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MI) SN RESOLUCIÓN DE ÁLCÁLDIÁ 0277 -18 MIjNKI?AUDAU FROVINCIAL I,I:rAc:NA Tacna, 23 FEB 20181 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, en atención al Oficio Circular N 6 001-2018-100-30!tPS TAÓNA S.A. de fecha 21.Péb.2018, el Directorio de Accionistas de la EPS, a convocado para el día lunes 26 de Febrero del 2018, a las 09:30 hrs., a Junta General dé Accionistas de la EPS tACNA S.A; Que, mediante Estatuto Social de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna-EPS TACNA S.A.; en su artículo trigésimo segundo señala que los representantes legales de cada una de las Municipalidades accionistas que tengan derecho a concurrir a la junta obligatoria anual o a las extraordinarias podrán hacerse representar por otra persona que estos designen siempre que conste por Resolución de Alcaldía la facultad delegada, la cual deberá ser con carácter especial para cada Junta General. La representación deberá comunicarse a la sociedad hasta el día anterior de la realización de la Junta, debiendo registrarse en dicho momento la Resolución de Alcaldía respectiva; Que, mediante Hoja de Tráflite N° 19933-2018, de fecha 21.Feb.2018, el Titular de la Alcaldía Don Luis Ramón Torres Robledo; por cruce de actividades en agenda, delega representatividad ante la \\3 F. CALOS4 Junta General de Accionistas dé la EPS TACNA S.A en atención a la convocatoria a Junta General para el día 26 de Febrero del 2018, al Regidor Abog. JORGE LUÍSi NFANTAS FRANCO; Que, estando a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972 y la O.M. N°027-2015; SE RESUELVE: ARTÍCULO ÚNICO.- ACREDITAR, la representatividád de la Muñicip'alidad Provincial de Tacna, como Accionista ante la Junta General de Accionistas de la EPS TACNA S.A., a través del Regidor Abog. JORGE LUIS INFANTAS FRANCO, en atención a la convocatoria a Junta General de Accionistas de la EPS TACNA S.A. para el día 26 de Febrero del 2018, de conformidad a los considerandos de la presente resolución. REGISTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE. (11,U ................ .... LUIS - NTOflES ROBLEDO / GGRH Arch. LTFVECCFUmmp

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MI) SN

RESOLUCIÓN DE ÁLCÁLDIÁ 0277 -18

MIjNKI?AUDAU FROVINCIAL

I,I:rAc:NA

Tacna, 23 FEB 20181 VISTOS Y CONSIDERANDOS:

Que, en atención al Oficio Circular N 6 001-2018-100-30!tPS TAÓNA S.A. de fecha 21.Péb.2018, el Directorio de Accionistas de la EPS, a convocado para el día lunes 26 de Febrero del 2018, a las 09:30 hrs., a Junta General dé Accionistas de la EPS tACNA S.A;

Que, mediante Estatuto Social de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna-EPS TACNA S.A.; en su artículo trigésimo segundo señala que los representantes legales de cada una de las Municipalidades accionistas que tengan derecho a concurrir a la junta obligatoria anual o a las extraordinarias podrán hacerse representar por otra persona que estos designen siempre que conste por Resolución de Alcaldía la facultad delegada, la cual deberá ser con carácter especial para cada Junta General. La representación deberá comunicarse a la sociedad hasta el día anterior de la realización de la Junta, debiendo registrarse en dicho momento la Resolución de Alcaldía respectiva;

Que, mediante Hoja de Tráflite N° 19933-2018, de fecha 21.Feb.2018, el Titular de la Alcaldía Don Luis Ramón Torres Robledo; por cruce de actividades en agenda, delega representatividad ante la

\\3 F. CALOS4 Junta General de Accionistas dé la EPS TACNA S.A en atención a la convocatoria a Junta General para el día 26 de Febrero del 2018, al Regidor Abog. JORGE LUÍSi NFANTAS FRANCO;

Que, estando a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972 y la O.M. N°027-2015;

SE RESUELVE:

ARTÍCULO ÚNICO.- ACREDITAR, la representatividád de la Muñicip'alidad Provincial de Tacna, como Accionista ante la Junta General de Accionistas de la EPS TACNA S.A., a través del Regidor Abog. JORGE LUIS INFANTAS FRANCO, en atención a la convocatoria a Junta General de Accionistas de la EPS TACNA S.A. para el día 26 de Febrero del 2018, de conformidad a los considerandos de la presente resolución.

REGISTRESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE.

(11,U ................ ....

LUIS - NTOflES ROBLEDO /

GGRH Arch.

LTFVECCFUmmp

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N° REG:

FECHA 21 FEB 2018 Municipalidad DOCUMENTO:

Provincial cieTacna

ALCALDÍA HOJA DE TRÁMITE

PASEA: (7 tek

Tomar conocimiento E Acción Necesaria

Proceder E Informar

Reservar E Proyectar Resolución E Su cumplimiento E Archivar E

OBSERVACIONES:

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1abajond0 para ti

EPS eo, O. S.,..,,O.no

.r __a-TACNAS.A. "Año del Buen Servicio al Ciudadano" "Año del Bicentenario del Nacimiento del Coronel Gregorio Albarracin Lanch

Tacna,2 1

1 TRÁF/IITE?CUMENTARIO DO FEB 2OIB RE(. 13 OFICIO CIRCULAR N° col -20181100-330/EPS TACNA S.A. 1 Reg. ___

SEÑOR: 21FEB 2018

LUIS RAMON TORRES ROBLEDO Fecha Alcalde de la Municipalidad Provincial de Tacna Hora Presente.- FIrma

/

fÑJoTconvoçatTTJuntaGene[aiiecci6istas déTEPS TACNA

EÉ grato dirigirme a Usted, para saludarlo cordialmente e invitarlo a la Junta General de Accionistas de la EPS TACNA S.A.

Junta que se llevará a cabo el lunes 26 de febrero de 2018 a las 09:30 horas, en el despacho de Alcaldía de la Municipalidad Provincial de Tacna, ubicado en la calle Inclán N° 404 de esta ciudad, por lo que a través del presente remitimos los informes legales y técnicos, correspondientes a los temas de la agenda a tratar:

1. MODIFICACIÓN TOTAL DEL ESTATUTO DE LA SOCIEDAD PARA ADECUARLO A LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LA LEY MARCO Y SU REGLAMENTO.

2. APROBAR LA GESTION SOCIAL DEL EJERCICIO 2017 EXPRESADO EN LA MEMORIA ANUAL.

3. APROBAR LOS RESULTADOS ECONOMICOS DEL EJERCICIO 2017 EXPRESADO EN LOS ESTADOS FINANCIEROS.

4. RESOLVER SOBRE LA PARTICIPACION DE LAS UTILIDADES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2017 Y MODIFICACION DEL ESTATUTO SOCIAL POR AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL

5. APROBACION DE LA RESERVA LEGAL DEL EJERCICIO 2017.

' in otro particular, es propicia la oportunidad para expresar - los

Ksentimiento de mi especial consideración y agradecer de ante mano su presencia.

Ing. .\urteaa Ortiz

\ \

d arM.Ac 1 HIr.

(ç Ing. José R. Ardiles Flores N.

DrREcToRioIcns c.c. Archivo

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA A LCA LO lA

21 FEO 2010

RECIBII7f) RegistroN° ........ ....... ...... ..............

Av. Do. de Mayo N' 372- t.I1 0521 583446- Fn (052) 583453 Muli: ep,,Informesepst.cn..com.p.

mayo 372- Tacna 1 Telf. 052 583446 fax. 052 583453

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CUANDO EL ACTA ES APROBADA EN LA MISMA JUNTA, DEBE CONSTAR DICHA

APROBACIÓN Y DEBE SER -FIRMADA POR LO MENOS POR EL PRESIDENTE,

SECRETARIO Y UN ACCIONISTA•DESIGNADO PARA ESTE EFECTO.

CUANDO EL ACTA NO SE APROBASE EN LA MISMA JUNTA, SE DESIGNARA A UN

ACCIONISTA, QUIEN CONJUNTAMENTE CON EL PRESIDENTE Y EL SECRETARIO, LA

REVISAN Y APRUEBAN. EL ACTA DEBE QUEDAR APROBADA Y FIRMADA DENTRO DE

LOS DIEZ DÍAS SIGUIENTES A LA CELEBRACIÓN DE LA JUNTA Y PUESTA A

DISPOSICIÓN DE LOS ACCIONISTAS 'CONCURRENTES, QUIENES PODRÁN. DEJAR

CONSTANCIA DE SUS OBSERVACIONES O DESACUERDOS MEDIANTE CARTA

NOTARIAL. -- ----------------------------------------------

TRATÁNDOSE. DE LAS JUNTAS CONTEMPLADAS EN EL ARTÍCULO 27° DEL PRESENTE

ESTATUTO SOCIAL. ES OBLIGATORIA LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA POR TODOS LOS

ACCIONISTAS CONCURRENTES A ELLA.____________________________________

ARTÍCULO TRIG SIMO SEGUNDO .- LOS REPRESENTANTES LEGALES DE CADA UNA

DE LAS MUNICIPALIDADESACCIONISTAS QUE TENGAN DERECHO A•CONCURRIR A L?.

JUNTA OBLIGATORIA ANUAL O A LAS. EXTRAORDINARIAS PODRÁN HACERSE

SIEMPRE QUE CONSTE POR

LA REPRESENTACIÓN :DEBERÁ COMUNICARSÉ A LA SOCIEDAD HASTA_ EL D Í A

TERIORDELA REALIZACIÓN. DE LA JUNTA;, DEBIENDO REGISTRARSE EN DICHO

• MOMENTO LA RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA RESPECTIVA.

ARTICULO. TRIGÉSIMO TERCERO .- LOS REPRESENTANTES DE LAS

MUNICIPALIDADES SOCIAS ANTE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS TIENE

DERECHO A PERCIBIR DIETAS LAS. MISMAS QUE SON DETERMINADAS MEDIANTE LAS

DIRECTIVAS DE PROGRAMACIÓN Y PROCESO PRESUPUESTARIO EMITIDAS POR EL

ORGANISMO COMPETENTE DEL • MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS.

LAS PRINCIPALES ATRIBUCIONES.DE LA PERSONA QUE PRESIDE LA JUNTA SON:

A) EXAMINAR LOS ACUERDOS , DE CONSEJO EN LOS CUALES SE DELEGUE LA

REPRESENTACIÓN.

B) CONSTATAR LAS ACCIONES REPRESENTADAS.______________ ___=

C) DETERMINAR EL ORDEN EN QUE DEBERÁN TRATARSE LOS .ASUNTOS.

D) DECIDIR EL MOMENTO EN QUE LOS ASUNTOS SE SOMETEN .A VOTACIÓN. ========

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1 . 1

N.

-a.

y

EPt$ CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE

ACCIONISTAS DE EPS TACNA S.A. DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ESTATUTO SOCIAL Y EN VIRTUD DEL MANDATO ESTABLECIDO EN LA DECIMA OCTAVA DISPOSICIÓN. COMPLEMENTARIA FINAL DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1280, DECRETO LEGISLATIVO QUE APRUEBA LA LEY MARCO DE LA GESTIÓN Y PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO (LEY MARCO), CONCORDANTE CON LA SEGUNDA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA DEL REGLAMENTO DE LA LEY MARCO, APROBADO POR EL DECRETO SUPREMO N° 019-2017- VIVIENDA, Y, LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 116 DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES Y LOS ARTICULOS VIGESIMO SEGUNDO, VICESIMO TERCERO Y VIGESIMO QUINTO DEL ESTATUTO SOCIAL, SE CONVOCA A LAS MUNICIPALIDADES ACCIONISTAS DE LA EPS TACNA S.A. A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS A CELEBRARSE, EL DIA LUNES 26 DE FEBRERO DE 2018 A HORAS 09:30 EN EL DESPACHO DE ALCALDIA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA, SITO EN CALLE INCLAN N° 404, SEGUNDO PISO DE ESTA CIUDAD, PARA TRATAR LOS SIGUIENTES PUNTOS DE AGENDA:

1. MODIFICACIÓN TOTAL DEL ESTATUTO DE LA SOCIEDAD PARA ADECUARLO A LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LA LEY MARCO Y SU REGLAMENTO.

2, APROBAR LA GESTION SOCIAL DEL EJERCICIO 2017 EXPRESADO EN LA MEMORIA ANUAL.

3. APROBAR Los RESULTADOS ECONOMICOS DEL EJERCICIO 2017 EXPRESADO EN LOS ESTADOS FINANCIEROS.

4. RESOLVER SOBRE LA PARTICIPACION DE LAS UTILIDADES CORRESPONDIENTES Al EJERCICIO 2017 Y MOD(FICACION DEL ESTATUTO SOCIAL POR AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL

S. APROBACION DE LA RESERVA LEGAL DEL EJERCICIO 2017.

LA JUNTA QUEDARA VALIDAMENTE CONSTITUIDA EN PRIMERA CONVOCATORIA SI A LA HORA Y FECHA FIJADA SE COMPRUEBA LA PRESENCIA DE ACCIONISTAS QUE REPRESENTEN CUANDO MENOS LAS .DOS TERcÉRAS PARTES DEL TOTAL QLC.QQNARIDOSUcIT.OEAuERDO AtO ESTABLECIDO EN LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES EN SU ARTICULO 126°> ASIMISMO SE DA A CONOCER QÜÉ ttOS DOCUMENTOS RELAÇIONADOS CON EL OBJETO DE LA JUNTA OBLIGATORIÁ ANUAL. SE ENCUENTRAN KOISPOSICKDt DE LOS ACCIONISTAS EN SECRETARIA GE)JEIAL'DE LA ENTIDAD, SIN EM8ARÇO'SE HARA LLEGAR COPIAS DE LOS DOCUMENTOS?ENTRO DE LAS 48 HORAS ANTES DE LA CELEBRACION DE LA JUNTA. .-

TACNA 14 DE FEBRERO DE

EL DIRECTORIO EpsTACNA ::

Exigen a rubiA)'.

acelerar trabajc llevar agua a Lo

.4..- -a.-

1 t..

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DEFICIENCIAS. V) VUI8S nuevas r

1 Moquegtw. Los 37 compradoresa. (entreempresas,asodadonesy a

f personas natvrales)deterrenos en Lomas dello, donde se pro-yecta la ampliación del cultivo de productos de agroexporta-ción, están preocupados. El problema es que las obras que se han hecho para conducir el

1 Con marcha n reajuste de tai Moquegua. Los usuarios no aceptan el alza de la tarifa del agua quela Entidad Prestadora de Servidos (EPS) Moquegua aplicará desde marzo.

Un grupo de ellos, en su ma-yoríade las juntas Vecinales, marchó ayer. La movilización arrancó en la Plaza del Maestro y recorrió varias arterias de la ciudad. Incluso llegó hasta la sede de la empresa del agua en

Ja calle øo; así como delaMw

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Meecenio é &z %ua&zd'tíe Opottuuiéaies para mujeres y fiom6ws' «ftño ¿eííViá (ego y &z fR.çconcili.ación %i&naf'

Lima, 2 2 ENE. 2010

OFICIO Ñ0O3%2018/SUNASS030

Señor EDUARDO PEREZ MALDONADO Gerente General EPS TACNA S.A. Av. Dos de mayo N° 372 Tacnp. -

Asunto Opinión favorable al Proyecto de Estatuto Social

Z35t(Ep

Referencia Oficio N° 69-2018-300-EPS TACNA S.A.

Me dirijo a usted con relación al documento de la referencia, a través del cual su representada remite el Proyecto de Estatuto Social de EPS TACNA S.A.', a fin que esta Superintendencia emita opinión favorable, en el marco de lo dispuesto por la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento 2 (en adelante, Ley Marco) y su Reglamento 3 (en adelante, el Reglamento).

Al respecto, en atención a las conclusiones y recomendaciones çontenídas en el Informe N° 026-2018-SUNASS-120-F de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, que en copia fedatada se adjunta al presente, se aprecia que el Proyecto de Estatuto - Social remitido se adecúa a la Ley Marco, su Reglamento, así como a la Ley M° 26887, Ley General de Sociedades.

En ese sentido, acorde con las facultades conferidas a la Sunass y de conformidad a So dispuesto en el numeral 51.2 del artículo 514 del Reglamento, se emite opinión favorable del Proyecto de Estatuto Social, el mismo que será publicado en el portal web institucional de la Sunass: wwjpa s. ob. e.

Atentamente,

Adj.: - Copla fedatada del Informe N' 026-2018-SUNASS-120-1 1 y Proyecto de Estatuto Social

'En un total de 19 páginas, que consta de 51 artículos distribuidos en 10 Títulos, tñi Titulo conteniendo las Disposiciones Complementarias, y Disposiciones Transitorias, 2 Aprobado por Decreto Legislativo N 1280.

Aprobado por Decreto Supremo 14 019-2017-VIVIENDA. Articulo SI.. Estatuto Social

(---1 51.2 El Estatuto Social elaborado conforme al párrafo anterior, o sus modificaciones, es aprobado por la Junta General de Accionistas, previa opinión favorable de la Sunass ()".

Av. Bernardo Monteagudo N°210-216— Magdalena del Mar - Urna 17— Perú Teléfonos: 614-3200 Fax: 614-3140

Casilla Postal N°0019-Urna 17 sunass@sunassgobpe

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c. Surtan El ri'gu!CRJor ek e 05,700 potn!flc' Gerencia de Supervisión y Fiscalización

EPS TACNA S.A. Informe evaluación de Proyecto de Estatuto Socio!

Expediente N°226-2017-GSF-E

INFORME N° 026-2018-SUNASS-120-F

A : PAOLA CHJNEPI GtJIMA Gerente de Supervisión y Fiscalización

Asunto Informe de evaluación del Proyecto de TACNA S.A.

Referencia a) Oficio N° 3013-2017-300-EPS TACNA S.A. b) Informe No 522-2017-SUNASS-120-F 23 ENE 28 c) Oficio N° 05-2018-300-EPS TACNA SA. d) Oficio N° 69-2018-300-EPS TACNA S.A. ES COPIA FIEL DEL Ql

Fecha l7de enero del 2ol8

1. OBJETIVÓ .H

Evaluar si EPS TACNA S.A. ha cumplido con subsanar las observaciones formuladas al Proyecto de Estatuto Social a través del Informe N° 522-2017-SUNASS-120-F, a fin determinar si corresponde emitir opinión favorable previa por parte de esta Superintendencia antes de su aprobación', en virtud de lo establecido en el artículo 51 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo N°019-2017-VIVIENDA.

II; ANTECEbEÑTgS

2.1 Mediante el Oficio N° 3013-2017-300-EPS TACNA SA, 2, EPS TACNA S.A. remitió el Proyecto de adecuación estatutaria (en adelante, Proyecto de Estatuto).

r L

Visid 2.2 A través del Informe N° 522-2017-SUNASS-120-F, la Sunass formuló observaciones y

ç recomendaciones al Proyecto de Estatuto presentado por EPS TACNA S.A.

¿'E' 2.3 Con Oficio N° 05-2018-300-EPS TACNA SA. 3, EPS TACNA S.A. remitió el Proyecto de Estatuto, el cual contendría la subsanación a las observaciones formuladas.

NAS9

2.4 Mediante Oficio N° 69-2018-300-EPS TACNA S.A. 4, EPS TACNA S.A. remitió una nueva versión del Proyecto de Estatuto, conteniendo precisiones en la redacción del mismo.

JIl. BASE LEGAL L 1.

3.1 Ley N°26887, Ley General de Sociedades (en adelante, LGS).

3.2 Decreto Legislativo N° 1280, que aprueba la Ley Mamo de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, modificado mediante Ley N° 30672 (en adelante, LMGPSS).

3.3 Reglamento General de la Sunass, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2001-PCM y modificatorias (en adelante, RGS).

1 Por parte de la Junta General de Accionistas. 2 Recibido pode Sunass ell° de diciembre del 2017.

Recibido por la Sunass el 8 de enero del 2018. Recibido por la Sunase el 12 de enero del 2018.

Página 1

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EPS TACNA S.A. Informe evaluación de Proyecto de Estatuto Social

Expediente N°226-2017-GSF-E

- El articulo 1997 del Reglamento de la LMGPSS dispone que una de las causales para la determinación de la aplicación del Régimen de Apoyo Transitorio (RAT), vinculada con la gestión empresarial de la empresa prestadora, es el incumplimiento de la adecuación del estatuto social dentro del plazo establecido.

- Atendiendo a la normativa expuesta, mediante Resolución Directoral N° 214-2017-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS 8, se aprobaron las Guías Básicas de transformación societaria y modificación del estatuto, a fin de que las empresas prestadoras realicen su transformación y adecúen su estatuto social conforme a las normas sectoriales aplicables.

- Así también, la citada Resolución Directoral estableció que para efectos de la inscripción de los acuerdos de modificación de estatutos y transformación societaria ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, las empresas prestadoras deben presentar copia simple del documento que contenga la opinión favorable emitida por la SUNASS.

Poí su parte, mediante Resolución Directoral N° 231-2017-VIVIENDANMCS-DGPRCS9, se aprobó el "Modelo Básico de Estatuto Social", que contiene las disposiciones básicas que todo estatuto social de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal debe contener, el cual tiene carácter orientador y referencia¡ y puede ser tomado en cuenta por las Empresas Prestadoras citadas.

- En consecuencia, habiéndose iniciado el proceso adecuación y modificación de los Estatutos Sociales de las empresas públicas de accionariado municipal a las

/ 1 disposiciones 'contenidas en la legislación aplicable, corresponde a la Sunass / efectuar la verificación de los documentos remitidos por las empresas prestadoras

citadas, a efectos de emitir opinión favorable de manera previa a su inscripción en la Oficina Registra¡ correspondiente.

4.2 Del levantamiento de las observaciones formuladas al Provecto de Estatuto "d

Social remitido por EPS TACNA S.A.

j 4.2.1 Conforme se desprende del Informe N° 522-20'17-SUNASS-1•20-F, las " 4/ observaciones formuladas al Proyecto de Estatuto de EPS TACNA S.A., fueron las

'' Afl siguientes:

"6.1 Corresponde modificar el artículo 1 de/Proyecto de Estatuto, conforme lo analizado en el numeral 4.2 de/presente Informe.

6.2 Corresponde modificare! artículo 2 de! Proyecto de lo analizado en el numeral 4.2 de! presente Informe. L,,,\ SElciO uS

23 ENE. 2010 'Articulo 199.-Configuración, de/as causales para de/em/nana aplicación del RAT

ES ÇOPlA. FIEL DEL ORIGINAL 1992 Causales vinculadas con la gestión empresarial da la empresa prestadora:

3. El incumplimiento de la adecuación de estatutos sociales a la normativa sectorial y de la transforma RI3S Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada a una Sociedad Anónima Ordinaria, dentro de los pi nwai SUNASS - configure cuando la Sunas.s verifique, mediante actuaciones documentadas, cualquiera de los siguientes su sos: a) La empresa prestadora no cumplió con el acto de inscripción en los Registres Públicos pata la adecuación de estatutos sociales a la normativa sectorial, en el plazo establecido por dicha norma. b) La empresa prestadora no cumplió con el acto de inscripción en los Registros Públicos para la transformación societaria de una Sociedad Comercial de ResoonsabjIfdad Limitada a una SnoJeøe*ctMjpJmn Qn Ir! aria, dentr!2de!.ptezotegaLseR..'ada!'

"De fecha lade octubre de 2017. "De fecha 13112017. Página 3

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05unass El reguLador d,tt aguo roloble Gerencia de Supervisión y Fiscalización

EPS TACNA S.A. Informe evaluación de Proyecto de Estatuto Sacio!

Al rw Expediente N°226-2017-G$F-E

3 Corresponde modificar el articulo 7 del Proyecto de Estatuto, conforme lo analizado en el numeral 4.2 del presente Informe.

23 ENE. 2018 .4 Corresponde modificar el articulo II del Proyecto de Estatuto, conforme lo señalado en el numeral 4.2 del presente Informe.

ES ÇOPIÁ FIEL DEL ORIGINAL ..... .. 5 Corresponde modificar el artículo 22 del Proyecto de Estatuto,

FEoATpaIoetMhn conforme lo señalado en el numeral 4.2 del presente Informe. esrudon N° jP'21. SLJNASS •GG

6.6 Corresponde modificar el articulo 24 de! Proyecto de Estatuto, conforme lo señalado en el numeral 4.2 del presente Informe.

6.7 Corresponde modificar el articulo 26 del Proyecto de Estatuto, conforme lo señalado en el numeral 4.2 del presente Informe.

6.8 Corresponde modificar el artículo 28 del Proyecto de Estatuto, conforme lo señalado en el numeral 4.2 del presente Informe.

6.9 Corresponde modificar el artículo 29 del Proyecto de Estatuto, conforme lo señalado en el numeral 4.2 del presente Informe.

6. lOCorresponde modificar el artículo 31 del Proyecto de Estatuto, conforme lo señalado en el numeral 4.2 del presente Informe.

6.1? Corresponde corregir el error material evidenciado en el artículo 34 del Proyecto de Estatuto, conforme lo analizado en el numeral 4.2 del presente Informe.

6. t2Corresponde corregir el error material evidenciado en el artículo 41 del Proyecto de Estatuto, conforme lo analizado en el numeral 4.2 del presente Informe."

4.2.2 Con Oficio N° 05-2018-300-EPS TACNA S.A., EPS TACNA S.A. remitió el Proyecto de Estatuto, el cual contendría la subsanación a las observaciones formuladas.

Con posterioridad, a través del Oficio N° 69-2018-300-EPS TACNA S.A., EPS TACNA S.A. remitió una nueva versión del Proyecto de Estatuto, conteniendo, según refiere, la subsanación de observaciones, así como precisiones en la

4,459' redacción del mismo.

En consideración a que ambos Oficios versan sobre lo mismo, evaluaremos el Proyecto de Estatuto adjunto al Oficio N° 69-2018-300-EPS TACNA S.A., el cual se encuentra estructurado de la siguiente manera:

• Título 1: De la denominación, objeto, domicilio, ámbito de responsabilidad, duración (del artículo 1 al 4).

• Titulo II: Capital social y acciones (del articulo 5 al 9). • Título III. Órganos de la sociedad (del articulo 10 al 12). • Título IV: De la Junta General de Accionistas (del artículo 13 al 21). • Título V: El Directorio (del articulo 22 al 39). • Título VI: La Gerencia (del artículo 40 al 45). • Título VII: Modificación del Estatuto, Aumento y Reducción de

Capital (artículos 46 y 47). • Titulo VIII: Del Sistema Tarifado (artículo 48). • Titulo IX: Estados financieros y aplicación de utilidades (artículos 49

y 50). • Título X: Disolución, liquidación y extinción de la sociedad (artículo

51).

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SAfiEAMIENIO

cDsunass 2 3 ENE, 2018 ¡ZA 110(101 tt V WtAC& ¡)OtVDA

Es COPIA FIEL DEL ORIGINAL Gerencia de Supervisión y Fiscalización Efl TACNA S.A.

ee'. rluación de Proyecta de Estatuto Sacio! FEDATARIO Expediente N' 226-201 7-GSF-E Resotucián Ñ° jp'bi- SUNASS -

• Titulo XI: Disposiciones complementarias (Primera a Tercera). • Disposiciones Transitorias: Régimen de Apoyo Transitorio (Primera

y Segunda).

Como se obserVa de lo citado, la estructura del Proyecto Estatuto -documento de 19 páginas- tiene 51 artículos distribuidos en 10 Títulos, un Titulo conteniendo las Disposiciones Complementarias, y Disposiciones Transitorias.

4.2.3 Del texto alcanzado se observa lo siguiente:

Del artículo 1 - Denominación Social

Se aprecia que la empresa prestadora ha modificado la denominación social propuesta, en el sentido de denominarla empresa y no entidad, quedando redactada de la siguiente manera "EMPRESA PRESTADORA DE SERVICICOS DE SANEAMIENTO TACNA SOCIEDAD ANÓNIMA", pudiendo utilizar la abreviatura "EPS TACNA S.A."

En consecuencia, EPS TACNA S.A. subsanó la observación formulada en dicho extremo.

Del artículo 2— Obieto Social

Del texto contenido en el articulo 2 del Proyecto de Estatuto remitido mediante Oficio N° 69-201 8-300-EPS TACNA S.A., se aprecia la mención a poder realizar

¡ actividades vinculadas al uso eficiente de los recursos hídricos, así como promover acuerdos para implementar mecanismos de retribución ecosistémicos conforme a la normativa sectorial aplicable.

En ese sentido, se tiene por subsanada la observación realizada sobre el particular.

Del artículo 5 — Capital Social 1?

De conformidad con lo previsto en la Ley N ° 30381, Ley que cambia el nombre de la unidad monetaria de nuevo sol a sol, la empresa prestadora precisé que el capital

tDVD es en soles. reA AS

Del artículo 7—Acciones de las municipalidades provinciales

Se aprecia que EPS TACNA S.A. modificó el texto del artículo bajo análisis con la finalidad de adecuado a lo establecido en los artículos 52 y 57 del Reglamento.

En ese sentido, la empresa prestadora subsanó la observación formulada.

Del articulo 11 — La organización, dirección y administración de la sociedad corresponde a los órganos de la sociedad

Del texto del artículo bajo análisis, se aprecia Ja modificación en el sentido de señalar que el Gerente General rinde cuentas al Directorio, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del RLMGPSS.

De igual formar, se aprecia la eliminación de la referencia los instrumentos de desarrollo empresarial, contenidos en el artículo 17 del Reglamento de la Ley de Modernización de los Servicios Públicos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-20116-VIVIENDA, el cual fue derogado por el RLMGPSS.

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te)

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M. ES

En ese sentido, se tienen particular.

et

23 ENE. 2018 Gerencia de Supervisión y Fiscalización EPS TACN.A S.A.

U FIEL DELI,Q?Jo1w» alt'ocián de Proyecto de Estatuto Social Expediente PI° 226-201 7-GSF-E

HO SflWf. S'JNA ea - GG

subsanadas las observaciones realizadas sobre el

Í-

¡oíd,

Del artículo 17— Convocatoria a Junta General de Accionistas

De conformidad con lo previsto en el articulo 113 de la LGS, la empresa prestadora precisó que el Directorio efectúa la convocatoria a la Junta General de Accionistas.

De los artículos 22. 24, 26, 28, 29, 31, 34v 41

De la revisión del texto de los artículos 22, 24, 26, 28, 29, 31, 34 y 41 del Proyecto de Estatuto, se aprecia que acogieron las observaciones formuladas sobre los mismos, referidas a precisiones en la redacción, así como errores materiales.

En ese sentido, se tienen por subsanadas las observaciones bajo comentario.

4.2.4 En consideración a lo señalado, EPS TACNA S.A. acogió las observaciones, subsanándolas, por tanto, el texto del Proyecto de Estatuto presentado mediante Oficio N° 69-2018-300-EPS TACNJA S.A., documento de 19 páginas que consta de 51 artículos distribuidos en 10 Títulos, un Titulo conteniendo las Disposiciones Complementarias, y Disposiciones Transitorias, es acorde a lo establecido en la LMGPSS, su Reglamento, así como a la LGS.

42 De la Opinión Favorable de la Sunass

Conforme al numeral 51.2 del artículo 51 del RLMGPSS, ¿Estatuto Social elaborado por las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal, es aprobado por la Junta General de Accionistas, previa opinión favorable de la Sunass.

nl, VD

SLJNPS

De acuerdo a lo señalado en el punto precedente, de la revisión del Proyecto de Estatuto se aprecia que es acorde a lo establecido en la LMGPSS, su Reglamento, así como a la LGS.

En tal sentido, corresponderá a esta Superintendencia emitir opinión favorable, a fin que el Proyecto de Estatuto sea aprobado por la Junta General de Accionistas, conforme alo dispuesto en el numeral 51.2 del artículo 52 del RLMGPSS.

Cabe precisar que es responsabilidad de EPS TACNA S.A. que el Estatuto Social materia de opinión favorable, deba ser el mismo que presente ante el notario público al momento de iniciar el trámite de elevar la minuta a escritura pública.

Finalmente, en aras de garantizar la transparencia en la gestión, el Estatuto Social es notificado y publicado en el portal web institucional de la Sunass: httw/Iwww.sunass.Qob.pe.

V. ÓONCLUS1ÓNÉS

5.1 Mediante Informe f4° 522-2017-SUNASS-120-F, la Sunass evaluó la documentación presentada por EPS TACWA S.A. mediante el Oficio N° 3013-2017-300-EPS TACNA S.A., formulando observaciones sobre el Proyecto de Estatuto presentado.

5.2 A través de los Oficios N° 05 y 69-2018-300-EPS TACNA S.A., EPS TACNA S.A. remitió Proyectos'de Estatuto, respectivamente. En ese sentido, atendiendo a que los 2

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OSunass fl :g41U;Cor rh( ugn1 pc'tnbL' Gerencia de Supervisión y Fiscalización

1 EPS TACNA S.A. : informe evaluación de Proyecto de Estatuto Social

-. Expediente N°226-201 7-GS17-E

documentos están referidos a lo mismo -Proyecto de Estatuto-, se evaluó la última versión enviada.

5.3 El Proyecto de Estatuto remitido por EPS TACNA S.A., mediante Oficio N° 69-2018-300-EPS TACNA S.A., documento de 19 páginas que consta de 51 artículos distribuidos en 10 Títulos, un Titulo conteniendo las Disposiciones Complementarias, y Disposiciones Transitorias, se encuentra adecuado a la Ley Marco de la Gestión y Prestación de tos Servicios de Saneamiento, su Reglamento, así como a la Ley N° 26887, Ley General de Sociedades en lo pertinente.

5.4 Corresponde a esta Superintendencia emitir opinión favorable del Estatuto Social de la EPS.

A la Gerencia de Supervisión . y Fiscalización:

6.1 Remitir el Proyecto de Estatuto evaluado, el presente informe y el proyecto de oficio respectivo a la Gerencia General de la Sunass.

t $1 a'.. A la Gerencia General de la Sunass:

¶, 9 De considerarlo pertinente:

NASS 6.2 Emitir opinión favorable del Estatuto Social presentado por EPS TACNA S.A.

6.3 Notificar el presente informe y el Estatuto Social evaluado a EPS TACNA S.A.

6.4 Ordenar la publicación del citado estatuto en el portal web institucional de la Suna: http://www.sunass.gob.pe

/

Ürsula-Gcsiales egarra Abogada Especialista Gerencia de Supervisión y Fiscalización 2 3 ENE. 28

FESPIA FIEL DEL Of

Página 7

q b1

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•UÇRIP$7MW4DWNAL DE SIR WCIOS DE SAI4WJIENTO

23 ENE. 2818 ESTATUTO SOCIAL DE LA EPS TACNA S-A-1 Es $OPIA FIEL DEL ORIGINAL

TITULO 1 DE LA DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO, ÁMBITO DE DURACIÓN.

ARTÍCULO PRIMERO.- DENOMINACIÓN LA SOCIEDAD ANÓNIMA, QUE SE CONST17TJYE DE CONFORMIDAD CON LA NORMATIVIDAD VIGENTE, SE DENOMINA EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO TACNA SOCIEDAD ANÓNIMA", PUDIENDO UTILIZAR LA ABREVIATURA DE "EPS TACNA S.A.", ADECUADA EN VIRTUD DE LO DISPUESTO EN EL DECRETO LEGISLATIVO N° 1280 - LEY MARCO DE LA GESTIÓN Y PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO, Y SU REGLAMENTO APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 019-2017-VIVIENDA.

LA EMPRESA SE RIGE POR EL RÉGIMEN LEGAL SOCIETARIO ESPECIAL PREVISTO EN LA LEY MARCO DE LA GESTIÓN Y PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO, SU REGLAMENTO, ASÍ COMO POR EL PRESENTE ESTATUTO SOCIAL, POR LAS DEMAS NORMAS SECTORIALES Y SUPLETORIAMENTE POR LA LEY N° 26887 - LEY GENERAL DE SOCIEDADES.

ARTÍCULO SEGUNDO.- OBJETO SOCIAL LA SOCIEDAD TIENE POR OBJETO PRESTAR EN FORMA TOTAL O PARCIAL SERVICIOS DE SANEAMIENTO QUE COMPRENDEN LA PRESTACIÓN REGULAR DE: SERVICIOS DE AGUA POTABLE, SISTEMA DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN, ALCANTARILLADO SANITARIO Y TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES PARA DISPOSICIÓN FINAL O REÚSO Y DISPOSICIÓN SANITARIA DE EXCRETAS EN EL ÁMBITO DE RESPONSABILIDAD ESTABLECIDO EN EL RESPECTIVO CONTRATO DE EXPLOTACIÓN. EL OBJETO SOCIAL SE SUJETA A LAS POLÍTICAS, PLANES Y LINEAMIENTOS APROBADOS POR EL ENTE RECTOR Y POR LAS ENTIDADES CON COMPETENCIAS RECONOCIDAS EN MATERIA DE SANEAMIENTO.

SE ENTIENDE INCLUIDO EN EL OBJETO SOCIAL DE LA SOCIEDAD TODOS LOS DEMÁS ASPECTOS - Y ACTIVIDADES VINCULADOS CON LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO

~-NCVIV4- N AUTORIZADOS, TALES COMO: COMERCIALIZAR AGUA RESIDUAL TRATADA Y SIN TRATAMIENTO CON FINES DE REúSO; COMERCIALIZAR RESIDUOS SÓLIDOS Y

-, SUBPRODUCTOS GENERADOS EN EL PROCESO DE TRATAMIENTO DE AGUA PARA CONSUMO ç HUMANO Y TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES CON FINES DE REÚSO; BRINDAR EL

ti'OR SERVICIO DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES PARA FINES DE REÚSO ASÍ COMO EL SERVICIO DE MONITOREO Y GESTIÓN DE USO DE AGUAS SUBTERRÁNEAS, DE CORRESPONDER; ENTRE OTRAS ACTIVIDADES PERMITIDAS Y REGULADAS POR LAS NORMAS

.

SECTORIALES DE SANEAMIENTO Y DEMÁS NORMAS DE OTROS SECTORES APLICABLES; PUDIENDO REALIZAR A SU VEZ ACTIVIDADES VINCULADAS AL USO EFICIENTE DE LOS

\ RECURSOS HIDRICOS Y PROMOVER ACUERDOS PARA IMPLEMENTAR MECANISMOS DE \RETRIBUCIÓN POR SERVICIOS ECOSISTÉMICOS CONFORME A LA NORMATIVA SECTORIAL

AIflCULO TERCERO.- DOMICILIO Y PLAZO DE DURACIÓN ELOMICILIO DE LA EPS TACNA S.A, ES LA CIUDAD, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TAC 1A, PUDIENDO ESTABLECER AGENCIAS, SUCURSALES, OFICINAS Y/O ESTABLECIMIENTOS EN CUALQUIER LUGAR DE SU JURISDICCIÓN Y/O ÁMBITO DE SU RESPONSABILIDAD DE ACI4ÉRDO A LA NORMATIVA VIGENTE, SEGÚN LO DETERMINE LA JUNTA GENERAL DE

SOCIEDAD TENDRÁ UNA DURACIÓN INDETERMINADA, INICIANDO SUS ACTIVIDADES EN FECHA DE SU INSCRIPCIÓN EN LOS REGISTROS PÚBLICOS.

ARTÍCULO CUARTO.-'ÁMBITO DE RESPONSABILIDAD EL ÁMBITO DE RESPONSABILIDAD DE LA SOCIEDAD ESTÁ DETERMINADO EN EL CONTRATO DE EXPLOTACION SUSCRITO CON LAS MUNICIPALIDADES PROVINCIALES, SIN PERJUICIO DE

94

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AMPLIAR SU ÁMBITO DE RESPONSABILIDAD A AQUELLAS PROVINCIAS SE INCORPOREN EN CALIDAD DE SOCIOS, DEBIENDO PARA EL RESPECTIVOS CONTRATOS DE EXPLOTACIÓN.

TITULO II 23 ENE. 2010

CAPITAL SOCIAL Y ACCIONES ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL

ARTÍCULO QUINTO.- CAPITAL SOCIAL j FEAT&S0

EL CAPITAL DE LA SOCIEDAD ASCIENDE A LA SUMA DESDE S/ 39'701$OPQ t2 NUEVE MILLONES SETECIENTOS UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 001100 SOLES), REPRESENTADO POR V970,128 ACCIONES, TODAS ELLAS DE UN VALOR NOMINAL DE 51. 10.00 (DIEZ Y 001100 SOLES) CADA UNA, ÍNTEGRAMENTE SUSCRITAS Y TOTALMENTE PAGADAS, SALVO AQUELLAS EXCEPCIONES ESTABLECIDAS EN LA NORMATIVA CORRESPONDIENTE.

ARTÍCULO SEXTO.- CUADRO DE ACCIONISTAS Y PARTICIPACIÓN ACCIONARIA EL CUADRO DE ACCIONISTAS CONTIENE EL NÚMERO DE ACCIONES Y LA PARTICIPACIÓN ACCIONARIA DE CADA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL ACCIONISTA, DE ACUERDO AL SIGUIENTE DETALLE:

1, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA, ES PROPIETARIA DE 3'936,382 (TRES MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTAS OCHENTA Y DOS) ACCIONES EMITIDAS, SUSCRITAS Y PAGADAS, SIENDO SU PARTICIPACIÓN ACCIONARIA EL 99,15% (NOVENTA Y NUEVE PUNTO QUINCE POR CIENTO) DEL TOTAL.

2. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE JORGE BASADRE, ES PROPIETARIA DE 33,746 (TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS) ACCIONES EMITIDAS, SUSCRITAS Y PAGADAS, SIENDO SU PARTICIPACIÓN ACCIONARIA EL 0.85% (CERO PUNTO OCHENTA Y CINCO POR CIENTO) DEL TOTAL.

ARTÍCULO SETIMO.- ACCIONES DE LAS MUNICIPALIDADES PROVINCIALES EL CAPITAL SOCIAL DE LA SOCIEDAD ESTÁ REPRESENTADO POR ACCIONES NOMINATIVAS Y SE INTEGRA POR APORTES DE LAS MUNICIPALIDADES PROVINCIALES ACCIONISTAS EN DINERO U

.çc P14 OTROS BIENES.

•, LAS ACCIONES REPRESENTAN PARTES ALÍCUOTAS DEL CAPITAL, TODAS TIENEN EL MISMO ç' VALOR NOMINAL Y DAN DERECHO A UN VOTO, CONFORME A LOS MECANISMOS Y

Ç PROCEDIMIENTO QUE ESTABLEZCA LA SUNASS. CONSTITUYEN CAUSALES DE SUSPENSIÓN DEL DERECHO A VOTO EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES IMPUESTAS EN LA

• NORMATIVA APLICABLE.

SOCIEDAD RECONOCE EL TRATO IGUALITARIO A LOS ACCIONISTAS DE LA MISMA CLASE, 3 OUE MANTIENEN LAS MISMAS CONDICIONES RESPECTO DE SUS DERECHOS POLÍTICOS

LAISTRIBUCION DE ACCIONES SE REALIZA DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN LA NORMATIVA SE4TORIAL APLICABLE.

ACCIONES SON INTRANSFERIBLES E INEMBARGABLES. NO SON OBJETO DE GRAVÁMENES, IDA CAUTELAR, MEDIDA JUDICIAL O DE CONTRATACIÓN ALGUNO O PASIBLE DE DERECHO L O PERSONAL, SALVO LOS CASOS EN QUE LA LEY MARCO O SU REGLAMENTO, O LAS :MAS SECTORIALES LO AUTORICEN.

POR EXCEPCIÓN, SE PUEDE EFECTUAR LA TRANSFERENCIA DE ACCIONES PREVIA OPINIÓN FAVORABLE DE LA SUNASS, ENTRE ELLAS PARA LA CONSTiTUCIÓN DE FIDEICOMISO, O POR RAZONES EXPRESAMENTE AUTORIZADAS POR LAS NORMAS SECTORIALES APLICABLES.

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ES NULO TODO ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD DE OTORGAR ACCIONES SIN CONTAR CON EL SUSTENTO ADECUADO Y LA OPINIÓN FAVORABLE DEL DIRECTORIO.

ARTÍCULO OCTAVO.- OTRAS CLASES DE ACCIONES PUEDEN CREARSE, GENERARSE O EMITIRSE OTRAS CLASES DE ACCIONES EN LA SOCIEDAD EN VIRTUD A LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS CORRESPONDIENTES.

ARTÍCULO NOVENO.- MATRÍCULA DE ACCIONES EN EL LIBRO DE MATRÍCULA DE ACCIONES, LA SOCIEDAD ANOTA LA CREACIÓN DE ACCIONES, EL NÚMERO DE LAS ACCIONES EMITIDAS, SEA QUE ESTÉN REPRESENTADAS POR CERTIFICADOS PROVISIONALES O DEFINITIVOS; ASI COMO, EL NOMBRE, EL DOMICILIO DE LOS TITULARES DE LOS CERTIFICADOS DE ACCIONES Y EL NÚMERO DE CERTIFICADOS.

EN EL LIBRO DE MATRÍCULA DE ACCIONES SE ANOTAN LAS TRANSFERENCIAS QUE POR EXCEPCIÓN PROCEDAN DE ACUERDO A LA NORMATIVA APLICABLE.

TITULO III ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD

e ARTÍCULO DÉCIMO.-ÓRGANOS SOCIALES 2 3 ENE. 21110

LOS ORGÁNOS DE LA SOCIENDAD SON: ES c9!IA FIEL DEL Of

A) LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS. B) EL DIRECTORIO. C) LA GERENCIA GENERAL.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO.- LA ORGANIZACIÓN, DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CORRESPONDE A LOS ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD. LA ADMINISTRACIÓN ESTA A CARGO DEL DIRECTORIO Y DE UN GERENTE GENERAL. EL

t DIRECTORIO. EL DIRECTORIO DA CUENTA DE SUS ACCIONES A LA JUNTA GENERAL DE ¡ ACCIONISTAS CONFORME A LA LEY MARCO DE LA GESTIÓN Y PRESTACIÓN DE LOS

4' SERVICIOS DE SANEAMIENTO, Y SU REGLAMENTO, NOMRAS SECTORIALES, EL PRESENTE ESTATUTO Y LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES; Y, EL GERENTE GENERAL SOLO RINDEN CUENTA DE SU GESTIÓN AL DIRECTORIO; SIN PERJUICIO DE LAS DEMÁS OBLIGACIONES QUE TIENEN CON LAS DIFERENTES ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO.

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO.- LA ORGANIZACIÓN, DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD CORRESPONDE A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, AL DIRECTORIO Y A LA GERENCIA GENERAL.

ULO CUARTO LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS

ÍCULO DÉCIMO TERCERO.- LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS ES EL ÓRGANO DE MAYOR JERARQUÍA DE LA [EDAD. ESTÁ INTEGRADA POR LAS MUNICIPALIDADES PROVINCIALES, REPRESENTADAS LOS ALCALDES CORRESPONDIENTES, EN CUYO ÁMBITO OPERA LA SOCIEDAD; Y, EN SU

ENCIA, POR QUIENES AQUELLOS DESIGNEN PARA TAL EFECTO.

LOS ACCIONISTAS CONSTITUIDOS EN JUNTA GENERAL DEBIDAMENTE CONVOCADA, Y CON EL QUÓRUM CORRESPONDIENTE, DECIDEN LOS ASUNTOS PROPIOS DE SU COMPETENCIA, DE CONFORMIDAD CON LA NORMATIVA APLICABLE. TODOS LOS ACCIONISTAS, INCLUSO LOS DISIDENTES, Y LOS QUE NO HUBIERAN PARTICIPADO EN LA REUNIÓN, ESTÁN SOMETIDOS A LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA JUNTA GENERAL.

L( 3J

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23 ENE, 9,18

ES QOPIA FIEL DEL ORIGINAL ectt!

ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO.- ATRIBUCIONES DE LA _______________ ACCIONISTAS SON ATRIBUCIONES DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS;

1. ELEGIR, REELEGIR Y/O REMOVER AL MIEMBRO DEL DIRECTORIO REPRESENTANTE DE LAS MUNICIPALIDADES PROVINCIALES ACCIONISTAS.

2. EFECTUAR LA DECLARACIÓN DE VACANCIA DE ALGÚN(OS) MIEMBRO(S) DEL DIRECTORIO, EN CASO QUE EL DIRECTORIO NO LA EFECTÚE DENTRO DEL PLAZO DE QUINCE (15) DÍAS HÁBILES DE OCURRIDA O CONOCIDA LA CAUSAL.

3. LA MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO SOCIAL, PREVIA OPINIÓN FAVORABLE DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (SUNASS).

4. ACORDAR EL AUMENTO O REDUCCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL ASÍ COMO AUTORIZAR LA EMISIÓN DE OBLIGACIONES, DEBIENDO COMUNICAR ESTE HECHO A LA SUNASS.

S. ACORDAR LA INTEGRACIÓN CON OTROS PRESTADORES DE SERVICIOS, PREVIO ACUERDO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE CADA UNA DE LAS MUNICIPALIDADES

• INTERVINIENTES; DICHO ACUERDO DEBE SEÑALAR, ENTRE OTROS, SI LA(S) MUNICIPALIDAD(ES) INTERVINIENTE(S) MODIFICAN O SUSCRIBEN EL CONTRATO DE EXPLOTACIÓN.

6. FIJAR EL MONTO DE LAS DIETAS DE LOS MIEMBROS DEL DIRECTORIO, DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN LAS NORMAS APLICABLES.

7. RESOLVER LOS ASUNTOS QUE EL DIRECTORIO PONGA EN SU CONOCIMIENTO.

8. AUTORIZAR LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO DE b(PLOTACIÓN, CUANDO EL DIRECTORIO NO LO REALICE.

9. APROBAR LOS ESTADOS FINANCIEROS Y LA MEMORIA.

» j) 10. LAS DEMÁS QUE ESTABLEZCA LA NORMATIVA SECTORIAL APLICABLE Y, Rl SUPLETORIAMENTE, LA LEY N° 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES.

ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO.- PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS EL PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS ES ELEGIDO ENTRE SUS

!. "vIIEMBROS. EN CASO NO EXISTA ACUERDO, EL CARGO ES ASUMIDO POR EL ACCIONISTA MAYORITARIO. EN AUSENCIA O IMPEDIMENTO DE ESTE, DESEMPEÑAN TAL FUNCIÓN AQUEL QtVE LA PROPIA JUNTA DESIGNE ENTRE SUS MIEMBROS CONCURRENTES.

DÉCIMO SEXTO.- DE LA JUNTA GENERAL DE

LA 3I4NTA GENERAL DE ACCIONISTAS ESTÁ PROHIBIDA DE ADOPTAR ACUERDOS QUE:

DISPONGAN LA DESINTEGRACIÓN O ESCISIÓN DE LA SOCIEDAD.

2. ESTABLEZCAN EXIGENCIAS MAYORES A LAS ESTABLECIDAS EN LA NORMATIVA SECTORIAL APLICABLE Y EN LA LEY N° 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES.

3. CONTRAVENGAN LA NORMATIVA SECTORIAL APLICABLE Y LA LEY N° 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES.

ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO.- CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS LA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS SE EFECTÚA POR EL DIRECTORIO O CUANDO LO SOLICITE UN NÚMERO DE ACCIONISTAS QUE REPRESENTE CUANDO MENOS EL

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VEINTE POR CIENTO (20%) DE LAS ACCIONES SUSCRITAS CON DERECHO A VOTO, MEDIANTE AVISO PUBLICADO POR UNA SOLA VEZ EN EL DIARIO ENCARGADO DE PUBLICAR LOS AVISOS JUDICIALES DE LA SEDE SOCIAL INDICÁNDOSE EL LUGAR, DIA Y HORA DE LA REUNIÓN Y LOS ASUNTOS A TRATAR. EL AVISO DEBE PUBLICARSE:

1. CON UNA ANTICIPACIÓN NO MENOR DE DIEZ (10) DÍAS CALENDARIO AL DÍA FIJADO PARA LA CELEBRACIÓN DE LA JUNTA OBLIGATORIA ANUAL.

2. CON UNA ANTICIPACIÓN NO MENOR DE TRES (03) DÍAS CALENDARIO AL DÍA FIJADO PARA LA CELEBRACIÓN DE LAS DEMÁS JUNTAS GENERALES.

EN EL AVISO DEBE HACERSE CONSTAR LA FECHA EN LA QUE SE REÚNE LA JUNTA EN SEGUNDA CONVOCATORIA, DE SER EL CASO, DEBIENDO MEDIAR ENTRE LA PRIMERA Y SEGUNDA CUANDO MENOS TRES (03) DÍAS CALENDARIOS.

CUANDO LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS NO SE CELEBRARA EN PRIMERA CONVOCATORIA, NI SE HUBIERA PREVISTO EN EL AVISO LA FECHA EN LA QUE DEBERÁ CELEBRARSE LA JUNTA EN SEGUNDA CONVOCATORIA, ESTA DEBERÁ SER ANUNCIADA CON LOS MISMOS REQUISITOS DE PUBLICIDAD QUE LA PRIMERA Y CON LA INDICACIÓN QUE SE TRATA DE SEGUNDA CONVOCATORIA, DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS CALENDARIO SIGUIENTES A LA FECHA DE LA JUNTA NO CELEBRADA Y CON POR LO MENOS TRES (03) DÍAS CALENDARIO DE ANTELACIÓN, A LA FECHA DE REUNIÓN.

NO OBSTANTE LO DISPUESTO EN LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, LA JUNTA SE ENTIENDE CONVOCADA Y VÁLIDAMENTE CONSTITUIDA, SIEMPRE QUE ASISTAN TODOS LOS ACCIONISTAS Y QUE ESTOS ACEPTEN POR UNANIMIDAD LA CELEBRACIÓN DE LA JUNTA Y LOS ASUNTOS QUE EN ELLA SE PROPONGAN TRATAR.

ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO.- SESIONES DE LAS JUNTAS, PARA LA CELEBRACIÓN DE LAS JUNTAS GENERALES DE ACCIONISTAS, SEAN LA OBLIGATORIA

• 'çD.CN4 ANUAL O LAS DEMÁS, SE REQUIERE:

¡ 1. EN PRIMERA CONVOCATORIA, A EXCEPCION DE LOS CASOS INDICADOS EN EL • ARTÍCULO 17 DEL PRESENTE ESTATUTO, LA CONCURRENCIA DE ACCIONISTAS QUE

GRIP, REPRESENTEN CUANDO MENOS LA MITAD DEL ACCIONARIADO.

2. EN SEGUNDA CONVOCATORIA, LA CONCURRENCIA DE CUALQUIER NÚMERO DE ACCIONISTAS.

LOS ACUERDOS SE ADOPTAN POR MAYORÍA SIMPLE DE VOTOS DE LAS ACCIONES CONCURRENTES. EN CASO DE EMPATE EN CUALQUIER VOTACIÓN, EL PRESIDENTE TIENE

\VOTO DIRIMENTE. LA VOTACION PARA ELEGIR AL REPRESENTANTE DE LOS ACCIONISTAS EN É'.. DIRECTORIO SE REALIZA DE ACUERDO A LAS NORMAS SECTORIALES Y, *PLETORIAMENTE, LEY N° 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES.

ARjICULO DÉCIMO NOVENO.- SESIONES ESPECIALES DE LAS JUNTAS PARjAL LA CELEBRACIÓN DE LA JUNTA OBLIGATORIA ANUAL O LA GENERAL CUANDO SE TR4TE DEL AUMENTO O REDUCCIÓN DEL CAPITAL LA EMISIÓN DE OBLIGACIONES, LA TR14NSFERENCIA Y ADJUDICACION DE BIENES QUE INTEGRAN EL ACTIVO NO NEGOCIABLE D$ LA SOCIEDAD, LA ENAJENACIÓN EN UN SOLO ACTO DE ACTIVOS CUYO VALOR CONTABLE EXCEDA EL MONTO EQUIVALENTE AL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DEL CAPITAL SOCIAL LA TRANSFORMACIÓN, FUSIÓN O LA DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD, Y DE MANERA GENAÇ DE CUALQUIER MODIFICACION ESTATUTARIA DE LA SOCIEDAD, SE REQ4q1gNC1fljAçIo,IA

S9VO$ DE SMEAM*14T0 1. EN PRIMERA CONVOCATORIA, QUE CONCURRAN ACCIONISTAS REPRESENTEN

CUANDO MENOS LAS DOS TERCERAS PARTES DE LAS ACCIOES SUSCRITAS CON DERECHO A VOTO. 23 ENE. 2018

ES COPIA FIEL DEL ORIGINA

L()/

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2. EN SEGUNDA CONVOCATORIA, QUE CONCURRAN ACCIONISTAS QUE REPRESENTEN CUANDO MENOS LAS TRES QUINTAS PARTES DE LAS ACCIONES SUSCRITAS CON DERECHO A VOTO.

EN AMBOS CASOS SE REQUIERE PARA LA VALIDEZ DE LOS ACUERDOS EL VOTO FAVORABLE DE LA MAYORÍA ABSOLUTA DE LAS ACCIONES SUSCRITAS CON DERECHO A VOTO.

ARTÍCUL6 VIGÉSIMO.- QUÓRUM EL QUORUM SE COMPUTA Y ESTABLECE AL INICIO DE LA JUNTA; COMPROBADO EL QUORUM EL PRESIDENTE LA DECLARA INSTALADA.

UNA VEZ INICIADA LA ESTACIÓN DE "ORDEN DEL DÍA" NO SE CONSIDERARÁN LA ASISTENCIA DE LOS MIEMBROS ACCIONISTAS QUE INGRESEN POSTERIORMENTE A LA SESIÓN DE LA JUNTA.

ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO.- ACUERDOS Y ACTAS LAS SESIONES SE DOCUMENTAN EN ACTAS CONTENIDAS EN UN LIBRO O EN HOJAS SUELTAS, EN LA FORMA QUE PERMITE LA LEY N° 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES.

EL GERENTE GENERAL DE LA SOCIEDAD ACTÚA COMO SECRETARIO DE JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, EN AUSENCIA O IMPEDIMENTO DE ESTE, DESEMPEÑAN TAL FUNCIÓN AQUEL QUE LA PROPIA JUNTA DESIGNE ENTRE SUS MIEMBROS CONCURRENTES.

LAS ACTAS DEBEN EXPRESAR FECHA, HORA, LUGAR DE CELEBRACIÓN Y NOMBRE DE LOS PARTICIPANTES, LA FORMA Y CIRCUNSTANCIA EN QUE SE ADOPTARON EL O LOS ACUERDOS, Y EN TODO CASO LOS ASUNTOS TRATADOS, LAS RESOLUCIONES ADOPTADAS Y EL NÚMERO DE VOTOS EMITIDOS, ASÍ COMO LAS CONSTANCIAS QUE DESEEN DEJAR LOS ACCIONISTAS ASISTENTES.

CN4. LAS ACTAS SON SUSCRITAS POR QUIENES ACTUARON COMO PRESIDENTE Y SECRETARIO, GERENTE GENERAL Y POR TODOS LOS ACCIONISTAS ASISTENTES, EL ACTA TENDRÁ VALIDEZ LEGAL Y LOS ACUERDOS QUE EN ELLAS SE CONSIGNEN SE PUEDEN EJECUTAR DESDE EL MOMENTO EN QUE FUE SUSCRITA, BAJO RESPONSABILIDAD QUE QUIENES LO HUBIESEN

VR! ' SUSCRITO, SALVO ACUERDO EXPRESO EN CONTRARIO.

LOS MIEMBROS DEL DIRECTORIO Y LOS GERENTES PUEDEN ASISTIR A LAS SESIONES DE JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS CON VOZ PERO SIN VOTO.

. LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS Y A ESTE ESTATUTO OBLIGAN A TODOS LOS INTEGRANTES, INCLUSO A DISIDENTES, Y SERÁN EJECUTADOS OBLIGATORIAMENTE POR EL

2 3 ENE. 2018 QUINTO

ES COPIA FIEL DEL

¡ ' IFEDAT.4RIO&.daM*$&t RUCULO VIGÉSIMO SEGUNDO.- EL DIRECTORIO 1 iaución N°j».flUNAS

rEL DIRECTORIO DE LA SOCIEDAD ES EL ÓRGANO COLEGIADO QUE TIENE A StX CARGO LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD. EL PERIODO DE DURACIÓN DEL DIRECTORIO SERÁ DE TRES (03) AÑOS. EL DIRECTORIO SE RENUEVA AL TÉRMINO DE SU PERIODO, INCLUYENDO A AQUELLOS DIRECTORES QUE FUERON ELEGIDOS PARA COMPLETAR PERIODOS. EL CARGO DE DIRECTOR ES PERSONAL E INDELEGABLE.

LOS DIRECTORES PUEDEN SER ELEGIDOS HASTA MÁXIMO POR DOS (02) PERIODOS CONSECUTIVOS, INDEPENDIENTEMENTE A QUÉ ENTIDAD O INSTI11JCION REPRESENTEN, TENIENDO EN CUENTA NECESARIAMENTE EL DESEMPEÑO EN EL CARGO ASUMIDO. EN CASO DE

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REELECCIÓN SE EFECTUARÁ CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN Y/O DESIGNACIÓN DE LOS DIRECTORES, APROBADO POR EL ENTE RECTOR.

EL DIRECTORIO EN SU PRIMERA SESIÓN, ELIGE A SU PRESIDENTE.

ARTfCULO VIGÉSIMO TERCERO.- COMPOSICIÓN DEL DIRECTORIO EL DIRECTORIO DE LA SOCIEDAD ESTÁ COMPUESTO DE LA SIGUIENTE MANERA:

• UN (1) REPRESENTANTE, TITULAR Y SUPLENTE, DE LAS MUNICIPALIDADES ACCIONISTAS, PROPUESTO A TRAVÉS DE ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL POR LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL A QUE REPRESENTA.

UN (1) REPRESENTANTE, TITULAR Y SUPLENT, DEL GOBIERNO REGIONAL PROPUESTO POR EL CONSEJO REGIONAL A TRAVES DEL ACUERDO DE CONCEJO REGIONAL.

• UN (1) REPRESENTANTE, TITULAR Y SUPLENTE, DE LA SOCIEDAD CIVIL PROPUESTOS POR LOS COLEGIOS PROFESIONALES, CÁMARAS DE COMERCIO, Y UNIVERSIDADES, SEGÚN SUS ESTATUTOS O NORMAS PERTINENTES.

ARTÍCULO VIGÉSIMO CUARTO.- EL PERÍODO DEL DIRECTORIO TERMINA EN EL PLAZO SEÑALADO EN EL ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO Y SE RENUEVA TOTALMENTE AL TÉRMINO DEL PERIODO, INCLUYENDO A AQUELLOS DIRECTORES QUE FUERON ELEGIDOS PARA COMPLETAR PERÍODOS,

EN CASO DE REELECCIÓN, ESTA DEBE REALIZARSE RESPETANDO EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO DEL ESTATUTO, CONFORME LO ESTABLECIDO EN LA LEY Y EL REGLAMENTO.

EN EL SUPUESTO A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO PRECEDENTE, EL DIRECTORIO QUE t \

CONCLUYO SU PERIODO CONTINUARA EN FUNCIONES HASTA LA CONFORMACION DEL

) NUEVO DIRECTORIO, SIN PERJUICIO QUE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS O a ENTE RECTOR EJERZA SU DERECHO DE REMOCIÓN DEL DIRECTOR ELEGIDO O DESIGNADO, RESPECTIVAMENTE.

EL GERENTE GENERAL BAJO RESPONSABILIDAD, INFORMA A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, CON COPIA A LA SUNASS Y PARA LOS FINES PERTINENTES, LOS CASOS EN QUE NO SE HAYA CUMPLIDO CON ELEGIR O DESIGNAR A LOS MIEMBROS DEL DIRECTORIO CONFORME A LA NORMATIVA SECTORIAL.

CARGO DE DIRECTOR ES PERSONAL E INDELEGABLE.

ATÍCULO VIGÉSIMO QUINTO.- EL DIRECTORIO ESTARÁ PRESIDIDO POR EL DIRECTOR QU RESULTE ELECTO EN SU PRIMERA SESIÓN, ELEGIDO ENTRE SUS MIEMBROS.

EN A MISMA SESIÓN SE DESIGNARÁ Al VICEPRESIDENTE QUIEN ACTUARÁ EN CASO DE Z»4\¼U€NCIA DEL PRESIDENTE. EL MIEMBRO SUPLENTE DE UN DIRECTOR TITULAR NO ASUME

7$/RTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO.- LOS DIRECTORES SE ELIGEN Y/O DESIGNAN DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY MARCO, SU REGLAMENTO Y LOS LINEAMIENTOS QUE PARA

" TAL FIN EMITA EL ENTE RECTOR.

LA ELECCIÓN DEL DIRECTOR, TITULAR Y SUPLENTE, MUNICIPALIDADES ACCIONISTAS, LA REALIZA LA JUNTA GENERAL DE ItØDM1'AS A TRAVES DEL ACUERDO ADOPTADO EN SESIÓN, ENTRE LOS CANC4tÓAtOS APTOS

23 ENE. 7018

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL 1

FEDAT-

ROSOIUdÚBN°l

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PROPUESTOS POR LAS MUNICIPALIDADES ACCIONISTAS EN CUYO ÁMBITO OPERA LA SOCIEDAD. SERÁN DIRECTORES QUIENES OBTENGAN EL MAYOR NUMERO DE VOTOS

LA EVALUACIÓN, ELECCIÓN Y DESIGNACIÓN DEL DIRECTOR, TITULAR Y SUPLENTE, REPRESENTANTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA REALIZA EL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, A TRAVÉS DE RESOLUCIÓN MINISTERIAL, ENTRE LA TERNA DE CANDIDATOS APTOS PROPUESTOS POR EL CONSEJO REGIONAL EN CUYO ÁMBrro OPERA LA SOCIEDAD.

LA EVALUACIÓN, ELECCIÓN Y DESIGNACIÓN DEL DIRECTOR, 1TIIJLAR Y SUPLENTE, REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD CIVIL, ES EFECTUADA POR EL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, A TRAVÉS DE RESOLUCIÓN MINISTERIAL, ENTRE LA TERNA DE CANDIDATOS APTOS PROPUESTOS POR LOS COLEGIOS PROFESIONALES, CÁMARAS DE COMERCIO Y UNIVERSIDADES, UBICADAS EN EL ÁMBITO DE RESPONSABILIDAD DE LA SOCIEDAD. DE NO HABER NINGUNA ENTIDAD, SE DEBE INVITAR A AQUELLAS QUE TENGAN MAYOR CERCANÍA AL ÁMBITO DE RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA PRESTADORA.

EL GERENTE GENERAL DE LA SOCIEDAD SOLICITARÁ AL GOBIERNO REGIONAL Y A LOS COLEGIOS PROFESIONALES, CÁMARAS DE COMERCIO Y UNIVERSIDADES, SEGÚN SEA EL CASO, REMITAN EL EXPEDIENTE DE LOS CANDIDATOS A DIRECTOR, TITULAR Y SUPLENTE, PROPUESTOS A TRAVÉS DEL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL RESPECTIVO O SEGÚN LOS ESTATUTOS O NORMAS PERTINENTES, RESPECTIVAMENTE. LA SOCIEDAD REVISA EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE LAS PROPUESTAS PRESENTADAS Y REMITE EL EXPEDIENTE DE LOS CANDIDATOS APTOS PROPUESTOS AL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO PARA SU EVALUACIÓN Y CONTINUAR CON EL TRÁMITE CORRESPONDIENTE, DE ACUERDO AL PROCEDIMIENTO Y LOS PLAZOS QUE PARA DICHO FIN APRUEBE EL ENTE RECTOR.

LAS ENTIDADES INVOLUCRADAS EN LA EVALUACIÓN, ELECCIÓN Y DESIGI *M$UAALDE DIRECTORES DEBEN ASEGURAR QUE COMO MÍNIMO UNO (01) DE LOS DIREI *RffiQ4E4MIENIO CON EXPERIENCIA EN EL SECTOR SANEAMIENTO. -

•1 \ *~ ARTÍCULO VIGÉSIMO SÉTIMO.- REQUISITOS PARA SER DIRECTOR 23 Er1í8 PARA SER DIRECTOR SE REQUIERE:

RI Es COPIA FIEL DEL ORIGINAL

O A) CONTAR CON TÍTULO PROFESIONAL UNIVERSITARIO EN CUALQI

CARRERAS DE: INGENIERÍA, ECONOMÍA, DERECHO, CON i&ci-2ooau,ais-cc ADMINISTRACIÓN.

\ 8) CONTAR CON ESTUDIOS DE POSGRADO CONCLUIDOS VINCULADOS AL SECTOR

.• \ SANEAMIENTO Y/O EN REGULACION DE SERVICIOS PÚBLICOS Y/O GESTIÓN Y/O \ ADMINISTRACIÓN.

) ACREDITAR EXPERIENCIA PROFESIONAL NO MENOR DE CINCO (OS) AÑOS EN CARGOS DIRECTIVOS Y/O DE NIVEL GERENCIAL EN ENTIDADES PÚBLICAS O PRIVADAS, NACIONALES O INTERNACIONALES, VINCULADOS A SERVICIOS PUBLICOS. g

'2yEL REQUISITO DE ESTUDIOS DE POSGRADO SEÑALADOS EN EL PUNTO B) PUEDE !'#tUSTITUIRSE CON LA ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA PROFESIONAL NO MENOR DE DIEZ

t-íA10) AÑOS EN EL SECTOR SANEAMIENTO, SIEMPRE QUE HAYA DESEMPEÑADO FUNCIONES RELACIONADAS A UNA DE LAS PROFESIONES SEÑALADAS EN EL PUNTO A) DEL PÁRRAFO PRECEDENTE.

EL EXPEDIENTE CON LA PROPUESTA DE LOS CANDIDATOS A DIRECTOR, CONTIENE ENTRE OTROS REQUISITOS, SU HOJA DE VIDA DOCUMENTADA Y SUSCRITA, LA CUAL TIENE VALOR DE DECLARACION JURADA, CERTIFICADO JUDICIAL DE ANTECEDENTES PENALES Y LA DECLARACION JURADA DE NO ESTAR INCURSO EN LOS IMPEDIMENTOS SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO DEL PRESENTE ESTATUTO SOCIAL.

zY

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$UPPNNÜAWACIQNÁLO SERVICIOS DE SANEAMIENTO

23 ENE. agio ARTÍCULO VIGÉSIMO OCTAVO.- IMPEDIMENTOS PARA SER DIRECTc1R LOS IMPEDIMENTOS PARA SER DIRECTOR DE LA SOCIEDAD LOS SIGUIENTE$ COPIA FIEL DEL ORIGINAL

- -

1. LOS ALCALDES REGIDORES, LOS REPRESENTANTES DE LAS MUNII JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, SUS CÓNYUGES O PARIENTES GRADO DE CONSANGUINIDAD O SEGUNDO DE AFINIDAD.

2. LOS GOBERNADORES REGIONALES, CONSEJEROS REGIONALES, SUS CÓNYUGES O PARIENTES HASTA EL CUARTO GRADO DE CONSANGUINIDAD O SEGUNDO DE AFINIDAD.

3. LAS PERSONAS QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES RELACIONADAS DIRECTA O INDIRECTAMENTE CON LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO, DENTRO DEL ÁMBITO DE RESPONSABILIDAD DE LA SOCIEDAD, DENTRO DEL ÚLTIMO AÑO ANTERIOR A LA FECHA DE SU DESIGNACIÓN.

4. LAS PERSONAS QUE HAYAN SIDO DESTITUIDAS O DESPEDIDAS POR FALTA ADMINISTRATIVA Y/O DISCIPLINARIA DE EMPRESAS, ENTIDADES U ORGANISMOS DEL ESTADO.

S. LAS PERSONAS CONDENADAS POR DELITO DOLOSO.

6. LAS PERSONAS QUE SE ENCUENTREN VINCULADAS CON LA SOCIEDAD A TRAVÉS DE RELACIÓN LABORAL, COMERCIAL, CONTRACTUAL O PATRIMONIAL DE MANERA DIRECTA O INDIRECTA, DENTRO DEL ÚLTIMO AÑO ANTERIOR A LA FECHA DE SU DESIGNACIÓN. DEL MISMO MODO, NO PUEDE SER DESIGNADO COMO DIRECTOR EL FUNCIONARIO, EMPLEADO Y SERVIDOR PÚBLICO DEL ESTADO QUE HAYA DESARROLLADO LABORES DENTRO DE LA EMPRESA PRESTADORA DENTRO DEL MISMO PLAZO.

7. LAS PERSONAS QUE SEAN PARTE EN PROCESOS JUDICIALES PENDIENTES DE RESOLUCIÓN CONTRA LA EMPRESA PRESTADORA DONDE EJERCEN SUS FUNCIONES.

i \ 8. LAS PERSONAS QUE TENGAN LA CONDICIÓN DE SOCIO O EMPLEADO DE ASOCIACIONES O SOCIEDADES QUE TENGAN VÍNCULO CONTRACTUAL CON LA SOCIEDAD.

7R1 < 9. LAS PERSONAS QUE EJERZAN LA ADMINISTRACION DE UNA ENTIDAD EN CUYA JUNTA DIRECTIVA PARTICIPE UN REPRESENTANTE LEGAL DE LA SOCIEDAD.

10. LAS PERSONAS QUE TENGAN VÍNCULO DE PARENTESCO HASTA EL TERCER GRADO DE AFINIDAD Y CUARTO GRADO DE CONSANGUINIDAD CON LA PLANA GERENCIAL DE LA

• •\ SOCIEDAD.

LAS PERSONAS QUE HAYAN EJERCIDO EL CARGO DE DIRECTOR POR DOS (02) O MÁS \ PERIODOS CONSECUTIVOS INMEDIATAMENTE ANTERIOR EN LA MISMA EMPRESA

\ PRESTADORA A LA QUE POSTULA, INDEPENDIENTEMENTE DE LA ENTIDAD O INS1TTIJCION A LA QUE HAYA REPRESENTADO.

12. LOS IMPEDIMENTOS ESTABLECIDOS EN LA LEY N° 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES.

)N ARTÍCULO VIGÉSIMO NOVENO.- INSCRIPCIÓN REGISTRAL DE DESIGNACIÓN Y 4ERREMOCIÓN DE LOS DIRECTORES

is ~na,S~~ PARA LA INSCRIPCIÓN DE LA DESIGNACIÓN Y REMOCIÓN DEL REPRESENTANTE DE LAS MUNICIPALIDADES PROVINCIALES ACCIONISTAS EN EL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS DE LA OFICINA REGISTRAL CORRESPONDIENTE SE REQUIERE COPIA CERTIFICADA DEL ACTA EN LA QUE CONSTE EL ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS.

PARA LA INSCRICIÓN DE LA DESIGNACIÓN Y REMOCIÓN DE LOS DIRECTORES REPRESENTANTE DEL GOBIERNO REGIONAL Y DE LA SOCIEDAD CIVIL CONFORME A LA LEY MARCO Y SU REGLAMENTO, LAS RESOLUCIONES MINISTERIALES A QUE SE REFIERE EL

'1

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ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO DEL PRESENTE ESTATUTO TENDRÁN SUFICIENTE MÉRITO PARA SU INSCRIPCION EN El. REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS DE LA OFICINA REGISTRAL CORRESPONDIENTE, SIENDO EL ÚNICO DOCUMENTO NECESARIO PARA DICHO FIN.

ARTÍCULO TRIGESIMO.- CONVOCATORIA PARA SESIONES DEL DIRECTORIO EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO, O QUIEN HAGAS SUS VECES, CONVOCA A LAS SESIONES CUANDO LO CONSIDERE NECESARIO O CUANDO SE LO SOLICITE CUALQUIER DIRECTOR O EL GERENTE GENERAL.

SI EL PRESIDENTE NO EFECTÚA LA CONVOCATORIA DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS CALENDARIO SIGUIENTES O EN LA OPORTUNIDAD PREVISTA EN LA SOLICITUD, LA CONVOCATORIA LA EFECTÚA CUALQUIERA DE LOS DIRECTORES.

LA CONVOCATORIA SE REALIZARÁ DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL REGLAMENTO DEL DIRECTORIO Y, EN SU DEFECTO, A TRAVÉS DE ESQUELAS CON UNA ANTICIPACIÓN NO MENOR DE TRES (03) DÍAS CALENDARIO A LA FECHA SEÑALADA PARA LA REUNIÓN, EXPRESANDO EL LUGAR, DÍA Y HORA DE LA REUNIÓN Y LOS ASUNTOS A TRATAR.

SE PUEDE PRESCINDIR DE LA CONVOCATORIA EN CASO QUE ESTÉN REUNIDOS TODOS LOS DIRECTORES Y ACUERDEN POR UNANIMIDAD SESIONAR Y LOS ASUNTOS A TRATAR.

ARTÍCULO TRIGESZMO PRIMERO.- QUÓRUM DEL DIRECTORIO PARA LA VALIDEZ DE LAS SESIONES DEL DIRECTORIO DE LA SOCIEDAD SE REQUIERE LA ASISTENCIA DE POR LO MENOS DOS (02) DE SUS MIEMBROS.

EN EL DIRECTORIO CADA DIRECTOR TIENE DERECHO A UN VOTO, LOS ACUERDOS SE ADOPTAN POR MAYORÍA ABSOLUTA DE VOTOS DE LOS DIRECTORES ASISTENTES, EN CASO DE EMPATE, EL PRESIDENTE TIENE VOTO DIRIMENTE.

CUANDO a PRESIDENTE NO ASISTA, PRESIDIRÁ LA SESIÓN EL DIRECTOR CON MAYOR ANTIGÜEDAD EN EL CARGO, EN EL PERIODO VIGENTE.

1'\ ARTÍCULO TRÍGESIMO SEGUNDO.- ACTAS DE LAS SESIONES DEL DIRECTORIO 50 .Lfl LAS SESIONES SE DOCUMENTAN EN ACTAS CONTENIDAS EN UN LIBRO O EN HOJAS

SUELTAS, EN LA FORMA QUE PERMITE LA LEY N° 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES.

LAS ACTAS DEBEN EXPRESAR FECHA, HORA, LUGAR DE CELEBRACIÓN Y NOMBRE DE LOS \ PARTICIPANTES, LA FORMA Y CIRCUNSTANCIA EN QUE SE ADOPTARON EL O LOS ACUERDOS,

\ Y EN TODO CASO LOS ASUNTOS TRATADOS, LAS RESOLUCIONES ADOPTADAS Y EL NUMERO . \ DE VOTOS EMITIDOS, ASÍ COMO LAS CONSTANCIAS QUE DESEEN DEJAR LOS DIRECTORES.

\AS ACTAS SON SUSCRITAS POR QUIENES ACTUARON COMO PRESIDENTE Y SECRETARIO, dÇRENTE GENERAL Y POR TODOS LOS DIRECTORES ASISTENTES, O POR QUIENES FUERON DSIGNADOS PARA TAL EFECTO. EL ACTA TENDRÁ VALIDEZ LEGAL Y LOS ACUERDOS QUE EN EL AS SE CONSIGNEN SE PUEDEN EJECUTAR DESDE EL MOMENTO EN QUE FUE SUSCRITA,

ffvicQ\. BA)O RESPONSABILIDAD QUE QUIENES LO HUBIESEN SUSCRITO, SALVO ACUERDO EXPRESO EN J CONTRARIO. LAS ACTAS DEBEN ESTAR FIRMADAS EN UN PLAZO MÁXIMO DE DIEZ (10)

ÚTILES SIGUIENTES A LA FECHA DE LA SESIÓN O DEL ACUERDO, SEGÚN

-"7ELDIRECTOR QUE NO SE ENCUENTRE CONFORME POR ALGÚN ACTO O ACUERDO DEL DIRECTORIO, DEBE PEDIR QUE CONSTE EN EL ACTA SU OPOSICION. I ElLA. CONSIGNA EN EL ACTA SOLICITARÁ QUE SE ADICIONE. EL PLAZO PARA SO(IMRu CONSIGNEN LAS OPOSICIONES VENCE A LOS VEINTE (20) DíAS ÚTILES Dg4t9W SESIÓN.

ARTÍCULO TRÍGESIMO TERCERO.- ATRIBUCIONES DEL

13 ENE. 2018 SON ATRIBUCIONES DEL DIRECTORIO:

FiEL

El

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CAICLARAR LA VACANCIA DE ALGÚN(OS) MIEMBRO(S) DEL DIRECTORIO POR LAS JSALES ESTABLECIDAS EN LA NORMATIVA SECTORIAL.

2. DE 3IGNM EVALUAR Y REMOVER AL GERENTE GENERAL Y DEMÁS GERENTES DE LA DCIEDAD.

L LAR POR LA CONTINUIDAD EN LA GESTIÓN, GOZANDO DE LAS FACULTADES DE

TIÓN NECESARIAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE SU OBJETO.

4. VEL POR LA FORMULACIÓN, APLICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEI. PLAN MAESTRO

CM rIMIZADO (PMO) Y DEMÁS PLANES E INSTRUMENTOS DE GESTIÓN QUE, EN 'IPUMIENTO DE LA NORMATIVA VIGENTE, DEBE ELABORAR LA SOCIEDAD.

S. AlT IDRIZAR LA INTEGRACIÓN DE OPERACIONES Y PROCESOS.

6. AL! TORRAR LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO DE EXPLOTACIÓN.

TORIZAR LA COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS GENERADOS DE LOS RVICIOS DE SANEAMIENTO.

8. Ç1 rnR OPINIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE ACCIONES A SOLICITUD DE LA JUNTA ENERAL DE ACCIONISTAS.

9. 1 .Ás DEMÁS QUE ESTABLEZCA LA LEY MARCO DE LA GESTIÓN Y PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO, EL REGLAMENTO, NORMAS SECTORIALES Y, SUPLETORIAMENTE, LA LEY N° 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES.

ARTICULO TRÍGESIMO CUARTO.- OBLIGACIONES DE LOS DIRECTORES

CN SON

'OBLIGACIONES DE LOS DIRECTORES:

1. DESEMPEÑAR EL CARGO CON DILIGENCIA, ORDEN, EFICIENCIA Y RESPONSABILIDAD.

2. EVALUAR LAS CIRCUNSTANCIAS, CONDICIONES O FACTORES QUE / OSTENSIBLEMENTE PUEDEN AFECTAR LAS ACTIVIDADES DE LA SOCIEDAD.

3. EVALUAR LOS ACUERDOS VIGENTES ADOPTADOS POR EL DIRECTORIO DE LA SOCIEDAD, DEBIENDO REALIZAR, SI FUERA EL CASO, TODOS LOS ACTOS NECESARIOS PARA QUE DICHOS ACUERDOS Y LAS DISPOSICIONES INTERNAS DE LA SOCIEDAD ESTÉN CONFORME A LAS NORMAS SECTORIALES.

REMITIR INFORMES, DE MANERA COLEGIADA O INDIVIDUAL, SOBRE MATERLAS RELATIVAS A LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD, QUE LE SEAN REQUERIDOS POR LAS AUTORIDADES SECTORIALES Y EN LA OPORTUNIDAD QUE LO SOLICITEN.

REMITIR INFORMES, DE MANERA COLEGIADA O INDIVIDUAL, SOBRE MATERIAS RELATIVAS A LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD, QUE LE SEAN REQUERIDOS POR LAS AUTORIDADES SECTORIALES Y EN LA OPORTUNIDAD QUE LO SOLICITEN.

APROBAR EL PLAN MAESTRO OPTIMIZADO - PMO.

INFORMAR A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y A SECTORIALES DE CUALQUIER HECHO QUE CONSIDERE RELE\ CONTRARIO A LAS NORMAS LEGALES.

23 ESE 2018

Es ÇØPA FIEl. DEI.

4

o .

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8. RECIBIR EN LAS SESIONES DE DIRECTORIO DE LA SOCIEDAD, EN CALIDAD DE INVITADO, A LOS FUNCIONARIOS DESIGNADOS PARA TAL EFECTO POR LAS AUTORIDADES SECTORIALES.

9. COMUNICAR A LA ENTIDAD QUE LO ELIGIÓ O DESIGNÓ Y A LA SUNASS SOBRE CUALQUIER HECHO SOBREVINIENTE QUE AFECTE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS ACREDITADOS PARA SU ELECCIÓN O DESIGNACIÓN COMO DIRECTOR,

10. ELEGIR EN SU PRIMERA SESIÓN A SU PRESIDENTE.

11. APROBAR EL CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO Y DEMÁS INSTRUMENTOS DEL BUEN GOBIERNO CORPORATIVO, ASIMISMO VELA POR SU IMPLEMENTACIÓN Y CUMPLIMIENTO.

12. RENUNCIAR INMEDIATAMENTE AL CARGO DE DIRECTOR EN EL CASO QUE SOBREVINIESE CUALQUIERA DE LOS IMPEDIMENTOS SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO VIGÉSIMO OCTAVO DEL PRESENTE ESTATUTO. EN TANTO SE PROCEDA A SU VACANCIA, EL DIRECTORIO SUSPENDE AL DIRECTOR INCURSO EN EL IMPEDIMENTO, BAJO RESPONSABILIDAD.

13. PRESENTAR A LA SOCIEDAD Y A LAS ENTIDADES QUE LOS DESIGNARON, LA DECLARACIÓN JURADA DE INGRESOS, BIENES Y RENTAS QUE PERCIBE EN EL PAÍS COMO EN EL EXTRANJERO, DEBIDAMENTE ESPECIFICADOS Y VALORIZADOS. LA DECLARACION JURADA SE PRESENTA AL ASUMIR EL CARGO, DURANTE EL PERÍODO PARA EL CUAL FUE ELEGIDO CON UNA PERIODICIDAD ANUAL Y AL TÉRMINO DE DICHO PERIODO.

14. ADOPTAR LOS ACUERDOS SOCIETARIOS Y DISPOSICIONES INTERNAS DE LA SOCIEDAD, CONFORME A LAS NORMAS SECTORIALES.

15. LAS DEMÁS OBLIGACIONES QUE ESTABLECEN LAS NORMAS SEC N DISPOSICIONES QUE APRUEBE LA SUNASS Y, SUPLETORIAMENTE, i.4

jj LEY GENERAL DE SOCIEDADES. P Ji

ARTfCULO TRIGESIMO QUINTO.- PROHIBICIONES DEL DIRECTOR ¿ 3 ENE. 2018

LOS DIRECTORES SE ENCUENTRAN EXPRESAMENTE PROHIBIDOS DE: ES CpP&FlEL DEL 9J

1. PRESTAR SERVICIOS, BAJO DEPENDENCIA LABORAL O FUNCIONES ftE6WIó%Sa. LA SOCIEDAD. (RosoluctnW1flO?.

\ 2. PERCIBIR MAS DE CUATRO (04) DIETAS Al MES, AUN CUANDO ASISTA A UN NÚMERO MAYOR DE SESIONES. LA PERCEPCIÓN SIMULTÁNEA DE DIETAS SE REGULA SEGÚN LA LEGISLACIÓN APLICABLE, CASO POR CASO.

3. USAR, EN BENEFICIO PROPIO O DE TERCEROS, LOS BIENES Y SERVICIOS DE LA SOCIEDAD.

4. USAR, EN BENEFICIO PROPIO O DE TERCEROS, LAS OPORTUNIDADES COMERCIALES O DE NEGOCIO; ASÍ COMO, DE LA INFORMACIÓN PRIVILEGIADA A QUE TUVIERAN ACCESO O CONOCIMIENTO EN RAZÓN DE SU CARGO.

S. CELEBRAR CONTRATOS DE CUALQUIER NATURALEZA CON LA SOCIEDAD U OBTENER PRÉSTAMOS, CRÉDITOS O GARANTÍAS O VENTAJAS PARTICULARES, AJENAS A LAS OPERACIONES DE SOCIEDAD, EN BENEFICIO PROPIO O DE SUS PARIENTES, DENTRO DEL TERCER GRADO DE CONSANGUINIDAD O SEGUNDO DE AFINIDAD.

6. PRESTAR DECLARACIONES A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN GENERAL CUANDO A TRAVÉS DE ÉSTAS SE VIOLE EL DEBER DE RESERVA Y CONFIDENCIALIDAD.

39/

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PERCIBIR DE LA SOCIEDAD, BENEFICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA SECTORIAL APLICABLE.

8. LAS DEMÁS QUE ESTABLEZCA LA NORMATIVA SECTORIAL APLICABLE Y, SUPLETORIAMENTE, LA LEY N° 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES, ASÍ COMO LAS DEMÁS NORMAS APLICABLES.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO SEXTO.- RESPONSABILIDAD DE LOS DIRECTORES LOS DIRECTORES RESPONDEN PERSONALMENTE POR LA GESTIÓN, ADMINISTRACIÓN Y RESULTADOS DE LA SOCIEDAD. DEBEN ACTUAR CON LA DEBIDA DILIGENCIA, CUIDADO Y RESERVA, VELANDO POR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD, PROTEGIENDO EL PATRIMONIO SOCIETARIO Y PROCURANDO LA EFICIENCIA EN LA GESTIÓN EMPRESARIAL.

LOS DIRECTORES RESPONDEN, ILIMITADA Y SOLIDARIAMENTE, SEGÚN CORRESPONDA, ANTE LA SOCIEDAD EN LA QUE EJERCEN SUS FUNCIONES, EN LOS SIGUIENTES CASO$:,_

$UI'MNtbWtNIÁNAoNk 09 1. POR VOTAR A FAVOR DE ACUERDOS CONTRARIOS A: SERVICIOS QESANEAIiIENIO

(I) LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN EL PRESENTE ESt O SOCIAL; (II) LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO DE 1 XPLO.ÇIÓN;

la SOCIEDAD; LOS ACUERDOS VÁLIDOS POR LA JUNTA GENERAL DE AC IONIÁ$ 9(8 SOCIEDAD; ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL

(IV) LOS INTERESES DEL ESTADO; Y, zZv (V) LAS NORMAS SECTORIALES. FEDATARIO duaF='

Resohdón N' 1&2QO7. SUNASS - CG

2. POR NO COMUNICAR POR ESCRITO A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y A LAS AUTORIDADES SECTORIALES, DE SER EL CASO, LAS IRREGULARIDADES QUE CONOZCA COMETIDAS POR LOS DIRECTORES QUE LOS HAYAN PRECEDIDO Y/O LOS ACTUALES; ASÍ COMO, POR CUALQUIER OTRO FUNCIONARIO DE LA SOCIEDAD.

3. POR EL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTENIDAS EN LA LEY MARCO DE N r\\ LA GESTIÓN Y PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO, SU REGLAMENTO,

'p4I s)) LAS NORMAS DEL CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO CORPORATIVO Y DEMÁS

9RI 1 INSTRUMENTOS DEL BUEN GOBIERNO CORPORATIVO.

'

4. POR EL INCUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA APLICABLE.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO SÉPTIMO- REMOCIÓN LA REMOCIÓN DE LOS MIEMBROS DEL DIRECTORIO SE REALIZA EN CUALQUIER MOMENTO

. \ POR LA PROPIA ENTIDAD O INSTITUCIÓN QUE LO ELIGIÓ O DESIGNÓ CON LAS REGLAS Y \ FORMALIDADES PREVISTAS EN LA NORMATIVA SECTORIAL; SIN PERJUICIO DE LA REMOCIÓN \NMEDIATA QUE EFECTÚE LA SUNASS EN EL MARCO DE SUS FUNCIONES Y COMPETENCIAS.

ÍÍCULO TRIGÉSIMO OCTAVO.- VACANCIA DE LOS DIRECTORES CARGO DE DIRECTOR VACA POR FALLECIMIENTO, RENUNCIA, REMOCIÓN O POR URRIR EN ALGUNAS DE LAS CAUSALES DE IMPEDIMENTOS SEÑALADAS EN LA NORMATIVA TORIAL, DE ACUERDO AL PROCEDIMIENTO APROBADO POR EL ENTE RECTOR.

IRTÍCULO TRIGÉSIMO NOVENO.- PERCEPCIÓN DE DIETAS tL DIRECTOR PERCIBE DE LA SOCIEDAD, COMO ÚNICA RETRIBUCIÓN Y BENEFICIO, LA QUE LE CORRESPONDA POR CONCEPTO DE DIETAS, A EXCEPCIÓN DE AQUELLOS BENEFICIOS QUE SEAN PREVIAMENTE AUTORIZADOS POR LEY; SIN PERJUICIO DE LOS DEMÁS INGRESOS QUE PERCIBA EN EL EJERCICIO DE SUS ACTIVIDADES PROFESIONALES,

EL DIRECTOR PUEDE PERCIBIR HASTA CUATRO (04) DIETAS AL MES, AUN CUANDO ASISTA A UN NÚMERO MAYOR DE SESIONES.

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EL MONTO DE LAS DIETAS DE LOS MIEMBROS DEL DIRECTORIO SEØA'43UFt JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, DE ACUERDO A LO DISPUE$?65tN LAS NORMAS APLICABLES.

23 ENE. 2018

TÍTULO SEXTO g C9PIPL FIEL DEL ORIGINAL

LA GERENCIA rS1 ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO.- LA GERENCIA LA GERENCIA ESTÁ CONFORMADA POR EL GERENTE GENERAL, (AS GERENCIAS DE LÍNEA Y LOS ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO Y DE APOYO DE LA SOCIEDAD.

ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO PRIMERO.- GERENTE GENERAL EL GERENTE GENERAL ES ELEGIDO POR EL DIRECTORIO Y ES EL EJECUTOR DE LAS DECISIONES ADOPTADAS POR ESTE ÓRGANO SOCIETARIO, EL CARGO ES PERSONAL E INDELEGABLE. SÓLO RINDE CUENTAS DE SU GESTIÓN AL DIRECTORIO.

EL GERENTE GENERAL DEBE CUMPLIR CON LOS MISMOS, REQUISITOS PARA SER DIRECTOR, ASÍ COMO, SUJETARSE A LOS IMPEDIMENTOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO VIGÉSIMO OCTAVO DEL PRESENTE ESTATUTO, A EXCEPCIÓN DEL INCISO 6 DEL MENCIONADO ARTÍCULO EN LO REFERENTE A LA RELACIÓN LABORAL.

LAS FUNCIONES DEL GERENTE GENERAL SON EVALUADAS POR EL DIRECTORIO.

ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO SEGUNDO.- ATRIBUCIONES DEL GERENTE GENERAL EL GERENTE GENERAL, POR EL SOLO MÉRITO DE SU DESIGNACIÓN, PUEDE EJERCER LAS ATRIBUCIONES QUE LES CONFIERE EL ARTÍCULO 188 DE LA LEY N° 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES, ADEMÁS DE LAS QUE SE DETALLAN A CONTINUACIÓN:

1. AUTORIZAR LA INTEGRACIÓN DE OPERACIONES Y PROCESOS.

e REPRESENTAR A LA SOCIEDAD ANTE TERCEROS EN GENERAL SEAN PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS DE DERECHO PRIVADO O PÚBLICO, SUSCRIBIENDO LA CORRESPONDENCIA Y HACIENDO USO DE LA DENOMINACIÓN Y SELLO DE LA SOCIEDAD.

3. DIRIGIR LAS OPERACIONES COMERCIALES, ADMINISTRATIVAS Y DE EJECUCIÓN DE LAS OPERACIONES SOCIALES QUE SE EFEO1)EN.

4. ORGANIZAR EL RÉGIMEN INTERNO DE LA SOCIEDAD, CUIDAR QUE LA CONTABILIDAD ESTE AL DÍA, INSPECCIONAR LOS LIBROS, DOCUMENTOS Y OPERACIONES DE LA SOCIEDAD Y DICTAR LAS DISPOSICIONES PARA EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LA MISMA.

S. \INFORMAR AL DIRECTORIO DE TODOS LOS ASUNTOS Y NEGOCIOS DE LA SOCIEDAD Y \SUMINISTRAR TODOS LOS DATOS QUE LA MISMA TENGA A BIEN PEDIRLE.

ORDENAR PAGOS Y COBROS, OTORGANDO CANCELACIONES O RECIBOS.

CONTRATAR, SANCIONAR Y PONER FIN Al VÍNCULO LABORAL DE ACUERDO LEY.

8. PROPONER ANTE EL DIRECTORIO LA DESIGNACIÓN Y REMOCIÓN DEL PERSONAL DE DIRECCIÓN Y DE CONFIANZA DE LA SOCIEDAD, DE ACUERDO A LAS NORMAS LABORALES VIGENTE.

9. DAR CUENTA EN CADA SESIÓN DE DIRECTORIO O DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTA CUANDO SE LES SOLICITE, DEL ESTADO Y DE LA MARCHA DE LOS NEGOCIOS SOCIALES.

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10. PREPARAR OPORTUNAMENTE EL PROYECTO DE MEMORIA, LOS Y LA PROPUESTA DE APLICACIÓN DE UTILIDADES, EN CASO LA

11. SUPERVISAR LA EJECUCIÓN DE LOS PLANES Y NORMAS LEGALES APLICABLES.

ACUERDO A

Z3 ENE. 2018

12. EJECUTAR ACUERDOS Y

DEL DIRECTORIO. 1 ES FIEL DEL ORIGINAL

13. EFECTUAR LAS ACCIONES PARA IMPLEMENTAR, EJECUTAR, MEDIDAS CORRECTIVAS RESPECTO DEL BUEN GOBIERNO CC

14. SOMETER AL DIRECTORIO LA APROBACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTIÓN DE LA SOCIEDAD, LOS REGLAMENTOS QUE CONSIDERE CONVENIENTES PARA EL MEJOR FUNCIONAMIENTO DE LA SOCIEDAD, ASÍ COMO SUS RESPECTIVAS MODIFICACIONES.

15. LLEVAR LA FIRMA Y REPRESENTACIÓN LEGAL DE LA SOCIEDAD ANTE LAS DISTINTAS ENTIDADES NACIONALES Y EXTRANJERAS, PÚBLICAS O PRIVADAS, PUDIENDO SUSCRIBIR LOS CONVENIOS INTERINSTITUCIONALES, CORRESPONDIENTE.

16. VIGILAR LA CORRECTA APLICACIÓN DE LAS NORMAS TÉCNICAS Y LEGALES QUE RIGEN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.

17. ACTUAR COMO SECRETARIO EN LAS SESIONES DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS Y DEL DIRECTORIO.

18. ASISTIR CON VOZ, PERO SIN VOTO, A LAS SESIONES DEL DIRECTORIO Y DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS.

REPRESENTAR A LA SOCIEDAD ANTE TODA CLASE DE AUTORIDADES, SEAN ESTAS JUDICIALES, MINISTERIO PÚBLICO, POLÍTICAS, LABORALES, ADMINISTRATIVAS, REGULATORIAS AMBIENTALES, ADUANERAS, FISCALES, MUNICIPALES, Y CIVILES, O DE CUALQUIER OTRA ÍNDOLE, ASÍ COMO ANTE PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS; EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES PODRÁ FORMULAR PETICIONES DE CUALQUIER NATURALEZA, ANTE TODO GÉNERO DE AUTORIDADES, ENTABLAR Y CONTESTAR DEMANDAS, EXIGIR Y PRESTAR JURAMENTO, INTERPONER Y ABSOLVER POSICIONES; VALERSE DE CUANTOS MEDIOS DE PRUEBA OTORGUE EL DERECHO TALES COMO EXCEPCIONES Y DEMÁS MEDIOS DE DEFENSA; TACHAR Y OFRECER TESTIGOS, PRORROGAS, JURISDICCIONES, RECLAMAR AMPLIACIONES, RECUSACIONES, APELAR, ADUCIR LA NULIDAD, ENTABLAR DEMANDAS Y ACUSACIONES PENALES, INCLUYENDO LAS FACULTADES GENERALES SEÑALADAS EN EL ARTÍCULO 74° DEL CÓDIGO CIVIL, Y LAS ESPECIALES CONTEMPLADAS EN EL ARTÍCULO 750 DEL MISMO CÓDIGO, POR LO CUAL PODRÁ REALIZAR TODOS LOS ACTOS, DE DISPOSICIÓN DE DERECHOS SUSTANTIVOS TALES, COMO PRESENTAR SOLICITUDES DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL, DEMANDAR, RECONVENIR, CONTESTAR DEMANDAS Y RECONVENCIONES, DESISTIRSE DEL PROCESO Y DE LA PRETENSIÓN, ALLANARSE A LA PRETENSIÓN, CONCILIAR JUDICIAL Y EXTRAJUDICIALMENTE, TRANSIGIR, SOMETER A ARBITRAJE. LAS PRETENSIONES CONTROVERTIDAS EN EL PROCESO, SEA DE DERECHO O DE CONCIENCIA, DESIGNAR ARBITRO Y/O INSTITUCIONES QUE ADMINISTRARÁ EL ARBITRAJE, PACTAR LAS REGLAS A LAS QUE SE SOMETERÁ EL ARBITRAJE Y/O DISPONER LA APLICACIÓN DEL REGLAMENTO QUE TENGA INTERRUPCIÓN, SUSPENSIÓN Y/O CONCLUSIÓN DEL PROCESO, SOLICITAR LA ACUMULACIÓN DE PRETENSIONES Y/O PROCESOS, INTERVENCIÓN DE TERCEROS, INTROMISIÓN Y SUCESIÓN PROCESAL, INTERVENIR COMO L1TIS CONSORTE O TERCERO COADYUVANTE, CONCURRIR A TODO TIPO DE AUDIENCIAS O DILIGENCIAS, SEAN ESTAS DE SANEAMIENTO, CONCILIACIÓN DE FIJACIÓN DE PUNTOS CONTROVERTIDOS DE PRUEBAS ESPECIALES, O COMPLEMENTARIAS; SUSCRIBIR CUALQUIER ACTA, REGISTRO, ESCRITO, DOCUMENTO O INSTRUMENTO DE CUALQUIER DENOMINACIÓN QUE SE DERIVEN DE PROCESOS CONCILIATORIOS, JUDICIALES, Y/O ARBITRALES, SOLICITAR QUE SE TRABEN MEDIDAS CAUTELARES EN GENERAL PARA FUTURAS

19.

a8 •1

c31)

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EJECUCIONES FORZADAS (EMBARGOS EN TODAS SUS MODALIDADES), SEA EN FORMA DE EMBARGO, SECUESTRO, DEPOSITO, RETENCIÓN, INTERVENCION, Y LAS DEMÁS QUE CONTEMPLE LA LEY Y MEDIDAS CAUTELARES ESPECIALES (INNOVATIVAS, PROHIBICIÓN DE INNOVAR, GENÉRICAS), PUDIENDO CONSTITUIR CONTRA CAUTELA, SEA ESTA EN FORMA DE CAUCIÓN JURATORIA O LA QUE SEA NECESARIA EN CADA OPORTUNIDAD (REAL O PERSONAL), SACAR A REMATE BIENES MUEBLES E INMUEBLES, SOLICITAR SE NOMBRE MARTILLERO, INTERVENIR Y PARTICIPAR EN REMATES, PEDIR LA ADJUDICACIÓN DE LOS BIENES EN REMATE A NOMBRE DE LA SOCIEDAD, COBRAR CONSIGNACIONES JUDICIALES, CELEBRAR ACTOS, JURÍDICOS CON POSTERIORIDAD A LA EXPEDICIÓN, DE SENTENCIA; SUSTITUIR O DELEGAR LA REPRESENTACIÓN PROCESAL. SIN PERJUICIO DE LAS FACULTADES EN EL PÁRRAFO PRECEDENTE, EN MATERIA PENAL PODRÁ FORMULAR DENUNCIAS ANTE LA POLICIA NACIONAL, EL MINISTERIO PÚBLICO, O CUALQUIER OTRA DEPENDENCIA COMPETENTE PARA CONOCER LAS MISMAS; APERSONARSE EN CUALQUIER PROCEDIMIENTO JUDICIAL O POLICIAL RELACIONADO CON UNA DENUNCIA INTERPUESTA EN CONTRA DE LA SOCIEDAD O DE CUALQUIERA DE SUS FUNCIONARIOS O EMPLEADOS COMO CONSECUENCIAS DEL DESARROLLO DE SUS OPERACIONES; CONSTITUIRSE EN PARTE CIVIL, PRESTAR PREVENTIVAS Y TESTIMONIALES; ACUDIR Y ACTUAR ANTE LA POLICIA NACIONAL EL MINISTERIO PUBLICO, O CUALQUIER OTRA DEPENDENCIA EN RELACIÓN A PROCEDIMIENTOS O INVESTIGACIONES EN LOS QUE LA SOCIEDAD SEA

. PARTE O TENGA INTERÉS, SIN NINGÚN TIPO DE LIMITACIÓN NI RESTRICCIONES,

20. REPRESENTAR A LA SOCIEDAD ANTE LAS AUTORIDADES DE TRABAJO SEAN ESTAS ADMINISTRATIVAS O JUDICIALES, OTORGÁNDOLE LAS FACULTADES QUE SEAN NECESARIAS DE CONFORMIDAD CON NORMAS LABORALES API PODRÁ REPRESENTAR A LA SOCIEDAD DE ACUERDO A LO PR E SUPREMO NO. O10-2003-TR, EN TODA CLASE DE NEGOCIAC DE TRATO DIRECTO Y/O CONCILIACIÓN Y PARA PRACTICAR L( S ACTOS PROCESALES RELATIVOS A LA NEGOCIACION. 23 ENE. 2018

f/sCN4 (j\ 9 21. DECIDIR LA PROMOCIÓN CONTINUACIÓN, DESISTIMIENTO Or$ '%S

PROCESOS JUDICIALES. FEDATARIO &Si$s Faiome

2007-suç\LASS-GG 22. SOMETER A ARBITRAJE LAS RECLAMACIONES INTERPUESTAS PC DADO QU

CONTRA ELLA SE INTERPUESTA POR LA SOCIEDAD O QUE CONTRA ELLA SE INTERPUSIERA, ESTIPULANDO LAS CONDICIONES Y LA FORMA DE ARBITRAJE, PREVIA AUTORIZACIÓN DEL DIRECTORIO.

23. EL GERENTE GENERAL PODRÁ DECIDIR SOBRE LA APERTURA Y CIERRE DE CUENTAS \ CORRIENTES DE AHORROS COMERCIALES, O BANCARIAS DISPONER SOBRE EL " MOVIMIENTO DE ESTAS, AFECTAR DEPÓSITOS, O CUENTAS EN GARANTIA; GIRAR,

ENDOSAR, CANCELAR, COBRAR CHEQUE, GIRAR, ACEPTAR, REACEPTAR, RENOVAR, ENDOSAR, COBRAR, DESCONTAR, PROTESTAR, AVALAR, AFECTAR Y CANCELAR, LETRAS, VALES, PAGARES, GIROS, TRANSFERENCIAS, CERTIFICADOS, POUZAS, Y CUALQUIER, OTRA CLASE DE DOCUMENTOS DE CRÉDITOS; OTORGAR Y SOLICITAR

1 C41 FIANZAS, RETIRAR, VENDER, COMPRAR O AFECTAR VALORES, OTORGAR RECIBOS Y

t4 CANCELACIONES, SOLICITAR Y SUSCRIBIR CARTAS DE CREDITO, TOMAR EN CUALQUIER CAJAS DE SEGURIDAD, ABRIRLAS O CERRARLAS Y RETIRAR SU CONTENIDO; SOLICITAR APERTURA DE CRÉDITOS DOCUMENTARIOS, Y EN GENERAL DISPONER SOBRE EL RÉGIMEN ADMINISTRATIVO DE LA SOCIEDAD Y LA

fi MOVILIZACON DE SUS FONDOS.

24. AUTORIZAR LAS DECLARACIONES PÚBLICAS DE LOS FUNCIONARIOS Y TRABAJADORES DE LA SOCIEDAD.

25. DELEGAR SUS 'FACULTADES EN FUNCIONARIOS O TRABAJADORES QUE ESTIME NECESARIAS, PARA LO CUAL OTORGARA PODERES PUDIENDO REASUMIENDO SUS FACULTADES, CUANTAS VECES 10 CREYERA OPORTUNOS

o

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26. PODRÁ SUSTITUIR SUS FACULTADES DE REPRESENTACIÓN EN LOS PROCESOS JUDICIALES CON LAS ATRIBUCIONES GENERALES Y ESPECIALES QUE FUEREN NECESARIAS A SU FAVOR DE TERCERAS PERSONAS REVOCANDO DICHAS SUSTITUCIONES Y REASUMIENDO SUS FACULTADES CUANTAS VECES LO CREYERA OPORTUNO.

ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO TERCERO.- OBLIGACIONES DEL GERENTE GENERAL SON OBLIGACIONES DEL GERENTE GENERAL:

1. CUSTODIAR LOS FONDOS Y RESERVAS DETERMINADOS POR LA SUNASS, ASÍ COMO EFECTUAR SU APLICACIÓN CONFORME A LO PREVISTO EN LOS ESTUDIOS TARIFARIOS Y RESOLUCIÓN TARIFARIA, SALVO LAS EXCEPCIONES QUE ESTABLEZCA LA SUNASS EN SU NORMATIVA REGULATORIA.

2. EVALUAR A LOS GERENTES DE LÍNEA, LOS ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO Y DE APOYO DE LA SOCIEDAD.

3. REALIZAR LAS ACCIONES DE IMPLEMENTACIÓN, EJECUCIÓN, EVALUACIÓN Y ADOPCIÓN DE MEDIDAS CORRECTIVAS PARA EL BUEN GOBIERNO CORPORATIVO.

4. ELABORAR Y DIFUNDIR EL INFORME ANUAL DE RESULTADOS DE LA GESTIÓN DE LA SOCIEDAD, EL MISMO QUE SE PUBLICA EN SU PAGINA WEB COMO MÁXIMO EN EL MES DE MAYO DE CADA AÑO.

S. OTRAS CONSIDERADAS EN LA NORMATIVA SECTORIAL APLICABLE Y, SUPLETORIAMENTE, POR LA LEY N° 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES.

ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO CUARTO.- RESPONSABILIDAD EL GERENTE GENERAL RESPONDE PERSONALMENTE ANTE LA SOCIEDAD, EL DIRECTORIO, LOS ACCIONISTAS Y TERCEROS, POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE OCASIONE POR EL

CN

INCUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES, DOLO, ABUSO DE FACULTADES Y NEGLIGENCIA GRAVE.

¡O

EL GERENTE GENERAL Y LOS DEMÁS GERENTES EJERCEN SUS FUNCIONES EN CUMPLIMIENTO DEL DEBER DE LEALTAD HACIA LA SOCIEDAD.

ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO QUINTO.- DE LAS GERENCIAS DE LÍNEA, ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO Y DE APOYO LAS GERENCIAS DE LÍNEA, LOS ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO Y DE APOYO SON CREADOS POR EL DIRECTORIO CONFORME A LA ESTRUCTURA ORGÁNICA ADMINISTRATIVA DE LA SIEDAD, A TRAVÉS DE LA APROBACIÓN Y/O MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORANIZACIÓN Y FUNCIONES Y SUS DEMÁS INSTRUMENTOS DE GESTIÓN.

EL GflENTE DE LÍNEA ES EL EJECUTOR DE LAS DECISIONES TOMADAS POR EL GERENTE GENRAL. LAS FUNCIONES DEL GERENTE DE LINEA SON EVALUADAS GEN

VIUS CABLE.

fRAL Y EL DIRECTORIO. SERVICIOS DE WEmIBffO

REQUISITOS PARA SU DESIGNACIÓN SON ESTABLECIDOS EN LA NOR? ATIVA SECTORIAL

23 ENE, 2013

ES COPIA FIEL DEL ORJGINA TÍTULO SÉTIMO ....... ............ re'L . .L ..... MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO, AUMENTO Y REDUCCIÓN DE CAPITA

ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO SEXTO.- MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO LA MODIFICACIÓN DEL PRESENTE ESTATUTO DEBE SER ACORDADA POR LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, DEBIENDO EXPRESAR EN LA CONVOCATORIA CON CLARIDAD Y PRECISIÓN LOS ASUNTOS CUYA MODIFICACIÓN SE SOMETERÁ A LA JUNTA, DEBIENDO ADOPTARSE LOS

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ACUERDOS DE MODIFICACIÓN DE CONFORMIDAD A LA NORMATIVA SECTORIAL APLICABLE Y, SUPLETORIAMENTE, A LO DISPUESTO EN LA LEY N° 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES. TODA MODIFICACIÓN ESTATUTARIA DEBE FORMALIZARSE MEDIANTE ESCRITURA PÚBLICA E INSCRIBIRSE EN LOS REGISTROS PÚBLICOS EN LOS PLAZOS SEÑALADOS EN LA NORMATIVA SECTORIAL APLICABLE Y, SUPLETORIAMENTE, EN LA LEY N° 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES.

ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO SÉTIMO.- AUMENTO Y REDUCCIÓN DE CAPITAL EL AUMENTO O REDUCCIÓN DE CAPITAL SOCIAL DEBE SER ACORDADO POR LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, DE ACUERDO A LOS REQUISITOS Y FORMALIDADES EXIGIDOS EN EL PRESENTE ESTATUTO, EN LA NORMATIVA SECTORIAL APLICABLE Y, SUPLETORIAMENTE, EN LA LEY N° 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES.

LAS MODALIDADES PARA EL AUMENTO O REDUCCIÓN DE CAPITAL SON LAS SEÑALADAS EN NORMATIVA SECTORIAL APLICABLE Y, SUPLETORIAMENTE, EN LA LEY N° 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES. 1 NACiON&1 DE

tl=EPAWACIóNES NULO EL ACUERDO ADOPTADO POR LA JUNTA GENERAL DE ACC EmSPONG. LA REDUCCIÓN DE CAPITAL SOCIAL COMO CONSECUENCIA DE DE UN

. ACCIONISTA, SALVO AQUELLOS CASOS REGULADOS EN LA NORMA] VA SEffleSgLICAB1 E.

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL TÍTULO OCTAVO ...r :N. DEL SISTEMA TARIFARIO FEDATARIOGoaM&pftee

Ros*içJtn N° 133 . UNASS - CG

ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO OCTAVO.- SISTEMA TARIFARIO LAS TARIFAS POR SERVICIOS DE SANEAMIENTO Y LOS PRECIOS POR SERVICIOS COLATERALES QUE COBRE LA SOCIEDAD POR LOS SERVICIOS QUE BRINDE SON DETERMINADOS Y REAJUSTADOS DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN LA NORMATIVA SECTORIAL APLICABLE Y AQUELLA QUE EMITA LA SUNASS.

TÍTULO NOVENO

Ç ESTADOS FINANCIEROS Y APLICACIÓN DE UTILIDADES

ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO NOVENO.- LOS ESTADOS FINANCIEROS LOS. ESTADOS FINANCIEROS Y EL BALANCE SE FORMULAN EL 31 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO Y SE

'oMErEN A LA APROBACIÓN DE LA JUNTA OBLIGATORIA ANUAL DENTRO DEL PLAZO

LEGAL.\

ARTICULÓ QUINCUAGÉSIMO.- REPARTO DE UTILIDADES LAS UTILIiADES ANUALES SE APLICARÁN A PROGRAMAS DE INVERSIÓN Y MEJORA DE CALIDAD SERVICIOS, SI HUBIERA REMANENTE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DETERMIN4 SU DESTINO DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA NORMATIVA APLICABLE. TÍTULO DCIMO DXS0LUqÓN, LIQUIDACIÓN Y EXTINCIÓN DE LA SOCIEDAD

lTÍCØLO QUINCUAGÉSIMO PRIMERO.- DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y EXTINCIÓN R3'tFECTO DE LA DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y EXTINCIÓN DE LA SOCIEDAD, SE ESTARÁ

IGUIENTESPROCEDIMIE

DEHA LEY PREVÉ.

EN EL CASO, QUE SE APRUEBEN NORMAS SECTORIALES QUE REGULEN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS SEÑALADOS EN EL PRESENTE CAPITULO, REGIRÁN ESTAS NORMAS Y SUPLETORIAMENTE LA LEY N° 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES.

ogí

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TÍTULO DÉCIMO PRIMERO DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

PRIMERA.- ORDEN DE PRELACIÓN DÉ LAS DISPOSICIONES APLICABLES EN TODO LO NO PREVISTO EN EL PRESENTE ESTATUTO ES DE APLICACIÓN LO DISPUESTO EN EL DECRETO LEGISLATIVO N° 1280 DECRETO LEGISLATIVO QUE APRUEBA LA LEY MARCO DE LA GESTIÓN Y PRESTACI6N DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO, SU REGLAMENTO, APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 019-2017-VIVIENDA, LAS NORMAS SECTORIALES COMPLEMENTARIAS Y, SUPLETORIAMENTE, POR LA LEY N° 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES, EN ESE ORDEN DE PRELACION.

SEGUNDA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

TODAS LAS CONTROVERSIAS QUE SE SUSCITEN ENTRE LOS ACCIONISTAS, DIRECTORES O GERENTES DE LA SOCIEDAD O CON LA SOCIEDAD MISMA, EN TORNO A LA INTERPRETACIÓN, ACUERDOS O EJECUCIÓN, INCLUYENDO SU NULIDAD, SE SOMETERÁN A LOS SIGUIENTES MECANISMOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS:

1. TRATO DIRECTO ENTRE LAS PARTES. 2. CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL Y/O ARBITRAJE DE DERECHO ANTE UN CENTRO DE

ARBITRAJE NACIONAL CON EXPERIENCIA ACREDITADA, POR UN TRIBUNAL . ARBITRAL CONFORMADO POR 3 ÁRBITROS. PARA SU CONFORMACIÓN CADA PARTE

DESIGNARÁ A UN ÁRBITRO, QUIENES A SU VEZ ELEGIRÁN AL TERCER ÁRBITRO QUE LO PRESIDIRÁ. EN EL CASO DE NO SER POSIBLE LA DESIGNACIÓN DE LOS ÁRBITROS DE PARTE O PORQUE EXISTEN MÁS DE DOS PARTES EN LA CONTROVERSIA, LA DESIGNACIÓN DE LOS 3 INTEGRANTES DE LOS ÁRBITROS LO DESIGNARÁ EL CENTRO DE ARBITRAJE DESIGNADO, EL LAUDO QUE EMITA EL TRIBUNAL ARBITRAL SERÁ DE CARÁCTER DEFINITIVO, OBLIGATORIO E INAPELABLE.

N4 TERCERA.- PARTICIPACIÓN DEL SECTOR PRIVADO - LA SOCIEDAD PUEDE PROPICIAR LA PARTICIPACIÓN DEL SECTOR PRIVADO PARA MEJORAR

¿ SU GESTIÓN EMPRESARIAL. LA PARTICIPACIÓN DEL SECTOR PRIVA( oM4SÑ» 1 SOCIEDAD, SE RIGE POR LA NORMATIVA APLICABLE A LAS AS( -

PRIVADAS Y A LOS PROCESOS DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN SUS NORMAS REGLAMENTARIAS Y COMPLEMENTARIAS Y DEMÁS NORMATIVA API CABLE EN MATERIA DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA. 23 ENE. 2018

ES COPIA FIEL DEI. ORIGINAL

DIS'POSICIONES TRANSITORIAS o. REGP4EN DE APOYO TRANSITORIO

PICITADOS

RA.- SUSPENSIÓN DE ÓRGANOS SOCIETARIOS EO LA SOCIEDAD SEA SOMETIDA AL RÉGIMEN DE APOYO TRANSITORIO (RAT), LA ;z; .k J

GENERAL DE ACCIONISTAS, EL DIRECTORIO Y LA GERENCIA SUSPENDERÁN SUS '\RNES, EN TANTO EL OTASS SE SUS1T11JYE EN LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE

ORGANOS, CONFORME LO DISPUESTO EN LA LEY MARCO Y EL REGLAMENTO.

SEGUNDA.- EN CASO LA SOCIEDAD SE ENCUENTRE DENTRO DEL RÉGIMEN DE APOYO tRANSITORIO - MT DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 2110 DEL REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1280, LEY MARCO DE LA GESTIÓN Y PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO, APROBADO MEDIANTE DEL DECRETO SUPREMO N° 019-2017- VIVIENDA, EL OTASS A TRAVÉS DE SU CONSEJO DIRECTIVO, PUEDE OPTAR POR DELEGAR TRANSITORIAMENTE EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL DIRECTORIO A UNA COMISIÓN DE DIRECCIÓN TRANSITORIA.

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LCOPIAJ 1 Pr6 a. tctá. Sa4n4a

- TACNA S.A.

INFORME N° 017-2018-380-EPS TACNA S.A.

trs TAtnjA S.A. t'Lut,t 14 l4 N ijt njt.. .A1

-

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Firma A

ASUNTO

REFERENCIA

FECHA

Abg. EDUARDO E. PEREZ MALDONADO Gerente General

CONVOCATORIA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS Aprobación del Estatuto Social de la EPS TACNA S.A.

Decreto Supremo 14° 019-2017-VIVIENDA, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280

Tacna, 25 de enero de 2018.

Tengo a bien dirigirme a Usted para informar, que conforme a las coordinaciones y gestiones que se han venido realizando con la Especialista de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización de la SUNASS, Abg. URSULA GONZALES ZEGARRA, encargada de la evaluación del Proyecto de Estatuto Social de la EPS TACNA S.A., ha culminado recomendándose OPINIÓN FAVORABLE a través del Informe N° 026-2018-SUNASS-120-F, lo que será comunicado mediante Oficio N° 032-2018/SUNASS-030, por la Gerencia General de la SUNASS.

Los documentos mencionados se han obtenido en copia a través de los correos de coordinación; siendo que la documentación formal se encuentra en curso de notificación, sin haber sido recepclonada aún de manera formal.

Sin embargo, con la seguridad que el proyecto de estatuto social se encuentra con opinión favorable; y, en atención a que su aprobación corresponde a la Junta de Accionistas, debe de tenerse en consideración que ésta debe convocarse con una anticipación no menor de diez (10) días naturales para estos efectos, por lo que corresponde y recomiendo disponer que a través de Secretaria General se implemente las acciones inmediatas para dicha convocatoria a través del procedimiento legal establecido, a afectos de cumplir con los plazos señalados, así como las actividades señaladas en el marco del Decreto Legislativo N° 1280.

- De otro lado, corresponde tener en consideración lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA, que aclara y precisa algunos tópicos respecto de la ley marco, siendo la acción prioritaria la adecuación del Estatuto Social dispuesta por este nuevo marco nonnativo, así como tener en cuenta el carácter especial y singular de fa recomDosicióp del directorio de la EPS TACNA LA. • Al tenor del marco legal expuesto, debe de implementarse de manera inmediata la convocatoria de la Junta de Accionistas por el Directorio, a fin de asumir la aprobación de la adecuación del Nuevo Estatuto Social y los temas que se encuentren pendientes y que, por su naturaleza e importancia corresponda implementar a efectos de evitar ulteriores responsabilidades con el órgano supervisor.

Es todo cuanto tengoque informar a Ud., salvo mejor parecer.

Atentamente,

C.C. Directorio GAF SE.GE. Ar&vo

RWYP/.

Al DcsdeMnON372.-Tacna Telf. (052) 5$344S - Fax (052) 583453 Mali: JfllmeseDstaa1a.comp

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S Entidad Ptni.doça da Senttcs de Sarv*ptj.t, __.._TACNAS.A.

INFORME NO 017-2018-380-EPS TACNA S.A. 29 ENE 2018

A Abg. EDUARDO E. PEREZ MALDONPjfl3tFo Gerente General

ASUNTO CONVOCATORIA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS Aprobación del Estatuto Social de la EPS TACNA S.A.

Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA, Decreto Legislativo N°1280

lCfttA 8.4. /4111/4 %tti. .A.

FECHA

Tacna, 25 de enero de 2018. - • r-, - -

2

Tengo a bien dirigirme a Usted para informar, qbé?&6førmea.Ja 1 coordinaciones y gestiones que se han venido realizando con la Especialista de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización de la SUNASS, Abg. URSULA GONZALES ZEGARRA, encargada de la evaluación del Proyecto de Estatuto Sodal de la EPS TACNA S.A., ha culminado recomendándose OPINION FAVORABLE a través del Informe N° 026-2018-SUNASS-120-F, lo que será comunicado mediante Oficio N° 032-2018/SUNASS-030, por la Gerencia General de la SUNASS.

Los documentos mencionados se han obtenido en copia a través de los correos de coordinación; siendo que la documentación formal se encuentra en curso de notificación, sin haber sido recepcionada aún de manera formal.

Sin embargo, con la seguridad que el proyecto de estatuto social se encuentra con opinión favorable; y, en atención a que su aprobación corresponde a la Junta de Accionistas, debe de tenerse en consideración que ésta debe convocarse con una anticipación no menor de diez (10) días naturales para estos efectos, por lo que corresponde y recomiendo disponer que a través de Secretaría General se implemente las acciones inmediatas para dicha convocatoria a través del procedimiento legal establecido, a afectos de cumplir con los plazos señalados, así como las actividades señaladas en el marca del Decreto Legislativo N° 1280.

De otro lado, corresponde tener en consideración lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA, que aclara y precisa algunos tópicos respecto de la ley marco, siendo la acción prioritaria la adecuación del Estatuto Social dispuesta por este nuevo marco normativo, así como tener en cuenta el carácter esoecial y singular de la recomposición del directorio de la EPS TACNA S .A.

Al tenor del marco legal expuesto, debe de implementarse de manera inmediata la convocatoria de la Junta de Accionistas por el Directorio, a fin de asumir la aprobación de la adecuación del Nuevo Estatuto Social y los temas que se encuentren pendientes y que, por su naturaleza e importancia corresponda implementar a efectos de evitar ulteriores responsabilidades con el órgano supervisor.

Es todo cuanto tengo que informar a Ud., salvo mejor parecer.

Atentamente,

c.c. Directorio GAF SE.GE. Archivo

RWYP/.

Av. Don da Mayo W 372 -Tacna Ta1f. (052) 583445- Fax (052) 583453

Mxi: fp3Jnfgrmes@epsf4,j.ps

E&S.TACÑASZ Gerencia G$íø&

Proveido N¿-.' « 5

.. Fecha: 2 Dirigido a 2018

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Superintendencia Nacional de Seiicios

6 r 6 era

de Saneamiento

Pdenuel

Ministros

"Decenio (e & iguaZdde oportuniiads para mujeres y fiom&n » %fo &&?Wogo y A RJCQnC4aCÍ6U Nacional"

Lima, 2 2 ENF. 2018

OFICIO N°032 -2018/SUNASS-030

Señor EDUARDO PEREZ MALDONADO Gerente General EPS TACNA S.A. Av. Dos de mayo N° 372 Tacna. -

Asunto Opinión favorable al Proyecto de Estatuto Social

Referencia : Oficio N° 69-2018-300-EPS TACNA S.A.

/ REkjfft

( OSUNA3O

23 ENE 19 ley.:

4

1 4.

ante 5.

Me dirijo ja usted con relación al documento de la referencia, a través del cual su representada remite el Proyecto de Estatuto Social de EPS TACNA S.A.', a fin que esta Superintendencia emita opinión favorable, en el marco de lo dispuesto por la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento 2 (en adelante, Ley Marco) y su Reglamento 3 (en adelante, el Reglamento).

Al respecto, en atención a las conclusiones y recomendaciones contenidas en el Informe N° 026-2018-SUNASS-120-F de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, que en copia fedatada se adjunta al presente, se aprecia que el Proyecto de Estatuto Social remitido se adecúa a la Ley Marco, su Reglamento, así como a la Ley N° 26887, Ley General de Sociedades.

En ese sentido, acorde con las facultades conferidas a la Sunass y de conformidad a lo dispuesto en el numeral 51,2 del artículo 5I 4 del Reglamento, se emite opinión favorable del Proyecto de Estatuto Social, el mismo que será publicado en él portal web institucional de la Sunass: www,sunass.Qob.oe.

- Copia fedatada del Informe N° 026-2018-SUNASS-120-F y Proyecto de Estatuto Soda)

'En un total de iS páginas, que consta de 51 articulas distribuidos en 10 Titulas, un Titulo conteniendo tas Dísposiclanes Cornptewentarias. y Disposiciones Transltoriac.

Aprobado por Decreto Legislativo N' 1280. Aprobado por Decreto Supremo NI 019-2017-VIVIENDA. `Artículo 51,- Estatuto Social

51.2 El Estatuto Social elaborado conforme al párrafo anterior, o sus modificaciones, es aprobado por la Junta General de Accionistas, previa opinión favorable de la Sunass ( ... Y

Av. Bernardo Montea9udo No 210-216— Magdalena del Mar - Urna 17— Perú Teléfonos: 614-3200 Fax: 614-3140

Casilla Postal NO 0019- Urna 17 [email protected]

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1 O Sunass

EX flf/alo(ior dqt agLu' p<'t'Wfle Gerencio de Supervisión y Fiscalización EPSTACNA S.A.

• •Inforirne evaluación de Proyecto de Estatuto Social Expediente N- 226-2017-GSF-E

INFORME N° 026-2018-SUNASS-120-F

A PAOLA CRINEN GUIMA Gerente de Supervisión y Fiscalización

Asunto Informe de evaluación del Proyecto de Esta JL g1J$I$4iiI1 TACNA S.A. 1 i tSSSÑLlENTQ 1

Referencia a) Oficio N° 3013-2017-300-EPS TACNA S.A. b) Informe N* 522-2017-SIJNASS-120-F 23 ENE 2018 c) Oficio N° 05-2018-300-EPS TACNA

S. A.

d) Oficio N° 69-2018-300-EPS TACNA S.A. ES ~A FIEL DEL 9F

Fecha 17 de enero del 2018

o Evaluar si EPS TACNA S.A. ha cumplido con subsanar las observaciones formuladas al Proyecto de Estatuto Social a través del Informe N° 522-2017-SUNASS-120-F, a fin determinar si corresponde emitir opinión favorable previa por parte de esta Superintendencia antes de su aprobación', en virtud de lo establecido en el artículo 51 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2017-VIVIENDA.

II. ANTE btivra, .. .,.. .

2.1 Mediante el Oficio N° 3013-2017-300-EPS TACNA SA. 2, EPS TACNA S.A. remitió el Proyecto de adecuación estatutaria (en adelante, Proyecto de Estatuto).

2,2 A través del Informe £4' 522-2017-SUNASS-120-F, la Sunass forniuló observaciones y 4% recomendaciones al Proyecto de Estatuto presentado por EPS TACNA S.A.

2.3 Con Oficio N° 05-2018-300-EPS TACNA SA. 3, EPS TACNA S.A. remitió el Proyecto de Estatuto, el cual contendría la subsanación a las observaciones formuladas.

2.4 Mediante Oficio N° 69-2018-300-EPS TACNA S.A.4,t EPS TACNA S.A. remitió una nueva versión del Proyecto de Estatuto, conteniendo precisiones en la redacción del mismo.

lIl. BASg,LEÚÁL .. . .**H..v. ...

3.1 Ley £4' 26887, Ley General de Sociedades (en adelante, LGS).

3.2 Decreto Legislativo £4' 1280, que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, modificado mediante Ley N° 30672 (en adelante, LMGPSS).

3.3 Reglamento General de la Sunass, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2001-PCM y modificatorias (en adelante, RGS).

Por parte de la Junta General de Accionistas. Recibido porta Sunasael Vda diciembre de12017.

'Recibido por la Sunass el 8 de enero del 2018. 4 Recbidc, por la sunas. el 12 de enero del 2018. Página 1

1

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1 ØSunass EL regulodor de aguo potobZo

23 ENE 2018 Oste/o de Supervisión y Fiscalización EPSTACNAS.A.

- - 1 Expediente N°226-2017-GSF-E Et ión de Proyecto de Estatuto Socia!

3.4 Decreto Supremo N° 019-201 7-VM€ÑO U a el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280 (en adelante, RLMGPSS).•

3.5 Resolución Directoral N° 214-2017-VIVIENDANMCS-DGPRCS 6, que aprueba las aGu jas Básicas de transformación societaria y modificación de) estatuto sociaV' (en adelante, la Gula de Modificación de Estatuto Social).

3.6 Resolución Directoral N° 321-2017-VIVIENDN-DGPRCS 6, que aprueba el Modelo básico de Estatuto Social. (en adelante, Modelo de Estatuto Social).

IVI-

4.1 Marco legal

- Con fecha 29 de diciembre de 2016, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el • Decreto Legislativo N° 1280 que aprueba la "Ley Marco de la Gestión y Prestación

de los Servicios de Saneamiento": la cual dispone en su artículo 48, numeral 48.2, que las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal se rigen por el régimen legal especial societario establecido en la LMGPSS, sujetándose asimismo a lo dispuesto en su Reglamento, normas sectoriales y supletoriamente por la Ley N° 26887, Ley General de Sociedades ((SS).

Previendo además que, toda modificación estatutaria se sujeta a las reglas establecidas en capítulo VII del Titulo Tercero de la LMGPSS; siendo nulo de pleno

44/ derecho el Estatuto social formulado en contravención a lo dispuesto en la Ley y / - normas sectoriales.

1 - Asimismó, cabe mencionar que la Décimo Octava Disposición Complementaria

Final de la LMGPSS establece que las empresas públicas de accionariado municipal deben adecuar sus estatutos a las disposiciones de la Ley Marco y su norma reglamentaria en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) días

¡ . calendario, contados a partir de la vigencia del Reglamento, entre otras a obligaciones.

'e 465 - Con fecha 26 de junio de 2017, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el

RLMGPSS, el cual en su articulo 51, numeral 51.1, dispone que las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal elaboren su estatuto social considerando las disposiciones de la LMGPSS, su Reglamento, normas sectoriales y supletoriamente la Ley General de Sociedades, aprobada por Ley U° 26887.

Igualmente, el numeral 51.2 dei articulo 51 de la norma antes citada señala que la ........... elaboçción de su estatuto o su modificación es aprobada por (a Junta General de

Accionistas, previa opinión favorable de la Sunass.

- En concordancia con lo establecido en la LMGPSS, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de) RLMGPSS dispone que las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal, en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir de su vigencia, deben cumplir bajo responsabilidad, entre otros, con adecuar sus estatutos a las disposiciones .contenidas en la presente Ley Marco y su Reglamento.

$ ExpedIda el lada octubre de 2017. Expedida el 13 de noviembre de 2017,

Página 2

22/

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Ci Sunass ¡El rQ'gr,tndor del 07 2)0 potobje Gerencia de Supervisión y Fiscalización

EPSIACNAS.A. Informe evaluación de, Proyecto de Estatuto Social

Expediente N° 226-2017-GSF-E

- El articulo 199' del Reglamento dé la LMGPSS dispone que una de las causales para la determinación de la aplicación del. Régimen de Apoyo Transitorio (RAT), vinculada con la gestión empresarial de la empresa prestadora, es el incumplimiento de (a adecuación del estatuto social dentro del plazo establecido.

- Atendiendo a lé normativa expuesta, mediante Resolución Directoral N° 214-2017-VIVIENDANMCS-DGPRCS8, se aprobaron las Guías Básicas de transformación societaria y modificación del estatuto, a fin de que las empresas prestadoras realicen su transformación y adecúen su estatuto social conforme a las normas sectofiaies aplicables.

- Así también, la citada Resolución Directoral estableció que para efectos de la inscripción de los acuerdos de modificación de estatutos y transformación societaria ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, las empresas prestadoras deben presentar copia simple del documento que

• contenga la opinión favorable emitida por la SUNASS.

Pb?

su 'parte, mediante Resolución Directoral N° 231-2017-VIVIENDANMCS-DGPRCS9, se aprobó el "Modelo Básico de Estatuto Social", que contiene las disposiciones básicas que todo estatuto social de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal debe contener, el cual tiene carácter orientador y referencia¡ y puede ser tomado en cuenta por las Empresas Prestadoras citadas.

- En consecuencia, habiéndose iniciado el proceso adecuación y modificación de los «7 Estatutos Sociales de las empresas públicas de accionariado municipal a las

• ¡ 1 disposiciones contenidas en la legislación aplicable, corresponde a la Sunass efectuar la verificación de los documentos remitidos por las empresas prestadoras citadas, a efectos de emitir opinión favorable de manera previa a su inscripción en la Oficina Registra! correspondiente.

4.2 Del levantamiento de las observaciones formuladas al Proyecto de Estatuto Social remitido por EPS TACNA S.A.

,u 4.2.1 Conforme se desprende del Informe W 522-2017-StJNASS-120-F, las

observaciones formuladas al Proyecto de Estatuto de EPS TACNA S.A., fueron las siguientes:

*61 Corresponde modiftcaral afticulo 1 de/Proyecto de Estatuto, conforme lo analizado en el numeral 4.2 del presente Informe.

5.2 Corresponde modificare! artículo 2 del Proyecto de lo analizado en el numeral 4.2 del presente Informe. 1 U)RCIQ$O SANE*MIEWÍD

23 ENE, 2018 'Wticulo 199- Configuración de las causales para determinar la aplicación del RAT

OP1A ra DEL OgtÓIM. ES 1992 Causales vto culadas con la gestión empresasl de la empres.! prestadora: ..t4-,-- (..j 3.5/ Ñlcumptimiento de la adecuación de estaMos sos/aJes a le normativa sectorial y de la transtnna o: Sociedad Comercial 4. Responsabilidad LimItada sima Sociedad Anónima Ordtoasla, dentro de tos - .St*/ASS-G configure cuando la Sunna vastque mediante actuaciones documema~ cualquiera de los slgiilemes su . a) La empresa prestadora no cumplió con el acto de hiscrfpción en los Regisbes Poblicos para la adecuación de estatutos sociales a la normativa sectoriaL en el plazo establecido por diha nonla. b) La empresa prestadora no cumplió con el acto de hisalpclón en los Reglabas Pób4tos pera la transformación societaria de una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada a una Sociedad Anónima Ominada, dentro del plazo legal seflalado.'

'De fecha 13 de octubre de 2017, °Delecfla 13.11.2017. Página

29.

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/

4.2.2

E]

EL teguiinfor det aguo pot&fle Gerencia de Supervisión y Fiscaúcción EPSTACNAS.A.

Informe evaluación de Proyecto de Estatuto Social Expediente n° 226-2017-GSF-E

$ffiVItiO$oE8MlEÑlt)l1O Corresponde modificar el articulo 7 del Proyecto de Estatuto, conforme lo analizado en el numeral 4.2 del presente Informe.

23 ENE. 2618

Corresponde modificar el edículo 11 del Proyecto de Estatuto,

ES

FIEl. conforme lo señalado en el numeral 4.2 del presente Informe.

Corresponde modificar el artículo 22 de! Proyecto de Estatuto, conforme lo señalado en el numeral 4.2 del presente Informe.

6.8 Corresponde modificar el articulo 24 del Proyecta de Estatuto, conforme lo señalado en el numere! 4.2 de/presente Informe.

6.7 Corresponde modificar el edículo 26 dei Proyecto de Estatuto, conforme lo señalado en el numeral 4.2 del presente Informe.

6.8 Corresponde modificar el artículo 28 de! Proyecto de Estatuto, conforme lo señalado en el numeral 4.2 del presente Informe.

6.9 Corresponde modificar el artículo 29 del Proyecto de Estatuto, conforme !o señalado en el numeral 4.2 del presente Informe.

6. loCo rresponde modificar el articulo 31 del Proyecto de Estatuto, conforme lo señalado en & numeral 4.2 del presente Informe.

6,11 Correspondo corregir e/ error material evidenciado en e! artículo 34 del Proyecto de Estatuto, conforme lo analizado en e! numeral 4.2 del presente Informe.

6. 12Corresponde corregir el error mateile! evidenciado en el artículo 41 del Proyecto de Estatuto, conforme lo analizado en al numeral 4.2 del presente Informe."

Con Oficio N 05-2018-300-EPS TACNA S.A., EPS TACNA S.A. remitió el Proyecto de Estatuto, el cual contendría la subsanación a las observaciones formuladas.

Con posterioridad, a través del Oficio N° 69-2018-300-EPS TACNA S.A., EPS TACNA S.A. remitió una nueva versión del Proyecto de Estatuto, conteniendo, según refiere, la subsanación de observaciones, así como precisiones en la redacción del mismo.

En consideración a que ambos Oficios versan sobre lo mismo, evaluaremos el Proyecto de Estatuto adjunto al Oficio N° 69-2018-300-EPS TACNA S.A., el cual se encuentra estructurado de la siguiente manera:

• Título 1: De la denominación, objeto, domicilio, ámbito de responsabilidad, duración (del artículo 1 al 4)

• Titulo II: Capital social acciones (del articulo 5 al 9). • Titulo ¡II. Órganos dele sociedad (del articulo 10 al 12). * Titulo IV: De !a Junta General de Accionistas (del artículo 13 al 21). • Titulo V: El Directorio (del artículo 22 al 39). • Titulo VI: La Gerencia (del articulo 40 al 45). • Titulo Vil: Modificación de! Estatuto, Aumento y Reducción de

Capital (artículos 46 y 47). • Titulo VIII: Del Sistema Tarifado (artículo 48). • Titulo IX: Estados financieros y aplicación de utilidades (artículos 49

y 50). • Titulo X: Disolución, liquidación y extinción de !a sociedad (articulo

51).

Página 4

7'1

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3.7 0 MIDE U~

Un OS 5 2 a ENE.. 2018 ( EX rc'gistncÑ,t rtd( c79U0 potz'b

ES COPLA FIEL. oa ORIGINAL Gerencia de Supervisión y Fiscalftoción EPS TACNA S.A.

. rluaclón de Proyecto de Estatuto Social Expediente N° 226-2017-GSF-E

Resoft,dóñN° 9flW'SUNA$S - GG

Titulo XI: Disposiciones complementarias (Primera a Tercera). Disposiciones Transitorias: Régimen de Apoyo Trensitório (Primera

• y Segunda).

Como se observa de lo citado, la estructura del Proyecto Estatuto -documento de 19 páginas- tiene 51 artículos distribuidos en 10 Títulos, un Titulo conteniendo las Disposiciones Complementarias, y Disposiciones Transitorias.

4.2.3 Del texto alcanzado se observa lo siguiente:

Del artículo 1 - Denominación Social

Se aprecia que la empresa prestadora ha modificado la denominación social propuesta, en el sentido de denominarla empresa y no entidad, quedando redactada de la siguiente manera EMPRESA PRESTADORA DE SERVICICOS DE SANEAMIENTO TACNA SOCIEDAD ANÓNIMA", pudiendo utilizar la abreviatura °EPS TACNA S.A."

En consecuencia, EPS TACNA S.A. subsanó la observación formulada en dicho extremo.

Del articulo 2— Objeto Social

Del texto contenido en el articulo 2 del Proyecto de Estatuto remitido mediante 1. Oficio N° 69-2018-300-EPS TACNA S.A., se aprecia la mención a poder realizar

actividades vinculadas al uso eficiente de los recursos hídricos, así como promover acuerdos para- mplementar mecanismos de retribución ecosistémicos conforme a la normativa sectorial aplicable.

En ese sentido, se tiene por subsanada la observación realizada sobre el particular.

etVISI6o Del articulo 5— Capital Social

f ))cc %. De conformidad con lo previsto en la Ley N°30381, Ley que cambia el nombre de la 'I 7 unidad monetaria de nuevo sol a sol, la empresa prestadora precisó que el capital °yo

es en soles.

Del artículo 7— Acciones de las municipalidades provinciales

Se aprecia que EPS TACNA S.A• modificó el texto del articulo bajo análisis con la finalidad de adecuado a lo establecido en los artículos 52 y 57 del Reglamento.

En ese sentido, la empresa prestadora subsanó la observación formulada.

Del texto del articulo bajo análisis, se aprecia la modificación en el sentido de señalar que el Gerente General rinde cuentas al Directorio, ello de conformidad con lo establecido en el articulo 71 del RLMGPSS.

De igual formar, se aprecia la eliminación de la referencia los instrumentos de desarrollo empresarial, contenidos en el articulo 17 del Reglamento de la Ley de Modernización de los Servicios Públicos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2016-VIVIENDA, el cual fue derogado por el RLMGPSS.

Páginas

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w

ir

En ese sentido, se tienen particular.

23 ENE. 2015 J Gerencia de SupeMsión y Fiscalización EP$TACNAIA

'SA FIEL DEUiSÜItfduación de Proyecto de Estatuto Socia? 'lhtt.* Expediente te 226-2017-GSF-E

- I'SUNA$S.130

r subsanadas las observaciones realizadas sobre el

Del artículo 17— Convocatoria a Junta General de Accionistas

De conformidad con lo previsto en el artículo 113 de la LGS, la empresa prestadora precisó que el Directorio efectúa la convocatoria a la Junta General de Accionistas.

De los artículos 22. 24, 26. 28, 29. 31 • 34v 41

De la revisión del texto de los artículos 22, 24, 26, 28, 29, 31, 34 y 41 dei Proyecto de Estatuto, se aprecia que acogieron las observaciones fórmuladas sobre los mismos, referidas a precisiones en la redacción, así como errores materiales.

En ese sentido, se tienen por subsanadas las observaciones bajo comentario.

4.2.4 En consideración a lo señalado, EPS TACNA S.A. acogió las observaciones, subsanándolas, por tanto, el texto del Proyecto de Estatuto presentado mediante Oficio N° 69-2018-300-EPS TACNA S.A., documento de 19 páginas que consta de 51 articulas distribuidos en 10 Títulos, un Titulo conteniendo las Disposiciones Complementarias, y Disposiciones Transitorias, es acorde a lo establecido en la LMGPSS, su Reglamento, así como a la LGS.

4.3 De la Opinión Favorable de la Sunass

Conforme al numeral 51.2 del artículo 51 del RLMGSS, el Estatuto Social elaborado por las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal, es aprobado por la Junta Generalde Accionistas, previa opinión favorable de la Sunass.

De acuerdo a lo señalado en e) punto precedente, de la revisión del Proyecto de Estatuto se aprecia que es acorde a lo establecido en la LMGPSS, su Reglamento, así como a la LGS.

En tal sentido, corresponderá a esta Superintendencia emitir opinión favorable, a fin que si Proyecto de Estatuto sea aprobado por la Junta General de Accionistas, conforme alo dispuesto en el numeral 51.2 del articulo 52 del RLMGPSS.

Cabe precisar que es responsabilidad de EPS TACNA S.A. que el Estatuto Social materia de opinión favorable, debe ser el mismo que presente ante el notario público al momento de Iniciar el trámite de elevar la minuta a escritura pública.

Finalmente, en aras de garantizar la transparencia en la gestión, el Estatuto Social es notificado y publicado en el portal web institucional de la Sunass: httD:llwww.sunass.00b.De.

Va.- CÓNCLuSJÓNS -

5.1 Mediante Informe N° 522-2017-SUNASS-120-1 2 , la Sunass evaluó la documentación presentada por EPS TACHA S.A. mediante el Oficio N° 3013-2017-300-EPS TACNA S.A., formulando observaciones sobre el Proyecto de Estatuto presentado.

5.2 A través de los Oficios N° 05 y 69-2018-300-EPS TACNA S.A., EPS TACNA S.A. remitió Proyectos de Estatuto, respectivamente. En ese sentido, atendiendo a que los 2

PógIna 6

El

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O Suncss a r,'9oU,dordfl 0VtU4 ØOt&7LI? Gerencia de Supervisión yFiscalización

EPSTACNAS.A. .:f'rnfe evaluación de &oyedo de Estatuto Social

Expediente N°226-201 7-GSF-E Jr .

documentos están referidos a lo Mismo -Proyecto de Estatuto-, se evaluó la última versión enviada. -

5.3 El Proyecto de Estatuto remitido por EPS TACNA S.A., mediante Oficio N° 69-2018-300-EPS TACNA S.A., documento de 19 páginas que consta de 51 artículos distribuidos en 10 Títulos, un Título conteniendo las Disposiciones Complementarias, y Disposiciones Transitorias, se encuentra adecuado a la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, su Reglamento, así como a la Ley N° 26887, Ley General de Sociedades en lo pertinente.

5.4 Corresponde a .esta Superintendencia emitir opinión favorable del Estatuto Soca de :a EPS.

VI.RÉtMEÑDAOlO14É.:... ;-.

A la Gerencia de Supervisión y Fiscalización:

6.1 Remitir el Proyecto de Estatuto evaluado, el presente informe y el proyecto de oficio respectivo a la Gerencia General de la Sunass.

A la Gerencia General de la Sunass:

De considerarlo pertinente:

6.2 Emitir opinión favorable del Estatuto Social presentado pdr EPS TACNA S.A.

63 Notificar el presente informe y el Estatuto Social evaluado a EPS TACNA S.A.

6.4 Ordenar la publicación del citado estatuto en el portal web institucional de la Sunass: http://www.sunass.03b.De

Abogada Especialista Gerencia de Supervisión y Fiscalización 2 3 ENE. 2018

ES CQPiA FiEL DEI.

Página 7

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> Aprobar el Aumento de Capital Socia) de la EPS TACNA suma de 51. 4314,700, que proviene de utilidades de la del ejercicio económico 2016, según el siguiente detalle

Cuenta Detalle ____ Importe Sí. 59 Utilidad 2016 5'016,336 58 Reserva Legal 2016 (501,536)

Total (Neto de Cta. 59) 4'514,700

.

INFORME No. 007-2018--510-EPS-TACNA S.A. ¡ 05 FER O18 -

A CPCC.FAUSTO UENDO HUABLOCHE 1 (SCRENcr.AnM INI T]/Ç? Gerente de Administración.

R

¡ EFWTA4J Asunto : Registro Contable de Acuerdo de Junta Ernrarial Erq RAS

Ref. : Infórmé Nro.013-2018-330-EPS TACNA S.A. ¡ 06 FÍES 2018

Fecha : Tacna, 05 de Febrero del 2018 ¡ Registra:

..

Es grato dirigirme a Usted, en atención al asunto en referencia, proponerel çggIstro contable que conlleva atender los acuerdos de la Junta Obligatoria Anual de la EP'TACNA SA. 2017 celebrada el 29 de Marzo del 2017 donde se acordó:

Punto 3: Resolver sobre la Participación de las Utilidades correspondiente al y Modificación Parcial del Estatuto Social por Aumento de Capital Soda) 2016.

S.A., ascendiente a idWtflOitsUltaUÓ \

ttIMh S.A.

_ -

...............

) Aprobar el Aumento de Capital por la utilidad del ejercido 2016, que asciende a 5/. 4314,700 mediante la emisión de 451,470 acciones de un valor nominal de 5/. 10,00 cada una; de esta forma e) capital social de la entidad será de SI. T970,128 acciones distribuidas proporcionalmente al porcentaje de acciones de 51. 10.00 cada una,

Los acuerdos arriba mencionados debieron estar inscritos en éscrituraj 4h11 a de EPS TACNA S.A... Considerando loi ovp!entep2rlaOflcij]!deA!9ría Legal, que está pendiente el trámite de los acuerdos de la Junta Obligatoria Anual, corresponde a su despacho, autorizar y aprobar los asientos contables propuestos:

6-1752 por la Reserva Legal en trámite de la Utilidad del ejercicio 2016 por 51. 501,636 6-1753 por la Capitalización en trámite de la Utilidad del ejercicio 2016 por 51. 4514,700,

Nota: Se está utilizando la Cuenta 522 Capitalización y Reserva Legal en trámite y no la Cuenta 50 Capital por no contar con la respectiva Escritura Pública.

La Oficina de Asesoría LeQaLdebepresentar su informe del motivo del atraso del trámite de la escritura pública d! los _uerdos de la JuntaOblgatorja Anual celebrada el 29Ua2OT7

Atentamente,

C.c.

4,.

.16/

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.WS TACNA LA. Página N ° 1 de 1

DE COMPROB. DIARIO

Nro.Comprobante: 0001753 Responsable: 01 PERCY JAUREGUI BRUNA

Origen: 50 CONTABILIDAD Fecha Contable: 31112/2017 L Documento: 98 - 6-1753 (REGULARIZACION) Fecha Documento: 3111212017

Glosa: •CAPITALIZ.ACION EN TRAMITE DE LA UTILIDAD DEL EJERCICIO 2016 APROBADA POR JUNTA OBLIGATORIA ANUAL DE ACCIONISTAS DE EPS TACNA 2017(Informe Nro.013-2018-330-EPS TACNA)

Cuenta tnbredelacuanta Y:, PESE Y Y HABER C.Cósto!Añafltico 1 59110112 Utilidad del Ejercicio 4,514,700.00 52241111 CAPITALIZACION DE 4,514,700.00

Total : 4,514,700.00 4,514,700.00

Revisado

Aprobado

1

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Total : 501,636.00 501,636.00

Revisado

Aprobado o

:WS TACBA S.A. Página N° 1 de 1

COMPROBANTE DE COMPROB. DIARIO

Nro.Comprobante: 0001752 Responsable: 01 PERCY JAUREGU! BRUNA

Origen: 50 CONTABILIDAD Fecha Contable: 3111212017

Documento: 98 - 6-1752 (REGULARIZACION) Fecha Documento: 3111212017

Glosa: RESERVA LEGAL EN TRAMITE POR ACUERDO DE JUNTA OBLIGATORIA ANUAL DE ACCIONISTAS EPS TACNA S.A. DE LA UTILIDAD DEL 2016 (INFORME 013-2018-330-EPS TACNASA)

r : újéJ:: 17 1 52220112 Reserva Legal 501636.00 59110112 Utilidad del Ejercicio 501,636.00

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INFORME No 013-2018-330-EPS TACNA S.A.

A : C.P.C. FAUSTO LIENDO HUABLOCI-IE Gerente de Administración y Finanzas

DE : Abg. CLAUDIA HUERTAS SUÁREZ Secretaria General

ASUNTO : Remito copia de Acta de Junta General de Accionistas 2017

FECHA :01 de febrero de2ül8

Es grato dirigirme a Usted, en atención al asunto en referencia, para

remitirle adjunto copia de la acta de la Junta General de Accionistas 2017; la misma que es remitida en un total de cinco (05) folios; por lo que agradeceré sea derivada a la División de Contabilidad a fin de que realice las acciones contables pertinentes.

Es todo cuanto debo informar a usted para su conocimiento y fines

Atentamente,

EPSTACNASA EwS 5oEÇCios

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¿JSMSAREZ

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Ct-1&' Se adjunta 05 folios cc: flchIvo

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ACTA DE LA JUNTA OBLIGATORIA ANUAL DE ACCIONISTAS DE LA EPS TAU4A LA. 2017

ACTA DE LA JUNTA OBLIGATORIA ANUAL DE ACCIONISTAS DE LA EPS TACNA S.A.

LA JUNTA OBLIGATORIA ANUAL DE ACCIONISTAS DE LA EPS TACNA S.A. celebrada por la ENTIDAD

PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO TACNA S.A. (en adelante la E.P.S. Tacna S.A.), en primera

convocatoria el día veintinueve de marzo de dos mil diecisiete a horas dieciséis con treinta; en el despacho de Alcaldía de la Municipalidad Provincial de Tacna, sito en la calle Inclán N 404 Segundo Piso, en la que asistieron los socios accionistas representados por sus respectivos alcaldes proclamados

-. yen ejercicio del cargo para el Periodo 2015-2018.

Actúa como Presidente de la Junta el Abogado Jorge Luis Infantas Franco en representación del señor

Luis Ramón Torres Robledo, Presidente de la Junta General de Accionistas, en base a la acreditación • - efectuada mediante Resolución de Alcaldía N 0323-17 y como secretario el señor Eduardo Perez

Moldonado, Gerente General de la EPS Tocnp.

F") El señor Presidente da bienvenida a los accionistas de la EPS Tacna y solicita al señor Secretario de la

Junta informe que miembros del accionariado también se han constituido a través de sus representantes; a lo que el Secretario señala que con la Resolución de Alcaldía N° 087-2017-AJMMMDCGAL de fecha 27 de marzo de 2017, se designó al Ing. Emilio Cesar Córdova Flores, Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, a fin de que participe de la Junta Obligatoria Anual en representación del señor alcalde Abogado Mario Ruiz Rubio y mediante Resolución N° 039-2017-MPJB, de fecha 27 de mano de 2017, se delegó la función de asistir a la

convocatoria a la Junta Obligatoria Anual, a la persona del Gerente Municipal Ing. Richard Emilio

Villavicencio Flores.

Además el señor Presidente solicita al señor Secretario de la Junta que diera lectura a la agenda

contemplada en el aviso de la convocatoria, publicada en el diario La República de la ciudad de Tacna el

día diecisiete de marzo de dos mil diecisiete, el mismo que se inserta a la presente acta como Anexo N

1 y forma parte integrante de ésta y publicada en la página web institucional.

i la lectura de dicho aviso, el presidente solicitó al señor secretario de Actas dar lectura al del quórum para verificar si la misma se podía reunir válidamente:

IMPUTO DEL QUÓRUM.- El señor secretario Indicó que el capital social de la empresa al 3010312016

encuentra representado por acciones conforme al siguiente detalle:

CAPITAL SOCIAL AL 3010312016

7-.-

ASISTENCIA Nombre o Razón Social de los Accionistas Representante N2 Acciones ParL %

Luis Ramón Torres Robledo A5ISTIO Municipalidad Provincial de Tacna 1

Jorge Luis Infantas Franco (A) '306,126 37.12

Municipalidad Distrital de Alto de la Alianza Jesús Pascual Chambilla Gutierrez 490,149 13.93 ASISTIO

Municipalidad Distrltal de Pocollay Blas Maman¡ lnquilla 237,861 6.76 ASISTI0

Municipalidad Distrital de ciudad Nueva Edgar Rogelio Concori coaquira 473,611 13.46 ASI5TIO

Municipalidad Distrital Cnel. Gregorio Marlo Ruiz Rubio 954,260 27.12

A515T10

Albarracín Lanchipa. Emilio cesar córdova Flores (R)

Manuel Oviedo Palacios ""o Municipalidad Provincial Jorge Basadre Ri&ard Emilio Villavicencio Flores (A)

29,909 0.85

Total 3'491,916 99.24

Verificado el quórum de 3'491,916 acciones, que supera las dos terceras (2/3) partes del accionariado suscrito y exigido por la Ley y el articulo vigésimo octavo del Estatuto de la Entidad sobre celebración de

junta obligatoria anual en primera convocatoria y ante la ausencia del Señor alcalde de la Municipalidad

Distrital de Pachia. Se deja constancia que en la convocatoria se ha consignado el quórum calificado, el

mismo que también se ha alcanzado en la presente Junta.

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ACTA DE LA JUNTA 08uGATORIA ANUAL DE ACCIONISTAS DE LA EPSTAOJA S.A. 2017

En tal sentido, existiendo el quórum necesario para llevar a Cabo la presente Junta en primera convocatoria, de acuerdo con lo establecido por la Ley General de Sociedades. Asimismo, de Conformidad con lo establecido en el estatuto social, la relación de los accionistas asistentes a la

presente Junta se inserta Como Anexo N ° 2a la presente acta.

o 1

El señor Presidente de la Junta de Accionistas informa que la carpeta materia de Junta Obligatoria Anual

de Accionistas ha sido puesta a disposición de los accionistas en la sede social de la EPS TACNA S.A. desde la fecha de publicación del aviso de convocatoria, así como entregada a los accionistas

previamente a la presente sesión.

INSTALACIÓN DE LA JUNTA.- Como consecuencia de haberse reunido el quórum reglamentario, el Presidente de la Junta de Accionistas declaró válidamente instalada la Junta y solicitó al señor Secretario

que expusiera las medidas adoptadas para procurar el mejor desarrollo de la Junta, quien hizo lo propio.

Seguidamente, el presidente dio inicio a la sesión según el ORDEN DEL DIA:

1. Aprobar la Gestión Social del ejercicio 2016, expresados en la Memoria Anual.

2. Aprobar los Resultados Económicos del Ejercicio 2016, expresados en los Estados

Financieros.

3. Resolver sobre la Participación de las Utilidades correspondientes al ejercicio 2016 y Modificación Parcial del Estatuto Social por Aumento de Capital Social 2016.

4. Aprobación de la Reserva Legal del Ejercicio 2016.

S. Informe Legal - Junta Obligatoria de Accionistas.

6. Otorgamiento de Facultades para inscripción de acuerdos. -

-1. Aprobar la Gestión Social del ejercicio 2016, expresados en la Memoria Anual.

FFM

A continuación el Presidentede la Junta informa 4ue la Memoria Anual del ejercicio 2016

ha sido puesta a disposición de los accionistas én la sede social de la EPS TACNA S.A., desde

la fecha de publicación del aviso de convocatoria; así comota remitida a los accionistas

previamente a la presente sesión.

El Presidente de la Junta dispone que el C.P.C. Victor Carlos Flores Navarro, Jefe de la Oficina de Planeamiento de la EPS TACNA S.A., exponga la gestión Social del ejercicio 2016,

expresados en la Memoria Anual; el mismo que detallo aspectos resaltantes como ser la mención de los integrantes de la Junta de Accionistas, el Directorio, la visión y misión, objetivos, gestión operacional, acciones, ejecución presupuestal, acciones legales, estados financieros y balance general, entre otros. Absueltas las consultas einterrogantes . »

realizadas por parte de los representantes de la Municipalidad Provincial de Tacna, Municipalidad Distrital de Ciudad Nueva y Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracin lanchipa. La Junta de Accionistas tomo conocimiento y luego de la deliberación, acuerda por unanimidad:

ACUERDO:

APROBAR LA GESTIÓN SOCIAL DEL EJERCICIO 2016 EXPRESADA EN LA MEMORIA ANUAL

2016 DE LA EPS TACNA S.A.

Aprobar los Resultados Económicos del Ejercicio 2016, expresados en los Estados

Financieros.

A continuación el Presidente de la Junta Informa que los Estados -Financieros del ejerc

2016 han sido puestos a disposición de los accionistas en la sede social de la EPS TA(

S.A., desde la fecha de publicación del aviso de convocatoria; así como la remitida a

accionistas previamente a la presente sesión.

L4

o 1

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ACTA bE LA JUNTA 0BUGATORIA ANUAL DE ACCIONISTAS DE LA EPS TACNA S.A. 2017

Como acto seguido el Presidente de la Junta de Accionistas dispone que el C.P.C.C. Percy Jauregui Bruna, Jefe de la División de Contabilidad de la EPS TACNA S.A., realice la

exposición de este tema, terminada la exposición del Contador y luego del planteamiento

y absolución de preguntas planteadas por el representante de la Municipalidad Provincial

de Tacna. la Junta de Accionistas tomo Conocimiento y luego de la deliberación, acuerda

por unanimidad:

ACUERDO:

APROBAR LOS RESULTADOS ECONÓMICOS DEL EJERCICIO 2016 EXPRESADOS EN LOS

ESTADOS FINANCIEROS CON CARGO A SER AUDITADOS EXTERNAMENTE.

Resolver sobre la Participación de las Utilidades correspondientes al ejercicio 2016

Modificación Parcial del Estatuto Social por Aumento de Capital Social 2016.

Como acto seguido el Presidente de la Junta, designa al CP.C.C. Percy Jauregui Bruna, Jefe

de la División de Contabilidad de la EPS TACNA S.A., a fin de que realice la exposición de este tema, terminada la exposición del Contador y luego del planteamiento y absolución

de preguntas. La Junta de Accionistas tomo conocimiento y luego de la deliberación,

acuerda por unanimidad:

ACUERDO:

APROBAR el Aumento de Capital Social de la EPS TACNA S.A., ascendiente a la suma

de 51. 4'514,700 (Cuatro Millones Quinientos Catorce mil Setecientos y 001100

Soles), que proviene de utilidades de la entidad, como resultado del ejercicio

económico 2016, según el siguiente detalle:

Cuenta Detalle Importe 51. ]

59 Utilidad 2016 S'016,336

58 Reserva Legal 2016 (501,636)

Total (Neto de Cta. 59) 4'514,700

Sometido el punto a votación se acordó por unanimidad:

ACUERDO:

APROBAR el Aumento de capital por la utilidad del ejercicio 2016, que asciende a

5/. 4'514,700 (Cuatro Millones Quinientos Catorce mil Setecientos y 001100 Soles),

mediante la emisión de 451,470 acciones de un valor nominal de 51. 10.00 cada una;

de esta forma el capital social de la entidad será de 3'970,128 acciones distribuidas proporcionalmente al porcentaje de acciones de 5/. 10.00, cada una de cada

municipalidad que tiene sobre el total.

Da esta forma el capital social de la eps Tacna s.a. quedará constituido y distribuido de la siguiente manera.

Nombre o Razón Social dejos Accionistas Nº Acciones de capital social

Participación

Municipalidad Provincial de Tacna 1,473,711 37.12

Municipalidad Distrital de Alto de Alianza 553,039 13.93

Municipalidad Distrital de Pocoilay 268,381 6.76

Municipalidad Distrital de Ciudad Nueva 534,379 13.46

Municipalidad Distrital de Pachia 30,173 0.76

Municipalidad Distrital Cnel. Gregorio Albarracln lanchipa.

1076,699 ______ ________________________

27.121

Municipalidad Provincial Jorge Basadre 33,746 1 0.85

3,970.128 1 100.00

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ACTA DE LA JUNTA OBLIGATORIA ANUAL DE ACCIONISTAS DE LA EPSTACNA S .A. 1017

S. Informe Legal —Junta Obligatoria de Accionistas

En este punto, el Presidente de la Junta, concede la palabra al Abogado Ramón Yufra

Palomino, Jefe de la Oficina de Asesoría Legal de la EPS TACNA S.A., quien expone

respecto a lo concerniente a la Junta General de Accionistas, su convocatoria y la

agenda a tratar de acuerdo a lo establecido en Ca Ley General de Sociedades - Ley N°

26887 y los Estatutos Empresariales. Además en cuanto a los asuntos de orden Iegalque se prevé la Junta de Accionistas, como ser la publicación del Decreto Legislativo N 1280, que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, el cual contempla y proyecta una serie de modificaciones; por lo que se debe de tener en cuenta que promulgado el Reglamento, la EPS TACNA S.A. deberá de adecuar sus estatutos y transformación societaria en un plazo que no excede de iSO días calendario.

• ••; -.• De igual manera informa que mediante resolución ministerial fue removido del cargo de Director, el Licenciado Rodrigo Santa María Viacava, representante del Ministerio

) de Vivienda, Construcción y Saneamiento; luego de la absolución de preguntas e

interrogantes realizadas por los representantes del accionariado, el Presidente

agradece por los alcances brindados. La Junta de Accionistas tomo conocimiento.

6. Otorgamiento de Facultades para Inscripción de acuerdos.

Concluido el debate en el Orden del día, el Presidente propuso que de acuerdo con el estatuto

social, La Junta designará a un accionista para que conjuntamente con él y el secretario suscriban la presente acta en señal de conformidad. Asimismo propone que se otorgue

facultades para la formalización de los acuerdos aprobados en la presente Junta. En este acto la

Junta de Accionistas designa al señor Edgar Rogelio Concori Coaquira, para que suscriba la presente acta en señal de conformidad.

Asimismo en este mismo acto la Junta de Accionistas acuerda por unanimidad facultar en la forma más amplia y eficaz posible al señor Edgar Rogelio Concori Coaquira, identificado con DNI

N 41063223 (accionista) yEduardo Enrique Petez Maldonado identificado con DNI N 40585612 (Secretario de Actas), de manera tal que indistintamente cualesquiera de ellos puedan comparecer ante notario público a fin de elevar cuantos documentos públicos y privados fuesen precisos, incluyendo los de subsanación y rectificación con cuanto más convenga a su total cumplimiento.

Siendo las dieciocho con treinta horas del mismo día, y no habiendo otro asunto que tratar, firmando al final los Socios en señal de aceptación y conformidad el señor Presidente levantó la sesión, no sin antes extender el agradecimientp a los accionistas por su asistencia.

--ti

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fl9 FEB 11

1

EPS TACF4A S.A. GERENCIA GENERAL

in IMIR

A : PC. FAUSTO LIENDO HUABLOCHE j berente Administrativo -

Asunto Entrega de Estados Financieros del Ejercicio 2917$?r.ehrninar14 ?L

Ref. : 1.-Informe Nro.05-2018-510-EPSTACNAS.A. 4.

-- Fecha Tacna,O9de febrero del zül8 1 - En atención al documento de la referencia debo manifestar que según lo dispuesto por i' Contaduría Pública de la Nación, que ha dispuesto mediante Directiva, la Preparación y Elaboración de los Estados Financieros al 31 de Diciembre del 2017, es que debo de informar a usted, que: a) Los Estados Financieros han sido preparados y se presentan con sujeción a tos

Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados ) a las Normas Internacionales de Contabilidad (Nicas, NIIF's) oficializadas y vigentes en el Perú, las Leyes en general que son pertinentes, el Código de Ética Profesional y demás Normas Contables establecidas por la Contaduría Pública de la Nación como Ente Rector del Sistema Nacional de Contabilidad.

14 Las Notas a los Estados Financieros se están presentando en forma comparativa y debidamente comentadas, revelando la identificación de la Empresa y su actividad económica, las políticas contables y hechos o eventos que incidan directa o indirectamente en la marcha de la empresa, así como las Notas de carácter específico por las partidas presentadas en los Estados Financieros.

c) En la preparación y presentación de los Estados Financieros se reconocieron principalmente las siguientes políticas contables, teniendo en consideración la MC. Nro.Ol: Uniformidad en, la Presentación; es decir que las políticas contables utilizadas en la preparación y presentación de los Estados Financieros deben ser uniformes de un ejercicio a otro, salvo que el cambio de dicha política en la naturaleza de las operaciones de la empresa.

Importancia Relativa y Agrupación; las transacciones y otros eventos se han revelado considerando su importancia en los Estados Financieros.

Compensación; es decir que las partidas del activo y pasivo no deben compensarse entre sí a menos que exista un derecho legal de compensarlo y se intente presentar una base neta o realizar el activo y pasivo simultáneamente y cuando así lo requieran o permitan las Normas Internacionales de Contabilidad.

d) Los Estados Financieros comparativos del ejercicio anterior, para el caso del rubro de Valorización Adicional y Desvalorización de Activos, en e) Anexo de Inmuebles

Maquinaria y Equipo se ha considerado en un solo Rubro: Inmueble Maquinaria y Equipo Neto.

La EPS TACNA S.A., debe presentar la información Financiera en los Formatos FF4, EF-2, EF-3 y EF-4 establecidos para las Empresas no Financieras.

e) Los anexos a los Estados Financieros, en especial los anexos Nro.02, Nro.03 y Nro.05, en la parte del saldo inicial, se han registrado a valores reales.

4/-

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fi Se ha considerado en cuentas de orden la obligación previsional del régimen pensionario del D.L. Nro.20530. cargado a resultados de ejercicios anteriores la actualización del cálculo actuarial, con aprobación de la Gerencia Administrativa Financiera.

g) Se ha mostrado en cuentas de orden, la obligación previsional, Pasivos contingentes y Activos Contingentes. Se comenta que las Obras por Terceros continúan siendo registrados en cuentas de orden con el debido sustento de la Oficina de Asesoría Legál y autorización de la Gerencia Administrativa, y conocimiento del Directorio, considerando que hay un proyecto de Ley sobre el tema.

COMENTARIOS DE LA POSICION DE LA EMPRESA AL CIERRE DE SUS OPERACIONES:

1.-Comentarios del Balance General: a) El Activo de la Institución asciende a SI. 252'011,484, siendo el Activo Neto No

Corriente de la institución de 5/. 220203,114. En Obra en curso por Obras e Infraestructura en el año 2017 se tiene S/.9'535,726(0bras Pendientes de culminación física). Debo precisar que por recomendación de la Sociedad de Auditoria Valdez & Asociados, se ha procedido a reclasificar obras pendientes de liquidación,

la pero que corresponden a obrar culminadas en ejercicios pasados. La reclasificación llega a 5/. 12'907,472 (Ver Nota de PPE).

Durante el Ejercicio 2017 el importe de baja llego a 5/. 5'638,227, y hay ajustes por 5/. Si. -57,216. Se Recomienda que la Gerencia General, encargue a la Oficina de Supervisión a fin de proceder a la elaboración de las liquidaciones técnicas financieras en su integridad en calidad de Urgente, como plazo máximo hasta el 1 Trimestre del 2017.

Sólo a efectos de recomendación de Auditoria, se ha reclasificado la cuenta, creándose en la cuenta 332, una su divisionaria denominada "Obras Pendientes de Liquidación Técnica y Financiera", para efectos de la depreciación acumulada. El efecto de la Depreciación de las Obras pendientes de liquidación suma la cantidad de 5/. 1'928,248.20 nuevos soles.

El porcentaje aplicado para la infraestructura sanitaria es del 3%, porcentaje aprobado por el Directorio de la empresa desde el periodo 2015. El Porcentaje autorizado por la SUNAT es del 5%. Para el ejercicio 2017, no se ha autorizado la modificación del porcentaje de la depreciación por la alta dirección:

b) La institución refleja un saldo del rubro efectivo y equivalente de efectivo de 5/. 26116,345, expresando un incremento de su saldo de caja de 5/. 1'990,413 con respecto al año anterior, correspondiendo a cuentas del Banco de la Nación, producto de transferencias, la cantidad de 5/. 21'674,990 que es el importe más significativo.

c) El rubro de Cuentas por Cobrar Comerciales refleja un importe de 5/. 3912,521. Se ha conciliado los saldos contables con comerciales. El Saldo del rubro de Cuentas por Cobranza Dudosa al cierre de año 2017 llega a 5/. 1'082,609, quedando por tanto un saldo del Rubro de Cuentas por Cobrar Comerciales Neto de 5/. 2'629,912.

d) En el Rubro de Otras Cuentas por Cobrar se presenta un importe de SI. 1'466,558, en este rubro se considera los reclamos a terceros dentro de ellos está el saldo a favor de IGV por 5/. 7,100 y los pagos a cuenta del LRenta por 5/. 1'192,126, también corresponde a Reclamos a ESSALUD, en el rubro otros reclamos a Terceros,per 5/. 56,540 se encuentra también las diferencias encontradas en el Almacén de acdierci ~al

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último inventario 2014 efectuado por la comisión de inventarios de EPS TACNA S.A. Se recomienda que Administración y en coordinación con la Oficina de Asesoría Legal que tome las acciones necesarias para efectuar las acciones de investigación y de

denuncia y acciones judiciales que son de su competencia.

e) El Rubro de Inventarios refleja un importe de SI. 1'575,756, en Materiales auxiliares

51. 2,328, el rubro suministros diversos por Si. 3,896 y el rubro lubricantes por Si. 1,642 y en otros suministros 5/. 1'541,738. Las diferencias de inventario se han

registrado con cargo a otras responsabilidades.

f) El Rubro de Servicios y Otros Contratados por Anticipado refleja un importe de St. 19,799 que corresponde a seguros pagados por adelantado.

g) El Rubro Activos Intangibles refleja un importe de 51. 3'685,408 de los cuales corresponden a licencias por 51.618,649, al rubro aplicaciones informáticas por 5/.

1'451,744 y Otros Estudios y Proyectos 51. 1'615,015. El incremento más significativo

en este rubro ha sido la adquisición de otros activos intangibles por 51. 1'228,140 reclasificación de los Expedientes técnicos varios que estaban en el rubro de construcciones en curso, el monto de reclasificación ha sido de 51. 122,864 de obras

en curso que tenían gasto de expedientes técnicos y se ha retirado por intangibles

que ya cumplieron su vida útil.

h) En cuanto alas Obligaciones Financieras, ¡adeuda corriente no registra importes.

i) En cuanto a ¡adeuda por proveedores asciende a 51. 788,547, ha disminuido con

respecto al año anterior que fue de 51. 1'877,033, la disminución ha sido de 5/. 1'088,485. El rubro más significativo son los compromisos de gasto operativos por

Órdenes de Servicio de Gasto de Operativos.

j) Para el ejercicio 2017, el Rubro Otras cuentas por Pagar Corriente presenta un

importe total por la cantidad de 51.1'675,938 que corresponde al saldo a pagar de IGV por 51. 44,471, al impuesto a la renta de tercera categoría de 51. 821,821, por impuesto a la renta de tercera y cuarta categoría por 5/. 25,703 y por aportes a la

S(JNASS por 51. 27,956. En reclamaciones de terceros 51. 70,512, en préstamos de

fonavistas 51. 362,537, en depósitos en garantía de proveedores por 51. 319,373 y en

otras cuentas por pagar 5/. 3,565.

k) El rubro de Provisiones comprende la provisión para litigios de orden laboral de 51 3'256,160, de orden administrativo 5/. 753 y de orden tributario 51. 2'776,807.

1) El rubro de Beneficios a los Empleados comprende las contribuciones sociales por la

cantidad de 5/. 179,867 donde se incluye las aportaciones a Essalud, aportes a ONP, contribuciones a SENATI Y CONAFOVICER, aportes a las AFP y seguro particular. Y en Remuneraciones 511110,634 que incluyen los conceptos de sueldos, gratificaciones, vacaciones, participaciones, compensaciones por tiempo de servicios, bonificaciones e indeminización por despido arbitrario por pagar.

ni) El rubro de Otras Cuentas por Pagar a largo plazo presente un importe de 51.155'262,521 para el 2016 que ha sido reclasificado a la Nota 20 Otros Pasivos, por recomendación de la Contaduría Pública de la Nación. Corresponde a las transferencias efectuadas desde el 2007 por el Ministerio de Vivienda —Progr.aifs Agua para todos \i de las Municipalidad Provincial de Tacna Distritales y Got4erno

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Regional de Tacna para la ejecución de Obras de Saneamiento. Así coma el ajuste de la depreciación al 3% de la Infraestructura Sanitaria. Asimismo par política cantable a partir del año 2012, las obras por terceros ejecutados por entidades del sector público, han sido incorporadas al Patrimonio de la entidad aplicando el tratamiento de la NIC 20. Las transferencias otorgadas en el periodo 2017 por el Ministerio de Vivienda y Construcción, de la KFW y otros ha sido de S/10193,967 y la reversión por la depreciación de la obras financiadas por aplicación de la NIC 20 ha sido de SI. 7'327,383.

n) El rubro de Provisiones Parte No corriente presenta el importe de 5/. 1'234,203 correspondiente a la provisión para litigios tributario. En vista que la SUNAT ya inicio la cobranza coactiva del primer expediente tributario en el 2017.

o) El rubro de Beneficios a los Empleados parte no corriente presenta el importe de SI. 113,427 de acuerdo a lo informado por la ONP quien efectuó el cálculo actuarial del único pensionista de la entidad que se encuentra en la 20530.

p) El rubro de Otros Pasivos comprende la reclasificación de 'la Nota Nro. 17 por 5/. 168'999,.886 que corresponde a las Transferencias recibidas aplicando la NIC 20.

q) El Capital Social de la empresa es de 5/. 35186,580 por los que se han emitido y pagado 3'518,658 acciones cada una de 5/. 10.00, de acuerdo al art, sexto de los estatutos de EPS TACNA S.A. El 26.09.2015 se publicó en el Decreto Legislativo Nro. 1240 que modifica la Ley N2 26338 Ley general de Servicios de Saneamiento y la Ley Nro. 30045 Ley de Modernización de los servicios de saneamiento, donde su artículo 19 menciona una modificación en la composición de las acciones de las EPS's: Artículo 19.- Titularidad de las Acciones Cuando el ámbito de la entidad prestadora municipal, constituida como Sociedad Anónima, comprenda una o más provincias, la titularidad de las acciones que representan su capital social corresponde a las Municipalidades Provinciales en una parte proporcional al número de habitantes de su respectiva jurisdicción. Las acciones de Propiedad municipal son intransferibles, inembargables y no son sujeto de gravámenes, medida cautelar, medida judicial o de ser objeto de contratación alguno o pasible de derecho real o personal. Sólo se puede efectuar la transferencia de acciones entre los propios accionistas o para la constitución de fideicomiso u otros actos jurídicos, por razones expresamente señaladas en el reglamento de la presente ley o en las normas sectoriales, siendo necesario contar previamente con la opinión favorable del Organismo Técnico de la Administración de Servicios de Saneamiento OTASS ydel Ente Rector. El Reglamento de la Ley establece los procedimientos y la modalidad de aplicación del presente artículo.

La implementación de lo señalado en los párrafos precedentes, es efectuada por el OTASS, de forma gradual y conforme se determine en el reglamento de la presente ley y normas sectoriales"

En ese sentido, la estructura del Capital Social de la EPS TACNA S.A., ha cambiado sustancialmente, en vista que las acciones suscritas y pagadas están a nombre de dos Municipalidades Provinciales: De Tacna y Jorge Basadre, excluyendo a las Municipalidades Distritales en adecuación al Decreto Legislativo Nro.1240.

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El rubro de Capital adicional comprende 5/. 20763,077 e incluye los conceptos adicionales para el 2017 de Reserva Legal en trámite por 51. 501,636 y Capitalización de Utilidades en trámite por SI. 4'514,700 por el Acuerdo de Junta Ordinaria Empresarial de Marzo del 2017 cuyo trámite en registros públicos se encuentra pendiente.

r) La Utilidad Neta del Ejercicio es de 5/. 5'471,368. Luego de determinar el Impuesto a la Renta y la Participación de utilidades. Esta utilidad puede variar con el informe del especialista tributario que debe revisar la Declaración Jurada del Impuesto a la renta del 2017.

2.-Comentarios del Estado de Ganancias y Pérdidas: a) Los Ingresos por ventas de servicios ha sido de 5/. 30872,167, correspondiendo a

gasto operativo: Costo de venta por 5/. 23'262,024, por Gasto de ventas por 5/. 4'510,527 y Gasto Administrativo por 5/. 7'906,154. Los ingresos han superado en SI. 2'287,600 al del año anterior que fueron de 51. 27552,415. No obstante que los ingresos programados no se cumplieron, lo que motiva a que la empresa continúe aplicando una medida de austeridad en el ejercicio 2018.

• b) El rubro de Otros Ingresos Operativos ha sido por 51. 11 ,000,118 que incluyen el recupero de cuentas de valuación por 5/. 180,592, de Subsidios Gubernamentales por S/. 7'327,383, de Reclamos al seguro por SI. 175,184 por Donaciones (Obras por Terceros recibidas en el periodo 2017) por 5/. 3'235,797 y por otros ingresos de gestión por 5/. 81,162.

c) Para la determinación de la Participaciones por Pagar y del Impuesto a la Renta., de la utilidad contable de 5/. 6'605,169 se ha adicionado y deducido los conceptos no aceptados tributariamente de 5/. -3'503,117, determinándose un importe de participación de utilidades de 5/. 310,205 y de un impuesto a la renta de 5/. 823,595. El importe del Impuesto a la renta debe ser compensado con los pagos a cuenta del año 2017.

c) Para el cálculo de la participación de utilidades, el porcentaje utilizado es del 10% como en años anteriores. Con autorización de la Gerencia Administrativa previa informe de la Oficina de Asesoría Legal.

3.-Comentarios Adicionales:

a) El rubro de terrenos se presenta con una comparación entre el valor arancelario por cada Terreno, y el valor Tasado. Por el Principio Contable de la Prudencia, el saldo en libros es el Menor Valor de ambos. Cabe resaltar que se recomienda que la Gerencia faculte al Administrador efectúe una nueva tasación de terrenos, para actualizar los montos a valor de mercado.

b) Se mantiene dentro de las Cuentas de Orden, en el rubro de Contingencias, expedientes por los Procesos Laborales, civil y Tributarias por S/. 1766,830. Así como por Bienes Propios no Depreciables por 51. 1'766,830.

d) Los estados financieros presentados al 31 de diciembre del 2017, aún no se presentan con aplicación de las NIIF por primera vez, así cc segunda Disposición Transitoria y Final de la Ley Nro.29720.

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Pedido EsDecial: Considerando que la política laboral de la entidad ha sido debilitada en lo que respecta al área contable, la reposición judicial de trabajadores no está permitiendo obtener confiabilidad en el aspecto tributario (El analista de contabilidad está siendo ocupado por un Ing. De Sistemas) y la falta de política de capacitación del personal en materia tributaria, a fin de dar certeza y correcta declaración del impuesto a la renta del ejercicio 2017, se recomienda a la Administración, que se contrate al especialista tributario para la revisión del cálculo del impuesto a la renta que vence s fines de marzo del 2018, de existir una variación se efectuarían los ajustes correspondientes, en especial del tratamiento tributario y contable del efecto de la depreciación del 3% de edificios y construcciones y la tasa establecida por la SUNAT que es del 5% así como de otros conceptos reparables y deducibles. Una vez contado con el informe del especialista tributario, de ser el caso se tendría que efectuar las modificaciones en la base imponible y su efecto en la participación de las utilidades y del impuesto a la renta a pagar.

Por todo lo expuesto, en calidad de preliminar, entrego 5 ejemplar en Excel de los estados financieros el mismo que debe ser derivado a la Gerencia General yal Directorio, para que se exponga en forma detallada la composición de los estados financieros de la entidad, y estos sean aprobados, y se convoca a Junta Ordinaria Empresarial, no antes de

la ordenar la preparación de la CARPETA, que debe ser presentada a la Contaduría Pública de la Nación, se ingresará en el Sistema de internet del MEF-Contaduría Pública de la Nación en cumplimiento con la Directiva vigente emitida por el ente rector.

c.c. Archivo

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C.c. GAF Arch.

CPC VICTOR FLORES NA Jefe de la Oficina de PIar

E. P. S. TACNA S.Afl Gerencia General

Proveido Fecha: , .....%,fçB JiD Dirigido a: 1

4 EPS TACNÁ.A. GERENCIA GNEiRAL

h U 4'LS itfl

INFORME N° 022 - 2018 - 400 - EPS TACNA $&

A:

ASUNTO:

REFERENCIA:

FECHA

ABG EDUARDO PEREZ MALDONADO GERENTE GENERAL

GESTION SOCIAL EXPRESADA EN LA MEMORIA ANUAL 2017

INFORME CIRCULAR N° 010-2018-400-EPS TACNA S.A.

TACNA, 09 DE FEBRERO 2018

Con el documento de la referencia, la OPLA solicito información para la memoria 2017 de la EPS TACNA S.A.

Con la información recibida y en coordinación con la Oficina de Comunicación Social, se ha elaborado el proyecto de MEMORIA 2017, el mismo que se resumen7eretcntenido---, siguiente: c.:'4, (. UrM S&Lí

.'"

1 Carta del Presidente Directorio 2 Junta de Accionistas 3 Directorio 4 Información General 5 Nuestra Gestión: Gerencia¡, Operativa, Comercial, Administrativá, Ingeniesia .. ru,,a :&1.._ ) 6 Actividades institucionales 7 Estados financieros.

La Memoria Anual 2017, se elabora de acuerdo a lo establecido en, el articulo 221 de la Ley 26667 "ley General de Sociedades"

Considerando, que la Junta General se reúne obligatoriamente cuando menos una vez al año dentro de los tres prirtieros meses de terminado el ejercicio, y que el artículo 114 de la Ley 26887 establece, qué la Junta Obligatoria Anual, tiene por objeto entre otros:

1. Pronunciarse sobre la gestión social y los resultados económicos del ejercicio anterior expresados en la memoria anual y los estados financieros del ejercicio anterior.

Es cuantgÁmbo, para la aprobación del Directorio y Junta general de Accionistas.

CPSTACMAS8.

e

Firma

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INFORME CIRCULAR N° Ó10 2018— 400 - EPS-TACNA rrn- - -tPS TAÇNA. Zj.A.

A: /cp& DANTE CASTRO AYCA GIENCIA G,NEíb

.arentevornerciaI ING. JOSE SALINAS MEDINA 05 EP OC Gerente Operaciones-

y CPC FAUSTO LIENDO HUABLOCHE A

Gerente de Administración y Finanzas

¡NG. BERNARDO LLANOS NINA iaerenteingenierla ING. FLOR LAZO CUADROS 4efedela Oficina de Supervisión y Col 1rol EPS T ING. SANDRO MARTINEZ SARDON GERENCIA COMERCIAL Jefe de la Oficina de Tecnología de la ¶formaclosEcRrT !A -/ SR. ELVIS DEZA FARFAN - Comunicador Social 01 FEB

ASUNTO: INFORMACION PARA MEMORIA 2017. Reg.

Hora Firma FECHA : Tacna, 16 de Enero del 2017

Por el presente, ya fin de formular la memoria anual 2017 de la Entidad, se le requieré lo siguiente:

Comunicación social: Carta del presidente Director Junta Accionistas Directorio Pasacalle Día del trabajo Homenaje a Tacna - Aniversario institucional Navidad

Oficina Planeamiento: Información General Gestión Gerencia! (OTl)

Gerencia Operaciones: Agua Potable (Captación, Producción, control de calidad, almacenamiento, distribución) Alcantarillado (Recolección, Tratamiento, Disposición final)

Gerencia Comercial: Clientes (conexiones, micromedición, Facturacion, recaudación, reclamos, atención al cliente) Programa educación sanitaria.

Gerencia Administrac.: Situación financiera (EEFF y ratios financieros), nuestros colaboradores, PAC.

Gerencia Ingeniería: Formulación de estudios, Ejecución obras (directa y contrata)

Precisando, que la información debe estar orientada a los logros alcanzados en el periodo 2017, y ser remitidos en físico y digital a los correos siguientes

201

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El área de Comunicación Social consolidara la información de las Unidades Orgánicas.

El plazo para remitir la información es hasta el viernes 09 de febrero 2018. DE FORMA URGENTE.

C.c. Geréncia General Comunicación Social Arch