MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE … · Estatuto de Personal. 37.088 29/12/2000...

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1 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS RESOLUCIÓN Nº 01-00-000159 15 DE SEPTIEMBRE DE 2008

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS

JURÍDICOS

RESOLUCIÓN Nº 01-00-000159 15 DE SEPTIEMBRE DE 2008

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INDICE

INTRODUCCIÓN

BASE LEGAL

MISIÓN

VISIÓN

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

FUNCIONES

ATRIBUCIONES

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INTRODUCCIÓN El presente Manual, tiene como objetivo fundamental presentar la organización formal de la Dirección General de los Servicios Jurídicos de la Contraloría General de la República, mediante una exposición clara y sencilla de la estructura y funciones generales que deben realizarse en la mencionada dependencia.

El Manual consta de cinco secciones:

I. Base Legal

II. Misión y Visión

III. Estructura Organizativa, Organigrama Estructural y de Posición.

IV. Funciones Generales de las dependencias que la conforman.

V. Atribuciones del personal Directivo y del Bibliotecólogo.

Para mantener su vigencia, el presente Manual estará sujeto a una continua revisión y actualización, por parte de la Dirección General de los Servicios Jurídicos en coordinación con la Dirección de Sistemas de Control adscrita a la Dirección General Técnica.

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BASE LEGAL GACETA

OFICIAL N° FECHA

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Ext. 5.453 24/03/2000

Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

37.347 17/12/2001

Reglamento Interno de la Contraloría General de la Repúblic

37.881 17/02/2004

Estatuto de Personal.

37.088 29/12/2000

Resolución Organizativa Nro.3

37.881 17/02/2004

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MISIÓN

Es la dependencia de la Contraloría General de la República, encargada de

asistir a la alta gerencia en materia jurídica, mediante la elaboración de

estudios y dictámenes jurídicos a los fines de contribuir al perfeccionamiento de

las actuaciones y de los actos administrativos que emanan del Organismo

Contralor. Asimismo, presta asistencia en el estudio y resolución de los

recursos administrativos presentados contra cualquier decisión emanada de la

Contraloría, en aras de coadyuvar en el fortalecimiento de la defensa del

patrimonio público, del Sistema Nacional de Control Fiscal y de la transparencia

de la Administración Pública.

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VISIÓN Consolidarse como el pilar fundamental para el establecimiento de la doctrina

jurídica, así como en la defensa en sede administrativa y judicial, de la

constitucionalidad y legalidad de los actos administrativos emanados de este

Órgano Contralor, siempre en salvaguarda del orden jurídico.

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ESTRUCTURA ORGANIZATIVA ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL La Dirección General de los Servicios Jurídicos está conformada por las

dependencias que a continuación se indican:

Dirección de Asesoría Jurídica.

Dirección de Procedimientos Jurídicos.

Biblioteca.

DIRECCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS JURÍDICOS

BIBLIOTECA

DIRECCIÓN DE ASESORÍA JURIDICA

DIRECCIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA

DIRECCIÓN DE PROCEDIMIENTOS

JURÍDICOS

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FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL

1. Prestar asesoría jurídica al Contralor.

2. Dictaminar, desde el punto de vista jurídico, sobre los proyectos de normas

de control para los entes y organismos sujeto a control.

3. Revisar, desde el punto de vista jurídico, los proyectos de instrumentos

normativos elaborados por la Contraloría.

4. Asistir al Contralor en los asuntos relacionados con el Poder Ciudadano.

5. Coordinador el funcionamiento de la Biblioteca de los Servicios Jurídicos.

6. Emitir dictámenes jurídicos y absolver las consultas sobre asuntos jurídicos

formuladas por el Contralor, el Subcontralor o los Directores Generales del

Organismo.

7. Analizar, cuando le sea solicitado, el basamento jurídico de cada nuevo tipo

de reparo que proyecte la Contraloría.

8. Revisar cuando le sea solicitado, los proyectos de contratos en los que sea

parte la República por órgano de la Contraloría.

9. Realizar estudios jurídicos.

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FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL

10. Estudiar desde el punto de vista jurídico, las enmiendas a la legislación vigente

o las nuevas iniciativas legales que conozca la Asamblea Nacional, en especial

cuando se relacionen directa o indirectamente con las funciones de la

Contraloría.

11. Elaborar informes y proyectos normativos, sobre modificaciones al

ordenamiento jurídico, en las áreas vinculadas con las funciones de la

Contraloría.

12. Asistir o representar al Contralor cuando, en razón del ejercicio de sus

funciones, sea citado a los tribunales.

13. Defender a la Contraloría, en los juicios que cursan ante los tribunales,

originados en recursos o acciones interpuestas contra el Organismo.

14. Intervenir, si es requerido por el Contralor, en la formación y sustanciación de

expedientes.

15. Las demás que le asigne el Contralor.

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FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE ASESORÍA

JURÍDICA

1. Dictaminar, desde el punto de vista jurídico, sobre los proyectos de normas de

control para los entes y organismos sujeto a control.

2. Revisar, desde el punto de vista jurídico, los proyectos de instrumentos

normativos elaborados por la Contraloría.

3. Emitir dictámenes jurídicos y absolver las consultas sobre asuntos jurídicos

formuladas por el Contralor, el Subcontralor o los Directores Generales del

Organismo.

4. Analizar, cuando le sea solicitado, el basamento jurídico de cada nuevo tipo

de reparo que proyecte la Contraloría.

5. Revisar, cuando le sea solicitado, los proyectos de contratos en los que sea

parte la República por órgano de la Contraloría.

6. Realizar estudios jurídicos.

7. Estudiar desde el punto de vista jurídico, las enmiendas a la legislación

vigente o las nuevas iniciativas legales que conozca la Asamblea Nacional, en

especial, cuando se relacionen directa o indirectamente con las funciones de

la Contraloría.

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FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE ASESORÍA

JURÍDICA

8. Elaborar informes y proyectos normativos, sobre modificaciones al ordenamiento

jurídico, en las áreas vinculadas con las funciones de la Contraloría.

9. Las demás que le asigne el Contralor.

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FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE

PROCEDIMIENTOS JURÍDICOS

1. Asistir o representar al Contralor cuando, en razón del ejercicio de sus funciones,

sea citado a los tribunales.

2. Defender a la Contraloría, en los juicios que cursan ante los tribunales, originados

en recursos o acciones interpuestas contra el Organismo.

3. Intervenir, si es requerido por el Contralor, en la formación y sustanciación de

expedientes.

4. Las demás que le asigne el Contralor.

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FUNCIONES DE LA BIBLIOTECA

1. Seleccionar, adquirir, registrar, catalogar, clasificar, indicar, etiquetar y

conservar el material bibliográfico; publicaciones periódicas, publicaciones

oficiales, literatura gris, documentación electrónica y material no

bibliográfico.

2. Establecer, fomentar y evaluar, servicios y procesos que faciliten el acceso a

la información.

3. Facilitar el material del fondo bibliográfico al personal del Organismo, que así

lo requiera tanto en préstamos circulantes como consultas en sala.

4. Registrar y controlar los préstamos del fondo bibliográfico.

5. Orientar al personal del Organismo sobre el manejo del catálogo público,

bases de datos, servicios, fuentes de información, así como cualquier otra

información que soliciten.

6. Mantener actualizado el fondo bibliográfico, respondiendo a las necesidades

informativas del Organismo, tomando en cuenta las nuevas normativas que

surjan.

7. Orientar a los usuarios en el proceso de búsqueda de información,

ayudándolos en el manejo de las fuentes documentales y en el uso óptimo

de los servicios que la biblioteca disponga.

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ATRIBUCIONES COMUNES DE LOS DIRECTORES

1. Planificar, dirigir, coordinar y controlar las actividades inherentes a los

procesos que deben cumplir o en los cuales participen los órganos a

su cargo.

2. Decidir los asuntos que competan a su Dirección, sin perjuicio de las

atribuciones asignadas a funcionarios adscritos a ésta.

3. Preparar y presentar informes periódicos y anuales de las actividades

desarrolladas por la Dirección.

4. Elaborar el Proyecto de Presupuesto de la Dirección respectiva.

5. Atender, tramitar y resolver los asuntos relacionados con el personal

a su cargo, de acuerdo con las normas establecidas en el

Organismo.

6. Firmar la correspondencia y documentos emanados de la respectiva

Dirección, sin perjuicio de las atribuciones similares asignadas a

funcionarios adscritos a ésta.

7. Participar en el diseño de políticas y en la definición de objetivos

institucionales.

8. Sugerir medidas encaminadas a mejorar la organización y

funcionamiento de la Dirección a su cargo.

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ATRIBUCIONES COMUNES DE LOS DIRECTORES

9. Absolver las consultas que sobre las materias de su competencia

formulen los diferentes órganos de la Contraloría y de la

administración activa.

10. Absolver consultas en los términos previsto en el artículo 20 del

Reglamento Interno de la Contraloría General de la República.

11. Solicitar a los órganos de la Contraloría y de la administración activa,

los datos e informaciones necesarios para el cumplimiento de sus

funciones.

12. En general, desempeñar dentro del área de su competencia, todas

aquellas misiones que el Contralor o su superior jerárquico les

encomiende.

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ATRIBUCIONES DIRECTOR GENERAL

1. Elevar a la consideración del Contralor los informes y estudios con

destino a los entes y órganos sujetos a control, cuando considere que la

importancia del asunto así lo amerite.

2. Promover, en coordinación con la Dirección General Técnica y la

Dirección de Recursos Humanos, la realización de actividades

académicas, en el país o en el exterior, para elevar el nivel de

capacitación de los funcionarios adscritos a su Dirección y proponer al

Contralor la adopción de las respectivas decisiones.

3. Vigilar que los representantes designados por el Contralor defiendan y

sostengan adecuadamente los derechos de la República en los juicios en

que deban intervenir y prestarles asistencia.

4. Promover el establecimiento de la doctrina jurídica de la Contraloría y

vigilar su aplicación en las opiniones jurídicas que se emitan.

5. Promover, con la periodicidad que se estime pertinente, la publicación de

dictámenes y estudios emitidos.

6. Prestar asistencia al Contralor y a sus delegatarios, así como a las demás

autoridades competentes del Organismo, en la tramitación y decisión de

los recursos administrativos ejercidos contra los reparos y declaratorias de

responsabilidad administrativa, y contra cualquier otra decisión dictada

por este Organismo.

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ATRIBUCIONES DIRECTOR GENERAL

7. Elaborar un informe sobre el estado de las causas que cursan ante los

distintos tribunales.

8. Elaborar, trimestralmente, una relación de los juicios que no hayan sido

sentenciados dentro de los lapsos fijados por la ley, y someterla a la

consideración del Contralor.

9. Dirigir el correspondiente Comité de Directores.

10. En general, desempeñar dentro del área de su competencia, todas

aquellas misiones que el Contralor le encomiende.

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ATRIBUCIONES DIRECTOR DE ASESORÍA JURÍDICA

1. Promover el establecimiento de la doctrina jurídica de la Contraloría y

vigilar su aplicación en las opiniones jurídicas que se emitan.

2. Promover, con la periodicidad que se estime pertinente, la publicación

de dictámenes y estudios emitidos.

3. En general, desempeñar dentro del área de su competencia, todas

aquellas misiones que el Director General le encomiende.

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ATRIBUCIONES DIRECTOR DE PROCEDIMIENTOS

JURÍDICOS

1. Vigilar que los representantes designados por el Contralor defiendan y

sostengan adecuadamente los derechos de la República en los juicios

en que deban intervenir y prestarles asistencia.

2. Prestar asistencia al Contralor y a sus delegatarios, así como a las

demás autoridades competentes del Organismo, en la tramitación y

decisión de los recursos administrativos ejercidos contra los reparos y

declaratorias de responsabilidad administrativa y contra cualquier otra

decisión dictada por este Organismo.

3. Elaborar un informe sobre el estado de las causas que cursan ante los

distintos tribunales.

4. Elaborar, trimestralmente, una relación de los juicios que no hayan sido

sentenciados dentro de los lapsos fijados por la ley, y someterla a la

consideración del Contralor.

5. En general, desempeñar dentro del área de su competencia, todas

aquellas misiones que el Director General le encomiende.

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ATRIBUCIONES BIBLIOTECÓLOGO

1. Coordinar el procesamiento de los documentos hasta su incorporación

en el fondo bibliográfico.

2. Efectuar estudios e investigaciones bibliográfica y de prensa, de

normativas inherentes a la organización.

3. Coordinar el suministro y difusión de información de manera actualizada.

4. Supervisar y llevar los registros y controles necesarios para preservar la

integridad de la biblioteca.

5. Seleccionar y proponer al Director General la adquisición del material

bibliográfico acorde a los requerimientos normativos del Organismo, el

cual formará parte del fondo bibliográfico.

6. Ejercer la guarda y custodia del material que forma el fondo bibliográfico

y los bienes adscritos a la Biblioteca.

7. En general, desempeñar dentro del área de su competencia, todas

aquellas misiones que el Director General le encomiende.