MANUAL PARA USUARIOS EXTERNOS · 2020. 7. 21. · CONTENEDORES – Manual de Registro de...
Transcript of MANUAL PARA USUARIOS EXTERNOS · 2020. 7. 21. · CONTENEDORES – Manual de Registro de...
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 1 ]
REGISTRO DE
CONTENEDORES
Resolución General AFIP N° 3615/2014
MANUAL PARA
USUARIOS EXTERNOS
Versión 5.1
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 2 ]
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN 3
1 – DECLARACIÓN DE CONTENEDORES 4
2 – TRANSFERENCIA DE CONTENEDORES 9
3 – ACEPTACIÓN DE LA TRANSFERENCIA 12
4 – ESTADO DE LA TRANSFERENCIA 14
5 – MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN DEL CONTENEDOR 16
6 – BAJA DE LA DECLARACIÓN DE CONTENEDOR 17
7 – APROBACIÓN DE TRANSFERENCIA (para cesionario IMEX) 18
8 – DESAFECTACIÓN DE CONTENEDORES 19
9 – CARGA MASIVA PARA LA DECLARACIÓN Y DESAFECTACIÓN DE CONTENEDORES
21
10 – CONSULTA DEL HISTÓRICO DE CONTENEDORES 26
11 – CONSULTA POR CONTENEDORES VIGENTES 28
12 – CONSULTA DE HISTÓRICO DE TRANSFERENCIAS 30
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 3 ]
INTRODUCCIÓN
El presente Manual ha sido elaborado para acompañar e instruir sobre la
implementación del Registro de Contenedores operativos, afectados al tráfico
internacional de mercaderías, normado a través de la Resolución General (AFIP) N°
3615, que implementa el Servicio Web “Registro de Contenedores”.
Los sujetos obligados a suministrar la información para el Registro de los Contenedores
son:
• Los Operadores de Contenedores inscriptos en los Registros Especiales
Aduaneros, de acuerdo con lo establecido por la Resolución General N°
2570 y sus modificatorias.
• Los Agentes de Transportes Aduanero, que operen Contenedores y que
tengan iniciado el trámite para ser Operadores de Contenedores, en las
condiciones dispuestas por la Resolución General (AFIP) N° 3615.
Los sujetos obligados deberán contar con Clave Fiscal, con nivel mínimo de seguridad
3, obtenida de acuerdo con el procedimiento dispuesto por la Resolución General N°
2.239, su modificatoria y complementarias.
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 4 ]
1 DECLARACIÓN DE CONTENEDORES
El Operador de Contenedores habilitado, procederá a efectuar la declaración de todos
los contenedores operativos afectados al tráfico internacional de mercaderías con los
que opere, que estén a su cargo y bajo su responsabilidad.
Se destaca que los Agentes de Transporte Aduanero con inicio del trámite de Operador
de Contenedores, también podrán efectuar la declaración de los contenedores.
Una vez conectados al servicio “Registro de Contenedores”, los sujetos habilitados
visualizarán, según su usuario, las siguientes pantallas:
Operadores de Contenedores:
Agente de Transporte Aduanero (ATA) con inicio de trámite de OPCO.
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 5 ]
Aclaraciones:
• Los Operadores de Contenedores suspendidos bajo el código “31 Incumplimiento
RG 3615 – Reg. Declaración de Contenedores”.
deberán declarar al menos un contenedor a su cargo en el Registro de
Contenedores o aceptar una transferencia de contenedor de otro OPCO para
levantar la suspensión, la cual se hará efectiva al día siguiente.
A todos aquellos usuarios OPCO suspendidos con código 31 sólo se les dejará
“Declarar Contenedores” y/o “Aceptar Transferencias”, y tendrán habilitada la
consulta llamada “Consulta Histórico de Contenedor”. Cualquier otra opción del
menú donde ingrese, le mostrará un texto informando de su situación y no se lo
dejará operar.
• Los Agentes de Transporte Aduanero, que operen contenedores, contarán con 30
días desde la iniciación del trámite para habilitarse como OPCO, para declarar al
menos un contenedor a su cargo en el Registro de Contenedores, o aceptar una
transferencia de contenedor de otro OPCO y así poder completar el alta en el
Sistema Registral.
Transcurridos los 30 días, y no habiéndose declarado ningún contenedor en el
Registro de Contenedores o aceptado una transferencia, el trámite será dado de
baja y el ATA deberá iniciarlo nuevamente.
Al seleccionar “Declarar Contenedores”, se visualizará la siguiente pantalla:
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 6 ]
Detalle de los Campos que deberá completar el Operador de Contenedores:
IDENTIFICADOR: Campo obligatorio que se ingresará manualmente, se validará el
formato y se calculará el dígito verificador.
En caso de haber diferencia entre el dígito verificador calculado por
el sistema y el que declare el Operador de Contenedores, este
último recibirá un mensaje informando tal situación, Ej: “El Dígito
verificador del Identificador AAAU1234666 es inválido, desea
almacenarlo de todas formas” y permitirá al OPCO, declarar el
dígito verificador no coincidente. Esas situaciones serán
almacenadas en una tabla para su posterior control.
La longitud será de 11 posiciones, las tres primeras posiciones
deberán ser letras entre la “A” y la “Z”, la cuarta posición deberá
ser una de las siguientes letras, “U”, “J”, “R”, “G” o “Z”. Desde la
quinta posición a la décima deberán cargarse números del 0 al 9.
La última posición, que es un dígito de control deberá ser un
número entre 0 y 9. Ejemplo de Identificador Válido: ABCU1234567
TIPO Y DIMENSIÓN: Campo obligatorio. Se deberá seleccionar el tipo y la dimensión
del contenedor (según norma ISO 6346).
REGISTRO PREVIO AL INGRESO AL PAÍS: Campo Obligatorio. Valores posibles
“S/N” (por defecto estará en “N”). Este indicador se completará en
“S” cuando sea necesario declarar el ingreso del contenedor previo
a tener un MANI generado, por ej. el contenedor se encuentra en
viaje arribando próximamente a territorio aduanero.
En caso de optar por la opción SI no se permitirá la carga de los
siguientes datos, que se realizará en forma automática:
1. FECHA DE VENCIMIENTO DEL PLAZO DE PERMA-
NENCIA
2. PRESENCIA EN EL PAIS
3. FECHA DE INGRESO/SALIDA
4. ULTIMO MANI/MANE DONDE SE UTILIZÓ EL CONTE-
NEDOR
FECHA DE VENCIMIENTO DEL PLAZO DE PERMANENCIA: Campo obligatorio sólo
si el campo “Registro previo al ingreso al país” se encuentra en “N”.
Se deberá cargar la fecha de vencimiento del plazo de
permanencia del contenedor en el territorio aduanero.
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 7 ]
PRESENCIA EN EL PAÍS: Campo obligatorio. Campo tildado en “S” significa que el
Contenedor se encuentra en el País, campo tildado en “N” se
entiende que el contenedor se encuentra en el Extranjero. En el
caso que el campo “Registro previo al ingreso al país” se encuentra
en “S” no se permitirá su carga, la que será completada
automáticamente por el Sistema con “N”.
ACEP: Campo optativo. Se deberá ingresar el N° de ACEP del
Contenedor.
FECHA DE VENCIMIENTO DEL CONTENEDOR: Campo optativo. Se deberá indicar la
fecha de vencimiento de la estructura del Contenedor.
FECHA DE INGRESO/SALIDA: Campo obligatorio sólo si el campo “Registro previo al
ingreso al país” se encuentra en “N”. Se deberá ingresar la fecha
del último ingreso/salida del Contenedor al territorio nacional.
ÚLTIMO MANI/MANE DONDE SE UTILIZÓ EL CONTENEDOR: Campo obligatorio sólo
si el campo “Registro previo al ingreso al país” se encuentra en “N”.
Si el contenedor se encuentra en el país se deberá ingresar el dato
del último MANI (en estado Presentado o superior) donde se
declaró el contenedor, si se encuentra en el extranjero se deberá
ingresar el dato del último MANE (en estado Presentado o
superior) donde se declaró el contenedor.
MOTIVO DE INTERRUPCIÓN DEL PLAZO DE PERMANENCIA: Campo optativo. Se
ingresará en el caso de existir un motivo de interrupción del plazo
de permanencia. Se seleccionará alguno de los siguientes casos
posibles:
• ABANDONADO CON CARGA
• INTERDICTO
• JUDICIALIZADO
• OTROS
Esta declaración no sustituye la intervención que debe darse al
Servicio Aduanero conforme la normativa vigente.
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 8 ]
DESCRIPCIÓN (OTROS): Campo que será obligatorio si se selecciona en el Campo
Motivo de interrupción del plazo de permanencia la opción OTROS.
OBSERVACIONES: Campo optativo. Se permitirá cargar toda observación relacionada
con el registro de contenedores que el usuario crea conveniente
informar.
¿ES EL CONTENEDOR NACIONAL O NACIONALIZADO?: Campo optativo. Se
deberá tildar en el caso que el Contenedor sea Nacional o
Nacionalizado y en ese caso de deberán ingresar los siguientes
datos:
• Nacional o Nacionalizado
• Fecha de Nacionalización: Deberá cargarse en caso de
haber seleccionado que el Contenedor fue nacionalizado.
• Destinación: Deberá ingresar los datos de la Destinación
de Nacionalización, en el caso de haber seleccionado que
el Contenedor fue Nacionalizado.
• Expediente: En el caso de haber nacionalizado el
Contenedor mediante expediente, deberán ingresarse los
datos del mismo.
Aclaración: En el caso que el Contenedor fuere nacionalizado, se
deberán ingresar obligatoriamente los datos de la Destinación y/o
del expediente.
NACIONALIZADO EN AAE (Área Aduanera Especial): Campo optativo. Se deberá tildar
si el Contenedor fue nacionalizado en el AAE.
Una vez completados los datos, se presionará el botón Aceptar. En caso de haber
errores, el Sistema indicará los mismos y permitirá modificar los campos erróneos, una
vez completados los datos correctamente se presionará nuevamente el botón Aceptar y
el Sistema emitirá un mensaje “Información Almacenada Correctamente”.
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 9 ]
2 TRANSFERENCIA DE CONTENEDORES
A los efectos de poder realizar la transferencia de los contenedores el OPCO habilitado,
deberá completar la siguiente pantalla:
CONTENEDOR A TRANSFERIR: Se ingresará el Identificador del contenedor a
transferir y se presionará el botón Buscar.
El sistema devolverá la siguiente pantalla, donde se deberá cargar la CUIT del
Cesionario, que podrá ser:
• Operador de Contenedores habilitado.
• Operador de Contenedores suspendido EXCLUSIVAMENTE por CÓDIGO 31.
• IMEX habilitado: en este caso, la aceptación de la transferencia deberá ser
solicitada por el IMEX al Servicio Aduanero, quien la realizará al sólo efecto de
la nacionalización del contenedor.
• ATA habilitado con inicio de trámite para ser Operador de Contenedores, en
este caso se tendrán en cuenta las siguientes condiciones:
Cuando el OPCO habilitado ingrese el CUIT de un ATA habilitado con inicio de
trámite, éste no debe haber recibido previamente otro contenedor, solamente
puede recibir por transferencia y aceptar la misma de un solo contenedor, para
poder recibir otro deberá cerrar el trámite de Alta en el Sistema Registral,
convirtiéndose en un Operador de Contenedores habilitado). Por lo tanto, se
definen los siguientes Estados:
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 10 ]
1. Contenedor transferido aún no aceptado. No se permitirá que le
transfieran más contenedores, hasta tanto complete el trámite de Alta
en el Sistema Registral.
2. Contenedor Transferido y Aceptado. No le pueden transferir otro
contenedor, hasta tanto complete el trámite de Alta en el Sistema
Registral.
3. Contenedor Transferido y Rechazado. Le pueden volver a
transferir, solamente un contenedor, hasta tanto complete el trámite
de Alta en el Sistema Registral.
Una vez cliqueado el botón "Confirmar", el Contenedor será puesto a disposición del
cesionario para su aceptación o rechazo. Hasta tanto se formalice la aceptación, el
OPCO cedente seguirá siendo el titular responsable del Contenedor en trato.
Aclaraciones:
• De existir un motivo de interrupción del plazo de permanencia, no se permitirá
realizar la transferencia de ese Contenedor.
• Se validará que el plazo de permanencia del contenedor no se encuentre
vencido.
• Se validará que el contenedor no se encuentre previamente transferido en
estado pendiente de aceptación.
• En caso de querer anular un inicio de transferencia, siempre y cuando el
cesionario no haya tomado ninguna acción sobre dicho contenedor, el cedente
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 11 ]
podrá anular la transferencia y se realizará ingresando al menú de “Estado de
la Transferencia”.
• En el caso que el Campo “Registro previo al ingreso al país” se encuentra
en “S”, se permitirá la transferencia de contenedores, pero tanto el
cedente como el cesionario deberán ser obligatoriamente Operadores de
Contenedores habilitados.
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 12 ]
3 ACEPTACIÓN DE LA TRANSFERENCIA
Una vez efectuada la transferencia por el OPCO cedente, el OPCO cesionario deberá
aceptar o rechazar la transferencia efectuada del contenedor (tener en cuenta todo lo
expresado en pagina 8, para los distintos agentes intervinientes).
Al seleccionar esta opción del menú, se visualizará la siguiente pantalla:
Esta pantalla mostrará en un combo desplegable todos los contenedores que fueron
transferidos a la CUIT conectada y están pendientes de aceptación.
El combo mostrará junto con el Identificador del Contenedor, la CUIT del cedente.
Si cliquea sobre el botón "Ver" se visualizará la siguiente pantalla:
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 13 ]
Mediante el botón "Aceptar" el usuario acepta la transferencia de titularidad que el
cedente realizó.
En caso de no aceptar la transferencia realizada por el Cedente, deberá cliquear el
botón "Rechazar".
Aclaración: Si al efectuar un click en el botón "Aceptar", el plazo de permanencia del
contenedor se encuentra vencido, el sistema emitirá un mensaje al cesionario
advirtiendo dicha situación, indicando: “No podrá perfeccionar la transferencia atento
que el plazo de permanencia del contenedor en trato se encuentra vencido”.
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 14 ]
4 ESTADO DE LA TRANSFERENCIA
A los efectos de verificar el estado de la transferencia, el OPCO habilitado seleccionará
esta opción del menú, y visualizará la siguiente pantalla:
El usuario cedente deberá cargar el identificador del contenedor sobre el que se quiere
conocer el estado de la transferencia.
Si el contenedor es válido y está transferido, se visualizará la siguiente pantalla:
Los estados posibles que pueden aparecer en esta pantalla:
• PENDIENTE. El cesionario aun no aceptó ni rechazó la transferencia.
• ACEPTADO. El cesionario aceptó la transferencia, por lo cual el cedente deja
de ser el titular del contenedor.
• RECHAZADO. El cesionario rechazó la transferencia, por lo cual el cedente
continúa siendo titular del contenedor.
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 15 ]
• ANULADO. El cedente decidió anular una transferencia, antes que el
cesionario la haya aceptado o rechazado.
En caso de querer anular un inicio de transferencia, siempre y cuando el cesionario no
haya tomado ninguna acción sobre dicho contenedor, el cedente podrá anular la
transferencia.
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 16 ]
5 MODIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN DEL CONTENEDOR
Para poder modificar los datos de la declaración del Contenedor, el Operador de
Contenedores deberá concurrir ante el Servicio Aduanero.
Los siguientes datos del contenedor son los que podrán ser modificados
• IDENTIFICADOR
• TIPO Y DIMENSIÓN
• FECHA DE VENCIMIENTO DEL PLAZO DE PERMANENCIA
• PRESENCIA EN EL PAÍS
• ACEP
• REGISTRO PREVIO AL INGRESO AL PAÍS
• FECHA VENCIMIENTO DEL CONTENEDOR
• NACIONALIZADO EN AAE
• FECHA DE INGRESO/SALIDA
• ÚLTIMO MANI/MANE DONDE SE UTILIZÓ EL CONTENEDOR
• MOTIVO DE INTERRUPCIÓN DEL PLAZO DE PERMANENCIA
• DESCRIPCIÓN (OTROS)
• OBSERVACIONES
SÓLO PARA CONTENEDOR NACIONAL O NACIONALIZADO:
• NACIONAL/NACIONALIZADO
• FECHA DE NACIONALIZACIÓN
• DESTINACIÓN
• EXPEDIENTE
Aclaración: Solamente se podrán modificar los contenedores que se encuentren
vigentes y que no tengan una transferencia en curso.
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 17 ]
6 BAJA DE LA DECLARACIÓN DE CONTENEDOR
Para poder dar de baja un Contenedor, el Operador de Contenedores deberá concurrir
ante el Servicio Aduanero.
Los motivos de baja son los siguientes:
• DESTRUCCIÓN TOTAL
• DESTRUCCIÓN PARCIAL
• HURTO
• ROBO
• EXTRAVÍO
• PÉRDIDA DE CONDICIÓN
• NACIONALIZACIÓN
• USO EN EL MERCADO INTERNO
• VENTA EN EL EXTERIOR
• OTROS (El Servicio Aduanero detallará claramente otro motivo que no sea
alguno de los anteriores)
Aclaración: Solamente se podrán dar de baja, los contenedores que se encuentren
vigentes y que no tengan una transferencia en curso.
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 18 ]
7 APROBACIÓN DE TRANSFERENCIA (para cesionario IMEX)
El Operador de Contenedores habilitado que tenga que transferir un Contenedor a un
cesionario que es IMEX (NO OPCO), solamente a los efectos que este último realice la
nacionalización del contenedor, deberá realizar los pasos explicados en el punto 2
TRANSFERENCIA DE CONTENEDORES, pero el Cesionario IMEX no podrá operar
con el Sistema de Contenedores, por lo que deberá concurrir ante el Servicio Aduanero
para poder aceptar dicha transferencia.
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 19 ]
8 DESAFECTACIÓN DE CONTENEDORES
Para poder desafectar un contenedor del Registro, el OPCO habilitado seleccionará esta
opción del menú, y visualizará la siguiente pantalla:
Deberá cargar el identificador del contenedor al cual se quiere desafectar.
Al cliquear el botón "Buscar" se visualizará la siguiente pantalla:
Aclaraciones:
• En esta pantalla el usuario deberá cargar como documentación respaldatoria,
la Destinación Aduanera o la Actuación que respalda la Desafectación.
• Exclusivamente para los casos en que un camión salga del país vía terrestre
con contenedores vacíos, se deberán ingresar los datos de un MIC/DTA. Es
decir que cuando el operador quiera ingresar un MIC/DTA, éste deberá tener
como indicador “EN LASTRE” una “S”, y se verificará que tenga al menos un
contenedor cargado (que deberá estar vacíos, atento el indicador en lastre “S”),
de lo contrario el sistema no le permitirá ingresar ese MIC/DTA destacando
esta situación en la pantalla de rechazo. El estado del MIC/DTA, deberá ser
PRESENTADO.
• En lo que respecta a las actuaciones SIGEA, éstas deberán tener el formato
SIGEA respectivo y encontrarse registradas en la base SIGEA de la AFIP.
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 20 ]
• En cuanto a las Destinaciones Aduaneras, deberán encontrarse en estado
PRESENTADO o superior.
• La fecha de Desafectación se completará automáticamente con la fecha del día
y no podrá ser modificada.
• Solamente se podrán Desafectar los Contenedores que se encuentren vigentes
donde el titular sea el OPCO habilitado conectado y que no tengan una
transferencia en curso.
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 21 ]
9 CARGA MASIVA PARA LA DECLARACIÓN Y DESAFECTACIÓN DE CONTENEDORES
Para poder utilizar la Carga Masiva para la Declaración y la Desafectación de los
Contenedores, el OPCO habilitado seleccionará esta opción del menú, y visualizará la
siguiente pantalla:
Deberá seleccionar el tipo de operación en el combo desplegable “Tipo”.
a) Carga Masiva de Contenedores
El usuario deberá seleccionar un archivo con extensión "txt". El mismo deberá
contener, en un formato preestablecido, toda la información necesaria para declarar
un contenedor.
Particularidades del archivo:
• Cada línea del archivo corresponderá a la declaración de un contenedor.
• Cada línea estará compuesta por datos del contenedor, los mismos estarán
separados por un carácter arroba, tendrán una posición específica y una
longitud máxima determinada.
CARGA MASIVA - ARCHIVO TXT
OR-DEN
CAMPO INTERNO LON-
GITUD TIPO FORMATO
OBLI-GATO-
RIO DESCRIPCIÓN
1 ICOREEXT 11 Alfanumérico Formato Contenedor
SI Identificador del Contenedor Ext
2 ICOTD 4 Alfanumérico Formato Dimensiones
SI Código del tipo y Dimensión tabla COTD
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 22 ]
OR-DEN
CAMPO INTERNO LON-
GITUD TIPO FORMATO
OBLI-GATO-
RIO DESCRIPCIÓN
3 DCOREVENC 8 Fecha Formato AAAAMMDD
SI Fecha de Vencimiento de permanencia del contenedor
4 CCOREPRESPAIS 1 Alfabético S/N SI Presencia en el País
5 CCORENACAAE 1 Alfabético S/N SI Nacionalizado en Área Aduanera Especial
6 DCOREINGSALI 8 Fecha Formato AAAAMMDD
SI Fecha de Ingreso o Salida
7 IDSO 16 Alfanumérico Formato María
SI Ultimo IDSO donde se utilizó el contenedor
8 CCOREMOTINTPLAZO 2 Numérico Según Tabla Mot_Inter
NO Código Motivo interrupción de plazo
9 LCOREMOTINTPLAZO 50 Alfanumérico Libre de 0 a 50 Caracteres
NO Motivo interrupción de plazo
10 NCOREVENCONT 6 Alfanumérico Formato AAAAMM
NO Fecha de Vencimiento del Contenedor
11 CCOREACEP 20 Alfanumérico Libre de 0 a 20 Caracteres
NO Código ACEP
12 CCOREORIGEN 1 Alfabético Según Tabla Origen
SI Origen
13 DCORENAC 10 Fecha Formato AAAAMMDD
NO Fecha de Nacionalización
14 IDDTEXT 16 Alfanumérico Formato María
NO Número de Destinación
15 NCOREEXPED 36 Alfanumérico Formato Sigea
NO Número de Expediente
16 LCOREOBSERVACION 200 Alfanumérico Libre de 0 a 200 Caracteres
NO Observación
17 CCOREPREVINGRESO 1 Alfabético S/N SI Registro Cargado previo al ingreso del contenedor en el país
ORIGEN MOT_INTER
Cód. Descripción Cód. Descripción
E Extranjero 1 Abandono de Carga
N Nacional 2 Interdicto
Z Nacionalizado 3 Judicializado
99 Otro
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 23 ]
EJEMPLO: ARCHIVO PARA CARGA MASIVA DE CONTENEDORES
SUDU1879399@44V2@20150226@N@N@20140226@14033MANE000009C@@@@@E@@@@@N SUDU1874589@44V2@20150326@N@N@20140326@14033MANE000001C@@@@@E@@@@@N SUDU1879399@44V2@20150226@S@N@20140226@14033MANI000009C@@@@@E@@@@@N SUDU1903005@44V2@20150226@S@N@20140226@14033MANI000009C@@@@@Z@20140226@14033IC04000029P@@@N SUDU6670170@44V2@20150310@S@S@20140311@14033MANI000015C@@@@@Z@20140311@@0000000011-000000000000011-2014/0000@@N SUDU1946162@44V2@20150217@S@N@20140121@14033MANI000009C@@@@@N@@@@@N SUDU3792913@44V2@20150227@S@N@20140218@14033MANI000009C@@@@@Z@20140226@14033IC04000029P@@estoesunaobservacion@N AKLU6025102@22G0@@N@N@@@99@dddd@@@E@@@@@S AMFU3052212@20G0@20140808@S@N@20140808@98033MANI000009C@@@@@E@@@@@N AMFU3167757@22G1@20150914@S@N@20140522@98033MANI000009C@@@@@E@@@@@N
b) Desafectación Masiva de Contenedores
El usuario deberá seleccionar un archivo con extensión "txt". El mismo deberá
contener, en un formato preestablecido, toda la información necesaria para
desafectar un contenedor.
Particularidades del archivo:
• Cada línea del archivo corresponderá a la desafectación de un contenedor.
• Cada línea estará compuesta por datos de la desafectación, los mismos
estarán separados por un carácter arroba, tendrán una posición específica y
una longitud máxima determinada.
DESAFECTACIÓN MASIVA - ARCHIVO TXT
OR-DEN
CAMPO INTERNO LON-
GITUD TIPO FORMATO
OBLI-GATO-
RIO DESCRIPCION
1 ICOREEXT 11 Alfanumérico Formato Contenedor
SI Identificador del Contenedor Externo
2 CCOREDESTDESAF 16 Alfanumérico Formato María NO Documentación respaldatoria (Destinación DDT o DSO)
3 NCOREACTUDESAF 36 Alfanumérico Formato Sigea NO Documentación respaldatoria (Actuación)
4 IMICDESAF 11 Alfanumérico Formato MIC/DTA
NO Documentación respaldatoria (MIC/DTA)
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 24 ]
EJEMPLO: ARCHIVO PARA DESAFECTACIÓN MASIVA DE CONTENEDORES
SUDU1879399@14033EC01000009C@@ SUDU1903005@14033MANE000008C@@ SUDU1946162@@0000000011-000000000000011-2014/0000@ SUDU1879399@@@11AR002615S
Aclaraciones para ambas cargas masivas:
• Frente a cualquier inconveniente detectado en el archivo, se realizará un
Rollback de la transacción y se informará al usuario sobre el inconveniente
detectado y la línea que deberá rever.
• Como la aplicación web debe acceder a la PC del usuario, es posible que se
presenten inconvenientes relacionados con las normas de seguridad de la
PC, para evitar esto, se recomienda que los archivos se obtengan de
carpetas que no sean del usuario por ejemplo C:\CARGA MASIVA.
• No utilizar archivos que se encuentren dentro de Mis documentos o carpetas
similares para evitar que se presenten problemas de acceso.
• Tanto la carga como la desafectación masiva, cuenta con los mismos
controles y validaciones establecidos para la carga y la desafectación manual,
con la excepción que, en la carga masiva no se permitirá la incorporación de
identificadores de contenedores que no superen la validación del dígito
verificador. De ser necesario ingresar algún contenedor con esta
particularidad, el mismo deberá ser ingresado manualmente, teniendo en
cuenta que esas situaciones serán almacenadas en una tabla para su
posterior control.
Constancia de remisión de archivo para ambas cargas masivas:
Cuando el usuario remite un archivo, ya sea para la Carga Masiva de Contenedores
o para la Desafectación Masiva de Contenedores, una vez procesado el mismo, se
visualizará en pantalla el certificado de la acción realizada. El archivo podrá ser
exportado a formato PDF.
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 25 ]
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 26 ]
10 CONSULTA DEL HISTÓRICO DE CONTENEDORES
Al seleccionar esta opción del menú, se visualizará la siguiente pantalla:
El OPCO habilitado solamente podrá visualizar aquellos contenedores que están a su
cargo y bajo su responsabilidad.
Esta pantalla muestra toda la información del contenedor, detallando si el registro se
encuentra vigente o no.
Cada registro de la grilla tiene un link con la leyenda "Ver", si se presiona dicho link se
va a visualizar una pantalla con información del registro:
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 27 ]
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 28 ]
11 CONSULTA POR CONTENEDORES VIGENTES
Al seleccionar esta opción del menú, se visualizará la siguiente pantalla:
Aclaraciones:
• Esta pantalla solamente mostrará registros vigentes, por lo cual, al ingresar
un identificador, la cantidad de registros mostrados no podrá ser superior a
uno, porque para ese contenedor solamente puede haber como máximo un
registro vigente. Al dejar el identificador en blanco, podrá consultarse dentro
de un rango de fechas, sus contenedores vigentes.
• Si se ingresa el identificador no se tendrán en cuenta el resto de los
parámetros ingresados.
Si se presiona sobre el botón Buscar se visualizará la siguiente pantalla:
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 29 ]
Al presionar el botón "VER", aparecerá la siguiente pantalla:
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 30 ]
12 CONSULTA DE HISTÓRICO DE TRANSFERENCIAS
Al seleccionar esta opción del menú, se visualizará la siguiente pantalla:
Si se presiona sobre el botón Buscar se visualizará la siguiente pantalla:
En esta pantalla se mostrará toda la información del contenedor relacionada con
transferencias.
Identificador. Campo que identifica al contenedor.
Cedente. CUIT del usuario que está cediendo la titularidad del contenedor.
Cesionario. CUIT del usuario al que se le quiso o quiere transferir el contenedor.
CONTENEDORES – Manual de Registro de Contenedores V5.1 Abril de 2020
[ 31 ]
F. Alta Trans. Fecha Alta de Inicio de transferencia, es la fecha en la que el cedente
registró el inicio de la transferencia.
Estado. Estados posibles: (Ver punto 4. Estado de la transferencia)
• Pendiente
• Aceptado
• Rechazado
• Anulado
F. Estado. Fecha en la que se confirma el estado.