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Maritza Velásquez y Magalí Quintana

Guatemala, septiembre 2016

GUÍA PARA LA PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES EN LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN SINDICAL

Ejecutado por ASIES con el apoyo de la Unión Europea

Esta guía fue realizada por el proyecto Diálogo social para el trabajo decente, ejecutado por la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (ASIES) con el apoyo financiero de la Unión Europea, representada por la Delegación de la Unión Europea en Guatemala.

EditorAsociación de Investigación y Estudios Sociales © 201410a. Calle 7-48, Zona 9, Apdo. Postal 1005-A. PBX: 2201-6300; FAX: 2360-2259www.asies.org.gt, [email protected] de Guatemala, Guatemala, C.A.

Coordinación generalLuis Felipe Linares López - [email protected]

ConsultoresCarmen Ortíz - [email protected] Prado - [email protected] Vega - [email protected]

Asistente técnico administrativoEvelyn Gómez - [email protected]

Elaboración de guíaMaritza Velásquez Magalí Quintana

Revisión generalCarmen Ortíz

DiagramaciónCesia Calderón

FotografíasDe las páginas: V, VI, 10 y 11 cortesía de ATRAHDOMDe las páginas: 3, 4, 6-8, 14-16, 18, 21 y 22 cortesía de SITRADOMSA

ImprentaCentro de Impresiones Gráficas –CIMGRA-

El contenido de esta publicación es responsabilidad exclusiva de ASIES. En ningún caso debe considerarse que refleja los puntos de vista de la Unión Europea. Se permite la reproducción total o parcial de este documento, siempre que se cite la fuente.

Con el propósito de evitar la sobrecarga gráfica y la utilización redundante de o/a para diferenciar los sexos masculino y femenino, se optó por usar el masculino genérico, en el entendido de que representa a hombres y mujeres.

Presentación ....................................................................................................................V

GUÍA PARA LA PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES EN LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN SINDICAL

I. ¿Qué es el sindicalismo? ..................................................................................1

II. ¿Qué es un sindicato? ......................................................................................2

III. ¿Por qué es necesario que las trabajadoras puedan organizarse en sindicatos? .....................................................................................................3

IV. Hay un solo tipo de sindicato o hay varias clases de sindicatos? ............3

V. ¿Por qué es importante que los sindicatos se integren en federaciones y/o confederaciones? ...............................................................4VI. ¿Por qué es importante que las federaciones y confederaciones busquen la unidad de acción y, de ser posible, la unidad orgánica? ......5

VII. ¿Cuáles son las funciones de un sindicato? .................................................6

VIII. ¿Cómo se organiza y estructura un sindicato, federación o confederación? ...............................................................................................7

IX. ¿Cómo se integra la Asamblea General? ......................................................8

X. ¿Cuáles son las atribuciones de la Asamblea General? .............................9

XI. ¿Cuáles son las funciones del Comité Ejecutivo? .......................................9

XII. ¿Qué cargos son los que generalmente integran el Comité Ejecutivo de un sindicato o una federación? .................................................................11

XIII. ¿Cuáles son las funciones de un Consejo Consultivo? .............................12

XIV. ¿Por qué es importante y necesario promover la participación de las mujeres en las organizaciones sindicales? ...................................................13

XV. ¿Cuáles son los factores que obstaculizan una mayor participación de las mujeres en las organizaciones sindicales? .......................................15

XVI. ¿Cuáles son las ventajas de una mayor participación de las mujeres en los órganos de dirección sindical? ...........................................................16

XVII. ¿Cuáles son los factores que pueden contribuir a una mayor participación de las mujeres en los órganos de dirección sindical? .......17

XVIII. ¿Qué es el enfoque de género? .....................................................................20

Listado de organizaciones sindicales consultadas ..................................................22

ÍNDICE

PROYECTO DIÁLOGO SOCIAL PARA EL TRABAJO DECENTE

V

La Asociación de Investigación y Estudios Sociales (ASIES) ejecuta el proyecto “Diálogo social para el trabajo decente” con el apoyo financiero de la Unión Europea, que tiene como propósito fortalecer la capacidad de propuesta de las organizaciones de trabajadores, empleadores y entidades públicas que participan en los procesos de diálogo social laboral. La presente Guía para la Participación de las Mujeres en los Órganos de Dirección Sindical forma parte de este esfuerzo.

Existe un número creciente de mujeres que cada día se incorpora al mundo laboral y, en consecuencia, uno de los mayores retos es velar por la adecuada protección de sus derechos toda vez que un significativo porcentaje de ellas debe combinar responsabilidades familiares con las exigencias que el trabajo impone. La afiliación al movimiento sindical es una de las respuestas, sin embargo, aún no se logra su significativa incorporación, ya sea por motivos sociales, culturales o personales, o porque no logran un trato igualitario.

La presente Guía pretende dar respuesta a una serie de preguntas frecuentes sobre el movimiento sindical, su importancia, organización y estructura, pero sobre todo, llama la atención sobre los obstáculos que limitan la incorporación de las mujeres a los órganos de dirección como vía para ampliar sus posibilidades de incidencia. Provee además algunas soluciones, así como argumentos que dan cuenta de los beneficios de su participación activa. Para identificar los principales obstáculos y propuestas de solución se consultó a dirigentes sindicales, hombres y mujeres, quienes compartieron sus opiniones y experiencias.

Se espera que la Guía brinde conocimientos prácticos a hombres y mujeres trabajadoras que desean avanzar hacia organizaciones más democráticas y con mayor capacidad de adaptación a los crecientes desafíos que plantea la globalización.

PRESENTACIÓN

GUÍA PARA LA PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES EN LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN SINDICAL

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PROYECTO DIÁLOGO SOCIAL PARA EL TRABAJO DECENTE

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I.¿QUÉ ES EL SINDICALISMO?

“Se conoce como sindicalismo el sistema que se ocupa excluyentemente de representar y velar por los intereses de los trabajadores frente a los empleadores”.1 El término excluyentemente o exclusivamente, es importante, pues hace referencia a que los sindicatos sean integrados exclusivamente por trabajadores para promover sus intereses de forma independiente, sin injerencia o intervención de los empleadores.

El origen del sindicalismo fue la Revolución Industrial en el S. XVIII cuando el trabajo manual fue sustituido por la máquina, el taller por la fábrica, la economía artesanal por la gran industria y la producción de mercado local por producción de mercado mundial.

Estos factores provocaron desempleo, horarios extendidos e inhumanos de trabajo, condiciones precarias, falta de higiene y seguridad, hacinamiento, explotación de niños y mujeres. En este contexto, el sindicalismo surge con el objetivo de establecer un equilibrio de poder en las relaciones laborales verticalistas y autoritarias, para velar por el logro de las reivindicaciones sociales y económicas de los trabajadores: sus condiciones de trabajo, horarios, salarios, entre otros aspectos, siendo la huelga, el principal instrumento para el logro de sus objetivos.

El movimiento sindical fue reconocido internacionalmente en 1919 con la creación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), organismo especializado de Naciones Unidas que fomenta la justicia social y los derechos laborales: la libertad sindical, el derecho a sindicación, el derecho a la negociación colectiva, la abolición del trabajo forzoso, la igualdad en materia de empleo y ocupación, y la abolición efectiva del trabajo infantil.

1 http://www.definicionabc.com/social/sindicalismo.php

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DE DIRECCIÓN SINDICAL

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Desde entonces, los trabajadores han ganado espacio político y actualmente cuentan con otros mecanismos más allá de la huelga para defender sus derechos y abogar por un trato justo, tales como la negociación colectiva entre trabajadores y empleadores, que coloca al centro, el derecho de participación en procesos de diálogo y consulta para promover sus intereses.

II. ¿QUÉ ES UN SINDICATO?

La palabra sindicalismo proviene del francés syndicat y se empleó originalmente para referirse al asociacionismo en general2. Después, con la revolución industrial iniciada en la segunda mitad del siglo XVIII, designó más específicamente a la organización de los trabajadores, por ramas de actividad, para la defensa de sus derechos ante los empresarios capitalistas.

El Diccionario de la Real Academia Española define sindicato como una asociación de trabajadores creada con el fin de defender los intereses económicos y laborales de sus miembros.

Según el artículo 206 del Código de Trabajo un sindicato “Es toda asociación permanente de trabajadores o de patronos o de personas de profesión u oficio independiente (trabajadores independientes), constituida exclusivamente para el estudio, mejoramiento y protección de sus respectivos intereses económicos y sociales comunes”.

El derecho de sindicación y de constitución de sindicatos y organizaciones de empleadores y trabajadores, está consagrado en la Constitución de la OIT; la Declaración de Filadelfia (1944); en la Declaración de la OIT sobre los principios y derechos fundamentales en el trabajo (1998); en el Convenio sobre libertad sindical y protección del derecho de sindicación (1948); y, el Convenio sobre el derecho a sindicación y negociación colectiva (1949). En el artículo 2 de este último se indica que: “Los trabajadores y los empleadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas”. En el Código de Trabajo, están recogidos en el Título Sexto.

Los trabajadores tienen el derecho a ser parte o no del sindicato. Como se trata de una acción colectiva para organizarse, el primer paso es constatar si existe un grupo de trabajadores dispuestos a organizarse y posteriormente, cumplir con el número de trabajadores establecido en la ley.

2 Este asociacionismo gira en torno las profesiones entendidas estas como comunidades económicas, sociales y políticas que pueden ser tanto de trabajadores como de empleadores.

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III. ¿POR QUÉ ES NECESARIO QUE LAS TRABAJADORAS

PUEDAN ORGANIZARSE EN SINDICATOS?

La idea de que la unión hace la fuerza, subyace en la organización sindical y refiere a que es poco probable que un solo trabajador tenga el poder suficiente como para defender los derechos que le garantizan la Constitución Política de la República y las leyes laborales. Los sindicatos, al estar reconocidos legalmente, facilitan la negociación y suscripción de pactos colectivos de condiciones de trabajo que contienen compromisos en aspectos salariales, jornadas de trabajo, higiene y salud, entre otros, que tanto empleadores como trabajadores se comprometen a cumplir.

La OIT define la negociación colectiva como: “Todo acuerdo escrito relativo a las condiciones de trabajo y de empleo, celebrado entre un empleador, un grupo de empleadores o una o varias organizaciones de empleadores, por una parte, y por otros, una o varias organizaciones representativas de trabajadores o, en ausencia de tales organizaciones, representantes de los trabajadores interesados, debidamente elegidos y autorizados por estos últimos, de acuerdo con la legislación nacional”3.

IV. ¿HAY UN SOLO TIPO DE SINDICATO O HAY VARIAS CLASES DE SINDICATOS?

Los sindicatos pueden clasificarse de acuerdo a varios criterios.

De Primer Grado• De empresa: formados por trabajadores de varias profesiones, oficios o especialidades

que prestan sus servicios en la misma empresa.• De industria o por rama de actividad económica: formados por trabajadores que prestan

sus servicios en varias empresas de la misma industria o rama de actividad económica.• Gremiales: formados por trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad.• De oficios varios: formados por trabajadores de diversas profesiones, sin embargo solo

puede formarse en lugares donde no haya trabajadores de una misma actividad, profesión u oficio en número mínimo requerido para formar uno gremial.

3 http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_ILO_CODE:R091

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En Guatemala el Código de Trabajo (Art. 215) clasifica a los sindicatos, por su naturaleza en: urbanos, campesinos, gremiales, de empresa y de industria.

El Consejo Sindical Unitario de América Central y el Caribe (CSU) y la Confederación Sindical de Trabajadores y Trabajadoras de las Américas (CSA) consideran, que el sindicato por rama de actividad es más efectivo. Este tipo predomina en los países donde los sindicatos tienen mayor número de integrantes y más influencia, tal es el caso de los Estados Unidos de América o Alemania.

De Segundo Grado o Federaciones

Es la unión de sindicatos de trabajadores de primer grado. Todos los sindicatos tienen derecho a unirse o coaligarse en federaciones locales, regionales, nacionales, sin limitación alguna.

De Tercer Grado o Confederaciones

Formados por la unión de federaciones, sin embargo las confederaciones pueden afiliar sindicatos si sus estatutos lo permiten.

La diferencia entre una federación y una confederación radica en que en esta última, los miembros cuentan con altas cuotas de autonomía, mientras que en las federaciones, estos renuncian a una parte de sus competencias, haciendo el poder central más fuerte.

El art. 5 del Convenio 87 sobre Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación señala que: “Las organizaciones de trabajadores y empleadores tienen el derecho de constituir federaciones y confederaciones así como de afiliarse a las mismas, y toda organización, federación o confederación tiene el derecho de afiliarse a organizaciones internacionales de trabajadores y de empleadores”.

V. ¿POR QUÉ ES IMPORTANTE QUE LOS SINDICATOS SE

INTEGREN EN FEDERACIONES Y/O CONFEDERACIONES?

Porque la función de las federaciones y confederaciones es cohesionar y asesorar al movimiento sindical; brindar apoyo mutuo así como formación y capacitación. Mediante el intercambio de ideas, experiencias y metas se amplían los conocimientos y destrezas, se conocen nuevos escenarios y

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tendencias, se mejoran estrategias, se obtiene un conjunto de conocimientos que permiten mejorar las herramientas de trabajo, métodos de actuación, así como se asegura una mejor comprensión de los problemas económicos y socio políticos que afectan la realidad internacional y dan marco al quehacer del movimiento sindical.

Además, la integración permite la construcción de alianzas en temas de interés mundial, rebasándose así las particularidades del micro cosmos local o sectorial. Las federaciones y confederaciones tienen un rol importante en la intermediación y solución de conflictos que afecten a las organizaciones afiliadas.

VI. ¿POR QUÉ ES IMPORTANTE QUE LAS FEDERACIONES Y

CONFEDERACIONES BUSQUEN LA UNIDAD DE ACCIÓN Y, DE SER POSIBLE, LA UNIDAD ORGÁNICA?

• Porque en una economía globalizada, los problemas de los trabajadores trascienden fronteras. Los nuevos liderazgos sindicales deben ampliar su perspectiva de trabajo e intentar encontrar soluciones eficaces a problemas compartidos. La movilidad laboral se intensifica, mientras los sindicatos disminuyen, debilitándose así el poder negociador de los trabajadores.

• Desde esa perspectiva es importante desarrollar un proyecto común y consensuado de mediano y largo plazo que valore especialmente a las nuevas generaciones que se incorporan al mercado laboral en condiciones distintas y, en muchas ocasiones, adversas.

• Porque es importante mantener la coherencia ideológica, programática y de valores de los líderes sindicales en un momento en el cual la precarización, la desregulación y flexibilización del empleo avanzan a nivel mundial, y en cual es preciso recobrar la confianza y credibilidad en el movimiento sindical.

• Porque el movimiento sindical debe fortalecer sus capacidades para hacer frente a procesos de reflexión complejos que permitan identificar las mejores prácticas para afrontar la competencia en un contexto de constante innovación tecnológica e intensivos procesos de fusión de empresas y deslocalización de la producción.

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VII. ¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DE UN SINDICATO?

Los sindicatos tienen por función el estudio, mejoramiento, representación y defensa de los derechos de los trabajadores. El Código de Trabajo en el artículo 214 hace mención a algunas de sus funciones, pero adicionalmente, cada organización sindical cuenta con un régimen interno, con estatutos que expresan objetivos, principios y normas producto de la voluntad de sus miembros.

Las funciones se orientan a proteger el empleo, garantizar una remuneración justa, la salud del trabajador y su familia, su seguridad, el acceso a la educación y capacitación, el trato digno, entre otros aspectos. Para ello debe estudiar las características de la respectiva profesión u oficio que le permitan procurar su mejoramiento y defensa.

Los sindicatos promueven el acercamiento entre trabajadores y empleadores sobre la base de la justicia, el respeto mutuo, la subordinación a la ley y la colaboración en la obtención de beneficios recíprocos.

El concepto Trabajo Decente impulsado por la OIT resalta la importancia de que las personas posean un trabajo productivo que les genere ingreso para vivir dignamente. Ello pasa por contar con protección social, así como perspectivas de progreso y desarrollo en un ambiente que propicie el diálogo, la organización y la igualdad de oportunidades. La negociación colectiva es el principal instrumento para alcanzar acuerdos. Para que ésta sea eficaz, debe ser voluntaria y no propiciarse por medio de la aplicación de medidas de coerción.

En términos de representatividad, los sindicatos que participan en la negociación colectiva, lo hacen solamente a nombre de sus afiliados o al conjunto de trabajadores de la unidad o sector de que se trate.

Además de representar a los trabajadores en el ámbito estrictamente laboral, los sindicatos también están llamados a intervenir en el ámbito político y social en sentido amplio. Para ello es necesario que éste se constituya por la libre determinación de sus miembros, que cuente con elecciones libres de sus dirigentes, así como respete los acuerdos de la mayoría. También es preciso que sean autónomos, es decir, que se mantengan independientes de toda injerencia patronal, gubernamental, partidista o religiosa. Un aspecto fundamental para preservar su autonomía es el autofinanciamiento, dado que de otra manera se crean compromisos con las fuentes aportadoras de recursos.

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VIII. ¿CÓMO SE ORGANIZA Y ESTRUCTURA UN SINDICATO,

FEDERACIÓN O CONFEDERACIÓN?

Apuntes sobre la organización

La organización sindical es un instrumento de poder colectivo que articula a trabajadores (as) con necesidades, objetivos y fines comunes, alrededor de un proyecto vinculado a cuestiones laborales, sectoriales o propias de su actividad productiva y visión de país. Esta organización no requiere necesariamente que todos sus afiliados (as) compartan una ideología política común o simpaticen con determinado partido, al contrario, ésta se edifica sobre la pluralidad.

Para su óptimo funcionamiento debe procurar la mayor democracia, representatividad y legitimidad de sus acciones, impulsando acciones para incluir lo rural y lo urbano, hombres y mujeres, etnias, trabajadores de distintos niveles educativos y edades, entre otros aspectos.

Además, tal como se mencionó anteriormente, la organización necesita ser autónoma política y financieramente, para ser creíble y ganarse la confianza del sistema político. Su solidez técnica y prestigio político deben encaminarse a la construcción de propuestas programáticas que puedan nutrir sistemas, gobiernos y partidos políticos. En este proceso, la formación de cuadros técnicos y dirigentes, así como de las redes de afiliados, ocupa un lugar central en la preparación de renovados liderazgos.

Apuntes sobre la estructura

La estructura es la forma como la organización se articula orgánicamente para ser coherente con sus principios y alcanzar los objetivos trazados. La estructura tiene la función de organizar y viabilizar el proyecto diseñado y las decisiones adoptadas. Debe ser expresión y guardar correlación directa con los valores, visión y estrategias de la organización. La estructura, al igual que la organización está definida en los estatutos y reglamentos internos que los condensan. Éstos generalmente incluyen un organigrama que da cuenta de las jerarquías de poder. Las organizaciones piramidales de bases anchas y cúspides angostas, son comunes en distintos tipos de organización. No obstante, dentro de las transformaciones que impulsa el mundo moderno, cobra relevancia la promoción de la horizontalidad, inclusión y flexibilidad de las relaciones como vía para ampliar la participación de los miembros y establecer mejores mecanismos de control en pro de la transparencia y rendición de cuentas.

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El Convenio 87 Sobre Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación establece en el art. 3 que “Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el de elegir libremente a sus representantes, el de organizar su administración y actividades, y el de formular su programa de acción”.

En virtud de lo anterior, la estructura de los órganos directivos de los sindicatos, federaciones y confederaciones está determinada en los estatutos respectivos.

En el caso de los sindicatos, el Código de Trabajo, establece los siguientes órganos, sin que ello excluya la posibilidad de que las organizaciones definan otros, en función de lo antes dicho:

1. La Asamblea General2. El Comité Ejecutivo 3. El Consejo Consultivo

En el caso de las federaciones, el art. 233 indica que se necesita por lo menos cuatro o más sindicatos de trabajadores o de patronos para formar una federación y, cuatro o más federaciones para formar una confederación.

IX. ¿CÓMO SE INTEGRA LA ASAMBLEA GENERAL?

Ésta es la máxima autoridad del sindicato, y está formada por la totalidad de afiliados, es el órgano principal donde se deliberan las cuestiones importantes del sindicato, cambios a los estatutos, decisiones políticas y presupuestarias, planes y políticas, entre otros. Los estatutos de cada organización determinan los aspectos organizativos tales como: el sistema de votaciones, quórum mínimo para la validez de las resoluciones, convocatoria, lugar de las reuniones, periodos y temporalidad de las mismas, representación en caso de ausencia, entre otros aspectos.

El Código de Trabajo, en el artículo 221, detalla los elementos que deben contener los estatutos del sindicato.

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X. ¿CUÁLES SON LAS ATRIBUCIONES

DE LA ASAMBLEA GENERAL?En términos generales y de acuerdo al artículo 222 del Código de Trabajo, ésta tiene la potestad de:

• Reformar los estatutos• Aprobar o desaprobar el presupuesto• Aprobar o no la rendición de cuentas del Comité Ejecutivo• Elegir a los representantes en el Comité Ejecutivo y Consejo Consultivo, o bien los remueve

total o parcialmente• Aprobar o no la fusión con otro u otros sindicatos• Aprobar o no el pliego de peticiones a presentar al empleador, así como los contratos y pactos

colectivos de condiciones de trabajo• Decidir si ir o no a huelga• Acordar la expulsión de afiliados• Autorizar toda clase de inversiones mayores de cien quetzales

Las resoluciones sobre cualquiera de estos asuntos deben acordarse con el voto favorable de la mitad más uno de los afiliados que integran el quórum de la asamblea, salvo en el caso de las decisiones relativas a remover total o parcialmente a los miembros de Comité Ejecutivo y Consejo Consultivo, o las reformas de los estatutos que requieren el voto favorable de las dos terceras partes de dicha asamblea.

XI. ¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DEL COMITÉ EJECUTIVO?

Éste es el encargado de ejecutar y cumplir los mandatos de la Asamblea General y lo que exijan los estatutos o las disposiciones legales. El Código de Trabajo, indica el en art. 223 que el número de miembros no puede exceder de nueve ni ser menor de tres4, además, enumera sus funciones y señala que los miembros del Comité gozan de inamovilidad en el trabajo durante todo el tiempo que duren sus mandatos y hasta doce meses después de haber cesado en el desempeño de los mismos. Este derecho también asiste a todos los miembros del comité ejecutivo provisional de un sindicato en vías de organización.

4 Un número impar es recomendable para efectos de votación. Los números pares dan lugar a empates.

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Los integrantes del Comité Ejecutivo deben gozar de toda la confianza de sus afiliados y ser producto de elecciones libres y democráticas, de manera de impedir la imposición por influencia de funcionarios, empleadores o incluso, de otros trabajadores. Su periodo de funciones es de uno o dos años.

En términos generales cumple las siguientes funciones:

• Es el representante legal del sindicato y el encargado de ejecutar los acuerdos o decisiones que adopta la Asamblea General.

• Elabora el presupuesto anual de ingresos y egresos y vela por su buena administración rindiendo cuenta periódicamente a la Asamblea General.

• Gestiona, administra y dirige la política del sindicato, así como rinde cuentas de sus acciones periódicamente.

• Vela por el cumplimiento de los estatutos y demás ordenamientos.

• Vela por la unidad e integración de los afiliados sindicales, de la federación o confederación de sindicatos.

• Dirige y orienta las actividades sindicales, con base a sus estatutos, programa de acción y resoluciones de la Asamblea General.

• Convoca a las reuniones ordinarias y extraordinarias en los términos establecidos en los estatutos.

• Ejerce las facultades que en términos de patrimonio, le otorgan los estatutos y la Asamblea General.

• Conforma las comisiones que estime necesarias para el cumplimiento de los planes y programas de trabajo.

• Designa delegados y representantes, ante organismos nacionales e internacionales.

• Puede representar judicial o extrajudicialmente a cada uno de los miembros del sindicato en la defensa de sus intereses individuales de carácter económico y social, siempre que dichos miembros lo soliciten expresamente.

• En el caso de las federaciones o confederaciones nombra a los empleados de planta, establece su asignación mensual y funciones.

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XII. ¿QUÉ CARGOS SON LOS QUE GENERALMENTE

INTEGRAN EL COMITÉ EJECUTIVO DE UN SINDICATO O UNA FEDERACIÓN?

Tal como se mencionó anteriormente, no existe una modalidad de integración única dada la libertad que asiste a las organizaciones de trabajadores. No obstante algunas organizaciones sindicales, optan por la creación de secretarías temáticas, tomando como base sus prioridades estratégicas y valores. De tal forma que el Comité Ejecutivo podría estar integrado por:

1. Un Secretario General,

2. Un Secretario de Organización,

3. Un Secretario de Actas y Acuerdos,

4. Un Secretario de Finanzas,

5. Un Secretario de Trabajo y Conflictos,

6. Un Secretario de Cultura y Deportes,

7. Un Secretario de Relaciones Públicas,

8. Un Secretario de Previsión Social, y

9. Un Secretario de Asuntos Institucionales e Interministeriales

Otras organizaciones sindicales en cambio, y de acuerdo a su tipo y tamaño podrían optar por las figuras de:

• Presidente

• Vicepresidente

• Secretario

• Vocales

• Tesorero

• Comisiones

• Consejeros

• Delegados (departamentales, regionales, por ejemplo)

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Para ser miembros del Comité Ejecutivo, se necesita ser afiliado al Sindicato y reunir los requisitos establecidos en el Código de Trabajo de Guatemala que son: ser guatemaltecos de origen, ciudadano en ejercicio, trabajador activo en el momento de elección, y cuando menos tres de ellos, deben saber leer y escribir.

Los miembros de las federaciones y confederaciones, por ser de mayor dimensión y alcance, generalmente opta por la representación territorial, en cuyo caso, para cada nivel se define una nueva estructura organizacional. Así por ejemplo, pueden contar con:

• Comité Ejecutivo Nacional

• Federaciones Departamentales

• Federaciones Regionales

• Federaciones Provinciales

• Centrales

• Sub Centrales

• Sindicatos

• Comisiones

• Ejecutivos nacionales

XIII. ¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DE UN CONSEJO CONSULTIVO?

Desempeña funciones asesoras, y sus atribuciones se limitan en tal sentido a emitir opinión o dictaminar sobre situaciones concretas que le sean planteadas por la Asamblea General o el Comité Ejecutivo del sindicato, tal como lo indica el Artículo 224 del Código de Trabajo.

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XIV. ¿POR QUÉ ES IMPORTANTE Y NECESARIO PROMOVER

LA PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES EN LAS ORGANIZACIONES SINDICALES?

Las mujeres constituyen más de la mitad de la población en Guatemala y progresivamente se van visibilizando en el ámbito laboral. Según el estudio sobre la Situación de la mujer trabajadora en cifras, elaborado por ASIES en el marco de este proyecto5, las mujeres constituyen el 35.4% de la Población Ocupada (64.6% son hombres). La participación de la mujer en el mercado laboral guatemalteco aumenta, y aunque la brecha de remuneración a igual tarea respecto a los hombres se redujo en 20% en 11 años, aún falta un 16% para igualarla. El 62.6% de los ocupados (hombres y mujeres), gana Q2, 420 o menos. La mayor parte se dedica a tareas elementales; son agricultores y trabajadores agropecuarios, forestales y pesqueros; proveen servicios o son vendedores de comercios y mercados.

Solo el 1% gana más de Q10, 000 mensuales. De este mínimo porcentaje, el 70.8% son hombres y el 29.2% son mujeres que se desarrollan como directoras o gerentes, o bien son profesionales científicas e intelectuales. El primer grupo, disminuyó en 8% en 2013 respecto a 2012; y el segundo, aumentó en un 3%, superando incluso a los hombres.

Las mujeres obtienen ingresos menores, tienen menos acceso a un empleo formal, menores índices de educación y alfabetismo, menos acceso a servicios sociales, padecen más desnutrición que los hombres y por ende son vulnerables a ser víctimas de mortalidad materna. A pesar de ello, los hogares con jefatura femenina muestran mejores condiciones que los de jefatura masculina si se atiende a los porcentajes de pobreza y pobreza extrema.

Otro dato relevante es que los hogares monoparentales están aumentando en el país. En 2011 el 21% de ellos tenía jefatura femenina (71.3% No indígena y el 28.7% indígena). También existe un mayor peso porcentual de ocupadas solteras, divorciadas y viudas.

Las mujeres también están trabajando cada vez más horas al día, lo que consecuentemente, reduce el tiempo dedicado al hogar. Importante es mencionar que existe un sub registro significativo sobre el aporte de las mujeres a la economía nacional, dado que muchas de las actividades que éstas realizan no son contabilizadas, tal es caso de quienes trabajan hombro a hombro con su

5 http://www.asies.org.gt/download.php?get=2014--dialdec-la-situaci--n-de-la-mujer-trabajadora-en-cifras.pdf

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pareja en el campo, cuidan enfermos y niños, o se dedican a la producción y venta de artículos artesanales.

En el Índice Global de Brecha de Género de 2015 - que mide la magnitud de la distancia entre mujeres y hombres en términos de salud, educación, economía y participación política-, Guatemala ocupó el puesto 106 de 145 países en el ranking6.

En virtud de lo anterior, la visibilización y la participación de las mujeres en los sindicatos son indispensable en la función de la defensa de sus derechos. En la medida que éstas no participan, los derechos generales y específicos tales como:

• Mejorar el acceso y calidad de los empleos a los que acceden

• Igualdad de ingresos

• Derechos de maternidad y parentalidad

• Cuidados infantiles asequibles y de calidad

• Erradicación de la violencia de género en lugares de trabajo

Entre otros, no aparecerán en los pliegos de petición y con ello corren el riesgo de no ser negociados.

Dirigentes sindicales consultados (hombres y mujeres), dan testimonio de algunos avances en este sentido indicando que:

“Dentro del movimiento sindical de la economía informal hay algunos mecanismos que favorecen la organización, ya que las vendedoras en economía, informal necesitan de un permiso para tener sus ventas en la calle, y se ha logrado que se reconozca otorgar este espacio a las personas que están organizadas en sindicatos”

“Desde los sindicatos agremiados, se hacen invitaciones a recibir formación y capacitaciones en derechos laborales, hay interés en formarse e iniciar el empoderamiento de participación en la organización”.

“En el caso de las trabajadoras domésticas, un sector más cerrado, vulnerado y contralado por sus empleadores, encuentra una alternativa al afiliarse a una organización de trabajadoras o bien al sindicato.”

6 http://www.datosmacro.com/demografia/indice-brecha-genero-global/guatemala

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“Dadas las situaciones de violación de los derechos laborales en la institución, surge el sindicato y nos afiliamos la mayoría de los trabajadores”.

XV. ¿CUÁLES SON LOS FACTORES QUE OBSTACULIZAN

UNA MAYOR PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES EN LAS ORGANIZACIONES SINDICALES?

Los obstáculos son de distinta índole y se relacionan con aspectos derivados de su sexo y del rol social y cultural que se espera de ellas. Algunos de ellos son:

• Cuentan con poco tiempo disponible al tener que combinar jornada laboral con tareas domésticas y el cuidado de los hijos o ancianos; también hay quienes participan en actividades de tipo comunitario tales como comités pro agua, drenajes, escuela y actividades religiosas.

• Priorizan el cuidado de los hijos y del hogar, es un asunto de opción y elección propia. Es preciso indicar que los servicios de guardería son escasos y en algunas localidades inexistentes o poco accesibles en términos de distancia.

• Temen los reclamos de su pareja, familia y vecinos quienes podrían culparlas de descuidar responsabilidades familiares básicas.

• Algunas experimentan miedo heredado de padres o abuelos, que pudieron haber sido víctimas de represión sindical.

• No confían en las dirigencias sindicales o tienen miedo a ser coaccionadas por sus empleadores si se involucran en las actividades del sindicato.

• Culturalmente prima la idea de que las actividades políticas son exclusivas de los hombres y, por ende, podría ser visto como poco prudente o incluso “indecoroso” que las mujeres participen bis a bis en la promoción y defensa de sus derechos. Esta idea, hace que muchas de ellas tengan que “pedir permiso” para participar.

• Ya experimentaron este tipo de participación y no se sintieron retribuidas. No encontraron apertura, fueron discriminadas o posiblemente bloqueadas en sus propósitos.

• Experimentan poco apoyo y desconocen cómo ser dirigentes. Esta situación se ve agudizada cuando la organización de base no tiene vínculos con otras similares o con federeciones o confederaciones, o bien, con dirigentes que puedan compartir y transmitir sus experiencias.

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• Autoexclusión, por el temor a no sentirse preparadas para tener un buen desempeño, dando lugar a que se burlen de ellas o bien, a no ser aceptadas por los miembros de la organización.

Dirigentes sindicales consultados (hombres y mujeres), comparten las siguientes ideas:

“No tienen (las mujeres) disposición de tiempo, por los compromisos familiares, y no se les permite en sus hogares participar en organizaciones laborales, porque estar en el sindicato, significa muchas veces dedicar tiempo fuera de los horarios de trabajo”.

“La cultura de la guerra, vivida en Guatemala, genera un estereotipo de temor, y miedo, para la participación, ya que consideran que al estar metidas en el sindicato, son sujetas a persecución, o son reprimidas por los empleadores, que les obligan a renunciar a la empresa o institución.”

“La pertenencia a determinada religión, no les permite afiliarse o activar dentro de la organización laboral”.

“En algunos casos se considera que la identidad étnica puede ser un factor que no permita el ejercicio de liderazgo, porque muchas veces la cultura define los roles de participación, comunitaria, cultural, como en los casos de las luchas campesinas.”

“En algunos casos simplemente, No les gusta participar”.

XVI. ¿CUÁLES SON LAS VENTAJAS DE UNA

MAYOR PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES EN LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN SINDICAL?

Tal como se mencionó anteriormente, es función del sindicato orientar en la protección del empleo, garantizar una remuneración justa, la salud del trabajador y su familia, su seguridad, el acceso a la educación y capacitación y el trato digno, entre otros aspectos.

Para lograrlo debe estudiar las características de la respectiva profesión u oficio que permitan procurar su mejoramiento y defensa. En este sentido es fundamental contar con la información y la experiencia de las mujeres de manera de propiciar la generación de un análisis más completo

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y preciso de la situación laboral en el país. Las discusiones de políticas, propuestas y pliegos de peticiones deben asegurar una participación balanceada que profundice y contraponga problemas, percepciones, intereses, necesidades, demandas, y escenarios de situación, que de otra forma quedarían invisibilizados.

Este análisis puede contribuir a:

• Revelar las desigualdades políticas, sociales y económicas que les afectan

• Evidenciar el impacto que la situación laboral de la mujer tiene en el desarrollo de la sociedad

• Comprender, desde las narrativas y experiencias de las mujeres, las amenazas, riesgos y vulnerabilidades que les preocupan y cuyo entendimiento provee más sensibilidad al proceso de elaboración de las propuestas de acción

Por otro lado, el rol central que desempeñan las mujeres tanto en el ámbito familiar, como comunitario, les provee oportunidades y competencias naturales para crear puentes de entendimiento, a través de labores de  prevención, mediación negociación o conciliación. Es preciso enfatizar el hecho de que los conflictos se caracterizan por contener altas dosis de emotividad humana y en este sentido, la sensibilidad e intuición de las mujeres se torna en un recurso indispensable para comprenderlos, interpretarlos y conducirlos efectivamente. Las mujeres tienden a priorizar más las relaciones interpersonales el apoyo a sus compañeros, por lo tanto valoran mucho la escucha y practican la empatía, es decir, ponerse en lugar de quien padece el problema. Son innumerables los casos exitosos de diálogo, negociación liderados por el compromiso y responsabilidad de las mujeres.

XVII. ¿CUÁLES SON LOS FACTORES QUE PUEDEN

CONTRIBUIR A UNA MAYOR PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES EN LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN SINDICAL?

El principal reto es cambiar la cultura institucional dado que falta voluntad, comprensión y confianza por parte de los dirigentes masculinos sobre las capacidades de las mujeres para liderar propuestas y nuevos lineamientos dentro de las estructuras sindicales; pero también es preciso dotar a las mujeres de las facilidades necesarias, así como de la capacitación adecuada para sobre ponerse a los temores que limitan su participación. En este sentido, es preciso educar tanto a hombres como a mujeres sobre asuntos de género, así como brindarles los medios y conocimientos para

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lograr progresos. En otras palabras, el primer paso debe ser la concientización y sensibilización, principales impulsores del cambio que desea concretarse.

Las organizaciones sindicales en proceso de transformación acompañan esta acción con intensas campañas de divulgación e información para el cambio. Algunas, incluso, logran establecer alianzas que potencian dicho esfuerzo en función de los resultados esperados y les permiten ahorrar recursos.

Dichos resultados pasan necesariamente por la inclusión de la perspectiva de género en el conjunto de políticas generales o de transversalización de la estrategia organizativa para lograr la igualdad. La inclusión puede hacerse de varias maneras, a saber:• Desarrollar estrategias para organizar y representar a las mujeres ayudándolas a identificar

sus problemas y necesidades para cubrirlas mediante acciones solidarias. Esta organización tiene por finalidad que los asuntos femeninos se conviertan en una prioridad para el progama sindical.

• Brindar facilidades de manera de asegurar una buena convocatoria, tales como lugares accesibles, horarios, duración de las reuniones, agendas que consideren los tiempos disponibles e incluyan temas de interés estratégico.

• Fijar metas plausibles de alcanzar mediante acuerdos de buena fe para incorporar a las mujeres a los órganos de dirección de los sindicatos.

• Crear unidades específicas de atención a la mujer con carácter estatutario tales como, secretarías, consejos, direcciones, que tendrán la responsabilidad de elaborar propuestas, agendas y políticas a favor de las mujeres en el seno de la organización sindical. Es necesario que dichas unidades sean priorizadas en el presupuesto institucional.

• Promover vínculos entre estas estructuras femeninas y los órganos de dirección del sindicato para garantizar que las cuestiones concertadas por las mujeres sean reconocidas por la organización en su conjunto.

• Incluir mujeres en las delegaciones sindicales para asistir a reuniones, conferencias y misiones a nivel nacional, regional e internacional; incluyendo los órganos e instituciones financieros y económicos internacionales

• Incluir mujeres en los equipos de negociación.

• Impulsar medidas transitorias como las denominadas de de acción positiva tales como las “cuotas”, que fijan el número de mujeres que deben integrar los órganos directivos. Es importante reiterar en este punto que no basta con aumentar el número, se trata principalmente de crear conciencia, algo que no se da por generación espontánea.

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• Motivar medidas encaminadas a la representación proporcional de las mujeres en todos los niveles de organización del sindicato, es decir que el número de mujeres que ocupan cargos en todos los niveles, deberá corresponder al porcentaje de mujeres afiliadas.

• Promover una mayor horizontalidad en la estructura organizativa de los sindicatos, dado que las relaciones de autoridad vertical, suelen desincentivar la participación, al tornarse autoritarias, discrecionales y, en general, poco proclives a la renovación de ideas, prácticas y cuadros.

Finalmente, el aumento de la incorporación de las mujeres a los sindicatos también ha estado dado, tanto por su creciente participación en el mercado laboral, como por el aumento en sus niveles de escolaridad: a mayor escolaridad, mayor participación. También se ha observado que aquellas, que cuentan con redes familiares y domésticas fuertes que les apoyan en las responsabilidades del hogar, son más proclives a participar.

Dirigentes sindicales consultados (hombres y mujeres), sobre el particular, opinaron lo siguiente:

• “La formación, capacitación y la autoformación. Forman parte de elementos pioneros para la participación de las mujeres, ya que a partir de los conocimientos, hay interés por proponer y hacer. Por lo que un programa de formación deberá considerar temas vinculantes a las necesidades diarias de las mujeres. Agregando temas como la salud, que vincule el abordaje de la salud ocupacional, el estrés, las enfermedades psicosociales, las capacidades de negociar, resolución de conflictos, el tema de la Auto Estima, la violencia, entre otros que se podrán ir recogiendo de las mismas propuestas de las mujeres”

• “Elaborar un diagnóstico interno para las mujeres, en el que se recojan elementos de propuestas de las mismas necesidades de las afiliadas”.

• “La planeación de actividades internas desde lo social, y lo político cultural, para las mujeres, que contengan sus propias asignaciones presupuestarias dentro del sindicato.”

• “Es necesario tener un espacio propio, como secretaría, comité o comisión de la mujer, el cual pueda contar con un plan de trabajo con todos los elementos necesarios desde las propias mujeres, y que no se les impongan actividades, ya que esto genera estrés participativo y no resulta la mejor manera de estimular la participación.”

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• “Potencializar los cuadros femeninos que evidencian mayor participación en asambleas, o reuniones, dedicando tiempo a apoyarlas, por medio de gestionar cursos o becas de formación administrativa, política y de derechos humanos laborales.”

• “Que se consideren a las mujeres desde las bases para la participación en eventos nacionales e internacionales fuera del sindicato, esto les permite conocer otras experiencias que pueden ser parte de la formación que necesitan para el fortalecimiento de su participación dentro de la organización”

• “Generar centros de documentación en los cuales, tengan literatura, y formar una escuelita sindical para mujeres, con círculos de estudios que sean consecuentes o consecutivos”.

• “Desarrollar prácticas sobre medidas de seguridad, que les permita mejor confianza para la participación.”

XVIII. ¿QUÉ ES EL ENFOQUE DE GÉNERO?

Es una herramienta analítica y política desarrollada para conocer y transformar las relaciones de desigualdad entre hombres y mujeres, sus patrones y significados establecidos por la sociedad. “Género” no es sinónimo de mujer, sin embargo, la aplicación de este marco analítico revela que las peores formas de violencia y exclusión laboral son ejercidos contra las mujeres.

El enfoque de género tiene dos componentes:

• El relativo a las relaciones sociales basadas en las diferencias que distinguen a los sexos, es decir, a las diferencias biológicas entre hombres y mujeres.

• Y el referido a las relaciones de poder producto de las ideas, creencias y atribuciones que culturalmente la sociedad concede a mujeres y hombres en un momento histórico determinado, y que definen sus roles, posiciones y comportamientos. Así por ejemplo al hombre se le asocia con la razón, la fuerza, la dominación, con la acción en el ámbito público. En cambio a la mujer se le concibe débil, sumisa, emotiva, principal responsable del cuidado de los hijos y de las tareas domésticas, en consecuencia, su ámbito de acción es privado.

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Esta dicotomía es una forma de imponer relaciones desiguales de poder, es el resultado de un acto político que puede ser transformado, de ahí que ocupe un lugar central en la lucha del movimiento feminista y en la agenda de los distintos instrumentos de derechos humanos. Algunas asimetrías se describen en el siguiente cuadro:

Ámbito En qué consiste A quién se asigna

ProductivoProducción de bienes y servicios para el consumo o venta, genera ingresos y es contabilizado en censos y estadísticas

Hombres

Política

Participar en la esfera pública, sea como militante o dirigente de partidos políticos, sindicatos, instituciones y organismos del Estado, gremiales empresariales para accesar así a órganos de decisión estratégica

Hombres

Reproductivo Mantenimiento y reproducción de la especie humana y cuido de la unidad doméstica. No es considerado trabajo y no es remunerado.

Mujeres

ComunitarioMejorar la convivencia, las condiciones y la calidad de vida de la comunidad. No es considerado trabajo y no es remunerado.

Mujeres

Ahora bien, no todas la mujeres son afectadas de la misma forma, hay diferencias entre grupos cuando se consideran otros factores, tales como etnia, estatus socioeconómico y edad entre otros, que aumentan o no los distintos grados de vulnerabilidad. En el caso de Guatemala, las diferencias entre mujeres urbanas y rurales, no indígenas e indígenas, dan cuenta de que las peores condiciones afectan a estas últimas.

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LISTADO DE ORGANIZACIONES SINDICALES CONSULTADAS

• Sindicato de Trabajadores del Banco de Guatemala (STBG)

• Frente Nacional de Vendedores del Sector Informal (ACIVEC)

• Federación Nacional de Asociaciones y Organizaciones de Empleados Públicos (FENASEP)

• Central de Trabajadores del Campo (CTC) 

• Sindicato de Trabajadoras Domestica, Similares y A Cuenta Propia (SITRADOMSA)

• Central de Trabajadores de Guatemala  (CGTG)  

• Asociación de Trabajadoras del Hogar a Domicilio y Maquila  (ATRAHDOM) 

• FETECAM 

Participantes

• Adolfo Lacs Palomo

• María del Carmen Camacho

• Herlinda Rodríguez Hernández

• Griselda López Ramírez

• Yoisy Isabel Vásquez Franco

• Ana María Córdova Galindo

• Danilo Aguilar

• Mirna Liliana Nij

• Corina Batres

• Raúl Aníbal Marroquín Casasola

• José E. Pinzón S.

• Lourdes Rossina Salguero V.