocausto en el altar de Dios, y yo soy el sacerdote de mi víctima. De este modo se ejercita el sacerdocio en la primera estancia y se ofrecen víctimas...» 5.

Poco antes el mismo Orígenes había dicho: «¿Ignoras que también a ti, esto es, a toda la Iglesia de Dios y al pueblo de los creyentes, ha sido dado el sacerdocio? Oye cómo Pedro dice de los fieles: ‘Linaje escogido, sacerdocio regio, nación santa, pueblo adquirido'. Tienes, pues, el sacerdocio porque eres raza sacerdotal, y por esto debes ofrecer a Dios la hostia de la alabanza, la hostia de la oración, la hostia de la miseri­cordia, la hostia de la prudencia, la hostia de la justicia, la hos­tia de la santidad...»6.

68. Entre los Padres griegos, San Juan Crisóstomo declara y pondera este sacerdocio universal derivado del bautismo: «Tú también—dice—por el bautismo eres hecho rey, y sacer­dote, y profeta...; sacerdote, cuando te has ofrecido a ti mismo a Dios e inmolaste tu cuerpo, y tú mismo has sido inmolado. Porque, si hemos muerto con El, también viviremos con El (2 Tit 2 ,11) ...» 7.

San Justino asimismo había atribuido a todos los creyen­tes el ser raza sacerdotal: «Nosotros—escribe— , que por el nombre de Jesús, todos como un solo hombre, creemos en Dios Creador del universo, despojados por el nombre de su Hijo primogénito de los vestidos inmundos, esto es, de los pecados, e inflamados por la palabra de su vocación, somos un verdadero linaje sacerdotal de Dios, como Dios mismo lo atestigua, cuando dice que en todo lugar entre los gentiles se le ofrecen sacrificios agradables y puros. Y de nadie Dios recibe sacrificios sino por medio de sus sacerdotes...»8. Ya se ve que alude al sacrificio predicho por Malaquías (1,10), que es el sacrificio eucarístico |9 que a su manera también ofrecen todos los cristianos 10.

5 In Levit. hom. 9,9: PG 12,5243.6 In Levit. hom. 9 ,1: PG I2,5o8s.7 In 2 Cor. hom. 3,7: PG 61,4173.8 Dialog. cum Tryphone 116 : PG 6,745.9 Cf. E. T obac, Malachie: D TC 9,1749-1753; A. H er ra n z , El profeta

Malaquías y el sacrificio de nuestros altares: EstBibl 2 (1930) 67-73; 3 (1931) 94-122; M. M a r ia n i, De sacrificio a Malachia praedicto: Antonianum 9 (i934) 193-242.361-382.451-474; H . J u n k er , Die zwolf kleinen Propheten t.2 (Bonn 1938); F. N ó tscher , Zwolfprophetenbuch (Würzbuch 1948) in h.l.c.; J. A. A ldam a , De SS. Eucharistia4: SThS IV (Matriti 1962) n.64-72.

10 «Ne omnia ad sacerdotes reiciamus; quin potius nos Ecclesiae to-

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69. Entre los Padres latinos podemos mencionar dife­rentes textos de San Agustín: «Entre los fieles no se duda —escribe—que el sacerdocio de los judíos era una figura del futuro sacerdocio regio, que existe en la Iglesia y con el cual son consagrados todos los que pertenecen al Cuerpo de Cristo, que es el sumo y verdadero Príncipe de los sacerdotes. Porque ahora todos son ungidos, lo cual entonces sólo se hacía con los reyes y sacerdotes) y lo que dice Pedro: sacerdocio regio, escribiendo al pueblo cristiano, declaró que los dos nombres convienen a aquel pueblo a quien correspondía aquella un­ción» 1 1 . Y en otro lugar: «He preferido ser despreciado en la casa del Señor; deseo ser un miembro cualquiera, por pequeño que sea, de tu sacerdocio. Aquí llama sacerdocio al mismo pueblo, de quien es sacerdote el mediador de Dios y de los hombres Cristo Jesús. A este pueblo llama el apóstol Pedro: linaje santo, sacerdocio regio» 12.

San León Magno (t 461), en uno de sus sermones, habla de la unidad que debe reinar en el Cuerpo místico de Cristo, de los diferentes oficios que en él se encuentran y de la mutua conexión entre ellos. «Por eso—añade tenemos una comuni­dad indivisa y una dignidad universal en la unidad de la fe y del bautismo, según el dicho del bienaventurado Pedro (1 Pe 2, 5.9)... De hecho, la señal de la cruz hace reyes a todos los que son regenerados en Cristo, y la unción del Espíritu Santo los consagra sacerdotes, a fin de que, además del especial servicio de nuestro ministerio, todos los cristianos reconozcan que son de estirpe real y partícipes del oficio sacerdotal... ¿Qué cosa es tan sacerdotal como consagrar a Dios una conciencia pura y ofrecer en el altar del corazón las víctimas inmaculadas de la piedad?» 13

B ) E n señ a n za s del M ag isterio eclesiástico

Concilio de Trento70. El concilio de Trento tuvo particular cuidado de se­

ñalar la diferencia esencial existente entre el sacerdocio común de los fieles y el sacerdocio ministerial. Dieron pie a las definicio-

tius, perinde ac communis corporis, cura afficiamur...» (S. J uan. C risó s- tomo, In 2 ad Cor. hom.18: PG 61,527).

1 1 Quaest. evang. 2,40,3: P L 35,T355»12 De Civit. Dei 17,5: PL 41,535. Cf. ibid., 10,6: PL 41,2833.13 Serm. 4 ,1: P L 54,1483.

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nes del concilio sobre esta materia las doctrinas de Lutero, que no reconocía otro sacerdocio más que el de todos los fieles, sin admitir la consagración ontológica que se obra en el sacer­dote ministerial14.

Por esto, en la sesión 23 (15 de julio de 1563), al proponer la doctrina sobre el sacramento del orden 15, el concilio enseñó que, «puesto que en el sacramento del orden, así como en el bautismo y confirmación, se imprime carácter, que no puede borrarse ni quitarse, con razón el santo sínodo condena la sen­tencia de los que afirman que los sacerdotes del N .T. tienen solamente potestad temporal, y que aun después de ser legí­timamente ordenados pueden de nuevo hacerse laicos si no ejercen el ministerio de la palabra de Dios. Y si alguien afirma que todos los cristianos indistintamente son sacerdotes del N .T. o que todos están dotados de igual potestad espiritual, no pa­rece hacer otra cosa que confundir la jerarquía eclesiástica, que es ‘como un ejército bien ordenado'; como si, en contra de la doctrina de San Pablo, todos fueran apóstoles, todos profetas, todos evangelizadores, todos pastores, todos doctores» 16.

El Tridentino tiene aquí ante la vista, como sacerdocio del N .T., el sacerdocio ministerial, y a él precisamente le atribuye una potestad sagrada 17, que no es común a todos los cristianos.

Pío X I en la «Miserentissimus Redem ptor»

71. Poco a poco, el pensamiento del sacerdocio común de los fieles se fue abriendo camino de una manera explícita en los documentos eclesiásticos.

La idea de la inmolación personal de los fieles, unida al sa­crificio de la misa, aparece, por ejemplo, en la encíclica de Pío XI Miserentissimus Redemptor (8 de mayo de 1928), cuando pone de relieve la obligación de reparar y de expiar los peca­dos. «Es la inmolación de los ministros y de los otros fieles la que debe unirse con este augustísimo sacrificio eucarístico, para que se muestren ‘hostias vivas, santas, agradables a Dios’ 18. Y San

14 Cf. F. B ravo , El sacerdocio común de los creyentes en la teología de Lutero (Vitoria 1963), sobre todo P.103-116.382SS.

15 «Vera et catholica doctrina de sacramento ordinis ad condemnandos errores nostri temporis, a sancta Synodo Tridentina decreta et publicata sessione [sub Pió IV] séptima»: Dz 1763 (956a).

16 Dz 1767 (960).17 Cf. Dz 1768.1776S (960.966S).18 Rom 12 ,1.

Enseñanzas del Magisterio

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Cipriano no duda en afirmar que el sacrificio del Señor no se celebra con legítima santificación si nuestra oblación y sacri­ficio no responde a la pasión» 19 20.

Si en estas palabras está solamente implícita la idea del sacer­docio común en orden a ofrecer hostias espirituales, más ade­lante aparece explícita en la enseñanza del Pontífice. Exhorta, en efecto, a que, «hechos partícipes del sacerdocio de Jesús, ofrezcamos ‘dones y sacrificios por los pecados 29. Porque —añade—de la participación en este misterioso sacerdocio y en el oficio de satisfacer y de sacrificar no sólo gozan aquellos que nuestro Pontífice Cristo Jesús utiliza como ministros para ofrecer en todo lugar, desde el oriente hasta el ocaso, la limpia oblación al nombre de Dios, sino también todo el linaje de los cristianos, con razón llamado por el Príncipe de los Apóstoles 'raza escogida, sacerdocio regio’ 21, debe ofrecer por los peca­dos 22 tanto por razón de sí como por razón de todo el género humano; casi no de otra manera que todo sacerdote y pontí­fice, 'tomado de entre los hombres, está puesto en favor de los hombres en las cosas tocantes a Dios’» 23.

Pío X II

72. También Pío X II quiso defender la realidad del sacer­docio ministerial de los que actúan como representantes de Cristo y en persona de Cristo, en el sacrificio y en los sacra­mentos. Fomentó con su doctrina, propuesta en la encíclica Mediator Dei, la participación de los fieles en el sacrificio euca- rístico, pero «no por ello—dijo—gozan de poder sacerdotal» 2 . Se refiere evidentemente al poder ministerial de los sacerdotes jerárquicos. «Porque hay algunos—continúa que, sumándose hoy a los errores ya en otros tiempos condenados 25, enseñan que en el N .T. viene solamente bajo el nombre de sacerdocio el sacerdocio que se refiere a todos los que han sido purificados con la ablución de la fuente sagrada, y también que aquel mandato con que Jesucristo en la última Cena encargó a los

19 Epist. 63, n.381 (ed. BAG, p.605); AAS 20 (1928) 17 1.20 Heb s ,i.21 1 Pe 2,9.22 Gf. Heb 5,2.23 Heb 5 ,1; AAS 20 (1928) 171S.24 D z 3849 (2300).25 G f. C onc . T r id ., sess. 23 c.4.

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Apóstoles que hicieran lo que El había hecho, pertenece direc­tamente a toda la Iglesia de los fieles, y que de ahí sólo después se siguió el sacerdocio jerárquico. Por eso piensan que el pue­blo goza de verdadera potestad sacerdotal, y que el sacerdote obra solamente en virtud de un oficio delegado por la comuni­dad... Pero el sacerdote representa al pueblo, porque represen­ta la persona de nuestro Señor Jesucristo en cuanto cabeza de to­dos los miembros, y se ofrece a sí mismo por ellos; por esto se acerca al altar como ministro de Cristo, inferior a Cristo, pero superior al pueblo 2 . El pueblo, en cambio, no representando por ningún motivo la persona del divino Redentor ni siendo mediador entre sí mismo y Dios, no puede en modo alguno gozar de derecho sacerdotal. Todo esto consta con certeza de fe; pero además hay que decir que los fieles ofrecen la hostia divina, pero de manera distinta» 27.

73. Rechazada la parte errónea y exagerada que se acen­tuaba en este sacerdocio de los fieles y explicada la manera como ofrecen los simples fieles el sacrificio eucaristico, Pío XII no dejó de reconocer que, por el bautismo, participan de alguna manera del sacerdocio de Cristo. Escribió textualmente.

«No es de maravillar que los fieles sean elevados a semejante dignidad [de ofrecer sacrificio con el sacerdote y con Cristo (de modo secundario)]. Porque con el lavado del bautismo los cristianos se hacen, a título común, miembros del Cuerpo místico de Cristo sacerdote y por medio del carácter que se imprime en sus almas son delegados al culto divino; y, por tan­to, participan, según su condición, el sacerdocio del mismo Cristo» 28.

A continuación explica el Papa en qué sentido los cristianos todos se dice que ofrecen sacrificio. No lo ofrecen por represen­tar la persona de Cristo y en nombre de Cristo (que esto lo hace el sacerdote ministerial), sino en cuanto que ofrecen por medio de este sacerdote y unidos a él 29.

74. En su alocución Magnifícate Dominum, del 2 de no­viembre de 1954» 2s todavía mas explícito. Rechaza de nuevo

26 Cf. S. R oberto B ela rm in o , De missa II c.4; Controv. 1.6 c.4: Ope­ra omnia (ed. J. Févre) 4 (París 1873) 373a*

27 Dz 3850 (2300); AAS 39 (1947) 553S-28 D z 3 8 5 1.29 D z 3852.

Enseñanzas del Magisterio

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el error de los que piensan que todo el pueblo o comunidad goza de potestad de sacrificar, repitiendo la doctrina que ex­puso en la Mediator Dei 30. «Por lo demás—añade— , no debe negarse o ponerse en duda que los fieles tienen cierto 'sacer­docio’ ni es lícito estimarlo en poco o rebajarlo. Porque el Prín­cipe de los Apóstoles en su primera epístola, hablando a los fieles, usa estas palabras: 'Vosotros sois raza escogida, sacer­docio regio, nación santa, pueblo adquirido’ 31; y poco antes allí mismo asevera que toca a los fieles 'un sacerdocio santo, para ofrecer hostias espirituales, aceptables a Dios por Jesu­cristo’ 32. Pero—concluye a este propósito—, cualquiera que sea el verdadero y pleno sentido de este título honorífico y de esta realidad, hay que retener firmemente que este 'sacer­docio’ común de todos los cristianos, profundo ciertamente y misterioso, no se diferencia solamente en grado, sino también en esencia, del sacerdocio propia y verdaderamente dicho, que está en el poder de realizar el sacrificio del mismo Cristo, re­presentando la persona de Cristo Sumo Sacerdote» 33.

Concilio Vaticano II

75. En este concilio es donde, de manera más clara y ter­minante, se habla del sacerdocio de los fieles y se acepta sin reparos (con tal que se entienda rectamente) el sacerdocio co­mún de los cristianos.

«Cristo Señor, Pontífice tomado de entre los hombres (cf. Heb 5,1-5), .hizo de su nuevo pueblo 'reino y sacerdotes para Dios, su Padre’ (cf. Apoc 1,6; 5,9-10). Pues los bautiza­dos son consagrados como casa espiritual y sacerdocio santo por la regeneración y por la unción del Espíritu Santo, para que por medio de todas las obras del cristiano ofrezcan sacri­ficios espirituales y anuncien las maravillas de quien los llamó de las tinieblas a su luz admirable (cf. 1 Pe 2,4-10). Por ello, todos los discípulos de Cristo, perseverando en la oración y alabanza a Dios (cf. Act 2,42-47), han de ofrecerse a sí mismos como hostia viva, santa y grata a Dios (cf. Rom 12,1), han de dar testimonio de Cristo en todo lugar, y a quien se lo pidiere

30 AAS 39 (1947) 553s ; 46 (1954) 668s.31 1 Pe 2,9.32 1 Pe 2,5.33 AAS 46 (1954) 669.

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han de dar también razón de la esperanza que tienen en la vida eterna (cf. i Pe 3,15)» 34.

La mera lectura de este pasaje de la Lumen gentium sobre el sacerdocio universal de los fieles muestra cómo se han re­cogido aquí las principales citas bíblicas que antes hemos es­tudiado. Estos pensamientos formaban parte, en un esquema anterior (1963) para esta constitución, de un capítulo dedicado conjuntamente al pueblo de Dios y a los laicos. Pero al cons­tituirse el c.2 de la constitución, que trataba del pueblo de Dios, se desglosó la parte de los laicos para el c.4 y se retuvo aquí lo relativo al sacerdocio de los fieles, que en realidad se refiere no sólo a los laicos, sino también a todo el pueblo de Dios: clérigos, religiosos, laicos.

El concilio no ha tenido dificultad en hablar del sacerdocio de los fieles 35, pero al mismo tiempo—como hemos dicho—ha tenido buen cuidado de precisar su naturaleza y distinguirlo del sacerdocio jerárquico. Añade, en efecto:

«El sacerdocio común de los fieles y el sacerdocio ministerial o je­rárquico, aunque distinguiéndose esencial y no sólo gradualmente, se ordenan el uno al otro, pues cada uno participa de forma peculiar del único sacerdocio de Cristo 36. Porque el sacerdote ministerial, en virtud de la sagrada potestad que posee, forma y dirige al pueblo sacerdotal, efectúa el sacrificio eucarístico en la persona de Cristo, ofre­ciéndolo a Dios en nombre de todo el pueblo; los fieles, en cambio, en virtud de su sacerdocio real, concurren a la oblación de la Euca­ristía 37, y lo ejercen con la recepción de los sacramentos, con la ora­ción y acción de gracias, con el testimonio de una vida santa, con la abnegación y caridad operante» 38. 3

3 4 Lumen gentium n.ioa.35 Si alguien pidió en el concilio que se procediera prudentemente al

proponer esta doctrina, que no consideraba madura, y también para no dar lugar a la injerencia laical en los asuntos de la jerarquía, con razón contestó la Comisión doctrinal que, si se propone como de verdad es, no hay peligro de injerencia. Por lo demás—añadía—, esta doctrina, ya se enseñaba en la Mediator Dei y ha sido ya considerada y desarrollada en muchos escritos. Cf. Schema Constit. De Ecclesia (enviado a los PP. el 3 de julio de 1964, fase, verde), Relatio n.io p.42 I.

36 Cf. Pío XII, Aloe. Magnifícate Dominum (2 nov. 1954): AAS 46 (1954) 669; encícl. Mediator Dei (20 nov. 1947): AAS 39 (1947) 555*

37 Cf. Pío XI, encícl. Miserentissimus Redemptor (8 mayo 1928): AAS 20 (1928) 17 1S ; Pío XII, Aloe. Vous nous avez (22 sept. 1956 ): AAS 48 (1956) 7 14 .

38 Lumen gentium n.iob.

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60 P.I c.2 § 2. Sacerdocio común de los fieles

C) Contenido y carácter propio del sacerdocio común

76. El sacerdocio de todos los fieles se llama común o uni­versal, porque según los textos de la Sagrada Escritura antes mencionados, de donde hemos sacado tal modo de hablar, es un sacerdocio que se afirma de toda la colectividad del pueblo cristiano, o de los cristianos en general y en su universalidad, no por razón de un oficio peculiar determinado. Todos, por consiguiente, por estar incorporados a Cristo, participan de este sacerdocio, y por esto es común, universal.

San Agustín, comentando el Apocalipsis (20,6), reconocía expresamente este sacerdocio común: «Serán sacerdotes de Dios y de Cristo y reinarán con El mil años: ciertamente no se ha dicho sólo de los obispos y presbíteros, que ya propiamente son llamados en la Iglesia sacerdotes, sino que, así como a todos llamamos cristianos por la unción del crisma místico, asi a todos sacerdotes, porque somos miembros del único Sacerdote. De ellos dice San Pedro que son raza santa, sacerdocio regio» 39.

77. Pero la Iglesia católica entiende que hay otro sacer­docio, llamado ministerial, porque lo desempeñan ministros de Cristo; esto es, servidores, vicarios y representantes de Cristo que en persona y en nombre de Cristo realizan el sacrificio y los sacramentos y pregonan su mensaje. Este sacerdocio es según la misma Iglesia católica—sólo de algunos, de aquellos que han recibido por el sacramento del orden la consagración ontológica del carácter y de la potestad sacerdotal.

Por lo mismo que este sacerdocio es sólo de algunos, y no de todos, y comunica potestad sagrada, es también y se llama jerárquico y constituye al que lo posee en la sagrada jerarquía.

El concilio prefirió designar el sacerdocio universal de los cristianos con el nombre de sacerdocio común, entre otros que se propusieron40.

Si este sacerdocio se llamara espiritual, por cuanto ofrece hostias espirituales, no aparecería la contraposición con el sacer­docio ministerial, ya que éste es también espiritual. Si se llama­ra universal (aunque esta palabra pueda significar lo que existe en todos), cabría el equívoco de entenderse como un sacer­

39 De Civit. Dei 20,10: P L 35.1355*40 Cf. Schema Constit. De Ecclesia, Relatio n.io P.42S.

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docio que se extiende a todas las cosas y daría un sentido falso. No agradaron tampoco los nombres de sacerdocio incoativo, por cuanto se perfecciona después con el sacramento del orden; tampoco el llamarlo cierto sacerdocio (algún sacerdocio).

Llamarlo sacerdocio sacramental, por cuanto viene median­te el sacramento del bautismo, no lo diferenciaría suficiente­mente del sacerdocio jerárquico, que también es sacramental por venir mediante el sacramento del orden.

El sacerdocio jerárquico es un sacerdocio representativo, porque el sacerdote ministerial, que es mediador entre Dios y los hombres, representa a Dios delante de los fieles y a los fieles delante de D ios41.

78. El sacerdocio ministerial comunica el poder de ofrecer sacrificio por nombre propio y cuenta propia; no porque este poder lo transmitan los fieles al sacerdote, como a su represen­tante. Es verdad que el sacerdote representa al pueblo y a la Iglesia delante de Dios; es verdad que la Iglesia lo ha escogido para ministro suyo; es verdad que ofrece el sacrificio en nom­bre de todo el pueblo y para el bien del pueblo. Pero el poder de consagrar y de ofrecer, el poder de administrar los sacra­mentos, se lo ha conferido la ordenación, no el pueblo. Es un poder que le viene de Jesucristo, que ha sido el ministro prin­cipal de su ordenación por medio del obispo. El sacerdote ministerial es verdadero sacerdote y ministro de Cristo.

«Aquella inmolación por la que Cristo, pronunciadas las pa­labras de la consagración, se hace presente sobre el altar en es­tado de víctima, la realiza el solo sacerdote, en cuanto que des­empeña la persona de Cristo, no en cuanto que representa la persona de los fieles» 42. Por esto los fieles no ofrecen con obla­ción estricta, sino sólo con oblación en sentido amplio. La di­ferencia que hay entre uno y otro sacerdocio no es sólo gra­dual, es también esencial o específica. Porque la especie del sacerdocio viene dada por la especie de la oblación o de la acción sacrificial; y es de especie distinta en el sacerdocio co­mún y en el sacerdocio jerárquico 43.

41 Cf. ibid., Relatio n.io p.43 II.42 Pío XII, encícl. Mediator Dei: AAS 39 (1947) 555*43 M . N ico lau , La Iglesia del Concilio Vaticano II. Comentario a la

constitución dogmática «Lumen gentium» (Bilbao 1966) p.io2s.

Contenido y carácter propio

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79. No nos detendremos en exponer la manera como los fieles ejercen su sacerdocio común. Ha quedado ya indicado en las palabras del concilio: los fieles, «en virtud de su sacerdocio real, concurren a la oblación de la Eucaristía, y lo ejercen con la recepción de los sacramentos, con la oración y acción de gra­cias, con el testimonio de una vida santa, con la abnegación y caridad operante» 44.

Todo el n .n de la Lumen gentium amplifica cómo se ejer­cita el sacerdocio de los fieles mediante la recepción de los sa­cramentos:

«La condición sagrada y orgánicamente constituida de la comuni­dad sacerdotal se actualiza tanto por los sacramentos como por las virtudes. Los fieles, incorporados a la Iglesia por el bautismo, quedan destinados por el carácter al culto de la religión cristiana, y, regenerados como hijos de Dios, tienen el deber de confesar delante de los hom­bres la fe que recibieron de Dios por medio de la Iglesia45. Por el sacramento de la confirmación se vinculan más íntimamente a la Iglesia, se enriquecen con una fortaleza especial del Espíritu Santo, y de esta forma se obligan más estrechamente 46 47 a difundir y. defender la fe con su palabra y sus obras como verdaderos testigos de Cristo. Participando del sacrificio eucarístico, fuente y culmen de toda la vida cristiana, ofrecen a Dios la Víctima divina y a sí mismos junta­mente con ella 4?, y así, tanto por la oblación como por la sagrada co­munión, todos toman parte activa en la acción litúrgica no indistin­tamente, sino cada uno según su condición. Una vez saciados con e cuerpo de Cristo en la asamblea sagrada, manifiestan concretamente la unidad del pueblo de Dios, aptamente significada y maravillosa­mente producida por este augustísimo sacramento. ^

Los que se acercan al sacramento de la penitencia obtienen de la misericordia de Dios el perdón de las ofensas hechas a El y al mismo tiempo se reconcilian con la Iglesia, a la que, pecando, hirieron, y e a, con caridad, con ejemplos y con oraciones, les ayuda en su conver­sión. Con la sagrada unción de los enfermos y con la oración de los sacerdotes, la Iglesia entera encomienda al Señor paciente y glorifica­do a los que sufren para que los alivie y los salve (cf. Sant 5,14-16); más aún, los exhorta a que, uniéndose libremente a la pasión y a la muerte de Cristo (Rom 8,17; Col 1,24: 2 Tim 2,1 is; x Pe 4.13). con­tribuyan al bien del pueblo de Dios. Además, aquellos que entre ios fieles tienen el carácter del orden sagrado quedan destinados en el nombre de Cristo, para apacentar la Iglesia con la palabra y con la

P.l c.2 § 2. Sacerdocio común dé los fieles

44 Lumen gentium n.iob.45 Cf. Santo T omás, Suma Teológica 3 q.63 a.2. _ , TT46 Cf. S. C ir ilo d e J e r u sa l é n , Catech. 17, «De Spintu Sancto» II 35-

37 : PG 33,1009-1012; Nic. C a ba sila s , De vita in Christo I.3, «De utilitate chrismatis»’: PG 150 ,569-580 ; Santo T omás, 3 q.65 a.3; q.72 a.i y 5 -

47 Cf. Pío XII, encícl. Mediator Dei: AAS 39 ( i94?)> sobre todo p.552s.

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gracia de Dios. Por fin, los cónyuges cristianos, en virtud del sacra­mento del matrimonio, por el que manifiestan y participan del mis­terio de la unidad y del fecundo amor entre Cristo y la Iglesia (cf. E f 5, 32), se ayudan mutuamente a santificarse en la vida conyugal y en la procreación y educación de los hijos, y, de esta manera, tienen en su condición y estado de vida su propia gracia en el pueblo de Dios (cf. 1 Cor 7,7). Pues de esta unión conyugal procede la familia, en que nacen los nuevos ciudadanos de la sociedad humana, que por la gracia del Espíritu Santo quedan constituidos por el bautismo en hijos de Dios, para perpetuar el pueblo de Dios en el decurso de los tiempos. En esta Iglesia doméstica los padres han de ser para con sus hijos los primeros predicadores de la fe, tanto con su palabra como con su ejemplo, y han de fomentar la vocación propia de cada uno y con especial cuidado la vocación sagrada» 48.

80. Por todo lo dicho consta que el sacerdocio común de los fieles no coincide unívocamente con el sacerdocio minis­terial, sino sólo analógicamente, y que uno y otro son específi­camente diversos. El sacerdocio ministerial—como veremos más adelante—comunica participación en la autoridad con que Cristo Cabeza influye en la Iglesia; es una comunicación de su potestad.

La confirmación, por ser culminación y complemento del bautismo, constituye también sacerdotes a los cristianos. No faltan Padres, en efecto, que explican este sacerdocio a partir de la «unción» o del crisma. Pero si la diferencia entre el carác­ter y el sacerdocio conferidos por el bautismo y la confirma­ción es sólo de grado, lo es de especie la diferencia entre el ca­rácter y el sacerdocio de estos sacramentos y los conferidos por el sacramento del orden.

48 Lumen gentium n.-n.

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64 P.l c.3 § 1. Los ministros de Jesucristo

C apítulo III

«MISION» Y «M IN IST ER IO » E N E L NU EVO T EST A M EN T O

I. Los ministros de Jesucristo en la misión encomendada por el Padre 1

8i. Jesucristo es el enviado del Padre. Como El ha sido enviado por el Padre, así El envía a sus discípulos (Jn 20,21).

Jesucristo es el Sumo Sacerdote (ápx^pevs) o Pontífice del Nuevo Testamento (Heb 2,17; 3 ,1; 5.55 8,1; 9 ,11...).

Jesucristo es también el Maestro, el que se llama «Maestro» por excelencia; sus discípulos no tienen que ambicionar este nombre (Jn 13 ,13 ; M t 23,8).

Y es el Buen Pastor (Jn 10 ,n ) . Es el «Príncipe de los Pas­tores» (ápxnroínsv; 1 Pe 5,4).

Todos estos títulos, que corresponden a Jesucristo por exce­lencia singular, no excluyen, antes bien, suponen que otros par­ticiparán en ellos de una manera inferior y subordinada. El sumo sacerdocio parece suponer que habrá otros sacerdotes que participarán de este sacerdocio supremo. El Magisterio altísimo y universal, que de hecho en vida de Jesús no alcanza

l Cf. H. S c h l ie r , Grundelemente des priesterlichen Amtes im Neuen Tes- tament: Theologie und Philosophie 44 (1969) l6 l ‘ l8° ; R> P^SCH> und Sendung. Nachfolge und Mission. Eine Studie zu Mk 1,16-20: ZkathTh 01 (1969) 1-3 1 ; Y . C ongar, Ministéres et structuration de l Eglise: MaisDieu n 102 (1970 II) 7-20; Id., Le sacerdoce du Nouveau Testament. Mission et cuite, en «Vatican II. Les pretres» (París 1968) p.233-256; M. T h u rian , Sacerdoce et ministére (Taizé 197°);. E . B a r t o let t i, E l sacerdocio ministe­rial según la Escritura y él Magisterio: Cristo al mundo 15 ( i97°) 257-200 (publicado en «Awenire», 9 de abril de 1970); J. C olson , Ministre de Jesus- Christ ou le sacerdoce de VÉvangile. Étude sur la condition sacerdotale des ministres chrétiens dans l’Église primitive (París 1966); K . H. S c h e lk e , Ser­vices et serviteurs dans les Églises au temps du N .T.: Concilium n.43 (1969) i i s s ; M . G u er r a , Problemática del sacerdocio ministerial en las primeras co~ munidades cristianas, en «Teología del sacerdocio I» (Burgos 1969) p.36-67; C. R o m an iuck , El sacerdocio en el N .T. (Santander 1969) parte 3.a sec.i, E L a m i r a n d e , Le m inistére, service de la communauté ecclesiale. LavalThéolPhil 22 (1966) 109-132; O. K a r r er , Das kirchliche Amt in Idee und Geschichte, en «Das Reich Gottes heute» (München 1956) p.164-193;K . E . K ir k (director), The Apostolic Ministry. Essays on the History and the Doctrine of Episcopacy (London 1947): O- Sem m elro th , Das geistliche Amt. Theologische Sinndeutung (Frankfurt a. M . 1964); P. G r elo t , Le mi- nistére de la Nouvelle Alliance (París 1967).

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a todos los hombres y naciones, parece implicar la necesidad de colaboradores mediante los cuales se obtenga aquella univer­salidad. La «misión» del Padre, que se traspasa a otros, nos dice la existencia de otros enviados. Si es «Príncipe de los Pastores», hay otros que también apacientan, sometidos a su Principado.

De hecho el N .T. habla de diferentes colaboradores de Jesucristo en la obra encomendada por el Padre 2.

L o s discípulos 3

82. Bajo esta expresión genérica del N .T. se designa en los evangelios y en los demás escritos de los Apóstoles a todos aquellos que seguían las enseñanzas de Jesús. No obtiene, por sí sola, esta palabra el alcance misional o ministerial de otras que pronto encontraremos; aunque en no raras ocasiones Juan designa con ella a los Apóstoles (v.gr., Jn 13,5.225).

Apóstoles 4

El significado preciso de esta palabra, que es el de enviado, tiene su paralelo verbal en el semítico séliah, que le correspon­dería. El término apóstol fue empleado por el mismo Jesús, que así designó al grupo selecto de los doce, escogidos entre sus discípulos (Le 6,13). La iniciativa para esta selección es totalmente de Jesús: «Llamó a los que El quiso; y se acercaron a El. E hizo que doce estuvieran con El» (Me 3,i3s). En el sermón de la última Cena se manifestará celoso de esta elec­ción, cuya iniciativa le correspondía: «No me habéis elegido vosotros a mí, sino yo a vosotros» (Jn 15,16).

La designación directamente divina es una de las condicio­nes necesarias para pertenecer al colegio de los doce Apóstoles. Este llamamiento directamente de Jesús se cumplió en todos los que el Maestro escogió durante su vida pública para este oficio. Cuando, después de la Ascensión del Señor, tratarán Pedro y la comunidad cristiana reunida en Jerusalén de se-

2 Con la denominación genérica «Dei sumus adiutores» (uuvepyoí) de­signa San Pablo (1 Cor 3,9) a los cooperadores de Dios en el ministerio apostólico y en la obra de la redención.

3 C f. K. H. R en g sto r f , art. jioc0r|-nís: ThW N T 4,417-464. Para el sig­nificado y uso de esta palabra en el A .T . y cultura judaica, ibid., p.428- 443; para el N .T., ibid., p.444-464.

4 Cf. K. H. R en gsto rf , art. áirócrroAos: ThW N T 1, 406-446; el sig­nificado y uso en el N .T., ibid., 421-446; L . C er fa u x , Pour l’histoire du títre «apostólos» dans le Nouveau Testament: RechScRelig 48 (1960) 76-92.

Discípulos y Apóstoles

Ministros de Cristo 3

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ñalar a uno para que ocupe el lugar y el oficio (srnaKOTní) de Judas Iscariote, la designación vendrá inmediata y directamen­te de arriba por medio de las suertes: «Tú, Señor, que conoces los corazones de todos, muestra a quién has elegido de estos dos [Matías, Barsabás] para recibir el lugar de este ministerio y apostolado» (Act i,2 4s). Aunque la elección y presentación de los candidatos viene de la asamblea (v.23), la designación y la consagración para el oficio vienen directamente de Dios. «Echaron suertes y cayó la suerte sobre Matías, que quedo connumerado con los once Apóstoles» (v.26).

San Pablo insistirá en su designación para el apostolado, por encargo directo de Jesucristo, a quien vio (cf. n.182).

83. La finalidad de este oficio apostólico queda designada fundamentalmente por Marcos (3,14»): ^ «Para estar con El»; 2.0, «para enviarlos a predicar»; 3.0, «y les dio el poder de curar enfermedades y de echar a los demonios» (cf. Mt 10,1). Pero la misión de estos doce para predicar no excluyó la misión de otros 72, que envió de dos en dos para preparar el terreno antes de su llegada (Le 10,1). También a éstos comunicó el encargo de predicar, como si los oyentes tuvieran que oírle a El mismo: «El que oye a vosotros, a mí me oye; y el que os desecha a vos­otros, a mí me desecha» (Le 10,16; cf. M t 10,40). Es sabido que, entre los orientales de modo particular, el honor o deshonor que se tributaba a los legados o emisarios redundaba en la per­sona que los enviaba 5.

84. San Pablo utiliza esta palabra (apóstol) para designar su ministerio respecto de Jesucristo. Nótese el énfasis con que insiste en que su llamamiento no viene de los hombres, sino de Dios. Ha sido llamado a ser apóstol (Rom 1,1); a ser aposto! de Jesucristo por voluntad de Dios (1 Cor 1 ,1 ; 2 Cor 1 ,1 ; E í 1,1 ; Col 1 ,1 ; 2 Tim 1,1); es «apóstol, no por parte de hombres ni por medio de hombres, sino por medio de Jesucristo y de Dios Padre» (Gál 1,1); «apóstol de Jesucristo por el mandato de Dios Salvador» (1 Tim 1,1); «esclavo de Dios y apóstol de Jesucristo»

(Tim 1,1) 6.5 V sr Abigail, futura esposa de David, lavando los pies de los que

vienenAtraerle el mensaje del rey (1 Re *5.4i). Véase tamble» k ^ KorVia a David en sus emisarios: 2 Re io,2ss. .

6 Gomo se ve, el título de apóstol es frecuente en ¿os “ tlama ^on de las cartas de San Pablo; menos en 1 y 2 Tes, Flm. En Flp se llama, con Timoteo, «esclavo» (SoüAos) de Jesucristo (flp 1,1).

6 0 p j c .3 § 1 . L o s m in is tr o s d e J esu cr isto

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Sobre este apostolado insistirá, comparándolo y equiparán­dolo con el de los demás Apóstoles, en i Cor 9,iss: «¿No soy yo Apóstol? ¿No he visto yo a Jesús, nuestro Señor... ?» Tam­bién en i Cor 15,5-10: «Fue visto por Cefas y después por los once... Luego fue visto por Santiago, después por todos los Apóstoles, últimamente... fue visto por mí. Porque soy el me­nor de los Apóstoles, que no soy digno de ser llamado con este nombre... Pero por gracia de Dios soy lo que soy...»

Pablo, inmediatamente después de su conversión, no vino a Jerusalén a ver a los Apóstoles anteriores a él (Gál 1,17).

Em bajador de Cristo 7

85. Relacionado con la idea de la misión y del apostolado está el pensamiento de la legación o embajada. Lo utiliza San Pa­blo para expresar la característica de su misión. «Desempeñamos una embajada —dice— en nombre de Cristo; como si Dios ex­hortara por medio de nosotros» (2 Cor 5,20). La embajada se refiere al ministerio de reconciliación, a la reconciliación de Dios con los hombres por medio de Cristo, ministerio que ha sido confiado al apóstol (2 Cor 5 , i 8 s s ). También en otro lugar dice que es embajador del Evangelio, aun estando aprisionado en cadenas (Ef 6,20).

Pregonero del Evangelio 8

Pregonero, predicador o heraldo del Evangelio se llama San Pablo, al mismo tiempo que se dice apóstol y maestro (2 Tim 1,11) . También será «ministro (Siókovos) del Evangelio que ha sido predicado» (Col 1,23).

Ministro (Siókovos) de Jesucristo 9

86. Es frecuente en las cartas de San Pablo la expresión que acabamos de encontrar (ministro) relativa al servicio o mi­nisterio de la causa de Jesucristo. La palabra ministerio (Sia- Kovía) llegará a ser característica y clásica para designar el oficio de colaborador o de instrumento de Cristo, en su obra universal, en el espacio y en el tiempo, de Sacerdote, Profeta y Rey.

7 Cf. G. B ornkamm, Trpso-pEúco: ThW N T 6,680-682.8 Cf. G. F r ie d r ic h , Kfípu : ThW N T 3,382-695; Ktipúaaco, ibid., 695-714;

Kiípuypa, ibid., 714-716.9 Cf. H. W. B e y e r , S ioíkovíoc, S ió k o v o s : ThW N T 2,87-93.

Apóstoles 67

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68

San Pablo, como acabamos de ver, es «diácono (ministro) del Evangelio» (Col 1,23). Porque, en efecto, Dios «le ha hecho ministro (Sióckovos) de la Nueva Alianza». Es una diaconía, no de muerte, sino de vida en Espíritu y en gloria y santidad (2 Cor 3 , 6 s s ). Si los Apóstoles son «ministros ( S iA kovoi) de Cristo», también lo es Pablo (2 Cor 11,23)- Epafra es también así llamado (Col 1,7). Timoteo lo será si propone la recta doc­trina (1 Tim 4,6). Timoteo tiene que llenar o realizar cum­plidamente su diaconía, o ministerio (2 Tim 4 *5 )*

Es frecuente—lo hemos dicho—el uso de «ministerio» (61a- kovíoc) para expresar la acción coadjutora en el Evangelio de Buena Nueva. Es diaconía del Espíritu (2 Cor 3 >8); es diaconía de la justicia (santidad) (2 Cor 3>9)> es diaconía de reconcilia­ción (2 Cor 5, i 8s) 10; es diaconía que no debe ser vituperada (2 Cor 6,3); es diaconía en servicio de los santos (2 Cor 8,4; 9,1; 11,8); es diaconía de un servicio litúrgico o social (el de recoger limosnas: 2 Cor 9,i2s); se trata de «ministros (diáco­nos) de la Nueva Alianza» (2 Cor 3,6). Es Cristo Jesús quien dio fuerzas a Pablo y le juzgó fiel al ponerlo en esta diaconía (1 Tim 1,12). Esta diaconía se ha conseguido por misericordia de Dios (cf. 2 Cor 4,1); incluye como propio el predicar al Mesías Jesús Señor (2 Cor 4,5) y hace al ministro «esclavo de los fieles» por Jesús (2 Cor 4,5)* Es el desempeño de una lega­ción en persona de Cristo, como si el mismo Dios exhortara por medio del ministro (2 Cor 5>20).

Con este término queda indicada la auténtica postura de servicio y ministración con que se designa la colaboración con Cristo en su obra del Nuevo Testamento. No se trata en esta obra y en esta colaboración de ambicionar grandezas y hono­res externos. El que es mayor tiene que hacerse menor y ser­vidor, «como el Hijo del hombre, que no vino a ser servido, sino a servir y dar su vida como redención por los que son multitud» (Mt 20,27s). Si todo ello implica el despojarse del honor externo, no por ello queda vacía la gloria y la «potestad» interna.

10 Aquí San Pablo habla de un «ministerio (6iat<ovíoc) de reconciliación», que le ha sido conferido por Dios después de reconciliarle consigo por medio de Cristo (2 Cor 5,18). El Apóstol alude a la obra de la reconciliación reali­zada por Cristo y a la buena nueva o mensaje de esta salvación, ya que Dios «puso en nosotros la palabra de reconciliacióm (2 Cor 5.19). Y él es embajador de Cristo y Dios, como que exhorta por medio de él (2 Cor 5,20).

P.I c.3 § 1. Los ministros de Jesucristo

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Diaconía de Jesucristo 69

Esclavo de Cristo Jesús 11

87. La idea de servicio, propia del «ministerio» o diaco- nía, viene expresada más enérgicamente con la expresión Soñ­aos XpiCTTOu M-qaoü (Rom 1 ,1 ; Flp 1 ,1 ; cf. Gál 1,10 ; Tit 1,1), que equivale a siervo o esclavo de Cristo Jesús. La esclavitud importa la idea de entrega total e incondicionada. Sobre San Pablo pesa como una carga irrenunciable el servicio abnegado y pleno del Evangelio. «¡Ay de mí—dice—si no evangeliza­re» (1 Cor 9,16) 12. La esclavitud respecto de Cristo hace tam­bién que el Apóstol sea esclavo de la comunidad y de los fieles por respeto a Cristo (2 Cor 4,5).

Servidor (úirr|péTr|s) de Cristo 13

San Pablo desea que se le considere como servidor (útt- ripÉTris, ministro) de Cristo (1 Cor 4 ,11), lo cual implica una idea de servicio en convivencia y proximidad con el Señor. El ínr- r|p£Tr|s parece ser, en efecto, el servidor doméstico, siempre atento a los deseos de aquel a quien sirve; el servidor que está a mano. Este pensamiento va unido a la idea de la elección de los doce, expresada por Marcos (3,14): «para que estuvieran con El».

88. Si los términos anteriores alcanzan un significado ge­nérico respecto del servicio, ministerio o diaconía que tienen que realizar los enviados, apóstoles y embajadores de Cristo Jesús, hay otros términos y expresiones que alcanzan un sig­nificado más específico por referirse al ministerio de la palabra, al ministerio del culto o al ministerio del régimen y gobierno pastoral. El estudio de esta triple vertiente del ministerio en el N .T. nos servirá para precisar más su naturaleza y sus ca­racterísticas.

11 Cf. K. H. R en gsto rf , SoOAos y sus derivados: ThW N T 2,264-283; sobre todo viendo su sentido en el N .T., ibid., 272-282.

12 El uso del término SoüAos Xpia-roO ’lricroü aplicado a Epafra en Col 4,12.13 Cf. W a l t e r B a u er , Wdrterbuch zum N.T., 5. Auflage (1958),

art. úirripÉTris col.i666s.

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70 P.I c.3 § 2. Triple vertiente del ministerio

II. Triple vertiente del ministerio en el Nuevo Testamento 14

M in isterio ev an gelizad o r

89. La característica más saliente del ministerio en el N .T. es su carácter evangelizador. Antes (n.85) hemos co­nocido la expresión de pregonero o heraldo del Evangelio que San Pablo se ha aplicado. La palabra y la acción, el culto y la oración, el gobierno de los pastores y su vida..., todo es en orden al «Evangelio», que es la «buena nueva» de la reconcilia­ción con Dios por medio de Cristo y el mensaje de nuestra incorporación a El para ser hijos adoptivos de Dios.

En un orden cronológico, para llegar a la realidad de esta buena nueva, lo primero es el ministerium verbi. Para que el hombre apetezca libremente esta filiación divina, lo primero es que la conozca como posible y que se le propongan los medios de alcanzarla. Todo esto lo conocerá mediante la revelación y «buena nueva», que él aceptará mediante la fe en la palabra de Dios revelada. Por esto es necesaria la predicación de la palabra, «porque todo el que invocare el nombre del Señor será salvo. Pero ¿cómo invocarán a aquel en quien no creye­ron? Y ¿cómo creerán en El si no han oído de El? Y ¿cómo oirán si no se les anuncia? Y ¿cómo se les anunciará si no hay enviados?» (Rom 10,13-15).

El ministerio público de Jesucristo se inauguró con la pre­dicación en las aldeas y pueblos de Galilea y de Palestina. Se reconocía enviado para ello. Y cuando le quisieron retener les dijo: «Vamos a otra parte, a las villas vecinas, para predicar también allí, porque para eso he venido» (Me 1,38). Esta mi­sión evangelizadora, profetizada por Isaías, es la que Jesús recalcó en la sinagoga nazaretana: «El Espíritu de Yahvé está sobre mí. Por lo cual me ha ungido. Me ha enviado para evan­gelizar a los pobres, para predicar la liberación a los cautivos y a los ciegos la recuperación de la vista...» (Le 4,18; cf. Is 61, is; 58,6).

90. Durante la vida pública del Maestro, los Apóstoles y los discípulos fueron enviados a predicar la buena nueva (Mt 10, 5ss; Me 3,14; 6,7ss; L c 9,2-6; io , iss).

14 Para bibliografía ulterior véanse principalmente los mismos autores citados en la nt.i de este capítulo.

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71

Y es conocida la misión solemne, antes de la Ascensión, para predicar y enseñar en el mundo universo (Mt 2 8 , i 8 s ;

Me 16,15.20). El oficio de «testigos» de su vida, muerte y resu­rrección, que imponía a sus discípulos, implicaba el oficio de predicar la palabra (Le 24,47-49; Act 1,8).

Este oficio lo desempeñaron con celo los Apóstoles desde la venida del Espíritu Santo el día de Pentecostés (Act 2,4ss. 22-41; 3,12-26; 4,8-12...).

Consideraban tan importante y propio este oficio, que pien­san que no es razonable dejar ellos el ministerio de la palabra por atender a los problemas de la beneficencia corporal (Act 6,2). Fue la ocasión de constituir algunos'ayudantes para aten­der a las mesas. Después encontraremos a algunos de ellos, Esteban y Felipe, que también predican el mensaje (Act 6, ioss; 8 ,5 s .2 9 s s ).

91. San Pablo ponderará la importancia de este oficio de evangelizador, y, en su caso concreto, después de recordar que bautizó a varios, preferirá el ministerio de la palabra al de bautizar: «Porque—decía—no me envió Cristo a bautizar, sino a evangelizar» (1 Cor 1,17).

Distinguiendo el ministerio cultual antiguo (qui in sacrario operantur) del ministerio sacerdotal cristiano, describirá este sacerdocio como un anuncio del Evangelio (qui Evangelium annuntiant: 1 Cor 9,133).

A su discípulo Timoteo le urgirá Pablo este encargo de la palabra: «Predica la palabra, insiste oportuna e importunamen­te, convence, reprende, exhorta con toda longanimidad y doc­trina» (2 Tim 4,2). Tiene que hacer labor de evangelista y cum­plir perfectamente con su ministerio (2 Tim 4,5).

Tratando del obispo 15, requiere que sea «capaz de ense­ñar» (1 Tim 3,2). Un siervo del Señor no debe altercar, sino ser dulce con todos, «dispuesto a enseñar», sufrido con las incomprensiones, que eduque con dulzura (2 Tim 2,24s).

Parece claro y evidente que el «ministerio de la palabra» ocupa un lugar relevante para los colaboradores de la obra de Cristo en el Nuevo Testamento.

15 Más abajo (n.136-138) diremos cómo estos obispos se confunden con los presbíteros, por no estar bien definidos ambos términos.

Ministerio evangelizador

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72 P.I c.3 § 2. Triple vertiente del ministerio

Ministerio cultual

92. No faltan expresiones del N .T. que manifiestan la realidad del ministerio cultual. Si es verdad que no aparece en ninguno de los libros del N .T. el término lepsús (sacer­dote ), aplicado a los ministros del Sumo Sacerdote Jesucristo (cf. n.ii2ss), es también cierto que no faltan las realidades existenciales del culto sagrado que deben desempeñar los mi­nistros de Jesucristo.

Lo s ministerios del culto indicados en el N .T .

93. a) El Señor realizó en la última Cena un rito religio­so de particular relieve, referido por los tres sinópticos (Mt 26, 26-28; Me 14,22-24; Le 22,i9s) y por San Pablo (1 Cor n , 23-26); y mandó que sus Apóstoles, allí presentes, los siguie­ran realizando en su conmemoración (Le 22,19; 1 Cor 11,25). Los Apóstoles recibieron, por consiguiente, el encargo de un mi­nisterio cultual, el de repetir lo que el Señor había hecho en la última Cena.

Este rito, que se llamará «la fracción del pan» por uno de los gestos característicos de Jesús, los Apóstoles lo realizarán en lo sucesivo, juntando la enseñanza con el culto, la liturgia de la palabra con la liturgia de la cena eucarística, que conme­moraba el sacrificio de la cruz. Los creyentes, en efecto, per­severaban: a) en la doctrina de los Apóstoles; b) en la unión fraterna; c) en la fracción del pan; d) y en las oraciones (Act 2,42) 16.

Esta «fracción del pan» evoca el rito judío de bendecir a

16 No cabe duda que esta fractio pañis, referida en un contexto exclu­sivamente religioso, es distinta de un mero ágape fraterno; como pudiera tal vez ser el «partir el pan en las casas, tomando juntos el alimento con alegría y sencillez de corazón», de que se habla en Act 2,46. Pero aun en este último pasaje no queda excluido el sentido eucarístico, de una cena religiosa, repitiendo lo hecho por el Señor y juntándola con un ágape fami­liar, que más adelante, veinticuatro años más tarde, será usual entre los fieles de Corinto. Cf. 1 Cor i i ,20s . El término clásico que usa San Pablo para designar la Eucaristía es «el pan que partimos» (pañis quera frangimus: 1 Cor 10,16). Con la fradio pañis se designará el sacrificio eucarístico en la Didaché ( 14 ,1; F u n k , PP. Apostolici 1,32; R 8 ) y por San I gnacio d e An- tioquía (Ad Eph 20,2; F u n k , 1,230; PG 5,661; R 43). Sobre esta fractio pañis puede verse J. L e a l , La Sagrada Escritura. N.T. II (a. 1962), Hechos, excursus 3 p.31-36.

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Ministerio cultual 73

Yahvé por el pan que concede, y también el gesto propio del presidente de partir el pan y distribuirlo a los asistentes; evoca ciertamente lo hecho por Jesucristo y lo que hará San Pablo en Tróade.

El primer día de la semana, esto es, el domingo, se reúnen en Tróade los cristianos «para partir el pan» (Act 20,7ss). Hay una larga instrucción de Pablo que se prolonga hasta entrada la noche. El incidente del joven que, vencido por el sueño, cae desde el tercer piso y es recogido muerto, interrumpe la narración de la función cultual. Pero Pablo es el que la conti­núa: sube de nuevo al tercer piso, realiza la «fracción del pan», esto es, el rito de Cena del Señor, y come de ella flitt. gusta). Es al mismo San Pablo a quien se atribuye la realización de este rito, lo cual, por otra parte, está en plena consonancia con el sentido jerárquico que presidía la cena pascual de los judíos, y que debieron entender los Apóstoles cuando el Se­ñor les mandó repetirla.

94. b) El Señor mandó asimismo a sus Apóstoles que, jun­tamente con la instrucción y evangelización, realizaran el rito religioso del bautismo (Mt 28,18; Me ió,i5s). Este rito ya antes los Apóstoles lo habían practicado (Jn 3,22; 4,2). Y lo practi­carán después de Pentecostés como rito de salvación y de agregación al cristianismo de aquellos que, después de la pre­dicación, habían «recibido la palabra» y la fe (Act 2,41; 8,13. 35-38; 9,19; 10,48...).

Se bautizaban para formar parte del Cuerpo místico de Cristo (cf. Rom 6,3). San Pablo no dejó de bautizar (cf. Act 19, 5; 1 Cor 1,14-16), aunque consideró más urgente el predicar, en las circunstancias concretas de Corinto (1 Cor 1,17).

c) El rito religioso de ungir con aceite a los enfermos lo vemos practicado por los Apóstoles (Me 6,13). Es una insinua­ción 17 * * de la unción, acompañada de oración, que sobre los enfermos realizarán los presbíteros de la Iglesia (Sant 5,i4s).

d) También los Apóstoles quedan facultados por el Se­ñor, al tiempo que les comunica su misión, para perdonar y re­tener pecados (Jn 20,21-23). A una confesión de los pecados,

17 Así lo califica el concilio de Trento respecto del sacramento de launción de los enfermos, que después Santiago (S,i4s) recomendó y pro­mulgó: Dz 1695 (908).

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antes de ofrecer sacrificio, parece referirse la Didaché (a.90-

IO° ) 18- . .,e) Los Apóstoles realizan también el rito de la imposición

de manos junto con la oración, para comunicar de modo especial el Espíritu Santo a los ya bautizados (Act 8,14-17; 19,2-6).

95* f ) Son asimismo los Apóstoles los que imponen las manos en orden a transmitir una misión o constituir en una dig­nidad sagrada. En Act 6,2-6 se habla de una imposición de manos realizada por los Apóstoles, junto con la oración, para ordenar ayudantes de su ministerio, expresamente para el ser­vicio de beneficencia, aunque algunos de ellos aparecen des­pués predicando, enseñando y bautizando (Act 6,8ss, 8,5ss. 29SS). San Pablo recordará a Timoteo, su discípulo, la imposi­ción de manos realizada por el mismo Pablo, junto con el presbiterio, en orden a comunicarle una gracia (XaPl°^ a) T-16 está dentro de él, y él (Timoteo) puede reavivar (1 Tim 4T 4) 2 Tim 1,6; cf. 1 Tim 5,22; n. 195-200).

96. Todos estos pasajes del N .T . manifiestan inequívo­camente la existencia de un ministerio cultual, que se relacio­na con el sacrificio (es el sacrificio eucarístico 19) y con ritos simbólicos significativos y productivos de la gracia de Dios 20. También con la vida de oración. De algunos de estos ritos ten­dremos que ocuparnos expresamente, estudiando en su con­texto bíblico y a la luz de las primeras fuentes patrísticas sualcance sacramental (cf. n.i9iss).

g) Es fácil ver una alusión a estos ritos sagrados en la frase de San Pablo con que se declara, junto con Apolo y Gefas, servidor familiar (Cnrr|péTr|s) de Cristo y dispensador (oÍKovóiros, administrador) de sus misterios (1 Cor 4»1 )- Es fácil en estos términos encontrar resonancias cultuales por el uso de la época21. Si el término v/TrripÉTTis expresa la idea de un servicio familiar y doméstico, en convivencia con el Señor

74 P.I c.3 § 2. Triple vertiente del ministerio

i» Didaché 14 ,1: F unk, 1,32 ; R 8. . . , . .19 Cf., v.gr., J. A. de A ldama, De sacramento umtatis chnstianae seu

de sanctisslmá EucharistiaA SThS IV (1962)0.1933. .20 Cf., v.gr., M . N icolau, Teología del signo sacramental (Madrid 1969;

21 Cf. O. M ichel, oIkovóuos, oíkovouícc: T h W N T 5,151-155- L aen 1 Cor 4,1 tiene sentido cúltico, según J. R eumann, Stewards of God: Journal of biblical Literature (1958) 339-349; M. G uerra, l.c., p.24.

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Ministerio cultual 75

(cf. n.87), la idea de «administración» (okovopía) importa también esta dispensación de los dones domésticos. El minis­tro de Cristo, según esta terminología, es familiar y convive con Cristo. Lo que se pide y exige de él es la fidelidad (1 Cor 4,2).

97. h) No faltan en San Pablo expresiones sacrificiales que sugieren la idea del sacrificio cúltico sacerdotal, ofrecido en el mismo Apóstol. Alude a la posibilidad de «verter su sangre, como libación, sobre el sacrificio y el ministerio sagrado de vues­tra fe». Por esto se alegra y congratula con los filipenses (2,17). Se alegra también de sus propios sufrimientos por los colosen- ses y completa en su carne lo que falta a las tribulaciones de Cristo, por el bien de su cuerpo, que es la Iglesia, de la cual ha sido hecho ministro por la dispensación de Dios (Col 1,24). El se gastará y se desgastará por las almas de los corintios (2 Cor 12,15), consciente de ser un sacrificio con Cristo, de buen olor para Dios (cf. 2 Cor 2,14-16). A l fin y al cabo, dirá, como des­pidiéndose de Timoteo, «yo ya estoy ofrecido en libación», ha­blando del ofrecimiento sacrificial del vino en que todo se de­rramaba (2 Tim 4,6).

La vida cristiana tiene que ser, según el mismo Apóstol, un entregarse a Dios por amor, como oblación y víctima para Dios en olor de suavidad, a imitación de Cristo (Ef 5,2). La fe cristiana y la vida cristiana son como un sacrificio y un obsequio litúrgico (Flp 2,17).

98. i) Hay frases en San Pablo que atribuyen oficio sacer­dotal y litúrgico a lo que es predicación del Evangelio. Es como ser sacerdote del Evangelio de Dios.

Pablo describe su ministerio evangelizador sirviéndose de ex­presiones y comparaciones tomadas del culto y del ministerio sacer­dotal. Ambos oficios, el del Evangelio y el del sacrificio, apare­cen así íntimamente relacionados y unidos. «Os he escrito [a los Romanos] con algún atrevimiento —les dice— en virtud de la gracia que me ha sido dada por Dios, de ser liturgo (AeiTOupyós) de Cristo Jesús entre los gentiles, ejercitando la obra sagrada (íspoupyoüvTa) del Evangelio de Dios, a fin de que la oblación (Trpoacpopcc) de los gentiles sea acepta y santificada en el Espíri­tu Santo» (Rom 15,16). Los términos de liturgo o ministro ofi­cial del culto, de acción sagrada sacerdotal y de oblación incruen-

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ta 22, que aquí usa el Apóstol, son términos cultuales y sacerdo­tales 23, aplicados a la predicación del Evangelio 24.

Pablo sirve a Dios (Acrrpéuw) por la predicación del Evange­lio de su Hijo (Rom 1,9).

San Pablo, al mencionar los oficios sacerdotales de Israel y de todas las religiones, es decir, de aquellos que ejercen funcio­nes sagradas y sirven al altar, los cuales viven del santuario y participan del altar, relaciona y compara estos oficios con las fun- dones evangelizadoras de los ministros del N .T ., puesto que el Señor ordenó que los pregoneros del Evangelio vivan del Evan­gelio (cf. 1 Cor 9,i3s; 1 Tim 5,i7s; Le 10,7; Mt 10,10).

99. j) Un texto del Apóstol ( 1 Cor 1,2) indica probable­mente oficios litúrgicos de la comunidad cristiana. Pablo saluda «a la Iglesia de Dios que está en Corinto, a los santificados en Cristo Jesús, a los llamados a la santidad, con todos los que en todo lugar invocan el nombre de Jesucristo» (jois siriKaAounévois tó óvoiia toü Kupíou fipcov 5Ir|croü Xpicrroü sv Travrí Tomo).

«Invocar el nombre del Señor» alcanza un significado cúltico; v.gr., en Gén 13,4, en el altar edificado por Abrahán; y en el bosque plantado también por Abrahán (Gén 21,33). Por esto los que invocan el nombre del Señor pueden ser ministros del oficio litúrgico, cuyo paralelo, en una fórmula salutatoria de Pablo, puede hallarse en Flp 1,1. Con ella el Apóstol saluda «a todos los santos en Cristo Jesús, que están en Filipos, con los obispos y diáconos»; palabras que expresan cargos oficiales, esto es, los ministros «que invocan el nombre del Señor».

La expresión «en todo lugar» (sv ttocvtí tóttco) podría enten­derse de «todo rango» o puesto en que estuvieren colocados estos liturgos; y la misma palabra (íSios ó tóttos) se emplea en 1 Cle­mente 40,5 para indicar «el propio lugar» (puesto, rango) que tenían señalado los sacerdotes ordinarios 25.

fe) Otro término de sabor litúrgico es el empleado en A ct13,1-2. Se refiere a los profetas y doctores que con Saulo y Ber-

22 Cf. W. B a u er , irpoCTcpopá: Wórterbuch zum N .T. 1430; M. J. L a- g r a n g e , Építre aux Romains4 (1931) 351.

23 Cf. 1 Clem 36,1; 41,2; 44,4; ed. Ruiz Bueno (BAC), p .2 11.214.218.24 Un estudio reciente sobre este pasaje de San Pablo lo han realizado

H. S c h l ie r , Die «Liturgie» des apostolischen Evangeliums (Rom 13 ,14 -2 1) , en O. S em m elro th , Martyria. Leiturgia. Diakonia (Mainz 1968) p.247-259; y C. W ie n e r , Ceux qui assurent le Service sacré de l’Evangile (Rom 15 ,16 ), en «Vatican II. Les prétres» (París 1968) P.257SS.

25 1 Clem 40,5 (ed. BAC) p.215. Cf. M. G uerra , l.c., p.24-27.

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nabé ofician para el Señor (AerroupyoúvTcov... TcpKvpícp) 26. So­bre la naturaleza de este oficio litúrgico no hablan los documen­tos; pero no se excluye que pudiera ser el mismo oficio euca- rístico.

Ministerio pastoral

Ministerio pastoral

ioo. Es sabido que Jesucristo encomendó un ministerio de régimen y de gobierno a sus Apóstoles.

A P e d r o prometió (Mt i ó , i 8 s ) y confirió (Jn 2 1,15-17) un primado de jurisdicción sobre toda su Iglesia y sobre cada uno de los fieles y pastores. Le encomendó también el oficio de con­firmar a sus hermanos (Le 22,32).

La potestad concedida a Pedro para el régimen de la Iglesia es plena y suprema, potestad primacial, propia del Vicario de Jesucristo.

T a m b i é n a t o d o s l o s A p ó s t o l e s , j u n t a m e n t e c o n P e d r o ,

les prometió Jesús la potestad plena y suprema de atar y desatar (Mt 18,18). En el mandato de enseñar a todas las naciones (Mt 2 8 , i 8 s ), junto con el encargo de bautizar, está el encargo de hacer discípulos (padqTsÚCTaTs); agregándolos, por consiguiente, a la Iglesia y gobernándolos como a tales.

Al prometer Jesús su asistencia a los Apóstoles hasta la con­sumación de los siglos, sabiendo que los Apóstoles tenían que morir en breve tiempo, prometía también su asistencia a los sucesores de los Apóstoles en estos oficios que les encomendaba.

Es fácil ver en los Act cómo Pedro practica, su oficio de di­rector del colegio apostólico (Act i,i5ss) y cómo inicia la pre­dicación (Act 2,i4ss) y la sigue con relieve singular (Act 3,4ss; 4,i9ss; 5,3ss; io,2Óss...), alcanzando sus actos importancia particular entre los de los demás Apóstoles.

E n e l c o n c i l i o d e J e r u s a l é n , en el que se reúnen los Apóstoles con los «séniores» (irpscrpÚTepoi), Pedro dirige los actos conciliares (Act i5,6ss).

El mismo nombre de Pedro en los Act, o el de Cefas, que le da Pablo (1 Cor 3,22; Gál 2,93.14), son reconocimiento de su dignidad primacial. Pablo tuvo particular empeño, después de su conversión, de ver a Pedro (Gál 1,18), aunque le mostró su disconformidad en una cuestión de disciplina (Gál 2 ,11).

26 Cf. M. G uerra , l.c., p.27s.

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L a a u t o r id a d j u r i s d i c c i o n a l d e l o s A p ó s t o l e s aparece, v.gr., en Pablo, que excomulga a cristianos indignos (i Cor 5, 4-6.12); señala y pone obispos y pastores: Timoteo, Tito (1,5...), y encarga que el oficio de enseñar se transmita a otros (2 Tim 2,2).

1 0 1 . Hay también otros «enviados» o apóstoles de los mismos Apóstoles: Silas (Act 15,22.32.34), Artemas y Tíquico (Tit 3, 12), etc.

En Act aparecen ya los Ttpscr[3ÚT£poi (séniores) de Efeso, en funciones de responsabilidad y dirección, llamados tam­bién 8Trícn<OTroi (obispos) (Act 20,17.28), puestos por el Espí­ritu Santo para gobernar la Iglesia de Dios 21. Sabemos (Act 14, 23) que Pablo y Bernabé habían constituido 27 28 «presbíteros» para cada una de las ciudades de su reciente misión: Iconio, Listra, Derbe, Antioquía de Pisidia (Act I4,20s). Hay también «presbíteros» en Jerusalén, que se reúnen con Pablo y Santiago (Act 21,18); y otros estaban en Judea (Act 11,30). A ellos corresponde el régimen de las comunidades, formando el «pres­biterio» (cf. 1 Tim 4,14).

Estos «presbíteros» (ancianos) aparecen en las cartas de los Apóstoles con oficios de presidencia (1 Tim 5,1.17-19 ; Tit 1,5; 1 Pe 5,1-5) o estrictamente cultuales, relacionados con la «cura animarum» (Sant 5,14).

No es fácil, por los textos de la Sagrada Escritura, discri­minar estos «presbíteros» de los «obispos» (supervisores o inspec­tores) , de los cuales se habla poco después de hablar de los presbíteros (Act 20,28; cf. Tit i,7ss; 1 Tim 3,2ss; cf. n.136- 138). También son expresamente designados como grado je­rárquico en Flp 1,1 .

Los diáconos son mencionados expresamente por San Pablo en Flp 1,1 ; 1 Tim 3,8.

1 0 2 . O t r o s n o m b r e s d e c a r g o s d i r e c t i v o s en las pri­meras comunidades cristianas son «ios que os presiden» (irpo- íoTcqjisvoi: 1 Tes 5,12; Rom 12,8), «prepósitos, directores» (pyoópe- voi: Heb 13,7.17.24), «pastores» (rroiiréves: E f 4 ,11). En 1 Cor 12,

27 Sobre el uso indiscriminado de obispo y presbítero, véase más abajo n.136-138.

28 xsipoTovijaavTss es el término usado, en sentido originario de «exten­sión de manos»; y sentido real de «votar», «ordenar», «constituir.» Cf. n. 187.201.

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28 se habla de un don de gobierno (Kuj3epvf|creis) en el Cuerpo místico de Cristo.

Todos estos nombres, muchos de los cuales aparecerán en los escritos de los Padres Apostólicos con igual delimitación o mayor comprensión de sentido, muestran suficientemente la existencia de un oficio o de varios oficios directores en las comunidades de los tiempos apostólicos, ejercitados muchas veces de una manera colegial, al menos por el «presbiterio».

Se comprende muy bien que el oficio de presidencia y di­rección vaya unido (tratándose de una comunidad de fines es­pirituales) a una potestad de enseñanza y magisterio, al que en ocasiones se alude expresamente tratándose de «obispos» (1 Tim 3,2: doctorem; T it 1,9 29) y de «presbíteros» (1 Tit 5,17: los que trabajan en la palabra y en la enseñanza).

103. Como el oficio genérico de todos estos dirigentes (obispos y presbíteros) de la comunidad es el de apacentar (cf. Act 20,28; 1 Pe 5,is.4), y el mismo Jesucristo es designado como «Pastor y obispo de vuestras almas» (1 Pe 2,25), bien puede considerarse el título de pastor (mnpf|v) (cf. E f 4 ,11) como título y función común a todos ellos. Y así los obispos y presbíteros (Act 20,28...; 1 Pe 5,iss), «los que presiden» (1 Tes 5,12; Rom 12,8), los «prepósitos» (Heb 13,7.17.24), los que tienen el carisma del gobierno (Ku¡3spvf| eréis: 1 Cor 12,28), todos se pueden llamar pastores y ser incluidos bajo esta de­nominación 29 #.

Relaciones entre los carismas y el ministerio

104. En 1 Cor I2,4ss San Pablo habla de la diversidad de carismas y de ministerios y de operaciones que hay en la Iglesia. Nos preguntamos sobre el alcance exacto de estos ca­rismas, ministerios y operaciones para conocer su función dentro del Cuerpo místico.

Los carismas, tan diversos, se atribuyen al mismo Espíritu (v.4). Porque, en efecto, yápiopa es un don y una gracia, y el dar y comunicar la gracia, que es efecto de la bondad de Dios,

29 «Adicto a la palabra digna de fe conforme a la doctrina, para que sea capaz de exhortar en la sana enseñanza y convencer a los contradictores» (Tit 1,19).

29# Cf. H. S c h l ie r , .Der B rief an die Epheser (1957) 197; L. O t t , DasWeihesakrament p.5 nt.15.

Ministerio pastoral 79

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se atribuye al Espíritu, Amor producido y sustancial de Dios, que es por sí mismo el don por antonomasia. Este Espíritu, que es como el alma del Cuerpo místico, distribuye los dones según quiere (v .i i ), y estos dones son manifestaciones del mismo Espíritu (v.7-11), que rige las estructuras y las mani­festaciones vitales de la Iglesia.

Pero también San Pablo habla en este lugar de «diversidad de ministerios» ( S iockovicov) , refiriéndolos al mismo Señor (KÚpios), que es Jesucristo. La palabra y la función del «ministerio» (SiccKovía) interesa ahora más para nuestro objeto. El «minis­terio» es un servicio o «diakonía» para el Señor. Se trata de una representación o «vicariedad» respecto de Jesucristo, la que es propia del ministerio; en el «ministerio» se sirve a Jesucristo, haciendo sus veces de manera sensible, ya que El, el Sumo Sacer­dote, el principal, necesita de estos instrumentos.

En todos estos carismas, en todos estos ministerios, hay una operación divina; hay «diversidad de operaciones, pero es el mismo Dios [el Padre] el que obra todas los cosas en todos» (v.6).

Se ha preguntado si hay correspondencia o paralelismo per­fecto entre estos carismas del Espíritu, ministerios de Jesucristo y operaciones de Dios. Algunos piensan que los tres nombres se refieren a la misma realidad, considerada en su diversidad de aspectos trinitarios 30.

105. Para B. Hennen hay correspondencia entre los carismas de 1 Cor 12 ,1-13 ; Rom 12,3-8 (perícopas carismáticas) y las órdenes clericales. Los profetas serían los obispos; los doctores, los presbíte­ros, etc. 31. Esta equivalencia parece, a primera vista, sorprendente y arbitraria. Para otros, sobre todo para los protestantes, las primiti­vas comunidades se gobernaban carismáticamente, por los impulsos de la profecía y del Espíritu, a excepción de lo puramente adminis­trativo 32.

30 A llo, Huby.31 B. H e e n e n , Ordines sacri. Ein Deutungsversuch zur 1 Cor 12 ,1- 13

und Rom 12,3-8: Theologische Quartalschrift (1938) 427-460; M. G uerra , l.c., p.68.

32 Cf. R. So h m , Kirchenrecht. I. Die geschichtlichen Grundlagen (Leip­zig 1892); E. H atch , The organisation of the early christian Churches (Lon- don 1881); A. H a rn a c k , Episkopen, Diakonen und Presbyter, como apéndice (p.229-251) de la traducción alemana de la obra inglesa citada: Die Ge- sellschaftsverfassung der christilichen Kirchen in Altertum (Giessen 1883); cf. M. G u er r a , l.c., p.6gs; Id., Episcopos y presbyteros (Burgos 1962) 351-359-

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Algunos, sin embargo, distinguen entre carismas de pura natura­leza pneumática y otros dones del Espíritu, también pneumáticos según su contenido, pero pertenecientes en su forma a la ordenación terrena y en íntima relación con los oficios jerárquicos 33. Otros 34 rechazan la separación de lo carismático y de lo ministerial antes del siglo III.

106. Nos parece que difícilmente se podrán contar entre los «ministerios» ordinarios de la primitiva Iglesia las «opera­ciones» extraordinarias y milagrosas que se enumeran, como la fe de los milagros, la gracia de las curaciones, el poder de los prodigios (i Cor 12,9-10); asimismo el don de lenguas y el don de interpretarlas (v.io). El discurso de sabiduría y el discurso de ciencia (v.8), así como la profecía y la discreción de espíri­tus (v.io), más fácilmente se pueden aplicar a los que tenían el ministerio de evangelizar o de enseñar, que se juntaba por su naturaleza con los oficios cúltico-sacerdotales y con la pre­sidencia de las asambleas.

Por esto no sería de extrañar que, bajo el nombre genérico de carismas, se encontraran también algunos ministerios, que vendrían implicitados bajo las funciones de los profetas y de los doctores; y otras veces explicitados bajo el nombre de pre­sidencia (npoícnrápevos; Rom 12,8) o simplemente de minis­terio (StaKovía; Rom 12,7).

Los «apóstoles», «profetas» y «evangelistas»

107. Si algunos carismas parecen bastante claros y defi­nidos, otros parecen estar todavía envueltos en cierta niebla, que hace difícil precisar la equivalencia concreta con los ca­rismas y ministerios de tiempos posteriores.

El primero de los carismas que menciona San Pablo, y pre­cisamente como primero en orden a la edificación del Cuerpo de Cristo, es el de los apóstoles (1 Cor 12,28; E f 4 ,11). Eran los «enviados» a comunicar el mensaje salvador y a fundar u organizar las Iglesias. Por esta misma función ya se ve la importancia que tenían, como fundamento para todo lo que tenía que ponerse sobre ellos (cf. E f 2,20). Si los doce eran

33 J. B rosch , Charismen und Aemter in der Urkirche (Bonn 1951) p.48; cf. M. G uerra , l.c., 71.

34 H. B ruders, Die Verfassung der Kirche von den ersten Jahrzenten der apostolischen Wirksamkeit an bis zum Jahre 175 nach Christus (Mainz 1904) p.69; cf. M. G u erra , l.c., 7 1 .

Carismas y ministerio

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Apóstoles por antonomasia, y a su número se agregaba Pablo, por haber visto al Señor y ser destinado directamente por El a llevar su nombre ante las naciones, los reyes y los hijos de Israel (Act 9,15), hubo también otros apóstoles que, bien por inspiración divina a la comunidad de profetas y doctores, como Bernabé (Act 13,2), bien por otros medios, como podría ser la misión o encargo de los Apóstoles, trabajaron en la funda­ción o consolidación de las Iglesias (cf. 1 Cor 1,12 ; 3,4-6 sobre Apolo), o las visitaron para lo mismo. Se comprende que este oficio «apostólico» fuera solicitado por no pocos, por algunos con falsa misión (cf. Apoc 2,2).

108. El segundo carisma en importancia que señala San Pablo es el de los profetas (1 Cor 12,28; E f 4,11). Se trata de aquellos que hablaban por instinto divino (cf. 1 Cor 14,29); y ya se ve la importancia que tal función desempeñaba en la fundación de las Iglesias, para la implantación de la recta doc­trina con la recta interpretación; sobre todo mediante el espí­ritu, ánimo y consolación que se comunicaba con la auténtica profecía. Aunque todos podían «profetizar» (1 Cor 14,3os), debían someterse por razones de paz y concordia a otros pro­fetas y estar a su juicio (1 Cor I4,32s). Por esto parece que se puede descubrir un oficio director en algunos «profetas», que con los «apóstoles» son puestos por San Pablo como los funda­mentos de las Iglesias (Ef 2,20).

Por esta misión fundacional y organizadora de las Iglesias se comprende bien el carácter itinerante de los «apóstoles», que también podían adoptar los «profetas». A ello alude la Didaché, que señala algunas maneras para discernir «espíritus» en esos apóstoles y profetas: «Respecto a apóstoles y profetas, obrad conforme a la doctrina del Evangelio. Ahora bien, todo após­tol que venga a vosotros, sea recibido como el Señor 35. Sin embargo, no se detendrá más que un solo día. Si hubiere ne­cesidad, otro más. Mas si se queda tres días, es un falso profeta. A l salir el apóstol, nada lleve consigo, si no fuere pan, hasta nuevo alojamiento. Si pide dinero, es un falso profeta. No ten­téis ni examinéis a ningún profeta que habla en Espíritu, por­que todo pecado será perdonado, mas este pecado no se per­

35 Cf. Le 10,16 («Qui vos audit, me audit; et quivos spemit, me sper- nit»).

P.I c.3 § 2. Triple vertiente del ministerio

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Conclusiones 83

donará. Sin embargo, no todo el que habla en espíritu es profe­ta, sino el que tiene las costumbres del Señor. Así, pues, por sus costumbres se discernirá al verdadero y al falso profeta...» 36.

109. El carisma de los evangelistas, que se pone el tercero en E f 4 ,11, parece comprender el oficio de «escritor» de los hechos y palabras del Señor, como lo fueron Marcos y Lucas, y también el de «predicadores de la buena nueva», sobre todo en regiones que todavía no habían recibido el mensaje evan­gélico.

Es obvio que estos tres primeros oficios (apóstoles, profe­tas, evangelistas) tenían cierto parecido, como p r meras bases que eran de las Iglesias y fundamento de ellas.

Si estos carismas designan claramente ciertas funciones ne­cesarias en la edificación del Cuerpo de Cristo y de las Iglesias como partes de él, sin embargo, no es tan clara la equivalencia con los oficios jerárquicos cuya denominación después preva­lecerá en la Iglesia (cf. n.i22ss.i34ss).

Conclusiones

110 . 1) Como conclusión de todo lo expuesto hasta ahora, diremos que el ministerio apostólico ni es solamente el ministerio de la palabra (a lo que tienden algunos protestantes), ni es sola­mente el ministerio de los sacramentos, mucho menos desligados de la fe 37.

Y, en efecto, desde la primera predicación de Pedro, al «kerygma» se junta el bautismo, y al magisterio de los Após­toles, la perseverancia en la Eucaristía y en las oraciones. Por­que «los que recibieron su palabra», esto es, los que creyeron, «fueron bautizados y en aquel día se agruparon alrededor de tres mil. Y perseveraban en la enseñanza de los Apóstoles, y en la comunicación fraterna, y en la fracción del pan, y en las oraciones» (Act 2,4is).

Ministerio de la palabra y ministerio de los sacramentos y del culto. Palabra y sacramentos. Y la fe como consecuencia de la palabra (cf. Rom 10,14) y previa a los sacramentos.

2) Pero, además de lo cultual, los Apóstoles dan gran im-

36 Didaché 11,3-8 (ed. BAG) p.89.37 Sobre la necesaria relación entre fe y sacramentos nos remitimos a

Teología del signo sacramental n.571-586.

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portancia al ministerio de la palabra (ministerium verbij, para el cual tienen que quedar libres y más dispuestos. Por eso dejan el cuidado de la beneficencia y de la administración a los siete (Act 6,1-6).

San Pablo encomendaba a Timoteo que realizara la «obra propia del evangelista» (2 Tim 4,5), juntamente con el predi­car la palabra, insistir oportuna e importunamente, convencer, rogar, reprender con toda paciencia y doctrina (2 Tim 4,2s).

n i . 3) La idea del sacrificio se junta frecuentemente en el N.T. con la idea de la predicación, lo cultual con la evangeliza­ron, lo sacerdotal con lo profético.

Ya el mismo sacerdocio santo, pregonado por San Pedro para todos los cristianos, en orden a ofrecer sacrificios espiritua­les..., desemboca en un sacerdocio regio para anunciar las ma­ravillas del que llamó de las tinieblas a su luz admirable (cf. 1 Pe 2,5.9).

El ministerio de la evangelización se ha de juntar con el ministerio cúltico de lo sacramental, la predicación con el bau­tismo (Mt 28,18; Me 16,15). San Pablo comparaba su minis­terio evangelizador con una gran liturgia sacrificial para ofre­cer a Dios como ofrenda las naciones (Rom 15,16).

Y es San Clemente el que en su Carta juntará expresamente en los Apóstoles la triple función kerigmática, sacramental y pastoral: «Los Apóstoles—dice— , según predicaban por luga­res y ciudades la buena nueva, iban estableciendo a los que eran primicias de ellos, después de probarlos con el Espíritu, por epíscopos y diáconos de los que habían de creer» 38.

III. ¿P o r qué no aparece el nombre de íepsús (sacer­dote), aplicado a los ministros, hasta San Cipriano? 1

1 12 . La realidad del ministerio cultual y sacerdotal, men­cionado en los escritos del N .T. y de la primitiva Iglesia, junto con el ministerio evangelizador y el ministerio pastoral,

38 1 Clem 42,4 (ed. BAC) p.216.1 Cf. B ornkamm , art. upéo-pus, upea|3ÚTepos y sus derivados, en ThW N T

6,651-683; C. R o m an iuck , El sacerdocio en el Nuevo Testamento (Santander 1969) p.207-213; M. G u erra , Problemática del sacerdocio ministerial en las primeras comunidades cristianas, en «Teología del sacerdocio. I. Orientaciones metodológicas» (Burgos 1969) p.85ss.

P.I c.3 § 3. Por qué no aparece el nombre «sacerdote»

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Ausencia del nombre de «sacerdote» 85

no puede ponerse en duda. Consta por todos los testimonios que antes (n.92-99) hemos propuesto y estudiado.

Pero ílama la atención que en todo el N .T. no aparezca el término iepeús (sacerdos) aplicado a los hombres que son mi­nistros del sumo sacerdote. Unicamente se aplica a Jesucristo en la carta a los Hebreos, sobre todo con la expresión ápxiepeús, que es nombre del Pontífice y Sumo Sacerdote 2.

Es verdad que Policrates, obispo de Efeso (ca. 200), llama iepeús a San Juan, según el testimonio de Eusebio 3.

También Tertuliano escribe (ca. 200) de los «oficios sacer­dotales» (sacerdotalia muñera) que los herejes mandan realizar a los laicos, y no a los obispos y diáconos 4; asimismo habla (ca. 206) sobre el «officium sacerdotale», que—dice—no es propio de la mujer en la Iglesia 5 6.

La Traditio apostólica de Hipólito Romano (a. 215) des­cribe en la oración consecratoria el oficio de los obispos como un sumo sacerdocio (á p x ie p o c T s ú e iv ) 6.

Hasta San Cipriano, sin embargo (cf. n .121), no se aplica el término sacerdote a los ministros de Jesucristo 7, aunque en 1 Pe y en el Apocalipsis se ha hablado de un sacerdocio común a todos los fieles (n.59-66), y se han mencionado en otros luga­res los sacerdotes de los judíos (Act 6,7; Heb 7,23) y los sacer­dotes de los paganos.

2 La palabra ispsús aparece 31 veces en el N .T .; ápxispeús, 122 veces. Cf. R. M o rgen th a ler , Statistik des neutestamentlichen V/ortschatzes (Zü- rich-Frankfurt a. M. 1958) p.79 106.

3 «Ioannes, qui in sinu Domini recubuit, qui etiam sacerdos (iepeús) fuit et laminam portavit». E u sebio , Hist. eccl. 5,24,2; PG 20,493. La interpreta­ción de San Jerónimo (De scriptoribus ecclesiasticis) es que «Ioannes pontifex eius (Christi)... -rréTccAov gessit, auream laminam in fronte portans». Con­cuerda con la interpretación de Rufino. Cf. ibid.: PG 20,4943.

4 De praescriptione haeret. 4 1: P L 2,56; R 300.5 De virginibus velandis 9: P L 2,950.6 Traditio apostólica n.3: ed. B otte (21968) p.44.7 «... perficiet divina protectio, ut Dominus qui sacerdotes sibi in ec-

clesia sua eligere et constituere dignatur, electos quoque et constituios sua volúntate atque opitulatione tueatur...» (S. C ipr ia n o , Epist. 48,4,2: ed. J. C ampos [BAC, Madrid 1964] p.506); «...post- episcopatum... de Dei, qui sacerdotes facit, volúntate susceptum...» (Epist. 55,9,1: ibid., 527); «Christus, qui sacerdotes aut constituit aut protegió) (Epist. 59,6,2: ibid., 570); «... te honore geminato in ecclesiae suae administratione confessorem pariter et sacerdotem constituit divina dignatio» (Epist. 6 1 ,1 ,1 : ibid., 592); «qui Christo non credit sacerdotem facienti, postea credere incipiet sacer­dotem vindicanti» (Epist. 66,10,1: ibid., 630). San Cipriano aplica 72 veces el término sacerdos a los obispos. Cf. M. G uerra , l.c., p.13.

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1 13 . L a s r a z o n e s d e e s t a o m is i ó n o s i l e n c i o podrían ser las siguientes:

1) La actitud de Jesucristo durante su vida pública no era favorable a los sacerdotes de Israel. Muchos de ellos eran sa- duceos, los «racionalistas» de la época, que negaban la existen­cia de los ángeles y la resurrección futura (Mt 22,23; Act 23,8). Por esto la idea de un sacerdocio encarnado en meros hombres podría decirse repulsiva para los seguidores de Jesús.

2) Por otra parte, el Maestro había dicho, en su coloquio con la Samaritana, que había llegado el tiempo de otro culto «en espíritu y verdad» (Jn 4,23), con un culto no ligado ni al Gari- zim ni al monte Sión. El sacerdocio futuro sería de otra natu­raleza. Al no utilizar la misma palabra, se acentuaba su índole diversa.

El sacerdocio cristiano sustituye al sacerdocio levítico, pero no le sucede, si no es en un sentido meramente cronológico, en cuanto que le sigue. El sacerdocio cristiano es de naturaleza específicamente diversa del sacerdocio aaronítico. Hay hiato y ruptura entre uno y otro.

Entre los judíos, el sacerdote pertenecía a la tribu de Leví por institución divina. Dios le había llamado a este oficio, y por esto era mediador entre Dios y el pueblo, servía a Dios y al pueblo con el sacrificio, con la plegaria y con la declaración de la ley. Era mediador que obraba en nombre propio, una vez llamado por Dios. Por esto, esta noción de sacerdote no podrá aplicarse en el N .T. sino a Cristo 8.

De parecida manera, en la mentalidad helénica y pagana, sacerdote era el que «estaba en lo sagrado», al servicio de un santuario; también con el oficio de interpretar o escuchar la voluntad de los dioses y adivinar el futuro. El sacerdocio que ejercía era propio y en nombre propio. Por esto, tal concepto de sacerdocio no podía aplicarse en el N .T. sino a Cristo.

114 . 3) Esta diversidad de sacerdocio entre el Antiguo y el Nuevo Testamento está asimismo en que el sacerdocio del N .T. es único y permanente; Jesucristo es el verdadero y único Sacerdote. Los del A .T . eran muchos, porque no podían durar a causa de su muerte; pero «éste, por permanecer eternamente,

8 Cf. J . A. J un g m ann , El servicio de la palabra (Salamanca 1969) p.33.

P.I c.3 § 3. Por qué no aparece el nombre «sacerdote»

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Ausencia del nombre de «sacerdote»

tiene un sacerdocio sempiterno» (Heb 7,23s). Y fue hecho sacerdote con juramento y sin arrepentimiento por parte de Dios; los otros del A .T ., sin semejante juramento (Heb 7,20s). Lo singular, por consiguiente, de este sacerdocio es que absor­be toda la mediación entre Dios y los hombres. Jesús tiene que «mediar» necesariamente. Es sacerdocio perpetuo y universal, en beneficio de todos los hombres. Lo juró Yahvé: «Tú eres sacer­dote para siempre según el orden de Melquisedec» (Sal 109,4).

Y Jesucristo ha reconocido en sí el sacerdocio eterno al admi­tir este salmo como mesiánico y aplicárselo a sí (Mt 22,43-45). El autor de Heb declarará todavía más explícitamente este sacerdocio de Jesús.

115 . 4) El sacerdocio de los ministros de Jesús en el N .T.no es el de mediadores «inmediatos» entre Dios y los hombres, como lo eran los del A .T . Son mediadores a través de Jesús, que es el verdadero Sacerdote. El sacerdocio del N .T. es par­ticipación en el sacerdocio de Jesucristo. Los ministros sacerdota­les en el N .T. serán «representantes» (antistites), «vicarios», del único Sacerdote. Actúan «en persona de Cristo» cuando ejercen sus funciones específicamente sacerdotales. Por eso su sacerdocio es de naturaleza diversa de la del A .T .

Y son sacerdotes por llamamiento de otro, no por herencia o casta, como los de la tribu de Leví, ni por iniciativa propia; no se arrogan tal honor si no son llamados (Heb 5,4). Y Cristo llama a los que libremente quiere (cf. Me 3,13). El es el que elige (Jn 15,16).

Dios es el que «ordena». El llamamiento o vocación para des­empeñar las funciones sacerdotales en el cristianismo no viene dado por la herencia o tribu a que uno pertenezca, como en Israel, sino que viene directamente de Dios.

San Pablo no es apóstol o enviado «de hombres ni por hom­bres, sino por Jesucristo y Dios Padre» (Gál 1,1); él era servidor de Jesucristo, «llamado para ser apóstol, elegido para el Evan­gelio de Dios» (Rom 1,1) y, sin duda, por el mismo Dios; es «apóstol de Cristo Jesús por voluntad de Dios» (1 Cor 1,1 ; 2 Cor 1,1 ; E f 1 ,1 ; Col 1 ,1 ; 2 Tim 1,1).

Es Dios quien lo apartó de los demás con Bernabé para la obra de evangelización (Act 13,2).

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P.I c.3 § 3. Por qué no aparece el nombre «sacerdote»

Es Dios quien «ordena», esto es, constituye en el orden sacerdotal separándolos del pueblo 9.

Cristo llama 10, aunque el pueblo o comunidad presente sus candidatos (Act 1,23).

116 . 5) Otra razón que discrimina el ministerio sacer­dotal del N. T . del sacerdocio del A .T . es que aquél tiene una función evangelizadora que se junta con la sacrificial y cultual. Sobre la importancia de esta función kerigmática en orden a los todavía no cristianos, y función didáctica en orden a los ya iniciados 1 1 , hemos hablado más arriba (n.89-91). El sacer­docio cristiano junta al sacrificio la exposición del mensaje, la liturgia de la palabra con la del sacrificio (cf. n.93ss).

Aunque al sacerdocio judío se le pedía la explicación de la ley (cf. Mal 2,7) y el sacerdocio pagano iba unido no raras veces con la declaración de los oráculos (cf. n.i5s), aquí, en el sacerdocio cristiano, la conexión entre el mensaje, el sacrificio y el culto es más estrecha.

Para el culto y el sacrificio cristiano en espíritu y verdad es necesaria la fe y el espíritu de fe. Para la fe y el espíritu de fe es necesaria la predicación del mensaje y explicación acomo­dada a los ya creyentes.

6) Otra novedad del sacerdocio del N .T. es su función de servicio. Es también diaconía y ministerio. Por esto el «mi­nisterio» (que es servicio a Cristo y a los «santos») es más ge­nérico y complexivo que «lo meramente sacerdotal».

7) Poco a poco aparecerán más delimitadas y fijas las fun­ciones propias y características de cada uno de los grados je­rárquicos, tanto en el aspecto evangelizador como en el aspecto sacerdotal y en el pastoral. No debe extrañar cierta nebulosidad que hoy nos producen los documentos de aquel primer siglo, en su mayoría fuentes bíblicas ocasionales, que, de modo existencial y con terminología poco definida, describen el estado embriona­rio en que se encontraba la Iglesia naciente. Es un testimonio más de la no plenitud de la sola Escritura, que necesita del complemento de la Tradición. En San Ignacio ( f 107) muy

9 Véanse los ejemplos de la nt.7 acerca de este llamamiento u ordena­ción por parte de Dios.

10 Act 1,24. Cf. T er tu lia n o , Monog. 7,9: P L 2,988.1 1 El kerygma iba enderezado a los que todavía no habían oído el men­

saje; a ellos se les comunicaba la buena nueva. La Didaché era para los ya creyentes.

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claramente, y más tarde en San Cipriano y en otros, aparecerán la nomenclatura definitiva de los diversos grados jerárquicos y sus funciones específicas en lo sacerdotal.

Así como en Israel, que era pueblo sacerdotal (Ex 19,6), no se impedía la existencia de una casta o raza sacerdotal con di­ferentes funciones jerárquicas, tampoco en el nuevo Israel, que es también pueblo sacerdotal (cf. n.58ss), no se impide la exis­tencia de un régimen y colegio sacerdotal con funciones jerár­quicas diferenciadas, todas como participación del sacerdocio de Cristo.

Lenguaje sacerdotal en los primeros escritos patrísticos

117 . Si en los escritos del N .T. los términos del lenguaje sacerdotal se encuentran dispersos y velados en ocasiones, poco después, en los Padres Apostólicos, aparecerán de un modo manifiesto las funciones litúrgicas que, obviamente, realizan los presidentes.

Aunque más adelante tendremos que insistir en los oficios sacerdotales que realizan obispos y presbíteros én la época pa­trística (n.i48ss), adelantamos ya algunos aspectos cultuales y sacerdotales que aparecen en los dirigentes de las comunidades cristianas, según las conocemos por los primeros escritores eclesiásticos.

L a «D idaché» (a.90-100)

118 . En la Didaché o Doctrina de los doce Apóstoles se habla de la confesión de los pecados (4,14; 14,1), del bautismo y modo de realizarlo y prepararlo (7,1-4), de la Eucaristía (14,1-3), an­tes de la comunión (9,1-5) y después de la comunión (10,1-7), de la unción (10,7). También se dan normas acerca de los lla­mados apóstoles (itinerantes) y profetas (11,1-12 ) . No es im­probable que estos «profetas» verdaderos, que querían morar de asiento en un lugar, dignos del sustento (13,1), y asimismo el «maestro» verdadero, merecedor del sustento, como el traba­jador (13,2), fueran ministros de la comunidad, para dirigirla y enseñarla, y desempeñaran funciones de gobierno y de litur­gia, además de sus funciones proféticas carismáticas. Pues de los profetas se dice a continuación que se les darán primicias, «pues ellos son vuestros sumos sacerdotes» (13,3; cf. 13,6).

En los primeros escritos patrísticos

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Esta frase podrá interpretarse en sentido real, de un sacer­docio ejercitado por los «profetas», o en un sentido metafóri­co. Lo cierto es que en este documento primitivo (a.90-100) se mencionan ya expresamente obispos y diáconos, encargando que sean constituidos o elegidos (ysipoTovricjorrs): «Elegios, pues, epíscopos y diáconos dignos del Señor, varones mansos y des­interesados, veraces y probados. Porque para vosotros tam­bién ellos ofician litúrgicamente (ÁeiToupyouCTiv) la liturgia (Aei- Toupyíocv) de los profetas y de los doctores» (15,1). Y se añade todavía, indicando su función jerárquica: «No los despreciéis, pues, porque ellos son los honrados (TETipripévoi) entre vos­otros, juntamente con los profetas y maestros» 12 13.

Como puede apreciarse por la Didaché, las funciones je­rárquicas, tanto las sacerdotales y litúrgicas (se habla expresa­mente de la Eucaristía y comunión) 14 como las doctrinales y magisteriales, estaban vigentes en aquella época como fruto de la enseñanza apostólica, y en estrecha relación unas con otras.

L a prim era carta de San Clem ente (a.96-98)

119 . Los términos del lenguaje cúltico y sacerdotal se en­cuentran abiertamente en 1 Clem.: «Jesucristo (es) el Sumo Sacerdote de nuestras ofrendas» (tóv ápytspÉa tcov Trpocrcpo- pcov) 15.

Se establece un orden jerárquico, impuesto por el Señor: «Porque El mandó que las ofrendas y ministerios Cirponcpopás Kcd Aerroupyías) se cumplieran, no al acaso y sin orden ni con­cierto, sino en determinados tiempos y razón. Y dónde y por quiénes quiere que se ejecuten, El mismo lo determinó con su querer soberano...» En la Antigua Ley está el ejemplo del orden que debe reinar en las funciones litúrgicas: «... su propio lugar tienen señalados los sacerdotes ordinarios, y propios mi­nisterios incumbían a los levitas; el hombre laico, por preceptos laicos está ligado. Procuremos, pues, hermanos, cada uno agra­dar a Dios en nuestro propio puesto». «Hay que procurar no

12 Sobre el significado de esta palabra, cf. G . F r ie d r ic h , art. -rrpcxpiÍTris: T h W N T 6,781-863, sobre todo p .8 6 is ; M . G uerra , l.c., P.72S.

13 E d . D . R u iz B uen o , Padres Apostólicos (B A C , M adrid 195°) P-92-14 Didaché 1 4 , 1 - 3 ; 9 ,1 - 10 ,7 (ed. B A C ) p .9 1.86-88.15 1 Clem 36 ,1 (ed. B A C ) p .2 1 1 .

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transgredir la regla del propio ministerio» (AeiToupyía) 16. Se habla de los obispos «establecidos por los Apóstoles, los cuales juntamente impusieron para adelante la norma de que, al morir éstos, otros que fueran varones aprobados les sucedieran en el ministerio (Asrroupyíoc)... Y es así que cometeremos un pecado nada pequeño si deponemos de su puesto de obispos a quienes intachable y religiosamente han ofrecido los dones (TrpoCTSveyKÓVTas tcc Scopa)» 17.

En los primeros escritos patristicos

San Ignacio, San Justino, Tertuliano, San Cipriano La función presidencial litúrgica

120. La celebración eucarística, que viene bajo el nom­bre de fracción del pan, se realiza por San Pablo y bajo su pre­sidencia (Act 20,7-n). Cf. n.93.

En la mentalidad judía se reservan estas funciones de pre­sidencia al jefe de la comunidad; no cabe darles una interpre­tación popular o democrática al estilo griego.

Los escritos de San Ignacio, de San Justino y de Tertulia­no ilustran especialmente la unión de la presidencia litúrgica con lo jerárquico.

San Ignacio ( f a. 107) exige que la Eucaristía se haga con dependencia del obispo o de aquel en quien aquél delegare 16 17 18. «Sin el obispo no es lícito ni bautizar ni celebrar el ágape...» 19

San Justino, al describir (a. 150-155) la misa de los cristia­nos, expresamente menciona la función principal del presi­dente (irposarcoTi), «a quien se lleva el pan y la bebida de agua y vino; y él, después de recibirlos, entona la alabanza y la gloria al Padre de todas las cosas por el nombre del Hijo y del Espí­ritu Santo, y prolijamente desarrolla la acción de gracias por los dones recibidos...» 20.

Con el sacrificio eucarístico, que se realiza siguiendo el mandato del Señor 21, se leen en las asambleas del domingo, en cuanto el tiempo lo permite, los escritos de los Apóstoles

16 1 Clem 40,2-41,1 (ed. BAC) 214-215.17 1 Clem 44,2.4 (ed. BAC) 218.18 Smyrn. 8 ,1: F u n k , 1,282; PG 5,7x3; R 65; ed. BAC (Padres Apostó-

tolicos) p.493.19 Ibid., 8,2; F u n k , 1,282; PG 5,713; R 65; ed. BAC, p.493.20 Apolog. I 65; PG 6,428; R 128.21 Ibid., 66; PG 6,428; R 128.

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y de los' profetas 22. El oficio evangelizador se junta con el eucarístico; lo profético con lo sacerdotal; o, si queremos, se acusan dos vertientes del oficio sacerdotal: la palabra y el sa­cramento; o, con términos modernos, la liturgia de la palabra y la liturgia del sacrificio.

12 1. Tertuliano (ca. 160-222/3) junta expresamente el ofi­cio presidencial con el sacramental 23.

Y los presbíteros (séniores) que presiden ejercitan un po­der de gobierno para juzgar sobre la excomunión o separación de la comunidad 24.

En San Cipriano (ca. 200-258) aparecen los términos de obispo, presbítero, copresbítero, sacerdote, en el sentido en que hoy los usamos 25; también el de diácono, además del de pres­bítero. Estos ofrecen el sacrificio con un diácono 26. Los presbí­teros y diáconos deben advertir e instruir plenamente sobre la ley evangélica, siempre con respeto al obispo 21. Reprende a los presbíteros que se arrogan todos los derechos con despre­cio del obispo 28. Los presbíteros ofrecen el sacrificio y dan la Eucaristía 29.

Los sacerdotes, según San Cipriano, lo son de Cristo: «Pues si somos sacerdotes de Dios y de Cristo, no veo a quién vamos a seguir sino a Dios y a Cristo...» 30 «Si piensas en la majestad de Dios, que ordena a los sacerdotes de Cristo...» 31 El sacer­dote es también «representante de Cristo» (antistes) 32.

22 Ibid., 67; PG 6,429; R 129.23 «Eucharistiae sacramentum... nec de aliorum manu quam praesiden-

tium sumimus» (Corona 3: P L 2,99).24 «Nam et iudicatur magno cum pondere... si quis ita deliquerit ut

a communicatione orationis et conventus et omnis sancti commercii rele- getur. Praesident probati quique séniores, honorem istum non pretio, sed testimonio adepti: ñeque enim pretio ulla res Dei constat» (Apolog. 39: PL i,532s).

25 Epist. 1 , 1 , 1 ; ed. J. C ampos (BAC n.241; a.1964), p.364.26 Epist. 5,2,1 (ed. BAC) p.378.27 Epist. 15 ,1,2 (ed. BAC) p.413.28 Epist. 16 ,1,2 (ed. BAC) p.416.29 Epist. 17,2,1 (ed. BAC) p.420. Cf. Epist. 72,2,1 (ed. BAC) p.671.30 Epist. 63,18,3 (ed. BAC) 613.31 Epist. 66,9,1 (ed. BAC) p.630.32 Epist. 66,5,1 (ed. BAC) p.627.

P.I c.3 § 3. Por qué no aparece el nombre «sacerdote»

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El episcopado de la primitiva Iglesia 93

C a p í t u l o IV

LAS FORMAS CONCRETAS Y ESTABLES DEL «MINISTERIO» SEGUN EL NUEVO TESTAMENTO

I. E l episcopado en la primitiva Iglesia

Los datos del Nuevo Testamento 1122. Después de haber propuesto de una manera general

la existencia del «ministerio» en el N .T., y después de haberlo considerado en su triple vertiente: evangelizadora, cultual y pastoral, nos proponemos ahora investigar las formas concre­tas en que se manifiesta, según los oficios estables en que era ejercitado.

Y aunque los nombres con que se presentan estos oficios y ministerios en el N .T. no carecen de vaguedad e impreci­sión y, en ocasiones, es difícil declarar su contenido, sin em­bargo, nos parece que los principales grados y oficios que la tradición posterior ha visto en el orden sagrado quedan ya suficientemente dibujados o esquematizados con los datos que nos ofrece el N .T. Nos referimos al episcopado, presbiterado y diaconado, tal como aparecen en Act y en los escritos de los Apóstoles.

Comenzamos por el episcopado, por ser aquel oficio que recoge el ministerio apostólico en su plenitud, en cuanto este ministerio de los Apóstoles era transferible; recoge la sucesión apostólica y hace que el «obispo» que hoy conocemos sea «su­cesor de los Apóstoles», con aquella plenitud de sacerdocio

1 Cf. B e y e r , art. éttiotcohú, émaKoiros: ThW N T 2,602-614; F. Vl- gouroux, art. Evéque: DictBibl 2,2121-2126; J. L é c u y e r , art. Épiscopat: Dict. Spiritualité 4,880-884; J. C olson , L ’évéque dans les communautés primitives (París 1951); Id ., Les fonctions ecclésiales aux deux premiers sié- cles (París 1956); Id ., Ministre de Jésus-Christ ou le sacerdoce de L ’Évangile (París 1966) i .a p .; L . T urrado , Carácter jerárquico de Tito, Timoteo, Silas, Lucas y otros compañeros de San Pablo: CiencTom 71 (1946) 82-105; Schrei- ben der deutschen Bischofe über das priesterliche Amt. Eine biblisch-dogma- tische Handreichung (Trier 1969); J. C o ppen s , Le sacerdoce chrétien. I. Les origines néotestamentaires: NouvRevTh 92 (1970) 225-245; E. G u e r r y , El obispo (Barcelona 1968); B. d e A rm ellad a , Para una teología bíblica del episcopado, en «XXII Semana Española de Teología (1962)» (Madrid 1963) p.31-52; L . M arch al, Origine divine des évéques: DictBibl, Suppl. 2 (1934) 1297-1333.

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y de ministerio que Cristo comunicó directamente a los doce y a Pablo 2.

123. Los Apóstoles constituyeron la primera semilla del «ministerio» que Cristo plantó en su Iglesia. Ellos debían fruc­tificar y dejar sucesión ministerial, nueva y fecunda semilla, que a su vez debía cuidar de perpetua sucesión hasta el final de los tiempos. Porque el Señor, que enviaba a sus Apóstoles a hacer discípulos y a enseñar su doctrina y a bautizar, les había también asegurado que «estaría con ellos todos los días hasta la consumación de los tiempos» (Mt 28,195). Siendo im­posible, por la muerte de los Apóstoles, que esta promesa y asistencia perenne se verificara en los Apóstoles, debía veri­ficarse en los sucesores.

Sin duda que en los Apóstoles había una función o carisma que era estrictamente personal de ellos y era intransferible. Ellos eran los testigos de la vida pública de Jesús, de su men­saje y evangelio y de su resurrección (Le 24,48» Act i,8.2is,1 Pe 5,1). Ellos eran las columnas fundamentales del nuevo edificio (cf. Apoc 21,14)» ellos, los fundadores de la Iglesia. Otros carismas personales, como la infalibilidad doctrinal, el poder de hacer milagros y de establecer Iglesias en cualquier parte del mundo, se comprende que no debían de pasar nece­sariamente a sus sucesores. Pero la función ordinaria de su oficio, el carisma necesario para el desarrollo y conservación de la Iglesia, éste era carisma comunicable y pasó a los suce­sores 3.

¿Cuál era este carisma ordinario de su apostolado? ¿Cuál era ese oficio rector para el crecimiento y perpetuación de la Iglesia? Es lo que hoy día se contiene en lo que llamamos el orden del episcopado.

2 Muchos creen que también a Bernabé se le debe atribuir semejante apostolado, puesto que aparece al lado de Pablo y con frecuencia nombra­do antes que él. Para el llamamiento directamente por Dios, cf. Act 13,2.

3 Han escrito sobre esta materia M. F er n á n d ez J im é n e z Fundamen­tos teológicos de la distinción de potestades de los Apóstoles en ordinarias y ex­traordinarias y de por qué los obispos suceden en unas y no en otras, en «XV1 be- mana Española de Teología (1956). Problemas de actualidad sobre la su­cesión apostólica» (Madrid 1957) P-275 ' 3 4 3 : Oltra, Las potestades enque por razón del orden suceden los obispos, ¿son las mismas de los Apostóles, sin limitación alguna?: ibid., p-345‘ 362.

94 P.I c.4 § 1. El episcopado en la primitiva Iglesia

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Los datos del Nuevo Testamento 95

Los Apóstoles y sus colaboradores inmediatos124. En el N .T. aparecen, además de los Apóstoles que

fundan las Iglesias, colaboradores suyos inmediatos que, bajo la dirección de los primeros, se emplean en el gobierno de las Iglesias fundadas.

Así Timoteo, por lo que se refiere a las Iglesias de Efeso; Tito, por lo que toca a las de Creta. De este modo, junto a los Apóstoles itinerantes que extienden sus fundaciones por todo el mundo y las gobiernan, hay también otros apóstoles que acaban por permanecer más fijos en una región, como dele­gados de los Apóstoles y después sucesores en el régimen y oficio que aquéllos tenían4.

125. El carácter jerárquico que se atribuye a Timoteo y Tito (porque consta más claramente), podría presumirse de Silas, uno de los riyoúgsvoi de Jerusalén (Act 15,22) y profeta (Act 15,32); compañero de Pablo (Act 15,40; 16,19.29; 17,4), probablemente el Silvano de que hablan Pablo (1,2 Tes 1,1) y Pedro (1 Pe 5,12). También se puede presumir de Lucas, colaborador de Pablo y compañero de sus viajes (Col 4,14; Flm 24; 2 Tim 4 ,11; Act 16 ,n , etc.). Asimismo de Marcos (Col 4,10; Flm 24; 2 Tim 4,11), «intérprete» de Pedro (1 Pe 5,13; cf. Act 12 ,12 ; 13 ,5 .13 ; 15,36-40). Se le considera fundador de la Iglesia de Alejandría5. Artemas y Tíquico (2 Tim 4,12;

4 Cf. L . T urrado , Carácter jerárquico de Tito, Timoteo, Silas, Lucas y otros compañeros de San Pablo: CiencTom 71 (1946) 82-105. El autor de este documentado trabajo atribuye a Tito y Timoteo, en el gobierno epis­copal de las Iglesias de Creta y Efeso, no sólo una potestad de jurisdicción delegada del Apóstol (además de la potestad de ordenar, que suele recono­cerse), sino también una potestad de jurisdicción ordinaria propia, con am­plia misión, como la puede tener hoy día un obispo residencial. Otros (v.gr., F. P r at , La théologie de S.Paul I 39is) sólo les conceden facultad delegada para funciones ocurrentes, y no permanente.

Sin embargo, el que San Pablo les haga algunas recomendaciones no impediría el que les hubiera comunicado potestad ordinaria, reservándose la potestad apostólica sobre las Iglesias. Además, la tradición los ha reco­nocido como los primeros obispos de Creta y Efeso. Por lo que toca a Ti­moteo, cf. E u sebio , Hist. eccl. 3,4 (PG 20,220); Const. apost. 7,46 (PG 1, 1047); C h ryso st ., Hom. 1 5 in 1 Tim (PG 62,9); P h o tiu s, Biblioth. 254 (PG 104,101); N ic e p h . C a l l ix t ., Hist. eccl. 2,34 (PG 145,844). Por lo que toca a Tito, cf. E u sebio , Hist. eccl. 3,4 (PG 20,220); Const. apost. 7,46 (PG 1,1047); T eodoreto , In 1 Tim. 3,1 (PG 82,804); N iceph orus C a l l ix - tus, Hist. eccl. 2,34 (PG 145,844). Nos parece, pues, que lo que pudo co­menzar como potestad episcopal delegada (en Timoteo y Tito) acabó, an­tes de la muerte del Apóstol, en potestad ordinaria. Cf. L . T urrado , l.c.

5 Cf. E u sebio , Hist. eccl. 2,16 (PG 20,173.206); S. E p ip h a n , Haeres.

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Tit 3,12), al ser designados como suplentes temporales de Tito, parece que gozaban de la dignidad episcopal.

Con lo dicho se confirma el carácter de apóstoles itinerantes que había en la primera Iglesia, para fundar y consolidar las primitivas cristiandades, con aquellas potestades que hoy día llamaríamos episcopales, que entonces parecían necesarias o muy convenientes. Poco a poco, al establecerse más sólidamen­te las Iglesias con mayor número de fieles y más numerosas Iglesias comarcanas, acabaron por fijarse establemente en sitios determinados los que obtenían el carácter de apóstoles «suceso­res de los Apóstoles». No de otra manera a lo que sucede hoy día: lo que comienza siendo «vicariato apostólico», gobernado por quien es delegado o vicario de la Sede Apostólica, acaba por ser diócesis, gobernada por obispo residencial con potestad or­dinaria propia, vicario de Cristo.

126. El oficio de apóstol, o «enviado» para fundar Iglesias y anunciar la buena nueva del mensaje salvífico, es el primero que San Pablo enumera entre los carismas que contribuyen a establecer el Cuerpo de Cristo (i Cor 12,28; E f 4,11). Es de creer que no faltaban en la primera Iglesia tales apóstoles, como Pablo y Bernabé (cf. Act 13,2), adornados de los convenientes poderes para el desempeño de su misión, pues establecen pres­bíteros en diferentes ciudades del Asia (cf. Act 14,23). Y hemos conocido también (n.125) otros colaboradores de los Apóstoles en el apostolado.

El oficio de apóstol debió de ser apetecido por algunos que lo desempeñaban fraudulentamente como «seudoapóstoles, operarios engañosos, que se transfiguraban en apóstoles de Cristo» (2 Cor 11 ,13 ): los que se decían apóstoles y no lo eran y fueran hallados mentirosos (Apoc 2,2).

Entre los «delegados», o ya plenamente «instalados» y cons­tituidos en el oficio episcopal para el gobierno de las Iglesias fundadas por los Apóstoles, es muy probable que tengamos que mencionar también a los «ángeles» de las siete Iglesias del Apocalipsis (Apoc 2,iss.8ss.i2ss; 3,iss.7ss.i4ss), encargados de sostenerlas y regirlas, protegerlas y conservarlas 6.

P.I c.4 § 1. El episcopado en la primitiva Iglesia

51,6 (PG 41,900); S. H ier o n ym ., De viris illust. 8 (PL 23,654); N ic eph o - rus C a l l ix t u s , Hist. eccl 2,15 (PG 145,792); L. T urrado , Le.

. 6 Para la discusión del texto de Apoc 4,4 puede verse J. C olson , M i­nistre de Jésus-Christ... p.199-203.

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Los datos del Nuevo Testamento 97

Oficios de los colaboradores de los Apóstoles

El oficio de enseñar

127. Son muy de advertir, en primer lugar, los repetidos encargos de enseñar y transmitir la doctrina evangélica, que San Pablo hace a sus «delegados», colaboradores en el gobierno de las Iglesias.

A Timoteo, a quien había dejado en' Efeso para oficios de gobierno (1 Tim 1,3), le encomienda que se dedique a la lec­tura, a la exhortación y a la enseñanza (1 Tim 4,13); y lo repite con insistente convencimiento: que atienda a sí y a la ense­ñanza, que insista en estas cosas, porque, si lo hace así, se sal­vará a sí mismo y a aquellos que le oyen (1 Tim 4,16). Si pro­pone la verdadera enseñanza, será «buen ministro de Cristo Jesús, alimentado con las palabras de la fe y de la buena doc­trina» que ha conseguido. Tiene que evitar «los cuentos de vieja» (1 Tim 4,ós) y las disputas de palabras; que no sirven para nada, si no es para revolver a los oyentes (2 Tim 2,14). Tiene que ser ejemplo de los fieles «en la palabra» (1 Tim 4,11).

Acerca de las obligaciones sociales de los nuevos cristianos, esclavos algunos, tiene que enseñarles el respeto a sus señores, para que el nombre del Señor y su doctrina no sean vitupera­dos, y exhortar en este plan (1 Tim 6,1-4). En definitiva: T i­moteo tiene que «predicar la palabra, instar oportuna e ino­portunamente, reprender, obsecrar, increpar con toda pacien­cia y doctrina», porque la tendencia de los oyentes a las ense­ñanzas que agradan los apartará de la verdad y los inclinará a las fábulas. Timoteo tiene que estar atento, trabajar, «hacer obra de evangelista», llenar su ministerio (2 Tim 4,1-5).

Pero, sobre todo, se le insiste en que no admita, sino que prohiba y denuncie las doctrinas extrañas de aquellos que se dedican a fábulas (1 Tim i,3s).

Timoteo tiene que «custodiar el depósito» de la doctrina recibida. Es una voz de consigna, recalcada por Pablo. Con ella termina la 1 Tim, mediante una exclamación o apostrofe que es índice de todo un programa: «¡oh Timoteo, guarda el depósito!» (1 Tim 6,20); evitando las novedades de palabre­rías profanas y las antítesis o métodos de discusión de una falsa ciencia. El «precioso depósito» que ha recibido tiene que guardarlo con el auxilio del Espíritu Santo, que habita en los

Ministros de Cristo 4

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Apóstoles de modo singular (2 Tim 1,14). Tiene que trazar rectamente los surcos de la palabra de verdad, evitando charlas profanas; así será obrero que no tiene por qué avergonzarse, hombre probado ante Dios (2 Tim 2,i5s).

128. También para Tito, a quien San Pablo había dejado por legado suyo en Creta (Tit 1,5), es el encargo de enseñar: que hable lo que es conforme a la doctrina sana (Tit 2,1) y que enseñe a los ancianos, a las ancianas y a los jóvenes, a los esclavos... para que hagan honor en todo a la doctrina de Dios, nuestro Salvador (2,2-10). Y él mismo tendrá que ser ejemplar en la doctrina, con palabra sana (2,7s). Tiene que recordar a los fieles la recta doctrina (3,iss).

Ni sólo enseñar y exhortar (2,6.15). También, si es pre­ciso, el reprender con toda autoridad; que nadie le desprecie (2,15). Tiene que reprender severamente a los charlatanes y embaucadores, a fin de que los fieles estén sanos en la fe (1,10-14). La enseñanza apostólica es signo de fe (3,8). A l que es hereje, después de una o dos admoniciones, lo debe evi­tar... (3,10).

También aquí, en las instrucciones para Tito, vuelve a re­sonar, dicho con otras palabras, aquel «custodiar el depósito» del mensaje y de la tradición doctrinal recomendado a T i­moteo.

129. Los encargos de Pablo a sus dos apóstoles colabora­dores son, ante todo, de índole doctrinal y magisterial. A l co­municarles su misión apostólica los ha constituido maestros con autoridad para enseñar, avisar, recordar, reprender y co­rregir los desvíos en lo tocante al mensaje transmitido. Los mismos «presbíteros-obispos» (cf. n.i3Óss) que Tito tiene que constituir en Creta, tendrán que ser maestros «adictos a las palabras dignas de fe conforme a la doctrina» (1,5.9).

El oficio de gobernar

130. Este encargo de constituir presbíteros va unido a la organización de la Iglesia que Pablo demanda a Tito. Le ha dejado en Creta para que acabe de organizar lo que falta y es­tablecer en cada ciudad presbíteros, como el mismo Pablo había ordenado (Tit 1,5). El designar y establecer esos nuevos

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Los datos del Nuevo Testamento 99

ayudantes de su oficio, sin duda que pertenece a poderes de gobierno que se le han comunicado.

Timoteo asimismo tiene que mandar: «Manda todas estas cosas y enséñalas» (i Tim 4,11). En efecto, la facultad de go­bierno espiritual va unida a la facultad de magisterio. No tiene que consentir Timoteo que, por ser joven, le desprecien (1 Tim 4,12). Su autoridad no procede de un prestigio moral, comunicado por los años y la experiencia. Su autoridad para mandar en lo espiritual procede del hecho de que Pablo le ha constituido su delegado y jefe de las Iglesias de Efeso. T i­moteo es como el apóstol-delegado sobre ellas. Y al mismo tiempo servidor de todas ellas en la caridad, según la concep­ción del gobierno cristiano.

Por todo esto, tiene que cuidar de todas las edades y de todas las condiciones sociales de los fieles. Y exhortar a todos: al anciano no increparlo, sino rogarle como a un padre; a los jóvenes tratarlos como hermanos; a las ancianas como madres; a las jóvenes como hermanas con toda pureza; a las viudas, atenderlas (1 Tim 5,1-16). El gobierno pastoral de Timoteo no se limita a los simples fieles del pueblo de Dios; tiene tam­bién cargo de los presbíteros que presiden, a quienes debe atender convenientemente, sobre todo a los que se afanan en la predicación y la enseñanza. Contra un presbítero no ha de ser fácil en admitir acusaciones, sino bajo dos o tres testigos (1 Tim 5,17-19). Diríamos que todas las clases de fieles están sometidas a Timoteo en lo espiritual. Por todos tiene que velar; y aun respecto de los mismos presbíteros, Timoteo es el que los organiza y gobierna.

El oficio de santificar

13 1 . Timoteo ha recibido por la imposición de las manos de Pablo un carisma y un espíritu; un carisma habitual y es­table en él, porque está en él y puede reavivarse (2 Tim 1,6). El espíritu recibido no es de temor, sino de fortaleza, de amor, de moderación y vigilancia (2 Tim 1,7); virtudes propias del que gobierna. Es una gracia que está en él, que se le dio por las indicaciones de los profetas de la comunidad, reafirmando también el presbiterio con su imposición de manos el gesto decisivo de Pablo. No debe descuidar esta gracia (1 Tim 4,14).

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El Espíritu Santo habita en él, como en Pablo, para ayudarles a guardar el depósito (cf. 2 Tim 1,14).

La imposición de manos ha sido la ordenación para jefe, con oficio de mando y de enseñanza (cf. n.i95ss). Y también con la potestad de imponer a su vez las manos.

Timoteo debe comunicar y transmitir a otros el carisma y la gracia recibida. Tiene que buscar hombres fieles que sean aptos para enseñar a otros y transmitirles y encomendarles lo que ha oído y recibido de Pablo por muchos testigos (2 Tim 2,2). Pero no ser fácil ni ligero en imponer las manos a nadie (1 Tim 5, 22) 7. Tendrá que cerciorarse si los candidatos cumplen las condiciones requeridas para ocupar el oficio de presbítero- epíscopo (1 Tim 3,2-7). Lo mismo tendrá que averiguar res­pecto de los diáconos; y que sean probados antes (1 Tim 1,8-10). Así no será partícipe de los pecados'ajenos (1 Tim 5,23), en el caso de que aquéllos, por la flaqueza humana, no se mostraran dignos de su oficio.

Observaremos que el encargo de imponer las manos y de constituir presbíteros y diáconos es personal de Timoteo; a él se le demanda; y no al presbiterio o colegio de los presbíteros. El es el encargado jerárquicamente de transmitir el poder (cf. n.i92ss).

Si . el poder santificador para transmitir potestad sagrada aparece claro en las cartas a Timoteo, la carta a Tito contiene también el encargo de instituir presbíteros por las diversas ciudades de Creta (Tit 1,5), aunque por la escasez de datos y referencias no podamos decir más sobre la manera sacra­mental de comunicarles el poder. Pero es de suponer sería con las mismas o parecidas facultades y condiciones con que T i­moteo debía actuar en Efeso.

132. E n r e s u m e n : Se constata en la primitiva Iglesia la existencia de jefes constituidos por los Apóstoles como dele­gados suyos por la imposición de las manos; y estos jefes son los que tienen el ministerio: a) de enseñar auténticamente y guardar fielmente el depósito encomendado, con la facultad

7 Aunque la imposición de manos pudiera ser, en absoluto, para per­donar pecados, y ésta es la opinión de Tertuliano y de P. Galtier (DTG 7,1306-1313); sin embargo, en este caso el contexto se refiere a los presbí­teros, y la imposición de manos, en las cartas a Timoteo, va siempre unida a la ordenación (1 Tim 4,14; 2 Tim 1,6).

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de corregir y amonestar; b) son también los encargados de organizar la Iglesia y atender a todos los grupos o clases de fieles, y asimismo los que instituyen a los presbíteros y los gobiernan; c) la manera de instituirlos es la imposición de manos.

El ministerio santificador no se reduce, sin duda, a esta im­posición de manos. La celebración eucarística era de regla en las comunidades cristianas (cf. Act 2,42; 20,7-11; 1 Cor 1 1 ,17 - 34J 10,16-22), y era natural que la realización y presidencia de estas funciones estuviera encomendada a los Apóstoles o a los que dirigían y presidían las comunidades en su nombre. De liecbo sabemos que San Pablo es el que en Troya, hacia el año 58, donde los fieles se han congregado para «la fracción del pan», «hace la fracción del pan y lo gusta», después de haber predicado (Act 2o,7- ii) . Es de pensar que sus delegados en el gobierno de Efeso y Creta también serían los presidentes y los ministros en la celebración eucarística (cf. n.i34s).

133* Las virtudes que Pablo pide o recomienda a estos jefes de las Iglesias que él ha constituido son todo un programa de perfección: tienen que ser ejemplo para los fieles en la pa­labra, en la manera de conducirse, en la caridad, en la fe, en la castidad. Deben juntar la lectura o estudio con eí celo de la exhortación y de la enseñanza. Tienen que tener conciencia de la gracia que hay en ellos por la imposición de manos, y no descuidarla, antes hacerla fructificar. Su aprovechamiento debe ser manifiesto a todos (1 Tim 4,12-15).

Reavivando la gracia y el carisma que les ha venido por la imposición de manos, reavivarán el espíritu de fortaleza, de ca­ridad y de moderación que han recibido (2 Tim i,6s). No tienen que avergonzarse de ser testigos del Señor Jesús, ni de Pablo prisionero por Cristo, sino colaborar en el Evangelio (2 Tim 1,8). Procederán con toda circunspección en el trato con los fie­les (1 Tim 5,iss). Todo lo podrán; se confortarán en la gracia que hay en Cristo Jesús (2 Tim 2,1).

Como se puede apreciar, todo este programa de vida y de virtud es de elevación ascética, y no desciende a las virtudes más vulgares de que hablará respecto de los presbíteros (cf. n.136).

Los datos del Nuevo Testamento

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102 P.I c.4 § 2. El presbiterado en la Iglesia primitiva

II. El presbiterado en la Iglesia primitiva

Los datos del Nuevo Testamento 1

134. Uno de los nombres que aparece en el N .T. aplicado a los que dirigen las Iglesias locales es el nombre de Trp£cr|3uTEpos (maior natu, sénior, anciano).

Los encontramos en Jerusalén, donde al principio se habían quedado los Apóstoles al encenderse la persecución (Act 8,1), ejerciendo cierta superintendencia en Judea. A estos «presbí­teros», en efecto, se envía por mano de Bernabé y Pablo el re­sultado de la colecta que para los hermanos de Judea se había recogido en vista del hambre que iba a venir (Act i i ,29 s).

Leemos también que Pablo y Bernabé constituyeron (x£l~ poTOvricravTEs) «presbíteros» para las Iglesias de Listra, Iconio y Antioquía..., como se dice en Act 14,23.

Asimismo, como hemos visto anteriormente (n.i30s), Tito tenía que constituir «presbíteros» por las diversas ciudades de Greta (Tit 1,5).

Timoteo debía atender a los «presbíteros» en Efeso. A és­tos se les señala un oficio de presidencia y de enseñanza: «Los presbíteros que presiden bien —dice Pablo— son dignos de un doble honor, esto es, del respeto de los fieles y del estipendio conveniente 2, sobre todo los que se afanan en la predicación y en la enseñanza» (1 Tim 5,17). Contra el presbítero no ha de oír acusaciones, si no es bajo dos o tres testigos (1 Tim 5,18); sin duda por razón del prestigio que hay que procurar conser­var en los que detentan autoridad.

El prestigio de estos «presbíteros», que de alguna manera

1 C f. J. C olson , Les fonctions ecclésiales aux deux premiers siécles (Pa­rís 1956); G . B ornkamm , art. -irpéa^us, irpeapÚTepos: ThW N T 6,651-683; F. Puzo, Los obispos presbíteros en el N .T .: EstBibl 5 (1946) 41 ' ? 1 '> M. G ue­rra , Episcopos y Presbyteros (Burgos 1962), sobre todo p.308-322; Schreiben der deutschen Bischofe über das priesterliche Amt. Eine biblisch-dogmatische Handreichung (Trier 1969); J. C oppens, Le sacerdoce chrétien. I. Les origi­nes néotestamentaires: NouvRevTh 92 (1970) 225-245; L . Ott, Das M/eihe- sakrament, en «Handbuch der Dogmengeschichte» IV 5 (Basel-Wien 1969) p.3-5; G. R om aniuck , El sacerdocio en el N .T (Santander 1969) p.197-202; J. C olson , Ministre de Jésus-Christ ou le sacerdoce de l Evangile (París 1966).

2 Es la interpretación de Santo Tomás, Cayetano, Bernard, Von So­den, etc. Cf. J. C ollantes, en La Sagrada Escritura N.T. II. Comentario a 1 Tim. c.5 v.17.

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Los datos del Nuevo Testamento 103

«presiden» y representan a las comunidades, queda también señalado en Act 11,30 ; 21,18 .

Por otra parte, en el concilio de Jerusalén (a.49-50) se ve la parte que toman en él los «presbíteros» y cómo actúan en unión con los Apóstoles y en subordinación a ellos (Act 15,2.4.6.225;16,5).

135. Los oficios de presidencia y enseñanza, propios de los presbíteros, se expresan también con la fórmula de minis­terio pastoral y de vigilancia cuando San Pablo convoca desde Mileto a los «presbíteros» de la Iglesia de Efeso y los exhorta a velar «por toda la grey, en la cual el Espíritu Santo —les dice— os puso ÉTnoKÓTTOus (episcopos) para apacentar la Iglesia de Dios, que adquirió con su propia sangre» (Act 2o,i7ss.28) 3. Han sido puestos por el Espíritu Santo; pero no se excluye evidentemen­te la mediación de Pablo o de los Apóstoles como instrumentos. Estos «presbíteros» deberán vigilar, acordándose de lo que Pa­blo les anuncia proféticamente sobre los lobos rapaces que sal­drán y no perdonarán al rebaño (Act 20,29ss). Para esta mi­sión de vigilancia era bien acomodado el nombre de epíscopo (émcrKOTros) que indica supervisión, inspección y superintendencia.

El carácter pastoral de estos presbíteros queda también manifiesto en la primera carta de San Pedro. Escribiendo éste a diferentes Iglesias de la diáspora4 (1 Pe 1,1), exhorta a los «presbíteros» que hay entre ellos a que de buen grado apacien­ten la grey de Dios; y él mismo se llama «copresbítero» [el título le corresponde por eminencia] (1 Pe 5,is). Recibirán la corona cuando aparezca el «Príncipe de los pastores» (v.4). Este «Pas­tor» por excelencia es llamado «Pastor y obispo de vuestras al­mas» (1 Pe 2,25).

San Juan se llama «presbítero» en la inscripción de dos de sus epístolas (2 Jn 1,1 ; 3 Jn 1). Como a San Pedro («copresbíte­ro»), parece que el título le correspondía, aparte de razones de edad, por cierta eminencia.

3 Otras lecturas del aparato crítico no cambian las palabras ni el sen­tido en lo que ahora nos interesa.

4 Son las Iglesias del Ponto, Galacia, Capadocia, Asia y Bitinia, según el sentido estricto oficial con que se designaban las provincias romanas del mismo nombre; o bien según el sentido amplio popular con que se desig­naban los reinos antiguos. En cualquier hipótesis, indica la extensión que ya alcanzaba (ca. 64) el presbiterado como orden bien constituido.

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104 P.I c.4 § 2. El presbiterado en la Iglesia primitiva

Identidad de significado de las voces «presbítero» y «epíscopo» en la primitiva Iglesia

136. En Act 20,28 se ha podido advertir cómo San Pablo llama epíscopos a los presbíteros de Efeso, que había convocado a Mileto. Parecen, pues, en aquel contexto, nombres equiva­lentes para designar la misma función u oficio.

Por otra parte, a pesar de la insistencia con que San Pablo reconoce y nombra en todos los textos anteriores el oficio de «presbíteros» (cf. n.i34s), en la inscripción de la carta a los Fi- lipenses sólo saluda a los «santos» de aquella Iglesia «junto con los epíscopos y diáconos» (Flp 1,1), pero sin mencionar a los «presbíteros». Es también de observar que, al dar instrucciones a Timoteo sobre la administración y gobierno de la Iglesia, men­ciona cómo debe ser el obispo (1 Tim 2,1-7) y cómo los diáco­nos (v.8-10), pero asimismo sin hablar del presbítero ni de las cualidades que en éste se requieren. Por lo demás, las cualidades que San Pablo requiere en el llamado epíscopo parecen un tanto vulgares y que, si se tratara de un cargo de jefatura suprema y excepcional, podrían darse por supuestas. De parecida manera, cuando San Pablo escribe a Tito sobre el epíscopo (Tit i,7ss), lo describe exigiendo una serie de condiciones que podría pa­recer superfluo mencionarlas si se tratara de un oficio de emi­nente jefatura.

137. Por todo ello, de la comparación de los pasajes ante­riores parece deducirse el uso indiscriminando de los términos «presbítero» y «epíscopo» en los libros del N .T. para designar a encargados del régimen pastoral de las Iglesias.

Con razón, San Crisóstomo dirá (a.393-397) comentando la inscripción de Flp 1,1 : «¿Es que en una ciudad había muchos obispos? De ninguna manera, sino que llamó así a los presbíteros. Porque entonces todavía estos nombres eran comunes...»5.

De semejante modo, San Jerónimo (ca.342-419) se esfuerza en demostrar la identidad originaria indicada con los nombres de obispo y presbítero 6.

La Didaché (a.90-100) parece designar el oficio de presbí­tero, incluyéndolo en el de epíscopo, puesto que menciona sola­

5 In epist. ad Philip, hom.i c .i: PG 62,183; R 1205.6 Epist. 69,3: P L 22,656; Epist. 146: P L 22,1198,

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Los datos del Nuevo Testamento 105

mente a éstos y a los diáconos: «Elegios, pues, epíscopos y diáco­nos dignos del Señor, varones mansos y desinteresados, veraces: y probados. Porque para vosotros también ellos ofician litúrgi­camente la liturgia de los profetas y de los doctores» 7 De igual manera, San Clemente Romano en su i . a carta (a.96-98) men­ciona solamente los oficios de epíscopos y diáconos: «Los Após­toles..., según predicaban por lugares y ciudades la buena nue­va, iban estableciendo a los que eran primicias de ellos, después de probarlos con el Espíritu, por epíscopos y diáconos de los que habían de creer. Y esto no era novedad, pues de mucho tiempo atrás se había ya escrito sobre epíscopos y diáconos...» 8.

138. El régimen o gobierno de los presbíteros-epíscopos que regían las Iglesias locales parece que se ejercitaba de modo colegial (cf. Act 20,i7ss); y tiene su traducción en el oficio de «apacentar» (iroipaíveiv, v.28) la Iglesia del Señor, bajo la ins­piración o vigilancia de los Apóstoles o de otros «Pastores» (Timoteo, Tito...) constituidos por los Apóstoles y delegados con su autoridad.

Otros nombres de los presbíteros

139. Se diría que estos presbíteros-epíscopos son los «pas­tores y doctores» (iroigéves kcxí SiSáoxccAoi) que menciona San Pablo, junto con los «apóstoles, profetas y evangelistas» y des­pués de ellos, para la edificación del Cuerpo de Cristo (Ef 4,11). Una manera de «apacentar» en el régimen espiritual es precisa­mente con la doctrina y enseñanza. Por eso los «pastores» son «doctores» o maestros; aunque no necesariamente todo «doctor» es «pastor» 9.

La función de los presbíteros como función directora y pre­sidencial de la comunidad local cristiana parece señalarse tam­bién con el nombre de TrpoicrrápEvoi, presidentes, que se da a algunos oficios de la Iglesia en 1 Tes 5,12 10 y en Rom 12,7 al mencionar diferentes carismas. Ya hemos visto (n.134) que en 1 Tim 5,17 San Pablo hablaba precisamente de los presbíteros

7 Didaché 15 ,1 : ed. F u n k , 1,32; ed. Ruiz B ueno (BAC), p.92; R 9.8 1 Clem. 42,4s: F u n k , 1,32; BAC 216; R 20.9 Sobre lo mismo J. C olson , Les fonctions ecclésiales p .131.

10 Es cronológicamente la primera carta escrita por San Pablo, proba­blemente en el año 51, o (a más tardar) a comienzos del 52. Estas serían las fechas en que ya aparece el cargo director designado con esta palabra.

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que presiden bien, refiriendo a aquéllos el oficio de presidencia y recalcando que no se deben recibir fácilmente acusaciones contra ellos (v.19). El presbítero-epíscopo debe presidir bien (raAcos Trpo'icrrá|ievos) en su propia casa, porque, si no sabe presidir (TrpooTf)vca) en ella, ¿cómo va a cuidar de la Iglesia de Dios? (1 Tim 3,4s.)

Otra palabra que designa la función directora en la carta a los Hebreos es f|yoú|iEvoi (Heb 13,7.17.24), equivalente a directores (praepositi). Tienen funciones de gobierno en la comunidad local («obedeced a vuestros prepósitos y estadles sujetos», v.17). También funciones de enseñanza («os han ha­blado la palabra de Dios», v.7). Ocupan, pues, un lugar dis­tinguido dentro de la Iglesia y para ellos es un saludo especial del autor de Heb («saludad a todos vuestros prepósitos», v.24). Se diría, por consiguiente, que estos riyoúiJiEvoi son los pres­bíteros de que se ha hablado en otros pasajes.

A este oficio de gobierno y dirección parece que corres­ponde asimismo el carisma de las gubernationes (Ku(3Epvr]crEis) de que se habla en 1 Cor 12,28. Por la fuerza de esta palabra, sería el oficio de gobernar la nave como pilotos. Este oficio ha sido establecido por Dios para bien de la Iglesia, que es el Cuerpo de Cristo (cf. 1 Cor i2,27s).

D e esta manera, con diferentes nombres: presbíteros, epís- copos, pastores y doctores, presidentes, prepósitos, pilotos, de ex­presión y matización diversa, pero de contenido idéntico en las funciones de gobierno y de enseñanza, se ha señalado el oficio de los presbíteros.

Régimen colegial

140. Como hemos indicado (n.138), el régimen se ejer­citaba colegialmente, sin que, por los datos del N .T., en las comunidades dependientes en alguna manera de San Pablo aparezca un director o presbítero que sobresalga sobre los demás del colegio. Se dirían colegios o comunidades aparente­mente acéfalas; pero dependientes, en realidad, directamente de un Apóstol o de un delegado-colaborador del Apóstol.

E n cambio, en las comunidades dependientes más directa­mente del apóstol San Juan en A sia, si los ángeles de las Ig le­sias a quienes dirige su Apocalipsis son los jefes locales de

106 P.Z c.4 § 2. El presbiterado en la Iglesia primitiva

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Los datos del Nuevo Testamento 107

ellas, se diría que los colegios presbiterales no carecían de cabeza del colegio en la misma localidad en que se encon­traban u .

Funciones santificadoras de los presbíteros14 1. Además de las funciones de gobierno y de enseñan­

za que el N .T. atribuye a los «presbíteros», hay otras funcio­nes de santificación que también les corresponden.

Santiago en su carta (5,i4s) indica, para los casos de enfer­medad grave de los fieles, llamar a los «presbíteros de la Igle­sia». Su oficio es entonces el de la oración sobre el enfermo, ungiéndolo con el aceite en el nombre del Señor, y el efecto de este rito simbólico es el de salvación y confortación, sin excluir el perdón de los pecados. Este rito con su potestad sa­cramental se considera, por consiguiente, propio de los pres­bíteros.

Consta, por otra parte, de la celebración de la liturgia eucarística a partir de las más primitivas comunidades cris­tianas (Act 2,42; 20,7-11; 1 Cor 11,17-34 ; 10,16-22; cf. n.132). Si en Jerusalén (Act 2,42) y en Tróade (Act 20,7-n ) pudo presidir estas celebraciones un Apóstol, no así en Corinto (1 Cor n ,i7ss), donde es de suponer que la presidencia, en la ausencia de Pablo, estuviera a cargo de los presbíteros, a quienes correspondería también la presidencia en la liturgia eucarística. Presidencia que es equivalente a celebración. Ya hemos visto que el nombre de presidentes (irpoicrrá^evoi) pa­recía propio de los presbíteros (cf. n.139), sin excluir, por otra parte, al obispo, si lo hubiera. Y a estos «presidentes» atribuirá más tarde San Justino la celebración litúrgica de la Eucaristía 12.

1 1 Cf. n.142. Escribió sobre el régimen colegial primitivo B. B o tte , Caractére collégial du presbyterat et de l’épiscopat, en «Études sur le sacre- ment de l’ordre» (París 1957) p.97-124.

12 «Deinde ei qui fratribus praeest pañis affertur et poculum aquae et vini; quibus ille acceptis laudem et gloriam universorum Parenti per no- men Filii et Spiritus Sancti emittit, et gratiarum actionem pro his ab illo acceptis donis prolixe exsequitur. Postquam preces et gratiarum actionem absolvit, populus omnis acclamat: amen; amen autem hebraea lingua idem valet ac fíat. Postquam vero is qui praeest gratiarum actionem absolvit, et populus omnis acclamavit, ii qui apud nos dicuntur diaconi panem, vinum et aquam in quibus grátiae actae sunt unicuique praesentium participanda distribuunt et ad absentes perferunt...» (Apolog. I 65: PG 6,428; R 128). Cf. Apolog. I 67: PG 6,429.

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E s también de notar, en orden a la función sacerdotal de los presbíteros, que en A p oc 4,4 los 24 presbíteros (irpeapÚTe- poi) que se sientan sobre 24 tronos vienen presentados con paramentos sacerdotales: con túnicas blancas y coronas de oro sobre las cabezas. Estos «presbíteros» desempeñan la función sacerdotal de la alabanza a D ios (A poc 4,9-11).

Sin embargo, no obstante las funciones sacerdotales que podemos atribuir a los presbíteros según el N .T., en ninguna parte aparece que ellos solos realicen ordenaciones para el presbiterado, ni individual ni colegialmente 13. El «establecer» o «constituir» presbíteros aparece como realizado por Apósto­les (Act 14,23) o por delegados-colaboradores de los Apóstoles (Tit 1,5; cf. 1 Tim 5,22). Lo mismo la imposición de manos para transmitir oficio jerárquico (Act 6 ,iss)14.

142. Si al principio el régimen colegial del colegio de presbíteros pudo presentar en las comunidades de origen pau­lino una aparente forma acéfala (cf. n.140), más adelante, a medida que con la muerte de los Apóstoles estas iglesias no pudieron ser gobernadas por ellos ni tampoco con delegados colaboradores de los Apóstoles (Timoteo, Tito...), los Apósto­les y sus delegados proveyeron a la sucesión, de suerte que la función presidencial en la Iglesia local y en el colegio de pres­bíteros quedara por lo mismo destacada en el designado para la sucesión. Este era consagrado por la imposición de manos, bien de un Apóstol, como Pablo lo hizo con Timoteo, bien de un sucesor de los Apóstoles. La figura de este obispo monár­quico sucesor de los Apóstoles, que reúne en tomo a sí el colegio de los presbíteros, quedará bien discriminada en las cartas de San Ignacio de Antioquía ( f 107).

E l régim en colegial del «presbiterio» en las iglesias locales parece haber tenido su precedente en el sanedrín local de las comunidades judías, constituidas principalmente a base de an­cianos y escribas, que velaban por el buen gobierno y recta

13 J. Colson cree, sin embargo, posible que sin el jefe u obispo, en determinadas circunstancias, un simple presbítero o sacerdote presidente de un presbiterio pudiera recibir la autorización de ejercer su poder de or­denar presbíteros... (Les fonctions ecclésiales P.338S). Cf. sobre este problema lo que decimos más adelante (n.291-306).

14 La imposición de manos en Act 13,3 nos parece un mero gesto de súplica o bendición. Cf. n.202. Pablo ya era, por otra parte, «Apóstol» por Jesucristo.

P.I c.4 § 2. El presbiterado en la Iglesia primitiva

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Los datos del Nuevo Testamento 109

doctrina 15. La originalidad del «presbiterio» cristiano está en añadir a la función del gobierno y del magisterio la función santificadora y sacramental de la unción de los enfermos, de la presidencia y celebración eucarística, etc.

El origen divino de los obispos, de los presbíteros- y diáconos 16

143» Por los datos del N .T. consta de manera clara la existencia de obispos, sucesores de los Apóstoles, y la existencia de presbíteros y de diáconos.

Es también claro que Jesucristo instituyó directamente el episcopado, por cuanto instituyó el apostolado y quiso que los Apóstoles tuvieran sucesores hasta el final de los tiempos. Tam­bién instituyó directamente el sacerdocio, por cuanto quiso que la acción sacrificial y el banquete realizados por El en la cena se repitieran en su conmemoración. Mas por el solo N .T. no aparece si Jesucristo instituyó directamente la doble catego­ría de obispos y presbíteros; esto es, sacerdotes de primer grado y sacerdotes de segundo grado; aunque es claro, por lo que hemos dicho, que el episcopado o sacerdocio de primer grado fue instituido directamente por Cristo.

Pero sí es un hecho que la doble categoría de obispos y presbíteros aparece ya en los libros del N .T. y en los tiempos apostólicos, y se confirmará después con los escritos de los Padres posteriores. A l carecer de documentación escriturística e histórica suficiente, hemos de acudir a las hipótesis en cuan­to al origen.

Lo más verosímil es que los Apóstoles, al instituir presbíte­ros y diáconos, tratándose de signos de gracia que sobrepujan el poder meramente humano, procedieran aleccionados por el Señor sobre los oficios que deberían constituir en la Iglesia. Estos oficios de presbítero y de diácono tendrían así su origen directo de Jesucristo, aunque los Apóstoles pudieron escoger y señalar el momento oportuno para hacer estas divisiones o esta­blecer estos «órdenes» en la Iglesia.

15 Cf. J. C olson , Les fonctions ecclésiales p.g2ss.16 Cf. A. M ic h e ls , L'origine de l’Épiscopat 231-301; E. S o la , De sa­

cramento ordinis n.47.

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110 P.I c.4 § 3. El diaconado en la Iglesia primitiva

III. E l diaconado en la Iglesia primitiva

Los datos del Nuevo Testamento 11 4 4 . Los términos S icckovíoc, 8 icckovsív, usuales en la lenT

gua clásica con un sentido de servicio 2, aparecen en el N .T. con un nuevo y original matiz cristiano de servicio fraterno en el amor 3.

«Diakonía» es término usado frecuentemente para designar el «ministerio» de reconciliación de los hombres con Dios, en toda la amplitud de funciones que abarca esta embajada sal vi - fica4. Por esto el nombre de Siókovos ha podido aplicarse a Cristo Jesús (Rom 12,8), a los Apóstoles (Ef 3,7) y a los colabo­radores sucesores de los Apóstoles (1 Tim 4,6).

Pero con el nombre de Sióckovos es designado cierto oficio jerárquico en la Iglesia de Filipos, pues Pablo saluda a los «san­tos» de aquella Iglesia «con los epíscopos y diáconos» (Flp 1,1); y en las Iglesias de Efeso, además de los presbíteros-epíscopos, había los diáconos, para los cuales Pablo escribe algunas reco­mendaciones a Timoteo (1 Tim 3,8-10).

La tradición posterior confirmará la existencia de este oficio diaconal como algo propio de los «ministros» y servidores de los «sucesores de los Apóstoles» y de los «presbíteros», en las fun­ciones eclesiásticas de beneficencia y servicio a los pobres, y en el servicio de la mesa eucarística 5 6.

En Act 6,iss se habla precisamente de un ministerio de servicio a las mesas (Siockoveiv Tpairé^ais) 6 que instituyeron los

1 C f. H . W . B e y e r , art. Siockovéco, Sicckovíoc, Sicckovo;: T h W N T 2 ,8 1-9 3 ; J . B e l l a m y , art. Diacres: D ictB ib l 2 ,14 0 1- 14 0 3 ; J . F o rget , art. Diacres: D T C 4 ,7 0 3 -7 3 1; M . G u erra , Diáconos helénicos y bíblicos (Burgos 1962); J . C olson , La fonction diaconale aux origines de l’Eglise (Desclée de B ., 1960); J . Schütz, Das Diakonat im N .T . D isserta tio n (M ain z 19 5 2 ) ; P . W in n in g e r , Vers un renouveau du diaconat (Desclée de B ., 1958).

2 G f. J . C olson , La fonction diaconale p.9.3 C f. ibid., p .10 - 14 .

, 4 C f. n.86 y los textos recogidos por J . C olson , l.c., p .35-39 46-63.5 C f. 11.173SS.6 A lgunos han propuesto el cambio de lectura: Siockoveív [tocís xnpaís],

esto es, a las viudas, por TpcnrÉ ocis (a las mesas), por cuanto el servir (810c- koveív) se refiere m ás a las personas que a las cosas («a las mesas» es un dativo de cosas), y así haría buen sentido en el lenguaje clásico. Adem ás, este oficio de servir a las mesas no parece de particular relieve, y los orde­nados después hacen otra cosa (predican, bautizan). C f. P iro t , La sainte Bible II (1949) 10 3 . Sin embargo, la lectura «servir a las mesas» (TpcnrÉ^oas)

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Los datos del Nuevo Testamento 111

Apóstoles. A l crecer en Jerusalén la protesta de los judíos «he­lenistas» 7 contra los «hebreos» 8, por creer que no se atendía su­ficientemente a las viudas de aquéllos en el suministro cotidia­no, los Apóstoles convocaron a la multitud de los discípulos y les propusieron que ellos, los doce, no podían dedicarse al servi­cio de las mesas, con detrimento de su oficio principal, que era la predicación de la palabra; que los discípulos escogieran a sie­te varones (ávSpas), llenos de Espíritu Santo y de prudencia, pa­ra que los Apóstoles los pusieran sobre este cometido. La elec­ción o designación de los candidatos se ponía en manos de los discípulos; pero el constituirlos sobre este oficio era cosa de los Apóstoles (KccTaaTr)aopev). Elegidos los siete candidatos, cuyos nombres menciona el autor de Act, los pusieron ante los Após­toles, y habiendo orado les impusieron las manos.

Aunque, gramaticalmente, los que imponen las manos y oran pueden ser los discípulos, el contexto (v.3) da a entender suficientemente que son los Apóstoles los que los «constituyen» sobre este oficio. Por otra parte, la imposición de manos para transmitir oficio se atribuye en el N .T. a los que poseen fun­ción jerárquica, como son los Apóstoles (cf. 2 Tim 1,6) o dele­gados colaboradores de ellos (1 Tim 5,22), o al «presbiterio» que realiza el mismo gesto de Pablo (1 Tim 4,14). La transmi­sión de una potestad no se concebía democráticamente en Pa­lestina en tiempo de los Apóstoles 9.

145. La función jerárquica para la que son escogidos estos siete es, evidentemente y según el mismo texto (v. 1-4), un oficio de administración temporal y de servicio de beneficencia. Los Apóstoles quieren insistir en su oficio de la oración (y cabe

es la de todos los manuscritos y hay casos en que S iockoveív se construye con dativo de cosas, y no siempre de personas; aunque esto último sea lo normal. Cf. P. Gáchter, Die Sieben (Apg 6 ,1-6): ZkathTh 74 (1952) 135.

7 Eran judíos que habían vivido fuera de Palestina; tenían sinagogas propias en Jerusalén. Cf. C. F. D. M oule, Once more, who were the Helle- nists?: Expository Times 70 (Edinburg 1959) 100-102; J. Delorme, Note sur les Hellénistes des Actes des Apotres: Ami du clergé 71 (1961) 445-447; J. L eal, La S. Escritura. N.T. II (1962) p.52.

8 Jud íos de Palestina, con mentalidad m ás bien tradicional.9 Cf. n.i88ss.i92c. La imposición de manos que «los hijos de Israel»

realizan sobre los levitas en la presencia de Yahvé, mientras Aarón los ofrece como obsequio en la presencia del Señor (Núm 8, ios), no parece tener carácter consecratorio, sino más bien de representación vicaria. También los hijos de Israel imponen sus manos (v.12) sobre las cabezas de los bueyes del sacrificio.

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pensar en primer lugar, sin excluir la oración privada, en la oración litúrgica con la presidencia y celebración eucarística: cf. Act 2,42; 20,7-11); también quieren insistir en el ministerio de la palabra, como oficio suyo principal (v.2.4). Por atender ellos a su quehacer principal en la oración y en la predicación, no pueden atender con holgura a los detalles de la administra­ción y de los asuntos temporales.

Por otra parte, el ministerio con los necesitados y humildes es parte importante del mensaje y del testimonio evangélico (cf. Mt 25,40.45...). No podía quedar desatendido por la Igle­sia. Y los Apóstoles descargaron su preocupación y solicitud en los nuevos auxiliares.

Sin duda que, antes de que los siete fueran constituidos para ese oficio, otros se habrían encargado del servicio de las mesas; pero no parece que para ello hayan tenido una ordena­ción o rito especial, puesto que Act no dicen de ello una pa­labra, y ésta es la primera ordenación o constitución de oficios auxiliares de los Apóstoles de que habla con cierta solemni­dad 10.

No vemos prueba suficiente para considerar en la ordena­ción de los siete el establecimiento de otras funciones superio­res a las del «servicio» y «diaconía», como serían las .de la suce­sión apostólica en el oficio episcopal1 1 .

10 J. C olson, Les fonctions diaconales p.14, supone que en Jerusalén habían sido constituidos ya presbíteros (a quienes se alude en Act íi,29s), que serían los «administradores» de la «diaconía» de la beneficencia. Desea­ríamos, sin embargo, pruebas más eficaces. Porque, en realidad, para sa- tisfacér a los textos basta Suponer o admitir en esos «presbíteros» (hayan sido constituidos antes o después de los «siete», de lo cual nada consta) una cierta superintendencia o superioridad, para recibir cualificadamente las limosnas recogidas por Bernabé y Saulo, sin que su oficio específico fuera el de atender a la beneficencia corporal. El constituir «presbíteros» de la comunidad cristiana, a imitación de los ancianos y escribas que cons­tituían él sanedrín dé la comunidad judía, parece que en Jerusalén vendría dado casi por el mero hecho de constituirse en comunidad. El ejemplo y la analogía del «presbiterio» (sanedrín) judío estaban a mano y eran inmedia­tos. Pero decimos casi, porque hay que suponer nuevos elementos que intervienen en la fundación del presbiterio cristiano. Este tenía, funciones sacerdotales (cf. n.iooss.i4is) que no tenía el sanedrín. Y en la decisión de fundarlo con eficacia sacramental, fueron necesarios otros elementos sobrenaturales, sin que bastara el mero ejemplo judío. Pero—repetimos— creemos que no consta si el establecimiento de los presbíteros se hizo antes o después de constituir los «siete».

1 1 Así lo propuso P. Gachter, Die Sieben (Apg 6,1-6): ZkathTh 74 (1952) 129-166.

P.I c.4 § 3. El diaconado en la Iglesia primitiva

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Los datos del Nuevo T estamento 113

No hallamos razón suficiente para ver aquí una ordenación de obispos, esto es, de «sucesores de los Apóstoles», por la razón (a prioril) de que los Apóstoles debían comenzar por lo que es más y por el grado supremo del sacerdocio. Los textos no autorizan para tal suposición o hipótesis. Interpretar Act 6,1-6 como si se tratara de una consagración de obispos o de presbí­teros tropieza con no pequeñas dificultades; aparte de lo que después diremos sobre la manera como lo ha entendido la tra­dición.

146. Porque: a) Sería extraño que los Apóstoles digan (v.4): Nos orationi et ministerio verbi instantes erimus, como re­servándose de una manera especial la oración (eucarística y por las ovejas) y el ministerio de la palabra, y que estos oficios (tan «episcopales») no los atribuyan a los supuestos obispos o presbíteros, b) Tampoco se entiende por qué estos supuestos obispos, como Felipe, evangelizan y bautizan (Act 8,5-13), pero no confirman; tienen que ir los apóstoles Pedro y Juan para confirmar (Act 8,14-17) 12. c) No se ve tampoco qué ne­cesidad había de consagrar obispos, es decir, para ordenar y confirmar y regir Iglesias, cuando allí estaban los Apóstoles para ordenar y confirmar y regir las Iglesias, y ellos son los que realizan estos oficios, d) En cambio, se entiende muy bien que para los oficios de servicio y para los subsidiarios, en la pre­dicación y bautismos, tengan necesidad de otros ayudantes. Tampoco nos parece que se tratara de instituir una jerarquía de segundo grado o presbiterado 13.

12 Gáchter propone la hipótesis de que Felipe tuviera la facultad de dar el Espíritu Santo (confirmar); pero impedida, porque los Apóstoles se la hubieran reservado.

13 J. C olson, Les fonctions diaconales p.40, se inclina a ver en los «siete» «un colegio de ‘epíscopos’ (mebaqqer) encargado de administrar los grupos de ‘helenistas’ bajo la alta supervisión de los Apóstoles. Más adelante —continúa J. Colson—la función de estos epíscopos se desdobló en dos

.funciones distintas, una que se referiría al ministerio esencialmente 'epis- copal-presbiteral’ , la otra se encargaría de la función ‘diaconal’ propiamente dicha». Y en la p.46: «... es, sin duda [?], en su grupo de ‘helenistas’ que la función ‘epíscopo-presbiteral’ se diferenció muy pronto y muy fácilmente en función ‘sacerdotal’, por una parte, y en función ‘levítica’ o ‘diaconal’ por otra. De suerte que si los ‘siete’ no fueron quizá los primeros diáconos, estuvieron por lo menos probablemente en el origen del ‘diaconado’ de la Iglesia». De parecida manera en P.142S. No acabamos de ver, sin embargo, aun estimando en mucho los trabajos de J. Colson, pruebas suficientes para estas afirmaciones o hipótesis. Nos parece que se apoyan en un cúmulo

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114

El que algunos de los «siete» aparezcan poco después de su ordenación predicando o evangelizando (Esteban: Act 6,8ss; Felipe: Act 8,5ss.2Óss) o bautizando (Felipe: Act 8,38), no sig­nifica necesariamente que éstos sean sus oficios específicos con prevalencia sobre el oficio de «servicio» para el que fueron cons­tituidos. Porque la predicación del mensaje, Act (8,1-4) la atri­buye no sólo a Felipe, sino a todos los fieles dispersos por efecto de la persecución desencadenada en Jerusalén; todos predica­ban. Y el bautizar, en caso de necesidad, a uno que sale de Pa­lestina (Act 8,2Óss), no es ministerio reservado...

Por esto muchos han visto en la predicación de Esteban y Felipe y en el bautismo que este último realiza del etíope mi­nistro de Candaces, reina de los Etíopes, oficios auxiliares del ministerio apostólico realizados por dos de los siete. Y más adelante se reconocerá explícitamente en la Iglesia que los «diáconos» son ministros extraordinarios y auxiliares de la pre­dicación y del bautismo.

147. Por otra parte, la tradición posterior ha visto explí­citamente en los siete a los que después se llamaría «diáconos» en el sentido técnico. Nos hacen fuerza esos indicios de la tra­dición para ver aquí a los diáconos, más que las meras conje­turas o hipótesis para atribuirles otro grado de jerarquía.

Así, San Ireneo menciona a los diáconos, hablando de Nico­lás (Act 6,5), «uno de los siete que, los primeros, fueron orde­nados para el diaconado por los Apóstoles» 14; y hablando de Esteban, «elegido por los Apóstoles como primer diácono» 15. San Cipriano refiere asimismo a la ordenación de los diáconos el texto de Act 6,6 16.

También Eusebio se refiere a Nicolás, «uno de los constitui­dos diáconos con Esteban por los Apóstoles...» 17.

San Juan Crisóstomo llama diáconos a los siete ordenados por los Apóstoles 18, y dice que es más probable afirmar que

excesivo de conjeturas, en que abunda mucho el «parece» (semble-t-il) . Otras hipótesis para ver en Act 6,1-6 la institución de una jerarquía de segundo grado, en S. Bihel, De septern diaconibus: Antonianum 3 (1928) 146-148; A. Bandera, Tratado del orden: «Suma Teológica» 15 (Madrid 1956) P.134S.

14 Adv. haer. 1,26,3: PG 7,687.15 Adv. haer. 3 ,12 ,10 : PG 7,904.1013.16 Epist. 67,4,3: ed. J. Campos (BAC) p.635.1 7 Hist. eccl. 3,29: PG 20,275.1 8 «Nam curn septem diaconus crearent, ad plebem prius retulerunt»

P.l c.4 § 3. El diaconado en la Iglesia primitiva

Page 134: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

Felipe no dio el Espíritu Santo a los de Samaria (Act 8,16) porque no tenía el carisma de darlo, por ser, de los siete, el segundo después de Esteban (Act 6,5) 19.

Hay también semejantes indicios y opiniones en Padres pos­teriores, del período posniceno (n.252 45ós).

Formas estables del «ministerio'^ 115

C apítulo V

L A S FO R M A S E S T A B L E S D EL «M IN IST E R IO » E N LOS PRIM ERO S E S C R IT O R E S E C LE SIA ST IC O S

I. E l episcopado y el presbiterado en los primeros escritores eclesiásticos 1

148. Nos ocupamos conjuntamente del episcopado y del presbiterado en los primeros escritores eclesiásticos, por coinci­dir ambos grados jerárquicos en la idea del «sacerdocio», y por­que algunos documentos de la época no disciernen suficiente­mente entre ellos. Muchos de estos primeros escritores tratan conjuntamente lo relativo al episcopado y al presbiterado.

Clemente de Roma

149. Clemente de Roma (a.92-101), en su primera carta a los Corintios (a.96-98), invoca la institución de «epíscopos» (y diáconos) por efecto de la sucesión apostólica. Es interesante

fin epist. 2 ad Cor. hom.18,3: PG 61,527). Allí explica por qué se consulta al pueblo.

19 In Act. hom.18,3: PG 60,144; R 1215.1 C f. J . C olson , Ministre de Jésus-Christ ou le sacerdoce de l’Evangile

(París 1966) parte 2.a (La prise de conscience subapostolique); Id., L ’évéque dans les communautés primitives (París 1951); Id., Lesfonctions ecclésiales aux deux premiers siécles (París 1956) c .n -16 ; Id., L ’épiscopat catholiqne. Col- légialité et primauté dans les trois premiers siécles de l’Eglise (París 1963); Id., Le ministére apostolique dans la littérature chrétienne primitive: apotres et épiscopes, «sanctificateurs des nations», en «L’Épiscopat et l’Église univer- selle» (ed. Y . C ongar-B . D. D u pu y) (París 1964) p.135-169; O thmar P e r l e r , L ’évéque, représentant du Christ selon les documents des premiers siécles: ibid., p.31-66; A. M. J a v ier r e , Le théme de la succession dans la littérature chrétienne primitive: ibid., p .17 1-221; Id., Le passage de l’apostolat á Vépiscopat: réflexions méthodologiques: Salesianum 24 (1962) 229-242; V. P roaño , Conciencia de la función episcopal en la Iglesia primitiva, en «XX Semana Española de Teología (1962)» (Madrid 1963) p.175-216; J . L éc u y er , art. Épiscopat: Dict. Spiritualité 4,884-898; L. O t t , Das Weihesakrament 9-13.

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ver cómo, en definitiva, refiere a Jesucristo el origen de estos oficios. D ice así:

«Los Apóstoles nos evangelizaron de parte del Señor Jesucristo; Jesús, el Cristo, fue enviado de Dios. El Cristo, por consiguiente, de parte de Dios; y los Apóstoles, de parte de Cristo. Ambas cosas suce­dieron, por tanto, ordenadamente por voluntad de Dios. Así, pues, los Apóstoles, recibidos los mandatos y plenamente asegurados por la resurrección de nuestro Señor Jesucristo y confirmados en la fe por la palabra de Dios, salieron a evangelizar con la certeza del Es­píritu Santo anunciando la venida del reino de Dios.

Y así, según predicaban por lugares y ciudades la buena nueva, iban estableciendo a los que eran primicias de ellos—después de pro­barlos con el Espíritu—por epíscopos y diáconos de los que habían de creer» 2.

Clemente quiere aplicar a la institución de estos oficios algunas palabras del A .T . Porque continúa inmediatamente:

«Y esto no era novedad, pues de mucho tiempo atrás se había ya escrito sobre epíscopos y diáconos. La Escritura, en efecto, dice en algún lugar: Establecerá a sus epíscopos en justicia y a sus diáconos en fe» 3.

A sí como la institución de estos oficios se debe a los A p ós­toles y, en último término, a Jesucristo, así también la sucesión en otros que los desempeñen. Porque añade Clem ente poco después:

«Asimismo nuestros Apóstoles conocieron, por medio de nuestro Señor Jesucristo, que habría contienda sobre este nombre [y digni­dad] del episcopado. Por esta causa, pues, teniendo perfecto conoci­miento de lo por venir, constituyeron a los que hemos dicho antes, y juntamente dieron la norma de que, al morir éstos, otros varones aprobados recibieran su oficio sagrado (AsiToupyíccv)» 4.

150. Por razón de este origen del ministerio, que no viene del pueblo (aunque el pueblo elija los ministros), como se re­calca todavía más en lo que sigue, no pueden ser depuestos de su oficio los que lo cumplen fielmente. Se observará también que se describe este oficio como oficio sacerdotal. Leemos a continuación del pasaje anterior:

2 1 Clem. 42,1-4: ed. Ruiz Bueno (BAC) p.216; R 20.3 1 Clem. 42,5: BAC 216; R 20. El texto de la Escritura a que se alude

es de Is 60,17, Pero algo modificado; porque el T M dice: «Te daré por gobernantes la paz; por magistrados, la justicia»; y los LX X : «Daré [pon­dré] tus gobernantes en paz, y tus superiores (iiriCTKÓTrous) en justicia».

4 1 Clem. 44,1-2: BAC 218.

116 P.I c.5 § 1. Episcopado y presbiterado en los primeros'escritores

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Clemente de Roma 117

«Ahora bien, a los que han sido puestos por aquéllos [Apóstoles] o después por otros varones eximios con la aquies­cencia (emvevSoKricráaris) de toda la Iglesia, y que han oficiado (AsiToupyr|CTavTas) sin tacha en beneficio del rebaño de Cristo, con espíritu de humildad, pacífica y desinteresadamente, y que durante mucho tiempo han recibido buen testimonio de todos, a éstos pensamos que se les echaría no justamente de su minis­terio sagrado (Aerroupyías). Porque sería pecado no pequeño si expulsáramos del episcopado a los que intachable y santa­mente ofrecen los dones. Felices los presbíteros (irpeapÚTepoi) que nos han precedido, los cuales tuvieron un fin fructuoso y perfecto, pues no tienen ya que temer que nadie los eche del lugar que ocupan. Porque vemos que vosotros habéis removido de su oficio sagrado (AsiTOupyías) a algunos que bien lo des­empeñaban, sin tacha y con honor» 5.

La índole sacerdotal de este oficio queda de manifiesto no sólo en la palabra Asrroupyícc, frecuentemente usada, pero sobre todo en la expresión de ofrecer los dones (TrpoasveyKÓvTas tóc Scopcc).

15 1 . No designa Clemente en toda la carta al obispo como a una persona determinada y singular que dirija la comunidad de los corintios. A l callarla, parece que falta (al menos en aquellos momentos) en Corinto. La figura del obispo monár­quico, centro de la unidad y de la paz eclesial, turbada enton­ces en Corinto, no aparece en la epístola. Pero sí se habla en diferentes lugares de los «presbíteros» (Trpecr|3ÓTspoi) que go­biernan la comunidad y son los que han sido constituidos en el oficio sagrado 6. Estos presbíteros bien pueden considerarse equivalentes a los epíscopos, de que antes hemos hablado, des­empeñando una función sacerdotal7 8; pero de una categoría meramente presbiteral o de segundo grado.

L os nombres con que también se designan por Clemente los dirigentes de la comunidad ya los conocemos (cf. n .125.139). Son los de fiyoúpevoi 'rrporiyoúpevoi de significado prepó-

5 1 Clem. 44,3-6: BAC 218; R 21.f 1 Clem. 44>5 (BAC 218); 47>6 (BAC 221); 54,2 («presbíteros cons­

tituidos»; BAC 227); S7,i («someteos a vuestros presbíteros»; BAC 230). Es ambigua la expresión sobre si se trata de ancianidad, en oposición a ju ­ventud, en 1,3 ; 21,6; 3,3.

7 Cf. 1 Clem. 44,4; supra n.1198 1 Clem. 1,3 : BAC 178. 9 Ibid., 21,6: BAC 199.

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sito, que viene a cubrirse con el de «presbítero», aunque el de «prepósito» es más vago y amplio y podría designar también al obispo.

D id a ch é

152. En la Didaché (a.90-100) o Doctrina de los doce Após­toles se habla igualmente de los «epíscopos» y diáconos. Es a propósito del oficio litúrgico dominical, al que se exhorta:

«Congregados cada día del Señor, romped el pan y dad gra­cias, después de haber confesado vuestros pecados, a fin de que sea puro vuestro sacrificio. Todo aquel, empero, que tenga contienda con su compañero, no se junte con vosotros hasta que no se hayan reconciliado, a fin de que no se profane vues­tro sacrificio. Porque éste es el sacrificio dicho por el Señor l®. En todo lugar y tiempo se me ofrezca un sacrificio puro; por­que Rey grande soy yo y mi nombre es admirable entre las naciones» 10 1 1 .

En este contexto del sacrificio eucaristico, y como conclu­sión de lo dicho, se continúa inmediatamente: «Elegios (x6lP°_ TovficccTe) i2, pues, epíscopos y diáconos dignos del Señor, va­rones mansos y desinteresados, veraces y aprobados. Porque para vosotros también ellos ofician litúrgicamente (AeiToupyoü- cnv) la liturgia de los profetas y de los doctores (Si8ácn<aAoi). Por consiguiente, no los despreciéis, puesto que ellos son los honorificados entre vosotros juntamente con los profetas y doctores» 13.

El examen de este documento pone fuera de duda la fina­lidad sacerdotal y litúrgica de estos epíscopos que se trata de elegir. Ofician en el sacrificio eucarístico, predicho por Mala- quías, que es el oficio dominical de la asamblea cristiana. Ofician la liturgia de los profetas y doctores. En lo cual aparece aludirse a los oficios litúrgicos celebrados por los profetas y doctores itinerantes o transeúntes. El nombre de los epíscopos

10 M al 1 , 1 1 . 1 4 .1 1 Didaché 14 ,1-3 : BAC 91; R 8.12 N o se ve que tenga aquí el significado de ordenación por extensión

de manos (cf. n .20 1), sino sim plem ente el de extensión de manos como manera de indicar el sentido de una votación o sufragio ; esto es, se trata de una elección. C f. F . Z o r e ll , Novi Testamenti Lexicón graecum, a la palabraXeipoTovécú.

13 Didaché 15 ,1-2 : BAC 92; R 9.

118 P.I c.5 § 1. Episcopado y presbiterado en los primeros escritores

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119

parece también aquí cubrirse con el de los presbíteros (cf. n.i3Ós) atribuyendo a aquéllos la misma función sacerdotal de éstos.

San Ignacio de Antioquía153. La figura del obispo monárquico, fuente de unidad y

responsable de la Iglesia local, aparece fuertemente delineada en las cartas de San Ignacio, obispo de Antioquía, en Siria (t 107) 14 En las Iglesias del Asia Menor, a las cuales escribe, se encuentran nítidamente los tres grados jerárquicos en el pleno sentido en que después los ha conocido la historia y la tradición: obispos, presbíteros y diáconos.

En la carta a los Efesios exhorta a la unidad, puesto que les conviene—dice—«correr a una con el sentir de vuestro obispo, que es justamente lo que ya hacéis». A esta labor unificadora no son ajenos los presbíteros. Porque continúa: «En efecto, vues­tro presbiterio, digno del nombre que lleva, digno de Dios, de tal suerte está armonizado con su obispo, como las cuerdas con la lira...» 14 15. Reconoce que los fieles están «tan templados con él como la Iglesia con Jesucristo, y Jesucristo con el Pa­dre, a fin de que todo suene al unísono en la unidad» 16.

El obispo es el presidente de la oración litúrgica y de la comunidad: «Porque si la oración de uno o dos tiene tanta fuerza, ¡cuánto más la del obispo y la de toda la Iglesia!» 17; «... cosa evidente es que hemos de mirar al obispo como al Señor mismo» 18. Ignacio les escribirá otra carta con particular placer si se congregan en una fe y en Cristo... «para obedecer al obispo y al presbiterio con pensamiento indivisible, rompiendo un solo pan, que es medicina de inmortalidad, antídoto para no morir, sino para vivir por siempre en Cristo» 19.

E l carácter jerárquico del obispo sobresale en el siguiente consejo que da Ignacio a los de Magnesia: «Os conviene no

1 4 Cf. Ignacio de A ntioquía, Ad Rom. 2,2: «por haber hecho Dios la gracia al obispo de Siria de llegar hasta Occidente, después de haberle man­dado llamar de Oriente...» (ed. BAC 475S); Ad Rom. 9 ,1: «Acordaos en vuestras oraciones de la Iglesia de Siria, que tiene ahora, en lugar de mí, por pastor a Dios. Sólo Jesucristo y vuestra caridad harán con ella oficio de obispo» (BAC 480; R 55).

15 Ad Ephes. 4 ,1: BAC 449S.16 A d Ephes. 5 ,1: BAC 450.17 Ibid., 5,2: BAC 450.18 Ibid., 6 ,1: BAC 451.19 Ibid., 20,2: BAC 459.

Ignacio de Antioquía

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abusar de la poca edad de vuestro obispo; antes, mirando [en él] la virtud de Dios Padre, tributarle toda la reverencia. Como he sabido que los santos presbíteros no tratan de burlar la condición juvenil que aparece, sino que, como prudentes en Dios, le son obedientes, o, por mejor decir, no a él, smo al Padre de Jesucristo, que es el obispo de todos...» 20.

154. Al obispo lo ve como una representación de Dios Padre; a los presbíteros, como los Apóstoles. Exhorta, en efec­to, a la concordia «bajo la presidencia del obispo, que está en lugar de Dios; y del presbiterio, en lugar del colegio de los Apóstoles, y de los diáconos... Que nada haya entre vosotros que pueda dividiros; antes bien, formad una sola cosa con vues­tro obispo y con los que os presiden, para modelo y enseñanza de incorrupción» 2L Dirá también que «el obispo es figura del Padre, y los presbíteros son como el senado de Dios y el cole­gio dé los Apóstoles». A ellos hay que someterse 22 Los par­ticulares, y ante todo los presbíteros, traten de aliviar al obispo para gloria del Padre, de Jesucristo y de los Apóstoles28. «Cuantos son de Dios y de Jesucristo, éstos están con el obis­po» 24. «Hay que honrar al obispo, al presbiterio y a los diá­conos» 25.

Les dice que «así como el Señor nada hizo sin contar con su Padre..., así vosotros nada hagáis sin contar con el obispo y los presbíteros...»26. El consejo se repite a los Tralianos: «No hagáis cosa alguna sin contar con el obispo, antes someteos también al presbiterio como a los Apóstoles de Jesucristo»«El que honra al obispo es honrador de Dios. El que a ocultas del obispo hace algo, rinde culto al diablo» 28.

155. El tema de la unión es frecuentísimo en sus cartas: «Someteos a vuestro obispo, y también los unos a los otros» 29.

20 Ad Magn. 3 ,1-2 : BAC 461. Y continúa recomendando la obedienciasincera al obispo. Ibid., 3,2; 4,1. . , .

21 Ibid., 6,1-2: BAC 462. Otras veces deben someterse ai obispocomo a Jesucristo: Ad Trall. 2,2 (BAC 468).

22 A d Trall. 3 ,1 : BAC 469. Cf. ibid., 13,2: BAC 473.23 Ad Trall. 12,2: BAC 473.24 Ad Philadel. 3,2: BAC 483; R 56.25 Ad PtóadeL 7 ,1: BAC 485.26 Ad Magn. 7 ,1 : BAC 463.27 Ad Traü. 2,2: BAC 46B.28 Ad Smyrn. 9 ,1: BAC 493.29 Ad Magn. 13,2: BAC 466; R 48.

120 P.I c.5 § 1- Episcopado y presbiterado en los primeros escritores

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Para usar sólo del alimento cristiano y «abstenerse de toda hierba ajena, que es la herejía», es condición precisa no en­greírse y estar «inseparables de Jesucristo Dios y del obispo y de las ordenaciones de los Apóstoles» 30. Hay que evitar toda escisión. «Seguid todos—dice—al obispo, como Jesucristo al Padre; y al presbiterio, como a los Apóstoles; y a los diáconos reverenciadlos como al mandamiento de Dios. Nadie sin con­tar con el obispo haga nada de cuanto atañe a la Iglesia. Aquella Eucaristía ha de tenerse por segura que se hace por el obispo o por quien él autorizare... Sin contar con el obispo no es lícito bautizar ni tener el ágape [eucarístico], sino que lo que él aprobare, esto es lo agradable a Dios» 31.

La imagen de la unidad perfecta está en la Eucaristía, un solo altar, «así como un obispo junto con el presbiterio y los diáconos» 32.

156. La carta al obispo Policarpo termina con una exhor­tación a la unidad en la obediencia: «Atended al obispo, a fin de que Dios os atienda a vosotros. Yo me ofrezco como res­cate—dice—por quienes se someten al obispo, a los presbí­teros, a los diáconos» 33.

Las cartas de San Ignacio constituyen un argumento his­tórico firmísimo para tener por cierta la existencia de obispos monárquicos, gobernantes de aquellas Iglesias del Asia Menor, a quienes Ignacio escribe, junto con un colegio de presbíteros y los diáconos. Porque no sólo habla del obispo de cada una de estas Iglesias y de los presbíteros y diáconos, a los que los fieles deben someterse, sino que se supone que son institu­ciones permanentes y fijas, lo cual indica que existen, en el momento que escribe (ca.105), por lo menos desde hace algu­nos decenios.

Las funciones que Ignacio atribuye a los obispos son pas­torales y de gobierno, juntamente con el presbiterio y todos en armonía con el obispo. Son también de vigilancia en la doc­trina y en la conservación del depósito. Son asimismo marca­damente litúrgicas y sacerdotales en el sacrificio eucarístico y en el bautismo. El obispo es el jefe de la vida litúrgica.

30 Ad Trall. 6,1-7,2: BAC 470.31 Ad Smyrn. 8,1-2: BAC 493; R 65.32 Ad Philadel. 4: BAC 483: R 56.3 3 Ad Polyc. 6 ,1: BAC 500.

Ignacio de Antioquia

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122 P.I c.5 § 1. Episcopado y presbiterado en los primeros escritores

Policarpo157. Policarpo (7o?-i s 6), obispo de Esmirna34, en carta

a los de Filipos (después de a. 107), recomienda a todos «vivir sometidos a los presbíteros y a los diáconos, como a Dios y a Cristo» 35; y describe largamente, después de hablar de los diáconos, cómo deben ser los presbíteros: misericordiosos, vi­sitando a los enfermos, sin descuidar las obras de misericordia, desinteresados, perdonadores 36. Lamenta la defección de un presbítero Valente 3L No se habla en esta carta de un obispo de Filipos, que allí gobernara, como aquellos de quienes han hablado las cartas de San Ignacio.

Pastor de Hermas158. En el Pastor, atribuido a Hermas (140-155), con sus

tres partes de Visiones, Mandatos y Semejanzas, encontramos la mención de los oficios directores de la comunidad: obispos, presbíteros, diáconos.

En la visión segunda se habla de Clemente (el Papa de Roma), que enviará una copia de las visiones a las ciudades de fuera, «pues a él le está encomendado»; y el autor lo leerá «en esta ciudad con los presbíteros, que presiden (irpoíoránEvoi) la Iglesia» 38. En la misma visión segunda se refiere a los «di­rigentes de la Iglesia», usando la palabra que ya conoce­mos (cf. n .151) Trporiyoúpsvoi 39. La misma voz en la visión tercera 39 *.

También se dice que «las piedras cuadradas y blancas que ajustaban perfectamente en sus junturas representan los após­toles, obispos, doctores (5i8áoxaAoi) y diáconos, que caminan según la santidad de Dios, los que desempeñaron sus oficios de obispos y diáconos pura y santamente para los escogidos de Dios...»40 Los apóstoles y doctores (maestros, SiSácjxaAoi) son los que anuncian la predicación del Hijo de D ios41; predican

34 Cf. S. I gn acio , Ad Magn. 15 (BAC 467); Ad Polyc. (BAC 496).35 5,3: BAC 665.36 6,1-2: BAC 666.37 1 1 , 1 : BAC 669.3 8 Visio II, 4 ,3 : ed. Ruiz B ueno (BAC), p.947.3 9 Visio II, 2,6: BAC 945. 40 Visio II, 5 ,1: BAC 954-39» Visio III, 9,7: BAC 961. 41 Similit. IX, 15,4: BAC 1070.

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el nombre del Hijo de Dios 42; predicaron por todo el mundo y enseñaron santa y castamente la palabra del Señor 43.

Se habla de los «obispos y gentes hospitalarias», que aco­gieron en sus casas a los siervos de Dios; de «los obispos que protegieron en todo tiempo incesantemente con su ministerio a los necesitados...»44. También de los «pastores» que no han cumplido su oficio 45.

El lenguaje, por consiguiente, del Pastor de Hermas nos dice de una Iglesia (aun fuera de Roma) cuyos dirigentes son obispos, presbíteros, diáconos.

Papías159. En los fragmentos que se nos han conservado de

Papías (ca.130) se da el nombre de presbítero a los mismos Apóstoles; de ellos se trataba de averiguar qué es lo que habían dicho46. Pero este nombre, que aplica a los Apóstoles, evi­dentemente no está aquí usado para designar a los sacerdotes de segundo grado, sino es solamente un título de honor (sénior, anciano) que se les atribuye.

San Justino, San Ireneo160. En la primera descripción que tenemos de la misa,

la de San Justino (100-10/163-7), contenida en su primera Apología (150-55), aparece el oficio sacerdotal y sacrificial de aquellos que ocupan la presidencia. Se habla de uno «que pre­side (irpoecrrcoTi) a los hermanos», en lo cual debe entenderse al obispo o, en su ausencia, al presbítero presidente (cf. n.139). El es quien recibe la ofrenda del pan y de la bebida con vino y agua; él quien dirige la oración litúrgica, la oración al Padre, por el nombre del Hijo y del Espíritu Santo, y la oración euca- rística. El pueblo asiente con la palabra ‘Amén’ . Cuando «el que preside» ha acabado la oración y acción de gracias, los llamados diáconos distribuyen la comunión a los presentes y la llevan a los ausentes47. Con esto, el oficio sacrificial y la ín­dole sacerdotal y litúrgica del director (se habla de un solo

42 Similit. IX, 16,5: BAC 1071.43 Similit. IX, 25,2: BAC 1079.44 Similit. IX, 27,2: BAC 1081.45 Similit. IX, 3 1,5 : BAC 1086.46 F u n k , PP. Apost. 1,350.358; PG 20,297.300; R 94S; BAC 873S.876.47 Apolog. I 65: PG 6,428; R 128. Cf. ibid., I 67: PG 6,429.

Pastor de Hermas, etc.

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presidente) de la asamblea cristiana ha quedado fuertemente diseñado, como algo obvio ya antes de la mitad del siglo n, que es cuando se escribe.

16 1. San Ireneo (ca.140-ca.202), en su obra Contra las he­rejías, reconoce y puede enumerar la lista de «los obispos insti­tuidos por los Apóstoles y los sucesores de ellos hasta nosotros» —dice— . Ellos son los maestros de la auténtica fe; y, contra los herejes que alegaban enseñanzas secretas de los Apóstoles, arguye que «si los Apóstoles hubieran conocido misterios re­cónditos, que enseñasen a los perfectos aparte y a escondidas de los demás, se los hubieran comunicado sobre todo a aquellos a quienes encomendaban aun las mismas Iglesias...»48.

Enumera de hecho la sucesión de los obispos desde Pedro en la Iglesia de Roma, fundada por Pedro y Pablo 49. De Poli- carpo afirma, expresamente que fue constituido por los Após­toles «obispo» de Esmirna. Ireneo le conoció50. Hay que seguir la tradición que nos han dejado aquellos a quienes los Apóstoles encomendaban las Iglesias 51.

Conoce Ireneo, por consiguiente, el oficio y la función del «obispo», aunque a veces los designe con el honroso título de «presbíteros». «Hay que obedecer —dice— a los presbíteros que hay en la Iglesia, a los que tienen la sucesión de los-Apóstoles, como hemos mostrado; lo cuales, con la sucesión del episcopado, reci­bieron el carisma cierto de la verdad según el beneplácito del Padre...»52. Con esta palabra (presbítero) designa, hablando de modo general, a los discípulos inmediatos o mediatos de los Apóstoles 53.

Clem ente de Alejandría y otros

162. Clemente de Alejandría (ca. 150-211/15) conoce y menciona expresamente los tres grados jerárquicos de los pres­bíteros, obispos y diáconos, que llama «personas escogidas»,

48 Adv. haer. 3 ,3 ,1: PG 7,848; R 209.49 Adv. haer. 3,3,2s: PG 7,8483; R 2ios.50 Ibid., 3,3,4: PG 7,851; R 2x2.51 Ibid., 3,4 ,1: PG 7,855; R 213.52 Ibid., 4,26,2: PG 7,1053; R 237. Cf. ibid., 3,2,2: PG 7,847.53 Cf. Adv. haer. 2,22,5 (PG 2,785); 4,27,is (PG 7,1056.1059); 4,30,1

(PG 7,1064); 4 ,31,1 (PG 7,1068); 4,32,1 (PG 7,1070); 5,33,3 (PG 7 ,12 13 ; R 261).

124 P.I c.5 § 1. Episcopado y presbiterado en los primeros escritores

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125

para los cuales hay preceptos particulares en los libros sagra­dos54. También los menciona Orígenes (185/6-254/5) 55.

Con anterioridad, Tertuliano (ca. 160-222/3), en su De bap- tismo (200-6), había escrito de los tres oficios jerárquicos: «El derecho a dar el bautismo lo tiene el sumo sacerdote, que es el obispo; después los presbíteros y diáconos, pero no sin autori­zación del obispo...». Y sigue hablando de lo que pueden hacer los laicos en caso de necesidad56. También menciona en el De fuga (a.213) a los «diáconos, presbíteros y obispos», llamándolos «auctores», esto es, autoridades o prepósitos, y «duces». Los des­cribe como «pastores» y «los que presiden a la grey» 57. Los mis­mos nombres aparecen en el De monogamia (ca.217) 58.

La idea de la sucesión apostólica en los obispos surge po­derosa en la mente del apologista africano. A los herejes que pretendían enseñar doctrinas transmitidas por los Apóstoles, les conmina (ca.200) a mostrar los orígenes de sus Iglesias, como algo que por la sucesión de los obispos tenía que llegar hasta los Apóstoles: «Que publiquen—dice— los orígenes de sus Iglesias; que desarrollen la lista de sus obispos desde el princi­pio por diferentes sucesiones, de modo que el primer obispo haya tenido por promotor (auctorj y antecesor a algunos de los Apóstoles o de los varones apostólicos, pero que haya perseve­rado con los Apóstoles. Porque de esta manera las Iglesias apos­tólicas proponen sus listas (census suos deferunt) : la Iglesia de Esmirna cita a Policarpo, colocado por Juan; la de los Romanos pone a Clemente, ordenado por Pedro; y así los demás mues­tran quiénes son los que poseen el vástago de la semilla apos­tólica, constituidos en el episcopado por los Apóstoles» 59.

San Cipriano (ca. 200-25 8) habla de los «obispos que presi­dimos en la Iglesia», exhortando a procurar la unidad 60; tam­bién de los presbíteros y diáconos 61, a quienes dirige diferen­

54 Paedagogus (paulo post 195) 3,12,97: PG 8,676; R 413. También los menciona en Stromata (a.208-211) 6,13,107: PG 9,328; R 427.

55 De oratione (post 231) 28,4: PG 11,524; R 473.56 De baptismo 17 : P L 1 ,12 17 ; R 310.57 De fuga 1 1 , 1 : P L 2,1343.58 De monog. 1 1 , 1 : P L 2,993.59 De praescrip. haeret. 32: P L 2,44; R 296.60 De catholicae Eccles. unitate 5: ed. J. C ampos (BAC), p.147; PL 4,

501; R 556.61 V.gr., Epist. 18 ,1, para que puedan en caso de necesidad reconciliar

en la penitencia: ed. BAC, p.423; P L 4,259; R 570.

Clemente de Alejandría, etc.

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tes epístolas. Los presbíteros están «unidos con el obispo en la dignidad sacerdotal» 62. Los presbíteros son sacerdotes que sir­ven al altar y a los sacrificios 63.

Eusebio (ca.265-340) escribe en su Historia eclesiástica (3 11- 325), refiriéndose a la persecución de Diocleciano, que «las cár­celes antes destinadas a los homicidas y expoliadores de sepul­cros, entonces se llenaban de obispos, presbíteros, diáconos, lectores y exorcistas»64.

126 P.l c.5 § 1. Episcopado y presbiterado en los primeros escritores

Resum en

163. Del examen conjunto de todos los documentos, tanto escriturísticos como patrísticos, de los primeros tiempos, se deduce la institución y constitución jerárquica de las primeras Iglesias locales o regionales, las cuales estaban gobernadas con autoridad apostólica. Este gobierno podía ejercitarse, bien direc­tamente por los Apóstoles, como lo reflejan las cartas de San Pe­dro, Santiago (al menos con la doctrina, ruegos y consejos) y muy en particular las cartas de San Pablo y de San Juan y el Apocalipsis de este último; o bien eran gobernadas por un colabo­rador o delegado de un Apóstol, que le sucedería en el oficio apos­tólico, como aparece sobre todo en las cartas pastorales de San Pablo (Timoteo en Efeso, Tito en Creta).

De la Iglesia de Jerusalén consta por Act (i5,i3ss; cf. Gál 2,9) el episcopado «monárquico» de Santiago, «hermano del Se­ñor». En la Iglesia de Antioquía, después del gobierno de San Pedro, Evodio fue instalado por él como obispo 65. San Ignacio de Antioquía es el sucesor de Evodio 66, desde el año 69, según se cree.

En las Iglesias del Asia Menor aparece la figura del obispo «monárquico» con anterioridad a las Iglesias de Corinto y de Filipos en el sudeste de Europa, que podrían creerse «acéfa­las» 66#. Si los «ángeles», a quienes escribe San Juan en el Apo­calipsis, son los que gobiernan las Iglesias de Efeso, Esmirna,

62 Epist. 6 1,3 ,1: ed. BAC p.594; PL 3.1005.63 G f. Epist. 7 2 ,2 ,1-2 : ed. BAC p .6 7 1; P L 3 , io 86s .64 Hist. eccl. 8,6,9: PG 20,753.756.65 Cf. Constit. apost. 7,46: PG 1,1049-1051.66 E u sebio , Hist. eccl. 3,22: PG 20,256c; Constit. apost. 7>4 - PG

1,1052.66* Cf. n. 140.142.

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Resumen 127

Pérgamo, Tiatira, Sardes, Filadelfia y Laodicea, diríamos que en el Asia Menor la madurez para el gobierno monárquico de los obispos aparece más claramente y con anterioridad a otras Iglesias. Si el apóstol Juan les escribe desde su exilio en Pat- mos durante la persecución de Diocleciano (81-96), es de creer que el Apocalipsis se escribió después del 81, y se puede con­jeturar que los «obispos» del Asia Menor quedarían estableci­dos entre los años 70 al 80. Es verosímil que Juan, que antes de su destierro en Patmos había residido en Efeso, saldría de Jerusalén después de la destrucción del año 70, o antes.

164. El gobierno de las Iglesias locales se hacía ordinaria­mente (una vez constituidas suficientemente) mediante el co­legio de los presbíteros o presbiterio, al estilo del gobierno de las comunidades judías, que, con su sanedrín de ancianos y escribas, proveían a las necesidades de la disciplina y de la doctrina. Si los ancianos y escribas de los judíos carecían de función sacerdotal cultual y sacrificadora, no así los presbíte­ros cristianos, que, además de apacentar, de enseñar, de vigi­lar por las rectas doctrinas, de corregir los yerros, etc. (cf. n.i34ss), eran también los presidentes de las asambleas li­túrgicas, en las cuales se celebraba normalmente la fracción del pan y la conmemoración de la muerte del Señor, con el sacri­ficio del pan y del vino. Esta función sacerdotal de los pres­bíteros, llamados también epíscopos por su función inspectora y de superintendencia sobre la asamblea de Cristo 67, iba uni­da al bautismo de los nuevos cristianos, a la unción de los en­fermos (Sant 5,i4ss) y a los demás oficios de presidencia de la acción cultual y litúrgica.

165. Pero hay funciones litúrgicas y sacramentales que hemos visto practicar únicamente a los Apóstoles, tales como la imposición de manos para comunicar la plenitud del ser cristiano en el Espíritu, que es propio de la confirmación (Act 8,17; 19,6); asimismo la imposición de manos para trans­mitir un carisma y una potestad santificadora (1 Tim 4,14; 2 Tim i,6s; Act 6,1-6). También lo podían realizar los dele-

67 La función de «vigilante» o «superintendente» de los mebaqqer, que había en las comunidades reformistas judías de la época, con el significado parecido al de i-rrícrKo-rros, encontraría su análogo en los obispos itinerantes o superintendentes cristianos. Pero sólo análogo, por la gran diversidad.

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gados y colaboradores de los Apóstoles, que les sucederían en el gobierno de las Iglesias (i Tim 5,22s).

Con ello quedaba ya de hecho dibujada la figura del «su­cesor de los Apóstoles», con poderes característicos para pro­ducir nuevos «ministros» y sucesores en el «ministerio» y para comunicar, después del bautismo, la plena vitalidad en el Espíritu.

166. La presencia de un «sucesor de los Apóstoles» que gobierna la comunidad local cristiana y también a su presbi­terio; esto es, la figura del llamado «obispo monárquico», que está en la cúspide de la Iglesia local o regional, es como el centro y la garantía de la unidad eclesial en la recta doctrina y en la conservación del depósito, en la paz y concordia fra­terna, presidiendo el culto, sobre todo el eucarístico, que es claro símbolo y factor de unidad. Esta figura del obispo, que rige y gobierna, aparece clara en Efeso, Creta, y muy proba­blemente en las Iglesias mencionadas en el Apocalipsis. Tam­bién lo podemos reconocer en Roma, donde gobierna Cle­mente68, y de modo muy definido en las Iglesias del Asia Menor, a las que Ignacio dirige sus cartas (efesios, magnesios, tralianos, filadelfios, esmirneos, donde es obispo Policarpo), y, por supuesto, el mismo Ignacio es obispo de Antioquía... Si en la carta dirigida a Corinto por Clemente, y en la que Policarpo escribe a Filipos, no aparece la mención del obispo, ello puede depender de causas diversas (situación temporal y pasajera de aquellas Iglesias, etc.) o bien puede delatar un re­traso en establecer para aquellas Iglesias la norma que poco a poco se haría universal, a medida que se iban constituyendo las Iglesias locales con cierta consistencia y plenitud. No de otra manera a como en nuestros días se han ido constituyendo las Iglesias en las misiones, pasando primero por el gobierno de simples presbíteros (prefectos apostólicos) o de vicarios apostólicos (obispos con facultades delegadas del Papa y go­bernando en nombre del Papa), hasta llegar, una vez consti­tuidas, al obispo residencial que con potestad propia las go­bierna.

167. Los testimonios de Ireneo, que puede enumerar la lista de los obispos instituidos por los Apóstoles y los suceso-

68 Cf. 1 Clem. y Pastor de Hermas, Visio II 4,3: ed. BAC 947; supra, n.158.

128 p . l c.5 § 1. Episcopado y presbiterado en los primeros escritores

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Resumen 129

res de ellos hasta su tiempo, son claros en favor del hecho uni­versal del episcopado. En éste resalta, junto con la sucesión apostólica, sobre todo su magisterio de la auténtica fe y el carisma de la verdad según el beneplácito del Padre.

Serán también testimonio de la difusión universal del epis­copado en las Iglesias Clemente de Alejandría con Orígenes, y muy en particular Tertuliano con San Cipriano. Lo cual supo­ne un firme y anterior establecimiento del episcopado monár­quico en sus respectivas Iglesias. Eusebio confirma en su His­toria esta realidad de la función episcopal en los primeros tiempos de la Iglesia.

168. La presidencia del obispo en la comunidad quedaba así muy recalcada con la veneración y obediencia que se le debía como a representante del Padre; su presbiterio y los diáconos debían estar unidos y sometidos a él, como los Apóstoles a Dios y a Jesucristo 69. Si en los grados jerárquicos se subrayaba esta dependencia respecto del obispo, se com­prende que con el ejemplo y la palabra de éstos también el pueblo quedara acordado con él y todos con Cristo. Del obis­po dependía la celebración legítima de la Eucaristía, el bautis­mo, los sacramentos y la predicación. En la concelebración eucarística aparecía con más relieve esta unidad eclesiástica, unidad que era la meta de la Eucaristía y el brillante signo eclesial (apologético y confortante) para los de fuera y los de dentro. «Procurad usar una sola Eucaristía—escribía San Igna­cio a los filadelfenses—, porque una es la carne de nuestro Señor Jesucristo y uno es el cáliz en unidad de su sangre; uno es el altar, así como es uno el obispo con el colegio de los presbíteros y con los diáconos, mis consiervos; para que lo que hagáis lo hagáis según Dios»70.

Como Cristo reunido con sus Apóstoles y discípulos, así la imagen del obispo con sus sacerdotes, ministros y fieles. Como las cuerdas adaptadas a la lira, así los presbíteros de Efeso con su obispo, formando un cuerpo presbiteral «digno de Dios» —como escribe Ignacio— . Por ello, de su armonía y caridad brotaba un himno en loor de Jesucristo» 71.

69 G f. J. C olson , L ’évéque, lien d’unité et de charité ¿hez Saint Cyprien de Carthage (París 1961).

70 Ad Philadel. 4: F u n k , 1,266; ed. BAG 483; R 56.71 Ad Ephes. 4,1-2: F u n k , 1,216 ; BAG 449S. Como obras recientes

Ministros de Cristo 5

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130 P.I c.5 § 1. Episcopado y presbiterado en los primeros escritores

Enseñanza del Vaticano II

169. Con razón, el concilio Vaticano II propone en la constitución Lumen gentium el siguiente resumen doctrinal so­bre los orígenes del episcopado:

«Esta divina misión, confiada por Cristo a los Apóstoles, ha de durar hasta el fin de los siglos (cf. Mt 28,20), puesto que el Evangelio que ellos deben transmitir es el principio de la vida para la Iglesia en todo tiempo. Por lo cual los Apóstoles, en esta sociedad jerárquica­mente organizada, tuvieron cuidado de establecer sucesores.

En efecto, no sólo tuvieron diversos colaboradores en el ministerio 72, sino que, a fin de que la misión a ellos confiada se continuase después de su muerte, los Apóstoles, a modo de testamento, confiaron a sus cooperadores inmediatos el encargo de acabar y consolidar la obra por ellos comenzada75, encomendándoles que atendieran a toda la grey en medio de la cual el Espíritu Santo los había puesto para apacentar la Iglesia de Dios (cf. Act 20,28). Establecieron, pues, tales colabora­dores y dejaron dispuesto que, a su vez, otros hombres probados, al morir ellos, se hiciesen cargo de su ministerio 74. Entre los varios ministerios que ya desde los primeros tiempos se ejercitan en la Iglesia, según testimonio de la tradición, ocupa el primer lugar el oficio de aquellos que, constituidos en el episcopado, por una sucesión que surge desde el principio75, conservan el vástago de la semilla apostólica76. Así, según atestigua San Ireneo, por medio de aquellos que fueron establecidos por los Apóstoles como obispos y como sucesores suyos hasta nos­otros, se manifiesta 77 y se conserva la tradición apostólica en el mun­do entero 78.

Así, pues, los obispos, auxiliados por los presbíteros y diáconos79, recibieron el ministerio de la comunidad presidiendo en nombre de

acerca de los primeros tiempos del oficio sacerdotal, señalemos J. D a u v il- l ie r , Histoire du droit et des institutions de l’Église d’Occident (Les temps apostoliques. Premier siécle (París 1970); A. D e is s l e r , H. S c h l ie r , J. P. A u d et , Der priesterliche Dienst. I. Ursprung und Frühgeschichte (colee. «Quaestiones disputatae» 46) (Freiburg 1970).

72 Cf. Act 6,2-6; 11,30 ; 13 ,1 ; 14,23; 20,17; 1 Tes 5 ,12 -13 ; Flp 1 , 1 ; Col 4 ,11 y passim.

73 Cf. Act 20,25-27; 2 Tim 4,6s coll. con 1 Tim 5,22; 2 Tim 2,2; Tit 1,5; S. C l e m . R om., Ad Cor. 44,3; F u n k , 1,156; BAC 218.

74 S. C l e m . R om., Ad Cor. 44,2: F u n k , i , i 54s ; BAC 218.75 Cf. T er tu lia n o , De praescript. haer. 32: P L 2,52s; S. I gnacio M.,

passim.76 Cf. T er tu lia n o , De praescript. haer. 32: P L 2,53.77 Cf. S. Ir en eo , Adv. haer. 3 ,3 ,1: PG 7,848 A ; H a r v e y , 2,8; Sagn ard ,

p. 1 oos: «manifestatam».78 Cf. S. I r en eo , Adv. haer. 3,2,2: PG 7.847: H a r v e y , 2,7; Sagn ard ,

p .io o : «custoditur». Cf. ibid., 4,26,2; col.1053; H a r v e y , 2,236; y ibid., 4,33,8; col. 1077; H a r v e y , 2,262.

79 S. I gnacio M., Ad Philadel. Praefat.: F u n k , 1,264; BAC 481.

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Enseñanza del Vaticano II 131

Dios la grey 80 81 de la que son pastores, como maestros de doctrina, sacer­dotes del culto sagrado y ministros dotados de autoridad 81. Y así como permanece el oficio concedido por Dios singularmente a Pedro, el primero entre los Apóstoles, que debe ser transmitido a sus suce­sores, así también permanece el oficio de los Apóstoles de apacentar la Iglesia, que debe ser ejercitado continuamente por el orden sagra­do de los obispos 82. Enseña, pues, este sagrado Sínodo que los obis­pos han sucedido por institución divina en el lugar de los Apóstoles 83 como pastores de la Iglesia, y quien a ellos escucha, a Cristo escu- ■ cha, y quien los desprecia, a Cristo desprecia y al que le envió (cf. Le io,i 6)» 84.

170. Presupuesta la fundación de la Iglesia por Cristo y por los Apóstoles, éstos pensaron en los sucesores a quienes iban a encomendar el cultivo y el crecimiento y la dilatación de lo que ya ellos habían sembrado; o, dicho de otra manera, el continuar sustentando el edificio y apacentando a los fieles. Esta preocupación de los Apóstoles por la sucesión queda des­crita por el concilio de una manera objetiva, histórica y real en los párrafos precedentes, atendiendo a los hechos y evitando una argumentación más propia de las aulas: de que los Apóstoles «debieron de» cuidar de la sucesión. Así se corrigió, en el es­quema propuesto últimamente, la manera de hablar del esque­ma anterior, conservando, sin embargo, todos sus elementos sustanciales 85.

17 1 . En el documento conciliar se consignan los hechos por los que consta que los Apóstoles se sirvieron de varios co­laboradores (Act 6,2-6: para el servicio de las mesas, los diáco­nos; Act 11,30: los presbíteros; Act 13 ,1: los profetas y docto­res; 14,23: presbíteros; 20,17: presbíteros; 1 Tes 5 ,12-13: los

80 S. I gnacio M., Ad Philadel. 1 ,1 ; Ad Magn. 6,1: F u n k , 1,264.234; BAC 481.462.

81 S. C l e m . R om., Ad Cor. 42 ,3-4 ; 44 ,3 -4 ; 57 ,1-2 : F u n k , 1,152.156. 171S; S. I gnacio M., Ad Philadel. 2; Ad Smyn. 8; Ad Magn. 3 ; Ad Trall. 7: F u n k , 1,2655.282.232.2465, etc.; B A C 482.493.461.470; S. J u stin o , Apolog. I 65: PG 6,428; S. C ipr ia n o , Epist., passim.

82 Cf. L eón XIII, Satis cognitum (29 junio 1896): ASS 28 (1895-96) 732.83 Cf. C onc. T r id e n t ., sesión 23, Decret. De sacramento ordinis c.4:

Dz 1768 (960); C onc . V a t ic . I, sesión 4, Constit. dogm. De Ecclesia Christi c.3: Dz 3061 (1828); Pío XII, Mystici Corporis (29 junio 1943): AAS 35 (1943) 209.212; Codex Iuris Canonici cn.329 § 1 .

84 Cf. L eón XIII, Epist. Et sane (17 diciembre 1888): ASS 21 (1888) 32is; Lumen gentium n.20: AAS 57 (1965)233.

85 Cf. Schema Constit. De Ecclesia (Conc. Vatic. II [1964], fase, verde), Relatio n.20 p.83 paragr. 1.

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que presiden; Flp 1 ,1 : obispos y diáconos; Col 4 ,11: «ayudan­tes de Pablo en el reino de Dios», etc.). Por consiguiente, antes de pensar en los sucesores, los Apóstoles procuraron tener co­laboradores y ayudantes, que aparecen en Jerusalén, en las Iglesias paulinas (Act y epíst.). Y en las Iglesias a las cuales se dirigen Pedro y Santiago se designan con nombres varios: obis­pos, presbíteros (séniores), prepósitos, pastores, etc.; y diáco­nos...; aunque es verdad que el oficio de cada uno de estos colaboradores no se indica con toda precisión 86.

Además, encargaban a sus colaboradores inmediatos que continuaran la obra por ellos comenzada y la perfeccionaran 87 y que atendieran a toda la grey, ya que el Espíritu Santo los había puesto para apacentar (poimainein) la Iglesia de Dios (cf. Act 20,28). No se dirime, sin embargo, por la mención de este texto el que los «rectores» de que aquí habla San Pablo co­rrespondan a los obispos de hoy 88.

172. La idea de continuar y perfeccionar su obra como encargo cuasi testamentario aparece de un modo especial en San Pablo. A Timoteo le dice (2 Tim 4,6): «Yo ya termino con una libación y ya está instante el tiempo de mi desenlace...». Y a Tito (1,5): «Te he dejado en Creta para que corrijas las cosas que faltan por corregir, y pongas presbíteros por las ciu­dades...». Por lo demás, San Clemente Romano habla de este encargo de sucesión: «Por esta causa los Apóstoles, teniendo per­fecto conocimiento de lo por venir, establecieron a los que hemos dicho antes [ epíscopos] y dieron la orden de que, al morir éstos, otros varones aprobados recibieran su oficio sagrado»89. La constitución cita estas palabras de San Clemente para probar que los Apóstoles pensaron en la sucesión ministerial de su oficio y en cierta regla de sucesión, sin pretender probar (por las discusiones a que este texto está sometido) la sucesión apostólica, o de los Apóstoles en cuanto tales 90. Pero esto aparecerá más claro con otros documentos de la Tradición.

No ha querido entrar el Vaticano II en la distinción entre prerrogativas personales de los Apóstoles, que no debían trans­

86 Cf. ibid., Relatio n.20 p.83 paragr. 2.87 Véanse los textos citados en las nt.72 y 73, más arriba.8 8 Cf. Schema Constit. De Ecclesia, ibid., p.83.89 Ad Cor. 44,2: F u n k , 1,154 ; BAC 218.90 Cf. Schema Constit. De Ecclesia, Relatio n.20 p.83.

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mitir, y el oficio que debían transmitir. Se ha contentado con decir que permanece en la Iglesia el oficio apostólico de apa­centar la grey 91.

II. El diaconado en los primeros escritores eclesiásticos 1

173* La Primera carta de demerite (a.96-98) menciona ex­presamente a los diáconos junto con los «epíscopos», como mi­nistros de los fieles. En un texto que ya conocemos (cf. n.149) dice así:

«Y así [los Apóstoles], según predicaban por lugares y ciu­dades la buena nueva, iban estableciendo a los que eran primi­cias de ellos —después de probarlos con el Espíritu— por epís­copos y diáconos de los que habían de creer...» 2

También en la Didaché (a.90-100), o Doctrina de los doce Apóstoles, se encuentra la mención de los diáconos juntamente con la de los epíscopos. Después de exhortar al sacrificio euca- rístico, reunidos todos los fieles en el día del Señor, y a la con­fesión de los pecados 3, inmediatamente se saca de esta conclu­sión: «Elegios (xeipoToviíacnre), pues, epíscopos y diáconos, dig­nos del Señor, varones (dvSpas) mansos y desinteresados, vera­ces y aprobados». Y se da como razón el ministerio litúrgico: «Porque para vosotros también ellos ofician litúrgicamente (Aei- Toupyoücriv) la liturgia de los profetas y de los doctores. Por consiguiente, no los desprecian, puesto que ellos son los hono- rificados entre vosotros juntamente con los profetas y docto­res» 4.

La elección de los diáconos se hace recaer precisamente en la necesidad del oficio litúrgico.

San Ignacio de Antioquía

I 74‘ En los escritos de San Ignacio de Antioquía ( f a. 107) aparece, como ya hemos visto (n. 154-156) la figura muy defini­

91 Cf. ibid., p.84.1 Cf. J. C olson , La fonction diaconale aux origines de l’Église (Des-

clée de B., 1960) p.83-120; A. H amman , Le diaconat aux premiers siécles: MaisDieu n.36 (1953) 15 1-172 .

2 1 Clem. 42,4: ed. Ruiz B ueno (BAC), p.216; R 20.3 Didaché 14 ,1-3 : BAC 9 1; R 8.4 Didaché 15 ,1-2 : BAC : 2; R 9.

El diaconado en los primeros escritores

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da de los diáconos, junto con la del obispo monárquico y la del presbiterio. Exhortando a la unión y paz, escribe a los Magne­sios que pongan «todo empeño en hacerlo todo en la concordia de Dios, bajo la presidencia del obispo en lugar de Dios, y de los presbíteros en lugar del colegio de los Apóstoles, y de los diáconos, dulcísimos para mí, a quienes se les ha confiado el ministerio (5iockovíccv) de Jesucristo...»5. Alaba al diácono So- ción, «mi consiervo —dice— , porque se somete al obispo como a la gracia de Dios, y al presbiterio como a la ley de Jesucris­to» 6. La función servidora del diácono no la limita San Ignacio a la beneficencia corporal, sino que la extiende a los ministe­rios sagrados y a la Iglesia de Jesucristo:

«Conviene también que los que son diáconos de los misterios de Jesucristo, por todos modos se hagan gratos a todos, porque no son diáconos de las comidas y bebidas, sino servidores de la Iglesia de Dios. Deben, pues, guardarse de cuanto pudiera echárseles en cara, como de fuego» 7.

175. Si los diáconos proceden con el ejemplo de su vida, será más fácil que los fieles veneren su grado en la jerarquía: «Por vuestra parte —les dice— , todos tenéis que respetar a los diáconos como a Jesucristo; así como al obispo, que es figura del Padre; y a los presbíteros, como al senado de Dios y colegio de los Apóstoles. Sin éstos no hay nombre de Iglesia» 8. Se observará cómo pone a los diáconos entre los grados jerárquicos necesa­rios para la Iglesia. La reverencia a los diáconos como a Jesu­cristo, mientras que el obispo tiene su análogo en el Padre, y los presbíteros en el senado de Dios, trae a la memoria la idea de Jesucristo como servidor (diácono) de Dios.

La unión con el obispo y con el presbiterio debe incluir también la unión con los diáconos. Todos ellos están «dentro del altar»; todos ellos, por consiguiente, ofician a su manera en el sacrificio: «El que está dentro del altar es puro; el que esta fuera del altar no es puro. Esto quiere decir que quien hace algo sin contar con el obispo y el presbiterio y los diáconos, «éste no es puro en su conciencia» . Luego el oficio de los diáconos es también oficio en el altar junto al obispo y al presbiterio.

5 Ad Magn. 6 ,1: BAC 462; R 44.6 Ad Magn. 2 ,1 : BAC 461.7 Ad Trall. 2,3: BAC 468; R 48.8 Ad Trall 3 ,1 : BAC 468S; R 49-9 Ad Trall. 7,2: BAC 470; R 50.

134 P.l c.5 § 2. El diaconado en los primeros escritores

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176. La carta a los de Filadelfia abunda también con men­ciones de los diáconos, comenzando por el saludo inicial a aquella Iglesia, «Iglesia que es regocijo eterno y permanente, sobre todo cuando son una sola cosa con el obispo, y con los presbíteros que están con él, y con los diáconos, que fueron cons­tituidos según el sentir de Jesucristo; y a los que El, según su propia voluntad, afianzó en firmeza por su Santo Espíritu» 10. Se diría que en las palabras subrayadas se alude a la voluntad de Jesucristo de que se instituyeran los tres grados jerárquicos y al efecto sacramental de la comunicación del Espíritu Santo. Hay que estar con el obispo, con los presbíteros y también con los diáconos en unidad eclesial. Aludiendo a algunos que quisieron engañarle, dice San Ignacio: «Estando en medio de ellos grité, hablé con grande voz, con voz de Dios: Prestad atención a vues­tro obispo y al presbiterio y a los diáconos» 1 1 . En la carta a los Filadelfios aparece la función del diácono en el altar: «Poned empeño en usar de una sola Eucaristía, porque una sola es la carne de nuestro Señor Jesucristo y uno es el cáliz en la unidad de su sangre, uno es el altar; como es uno el obispo junto con el presbiterio y los diáconos, mis consiervos; para que cuanto hi­ciereis, lo hagáis según Dios» 12.

Hacia el final de la carta vuelven a mencionarse los diáconos. Alegre San Ignacio por la paz recuperada en la Iglesia de An­tioquía de Siria, exhorta a los filadelfios a que les envíen «un diácono, para que lleve allí una embajada de Dios, a fin de que, reunidos en uno, se congratule con ellos y glorifiquen el nom­bre del Señor...; como también las Iglesias más cercanas han enviado obispos, y otros presbíteros y diáconos» 13.

Nuevamente el aviso de reverencia a los diáconos, escri­biendo a los de Esmirna: «Seguid todos al obispo como Jesucristo al Padre, y al presbiterio como a los Apóstoles; en cuanto a los diáconos, reverenciadlos como mandato de Dios» 14.

A los de Esmirna los saludaba comenzando por los consa­bidos grados jerárquicos: «Saludo a vuestro obispo, digno de

10 Ad Philadel. Inscriptio: BAC 481.11 Ad Philadel. 7 ,1: BAC 485.12 Ad Philadel. 4 ,1: BAC 483; R. 56. Si Ignacio llama «consiervos»

(ovv8oúAoi) a los diáconos, no por ello se sigue que él fuera solamente diá­cono, y no obispo, por usar aquel nombre de condescendiente dignación y de humildad. Cf. Ad Magn. 2 ,1; Ad Smyrn. 12,2.

13 Ad Philadel. 10 ,1-2: BAC 487.14 Ad Smyrn. 8 ,1: BAC 493; R 65.

Ignacio de Antioquía

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Dios; al presbiterio, digno también de Dios; y a los diáconos, mis consiervos 15...» 16.

Ignacio de Antioquía ofrecía su vida «por los que se some­ten al obispo, a los presbíteros y a los diáconos». Deseaba entrar con ellos en la parte de Dios 17.

De los escritos de San Ignacio se deduce, por consiguiente, la existencia del grado jerárquico de los diáconos, como función firmemente establecida en diferentes Iglesias (Magnesia, Fila- delfia, Traliana, Esmirna). Esta figura jerárquica procede «del sen­tir de Jesucristo», y por su voluntad han sido constituidos, forta­lecidos «por el Santo Espíritu» 18; en lo cual puede verse indica­do o insinuado, al menos, el origen divino y sacramental del diaconado. Se les debe respeto como a Jesucristo. Su ministerio no es sólo para ser ministros de comidas y bebidas, sino de los misterios de Dios; están «dentro del altar», oficiando en el lugar del sacrificio.

177. Para San Policarpo de Esmirna, en su carta a los Fi- lipenses, escrita poco después del año 107, «los diáconos deben ser irreprochables delante de la justicia de Dios, como ministros (diáconoi) que son de Dios y de Cristo, y no de los hombres; no calumniadores, no doblados, desinteresados, continentes en todo, misericordiosos, diligentes, comunicando en la verdad del Señor, que se hizo servidor (Sicckovos) de todos...». Y continúa exhortando a la sumisión «respecto de los presbíteros y diáconos, como a Dios y a Jesucristo» 19. Si los diáconos tienen que ser­vir a la Iglesia y al altar, los fieles son «el altar del Señor» 20.

Pastor de H erm as

178. En cuanto al Pastor de Hermas (a. 140-155), ocurre ciertamente en él la idea de la diaconía, en un sentido genérico de servicio o ministerio, que puede convenir a cualquier cris­tiano 21.

15 Véase más arriba la nt.12.16 Ad Smyrn. 12,2: BAC 495. Otras alusiones a dos diáconos, ibíd.,

10 ,1: BAC 494.17 Ad Polyc. 6 ,1: BAC 500.18 Ad Philadel. Inscriptio: BAC 481.19 Ad Philip. 5,2-3: BAC 665.20 Así lo dice Policarpo de las «viudas». Ad Philip. 4,3: BAC 664.21 Maná. II 6 (BAC 972); Epílogo a los Mand. 3 (BAC 1002); Similit.

I 9 (BAC 1008).

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En la comparación 9 ss atribuye a los obispos la protección de los necesitados y viudas «con su diaconía» o ministerio 22. No se dice si estos obispos, responsables de la comunidad, ejercen por sí mismos este servicio o por medio de otros. Pero sí se da a conocer la existencia de diáconos juntamente con la de otros grados jerárquicos de apóstoles, obispos y doctores. En una de las visiones escribe sobre las piedras que entran en la construcción: «Las piedras cuadradas y blancas que ajus­taban perfectamente en sus junturas, son los apóstoles y obis­pos y doctores (SiSáaKocAoi) y diáconos que caminan según la santidad de Dios, y que hicieron de obispos, doctores y diáco­nos limpia y santamente, en servicio de los elegidos de Dios; de ellos unos han muerto, otros viven todavía» 23.

En cambio, de otros «diáconos» se dice «que tienen manchas, que administran malamente, que han saqueado la vida de las viudas y de los huérfanos y que se han enriquecido de la dia­conía que recibieron para administrar. Si persisten en su co­dicia, han muerto y ninguna esperanza les queda de vida; pero si se convirtieren y limpiamente cumplieren su diaconía, po­drán vivir» 24. Como se ve, el oficio atribuido a estos diáconos es el de administrador de los bienes en favor de las viudas, huérfanos y necesitados. Es el ministerio del servicio tempo­ral a la comunidad.

Pastor de Hermas, San Justino

San Justino

I79* El oficio auxiliar de los diáconos en el misterio y ministerio eucarístico queda muy de manifiesto en San Jus­tino, el cual, en su primera Apología (a.150-155), afirma la existencia de «los que se llaman entre nosotros diáconos, los cuales, después que el presidente ha dicho la oración eucarís- tica, distribuyen el pan, el vino y el agua eucaristizados a cada uno de los presentes para que participen de ello, y lo llevan a los ausentes» 25. Este ministerio de los diáconos para llevar la Eucaristía a los ausentes vuelve a mencionarse poco después 2(3. La colecta que se hace entre los fieles, a raíz de la asamblea eucarística, se pone en manos del presidente (obispo o pres-

22 Similit. IX 27,2: BAC 1081.23 Visio III 5 ,1: BAC 954; R 84.24 Similit. IX 26,2: BAC 1079S.25 Apolog. I 65: PG 6,428; R 128.

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bítero, cf. 11.134), que socorre él mismo a todos los necesita­dos 27. Se ve que aun la práctica directa de la misericordia cor­poral no era ajena de los directores de la comunidad, los cuales no se contentaban con la alta dirección de la beneficencia eclesial.

P.I c.6 § 1. La amisión» apostólica

C apítulo VI

E L RITO D E L A O RD EN ACIO N

I. La amisión» apostólica

Los D oce

180. El constituir a los Apóstoles como «enviados», «mi­nistros» y «embajadores» suyos, para la triple función evangeli- zadora, cultual y pastoral de su ministerio (cf. n.89ss), lo hizo Jesucristo por la, eficacia de su voluntad y de su palabra. Los «consagró» y los santificó en la verdad de su palabra; y como El fue enviado al mundo por su Padre, los Apóstoles fueron enviados al mundo por Jesucristo (cf. Jn 17,17-19). Al man­darlos repetir en su memoria la Cena eucanstica (Le 22,19; 1 Cor 11,24) Y al mandarlos a predicar y bautizar (Me i6,i5s; M t 28,195) y a perdonar los pecados (Jn 20,21-23), los facul­taba por ello mismo con los poderes y gracias necesarias y con­venientes. La «potestad de excelencia» que se atribuye a Jesu­cristo para crear signos sacramentales y darles eficacia1 la pudo actuar haciendo que la sola expresión de su palabra, indica­dora de su voluntad, fuera el signo y el rito de la interna con­sagración de los Apóstoles para este oficio y de su interna san­tificación.

Por eso en la última Cena los constituyó sacerdotes, según la doctrina del concilio de Trento 2 y les dio potestad sobre su cuerpo físico. El día de la Resurrección les dio, de una ma­nera explícita y manifiesta, si antes no se la hubiese dado (cf. M t 18,18 y el hecho de ordenarles sacerdotes en la última Cena), la potestad sobre su Cuerpo místico 3.

27 Apolog. I 67,6: PG 6,429.1 Cf. M. N ico lau , Teología del signo sacramental (Madrid 1969) 11.427.2 Sesión 22 (17 septiembre 1562), Doctrina de ss. Missae sacrificio c.i:

Dz 1470 (938); 1752 (949).3 Esta fue la solución, distinguiendo entre potestad sobre el cuerpo

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Los Doce, Matías, Pablo 139

El Espíritu que Jesús les enviaría en Pentecostés consumaría la consagración y santificación comenzada. En Pentecostés pa­rece que hay que poner la comunicación de una nueva gracia sacerdotal. La plena consagración apostólica y, por consiguien­te, la plena consagración episcopal, para ser testigos y predica­dores del mensaje y Evangelio de Cristo por todo el mundo, se consumó en ellqs el día de Pentecostés, con la infusión abundosa del Espíritu Santo para ser lenguas de fuego, luz y calor del mundo universo 4.

Matías

18 1. Al incorporarse Matías al colegio de los Doce, por acción de las suertes, que manifestaba directamente la volun­tad divina (Act 1,24-26), quedaba por ello constituido Após­tol, con los poderes y gracias que venían de quien tiene «poder de autoridad» sobre los signos sacramentales 5.

Aunque en las palabras de Pedro a la asamblea cristiana se pueda descubrir el paradigma del ritual judío para la elección comunitaria, partiendo de un texto bíblico (Act 1,16-20), se­guido de un comentario (v.21-23) y acabando con una oración (v.24s), no por ello desaparece la interpelación a Dios y el acu­dir a El para que El sea quien nombre y consagre con su elección al que ha de ocupar el lugar de Judas.

Pablo

182. También Pablo debe su «misión» y consagración apos­tólica a Jesús, el Cristo, a quien él ha visto, como le han visto los demás Apóstoles 6.

físico y potestad sobre el Cuerpo místico, con que se acabó una discusión de los Padres en el concilio Tridentino, acerca del momento de la ordena­ción de los Apóstoles. Cf. Concil. Trident. Acta... (ed. G órres) 8,954-956.

4 Sobre este punto cf. J. L é c u y e r , Mystére de la Pentecóte et apostolicité de la mission de l’Eglise, en «Études sur le sacrement de l’ordre» (Paris 1957) p. 167-208.

5 Recuérdese que esta expresión se dice del poder que tiene Jesucristo en cuanto Dios sobre los sacramentos; y es claro que Dios, a quien se había invocado, pudo consagrar apóstol a Matías en el acto.

6 La visión objetiva de Jesús, como la de los demás Apóstoles, con que San Pablo fue favorecido, consta por el empeño sobre todo con que él equi­para la visión que tuvo de Jesús resucitado a la que tuvieron los Apóstoles. Cf. 1 Cor 9,iss; 15 ,5 -11. Además, la manera como Lucas y Pablo narran la visión habida en el camino de Damasco indica este carácter de objeti­vidad corporal en la visión de Jesús: reservada a Pablo; aunque los acompa­ñantes sólo oyeran la voz, vieran la luz y no vieran la persona que le hablaba

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140

Esta «misión» directa por medio de Jesús, y sólo por medio de Jesús, inmediatamente, y no por medio de hombre (cf. GálI , 1), la recalca San Pablo repetidamente para indicar el carác­ter inmediatamente divino de su apostolado (cf. n.84). La pa­labra «mitente» de Jesús fue eficaz y suficiente para consagrar­le Apóstol, con todos los poderes y gracias de tal.

Por esto en el oficio litúrgico celebrado en Antioquía, donde había profetas y doctores, y entre ellos Bernabé y Saulo, cuando impusieron las manos a estos dos, por moción del Espíritu Santo, no pensamos que se tratase de una «consagración epis­copal» de Pablo o Bernabé7. Pablo había sido ya consagrado para el cargo y misión de Apóstol, y Berriabé había sido en­viado ya por los Apóstoles (Act 11,22). El Espíritu los destina ahora a una misión y viaje concreto y particular, que entra dentro del oficio y de la obra para los cuales los había ya toma­do (eís to epyov o TtpooxáKAriiiai ocútoús; Act 1 3 ,2). La imposi­ción de manos, que se verifica dentro del oficio litúrgico (AsiToupyoúvTcov, v.2), con la oración, tiene un sentido de sú­plica y bendición, equivalente al de «encomendar a la gracia de Dios», como parece recordarse en Act 14,26 al decir que «na­vegaron de vuelta a Antioquía, desde donde habían sido entre­gados a la gracia de Dios para la obra que realizaron» 8. La mis­ma expresión de «ser entregado Pablo a la gracia de Dios por los hermanos», en circunstancias parecidas, leemos en Act 15,40.

(Act 9 ,3-7 ; 22 ,9 ; 2 6 ,13). La manera como Pablo y Ananías en diferentes ocasiones hablan de la visión, parece confirmarlo (Act 9 ,17 .2 7 ; 2 6 ,6 -10 .14 3 ; 26 ,is s ). Trata de esta visión E. J a cq uier , Les Actes des Apotres (París 1926) P.280S.796-802 (Excursus VIII). W. P r o k u lsk i, The conversión of St. Paul: CathBiblQuart 19 (1957) 453-473, considera esta visión como una experiencia mística con una aparición externa corporal, no con sola mera luz. Pensamos que esta visión de San Pablo no fue una mera iluminación mística, interna sólo en Pablo y meramente subjetiva; hubo también fenómenos externos, que permiten calificarla de objetiva y externa. Cf. M. N ico lau , De revelatione christiana 5, en «Sacrae Theologiae Summa» vol. 1 5 (Madrid 1962) n.562.

7 Así F . P r a t , La théologie de S. Paul I (París 1930) nt.4; cf. n.202.8 Muchos exegetas recientes tampoco han visto en esa imposición de

manos una ordenación episcopal. Concuerdan con Suárez, Estius, Le Camus, H. Dieckmann, Jacquier, Peper y con los anglicanos Gore y Turner. Cf. A. B oudou, Actes des Apotres: Verbum salutis VII (6i933) p.267;J. L e a l , Hechos de los Apóstoles (La S. Escritura N .T. II), en el comentario de Act 13,3.

P.I c.6 § 1. La «misión» apostólica

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La imposición de manos 141

Santiago183. Si Santiago, el dirigente de la Iglesia de Jerusalén,

«hermano del Señor» (Act 15 ,13SS; Gál 1,19; 2,9), no hubiera tenido la «misión» y consagración que tuvieron los pertenecien­tes al colegio de los Doce, podría suponerse significada y rea­lizada esta «misión» en la visión que tuvo de Jesús resucitado, y que San Pablo le atribuye como particular para él (1 Cor 15,7). Pero no vemos razón para desligarlo de la «misión» con todos los Apóstoles.

II. ha imposición de manos en la Sagrada Escritura para transmitir una potestad 9

184. Cuando se trata de designar y constituir los que han de ser colaboradores y sucesores de los Apóstoles en el «minis­terio», la Escritura nos habla de un gesto de imposición de manos, realizado por éstos, en la ordenación de los «siete» (Act 6,1-6); por San Pablo en relación a Timoteo (2 Tim 1,6), imponiendo también las manos el presbiterio (1 Tim 4,14); y por Timoteo respecto de sus futuros ayudantes (1 Tim 5,17-22). También Pablo y Bernabé son los que instituyen «presbíteros» (xeiP°- ToviíaavT£s; Act 14,23).

La frecuencia con que aparece este gesto en la Escritura impone el que nos ocupemos de él con alguna detención.

185. No se trata ahora de una imposición de manos, cual mero gesto de bendición, como el que realiza Jesús cuando ben­dice a los niños imponiéndoles las manos (Me 10,16); o cuando eleva las manos bendiciendo a los Apóstoles y discípulos antes de la Ascensión (Le 24,50). Tampoco se trata de curar enfer­medades (cf. Mt 8,3 sobre el leproso) o de implorar el auxilio divino, mediante esta imposición, invocando la protección de Dios (cf. Act 13,3; 14 ,26)10.

9 C f. F. Z o r ell , Novi Testamenti Lexicón graecum, art. x£1P0T0UI=m» xeipo-rovía; W. B a u er , Griechisch-deutsches Wórterbuch zu den Schriften des N.T., a las mismas palabras; J. C o ppen s , L ’imposition des mains et les rites connexes dans le Nouveau Testament et dans l'Église ancienne (París 1925); P. G a l t ie r , art Imposition des mains: D TC 7 (1922) 1302-1245; H. L e s é - t r e , art. Imposition des mains: DictBibl 3,847-850; art. Handauflegung: L T K 4 (1960) 1343-1346; M. S io t is , Die klassische und die christliche Cheiro- tonie in ihrem Verháltniss (Atenas 1951); L . O t t , Das Weihesakrament p.6-8; G. R om aniuck , El sacerdocio en el N.T. p.191-194.

10 Cf. n.182,202.

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142

No es tampoco una mera transmisión del Espíritu en el sa­cramento de la confirmación, para comunicar la fortaleza y ple­nitud del ser cristiano, que realizan los apóstoles Pedro, Juan (Act 8,17) y Pablo (Act 19,1-6) como Apóstoles que ya poseen esta plenitud de una manera eminente.

186. Se trata de una imposición de manos en orden a comu­nicar un oficio o potestad; para el servicio de las mesas (Act 6, 1-6 ) y para la predicación (Esteban y Felipe: Act 6,8ss; 8,5ss) y el bautismo (Felipe: Act 8,125.38). También para el gobierno de la comunidad, como es la imposición de manos realizada por Pablo sobre Timoteo (2 Tim 1,6), junto con las del presbiterio (1 Tim 4,14), en orden a constituirle jefe de la Iglesia, con ca­pacidad de imponer él a su vez las manos a otros (1 Tim 5>22)’

187. La expresión de «extender la mano» (xíipoToveív), que encontramos no raras veces para significar la constitución de un individuo en un oficio o dignidad, aunque por la fuerza de la palabra sólo equivaldría a extender o alzar la mano y, de­rivadamente, a votar o elegir (cf. 2 Cor 8,19)) sin embargo, a la luz de los pasajes citados anteriormente sobre la «imposición de manos», fácilmente adquiere el sentido de un rito religioso que se realiza para constituir a algunos en el orden jerárquico, mediante una imposición o extensión de manos. Así en Act 14, 23 hablando de los presbíteros constituidos por Pablo y Bernabé.

Precedentes en el A . T .

188. Este rito de imposición de manos tenia su precedente en el A .T ., para indicar la transmisión de un poder jerárquico sobre el pueblo de Dios; como fue la imposición de manos de Moisés sobre Josué, que fue lleno del Espíritu de sabiduría (Núm 27,18-23; Dt 34,9). Esta imposición de manos comuni­caba autoridad jerárquica a quien le eran impuestas.

La imposición de manos se verificaba también sobre la ca­beza de la víctima que se ofrecía en sacrificio de expiación (Lev 4,4.15; 8,14.22), Era señal de apropiación de la víctima por el que ofrecía el sacrificio, al mismo tiempo que traspasaba en ella el propio pecado y la ofrecía como víctima expiatoria.

Este gesto de apropiación y de ofrecimiento o dedicación tema a veces, realizado sobre personas, un carácter de bendición, como cuando Jacob puso sus manos sobre Efraím y Manasés,

P.l c.6 § 2. La imposición de manos en la S. Escritura

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Precedentes en el A.T. 142

hijos de José, y así bendijo (Gén 48,8-14) a los que antes había adoptado como hijos (Gén 48,5).

También la imposición de manos podía significar la res­ponsabilidad que hacían suya y transmitían a la víctima los testigos de una acción punible. Como cuando el Señor mandó a Moisés que sobre la cabeza del blasfemo, sacado fuera del campamento, pusieran sus manos todos los que habían oído la blasfemia, antes de que le lapidara todo el pueblo (Lev 24,14).

189. Para la ocupación de cargos de responsabilidad en el sanedrín, Maimónides (1135-1204), en su obra Mishneh Torah, compendio de la jurisprudencia rabínica, nos informa de la práctica de la ordenación mediante la imposición de manos; bien que esta práctica hubiera caído en desuso o sufrido mo­dificaciones en diferentes períodos de la historia de Israel y del judaismo, siendo sustituida en no pocas ocasiones por un título jurídico, delegación o proclamación 1 1 . Escribe así Maimó­nides:

«Nadie puede desempeñar el oficio de juez, sea en el grande o en el pequeño sanedrín 12, o bien en un tribunal de tres miembros, si no ha recibido la ordenación por alguno que haya sido él mismo or­denado. Moisés, nuestro maestro, ha conferido la ordenación a Josué por la imposición de manos, como está dicho (Núm 27,23): ‘Puso sus manos sobre él y lo constituyó (en su oficio)’ . También confirió la ordenación a los 70 ancianos y la gloria de Dios reposó sobre ellos 13. Estos ancianos confirieron la ordenación a otros y así sucesivamente. Por esto existe una sucesión ininterrumpida de personas ordenadas, que asciende hasta el tribunal de Josué y al de Moisés, nuestro maestro» 14.

Los Apóstoles adoptaron, por consiguiente, esta práctica y ceremonia judía de transmisión de poderes y de espíritu por imposición de manos; y, en cuanto hubiera decaído por el no uso, la restablecieron en la Iglesia que acababa de fundarse 15.

1 1 Sobre la práctica de la ordenación en el judaismo para el oficio de jueces-sacerdotes, cf. R . H r u b y , La notion d’ordination dans la tradiiion juive: MaisDieu n.102 (1970, II) 30-56.

12 Aquél tenía 71 miembros; éste, 23.13 Cf. Núm 11,16 -18 .1 4 Sefer Shoftim, Hilkhot Sanhedrin IV 1 ; K. H r u b y , l.c., p.35.15 Sobre el sentido y vicisitudes de la imposición de manos como rito

judío de ordenación, y sobre las condiciones que debían reunir los orde­nandos, se recogen diversos pasajes rabínicos en Stra c k-B il l e r b e c k , Rom- mentar zurrí N.T. aus Talmud und Midrasch II (München 1924) 647-661.

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144 P.I c.6 § 3. Eficacia sacramental de la imposición de manos

La oración que acompañaba a la imposición de manos

190. Dada la polivalencia del gesto de imposición de ma­nos (cf. n.i8ss): para bendecir, para curar, para confirmar..., se imponía el uso de palabras que determinaran a un sentido concreto (en este caso, al de la transmisión de poderes y comu­nicación de un oficio) la ceremonia de la imposición de manos.

En Act leemos, siempre que se trata de tal imposición de manos, que los Apóstoles acompañaban el gesto con la oración. Así en la ordenación de los siete (6,6): «habiendo orado (irpoav eu^ápsvoi), les impusieron las manos»; asimismo en Act 14,23: «habiéndoles constituido presbíteros..., habiendo orado (irpocr- eu ccpevoi), con ayunos, los encomendamos a Dios» 16.

De la unión de la oración con la ceremonia y con el gesto, así como de la preparación con el ayuno, bien puede entender­se que estas ordenaciones se realizaban en función litúrgica.

III. Eficacia sacramental del rito de la imposiciónde manos

19 1. Aunque ya hemos hablado de cada uno de los gra­dos jerárquicos (episcopado, presbiterado, diaconado), tratan­do de descubrirlos en los escritos del N .T. y de los primeros siglos cristianos; y aunque también hemos estudiado el rito de la imposición de manos que se verificaba, acompañada de oración, para transmitir cada uno de estos oficios, todavía nos parece conveniente dejar bien iluminada desde el principio la índole sacramental de este rito.

Nos parece un punto que está implícito en los datos ante­riores del N .T. y de los primeros escritores eclesiásticos, o que fácilmente puede deducirse de estos documentos y de las pri­meras liturgias que conocemos.

Por eso, aun a trueque de repetir algunos textos o docu­mentos, insistiremos en la naturaleza sacramental de estos gra­dos del «ministerio», según la sentían y vivían las, primeras co­munidades de la Iglesia. Más adelante, lo que estaba implícito se hará explícito al crecer la reflexión y la conciencia dogmá­tica en los teólogos y en los fieles; y lo que estaba oscuro y como

16 También ia oración para la confirmación (Act 8,15.17). y para la unción de los enfermos (Sant 5,i4s).

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145

en germen se propondrá de manera clara y desarrollada en las enseñanzas del Magisterio.

Para estudiar la eficacia sacramental de estos ritos de im­posición de manos en orden a transmitir una potestad (que es la única imposición de manos que ahora tenemos ante la vista), es claro que conviene descubrir la significación de gracia y de potestad que tienen estos ritos y la eficacia para producirlas. Es bien sabido que los sacramentos son signos eficaces de gracia.

E n A c t 6,6

192. En este pasaje se habla:a) De una imposición (eTTÉOriKav) de manos, acompañada

de oración. Se trata, por consiguiente, de un rito sensible y reli­gioso, apto según la mentalidad hebrea (cf. n.i88s) para signi­ficar la transmisión de un espíritu y de un poder.

b) Este rito consta, según el mismo texto, de una parte determinable, que es la imposición de manos, y de una parte de­terminante, que es la oración de que iba acompañado y que, naturalmente, expresaría y determinaría el sentido de aquel gesto.

c) La imposición de manos la realizan los Apóstoles. Por­que, como hemos dicho (n.144), aunque no se dice gramati­calmente quién la efectuó, consta por el contexto. La multi­tud, en efecto, elige (v.5) a los que han de ser constituidos en tal orden o dignidad, que son puestos delante de los Apósto­les (v.6). Naturalmente, son éstos los que imponen las ma­nos (v.6). Y ellos son los que han dicho que ellos los consti­tuirán (KonracrriÍCTon£v) sobre este oficio (v.4). Hay, además, la analogía con las otras imposiciones de manos, que estudiare­mos, las cuales son realizadas por San Pablo u otros constitui­dos en dignidad. La mentalidad hebrea es jerárquica y no de­mocrática (cf. n.i44.i88ss).

193. d) El objeto de esta imposición de manos no es para curar de una enfermedad, ni para un mero bendecir al individuo o invocar a Dios sobre él. Se trata de constituir en un oficio permanente. Se trata de transmitir un poder u oficio eclesial. Si nos atenemos al texto bíblico, y no a suposiciones a priori, es un oficio de servicio; se trata de atender al servicio de las mesas ( S iockoveív Tpcnré£ais, v.2), para que los Apóstoles

En los Actos 6,6

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puedan entregarse más libremente al ministerium verbi y a la oración (v.4). No se trata de recibir el pleno poder ordinario de los Apóstoles, como el de dar el Espíritu Santo, porque más adelante (Act 8,17) serán Pedro y Juan, y no Felipe (uno de los siete), quienes serán enviados para comunicar el Espí­ritu Santo.

Sin embargo, estos siete ordenados parece que son tam­bién destinados a predicar el mensaje de Cristo, puesto que así lo hacen Esteban (Act 6,8ss) y Felipe (Act 8,5ss) y asimismo Felipe bautiza (Act 8,123.38).

Estos servicios de predicar y bautizar, de una manera su­pletoria y subordinada al obispo (a quien siempre han corres­pondido primariamente), junto con el servicio de beneficencia corporal (piénsese en el diácono Lorenzo, que distribuía las limosnas de la Iglesia) y con el servicio de las mesas (la corpo­ral, y la eucarística, que frecuentemente se juntaba con aqué­lla), son precisamente los servicios que se han demandado a los diáconos.

e) El oficio de servicio que prestan estos ayudantes de los Apóstoles, y las funciones que después ejercitan, autorizan para pensar que se trata de la ordenación de los que después se llamarán diáconos y son nombrados por San Pablo (Flp 1,2; 1 Tim 3,8ss).

Así lo ha visto la antigüedad cristiana, reconociendo en estos siete verdaderos diáconos, como hemos dicho (n.147).

194. f ) La Tradición ha visto en ellos a los diáconos y ha hablado del efecto santificador del rito, que es lo mismo que decir su eficacia sacramental. La imposición de manos rea­lizada por los Apóstoles piensa San Crisóstomo, refiriéndose precisamente a este lugar de los Act, que es una «ordenación» por medio de la oración. «Porque esto—dice—es la ordena­ción; la mano se impone sobre el varón, pero Dios lo obra todo y su mano es la que toca la cabeza del ordenando, si se ordena como conviene» L

En 2 Tim 1,6

195. Supuesta la fe que hubo en los antepasados de T i­moteo y también ciertamente en Timoteo (v.5), San Pablo 1

1 In Act. hom.14,3: PG 60,116; R 1214.

146 P.I c.6 § 3 . Eficacia sacramental de la imposición de manos

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En 2 Tim 1,6 147

pasa a recordarle o sugerirle que reavive la gracia que hay en él por la imposición de las manos del Apóstol.

Es algo, ciertamente, que se percibe por la fe; por esto tiene que suponerse ésta. Y , porque en el caso concreto se da la fe (v.5), se pasa a hacer la sugerencia:

«Por esto te recuerdo» (ávapipvricrKco), te traigo de nuevo al pensamiento. Otros códices leen: ÚTro|iiiivf|cn<co, que equivaldría a te sugiero (recordar por debajo). Cualquiera de las dos lec­turas no cambia el sentido fundamental del texto.

«Que resucites» (ocva coirupsív), esto es, «reavives» como se reaviva el fuego. Se trata, por consiguiente, de algo que tiene vida, aunque está oculto o adormecido; pero que puede ca­lentarse y arder 2;

«La gracia» (xápicrpcc) tiene el sentido de un don sobrenatural (cf. Rom 5,15: «el don gratuito [xápiopoc (la misma palabra)] no fue como el delito», refiriéndose al don de la gracia habi­tual, en contraposición al pecado original, del cual se habla). La gracia o el don que puede Timoteo reavivar es, por consi­guiente, un don sobrenatural y habitual. Reavivarlo depende de él. No se trata de un mero carisma, como el de la profecía o el de los milagros (gratia gratis data), cuyo origen y funcio­namiento no depende de la iniciativa de aquel en quien re­side. Se trata, por tanto, de gracia habitual. De gracia de Cristo, como han leído algunos códices.

Se dice, además, que es algo interno, que está en ti; lo que se ha de reavivar no es algo meramente externo 3. Se trata de gracia y de un don sobrenatural permanente.

196. La manera de recibir este don fue «por la imposición de las manos» de Pablo (8id Tfis éTnOéaecos tcov x£lP&v úou). El 5iá implica la instrumentalidad de ese gesto del Apóstol, en orden a comunicar esa gracia y don habitual. La imposi­ción de manos es también aquí una acción simbólica, apta para significar la transmisión de un espíritu y de una potestad, según la mentalidad hebrea (cf. n.i88s).

La gracia y el don que aquí se comunica es, sin duda, un don sobrenatural relacionado con la formación de las comuni­dades cristianas, para las que Pablo ha preparado a Timoteo,

2 Cf. la frase Spiritu ferventes (fervientes con el Espíritu) de Rom 12 ,11 .3 De semejante manera: Spiritum nolite exstinguere (1 Tes 5,19).

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148

su colaborador en la función apostólica. Se trata de un don de gobierno espiritual, a juzgar por el contexto subsiguiente. «Por­que Dios—dice—no nos ha dado un espíritu de temor, sino de fortaleza, de amor y de moderación»4 (2 Tim 1,7). Estas son las cualidades que ha producido la imposición de manos y son precisamente virtudes que se desean en el que gobierna.

La imposición de manos no debe referirse a la «confirma­ción» o comunicación más plena del Espíritu Santo, que Pablo hubiera realizado en Timoteo. Porque consta que San Pablo no bautizó a Timoteo (Act 16,1), y la imposición de manos, para la confirmación solía realizarse en la Iglesia primitiva in­mediatamente después del bautismo.

En este texto se ha visto comúnmente la ordenación epis­copal de Timoteo, realizada por San Pablo (en unión con el presbiterio, según se dice en el pasaje que consideramos a continuación).

197. E n resumen: Por este pasaje (2 Tim 1,6) consta la existencia de un rito simbólico, de imposición de manos, apto para significar la transmisión de un espíritu y de una potestad de apostolado y de gobierno, realizado por Pablo sobre Timo­teo, para infundirle, como de hecho le infundió, un don o gra­cia sobrenatural y habitual; que, al reavivarlo Timoteo, puede ayudarle en las funciones de colaborador del Apóstol. Se trata de un sacramento. Es precisamente un texto o pasaje que utili­zará más adelante el concilio de Trento para definir la exis­tencia del sacramento del orden en la Iglesia 5.

En 1 T im 4,14

198. Hay otro pasaje de San Pablo, paralelo al anterior, que habla asimismo de una gracia comunicada por una impo­sición de manos:

4 La palabra acocppovícruos (moderación, sobriedad) podría traducirse vigilancia, porque el estado de la mente de quien es sobrio y no cede a los licores y vicios es el de vigilancia y atención. No es raro juntar la exhorta­ción a la sobriedad con la de vigilancia; v.gr., 1 Pe 5,8; 1 Tes 5,6. Cf. 1 Pe 1 .13 ; 4N3- La vigilancia es también virtud del que gobierna.

5 C o n c il . T r id e n t ., sesión 23 ( 15 julio 1563), Doctrina de sacramento ordinis c .3 : Dz 1766 (959). M. Bauzá, Ut resuscites gratiam Dei (2 Tim 1,6 ) , en «El sacerdocio de Cristo y los diversos grados de su participación en la Iglesia» (Madrid 1969) p.55-65, recoge las interpretaciones dadas sobre el «carisma» (p.56-63) y las opiniones de autores acerca de este texto: Cop- pens (p.6o), Schlier (p .6 1), Spicq (p .6 1), Batiffol, K. Rahner, Trento (p.62). Concluye el carácter sacramental de esta imposición de manos.

P.I c.6 § 3. Eficacia sacramental de la imposición de manos

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En 1 Tim 4,14 149

No descuides—dice— la gracia que hay en ti (toü év crol Xccpítr(icrros): Se trata, por consiguiente, de una gracia sobre­natural (xdpiapa), interna y habitual («que hay en ti»). Esta gracia puede descuidarse o también avivarse.

Que te ha sido dada: Con estas palabras se confirma que es una gracia habitual y propia del que la tiene. Es el mismo pensamiento de 2 Tim i,6.

Por medio de las profecías (SidirpocpriTeías; en acusativo plu­ral): Parece aludirse a las profecías proferidas en favor de Timoteo, que movieron, probablemente, a designarle para el cargo sacerdotal (cf. i Tim 1,18 : «según las profecías que habían precedido sobre ti». En Act 13 ,1 hay un fenómeno similar de designación para una misión por medio de las pro­fecías). Si se tradujera en genitivo singular («por medio de la profecía»), el término «profecía» vendría usado en un sentido colectivo, esto es, «de todas las profecías» que tuvieron lugar acerca de ti; o del fenómeno de la «profecía», que tuvo lugar acerca de ti. Los dichos de los «profetas» movidos del Espí­ritu, impulsaron a designar a Timoteo y fueron, por consi­guiente, causa moral para su elección. Pero la verdadera orde­nación tuvo lugar por medio de Pablo, causa física instrumen­tal de ella (cf. 2 Tim 1,6) 6; a lo cual se agregó la imposición de manos del presbiterio.

Con la imposición de manos del presbiterio: En la imposición de manos del presbiterio no faltaría la imposición de manos del presidente del presbiterio, Pablo; de la cual consta positi­vamente y como causa instrumental, única que se aduce, de la comunicación de gracia (2 Tim 1,6). El colegio presbiteral confirmaría con su asentimiento e imposición de manos el gesto sacramental del presidente, para mayor solemnidad y aquiescencia moral de todos en la ordenación de Timoteo. Ni ha sido rara posteriormente la concesión de que los presbíte­ros impusieran las manos en la consagración de un obispo misionero, cuando no podían estar tres obispos presentes7,

6 La causa principal de la ordenación es Dios. Cf. n .115 (Dios es el que ordena).

7 Pío IV, por Breve de 1 1 de agosto de 1562, lo concedió para la India (Collectanea de S. Congreg. de Propaganda Fide [Romae 1839] p.408 nt.i ; cf. n. 1210); A leja n d ro VII, Breve Onerosa (4 de febrero de 1664) para la China (D e M a r t in is , I us Pontificium de Propaganda Fide 1,1,34 1); C l e -

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aunque era claro que tal imposición de manos de los presbíte­ros no se requería para la validez.

1 9 9 . R e s u m i e n d o : También por el presente texto o pa­saje (1 Tim 4,14) consta la existencia del mismo rito externo, simbólico, de la imposición de manos, para significar la trans­misión de una gracia y potestad espiritual. Se trata asimismo, según este pasaje, de una gracia habitual, que reside en Timo­teo, producida eficazmente por la imposición de manos; gracia que puede cultivarse solícitamente para su mayor rendimiento espiritual.

150 P l c.6 § 3. Eficacia sacramental de la imposición de manos

Otros textos de la Sagrada Escritura

1 Tim 5,22200. El mandato apostólico de no imponer las manos a

nadie con prisa viene referido por Galtier y algunos pocos es- crituristas 8 a la imposición de manos para la penitencia. Aun­que este uso penitencial de la imposición de manos consta que se ha practicado posteriormente en la Iglesia, sería raro que (si se tratara aquí de un uso penitencial por mandato apostólico) hubiera desaparecido durante mucho tiempo en la Iglesia. Decimos como imposición de manos, que es el sentido que tiene en este texto paulino 9.

Sería, además, el único texto del N .T. en que se hablaría de la imposición de manos para la penitencia; mientras, por otra parte, concuerda muy bien con los textos paulinos ante­riores que se refieren a la ordenación de ministros. San Pablo parece aconsejar en este lugar la cautela con que deben probar­se los candidatos al ministerio antes de proceder a su admisión y ordenación.

Pero es claro que de ese solo texto no deduciríamos que se trata de un rito sacramental, porque no se indica ningún efecto sobrenatural del rito.

m en t e XI, el 26 de noviembre de 1718 (cf. B en ed ic to XIV, De synodo 13, 13, n.2-10). Gf. F. So la , De sacramento ordinis4 n.io nt.26.

8 Cf. P. G a l t ie r , art. Imposition des mains: D TC 7,1306-1313; I d ., La réconciliation des pécheurs dans Saint Paul: RechScRel 3 (1912) 448-460; I. B eh m , Die Handauflegung im Urchristentum (a.1911) p.53-59-

9 Hasta nuestros días se ha conservado la «extensión de mano» en el sacramento de la penitencia.

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Otros textos de la S. Escritura 151

Act 14,33201. En los textos anteriores se habla de una verdadera

imposición (e-mOsais) de manos. En el pasaje actual se dice que los apóstoles Pablo y Bernabé, en su visita a los fieles de varios lugares, «después de constituirles (XBPOTovr]cravTss) pres­bíteros por las Iglesias, y después de orar con ayunos, los en­comendaron a Dios...».

El juntar la oración y el ayuno con la «extensión de ma­nos» parece suponer un acto litúrgico de la misma índole que las imposiciones de manos de que antes hemos hablado, y, por consiguiente, con eficacia sacramental para significar y producir la comunicación del Espíritu y la gracia del presbi­terado. Por esto el pasaje en cuestión puede muy bien enten­derse de un rito sacramental, de ordenación, realizada por Pa­blo y Bernabé. Así como también podría entenderse en 2 Cor 8, 19 («os hemos enviado al hermano [Lucas?]..., que ha sido constituido [xeipoTOvnOsís] por las Iglesias compañero de nues­tra peregrinación»).

A c t 13 ,1-3

202. La imposición de manos realizada en Antioquía por los profetas y doctores Simón, llamado el Negro, Lucio de Cirene y Manahen, y precisamente sobre Saulo y Bernabé, antes de despedirlos para su misión apostólica, no parece una imposición de manos sacramental para la transmisión de un poder sagrado.

Sin duda que el Espíritu Santo, por medio de esos profetas y doctores, señala entonces a Saulo y Bernabé para esa misión. La designación y aun la misión vienen del Espíritu Santo.

Pero difícilmente se concibe (por lo que antes hemos di­cho, cf. n.182) que aquí se trate de un rito de ordenación, rea­lizado por una autoridad jerárquica, como los otros ritos que ya conocemos (Act 6,6; Tim 1,6; Tim 4,14).

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152 P.I c.6 § 4. Imposición de manos en la práctica posterior

IV. La imposición de manos en la práctica posterior de la Iglesia

>3. La imposición de manos que los Apóstoles introdu-

ciones que la Escritura nos ha dejado sobre la manera como eran constituidos los sucesores de los Apóstoles (2 Tim 1,6; 1 Tim 4,14), los presbíteros (1 Tim 5,19-22; Act 14,23) y los diáconos (Act 6,6), es de presumir que siguieran practicán­dose en el uso de la Iglesia.

Es verdad que son escasas las referencias o descripciones de los primeros escritores eclesiásticos sobre la manera de trans­mitir los oficios sagrados. Ni es extraño. Se contentan con consignar el hecho de la transmisión y sucesión (cf. supra, n.i49ss), sin descender al modo cómo se hace, que se supone conocido l .

La ordenación de obispo204. Las primeras indicaciones explícitas sobre la impo­

sición de manos las encontramos en la Traditio apostólica, de Hipólito de Roma (ca. 215), que parece expresar el uso vigente en Roma en los decenios anteriores 2.

Dice así respecto de la ordenación del obispo:

«Que sea ordenado 3 como obispo el que haya sido elegido por todo el pueblo y sea irreprensible. Cuando se le hubiere nombrado, y hubiere agradado a todos, se reunirá el pueblo con el presbiterio y los obispos que estén presentes, en día de domingo. Con el consen­timiento de todos, que éstos le impongan las manos, y que el presbite­

1 Cf. 1 Clem. 42,4; 43,1; 44,2s; 54,2 (ed. BAC 216-218.227), el cual afirma la «institución» (KccOioTávca) en el oficio; Didaché 15 ,1 (BAC 92).

2 Cf. J. A. J un g m a n n , Liturgie der christlichen Frühzeit bis auf Gregor d. Gr. (Freiburg i. B. 1967) p.67. J. M. H a n ssen s , La liturgie d’Hippolyte (Roma 1959) p.506-511, pensaba que la Traditio apostólica de Hipólito sólo reproduce una liturgia ideal, no realmente sucedida; y que era en Ale­jandría, u otra Iglesia de Egipto, donde fue escrita, no en Roma; cf. L . O t t , Das Weihesakrament p.14 nt.4.

3 La palabra usada en el original, que se ha conocido por la versión sahídica, es x£lPOTOV£iv> L cual, después del sentido inicial de extender, levantar la mano, y de ahí el de «elegir», «votar», ha adquirido el sentido técnico de «ordenar». En la Traditio apostólica se usa solamente tratándose de ordenar obispos, presbíteros y diáconos.

La «Traditio apostólica» de Hipólito

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rio esté sin hacer nada. Todos guardarán silencio y orarán en su co­razón para que baje el Espíritu Santo. Después de esto, que uno de los obispos presentes, al ruego de todos, imponiendo la mano a aquel que se ordena de obispo, ore de la siguiente manera» 4:

La oración que se juntará con la imposición de manos, al precisar el sentido de este gesto, propondrá una serie de mo­tivos para alcanzar la misericordia de Dios y obtener el Es­píritu sobre el nuevo obispo, el mismo Espíritu que se dio a Je ­sucristo y por Jesucristo a los Apóstoles. La gracia del episcopado se señala aquí como infusión del Espíritu Santo y gracia del apostolado; es la gracia y son los poderes propios de los suce­sores de los Apóstoles:

«Dios y Padre de nuestro Señor Jesucristo, Padre de las misericor­dias y Dios de toda consolación, que habitas en las alturas y miras las cosas humildes, que conoces todas las cosas antes que existan; Tú que has dado los confines a tu Iglesia por la palabra de tu gracia, que has predestinado desde el origen la raza de los justos [descen­dientes] de Abrahán, que has constituido jefes y sacerdotes, y no has dejado tu santuario sin ministros; Tú, a quien ha agradado, desde la fundación del mundo, ser glorificado en aquellos que has escogido: derrama también ahora la fuerza que viene de ti, la del Espíritu sobe­rano5, que diste a tu Hijo amado Jesucristo, que El dio a tus santos Apóstoles, que fundaron la Iglesia en todo lugar, como santuario tuyo para gloria y alabanza perpetua de tu nombre»6.

El rito de la imposición de manos, acompañado de esta oración, cuyo efecto es la comunicación del Espíritu Santo y la gracia de ser continuador de la obra de los Apóstoles con su mismo Espíritu, es un rito evidentemente sacramental con sig­nificación y eficiencia de gracia.

205. La oración continúa explicitando o precisando más los oficios propios del obispo:

«Concede, Padre que conoces el corazón, a este siervo tuyo que has escogido para el episcopado, apacentar tu grey santa y ejercer el su­

4 Traditio apostólica n.2; ed. B. B otte (Sources chrétiennes n .n bis, 2.a ed. [Paris 1968], p.40-43). Obsérvese lo que se dice en el texto citado: que los presbíteros están allí de pie (stabunt, adstetj, pero no imponen las manos.

5 «Principalis Spiritus», según la versión latina; -rrveúiioc fiyeuoviKÓv, se­gún el Epítome de las Constit. Apostólicas; con alusión a Sal 50,14: «Spiritu principali confirma me».

6 Traditio apostólica n.3: B o tte , 42-45. Estas palabras son las que, recogidas en el novísimo rito de consagración de obispos, han sido decla­radas esenciales para la validez. P ablo VI, Constit. apost. Pontificalis Ro- mani (18 de junio de 1968): AAS 60 (1968) 373.

La « Traditio apostólica»

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154premo sacerdocio sin tacha ante ti, sirviéndote noche y día, que ince­santemente haga tu rostro propicio y que ofrezca los dones de su santa Iglesia; que, en virtud del Espíritu del supremo sacerdocio, tenga la potestad de perdonar los pecados según tu mandamiento; que distri­buya los oficios [del clero] según tu precepto, y que desate de toda ata­dura según el poder que has dado a los Apóstoles; que te agrade a ti en su mansedumbre y limpieza de corazón ofreciéndote un perfume de suavidad, por tu siervo Jesucristo, por quien sea a ti la gloria, el poder, el honor, con el Espíritu Santo...»7.

En esta oración se han señalado los oficios de gobierno (apa­centar la grey santa; desatar de toda atadura; distribuir los ofi­cios); de sacerdocio (ejercer el sacerdocio supremo, ofrecer los dones, perdonar los pecados, distribuir los oficios del clero u ordenar), que son propios del obispo 8. Sobre todo ha res­plandecido en esta oración consecratoria de los obispos la na­turaleza de «continuadores de los Apóstoles, recibiendo el Es­píritu que les comunicó Jesucristo».

El obispo ya ordenado realiza la oblación (los diáconos se la preparan y presentan 9) y dice la oración de acción de gra­cias y de consagración de los dones 10.

P.I c.6 § 4■ Imposición de manos en Id practica posterior

La ordenación de presbítero206. Para la ordenación de los presbíteros, la misma Tra-

ditio apostólica encarga la imposición de manos:«Cuando se ordena (xeipoTovsiv) a un presbítero, el obispo le im­

pondrá la mano sobre la cabeza de él, y le tocarán también los presbí­teros, y ore el obispo sobre él, como ya dijimos respecto del obispo».

La oración que sigue expresa el Espíritu de gracia y de con­sejo, propio del presbiterio, para ayudar en el gobierno, a ejemplo de los 70 que ayudaron a Moisés (Núm 11.16s.24). Es la gracia que se quiere obtener para el presbítero:

«Dios y Padre de nuestro Señor Jesucristo, mira a este siervo tuyo y concédele el Espíritu de gracia y de consejo del presbiterio, a fin

7 Tradit. apost. n.3: B o tte , 44-47* .8 La oración en su conjunto ha sido reproducida en el nuevo rito para

la consagración de obispos. Todavía se conserva en la liturgia de a je n a ­ción de los coptos y de los sinos occidentales. Cf. P ablo VI, Constit. apost. Pontificalis Romani: AAS 60 (1968) 370.

9 Tradit. apost. n .4 : B o tte , 46S. . , ,10 Es la «prex» del sacrificio más antigua que se conoce: con acción ae

gracias, consagración recitando la institución de la Eucaristía, anamnesis, epíclesis y doxología final. Ibíd., n.4: B o tte , 48-53. En la Tradit apost. sigue lo que hay que hacer con el aceite, queso y olivas que ofrecen los fie les. Ibid., n.ss p.54s*

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de que ayude y gobierne a tu pueblo con un corazón puro, así como miraste a tu pueblo escogido y mandaste a Moisés que escogiera an­cianos que Tú llenaste del Espíritu que diste a tu servidor. Ahora, Señor, concédenos que conservemos indeficientemente en nosotros el Espíritu de tu gracia, y haznos dignos, llenándonos [del Espíritu], de servirte en simplicidad de corazón, alabándote por tu siervo Je­sucristo...» n .

Como puede conocerse por la oración de ordenación, el rito desemboca eficientemente en una realidad de gracia del Espíritu, para unos efectos específicos de ayudar como presbí­tero en el gobierno que realiza el que tiene el supremo sacer­docio. Es, por consiguiente, un rito sacramental, con eficacia de gracia y transmisión de potestad sagrada.

207. La razón por qué los otros presbíteros imponen las manos viene dada un poco más adelante en esta Traditio apos­tólica. «En cuanto al presbítero—dice— [a diferencia del diá­cono], también los presbíteros imponen las manos [además del obispo], por razón del espíritu común y semejante de su oficio. El presbítero, en efecto, solamente tiene el poder de recibirlo; pero no tiene el poder de darlo. Por lo cual no puede instituir a los clérigos. Mas para la ordenación del presbítero hace el gesto (oxppocyí siv) cuando el obispo ordena (xeipoToveív) 12.

La ordenación de diácono

208. En la misma Traditio apostólica de Hipólito aparece claramente la imposición de manos para el oficio diaconal:

«Cuando sea ordenado 11 12 13 un diácono, que sea elegido según lo que se ha dicho antes, y el obispo solo le impondrá las manos. La razón de que sólo el obispo imponga las manos es porque el diácono no se or­dena (xetpoToveív) para el sacerdocio, sino para el servicio del obispo; para hacer lo que éste le indique»14.

La « Traditio apostólica>>

Las razones específicas de esta ordenación se indican a con­tinuación: «En efecto, no forma parte del consejo eclesial, sino que administra e indica al obispo lo que es necesario. No recibe el espíritu común del presbiterio, en el cual participan los pres­

1 1 Tradit. apost. n.y: B o tte , 56-59.12 Tradit. apost. n .8 : B o tte , 6os.13 Se usó el verbo KaüícrracrOca, instituir, según consta por la versión

sahídica; pero tam bién el verbo xeiP0T0V£ÍV más adelante.14 Tradit. apost. n .8 : B o tte , 58S.

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bíteros, sino el que le esta, confiado bajo la potestad del obispo. Por esto, solo el obispo ordena al diácono» 15.

La oración que se dice para esta ordenación señalara los efectos de gracia y los auxilios para servir, que son propios de este oficio, que de este modo se comunica con su signo sacra­mental:

«Dios, que has creado todas las cosas y todo lo has ordenado por el Verbo; Padre de nuestro Señor Jesucristo, que has enviado para servir en tu voluntad y manifestarnos tus designios, concede el Espí­ritu de gracia y de solicitud a este siervo tuyo que has escogido para servir en tu Iglesia y para presentar en tu santuario lo que se ofrece por el que está constituido Sumo Sacerdote a gloria de tu nombre; a fin de que, sirviendo sin tacha y con pureza de vida, obtenga un grado su­perior 16 y te alabe y glorifique por tu Hijo Jesucristo, nuestro Señor. . .» 17.

209. En cambio, para los demás oficios clericales no se menciona, sino que se excluye, la imposición de manos.

La ordenación del subdiácono se hace expresamente sin im­posición de manos: «No se impondrán las manos sobre el sub­diácono, sino que se le nombrará (óvopá£siv) para que siga al diácono» 18.

La ordenación del lector tiene lugar con la entrega del libro, no por una imposición de manos. «El lector es instituido cuando el obispo le da el libro, porque no se imponen las manos sobre él» 19.

La Traditio apostólica habla asimismo de una imposición de manos sobre los catecúmenos, que realiza el «doctor», después de la oración; pero no tiene más alcance que el de una bendi­ción; no se trata de ordenar 20.

En los siglos III-IV y siguientes2 10 . La imposición de manos para la ordenación episco­

pal viene también atestiguada por el papa Cornelio (251-253). A l informar a Fabio, obispo de Antioquia, sobre la consagra­ción episcopal de Novaciano, dice que éste había forzado a tres

is Tradit. apost. n.8 : B o t te , 6os.16 Gf. x Tim 3,13.17 Tradit. apost. n .8 : B o tte , 62S.18 Tradit. apost. n .1 3 : B o tte , 68s .19 Tradit. apost. n .n : B o tte , 66s .20 Tradit. apost. n.1 9 : B o tte , 76S.

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obispos de una lejana región de Italia, rudos y poco instruidos, a que «le comunicaran el episcopado por la imposición de ma­nos (xeipeTnOecría)» 21.

Lo que ahora interesa consignar es que la ordenación epis­copal se hacía por la imposición de manos. También para el presbiterado. Lo confirma el mismo Cornelio hablando de No- vaciano en la misma carta, «el cual había conseguido el grado de presbítero por gracia del obispo que le impuso las manos (toü émdévTos auTcp xeíPas) para el orden del presbiterio» 22.

San Cipriano (ca. 200-258) confirma en una de sus cartas la consagración episcopal de un colega suyo, Sabino, porque «se le impusieron las manos, en sustitución de Basílides, por voto de toda la comunidad y por el juicio de los obispos que se ha­bían reunido personalmente o que habían escrito sobre él» 23.

La ordenación presbiteral de Orígenes (185 ¡6-254 /s) viene referida por Ensebio Cesariense como verificada por la imposi­ción de manos: «Ya que los obispos [de Cesárea y Jerusalén] le juzgaban digno de la prerrogativa y del culmen del honor supremo, lo ordenaron imponiéndole las manos (x^ípas... tsOeí- Kacrv) 24. y se repite más adelante que, en Cesárea, los obispos de aquella región le ordenaron presbítero «por la imposición de manos» 21 22 23 24 25. Otra ordenación por imposición de manos, refe­rida por Eusebio, la de Anatolio 26 27 28.

2 11 . El rito de la imposición de manos, junto con la ora­ción que la acompañaba, fue reconocido posteriormente por la Iglesia como el medio de realizar la ordenación sacramental. Son numerosísimos los testimonios que pueden aducirse y que fueron recogidos en un libro del cardenal G. M. van Ros- sum 27 y por los tratadistas 28. Mencionaremos solamente al­gunos.

San Basilio (ca.330-379): «Los primeros que se apartaron de la Iglesia habían recibido la ordenación (x^ipOTovía) de los

21 Hist. eccl. 6,43: PG 20,Ó2oB.22 Hist. eccl. 6,43: PG 20,62413.23 Epist. 67,5,2: ed. J. C ampos, p.635; R 588.24 Hist. eccl. 6,8: PG 20,537.25 Hist. eccl. 6,23: PG 20,576.26 Hist. eccl. 7,32: PG 20,729.27 De essentia sacramenti ordinis, 2,a ed. (Romae 1931).28 V.gr., A. M ic h e l , art. Ordre: D TC 11,13223; F. Solá, De sacra­

mento ordinis: 4SThS IV (Madrid 1962) 11.87S.

Siglos III y siguientes

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Padres, y por la imposición de sus manos (ámfiéais) tenían el don espiritual»29. San Epifanio (ca.315-403) escribe: «Está lleno de insensatez, como es manifiesto a los prudentes, el decir que el obispo y el presbítero son iguales. ¿Cómo podrá ser esto? Porque aquella orden se refiere a engendrar padres, puesto que engendra padres de la Iglesia; y ésta, ya que no puede engendrar padres, engendra hijos de la Iglesia con el lavado de la regeneración, pero no padres o maestros. Y ¿cómo puede ser que aquél instale (KccQicrrav) a un presbítero, si no tiene el derecho a la imposición de manos de la ordenación (fifi exovTcx tou x^ipoToveív), o que diga que es igualal obispo?» 30

San Juan Crisóstomo (344-407), comentando la salutación de Flp 1 ,1 , enseña (a.393 ¡y) la identidad primitiva de los tér­minos epíscopo y presbítero; y aplica a Timoteo y a los verda­deros obispos la facultad de imponer las manos: «No impongas las manos con ligereza a nadie» 31.

La eficacia sacramental la describe el mismo Crisóstomo con otras palabras: «Esto es la ordenación (x^ipoTovía): la mano del varón (cn/8pós) se pone encima (eirÍKerrca), pero todo lo obra Dios y su mano es la que toca la cabeza del orde­nando, si es ordenado como debe» 32.

212. El papa San León Magno (440-461), comentando (a.446) el texto de 1 Tim 5,22: «¿Qué es imponer con ligereza las manos sino comunicar el honor del sacerdocio a los no probados, antes de la edad madura, antes del tiempo de exa­men, antes del mérito de la obediencia, antes de la experiencia de la disciplina?» 33 El Pseudo Areopagita, escribiendo (ca.500) sobre la jerarquía eclesiástica, dice: «Son cosas comunes para los pontífices, para los sacerdotes y para los ministros, cuando son consagrados, el acercarse al divino altar, la postración, la imposición de la mano del pontíjice (ámOécns)...» 34.

Podrían aducirse otros más, como San Efrén, Teófilo de Alejandría, San Gregorio Nacianceno, San Gregorio Niseno,

158 P.I c.6 § 4. Imposición de manos en la práctica posterior

29 Epist. 188 canónica 1 (a.374): PG 32,668; R 919.30 A dv, haer. Panar. 75,4: PG 42,508; R 1108.3 1 In epist. ad Philip, hom.i n.i: PG 62,183; R 1205. Cf. 1 Tim 5>22.32 In Act. hom.14 n.3: PG 60,116; R 1214.33 Epist. 12 c.2 (ad episcopos Mauritaniae): PL 54,647; R 2179.34 De eccl. hierar. 5,3,1: PG 3,509; R 2287.

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Ambrosiaster, San Opiato Milevitano, San Inocencio I, San Je ­rónimo, San Agustín, San Celestino I, Teodoreto de Ciro, Isidoro Pelusiota y otros más 35.

Los presbíteros se ordenan por la imposición de manos y la oración del obispo, según las Constituciones de los Apóstoles (ca.400) 36, y, de semejante manera, también por la imposición de la mano del obispo, según las Constituciones de la Iglesia de Egipto 37.

213 . Los Statuta Ecclesiae Antiqua, que pertenecen al final o a mediados del siglo v (459?-473?), señalan claramente la imposición de manos de los obispos presentes, mientras uno dice la oración y dos sostienen el libro de los evangelios sobre la cabeza del ordenando, como rito de la consagración del obispo 38. Cuando se ordena al presbítero, el obispo dice la ora­ción mientras tiene sus manos sobre la cabeza del nuevo pres­bítero, y los demás presbíteros presentes tienen sus manos sobre la cabeza del ordenando junto a las manos del obispo 39. Cuando se ordena al diácono, solo el obispo realiza la imposi­ción de manos, porque no se consagra para el sacerdocio, sino para el servicio 40.

En cambio, del subdiácono los mismos Statuta dicen expre­samente que al ordenarse no reciben la imposición de manos, sino la patena vacía y el cáliz vacío de manos del obispo... 41.

35 S. E f r é n , Sermo de sacerdotio (ed. París) 6,258; T eó filo A l e ja n ­drin o , Commonitorium cn.6: PG 65,39; S. G r e g . N a c ía n ., Oratio 10,4; 18,333: PG 35,830.1027; S. E p if ., Adu. haer. I.3; Expositio fidei n.13: PG 42,805; S. G r e g . N is ., De vita S. Greg. Thaumaturgi: PG 46,909; A m bro- sia ster , In i Tim. 4,14: PL 17,475; S.' O ptato M il e v ., De schismate Do- nati l.i n .i8 s : PL 11,918; S. I n o cencio I, Epist. 16 c.3: PL 20,530; S. J e ­rónimo , In Is. c.58: PL 24,569; S. A g u st ín , Epist. 78: PL 33,268; De baptismo contra Donatistas 5,20: PL 43,190; De gestis cum Emérito n .n : PL 43,705; De Trinitate 15,26: PL 42,1093; S. C e lest in o I, Epist. ad Synodum Ephesin.: PL 50,539; T eodoreto C ir e n se , Relig. Hist. c.13: PG 82,1402; c.19 col.1427; I sidoro P elu sio ta , Epist. 26.29.30: PG 78,1985; cf. F. So lá , l.c., n.87.

36 i ,8 ,i s : ed. F u n k , 521-523.37 2 (32): ed. F u n k , 2 ,10 2 .38 Dz 326 (150).39 Dz 327 (151).40 Del obispo, según Tradit. apost. n.8 (B o tte , 58s); o del presbítero,

según el cn.57 (al.37) de los Statuta Ecclesiae Antiqua. Cf. Dz 328 en la nota correspondiente a este número.

41 Dz 329 (153).

Siglos III y siguientes

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160 P.I c.6 § 4. Imposición de manos en la práctica posterior

La confesión de la fe, ¿equivalente a la ordenación presbiteral? 42

214. En la Traditio apostólica de Hipólito leemos un sor­prendente capítulo (c.9), que parece dar a entender que la con­fesión pública de la fe ante el martirio fuese equivalente a una ordenación. Dice así:

«Si un confesor [de la fe] estuvo en prisión por el nombre del Señor, no se le impondrá la mano para el diaconado o presbiterado. Porque tiene por su confesión el honor del presbiterado. Mas, si se le esta­blece como obispo, se le hará la imposición de mano.

Pero si hay algún confesor que no ha sido llevado delante de la autoridad, ni castigado en prisión, ni puesto en la cárcel, ni conde­nado con otra pena, sino que ocasionalmente ha sido despreciado [burlado] por el nombre de Nuestro Señor y castigado con castigo doméstico [privado, no público]: si ha confesado la fe, que se le haga la imposición de la mano para cualquier oficio del que sea digno»43.

Como se ve, se distinguió entre una confesión pública de la fe y un padecimiento público (que se podía controlar) y otros padecimientos privados. Los primeros confesores goza­ban de un honor especial delante de la comunidad; y, en efecto, sabemos de tales confesores que intercedían con su «carta de recomendación» para la reconciliación de los pecadores e in­constantes.

Este honor que se les atribuía, como si estuvieran entre los presbíteros, sin necesidad de ordenación por imposición de ma­nos, es lo que parece que se afirma en este documento y la manera concreta de interpretarlo, puesto que (además de lo que diremos más abajo) es un texto tan poco coherente con otros que conocemos.

Semejantes pensamientos aparecen en los cánones 43-47, entre los llamados Cánones de Hipólito: «Cn.43: Cuando uno es digno de comparecer por la fe delante de un tribunal y es castigado por Cristo, pero después se usa indulgencia y es dado por libre, éste me­rece después el grado presbiteral delante de Dios, no según la orde­nación que se hace por el obispo; es más, su confesión es su ordenación.

Cn.44: Pero si se le hace obispo, que se ordene.

42 C f. F . S o lá , De sacramento ordinis4 n .27 ; B . B o tte , L a tradition apostolique, Introd. p .27.

43 Traditio apostólica n.9 ; ed. B o tte, p.64.

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Cn.45: Si alguno, después de hacer su confesión, no ha sido ator­mentado, es digno del presbiterado; pero que sea ordenado por el obispo...» 44.

Textos parecidos en las Constituciones de la Iglesia de Egipto 45 y en el Testamento de N. S. Jesucristo 46.

Sin embargo, es fácil ver que estos textos, por la semejanza de los pensamientos, reconocen una fuente común que se ha perdido. Faltan en los Fragmenta Veronensia de la Didascalia Apostolorum, y, hecha una reconstrucción a base de las versio­nes copta y árabe, los textos se declaran de otra manera. He aquí la reconstrucción del texto original, intentada por Jung- klaus: «Al confesor que, por el nombre de Cristo, fue llevado a la prisión de la cárcel, no se le imponga la mano para algún servicio de la Iglesia, porque ésta es gloria del diácono; pero en lo tocante a algún oficio del presbítero, aun cuando él tenga el honor de este oficio, por haber confesado la fe, esto no obs­tante, que el obispo lo instituya con la imposición de manos. Mas si el confesor no fue llevado al juicio, ni echado en pri­sión, ni llevado a la cárcel, pero pasó pena y ocasionalmente padeció mucho por el nombre del Señor, aunque no fuese condenado a los suplicios, es digno de todo oficio del presbí­tero; pero que se le haga la imposición de manos y se le haga diácono» 47.

Las Constitutiones Apostolorum dicen de modo parecido: «El confesor [de la fe] no se hace por la ordenación, porque es cosa de la voluntad y de la paciencia; pero es digno de gran honor el que ante los gentiles y los reyes ha confesado el nombre de Dios y de su Cristo. Si hubiere necesidad de él para obispo o presbítero o diácono, sea ordenado. Y si algún confesor no ordenado se arrogare algunas de estas dignidades, con pretexto de haber sido confesor, sea depuesto y removido; porque no .es tal, puesto que ha negado el mandamiento de Cristo y es peor que el infiel» 48.

Resulta, por consiguiente, que el confesor de la fe era teni­do como digno del honor presbiteral o diaconal (sin necesidad

44 Die Cánones Hippolyti: TextUnt, ed. H. A c h e l l is , 6,4 p.67s; S o lá , l.c., n.27.

45 4 (34) i ; ed. F u n k , 2,1045.46 L .i c.39 : ed. R ahm ani (1899), 98; S o lá , ibid.47 E. J un g klau s, Die Gemeinde Hippolyts: TextUnt 46,2 p .12 9 , k.Xa.

Xb; So lá , ibid. 48 L .8 ,2 3 : ed. F u n k , 527-529 ; S o lá , ibid.

La confesión de la fe

Ministros de Cristo 6

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de ulteriores inquisiciones o méritos); pero debía ser ordenado para el oficio episcopal y presbiteral con la imposición de manos.

P.I c.6 § 5. La imposición de manos, rito esencial

V . La imposición de manos, rito esencial de la ordenación 1

215. La imposición de manos continuó en uso siempre en la Iglesia para la administración sacramental del orden. La historia de los ritos de ordenación lo atestigua. Consta por los Sacraméntanos Leoniano, Gelasiano y Gregoriano. Los Ordines Romani hablan de la imposición de manos, y solamente de ella. Antes del siglo x no se habla de entrega de instrumentos. El pri­mer testimonio sobre la entrega de instrumentos es del siglo x y proviene de un códice compuesto en Italia 2.

Los Orientales, por su parte, siempre conservaron la impo­sición de manos, y sólo ella. La Iglesia romana siempre tuvo por válidas las ordenaciones conferidas en rito griego sin en­trega de los instrumentos de cada orden. Ni en el concilio unio­nista de Florencia (1439-1445) se les impuso cambiar su rito ni incluir la entrega de instrumentos, sino quiso la Iglesia que en Roma mismo los griegos se ordenasen según su propio rito 3. De lo cual se deduce que la entrega de instrumentos no se requiere porque pertenezca a la sustancia o a la validez de los sacramentos por voluntad de Cristo 4.

La imposición de manos—llámese xeiPOTOVía 0 X£1P°^£~ cría—forma parte en Oriente del ritual para constituir todos los grados del clero, aun para funciones subalternas o secunda­rias; en contra de la que se practicó en la Iglesia latina, donde se reservó la imposición de manos para los tres grados supe-

1 G f. G . M . van R ossum, De essentia sacramenti ordinis, 2.a ed. (Ro-m ae 19 3 1 ) ; Em. D oronzo, De ordine II (M ilwaukee 1959) ó io ss; F . S o la , De sacramento ordinis4 n .8 1- 10 2 ; I. P u ig d e la B ella c a sa , De sacramen- tis I (Barcelona 19 4 1) n. 1040-1049. . . . .

2 J. M o rin (M orinus), Commentarius historicus ac dogmáticas de sacns Ecclesiae ordinationibus... (ed. París 1655) p.2; Solá, n.87. Las palabras que acompañan la entrega de instrumentos: «Accipe potestatem offerendi sacrificium in Ecclesia pro vivís et mortuis» (Dz 1326 [701]), se leen por vez primera en el Pontifical de Radbardo, del siglo x i -x i i .

3 La serie de documentos pertinentes a estas concesiones de los Roma­nos Pontífices se encontrará en Dz, en la introducción al n. 1310, después

4 Pío XII, Constit. apost. Sacramentum ordinis (30 noviembre 1947): Dz 3858 (2301).

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riores (sacramentales) del episcopado, presbiterado, diacona- do 5 6. Para los oficios subalternos bastaba en la Iglesia de Occi­dente la simple bendición. Por nuestra parte, recordaremos el sentido de simple bendición que puede alcanzar la imposición o extensión de manos, como hemos visto practicar en Centro- europa En esta hipótesis, la imposición de manos para las funciones subalternas y para los oficios de un monasterio..., practicada en Oriente, no tiene el sentido de ordenación sa­cramental, ni sobrepasa el alcance de simple bendición, como las bendiciones del rito latino para las órdenes menores.

A los autores enumerados anteriormente (n.zoqss) podrían añadirse todavía otros, con cuyo testimonio consta el uso per­severante de la imposición de manos para la ordenación. Y no requieren otra ceremonia o gesto como necesario.

Ammonio de Alejandría (ca.457?): «Hay que notar—dice— que por las oraciones y por la imposición de las manos, que se a§re§a a las palabras, la ordenación y la dignidad del diaconado se comunicó desde el principio a los diáconos; y aquella cos­tumbre persevera hasta nosotros»7.

216. San Isidoro de Sevilla (ca.570-636): «Es institución antigua que se ordenan los obispos por imposición de mano, verificada por los predecesores, sacerdotes de Dios...» 8.

San Beda, el Venerable (673 (4-735): «Venden palomas los que no dan gratis la gracia del Espíritu Santo, como está man­dado, sino que la dan por premio; los que la imposición de mano, por la que se recibe el Espíritu Santo, aun cuando no por el dinero, la conceden para captar el favor del vulgo...» 9.

Son muchos los autores posteriores, aun de los tiempos (s.xn) en que además estaban en uso otras ceremonias para la ordenación, que ponen lo esencial del sacramento del orden en la imposición de manos, sin mencionar, v.gr., la entrega de los instrumentos. Tales, Honorio de Augusta, Guillermo Abad, San Bruno, Algerio de Lieja, Herveo, Graciano, Ruperto Tuit, Santo

Documentos antiguos 163

5 Cf. C. V o g el , L ’imposition des mains dans les rites d’ordination en Onent et en Occident: MaisDieu n.102 (1970, II) 65S.

6 V.gr., en la llamada Primizsegen del neosacerdote, por la imposición de manos.

7 Comment. Act. 6,6 (Fragmenta): PG 85,1530.8 De eccles. officiis 1.2 c.5; c.io n.2: PL 83,782 791

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Tomás de Cantorbery, Ricardo de Cantorbery, Hugo de Rotter­dam 10.

217. La entrega de los instrumentos para celebrar misa debía de mirarse como una explicitación o manifestación dramá­tica y viva de la potestad de celebrar sacrificio, que acababa de comunicarse con la dignidad del presbítero en la imposición de manos. Dígase lo mismo de la subsiguiente imposición de ma­nos con las palabras que indicaban el poder para perdonar pe­cados. Así lo expresa, v.gr., Hugo de San Víctor, que, por otra parte, varias veces afirma que con la imposición de manos se comunica la potestad de ofrecer sacrificio: «Estos [ordenados de presbíteros]... reciben de mano del obispo el cáliz con vino y la patena con hostias para que, mediante estos instrumentos, co­nozcan que han recibido el poder de ofrecer a Dios hostias que le aplaquen» 1 1 . Y este mismo pensamiento lo repetirán Pedro Lombardo, un autor anónimo, Inocencio III, Esteban de Balgia- co, etc. 12.Documentos del Magisterio

218. Los documentos del Magisterio enseñarán concor­demente, en todos los tiempos, que la imposición de manos pertenece al ser sacramental de la ordenación.

Gregorio IX (a. 1232) insistía en que «el presbítero y el diá­cono, cuando se ordenan, reciben la imposición de manos con contacto corporal según el rito introducido por los Apóstoles» 13. Y el concilio Tridentino aplicará a la ordenación sagrada el texto de San Pablo a Timoteo (2 Tim 1,6) sobre el resucitar la gracia que hay en el ordenado por la imposición de las manos u .

10 H onorio d e A ugusta , Gemma animae i , i 7 5 : PL 172,599; G u il l e r - mo A bad , De pignoribus sanctorum 1.2 c.3,6: PL 156,637; S. B runo , In 2 Tim. 1,6: PL 153,460; A lg er io d e L ie ja , Líber de misericordia et lustitia p.3 c/23: PL 180,941; H er veo , Comment. in i Tim. c.4: PL 181,1430; G racian o , Decretum: PL 187; R uperto T u it ., De divinis officus 3>9 • P 170,643; S. T omás d e C a n to rb ., Vita S. Thomae Cantuar. 13 c.12: PL 190,1113 (en Herberto de Boseham); R icardo d e C a n to rb ., Epist. ad epi- scopos Angliae (epist. 53, entre las obras de Bless): PL 207,160; H ugo R o- thom ag., Dogmatum christianae fidei 1.2 c.2s; cf. S o la , l.c., n.98.

11 De sacramentis 1.2 p.3 c.12: PL H 7 I3 5 1 -12 P edro L ombardo , 4 Sent. dist.24 n.9: PL 192,904; A u c t . a n o n y-

m us, SS. Eccles. R it. divinorumque offic. ex p lic .:ex ms. Vaticano 5046 (V an R ossum , 158S); I n o cen cio III, De sacro altaris mysterio l.i c.5: PL 217, 780; St eph a n u s d e B a lg ia c o , Líber de sacramento altaris c.9: PL 172,1281. C f. V an R ossum, l.c., 158-162; S o lá , l.c., n.98.

1 3 Dz 826 (445).14 Dz 1766 (959)-

164: P.I c.6 § 5. La imposición de manos, rito esencial

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2 19 . No hay ningún documento de la Iglesia por el que conste que se haya abrogado esta imposición de manos. Al contrario, todos los ritos, aun los que han introducido la entre­ga de instrumentos, han conservado la imposición de manos. León X III (a. 1896) recordará, al discutirse la validez de las or­denaciones anglicanas, que «la materia de este sacramento, por lo que tocaba entonces considerar, es la imposición de manos», que por sí sola nada determinado significa, por lo cual se puede aplicar al orden y a la confirmación; pero su sentido queda de­terminado por las palabras que la acompañan 15 16 17. Finalmente, Pío XII, en la constitución Sacramentum Ordinis (30 de noviem­bre de 1947), determinaba auténticamente para el futuro 16 que en la ordenación del diácono, del presbítero y del obispo, la única materia necesaria para la validez del sacramento es la imposición de manos que hace el obispo que ordena 11.

Pablo VI, al aprobar los nuevos ritos para la ordenación del diácono, del presbítero y del obispo, confirmó la imposición de manos como única materia esencial de la ordenación 18.

220. La ordenación de diácono, que antes se hacía (según el Pontifical Romano) por la imposición de la mano derecha, en adelante se hará por la imposición de ambas manos 19, uni­

15 Dz 3315 (1963).16 En lo tocante a la historia y al pasado, la constitución deja libres las

cuestiones discutidas sobre si la Iglesia cambió el rito esencial y si puede cambiarlo; asimismo sobre el valor doctrinal del Decreto pro Armenis.

17 Dz 3860 (2301,5). Las palabras esenciales, esto es, la forma del sacramento, allí mismo se determinaban. Para el diaconado: «Emitte in eum, quaesumus, Domine, Spiritum Sanctum, quo in opus ministerii tui fideliter exsequendi septiformis gratiae tuae muñere roboretur». Para el presbiterado: «Da, quaesumus, Omnipotens Pater, in hunc famulum tuum Presbyterii dignitatem; innova in visceribus eius spiritum sanctitatis, ut acceptum a Te, Deus, secundi meriti munus obtineat censuramque morum exemplo suae conversationis insinuet». Para el episcopado: «Comple in Sacerdote tuo ministerii tui summam, et ornamentis totius glorificationis instructum caelestis unguenti rore sanctifica». Pero, por lo que toca a la consagración episcopal, Pablo VI cambió estas palabras por otras, tomadas de la Traditio apostólica: «Et nunc effunde super hunc Electum eam virtu- tem, quae a te est, Spiritum principalem quem dedisti dilecto Filio Tuo Iesu Christo, quem Ipse donavit sanctis Apostolis, qui constituerunt Ec- clesiam per singula loca, ut sanctuarium tuum, in gloriam et lauden inde- ficientem nominis tui» (Constit. apost. Pontificalis Romani: AAS 60 [1968] 373). Cf. n.204s.

18 AAS 60 (1968) 372S.19 AAS 60 (1968) 372.

Documentos del Magisterio

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166,

ficando así el rito de la materia sacramental para el diaconado con la prescrita para las otras dos órdenes superiores. Los do­cumentos antiguos hablan indistintamente de imposición de manos y de mano (una sola). Así, por ejemplo, la Traditio apos­tólica parece decir la imposición de mano para la ordenación del obispo y del presbítero; mientras que para el diácono habla de imposición de manos 20. Los Statuta Ecclesiae Antiqua indican para la ordenación del presbítero y del diácono la imposición de una mano, y tratándose del subdiácono dicen que no recibe «la imposición de mano»21. Y así diferentes Pontificales de la Edad Media 22.

La constitución de Pío X II prescribe también que en estas ordenaciones la imposición de manos se realice mediante con­tacto físico con la cabeza del ordenando; pero declara al mismo tiempo que basta el contacto moral 23. Consta, por pinturas an­tiguas, de alguna ordenación en que los presbíteros están repre­sentados con las manos extendidas 24.

221. Lo que hoy es indubitable, después de la declaración auténtica de Pío XII para el futuro, respecto de la imposición de manos como única materia requerida en el sacramento del orden, fue ya de antiguo enseñado y sostenido por eminentes autores, como Guillermo Altisidiorense, San Buenaventura, Pe­dro de Tarantasia, Hugo Argent., Bachon, Dionisio Cartujano, Eck, Pedro Soto, San Pedro Canisio, Francisco Suárez, Petavio, Morino, Marténe... 25.

20 Tradit. apost. n .2 ,7 ,8 : B o tte , 40,56,58.21 Dz 326-329 (150-153).22 U n estudio com parativo de los textos que hablan de la imposición

de manos o de mano, en F . S o lá , De sacramento ordinis n .io 3s.23 Dz 3861 (2301,6).24 Cf. DictBibl 3,8498. Se trata de un dibujo que reproduce las figuras

de la catacumba de San Hermes.25 G u iller m o A l t is ., In 4 tr.8 a .i; S. B uen a ven tu ra , In 4 dist.24 p.2

a.2 q.4; P edro d e T a ra n ta sia , In 4 dist. 24 q.5 a.3; H ugo A r g e n t ., Breve totius theol. veritatis compendium 1.6 c.36; I. B achon , In 4 dist.24 Q-1 a*2 ¡ D io n isio C a rtu ja n o , Enarratio in 1 Tim. a.4; I. E c k , Enchiridion locorum communium contra Lutherum c.y; P. S oto, Tractatus de institutione sacerdot. lect.4-5; S. P edro C a n isio , Opus cathec. de sacramento ordinis q.1,3,5; F. Su á r ez , De sacramentis disp.2 sec.3; disp.33 sec.4 (consecuencia de esta doctrina es la opinión que se atribuye a Suárez); P etavio , De Eccles. hierar- chia 1.2 c.6 n .13 ; M o rin , De sacris Ecclesiae ordinat. p.3 ex.y c.1,2,5; M a r­t é n e , De antiquis Ecclesiae ritibus l.i c.8 a.9 n.16-18. C f. F. So lá , l.c., n.84.

P.I c.6 § 5. La imposición de manos, rito esencial

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Opiniones históricas sobre el rito esencial 167

Opiniones en el curso de la historia sobre la materia requerida para la validez de la ordenación 26

222. Relacionadas con la imposición de manos, que, como consta por los documentos antes citados, siempre se ha mirado como necesaria para la ordenación sacramental, están las dife­rentes sentencias u opiniones que se han enseñado en el curso de la historia acerca de lo esencial para la ordenación 27.

La entrega de los instrumentos

223. Algunos teólogos escolásticos de la Edad Media pen­saron que la entrega de los instrumentos de cada orden era lo decisivo y esencial para, significarla, y que la materia del sacra­mento consistía en esta sola entrega de instrumentos al ordenado. Tales eran Gilberto Tornac, Ricardo de Mediavilla, San Alberto Magno, Mayron, Durando, Capréolo, San Antonino, Biel 28.

Otros, apoyados en el decreto pro Armenis, del concilio Flo­rentino (a. 1439), el cual sólo menciona la entrega de instru­mentos como materia del sacramento del orden 29, defendieron que lo único necesario y esencial es esa entrega del cáliz con vino y de la patena con hostia para el presbiterado; del libro de los evangelios para el diaconado; de la patena y del cáliz vacíos para el subdiaconado; y así en las órdenes menores por la entre­ga de las cosas que significan sus respectivos oficios.

Como este decreto pro Armenis expone para conocimiento práctico de los armenios la doctrina de Santo Tomás 30, enton­ces muy difundida en la Iglesia, se comprende que esta senten­cia haya sido la preferida de los «tomistas» en los siglos xvi-

26 S. T omás, Suppl. q .37 a .5 ; V a n R ossum, De essentia sacramenti ordinis; A . M ic h e l , art. Ordre: D T C 1 1 , 1 3 2 2 - 1 3 3 3 ; F . S o lá , De sacra­mento ordinis n .8 1-9 3.

27 Cf. V an R ossum, De essentia sacramenti ordinis, 2.a ed. (Romae 1931) p.12-16 3 7 - 4 2 S is 5 4S 6os 62-68.

28 G ilberto T ornac, Tractatus de officio episcopi c.33; R icardo d e M ed ia v illa , In 4 dist.24 a-4 q-3; S. A lber t o M ., In 4 dist.24 a.38; M a yr o n , In 4 dist.24 q-2; D urando , In 4 dist.24 q-3¡ C a préo lo , In 4 dist.24 q .i a.3 ad 3 argum. iae conclus. Scoti, et ad 5 2.ae conclus.; S. A n to n in o , Summa p.3 tit.14 c.16,4; B ie l , Suppl. In 4 dist.24 q-i a.i. C f. S o lá , l.c., n.84.

29 Dz 1326 (701).30 Es un extracto del opúsculo de Santo T omás, In artículos fidei et

sacramenta Ecclesiae expositio; ed. P. M a n d o n n et , «S. T h . Aquin. Opus- cula omnia» t.3 (París 1927) 11- 18 ; opusc.15 ed. Parmat.16 (a.1865) 119-122.

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x v iii. Y recientemente la han sostenido los PP. Galtier y Hu- gon 31.

Pero conviene advertir que este decreto, descubierto por Tapper, sólo se dio a conocer a mediados del siglo xvi, y no inmediatamente después del concilio de Florencia. Los legados armenios habían llegado a este concilio cuando ya estaban a punto de partir los orientales. Se leyó un escrito sobre la unión con los armenios en sesión solemne del 22 de noviembre de 1439; y en él se incluía, además de diferentes símbolos y fórmu­las dogmáticas..., el resumen doctrinal sobre los sacramentos.

Valor doctrinal del decreto «pro Armenis» 32224. La opinión hoy día más generalizada es que se trata

de un documento doctrinal, como instrucción de lo que práctica­mente se hace en la Iglesia en lo tocante a los sacramentos 33. Otros, sin embargo, pensaron que se trataba de un documento doctrinal definitivo y perentorio; así lo juzgaron Tapper, L. Bi- llot, P. Galtier 34; mientras que el cardenal Gasparri lo tenía por no definitivo ni infalible, aunque sí por decreto doctrinal 35.

Parece ciertamente singular que:i.° Si este documento hubiera tenido carácter definitivo y

de fe, o si hubiera sido un verdadero decreto doctrinal, tardara tanto tiempo en ser conocido, y que ya desde el principio per­maneciera oculto.

2.0 Parece también singular que en el concilio Tridentino no se hiciera mención particular, ni hubiera discusión sobre la entrega de los instrumentos como materia del orden; y que, si ésta fuera entonces la sentencia definitiva de la Iglesia, los teólo­gos hayan disputado libremente sobre ella.

31 P. G a l t ie r , art. Imposition des mains: D TC 7 ,14 0 8 ; E. H ugon , Tractatus dogmaticus de sacramentis in communi q .i a.4. Cf. S o lá , l.c., n.84.

32 Cf. Dz 1309-1310 (la bibliografía indicada); M. Q u era , El decreto de Eugenio IV para los armenios y el sacramento del orden: EstEcl 4 (1925) 138-153 237-250; 5 (1926) 327-332; 6 (1927) 54-78 157-170; Id., Una palabra más sobre el decreto pro Armenis: ibid., 21 (1947) 187-207; D oronzo, De ordine II p.7Óiss; Sola , l.c., n.92.

33 Cf. D ’A n n ib a l e , Summula theologiae moralis 3 n .2 3 1 ; P u ig d e la B., De sacramentis n .10 8 3 ; S o lá , l.c., n .92 ; Q u era en los artículos citados en la nt.32.

34 R. T a p p e r , De sacramento ordinis a.17; L . B il l o t , De sacramentis 2 thesis 30; P. G a l t ie r , Imposition des mains: D TC 7,14123; cf. Solá , l.c., n.92.

35 De sacra ordinatione 2 n.1007.

168 P.I c.6 § 5. La imposición de manos, rito esencial

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169

3.0 Asimismo es extraño que se impusiera a los armenios aceptar la entrega de los instrumentos como materia del orden, cuando el concilio acababa de aprobar los otros ritos sacramen­tales de los griegos, sin entrega de instrumentos; y que después los Papas no objetaran a la manera como los griegos siempre ordenaron.

Otras opiniones

22S- Recogeremos aquí, para unidad de la materia tratada, eru­dición histórica y fácil interpretación de los doctores antiguos, otras opiniones sostenidas en tiempo pasado sobre los ritos esenciales de la ordenación:

■0 Algunos quisieron añadir a la entrega de los instrumentos, de que habla el decreto pro Armenis, la imposición de manos, que se realizaba diciendo: «Recibe el Espíritu Santo» 36. La razón era el en. 4 del Tridentino en su «doctrina sobre el sacramento del orden», el cual definía que en la sagrada ordenación se da el Espíritu Santo y que los obispos no dicen en vano «Recibe el Espíritu Santo» 37. Por esto muchos pensaron que esta imposición de manos era esencial para la ordenación.

Antes del concilio Tridentino se acercaron a esta manera de ver Escoto, Pedro de Palude, Argentina, Gerson 38. Esta imposición de manos, la última que ocurría en la ordenación de presbítero, apa­rece después de la entrega de los instrumentos, y no después de la comunión, en el Pontifical de Arles, en el Silvanectense y en el Rotomagense (s.xv-xvi). Otros pocos (cuatro) códices la ponían des­pués de la comunión. Pero esta imposición de manos no es anterior al siglo xn, y es increíble que, de ser rito esencial, no estuviera en los Pontificales de tantas Iglesias 39. Más adelante defendieron esta opi­nión Silvio, Ambrosio Catharino, Medina, Toledo y no pocos autores posteriores, de los siglos x v i-x v iii , como Gabriel Vázquez, Tomás Sánchez, San Roberto Belarmino, Lessio, Tanner, Coninck, Laymann, 36 * * 39

El decreto «pro Armenis»

36 Era la última imposición de manos en la ordenación de presbítero. En esta imposición de manos se decía: «Recibe el Espíritu Santo; a quien perdonares los pecados, le serán perdonados; y a quien se los retuvieres, le serán retenidos». En el rito novísimo (1968) se ha suprimido esta cere­monia. También en la consagración de obispos se decían las palabras: «Recibe el Espíritu Santo», con imposición de manos; ceremonia asimismo hoy suprimida. En el nuevo rito para la ordenación de diácono ha desapa­recido la ceremonia de imposición de la mano derecha diciendo las palabras: «Accipe Spiritum Sanctum ad robur et ad resistendum diabolo et tentationi- bus eius».

3 7 Dz 1774 (964).3 8 E scoto, In 4 dist.24 q.unica a.3; P edro d e P a lu d e , In 4 dist.24

q.2 a.3; A r g e n t in ., In 4 dist.24 S-1 a.2-3; d.2 q.i a.3; G erso n , Reg. Mar. de sacram. ordinis n.159. Cf. S o lá , l.c., n.84.

39 M a r t én e , De antiquis Ecclesiae ritibus l . i c.8 a.9 n .12 .

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170Juan de Santo Tomás, los Salmanticenses, Silvestre Mauro, Reiffens- tuel, Catalanus, Billuart, Ferraris y los Wirceburgenses 40.

226. Cuando la imposición de manos y las palabras «Recibe el Es­píritu Santo» se pusieron antes de la misa, y no después al final, es más comprensible que algunos autores, como Escoto, las hayan teni­do como esenciales. Sin embargo, en algunos ritos antiguos aparece que la misma entrega de los instrumentos ya suponía realizada la ordenación: «(El obispo) tome la patena con la hostia y el cáliz con el vino, y póngalos al mismo tiempo en las manos de cada uno de los ordenados por él»41.

Conviene observar, sin embargo, por lo que toca al fundamento de esta sentencia, que ni el decreto pro Armenis es definición dog­mática, como antes hemos dicho (n.224), ni el concilio Tridentino ha definido que la eficacia sacramental de los ritos de la ordenación esté precisamente al decir las palabras «Recibe el Espíritu Santo». Unicamente ha definido que el rito global en el cual se dicen estas palabras no es un rito vacío y vano, sino que comunica el Espíritu Santo.

227. 2) Otros autores, movidos de la autoridad del decreto pro Armenis, han requerido la entrega de los instrumentos para la válida ordenación; pero sin dejar la imposición de manos, que también, se­gún ellos, se requería. Pero esta imposición de manos para el presbi­terado no es la última que se venía haciendo, sino la primera, antes de la prefación consecrataria del ordenando... Entre estos autores se mencionan Berti, Gazzaniga, Tanquerey, Billot, De Guibert y Tymezak 42.

Obsérvese, sin embargo, que algún autor, como H. Noldin, que requiere las dos ceremonias para la validez (la primera imposición

40 S ilv io , ín Suppl. q.37 a.2 q.4; A mbrosio C a th arin o , Quaest. utrum rat. ordin. an vero ratione iurisdic....; M ed in a , De sacrament. homin. contin.1.1 C.21S.39; T oledo , Instruct. sacerdot. tract. de sacram. ordinis c.2; G. V á z­quez, In Summ. d.239 c.3-5; T omás S á n c h ez , Consilia moralia I.7 c .i dub.3; S. R oberto B ela rm in o , De ordine l.i c.9; L essio , De sacram. ordinis c .i dub.5-6; T a n n e r , d.7 q.2 dub.4; C o n in c k , d.20 dub.7; L a ym a n n , De sacramento ordinis c.5; J uan d e Santo T omás, Compendium totius doctrinae christianae p .i c . n ; Sa lm a n tic en ses , Theologia mor alis de sacramentis tract.8 c.3 punct.5; S ilv e st r e M auro , Opus theolog. I.13 tract.29 q.266 n.7s; R e if f e n s t u e l , Theolog. moral, tr.14 d.12 q.2 n.32; C atalan u s, Univers. Iur. Corpus p.3 q.8 c.3; B il l u a r t , De sacram. ordinis d.i a.3; F e r r a r is , Bibliotheca, a la palabra Ordo n.48; W ir c eb u r g en ses , De ordine c.2 a.8. Cf. S o lá , l.c., n.84. .

41 «Accipiat patenam cum oblatis et calicem cum vino, et ponat simul in manibus ordinati cuiuslibet per se» (en el Pontifical Romano ms. de la Biblioteca Colbertina n.4160). Cf. M a r t én e , De antiquis Ecclesiae ritibus1.1 c.8 a.9 n.16.

42 L L . B e r t i , De theolog. disciplinis I.36 c.12; G azzan ica , Praelect. Theolog. dis.8 de sacram. ordinis C .2 .2 7 S ; T a n q u er ey , Synopsis Theologiae dogmaticae, De ordine a.2 n.39; L . B il l o t , De sacramentis 2 th.30; D e G u ib e r t , en BullLitEccl (1919) 81s.150s.1953! T ym e z a k , Quaestiones dis- putatae de ordine 318-341; cf. S olá, l.c., n.84.

P.I c .6 § 5. La imposición de manos, rito esencial

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171

de manos y la entrega de los instrumentos), lo hace no desde un punto de vista teórico y meramente doctrinal, sino desde el punto de vista de lo que prácticamente era esencial y debía hacerse 43 por la probabilidad teórica que entonces tenían los que defendían como esencial la entrega de los instrumentos.

3) Algunos teólogos, como Lugo, Simmonet, Gotti, Amort, Egger, exigían como esenciales las dos imposiciones de manos (la primera y la última) y, además, la entrega de los instrumentos 44.

4) Pai a otros pocos bastaría la disyunción: o bien la primera imposición de manos, o bien la entrega de los instrumentos 45.

Subdiaconado y órdenes menores

C a p í t u l o VII

SUBDIACONADO Y ORDENES MENORES

I. Origen y contenido de estas órdenes 1

228. Para los oficios subalternos de la Iglesia, inferiores al diaconado, no hallamos indicios en la Sagrada Escritura, si no es breve alusión al oficio de leer lo que después otro tiene que explicar (Apoc 1,3).

También aparecen las viudas como servidoras en diferen­tes funciones (cf. 1 Tim 5>3_I6). Pero aquí tratamos de los oficios encomendados a varones, que en el transcurso del tiem-

43 Cf. H. N o ld in , De sacramentis (a. 1925) n.458.44 L ugo, Disputatxones schol. de sacramentis in genere d.2 s.5 n.90-98;

E . S im m onet, Instit. theolog, t r .17 d.3 a .2 ,2 ; G o t ti, Theolog. schol,-dogmat. de sacram. ordinis q.6 d u b .2 .2 ; E. A mort, Theolog. elect. thom. 3 ,19 ; y Theolog. moral, tr .14 ,4 q .2 ; F. E g g er , Enchiridion theolog. dog. t r .12 c.2 n .10 16 ; cf. S olá, l.c ., n.84.

45 F. A m icu s, De sacram. in genere d.2 s.4 y 8 ; d .22 s .5 ; A . D ia n a , Resol, mor. p .3 tr.4 reso l.18 7 ; P-8 t r .i resol.42; M . E sparza , Cursus theolog. I;1 ® q-I°4 a-7 ; I- C ler ic a to s , Deciss. sacram. de sacra ordinatione d.7. C f. S o lá , l.c., n.84.

. 1 Sak7 ° T om ás, Suppl. q.35 a.2; q.37 a.2-3; M. A n d r ieu , Les ordres mineurs dans l’ancien rite romain: RevScRel 5 (1925) 232-274; W. C ro ce , Die mederen Weihen und ihre hierarchische Wertung. Eine geschichtliche btudie: ZkathTh 70 (1948) 257-314; B. F ish e r , Der niedere Klerus bei Gregor dem Grossen: ZkTh 62 (1938) 37-75; J. F o rget , art. Exorciste: D TC 5 1 1 (1913) 1780-1786; L . G odefro y, art. Lecteur: D TC 4 I (1926) 117 -12 5 ; H. L en n er z , De sacramento ordinis, 2.a ed. (Romae 1953) n.77-79.114 -125 ; M. Q u era , El concilio de Trento y las órdenes inferiores al diaconado: EstEcí 4 (1925) 337-358; F. W iela n d , Die genetische Entwicklung der sogenannten «ordines minores» in den drei ersten Jahrhunderten (Freiburg 1897); E m . D o - ronzo, De ordine Tí 3 1 3 -3 7 8 ; L. O t t , Das V/eihesakrament p.9-13; B. Fi- sch er , Esquisse historique sur les ordres mineurs: MaisDieu n.61 (1960) 58-69.

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po fueron considerados propios de clérigos y comunicados en sus respectivas órdenes.

El oficio más importante al principio debió de ser el de lector, para leer con sentido y pausas debidas, sobre todo cuan­do los códices carecían de interpunción.

San Clemente Romano alude al que hace oficio de lector (tóv ávccylyvcóoKOVTa), y desea que se salve 2.

San Justino dice que en las reuniones de los cristianos en domingo se leían los comentarios de los Apóstoles (los evan­gelios y cartas) y los escritos de los profetas 3.

Ya conocemos por la Traditio apostólica (a.215), de Hi­pólito Romano, las órdenes de subdiácono y de lector (cf. n.209). Se decía de ellos expresamente que no recibían en su ordena­ción la imposición de manos. Y es de notar que el oficio del lector se pone allí antes que el de subdiácono4.

Tertuliano conoce el oficio de lector. En su libro De prae- scriptione haereticorum (ca.200) habla de la promiscuidad de oficios sagrados que hay entre los herejes, y escribe: «Así que uno es hoy obispo, mañana otro; hoy es diácono el que maña­na será lector; hoy presbítero el que mañana es laico; porque a los mismos laicos les mandan oficios sacerdotales» 5.

229. Cornelio Papa (251-253) instituyó siete subdiáco­nos 6. Y en carta a Fabio, obispo de Antioquía, menciona to­dos los siete grados del clericato en la Iglesia de Roma, los cua­les después se han conservado en la Iglesia occidental. Es el testimonio más antiguo de todos ellos: obispo, presbíteros, diá­conos, subdiáconos, acólitos, exorcistas, lectores y ostiarios, y dice expresamente que allí en Roma hay un obispo, 46 presbíteros, siete diáconos, siete subdiáconos, 42 acólitos, 52 exorcistas, lectores y ostiarios 7.

San Cipriano escribe (a.25ó) sobre el bautismo, que puede —dice—en caso de necesidad «ser conferido por el clero menor» 8.

San Cipriano conoce, según aparece en sus escritos, los

2 2 Clem. 1 9 , 1 : ed. B A C 3 7 1.3 Apolog. I 67: P G 6,429; R 129.4 Tradit. apost. n . u (lector) n .13 (subdiácono): ed. B o tte , p.66-69.5 De praescript. haer. 4 1 : P L 2 ,56 ; R 300.6 Líber Pontificalis XXI (D u c h esn e , I 148); O t t , l.c., p .13 .7 E u seb io , Hist, eccl. 6 ,43: P G 2 0 ,6 2 iA ; D z 109 (45)-8 De rebaptismate 10 : C S E L 3 ,3 ,8 2 ; P L 3,1195; R 601.

172 P.I c.7 § 1. Subdiaconado y órdenes menores

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Origen y contenido 173

grados del clericato que antes hemos mencionado, hasta el ostiariado exclusive 9.

Durante la persecución de Diocleciano, además de obispos, presbíteros y diáconos, había, según el testimonio de Eusebio, lectores y exorcistas, custodiados en cárceles 10.

Bajo el pontificado del papa Silvestre (314-335), en el III Sí­nodo Romano se mencionan todos los grados clericales meno­res: Si alguno hubiera deseado militar o hacer carrera en la Iglesia, que sea primero ostiario, después lector, luego exorcista, por el tiempo que el obispo señalare; después acólito, probado por cinco años; subdiácono por cinco años, custodio de mártires por cinco años, diácono por otros cinco, presbítero, tres años... 11

230. En los Statuta Ecclesiae Antiqua (459?-473?), des­pués de mencionar cómo se ordena a los obispos, presbíteros y diáconos, se determina la manera de ordenar al subdiácono, sin imposición de manos (en lo cual aparece el carácter no sa­cramental de esta orden), y también cómo debe hacerse la ordenación del acólito, exorcista, lector, ostiario 12. Respecto del oficio del salmista no usa la palabra «ordinatur», como en los anteriores, sino solamente que puede recibir su oficio de can­tar con el solo mandato del presbítero 13. En lo cual se ve que esta función no alcanzaba la categoría de «orden», como las anteriores.

Las Constitutiones Apostolorum (ca.400) mencionan al sub­diácono, al lector, al cantor y a la diaconisa, que pueden ser excomulgados por el diácono, sin que ellos puedan a su vez excomulgar a un clérigo o a un laico. La razón que se da es que son «ministros de los diáconos» 14.

231. Consta, por consiguiente, la diversidad de oficios que hubo en la Iglesia («custos martyrum», viudas, diaconisas, can­tores; también los «fossores»..., además de los ya nombrados), que, seleccionados, llegaron a formar el grupo del subdiaco- nado y de las que hemos llamado «órdenes menores».

Más adelante (a. 1208), en la profesión de fe prescrita a

9 Cf. A. d’Alés, La théologie de Saint Cyprien (París 1922) p.309-319.10 Hist. eccl. 8,6,9: PG 20,756.1 1 M a n si, SS. Concil. 2,1083.12 Dz-ed. J. U m ber g , n. i 53-157.13 Ibid., 158.14 Funk, 1,530; PG 1,1124; R 1236.

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los valdenses, se habla de las «órdenes eclesiásticas», que de­ben ser admitidas tal como está establecido en la Iglesia ro­mana 15.

Desde antiguo, esto es, desde comienzos del siglo xm , el subdiaconado se considera en la Iglesia «orden mayor», tal vez por el adjunto voto de celibato que llevaba consigo 16 (cf. n.515). El concilio Tridentino lo reconoce como tal orden mayor; las demás órdenes inferiores que menciona son las ya sabidas de acólito, exorcista, lector y ostiario 17.

Por esto, en realidad las órdenes son ocho si a estas cuatro órdenes menores se agregan el subdiaconado y las órdenes sa­cramentales del diaconado, presbiterado y episcopado. Si el episcopado se considerara como ápice, los grados para llegar hasta él serían siete.

Ordenes mayores y menores son, según el mismo Tridenti­no, como ciertos grados o escalones por los cuales se tiende al sacerdocio 18.

O ficio y significado de cad a u n a de estas órden es

Subdiaconado232. Lo hemos visto mencionado (n.209) en la Traditio

apostólica de Hipólito, en Cornelio Papa, en San Cipriano, en Ensebio Cesariense, en los Statuta Ecclesiae Antiqua, en las Constitutiones Apostolorum. Y es conocida su institución entre los orientales, donde continuó como orden menor aun después que entre los occidentales pasó a ser orden mayor.

El oficio del subdiácono, como lo sugiere su mismo nom­bre, es ser ayudante y suplente del diácono en lo que toca a la preparación de las oblaciones para el sacrificio; esto es, para recibir las ofrendas que el pueblo presenta, para preparar los vasos sagrados, etc.

El Pontifical Romano marca así los oficios del subdiácono: «preparar el agua para el ministerio del altar, servir al diácono,

1 5 Dz 796 (426).16 Alejandro II (s.xi) incluye el subdiaconado entre las que llama órdenes

sagradas: «ErubesGant impii et aperte intelligant, iudicio Spiritus Sancti eos qui in sacris ordinibus, presbiteratu, diaconatu, subdiaconatu, sunt positi, nisi mulieres abiecerint et caste vixerint, excludendos ab omni eorumdem graduum dignitate» (M a n si, SS. Concil. 19,76).

i? Dz 1765 (958).i 8 Dz 1772 (962).

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lavar las palias y corporales, presentarle el cáliz y la patena que se han de usar en el sacrificio...» También seleccionar de las oblaciones de los fieles la cantidad necesaria y suficiente... El Pontifical establece para los subdiáconos sobre todo ser­vicios del altar, y en la admonición previa a la ordenación se esfuerza en mostrarles el simbolismo del altar, que es Cristo, al que sirven, así como a la Iglesia, Cuerpo de Cristo. Se les dice también que si los fieles se manchan en algo, tienen que procurar purificarlos con el agua de la doctrina celestial.

La ordenación se verifica mediante la entrega y recepción (tocándolos) del cáliz y de la patena vacíos, con las palabras que la acompañan. El arcediano les entrega asimismo las vi­najeras con vino y agua y el lavabo con la toalla. También el obispo, según el Pontifical, después de revestidos con las in­signias de su orden (dalmática), les entrega el libro de las epís­tolas, acompañando el gesto con las palabras indicativas y con la bendición. Las oraciones del rito piden para los subdiáco­nos la diligencia y la fidelidad en el servicio eclesial y que des­cansen sobre ellos los dones del Espíritu Santo.

Los acólitos

233* Según el orden de importancia que señala el Ponti­fical, con el cual se confieren las órdenes menores, el grado inmediato al subdiaconado es el acolitado. El significado de la palabra acólito (ockóAou0os) es «el que sigue», «el que acompa­ña», y, en efecto, el acólito acompaña al sacerdote y diácono llevando las velas para el sacrificio. Según el Pontifical Roma­no, es propio de ellos «llevar el cirial, encender las luces de la iglesia, servir el vino y el agua para la Eucaristía». El rito de la ordenación está precisamente en la entrega del candelabro con la vela apagada y de la vinajera vacía, que ellos tocan con la mano derecha mientras el obispo les dice las palabras que de­terminan el significado de estos gestos.

La admonición previa toma pie de la luz que han de llevar para exhortar a los acólitos a ser «hijos de la luz» y ser luz con el buen ejemplo. Las oraciones de todo el rito formulan sus peticiones para que los ordenandos lleven también la luz en sus buenas costumbres e, iluminados con el rostro divino, sir­van fielmente a la Iglesia.

Significado de estas órdenes 173

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El oficio de acólito era también (recuérdese el tiempo de per­secución y a San Tarsicio) para llevar la Eucaristía a encarcela­dos o impedidos, o a las otras iglesias (el llamado fermentum o partícula de pan consagrado), en una pequeña bolsa apta para ello. Por eso en la ordenación, según el Ordo Romanus VIII, se les daba esta bolsa. Según Mabillon, «los acólitos solían llevar sus bolsas en la misa pontifical, para recoger en ellas las obla­ciones consagradas, tanto las que se rompían en la comunión de los fieles como las que se enviaban a las iglesias o «títulos» con el nombre de fermento». Es el oficio que San Justino atribuye a los diáconos en la Apología I : que llevaban la Eucaristía a los ausentes 19.

Lo s exorcistas

234. La Traditio apostólica de Hipólito Romano menciona para la preparación del bautismo, desde el día en que eran ele­gidos los candidatos para él, exorcismos cotidianos; y, al acer­carse el día del bautismo, el obispo los debía exorcizar. «Impo­niéndoles las manos, que les exorcice todos los espíritus ajenos (alíenos) para que huyan de ellos y no vuelvan más a ellos. Y al acabar de exorcizar, sople sobre su rostro» 20.

Semejantes a estos exorcismos que practicaba el obispo an­tes del bautismo, podían ser otros, realizados por los «carismáti- cos» que se creyeran poseedores del carisma necesario para ejecutarlo. En realidad, bastaba tener tal carisma, si era verda­deramente tal, para conseguir la expulsión de los malos espíri­tus. Los efectos declaraban suficientemente la realidad del po­der para exorcizar. De parecida manera a lo que leemos en la misma Traditio sobre el carisma de curar: «Si alguno dice: 'He recibido en la revelación la gracia de curar’ , no se le impondrá la mano sobre él, porque la realidad misma manifestará si dijo verdad» 21. Con esto se explica lo que leemos en las Constitutio- nes Apostolorum: «No se ordena al exorcista, porque esta alaban­za [éxito] de lucha depende de la libre y buena voluntad y de la gracia de Dios mediante Cristo con la venida del Espíritu Santo. Porque si alguien recibe el carisma de las curaciones, Dios lo

19 M a b il lo n , In Ordine Romano commentarius praevius c.16: PL 78,911.20 Tradit. apost. n.20: B o tte , 78S.21 Tradit. apost. n .14 : B o tte , 68s .

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declara por revelación, y a todos es manifiesta la gracia que hay en él» 22.

235. Sin embargo, lo que al principio no constituía «or­den», sino que era como uno de los oficios de la Iglesia y una de las «clases» dentro de ella, como las «viudas», etc., llegó a ser una orden menor, de la que dan testimonio los libros litúrgicos. El Pontifical Romano le asigna «echar a los demonios y advertir al pueblo que el que no comulga, ceda su puesto; también echar el agua para el servicio de la Iglesia» 23. Se recibe, por consi­guiente, «el poder de imponer las manos sobre los energúmenos; y, por la imposición de las manos, con la gracia del Espíritu Santo y las palabras del exorcismo, los espíritus inmundos son arrojados de los cuerpos de los posesos».

El rito de esta orden consiste en la entrega del libro de los exorcismos, o del Pontifical o Misal en su lugar, y al gesto acompañan las palabras que significan la potestad que se co­munica. La oración y bendición del obispo insiste en la po­testad que se les comunica para que sean spirituales imperato- res para echar los demonios. Tienen que procurar librarse de toda inmundicia de cuerpo y de mente, no sea que ellos su­cumban ante aquellos enemigos que tratan de alejar de otros.

Lo s lectores

236. Este oficio de leer las Sagradas Escrituras al pueblo fue muy importante desde el principio. Viene mencionado expresamente en la Traditio apostólica y en Oriente, junto con el subdiaconado, considerado como orden menor. El oficio de proclamar la palabra de Dios o de pre-leerla al pueblo antes de la homilía, que la explicaba, fue oficio muy estimado. Exi­gía dotes de voz, y mucho más de inteligencia, para descifrar los códices, dar sentido a las lecciones, utilizar las pausas con­venientes y tener la solicitud de que todos oyeran y entendie­ran 24. La lectura del evangelio quedaba, con todo, reservada al diácono. El Pontifical Romano encarga a los lectores leer de manera distinta y clara, para inteligencia y edificación de los

22 Constit. Apost. 8,26: F u n k , 529; So la , l.c., n.62.2 3 Se refiere al agua de la fuente bautismal.24 Acerca de las cualidades de los lectores, sobre su voz y modo de leer,

cf. S. I sidoro H is p a l ., De eccles. officiis 1.2 c.i 1 n .1-5 : P L 83,7913; Etymolog. I.7 c.i2,24s: PL 82,292.

Significado de estas órdenes 177

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fieles, sin error o falsedad, con objeto de que no se corrompa por incuria de ellos la verdad de las divinas lecciones. El mis­mo Pontifical les señala estos oficios: el lector «tiene que leer al que predica y cantar las lecciones y bendecir el pan y los nuevos frutos». A l leer tienen que estar en un lugar eminente de la iglesia, de modo que puedan ser oídos y vistos por todos.

237. El oficio de lector, muy afín al de «salmista» o can­tor, hizo que en ocasiones la schola lectorum fuera también schola cantorum.

El rito de ordenación consiste, de modo similar a órdenes antes mencionadas, en la entrega del libro que tienen que leer, junto con las palabras que expresan el sentido de esta entrega. La Iglesia desea y pide que, si desempeñaren bien su oficio, tengan parte con aquellos «que desde el principio admi­nistraron bien la palabra de Dios». La bendición del obispo que les acompaña pide para ellos que lo que lean lo realicen con sus obras.

Los ostiarios

238. El oficio de guardar las puertas de la iglesia, para abrirlas a los fieles y cerrarlas a los paganos, pedía discreción y firmeza. En caso de peligro, el ostiario o portero debía pre­venir y avisar a la asamblea. Más adelante, pasados los peli­gros de la sociedad pagana circundante, fue también propio de este oficio avisar con el toque de campana la hora de la reunión. Por eso el Pontifical Romano describe este oficio di­ciendo que «el ostiario debe tocar la campanilla y la campana, abrir la iglesia y la sacristía, y también abrir el libro a quien predica». Se menciona este oficio en las Constitutiones Aposto- lorum: «Los ostiarios guarden las puertas por donde entren los hombres, mientras las diaconisas custodien las de las mu­jeres» 25.

El rito de la ordenación consiste en la entrega simbólica de las llaves de la Iglesia, que los ordenandos tocan, mientras el Pontífice recita las palabras que explican el significado de esta entrega. La bendición que después se invoca sobre ellos pide que tengan cuidado fidelísimo de la casa de Dios. El pen­samiento ascético que según el mismo Pontifical debe acom­pañarles es que, mientras abren y cierran con llaves materia-

25 Constit. Apost. 2 ,5 7 ,io s : F u n k , 163.

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N o son órdenes sacramentales 179

les la iglesia visible, así también, con las palabras y los ejem­plos, cierren al diablo la casa invisible de Dios, que son los corazones de los fieles, y la abran al Señor.

II. El subdiaconado y las órdenes menores no son órdenes sacramentales 1

239. A l decir que no son órdenes sacramentales, quere­mos decir que no se confieren mediante un sacramento, como se confieren el episcopado, presbiterado y diaconado.

Pero, para evitar todo equívoco, no negamos que en el rito de administración del subdiaconado y órdenes menores no haya «sacramentales», esto es, bendiciones de la Iglesia, que imploran sobre los ordenandos y constituidos en un ser cle­rical las gracias de Dios para desempeñar los oficios encomen­dados 2.

Tampoco se niega, antes lo afirmamos con la Iglesia 3, que el subdiaconado sea orden sagrada. La nomenclatura de orden sagrada y la división entre órdenes sacras y no sacras parece provenir de la relación que tiene la orden con lo que es sagra­do por excelencia: la santísima Eucaristía. Por eso el episco­pado y el presbiterado, que incluyen el sacerdocio, directa­mente ordenado al sacrificio eucarístico, son órdenes, sacras; asimismo el diaconado, porque se endereza al servicio y mi­nisterio del altar. Más adelante entró la duda sobre el subdia­conado. Mientras parecían negar su índole sacra Hugo de San Víctor y Pedro Lombardo4, Santo Tomás puso de manifiesto su relación con la Eucaristía 5, supuesto que, como hemos di­cho (n. 23 2), al subdiácono se le encomiendan los vasos sa­grados.

Inocencio III estableció de una manera definitiva que, «aun­que el subdiaconado no se consideraba orden sagrada en la Iglesia antigua, sin embargo, por costumbre de [los Papas]

1 Gf. D oronzo, De ordine II 378-445; F. S o lá , De sacramento ordinis n.60-79; y los autores citados en la nt.i del párrafo anterior (n.228).

2 Sobre las bendiciones «constitutivas» puede verse M. N ico lau , Teolo­gía del signo sacramental (Madrid 1969) n.475ss.

3 Codex Iuris Canonici cn.949.4 H ugo de S. V ícto r , De sacramentis 1.2 p.3 c.13; P edro L ombardo,

4 Sent. dist.24 n.9.5 In 4 Sent. dist.24 q.2 a.i solut.3.

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Gregorio y Urbano, en los tiempos modernos no se pone en duda que sea grado sacro»6.

Este carácter sagrado de la ordenación subdiaconal venía reforzado por la ley del celibato que debían aceptar libre­mente los que quisieran ordenarse 7. Con ella quedaban agre­gados a los clérigos mayores y en mayor consideración ante la Iglesia. Esta mayor consideración se puso de manifiesto cuan­do Inocencio III permitió que los subdiáconos pudieran ser elegidos para obispos, lo mismo que los diáconos y sacerdotes 8; lo cual ya había ciertamente permitido el concilio de Bene- vento (a. 1091), pero como cosa «rarísima», si lo exigían las circunstancias 9.

Opiniones diversas

240. I. En la Edad Media, una vez formuladas de ma­nera clara las siete (u ocho) órdenes eclesiásticas, hubo mu­chos teólogos que propugnaban la sacramentalidad del sub­diaconado y de las demás órdenes inferiores. Entre estos teó­logos estaban Santo Tomás, Escoto y San Buenaventura 10 11. El pensamiento de Santo Tomás es que «en la Iglesia pri­mitiva, por el escaso número de los ministros, todos los mi­nisterios inferiores se encomendaban a los diáconos, según consta por Dionisio... n , donde dice que 'unos ministros es­tán de pie a las puertas cerradas del templo, otros realizan otra cosa propia de su orden, mientras otros presentan a los sacerdotes sobre el altar el pan y el cáliz de la bendición’ . Todas estas potestades estaban, sin embargo, en la única po­testad del diácono, pero de una manera implícita. Más adelan­te se amplió el culto divino, y la Iglesia, lo que tenía implícito en una orden, lo explicitó en diversas órdenes» 12.

Gran fuerza e influjo ejerció en la Edad Media la autori­dad del Pseudo-Dionisio, a quien se consideraba contempo­

6 Decret. l . i t it.18 c .7 : ed. F r ie d b e r g , 2 ,14 3 .7 Gf. A leja n d ro II: M a n si, SS. Concil. 19,76; supra n.231.8 Decret. l . i t it .14 c.9 : ed. F r ie d b e r g , 2 ,12 8 .9 M a n s i, SS. Concil. 20,7385.

10 Santo T omás, Suppl. q.35 a .2 ; q .37 a .3s ; In 4 Sent. dist.24 q.2 a.7 q .3 ; E scoto , In 4 Sent. dist.24 q . i ; San B uen a ven tu ra , In 4 Sent. dist.24 q .2 a .i q .1-4 .

1 1 Cf. De eccles. hierarch. c.3 p.2: PG 3,425.12 Suppl. q.37 a.2 ad 2.

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ráneo de los Apóstoles 13, y el ver designados en la Eclesiás­tica Hierarchia muchos de los oficios clericales debió de indu­cir a darles mayor antigüedad de la que realmente tenían y a ligarla con la práctica apostólica.

Por otra parte, el rito de colación del subdiaconado y de las órdenes menores, con la entrega de los instrumentos y las palabras que la acompañaban, ofrecían en aquellos tiempos, en que se cultivó la teoría de la materia y forma de los sacra­mentos 14, una gran semejanza y analogía con las órdenes del presbiterado y diaconado. Por donde no es de extrañar que esta opinión, tan extendida entonces, la de la sacramentalidad de las órdenes inferiores, se refleje en el decreto pro Armenis, en el cual se lee: «El sexto sacramento es el orden, cuya ma­teria es aquello por cuya entrega se confiere la orden; así como el presbiterado se confiere por la entrega del cáliz con vino y de la patena con pan; el diaconado, por la entrega del libro de los evangelios; el subdiaconado, por la entrega del cáliz va­cío con la patena vacía encima de él, y semejantemente de las demás órdenes por la asignación de las cosas que pertenecen a los respectivos ministerios. La forma del sacerdocio es: 'Recibe poder de ofrecer sacrificio...’ Y así de las formas de las otras órdenes, según se contiene largamente en el Pontifical Ro­mano...» 15

241. Sin embargo, todas estas razones no fuerzan, a nues­tro juicio, a admitir la sacramentalidad de las mencionadas órdenes inferiores. Los mismos defensores medievales reco­nocen en ocasiones que las razones no son apodícticas. Se ha discutido también sobre la opinión definitiva de Santo To­más 16. Otros autores han seguido esta opinión, pero dándola

13 Han sido diversas las opiniones sobre la personalidad del Ps.-Dioni- sio. Cf. J. St ig l m a y r , en L T K (i.a ed.), 3.335a, el cual pensó que era el pa­triarca de Antioquía Severo; E. E lo r d u y , ¿ E s Ambrosio Sakkas el Pseudo- Areopagita?: EstEcl 18 (1944) 501-557; M. V il l e r -K . R a h n er , Aszese und Mystik in der Váterzeit (Freiburg i. B. 1939) P.230S. Santo Tomás le cita más de 1.700 veces; es el autor de su confianza; cf. M. V il l e r - K. R a h n er , ibid., p.232. Por esto el influjo del Pseudo-Dionisio es innegable y profundo. Y no sin fundamento, aunque exageradamente se le ha llamado «Padre de la mística cristiana». Cf. J. St ig lm a y r , Aszese und Mystik des sog. Dionysius Areopagita: Scholastik 2 (1927) 161-207.

14 Cf. Teología del signo sacramental n.265-281.1 5 Dz 1326 (701).16 Cf. P esch , Praelect. dogm. 589; S o la , l.c., n.69.

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sólo por probable o más probable. Tales, San Roberto Belarmi- no, Billuart, los Wirceburgenses, Billot, Van Noort, Tanque- rey, Galtier, Hervé, Timezak 17.

No consta, sin embargo, históricamente del origen apostó­lico de estos oficios y órdenes inferiores como incluidos en el diaconado. Los diáconos ejercitaban su función propia de ser­vicio, y no aparecen ejercitando los oficios de ceroferarios, exorcistas, ostiarios, etc. Estos oficios subalternos fueron di­versos y variables con el tiempo; sólo poco a poco fueron deli­mitándose y definiéndose por la acción de la Iglesia, hasta que ésta llegó a constituirlos en orden clerical. Inicialmente parece que eran desempeñados por laicos y por carismáticos. La institución implícita por Jesucristo, en la institución del diaconado, no acaba de probarse.

242. En cuanto al decreto pro Armenis, cuya autoridad ha conmovido a muchos, ya hemos hablado del valor doctri­nal que, a nuestro juicio, se le debe atribuir (cf. n.224). No pasa de ser una instrucción práctica, proponiendo lo que se hace comúnmente en la Iglesia latina.

Se dirá, no obstante, que después de recibir las órdenes menores, en el caso de reducción al estado laical, si pasando el tiempo el candidato pretende de nuevo la incorporación al clero y al sacerdocio, ya no se repite la colación de las mencio­nadas órdenes menores, sino que la primera recepción se tie­ne por válida y duradera. Lo cual parece indicar que aquella ordenación había impreso carácter, y que esto sería signo de un sacramento recibido con ellas. Sin embargo, la no iteración de un rito eclesiástico no supone que aquel rito haya impreso carácter, sino que puede ser por otras razones, por ejemplo, por no repetir lo que santamente ya se había hecho y porque la oración de la Iglesia sigue teniendo eficacia para el futuro. Tampoco se repite la consagración de vírgenes, la tonsura cle­rical, etc., y es claro que no imprimen carácter.

17 S. R oberto B ela rm in o , De ordine c.8 ; B ill u a r t , De ordine d.i a.3; W ir c e b u r g e n se s3 10,335-344; L . B il l o t , De sacramentis 2 th.29; V an N oort, De sacramentis 2 n.2i6s; T a n q u er ey , Synopsis theolog. dogm. 3, 565S; P. G a l t ie r , Imposition des mains: D TC 7,14183; H e r v é , Manuale theolog. dogm. 4 n.4ois; T ym e z a k , Quaestiones disputatae de ordine 84S. Otros autores, como M ed in a (cf. B en ed icto s XIV, De synodo 1.8 c.g n.4), N avarro fManuales c.22.18), V ázquez (In 3 p. d.238 c.2.13), negando la sacramentalidad de las órdenes menores, únicamente la pretendían para el subdiaconado. Cf. S o la , l.c., n.64.

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243. II. Es hoy día muy común la sentencia de los que niegan ser sacramento las órdenes inferiores del subdiaconado y órdenes menores. En la Edad Ldedia ya la habían defendido Hugo de San Víctor, el Maestro de las Sentencias, Durando, Graciano 18, y posteriormente Benedicto X IV , San Alfonso M a­ría de Ligorio; canonistas como F. X. Wernz, Gasparri y mu­chos teólogos 19.

Las razones para esta sentencia son:i . a La diversa manera como se habla del subdiaconado

y lectorado en los documentos antiguos. Expresamente dicen la Traditio apostólica y los Statuta Ecclesiae Antigua que no se ordenan por imposición de manos (cf. n.209 y 213), lo cual es marcar la diferencia esencial con los ritos de origen apostólico en la ordenación de obispos, presbíteros y diáconos, de índole sacramental (cf. n.204.206.208), que se realizaba por lai im­posición de manos, rito que siempre se retuvo en la Iglesia para tales ordenaciones.

En una carta del diácono Juan a Senario de Ravena, de prin­cipios del siglo VI, hablando de la ordenación de subdiácono según el rito romano, tampoco menciona la imposición de ma­nos, sino sólo la entrega del cáliz: «... entre nosotros—dice— éste es el ordo que, una vez recibido el santísimo cáliz en que el Pontífice acostumbra inmolar el misterio de la sangre del Señor, ya se le llame subdiácono» 20.

Posteriormente ha continuado la ordenación por la no-im­posición de manos.

La ordenación de subdiácono, y mucho más la de los clé­rigos inferiores, ha venido verificándose en la Iglesia latina sin imposición de manos. En la Iglesia griega no es rara la orde­nación para cargos inferiores mediante la imposición de ma­nos, según antes hemos dicho (n.2i5). Pero en la Iglesia lati­na se ha excluido de semejantes ordenaciones este rito, si­guiendo fielmente lo que ya se encargaba en la Traditio apos­tólica y en otros documentos (cf. n.209.213).

18 H ugo de S. V ícto r , De sacramentis 1.2 p.3 c .12 ; P edro L ombardo, 4 Sent. dist.24; D urando , In 4 Sent. dist.24 q .i n .2 ; q.2 n .6 ; G racian o , d .2 1 ; cf. So lá , l.c., n.64.

1 9 B en ed icto s X IV , De synodo 8,9; S. A lfonso M . d e L igo rio , Theolog. moral. 3 1.6 tr.5 c.2 11.736S; W e r n z -V id a l , Ius canonic. 4,206-216; G a s- pa r r i, De sacra ordinatione n .4 1. C f. S o lá , ibid.

20 E d . W ilm a r t , Analecta Reginensia p .17 6 ; P L S9,405Á ; M . A n d r ie u , Les Ordines Romani du haut mayen age I II (Louvain 196 1) p .5 53 -

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El Ordo 16, de los editados por Marténe 21, hablando de la ordenación de subdiácono, no menciona entre las rúbricas la imposición de manos, siendo así que la menciona para la ordenación del diácono 22. El Ordo 17 recuerda y repite la co­nocida frase de que «el subdiácono, cuando se ordena, no re­cibe la imposición de manos...»23, etc. (cf. n.209.213).

244. 2.a Las palabras con que se entregan los instru­mentos de cada una de estas órdenes inferiores no expresan la comunicación del Espíritu Santo, que es propia de todo rito sacramental.

3 .a La aparición tardía de algunas de estas órdenes (s.m) excluye la idea una institución apostólica, o por mandato de los Apóstoles, en tiempo posterior a ellos. Mucho más excluye una institución inmediata por Jesucristo, que los teólogos, ba­sándose en el concilio de Trento 24, tienen por necesaria en todos los sacramentos 25.

Se confirma la no-institución por Jesucristo ni por los Após­toles en el hecho de que en la Iglesia oriental no existieron ni existen hoy las mismas órdenes inferiores que tiene la Igle­sia latina. Conservan únicamente de las órdenes latinas el sub­diaconado y lectorado. No es concebible en una Iglesia tan tradicional que no conservara las demás órdenes, si realmente hubieran sido instituidas por Jesucristo o por los Apóstoles o prescritas por su mandato.

En el concilio de Benevento (a. 1091), en tiempos de Ur­bano II, no se admitieron como «órdenes sagradas» el subdia­conado y las órdenes menores, sino solamente el diaconado y presbiterado. No se habla del episcopado. Porque se establece que nadie sea elegido obispo si no ha sido probado en las ór­denes sagradas: «Llamamos órdenes sagradas—continúa—al

21 E. M a r t é n e , De antiquis Ecclesiae ritibus libri tres, ed. novissima (Antwerpiae 1763).

22 Ibid., II 79. A l subdiácono se le dice: «Accipe patenam et calicem salutaris ad offerendum diácono ante altare Domini...» (ibid., p.79).

23 Ibid., p.84.24 Sesión 7 (3 marzo 1947), Decret. de sacramentis cn.i: Dz 1601 (844)..

Siendo este decreto contra los protestantes de la época, piensan los teólogos- que e j decreto se refiere a la institución inmediata de los sacramentos por Jesucristo.

25 Sobre los problemas a que esto da lugar y sobre la manera de conce­bir esta institución, nos remitimos a Teología del signo sacramental 0.415-447»

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diaconado y el presbiterado. Porque sólo éstos leemos que tuvo la primitiva Iglesia; sólo de ellos tenemos mandato del Apóstol»26.

En la edad patrística postnicena

C a p í t u l o VIII

CO N CIEN CIA SA C ERD O TA L E N L A EDAD P A T R IST IC A P O ST N IC EN A

245. En los capítulos anteriores hemos podido conocer la conciencia sacerdotal de los primeros siglos de la Iglesia, tanto por las Sagradas Escrituras del N .T. como por los primeros documentos escritos del cristianismo: Padres apostólicos, apo­logistas, obispos y escritores de los tiempos primeros, litur­gias de las Iglesias, etc.

Deseamos ahora recoger algunas muestras de la misma con­ciencia sacerdotal que vivió pujante en los Padres de la Iglesia durante los siglos posteriores al concilio de Nicea (a.325), auscultar los latidos de aquel mismo espíritu que había alen­tado en los siglos primitivos h

Aunque los materiales para intentar esta síntesis de las ideas sacerdotales durante los siglos iv en adelante son mate­riales abundantes, faltan, sin embargo, monografías y estudios particularizados que faciliten el intento.

26 Dz 703 (356).

1 J. M. R ayn au d , Le prétre cL’aprés les Peres, 12 vols. (Toulouse 1843) (recopilación de textos de los SS. Padres sobre el sacerdocio); G. Dix, Le ministére dans l’Église ancienne (des années 90 á 410) (Neuchátel 1955)'> A . B a rd y , Le sacerdoce chrétien d’aprés les Peres apostoliques: Supplém. Vie Spirituelle 53 (1937) 1-28; Id., Le sacerdoce chrétien du Ier au V e siécle, en «Prétres d’hier et d’aujourd’hui» (París 1954); !• D a n ié lo u , Le ministére sacerdotal chez les Péres grecs, en «Études sur le sacrement de l’ordre» (Pa­rís 1957) p.147-160; I. O ñ a t ib ia , Introducción al estudio de la doctrina de los Santos Padres sobre el ministerio sagrado, en «Teología del sacerdocio» vol.i (Burgos 1969) p.93-122; M. A u g e , E l sacramento del orden según los Concilios españoles de los siglos IV -V II: Claretianum 5 (1965) 75*93> Gt. B a r­d y , art. Diacre. II. A l’époque patristique: Catolicisme 3 (1952) 728-732; J. L é c u y e r , art. Épiscopat: DictSpirit 4 (1960) 884-898; H. L e n n e r z , De sacramento ordinis n.38ss. Abundan en documentación patrística D . P etau (Petavius), De ecclesiastica hierarchia libri quinqué (París 1643); C . C h ar- don, Histoire des sacrements, 6 vols. (París 1745); M ig n e , Cursus theologi- cus vol.20 (París 1840) 1- 115 2 ; G. V. B o lg e n i, L ’episcopato ossia della potestá di governar la Chiesa (Roma 1789). Bibliografía más particular so­bre algunos Santos Padres (San Ambrosio, San Agustín, San Isidoro) en la nt.88 de este capítulo.

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186 P.l c.8 § 1. En la edad patrística postnicena

I. La gracia del Espíritu Santo, comunicada por la imposición de manos

246. La imposición de manos como transmisión de una potestad y de un espíritu había quedado muy señalada en los primeros siglos. Los Padres del período que ahora estudiamos continúan viendo en la imposición de manos efectos sacra­mentales de poder y de santificación. Ya hemos visto a San Basilio (n.211) que reconocía (a.374) «el don espiritual» que recibían por la imposición de manos aun aquellos que se apar­taban de la Iglesia2. San Gregorio Niseno (ca. 335-394) des­cribe bellamente el cambio obrado por la ordenación: Así como el pan es pan común antes de la consagración y después de ella se hace cuerpo de Cristo, y así como el aceite y el vino antes de la bendición son de poco valor, pero después de san­tificarlos con la bendición que procede del Espíritu producen efectos excelentes; así también «la misma fuerza de la palabra hace al sacerdote augusto y digno de honor, apartado del co­mún del vulgo por la novedad de la bendición. Porque el que ayer y antes era uno de la multitud y de la plebe, de repente se hace doctor, presidente, maestro de la piedad, conductor de iniciados en los misterios latentes. Y todo esto le acontece a él sin ningún cambio ni en su cuerpo ni en su figura, sino que, por lo que toca al aspecto externo, es el mismo que era, pero llevando un alma invisible transformada en mejor por una cierta invisible fuerza y gracia» 3.

Lucífero de Cagliari ( f 370-371) pondera el efecto de la or­denación: «Porque no podría llenarse de la virtud [fuerza] del Espíritu Santo para gobernar el pueblo de Dios sino aquel que a Dios se hubiera allegado y a quien le hubiera sido impuesta la mano por los obispos católicos; así como encontramos por su­cesor de Moisés, después de la muerte de éste, y lleno del Espí­ritu Santo, a Jesús Navé» 4.

247. «No son tales las cosas que Dios concede—dice (393-7) San fuan Crisóstomo—que se realicen por la fuerza del sacerdote. Todo es por gracia; del sacerdote es sólo abrir la

2 Epist. 188, c n .i: PG 32,668; R 919.3 Orat. in bapt. Christi: PG 46,581; R 1062.4 Pro Sancto Athanasio l . i : P L 13,829.

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187

boca, pero todo lo obra Dios; el sacerdote únicamente realiza el símbolo...»5

La misma gracia interior reconoce, como efecto de las órde­nes, San Gregorio Magno (540-604): Partiendo de la compara­ción de Saúl, a quien Dios cambió el corazón después que Sa­muel le hubo ungido, añade: «De los doctores de la Iglesia re­cibimos en lo exterior los sacramentos de las órdenes sagradas; pero, en lo interior, por el Dios omnipotente somos fortalecidos por la virtud [fuerza] de los sacramentos. La virtud [fuerza] de los sacramentos es la gracia del Espíritu septiforme. Los que reciben esta gracia quedan transformados como si hubieran recibido otro corazón; porque aquellos a quienes el Espíritu Santo robus­tece con su gracia, hace que en seguida sean lo que no eran» 6.

II. La potestad sagrada del sumo sacerdote u obispo

248. Este aspecto sagrado y sacramental de la ordenación lo reconocen los Padres en el sacerdocio. Con esta palabra en­tienden la dignidad y el oficio que residen en el sumo sacerdote u obispo y también en el presbítero; si bien es corriente designar con la palabra sacerdote al obispo. Los presbíteros son también sacerdotes, aunque de segundo grado, colaboradores del orden episcopal (cf. n.2o6s.42iss).

Véase, por ejemplo, cómo San León Magno en uno de sus sermones (a.440-461) ensalza el «sacramento del sacerdocio» en los prelados: «Cuando este sacramento del divino sacerdocio llega también a las funciones humanas, no va por el camino (trami- tem) de las generaciones, ni se elige lo que produjeron la carne y la sangre, sino que, una vez que ha cesado el privilegio de los Padres [en el A .T .] y se ha pasado por alto el orden de las fa­milias, la Iglesia recibe como rectores a aquellos que preparó el Espíritu Santo, para que en el pueblo de la adopción divina, cuya totalidad es sacerdotal y real, no se dé la unción por pre­rrogativa de origen terreno, sino que la dignación de la Iglesia celestial sea la que engendre al prelado (antistitem)» 7.

249. La función evangelizadora se miró desde el principio como muy propia de los obispos. El opus fac evangelistae que

5 In 2 Tim. hom. 2,4: PG 62,612.6 In 1 Reg. I.4 c.5: P L 79,299.7 Serm. 3 c .i: PL 54,145; R 2190.

La gracia comunicada por la imposición de manos

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San Pablo recomendaba a Timoteo (2 Tim 4,5) ha sido en este período norma muy marcada para los obispos, que de palabra y por escrito no han cesado de predicar. San Hilario, San Cri- sóstomo, San Ambrosio y San Agustín... son ejemplos de este incesante predicar del obispo. La mayoría de los Santos Padres del tiempo que estudiamos veía también la plenitud de su sacer­docio en el ministerio de la palabra. Es muy probable que, por esta preeminencia del oficio de predicador en el obispo, se os­cureciera la cooperación de los presbíteros en el ministerio de la predicación, al que eran también tributarios por ser coopera­dores del orden episcopal. Pero el ministerio de la palabra es por su naturaleza más difícil que el ministerio del culto senci­llo, que los presbíteros practicaban en las villas y en las ciuda­des. Con el tiempo llegaría a hacerse rutinario en muchos, sin suficiente conexión con la predicación, que se descuidaba 8. Lo cual daría pie para una visión casi meramente cultual en el mi­nisterio.

250. Aunque en el obispo y en el presbítero reconocen los Padres la función sacerdotal, la diferencia que establecen entre uno y otro la ven principalmente en la potestad de ordenar que tiene el obispo y que no tiene el presbítero.

Así aparece claramente en un famoso texto de San Jerónimo que más adelante consideramos (n.255). Los oficios del obispo y del presbítero son comunes, excepto el ordenar.

También San Jerónimo atribuye expresamente a obispos y presbíteros la potestad de perdonar pecados: «Así como al le­proso en el A .T . el sacerdote lo declaraba limpio o inmundo, así también aquí ata y desata el obispo y el presbítero, no a aque­llos que son inculpables o culpables, sino que, por razón de su oficio, después de oír las variedades de los pecados, saben a quién hay que atar y a quién desatar» 9.

En los llamados Cánones de Hipólito (ca. 500) leemos asi­mismo que «el obispo se equipara en todas las cosas al presbí­tero, excepto en el nombre de cátedra y en la ordenación, por­que a éste no se le comunica el poder de ordenar» 10.

8 Cf. H. B e c k , The pastoral care of souls in South-East France during the Sixth Century (col. Analecta Gregoriana 5 1) (Roma 1950) p.267-269; O ñ a t ib ia , l.c., p .12 0 .

9 In Mt. Comm. (a.398) I.3 c.16 v.19 : P L 26,118; R 1386.30 Cn.32: «Texte u. Untersuchungen» VI 4 (Leipzig 1891) 39SS; L e n -

NERZ, I.C., n .17 .

P.I c.8 § 2. En la edad patrística postnicena

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189

La autoridad sagrada del obispo queda muy de relieve en los textos litúrgicos de este período. Ya en el período anterior de los tres primeros siglos habíamos observado (cf. n.i49ss. 20 4 S ) cómo la Traditio apostólica y diferentes Padres veían en los obispos a los sucesores de los Apóstoles que, mediante su consagración episcopal, habían adquirido la plenitud del sacer­docio y eran embajadores plenipotenciarios de Cristo. La «or­den» del episcopado era presentada como la orden del «aposto­lado» 11 .

251. Desde que con la paz constantiniana se concedió la libertad a la Iglesia para predicar su doctrina y practicar su culto, la figura del obispo representante de las comunidades cristianas, y responsable de ellas, cobró relieve ante las autori­dades civiles y administrativas. Estas apoyaron la autoridad de los obispos y, a su vez, querían apoyarse en ellos. Sin embargo, la reacción eclesiástica en el segundo concilio Niceno (a.787) prorrumpirá en la norma de que «toda elección de un obispo, o presbítero, o diácono, hecha por los príncipes [reyes], sea írrita, según la regla [en. apost.30]...» 12. Con el correr de los siglos, la «cátedra» episcopal pasará a ser «trono» episcopal.

Si la Didascalia (antes del a.250) había ensalzado sobrema­nera la autoridad episcopal, las Constitutiones Apostolorum (ca. 400), en el rito de la ordenación episcopal, señalaban también explícitamente las altas potestades del obispo: «Dale, Señor om­nipotente, por tu Cristo, la participación del Espíritu Santo, para que tenga el poder de perdonar los pecados según tu man­dato, de constituir los cargos clericales según tu precepto, de desatar todo vínculo según la potestad que diste a los Apósto­les...» 13 «El obispo sea ordenado por tres o dos obispos...» 14 La preeminencia local del obispo la manifiestan estas palabras: «El obispo bendice, no es bendecido. Impone las manos, orde­na, ofrece. Recibe la bendición de los obispos, pero no de los presbíteros. El obispo depone a todo clérigo que lo merezca, excepto a un obispo, porque esto no lo puede él solo» 15.

1 1 J. L é c u y e r , L a gráce de la consécration episcopale: RechScPhTh 36 (1952) 389-417-

12 Dz 604 (305).13 Constit. Apost. 8,5,7: ed. F u n k , 1,476; PG 1,1073; R 1234,14 Ibid., 8,27,2: F u n k , 1,530; PG 1,112 4 ; R 1235.15 Ibid., 8,28,2: F u n k , 1,530: PG 1,112 4 ; R 1236.

Potestad sagrada del obispo

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Por lo que toca al oficio, ya bien establecido del presbítero, se dice: «El presbítero bendice, no es bendecido; recibe la ben­dición del obispo y del copresbítero y la da igualmente al co- presbítero. Impone las manos [para bendecir y la penitencia]; no ordena (x^poToveí)...» 16

Las liturgias más antiguas, como la Traditio apostólica, des­arrollan largamente lo tocante a la consagración del obispo. Se diría que en ella está el «principal analogado» del sacerdocio vi­sible que hay en la Iglesia. La ordenación de los presbíteros y de los diáconos seguirá las líneas principales marcadas en la consagración episcopal.

Fue tal la uniformidad en recibir las órdenes del episco­pado, presbiterado y diaconado como sacramentos, que como tales sacramentos conservaron estos grados jerárquicos aquellas confesiones orientales que se separaron de la Iglesia en el si­glo v 17.

P.I c.8 § 3. E?2 la edad patrística postnicena

III. El oficio diaconal

252. La conciencia del oficio diaconal como grado jerárqui­co, obtenido de modo similar al episcopado y presbiterado, se manifestaba en las explicaciones de los Padres, que veían en Act 6,6 la ordenación de los diáconos. Son San Juan Crisósto- mo, San Jerónimo, San Agustín, San Isidoro... 18, que sienten lo mismo que San Ireneo, Eusebio, San Cipriano, antes men­cionados (cf. n.147). Asimismo aparece la índole sacramental de este oficio en las liturgias de ordenación de diáconos, por las cuales se constituían con rito análogo al de consagrar obispos u ordenar presbíteros, esto es, mediante la imposición de manos y la oración. Conocemos ya lo que dice la Traditio apostólica respecto de la ordenación de diáconos y cómo el obispo, al imponer las manos, pide el Espíritu de gracia sobre el nuevo diácono, precisamente para servir en la Iglesia (cf. n.208).

16 Ibid.1 7 D e n z in g e r , Ritus Orientales 1,129 ; F. S o la , De ordine4 n.13.18 S. J uan C risóstomo , Jn Act. hom. 14,3 (PG 60,116); S an J er ó n i­

mo, Epist. 146,2 (PL 22,1194); San A g u stín , Jn Jo. evang. tr.109,5 (PL 35, 1919); San I sidoro , De ecclesiasticis officiis 1.2 c.8 n.2 (PL 83,789). Sobre el oficio diaconal en la historia, puede verse G. B a r d y , art. Diacre. II. A l’époque patristique: Catholicisme 3 (1952) 728-732; W. C r o c e , Histoire du diaconal, en «Le diacre dans l’Église et le monde d’aujourd’hui (colee. Unam Sanctam 59) (París 1966) p.27-61.

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El oficio diaconal 191

Así se manifestaba ser un rito significativo y eficaz de gra­cia habitual.

253. Esta misma coordinación, por razón del efecto sa­cramental, con el oficio de los presbíteros, parece descubrirse en el concilio de Antioquía (a.341), que permite a los «corepis- copos», esto es, «obispos de la región» (en pueblos vecinos), que ordenen lectores, subdiáconos y exorcistas; pero no pres­bíteros y diáconos 19. La razón de excluir la ordenación de diáconos no parece ser otra que la analogía sacramental con los presbíteros.

San Siricio (a.385) incluye también a los diáconos (levitas) con los sacerdotes en las obligaciones del celibato 20. Y del diaconado, como de una orden sagrada que posibilita canóni­camente, así como el presbiterado, para poder ser elegido obispo, escribirán una declaración los Padres del concilio de Benevento (a. 1091) 21.

San Ambrosio (ca. 340-397), aunque aludiendo al A .T ., habla del diaconado como de algo que ha santificado a los le­vitas: «No es mediocre oficio el de los 'levitas'... Sabemos que no se cuentan los levitas entre los demás, sino que tienen la preferencia sobre todos, los que son elegidos de entre todos y santificados»22.

El ordenar los diáconos en número de siete (cf. n.229) pa­rece ser recuerdo de la ordenación de los «siete» por los Após­toles, y confirmación de la ordenación diaconal que en ella veían y hemos visto nosotros. El concilio de Neocesarea (a.314- 325) dice: «Los diáconos tienen que ser siete por regla, aun cuando se trate de una gran ciudad» 23.

IV. Diferencia entre el obispo y el presbítero

254. Fue tal el crédito y el honor en que estuvieron los diáconos como servidores de los obispos y una cosa con ellos, que llegaron algunos a pretender superioridad sobre los pres­bíteros.

19 G n .io : M a n si, SS. Concil. 2 , i 3 i i s .20 Dz 185 (89).2 1 D z 7 0 3 .(356).22 De officiis (post a.386) 1,24 9 : P L 16 ,10 5 .23 C n .14 : M a n si, 2,546.

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La llamada «rebelión de los diáconos romanos»24 es ín­dice de semejantes pretensiones; contra las cuales el concilio de Arlés (a. 314) les dice que no presuman ofrecer sacrifi­cio (en. 15) y que los de las ciudades guarden reverencia a los obispos (en. 18) 25. El concilio de Nicea (a.325) les recuerda (en. 18) que no comulguen antes de los presbíteros ni se sien­ten en medio de ellos 26.

Son conocidos a este propósito los textos del anónimo Am- brosiaster (a.370-5) y de San Jerónimo. En su empeño por de­fender la superioridad del presbítero sobre el diácono, llegan casi a equiparar a aquél con el obispo.

Dice el Ambrosiaster: «¿Qué es el obispo sino el primer presbítero, esto es, el sumo sacerdote? Este los llama no de otra manera que copresbíteros y cosacerdotes suyos. ¿Es que el obispo dice a los ministros sus codiáconos? No ciertamente, porque son muy inferiores» 27 28.

El autor anónimo de este escrito propone una participa­ción común en el sacerdocio que hay en el obispo y en los pres­bíteros (cosacerdotes, copresbíteros) por la función sacrificadora que, sin duda, hay en uno y en otros; asi como participan uno y otros en el poder de orden para perdonar pecados y ungir a los enfermos. Pero nótese que el Ambrosiaster no afirma la igualdad de obispos y presbíteros en la dignidad o en el poder. Porque el obispo—dice—es el primer presbítero, es el sumo sacerdote.

El Ambrosiaster afirma, poco después del texto ya citado, que «en Alejandría y por todo el Egipto, si falta el obispo, confirma [ consignat] el presbítero»2 .

En otros dos escritos, que se atribuyen al mismo autor anó­nimo, propone parecidos pensamientos: «Una es la ordenación del obispo y del presbítero. Porque uno y otro es sacerdote; pero el obispo es el primero. De suerte que todo obispo es

24 c f . F . P r at , Les prétentions des diacres romains au quatriéme siécle: RechScRel 3 (1912) 463-475.

2 5 M a n si, 2,473.26 M a n si, 2,675.27 Líber quaestionum c. i o i : P L 35,23053.28 Quaestio 10 1: CSEL 50,196. El consignat se refiere al sacramento

de la confirmación, conferido por presbíteros, según consta por otros tes­timonios. En todo caso, a una función que, de ordinario, realiza el obispo. Lo cual repite el A m bro siaster en el Comentario de la carta a los Efesios: In Eph. 4 ,11- 12 : P L I7.409S.

P.I c.8 § 4■ En la edad patrística postnicena

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presbítero; pero no todo presbítero es obispo, porque aquel es obispo que es el primero entre los presbíteros». Y explica a continuación cómo Timoteo, a quien supone ordenado de presbítero [¿por qué no de obispo?], por no tener delante de sí a otro, era obispo [de Efeso]... 29 «Los primeros presbíteros se llamaban obispos; de manera que, al irse, le sucediera el siguiente» 30.

En estos otros escritos, por consiguiente, subsiste la dife­rencia de categoría entre obispo y presbítero; pero se afirma que la vacante del obispo se ocupa por antigüedad de los pres­bíteros, hasta que más adelante se cambió la forma de suce­sión por razón de la indignidad de los presbíteros, que ocupaba el primer puesto. Aunque la elección para el cargo de obispo durante algún tiempo dependió de la antigüedad, si creemos el testimonio de este anónimo, todavía quedamos sin saber si, por el mero hecho de ser el más antiguo, era ya uno consti­tuido obispo, o requería una consagración o imposición de manos.

255. San Jerónimo (ca.342-419), preguntado sobre las atribuciones que se arrogaban los diáconos, los cuales—como acabamos de decir—se sobreponían a los presbíteros, intro­duce una manera de considerar la elección del obispo que sor­prendería mucho si no conociéramos ya la manera sacramen­tal, por imposición de manos, con que el obispo era entonces umversalmente consagrado y, por institución divina, su oficio umversalmente reconocido. San Jerónimo contesta recordando textos del N .T. por los cuales antes (n.136) hemos deducido que entonces los nombres .de epíscopos y presbíteros se usaban indiscriminadamente. San Jerónimo pretende con ello levan­tar a los presbíteros al plano de los obispos, para presentarlos así superiores a los diáconos. Y añade: «El que después fuera elegido un presbítero que presidiera a los demás, se hizo para remedio de cisma; no fuera que, atrayendo cada uno a sí la Iglesia de Cristo, la dilaceraran (rumperent) . Porque en Ale­jandría, desde Marcos Evangelista hasta los obispos Heraclas y Dionisio 31, siempre los presbíteros, a uno elegido de entre

29 In 1 Tim. 3,8-10: P L i7,496BC.30 In Eph. 4 ,11- 12 : P L 17,4093.31 Esto es, hasta mediados del siglo m. Dionisio era patriarca de

ca.247 a 264.

Diferencia entre el obispo y el presbítero

Ministros de Cristo 1

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ellos y puesto en el lugar eminente, lo llamaban obispo; como si el ejército haga al emperador, y los diáconos elijan a uno de entre ellos, que saben ser industrioso, y lo llamen arce­diano. Porque ¿qué hace el obispo que no haga el presbítero, excepto la ordenación?...»32

En estas últimas palabras confiesa en rigor San Jerónimo la diferencia entre obispo y presbítero, porque aquél puede ordenar y éste no. La diferencia no es pequeña. Aunque, por razón del sacerdocio sacrificante, tanto el obispo como el pres­bítero ejercitan este sacerdocio el uno y el otro.

El que la elección de los obispos se hiciera normalmente eligiendo a uno del presbiterio por los mismos presbíteros, tampoco es sorprendente. El que la entronización del nuevo obispo se hiciera sin consagración ni ceremonia alguna, no lo afirma San Jerónimo. Es una mera suposición de algunos que piensan que, sin este supuesto, no tiene valor la argumentación de San Jerónimo 33. Y aunque la lectura de San Jerónimo in­clina a esta manera de ver, la cuestión queda, a nuestro juicio, oscura; y no dejaría de ser una opinión singular en el con­junto de la Iglesia. Consta, en efecto, la costumbre y modo jerárquico con que generalmente fueron instituidos los obispos «monárquicos» (cf. n. 163-167).

La tendencia del escrito de San Jerónimo es que, precisa­mente por el empeño de unidad y de caridad en las Iglesias y para prevenir cualquier intento de cisma, se hizo más pa­tente la necesidad del obispo «monárquico», que de antiguo ya estaba establecido en las Iglesias por institución apostólica. El mismo San Jerónimo admite, en el pasaje citado, que San Marcos fue el primer obispo de Alejandría, y que los obispos son sucesores de los Apóstoles 34.

256. San Jerónimo escribe también en el Comentario de la carta a Tito (1,5) que «es, pues, lo mismo presbítero y obispo; y antes de que, por instinto del diablo, se hiciera facciones en

32 Epist. 146 (Ad Evangelum) 1 : CSEL 56,310; P L 22,1192; R 13 57-3 3 Así piensa J . L é c u y e r , A ux origines de la théologie thomiste de l’épis-

copat: Greg 35 (1954) 62 nt.16. En contra F . P r a t , art. Évéques: D TC 5, 1685; J. F o rget , art. Jéróme: D TC 8,1,9735. Y cf. J. L é c u y e r , en BullLit Eccl 65 (1964) 251.

34 «Caeterum omnes [episcopi] Apostolorum successores sunt». Ad Evangelum: CSEL 56,310; «Apud nos Apostolorum locum episcopi te- nent»: ibid., 56,313,163.

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la religión y se dijera en el pueblo: Yo soy de Pablo, yo soy de Apolo, y yo de Cefas (i Cor 1,12), las Iglesias se gobernaban por el común consejo de los presbíteros. Mas después que cada uno pensaba que eran suyos los que bautizaba, y no de Cristo, se determinó en todo el orbe que uno elegido de los presbíteros presidiera a los demás, y que éste tuviera el cuidado de toda la Iglesia y se quitaran las semillas de divisiones. Si alguno piensa que este parecer es nuestro, y no de las Escritu­ras; que el obispo y el presbítero es una sola cosa, y que uno es nombre de edad y el otro de oficio: que vuelva a leer las pa­labras del Apóstol a los Filipenses... [Flp 1 ,1 : «cum episcopis et diaconis»]» 35. Y a continuación expone las razones por qué los nombres de epíscopo y presbítero eran indiscriminados al principio (cf. n.i3Óss).

Concluye el Santo que «así como los presbíteros saben que por costumbre eclesiástica están sometidos al que es su su­perior, así también los obispos han de saber que, más por cos­tumbre que por verdadera disposición del Señor, son superio­res a los presbíteros, y que deben gobernar la Iglesia en común, imitando a Moisés, que teniendo en su poder presidir él solo al pueblo de Israel eligió 70 con quienes juzgar al pueblo» 36.

Si se toman estas palabras con rigor, no pasarán de ser una opinión singular. Sin embargo, San Jerónimo ha admitido la diferente potestad que reside en el obispo y en el presbítero (supra n.255), cualquiera que haya sido la ocasión o la causa de pasar, en una Iglesia local, del presbiterio al episcopado monárquico. También San Jerónimo reconoce que «los Após­toles ordenaron por cada una de las provincias presbíteros y obispos» 37 y que en diferentes Iglesias (Roma, Jerusalén, An- tioquía, Alejandría) hubo al principio un solo obispo.

257. Por esto, respecto de los obispos patriarcas de Ale­jandría que se dicen elegidos por el presbiterio, las fuentes históricas no parecen evidenciar que la consagración (no la elección) del nuevo obispo u ordenación episcopal se hiciera por un colegio de doce presbíteros. Desde el punto de vista

35 P L 26,562; R 1371. Sobre el pensamiento de San Jerónimo cf. tam­bién Epist. 52,7 (PL 22,534), en donde recomienda a los obispos la modera­ción en el gobierno.

36 Comm. in Titum 1,5 : P L 26,5623.37 Comm. in Mt. 25,26-28: P L 26,195c.

Diferencia entre el obispo y el presbítero

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196 P.I c.8 § 4. En la edad patrística postnicena

histórico, esta consagración es un hecho dudoso 38, muy poco probable y difícil de conciliar con otros datos históricos que conocemos 39.

Porque llama la atención que habiendo prescrito el concilio de Nicea (a.325), en el canon IV, que el obispo sea instalado por todos los obispos de la provincia, o que por lo menos tres deben estar presentes40, no se atienda esta prescripción en Antioquía hasta Heraclas (232-247) y Dionisio (247-264). Llama también la atención que ni la Traditio apostólica de Hipólito (a.215) ni Orígenes (185/6-254/5), escritor contemporáneo, ambos alejandrinos, conozcan nada de este uso de la Iglesia alejandrina, escribiendo precisamente sobre órdenes y orde­naciones, y describiendo usos contradictorios con el que se afirma. Es asimismo chocante el silencio de otras fuentes (v.gr., Ambrosiaster). Además, del patriarca Atanasio (295-373), elegido obispo, consta que fue elegido y consagrado obispo por obispos, y que obispos de Egipto le impusieron las manos para consagrarlo41, y se le acusaba precisamente de haber recibido la consagración de manos de presbíteros. El mismo Atanasio impugna la validez de una consagración episcopal hecha por un presbítero 42. Todo lo cual parece difícilmente comprensible si hasta 264 hubiera prevalecido en Alejandría la ordenación del patriarca hecha por simples presbíteros. Por otra parte, en una carta circular del patriarca Alejandro de Alejandría (a.320-321) se mencionan diecisiete presbíteros de Alejandría y no solamente doce43. También bastaría interpre­tar en el sentido de mera elección del patriarca otro texto de Severo de Antioquía44.

38 C f. F . C a bro l , art. Alexandrie. Election du Patriarche: DictArch- ChrétLiturgie 1,1208.

39 C f. J. L é c u y e r , Le probléme des consécrations épiscopales dans l’Egli- se d’Alexandrie: BullLitEccl 65 (1964) 241-257; Id ., La succession des évé- ques d’Alexandrie aux premiers siécles: ibid., 70 (1969) 81-99. J. Lécuyer propuso que, hasta final del siglo m en Egipto, la consagración episcopal no diferiría de la de un simple presbítero; a todos se les daría la consagra­ción episcopal. Cf. Aux origines de la théologie thomiste...: Greg 35 (1954) 88 nt.108.

40 Concil. Oecumen. Decreta, ed. H er d er (1962) p.6s.41 San A tan asio , Apolog. II (ca.348), contra Arianos 6: PG 25,2570.

260AB.42 Ibid., 12 (PG 25,2Ó9A); cf. ibid., 75 (PG 25,38sAB; R 753).43 De que habla el testimonio de Eutiques (s.x) en P L 3.982BC;

cf. J. L é c u y e r , Le probléme des consécrations épiscopales dans l’Eglise d’Ale­xandrie: BullLitEccl 65 (1964) 242. 44 Cf. ibid., 247-250.

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Por todo ello, la afirmación de que los presbíteros consa­graban al patriarca en Alejandría parece muy singular y con­tradictoria con otras fuentes. No así si se entiende como una mera elección o designación del patriarca45.

258. La identidad del obispo y del presbítero fue afirmada en el siglo iv por Aerio fea.360), cuya doctrina tanto San Epifanio como San Agustín enumeran entre las herejías:

San Epifanio (ca. 315-403) escribe (a.374-377): «La afir­mación de Aerio es furiosa y monstruosa, por encima de lo que se puede entender. Porque dice, en primer lugar: '¿En qué cosa sobrepasa el obispo al presbítero? No hay diferencia entre los dos. Una es la orden de ambos; semejante y el mismo el honor y la dignidad. El obispo impone la mano; también impone la mano el presbítero. Bautiza el obispo; lo mismo hace el presbítero. El obispo administra todo él culto divino; no menos lo hace el presbítero. El obispo se sienta en el trono; también se sienta el presbítero...’»

San Epifanio calificaba de locura esta manera de ver: «Para los prudentes es cosa manifiesta que está llenísimo de insensa­tez decir que el obispo y el presbítero son iguales. Pues ¿cómo podría ser esto? Porque aquella orden se refiere a engendrar padres, puesto que engendra los padres de la Iglesia; y ésta, ya que no puede engendrar padres, engendrará hijos de la Iglesia con el lavado de la regeneración; pero no padres o maes­tros. Y ¿cómo podrá ser que uno ordene presbíteros, si para crearlos no tiene ningún derecho a imponer las manos ? Y ¿cómo se podrá decir que es igual al obispo?»46

La diferencia esencial y más patente entre obispos y pres­bíteros la ve Epifanio, por consiguiente, lo mismo que San Jerónimo, en que el presbítero no puede ordenar presbíteros.

San Agustín (354-430), asintiendo a la doctrina común,

45 J. L é c u y e r , La succession des évéques d’Alexandrie aux premiers sié- cles: BullLitEccl 70 (1969) 81-99, ha vuelto a ocuparse del mismo asunto y de nuevo examina los argumentos siguiendo la manera como los propu­so W. T e l f e r , Episcopal Succession in Egypt: Journal of eccles. History 3 (1952) 1- 13 ; y haciéndose eco de las dificultades que propuso E. W. K em p , Bishops and Presbyters at Alexandria: ibid., 6 (1955) 125-142, J. Lécuyer llega a las mismas conclusiones de antes. Propone, como hipótesis final (p.98s), la idea de que todos los presbíteros, al principio, en algunas partes, hubieran recibido la consagración episcopal. Anteriormente ya lo había propuesto en Greg 35 (1954) 88 nt.108. Cf. en este capítulo la nt.39.

46 Adv, haer. panar. 75,3-4: PG 42,505.508 ; R 1108.

Diferencia entre el obispo y el presbítero

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menciona en su libro sobre las herejías las afirmaciones de Aerio 47.

259. San Crisóstomo, aun siendo propenso a nivelar obis­pos y presbíteros (cf. n.137), es explícito en defender la supe­rioridad de aquéllos sobre éstos, por razón de la potestad de ordenar que los obispos tienen: «No hay mucho espacio—dice— entre presbíteros y obispos, porque también los presbíteros recibieron el oficio de enseñar y presiden la Iglesia; y lo que Pablo dijo de los obispos también se refiere a los presbíteros. Los obispos son superiores por razón única de la ordenación, y sólo por esto parece que anteceden a los presbíteros» 48.

Llega a tanto este pensamiento del Crisóstomo sobre la ne­cesidad del obispo para proceder a la ordenación que, inter­pretando (gratuitamente) la imposición de manos del presbite­rio sobre Timoteo (1 Tim 4,14) como un gesto de válida orde­nación, siendo así que basta entenderla como un mero gesto de asentimiento a la ordenación realizada por Pablo (2 Tim 1,6), llega a concluir que el presbiterio estaba constituido por obis­pos, porque «los presbíteros no hubieran ordenado a un obispo» 49.

V. V alidez de las ordenaciones cismáticas y de las conferidas por herejes

260. El primer concilio Niceno (a.325) se expresó clara­mente a este respecto hablando de los novacianos: «Sobre los que se llaman catharos (esto es, limpios), si vinieren a la Igle­sia católica, agradó al santo y gran concilio que, recibiendo la imposición de manos [en penitencia], permanezcan como están en el clero. Conviene que, sobre todo, profesen por escrito que reciben y siguen todos los dogmas de la Iglesia católica y apos­tólica, esto es, que comunican con los que han contraído dos matrimonios y con los que cedieron en la persecución...»50.

261. Los Santos Padres pensaron que la imposición de ma­nos o la ordenación produce sus efectos aunque proceda de un ministro indigno. Es un sacramento y una acción de Cris­to, que no queda desvirtuada por la iniquidad del instrumento.

47 De haeresibus § 53: P L 42,38-40.48 Jn 1 Tim. hom .11: PG 62,553;49 In epist. ad Phil. hom .11: PG 62,183.50 Dz 127 (55).

P.I c.8 § 5. En la edad patrística postnicena

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Validez de las ordenaciones cismáticas 199

Este principio general de la teología sacramental patrística 51 tiene ahora su manifestación concreta en el sacramento del orden.

San Basilio escribió (a.374) que «los primeros que se apar­taron de la Iglesia habían recibido la ordenación, y por la im­posición de las manos de los Padres tenían el don espiritual» 52.

San Jerónimo (ca.342-419), de igual manera: «Si el que bautiza en su fe [herética] no puede dañar al bautizado, tam­poco el que en su propia fe hace la ordenación del sacerdote le manchó» 53.

262. San Agustín (354-430) es consecuente con sus doc­trinas antidonatistas: «No hay ninguna razón por qué quien no puede perder el bautismo pueda perder el derecho a darlo. Porque uno y otro es sacramento y los dos se comunican al hom­bre con cierta consagración; aquél cuando es bautizado, éste cuando es ordenado; y por esto no es lícito en la Iglesia cató­lica repetir ninguno de los dos. Porque, si alguna vez aun los mismos prepósitos que venían de una facción han sido recibi­dos, por bien de paz corregido el error del cisma, aun cuando pareciese ser necesario que desempeñasen los mismos oficios que antes desempeñaban, no han sido ordenados de nuevo, sino que, lo mismo que el bautismo, la ordenación permane­ció íntegra, puesto que en la separación hubo un vicio que fue corregido por la paz de la unidad, pero no en los sacramentos, que son los mismos dondequiera que estén... Si nosotros pro­cedemos mal, que expliquen ellos cómo no pueda perderse el sacramento del bautizado, y pueda perderse el sacramento del ordenado, ya que dicen: ‘A l apartarse de la Iglesia no perdió el bautismo, pero sí el derecho a darlo’ . Porque si uno y otro es sacramento, de lo cual nadie duda, ¿por qué aquél no se pierde y éste sí se pierde? Ni a uno ni a otro sacramento hay que hacer injuria» 54.

Una de las razones de esta aceptación de los sacramentos conferidos por herejes, cismáticos y pecadores la daba San Agustín: «Una cosa es no tener algo, y otra cosa es tenerlo ilegí­

51 Cf. M . N ico lau , Teología del signo sacramental n.207-232. .52 Epist. 188, canónica 1 : PG 32,668; R 919; cf. n.246.53 Dialog. contra Luciferianos fca.382) 1 1 : P L 23,166; R 1360.54 Contra epist. Parmeniani (a.400) 2,13,28.30: CSEL 51,79.81; PL 43,

70.72; R 1617.1620.

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200

timamente o usurparlo ilícitamente. No es, por consiguiente, que no existan sacramentos de Cristo y de la Iglesia porque los herejes y también los inicuos e impíos usen de ellos ilícitamen­te, sino que aquéllos han de ser corregidos y castigados; pero los sacramentos hay que reconocerlos y venerarlos»55. Otras razones eran la «costumbre» o tradición de la Iglesia y la con­sideración de que los sacramentos eran «acciones de Cristo», cualquiera que fuese el instrumento humano56.

263. Más adelante, San León Magno (440-461) no recha­zará de la dignidad de obispo a un cierto Máximo, que se había ordenado en el cisma donatista, pero después, se convirtió y arrepintió de su pecado. Con un escrito debía manifestar su unión con la Iglesia 57. Y Anastasio II (a.496) no dejó de admi­tir la validez de las ordenaciones en el cisma de Acacio; porque Cristo es el que hace los sacramentos, ni queda limitada su virtud fecunda, aunque pase por lugares inmundos 58.

San Gregorio Magno (a.601) admitirá la validez de las órde­nes conferidas por nestorianos, escribiendo a los obispos de Iberia (Georgia): «... sin ninguna duda, vuestra Santidad los reciba [a aquellos nestorianos convertidos] en su propio grupo, guardándoles sus propias órdenes, para que, procediendo con mansedumbre y no haciéndoles contradicción o dificultad por sus propias órdenes, los arranquéis de la boca del antiguo enemigo» 59.

Y León X III (a. 1896), si decretó inválidas las ordenaciones anglicanas, no fue por razón de haber sido conferidas por quie­nes estaban fuera de la Iglesia católica romana, sino solamente por vicio de forma y de intención 60.

264. La validez de las órdenes conferidas por herejes o cis­máticos, de suyo siempre la ha reconocido la Iglesia, a menos que se tratara de invalidez por defecto de intención o de ma­teria y forma. Esta validez no debe ponerse en contradicción con el no-reconocimiento de las órdenes en cuanto a su ejercicio,

55 De baptismo 3 ,10 ,13 : CSEL 51,205; P L 43,144; R 1624.56 Cf. Teología del signo sacramental n.195-197.57 Epist. 12,6: P L 54,653.5 8 Gf. Dz 356 (169).59 Dz 478 (249).6° Cf. Dz 3315-33x8 (1963-1966); L. O t t , Das Weihesakrament § 26

p.169-178.

P.l c.8 § 5. En la edad patrística postnicena

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prescindiendo de su validez; lo cual en ocasiones ha practicado la Santa Sede: San Inocencio I (402-417) respecto de clérigos convertidos del arrianismo 61; y en nuestros días el Santo Oficio respecto de los ordenados por un obispo que no estaba en co­munión con la Iglesia62. Asimismo podrían entenderse del ejercicio de las órdenes la determinación del concilio Latera- nense (a.769) contra las ordenaciones de Constantino 63; la de­claración del concilio Senionense (a.853) decretando inválidas las ordenaciones realizadas por Elbo, a quien se había depuesto del arzobispado 64.

V I. E l carácter impreso por las órdenes sacramentales

265. Intimamente relacionada con la initerabilidad de las órdenes es la cuestión del carácter que imprimen en el alma.

San Agustín, en un texto que ya conocemos65, escribe: «Uno y otro [el bautismo y el orden] es sacramento y los dos se comunican al hombre con cierta consagración... y por esto no es lícito en la Iglesia católica repetir ninguno de los dos» 66 67. Com­para la inhesión del bautismo y del orden en el alma a la marca militar en el cuerpo 67. Y en otra parte: «Si algún clérigo, por alguna culpa, es removido de su oficio, no carecerá del sacra­mento del Señor que una vez le dieron, aunque este sacramen­to permanezca para el juicio» 68.

El pensamiento del «carácter» que imprimen algunos sacra­mentos y, juntamente, la idea de la validez de estos sacramen­tos recibidos en el cisma o en la herejía, los expresaba el Doctor de Hipona con esta comparación: «No hay que cambiar ni re­probar la marca regia impresa en un hombre que un desertor le imprimió para reunir partidarios para sí si este hombre obtiene el perdón de su error y obtiene del rey servir en su ejército; ni tampoco hay que cambiar la marca a las ovejas,

61 Epist. 24,4: P L 20,549.62 Cf. Monitum (8 de mayo de 1959): AAS 51 (1959) 4843.63 Monum. Germaniae Hist., Concilia 2,853.64 M a n si, SS. Concil. 14,9863.65 Contra epist. Parmeniani 2,13,30: CSEL 51,8 1; PL 43,72; R 1620;

supra n.262.66 Ibid., 2,13,28: CSEL 51,79; PL 43,70; R 1617.67 Ibid., 2,13,29: CSEL 51,80; PL 43,71; R 1619.68 De bono coniugali 24,32: CSEL 41,226; P L 40,394; R 1642.

Carácter impreso por algunas órdenes

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cuando se reúnen con el rebaño del Señor, porque un siervo fugitivo imprimió en ellas la marca del Señor» 69.

266. Por esta pervivencia del pensamiento del «carácter» en la vida y enseñanzas de los Padres, los teólogos de la Edad Media formularán su doctrina, que el Magisterio de la Iglesia sancionará.

Las Decretales de Gregorio IX (ca. 1230-1234) enseñarán que «no hay duda de que los que recibieron órdenes sagradas fuera de los tiempos establecidos, recibieron el carácter»70. La «definición de Dionisio» en el siglo xm recordará y expresará no sólo el «carácter» del bautismo, sino también el del sacra­mento del orden: Porque el carácter es, según esta definición, «un signo sagrado de la comunión de la fe [bautismo] y de la santa ordenación, dado por el jerarca al que se acercó a reci­birlas»71.

Del carácter del sacramento del orden hablaran los teó­logos unánimemente. Se enseñará en el decreto pro Arme- nis del concilio Florentino (a. 1439)72 73 74; y, contra los protestan­tes, v.gr., Chemnitz, que lo negaban por no encontrarlo en la Escritura, se definirá solemnemente en el concilio Tridenti- no 73. En el concilio Vaticano II, junto con la doctrina autén­tica de la sacramentalidad del episcopado, se enseñará que la Consagración episcopal imprime carácter 7 . Pero esta afirmación del carácter episcopal, impreso en la consagración del obispo, quiso prescindir y prescinde de ulteriores cuestiones discuti­das entre los teólogos, v.gr., si se trata de un nuevo carácter o es solamente una ampliación del carácter presbiteral75.

69 Contra Cresconium donatistam 1,30,35: CSEL 52,355; P L 43,464; R 17 13 . Sobre esta doctrina del carácter en San Agustín escribió A. T u­rrado , El carácter sacerdotal según S. Agustín, en «El sacerdocio de Cristo y los diversos grados de su participación en la Iglesia (XXVI Semana espa­ñola de Teología, 1966)» (Madrid 1969) p.213-233.

70 Corpus Iuris Can. 3 ,X , i , i i : ed. F r ie d b e r g , 2 ,12 4 ; cf. n .283.71 A lex a n d er H a l e n sis , Glossa in Sententias; cf. J . G alo t , La nature

du caractére sacramentel (Louvain 1956) 95.72 Dz 13 13 (695): cf. n.283.73 Dz 1608 (852), 1774 (964); cf. n.283.74 «Por la consagración episcopal se confiere la gracia del Espíritu San­

to y se imprime el sagrado carácter» (Lumen gentium n.21).75 Cf. Relatio super Caput III textus emendati Schematis Constit. de Ec-

clesia. Relatio de n. 18-21 a Cardinali Konig (a. 1964), p.7. Las cuestiones sobre los oficios y naturaleza del carácter en general las hemos ya tratado en Teología del signo sacramental n. 176-190.

202 P.l c.8 § 6. En la edad patrística postnhena

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Carácter impreso 203

267. Juan X X III dijo, después de consagrar catorce obis­pos el 8 de mayo de 1960 en la Basílica de San Pedro: «El hu­milde sucesor de San Pedro... repite el gesto de la transmisión del carácter episcopal y de la gracia»16. Y Pablo VI en semejante ceremonia, después de consagrar catorce obispos el 20 de oc­tubre 1963 (domingo de las Misiones) en la misma Basílica Va­ticana, expresaba la peculiar naturaleza del carácter: «Haciendo esto [dándoos la consagración episcopal] hemos impreso en vos­otros la nota sacramental que llaman carácter, y no puede haber modo mayor para que os configuréis realmente a la semejanzade Cristo» 77.

Por último, en el decreto Presbyterorum ordinis, del concilio Vaticano II, se enseñará que «el sacerdocio de los presbíteros... se confiere con aquel sacramento peculiar mediante el cual los presbíteros, por la unción del Espíritu Santo, quedan marcados con un carácter especial y así configurados con Cristo Sacerdote, de modo que puedan actuar en nombre de Cristo Cabeza» 78. Estas palabras del concilio muestran que se trata de un carácter especial, esto es, distinto del bautismal y del carácter de la con­firmación. Lo cual queda también indicado en que configura con Cristo Sacerdote y comunica la potestad de actuar en nom­bre de Cristo Cabeza y Jefe.

VII. Presencia de Cristo en el obispo

268. La índole sagrada del episcopado se manifestaba tam­bién en el período patrístico por la persuasión de una presencia especial de Cristo en el obispo (el sumo sacerdote) y en los pres­bíteros. El «carácter» sacramental los marcaba ciertamente con una semejanza interna y ontológica respecto de Cristo, que era exigencia de una semejanza moral en las virtudes que tenían que practicar ante Dios y ante los hombres. El obispo está en lugar (antistes) de Cristo; es su vicario.

San Cipriano lo expresó bellamente hablando del sacerdote sacrificante. Se observará de paso cómo a Jesucristo y al puro hombre les atribuye ya el título de sacerdote: «Si Cristo Jesús, el Señor y Dios nuestro, es Sumo Sacerdote de Dios Padre y el 76 77 78

76 AAS 52 (1960) 466.77 AAS 5s (1963) 1014.78 Presbyterorum ordinis n.2. -

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que se ofreció primero como sacrificio al Padre y mandó hacer esto en su memoria, no hay duda que aquel sacerdote desempeña verdaderamente la vez de Cristo que reproduce [imitatur] lo que Cristo hizo y en la Iglesia ofrece el sacrificio verdadero y pleno a Dios Padre, cuando ofrece a tenor de lo que Cristo mismo ofreció»79.

«Sube, pues, hombre, al cielo—escribe San Ambrosio—y ve­rás aquellas cosas cuya sombra o imagen aquí estaba... Verás la luz verdadera, al Sacerdote eterno y perpetuo, cuyas imágenes aquí veías, Pedro, Pablo, Juan, Santiago, Mateo, Tomás...»80.

También el autor anónimo, cuyos escritos han figurado en­tre las obras de San Ambrosio, el Ambrosiaster, dejó escrito: «Porque el honor del orden del presbiterado es sublime (puesto que los presbíteros son vicarios de Cristo), por esto no debe admitirse fácilmente acusación acerca de ellos. Porque debe parecer increíble que el que está en lugar de Dios [ Dei antistes] haya procedido criminosamente...» 81.

«Los sacerdotes dan su bendición no por propia virtud-—es­cribe Hesiquio de Jerusalén— , sino que, porque llevan la ima­gen de Cristo, pueden por Aquel que está en ellos dar la plenitud de la bendición» 82.

269. Como expresión de todo ello pudo decir San León Magno en uno de sus sermones, aseverando la presencia de Cristo entre los fieles en la persona de los pontífices: «En medio de los fieles está el Señor Jesucristo; y aunque está sentado a la derecha del Padre, hasta que ponga a sus enemigos por escabel de sus pies (Sal 109,3), no falta el Pontífice Sumo en la congrega­ción de los pontífices...» 83.

Por esto la constitución Lumen gentium (n.21), del Vatica­no II, subrayaba como eco de la doctrina patrística esta presen­cia de Cristo en el obispo:

«Así, pues, en la persona de los obispos, a quienes asisten los pres­bíteros, Jesucristo nuestro Señor está presente en medio de los fieles

79 Epist. 6 3 ,14 ,4 : ed. J . C ampos (B A C ), p .6 10 ; ed. H a st e l , 3B p .7 13 ; P L 4,386.

80 In Ps. 38,26: CSEL 64,2033; P L 14,10513.81 In epist. 1 Tim. 5,19: P L 17,5066.82 In Lev. 2,23: PG 93,8946.83 Serm. 5,3: PL 54,1546.

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como Pontífice Supremo. Porque, sentado a la diestra de Dios Padre, no está lejos de la congregación de sus pontífices 84, sino que, prin­cipalmente a través de su eximio ministerio, predica la palabra de Dios a todas las gentes y administra sin cesar los sacramentos de la fe a los creyentes y por medio de su oficio paternal (cf. i Cor 4,15) va agregando nuevos miembros a su Cuerpo con regeneración sobre­natural; finalmente, por medio de su sabiduría y prudencia, orienta y gula al pueblo del Nuevo Testamento en su peregrinación hacia la eterna felicidad. Estos pastores, elegidos para apacentar la grey del Señor, son los ministros de Cristo y los dispensadores de los mis­terios de Dios (cf..i Cor 4,1), a quienes está encomendado el tes­timonio del Evangelio de la gracia de Dios (cf. Rom 15,16; Act 20, 24) y el glorioso ministerio del Espíritu y de la justicia (cf. 2 Cor 3, 8-9)»85.

Presencia de Cristo en el obispo

270. Los escritos de los Santos Padres en el período postni- ceno muestran la florescencia y los frutos que en el orden lite­rario produjo la conciencia del sacerdocio. De esos escritos se nutrieron los tiempos posteriores. Vale la pena enumerarlos en orden a meditarlos y a ulteriores estudios sobre ellos 86.

Aunque no faltan trabajos de índole general, que estudian de modo universal el pensamiento patrístico, algunos de los cuales hemos citado más arriba87, hay otros de carácter más

84 San L eón M agno , ibid.85 Lumen gentium n.21.86 Citamos los que creemos más fundamentales. Un catálogo más com­

pleto de los escritores sobre el sacerdocio en este período y en los siguientes puede verse en E. D oronzo, Tractatus dogmaticus de ordine l 2óss: A ph ra - a tes , Demonstratio 10: de pastoribus (Patrolog. syr. I 1 [Parisiis 1894] 443-466); S. E ph ra em , Hymnus de sacerdotio (I. E. R ah m an i, I fasti della Chiesa patriarcale antiochena [Roma 1920] VIIss); Id ., Sexmo de sacerdotio (dubius; Opera omnia 3,1-6); Ps. D io n ysiu s A reo pag ., De eccles. hierar­cilla (PG 3.369-584).' S. G rego r . N a zia n zen u s , Oratio 2 (PG 35,407-514); S. A m brosius, De officiis ministrorum (PL 16,25-194); S. C hrysostom us, De sacerdotio (PG 48,623-692); Iu liu s P o m erius, De vita contemplativa (PL 49,415-520); S. H iero n ym u s, Epist. 52 (ad Nepotianum, de vita cle- ricorum et monachorum: P L 22,527-540); Id ., Epist. 44 (ad Fabiolam, de veste sacerdotali: P L 22,607-622); Ps. H ier o n ym u s , De septem ordinibus Ecclesiae (PL 30,148-162); Id ., Epist. 42 (ad Oceanum, de vita clericorum: PL 30,288-292); S. A u g u stin u s, Epist. 21 48 60; 228 (PL 33,88-90; 187- 189; 227S; 1013-1019); Serm. 46 101 137 (PL 38,270-295 605-611 754- 763); Serm. 339 (Miscel. Agost. I [Roma 1930] p. 189-200); Serm. 340 (PL 38, 1482-1484); S. G r e g . N y s s e n ., Oratio in suam ordinationem (PG 46.543-554); S. G r e g . M a gn us, Regula pastoralis (PL 77,12-128); S. I sido- rus H is p ., De ecclesiasticis officiis (PL 83,739-826)...

8 7 En la nt. 1 de este capítulo.

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particular, que enfocan diversas facetas en los principales Pa­dres 88.

88 Cf. J. D a n ié lo u , L ’évéque d’aprés une lettre de Grégoire de Nisse: Euntes Docete 20 (1967) 85-98; B. H . V a n d en b er g h e , Saint Jean Chry- sostome et la parole de Dieu (París 1968); J. L é c u y e r , Le sacerdote chrétien et le sacrifice eucharistique selon Théodore de Mops.: RechScRel 36 (1949) 481-516; F . D a lb esio , II sacerdote secondo S. Ambrosio (Roma 1960); R. G r yso n , Le prétre selon Sain Ambroise (Louvain 1968); J. L é c u y e r , Le sacerdote chrétien selon Saint Ambroise: Rev. Univ. Ottawa 22 (1952) 104*-126*; I d ., Épiscopat et presbytérat dans les écrits d'Hippolyte de Rome: RechScRel 41 (1953) 30-50; A. K o n ig , Priester und Priestertum nach Hiero- nymus (Breslau 1890); M. P e l l e g r in o , «Verus sacerdos» (II sacerdozio nell’es- perienza e nel pensierú di sant’Agostino) (Fossano 1965); Id ., Le prétre, serviteur selon Saint Agustín (París 1968); F. van d er M e e r , Saint Augustin, Pasteur d’ames (París 1955) (ed. castellana, Barcelona 1965); J. P in t a r d , Le sacerdoce selon Saint Augustin (Mame 1961); L . R o b les , Teología del episcopado en San Isidoro: Teología espiritual 7 (1963) 131-16 7 ; I. O ñ a - t ib ia , Aspectos de la doctrina de Teodoro de MopsUestia sobre el ministerio sagrado, en «Teología del sacerdocio» II 9 3-117 ; J. H ern an do , El ministerio de la palabra según San Gregorio Magno: ibid., 119-145.

206 P.I c.8 § 7. En la edad patrística postnicena

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P a r t e segunda

EL SACERDOCIO EN LA REFLEXION TEOLOGICA Y EN EL MAGISTERIO

DE LA IGLESIA

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i

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REFLEXION TEOLOGICA EN LA EDAD MEDIA

I. El orden como sacramento

2 7 1 . La reflexión de la Edad Media en torno a la Teología sacramentarla tiene su principal arranque con ocasión de las doctrinas y errores de Berengario de Tours acerca de la pre­sencial real y transustanciación eucarísticas; de los cuales erro­res tuvo que ocuparse el concilio Romano del año 1079. A l de­limitarse cada vez con más precisión el concepto de sacramento como signo, y signo eficaz de gracia, se pasó pronto a determinar explícitamente el número de estos signos o sacramentos.

El orden sagrado, que, como hemos visto en las . páginas an­teriores, se venía comunicando por el rito sensible de la impo­sición de manos, y según las expresiones de la Sagrada Escritura y de los Santos Padres era símbolo eficaz de gracia y de potestad sacerdotales, fácilmente se consideró como sacramento. Pero es de notar que este sacramento del orden es precisamente el que falta en la enumeración de todos los sacramentos que hace el Magister Hermannus en su Epitome theologiae christianae l . Sin embargo, las Sententiae divinitatis (ca. 1145), libro de texto de aquella época, mencionan ya todos los siete sacramentos 2. Asi­mismo los mencionan el Maestro Simón 3 y el que será consa­grado y comentado como Maestro universal, el Maestro de las Sentencias, Pedro Lombardo 4.

También los canonistas de la época enseñaron este número septenario del signo sacramental, incluyendo el orden 5.

272. El pensamiento del orden como sacramento informa la fe explícita de la Iglesia que enseña unánimemente el número

1 Epitome 28-37: P L 178,1738-1758.2 Die «Sententiae Divinitatis», ein Sentenzenbuch der Gilbertsehen Schule,

ed. G e y e r , io 8s .3 H. W e ís w e íl e r , Maítre Simón et son groupe. De Sacramentis, en

«Specilegium Sacrum Lovaniense» 17, LXXII.4 Cf. Sententiae 4 dist.2 c.x.5 Cf. F. G ill m a n n , Die Siebenzahl der Sakramente bei den Glossatoren

des Gratianischen Dekretes (Mainz 1909); J. d e G h e l l in c k , La «species quadriformis sacramentorum» des canonistes du X IIe siécle et Huges de'Saint Víctor: RechScPhTh 6 (1912) 527-537.

Capítulo IX

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210 P.II c.9 § 1. El orden como sacramento

septenario de éstos. Así en el siglo xm lo proponen numerosos concilios particulares: el concilio Dunelmense (1217) y el Oxonien- se (1122), al recibir respectivamente las Constituciones o los Estatutos de los obispos Ricardo Poore y Esteban Langton, se­gún los cuales los sacramentos son siete 6. De igual manera ense­ñan este número septenario los Praecepta antiqua Rotomagensia (ca.1235)7, el concilio de Londres (1237) 8 y diversos Estatutos sinodales de Ricardo Cicestrensis (1246), y de la Iglesia Ceno- manense (1247), la de Valencia (1255) y la Claromontana (1268) 9.

La doctrina del sacerdocio como institución divina y como sacramento ya se había apuntado en el concilio ecuménico Lá­tex anense II (comenzado en 1139). En él se condena como here­jes y se expulsa de la Iglesia «a aquellos que, simulando especie de religiosidad, condenan el sacramento del Cuerpo y de la Sangre del Señor, el bautismo de los niños, el sacerdocio y las demás órdenes eclesiásticas y los contratos de nupcias legíti­mas...» 10.

273, La profesión de fe prescrita a los valdenses (a. 1208), al tratar del sacrificio del Cuerpo y de la Sangre de Cristo, contra las exageraciones de aquéllos, afirmará que en este sacrificio ni el buen sacerdote hace más ni el malo menos, «porque no se hace en virtud del mérito del que consagra, sino en la palabra del Creador y en la virtud del Espíritu Santo. Por donde firme­mente creemos—dicen—y confesamos que, por muy honesto, religioso, santo y prudente que uno sea, no puede ni debe con­sagrar la Eucaristía ni hacer el sacrificio del altar si no es pres­bítero, ordenado regularmente por un obispo visible y tangible». Para este oficio de consagrar y ofrecer sacrificio, el concilio a continuación requiere, además de las palabras de la consagra­ción y de la necesaria intención, que la persona que lo haga sea presbítero, ordenado por el obispo para este oficio; y, por tanto, el concilio cree y confiesa que «quienquiera que, sin la precedente ordenación episcopal, piensa y pretende poder hacer el sacri­

6 M a n si, SS. Concil. 2 2 ,1110 .1173-1178 .7 M a n s i, 23,448.8 M a n si, 23,448. .9 Mansi, 23,703.735.88735. i i 88s. Cf. J. A ldama, Theoria generalis sacra-

mentorum4: SThS IV (Matriti 1962) n.6e.1° Cn.23: Dz 718 (367).

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Documentos de la Edad Media 211

ficio eucarístico, es hereje... y hay que apartarle de la santa romana Iglesia» n .

Las terminantes palabras de esta profesión de fe indican el grado máximo con que la Iglesia defenderá el rito visible de la ordenación por medio de un obispo como necesario para el ver­dadero sacerdocio.

274. Otro concilio de Letrán, el Lateranense IV (a. 1215), insistirá, contra los albigenses y cátaros, en la necesidad del sa­cramento del orden para celebrar el sacrificio: «Y este sacra­mento del altar—dice—nadie lo puede hacer, si no es el sacer­dote que hubiere sido rectamente ordenado según las llaves de la Iglesia, que el mismo Jesucristo concedió a los Apóstoles y a sus sucesores» 12.

El orden se enumera entre los siete sacramentos de la Iglesia en la profesión de fe de Miguel Paleólogo (a. 1274), propuesta en el concilio II de Lyón 13 .

275. Entre los errores de Marsílio Patavino, en lo tocante a las relaciones entre la Iglesia y el Imperio, encontramos con­denado por Juan XXII (a. 1327) uno que defendía la igualdad de los grados jerárquicos: que «todos los sacerdotes, ya sea papa, ya sea arzobispo o simple sacerdote, son de igual autoridad y jurisdicción por institución de Cristo. Y que uno tenga más que otro, esto es según lo concedido por el emperador, más o me­nos; y, así como lo concedió, lo puede revocar» 14. Es el pre­nuncio de determinados errores «regalistas» que aparecerán más adelante, los cuales tienen como fundamento el no reconocer base sacramental y consecratoria a las órdenes sagradas.

Los errores de Juan Hus, condenados en el concilio de Cons­tanza (a. 1415), acusan un parentesco notable con el menciona­do error del Patavino: que la dignidad papal viene del César y que la prefectura del Papa y su institución emanó del César 15.

276. Juan Wiclef por su parte, había insistido en la nece­sidad de la vida pura para hacer un sacramento; pero, apartán­dose de la tradición que reconoce la acción principal de Cristo en los sacramentos, los cuales los hombres sólo instrumental­mente realizan, defendía (a.1415) «que, si el obispo o el sacer­

14 Dz 944 (498).15 Dz 1209 (635).

1 1 Dz 794 (424).12 Dz 802 (430).13 Dz 860 (465).

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212 P.ll c.9 § 1. El orden como sacramento

dote está en pecado mortal, no ordena, no consagra, no hace el sacramento, no bautiza» 16; y que «es lícito a un diácono o presbítero predicar la palabra de Dios sin autoridad de la Sede Apostólica o del obispo católico» 17. Y entre las preguntas que se hicieron a los partidarios de Wiclef y de Hus hallamos una que se refiere al poder mayor que reside en los obispos: «Si cree —se les preguntaba—que la autoridad de jurisdicción del papa, arzobispo y obispo, en el desatar y atar, es mayor que la autori­dad del simple sacerdote, aunque éste tenga cura de almas» 18.

277. El concilio de Florencia, en su célebre decreto pro Armenis (a. 1439), propondrá a los orientales unidos una sínte­sis de la doctrina sacramental más en boga entre los occidenta­les, que era la doctrina de Santo Tomás, a modo—según cree­mos—de una instrucción práctica sobre los sacramentos 19. Este decreto reconoce claramente, desde luego, el sacramento del orden como el sexto de los sacramentos. Insiste, como ha insis­tido tratando de los sacramentos anteriores, en declarar cuál es la materia, la forma, el ministro y los efectos de este sacramento. Y ofrece la explicación de que la materia «es aquello por cuya entrega se confiere el orden; así como el presbiterado se confie­re por la entrega del cáliz con vino y de la patena con pan; el diaconado dando el libro de los evangelios; el subdiaconado por la entrega del cáliz vacío con la patena vacía sobrepuesta; y de modo semejante en las otras órdenes por la consignación de las cosas pertinentes a sus ministerios» 20 21.

A l decirse en este decreto que la materia es «aquello por cuya entrega...», ya se ve que se usa el término materia re­firiéndolo a la materia remota 21, más que a la materia próxima, que es la misma entrega, aunque la intención es presentar esta entrega como materia próxima de las órdenes. .

Llama también la atención el que no se mencione el epis­copado como orden sacramental; tal vez por no ser su admi­nistración tan frecuente o para evitar las incertidumbres u

16 Dz 1154 (584).17 Dz 1164 (594).18 Dz 1265 (675).19 Gf. n.224, donde proponemos las diversas opiniones sobre el alcance

doctrinal de este decreto y las razones que abonan la teoría que propug­namos.

20 Dz 1326 (701).21 Cf. Teología del signo sacramental n.264.

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Documentos de la Edad Media 213

oscuridades de la época acerca de su índole sacramental. En cambio, las otras órdenes inferiores, desde el subdiaconado hasta el ostiariado, parecen equipararse en su administración al presbiterado y diaconado, seguramente por la idea predo­minante en aquella época que las consideraba como sacramen­to (cf. n.240).

278. La forma del sacramento la ve el decreto pro Arme- nis en las palabras que acompañan a la entrega de los instru­mentos 22. El ministro ordinario de este sacramento se dice, ser el obispo; previendo, sin duda, el caso del ministro extraordi­nario, que puede ser un presbítero para las órdenes menores con autorización del Sumo Pontífice. Por último, «los efectos de este sacramento son—dice—el aumento de gracia para ser idóneo ministro de Cristo» 23.

La doctrina del sacramento del orden acabará por per­filarse en sus aspectos dogmáticos mediante las definiciones del concilio de Trento 24 25 con la doctrina sobre el sacramento del orden 25, a la que había precedido la doctrina sobre el sacrificio de la misa26. Por el concilio de Trento seguirá constando en la Iglesia, como dogma de fe definido, la existencia del orden como sacramento 27.

El «carácter» sacerdotal 28279. Junto con la afirmación del sacramento del orden,

que han visto indubitablemente en el presbiterado, los teólo­gos de la Edad Media han reconocido también unánimemente la existencia del carácter sacramental del orden 29.

Se veía como conveniente que, así como los que son.des­

22 Dz 1326 (701).23 Ibid.24 Sesión 23 (15 de julio de 1563). Cf. n.307ss.25 Dz 1763 (956a).26 Sesión 22 (17 de septiembre de 1562): Dz 1738 (937a) - 1759 (956).22 Dz 1766 (959), 1773 (963).28 Cf. J. E sp e ja , Estructura del sacerdocio según los caracteres sacramen­

tales, en «El sacerdocio de Cristo y los diversos grados de su participación en la Iglesia» (Madrid 1969) p.273-294; A. N avarro , La Iglesia, sacramento de Cristo sacerdote (Salamanca 1965), sobre los caracteres sacramentales c.6-8; J. O rdó ñ ez , Distinción teológica existencial entre sacerdocio comunitario y sacerdocio ministerial, en «El sacerdocio de Cristo y los diversos grados de su participación en la Iglesia» p.295-316.

29 Cf. supra, n.265-267; Teología del signo sacramental n.iyiss.

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214 P.II c.9 § 1. El orden como sacramento

tinados a un oficio público, v.gr., como soldados, magistra­dos, etc., son instituidos oficialmente y reconocidos en sus uniformes o insignias, así también los que en la Iglesia son destinados al oficio público del sacerdocio fueran consagrados para este oficio mediante un signo, externo y sacramental, y además marcados en su alma para este oficio.

Si éstas son razones de sola conveniencia para afirmar la existencia del sacramento y del «carácter» del presbiterado, las razones decisivas se buscaban y se hallaron en la revelación divina, contenida en la tradición. De ello ya nos hemos ocu­pado en su debido lugar 30.

El carácter impreso por los sacramentos del bautismo, con­firmación y orden se consideró, y expresamente por Santo Tomás, como una participación en el sacerdocio de Cristo y como una deputación para el culto público. Escribió her­mosamente el Angélico: «Cada uno de los fieles queda depu- tado para recibir o transmitir a los demás lo que pertenece al culto de Dios. Y a esto destina propiamente el carácter sacra­mental. Ahora bien, todo el rito de la religión cristiana deriva del sacerdocio de Cristo. Y por esto es manifiesto que el ca­rácter sacramental es, de modo especial, carácter de Cristo, a cuyo sacerdocio son configurados los fieles según los caracte­res sacramentales, que no son otra cosa que ciertas participa­ciones del sacerdocio de Cristo, derivadas del mismo Cristo» 31. Y es claro que esta participación del sacerdocio de Cristo y esta deputación para el culto se encuentran de modo eminente en el sacerdocio ministerial 32.

280. El sacerdocio común de los fieles viene adquirido por el mismo hecho de la incorporación a Cristo mediante el sa­cramento del bautismo (cf. n.58ss), y viene reforzado por el sacramento de la confirmación, que adentra todavía más al bau­tizado en la vida del Cuerpo místico y le comunica una cierta plenitud del Espíritu. Con los caracteres que imprimen estos dos sacramentos se destinan al culto cristiano los bautizados

30 Ibid., n.ióiss.31 3 q-63 a-3c.32 Sobre la doctrina de Santo Tomás, cf. B. d ’A r g e n l ie u , La doctrine

de Saint Thomas d’A. sur le caractére sacramentel dans les «Sentences»: Rev Thom 12 (1929) 219-233; Id., La doctrine du caractére sacramentel dans la «Somme»: RevThom 12 (1929) 289-302.

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El carácter 215

para ejercitar este culto en unión con Cristo y por medio de Cristo Sacerdote; también para no avergonzarse de él y defen­derlo, si fuere preciso. Este sacerdocio común de los fieles desciende, como de su fuente, del sacerdocio existencial. y personal de Cristo; es participación de él. El sacerdocio minis­terial también es participación del sacerdocio de Cristo y de­riva de Jesucristo Sacerdote como Cabeza y Jefe del Cuerpo místico.

281. Si el carácter sacramental configura, por tanto, con Jesucristo, el carácter del orden: a) marca al ministro de Cris­to para que pueda hacer las veces de Cristo y obrar en perso­na de Cristo; h) le consagra para las funciones sagradas de ofrecer sacrificio y administrar los sacramentos y sacramenta­les propios del presbítero; c) le configura a Cristo Sacerdote y le hace participar de su índole de Cabeza y de Jefe 33.

Por el carácter sacerdotal, el presbítero representa con rea­lidad existencial la persona de Cristo y queda «caracterizado» para actuar en nombre de Cristo en el sacrificio y en algunos sacramentos.

En el «carácter» está el fundamento principal para decir que el sacerdote es «alter Christus» («otro Cristo»). Esta fórmu­la, que sintetiza el pensamiento de los Santos Padres sobre la presencia de Cristo en el sacerdote (cf. n.2Ó8s), recuerda también el sentido de «embajador y representante de Cristo» que es propio del apóstol y del sacerdote. Lo expresaba San Pablo en 2 Cor 5,2: «Somos embajadores de Cristo, como si Dios exhortara por nuestro medio»; esto es, estamos en lugar de Cristo y hacemos sus veces34.

282. Si todo «carácter» sacramental (en el bautismo, con­firmación...) configura con Cristo, y por esta misma imagen de Cristo que imprime en el alma pone en ella úna santifica­ción ontológica, el carácter del orden sacramental configura también el alma con Cristo, a título propio y especial, y por esta imagen de Cristo Sacerdote, Jefe y Cabeza, qüe pone en ella, santifica otológicamente e 1 alma del sacerdote.

Esta santificación ontológica por la imagen de Cristo im-

33 Cf. Teología del signo sacramental n .181.34 Un libro muy divulgado desde la Edad Media, la Imitación de: Cristo,

recuerda a propósito del sacrificio eucarístico, como eco de la doctrina patrística y teológica general: «Sacerdos... Christi vices gerit» (I.4 c.5 n.3).

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presa en el alma y ese destino para las funciones sagradas para obrar en persona de Cristo, tiene exigencias de santificación moral, esto es, en la práctica de la caridad y de las virtudes, para que el sacerdote se asemeje de hecho a Cristo en la vida, como se asemeja en la imagen del alma y le representa en las funciones sacramentales. Sería, en efecto, un contrasentido si el alma del sacerdote está marcada con la imagen de Cristo y él actúa en nombre de Cristo, pero su conducta moral y su vida no tratan de asemejarse a la de Aquel que el sacerdote representa 35.

Pío XII tenía proyectado hablar sobre el carácter sacer­dotal en un discurso que, sorprendido por la muerte, no llegó a pronunciar. En él indicaba las exigencias de santificación que hay en el ,carácter: «El carácter sacramental del orden sella, por parte de Dios, un pacto eterno de su amor de predi­lección, que exige de la criatura el retorno (il contraccambio) de la santificación. Mas también como dignidad y misión, el sacerdocio requiere la adecuación personal de la criatura, bajo pena de ser juzgada a la manera de invitados desprovistos de la vestidura nupcial y de siervos derrochadores de los divinos talentos» 36.

Cristo, hecho sacerdote por la unión hipostática y santi­ficado ontológicamente por ella y por la gracia habitual, tuvo también la santidad moral en la perfección de las virtudes, según lo exigía la unión hipostática 37.

283. La idea del «carácter» sacerdotal, que aparece pode­rosa en la época patrística y fue desarrollada por los teólogos de la Edad Media, pasó al magisterio eclesiástico. En las De­cretales de Gregorio IX (ca. 1230-1234) se alude al carácter como a cosa conocida y admitida, cuando se dice que «no hay duda que los que recibieron las órdenes sagradas fuera de los tiempos establecidos recibieron el carácter» 38.

El concilio Florentino, en el ya mencionado decreto Pro Armenis (a. 1439), enseña que el sacramento del orden, así como el del bautismo y el de la confirmación, «imprimen en

35 Sobre la exigencia de santidad en el obispo y sacerdote por razón de su respectivo carácter sacramental y de sus oficios, cf. n.475ss.

36 Iba destinado a los seminaristas del seminario regional de Apulia, y debía ser leído el 19 de octubre de 1958: AAS 50 (1958) 966.

37 Cf. Santo T omás, 3 q.7 a.2.38 Corpus Iuris canonici 3, X , 1 , 1 1 ; E d . F r ie d b e r g , 2 ,12 4 . C f. n.2Ó6s.

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El carácter 217

el alma carácter indeleble, esto es, un cierto signo espiritual que distingue de los demás. Por donde no se reiteran estos sacramentos en la misma persona» 39.

D el Florentino pasó esta definición al Tridentino, que con­tra los protestantes, que lo negaban, definió solemnemente que estos tres sacramentos im prim en carácter, «esto es, un cierto signo espiritual e indeleble, y así no se pueden iterar» 40; y de nuevo, en la doctrina sobre el sacramento del orden, propon­drá bajo anatema que la ordenación sagrada im prim e ca­rácter41.

Tam bién en la Profesión de fe dirá que los tres sacramentos que im prim en carácter no pueden reiterarse sin sacrilegio42.

284. La initerabilidad de las órdenes sagradas tiene preci­samente su fundamento ontológico en el carácter o «signo es­piritual e indeleble» que han impreso en el alma; indeleble al menos durante la presente vida, si se toma restrictivamente la definición tridentina. Pero afirman comúnmente los teólogos que permanecerá en la otra vida, por ser participación del sacerdocio de Cristo, y convenientemente esta participación es eterna en un sujeto inmortal, para ornamento del alma en los buenos 43.

Por esto los poderes humanos, aun los de la Iglesia, no pueden quitar el orden sacramental.

285» El carácter, asi como es indeleble, es también «inau- ferible». «El obispo—dice Santo Tomás—no comunica el po­der del orden sacerdotal por su propia virtud, sino instrumen­talmente, como ministro de Dios, y el efecto de esto no puede quitarse por el hombre. Y por esto el obispo no puede quitar ésta potestad, así como el que bautiza no puede quitar el ca­rácter bautismal»44. El orden no se pierde por la degrada­ción 45.

Por esta perpetuidad e initerabilidad de las órdenes sacra­mentales, cuya recepción en la herejía o en el cisma no deja de ser válida (si se cumplen todas las condiciones requeridas

39 Dz 13x3 (695).40 Dz 1609 (852).41 Cn.4: Dz 1774 (964); cf. c.4: Dz 1767 (960).42 Dz 1864 (996).43 Cf. Teología del signo sacramental n.190.44 3 q.82 a.8 ad 2.45 Ibid ., in corpore.

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de ministro y sujeto capaces, intención debida y recta materia y forma); por esto nunca ha sido práctica universal de la Igle­sia reiterar las órdenes a los que volvieron a la Iglesia católi­ca. Cuando en la historia se habla de reordenaciones, no es imposible que tuvieran lugar en Iglesias y casos particulares dada la gran confusión reinante en ciertos sitios, v.gr., sobre la validez de las órdenes conferidas simoníacamente, que algu­nos pensaban ser inválidas. Aunque la Iglesia reconoce mu­chas veces las órdenes recibidas fuera de ella y conserva en su grado jerárquico a los clérigos convertidos, sin embargo, pue­de también no reconocerlas en el sentido de mero prohibir su ejercicio, prescindiendo de la validez de tales órdenes 46.

Acerca del diaconado

286. En lo tocante a la índole sacramental del presbite­rado y del diaconado no hubo, en general, vacilaciones ni os­curidades en la Edad Media. Estas órdenes eran reconocidas como sacramento. Únicamente Durando había negado la índo­le sacramental del diaconado47, y también suele citarse al Cardenal Cayetano 4 . De las palabras de Cayetano consta que no admite que los actuales diáconos, con servicio del altar, ten­gan su origen en Act 6, sino únicamente los diáconos para el servicio de las mesas; pero admite que unos y otros son de origen e institución apostólica 49.

E n las órdenes del subdiaconado y órdenes menores no

46 Qf. I no cen cio I, respecto de clérigos convertidos del arrianismo, Epist. 24,4: P L 20,549; y el Monitum del S. Oficio (8 de mayo de 1959): AAS 51 (1959) 484S. Ejemplos de reordenaciones, por suponerse inválidas, y soluciones propuestas a este problema, las considera F . So l á , ¿ Hasta qué punto puede depender de la potestad de jurisdicción el valor de los sacramentos?, en «XV Semana española de Teología (1955)- Problemas de actualidad en teología sacramentaría» (Madrid 1956) p.iós.

47 In 4 Sent. dist.24 q.2.48 V.gr., F. Solá, De sacramento ordinis4 n.48.49 «pe diaconatu—escribe—ambiguum magis est [utrum fuerit insti-

tutus ab Ecclesia, de quo constat pro subdiaconatu et ordinibus minoribus], guia non constat ex Ac. Apostolorum diáconos altaris, sed diáconos men- sarum et viduarum institutos esse ab Apostolis Act 6; quin potius oppositum ibi dicitur, quoniam diaconi altaris ad orandum et praedicandum ordinantur, ut in Pontificalibus patet, ibi vero dicunt Apostoli: ‘Nos vero orationi et ministerio verbi instantes erimus’ . Quocirca, licet tune non fuerint diaconi altaris instituti, videntur tamen ab Apostolis instituti, licet nesciatur quando et ubi» (De modo tradendi vel suscipiendi sacros ordines, sine loco ed., fol.44r).

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faltaron muchos que patrocinaron su sacramentalidad (cf. nú­mero 240S).

Pero en lo tocante al episcopado hubo en la Edad Media una corriente bastante extendida que negó algún tiempo,, apo­yada en ciertos autores de la época patrística, la sacramentali­dad de la consagración espiritual50. Parece que será instruc­tivo conocer la opinión de Santo Tomás sobre esta materia.

II. Doctrina de Santo Tomás sobre el episcopado

287. No faltan trabajos recientes sobre esta materia 1 . Su intento es explicar las dificultades o vacilaciones que se encuen­tran en la doctrina del Angélico acerca de la sacramentalidad del episcopado.

Los textos, que ya conocemos, de las Quaestiones Veteris et Novi Testamenti del Ambrosiaster (supra, n.254), que se atribuyeron a San Agustín; los Comentarios de este autor anó­nimo a las cartas de San Pablo (n.254), que pasaron como de San Ambrosio; más adelante los textos de San Jerónimo (n.255s) y otros escritos, como el Pseudo-Jerónimo, De septem ordini­bus Ecclesiae 2, de San Isidoro 3, etc.; todos estos textos, bajo

50 Por lo que toca a los comienzos de la escolástica escribió Fr. P edro de A lcá n ta r a , O.F.M., Función eclesial del obispo en la escolástica incipiente, en «XXII Semana española de Teología (1962)» (Madrid 1963) p.217-253.

1 Cf. J. L é c u y e r , A ux origines de la théologie thomiste de l’épiscopat: Greg 35 (1954) 56-89; Id ., Les étapes de Venseignement thomiste sur l’épiscopat: RevThom 57 (1957) 29-52; H. B o uéssé , Épiscopat et sacerdoce. I. L ’opinión moderne; II. L ’opinión de saint Thomas: RevScRel 28 (1954) 240-257.368-391; A. L a nd graf, D ie Lehre der Frühscholastik von Episcopat ais Ordo: Scho- lastik 26 (1951) 496-519; C h . J o urnet , Vues récentes sur le sacrement de l’ordre: RevThom 53 (1953) 87-89; J. T er n u s, Dogmatische Untersuchungen zur theologie des hl. Thomas über das Sakrament der Weihe: Scholastik 7 (1932) y 8 (1933). También J. M. R a m ír ez , De episcopatu ut sacramento deque episcoporum collegio (Salmanticae 1966) p. 143-233; en este documenta­do trabajo el autor se ocupa de la sacramentalidad del episcopado, estudián­dola en los Padres y escritores eclesiásticos anteriores a Santo Tomás (p.143- 164), en teólogos y canonistas de los siglos x ii y xm (p. 164-195). Concluye así esta parte: «Communis itaque opinio canonistarum et theologorum occi- dentalium ante Sanctum Thomam, adversabatur sacramentalitati Episco- patus» (p.195). Por último, propone la sentencia de Santo Tomás, siguiendo el orden de su Comentario a las Sentencias de Pedro Lombardo (p. 197-208), y en los escritos posteriores, antes de la Suma (p.208-218) y en la Suma Teológica (p.218-233).

2 El escrito De septem ordinibus Ecclesiae, de comienzos del siglo v, se lee en P L 30,i48ss, o 153SS; y, mejor, en A. K a l ff , P s . Hieronymi De septem. ordinibus Ecclesiae (Würzburg 1938). Parece ser de un sacerdote galo de la región pirenaica, el cual propone que el presbítero, así como ya

Santo Tomás y el episcopado 219

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220

los nombres de San Agustín, San Ambrosio y San Jerónimo, parecían enseñar la igualdad fundamental de orden entre el presbítero y el obispo, al menos (San Isidoro) no se insistía en la necesidad de una consagración particular para el episco­pado... Por esto se comprende que estos autores influyeran poderosamente en otros escritores, canonistas y teólogos de la Edad M edia4 que nutrían el pensamiento y la mentalidad de la Iglesia occidental. El mismo Pedro Lombardo, en su difundido libro de texto de las Sentencias, pone el presbiterado como la orden séptima entre las siete que solían conside­rarse 5.

Con dificultad, Santo Tomás, por lo menos en los prime­ros períodos de su magisterio, pudo apartarse de esta podero­sa corriente que pasaba como abonada por tan fuertes auto­ridades.

En el comentario al cuarto libro de las Sentencias (ca.1255) parece que Santo Tomás, siguiendo a Pedro Lombardo 6, no concede al episcopado la dignidad de sacramento si aquél se considera como distinto del sacerdocio del simple presbítero; sería orden en un sentido amplio 7.

P.II c.9 § 2. Santo Tomás y el episcopado

tiene el poder supremo de consagrar el cuerpo y la sangre de Cristo, lo tiene también para hacer el crisma (cf. L é c u y e r , l.c.: Greg 35 [1954] 67). Acon­seja al obispo, a quien escribe, que no se reserve todas las funciones sacer­dotales, porque el presbítero las puede también desempeñar. Y añade (n.6): «Ac sola propter auctoritatem summo sacerdoti clericorum ordinatio et virginum consecratio reservata sit, cum basilicae, altaris et chrismatis dedi- catione vel sanctificatione, ne a multis disciplina Ecclesiae vindicata concor- diam sacerdotum solveret, scandala generaret» (De septem ordinibus Ecclesiae [Epist. 12] § 6: P L 30,156). '

3 De ecclesiasticis officiis 1.2 c.5, sobre el sacerdocio. En el c.7 escribe sobre los presbíteros: «Presbyterorum ordo exordium sumpsit (ut dictum est) a filiis Aaron... His enim, sicut episcopis, dispensatio mysteriorum Dei commissa est. Praesunt enim Ecclesiae Christi, etin confectione divini cor- poris et sanguinis consortes cum episcopis sunt, similiter et in doctrina populorum et in officio praedicandi. Ac sola propter auctoritatem summo sacerdoti clericorum ordinatio et consecratio reservata est... [transcribe el mismo párrafo que acabamos de escribir del tratado De septem ordinibus en la nota anterior]». Cf. L é c u y e r , l.c.: Greg (1954) P-72 -

4 Cf. los estudios y consideraciones que propone J. L é c u y e r , ibid.,P-75-83* . .

5 «Septimus est ordo presbyterorum... qui, licet smt sacerdotes, tamen pontificatus apicem non habent sicut episcopi...» (4 Sent. dist.24 q.9: P L 192,904).

6 In 4 Sent. dist.24 q-9, ibid.7 In 4 Sent dist.24 q.2 a.i sol.2; q.3 a.2 sol.2 y ad 2; dist.28 q.3 a.2

q .i a.i y 2; dist.25 q .i a.2 ad 2.

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221

288. Pero al comentar (ca.1260) De divinis nominibus, del Pseudo-Dionisio, a quien Santo Tomás, con toda la Edad Me­dia, atribuía tanta autoridad, debió de comprender la manera de considerar el episcopado como grado supremo sacramen­tal, tal como se había conservado esta doctrina en la enseñanza más universal de los Padres. Era también la sentencia de Gui­llermo de Auxerre 8, del Maestro Simón y de los suyos 9. La Glossa ordinaria enseñaba también que «así como en los Após­toles está el modelo (forma) de los obispos, así en los 72 dis­cípulos está el modelo de los presbíteros de segundo orden» 10 11.

Cierto es que Santo Tomás, en su Comentario de la carta a los Filipenses (a. 1259-1 265), escribe que desde el principio el episcopado es orden distinta del presbiterado, aunque los nombres se usaran indistintamente n .

También enseña Santo Tomás que la ordenación episcopal confiere una gracia. Comentando 1 Tim 4,14 dice que «esta imposición de manos significa la colación de gracia», y más adelante (2 Tim 1,6), que Timoteo recibió la imposición de manos de Pablo, «por quien había sido ordenado obispo. Y en esta imposición de manos se le dio la gracia del Espíritu San­to». Y todavía (en la exposición de Tit 1,5) enseña que es herejía decir que no hay diferencia entre obispos y simples sacerdotes.

289. Cuando años después (1269) escribe De perfectione vitae spiritualis, en el c.23 no concede la identidad fundamen­tal entre obispos y presbíteros; se apoya en el Pseudo-Dionisio y en la Glossa, y aun niega que San Jerónimo «pretenda decir que en la primitiva Iglesia fuera el mismo el orden o el estado de los obispos y de los presbíteros, sino que el uso de estas palabras era promiscuo».

La existencia del episcopado como orden superior la re­calca en la c.24:

«Lo que se dice en cuarto lugar, que el episcopado no es orden, contiene una manifiesta falsedad si se entiende absolutamente. Por­

8 De officiis ecclesiasticis: «Non tantum uncti sunt in baptismo, confir- matione et ordinatione in presbyteros, sed etiam in consecratione» (Ms. Ot- tobon. Latín. 99 fol.i49r; L écuyer, l.c., p.84).

9 Ed. W eisweiler (Louvain 1937) p.66; L écuyer, ibid., 84.10 E l texto se puede leer en Santo T omás, 2 .2 q .18 4 a .6 ad 1 . C f. S. B eda ,

In Le 10 ,1 (I.3): P L 92,46 1.1 1 In Philip. 1 ,1.

En los primeros escritos y siguientes

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que expresamente dice Dionisio que son tres los órdenes de la je­rarquía eclesiástica... El obispo, en efecto, tiene el orden por com­paración al Cuerpo místico de Cristo, que es la Iglesia, sobre la cual adquiere un cuidado supremo (principalem) y como regio. Pero en cuanto al verdadero Cuerpo de Cristo, que se contiene en el sacra­mento, no tiene el orden por encima del presbítero. Pero el que tenga no sólo jurisdicción, como el arcediano o el presbítero con cura de almas, sino también alguna orden, es manifiesto por cuanto el obispo puede hacer muchas cosas que no puede encargar, como ron firmar, ordenar, consagrar basílicas y otras cosas así; mientras que las cosas de jurisdicción las puede encomendar a otros. Tam­bién es esto manifiesto por cuanto, si un obispo es depuesto y des­pués se le rehabilita, no se le vuelve a consagrar, puesto que perma­nece la potestad de orden, como acontece en otras órdenes» 12.

290. En la segunda parte de la Summa (ca. 1271-1272) el Angélico resume estas enseñanzas: la promiscuidad de los nom­bres de obispo y presbítero que hubo al principio; pero siem­pre, aun en tiempo de los Apóstoles, hubo diferencia entre unos y otros secundum rem; después, para evitar el cisma, se distin­guieron también los nombres. Pero decir que los presbíteros no se diferencian de los obispos sería herético, según San Agus­tín 13.

Por esto Santo Tomás distingue en el obispo, en compara­ción del simple presbítero, no solamente una superioridad por razón de la jurisdicción sobre el Cuerpo místico, sino también por razón de orden. Entre obispos y sacerdotes no hay diferen­cia por razón del poder sobre la Eucaristía; forman el orden sacerdotal. El episcopado se confiere por la imposición de ma­nos, que confiere la gracia episcopal como poder para regir al pueblo de Dios en persona de Cristo.

Este gobierno especial se ejerce principalmente por medio de la palabra y la enseñanza, que es oficio ineludible de los obispos. A ellos les toca distribuir los oficios y las cargas de sus colabo­radores en el oficio pastoral; y ellos, los obispos, dan a éstos los instrumentos necesarios para esa colaboración. Los sacramen­tos enderezados a cumplir funciones especiales en el Cuerpo místico se reservan a los obispos, como son la confirmación y el orden... 14.

12 Cf. J. L é c u y e r , l.c., p.85.13 2.2 q.184 a.6 ad 1.14 Cf. J. L é c u y e r , Les étapes de Venseignement thomiste sur l’épiscopat:

RevThom 57 (1957) 51S. En todo el artículo (p.29-52) se ocupa extensa-

222 P.II c.9 § 2. Santo Tomás y el episcopado

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Ministro del orden 223

III. E l ministro del sacramento del orden

Docum entos de la Iglesia

291. El decreto pro Armenis establecía, como doctrina usual en la Iglesia, que «el ministro ordinario del sacramento del orden es el obispo». Pero se reconoce por todos que un simple presbí­tero puede conferir como ministro extraordinario las órdenes menores si le autoriza el Sumo Pontífice h Puesto que las órde­nes menores y la del subdiaconado son de mera institución eclesiástica, y hoy día la opinión general no las tiene como sa­cramento, no aparece dificultad en que lo que es solamente de institución de la Iglesia pueda también autorizarlo la misma Iglesia, dando, si es menester, la facultad requerida el Pontífice supremo.

La idea de que el obispo es el que tiene que ordenar para conferir órdenes sacramentales se ha visto siempre muy aseve­rada en los documentos del Magisterio eclesiástico. Así lo pres­criben los concilios Niceno I (a.325), el de Antioquía (a.341), el Sardicense (a.347), el Cartaginense II (a.397), el Niceno II (a.787) 2. Además, la profesión de fe prescrita a los valdenses insistía en que para celebrar válidamente la Eucaristía es me­nester ser «presbítero, ordenado según las leyes (regulariter) por un obispo visible y tangible». Y lo repite: que hace falta ser «presbítero constituido por un obispo para aquel oficio» 3. El Tri- dentino ha definido que los obispos son superiores a los presbí­teros (y no se refiere únicamente, por el contexto, a la potestad de jurisdicción), y que la potestad de confirmar y ordenar que tienen no es común con los presbíteros 4.

Por otra parte, el Código de Derecho Canónico establece tam­bién que «el ministro ordinario de la ordenación sagrada es el obispo consagrado; el extraordinario es el que, aunque carezca

mente de los textos del Angélico sobre esta cuestión. Véase también H. B ouéssé , en RevScRel (1954) p.368-391.

1 Codex luris canonici cn.951. Cf. Dz 1326 (701).2 C o n c il . N icen o I cn.4 (M a n si, 2,660); C o n c il . A ntioqueno en. i 3

(M a n si, 2,1314); C o n c il . Sa rd ic . en. i 9 (M a n si, 3,29); C o n c il . C a rta g i­n en se II en. 12 (M a n si, 3,872); C o n c il . N icen o II cn.14 (M a n si, 13,755); cf. F. S o lá , De sacramento ordinis n.109.

3 Dz 794 (424). Cf. supra, n.273.4 Dz 1777 (967); cf. n.1768 (960).

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224

del carácter episcopal, ha recibido por el Derecho o por la Santa Sede la potestad de conferir algunas órdenes» (01.951).

292. Pero se presenta el problema de si un simple presbí­tero, con autorización del Romano Pontífice, podría conferir órdenes sacramentales, de un modo parecido al poder radical que tiene un simple presbítero para conferir la confirmación si es autorizado por el Papa. En este caso de la confirmación el obispo sigue siendo ministro ordinario de este sacramento; el presbítero lo es sólo extraordinario. Si un presbítero pudiera conferir órdenes sacramentales, con indulto del Romano Pon­tífice, sería ministro extraordinario de estas órdenes; el obispo seguiría siendo ministro ordinario.

Las bulas de Bon ifa c io IX , M a rtín V e Inocencio V III 5293. El problema se ha presentado con ocasión de tres bu­

las, descubiertas recientemente, según las cuales a individuos no obispos se les ha autorizado a ordenar.

En el estudio de esta no fácil cuestión nos parece que se proponen los siguientes pasos o problemas previos: i.°) sobre la autenticidad de las bulas; 2.0) sobre el significado de la conce­sión, si se trata realmente de conferir órdenes, o de hacerlo por medio de un verdadero obispo sin contar con el Ordinario del lugar; 3.0) si, aun en el caso de ser una auténtica concesión para conferir órdenes, el Sumo Pontífice seria infalible en un caso particular; 4.0) en esta última hipótesis, cómo explicar el silen­cio o la doctrina contraria que sobre este punto ha reinado ge­neralmente en la Iglesia.

5 Cf. D. F er n á n d ez , Distinción entre episcopado y presbiterado y su problemática respecto al ministro extraordinario del sacramento del orden, en «XV Semana española de Teología (1QSS)• Problemas de actualidad en teología sacramentaría» (Madrid 1956) p.i 19-234; sobre la presente cuestión, sobre todo p.191-234 (al final, P.229SS, los textos de las bulas); F. S o lá , ¿Hasta qué punto puede depender de la potestad de jurisdicción el valor de los sacramentos?: ibid., p.5-32 (sobre todo p.15-25 para la cuestión presente), F. M onahan , De speciali S. Pontificis facúltate delegandi potestatem ordinis: EphCarm 14 (1963) 333-381; J. P u ig d e l a B ella c a sa , La bula «Sacrae religionis» de Bonifacio IX : ÉstEcl 4 (1925) 3_I9 H 3_I37! R S o lá , De sacramento ordinis4 n .106-115; G. B ock, La bulla «Gerentes ad vos» de Martin V: CollectOrdCistRef (1951) 1-7 197-205; C. B a is i , II ministro straordinario degli ordini sacramentan (Roma 1935); H. L e n n e r z , De sacra­mento ordinis n.238-241.

P.11 c.9 § 3. El ministro del orden

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La bula de Bonifacio IX 225

La bula de Bonifacio IX294. La primera bula es de Bonifacio IX, la bula Sacrae

religionis, de 1 de febrero de 1400. Va dirigida al abad y al con­vento del monasterio de Santa Ossita, en Essex, de la diócesis de Londres, y dice que el Papa quiere acceder a los deseos de ellos: «ut votis eorum... quantum cum Deo possumus annua- mus»; y, por tanto, «accediendo a las súplicas del abad y del convento», concede que «el mismo abad y los abades sucesores que en el futuro [in perpetuumj estén en el monasterio puedan conferir libre y lícitamente, en los tiempos establecidos por el Derecho, todas las órdenes menores, y también el subdiaconado, el diaconado y el presbiterado a todos y cada uno de los canóni­gos, presentes y futuros, profesos del mismo monasterio; y que los dichos canónigos, así promovidos por los sobredichos abades en las órdenes recibidas de esta manera, libre y lícitamente puedan servir en el ministerio, sin que obsten cualesquiera constituciones apostólicas y otras cualesquiera en contrario, cualquiera que sea la firmeza con que estén establecidas» 6.

295. Pero poco tiempo después, a instancias del obispo de Londres, Roberto Braybrook, la concesión se revocó por el mis­mo Papa en otra bula, Apostolicae Sedis (6 de febrero de 1403), dirigida al mismo monasterio. En ella recuerda el Pontífice la concesión hecha sobre el uso de insignias pontificales y la que antes hemos transcrito, «para que el abad y los sobredichos sucesores, a todos y a cada uno de los presentes y futuros pro­fesos del dicho monasterio, pudieran libre y lícitamente confe­rir en los tiempos establecidos por el Derecho todas las órdenes menores y también el subdiaconado, diaconado y presbiterado...»

Sin embargo, el Papa revoca y declara írrita la concesión he­cha, movido por las súplicas del obispo Roberto, que alegó «un derecho de patronato sobre el monasterio» que «había sido fun­dado por obispos predecesores suyos» y que los indultos con­cedidos «lesionaban gravemente al obispo y su jurisdicción or­dinaria, así como a la de la Iglesia de Londres» 7.

296. De la genuinidad de estas dos bulas, editadas en 19 11 8, parece que no puede dudarse, puesto que en el Archivo

6 Dz 1145.7 Dz 1146.8 E gerton B e c k , T w o Bulls of Boniface I X f o r the Abbot of St. Osyth:

Ministros de Cristo S

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226 P.II c.9 § 3. El ministro del orden

Vaticano se ha encontrado su «regesto» 9 para memoria de los documentos. Además, las dos bulas concuerdan entre sí en re­ferir el mismo hecho y la misma concesión; las dos bulas, por consiguiente, se apoyan y explican mutuamente. Y si la prime­ra propone una concesión inusitada que a primera vista parece desorbitada, la segunda bula revoca esa concesión y parece po­ner las cosas en un punto habitual.

297. Acerca del sentido de la concesión, que se presenta como desmesurada, podría suponerse, para evitar el asombro, que el abad a quien se autoriza para ordenar hasta de presbíte­ro tuviera la consagración episcopal10, aunque estuviera some­tido al derecho de patronato y a la jurisdicción ordinaria del obispo de Londres. En esta hipótesis desaparecería toda admi­ración y extrañeza, y únicamente se trataría de una licencia para ordenar independientemente de la jurisdicción ordinaria. Sin embargo, aparte de que esta suposición es gratuita y carente de pruebas, no parece que así pueda explicarse la bula. Porque la concesión se hace al abad que entonces presidia el monasterio, y a «sus sucesores in perpetuum», y no puede suponerse como cosa ordinaria que todos los abades sucesores hayan de tener la consagración episcopal. Además, la concesión que se hizo al abad sobre el uso de insignias pontificales y poder dar la ben­dición solemne, con tal de que no estuviera presente un obispo O legado de la Santa Sede 1 1 , parece que carecería de sentido si este abad tiene la consagración episcopal.

298. Podría también suponerse, como hipótesis para expli­car esta concesión, que únicamente se trata de que «libre y líci­tamente, en los tiempos establecidos por el Derecho», el abad pueda autorizar a sus súbditos para que reciban cualesquiera órdenes de cualquier obispo, sin necesidad de recurrir al obispo de Londres. Se trataría, por consiguiente, de una mera exención del Ordinario de Londres. Son varios los que han interpretado así la bula 12. Y no faltan algunas razones que abonan esta ma-

EnglishHistRev 26 ( 1 9 1 1 ) 124SS; F . F o fi, Un singolare privilegio riguardante il ministro dell’ordine: ScuolaCat 52 (1924) i7 7 ss> J* P u ig de la B., l.c .. EstEcl 4 (1925) 17-19 ; NouvRevTh 76 (1954) 364SS; Dz Í145S.

9 Archiv. Vatio. Regest. Latín. 81 fol.264; ibid., Reg. Latín. 108 fol.132. 16 Cf. L eitn er , Handbuch des katholischen Kirchenrechts (1922) p.128;

V e r m eer sc h : PerReMoral 13 (1924) 20.1 1 Dz 1 14 6 . _ , ,.12 J. P u ig d e la B . (EstEcl [1925] p . u j s ) ; G ill m a n n , Zur Lehre der

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ha bula de Martín V 227

ñera de ver. El Papa «accede a las súplicas del abad y del con­vento»; y sería muy de extrañar que las súplicas hubieran sido de lo totalmente inusitado y a primera vista desorbitado,; esto es, que un simple presbítero pudiera conferir las tres órdenes sacramentales. También así se explicarían las quejas del obispo de Londres de que se sustraiga a su jurisdicción, para efectos de órdenes, un monasterio que está bajo su patronato y que fun­daron sus predecesores. Es decir, que una explicación más sen­cilla, la de que se trata de una simple exención del Ordinario, que se concede, bastaría para explicar la bula.

Sin embargo, el sentido obvio de la expresión conferre or- dines, que se usa en las dos bulas, no es el de dar letras dimiso­rias a los obispos para que ordenen, sino el de conferirlas real­mente. Además, esta concesión se hizo no obstante la constitu­ción de Alejandro IV, Abbates 13, que sólo autorizaba a los abades para conferir la tonsura. Parece, pues, que en este nuevo documento se autorizaba a los abades para algo más, esto es, para «ordenar» de hecho 14.

L a bula de Martín. V

299. Pasamos al estudio de la bula de Martín V, Gerentes ad vos (16 de noviembre de 1427), dirigida al abad del monaste­rio cisterciense de Altzelle, en Sajonia 15.

Scholastiker vom Spender der Firmung und des VZeihesakramentes (Paderborn 1920) p .137; L . C im it ie r , art. Ordre: DictPractConnaisRel (París 1927) col.136; A. M ic h e l , art. Ordre: D T C 11,138 5 ; A. T a n q u erey , Synopsis Theol. dogm. III (París 1930) n.837; L. L er c h er , Instit. Theolog. dogm. IV (Oeniponte 1949) n.728; F. S o lá , De sacramento ordinis4 n .115 ; cf. D. F e r ­n á n d ez , I.c., p.195.

13 Dz 1146; cf. B o n ifacius VIII, Decret. (Líber sextus) I.5 tit.7 c.3: ed. F r ie d b e r g , 2,1084.

14 Las razones que algunos alegan, v.gr., D. F er n á n d ez , I.c., p.197, según los cuales la bula de revocación declara inválidas las órdenes futuras y Que, por lo mismo, da a suponer la validez de las órdenes conferidas según la concesión, a nuestro juicio no acaban de probar; porque la segunda bula únicamente declara inválida e írrita para el futuro la concesión hecha en la primera bula, la que haya sido («Litteras et indulta huiusmodi auctoritate Apostólica... revocamus...»: Dz 1146); «... decernentes ex nunc irritum et inane quidquid contrarium a quoquam quavis auctoritate scienter vel igno- ranter contigerit attemptari praedictis litteris» (cf. D. F er n á n d ez , I.c., p.231). Pero se puede declarar la invalidez de una acción para el futuro, prescindiendo de lo que haya sido (válido o inválido) en un caso anterior.

15 El texto original se encuentra en Dresden, Staatsarchiv von Sachsen, n.6043; y fue publicado por K. A. F ink, Zur Spendung der hdheren Vdeihen durch den Priester: Zeitschrift der Savigny-Stiftung. Kanon. Abteilung 32 (I943) 506-508; NouvRevTh 76 (1954) 366; D. F ernández, I.c., P.231S.

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228

El texto, del documento dice así: «Teniendo para vosotros y para vuestro monasterio un afecto de amor paterno, atendemos con gusto a vuestras conveniencias y asentimos fácilmente a vuestras peticiones, sobre todo a aquellas en que se provee a vuestros gastos. Por esto, Nos, queriendo favoreceros a vosotros y al mismo monasterio con una prerrogativa de gracia y de ho­nor, a ti, hijo abad, siempre que desde ahora para un quinque­nio fuere oportuno..., con autoridad apostólica, a tenor de las presentes, te concedemos licencia y también facultad de confe­rir a cada uno de, los monjes del mismo monasterio y a las per­sonas que a ti, abad, te están sometidas, todas, aun las sagradas órdenes, sin que sea necesaria la licencia del diocesano del lugar y sin que obsten en nada las constituciones y ordenaciones apos­tólicas, o las demás cosas en contrario» 16.

Tampoco aquí puede ponerse en duda la genuinidad del do­cumento, que es admitida por todos, cuyo registro consta en el Archivo Vaticano 17.

La interpretación para algunos ^ será la que daban para el documento anterior: se trata, según ellos, de una mera exención del Ordinario del lugar para los efectos de conceder órdenes y de provisión y reconciliación de las iglesias de su territorio (que es la parte omitida [...] en el texto arriba transcrito). Lo cual lo confirman con la frase que añade el Papa: dioecesani loci licen- tia super hoc minime requisita.

Sin embargo, esta interpretación, aunque posible, no es de­finitiva ni apodíctica 19; y parece que sigue en pie el sentido obvio del texto: que el mismo abad pueda conferir las órdenes sagradas 20.

La bula de Inocencio V III300. La tercera bula referente a semejantes concesiones es

la de Inocencio VIII, Exposcit tuae devotionis (9 de abril de 1489), dirigida al abad Juan de Cirey, del monasterio de Citeaux (Císter).

16 Dz 1290.17 Archiv. Vatic. Regest. Latín. 271 fol.2031:.18 F . Solá, De sacramento ordinis4 n .115 ,3 ; Id., ¿Hasta qué punto...?:

l.c., p.20-25.i® En contra de ella, entre otros, D. F er n á n d ez , l.c., p.198.20 «... omnes etiam sacros ordines conferendi, dioecesani loci licentia

super hoc minime requisita... licentiam concedimus et etiam facúltateme (Dz 1290).

P.II c.9 § 3. El ministro del orden

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La billa de Inocencio VIII 229

En ella el Papa menciona el privilegio antes concedido al expresado abad mayor y a otros cuatro abades de monasterios filiales (La Ferté, Pontigny, Clairvaux, Morimond) de «conferir todas las órdenes menores a las personas de la misma orden dentro de los monasterios predichos»; y todavía, queriendo en­riquecer con gracias y favores esta Orden del Císter, además de confirmar el que puedan bendecir y consagrar cálices y altares, «habiendo primero recibido de un obispo católico el sagrado crisma», y que puedan dar la bendición solemne en las iglesias de su territorio..., les concede aún más: «para que los monjes de esta Orden no se vean forzados a ir de una parte a otra fuera del claustro para recibir las órdenes del subdiaconado y diaconado, concede al abad y a sus sucesores que a cualesquiera monjes de esta Orden, y a los otros cuatro abades predichos y a sus suceso­res respecto de los religiosos de sus predichos monasterios, que puedan conferir legítimamente las órdenes del subdiaconado y dia­conado a los que encontraren idóneos...» 21.

La autenticidad del documento se confirma también en este caso, aparte de que ya consta por las ediciones del texto 22 y uso del privilegio dentro de la Orden del Císter, por la minuta de la bula en el Archivo Vaticano 23. Los cistercienses, en efecto, lo usaron hasta finales del siglo xvm 24.

La interpretación de este documento ha sido varia 25. Pero21 Dz 1435. La edición del documento en L. M esc h et , Priviléges de

l Ordre de Citeau (París 1713) *35: R- K ó n d ig , Elenchus privilegiorum regu- larium tam mendicantium quam non mendicantium, máxime Cisterciensium (Koln 1713) 39iss. Se había publicado por vez primera en Collecta quorum- dam privilegiorum Ordinis Cisterciensis (Dijon 1491); más adelante, en C. H e n - ríq uez , Menologium Cisterciense (Antwerpiae 1630) p .iE .

22 Además de las citadas en la nota anterior, también en Rituale Cis- terciense ex libro usuum, definitionibus Ordinis et CneTemonicili episcopoTum collectum 1.8 c.17-18 (ed. 1949, Westmalle). En las ediciones de este Ritual se contiene el Ordo de ordinatione subdiaconi et diaconi.

23 Archiv. Vatic. Armar. 54 t.8 fol.295.24 Cf. C. B a is i , II ministro straordinario degli ordini sacramentan (Roma

1935) p.22s; C a n iv ez , art. Citeaux: Dict. Droit Canon. 3 (1942) 783.25 Entre los que admiten la historicidad y la legitimidad del documento

se cuentan Suárez, Silvester Maurus, Platell, Grandin, Morin, Schramm, Hurter, Praxmarer, Diekamp, Gerlaud; cf. B a is i , l.c., p.18 nt. Entre los que dudan de la historicidad del documento, pero admiten que el Papa pudiera conceder tal facultad, se mencionan Vázquez, Lessio, Connink, Gotti, Wirceburgenses, Brinktrine, Honorato del Val...; cf. B a is i , l.c., p.17 nt. Entre los que niegan que el papa pueda conceder tal facultad se mencionan Gonet, Billuart, Salmanticenses (Cursus Theolog. moralis), Tour- nely, Perrone, Heinrich, Wernz, Lercher, Tanquerey...; cf. S o lá , l.c., n.108 110 ; B a is i, l.c.; D. F er n á n d ez , l.c., P.199SS.

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nos parece que el hecho mismo de haberse entendido dentro del Císter como privilegio para ordenar diáconos y subdiácorios, y el haberse practicado durante casi tres siglos, son suficientes para pensar que realmente se concedió la autorización para or­denar diáconos por abades que no eran necesariamente obispos. Prescindimos de algunas dificultades que se han puesto, pero que creemos están ya superadas.

Discusión de los documentos301. Admitimos, por consiguiente, la autenticidad de las

bulas indicadas y la concesión, de hecho, de la facultad de or­denar diáconos y presbíteros, hecha a abades, simples presbíte­ros. Consiguientemente, nos preguntamos: ¿Quiere esto decir que el simple presbítero puede ser, con indulto del Sumo Pon­tífice, ministro extraordinario de las órdenes superiores?

Desde luego, nadie piensa en que un simple presbítero pue­da ser ministro para ordenar obispos, por la sencilla razón de que en estas bulas no se menciona este caso o hipótesis. Y las ordenaciones de patriarcas alejandrinos por simples presbíteros es un hecho oscuro del que no consta con certeza históricamen­te. Y hay razones en contra (cf. n.257). Además, esta ordena­ción para una orden superior a la que posee el ordenante parece estar en contradicción con el principio de que «uno puede dar solamente aquello que ha recibido» 26.

Pero la ordenación para el subdiaconado y el diaconado, hecha por simple presbítero, no chocaría efectivamente contra este principio. Por lo que toca al subdiaconado, todos admitirán la posibilidad de tal concesión hecha por el Sumo Pontífice, todos los que piensan que el subdiaconado es de institución eclesiástica. Porque si la Iglesia lo ha instituido, también la Igle­sia y su autoridad suprema pueden señalar y modificar las con­diciones de validez para comunicarlo y hacer que un simple presbítero lo confiera.

302. Respecto del diaconado conferido por un simple pres­bítero, no aparece desde luego la dificultad que existe para que confiera el episcopado o el presbiterado; es más, en el caso del diaconado consta el hecho de una concesión pontificia, que es­

26 «Ut enim accipit quis, ita et daré potest» (San J eró n im o , Dialog. contra Luciferianos 9: P L 23,164; R 1359).

P.1I c.9 § 3. El ministro del orden

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Discusión de algunas bulas 231

tuvo en uso, aunque restringida a una sola orden religiosa, por espacio de casi tres siglos. Pero parece estar en contradicción con la opinión más generalizada en la Iglesia de que el ministro de las órdenes sacramentales es sólo el obispo. Queda por ver (cf. n.304s) si el hecho de autorizarlo el Sumo Pontífice es ar­gumento definitivo de su validez.

La autorización conferida en 1400 y 1427 para que los aba­des pudieran ordenar de presbítero no estuvo ciertamente en uso el lapso de tiempo que obtuvo la concesión de ordenar diá­conos, de que acabamos de hablar. La primera bula, de Boni­facio IX, al abad de Santa Ossita en Essex, fue revocada a los tres años y ni siquiera sabemos si el abad llegó a conferir órde­nes según la concesión. La segunda bula, de Martín V, al abad de Altzelle, concedía el indulto para un quinquenio. Las conse­cuencias del error que hubiera habido por parte de la Curia romana en estos dos últimos casos no hubieran sido tan prolon­gadas como en el primer caso.

303. Por otra parte, la ordenación de presbíteros hecha por presbíteros parece chocar con el principio que hemos oído di­ferentes veces en documentos de los Padres y de las liturgias, de que sólo el obispo ordena a los presbíteros 27; y esto lo han dicho aun aquellos Padres, como San Jerónimo, menos propen­sos a realzar el episcopado sobre el presbiterado: «¿Qué hace el obispo que no lo haga el presbítero, excepto la ordenación ?»28

También es chocante que en tantos siglos de la Iglesia (vein­te siglos) los Sumos Pontífices no parezcan haber tenido con­ciencia de esa potestad que en ellos residiría para hacer que un presbítero ordenara válidamente de presbítero. En casos de ur­gencia y de necesidad para proveer a semejantes órdenes se ha buscado siempre un obispo que las confiriera, o se han dejado sin conferir. No hay memoria de que en ocasiones difíciles para la Iglesia, v.gr., en tiempo de persecuciones, o en misiones apar­tadas, un simple presbítero haya sido autorizado a conferir ór­denes sacramentales. Y , sin embargo, se le ha autorizado para

27 Cf. Constit. Apost. 8,28,3: F u n k , 1,530; PG 1,112 4 ; R 1236. Cf. ibid.,3,20,2: F u n k , 1,2 17 ; y supra, Traditio apost. n.7-8; ed. Botte 56-59; su- prá, n.207s. ■ -

28 Sa n J erónim o , Epist. 146 (ad Evangelum), 1 : PL 22,1192; R 1357. Cf. también S. A tan asio ,. Apología contra Arlanos 75 (PG 25,385; R 753); S. E pifa n io , Panarium 75,4 (PG 42,508; R 1108); supra, n.255ss.

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232 P.I1 c.9 § 3. El ministro del orden

administrar el sacramento de la confirmación y para conferir órdenes menores, porque este poder radical para hacerlo, com­pletado con el indulto del Sumo Pontífice, está en la conciencia de la Iglesia.

304. Por todo esto, a la vista de las tres bulas menciona­das, es fácil la pregunta si puede explicarse por un error en la Curia romana respecto de la validez de aquellas concesiones. Porque, siendo frecuente en aquella época del siglo xv la opi­nión de que el obispo no es superior al presbítero por razón de una interna consagración sacramental, sino por tener una orden que le capacita para una superior jurisdicción sobre el Cuerpo místico, es fácil—decimos—que algunos pensaran en­tonces que la suprema autoridad del Papa podría comunicar a un simple presbítero este complemento de jurisdicción. Y po­dría tal vez pensarse que, de hecho, llevados los curiales de esta opinión, el Papa concediera las facultades que mencionan las bulas.

Desde luego, la infalibilidad pontificia, definida en el con­cilio Vaticano I, se refiere a las doctrinas dogmáticas y morales (doctrinas de fe y costumbres) que el Pontífice quiere definir perentoriamente, como pastor y doctor universal de la Iglesia, para que esta doctrina sea tenida por la universal Iglesia. Es lo que se llama definición ex cathedra 29. Pero aquí, en estas concesiones particulares de las bulas que nos ocupan, más que ventilarse cuestiones doctrinales, es una cuestión de disciplina la que viene en consideración. Es verdad que las cuestiones y concesiones disciplinares suelen llevar implícita una doctrina dogmática o moral; y por esto, en el tratado sobre el Magiste­rio de la Iglesia, se enseña por los teólogos que los decretos dis­ciplinares para la universal Iglesia son infalibles, esto es, que en ellos no cabe error dogmático o moral en aquello que precep­túan (o autorizan) para la universal Iglesia. Porque, si cupiera tal error en lo que se preceptúa o se autoriza, toda la Iglesia sería inducida al error.

305. Ahora bien, las concesiones contenidas en las bulas sobredichas no son decretos disciplinares para la Iglesia uni­versal, sino solamente concesiones hechas a particulares mo-

29 C o n c il . V a tic a n . I, sesión 4 (18 de julio de 1870), Constit. dogmat. Pastor Aeternus c.4: Dz 3074 (1839).

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nasterios y por brevísimo tiempo (las relativas a ordenación de presbíteros). Por esto pensamos que no se puede argüir de la concesión hecha por el Papa, en la cual quiere mostrar su afecto a los dichos monasterios, a la infalibilidad de la doctrina impli­cada en estas concesiones; es decir, que no basta que el Papa haya concedido a un simple presbítero conferir órdenes sagra­das, para decir que es infaliblemente cierto que un presbítero puede conferirlas con autorización del Papa. Si esto fuera infa­liblemente cierto, sena muy raro que, desde que se hicieron tales concesiones, no haya habido en la Iglesia una conciencia cierta de la posibilidad de conferir órdenes sacramentales por medio de simples presbíteros 30.

Aunque nosotros pensamos que en las concesiones o in­dultos contenidos en estas bulas no está comprometida la infa­libilidad pontificia, sin embargo, la particular asistencia del Es­píritu Santo de que goza el Pontífice en sus actos oficiales, no­minalmente en la dispensación de los sacramentos, de cuyo uso indebido por errores dogmáticos podrían seguirse graves in­convenientes a la Iglesia, esta particular asistencia—decimos— podría inclinar a pensar que, si el Romano Pontífice ha hecho una concesión como la contenida en estas bulas, es porque pue­de hacerla, y la presunción debe estar en su favor mientras no conste claramente lo contrario.

Discusión de algunas bulas

En resumen

306. Hemos indicado las razones en pro y en contra de la opinión de que un simple presbítero pueda conferir las órde­nes sacramentales del presbiterado y diaconado con autoriza­ción del Romano Pontífice. Admitida generalmente la autenti­cidad de las bulas que parecen autorizarlo en casos particulares, se dividen los pareceres acerca del sentido de esta concesión. Nosotros pensamos que se trata de bulas auténticas y de la autorización para una verdadera colación de órdenes sacramen­tales; y en lo tocante a conferir el diaconado estuvo en prác-

30 Son no pocos los teólogos que, a propósito de estas bulas, conceden que no atañe a la infalibilidad doctrinal un hecho semejante del Romano pontífice, realizado para particulares. Así P esch (Praelectiones dogm. VII [a.1920] n.668), W er n z (Ius Decret. II p .i.a [Prati 1915] p.6o nt.29) P oh- l e - G ier en s (Lehrbuch der Üogmatik III 578), H ugon (RevThom 29 [1924! 492), L er c h er-U m ber g (Instit. theolog. dogm., De ordine n.728). Las pala­bras de estos teólogos pueden leerse en D. F er n á n d ez , l.c., p.20is- F S olá l.c., n .115 nt.17. '

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tica durante casi tres siglos. Esta potestad radical de ordenar diáconos, residente en el presbítero, nos parece mucho mas probable que la potestad radical de ordenar presbíteros. Esta nos parece probable, pero no cierta, porque parece estar en con­tradicción con el sentir, que ha sido unánime en la Iglesia du­rante muchos siglos, de que sólo el obispo puede ordenar pres­bíteros, y, además, no se ha advertido generalmente en los Papas la conciencia de que puedan autorizar a un simple presbítero para conferir órdenes sacramentales, siendo asi que la han tenido para autorizarlo en orden al sacramento de la confirmación y para las órdenes menores.

En el orden práctico sacramental, en el cual no basta la mera probabilidad y es menester proceder con certeza en lo to­cante al ministro capaz, etc., si se quieren obtener con certeza la realidad y los efectos del sacramento, ya se ve que esta teoría no puede llevarse a la práctica, al menos por el momento. Aun algunos, que no contestan la validez, consideran esta autoriza­ción para ordenar presbíteros como abusiva y no conforme a la tradición 3h El concilio Vaticano II no quiso tratar este pro­blema y prescindió de él, esto es, si sólo el obispo es el que puede ordenar sacerdotes 32. El concilio nada decidió ni sobre la cuestión de posibilidad y de derecho, ni sobre la cuestión de hecho 33.

31 Cf. O. R ousseau , La vraie valeur de l’épiscopat dans l’Église d’aprésd’importants documents de i <§75> en Épiscopat et 1 Église universelle», ed. C ongar-D u pu y (París 1964) p .7iis. . .

32 Gf. Relatio super Caput III textus emendati Schematis Lonstit. De Ecclesia, Relatio de n. 18-21 a Cardinali Konig, p.8.

33 Schema Constit. De Ecclesia (a.1964), Relatio n.21 P.87M .

P.I1 c.9 § 3. El ministro del orden

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D el Tridentino al Vaticano II 235

C a p í t u l o X

D EL CONCILIO TRID EN TIN O A L VATICA N O II

I. Doctrina del concilio de Trento sobre el sacerdocio 1 Ante la perspectiva protestante

307. El concilio de Trento, contra las tesis luteranas que negaban la realidad de un sacerdocio ministerial instituido por Cristo 2 y que la ordenación sagrada fuera un sacramento 3, tuvo especial cuidado de definir (sesión 23, día 15 de julio de 1563) la institución divina4 del sacerdocio de la Nueva Ley y que el orden es un verdadero sacramento 5.

Y como el sacerdocio está íntimamente relacionado con el sacrificio, el concilio tuvo también interés en definir con ante­rioridad (sesión 22, día 17 de septiembre 1562) todo lo tocante al sacrificio de la misa, que venía especialmente negado y com­batido por los protestantes 6. La negación del sacrificio euca- rístico de la misa, realizado en la Iglesia, suponiendo que de­roga al único sacrificio de Cristo en la cruz (Heb 10,14), era, en efecto, la razón principal de los protestantes para negar el sacerdocio ministerial.

Convendrá, por consiguiente, que, primero, expongamos el pensamiento luterano sobre el sacramento del orden, porque

1 Cf. Concilium Tridentinum. Diariorum, Actorum, Epistularum, Trac- tatuum nova collectio (ed. G o rres) 6,97.308; 7,375ss.46oss.483ss; 9,5.3853. 105SS.226SS.620SS; H. L e n n e r z , De sacramento ordinis n .14 1-156; A. Du- val, L ’ordre au Concile de Trente, en «Études sur le sacrement de l’ordre» (París 1957) p.277-324; I d ., Les données dogmatiques du Concile de Trente sur le sacerdoce: Bulletin du Comité des Études (Saint Sulpice) n.38-39 (t.6 3-4); D. F er n á n d ez , Distinción entre episcopado y presbiterado..., en «XV Semana española de Teología (1955)» (Madrid 1956) p.156-164.

2 Como es sabido, sólo admitían el sacerdocio común de los fieles. A l­gunos textos de Lutero sobre esta afirmación, véanse más abajo, n.3ioss.

3 Los textos pertinentes, en el libro De captivitate babylonica, véanse más abajo, n.3o8ss. Y véase lo que después diremos sobre la «dimensión ecuménica del sacerdocio» (n.538ss).., 4 delante los «modernistas» volverán a insistir contra la institu­

ción divina del sacerdocio, atribuyéndola a evolución natural. Fue conde­nada por San Pío X la siguiente proposición: «Poco a poco la cena cristiana fue tomando la índole de acción litúrgica, y los que acostumbraban a pre­sidir la cena adquirieron carácter sacerdotal» (Dz 3449 [2049]).

5 Doctrina de sacramento ordinis c .1-3: Dz 1763 (956a)- 1766 (959).6 Cf. M. L u tero , De abroganda missa privata, en «D. Martin Luthers

Werke», ed. Weimar, 8,411-476; Dz 1738 (937a)- 1760.

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es el que principalmente ha tenido el Tridentino ante la vista. Así podrán entenderse más fácilmente la finalidad perseguida por el concilio y aun el porqué de algunas frases que son el eco de las mismas frases de Lutero.

Doctrina de Lutero acerca del sacramento del orden

En el libro «De cap ti vítate babylonica»308. Lutero, en su libro De captivitate babylonica Eccle-

siae1 , escrito en 1520, cuando llega a tratar «De ordine», es­cribe estas palabras:

«Este sacramento lo ignora la Iglesia de Cristo; ha sido inventado por la Iglesia del Papa; porque no sólo no tiene ninguna promesa de gracia, puesta en alguna parte, sino que ni siquiera con una pa­labra se acuerda de él todo el Nuevo Testamento. Y es ridículo afir­mar como sacramento de Dios lo que no se puede mostrar en nin­guna parte que haya sido instituido por Dios. No es que piense que hay que condenar un rito celebrado durante tantos siglos, sino que no quisiera en las cosas sagradas fingir invenciones humanas, y que no es lícito presentar una cosa como ordenada por Dios que no ha sido ordenada por Dios, para no ser ridículos al adversario; sino que hay que esforzarse que sean ciertas y limpias para nosotros y confirmadas con claras Escrituras las cosas que presentamos como artículos de fe; y esto en el presente sacramento no podemos hacerlo en lo más mínimo.

Ni tiene la Iglesia poder para establecer nuevas promesas de gra­cia divina, como algunos parlotean (garriunt), por cuanto no sea de menor autoridad lo que establece la Iglesia, que se rige por el Espí­ritu Santo, que no lo que se establece por Dios...»7 8.

Ya se ve aquí el principio luterano de las solas Escrituras para establecer un dogma de fe, en contradicción con el prin­cipio católico de que la Escritura sola no basta para llegar a la certeza de todas las verdades reveladas 9.

En cuanto a la promesa de gracia que tiene este rito de la imposición de manos para ordenar, las mismas Escrituras, en 1 Tim 4,14 y 2 Tim 1,6, nos han hablado de esta gracia (cf. n.195-199). Por lo demás, la Iglesia es consciente—según el sentir católico—de que no puede hacer que sus ritos obren

7 D. Martin Luthers Werke, ed. Weimar, 6. Band, 497-573-8 Ibid., p.560.9 Cf. C o n c il . V atican o II, Constit. dogmática Dei Verbum n.9. Para

el comentario sobre este punto nos remitimos a M. N ico lau , Escritura y Revelación según el Concilio Vaticano II (Madrid 1967) p.80-91.

236 P.II c.10 § 1. Doctrina de Trento sobre el sacerdocio

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Doctrina de Lutero 237

por sí mismos la gracia, o la prometan, si no son de institución divina. La Iglesia no tiene poder en la sustancia de los sacra­mentos 10 11.

309. Pero tiene razón Lutero, y fácilmente convenimos con él, cuando añade: «... la Iglesia queda constituida por las promesas de Dios, no la promesa de Dios por ella» n . «... Sea, pues, cierto que la Iglesia no puede prometer la gracia, lo cual es de solo Dios; por lo cual ni puede instituir un sacramento» 12.

«Pero, por mucho que lo pudiera—continúa—, no se seguiría al punto que el orden es sacramento. Porque ¿quién sabe cuál es la Iglesia que tiene el Espíritu...?

Por lo cual, permito que el orden sea un cierto rito eclesiástico, como otros muchos que han sido introducidos por los Padres de la Iglesia, como la consagración de vasos, de casas, de paramentos, de agua, de sal, de candelas, hierbas, vino y cosas semejantes; y en todas estas cosas nadie pone un sacramento ni ninguna promesa en ellas. Y así, ungir las manos del varón, tonsurat la cabeza y hacer otras cosas de este género no es dar un sacramento, ya que nada se promete con ellas 13, sino sólo se preparan para ciertos oficios, como vasos e instrumentos»14.

Es claro que la tradición cristiana, para quien haya leído nuestras páginas anteriores (cf, n.203ss), nunca ha igualado el rito de la imposición de manos con los otros ritos aquí men­cionados por Lutero.

Poco después dirá la poca fe que le merecen los escritos del Pseudo Dionisio, lo cual ciertamente era libre para pen­sarlo 15.

310. Negará más adelante Lutero que, con las palabras «Haced esto en mi memoria» (Le 22,19; 1 Cor 11,24), Cristo hubiese orde­nado sacerdotes 16. Sus conclusiones son radicales: «En resumen, el sacramento del orden fue y es una máquina preciosa para establecer todos los portentos que hasta ahora se han hecho y aún se hacen en la Iglesia»17.

Habla a continuación del sacerdocio común de todos los fieles, a propósito de 1 Pe 2,9. «Por lo cual, todos somos sacerdotes—dice—

10 Cf. Teología del signo sacramental n.443ss.1 1 D. Martin Luthers Werke, ed. Weimar, 6,560.12 Ibid., 561.13 Recuérdese la idea luterana acerca de los sacramentos, que son con­

siderados como promesas de la gracia de Dios. Cf. Teologia del signo sacra­mental n.6o8ss.

14 D. Martin Luthers Werke 6,561.15 Ibid., P.561S.16 Ibid., p.563.17 Ibid., p.564.

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cuantos somos cristianos. Y los sacerdotes que llamamos ministros son elegidos de entre nosotros, que en nombre nuestro hagan todas las cosas, y el sacerdocio no es otra cosa que el ministerio. Así en i Cor 4,[i]: que piense el hombre que somos ministros de Cristo y dispensadores de los misterios de Dios.

Por esto sucede que quien no predica la palabra, llamado por la Iglesia con esté fin, no es sacerdote, y no puede haber otro sacra­mento del orden que ciertos ritos de elegir predicador en la Iglesia. Y así por Malaquías 2, [7] se define al sacerdote: Los labios del sacer­dote custodian la ciencia, y de su boca buscarán la ley, porque es -mensajero (ángel) del Señor de los ejércitos» 18. Continúa Lutero es­cribiendo contra los sacerdotes que únicamente leen las horas ca­nónicas y dicen misa, pero no predican 19. Menciona abusos come­tidos 20, y concluye: «El oficio del sacerdote es predicar. Y si no lo hace, será tan sacerdote como un hombre pintado es hombre... El ministerio de la palabra hace al sacerdote y al obispo»21.

«Esté, pues, cierto y reconózcase, quienquiera que se llame cris­tiano, que todos nosotros somos igualmente sacerdotes, esto es, te­nemos el mismo poder en la palabra y en cualquier sacramento; pero que no es lícito a nadie usar de esa potestad sino con el consen­timiento de la comunidad o por llamamiento de un mayor (porque lo que es común de todos, nadie puede arrogárselo con singularidad hasta que sea llamado). Y por esto el sacramento del orden, si es algo, no es otra cosa que cierto rito de llamar a uno al ministerio eclesiástico; después, el sacerdocio propiamente no es sino el minis­terio de la palabra; de lá palabra, digo, no de la ley, sino del Evan­gelio. Y la diaconía es el ministerio, no de leer el evangelio o la epís­tola, como hoy se usa, sino de distribuir los bienes de la Iglesia a los pobres, para que los sacerdotes queden aliviados de la carga de las cosas temporales, y se dediquen con más libertad a la oración y a la palabra» 22.

Yá se ve que el sacramento del orden queda minimizado en esta concepción luterana del ministerio, y que no aparece con aquellos aspectos cultuales y de consagración con que hemos conocido el ministerio en lá Escritura y en los Santos Padres.

3 1 1 . Se desata ciertamente Lutero en diatribas contra los sacerdotes y obispos de la Iglesia 23, para terminar este tra­tado del sacramento del orden con estas palabras; ,

«Siendo el ministerio, según nos enseñan , las Escrituras, lo que nosotros llamamos sacerdocio, no. veo de ninguna manera por qué no pueda volver a ser laico el que fue hecho sacerdote, siendo así

21 Ibid., p.566.22 Ibid.23 Ibid., p.567.

238 P.II c.10 § 1. Doctrina de Trmto sobre el sacerdocio

18 Ibid., p.564.19 Ibid., P.564S.20 Ibid., p.565.

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Doctrina de Lutero 239

que en nada se diferencia del laico sino en el ministerio, y qué no es tan imposible ser depuesto del ministerio, que con frecuencia se impone esta pena a sacerdotes culpables, cuando se les suspende temporalmente o se les priva perpetuamente de su oficio. Porque aquella invención del carácter indeleble, ya antes se celebró con risa (irrisum est). Concedo que este carácter lo imprima el Papa, sin saberlo Cristo, y que por este carácter sea no tanto consagrado sacer­dote de Cristo cuanto siervo perpetuo y cautivo del Papa...»24.

E n el libro « D e abroganda missa privata»

312. El mismo Lutero repitió semejantes pensamientos, insistiendo en el único sacerdocio común de los fieles, en su obra De abroganda missa privata25, escrita el año 1521: «Está cierto—dice—y no te dejes engañar por ninguna persuasión, que no hay en el Nuevo Testamento sacerdocio visible y ex­terno, si no es el que ha sido erigido por Satanás con mentiras humanas. El único y solo sacerdocio para nosotros es el de Cristo, con que se ofreció por nosotros y a nosotros con E l...» 26

Lutero propone diferentes pasajes de la Escritura (1 Pe 3,18; Heb 5,1; 10,14; Is 54U3; 65,24; Jer 31,34; Is 11,9; Jn 6,45; 1 Tim 2,5.7) 27 que, según él, están en contra o no demuestran el sacerdo­cio ministerial afirmado por los católicos.

Recuerda los textos clásicos sobre el sacerdocio universal de to­dos los cristianos (1 Pe 2,5.9; Apoc 5,10; 20,6) y declara que, «fuera de estos pasajes, en todo el Nuevo Testamento nada hay que re­cuerde a los sacerdotes por este nombre» 28.

Por esto concluye: «Uno es solamente y común a todos los cris­tianos en la Iglesia el ministerio de la palabra, que todos pueden hablar y juzgar, y todos tienen obligación de oír. Y, puesto que la Escritura ignora todo otro ministerio, preguntamos a los ídolos pa­pistas de dónde han sacado aquel su ministerio incomunicable a todos» 29.

313. John Fisher, el que murió mártir de su fe católica en Inglaterra, canonizado en nuestros días, escribió contra Lutero el año 1525 Sacri sacerdotii defensio contra Lutherum, publica­do en Colonia, apoyado en abundantes documentos de los Santos Padres, que muestran la antigüedad y prescripción de esta doctrina en la Iglesia y cómo el sacerdocio abarca tam-

24 Ibid.25 D. Martin Luthers Werke, ed. Weimar, 8,411-476.26 Ibid., p.415.22 Ibid.28 Ibid., p.416.29 Ibid., p.425.

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240 P . I I c . l O § l . Doctrina de Trento sobre el sacerdocio

bién la catequesis e instrucción del pueblo, además de lo cul­tual y de la cura de las almas 30.

La ordenación sagrada es verdadero sacramento

314. El Tridentino quiso establecer la verdadera y cató­lica doctrina «sobre el sacramento del orden», decretada para condenar los errores de aquel tiempo 31. Lo hace en capítulos doctrinales con sus cánones correspondientes.

La realidad de un sacerdocio nuevo visible y externo, en la Iglesia, consta—dice—por la realidad del sacrificio de la Euca­ristía, visible, que, por institución de Cristo, la Iglesia católica ha recibido; porque sacrificio y sacerdocio son cosas unidas por ordenación divina. En sustitución del sacerdocio de la Anti­gua Ley, que se ha cambiado (cf. Heb 7,i2ss), ha venido el nuevo, que fue instituido por el mismo Salvador. El concilio enumera las principales potestades estrictamente sacramen­tales y cultuales que se comunicaron por Cristo. Porque «las Sagradas Escrituras lo muestran y la tradición de la Iglesia católica siempre lo enseñó, que a los Apóstoles y a sus suceso­res en el sacerdocio se les comunicó la potestad de consagrar, de ofrecer y de administrar el Cuerpo y la Sangre del Salvador, y también la de perdonar y retener los pecados» 32.

315 . En el cn.i se define bajo anatema la existencia de este sacerdocio externo y visible, que es cultual y que no con­siste únicamente—se dice—en el solo ministerio de predicar el Evangelio. Tampoco es verdad—se añade—que los que no predican no son sacerdotes 33. Es afirmar la diferencia con la mentalidad protestante, de que el único ministerio es el de la predicación.

El concilio justifica (c.2 y cn.i) la existencia de las siete órdenes eclesiásticas, como algo consentáneo para la mayor veneración del sacerdocio y para el buen orden y servicio de los ministerios. Las Escrituras hablan de los sacerdotes y de los diáconos (Act 6,5; 1 Tim 3,8ss; Flp 1,1), y desde el princi­pio de la Iglesia se habla de los oficios de las otras órdenes in-

30 G f. Kx e in -Sc h m ein k , Corpus Catholicorum vol.9 (M ünster in W est- falien 1925).

31 D z 176 3 (956a).32 G . i : D z 1764 (957).33 D z 17 7 1 (961).

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feriores. El subdiaconado—dice el concilio—es referido por Padres y concilios a las órdenes mayores 34.

316. Es, sobre todo, importante el c.3, con el en.3, en que se define que el orden es verdadero sacramento. La razón es que mediante las palabras y los signos externos se confiere gracia; y el fundamento para afirmarlo se dice estar en el testimonio de las Escrituras, en la Tradición apostólica y en el consentimiento unánime de los Padres. Un texto que se alega es precisamente 2 Tim i,6s, que antes (11.196SS) hemos alegado nosotros. No se trata, por consiguiente, de sólo un rito para elegir ministros de la palabra y de los sacramentos, ni de un figmento humano pensado por gente imperita, sino de un sa­cramento instituido por Cristo 35.

317. Para asegurar más este punto tan importante de la sacramentalidad del orden se define que «en la ordenación sa­grada se da el Espíritu Santo» y que no en vano dicen los obis­pos: «Recibe el Espíritu Santo». También se define que en la ordenación sagrada se imprime carácter, y que quien ha sido hecho sacerdote, lo es permanentemente 36.

Ahora bien, es en los ritos de la ordenación episcopal, pres­biteral y diaconal en los que se decía: «Recibe el Espíritu Santo»; por lo cual, en las palabras del concilio se ha podido ver que éste tenía por ritos sacramentales la ordenación de obispo, de presbítero y de diácono. Asimismo parece que de las palabras del concilio puede deducirse que, siendo ordena­ciones sagradas las ordenaciones episcopales, presbiterales y diaconales, en cada una de ellas se imprime un carácter.

L a jerarquía de orden y el «carácter»

318. El concilio de Trento pasó a tratar de la jerarquía eclesiástica, cuya existencia dejó firmemente establecida y de­finida (c.4 y cn.6.8). Ni todos los cristianos son sacerdotes del N .T. (trata del sacerdocio ministerial, no del sacerdocio común), ni todos tienen igual potestad espiritual; y aduce, para confirmarlo, las palabras de San Pablo sobre la división de los carismas y de los oficios en la Iglesia: no todos son profetas, no

34 Dz 1765 (958) 1772 (962).3 5 Dz 1766 (959) 1773 (963).36 Cn.4: Dz 1774 (964).

El orden, verdadero sacramento

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242 P.I1 c.10 § 1. Doctrina de Trento sobre el sacerdocio

todos evangelistas, no todos pastores, no todos doctores (cf. i Cor 12,29; E f 4,11).

Un fundamento o presupuesto de esta índole jerárquica de algunos cristianos está en el carácter que se imprime en el sa­cramento del orden, lo mismo que en el bautismo y en la con­firmación; carácter que no puede borrarse ni quitarse. Es el fundamento de una potestad permanente, y no meramente temporal, que tienen los sacerdotes. Por esto, una vez ordena­dos rectamente, ya no pueden ser laicos, aunque no ejerciten el ministerio de la palabra 37. La jerarquía eclesiástica está instituida por ordenación divina 38.

La doctrina del «carácter» que imprimen algunos sacramen­tos, y nominalmente el sacramento del orden, había sido pro­fundamente estudiada en la Edad Media y enseñada en el con­cilio Florentino (cf. n.279 283). El concilio de Trento proce­dió a definirla 39, por lo mismo que el «carácter» había sido negado por los luteranos, y en particular por Chemnitz 40.

Relación entre episcopado y presbiterado

319. A la jerarquía eclesiástica pertenecen las diferentes órdenes o grados eclesiásticos, de que se ha hablado; pero «sobre todo—dice el concilio1—pertenecen los obispos, que son sucesores de los Apóstoles y ocupan su lugar y que han sido puestos por el Espíritu Santo para gobernar la Iglesia de Dios». El concilio afirma también que «los obispos son superiores a los presbíteros»; como se ve, está muy lejos de la, herejía de Aerio (n.258). Una de las razones de esta superioridad está, según el Tridentino, en su potestad o potestades de orden, puesto que los obispos «pueden conferir el sacramento de la confir­mación, ordenar a los ministros de la Iglesia y hacer muchas otras cosas [consagrar iglesias, etc.]; mientras que los demás

37 Estas palabras van directamente contra Lutero, que había escrito: «... prorsus non video, qua ratione rursus nequeat laicus fieri semel sacer- dos factus, cum a laico nihil differat nisi ministerio...». (De captivitate ba- bylonica, en «M. Luthers Werke» 6,567. Cf. Dz 1767 [960]).

38 Dz 1776 (966).39 Sesión 7, Decret. de sacramentis cn.i: Dz 1609 (852); sesión 23, De

sacramento ordinis cn.4: Dz 1774 (964); cf. c.4': Dz 1767 (960).40 «Nam commentum illud caracteris indelebilis iam olim irrisum est.

Concedo ut caracterem hunc Papa imprimat, ignorante Christo...» (D. M a r t in L u t h ers , De captivitate bábylonica, en «Werke» 6,567; supra n.311).

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de orden inferior no tienen ninguna potestad para estas fun­ciones»41. La potestad de confirmar y ordenar que tienen los obispos no es común con los presbíteros 42.

320. A la vista de estas afirmaciones de Trento, se pre­gunta uno cómo debe entenderse la potestad de confirmar y de dar órdenes menores o de consagrar cálices, etc., que tiene un simple presbítero si cuenta con la autorización del Romano Pontífice. Parece que, en esta hipótesis, alguna po­testad tiene, y que no puede decirse que nó tiene ninguna. Sin embargo, una potestad realmente expedita para pasar al acto, que es lo que se entiende simpliciter por potestad, no la tiene el presbítero por sí solo; tendrá a lo más una potestad radical o una potencia remota, que podrá ser completada me­diante la autorización del Pontífice supremo.

Por esto, según la definición de Trento, no hay duda acerca de la superioridad de los obispos sobre los presbíteros por lo que toca a la potestad de orden.

321. El Tridentino no ha distinguido explícitamente entre sacerdotes de primer grado o de segundo grado. Pero sí implí­citamente, puesto que, hablando del «sacerdocio» (c.1-3), ha distinguido entre obispos y presbíteros, y ha definido que aquéllos son superiores a éstos, poniendo como motivos de superioridad precisamente los que se refieren a la diversa po­testad de orden que hay en unos y en otros.

Gomo no habla de potestad de jurisdicción, esta superiori­dad sobre los presbíteros la tienen también los obispos titula­res a quienes no se han asignado diócesis y súbditos, los cuales pueden válidamente ejercitar sus funciones de potestad de orden. No así los presbíteros, sin la autorización dicha.

La potestad de confirmar y de conferir órdenes (menores) que puede tener un presbítero mediante la autorización o in­dulto del Romano Pontífice se entiende, por algunos43, pre­supuesta la potestad presbiteral de orden, como la concesión de una jurisdicción para poder ejercer su potestad de confirmar y ordenar en individuos que sean súbditos propios. Esta juris­dicción o superioridad se concedería a todo obispo en la con-

41 C.4: Dz 1768 (960).42 Cn.7: Dz 1777 (967).43 Cf. C. B a is i, II ministro straordinario degli ordini sacramentan (Ro­

ma 1935) P .128 SS .157 ; L e n n er z , l.c., n .14 5 .

Relación entre episcopado y presbiterado 243

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sagración, respecto de cualesquiera individuos capaces de re­cibir el sacramento; pero no a los presbíteros, que necesitarían la voluntad del Pontífice para obtener estos súbditos. Sin em­bargo, nos agrada menos esta hipótesis, que hace consistir la potestad de confirmar u ordenar en una mera potestad de ju­risdicción; porque un simple presbítero puede tener verdadera jurisdicción en algunos individuos (piénsese en un obispo elec­to, que ha tomado posesión de su diócesis), y no por ello los puede confirmar u ordenar. Viceversa, parece gratuito supo­ner que todo obispo tiene jurisdicción en cualquier individuo capaz del sacramento.

322. Se puede preguntar si la superioridad del obispo sobre el presbítero, que—como hemos visto—ha definido el concilio Tridentino, es en la potestad de jurisdicción solamente o es en la potestad de orden; y, además, si es por institución inmediatamente divina o es por institución inmediatamente eclesiástica. Desde luego, el concilio, en el en.6, ha definido que existe en la Iglesia católica una jerarquía instituida por Dios, que consta de obispos, presbíteros y ministros 44. Ya se ve, aparte de otras declaraciones conciliares, que se trata de una jerarquía de orden, no de jurisdicción, puesto que las ca­tegorías de presbíteros y ministros no suelen referirse a la ju ­risdicción, sino al orden; y, además, en el capítulo correspon­diente, se habló del sacerdocio y de las potestades de orden 45. Luego la superioridad del obispo sobre el presbítero, definida en este lugar, se refiere a la potestad de orden.

323. En cuanto a la institución divina de esta potestad de orden, el concilio prescindió de la cuestión si era inmediata­mente divina o era mediante la Iglesia. Aunque en las discu­siones previas había muchos, sobre todo españoles, que pre­tendían se definiera ser de derecho divino la institución de esta jerarquía y la superioridad de los obispos sobre los presbíteros, tras el proceso de varias discusiones, sólo se puso acerca de la jerarquía, en el cn.6, la frase divina ordinatione institutam, pres­cindiendo deliberadamente de si la jurisdicción venía inme­diatamente de Cristo o mediante el Papa. Y en cuanto a la

44 Dz 1776 {966).45 Dz 17675 (960).

244 P.II c.10 § 1. Doctrina de Trento sobre el sacerdocio

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superioridad de los obispos sobre los presbíteros, el en. 7 se limita a definir esta superioridad46.

Más adelante, esta doctrina de Trento se recogerá de un modo bien explícito en el Código de Derecho Canónico: «Por divina institución hay en la Iglesia clérigos, que son distintos de los laicos, aunque no todos los clérigos son de institución divina...» (en. 107). Y todavía de una manera más concorde con Trento: «Por divina institución, la sagrada jerarquía, por razón del orden, consta de obispos, presbíteros y ministros; por razón de la jurisdicción consta de episcopado supremo y de episco­pado subordinado; por institución de la Iglesia hay también otros grados que se han añadido» (en. 108 § 3).

324. Cuando en Trento y en el Código de Derecho Ca­nónico se afirma que la jerarquía (de orden), instituida por ordenación divina, consta de... ministros, ya se ve que, por lo menos, debe esto entenderse de los diáconos, que son los pri­meros «ministros». Queda, pues, como definición implícita, o por lo menos como deducción teológica, que los diáconos per­tenecen a la jerarquía de orden, instituida por ordenación di­vina. Con lo cual, añadidas otras razones (cf. n. 1 9 2 - 1 9 4 2 0 8

2 1 9 S ) , será fácil deducir que el diaconado es sacramento.

325. La lectura y el análisis de los capítulos y cánones de Trento, relativos al sacramento del orden, dejan en el áni­mo la convicción de que el episcopado es un grado sacramen­tal supremo, instituido por Cristo. Y , en efecto, la idea del episcopado como sacramento, poderosamente estimulada y pro­movida en Trento, irá desde entonces ganando terreno entre los teólogos y haciéndose cada día más común, hasta la reciente declaración y enseñanza sobre su sacramentalidad emanada del Vaticano II (cf. n.327ss).

Las ordenaciones son potestativas de la Iglesia jerárquica

326. El concilio de Trento quiso contener las intromisio­nes seculares en la designación y promoción de los obispos y grados jerárquicos de la Iglesia. Por esto enseñó que «en la or­denación de los obispos, sacerdotes y demás órdenes no se re-

46 Pueden verse diferentes estudios sobre las Actas del concilio de Trento acerca de este punto: L e n n e r z , l.c., n.150; B a is i, l.c., p.69; Mi- c h el , en D TC 9,i , i 361 ss; D. F er n á n d ez , l.c., p.isóss.

Relación entre episcopado y presbiterado 245

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246 P.II c.10 § 2. El episcopado como sacramento

quiere el consentimiento o el llamamiento o la autoridad ni del pueblo ni de cualquier potestad secular o magistratura, de suerte que sin esta autoridad la ordenación sea inválida». Por el contrario, decretó que «los que suben a ejercitar estos ministerios, llamados sólo por el pueblo o por el poder o ma­gistratura secular, y los que se arrogan estos oficios por propia temeridad, todos éstos no son ministros de la Iglesia, sino que deben ser tenidos por 'ladrones y salteadores, que no han en­trado por la puerta’ [cf. Jn io , i ]»47. Y definió que los que no han sido legítimamente ordenados y enviados por la autoridad eclesiástica y canónica, sino que vienen por otro conducto, no son legítimos ministros de la palabra y de los sacramentos 48.

También estas declaraciones de Trento pasaron al Derecho Canónico, que volvió a fijar que no es por el consentimiento o llamamiento del pueblo o del poder secular la manera como se hace la incorporación a la jerarquía eclesiástica, sino por la ordenación sagrada en los grados de la potestad de orden, y por la misión canónica en los grados de jurisdicción. Mas, por lo que toca al supremo pontificado, queda uno constituido en él, por el mismo derecho divino, una vez que se ha cumplido la con­dición de la elección legítima y de la aceptación por el elegido (en. 109).

II. E l episcopado como sacramento 1

327. Teólogos muy significados de la Edad Media, como Pedro Lombardo, San Alberto Magno, San Buenaventura, Escoto y el mismo Santo Tomás, habían manifestado sus vaci­laciones u oscuridades acerca de la naturaleza sacramental de

47 Dz 1769 (960).48 Cn.7: Dz 1777 (967).1 Cf. J. L é c u y e r , L a gráce de la consécration épiscopale: RechScPhilTh

36 (1952) 389-417; Id., Le sacrement de Vépiscopat: Divinitas 2 (1957) 201- 2 3 1; Id., Orientations presentes de la théologie de 1’épiscopat, en «L’Episco- pat et l’Église universelle» (ed. C on gar-D u pu y) (París 1964) p .781-811; I d ., en L a Chiesa del Vaticano II (ed. B araúna) (Firenze 1965) p.713-732; M g r . P h il ip s , L ’Eglise et son mystére au I Ie Concile du Vatican I (París 1967) p.251-254; F« S o lá , De sacramento ordinis4 n.28-44; D. F er n á n d ez , Dis­tinción entre episcopado y presbiterado..., en «XV Semana española de Teo­logía (1955)» (Madrid 1956) p .165-191; C. Pozo, E l episcopado como sa­cramento, en «Constitución dogmática sobre la Iglesia. Texto y comentario por profesores de la Fac. de Teología de Granada» (Madrid 1967) p. 164-173 ; M. N ico lau , L a Iglesia del Concilio (Bilbao 1966) p.138-146.

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En el concilio de "Itentó 24?

la consagración episcopal. De Santo Tomás y de las diferentes etapas de su pensamiento acerca del episcopado, en relación con el sacramento del orden, hemos hablado anteriormente (n.287ss). Pero, a pesar de estas dudas, perplejidades y aun negaciones de la Edad Media, el concilio de Trento se declaró manifiestamente por la índole sacramental del episcopado :

i) El concilio definió que por la ordenación sagrada se da el Espíritu Santo, y que no en vano se dice en esta ordena­ción: «Recibe el Espíritu Santo» 2. Como la consagración epis­copal es una ordenación sagrada y en ella se decía «Recibe el Espíritu Santo», la definición del Tridentino insinuaba o de­cía implícitamente que la consagración episcopal comunicaba el Espíritu Santo. Porque, si no en vano se decían aquellas pa­labras, se decían con eficacia y en la ordenación se comunicaba la gracia del Espíritu. Todo lo cual venía a ser la afirmación de la índole sacramental de aquella consagración.

328. 2) También el Tridentino había hablado de los«sacerdotes del N.T.», los cuales reciben el sacramento del or den y son jerarquía eclesiástica. Pero a esta jerarquía (y tra­ta, por todo el contexto, de la jerarquía de orden) dice que pertenecen principalmente los obispos, cuya potestad menciona para confirmar, ordenar, etc. 3. Todo lo cual equivale a afirmar que los obispos son sacerdotes del N .T. y que han recibido el sacramento del orden, aunque deja sin explicitar o declarar si ha sido en el presbiterado o en el episcopado.

3) Sin embargo, cuando el Tridentino declara que el or­den es verdadero sacramento apoyándose «en el testimonio de la Escritura y en la tradición unánime de los Padres», aduce como demostración el texto de 2 Tim i,6s: «Te recuerdo que resucites la gracia de Dios que hay en ti por la imposición de mis manos...»4; texto que se ha interpretado generalmente de la consagración episcopal de Timoteo, realizada por la imposi­ción de manos de San Pablo juntamente con la del presbiterio de aquella época (cf. 1 Tim 4,14).

2 Dz 1774 (964).3 Dz 1767S (960).4 D z 1 7 6 6 (9 59) .

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248 P.II c.10 § 2. El episcopado como sacramento

Exposición patrística de 2 Tim i,6s

329. El contexto de 2 Tim i,6s ya insinúa que se trata de un espíritu y de un carisma recibidos por Timoteo en orden a las virtudes de fortaleza, caridad y moderación, que son vir­tudes del gobernante (cf. n.196); y la carta no cesará de dar re­comendaciones a Timoteo para este gobierno espiritual. No po­cos Padres, expositores de 1,2 Tim, han declarado explícita­mente que en este pasaje se trata de la consagración de Timoteo para el episcopado.

San Atanasio aplica estas palabras al obispo y enseña que «a cada uno de nosotros dirigió Pablo por medio de su discípulo este mandato». Y asimismo las aplica a Draconio, obispo 5.

San Juan Crisóstomo entiende la gracia de que se habla en 2 Tim, de una gracia episcopal: «Has recibido la gracia del Es­píritu para gobernar la Iglesia, para realizar los signos, para rea­lizar la liturgia... Por cobardía y negligencia se extingue (el Espíritu y la gracia); por la vigilancia y la atención se excita. Está ciertamente en ti; pero tú hazla más ardiente, esto es, llé­nala con confianza, con gozo, con alegría; pórtate como hom­bre» 6. Precisamente por este pensamiento del Crisóstomo, de que en 2 Tim 1,6 se menciona una consagración de obispo reali­zada por Pablo, interpreta aquel arzobispo de Constantinopla que los componentes del presbiterio que también impusieron las manos a Timoteo según 1 Tim 4,14 debían de ser obispos, porque los simples presbíteros no hubieran podido ordenar a un obispo 7.

De modo semejante se expresa Teodoro de Mopsuestia 8. Teodoreto, conocido exegeta griego, dice al propósito que «el presbiterio» comprende todos los que habían recibido la gracia del apostolado, y que el carisma recibido por Timoteo era el de enseñar 9, indicando así el oficio principal del obispo.

También el Ambrosiaster interpretó del obispo el texto que nos ocupa 10.

5 Apol. ad Const. imper. 26: PG 25,628 C ; Epist. ad Drac. 4: PG 25, 528 A.

6 In 2 Tim. hom.1,2: PG 62,603.7 In 1 Tim. hom .13,1: PG 62,565.8 In 1 Tim. 4,14: ed. Sw e t e , II (a.1882) p.150; P h il ip s , l.c., p.252.9 In 1 Tim. 4,14: PG 82,816.

10 In 1 Tim. 4,13-14: PL I7.475AB.

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249

330. En la Edad Media se difundió ampliamente esta opi­nión y se vio en 2 Tim 1,6 la consagración episcopal de Timoteo. Así, por ejemplo, Sedulio de Escocia piensa que el texto se refie­re a la ordenación de obispo «por la imposición dé las manos, es decir, según tu ordenación para el episcopado» 1 1 . Rabano Mau­ro interpreta que los miembros del presbiterio de 1 Tim 4,14 eran obispos, a semejanza de los que aún hoy se reúnen para consagrar a un nuevo candidato. Se les llama presbiterio—dice— por honor y dignidad 12. Haymon Halberstatense considera que la gracia de que se trata en 1 Tim 4,14 es fe, sabiduría y remi­sión de pecado y gracia del episcopado 13. Lanfraneo, arzobispo de Gantorbery, San Bruno, Herveo de Burdeos, han visto en uno u otro texto de 1 y 2 Tim, o en los dos, la gracia del oficio epis­copal 14.

Sobre Santo Tomás, ya vimos que refiere a la gracia del epis­copado la que recibió Timoteo por la imposición de manos 15.

Por todos estos pasajes y citas se habrá podido apreciar que los textos escriturísticos más fehacientes para ver en la imposi­ción de manos un acto sacramental (1 Tim 4,14; 2 Tim 1,6) han sido referidos por la interpretación exegética corriente pre­cisamente a la colación del episcopado y consagración episcopal.

Las liturgias de consagración episcopal

331. Las oraciones de estas liturgias expresan una comu­nicación de gracia, que se recibe por la consagración.

Comenzando por la Traditio apostólica de Hipólito (a.2i5), ya conocemos (n.204s) la oración que se decía con la imposición de manos, al consagrar al obispo: «Derrama... la fuerza que vie­ne de ti, la del Espíritu soberano (principal, regio) que diste a tu Hijo amado Jesucristo, que El dio a tus santos Apóstoles, que fundaron la Iglesia en todo lugar...» 16. Y asimismo se se­ñalan y piden los oficios propios que ha de tener este nuevo obispo: «Concede... a este siervo tuyo, que has escogido para

11 In 2 Tim.: P L 103,238.12 P L i i 2 ,6 i s B G .13 In 1 Tim.: P L 117,794.14 L anfran cus, In 2 Tim. (PL 150,362 A); S. B runo , In 1 Tim. (PL

i 5 3>44?B), In 2 Tim. (ibid., 460D); H ervaeu s, In 1 Tim. (PL 181,14308); In 2 Tim. (ibid., 1451S).

15 In 1 Tim. 4, lect.3; In 2 Tim. 1, lect.3; 2.2 q.184 a.sc; cf. n.288.16 Trad. apost. n .3 ; ed. B o tte , 42-45; supra n.204.

2 Tim l,6s y liturgias

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250 P.II c.10 § 2. El episcopado como sacramento

el episcopado, apacentar tu grey santa y ejercer el supremo sacerdocio... y que ofrezca los dones de tu santa Iglesia; que, en virtud del supremo sacerdocio, tenga la potestad de perdonar los pecados, según tu mandamiento; que distribuya los oficios según tu precepto, y que desate de toda atadura según el poder que has dado a los Apóstoles...»17. Todas estas expresiones significan y producen una comunicación del Espíritu y una suma de poderes sacerdotales que constituyen el sacerdocio supremo. Esta liturgia, como hemos dicho (n. 204), es la expresión de la costumbre litúrgica romana y alejandrina.

332. Si la gracia del episcopado se presenta por muchos Padres de la Iglesia como la continuación de la gracia de Pente­costés comunicada a los Apóstoles 18, la consagración para el epis­copado es un signo productor de gracia y sacramento. Como se expresará en el siglo xiv Gregorio Palamas, de la manera que la llama se transmite de antorcha en antorcha, según escribe San Gregorio, «así también, gracias a la ordenación conferida por los Apóstoles a sus sucesores, y por éstos a otros sucesores, y así sucesivamente, la gracia del Espíritu divino, dado en Pentecos­tés, permanece en todas las generaciones e ilumina a todos los que obedecen a quienes son pastores y doctores espirituales» 19.

San León Magno recordaba, refiriéndose a los «antistites» y «rectores», que en el N .T. el «misterio del sacerdocio» (sacerdotii sacramentum) no se transmite por descendencia de generaciones ni se elige lo que creó la carne y la sangre, sino que, al cesar el privilegio de los Padres del A .T . y el orden de las familias, «la Iglesia recibe aquellos rectores [es decir, obispos] que preparó el Espíritu Santo», para que en el pueblo de la adopción divina, en donde todos son sacerdotes y reyes, «obtenga la unción no la prerrogativa del origen terreno, sino que la dignación de la gracia celeste engendre al prelado (antistitemJ » 20.

17 Ttad. apost. n.3; ed. B otte, 44-47; supra n.205.18 Cf. San Ireneo, Adv.-haer. 4,26,2 coll. con 3 ,1,1 (PG 7,1053c.

844B); San E frén, Hom. de sacerdotio (PG 48,1067); Severiano de G a- bala, Fragm. sobre los Act (PG 125,533X6); Pseudo D ionisio, De eccles. hierarch. 5,3,5 (PG 3,512); E ustato, Vida de S. Eutiquio (PG 86,2305); Simeón de T esalónica, Dialog. adv. haer. c.203,240 (PG 155,4120. 452D). Cf. J. L écuyer, Orientations présentes... P.790S; Id., La gráce de la consé- cration épiscopale: RechScPhilTheol 36 (1952) 389-417.

19 G regorio Palam., Hom. 24 (sobre Pentecostés): PG í5 i,3 i6 A B ; J. L écuyer, ibid., 403S.

20 Serm. 3 c .i: P L 54,145; R 2190.

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San Agustín, al connumerar bautismo y orden como dos sa­cramentos que producen carácter (cf. n.2'6s),:se refiere al sacra­mento dél orden recibido por los prepósitos, fuera de la Iglesia católica, cuyos honores conservan al regresar a ella.

333. No faltan testimonios documentales de la Iglesia en los cuales, al mismo tiempo que explican en qué consiste la gra­cia de la consagración episcopal, manifiestan o insinúan la sa- cramentalidad del episcopado.

El Sacramentario Leoniano, del que deriva la fórmula de con­sagración de obispos que estuvo en uso hasta hace poco en el Pontifical Romano 21, mencionaba la dignidad del gran sacerdote que se confería al obispo; éste recibía la plenitud o suma del ministerio sacerdotal 21 22. El Pontifical Romano aludía expresa­mente, en la prefación consecratoria, «a este siervo tuyo que has elegido para el ministerio del sumo sacerdocio», y pedía para él la gracia de Dios y las virtudes significadas en las vestiduras pontificales. Las palabras de ese mismo texto que, desde la de­claración auténtica de Pío XII 23, servían de forma de la consa­gración, expresan el poder supremo sacerdotal que reciben los obispos y el efecto santificador del rito de la consagración: «Ve­rifica (comple, haz) [Señor] en tu sacerdote la suma de tu mi­nisterio, y santifícalo con el rocío del ungüento celeste, ador­nado con los ornamentos de toda gloria». Para el nuevo obispo se pedían, explicitando el contenido de su ministerio, gracias para evangelizar, gracias para reconciliar con la palabra y los hechos; las llaves del reino de los cielos, la cátedra episcopal para gobernar la Iglesia... 24.

21 Recientemente, por la constitución apostólica Pontificalis Romani (18 de junio de 1968), se cambió por otra que procede de la Traditio de Hipólito; cf. n.204 nt.6.

22 Cf. Sacram. León., ed. M ohlberg, Sacram. Veronense (Romae 1956) p .ngs.

23 Constit. Sacramentum ordinis (20 de noviembre de 1947): Dz 3858(23o1).

24 «Sint speciosi muñere tuo pedes eius ad evangelizandum pacem, ad evangelizandum bona tua. Da ei, Domine, ministerium reconciliationis in verbo et in factis, in virtute signorum et prodigiorum. Sit sermo eius et praedicatio non in persuasibilibus humanae sapientiae verbis, sed in osten- sione spiritus et virtutis. Da ei, Domine, claves regni caelorum, ut utatur, non glorietur, potestate, quam tribuís in aedificationem, non in destructio- nem. Quodcumque ligaverit super terram, sit ligatum et in caelis; et quod- cumque solverit super terram, sit solutum et in caelis. Quorum retinuerit peccata, retenta sint; et quorum remiserit, tu remitte... Tribuas ei, Domine,

Liturgias de la consagración 251

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252

Todo confirma que este rito ha sido signo y causa de gracia del Espíritu y de las potestades del gobierno espiritual, y que, sin esta consagración episcopal litúrgica, no se puede decir que exista todavía el obispo 25.

P.II c.10 § 2. El episcopado como sacramento

Consagraciones episcopales de no-presbíteros

334. Hoy día ya no se duda de consagraciones episcopales verificadas en sujetos que no habían recibido previamente el presbiterado. A l recibir la consagración de obispo, quedaban ordenados con la plenitud del sacerdocio y poseyendo las capa­cidades sacramentales del presbiterado, indicio seguro del po­der sacramental de la consagración para el episcopado.

De San Ambrosio de Milán, elegido obispo siendo catecú­meno, se vino creyendo hasta ahora que pasó por todos los gra­dos del clericato; pero ciertamente no aconteció lo mismo con otro catecúmeno que—como refiere San Gregorio Naciance- no—, elegido también obispo, fue bautizado y, de simple laico, ordenado, para morir después mártir 26. Otro laico que, estan­do casado y siendo abogado, de laico recibió la consagración episcopal, es San Filogonio, cuyo ministerio ensalza San Juan Crisóstomo 27. Por San Agustín sabemos de la consagración para obispo de un simple «lector». Estaban preparadas todas las co­sas para consagrar a uno de los «sacerdotes» y había venido un obispo de fuera de Hipona para intervenir en la ceremonia; pero ésta no podía realizarse como se había pensado, porque el can­didato se retiró. Entonces San Agustín, para que no fuera inútil la venida del otro obispo, sustituyó al presbítero por un lec­tor 28.

cathedram episcopalem ad regendum Ecclesiam tuam et plebem sibi com- missam...» (Prefacio que se decía después de la unción de la cabeza del nuevo obispo, según el antiguo Pontificóle Romanum).

25 Es conocido el caso de Esteban II (a.752), elegido Papa, pero sin consagración episcopal, que no pudo recibir porque murió a los tres días de su elección. El Líber Pontificalis no lo puso en la lista de los obispos de Roma; y recientemente también se omitió en la lista de los Papas del «Anua­rio Pontificio» (cf. Líber Pontificalis, ed. Duchesne, I p.440). Si un laico fuera elegido Papa, sólo sería válida su elección si tuviera la intención de ha­cerse consagrar. Cf. Pío XII, Discurso al II Congreso mundial de apostolado laical: AAS 49 (1957) 924,

26 Orat. 18,33: PG 35,1027.27 De beato Philogonio hom.6,2: PG 48,751.28 Epist 209 (ad Caelestinum), 3: PL 33,9535.

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253

335• Se cuentan treinta y cuatro diáconos romanos que, antes de acabar el siglo ix, en aquella Iglesia fueron consagrados obispos dé Roma o papas, directamente sin pasar por el presbi­terado 29. Respecto del papa Juan XIII (965-972), cuya carrera eclesial se conoce por la lista de las órdenes que había recibido, se ha podido constatar que del diaconado pasó directamente al episcopado.

Es más: en el Ordo Romanus X X X IV (ca.750) se prevé el ca­so del candidato a la consagración episcopal que todavía no es presbítero 30. En ambos casos los ritos de ordenación eran los mismos 31.

En el Ordo X X X V (s.x) se le pregunta asimismo al candida­to qué honor y grado tiene; y responde: presbítero, diácono o lo que fuere 32. En adelante, a partir del siglo xi, se prescribirá la recepción previa del presbiterado, y en el Ordo X X X V B ve­mos que la contestación al grado u honor que tiene es sólo: presbítero 33.

Consagraciones de no-presbíteros

En el Magisterio reciente de la Iglesia

336. León XIII, en su Carta sobre las ordenaciones anglica­nas (13 de septiembre de 1896), enseñó que el episcopado, «sin ninguna duda, por institución de Cristo verdaderísimamente pertenece al sacramento del orden y es sacerdocio en su grado más excelso» 34.

Más adelante (a. 1947) la constitución Sacramentum ordinis, de Pío XII 35, fijó de una manera auténtica cuáles eran la mate­ria y la forma necesarias para la válida colación del episcopado. Según esta constitución, el episcopado quedaba ciertamente

29 Cf. J. M. L undkofler, Die Vorstufen zu den hoheren Weihen nach dem «Líber Pontificalis»: ZkathTh 66 (1942) 1-19 ; M. A ndrieu, Les Ordines Romani du haut Moyen Age III (Louvain 1961) P.572S; I d ., La carriére ecclésiastique des papes et les documents liturgiques du Moyen Age: RevScRel 21 (1947) 90-120; J. L écuyer, Orientations présentes... p.784-786.

30 Se le pregunta: «Quo honore fungitur? Resp.: Diaconus, Presbyter aut quod fuerit. Interrogantur: Quantos annos habet in diaconato aut pres- byterato? Resp.: Quantos et quomodo» (Ordo X X X IV n.22). M. A ndrieu, Les Ordines Romani du haut Moyen Age III (Louvain 1961) p.572.608; n.27 p.610.

31 Ibid.32 Ibid., IV 41.

. 3 3 Ibid., IV 99.34 Dz 3317 (1965).35 Cf. n.219; Dz 3860 (2301,5).

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254 P.II c.l O § 2, El episcopado como sacramento

conferido, como los sacramentos del presbiterado y del diaco- ñado, mediante la imposición de manos y las palabras que indi­caban la comunicación del supremo sacerdocio y de la gracia celeste. La manera de expresarse Pío XII respecto de la cons- sagración episcopal daba a entender que ésta se consideraba como un sacramento. Y, en efecto, si el presbiterado y el diaco- nado son ciertamente sacramentos, con más razón lo debía ser el episcopado, con cuya consagración se confieren poderes más sublimes que los conferidos al simple diácono o al simple pres­bítero, por lo que toca a las facultades expeditas que tiene el obispo para confirmar y ordenar.

337. Cuando llegó el concilio Vaticano II, la naturaleza sa­cramental de la consagración episcopal era doctrina bastante común, cierta y adquirida, a pesar de algunas dudas de que se hicieron eco y que discutieron algunos estudiosos 36.

El Vaticano II enseñó expresamente con magisterio autén­tico esta índole sacramental del episcopado. Dijo el Vaticano II que «este santo sínodo enseña que con la consagración episcopal se confiere la plenitud del sacramento del orden, que por esto se llama en la liturgia de la Iglesia y en el testimonio de los Santos Padres 'supremo sacerdocio’ y 'suma del ministerio sa­grado’,» 37 (Lumen gentium n.21).

338. El concilio Vaticano II «enseña» (docetj que mediante la consagración episcopal se confiere la plenitud del sacramento del orden. No se trata, por consiguiente, de una definición dog­mática; tampoco se quiso añadir la expresión solemniter (enseña solemnemente) 38. Luego es simplemente un acto de magisterio conciliar auténtico que, aunque no propuesto como una definí-

36 Cf. P. V ermeer, I s de priester buitengewoon bedienaar der H. Wij- dingen: Bijdragen 1 3 ( 1 9 5 2 ) 2 6 2 - 2 7 6 ; C h . J ournet, Vues récentes sur le sacrement de l’ordre: RevThom 53 ( i953) 8 1 - 1 0 8 ; E. B oularand, La con- sécration épiscopale est-elle sacramentelle?: BullLitEccl 5 4 (1953) 3 _3 ^ ; J. Beyer, Natura et position du sacerdoce: NouvRevTh 7 6 ( 1 9 5 4 ) 3 5 6 - 3 7 3 ; N. L ópez M artínez, La distinción entre obispos y presbíteros, en «XXII Se­mana española de Teología ( 1 9 6 2 ) . Teología del episcopado» (Madrid 1 9 6 3 ) p . 9 8 - 1 0 2 .

37 Cf. Trad. Apost. n.3: ed. B otte (21968) p.42-46; Sacramentarium Leonianum, ed. C. M ohlberg, Sacramentarium Veronense (Romae 1955) p .119 : «... ad summi sacerdotii ministerium... Comple in sacerdotibus tuis mysterii tui summam». Id., Líber Sacramentorum Romanae Ecclesiae (Romae 1960) p .i2 is : «Tribuas eis, Domine, cathedram episcopalem ad regendam Ecclesiam tuam et plebem universam». Cf. PL 78,224.

38 Cf. Schema Constit. de Ecclesia (a. 1964), Relatio n.21 P.85G.

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En el Vaticano II 255

ción infalible, quiere obligar al asentimiento interno de los fieles. Porque este punto de la sacramentalidad del episcopado no es accidental ni meramente pasajero en toda la doctrina del C.3 de la Lumen gentium; antes bien, el concilio lo considera como fundamento de la ulterior doctrina que quiere enseñar. Se trata, pues, de uno de los casos en los cuales—como se lee en el n.25 de la misma constitución, a propósito del magisterio ordinario del Romano Pontífice—se pide la adhesión sincera a las sentencias del Magisterio, según la mente y voluntad manifes­tada por este magisterio; «la cual se conoce por la índole de los documentos [y es claro que este documento conciliar tiene par­ticular fuerza y solemnidad], por la frecuente proposición de la misma doctrina y por la manera de decir» 39 (Lumen gentiumn.25).

339. En una votación exploratoria e indicativa, del 30 de octubre 1963, se había preguntado a los Padres si les agradaría que se preparara el esquema De Ecclesia diciendo que la consa­gración episcopal constituye el grado supremo del sacramento del orden40. Y respondieron placet 2.123; non placet, 34. La línea en que iba a manifestarse el concilio ya estaba marcada. Pero se prefirió, en lugar de 'grado supremo del sacramento del orden’, decir (atendiendo a diversas observaciones) que el episcopado es la plenitud o totalidad, que incluye todas las partes; la pleni­tud del sacerdocio, del cual participan los presbíteros; la plenitud del sacramento del orden, o el mismo sacramento del orden 4 1.

La Relatio del cardenal Konig sobre este número describe «el episcopado como plenitud del sacramento del orden, esto es, totalidad, que incluye todas las partes del orden, y en el cual participan las órdenes inferiores» 42. No cabe dudar, por todo

39 En la Relatio super Caput III textus emendati Constit. de Ecclesia, en la relación de los n. 18-21 (por el cardenal Konig), a propósito de la frase «Docet autem Sancta Synodus episcopali consecratione plenitudinem conferri sacramenti ordinis», se dice (p.6): «Commissio doctrinalis censuit hic non agi de definitione solemni. Pro tali autem doctrina authentice proponenda exstant rationes graves, scilicet: 1.a, argumentum ex liturgia; 2.a, argumen­ta n ex natura rei, quod illa consecratio episcopalis sit apex sacerdotii;3.a, factum historicum validae consecrationis episcopalis sine praecedenti ordinatione presbyterali; 4.a, quod textus sedulo evitat quaestiones adhuc disputatas ínter theologos».

40 «Utrum placeat Patribus ita apparari schema ut dicatur episcopalem consecrationem summum gradum sacramenti Ordinis constituere?»:

41 Cf. Schema Constit. de Ecclesia (a.1964), Relatio n.21 P.85S.G42 Relatio super Caput III p.7.

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256 P.II c.10 § 2. El episcopado como sacramento

lo dicho, que el concilio enseña auténticamente la índole de sa­cramento, que reside en la consagración episcopal43.

Son del mismo concilio y del mismo pasaje las palabras por las que se declara que los Apóstoles, enriquecidos por Cristo con la efusión especial del Espíritu Santo (cf. Act 1,8; 2,4; Jn 20,22s), «ellos a su vez, por la imposición de las manos, trans­mitieron a sus colaboradores el don del Espíritu (cf. 1 Tim 4,14; 2 Tim 1,6-7), que ha llegado hasta nosotros en la consagración episcopal» (Lumen gentium n .2 1)44.

El carácter impreso por el sacramento del episcopado

340. Por lo mismo que hay sacramento del episcopado, hay también carácter sacramental, que se imprime con el sacra­mento del orden. El concilio Tridentino había declarado que «en el sacramento del orden, lo mismo que en el bautismo y en la confirmación, se imprime carácter, que no puede ser borrado ni quitado» 45, y asimismo definió que por la ordenación sagrada se imprime carácter 46.

El obispo tiene, en virtud de la consagración episcopal, una potestad de confirmar y ordenar, que no se le puede quitar. Porque si la Iglesia pudiera anular esta potestad, es de creer que lo hubiera hecho en casos de cisma, herejía, etc.; y, sin em­bargo, nunca lo ha hecho. Al contrario, es un principio reco­nocido en teología sacramentaría47 la validez de las órdenes conferidas por obispos cismáticos o herejes. Todo lo cual es indicio cierto de que la potestad episcopal viene de un sacra­mento y de un carácter impreso en el alma; no de un mero man­dato, o de misión externa o jurisdicción comunicada por la Iglesia.

341. El carácter que se imprime en la consagración epis­copal fue objeto de explícita enseñanza de Juan X XIII con ocasión de consagrar catorce obispos el 8 de mayo de 1960. Juan XXIII había repetido—dijo—«el gesto de la transmisión

43 Gf. M. N i c o l a u , La Iglesia del Concilio p. 142-145.44 El Vaticano II recuerda en nota que el concilio Tridentino citó las

palabras de 2 Tim i,6s (sesión 23 c.3) para demostrar que el orden es ver­dadero sacramento: Dz 1766 (959).

45 Doctrina de sacramento ordinis c.4: Dz 1767 (960).46 Ibid., cn.4: Dz 1774 (964); cf. Dz 1609 (852); supra n.318.47 Gf. Teología del signo sacramental n.2o6ss.

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257

del carácter episcopal y de la gracia» 4 . Pablo VI, en semejante ceremonia de consagración de catorce obispos, el 20 de octu­bre de 1963, en la misma basílica Vaticana, les había dicho: «Hemos impreso en vosotros la nota sacramental que llaman carácter, y no puede haber modo mayor para que os configuréis realmente a la semejanza de Cristo» 48 49.

Porque esto hace realmente el carácter presbiteral y el epis­copal: configurar con Cristo, Jefe y Cabeza del Cuerpo místico, para desempeñar a su imagen y en su representación y persona las funciones de pastor, jefe, maestro y sacerdote 50 51.

342. El Vaticano II recogió todas estas enseñanzas, eco de una tradición bien madura (cf. n.327ss); y declaró también, junto con la índole sacramental del episcopado, la doctrina del carácter que en él se imprime: «Según la tradición que aparece sobre todo en los ritos litúrgicos y en la práctica de la Iglesia, tanto de Oriente como de Occidente, es cosa clara que por la imposición de las manos y por las palabras de la consagración se confiere la gracia del Espíritu Santo y se imprime el sagrado carácterde tal manera que los obispos, en forma eminente y visible, hagan las veces de Cristo Maestro, Pastor y Pontífice, y obren en su nombre» (Lumen gentium n.21) si.

Algunos Padres habían pedido que se pusiera, como efecto del sacramento, en primer lugar el carácter, y no después de la gracia del Espíritu Santo. Pero se puso el efecto del carácter en segundo lugar para guardar el mismo orden que el concilio Tridentino 52.

Pero esta declaración y enseñanza del carácter impreso en la consagración episcopal prescinde de las cuestiones discutidas entre teólogos, a los cuales quiere dejar libres; esto es, si se trata de un nuevo carácter o es una ampliación del carácter presbi­teral 53.

48 AAS 52 (1960) 466; cf. supra n.267.49 AAS 55 (1963) 1014; cf. supra n.267.50 Gf. Teología del signo sacramental n.i8os (sobre naturaleza del ca­

rácter).51 El concilio cita aquí, en nota, diferentes Padres o escritores eclesiás­

ticos en apoyo de esta última afirmación.52 Gf. Relatio super Caput III textus emendati Constit. de Ecclesia p.7

(a Cardinali Kónig). El concilio de Trento había tratado de la gracia del sacramento en el c.3 de la Doctrina de sacramento ordinis, y. en el c.4 sobre el carácter: Dz 1766S (959S).

53 Cf. Relatio super Caput III p.7. Antes dél concilio, H. B o u e s s é

Ministros de Cristo

Carácter del episcopado

9

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343. Cualquiera que sea la explicación que se dé acerca del carácter episcopal, nos parece que, como todo carácter del sa­cramento del orden,

i.° Marca al ministro de Cristo para hacer las veces de Cristo y obrar en persona de Cristo. Pero esto se verifica de un modo singular y pleno en la persona del obispo. De ahí que el Vaticano II, después de hablar del carácter impreso en la con­sagración episcopal, añade que esto es «de tal manera, que los obispos en forma eminente y visible hagan las veces de Cristo Maestro, Pastor y Pontífice, y obren en su nombre» 54. Obrar en nombre de Cristo es propio, de una manera especial, del que hace el sacrificio y los sacramentos, que son acciones de Cristo realizadas por medio de ministros, vicarios e instrumentos 55. Y el obispo es el que está facultado, de un modo singular y ex­pedito, para el sacramento de la confirmación y del orden.

había escrito: «Considero que la teología que enseña que el episcopado con­ferido a un sacerdote le comunica un nuevo carácter o una amplificación del carácter es inconciliable con la teología de los sacramentos y de la Iglesia en Santo Tomás de Aquino» (Épiscopat, pr¿trise, Eucharistie et. parole de Dieu: RevThom 60 [1960] 581; todo el ^artículo P.571-585L Siendo el carácter para el culto, y culminando el culto en la misa (que ya dice el sacer­dote), el episcopado, según Santo Tomás, no conferiría un nuevo carácter si lo recibe uno que ya es sacerdote (ibid., p.57is). Nos parece, sin embargo, que el carácter episcopal, aun sobreañadido al presbiteral, se endereza tam­bién al culto, en cuanto que configura a Cristo Jefe y Sumo Sacerdote, que lo ejerce y comunica la potestad de ordenar ministros del culto. Con poste­rioridad, el mismo autor, H. BouÉssÉ, Le car adere épiscopal, en «L'évéque dans l’Église de Dieu» (Paris 1963) p.361-369, como complemento o retrac­tación a sus posiciones anteriores, adopta una posición más abierta en orden a admitir un «carácter» propio del episcopado, aunque el episcopado no se enderece directamente a la Eucaristía; así como la confirmación tampoco se endereza directamente a ella. C. St r á t er , L ’épiscopat, ses rélations avec la prétrise et la papauté: Sciences Ecclésiastiques 12 (1960) .39-58, admite un carácter propio al episcopado, distinto del meramente sacerdotal. No es porque el obispo posea algo en relación con la Eucaristía que no lo tenga el simple sacerdote, relación al culto que, según Santo Tomás y sus princi­pios, funda el carácter. Según este autor, la diversidad en el carácter esta en que el obispo representa a Cristo como jefe del todo de su Iglesia; el presbítero en relación con el individuo; el obispo va directamente a santi­ficar el todo, el presbítero al individuo y de ahí al todo (ibid., p.41-43; BouÉs­sÉ, en RevThom, l.c.). Ya hemos dicho que la diversidad en el carácter nos parece estar en que el obispo queda configurado a Cristo Sumo Sacer­dote y Jefe y capacitado para estas funciones de jefe (ordenar, confirmar, etc., al menos de una manera expedita) que no tiene el simple sacerdote. Un resumen sobre las maneras de considerar las relaciones entre episcopado y presbiterado puede verse en D. F er n á n d ez , l.c., p .175-191.

54 Lumen gentium n.21.55 Cf. Teología del signo sacramental n.i8oss.ig5ss.

258 P.II c.10 § 2. El episcopado como sacramento

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2.° Por el carácter del orden el bautizado queda consagra­do para las funciones sagradas según la potestad que se le con­fiere. Es claro que el obispo tiene la plenitud del sacerdocio y de la capacidad para las funciones sagradas.

3.0 Por el carácter del orden, el obispo queda configurado a Jesucristo, Sumo Sacerdote, Jefe y Cabeza de su Iglesia.

Naturaleza del sacramento del episcopado

344* 1) Contra la índole sacramentaría del episcopado ycontra el carácter que con él se imprime, se podría decir que el sacramento del orden se ha de referir a la confección de la Euca­ristía y que el carácter sacramental, en los tres sacramentos que lo imprimen, es una participación en el sacerdocio de Cristo y, por tanto, que es una potestad en orden al culto que se realiza por medio de Cristo, sobre todo en la Eucaristía. Pero el sa­cramento para el culto eucarístico y el carácter para intervenir en él vienen dados por el presbiterado y por el carácter del pres­biterado. Luego parece que el sacramento y el carácter del episcopado son superfluos.

Sin embargo, nadie podrá negar que el episcopado, como sacramento, también mira a la Eucaristía y se refiere a ella, porque confiere la plenitud del poder sacerdotal, que compren­de el poder sobre el Cuerpo eucarístico de Cristo y para el sa­crificio, en el caso de que el candidato al episcopado no lo tu­viera ya por el presbiterado; y, además, por la potestad de or­denar presbíteros, el episcopado se refiere mediatamente a la Eucaristía.

345* 2) Podría también objetarse que, si el episcopadofuera sacramento, tendríamos un sacramento más, y en reali­dad serían ocho, o nueve, si también se cuenta el diaconado como tal sacramento.

Podríamos contestar que, si se cuenta el número de sacra­mentos por el número de los diferentes signos sacramentales, el sacramento de la Eucaristía podría también multiplicarse, duplicándolo en el sacramento del Cuerpo y en el sacramento de la Sangre de Cristo. Pero suele contarse un solo sacramento cuando en los diferentes signos hay identidad de fin y de signi­ficación: transmitir potestad sagrada en el orden, y refección espiritual en la Eucaristía.

Naturaleza del sacramento

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260

Por lo que toca al sacramento del orden, los tres grados jerárquicos se consideran en el grado supremo del episcopado como un todo potestativo. En el episcopado está la plenitud del poder sacerdotal que se confiere por el sacramento. En el presbiterado y en el diaconado se comunica parte de esa po­testad. Por esto, siendo participación total o parcial en un todo, no se trata de tres sacramentos que sean totalmente diversos.

3) Por todo lo dicho, en el estudio del sacerdocio minis­terial parece mejor, en vez de partir del presbítero, partir del obispo, que es—diríamos—el «principal analogado» y el que tiene la plenitud del sacerdocio. De esta plenitud descienden los poderes del presbítero y del diácono; y éstos deben actuar en dependencia del obispo y para colaborar con él.

Se advertirá, sin embargo, que, aunque los poderes de orden en el presbítero y en el diácono vengan instrumentalmente por medio del obispo ordenante, la causa principal que los comuni­ca es Cristo, que es el que hace los sacramentos 56; no es el hombre.

P.1I c.10 § 2. El episcopado como sacramento

El Papado como sacramento

346. Se ha hablado recientemente sobre el Pontificado su­premo estudiándolo como «sacramento» 57.

Si se toma la palabra «sacramento» en un sentido amplio, como cuando se habla de la Iglesia «sacramento»58, es claro que el Pontificado supremo del Obispo de Roma reúne en sí no sólo la noción de «misterio» 59, que es el sentido frecuente de la palabra «sacramento», sino también la idea de sacramen- talidad, que está en ser «signo» e «instrumento» de acción sal- vífica 60. El Pontificado romano, en efecto, es un signo de la unidad salvadora de la Iglesia y es también un instrumento eficaz para conseguir esta unidad. Como en una sociedad or-

56 Cf. ibid., X1.195SS. ,5 7 Cf. Y . C ongar, Faits, problémes et réflexions a propos du pouvovr

d’ordre, en «Sainte Église» (París 1963) p.286-290 (coll. Unam Sanctam 41); K. R ahner, Das Amt der Einheit (Stuttgart 1964) p.29is n tu i; t . uaje, ¿Es el Papado Sacramento?: Ciencia y Fe 20 (1964) 286-290; D. I . bTROT- mann, A propos d’une étude de K. Rahner: Iremkon 37 (1964) 1 «7'7 9 7 ; J. Salaverri, El misterio del primado apostólico en los Concilios Vaticanos i y II: MiscCom 50 (1968) 99S.

5 8 Cf. Teología del signo sacramental n.S47ss.59 Cf. J. Salaverri, l.c., p.99-122.60 Cf. Lumen gentium n. 1.9.48b; Ad gentes n .i.

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261

ganizada jerárquicamente, la autoridad social es forma de esa sociedad, signo de su unidad e instrumento para organizar y enderezar sus actividades a un fin común. El Primado ro­mano, en la historia de toda la Iglesia, se ha mirado siempre como centro de unidad en lo doctrinal y dogmático, en lo pas­toral y en la caridad, y en lo esencial litúrgico. Por esto bien puede llamarse el Primado romano «sacramento» de la unidad eclesial universal, como todo obispo en las Iglesias locales es también instrumento y signo de unión entre los miembros de aquellas Iglesias.

Pero es claro que entonces no se toma la palabra «sacra­mento» en un sentido estricto, ni unívoco, como cuando ha­blamos del «sacramento» del orden.

Porque, por encima del episcopado, no hay otro grado je­rárquico sacramental que produzca mediante un signo sen­sible la gracia interna del Espíritu Santo en poderes sacramen­tales. El episcopado es, según la tradición de la Iglesia, el sacerdocio supremo 61 62 63 64; y el Vaticano II ha enseñado que «con la consagración episcopal se confiere la plenitud del sacramen­to del orden», que es el «supremo sacerdocio» y «suma del mi­nisterio s a g r a d o » 62. Los Padres del Vaticano II, preguntados previamente, respondieron que «la consagración episcopal cons­tituye el grado supremo del sacramento del orden» 63. por lo cual, ya no es de esperar que por encima del episcopado haya otro grado superior.

La tradición de la Iglesia no conoce otro grado superior al de obispo dentro del sacramento del orden. Y el Papa es considerado como Obispo de Roma.

Mas que en un signo externo, que signifique y produzca en el electo la gracia santificante y el poder primacial, este poder primacial, con su jurisdicción plena y suprema y con su infalibilidad para enseñar ex cathedfü., se comunica direc­tamente por Cristo al elegido, una vez que acepta la elección canónica que de él ha sido hecha 64.

61 Cf. Trad. apost. n.3; ed. B o tte , 44-47.62 Lumen gentiurn n .21; supra, n.337.63 Supra, n.339.64 Codex Iuris canonici cn.219.

El papado como sacramento

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262 P.II c.10 § 2. El episcopado como sacramento

Las ordenaciones «per saltum »65

347. Si se considera la consagración episcopal como un sacramento que confiere la plenitud del sacerdocio y que contiene, por tanto, eminentemente las órdenes del presbiterado, diaconado y las órdenes inferiores, con todas las potestades que estas órdenes comunican, parece que la consagración epis­copal conferida a uno que no haya recibido el presbiterado, diaconado o las órdenes inferiores ha de producir todos los efectos de potestad que producen estas órdenes. Por consi­guiente, la llamada ordenación «per saltum», esto es, «saltán­dose» las ordenaciones intermedias, parece que sería válida para comunicar la potestad de la orden última, en este caso, el episcopado, y las potestades del presbiterado, diaconado, etc. Porque estas últimas potestades derivan más bien del «todo potestativo» o de la plenitud que hay en el episcopado.

De hecho, los casos que ya hemos propuesto (cf. n.334s) del episcopado conferido a bautizados laicos, a un lector, y a diáconos que no eran presbíteros, abonan esta manera de ver.

Se podrá decir, para discutir estos casos, que aunque el candidato al episcopado, en el momento de su elección, no tenía ninguna orden, o sólo el lectorado o diaconado, sin em­bargo, no consta suficientemente si las órdenes intermedias se le conferían de hecho antes de conferirle el episcopado. También se podría suponer que con una sola imposición de manos y con una oración o «forma» conveniente que inclu­yera lo relativo al diaconado, presbiterado, además, de lo to­cante al episcopado, se podría realizar de una sola vez y cere­monia la ordenación y recepción de tres sacramentos 66.

Pero nos parece que estas suposiciones violentan un poco el sentido obvio de los textos y de los hechos referidos, y que son hipótesis un tanto gratuitas. Sobre todo cuando en los libros de órdenes se prevé el caso de la consagración episcopal del que todavía no es presbítero (cf. n.335) y no se modifican las oraciones; o se saben con detalle las órdenes todas recibidas por Juan X III (cf. n.335)> donde no se menciona el pres­biterado.

65 Cf. F. S o lá , De sacramento ordinis4 n.ygs; H. L ennerz, l.c., 11.147S.66 F. Solá, l.c., 11.79S.

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263

348. Ya dijimos, sin embargo, que desde el siglo xi se prescribe y se cumple que se reciba el presbiterado antes del episcopado.

De San Ambrosio, designado obispo de Milán, se dijo que recibió todos los grados de la jerarquía eclesiástica. Más adelante, en el sínodo romano del año 402, pasó a ser regla que los obispos se eligieran del clero67. San León Magno quería que el obispo fuera elegido de los presbíteros o diáconos de la Iglesia que ha de gobernar68. Ya hemos hablado del concilio de Benevento (n.244). En él se determinó que alguna vez rara los subdiáconos pudieran ser elegidos para obispos 69.

En la actual legislación canónica se prohiben las ordena­ciones «per saltum» 70 y se castiga al que maliciosamente las reciba de esta manera 71. Es razonable, hablando de una ma­nera general, que el que tenga que ejercer una orden superior, no sólo conozca todo lo relativo a las órdenes inferiores, sino que también tenga experiencia conveniente de ellas, para poder distribuir los oficios oportunamente y dirigir a sus súbditos en la práctica de las órdenes.

Por lo demás, ya se concedía por los teólogos la validez de las órdenes sacramentales, aunque no se hubieran recibido las órdenes menores, porque éstas son sólo de institución ecle­siástica. También se admitía la válida recepción del presbi­terado por un laico o por quien no fuera diácono. De hecho, los oficios que hacía el diácono los podía desempeñar válida­mente un laico.

349. Pero se ha discutido si sería válido el episcopado re­cibido por quien no fuera presbítero. Quienes veían en la consa­gración episcopal únicamente la colación de las facultades ex­peditas para confirmar y ordenar, y no toda la potestad sacer­dotal en su plenitud, exigían consecuentemente la previa re­cepción del presbiterado. Parecían ser en favor de esta senten­cia las palabras que Pío X II determinó como esenciales para conferir el sacramento del episcopado: Comple in sacerdote tuo ministerii tui summam, si se traducen: «Completa, llena (pon

67 C n .12 : M a n si, 3 ,1 13 8 .68 Epist. 14 c.6: PL 54,672.69 M a n si, 20,738.70 Codex Iuris canonici cn.977.71 Cn.2374.

Ordenaciones «per saltuniD

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como complemento) en tu sacerdote la suma (o ápice) de tu ministerio»; porque en esta hipótesis las palabras mismas de la «forma» indicarían que se confiere un complemento en el que ya es sacerdote. Y el presbiterado se requeriría previamente.

Sin embargo, estas palabras no tienen necesariamente este sentido. Complere significa llenar, poner en plenitud, realizar ple­namente12. La summa del ministerio es su puesto más alto, y también su perfección y conjunto 72 73.

Las palabras in sacerdote tuo no significan necesariamente que ya es sacerdote, sino que, por usual anticipación o pro- lepsis, puede significar que lo está siendo o lo va a ser; y al mismo tiempo precisan el sentido de la «summa» del ministe­rio que se le confiere, que es sacerdotal.

III. Potestad de orden y potestad de jurisdicción 1

350. Como efecto del sacramento del orden o como algo relacionado con él se ha venido hablando por teólogos y cano­nistas, sobre todo desde el final de la Edad Media, de la po­testad de orden (potestas ordinis) y de la potestad de jurisdic­ción (potestas iurisdictionis) .

En la antigüedad no era muy explícita la distinción de am­bas potestades, y desde el momento de recibir la consagración

72 Significa proprie: «plenum reddere, implere, explere, cumulare, one- rare»; transíate: «explere, cumulare». Cf. Thesaurus linguae latinae, Lipsiae III (a. 1912) 2090SS, a la palabra compleo.

73 Cf. Ch. L ewis-Ch. Short, A Latín Dictionary... (Oxford 1922) p.1800, a la palabra summa.

1 Cf. M gr. Philips, L ’Église et son mystére au deuxiéme Concile du Vatican I (París 1967) p.254-257; K l . M orsdorf, Weihgewalt und Hirten- gewalt in Abgrenzung und Bezug: MiscCom 16 (1951) 95-110 ; J . Camfelo, Origen de la potestad episcopal de orden y de jurisdicción, en «XXII Semana Española de Teología (1962). Teología del episcopado» (Madrid 1963) p,295-320; B. M onsegú, En qué coinciden y en qué se diferencian la potestad de orden y la potestad de santificar, en «XV Semana Española de Teología (1955)» (Madrid 1956) p.89-117; J. F uchs, Weihesakramentóle Grundlegung kirchlicher Rechtsgewalt: Scholastik 16 (1941) 496-520; F. Sola, ¿Hasta qué punto puede depender de la potestad de jurisdicción el valor de los sacra­mentos?, en «XV Semana Española de Teología (1955)» p.5-32; A. da Silva Pereira, Sacramento da ordem e oficio eclesiástico. Problemática hodierna do sacramento e poder na Igreja (Analecta Gregoriana 175) (Roma 1969); J. M. A lonso, Orden y jurisdicción. Dos potestades y una sola jerarquía en la constitución íntima de la Iglesia y de su economía sacramentaria, en «XVI Se­mana Española de Teología (1956)» (Madrid 1957) p.363-454-

P.1I c.10 § 3. Potestad de orden y de jurisdicción

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o sacramento del orden se consideraba al nuevo pastor como apto o capaz para ejercer su ministerio 2.

La potestad de oirden es la que viene del mero hecho del sacramento del orden, que se ha recibido. Es el efecto inme­diato de las órdenes conferidas 3. Así un presbítero tiene, como potestad de orden, poder celebrar válidamente el santo sacri­ficio, ungir a los enfermos, utilizar las bendiciones de la Iglesia no reservadas... Un obispo puede, además, conferir la confir­mación y las órdenes sagradas, consagrar iglesias, altares, ob­jetos del culto (cálices, patenas) y usar algunas bendiciones reservadas...

La potestad de jurisdicción es la que viene, al ministro de la Iglesia, de la facultad de gobierno y de juicio que existe en la sociedad perfecta eclesiástica.

351. «Las potestades de orden y de jurisdicción están liga­das íntimamente a la recepción del sacramento del orden, en sus diversos grados», según decía Pío XII en su Alocución al II Congreso mundial del Apostolado de los laicos (5 de oc­tubre de 19 5 7 ) L Por esto, para que haya jurisdicción propia­mente dicha, es menester que esté ligada con la consagración obtenida mediante el sacramento del orden4*.

En el caso excepcional de un laico que fuera elegido Papa, obtendría el poder de magisterio y el poder de gobierno, junto con el carisma de la infalibilidad, desde el momento que acep­te su elección 5, aun antes de ser consagrado obispo. Pero esto no seria sin la voluntad y el compromiso de hacerse consagrar. Porque la aceptación o la voluntad de ser Papa, en su integri­dad, comprende la voluntad dé ser Obispo de Roma. Sin la realidad de este episcopado sobre Roma, no hay la realidad integral de ser él Vicario de Cristo (cf. n.333).

Por esto, aun la potestad de jurisdicción suprema está ligada con la potestad de orden.

De modo semejante, un obispo electo y no consagrado, que

2 Cf. J. Campelo, l.c., p.313.3 Cf. J. F uchs, l.c., p.496.4 Alocución Six ans se sont écoulés: AAS 49 (1957) 924.4* Sobre las relaciones entre orden y jurisdicción puede verse T . G. B ar-

b e r e n a , Los sacramentos en el ordenamiento canónico: Concilium n.38 (1968) 167. ', 5, c f - Codex Iuris canonici cn.219; Pío XII, alocución Six ans se sontecoulés: AAS 49 (1957) 924; Philips, l.c., p.256.

Potestad de orden y de jurisdicción

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ha tomado posesión de su diócesis, tiene el poder de jurisdic­ción sobre ella; pero debe comprometerse a recibir la consa­gración episcopal. Sin ella no posee perfectamente el oficio o cargo de obispo residencial, puesto que no puede cumplir por sí mismo los deberes que le demanda su cargo: ordenar, confirmar, consagrar los santos óleos, etc.

352. La potestad de orden, por lo mismo que es efecto inmediato de un sacramento y del carácter que ha impreso en el alma, es una potestad que viene de Dios como de causa prin­cipal (el ministro y el sacramento han obrado como causas instrumentales). Por esto es «inauferible» y no podrá ser res­tringida o anulada por ningún poder humano (cf. n.285).

La potestad de orden, por lo mismo que en el sacerdote capacita para el sacrificio y los sacramentos, suele identificarse con frecuencia con la potestad de santificar. No falta, sin em­bargo, quien diferencia una de la otra, por cuanto la potestad de orden se centra en el sacrificio; y la potestad de santificar se centra en los sacramentos o en los ritos sacramentales 6 7.

353. La potestad de jurisdicción para gobernar la propia diócesis, o para gobernar in solidum con los demás obispos la Iglesia universal en el concilio ecuménico, proviene de Cristo, que instituyó el episcopado. Por esto la jurisdicción episcopal es de derecho divino en cuanto a su origen, al menos remoto. Muchos han creído, con Diego Laínez en el concilio de Tren- to 1 , que los obispos residenciales reciben esa potestad de ju ­risdicción, no inmediatamente de Dios, sino mediante el Ro­mano Pontífice, que es quien elige para el cuerpo episcopal, o al menos acepta para la incorporación en el colegio de los obis­pos, designando mediante la misión canónica, el oficio o el campo propio de cada obispo; para que, de esta manera, en todo el colegio episcopal y en la Iglesia reinen el orden y la paz que convienen. Otros, en cambio, como Alfonso de Cas­tro 8, han pensado que la jurisdicción la reciben los nuevos

6 Gf. B . M o n s e g ú , En qué coinciden y en qué se diferencian la potestadde orden y la potestad de santificar, en «XV Semana Española de Teología» p . 1 1 4 - 1 1 6 . .................................. ■ . . .

7 g)e origine iurisdictionis episcoporum, en «Disputationes Tridentmae», ed. G r is a r , t.i P .7 7 S S .3 1 9 S S ; cf. J. C a m p e l o , l.c., p.3i 5*

8 De iusta haereticorum punitione 1.2 c.24 (ed. Lugduni) P .4 9 0 S .

266 P.ll c.10 § 3. Potestad de orden y de jurisdicción

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obispos inmediatamente de Dios; la misión canónica del Papa no es sino una condición previa para el ejercicio 9.

Esta misión canónica o designación del campo propio en que cada obispo tiene que desempeñar su función y los poderes recibidos con el episcopado es algo que corresponde al que tiene la potestad plena y suprema de la Iglesia, es decir, al Papa. Este puede designar la diócesis o la misión propia de cada obispo, bien de una manera explícita, bien de una manera tá-, cita, aceptando la designación que se haga por una conferen­cia metropolitana de obispos o por un patriarcado, o de otra manera consuetudinaria, aprobada implícita o virtualmente por él. Esta aprobación, implícita o tácita, es la que se ha usado y ha perdurado muchas veces en la Iglesia, sobre todo cuando no era fácil la comunicación con el centro Romano. Se com­prende, en cuanto a esta designación o aprobación por el Pon­tífice de Roma, que el buen orden de la Iglesia y la armonía entre los obispos exijan esa delimitación de los confines pro­pios de la misión de cada uno.

354. En el Vaticano II quedó declarado que «los docu­mentos recientes de los Sumos Pontífices acerca de la jurisdic­ción de los obispos deben interpretarse en el sentido de esta necesaria determinación de los poderes» 10 II.

9 Sobre las discusiones de Trento y las intervenciones de Laínez,cf. A. A s t r á i n , Historia de la Compañía de Jesús en la Asistencia de EspañaII 178-184.. 10 Nota explicativa praevia: A AS 5 7 ( 1 9 6 5 ) 7 3 S . Los documentos re­

cientes pontificios acerca de esta jurisdicción de los obispos eran los siguien­tes, según se hizo eco de ellos Mons. Franic en su Relación al Concilio: Pío XII, encícl. Ad Apostolorum Principis ( 2 9 de junio de 1 9 5 8 ) : «Episcopi nec nominati a Sede Apostólica, immo contra expressas eius ordinationes electi et consecrad, nulla fruuntur potestate magisterii et iurisdictionis, cum iurisdictio Episcopis per unum Romanum Pontificem obtingat, quemadmo- dum in Eitteris Encyclicis «Mystici Corporis» hisce verbis monuimus: ‘Sacro- rum Antistites... ad propriam cuiusque dioecesim quod spectat, utpote veri Pastores, assignatos sibi greges singuli singulos Christi nomine pascunt et regunt; id tamen dum faciunt, non plañe sui iuris sunt, sed sub debita Romani Pontificis auctoritate positi, quamvis ordinaria iurisdictionis potes­tate fruantur, immediate sibi ab eodem Pontífice Summo impertita’ (Encycl. Mystici Corporis [ 2 9 iunii 1 9 4 3 ] : AAS 3 5 [ 1 9 4 3 ] 2 1 1 - 2 1 2 ) . Quam doctrinam, datis postea ad vos Litteris Ad Sinarum gentem, iterum memoravimus: iurisdictionis potestas, quae Summo Pontifici iure ipso divino directe

confertur, Episcopis ex eodem provenit iure, at nonnisi per Petri Successorem, cui quidem non tantum christifideles, sed Episcopi etiam omnes et oboedien- tiae obsequio et unitatis vinculo subiici et adhaerere tenentur’ (Ad Sinarum gentem [ 7 oct. 1 9 5 4 ] : AAS 4 7 [ 1 9 5 5 ] 9 ) » . Cf. AAS 5 0 ( 1 9 5 8 ) 6 1 0 - 6 1 1 . Pío XII repitió la misma doctrina en varias alocuciones, v.gr., a los auditores de la

Potestad de jurisdicción

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Por esto la verdadera y legítima jurisdicción en la Iglesia, en las sedes patriarcales o episcopales, o en los oficios jerár­quicos, no puede darse sin comunión con el Jefe supremo de la Iglesia y con los miembros del colegio episcopal. Es una exi­gencia de la unidad interna de la Iglesia. Quienquiera que de­tente jurisdicción eclesiástica, que es una manera de influir vitalmente en la Iglesia, es menester que esté unido con la Cabeza de ella para que su influjo sea saludable y armónico con todo el organismo eclesial.

355. El concilio Vaticano II señaló precisamente, para el ejercicio de los oficios conferidos en la consagración episcopal, «la comunión jerárquica con la Cabeza y con los miembros de la Iglesia» n . Esta idea de «comunión»— según la Nota expli­cativa—«es una noción que en la Iglesia antigua (así como hoy en Oriente sobre todo) se halla en gran honor. No se entiende de cierto afecto vago, sino de una realidad orgánica, que exige forma jurídica y al mismo tiempo va animada por la caridad. Por lo cual la Comisión decidió, casi unánimemente, escribir 'en la comunión jerárquica’ 12, añadiendo la palabra jerárqui­c a 13. Es claro que esta 'comunión se aplicó y encontró en la vida de la Iglesia antes de que fuera codificada en el derecho» 14.

356. Por «sugerencia», enviada por el Sumo Pontífice, se admitió que esta condición de la comunión con la Cabeza y miembros del colegio, para el ejercicio de los oficios conferi­dos en la consagración episcopal, es una condición requerida ex natura sua, por la misma naturaleza de las cosas 15. Con ello se excluye que sea una condición arbitraria, impuesta, v.gr., por el Sumo Pontífice. Los oficios, en efecto, que Cristo

Rota Romana (2 oct. 1945); a los juristas católicos (6 dic. 1953): «I Pastori ricevono dal Papa inmediatamente la loro giurisdizione e la loro missione». Juan XXIII dijo sobre la consagración episcopal: nulla profecto «oriri potest iurisdictio, cum sine apostólico mandato peracta fuerit»: AAS 50 (1958) 983. Cf. Relatio super Caput III textus emendati Const. de Ecclesia (1964), Relatio altera quae difjicultates movet (a Mons. Franic) p.28.

11 Lumen gentium n.21.12 AAS 57 (1965) 73-13 En la respuesta de la Comisión doctrinal al «modo» 40, de los pre­

sentados para el c.3, se dice: «Qui enim contra ordinationes supremae Auctoritatis procederé vellet, certe a communione recedereU (Modi c.3 n.40 P .1 4 S ) .

14 Nota explicativa praevia: AAS 57 (1965) 73.15 Schema Constit. de Ecclesia (1964), Relatio n.21 p.86H.

268 P.II c.10 § 3- Potestad de orden y de jurisdicción

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confiere deben ejercitarse de suyo según la mente de Cristo y según las estructuras que Cristo ha querido para su Iglesia; esto es, en comunión e inteligencia con la Cabeza y con los demás miembros del colegio que han recibido idéntico oficio y misión. Si otros que no están en comunión con el Romano Pontífice y con los obispos de la Iglesia católica, como son los ortodoxos orientales, de hecho ejercitan no sólo el oficio de santificar y el de perdonar pecados con jurisdicción para ello, pero además los oficios de enseñar y de apacentar la grey, esto no quita que por su misma naturaleza estos oficios deban ejercitarse en comunión con el sucesor de Pedro y de los demás Apóstoles. En la explicación teológica y canónica de este hecho no quiso entrar la Comisión 16.

«Sin la comunión jerárquica—terminaba la Nota explica­tiva— , el oficio sacramental-ontológico, que debe distinguirse de su aspecto canónico-jurídico, no puede ejercitarse. La Co­misión creyó que no debía entrar en las cuestiones de licitud y validez, que se dejan a la discusión de los teólogos, y en par­ticular lo que se refiere a la potestad que de hecho se ejercita entre los orientales separados, de cuya explicación hay varias sentencias» 17.

357. Los casos de excepción, que pueden darse, no des­truyen aquella exigencia de comunión. Así, por ejemplo, cuan­do el bien de los fieles, por la necesidad en que se encuentran, pide una concesión extraordinaria de jurisdicción (como puede entenderse de los sacerdotes y fieles orientales separados, que de buena fe usan el sacramento de la penitencia). Puede enten­derse que, en el error común en que se encuentran, la Iglesia suple la jurisdicción necesaria (cn.209). De parecida manera, durante el cisma de Occidente, los que estaban separados del verdadero y legítimo Papa, dado el error común y la imposi­bilidad en que muchos estaban de salir de este error, es de pensar que la jurisdicción necesaria quedaba suplida, de otra manera por Dios o por la Iglesia.

16 Cf. ibid.17 AAS 57 (1965) 75. Cf. M. N ico la u , L a Iglesia del Concilio p .15 0 - 15 3 .

Potestad de jurisdicción

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270 P.ll c.10 § 3. Potestad de orden y de jurisdicción

D e dónde viene la potestad de ju risd icc ió n

358. Tratándose de una potestad que va unida a un ofi­cio (es la potestad llamada ordinaria), el mismo que comunica el oficio es el que comunica la potestad. Porque oficio sin po­testad necesaria para desempeñarlo sería de difícil inteligencia.

Por esto, si Cristo es el que comunica el oficio del episco­pado, también Cristo comunica la potestad de orden y la po­testad de jurisdicción necesaria y ordinaria. La designación de súbditos para ejercerla es una condición para que aquella po­testad de orden sea legítima, y para que la potestad de juris­dicción sea posible y tenga validez.

Por lo dicho se puede pensar, con muchos teólogos, que la jurisdicción episcopal ordinaria viene, lo mismo que la po­testad de orden, inmediatamente de Cristo a los obispos, aun­que el Papa sea el que admite en el cargo y colegio episcopal y designa los súbditos de los obispos o la diócesis que han de regir. Por este oficio intermediario del Papa se pueden explicar ciertas frases de algunos documentos del Magisterio 18, que hacen derivar la jurisdicción ordinaria episcopal inmediata­mente del Papa.

Sin embargo, así como la designación para un cargo parro­quial viene del obispo diocesano, pero la jurisdicción ordina­ria para regir la parroquia viene al nuevo párroco por el de­recho común, que es la ley de la Iglesia y del Papa, así la desig­nación para el cargo episcopal y la designación de la diócesis vienen del Papa, pero la jurisdicción ordinaria aneja al oficio episcopal puede pensarse que viene de Cristo, y que la desig­nación del Papa es de mera condición.

Pero así como la designación por parte del obispo es nece­saria para ejercer el oficio parroquial, así la designación o el mandato apostólico del Papa para el oficio episcopal. Sin esta designación no hay legítimo oficio ni jurisdicción 19.

Puede, pues, pensarse que la potestad de jurisdicción para enseñar, gobernar y juzgar viene al obispo con su mismo oficio episcopal que le han dado en la consagración.

Así como al sacerdote se le confiere el poder de perdonar

18 J. C a m pelo , l.c., p .3 19 . Véanse los documentos citados en la nt.10.19 Cf. P h il ip s , l.c., p.274, y los últimos textos citados de Pío XII y

Juan XXIII.

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pecados en la ordenación, pero necesita una determinación de súbditos, o poder de jurisdicción para ¿jercitarlo, así al obispo se le concede el oficio (y con el oficio el poder) de enseñar y gobernar, pero necesita una determinación de súbditos para actuarlo 20. Por esto podrá también decirse que la «potestad», entendida como dispuesta próximamente para el acto, no la tiene hasta que haya venido la determinación de los súbditos.

En resumen359. Aunque más adelante (n.3Ó9ss), al hablar de los ofi­

cios de los obispos, tendremos que volver sobre este tema, po­demos indicar ya aquí un esquema de nuestro pensamiento. Los diferentes oficios eclesiásticos (muñera) de magisterio y de go­bierno que reclaman jurisdicción eclesiástica propiamente dicha están ligados con el sacramento del orden y con la ordenación, y pensamos que se confieren con la misma ordenación. Junta­mente con estos oficios, pensamos también que se confiere en la ordenación el poder de ejercitarlos. Mas, para el ejercicio de este poder o para la potestad en acto segundo, expedita y pró­xima, hace falta la previa designación de súbditos sobre los cuales poder actuarla o ejercitarla. Esta designación de súbditos o designación de función eclesial para el ejercicio de los oficios y poderes conferidos por la ordenación, es decir, lo que se llama la «misión canónica», creemos que es una condición previa para el ejercicio de los poderes que, con los oficios, comunica la or­denación.

Con ello, los oficios eclesiásticos, tanto los que se refieren al poder de orden y de santificación como los que se refieren al magisterio y al gobierno, alcanzan una base y un fundamento sacramental que hace, junto con el carácter impreso en el alma y por este mismo carácter, que el ministro actúe «en nombre y en persona de Cristo» y con poderes conferidos por Cristo.

20 Antiguamente se consagraban más frecuentemente para una Iglesia determinada, y por esto no se presentaba este problema con la agudeza con que se planteó en tiempos recientes, con la consagración de obispos titulares. La consagración episcopal no debe ser un gesto vacío. Cf. lo que diremos sobre los oficios de los obispos.

Potestad de jurisdicción 271

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IV. Doctrina del Vaticano II en torno al sacerdocio 1

C om paración con T ren to 2 E l punto de partida

360. La doctrina sobre el sacerdocio formulada en Trento tiene su punto de partida en los dogmas católicos negados en­tonces por los luteranos. La doctrina sobre el sacerdocio formu­lada en el Vaticano II tiene un punto de partida en verdades católicas afirmadas por los protestantes.

El concilio de Trento parte de la realidad del sacrificio euca- rístico, negado por los reformadores y a la negación de éstos contrapone la afirmación rotunda del sacrificio de la misa. Ne­gado por los protestantes el sacrificio de la Eucaristía, era lógico negar la realidad del sacerdocio cultual y sacrificante. Trento reafirma el dogma de la institución del sacerdocio por Cristo para ofrecer y distribuir el Cuerpo y la Sangre de Cristo bajo las especies de pan y vino 3. Este es su punto de partida. La «doc­trina sobre el sacrificio de la misa», definida en la sesión 22 (17 de septiembre de 1562), precedió lógicamente a la «doctrina sobre el sacramento del orden» (sesión 23, 15 de julio de 1563), en que se definió y enseñó lo tocante al sacerdocio y al sacra­mento del orden (cf. n.3i4ss).

La realidad de un sacerdocio externo y visible para consagrar

1 V. E n riq u e T arancón , E l sacerdote a la luz del Concilio Vaticano II (Salamanca 1966); Les prétres. Décrets «Presbyterorum ordinis» et «Optatam totius» (ed. F r isq u e-C ongar) (París 1968); M g r . P h il ip s , L ’Église et son mystére au deuxiéme Concile du Vatican (París 1967); I sacerdoti nel pensiero del Vaticano I I (a cura dell’unione apostólica del Clero) (Roma 1966)"; G . G a rro n e , I sacerdoti nella Chiesa secondo la Costituzione dogmática «Lumen gentiumi>, ibid.; I sacerdoti nello spirito del Vaticano I I (a cura di A. Favale) (Torino 1969); R. Sp ia z z i, II decreto sul ministero e la vita sacer- dotale (Torino 1966); A. d e l P o r tillo , Escritos sobre el sacerdocio (Ma­drid 1970); A. A n t w e il e r , Der Priester nach den Konstitutionen und De- kreten des Vaticanum II, en «El sacerdocio de Cristo y los diversos grados de su participación en la Iglesia» (Madrid 1969) p .13 1-136 ; B. d e A r m e­lla d a , E l sacerdocio como «diakonía-kénosis» en el espíritu de la Constit. «Lumen gentium»: ibid., 140-165, sobre todo p .153-16 1; M. N icolau , Co­mentario al decreto «Presbyterorum ordinis», en «Sacerdotes y Religiosos se­gún el Vaticano II» (Madrid 1968); Id., E l decreto sobre el ministerio y vida de los presbíteros: Manresa 39 (1967) 125-146; T . I. J im é n e z U r r e s t i, Teo­logía conciliar del presbiterado (Madrid 1968).

2 Cf. H. D e n is , L a théologie du presbytérat de Trente á Vatican II, en «Les prétres» p.193-232.

3 Dz 1740S (938).

27 2 PJl c.10 § 4. Doctrina del Vaticano II sobre el sacerdocio

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273

y ofrecer el Cuerpo y la Sangre del Señor, y para perdonar los pecados, es el primer canon definido en Trento, a propósito del sacramento del orden, contra los protestantes, que sólo admi­tían el ministerio de predicar y negaban ser sacerdotes los que no predican (cn.i)4. La fundada existencia de órdenes mayores y menores (en.2), el valor sacramental de la ordenación sagrada y el carácter que imprime (cn.3.4), la validez de las ceremonias de ordenación (en.5), la jerarquía de orden establecida por or­denación divina (en.6), la superioridad de los obispos sobre los presbíteros y su potestad jerárquica (cn.7.8), son otras tantas afirmaciones categóricas de Trento que contradicen y conde­nan las negaciones de los protestantes.

361. El Vaticano II tiene su punto de partida, respecto del sacerdocio, en afirmaciones que pueden subscribir los protes­tantes. El decreto Presbyterorum ordinis comienza afirmando el sacerdocio común de todos los fieles (n.2a), admitido por los protestantes. El primero de los ministerios sacerdotales de que trata es el ministerio de la palabra (n.4). La constitución Lu­men gentium también se había ocupado, primero, del ministerio de enseñar, propio de los obispos (n.25), con precedencia al de santificar (n.26) y al de gobernar (n.27). También en la misma constitución se pone el oficio de predicar como el primero que deben ejercitar los presbíteros (n.28b). La Lumen gentium había tenido buen cuidado, desde el principio, de subrayar el aspecto sacramental y mistérico de la Iglesia (c.i), antes de considerar sus estructuras jurídicas, que disuenan a la mentalidad protes­tante; designó a la Iglesia como un «sacramento» en Cristo (n.i); y estudió largamente el oficio sacerdotal del pueblo de Dios (c.2 n .io -n ), su oficio profético y sus carismas (n.12); todo ello no en desacuerdo, al menos inicialmente, con muchos puntos de la Sagrada Escritura que ha puesto de relieve la teología pro­testante.

362. Es fácil ver la inspiración ecuménica en esta manera de proceder, que quiere comenzar reafirmando posiciones comunes. Pero no faltaban también razones, independientes de la men­talidad ecuménica, que aconsejaban proceder partiendo del sacer­docio común, que corresponde a todo bautizado por su incorpo- ción a Cristo; y declarando, ante todo, lo que cronológicamente

Comparación con Trento

4 D z 17 7 1 (961).

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debe ser lo primero al actuar como embajadores de Cristo para plantar y dilatar el reino de Dios: dar a conocer y predicar el mensaje, para que pueda ser aceptado con la fe, «comienzo, fun­damento y raíz de toda justificación» 5.

El concilio de Trento ha enfocado e iluminado el sacerdocio desde un punto de vista sin duda central y básico, que es el eucarístico y sacrificial. El Vaticano II lo ha enfocado desde un ángulo eclesiológico, al insertar la doctrina sobre el episcopado, presbiterado y diaconado dentro de la constitución De Ecclesia (c.3). Los decretos disciplinares sobre los obispos y sobre los presbíteros contienen ciertamente fecunda doctrina; pero tienen su base dogmática más desarrollada en la constitución De Eccle­sia. Se diría que aquellos decretos (Christus Dominas y Presby- terorum ordinis) son ramas que arrancan del tronco eclesial, al que como eje y fundamento de todo el concilio hemos com­parado la Lumen gentium 6.

363. El Vaticano II ha puesto también el sacerdocio y el ministerio eclesial en una perspectiva misionera, al derivar del apostolado y de la misión de los Doce la doctrina sobre los obispos y los presbíteros. La Lumen gentium, antes de hablar de los obispos (v.2iss), ha arrancado de la institución del colegio de los Doce (n.19) y presenta a los obispos como sucesores de los Apóstoles (n.20). El Presbyterorum ordinis comienza hablan­do de la santificación y misión del Señor Jesús al mundo (n.2): «Así, pues, enviados los Apóstoles como El lo fuera por su Pa­dre, Cristo, mediante los mismos Apóstoles, hizo partícipes de su propia consagración y misión a los sucesores de aquéllos, los obispos, cuya función ministerial, en grado subordinado, fue encomendada a los presbíteros para que, constituidos en el or­den del presbiterado, fuesen cooperadores del orden episcopal a fin de cumplir debidamente la misión apostólica confiada por Cristo».

364. No es que el aspecto eucarístico del sacerdocio, afir­mado en Trento, no tenga plena confirmación en el Vaticano II. A lo largo de las sabias y ungidas palabras de este último con­cilio somos conscientes de la función eucarística sacerdotal, como la primordial en el sacerdote.

5 Concil. Trident., sesión 6, Decret. de iustificatione c.8: Dz 1532 (801).6 L a Iglesia del Concilio p.36-38.

274 P.II c.10 § 4. Doctrina del Vaticano II sobre el sacerdocio

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275

«En todo altar, reunida la comunidad bajo el ministerio sa­grado del obispo, se manifiesta el símbolo de aquella caridad y unidad del Cuerpo místico, sin la cual no hay salvación»—dice la Lumen gentium (n.26).

«Por el ministerio de los presbíteros—leemos en el Presby- terorum ordinis (n.2d)—se consuma el sacrificio espiritual de los cristianos, en unión con el sacrificio de Cristo, Mediador único, que se ofrece en la Eucaristía en nombre de toda la Iglesia, por manos de aquéllos, de manera sacramental e incruenta hasta que venga el mismo Señor. A esto se ordena y aquí culmina el ministerio de todos los presbíteros: su ministerio, que empieza con el anuncio del Evangelio, saca su fuerza y poder del sacrificio de Cristo y se orienta a que 'todo el pueblo redimido, es decir, la congregación y sociedad de los santos, ofrezca a Dios un sacrificio universal por medio del Gran Sacerdote, que se ofre­ció a sí mismo por nosotros en la Pasión, para que fuéramos cuerpo de tan excelsa Cabeza’» 7. Y en el mismo decreto se dirá que es «en el misterio del sacrificio eucarístico en el que los sacer­dotes realizan su oficio principal...» (n.i3b) 8.

E l episcopado com o sacram ento y fuente de l sacerdocio

365. La principal adquisición doctrinal del Vaticano II, en el orden de la teología sacramentaría, nos ha parecido ser la declaración auténtica (aunque no sea definición dogmática) del episcopado como sacramento (cf. n.337ss) 9. Lo enseña la Lu­men gentium (n.21) y, además, el carácter episcopal que se im­prime en la consagración del nuevo obispo (n.21).

La consagración episcopal está, según el concilio, en la base de los oficios y de las facultades propias de los obispos. La constitución De Ecclesia dice cuáles son los oficios que se con­fieren por la consagración, los cuales expone y desarrolla des­pués copiosamente (n.2iss).

La doctrina del episcopado es uno de los puntos clave, quizá el más significado, de toda la constitución Lumen gentium; y ésta es, sin duda, el eje de la doctrina conciliar. Por esto el Va-

7 Cf. San A g u st ín , De Civitate Del 10,6: PL 41,284.8 Antes, en el n.3a, ha aludido también al oficio de «ofrecer ofrendas

y sacrificios por los pecados». Véase también lo que decimos más adelante sobre los oficios del sacerdote (n.427ss).

9 Cf. Teología del signo sacramental n.519.

Comparación con Trento

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ticano II ha sido el concilio que ha propuesto con mayor ampli­tud la doctrina sobre el episcopado.

El episcopado es, en el orden del sacerdocio ministerial —como ya hemos dicho (n.345,3)— , el «principal analogado» que propone el concilio. El obispo tiene la plenitud, del sacer­docio, y en función dependiente del obispo, y para auxilio del obispo y en colaboración con el obispo, están los presbíteros, sacerdotes de segundo grado (cf. n.42iss), y los diáconos.

Cristo, mediante los Apóstoles, hace partícipes de su propia misión y consagración a los obispos. El ministerio presbiteral es el de cooperadores de este orden de los sucesores de los Apósto­les 10. El ministerio de los presbíteros se ha puesto, por consi­guiente, en la línea que sigue al oficio de los obispos, en la de­pendencia del ministerio de los obispos. La fuente del ministerio presbiteral es, en cierto sentido, el ministerio episcopal.

D ocum entos conciliares sobre el sacerdocio

366. La constitución sobre la sagrada liturgia, al poner en su debido relieve la liturgia, como «la cima a la cual tiende la actividad de la Iglesia y al mismo tiempo la fuente de dónele mana toda su fuerza» (n.16), ha puesto también de manifiesto la excelsa vocación del «liturgo», esto es, del sacerdote. El mis­terio eucarístico, como sacrificio y como sacramento demanda­do al sacerdote, ha expresado la acción eucarística sacerdotal como centro de la vida eclesial. La constitución Sacrosanctum Concilium no pudo menos de tener presente en toda ella el oficio sacerdotal, de una manera implícita, y de una manera más ex­plícita al hablar sobre la educación litúrgica, que incluía pri­meramente la necesidad de formar en liturgia a los educadores natos y maestros del pueblo de Dios (n. 14-18); también al tratar de la formación de los clérigos en arte sagrada (n.129). Toda la doctrina conciliar sobre el sacrificio de la misa (n.47-58), sobre la confección o administración de sacramentos y sacramentales (n.59-82), sobre la oración oficial de las horas canónicas (n.83- 101) y sobre el cultivo de la música sagrada (n. 114 ,119 ), tiene ante la vista la función de los sacerdotes y de los clérigos.

367. La constitución Lumen gentium expone en el c.3 la estructura jerárquica de la Iglesia, y por ello desarrolla amplia-

10 Presbyterorum ordinis 11.2b.

276 P.1I c.10 § 4- Doctrina del Vaticano II sobre el sacerdocio

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mente la doctrina sobre el episcopado, que es como el corazón de todo este importante documento. El origen del episcopado en el colegio de los Doce, instituido por Cristo (n.19); los obis­pos como sucesores de los Apóstoles (n.20); el episcopado como sacramento, el carácter y los oficios que confiere la consagra­ción episcopal (n.21); la colegialidad episcopal, su naturaleza, condiciones y contenido (n.22); la unión dentro de la colegia­lidad y la solicitud por la Iglesia universal y por las misiones (n.23); la misión confiada por Cristo a los obispos y la misión canónica (n.24); los oficios episcopales de enseñar (n.25), de santificar (n.26), de gobernar (n.27), son objeto de amplias y profundas declaraciones. Los presbíteros y diáconos forman tam­bién parte de la estructura jerárquica eclesial, y son presentados como de institución divina (n.28a). Los presbíteros se dicen ser sacerdotes, a imagen de Cristo (n.28b), en auxilio ciertamente del orden episcopal (n.28c), en fraternidad mutua con los otros presbíteros (n.28d), y como padres de los fieles (n.28e). Los diáconos tienen sus oficios característicos, ampliados por el concilio (n.29a); y su orden ha quedado restaurada como oficio permanente (n.29b).

368. En este c.3 de la constitución De Ecclesia está el fun­damento doctrinal para los decretos Christus Dominas, «sobre el oficio pastoral de los obispos», y Presbyterorum ordinis, «sobre el ministerio y vida de los presbíteros». El primero se ocupa en los n.27-35 de los que son inmediatos cooperadores de la fun­ción pastoral del obispo. El segundo, todo él, se ocupa de los sacerdotes de segundo grado.

Las principales razones para ocuparse de los presbíteros en un decreto, dedicado exclusivamente a ellos, eran las siguientes:

1 . a La importancia de esta orden presbiteral en la Iglesia. Como se expresaba uno de los obispos en el aula conciliar, ¿qué sería de los obispos sin los presbíteros, sus cooperadores? ¿Có­mo podrían realizar su misión evangelizadora y santificadora ?

2. a Las difíciles circunstancias de la vida pastoral, que hoy deben llevar los presbíteros, exigían una atención especial del concilio.

3. a Que no se diga—insinuaba otro obispo—que el Vati­cano II ha tratado largamente de los obispos y de los laicos, pero ha dejado a un lado a los presbíteros n .

1 1 Gf. Sacerdotes y Religiosos según el Vaticano II p.i2s.

Documentos conciliares 277

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Lo que se dice en este decreto vale para todos los presbíteros, sobre todo para los que se dedican a la cura de almas, porque se quería describir su ministerio y su vida, tal como su oficio lo exige; asimismo porque el presbiterado se ordena de suyo al ministerio. Si se trata de presbíteros religiosos, lo dicho debe acomodarse y aplicarse de modo conveniente 12.

El decreto Optatam totius, sobre la formación sacerdotal, va también todo encaminado a diseñar en el candidato al sacerdo­cio la imagen cumplida de la futura misión y vida sacerdotal.

12 «Congrua congruis referendo». Cf. Modi (del decreto Presbyterorum ordinis), modi prooemii et c.i n.2,6 p. 14-16.

278 P.II c.10 § 4. Doctrina del Vaticano 11 sobre el sacerdocio

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Pa r t e t e r c e r a

PROBLEMATICA MODERNA EN TORNO AL SACERDOCIO

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E L OFICIO D E LO S O BISPO S

O fic io necesario en la Iglesia 1369. La estructura de la Iglesia, tal como la quiso Jesu­

cristo, exige la existencia del oficio episcopal. Con razón la Lumen gentium, al pasar a describir las estructuras de la Iglesia, después de hablar del misterio de la Iglesia (c.i) y del pueblo de Dios en general (c.2), se ocupa de las estructuras jerárquicas (c.3). Y el episcopado es la base y la fuente de la jerarquía eclesiástica.

La Iglesia fue fundada por Cristo sobre los doce Apóstoles y sobre el colegio de los Doce; sobre Pedro como peña funda­mental y pieza clave del colegio apostólico. Y el concilio quiso partir de este presupuesto al comenzar a tratar de los obispos (Lumen gentium n.19).

León X III recordaba y explicaba esta necesidad del oficio episcopal en su encíclica Satis cognitum (29 de junio de 1896): «El que puso a Pedro por fundamento, El mismo escogió a doce... a los que llamó Apóstoles. Y así como la autoridad de Pedro debe permanecer perpetuamente en el Romano Pontífice, así los obispos, que suceden a los Apóstoles, heredan la potestad ordinaria de éstos, de suerte que el orden episcopal necesaria­mente toca a la íntima constitución de la Iglesia» 2.

1 Sobre la teología del episcopado y de sus oficios, véanse en primer lugar los comentarios a la Lumen gentium c.3, v.gr., M g r . P h il ip s , L ’Eglise et son mystére I p.221-357; U. B e t t i , L a dottrina sulVepiscopato nel Vatica­no I I (Cittá Nuova 1968); V a tic a n II, L a charge pastor ale des évéques (Pa­rís 1969) (coll. ITnam Sanctam 71); Pontificóle Romanum. De ordinatione diaconi, presbyteri et episcopi, ed. Vaticana 1968; A. P isto ia , Note sul nuovo rito delle ordinazioni: EphLit (1969) I-II 88-98; «XXII Semana Española de Teología (1962). Teología del episcopado» (Madrid 1963); L ’épiscopat et l’Église universelle, ed C ongar-D u pu y (París 1964) (coll. Unam Sanctam 39); L ’évéque d’aprés les priéres d’ordination: ibid., p-737~7<3°; E. G u e r r y , E l obispo (Barcelona 1968); G. M artim o rt , De l’évéque (París 1946); C. Pozo, Oficio de enseñar de los obispos, en «Constit. dogmática sobre la Iglesia. Texto y comentario por profesores de la Fac. de Teolog. de Gra­nada» (Madrid 1967) p.193-202; L a charge pastorale des évéques. Décret «Christus Dominus» (coll. Unam Sanctam 71) (Paris 1969); M-, N ico la u , La Iglesia del Concilio p. 129-217.

2 ASS 28 (1895-96) 732.

Capítulo XI

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282

I. Sucesores de los Apóstoles

370. Esta es la grandeza y el contenido más íntimo del orden episcopal: ser sucesores de los Apóstoles.

Gomo la misión confiada por Cristo a los Apóstoles ha de durar hasta el fin de los tiempos (cf. Mt 28,20), y el Evangelio que debían transmitir ha de ser principio de vida para la Igle­sia en todo tiempo, los Apóstoles tuvieron cuidado de estable­cer sucesores... «Establecieron, pues, tales colaboradores y de­jaron dispuesto que, a su vez, otros hombres probados, al morir ellos, se hicieran cargo de su ministerio...» (Lumen gentium nú­mero 20). Por esto, los obispos por institución divina han su­cedido en el lugar de los Apóstoles, como pastores de la Igle­sia 3; y quien a ellos escucha, a Cristo escucha, y quien los des­precia, a Cristo desprecia y al que le envió (cf. Le 10,16) (Lu­men gentium n.20).

Todas las facetas del ministerio apostólico, con sus funciones evangelizadora, que antes hemos estudiado (n.89-91), cultual (n.92-99) y pastoral (n. 100-103), son propias del ministerio epis­copal, por lo mismo que son propias del ministerio apostólico.

La Iglesia, que ha de durar hasta el final de los siglos, ha de durar con la estructura básica y jerárquica con que Cristo la instituyó.

Y Jesucristo, que prometió su asistencia a los Apóstoles has­ta la consumación de los siglos (Mt 28,20), la ha prometido también a los sucesores de los Apóstoles.hasta la consumación de los siglos. Jesucristo está presente en la congregación de los obispos (cf. n.268ss).

371. Hablando en síntesis y de una manera general, los obispos tienen encomendado el depositum fidei, el depósito de la fe, para guardarlo y conservarlo en toda su pureza y para transmitirlo íntegro a sus sucesores. Son testigos de la verdadera fe. En el examen previo, antes de la consagración episcopal, se pregunta al obispo electo: «¿Quieres conservar íntegro y puro el depósito de la fe, tal como fue recibido de los Apóstoles y conservado en la Iglesia siempre y en todo lugar?»4

3 Cf. C o n c il , T r id e n t ., sesión 23, Doctrina de sacr. ordinis c.4: Dz 1768 (960); C o n c il . V a t ic . I, sesión 4, Constit. dogm. 1. De Ecclesia Chris- ti c .3 : Dz 3061 (1828); Pío XII, encícl. Mystici Corporis (29 de junio de 1943): AAS 35 (1943) 209.212; Codex Iuris canon, cn.329 § 1 .

4 Rito De ordinatione episcopi n.19.

P.1II c .l l § 1. Los obispos, sucesores de los Apóstoles

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También tienen encomendado el depositum gratiae, el de­pósito de la gracia, que comunican mediante los sacramentos con su poder de bautizar, confirmar, confesar, ungir a los en­fermos, ordenar nuevos ministros y, sobre todo, como sumos sacerdotes, con la celebración eucarística.

«La jerarquía extiende todavía su solicitud a todo lo que contribuye a hacer más bellas y más dignas las ceremonias li­túrgicas... La jerarquía comunica, por la liturgia, la verdad y la gracia de Cristo...» 5.

372. El rito de ordenación de obispos prevé, como día aconsejable para la consagración, si no prevalecen otras razo­nes para que asista la asamblea de fieles en domingo o día festi­vo, la fiesta de un Apóstol6. Y en la nueva forma para la con­sagración del obispo se ha vuelto a la idea de transmisión del oficio de los Apóstoles, que ya se contenía en la Traditio apo­stólica de Hipólito: «Derrama también ahora sobre este siervo tuyo la fuerza que viene de ti, la del Espíritu soberano, que diste a tu Hijo amado Jesucristo, que El dio a tus santos Apóstoles, que fundaron la Iglesia en todo lugar...» 7.

Lo más característico del oficio episcopal es, por consiguien­te, la transmisión del oficio apostólico con la plenitud de sus po­deres ordinarios. II.

II. Apostolado universal y solicitud misionera, como la de los Apóstoles

L a co leg ia lidad episcopal

373. Aunque la consagración de un obispo es, de ordina­rio, para una iglesia determinada, a la que tiene que enseñar, regir y santificar en nombre de Jesucristo, se prevé también el caso de una consagración «para agregarse al orden de los obis­pos» 8, sin gobierno particular de una iglesia, y permaneciendo en la categoría de obispos «titulares» y no «residenciales».

Pero unos y otros obispos, los que gobiernan diócesis y5 Cf. Pío XII, Alocución al Congreso de Pastoral litúrgica de Asís: AAS

58 (1966) 713.6 De ordinatione episcopi, praenot. n .i.7 Cf. Trad. apost. n.3, ed. B otte (21968), p.42-45; P a b l o VI, Constit.

Pontificalis Romani (18 de junio de 1968): AAS 60 (1968) 373; Rito De or­dinatione episcopi n.26.

8 Rito De ordinatione episc. n.16.

Apostolado universal dé los obispos

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los que se destinan a otros oficios de interés general de la Igle­sia, entran en el orden o colegio episcopal.

Se debe advertir, desde el principio, que la palabra colegio «no se entiende aquí en un sentido estrictamente jurídico, es de­cir, de una asamblea de iguales que confieran su propio poder a quien los preside, sino de una asamblea estable, cuya estruc­tura y autoridad deben deducirse de la Revelación» 9.

La constitución Lumen gentium, en consonancia con esta precisión, advertía (n.19) que «el Señor instituyó a los Após­toles a modo de colegio o grupo estable». Por lo demás, las pala­bras colegio, orden, cuerpo de los obispos, aplicadas al conjunto de todos ellos, son de uso antiquísimo en la Iglesia 10 11.

374. Este tema de la colegialidad episcopal fue amplia­mente debatido en el Vaticano II, por las imprecisiones con que se proponía y por la carencia de rigor escolástico en las discusiones. La plena luz tardó en abrirse.

«La sola palabra colegio—decía en su Relatio de los n.22-27 Mons. Párente—ha llegado a ser para alguno no pequeño espantajo (terri- culum) que evoca las vicisitudes de errores de Bolgeni, del concilia- rismo, del galicanismo; infunde, por tanto, el temor de que, al afir­mar la colegialidad, se ponga en peligro el Primado del Romano Pontífice. La Comisión doctrinal, que había aprobado casi unáni­memente el texto anterior [al esquema último de 1964], consideró atentamente algunas objeciones y sugestiones y permitió que se in­trodujeran en el texto algunas enmiendas...» n . Para que la asam­blea ponderase mejor toda esta intrincada cuestión, se determinó que se leyera en el aula conciliar, después de una relación favorable a estos números del esquema, por el asesor del Santo Oficio, Mons. Pietro Párente, otra por Mons. Francisco Franic, obispo de Split (Yugoslavia), que contenía las dificultades y objeciones.

Razones de la colegialidad375. Las razones que movieron al Vaticano II a las decla­

raciones explícitas de la colegialidad episcopal son las siguien­tes 12:

i . a La voluntad de Cristo, el cual quiso que San Pedro y los

9 C o n c il . V a t ic . II, Nota explicativa praevia al proyecto de la consti­tución De Ecclesia: AAS 5 7 (1965) 7 2 S .

19 Muchas citas recogidas en Schema Constit. de Ecclesia (enviado el 3 de julio de 1964), Relatio n.22 p.8gG.

11 Relatio super Caput III textus emendati Constit. de Ecclesia, Relatio n.21-27 p.9.

12 Cf. Lumen gentium n .22a ; M. N ico lau , La Iglesia del Concilio p .is s s s .

P.III c .l l § 2. Apostolado universal de los obispos

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demás Apóstoles formaran un solo colegio apostólico (el grupo de «los doce»), para estar con El y enviarlos a predicar y curar en­fermedades (Me 3,i4s; Le 6,13). A ellos dio el poder de atar y desatar (Mt 18,18); les transmitió su misión y comunicó el po­der de perdonar los pecados (Jn 20,21-23; Mt 28,18-20; Me 16,15). Es el grupo que actúa en el Cenáculo (Act i,i3ss) y desde Pentecostés.

Si la voluntad de Cristo, de que Pedro y los Apóstoles for­maran un colegio estable, consta por la Escritura, la voluntad de Cristo de que también lo formaran el Papa y los obispos tiene su fundamento en la misma Escritura, en cuanto es ma­nifiesta la voluntad de Cristo de que «el colegio apostólico, fun­dado por El, permanezca hasta la consumación de los siglos» (cf. Mt 28,20). Aunque—según el juicio de la Comisión bíbli­ca, interrogada al propósito—por la sola Escritura no constaba de un modo absoluto el modo de ejecutar aquel designio del Se­ñor 13, lo que sí tenía fundamento en la Escritura debía com­pletarse con los datos posteriores manifestados en la doctrina y en la vida de la Iglesia.

Por esto, «de semejante manera» fpari ratione) al colegio apostólico, se unen entre sí el Romano Pontífice, sucesor de Pedro, y los obispos, sucesores de los Apóstoles 14.

376. 2.a La segunda razón de la colegialidad episcopaladucida por el Vaticano II es la disciplina, muy antigua, con­forme a la cual los obispos establecidos por todo el mundo comu­nicaban entre sí y con el Obispo de Roma con el vínculo de la unidad, de la caridad y de la paz 15; como también los conci-

1 3 Cf. Schema Constit. de Ecclesia, Relatio n.22 p.88A.14 Lumen gentium n.22a. Según la Nota explicativa praevia, «el parale­

lismo entre Pedro y los demás Apóstoles, por una parte, y el Sumo Pontí­fice y los obispos, por otra, no implica... sino sólo proporcionalidad entre la primera relación (Pedro-Apóstoles) y la otra (Papa-obispos)». Por esto se cambió el texto del penúltimo esquema, que decía: eadem ratione (de la misma manera) por el de pari ratione (de semejante manera). AAS 57 (1965) 73. Cf. también Modi c.3 n.57 p.19. Aunque la palabra par frecuen­temente significa igualdad, ya se ve que en este lugar sólo implica seme- / janza o proporción.

15 A este propósito el concilio aduce un texto de E u seb io , Hist. eccl. 5, 24,10 (PG 20,497s; Corpus Berolin. II 1,495), relativo a la famosa contro­versia sobre la celebración de la Pascua, cuando los obispos escribieron al papa Víctor; y otro texto de Dionisio, en la misma Historia (E u sebio , Hist. eccl. 7,5,2: PG 20,64iss; Corpus Berolin. II 2,6383), sobre la paz que reina en las Iglesias.

Razones de la colegialidad

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lios convocados 16 para resolver en común las cosas más im­portantes 17, contrastándolas con el parecer de muchos 18, ma­nifiestan la naturaleza y forma colegial propia del orden epis­copal 19.

Ejemplo de esta solicitud fraterna de unas Iglesias con otras y de unos obispos con otros es el en. 13 del concilio III de Valence ( Valentinum III, a.855), en que se prescribe que todos los obispos procuren ir a una, no dando favor a los ex­comulgados en otra Iglesia 20. Y en el en. 19 se encarga que el metropolitano y los sufragáneos cuiden del clero y de los obispos 21.

377. 3 .a La tercera razón de esta colegialidad es la «for­ma que claramente demuestran los concilios ecuménicos que a lo largo de los siglos se han celebrado» 22.

Porque la verdadera colegialidad instituida por Jesucristo es la colegialidad universal de todo el cuerpo episcopal con su Cabeza. A ella se refieren las palabras de Cristo que lo de­muestran (Mt 18,18; 28,18-20; Me 16,15; J n 20,21). Una co­legialidad meramente regional, o nacional, o continental res­ponderá más o menos al espíritu de fraternidad y de mutua solicitud y caridad que debe reinar entre las Iglesias vecinas y entre sus pastores. Pero no podrá alegarse como algo insti­tuido por Cristo, para obligar así a uno de los obispos de aquel grupo a seguir el parecer de los demás.

Podría, sin embargo, quedar obligado si la potestad supre­ma de la Iglesia, como es la que reside en el concilio y en el Papa, así lo determinara: obligando a un obispo disidente del parecer de la mayoría a seguir el parecer y la decisión del con­cilio o colegio regional, nacional o, por hipótesis, continental. Pero entonces esta potestad del colegio para imponer su de­cisión a un determinado obispo disidente de los demás sería por positiva disposición del poder supremo de la Iglesia, no por derecho divino.

16 Sobre los antiguos concilios cf. E u sebio , Hist. eccl. 5,23-24 (Corpus Berolin. II i ,488ss) y passim. C o n c il . N ic e n . cn.5. Conc. oecum. decr. (ed. Herder, 1962) p.7.

17 T er tu lia n o , De ieiunio 1 3 : P L 2 ,9 726 ; CSEL 20,292 lín .13 - 16 .18 San C ipriano, Epist. 56,3: CSEL 3B, 650.

Lumen gentium n.22.20 M ansi, SS. Concil. 15,10.21 Ibid., 15 ,11 .22 Lumen gentium n.22.

286 P.III c .l l § 2. Apostolado universal de los obispos

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287

Si los concilios particulares y la comunión y la comunica­ción de unos obispos con otros son un «signo» de la colegiali­dad (significant), los concilios ecuménicos «la demuestran cla­ramente» (manifesté comprobant), para usar las palabras que aplica la constitución a cada uno de estos argumentos diversos y de diverso valor 23.

378. 4.a La cuarta razón de esta comunidad episcopalqueda insinuada (innuit) por «el uso, introducido de antiguo, de llamar a varios obispos a tomar parte en el rito de consagra­ción cuando un nuevo elegido ha de ser elevado al ministerio del sumo sacerdocio» 24. Pero por los pasajes aducidos no cons­ta si los obispos estaban meramente presentes, o consagraban al electo interviniendo plenamente en la consagración 25.

En el novísimo Rito de consagración episcopal se encarga que el obispo consagrante principal esté acompañado, por lo menos, de otros dos obispos consagrantes. Pero conviene—se añade— que todos los obispos presentes ordenen al elegido, juntamente con el consagrante principal26. Y todos los obispos consa­grantes dirán la parte de la oración declarada como esencial para el sacramento 27.

La alocución previa del consagrante principal indica la so­lidaridad del gesto común: «Nosotros, los obispos aquí pre­sentes, por la imposición de las manos, lo agregamos a nues­tro orden episcopal» 28.

También en diferentes partes del Rito se alude a la cole­gialidad episcopal. En el Canon romano se dice expresamente al «Hanc igitur», en esta misa de la consagración: «Acepta,

23 La Iglesia del Concilio p.158.24 Lumen gentium n.22a. Gf. Trad. apost. n.2, ed. B o tte , 40S; C o n c il .

N ic e n . cn.4: Concil. oecum. decreta (ed. Herder, 1962) p.6.25 Cf. Schema Constit. de Ecclesia, Relatio n.22 p.88E.26 De ordinatione episcopi, praenot. n.2. Pío XII estableció que los tres

obispos asistentes fueran co-consagrantes: impusieran las manos y pronun­ciaran las palabras de la forma. Constit. Episcopalis consecrationis (30 nov. 1944): AAS 37 (1945) 13 1 ; Variationes in Rubricis Pontificalis Romani: AAS 42 (1950) 452. Más adelante la Constit. de S. Liturgia del Vatic. II (n.76) determinó que todos los obispos presentes pudieran imponer las ma­nos al nuevo obispo. El novísimo rito De ordinatione episcopi expresa la conveniencia de que todos consagren al nuevo electo. Y todos los obispos consagrantes dirán la parte de la oración declarada como esencial para el sacramento. De ordinatione episcopi n.26.

27 Ibid.28 Ibid., n.18.

Razones de la colegialidad

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288

Señor, aplacado esta ofrenda de tus siervos y de toda tu fami­lia santa; te la ofrecemos también por tu hijo que ha sido lla­mado a formar parte del orden de los obispos...»29. Y en el examen que precede a la consagración se pregunta al elegido:«¿Quieres edificar la Iglesia, Cuerpo de Cristo, y permanecer en su unidad con el orden de los obispos, bajo la autoridad del sucesor de Pedro?» 30

La incorporación al colegio episcopal379. La última pregunta, que acabamos de mencionar,

nos introduce en la cuestión de las relaciones entre la consa­gración episcopal y la entrada en el colegio episcopal.

Porque, en efecto, como declara el Vaticano II, «uno es constituido miembro del cuerpo episcopal en virtud de la con­sagración episcopal y por la comunión jerárquica con la Cabeza y miembros del colegio» 31.

Para ser miembro del colegio episcopal requiere el conci­lio dos condiciones: la consagración sacramental y la comunión jerárquica con la Cabeza y los miembros del colegio.

Esta afirmación del concilio responde, sin duda, a la votación ex­ploratoria e indicativa del 30 de octubre de 1963, en que se pregun­tó a los Padres si les agradaba que se preparase el esquema De Ec- clesia, de modo que se dijera «que es miembro del cuerpo episcopal todo obispo legítimamente consagrado, en comunión con los obis­pos y con el Romano Pontífice, que es Cabeza de ellos y principio de su unidad». Respondieron placet 2.154; non placet, 104 32.

Según esta concepción del concilio, convendrá explicar cómo puede desempeñar ciertas funciones de los miembros del co­legio, v.gr., intervenir en un concilio, un obispo electo que ha tomado posesión de su diócesis, pero que no ha sido todavía consagrado 33; o un Sumo Pontífice electo que ha aceptado su

29 Ibid., n.37.30 Ibid., n.19.31 Lumen gentium 11.22a. Pueden verse también sobre este problema

L. Mórtari, Conso.gr/izione episcopale e collegialita. La. testimonianza della Chiesa antica (Firenze 1969); G. A lberigo, Cardinalato e collegialita. Stu- di sulVecclesiologia tra l’X I e il X IV secolo (Firenze 1969); !• C olson, L épis- copat catholique. Collégialité et primauté dans les trois premiers siécles de l’Eglise (París 1963) (coll. Unam Sanctam 43); B. B otte, Caractére collé- gial du presbytérat et de l’épiscopat, en «Études sur le Sacrement de l’ordre» (París 1957) p.97-124. #

32 Cf. Schema Constit. de Ecclesia, Relatio n.22 P-39b-33 Cf. Codex Iuris canon, cn.223 § i,2.°

P.I1I c .l l § 2. Apostolado universal de los obispos

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elección, y tiene desde este momento la plenitud de su poder primacial 34, y es, por tanto, Cabeza del colegio episcopal, pero que todavía no ha recibido la consagración episcopal.

380. A la primera de estas dos dificultades será fácil res­ponder que, si bien la potestad de un concilio ecuménico es de derecho divino, la determinación concreta de todas las con­diciones necesarias y suficientes para entrar en el concilio y formar parte de él, y para que el concilio se diga representar a toda la Iglesia, es cosa de derecho eclesiástico, cuya resolución última corresponde al Sumo Pontífice, y puede variar con los tiempos. Por lo demás, así como el derecho positivo eclesiás­tico puede determinar que entren en el concilio los generales de órdenes religiosas, aunque no sean obispos, también puede determinar que entren los obispos electos, aunque no estén consagrados.

Solían explicarse estos casos singulares diciendo que estos obispos electos (o el Sumo Pontífice electo y no consagrado) recibían y tenían la potestad de magisterio y jurisdicción, pero no la potestad de orden. Ahora se prefiere considerar la potes­tad de orden o la consagración episcopal como raíz de las otras potestades.

La Comisión doctrinal, respondiendo a la segunda dificul­tad que hemos expuesto (la del Sumo Pontífice electo y no consagrado), reconoció que hay casos excepcionales y que sólo quiso ofrecer un texto de carácter general 35; sin que parezca darle, por consiguiente, un valor ontológico absoluto y total­mente universal. Deja estos casos excepcionales a la explica­ción de los teólogos 36.

381. Cualquiera que sea la solución que se adopte, siem­pre queda en pie la exigencia de recibir la consagración episcopal para el desempeño normal de las funciones primaciales y epis­copales; y en la aceptación del oficio episcopal y del primacial se incluye la voluntad de recibir la consagración episcopal 37.

34 Cf. ibid., cn.219; Constit. Vacante Sede Apostólica c.y; Pío XII, Alocución del 5 oct. 1957: AAS 49 (1957) 924.

35 Cf. Modi c.3 n.35 p .13 ; n.63 p.21 ad A ; n.65 p.22.36 Cf. Modi c.3 n.35 P-i3- Sobre la frecuencia de las elecciones de Su­

mos Pontífices, sin consagración episcopal, escribió C. Pozo, La teología del episcopado en el c.3 de la Constit. de Ecclesia: EstEcl 40 (1965) 153-155.

37 Véase lo que antes hemos escrito sobre este puntó (n.332.351).

Incorporación al colegio episcopal

Ministros de Cristo 10

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Teniendo presentes estas excepciones, que reconocía la Co­misión doctrinal 38, la proposición de que se entra en el colegio por la consagración episcopal 39 parece tener un valor de uni­versalidad moral, pero no absoluta y total40; a no ser que esta necesaria consagración episcopal se entienda también en «el propósito de recibirla», cuando se trata de un electo, que ha aceptado y tomado posesión, pero no está consagrado.

La colegialidad en su ejercicio382. No podemos descender a multitud de problemas y

pormenores relativos: a) a las condiciones de la colegialidad; b) al contenido del poder colegial, y c) al ejercicio de la cole­gialidad.

De todo ello nos hemos ocupado largamente en otro lugar 41. Aquí nos interesa sobre todo ocuparnos de las relaciones entre el sacerdocio o la consagración episcopal, por una parte, y la colegialidad, por otra.

Es claro, en cuanto a la condición de la colegialidad episco­pal, que en el colegio se considera incluido el Romano Pon­tífice, y que sin él, fundamento necesario y pieza clave de bó­veda, no subsiste el colegio. Y es también claro que quien personalmente detenta el poder primacial, concedido por Cris­to, lo puede también ejercer libre y personalmente. A él corres­ponde además convocar, presidir y confirmar los concilios ecu­ménicos; y puede llamar a una acción colegial a los obispos dispersos por el mundo, o aprobar o aceptar libremente la acción unida de ellos 42.

383* En cuanto al contenido del poder colegial, el conjunto de los obispos juntamente con el Papa, esto es, el colegio epis­copal con el Papa tienen la potestad plena y suprema en la Iglesia; la misma potestad plena y suprema que corresponde al Romano Pontífice. Pensamos que se trata de «dos sujetos del mismo

38 Véanse los mismos lugares citados en la nt.35 de este capítulo.39 Sobre los obispos titulares y su entrada en el colegio por la consa­

gración episcopal, defendió esta posición Mons. Betazzi en la 46 Congreg. general ( n oct. 1963), refiriéndose, entre otros autores, a G. V ielmi, De episcopis titularibus, etc.

40 La Iglesia del Concilio p. 161-163.41 A él nos remitimos: ibid., p. 163-177.42 Lumen gentium n.22b.

290 P.III c .l l § 2. Apostolado universal de los obispos

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291

poder supremo», inadecuadamente distintos en el sentido que explicamos y discutimos en otro lugar43.

En cuanto al ejercicio de la colegialidad, «la unión colegial se manifiesta también en las mutuas relaciones de cada obispo con las Iglesias particulares y con la Iglesia universal... Cada obispo es el principio y fundamento visible de unidad en su propia Iglesia, formada a imagen de la Iglesia universal; y en todas y de todas las Iglesias particulares queda integrada la Iglesia católica, una y única. Por esto cada obispo representa a su Iglesia, tal como todos ellos, a una con el Papa, represen­tan toda la Iglesia en el vínculo de la paz, del amor y de la unidad»44. Como diría San Cipriano, es «una Iglesia por todo el mundo dividida en muchos miembros» 45.

Solicitud universal384- Una manera muy principal de ejercitar la función

episcopal, en su relación con la colegialidad, es la solicitud por la Iglesia universal que debe tener cada obispo, sin excluir la solicitud misionera, para transmitir el mensaje salvífico a todos los pueblos46.

Esta solicitud universal misionera ha sido puesta de relie­ve por los Pontífices recientes:

«Los sucesores de los Apóstoles—decía Benedicto XV en la en­cíclica Máximum illud (30 de noviembre de 1919)—debían perpe­tuar hasta la consumación de los siglos, esto es, mientras hubiere hombres que la verdad tuviera que libertar, aquel gran oficio que, al momento de volver al Padre, Nuestro Señor Jesucristo encomen­dó a sus discípulos...»47. «Leemos—escribía Pío XI en la Rerum Ecclesiae (28 de febrero de 1926)—que no a Pedro solo, cuya Cáte­dra poseemos, sino a todos los Apóstoles, en cuyo lugar habéis sido puestos, mandó el Señor: Id por el universo todo y predicad el Evangelio a toda criatura (Me 16,15); Por donde es manifiesto que el cuidado de propagar la fe, de tal modo pertenece a Nos, que sin duda alguna debéis venir a colaborar con Nos y a auxiliarnos en ello, en cuanto lo permite el desempeño de vuestro oficio» 48.

385. Por su parte, Pío XII afirmaba que, mientras el ejer­cicio del gobierno pastoral es limitado en los obispos, la solicitud por el bien universal les está especialmente encomendada.

43 La Iglesia del Concilio p.167-176.44 Lumen gentium n.23a.45 Epist. 55,24: CSEL 3B, 642; ed. BAC, p.538.46 Lumen gentium n.23bc.47 AAS 1 1 (1919) 440. 48 AAS 18 (1926) 68s.

.Ejercicio de la colegialidad

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Dice, pues, Pío XII en la encíclica Fidei donurn (21 de abril de 1957): «Si cada uno de los obispos es sagrado Pastor sola­mente de la porción de la grey que se le ha encomendado, sin embargo, en cuanto que es legítimo sucesor de los Apóstoles, por institución y mandato divinos es fiador a una con los demás obispos del oficio apostólico de la Iglesia, según aquellas pala­bras que Cristo dirigió a los Apóstoles: Como me envió mi Padre, yo os envío a vosotros (Jn 20,21). Esta misión, que se refiere a 'todas las gentes... hasta la consumación de los siglos’ (Mt 18,19-20), no pereció cuando murieron los Apóstoles; antes por el contrario, todavía persevera en los obispos que tienen comunión con el Vicario de Jesucristo» 49.

Por esto, «cada uno de los obispos que es puesto al frente de una Iglesia particular ejercita su poder pastoral sobre la porción del pueblo de Dios que se le ha confiado, no sobre las otras Iglesias ni sobre la Iglesia universal. Pero, en cuanto miembros del colegio episcopal y como legítimos sucesores de los Apóstoles, todos deben tener aquella solicitud por la Igle­sia universal que la institución y precepto de Cristo exigen; la cual, aunque no se ejercite por acto de jurisdicción, contribu­ye, sin embargo, grandemente al progreso de la Iglesia univer­sal» 50.

386. La manera de contribuir al bien universal es, según el concilio, promoviendo y defendiendo la unidad de la fe y la disciplina común a toda la Iglesia. No porque la disciplina tenga que ser única en toda ella, sino porque aquello común, como serían tradiciones disciplinares apostólicas, conveniente­mente se conservaría en toda la Iglesia con solicitud del bien universal. También deben fomentar el amor de todo el Cuerpo místico, en particular de aquellos miembros que son pobres o sufren. Además, «es cosa clara que, gobernando bien sus propias Iglesias como porciones de la Iglesia universal, contri­buyen en gran manera al bien de todo el Cuerpo místico, que es también el cuerpo de las Iglesias»51.

La solicitud misionera por anunciar el Evangelio a todas las gentes y propagar la religión cristiana es también propia de los obispos. El papa San Celestino, ya de antiguo, la encomendó

49 AAS 49 (1957) 237-50 Lumen gentium 11.23b.51 Ibid,

292 P i l i c .l l § 2. Apostolado universal de los obispos

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Solicitud universal 293

a los Padres del concilio de Efeso: «Este cuidado de la predica­ción encomendada por el Señor ha venido a todos los sacerdotes del Señor [Padres del concilio] en común; porque por derecho hereditario estamos obligados a esta solicitud todos los que pre­dicamos por diversas tierras el nombre del Señor en lugar de aquellos a quienes se dice: Id y enseñad a todas las gentes (Mt 28,20)»52.

387. Así como hay una solicitud misionera, puede haber también una solicitud de caridad que tiene mucho de misionera. Se puede ayu­dar a las Iglesias necesitadas o pobres y a todos los indigentes o sub­desarrollados del mundo. Es caridad y es ejemplo misionero, por­que es una predicación práctica y elocuente de aquel amor que debe reinar entre cristianos. «Mirad cómo se aman», decían de los prime­ros cristianos los todavía paganos. El ejemplo de esta solicitud por otras Iglesias pobres es antiguo y venerando. San Pablo colectaba para la Iglesia de Jerusalén (cf. 2 Cor 8,9ss). Y el emperador apóstata Juliano, queriendo fundar una religión, y pensando que «la religión de los cristianos se recomienda sobre todo por la vida y costumbres de sus seguidores», para obtener un efecto parecido, escribió a A r­sacio, sacerdote gentil de Galacia, por qué no miraba «qué es lo que sobre todo había dado aumento a la religión de los cristianos: su hospitalidad y humanidad con los peregrinos, la diligencia solícita en sepultar a los muertos y una simulada [!] gravedad de costumbres. Y cada una de estas cosas, pienso—continúa Juliano—que debemos en verdad practicarlas... Porque sería vergonzoso que entre los ju­díos nadie tenga de mendigar, y que estos impíos galileos [los cris­tianos], además de alimentar a sus pobres, todavía alimenten a los nuestros...» 53.

III. Los oficios y potestades recibidos en la consagración 54

388. Sigue siendo afirmación común que, con la consa­gración episcopal, se confiere una potestad de orden o potestad de santificar, esto es, un poder expedito para la válida con­fección de la Eucaristía y de los sacramentos y sacramentales propios del orden episcopal: confirmación, orden, unción de

52 Epist. 18 ,1: PL 50,50513.53 S ozomenos, Hist. eccl. 5,26: PG 67,1261-1264; La Iglesia del Con­

cilio p.i8os. Puede verse asimismo, en orden a la solicitud universal de los obispos, A. G arcía Su á r ez , Función local y función universal del episcopado, en «XXII Semana española de Teología (1962). Teología del episcopado» (Madrid 1963) p.255-293.

C f. M g r . P h il ip s , L ’Église et son mystére I p .273-276 ; La Iglesia del Concilio p .14 6 -15 3 .

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los enfermos, bendiciones y consagraciones..., que no requie­ren la concesión de una especial jurisdicción 55. El Vaticano II enseña también que «la consagración episcopal, junto con el oficio de santificar, confiere también los de enseñar y regir, los cuales, sin embargo, por su naturaleza, no pueden ejercitarse sino en comunión jerárquica con la Cabeza y los miembros del colegio [episcopal]» 56. El concilio, sin negar el poder ex­pedito de orden, enseña que con la consagración se confieren los oficios (munus) de santificar, enseñar y gobernar; distin­guiendo entre los oficios que se confieren y el ejercicio de ellos.

Podría pensarse que, desde el momento en que se le con­fiere a uno un cierto oficio, se le da también poder para ejer­citarlo.

Pero la Nota explicativa praevia recordaba que «advertida­mente se habla de los oficios y no de las potestades, porque esta última palabra puede entenderse de una potestad expedita para el acto»57.

Por consiguiente, según el concilio, la consagración epis­copal no confiere un poder expedito para el ejercicio de enseñar auténticamente o de gobernar a los fieles. Confiere el oficio de santificar, juntamente con el de enseñar y gobernar; de los cua­les el primero está expedito para su ejercicio válido, pero no lo están los otros dos. Necesitan la designación de súbditos o mi­sión canónica para poder enseñar auténticamente y gobernar. Porque no hay magisterio auténtico o gobierno sin súbditos.

389. En la consagración episcopal vemos, por consiguien­te, un oficio o encargo, un destino del cristiano que ha reci­bido tal consagración para el ejercicio del magisterio y del go­bierno. Encontramos en este cristiano una consagración interna y ontológica para estos oficios y para su ejercicio; por tanto, una connaturalidad intrínseca y sobrenatural para ellos, una capacidad remota, una disposición para desempeñarlos, y, por

5 5 La opinión de que se podría invalidar el ej ercicio sacramental del obispo que administra la confirmación y el orden, si carece de jurisdicción eclesiástica, nos parece nueva y de muy pocos; y nos parece no concordar con la doctrina de San Agustín y de otros sobre la validez del bautismo y de las órdenes, conferidos en el cisma o la herejía. Porque una cosa es no tener una cosa, y otra es tenerla o usarla ilegítimamente. Cf. sobre la in- auferibilidad de estos poderes n.352, y T eología del signo sacram ental n.2o6ss.

56 Lu m en gentium n.21.57 AAS 57 (1965) 73,2.°.

294 P.III c .l l § 3 . Oficios recibidos en la consagración

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lo mismo que hay tal destino, hallamos también una como exi­gencia para desempeñarlos. No se entiende que el episcopado se deba conferir para mero y exclusivo prestigio personal del que lo recibe, sin una relación al desempeño de estos oficios exigidos por la consagración 58.

Pero tampoco veríamos inconveniente en decir que por la consagración episcopal se confieren los oficios y las potestades de magisterio y régimen, siempre que se entienda que no son potestades expeditas para pasar al acto, bien porque les falta algún complemento (si se quiere hablar de potestad incoada), o, mejor, porque les falta alguna condición para su ejercicio. La condición (o el complemento) que les falta para su ejercicio es la misión canónica del Papa, o su equivalente.

Se puede hablar, por consiguiente, de potestad incoada y radical, que viene con el oficio; o, simplemente, de potestad conferida con el oficio (aunque no expedita, porque faltan algu­nas condiciones para su ejercicio). Puede ser solamente dife­rencia en el modo de hablar, y no insistiremos en ello 59.

390. No faltan razones que abonan esta manera de conce­bir los oficios de magisterio y régimen conferidos en la consa­gración episcopal, junto con la potestad.

En la oración consecratoria del rito de ordenación de obis­po, y en las fórmulas que siguen, se piden para el elegido los oficios de enseñanza, gobierno y santificación, y la potestad para desempeñarlos:

«¡Oh Padre, conocedor de los corazones!, concede a este hijo tuyo, elegido para el episcopado, apacentar tu pueblo san­to, ejercer ante ti sin reprensión el sumo sacerdocio, servirte día y noche, e interceder siempre por el pueblo ofreciendo los do­nes de tu santa Iglesia.

Que en virtud del sumo sacerdocio tenga el poder de per­donar los pecados, según tu voluntad.

Que distribuya los ministerios de la Iglesia siguiendo tus designios; ate y desate todo vínculo, conforme al poder que diste a los Apóstoles...»60.

Asimismo en la entrega del libro de los evangelios: «Recibe el Evangelio y anuncia la palabra de Dios con deseo de enseñar

58 L a Ig lesia del C on cilio p.147.59 Cf. E. O liv a r es , L a colegia lidad episcopal: Sal Terrae 53 (1965) 136.60 Rito D e ordinatione episcopi n.26.

Oficios y potestades

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y con toda paciencia»61. Y en la entrega del báculo: «Recibe el báculo, signo de pastor, y cuida de toda tu grey, porque el Evangelio santo te ha constituido obispo para que apacientes la Iglesia de Dios» 62.

391. Todo esto parece indicar que el oficio conferido va acompañado de poder para ejecutarlo. La designación de súb­ditos para ejercerlos parece ser sólo una condición. De la misma manera que en la ordenación presbiteral, cuando se decía al final del rito: «Recibe el Espíritu Santo. A quienes perdonares los pecados, les serán perdonados; y a quienes los retuvieres, les serán retenidos», podía entenderse y se entendía que con la ordenación presbiteral iba el poder de perdonar pecados; aunque requería la concesión de jurisdicción para tener súbdi­tos en los cuales poder ejercerlo.

En resumen: la consagración episcopal, aunque confiera los oficios y los poderes anejos al oficio para enseñar, gobernar y santificar, no confiere, sin embargo, una potestad expedita para pasar al acto de magisterio auténtico o de gobierno si faltan las condiciones necesarias, como es una de ellas la designación de súbditos.

392. Gomo decía la Nota explicativa: «Para que exista tal potestad expedita, debe agregarse una determinación canóni­ca o jurídica por la autoridad jerárquica. La cual determinación de la potestad puede consistir en la concesión de un oficio par­ticular o en la asignación de los súbditos. Y se da según normas aprobadas por la suprema autoridad. Esta norma ulterior se requiere por la naturaleza misma de la cosa (ex natura rei), porque se trata de oficios que deben ejercitarse por muchos suje­tos, que por voluntad de Cristo cooperan jerárquicamente» 63.

Ya se deja entender que es necesaria una determinación ex­presa de oficio o de súbditos a quienes enseñar y gobernar, para evitar las colisiones que fácilmente podrían ocurrir siendo mu­chos los llamados a predicar y gobernar.

393. «¿Qué razones puede haber para limitar esta predica­ción y jurisdicción universal de los obispos o para no heredar la de los Apóstoles? Se comprende que no es lo mismo atribuir

si Ibid., n.29.62 Ibid., n.32.63 AAS S7 ¡.(i 9 6S) 7 3 -

P.III c .l l § 3 . Oficios recibidos en la consagración

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facultades amplísimas a sólo doce hombres, infalibles, bien co­nocidos entre sí y concordes unos con otros, subordinados a Pedro, uno de ellos, y en unos tiempos cuando, dispersos y separados unos de otros, deben realizar la conquista del amplio mundo universo, la conquista más audaz que conocieron los siglos, que no atribuir la misma facultad a centenares y aun millares de obispos, y en tiempos en que es más fácil ponerse en comunicación con la sede primacial para evitar interferen­cias y colisiones. Otra vez aquí creemos que la limitación pro­cede de la posible colisión que se quiere evitar; no para frenar el celo universal y misionero de cada obispo, sino para encau­zarlo dentro de un plan común.

Es sabido que al Romano Pontífice le corresponde, dentro del colegio episcopal, además de coaptar o incorporar en él a los nuevos miembros, coordinar sus actividades para el bien común. Es lo que hace la autoridad con los miembros de la sociedad y es lo que hace el Papa respecto del colegio epis­copal» 64.

Oficios y potestades

IV. El oficio de enseñar

394. Este oficio episcopal entra de lleno en la misión de los Apóstoles. Es la función evangelizadora del ministerio apos­tólico, de la que antes hemos hablado (n.89-91) como la más saliente dentro del ministerio. También el Vaticano II habla primeramente de este oficio de enseñar, propio de los obispos. Porque, en el orden cronológico, lo primero es que el pueblo cristiano y los adultos candidatos al bautismo tengan fe en el mensaje. Pero ¿cómo creerán, si no lo oyen? Y ¿cómo lo oirán, si no se les predica? (cf. Rom 10,14).

Por esto—dice el Vaticano II—«los obispos, en su calidad de sucesores de los Apóstoles, reciben del Señor, a quien se ha dado toda potestad en el cielo y en la tierra, la misión de enseñar a todas las gentes y de predicar el Evangelio a toda criatura, a fin de que todos los hombres logren la salvación por medio de la fe, el bautismo y el cumplimiento de los man­damientos (cf. Mt 28,18; Me io,i5s; Act 2ó,i7ss...)» h

Los Apóstoles fueron fortalecidos con la promesa del Es­

64 M. N icolau , Problem as del C on cilio (Madrid 1963) p.43.1 Lu m en gentium 11.24a.

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píritu Santo para ser testigos de Cristo hasta los últimos con­fines de la tierra (cf. Act i,8), y lo serían ante habitantes de lenguas y países diversos (cf. Act 2,iss). A San Pablo el Señor le describió su misión apostólica diciéndole: «Te he aparecido para hacerte ministro y testigo de las cosas que has visto y de aquellas en las cuales me mostraré a ti...» (Act 2Ó,i 6ss).

395. «La predicación del Evangelio sobresale entre los ofi­cios principales de los obispos—continúa el Vaticano II— . Por­que los obispos son los heraldos de la fe, que ganan nuevos discípulos para Cristo y son los maestros auténticos, es decir, dotados de la autoridad de Cristo, que predican al pueblo que les ha sido encomendado la fe que ha de creerse y ha de aplicarse a la vida, la ilustran con la luz del Espíritu Santo, extrayendo del tesoro de la revelación las cosas nuevas y las antiguas (cf. Mt 13,52), la hacen fructificar y con vigilancia apartan de la grey los errores que la amenazan» (cf. 2 Tim 4 » 1 4 )

En el proyecto último de constitución (a. 1964), la predi cación venía expresada como «el oficio principal de los obispos» 2 3, refiriéndose al concilio Tridentino; pero quedó matizado como en oficio que «sobresale entre los oficios principales de los obispos» 4.

396. Santo Tomás, comparando el oficio de predicar y el de bautizar, encomendados por' Cristo a los Apóstoles, es­cribe: «El oficio de enseñar lo encomendó Cristo a los Após­toles para que ellos lo ejercitaran por sí mismos como oficio principalísimo, y por esto los Apóstoles dijeron (Act 6,2): 'No es justo que nosotros dejemos la palabra de Dios y sirvamos a las mesas’ . Pero el oficio de bautizar lo encomendó a los Apóstoles como algo que ejercitaran por medio de otros; por donde dice el Apóstol (1 Cor 1,17): 'No me envió Cristo a bautizar, sino a evangelizar’ . Y esto es porque en el bautizar

2 Lumen gentium 11.25a.3 «Praecipuum Episcoporum munus est praedicare Evangelium» fSche-

ma Constit. de Ecclesia, Relatio n.25 p.67).4 La palabra praecipuum del Tridentino, en el lugar citado por la Lu­

men gentium (Concil. T rident. Decret. de reform. sesión 5 c.2 n.9; se­sión 24 cn.4: Concil. oecum. Decreta p.645.739), refiriéndose a los oficios de los obispos, tiene un sentido asertivo, no exclusivo. Por esto se admitió la corrección propuesta por cuatro Padres: «Inter praecipua episcoporum muñera, eminet praedicatio Evangelii». Cf. Modi c.3 n.154 p.41.

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nada obra el mérito y la sabiduría del ministro, así como obra en el enseñar... Sin que por esto se excluya que los obispos puedan. bautizar, pues lo que puede la potestad inferior lo puede la superior. Y por esto el Apóstol dice allí mismo que bautizó algunos» 5.

397. En los documentos que revelan la sucesión apostó­lica de los obispos alcanza particular relieve el pensamiento de que los obispos suceden a los Apóstoles sobre todo para enseñar y transmitir la doctrina apostólica. En los obispos se recalca muy en particular que transmiten el mensaje de Jesu­cristo a los Apóstoles.

San Clemente Romano pondera la predicación de los Apóstoles, y a continuación habla de los obispos y diáconos: «... Al predicar los Apóstoles por las regiones y ciudades la palabra, después de apro­bar aquellas primicias, constituyeron obispos y diáconos de aque­llos que iban a creer» 6.

San Ignacio de Antioquía escribió a los Efesios estas palabras: «Je­sucristo, nuestra vida inseparable, es la sentencia [o doctrina] del Pa­dre, así como los obispos que han sido puestos en las diversas partes de la tierra están en la sentencia [o doctrina] de Cristo» 7.

Hegesipo (ca.180), al hablar de cómo unos obispos suceden a otros, dejó escrito: «En cada una de las sucesiones de ios obispos y en cada una de las ciudades permanecen aquellas mismas cosas que fueron predicadas por la Ley y los Profetas y por el mismo Señor» 8.

398. San Ireneo (ca.140-ca.202) es un caso patente del valor de transmisión doctrinal que tiene para é‘1 el oficio episcopal: «La tra­dición de los Apóstoles—dice—, manifestada en todo el mundo, es lo que en cualquier Iglesia pueden mirar todos los que quieran ver la verdad; y podemos enumerar aquellos que fueron constituidos obis­pos por los Apóstoles, y los sucesores hasta nosotros, los cuales no enseñaron ni conocieron nada de eso que deliran éstos. Porque si los Apóstoles hubieran sabido misterios recónditos, que a ocultas y aparte enseñasen a los perfectos, se lo hubieran manifestado sobre todo a aquellos a quienes encomendaban las Iglesias. Porque que­rían que fuesen muy perfectos e irreprensibles en todo aquello que dejaban como sucesores, entregándoles el mismo lugar dé magisterio que ellos tenían»9. En San Policarpo, constituido .obispo de Esmirna por los Apóstoles, pondera Ireneo la fidelidad de la enseñanza apos­

5 3 q.67 a.2 ad 1.6 Ad Cor. 42,4: F u n k , 1,152.7 Ad Ephes. 3,2: ibid., 1,216.8 Fragmenta apud E u sebiu m , Hist. eccl. 4,22: PG 20,377; Corpus Be-

rolin. Euseb. 2,368.9 Adv. haer. 3 ,3 ,1: PG 7,848.

Testigos de la doctrina

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300 P.III c.l 1 § 4. Oficio de enseñar en los obispos

tólica 10. «Conviene obedecer—dice en otro lugar—a los que tienen la sucesión de los Apóstoles, que recibieron con la sucesión del epis­copado el carisma cierto de la verdad según el beneplácito del Pa­dre» ii. «La gnosis verdadera es la doctrina de los Apóstoles y el estado primitivo de la Iglesia en todo el mundo... y el carácter del Cuerpo de Cristo según las sucesiones de los obispos, a quienes los Apósto­les entregaron la Iglesia de cada lugar...»12. «Todos los herejes son muy posteriores a aquellos obispos a quienes los Apóstoles les en­tregaron las Iglesias... Necesitan por ello los herejes, saliéndose del camino, caminar por otra y otra vía» 13.

Tertuliano (ca. 160-222/3), con razón, conoce la dificultad de que yerren la multitud de las Iglesias que coinciden en la misma fe, y busca en la sucesión apostólica de los obispos la autenticidad de la doctrina 14.

Y Orígenes (185/6-254/5) reafirma el mismo principio de la pre­dicación apostólica transmitida por la legítima sucesión15.

En resumen: los textos que declaran la sucesión apostólica que hay en los obispos realzan y ponen de relieve el carácter magisterial de esta sucesión y de este oficio. El oficio de en­señar y ser testigo de la verdad revelada es oficio fundamental del sucesor de los Apóstoles 16 17.

399. El rito de consagración episcopal pone de manifies­to la importancia que para el electo tendrá el oficio de predi­cador: se coloca abierto el libro de los evangelios sobre la ca­beza del nuevo obispo, después de la imposición de manos. Los diáconos sostienen el libro sobre la cabeza del elegido mientras se dice la oración consecratoria 1 1 . En la alocución previa se le había dicho: «Proclama la palabra de Dios a tiem­po y a destiempo; exhorta con toda paciencia y deseo de en­señar» 18. Y al entregarle el libro de los evangelios encontramos unas palabras que son eco de las anteriores: «Recibe el Evan­gelio y anuncia la palabra de Dios con deseo de enseñar y con toda paciencia» 19.

10 Ibid., 3,3,4: PG 7.851.11 Ibid., 4,26,2: PG 7,1053.12 Ibid., 4,33,8: PG 7,1077.13 Ibid., 5,20,1: PG 7,1177.14 Depraescrip. haer. 21.23.32.36.37: PL 2,33-50; Adv. Marcionem 4,5:

PL 2,366.15 Peri archon l.i, praef. n.2: PG 1 1 , 1 16.16 La Iglesia del Concilio p. 185-187.17 Rito De ordinatione episcopi n.25.18 Cf. 2 Tim 4,25; Rito De ordinat. episc. n.18.19 Rito De ordinat. episc. n.29. P ablo VI, en la exhort. apost. Quinqué

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Magisterio episcopal 301

Veneración y obligación de asentir al magisterio episcopal

400. «Los obispos—declara el Vaticano II—, cuando en­señan en comunión con el Romano Pontífice, deben ser res­petados por todos como los testigos de la verdad divina y ca­tólica; los fieles, por su parte, tienen obligación de aceptar y adherirse con religiosa sumisión de espíritu al parecer dé su obispo en materias de fe y de costumbres cuando lo expone en nombre de Cristo» 20.

Los obispos todos, que enseñan en comunión con el Ro­mano Pontífice, merecen una veneración particular en cuanto que son doctores y testigos de la verdad de Jesucristo,, con misión y gracia peculiar para este ministerio. Y no sólo por parte de los respectivos diocesanos o súbditos.-Todos les de­ben tal veneración, y expresamente y con esta intención ha enseñado el concilio que «por todos» se les debe tal.veñera- ción 21. El asentimiento y religioso obsequio a las enseñanzas del propio obispo en cuestiones de fe y costumbres, cuando propone sus doctrinas en nombre de Cristo, es algo que de­ben hacer sus diocesanos.

El magisterio de los obispos residenciales-no es un magis­terio que para los respectivos diocesanos se acepta o se desecha según el privado sentir. Es un magisterio auténtico, esto es, de quien tiene autoridad para enseñar, y.en este caso la tiene por derecho divino en el mandato comunicado a los Apóstoles y a sus sucesores.

Merece, por consiguiente, todo respeto la enseñanza co­municada por tales obispos, y puede forzar en alguna manera al asentimiento por motivo de obediencia y religión. Por esto la enseñanza episcopal merece siempre un ánimo benévolo y acogedor. Como la enseñanza y advertencias de los propios padres, puestos por Dios, y las de los propios maestros y direc­tores a quienes está confiada la educación.

401. El magisterio ordinario lo ejercitan los obispos en su diócesis: a) Predicando, que es oficio principal del cargo epis­copal. b) Con cartas pastorales e instrucciones escritas y públicas,

iam anni (8 de diciembre de 1970), recordaba a los obispos su oficio de pre­dicar y conservar puro todo el depósito de la fe: AAS 63 (1971) 97-106.

20 Lumen gentium n.25b.21 Schema Constit. de Ecclesia, Relation.25p.96D.

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que son otra manera de predicación, c) Con avisos y adver­tencias a sus diocesanos, en particular acerca de los libros. d) Con las recomendaciones y con la difusión de lo que la Santa Sede u otros (teólogos, por ejemplo) han escrito, e) Vigilan el magisterio de los teólogos, de los profesores y predicado­res. f ) Examinan y censuran los libros que se quieren publi­car, g) Conceden indulgencias, y con ello, implícitamente, ala­ban y difunden algunos ejercicios de piedad.

402. El obispo tiene sus ayudantes para el magisterio que desempeña. En primer lugar, los sacerdotes y diáconos, de quienes es propio predicar y enseñar, por razón de su ordena­ción. Ofrecen por esta misma gracia de la ordenación (pres­cindiendo de su preparación y estudios eclesiásticos, que en ellos suelen desarrollarse más) una connaturalidad mayor para que se les pueda confiar el oficio de predicar y enseñar la religión.

De parecida manera, aunque no por ordenación, sino por destinación jurídica, ofrecen una connaturalidad para ayudar a los obispos en el oficio de magisterio los miembros de órde­nes o congregaciones religiosas docentes, sean clericales, sean laicales, en los respectivos apostolados educacionales. La ra­zón es el oficio que, al aprobarlas, les han encomendado la Santa Sede o los obispos y la confianza que de ellos han hecho.

Los clérigos inferiores, los catequistas, los laicos ( ¿por qué no?), todos pueden ser (como los sacerdotes, diáconos y reli­giosos enseñantes) ayudantes de los obispos si reciben la mi­sión canónica, esto es, si son enviados por el obispo para este oficio de enseñar, escribir, predicar 22.

403. «Aunque cada uno de los prelados por sí no posea la prerrogativa de la infalibilidad, sin embargo, si todos ellos, aun estando dispersos por el mundo, pero manteniendo el vínculo de comunión entre sí y con el sucesor de Pedro, con­vienen en un mismo parecer como maestros auténticos que exponen como definitiva una doctrina en las cosas de fe y de costumbres, en ese caso están proclamando infaliblemente la doctrina de Cristo. Pero esto se ve todavía más claramente cuando, reunidos en concilio ecuménico, son los maestros y

22 La Iglesia del Concilio P .18 7 S ; Salmanticensis 9 ( 19 6 2 ) 4 74 S ,

P.III c .l l § 4. Oficio de enseñar en los obispos

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jueces de la fe y de la moral para la Iglesia universal, y sus definiciones deben aceptarse con obsequio de fe» 23.

404. Los obispos, como destinados principalmente al mi­nisterio de la palabra, pueden hacer suyas, ellos, «sucesores de los Apóstoles», aquellas palabras de Pablo a los Romanos (i5,i5s) recordando «la gracia que me ha sido dada por Dios para que yo sea un liturgo (Á e n r o u p y ó s ; oficiante público) de Cristo Jesús para los gentiles, oficiando como sacerdote ( ie p o u p y o Ü T o c ) del Evangelio de Dios, para que se haga una oblación de los paganos, acepta a Dios y santificada en el Espíritu Santo».

En esta imagen y vocabulario se junta el ministerio apos­tólico de la evangelización con el culto sagrado. Aquel minis­terio, en efecto, es una manera de «dar culto a Dios en el Es­píritu con el Evangelio de su Hijo» (Rom 1,9).

No porque la predicación sea un acto sacramental, si no es en sentido amplio 24, porque sólo es un acto ministerial que desempeñan «como ministros de Jesucristo, como si Dios exhortara por medio de ellos» (cf. 2 Cor 5,20). Porque el predi­cador, al proclamar la Palabra, no es mera causa instrumental, como en el sacramento, que es acción principal de Cristo (en la estimación moral). Aquí, en la predicación, no es un mero instrumento, sino que él, por su cuenta y razón, propone el mensaje. Es en ello una causa principal, bien que de un modo secundario porque, en definitiva, es enviado de Cristo, y la gracia sobrenatural de Dios debe actuar su predicación para que fructifique.

Magisterio episcopal 303

V. El oficio de santificar

405. Es claro que el obispo, como sumo sacerdote y como quien ha alcanzado la plenitud del sacerdocio, tiene el oficio de «sacrificador» en la Eucaristía.

En el nuevo rito de consagración se le dice expresamente: «En la oración y en el sacrificio eucarístico pide abundancia y diversidad de gracias para que el pueblo a ti encomendado

23 Lumen gentium n.25d. El comentario en La Iglesia del Concilio p.197-203.

24 Sobre la eficacia de la «palabra de Dios» y la naturaleza de esta efica­cia, cf. Teología del signo sacramental n.587-598 («Palabra y sacramento»).

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participe de la plenitud de Cristo» 25. Y en la oración conse- cratoria: «Concede a este hijo tuyo, elegido para el episcopa­do..., interceder siempre por el pueblo, ofreciendo ¡os dones de tu santa Iglesia» 25 26 *.

También se le atribuyen en el mismo rito los oficios de perdonar y de ordenar: «Que en virtud del sumo sacerdocio tenga el poder de perdonar los pecados según tu voluntad..., que distribuya los ministerios de la Iglesia siguiendo tus desig­nios, ate y desate todo vínculo conforme al poder que diste a los Apóstoles» 21.

Es también evidente que el obispo, como sacerdote que es, tiene el poder de ungir sacramentalmente a los enfermos (Sant 5,i4s), y la tradición de la Iglesia, así como el concilio de Trento, le señalan como ministro ordinario de la confirma­ción 28. El bautismo de adultos es administrado conveniente­mente por el mismo obispo 29.

406. El sacramento de la confirmación, por el cual se ob­tienen la fortaleza y la plenitud del ser cristiano, es adminis­trado ordinariamente por los obispos. Da bellamente la razón el Doctor Angélico: La última consumación de una obra se reservé al supremo artista y la carta escrita por el notario [escribiente] la firma el señor; los cristianos son edificación de Dios (1 Cor 3,9) y carta escrita por el Espíritu (2 Cor 3,2s), y «la confirmación es como la última consumación del sacra­mento del bautismo; por él se edifica el hombre para ser casa espiritual y se escribe como cierta carta espiritual...; se dedica como casa edificada para ser templo del Espíritu Santo, y como carta escrita se firma con el signo de la cruz. Y por esto el conferir este sacramento se reserva a los obispos, que tienen la suprema potestad en la Iglesia...» 30

407. Las consagraciones de iglesias, altares, vasos sagra­dos son asimismo propias del obispo, lo mismo que las bendi­ciones a ellos reservadas.

La razón por qué las consagraciones son reservadas al

25 Alocución previa del consagrante principal. Rito D e o rd in a tio n e episc. n.18.

26 Ibid., n.26.22 Ibid.28 Cf. Dz 1768 (960).29 Cf. C o d ex In r is canon, cn.744.30 3 q.72 a .nc.

304 P i l i c .l l § 5. Oficio de santificar en los obispos

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Poderes sacerdotales 305

obispo la explica así Santo Tomás: «El obispo recibe poder para actuar en persona de Cristo sobre su Cuerpo místico, es decir, sobre la Iglesia, y este poder no lo recibe el sacerdote en su consagración, aun cuando pueda tenerlo por comisión del obispo. Por esto las cosas que no pertenecen a la disposi­ción del Cuerpo místico no se reservan al obispo, como es la consagración del sacramento eucarístico. Pero al obispo per­tenece entregar no sólo al pueblo, sino también a los sacer­dotes, aquellas cosas de que pueden usar en sus oficios. Y por­que la bendición del crisma, y del óleo santo, y del óleo de los enfermos, y de las otras cosas que se consagran, como son las del altar, de la iglesia, de las vestiduras y vasos sagrados, co­munica cierta aptitud para hacer los sacramentos que perte­necen al oficio de los sacerdotes, por eso tales consagraciones se reservan al obispo, como a quien gobierna todo el orden eclesiástico» 31.

408. La figura del sacerdos summus y su función ponti­fical, que son propias de los obispos, hacen superfluo el insis­tir sobre la vertiente cultual y santificadora que es peculiar del episcopado.

El obispo, pues, como sacerdote que es, es «dispensador de la palabra y del sacramento» 32. En la liturgia eucarística se dispensará la palabra en la homilía y el sacramento en el sacri­ficio que sigue a aquélla. San Cipriano ponderó esta función sacrificadora del sacerdote, que era título del obispo (cf. 11.268'): «Porqué si Cristo Jesús, Señor y Dios nuestro, El es el sumo sacerdote de Dios Padre y se ofreció primero a sí mismo como sacrificio al Padre y mandó hacer esto en su memoria, cierta­mente aquel sacerdote en verdad hace las veces de Cristo, que imita lo que hizo Cristo, y entonces ofrece a Dios Padre en la Iglesia el sacrificio verdadero y pleno, cuando ofrece a te­nor de lo que el mismo Cristo ofreció» 33.

31 3 q.82 a.i ad 4; cf. 3 q.82 a.3 ad 3.32 Cf. A. T urrado , E l episcopado y los sacram entos, especialm ente la

E u caristía , como suceso eclesial, e n «XXII Semana española de Teología (1962). Teología del episcopado» (Madrid 1963) p.508, con citas de San Agustín acerca de este pensamiento.

33 E p ist . 63,144; ed. J. C ampos, p.610; PL 4,397. Diferentes textos de SS. PP. sobre la celebración eucarística del obispo, en A. T urrado , l.c., p.528-531. Cf. también B . B a zato le , L ’ évéque et la v ie chrétienne au sein de l ’É g lise lócale, en «L’Épiscopat et l’Église universelle» (París 1964) p.329-360.

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306

409, La manifestación de amor y de unidad en la Igle­sia la consigue el obispo sobre todo por la oración y celebra­ción eucarística 34.

El culmen de la unidad eclesial se manifiesta en la concele­bración eucarística, que preside el obispo 35. La unidad y la comunión jerárquica se manifiesta excelentemente (optime—dice el decreto Presbyterorum ordinis—, como feliz .adición de las últimas enmiendas 36) cuando concelebran los presbíteros con el obispo.

En primer lugar, como tal concelebración o celebración conjunta, se la ha considerado cual bella expresión de la uni­dad del sacerdocio. Los sacerdotes, unidos fraternalmente y con el mismo poder de sacrificar que se les ha concedido a todos, lo actualizan de una manera unísona y no aislada y de idéntica manera.

Se ha visto en ello, además, cómo el sacrificio eucarístico y Cristo víctima congregan en torno a sí a la comunidad cris­tiana, al Cuerpo místico, en sus diferentes grados y jerar­quías: al obispo o al celebrante principal, a los sacerdotes de segundo grado que actúan con su poder consecratorio; a los fieles, que se asocian al sacrificio de los sacerdotes. La Euca­ristía así celebrada une visiblemente a todos en torno a Cristo y es la expresión de la unidad del Cuerpo místico. Porque formamos un Cuerpo todos los que participamos del mismo sacrificio.

Para decirlo con recuerdos históricos de la primera Iglesia, un obispo que viene a una comunidad que no es la suya y con­celebra con el obispo de ella y con este presbiterio, reconoce, y con su hecho lo afirma, que aquí está el verdadero y auténtico sacrificio de Cristo y de la Iglesia...; quiere «intercomunicar» con ellos..., y no lo haría si fueran herejes, cismáticos o exco­mulgados... Reconoce con ello que aquí está el verdadero Cuer­po místico de Cristo y la concelebración expresa este recono­cimiento y unidad.

Viceversa, el obispo y el presbiterio que admiten a un obispo o sacerdote extraño en la concelebración, reconocen su unión

34 Gf. J. C olson , L ’évéque, lien d’unité et de chanté chez Saint Cyprien de Carthage (París 1961) p.42-45.

35 Gf. Presbyterorum ordinis 11.7a.36 Modi c.2 n.72 p.54.

P.III c .l l § 5. Oficio de santificar en los obispos

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Valores de la concelebración 307

con la verdadera Iglesia y quieren expresarla con la participa­ción en el mismo sacrificio y en el mismo cáliz. Somos un Cuer­po, porque participamos de un mismo pan y de un mismo cá­liz 37.

La unidad jerárquica y dependencia en torno al obispo, a quien se reservan en estas concelebraciones algunas funciones par­ticulares, como la de bendecir a la asamblea, iniciar y dirigir la oración de todos los celebrantes, queda muy subrayada de esta manera, pero de una forma armónica y orgánica, porque se permite al grupo jerárquico de los sacerdotes de segundo orden realizar la función de sacrificar que les es propia 38.

410. El Vaticano II ha subrayado el oficio santificador del obispo, presentándolo como sumo sacerdote: «El obispo —dice—, revestido como está de la plenitud del sacramento del orden, es 'el administrador de la gracia del supremo sacerdocio’ 39, sobre todo en la Eucaristía, que él mismo ofrece, o cuida que otros ofrezcan40, con la cual continuamente vive y crece la Iglesia... En todo altar, reunida la comunidad bajo el ministerio sagrado del obispo 41, se manifiesta el símbolo de aquella caridad y 'uni­dad del Cuerpo místico, sin la cual no puede haber salvación’ 42. Ahora bien, toda legítima celebración de la Eucaristía la dirige el obispo, al cual ha sido confiado el oficio de ofrecer a la Divina Majestad el culto de la religión cristiana y de administrarlo con­forme a los preceptos del Señor y las leyes de la Iglesia, las cua­les él precisará según juzgue en concreto, adaptándolas a su dió­cesis» 43.

«Así, los obispos, orando por el pueblo y trabajando, dan de muchas maneras y abundantemente de la plenitud de la santi­dad de Cristo. Por medio del ministerio de la palabra comuni­can a los creyentes la fuerza de Dios para su salvación- (cf. Rom 1,16), y por medio de los sacramentos, cuya administración re­gular y fructuosa dirigen ellos con su autoridad 44, santifican a

37 Cf. 1 Cor 10 ,17 ; K . R ah n er , D ogm atische Bem erkungen über d ie F ra g e d er K on zelébration : Miinchener Theolog. Zeitschrift 6 (1955) 99.

38 M. N ico lau , Sacerdotes y Religiosos según el V aticano I I P.64S.39 Oración de la consagración episcopal en rito bizantino: Euchologion

to m ega (Roma 1873) p.139.40 Cf. S. I g n . A n tio c h ., A d Sm yrn . 8 ,1: F u n k , 1,282.41 Cf. ibid.42 Santo T omás, 3 q .73 a.3.43 Lu m en gentium n.2Óa.b.44 T ra d it. apost. H ip . n.2-3: ed. B otte (21968), p.40-46.

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308 P.III c .l l § 6. Oficio de gobernar en los obispos

los fieles. Ellos regulan la administración del bautismo, por me­dio del cual se concede la participación en el sacerdocio regio de Cristo. Ellos son los ministros originarios de la confirmación, dispensadores de las sagradas órdenes y moderadores de la dis­ciplina penitencial; ellos solícitamente exhortan e instruyen a su pueblo a que participe con fe y reverencia en la liturgia y, sobre todo, en el santo sacrificio de la misa. Ellos, finalmente, deben edificar a sus súbditos con el ejemplo de su vida, guar­dando su conducta no sólo de todo mal, sino, con la ayuda de Dios, transformándola en bien dentro de lo posible para llegar a la vida eterna juntamente con la grey que se les ha confiado» 45.

4 1 1. Bien se puede decir, con el decreto Christus Dom inus, sobre el oficio de los obispos, que «ellos son los principales dispensadores de los misterios de Dios, así como los moderadores, promotores y custodios de toda la vida litúrgica en la Iglesia que se les ha enco­mendado» 46. «Porque a ellos les corresponde moderar, dirigir, estimu­lar, a veces también reprender (arguere), siempre ilustrar la ejecu­ción de la debida renovación y mirar al mismo tiempo que todo el cuerpo universal de la Iglesia pueda proceder con la misma mente en unidad de caridad, en la diócesis, en la nación, en el mundo. Y esta acción de los obispos es urgente y más necesaria por las estre­chas relaciones que hay entre liturgia y fe, de suerte que lo que se hace por una redunda en la otra» 47.

VI. E l oficio de gobernar o la cura de almas 48412. El obispo es pastor y jefe de la Iglesia. En la consa­

gración se le ha comunicado el Espíritu soberano, según hemos traducido el Spiritus principalis, de príncipe (fiyepoviKÓs, cf. n.204), de jefe.

Pero este poder de gobierno se manifiesta sobre todo en el servicio a la Iglesia y al pueblo que se le ha encomendado. Es un servicio más que un honor. En la alocución previa a la con­sagración se recuerdan estas normas al electo:

«Y tú, querido hermano—se le dice— , elegido por el Señor, recuerda que has sido escogido entre los hombres y puesto al servicio de ellos en las cosas de Dios 49. El episcopado es un

45 Lum en gentium n.2Óc.46 Decreto C h ristu s D om inus n.15; cf. C onstit. de S . L itu rg ia n.22.47 S. C o n greg . pro cu ltu d iv in o , Instructio tertia ad Constit. de

S . L itu rg ia recte exsequenda: AAS 62 (1970) 694.48 Cf. P h il ip s , L ’É g lise et son m ystére I p.349-357; L a Ig lesia del C o n ­

cilio p.213-217. 49 Cf. Heb 5,1.

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La cura de almas 309

servicio, no un honor; por ello el obispo debe ante todo vivir para los fieles y no solamente presidirlos 50. El que es mayor, según el mandato del Señor, debe aparecer como el más peque­ño, y el que preside como quien sirve... 51

... Cuida y dirige la Iglesia que se te confía, y sé fiel dispen­sador de los misterios de Cristo 52. Elegido por el Padre para el cuidado de su familia, ten siempre ante tus ojos al Buen Pas­tor, que conoce a sus ovejas y es conocido por ellas 53, y no dudó en dar su vida por el rebaño 54.

Ama con amor de padre y de hermano a cuantos Dios pone bajo tu cuidado, especialmente a los presbíteros y diáconos—colaborado­res tuyos en el ministerio sagrado—; a los pobres, a los débiles, a los que no tienen hogar y a los inmigrantes. Exhorta a los fieles a trabajar contigo en la obra apostólica, y procura siempre atenderlos y escucharlos 55. De aquellos que aún no están incorporados al rebaño de Cristo, cuida sin desmayo, porque ellos también te han sido enco­mendados en el Señor56. No olvides que formas parte del colegio episcopal en el seno de la Iglesia católica, que es una por el vínculo del amor. Por tanto, tu solicitud pastoral debe extenderse a todas las comunidades cristianas, dispuesto siempre a acudir en ayuda de las más necesitadas 57. Preocúpate, pues, de la grey universal, a cuyo servicio te pone el Espíritu Santo para regir a la Iglesia de Dios58: en el nombre del Padre, cuya imagen representas en la asamblea; en el nombre del Hijo, cuyo oficio de Maestro, Sacerdote y Pastor ejerces 59, y en el nombre del Espíritu Santo, que da vida a la Iglesia de Cristo y fortalece nuestra debilidad» 60.

413. Y en el examen se le preguntaba: «Con amor de padre, ayudado de tus presbíteros y diáconos, ¿quieres cuidar del pueblo santo de Dios y dirigirlo por el camino de la salvación? ... Con los pobres, con los inmigrantes, con todos los necesitados, ¿serás siem­pre bondadoso y comprensivo?... Como buen pastor, ¿buscarás las ovejas dispersas y las conducirás al aprisco del Señor?»61

414. El Vaticano II expresó el oficio de apacentar y gober­nar que tienen los obispos, no como vicarios del Papa, sino

50 Cf. San A g u stín , D e C iv it . D e i 19 ,9 .51 Cf. Le 22,26.52 Cf. Decreto Christus D om inus n.isa.55 Cf. Jn 10,14.54 Cf. Jn 10 ,11.55 Cf. Lu m en gentium n .z y c .56 Cf. ibid.57 Cf. Lu m en gentium n.23a; Christus D om inus n.6a.58 Cf. Act 20,23.59 Cf. Lu m en gentium n.2ib.60 Cf. Rom 8,26. Rito D e ordinat. episc. n.18.61 Rito D e ordinat. episc. n.19.

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como vicarios de Cristo 62. Porque cada uno apacienta en nom­bre de Cristo la grey que le ha sido confiada 63. De ahí que la potestad con que gobierna el obispo es ciertamente potestad vicaria respecto de Cristo, en cuyo nombre y representación se ejerce; pero es potestad propia, porque no ha sido delegada por otro poder humano; y es potestad ordinaria, porque va unida a su oficio episcopal; y es inmediata y directa respecto de sus ovejas. Pero esta potestad va regulada por el bien común y la suprema autoridad de la Iglesia.

415. Es lo que quiso explicar el Vaticano II cuando decla­ró que «los obispos rigen como vicarios y legados de Cristo las Iglesias particulares que se les han encomendado 64, con sus consejos, con sus exhortaciones, con sus ejemplos; pero tam­bién con su autoridad y con su potestad sagrada, que ejercitan únicamente para edificar su grey en la verdad y en la santidad, teniendo en cuenta que el que es mayor ha de hacerse como el menor, y el que ocupa el primer puesto, como el servidor (cf. Le 22,26-27). Esta potestad, que personalmente desempeñan en nombre de Cristo, es propia, ordinaria e inmediata, aunque el ejercicio de la misma sea regulado en definitiva por la autori­dad suprema, y aunque, con miras a la utilidad de la Iglesia y de los fieles, pueda quedar circunscrita dentro de ciertos lími­tes. En virtud de esta potestad, los obispos tienen el sagrado derecho y ante Dios el deber de legislar para sus súbditos, de juzgarlos y de regular todo cuanto pertenece al culto y organi­zación del apostolado» 65.

«A ellos se les confía plenamente el oficio pastoral, es decir, el cuidado habitual y cotidiano de sus ovejas, y no deben ser tenidos como vicarios de los Romanos Pontífices, ya que os­tentan una potestad propia y son, con toda verdad, los jefes del pueblo que gobiernan66. Así, pues, su potestad no queda

62 Este título de vicario de Cristo, dado a los obispos, evidentemente no está en contradicción con el que, de manera eminente y muy principal, co­rresponde al sucesor de Pedro. C f. Modi c.3 n.9 p .8 ; n .18 7 p .49. Sobre el sentido del poder episcopal y del prim acial escribió W . B ertram s, Vicarius Christi, Vicarii Christi (Rom ae 1964).

63 P ío X II , encícl. Mystici Corporis: A A S 35 (1943) 2 1 1 .64 C f. P ío X II , ib id .; B en ed icto X IV , B r. Romana Ecclesia (5 oct. 1752)

§ 1 : Bullarium Benedicti X IV t.4 (Rom a 1758) 2 1 : «El obispo representa la persona de C risto y desempeña su oficio».

65 Lumen gentium n.25a.66 L eón X III , Satis cognitum (29 iunii 1896): A S S 28 (1895-96) 7 32 ;

P.III c .l l § 6. Oficio de gobernar en los obispos

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La cura de almas 311

anulada por la potestad suprema y universal, sino que, al re­vés, queda afirmada, robustecida y defendida 67, puesto que el Espíritu Santo mantiene indefectiblemente la forma de gobier­no que Cristo Señor estableció en su Iglesia» 68.

416. En las funciones de gobierno y magisterio de sus diocesanos, los obispos no son delegados del Papa. Ni son, por consiguiente, su vicario general. Está fuera de sitio esta expre­sión de Bismark con que, después de las definiciones del Va­ticano I, quiso calificar a los obispos. Si el Vaticano I definió que el Papa tiene jurisdicción ordinaria, episcopal e inmediata sobre cada uno de los fieles y de los pastores, esto es, sobre cada uno de los obispos, no por ello se sigue que el obis­po no tenga también jurisdicción ordinaria e inmediata sobre los mismos fieles, como respondieron los obispos alemanes y Pío IX, y antes había explicado el mismo concilio Vaticano I 69. Y si el obispo tiene la jurisdicción ordinaria, la tiene por oficio propio, no por delegación70.

417. El concilio señalará todavía la manera espiritual de ejercer este gobierno: El obispo es un padre de familia, enviado por el gran Padre de familia para que gobierne a los hijos adoptivos de Dios con providencia paterna. «Tenga siempre ante los ojos el ejemplo del Buen Pastor, que vino no a ser ser­vido, sino a servir (cf. Mt 20,28; Me 10,45) V a entregar su vida por sus ovejas» 71. Aquí está la imagen del oficio pastoral, que es exigencia de caridad en el obispo, porque «no hay mayor amor que dar su vida por otro» (Jn 15,13). Debe apiadarse de los ignorantes y descarriados, porque él mismo está rodeado de flaquezas (cf. Heb 5,2). Con la oración, con la predicación, con las obras de caridad por ellos y por los que todavía no son de la única grey, a todos los tendrá encomendados en el Señor 72.

Id., Epist. Officio sanctissimo (22 dec. 188 7): A S S 29 (1887) 264; P ío IX , Epist. ad episc. Germaniae ( 12 mart. 1875) y Alloc. consist. 15 mart. 18 7 5 : D z 3 1 1 2 - 3 1 1 7 .

67 C o n c il . V atio . I, Constit. Pastor Aeternus c .3 : D z 3061 (1828). Gf. Relatio Z in e lli: M a n si, S S . Concil 5 2 , 1 1 1 4 0 .

68 Lumen gentium 27b.69 D z 3061 (1828).70 La Iglesia del Concilio P.215S; Problemas del Concilio P.35S.71 Lumen gentium 11.27c.72 Sobre el oficio de Je fe y Pastor, del obispo, cf. J. L é c u y e r , La gráce

de la consécration épiscopale: R evScP h T h 36 (1952) 4 1 1 - 4 15 .

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312

Si el oficio de gobernar una familia no se concibe sin los vínculos de la paz, de la unidad y de la caridad, el obispo ten­drá conciencia de esa función unificadora de su ministerio 73.

Resumen sobre los oficios del obispo

418. La consagración episcopal, y ésta con carácter de sa­cramento, está en la base de todo el nuevo ser ontológico del obispo. El concilio ha tenido buen cuidado de ponerlo de re­lieve. La consagración episcopal es sacramento. Es el ápice del sacramento del orden. La consagración episcopal confiere la plenitud del sacerdocio. La consagración episcopal imprime el «carácter» del sumo sacerdocio. La consagración episcopal incorpora al orden episcopal y al colegio de los obispos. La con­sagración episcopal confiere los oficios (y los poderes, al menos radicales) del obispo para enseñar, santificar y gobernar a los fieles.

La causa eficiente principal del nuevo ser de obispo que ha adquirido el electo es Cristo, que es el que hace los sacramen­tos. El es el que bautiza, y El es el que ordena. La causa eficien­te instrumental del nuevo ser de obispo son, en el orden del mi­nistro humano, los obispos consagrantes; en el orden del signo sacramental, la consagración episcopal, esto es, la imposición de manos con las palabras esenciales de la forma. La causa formal del nuevo ser de obispo pensamos que es el carácter epis­copal que se ha impreso en el alma del nuevo sucesor de los Apóstoles. El concilio ha afirmado ciertamente que, mediante la consagración episcopal, «se imprime el sagrado carácter; de tal manera que los obispos, en forma eminente y visible, hagan las veces de Cristo Maestro, Pastor y Pontífice y obren en su nombre» 74.

Cuando el concilio afirma que los obispos, precisamente en virtud de su consagración y del carácter recibido, desem­peñan de modo eminente los oficios, confiados por Cristo, de maestro, pastor y sumo sacerdote, y que pueden actuar en nombre y en persona de Cristo, se ha satisfecho a los que desea­ban se pusiese de manifiesto la dependencia total del oficio episcopal respecto de la plenitud del poder de Cristo.

73 C f. J . C olson , L ’évéque, lien d’unité et de charité... (París 19 6 1) .74 Lumen gentium n .2 1 .

P.1II c .l l § 6. Oficio de gobernar en los obispos

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313

Por esto el «constitutivo formal del episcopado» creeríamos que está en el carácter episcopal, impreso mediante la consa­gración 75.

La causa final próxima del episcopado creemos que está en la misión apostólica y pastoral, que continúan los obispos como sucesores de los Apóstoles 76.

419. Los oficios, y las potestades anejas a los oficios, para enseñar auténticamente, para gobernar pastoralmente y para santificar legítimamente, concedidas de modo universal e in­determinado en la consagración episcopal, son facultades que por su misma naturaleza social precisan de una determinación jurídica, puesto que se otorgan a muchos sobre el mismo su­jeto eclesial. Tienen, pues, una dimensión eclesial. La determi­nación jurídica se hace, en comunión con el colegio episcopal y con el Primado romano, por la misión canónica o determi­nación de oficio, hecha por el Papa o con su aquiescencia y consentimiento.

Si, como hemos dicho (n.418), la causa final del episcopado es la misión apostólica y pastoral, los obispos tienen como fina­lidad, ser jefes o cabezas de las Iglesias particulares que se les encomiendan o de la Iglesia universal, en colegio y comunión con los demás.

A ellos les toca el oficio de dirección o de gobierno; ellos son los jefes natos y consagrados para dirigir las Iglesias. A ellos toca, por consiguiente, distribuir los oficios del clero (SiSóvai KAfjpous, en frase de la tradición). Ellos son los que proveen para estos oficios mediante las órdenes sacramentales. Ellos los que incorporan al orden episcopal, y ellos los que se adscriben nuevos colaboradores en los presbíteros y en los diáconos.

Resumen sobre los oficios del obispo

7 5 B . G ómez M onsegú , El constitutivo formal del episcopado, en «XX II Se­mana Española de Teología (1962)» (M adrid 1963) p.65-84, parecía sostener otra manera de ver: «Consiste — dice— en la preeminencia jurisdiccional que por derecho divino y vi officii compete a aquellos... que entran a form ar parte del colegio episcopal, sucesor del apostólico, por la investidura papal que les destina al régimen externo de la grey cristiana... exigiendo q ue... sean partícipes tam bién de la potestad de orden en su plenitud o de la plenitud sacerdotal» (p.80-81).

76 C f. A . H u erg a , Reflexiones tomistas sobre la misión pastoral de los obispos, en «X X II Semana Española de Teología» p .4 5 1-490, sobre todo p.478- 487 («La m isión pastoral, fin del episcopado»).

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314

420. Si el episcopado se considera como estado de per­fección, la razón formal de considerarse tal estado de perfec­ción creemos que está asimismo en el carácter episcopal, que es una exigencia continua de asimilación a Cristo; y también en el compromiso externo, solemne y perpetuo de entregarse al oficio apostólico y a la cura de almas, en lo cual hay una exi­gencia perpetua de caridad con Dios y con el prójimo, que son los constitutivos de la perfección77.

Si el episcopado se considera en relación con el presbite­rado, tiene de común con éste los mismos oficios y las mismas potestades de sacrificar y administrar la Eucaristía y los demás oficios sacerdotales de perdonar los pecados y ungir los en­fermos.

Pero el episcopado es un sacerdocio de primer grado, el presbiterado lo es de segundo grado. Aquél es la plenitud del sacerdocio ministerial, éste es una participación. Aquél tiene las potestades expeditas de confirmar, ordenar, consagrar y bendecir, que no siempre llega a alcanzar el simple presbítero.

A la superioridad en el poder de orden se añade la superio­ridad en el oficio de santificación y en los oficios de magisterio y de régimen, que el obispo, supuesta la condición y determi­nación de la misión canónica, ejercita por derecho divino.

77 Sobre este tema, M . G a rcía M ir a l l e s , E l episcopado como estado de perfección . ¿ E n qué consiste su verd a d era n a t ío fo rm a lis» ? : ibid., p.537-545.

P.III c .l l § 6. Resumen sobre los oficios del obispo

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Oficios del presbítero 315

C apítulo XII

D EL P R E SB IT E R O Y D EL DIACONO

Los oficios del presbítero 1

Cooperadores del orden episcopal

La «Lumen gentium»421. Si buscamos una frase que exprese de una manera

general y, al mismo tiempo, profunda la naturaleza del minis­terio de los presbíteros, tal como lo entiende la Iglesia, no en­contraremos otra más apta que la usada frecuentemente en los documentos conciliares y en el rito de la ordenación presbiteral. La Lumen gentium describe (n.28) el oficio de los presbíteros, diciendo que «no tienen el sumo grado del pontificado y en el ejercicio de su potestad dependen de los obispos» (n.28b). Los presbíteros, según la misma constitución, son «próvidos cola­boradores del orden episcopal, como auxilio e instrumento suyo» (n.28c).

C on razón la palabra auxilio fue preferida a la de complemento, que se había puesto en el esquema anterior 2, ya que complemento podría significar que el obispo no alcanza la plenitud de poder sin el presbítero. L o s presbíteros son los instrumentos de que se sirven los obispos para alcanzar a todos los fieles en su m isión salvífica. ¿Cómo podrían llegar a todos sin los presbíteros? Por esto los pres­

bíteros, «en cada una de las congregaciones locales de fieles, hacen, por decirlo así, presente al obispo, con quien están confiada y ani­mosamente unidos, y toman sobre sí una parte de sus oficios y soli­citud pastoral, y los ejercitan en el trabajo diario» 3.

422. El oficio de los presbíteros es, por consiguiente, res­pecto del oficio episcopal, prolongar la acción del obispo y lle-

1 C f. Lumen gentium n .28 ; Presbyterorum ordinis; y los comentarios co­rrespondientes, v .gr., P h il ip s , L ’Église et son mystére p .358-374 ; Vad­ean II. Les prétres (coll. U nam Sanctam 68) (Paris 1964); Pontificale Ro- manum. De ordinatione diaconi, presbyteri, episcopi (Rom ae 1968); A . P isto ia , Note sul nuovo rito delle ordinazioni: E p h L it (1969) I - I I 88-98; M . N ico lau , Sacerdotes y Religiosos según el Vaticano II. Comentario al Decreto «Presby­terorum ordinis» (M adrid 1968); Id., La Iglesia del Concilio p .2 18 -23o .

2 C f. Modi c.3 n.208 p.54.3 Lumen gentium n.28c.

LOS OFICIOS

I.

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316

varia lo más lejos y lo más profundo que sea posible a los fie­les, a donde no podría llegar el obispo; explicitar la acción y el ministerio del obispo en beneficio del pueblo de Dios. Por esto los presbíteros descargan al obispo de esta preocupación por los cristianos de la asamblea local; y «ellos, bajo la autoridad del obispo, santifican y rigen la porción de la grey del Señor a ellos confiada, hacen visible en cada lugar a la Iglesia universal y prestan eficaz ayuda a la edificación del cuerpo total de Cristo (cf. E f 4,12)» 4.

Los presbíteros participan en el sacerdocio y en la misión del propio obispo. Las palabras con que esto se indicaba en el esquema penúltimo 5 no agradaban a todos, y se prefirió de­rivar del sacerdocio de Cristo la fuente primera del presbite­rado 6. Pero no deja de ser exacto que los presbíteros son lla­mados a participar de la gracia y de la misión del obispo. Sobre todo si él los ha llamado o les ha permitido colaborar con él. Por esto añade la constitución: «reconozcan al obispo como verdadero padre y obedézcanle reverentemente» (n.28c).

Pero no sólo los sacerdotes diocesanos. También los reli­giosos exentos. Todos «están adscritos al cuerpo episcopal, por razón del orden y del ministerio, y sirven al bien de la Iglesia según la vocación y la gracia de cada cual» (n.28c). El entron­que con la jerarquía, enviada por Cristo, se hace, bien median­te el obispo propio y diocesano, bien mediante el Obispo de Roma, que les ha concedido la exención y (mediante los legí­timos superiores regulares) los ha llamado a colaborar en el ministerio.

El «Presbyterorum ordinis»

423. El decreto «sobre el ministerio y la vida de los pres­bíteros» deriva ciertamente del sacerdocio de Cristo el sacer­docio de los presbíteros por medio de los sucesores de los Após­toles; pero añade: «cuyo oficio ministerial [el de los obispos] en grado subordinado fue encomendado a los presbíteros para que, constituidos en el orden presbiteral, fuesen cooperadores

4 Ib id.5 Estaban inspiradas en el prefacio de la ordenación presbiteral. Se

decía que el obispo transfundía «gratiam de sua patem ae plenitudinis abun- dantia» (cf. Schema Constit. de Ecclesia p .72 n .15 lín .19-20).

6 C f. ibid., Relatio n.28 p .10 3 .

P.III c.12 § 1. Los oficios del presbítero

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317

del orden episcopal, a fin de cumplir debidamente la misión apos­tólica confiada por Cristo» (n.2b).

Estas palabras subrayadas, que no son raras en los sucesi­vos ritos de ordenación conocidos por la historia 7, aludiendo a la colaboración con el obispo, se repiten más adelante: «los obispos—se dice—, en fuerza del don del Espíritu Santo que se ha concedido a los presbíteros en la ordenación sagrada, los tienen como necesarios colaboradores y consejeros en el mi­nisterio y en el oficio de enseñar, santificar y gobernar al pue­blo de Dios» (n.7a).

La Tradición cristiana ha visto esta colaboración y auxilio de los presbíteros para el orden episcopal 8. En el decreto con­ciliar se añadió en las enmiendas de última hora la palabra «necesarios colaboradores» 9, para indicar que el auxilio que prestan los sacerdotes de segundo grado no es una añadidura extrínseca al ministerio de los obispos, sino un verdadero auxi­lio que intrínsecamente es necesario por la misma naturaleza del oficio episcopal, que por sí solo no puede llegar al último án­gulo de la diócesis sin la cooperación de los presbíteros.

424. Este auxilio que prestan los presbíteros al obispo tiene su precedente y analogía en el auxilio de los setenta an­cianos y escribas que debían ayudar a Moisés para descar­garle de la administración de justicia y de gobierno. El espí­ritu que había en Moisés se comunicó a los setenta, cerca de la tienda de la reunión. Moisés se había quejado que no podía él solo sostener el peso de aquel pueblo. El Señor le dijo: «Elí­geme a setenta varones de los hijos de Israel, de los que tú sabes que son ancianos del pueblo y de sus principales, y tráelos a la puerta del tabernáculo; que esperen allí contigo. Yo descen­deré y allí hablaré contigo, y tomaré del espíritu que hay en ti y lo pondré sobre ellos para que te ayuden a llevar la carga

7 Se encuentran ya en el Sacramentarium Veronense, ed. M o h lberg (Roma 1956) p.122; en el Missale Francorum, ed. M o h lberg (Roma 1957), p.9; en el Líber Sacramentorum Romanae Ecclesiae, ed. M o h lberg (Roma 1960) p.25; en el Pontificóle Romano-Germanicum, ed. V o g el-E l z e (Cittá del Vaticano 1963), vol.i p.34. Cf. Presbyterorum ordinis n.2b.

8 Cf. Didascalia 2,28,4 (F u n k , p.108); Constit. Apost. 2,28,4; 2,34,3 (F u n k , 109.117); Constit. Apost. 8,16,4 (F u n k , 1,523); Epitome Const. Apost. 6 (ibid., 2,80,3-4); Testamentum Domini, ed., trad. R ahm ani (Ma­guncia 1889), p.69, etc. Cf. Presbyterorum ordinis n.7 en las notas.

9 Cf. Modi c.2 n.75 p.55.

Cooperadores del orden episcopal

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del pueblo y no la lleves tú solo... 10 Moisés congregó a los se­tenta de los ancianos de Israel y los hizo estar de pie alrededor del tabernáculo. Yahvé bajó por medio de la nube y habló a Moisés, tomando del espíritu que había en Moisés y comu­nicándolo a los setenta. Y después que el espíritu hubo repo­sado en ellos, hablaron por instinto divino [o profetizaron] y ya no lo hicieron más» (Núm n,iós.24s).

Ya se ve que aquí no se trataba de ordenar sacerdotes o levitas, sino sólo de tener auxiliares para la administración judicial y gobierno del pueblo de Israel. Pero sí hay aquí una analogía del oficio presbiteral, que ha visto la antigüedad; y se ha recalcado en los ritos de ordenación 1 1 , por cuanto en el presbítero hay un auxilio para los oficios episcopales de go­bierno.

La institución de los sacerdotes en Israel se describe en el Levítico (c.8). Ante la asamblea del pueblo están Aarón y sus hijos. Hay ritos de purificación y lavatorios, entrega de las vestiduras sagradas al sumo sacerdote, imposición de in­signias de su dignidad, como el pectoral con los urirn y tummim, la mitra con la lámina de oro; también la unción con el óleo santo. La institución de los hijos de Aarón consiste en ves­tirlos con la túnica, ceñirlos con la faja, ponerles la tiara. El rito termina con sacrificios expiatorios, colocando las propias manos sobre la cabeza de las víctimas. No hay imposición de manos sobre estos sacerdotes. Los sucesores tampoco quedarán «ordenados» por una ceremonia, sino que serán sacerdotes por herencia familiar.

En el nuevo rito de ordenación425. El prefacio de consagración del nuevo presbítero in­

siste de diferentes maneras en la idea de colaboración y de sacer­docio de segundo grado, que es propio del oficio presbiteral:

«... Señor, Padre santo..., según tu sabia ordenación, todo lo perfeccionas, todo lo consolidas.

Por esto, en la Antigua Alianza se fueron perfeccionando a través de signos santos los grados del sacerdocio y el servi-

10 Y a antes, Jetró , el suegro de M oisés, había aconsejado a éste que se asociara jueces para ayudarle en su administración, y le indicó las cualida­des que debían tener (E x 18 ,13 -2 6 ).

1 1 E n el prefacio del rito que estuvo en uso hasta hace poco para la ordenación presbiteral. Y se ha conservado en el prefacio del novísim o rito.

P.III c.12 § 1. Los oficios del presbítero

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ció de los levitas: cuando a los sumos sacerdotes elegidos para regir el pueblo les diste compañeros de menor orden y digni­dad, para que les ayudaran como colaboradores. Así en el de­sierto multiplicaste el espíritu de Moisés comunicándolo a los setenta varones prudentes con los cuales gobernó fácilmente un pueblo numeroso.. Así también transmitiste a los hijos de Aarón la abundante plenitud otorgada a su padre, para que un número suficiente de sacerdotes ofreciera sacrificios y man­tuviese el culto divino. Así también, según tu mismo plan, diste a los Apóstoles de tu Hijo compañeros de menor orden, para predicar la fe, y con su ayuda anunciaron el Evangelio por todo el mundo. Por lo cual, Señor, concede también a mi humilde ministerio esta misma ayuda, para mí más necesaria, porque mayor es mi fragilidad.

Te pedimos, pues, Padre todopoderoso, que concedas a estos tus siervos la dignidad del presbiterado: renueva en su interior el Espíritu de santidad; que reciban de ti, ¡oh Dios!, el ministerio de segundo orden; y con el ejemplo de su vida insi­núen la reprensión de las costumbres.

Sean colaboradores providentes de nuestro orden episco­pal para que la palabra del Evangelio llegue a toda la tierra y todos los pueblos, congregados en Cristo, formen el pueblo santo de Dios» 12.

426. En todo el nuevo rito de la ordenación presbiteral aparece frecuentemente el pensamiento que hemos conocido en esta prefación, de que los presbíteros son para ayudar al obis­po. Según la alocución previa: «Los presbíteros son colabora­dores de los obispos, con quienes en unidad de sacerdocio son llamados al servicio del pueblo de Dios» 13. En el examen pre­vio: «¿Estáis dispuestos a desempeñar siempre el ministerio sacerdotal en el grado de presbíteros, como buenos colabora­dores del orden episcopal, apacentando el rebaño del Señor y dejándoos guiar por el Espíritu Santo?» 14

12 R ito De ordinatione presbyteri n .22 ; Constit. Pontificalis Romani (18 iunii 1968): A A S 60 (1968) 373.

13 De ordinatione presbyteri 11.14 .14 Ib id., n .15 .

Colaboradores del orden episcopal

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320 P.III c.12 § 1. Los oficios del presbítero

Verdaderos sacerdotes del Nuevo Testamento

427. «Los presbíteros, aunque no tienen el sumo grado del pontificado y en el ejercicio de su potestad dependen de los obispos, con todo, están unidos con ellos en el honor del sacerdocio 15 y, en virtud del sacramento del orden 16 17, han sido consagrados como verdaderos sacerdotes del Nuevo Tes­tamento, según la imagen de Cristo, Sumo y Eterno Sacerdote (Heb 5,1-10 ; 7,24; 9,11-28), para predicar el Evangelio y apa­centar a los fieles y para celebrar el culto divino» 11 . Así lo en­seña la Lumen gentium (n.28b).

Los presbíteros, por consiguiente, son sacerdotes, como lo son los obispos, aunque no alcanzan la plenitud del sacerdocio de éstos. Pero participan en el mismo y único sacerdocio de Cristo, de una manera ministerial, para hacer las veces de Cristo y actuar en su nombre y persona. Por esta participación en el sacerdocio de Cristo se da la unidad objetiva en el sacer­docio del N .T. Todos participan en este sacerdocio, los que tienen el sacerdocio común y los que, en especie diversa, tienen el sacerdocio ministerial; y éstos (obispos y presbíteros) en modo diferente 18.

428. Por esto Pablo VI pudo decir (noviembre de 1970) en la ordenación de nuevos sacerdotes en Manila: «Sabéis que en la ceremonia religiosa del N .T. no existe más que un solo y verdadero sacerdocio, el de Jesucristo, único mediador entre Dios y los hombres (1 Tim 2,5); pero, en virtud del sacramento del orden, vosotros os habéis hecho partícipes del sacerdocio de Cristo, a tal extremo que vosotros no solamente represen­táis a Cristo, no sólo ejercéis su ministerio, sino que vivís a Cristo. Cristo vive en vosotros; podéis decir, en cuanto que estáis asociados a El en un grado tan alto y tan pleno de par­

15 «Presbyteri, licet secundi sint sacerdotes, pontificatus tamen apicem non habent» (In n o cen tiu s I : D z 2 15 [98]). C f. S. C ipr ia n o , Epist. 6 1,3 .

16 C f. D z 17 6 3-17 7 8 (956a-9Ó8), y especialmente n .17 7 7 (967); tam bién P ío X II , Constit. Sacramentum ordinis: D z 38 57-6 1 (2301).

17 C f. I nocencio I, l.c .; S. G r e g . N a c ., Apolog. 2,22 (P G 35 ,4 32 6 ); P seudo D io n isio , Eccl. Hier. 1 ,2 (P G 3 ,3 7 2 0 ) .

18 Presbyterorum ordinis n .2 .5 .7a .io . Puede verse, sobre las relaciones entre el sacerdocio de los obispos y el de los presbíteros, W . B ertram s, De differentia Ínter sacerdotium Episcoporum et Presbyterorum: PerR eM or C an L it 59 (1970) 18 5 -2 13 .

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ticipación en su misión de salvación, como decía San Pablo de si: ¡Vivo yo, mas ya no yo; es Cristo el que vive en mí!’ (Gál 2,20)»19.

El sacerdocio de los presbíteros, como el de los obispos, tiene dimensión universal para toda la Iglesia, aunque necesita determinación jurídica de sitio y personas para ejercitarse legí­tima y ordenadamente, sin colisiones con los otros sacerdotes. Es cierto que «cualquier ministerio sacerdotal participa de la misma amplitud universal de la misión confiada por Cristo á los Apóstoles. Porque el sacerdocio de Cristo, del que los presbí­teros participan, se dirige necesariamente a todos los pueblos y a todos los tiempos, y no se coarta por límites de raza, na­ción o época, como ya se prefigura misteriosamente en la figu­ra de Melquisedec» (cf. Heb 7,3) 20.

Para ofrecer dones y sacrificios

429. En el ministerio presbiteral se encuentra la triple vertiente que antes (n.89ss) hemos estudiado, con su función evangelizadora, cultual y pastoral. Estas tres funciones son pro­pias del presbítero. Pero la función evangelizadora puede ser desempeñada, en rigor, por un diácono o por un laico, con misión de la jerarquía. Ciertas funciones pastorales, con los beneficios anejos a ellas, se concibe que puedan ser desempe­ñadas por otros clérigos sin consagración sacerdotal. Por esto lo que caracteriza o especifica el oficio presbiteral sigue siendo lo cultual o sacerdotal en aquellos aspectos del sacrificio y de aquellos sacramentos que sólo el sacerdote puede realizar.

En este aspecto sacerdotal más específico, que es el aspecto sacrificante y eucarístico, la función del presbítero es idéntica a la del obispo. El presbítero tiene sobre el cuerpo físico y sa­cramental de Cristo los mismos poderes que tiene el obis­po 21. Precisamente así, por los poderes de orden del presbí­tero, podrá celebrarse en todo lugar y en todo momento el sacrificio predicho por Malaquías (1,11) .

Si lo más característico del sacerdote, en cuanto ministro

19 AAS 63 (1971) 28s ; Ecclesia 30 (5 dic. 1970) n.1520 p.(2i93) 17.20 Presbyterorum ordinis n.io.21 Para la consagración del Cuerpo de Cristo, ni el mismo Papa posee

mayor poder que el simple presbítero. Cf. Sa n t o T o m á s , Suppl. q.38 a.i ad 3.

Sacerdotes del Nuevo Testamento 321

Ministros de Cristo 11

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del culto, es sacrificar, el oficio más característico y específico del presbítero es ofrecer el sacrificio eucaristico.

430. Los documentos de la Iglesia abundan en este sen­tido: «Los presbíteros ejercitan su oficio sagrado sobre todo en el culto eucarístico o comunión, en donde, representando la per­sona de Cristo 22 y proclamando su misterio, unen al sacrificio de su Cabeza, Cristo, las oraciones de los fieles, representando y aplicando en el sacrificio de la misa, hasta la venida del Señor (cf. 1 Cor 11,26), el único sacrificio del Nuevo Testamento, a saber, el de Cristo, que se ofrece a sí mismo al Padre como hostia inmaculada (cf. Heb 9,11-28)» 23.

Aunque el autor de Heb 5,1 defina el sacerdocio teniendo ante la vista el pontificado y el sacerdocio del A .T ., es claro que ve en él una figura del sacerdocio de Cristo y que quiere aplicar a Cristo y a su sacerdocio del N .T. lo que se prefiguraba en aquél.

En la definición paulina del sumo sacerdocio se indica como algo que conviene a todo pontífice y, por tanto, como esencial a él, el «ofrecer dones y sacrificios por los pecados» (Heb 5>I)- Todo pontífice y todo sacerdote, estando en el N .T., ofrece por los pecados el sacrificio único, que es el de Cristo.

431. Lo ha recordado en diferentes pasajes el decreto Presbyterorum ordinis: «Por el ministerio de los presbíteros se consuma el sacrificio espiritual de los cristianos, en unión con el sacrificio de Cristo, Mediador único, que se ofrece en la Eucaristía, en nombre de toda la Iglesia, por manos de aquellos, de manera sacramental e incruenta, hasta que venga el mismo Señor 24. A esto se ordena y aquí culmina el ministerio de todos los presbíteros; su ministerio, que empieza con el anuncio del Evan­gelio, saca su fuerza y poder del sacrificio de Cristo y se orienta a que todo el pueblo redimido, es decir, la congregación y so­ciedad de los santos, ofrezca a Dios un sacrificio universal por medio del Gran Sacerdote, que se ofreció a si mismo por nos­otros en la Pasión, para que fuéramos cuerpo de tan excelsa Cabeza» (n.2d) 25.

22 Cf. C o n c il . T r id e n t . sesión 22: Dz 1743(940); Pío XII, MedialorDei (20 nov. 1947): Dz 3850 (2300). TT

23 cf. C o n c il . T r id e n t . sesión 2 2 : D z 1739S (938); C o n c il . Va t ic . 11, Constit. de S. Liturgia n.7 y 47; Lumen gentium n.28b.

24 Cf. 1 Cor 11,26.25 Cf. San A g u st ín , De Civit. Dei 10,6: PL 41,284.

322 P.III c.12 § 1. Los oficios del presbítero

Page 342: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

Para ofrecer sacrificios 323

«Los presbíteros, tomados de entre los hombres para las cosas que miran a Dios, para ofrecer ofrendas y sacrificios por los pecados...» (íbid., 11.3). Aquí realizan su función principal, según el mismo concilio: «En el misterio del sacrificio eucaris­tía), en el que los sacerdotes realizan su oficio principal, se ejer­ce continuamente la obra de nuestra redención...» (n. 13b).

432. Pío X II señalaba también en una de sus alocucio­nes (2 de noviembre de 1954), como «poder principal» y fun­ción del oficio presbiteral, el ofrecer sacrificio: «El oficio propio y principal del sacerdote—decía—siempre fue y es el 'sacri­ficar , de suerte que donde no hay propia y verdaderamente potestad de sacrificar, tampoco allí hay sacerdocio propia y ver­daderamente digno de este nombre. Esto se aplica también abierta y perfectamente al sacerdote de la Nueva Ley. Su prin­cipal potestad y función de oficio es ofrecer el único y altísimo sacrificio del Sumo y Eterno Sacerdote, Cristo Señor, que el divino Redentor ofreció de modo cruento en la cruz, lo anti­cipó de modo incruento en la última Cena, quiso que se repi­tiera continuamente, mandando a sus Apóstoles: 'Haced esto en mi conmemoración’ 26... por esto el sacerdote celebrante, ac­tuando en persona de Cristo, sacrifica, y él solo; no el pueblo, no los clérigos, ni siquiera los sacerdotes que pía y religiosa­mente sirven al liturgo...» 27

Ni es extraño este carácter eucarístico del oficio sacerdotal. Para Santo Tomás, «todas las órdenes de los clérigos se ordenan al ministerio del altar, en el cual, bajo el sacramento, se re­presenta la pasión de Cristo según 1 Cor 11 ,2 6 » 28.

Para el Angélico, «en el sacramento del orden se confiere cierta excelencia de potestad en los divinos ministerios»2 9 . «Hacer el sacramento de la Eucaristía es propio de los sacer­dotes», consagrar en persona de Cristo 30.

433* El nuevo rito de la ordenación presbiteral, en la alocu­ción previa del obispo, se hace eco de las expresiones concilia­res, cuando pondera el oficio sacrificador del presbítero: «Al configurarse con Cristo, Sumo y Eterno Sacerdote—se dice— , y

26 Le 22,19.27 AAS 46 (1954) 667S.28 2.2 q.40 a.2c.29 3 q.84 a.4c.30 3 q.82 a.ic.

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unirse al sacerdocio de los obispos, la ordenación los convertirá en verdaderos sacerdotes del Nuevo Testamento para anunciar e Evangelio, apacentar el pueblo de Dios y celebrar el culto divino principalmente en el sacrificio del Señor...

Os corresponde también la función de santificar en nom­bre de Cristo. Por medio de vuestro ministerio alcanza su ple­nitud el sacrificio espiritual de los fieles, que por vuestras manos será ofrecido sobre el altar en celebración incruenta» 31.

La unción y consagración de las manos del ordenado, que se hace en adelante, no ya con el óleo de los catecúmenos, como hasta hace poco, sino con el santo crisma, pone de manifiesto la unción del Sacerdote Mesías y el poder santificador y sacn- ficador del presbítero: «Jesucristo, el Señor—se dice al orde­nado— , a quien el Padre ungió con la fuerza del Espíritu Santo, te auxilie para santificar al pueblo cristiano y para ofrecer a Dios el sacrificio» 32. La entrega de la patena con el pan, y del cáliz con el vino y agua para la celebración de la misa, es la ex- plicitación dramática del poder de transformar las ofrendas que ejercitará el presbítero: «Recibe la ofrenda del pueblo santo para presentarla a Dios. Considera lo que realizas e imita lo que con­memoras, y conforma tu vida con el misterio de la cruz deSeñor» 33.

Dispensador de la Eucaristía

434. El oficio de sacrificador de la Eucaristía tiene como complemento el oficio de dispensador de la misma. El presidente del banquete eucarístico, o padre de la familia cristiana congre­gada en torno al altar, es también el que parte el pan y lo dis­tribuye. El distribuir la comunión a los fieles corresponde pri­meramente al sacerdote celebrante34. ’ _

Santo Tomás da de ello las siguientes razones: «Pertenece al sacerdote—escribe—dispensar el Cuerpo de Cristo». Por tres razones. La primera porque consagra en persona de Cristo Y asi como Cristo consagró su Cuerpo en la Cena, también El o 10 para que lo comieran. La segunda es porque el sacerdote esta

31 Rito D e ordinatione presbyteri n.14; cf. L u m en gentium n.28; Presbyte-

rorum ordinis n .2 .32 De ordinat. presbyteri n.24.

34 CX^M^Nicolau, L a E u caristía, sacramento de la com unidad cristiana:

EstEcl 43 (1968) 548.

324 P.IH c.1 2 § 1. Los oficios del presbítero

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como medio entre Dios y el pueblo. Y así como le corresponde ofrecer a Dios los dones del pueblo, así le pertenece entregar al pueblo los dones santificados por Dios. La tercera es por re­verencia a este sacramento, que no se toca sino mediante algo consagrado: el cáliz y el copón, y la mano del sacerdote 35.

La necesidad, sin embargo, de que sea el celebrante quien distribuya la comunión no es tanta, que no pueda ser auxiliado por otros, como vemos que en la primitiva Iglesia lo hacían los diáconos 36. Y recientemente se admite que aun otros, debida­mente facultados, lo puedan hacer. La instrucción Eucharisti- cum Mysterium precisaba asi este punto: «Corresponde, ante todo, al sacerdote celebrante administrar la comunión, y no debe continuar la misa hasta que haya terminado la comunión de los fieles. Sin embargo, otros sacerdotes o diáconos, según la con­veniencia, pueden ayudar al sacerdote celebrante» 37.

Otros oficios del sacerdote 325

Otros oficios del presbítero como sacerdote

435• El mismo rito de ordenación señala otros oficios que tocan al presbítero como ministro del culto y santificador de los hombres. Son los que tradicionalmente se han considerado pro­pios del sacerdote (también del obispo, que es sumo sacerdote):

«Al introducir a los hombres en el pueblo de Dios por el bautismo, al perdonar los pecados en nombre de Cristo y de la Iglesia por el sacramento de la penitencia, al dar a los enfermos el alivio del óleo santo, al celebrar los ritos sagrados, al ofrecer durante el día la alabanza, la acción de gracias y la súplica, no sólo por el pueblo de Dios, sino por el mundo entero, recordad que habéis sido escogidos entre los hombres y puestos al ser­vicio de ellos en las cosas de Dios 38. Realizad, pues, con alegría de verdadera caridad el ministerio de Cristo Sacerdote, no bus­cando vuestra propia gloria, sino la de Jesucristo» 39.

35 3 q.82 a.3c.36 Sa n J u stin o , A p o lo g . I 65: PG 6,428; R 128.

, , j 7 .G {: S : c ° n g r e g . d e R ito s, R u bricae B r e v ia r ii et M issa lis Rom ani (26 de julio de 1960) n.502: AAS 52 (1960) 680; Instruc .E u ch a risticu m M y s - tenum n.31: AAS 59 (1967) 558; R ichtlinien der deutschen B isch ofe f ü r die F e ie r del hl. M esse in G em einschaft n.32: «El sacerdote que celebra es el mismo que, en principio, debe distribuir la santa comunión. Si el número de los comulgantes es grande, pueden otros ayudarle»; cf. J . R odríguez M ed in a , Pustora/i y catequesis de la E u ca ristía (Salamanca 1966) p.307.

3® Cf. Flp 2 ,21; Rito D e ordinat. presbyteri n.14.

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326

Brevemente había indicado estos oficios cúlticos y sacerdota­les la Lumen gentium (n.28b) después de hablar del oficio sacri- ficador de los presbíteros: «Para con los fieles arrepentidos o enfermos desempeñan principalmente el ministerio de la re­conciliación y del alivio, y presentan a Dios Padre las necesi­dades y súplicas de los fieles (cf. Heb

436. Con pensamientos de profunda ascética y de viva es­piritualidad, el decreto Presbyterorum ordinis (n.i3b) propone estos oficios santificadores del presbítero, sobre todo el sacri­ficio eucarístico, la administración de sacramentos, el rezo del Oficio divino: santificadores del pueblo cristiano y santificado- res del propio sacerdote:

«Como ministros de la liturgia, sobre todo en el sacrificio de la misa, los presbíteros representan especialmente a Cristo, que se entregó a sí mismo como víctima para santificación de los hombres; por tanto, son invitados a imitar lo que administran; de modo que al celebrar el misterio de la muerte del Señor procuren mortificar sus miembros, guardándose de vicios y malas inclinaciones. En el misterio del sacrificio eucarístico, en el que los sacerdotes realizan su función principal, se ejerce continuamente la obra de nuestra redención, y por eso se recomienda encarecidamente su celebración diaria, la cual, aunque no puedan asistir fieles, es acto de Cristo y de la Iglesia. De este modo, mientras los presbíteros se unen a la acción de Cristo Sacerdote, se ofrecen totalmente a Dios cada día; y cuando se nutren con el Cuerpo de Cristo, participan desde lo más hondo de su ser de la caridad de Aquel que se da a los cristianos como alimento. De la misma manera, en la administración de ios sacramentos se unen con la intención y caridad de Cristo; lo realizan especialmente cuando se muestran siempre prontos y dispuestos a la administración del sacramento de la penitencia, cuantas veces los fieles se lo pidan razonablemente. En la recitación del Oficio divino prestan su voz a la Iglesia, que persevera en la oración por la humanidad entera, en unión con Cristo, que vive siempre para interceder por nosotros (Heb 7,25)».

P i l i c.12 § 1. Los oficios del presbítero

"Ministros de la palabra

El ministerio de la palabra precedecronológicamente

437. El oficio eucarístico está ligado íntimamente con el

de la palabra. . , , , . , ,La liturgia del sacrificio va precedida de la liturgia de la pa­

labra. Porque la palabra y la instrucción religiosa preparan para el sacrificio y el sacramento.

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327

La palabra prepara para la fe; la fe se recibe por la palabra, después de proponer el mensaje divino (cf. Rom io,i4s). Con la fe y por la fe se acerca el hombre al sacrificio y a los sacra­mentos.

El sacrificio y los sacramentos no son signos apologéticos o signos para la evangelización; son signos de salvación para los que ya creen. Por esto San Jerónimo, comentando Mt 28,19, es­cribe: «Lo primero [los Apóstoles] enseñan a todas las gentes; después de enseñarlas, las lavan con el agua. No puede ser que el cuerpo reciba el sacramento del bautismo [añadiríamos: y los demás sacramentos que siguen al bautismo] si antes el alma no ha recibido la verdad de la fe» 40.

El bautismo era administrado por los Apóstoles después que se había recibido la fe por la palabra del Evangelio (cf. Act 2, 41; 8,12; 8,35-38; 10,34-38; 16 ,13-15 .31-33; 18,4-9; 19,5)- Los sacramentos suponen la fe y la manifiestan por medio de pala­bras y de cosas 41. «Los sacramentos son ciertos signos con que se protesta (profesa) la fe con la que el hombre es justificado» 42.

438. Por eso el oficio específicamente sacerdotal, que es el del sacrificio y de los sacramentos, incluye como constitutivo o acción previa el oficio de la palabra.

«Las dos partes de que consta la misa—dice el Vaticano II en la constitución de sagrada liturgia (n.56)—, a saber: la litur­gia de la palabra y la Eucaristía, están tan íntimamente unidas que constituyen un solo acto de culto. Por esto el sagrado sínodo exhorta vehementemente a los pastores de almas para que en las catequesis instruyan cuidadosamente a los fieles acerca de la participación en toda la misa, sobre todo los domingos y fiestas de precepto».

Para que el pueblo participe de un modo consciente e in­teligente en la misa debe estar instruido en la vida cristiana, y esta instrucción es también una de las finalidades de la asam­blea o reunión de los fieles.

439. Dos mesas hay puestas en tu Iglesia—dice la Imi­tación de Cristo : «una mesa es del sagrado altar, que tiene el pan santo, esto es, el Cuerpo precioso de Cristo; otra es de

40 Comment. in Mt. 28 v .19 : P L 26,226.41 Cf. C o n c il . V a t ic . II, Constit. de S. Liturgia n.59; Teología del signo

sacramental 11.571SS.42 Santo T omás, 3 q.61 a.4c.

Ministros de la palabra

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la ley divina, que contiene la doctrina santa, enseña la fe recta y conduce hasta lo más interior del velo, donde está el Santo de los santos» 4-L La mesa de la palabra de Dios y la mesa del Cuerpo de Cristo. De las dos tienen que participar los fieles.

Para que la mesa de la palabra de Dios sea abundosa, quie­re el concilio que los tesoros de la Sagrada Escritura se expon­gan a los fieles con mayor largueza, de modo que conozcan —como conocían los antiguos cuando prevalecía la predica­ción bíblica—la parte más principal de la Escritura. Algo cono­ce ya el que sigue los leccionarios de la misa que se recorren durante el año litúrgico; pero ahora se prevé que el ciclo puede durar varios años, para aumentar asi y enriquecer estas lec­turas y evitar la saciedad de repetir lo mismo en breve tiempo. Aquí van de acuerdo la mentalidad litúrgica con la bíblica, como lo han ido en los últimos decenios el movimiento litúr­gico y el movimiento bíblico.

440. Pero no basta oír la palabra de Dios. Hay que ex­plicarla a los fieles. Y la mejor manera de hacerlo es la homilía; esto es, como indica la palabra, la conversación sencilla con ellos y adaptada a ellos, más que la predicación grandilocuente.

El valor de la palabra de Dios siempre es actual. Hay algo en la palabra de Dios -que obra en nosotros los que creimos» (1 Tes 2,13). «La palabra de Dios es para mis pies como lámr para y luz para el camino» (Sal 118,105)- La palabra de Dios es «viva y eficaz, y más cortante que cualquier espada de dos filos, y penetrante hasta la línea divisoria del alma y del espí­ritu...» (Heb 4,12). Las palabras dadas por Dios «son como fuego—dice el Señor—y como martillo que quebranta la pie­dra» (Jer 23,29; cf. Is 49,2). «Y así como descienden del cielo la lluvia y la nieve, y ya no vuelven allá, sino que embriagan la tierra y la inundan y la hacen germinar, y da semilla al sembrador y pan al que lo come, así será mi palabra que sale de mi boca: no volverá vacía a mí, sino que hará todo lo que quiero y logrará la misión que le confié» (Is 5 5 ,10 -n )44.

32S P.II1 c.lZ § 1. L o s oficios del presbítero

L-4 c . x i n.4.44 M . N i c o l a u , Constitución litúrgica del Vaticano II. Texto y comenta­

rio teológico y pastoral (Madrid, 1964) p-iS9s-

Page 348: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

Ministros de la palabra 329

Biblia y liturgia441. «En la celebración litúrgica, la importancia de la Sa­

grada Escritura es sumamente grande. Pues de ella se toman las lecturas que luego se explican en la homilía, y los salmos que se cantan, las preces, oraciones e himnos litúrgicos están penetrados de su espíritu, y de ella reciben su significado las acciones y los signos. Por tanto, para procurar la reforma, el progreso y la adaptación de la sagrada liturgia, hay que fomen­tar aquel amor suave y vivo hacia la Sagrada Escritura que atestigua la venerable tradición de los ritos, tanto orientales como occidentales»45.

El movimiento litúrgico y el movimiento bíblico han ido a la par y de la mano. Se comprende. La liturgia está impreg­nada de Sagrada Escritura, Los actos litúrgicos de la sinagoga tenían su núcleo en las lecturas de los libros sagrados y las oraciones de la comunidad se nutrían de los salmos inspira­dos. En la Iglesia primitiva y en la Iglesia posterior han con­tinuado las lecturas del Antiguo y del Lluevo Testamento, que después se explican al pueblo en la homilía. La Biblia es la base para la instrucción de la asamblea cristiana. Tam­bién para la oración. Porque los salmos y los himnos de la Biblia son la base para la oración litúrgica: Las otras oraciones, los otros textos litúrgicos, rezuman el pensamiento bíblico. Si la Sagrada Escritura es el alma de la teología4®, también la Sagrada Escritura es el alma de la liturgia. No será difícil promover en el pueblo el sentido religioso de la Biblia, su de­voción a la palabra de Dios escrita, y oída, y comentada, al mismo tiempo que se promueve su espíritu litúrgico47, Un espíritu ayudará al otro, y ambos servirán para hacer más atractivos el culto y las ceremonias a los que piensan y no quieren ser conducidos por la rutina 4S.

442. La predicación bíblica, unida a la liturgia y dentro de la liturgia, se recalca repetidas veces en los documentos de la Iglesia:

«Por ser el sermón parte de la acción litúrgica, se indicará también en ¡as rúbricas el lugar más apto, en cuanto lo permite la naturaleza

45 Constó. de S. Liturgia n,24.46 León XIII, ene. Providentisshnus Deus: Ench, Bibíicum4 n .114 .47 C£, Constó, de S, Liturgia 11.35,2,48 LI. Nicolau, C onstit. litúrgica del Vaticano I I p.1098.

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330del rito; cúmplase con la mayor fidelidad y exactitud el ministerio de la predicación. Las fuentes principales de la predicación serán la Sagrada Escritura y la liturgia, ya que es una proclamación de las maravillas obradas por Dios en la historia de la salvación o misterio de Cristo, que está siempre presente y obra en nosotros, particular­mente en la celebración de la liturgia»49 50.

Esto vale de los sacramentos, y vale de modo especial de la litur­gia de la misa. Allí se lee la santa Escritura y se predica; allí también, con la palabra y con la representación sacramental eucaristica, se anuncia objetivamente y se renueva el misterio de la muerte de Cristo; y se conmemora su resurrección y ascensión a los cielos. Palabra y misterio van unidos. Predicación y sacrificio eucarístico van juntos. El pueblo responde a esta predicación y a este hecho y se J^nta al sacrificio de Cristo, participa en él con sus deseos y con la comunión .

P.III c.12 § 1. Los oficios del presbítero

En los documentos de la Iglesia443. Del ministerio de la palabra y de la evangelización,

como propios del presbítero, se hace expresa mención en la constitución Lumen gentium (n.28b). Este ministerio se expo­ne ampliamente en el decreto Presbyterorum ordinis. «El pri­mer oficio» se dice ser el de «evangelizar a todos el Evangelio de Dios» (n.4a) 51. Porque «con la palabra de salvación se sus­cita la fe en el corazón de los no creyentes, y se alimenta en el corazón de los creyentes; mediante la fe comienza y crece la congregación de los fieles, según aquello del Apóstol: La fe por el oído y el oído por la palabra de Cristo’ (Rom 10,17)»

Aunque el oficio primario y característico o específico del sacerdote, en cuanto tal, es el de ofrecer sacrificio (cf. n.^gss), aquí se menciona como primero, cronológicamente, la predi­cación de la palabra de Dios. Las razones para proceder de esta manera son las siguientes: la santificación de los fieles es fin de la actividad sacerdotal; pero ahora se considera un orden de ejecución, que pide que primero se hable de los medios para llegar a aquella santificación, y, entre los medios, el pri­mero (cronológicamente) es el de la predicación. Así también se procede en este decreto sobre los presbíteros con el mismo

49 Constit. de S. Liturgia 11.35,2. . , , , , „50 Cf. ibid. r1.33.35.4B.52. La relación entre la liturgia de la palabra y

la eucarística la propone también la Instruc. Eucaristicum Mystenum n.io.51 Cf. 2 Cor 11,7 . Lo que se dice de los obispos puede aplicarse a los

presbíteros por ser sus cooperadores.

Page 350: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

331

orden con que se expusieron los oficios del obispo en la cons­titución Lumen gentium (n.25-27) 52.

Porque la predicación no es sólo previa para los que no creen y para la fe; también es presupuesto necesario para los que ya creen, para nutrir su fe y para que la participación en los sacramentos y en la liturgia sea consciente, instruida y fecunda. Los sacerdotes deben, por consiguiente, su predica­ción a todos: a los que creen y a los que no creen. De este modo se hace notar el carácter misional en la predicación del presbítero 53.

El concilio explica a continuación las diferentes maneras de predicar para el mundo de hoy (Presbyterorum ordinis n.4bc).

444. El rito de ordenación no deja de poner de manifiesto la importancia del ministerio de la palabra en el nuevo presbí­tero: «Vosotros, queridos hijos-—se les dice en la alocución primera del obispo—, que vais a ser ordenados presbíteros, debéis realizar, en la parte que os corresponde, la función de enseñar en nombre de Cristo, el Maestro. Transmitid a todos la palabra de Dios que habéis recibido con alegría» 54.

No falta la nota ascética y espiritual con que el texto señala este cometido, con frases y reminiscencias del antiguo rito: «Y, al meditar en la Ley del Señor, procurad creer lo que leéis, enseñar lo que creéis y practicar lo que enseñáis. Que vuestra enseñanza sea alimento para el pueblo de Dios, que vuestra vida sea un estímulo para los discípulos de Cristo, a fin de que con vuestra palabra y vuestro ejemplo se vaya edificando la casa, que es la Iglesia de,Dios»55.

Y se les pregunta y examina expresamente sobre este oficio de la predicación: «¿Realizaréis el ministerio de la palabra, preparando la predicación del Evangelio, la exposición de la fe católica con dedicación y sabiduría ?» 56

445. La importancia que en la ordenación presbiteral se atribuye, ahora y antes 57, al ministerio de la palabra, indica

52 Schema Decreti de ministerio et vita presbyterorum. Textus emendatus et Relationes (1965), Relatio n.4 p.55.

53 M. N ico lau , Sacerdotes y Religiosos... P.34S.54 De ordinat. presbyteri n.14.55 Ibid.56 Ibid., n.15.52 En el rito vigente hasta hace poco para la ordenación de presbítero

Ministros de la palabra

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que el sacerdote queda ordenado para este oficio de la predi­cación, que debe mirarse como oficio propio y connatural a su ordenación presbiteral. Podrá enseñar el laico en la Iglesia si tiene la ciencia conveniente y el mandato necesario de los obispos. Pero la enseñanza de la doctrina católica por misión canónica es acto sacerdotal en el sacerdote, mas no en el se­glar 58.

El presbítero tiene una consagración o destino para este oficio, que le ha sido conferido en la ordenación; no así el laico. Aunque éste podrá superar al presbítero en ciencia teo­lógica si realmente la estudia y la posee. Y aun podra tener una destinación jurídica o misión canónica si la Iglesia le con­fía la catequesis o cualquier grado de enseñanza y educación religiosa. Pensamos, en concreto, en las órdenes y congrega­ciones religiosas, sean clericales, sean laicales, que han recibi­do una aprobación y misión de la jerarquía para sus respecti­vos apostolados educacionales.

M in isterio s profan os, p o r ra zó n apostólica

446. Al ministerio de la predicación puede reducirse la enseñanza de la religión, la catequesis, el escribir de mate­rias religiosas, etc., y también el oficio de educar cristianamen­te en escuelas y colegios, considerado en toda su amplitud. Asimismo, podrá reducirse con frecuencia a este ministerio la enseñanza de materias profanas u otros oficios que a primera vista son profanos y se emprenden por razón de apostolado.

Es verdad que la ciencia principal del sacerdote es la ciencia sa­grada. «En el sagrado rito de la ordenación, el obispo recomienda a

se explicaban así, en la alocución previa del obispo, los oficios del presbítero. «Sacerdotem enim oportet offefre, benedicere, praeesse, praedicare et bap-

5 8 Gf. cn.i327s; Pío XII, Alocución al II Congreso mundial de apostolado de los laicos (5 oct. 1957): «••• 11 s’agit, dans le cas présent, non du pouvoir d’ordre, mais de celui d’enseigner. De celui-ci, seuls les detenteurs de 1 auto- rité ecclésiastique sont dépositaires. Les autres, prétres ou la'ics, collaborent avec eux dans la mesure oü ils font confiance pour enseigner fidélement et diriger les fidéles. Les prétres (qui agissent vi muneris sacerdotalis) et les la'ics aussi peuvent en recevoir le mandat qui, suivant les cas, peut etre le méme pour tous les deux. Ils se distinguent cependánt par le^fait que 1 un est prétre, l’autre laíc, et que, par conséquent, l’apostolat de 1 un est sacer­dotal, celui de l’autre est la'ic. Quant á la valeur et l’éfficacité de l’apostolat exercé par l’enseignant de religión, elles dépendent de la capacité de chacun et de ses dons naturels» (AAS 49 [1957] 924s)-

P.IIl c.12 § 1. Los oficios del presbítero

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los presbíteros que ‘estén maduros en la ciencia' y que su doctrina sea ‘medicina espiritual para el pueblo de Dios’ 59. Pero la ciencia de un ministro sagrado debe ser sagrada, porque emana de una fuente sagrada y a un fin sagrado se orienta. En primer lugar se ha de sacar de la lectura y meditación de la Sagrada Escritura 60 61, y se nutre también fructuosamente con el estudio de los Santos Padres, Doctores y de otros escritos de la Tradición. Además, para responder conve­nientemente a los problemas propuestos por los hombres de nuestro tiempo, es menester que los presbíteros conozcan los documentos del Magisterio, y sobre todo de los concilios y Romanos Pontífices, y consulten los mejores y más probados autores de Teología»6Í.

447. Pero, como ha declarado el Vaticano II, «todos los presbíteros son enviados para cooperar en la misma obra, ya ejerzan el ministerio parroquial o supraparroquial, ya se dedi­quen a una tarea de investigación científica o a la docencia, ya practiquen trabajos manuales, llevando vida de obreros, allí donde, con la aprobación de la autoridad competente, este ministerio es considerado oportuno; ya desarrollando otras ta­reas apostólicas o dirigidas al apostolado. Todos, ciertamente, tienden al mismo fin: la edificación del Cuerpo de Cristo, que, sobre todo en nuestra época, pide funciones múltiples y adap­taciones nuevas» 62.

Como se ve, puede haber diferentes maneras de predicar y de hacer llegar la palabra de Dios hasta el pueblo; puede ha­ber diferentes ocupaciones que, aunque directa e inmediata­mente no tienen una finalidad religiosa explícita, la pueden tener implícita e indirectamente por la finalidad apostólica con que se realizan.

448. El texto conciliar enumera diferentes trabajos que pueden ocupar a un presbítero en bien de la diócesis y de la Iglesia. Podrá ser un ministerio parroquial u otro supraparro­quial, como pueden ser los oficios de curia diocesana y de capítulo catedral o colegial; asimismo los oficios de directo­res, asesores o consiliarios en las obras de apostolado que sobrepasan el ámbito de una parroquia o comunidad local. Podrá ser un trabajo de investigación científica o de enseñan­za, como expresamente indica el texto conciliar, sin que lo

59 Pontif. Romanum, De ordinal, presbyterorum.69 Cf. C o n c il . V a t ic . II, Constit. Dei Verbum n.25;61 Presbyterorum ordinis n.19.62 Ibid., n.8a.

Ministerios profanos

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334 P.III C.12 § 1. Los oficios del presbítero

limite a la investigación teológica o a la enseñanza religiosa. «El trabajo de buscar la verdad en todos los campos de la cien­cia es un servicio hecho a los hombres, con el que se aumenta la gloria de Dios entre los hombres» 63. Por otra parte, se com­prende que en una amplia labor de educación cristiana, v.gr., en un colegio dirigido por sacerdotes, no será raro que los mismos sacerdotes, por circunstancias particulares y atendiendo al bien general que buscan y debe resultar, quizá tengan que enseñar materias filosóficas, literarias y aun materias profanas, por ra­zones de falta de personal apto o por necesidad o por prestigio. En estos casos, la finalidad total y última que se persigue, que es la educación cristiana de los alumnos, comunica una inten­ción sacerdotal y apostólica a lo que, en sí solo y considerado aisladamente, sería ocupación profana. Es más, el decreto prevé, además de «otras obras apostólicas» u «ordenadas al apostola­do» 64, que los sacerdotes en circunstancias especiales, que tie­nen que ser juzgadas y aprobadas por la autoridad eclesial65, puedan trabajar con el trabajo material de los obreros para experimentar la suerte y el estado de éstos 66.

El trabajo profundo y científico de algunos sacerdotes en las ciencias del hombre y de la sociedad; en el campo literario, humanístico y filosófico, y aun en las ciencias positivas y téc­nicas, llevado con espíritu y ejemplo de vida sacerdotal, puede servir hoy en gran manera para entablar y fomentar el diálogo con los hombres científicos de la cultura moderna y con los no-creyentes. Asimismo puede contribuir a una síntesis con­veniente de la fe, de la vida y de la cultura y a promover la confianza en la Iglesia que, sin prejuicios, la cultura modernapuede alimentar.

6 3 Respuesta de la Comisión a dos «modos». Cf. Modi c.2 n.104 p.63.64 Con estas palabras del decreto se dice que no es menester que sean

inmediata o directamente apostólicas, aunque sí ordenadas al apostolado.Cf. Modi c.2 n. 108.104 P.63S. . . . •

65 Se rechazó un «modo» que decía: iussu el tudicio episcopi, por no con siderarse oportuno que la misión, muy difícil, del trabajo material como obreros, pueda ser impuesta o prescrita a presbíteros que no esten dispuestos.Cf. Modi c.2 n.107 ad a p.64.

66 Sacerdotes y Religiosos según el Vaticano 11 P-79S-

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Pastores de almas 335

Pastores de almas

449. Por la ordenación sacerdotal el nuevo presbítero re­cibe también el encargo de colaborar con el obispo en el ré­gimen y gobierno de las almas. El oficio concreto que se le encomiende será la determinación canónica de la manera como debe ejercitar este encargo.

El concilio Vaticano II ha señalado explícitamente esta misión o encargo pastoral que, por ordenación, corresponde a los presbíteros. «Ellos—dice— , ejercitando en- la medida de su autoridad el oficio de Cristo Pastor y Cabeza, reúnen la familia de Dios como una comunidad de hermanos, animada y dirigida hacia la unidad, y por Cristo en el Espíritu la condu­cen hasta el Padre Dios» 67. La finalidad de esta función pasto­ral queda bellamente indicada en este movimiento trinitario de los fieles: hacia el Padre por Cristo en el Espíritu.

450. Estos pensamientos de la Lumen gentium se repiten en el decreto Presbyterorum ordinis (n.6a), el cual añade la ma­nera ascética y humana de ejercitar esta pastoración: «Para ejercer este ministerio, lo mismo que para las demás funciones del presbítero, se les confiere la correspondiente potestad es­piritual, que ciertamente se da para la edificación de la Igle­sia»68. A este fin deben comportarse con eximia humanidad; no según lo que agrada a los hombres, sino según las exigen­cias de la vida y de la doctrina cristiana69.

No parece de este lugar alargarnos siguiendo el decreto Presbyterorum ordinis y descendiendo a normas más concretas y particulares (n.6b-f)70 y al aspecto ascético y espiritual de este oficio de gobierno en el sacerdote71.

451. No podía faltar la mención de este oficio pastoral en las ceremonias de ordenación del presbítero. Las palabras de la primera alocución recuerdan el texto ya conocido de la Lumen gentium (supra, n.449): «... al ejercer en la parte que os corresponde la función de Cristo Cabeza y Pastor, perma­neciendo unidos bajo la dirección del obispo, esforzaos por

67 Lumen gentium 11.28b.68 Cf. 2 Cor 10,8; 13,10.69 Presbyterorum ordinis n.6a.70 Nos remitimos al comentario de Sacerdotes y Religiosos... p.siss.71 Cf. Presbyterorum ordinis n.i3c.

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reunir a los fieles en una sola familia, de forma que en la uni­dad del Espíritu Santo, por Cristo, podáis conducirlos al Pa­dre. Tened siempre presente el ejemplo del Buen Pastor, que no vino a ser servido, sino a servir ^ y a buscar y salvar lo que estaba perdido»72 73.

Y en el examen previo se inculca de nuevo este oficio y modo de ejercerlo: «¿Estáis dispuestos a desempeñar siem­pre el ministerio sacerdotal en el grado de presbíteros, como buenos colaboradores del orden episcopal, apacentando el re­baño del Señor y dejándoos guiar por el Espíritu Santo»? 74

El oficio pastoral de los presbíteros, siempre sometido al propio obispo, puede ejercitarse en diferentes grados (párro­cos, coadjutores, capellanes, superiores religiosos para sus súb­ditos...) y en diferentes maneras. No nos toca aquí descender al profundo sentido ascético y a la intensa vida espiritual que este oficio puede promover si se ejercita debidamente 75.

En resumen452. La celebración legítima de cualquier oficio sacerdotal

no puede hacerse sino en comunión con el Papa y con el obis­po, que los envía o admite 76.

Carecería de sentido haber sido llamado a ser «colaborador del orden episcopal», que es lo propio y característico de los presbíteros o sacerdotes de segundo orden, si, en la realidad, la predicación del predicador, los consejos espirituales y pastora­les del confesor, la celebración litúrgica de la misa y de los sacramentos y demás funciones eclesiásticas estuvieran en des­acuerdo con las normas oficiales emanadas del Papa, de la San­ta Sede o del obispo. Sería no comprender el propio oficio del presbítero, que es fundamentalmente el de colaborador.

El presbítero enseña por misión del Papa o del obispo; no porque haya sido enviado directamente por Cristo. La misión

72 Cf. Mt 20,28.73 Cf. Le 15,4-7; Rito De ordinat. presbyteri n.14.74 Rito De ordinat. presb. n. 15.75 Cf. Lumen gentium n.28e; Presbyterorum ordinis n.13. Acerca de las

relaciones del presbítero con la comunidad y con la Iglesia local, cf. J. E s ­p e j a , Ministro de la. comunidad sacerdotal. Para una teología del presbiterado en el Vaticano II, en «Teología del sacerdocio» II 191-218; J. E s q u e r d a , El sacerdocio ministerial en la Iglesia particular: ibid., 3 6 I-3 9 1 *

76 Cf. sobre estas relaciones, Presbyterorum ordinis n.ya; Lumen gentium n.28c.

P.II1 c.12 § 1. Los oficios del presbítero

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Pastores de almas 337

de Cristo, la predicación por derecho divino, la tienen en la Iglesia el Papa y los obispos.

Si el sacerdote no predica, por ser monje de vida retirada y puramente contemplativa; si no es enviado por el obispo; si no tiene misión canónica, cumple, sin embargo, su oficio sacer­dotal si sacrifica. Además del sacrificio eucarístico, el sacerdote puede con los otros oficios litúrgicos y cultuales privados reali­zar su función sacerdotal, y contribuir con ellos y con el ejem­plo, testimonio y género de vida, a la eficacia de las múltiples funciones, proféticas y pastorales, que realiza el sacerdocio in­tegral de la Iglesia.

453. Son del caso, para terminar y resumir lo tocante a los oficios sacerdotales, las palabras de Pablo VI a los nuevos sacerdotes ordenados por él en Manila (noviembre de 1970):

«El sacerdote no es ya para sí mismo, es p a ra el m inisterio en el

C uerpo místico de Cristo. El es siervo, él es instrumento de la Palabra y de la gracia. La predicación del Evangelio, la celebración de la Eucaristía, el perdón de los pecados, el ejercicio de la actividad pastoral, la vida de fe y de culto, la irradiación de la caridad, de la santidad, constituyen su deber; un deber que llega al sacrificio de sí, de la cruz, como para Jesús. Es una carga muy pesada. Pero Jesús la lleva con su elegido, y le hace sentir la verdad de sus palabras: ‘M i yugo es suave y mi carga ligera’ (Mt 11,30). Porque, nos en­seña San Agustín: ‘M i peso es mi amor’ 17. El amor de Cristo, que se ha convertido en principio único y máximo de la vida sacerdotal, todo lo hace fácil, todo lo hace posible, todo lo hace feliz»78.

Consagrado al servicio de los demás454. «Desearíamos—continúa Pablo VI—que la concien­

cia de este destino pastoral, al servicio del prójimo, no se ex­tinguiese jamás en vosotros y os hiciese siempre sensibles a los males, a las necesidades, a los sufrimientos que rodean la vida de un sacerdote; todas las clases sociales parecen tender los brazos hacia él e invocar su comprensión, su compasión, su asistencia: los niños, los jóvenes, los pobres, los enfermos, los hambrientos de paz y de justicia, los desgraciados, los mismos pecadores..., todos tienen necesidad de auxilio del sacerdote. No digáis jamás que vuestra vida no tiene sentido y es inútil» 79.

77 Confess. 13,9: P L 32,849.78 AAS 63 (1971) 29; E cclesia 30 (5 dic. 1970) p. (2194) 18.79 Ibid. Sobre este espíritu de servicio escribió B. d e A r m e l l a d a ,

E l sacerdocio como «diakonía-kénosis» en el espíritu de la Const. «L u m en gen -

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338 P.III c.12 § 2. Los oficios del diácono

II. Los oficios del diácono 1

Gracia de «servicio»

455. Los oficios del diácono pueden expresarse de una manera genérica, que está en el fondo de cada uno de ellos, con la palabra servicio; éste es precisamente el sentido de la voz griega SiccKovía. Y la gracia sacramental, propia del diaconado (cf. n.i44ss.2o8), es una gracia de servicio. Servicio al obispo, servicio al presbítero, servicio a la Iglesia.

El oficio presbiteral es de colaboración con el obispo y de participación en su ministerio, aunque en un grado inferior. Supone una intervención en las mismas funciones y una re­presentación del obispo para hacerle presente en todos los luga­res de la diócesis, adonde aquél no puede llegar. En la potes­tad de sacrificar y en la administración sacerdotal de algunos sacramentos, la labor del presbítero es tan poderosa y eficaz como la del obispo. El oficio diaconal es de mero servicio para facilitar la labor; es de auxilio para que mejor proceda la acción del obispo y del presbítero.

La gracia sacramental, que se concede en el diaconado, ha sido puesta de manifiesto en diferentes textos del Vaticano II 2. Se insiste en la idea de servicio, puesto que los diáconos «reci-

tiurm, en «El sacerdocio de Cristo y los diversos grados de su participación en la Iglesia» (Madrid 1969) p.149-165, sobre todo p.161-165.

1 «Motu proprio» Sacrum diaconatus ordinem (Generales normae de diaconatu permanenti in Ecclesia Latina restituendo feruntur; 18 iunii 1967): AAS 59 (1967) 697-704; Pontificale Romanum, De ordinatione diaconi (Roma 1968); J . C olson , La fonction diaconale aux origines de VEglise (Bruges 1960); P h il ip s , L ’Église et son mystére I p.374-390; M. D . E p a - g n e u l , Du role des diacres dans l’Église d'aujourd’hui: NouvRevTh 79 (1959) 153-168; J . H o rn ef , Kommt der Diakon der frühen Kirche wieder? (Wien 1959); N . J u b a n y , La renovación del diaconado y el celibato eclesiás­tico: Orbis catholicus (1961) 114-160; K. R a h n er-H . V o r g rim ler , Diaconia in Christo. Ueber die Erneuerung des Diakonats (Freiburg i. B. 1962) (coll. Quaest, disput. 15-16); M. D . E pa g n eu l , Le diaconat, demain: NouvRevTh 87 (1965) 588-601; P. T ih o n , Quelques études sur le diaconat: ibid., p.602- 605; H . D e n is -R . S c h a ll er , Diacres dans le monde d’aujourd’hui (Lyon 1967); P. W in n in g e r , Le diacre dans VEglise et le monde d’aujourd’hui (Paris 1966) (coll. Unam Sanctam 59); ed. reducida, Los diáconos. Presente y porvenir del diaconado (Madrid 1968); J . H uard , Des diacres pour notre temps: MaisDieu n.102 (1970, II) 82-96; H . B o urgeois-R . S c h a ll er , Nouveau monde, nouveaux diacres (Paris 1968) (trad. Nuevo mundo, nuevos diáconos [Barcelona 1970]); M. N ico lau , La Iglesia del Concilio p.230-236.

2 Lumen gentium n.29a; Decreto Ad gentes divinitus n.ióf.

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Gracia de «servicio» 339

ben la imposición de manos, 'no en orden al sacerdocio, sino en orden al ministerio’ 3. Así, confortados con la gracia sacra­mental, en comunión con el obispo y su presbiterio, sirven al pueblo de Dios en el ministerio de la liturgia, de la palabra y de la caridad» 4.

456. El primer documento que nos habla de los diá­conos (Act 6,1-6), según la interpretación de la Iglesia antigua (cf. n. 147,252) 5, refiere este oficio al ministerio de las mesas y a los servicios de beneficencia, que la Iglesia practicaba y siem­pre ha practicado y debe practicar. En los diáconos, los Após­toles y la Iglesia han tenido estos auxiliares de la caridad cor­poral y de la beneficencia, y como que han descargado en ellos la solicitud por este oficio que incumbe a los seguidores de la doctrina de Cristo 6.

Por esto la historia del diaconado es también la historia de la beneficencia corporal por parte de la Iglesia en el tiempo en que el diaconado estaba en auge. A ellos también corresponde la administración de los bienes de la Iglesia. Y se comprende que por estos servicios, auxiliares ciertamente, pero de no pe­queña importancia, el influjo de los diáconos llegara a ser gran­de en algunos períodos de la historia (cf. n.254ss).

Servicios litúrgicos y de predicación y caridad457. Pero el servicio de las mesas y de la caridad corpo­

ral se juntó desde el principio con el servicio del altar. Es sa-

3 Constit. Ecclesiae Aegyptiacae 3,2: ed. F u n k , Didascalia II p.103; Statuta Ecclesiae antigua 37-41; M a n si, 3,954.

4 Lumen gentium 11.29a.5 También el Pontifical Romano, en el rito de ordenación de diácono,

que se usaba hasta hace poco, menciona a San Esteban como uno de los elegidos para ser diácono: «Cogitate beatum Stephanum mérito praecipuae castitatis ab Apostolis ad officium istud electum» (Alocución previa). Y en la bendición final se aludía al número septenario de los escogidos por los Apóstoles. En el nuevo rito De ordinatione diaconi (n.21), en la oración con- secratoria, se alude a Act 6,1-6: «Así también, en los comienzos de la Igle­sia, los Apóstoles de tu Hijo, movidos por el Espíritu Santo, eligieron, como auxiliares suyos en el servicio cotidiano, a siete varones, tenidos por fieles testigos del Señor, a quienes, mediante la oración e imposición de manos, dedicaron al servicio de los pobres, para poderse entregar ellos con mayor empeño a la oración y al servicio de la palabra».

6 Si hoy la beneficencia se hace función social en todo estado culto y desarrollado y tiende a profesionalizarse, la beneficencia de la Iglesia siem­pre conservará un carácter específicamente «sagrado» y religioso, por el ejemplo y el mandato de Cristo (cf. Mt 25,35ss).

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340

bido que el ágape corporal precedió durante algún tiempo a la liturgia eucarística (cf. i Cor n,20ss).

Este servicio del altar, realizado por los diáconos, es lo que exalta y pondera San Ignacio Mártir cuando dice que los diá­conos «son ministros de los’misterios de Jesucristo...; no de comidas o bebidas, sino de la Iglesia de Dios»7.

La Traditio de Hipólito y los documentos que conocemos (cf. n.2o8.i73ss) han propuesto el oficio de servicio al obispo en el altar, el oficio litúrgico de los diáconos.

En San Lorenzo, mártir de la Iglesia romana, aparece muy especificado el oficio de diácono: como servidor y ministro del obispo, muy en particular en el sacrificio y en la dispensación de los misterios sagrados 8. También en los oficios de bene­ficencia y en el cuidado de los pobres 9.

El oficio de lector en las funciones litúrgicas, y en particu­lar la lectura del evangelio, ha sido también propio de los diá­conos.

Y así como los primeros diáconos (Esteban, Felipe) publi­caban el mensaje de Cristo (Act 6,8ss; 8,5ss), y Felipe bauti­zaba (Act 8,38), también estos oficios, como auxiliares, se prac­ticaron por los diáconos.

El Ambrosiaster les señala el oficio de la predicación, ba­sándose en los Act: «Los 'evangelistas’ (cf. E f 4, i i s ) son diá­conos, como lo fue Felipe (Act 8,5); y, aunque no sean sacer­dotes, pueden, sin embargo, evangelizar sin cátedra, como los sobredichos Esteban y Felipe» 10.

458. En el Pontifical Romano antiguo, cuando se describe el rito de la ordenación de diácono, se insiste en el paralelo de los diáconos con la antigua tribu de Leví, dedicada al servicio

7 Ad Trall. 2,3: F u n k , 1,242; PG 5,676; R 48.8 En el antiguo oficio de San Lorenzo se le hace decir, dirigiéndose al

papa Sixto II, que era llevado al martirio: «Quo progrederis, sine filio, pa- ter? quo, sacerdos sánete, sine diácono properas? Tu nunquam sine mi­nistro sacrificium offerre consueveras... Experire utrum idoneum minis- trum elegeris, cui commisisti Dominici sanguinis dispensationem» (Res- ponsorio del primer Nocturno) .

9 «Cum furor gentilium potestatum in electissima quaeque Christi membra saeviret, ac praecipue eos qui ordinis erant sacerdotalis impeteret, in levitam Laurentium, qui non solum ministerio sacramentorum sed etiam dispensatione ecclesiasticae substantiae praeeminebat, impius persecutor efferbuit, duplicem sibi praedam de unius viri comprehensione promit- tens...» (San L eó n M agno , Sermo 72, In Natali S . Laurentii: PL 57,68os).

10 In Eph. 4,1 i s : P L 17,469c.

P.III c.12 § 2. Los oficios del diácono

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Servicio litúrgico 341

del santuario: «El diácono—se dice en la alocución inicial— tiene que servir al altar, bautizar y predicar. Ciertamente en la Ley Antigua, de las doce tribus, sólo la de Leví fue la escogida para servir con especial devoción y perpetuamente al taber­náculo de Dios y a sus sacrificios. Y fue tal esta dignidad que nadie, sino los de aquel linaje, se arrogaba el servir a aquel culto divino y ministerio; de tal suerte que sólo por singular privilegio hereditario mereció ser ella y llamarse la tribu del Señor. De ellos, hijos carísimos, tenéis el nombre y el oficio, por­que sois elegidos en el oficio levítico para el servicio del ta­bernáculo del testimonio, esto es, de la Iglesia de Dios...»

En la misma alocución se les decía a los diáconos que son «conministros y cooperadores del Cuerpo y de la Sangre del Señor» u . Y se les recordaba que a quienes anuncian el Evan­gelio con la boca, se lo han de exponer con obras vivas... 12 Ellos tenían que estar en «el orden de la bendición levítica». La prefación dedicaba los diáconos «al servicio de los sagrados altares».

El servicio del altar: a) para preparar los dones y ofrendas que hay que presentar al obispo o al celebrante; b) para anun­ciar el Evangelio; c) para guiar la oración del pueblo 13;d) para llevar la comunión a los ausentes... 14, siempre ha sido manifiesto en la Iglesia como propio de los diáconos 15.

11 «Et quia comministri et cooperatores estis corporis et sanguinis Do- mini, estote ab omni illecebra carnis alieni...»

12 Pontificale Romanum, De ordinat. diaconi, alocución previa.13 C f. D am ais, Le diacre, guide de la priére du peuple d’aprés la tradi-

tion liturgique: MaisDieu 6i (1960) 30-40.1 4 Cf. S. J u stin o , Apolog. I 65.67: PG 6,428s; R 128. ^15 En cambio, en ninguna parte se hallan indicios suficientes de que los

diáconos puedan administrar la unción de los enfermos, que el texto de Santiago (5,145) atribuye expresamente a los presbíteros, y el concilio de Trento definió como propia del ministerio «de los obispos o de los sacerdo­tes ordenados por ellos» (Dz 1697 [910]), y que el propio ministro de ella es sólo el sacerdote (Dz 1719 [729]). Por eso es singular y no se admite la opinión de Launoy, el cual pensaba que el diácono podría conferir el sa­cramento de la unción (cf. J. K e r n , De sacramento extremae unctionis trac- tatus dogmaticus [Ratisbona 1907] : F. Solá, De extrema unctione4: SThS IV [Matriti 1962] n.266). Por parecidas razones no parece que tendrán fortu­na, en el sentido de que los diáconos en ocasiones sean autorizados para administrar este sacramento, las insinuaciones de J. H uard , Des diacres pour notre temps: MaisDieu n.102 (1970, II) p.gos,, y J. D id ie r , Sur le mi­nistre de l’onction des malades: L'ami du clergé n.31 (30 julio 1964) p.488- 492. Nos parece que la unción de los enfermos, como completiva que es del sacramento de la penitencia y que borra las reliquias del pecado, pide un ministro sacerdote, puesto que al sacerdote toca lo relativo al sacra-

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342 P i l i c.12 § 2. Los oficios del diácono

Carácter diaconal

459. Santo Tomás ha recalcado este oficio de servicio que corresponde al diácono en la administración de los sacramen­tos: «Se dicen diáconos como ministros; porque, en efecto, a los diáconos no corresponde conferir un sacramento de modo prin­cipal y como por oficio propio, sino suministrar un ministerio a otros superiores en la administración de los sacramentos. Y así no pertenece al diácono conferir el sacramento del bautismo como por oficio propio, sino asistir a los superiores en la admi­nistración de éste y de los demás sacramentos...» 16

También para el Angélico en el diaconado se imprime ca­rácter. Lo afirma expresamente. Y, además, según el Angélico, donde hay sacramento del orden se imprime carácter; y el acto diaconal nadie lo puede ejercitar lícitamente sino el diácono. De ahí concluye que «el diácono tiene alguna potestad especial en la dispensación de los sacramentos que no tienen los otros» 17. Esta potestad queda sellada y comunicada mediante el carácter.

Este carácter diaconal configura el alma del diácono con Cristo también diácono, esto es, servidor del Padre y de los hom­bres. Según la propiedad fundamental del carácter, es una exi­gencia de las gracias necesarias y convenientes para actuar, en este caso como servidor; y es una llamada constante a la santi­dad ejercitada en los oficios del ayudante y ministro.

Enumeración de los oficios diaconales

460. El Vaticano II confirmó estas competencias litúr­gicas de los diáconos, y aun añadió otras, como la de asistir en nombre de la Iglesia y bendecir a los matrimonios, presidir los ritos de funerales y sepelios... 18; todas las cuales han sido re­cogidas y formuladas con gran precisión en el «motu proprio» de Pablo VI Sacrum diaconatus ordinem (18 de junio de 1967), relativo al oficio diaconal.

Comienza con los oficios cultuales y litúrgicos, y propone

mentó de la penitencia y perdón de los pecados. Es también sabido que la Iglesia, en las cuestiones del ministro y de la validez del sacramento, no puede proceder con mera probabilidad, mucho menos si no llega a pro­barse la posibilidad.

16 3 q.67 a.ic; cf. 3 q.71 a.4c.17 Suppl. q.35 a.2c.18 Lumen gentium n.2ga.

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343

después los auxilios y servicios propios del diácono en las obras de predicación, de caridad y de apostolado.

«Es propio del diácono—dice— , según la mencionada cons­titución del concilio Vaticano II [ Lumen gentium] y en cuanto el Ordinario del lugar se lo encargare:

1) asistir al obispo y al presbítero dentro de las acciones litúrgicas, en todas aquellas cosas que le atribuyen [al diáco­no] los libros rituales de varias clases;

2) administrar solemnemente el bautismo y suplir las ce­remonias omitidas sobre el bautizado, ya sea niño, ya sea adulto;

3) custodiar la Eucaristía, distribuirla a sí mismo y a los demás, llevarla como viático a los moribundos y dar al pueblo con el copón la que llaman bendición eucarística;

4) cuando no hay sacerdote, asistir y bendecir en nombre de la Iglesia, por delegación del obispo o del párroco, a los ma­trimonios que se celebran, observando lo que se prescribe en el Código de Derecho Canónico 19, y quedando en su vigor el en. 1098, en donde las cosas que se dicen del sacerdote deben entenderse del diácono;

5) administrar los sacramentales y presidir los ritos de funeral y sepelio;

6) leer a los fieles los libros divinos de la Escritura, e ins­truir al pueblo y exhortarlo;

7) presidir los oficios y oraciones del culto religioso cuan­do no está presente el sacerdote;

8) dirigir las celebraciones de la palabra de Dios, sobre todo cuando falta el sacerdote;

9) desempeñar, en nombre de la jerarquía, los oficios de caridad y administración, y las obras de subsidio social;

10) gobernar legítimamente, en nombre del párroco y del obispo, las comunidades apartadas de los cristianos;

n ) fomentar y ayudar las obras apostólicas de los laicos.Todos estos oficios deben desempeñarse en perfecta comu­

nión con el obispo y con su presbiterio, esto es, bajo la auto­ridad del obispo y del presbítero que en aquel lugar tiene el cuidado de los fieles» 20.

19 Gf. en. 1095 § 2, y en. 1096.20 N.22-23; AAS 59 (1967) 701S. En el rito novísimo para la ordena­

ción de diácono se indican sumariamente los oficios del diácono, que vie­nen a coincidir con los expuestos aquí: «Fortalecidos con el don del Espí­ritu Santo, ayudarán al obispo y a su presbiterio en el anuncio de la palabra,

'Enumeración de los oficios

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344

461. Como se ha podido ver en esta enumeración, los oficios litúrgicos y de administración de sacramentos son los primeros que se consignan (n. 1-5.7). Aparece en ellos la fina­lidad litúrgica del sacramento del orden.

Así como en este orden litúrgico los diáconos desempeñan un papel de servicio y auxiliar, también en el ministerio de la palabra aparecen como ayudantes (n.6.8), leyendo las Sagra­das Escrituras, instruyendo al pueblo y exhortándolo, lo cual ha sido siempre propio de la catequesis. Con la explicación del Evangelio, con la enseñanza del catecismo y rudimentos de la fe, los diáconos pueden prestar servicios de gran valor y de necesaria preparación en orden a que el pueblo reciba los sa­cramentos. Dirigiendo o actuando de alguna manera en las celebraciones de la palabra de Dios pueden contribuir muy efi­cazmente a la mentalización bíblica de la comunidad.

En estos oficios auxiliares del Magisterio eclesial no ac­túan los diáconos con una simple misión canónica para ense­ñar, como la pueden tener algunos laicos, sino con poder de orden para ello, al menos radical; el cual necesita, obviamente, para ser ejercitado, la comunión con el obispo y presbítero y el mandato (al menos implícito o tácito) de éstos.

Los servicios de auxilio relativos al gobierno y pastoración de los fieles (n .io ,n ) ofrecen campo adecuado para la actividad subsidiaria del diácono y para el amplio despliegue de su celo apostólico. Los encargos de caridad y administración y de subsidio social (n.9) son finalidad propísima del oficio diaconal y liberan a la jerarquía de ocupaciones con frecuencia absor­bentes.

Por todos estos oficios tan significativos de los diáconos, ya se ve que el diaconado por sí solo puede constituir una orden sagrada apetecible de modo permanente por los individuos, y de servicios señalados en la Iglesia.

P.III c.12 § 2. Los oficios del diácono

en el servicio del altar y en el ministerio de la caridad, mostrándose servi­dores de todos. Como ministros del altar proclaman el Evangelio, preparan el sacrificio y reparten a los fieles el Cuerpo y la Sangre del Señor. Además, enviados por el obispo, exhortan tanto a los fieles como a los infieles, ense­ñándoles la doctrina santa; presiden las oraciones, administran el bautis­mo, asisten y bendicen al matrimonio, llevan el viático a los moribundos y presiden los ritos exequiales. Consagrados por la imposición de manos que ha sido heredada de los Apóstoles, y vinculados al servicio del altar, ejerci­tarán el ministerio de la caridad en nombre del obispo o del párroco. Con el auxilio de Dios deben trabajar de tal modo, que reconozcáis en ellos a

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Diaconado permanente 345

Restauración del diaconado permanente

462. Entre las preguntas que se propusieron el 30 de oc­tubre de 1963 a los Padres del Vaticano II, una era: si agrada­ba a los Padres que se preparase el esquema [De Ecclesia] de modo que se considerase la oportunidad de restaurar el dia­conado como grado distinto y permanente del sagrado minis­terio, según la utilidad de la Iglesia en las diferentes regiones. Respondieron placet 1.588 en esta votación meramente con­sultiva o indicativa; non placet, 525. Había, pues, una fuerte corriente de oposición 21.

Si la restauración del diaconado encontró tanta oposición en el concilio, fue principalmente porque era concebido por muchos como no unido al celibato, y, por ende, se temía que se abriera una puerta para no exigir la observancia de la cas­tidad perfecta a los ordenados in sacris. La tradición de la Igle­sia latina tan larga, de siglos, favorecía esta observancia estric­ta (cf. n.504ss). Se añadían las razones que suelen indicarse en favor del celibato; se temía que disminuyera la estima de los católicos entre los mahometanos, budistas y paganos si los diáconos dejaban esta manera de vida; se agregaba que para tratar la Eucaristía conviene la pureza de vida; se temían es­cándalos posibles de las familias de estos diáconos; dificultad de sustentarlas; y que dependieran demasiado de la autoridad civil; que disminuyeran las vocaciones al sacerdocio, y que se llegara a rebajar poco a poco el celibato de los presbíteros 22. De ahí la multitud de dificultades en que tropezó esta restau­ración.

463. Se añadía todavía, en contra de esta restauración, que no era necesaria y que los oficios del diácono podían encomen­darse a laicos designados para ello, o a los clérigos de órdenes menores; se agregaba que el oficio de distribuir la comunión por los diáconos era inútil si no había presbíteros que previa­mente confesaran; se temía, aun con diáconos célibes, qué dis­minuyeran las vocaciones sacerdotales; se problematizaba sobre la manera de sustentar a los diáconos permanentes y a sus fa­

los verdaderos discípulos de Aquel que no vino a ser servido, sino a servir» ( D e ordinat. diaconi n.14).

21 Cf. L a Iglesia del C on cilio p.233.22 Cf. Schem a Constit. de E cclesia, Relatio n.29 p.m-113.

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milias; conjeturaban algunos que se privaría a la Acción Ca­tólica de sus mejores miembros; otros, que era de temer no fueran rebeldes formando grupo... 23

Se objetaba, contra el diaconado permanente de célibes, la dificultad de perseverar en el celibato a la larga, solos, en países de misión, segregados de los demás; y que, mientras para el sacerdote es más fácil esta perseverancia, por su for­mación más larga y elevada sobre el pueblo, para el diácono, más inmerso en el mundo, sería más dificultosa. Pero fácil­mente se ve que estas dificultades no carecen de solución 24.

464. Y, en efecto, el concilio se decidió por la restauración. Después de proponer los oficios propios a los cuales se destina el diácono (cf. n.460), continúa: «Teniendo en cuenta que estas funciones, tan necesarias para la vida de la Iglesia, según la disciplina actualmente vigente en la Iglesia latina en muchas regiones difícilmente se pueden desempeñar, se podrá resta­blecer en adelante el diaconado como grado propio y perma­nente en la jerarquía. Tocará a las distintas Conferencias epis­copales el decidir, con la aprobación del Sumo Pontífice, si se cree oportuno y en dónde, el establecer estos diáconos para la cura de las almas. Con el consentimiento del Romano Pontí­fice, este diaconado se podrá conferir a hombres de edad ma­dura, aunque estén casados, o también a jóvenes idóneos; pero para éstos debe mantenerse firme la ley del celibato» 25.

La votación para aprobar este párrafo, dividida en varias sufragaciones, triunfó con no escasa oposición 26; pero en la vo­tación definitiva del conjunto sobre la constitución De Ecclesia la unanimidad en aceptarla fue casi total.

465. El decreto Ad gentes divinitus, sobre la actividad mi­sionera, volvió a ocuparse del diaconado como institución per­manente para auxilio de las misiones. Se reconoció la impor­tancia de los oficios diaconales para la evangelización, sobre todo mediante la catequesis, las obras de caridad y los cuida­dos de las cristiandades alejadas: «Porque ayuda que aquellos hombres que desempeñan un ministerio verdaderamente dia­conal, bien predicando como catequistas la palabra divina, bien

2 3 Gf. ibid., p . 1 0 8 - 1 1 0 .24 Gf. La Iglesia del Concilio p.235.25 Lumen gentium 11.29b.26 Cf. La Iglesia del Concilio p.236.

P.IH c.12 § 2. Los oficios del diácono

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dirigiendo en nombre del párroco o del obispo las cristiandades alejadas, bien ejercitando la caridad en las obras sociales o ca­ritativas, sean fortalecidos y unidos más estrechamente al altar por la imposición de manos, transmitida ya desde los Após­toles, para que cumplan su ministerio con más eficacia mediante la gracia sacramental del diaconado» 27.

También manifiesta este deseo de restauración del diaco­nado permanente el decreto Orientalium Ecclesiarum (n.17).

Razones del diaconado permanente

466. La principal razón creemos que es la mencionada últimamente: que se desempeñen los ministerios tan nece­sarios del auxilio litúrgico, de la ayuda catequística y de las obras de beneficencia... mediante una gracia sacramental. Que es una gracia habitual infundida en la ordenación, con derecho a las gracias actuales y auxilios de Dios para el recto desem­peño del oficio.

También así se proveerá a la falta de sacerdotes, acuciante en algunos lugares. El diácono podrá representar al sacerdote en dilatadas regiones donde abundan las pequeñas cristianda­des rurales dispersas o en los suburbios de las capitales. A l­gunos de los oficios del diácono, como los de catequesis y bene­ficencia, podrían en absoluto desempeñarse por laicos; pero no todos los oficios ni con la gracia de un sacramento recibido.

Este oficio puede de tal manera interesar a un hombre, que ocupe su vida entera. No hace falta, como antes, para recibirlo el animus clericandi o el deseo de llegar hasta el presbiterado. Hay razones para apetecer con espíritu sobrenattiral este grado de la jerarquía de modo permanente y para toda la vida. No faltan vocaciones particulares de algunos para la diaconía de la instrucción religiosa y de la caridad corporal... Entienden qüe así sirven a la Iglesia y al pueblo de Dios, y que es un minis­terio digno de emplear en él todas las energías. Otros temen, en cambio, la responsabilidad de las conciencias, que incum­be a los sacerdotes. Por eso ciertas vocaciones para «servir» se sienten frustradas y se retiran del seminario; o no se consi­deran adaptadas si llegan a recibir la ordenación presbiteral 28.

27 A d gentes n.ióf.28 Gf. Schem a Constit. de Ecclesia , Relatio n.29 p.io8A 2.

Diaconado permanente 347

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467* Por esto el oficio diaconal es de por sí de tal alcance y envergadura, que a él podrán aspirar jóvenes dispuestos a hacer de él misión de por vida. Estos jóvenes deberán conser­var su propósito de celibato que les piden la Iglesia y el con­cilio.

Son muchas las razones que favorecen la aceptación del ce­libato para la vida clerical, no sólo para la sacerdotal. Las ex­ponemos en otro lugar (n.499ss). El celibato voluntario por Cristo y su Evangelio, para emplear en esta empresa todo el amor y todas las energías, favorece, sin duda, la libertad de espíritu, la integridad de servicio, el espíritu de pobreza29.

El diaconado se podrá conferir también a hombres casados, según lo pidan las Conferencias episcopales y con el consen­timiento del Romano Pontífice. Se entiende con ello el gran auxilio que en regiones de falta de sacerdotes podrá lograrse para los oficios de catequistas, dispensadores de algunos sa­cramentos (bautismo, eucaristía), visitadores de cristiandades, administradores de bienes parroquiales y de obras de benefi­cencia..., el gran cúmulo de oficios necesarios para los cuales no es imprescindible la presencia de un presbítero. Así el sacerdote se verá libre de cargos administrativos y burocráticos.

El ejemplo de estos hombres, maduros, morigerados en su vida particular y familiar, que viven de sus propios recursos o son ayudados (como los catequistas en misiones) por la Igle­sia, bien formados e instruidos en la religión, podrá servir de mucho ante el pueblo. Algunos han querido ver en estos diá­conos casados como un puente entre la jerarquía y el pueblo. El diácono, que pertenece, sin duda, al clero y a la jerarquía de orden, por su carácter sacramental y por su oficio, estará también en contacto con el pueblo por vivir más cerca de él y conocer sus problemas. Estará como en el medio, y será como lazo de unión entre sacerdotes y pueblo 30.

Resum en

468. Parecen, al propósito, las palabras de Pablo VI (24 de febrero de 1967) reveladoras de la estima que merece el dia­conado, en su grado permanente, índice de las promesas que la Iglesia ve en esta orden: «... Queremos expresaros a vos-

29 Cf. ibid., P.111-112B 1.30 Gf. ibid., p . 1 1 1 ,3 .

P.III c.12 § 2. Los oficios del diácono

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otros, a quienes tanto esperáis de la restauración del diacona­do en su propio estado permanente, el gran concepto que Nos tenemos de esta orden sagrada. Su origen apostólico, su espe­cífica definición como servicio, su primer miembro y representante, el heroico protomártir San Esteban—varón lleno de fe y del Espíritu Santo 31— ; el honor en que el diaconado ha sido tenido durante tanto tiempo en la Iglesia latina y sigue teniéndose todavía en las Iglesias orientales; la variada y útil obra que los diáconos han prestado a la Iglesia en tantas épocas y ocasiones de su historia, y, en fin, las funciones que la citada constitu­ción conciliar [ Lumen gentiúm] les reserva, constituyen para Nos otros tantos motivos de estima por el orden de los diáco­nos... Nos complace pensar en la unión, la docilidad, el afec­to que debe unir al diácono con su obispo; nos complace pen­sar en el espíritu de servicio que debe caracterizar al diáco­no, que precisamente se define por el servicio y en el servicio encuentra su asimilación a Cristo, 'que no vino a ser servido, sino a servir’ 32; nos complace también pensar que la santa Iglesia tendrá asimismo en los diáconos permanentes nuevo y puro ejemplo de aquel esplendor de castas costumbres que, con razón, se espera del sagrado ministerio, sea que permanez­can célibes, sea que, ya casados y en edad madura, estén ellos distinguidos con el orden diaconal» 33.

31 Act 6,5.32 Mt 20,28.33 Alocución a los participantes en las reuniones para la restauración

del diaconado permanente (24 feb. 1967): AAS 59 (1967) 223S. Entre las normas que se han dado en el M o tu pro p rio de 18 de junio de 1967 (AAS 59 [1967] 697-704), el diaconado permanente no se confiere antes de los vein­ticinco años cumplidos, y las Conferencias episcopales podrán requerir mayor edad (ibid., n.5 p.699); los candidatos deben ser probados en co­munidad peculiar (n.6 p.699); Ia mayor edad para el diaconado de los ca­sados se entiende cumplidos los treinta y cinco años (n.12 p.700); después de promovidos al orden diaconal, aun los promovidos en edad avanzada son inhábiles para el matrimonio (n.16 p.701).

Diaconado permanente 349

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350 P.III c.12 § 3, Las órdenes menores

III. ¿Restauración o renovación de las órdenes menores? 1

Anacronism os y anomalías

469. Son varios los anacronismos y anomalías que se han advertido en estas órdenes menores, que hasta hoy deben con­ferirse a todos aquellos que aspiran al sacerdocio; de tal suerte que, aun en el caso de haber sido omitida de buena fe alguna de ellas, debería suplirse su falta.

La primera anomalía es que se trata muchas veces de ofi­cios y potestades que no se desempeñan por aquellos que han recibido las órdenes.

El oficio de ostiario, de vigilar las puertas de la iglesia y de la sacristía, y de avisar para los actos religiosos tocando la cam­panilla o la campana, suele desempeñarse por un portero o sa­cristán, que no ha recibido ninguna ordenación.

El oficio de exorcista, con la potestad, recibida en la ordena­ción, de echar los demonios, en la práctica está impedido por la prohibición de hacer los exorcismos solemnes sin peculiar y expresa licencia del Ordinario. Y ademas se previene que esta licencia solo se concederá al ya sacerdote, dotado de piedad, prudencia e integridad de vida 2.

El oficio de lector de las Sagradas Escrituras puede ser desempeñado por un laico que se acerca al ambón, y aun por mujeres si la necesidad o conveniencia lo aconseja.

Los oficios del acólito, de llevar las velas y servir las vina­jeras, lo ejercitan de hecho muchos laicos, niños, jóvenes o adultos, que carecen de la orden correspondiente.

No ha sido raro tampoco observar que clérigos de sólo ór­denes menores o laicos, revestidos de dalmática, han ejercita­do prácticamente el papel de subdiácono en la solemnidad externa ante el pueblo, aunque se abstuvieran de infundir el agua en el cáliz.

470. Estas y semejantes anomalías parecen hacer super- fluas las órdenes inferiores, puesto que sus oficios son ejerci-

1 Cf . C o n c il . T r id e n t . sesión 23, D e reform atione c . 1 7 ; J. L é c u y e r , L e s ordres m ineurs en question: MaisDieu n .10 2 (1970, II) 97-10 7 ; N. Ju- b a n y , E l C oncilio de T rento y la renovación de las órdenes inferiores a l p resb i­terad o : EstEcl 36 ( 196 1) 12 7 - 14 3 .

2 C o dex Iu ris canonici c n . 1 1 5 1 § 1 .2.

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351

tados por los que no las han recibido; o, viceversa, no los ejer­citan aquellos que las han recibido. Además del caso de los exorcistas, muchos de los ordenados de menores en poco es­pacio de tiempo, no lo han tenido para el ejercicio conve­niente.

Es sabido que estas anomalías provocaron las censuras de los protestantes en el siglo xvi (cf. n.309). Por lo cual el con­cilio de Trento deseó que <<las funciones de las santas órdenes, desde el diaconado hasta el ostiariado, loablemente recibidas en la Iglesia desde los tiempos apostólicos e interrumpidas en muchos lugares por algún tiempo, sean restauradas según los sagrados cánones». A falta de clérigos que tuvieran las órdenes correspondientes, el concilio preveía que pudieran desempe­ñar los oficios de ellas hombres casados, de honesta vida, con hábito clerical 3.

El sínodo de Pistoya (a. 1786) propuso que se retirara de las catedrales y colegiatas el «clero menudo» (con que designaba a los clérigos de órdenes inferiores), y que se proveyera al mi­nisterio de servir a misa y a los otros oficios como acólitos, etc., mediante laicos probos y de edad provecta, asignándoles con­gruo estipendio, como, según decía, se había hecho anterior­mente cuando estos oficios no eran sólo para recibir órdenes mayores... La proposición no fue bien recibida y fue rechaza­da por Pío VI (a. 1794), por diferentes inconvenientes que en ella se veían y por lo que tiene de censura y reprensión para el instituto de las funciones de órdenes menores, que, según Tren­to, conviene sean ejercitadas por los que tengan tales órdenes 4.

471. Los anacronismos indicados y el hecho de que, prác­ticamente, estas órdenes menores sean solamente una ceremo­nia previa para recibir las órdenes superiores, muchas veces sin el ejercicio que requerirían, y sin posibilidad de recibirlas para quedar en ellas de por vida, todo esto ha chocado con la mentalidad de hoy, muy sensible a todo lo que sea autentici­dad y verdad en los ritos litúrgicos.

Por eso el concilio Vaticano II ha recordado que, aunque

3 Sesión 23, D e reform atione cn.17: ed. G órres 9,Ó27s. Sobre los pro­yectos y discusiones en el concilio de Trento acerca de los abusos sobre el sacramento del orden (10 de mayo de 1563), por lo tocante a las órdenes menores, cf. ibid., 9,48 iss.

4 Dz 2655 (iS5 5 )-

Anacronismos y anomalías

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352 P.III c.12 § 3. Las órdenes menores

las acciones litúrgicas son celebraciones de toda la Iglesia, que es sacramento de unidad, y «pertenecen a todo el Cuerpo de la Iglesia, influyen en él y lo manifiestan; pero cada uno de este Cuerpo recibe un influjo diverso, según la diversidad de órdenes, funciones y participación» 5. Consiguientemente, cada cual debe desempeñar su papel: «En las celebraciones litúrgicas, cada cual, ministro o simple fiel, al desempeñar su oficio, hará todo y sólo aquello que le corresponde por la naturaleza de la acción y las normas litúrgicas»6.

La renovación de las «órdenes menores»472. Pero la restauración de todas estas órdenes, tal como

se ejercitaron en la antigüedad, de modo que sólo ejerzan sus funciones los que las posean por la ordenación, parece prác­ticamente imposible, dado el hecho y el uso tan dilatado de que otros, sin órdenes, las hayan venido ejerciendo: laicos que hacen de acólitos, lectores y porteros de las iglesias. Quizá ésta haya sido la principal dificultad para la práctica del deseo tridentino. Tampoco se puede pensar en restaurar el oficio de exorcista.

Por esto las órdenes de ostiariado y exorcistado parecen hoy día tener menos urgencia y ser menos necesarias para la co­munidad cristiana.

El oficio de lector, de antigüedad tan venerable (cf. n.228 236), sigue siendo hoy tan necesario o más que antes, por la lectura frecuente y pública de las Sagradas Escrituras, y esto en lengua vulgar; de suerte que hay en este oficio, si se lee bien y con las pausas debidas, una excelente catequesis e instruc­ción del pueblo cristiano. Fácilmente se podría conferir esta orden a quien habitualmente hubiera de ejercitarla; también se podría ampliar con el oficio de cantor (cf. n.237), 0 con el oficio de catequista, según quieren algunos.

El oficio de acólito, en cuanto que es un auxiliar del sacer­dote, a quien «acompaña» (ccKoAoudéoo) para entregarle lo que necesita y servirle las vinajeras, etc., o para ayudar al diácono, parece ofic;o de permanente actualidad y necesidad. De hecho, las funciones del acólito son funciones de servicio, como las

5 C o n c i l . V a t i c . I I , Constit. Sacrosanctum Concilium (de S. L i­turgia) n.26.

6 Ibid., n.28.

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Renovación de las órdenes 353

del diácono, y parecen ser equivalentes a las funciones suplen­tes del subdiácono. Por eso el oficio de subdiácono, que es también oficio de remota antigüedad (cf. n.232), viene a coin­cidir con el del acólito.

473. Las dos órdenes más antiguas y más necesarias son, por consiguiente, las de lector y subdidcono, y ambas, las únicas que se han conservado en la Iglesia griega.

La experiencia en los oficios de leer las Sagradas Escrituras al pueblo, ampliada, si se quiere, por los del salmista y cate­quista, junto con la experiencia en las funciones de servicio propias del acólito o subdiácono, parece muy deseable en los candidatos al diaconado y al presbiterado. Por eso la reno­vación con nuevo vigor de las órdenes del lectorado y subdia- conado parece que contribuiría obviamente a una mejor pre­paración para las órdenes superiores, a una mayor unidad dis­ciplinar con la Iglesia griega y a un mejor servicio de la asam­blea cristiana y de los sacerdotes y ministros del altar.

474. Si bien pensamos que las órdenes inferiores, aunque incluyan bendiciones de la Iglesia para los respectivos oficios, no son meras bendiciones invocativas, sino constitutivas y que implican una constitución en el estado clerical, a modo de ór­denes y con entrega de potestad eclesial, significada en el rito de entrega de instrumentos con las palabras que acompañan; sin embargo, la Iglesia podría también prescindir de este ca­rácter de «órdenes» e instituir nuevos oficios, acomodados a las necesidades de la época (v.gr., oficios de administración), y co­municarlos a los fieles designados mediante la «instalación» o «investidura» y «misión», realizada ante la comunidad y refor­zada por la oración de toda ella. Quizá esta expresión y comu­nicación menos solemne facilitaría el recibir y el deponer estos oficios, sin la solemnidad de las «órdenes».

Ministros de Cristo 12

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354 P.III c.13 § 1. Estado sacerdotal y perfección

Capítulo XIII

E L ESTA D O SA C ERD O TA L, E X IG E N C IA D E P E R FE C C IO N

I. Llamada a la perfección

475. Los oficios del estado episcopal y los oficios del es­tado presbiteral, de que hemos hablado (11.369SS.421SS), son una continua llamada a la perfección espiritual en aquel que los desempeña y como una exigencia de santidad y perfección. No porque la imperfección y el pecado invaliden los actos de estos oficios, sino porque la lícita administración de los sacra­mentos y la «connaturalidad» para desempeñar estos cargos de santificación exigen el estado de gracia, y que quien es perfec- tor de los demás, posea él la perfección en su grado.

También el carácter del obispo, del sacerdote y del diáco­no, impreso en sus respectivas almas por el sacramento del orden, así como santifican el alma en el orden ontológico con una configuración a Jesucristo, así exigen en el orden moral y de las costumbres una asimilación a Jesucristo, camino, ver­dad y vida.

Por esto, habiendo hablado de los oficios del sacerdote, esto es, del obispo y del presbítero, es lógico hablar de su vo­cación a la santidad 1 . Después del concilio Vaticano II, cuando se ha ponderado con tanta razón la vocación a la santidad de todo el pueblo de Dios, sin excluir a los laicos, no será inútil recordar brevemente los verdaderos argumentos por los que se exige esta santidad en los que son jefes del pueblo, por per­tenecer de modo particular y sobresaliente a la jerarquía de orden. ¿Cuáles son las razones que fundamentan la exigencia de perfección en el estado episcopal y en el estado presbiteral? ¿Son los dos verdaderos estados de perfección? ¿En qué sen­

tido?Y aunque ha pasado ya el tiempo de las discusiones y con­

tiendas sobre los estados de perfección en sacerdotes y religio­sos, continúa y es permanente el interés teórico y doctrinal sobre los estados de perfección, desde que el Angélico se ocupó

1 Nos hemos ocupado ya de este argumento en L a ic a d o y santidad eclesial. N u evos problem as del C on cilio (Madrid 1964) c.3, y en Manresa 36 (1964) 207-222.

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355

ampliamente de ellos en la II-II de la Suma Teológica y los grandes comentaristas de la Suma prosiguieron sus lucubracio­nes sobre esta materia.

Comenzaremos recordando algunas nociones sobre los es­tados de perfección y aquello que los constituye, para la mejor inteligencia de los autoies, sobre todo antiguos, puesto que es­tos términos han sido de uso frecuente en los teólogos, cuando han tratado de los estados de vida en sus relaciones con la santidad. Hoy día, sin embargo, se prefiere, según creemos, hablar más de la perfección y de las razones y maneras para alcanzarla que de los «estados» de perfección.

Estado de vida común y estados de perfección 2

476. Se ha podido hablar de un estado de vida común dentro del cristianismo cuando el modo de vivir no tiene particularidades estables que relacionen con el ejercicio de la perfección o con la ten­dencia hacia ella. Entonces el modo de vivir no constituye un estado de perfección. Con lo cual no se niega que en tal modo de vida se pueda llegar a la perfección o que no se deba aspirar a ella. La vocación a la perfección y a la santidad es común a todos los cristianos que forman el pueblo de Dios 3.

Pero se habla de estado de perfección cuando el modo de vida tiene particulares conexiones o relaciones con la perfección 4.

Esta perfección o santidad puede considerarse, bien como una perfección que se busca con aquel género de vida y a la cual se tiende (perfectionis acquirendae) , bien como una perfección exigida por el género de vida, y que se supone adquirida en alguna manera y se debe ejercitar (perfectionis acquisitae, perfectionis exercendae). Santo Tomás habla expresamente del estado de perfección, en el cual se encuentran obispos y religiosos 5.

El estado de perfección adquirida se dice ser propio de los obispos, y el estado de perfección por adquirir se dice ser de los religiosos y de los que tienen votos reconocidos por la Iglesia para la práctica de los consejos evangélicos. En estos dos casos la noción del estado de perfección no es unívoca, sino análoga. Porque la conexión del género de vida con la perfección se ve­rifica de muy diversa manera. En el primer caso, se trata de una perfección que se supone ya adquirida: que es exigida por

2 Cf. Santo T omás, 2.2 q.183-184; F. Su á r ez , De statu religioso l.i.3 Cf. Lumen gentium c.5.4 Cf. Suárez, ibid., l.i c.1-2.5 2.2 q.184 a.sc.

Estados de perfección

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356 P.1II c.13 § 1. Estado sacerdotal y perfección

el estado y se debe ejercitar. En el otro caso, se trata de una perfección que se busca, que no se supone necesariamente adquirida, y que se tiende hacia ella.

Si se entienden bien estos dos conceptos, no creemos que los términos de estado de perfección tengan algo de farisaico; porque, bien entendidos, no indican que el individuo tenga ya poseída la perfección, sino solamente que está en un género de vida que se relaciona con la perfección.

Elementos requeridos para el «estado de perfección»

477. Se ha podido hablar de estado de perfección si concurren estos elementos:

1.0 Un modo de vida que por su misma naturaleza se relaciona con la perfección. El género de vida lleva hacia la perfección o la hace practicar. No es un estado de vida común.

2.0 Tiene que haber una obligación permanente y estable con respecto a aquel género de vida. Si no hay: a) obligación que vincule a aquel modo de vida, sino solamente un propósito, que se puede dejar fácilmente, no se puede hablar de estado de vida.

Y esta obligación debe ser: b) permanente y estable, garantizada por ciertos compromisos, como son los votos hechos a Dios. Si fuera libre y voluntario abandonar tal género de vida no hablaríamos de un estado. Sí hablamos de estado matrimonial, estado sacerdotal, estado religioso... por la estabilidad y la obligación que existe de permanecer en tal estado los que lo tienen; pero no hablamos de estado de médico, estado de profesor, etc., porque estas profesiones no exigen la obligación y estabilidad de permanecer en ellas.

3.0 La obligación o vinculación con la perfección tiene que ha­berse contraído con alguna externa solemnidad. Es menester, para poder hablar de estado de vida, que conste de alguna manera externa y manifiesta que el individuo se ha comprometido a él. Si la obliga­ción se ha contraído de un modo meramente privado, falta ese sello externo que garantice ante los demás la obligación y estabilidad que se pretende. Por esto es menester el sello de la Iglesia y de la autori­dad pública de ella para poder hablar con pleno título jurídico de obligaciones contraídas establemente. Los institutos seculares, apro­bados por la Iglesia, tienen por ello el reconocimiento externo nece­sario para la estabilidad externa de sus compromisos, aunque sus votos no trasciendan quizá al conocimiento del público en general.

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La perfección y el estado episcopal 357

II. El estado episcopal y la perfección 6

478. Se ha dicho que el estado episcopal es estado de per­fección adquirida 7. Lo que significa estado de perfección adqui­rida es que este modo de vida exige la perfección y supone que se la ha adquirido y se posee de alguna manera.

Suárez, para indicar el mismo estado, emplea más bien la expresión de estado perfectionis exercendae, un estado en que se debe ejercitar la perfección8. Nos parece que, por tratarse de una palabra de obligación (perfectionis exercendae) , se pres­ta ciertamente a menos equívocos que el término perfectionis acquisitae, que podría dar a entender que ya se posee la per­fección por quien está en ese estado, cuando en realidad sólo indica que se debería poseer en alguna manera.

Por qué exige la perfección el estado episcopal

Las razones por las que el estado episcopal exige o supone la perfección son las siguientes:

479. i . a El oficio propio de los obispos es el de gober­nar y regir en la Iglesia como sucesores que son de los Após­toles, a quienes Cristo comunicó este poder (Mt 18,18; 28,18; Jn 20, 21-23). Es propio de los obispos ser «pastores de las almas» (cf. n.4i2ss). A ellos corresponde la cura de almas; no cualquiera, sino por oficio, con obligación y exigencia per­petua, recibida con el episcopado permanente.

Pero es propio de los verdaderos buenos pastores estar dispuestos a emplear su vida y darla por sus ovejas. Todo ello supone y exige gran caridad; porque «no hay mayor amor que dar la vida por otro» (cf. Jn 15,13), y «el buen pastor da la vida por sus ovejas» (Jn 10 ,11). Mas la caridad es la expresión prin­cipal y forma de la perfección. Por eso, con el oficio de pastor de las almas se le exige al obispo la perfección y santidad.

2.a Otro oficio de los obispos, y muy principal, es el de

6 Cf. Santo T omás, 2.2 q.184 a.5-7; Su á r ez , De statu religioso l.i c. 14-21; M. G a rcía M ir a l l e s , Santidad episcopal: Teología espiritual 7 (1963) 391 -405; L . B. G il l o n , L ’épiscopat «état de perfection», en «L’évéque dans l’Église» (edit. H. B ouéssé) (Paris 1963) p.221-236; L. M. O r r ie u x , L ’évéque, «perfector» selon le Pseudo-Denys et Saint Thomas: ibid., p.237-242.

7 2.2 q.184 a.sc.8 De statu religioso l.i, passim.

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enseñar y ser testigos de la doctrina de Cristo en toda la Igle­sia; predicar el Evangelio al pueblo que se le ha encomendado. Pero la doctrina de Cristo se predica con más eficacia si pre­cede el ejemplo de quien la enseña y la autoriza con sus vir­tudes, mansedumbre y caridad. Como Jesucristo nuestro Se­ñor, que «comenzó a hacer y a enseñar», acomodando unas pa­labras de Act 1 ,1 . Por eso el oficio de enseñar digna y pro­vechosamente el Evangelio supone y exige la perfección.

3.a El oficio de los obispos es santificar a los demás. No sólo como ministros de los sacramentos, de algunos de los cua­les son ellos solos los ministros, al menos ordinarios, como de la confirmación y el orden, sino también como pastores que, a ejemplo del Buen Pastor, quieren la vida sobrenatural de sus ovejas, y que la tengan en abundancia (cf. Jn io, io). Los obis­pos son «perfectores» de los demás 9, y en toda la extensión de la palabra. Pero no se puede perfeccionar a los demás si no se posee alguna perfección y no se conocen los caminos de la perfección, que es ciencia más práctica que teórica. Por esto en el obispo se exige la perfección.

Y si bien la administración de los sacramentos es válida aunque falte la probidad y santidad del ministro, es clara la con­veniencia moral de la santidad en quien se asocia a Cristo como causa instrumental para realizar las acciones sacramentales. Estas—como es sabido—se verifican por el ministro actuando en nombre y persona de Cristo, que es el sacerdote principal de los sacramentos. También el oficio de santificar que corres­ponde al sumo sacerdote, como corresponde a los sacerdotes de segundo grado (cf. n.405ss.427ss), exige la perfección.

480. Luego el estado episcopal:a) Exige perfección y santidad por razón de los oficios con­

feridos y de las obligaciones contraídas en la consagración episcopal.

b) Estas obligaciones, por otra parte, son perpetuas. Hay en el obispo una exigencia de darse a la cura de almas, que no puede abandonar sin licencia del Romano Pontífice. Lo cual funda la estabilidad de su estado. La razón de esta estabilidad de su estado creemos que está en su misma consagración. Una

9 Cf. P seudo-D io n isio , De eccl. hierarchia c.5-6: PG 3,505.532; S a n ­to T omás, 2.2 q.184 a.7c.

358 P .lll c.13 § 2. Estado episcopal y perfección

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cosa, vaso, iglesia consagrada, queda ya perpetuamente dedi­cada a aquello para que se la consagre. Y un obispo consagra­do perpetuamente para los oficios pastorales queda dé por vida dedicado a la cura de almas. Santo Tomás ha llegado a llamar «voto» a esta destinación perpetua al oficio pastoral, como viendo en quien acepta la consagración episcopal una promesa implícita de dedicarse a la cura de almas, y que sólo el Roma­no Pontífice con su autoridad suprema puede dispensarle de esta obligación 10.

c) Además, en la consagración episcopal se han contraído estas obligaciones perpetuas con aquella solemnidad externa ante la faz de la Iglesia que es necesaria para hablar de un es­tado de vida reconocido por la Iglesia. Por esto, en el estado episcopal se dan todos los elementos necesarios para poder ha­blar de un estado de perfección, esto es, de un estado de perfec­ción adquirida o perfección que se debe ejercitar (perfectionis acquisitae sive exercendae) .

481. Se podrá decir que muchos obispos no ejercen esta cura de almas con súbditos propios y con un pueblo que se les haya encomendado, como es el caso de los obispos titulares. Es verdad que en tal hipótesis no hay un ejercicio actual de las potestades de gobierno y de magisterio auténtico, que son pro­pias de los obispos residenciales. Pero perseveran en los obis­pos consagrados los oficios y las potestades que se les han con­ferido, y hay en ellos una disposición y una connaturalidad en su alma para estos oficios a los cuales les ha destinado sU con­sagración episcopal; todavía más, diríamos que hay en ellos una exigencia o disposición próxima sacramental para desempeñarlos. La institución del episcopado como sacramento es para las funciones de régimen y magisterio que le son propias y para las funciones de la potestad de orden que le son característi­cas. Esa es la finalidad primaria del sacramento.

10 Cf. 2.2 q.185 a.4c: «... perfectio episcopalis status in hoc consistit quod aliquis ex divina dilectione se obligat ad hoc quod saluti proximorum insistat. Et ideo tamdiu obligatur ad hoc quod curam pastoralem retineat, quamdiu potest subditis sibi commissis proficere ad salutem. Quam qui- dem negligere non debet, ñeque propter divinae contemplationis quietem... Ñeque etiam propter quaecumque adversa vitanda vel lucra conquirenda... Oportet tamen quod, sicut curam regiminis assumit aliquis per providen- tiam superioris praelati, ita etiam per eius auctoritatem, ex causis praedic- tis, deserat susceptam... Soli enim Papae licet dispensare in voto perpetuo, quo quis se ad curam subditorum adstrinxit episcopatum suscipiens».

Por qué exige la perfección

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Por esto, cuando se ha recibido el sacramento del episco­pado, persevera constantemente una disposición sacramental para dedicarse a las funciones pastorales. Lo cual es decir que persevera también una exigencia de perfección y de santidad para desempeñarlas convenientemente. El Romano Pontífice, en virtud del poder episcopal y supremo que tiene sobre cada uno de los Pastores, podrá suspender para el bien de la Igle­sia la actuación del oficio de cura pastoral que pesa sobre ellos. Pero, aun en este caso, sigue gravitando sobre el obispo la obli­gación de perfección.

También en estos casos son continua llamada a la perfección y exigencia de ella las razones de solicitud pastoral por el bien de la Iglesia universal que, aun lejos de un concilio ecuméni­co, incumbe a los obispos, puesto que son sucesores de los Apóstoles en sus oficios de régimen y magisterio auténtico (cf. n.37oss).

El carácter episcopal

482. 4.a Un nuevo argumento—al que ya hemos aludi­do—para la perfección requerida en el obispo está en el ca­rácter episcopal, que ciertamente poseen todos los que han re­cibido el sacramento del episcopado. Este carácter episcopal, según los oficios propios del carácter, y de modo análogo a lo que diremos más abajo sobre el carácter sacerdotal (n.495ss): a) señala y distingue el alma del obispo como a quien tiene la potestad sagrada, que le ha sido conferida por la consagración, y le dedica de modo especial el culto propio o específico que tiene que realizar en el Cuerpo místico; b) además, al señalarle y distinguirle, le configura con Cristo, supremo Pastor y Obispo de las almas; c) y todo ello de una manera indeleble 1 1 .

Es claro que este carácter es, por consiguiente, una conti­nua exigencia para las funciones pastorales y de solicitud por la Iglesia universal, y, por tanto, una exigencia de aquella per­fección que estas funciones reclaman.

Pero el carácter es también una santificación óntica del alma del obispo, por cuanto de una manera objetiva, y prescindiendo de los méritos y disposiciones subjetivas, consagra a Dios esta alma y la asemeja a Jesucristo Pastor. Esta semejanza objetiva

360 P.1II c.13 § 2, Estado episcopal y perfección

1 1 Gf. supra, 11.340SS.

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3 6 1

es fundamento y razón de la santidad moral, esto es, en las virtudes y costumbres, como antes hemos dicho (n.475).

Santo Tomás483- 5.a Santo Tomás expone de la siguiente manera por qué

los obispos están en estado de perfección: «Para que haya estado de perfección se requiere obligación perpetua en las cosas que son de perfección, con alguna solemnidad... Y los obispos se obligan a las cosas que son de perfección al tomar el oficio pastoral, al cual co­rresponde que (el pastor) dé la vida por sus ovejas, según se lee en Jn 10. Por donde dice el Apóstol en 1 Tim, último capítulo: Has confesado buena confesión ante muchos testigos, esto es, en su ordena­ción, como dice la Glossa (interl.) en el mismo lugar. Y se emplea también cierta solemnidad de la consagración junto con la sobre­dicha profesión, según lo de la 2 Tim 1: Resucita la gracia de Dios que hay en ti por la imposición de mis manos, lo cual la Glossa (interl.) lo expone de la gracia episcopal; y Dionisio dice en Eccles. hier. c.5 12 que «el sumo sacerdote (esto es, el obispo) tiene en su ordena­ción impuestos sobre la cabeza los santísimos evangelios, para significar que participa de la fuerza total de toda la jerarquía, y que no sólo debe iluminar todas las cosas (lo cual se fefiere a las palabras santas y a las acciones), pero además debe comunicar estas cosas a los demás»13.

484. 6.a A la dificultad que se había propuesto, de quemuchos prelados, lo mismo que religiosos, no tienen la inte­rior perfección de la caridad, y que se incurre por ello en una simulación y mentira, cuando no corresponde el estado exte­rior con el interior, responde el Angélico que, cuando se abra­za el estado de perfección, no es como si uno profesara que ya es perfecto, sino que profesa que tiende a la perfección 14.

Esto, que se dice con más evidencia de los religiosos, pues­to que su estado no es de perfección adquirida, sino de perfec­ción por adquirir, puede también aplicarse a los obispos, aunque su estado sea de perfección adquirida, esto es, que exige la per­fección adquirida, y en cierto modo, en teoría al menos, la pre­supone.

En el oficio de discípulo no se requiere necesariamente po­seer ya la ciencia, sino una disposición para ella y el esfuerzo por adquirirla. Así el oficio de religioso no requiere necesaria­mente poseer ya la perfección, sino tender seriamente hacia ella. Pero en el oficio de maestro se requiere algún grado de

12 P.3 § 7: PG 3,513.13 2.2 q.184 a.sc.

Por qué exige la perfección

14 Ibid., ad 2.

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ciencia para comunicar a los discípulos, lo cual no niega que el maestro deba esforzarse por aumentar su caudal de sabiduría con nuevos estudios y trabajos por lograrlo. Así también en el obispo se requiere algún grado de perfección, y con él la ten­dencia perseverante a una mayor perfección espiritual.

El rito de consagración485. 7.a La Iglesia, en el rito de consagración del obispo,

supone estos deseos y estos frutos de perfección en el candi­dato:

«Elegido por el Padre—se le dice en la primera alocución—para el cuidado de su familia, ten siempre ante tus ojos al Buen Pastor, que conoce a sus ovejas y es conocido por ellas 15 y no dudó en dar su vida por el rebaño. Mira con amor de padre y de hermano a cuantos Dios pone bajo tu cuidado, especialmente a los presbíteros y diá­conos—colaboradores tuyos en el ministerio sagrado—; a los pobres, a los débiles, a los que no tienen hogar, a los inmigrantes...» 15 16

Y se le examina con una serie de preguntas, que son programa de vida: «Con amor de padre, ayudado de tus presbíteros y diáconos, ¿quieres cuidar del pueblo santo de Dios y dirigirlo por el camino de la salvación?... Con los pobres, con los inmigrantes, con todos los necesitados, ¿serás siempre bondadoso y comprensivo?... Como buen pastor, ¿buscarás ovejas dispersas y las conducirás al aprisco del Señor?... ¿Perseverarás.en la oración a Dios Padre todopoderoso y ejercerás el sumo sacerdocio con toda fidelidad?» 17

Con los oficios que se le confieren por la consagración, se le desean y se piden los dones del Espíritu para realizar con fruto el minis­terio: «Que te sea grato por la mansedumbre y dulzura de corazón, ofreciendo su vida en sacrificio por medio de tu Hijo Jesucristo...» 18 «Recibe este anillo, signo de fidelidad, y permanece fiel a la Iglesia, Esposa santa de Dios»19.

El Vaticano II486. El concilio Vaticano II, cuando ha tratado de la vo­

cación universal de todos los cristianos a la santidad 20, ha re­calcado la exigencia de perfección y santidad que hay en los obispos por razón de sus oficios pastorales.

«Es menester, en primer lugar—ha dicho—, que los Pastores del rebaño de Cristo cumplan con su oficio ministerial, santamente y

15 Cf. Jn 10,14.16 Rito De ordinatione episcopi n.18.17 Ibid., n.19.18 Oración consecratoria: ibid., n.26.1 9 Al ponerle el anillo: ibid., n.30.20 Lumen gentium c.5.

362 P i l i c.13 § 2. Estado episcopal y perfección

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363

con generosidad, con humildad y fortaleza, según la imagen del sumo y eterno Sacerdote, Pastor y Obispo de nuestras almas; así su oficio será para ellos mismos un magnífico medio de santificación. Escogidos para la plenitud del sacerdocio, reciben la gracia sacra­mental, para que orando, ofreciendo el sacrificio y predicando, con todas las formas de solicitud y servicio episcopal, ejerciten un per­fecto oficio de caridad pastoral, no tengan miedo a dar su vida por sus ovejas y, haciéndose modelo del rebaño (cf. i Pe 5,3), inciten también con su ejemplo a la Iglesia a una santidad cada día mayor» 21.

La nota característica487. 8.a No es posible en poco espacio caracterizar la

santidad propia del obispo en sus rasgos distintivos; la cual evi­dentemente cobraría su tinte y notas especificas de aquellas ra­zones, también específicas, que ligan al obispo con la perfec­ción.

Sus oficios de pastor y de doctor, antes considerados; su celo por santificar a los suyos y comunicarles vida abundante; su entrega por caridad al bien de la; Iglesia, y a la Iglesia universal, marcan ya suficientemente las notas características de esta san­tidad. Será una caridad que es vigilancia, como lo indica el nombre de epíscopos, y es solicitud instante de cada día, y es asemejarse e identificarse con el Supremo Pastor, pastor bueno de las almas (Jn 10 ,11.14 ) y Esposo de la Iglesia, que «la amó y se entregó por ella, como oblación y víctima para Dios en olor de suavidad» (Ef 5,25; cf. 1 Pe 5,3).

III. El estado presbiteral y la perfección 31

488. También en el estado de los presbíteros creemos que se dan todos los elementos para que pueda llamarse estado de perfección. De perfección adquirida, esto es, de modo parecido

21 Ibid., 11.41b.1 La bibliografía sobre este tema es copiosísima. Mencionemos los si­

guientes trabajos, remitiéndonos para mayor abundancia a las obras de carácter general indicadas en la bibliografía del principio de la obra. A. d e M o lin a , Instrucciones sacerdotales, tratados 3.0 y 4.0 (Salamanca 1963); G. Spicq ., Espiritualidad sacerdotal según San Pablo (Bilbao 1954); J. M a r­t ín e z B a lir a c h , Reflexiones sobre perfección sacerdotal (Santander 1961); G. D ill e n s c h n e id e r , Teología y espiritualidad del sacerdote (Salamanca 1962); F. P a g é s , Cura sin sotana. Espiritualidad del carácter sacerdotal (Bil­bao 1967); A. M. C h arue , Le clergé diocésain, tel qu’un évéque le voit et le souhaite, 2.a ed. (Tournai 1960); G. T h il s , Naturaleza y espiritualidad del clero diocesano (Salamanca 1961); F. Su á r ez , El sacerdote y su ministerio (Madrid 1969); U lpia n o L ó pez , La perfección sacerdotal y su fundamento,

Por qué exige la perfección

Page 383: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

a lo que se ha dicho del estado episcopal, un estado que presu­pone y exige perfección.

Pensamos que en este estado sacerdotal concurren todos aquellos elementos antes mencionados y explicados (n.477), requeridos para poder hablar de estado de perfección. Porque en cualquier estado del sacerdocio se da: i.°, un modo de vida que se relaciona íntimamente con la perfección; 2.0, con una obligación permanente y estable respecto a este género de vida, y 3.0, contraída con alguna solemnidad externa.

3'64: P.III c.13 § 3. Estado presbiteral y perfección

Doctrina de la Iglesia

En la liturgia

489. Por largo tiempo, en la liturgia de la ordenación sacerdotal, tal como se proponía en el Pontifical Romano, últimamente reformado, se ha insistido en las exigencias y en los presupuestos de perfección contenidos en el sacerdocio presbiteral.

En la admonición previa que el obispo dirigía a los candidatos, les decía: «Con gran temor hay que subir a grado tan elevado [del presbiterado] y hay que procurar que la sabiduría celestial, las bue­nas costumbres y la práctica probada de la virtud recomienden para esto a los candidatos escogidos... Y en el Nuevo Testamento el Señor escogió a los setenta y dos y los envió ante sí a predicar de dos en dos, para enseñarnos con la palabra y con el hecho que los ministros de su Iglesia deben ser perfectos en la fe y en la obra, o estar fundados en la virtud del doble amor, esto es, en el amor de Dios y del prójimo».

El prefacio de la ordenación pondera de varias maneras que los presbíteros, al recibir un sacerdocio de segundo grado para auxilio del sacerdocio episcopal de primer gradó, deben ser «cooperadores providentes» del orden episcopal y de sus funciones; y en ellos se desea

apéndice de «La santidad sacerdotal» (Barcelona 1943), y en italiano: PerReMor (1943) 180-205; A. R o b les , La santidad sacerdotal: Teología espiritual 7 (1963) 407-441; J. M o ran , Sacerdocio y vida común en la pers­pectiva conciliar y en la agustiniana, en «El sacerdocio de Cristo y los di­versos grados de su participación en la Iglesia» (Madrid 1969) p.452-468; A nónim o , Contemplation et sacerdoce: Angelicum 47 (1965) 463-488. G. B. M o n t in i, Sacerdocio católico (alocuciones, discursos y cartas al clero) (Salamanca 1965); R. S p ia z z i, Sacerdozio e santitá. Fondamenti teologici della spiritualitá sacerdotale (Padova-Roma 1963); A. C h e v r ie r , El sacer­dote según el Evangelio, 2.a ed. (Bilbao 1963); R. C oste, El hombre sacerdote (Barcelona 1968). Nos remitimos también a los libros que han comentado el decreto Presbyterorum ordinis (cf. n.360 421).

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365

que su vida sea ejemplo para los demás 2; y antes se decía que «res­plandezca en ellos toda forma de justicia (santidad)».

La imposición de las insignias del oficio presbiteral, antes de la misa que iban a celebrar, recordaba la santidad que debía ser su ornamento. Así se decía ál ordenado cuando se le imponía la casulla: «Recibe la vestidura sacerdotal, por la cual se significa la caridad, porque es poderoso el Señor para aumentarte la caridad y la obra perfecta».

Al fin y al cabo, si el presbiterado es un sacerdocio de se­gundo grado, para auxilio del sumo y pleno sacerdocio epis­copal, como se repite en diferentes ceremonias de la ordena­ción; si los presbíteros deben ser «cooperadores providentes» (providi cooperadores) de los obispos, se comprende que, si a éstos se les exige perfección, también en su tanto y grado se les pide y exige a los presbíteros.

Otros documentos de la Iglesia

490. Estas exigencias de santidad y perfección en el pres­bítero están asimismo manifiestas en otros documentos del Magisterio.

Pió XI, en la encíclica Ad catholici sacerdotii (20 de di­ciembre de 1935), ponderaba la santidad de que debe estar revestido el sacerdote. Aunque es larga la cita, nos ahorrará el disertar largamente; sobre todo si el lector repara en las pa­labras que subrayamos:

«... Es manifiesto que tal dignidad [la del sacerdote] ya de por sí exige, en quien de ella está investido, elevación de ánimo, pureza de corazón, santidad de vida correspondiente a la alteza y santidad del ministerio sacerdotal, Por él, como hemos dicho, el sacerdote queda constituido medianero entre Dios y el hombre, en representación y por mandato del que es ‘único medianero entre Dios y los hombres, Jesucristo hombre* 3; esto le pone en la obligación de acercarse, cuanto es posible, en perfección a quien representa, y de hacerse cada vez más acepto a Dios por la santidad de la vida y de las accio­nes; ya que sobre el buen olor del incienso y sobre el esplendor de templos y altares precia a Dios y le es agradable la virtud. ‘Los mediadores entre Dios y el pueblo—dice Santo Tomás—deben tener limpia conciencia ante Dios y limpia fama ante los hombres* 4. Y si, muy al contrario, en vez de eso, quien maneja y administra las cosas santas lleva vida censurable, las profana y comete sacrilegio: Los que no son santos no deben manejar las cosas santas» 5.

Doctrina de la Iglesia

2 Rito De ordinat. presbyteri n.22.3 1 Tim 2,5.

4 Suppl. q.36 a.i ad 2.5 Decret., dist.86 cn.6.

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366

«... Si a todos los cristianos está dicho: ‘Sed perfectos como lo es vuestro Padre celestial’ 6, con cuánta mayor razón deben conside­rar como dirigidas a sí estas palabras del divino Maestro los sacerdo­tes, llamados con especial vocación a seguirle más de cerca. Por esta razón inculca la Iglesia declaradamente a todos los clérigos esta su obligación gravísima, insertándola en su código legislativo: ‘Los clérigos deben llevar, interior y exteriormente, vida más santa que los seglares y sobresalir entre ellos, para ejemplo, en virtud y buenas obras’ 7 8. Y, puesto que el sacerdote ‘es embajador en nombre de Cristo’ 8, ha de vivir de modo que pueda con verdad decir con el Apóstol: ‘Sed imitadores míos, como yo lo soy de Cristo’ 9; ha de vivir como otro Cristo, que con el resplandor de sus virtudes alumbró y sigue alumbrando al mundo»10.

491. San Pío X, en su exhortación al clero católico Hae- rent animo (4 de agosto de 1908), propone los mismos deseos de santidad que desea brille en los sacerdotes: «Entre el sacer­dote y cualquier hombre probo, sea el que fuere, debe haber tanta diferencia como existe entre el cielo y la tierra, y por esta razón es preciso que se tenga cuidado de que la virtud del sacerdote esté exenta de todo reproche, no sólo en mate­ria grave, sino también en lo que concierne a las faltas repu­tadas mínimas. El concilio de Trento se atuvo al juicio de estos hombres tan venerables cuando advirtió a los clérigos que huyesen ‘hasta de las faltas ligeras, que en ellos serían muy grandes’ 1 1 ; muy grandes en efecto, no en sí, sino con relación a aquel que las cometiere...» 12

Pío XII, en la exhortación Mentí nostrae (23 de septiem­bre de 1950), escribió: «A esto [la perfección de la caridad] el sacerdote está obligado con particular obligación. Porque cualquier acción sacerdotal, por su misma naturaleza—en cuan­to que ha sido llamado por Dios como ministro de las cosas santas, y ha sido distinguido con oficio divino y carisma di­vino— , es necesario que tienda a esa caridad perfecta, porque el sacerdote tiene que prestar su colaboración a Jesucristo, único y eterno Sacerdote; a El tiene qué seguir, a El imitar» 13.

6 Mt 5,48.7 Cn.124.8 Gf. 2 Cor 5,20.9 1 Cor 4,16; 1 1 , 1 .

10 AAS 28 (1936) 19S.23.1 1 Sesión 22, De reformatione c. 1 .12 ASS 41 (1908) 560S. Cf. L a santidad sacerdotal (ed. 1943) P.235S.239S.13 AAS 42 (1950) 661.

P.III c.13 § 3. Estado presbiteral y perfección

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387

492. El concilio Vaticano II, en un contexto de vocación universal de todos los cristianos a la santidad, no ha dejado de exhortar a los presbíteros a que la procuren con empeño 14.

El decreto sobre el ministerio y vida de los presbíteros es una continua llamada a juntar el oficio ministerial con el ejercicio de la caridad pastoral.

La participación de los presbíteros en el sacerdocio jerár­quico de Cristo (n.2b), el carácter sacerdotal que los marca y configura con Cristo Sacerdote (n.2d), el oficio sacrificial (n.2d) y la finalidad de su ministerio (n.2e)... son poderosos estímulos para la santidad. La «circunstancia» para muchos de estar en el mundo, sin ser del mundo (n.3), les pone ante los ojos la necesidad de una vida santa.

Los ministerios de la palabra de Dios y de los sacramen­tos (n.4), el ser «vicarios de Jesucristo» y ministros de la Euca­ristía (n.5), dirigentes del pueblo de Dios (n.6), los fuerza a parecerse a Cristo y a hacerse todo a todos. Las relaciones de unión y comunión con el obispo en obediencia y caridad (n.7), la fraternidad y cooperación con los demás presbíteros (n.8), su relación con los seglares (n.9), su apostolado universal (n.io), son continuas exhortaciones a la elevación sobrenatu­ral de vida.

La llamada de los presbíteros a la peifección se desarrolla explícita y ampliamente en los n. 12-14 del decieto. «Así, al paso que ejercen el ministerio del Espíritu y de la justicia, se fortifican en la vida espiritual, con tal que sean dóciles al Espíritu de Cristo, que los vivifica y guía» (n.12). Su triple oficio y ministerio exige la santidad (n.13). Y aunque existe el peligro de dispersión..., se puede hacer compatible la uni­dad de la vida interior con la acción exterior, «siguiendo en el cumplimiento de su ministerio el ejemplo de Cristo Señor, cuyo alimento era realizar la voluntad de Aquel que le envió para acabar su obra» (n.14).

Las peculiares exigencias espirituales y medios para alcan­zar la perfección (humildad, obediencia, celibato, pobreza, unión con Cristo...) son objeto de sabias y profundas exhorta­ciones del decreto (n .i5ss)15.

14 Lumen gentium 11.41c.15 Para los comentarios a este decreto véanse algunos que ya hemos

señalado en la nt.i del párrafo sobre la «doctrina del Vaticano II en torno al sacerdocio» n.360.

Doctrina de la Iglesia

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368 P.III c.13 § 3- Estado presbiteral y perfección

L a Sagrada Escritura

493. Las exigencias de santidad y perfección en el sacer­dote pueden fundamentarse en la Sagrada Escritura, como lo hace San Pío X en su Exhortación al clero católico, recordando que el sacerdote es «sal de la tierra» (Mt 5,13), y que si esta sal está vana, «ya no sirve más que para ser tirada y ser pisada por los pies de los hombres» (Mt 5» 14 ) Aunque estos textos pueden aplicarse a todos los discípulos de Cristo, es claro que corresponden a los sacerdotes de modo particular.

Si a todo cristiano exhorta el Maestro a ser perfecto, como lo es el Padre celestial (Mt 5,48), con más razón vale esta exhortación para los sacerdotes. Y lo mismo todas las exhorta­ciones de perfección que leemos en la Sagrada Escritura 17.

S i en el A n tigu o T estam en to se ped ía a los sacerdotes que «fueran santos, p o rq u e yo , vu estro D io s y Señor, soy santo» 18, ya se entiende cóm o esta santidad es requerid a con m ayo r m otivo en el N u e vo T estam en to y en su sacerdocio, no de som bras y figuras, sino de las realidades sign ificadas p o r aquéllas.

N o es nuestro intento detenernos ahora en las palabras de los P ad res cuando h ab lan de los sacerdotes o com entan los anteriores pasajes de la E scritu ra , ponderando la perfección del estado sacerdotal. N o s in teresa m ás ahora, presupuesta la anterior doctrina de la Ig lesia y de la Sagrada E scritu ra , b u s­car las razones internas de esta p erfección y santidad qu e se exige a todo sacerdote.

Razones internas de la perfección sacerdotal

494. Las razones internas por las que se exige santidad en los sacerdotes son, primeramente, los mismos oficios o mi­nisterios a los cuales el sacerdote está destinado:

1) El oficio principal y específico del sacerdote en cuanto tal (cf. n.429ss) es el de ofrecer sacrificio, Y aunque el sacri­ficio como acción de Cristo es siempre acepto delante de Dios, se comprende que también el ministro de Cristo y su causa instrumental debe acercarse al sacrificio con limpieza de alma

16 ASS 4 1 ( 1 9 0 8 ) 5 5 7 S .17 V.gr., Col 4 ,12; Sant 1,4, etc.18 Cf. Lev 11,44; *9,2; 20,7.26; 21,6.8.

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Razones internas 369

y alguna santidad y que primero ofrezca por sus pecados (Heb 5,3). Es evidente la conveniencia connatural de presen­tarse purificado ante Dios antes de ofrecerle cualquier don, «no sea que la santidad de la divina justicia rechace nuestra impudente indignidad» 19.

El oficio de ofrecer sacrificio implica el de imitar lo que se hace. Como se dice al ordenado en el rito de su ordenación al entregarle la patena con pan y el cáliz con vino y agua: «Recibe la ofrenda del pueblo santo para presentarla a Dios. Considera lo que realizas e imita lo que conmemoras y con­forma tu vida con el misterio de la cruz del Señor» 20.

Coincide este pensamiento con lo que San Gregorio Magno dejó escrito en sus Diálogos: «Es necesario, cuando ofrecemos la víctima del altar, que nos inmolemos a nosotros mismos en la contrición del corazón; porque los que celebramos los misterios de la muerte del Señor debemos imitar lo que hacemos. Así que entonces verdadera­mente será para nosotros sacrificio acepto a Dios, cuando a nosotros mismos nos hiciéremos sacrificio» 21.

2) El presidir a los fieles, y el gobernarlos en la cura de almas, como ayudantes de los obispos en el régimen de la diócesis, lo mismo que el predicar, oficios sacerdotales indica­dos en el Pontifical, exigen, para desempeñarse dignamente, que preceda el ejemplo del que manda, preside o enseña. No se urgen decorosamente las prescripciones de Dios y de la Iglesia, no se exhorta eficazmente a la renovación y perfección de vida, si no va por delante el ejemplo fervoroso del que preside o prescribe.

El oficio de dirigir espiritualmente, que es un género de predicación privada, y con frecuencia es como una prolonga­ción del sacramento de la penitencia, no se desempeña dig­namente si no hay experiencia viva y personal de las cosas espirituales y del ejercicio de la oración.

3) El oficio de administrar los sacramentos, de los cuales el sacerdote es ministro, es verdad que lo desempeña como

19 Pío XI, Miserentissimus Redemptor: AAS 20 (1928) 169.20 De ordinat. presbyteri n.26.21 «Necesse est ut cum haec. agimus [al ofrecer la víctima del altar]

nosmetipsos Deo in cordis contritione mactemús, quíá qui passionis dómi- nicae mysteria celebramus, debemus imitari quod agimus. Tune ergo vere pro nobis hostia erit [algunos códices: accepta] Deo, cum nos ipsos hostiam fecerimus...» (PL 77,428A). «[Christus] et Sacerdos est, ipse offerens, ipse et oblatio» (S a n A g u s t í n , De Civitate D el X 20: PL 41,298),

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pura causa instrumental en su confección, y que la causa principal es Cristo. Cierto que los sacramentos son moralmen­te hablando acciones de Cristo y que por ello tienen íntima eficacia y virtud 22. Es sabido que el valor de los sacramentos no depende, de suyo, de la fe y probidad del ministro visible. Pero por ello no se niega la conveniencia y exigencia de virtud en el sacerdote, el cual presta su intención, su voz y sus ges­tos para realizar el sacramento. El sacerdote, al hacer un sa­cramento, está en lugar de Cristo y representa la persona de Cristo, que es santo. Inconvenientemente le representará si no se esfuerza por imitar la santidad del que representa.

El carácter sacerdotal495. 4) El carácter sacerdotal, que se imprime en el sa­

cramento del presbiterado, distingue al sacerdote del que no lo es; es una de las funciones propias y primarias del carácter. Pero al señalar y marcar al alma, el carácter le configura con Cristo sacerdote, puesto que todo carácter es, además de un distintivo, una deputación para los oficios del culto cristiano, y el culto de los cristianos se hace por medio de Cristo Cabeza de la Iglesia y Mediador ante el Padre. Si el carácter del bau­tismo marca a la oveja y al miembro de Cristo y lo configura a Cristo, y si el carácter de la confirmación consagra al solda­do de Cristo y lo configura a Cristo jefe, el carácter del orden sacerdotal consagra al ministro de Cristo para que desempeñe sus funciones sagradas y configura este ministro a Cristo Pas­tor y eterno Sacerdote.

D e esta suerte, el carácter— lo volverem os a repetir— es una santificación ontológica del alm a que, al m arcarla , la con ­sagra a D io s y a su C risto . Pero esta santidad óntica y consa­gración real dél alm a a D io s y a C risto tiene una exigencia de santidad moral, esto es, en el ejercicio de la carid ad y de todas las v irtu d es, para que la v id a y las costum bres respondan de hecho a aquella m arca del alm a. C om o h ay p o r el carácter se­m ejanza óntica entre C risto y el alm a del sacerdote, así debe haber sem ejanza tam bién ontológica en la gracia santificante y sem ejanza m oral en la carid ad y dem ás v irtu d es.

. El carácter funda, por consiguiente, una exigencia de perfec­ción. A s í com o C risto , santificado ontológicam ente por la unión

22 Pío XII, Mediator D ei: AAS 39 (1947) 533.

370 P.III c.13 § 3- Estado presbiteral y perfección

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Razones internas 371

hipostática y por la gracia habitual, fue también elevado a la perfección de las virtudes según las exigencias de la unión hipostática 23.

Por todo lo dicho aparece que en el estado sacerdotal se cumplen las condiciones que suelen requerirse para considerar un estado de perfección: 1.a) La vida y los oficios sacerdotales tienen una relación intrínseca con las exigencias de vida perfecta. 2.a) La obligación en

-tomo a esta perfección que se pide al sacerdote es obligación per­manente y estable, con aquella estabilidad que proviene, no de un destino u oficio pasajero, sino del mismo carácter sacerdotal indele­ble. 3.a) Esta obligación se ha contraído ante la faz de la Iglesia con aquella solemnidad extema y pública tan marcada y manifiesta como lo es la de la ordenación sacerdotal.

Fundamentos insuficientes de este estado de perfección

496. 1) Se habrá advertido que hemos fundamentado el estadode perfección sacerdotal en la doctrina de la Iglesia, propuesta para todos los sacerdotes en general; en la liturgia de la ordenación, que es común para todos ellos; en los oficios a los cuales va destinado todo sacerdote con aquella connaturalidad y disposición sacramental que le viene por la ordenación, aunque necesite para algunos de ellos una determinación de jurisdicción y de misión; por último, nos hemos basado en las exigencias de santidad que radican en el carác­ter sacramental, común y permanente en todo sacerdote.

2) Si se quisiera fundar la exigencia de perfección en el sacerdo­te basándola en que pertenece a un clero diocesano y está adscrito al servicio de una diócesis, y que así entronca con un obispo, para ser cooperador de él y participar de las exigencias de perfección que hay en el estado episcopal, nos parecería que la razón es débil si por ella se quisiera excluir del estado de perfección al clero religioso exento de la jurisdicción episcopal. Porque este clero regular, si no entronca en la jerarquía a través de un obispo particular, no por ello es ajerárquico, puesto que, dependiendo directamente del Sumo Pontífice, debe ser y es también «providente cooperador del orden episcopal» y entronca en la jerarquía, para participar de sus preocu­paciones y afanes pastorales y exigencias de perfección, a través del Obispo de Roma y Pastor supremo de la Iglesia.

3) Fundar las exigencias de perfección sacerdotal en la cura pa­rroquial de almas, como algo que es propio de los que ejercen el

■ oficio de pastores propios de las almas, nos parece que es buena ra­zón para exigir perfección en los párrocos, y también en cuantos tienen cura de almas (coadjutores, superiores de religiosos, confeso­res ordinarios y padres espirituales...). A los motivos anteriores se añadiría éste nuevo. Pero lo creemos insuficiente para fundamentar un estado de perfección.

23 Cf. 2.2 q.7 a.2.

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En efecto, a la razón de «estado de perfección» pertenece—como decíamos—la obligación perpetua y estable en lo tocante a la perfec­ción; y el oficio de párroco o superior religioso, el de coadjutor o di­rector, no puede decirse que es oficio perpetuo y estable, como si no se pudiera dejar por iniciativa propia muchas veces. El compro­miso adquirido para el desempeño de estos oficios no tiene aquella estabilidad ni aquella solemnidad externa que alcanzan el oficio epis­copal y el oficio presbiteral, cuyas obligaciones no se pueden dejar sin licencia del Sumo Pontífice.

Por lo demás, si el fundamento de las exigencias de perfección sacerdotal estuviera únicamente en la cura de almas, se restringiría notablemente el número de los llamados a esta perfección.

Santo Tomás es contrario a admitir este estado de perfección en los prelados inferiores al obispo. Dice: «... ni por parte de la cura de almas, que reciben, se ponen en estado de perfección; porque no por ello se obligan con vínculo de voto perpetuo a retener la cura de almas, sino que pueden abandonarla...»24.

Algunas dificultades497. 1) En ese mismo lugar que acabamos de mencio­

nar, Santo Tomás considera si, por razón del orden, los pres­bíteros y diáconos con cura de almas estarán en estado de perfección. El Angélico piensa que, «por recibir un orden sa­grado, reciben potestad para realizar ciertos actos sagrados; pero no se obligan por ello a las cosas que son de la perfección, si no es por cuanto en la Iglesia occidental, al recibir el orden sagrado, emiten voto de continencia, que es una de las cosas que se refieren a la perfección 25; por donde es manifiesto que no por recibir un orden sagrado se pone uno simplemente en estado de perfección, aunque se requiera interior perfección para que uno ejerza dignamente actos de esa naturaleza» 26.

Aunque Santo Tomás niega en este pasaje que el orden sagrado sea razón de un estado de perfección, sin embargo, las últimas palabras, que hemos subrayado, vienen a confir­mar los argumentos que expusimos.

Es más. El Doctor Angélico exige mayor santidad para el servicio del altar que para el estado religioso laico: «Si el reli­gioso carece de órdenes, como sucede en los hermanos con­versos de las religiones, entonces es manifiesto que, en cuanto a la dignidad, sobrepuja la preeminencia del orden, porque por el orden sagrado uno queda destinado a ministerios dignísi-

24 2.2 q.184 a.6c. 26 2.2 q.184 a.6c.25 2.2 q.186 a.4.

372 P.III c.13 § 3 . Estado presbiteral y perfección

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mos, con los cuales se sirve a Cristo en el sacramento del altar, para lo cual.se requiere mayor santidad interior que la que pueda requerir el estado religioso. . 27

Son también de Santo Tomás las siguientes palabras, con que exige santidad en el sacerdote: «Para el ejercicio conve­niente de las órdenes no basta una bondad cualquiera, sino que se requiere una bondad excelente; para que, así como los que reciben el orden quedan constituidos sobre el pueblo cristiano por su grado de orden, sean también superiores por el mérito de la santidad. Y por esto se les exige previamente el estado de gracia, que baste para ser connumerados dignamen­te en el pueblo de Cristo; pero en la recepción del orden se les confiere un oficio y encargo de gracia más amplio, por el cual se hagan idóneos para cosas mayores» 28.

498. 2) Se podrá objetar que Pío XII, en el discursode 8 de diciembre de 1950, al clausurar el Primer Congreso Internacional de estados de perfección, negó que los sacerdotes seculares estuvieran en estado de perfección. Pero el examen de las palabras del Papa, en su contexto, demuestra que Pío XII estaba hablando del estado de perfección por adquirir, que es propio de los religiosos y de los institutos de perfección; no trataba del estado de perfección adquirida o por ejercitar, que es el estado de los obispos y también, según lo expuesto, de los sacerdotes en general.

«Es ajenó a la verdad—decía Pío XII—afirmar que el estado cle­rical como tal y en cuanto procede del derecho divino, por su natu­raleza o al menos por un cierto postulado de ella misma, pide que sus miembros guarden los consejos evangélicos y que por esto debe o puede llamarse estado de adquisición de la perfección evangélica. Es, pues, de saber que el clérigo no está ligado por el derecho divino a los consejos evangélicos de pobreza, castidad y obediencia; y, sobre todo, no esta ligado del mismo modo con la misma obligación que proviene de los votos públicamente emitidos al tomar estado reli­gioso. Esto, sin embargo, nó impide que privada y espontáneamente el clérigo tome sobre sí estos vínculos. Así también, el que los sacer­dotes de rito latino estén obligados a guardar el sagrado celibato no suprime ni atenúa la diferencia entre el estado clerical y el religioso. En cambio, el clérigo regular profesa la condición y estado de per­fección evangélica, no en cuanto clérigo, sino en cuanto religioso» 29.

27 2.2 q.184 a. 8c. Sobre lo mismo, San C risóstomo , De sacerd. VI 5 (PG 48,682-684), y San A g u st ín , De op. monach. 28,36 (PL 40,576).

28 Suppl. q.35 a.i ad 3; cf. ibid., q.36 a.ic.29 AAS 43 (1951) 29.

Algunas dificultades

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374 P.III c.14. Sacerdocio y celibato

G om o se ha podido ver, P ío X I I tiene ante su m ente en todo este pasaje el estado de perfección por adquirir, no el estado de perfección por ejercitar, o perfectionis acquisitae, que es el que nosotros hem os considerado en todo este capítulo sobre la perfección ep iscopal y sacerdotal en general.

C apítulo X I V

SACERDOCIO Y CELIBATO

499. El celibato de los sacerdotes, examinado en el con­texto de perfección espiritual, que se desea y se exige en ellos, no ofrece mayor dificultad para ser fundamentado y razona­do. Si la perfección espiritual es de modo particular vocación para los sacerdotes, y si un consejo del Maestro para lograr esta perfección es el celibato voluntario por el reino de los cielos, ya se ve que el celibato tendrá que ser ideal de vida para los sacerdotes que quieran responder a su misión con la mayor plenitud y consagración posible h

No se exige por ley divina500. Sin embargo, el celibato no está unido al sacerdocio

de manera tan intrínseca e indisoluble que no pueda conce­birse oficio sacerdotal sino en los célibes. Es bien sabido que la obligación del celibato sacerdotal no es de derecho divino. Y el concilio Vaticano II lo declaró expresamente en el decreto

1 Sobre este tem a del celibato eclesiástico pueden consultarse P ablo V I, encíclica Sacerdotalis caelibatus: A A S 59 (1967) 657-697; P ío X II , encícli­ca Sacra virginitas: A A S 46 (1954) 16 1 - 16 9 ; F- V e r n e t , Célibat ecclésias- tique: D ictSpiritualité 2 ,385-396 ; B ie k e l , Das Zolibat, eine apostolische Anordnung: Z k ath T h 2 (1878) 26-64; D . M ondrone, Una rinnovata cam- pagna contro il celibato ecclesiastico: C ivC at n o (1959, IV ) 1 1 3 - 1 2 4 ; W . B e r - tra m s , El celibato del sacerdote (Bilbao 1960); E . B ald u c c i, Perché i preti non si sponsano? (M ilano 1962); C o m ité d ’ étu d es d o c trin a les d e L il l e , Célibat et sacerdoce (Paris 19 6 1) ; A . B osch i, La castidad en los candidatos al sacerdocio (Barcelona 19 58 ); V ario s, El celibato sacerdotal (Salamanca 1964);M . O raiso n , Le célibat. Aspect négatif. Réalités positives (Paris 1966); J . Ga- lo t , Sacerdoce et célibat: N o u vR e vT h 86 (1964) 1 1 3 - 1 3 6 ; E . S c h il l e - b e e c k x , Der Amtszdlibat. Eine kritische Besinnung (D üsseldorf 1967); F . W u l f , Der christologische Aspekt des priesterlichen Zolibats: G eist und Leb en 4 1 (1968) 10 6 - 12 2 ; Id., Die heutige Zolibatskrise und ihre Bewálti- gung: ibid., 42 (1969) 13 7 - 14 5 ; Zur gegenwártigen Zdlibatsdiskussion. Lite- raturbericht: Concilium 5 (1969) 223-226 ; E . V acandard , Célibat ecclésiasti- que: D T G 2,2068-2088.

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No se exige por ley divina 875

sobre el ministerio y vida de los sacerdotes, al com enzar a tratar acerca del celibato sacerdotal en la Ig lesia latina (n .ió a ): «[La perfecta y perpetua continencia por el reino de los cielos] en verd ad no es exigida por la misma naturaleza del sacerdocio, com o lo m uestra la práctica de la Ig lesia p rim itiva 2 y la tra ­dición de las Ig lesias orientales, donde, fuera d e aquellos que, con todos los ob ispos, e ligen el celibato, h ay tam bién b en em é­ritos presb íteros casados. A l tiem po que este sagrado concilio recom ienda el celibato eclesiástico, no intenta en m odo alguno cam biar la d istinta d iscip lina que rige legítim am ente en las Iglesias orientales y m u y afectuosam ente exhorta a todos los que han recib ido el presbiterado en el m atrim onio a que, p e r­severando en su santa vocación, sigan consagrando su v id a a la g re y que les ha sido confiada».

L a d iscip lina oriental, qu e adm ite con ferir el d iaconado y el presbiterado a in d ividu os qu e previamente han contraído m atrim onio y continúan en él, no podría ser sancionada p or la Ig lesia si hub iera precepto divino de continencia para el sacerdote. E n realidad, es sólo un consejo del Señor (cf. n .5 o ís ) , que siguen en O riente los ob ispos y los m onjes, pero que tam poco es m onopolio de una clase de cristianos y ha sido aceptado en la Ig lesia p o r hom bres y m ujeres, m onjes, re lig io ­sos, clérigos y seglares 3. E l celibato sacerdotal, que el con ci­lio recom ienda para la Ig lesia latina, no debe ser óbice a las relaciones fraternas con las Iglesias orientales, y el V a tica ­no I I ha reconocido qu e h ay en estas Ig lesias meritísimos (opti- me meriti) p resbíteros 4. .

«Seminator casti consilii»

501. El «sembrador del casto consejo» es Jesucristo, como se le llama en la liturgia 5.

E l V aticano I I ha enseñado que el consejo evangélico de la castidad consagrada a Dios y el de la pobreza y la obediencia, «puesto que están fundados en las palabras y ejem plos del Señor

2 Cf. 1 Tim 3,2-5; Tit 1,6.3 Cf. Schema decreti de presbyterorum ministerio et vita. Textusrecogniti

et Modi a Patribus Conciliaribus propositi, a Commissione de disciplina cleri et populi christiani examinad (a.1965). Modi c.3 a.2 n .n p.109.

4 Presbyterorum ordinis n.ióa.5 En la antífona 4.a y en el responsorio 6.° de los Maitines en la fiesta

de Santa Cecilia.

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376

y recom endados p or los A p ó sto les, p o r los Pad res, doctores y pastores de la Ig lesia , son un don divino que la Ig lesia recib ió del Señor y con su gracia conserva perpetuam ente» 6.

Es sabido que el consejo evangélico sobre la castidad consa­grada a Dios está en Mt 19,1 is:

Jesucristo ha expuesto su doctrina acerca de la indisolubili­dad del matrimonio (Mt 19,1-9). Los discípulos, a este propó­sito, alegan que, «si ésta es la situación del hombre respecto de la mujer, no conviene casarse» (v.io). El Maestro levanta el sentido material de estas palabras a otro sentido más alto y a una conveniencia de otro orden: «No todos captan esta palabra, sino aquellos a quienes se ha concedido» (v.n). Y añade la ra­zón: «porque hay eunucos que a sí se han hecho tales por el reino de los cielos. Quien pueda entender, que entienda» (v.12).

Se trata evidentemente de un consejo, no de un precepto. Porque «no todos lo captan»; y es un don concedido.

El motivo de esta continencia voluntaria es espiritual y so­brenatural: es el reino de los cielos, anunciado por la revelación divina, que crece profundamente en el interior del alma y la transforma, como la levadura a la masa; y se dilata en extensión por todo el mundo, crece y se aumenta, como el grano de mos­taza, hasta cobijar a las aves del cielo (Mt 12,31-33).

Otros términos equivalentes para expresar el motivo de esta renuncia se indican en otros pasajes. Es «dejar casa, mujer e hijos... por mi nombre» (Mt 19,29), que es lo mismo que decir por la persona de Cristo y por seguirle. Lo expresa claramente San Marcos (10,29) en el lugar paralelo: por mí y por el Evange­lio. Y San Lucas 18,29: por causa del reino de Dios.

El consejo de Jesucristo es claro: renuncia al matrimonio o celibato voluntario. La motivación es también clarja: por Je­sucristo, por su Evangelio, por el reino de Dios.

L o s ejem plos de Jesu cristo y de su M ad re , a q u ien se llam a­rá la siempre Virgen (cceí TrocpOévos), son tam bién m anifiestos.

502. San Pablo, contestando a las preguntas de los corin­tios (1 Cor 7,25ss), confirmará que no hay precepto del Señor de permanecer virgen (v.25). Pero da también este consejo de vir­ginidad (v.25), y desea que todos sean como él (1 Cor 7,7). Los fundamentos que apunta el Apóstol para seguir este consejo se

6 Lumen gentium 11.43a.

P.II1 c.14. Sacerdocio y celibato

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extienden en doble motivación. Por una parte, la caducidad de los goces de este mundo: porque «el tiempo es breve..., pasa la figura de este mundo» (v.29-31). Por otra parte, y en ello parece insistir más, la entrega total y psicológica para preocuparse ple­namente de agradar al Señor y de las cosas del Señor, sin divi­sión de corazón, que ocurrirá normalmente en otra hipótesis: «Quisiera veros libres de preocupaciones—les dice—. El que está sin mujer, está solícito de las cosas que son de Dios y cómo agradará a Dios. Pero el que está con mujer, está preocupado por las cosas de este mundo y cómo agradará a la mujer; y así está dividido» (v.32-34).

E stas palabras tan decisivas de San Pab lo m arcan la e fica­cia del consejo de C risto para una entrega indivisa, total, p s i­cológicam ente plena, a la persona d e C risto ; para segu irle y agradarle ; para la causa de su E van gelio . R e fu erzan la línea del celibato vo luntario propuesto p or el «sem brador del casto con ­sejo» y han in flu id o después poderosam ente en la Iglesia .

503. San Juan, el discípulo virgen7, propone en el Apo­calipsis, según la interpretación de muchos, unas palabras, mis­teriosas ciertamente, que parecen seguir la misma dirección del consejo casto; al menos, así lo han pensado no pocos Padres en la Iglesia, y esto basta para medir ahora el influjo eclesial de estas palabras. Propone San Juan una aureola particular para un número evidentemente simbólico (144.000) de «los que han sido comprados de la tierra» (Apoc 14,3). Han sido «compra­dos», esto es, rescatados por Cristo, y separados de la tierra, comprados de entre los hombres (v.4). Añade el vidente que «éstos son los que no se mancillaron con mujeres, puesto que son vírgenes». Y cantan un cantar nuevo delante del trono y delante de los cuatro vivientes y de los cuatro ancianos; un cantar que sólo ellos pudieron aprender (v.3). Estos son los que acompañan al Cordero a donde fuere (v.4). Han sido com­prados (rescatados) de entre los hombres, como primicias para Dios y el Cordero (v.4). Y en su boca no se halló falsedad. Son sin tacha (v.5).

D en tro de los sentidos oscuros y sim bólicos del profeta de las grandes visiones en Patm os, nos inclinam os a ve r aquí, con no pocos P ad res y exegetas 8, a los que, rescatados p o r C risto

7 Sa n J eró n im o , Adv. Iovinianum 1,26: PL 23,259.8 San Jerónimo, San Agustín, Tertuliano, Metodio, San Gregorio Magno,

El « sembrador del consejo castor 377

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y apoyados en su gracia, han sido «separados» o segregados de la tierra y del común de los hombres. La virginidad consenti­da y libre no es don de entre los hombres. Pero éstos han reci­bido el don de comprenderla. «El que pueda entender, que en­tienda» (Mt 19,21). Este es «un cantar que sólo ellos pudieron aprender» (Apoc 14,3), un «cantar nuevo». Han seguido a Je ­sucristo en lo que no todos le siguen. Por esto «acompañan al Cordero a donde fuere» (v.4); «son primicias para Dios y el Cordero» (v.4). La vida pura les ha hecho también más lumi­nosos y sinceros en la doctrina y en la verdad; «en su boca no se halló falsedad». No tienen mácula (v.5) 9.

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Orígenes históricos del celibato sacerdotal10

504. Los verdaderos orígenes históricos del celibato sacer­dotal no están en una legislación arbitraria y tardía, nacida por coacción de la naturaleza, como algunos suponen. Más que en esta legislación, que supone sin duda una anterior situación de deseo y de hecho, encontramos los orígenes y causas del celibato de los clérigos en el consejo de Cristo, continuado por el de Pablo, y reconocido por muchos Padres y autores en las visiones apocalípticas de San Juan. Este consejo de Cristo, pre­

san Beda, Alio... Cf. S. B a r t in a , en el comentario a este pasaje: L a S. E s­critura. N .T . t.3 (Madrid 1962) P.730S.

9 También se citan las palabras de Is 56,3-5, aplicadas a los que guar­dan continencia, por San Jerónimo (Comment. in Is. 56,3: P L 24,560) y Jerónimo Nadal (Dialogas I n.43: Monum. Hist. S. I., Commentarii de Instituto S. I. p.563): «No diga el eunuco: he aquí que soy un árbol seco. Pues así afirma Yahvé: Por lo que toca a los eunucos que guardan mis sá­bados, y han escogido lo que me agrada y se atienen a mi alianza, les daré en mi casa y en mis muros trofeo y renombre mejores que hijos e hijas, renombre eterno les daré que no desaparecerá». Cf. L a Iglesia del ConcilioP-339 - . .

10 H. D e e n , Le célibat des prétres dans les premiers siécles de VEglise (ed. du Cédre, Paris 1969); H. C ro u zel , Le origini del celibato ecclesiastico: a proposito di una recente opera: CivCat 12 1 (1970, III) 45-50. Se refiere al libro de R oger G r yso n , Les origines du célibat ecclésiastique, du premier au septiéme siécle (Recherches et SynthésesJ (Gemblou 1970); H. C r o u zel , Virginité et mariage selon Origéne (Paris-Bruges 1963); L. H odl, Die «Lex continentiae». Eine prohlemgeschichtliche Studie: ZkathTh 83 (1961) 332SS; B ie k e l , Das Zolibat, eine apostolische Anordnung: ibid., 2 (1878) 26-64; E. V acandard , Célibat ecclésiastique: D TC 2,2o68ss; G. D e n z l e r , Zur Geschichte des Zolibats. Ehe und Ehelosigkeit der Priester bis zur Einführung des Zdlibatsgesetzes im Jahr 1 13 9 : Stimmen der Zeit 183 (1969) 383-401; A l f . M. St ic k l e r , Tratti salienti nella storía del celibato: Sacra Doctrina n.6o (1970) 585-620; M. A lonso C ano , E l celibato... (Madrid 1970).

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dicado por los A p ósto les y evangelistas e ilum inado p or los es­critos del N .T . , no podía dejar de in flu ir en la Iglesia .

E s sabido que los prim eros cristianos concib ieron el ideal de santidad com o involucrado en el m artirio y en la v irg in i­dad n . L o s testim onios de los Pad res en loor de la v irg in id ad y de la continencia son in term inables 12 .

La práctica de los Apóstoles505. Es de creer que los Apóstoles, que anunciaban el

Evangelio íntegro de Cristo, y que le habían seguido a todas partes, practicasen ellos mismos el consejo de castidad 13. Y aun en el caso de que provinieran algunos del estado de casados, como lo sabemos de San Pedro (Me 1,30), sin embargo, San Pablo parece indicar que los Apóstoles vivían en continencia. En 1 Cor 9,5 (escrito probablemente el año 55) afirma de sí que en sus correrías apostólicas no llevaba «mujer hermana»; y describe la labor de los Apóstoles, y de los parientes del Señor y de Cefas, como acompañados por, «mujer hermana». Según el contexto de este capítulo, también a estas mujeres que acom­pañaban a los Apóstoles deberían sustentar los cristianos. En este contexto de «pagar los gastos» es más verosímil suponer que estas mujeres prestaban un servicio y un cuidado, como «empleadas domésticas», a los Apóstoles. Se trata, según San Jerónimo, de mujeres como aquellas que de su propio peculio servían al Señor 14.

Pab lo ha renunciado a este servicio . A d em ás, en los v iajes y correrías m isioneras de los A p ó sto les no es fác il im aginar que fueran siem pre acom pañados por la m ism a m ujer. C reem os m ás verosím il que se trataba de cu idados y servicios en los s i­tios donde se asentaban para la predicación . A s í han in terp re­tado este pasaje Clemente de Alejandría, San Jerónimo y otros 15 .

1 1 Cf. F. V izmanos, Las vírgenes cristianas en la Iglesia primitiva (Ma­drid 1949); M. V il l e r -K . R a h n er , Aszese und Mystik in der Váterzeit (Freiburg i. B. 1939) c.3.

12 Véanse, por ejemplo, las palabras virginitas, castitas en el índice de R o uét d e J o u rn el-D u t il l e u l , Ench. asceticum, y en el índice siste­mático final de R ouét d e J o u rn el , Ench. patristicum, etc.

13 Cf. Santo T omás, 2.2 q.88 a.4 ad 3; q.186 a.6 ad 1 ; Su á r ez , De statu religioso I.3 c.2 n.9-10: Opera (Vives) 15,233, el cual cita a San Agustín, San J. Crisóstomo, San Bernardo.

14 A dv. Iovinianum 1,26: PL 23,257.15 En contra, como si se tratara de la propia mujer de los Apóstoles,

J. L e a l , Coment. 1 Cor., l.c.: L a S. Escritura. N .T . II (Madrid 1962) p.406.

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A u n q u e la expresión «m ujer herm ana» tu viera que aplicarse a las propias m u je res de los A p ósto les, que éstos llevarían con ­sigo, el m atiz de «hermana» parece sign ificar algo m ás que cristiana, y cuadra plenam ente a la continencia apostólica.

Tertuliano afirma esta continencia voluntaria en los Após­toles: «Sólo a Pedro encuentro como marido... Los demás Apóstoles, al no encontrarlos como maridos, tengo que pen­sar que son eunucos (spadones) o continentes»16. Asimismo San Jerónimo piensa que, estando escrito de un solo apóstol, Pedro, que tuvo mujer, y habiéndose callado de los demás, «hemos de entender que no tenían esposas» 17.

«Unius uxoris vir»506. Se citan los textos de 1 Tim 3,2 y Tit 1,6, que hablan

respectivamente de «obispos» y «presbíteros», los cuales deben (6eí) ser «de una sola mujer» (unius uxoris v ir) ; evidentemente, no porque deban contraer matrimonio, sino porque sólo pue­den contraerlo una vez 18.

El primer texto sobre los «obispos» ya sabemos que se re­fiere en realidad a «presbíteros» (cf. n.i3Óss) por el uso indis­criminado de estas palabras. El segundo (Tit 1,6) habla expre­samente de «presbíteros», y dice cómo deben ser los que Tito tiene que constituir en Creta.

El sentido de la frase «varones de una sola consorte (uxoris)» no indica, tratándose de cristianos^ (y epíscopos), un sentido opuesto a la poligamia simultánea, que era superfluo señalar; indica que solamente hayan contraído matrimonio úna vez.

A l señalar las cualidades de los presb íteros por constituir en el futuro, parece in sin u arse que el único m atrim onio con ­traído lo ha sido en el pasado, esto es, antes de ser ordenados presbíteros.

El contexto indica que estos presbíteros tienen hijos que son cristianos (Tticrrá, fideles), obedientes y no lujuriosos (Tit 1,6); y que los «obispos-presbíteros» tienen que «saber gobernar bien su casa, teniendo a sus hijos, sometidos con toda castidad. Porque, si alguno no sabe presidir en su casa, ¿cómo

16 De monogamia c.8: PL 2,989.17 Adv. Iovin. 1,26: P L 23,257.18 Cf. T er tu lia n o , De exhortatione castitatis 7 .11 (PL 2,922.936);

De monogamia 12 (PL 2,947); Constit. Apost. 6,17 (PG 1,957); Sa n E p i- fa n io , Adv. kaer. panarium 59,4 (PG 41,1024; R 1096).

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podrá cuidar la Iglesia de Dios con diligencia?» (i Tim 3,4s). Podrá entenderse que estos presbíteros ya casados siguen en el uso legítimo de su matrimonio único. Pero tampoco sería absurdo o inverosímil suponer que, con la repetida recomen­dación de castidad para los hijos, ésta tampoco deja de reco­mendarse a los padres.

Primeros documentos sobre el celibato

507. El primer documento que se conoce estableciendo la ley del celibato para los clérigos es el del concilio español de Elvira (a.305). Los c.18.27.30.32 muestran el interés del con­cilio por la castidad de los clérigos 19.

El en. 19 es excesivamente severo: «Los obispos, presbíteros y diáconos, si una vez puestos en el ministerio se hallara que hubiesen fornicado, agradó [al concilio] que, por razón del es­cándalo y del crimen profano [nefando], no reciban la comunión, ni al final» 20. Pero lo que ahora hace a nuestro caso es la termi­nante prohibición de la unión conyugal para los clérigos casa­dos (c.33): «Agradó prohibir totalmente a los obispos, pres­bíteros y diáconos, y a todos los clérigos puestos en el minis­terio, que se abstengan de sus mujeres y no engendren hijos; y si alguno lo hiciere, caiga del honor del clericato» 21.

Y el en.27, previniendo los peligros: «El obispo o cualquier otro clérigo tenga consigo solamente a una hermana o a una hija virgen, dedicada a Dios; mujer extraña que no la tenga...» 22

En materia tan contraria a la inclinación natural no se comprenden decisiones tan categóricas y terminantes del c.33, prohibiendo el uso matrimonial a los clérigos casados, y la del en. 19 castigando tan severamente la fornicación de los or­denados, si no hubiese existido con prioridad no sólo la cos­tumbre, sino también la ley de la continencia para obispos, presbíteros y diáconos, al menos en las regiones afines al Oc­cidente.

19 0 .(18)19 : «De sacerdotibus et ministris, si moechaverint»; c.27: «De clericis ut extraneas foeminas in domo non habeant»; c.30: «De his qui post lavacrum moechaverint, ne subdiacones fiant»; 0.(32)33: «De episcopis et ministris ut ab uxoribus se abstineant». Cf. M a n si, SS. Concil. 2 ,9 -12 .

20 M a n si, 2,9.21 C.33: M a n si, 2 ,1 1 ; Dz 119(520).22 Cn.27: M a n si, 2,10; Dz n8(52b).

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508. Por lo que toca al Oriente y a toda la Iglesia univer­sal, poco tiempo después, el concilio I ecuménico de Nicea (a.325) urgía la separación, de las mujeres de las casas de los clérigos, fuera de aquellas en quienes por parentesco no cabía sospe­cha: «Prohibió totalmente el gran Sínodo que no sea lícito al obispo, ni al presbítero, ni al diácono, ni a ninguno de los que están en el clero, tener una mujer introducida [en casa], a no ser que se trate de la madre o hermana o tía, o de aquellas solas personas que escapan a toda sospecha» 23. También esta decisión del concilio ecuménico I, que ni siquiera menciona a las propias mujeres de los clérigos para que puedan habitar con ellos, deja suponer la existencia de una ley previa en contrario, que obliga al celibato.

Es verdad que en el concilio de Ancira (a.314) se autori­zaba el ministerio de los diáconos «que digan que les conviene casarse, por no poder permanecer así», si el obispo se lo per­mite 24; pero esto mismo es un indicio de la ley general de continencia para los diáconos, y a fortiori para los presbíteros y obispos.

En el siglo IV es conocida la carta del papa San Siricio a Himerio, obispo de Tarragona (10 de febrero de 385), urgien­do el celibato de sacerdotes y de levitas (diáconos). El Papa ha oído que muchos se quieren escudar en el A .T ., alegando que entonces a los sacerdotes y ministros se les permitía el matri­monio. Pero replica Siricio: « ¿Por qué se mandaba a los sacer­dotes habitar en el templo, lejos de sus casas, el año que les tocaba actuar?» Y da como razón que así, «resplandeciendo por la integridad de la conciencia, ofrecieran a Dios un obsequio agradable... Todos los sacerdotes y levitas estamos obligados por ley insoluble de estas determinaciones, de suerte que desde el día de nuestra ordenación consagremos nuestros corazones y nuestros cuerpos a la sobriedad y a la pureza, con tal de que agrademos a Dios por todas las cosas en los sacrificios que cada día ofrecemos» 25. Las palabras severas del Papa, con amargos lamentos 26, suponen clarísimamente que se trata de ley an­teriormente establecida, que el Pontífice considera muy im­portante.

23 C n .3 : M a n si, 2,6693.24 G n .io : M a n si, 2 ,5 17 .25 Dz 185(89).26 Dz (en las ediciones antiguas) n.89.

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509. En el concilio de Cartago (a.390) fue admitida la pro­posición del obispo Epígono, relativa a la castidad de los tres grados jerárquicos sacramentales. Y añadió el obispo Gene- thlio: «Es conveniente que los sacrosantos obispos y sacer­dotes de Dios, y los levitas que sirven a los divinos sacramen­tos, sean continentes en todo, con lo cual puedan impetrar de Dios simplemente lo que piden, para que también nosotros guardemos lo que enseñaron los Apóstoles y observó la antigüedad. Todos los obispos dijeron: Agrada a todos nosotros que los obispos, presbíteros y diáconos que tocan los sacramentos, cus­todios de pureza, se abstengan también de sus mujeres; para que en todas las cosas y por todos los que sirven al altar se guarde la pureza» 27.

Se o b servará en este docum ento cóm o los P ad res apelan a la enseñanza apostólica y a. la antigüedad de esta prescripción. Se d iría qu e está in fluyente en ellos el pensam iento qu e fo r­m ulara San A g u stín : « ... M u ch as cosas q u e no se encuentran en las cartas de los A p ó sto les y en los concilios de los p osterio­res, se cree que precisam ente por los A p ó sto les nos han sido transm itidas y encom endadas p or cuanto se ob servan en la un iversal Iglesia» 28.

510. Son bellas las expresiones de San Jerónimo en una de sus cartas (a.392-3): «Cristo, v irgen ; v irgen , M aría ; a uno y otro sexo dedicaron los p rin cip ios de la v irg in id ad . L o s A p ó s ­toles, o fueron vírgenes, o continentes después de casados. L o s ob ispos, los presbíteros, los diáconos, o se escogen v írgen es, o v iu d o s o, ciertam ente, puros después del sacerdocio para siem pre» 29.

El caso de Sinesio, que llegó a ser obispo de Ptolemaida, pero que rehusó la ordenación episcopal (ca.400) alegando que estaba casado y que no estaba dispuesto a separarse de la mujer ni a tener relaciones clandestinas a modo de los adúl­teros 30, demuestra el pensamiento entonces común de la obli­gación de continencia, al menos para los obispos.

San Jerónimo, escribiendo contra Vigilando, adversario del celibato (a.406), declara la costumbre o ley que llegó a ser

27 Cn.2: M a n si, 3,6925.28 De baptismo (a.400) 2,7,12: CSEL 51,186; P L 43,133; R 1623.29 Epist. 48,21: CSEL 54,386; PL 22,510; R 1350.30 Epist. 105: PG 66,1485.

Orígenes históricos 383

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universal: «¿Qué serían [según vuestras normas] las Iglesias del Oriente? ¿Qué llegarían a ser las Iglesias de Egipto y de Roma, que no aceptan como clérigos sino a vírgenes o continentes, o que exigen, si se trata de clérigos casados, que renuncien a todo comercio con sus esposas?» 31

Las razones que fueron válidas51 1 . Es verdad que Siricio (n.508) señalaba como razones

para la castidad sacerdotal en el N .T. el uso de esta misma castidad en el V .T . Y que Cristo venía a perfeccionar, no a abolir la Ley.

En esta línea todavía hubiera podido extenderse con ejem­plos de castidad exigida en la Antigua Ley.

La pureza legal para comer los panes de la proposición, que en razón de las doce tribus de Israel habían estado durante una semana delante del Señor (Ex 25,30), exigía de los sacer­dotes que podían comerlos al haberse abstenido de mujeres (Lev 15,16-18).

Es lo que Ajimelek, sacerdote, exige de David para darle a comer, por epiqueya, los panes reservados a los sacerdotes y a ser comidos en lugar sagrado (Lev 24,5-9; 1 Re 21,4-7).

También para la «teofanía» solemne del Señor, Moisés había pedido al pueblo que estuvieran preparados para el día ter­cero, lavaran sus vestidos y «no se allegaran a mujer» (Ex 19,15).

512. La sensibilidad religiosa de la Antigua Ley veía una conveniencia muy marcada en la abstinencia sexual para los actos sacerdotales del culto y para las comunicaciones con Dios 32. Los cristianos no dejaron de conocer y valorar esta abnegación de las tendencias naturales; las cuales, al solicitar para el placer vehemente, pueden embotar las finezas del es­píritu para el trato con Dios. Es el mismo peligro que San Pablo había visto para la puridad y alteza de la oración, amena­zada por la división del corazón y por la excesiva preocupación

31 Adv. Vigilante c.2: P L 23,341; D TG 2,2072.32 Las exigencias de pureza ritual en el culto greco-romano las describe

E. F e h r l e , Die kultische Keuschheit im Altertum (Giessen 1910) (era sólo para un período de tiempo, antes de los actos religiosos; las vírgenes- sacerdotisas y las vestales romanas eran pocas). Puede verse también H. C h ad w ick , art. Enkrateia: Reallexikon für Antike und Christentum (dice que «el celibato [i.e., continencia] del sacerdote es una de las exigen­cias más antiguas y más profundamente radicadas de la humanidad») V 347.

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y deseo de las cosas de aquí abajo. Son hechos y peligros de­masiado evidentes, que vieron los Apóstoles y vio la Iglesia. Los cristianos veían, además, el consejo de Cristo y el consejo de Pablo...

Pero esto no era desprecio del matrimonio, por exaltar la virginidad, ni «encratismo» (continencia) heterodoxo. La his­toria de los errores dogmáticos y morales en los primeros siglos muestra, precisamente en lo tocante al matrimonio, que la Iglesia, y en particular la Iglesia oficial jerárquica, sabía poner las cosas en su punto, sin declinar a un extremo ni a otro, por falsos conceptos del cuerpo o de las legítimas fuerzas y ten­dencias naturales.

513. Por esto la verdadera causa del celibato sacerdotal, recomendado e impuesto por la Iglesia, y la verdadera causa de la ley de la Iglesia, no es, a nuestro juicio, una interpreta­ción defectuosa de la naturaleza del sexo, originada por la in­fluencia de la cultura pagana 33.

Los orígenes del celibato como norma de clérigos no son de pura ley humana. Son evangélicos y vienen del consejo de Cristo. La ley eclesiástica del celibato, para los que libremente quieran ser sacerdotes de la Iglesia, viene del consejo de Cristo, «sembrador del consejo casto»; consejo que, si ha de ser para alguno, lo es sobre todo para los llamados a la perfección, como son los sacerdotes.

Sería minimizar la amplitud y la profundidad ascética de los textos neotestamentarios y de los Padres si pensáramos que los orígenes de la castidad eclesiástica son los falsos con­ceptos sobre el cuerpo y sobre lo sexual. Cuando San Pablo aconseja la abstinencia sexual, de común acuerdo, a los ca­sados (1 Cor 7,5), no lo hace por influjos del culto pagano, sino—dice—«para que os deis a la oración» 34.

Los Padres, que ensalzan la castidad sacerdotal, fundan sus exhortaciones en la doctrina paulina (San Dámaso), o en el

33 M. A lonso C ano , El celibato. Razones, motivos, historia y conve­niencia de una ley (Madrid 1970). «La tesis de este libro es que la ley—no el celibato—es una interpretación defectuosa de la naturaleza del sexo, origi­nada por la influencia de la cultura pagana» (Indice [1 y 15 de julio de 1970] p . 3 8 ) .

34 Sería gratuito decir que San Pablo se determina a dar este consejo por la proximidad del fin del mundo. El contexto se amplía más y da más valor a otros pensamientos.

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Ministras de Crista 13

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deber de preceder con el ejemplo los que han de ser predica­dores de la virginidad y de la continencia (Isidoro de Pelüsio, San Dámaso, San Gregorio M., el concilio de Tours); o en orden a quedar libres y disponibles para el oficio apostólico (Eusebio de Cesárea); o por razones de paternidad espiritual (Orígenes 35, San Efrén); o para liberarse de lo que distrae del culto de Dios (San Epifanio); o porque la santidad del sacerdote debe ser más alta que la del monje (S. J. Crisós- tomo) 36.

Pudo influir ciertamente la idea de no dejarse superar por los paganos o por el A .T . en pureza ritual, para prescribir (San Dámaso, San Siricio) la continencia a los sacerdotes de la Nueva Ley. Pero esta ley hemos visto que es anterior a estos Pontífi­ces y aun a los concilios de Elvira y de Nicea. El concilio de Cartago (a.390) le asigna orígenes apostólicos y antiguos (n.509). La fundamentación empleada por los Padres que ambienta esta castidad sacerdotal es plenamente evangélica y neotestamentaria. Ni hubiera sido fácil decretar esta ley, tan contraria a las incli­naciones humanas, si no hubiera tenido raíces antiguas y mo­tivaciones muy poderosas 37,

35 Sobre Orígenes cf. H. C ro u zel , Virginité et mariage selon Origine (Paris-Bruges 1963) (resumen en CivCat [1970, III] 49).

36 Cf. H. C ro u zel , Le origini del celibato ecclesiastico: a proposito di una recente opera: CivCat 12 1 (1970, III) 45-50, dando juicio del libro de R oger G r yso n , Les origines du célibat ecclésiastique, du premier au septiéme siécle (Recherches et SynthésesJ (Gembloux 1970).

3 7 Los escritos de los Padres en loor de la virginidad y continencia son copiosísimos. Véanse los índices de las obras ascéticas y patrísticas. Por mencionar algunos: S. C l e m . R om., Duae epist. ad virgines (PG 1,379-452; ed. F u n k , 2,1-49); S. M etodio , Convivium decem virginum (PG 18,27-220; Corpus Berol. 27); S. A tan asio , De virginitate (PG 28,251-282); B a silio d e A n c ir a , De virginitate (PG 30,669-810); S. G r e g . N a c ., Oratio 37 (PG 36,281-308); S. G r e g . N is ., De virginitate (PG 46,317-416); S. J . C r i- sóstomo, De virginitate. Ad viduam iuniorem, De non iterando coniugio (PG 48,553-620); Id ., Adv. oppugnat. Ad Stag. Comparatio regis et monachi (PG 47,319-386.426-494.387-392); S. C ipr ia n o , De habitu virginum (CSEL 3,185-205); San A g u stín , De s. virginit., De bono viduitatis (PL 40,397-450); S. J eró n im o , Adv. Iovinian. (PL 23,221-352); Id ., Epist. 14, Epist. 22 (ad Eustoch.), Epist. 52 (ad Nepozianum) (PL 22,547-555.394-425.527-540); S. A m brosio , De virginibus, De virginitate, De institutione virginum, Exhort. virginitatis (PL 16,197-244.279-316.319-348.351-380).

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Orígenes históricos 387

D e l siglo V en adelante514. La ley del celibato siguió su curso desde el siglo iv

al x i i 38.La Iglesia oriental no permite el matrimonio a los que fueron

ordenados presbíteros o diáconos. Tampoco impone, como se imponía entre ellos los primeros siglos, la continencia perfecta en presbíteros y diáconos casados con anterioridad a su orde­nación. Esta mitigación parece tener su origen en las leyes más benignas de Justiniano I (ca.528-530), que no castigaban a los que, casados antes de la ordenación, no observaban la perfecta continencia.

Posteriormente, en el concilio de Constantinopla, llamado «in Trullo imperialis Palatii» 39, parece que se legitimó tal dis­ciplina, si bien es verdad que la Iglesia romana no aprobó tal concilio en general. El concilio Quinisesto (final del siglo vil) obliga al obispo de la Iglesia griega a guardar el celibato40, y permite al presbítero y diácono un solo matrimonio antes de la ordenación41.

En la Iglesia occidental seguía urgiéndose el celibato, que se había urgido anteriormente. San Gregorio Magno (540-604) da testimonio, en una de sus cartas, de la castidad que se exigía aun a los subdiáconos casados y cómo esta costumbre de la Iglesia romana se había extendido a todas las Iglesias de Sici­lia. Pero quería que se prepararan para esta continencia. Por esto le parecía bien «decir a todos los obispos que no presu­mieran ordenar a nadie de subdiácono si no prometieren que vivirían castamente»42.

515. En el concilio I de Letrán (a. 1123) encontramos for­mulada claramente la obligación del celibato para los ordena­dos in sacris. El concilio recalcó las decisiones anteriores, expre­samente las del concilio I de Nicea: «Prohibimos totalmente —dice—a los presbíteros, diáconos y subdiáconos los contu­bernios de concubinas y esposas, y la cohabitación de otras mu-

38 Cf. D TC 2,2078-2088.3 9 Cf. M a n si, 12,47-56.40 Según R. G r yso n , l.c., p .n o , Justiniano quería que el obispo no

tuviera hijos, para asegurar así los bienes de la Iglesia. C f. H. C ro u zel , l.c.41 Cf. R. G r yso n , l.c.; H. C ro u zel , l.c.42 Epist. 1.1,44 (PL 77,505; R 2293). Cf. Dialog. (a.593/4) 4 ,11 (PL

77,336; R 2319).

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388

jefes, a no ser aquellas que el concilio de Nicea (en.3; cf. 11.508) permitió que habitasen por sola causa de parentesco; esto es, la madre, la hermana, la tía paterna o materna, y otras así, de las que no pueda caer sospecha» 43.

El concilio ecuménico II de Letrán (a. 1139) volvió a insistir en los mismos principios y reglas; y decretó abiertamente que «los subdiáconos casados o concubinarios carezcan de oficio» (cn.6), porque—dice—«son templo de Dios, vasos del Señor, sagrario del Espíritu Santo»44. Asimismo decretó que «no se oyeran las misas de los sacerdotes casados o concubinarios» (cn.7), insistiendo en lo ya preceptuado por Gregorio V II y los papas Urbano y Pascual. Y establece que «los obispos, presbí­teros, diáconos, subdiáconos, canónigos regulares y monjes y conversos profesos, los cuales, quebrantando el santo propó­sito presuman unirse a sus mujeres, se separen». Piensan los Padres que no existe tal matrimonio, contraído contra la ley eclesiástica 45. Por último decretan que nadie se atribuya bene­ficios por derecho hereditario (cn.16)46; y sobre los hijos de los presbíteros (en.21), ordenando su remoción de los minis­terios del altar.

El concilio de Trento volverá a prohibir el matrimonio de los clérigos constituidos en orden sagrada y a declarar inváli­dos tales matrimonios47, defendiendo asimismo la superiori­dad del estado de virginidad o de celibato sobre el matri­monio 48.

Bonifacio V III (1294-1303), en su Decretal, incluía ya el voto de castidad que se emite en la ordenación sagrada49, voto que posteriormente se interpretó expresamente y del que se hizo mención en varios documentos50. El Derecho Canó­nico reafirmó (en. 132) la prescripción del celibato para los orde­nados in sacris, «de modo que los que pequen contra la casti­dad son reos de sacrilegio»51.

43 Cn.3 (al.7): Dz 7 11 (360).44 M a n si, 21,527.45 M a n si, 21,5273.46 M a n s i, 2 1,5 3 0 .47 Doctrina de sacramento matrimonii cn.9: Dz 1809 (979).48 Ibid., cn.io: Dz 1810 (780).49 Cf. N. J u b a n y , El voto de castidad en la ordenación sagrada (Barce­

lona 1952) p.26; cf. también Syllabus n.72: Dz 2972 (1772).50 N. J u b a n y , l.c., p.79-81.51 En el concilio Vaticano II se había formulado la siguiente enmienda

P i l i c.14. Sacerdocio y celibato

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Valores del celibato sacerdotal 389

Valores del celibato

«No todos captan esta palabra»

516. Hablar de valores del celibato carece de sentido ante una persona que no tenga fe. Parecerá una irrisión. Y, sin embargo, el Vaticano II animaba a los candidatos al sacerdocio a que considerasen el celibato como un «don precioso de Dios»: «Sientan profundamente—les decía—con cuánta gratitud deben recibir aquel estado [del celibato consagrado], no solamente como preceptuado por la ley eclesiástica, sino también como un precioso don de Dios, que se debe impetrar humildemente, y al que con la gracia excitante y adyuvante del Espíritu Santo se apresuren a responder libre y generosamente» 52.

Jesucristo avisaba que no todos captan esta palabra, sino aquellos a quienes se les ha concedido (Mt 19 ,11). Porque hace falta la fe viva para aceptar teóricamente la voz del Maes­tro. Y hace falta la gracia del Espíritu para seguirla práctica­mente y perseverar en el seguimiento.

«El celibato está en estrecha relación con el ardor de la fe y el impulso de la vida espiritual» 53. La crisis del celibato es

o «modo» para que fuera introducido en el texto del decreto Presbyterorum ordinis: «... Ad fovendam erga virginitatem sive clericorum sive sacerdotum plenam animi dispositionem, Sacra Synodus solemniter declarat coelibatus legem in Ecclesia latina admittere tacitum perfectae atque perpetuae casti- tatis votum» (1 Pater). La Secretaría de Estado, por su parte, había trans­mitido a la Comisión el siguiente deseo (que traducimos del italiano): «Parece oportuno proponer que, para dar al celibato del clero el carácter y el valor de un acto plenamente libre realizado con miras a la ordenación sacerdotal, se introduzca la emisión de un voto explícito, que podría ser temporal para el subdiaconado y perpetuo para el diaconado (o para el presbiterado). Se podría también proponer que todo sacerdote renueve tal voto cada año el día del Jueves Santo, antes de celebrar o de participar en la santa misa que conmemora la institución del sacerdocio y de la Eucaristía». La razón que la Comisión alegó para no aceptar tales propuestas es que introducían algo sustancial al texto, ya aprobado en aula, y creía la Comisión que esto sobrepasaba su competencia (cf. Modi c.3 a.2 n.43 p.119). De hecho, hemos visto después que en la encíclica Sacerdotalis caelibatus (n.82) Pablo VI recomienda que en el aniversario de la propia ordenación o, en común, el Jueves Santo, día en que fue instituido el sacerdocio, se renueve por los sacerdotes la entrega y consagración hecha a Cristo y se avive la conciencia de la elección hecha para los sagrados ministerios y de fidelidad para el futuro al amor a Jesucristo y a la castísima donación realizada (AAS 59 [1967] 68gs).

52 Optatam totius n.ioa.53 J. D a n ié lo u , II celibato sacerdótale: «L’Osservatore Romano», 31 de

enero de 1970, p .i.

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hoy, en definitiva, sin querer hablar de casos particulares, una crisis de fe 54.

Es ocasión magnífica para que el sacerdote dé. testimonio de su fe en la vida futura y en los valores suprasensibles de una «persona» y de «una causa» superiores, a los que ha entre­gado su vida. Testimonio de la palabra; y testimonio de la vida, sobre todo, que tiene entonces verdaderamente comprometida.

517. «Se admira uno—escribe el prior de Taizé—al des­cubrir que las Iglesias de la Reforma hayan levantado un muro de silencio alrededor de los textos bíblicos que tratan de. la renuncia al matrimonio»55.

La campaña contra el celibato sacerdotal no es, sin duda, para promover el espíritu evangélico. Tampoco para estimu­lar el seguimiento ardiente y sereno de los consejos de Jesu­cristo. No pone delante, sino que olvida los ejemplos de Cris­to y de San Pablo. Tampoco es para secundar las directrices del Magisterio eclesiástico, dadas en el concilio y en multitud de documentos papales y episcopales, con unanimidad casi absoluta... Esta campaña no lleva las señales del Espíritu de Dios, Ni atiende a los positivos valores reconocidos durante siglos en el celibato. Las consideraciones meramente naturales de orden sociológico o antropológico no deben prevalecer so­bre las razones sobrenaturales fundadas en la fe.

Valores sociales518. Lós primeros valores que una primera mirada, su­

perficial, advierte en el celibato sacerdotal, son de índole que podríamos llamar social, esto es, directamente en orden a los demás.

El sacerdote célibe, sin preocupaciones de la propia fami­lia, puede dedicar más tiempo al ministerio sacerdotal.

Puede también entregarse con mayor solicitud y diligencia total a procurar el bien de los demás, sin necesidad de atender a la educación y al futuro de los propios hijos.

54 K. R a h n er , Der Zólibat des Weltpriesters im heutigen Gesprach. II. Eine Antwort: Geist und Leben 41 (1968) 286s. Todo el artículo, p.285-304. Del mismo autor, la primera parte: Ein offener Brief: ibid., 40 (1967) 122-138.

55 R oger S ch ütz, Dynamik des Vorlaüfigen (Freiburg 1967) p .116 ; texto en K. R a h n er , l.c., p.137.

390 P.III c.14. Sacerdocio y celibato

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Valores del celibato sacerdotal 391

Ofrece asimismo una disponibilidad mayor para cambiar de residencia y ocupación según lo exijan las necesidades del apostolado.

En muchos casos se concilia una confianza mayor del pue­blo cristiano para la confesión y dirección espiritual.

Presenta también ante los demás un testimonio público de las realidades escatológicas, cuando «los hijos de la resurrec­ción no tomaran mujer ni marido» (Le 20,35). Es una predi­cación de la propia fe con el ejemplo y con la propia vida.

El celibato es también apto para favorecer la vida común entre los sacerdotes, y el trabajo en grupo o en equipo, que los tiempos parecen reclamar.

Pero hay otros valores que justifican más perfectamente el celibato del sacerdocio.

Valores ascéticos en el individuo

519. El celibato clerical, libre y gozosamente aceptado, procede de una visión de fe, nutrida en la palabra de Cristo y en los valores evangélicos; y trae su origen de un impulso de caridad, que pone totalmente el amor en la persona más excelsa.

Nueva y eximia consagración a Jesucristo520. Es una nueva y eximia consagración a Cristo: «Los

presbíteros—dice el decreto Presbyterorum ordinis (n.iób)— , por la virginidad o el celibato guardado por el reino de los cielos, se consagran a Cristo con una nueva y eximia consagra­ción 56, se unen a El más fácilmente con un corazón indiviso, se dedican más libremente a El y por El al servicio de Dios y de los hombres, sirven más expeditamente a su reino y a la obra de la regeneración sobrenatural, y así se hacen más ap­tos para recibir ampliamente la paternidad de Cristo...».

Se trata, por consiguiente: a) de una consagración, que es entrega a Cristo; b) tiene por consecuencia una unión a El con corazón indiviso57; y c) se prolonga en fecundidad para el servicio de Dios y de los hombres en paternidad espiritual.

56 En estas palabras se formula una adición de última hora, propuestaen uno de los «modos» conciliares, que pone de relieve el valor afectivo y ascético del celibato en relación a la persona de Cristo (cf. Modi c.3 a.2 n.2'1 p .ii3s). .

57 En el uso frecuente de la unión matrimoniarse ha visto por los

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Signo y estímulo de caridad;fuente de fecundidad521. Estos pensamientos vienen a coincidir con los que

expresó la Lumen gentium (n.42). «La Iglesia siempre ha teni­do en particular honor la continencia perfecta por el reino de los cielos, como una señal y un estímulo de la caridad y como una fuente peculiar de fecundidad espiritual en el mundo».

Es signo de caridad, porque la continencia por el reino de los cielos pretende seguir más de cerca a Jesucristo; y, al re­nunciar a los bienes placenteros y sensibles de este mundo, es indicio que se estiman más los invisibles y del cielo. Es señal de que arde la llama del amor a Dios y a Jesucristo.

Es estímulo de caridad, porque el alma se ve como forzada a buscar su satisfacción en el amor de Dios y en el servicio de los prójimos por Dios. La dedicación a Jesucristo con nueva y eximia consagración, además de la consagración bautismal y de la consagración presbiteral, es fuente de comunicación y de amor a Cristo, que se traduce en la caridad pastoral.

Es fuente de fecundidad espiritual, no sólo por los valores sociales que antes (n.518) hemos indicado en la continencia. No sólo porque las energías se dedican íntegras y se consumen en procurar el bien de toda la Iglesia. El sacerdote renuncia a tener familia propia, para adoptar como familia a toda la Iglesia.

522. Hay razones más profundas y ascéticas que apoyan esta fecundidad.

La renuncia voluntaria a un placer lícito en el estado matrimonial es sacrificio voluntario que alcanza valor redentor, asociado al sacri­ficio de Cristo en la cruz. La verdadera fecundidad espiritual y la salvación de las almas no es tanto efecto de la predicación y del apos­tolado externo cuanto del sacrificio, que hace que el grano muera y produzca fruto (cf. Jn I2,24s), y de la oración que acompaña a la acción externa.

El sacrificio voluntario del noble instinto de paternidad y de des­cendencia natural puede ser también manera de asociarse al sacri­ficio redentor de Cristo, que vio como efecto de su inmolación la descendencia de los nuevos hijos de Abrahán y del nuevo Israel de

ascetas un impedimento para entregarse a Dios perfectamente. Según Santo Tomás, «por la vehemencia de este placer, la experiencia frecuente de él aumenta su concupiscencia», de donde se sigue que el alma se retraiga del perfecto deseo de tender hacia Dios (2,2 q.186 a.4c).

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Dios. Dios puede tomar, a los que se asocian con Cristo en su sacri­ficio, como instrumentos de una nueva paternidad, de aquellos que no nacen de la sangre ni de la pasión de la carne, sino de Dios (Jn 1,13).

523. La consagración a Jesucristo, siguiendo su consejo de con­tinencia, puede fácilmente ser fuente de familiaridad y descanso afectivo en El, buscando la oración con el Señor... La fecundidad espiritual suele estar en razón directa del espíritu orante y contem­plativo del sacerdote. Porque el apostolado auténtico no es sólo mo­vilidad externa y acción exterior, aunque parezca incesante e incoer­cible. El auténtico y fecundo apostolado consiste en subir hasta Dios, conseguir una plenitud de Dios, llenarse de El, como efecto de la oración y contemplación de las cosas divinas; y bajar después a la acción, que es dinámica, eficaz y fecunda por esa redundancia y plenitud de contemplación. La vida apostólica es comunicar a los demás las cosas contempladas, según el pensamiento tomista. El sacer­dote encuentra en su consagración a Jesucristo una vida de oración más fácil y de comunión con El, que ha de ser el alma de su vida y de su apostolado. El Señor llena de sus dones el corazón vacío de lo terreno, que le busca en espíritu y en verdad. El testimonio y la vibración de estas almas que han sentido a Dios tiene una fuerza par­ticular cuando anuncian el mensaje. Análogamente a San Juan, po­drían en ocasiones expresarse así: «Lo que fue desde el principio, lo que hemos oído, lo que hemos visto con nuestros ojos, lo que he­mos visto muy bien, y nuestras manos han tocado del Verbo de la vida..., eso es lo que anunciamos a vosotros» (1 Jn 1,1-3).

Los documentos del Magisterio

524. No vamos a repetir las decisiones conciliares y las exhortaciones de los Santos Padres que antes hemos recogido al hacer la historia de la ley eclesiástica (n.507ss).

En los últimos tiempos han sido frecuentes los documentos pontificios que, al hablar del sacerdocio o de la virginidad, han recalcado el don del celibato y su significado 58.

El Vaticano II525. El concilio confirmó esta ley eclesiástica, urgiéndo-

la aun para los jóvenes que aspirasen al diaconado permanente (Lumen gentium n.29), procurando la sana educación para la

58 Cf. S. Pío X, Haerent animo (ASS 41 [1908] 555-577); B en ed icto XV, Epist. ad Archiep. Pragensem (AAS 12 [1920] 57s); A llocutio consist. 16 dec. 1920 (AAS 12 [1920] 585-588); Pío XI, Ad catholici sacerdotii (AAS 28 [1936] 24-30); Pío XII, Mentí nostrae (AAS 42 [1950] 657^702); Id., Sacra virginitas (AAS 46 (1954] 16 1-19 1); J uan XXIII, Sacerdotii Nostri primordia (AAS 51 [1959] 554-556); S. C o ngr . pro E ducat. C a th ., Ratio fundamentalis institutionis sacerdotalis n.48.

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castidad en los candidatos al sacerdocio, y proponiéndoles só­lidos motivos para ella (Optatam totius n. io); asimismo ensal­zando la consagración a Jesucristo y el testimonio escatológico que ofrecen los presbíteros de rito occidental (Presbyterorum ordinis n.16).

«Este santo concilio—dice—aprueba de nuevo y confirma esta legislación, en cuanto se refiere a los que se destinan al presbiterado, confiando en el Espíritu que el don del celibato, tan conveniente al sacerdocio del Nuevo Testamento, lo otorgará liberalmente el Padre, con tal que lo pidan con humildad y constancia los que por el sacramento del orden participan del sacerdocio de Cristo, y más aún si lo pide toda la Iglesia» (Presbyterorum ordinis n.ióc).

El concilio, donde reside la autoridad plena y suprema de la Iglesia, así como el Romano Pontífice, sujeto de la misma autoridad, no creen proceder tiránicamente ni violentar la na­turaleza humana al exigir el celibato a los que libremente quie­ren servir a la Iglesia en el sacerdocio. La razón es que con­fían en el espíritu que Dios comunicará liberalmente a los que pidan este don de la perfecta continencia, tan conveniente al sacerdote que quiere cumplir su cometido con toda perfec­ción. Y todavía más si se asocia la oración de toda la Iglesia 58 #.

La encíclica «Sacerdotalis caelibatus» 59526. Este documento pontificio, del 24 de junio de 1967,

reafirma las posiciones conciliares y papales en torno al celi­bato sacerdotal, al mismo tiempo que declara más y más las verdaderas razones para abrazarlo.

Las objecionesEn esta encíclica aparece la plena conciencia que tiene Pa­

blo VI de las objeciones propuestas contra el celibato de los sacerdotes.

Se dice por algunos que en el Nuevo Testamento ni Cristo ni los Apóstoles lo prescriben y que no se hace depender del celibato la

• 5 8* Sobre el celibato y cómo se trató de él en el concilio Vaticano II, cf. G. C a p r il e , II Concilio Vaticano II. Cronache del Concilio Vaticano II (Roma) V 196.202.222-229. Sobre Juan XXIII y el asunto del celibato, ibid., p.706-709.

59 AAS 59 (1967) 657-697. Hemos tratado ya de este documento y re-

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elección, para el apostolado, y que los primeros presbíteros-obispos no eran célibes (i Tim 3,2-5; T it 1,5-6) (n.5); que los textos pa- trísticos que lo recomiendan son circunstanciales, que con frecuen­cia más bien persuaden el no usar del matrimonio, o que juzgan peyorativamente la inclinación sexual; o que manifiestan con singu­lar opinión que la pureza es necesaria para tocar las cosas sagradas; y, en general, se afirma que muchas opiniones de los antiguos es­critores hoy ya no convienen a nuestros tiempos (n.6). Otros dicen que la ley del celibato y la castidad perfecta hoy se identifica con la invitación al estado sacerdotal, y que no parece justo apartar de él a quienes no se inclinen a la perfecta castidad (n.7)* Otros piensan que esta ley estorba para que haya suficiente número de sacerdotes y creen que la escasez de vocaciones proviene de la dificultad de guardar el celibato (n. 8). Que sin esta ley no tendrían lugar las in­fidelidades y perturbaciones de los mismos sacerdotes, que tanto atormentan a la Iglesia, y que éstos, en su vida doméstica, podrían dar ejemplo de observar los preceptos de Dios (n.9). El sacerdote —continúan otros—queda como árido y seco, y sociálmente solita­rio, sin aquellos bienes que Dios ha concedido al hombre y ha per­feccionado Cristo Redentor (n.12). Y así se expresan muchas cosas por quienes «no captan esta palabra» y olvidan el don de Dios (n.12).

527. Los sacerdotes son los llamados especialmente a cap­tar el don de Dios por las exigencias de su perfección espiri­tual y por su vocación a difundir el reino. Pablo VI, por otra parte, tiene ante la vista las significativas y egregias palabras de los Santos Padres y de los ascetas en loor del celibato, y el ejemplo de tantos subdiáconos, diáconos, presbíteros, obispos, religiosos, vírgenes, laicos... que no sin cierta facilidad lo lle­van, y ofrecen un espectáculo admirable, porque es un indi­cio del espíritu de Dios (n.13).

Por esto cree el Papa que conviene juntar el sacerdocio con el celibato, y con esta ley apoyar al sacerdote que quiere entregarse totalmente al amor de Cristo. «Esta ley dice Pa­blo VI—debe sostener al ministro en su elección exclusiva, perenne y total del único y sumo amor de Cristo y de la dedi­cación al culto de Dios y al servicio de la Iglesia» (n.14).

Son ciertamente diferentes la invitación al sacerdocio y la de­cisión para el celibato; pero la autoridad eclesiástica es la que juzga de la vocación y cletermina, por. tanto, las condiciones y las cualidades requeridas según los tiempos y lugares (n.15). Él Papa se alegra de tener ocasión de ilustrar los valores del celibato.

sumido también su contenido en Sacerdotes y Religiosos según el Vaticano II p . 159-167. - :■ 1

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Y asi como lo que se objeta contra la fe sirve para conocerla más, así en la disciplina eclesiástica lo que se objeta contra ella (n.16).

La parte doctrinal de la encíclica y los valores y razones del celibato

528. La parte principal de la encíclica estudia y propone los valores espirituales que son motivos o razones para el ce­libato del sacerdote.

El Vaticano II, aunque reconoció que no se exige la virginidad por la misma naturaleza del sacerdocio, sancionó, sin embargo, esta ley (n.17), en la cual se encuentra multiforme conveniencia (n.18). Porque el sacerdocio nuevo del Nuevo Testamento es participación del sacerdocio de Cristo, en quien está el modelo (n.19). Cristo, mediador entre Dios y los hombres, siempre fue virgen; y así se significa mejor su oficio de entrega a los hombres. También en el sacerdote (n.21). Cristo, al exhortar al apostolado y a la participa­ción de su propia suerte, prometió el céntuplo a los que dejaren fa­milia, hijos... por el reino de los cielos, por el Evangelio, por el nombre de Cristo (n.22).

El celibato—lo recuerda también Pablo VI—es un signo y estí­mulo de la caridad, porque el responder a Dios que llama es señal de amor (n.24). Por razón de este amor se asocia el celibato con el sacerdocio (n.25). El sacerdote, «prisionero de Cristo», se parece a Cristo, que se entrega por la Iglesia. La virginidad de los sacerdotes muestra el amor de Cristo por su Iglesia, y también la fecundidad de este matrimonio para engendrar hijos de Dios (n.26). La unidad y armonía del ministerio sacerdotal se muestra con esta entrega libre, y se aumenta con oír y meditar la palabra de Dios y con la oración (n.27). La oración se hace mas fácil. Y con el «Oficio divino», el sacerdote imita a Cristo, que vive para pedir por nosotros ante Dios; asi se verifica la asiduidad en la oración, que es propia de los Após­toles y sacerdotes, según Act 6,4 (n.28).

529. Con este espíritu de oración hay más eficacia apostólica, ma­yor victimación con Cristo en la Eucaristía: «Todo el resto de la vida del sacerdote adquiere mayor plenitud de significado y de eficacia santificadora. Su especial empeño en la propia santificación encuen­tra efectivamente nuevos incentivos en el ministerio de la gracia y en el ministerio de la Eucaristía, en la que se encierra todo el bien de la Iglesia; actuando en persona de Cristo, el sacerdote se une mas íntimamente a la ofrenda, poniendo sobre el altar su vida en­tera, que lleva las señales del holocausto (n.29). El sacerdote muere como el grano de trigo, pero da fruto; muere cada día (cf. 1 Cor 14, 31), pero tiene la gloria de una vida fecunda en Cristo (n.30).

El sacerdote da de este modo ejemplo, y representa mejor a Cris­to, y anuncia a todos los bienes futuros (n.31); tiene también una

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caridad más expedita para todos (11.32), y es un signo de los bienes futuros y de la futura condición escatológica (n.33-34).

Por otra parte, los Padres (citados en nota) dicen que en la Iglesia espontáneamente se guardó el celibato por creerlo apto para consa­grarse a Cristo y a la Iglesia (n.35); los concilios (Illiberis, Trento), el Derecho Canónico, lo urgieron (n.36); los Sumos Pontífices re­cientes lo alabaron y encarecieron, Juan XXIII en especial (n.37). Todo lo cual no quita la estima por el clero oriental, aunque sigue otra costumbre (n.38); pero los textos que el Papa cita de San Gre­gorio Niseno y de San Juan Crisóstomo le animan a perseverar en la ley del celibato (n.39) 60. Y aun allí, entre los orientales, los obispos deben ser célibes y no contraen matrimonio los sacerdotes después de recibir el presbiterado (n.40).

530. La Iglesia occidental no impidió ciertamente la santidad de los sacerdotes y del pueblo por haber exigido el celibato de aqué­llos durante siglos, ni tampoco impidió el desarrollo de los verda­deros bienes (n.41). Continúa, pues, la ley eclesiástica de que elijan el celibato libre y perpetuamente los que se acercan a las órdenes sagradas. Pero esto no estorba a que se miren las circunstancias de los sacerdotes ya casados que se convierten al catolicismo, ni tampoco estorba para que se confiera el diaconado permanente a los ya ca­sados (n.42).

La Iglesia, según el concilio, espera el don del celibato si se pide humildemente (n.44). El pueblo cristiano, todos los fieles, deben, pues, pedirlo, por medio de la Virgen Santísima; y se dará para alabanza de la gracia de Dios (n.45). El mundo necesita esta luz y este testimonio de los bienes superiores (11.46). Y Cristo encomendó la difusión del Evangelio a pocos, pusillus grex; pero el reino de Dios tiene fuerza en sí, y también la oración por las vocaciones (n.47), con fe y confianza en Cristo y en su gracia (n.48).

No porque se abandonara el celibato de los sacerdotes subiría el número de las vocaciones; han bajado también donde los ministros contraen matrimonio. Bajan por falta de sentido de fe en las familias y por no estimar la labor de la Iglesia (n.49). Los sacerdotes—dice— rechazan el amor..., pero dan a Cristo lo que vale: lo que es digno de sí y de Aquel que lo recibe (n.50). La palabra de los. sacerdotes es: «Da lo que mandas y manda lo que quieras» (n.51). Conviene que el sacerdote conozca las dificultades del celibato, pero que no las exa­gere ni las tenga por insuperables (n.52); no hay que seguir diciendo que el celibato es imposible o que es mutilación (n.53).

531. La verdadera razón del celibato es una unión más ín­tima con Cristo y con la Iglesia y una mayor utilidad de los hom­bres; y por el celibato no se perderán los valores personales

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60 S. G r e g . N is e n o : «La vida virginal es imagen de aquella felicidad que nos quedará en el siglo futuro» (De virginit, 13 : PG 46,3813); S. J. C r i­sóstomo : «Al que asciende al sacerdocio le conviene ser casto como si habi­tara en el cielo» (De sacerdotio 1.3,4: PG 48,642).

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(n.54). El celibato no exige que se ignore el apetito sexual y el amor..., sino que con claro conocimiento de ello, con do­minio y con ánimo elevado, el sacerdote da a Jesús lo que pide. Y por ello el celibato contribuye a una plenitud del hombre (n.55).

No es sólo con el matrimonio y la familia como se llega a la madurez; la caridad y la paternidad espiritual la consiguen (11.56). La Iglesia quiere que unos en el matrimonio y otros sin él den testimonio de los bienes futuros; y aunque el sacer­dote no experimente el matrimonio, podrá dar consejos acerca de él (n.57). Es un solitario, pero se llena con Dios y con las riquezas de su reino; y, si se prepara para ella, abundará en la caridad interna y externa (n.58). Y aunque sienta la soledad, Cristo también la sintió. Pero estaba con el Padre, y con el dolor vino la fecundidad del sacrificio. «El que ha escogido ser todo de Cristo—dice la encíclica—hallará, ante todo, en la intimidad con El y en su gracia la fuerza de espíritu necesaria para disipar la melancolía y para vencer los desalientos; no le faltará la protección de la Virgen, Madre de Jesús, ni los ma­ternales cuidados de la Iglesia, a cuyo servicio se ha consagra­do; no le faltará la solicitud de su padre en Cristo, el obispo; no le faltará tampoco la fraterna intimidad de sus hermanos en el sacerdocio y el aliento de todo el pueblo de Dios. Y si la hostilidad, la desconfianza, la indiferencia de los hombres hiciesen a veces no poco amarga su soledad, él sabrá que de este modo comparte, con dramática evidencia, la misma suer­te de Cristo, como un apóstol, que no es más que Aquel que lo ha enviado (cf. Jn 13,16 ; 15,18), como un amigo admitido a los secretos más dolorosos y gloriosos del divino amigo que lo ha escogido para que, con una vida aparentemente de muer­te, lleve frutos misteriosos de vida eterna (cf. Jn 15 ,15; 16, 20)» (n.59).

Pablo VI, a continuación, se ocupa de la formación para el celibato (n. 60-72) y propone diferentes consejos prácticos para el sacerdote (n.73-99)61.

E l asentimiento unánime del episcopado

532. Con ocasión de las campañas contra el celibato y de ciertas encuestas, más o menos viciadas y parciales, que se

61 Cf. Sacerdotes y Religiosos según el Vaticano II p. 164-167.

P.IH c.14. Sacerdocio y celibato

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publicaron 62, está el clamor moralmente unánime del episco­pado universal, que se ha adherido plenamente a las enseñan­zas pontificias. Abundan las referencias de las Conferencias metropolitanas y nacionales, cuyos obispos, como antes lo de­clararon y votaron en el concilio 63, han seguido enseñando y exigiendo el celibato para los sacerdotes. «Los obispos france­ses, reunidos en Lourdes en asamblea plenaria, en octubre de 1968, han declarado solemnemente que no llamarán al sacer­docio sino a los jóvenes decididos a conducir una vida de ce­libato consagrado» 64.

En nombre de todo el episcopado se expresaba así el car­denal Gracias, de Bombay, dirigiéndose a Pablo VI: «Si un no cristiano, de la estatura de Mahatma Gandhi, ha podido decir: ‘Lo que ha conservado al catolicismo en su frescor es el celibato’ , no puede sorprender que os haya llegado el apoyo masivo de las jerarquías de todo el mundo...»65

533. Haciéndose eco de la oposición que suscitaba en ciertos ambientes el celibato sacerdotal, Pablo VI se había ex­presado de la siguiente manera en ocasión anterior:

«Es una ley capital de nuestra Iglesia latina. No se puede abando­narla o ponerla en discusión: sería retroceder; sería disminuir la fidelidad de amor y de sacrificio que nuestra Iglesia latina, después de consumada experiencia, con inmenso valor y con evangélica sere­nidad, se ha impuesto en el esfuerzo secular de severa selección y de perenne renovación de su ministerio sacerdotal, del cual depende después la vitalidad de todo el pueblo de Dios.

Es, ciertamente, una norma muy alta y muy exigente, cuya obser­vancia exige, además de un propósito irrevocable, un carisma espe­cial, esto es, una gracia superior e interior (Mt 19,12; 19,29; 1 Cor 7,7); y es esto lo que la hace totalmente conforme a la vocación del

62 La encuesta Sofres, en Francia, ha demostrado que los ambientes católicos en su mayoría están contra el matrimonio de los sacerdotes. J. D a- n i é l o u , l.c., p .i.

6 3 Fue con aplauso de los diferentes episcopados, que veían los incon­venientes de una discusión pública sobre el celibato, que Pablo VI envió una Carta al concilio ( n oct. 1965) señalando los inconvenientes de esta discusión y afirmando su propósito de asegurar la ley del celibato. La vota­ción del artículo del Optatam totius sobre el celibato dio por resultado 1.971 placet y 16 non placet. Respecto del esquema sobre los presbíteros, en la vo­tación final sobre él, 2.390 dijeron placet; sólo 4 non placet, Cf. G. C a p r il e , II Concilio Vatic. II 5,i9Ó.222ss.235ss.

64 j . D a n ié éo u , l.c.: «L’Osservatore Rom.», 3 1 de enero de 1970, p .i .65 En la audiencia pontificia al Consejo permanente de la Secretaría

del Sínodo episcopal, 15 de mayo de 1970. Cf. «Ya», 16 de mayo de 1970, p.22.

Documentos del Magisterio

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400

seguimiento único de C risto y conform e a la respuesta total del dis­cípulo, que lo deja todo por seguir a E l solo y para dedicarse com­pleta y exclusivam ente, con el corazón indiviso, al ministerio en favor de los herm anos y de la comunidad cristiana.

Todo esto hace del celibato eclesiástico un supremo testimonio del reino de Dios, un signo, único y elocuente, de los valores de la fe, de la esperanza y del amor, una condición incomparable de pleno servicio pastoral, una ascética continua de perfección cristiana. Sí, es difícil, pero es precisamente este carácter que lo hace atrayente para las almas jovenes y ardorosas; y es más que nunca válido para las necesidades de nuestro tiempo»66.

El Papa hizo público y oficial su sentir en Carta al carde­nal secretario de Estado, protestando de la campaña que, en contra del celibato, venia realizándose en alguna parte: «La Iglesia, por tanto—decía— , continuará mañana como ayer confiando el divino ministerio de la palabra, de la fe y de los sacramentos de la gracia solamente a aquellos sacerdotes que permanezcan fieles a sus obligaciones...»67

L o s presuntos inconvenientes

534. En el curso de nuestra exposición hemos tenido que referirnos a algunos inconvenientes o dificultades que se han alegado. También cuando expusimos (n.526) la primera parte de la encíclica Sacerdotalis caelibatus.

Ante la visión de fe y ante los positivos logros que en el curso de la historia se han obtenido mediante los sacerdotes y monjes que han vivido en estado celibatario, caen por su propio peso algunos principios o dificultades que se ventilan y repiten no raras veces68.

No se puede hablar de frustración en el sacerdote célibe, que precisamente por este medio y vocación ha sublimado sus energías y su destino en la vida con una misión superior. La cual, bien realizada, sobre todo en ambiente fraterno 6 ) eleva la personalidad del ministro de Jesucristo. El prior del monas-

66 Alocución del domingo 1 de febrero de 19 70 : «L’Osservatore Roma­no», 2-3 reb. 1970, p.i.

67 Carta al Cardenal Villot (2 de febrero de 1970): A A S 62 (1970) 98- 10 3 . L a s palabras que hem os citado, ib id., p .10 1 . E l Papa m anifiesta tam ­bién en esta carta sus «graves reservas» respecto de la ordenación de hombres casados; ib id ., p .io is .

,.^8 ,G f-v I-g rV Ias que rec°§ e y rechaza J. M . T o relló , Celibato e perso- nahdade: Theologica 5 (1970) 388-399; Studi cattolici n . 1 1 2 p .435-443.

Cí; decreto Perfectae caritatis n .12 . E l comentario de P . M o lin a ri en bacerdotes y religiosos según el Vaticano I I p.340-345.

P.1II c.14. Sacerdocio y celibato

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'Presuntos inconvenientes 401

terio protestante de Taizé declaraba en cierta ocasión: «¿No son enteramente hombres, o son menos hombres que los de­más, aquellos que, a través del celibato vivido por Cristo y por El solamente, son llamados a una apertura sin límites, a una comprensión plenamente humana de todas las situacio­nes y de todo el prójimo? De ahí que el celibato esté plena­mente vinculado a la contemplación de Dios y a un retorno a las fuentes evangélicas. Por medio de un ofrecimiento ínti­mo, el hombre acepta y busca un encuentro con el Resucitado para ir después al encuentro con los hombres» 70.

535. Ni se puede decir que haya que libertar al sacerdote de una cautividad sociológica en que haya caído por esta exi­gencia de la ley eclesiástica, para devolverlo al puesto que te­nía cuando fue fundada la Iglesia 71. Porque no hay esclavitud ni cautividad cuando libremente se acepta una condición o es­tado de vida.

No se cae en esclavitud cuando libremente se acepta el estado y la atadura matrimonial, ni se cae en cautividad cuan­do libremente se aceptan las condiciones de servicio no nece­sario impuestas por una empresa.

La Iglesia jerárquica es la que juzga por voluntad divina de las condiciones que se requieren para ejercer el sacerdocio. Nadie es obligado al sacerdocio; nadie tiene derecho a él si no es llamado por la jerarquía 72; a nadie se le obliga a aceptar las condiciones con que la jerarquía juzga que debe conferirlo.

La inclinación subjetiva de un individuo hacia el sacerdo­cio, pero sin las disposiciones y propósitos que la Iglesia exige para ejercerlo, no pasará de ser una supuesta vocación al sacer­docio, meramente subjetiva. No puede hablarse de vocación di­vina en tal caso. Porque Dios, que da la vocación interna (cf. n.ólqss) para el sacerdocio y al mismo tiempo manda se­guir las condiciones que la Iglesia preceptúa, no se contradice en sus acciones.

536. En la hipótesis de que fuera necesario para la evan- gelización y cura pastoral de las naciones conferir el presbi­terado a hombres casados, parece que debería prevalecer el

70 Declaraciones al diario milanés «Avennire»; cf. «Ya», 18 feb. 1970 p.20.71 Cf. J. B l e n k in so p p , Celibacy, Ministry, Church (London 1969).72 Cf. el dictamen de la especial Comisión de cardenales, aprobado por

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precepto divino de la evangelización sobre la ley eclesiástica del celibato sacerdotal. Pero sería menester demostrar que se verifican entonces las condiciones de esta hipótesis; esto es, que no hay otros medios de lograr la evangelización y cura pastoral (v.gr., apelando a los diáconos permanentes y al au­xilio de los laicos, y a los presbíteros «ambulantes o transeún­tes») y que es del todo necesario ordenar sacerdotes a hombres casados. La posibilidad y la realización de esta hipótesis están en estudio, y dependerían, evidentemente, de las diferentes regiones.

No consta que el celibato sea precisamente la causa en la disminución de las auténticas vocaciones sacerdotales. Esca­sean igualmente en las Confesiones que autorizan el matrimo­nio para sus pastores. Son razones de crisis religiosa en el am­biente familiar y social las que parecen haber tenido mayor in­flujo en la disminución.

537. Y la figura del sacerdote célibe, enteramente entre­gado a Jesucristo y a su misión, con totalidad de amor, no deja de cautivar a la juventud generosa, la que es en verdad apta para el sacerdocio. Si la queja que algunos piensan encontrar en el clero de hoy es un cierto aburguesamiento, con mengua de pobreza y abnegación, no se ve que estas condiciones tu­vieran que disminuir en un clero con incumbencias de propia familia y las propias del estado matrimonial.

Cuando se busca en el sacerdocio lo que se debe buscar, que es la evangelizacÜn y el sacrificio, a ejemplo de Cristo y en unión afectiva con El, entonces se observa la c o n v e r g e n c i a

entre celibato y los auténticos valores teológicos y ascéticos del sacerdote.

« ¿Cómo no intensificar nuestra afectuosa invocación por la nueva generación de ministros que en nuestra Iglesia latina, aceptando el sacerdocio, cumplen libre y conscientemente la propia generosa opción por el amor único a Cristo, por el servicio único a la Iglesia, por el único y total ministerio a los hermanos, consumando así en la pro­pia carne ‘lo que falta todavía a las pasiones de Cristo’ (cf. Col 1,24), a fin de que su sacrificio de amor valga como signo, como ejemplo, como mérito para la eficacia de la redención etl nuestra moderna edad secularizada y hedonística?» (Pablo VI en la homilía del Jueves Santo, 8 de abril de 19 7 1)73.

San Pío X, para juzgar el libro de J. L a h itto n , La vocation sacerdotale: AAS 4 (1912) 485.

73 «L’Osservatore Romano», 10 abril 1971, p .i.

402 V .lile .14. Sacerdocio y celibato

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Dimensión ecuménica del sacerdocio 403

Capítulo XV

E L SACERDO CIO E N S U D IM EN SIO N E C U M E N IC A

I. En las Confesiones de la Reforma 1

538. Uno de los temas del actual «diálogo ecuménico» re­side en la imagen del sacerdocio o del «ministerio» que se han forjado las diferentes confesiones cristianas.

La Asamblea ecuménica de Nueva Delhi, en 1961, señalaba este tema de los «ministros» de la Iglesia como una de las ma­neras de lograr su visibilidad, en cuanto que «los ministros y los miembros de la Iglesia son reconocidos como tales por todos» 2. La Asamblea reconocía que «uno de los obstáculos más graves en el camino de la unidad es la manera como nosotros conce­bimos la naturaleza del ministerio en el seno del sacerdocio común. Lo atestiguan todos los que están empeñados en ne­gociaciones para obtener la unión de las Iglesias. Unos, por ejemplo, afirman la necesidad de un ministerio para la consa­gración episcopal en la sucesión apostólica, mientras que otros negarán que esto sea esencial a la verdadera Iglesia...» 3

No faltan recientes estudios que, en el seno mismo de la Reforma, se han esforzado por mostrar la imagen del sacerdo­cio según los «reformados», que en no pocos puntos se acer­caba a la que profesan los católicos.

1 Cf. J ea n C a l v in , Institution de la religión chrétienne (ed. Labor et fides, Genéve 1958) I.4 c.3 n .1-16 ; c.19 n.22-33; J ea n - Jacques von A l l m e n , Le saint ministére selon la conviction et la volonté des Réformés du X V Ie siécle (Neuchátel 1968); B enno G assm ann , Ecclesia Reformata. Die Kirche in den reformierten Bekenntnisschriften (Freiburg 1968); M ax T h u rian , Sacer- doce et Ministére. Recherche oecuménique (Taizé 1970); G ustave T h il s , Historia doctrinal del movimiento ecuménico (Madrid 1965). Sobro los sacra­mentos en general, considerando su dimensión ecuménica y, en concreto, el pensamiento de los protestantes, hemos escrito en Teología del signo sacramental (Madrid 1969) c.16 n.604-641.

2 Cf. Nouvélle Delhi. Conseil oecuménique des Eglises. Rapport de la troi- siéme assemblée, publié sous la direction de W. A. Visser’t Hooft (Neuchá­tel 1962) P .1 13 S ; V on A l l m e n , l.c., p .117 nt.i.

3 Ibid., p .118. Las dificultades que presenta para el ecumenismó el problema ministerio-episcopado las expone y pondera A ntonio M. J a- v ie r r e , Episcopado: problema crucial ecuménico, en «XXII Semana Espa­ñola de Teología (1962)» (Madrid 1963) p.547-572.

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404 P.III c.15 § 1. El sacerdocio en la Reforma

Lu tero 4

539. Es claro que, al no aceptar Lutero y otros reformado­res la realidad del sacrificio eucarístico de la misa, tampoco acep­taban la institución por Jesucristo de un sacerdocio sacrificante, instituido en los Apóstoles, cuando en la última Cena les dio el mandato de repetir y hacer en su memoria lo que El había he­cho (Le 22,19; 1 Cor 11,24). La doctrina de Trento, que define que el Señor «entonces constituía a los Apóstoles sacerdotes del N .T .»5, promulgada en la sesión 22 (17 de septiembre de 1562), sobre el sacrificio de la misa, va directamente contra los reformadores.

La «doctrina del sacramento del orden», definida en la se­sión 23 (15 de julio de 1563), refleja—como hemos dicho—las controversias acerca de los errores de la época.

Pero con anterioridad, al comenzar a ocuparnos de la doc­trina de Trento sobre el sacerdocio (n.3o8ss), hemos expuesto largamente el pensamiento de Lutero acerca del sacramento del orden, por pensar que así lo requería aquel lugar y aquel mo­mento histórico para la mejor inteligencia de la doctrina del concilio. Por esto ahora nos podemos remitir a lo que entonces expusimos.

C al vino

540. Juan Calvino (1509-1564) propone su doctrina sobre los ministros y ministerios que hay en la Iglesia, en el libro IV de su obra Institution de la religión chrétienne, . principalmente en el c.3. Admite que Dios se sirve de los hombres y de su minis­terio para gobernar la Iglesia (n.1-2). Ensalza sobre todo el mi­nisterio de la palabra (n.3), y describe los diversos ministerios de que nos hablan los libros del N .T. (n.4-9), para acabar este capítulo hablando de la vocación al ministerio y de sus condi­ciones (n.10-16).

4 Acerca del pensamiento de la Iglesia luterana sobre el ministerio, han estudiado la teología del ministerio según los escritos confesionales luteranos H. L ie b e r g , Ami und Ordination bei Luther und Melanchton (Góttingen^ 1963); M. D o er n e , D. M ü l l e r , E. S om m erlath , Die Kirche Jesu Christi und das Wort Gottes (ed. por W. Z o ell n er y W. St a e h l in ) (Berlín 1937) p. 151-163 («Das Wesen des Amtes nach lutherischer Auf- fassung»), etc. Cf. v. A l l m e n , l.c., p .119 nt.21, donde se encontrará ul­terior bibliografía.

5 Dz 1740 (938).

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Calvino 405

Más adelante, en el c.19 del mismo libro,, expresa su pen­samiento acerca «de las órdenes eclesiásticas» 6. Censura cierta­mente y ataca las siete órdenes de la Iglesia romana, como si por esto los sacramentos fueran ya trece, y no siete (n.22) 7; combate sobre todo las órdenes menores (n.23-25) y la tonsu­ra (n. 26-27) 8. Cal vino rechaza el que se dé el título de sacer­docio al sacerdocio que ofrece sacrificio; pero es precisamente porque piensa que «hacen injuria a Cristo todos aquellos que se dicen sacerdotes para ofrecer un sacrificio de reconciliación». El es el único sacerdote y el que ha ofrecido el sacrificio una vez para siempre. Como se ve, son las mismas ideas luteranas de la época. «Nosotros somos todos sacerdotes, pero es solamente —dice—para ofrecer alabanzas y acciones de gracias a Dios, y principalmente para ofrecernos a nosotros mismos...» (n.28). La razón principal de rechazar el sacerdocio ministerial es por re­chazar la realidad del sacrificio de la misa.

541. Admite, sin embargo, el sacramento del orden: «Cuan­to a la imposición de las manos, que se realiza para introducir los verdaderos sacerdotes y ministros de la Iglesia en su estado, yo no me opongo en modo alguno—dice—a que se reciba como sa­cramento)). Y añade la razón: «Porque, en primer lugar, es una ceremonia tomada de la Escritura; y, además, no es vana, como dice San Pablo, sino que es un signo de la gracia espiritual de Dios (1 Tim 4,14). Si no la he tenido en cuenta con los otros sacramentos [bautismo, santa Cena] es porque no es ordinaria ni común entre los fieles, sino para un oficio particular» (11.28). Se ve, por consiguiente, que solamente quiere decir que no considera la ordenación como un sacramento para todos. Más adelante, después de criticar diversas ceremonias y expresiones

6 L .4 c .19 n .22 -33 . Edición G enéve (Labor et fides) (1958) vol.4 p .434-442.

7 Es sabido que los teólogos católicos siempre han considerado los gra­dos sacramentales del orden (episcopado, presbiterado, diaconado; y por algunos también el subdiaconado y las cuatro órdenes menores) como un solo sacramento, por tratarse de un todo potencial del que se participa en diferentes maneras. Así como también el sacramento del Cuerpo de Cristo y el de la Sangre de Cristo se consideran uno solo, por la identidad de fin y de significación (la refección espiritual). Cf. M. Nicolau, Teología del signo sacramental n.257.

8 Muestra Calvino algunas incongruencias que en estas órdenes o ritos hay con los tiempos en que escribe (y con los tiempos de hoy); pero olvida el sentido y sabor históricos que la Iglesia ha visto en estos ritos y órdenes.

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de la Iglesia 9, vuelve a repetir que «resta la imposición de ma­nos, la cual confieso que bien podría llamarse sacramento si se usara de ella como es preciso, haciendo una verdadera promo­ción de ministros legítimos» (n.31) 10.

542. ha imposición de manos es para Calvino un rito ori­ginario de los judíos, con que «presentaban a Dios... lo que ellos querían bendecir y consagrar». «En la ley estaba prescrito que se pusieran las manos sobre los sacrificios que se ofrecían. Y por esto, por la imposición de manos, los Apóstoles significaban que ofrecían a Dios al que ellos introducían en el ministerio...» Aun­que para Calvino no haya en la Escritura mandamiento expreso de imponer las manos, debe tener para nosotros lugar de pre­cepto por ser práctica apostólica perpetua n . La imposición de manos es, por consiguiente, según Calvino, un rito o gesto de dedicación a Dios y de ofrecimiento, de bendición y de consa­gración 12.

L a Confesión Helvética

543. L a Confesión Helvética posterior, redactada (1561-1566) en sus últimos detalles por H. Bullinger, de Zurich, a petición de Federico III, del Palatinado, que quería presen­tarla a la dieta imperial de Augsburgo (1566), ofrece una visión del sacerdocio y del ministerio que quiere coincidir, y coincide en mucho, con el pensamiento católico13. En este documento se

9 Sobre el «don» del Espíritu Santo y la insuflación, la unción, y el ca­rácter indeleble (n.29-30): con falsa inteligencia de las mismas.

10 Calvino termina (n.32-33) censurando las ceremonias de la ordena­ción de diáconos y subdiáconos.

n Instit. Chrétienne IV 3,16; ed. Genéve (Labor et fides) vol.4,67.12 Cf. M. T h u r ian , Sacerdoce et Ministére p.4 n.2 P .2 4 1 S . Acerca de

Calvino y de su pensamiento sobre el sacramento del orden han escrito recientemente L . S chumm er, Le ministére pastoral dans l’Institution Chré­tienne de Calvin á la lumiére du troisiéme sacrement (Wiesbaden 1 9 6 5 ) ; A. C a gn o czy , Calvin théologien de l’Église et du ministére (Paris 1 9 6 4 ) , sobre todo en la 2.a parte (de la coll. «Unam Sanctam» n.48); M. T h u r ia n , l.c., P .2 7 5 S . _ . . .

13 El título latino de la Confessio dice así: «Confessio et expositio sim- plex orthodoxae fidei et dogmatum catholicorum syncerae religionis chris- tianae, concorditer ab Ecclesiae Christi ministris qui sunt in Helvetia... edita in hoc ut universis testentur fidelibus quod in unitate verae et anti- quae Christi Ecclesiae perstent ñeque ulla nova aut errónea dogmata spar- gant atque ideo etiam nihil consortii cum ullis sectis aut haeresibus ha- beant» (cf. v. A l l m e n , l.c., p .118, nt.7). Hay edición francesa: L a Confes- sion helvétique postérieure, por J. C o urvoisier (Neuchátel-Paris 1944); y edición alemana: Bekenntnisschriften und Kirchenordnungen der nach Gottes

406 P.III c.15 § 1. El sacerdocio en la Reforma

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407

contiene la doctrina sobre el ministerio que han recibido las Iglesias reformadas, sin que sea ya meramente la doctrina de Calvino o de Zwinglio. El c.18 de esta Confesión trata «de los ministros de la Iglesia y de su institución y oficio» 14.

544. F undamento y necesidad del ministerio. La Con­fesión reconoce el fundamento del ministerio, ya que «Dios, para reunir y constituir la Iglesia y para gobernarla y conservarla, siempre se ha servido de ministros, y se sirve todavía y se servi­rá mientras la Iglesia estuviere sobre la tierra» 15. No hay que evacuar el ministerio eclesiástico atribuyéndolo todo a la oculta virtud del Espíritu Santo, pues conviene acordarse de las pala­bras del Apóstol: «¿Cómo creerán en aquel de quien nada oye­ron? Y ¿cómo oirán sin predicador? Luego la fe viene por el oído, y el oído por la palabra de Dios» (Rom 10,14.17). Y acor­darse también de lo que el Señor dice en el Evangelio: «En ver­dad, en verdad os digo que quien recibe a quien yo enviare, a mí me recibe; y el que me recibe a mí, recibe a aquel que me envió» (Jn 13,20). Y aquel varón de Macedonia por visión decía a Pablo: «Socórrenos» (Act 16,9). El mismo pasaje de la Confe­sión fundamenta la necesidad del ministerio con otros lugares de San Pablo, que hablan de la cooperación del apóstol para la agricultura y edificación que Dios hace (1 Cor 3,9; 3,5ss). Pero toda la gloria debe atribuirse a Dios, que es quien atrae inter­namente 16.

545. Perpetuidad del ministerio. Este ministerio no fal­tará: Porque «así como Dios al pueblo antiguo [del A .T .] le dio patriarcas y a Moisés y los profetas, así al pueblo del N .T. le envió a su Hijo unigénito, junto con los Apóstoles y doctores de la Iglesia». Jesucristo «se allegó discípulos, a los que hizo Apóstoles. Y éstos, saliendo al mundo universo, formaron en todas partes Iglesias por la predicación del Evangelio, y des­pués por todas las Iglesias del mundo ordenaron, siguiendo el

Wort reformierten Kirche, por W. N ie s e l (München, s.f., 1938), y otras ediciones.

14 Véase J. J . von A l l m e n , Le saint ministére..., que comenta el c.18 de la mencionada Confesión, a base de su texto latino y francés. Nosotros nos referimos al texto latino que se lee en este libro.

15 Conferentia Helvética posterior, ed. N ie s e l , p .2 5 3 ; v . A l l m e n , l.c., p .15 .

16 Ed. N ie s e l , p .2 5 3 ; v. A l l m e n , p .17 .

La Confesión Helvética

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mandato de Cristo, pastores y doctores, por cuyos sucesores Cristo hasta hoy enseña y gobierna la Iglesia» 17.

546. Sobre la diversidad de ministerios, la Confesión Helvética recoge los diversos nombres de apóstoles, profetas, evangelistas, obispos, presbíteros, pastores y doctores que se leen en la Escritura (1 Cor 12,28; E f 4 ,11...) . Los apóstoles fundaban las Iglesias; los profetas interpretaban las Escrituras; los evangelistas eran los escritores de la historia evangélica y los pregoneros del Evangelio; los obispos eran como los inspectores y vigilantes de la Iglesia; los presbíteros, como los ancianos y padres que la gobernaban con sus consejos. Los pastores cus­todian el rebaño del Señor y le proveen de lo necesario; los doc­tores le enseñan la verdadera fe y la piedad. Por esto hoy a los ministros de la Iglesia se les puede llamar obispos, presbíteros, pastores y doctores 18. La Confesión se extiende después en enumerar diferentes dignidades (patriarcas, arzobispos, carde­nales...), oficios, cargos y órdenes menores que en la Iglesia católica han surgido según los diversos condicionamientos his­tóricos. Nada de esto le interesa, porque le basta—dice—la en­señanza apostólica sobre los ministros. También rechaza a los monjes y a las órdenes de monjes (religiosos); porque enseña que no han sido instituidas ni por Cristo ni por los Apóstoles, y en nada son útiles a la Iglesia; es más, son perniciosas. Re­chaza también sus votos 19. Bien se ve que en todo este último apartado, sobre la variedad de los ministerios, la Confesión Hel­vética consideró como diversos ministerios ciertas expresiones funcionales de los grados jerárquicos, o estructuras de la Iglesia (religiosos), que los mismos católicos no han considerado como expresiones necesarias del sacerdocio o ministerio propiamente dicho. No es nuestro objeto entrar en la parte polémica, ni ahora nos proponemos deshacer minuciosamente las falsas inteligen­cias que ha habido, y que aparecen también en esta Confesión.

547. L a entrada legítima en el ministerio. L os minis­tros deben ser llamados y elegidos no por arbitrio e industrias propias de ellos, sino religiosamente por la Iglesia, con un or­denamiento justo y sin seducciones ni turbulencias. Hay que

17 Ed. N ie s e l , P .253S; v. A l l m e n , p .23.18 Ed. N ie s e l , p .254 ; v . A l l m e n , p.29s.19 Ed. N ie s e l , P.254S; v. A l l m e n , p .37 .

408 P.III c.15 § 1. El sacerdocio en la Reforma

Page 428: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

elegir a los hombres idóneos con erudición sagrada, con elo­cuencia piadosa y prudencia sencilla, moderación y honestidad de vida, según i Tim 3 y Tit 1 20.

La ordenación se realiza «por los 'séniores’ (a senioribus), con oraciones públicas e imposición de las manos» 21. Se condena a todos los que van por iniciativa propia, no siendo elegidos, enviados u ordenados (Jer 23). Y también a los ineptos; aunque se reconoce que la simplicidad innocua de algunos pastores ha aprovechado más a la Iglesia que la erudición exquisita, delica­da y algo fastuosa de otros 22.

No todas las Iglesias reformadas del siglo xvi utilizaron esta imposición de manos. Querían excluir la superstición, y en al­gunas hubo sus alternativas de dejarla y volverla a adoptar 23. El sentido teológico que se ve en esta imposición de manos es frecuentemente el de exponer a la acción del Espíritu Santo a aquel a quien se imponen las manos, presentarlo a Dios para que lo llene de su Espíritu; también con frecuencia se ve una consagración o dedicación a Dios. Otros, finalmente, con inter­pretación más jurídica, han visto «el permiso para subir al púlpi- to y predicar la palabra de Dios y administrar sus santos sacra­mentos» 24.

Si se preguntara acerca de los efectos definitivos de consagra­ción al ministerio que tenía la ordenación en las Iglesias refor­madas, para saber si un hombre, que por su ordenación ha sido puesto aparte y dedicado al servicio de Cristo en su Iglesia, queda dedicado al Señor hasta la muerte, la respuesta no deja lugar a duda: «Aquellos que han sido elegidos una vez para el ministerio de la palabra deben entender que son elegidos para ser ministros toda su vida» 25.

548. R elaciones entre el sacerdocio y el ministerio. Según la Confesión Helvética, todos los fieles cristianos han sido

20 Ed . N ie s e l , p .2 5 5 ; v. A l l m e n , p.43.2 1 Cualquiera que sea la m anera de interpretar o entender quiénes

son estos séniores, lo cual ha admitido variedad dentro de las Iglesias refor­madas, no se ha de ver en ello, sin embargo, «una voluntad de salir de la tradición ordinaria, según la cual es al obispo a quien toca ordenar los m inistros de parroquia» (J. J. v. A l l m e n , L e saint m in istére... P.49S).

22 E d . N ie s e l , p .2 5 5 ; v . A l l m e n , p.43.23 C f. J. J. v. A l l m e n , L e sa in t m in istére ... p.47s.24 C f. ibid., p.48s;25 D iscip lin e des E glises réform ées de F ra n ce (1559) a r t .12 ; cf. ed. N i e ­

s e l , p .7 7 ; v. A l l m e n , p .5 3 .138 .

La Confesión Helvética 409

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hechos, por medio de Cristo, reyes y sacerdotes para ofrecer a Dios hostias espirituales (Ex 19,6; 1 Pe 2,9; Apoc 1,6). El sacer­docio es algo común a todos los cristianos; pero el ministerio, no. Rechazan, sí, el sacerdocio ministerial de la Iglesia romana, pero no el ministerio. El sacerdocio del N .T. no es como el sacerdocio del A .T ., con sus unciones, vestiduras y muchas ceremonias. Eran tipo de Cristo, pero fueron abrogadas con su venida, y El es el único sacerdote para siempre (Heb 7). Por esto a nadie de los ministros dan el nombre de sacerdote. La Con­fesión Helvética afirma en este lugar que Cristo no ordenó sacer­dotes del N .T . en la Iglesia para el sacrificio del pan y del vino. Para los «reformados», los ministros de la Iglesia cristiana son, como lo expone San Pablo, ministros de Cristo y dispensado­res de los misterios de Dios (1 Cor 4,1). La palabra que usa el Apóstol para designar a los ministros (ÚTrnpéTocs) quiere signi­ficar a los remeros que miran al timonel y al jefe. Los misterios que han de dispensar son, según E f 3, el Evangelio de Cristo, y, según la antigüedad, los sacramentos de Cristo 26.

Por lo dicho ya se ve que, admitiendo únicamente el sacer­docio común de los fieles, rechacen hablar de un sacerdocio ministerial, superior al primero. Tampoco admiten la realidad del sacrificio eucarístico en la Iglesia.

549 L a potestad y el oficio de los ministros. Más adelante, la mencionada Confesión habla del poder de los minis­tros de la Iglesia, y sobre la potestad de oficio o ministerial dice estar limitada por aquel que tiene la plena potestad, y que es más semejante al ministerio que al imperio 27. Piensa la Confesión que se dio a los ministros igual potestad o función, y que, por razones de buen orden, uno se encargaba de convocar a los otros y de recoger sus pareceres 28. Pero no vemos nosotros la manera de conciliar estas afirmaciones con lo que hemos venido expo­niendo en este libro (cf. n.i22ss).

Los oficios de los ministros pueden reducirse a la predica­ción evangélica y a la legítima administración de los sacramen­tos; estos dos oficios comprenden todos los demás 29.

26 Ed. N ie s e l , P .255S; v . A l l m e n , P.55S.27 «Ea m inisterio, quam im perio sim ilior est»; ed. N ie s e l , p .256 ;

v. A l l m e n , p.66.28 Ed. N ie s e l , p .2 57 ; v . A l l m e n , p .72.29 Ed. N ie s e l , p .2 57 ; v. A l l m e n , p.79.

410 P.HI c.13 § 1. El sacerdocio en la Reforma

Page 430: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

«Para que el ministro pueda realizar todo lo anterior recta y fácilmente, se requiere de él sobre todo que sea temeroso de Dios, que ore con diligencia, que se aplique a la lectura sagrada, que sea vigilante en todas las cosas y siempre, y que a todos anteceda en pureza de vida» 30 31. Siguen algunas normas sobre la disciplina eclesiástica y uso de la excomunión, todo en orden «a la edificación» (2 Cor 10,8) y cuidando de no arrancar el trigo con la cizaña (Mt 13,293)31. Por último, profesan que los sacra­mentos «santifican por la institución y por la palabra de Cristo, y son eficaces para los piadosos, aunque sean ofrecidos por in­dignos ministros». Asimismo reconocen que los buenos opera­rios son dignos de recompensa según 1 Cor 9 y 1 Tim 5 32.

550. Toda esta doctrina de la Confesión Helvética, aunque es polémica respecto de la Iglesia romana y nos parece que acusa algunas falsas inteligencias acerca de lo que enseñan y sienten la mayoría de los teólogos católicos, representa, sin em­bargo, la mentalidad reformada del siglo xvi con bastante una­nimidad de fondo, y tiene datos aceptables que hemos puesto de relieve. Se puede observar que esta doctrina recoge los datos más evidentemente bíblicos y se inspira en ellos para establecer la concepción reformada del ministerio.

En el tiempo posterior551. A pesar de los textos que hemos citado de Calvino

(n.54is) sobre el carácter sacramental que atribuye a la impo­sición de manos, y no obstante la manera como la Confesión Helvética posterior habla de esta imposición de manos, «en el siglo xvi se ha dudado sobre el carácter sacramental por impo­sición de manos. Si la tradición reformada ordinaria ha renun­ciado finalmente a contarla entre los sacramentos, aunque forma parte de las 'cosas ordenadas por Dios’ 33, es que este acto 'no es ordinario ni común entre los fieles, sino para un oficio par­ticular’ 34. Ahora bien, se tienen por sacramentos aquellos so­

30 Ed. N ie s e l , p .258 ; v . A l l m e n , p.90.3 1 Ed. N ie s e l , p .258 ; v . A l l m e n , p.92.32 Ed. N ie s e l , p.258; v. A l l m e n , p.98. •33 Confess. H e lv . post., ed. C o urvo isier , p . 1 1 2 .34 J. C a l v in , Instit. C hrétienne IV c.19 n.28; ed. Genéve (Labor et

fides) p.439.

La Confesión Helvética 411

Page 431: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

lamente 'que el Señor ha instituido para toda la compañía de los fieles’» 35.

En el siglo X V II los teólogos reformados vacilan en llamar sacramento a la imposición de manos, pero en general la expli­can como gesto sacramental 36. Y así continuará este pensa­miento en Francia a juzgar por la liturgia de la ordenación de pastores reformados y luteranos de Francia 37.

552. En nuestros días observamos la aproximación de los teólogos reformados a las doctrinas de la Iglesia católica pro­puestas con nueva luz y perspectiva por el concilio Vaticano II.

Como expresión de esta voluntad de acercamiento y de real aproximación en las doctrinas, está el reciente libro de Max Thurian, hermano del monasterio de Taizé, acerca del Sacer-. docio y ministerio.

Este libro está escrito con voluntad sincera de concordia. Se ad­vierte con frecuencia la delicadeza y circunspección del autor, si en ocasiones avanza una opinión que se sabe o se teme no coincidirá con las del catolicismo. El teólogo católico lee con gusto afirmaciones como las siguientes: «No se pueden leer los textos escriturísticos tocantes a la Iglesia primitiva si no es como una tradición viviente, alimentada por la vida de Cristo y del Espíritu, y a la luz de la inter­pretación que de ellos ha dado la Iglesia sin cesar, en el curso de su tradición, profundización perpetua del Evangelio» (p.io).

553. La naturaleza y la función del «ministerio» la encuentra el autor en la noción de «embajada en nombre de Cristo para reconci­liar con Dios» (cf. 2 Cor 5,20), cualesquiera que sean las adaptaciones del ministerio a las condiciones del momento. Esta embajada se ejer­cita en diferentes funciones, primero en «la proclamación de la palabra de Dios, contenida en la Biblia y vivida en la tradición viviente de la Iglesia» (p.i 1). El pastor es también el hombre de los sacramen­tos (Eucaristía) y de la oración de intercesión. Tiene también una

35 Cathéchism e de C a lv in , quest.321; v . A l l m e n , P.48S.135 nt.58.36 M. T h u rian , Sacerdoce et M in istére p.246, que cita pasajes de J. Dail-

l é , Serm ons, sobre 2 Tim, p.91; y B. H u bsch , L e m inistére des prétres et des pasteurs: Verbum Caro 77 (1966) 39.

37 M. T h u r ia n , Sacerdoce et M in istére p.247-249. Un amplio estudio, considerando las regiones geográficas, sobre el pensamiento de la Iglesia reformada lo ha realizado B. G assm ann , E cclesia R eform ata . D ie K irc h e in den reform ierten Beken n tn isschriften (Herder, Freiburg 1968). En este libro a base de escritos principalmente oficiales, como son los catecismos, las conclusiones de sínodos, las tesis, las declaraciones teológicas, que las di­ferentes Iglesias reformadas han producido, estudia la idea eclesial que subyace en 48 de estos documentos. El autor los distribuye en siete grupos étnico-geográficos. La parte del «ministerio» se hallará sobre todo en p.297- 30 1 3 15S 376-38 1 406-413.

412 P.III c.15 § 1. El sacerdocio en la Reforma

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Taizé 413autoridad que le viene de Dios, «como si Dios exhortase por él» (cf. 2 Cor 5,20) (p.12). Buena manera de comenzar a explicar estas funciones nos parece ser la que utiliza M. Thurian: partir del sacer­docio de Cristo, estudiando la mediación del Siervo de Yahvé y sus tres funciones de profeta, sacerdote y rey (p. 17-51). Sigue el estudio del «ministerio apostólico», considerado en los Apóstoles, que son embajadores de Cristo y administradores de sus misterios; después en los colaboradores de los Apóstoles y en los sucesores de los Apóstoles (p.57-100). De particular interés nos parece ser el trabajo sobre «La sucesión del ministerio apostólico» (p.101-119), cuya evo­lución en la historia expone el teólogo de Taizé hasta ver dibujados nítidamente en los escritos de San Ignacio los obispos monárquicos y los otros grados jerárquicos de presbíteros y diáconos.

5 5 4 * Un estudio detallado sobre el episcopado, sobre el presbi­terado y sobre el diaconado y las funciones que les corresponden, constituye el centro de este libro (p.139-219), reconociendo que son los tres ministerios que siempre aparecen en la tradición, aunque bajo diversas formas debidas a circunstancias históricas y socioló­gicas. El acto de ordenar consiste en la oración y en la imposición de manos y se hace bajo la responsabilidad de los que tienen autori­dad en la Iglesia; el fruto de la ordenación es el carisma del minis­terio (todo lo relativo a la ordenación en las p.221-279). Con satis­facción hemos leído lo que el autor ha recogido acerca del pensa­miento de Calvino, el cual afirma la sacramentalidad de la ordena­ción (p.24iss) y ve en la imposición de manos un gesto de bendición, consagración y ofrecimiento 38.

En la Iglesia anglicana555* Dentro del anglicanismo, la teología anglicana se de­

bate en diversas concepciones sobre el episcopado y sobre su importancia para la Iglesia. Mientras unos lo han considerado

38 M ax T h u rian , F r ér e de T a iz é , Sacerdote et M in istére (Taizé 1970). Son muchas las cosas que nos han agradado en este libro, las cuales es im­posible exponer ahora con todo detalle. Observaremos algunos puntos que, entre otros, pueden ser discutidos: si en la ordenación de los siete (Act 6,issj se trata de diáconos, como pensamos nosotros con la tradición de algunos Padres, o se trata de otros oficios; si en Act 13,1-3 la imposición de manos es para ordenar, como supone el autor, o bien es sólo una manera de ben­decir o implorar la gracia de Dios, como piensan otros el día de hoy (cf. n.182, 202). Hay también otras maneras de interpretar las bulas de Bonifacio IX y de Martin V, que autorizan a simples presbíteros para ordenar; en todo caso, estos presbíteros contaban con un indulto o concesión de los Roma­nos Pontífices que no es fácil suponer en las ordenaciones de los pastores reformados. Cuando Santo T omás (S u p p l. q.35 a.3) admite una suplencia de defectos en la administración de sacramentos, se refiere «quantum ad últimos effectus sacramentorum», que nos parecen ser la salvación, el bien de las almas, que espera de la providencia divina; pero no los efectos in­mediatos (gracia sacramental, carácter, potestad sacramental) si han falta­do las condiciones esenciales para que haya sacramento.

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necesario para el ser (esse) de la Iglesia 39, otros, replicando a los anteriores, entenderían que es sólo conveniente, y necesa­rio únicamente para el buen ser (bene esse) de la Iglesia40. Otros, finalmente, querían que fuera necesario para el pleno ser (plene esse) de la Iglesia41.

En las asambleas ecumenistas recientes556. El tema del «ministerio», tal como es concebido por

las diferentes concepciones cristianas, ha sido objeto de diálo­go en las recientes asambleas que conoce el movimiento ecumé­nico. Por la relación que de ellas presentamos, se verán las di­ficultades que todavía subsisten y los puntos de acercamiento.

E n la C onferencia de L ausana (3 a 21 de agosto de 1927), promovida por el movimiento Fe y Constitución (Faith and Order), se reconoció que «nos ha faltado tiempo para examinar nuestras divergencias con la atención y la paciencia que lleva­ría un completo acuerdo»42. Las proposiciones sobre las que recayó un «acuerdo esencial» no dejan de tener cierta vaguedad, que exige todavía mayor precisión en el futuro. Las propo­siciones eran las cinco siguientes:

i .a El ministerio es un don de Dios por Cristo a su Iglesia. 2.a El ministerio se renueva incesantemente en su autoridad y se hace eficaz por Cristo y su Espíritu. 3.a El objetivo del ministerio es comu­nicar a los hombres las gracias de la salvación y de la santificación que están en Cristo: mediante el servicio pastoral, la predicación del Evangelio, la administración de los sacramentos, eficaces por la fe.4.a Se confían al ministerio el gobierno y la disciplina de la Iglesia en todo o en parte. 5.a' Los hombres calificados para la obra del mi­nisterio, llamados por el Espíritu y aceptados por la Iglesia, son debu­tados para el oficio pastoral por un acto de ordenación, con oración e imposición de manos 43.

Es interesante constatar en las anteriores proposiciones có­mo el «ministerio» viene a coincidir, aunque no se diga expre-

3 9 c f . el libro en colaboración T h e A p osto lic M in is try . Essays on the H istory an d D octrin e o f E piscopacy. Prepared unter the direction of K e n - n et h E. K ir k , 2.a ed. (London 1947): cf. G. T h il s , H isto ria doctrinal delm ovim iento ecuménico p.308. .

40 Cf. T h e M in is try o f the C h u rch . A R e v ie w by v a n o u s A u th ors o f a B o o k entitled «T h e A p osto lic M in istry» (London 1947).

41 T h e H isto rie E p iscopate in the Fu lln ess o f the C hurch, ed. K en n e t M. C a r e y (Westminster 1954); cf. T h il s , l.c., P.308S.

42 F o i et Constitution. A ctes officiels de la Conférence de Lau san n e (Pa­rís 1928); T h il s , p .39.

43 A ctes officiels de la Conférence de Lau san n e p .529 ; T h il s , p.39s.

414 P.III c.15 § 1. El sacerdocio en la Reforma

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Asambleas ecumenistas 415

sámente, con muchos de los caracteres que nosotros vemos en los sacramentos. Porque es «don de Dios», por medio de Cristo, y en beneficio de la Iglesia. La eficacia le viene de Cristo44 y del Espíritu. Los efectos del ministerio son comunicar las gracias de salvación y santificación. Los oficios son los que hemos comprendido bajo la expresión del ministerio profético o de la predicación, del ministerio cultual de los sacramentos y del ré­gimen pastoral. También requieren, finalmente, la ordenación que se verifica por la oración e imposición de manos.

557. E n la Conferencia de E dimburgo (3 a 18 de agosto de 1:937) se reconoció que el «ministro» de la Iglesia sirve de ins­trumento a Jesucristo, que es quien, por el Espíritu Santo, reali­za cada sacramento 45.

Por lo que toca al «ministerio», hubo, coincidencia funda­mental en que «es esencial para una Iglesia unida un ministerio reconocido umversalmente»; el cual es «un don de Dios, hecho a la Iglesia, para el servicio de la palabra y de los sacramentos»; «la ordenación para el ministerio, según enseñan el N .T. y el uso histórico, se hace por la oración y la imposición de manos» 46.

La diversidad estaba en la manera más concreta de enten­der el «ministerio» y la sucesión apostólica en él implicada.

Para los ortodoxos, «la Iglesia ortodoxa... cree que el minis­terio, en su triple forma—episcopado, presbiterado, diacona- do—, se funda sólo en la sucesión apostólica ininterrumpida».

Los viejo-católicos «sostienen que el episcopado es de origen apostólico y pertenece a la esencia de la Iglesia. La Iglesia es el soporte del ministerio; los ministros obran como mandatarios de la Iglesia47. El ministerio se recibe, administra y transmite en el mismo sentido y de la misma manera que cuando los Após­toles lo transmitieron a la Iglesia. La sucesión apostólica signi­fica que la Iglesia y el ministerio son inseparables y continuos uno y otra» 48.

44 Recuérdese cómo los sacramentos son «acciones de Cristo», según la tradición y enseñanzas católicas. Cf. M. N ico lau , Teología del signo sa­cramental n.i95ss.

. 45 Foi et Constitution. Actes officiels de la Deuxiéme Conférence univer- selle (París 1939) p.273; T h il s , p.53.

46 Actes officiels p.279; T h il s , p.54.47 Véase lo que decimos sobre los sacramentos como acciones de la

Iglesia en Teología del signo sacramental n.565-567.48 Actes officiels p.280; T h il s , p.54.

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Si algunos anglicanos se asociaron a esta manera de ver, otros minimizaron el sentido de la sucesión apostólica: «In­terpretan la sucesión en un sentido más general, como la transmisión, de generación en generación, de la autoridad de un ministerio de vigilancia en la Iglesia, a la vez sobre el clero y sobre los laicos. Consideran la sucesión como un símbolo y un lazo de unidad simultáneamente»49.

Por su parte, las confesiones de tradición presbiteriana y reformada indicaban que «la concepción del ministerio soste­nida por sus Iglesias se funda en la identidad de los obispos y de los presbíteros en el N .T.; la ordenación no se hace por presbíteros en cuanto individuos ni por grupos de presbíte­ros, sino por presbíteros regularmente reunidos en consejos que ejercen funciones episcopales: una sucesión presbiteral de las órdenes se mantiene así sin interrupción» 50.

558. L a C o n f e r e n c i a d e L u n d ( S u e c i a ) (15 a 28 de agosto de 1952) consideró la importancia del acercamiento li­túrgico para el progreso del ecumenismo; se aceptó y ponderó el valor de la oración litúrgica y de la no-litúrgica; pero al tratar de la presidencia del culto advierte que «la mayor parte de nuestras Iglesias creen que Nuestro Señor instituyó un mi­nisterio en su Iglesia. Sólo a este ministerio le está reservada la presidencia de determinados actos del culto. Ello nos plan­tea la cuestión del fundamento de esta restricción. Para algu­nos está en la convicción de que la Iglesia, bajo la dirección del Espíritu Santo, llama a algunos de sus miembros a tal o cual misión; para otros, en la convicción de que el Espíritu Santo concede a determinados miembros de la Iglesia la gra­cia propia del orden sagrado. Además, algunas Iglesias consi­deran que el sacerdocio ministerial debe distinguirse clara­mente del sacerdocio universal»51.

559. E n l a C o n f e r e n c i a d e M o n t r e a l ( C a n a d á ) (12 a 26 de julio de 1963), la sección III estudiaba la obra redentora de Cristo y el ministerio de su Iglesia; el fundamento, carácter y autoridad del ministerio pastoral; el ministerio y los minis­terios (entre otros, el diaconado y la ordenación de mujeres,

49 Actes officiels p.28os; T h il s , p.54.50 Actes officiels p .2 8 1 ; T h il s , p .55.5 1 The Third Conference of Faith and Order held at Lund (London 1953)

p .4 is ; T h il s , p.62s.

416 P i l i c.lü § 1. El sacerdocio en la Reforma

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Asambleas ecumenistas 417

recogiendo además documentación abundante sobre estos te­mas); el ministerio en la misión de la Iglesia en el mundo. Se reconoció que el ministerio es tal vez el problema más es­pinoso en el movimiento hacia la unidad 52.

E l Consejo ecuménico de las Iglesias560. Si las asambleas anteriores provienen del movimien­

to Fe y Constitución (Faith and Order), entre las que provie­nen del Consejo ecuménico de las Iglesias hemos de mencionar la Asamblea de Nueva Delhi (India), celebrada del 18 de no­viembre al 6 de, diciembre de 1961. En el informe de la sección «Testimonio» se realza la función que para ello corresponde al «pueblo de Dios», y las diferentes actividades en que puede verificarlo. Pero «el ministerio de los 'clérigos’ y de los pasto­res no se encuentra reducido; al contrario, los mismos laicos se muestran unánimes en declararlo irreemplazable y más útil que nunca. Este papel de animador espiritual, de testimonio de la palabra, de sostenimiento moral, exigen sólo que sea ahora mejor cumplido y más vivificante»53.

Como hemos indicado al principio de este capítulo (n.538), la Asamblea de Nueva Delhi conocía muy exactamente la di­ficultad que para conseguir la unidad existe todavía en las cuestiones del «ministerio», tanto más cuanto que era difícil precisar el contenido que cada uno ve bajo esta palabra 54,

II. Por qué las mujeres no pueden ser sacerdotes 1

Las razones que se han dado

561. Aunque recientemente se ha discutido sobre esta cuestión, la doctrina antigua y común de la Iglesia es la que está contenida, v.gr., en el Código de Derecho Canónico, el

52 Informe oficial de la Conferencia de Montreal, en Foi et Vie (1964) n.i p.46-48; T h il s , p.76.

53 Cf. T h il s , p .136 .54 Cf. Nouvelle Delhi 1961. Rapport de la Troisiéme Ássemblée (N eu-

chátel 1962) p . 1 3 1 ; T h il s , P .173S .

1 Tratan ex professo esta cuestión Santo T omás, Supplem. q.39 a .i;S. G in e r Se m p e r e , La mujer y la potestad de orden: RevEspDerCan 9 (1954) 841-869 ; G ino C o n c et ti, La donna e il Sacerdozio: L ’Osservatore Roma­no, 9, 1 1 , 12 noviembre 1965,; Divo B arso tti, Ilfondamento della vocazione al sacerdozio: L'Osservatore Romano, 24 de enero de 1970, p . i ; R e n e L a u r en t in , Le donne possoro diventare sacerdoti?: Famiglia Cristiana 39

Ministros de Cristo 14

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418

cual dice que «solamente el varón bautizado recibe válidamente la ordenación sagrada» (cn.958); y es claro que el sacerdocio es orden sagrada. Según este canon del Derecho Canónico, la Iglesia no quiere, por el momento al menos, que las mujeres reciban órdenes, ni siquiera la tonsura, puesto que las órdenes mayores (episcopado, presbiterado, diaconado, subdiaconado) y las menores, y también la tonsura clerical, vienen compren­didas bajo el nombre de ordenación sagrada (cf. cn.950), y sólo considera al varón como sujeto apto para recibirla válida­mente 2.

Las razones que se han venido dando para excluir a las mujeres del sacerdocio están sometidas a discusión, y, de he­cho, algunas nos parecen discutibles.

562. San Pablo, hablando del ejercicio de los carismas, y en concreto del carisma de la profecía, encarga que «las muje­res callen en las asambleas eclesiales, porque no se les permite hablar, sino estar sometidas, como dice la Ley [Gén 3,16]. Y si quieren aprender algo, pregunten en casa a sus maridos. Por­que es indecoroso para la mujer hablar en la Iglesia» (1 Cor I4,34s). Si la mujer no ha de hablar en la Iglesia, ni es para ella este carisma, con más razón—se argüía de aquí San Pablo no querrá que la mujer se muestre ostensiblemente en la Iglesia

(1969), 2 de nov., p.26-28; Id., ¿Pueden ser las mujeres sacerdotes?. Familia Cristiana 18 (1970), 15 de enero, p.19-22; G ertrud H e in z lm a n n , W vr schweigen nicht lánger (Zürich 1964); J. J- von A l l m e n , Ministerio sagrado (Salamanca 1968) 0.5. Se han ocupado también de este tema M. G u erra , Problemática del sacerdocio ministerial en las primeras comunidades cristianas, en «Teología del sacerdocio» I (Burgos 1969) p.78-84; R. G r yso n , L atti- tude de l’Église ancienne vis-á-vis du ministére des femmes: Coll. Mechlin. 53 (1968) 352-363; E lisa b e t h G ossm ann , ¿La mujer como sacerdote?: Conci- lium n.34 (1968) 126-137; J. P e t e r s , ¿Hay lugar para la mujer en las fun­ciones de la Iglesia?: ibid., p .138 -15 1. Consideraciones sobre La mujer en el ministerio de las Iglesias cristianas no católicas: ibid., p.166-173. i rata asimismo el problema de la mujer en el oficio eclesiástico R. J . A . von E y d e n , Die Frau im Kirchenamt: Wort und Wahrheit 22 (1967) 35°"362, con bibliografía (cf. Concilium n.34 p.130.)

2 Es evidente que en la prescripción contenida en el cn.968, que ex­cluye de la ordenación sagrada a la mujer, no se contiene nada contra la fe y las buenas costumbres, por cuanto la Iglesia es infalible en estos decretos disciplinares universales. Pero la misma doctrina que ya implícita en esta prescripción nos parece que también se impone autoritativamente a toda la Iglesia y, por consiguiente, es al menos doctrina católica. Se podrá discu­tir si esta incapacidad de la mujer para la ordenación sagrada es por dere­cho divino o por derecho eclesiástico; o si es por derecho divino en las ór­denes que son sacramento, y sólo por derecho eclesiástico en las demas.

P.IH c.15 § 2. Las mujeres y el sacerdocio

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Las razones dadas 419

y aparezca presidiendo. Si no ha de hablar para preguntar, mu­cho menos ha de presidir la solemnidad litúrgica, como lo hace el sacerdote.

Es también San Pablo quien en i Tim 2 ,n s manda que «la mujer aprenda en silencio con toda sujeción. No permito

dice— que enseñe la mujer, ni que domine al varón, sino que esté en silencio». Las razones que alega a continuación el Após­tol se refieren al origen de la mujer, de modo que la mujer fue formada después que fue formado el hombre, y aluden a que Adán no fue seducido, pero sí lo fue la mujer (v.i3s). San Pa­blo parece apuntar aquí a la naturaleza complementaria de la mujer respecto de la del varón, como si a éste le correspondiera el mandar e imperar; también a la fácil seducción pasiva, que cabe más en la mujer.

Cualquiera que sea el sentido y fuerza de estos pensamien­tos, lo cierto es que San Pablo no permite la enseñanza oficial de las mujeres en la Iglesia; mucho menos, por consiguiente, ejercer el oficio sacerdotal, que es oficio presidencial de la asamblea.

Se dirá, sin embargo, discutiendo el valor de estos argumen­tos para el tiempo presente, que tales prescripciones son pres­cripciones disciplinares para las circunstancias de aquella época y que hoy no es menester que la mujer se muestre en público para hablar (puede usar los micrófonos, etc., sin ser vista); hoy, además, se acude a las mujeres para ciertas lecturas y aun para catequesis y enseñanzas en la Iglesia. Y, posiblemente, algunas o muchas desempeñan este oficio mejor que muchos varones.

563. También se ha aducido como argumento contra el sacerdocio femenino que Dios (Gén 3,16) estableció que la mujer estuviese sometida al varón. Y que éste es el que tiene más disposición natural para mandar y presidir. Pero hoy día conocemos casos de mujeres que han gobernado o gobiernan como primeros ministros algunas naciones (India, Israel...); y, dada la cultura que van adquiriendo las mujeres, es posible que cargos públicos bien difíciles (alcaldesas, concejales, profesores públicos, etc.) sean desempeñados por mujeres; o cargos em­presariales de gran responsabilidad. No se puede hablar a cie­gas de «la inferioridad de la mujer», al menos como regla per­petua y general, pues padece muchas excepciones.

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564. Se podrá decir también que la condición sociológica de la mujer en la antigüedad hebrea y palestinense, y en el mundo helénico y romano, fue la causa de su exclusión del sacerdocio; pero que hoy esta situación sociológica ha cambia­do y que no hay por qué mantener a la mujer en situación in­ferior. Si la mujer en el Antiguo Testamento y en parte del Nuevo ha sido considerada sin personalidad jurídica pública, y como los niños de la casa sometidos al padre y cabeza, hoy ciertamente no puede decirse que continúe esa sujeción jurí­dica ni que a la mujer no se le reconozcan derechos civiles pú­blicos y aun políticos.

Por todo esto, algunos pensarán que las razones para alejar del sacerdocio a las mujeres son razones superadas ya por las condiciones sociológicas de los tiempos modernos. Y que no faltan buenas razones para concederles esta mayor interven^ ción en el gobierno eclesiástico.

565. La revisión universal de las doctrinas y prácticas ecle­siásticas provocada por el concilio Vaticano II ha puesto sobre el tapete el problema del sacerdocio de las mujeres.

L ’Osservatore Romano publicó durante la última etapa del concilio tres artículos de Gino Concetti, La donna e il sacerdozio (9, 1 1 , 12 de noviembre de 1965)» en l ° s cuales se recalca el pensamiento tradicional de la Iglesia, contestando—al parecer— a la conferencia de un distinguido teólogo que se había mani­festado favorable al ministerio sagrado de las mujeres 3.

También Divo Barsotti ha escrito sobre el mismo tema en

3 J. Daniélou, durante el concilio Vaticano II, en su última etapa, pro­nunció una conferencia favorable al pensamiento de la mujer sacerdote y pensando que nada se opone a ello por parte del derecho divino. Posterior­mente, el cardenal Daniélou, en una entrevista de 1969, afirmaba: «Conoz­co un número bastante grande de chicas que no comprenden por qué son y tendrán que quedar excluidas del sacerdocio. Soy decano de la Facultad Teológica de París. Las mujeres que asisten a mis cursos son cada vez más numerosas, y las tres razones que San Pablo daba para la exclusión de la mujer del sacerdocio me parecen cada vez más faltas de fuerza...» (Fa­milia Cristiana 18 [1970], 15 de enero, p.20). Es también sabido que el reciente concilio pastoral holandés de principios de 197o se pronunció por el acceso de la mujer a las funciones sacerdotales. Sobre este concilio, cf. C. Pozo, II sacerdozio alia V a Assemblea plenaria del Concilio pastorale olandese: CivCat 12 1 (1970, II) 223SS; Id ., El sacerdocio en la V Asamblea plenaria del Concilio pastoral holandés: Ecclesia (23 de mayo de 1970) p. (71S) 23-(72o) 28.

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Las razones dadas 421

el mismo diario vaticano4. En el Evangelio—dice—aparecen hombres que odian a Jesús (Herodes, Judas); «pero no conoce una sola mujer que permanezca definitivamente en oposición con Cristo. No, el Evangelio no es hostil a la mujer. Y, sin em­bargo, Jesús no llama a las mujeres al ministerio, no participa a las mujeres la misión que El ha recibido del Padre. Es un hecho y no podemos menos de reconocerlo». Así como la en­carnación del Verbo se ha realizado en un lugar concreto y en una raza concreta (semita y mediterránea), y así como la Euca­ristía se ha realizado con el pan y el vino (que son frutos de los países mediterráneos), y «la ceremonia del 'thea* jamás podrá sustituir a la Eucaristía para los asiáticos»..., así también la transmisión del poder ministerial de Cristo a los sacerdotes se hará en la forma designada por Cristo. Los «hombres» [varones] no duplicarán el sacerdocio de Cristo, sino que serán el «signo» de su presencia a través de los siglos y en todo lugar. Porque Cristo los ha escogido a ellos, y ellos serán sus «vicarios» para las obras de su amor. La Iglesia no puede prescindir de esta voluntad de Cristo. Si el sacerdocio ministerial no fuera «otra» cosa distinta del sacerdocio común; si sus poderes vinieran del pueblo y de la asamblea, entonces podrían ser llamadas las mu­jeres al sacerdocio. Pero si el sacerdocio ministerial es «otra» cosa distinta del sacerdocio común; si configura con Cristo Ca­beza; si sus poderes vienen directamente de Cristo, no se podrá prescindir de la voluntad positiva de Cristo... 5

566. Algunas razones aducidas por R. Laurentin para es­tablecer la tesis de que el sacerdocio es cosa reservada a los varones no pasan de ser razones de sola conveniencia 6.

En efecto, si la Alianza del Antiguo Testamento se presenta como un matrimonio entre Dios esposo e Israel esposa, y en la Alianza del Nuevo Testamento Cristo es también el esposo y la Iglesia la esposa, y por esto Cristo tiene que ser varón, y el sacerdote, representante de Cristo, tiene que serlo..., esta razón expresa, sin duda, una gran conveniencia y oportunidad, pero creemos que no pasa de ahí. Porque las comparaciones no

4 II fondamento de la vocazione al sacerdozio: L ’Osserv. Romano, 24 de enero de 1970, p .i.

5 Ibid.6 ¿Pueden ser las mujeres sacerdotes?: Familia Cristiana, 15 de enero de

1970. p.20-21.

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pueden ser en cada uno de sus detalles razón exhauriente para expresar una exigencia ontológica. En la línea de esas compa­raciones y en el lenguaje de la teología mística, el hombre va­rón aparece también como esposa del Verbo y de Dios. ¿Por qué, viceversa, no ha de poder ser una mujer representante de Cristo?

Tanto más que Cristo es sacerdote, esto es, mediador entre Dios y los hombres, por razón de tener las dos naturalezas, di­vina y humana, y es sacerdote por su misma unión hipostática. El hecho de tener naturaleza humana, sea de hombre, sea de mujer, parece que basta para hacer de mediador, esto es, de sacerdote.

567. Por otra parte, por la instrumentalidad salvífica, uni­da a Cristo, «la Iglesia, Esposa de Cristo, es Madre de los fieles; como la instrumentalidad para dar la vida a un nuevo ser hace que la mujer, esposa del varón, realice su función materna y fecunda. De esta instrumentalidad salvífica y, por tanto, de esta fecundidad materna, son portadores aquellos que son mi­nistros de los sacramentos. Porque la Iglesia ejerce su mater­nidad por medio de ellos. Y los unos de una manera más plena, si de un modo pleno participan del sacerdocio y de la misión de Cristo (los obispos); los otros, en razón de la potestad sagra­da y del poder pastoral que se les haya comunicado (los presbí­teros y diáconos); los otros (los simples fieles), en razón del sa­cerdocio común, del que participan y en virtud del cual pueden administrar algunos sacramentos (bautismo, matrimonio)» 7. Si el ministerio de confección y administración de los sacra­mentos parece tener analogías con la fecundidad materna 8, se podrá pensar que la mujer no está excluida del ministerio sa­cramental y que su misma condición de mujer la hace apta, unida a Cristo, para esa instrumentalidad salvífica.

568. Otra razón para explicar por qué María no es sacer­dote cree verla Laurentin en que «la misión de María y la del

7 M. N ico lau , Teología del signo sacramental (Madrid 1969) n.570 P.365S.

8 También M. Scheeben es de esta opinión: «La maternidad de la Igle­sia—escribe—no corresponde, en sentido estricto, al conjunto de la misma, sino a aquellas personas que llevan en sí la fecundidad y el poder pastoral, y mediante las cuales son engendrados, cuidados y guiados los hijos de la Iglesia. La maternidad, en una palabra, es propia de los padres de la Igle­sia» (Los misterios del Cristianismo c.7 § 80 [Barcelona 1960] p.586).

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sacerdote están orientadas en sentido contrario y complemen­tario. Una [la del sacerdote] traduce el movimiento que va de arriba abajo, de Dios a los hombres; la otra [la de María], el movimiento que va de abajo arriba y constituye la respuesta del hombre a Dios». La Virgen—dice—no absuelve en nom­bre de Dios; pero da su fiat para nuestra salvación, respon­diendo a la iniciativa divina 9. Esta razón parecerá a muchos sutil y que tampoco pasa de la sola conveniencia.

E l argumento definitivo569. A pesar de la debilidad de todos estos argumentos

para excluir del sacerdocio a las mujeres, la postura constante de la Iglesia en excluirlas es de una fuerza innegable 10.

Para nosotros, la razón más terminante y última para ex­cluir del sacerdocio, aun hoy día, a las mujeres es la siguiente:

La Iglesia, en la confección de los sacramentos, no puede proceder por su propia iniciativa, sino por la iniciativa de Cris­to, que es el autor de los sacramentos n . Porque la potestad para ligar a un signo externo la colación de la gracia santifican­te y el poder santificador supera las fuerzas humanas y es de Dios y de Jesucristo solamente. Por esto se ha repetido por el Magisterio eclesiástico la frase de que «la Iglesia no tiene poder en la sustancia de los sacramentos» 12, lo cual significa, según la auténtica interpretación de Pío XII, que la Iglesia no tiene potestad en «aquellas cosas que, según el testimonio de las fuentes de la divina Revelación, el mismo Cristo estableció que se guardaran en el signo sacramental» 13.

9 L .c .: Familia Cristiana, 15 de enero de 1970, p.20.10 «Pocas veces, en la evolución doctrinal de la Iglesia, aparece de for­

ma tan clara la invariabilidad externa e interna de un principio. Podrán parecer ridículos los argumentos, tendrán fuerza exegética los textos cita­dos o no; pero siempre aparece constante la afirmación tradicional: nunca la mujer recibió el carácter sacerdotal, porque su sexo la incapacita para ello» (S. G in e r Sem p e r e , La mujer y la potestad de orden: RevEspDerCan 9 [1954] 841).

1 1 Cf. Teología del signo sacramental n.415-427.443-446.12 C f. C o n cilio T r id en t in o , sesión 21 (16 de julio de 1562), Doctrina

de communione sub atraque specie et parvulorum c.2: Dz 1728 (931); San Pío X, Epist. Ex quo, nono (26 de diciembre de 1910): Dz 3556 (2147a).

13 Constit. Sacramentum ordinis (30 de noviembre de 1947): Dz 3857 (2301). Sobre las discusiones a que dio lugar la expresión «sustancia del sacramento», cf. H. L e n n e r z , Salva illorum substantia: Greg 3 (1922) 385-419.524-557; J. B. U m b er g , Die Bedeutung der tridentinischen «salva illorum substantia»: ZkathTh 48 (1924) 16 1-195; H. D o n dain e , Substantia

El argumento definitivo

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Todo lo que pueda hacer la Iglesia en orden a integrar a las mujeres como sacerdotes ministeriales depende, en definitiva, de la voluntad de Cristo y del conocimiento que la Iglesia tenga de esa voluntad de Cristo.

Pero esta voluntad de Cristo tiene que constarle a la Igle­sia de un modo cierto y positivo. No bastan meras posibilidades de que Cristo tal vez lo haya querido así, ni bastan meras pro­babilidades de que hoy Cristo no se hubiera opuesto y aun lo hubiera querido. Ni bastan meras razones negativas de que nada se opone hoy en el orden sociológico para esa admisión de la mujer al sacerdocio. Hacen falta razones positivas.

En la confección y administración de sacramentos hay que proceder con certeza de que se realizan los presupuestos y las condiciones necesarias para obtener el objeto que se desea 14. No puede aplicarse el probabilismo cuando se trata de obtener con certeza un fin. Dejarse guiar entonces por la mera proba­bilidad es exponerse a no conseguir el fin. Si la Iglesia y sus ministros confirieran el sacramento del orden a las mujeres, guiados solamente por estas razones probables, se expondrían a no hacer nada y a realizar vana y vacíamente los ritos sagra­dos. La Iglesia permanecería en la incertidumbre de la vali­dez de esos ritos, en la incertidumbre sobre la válida ordena­ción de las mujeres.

570. Faltan, en efecto, argumentos positivos que prueben esa voluntad de Cristo de que quiso sacerdotes también a las mujeres o, al menos, que no quiso excluirlas. A quienes Jesu­cristo encargó que repitieran el sacrificio sacramental realizado en la Cena fue a los Apóstoles, no a las mujeres, de quienes no se habla en el relato evangélico de la última comida pascual.

La práctica y tradición posterior de la Iglesia siempre con­firmó el sacerdocio a los hombres, nunca a las mujeres.

No hay ni siquiera indicios de que Cristo quisiera o admi­tiera a la mujer para ser sacerdote de su religión. Ni siquiera su Madre santísima. El mismo René Laurentin, que ha estu­diado de modo particular el «sacerdocio de la Virgen», conce-

sacramentorum: RevScPhTh 29 (1940) 218-243; A. P o y er , A propos du «salva illorum substantia»: DivTh (Piac) 56 (1963) 38-66; Nouveaux propos sur le «salva illorum substantia»: ibid., 57 (1954) 3-24.

14 Gf. Teología del signo sacramental n.280.

P.III c .l.5 § 2. Las mujeres y el sacerdocio

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de 15 16 que «es un hecho que María no fue sacerdote en el senti­do ministerial de la palabra».

Jesucristo, aunque había mujeres que acompañaban su mi­nisterio y le servían, no escogió a ninguna de ellas para el sacer­docio. En ninguna circunstancia de la vida de Jesús, aun te­niendo para las mujeres manifestaciones de aprecio y amistad (cf. Le 10,38-42; Jn 1 i,20ss), aparece una elección de cualquier mujer para el sacerdocio o para administrar un sacramento.

La tradición de la Iglesia

5 7 1. Recorriendo el pensamiento tradicional de la Iglesia acerca de este punto, encontramos un texto de San Epifanio (ca.315-403), que escribe en su libro Adversus haereses (a.374- 377)» impugnando los errores de los pepucianos y artotyritas, relativos al sacerdocio de las mujeres. Describe los abusos exis­tentes entre los pepucianos y phrygas respecto a las mujeres profetisas; y añade, condenándolo, que «entre ellos las mujeres son obispos y presbíteros y que se reclutan para los demás grados [jerárquicos] sin guardar ninguna distinción de sexo. Porque en Cristo Jesús—dicen—no hay varón ni hembra [Gál 3, 28]. Todo esto—qontinúa—es lo que hemos podido saber de ellos. Por lo demás, los llaman artotyritas, porque para celebrar los misterios emplean pan y queso. Pero una vez que se ha equivocado el camino de la verdadera religión, es preciso que sea ridículo y trastornado todo lo que se hace por los hombres y que aparezcan diversos géneros de locuras y de efectos de­moníacos en los cuerpos... Porque al adscribir mujerzuelas al orden de los obispos y presbíteros y al decir que lo hacen por Eva [que comió la primera del fruto de la ciencia], oigan lo que dijo el Señor: 'Te volverás al varón y él te dominará’ [Gén 3,16]. Y también ignoran el mandato del Apóstol: 'No permito que hable la mujer ni que tenga autoridad en los varo­nes’ [1 Cor 14,34]; y también: 'No procede el varón de la mu­jer, sino la mujer del varón’ [1 Cor 11,8]; y que «Adán no fue engañado, sino Eva primero engañada estuvo en el pecado fin transgressione fuit: 1 Tim 11,8]»... 16

15 Gf. l.c .: Familia Cristiana, 15 enero 1970, p.20.16 Adv. haereses 2, t.1,2-3: PG 41,882. Aunque se discuta si entre los

montañistas (los pepucianos son una rama) las mujeres llegaran de hecho al episcopado y al sacerdocio (cf. L a b r io ll e , La crise montaniste p.5ios;

El argumento definitivo

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572. El mismo San Epifanio pondera que los sacrificios del A .T . eran ofrecidos a Dios [no a María] por hombres, no por mujeres. Y añade: «Para hablar del Nuevo Testamento, si el sacerdocio se hubiera comisionado a las mujeres o algún oficio público 17 les fuera permitido, a nadie sino a María de­bería haberse encomendado tal oficio; a quien se le concedió tal honor, que recibió en su seno y regazo al Rey de todas las cosas, y Dios celestial e Hijo de Dios; cuyo útero fue preparado por singular benignidad de Dios con grande y estupendo mi­lagro como templo y domicilio para la encarnación del Verbo. Pero otra cosa pareció a Dios, y ni siquiera se le dio la potes­tad de bautizar, siendo así que mejor hubiera podido Cristo ser bautizado por Ella que por Juan...».

Enumera a continuación todos aquellos a quienes primero se confirió el sacerdocio, después de Zacarías, padre de Juan; a saber: a los Apóstoles, a Pablo y Bernabé, etc., y «de éstos proceden en la casa de Dios las sucesiones de obispos y pres­bíteros. Y , sin embargo, nunca leemos que entre ellos se haya puesto una mujer». Había profetisas, como las hijas de Felipe (Act 21,9), «pero no eran sacerdotes...» Y «aunque en la Igle­sia existe el orden de las diaconisas, no ha sido instituido para función sacerdotal ni para ninguna administración de esta es­pecie, sino para mirar por la decencia del sexo femenino, bien para que esté presente al bautizarla, o para que examine si ha padecido algo o sufrido alguna molestia, o para que interven­ga si hay que desnudar el cuerpo de la mujer...» Sigue diciendo que únicamente fue necesario el oficio de las diaconisas, y que se nombra expresamente a las viudas, «y entre ellas las más viejas eran llamadas presbytidas, pero nunca fueron hechas pres­enteras o sacerdotisas...» 18

573. En la historia eclesiástica estos errores que admitían el sacerdocio de las mujeres han quedado designados como propios de los pepucianos (de «Pepuza», en Frigia) o cataphry-

B a rd y , art. Montanisme: D TC 10,2355), lo cierto es que la Tradición, de la que es testigo San Epifanio, no admitía tal hecho o hipótesis.

17 «... canonicum quiddam praestare».18 Adv. haereses 3, t.2, haer.79,2-4: PG 42,743-746. También en San

Ireneo aparecen frases contra el sacerdocio de las mujeres: Adv. haereses 1 ,13 ,2 : PG 7.579-582.

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gae, del nombre de la región. Y, por ofrecer el sacrificio del pan y del queso, también se llamaban artotyritae 19.

San Jerónimo, abundando en esta misma tradición, escribió que «el varón a nadie está sometido sino a Cristo, que es hom­bre y Dios. Pero la mujer, a Cristo y al varón tiene que estar sometida» 20 21.

Concilios, teólogos y canonistas

574. Este pensamiento de la tradición fue recalcado por diversos concilios particulares. El concilio de Laodicea (ca.364) determinó que «no conviene constituir en la Iglesia las que se dicen presbíteras y presidentas»21. Y el concilio de Zaragoza del a.380 decretó «que todas las mujeres de la Iglesia católica y fieles sean separadas de la lectura y de las reuniones de otros maridos distintos de los suyos; o que vengan las otras, con deseo de enseñar o aprender, a las que leen. Porque esto es lo que manda el Apóstol...» Y amenaza con anatema y excomu­nión... 22 Más adelante, en el concilio Nemacense se declara (a.394) que «algunos han sugerido que, en no sé qué lugar, mujeres parecen haber sido elevadas al ministerio levítico con­tra la disciplina apostólica, cosa desconocida hasta el presente. Y esto, por no ser decente, no lo admite la disciplina eclesial, y debe desaparecer tal ordenación por ser contra la razón. Hay que proveer que en adelante nadie presuma hacerlo» 23. Es también San Gelasio I (492-496) el que, en una carta a los obispos de Lucania exponiendo las normas jurídicas y disci­plinares de la Iglesia, confirma la posición anterior con estas

19 Cf. San A g u st ín , De haeresibus 27S: P L 42,303; P. d e L a b r ío l l e , Artotyrites: Dict. d’histoire et de géographie ecclés. 4,825ss; G . B a r e il l e , Artotyrites: D TC 1,20353; J. R. G eise lm a n n , Artotyriten: L T K 1,9 11.

20 Comm. in epist. 1 Cor.: P L 30,749; cf. col.750.21 Cn. 1 1 . «Quod non oporteat eas, quae dicuntur presbyterae et praesi-

dentes, in ecclesia constituí» (Les canons des Synodes particuliers [Roma 1962], ed. P. P. J oannou, 135; M a n si, SS. Concil. 2,565).

22 «Ut mulieres omnes Ecclesiae catholicae et fideles a virorum alie- norum lectione et coetibus separentur; vel ad ipsas legentes, aliae, studio vel docendi vel discendi, conveniant» (M a n si, SS. Concil. 3,6338).

23 Cn.2: «Illud etiam a quibusdam suggestum est, ut contra apostolicam disciplinam, incógnito usque in hoc tempus, in ministerium feminae nescio quo loco leviticum videantur assumptae. Quod quidem, quia indecens est, non admittit ecclesiastica disciplina, et contra rationem facta talis ordinatio destruatur. Providendum ne quis sibi hoc ultra praesumat» (ed. J. J o nkers [Leider^ 1954] ,119). Cf. L ’Osserv. Rom. (9.11 nov. 1965) p.2 para esta cita y las siguientes (n.574-576).

La tradición de la Iglesia

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palabras: «Hemos oído con desagrado que hay tan gran des­precio de las cosas divinas, que las mujeres sirven en los sa­grados altares, y que el sexo a quien no le corresponde hace todas aquellas cosas que únicamente están destinadas a ser hechas por los varones» 24.

Inocencio III (1198-1216) recalcará más adelante, en las De­cretales, que «el poder de las llaves fue comunicado por el Señor a los Apóstoles, y no a la Virgen María, aunque ésta fuera más digna y de más excelencia que todos ellos» 25.

Las Decretales de Gregorio IX (1227-1241) encarecen que «de todas las maneras hay que prohibir que ninguna mujer presuma acercarse al altar y servir al sacerdote...»26.

575. Los canonistas y los teólogos fueron unánimes en afirmar la invalidez de la ordenación de mujeres. Juan Teutó­nico escribía: «Los cataphrygas dicen que las diaconisas deben ser ordenadas, lo cual es contra la autoridad. Respondo que las mujeres no reciben el carácter, por impedirlo su sexo y la cons-< titución de la Iglesia, y por esto no pueden ejercitar ningún oficio de órdenes» 27.

Según Santo Tomás, se requiere para recibir válida y líci­tamente las órdenes pertenecer al sexo masculino. Es «por ne­cesidad del sacramento» y «por necesidad de precepto». «Y por las dos cosas se requiere el sexo masculino para recibir las ór­denes. Por esto, aunque a una mujer se le hagan todos los ritos de las órdenes, no recibe el orden. La razón es—continúa el santo Doctor—que, siendo el sacramento un signo, al hacer un sacramento se requiere no sólo que se realice un acto, sino que sea signo de lo que se hace; así como se dijo 28 que en la extre­maunción se exige que haya enfermo para significar al que necesita de curación. Y como quiera que no se puede signifi-. car en el sexo femenino un puesto eminente, pues la mujer

24 «Nihilominus impatienter audivimus, tantum divinarum rerum sub- iisse despectum, ut feminae sacris altaribus ministrare ferantur; et cuneta quae non nisi virorum famulatui deputata sunt, sexum cui non competit, exhibere» (Epist. 9 [Ad Episcopos Lucaniae], 26: P L 59,55D).

25 Decret. I.5 tit.38 c .io : Corpus luris canonici, ed. F r ied b er g (L ipsia 1922) II 887.

26 Decret. Gregorii IX I.3 tit.2 c . i : Corpus luris canonici, ed. F r ie d ­b e r g (Graz 1955), II 454.

27 Glossa ordinaria c.23 causa 27 q .i , Diaconissam.28 Supplem. q.32 a.i.

428 P i l i c.15 § 2. Las mujeres y el sacerdocio

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vive en estado de sujeción, por eso no puede recibir el sacras mentó del orden» 29 *.

576. San Buenaventura recuerda la «opinión común de que las mujeres no deben ser admitidas a las órdenes sagradas» y que, «según la opinión más sana y más prudente de los doc­tores, no sólo no deben o no pueden de iure 3 °, sino que tam­poco pueden de fado». La razón que da es que «esto no viene tanto por institución eclesiástica cuanto por aquello de que no les corresponde el sacramento del orden». Y precisando toda­vía más, da esta razón: «Porque en este sacramento la persona que se ordena significa a Cristo mediador, y puesto que el me­diador solamente estuvo en el sexo masculino y se puede sig­nificar por este sexo, de ahí que la posibilidad de recibir ór­denes solamente compete a los varones, que solamente pueden representar naturalmente y llevar en acto eí signo según lo re­cibido por el carácter» 31.

También para Duns Escoto el sexo femenino es impedi­mento para el orden sagrado. Alega razones de honestidad, de necesidad de precepto y de necesidad de hecho 32. Pero para él la necesidad de precepto deriva del mismo Cristo, no sólo de los Apóstoles o de la Iglesia 33. Y basa asimismo su tesis en el hecho de haber sido excluida de tal dignidad del sacer­docio ministerial la misma Madre de Dios 34.

577. Es claro que este excluir del sacerdocio a las mujeres ha sido posteriormente sentencia común de los teólogos, reco­gida en el Derecho Canónico, como decíamos al principio.

29 Supplem. q.39 a.ic. •3° Por impedirlo la ley. ‘ • •31 In 4 Sen t. dist.25 a. 2 9 .1, conclusio: ed.. Quaracchi 4,6493.3 2 «Sed quantum ad sexum dico quod sexus muliebris simplicifer im-

pedit susceptionem ordinum, et hoc tam ex honéstate quam es necessitate praecepti et facti; non enim est honestum mulieres in tali sacramento aliquo modo ministrare. Excluduntur etiam a susceptione ordinum necessitate praecepti et necessitate facti, non tantum Ecclésiae ,vel praecepto Aposto-- lorum, quia non credo quod ex instituto Ecclesiae vel praecepto Apostolo- rum fuit ablatus aliquis gradus utilis ad salutem ab aliqua persona, et multo magis a toto sexu in vita» ( In 4 Sen t. dist.25 q.2: ed, V iv e s , 24,3693).

3 3 «Si ergo Apostoli vel Ecclesia non possent iuste auferre ab aliqua.una persona aliquem gradum utilem suae saluti, nisi ubi Christus, qui est Caput eorum, instituit auferri, multo magis nec a toto sexu muliebri; ergo Christus tantum praecepit hoc primo, qui - hoc sacramentum instituit» (ibid.).

34 Cf. In 4 Sen t. dist.25 q-2: ed. V iv e s , 19,140.

La tradición de la Iglesia 429

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No bastan, por consiguiente, algunas pocas voces de teólogos modernos para invalidar el peso de la tradición eclesiástica, recogida por el consentimiento de los teólogos escolásticos que enseñaron bajo el Magisterio de la Iglesia. Mucho menos bastarán las tentativas en contrario de algunos grupos de la Iglesia de hoy.

Se podrán discutir algunas razones, o todas, que antes han sido alegadas por los teólogos 35, y de hecho nosotros hemos discutido algunas. Pero no se puede admitir un engaño general en la Iglesia acerca de la sustancia de la tesis que sostiene la invalidez de las órdenes sacramentales conferidas a una mujer. Es lo más probable o probabilísimo, y moralmente cierto, que aquí se trata de una doctrina cierta e irreformable. Mucho menos se puede admitir que haya certeza o indicio suficiente para pensar que Cristo haya insinuado o que hoy apoyaría las ordenaciones de mujeres. Y esta voluntad de Cristo es, tratándose de sacramentos, lo definitivo y a lo que hay que mirar, y además tendría que constar con certeza.

Pablo VI

578. Con ocasión del doctorado de la Iglesia conferido a Santa Teresa de Avila, Pablo V I confirmaba esta postura tra­dicional que hemos expuesto. «Debemos añadir—decía el Pon­tífice en su alocución (27 de septiembre de 1970)—dos obser­vaciones que nos parecen importantes. En primer lugar hay que notar que Santa Teresa de Avila es la primera mujer a quien la Iglesia confiere el título de Doctora; y esto no sin recordar las severas palabras de San Pablo: ‘Las mujeres cállen^ se en las Iglesias’ 36; lo cual quiere decir todavía hoy que la mujer no está destinada a tener en la Iglesia funciones jerár­

35 Por ejemplo, que el oficio de mediador de Cristo está sólo represen­tado por el hombre y no puede ser representado por la mujer, puesto que el sacrificio redentor de Cristo no está o consiste en que fuera varón, sino en su obediencia y sacrificio al Padre. Pero—repetimos—la discusión de algunas razones o argumentos no implica el que se destruya el pensar uná­nime y tradicional de la Iglesia sobre este punto. Por lo demás, ahora no se trata de que Cristo hiciera su sacrificio por ser varón o no, sino que se trata de que la representación de Cristo mediador se significa mejor en el varón que en la mujer. Y es claro que, en el orden natural de la creación, el varón, por su posición de privilegio y primacial respecto de la mujer, representa mejor este oficio de mediador.

36 x Cor 14,34.

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quicas de magisterio y de ministerio. ¿Se habrá violado enton­ces el precepto apostólico?

Podemos responder con claridad: no. Realmente no se trata de un título que comporte funciones jerárquicas de magisterio, pero a la vez debemos señalar que este hecho no supone en ningún modo un menosprecio de la sublime misión de la mujer en el seno del pueblo de Dios.

Por el contrario, ella, al ser incorporada a la Iglesia por el bautismo, participa de ese sacerdocio común de los fieles, que la capacita y la obliga a 'confesar delante de.los hombres la fe que recibió de Dios mediante la Iglesia’ 37. Y en esa con­fesión de la fe tantas mujeres han llegado a las cimas más elevadas, hasta el punto de que su palabra y sus escritos han sido luz y guía de sus hermanos... Por eso el concilio ha querido reconocer la preciosa colaboración con la gracia divina que las mujeres están llamadas a ejercer para instaurar el reino de Dios en la tierra...» 38

Lo s oficios eclesiásticos accesibles a la m u jer 39579. Estos oficios no pueden ser los que se confieren

mediante las órdenes sacramentales, porque, como hemos di­cho (n.sógs), no consta con certeza y positivamente de la voluntad de Cristo en orden a admitirlas a estos sacramentos. Más bien, todos los indicios son de lo contrario, y la práctica y tradición de la Iglesia las ha excluido constantemente.

Pero podrían ser admitidas a todos aquellos oficios de institución eclesiástica que la Iglesia quisiera conferirles. Los oficios del ostiario, de abrir y cerrar las iglesias, de custodiarlas, de preparar lo conveniente para el culto; los oficios del lector, hoy ya concedidos fácilmente a las mujeres; los del acólito, de contestar al celebrante en nombre del pueblo y auxiliarle, al menos remotamente, para el sacrificio..., son oficios accésit bles a la mujer. El oficio de exorcista, de institución eclesiás­tica, hoy, según la actual disciplina, está «atado» aun para los mismos presbíteros.

3 7 Lumen gentium n. 1 1 .38 AAS 62 (1970) 594S.39 Cf. H. L e c l e r c q , Diaconesse: Dict. Archéol. Chrét. et Liturgie

4,1,725-733; J. F o r g e t , Diaconesses: D TC 4,1,685-703; F . S o l á , De sacra­mento ordinis3 4 n.56-59.

Lo que es accesible a la mujer

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Pero el oficio profético de la catequesis de niños y de adul­tos, el de 1 ./enseñanza de la religión en colegios y centros de estudio, el distribuir la comunión a falta de presbíteros y diáco­nos, la beneficencia corporal y espiritual, la administración de bienes de la Iglesia, la administración parroquial en las oficinas y archivos, y aun la asistencia como testigos al matrimonio para recibir el consentimiento de los contrayentes..., son oficios eclesiales más abiertos a las mujeres 40.

580. Algún tiempo existió, y existe todavía en algunas confesiones protestantes, el oficio de diaconisas. Se empleaban principalmente para servir (diácono significa servidor) o ayudar en el bautismo por inmersión de las mujeres.

San Pablo menciona y recomienda en Rom 16,1 a una mujer, Febe, que, además de ser cristiana [«hermana nuestra»], es también «diaconisa» (Sióckovov) de la Iglesia de Cencreas. De ella recuerda los servicios de «asistencia» a muchos y al mismo Pablo (v.2). Es la única mujer que se menciona como «diaconisa» en el Nuevo Testamento, y puede ser el prototipo de este servi­cio de las mujeres que después encontraremos en la historia eclesiástica. Pero este servicio asistencial no implica necesaria^ mente, como se ve, ninguno de los oficios jerárquicos que se confieren por la ordenación sagrada, aunque tampoco hay difi­cultad en admitir que se tratase de un verdadero titulo oficial o «categoría» en la Iglesia y que hubiera sido destinada a ello mediante una bendición especial o consagración, como se ha bendecido a las abadesas y se ha consagrado a las. vírgenes. El oficio de estas diaconisas bien podría ser la asistencia a los enfermos, a los pobres, a los peregrinos, a las mujeres en su bautismo, y todo lo que se relaciona con estas obras de caridad. Pero los documentos que encontramos en la tradición restrin­gen mucho el empleo y oficicr de las mujeres en las cosas del culto y de los sacramentos.

40 Según la Instructio tertia ad Constitutionem de S. Liturgia recte exse- quendam, las mujeres pueden: 1) proclamar las lecturas, excepto el evange­lio; 2) decir las intenciones de la oración universal (oración de los fieles); 3) dirigir el canto de la asamblea litúrgica y tocar él órgano o los instrumentos permitidos; 4) leer las moniciones o instrucciones que ayuden para mejor entender los ritos; 5) desempeñar ciertos servicios de la asamblea, como recibir a los fieles y acompañarlos a sus respectivos sitios, ordenar las proce­siones o recoger limosnas: AAS 62 (1970) 700S.

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581. Tertuliano (ca. 160-222/3) protesta ardientemente con­tra las mujeres herejes que «se atreven a enseñar... a rea­lizar los exorcismos, a prometer curaciones, y tal vez a bauth zar»41. No admite, por consiguiente, el oficio diaconal de las mujeres.

Clemente Alejandrino (ca.i 50-211 /15) distingue los pre­ceptos que se refieren a obispos, presbíteros y diáconos, de aquellos que se refieren a las viudas 42. No parece, por lo tanto, incluir a éstas entre los diáconos. Orígenes (185/6-254/5), de modo parecido, distingue la obligación de los obispos, pres­bíteros y diáconos, de la obligación de la viuda, de la cual cuida la Iglesia43. Conocemos también el texto de San Epifanio, mencionado más arriba (n.572), que expresamente habla del orden de las diaconisas, «no instituido para función sacerdotal ni para ninguna administración de este género, sino para mirar por la decencia...»44 Se refiere al bautismo de las mujeres y no se supone ninguna ordenación clerical en estas diaconisas.

582. En el mismo sentido abundan las Constitutione¡s Apo- stolorum (ca.400) hablando de estas mujeres: «Elige tú [el obispo] a una diaconisa fiel y santa, para los ministerios acerca de las mujeres. Porque a veces y en algunas cosas no podrás enviar un diácono a las mujeres, y destinarás a una diaconisa para evitar que piensen mal los malos. Necesitamos, en efecto, a una mujer diaconisa para muchas cosas: y en primer lugar, cuando se bautizan las mujeres, el diácono que sólo les unja la frente con óleo santo, y después la diaconisa las unte [illinet], porque no conviene que las mujeres sean vistas por los hom­bres»45. Si las diaconisas tuvieran el mismo oficio sacramental de los diáconos, no se ve por qué ellas no podrían en este caso ungir en la frente46.

583. Si en el siglo iv, en Egipto, se les imponían las ma nos para este oficio y se invocaba al Espíritu Santo 47 al con-

41 D e p ra escñ p t. haeretic. (ca.200) 4 1: P L 2,56.42 Paedagogus (post 195) 3,12,97,2: PG 8,676; CB 1,289.43 D e oratione (post 231) 28,4: PG 11,524; CB 2,377.44 A d v . haereses pan ariu m 79,3: PG 42,744.45 C onstit. A p ost. 3,i 6,i s : ed. F u n k , 1,209; (I.3 c.15): PG 1,796.46 Sobre la edad de estas diaconisas recuérdese que San Pablo exigía

para las viudas no menos de sesenta años (1 Tim 5,9) y las virtudes de mise­ricordia que menciona (ibid., b.gs). El concilio de Calcedonia (cn.5) redujo a cuarenta años la edad para diaconisas.

47 Constit. A p o st. 8,193: ed. F u n k , 1,5243; PG i ,in 6 s .

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ferírselo, con gran semejanza al rito de ordenación sacramental, nunca, sin embargo, llegó a verificarse en la Iglesia romana esta imposición de manos ni en la Iglesia universal. Las mismas Constitutiones Apostolorum dicen que «la diaconisa no bendice ni realiza nada de aquellas cosas que hacen los presbíteros o los diáconos; únicamente vigila las puertas y, cuando son bau­tizadas mujeres, ayuda a los presbíteros por razón de decen­cia» 48.

En las Constituciones de la Iglesia egipcia no se encuentra a las diaconisas; y de las «viudas», que están en su lugar, se dice expresamente: «si se constituyere alguna 'viuda’ , no sea orde­nada, sino elíjase por su nombre»49. Cuando el Ordo Roma­nas IX menciona a las diaconisas, sólo habla de la bendición que se les imparte 50. Y si el Ordo Romanus del siglo ix (vul- gatus) habla de la ordenación de las diaconisas con letanías, invocación del Espíritu Santo, imposición de estola, etc., no menciona, sin embargo, la imposición de manos ni los oficios específicos del diácono51.

Poco a poco fue desapareciendo el oficio de las diaconisas al disminuir el número de los bautismos de adultos por in­mersión. Y en el siglo xn ya no se encuentra que se las ordene o bendiga.

584. Para Santo Tomás, la diaconisa mencionada en el decreto de Graciano 52 es sólo «la que participa en algún acto del diácono, como la que lee la homilía en la iglesia». Presbítera es equivalente a viuda 53.

La razón, en definitiva, que nos parece decisiva para no conferir a las mujeres un diaconado sacramental es que la Iglesia debería estar cierta de que Cristo quiso el diaconado para las mujeres o así lo admitiría. Faltan, sin embargo, estos mdicios. Pero sí podría la Iglesia, con sus sacramentales, impe­

48 C onstit. A p o st. 8,28,6: ed. F u n k , 1,5 3 1; PG 1,112 5 .49 Constit. E ccles. A e g y p t. 7 (37): F u n k , D id a sca lia et Constitutiones

A posto loru m 2,105.50 «Similiter etiam feminae diaconissae et presbyterissae, quae eodem

[die] benedicuntur»: P L 78,1005c.51 Cf. H it to r piu s , D e d iv in is o fficiis (1568) 144; F:. Solá, l.c., n.57.52 G r a t ia n i, D ecret. p.2 causa 27 q .i c.23, D iacon issam ; C o rpu s

Iu ris canonici, ed. F r ie d b e r g , 1,1055; ibid., p .i d.32 c .19 , M u lie re s : ed. F r ie d b e r g , 1,122.

53 Su pplem . q.39 a.ic.

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trar a las mujeres gracias divinas para realizar conveniente­mente los oficios por ella instituidos.

Cuando en documentos antiguos se habla de la episcopa, presbytera o presbyterissa, se designa con estas dos últimas pala­bras, que significan ancianidad, a las mujeres ancianas54, o a las viudas 55; también a la abadesa 56 o a la encargada de las diaconisas 57, o a la mujer del presbítero 58. Episcopa puede significar la mujer del obispo 59 o su madre, así como presbytera, la madre del presbítero60. No significan, por consiguiente, esas voces ningún oficio sacramental.

Aspecto ecuménico 435

E n el aspecto ecum énico

585. No es raro recibir informaciones por la prensa, de una cierta tendencia, existente sobre todo entre los anglicanos y otras Confesiones protestantes, para admitir a las mujeres en el ministerio eclesiástico 61.

Si la idea que acerca del sacerdocio se forman estas Confe­siones protestantes es más bien imprecisa, confundida muchas veces con el «ministerio» pastoral de la predicación y de la pre­sidencia en la asamblea, y más distanciada de la idea del sacer­docio sacrificante y administrador de sacramentos que hay en la Iglesia católica, se comprende que sean más fáciles en admitir un «ministerio» y un sacerdocio femenino.

Por eso tampoco se puede hablar de una tendencia unifor­me y constante dentro de una misma confesión protestante en orden a admitir mujeres sacerdotes. Hay diversidad de pensa­miento dentro de la misma confesión según sean las posiciones doctrinales y prácticas sobre el «ministerio».

Influye también en esta diversidad de posiciones la consi­

54 Cf. Didascalia et Constit. Apostolorum 2,28,1-3: ed. F u n k , 1,108.55 Constit. Apost. 2 ,5 7 ,12 : ed. F u n k , 1 ,16 5 .56 Cf. F ér o t in , Líber ordinum 66-67 nt.2.5 7 Cf. San E pif a n io , Advers. haereses 79,4: PG 42,746.5 8 C . San G regorio M ., Dialog. 4 , 1 1 : P L 77,336 («ut sororem dili-

gens»); cf. Epist. 1,9,7: P L 77,946. EÍ concilio Turonense II (a.567) se expresa así: «Si inventus fuerit presbyter cum sua presbytera, aut diaconus cum sua diaconissa, aut subdiaconus cum sua subdiaconissa», excommuni- centur (cn.19: M a n si, S S . Concil. 9,796).

59 Ibid., cn.13,: M a n si, 9,795.60 Cf. F . Solá, l.c., n.56-59, con bibliogr. para lo dicho en los n.581-584.61 Cf., v.gr., J ohn D in g l e , La mujer y el sacerdocio: «La Vanguardia»

(Barcelona), 30 de diciembre de 1966, p.40.

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deración ecuménica del problema. Tanto por lo que se refiere a las mutuas relaciones de las Iglesias anglicanas entre sí como en sus relaciones con otras Iglesias.

586. La Iglesia sueca decidió en 1960 ordenar mujeres. Y acerca de esta decisión dice así el informe de una comisión anglicana de estudio, presidida por G. A. Ellison, obispo de Chester, publicado el 15 de diciembre de 1966: «Hasta 1965 fueron ordenadas n mujeres, perdiendo la Iglesia sueca mu­chos ordenantes [ordenandos] masculinos, que se retiraron por dicha causa. En Inglaterra, las dos «convocaciones» o asambleas (de la Iglesia anglicana) excluyeron inmediatamente a las mu­jeres ordenadas en Suecia de todo ejercicio de su ministerio en las parroquias de la Iglesia de Inglaterra; en efecto, el arzobispo de Canterbury advirtió previamente al de Upsala que tales ordenaciones no acarrearían más que dificultades y disputas entre ambas Iglesias» 62.

En lo relativo al punto de vista de la Iglesia romana, el mismo in­forme se expresa de la siguiente manera: «En la Iglesia católica romana, cuya ley canónica reserva explícitamente la ordenación a los hombres y cuyas prácticas y tradición constante señalan claramente que el sexo masculino es ‘condición de la ordenación’, se advierten síntomas de interés de cara a los aspectos teológicos de la cuestión, interés provocado por lo que podemos denominar movimiento femi­nista en el seno de la Iglesia. El campo de la especulación teológica es mucho más abierto de lo que pudieran hacer creer las prescrip­ciones canónicas...

Por lo que hace a las prácticas de las Iglesias no romanas, en opi­nión de los católicos, sería lamentable que una de las grandes Iglesias históricas decidiera unilateralmente ordenar mujeres. Y en cuanto a las Iglesias menos importantes, tal admisión no sería más que un gran obstáculo para la unificación, ya que la unidad en proyecto no es, hasta ahora, más que una débil federación en la que habrían de tolerarse entonces diversidades y hasta anomalías. En resumen, para los católicos romanos, la cuestión de la ordenación femenina no reviste demasiada importancia; desde luego, mucho menos que la cuestión del papel de los laicos, en cuanto tales, dentro del seno de la Iglesia y que la de la estructuración de un verdadero apostolado de laicos» 63.

587. Las Iglesias ortodoxas se oponen a la ordenación de mujeres con más radicalidad y decisión que algunos teólo­gos católicos. Además, en el pensamiento tradicional de las

62 Ibid., p.40.63 Ibid., p.40.

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Iglesias orientales, el obispo es el «esposo de la Iglesia»; también este pensamiento se encuentra en la Iglesia occidental. Por esto la mujer no desempeñaría aptamente este signo, que es propio del obispo y, en su tanto, del sacerdote.

Mientras que las Iglesias ortodoxas persisten en su sabia y venerable tradición de no admitir mujeres a las órdenes sa­gradas, es sabido que entre los anglicanos, en la Conferencia episcopal de Lambeth del año 1968, el Dr. Coggan, arzobispo de York, propuganaba el reconocimiento de la ordenación de diaconisas como «orden sagrada» y la ordenación de mujeres al presbiterado64.

588. Influye asimismo en la admisión de mujeres para el ministerio la postura inicial de las respectivas Confesiones. Es claro que, si en los ritos sagrados del sacrificio y de los sacramentos no se admite un efecto ontológico sobrenatural, sino solamente un efecto psicológico, como querían los lutera­nos, no hay por qué preocuparse excesivamente de la «potestad» requerida para hacer el sacrificio y los sacramentos. Según los luteranos, todos los cristianos tienen potestad para administrar los sacramentos65. Por esto, poco importa, según ellos, una ordenación especial para ello. No así para los católicos y para los ortodoxos, que creen en este «poder» conferido por la or­denación.

La concepción que tienen asimismo las diversas Confesio­nes sobre la autoridad de la Iglesia para delegar a sus minis­tros puede también explicar la diversidad de opiniones acerca de lo requerido para el sacerdocio. Si el «pastor» o sacerdote es un mandatario de la «asamblea», que lo elige o escoge y le comisiona para el oficio de predicar y exponer la palabra de Dios, pero no para una administración sacerdotal con efectos ontológicos sobrenaturales, no se ve por qué no han de poder escoger y comisionar a una mujer para estos oficios. Pero se llega a otra conclusión si se piensa que la «asamblea» y la misma Iglesia no pueden por sí solas conferir «poderes» sacramentales, puesto que no los tienen. Es Cristo el que bautiza, el que sacrifica, el que unge, el que ordena66. Cristo es el que hace

64 Cf. A. M atabosch , La renovación de la Iglesia, tema base de la Con­ferencia de Lambeth: Crónica en «La Vanguardia», 10 de agosto de 1968.

65 Cf. Dz 1610 (853).66 Cf. Teología del signo sacramental n.195-204.

Aspecto ecuménico 437

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los sacramentos como causa principal, sirviéndose, eso sí, de los ministros de la Iglesia como de instrumentos. Por eso—lo diremos una vez más—, para decidir sobre la válida ordenación de las mujeres, hay que atender necesariamente a lo que Cristo quiso que se hiciera, y solamente cuando conste con certeza de esa voluntad de Cristo, constará con certeza de la válida ordenación de un individuo.

589. Jean Jacques von Allmen, pastor protestante de Suiza y distinguido teólogo, señala en su libro sobre el Ministerio sagrado tres razones por las que no cree legítimo consagrar a las mujeres para el ministerio pastoral. La primera razón, o grupo de razones, es eclesiológica (p.141-147): «se habla así [de consagrar mujeres] porque se supone que el ministerio pastoral no es una institución del Señor, sino una medida inter­na eclesiástica» (p.142). La segunda razón es antropológica y escatológica (p. 147-15 6), por la diferente constitución profunda de la mujer y por su salvación como mujer. La tercera razón, finalmente, es ecuménica (p. 156-164): la idea del «sacerdocio» femenino no ha tenido adeptos en la tradición de la Iglesia 67.

Capítulo XVI

E L SACERDOTE E N L A IG LESIA DE HOY Y E N U N MUNDO QUE CAM BIA

I. En un mundo secularizado 1L o que hoy sucede

590. La realidad cambiante, rápidamente cambiante, del mundo de hoy no necesita ser ponderada: en lo ideológico, en lo social, en lo técnico, en lo económico, en lo político.

67 Ministerio sagrado. Estudios de teología ecuménica (Salamanca 1968) c-5; « ¿Es legítima la consagración de las mujeres para el ministerio pastoral?» (p.141-164).

1 J ohn J. W r ig h t , O sacerdote e a sociedade secularizada: Theologica 5 ( j 97 °) 36 3-374 : W . K a sper , Die Funktion des Priesters in der Kirche: Geist und Leben 42 (1969) 102-116; J. R a t z in g er , Zur Frage nach dem Sinn des priesterlichen Dienstes: Geist und Leben 41 (1968) 347-376; V. E n ­riq ue T arancón , El sacerdote y el mundo de hoy (Salamanca 1959); A . A n t - w e il e r , El sacerdote de hoy y del futuro (Santander 1969); C ard . A lfred B en g sc h , II sacerdote in un mundo in trasformazione: Rassegna di Teología, Suplem. (autumno 1969) p.feHio]; relación de la reunión de Coire, 7-10 de julio de 1969; El sacerdote en el mundo y en la Iglesia de hoy: Confer (1969)

P.1II c.16 § 1. El sacerdote en el mundo

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El dinamismo de la acción eclesial se ve, consiguientemente, poderosa e insistentemente condicionado por la transformación del mundo que gira en torno a los hombres y a la actividad de la Iglesia. Porque la Iglesia está y tiene que estar en el mundo.

Los fenómenos del progreso técnico, con horizontes cada vez más vastos y prometedores, afianzan de día en día la confianza del hombre en sus propias energías. Pero este descubrimiento de nuevas fuerzas y leyes del universo, que debieran elevar- lo al reconocimiento de la Mente ordenadora que ha producido el kosmos universal, fácilmente desemboca en autosuficien­cia, con olvido del Ser trascendente.

Al progreso técnico se asocia el progreso cultural en todos los órdenes; y a uno y otro progreso se une también el socioló­gico, que con formas cada vez más perfectas tiende a levantar y a nivelar las condiciones de vida entre los hombres. Muchas actividades benéficas y culturales, que antes provenían del campo eclesial o religioso, hoy las ha asumido el Estado como misión propia en el desarrollo y perfección temporal del hombre.

591. De ahí, de estas causas principales (por indicar al­gunas que más han influido), la tendencia secularizante del mundo de hoy, que tiende a desligarse de lo religioso y del vínculo sagrado.

De ahí el fenómeno de rechazo sociológico de las activi­dades religioso-benéficas, que hoy asume el Estado o la polis; de ahí la tendencia al hiato entre la religión y la política, sin mutua permeabilidad entre ellas, la llamada separación de la Iglesia y del Estado; de ahí el disgusto de que aparezca lo confesional en lo que se juzga meramente profesional, bien en el orden de los sindicatos laborales, bien en el orden de los par­tidos políticos; de ahí, con tendencia niveladora, el no recono­cer castas privilegiadas, ni considerar al clero como una de ellas; de ahí que la cultura y el arte y la vida pública, patente a los demás ciudadanos, vayan informadas de un signo amorfo en lo confesional; de ahí la separación de lo sagrado (que se desea relegar al campo de lo privado y escondido) y de lo profano, que pugna por salir, manifestarse e invadir todos los campos.

776-738 (crónica de Coire); M. P f l iz e r , Esistenza sacerdotale (Milano 1965); F. X. D u r r w ell , Le prétre dans VÉglise: Lumen vitae 24 (1969) 109-144; K. R a h n er , Vom Sinn des kirchliches Amtes (Freiburg i. B. 1966).

Lo que hoy sucede

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440

Las consecuencias de este fenómeno de secularización se advierten en la vida familiar y más todavía en la social y cul­tural, crece con ellas la autonomía de estas esferas respecto de la religión y de lo sagrado 2.

Lo que hoy se propone al sacerdote

592. Para el sacerdote, que es hombre de lo sagrado, esta realidad secularizante no deja de tener su influencia. Tam­bién las estructuras tradicionales o lo institucional arcaico, que en muchos casos han perdido su eficacia para el mundo con­temporáneo, suscitan dudas y aguda problemática sobre la postura sacerdotal enfrente del mundo de hoy.

La secularización ha provocado en muchas partes un po­deroso laicismo y un gran olvido de Dios. La secularización del mundo de hoy parece dejar a la Iglesia como sola y aban­donada. Esta puede aparecer en muchas ocasiones como un pusillus grex (cf. Le 12,32), pero con fuerza y promesa evangé­lica para transformar todavía el mundo.

En algunas partes se ha dado el fenómeno de replegarriiento de las grandes masas de antaño a las pequeñas comunidades, a las que se quiere formar más intensamente en lo religioso, acomodando la educación a la circunstancia local presente.

Muchos sacerdotes y candidatos al sacerdocio sienten hoy una gran simpatía por el mundo cultural moderno, como medio necesario para insertarle la cultura del Evangelio. No pocos extienden esta simpatía a los medios y ambientes juveniles, que han de crecer alimentados por esta cultura y sociedad moderna.

Sienten estos sacerdotes la necesidad de «encarnarse» en la cultura de la época, en la cultura del país en que han de tra­bajar. Y esta encarnación, necesaria para una posterior reden­ción, la sienten como exigencia de su apostolado.

2 Sobre este fenómeno véase, por ejemplo, K. Rahner, Theologische Reflexionen zum Problem der Sácularisation, en «Schriften zur Theologie»8 (Einsiedeln 1967) p.637-666; R. M arlé, Le christianisme á l’épreuve de la seculansation: Etudes (1968) 62-80; Id., Sécularisation: Lumen vitae 23 (1968) 4° i - 4i4; B. de M argerie, Le Christ, la sécularisation et la consé- cration du monde: NouvRevTh 91 (1969) 370-396; M. van Caster, La sécularisation interpretée dans une perspective chrétienne: Lumen vitae 23 (1968) 445-463; C. Gorreia, Secularizando. Raíces ideológicas de un movimento: Theologica 5 (1970) 317-334; I- L . Illanes, Reflexóes criticas sobre a secularizando: ibid., p.335-352.

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441

593. De ahí un pluralismo de opciones que se ha presentado al sacerdote, en muchos casos con la loable finalidad de inser­tarse más fácilmente en la cultura del mundo contemporáneo.

Se ha discutido si el sacerdote en su trabajo, en sus diver­siones, en su comportamiento, ha de separarse o ha de inte­grarse en el mundo, con el fin de no poner obstáculos al testi­monio cristiano y entregarse así a la empresa apostólica, mien­tras consigue su plena realización en el mundo de hoy.

No se desea por muchos un sacerdocio separado del resto de los conciudadanos; no se quiere que el sacerdote sea dife­rente de los demás, ni que aparezca como ser protegido.

Por esto se preguntan muchos si no le convendrá adoptar una profesión civil, mediante la cual se inserte en la sociedad; y la llamada profesionalización del sacerdote ha llegado a ser postulado para algunos.

Otros se preguntan si la dedicación a las funciones sacer­dotales debe ser plena; si no bastaría una. dedicación parcial, para asegurar así la inserción en el mundo.

Otros refieren esta dedicación parcial al aspecto del tiempo y han problematizado sobre el sacerdocio con un compromiso no perpetuo, sino meramente temporal.

Las modalidades de la existencia sacerdotal se conciben así múltiples y pluriformes: con profesión civil o sin ella; con dedicación parcial, diríase «de fin de semana», o plena; para toda la vida o para unos años; con trabajo propio para sustentarse o para conseguir medios de apostolado, o dedicado únicamente a lo sagrado; sacerdote obrero o sacerdote burgués; incardinado en diócesis o itinerante; y, por supuesto, sin celi­bato, con familia propia, o con él... 3

Esta pluriformidad de la existencia futura que se prevé para el sacerdote ha dificultado a muchos candidatos la opción razonada para este estado al no conocer la manera concreta de un existir futuro en el que el sacerdote deberá integrarse.

3 Según «Cambios y Diálogo» (París), que recoge el sentir de algunos sacerdotes que se llamaron «contestarlos», reunidos en 21-22 de junio de 1969 en la cripta de Santa Odilia, las cuestiones discutidas fueron: a) la del tra­bajo (profesional) con dedicación plena para asegurar la subsistencia perso­nal y (eventualmente) la de la familia; b) el desolidarizarse de los esquemas capitalistas en la organización del mundo; c) celibato no obligatorio; por serlo—pensaban algunos—oculta su sentido profético. Cf. Carrefour, 2 de julio de 1969; Roca viva n.20-21 (agosto-sep. 1969) p.64.

Lo que hoy se propone al sacerdote

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442 P.III c.16 § 1. El sacerdote en el mundo

Son varios los diferentes tipos de vida sacerdotal que ha descubierto o creado la literatura contemporánea4, reflejo de algunas de estas preocupaciones.

594. Pablo VI ha tenido conciencia de «algunas ideas dinámicas que hoy recorren toda la Iglesia y que despiertan no poca turbación, especialmente entre los eclesiásticos».

La primera de estas ideas se refiere a «la figura del sacer­dote». Se la estudia casi siempre en lo externo, en su posición sociológica dentro del marco de la sociedad contemporánea, que es lo mismo que decir en un mundo en transformación. Muchos han hecho el vacío en torno al sacerdote que conser­vaba sus puestos tradicionales; en unas partes el sacerdote se ve abandonado; en otras ha variado la clientela pastoral, cuyos intereses vitales son distintos de los de antes, con dificultad para captar su atención y su interés por la religión, y para integrarla en una comunidad orante.

El sacerdote ha aparecido, así, como un fenómeno social anacrónico, extraño e inútil.

El celo de muchos sacerdotes, no sólo por la soledad y vacío social en que se encontraban, sino también por la con­ciencia que tienen de su misión, ha querido buscar y llamar a los que faltaban en la casa del Padre. Porque «el sacerdote no es sólo para sí, es para los demás; el sacerdote debe salir al encuentro de los hombres para convertirlos en fieles y no sólo esperar que los hombres vengan a él» 5.

Lo que hay que hacer595. Es de muchos la tendencia a buscar lo esencial y lo

profundo de la propia vocación para ver la manera de aplicarlo a las circunstancias accidentales y periféricas.

Lo esencial y lo profundo del sacerdocio hemos procurado indicarlo en los capítulos anteriores (c .n -12).

La evangelización del pueblo sigue siendo el primer pos­tulado, en el orden cronológico, para la misión y el apostolado.

Contribuye al ministerio de evangelizar el testimonio de

4 Cf., v.gr., T . Z am arriego , Tipología sacerdotal en la novela contem­poránea (Madrid 1959)*' L. M. H e r r á n , El anticlericalismo en la literatura española, en «Teología del sacerdocio» II (Burgos 1970) p.310-372.

5 A los cuaresmeros y párrocos de Roma (17 de febrero de 1969): ÁAS 61 (1969) 188-189. Cf. Ecclesia n.1430 (1 de marzo de 1969) 29 (1969) p. (281) 5.

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vida que se espera del sacerdote, con su amor al trabajo y a la pobreza.

En ocasiones será preciso establecer los condicionamien­tos previos a la evangelización, fomentando el desarrollo tem­poral y cultural, como etapa necesaria de preevangelización.

El sacerdote está llamado a dirigir y formar la comunidad cristiana, como padre que educa a los hijos para que la vida de Cristo se manifieste vigorosa en ellos.

Pero siempre el sacerdote seguirá siendo el hombre de lo sagrado, con el servicio del culto, con el sacrificio y los sacra­mentos realizados «en persona de Cristo»6.

596. Pablo VI prevenía contra la desacralización del sacer­dote.

Lo que hay que hacer 443

«La necesidad, más aún, el deber de la misión eficaz e inserta en la realidad de la vida social puede producir otros inconvenientes, como el de subestimar el ministerio sacramental y litúrgico, como si fuera un freno y un impedimento para la evangelización directa del mundo moderno; o el otro inconveniente, hoy muy extendido, de querer hacer del sacerdote un hombre como otro cualquiera en su modo de vestir, en la profesión profana, en la existencia a los espectáculos, en la experiencia mundana, en el compromiso social y político, en la formación de una familia propia con la renuncia al sagrado celibato. Se habla de querer, de este modo, integrar al sacerdote en la sociedad. ¿Es así como debe entenderse el significado de la palabra magistral de Jesús, que nos quiere en el mundo, pero no del mundo? ¿No ha llamado y escogido El a sus discípulos, a aquellos que debían extender y continuar el anuncio del reino de Dios, distinguiéndolos, más aún, separándolos del modo común de vivir, y pidiéndoles que lo dejaran todo para seguirle solamente a El? Todo el Evangelio habla de esta cualificación, de esta 'especialización' de los discípulos, que deberían después ser los Apóstoles. Jesús los ha separado, no sin un sacrificio radical por parte de ellos, de sus ocupaciones ordinarias, de sus intereses legítimos y normales, de su asimilación al ambiente social, de sus afectos sacrosantos; y los ha querido consagrados a El con un don completo, con un compromiso sin retorno, contando, eso sí, con su libre y espontánea respuesta, pero pidiéndoles por adelantado una total renuncia, una inmolación heroica»7.

Dimensión sagrada del sacerdote597- El sacerdote tiene una dimensión sagrada, que es

irrenunciable. Pertenece a la misma esencia de su ser sacer­dotal.

6 Cf. M. A umont, Le prétre homme du sacré (Desclée, 1969).7 AAS 61 (1969) 190. Cf. Ecclesia, l.c., p. (283) 7.

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Pablo VI, dirigiéndose a los sacerdotes que ordenó en Ma­nila, les decía: «Aquella sacralidad que el mundo no conoce y que muchos tratan de despojar de la personalidad del sacer­dote» debiera estar siempre presente en vosotros, en vuestro espíritu y en vuestra conducta, porque ella deriva de una nueva presencia cualificadora del Espíritu Santo en vuestras almas» 8.

El hecho de la ordenación, que persevera moralmente, y el carácter sacramental impreso en el alma del sacerdote, son el fundamento de una sacralidad que tendrá su complemento y ejercicio en las funciones sagradas que el sacerdote desempe­ña, esto es, en la evangelización del mensaje, en el sacrificio y en los sacramentos, en el culto y en el gobierno espiritual de los pueblos.

598. Pero esta dimensión sagrada sólo es sensible por la fe. Y los efectos de este carácter sagrado sólo se conocen por la fe.

«La Iglesia parece estéril en este siglo—escribe San Am ­brosio porque no da a luz cosas seculares ni del presente mundo, sino del futuro, es decir, aquellas cosas que no se ven» 9.

Por esto, cualquiera que sea la época en que se vive, cual­quiera que sea la cultura y la forma sociológica ante la cual tenga que desarrollarse el mensaje, siempre el sacerdote será un servidor de lo sagrado, con su palabra de la verdad y con su testimonio de vida, con su acción sacrificial y con sus accio­nes sacramentales. Porque esto pertenece a la misión esencial del sacerdote. Las diferentes formas existenciales en que se desarrolla esta misión pertenecen a lo accidental y a lo perifé­rico. En lo esencial se debe reconocer la identidad del sacer­dote, no en lo accidental.

Esta sacralidad sacerdotal es la que desean los fieles 10. Lo sagrado y lo reverente es lo que se debe conservar en los ritos litúrgicos, que no deben servir para la supuesta desacra- lización 1 1 .

® A los nuevos sacerdotes ordenados en la misa celebrada en el parque Luneta (noviembre 1970): AAS 63 (1971) 28.

9 De Abraham 2,72: P L 14,515c.10 Cf. M. A umont, l.c.1 1 «La instauración de los sagrados ritos de ninguna manera tiene que

ver con la que llaman desacralización, ni quiere servir de argumento alguno para el suceso que llaman secularización del mundo. Por esto se debe guardar

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599. San Cipriano quería ver en los sacerdotes, y en tiem­pos bien secularizados, una dedicación total a lo sagrado. Re­cuerda en una de sus cartas que «en un concilio de obispos se había decretado que no se instituyera tutor o procurador a ningún clérigo, dado que todos los que tienen la dignidad del sacerdocio de Dios y están dedicados al ministerio clerical, sola­mente deben servir al sacrificio del altar y vacar a la plegaria y oración». Trae a este propósito el texto de 2 Tim 2,4: «El soldado de Dios no se enreda en los cuidados del mundo si quiere complacer al que lo alistó», ponderando que si esto está dicho para todos, mucho más para los destinados a las ocupa­ciones religiosas. Trae también el ejemplo o antecedente de los levitas en la Ley Antigua, consagrados únicamente al culto de Dios y recibiendo los décimos de las demás tribus. «La misma reglamentación y disciplina—añade—se guarda ahora en el clero, de modo que los promovidos al orden clerical en la Iglesia del Señor, de ninguna manera se vean impedidos del servicio divino ni se embaracen con negocios y solicitudes del siglo; al contrario, más bien recibiendo en beneficio suyo las ofrendas de los hermanos, a manera de diezmos de los frutos, no se aparten del sacrificio del altar y sirvan día y noche en ocupaciones religiosas y espirituales» 12.

Estar en el mundo sin ser del mundo

600. El sacerdote tiene que ser un hombre accesible para los demás hombres; que sea fácil de ser encontrado, para que todos tengan cabida en él. Un hombre semejante en lo posible a los demás hombres, asimilado a ellos. Como Jesucristo, que «debió hacerse semejante en todo a los hermanos para hacerse misericordioso» (Heb 2,17), para comprender las luchas y di­ficultades de los demás... Semejante en todo menos en el pe­cado. Cristo, semejante ciertamente a los hermanos, es al mis­mo tiempo distinto, «separado de los pecadores y más levan­tado que los cielos» (Heb 7,26).

San Pablo, que se hizo todo a todos para ganarlos a todos para Cristo (1 Cor 9,22), no por ello dejaba de ser un hombre

la dignidad, la gravedad y la índole sagrada de los ritos» (S. C ongreg. pro c u l t u divino, Instructio tertia ad Constit. de S. Liturgia recte exsequendam: AAS 62 [1970] 695).

12 Epist. 1 , 1 , 1 : ed. J. Campos (BAC), P.364S.

Dimensión sagrada del sacerdote

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«separado (ácpcopiapévos) para el Evangelio de Dios» (Rom 1,1), conciliando así el principio de asimilación y de encarnación con el principio de trascendencia y mediación para subir y levantar a los prójimos hacia Dios.

601. El sacerdote tendrá que vivir en el mundo, hacerse asequible a todos, ser como uno de ellos...; pero al mismo tiempo, si quiere ofrecer a todos la mano para salvarlos y no ser arrastrado por la turbulenta corriente, deberá estar ase­gurado firmemente en la ribera; ser claro e irradiante en sus principios y doctrinas; amar de tal manera, que su amor con­quiste y arrastre para el reino a los que le rodean.

Es una exigencia del sacerdocio apostólico la inserción en la vida de los contemporáneos. Lo indicaba el decreto Presby- terorum ordinis (n.3):

«Los presbíteros, tomados de entre los hombres para las cosas que miran a Dios, para ofrecer ofrendas y sacrificios por los peca­dos 13 14, viven entre los demás hombres como entre hermanos. Así procedió el mismo Señor Jesús, Hijo de Dios, quien, enviado por el Padre, como hombre entre los hombres, vivió entre nosotros y quiso asemejarse en todo a sus hermanos, menos en el pecado 14. El fue ya imitado por los Apóstoles... Por su vocación y ordenación, los presbíteros de la Nueva Alianza son en cierta manera separados en el seno del pueblo de Dios, no para que se alejen de él, ni de cualquier hombre, sino para que puedan consagrarse totalmente a la obra a la que el Señor los llamó. No podrían ser ministros si no fueren testigos y dispensadores de otra vida que de la terrena; pero tampoco podrían prestarles su ayuda si se sintieran extraños a su existencia y condi­ciones. Su mismo ministerio les exige, por singular título, que no se conformen en nada a este mundo; y al mismo tiempo requiere que vivan en este mundo, en medio de los hombres, y que como buenos pastores conozcan a sus ovejas e intenten atraer aun aquellas que no son todavía de este redil, para que también ellas oigan la voz de Cristo y se forme un solo rebaño bajo un solo Pastor».

602. El sacerdote no puede menos de ser un «segregado» y apartado del común, en orden a llevar al común de los hom­bres lo que allí no se encuentra. Su circunstancia, la del pres­bítero, es de tensión dialéctica entre estar entre el pueblo, del cual procede, y no ser del pueblo, en el sentido de seguir la co­rriente mundana que con frecuencia domina en él. Está en el mundo, pero no debe ser del mundo.

P.III c.16 § 1. El sacerdote en el mundo

13 Cf. Heb s,i.14 Cf. Heb 2,17 ; 4,15.

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El sacerdote está en el mundo, porque, como todo pontífice (que quiere decir literalmente; el que hace de puente y es mediador), ha sido tomado o sacado de entre los hombres, y esta puesto en favor de los hombres en las cosas tocantes a Dios o a la religión. Es el pensamiento de San Pablo a los Hebreos, hablando de todo pontífice (Heb 5,1), que ahora se aplica a todo presbítero. Por esto no puede el sacerdote prescindir de los hombres, sus hermanos. Tiene que lle­varlos a Dios, hacer de puente para que lleguen a Dios.

Pero, al mismo tiempo, tiene que ser hombre de Dios, para ser mediador para con Dios. Por esto su oficio primario es el de «ofrecer dones y sacrificios por los pecados»15. El sacerdote es esencialmente reparador del honor divino y debe velar por los intereses de Dios. Debe unir a Dios con los hombres y a los hombres con Dios.

Esta interacción y dialéctica es la que se repite de diversas maneras en todo el n.3 del Presbyterorum ordinis.

Y se trae el ejemplo de Jesucristo y el de los Apóstoles...

603. De parecida manera, en los sacerdotes del Nuevo Testamento, Dios los distingue y los separa de los demás, en cuanto que les da un llamamiento y una vocación que no tie­nen los demás, y les infunde asimismo, por el sacramento del orden, una gracia, y una potestad, y un carácter en el alma, que no tienen los demás hombres. En este sentido son también «segregados» y apartados de los otros dentro de la comunidad. Y Dios los quiere como posesión suya. Son la heredad y la porción del Señor 16, Dios quiere que se consagren al minis­terio excelso al que los destina.

Pero deben ejercitarlo entre los hombres. Es imposible que se separen totalmente de ellos. Esto vale de modo particular de aquellos sacerdotes, que son la mayoría, que tratan con los prójimos en su apostolado. La comisión conciliar, al contes­tar a una de las enmiendas propuestas, reconoce que los reli­giosos de vida contemplativa no tienen ni pueden tener este contacto con los hombres, que se presupone en los demás. Por esto se dijo en el proemio que al hablar de los presbíteros se habla también de los religiosos congrua congruis referendo 17.

Las circunstancias externas que obligan a vivir en el mun­do, y al mismo tiempo inclinan a ser como el mundo, deben aliarse al mismo tiempo con los impulsos internos que levan­

1 5 A última hora se añadieron estas palabras para insistir en lo que se llamaba oficio primario del sacerdote (cf. Modi c.i n.34 p.25s).

16 Cf. Pontificóle Romanum, en el Ordo faciendi clericum.17 Cf. Modi n.6,45 p. 16.26; M. N ico lau , Sacerdotes y Religiosos...

P.30S.

Estar en el mundo sin ser del mundo

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ten el espíritu para estar sobre el mundo. La junta de ambos elementos no es fácil.

604. La libertad de espíritu a que exhorta el decreto «so­bre el ministerio y vida de los presbíteros» es necesaria para oír la voz de Dios en la vida diaria:

«Con el trato amigable y fraterno entre sí y con los demás hombres, los presbíteros pueden aprender el cultivo de los valores humanos y el aprecio de los bienes creados como dones de Dios. Aunque viviendo en el mundo, sepan, sin embargo, siempre, según la sentencia del Señor, nuestro Maestro, que no son del mundo 18. Usando, pues, del mundo como si de él no usasen 19, llegarán a la libertad que les hará dóciles para oír la voz de Dios, que les habla en la vida cotidiana. De esta libertad y docilidad emana la discreción espiritual con que se halla la recta postura frente al mundo y los bienes terrenos. Actitud esencial para los presbíteros, pues la misión de la Iglesia se realiza en medio de este mundo y porque los bienes terrenos son completa­mente necesarios para el progreso personal del hombre» 20.

El problema y la antinomia reside en que el sacerdote, como discípulo de Cristo, viviendo en este mundo, no debe ser de este mundo. No pidió Jesús al Padre para ellos que los sacara del mundo, sino que los preservara del mal (cf. Jn 17,14-16).

La antinomia tiene solución. La solución está en «usar de las cosas del mundo como quien no abusa» (1 Cor 7,31); «los que lloran, como si no llorasen, y los que gozan, como si no gozasen, y los que compran, como si no poseyesen... Porque pasa la configuración de este mundo» (1 Cor 7,30^31) 21.

Pero el mundo secularizado del futuro, que se prevé, exi­girá todavía más que hoy sacerdotes que sean de verdad evan- gelizadores y misioneros, abnegados de sus propias comodida­des, que no busquen lo suyo, sino lo de Jesucristo; hombres de lo sagrado, que lo sientan profundamente en su interior, para trasladar estas vivencias a los prójimos que rodearán al sacerdote del futuro, ignaros de estas realidades sobrenatural les. Precisamente entonces se podrá ver la maravillosa conver­gencia de las funciones esenciales y permanentes del sacerdocio ministerial, con lo que más necesitará el mundo secularizado.

605. Una de las causas de la confusión reinante parece estar en el olvido de los puntos esenciales, donde debería car-

18 Cf. Jn 17,14-16. 20 Presbyterorum ordinis 11.17a.19 Cf. 1 Cor 7,31. 21 Cf. Sacerdotes y Religiosos... P.169S.

P .lll c.16 § 1. El sacerdote en el mundo

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Estar en el mundo sin ser del mundo 449

gar el acento, para pasar la atención a los puntos accidentales y periféricos, cambiantes por su misma naturaleza.

El sacerdocio, estimado en sus valores esenciales y amado por ellos, parece tener, por otra parte, como todo gran amor, exigencias de totalidad y de exclusivismo que parecen han de absorber, ante la magnitud de la empresa encomendada, las energías todas del sacerdote, pues todas parecerán escasas para el cometido que aguarda.

Por eso hoy día, que privan tanto las exigencias de plena dedicación al propio oficio y a la propia profesión, parece su- perfluo recomendar al sacerdote la «plena dedicación».

El sacerdote, que ha de estar en el mundo y ha de hacerse asequible a los del mundo, es al mismo tiempo un ser de ex-, cepción que no ha de ser como los del mundo. Su mismo celi­bato es signo de esta excepcionalidad y de su consagración al Señor y a una causa superior: la dimensión «horizontal» de su vida en busca de los hermanos no puede quedarse en mera «superficialidad»; es menester que ahonde en lo profundo de la caridad y que, fundamentado y enraizado en ella, suba hasta lo alto en «edificación» vertical para el cielo.

¿Sacerdocio temporal? 22

606. Aunque las opciones perpetuas son dificultosas ge­neralmente, y más a los jóvenes y a no pocos hombres de hoy, sin embargo, el carácter sacramental del sacerdocio, que es indeleble y permanente, al menos en esta vida (cf. n.283), hace que el sacerdocio sacramental esté en disposición perma­nente de actuarse durante la vida toda del sacerdote.

Se pregunta, sin embargo, si el oficio sacerdotal es necesa-- riamente perpetuo, y si no sería posible un sacerdocio tempo­ral, limitado a un lapso determinado de tiempo, renovable como se renuevan ciertos votos y sujeto a revisión por parte del interesado, como se revisan otros compromisos.

607. La revocabilidad del sacerdocio parece que debería estudiarse considerando: a ) la naturaleza misma del sacerdocio sacramental en su intrínseco constitutivo; b) el llamamiento de

22 Como cuestión afín a la vocación de los sacerdotes puede verse sobre la vocación de los religiosos: ¿Vocación temporal?: Manresa 36 (1964) 343-346.

Ministros de Cristo 15

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450 P.IíI c.16 § 1. El sacerdote en el mundo

Dios para este estado y los condicionamientos en que se des­arrolla esta vocación divina; c) las disposiciones variables o per­manentes del sujeto que ha recibido el sacramento del orden.

a) E n c u a n t o a l a n a t u r a l e z a d e l s a c e r d o c i o s a c r a ­

m e n t a l , creemos que está constituido form alm ente por el ca­rácter impreso en el alma del sacerdote (cf. n.279 418 420). Uno queda constituido sacerdote por el carácter sacramental, que le configura y consagra a Jesucristo, Pastor y Cabeza, y le capacita para actuar «en persona de Cristo».

Ahora bien, este carácter, como ya hemos dicho, es indele­ble y permanente, al menos en esta vida. Luego el sacerdocio, en su ser más intrínseco y formal, es también permanente y du­radero, al menos durante la vida del sacerdote... Podrá faltar por parte del individuo, o suspenderse por parte de la autoridad social competente, el ejercicio del sacerdocio; pero el sacerdocio permanece, consciente o latente, en el ánimo del ordenado, dis­puesto a ser actuado en cuanto se cumplan las condiciones de su ejercicio.

Esta índole permanente de lo más constitutivo y específico del ser sacerdotal parece indicar que el sacerdocio es por su misma naturaleza perpetuo y que, de suyo, está avocado al ejer­cicio. No parece posible que un individuo actúe por sí solo todos los oficios y las posibilidades sacerdotales que le han co­municado en la ordenación; pero sí parece que se requiere en él una disposición y voluntad de no frustrarlas en cuanto de él de­penda, admitiendo los oficios sacerdotales que le señale la auto­ridad.

608. b) E l l l a m a m i e n t o d e D io s p a r a e l e s t a d o s a c e r ­

d o t a l es un llamamiento p a ra lo que es el sacerdocio en sí mismo, esto es, para una manera perm anente de ser, participando del sacerdocio de Cristo y en servicio de la misión eclesial.

El Señor es celoso para atribuirse la elección para este estado (cf. Me 3,12; Jn 15,16). El hombre corresponde a este llama­miento, pero la iniciativa es de Dios. Y El sabe para qué llama y a quién llama. Si el estado a que llama es de suyo permanente, El sabe que llama para una vocación permanente.

La designación para el estado episcopal o sacerdotal podrá provenir del pueblo o de los demás hombres; pero la verdadera elección o llamamiento, supuesta la auténtica vocación (cf. núme­

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451

ros 6 14 S S .6 3 is), es de Dios y de sus representantes jerárquicos en la Iglesia. Los dones de Dios son sin arrepentimiento (cf. Rom 11,29). Luego por parte de Dios no es de presumir un retirarse la vocación para el sacerdocio.

Se concibe, sin embargo, que el ejercicio sacerdotal pueda impedirse en un individuo sacerdote por razones de enferme- dad, incapacidad u otras que han venido por causas ajenas a sú voluntad y que dependen del ordenamiento providencial de los eventos y de los seres. No por esto retira Dios en estos casos la gracia del sacerdocio, que es permanente, sino indica sola­mente su voluntad de que este sacerdocio no sea ejercitado en la forma en que antes lo era. Pero pueden quedar abiertas y pa­tentes otras maneras de ejercitarlo. Lo que no es de presumir, según parece, sino que debería probarse, es que Dios quiera re­tirar a uno del estado sacerdotal después de haberle llamado (con auténtica vocación) a un estado que por su naturaleza es permanente.

609. c) L a r e s p u e s t a d e l i n d i v i d u o a l a v o c a c i ó n d e

D i o s , recibiendo el sacramento del orden, es como sellar un pacto de alianza entre Dios y el hombre para la misión sacer­dotal que Dios quiere realizar mediante este instrumento en la Iglesia. El carácter sacramental ha sido visto como un sello del amor de predilección de Dios respecto del sacerdote (cf. n.282). Este contrato de alianza o de servicio del sacerdote respecto de Dios es, por su naturaleza, perpetuo, y no parece que por parte de Dios dejará de serlo.

Las limitaciones de la fragilidad humana y su inconstancia; las imprevisiones del futuro y de la situación anímica del sacer­dote respecto de sí mismo y de los acontecimientos del porve­nir... pueden hacer vacilar la decisión de éste, por firme y ca­tegórica que parezca.

Sin embargo, hay opciones en la vida que por su naturaleza son perpetuas, como la del matrimonio; y no se rehuyen ni se difieren entonces los compromisos por el temor del futuro.

Cierto que, cuando reina un gran amor, hay exigencias de perpetuidad de entrega. Exigencias también de totalidad. Si lá respuesta del sacerdote a la predilección divina que le ha llama­do despierta exigencias de amor, y de un gran amor, el sacer­dote parece que responderá con entrega de perpetuidad y de totalidad, con un servicio perpetuo y exclusivo al Evangelio.

¿Vocación temporal?

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452 P i l i c.16 § 1. El sacerdote en el mundo

Por otra parte, la apremiante necesidad del ministerio sacer­dotal, en bien de las almas y en servicio urgente a la Iglesia, invita ciertamente a un ministerio que sea duradero y a una disponibilidad de todos los momentos.

610. El pobre ser humano, sobre todo si confía en sí, fra­casará muchas veces en su propósito y en su empresa; quebran­tará su pacto y sus compromisos y podrá cansarse de ellos. En otra hipótesis, no de infidelidad, podrán variar las circunstan­cias previsibles o imprevisibles que, bien por efectos imputa­bles al individuo, bien por altos juicios divinos, hagan muy di­fícil o moralmente imposible el ejercicio de los oficios sacerdota­les y conduzcan a una situación humana y eclesial difícilmente aceptable. El pobre ser humano es susceptible de equivocacio­nes en su presunta vocación, que creyó ser divina, cuando en realidad no lo fue. Hoy sabemos que la Iglesia, en no pocos casos, no rechaza desligar al sacerdote del ejercicio de sus oficios y obligaciones sacerdotales. La potestad vicaria concedida por Cristo hace que, aun en los votos hechos a Dios o en los oficios que por su naturaleza son perpetuos, la Santa Sede pueda dis­pensar válida y lícitamente por el bien del individuo o por el bien eclesial.

Como se ha podido ver, si negamos el carácter temporal del sacerdocio, no es porque el abandono del ministerio suponga necesariamente el abandono de la Iglesia y de la fe; lo cual en ninguna hipótesis es viable. No. Se puede dejar y se deja de hecho el ejercicio del sacerdocio, y el individuo sigue permane­ciendo en la Iglesia. No se reniegan entonces las elecciones fun­damentales de fe y vida cristiana, que han comprometido la vida de un hombre para siempre.

6 n . Pero la dispensa de las obligaciones sacerdotales no proviene de la comunidad cristiana, sino de la Iglesia jerárqui­ca. Porque las obligaciones sacerdotales, con que el hombre que­da ligado con Dios, con la jerarquía y con la Iglesia, tienen pri­mariamente a Dios por término y El es el que desliga de ellas por medio de sus ministros; no la comunidad.

Como queda la marca del bautismo, queda la marca o carác­ter del sacramento del orden, aunque la función ministerial ya no se desempeñe.

La vocación divina para el ministerio sacerdotal, si fue

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La vocación sacerdotal 453

auténticamente divina, para funciones perpetuas, no es de pre­sumir que se cambie ligeramente por parte de Dios. La renun­cia a la vocación pasada, realizada en pacto y correspondencia con Dios y con la Iglesia, no parece que pueda realizarse unila­teralmente, por única y exclusiva decisión del individuo sacer­dote 23.

II. Teología de la vocación sacerdotal1

612. Para la perpetuidad del ministerio sacerdotal hemos supuesto como fundamento una auténtica vocación de Dios, que llama al desempeño de la misión y al sacramento del orden.

La teología de la vocación sacerdotal estudiará la realidad de este llamamiento divino, sus condicionamientos en el indi­viduo y en la sociedad, y los criterios internos y externos al candidato, para discernirla con la posible certeza.

Las fuentes para este estudio, como en toda teología, serán la revelación divina conocida en la Sagrada Escritura y . en la Tradición, el razonamiento teológico y otros lugares teológicos «adjuntos», como la historia, el derecho, la psicología..., que ayudan para confirmar la teología de la vocación.

23 Parecidas dificultades a las que hemos propuesto, en R. J. B u n n ik , Prétres des temps nouveaux (Casterman 1969) p.igoss.

1 Cf. M. N ico lau , Esbozo de una teología de la vocación: Manresa 40 (1968) 47-64; W ie d e k e h r , Die Theologie der Berufung in den Paulusbriefe (Freiburg i. Schweiss) (coll. Studia Friburg. Neue Folge 36); C l . M. H e n z e , Problema vocationis sacerdotalis in luce Novi Testamenti consideratum: Divus Thomas (Piac. 1961) 431-436; I. C arrasco , Teología de la vocación: Salman- ticensis 16 (1969) 533-562; B. L avaud , L ’élément divin de la vocation au sacerdoce ou á la vie religieuse selon Pie X II dans la Const. «Sedes sapientiae»: Angelicum 37 (1960) 282SS; R. H o st ie , Le discernement des vocations (Bru- ges 1970); P. C. L a n d ucci, La sacra vocazione, 2.a ed. (Roma 1960); R. Z a - v a llo n i, Psicopedagogia delle vocazioni (Brescia 1967) (trad. Psicopedagogía de las vocaciones [Barcelona 1969]); F. T o llu , Études récentes sur la voca­tion sacerdotale: Christus 8 (1961) 425-432; G. G r e g a n t i, La vocazione individúale nel Nuovo Testamento. L ’uomo di fronte a Dio (coll. Corona Lateranensis 13) (Roma 1969); C. Spicq, La vocación en los Hechos de los Apóstoles y en las Cartas pastorales, en «Estudios sobre la vocación» (Sala­manca 21965) (trad. de «Vocation sacerdotale. Recherche théologique», por el «Centre national des vocations de Paris» [Paris 1960] p .71-94); C en tro diocesano de vocaciones de L il l e , El misterio de la vocación en la Biblia: ibid., p. 15-69.

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454 P.I1I c.16 § 2. Teología de la vocación

Magisterio eclesiástico

613. El Magisterio eclesiástico, índice de la tradición doc­trinal y ascética, se ha manifestado en los últimos tiempos con relativa frecuencia acerca de la vocación sacerdotal y religiosa. Nos limitaremos a señalar aquellos documentos que considera­mos más claros y terminantes.

El primero es el juicio de una Comisión de cardenales, apro­bado por San Pío X, acerca de las teorías formuladas por el ca­nónigo Joseph Lahitton en su libro La vocation sacerdotale 2, en el cual explica en qué consiste esta vocación.

El segundo documento es la constitución Sedes sapientiae, que declara autoritativamente en qué está la vocación religiosa, sacerdotal y apostólica, y cuáles son sus elementos 3.

Todavía podríamos mencionar diferentes encíclicas o docu­mentos de los Papas en que se toca este tema de la vocación, como la encíclica de Pío XI Ad catholici sacerdotii4, y la Carta apostólica de Pablo VI (4 de noviembre 1963) con motivo del cuarto centenario de la constitución de los seminarios por el concilio Tridentino 5.

Los documentos relativos a la vocación, emanados de la Santa Sede, recogidos en diversos «Enchiridion», como el En- chiridion clericorum y el Enchiridion de statibus perfectionis, ma­nifiestan el sentir explícito de la Iglesia acerca de la vocación, aunque no sean expresiones de un magisterio «definitorio» o perentorio, sino sólo magisterio «ordinario». El concilio Vatica­no II, con su magisterio tan autorizado y solemne, ha añadido todavía algo más sobre la vocación en su decreto De institutione sacerdotali (n.2) y en el Presbyterorum ordinis (n .n).

Podríamos también señalar unos documentos litúrgicos que, aunque directamente se refieren al culto, llevan también implí­cita una doctrina de la Iglesia sobre la vocación. Nos referimos a aquellas misas votivas «para el día de la profesión de los reli­giosos» y para el de las religiosas; otras «para pedir vocaciones eclesiásticas»; para conservarlas; «para pedir y fomentar las vo­caciones religiosas». Util es también el rito de la consagración de vírgenes, que, según la constitución de sagrada liturgia, del Va- ticano II (n.8o), ha sido revisado.

2 AAS 4 (1912) 485.3 AAS 48 (1956) 357S.

4 AAS 28 (1936) 40.5 AAS 55 (1963) 979-995-

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En la Sagrada Escritura 455

Dios llama

614. No es infrecuente en la Sagrada Escritura el término vocación o sus equivalentes 6. Se habla mucho en ella de voca­ción o llamamiento de Dios a la fe; de vocación al reino de Dios... Pero también muchas veces se habla de un llamamiento de Dios para un oficio particular.

En el Antiguo TestamentoDios llama a los profetas, esto es, a aquellos que tendrán que

hablar de las cosas de Dios por un instinto divino. Al niño Sa­muel, de pequeño le llamó Dios, preparándole para su ministe­rio (1 Re 3,iss). La complacencia de Dios para con él fue pre­parada por circunstancias providenciales y por la consagración que su madre hizo de él al Señor (1 Re 1,28). Algunos profetas narran su vocación. Así Jeremías (1,4-10), refiriendo las pala­bras de Yahvé: «Antes que yo te formara en el seno materno, te conocí; y antes de que tú nacieras te santifiqué y te destiné para profeta entre las naciones... No digas: 'soy un jovencito’ ; porque con mi auxilio tú ejecutarás todas las cosas para las cua­les te comisioné, y todo cuanto te encomiende que digas, lo di­rás...» Isaías, en el c.6, narra la visión del Señor excelso y de los serafines que entonan el «Santo, Santo, Santo...», y cómo uno de los serafines purificó con brasa ardiente los labios del profeta. Y oyó (v.8) la voz del Señor que decía: « ¿A quién enviaré, quién irá por nosotros...?» Y respondió Isaías: «Aquí estoy, envíame a mí». Y dijo: «Anda y dirás a ese pueblo...» (v.9).

Moisés, Saúl, David, fueron llamados para caudillos del pue­blo, y por circunstancias providenciales. Las muías perdidas de Cis fueron la ocasión para dar a conocer la vocación divina de Saúl (1 Re 9,1-24). Aarón fue llamado para ser sacerdote (Ex 28,1; Lev 8,2.12) y fue confirmada por Dios su vocación al sacer­docio haciendo florecer su vara (cf. Núm 17,8).

Dios llama en el Antiguo Testamento para los oficios de pro­feta, de rey, de sacerdote.

No ha querido Yahvé intrusiones en el oficio sacerdotal. Ha castigado severamente estas intrusiones aun en los reyes. Guan­do Saúl, al verse apurado, ofreció sacrificio y, contra la voluntad

6 Véanse, por ejemplo, los artículos de L . Se m p é , Vocation: D TG 15, 3148-3181, y de E. N eu ch au sler , Berufung: L T K 2 II 280-283.

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456

del Señor, no esperó a Samuel, recibió después la reprensión del profeta y el anuncio de la destitución del oficio de rey (i Re I3»i3_I4)- Los castigos de Yahvé por usurpar el oficio sacerdotal de ofrecer incienso son manifiestos en Coré (Núm 16,40) y en el rey Ocias (2 Par 26,18-21).

En el Nuevo Testamento

615. El Nuevo Testamento insiste en la necesidad de un llamamiento divino para desempeñar el oficio de sacerdote: al describir este oficio, el autor de la carta a los Hebreos afirma que «nadie toma para sí este honor, sino el que es llamado por Dios, como Aarón» (Heb 5,4).

Cuando se trató de la elección de los discípulos y de los Apóstoles, Jesús subió a un monte «y llamó a sí a los que El qui­so» (Me 3,13). Y todavía, entre los que vinieron como discípulos, «escogió a doce de entre ellos, a los que llamó Apóstoles» (Le 6, 13). El Señor se muestra celoso de esta elección, para que se le atribuya enteramente a El. En el discurso después de la Cena se la recordará a sus Apóstoles, acentuando la libre gratuidad de su elección: «No sois vosotros los que me habéis elegido a mí, sino yo el que os he elegido» (Jn 15,16). La misión de predicar por el. mundo entero la da Cristo expresamente a los Apóstoles (Mt 28,19-20; Me 16,15). Y antes les había comunicado su propia misión (Jn 20,21). Y El los había hecho sacerdotes (Le 22,19; 1 Cor 11,24-25).

616. Más adelante, cuando se trata de la elección para ser apóstol, para ocupar el lugar del traidor, la incipiente comuni­dad cristiana acudirá a la oración y a las suertes, para que el mismo Dios sea el que elija: «Tú, Señor, que conoces los corazo­nes de todos, muestra a quién de estos dos has escogido...» (Act 1,24). Asimismo cuando Pablo y Bernabé son enviados a predicar por los doctores y profetas de Antioquía, el Espíritu es el que habla a éstos y les dice: «Separadme a Saulo y a Ber­nabé para la empresa para la cual los he tomado» (Act 13,2). Y antes, al discípulo Ananías, que se resistía a buscar a Saulo en Damasco, el Señor le había dicho: «Ve, no temas, porque éste es un vaso de elección para mí, con el fin de que lleve mi nombre ante los gentiles y ante los reyes y los hijos de Israel» (Act 9,15).

P i l i c.16 § 2. Teología de la vocación

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Dios llama 457

San Pablo no se cansará de decir que ha sido llamado al apostolado: vocatus apostolus (v.gr., Rom i , i ; i Cor 1,1), «apar­tado para el Evangelio de Dios»... y «por Jesucristo ha recibido la gracia del apostolado» (Rom 1,5); es «Apóstol de Jesucristo por voluntad de Dios» (2 Cor 1 ,1 ; E f 1 ,1 ; Col 1,1 ; 1 Tim 1,1 ; 2 Tim 1,1 ; Tit 1,1); no es Apóstol como don recibido délos hombres o por medio de los hombres, sino por Jesucristo (Gál 1,1); a él, al menor de entre los santos, se le dio la gracia de evangelizar las riquezas insondables de Cristo (Ef 3,8).

617. El Espíritu Santo, como alma de la Iglesia, es el que dirige la formación del Cuerpo místico de Cristo, así como el alma o principio vital de un organismo es quien dirige su for­mación en orden al plan teleológico del mismo. Hay diversos dones en el Cuerpo místico, diferentes según la gracia que se comunica; hay quienes tienen el don profético, para hablar por instinto divino de las cosas de la fe; otros sirven en sus diaconías o ministerios; otros enseñan con su doctrina; otros exhortan; otros se dedican a la beneficencia y a las obras de misericordia; otros presiden y gobiernan con solicitud (cf. Rom 12,4-8). «To­das las cosas las obra el único y mismo Espíritu, dividiendo a cada uno según quiere» (1 Cor 12 ,11).

El Espíritu es el que señala a cada uno la función que debe desempeñar en el Cuerpo místico (cf. 1 Cor 12,27-30). Dios es el que llama a las funciones de la Iglesia.

La Tradición y la liturgia

618. El estudio de la Tradición confirmaría esta necesidad de la vocación divina para abrazar el sacerdocio. San Crisóstomo escribió que «la dignidad del sacerdocio es tan grande y tan admirable, que verdaderamente un llamamiento de Dios es ne­cesario para que sólo dignos la reciban» 7. Pero el estudio teoló­gico de la vocación en los Padres exige todavía muchos comple­mentos.

Como parte del sentir tradicional, la liturgia de la Iglesia insiste, en las misas votivas de que antes hemos hablado, en la inspiración y vocación divinas. Dios se digna llamar para seguir

_ 7 In Epist. 1 Tim. hom.5: PG 62,525. Otros textos de los Padres y es­critores eclesiásticos sobre la vocación pueden verse en el citado artículo Vocation: DTG 15,3156-3171.

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458 P.III c.16 § 2. Teología de la vocación

más plenamente las pisadas del Hijo 8; los votos se emiten por inspiración divina 9.

Razón teológica

619. Si la providencia de Dios guía todo lo que sucede en el mundo y dispone las causas segundas, de modo que con sua­vidad logra sus fines, atando un extremo con otro extremo con eficacia, mucho más tratándose de las vocaciones de los seres racionales; y mucho más todavía si se trata de las vocaciones para los oficios más sublimes dentro de su Iglesia, ya que del Padre de las luces desciende todo don excelente y todo don per­fecto (Sant 1,17). Habrá causas segundas, y Dios se servirá de ellas; pero todo obedece a un consejo divino 10.

Los modos de elección

620. No todos los llamamientos divinos se verifican con la misma luz e imperiosidad. El llamamiento directo a los Após­toles mediante la presencia visible de Cristo no es gracia con­cedida a todos. A San Mateo, Jesús le llamó con eficacia y sin que él pudiera dudar: «Sígueme» (Mt 9,9). También a Pedro y Andrés, a los hijos del Zebedeo, y a los otros, invitados con di­ferentes vocaciones, antes de la definitiva (Jn 1,38-51; Mt 4,18- 22; 10,1-4).

Los autores espirituales conocen asimismo las palabras que Dios infunde en el alma y la certeza que a algunos comunica de que son llamados para una misión o vocación. San Ignacio reconoce, a propósito de la elección de estado, que hay un tiem­po o manera de elegir, «cuando Dios nuestro Señor así mueve y atrae la voluntad que, sin dubitar ni poder dubitar, la tal ánima devota sigue a lo que es mostrado, así como San Pablo y San Mateo lo hicieron en seguir a Cristo nuestro Señor» 1 1 . La cer­teza es, en estos casos, de orden místico; es don de Dios por antonomasia y no puede provocarse por iniciativa del hombre.

8 «Ad plenius sectanda Filii tui vestigia vocare dignatus es...» (Oración de la misa votiva in die professionis religiosorum) .

9 «... qui sacra vota te inspirante emiserunt, eadem te adiuvante custo- diant» (Postcom. de la misma misa), «...professionis suae memores, quae te inspirante promittunt, te auxiliante perficiant» (Oración de la misa votiva in die professionis religiosarum).

10 Constit. Sedes sapientiae (31 de mayo de 1956): AAS 48 (1956) 357.1 1 Ejercicios espirituales n.175.

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Modos de elección 459

No faltan casos de semejante seguridad infundida por Dios en el alma, como reconocían los Directorios antiguos de Ejerci­cios 12.

621. En otros casos la certeza de ser llamados no es inme­diata, sino que es resultante de la reflexión, como fruto de la experiencia producida en el alma por las mociones de Dios y del mal espíritu, o por la discreción de espíritus. San Ignacio lo llama «segundo tiempo» o modo de elección, «cuando se toma asaz claridad y conocimiento por experiencia de consolaciones y desolaciones, y por experiencia de discreción de varios espí­ritus» 13. Quiere decir que se puede llegar a la certeza de un llamamiento divino cuando por experiencia repetida se asocia la idea de una vocación o estado con aquellos efectos de la con­solación espiritual que sólo pueden ser producidos por la gra­cia de Dios; esto es, se asocia tal pensamiento con un aumento de fe, de esperanza y confianza, de amor y caridad, de paz, tranquilidad y gozo espiritual... 14, que excluyen que tal idea sea producida por la naturaleza o el mal espíritu. Viceversa, se completa la experiencia si el pensamiento contrario viene acom­pañado repetidamente por los efectos de la desolación espiritual, que son turbación e inquietud, inclinación a las cosas bajas y terrenas, desconfianza, sin amor, pereza espiritual, que hacen que el alma esté como separada de su Creador y Señor 15. Esta manera de conocer las mociones de Dios, que no son necesa­riamente mística extraordinaria (del carácter de la contempla­ción infusa), puede, sin embargo, llamarse mística ordinaria, en cuanto que supone y admite las mociones ordinarias de Dios sobre el alma o la actuación ordinaria de los dones del Espíritu Santo.

622. Por último, un «tercer tiempo» o tercera manera de conocer la vocación divina es cuando, con tranquilidad de es­píritu, el alma considera su propio fin sobrenatural y razona los valores y las ventajas sobrenaturales que encuentra en una determinada vocación16. Asimismo los inconvenientes de orden

12 Cf. Directorium (oficial) in Exercitia spiritualia (a. 1599) c.26 n.i.13 Ejerc. espirituales n.iyó.14 Cf. ibid., n.316 (la manera como describe San Ignacio la consolación

espiritual).15 Ibid., n.317.16 Ibid., n.177.

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4 6 0 P.III c.l 6 § 2. Teología de la vocación

sobrenatural que le parece descubrir; para llegar a una suma global de valores e inconvenientes para el individuo. El de­signio de Dios, o la vocación de Dios, vendrá expresado por esta resultante de los valores o ventajas sobrenaturales que, para el servicio divino, un individuo encuentra de modo con­creto para sí en una vocación. Este método para conocer la divina voluntad es de carácter racional y discursivo y no está especialmente ligado a las mociones que se acusan en el alma.

Esto nos introduce para que hablemos de otros criterios probados y sencillos para conocer la vocación divina. La cer­teza de esta vocación divina procede de la suma de todos los criterios que vamos a señalar.

Criterios de la vocación

A) Criterios internos en el individuo

623. Convendrá decir en primer lugar lo que no es nece­sariamente la vocación en el individuo. Cuando se discutía en Francia, a comienzos de este siglo, en qué consistía la vocación al sacerdocio, algunos pretendían (Branchereau) que era ne­cesario un atractivo (attrait) interior, con una tendencia cons­tante y fuerte hacia el sacerdocio. Pero el canónigo Joseph Lahitton, en su libro La vocation sacerdotale, no exigía como necesaria y de la ley ordinaria esta interna aspiración del indi­viduo hacia el sacerdocio o esas invitaciones internas del Es­píritu Santo. Se contentaba con exigir por parte del ordenan­do para poder ser llamado por el obispo: a) recta intención, b) unida a la aptitud en dones de gracia y naturaleza, c) com­probada por la probidad debida y suficiencia de doctrina; que funden la esperanza de que el individuo podrá desempeñar rectamente los oficios sacerdotales y cumplir sus obligaciones. Añadía también Lahitton que nadie tiene derecho a la ordena­ción antes de la libre elección del obispo. El dictamen de una especial comisión de cardenales, nombrada por San Pío X, y alabando las ideas del libro que acabamos de exponer, fue plenamente aprobado por el santo Pontífice el 26 de junio de 1912 17.

17 A A S 4 (19 12) 485.

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624. La encíclica de Pío XI Ad catholici sacerdotii (20 de diciembre de 1935) persiste en esta misma línea de San Pío X, en orden al discernimiento de la vocación divina. La vocación divina para el sacerdocio—dice— , «más que en un sentimiento interno o atractivo sensible, que a veces puede faltar, se des­cubre en la recta propensión e intención con que desean el sacer­docio, unida a aquellas cualidades de alma y cuerpo que los ha­cen idóneos para abrazar este estado» 18. «El que apetezca esta sagrada institución por la única y noble causa de darse al ser-* vicio divino y a la salvación de las almas y al mismo tiempo haya conseguido o se esfuerce por conseguir aquella sólida piedad y probada castidad de vida y aquella doctrina consen-* tánea, como dijimos, éste sin duda, como es evidente, es lla­mado por Dios al ministerio sacerdotal» 19.

La constitución Sedes sapientiae, de Pío XII (31 de mayo de 1956), tratando no sólo de la vocación sacerdotal y apostó­lica, sino además de la vocación religiosa, distingue en la au­téntica vocación un doble elemento, divino y eclesiástico. Si falta el primer elemento, falta el fundamento en que se apoye el edificio de la vocación. Por esto no hay que forzar a nadie (cf. cn.971) para el estado sacerdotal o religioso20, que exige vocación divina y no humana. Y describe a continuación las cualidades que se requieren para la vocación religiosa y sacer­dotal.

625. Pablo VI ha insistido en parecidos pensamientos, re­pitiendo a este propósito las palabras transcritas últimamente de Pío XI, y señalando como indicio propio de la vocación sacerdotal «el recto propósito, esto es, la manifiesta y firme vo­luntad con que uno desea entregarse totalmente al servicio divino» 21.

Son también de Pablo VI las siguientes palabras, pronun­ciadas en su alocución de 5 de mayo de 1965: «La voz de Dios que llama se expresa en dos modos diversos, maravillosos y convergentes: uno interior, el de la gracia, el del Espíritu San­to, aquella cosa inefable del atractivo interno que ‘la voz si­lenciosa’ y potente del Señor ejerce en las profundidades del

18 AAS 28 (1936) 40.19 Ibid.20 AAS 48 (1956) 357s-21 AAS ss (1963) 987s-

Criterios de la vocación 461

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462

alma humana; y otro exterior, humano, sensible, social, jurí­dico, concreto, el del ministro cualificado de la palabra de Dios, el del apóstol, el de la jerarquía, instrumento indispen­sable, instituido y querido por Cristo como vehículo encarga-, do de traducir en lenguaje experimental el mensaje del Verbo y del precepto divino...»22

626. /Por su parte, el concilio Vaticano II, hablando ex­presamente de la vocación sacerdotal, en el decreto De insti- tutione' sacerdotali (n.2), la describía como una acción de la providencia de Dios que: a) «a los hombres escogidos por Dios», b) «les comunica las dotes convenientes», c) «y los ayuda con su.gracia»; d) «mientras encarga a los legítimos ministros de la Iglesia que, reconocida la aptitud de. los candidatos», e) «lia-. men a los candidátos aprobados. que hayan pedido este oficio con recta intención y plena libertad», f ) «y los consagren con el sello del Espíritu Santo al culto de Dios y al servicio de la Iglesia» 23. Todos estos elementos merecerán dentro de poco nuestra atención.

En otro lugar, el mismo concilio, en el decreto sobre el ministerio y vida de los presbíteros (n. i 1), hablando de la vo­cación sacerdotal, enseña que esta llamada del Señor no debe esperarse que sea en manera alguna una como voz extraordi­naria que llegue a los oídos del futuro presbítero. Porque más bien debe ser entendida e interpretada a través de los signos, por los cuales la voluntad de Dios se manifiesta cotidianamen­te a los cristianos prudentes, y estos signos deben ser conside­rados atentamente por los presbíteros.

Resumiendo y sintetizando

627. Todo esto presupuesto, pasamos a indicar los ele­mentos de que consta la auténtica vocación divina, en orden a su diagnosis, al . mismo tiempo, que señalamos las razones por

P.III c.16 § 2. Teología de la vocación

: 22 L ’Osserv. Rom., 6 de mayo 1965, p .i.• 23 «Haec actuosa ad vocationes fovendas universi populi Dei conspi-ratio Divinae Providentiae actioni respondet, quae hominibus ad Christi sacerdotium hierarchicum participandum divinitus electis congruas dotes tribuit eosque sua gratia adiuvat, dum legitimis Ecclesiae ministris committit ut idoneitate agnita, candidatos qui tantum munus recta intentiorie et plena libértate petierint, comprobatos vocent et Sancti Spiritus sigillo Dei cultui et Ecclesiae servitio consecrent».

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Criterios de la vocación 463

qué se puede hablar entonces de verdadera vocación o elección divina cuando se dan esos elementos. - .

A ptitud natural. Por ella entendemos aquellas cualida­des de orden natural que son necesarias para desempeñar las funciones sacerdotales, como son: salud corporal, dotes de in­teligencia, carácter, discreción; todo en aquella medida que sea requerida por el género de vida que ha de desempeñar el sacerdote. No se puede hablar de vocación divina cuando fal­tan aquellas aptitudes que por voluntad divina se requieren.

A ptitud sobrenatural. Nos referimos a aquellas cua­lidades sobrenaturales, del orden de las costumbres y de la virtud, que son necesarias para aquella vocación. Hay virtudes que son evidentemente necesarias para entrar al servicio de una diócesis o de un instituto de perfección. Pensamos en la obediencia, humildad, docilidad, caridad e inteligencia con los compañeros, celo de las almas... Sin estas virtudes no puede un obispo o superior religioso servirse convenientemente de un candidato que quiere ser colaborador del orden episcopal. También se requiere la castidad. Sin la castidad, que se exige con voto, se quebrantaría el honor que se debe a Dios, faltando a la promesa que se le ha hecho; se dañaría la conciencia del individuo que no la observa; fácilmente se produciría el escán­dalo de las almas y el descrédito de la Iglesia ante muchos. Evidentemente que si faltan estas virtudes, en el grado en que las requiere la Iglesia para llamar al sacerdocio, no se puede decir que Dios llame a ese género de vida. -

628. R ecta intención. Por recta intención entendemos el deseo de abrazar el sacerdocio por razones sobrenaturales, no por razones humanas y naturales.

Estas razones sobrenaturales serían, v.gr., el dedicarse más plena e íntimamente a Dios y a las cosas de Dios, el consagrar­se mejor a la salvación de las almas, el sacrificarse más entera­mente con Cristo, el imitarle más de cerca, el ofrecerle un obsequio más permanente del propio ser, el asegurar mejor la propia salvación, el reparar por los propios pecados y por los ajenos, el servir mejor a la santa Iglesia...

Si la intención es natural y humana, v.gr., para asegurar cualquier ventaja humana del orden natural, aunque no sea pecaminosa, entonces no se puede decir que necesariamente

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venga actuada por la gracia de Dios y que proceda de ella. Como dice San Ignacio: «Toda vocación divina es siempre pura y limpia, sin mixtión de carne ni de otra afección alguna desordenada» 24.

629. Por qué, habiendo estos tres elementos, se puede hablar de vocación divina. Si la intención viene motivada por una razón sobrenatural, entonces tal deseo e intención no vienen comunicados por el espíritu del mal; tampoco por la naturaleza, puesto que, por hipótesis, el motivo es sobrena­tural. Tiene que venir, por consiguiente, de la gracia de Dios; esto es, Dios es el que lo comunica, y en esta intención recta, comunicada por la gracia de Dios, está el llamamiento y vo­cación de Dios.

La aptitud sobrenatural, o en el orden de las costumbres, tampoco viene del mal espíritu ni de la sola naturaleza. No hay fuerzas en la naturaleza para producir y sostener estas virtudes que antes hemos dicho. Lo cual se ve más claro en el don de continencia. («Entendí que nadie podrá ser continente si Dios no lo diere», Sab 8,21.) «Y no todos entienden esta palabra, sino aquellos a quienes se les ha concedido» (Mt 19 ,11). La virtud, y virtud probada que se requiere, no puede ser sino don de Dios. De Dios viene también, por consiguiente, este elemento de la vocación divina.

La aptitud natural, por su misma definición, es algo que viene de la naturaleza. Pero los dones de naturaleza, como son la salud, la inteligencia, el carácter..., también los comunica Dios. El que los tenga puede decir con verdad que los ha re­cibido de Dios. De Dios procede también este elemento de la vocación.

Se ve, por consiguiente, que los tres elementos en que po­nemos la vocación divina: la recta intención, la aptitud sobrena­tural o en el orden de las virtudes sobrenaturales, la aptitud natural o en el orden de los dones de naturaleza, son elementos dados por Dios, y quien los tiene puede decir con toda verdad que Dios es quien le ha dado la vocación. Dios es el que le ha elegido. Hay entonces certeza de que Dios llama, aun pres­cindiendo de las mociones y consolaciones sobrenaturales que acompañan muchas veces el deseo de la vocación.

P.III c.l 6 § 2, Teología de la vocación

24 Ejercicios espirituales n.172.

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Criterios de la vocación 465

630. Para el examen de las vocaciones es de gran impor­tancia el examen de la aptitud natural y el de la aptitud en el orden de las virtudes; pero no lo es menos el examen de la intención que mueve al candidato. Cuanto la intención sea más sinceramente sobrenatural, más prolongada y constante con es­tas características de elevación sobrenatural, más garantías ha­brá del carácter divino de una vocación.

Quedan descritos los que hemos llamado criterios internos al candidato: su salud y dotes naturales, su virtud y dotes so­brenaturales, su intención recta para abrazar el estado sacer­dotal. Estos elementos, dados por Dios, constituyen el elemen-. to divino de una vocación en el binomio elemento divino-ele mentó eclesiástico, enunciado por Pío XII en la Sedes sapientiae.

Este elemento divino se presupone siempre como funda­mento del elemento eclesiástico. Debe estar, pero solo no basta para la auténtica vocación. Todavía se deben agregar a estos criterios internos otros criterios externos al individuo.

B) Criterios externos al individuo631. E l llamamiento de la jerarquía. Un primer cri­

terio es el llamamiento del obispo para el sacerdocio, llama­miento realizado bien directamente por medio del prelado, bien por medio de otros superiores. El Catecismo Romano enseña que «se dicen ser llamados por Dios lo que son llama­dos por los legítimos ministros de la Iglesia» 25.

Se comprende que, siendo la Iglesia una sociedad externa visible y jerárquica, «aquel que se destine para llevar pública­mente una vida de santificación y para ejercitar el ministerio jerárquico debe ser aprobado, admitido y gobernado por las autoridades jerárquicas a quienes por institución divina se ha encomendado el régimen de la Iglesia» 26. Jesucristo ha deposi­tado en el Papa y en el respectivo obispo el poder de admitir o de no admitir a las órdenes sagradas. El llamamiento o vo­cación divina, en su aspecto social y público, viene de ellos.

632. Por esto «pertenece a los Ordinarios—decía Pablo VI— el oficio de formar el último, juicio sobre los indicios de elec­ción divina en los candidatos a las órdenes sagradas y el dere-

25 «Vocari a Deo dicuntur, qui a legitimis Ecclesiae ministris vocantur» (p.2 C.7 n.3).

26 Constit. Sedes sapientiae: AAS 48 (1956) 357.

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466

cho de llamar al sacerdocio y de ratificar ante la Iglesia y hacer eficaz la vocación divina que poco a poco ha madurado en los jóvenes» 27.

De ahí que la vocación interna, de que antes hemos habla­do, no da por sí sola derecho a la ordenación sacerdotal antes del llamamiento del obispo 28. Lo interno e íntimo de la voca­ción sacerdotal en cada individuo no debe coaccionar ni for­zar el régimen externo jerárquico, aunque éste lo deberá te­ner presente para descubrir los planes de Dios y los signos de los tiempos 29.

633. E l parecer del pueblo cristiano. Además del lla­mamiento del obispo, el Pontifical, en el rito de ordenación, tanto el antiguo como el moderno, indica como una norma o criterio de vocación, que deberá tenerse presente, el parecer de aquellos que han tratado a los candidatos y han cuidado de su preparación, así como el parecer del pueblo cristiano, que ha sido preguntado previamente por si tiene algo que ob­jetar a la ordenación. Tanto en la ordenación de presbíteros como en la de diáconos, el obispo pregunta al sacerdote que solicita la ordenación de los candidatos: « ¿Sabes si son dignos?» Y el sacerdote contesta: «Según el parecer de quienes los pre­sentan, después de consultar al pueblo cristiano, doy testimonio de que han sido considerados dignos» 30.

El consejo del Apóstol, de no imponer las manos con pre­cipitación, para no venir a participar en los pecados ajenos (1 Tim 5,22), hoy se inculca en el Derecho Canónico cuando manda (cn.973,3) que el obispo debe estar cierto, con argumen­tos positivos, de la aptitud canónica del candidato. Y el rector del seminario o el sacerdote a quien estuviere encomendado el ordenando dará testimonio de sus buenas costumbres (cn.993).

El asentimiento del pueblo es el resultado positivo de pre­vias informaciones... Es otro criterio externo, subordinado a los anteriores, para conocer la vocación. Hoy lo suplen las in­formaciones previas, esto es, las publicaciones en la iglesia parroquial y las letras testimoniales (cn.964.993.994).

27 AAS 55 (1963) 988.28 AAS 4 (1912) 485.29 Cf. Esbozo de una teología de la vocación: Manresa 40 (1968) 47-56.30 Rito De ordinat. presbyteri n .12; De ordinat. diaconi n.12.

P.I1I c.16 § 2, Teología de la vocación

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El sacerdote del futuro 467

634. Irregularidades e impedimentos para la ordena­ción. La Iglesia ha propuesto en su Código legislativo los obstáculos permanentes o pasajeros para la ordenación y para el ejercicio de las órdenes recibidas. Se contienen en los cn.983- 991 y su estudio es objeto de los tratados de Teología moral o de Derecho canónico, como obstáculos legales para la or­denación.

III. E l sacerdote del futuro

635- No vamos a referirnos a puntos que consideramos accidentales y periféricos dentro del oficio y de la vocación del sacerdote. Decidir una vocación sólo por estas razones o mo­tivos accidentales en el género de vida o en la manera concre­ta y particular de realizar el ministerio, no lo consideraríamos acertado. Porque lo accidental varía y cambia en el transcurso del tiempo muchas veces; y el sacerdocio, en lo esencial y para el individuo, en orden al bien de su estabilidad psicológica, debe permanecer.

La confusión que hoy reina en no pocos ambientes creemos que proviene de no distinguir suficientemente lo esencial de lo accidental, lo necesario de lo que es accesorio en el estado sacerdotal.

Oficios propios y oficios específicos

636. En las páginas anteriores hemos procurado descri­bir, basándonos frecuentemente en los documentos del M a­gisterio, los oficios propios del obispo, del presbítero, del diá­cono; que es lo mismo que decir, hablando en general, los oficios propios del «ministerio».

Hay oficios que, por ordenación, son propios de estos gra­dos jerárquicos, porque, por ordenación o imposición de ma­nos, los ministros quedan destinados y capacitados (tal vez remotamente) para desempeñarlos. Oficio propio de los tres grados jerárquicos es la transmisión del mensaje evangélico, que es función profética y evangelizadora. Pero de tal manera es propio éste oficio, que los mismos laicos (ellos y ellas) no quedan de él excluidos, porque en virtud de su sacerdocio

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común, adquirido por el bautismo, tienen que anunciar las ma­ravillas de Aquel que de las tinieblas los trasladó a su admira­ble luz (i Pe 2,9); y no repugna que sean comisionados por la Iglesia jerárquica para la instrucción de otros fieles.

El oficio de bautizar es también propio de los tres grados jerárquicos mencionados; aunque los obispos y presbíteros lo ejercitan (lo mismo que la predicación) con misión ordinaria, los diáconos como ministros extraordinarios.

637* Cuando un oficio se dice que es propio, no es lo mismo que decir que el oficio es característico y específico de un minis­terio. El oficio característico y específico de tal manera califica a un grado jerárquico del orden, que sólo los constituidos en este orden jerárquico lo pueden desempeñar.

Es sabido que el episcopado y el presbiterado son dos ór­denes que incluyen el sacerdocio, aunque en grado diferente, siendo los obispos sacerdotes de primer grado, con la plenitud sacerdotal; los presbíteros sólo de segundo grado, como cola­boradores de los primeros.

Pero unos y otros son sacerdotes y tienen funciones comu­nes y exclusivas para ellos, que ni los diáconos ni los laicos pueden ejercitar. Tales son el perdón de los pecados, con la interna justificación del alma; la unción de los enfermos, sa­cramento completivo de la penitencia; la confirmación o comm nicación del Espíritu Santo, en cierta plenitud, que los obispos administran de modo ordinario, los presbíteros como ministros extraordinarios. Si estas funciones son propias y exclusivas de obispos y presbíteros, hay todavía otra que los caracteriza más profundamente. Es la función sacrificial eucarística, que, por su importancia y por el carácter exclusivo con que la realizan los sacerdotes, se ha de decir función específica del sacerdocio ministerial.

El oficio de gobernar la grey del Señor y de conducirla y enseñarla es, sin duda, propio de los obispos y de sus colabo­radores los presbíteros. No diríamos, sin embargo, que es exclu­sivo de ellos, porque se concibe que ciertas funciones de pas­toreo las pueda ejercitar un diácono u otro clérigo. Sin em­bargo, el oficio de enseñar auténticamente y de gobernar por derecho divino es exclusivo de los obispos, y, entendido de esta manera, es también apto para caracterizarlos. -

P.III c.16 § 3■ El sacerdote del futuro

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638. R esumiendo brevemente lo dicho, aun a trueque de repetirnos, diremos que todo sacerdote (obispo, presbítero), por la ordenación recibida, queda vinculado a la triple ver­tiente del ministerio. Todo sacerdote tiene, además de misión cultual y ritual, una misión profética y una misión de pastora- ción de los creyentes, con capacidad y connaturalidad sobre­natural para estos oficios que son propios del sacerdote. Pero de hecho, en la práctica, por la imposibilidad de desempeñar un solo hombre todos estos oficios plenamente, o en fuerza de vocaciones particulares, la función sacerdotal queda reducida en su ejercicio tal vez a una sola (aunque la más importante y específica), que es la cultual del sacrificio, que conservan los monjes contemplativos sacerdotes.

De ahí la importancia que en el curso de la historia y por los autores de la Teología se ha dado a lo sacrificial y ritual, por su especificidad, dentro de lo sacerdotal. Siempre, sin em­bargo, lo profético y lo pastoral han sido incumbencia del sacerdote; y hoy, de modo particular, han sido puestos de re­lieve y reclaman la atención de todos.

Lo principal en el oficio sacerdotal

Lo principal en el oficio sacerdotal

639. Con lo dicho nos parece que se puede responder a la pregunta, no infrecuente, sobre lo que algunos llaman «lo esen­cial» o, de otra manera menos precisa y técnica, sobre lo pri­mero y más importante en el oficio sacerdotal h

Si se trata de la primacía en el orden cronológico, lo primero y lo más importante del oficio sacerdotal creemos que es el ministerio de la palabra, porque por la palabra viene el mensaje, y el mensaje de Dios es el presupuesto para la fe que lo acepta; 1

1 «La exégesis actual, la historia de los dogmas y de la Iglesia, la socio­logía eclesial y las necesidades de la Iglesia de hoy obligan a una reflexión más radical sobre lo variable y lo invariable del sacerdocio católico. Lle­vando a cabo valerosamente esta reflexión, se echará de ver, por una parte, que en el sacerdocio ministerial se da en absoluto un algo estable que justifica el que un hombre de hoy tome sobre sí el sacerdocio con valentía existen- cial, lleno de confianza» (K . R a h n er , Punto de partida teológico para deter­minar la esencia del sacerdocio ministerial: Concilium n.43 [1969] 440-445). Entre otros que también se han ocupado de esta problemática sacerdotal, mencionemos P . P ica rd , Die gegenwdrtige Diskussion um die priesterliche Existenz: Geist und Leben 41 (1968) 21-44; W. K a sp e r , Die Funktion des Priesters in der Kirche: ibid., 42 (1969) 102-116 ; P. C. L a n d ucci, II prete contestato (Roma 1970), etc.

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fe que es—en frase tridentina—«el comienzo de la salvación del hombre, el fundamento y la raíz de toda justificación» 2 Tanto para aquellos que todavía no han sido iluminados por la luz de la fe como para los cristianos ya creyentes, la palabra y el ministerio de la palabra es condición necesaria y previa para su fe y para el cultivo de esa fe, para la vida de su espe­ranza y para su caridad teologal.

Si se trata de la primacía de funciones dentro del ministerio sacerdotal, en el orden teleológico o de la finalidad, lo más im­portante creemos que está en conseguir aquella «pastoración» que atraiga a todas las ovejas, las del redil y las que están fuera de él, hacia la unidad en torno a Cristo. La unidad en la Igle­sia, la unidad interna de vida en Cristo y la unidad externa en torno a Cristo y a sus Vicarios, creemos que es el blanco y el fin de la actividad ministerial. Con esta unidad está la vida pujante en Cristo, el cual definió su propia misión de pastor como quien vino para que los hombres tuvieran vida, y vida abundante (cf. Jn 10,10).

Finalmente, en el orden de la dignidad y de la primacía obje­tiva y ontológica de las funciones, lo más importante y prin­cipal del sacerdote es su oficio de sacrificador. Ahí está lo que le define y especifica como sacerdote. Son varios los textos del Vaticano II que acusan esta impronta e importancia que el concilio ha atribuido a este ministerio sacerdotal (cf. n.439-433). En esto el concilio, bien que haya puesto de relieve el minis­terio profético y haya comenzado por él, ha seguido la línea tra­dicional, que siempre ha visto en el sacrificio lo más específico o característico del sacerdocio.

640. Pero es verdad que el sacrificio eucarístico, tal como lo tenemos y realizamos en la misa, tiene su liturgia profética, o liturgia de la palabra, intrínsecamente conexa con la liturgia del sacrificio. Es verdad, y la constitución sobre la sagrada litur-. gia (n.56) ha tenido buen cuidado de recordarlo: «Las dos partes de que consta la misa, a saber, la liturgia de la palabra y la Eucaristía, están tan íntimamente unidas, que constituyen un solo acto de culto...» En la misma misa se declara la origi­nalidad del sacerdocio cristiano, que no es función de un mero levita o ministro del culto, ni es de mero sacrificador o pre^

P.1II c.16 § 3 . El sacerdote del futuro

2 Dz 1532 (801).

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sentador de ofrendas, porque el sacerdote cristiano es también profeta y cumple misión de evangelista. En el sacrificio mismo de la misa, el sacerdote es sacerdote y es «enviado», es liturgo y es misionero; y todo se «endereza a la comunicación de los santos, para la obra del ministerio, para la edificación del Cuer­po de Cristo...» (Ef 4 ,12).

Las tres vertientes o funciones del «ministerio» se llaman y se implican mutuamente. La función profética es para la sacra­mental y cultual; y estas dos funciones, la profética y la cultual, son para la salvación de las ovejas, lograda con la pastor ación o régimen espiritual.

El que una función suponga a la otra hace que las tres ver­tientes se conjunten en la base y converjan en la cúspide. La triple vertiente del «ministerio» se aúna en la cima y se funde con la «misión», punto de intersección de la triple faceta del sacerdocio.

«Así, pues, el fin que los presbíteros se proponen conseguir con su vida y ministerio es el de procurar la gloria de Dios Padre en Cristo... Los presbíteios, ya se ocupen en oración y actos de adoración, ya prediquen la palabra, ya ofrezcan el sacrificio eucarístico y adminis­tren los demás sacramentos, ya ejerciten otros ministerios en favor de los hombres, contribuyen a promover la gloria de Dios y a que los hombres adelanten en la vida divina...» (Presbyterorum ordinis n.2d).

Son ministros de la liturgia, y «la liturgia es la cumbre a la cual tiende la actividad de la Iglesia y, al mismo tiempo, la fuente de donde mana toda su fuerza... De la liturgia, sobre todo de la Eucaristía, mana como de su fuente la gracia hacia nosotros y se obtiene con la máxima eficacia aquella santificación de los hombres y aquella glo­rificación de Dios, a la cual tienden como a su fin todas las otras obras de la Iglesia» (Sacrosanctum Concilium n.io).

Lo principal en el oficio sacerdotal

El sacerdote, ungido y consagrado

El sacerdote realizará o estará dispuesto a estas múltiples funciones en virtud de su consagración. Como Cristo ungido y consagrado por la unión hipostática, como todo cristiano ungi­do y consagrado por el bautismo, el sacerdote es también un ungido y un consagrado con nueva, profunda y eximia consa­gración. Por esta consagración es «enviado» y es constituido «re­presentante de Cristo» y puede «actuar en su nombre».

Por la consagración, el sacerdote queda santificado otológi­camente en su ser interno. Por su consagración podrá santificar con los sacramentos a los demás. Por su consagración podrá ins­

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truirlos y gobernarlos. Por su consagración recordará el esfuer­zo que debe realizar para santificarse moralmente a sí mismo, imitando a Cristo en su vida y en sus costumbres.

Futuro del sacerdote

641. Sublime cometido el del sacerdote de Cristo. El sacer- dote del futuro tiene aquí un programa para «realizarse», que apunta a lo más esencial y vital del oficio sacerdotal.

El sacerdote «se realiza» encontrando su identidad, cobran­do conciencia cada vez mayor de aquello que es.

El sacerdocio cristiano no se multiplica; se participa. Arran­ca de Cristo. A l ser partícipe del único sacerdocio de Cristo, el sacerdote es un «caracterizado» con el sello de Cristo; y en su vida externa es y debe ser un signo de Cristo, de Cristo sacerdote y víctima, que se entrega por los hermanos. Por Cristo y por la sangre de Cristo tenemos acceso al Padre; por el sacerdote y por el sacrificio del sacerdote, muchos conoce­rán el signo de salvación que hay en la Iglesia.

La gracia sacerdotal es gracia gratum faciens, sin duda; pero primariamente, en orden a los demás, es gracia gratis data. El sacerdote es para los demás hombres.

642. Hay admirable convergencia entre lo que anhelan manifiesta o secretamente muchos sacerdotes jóvenes de hoy y lo que será exigencia del mundo futuro, como lo ha sido del mundo pasado, cualquiera que sea la forma concreta o exis­tencia! de realizarlo.

Las necesidades del mundo futuro, las necesidades de todos los tiempos de la Iglesia, requieren hombres que, por encima de formas accidentales (aunque las llamemos existenciales), sean hombres evangelizadores, que den su testimonio con la palabra bíblica, con la ciencia teológica y con el arte pedagógica reque­rida por los signos de los tiempos; pero sobre todo con el ejem-. pío de su vida pobre y sencilla, hechos todo a todos. Si la pala­bra es testimonio, lo es más la vida.

Las necesidades del mundo futuro exigirán, como hasta ahora, que los sacerdotes sean hombres de lo sagrado, que oren y se sacrifiquen por el pueblo, que intercedan por él, que ad­ministren los sacramentos, canales de la gracia y encuentro de unión estrecha y personalmente abrazada con el Señor; sobre

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todo, «que ofrezcan dones y sacrificios por los pecados»(cf.Hebs,i).

Las necesidades del mundo futuro, si algunos quieren acu­dir a remediarlas con eficacia, exigirán, como hasta hoy, que el sacerdote sea pastor como Cristo lo ha descrito: pastor bueno que da no sólo su tiempo, sino también su vida por las ovejas; que no sea mercenario; que no huya cuando el lobo ataca; que conozca y ame a cada una de ellas (cf. Jn io, i is s ); que la cari­dad con el Maestro, la muestre en su entrega pastoral al minis­terio gastando y gastándose por la vida de los suyos (cf. 2 Cor 12, 15), porque nadie tiene mayor amor que el que da la vida por el amigo (Jn 15,13).

El sacerdote de todos los tiempos

643. El sacerdote de todos los tiempos será el que se con­sagre a sus hermanos con afecto de caridad y abnegación; a los pobres, oprimidos y desvalidos, sobre todo.

Esta «asimilación» a los demás hombres, esta «encarnación» en su mundo, haciéndose semejante a los hermanos, si real­mente procede de la caridad teologal, si realmente procede de una plenitud de vida contemplativa, de una conciencia viva de representar la persona de Cristo, conservará al sacerdote en el mundo, sin ser del mundo; toda su vida tendrá entonces sen­tido y función misional insertada en la misión sacerdotal de Cristo; libre de ataduras externas y sobre todo internas, que son las que más le pueden aprisionar; disponible siempre a la voz del Espíritu, que enseña y gobierna por medio de la ver­dadera Esposa de Cristo, que es la santa madre Iglesia je­rárquica 3.

3 S. I gnacio de L o yola , Ejercicios espirituales n.353 (i.a regla para sen­tir en la Iglesia).

El sacerdote de todos los tiempos 473

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I N D I C E B I B L I C O

G én

Ex

Lev

Las cifras de la derecha remiten a los números marginales del texto

3.16 562S 16,3 488,20 20 16,6 4112,7S 20 16 ,11 41 4814 36 16 ,11-16 4514,18 20 39 16,14-16 4814,19 20 16,16 4915-23-25 20 i6,2iss 2521,33 99 21,1-4 2233,20 20 2 1,5s 2248,5 188 21,10 -15 4148,8-14 188 21,17-24 22 4149,10 35 22,1-9 412 ,16ss 20 24,5-9 43 5113,i 20 24,9 2413,13 24 24,14 18819,6 6is 65 116 27,28 2419,22-24 20 N úm 4,3 2322,29 24 4,23 2324,4 2C 4,47 2325,2-17 43 5,6-9 2425,33-35 43 5,9 2426,31-35 43 8,24-26 2328,1 21 614 10,8 2528,2-39 21 i i , i 6 s 20629.ISS 21 11,24 20629,1-37 23 16,40 61429,30 43 17,5 3630,22-25 28 17,8 61430,30-33 23 17,9 2933,10 26 18,9 2437,1-6 43 18,13 2437,10-24 43 18,14 2439,i 43 18,20 2440,12 23 18,21-24 2440,18 43 24,8 291,5-9 25 27,9 291 , 1 1 25 27,18-23 1881,13 25 27,23 1891,15-17 25 31,6 252,1-3 24 35,1-8 242,2SS 25 D t 18,15-18 313,2-5 25 20,2-4 254,4 188 26,11 244 ,5-12 25 26,12 244,7 49 34,9 1884,15 188 Jos 13,14 247,7 24 21,1-40 247,30-34 24 21,4 298,2 614 1 Re 1,28 6148,2-36 23 3,iss 6148,7-9 23 9,1-24 6148,10 25 I 3 , i 3s 6148,128,14-22

614 21,4-7 5 11188 3 Re 2,19 39

8,16 25 4 Re 8,4 2910,6 22 23,5 110,9 25 1 Par 9,2 29IO.IOSS 26 23,3 2313,49 30 24,1-19 2315 ,14 43 24.20SS 2315,16-18 5 i i 2 Par 8,14 23

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Indice bíblico 47517 ,8s 26 i 6,i 8s 10023,5 25 16,18 6026,18-21 614 18,18 100 180 375 377 479

Esd 2,36-38 23 18,19-20 385 615T ob 3,3 45 19,1-9 505Jd t 5,20 45 19 ,US 505i M ac 13,39 45 19 ,11 516 629Job 2,3 41 19,21 503Sal 2,7 35 19,29 501

15,10 40 20.27S 8624,21 4 i 20,28 48 41739,7 5 i 21,IS 31109,1 39S 50 21,26 60109,3 269 22,23 n i 1 13109,4 31 1 14 22,41-46 35117 ,22 60 22,43-45 1 14118 ,105 440 22,44ss 3 i131,9 40 23,8 8113 1 ,16 40 25,34-40 31

Sab 8,21 629 25,40-45 145Eclo 45,7ss 25 26,26-28 3 i 93

45.I9SS 25 27,1 30Is 1 1,2 57 27,US 3 i

i i ,9 312 28,18-20 375 37728,7 28 28,10 19 94 394 47949,2 440 28,i 8s 90 100 n i53,7 48 28,i 9s 123 18054,13 312 28,19 43755,ios 440 28,20 169 370 375 38558,6 89 M e 1,30 5156 1,IS 89 1,38 8961,6 61 i ,44 3065,24 312 3,12 60866,21 29 3. I3S 82

Jer 1,4-10 614 3,13 1 15 6158,10-12 54 3,14 87 90 37523 547 6,7ss 9029,29 440 6,13 943 i,3 iss 5i io ,i5s 39431,34 312 10,16 18533,i 8 29 10,29 50133,21 29 io ,45 417

Ez 22,26 28 14,22-24 31 9343,19 29 ió .iss 19 94 18044,ioss 29 16,15 n i 375 377 384 41544,15 29 16,15 90

Dan 6,26 39 16,20 90Os 4,6 28 L e i,5ss 29

4,9 28 1,8 -11 435,iss 28 1,75 406,6 28 1,76-78 29io ,5 1 4,18 89

M iq 3,n 28 5,14 30Sof i ,4 1 6,13 82 375 615M al 1,6-10 28 9,2-6 80

2,7S 28 IO.ISS 905,7 1 16 10,1 832,6 35 10,7 983,i 6 57 10,16 82 169 3704,18-22 620 io,3iss 305,13 493 12,32 5925,14 493 17,14 305,48 493 18,29 5oi8,3 185 19,38 3 i9,9 620 20,35 51810,1 83 22,I9S 19 31 64 93 18010,1-4 620 22,19 61510,10 98 22,32 10011,30 454 22,66 3012,6 3 i 23,42 3 i12,31-33 501 24,47-49 90I3,29s 549 24,48 123I3,4 i 31 24,50 18513,52 395 Jn 1 ,1 36

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476 Indice bíblico

Act

1 , 8 - 1 0 2 5 8 , 5 s 9 01 . 1 3 5 2 2 8 , 5 s s 9 5 1 4 6 1 8 6 193 4 5 91 , 1 4 3 7 8 ,5 -1 3 1 4 61 , 3 8 - 5 1 6 2 0 8 , 1 2 4 3 7i ,4 9 3 i 8 , I 2 SS 1 8 6 1 9 33 , i 6 53 8 , 1 4 - 1 7 9 4 1 4 63 , 2 2 9 4 8 , 1 6 1 4 74 ,2 9 4 8 , 1 7 1 6 5 1 8 6 1 9 34 ,2 3 I I 8 , 2 6 s s 1 4 65 ,4 6 31 8 , 2 9 s s 9 0 9 57 ,4 2 3 5 8 ,3 5 -3 8 4 3 78 , 5 8 3 6 8 , 3 8 1 4 6 4 5 71 0 , 1 0 4 7 9 9 ,1 5 6 1 61 0 , 1 1 8 1 4 7 9 9 ,1 9 9 41 0 ,1 ISS 6 4 2 1 0 , ISS 1 4 41 0 , 1 8 3 7 IO ,2 ÓSS 1 0 01 0 , 3 6 5 7 1 0 ,3 4 -3 8 4 3 71 0 , 3 8 5 7 1 0 , 4 8 9 41 1 ,2 5 3 7 1 1 , 2 2 1 8 2I 2 . 2 4 S 5 2 2 I I , 2 9 S 1 3 41 3 ,5 8 2 1 1 ,3 0 1 0 1 1 7 11 3 ,1 3 8 1 1 2 , 1 2 1 2 51 3 , 1 6 5 3 i 1 3 ,1 1 7 1 1 9 81 3 , 2 0 5 4 4 1 3 , 1 -3 2 0 2I 3 ,2 2 S 8 2 1 3 ,2 1 1 5 1 2 6 1 8 2 6 1 61 5 , 1 3 4 1 7 4 7 9 6 4 2 1 3 ,3 1 2 5 1 8 51 5 , 1 5 5 3 i 1 3 ,1 5 1 2 51 5 , 1 6 8 2 1 1 5 6 0 8 6 1 5 I 4 ,2 0 S 1 0 11 5 , 1 8 531 1 4 ,2 3 1 0 0 1 2 6 1 3 4

00

1 6 , 2 0 531 1 8 7 1 9 0 2 0 1 2 0 31 7 , 1 4 - 1 6 6 0 4 1 4 , 2 6 1 8 2 1 8 51 7 , 1 7 - 1 9 1 8 0 1 5 ,2 1 3 41 8 , 3 3 - 3 7 3 i 1 5 ,4 1 3 42 0 , 2 1 - 2 3 9 4 1 8 0 3 7 5 4 7 9 1 5 ,6 1 3 42 0 , 2 1 3 7 7 3 8 5 6 1 5 I 5 ,6 s s 1 0 02 0 . 2 2 S 3 3 9 1 5 , 1 0 4 62 0 , 2 3 19 I 5 , i 3 ss 1 6 3 1 8 32 1 , 1 5 -1 7 1 0 0 1 5 , 2 2 1 0 1 1 2 51 , 8 9 ° 6 4 3 3 9 3 9 4 I 5 .2 2 S 1 3 41 , 8 - 2 1 1 2 3 1 5 ,3 2 1 0 1 1 2 5i , i 3 s s 3 7 5 1 5 ,3 4 1 0 1i , i 5 ss 1 0 0 1 5 ,4 0 1 2 5 1 8 21 , 1 6 - 2 0 1 8 1 1 6 , 1 1 9 61 , 2 3 US 1 6 , 5 1 3 41 , 2 4 6 1 6 1 6 , 9 5 4 41 , 2 4 - 2 6 1 8 1 1 6 , I I 1 2 52 , ISS 2 9 4 1 6 , 1 3 - 1 5 4 3 72 , 4 3 3 9 1 6 , 1 9 1 2 52 , I 4 SS 1 0 0 1 6 , 2 9 1 2 52 , 2 4 1 4 1 1 6 , 3 1 4 3 72 .3 4 S 3 5 1 6 , 3 3 4 3 72 , 4 1 9 4 4 3 7 1 7 , 4 1252 ,4 IS 1 1 0 1 8 , 4 - 9 4 3 72 , 4 2 6 3 1 3 2 1 4 1 145 1 9 , 1 - 6 1 8 52 , 4 2 - 4 7 75 1 9 , 2 - 6 9 42 ,4 7 6 3 1 9 , 5 9 4 4 3 73 ,4 SS 1 0 0 1 9 , 6 1 6 53 , 1 2 - 2 6 9 0 2 0 ,7 SS 9 34 , n 6 0 2 0 , 7 - 1 1 1 2 0 1 3 2 1 4 1 1454 . I 9 SS 1 0 0 2 0 , 1 7 1 0 1 1 7 14 ,2 7 S 5 7 2 0 , I 7 SS 135 1 3 85 ,3 ss 1 0 0 2 0 , 2 8 1 0 1 1 3 5 1 3 8 1 6 9 1 7 16 , 1 - 6 1 1 0 1 6 5 1 8 4 4 5 8 2 0 ,2 9 SS 1 3 56 , i s s 1 4 1 2 1 , 1 8 IO I6 , 2 - 6 9 5 1 7 1 2 2 , 4 1 9 06 , 2 9 0 193 3 9 6 2 3 , 8 1 1 36 ,4 193 5 2 8 2 6 , i 6 s s 3 9 46 ,5 1 4 7 3 1 5 2 Ó ,I 7 SS 3 9 46,6 1 4 7 1 9 2 -1 9 4 2 0 2 S 2 5 2 R om 1 , 1 8 4 8 7 1 1 5 6 0 0 6 1 66 ,8ss 9 5 1 4 6 1 8 5 1 9 3 4 5 9 i ,5 6 1 66 , i o s s 9 0 i ,9 9 8 4 0 48 , 1 1 3 4 5 , i 38 , 1 - 4 1 4 6 1 6 ,3 9 48 ,5 4 5 7 1 8 ,1 7 7 9

Page 496: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

Indice bíblico 47710,13-15 89 4,5 86 8710,14 lio 394 5 , i 8 ss 85 86io,i4s 437 544 5, i 9 310,17 443 5,20 85 404 55311,29 38 6,3 8 612,7 106 139 508 8,4 8 612,8 I02S 106 8 ,9 ss 38712 ,1 1 63 8,19 186 20112,28 144 9,1 8 615 ,16 63 I I I 269 9, I2SS 8 616,18 41 10,8 5491 ,1 84 11,8 8 61 ,12 107 115 1 1 , 13 1261,14 -16 94 12 ,15 97 612i , i 7 90 94 396 Gál 1 ,1 84 1 15 1823,4-6 107 1,10 873,5ss 544 1,17 843,9 60 406 544 1,18 1003 , i 6 s 60 1,19 1833,22 100 2,9S 100 1834,1 96 2,9 1634,2 96 270 548 2 ,11 1004 ,i i 87 2,14 1004,15 269 2,20 4285,4-6 100 3,28 5715,12 100 E f 1 ,1 84 115 6166,16 60 1,7 486,20 48 1,20 357,5 513 2,19 607,7 79 502 2,20-22 607,23 48 2,20 1087,25ss 502 2,22 607,3°s 604 3 5487,3i 604 3,8 6169 549 4 ,1- 11 1029, ISS 84 4,n ss 103 107 126 139 4579,5 505 4,12 6409 , i 3s 91 98 5,2 5 52 979,16 87 5,25 4879,22 600 5,32 7910,16-22 132 141 6,20 8511,8 57i Flp 1 , 1 87 99 103 136 144 17 1n , i 7-34 132 141 256 31511,20SS 459 1,2 18311,23-26 31 93 2,17 63 9711,24-25 615 4,18 6311,24-26 64 Col 1 , 1 84 11511,24 64 180 310 539 i ,7 8 6H ,25 93 1 ,14 48 •11,26 64 1,23 85 8612 ,1-13 105 107 108 1,24 79 97I2,4ss 104 4,10 12512,9-10 106 4 ,u 17112,II 617 4, i4 12512,27-30 617 1 T es 1 ,1 12512,28 102 546 5,12 102 10312,29 318 1 T im 1 ,1 8414,29 108 i ,3 12714,30 108 1,8-10 13 114,31 529 1 ,12 8 6I4,32s 108 2,1-7 136I4,34s 562 2,5-7 31214,34 571 2,5S 3 5i 5,5-io 84 2,5 42715,7 183 2,US 56215,25 34 3 5471 ,1 84 115 616 3,2-7 13 12,14-16 97 3,2-5 5263,2S 406 3,2ss 1013 ,6 s 8 6 3,2 91 102 5063,8-9 269 3,4S 139 5063,8 8 6 3,8ss 3153,9 86 3 , 8 - i o 1444,1 8 6 3,8 IO I

Page 497: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

478 Indice bíblico4 ,6 s 127 5,1-4 4354,6 86 144 5,i 318 430 6424 , i i 127 130 5,2 45 4174,12-15 133 5,3 454,12 130 5,4-6 334,13 127 5,4 115 6154,14 95 13 1 144 165 184 198 5,5 5

199 259 308 329 330 5,6 5 35339 541 5,6.10 39

4,16 127 6,1 495 549 6,20 39 405 , i - i 6 130 7 5485 ,i 130 7,1-28 39S ,i7 130 134 139 7,1-10 395 ,i 8 134 14 1 186 7,1-3 365,19 130 7,3 4285,19-22 203 7,11-49 375,22 13 1 144 165 200 7,l2ss 3145,23 13 1 165 7,14 35 4276,1-4 127 7,19 376,20 127 7,20S 38 114i i ,8 571 7,23 i i ii , i 84 1 15 7,25 37 4361,3 127 7,26 40s 600i,6s 133 165 329 7,27 40-42 48i,6 95 13 1 144 184 186 195- 8,1-10 35 39

197 198 202 203 218 8,1 81259 3o8 329 33° 8,3 33

i ,7 13 1 196 8,6-13 51i , i i 85 8,6 21,14 127 13 1 9-10 43 ssI,i8 198 9 ,9 - n 5i2,1 133 9,9S 632,2 100 13 1 9,io 43 522,4 599 9, l i s 5 47S2,US 79 9 ,i i 812,11 68 9,11-28 427 4302,14 127 9,13 632,15 127 9,15-22 5i2,24S 9 i 9,15 2 1073,2-7 13 1 9,17 334,1-5 127 9,18 524,2S 110 9,18-22 334,2 91 9,25 524,5 86 91 1 10 249 9,26 5 i4,6 97 172 9,28 5 i4 ,n 125 10,5-7 404,12 125 10 ,5s 524, i4 202 395 10,5-10 565, I7S 98 10,10 545,22 95 10 ,11 33i 547 10,14 42 312i , i 87 i o , i 6 s 541,5 100 101 130 13 1 134 141 10,20 5i

i,6172 250 616 13,2 107

506 13,7.17-24 102 103 139i,7ss 101 136 13,15 63i ,9 102 13 ,16 632,1 127 Sant 1 ,17 6193,12 10 1 125 1,27 405,17 202 5, i4- i6 791,3-13 40 5 , i 4s 91 141i ,5 35 5,14 1012,17 33 81 600 1 Pe 1 ,1 1352,18 35 2,4-10 753,1-43,14,12

3581440

2.42.5

5959ss 61 62

4.134.14

3535 40 55

2,52,9

i i i 31259ss 64 n i 310

4,15 49 2,11 635,1-10 427 2,12 645,1-5 75 2,25 103 1355,iss 2 33 3,18 312

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Indice bíblico 4794.13 79 2,2 107 1265,i 103 123 135 163 4,4 1415, i -5 I O I 4,9- n 1415,3 48 6s 5,5 355,4 81 103 5,9 485,12 125 5,9S 65 755, i 3 125 5,9 48

i Jn 1 ,1 - 13 523 5,io 65 3122 Jn 1 ,1 135 5,i2ss 48Apoc 1,3 228 20,6 6 6

1,6 65 75 548

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I N D I C E O N O M A S T I C OLas cifras remiten a los números marginales del texto

A ch e llis , H . 214.Aerio 258 319.Afraates 270.Agustín, San 56 69 76 212 249 252 258 262

265 270 287 332 334 364 388 408 412 4 3 i. 494 497 503 S°S 513 5 7 3 -

A lberigo, G . 37g.A lberto M ., San 223 327.Alcántara, Pedro de 286.Aldama, J. A . de 68 96 272.Alejandro de Alejandría 257.Alejandro II 231 239.Alejandro IV 298.Alejandro V II 198.Alexander Halensis 266.A lfonso M . de Ligorio, San 243.A lgerio de Lieja 216.A lio 104 503.A lonso, J. 35.A lonso, J. M . 350.A lonso Cano M . 504 513.Ambrosiaster 212 254 257 268 329 457. Am brosio, San 249 253 268 270 287 334

348 513.Am icus, F. 227.A m m onio de Alejandría 215.A m ort, E. 227.Anastasio II 253.Anatolio 210.Ancira, concilio de 508.Andrieu, M . 228 243 335.A n ónim o (Contemplation et sacerdoce) 488. Antioquía, concilio de 253 291.Antonino, San 223.Antweiler, A . 360 590.Anwander, A . 14.Argentina, teólogo 225.Aristóteles 16.Arles, concilio de 254.Armellada, B. de 122 360 454.Arm enios, decreto pro (concilio Florent.)

219 223-227 240 242 266 277S 283 291. Asensio, F. 20.Astráin, A . 353.Atanasio, San 257 303 329 513.Audet, J. P. 168.Augé, M . 24S- Aum ont, M . 595 598.

B a ch o n 221.Baisi, C . 293 300.Balducci, E. 499.Bandera, A . 146.Baraúna 327.Bardy, G . 20 245 252 5 7 1.Bareille, G . 573.Barsoti, D . 561 565.Bartina, S. 503.Bartoletti, E. 81.Basilio de Ancira 513.Basilio, San 211 246 261 321 323.

Batiffol, P. 197.Bauer, W . 87 97 184.Bauza, M . 197.Bazatole, B. 408.Beck, Egerton 293.Beck, H . 249.Beda, San 216 288 503.Behm, I. 200.Bellamy, J. 144.Benedicto X IV 198 241 243 415.Benedicto X V 384 524.Benevento, concilio de 244 253 348. Bengsch, A . 590.Berengario de Tours 271.Bernard 134.Bernardo, San 505.Berti 227.Bertrams, W . 414 427 499.Betazzi, M ons. 381.Betti, U . 369.Beyer, H . W . 86 122 144.Beyer, J. 337.Biekel 499 504.Biel 223.Bihel, S. 146.Billot, L . 224 227 241.Billuart, C. R . 225 241 300.Blenkinsopp, J. 535.Bless 216.Bock, C. 293.Bolgeni, J. V. 245.Bonifacio V III 505 534.Bonifacio IX 293-298 301S.Bonsirven, J. 35.Bornkamm, G . 85 112 134.Borkowski, D . 55.Boschi, A . 499.Botte, B. 1 12 140 204-209 213S 220 228 234

303 33i 337 346 378s.Boudou, A . 182.Bouessé, H . 287 290 342 478.Boularand, E. 58 182.Bourgeois, H . 455.Bover, J. M . 35.Branchereau 623.Bravo, F. 58 70.Brinktrine, J. 300.Brosch, J. 105.Bruders, H . 105.Brungs, R . A . 58.Bruno, San 216 330.Buenaventura, San 221 240 327 576. Bullinger, H . 543.Bunnik, R . J. 611.

C a b r o l, F. 257.Cacciatore, G . 14 35.Cagnoczy, A . 542.Calcedonia, concilio de 582.Calvin, Jean 538 540-542 55 i.Campelo, J. 350 353 358.

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Indice onomástico 481Campos, J. 112 121 147 162 210 268 408 599. Canivez 300. -Cánones de H ipólito (ca.500) 250. Capréolo 223.Caprile, G . 525 532.Carey, K . M . 555.Carrasco, I. 612.Cartaginense, concilio (a.390) 509 513. Cartaginense II, concilio 291.Castro, Alfonso de 353.Catalanus 225.Catarino, A m brosio 47 225.Catecismo Rom ano 631.Cayetano, cardenal 47 134 285.Celestino, papa, San 212 386.Centro diocesano (Lille) 612 Cerfaux, L . 82.Chadwick, H . 512.Chardon, C . 245.Charue, A . M . 488.Chemnitz 266 318.Chevrier, A . 488.Cimitier, L . 298.Cipriano, San 1 12 12 1 147 162 167 169 210

229 232 252 268 376 383 408 427 513 599. Cirilo de Jerusalén, San 79.Clemente Alejandrino 162 167 581. Clemente Rom ano, San 97 99 m 1 19 137

149-151 158 162 166 169 172S 204. Clemente X I 198.Clericatus, I. 227.C odex Iuris canonici 22 169 239 291 323S

346 348 35i 370 379 405 46o 469 490 s is 561 633S.

Cody, A . 20.Colson, J. 35 58 81 122 126 134 139 141S

144-146 148 168 173 379 409 417 4SS. Collantes, J. 134.Comité d’études 499.Concetti, G . 561 565.«Confesión Helvética posterior» 543-551. Congar, Y . 81 148 306 327 346 360 369. «Congregado pro cultu divino» 411 579 598. «Congregado rituum» 434 442.«Congregado pro educatione catholica» 524. Coninck 225.Connink 300.«Constitutiones Apostolorum » 212 214 230

232 234.238 251 303 423 506 582 583. «Constitutiones Ecclesiae Aegyptiacae» 212

456 583.Coppens, J. 122 134 184 197.Cornelio, papa 210 229 232.Correia, Fr. C . 591.Coste, R . 488.Croce, W . 228 252.Crouzel, H . 504 513S.Courvoisier, J. 543 551.

D a b i n , P. 58.Dalberio, F. 270.D ’Alés, A . 229.Damais, 458.Dámaso, San 513.Daniélou, J. 245 270 516 532 565. D ’Annibale 224.D ’Argenlieu, B. 279.Dauvillier, J. 168.D een, H . 504.D e Ghellinck, J. 271.Deissler, A . 168.Delorme, J . 144.D el Val, H . 300.

D e Martinis 198.Denis, H . 360 455.Denzinger 251.Denzinger-Schonmetzer, passim.Denzler, G . 504.Diana, A . 227.«Didaché» 93S 109 118 137 152 173 204. «Didascalia Apostolorum » 214 240 251 423

4 5 6 .D idier, J. 458.Dieckmann, H . 182.Diekamp, F. 300.Dillenschneider, C. 488.Dingle, J. 585S.D ionisio Areopagita, Pseudo 212 240 270

288s_ 309 332 427 478S.D ionisio Cartujano 221.D ix, G . 245.D oerne, M . 539.Dondaine, H . 569.D oronzo, Em. 215 224 228 239 270. D uchesne 229 333.Dunalmense, concilio 272.D uns Escoto 225S 240 251 423 456.D upuy, B. D . 148 306 327 369.D urando 223 243 286.Durrwell, F . X . 590.Dutilleul 504.Duval, A . 307.

E a stw ood , C . 64.Eck 221.Efeso, concilio de 386.Efrén, San 212 270 332 513.Egger, F. 227.Elliott, J. H . 64.Ellison, G . A . 586.Elorduy, E. 240.Elvira (Illiberis), concilio de 507 513 529. Enrique Tarancón, V . 360 590.Epagneul, M . D . 455.Epifanio, San 125 21 is 258 303 506 513 571S

S81 584.Esparza, M . 227.Espeja, J. 58 279 451.Esquerda, J. 451.Esteban de Balgiano 217.Esteban II 333.Esteve, H . M . 35.Estius 182.Eusebio Cesariense 1 12 124S 147 1Ó2S 210

229 232 252 376 397 513.Eustato 332.E vodio 163.

F a b io , obispo 210.Fabri, F . 6.Fehrle, E. 512.Fernández, D om iciano 293 298-300 305 307

323 327 342.Fernández Jiménez, M . 123.Férotin, M . 584.Ferraris 225.Févre, J. 72.Fink, K . A . 299.Filón Alejandrino 18 32 43.Fisher, B. 228.Fisher, John (San) 313.Flavio Josefo 29 43.Florencia, concilio de 215 223 (véase A r ­

menios, decreto).Foerster, W . 1 14 16-18 28-30.

Ministros 4 e Cristo 16

Page 501: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

482 Indice onomástico

Fofi, F. 296.Fonseca, L . G . da 50.Forget, J. 228 255 579 - Franco, R . 64.Franic, M ons. 354 374.Friedberg 239 266 283 574 584.Friedrich, G . 85 118.Frisque 360.Fuchs, J. 350.Funk, F. X . 93S 120 137 iS 9 i68s 172 212

214 230 238 303 423- Fuster, S. 3 58.

G a ch te r , P. 144-146.Galdos, R . 20 35.Galopín, P. M . 35.Galot, J. 266 499.Galtier, P. 13 1 184 200 223S 241- García Barberena, T . 351.García Cordero, M . 14 20.García García, G . 58.García Miralles, M . 420 478.García Suárez, A . 387.Garrone, G . 360.Gasparri, cardenal 224 243.Gassmann, B. 538 551.Gazzanica 227.Geiselmann, J. R . 573.Gelasio I, San 574.Gerlaud 300.Gerson 225.Geyer 271.G ilberto Tornac 223.Gillmann, F. 271 298.Gillon, L . B. 478.Giner Sempere, S. 561 569.G odefroy, L . 228.Gonet 300.González Garnica, M . 58.G ore 182.Górres 470.Góssmann, E. 561.G otti 227 300.Gracias, cardenal 532.Graciano 216 243 584.Grandin 300.Greganti, G . 612.G regorio M agno, San 3 247 263 270 494

503 513S 584.G regorio Nacianceno, San 212 270 334 427. G regorio N iseno, San 58 212 246 270 513

5 2 9 -G regorio Palamas 332.G regorio V II 515.G regorio IX 218 266 283 574.Grelot, P. 81.Grisar 353.Gryson, R . 270 504 513S 561.Guerra, M . 14 81 96 99 105 112 n 8 134

144 561.Guerry, E. 122 369.Guibert, J. de 227.Guillermo, abad 216.Guillermo Altisidiorense 221.Guillermo de Auxerre 288.G y, P. M . 1.

H a m m a n , A . 173.Hanssens, J. M . 204.Harnack, A . 105.Harvey 169.Hastc-1 268.

Hatch, E. 105.H aym on Halberstatense 330.H egesipo 397.H einrich 300.Heinzlmann, G . 561.Hennen, B. 105.Henríquez, C . 300.Flenze, Cl. M . 612.Herder 257.Hermannus, magister 271.Hermas, Pastor de 158 166 178.Hernando, J. 270.Herrán, L . M . 593.Herranz, A . 68.Hervé, J. M . 241.H erveo 216 330.H esiquio de Jerusalén 268.Hilario, San 249.H ipólito de Rom a 1 12 204-209 213S 219S

228 232 234 243 2SO-2S2 257 303 330 333 346 372 378 410 412 457-

H ittorpius 583.H ódl, L . 504.H ofmann, J. B. 1.H om ero 16.H onorio de Augusta 216.H ornef, J. 455.Hostie, R . 612.H ruby, K . 189.Huard, J. 455 458.H ubsch, B. 551.H uby, J. 104.Huerga, A . 58 418.H ugo Argentin 221.H ugo de Rotterdam 216.H ugo de San Víctor 217 239 243 271. H ugon, E. 223.H urter 300.H us, Juan 275.

Ignacio de Antioquía, San 93 116 120 142 153-156 163 i68s 174-176 397 410 4 5 7 -

Ignacio de Loyola, San 620-622 628 643. Illanes, J. L . 591.«Imitación de Cristo» 281 439.Inocencio I, San 212 264 285 427. Inocencio III 217 239 574- Inocencio V III 293 300S.Ireneo, San 147 161 167 169 252 332 398 572. Isidoro Hispalense, San 1 216 236 252 270

287.Isidoro Pelusiota 2 12 5 13 .

Jacquier, E. 182.Javierre, A . M . 148 538.Jerónimo, San 14 20 50 125 137 250 252

254-256 261 270 287 289 301 303 437 503 -505 510 513 5 73 -

Jerónimo, Pseudo 270 287.Jiménez Urresti, T . I. 360.Jonkers, J. 5 7 4 - Jouannou, P. P. 5 74 - Journet, Ch. 287 3 37 -Juan Crisóstomo, San 6 35 68 124 137 147

194 211 247 249 252 259 270 329 334 497 S°5 SI3 529 618.

Juan de Santo T om ás 225.Juan, diácono 243.Juan Teutón ico 575.Juan X III 3 3 5 - Juan X X II 275.Juan X X III 267 341 354 358 524 529-

Page 502: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

Indice onomástico 483Jubany, N . 455 469 515.Juliano, apóstata 387.Iulius Pomerius 270.Jungklaus, E. 214.Jungmann, J. A . 55 113 204.Junker, H. 68.Justino, San 68 120 141 160 169 179 233 458.

K a lf f , A . 287.Karrer, O . 81.Kasper, W . 590 639.Kemp, E. W . 257.Kern, J. 458.Kirk, K. E. 81 555.Kittel, G . 1 14 16.Klein-Schmeink 313.K óndig, R . 300.K ónig, A . 270.K ónig, cardenal 266 306 338S 342.

L a b rio lle , P. de 571 573.Lagrange, M . J. 97.Lahitton, J. 535 613 623.Laínez, D . 353.Lamirande, E. 81.Lampe, G . W . 1.Landgraf, A . 287.Landucci, P. C. 612 634.Lanfranco 330.Laodicea, concilio de 574.Lateranense, concilio (a.769) 264. Lateranense I, concilio 514.Lateranense II, concilio 272 515. Lateranense IV 274.Laurentin, R . 561 566 568 570.Lavaud, B. 612.Laymann 225.Leal, J. 93 144 182 505.L e Camus 182.Leclercq, H . 579.Lécuyer, J. 35 58 122 148 180 245 250 255-

257 270 287-290 327 332 335 417 469. Leitner 297.Leloir, L . 20.Lennerz, H . 228 245 250 293 307 3 2 1 323

347 569.L eón M agno, San 69 212 248 263 269 332

348 457-León X III 169 219 263 336 369 415 441. Lercher, L . 298 300 305.Lesétre, H . 1 20 184.Lessio 225 300.Lewis, Ch. 349.Lieberg, H . 540.Londres, concilio de 272.López Martínez, N . 337.López, Ulpiano 488.Losada, J. 35.Lucífero de Cagliari 246.Lugo, I. de 227.Lundkofier, J. M . 335.Lutero, M artín 307-313 318 539.Lyón, concilio de 274.

L lam as, E. 35.

M a b i llo n 233.M aimónides 189.Mandonnet, P. 223.Mansi 229 231 239 253S 264 272 29T 348

376 415 456 507S 5I4S 574 584.

Marchal, L . 122.Margerie, B. de 591.Mariani, M . 68.Marlé, R . 591.M arsilio Patavino 275.Marténe 221 225S 243.Martimort, G . 369.M artín V 293 299 30 is 554.Martínez Balirach, J. 488.Matabosch, A . 587.M ateo-Seco, L . F. 58.M ayron 223.M édebielle 43.M edina 225 241.Meschet, L . 300.M etodio 503 513.M ichel, A . 211 222 298 323.M ichel, O . 96.M ichels, A . 143.M iguel Paleólogo 274.M ohlberg 333 337 423.M olina, A . de 488.M olinari, P. 534.Monahan, F. 293.M ondrone, D . 499.M onsegú, B. G . 58 350 352 418.M ontini, G . B. 488.M orán, J. 488.Morgenthaler, R. 112.M orin , J. 215 221 300.M oro , P. 6.M orsdorf, K l. 350.M ortari, L . 379.M oule, C . F. D . 144.M üller, D . 539.

N a d a l, J. 503.Navarro, A . 35 279.Navarrus 241.Nemacense, concilio 574.Neocesarea, concilio de 253.Neucháussler, E. 614.N icéforo, Callix. 124S.N iceno I, concilio 254 257 260 291 376 378

.508 513 515.N iceno II, concilio 251 291.Nicolás Gabasilas 79.N icolau, M . 5s 12 35 40s 45S 50 S2S 57 78

96 110 180 182 239S 244 26is 266 277 279 281 284 308S 327 339-341 346 356 360 362 365 368S 375 377 381S 388S 393 398 401-404 409 412 416 421 434 437 440S 443 448 450 455 462 464 475 503 526 538 540 556 567 569 588 603S 606 612 632.

Niesel, W . 543-549.N oldin, H . 227.N ótscher, F. 68.N ovaciano 210.

O f i c io , Santo 264 285.Olivares, E. 389.Oltra, M . 123.Oñatibia, I. 245 249 270.O ptato M ilevitano 212.Oraison, M . 499.O rd o X V I (Marténe) 243.O rdo X V II (Marténe) 243.O rd o Romanus V III 233.O rd o Romanus IX 583.O rd o Romanus (vulgatus, s.ix) 583.O rd o Romanus X X X IV 335.

Page 503: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

4 8 4 Indice onomástico

O rdo Romanus X X X V 335.O rdo Romanus X X X V B 335.O rdóñez, J. 279.Orígenes 67 162 167 210 257 398 S O S81. Orrieux, L . M . 478.Ott, L . 103 134 148 184 204 228S 263. Oxoniense, concilio 272.

P a b lo V I 13 204S 219 267 341 372 399 425 428 453-455 46os 468 499 526-534.537 578 594 596 613 624 632.

Pagés, F. 488.Papías 159.Párente, P. 35 374.Pascual, papa 515.Pauly-W issow a x 14 i6s.Pedro Canisio, San 221.Pedro Lom bardo 217 239 243 271 287 327. Pedro de Palude 225.Pedro de Tarantasia 221.Pellegrino, M . 270.Peper 182.Pérez, G . 35.Perler, O . 148.Perrone 300.Pesch, Ch. 241 3° 5 - Pesch, R . 81.Petavio (Petau) 221 245.Peters, J. 561.Pflizer, M . 590.Philips, M ons. 327 329 35os 358 360 369

388 412 421 455- Pintart, J. 270.Pío IV 70 198.Pío IX 416.P ío X , San 491 493 524 535 569 613 623S. Pío X I 71 75 384 490 524 613 624.Pío X II 6 72-75 78s 169 215 219S 282 333

336 349 351 354 358 370s 378s 385 4 i 4s 427 43° 432 445 491 494 498s 524 569 613 619 624 630S.

Pirot 144.Pistoia, A . 369 421.Pistoriense, sínodo 470.Platell 300.Platón x6s.Plaumann, G . 1 14 i6s.Pohle-Gierens 305.Policarpo, San 156S x6is 166 177 398 Policrates 112.Pontifical Rom ano 220 232 235S 238 240

333 369 371 -373 378 390 399 405 4 I2 S 421 423-426 433 435 4 44 446 451 4 55s 458 460 485 489 494 603 633.

Portillo, A . del 360.Poyer, A . 569.Pozo, C . 327 369 380 565.Prat, F. 124 182 2S4S.Praxmarer 300.Proaño, V . 148.Prokulski, W . 182.Puig de la Bellacasa, J. 215 224 293 296 298. Puzo, F. 134.

Q u e r a , M . 224 228.Quinisesto, concilio 514.

R a b a n o M auro 330.Rábanos, R . 35.Rahmani, I. E. 214 270 423.Rahner, K . 197 240 346 4 °9 455 5 °4 5i6s

59OS 639.

Rambaldi, G . 58.Ramírez, I. M . 287 Ramos, F. F. 58.Ratzinger, J. 590.Raynaud, J. M . 245.Reiffenstuel 225.Rengstorf, K . H . 82 87.Reumann, J. 96.R icardo Cicestrensis 272.Ricardo de Cantorbery 216.Ricardo de Mediavilla 223.Riudor, I. 58.Roberto Belarmino, San 72 225 241.Robles, A . 488.Robles, L . 270.Rodríguez M edina, J. 434.Romaniuck, C . 81 112 134 184.Rom ano, concilio 271 348.R om eo, A . 14 20.Rouét de Journel 504, passim.Rousseau, O . 306.Ruiz Bueno, D . 97 118 137 149 173 , etc. Ruperto T u it 216.

Sacramentario Gelasiano 215.Sacramentario Gregoriano 215. Sacramentario Leoniano 215 333 337 - Sacramentario Veronense 333 337 423. Sagnard 169.Salaverri, J. 346.Salmanticenses 225 300.Sánchez, Tom ás 225.Sardicense, concilio 291.Schaller, R . 455.Scheeben, M . 567.Schelke, K . H . 81.Schlier, H . 81 97 103 168 197.Schillebeeckx, E. 499.Schort, Ch. 349.Schramm 300.Schrenk, G . I 14 29S 32S 35 39 5 i- Schummer, L . 542.Schütz, J. 144.Schütz, R . 517 5 34 - Sedulio de Escocia 330.Semmelroth, O . 81 97.Sempé, L . 614.Senionense, concilio 264.«Sententiae Divinitatis» 271.Severiano de Gabala 332.Severo de Antioquía 257.Silva Pereira, A . da 350.Silvestre M auro 225 300.Silvio 225.Simeón de Tesalónica 332.Simmonet 227.Simón, magister 271.Sinesio, obispo 5ios.Siotis, M . 184.Siricio, papa, San 253 508 513.Soción, diácono 174.Sohm, R . 105.Solá, F. 143 198 21 is 214-216 220-225 227

234 239 241 243 251 28ss 291 293 298- 300 305 327 347 350 458 579 583S.

Solano, J. 41.Sommerlath, E. 539.Soto, Pedro 221.Sozomenos 387.Spiazzi, R . 360 488.Spicq, G. 36 43 49 54 97 488 612.Staehlin, W . 539.

Page 504: Ministros de Cristo. Sacerdocio y Sacramento Del Orden - Miguel Nicolau, SJ

Indice onomástico 485«Statuta Ecclesiae Antiqua» 213 220 230 232

243 4 5 6 .Stickler, A . 564.Stiglmayr, J. 240.Strack-Billerbeck 28 189.Stráter, C . 342.Strotmann, D . T . 346.Suárez, F. 20 182 221 300 476 478 488 505. Swete 329.Swetnam, J. 47.

T a n n e r 225.Tanquerey, A . 227 241 298 300.Tapper 223S.Telfer, W . 257.Teodoreto 124 212.T eod orico da Castel S. Pietro 35.T eod oro de M opsuestia 35 329.T eófilo de Alejandría 212.Teresa de Avila, Santa 578.Ternus, J. 287.Tertuliano 112 116 121 162 167 169 228

376 398 503 505. .«Testamentum Domini» 423.Thils, G . 488 538 55i 555-56o.Thurian, M ax 35 81 538 542 5 51 -5 5 4 581. T ihon, P. 455.T obac, E. 68.T oledo, cardenal 20 225.Tollu , F. 612.Tom ás de A quino, Santo 3 56 79 134 222S

228 239-241 277 279 282 285 287-290 327 330 342 395 4o6s 407 410 429 432 434 437 459 4 75s 478-480 483S 490 4 9 5 - 497 505 520 554 561 575 584-

Tom ás de Gantorbery, Santo 216.Torelló, J. M . 534.Tournely 300.Tours, concilio de 513 584.«Traditio Apostólica» (véase Hipólito de

Roma).Tridentino, concilio 6 20 58 70 72 94 169

180 197 218 231 244 266 278 283 291 307-328 340 342 353 360-364 370 395 43 ° 469S 4 9 i 515 529 539 569 588 613 639 -

Trinidad, J. 35.Trullano, concilio 514.Turner 182.Turrado, A . 268 408.Turrado, L . 122 124S.Tym ezak 227 241.

U m b e r g , J. 230 305 569.Urbano, papa 515.

V acandard, E. 499 504.Vaganay, L . 35.Valdenses 273.Valence, concilio de 376.

Van Caster, M . 591.Vanderberghe, B. H . 270.Van der M eer, F. 270.Vanhoye, A . 35.Van N oort, G . 241.Van Rossum, G . M . 2 11 215 217 222. Vaticano I, concilio 169 304 370 415S. Vaticano II, concilio 5 8 I2S 58 75 77 79 97

169 170-172 266s 269 306 308 325 337- 339 342S 346 354-356 360-369 373-388 392 394S 400 403 409-411 414S 417S 421- 423 427 43° s 433 435-438 441-443 446- 452 4S4S 460 462-468 471 476 486 488 492 5o o s 5 i 5s 520S 525 528 552 578 601- 604 613 626 639S.

Vázquez, G . 225 241 300.Vermeer, P. 337.Vermeersch, A. 297.Vernet, F. 499.Vidal, P. 243.Vielmi, G . 381.Vigouroux, F. 50.Villapadierna, G. de 50.Viller, M . 240 504.Visser’t H ooft, W . A . 538.Vitti, A . 40.Vizmanos, F. de B. 504.Vogel, C. 215.Vogel-Elze 423.V on Allm en, J. J. 538S 543-549 56i 589- V on Eyden, R . J. A . 561.V on Soden, H . 134.Vorgrimler, H . 455.Vótgle, A . 58.

W a l d e , A . 1.W aux, R . de 20.W eisweiler, H . 271 288.W ernz, F. X . 243 300 305.W iclef, Juan 276.W iedekehr 612.W ieland, F. 228.W iener, C . 97.W ilm art, Ed. 243.W inninger, P. 144 455.W irceburgenses 225 241 300.W right, J. J. 590.W u lf, F. 499.

Y a n gu as, J. de 35.

Zam arriego, T . 593.Zaragoza, concilio de 574.Zavalloni, R . 612.Zenón 16.Zerafa, P. P. 20.Zimmermann, H . 35.Zinelli 415.Zoellner, W . 539.Zorell, F. 152 184.